Date post: | 12-Jan-2016 |
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OPERADOR ECONÓMICO AUTORIZADO
Sr. Lenin De La Fuente
ADEX - ABRIL 2013
COMERCIO INTERNACIONAL:
“Actividad económica por medio de la cual un vendedor (productor /
comercializador) en un país de origen adquiere un compromiso con
un comprador (productor / comercializador) de un país de destino, a
fin de entregar una mercancía determinada”
Exportador Importador
Regulaciones
LCI
• Rápida expansión del comercio global.
• Mayor enfoque a las amenazas a la seguridad.
• Integración de procesos aduaneros a cadena logística global.
. • Mejorar la gestión de riesgos para facilitar el comercio
• Implementar estándares de seguridad para cada interviniente de la cadena logística.
¿ Cómo nace el OEA?
La facilitación del Comercio Internacional
La liberalización comercial y de inversiones
Suscripción de Acuerdos de Cooperación Económica y Técnica.
Prioridades al 2000:
El Comercio Internacional Progreso Económico en los países
Se prioriza la protección de las fronteras
Concepto de COMERCIO SEGURO La única forma de garantizarlo es involucrando a todos los intervinientes de la Cadena Logística
SURGE:
CONSECUENCIA …
Marco Normativo para Asegurar y Facilitar el Comercio
Pilares
Operador Económico
Autorizado - OEA
ADUANAS ADUANAS
Pilar 1
ADUANAS EMPRESAS
Pilar 2
Organización Mundial de Aduanas: MARCO SAFE
Organización Mundial de Aduanas: MARCO NORMATIVO – Pilar 2
Asegurar la Cadena Logística
SECTOR PRIVADO
Facilitación del Comercio
Internacional lícito
¿ Qué es ?
El Operador Económico Autorizado es una parte envuelta en el movimiento internacional de mercancías, en cualquier función que haya sido aprobada por una administración aduanera, que cumple con los estándares de seguridad de la cadena logística de la OMA o estándares de calidad similares.
Incluyen, por ejemplo fabricantes, importadores, exportadores, brokers, transportistas, consolidadores, intermediarios, puertos, aeropuertos, almacenes, distribuidores.
Programas OEA en el Mundo
• 164 países firmaron Carta de Intención de implementar Marco SAFE. • 20 programas OEA implementados.
• 47 países con programa OEA (considerando 27 UE)
FUENTE: Compendio de Programas OEA – OMA – A Junio 2011 e información BID
Noruega Unión
Europea
Suiza
Jordania
Corea
Japón
Nueva
Zelandia
Singapur
Malasia
China
Canadá
USA
Argentina
Perú
México
Costa Rica
Guatemala
Colombia
Dominicana
Hong
Kong
País Programa Flujo Vigencia
Argentina Sistema Aduanero de Operadores Confiables - SAOC Exportación 2006
Canadá Partners in Protection - PIP Importación / Exportación
1995
Colombia Operador Económico Autorizado - OEA Exportación 2011
Costa Rica Programa de Facilit. Ad. para el Comercio Confiable - PROFAC
Exportación 2011
Estados Unidos Customs Trade Partnership Against Terrorism - CTPAT Importación 2001
Guatemala Operador Económico Autorizado - OEA Importación / Exportación
2010
México Nuevo Esquema de Empresas Certificadas - NEEC Exportación 2012
República Dominicana
Operador Económico Autorizado - OEA Exportación 2012
OEA en la Región
FUENTE: Compendio de Programas OEA – OMA (A Junio 2011)
USA
Nueva Zelanda
Canadá
Jordania
Japón
Corea
UE
Suiza
Noruega
Corea
Singapur
Canadá
Singapur Japón Corea
Nueva Zelanda
ARM
Japón
Japón
Japón
Andorra
Acuerdos de Reconocimiento Mutuo
UE USA
Marco Legal OEA
Marco Normativo para Asegurar y Facilitar el Comercio Global de la OMA
(Marco SAFE)
Carta de Intención
Ley General de Aduanas
D. Leg. N° 1053
Reglamento de la LGA
D.S. 010-2009-EF
Reglamento de Certificación
del OEA
D.S. 186-2012-EF
Procedimiento General
INPCFA-PG.13
RSNAA 0061-2013-SUNAT/300000
Art. 2 • CONCEPTO
Art. 44 • Criterios de otorgamiento
Art. 45 • Facilidades
Art. 46 • Certificación
Ley General de Aduanas D.L. 1053
Características OEA:
• Acogimiento voluntario.
• Trámite gratuito.
• Implementación gradual:
• Exportador
• Almacén Aduanero
• Agencia de Aduana
• Certificado otorgado por SUNAT
• Validez certificado: 3 años
• Referencias: C-TPAT, UE, OMA.
CRITERIOS
- Art. 44° LGA
Registros contables y logísticos
Adecuado nivel de seguridad
Solvencia financiera y patrimonial
Cumplimiento Normativa
vigente
Criterios de la Certificación OEA
A
B C
D
A. Criterio Cumplimiento Normatividad
Numeral 1 del Artículo
5° del D.S. 186-2012-EF
Numeral 2 del Artículo
5° del D.S. 186-2012-EF
Numeral 3 del Artículo
5° del D.S. 186-2012-EF
Numeral 4 del Artículo
5° del D.S. 186-2012-EF
I. Requisitos
Generales
II. Requisitos
Adicionales del
Exportador
III. Requisitos
Adicionales de los
Almacenes Aduaneros
IV. Requisitos
Adicionales de
Agencias de Aduana
OBTENER LA CERTIFICACIÓN
Cinco (05) Requisitos para Obtener la Certificación
B. Criterio Sistema Adecuado de Registros
Contables y Logísticos
1. Sistema de Control Interno.
2. Reglamento de Organización y Funciones.
3. Sistema Logístico y Contable informático.
4. Procedimientos de comprobación y evaluación de políticas internas.
5. Libros y Registros conforme a disposiciones de SUNAT.
MAS…
C. Criterio de Solvencia Financiera y Patrimonial
Numeral 1 del Artículo
7° del D.S. 186-2012-EF
Numeral 2 del Artículo
7° del D.S. 186-2012-EF
Numeral 3 del Artículo
7° del D.S. 186-2012-EF
I. Requisitos
Generales
II. Requisitos
Adicionales del
Exportador
III. Requisitos
Adicionales de
Agencias de Aduana
OBTENER LA CERTIFICACIÓN
D. Criterio Adecuado Nivel de Seguridad
1. Requisitos Generales.
2. Requisitos de seguridad con relación al asociado de negocio.
3. Requisitos de seguridad física en las instalaciones.
4. Requisitos para el acceso físico de las personas a las instalaciones.
5. Requisitos de seguridad de procesos de las mercancías.
6. Requisitos de seguridad del contenedor y demás unidades de carga.
7. Requisitos de seguridad en el proceso de transporte.
8. Requisitos de seguridad del personal.
9. Requisitos de seguridad de la información y del sistema informático.
10. Requisitos de entrenamiento en seguridad y conciencia de amenazas.
Requisitos
MARCA DE CALIDAD
INTERNACIONAL
Operador Seguro y Confiable
ACUERDO
RECONOCIMIENTO
MUTUO
Facilidades en las aduanas de otros
países
INTERNACIONAL
Beneficios
INTERNOS
Menos robos y pérdidas
Menos envíos retrasados
Mejor planificación
Mayor fidelidad de los proveedores y clientes
Mayor compromiso del personal
Reducción de los incidentes en materia de protección y seguridad
Menor costos de inspección de los proveedores y mayor cooperación
Reducción de las actividades delictivas
Prevención de problemas mediante el reconocimiento de los empleados
Mayor seguridad y comunicación entre los socios de la cadena logística
Beneficios
Reglamento: Procedimiento
Solicitud de Certificación
Análisis documentario
requisitos
Aceptación/rechazo
solicitud
Visitas de validación de
requisitos
Análisis integral
de requisitos
Informe Final Expedición de Resolución y Certificado
Procedimiento de Certificación
Suspensión de la Certificación
Causales:
• No otorgar facilidades para verificar si el OEA mantiene el cumplimiento de requisitos.
• No mantener el cumplimiento de requisitos.
• Usar indebidamente la certificación.
• Suspensión a solicitud de parte (hasta 6 meses).
Causal especial:
• Fusión con otras empresas.
Revocación de la Certificación
• No subsanar observaciones dentro del plazo otorgado.
• Haber sido suspendido mas de 2 veces en los últimos 3 años.
• Revocación a solicitud de parte.
¿Por qué un programa OEA?
• Porque permite a la Administración Aduanera, gestionar el riesgo maximizando sus esfuerzos en operadores y operaciones de "alto riesgo".
• Porque contribuye en la facilitación del comercio internacional.
• Porque permite a las empresas controlar sus procesos y la trazabilidad de su cadena logística.
• Porque sirve de instrumento de mejora de la competitividad empresarial y nacional.
TRAYECTORIA SATISFACTORIA DE CUMPLIMIENTO DE LA NORMATIVA VIGENTE
DESARROLLO DE REQUISITOS
a) Estar inscrito en el Registro Único de Contribuyentes (RUC) en estado activo y
condición habido.
b) Haber presentado ante la SUNAT, en los últimos cuatro (04) años calendario,
anteriores al año de la fecha de presentación de la solicitud de certificación,
información correspondiente a los estados financieros y el balance de
comprobación, de acuerdo a la forma y plazos establecido para la declaración
anual del impuesto a la renta de tercera categoría.
c) Haber presentado y regularizado sus declaraciones de obligaciones tributarias
y declaraciones aduaneras de mercancías, durante los doce (12) últimos
meses anteriores a la fecha de presentación de la solicitud de certificación, de
acuerdo a las formas y plazos establecidas por la SUNAT.
d) Los representantes legales, a la fecha de presentación de la solicitud de
certificación, no deberán encontrarse en ninguna de las siguientes situaciones:
1. Requisitos generales para obtener la Certificación de OEA Criterio de Trayectoria Satisfactoria de Cumplimiento de la Normativa Vigente
d.1) Tener indicios de delito tributario, aduanero, lavado de activos, tráfico ilícito de drogas
y/o delito contra los derechos intelectuales, denunciados ante el Ministerio Público por
una entidad gubernamental.
d.2) Estar comprendidos en procesos judiciales en trámite por denuncias de delito tributario,
aduanero, lavado de activos, tráfico ilícito de drogas y/o delito contra los derechos
intelectuales.
d.3) Tener sentencia condenatoria por delito tributario, aduanero, lavado de activos, tráfico
ilícito de drogas y/o delito contra los derechos intelectuales.
d.4) Ser responsables solidarios de los operadores a que se refiere el literal e), respecto a
deudas vinculadas a delito tributario y aduanero.
d.5) Haber sido sancionados por infracciones administrativas vinculadas al contrabando.
e) Que por intermedio del operador no se hayan realizado hechos que:
e.1) Constituyan indicios de la existencia de delito tributario, aduanero, lavado de activos,
tráfico ilícito de drogas y/o delito contra los derechos intelectuales, denunciados ante el
Ministerio Público por una entidad gubernamental.
1. Requisitos generales para obtener la Certificación de OEA
Criterio de Trayectoria Satisfactoria de Cumplimiento Normativa
e.2) Sean materia de procesos judiciales en trámite o hayan originado la
emisión de una sentencia condenatoria, por delito tributario, aduanero,
lavado de activos, tráfico ilícito de drogas y/o delitos contra los derechos
intelectuales, siempre que las personas involucradas en los procesos,
tengan o hubieran tenido poder de decisión sobre el operador.
f) No haber generado deudas por obligaciones tributarias y aduaneras, que haya
ameritado trabar medidas cautelares previas al procedimiento de cobranza
coactiva, en los últimos cuatro (04) años, anteriores a la fecha de presentación de
la solicitud de certificación.
g) Mantener vigentes los permisos y licencias que exigen las autoridades
competentes en el local o los locales destinados a operaciones aduaneras.
h) No haber sido sancionado en los últimos cuatro (4) años, anteriores a la fecha de
presentación de la solicitud de certificación, por infracciones relativas a la
legislación tributaria y aduanera de acuerdo a la forma que establezca la SUNAT.
Requisitos generales para obtener la Certificación de OEA
Criterio de Trayectoria Satisfactoria de Cumplimiento Normativa
a) No registrar diferencias entre el valor en aduana declarado y el valor en aduana
determinado por la SUNAT, con excepción de las autoliquidaciones, en el
control concurrente y posterior de las declaraciones del régimen de importación
para el consumo, que representen un monto acumulado al año, mayor al dos
por ciento (2%) del valor FOB declarado del total de sus importaciones
efectuadas en el último año, anterior a la fecha de presentación de la solicitud
de certificación.
b) No registrar liquidaciones de cobranza emitidas en el último año, por indebida
reposición de mercancías en franquicia arancelaria y/o restitución indebida de
derechos arancelarios – Drawback, con excepción de las autoliquidaciones,
resultado de acciones de control posterior que represente un monto total mayor
al uno por ciento (1%) del valor FOB declarado del total de sus exportaciones
definitivas efectuadas.
2. Requisitos adicionales para obtener la Certificación OEA, del exportador Criterio de Trayectoria Satisfactoria de Cumplimiento Normativa
Los Almacenes Aduaneros, en los últimos cuatro (04) años, anteriores a la fecha
de presentación de la solicitud de certificación, no deben haber sido sancionados
mediante resolución firme, con suspensión o cancelación, según causales
previstas en los Artículos 194° y 195° de la Ley General de Aduanas, en adelante
la Ley .
3. Requisito adicional de los Almacenes Aduaneros. -Criterio de Trayectoria
Satisfactoria de Cumplimiento Normativa-
a) Las Agencias de Aduana, en los últimos cuatro (04) años, anteriores a la fecha
de presentación de la solicitud de certificación, no deben haber sido
sancionados, mediante resolución firme, con suspensión o cancelación, según
causales previstas en los Artículos 194° y 195° de la Ley.
b) Los representantes legales de Agencias de Aduana, no deben tener resolución
firme por encontrarse incursos en las causales de inhabilitación, señaladas en
el Artículo 196° de la Ley.
4.Requisitos adicionales de las Agencias de Aduana - Criterio de Trayectoria
Satisfactoria de Cumplimiento Normativa
SISTEMA ADECUADO DE REGISTROS CONTABLES Y LOGÍSTICOS QUE PERMITA LA TRAZABILIDAD DE LAS
OPERACIONES DESARROLLO DE REQUISITOS
1.- Requisito para obtener la Certificación de OEA Criterio de Sistema adecuado de registros contables y logísticos
a) Contar con un sistema de control interno, basado en una evaluación de gestión
del riesgo, que permita identificar, analizar y adoptar medidas correctivas y de
seguimiento sobre las operaciones aduaneras y comerciales. El sistema de control interno debe estar constituido por un conjunto de
procedimientos, orientados a controlar la información de los procesos
existentes, con el objeto de garantizar la generación de Estados Financieros
confiables
b) Incluir en el sistema de control interno, la ejecución de comprobaciones y
evaluaciones de las políticas internas, procedimientos y medidas de seguridad
sobre sus operaciones.
c) Contar con un reglamento que defina la estructura funcional y orgánica del
operador, precisándose su objeto y las funciones específicas de sus unidades,
estableciendo sus relaciones y responsabilidades.
1.- Requisito para obtener la Certificación de OEA Criterio de Sistema adecuado de registros contables y logísticos
d) Contar con un sistema informático para el registro y control de sus operaciones
logísticas y contables actualizados, con la finalidad de controlar sus
operaciones aduaneras y comerciales, el mismo que deberá permitir verificar
su trazabilidad en un control posterior.
e) Llevar sus Libros y Registros contables de conformidad a lo dispuesto por las
normas que sean de aplicación a la actividad del operador.
SOLVENCIA FINANCIERA Y PATRIMONIAL DEBIDAMENTE COMPROBADA
DESARROLLO DE REQUISITOS
1.- Requisitos Generales para obtener la Certificación de OEA Criterio de Solvencia Financiera y Patrimonial
a) Contar con estados financieros elaborados conforme a la legislación nacional,
que deberán reflejar una adecuada viabilidad financiera, suficiente para cumplir
sus obligaciones y a su vez revelar una adecuada solvencia patrimonial para
respaldar sus activos, de acuerdo al sector donde se desempeña el operador.
b) No reflejar pérdidas consecutivas durante los últimos cuatro (04) años
calendario concluidos, anteriores al año de la fecha de presentación de la
solicitud de certificación. Para el presente requisito, no deben considerarse los ingresos obtenidos por
Restitución de Derechos Arancelarios - Drawback, en el Estado de Ganancias
y Pérdidas.
c) No estar comprendido en un procedimiento concursal de reestructuración
patrimonial, quiebra o liquidación, a la fecha de presentación de la solicitud de
la certificación.
1.- Requisitos Generales para obtener la Certificación de OEA Criterio de Solvencia Financiera y Patrimonial
d) No contar con resoluciones de pérdida de aplazamiento y/o fraccionamiento
notificadas, en los últimos cuatro (04) años, anteriores a la fecha de
presentación de la solicitud de certificación.
e) No tener deuda tributaria y aduanera administrada y/o recaudada por la SUNAT
que se encuentre en cobranza coactiva, a la fecha de presentación de la
solicitud de certificación.
2.- Requisitos Adicionales para obtener la Certificación de OEA del
Exportador - Criterio de Solvencia Financiera y Patrimonial
a) Haber realizado exportaciones, en los últimos tres (03) años calendario
concluidos, anteriores al año de la fecha de presentación de la solicitud de
certificación, por un valor FOB anual no menor a tres millones quinientos mil y
00/100 de dólares de los Estados Unidos de América (US$ 3’500,000.00).
b) Que el patrimonio declarado ante la SUNAT en la Declaración Jurada Anual
del Impuesto a la Renta de Tercera Categoría del último ejercicio gravable, sin
considerar los resultados acumulados positivos, las utilidades del ejercicio y el
saldo deudor consignado en la cuenta Accionistas (o socios) suscripciones
pendientes de cancelación, de corresponder, sea igual o mayor al 3% del valor
FOB declarado, del total de sus exportaciones definitivas efectuadas;
debiéndose considerar el último año calendario concluido anterior al año de la
fecha de presentación de la solicitud de certificación.
Requisitos Adicionales para obtener la Certificación de OEA del Agente de
Aduana - Criterio de Solvencia Financiera y Patrimonial
Haber numerado en conjunto declaraciones aduaneras de mercancías en los
regímenes de importación para el consumo y exportación definitiva, por un valor FOB
superior a los trescientos millones y 00/100 dólares de los Estados Unidos de
América (US$ 300,000,000.00) en los últimos cuatro (04) años calendario, anteriores
al año de la fecha de presentación de la solicitud de certificación.