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Código de Minería

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codigo de minería
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MODULO LEGAL MODULO LEGAL Sergio Ansieta C. Sergio Ansieta C. Abogado Abogado
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Page 1: Código de Minería

MODULO LEGALMODULO LEGALSergio Ansieta C.Sergio Ansieta C.

AbogadoAbogado

Page 2: Código de Minería

¿QUÉ ES EL DERECHO?¿QUÉ ES EL DERECHO?

Page 3: Código de Minería

INTRODUCCIÓN AL DERECHOINTRODUCCIÓN AL DERECHO

Según Aristóteles, el hombre que vive sólo, o es Según Aristóteles, el hombre que vive sólo, o es un bruto o es un Dios.un bruto o es un Dios.

Esta frase refleja una de las características más Esta frase refleja una de las características más trascendentales de la naturaleza humana, cual es trascendentales de la naturaleza humana, cual es su naturaleza sociable. su naturaleza sociable.

Este instinto podría explicarse por la condición de Este instinto podría explicarse por la condición de criatura limitada del hombre, quien para criatura limitada del hombre, quien para satisfacer sus necesidades físicas y espirituales satisfacer sus necesidades físicas y espirituales se asocia a otros de su genero. se asocia a otros de su genero.

Page 4: Código de Minería

SISTEMAS NORMATIVOS SISTEMAS NORMATIVOS

El problema es que en toda El problema es que en toda relación socialrelación social, se , se generan conflictos que deben ser resueltos para generan conflictos que deben ser resueltos para la subsistencia del orden social (paz social).la subsistencia del orden social (paz social).

Por otra parte todos los hombres disponen de Por otra parte todos los hombres disponen de cierta cierta libertadlibertad para poder elegir su para poder elegir su comportamiento. comportamiento.

Con el objeto de buscar el equilibrio entre la Con el objeto de buscar el equilibrio entre la facultad de todo hombre de obrar libremente y la facultad de todo hombre de obrar libremente y la necesidad de la sociedad de mantener un orden, necesidad de la sociedad de mantener un orden, se han establecido mecanismos reguladores de la se han establecido mecanismos reguladores de la conducta social, esto es, reglas o normas de conducta social, esto es, reglas o normas de conducta, que establecen la conducta conducta, que establecen la conducta socialmente exigida.socialmente exigida.

Page 5: Código de Minería

CLASIFICACION DE LAS NORMAS DE CLASIFICACION DE LAS NORMAS DE CONDUCTA CONDUCTA

Normas de trato social o usos sociales.Normas de trato social o usos sociales. Normas morales Normas morales Normas religiosasNormas religiosas Normas jurídicasNormas jurídicas

Page 6: Código de Minería

NORMAS DE TRATO SOCIAL O USOS NORMAS DE TRATO SOCIAL O USOS SOCIALES SOCIALES

Son aquellas que imponen una determinada Son aquellas que imponen una determinada conducta en la vida social, fundada en principios conducta en la vida social, fundada en principios de buena crianza, educación, decoro, etc., que de buena crianza, educación, decoro, etc., que rigen en un lugar y tiempo determinados, por lo rigen en un lugar y tiempo determinados, por lo que son esencialmente variables, y cuyo que son esencialmente variables, y cuyo incumplimiento conlleva una sanción que se incumplimiento conlleva una sanción que se expresa en un repudio social, que puede llegar expresa en un repudio social, que puede llegar hasta la exclusión del circulo social al infractor.hasta la exclusión del circulo social al infractor.

Page 7: Código de Minería

NORMAS MORALES NORMAS MORALES

Son aquellas que regulan principalmente la Son aquellas que regulan principalmente la conducta conducta internainterna del hombre, imponiendo a cada del hombre, imponiendo a cada persona la realización de actos o conductas que persona la realización de actos o conductas que buscan o persiguen salvaguardar y/o cultivar buscan o persiguen salvaguardar y/o cultivar valores establecidos por la recta razón (bueno, valores establecidos por la recta razón (bueno, justo, bello y verdadero), con la finalidad de que justo, bello y verdadero), con la finalidad de que el hombre haga el hombre haga lo correctolo correcto y pueda así alcanzar y pueda así alcanzar su pleno y trascendente desarrollo, y cuyo su pleno y trascendente desarrollo, y cuyo incumplimiento conlleva como sanción el incumplimiento conlleva como sanción el remordimiento de su conciencia.remordimiento de su conciencia.

Page 8: Código de Minería

NORMAS RELIGIOSASNORMAS RELIGIOSAS

Son aquellas establecidas por Dios, a través de su hijo Son aquellas establecidas por Dios, a través de su hijo y sus profetas, con la finalidad de que cada uno de y sus profetas, con la finalidad de que cada uno de nosotros llegue a Dios a través del amor a los hombres. nosotros llegue a Dios a través del amor a los hombres.

Los 10 Mandamientos comprenden dos parte, los Los 10 Mandamientos comprenden dos parte, los primeros relativos al amor a Dios y el resto al amor a primeros relativos al amor a Dios y el resto al amor a los hombres.los hombres.

Estas normas regulan la conducta interna y externa del Estas normas regulan la conducta interna y externa del hombre, cuyo incumplimiento o infracción conlleva hombre, cuyo incumplimiento o infracción conlleva como sanción la pérdida del estado de santidad como sanción la pérdida del estado de santidad (pecado), impidiendo acceder a la vida eterna.(pecado), impidiendo acceder a la vida eterna.

Page 9: Código de Minería

NORMAS JURÍDICASNORMAS JURÍDICAS Son aquellas que regulan la conducta Son aquellas que regulan la conducta externaexterna del del hombre, estableciendo hombre, estableciendo derechos y obligacionesderechos y obligaciones de losde los individuos individuos entre sí, que buscan proteger entre sí, que buscan proteger los intereses, valores y bienes jurídicos más los intereses, valores y bienes jurídicos más relevantes de la sociedad, establecidas e relevantes de la sociedad, establecidas e impuestas por la autoridad competente y cuya impuestas por la autoridad competente y cuya infracción acarrea sanciones infracción acarrea sanciones susceptiblessusceptibles de ser de ser aplicadas por el uso de la fuerza y que pueden aplicadas por el uso de la fuerza y que pueden afectar la vida, la libertad y los bienes del afectar la vida, la libertad y los bienes del infractor.infractor.

Page 10: Código de Minería

SUJETOS DE DERECHOSUJETOS DE DERECHO

Existen dos clases de personas:Existen dos clases de personas:Personas NaturalesPersonas Naturales (de carne y hueso) (de carne y hueso)Personas JurídicasPersonas Jurídicas (creadas por ley): (creadas por ley):

1. 1. De Derecho PúblicoDe Derecho Público: Fisco, Municipalidades, : Fisco, Municipalidades, Servicios Público, etc.Servicios Público, etc.

2. 2. De Derecho PrivadoDe Derecho Privado::2.1 2.1 Sin fines de lucroSin fines de lucro: Corporaciones, Fundaciones, : Corporaciones, Fundaciones, Sindicatos. Asociaciones gremiales, etc.;Sindicatos. Asociaciones gremiales, etc.;2.2 2.2 Con fines de lucroCon fines de lucro: Sociedades de Personas o : Sociedades de Personas o de Capitales (Colectivas, Encomanditas, Anónimas, de Capitales (Colectivas, Encomanditas, Anónimas, Responsabilidad Limitada).Responsabilidad Limitada).

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PERSONAS JURÍDICAS DERECHO PRIVADOPERSONAS JURÍDICAS DERECHO PRIVADO

Es todo ente abstracto que persigue fines de Es todo ente abstracto que persigue fines de utilidad colectiva y al cual, como medio para la utilidad colectiva y al cual, como medio para la consecusión de estos , la ley le reconoce consecusión de estos , la ley le reconoce capacidad de goce y de ejercicio.capacidad de goce y de ejercicio.

CorporacionesCorporaciones: Se trata de una colectividad de : Se trata de una colectividad de personas que se rigen por si mismas con voluntad personas que se rigen por si mismas con voluntad propia, y que persiguen el bienestar de sus propia, y que persiguen el bienestar de sus asociados:asociados:

FundacionesFundaciones: Se trata de una organización : Se trata de una organización dirigida a un fin determinado y se rigen por la dirigida a un fin determinado y se rigen por la voluntad del fundador, que destina bienes a tal fin.voluntad del fundador, que destina bienes a tal fin.

Page 12: Código de Minería

ATRIBUTOS DE LA PERSONALIDADATRIBUTOS DE LA PERSONALIDAD

CAPACIDAD DE GOCECAPACIDAD DE GOCE NACIONALIDADNACIONALIDAD NOMBRENOMBRE ESTADO CIVILESTADO CIVIL DOMICILIODOMICILIO PATRIMONIOPATRIMONIO

Las personas naturales los tienen todos; las Las personas naturales los tienen todos; las jurídicas, también, excepto el estado civil.jurídicas, también, excepto el estado civil.

Page 13: Código de Minería

CAPACIDAD DE GOCECAPACIDAD DE GOCE

La Capacidad en general, es la aptitud legal para La Capacidad en general, es la aptitud legal para ser sujeto o titular de derechos y la facultad legal ser sujeto o titular de derechos y la facultad legal para ejercerlos.para ejercerlos.

La La Capacidad de GoceCapacidad de Goce: Es la aptitud legal para : Es la aptitud legal para ser sujeto o titular de derecho, se llama también ser sujeto o titular de derecho, se llama también adquisitivaadquisitiva..

La La Capacidad de EjercicioCapacidad de Ejercicio: Es la facultad legal : Es la facultad legal para ejercer derechos por si mismo.para ejercer derechos por si mismo.Sólo la capacidad de goce es un atributo de la Sólo la capacidad de goce es un atributo de la personalidad, no así la capacidad de ejercicio.personalidad, no así la capacidad de ejercicio.

Page 14: Código de Minería

NACIONALIDADNACIONALIDAD

Es el vínculo jurídico político que une a un Es el vínculo jurídico político que une a un individuo a un Estado determinado, dándole la individuo a un Estado determinado, dándole la calidad de miembro de éste.calidad de miembro de éste.

Nacionalidad y Ciudadanía: No debe confundirse, Nacionalidad y Ciudadanía: No debe confundirse, pues la segunda se refiere al ejercicio de pues la segunda se refiere al ejercicio de derechos políticosderechos políticos

Page 15: Código de Minería

NOMBRENOMBRE

Es la palabra o palabras que sirven para distinguir Es la palabra o palabras que sirven para distinguir legalmente a una persona de otra.legalmente a una persona de otra.

En los pueblos primitivos era único e individual, En los pueblos primitivos era único e individual, cada persona tenía un nombre y no lo transmitía a cada persona tenía un nombre y no lo transmitía a sus descendientes. En la Edad Media, se empieza a sus descendientes. En la Edad Media, se empieza a utilizar sobrenombres o se agrega al nombre del utilizar sobrenombres o se agrega al nombre del individuo el nombre del padre o del clan; también individuo el nombre del padre o del clan; también se utilizan el de profesiones, animales, etc.se utilizan el de profesiones, animales, etc.

ComposiciónComposición: a) nombre individual o prenomen : a) nombre individual o prenomen (nombre propio o de pila); b) nombre patronímico, (nombre propio o de pila); b) nombre patronímico, de familia o apellidos.de familia o apellidos.

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HIJO DE: González; Hernández; Fernández; Pérez

ANIMALES: Toro; Gallo; León; Águila; Aguilar

COSAS: Mesa; Torre; Caldera; Calderón; Cofre; Canales; Ríos; Lagos; Lagunas; Calleja; Castillo; Villa; Puente; Barrios; Fuentes; Roca; Montaña; Cadena; Cuadro; Barra; Salas

PROFESIONES: Herrero; Pastor; Zapatero; Guerrero; Galeno

ÁRBOLES Y FLORES: Manzano; Naranjo; Rosales; Pino; Robles; Romero; Palma; Parra; Piñones; Zenteno; Mora

CARACTERISTICAS FISICAS y MORALES: Barriga; Cabezón; Paz; Caballero; Matamoros; Salvador; Amor; Bravo; Honores; Manso; Amigo.

COLORES: Rojo; Blanco; Pardo; Rojas

Page 17: Código de Minería

NOMBRENOMBRE

Protección Penal: Delito de Usurpación de nombre Protección Penal: Delito de Usurpación de nombre (art.214)(art.214)

Protección de la Ley de Propiedad Intelectual e Protección de la Ley de Propiedad Intelectual e Industrial (razón social o nombre comercial, Industrial (razón social o nombre comercial, seudonimo de escritores, etc.)seudonimo de escritores, etc.)

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ESTADO CIVILESTADO CIVIL

Es el lugar permanente que una persona ocupa Es el lugar permanente que una persona ocupa dentro de la sociedad y que depende de sus dentro de la sociedad y que depende de sus relaciones de familia y que lo habilita para ejercer relaciones de familia y que lo habilita para ejercer ciertos derechos o contraer ciertas obligaciones:ciertos derechos o contraer ciertas obligaciones:

Soltero, casado, divorciado, viudo, hijo, padre, Soltero, casado, divorciado, viudo, hijo, padre, madre, suegro, suegra, etc.madre, suegro, suegra, etc.

Page 19: Código de Minería

DOMICILIODOMICILIO

HabitaciónHabitación: Es el hecho material de que una : Es el hecho material de que una persona se encuentre en un lugar; es el asiento persona se encuentre en un lugar; es el asiento ocasional y transitorio de una persona. Ejm. La ocasional y transitorio de una persona. Ejm. La ciudad que se visita.ciudad que se visita.

ResidenciaResidencia: Es el asiento de hecho de una persona; : Es el asiento de hecho de una persona; el lugar donde habitualmente vive una persona.el lugar donde habitualmente vive una persona.

DomicilioDomicilio: Es el lugar en que se supone una : Es el lugar en que se supone una persona vive de modo permanente, donde ejerce persona vive de modo permanente, donde ejerce sus derechos y cumple sus obligaciones.sus derechos y cumple sus obligaciones.

Page 20: Código de Minería

PATRIMONIOPATRIMONIO

Es el conjunto de derechos y obligaciones de una Es el conjunto de derechos y obligaciones de una persona apreciables en dinero o la posibilidad de persona apreciables en dinero o la posibilidad de tenerlos.tenerlos.

Una persona puede no tener ningún tipo de Una persona puede no tener ningún tipo de bienes, sólo deudas y aun así tener patrimonio.bienes, sólo deudas y aun así tener patrimonio.

Patrimonio no significa riqueza.Patrimonio no significa riqueza.

Page 21: Código de Minería

FUENTES DEL DERECHO CHILENOFUENTES DEL DERECHO CHILENO

1. 1. Constitución Política de La RepúblicaConstitución Política de La República2. 2. LeyLey (legislación). En su sentido amplio (legislación). En su sentido amplio comprende la Constitución, la Ley, los Tratados.comprende la Constitución, la Ley, los Tratados.3. 3. Tratados InternacionalesTratados Internacionales. . 4. 4. Decretos con Jerarquía de LeyDecretos con Jerarquía de Ley: Decreto con : Decreto con Fuerza de Ley y Decreto Ley.Fuerza de Ley y Decreto Ley.5. 5. Reglamentos, Instrucciones, Decretos Reglamentos, Instrucciones, Decretos Supremos y ResolucionesSupremos y Resoluciones..

Page 22: Código de Minería

PRINCIPALES RAMAS DEL DERECHO CHILENOPRINCIPALES RAMAS DEL DERECHO CHILENO

Derecho ConstitucionalDerecho Constitucional: Regulan la forma del : Regulan la forma del Estado, la organización de los Poderes Públicos y las Estado, la organización de los Poderes Públicos y las Garantías Individuales.Garantías Individuales.

Derecho AdministrativoDerecho Administrativo: Regula la creación, : Regula la creación, organización, funcionamiento de los Servicios organización, funcionamiento de los Servicios Públicos.Públicos.

Derecho PenalDerecho Penal: Aplica sanciones por hechos : Aplica sanciones por hechos tipificados como delitos. tipificados como delitos.

Derecho CivilDerecho Civil: Regula el estado de las personas, su : Regula el estado de las personas, su capacidad, la propiedad de bienes y su transferencia capacidad, la propiedad de bienes y su transferencia

Derecho MineroDerecho Minero: Regula la constitución, : Regula la constitución, conservación y caducidad de las concesiones minera.conservación y caducidad de las concesiones minera.

Page 23: Código de Minería

INTRODUCCIÓN AL MODULO INTRODUCCIÓN AL MODULO DE LEGISLACIÓN MINERADE LEGISLACIÓN MINERA

Page 24: Código de Minería

CHILE PAIS MINEROCHILE PAIS MINERO

Desde la conquista española hasta nuestros días, no ha pasado instante en que la actividad minera no haya destacado en Chile como actor fundamental de la vida y desarrollo nacional.

En diferentes épocas de nuestra historia, cateadores, mineros y empresarios, han permitido situar a Chile en los primeros lugares como productor de oro, plata o cobre. Además, la producción en gran escala de hierro, salitre, carbón, hidrocarburos, y recursos metálicos y no metálicos hacen de Chile una nación esencialmente minera.

Page 25: Código de Minería

CHILE PAIS MINEROCHILE PAIS MINERO

La minería no es una actividad económica similar a las demás, porque se halla subordinada a diversos factores que la diferencian nítidamente de otras ramas de la producción y los servicios.

La suma de tales factores imprime a la minería un alto grado de “aleatoriedad”. Esta es una de sus características distintivas, contribuye a explicar por qué es necesario contar con una legislación especial parar esta actividad.

Page 26: Código de Minería

CHILE PAIS MINEROCHILE PAIS MINERO

La actividad minera ha contado siempre con regímenes jurídicos especiales que han debido resolver: Quien es el titular del dominio originario de la

riqueza mineral. Quien está habilitado para aprovechar esa riqueza, y

como se clasifica ella desde esta perspectiva. Que naturaleza tienen los derechos que se pueden

adquirir sobre la riqueza minera de aprovechamiento general, y cual es el procedimiento para adquirirlo.

Que condición deben cumplir los titulares de esos derechos para mantenerlos vigentes dentro de su patrimonio.

Page 27: Código de Minería

Cifras Mineras 2009Cifras Mineras 2009

Page 28: Código de Minería

CIFRASCIFRAS Total Exportaciones Mineras US$53.735 millones.Total Exportaciones Mineras US$53.735 millones. Total Exportaciones de Cobre: 2009 US$27.454 Total Exportaciones de Cobre: 2009 US$27.454

millones (2009) y US$39.290 millones (2010); Volumen millones (2009) y US$39.290 millones (2010); Volumen promedio: 9.600 miles de toneladas.promedio: 9.600 miles de toneladas.

Chile, principal productor de Cu en el mundo.Chile, principal productor de Cu en el mundo. Tributación Codelco: US$9.000 millones (2008) y Tributación Codelco: US$9.000 millones (2008) y

US$4.500 millones (2009).US$4.500 millones (2009). Utilidades de las Gran Minería Privada US$14.300 Utilidades de las Gran Minería Privada US$14.300

(2010)(2010) Porcentaje promedio de Aporte de la Industria Minera Porcentaje promedio de Aporte de la Industria Minera

al Presupuesto de la Nación 23% (2011)al Presupuesto de la Nación 23% (2011)FuenteFuente: Banco Central: Banco Central

Page 29: Código de Minería

DESAFIOSDESAFIOS

70.000 trabajadores capacitados en los próximos 70.000 trabajadores capacitados en los próximos 10 años.10 años.

30% más de energía (5 represas del proyecto 30% más de energía (5 represas del proyecto Hidroaysen).Hidroaysen).

4% más de agua (agua dulce v/s agua de mar)4% más de agua (agua dulce v/s agua de mar)

FuenteFuente: Ministro de Minería: Ministro de Minería

Page 30: Código de Minería

INDICEINDICE

Código de MineríaCódigo de Minería Reglamento de Seguridad MineraReglamento de Seguridad Minera Reglamento de Depósito de RelavesReglamento de Depósito de Relaves Legislación Laboral: Trabajo PesadoLegislación Laboral: Trabajo Pesado Legislación laboral: Régimen de SubcontrataciónLegislación laboral: Régimen de Subcontratación Ley de Bases Generales del Medio AmbienteLey de Bases Generales del Medio Ambiente Ley de Accidentes del Trabajo y ReglamentosLey de Accidentes del Trabajo y Reglamentos ExamenExamen

Page 31: Código de Minería

CODIGO DE MINERIA 1° ParteCODIGO DE MINERIA 1° Parte

Concepto BásicosConcepto Básicos Derecho de MineríaDerecho de Minería Mina o Yacimiento MineralMina o Yacimiento Mineral

Desarrollo HistóricoDesarrollo Histórico FuentesFuentes Órganos Públicos de la MineríaÓrganos Públicos de la Minería Dominio MineroDominio Minero Capacidad Capacidad Sustancias MinerasSustancias Mineras

Page 32: Código de Minería

CODIGO DE MINERIA 2° ParteCODIGO DE MINERIA 2° Parte

Facultad de Catar y CavarFacultad de Catar y Cavar Concesiones MinerasConcesiones Mineras Procedimiento de ConstituciónProcedimiento de Constitución Derechos y Obligaciones de los concesionariosDerechos y Obligaciones de los concesionarios ServidumbresServidumbres Sociedades MinerasSociedades Mineras Tributación MineraTributación Minera

Page 33: Código de Minería

Conceptos BásicosConceptos Básicos

Page 34: Código de Minería

DERECHO DE MINERIADERECHO DE MINERIA

Es la rama del derecho que rige y reglamenta la Es la rama del derecho que rige y reglamenta la constituciónconstitución, la , la conservaciónconservación y y caducidadcaducidad de de las las concesiones minerasconcesiones mineras, los derechos y , los derechos y obligaciones de los concesionarios mineros, sus obligaciones de los concesionarios mineros, sus relaciones entre sí y con el Estado en todo lo que relaciones entre sí y con el Estado en todo lo que se refiere a la industria minera.se refiere a la industria minera.

Page 35: Código de Minería

MINA O YACIMIENTO MINERALMINA O YACIMIENTO MINERAL

Es un depósito natural de sustancias del reino Es un depósito natural de sustancias del reino mineral, susceptibles de apropiación, que se mineral, susceptibles de apropiación, que se encuentran en él, en proporción suficiente de encuentran en él, en proporción suficiente de modo tal que su explotación representa ventajas modo tal que su explotación representa ventajas económicas. económicas.

Se excluyen de este concepto los tesoros, pues Se excluyen de este concepto los tesoros, pues estos no son depósitos naturales.estos no son depósitos naturales.

Page 36: Código de Minería

DESARROLLO HISTÓRICO DESARROLLO HISTÓRICO

En En 18741874 se dicta primer Código de Minería: se dicta primer Código de Minería: denunciabilidad restringida y se mantuvo el denunciabilidad restringida y se mantuvo el amparo por el trabajo.amparo por el trabajo.

En En 18881888, se dictó un nuevo Código, que amplió la , se dictó un nuevo Código, que amplió la denunciabilidad, mantuvo la constitución judicial denunciabilidad, mantuvo la constitución judicial de la concesión y modificó el sistema de amparo de la concesión y modificó el sistema de amparo estableciendo la obligación del pago de una estableciendo la obligación del pago de una patente, de forma tal, que si no se pagaba la patente, de forma tal, que si no se pagaba la patente, se remataba la propiedad minera.patente, se remataba la propiedad minera.

Page 37: Código de Minería

DESARROLLO HISTÓRICO DESARROLLO HISTÓRICO

En En 19281928 se dicta la Ley 4.256 (Ley Marambio), se dicta la Ley 4.256 (Ley Marambio), estableciendo que el no pago de dos patentes estableciendo que el no pago de dos patentes consecutivas provocaba la caducidad de la consecutivas provocaba la caducidad de la propiedad minera, por el sólo ministerio de la Ley propiedad minera, por el sólo ministerio de la Ley (automáticamente), por lo que se podía pedir al (automáticamente), por lo que se podía pedir al juez la cancelación de la inscripción.juez la cancelación de la inscripción.

En En 19301930 se dictó un nuevo Código de Minería, se dictó un nuevo Código de Minería, que tuvo breve existencia pues fue sustituido por que tuvo breve existencia pues fue sustituido por el llamado Código de el llamado Código de 19321932, el que rigió en Chile , el que rigió en Chile hasta la dictación del actual Código de Minería de hasta la dictación del actual Código de Minería de 19831983..

Page 38: Código de Minería

DESARROLLO HISTÓRICO DESARROLLO HISTÓRICO

El Código de 1932, estableció una amplia El Código de 1932, estableció una amplia denunciabilidad, reservando el dominio del denunciabilidad, reservando el dominio del Estado sobre los hidrocarburos líquidos y Estado sobre los hidrocarburos líquidos y gaseosos, y sobre el guano, restringió la gaseosos, y sobre el guano, restringió la denunciabilidad también a las sustancias que denunciabilidad también a las sustancias que eran reserva del dueño del suelo. Se mantuvo la eran reserva del dueño del suelo. Se mantuvo la constitución judicial de la propiedad minera y el constitución judicial de la propiedad minera y el amparo por vía del pago de una patente.amparo por vía del pago de una patente.

Page 39: Código de Minería

DESARROLLO HISTÓRICO DESARROLLO HISTÓRICO

El año 1971, se dictó la Ley 17.450, que El año 1971, se dictó la Ley 17.450, que estableció importante modificaciones en la estableció importante modificaciones en la Constitución Política del Estado vigente a la Constitución Política del Estado vigente a la época (1925).época (1925).1.- Cambio el sistema de dominio minero de 1.- Cambio el sistema de dominio minero de Libertad de Minas por el de Regalista;Libertad de Minas por el de Regalista;2.- Cambio el nombre de propiedad minera a 2.- Cambio el nombre de propiedad minera a concesión minera.concesión minera.3.- Nacionalizó la Gran Minería del Cobre a través 3.- Nacionalizó la Gran Minería del Cobre a través de la expropiación.de la expropiación.

Page 40: Código de Minería

LA LEGISLACIÓN MINERA EN CHILELA LEGISLACIÓN MINERA EN CHILE

Desde el punto de vista legal, el desarrollo de la actividad minera, tanto en el proceso exploratorio, como en el proceso extractivo e industrial está sujeto a una serie de regulaciones, tanto legales como administrativas, destinadas a asegurar los derechos tanto del industrial minero como de los titulares de otros derechos. Dentro de éstos, es de importancia considerar cómo confluye o interactúa el derecho de propiedad, tanto del minero sobre su concesión, como el del propietario del predio superficial.

Page 41: Código de Minería

FUENTES DEL DERECHO DE MINERIAFUENTES DEL DERECHO DE MINERIA

Constitución Política de la RepúblicaConstitución Política de la República Ley Nº18.097 (L.O.C. sobre Concesiones Mineras).Ley Nº18.097 (L.O.C. sobre Concesiones Mineras). Ley Nº18.248 (Código de Minería). Ley Nº18.248 (Código de Minería). Ley Nº19.300 (Bases del Medio Ambiente).Ley Nº19.300 (Bases del Medio Ambiente). Ley de Impuesto específico a la Actividad Minera.Ley de Impuesto específico a la Actividad Minera. Ley Nº20.551 de Cierre de Faenas e Instalaciones.Ley Nº20.551 de Cierre de Faenas e Instalaciones. Reglamentos del Código de Minería; de Seguridad Reglamentos del Código de Minería; de Seguridad

Minera; de Diseño, Construcción y Operación de Minera; de Diseño, Construcción y Operación de Depósito de Relaves; del Sistema de Evaluación Depósito de Relaves; del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental. de Impacto Ambiental.

Código Civil, Código de Procedimiento Civil, etc.Código Civil, Código de Procedimiento Civil, etc.

Page 42: Código de Minería

Constitución PolíticaConstitución Política

Page 43: Código de Minería

FUENTES DEL DERECHO DE MINERIAFUENTES DEL DERECHO DE MINERIA

Constitución PolíticaConstitución Política. Artículo 19 Nº24 inciso 6º: “. Artículo 19 Nº24 inciso 6º: “El El Estado tiene el dominio absoluto, exclusivo, Estado tiene el dominio absoluto, exclusivo, inalienable e imprescriptible de todas las minas, inalienable e imprescriptible de todas las minas, comprendiéndose en ésta las covaderas, las arenas comprendiéndose en ésta las covaderas, las arenas metalíferas, los salares, los depósitos de carbón e metalíferas, los salares, los depósitos de carbón e hidrocarburos y las demás sustancias fósiles, con hidrocarburos y las demás sustancias fósiles, con excepción de las arcillas superficiales, no obstante excepción de las arcillas superficiales, no obstante la propiedad de las personas naturales o jurídicas la propiedad de las personas naturales o jurídicas sobre terrenos en cuyas entrañas estuvieren sobre terrenos en cuyas entrañas estuvieren situadas. Los predios superficiales estarán sujetos situadas. Los predios superficiales estarán sujetos a las obligaciones y limitaciones que la ley señale a las obligaciones y limitaciones que la ley señale para facilitar la exploración, la explotación y el para facilitar la exploración, la explotación y el beneficio de dichas minasbeneficio de dichas minas”.”.

Page 44: Código de Minería

DOMINIO MINERO ESTATALDOMINIO MINERO ESTATAL

Art. 19 N°24 inc.6 de la Constitución Política de la República y art. 1º LOC y Art. 1º CM.

El Estado tiene el dominio..

1º Absoluto : no sujeto a limitaciones o gravámenes2º Exclusivo : excluye a otro titular3º Inalienable : no enajenable4º Imprescriptible : no se pierde por el goce o posesión

“Todas las minas”: comprende todos los depósitos naturales de sustancias minerales, exceptuadas las arcillas superficiales.

Page 45: Código de Minería

La expresión “minas”“minas” se extiende a:

1º Covaderas2º Arenas metalíferas3º Salares4º Depósitos de carbón5º Depósitos de hidrocarburos6º Demás sustancias fósiles

El Estado es dueño, no obstante la propiedad de otras personas sobre los predios superficiales y no interesa dónde se encuentra ubicada la riqueza mineral (suelo o subsuelo). Coexistencia de dos propietarios. El Estado y dueño del suelo que está “...sujetos a las obligaciones y limitaciones que la ley señale para facilitar la exploración, la explotación y el beneficio de dichas minas”.

Page 46: Código de Minería

ORGANOS PÚBLICOS DE LA MINERÍAORGANOS PÚBLICOS DE LA MINERÍA

Ministerio de Minería. Ministerio de Minería. Servicio Nacional de Geología y MineríaServicio Nacional de Geología y Minería Comisión Chilena de Energía Nuclear Comisión Chilena de Energía Nuclear Empresa Nacional de Minería. Empresa Nacional de Minería. Comisión Chilena del Cobre.Comisión Chilena del Cobre. Corporación Nacional del Cobre de Chile.Corporación Nacional del Cobre de Chile. Empresa Nacional del Petróleo.Empresa Nacional del Petróleo.

Page 47: Código de Minería

MINISTERIO DE MINERÍA

Es la máxima autoridad del sector. Su misión es diseñar, difundir y fomentar políticas mineras que incorporen la sustentabilidad y la innovación tecnológica, a fin de maximizar el aporte sectorial al desarrollo económico, ambiental y social.

De este Ministerio dependen la Comisión Chilena del Cobre (COCHILCO) y el SERNAGEOMIN.

A este Ministerio están vinculadas dos empresas : ENAMI y CODELCO.

Page 48: Código de Minería

SERNAGEOMINSERNAGEOMIN

Creado en 1980, y cuyas principales funciones son: Creado en 1980, y cuyas principales funciones son: fiscalizar las condiciones de seguridad minera, el fiscalizar las condiciones de seguridad minera, el diseño e ingeniería de depósitos de relaves, diseño e ingeniería de depósitos de relaves, asesorar al Ministerio de Minería y a los Tribunales asesorar al Ministerio de Minería y a los Tribunales en la constitución de concesiones mineras.en la constitución de concesiones mineras.

Este Servicio tiene una rama minera y otra de Este Servicio tiene una rama minera y otra de investigación.investigación.

La rama minera se denomina Subdirección Nacional La rama minera se denomina Subdirección Nacional de Minería, en donde existe el Departamento de de Minería, en donde existe el Departamento de Propiedad Minera y el Departamento de Propiedad Minera y el Departamento de Operaciones. Operaciones.

En el procedimiento de constitución de una En el procedimiento de constitución de una concesión, el juez solicita informes al Departamento concesión, el juez solicita informes al Departamento de Propiedad Minera, que tiene dos funciones: a).- de Propiedad Minera, que tiene dos funciones: a).- Emitir informe a los Tribunales y b).- Llevar el rol y Emitir informe a los Tribunales y b).- Llevar el rol y catastro minero nacional.catastro minero nacional.

Page 49: Código de Minería

COMISIÓN CHILENA DE ENERGÍA NUCLEAR COMISIÓN CHILENA DE ENERGÍA NUCLEAR

Creada por el Ley Nº16.319 de 1965, es un Creada por el Ley Nº16.319 de 1965, es un organismo que atiende los asuntos relacionados organismo que atiende los asuntos relacionados con la producción, adquisición y transporte de los con la producción, adquisición y transporte de los productos atómicos naturales. productos atómicos naturales.

En la actualidad sólo se puede comerciar Uranio y En la actualidad sólo se puede comerciar Uranio y Torio con el Estado a través de este organismo.Torio con el Estado a través de este organismo.

Page 50: Código de Minería

COMISIÓN CHILENA DEL COBRE (COCHILCO)COMISIÓN CHILENA DEL COBRE (COCHILCO)

Creada por D.L. N° 1349 de 1976, cuyo texto fue Creada por D.L. N° 1349 de 1976, cuyo texto fue refundido por el D.F.L. Nº1 de 1987, modificándose refundido por el D.F.L. Nº1 de 1987, modificándose el texto original por ley 18.940 de 1990. Se la el texto original por ley 18.940 de 1990. Se la define como un organismo desconcentrado define como un organismo desconcentrado dependiente del Ministerio de Minería, con dependiente del Ministerio de Minería, con personalidad jurídica propia, siendo un organismo personalidad jurídica propia, siendo un organismo asesor técnico del Estado en materias mineras asesor técnico del Estado en materias mineras relacionadas con el Cobre y todas las sustancias relacionadas con el Cobre y todas las sustancias minerales metálicas y no metálicas, exceptuando minerales metálicas y no metálicas, exceptuando el carbón y los hidrocarburos.el carbón y los hidrocarburos.

Page 51: Código de Minería

EMPRESA NACIONAL DE MINERÍA (ENAMI). EMPRESA NACIONAL DE MINERÍA (ENAMI).

Creada en 1960 por la fusión de la Caja de Crédito y Creada en 1960 por la fusión de la Caja de Crédito y Fomento Minero y la Empresa Nac. de Fundiciones.Fomento Minero y la Empresa Nac. de Fundiciones.

Tiene por objeto Tiene por objeto fomentar el desarrollo de la fomentar el desarrollo de la pequeña y mediana minería, apoyándola mediante pequeña y mediana minería, apoyándola mediante asistencia técnica desde el reconocimiento asistencia técnica desde el reconocimiento (exploración), pasando por la producción, fundición y (exploración), pasando por la producción, fundición y hasta la colocación de los productos en el mercado hasta la colocación de los productos en el mercado internacional de metales refinados, en condiciones de internacional de metales refinados, en condiciones de competitividadcompetitividad. .

Page 52: Código de Minería

CORPORACIÓN NACIONAL DEL COBRE DE CORPORACIÓN NACIONAL DEL COBRE DE CHILE (CODELCO)CHILE (CODELCO)

Creada por D.L.1350 de 1976, modificada por ley Creada por D.L.1350 de 1976, modificada por ley 18.958 de 1990. Codelco, es una empresa 18.958 de 1990. Codelco, es una empresa autónoma del Estado que le corresponde la autónoma del Estado que le corresponde la exploración, explotación y comercialización, de exploración, explotación y comercialización, de los yacimientos de cobre, de la gran minería que los yacimientos de cobre, de la gran minería que el pertenecen al Estado.el pertenecen al Estado.

Page 53: Código de Minería

EMPRESA NACIONAL DEL PETRÓLEO (ENAP) EMPRESA NACIONAL DEL PETRÓLEO (ENAP)

Organismo creado por Ley 9.618 de 1950, cuyo Organismo creado por Ley 9.618 de 1950, cuyo texto refundido fue fijado por D.F.L. Nº1 de 1986, texto refundido fue fijado por D.F.L. Nº1 de 1986, encargado de la exploración, explotación, encargado de la exploración, explotación, refinamiento y comercialización de hidrocarburos refinamiento y comercialización de hidrocarburos líquidos y gaseosos.líquidos y gaseosos.

Page 54: Código de Minería

ASOCIACIONES PRIVADAS

Sociedad Nacional de Minería (SONAMI). Creada en 1883, es un Federación gremial que agrupa a empresarios mineros privados de la pequeña, mediana y gra minería.

Consejo Minero de Chile A.G. (1983) Es una asociación gremial que agrupa a empresas de la gran minería chilena, públicas y privadas, productoras de cobre, oro y plata, de capitales chilenos y extranjeros.

Page 55: Código de Minería

DOMINIO MINERODOMINIO MINERO

DOCTRINA DE LA ACCESIÓNDOCTRINA DE LA ACCESIÓN DOCTRINA DE LA OCUPACIÓNDOCTRINA DE LA OCUPACIÓN DOCTRINA RES NULLIUSDOCTRINA RES NULLIUS DOCTRINA REGALISTADOCTRINA REGALISTA DOCTRINA LIBERTAD DE MINAS O ESPAÑOLDOCTRINA LIBERTAD DE MINAS O ESPAÑOL

Page 56: Código de Minería

DOMINIO MINERODOMINIO MINERO

Al momento de descubrirse una yacimiento Al momento de descubrirse una yacimiento surgen una serie de preguntas, siendo la principal surgen una serie de preguntas, siendo la principal aquella que busca determinar: ¿quién es el aquella que busca determinar: ¿quién es el dueño?. dueño?.

A lo largo del tiempo han existido distintas A lo largo del tiempo han existido distintas respuestas a esta misma pregunta, según la respuestas a esta misma pregunta, según la doctrina dominante de la época: el dueño del doctrina dominante de la época: el dueño del suelo, el descubridor, el Estado, etc.suelo, el descubridor, el Estado, etc.

Page 57: Código de Minería

DOCTRINA DOCTRINA DE LA ACCESIÓNDE LA ACCESIÓN

Según ésta el dominio queda radicado en el Según ésta el dominio queda radicado en el dueño del terreno superficial, pues las minas son dueño del terreno superficial, pues las minas son accesorias al suelo superficial.accesorias al suelo superficial.

Esta doctrina presenta como ventaja que evita Esta doctrina presenta como ventaja que evita conflictos, pues una sola persona es dueña de conflictos, pues una sola persona es dueña de todo, sin embargo se le critica por el hecho de todo, sin embargo se le critica por el hecho de que no fomenta el desarrollo de la industria que no fomenta el desarrollo de la industria minera.minera.

Page 58: Código de Minería

DOCTRINA DE LA OCUPACIÓNDOCTRINA DE LA OCUPACIÓN

Según ésta las minas no tienen dueño, sino hasta Según ésta las minas no tienen dueño, sino hasta cuando son descubiertas, y una vez descubiertas cuando son descubiertas, y una vez descubiertas su dueño será su descubridor.su dueño será su descubridor.

Este sistema es el que produce mayor cantidad Este sistema es el que produce mayor cantidad de conflictos o litigios, perjudicando la estabilidad de conflictos o litigios, perjudicando la estabilidad de la industria minera, sin embargo su ventaja es de la industria minera, sin embargo su ventaja es que incentiva la investigación minera, por cuanto que incentiva la investigación minera, por cuanto la mina puede ser descubierta por varias la mina puede ser descubierta por varias personas a la vez.personas a la vez.

Page 59: Código de Minería

DOCTRINA DEL RES NULLIUSDOCTRINA DEL RES NULLIUS

Según esta las minas no pertenecen a nadie, no Según esta las minas no pertenecen a nadie, no son del dueño del suelo, no son del Estado, no son del dueño del suelo, no son del Estado, no son del descubridor.son del descubridor.

Es el Estado como representante del grupo social Es el Estado como representante del grupo social quien se la entrega a aquél que ofrezca mejores quien se la entrega a aquél que ofrezca mejores garantías o ventajas para la sociedad, no sólo garantías o ventajas para la sociedad, no sólo económicas, sino también todas las cualidades económicas, sino también todas las cualidades que permitan una mejor explotación. que permitan una mejor explotación.

Su desventaja radica en que se ha comprobado Su desventaja radica en que se ha comprobado que desalienta la investigación minera.que desalienta la investigación minera.

Page 60: Código de Minería

DOCTRINA REGALISTADOCTRINA REGALISTA

Las minas son bienes del dominio patrimonial y Las minas son bienes del dominio patrimonial y exclusivo del Estado, quien puede: exclusivo del Estado, quien puede:

a)a) Explotarlas directamente a través de sus Explotarlas directamente a través de sus empresas u organismos públicos; empresas u organismos públicos;

b)b) Venderlas u arrendarlas; Venderlas u arrendarlas; c)c) Otorgar concesiones administrativas, a quien Otorgar concesiones administrativas, a quien

estime pertinente; estime pertinente; d)d) Participar en sociedad mineras con particulares.Participar en sociedad mineras con particulares. Su ventaja, es que las utilidades obtenidas van Su ventaja, es que las utilidades obtenidas van

en directo beneficio del grupo social.en directo beneficio del grupo social. Crítica: resta iniciativa e inversiones privadas + Crítica: resta iniciativa e inversiones privadas +

ineficiencia del estado-empresario.ineficiencia del estado-empresario.

Page 61: Código de Minería

DOCTRINAS DE LIBERTAD DE MINAS O DOCTRINAS DE LIBERTAD DE MINAS O ESPAÑOLESPAÑOL

Las minas son del Estado, pero su dominio no es Las minas son del Estado, pero su dominio no es patrimonial, es decir, sin bien pertenecen al patrimonial, es decir, sin bien pertenecen al Estado, éste no tiene la facultad de usar, gozar y Estado, éste no tiene la facultad de usar, gozar y disponer (vender o arrendar), por el contrario, el disponer (vender o arrendar), por el contrario, el Estado sólo tiene una obligación respecto de ellas, Estado sólo tiene una obligación respecto de ellas, cual es la de entregárselas a los particulares que cual es la de entregárselas a los particulares que cumplan ciertos requisitos, que normalmente cumplan ciertos requisitos, que normalmente serán descubridores de dichas sustancias.serán descubridores de dichas sustancias.

Existen dos formas para esto, la vía administrativa Existen dos formas para esto, la vía administrativa y la vía judicial (Chile)y la vía judicial (Chile)

Page 62: Código de Minería

CAPACIDAD E INCAPACIDAD CAPACIDAD E INCAPACIDAD PARA ADQUIRIR DERECHOS MINEROSPARA ADQUIRIR DERECHOS MINEROS

Page 63: Código de Minería

CAPACIDAD PARA ADQUIRIR Y EJERCER CAPACIDAD PARA ADQUIRIR Y EJERCER DERECHOS MINEROSDERECHOS MINEROS

La regla general es que toda persona tiene la La regla general es que toda persona tiene la aptitud para adquirir derechos y poder para aptitud para adquirir derechos y poder para ejercerlos por si misma.ejercerlos por si misma.

La capacidad puede ser de dos clases: La capacidad puede ser de dos clases: a) a) Capacidad de Goce o de Adquirir derechos:Capacidad de Goce o de Adquirir derechos: es es aquella que tiene todo individuo para adquirir aquella que tiene todo individuo para adquirir derechos por el sólo hecho de ser persona;derechos por el sólo hecho de ser persona;b) b) Capacidad de EjercicioCapacidad de Ejercicio, es aquella capacidad , es aquella capacidad para ejercitar los derechos que se es titular.para ejercitar los derechos que se es titular.

Page 64: Código de Minería

INCAPACIDADINCAPACIDAD

Es la excepción a la regla general.Es la excepción a la regla general.

Existen personas que no tienen capacidad para Existen personas que no tienen capacidad para adquirir y ejercitar derechos por sí mismos, tales adquirir y ejercitar derechos por sí mismos, tales como los dementes, los sordomudos que no como los dementes, los sordomudos que no pueden darse a entender claramente, los pueden darse a entender claramente, los menores de edad y los disipadores. menores de edad y los disipadores.

Page 65: Código de Minería

INCAPACIDADES ESPECIALESINCAPACIDADES ESPECIALES

El Código de Minería contempla incapacidades El Código de Minería contempla incapacidades aplicables sólo a la actividad minera, razón por la aplicables sólo a la actividad minera, razón por la cual se les llama incapacidades especiales, para cual se les llama incapacidades especiales, para distinguirlas de las anteriores, pero a diferencia de distinguirlas de las anteriores, pero a diferencia de éstas se trata más bien de prohibiciones. El éstas se trata más bien de prohibiciones. El fundamento de estas incapacidades especiales está fundamento de estas incapacidades especiales está dado por razones éticas, pues todos ellos dado por razones éticas, pues todos ellos intervienen directa o indirectamente en el intervienen directa o indirectamente en el procedimiento de constitución de una concesión, o procedimiento de constitución de una concesión, o poseen información privilegiada.poseen información privilegiada.

Page 66: Código de Minería

INCAPACIDADES ESPECIALESINCAPACIDADES ESPECIALES

1.- Los Jueces y Secretarios de Cortes y Juzgados, 1.- Los Jueces y Secretarios de Cortes y Juzgados, Conservadores de Minas, en sus territorios Conservadores de Minas, en sus territorios jurisdiccionales. jurisdiccionales. 2.- Los funcionarios de organismos o empresas del 2.- Los funcionarios de organismos o empresas del Estado que, en razón de sus cargos, intervengan en Estado que, en razón de sus cargos, intervengan en la constitución de concesiones mineras o tengan la constitución de concesiones mineras o tengan acceso a información privilegiada relativa a acceso a información privilegiada relativa a descubrimientos mineros, mientras desempeñan el descubrimientos mineros, mientras desempeñan el cargo y hasta un año después de haber dejado el cargo y hasta un año después de haber dejado el cargo.cargo.3.- El cónyuge no divorciado perpetuamente y los 3.- El cónyuge no divorciado perpetuamente y los hijos de familia de todos los anteriores.hijos de familia de todos los anteriores.

Page 67: Código de Minería

ALCANCE DE LAS PROHIBICIONESALCANCE DE LAS PROHIBICIONES

Las personas anteriores NO PUEDEN:Las personas anteriores NO PUEDEN:

1.- Hacer manifestaciones o pedimentos.1.- Hacer manifestaciones o pedimentos.2.- Adquirir concesiones en trámite o constituidas.2.- Adquirir concesiones en trámite o constituidas.3.- Adquirir cuotas en concesiones.3.- Adquirir cuotas en concesiones.4.- Adquirir acciones en sociedades mineras.4.- Adquirir acciones en sociedades mineras.

Page 68: Código de Minería

CASOS EN QUE NO RIGEN LAS CASOS EN QUE NO RIGEN LAS PROHIBICIONES PROHIBICIONES

a). Cuando se adquieran derechos mineros por a). Cuando se adquieran derechos mineros por sucesión por causa de muerte, es decir, por sucesión por causa de muerte, es decir, por herencia.herencia.

b). Cuando hayan hecho o adquirido concesiones o b). Cuando hayan hecho o adquirido concesiones o cuotas de las mismas, antes del hecho que da cuotas de las mismas, antes del hecho que da origen a la prohibición.origen a la prohibición.

Page 69: Código de Minería

SANCIONESSANCIONES

Los actos que la ley prohíbe son nulos y de Los actos que la ley prohíbe son nulos y de ningún valor, salvo que designe expresamente ningún valor, salvo que designe expresamente otro efecto que el de nulidad para el caso de otro efecto que el de nulidad para el caso de contravención, tal cual ocurre precisamente en el contravención, tal cual ocurre precisamente en el caso particular, en donde la ley ha establecido caso particular, en donde la ley ha establecido una sanción civil y otra penaluna sanción civil y otra penal

Page 70: Código de Minería

SANCION CIVIL Y PENALSANCION CIVIL Y PENAL

Sanción CivilSanción Civil: Mientras el bien este en poder del : Mientras el bien este en poder del infractor, al denunciante, esto es, a quien formula infractor, al denunciante, esto es, a quien formula la denuncia se le transfieren los bienes o derechos la denuncia se le transfieren los bienes o derechos del infractor (Artículo 23 inciso2º del Código).del infractor (Artículo 23 inciso2º del Código).

Sanción PenalSanción Penal, esta constituida por la , esta constituida por la inhabilitación especial temporal en su grado medio inhabilitación especial temporal en su grado medio para desempeñar el cargo de que esté en posesión para desempeñar el cargo de que esté en posesión el infractor, esto es, imposibilidad de ejercer el infractor, esto es, imposibilidad de ejercer durante el tiempo de la condena, por ejemplo, durante el tiempo de la condena, por ejemplo, como juez.como juez.

Page 71: Código de Minería

Clasificación Clasificación Sustancias MineralesSustancias Minerales

Page 72: Código de Minería

SUSTANCIAS MINERASSUSTANCIAS MINERAS

La ley clasifica las sustancias mineras en:La ley clasifica las sustancias mineras en:1.- Sustancias minerales concesibles o denunciables;1.- Sustancias minerales concesibles o denunciables;2.- Sustancias minerales no concesibles o no 2.- Sustancias minerales no concesibles o no denunciables; ydenunciables; y3.- Aquellas que no se consideran sustancias 3.- Aquellas que no se consideran sustancias minerales.minerales.

Este criterio no sólo se refiere a la sustancia en sí, Este criterio no sólo se refiere a la sustancia en sí, sino también al lugar en que se encuentre ubicada, sino también al lugar en que se encuentre ubicada, puesto que una misma sustancia puede ser puesto que una misma sustancia puede ser concesible en un lugar y no concesible en otro.concesible en un lugar y no concesible en otro.

Page 73: Código de Minería

SUSTANCIA MINERA CONCESIBLESUSTANCIA MINERA CONCESIBLE

Son concesibles, o denunciables, las sustancias Son concesibles, o denunciables, las sustancias minerales metálicas y no metálicas y, en general, minerales metálicas y no metálicas y, en general, toda sustancia fósil, en cualquier forma en que toda sustancia fósil, en cualquier forma en que naturalmente se presente, incluyéndose las naturalmente se presente, incluyéndose las existentes en el subsuelo de las aguas marítimas existentes en el subsuelo de las aguas marítimas sometidas a la jurisdicción nacional a las que se sometidas a la jurisdicción nacional a las que se tenga acceso por túneles desde la tierra.tenga acceso por túneles desde la tierra.

Son concesibles también los desmontes, relaves y Son concesibles también los desmontes, relaves y escorias, a condición de que se encuentre extinguida escorias, a condición de que se encuentre extinguida la pertenencia o abandonado el establecimiento de la pertenencia o abandonado el establecimiento de que proceden y siempre y cuando se encuentren en que proceden y siempre y cuando se encuentren en terrenos abiertos y francos.terrenos abiertos y francos.

Page 74: Código de Minería

AGUAS MARÍTIMAS SOMETIDAS A LA AGUAS MARÍTIMAS SOMETIDAS A LA JURISDICCIÓN NACIONALJURISDICCIÓN NACIONAL

Son las que se extienden hasta las 200 millas marinas Son las que se extienden hasta las 200 millas marinas medidas desde la líneas de base, esto es, desde la medidas desde la líneas de base, esto es, desde la línea de más baja marea en la costa. Este mar recibe línea de más baja marea en la costa. Este mar recibe sucesivamente las denominaciones de sucesivamente las denominaciones de mar territorialmar territorial, , que alcanza a 12 m.m.; que alcanza a 12 m.m.; zona contiguazona contigua, que se , que se extiende hasta la distancia de 24 m.m., en donde el extiende hasta la distancia de 24 m.m., en donde el Estado ejerce jurisdicción para prevención y sanción Estado ejerce jurisdicción para prevención y sanción de las infracciones de sus legislación aduanera, fiscal, de las infracciones de sus legislación aduanera, fiscal, de inmigración y sanitaria; y la de inmigración y sanitaria; y la zona económica zona económica exclusivaexclusiva que se extiende hasta las 200 milla que se extiende hasta las 200 milla marinas y en donde el Estado ejerce derecho de marinas y en donde el Estado ejerce derecho de soberanía para explorar, explotar, conservar y soberanía para explorar, explotar, conservar y administrar los recursos naturales de las aguas administrar los recursos naturales de las aguas adyacentes al lecho, del lecho y del subsuelo del mar.adyacentes al lecho, del lecho y del subsuelo del mar.

Page 75: Código de Minería

DESMONTESDESMONTES

El Código de Minería establece en su artículo 6 que El Código de Minería establece en su artículo 6 que los desmontes son accesorios de la pertenencia de los desmontes son accesorios de la pertenencia de que proceden, y se forman por material estéril con que proceden, y se forman por material estéril con mineral de ley, o derechamente, por material de mineral de ley, o derechamente, por material de baja ley, generalmente procedente del “pallaqueo”, baja ley, generalmente procedente del “pallaqueo”, o selección del mineral en las canchas de acopio. o selección del mineral en las canchas de acopio. El pallaqueo consiste en seleccionar manualmente, El pallaqueo consiste en seleccionar manualmente, con la ayuda de un pequeño rastrillo, las pequeñas con la ayuda de un pequeño rastrillo, las pequeñas rocas con contenido de oro que se pueden hallar rocas con contenido de oro que se pueden hallar en los desmontes desechados por los mineros en la en los desmontes desechados por los mineros en la extracción. extracción.

Page 76: Código de Minería

ESCORIAESCORIA

La escoria es el producto de un beneficio a fuego La escoria es el producto de un beneficio a fuego del que se ha retirado, el moldeado, restando del que se ha retirado, el moldeado, restando éstas como retallas o desechos éstas como retallas o desechos

Page 77: Código de Minería

RELAVESRELAVES

Los relaves son el producto de un tratamiento Los relaves son el producto de un tratamiento húmedo al que, una vez retirado el concentrado húmedo al que, una vez retirado el concentrado más rico, se ha dejado escurrir libremente o se ha más rico, se ha dejado escurrir libremente o se ha encauzado hacia un determinado sector, encauzado hacia un determinado sector, generalmente un tranque, en donde se deposita generalmente un tranque, en donde se deposita

Page 78: Código de Minería

DESMONTES, ESCORIA Y RELAVESDESMONTES, ESCORIA Y RELAVES

Son concesibles cuando la pertenencia de que Son concesibles cuando la pertenencia de que procedan se ha extinguido, o cuando se ha procedan se ha extinguido, o cuando se ha abandonado, en estos casos, el establecimiento de abandonado, en estos casos, el establecimiento de beneficio de minerales del que procedan debe beneficio de minerales del que procedan debe encontrarse en terrenos abiertos y francos, esto es, no encontrarse en terrenos abiertos y francos, esto es, no deben estar cercados o cerrados y no debe existir deben estar cercados o cerrados y no debe existir sobre ellos ninguna concesión minera.sobre ellos ninguna concesión minera.

Cumplidos estos requisitos, cualquiera persona puede Cumplidos estos requisitos, cualquiera persona puede presentar una manifestación a objeto de constituir una presentar una manifestación a objeto de constituir una concesión de explotación sobre las sustancias concesión de explotación sobre las sustancias minerales concesibles que los desmontes, relaves o minerales concesibles que los desmontes, relaves o escorias contengan, conjuntamente con las demás escorias contengan, conjuntamente con las demás sustancias minerales que pudieren existir dentro de los sustancias minerales que pudieren existir dentro de los límites de la concesión solicitada (artículo 6° inciso 2° límites de la concesión solicitada (artículo 6° inciso 2° del Código).del Código).

Page 79: Código de Minería

SITUACIÓN DE MINERALES ESTRATÉGICOSSITUACIÓN DE MINERALES ESTRATÉGICOS

Son de valor estratégico los productos minerales Son de valor estratégico los productos minerales en los que el en los que el toriotorio y el y el uraniouranio tengan tengan presencia presencia significativasignificativa, razón por la cual, reciben, dentro de , razón por la cual, reciben, dentro de la legislación minera, un tratamiento especial, las la legislación minera, un tratamiento especial, las que le otorgan dentro de las sustancias que le otorgan dentro de las sustancias concesibles ciertas particularidades (artículo 15 concesibles ciertas particularidades (artículo 15 de la ley Orgánica sobre Concesiones Mineras). de la ley Orgánica sobre Concesiones Mineras).

Page 80: Código de Minería

PRESENCIA SIGNIFICATIVA DE UN MINERAL PRESENCIA SIGNIFICATIVA DE UN MINERAL ESTRATEGICOESTRATEGICO

Se entiende que una sustancia tiene presencia Se entiende que una sustancia tiene presencia significativa en un producto minero si es significativa en un producto minero si es susceptible de ser reducida o separada desde un susceptible de ser reducida o separada desde un punto de vista técnico y económico, cuando el punto de vista técnico y económico, cuando el costo total que implique su recuperación costo total que implique su recuperación mediante procedimientos técnicos de probada mediante procedimientos técnicos de probada aplicación, su comercialización y su entrega, sea aplicación, su comercialización y su entrega, sea inferior a su valor comercial (artículo 15 inciso inferior a su valor comercial (artículo 15 inciso final Ley Orgánica sobre Concesiones Mineras y final Ley Orgánica sobre Concesiones Mineras y artículo 12 inciso 1° del Código de Minería).artículo 12 inciso 1° del Código de Minería).

Page 81: Código de Minería

PRIMERA OPCIÓN DE COMPRAPRIMERA OPCIÓN DE COMPRA

El torio y el uranio son concesibles, y puede por El torio y el uranio son concesibles, y puede por consiguiente, constituirse concesión respecto de consiguiente, constituirse concesión respecto de ellos, sin embargo, por disposición de la ley ellos, sin embargo, por disposición de la ley (artículo 10 inciso 1 del Código), su (artículo 10 inciso 1 del Código), su comercialización y disponibilidad están limitadas comercialización y disponibilidad están limitadas o condicionadas por el derecho de primera opción o condicionadas por el derecho de primera opción de compra que tiene el Estado, a través de sus de compra que tiene el Estado, a través de sus órganos públicos (Comisión Chilena de Energía órganos públicos (Comisión Chilena de Energía Nuclear), sobre tales productos mineros Nuclear), sobre tales productos mineros originados en explotaciones mineras originados en explotaciones mineras desarrolladas en el país en los que el torio o el desarrolladas en el país en los que el torio o el uranio tengan presencia significativa.uranio tengan presencia significativa.

Page 82: Código de Minería

PRODUCCION ESPORADICA O HABITUALPRODUCCION ESPORADICA O HABITUAL

Tanto el Uranio como el Torio pueden ser Tanto el Uranio como el Torio pueden ser obtenidos esporádica o habitualmente. Este obtenidos esporádica o habitualmente. Este hecho determina el procedimiento que se debe hecho determina el procedimiento que se debe seguir en cada casoseguir en cada caso

Page 83: Código de Minería

PRODUCCIÓN ESPORADICAPRODUCCIÓN ESPORADICA

Si el minero obtiene Si el minero obtiene esporádicamenteesporádicamente sustancias sustancias minerales en que el torio o el uranio tengan minerales en que el torio o el uranio tengan presencia significativa, deberá comunicar este hecho presencia significativa, deberá comunicar este hecho a la Comisión Chilena de Energía Nuclear, que es el a la Comisión Chilena de Energía Nuclear, que es el organismo que, en representación del Estado, puede organismo que, en representación del Estado, puede ejercer el derecho de primera opción de compra.ejercer el derecho de primera opción de compra.

Oportunidad de la ComunicaciónOportunidad de la Comunicación: Si bien la ley ha : Si bien la ley ha dispuesto que es obligación del minero comunicar el dispuesto que es obligación del minero comunicar el hecho a la Comisión Chilena de Energía Nuclear, no hecho a la Comisión Chilena de Energía Nuclear, no le ha señalado un plazo para hacerlo, por lo que le ha señalado un plazo para hacerlo, por lo que habrá que entenderse que deberá ser dentro de un habrá que entenderse que deberá ser dentro de un período prudencial y a la mayor conveniencia del período prudencial y a la mayor conveniencia del productor, puesto que mientas éste no lo haga productor, puesto que mientas éste no lo haga estará en una posición que podría dar lugar a estará en una posición que podría dar lugar a sanciones.sanciones.

Page 84: Código de Minería

EFECTOS JURÍDICOS DE LA COMUNICACIÓNEFECTOS JURÍDICOS DE LA COMUNICACIÓN

La comunicación hecha por el productor a la La comunicación hecha por el productor a la Comisión, importa una oferta de venta con plazos Comisión, importa una oferta de venta con plazos durante los cuales el concesionario no podrá durante los cuales el concesionario no podrá disponer del producto. disponer del producto.

Este plazo corresponde a los tres meses siguientes Este plazo corresponde a los tres meses siguientes a la fecha de recepción de la comunicación por la a la fecha de recepción de la comunicación por la Comisión, transcurridos los cuales se considerará Comisión, transcurridos los cuales se considerará que la oferta caduca o queda sin efecto.que la oferta caduca o queda sin efecto.

Page 85: Código de Minería

ACEPTACIÓN O RECHAZO DE LA OFERTAACEPTACIÓN O RECHAZO DE LA OFERTA

La Comisión podrá aceptar o rechazar libremente La Comisión podrá aceptar o rechazar libremente la oferta, en todo o en parte.la oferta, en todo o en parte.

Si derechamente la acepta, deberá indicar un Si derechamente la acepta, deberá indicar un plazo, no mayor a dos meses, contados desde la plazo, no mayor a dos meses, contados desde la respectiva entrega de productos, en el cual respectiva entrega de productos, en el cual pagará su precio.pagará su precio.

Page 86: Código de Minería

EFECTOS DEL RECHAZO O CADUCIDAD DE LA EFECTOS DEL RECHAZO O CADUCIDAD DE LA OFERTAOFERTA

Los efectos en ambos casos son idénticos. Los efectos en ambos casos son idénticos. El productor queda en completa libertad de El productor queda en completa libertad de

disponer directamente del producto y disponer directamente del producto y comercializarlo en la forma y condiciones que comercializarlo en la forma y condiciones que desee y con quien le parezca, sin limitación de desee y con quien le parezca, sin limitación de ningún tipo.ningún tipo.

Page 87: Código de Minería

PRODUCCIÓN HABITUALPRODUCCIÓN HABITUAL

La comunicación se efectúa a la Comisión en el La comunicación se efectúa a la Comisión en el mes de septiembre de cada año.mes de septiembre de cada año.

Los efectos jurídicos de la comunicación, de la Los efectos jurídicos de la comunicación, de la aceptación o rechazo de la oferta y caducidad son aceptación o rechazo de la oferta y caducidad son similares a los de los Producción Esporádica.similares a los de los Producción Esporádica.

Page 88: Código de Minería

SANCIONES POR INCUMPLIMIENTOSSANCIONES POR INCUMPLIMIENTOS

El incumplimiento de cualquiera de las El incumplimiento de cualquiera de las obligaciones a las que está sujeto el productor, obligaciones a las que está sujeto el productor, sea esporádico o habitual, referida sea esporádico o habitual, referida precedentemente, será sancionado con el pago precedentemente, será sancionado con el pago de una de una multamulta, a beneficio del fisco, hasta por el , a beneficio del fisco, hasta por el valor de mercado de los productos de que se valor de mercado de los productos de que se trate (artículo 11 del Código de Minería).trate (artículo 11 del Código de Minería).

Page 89: Código de Minería

SUSTANCIAS NO CONCESIBLES o SUSTANCIAS NO CONCESIBLES o RESERVADAS AL ESTADORESERVADAS AL ESTADO

Conforme el artículo 19 N°24 inciso 7° de la Conforme el artículo 19 N°24 inciso 7° de la Constitución Política, el artículo 3 inciso 4 de la Constitución Política, el artículo 3 inciso 4 de la Ley Orgánica Constitucional sobre Concesiones Ley Orgánica Constitucional sobre Concesiones Mineras y el artículo 7° Código de MineríaMineras y el artículo 7° Código de Minería “ “No son No son susceptibles de concesión minera los hidrocarburos líquidos susceptibles de concesión minera los hidrocarburos líquidos o gaseosos, el litio, los yacimientos de cualquier especie o gaseosos, el litio, los yacimientos de cualquier especie existentes en las aguas marítimas sometidas a la existentes en las aguas marítimas sometidas a la jurisdicción nacional, ni los yacimientos de cualquier jurisdicción nacional, ni los yacimientos de cualquier especie situados, en todo o en parte, en zonas que especie situados, en todo o en parte, en zonas que conforme la ley, se determinen como de importancia para conforme la ley, se determinen como de importancia para la seguridad nacional con efectos mineros, sin perjuicio de la seguridad nacional con efectos mineros, sin perjuicio de las concesiones mineras válidamente constituidas con las concesiones mineras válidamente constituidas con anterioridad o de importancia para la seguridad nacionalanterioridad o de importancia para la seguridad nacional”.”.

Page 90: Código de Minería

SUSTANCIAS NO CONCESIBLES o SUSTANCIAS NO CONCESIBLES o RESERVADAS AL ESTADO RESERVADAS AL ESTADO

1.- 1.- Hidrocarburos líquidos y gaseosos. Los Hidrocarburos líquidos y gaseosos. Los hidrocarburos sólidos no son reserva estatal, pues su hidrocarburos sólidos no son reserva estatal, pues su importancia es relativa.importancia es relativa.

2.- El Litio.2.- El Litio.3.- Los yacimientos de cualquier especie, existentes en 3.- Los yacimientos de cualquier especie, existentes en

aguas marítimas sometidas a la jurisdicción nacional, aguas marítimas sometidas a la jurisdicción nacional, con con excepciónexcepción de aquellos que tenga accesos por de aquellos que tenga accesos por túneles de tierra. (túneles de tierra. (ejemplo de estas últimas el carbónejemplo de estas últimas el carbón))

4.- Los yacimientos que en todo o en parte conforme a 4.- Los yacimientos que en todo o en parte conforme a la ley tengan importancia para la seguridad nacional, la ley tengan importancia para la seguridad nacional, para efectos mineros. para efectos mineros.

Page 91: Código de Minería

PROYECTO DE LEYPROYECTO DE LEY

El Senador Waldo Prokurica, anunció un proyecto de El Senador Waldo Prokurica, anunció un proyecto de ley, para dejar sin efecto el monopolio estatal de los ley, para dejar sin efecto el monopolio estatal de los hidrocarburos líquidos y gaseosos, siguiente el hidrocarburos líquidos y gaseosos, siguiente el ejemplo de España y Brasil. ejemplo de España y Brasil.

Afirma que el problema es que la figura de los Afirma que el problema es que la figura de los contratos especiales de operación (CEOP), esto es, contratos especiales de operación (CEOP), esto es, los contratos celebrados por el Estado con un los contratos celebrados por el Estado con un contratista para la exploración, explotación o contratista para la exploración, explotación o beneficio de yacimientos de hidrocarburos, no beneficio de yacimientos de hidrocarburos, no constituyen concesiones, ni conceden facultades de constituyen concesiones, ni conceden facultades de apropiación o aprovechamiento sobre los mismos, apropiación o aprovechamiento sobre los mismos, desincentivando la participación de capitales desincentivando la participación de capitales privados.privados.

Page 92: Código de Minería

El senador sostuvo que la figura de los contratos El senador sostuvo que la figura de los contratos especiales de operación no es suficiente, se especiales de operación no es suficiente, se requiere otorgarle a estas sustancias el carácter requiere otorgarle a estas sustancias el carácter de denunciables o concesibles para estimular la de denunciables o concesibles para estimular la exploración de eventuales yacimientos en Chile.exploración de eventuales yacimientos en Chile.

Esta proyecto de ley supone una modificación Esta proyecto de ley supone una modificación constitucional, para otorgar el carácter de constitucional, para otorgar el carácter de denunciables o concesibles a todos los denunciables o concesibles a todos los hidrocarburos, accediendo a todos los derechos hidrocarburos, accediendo a todos los derechos que otorgar una concesión minera, especialmente que otorgar una concesión minera, especialmente la posibilidad de constituir servidumbres.la posibilidad de constituir servidumbres.

Page 93: Código de Minería

SUSTANCIAS NO CONCESIBLES CONTENIDAS SUSTANCIAS NO CONCESIBLES CONTENIDAS EN YACIMIENTOS DE SUSTANCIAS EN YACIMIENTOS DE SUSTANCIAS

CONCESIBLES CONCESIBLES Si durante la exploración, explotación o beneficio de Si durante la exploración, explotación o beneficio de

una pertenencia se encontraren sustancias no una pertenencia se encontraren sustancias no concesibles en presencia significativa, el minero está concesibles en presencia significativa, el minero está obligado a comunicar este hecho a la Comisión de obligado a comunicar este hecho a la Comisión de Energía Nuclear (Litio) y al Ministerio de Minería Energía Nuclear (Litio) y al Ministerio de Minería (hidrocarburos) (hidrocarburos)

El Estado podría exigir a los productores que separen El Estado podría exigir a los productores que separen la parte de las sustancias no concesibles que tengan la parte de las sustancias no concesibles que tengan presencia significativa en el producto, debiendo presencia significativa en el producto, debiendo rembolsar, los gastos en que ha incurrido el productor rembolsar, los gastos en que ha incurrido el productor para efectuar la reducción o separación y entrega.para efectuar la reducción o separación y entrega.

Page 94: Código de Minería

SUSTANCIAS QUE NO SE CONSIDERAN SUSTANCIAS QUE NO SE CONSIDERAN MINERAS PARA EFECTOS DEL CÓDIGOMINERAS PARA EFECTOS DEL CÓDIGO

Arcillas superficialesArcillas superficiales (suelo): Con el objeto de proteger (suelo): Con el objeto de proteger la actividad agropecuaria. Naturalmente que las la actividad agropecuaria. Naturalmente que las denominadas arcillas profundas son concesiblesdenominadas arcillas profundas son concesibles

Las Las salinas artificialessalinas artificiales, formadas en las riberas de mar, , formadas en las riberas de mar, lagunas o lagos: Tampoco se consideran sustancias lagunas o lagos: Tampoco se consideran sustancias minerales y son de dominio de los propietarios minerales y son de dominio de los propietarios ribereños dentro de sus respectivas líneas de ribereños dentro de sus respectivas líneas de demarcación, prolongadas directamente hasta el agua demarcación, prolongadas directamente hasta el agua (No confundir con los depósitos naturales de cloruro de (No confundir con los depósitos naturales de cloruro de sodio);sodio);

Arenas, rocas y demás materiales aplicables Arenas, rocas y demás materiales aplicables directamente a la construccióndirectamente a la construcción. Las arenas de lechos de . Las arenas de lechos de ríos son objeto de permisos o concesiones municipales.ríos son objeto de permisos o concesiones municipales.

Page 95: Código de Minería

Investigación MineraInvestigación Minera

Page 96: Código de Minería

INVESTIGACIÓN MINERA

Es la primera etapa del ciclo minero y consiste en la exploración y prospección minera (básica y avanzada).

Esta fase consiste en la búsqueda y evaluación de recursos minerales y se extiende hasta el momento en que, en base a una serie de estudios, se decide si el proyecto es rentable como para convertirse en una mina en producción.

La exploración y prospección se puede realizar en zonas nuevas donde antes no se ha encontrado mineral (exploración inicial) o en terrenos cercanos a una faena minera para buscar yacimientos adicionales; incluso, se puede explorar dentro de una mina en explotación para expandir el yacimiento mineral y aumentar las reservas.

Page 97: Código de Minería

EXPLORACIÓN MINERA BÁSICA

La exploración básica, es aquella que puede utilizar diversos métodos, desde el uso de “pala y picota” hasta las más modernas técnicas, y comprende las siguientes etapas:Trabajo de Gabinete: Una vez definido el tipo de yacimiento que se busca, se recopila toda la información de interés: cartografía de base, mapas geológicos, imágenes satelitales y planos catastrales de las concesiones mineras. Reconocimiento preliminar en terreno: Con la información recopilada, los geólogos reconocen el terreno en búsqueda de condiciones geológicas favorables para la existencia de una mineralización de interés.

Page 98: Código de Minería

EXPLORACIÓN MINERA BÁSICA

Recolección de muestras de rocas y suelo: Se toman muestras para análisis geoquímico y poder calcular la ley o el porcentaje de mineral por cada tonelada de roca.

Estudios con métodos geofísicos (terrestres o aéreos): Esta información se procesa en un software que permite obtener una visualización en 3 d del área en estudio.

Perforación y excavaciones (sondajes): Es el último paso de la exploración básica. Los sondajes de diamantina (más usados), recuperan el “testigo”, que es un tubo de roca que se va colocando en cajas con indicación del metraje de profundidad de cada barra.

Page 99: Código de Minería

CLASES DE SONDAJES

Desde la perspectiva de la normativa ambiental, los sondajes pueden ser de “exploración” o de “prospección”.

Los primeros, no requieren ingresar al Sistema de Evaluación de impacto Ambiental (SEIA).

Los segundos, son aquellos que implican una intervención mayor y en este caso sí deben ser evaluados ambientalmente.

Según el borrador del Reglamento del SEIA, constituye prospección, entre otros, la ejecución de sondajes o perforaciones de al menos 20 plataformas en una área máxima de 100 hectáreas.

Page 100: Código de Minería

PROSPECCIÓN

Es la etapa de exploración avanzada y se la define por el Reglamento del SEIA como “el conjunto de obras y acciones a desarrollar con posterioridad a las exploraciones mineras, conducentes a minimizar las incertidumbres geológicas, asociadas a las concentraciones de sustancias minerales de un proyecto de desarrollo minero, necesarias para la caracterización requeridas y con el fin de establecer planes mineros, en los cuales se basa la explotación programa de un yacimiento”.

Las actividades de prospección deben ser evaluadas ambiental. (DIA o EIA, según corresponda).

Page 101: Código de Minería

EXPLORACIÓN MINERA DESDE EL PUNTO DE VISTA LEGAL

Page 102: Código de Minería

SIMPLE INVESTIGACIÓN MINERA o FACULTAD SIMPLE INVESTIGACIÓN MINERA o FACULTAD DE CATAR Y CAVARDE CATAR Y CAVAR

Es el derecho a ver y examinar la tierra, ejecutar Es el derecho a ver y examinar la tierra, ejecutar labores en ella con el objeto de descubrir labores en ella con el objeto de descubrir sustancias mineras.sustancias mineras.

Según el artículo 14 del Código de Minería “Según el artículo 14 del Código de Minería “Toda Toda persona tiene la facultad de catar y cavar en persona tiene la facultad de catar y cavar en tierras de cualquier dominio, salvo en aquellas tierras de cualquier dominio, salvo en aquellas comprendidas en los limites de una concesión comprendidas en los limites de una concesión minera ajenaminera ajena - constituida y vigente- - constituida y vigente-, con el objeto , con el objeto de buscar sustancias mineralesde buscar sustancias minerales” ”

Page 103: Código de Minería

PERJUICIOS PERJUICIOS

Los perjuicios que el investigador causa en el Los perjuicios que el investigador causa en el ejercicio de su facultad debe indemnizarlos, ejercicio de su facultad debe indemnizarlos, normalmente el afectado será el propietario del normalmente el afectado será el propietario del terreno superficial. terreno superficial.

El monto de la indemnización será fijado de El monto de la indemnización será fijado de común acuerdo por las partes y de no existir común acuerdo por las partes y de no existir acuerdo entre el investigador y el propietario del acuerdo entre el investigador y el propietario del terreno superficial, el monto de la indemnización terreno superficial, el monto de la indemnización será fijado por el juzgado competente, en juicio será fijado por el juzgado competente, en juicio sumario.sumario.

Page 104: Código de Minería

CLASIFICACIÓN DE LOS TERRENOS CON CLASIFICACIÓN DE LOS TERRENOS CON OCASIÓN DE LA FACULTAD DE CATAR Y OCASIÓN DE LA FACULTAD DE CATAR Y

CAVARCAVAR

Terrenos en que la investigación es libre (Cateo Terrenos en que la investigación es libre (Cateo Libre)Libre)

Terrenos en que la investigación esta Terrenos en que la investigación esta reglamentada (Cateo Reglamentado)reglamentada (Cateo Reglamentado)

Terrenos en que el cateo está prohibido (Cateo Terrenos en que el cateo está prohibido (Cateo Prohibido)Prohibido)

Page 105: Código de Minería

TERRENOS DE CATEO LIBRETERRENOS DE CATEO LIBRE

Son aquellos abiertos (sin cierre) e incultos (sin Son aquellos abiertos (sin cierre) e incultos (sin cultivo), requisitos copulativos, cualquiera sea su cultivo), requisitos copulativos, cualquiera sea su dueño. (Artículo 15 del Código de Minería).dueño. (Artículo 15 del Código de Minería).

En estos terrenos, toda persona tiene derecho de En estos terrenos, toda persona tiene derecho de ejercitar la facultad de catar y cavar, sin ejercitar la facultad de catar y cavar, sin necesidad de un permiso o autorización.necesidad de un permiso o autorización.

En caso de obstáculo de alguna persona, el En caso de obstáculo de alguna persona, el interesado puede dirigirse al Juzgado competente, interesado puede dirigirse al Juzgado competente, quien resolverá en procedimiento sumario.quien resolverá en procedimiento sumario.

Page 106: Código de Minería

TERRENOS DE CATEO REGLAMENTADO TERRENOS DE CATEO REGLAMENTADO

Son aquellos terrenos abiertos y cultivados; y los Son aquellos terrenos abiertos y cultivados; y los cerrados (estén o no cultivados), donde tampoco cerrados (estén o no cultivados), donde tampoco está prohibida la investigación.está prohibida la investigación.

En estos terrenos se requiere permiso escrito del En estos terrenos se requiere permiso escrito del dueño del suelo o terreno superficial, de su dueño del suelo o terreno superficial, de su arrendatario o poseedor actual. arrendatario o poseedor actual.

En caso de negativa del permiso, el investigador En caso de negativa del permiso, el investigador recurrirá al Juez competente para que autorice la recurrirá al Juez competente para que autorice la investigación y fije el número de trabajadores que investigación y fije el número de trabajadores que podrán emplearse, con las siguientes obligaciones:podrán emplearse, con las siguientes obligaciones:a).- Que no haya frutos pendientes;a).- Que no haya frutos pendientes;b).- Que las labores mineras no excedan de 6 b).- Que las labores mineras no excedan de 6 meses;meses;c).- Que se indemnicen los perjuicios.c).- Que se indemnicen los perjuicios.

Page 107: Código de Minería

TERRENOS DE CATEO PROHIBIDO TERRENOS DE CATEO PROHIBIDO

Son aquellos en que en principio la investigación Son aquellos en que en principio la investigación está prohibida por razones de interés particular o está prohibida por razones de interés particular o público. Sin embargo, esta prohibición no es público. Sin embargo, esta prohibición no es absoluta, ya que de mediar ciertos permisos absoluta, ya que de mediar ciertos permisos especiales, sí es posible efectuar la investigación.especiales, sí es posible efectuar la investigación.

En estos casos, el investigador, ante la negativa En estos casos, el investigador, ante la negativa de la persona o autoridad llamada a otorgar el de la persona o autoridad llamada a otorgar el permiso especial, no puede recurrir al juez para permiso especial, no puede recurrir al juez para que otorgue autorización supletoria.que otorgue autorización supletoria.

Page 108: Código de Minería

CLASES DE TERRENOS PROHIBIDOS CLASES DE TERRENOS PROHIBIDOS

Terrenos de interés particularTerrenos de interés particular ( (artículo 15 del artículo 15 del CódigoCódigo))1.- Casa y sus dependencias1.- Casa y sus dependencias2.- Terrenos plantados con vides y árboles 2.- Terrenos plantados con vides y árboles frutales.frutales.En éstos, sólo el dueño puede otorgar el permiso.En éstos, sólo el dueño puede otorgar el permiso.

Terrenos de interés públicoTerrenos de interés público (artículo 17 del (artículo 17 del Código) Código)

Page 109: Código de Minería

TERRENOS DE INTERÉS PÚBLICO TERRENOS DE INTERÉS PÚBLICO

11. Terrenos dentro del radio urbano, en cementerios, . Terrenos dentro del radio urbano, en cementerios, en sitios de captación de aguas; en sitios a menos en sitios de captación de aguas; en sitios a menos de 50 mts. de edificios, caminos públicos, de 50 mts. de edificios, caminos públicos, ferrocarriles, líneas eléctricas, túneles; y a menos de ferrocarriles, líneas eléctricas, túneles; y a menos de 200 mts, de embalse (Gobernador o el propietario) 200 mts, de embalse (Gobernador o el propietario) 2.2.- Parques y reservas nacionales (Intendente) - Parques y reservas nacionales (Intendente) 3.3.- Zonas fronterizas (Dirección de Fronteras y - Zonas fronterizas (Dirección de Fronteras y Límites).Límites).44.- En sitios ubicados a menos de 500 mts. de .- En sitios ubicados a menos de 500 mts. de depósito de explosivos o materiales inflamables; en depósito de explosivos o materiales inflamables; en recintos militares; o en terrenos adyacentes hasta recintos militares; o en terrenos adyacentes hasta 3.000 mts., de sitios de importancia para la defensa 3.000 mts., de sitios de importancia para la defensa ( Ministerio de Defensa)( Ministerio de Defensa)55.- Covaderas y lugares de interés histórico o .- Covaderas y lugares de interés histórico o científico (Pdte. de la República)científico (Pdte. de la República)

Page 110: Código de Minería

DERECHOS Y OBLIGACIONES QUE OTORGA DERECHOS Y OBLIGACIONES QUE OTORGA LA FACULTAD DE CATAR Y CAVAR LA FACULTAD DE CATAR Y CAVAR

El derecho a examinar la tierra, abrirla, efectuar El derecho a examinar la tierra, abrirla, efectuar trabajos para investigar la existencia de yacimientos trabajos para investigar la existencia de yacimientos mineros. mineros.

El derecho a imponer las servidumbres hasta por 6 El derecho a imponer las servidumbres hasta por 6 meses, ello porque la facultad de catar y cavar se meses, ello porque la facultad de catar y cavar se ejerce en predios superficiales ajenos, razón por la ejerce en predios superficiales ajenos, razón por la cual, la ley hubo de imponer limitaciones al dominio cual, la ley hubo de imponer limitaciones al dominio sobre ellos, a fin de que permitir las labores sobre ellos, a fin de que permitir las labores (ocupación para campamentos y canchas de depósito (ocupación para campamentos y canchas de depósito de minerales; de tránsito para llegar al lugar en que de minerales; de tránsito para llegar al lugar en que se realiza la investigación; de postación y tendido se realiza la investigación; de postación y tendido eléctrico, etc.). eléctrico, etc.).

Page 111: Código de Minería

CONCESIONES MINERASCONCESIONES MINERAS

Page 112: Código de Minería

CONCESIONES MINERASCONCESIONES MINERAS

Es el derecho que el Estado otorga a un particular Es el derecho que el Estado otorga a un particular a través de los Tribunales de Justicia, para a través de los Tribunales de Justicia, para explorar o explotar las sustancias minerales que explorar o explotar las sustancias minerales que se encuentran en un determinado punto se encuentran en un determinado punto territorial, cumpliéndose ciertos requisitos y territorial, cumpliéndose ciertos requisitos y previa tramitación judicial.previa tramitación judicial.

Page 113: Código de Minería

CLASES DE CONCESIONESCLASES DE CONCESIONES

Concesión de ExploraciónConcesión de Exploración, es de carácter , es de carácter temporal con una duración limitada, que se otorga temporal con una duración limitada, que se otorga para investigar la existencia de sustancias para investigar la existencia de sustancias minerales concesibles pero no habilita a su titular minerales concesibles pero no habilita a su titular para explotar.para explotar.

Concesión de Explotación o PertenenciaConcesión de Explotación o Pertenencia. Es . Es indefinida y faculta tanto para explorar como para indefinida y faculta tanto para explorar como para explotar las sustancias minerales concesibles.explotar las sustancias minerales concesibles.

Page 114: Código de Minería

OBJETO DE LA CONCESIÓN MINERAOBJETO DE LA CONCESIÓN MINERA

Según el Código de Minería, la concesión minera Según el Código de Minería, la concesión minera tiene por objeto todas las sustancias mineras tiene por objeto todas las sustancias mineras concesibles que existan dentro de sus límites. concesibles que existan dentro de sus límites. ((artículo 26 del Códigoartículo 26 del Código))

Page 115: Código de Minería

DERECHOS DEL CONCESIONARIO DE DERECHOS DEL CONCESIONARIO DE EXPLORACIÓN EXPLORACIÓN

La facultad de catar y cavar de manera exclusiva, sin La facultad de catar y cavar de manera exclusiva, sin interferencia de terceros (artículo113 del Código);interferencia de terceros (artículo113 del Código);

La preferencia para obtener la concesión de La preferencia para obtener la concesión de explotación (artículo 114 del Código);explotación (artículo 114 del Código);

Permite apropiarse de los minerales que se extraigan Permite apropiarse de los minerales que se extraigan con motivo de la exploración (artículo 115 del con motivo de la exploración (artículo 115 del Código).Código).

Derecho a Imponer Servidumbres.Derecho a Imponer Servidumbres.

Page 116: Código de Minería

DERECHOS DEL CONCESIONARIO DE DERECHOS DEL CONCESIONARIO DE EXPLOTACIÓNEXPLOTACIÓN

Explotar libremente su pertenencia (artículo 116 Explotar libremente su pertenencia (artículo 116 del Código).del Código).

Arrancar, extraer y apropiarse de las sustancias Arrancar, extraer y apropiarse de las sustancias mineras y disponer libremente de ellas.mineras y disponer libremente de ellas.

Derecho a imponer servidumbres.Derecho a imponer servidumbres.

Page 117: Código de Minería

PRINCIPALES CARACTERÍSTICAS DE LAS PRINCIPALES CARACTERÍSTICAS DE LAS CONCESIONESCONCESIONES

Derecho distinto e independiente del predio Derecho distinto e independiente del predio superficial.superficial.

Derecho condicional.Derecho condicional. Derecho generalmente inembargable.Derecho generalmente inembargable. Divisible.Divisible. Según la clase de concesión, es de duración Según la clase de concesión, es de duración

temporal o indefinida.temporal o indefinida.

Page 118: Código de Minería

DERECHO DISTINTO E INDEPENDIENTE DERECHO DISTINTO E INDEPENDIENTE

La concesión minera es un derecho inmueble La concesión minera es un derecho inmueble distinto y separado del derecho de predio distinto y separado del derecho de predio superficial, aunque sean del mismo dueño.superficial, aunque sean del mismo dueño.

En consecuencia, en un mismo inmueble coexisten En consecuencia, en un mismo inmueble coexisten dos propietarios, el del terreno superficial y el de dos propietarios, el del terreno superficial y el de las sustancias mineras que existan en el subsuelo, las sustancias mineras que existan en el subsuelo, así , la Constitución Política ha dispuesto que los así , la Constitución Política ha dispuesto que los predios estarán sujetos a las obligaciones y predios estarán sujetos a las obligaciones y limitaciones que la ley señale para facilitar la limitaciones que la ley señale para facilitar la exploración, explotación y el beneficio de las exploración, explotación y el beneficio de las minas; por su parte, el titular de esos predios tiene minas; por su parte, el titular de esos predios tiene derecho a ser indemnizado por los daños que la derecho a ser indemnizado por los daños que la actividad le cause.actividad le cause.

Page 119: Código de Minería

DERECHO CONDICIONAL DERECHO CONDICIONAL

La concesión es condicional, esta sujeta a una La concesión es condicional, esta sujeta a una condición que de no cumplirse conlleva el remate condición que de no cumplirse conlleva el remate público de la concesión, cual es la de pagar una público de la concesión, cual es la de pagar una patente anual. Pago que se efectúa en el mes de patente anual. Pago que se efectúa en el mes de marzo de cada año. (artículo 146 del Código).marzo de cada año. (artículo 146 del Código).

Page 120: Código de Minería

INEMBARGABLE INEMBARGABLE

La concesión minera es, por regla general, La concesión minera es, por regla general, inembargable inembargable (artículo 226 del Código(artículo 226 del Código), esto comprende:), esto comprende:a).a). La concesión en si;La concesión en si;b).b). Las construcciones e instalaciones y demás Las construcciones e instalaciones y demás objetos destinados a la investigación, arranque y objetos destinados a la investigación, arranque y extracción de sustancias minerales (inmuebles extracción de sustancias minerales (inmuebles accesorios);accesorios);c).c). Provisiones dentro de los límites de ella.Provisiones dentro de los límites de ella.

Sin embargo, sí pueden embargarse, cuando:Sin embargo, sí pueden embargarse, cuando:a) Se trate de acreedores hipotecarios;a) Se trate de acreedores hipotecarios;b) Cuando el deudor sea una sociedad anónima.b) Cuando el deudor sea una sociedad anónima.c) Cuando el deudor consienta en el embargo.c) Cuando el deudor consienta en el embargo.

Page 121: Código de Minería

DIVISIBLE DIVISIBLE

FísicaFísica::a) Autorización judicial, previo informe del a) Autorización judicial, previo informe del Sernageomin.Sernageomin.b) Cada parte resultante de la división, debe b) Cada parte resultante de la división, debe reunir los requisitos de dimensión y cabida reunir los requisitos de dimensión y cabida mínimo exigido por la Ley y los Reglamentos.mínimo exigido por la Ley y los Reglamentos.c).- Por escritura pública o testamento;c).- Por escritura pública o testamento;d).- Tomarse nota al margen de la inscripción de d).- Tomarse nota al margen de la inscripción de la sentencia constitutiva de la concesión;la sentencia constitutiva de la concesión;e).- Archivarse un plano que indique las e).- Archivarse un plano que indique las subdivisiones.subdivisiones.

Page 122: Código de Minería

DIVISIBLEDIVISIBLE

Intelectualmente o división de cuotaIntelectualmente o división de cuota. Este . Este tipo es una división del derecho en que consiste tipo es una división del derecho en que consiste la concesión, y no dice relación con una división la concesión, y no dice relación con una división del terreno, que se produce por ejemplo, con del terreno, que se produce por ejemplo, con ocasión de la venta de una parte del derecho en ocasión de la venta de una parte del derecho en que consiste la concesión, de forma tal, que en que consiste la concesión, de forma tal, que en vez de un dueño de la concesión existirán varios, vez de un dueño de la concesión existirán varios, los que al inscribir dicha venta, dará origen los que al inscribir dicha venta, dará origen automáticamente a una sociedad legal minera.automáticamente a una sociedad legal minera.

Page 123: Código de Minería

DURACIÓN DURACIÓN

Concesión de ExploraciónConcesión de Exploración, dura dos años, , dura dos años, pudiendo prorrogarse por otros dos años, si antes de pudiendo prorrogarse por otros dos años, si antes de su término su titular solicita una prórroga, en cuyo su término su titular solicita una prórroga, en cuyo caso debe renunciarse al 50% del terreno caso debe renunciarse al 50% del terreno originalmente pedido.originalmente pedido.

Concesión de Explotación o PertenenciaConcesión de Explotación o Pertenencia, es , es indefinida y se mantiene en el tiempo, es decir, se indefinida y se mantiene en el tiempo, es decir, se mantendrá vigente cuanto tiempo dure la mantendrá vigente cuanto tiempo dure la explotación.explotación.

Page 124: Código de Minería

DERECHO DE PROPIEDADDERECHO DE PROPIEDAD

El titular de una concesión minera tiene sobre ella El titular de una concesión minera tiene sobre ella derecho de propiedad lo que significa que nadie derecho de propiedad lo que significa que nadie puede en caso alguno, ser privado de su puede en caso alguno, ser privado de su propiedad, del bien sobre que recae o de algunos propiedad, del bien sobre que recae o de algunos de los atributos o facultades esenciales del de los atributos o facultades esenciales del dominio. En caso de expropiación, dispone la dominio. En caso de expropiación, dispone la Constitución Política, que el expropiado tendrá Constitución Política, que el expropiado tendrá siempre derecho a una indemnización por el daño siempre derecho a una indemnización por el daño patrimonial efectivamente causado. patrimonial efectivamente causado.

Page 125: Código de Minería

FORMA Y CABIDA DE LAS CONCESIONESFORMA Y CABIDA DE LAS CONCESIONES

Para determinar físicamente una concesión hay Para determinar físicamente una concesión hay dos doctrinas o sistemas:dos doctrinas o sistemas:

Sistema Recto o MexicanoSistema Recto o Mexicano: La concesión es un : La concesión es un paralelogramo de ángulos rectos, cuyas caras paralelogramo de ángulos rectos, cuyas caras principales son perpendiculares al horizonte.principales son perpendiculares al horizonte.Este sistema permite la exacta identificación de Este sistema permite la exacta identificación de la concesión, sin embargo, su grave la concesión, sin embargo, su grave inconveniente es que corta la veta.inconveniente es que corta la veta.

Sistema Oblicuo o SajónSistema Oblicuo o Sajón: La concesión sigue el : La concesión sigue el camino de la veta.camino de la veta.Este sistema permite una mejor explotación, pero Este sistema permite una mejor explotación, pero genera muchos conflictos.genera muchos conflictos.

Page 126: Código de Minería

FORMA Y CABIDA DE LAS CONCESIONES FORMA Y CABIDA DE LAS CONCESIONES SEGÚN LA LEGISLACIÓN CHILENASEGÚN LA LEGISLACIÓN CHILENA

(Art.28 C.M.)(Art.28 C.M.)

La extensión de la concesión configura un sólido, La extensión de la concesión configura un sólido, cuya cara superior es en el plano horizontal, un cuya cara superior es en el plano horizontal, un paralelogramo de ángulo recto. Su profundidad es paralelogramo de ángulo recto. Su profundidad es indefinida dentro de los planos verticales que lo indefinida dentro de los planos verticales que lo limitan.limitan.

El largo y ancho de los planos verticales y el ancho El largo y ancho de los planos verticales y el ancho del paralelogramo deberán tener orientación UTM del paralelogramo deberán tener orientación UTM (proyección universal transversal de mercator).(proyección universal transversal de mercator).

Page 127: Código de Minería

DIMENSIONES DIMENSIONES

Concesión de ExploraciónConcesión de Exploración: Los lados deben : Los lados deben tener un mínimo de 1.000 metros y un máximo tener un mínimo de 1.000 metros y un máximo de 15.000 metros. Dentro de esas medidas debe de 15.000 metros. Dentro de esas medidas debe manejarse de mil en mil.manejarse de mil en mil.

Concesión de ExplotaciónConcesión de Explotación: Los lados deben : Los lados deben tener un mínimo de 100 metros y un máximo de tener un mínimo de 100 metros y un máximo de 1.000 metros, debiendo fijarse medidas de cien e 1.000 metros, debiendo fijarse medidas de cien e cien.cien.

Page 128: Código de Minería

CABIDACABIDA

Concesión de ExploraciónConcesión de Exploración: Tiene una cabida : Tiene una cabida mínima de 100 hectáreas y un máximo de 5.000 mínima de 100 hectáreas y un máximo de 5.000 hectáreas.hectáreas.

Concesión de ExplotaciónConcesión de Explotación: Según el artículo 8º : Según el artículo 8º del Reglamento el mínimo es de 1 hectáreas y un del Reglamento el mínimo es de 1 hectáreas y un máximo de 10 hectáreas, con una superficie máximo de 10 hectáreas, con una superficie máxima del grupo de pertenencias de 1.000 máxima del grupo de pertenencias de 1.000 hectáreashectáreas

Page 129: Código de Minería

DISPOSICIONES COMUNESDISPOSICIONES COMUNES

Si nada se dice, se entenderá que la concesión será Si nada se dice, se entenderá que la concesión será cuadrada, pues si pide una concesión en la forma cuadrada, pues si pide una concesión en la forma rectangular además de señalar las medidas norte rectangular además de señalar las medidas norte sur, habrá que señalar las de oriente y poniente.sur, habrá que señalar las de oriente y poniente.

Dos de sus lados deben tener orientación norte sur Dos de sus lados deben tener orientación norte sur UTM.UTM.

La intersección de las diagonales del cuadrado o La intersección de las diagonales del cuadrado o rectángulo trazado imaginariamente en el plano rectángulo trazado imaginariamente en el plano horizontal, para el terreno pedido para explorar se horizontal, para el terreno pedido para explorar se llama llama punto mediopunto medio, y la del terreno manifestado , y la del terreno manifestado para explotar para explotar punto de interéspunto de interés. .

Page 130: Código de Minería

DEMASIASDEMASIAS

Es un terreno encerrado por tres o más Es un terreno encerrado por tres o más pertenencias constituidas, y en que no es posible pertenencias constituidas, y en que no es posible constituir otra pertenencia porque no da la forma constituir otra pertenencia porque no da la forma ni la cabida del artículo 28 del Código. ni la cabida del artículo 28 del Código.

Page 131: Código de Minería

EFECTOS DE LAS DEMASIASEFECTOS DE LAS DEMASIAS

Según el artículo 31 del Código las demasías Según el artículo 31 del Código las demasías acceden al primero que la manifieste o se tenga acceden al primero que la manifieste o se tenga por manifestada primero, en definitiva, acceden a por manifestada primero, en definitiva, acceden a la primera pertenencia constituida.la primera pertenencia constituida.

Page 132: Código de Minería

DURACIÓN DE LAS DEMASIASDURACIÓN DE LAS DEMASIAS

La demasía es La demasía es temporaltemporal, caduca cuando se , caduca cuando se extingue cualquiera de las pertenencias a la que extingue cualquiera de las pertenencias a la que accede. Sin embargo, el interesado accede. Sin embargo, el interesado concesionario puede solicitar al Tribunal concesionario puede solicitar al Tribunal autorización para anotar su demasía al margen autorización para anotar su demasía al margen de su inscripción, acompañando un plano y la de su inscripción, acompañando un plano y la sentencia constitutiva, individualizando a los sentencia constitutiva, individualizando a los colindantes, para que el juez proceda a colindantes, para que el juez proceda a escucharlos, luego de lo cual, el juez pide informe escucharlos, luego de lo cual, el juez pide informe al Sernageomin, dictando finalmente sentencia, al Sernageomin, dictando finalmente sentencia, con lo que la demasía pierde su carácter con lo que la demasía pierde su carácter temporal, pasando a ser indefinidatemporal, pasando a ser indefinida

Page 133: Código de Minería

CONCESIÓN Y DEMASÍA

Si se Si se divide físicamentedivide físicamente la pertenencia a la que la pertenencia a la que había accedido la demasía, esta última pasa a había accedido la demasía, esta última pasa a formar parte de la queda contigua a la demasíaformar parte de la queda contigua a la demasía

Page 134: Código de Minería

EXPLORACIÓN Y EXPLOTACIÓN DE EXPLORACIÓN Y EXPLOTACIÓN DE SUSTANCIAS MINERALES CONCESIBLES SUSTANCIAS MINERALES CONCESIBLES

La exploración y explotación de estas sustancias La exploración y explotación de estas sustancias se hace exclusivamente en virtud de concesiones se hace exclusivamente en virtud de concesiones mineras que pueden ser de exploración o mineras que pueden ser de exploración o explotación, las que se constituyen por explotación, las que se constituyen por resolución resolución judicialjudicial en un procedimiento seguido ante los en un procedimiento seguido ante los tribunales ordinarios de justicia.tribunales ordinarios de justicia.

Una vez constituida, la única limitación que existe Una vez constituida, la única limitación que existe para explorar y explotar una concesión, está dada para explorar y explotar una concesión, está dada por el derecho preferente del Estado de primera por el derecho preferente del Estado de primera opción de compra respecto del uranio y el torio opción de compra respecto del uranio y el torio con presencia significativa.con presencia significativa.

Page 135: Código de Minería

EXPLORACIÓN Y EXPLOTACIÓN DE EXPLORACIÓN Y EXPLOTACIÓN DE SUSTANCIAS NO CONCESIBLES SUSTANCIAS NO CONCESIBLES

La exploración, explotación o beneficio de los La exploración, explotación o beneficio de los yacimientos que contengan sustancias no yacimientos que contengan sustancias no concesibles, puede ser realizada de la manera concesibles, puede ser realizada de la manera siguiente:siguiente:

Directamente por el EstadoDirectamente por el Estado Por empresas del EstadoPor empresas del Estado Por medio de concesiones administrativasPor medio de concesiones administrativas Por medio de contratos especiales de operaciónPor medio de contratos especiales de operación

Page 136: Código de Minería

CONCESIONES ADMINISTRATIVASCONCESIONES ADMINISTRATIVAS

Es el derecho que otorga directamente el Estado a Es el derecho que otorga directamente el Estado a los particulares para que exploren, exploten o los particulares para que exploren, exploten o beneficien las sustancias minerales inconcebibles beneficien las sustancias minerales inconcebibles o aquellas que, en razón a su ubicación, se tengan o aquellas que, en razón a su ubicación, se tengan por tales.por tales.

El procedimiento de constitución es El procedimiento de constitución es exclusivamente administrativo. exclusivamente administrativo.

La concesión administrativa jamás puede recaer La concesión administrativa jamás puede recaer sobre sustancias legalmente concesibles, así sobre sustancias legalmente concesibles, así como la concesión de exploración o la de como la concesión de exploración o la de explotación no pueden tener nunca por objeto explotación no pueden tener nunca por objeto sustancias no concesibles. sustancias no concesibles.

Page 137: Código de Minería

CONTRATOS ESPECIALES DE OPERACIÓN CONTRATOS ESPECIALES DE OPERACIÓN

Son aquellos en virtud de los cuales una persona Son aquellos en virtud de los cuales una persona natural o jurídica, chilena o extranjera, llamada natural o jurídica, chilena o extranjera, llamada contratista, se obliga a realizar para el Estado o contratista, se obliga a realizar para el Estado o para una empresa u organismo del Estado, todo o para una empresa u organismo del Estado, todo o parte de las actividades correspondientes a la parte de las actividades correspondientes a la fase de exploración, a la fase de explotación y a fase de exploración, a la fase de explotación y a la fase de beneficio de alguna o algunas de las la fase de beneficio de alguna o algunas de las sustancias minerales no concesibles o que se sustancias minerales no concesibles o que se tengan por tales, en el área o lugar que se tengan por tales, en el área o lugar que se convenga, en la forma y plazo, y demás convenga, en la forma y plazo, y demás condiciones que se convengan.condiciones que se convengan.

Page 138: Código de Minería

EXPLORACIÓN Y EXPLOTACIÓN DE EXPLORACIÓN Y EXPLOTACIÓN DE SUSTANCIAS NO CONCESIBLESSUSTANCIAS NO CONCESIBLES

La exploración y explotación tanto de las arcillas La exploración y explotación tanto de las arcillas superficiales como de las arenas, rocas y demás superficiales como de las arenas, rocas y demás materiales aplicables directamente a la materiales aplicables directamente a la construcción, que en el Código de Minería anterior construcción, que en el Código de Minería anterior (1932) eran susceptibles de concesión, y que (1932) eran susceptibles de concesión, y que actualmente no se consideran sustancias mineras, actualmente no se consideran sustancias mineras, se rigen por el derecho común.se rigen por el derecho común.

Lo anterior significa que será el propietario Lo anterior significa que será el propietario del terreno (incluyendo al propietario ribereño) en del terreno (incluyendo al propietario ribereño) en cuya superficie se encuentran estas sustancias cuya superficie se encuentran estas sustancias quien podrá disponer de ellas libremente, pudiendo quien podrá disponer de ellas libremente, pudiendo venderlas, arrendarlas, donarlas (regalarlas), etc.venderlas, arrendarlas, donarlas (regalarlas), etc.

Page 139: Código de Minería

CONCESIÓN MINERACONCESIÓN MINERA

Page 140: Código de Minería

PROCEDIMIENTO DE CONSTITUCIÓN DE UNA PROCEDIMIENTO DE CONSTITUCIÓN DE UNA CONCESIÓN MINERACONCESIÓN MINERA

Se constituye siempre por vía judicial.Se constituye siempre por vía judicial.

Se tramita sin intervención de terceros, aunque Se tramita sin intervención de terceros, aunque ello puede ocurrir cuando exista oposición a la ello puede ocurrir cuando exista oposición a la solicitud de mensura y cuando se opongan los solicitud de mensura y cuando se opongan los afectados por superposiciones detectadas en el afectados por superposiciones detectadas en el acta de mesura acta de mesura

Page 141: Código de Minería

PROCEDIMIENTO DE CONSTITUCIÓN DE UNA PROCEDIMIENTO DE CONSTITUCIÓN DE UNA CONCESIÓN MINERACONCESIÓN MINERA

Es un procedimiento solemne y ritual, donde el Es un procedimiento solemne y ritual, donde el juez interviene activamente, de forma tal que si juez interviene activamente, de forma tal que si no se respetan las formas y los plazos del no se respetan las formas y los plazos del procedimiento, el juez puede declarar la procedimiento, el juez puede declarar la caducidad, aunque dictada la sentencia quedan caducidad, aunque dictada la sentencia quedan saneados todos los vicios procesales.saneados todos los vicios procesales.

Es un procedimiento publicitado: a) Publicaciones Es un procedimiento publicitado: a) Publicaciones en Diario Oficial y Boletín Minero y b) en Diario Oficial y Boletín Minero y b) Inscripciones en el Conservador de Minas.Inscripciones en el Conservador de Minas.

Page 142: Código de Minería

REGLAS COMUNES AL PROCEDIMIENTO REGLAS COMUNES AL PROCEDIMIENTO JUDICIALJUDICIAL

Tribunal CompetenteTribunal Competente El Juez de letras en lo civil El Juez de letras en lo civil que tenga jurisdicción en el lugar en que este ubicado que tenga jurisdicción en el lugar en que este ubicado el punto medio o de interés, según corresponda. el punto medio o de interés, según corresponda.

Quien puede pedir una ConcesiónQuien puede pedir una Concesión. Cualquier . Cualquier persona capaz, de 3 formas:persona capaz, de 3 formas:a) Personalmente;a) Personalmente;b) Por mandatario;b) Por mandatario;c) Por agente oficioso, que es aquella persona que sin c) Por agente oficioso, que es aquella persona que sin conocimiento y autorización de otra, realiza una conocimiento y autorización de otra, realiza una gestión en su favor, en cuyo caso el interesado debe gestión en su favor, en cuyo caso el interesado debe ratificar ante el secretario del tribunal lo obrado por ratificar ante el secretario del tribunal lo obrado por el agente oficioso en su favor, dentro de 30 días de el agente oficioso en su favor, dentro de 30 días de presentado el pedimento o la manifestación.presentado el pedimento o la manifestación.

Page 143: Código de Minería

ETAPAS DEL PROCEDIMIENTO DE ETAPAS DEL PROCEDIMIENTO DE CONSTITUCIÓN DE UNA CONCESIÓN DE CONSTITUCIÓN DE UNA CONCESIÓN DE

EXPLORACIÓNEXPLORACIÓN

Etapa PetitoriaEtapa Petitoria Etapa de Sentencia o terminoEtapa de Sentencia o termino

Page 144: Código de Minería

ETAPA PETITORIAETAPA PETITORIA

Esta etapa comienza con la presentación de un Esta etapa comienza con la presentación de un escrito denominado escrito denominado pedimentopedimento, mediante el cual , mediante el cual una persona capaz (natural o jurídica), solicita al una persona capaz (natural o jurídica), solicita al juzgado de letras en lo civil que tenga jurisdicción juzgado de letras en lo civil que tenga jurisdicción sobre el lugar que este indicado en el punto medio sobre el lugar que este indicado en el punto medio señalado, un determinado sector de interés con el señalado, un determinado sector de interés con el objeto de explorar sustancias minerales objeto de explorar sustancias minerales concesibles. concesibles.

Esta primera presentación la hace directamente el Esta primera presentación la hace directamente el interesado y no requiere patrocinio de abogado.interesado y no requiere patrocinio de abogado.

Page 145: Código de Minería

REQUISITOS DEL ESCRITO DE PEDIMENTO REQUISITOS DEL ESCRITO DE PEDIMENTO

(artículo 43 del Código).(artículo 43 del Código). IndividualizaciónIndividualización.- .- Singularizarse al peticionarioSingularizarse al peticionario: :

nombre, nacionalidad, estado civil, profesión u nombre, nacionalidad, estado civil, profesión u oficio y domicilio; si son varios peticionarios, los oficio y domicilio; si son varios peticionarios, los antecedentes de todos y cada uno de ellos.antecedentes de todos y cada uno de ellos.

Si se trata de una persona jurídica, bastará con Si se trata de una persona jurídica, bastará con indicar el nombre, nacionalidad y domicilio, indicar el nombre, nacionalidad y domicilio, además de los datos de su representante legal.además de los datos de su representante legal.

Page 146: Código de Minería

REQUISITOS DEL ESCRITO DE PEDIMENTOREQUISITOS DEL ESCRITO DE PEDIMENTO

UbicaciónUbicación.- .- Indicarse las coordenadas geográficas o Indicarse las coordenadas geográficas o UTM que correspondan al punto medio de la cara UTM que correspondan al punto medio de la cara superior de la concesión, con precisión de segundo superior de la concesión, con precisión de segundo o diez metros respectivamente.o diez metros respectivamente. Si en principio se Si en principio se opta por las coordenadas geográficas, deben luego opta por las coordenadas geográficas, deben luego reducirse a coordenadas UTM.reducirse a coordenadas UTM.

En este caso el punto medio, esto es, el que se En este caso el punto medio, esto es, el que se determina por la intersección de las diagonales de determina por la intersección de las diagonales de la figura geométrica formada por el terreno pedido.la figura geométrica formada por el terreno pedido.

El Reglamento agrega en su artículo 14 la exigencia El Reglamento agrega en su artículo 14 la exigencia de indicar la provincia en que se encuentra el punto de indicar la provincia en que se encuentra el punto medio medio

Page 147: Código de Minería

REQUISITOS DEL ESCRITO DE PEDIMENTOREQUISITOS DEL ESCRITO DE PEDIMENTO

El nombre que se da a la concesión de exploración El nombre que se da a la concesión de exploración que se solicita, yque se solicita, y

La superficie, expresada en hectáreas, que se desea La superficie, expresada en hectáreas, que se desea que comprenda la cara superior de la concesión. Su que comprenda la cara superior de la concesión. Su superficie no podrá exceder de 5.000 hectáreas.superficie no podrá exceder de 5.000 hectáreas.

NotaNota :En cada pedimento sólo podrá solicitarse una :En cada pedimento sólo podrá solicitarse una concesión de exploración, lo que no impide para que concesión de exploración, lo que no impide para que el peticionario, presente el número de pedimentos el peticionario, presente el número de pedimentos que desee.que desee.

Page 148: Código de Minería

PREFERENCIA QUE OTORGA LA FECHA DE PREFERENCIA QUE OTORGA LA FECHA DE

PRESENTACIÓN DEL PEDIMENTOPRESENTACIÓN DEL PEDIMENTO

La fecha de la presentación del pedimento es La fecha de la presentación del pedimento es relevante en la preferencia para ejercitar los relevante en la preferencia para ejercitar los derechos que otorga la concesión de exploración derechos que otorga la concesión de exploración frente a otra concesión de exploración, y en la frente a otra concesión de exploración, y en la preferencia para constituir pertenencia en el preferencia para constituir pertenencia en el mismo lugar.mismo lugar.

Page 149: Código de Minería

IMPORTANCIA DE LA FECHA DE PRESENTACIÓN DEL IMPORTANCIA DE LA FECHA DE PRESENTACIÓN DEL PEDIMENTO O LA MANIFESTACIÓNPEDIMENTO O LA MANIFESTACIÓN

Cuando sobre todo o parte del terreno cubierto por el Cuando sobre todo o parte del terreno cubierto por el pedimento o la manifestación se ha efectuado un pedimento o la manifestación se ha efectuado un pedimento o manifestación pedimento o manifestación posteriorposterior y se ha llegado y se ha llegado a constituir una concesión posterior sobre él, dicha a constituir una concesión posterior sobre él, dicha concesión no afecta sus derechos.concesión no afecta sus derechos.

La fecha de la presentación del pedimento le da La fecha de la presentación del pedimento le da preferencia al peticionario para constituir preferencia al peticionario para constituir pertenencia en el terreno pedido, siempre que en su pertenencia en el terreno pedido, siempre que en su manifestación haga uso de su derecho a que su manifestación haga uso de su derecho a que su manifestación tenga la misma fecha del pedimentomanifestación tenga la misma fecha del pedimento

Page 150: Código de Minería

RESGUARDOS PARA PREVENIR Y RESGUARDOS PARA PREVENIR Y

GARANTIZAR LA PREFERENCIAGARANTIZAR LA PREFERENCIA

En el mismo escrito de pedimento, el peticionario En el mismo escrito de pedimento, el peticionario puede pedir que se certifique el día y hora de su puede pedir que se certifique el día y hora de su presentación;presentación;

El secretario del Tribunal debe incorporar el escrito El secretario del Tribunal debe incorporar el escrito de pedimento en un registro numerado;de pedimento en un registro numerado;

Sí así lo solicita el peticionario, se le extiende un Sí así lo solicita el peticionario, se le extiende un recibo, indicando el día y hora.recibo, indicando el día y hora.

Page 151: Código de Minería

ACCIONES DE MEJOR DERECHO A UN ACCIONES DE MEJOR DERECHO A UN DESCUBRIMIENTO O PEDIMENTO DESCUBRIMIENTO O PEDIMENTO

El Código entrega la concesión al segundo El Código entrega la concesión al segundo manifestante o peticionario, cuando:manifestante o peticionario, cuando:1. El primero, haya usado en contra del segundo Fuerza 1. El primero, haya usado en contra del segundo Fuerza Física o Engaños, para anticiparse o retardar al segundo.Física o Engaños, para anticiparse o retardar al segundo.2. La presentación de un primer pedimento o manifestación 2. La presentación de un primer pedimento o manifestación recaiga sobre terrenos en donde el primero haya estado recaiga sobre terrenos en donde el primero haya estado realizando labores mineras, contratado por el segundo. realizando labores mineras, contratado por el segundo. 3. Sólo en caso de la manifestación, cuando el segundo 3. Sólo en caso de la manifestación, cuando el segundo manifestante haga uso del derecho preferente que otorga manifestante haga uso del derecho preferente que otorga una concesión de exploración vigente, a que la fecha de su una concesión de exploración vigente, a que la fecha de su manifestación sea la del pedimento respectivo.manifestación sea la del pedimento respectivo.

Page 152: Código de Minería

EXAMEN DEL PEDIMENTO. EXAMEN DEL PEDIMENTO. RESOLUCIÓN JUDICIALRESOLUCIÓN JUDICIAL

El juez debe examinar el pedimento para El juez debe examinar el pedimento para determinar si cumplen con los requisitos que determinar si cumplen con los requisitos que debe contener el escrito de pedimento, según lo debe contener el escrito de pedimento, según lo dispuesto en el artículo 43 del Código; en esta dispuesto en el artículo 43 del Código; en esta etapa pueden producirse las siguientes etapa pueden producirse las siguientes alternativas: el pedimiento cumple con los alternativas: el pedimiento cumple con los requisitos legales o no los cumple.requisitos legales o no los cumple.Si el pedimento cumple con los requisitosSi el pedimento cumple con los requisitos, el Juez , el Juez dicta una resolución judicial, ordenando la dicta una resolución judicial, ordenando la Inscripción y PublicaciónInscripción y Publicación del Pedimento del Pedimento

Page 153: Código de Minería

Si no cumple con los requisitosSi no cumple con los requisitos, el Juez, deberá , el Juez, deberá indicar determinadamente los defectos y indicar determinadamente los defectos y ordenará que el peticionario los subsane dentro ordenará que el peticionario los subsane dentro del plazo de 8 días, subsistiendo en todo caso la del plazo de 8 días, subsistiendo en todo caso la fecha de la presentación primitiva. fecha de la presentación primitiva.

Page 154: Código de Minería

En esta parte puede producirse dos situaciones:En esta parte puede producirse dos situaciones: a) Que el peticionario subsane los defectos dentro de a) Que el peticionario subsane los defectos dentro de

plazo, en cuyo caso el juez ordena Inscribir y Publicar plazo, en cuyo caso el juez ordena Inscribir y Publicar el pedimento; oel pedimento; o

b) Que el peticionario no subsane los defectos dentro b) Que el peticionario no subsane los defectos dentro de plazo o dichos defectos se refieran a la omisión de de plazo o dichos defectos se refieran a la omisión de las coordenadas del punto medio, en este caso, el las coordenadas del punto medio, en este caso, el Juez tiene por no formulado el pedimento.Juez tiene por no formulado el pedimento.

Nota: NNota: No se pueden subsanar (modificar), los errores o se pueden subsanar (modificar), los errores o imprecisiones que incurra al indicar las o imprecisiones que incurra al indicar las coordenadas del punto medio, ellas son coordenadas del punto medio, ellas son inmodificables inmodificables

Page 155: Código de Minería

INSCRIPCIONES Y PUBLICACIONESINSCRIPCIONES Y PUBLICACIONES

La inscripción del pedimento se efectúa en el La inscripción del pedimento se efectúa en el Conservador de Minas competente, para cuyo efecto Conservador de Minas competente, para cuyo efecto es necesario acompañar una copia autorizada por el es necesario acompañar una copia autorizada por el tribunal del pedimento y de la resolución judicial que tribunal del pedimento y de la resolución judicial que ordena dicha inscripción.ordena dicha inscripción.

La inscripción puede ser solicitada por cualquier La inscripción puede ser solicitada por cualquier persona y consiste en la transcripción de las copias persona y consiste en la transcripción de las copias señaladas en el Registro de Descubrimiento del señaladas en el Registro de Descubrimiento del Conservador de Minas que corresponda al lugar Conservador de Minas que corresponda al lugar donde este ubicado el punto medio.donde este ubicado el punto medio.

La publicación se hace una sola vez en el Boletín La publicación se hace una sola vez en el Boletín Oficial de Minería, para cuyo efecto es necesario Oficial de Minería, para cuyo efecto es necesario acompañar copia íntegra de la inscripción acompañar copia íntegra de la inscripción (Suplemento del D.O.)(Suplemento del D.O.)

Page 156: Código de Minería

TASA DE PEDIMENTOTASA DE PEDIMENTO

Existe la obligación de pagar a beneficio fiscal y Existe la obligación de pagar a beneficio fiscal y por cada hectárea completa pedida, una tasa por por cada hectárea completa pedida, una tasa por cada pedimento que se tramite.cada pedimento que se tramite.

La obligación de pagar una tasa tiene por objeto La obligación de pagar una tasa tiene por objeto dar mayor seriedad al trámite e impedir o dar mayor seriedad al trámite e impedir o dificultar pedimentos que abarquen grandes dificultar pedimentos que abarquen grandes extensiones con fines especulativos.extensiones con fines especulativos.

Esta tasa se paga sólo una vez, dentro de los 30 Esta tasa se paga sólo una vez, dentro de los 30 días siguientes a la fecha de la presentación del días siguientes a la fecha de la presentación del pedimento, en un banco o institución financiera.pedimento, en un banco o institución financiera.

Page 157: Código de Minería

ETAPA DE SENTENCIAETAPA DE SENTENCIA o SOLICITUD DE SENTENCIAo SOLICITUD DE SENTENCIA

Esta solicitud puede ser efectuada por el peticionario Esta solicitud puede ser efectuada por el peticionario o por cualquiera de ellos, pues el escrito de o por cualquiera de ellos, pues el escrito de pedimento, puede ser presentado por varias personas pedimento, puede ser presentado por varias personas a la vez, en cuyo caso nos encontramos en presencia a la vez, en cuyo caso nos encontramos en presencia de una sociedad legal minera.de una sociedad legal minera.

PlazoPlazo: El plazo para presentar este escrito es de 90 : El plazo para presentar este escrito es de 90 días contados desde la fecha de la resolución que días contados desde la fecha de la resolución que ordena inscribir y publicar el pedimento. El plazo es ordena inscribir y publicar el pedimento. El plazo es fatal y de días corridos (incluye domingos y festivos).fatal y de días corridos (incluye domingos y festivos).

Page 158: Código de Minería

REQUISITOS DEL ESCRITO DE SOLICITUD DE REQUISITOS DEL ESCRITO DE SOLICITUD DE

SENTENCIASENTENCIA Indicarse el terreno que se solicita en concesión de Indicarse el terreno que se solicita en concesión de

exploración, pudiendo ser todo o parte del terreno exploración, pudiendo ser todo o parte del terreno pedido. El punto medio puede quedar fuera del pedido. El punto medio puede quedar fuera del terreno solicitado terreno solicitado (art.55 del Código y 21 del Reglamento).(art.55 del Código y 21 del Reglamento).

Las coordenadas UTM de los vértices de la cara Las coordenadas UTM de los vértices de la cara superior de la concesión, a partir de este momento, superior de la concesión, a partir de este momento, con precisión de centímetros con precisión de centímetros (art.55 y 240 del Código).(art.55 y 240 del Código).

La relación de cualquiera de los vértices de la cara La relación de cualquiera de los vértices de la cara superior de la concesión, en rumbo y distancia, con superior de la concesión, en rumbo y distancia, con el punto medio señalado en el pedimento; yel punto medio señalado en el pedimento; y

Designar un abogado patrocinante y conferirle Designar un abogado patrocinante y conferirle poder.poder.

Page 159: Código de Minería

DOCUMENTOS QUE DEBEN ACOMPAÑARSE A DOCUMENTOS QUE DEBEN ACOMPAÑARSE A LA SOLICITUD DE SENTENCIA LA SOLICITUD DE SENTENCIA

Comprobante de pago de la tasa de pedimento.Comprobante de pago de la tasa de pedimento. Comprobante de pago de patente proporcional Comprobante de pago de patente proporcional

conforme al artículo 144.conforme al artículo 144. Copia autorizada de la inscripción del pedimento;Copia autorizada de la inscripción del pedimento; Ejemplar del Boletín Oficial de Minería donde se Ejemplar del Boletín Oficial de Minería donde se

haya publicado esa inscripción;haya publicado esa inscripción; Un plano Un plano

Page 160: Código de Minería

REQUISITOS DEL PLANOREQUISITOS DEL PLANO

El plano debe señalar el nombre de la concesión; la El plano debe señalar el nombre de la concesión; la región, la provincia y el predio o asiento minero, o región, la provincia y el predio o asiento minero, o todos ellos si fueren varios, que abarque la todos ellos si fueren varios, que abarque la concesión; la superficie total abarcada por la concesión; la superficie total abarcada por la solicitud, expresada en hectáreas y calculada en solicitud, expresada en hectáreas y calculada en proyección UTM.; la longitud de cada uno de los lados proyección UTM.; la longitud de cada uno de los lados de la concesión, calculada en la proyección UTM y de la concesión, calculada en la proyección UTM y expresada en metros; las coordenadas UTM del punto expresada en metros; las coordenadas UTM del punto medio y de cada uno de sus vértices y la relación en medio y de cada uno de sus vértices y la relación en rumbo y distancia, del mismo vértice, ligado con el rumbo y distancia, del mismo vértice, ligado con el punto medio, un croquis de ubicación a escala punto medio, un croquis de ubicación a escala 1:500.000 o 1:1.000.000, en el cual deberá figurar la 1:500.000 o 1:1.000.000, en el cual deberá figurar la ciudad o localidad más próxima; la escala del plano,; ciudad o localidad más próxima; la escala del plano,; el juzgado y rol del expediente; y el nombre y la firma el juzgado y rol del expediente; y el nombre y la firma de quien ha confeccionado el plano. de quien ha confeccionado el plano.

Page 161: Código de Minería

TRAMITACIÓN DE LA SOLICITUD DE TRAMITACIÓN DE LA SOLICITUD DE

SENTENCIASENTENCIA El juez examina la solicitud de sentencia y puede El juez examina la solicitud de sentencia y puede

adoptar tres actitudes:adoptar tres actitudes: Si estima, que esta se ajusta a la ley en requisitos y Si estima, que esta se ajusta a la ley en requisitos y

antecedentes, ordena informe al Sernageomin, remitiendo antecedentes, ordena informe al Sernageomin, remitiendo para tal efecto el expediente a dicho Servicio.para tal efecto el expediente a dicho Servicio.

Si del examen de la solicitud aparecen defectos u Si del examen de la solicitud aparecen defectos u omisiones subsanables, ordenará corregir dichos defectos omisiones subsanables, ordenará corregir dichos defectos u misiones dentro del plazo de 8 días, si así se hiciese u misiones dentro del plazo de 8 días, si así se hiciese remitirá el expediente al Sernageomin, en caso contrario remitirá el expediente al Sernageomin, en caso contrario desechara de plano la solicitud y ordenará cancelar la desechara de plano la solicitud y ordenará cancelar la inscripción del pedimento.inscripción del pedimento.

Si del examen de la solicitud aparecen defectos u Si del examen de la solicitud aparecen defectos u omisiones insubsanables desechara de plano la solicitud y omisiones insubsanables desechara de plano la solicitud y ordenará cancelar la inscripción del pedimento.ordenará cancelar la inscripción del pedimento.

Page 162: Código de Minería

INFORME DEL SERNAGEOMININFORME DEL SERNAGEOMIN Este servicio informa dentro de 60 días sobre la Este servicio informa dentro de 60 días sobre la

solicitud y el plano (si la forma, dimensiones y solicitud y el plano (si la forma, dimensiones y orientación de la cara superficial de la concesión orientación de la cara superficial de la concesión solicitada , se ajusta a la ley, y si queda o no solicitada , se ajusta a la ley, y si queda o no comprendida dentro del terreno pedido).comprendida dentro del terreno pedido).

Este examen puede dar lugar a dos situaciones:Este examen puede dar lugar a dos situaciones: Informe favorable, en cuyo caso el juez dicta Informe favorable, en cuyo caso el juez dicta

sentencia y declara constituida la concesión de sentencia y declara constituida la concesión de exploración y ordena publicarla en extracto.exploración y ordena publicarla en extracto. Si el informe contiene observaciones, en cuyo caso el Si el informe contiene observaciones, en cuyo caso el

juez las comunica al solicitante, el que debe corregirlas juez las comunica al solicitante, el que debe corregirlas dentro de 30 días desde la fecha de la resolución que así dentro de 30 días desde la fecha de la resolución que así lo ordena. Corregidos los defectos el juez dicta la lo ordena. Corregidos los defectos el juez dicta la sentencia constitutiva.sentencia constitutiva.

Informe desfavorable, el juez dicta sentencia, Informe desfavorable, el juez dicta sentencia, rechazando la constitución.rechazando la constitución.

Page 163: Código de Minería

SENTENCIA CONSTITUTIVA DE LA SENTENCIA CONSTITUTIVA DE LA

CONCESIÓN DE EXPLORACIÓNCONCESIÓN DE EXPLORACIÓN La sentencia puede ser constitutiva o denegatoria de La sentencia puede ser constitutiva o denegatoria de

la concesión.la concesión. En esta etapa, el juez, en cumplimiento de su papel En esta etapa, el juez, en cumplimiento de su papel

activo y previo a la dictación de la sentencias, activo y previo a la dictación de la sentencias, procederá a revisar el expediente para ver si se han procederá a revisar el expediente para ver si se han cumplidos los plazos fatales. Así si nota en cualquier cumplidos los plazos fatales. Así si nota en cualquier momento de la tramitación, errores o plazos no momento de la tramitación, errores o plazos no cumplidos deberá dictar sentencia declarando la cumplidos deberá dictar sentencia declarando la caducidad de los derechos emanados del pedimento, caducidad de los derechos emanados del pedimento, ordenando cancelar la inscripción ( artículo 86 inciso ordenando cancelar la inscripción ( artículo 86 inciso 1º del Código).1º del Código).

Sin embargo, la sola dictación de la sentencia sanea Sin embargo, la sola dictación de la sentencia sanea todos los vicios procesales y las caducidades que todos los vicios procesales y las caducidades que pudieran existir en el procedimiento de constitución.pudieran existir en el procedimiento de constitución.

Page 164: Código de Minería

PUBLICIDAD DISPUESTA PARA LA SENTENCIA PUBLICIDAD DISPUESTA PARA LA SENTENCIA

CONSTITUTIVA. EXTRACTOCONSTITUTIVA. EXTRACTO La sentencia constitutiva se publica en el Boletín La sentencia constitutiva se publica en el Boletín

Oficial de Minería, para luego inscribirse en Oficial de Minería, para luego inscribirse en Registro de Descubrimiento del Conservador de Registro de Descubrimiento del Conservador de Minas. La inscripción debe requerirse dentro del Minas. La inscripción debe requerirse dentro del plazo fatal de 120 días, contados desde la fecha plazo fatal de 120 días, contados desde la fecha de la sentencia. de la sentencia.

Si no se requiere dentro de dicho plazo, la Si no se requiere dentro de dicho plazo, la sentencia deja de surtir efectos, caducando la sentencia deja de surtir efectos, caducando la concesión. En tal caso, cualquier persona podrá concesión. En tal caso, cualquier persona podrá solicitar al juez ordenar la cancelación de las solicitar al juez ordenar la cancelación de las inscripciones y el Conservador de Minas, deberá inscripciones y el Conservador de Minas, deberá abstenerse de practicar dicha inscripción.abstenerse de practicar dicha inscripción.

Page 165: Código de Minería

EFECTOS DE LA SENTENCIA, EN RELACIÓN, A EFECTOS DE LA SENTENCIA, EN RELACIÓN, A

OTRAS CONCESIONES EN TRÁMITE O CONSTITUIDAOTRAS CONCESIONES EN TRÁMITE O CONSTITUIDA

La sentencia constitutiva de una concesión de La sentencia constitutiva de una concesión de exploración, no afecta los derechos emanados de exploración, no afecta los derechos emanados de una concesión de exploración o de una una concesión de exploración o de una pertenencia que hayan estado ya constituida a la pertenencia que hayan estado ya constituida a la fecha del pedimento que dio origen a la sentencia. fecha del pedimento que dio origen a la sentencia. (art. 58 y 108 del Código).(art. 58 y 108 del Código).

Tampoco son afectados los derechos emanados Tampoco son afectados los derechos emanados de una concesión de exploración o pertenencia en de una concesión de exploración o pertenencia en trámite a la fecha de la dictación de la sentencia, trámite a la fecha de la dictación de la sentencia, siempre y cuando la presentación del pedimento o siempre y cuando la presentación del pedimento o manifestación respectivos ha sido anterior al manifestación respectivos ha sido anterior al pedimento que dio origen a la sentencia. pedimento que dio origen a la sentencia.

Page 166: Código de Minería

ETAPAS DEL PROCEDIMIENTO DE ETAPAS DEL PROCEDIMIENTO DE CONSTITUCIÓN DE UNA CONCESIÓN DE CONSTITUCIÓN DE UNA CONCESIÓN DE

EXPLOTACIÓN O PERTENENCIAEXPLOTACIÓN O PERTENENCIA

Etapa ManifestaciónEtapa Manifestación Etapa de MensuraEtapa de Mensura Etapa de Sentencia o terminoEtapa de Sentencia o termino

Page 167: Código de Minería

ETAPA MANIFESTACIÓNETAPA MANIFESTACIÓN

Esta etapa comienza con la presentación de un Esta etapa comienza con la presentación de un escrito denominado escrito denominado manifestaciónmanifestación mediante el cual mediante el cual una persona capaz (natural o jurídica), solicita al una persona capaz (natural o jurídica), solicita al juzgado de letras en lo civil que tenga jurisdicción juzgado de letras en lo civil que tenga jurisdicción sobre el lugar que este indicado en el punto interés sobre el lugar que este indicado en el punto interés señalado, un determinado sector de interés con el señalado, un determinado sector de interés con el objeto de explotar sustancias minerales objeto de explotar sustancias minerales concesibles. concesibles.

Esta primera presentación la hace directamente el Esta primera presentación la hace directamente el interesado y no requiere patrocinio de abogado.interesado y no requiere patrocinio de abogado.

Page 168: Código de Minería

REQUISITOS DEL ESCRITO DE REQUISITOS DEL ESCRITO DE MANIFESTACIÓN MANIFESTACIÓN

(artículo 44 del Código).(artículo 44 del Código). Singularizarse al manifestante.Singularizarse al manifestante. Ubicación: Indicarse las coordenadas UTM que Ubicación: Indicarse las coordenadas UTM que

correspondan al punto interés de la cara superior correspondan al punto interés de la cara superior de la concesión, con precisión de segundos. de la concesión, con precisión de segundos. Sin embargo, cuando la superficie total del grupo Sin embargo, cuando la superficie total del grupo de pertenencias solicitadas en la manifestación no de pertenencias solicitadas en la manifestación no exceda de 100 hectáreas, la ubicación del punto de exceda de 100 hectáreas, la ubicación del punto de interés podrá describirse indicando sus señales interés podrá describirse indicando sus señales más precisas y características, el nombre del más precisas y características, el nombre del predio o asiento del mineral en que se encuentra y predio o asiento del mineral en que se encuentra y el de la provincia en que este situado, omitiéndose el de la provincia en que este situado, omitiéndose de esta forma la indicación en coordenadas UTM.de esta forma la indicación en coordenadas UTM.

Page 169: Código de Minería

REQUISITOS DEL ESCRITO DE REQUISITOS DEL ESCRITO DE MANIFESTACIÓNMANIFESTACIÓN

El número y nombre que se da a cada una de las El número y nombre que se da a cada una de las pertenenciaspertenencias

La superficie, expresada en hectáreas de la cara La superficie, expresada en hectáreas de la cara superior de cada pertenencia. La superficie total superior de cada pertenencia. La superficie total del grupo de pertenencias solicitadas en una del grupo de pertenencias solicitadas en una manifestación no podrá exceder de 1.000 (mil) manifestación no podrá exceder de 1.000 (mil) hectáreas.hectáreas.

Concesión de Exploración anteriorConcesión de Exploración anterior

Page 170: Código de Minería

CONCESIÓN DE EXPLORACIÓN ANTERIORCONCESIÓN DE EXPLORACIÓN ANTERIOR

El interesado debe indicar en su manifestación El interesado debe indicar en su manifestación que hace uso del derecho que otorga una que hace uso del derecho que otorga una concesión de exploración, y que consiste en concesión de exploración, y que consiste en establecer como fecha de presentación de la establecer como fecha de presentación de la manifestación, la fecha en que se presentó el manifestación, la fecha en que se presentó el pedimento que dio origen a la concesión de pedimento que dio origen a la concesión de exploración.exploración.

Este hecho tiene importancia, pues la ley confiere Este hecho tiene importancia, pues la ley confiere preferencia para constituir una concesión a aquel preferencia para constituir una concesión a aquel que primero presente su manifestación en el que primero presente su manifestación en el Tribunal, a menos que el manifestante haga uso Tribunal, a menos que el manifestante haga uso del derecho que le otorga una concesión de del derecho que le otorga una concesión de exploración vigente.exploración vigente.

Page 171: Código de Minería

REQUISITOS QUE DEBEN CUMPLIRSE PARA REQUISITOS QUE DEBEN CUMPLIRSE PARA QUE LA MANIFESTACIÓN TENGA LA MISMA QUE LA MANIFESTACIÓN TENGA LA MISMA

FECHA DEL PEDIMENTOFECHA DEL PEDIMENTO Que el manifestante sea dueño de una concesión de Que el manifestante sea dueño de una concesión de

exploración, constituida y vigente;exploración, constituida y vigente; Que se exprese en el escrito de manifestación, que Que se exprese en el escrito de manifestación, que

ésta se hace en uso del derecho que otorga la ésta se hace en uso del derecho que otorga la concesión de exploración;concesión de exploración;

Que se indique en el escrito de manifestación el Que se indique en el escrito de manifestación el nombre de la concesión de exploración que se trate;nombre de la concesión de exploración que se trate;

Que se acompañe copia autorizada de la inscripción Que se acompañe copia autorizada de la inscripción de la sentencia constitutiva de la concesión de de la sentencia constitutiva de la concesión de exploración;exploración;

Que el terreno manifestado este comprendido dentro Que el terreno manifestado este comprendido dentro de los límites de la concesión de exploración.de los límites de la concesión de exploración.

Page 172: Código de Minería

ETAPA DE MENSURAETAPA DE MENSURA

Solicitud de mensuraSolicitud de mensura Oposición a la MensuraOposición a la Mensura MensuraMensura

Page 173: Código de Minería

SOLICITUD DE MENSURA

Indicar el terreno que se solicita en concesión de explotación, pudiendo ser todo o parte del terreno manifestado. El punto de interés puede quedar fuera del terreno solicitado.

Las coordenadas UTM de los vértices de la cara superior de la pertenencia o grupo de pertenencias, relacionando uno de ellos, en rumbo y distancia, con el punto de interés de la manifestación, siempre con precisión de centímetros.

El largo y ancho de la pertenencia o de cada una de ellas, referidos a la proyección UTM.

Page 174: Código de Minería

SOLICITUD DE MENSURA

El número de pertenencias que se desea mensurar y la superficie total abarcada por la solicitud, expresada en hectáreas y calculada en la proyección en UTM.

El nombre de las pertenencias conocidas que existan en la vecindad, y en lo posible el nombre de sus dueños.

La designación del ingeniero o perito mensurador que practicará la mensura.

Designar un abogado patrocinante y conferirle poder.

Page 175: Código de Minería

ANTECEDENTES Y DOCUMENTOS

Comprobante de pago de la tasa de manifestación. Comprobante de pago de patente proporcional

conforme al artículo 144. Copia autorizada de la inscripción de la

manifestación; Ejemplar del Boletín Oficial de Minería donde se

haya publicado esa inscripción; Un plano en que se señale la configuración de la

pertenencia o grupo de pertenencia, las coordenadas de cada uno de los vértices del perímetro y la relación en rumbo y distancia, del mismo vértice, ligado con el punto de interés.

Page 176: Código de Minería

TRAMITACIÓN DE LA SOLICITUD DE MENSURA

El juez examina la solicitud de mensura y puede adoptar tres actitudes:

Si estima, que esta se ajusta a la ley en requisitos y antecedentes, ordena publicar la solicitud dentro del plazo de 30 días, contados desde la fecha de la resolución judicial que así lo ordena, en el Boletín Oficial de Minería.

Page 177: Código de Minería

TRAMITACIÓN DE LA SOLICITUD DE MENSURA

Si del examen de la solicitud aparecen defectos u omisiones subsanables, ordenará corregir dichos defectos u misiones dentro del plazo de 8 días, si así se hiciese ordenará la publicación en el plazo de 30 días, en caso contrario desechara de plano la solicitud y ordenará cancelar la inscripción de la manifestación.

Si del examen de la solicitud aparecen defectos u omisiones insubsanables desechara de plano la solicitud y ordenará cancelar la inscripción de la manifestación.

Page 178: Código de Minería

OPOSICIÓN A LA MENSURAOPOSICIÓN A LA MENSURA

Significa respetar la preferencia que otros tiene Significa respetar la preferencia que otros tiene para mensurar con anticipación o para que no se para mensurar con anticipación o para que no se mensure sobre ellos.mensure sobre ellos.

De acontecer transforma el procedimiento de De acontecer transforma el procedimiento de constitución de voluntario en contencioso.constitución de voluntario en contencioso.

La publicación de la solicitud de mensura tiene La publicación de la solicitud de mensura tiene por objeto poner en conocimiento de terceros la por objeto poner en conocimiento de terceros la circunstancia de que en el terreno indicado en circunstancia de que en el terreno indicado en dicha solicitud se va efectuar una mensura. dicha solicitud se va efectuar una mensura. Después de publicada la solicitud de mensura, Después de publicada la solicitud de mensura, hay un plazo de 30 días para oponerse.hay un plazo de 30 días para oponerse.

Page 179: Código de Minería

CAUSALES DE OPOSICIÓN (Art. 61 del Código)CAUSALES DE OPOSICIÓN (Art. 61 del Código)

Se pretende mensurar sobre terrenos Se pretende mensurar sobre terrenos comprendidos en una concesión para explorar ya comprendidos en una concesión para explorar ya constituida o en concesión de exploración en constituida o en concesión de exploración en trámite, cuyos pedimentos son de fecha anterior trámite, cuyos pedimentos son de fecha anterior a la manifestación que origina la mensuraa la manifestación que origina la mensura.( Nº1º)..( Nº1º).

Se pretende mensurar sobre terrenos Se pretende mensurar sobre terrenos manifestados con anterioridadmanifestados con anterioridad (Nº2) (Nº2)

Page 180: Código de Minería

Se pretende mensurar sobre terrenos comprendidos en Se pretende mensurar sobre terrenos comprendidos en una concesión para explorar ya constituida o en concesión una concesión para explorar ya constituida o en concesión de exploración en trámite, cuyos pedimentos son de fecha de exploración en trámite, cuyos pedimentos son de fecha anterior a la manifestación que origina la mensuraanterior a la manifestación que origina la mensura..

Si los titulares del pedimento o concesión de Si los titulares del pedimento o concesión de exploración anterior a la manifestación de quien exploración anterior a la manifestación de quien esta solicitando la mensura, no deducen esta solicitando la mensura, no deducen oportunamente oposición (dentro del plazo de 30 oportunamente oposición (dentro del plazo de 30 días contados desde la fecha de publicación de la días contados desde la fecha de publicación de la solicitud de mensura), pierden sus derechos.solicitud de mensura), pierden sus derechos.

Quienes se opongan deben acompañar:Quienes se opongan deben acompañar:a) Copia autorizada del pedimento o de la a) Copia autorizada del pedimento o de la sentencia misma;sentencia misma;b) Croquis en donde se represente la colisión de b) Croquis en donde se represente la colisión de derechos.derechos.

Si no se acompañan estos documentos, se Si no se acompañan estos documentos, se rechaza la oposición.rechaza la oposición.

Page 181: Código de Minería

Se pretende mensurar sobre terrenos manifestados con Se pretende mensurar sobre terrenos manifestados con anterioridadanterioridad

En este caso la oposición será rechazada de plano:En este caso la oposición será rechazada de plano:a).- Si no se funda en una manifestación anteriora).- Si no se funda en una manifestación anteriorb).- Si no se acompaña copia autorizada de dicha b).- Si no se acompaña copia autorizada de dicha manifestación;manifestación;c).- Si no se acompaña croquis de la colisión de c).- Si no se acompaña croquis de la colisión de derechos.derechos.

En este último caso, si el manifestante anterior aun En este último caso, si el manifestante anterior aun no pedido la mesura, debe pedirla en el mismo acto no pedido la mesura, debe pedirla en el mismo acto en que se opone, en la forma y requisitos ya en que se opone, en la forma y requisitos ya estudiada.estudiada.

El juez ordenará su publicación y si ya ha sido El juez ordenará su publicación y si ya ha sido solicitada el juez acumulará los procesos, enviando solicitada el juez acumulará los procesos, enviando los antecedentes de la oposición al Sernageomin.los antecedentes de la oposición al Sernageomin.

Page 182: Código de Minería

ETAPA DE MENSURAETAPA DE MENSURA Por medio de esta, se fijan los límites dentro de los Por medio de esta, se fijan los límites dentro de los

cuales los concesionarios ejercen sus derechos a cuales los concesionarios ejercen sus derechos a explorar y a explotar las sustancias minerales explorar y a explotar las sustancias minerales concesibles encerradas dentro de dichos límites. concesibles encerradas dentro de dichos límites.

Es la ubicación en el terreno de los vértices de la Es la ubicación en el terreno de los vértices de la cara superior de la pertenencia o grupo de cara superior de la pertenencia o grupo de pertenencias, indicados con las coordenadas U.T.M. pertenencias, indicados con las coordenadas U.T.M. que para cada uno de ellos se haya señalado en la que para cada uno de ellos se haya señalado en la solicitud de mensura, o se señalen en el acto de solicitud de mensura, o se señalen en el acto de mensura mensura (artículo 72 del Código y 32 del Reglamento).(artículo 72 del Código y 32 del Reglamento).

Page 183: Código de Minería

ETAPA DE MENSURAETAPA DE MENSURA

Cuando se mensuran dos o más pertenencias Cuando se mensuran dos o más pertenencias originadas en una misma manifestación, se hará originadas en una misma manifestación, se hará una sola operación, y se dispondrán las una sola operación, y se dispondrán las pertenencias de modo que cada una tenga, a lo pertenencias de modo que cada una tenga, a lo menos, un punto de contacto con la otra. En este menos, un punto de contacto con la otra. En este caso se levantará una sola Acta y un solo Plano, caso se levantará una sola Acta y un solo Plano, en el que se individualizarán con precisión, la en el que se individualizarán con precisión, la ubicación y los deslindes de cada pertenencia ubicación y los deslindes de cada pertenencia (art.76 del Código de Minería).(art.76 del Código de Minería).

Page 184: Código de Minería

DE LAS OBLIGACIONES Y PROHIBICIONES DE LAS OBLIGACIONES Y PROHIBICIONES DEL INGENIERO O PERITO MENSURADORDEL INGENIERO O PERITO MENSURADOR

El ingeniero civil de minas o el perito propuesto por el El ingeniero civil de minas o el perito propuesto por el interesado deberán cumplir con diversas exigencias tanto interesado deberán cumplir con diversas exigencias tanto para efectuar válidamente su cometido como para que éste para efectuar válidamente su cometido como para que éste sea eficaz, sin perjuicio de la calidad técnica que habrán de sea eficaz, sin perjuicio de la calidad técnica que habrán de tener para que la operación de mensura sea correcta. A saber:tener para que la operación de mensura sea correcta. A saber:

Aceptar el cargo y jurar su fiel desempeñoAceptar el cargo y jurar su fiel desempeño Mensurar el terreno manifestado Mensurar el terreno manifestado Prohibición de Abarcar con la mensura terrenos ya Prohibición de Abarcar con la mensura terrenos ya

mensuradosmensurados Efectuar la operación de mensura respetando las normas Efectuar la operación de mensura respetando las normas

relativas a la forma, orientación, cabida o lados de su cara relativas a la forma, orientación, cabida o lados de su cara superior superior

Prohibición de dejar en la mensura espacios libres entre Prohibición de dejar en la mensura espacios libres entre pertenencias o sin un punto de contacto entre si pertenencias o sin un punto de contacto entre si

Construir Hitos y Linderos Construir Hitos y Linderos

Page 185: Código de Minería

ACTA Y PLANO DE MENSURAACTA Y PLANO DE MENSURA

El El Acta de MensuraActa de Mensura, contiene la narración precisa, , contiene la narración precisa, clara y circunstanciada del modo como se ejecutó clara y circunstanciada del modo como se ejecutó la mensura y cómo se determinaron las la mensura y cómo se determinaron las coordenadas U.T.M. de los vértices. Siempre que coordenadas U.T.M. de los vértices. Siempre que sea posible indicará los nombres, ubicación y sea posible indicará los nombres, ubicación y dueños de las pertenencias colindantes (art.37) dueños de las pertenencias colindantes (art.37)

El El Plano de MensuraPlano de Mensura representará la representará la configuración del perímetro de la pertenencia o configuración del perímetro de la pertenencia o cada una de las pertenencias mensuradas en la cada una de las pertenencias mensuradas en la proyección UTM (artículo 38 del Reglamento)proyección UTM (artículo 38 del Reglamento)

Page 186: Código de Minería

SOBRE LA ENTREGA DEL ACTA Y DEL PLANO SOBRE LA ENTREGA DEL ACTA Y DEL PLANO AL JUZGADOAL JUZGADO

Hecha la mensura, según el artículo 98 del Código, Hecha la mensura, según el artículo 98 del Código, el titular de la manifestación, o cualquiera de ellos, el titular de la manifestación, o cualquiera de ellos, en caso de que fueren varios manifestantes, en caso de que fueren varios manifestantes, entregará tres ejemplares del Acta y del Plano de entregará tres ejemplares del Acta y del Plano de mensura de la partencia o grupo de pertenencia.mensura de la partencia o grupo de pertenencia.

La presentación del Acta y Plano al Juzgado se La presentación del Acta y Plano al Juzgado se realiza por medio de un escrito que agrega al realiza por medio de un escrito que agrega al expediente en donde se tramita la constitución de expediente en donde se tramita la constitución de la concesión.la concesión.

Page 187: Código de Minería

SOBRE EL INFORME DEL SERNAGEOMINSOBRE EL INFORME DEL SERNAGEOMIN El Servicio informará sobre los aspectos técnicos El Servicio informará sobre los aspectos técnicos

relacionados con la operación de la mensura, es relacionados con la operación de la mensura, es decir, si la forma, dimensiones y orientación de la decir, si la forma, dimensiones y orientación de la cara superficial de la pertenencia mensurada, se cara superficial de la pertenencia mensurada, se ajusta a la ley; si queda o no comprendida tanto ajusta a la ley; si queda o no comprendida tanto dentro del terreno manifestado como dentro del dentro del terreno manifestado como dentro del abarcado en la solicitud de mensura; si los hitos han abarcado en la solicitud de mensura; si los hitos han sido correctamente colocados.sido correctamente colocados.

En este mismo informe el Servicio señalará si la En este mismo informe el Servicio señalará si la mensura abarca, en todo o parte, una o más mensura abarca, en todo o parte, una o más pertenencias ya constituidas cuyos vértices estén pertenencias ya constituidas cuyos vértices estén determinados en coordenadas U.T.M., o una o más determinados en coordenadas U.T.M., o una o más pertenencias en trámite cuyos titulares tengan pertenencias en trámite cuyos titulares tengan derecho preferente para mensurar y que hayan derecho preferente para mensurar y que hayan formulado oposición a la solicitud de mensura formulado oposición a la solicitud de mensura ( artículo 80 del Código)( artículo 80 del Código)

Page 188: Código de Minería

EXAMEN DEL INFORME POR PARTE DEL EXAMEN DEL INFORME POR PARTE DEL

TRIBUNALTRIBUNAL Si el informe es Si el informe es favorablefavorable y no contiene y no contiene

observaciones, el juez dictará sentencia observaciones, el juez dictará sentencia constituida de la pertenencia o pertenencias.constituida de la pertenencia o pertenencias.

Si el informe Si el informe contiene observacionescontiene observaciones sobre sobre aspectos técnicos, el juez las comunicará al aspectos técnicos, el juez las comunicará al solicitante, el que puede adoptar dos actitudes:solicitante, el que puede adoptar dos actitudes: Contradecirlo, dentro del plazo de 8 días. En este caso el Contradecirlo, dentro del plazo de 8 días. En este caso el

juez solicita un nuevo informe al Servicio, luego de lo cual juez solicita un nuevo informe al Servicio, luego de lo cual dicta sentencia concediendo o rechazando la pertenencia.dicta sentencia concediendo o rechazando la pertenencia.

Aceptar las objeciones y corregirlas, dentro del plazo de Aceptar las objeciones y corregirlas, dentro del plazo de 60 días, los que pueden prorrogarse por otros 60 días, 60 días, los que pueden prorrogarse por otros 60 días, luego de lo cual el juez dicta sentencia constitutiva de la o luego de lo cual el juez dicta sentencia constitutiva de la o las pertenencias.las pertenencias.

Page 189: Código de Minería

EXAMEN DEL INFORME POR PARTE DEL EXAMEN DEL INFORME POR PARTE DEL TRIBUNALTRIBUNAL

En ningún caso el juez podrá declarar constituida la En ningún caso el juez podrá declarar constituida la pertenencia o pertenencias que hayan sido pertenencia o pertenencias que hayan sido mensuradas abarcando terrenos situados fuera del mensuradas abarcando terrenos situados fuera del comprendido en la solicitud de mensura o fuera del comprendido en la solicitud de mensura o fuera del terreno manifestado.terreno manifestado.

El informe señala la existencia de superposiciones, es El informe señala la existencia de superposiciones, es decir la mensura abarca en todo o parte una o más decir la mensura abarca en todo o parte una o más pertenencias ya constituidas o en trámite de pertenencias ya constituidas o en trámite de constitución, cuyos titulares tenga tengan derecho constitución, cuyos titulares tenga tengan derecho preferente para mensurar y sean parte en un juicio de preferente para mensurar y sean parte en un juicio de oposición (superposiciones), caso en el cual el juez oposición (superposiciones), caso en el cual el juez ordena publicar la existencia de superposiciones y ordena publicar la existencia de superposiciones y nombre de los afectados para oponerse a la nombre de los afectados para oponerse a la sobremensura.sobremensura.

Page 190: Código de Minería

SENTENCIASENTENCIA

La sentencia puede ser constitutiva o denegatoria La sentencia puede ser constitutiva o denegatoria de la concesión.de la concesión.

En esta etapa, el juez, revisar si encuentra errores En esta etapa, el juez, revisar si encuentra errores o vicios y si ello es así dicta sentencia denegatoria, o vicios y si ello es así dicta sentencia denegatoria, aunque la sola dictación de la sentencia sanea aunque la sola dictación de la sentencia sanea todos los vicios que pudieran existir. todos los vicios que pudieran existir.

Dictada la sentencia, el original del plano de Dictada la sentencia, el original del plano de mensura y una copia del acta de mensura se mensura y una copia del acta de mensura se entregarán al Servicio por el interesado; una copia entregarán al Servicio por el interesado; una copia del plano se archivará en el Conservador de Minas; del plano se archivará en el Conservador de Minas; una copia del Acta se inscribirá junto con la una copia del Acta se inscribirá junto con la sentencia en el Conservador.sentencia en el Conservador.

Copia de la sentencia será publica e inscrita.Copia de la sentencia será publica e inscrita.

Page 191: Código de Minería

OBLIGACIÓN DEL SERNAGEOMIN DE OBLIGACIÓN DEL SERNAGEOMIN DE PUBLICAR NÓMINAS DE CONCESIONES PUBLICAR NÓMINAS DE CONCESIONES

CONSTITUIDASCONSTITUIDAS El Sernageomin esta obligado a publicar una El Sernageomin esta obligado a publicar una

nómina de concesiones que se hayan constituido nómina de concesiones que se hayan constituido en el último año. en el último año.

En caso de que una concesión de exploración, o En caso de que una concesión de exploración, o una pertenencia o grupo de pertenencias una pertenencia o grupo de pertenencias mensuradas en conjunto, abarquen más de una mensuradas en conjunto, abarquen más de una comuna de su ubicación, se consignará al menos comuna de su ubicación, se consignará al menos su nombre y el de cada una de las comunas que su nombre y el de cada una de las comunas que abarca abarca

Page 192: Código de Minería

EFECTOS DE LA SENTENCIA CONSTITUTIVAEFECTOS DE LA SENTENCIA CONSTITUTIVA

La dictación de la sentencia constitutiva de la La dictación de la sentencia constitutiva de la concesión sanea todos los vicios procesales o concesión sanea todos los vicios procesales o caducidadescaducidades

No obstante las personas afectadas con la No obstante las personas afectadas con la sentencia puedan reclamar de vicios o errores de sentencia puedan reclamar de vicios o errores de fondo, solicitando la Nulidad de la Concesión fondo, solicitando la Nulidad de la Concesión dentro del plazo de 4 años contados desde la dentro del plazo de 4 años contados desde la publicación de la sentencia, en los casos del publicación de la sentencia, en los casos del artículo 95 del Código artículo 95 del Código

Page 193: Código de Minería

DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS CONCESIONARIOSCONCESIONARIOS

Page 194: Código de Minería

OBLIGACIÓN DEL TITULAR DE LA CONCESIÓN OBLIGACIÓN DEL TITULAR DE LA CONCESIÓN DE EXPLOTACIÓN DE EXPLOTACIÓN

Entregar las sustancias que no se consideren Entregar las sustancias que no se consideren mineras.mineras.

Mantener y conservar en pie los hitos colocados Mantener y conservar en pie los hitos colocados en los vértices de la pertenencia.en los vértices de la pertenencia.

Debe levantar los hitos Debe levantar los hitos

Page 195: Código de Minería

OBLIGACIONES DE TODO CONCESIONARIOOBLIGACIONES DE TODO CONCESIONARIO

Amparar su concesión, mediante el pago de una Amparar su concesión, mediante el pago de una patente.patente.

Indemnizar todo daño que cause o pueda Indemnizar todo daño que cause o pueda

causarle al propietario del terreno superficial, causarle al propietario del terreno superficial, arrendatario, etc.arrendatario, etc.

Respetar el derecho del Estado a la primera Respetar el derecho del Estado a la primera Opción respecto de ciertas sustancias minerales.Opción respecto de ciertas sustancias minerales.

Page 196: Código de Minería

DERECHOS DE LOS CONCESIONARIOS DE DERECHOS DE LOS CONCESIONARIOS DE EXPLORACIÓN EXPLORACIÓN

Efectuar los trabajos necesarios de la exploración Efectuar los trabajos necesarios de la exploración (artículo 107).(artículo 107). Debe observar los Reglamentos de Debe observar los Reglamentos de Seguridad Minera;Seguridad Minera;

Tiene derecho preferente para constituir una Tiene derecho preferente para constituir una pertenencia;pertenencia;

Se hace dueño de todas las sustancias Se hace dueño de todas las sustancias concesibles que necesita abarcar con motivo del concesibles que necesita abarcar con motivo del ejercicio de ese derecho. Pero no lo faculta para ejercicio de ese derecho. Pero no lo faculta para hacer una explotación formal. hacer una explotación formal.

Derecho a ser indemnizado.Derecho a ser indemnizado.

Page 197: Código de Minería

DERECHOS DE LOS CONCESIONARIOS DE DERECHOS DE LOS CONCESIONARIOS DE EXPLOTACIÓNEXPLOTACIÓN

Explorar y explotar libremente las minas sobre las Explorar y explotar libremente las minas sobre las cuales recae la concesión (artículo 116), cuales recae la concesión (artículo 116), respetando los Reglamentos de Policía y respetando los Reglamentos de Policía y Seguridad Minera;Seguridad Minera;

Se hace dueño de todos los minerales que Se hace dueño de todos los minerales que extraiga dentro de los límites de su concesión y extraiga dentro de los límites de su concesión y que sean concesibles;que sean concesibles;

Derecho a ser indemnizado en caso de Derecho a ser indemnizado en caso de expropiación.expropiación.

Page 198: Código de Minería

DERECHOS DE LOS CONCESIONARIOS DERECHOS DE LOS CONCESIONARIOS MINEROS MINEROS

Defender su concesión. Oponerse a la mensura, Defender su concesión. Oponerse a la mensura, interponer acciones de nulidad, derecho a interponer acciones de nulidad, derecho a oponerse a que otro haga labores, etc.oponerse a que otro haga labores, etc.

Derecho a imponer servidumbres.Derecho a imponer servidumbres.

Derecho de aprovechamiento de las aguas para Derecho de aprovechamiento de las aguas para la concesiónla concesión

Page 199: Código de Minería

Servidumbres MinerasServidumbres Mineras

Page 200: Código de Minería

SERVIDUMBRES MINERASSERVIDUMBRES MINERAS

El Código de Minera no señala un concepto de El Código de Minera no señala un concepto de Servidumbre, de allí que debamos recurrir a lo Servidumbre, de allí que debamos recurrir a lo dispuesto en el artículo 820 del Código Civil, que dispuesto en el artículo 820 del Código Civil, que dispone que Servidumbre, es un gravamen dispone que Servidumbre, es un gravamen impuesto sobre un predio en utilidad de otro impuesto sobre un predio en utilidad de otro predio de distinto dueño.predio de distinto dueño.

Se denomina predio sirviente, el que sufre la Se denomina predio sirviente, el que sufre la carga u obligación (gravamen), y predio carga u obligación (gravamen), y predio dominante el que reporta la utilidad.dominante el que reporta la utilidad.

Este concepto, aplicable, en principio, solo a los Este concepto, aplicable, en principio, solo a los predios superficiales, es también aplicable en predios superficiales, es también aplicable en materia minera, ámbito en el cual existen materia minera, ámbito en el cual existen servidumbres.servidumbres.

Page 201: Código de Minería

QUIENES PUEDEN IMPONER SERVIDUMBRES QUIENES PUEDEN IMPONER SERVIDUMBRES EN MATERIA MINERASEN MATERIA MINERAS

El concesionario.El concesionario.

El Establecimiento de Beneficio de Minerales.El Establecimiento de Beneficio de Minerales.

Quien goce de un permiso para catar y cavar, Quien goce de un permiso para catar y cavar, esto es, el investigador minero.esto es, el investigador minero.

Page 202: Código de Minería

SOBRE QUIENES PUEDEN IMPONERSE SOBRE QUIENES PUEDEN IMPONERSE SERVIDUMBRES MINERASSERVIDUMBRES MINERAS

Sobre los terrenos superficialesSobre los terrenos superficiales. Los terrenos . Los terrenos o predios superficiales (no solo aquellos en cuyas o predios superficiales (no solo aquellos en cuyas entrañas estuviere el yacimiento o mina).entrañas estuviere el yacimiento o mina).

Sobre Concesiones MinerasSobre Concesiones Mineras. Toda concesión . Toda concesión

minera está sujeta a la obligación de servir a otra minera está sujeta a la obligación de servir a otra concesión. Pero sólo es posible imponer una concesión. Pero sólo es posible imponer una servidumbre sobre una concesión a favor de otra servidumbre sobre una concesión a favor de otra concesión o establecimiento de beneficio de concesión o establecimiento de beneficio de minerales, pero no a favor del investigador minerales, pero no a favor del investigador minero.minero.

Page 203: Código de Minería

OBJETO DE LAS SERVIDUMBRES MINERASOBJETO DE LAS SERVIDUMBRES MINERAS

El objeto de las servidumbres mineras es El objeto de las servidumbres mineras es fundamentalmente facilitar la conveniente y fundamentalmente facilitar la conveniente y cómoda exploración y explotación de los cómoda exploración y explotación de los yacimientos mineros.yacimientos mineros.

Page 204: Código de Minería

CARACTERISTICAS CARACTERISTICAS

Es un derecho inmueble indivisible, no se Es un derecho inmueble indivisible, no se pueden constituir servidumbres parciales.pueden constituir servidumbres parciales.

Son transitorias, pues la condición es Son transitorias, pues la condición es condicional y el mineral puede agotarse.condicional y el mineral puede agotarse.

Los perjuicios causados en el predio o Los perjuicios causados en el predio o concesión sirviente deben indemnizarse, el concesión sirviente deben indemnizarse, el monto de esta indemnización se fija en monto de esta indemnización se fija en principio de común acuerdo, y si no hay principio de común acuerdo, y si no hay acuerdo lo fija el tribunal.acuerdo lo fija el tribunal.

Page 205: Código de Minería

FORMA DE CONSTITUIR LA SERVIDUMBREFORMA DE CONSTITUIR LA SERVIDUMBRE

La servidumbres pueden constituirse de dos La servidumbres pueden constituirse de dos formas:formas:

1. Por mutuo acuerdo de los interesados que 1. Por mutuo acuerdo de los interesados que conste en una escritura pública;conste en una escritura pública;

2. Por Resolución Judicial.2. Por Resolución Judicial.

Page 206: Código de Minería

CLASES DE SERVIDUMBRE MINERASCLASES DE SERVIDUMBRE MINERAS

Existen dos tipos:Existen dos tipos:

1. 1. Sobre terrenos superficialesSobre terrenos superficiales (ocupación (ocupación servicios eléctricos de postación y de paso de servicios eléctricos de postación y de paso de tendido eléctrico, de tránsito y de caminos).tendido eléctrico, de tránsito y de caminos).

2. 2. Sobre concesionesSobre concesiones (socavón, desagüe y (socavón, desagüe y

caminos)caminos)

Page 207: Código de Minería

De las sociedadesDe las sociedades

Page 208: Código de Minería

SOCIEDADES MINERASSOCIEDADES MINERAS

Sociedades Legales MinerasSociedades Legales Mineras

Sociedades Contractuales MinerasSociedades Contractuales Mineras

Page 209: Código de Minería

SOCIEDADES LEGALES MINERASSOCIEDADES LEGALES MINERAS

Los hechos que dan origen a una SLM, por el solo Los hechos que dan origen a una SLM, por el solo ministerio de la ley, son:ministerio de la ley, son:

La inscripción de un pedimento o una manifestación La inscripción de un pedimento o una manifestación formulado en común por dos o más personas, o formulado en común por dos o más personas, o

Por el hecho de que, a cualquier otro título, se Por el hecho de que, a cualquier otro título, se inscriba cuota de una concesión minera que estaba inscriba cuota de una concesión minera que estaba inscrita a nombre de una sola persona. inscrita a nombre de una sola persona.

Esta sociedad tomará el nombre de la concesión, Esta sociedad tomará el nombre de la concesión, con mención del asiento minero en que ésta se con mención del asiento minero en que ésta se halle ubicada.halle ubicada.

Page 210: Código de Minería

DOMICILIO DOMICILIO

Su domicilio será la ciudad donde se encuentre Su domicilio será la ciudad donde se encuentre inscrita la concesión cuyo nombre se incluya en el inscrita la concesión cuyo nombre se incluya en el de la sociedad, conforme al inciso anterior o al de la sociedad, conforme al inciso anterior o al artículo siguiente. artículo siguiente.

Los socios podrán cambiar este domicilio a otro Los socios podrán cambiar este domicilio a otro lugar; pero, para que el acuerdo sea oponible a lugar; pero, para que el acuerdo sea oponible a terceros, deberá anotarse al margen de la terceros, deberá anotarse al margen de la segunda de las inscripciones a que se refiere el segunda de las inscripciones a que se refiere el artículo 176.artículo 176.

Page 211: Código de Minería

NÚMERO DE CONCESIONESNÚMERO DE CONCESIONES

La sociedad podrá comprender dos o más La sociedad podrá comprender dos o más concesiones, siempre que los socios concesiones, siempre que los socios sean sean unos mismos y tengan igual participación en cada unos mismos y tengan igual participación en cada una de ellas; en este caso, la sociedad tomará la una de ellas; en este caso, la sociedad tomará la denominación de la primera concesión que el denominación de la primera concesión que el título título mencione.mencione.

Page 212: Código de Minería

HABER SOCIALHABER SOCIAL

Cuando en el pedimento o la manifestación hecho Cuando en el pedimento o la manifestación hecho en común no se indique la proporción en que se en común no se indique la proporción en que se pide la concesión para los socios, se entenderá pide la concesión para los socios, se entenderá que es por partes iguales entre todos ellos. La que es por partes iguales entre todos ellos. La misma norma se aplicará si el título de misma norma se aplicará si el título de transferencia no indica la proporción en que se transferencia no indica la proporción en que se adquiere la concesión entre varios. adquiere la concesión entre varios.

Page 213: Código de Minería

RESPONSABILIDAD FRENTE A TERCEROSRESPONSABILIDAD FRENTE A TERCEROS

Respecto de terceros, los socios no son Respecto de terceros, los socios no son personalmente responsables de las obligaciones personalmente responsables de las obligaciones de la sociedad; y sólo responden a ésta por sus de la sociedad; y sólo responden a ésta por sus propias obligaciones como socios con los propias obligaciones como socios con los beneficios o productos que no hubieren percibido beneficios o productos que no hubieren percibido y con sus acciones.y con sus acciones.

Page 214: Código de Minería

JUNTA DE ACCIONISTASJUNTA DE ACCIONISTAS

Todo negocio concerniente a la sociedad se Todo negocio concerniente a la sociedad se tratará y resolverá en junta, que tendrá lugar en tratará y resolverá en junta, que tendrá lugar en el el domicilio social.domicilio social.

La junta será presidida por quien represente en La junta será presidida por quien represente en ella el mayor número de acciones y, habiendo ella el mayor número de acciones y, habiendo varios con igual derecho, se determinará por varios con igual derecho, se determinará por sorteo a quién corresponde la presidencia.sorteo a quién corresponde la presidencia.

Page 215: Código de Minería

JUNTA DE ACCIONISTASJUNTA DE ACCIONISTAS

Cada acuerdo Cada acuerdo se tomará por mayoría se tomará por mayoría absoluta de las acciones presentesabsoluta de las acciones presentes, salvo las , salvo las excepciones legales. Los acuerdos serán excepciones legales. Los acuerdos serán consignados en un acta que será firmada, a lo consignados en un acta que será firmada, a lo menos, por la o las personas que los votaron menos, por la o las personas que los votaron favorablemente, o que sean designadas para ello favorablemente, o que sean designadas para ello por la junta.por la junta.

El juez decidirá los empatesEl juez decidirá los empates, cualquiera que , cualquiera que sea su causa, teniendo en consideración lo más sea su causa, teniendo en consideración lo más conforme a la ley y al interés de la sociedad.conforme a la ley y al interés de la sociedad.

Page 216: Código de Minería

ADMINISTRACIÓN ADMINISTRACIÓN

La administración de la sociedad estará a cargo La administración de la sociedad estará a cargo de uno o más administradores, nombrados en de uno o más administradores, nombrados en junta. Esta determinará las atribuciones, junta. Esta determinará las atribuciones, remuneración y duración de sus funciones.remuneración y duración de sus funciones.

El acta que dé cuenta del nombramiento de El acta que dé cuenta del nombramiento de administrador deberá reducirse a escritura administrador deberá reducirse a escritura pública y anotarse al margen de la inscripción en pública y anotarse al margen de la inscripción en el Registro de Accionistas a que se refiere el el Registro de Accionistas a que se refiere el inciso primero del artículo 176.inciso primero del artículo 176.

Page 217: Código de Minería

ADMINISTRACIÓNADMINISTRACIÓN

El administrador es un mandatario de la sociedad El administrador es un mandatario de la sociedad y, en consecuencia, deberá ceñirse a los términos y, en consecuencia, deberá ceñirse a los términos de su mandato.de su mandato.

El administrador no tiene más que el poder de El administrador no tiene más que el poder de efectuar los actos de administración, como ser: efectuar los actos de administración, como ser: pagar las deudas y cobrar los créditos de la pagar las deudas y cobrar los créditos de la sociedad, siempre que pertenezcan unos y otros sociedad, siempre que pertenezcan unos y otros al giro administrativo ordinario; perseguir en juicio al giro administrativo ordinario; perseguir en juicio a los deudores; intentar las acciones posesorias e a los deudores; intentar las acciones posesorias e interrumpir las prescripciones, comprar los interrumpir las prescripciones, comprar los materiales necesarios para la exploración o la materiales necesarios para la exploración o la explotación de la mina o el beneficio de sus explotación de la mina o el beneficio de sus productos, vender los minerales extraídos, etc.productos, vender los minerales extraídos, etc.

Page 218: Código de Minería

ADMINISTRACIÓNADMINISTRACIÓN

Para los actos extraordinarios, el administrador Para los actos extraordinarios, el administrador necesita autorización especial otorgada por la junta.necesita autorización especial otorgada por la junta.

Mientras se nombra administrador, el mayor Mientras se nombra administrador, el mayor accionista estará investido de las representaciones accionista estará investido de las representaciones que se confieren al administrador. Si hay dos o más que se confieren al administrador. Si hay dos o más socios con igual derecho, asumirá dichas socios con igual derecho, asumirá dichas representaciones aquel a quien corresponda representaciones aquel a quien corresponda alfabéticamente por orden de apellido paterno y, si alfabéticamente por orden de apellido paterno y, si fuere necesario, de apellido materno y de nombre, fuere necesario, de apellido materno y de nombre, siempre que no sea incapaz.siempre que no sea incapaz.

Page 219: Código de Minería

BENEFICIOSBENEFICIOS

Los beneficios se distribuirán en proporción a las Los beneficios se distribuirán en proporción a las acciones de cada socio.acciones de cada socio.

La distribución se hará cuando la junta lo La distribución se hará cuando la junta lo determine o, en su defecto, cuando el determine o, en su defecto, cuando el administrador lo estime conveniente.administrador lo estime conveniente.

La distribución se hará en minerales, en pastas o La distribución se hará en minerales, en pastas o en dinero, según lo acuerden los socios.en dinero, según lo acuerden los socios.

Cuando no haya habido acuerdo, la distribución Cuando no haya habido acuerdo, la distribución se hará se hará en dinero.en dinero.

Page 220: Código de Minería

CONTRIBUCIÓN DE GASTOSCONTRIBUCIÓN DE GASTOS

Los socios contribuirán al pago de los gastos Los socios contribuirán al pago de los gastos necesarios tanto para la conservación y necesarios tanto para la conservación y exploración de la concesión de exploración y de exploración de la concesión de exploración y de la pertenencia, como para la explotación de esta la pertenencia, como para la explotación de esta última, en proporción a las acciones que tengan última, en proporción a las acciones que tengan en la sociedad. en la sociedad.

Caerá en inconcurrencia el socio que, en el plazo Caerá en inconcurrencia el socio que, en el plazo correspondiente, no pague la cuota acordada.correspondiente, no pague la cuota acordada.

Page 221: Código de Minería

CONTRIBUCIÓN DE GASTOSCONTRIBUCIÓN DE GASTOS

Producida la inconcurrencia, el administrador de Producida la inconcurrencia, el administrador de la sociedad dispondrá de los minerales, pastas o la sociedad dispondrá de los minerales, pastas o dineros del inconcurrente que estén aún en poder dineros del inconcurrente que estén aún en poder de la sociedad, hasta la cantidad necesaria para de la sociedad, hasta la cantidad necesaria para cubrir la cuota que adeude.cubrir la cuota que adeude.

Si no existen los bienes a que se refiere el inciso Si no existen los bienes a que se refiere el inciso anterior o si el producto de éstos no ha sido anterior o si el producto de éstos no ha sido suficiente para el pago de la cuota adeudada, el suficiente para el pago de la cuota adeudada, el administrador deberá perseguir su pago en las administrador deberá perseguir su pago en las acciones que correspondan al socio acciones que correspondan al socio inconcurrente. Este derecho podrá también ser inconcurrente. Este derecho podrá también ser ejercido por cualquier socio concurrente, en ejercido por cualquier socio concurrente, en representación de la sociedad. representación de la sociedad.

Page 222: Código de Minería

TERMINO DE LA SOCIEDADTERMINO DE LA SOCIEDAD

La sociedad sólo terminará:La sociedad sólo terminará:

1°.- Por la enajenación, extinción o caducidad de 1°.- Por la enajenación, extinción o caducidad de todas las concesiones de que sea dueña, ytodas las concesiones de que sea dueña, y

2°.- Por la reunión en una sola persona de todas 2°.- Por la reunión en una sola persona de todas las acciones que componen su haber.las acciones que componen su haber.

Page 223: Código de Minería

NOCIONES GENERALES DE TRIBUTACIÓN NOCIONES GENERALES DE TRIBUTACIÓN MINERAMINERA

Las personas naturales o jurídicas que se Las personas naturales o jurídicas que se desempeñan en la ámbito de la minería, se desempeñan en la ámbito de la minería, se encuentran obligados a tributar por las rentas encuentran obligados a tributar por las rentas que obtenga producto de su actividad. De esta que obtenga producto de su actividad. De esta forma se encuentran afectos al llamado forma se encuentran afectos al llamado Impuesto a la Renta.Impuesto a la Renta.

Sin embargo, por las particularidades que Sin embargo, por las particularidades que presenta esta actividad, el legislador ha estimado presenta esta actividad, el legislador ha estimado conveniente y necesario, distinguir entre diversos conveniente y necesario, distinguir entre diversos contribuyentes mineros. contribuyentes mineros.

Page 224: Código de Minería

PRINCIPÁLES FUENTES DE TRIBUTACIÓN PRINCIPÁLES FUENTES DE TRIBUTACIÓN MINERAMINERA

Decreto Ley N°824, de 1974 sobre impuesto Ley Decreto Ley N°824, de 1974 sobre impuesto Ley de Impuesto a la Rentade Impuesto a la Renta

D.L. 600, de 1974 que establece el Estatuto de D.L. 600, de 1974 que establece el Estatuto de Inversión ExtranjeraInversión Extranjera

Ley N°20.026 de 27.05.05 (D.O. 08.04.06), sobre Ley N°20.026 de 27.05.05 (D.O. 08.04.06), sobre Impuesto Específico a la actividad minera.Impuesto Específico a la actividad minera.

Page 225: Código de Minería

PEQUEÑOS MINEROS ARTESANALES PEQUEÑOS MINEROS ARTESANALES

Son aquellos que trabajan personalmente una mina o Son aquellos que trabajan personalmente una mina o planta de beneficio, propia o ajena, con o sin la planta de beneficio, propia o ajena, con o sin la ayuda de su familia y/o con un máximo de cinco ayuda de su familia y/o con un máximo de cinco dependientes asalariados. Se comprende también en dependientes asalariados. Se comprende también en esta denominación, las sociedades legales mineras esta denominación, las sociedades legales mineras que no tengan más de seis socios, y las cooperativas que no tengan más de seis socios, y las cooperativas mineras, siempre que los socios o cooperados sean mineras, siempre que los socios o cooperados sean todos pequeños mineros artesanales.todos pequeños mineros artesanales.Pagan un impuesto único cuya base se calcula sobre Pagan un impuesto único cuya base se calcula sobre el precio de venta, menos la renta de arrendamiento el precio de venta, menos la renta de arrendamiento o regalía cuando proceda. No están obligados a o regalía cuando proceda. No están obligados a llevar contabilidad y pueden optar por la renta llevar contabilidad y pueden optar por la renta presunta.presunta.

Page 226: Código de Minería

MINEROS DE MEDIANA IMPORTANCIA MINEROS DE MEDIANA IMPORTANCIA

Son aquellos que no son mineros artesanales, Son aquellos que no son mineros artesanales, que no son sociedades anónimas, que no son que no son sociedades anónimas, que no son sociedades encomanditas por acciones, sociedades encomanditas por acciones, incluyendo entre éstos la actividad de explotación incluyendo entre éstos la actividad de explotación de plantas de beneficio de minerales, siempre de plantas de beneficio de minerales, siempre que el volumen de los minerales tratados que el volumen de los minerales tratados provengan en más de un 50% de minas provengan en más de un 50% de minas explotadas por el mismo mineroexplotadas por el mismo minero

Page 227: Código de Minería

MINEROS DE MAYOR IMPORTANCIA MINEROS DE MAYOR IMPORTANCIA

Son las sociedad anónimas, las sociedades en Son las sociedad anónimas, las sociedades en comanditas por acciones, los dueños de plantas de comanditas por acciones, los dueños de plantas de beneficios de minerales siempre que el volumen beneficios de minerales siempre que el volumen de los minerales tratados provenga en más del de los minerales tratados provenga en más del 50% de minas explotadas por terceros, los dueños 50% de minas explotadas por terceros, los dueños de establecimientos mineros que nos las explotan de establecimientos mineros que nos las explotan directamente (arrendadores) y en general todo directamente (arrendadores) y en general todo mineros que tenga ventas anuales superiores a mineros que tenga ventas anuales superiores a 36.000 toneladas de mineral metálico no ferroso o 36.000 toneladas de mineral metálico no ferroso o cuyas ventas anuales, cualquiera sea el mineral cuyas ventas anuales, cualquiera sea el mineral exceda de 6.000 unidades tributarias anuales.exceda de 6.000 unidades tributarias anuales.

Se les aplican las mismas normas tributarias que a Se les aplican las mismas normas tributarias que a cualquier otro contribuyente del país.cualquier otro contribuyente del país.

Page 228: Código de Minería

IMPUESTO ESPECÍFICO A LA MINERÍA IMPUESTO ESPECÍFICO A LA MINERÍA (ROYALTY)(ROYALTY)

Es un impuesto que depende del nivel de Es un impuesto que depende del nivel de producción y que se cobra a las empresas producción y que se cobra a las empresas mineras por su renta imponible operacional (mineras por su renta imponible operacional (valor valor equivalente a las ventas menos costos y gastosequivalente a las ventas menos costos y gastos).).

Se trata de una impuesto aplicable a las empresa Se trata de una impuesto aplicable a las empresa mineras como compensación por el derecho que mineras como compensación por el derecho que el Estado les entrega para extraer y beneficiarse el Estado les entrega para extraer y beneficiarse de los recursos mineros no renovables contenidos de los recursos mineros no renovables contenidos en el subsuelo de Chile.en el subsuelo de Chile.

Page 229: Código de Minería

TASA DE ROYALTYTASA DE ROYALTY

Explotadores mineros con ventas anuales de hasta 12.000 ton. métricas de cobre fino: no pagan este impuesto.

Mineros con ventas anuales sobre 12.000 e inferiores a 50.000 ton. métricas de cobre fino: pagan en base a una tasa progresiva y ascendente, de entre 0,5% hasta 4,5% de su renta imponible operacional

Mineros con ventas anuales sobre 50.000 ton. métricas de cobre fino: pagan en base a una tasa progresiva y ascendente, de entre 5% hasta 14% que se calcula a partir del margen operacional minero (porcentaje de la renta imponible operacional respecto del ingreso operacional)

Page 230: Código de Minería

VIGENCIA DEL ROYALTY VIGENCIA DEL ROYALTY

Fue implementado el año 2005 e incrementado el 2010, aunque estas nuevas tasas son voluntarias para las empresa mineras que hayan suscrito un contrato de invariabilidad tributaria.

Para que estos últimos renuncien a su régimen de invariabilidad tributaria y se acojan a las nuevas tasas, se les ofrece un régimen intermedio entre los años 2010 al 2012, desde 4% a 9% y se les aumenta en seis años el plazo de invariabilidad tributaria de sus contratos.

Page 231: Código de Minería

CRITICAS AL SISTEMA DE TRIBUTACIÓN DE CRITICAS AL SISTEMA DE TRIBUTACIÓN DE LA GRAN MINERÍALA GRAN MINERÍA

Las empresas extranjeras registran utilidades Las empresas extranjeras registran utilidades imponibles al impuesto a la renta muy por debajo imponibles al impuesto a la renta muy por debajo de lo real.de lo real.

Producto del sistema de libertad de precios y de Producto del sistema de libertad de precios y de

exportación de las empresas extranjeras, no se exportación de las empresas extranjeras, no se puede impedir que éstas vendan sus puede impedir que éstas vendan sus exportaciones a la casa matriz a un precio mas exportaciones a la casa matriz a un precio mas bajo que el real (25% menos); a lo que se suma bajo que el real (25% menos); a lo que se suma los altos intereses que las filiales chilenas pagan los altos intereses que las filiales chilenas pagan a sus casas matrices y el pago de costosas a sus casas matrices y el pago de costosas asesorías, lo que disminuye las utilidades de las asesorías, lo que disminuye las utilidades de las filiales, permitiendo la evasión del impuesto a la filiales, permitiendo la evasión del impuesto a la renta al Estado.renta al Estado.

Page 232: Código de Minería

MUCHAS GRACIAS


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