.PROGRAMA DE
MODERNIZACIÓN INTEGRAL DEL REGISTRO CIVIL
XI Subsidios
Conceptos y estructura MIRCDel 1º de enero al 30 de agosto de 2012
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La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en su artículo 36 establece que “...son obligaciones del ciudadano de la República...” entre otras, “...inscribirse en el Registro Nacional de Ciudadanos, en los términos que determinen las Leyes...”
Al respecto la Ley General de Población en su artículo 85 establece “...que la Secretaría de Gobernación tendrá a su cargo el registro y la acreditación fehaciente de la identidad de todas las personas asentadas en el país y de los connacionales que residen en el extranjero...”
Asimismo, en su artículo 92 estipula que “...la Secretaría de Gobernación establecerá las normas, métodos y procedimientos técnicos del Registro Nacional de Población...” y en su artículo 93 que “...las autoridades locales contribuirán a la integración del Registro Nacional de Población. Al efecto, la Secretaría de Gobernación celebrará con ellas convenios con los propósitos de I) Adoptar la normatividad a que se refiere el párrafo anterior, II) Recabar la información relativa a los nacimientos y defunciones de las personas a fin de integrar y mantener permanentemente actualizado el Registro Nacional de Población, y III) Incluir en el acta correspondiente la Clave Unica de Registro de Población al registrar el nacimiento de personas...”
Para cumplir con estos ordenamientos, la información y participación del Registro Civil resulta toral, como ya lo contempla el Acuerdo mediante el cual se da a conocer el programa para el establecimiento del Registro Nacional de Ciudadanos y la expedición de la Cédula de Identidad Ciudadana, en donde se señala que “...El Sistema Sistema del Registro Nacional de Ciudadanos, requiere para su operación de la certificación fehaciente de la información e la identidad de las personas, sus insumos fundamentales provienen del Registro Civil...”, Acuerdo que fue publica el 30 de junio de 1997.
En el mismo Acuerdo se contempla que “..Es necesario apuntar que derivado de las diversas reuniones con los funcionarios del Registro Civil, se ha detectado, en mayor o menor grado, tanto en las Unidades Coordinadoras Estatales del Registro Civil como en las más de 5 mil oficialías o juzgados existentes, el siguiente panorama al cual hay que dar atención y apoyo:
• Diversidad de conceptos en los códigos civiles y reglamentos respecto de los actos del Registro Civil.
• Multiplicidad de requisitos mínimos para la inscripción de los distintos actos registrales.
• Excesivos y diversos requisitos para el registro extemporáneo del nacimiento.
• Imprecisiones en las disposiciones normativas para el desarrollo permanente de programas de carácter registral dirigidos a grupos marginados y especiales, por ejemplo: indígenas y migrantes.
• Inexistencia de modelos alternativos de registro para atender a diversos grupos sociales que, por sus características, así lo demandan.
• Diversidad de procedimientos para el asentamiento de los actos registrales, así como de los formatos de actas.
• Disparidad en los criterios y procedimientos para la aclaración y rectificación de actas del estado civil de las personas.
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• Multiplicidad de criterios y procedimientos para asentar las anotaciones marginales.
• Omisión del requerimiento del certificado de nacimiento.
• Incumplimiento de los ordenamientos relacionados con la sepultura, que afectan su inscripción en el registro de defunciones.
• Inobservancia de la normatividad para abatir la duplicación, la inexactitud y la aportación de datos falsos en el levantamiento de las actas del Registro Civil.
• Parcial reglamentación para ocupar el puesto de oficial o juez del Registro Civil.
• Deficiencias institucionales en la supervisión y control de oficiales y oficialías municipales del Registro Civil.
• Constante movilidad en el puesto de oficial o juez del Registro Civil, lo que dificulta el desarrollo continuo y eficiente de las tareas registrales.
• Insuficiente formación y capacitación de jueces, oficiales y personal del Registro Civil.
• Ineficaz estructura organizacional y limitado número de personal en la mayoría de las Unidades Coordinadoras Estatales y oficialías o juzgados del Registro Civil.
• Insuficiente y deficiente desarrollo de procesos automatizados, derivado en gran medida del poco o nulo equipamiento tecnológico.
• Operación manual de los sistemas de archivo de los actos registrales e integración incompleta en algunas de las instancias del Registro Civil.
• Inadecuada imagen institucional de los registros civiles.
Para atender estas importantes responsabilidades la Secretaría de Gobernación a través de la Dirección General del Registro Nacional de Población e Identificación Personal, instrumentó y ha venido impulsando decididamente el Programa de Modernización Integral del Registro Civil.
MODERNIZACIÓN INTEGRAL DEL REGISTRO CIVIL
“Desarrollar e implantar en coordinación con los Registros Civiles del país, en un marco jurídico simplificado acorde a las exigencias de la sociedad, esquemas modernos para su automatización como elemento clave para agilizar el asentamiento de registros y la expedición de actas; para su equipamiento informático y tecnológico; para realizar la captura del total de actas registrales de 1930 al 2001; para su interconexión a nivel nacional permitiendo la consulta entre las Entidades; y para promover la regularización del estado civil de las personas, otorgándoles su registro correspondiente a quienes carecen de él; que posibilite todo ello, la obtención y actualización permanente de información fidedigna de la identidad de las personas asentadas en el territorio nacional y de los mexicanos residentes en el extranjero a fin de instrumentar, constituir y operar el Registro Nacional de Población y de elevar la calidad del servicio que se presta a la sociedad”.
El programa concebido de esta forma persigue por lo tanto dos objetivos fundamentales:
• Coadyuvar a elevar la calidad en la prestación de los servicios que el Registro Civil proporciona a la sociedad en su conjunto.
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• Obtener información de manera confiable, homogénea y oportuna, que permita certificar fehacientemente la identidad de las personas y conformar el Registro Nacional de Población.
Para estar en posibilidad de cumplir con estos propósitos, es indispensable alinear los esfuerzos federales, estatales y municipales en conjunto, hacia aquellos aspectos que finalmente se convierten en la filosofía y ejes rectores del programa de Modernización Integral:
• Mejorar, eficientar y promover la homologación del marco jurídico que regula el registro del estado civil de las personas en todo el país.
• Agilizar la expedición de actas, a partir de sistemas automatizados seguros, confiables y oportunos.
• Establecer formatos de alta seguridad para la expedición y certificación de actas del estado civil de las personas.
• Acercar los servicios del registro Civil, a la población que ha quedado al margen en la obtención de los beneficios que le proporciona la regularización del registro de su estado civil.
• Mejorar la atención que se brinda a la ciudadanía, a través de procesos de profesionalización y capacitación del personal.
• Asignar a las personas una clave, que además de cumplir con lo señalado por la Ley, facilite el acceso a los sistemas de identificación, por parte de diferentes dependencias y entidades de los distintos niveles de gobierno.
Estos ejes rectores, a partir de 1997, se han venido materializando en acciones conjuntas entre el Registro Nacional de Población e Identificación Personal y los Registros Civiles, formalizados a través de 32 Acuerdos de Coordinación y sus correspondientes Anexos de Ejecución, suscritos entre las altas autoridades de la Secretaría de Gobernación y de los Gobiernos de las Entidades Federativas, consignándose en dichos instrumentos, los objetivos y compromisos particulares, entre los que destacan:
a) Captura de la información del archivo histórico del Registro Civil de la Entidad Federativa del período comprendido de 1930 al 2000.
b) Modernización y automatización de la estructura y funciones operativas de registro en la Dirección Estatal del Registro Civil (Unidad Coordinadora Estatal) y en sus Oficialías.
c) Asignación de la Clave Única de Registro de Población.
d) Desarrollo de programas para la actualización del registro del estado civil de las personas en los pueblos indígenas, grupos marginados y migrantes.
e) Realización de campañas para la prestación de los servicios del Registro Civil en las regiones que carecen de él, así como llevar a cabo acciones de registro extemporáneo de nacimientos.
La firma de los Anexos de Ejecución de los Acuerdos de Coordinación y las ampliaciones a los mismos, han implicado la aportación de 1997 al 2000, de recursos federales de más de 155 millones de pesos y de recursos estatales por más de 59 millones de pesos lo que
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equivale a 214 millones de pesos destinados al Programa de Modernización Integral del Registro Civil, a fin de lograr avances importantes en sus diferentes fases.
Los avances a la fecha han sido posibles gracias Consejo Nacional de Funcionarios del Registro Civil, integrado por los titulares de la Unidades Coordinadoras Estatales (UCE’s), que son los órganos de representación de los Registros Civiles en las entidades federativas, y quienes tienen a su cargo la operación y funcionamiento de los mismos, y por el Director General del Registro Nacional de Población e Identidad Personal en su carácter de coordinador del mencionado Consejo.
El Consejo opera conforme a su reglamento y tiene como objetivos el apoyo y consulta para la consecución del desarrollo y perfeccionamiento dinámico y constante de la institución del Registro Civil a nivel nacional, a efecto de resolver las necesidades del servicio que requiere la población, así como las instituciones vinculadas con él. Cuenta además con un Comité Permanente integrado por representantes propietarios y suplentes de cada una de las cinco regiones en que se estructura el país.
Este Consejo Nacional de Funcionarios del Registro Civil, se ha convertido en el espacio de concertación y planeación del Registro Civil, de tal manera que en su seno, se han acordado los criterios generales para la sistematización de las bases de datos de los registros civiles de cada entidad y los mecanismos para la expedición de actas, entre otros aspectos.
En este esquema de cooperación, se ha logrado la identificación de los principales desafíos y retos que atañen al Registro Civil en el país, la definición de estrategias, así como esquemas de planeación, coordinación y concertación que buscan potenciar y fortalecer la acción pública en este campo.
Bajo este esquema, la Dirección General del Registro Nacional de Población e Identificación Personal y las Entidades Federativas han definido los componentes básicos del Programa de Modernización Integral del Registro Civil, bajo el convencimiento de que son indispensables para lograr una auténtica modernización de la institución registral. En ello, se ha trabajado con los Registros Civiles en contemplar los siguientes aspectos: marco jurídico, desarrollo tecnológico, reorganización administrativa, profesionalización del servicio, capacitación, registro extemporáneo de los actos registrales, fundamentalmente.
Para poder consolidar los puntos referidos, por lo tanto es necesario visualizar al Programa de una manera integral a través de diversos subsistemas que conviven en un medio que, en su conjunto, reflejan un impacto a la ciudadanía.
Esto fortalece el objetivo primordial de los Registros Civiles, que es dar la certeza jurídica a la sociedad, certificando de forma fehaciente la identidad de las personas, para posteriormente poder construir un auténtico Registro Nacional de Población.
VERTIENTES
CAPTURA DEL ARCHIVO HISTÓRICO DE LOS ACTOS REGISTRALES DE 1930 - 2005
El objetivo de esta vertiente es el de contar con información confiable y homogénea de las personas. La captura histórica significa literalmente “pasar” a archivos magnéticos y medios
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automatizados la información de las actas regístrales que aportan su identidad, las cuales se tiene en papel -formas valoradas- y son elaboradas y archivadas manualmente. En este sentido, se realiza la captura exhaustiva de todos los actos del estado civil de las personas (nacimiento, matrimonio, defunción, reconocimiento, adopción, divorcio e inscripción de sentencias) del acervo histórico del Registro Civil relativos al periodo señalado.
Esta captura histórica permite en la actualidad que ante la solicitud de copias certificadas de actas de nacimiento (requisito para la tramitación de cédulas fiscales y en diversos asuntos relacionados con la administración pública) los Registros Civiles puedan dar respuesta pronta y expedita, en comparación con el trámite manual anterior, que tardaba aproximadamente 15 días.
Aunado a la agilización de los trámites, la captura histórica promete mucho en cuanto al análisis y conocimiento de distintas tendencias poblacionales y sus variaciones en el tiempo.
Cabe señalar que en relación con la captura de la información del archivo histórico del Registro Civil, 11 entidades federativas ya han concluido a la fecha este proceso. Hablando en volumen, la conclusión del proceso de captura histórica involucrará para México haber efectuado un monto aproximado de 200 millones de registros.
DIGITALIZACIÓN DE DOCUMENTOS
Como parte fundamental del proceso de captura del archivo histórico resulta la digitalización de las actas del estado civil de las personas pues de esta forma se va realizando de manera paulatina el aseguramiento de no solo la información contenida en las actas sino se lograra la conformación un banco de imágenes de todas y cada una de las actas del registro civil contenidas en su archivo estatal. El término digitalización se puede asociar de una manera clara, la forma como una imagen (texto, fotos, formas, sonido , movimiento...), se pueden convertir en un idioma comprensible para los computadores. En general las señales exteriores que hacen posible la identificación en su estado natural, se transforman en código binario (0’s y 1’s) que mediante la utilización de programas se pueden transformar de acuerdo a los requerimientos.
Los escáneres son periféricos diseñados para registrar caracteres escritos, o gráficos en forma de fotografías o dibujos, impresos en una hoja de papel facilitando su introducción en la computadora convirtiéndolos en información binaria comprensible para ésta.
El funcionamiento de un escáner es similar al de una fotocopiadora. Se coloca una hoja de papel que contiene una imagen sobre una superficie de cristal transparente, bajo el cristal existe una lente especial que realiza un barrido de la imagen existente en el papel; al realizar el barrido, la información existente en la hoja de papel es convertida en una sucesión de información en forma de unos y ceros que se introducen en la computadora.
Para mejorar el funcionamiento del sistema informático cuando se están registrando textos, los escáneres se asocian a un tipo de software especialmente diseñado para el manejo de este tipo de información en código binario llamados OCR (Optical Character Recognition o reconocimiento óptico de caracteres), que permiten reconocer e interpretar los caracteres detectados por el escáner en forma de una matriz de puntos e identificar y determinar qué caracteres son los que el subsistema está leyendo.
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Un caso particular de la utilización de un scanner, aunque representa una de sus principales ventajas, es la velocidad de lectura e introducción de la información en el sistema informático con respecto al método tradicional de introducción manual de datos por medio del teclado, llegándose a alcanzar los 1.200 caracteres por segundo.
Actualmente los registros civiles cuentan con equipo apropiado para la realización de esta tarea que ha significado de gran beneficio para la sociedad ya que al contar con las imágenes de las actas mismas que estas asociadas entre si a través de una liga el usuario puede solicitar su acta y podrá ser revisada o cotejada por si hubiera en su contenido algún error que pueda ser corregido a través de una rectificación o aclaración dependiendo de la naturaleza del error observado, trayendo con esto una rápida búsqueda de documento, menor tiempo de respuesta para expedir la certificación y en si una mejor calidad en los servicios que ofrece el registro civil a la población.
Incluso existen estados que utilizan en primer lugar la digitalización de las actas para poder realizar la captura de su archivo histórico, sistema que es utilizado por internet y puesto en práctica por el Estado de Jalisco.
EQUIPAMIENTO DE OFICIALÍAS Y DIRECCIONES ESTATALES DEL REGISTRO CIVIL (UCE’S)
La modernización tecnológica de los sistemas y procedimientos con los que actualmente opera el Registro Civil es imprescindible, por ello, se diseñó un modelo operativo integral orientado a incrementar la eficiencia y eficacia operativa de las Unidades Coordinadoras Estatales (UCE’s) y sus oficialías o juzgados. Este desarrollo tecnológico incluye la incorporación de equipo de cómputo y su configuración de acuerdo al volumen registral.
Los recursos necesarios para llevar a cabo la automatización del Registro Civil de cada entidad federativa, quedaron conformados con la participación de la Dirección General del Registro Nacional de Población e Identificación Personal, aportando desde 1997 un 70% del costo, mientras que las entidades federativas aportan el 30% restante.
De esta forma la Dirección General del Registro Nacional de Población e Identificación Personal en coordinación con las áreas de informática de las 32 entidades federativas, definieron los criterios para la automatización de los Registros Civiles:
• El equipamiento se orientaría preferentemente a aquellas oficinas y juzgados del Registro Civil en las entidades federativas que soportan una mayor carga y volumen de actos regístrales, las cuales representan en promedio un 80% del total nacional.
• Por lo que hace al restante 20%, que comprende a las oficinas pequeñas, ubicadas en lugares apartados o que presentan una baja demanda de actos registrales, consolidarán manualmente sus registros, debiendo acudir a la oficialía ya equipada más cercana, para que se efectúe la captura de los registros.
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AUTOMATIZACIÓN, SISTEMA DE INSCRIPCIÓN Y CERTIFICACIÓN (SIC)
Paralelamente al equipamiento y contando con la información histórica a nivel nacional, el reto será mantenerla debidamente actualizada, de forma tal que constituya realmente una fuente fidedigna y oportuna, respecto de la identidad de las personas, por lo que el Registro Nacional de Población e Identificación Personal ha venido planteando como elemento técnico básico, el homogeneizar la información y la sistematización de los procesos del registro civil, además de “detener” el rezago registral en cuanto a su captura a partir del 2001.
Por ello, en enero de 2000, el Registro Nacional de Población e Identificación Personal adquirió los derechos de autor del software denominado “Sistema de Inscripción y Certificación de los Actos del Estado Civil de las Personas” (SIC), del cual ha promovido su uso y aplicación en todo el país, al proporcionarlo de manera gratuita a las UCE’s para su adecuación e implementación en las oficialías y juzgados de los Registros Civiles de las entidades federativas.
Las principales funciones del Sistema de Inscripción y Certificación son las de mantener actualizada la información del acervo histórico; normalizar y estandarizar las operaciones del Registro Civil a nivel nacional; así como explotar y obtener toda clase de reportes con origen en las bases de datos producto de la captura histórica.
Cuenta con distintos niveles de seguridad que regulan tanto el acceso de los datos, como los niveles de usuario. Con ello se asegura que únicamente el oficial o juez del Registro Civil, pueda ingresar registros a la base de datos con los códigos de aprobado respectivos.
Algunos Registros Civiles en las entidades federativas no han requerido la instalación del SIC, por contar con desarrollo informático y sistemas propios, lo que les permite integrar su información atendiendo a requerimientos y proyecciones locales.
INTERCONEXIÓN DE LAS DIRECCIONES ESTATALES DEL REGISTRO CIVIL CON SUS OFICIALÍAS Y CON
EL REGISTRO NACIONAL DE POBLACIÓN.
La información que generan los Registros Civiles en todo el país es un insumo directo para la conformación de la base de datos del Registro Nacional de Población. Actualmente, se tienen diferentes formas de acopio; por ejemplo el proceso que se realiza mediante la importación o exportación de archivos.
A través de los enlaces de comunicación actuales, es posible que la información generada con origen en el Registro Civil del poblado más apartado, se mande a través de la infraestructura de interconexión a la Unidad Coordinadora Estatal, y esta a su vez la trasmita al Registro Nacional de Población. En este sentido, hablar de modernización es hablar del desarrollo e implantación de sistemas de interconexión que permitan la migración de las bases de datos de los actos registrales de las personas, así como renovar constantemente nuestros sistemas de comunicación.
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Con el propósito de mantener la base de datos actualizada e interconectar las oficialías con la Unidad Coordinadora Estatal, se enlazarán las principales oficialías y juzgados con estas, últimas, para lo cual han sido planteados varios esquemas para el establecimiento de enlaces de telecomunicación a las entidades federativas. Actualmente, algunos Registros Civiles, aprovechan la infraestructura de telecomunicación de otros organismos de los gobiernos estatales, en lo que definen el esquema que emplearán de acuerdo a sus necesidades y presupuesto, mientras que otros ya cuentan con una red de telecomunicaciones, que les permite transferir y mantener actualizada su base de datos en tiempo real.
FORMATO ÚNICO DE CERTIFICACIÓN DE LOS ACTOS DEL ESTADO CIVIL DE LAS PERSONA
La diversidad de 196 formatos utilizados por los registros civiles del país, para la certificación de los actos del estado civil de las personas, establecidos por cada uno de los Gobiernos de los Estados, ha derivado en una falta de claridad y confianza por parte de autoridades municipales, estatales y federales, así como de instituciones privadas, para conocer con exactitud los formatos autorizados y vigentes.
Ante ello, desde 1999 los registros civiles y la Secretaría de Gobernación, representados en el Consejo Nacional de Funcionarios del Registro Civil, se dieron a la tarea de diseñar un formato único que le facilitara a la población la realización de diversos trámites, además de que contará con elementos de alta seguridad que dificultaran su alteración y falsificación, traduciéndose por lo tanto en un doble beneficio para la población, otorgándole certeza y seguridad jurídica; y facilidad para su aceptación en instituciones públicas y privadas.
En el año 2000 se concluyó el diseño del formato aprobado por las 32 Entidades Federativas estableciéndose el compromiso por parte de la Secretaría de Gobernación, a través del Registro Nacional de Población e Identificación Personal, de suministrar a las Entidades Federativas la cantidad de formatos suficientes para un año de operaciones para cada oficina del Registro Civil.
Actualmente el Formato Único de Certificación cuenta con 14 medidas de seguridad mismo que es utilizado por 31 estados en 3,917 oficialías de las 4,972 existentes.
Las características y medidas de seguridad que contiene son:
Tamaño Carta (8 1/2" x 11") 21.6 x 28 cms
Oficio (8 1/2" x 14") 34 x 21.6 cms.
Esquela 216x 22 cms.
Gramaje del papel De 90 grs./mtz.
Diseño � Impresión del marco serpiente emplumada (Quetzalcoatl), Escudo Nacional extremo superior izquierdo y Escudo del Estado extremo superior derecho.
� Microtextos positivos y negativos impresos en
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intaglio.
� Microtexto positivo en offset.
� Escudo del Estado y el contorno de la República Mexicana impresos en tinta fluorescente fugitiva al borrado distribuidos en el fondo.
� Tinta fugitiva al borrado.
� Folio consecutivo impreso con tinta penetrante.
� Folio consecutivo impreso invisible fluorescente
Color � Pantone 491 para serpiente, Escudo Nacional y Escudo del Estado.
� Pantone 434 para el fondo del formato
Medidas de seguridad � Papel seguridad con marca de agua � Fibras ópticas visibles � Fibras ópticas invisibles � Reactivos químicos � Tintas fugitivas al borrado � Tintas penetrantes � Calcografía en relieve � Fondos de seguridad � Microtexto positivo y negativo � Microtexto en offset � Folio penetrante � Folio invisible flourescente � Impresión indicia � Imagen latente
HOMOLOGACIÓN DEL MARCO JURÍDICO DEL REGISTRO CIVIL
Ante la existencia de diversas legislaciones que regulan la materia registral de las personas, se generan un sinnúmero de criterios que en muchos casos difieren entre sí y propician confusión entre los usuarios.
Por ello, resulta fundamental dentro de un esquema moderno de operación, contar con un marco normativo homogéneo que regule las funciones y procedimientos del Registro Civil, por lo que el Programa de Modernización Integral contempla una vertiente de trabajo que busca:
• Una legislación tipo, que abarque todos los aspectos normativos del Registro Civil;
• Un diseño de formatos tipo para el levantamiento de las actas y;
• Un conjunto de modelos para los procedimientos administrativos.
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• Simplificar los trámites en beneficio del público
• Reducirle costos al ciudadano solicitante, al tener que acudir a otras instancias a desahogar sus trámites.
Desde 1981 se han venido elaborando propuestas de reformas a los ordenamientos jurídicos del registro civil, artículos tipo para los códigos civiles estatales y/o reglamentos del Registro Civil, habiendo los registros civiles promovido diversas reformas a su ordenamientos.
Entre los últimos esfuerzos y avances pueden resaltarse los siguientes:
• Se establece que el Registro Civil es una Institución de orden público y de interés social, lo que implica sujetarse rigurosamente a las disposiciones que lo regulan por ser de carácter obligatorio que afectan a toda la población de la República.
• Mejorar la organización administrativa y funcionamiento del Registro Civil, habiéndose recomendado que la coordinación de la institución sea encomendada a un Director General; asimismo, la existencia de un archivo central dependiente del propio Registro Civil y las oficialías que sean necesarias para la prestación del servicio.
• La utilización del término "Oficial" en vez de "Juez" del Registro Civil, toda vez que estos últimos no juzgan, y para no confundir a los usuarios.
• El establecimiento de una Unidad Coordinadora Estatal, que a su vez se coordine con las instancias locales y federales.
• La proscripción de calificativos que estigmaticen a los registrados.
• El divorcio y la aclaración de actas por vía administrativa cuando procedan conforme a derecho.
• La utilización del apostillamiento para darle validez a los actos del estado civil adquiridos en el extranjero.
• La conformación en el año 2000 de una propuesta de artículos tipo en materia sustantiva y reglamentaria con la finalidad de seguir impulsando su modernización integral acorde con las actuales exigencias que se requiere para un renovado y expedito funcionamiento en el desempeño del servicio que presta a la sociedad en general.
CAPACITACIÓN Y ACTUALIZACIÓN EN MATERIA REGISTRAL A OFICIALES Y/O JUECES DEL REGISTRO
CIVIL
La capacitación se contempla como respuesta insustituible para afrontar los retos que ésta genera, como son el crecimiento a la productividad, el alcanzar la autosuficiencia económica y tecnológica, y el contar con recursos humanos perfectamente capacitados para desempeñar la gran diversidad de actividades que le corresponden al sector público.
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El Registro Nacional de Población como parte del sector público no escapa a esta necesidad para fomentar la modernización y actualización en todos sus renglones y entre ellos, considera de vital importancia a los recursos humanos.
Por ello, la Dirección General del Registro Nacional de Población e Identificación Personal, conciente de un objetivo de coordinar y promover las actividades y procedimientos necesarios para consolidar el Sistema Nacional de Registro de Población proporciona asistencia técnica y capacitación al personal del Registro Civil Nacional.
Desde el inicio del Programa de Modernización Integral del Registro Civil, las UCE’s conjuntamente con la Dirección General del Registro Nacional de Población e Identificación Personal, han impartido cursos para oficiales, jueces y personal operativo del Registro Civil; sin embargo, la capacitación no ha sido suficiente; ello se debe en la mayoría de los casos a la alta rotación y continuo desplazamiento del personal que labora en la Institución Registral.
La capacitación que se otorga, tiene como objetivo proporcionar los conocimientos teóricos y prácticos basados en el marco jurídico y administrativo de los Registros Civiles, además de los elementos necesarios para el desempeño de la función registral.
En la actualidad debido fundamentalmente a los cambios jurídicos recientes y al avance del Programa de Modernización Integral del Registro Civil, se presentan nuevas necesidades y nuevos retos en torno a la capacitación del personal que trabaja en las oficialías y direcciones de los registros civiles de las entidades federativas.
Dos de las metas fundamentales que se requieren lograr -y se está superando- son la formación de recursos humanos para fortalecer el área de capacitación en materia registral, tanto en la Dirección del Registro Nacional de Población como en cada uno de los registros civiles y la elaboración de nuevos módulos e instrumentos didácticos que permita ofrecer al personal mejores estrategias de capacitación.
La formación de recursos humanos considera además la realización de asesorías a distancia por parte de la Dirección General del Registro Nacional de Población, con la finalidad de establecer un apoyo permanente a los instructores estatales que les permita afrontar mejor la problemática que enfrenten y resolver las dudas que les surjan durante el desempeño de su función.
Actualmente los procesos de capacitación referidos están enfocados a 8 grandes temas:
• Procedimientos jurídicos que sustentan el Registro Civil.
• Criterios y procedimientos normativos para el asentamiento de actas del Registro Civil.
• Lineamientos y procedimientos para el asentamiento de actas del estado civil que presenta situaciones de extranjería.
• Conceptos de nacionalidad que se relacionan con el asentamiento de los actos del estado civil.
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• Fundamentos que sustentan al Registro Nacional de Población.
• Archivo y conservación de documentos.
• La Modernización Integral del Registro Civil.
• La importancia de los formatos únicos para Inscripción y Certificación de los actos.
CAMPAÑAS DE REGULARIZACIÓN DEL ESTADO CIVIL DE LAS PERSONAS
Otra de las vertientes de gran importancia lo constituye aquella enfocada a abatir el sub – registro de los actos del estado civil de las personas, con el objeto de que cuenten con un documento oficial como lo es el acta de nacimiento, que le proporcione identidad y certeza jurídica para el pleno ejercicio de sus derechos.
En este sentido, las Entidades Federativas han implementado campañas de Regularización del Estado Civil de las Personas con el principal objetivo de abatir el sub registro mencionado y acercar los servicios del Registro Civil a grupos indígenas, marginados y migrantes que carecen de él.
Las principales campañas implementadas son las siguientes:
• Campañas de registros extemporáneo de nacimiento
• Campañas de matrimonios colectivos
• Campañas de rectificación y aclaración de actas
• Campañas de reconocimientos de hijos.
• Campañas de registro de nacimiento gratuitos.
• Campaña de expedición de certificaciones gratuitas
• Campañas de registro para comunidades indígenas.
• Campañas de registro para grupos indígenas, marginados y migrantes
• Programa de ayuda a jornaleros agrícolas.
• Campañas de regularización del estado civil de las personas
• Campañas de asistencia a CERESOS
SISTEMA NACIONAL PARA LA SOLICITUD, TRÁMITE Y OBTENCIÓN DE COPIAS CERTIFICADAS DE LAS
ACTAS DEL REGISTRO CIVIL -ACTAS FORÁNEAS-
De conformidad con los acuerdos suscritos, el 28 de diciembre de 1996, los gobiernos de las entidades federativas entre sí y la Secretaría de Gobernación celebraron el acuerdo de colaboración para establecer el “Sistema Nacional para la Solicitud, Trámite y Obtención de Copias Certificadas de Actas del Registro Civil”.
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En virtud de dicho acuerdo el objetivo es que la población del país sea beneficiada en lo relativo a la obtención de sus documentos registrales al reducirse costos, trámites y tiempo de respuesta de las UCE´s, oficialías o juzgados del Registro Civil.
Una de las particularidades del “sistema” es la de abatir el doble registro, ya que las personas residentes de manera temporal o permanente en Estado distinto a aquel donde inscribieron los actos de su estado civil, al tener la necesidad de sus documentos, al no contar con este servicio en el lugar de su domicilio, y además de carecer de los recursos necesarios para la trasladarse a la entidad, optaban por realizar registros extemporáneos con documentación verídica propia del lugar de su residencia, lo que implicaba una serie de duplicidad de registros que ahora con este “sistema” es posible en parte abatirlos.
Con este “sistema”, se hace posible que la población domiciliada, temporal o permanente en entidades distintas a aquellas en las que inscribieron actos de su estado civil y que requieran de las actas respectivas pueden obtenerlas de manera expedita.
Otro de los objetivos de este “sistema”, es acercar la Institución del Registro Civil a la sociedad en general para atender eficiente y oportunamente las necesidades que se derivan de la solicitud y expedición de las actas del Registro Civil. En el contexto del nuevo federalismo y con estricto respeto a la autonomía de las entidades federativas se conjuntaron esfuerzos con los responsables de esta institución a efecto de impulsar debidamente una simplificación administrativa.
Por lo anterior, este “sistema” ha significado avanzar en el proceso de modernización integral del Registro Civil que tanto requiere la sociedad, y asimismo, representa un imperativo para los tres ámbitos de gobierno en el esfuerzo por agilizar y mejorar el quehacer público.
El “Sistema Nacional para la Solicitud de Actas Foráneas” ha representado un excelente alternativa para la población que actualmente radica en un lugar distinto de donde nació y fue registrado, que en la actualidad son un gran número de mexicanos; este “sistema” una vez consolidado habrá de constituirse en un servicio altamente apreciado por la población, ya que la migración dentro del territorio nacional seguirá existiendo por la búsqueda de un mejor nivel de vida.
Para lograr lo anterior y con base en un diagnóstico estructurado con la participación de las UCE’s, se presentaron en la XXI Reunión del Consejo Nacional de Funcionarios del Registro Civil, las propuestas para mejorar y eficientar la obtención de actas foráneas.
Dichas propuestas se definieron en diversos aspectos, siendo éstos fundamentalmente sobre el procedimiento de solicitud, sobre la operación de SEPOMEX, sobre la participación del Registro Civil, y sobre la intervención del Registro Nacional de Población e Identificación Personal.
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EXPECTATIVAS
No obstante lo anterior se requiere redoblar esfuerzos, conscientes de la importancia de contar con la información relativa a los actos registrales del estado civil de las personas para avanzar en la integración del Registro Nacional de Población y con ello, cumplir con el propósito de certificar y acreditar fehacientemente la identidad de las personas residentes en el país y de los mexicanos que radican en el extranjero.
El Plan Nacional de Desarrollo 2001-2006 establecido por el Poder Ejecutivo Federal, en el apartado de Población y Protección Civil, establece la estrategia que involucra al Registro Nacional de Población y a los Registros Civiles y que se define como la de “…registrar y acreditar la identidad de todas las personas residentes en el país y los mexicanos en el extranjero…”. Para ello, el mismo Plan Nacional de Desarrollo puntualiza como “Línea de Acción” “…se integrará la información, creando la infraestructura y definiendo estándares para establecer normas, métodos, procedimientos técnicos y sanciones en materia de registro de población e identificación personal, que permita la acreditación y certificación fehaciente de la identidad de los mexicanos y de los extranjeros radicados en México, así como la expedición de los documentos de identidad; se fortalecerá el funcionamiento del Registro Civil incrementado los espacios de comunicación e intercambio para fortalecer los acuerdos y mantener su actualización permanente; se utilizarán técnicas modernas en los procesos y la base de datos de la Clave Única de Registro de Población, instrumentando mecanismos de automatización aplicando la normatividad para verificar el cumplimiento de lineamientos para la asignación de la clave y su incorporación a la base de datos del Registro Nacional de Población…”
Con base en lo anterior, es conveniente contar con un esquema integral de la información referente a los proyectos, soportada de manera estructural y funcional que promueva la consolidación del Registro Nacional de Población.
Para poder lograr estos compromisos se ha estimado que la Secretaría de Gobernación, responsable de estas acciones en coordinación con los Registros Civiles, deberá asegurarse que para el año 2003 se cuente con la base de datos que contenga la información de más de 200 millones de registros del estado civil de las personas que proporcionarán la información de su identidad para estar en posibilidad de cumplir con los compromisos ya mencionados
Para ello se ha considerado conveniente avanzar en el período 2001-2003, con una planeación enfocada a lograr avances sustantivos en las diferentes fases que comprende el Programa de Modernización Integral del Registro Civil; de acuerdo a las principales estrategias siguientes:
� Contar con el 80% de la captura del Archivo Histórico de los registros civiles.
En este sentido se buscará que aquellos Estados con mayor avance concluyan su captura histórica, para sumarlos a los que ya finalizaron dicha etapa, en tanto que para quienes iniciaron en el 2000-2001, se buscaría obtener la información completa relativa a los nacimientos del 2001 hacía 1930.
Programa de Modernización Integral del Registro Civil
���
� Por lo que corresponde al equipamiento, éste resulta indispensable para avanzar en las diferentes fases del Programa de Modernización Integral del Registro Civil, lo que permitirá realizar la implantación del SIC, la interconexión estatal y la explotación de la base de datos producto de la captura histórica.
Con la finalidad de cumplir dichas metas, resulta necesario equipar 2,460 oficialías o juzgados del Registro Civil, definidas como aquéllas que cubren el 80% de los movimientos registrales de la población.
� De igual forma, consolidar la implementación del SIC, incorporándolo en la totalidad de las Unidades Coordinadoras Estatales -UCE´s- y las Oficialías del Registro Civil equipadas, y con ello automatizar su operación, lo cual contribuirá a elevar la calidad de la prestación de los servicios que el Registro Civil proporciona a la sociedad, además de “detener” el rezago registral en cuanto a su captura histórica a partir del 2001.
� Paralelamente, interconectar las Unidades Coordinadoras del Registro Civil, para enlazar su operación con sus principales oficialías, lo cual permitirá la interconexión con el Registro Nacional de Población e Identificación Personal de manera automatizada.
El esquema anterior conjuntamente con la implementación del SIC, contribuirá a agilizar la asignación y registro de la CURP a todas las personas residentes en el país.
� No debe omitirse señalar la importancia que reviste el seguir impulsando los programas y campañas de registro extemporáneo, así como la regularización del estado civil de las personas.
� Y como el marco donde debe operar todo lo anterior, otra acción vertebral lo constituye la búsqueda de la homologación de la legislación relativa a la materia registral de personas, a fin de agilizar y simplificar los procesos, sin menoscabo de la seguridad jurídica que se le debe proporcionar a los habitantes del país, sustentada en esquemas modernizados.
Con el objeto de avanzar de manera homogénea y garantizar la conformación y operación de la base de datos del Registro Civil, como insumo para el Registro Nacional de Población, conforme a las metas ya señaladas, se establecerán los siguientes criterios generales:
� Captura y digitalización de registros de nacimientos del 2002 “hacia atrás”.
� Captura de 31 campos de las actas de nacimiento.
� Una vez concluida la captura de nacimientos, se continuará con Defunciones y así sucesivamente con los demás actos registrales.
� No se favorecerá el esquema de donación de equipo -salvo en caso excepcionales-, destinando por lo tanto recursos exclusivos para el equipamiento.
� El equipamiento deberá estar destinado a las Oficialías y/o Juzgados de mayor movimiento registral
Programa de Modernización Integral del Registro Civil
���
� Se promoverá la incorporación de la CURP en las certificaciones de las actas y en la medida de lo posible, en la inscripción de los actos, en función a los esquemas de interconexión de las Oficialías y/o Juzgados
El logro de las metas anteriormente descritas estará supeditado necesariamente a la asignación presupuestal que le sea autorizada al Registro Nacional de Población e Identificación Personal, así como a los registros civiles a través de los Gobiernos Estatales.
DISTRIBUCIÓN DE RECURSOS
METODOLOGÍA DE ASIGNACIÓN
OBJETIVO
Evaluar el desempeño y apoyo de los Registros Civiles, a fin de establecer una calificación que se vincule a la distribución de recursos.
Proceso:
Evaluar 2 aspectos
� Cumplimiento de metas
Dadas las prioridades y obligaciones del Registro Nacional de Población respecto del Programa de Modernización Integral del Registro Civil, se evalúa 3 aspectos (grado de cumplimiento de meta concertada):
• Captura histórica y en su caso digitalización
• Equipamiento de oficialías
• Grado de automatización del proceso e interconexión de las oficialías
• Implantación del Formato Único de Certificación
� Grado de apoyo del Registro Civil para el Registro Nacional de Población
Se han concertado compromisos que son prioritarios para el RNP, fundamentalmente:
• Comprobación de recursos (envío de documentación comprobatoria)
• Entrega de Bases de Datos Total y Certificada
• Atención y apoyo al Programa de Asignación y Entrega de la CURP
• Inclusión de la CURP en la inscripción y/o certificación de actas
Programa de Modernización Integral del Registro Civil
���
• Instrumentación de un sistema operado por Internet para la inscripción y/o certificación de actas
Finalmente, se toma en cuenta los proyectos y metas que en el mediano plazo (1 año) se pueden concertar con las entidades federativas.
PUNTAJE
Ambos grupos de aspectos a evaluar se les asignó un valor, al primero de 58 puntos y al segundo de 42 puntos para hacer un total de 100 puntos. A su vez a cada uno de sus componentes se les asignó un peso; así, la captura histórica tiene una mayor peso que el resto de los factores contemplados en el cumplimiento de metas y, la comprobación de recursos y la entrega de base certificada tiene mayor peso que el resto de los factores contemplado en el rubro de apoyo.
Finalmente se suman ambas calificaciones para obtener una calificación global y de esa manera distribuir equitativamente la disponibilidad de presupuesto.
Posteriormente:
� Se analizan las acciones que faltarían por realizar para concluir con la captura histórica en las Entidades, estableciéndose como máximo a capturar en el año 1’000,000 de actas, lo cual se considera viable en un ejercicio anual.
Se calcula el requerimiento de recursos multiplicando el faltante por capturar por el costo por acta capturada que ha venido pagando cada Estado (entre $3.00 y $4.50).
• Para aquellos Estados que ya concluyeron con su captura histórica, se analiza su requerimiento financiero para la compra de equipo de respaldo para las bases de datos y de imágenes (aspecto importante para el RNP).
• Se suman ambos requerimientos (captura y equipamiento), obteniéndose un total de “Necesidad Financiera” para el ejercicio fiscal.
• Enseguida se vinculan las calificaciones con los importes calculados, a partir de los siguientes rangos porcentuales:
a). Para la Entidad con mayor puntuación se le asignó el 120% del importe calculado
b). Para entidades con 9 de calificación, se les otorgó el 100% del importe calculado
c). Para entidades con 8 de calificación, se les otorgó el 75% del importe calculado
Programa de Modernización Integral del Registro Civil
���
d). Para entidades con 6 y 7 de calificación, se les otorgó el 55% del importe calculado
e). Para entidades con calificación menor a 6, no se les otorgaron recursos
• Finalmente se ajustan al techo financiero asignado –o proyectado- y se redondean los importes obtenidos.
RESULTADOS DE LA EVALUACIÓN
Una vez que se llevo a cabo la metodología se distribuyó el recurso siguiendo las prioridades de asignación:
1. Estados a quienes ya cumplieron las metas y ejercieron los recursos transferidos.
2. Estados a quienes no se les transfirieron recursos en el ejercicio fiscal anterior.
3. Estados que están listos para iniciar el proceso de credencializacion.
Dadas las evaluaciones obtenidas y las prioridades señaladas se estructura la propuesta de distribución de recursos
Para ejercer estos recursos es indispensable suscribir un Convenio con cada estado el cual deberá contar con el dictamen de la Unidad de Asuntos Jurídicos de la SEGOB y su contraparte del Gobierno del Estado.
.PROGRAMA DE
MODERNIZACIÓN INTEGRAL DEL REGISTRO CIVIL
XI Subsidios
PMIRC Lineamientos de OperaciónPMIRC Catálogo de Gastos y Comprobación
Del 1º de septiembre al 31 de diciembre de 2012
LINEAMIENTOS DE OPERACIÓN PROGRAMA DE MODERNIZACIÓN INTEGRAL DEL REGISTRO CIVIL
Secretaría de Gobernación
Subsecretaría de Población, Migración y Asuntos Religiosos
Dirección General del Registro Nacional de Población e Identificación Personal
[LINEAMIENTOS DE OPERACIÓN] PMIRC
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El Director General del Registro Nacional de Población e Identificación Personal, en el
seno de la Trigésima Tercera Reunión del Consejo Nacional de Funcionarios del
Registro Civil y con base en lo dispuesto por los artículos 92, 93 y 94 de la Ley General
de Población, 41 al 44 del Reglamento de la Ley de la materia, 2 y 23 del Reglamento
Interior de la Secretaría de Gobernación; cláusulas primera, segunda, quinta y sexta
de los Acuerdos de Coordinación suscritos entre el Gobierno Federal y las 32
Entidades Federativas del país, durante el período de 2002 a 2004 y 2011 para el
caso específico del Estado de Morelos, relativas a fortalecer los mecanismos de
coordinación para dar continuidad al desarrollo de los programas para la
Modernización Integral del Registro Civil; y conforme lo disponen los artículos 1, 2, 4,
9 fracciones V y XI, 11, 28, 29 y 30 fracción IV del Reglamento Interior del Consejo
Nacional de Funcionarios del Registro Civil, expide
LINEAMIENTOS DE OPERACIÓN DEL PROGRAMA DE MODERNIZACIÓN INTEGRAL DEL REGISTRO CIVIL
Contenidos en el presente documento y sus respectivos anexos, mismos que
entrarán en vigor a partir del 1º de septiembre de 2012.
Dr. Alberto Alonso y Coria
[LINEAMIENTOS DE OPERACIÓN] PMIRC
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Índice
Índice 2
ANTECEDENTES DEL PROGRAMA DE MODERNIZACIÓN INTEGRAL DEL REGISTRO CIVIL ...................... 3
FUNDAMENTO JURÍDICO ............................................................................................................................................. 8
VERTIENTES DEL PMIRC .......................................................................................................................................... 10
1. Captura del Archivo Histórico de los actos registrales .................................................................................... 10
2. Digitalización de documentos registrales ........................................................................................................ 10
3. Equipamiento y Actualización Tecnológica ...................................................................................................... 11
4. Automatización: Sistema de Inscripción y Certificación (SIC) .......................................................................... 12
5. Interconexión ................................................................................................................................................... 13
6. Conexión Interestatal ...................................................................................................................................... 14
7. Formato Único de Inscripción y Certificación .................................................................................................. 15
8. Homologación del Marco Jurídico del Registro Civil ........................................................................................ 17
9. Capacitación, Actualización y Profesionalización del Servicio Registral .......................................................... 18
10. Campañas Especiales de Regularización del Estado Civil de las Personas ....................................................... 21
11. Sistema Nacional para la solicitud, trámite y obtención de copias certificadas de las actas del
Registro Civil (Actas Foráneas) ......................................................................................................................... 22
12. Programa para la Adopción y Uso CURP .......................................................................................................... 23
13. Proyectos de Registro e Identificación de Personas ........................................................................................ 24
ASIGNACIÓN Y DISTRIBUCIÓN DE RECURSOS .................................................................................................. 25
Proceso de asignación de recursos financieros del ejercicio fiscal anual ........................................................... 25
1. Determinación del Registro Civil susceptible a la asignación de recursos .............................................. 25
2. Determinación de las vertientes para las cuales se asignarán recursos ................................................. 27
3. Memoria de asignación de recursos .................................................................................................. 30
4. Programa de Trabajo ........................................................................................................................ 30
5. Recursos devengados y ejercicio del gasto ......................................................................................... 30
6. Suspensión de transferencia ............................................................................................................. 31
COMPROBACIÓN DE RECURSOS............................................................................................................................ 32
CONSEJO NACIONAL DE FUNCIONARIOS DEL REGISTRO CIVIL ................................................................... 33
COMISIÓN DE SEGUIMIENTO .................................................................................................................................. 35
DIRECTORIO ................................................................................................................................................................. 37
[LINEAMIENTOS DE OPERACIÓN] PMIRC
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ANTECEDENTES DEL PROGRAMA DE MODERNIZACIÓN INTEGRAL DEL REGISTRO CIVIL
A través de la Coordinación General de estudios administrativos de la Presidencia de la República, el
23 de septiembre de 1981, se formalizó la celebración de Acuerdos de Colaboración suscritos entre las
Entidades Federativas y la Secretaría de Gobernación, con la participación del Registro Civil en el
marco del Registro Nacional de Población, emprendiendo la innovación de la institución registral
mediante el Programa de Coordinación y Modernización del Registro Civil; de esta forma, la
Secretaría de Gobernación a través de la Dirección General del Registro Nacional de Población e
Identificación Personal (DGRNPIP) se abocó a la tarea de instrumentar una coordinación permanente
con la institución del Registro Civil en todo el País.
Los avances realizados con el Programa de Coordinación y Modernización del Registro Civil,
requirieron emprender nuevos esfuerzos e incorporar elementos que conllevaran a un desarrollo
integral de la institución registral, para lo cual se consideró a partir de 1997 suscribir Acuerdos de
Coordinación para la Modernización Integral del Registro Civil.
El Gobierno Federal emitió el Acuerdo mediante el cual se da a conocer el Programa para el
establecimiento del Registro Nacional de Ciudadanos y la expedición Cédula de Identidad Ciudadana,
publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 30 de junio de 1997, el cual en el Artículo
Primero, apartado 1.3 señala:
“El Sistema del Registro Nacional de Ciudadanos, requiere para su operación de la certificación
fehaciente de la información de la identidad de las personas, sus insumos fundamentales
provienen del Registro Civil…”.
Así, con el objetivo de constituir, instrumentar y operar el Registro Nacional de Población, se propuso
desarrollar e implementar un Programa de Modernización Integral del Registro Civil (PMIRC) con
esquemas que posibilitaran la obtención, regularización y actualización permanente de la información
de la identidad de las personas asentadas en territorio nacional y de los mexicanos residentes en el
extranjero, así como elevar la calidad del servicio que presta el Registro Civil a la sociedad, a través de:
El equipamiento informático y tecnológico del Registro Civil para realizar la captura de los
actos registrales del estado civil de las personas, de 1930 a la fecha;
La automatización e interconexión a nivel nacional, que permita agilizar el asentamiento de
registros y la expedición de actas del estado civil de las personas, así como su consulta entre
las Entidades.
El Programa concebido de esta forma, aprecia el objetivo fundamental de sistematizar y eficientar la
operación de los registros civiles para obtener información de manera confiable, homogénea y
oportuna, que permita certificar fehacientemente la identidad de las personas y al mismo tiempo,
coadyuvar a elevar la calidad en los servicios que el Registro Civil proporciona a la sociedad en su
conjunto.
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Para cumplir con el objetivo del PMIRC, fue indispensable alinear los esfuerzos federales, estatales y
municipales en conjunto, hacia aquellos aspectos que finalmente se convierten en los ejes rectores del
PMIRC:
1) Conformar una base de datos nacional del Registro Civil, a través de la captura y
digitalización de todos los actos registrales del estado civil de las personas;
2) Mejorar, eficientar y promover la homologación del marco jurídico que regula el registro del
estado civil de las personas en todo el país;
3) Agilizar la expedición de actas, a partir de sistemas automatizados seguros, confiables y
oportunos;
4) Establecer formatos y medidas de alta seguridad para la expedición y certificación de actas
del estado civil de las personas;
5) Acercar los servicios del registro civil a la población que ha quedado al margen en la
obtención de los beneficios que proporciona la regularización del registro de su estado civil;
6) Mejorar la atención que se brinda a la ciudadanía, a través de procesos de profesionalización
y capacitación del personal que labora o interviene en las actividades que lleva a cabo el
Registro Civil;
7) Asignar a las personas una clave de registro poblacional, que además de cumplir con lo
señalado en la ley, facilite el acceso a los sistemas de identificación, por parte de diferentes
dependencias y entidades de los distintos niveles de gobierno;
8) Interconectar los sistemas del registro civil de cada Estado, con el Registro Nacional de
Población, para la consulta y actualización de este último.
Estos ejes rectores, se han materializando en acciones conjuntas entre la DGRNPIP y los Registros
Civiles del país, a través de la formalización de Acuerdos de Coordinación y sus correspondientes
Anexos de Ejecución, suscritos a partir de 1997 entre las altas autoridades de la Secretaría de
Gobernación y de los Gobiernos de las Entidades Federativas, estableciéndose en dichos
instrumentos, objetivos y compromisos particulares, entre los que destacan:
a) Captura y digitalización de los actos registrales del archivo histórico del Registro Civil en la
Entidad Federativa;
b) Modernización, equipamiento y automatización de la estructura y funciones operativas del
Registro Civil;
c) Interconexión de la Dirección Estatal del Registro Civil en adelante Unidad Coordinadora
Estatal (UCE) y sus Oficialías; así como la Conexión Interestatal con la DGRNPIP;
d) Homologación del marco normativo relativo a la materia registral;
e) Uso de formatos únicos con altas medidas de seguridad para inscribir y certificar los actos
del estado civil de las personas;
f) Asignación de la Clave Única de Registro de Población;
g) Realización de campañas especiales para la prestación de los servicios del Registro Civil en
las regiones que carecen de él, así como llevar acciones de registro extemporáneo de
nacimientos.
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Los Acuerdos de Coordinación citados, se suscribieron en el periodo comprendido de 1997 y 1998,
mismos que se relacionan como sigue:
Aguascalientes 28 de julio de 1997 Morelos 28 de julio de 1997
Baja California 04 de agosto de 1997 Nayarit 13 de abril de 1998
Baja California Sur 28 de julio de 1997 Nuevo León 13 de enero de 1998
Campeche 12 de diciembre de 1997 Oaxaca 13 de enero de 1998
Coahuila 28 de julio de 1997 Puebla 28 de julio de 1997
Colima 12 de diciembre de 1997 Querétaro 12 de diciembre de 1997
Chiapas 28 de julio de 1997 Quintana Roo 28 de julio de 1997
Chihuahua 07 de agosto de 1997 San Luis Potosí 12 de diciembre de 1997
Distrito Federal 28 de julio de 1997 Sinaloa 28 de julio de 1997
Durango 28 de julio de 1997 Sonora 12 de diciembre de 1997
Guanajuato 28 de julio de 1997 Tabasco 28 de julio de 1997
Guerrero 28 de julio de 1997 Tamaulipas 13 de enero de 1998
Hidalgo 28 de julio de 1997 Tlaxcala 28 de julio de 1997
Jalisco 28 de julio de 1997 Veracruz 13 de enero de 1998
México 05 de enero de 1998 Yucatán 28 de julio de 1997
Michoacán 31 de julio de 1997 Zacatecas 28 de julio de 1997
Y a raíz de la suscripción de las Ampliaciones al Anexo de Ejecución suscritos con las Entidades
Federativas para formalizar las transferencias de recursos efectuados a finales de 2001, la Dirección
General de Asuntos Jurídicos de la Secretaría de Gobernación, sugirió la necesidad de modificar y
actualizar los Acuerdos de Coordinación celebrados desde 1997.
De esta forma, los Acuerdos de Coordinación que a 2012 regulan el PMIRC, son los suscritos con las
Entidades Federativas en la fechas que continuación se señalan:
Aguascalientes 07 de agosto de 2002 Morelos 11 de agosto de 2011
Baja California 09 de diciembre de 2002 Nayarit 04 de diciembre de 2002
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Baja California Sur 23 de octubre de 2002 Nuevo León 18 de diciembre de 2002
Campeche 12 de diciembre de 2002 Oaxaca 12 de diciembre de 2002
Coahuila 04 de noviembre de 2002 Puebla 18 de diciembre de 2002
Colima 29 de noviembre de 2002 Querétaro 14 de diciembre de 2004
Chiapas 04 de octubre de 2002 Quintana Roo 15 de noviembre de 2002
Chihuahua 09 de diciembre de 2002 San Luis Potosí 21 de octubre de 2003
Distrito Federal 23 de octubre de 2003 Sinaloa 19 de julio de 2002
Durango 03 de octubre de 2002 Sonora 02 de diciembre de 2002
Guanajuato 01 de octubre de 2002 Tabasco 22 de noviembre de 2002
Guerrero 03 de diciembre de 2002 Tamaulipas 22 de noviembre de 2002
Hidalgo 24 de diciembre de 2002 Tlaxcala 25 de noviembre de 2002
Jalisco 18 de noviembre de 2002 Veracruz 25 de noviembre de 2002
México 18 de diciembre de 2002 Yucatán 09 de diciembre de 2002
Michoacán 18 de noviembre de 2002 Zacatecas 25 de noviembre de 2002
La firma de estos instrumentos jurídicos, así como los Acuerdos de Ejecución, Anexos de Transferencia
y ampliaciones a los mismos, han concedido al Registro Civil desde el año 1997 al 2012, la aportación
federal de más de $804 millones y más de $335 millones de recursos estatales, lo que conjuntamente
asciende a más de $1,140 millones destinados a lograr los objetivos del PMIRC.
Por su parte, dentro de un sistema de seguimiento y evaluación de resultados, el Registro Civil de cada
Entidad, se ha comprometido a presentar mensualmente a la DGRNPIP, el Informe de avances y
resultados en su formato establecido, el cual es necesario para hacer una evaluación del impacto que
ha tenido el PMIRC en el quehacer institucional y en la población, para revisar su permanencia,
reorientación o su fortalecimiento.
Derivado a que la asignación, gasto y comprobación de recursos es un factor fundamental para
alcanzar los objetivos y metas del PMIRC, se requiere mayor claridad en sus lineamientos de
asignación y comprobación; por ende, con la finalidad de normar este aspecto, la DGRNPIP emite el
Catálogo de Gastos y Comprobación del PMIRC, el cual indica los conceptos que pueden justificarse
como gastos ejercidos en las diversas vertientes del PMIRC y que semestralmente la UCE, con base en
dicho catálogo, deberá enviar en el oficio diseñado para la comprobación, la copia de los documentos
[LINEAMIENTOS DE OPERACIÓN] PMIRC
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comprobatorios y una relación detallada sobre las erogaciones realizadas para el cumplimiento
responsable de las metas del PMIRC, señalando aquellas erogaciones realizadas con cargo a la
aportación federal y estatal.
Al respecto, es de suma importancia indicar que la transferencia de los recursos federales se suspende
cuando se determine que los mismos se destinaron a fines distintos a los previstos en los instrumentos
jurídicos suscritos entre ambas partes o por el incumplimiento de las obligaciones contraídas, después
de haberse así resuelto, a través de la Comisión de Seguimiento del PMIRC.
Por lo tanto, después de analizar el impacto del PMIRC a lo largo de 15 años de operación (1997-
2012), sus avances y retos actuales, se requiere la expedición de los presentes lineamientos, a fin de
visualizar al Programa de una manera integral a través de diversos subsistemas que conviven en lo
individual y que en conjunto, reflejan un impacto a la ciudadanía.
Lo anterior, fortalece el objetivo primordial del Registro Civil, que es dar certeza jurídica a la sociedad,
respecto a los actos del estado civil, y fortalece a la DGRNPIP como unidad facultada para acreditar
fehacientemente la identidad de las personas, en cumplimiento de nuestro marco normativo que
garantiza el derecho de todo mexicano de contar con una identidad y un registro de su estado civil.
Por lo anterior, se observarán los presentes Lineamientos de Operación del Programa de
Modernización Integral del Registro Civil, atendiendo a las necesidades actuales del Registro Civil
mexicano, fortaleciendo así los logros alcanzados a la fecha, estableciendo los nuevos retos de la
actividad registral del estado civil de las personas y garantizar el derecho a la identidad de todo
mexicano.
Índice
[LINEAMIENTOS DE OPERACIÓN] PMIRC
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FUNDAMENTO JURÍDICO
1. La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en su artículo 36 establece:
“Son obligaciones del ciudadano de la República:
I. … inscribirse en el Registro Nacional de Ciudadanos, en los términos que determinen las leyes.
La organización y el funcionamiento permanente del Registro Nacional de Ciudadanos y la expedición del documento que acredite la ciudadanía mexicana son servicios de interés público, y por tanto, responsabilidad que corresponde al Estado y a los ciudadanos en los términos que establezca la ley.”
2. En la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, a la Secretaría de Gobernación, como
dependencia del Ejecutivo Federal y conforme al artículo 27 fracciones IV y V, le corresponde
formular y conducir la política de población, así como manejar el Servicio Nacional de
Identificación Personal, para lo cual, a través de la DGRNPIP, ha establecido las normas y
procedimientos para dar cumplimiento a la citada legislación federal.
3. La Ley General de Población, en su artículo 85 establece:
“La Secretaría de Gobernación tiene a su cargo el registro y acreditación de la identidad de todas las personas residentes en el país y de los nacionales que residan en el extranjero.”
El artículo 86 de la misma ley establece:
“El Registro Nacional de Población tiene como finalidad registrar a cada una de las personas que integran la población del país, con los datos que permitan certificar y acreditar fehacientemente su identidad.”
La citada norma, en el artículo 92 estipula:
“La Secretaría de Gobernación establecerá las normas, métodos y procedimientos técnicos del Registro Nacional de Población. Asimismo, coordinará los métodos de identificación y registro de dependencias de la administración pública federal”
Por su parte, el artículo 93 señala:
“Las autoridades locales contribuirán a la integración del Registro Nacional de Población. Al efecto, la Secretaría de Gobernación celebrará con ellas, convenios con los siguientes propósitos: I. Adoptar la normatividad a que se refiere el artículo anterior; II. Recabar la información relativa a los nacimientos y defunciones de las personas a fin de integrar y mantener permanentemente actualizado el Registro Nacional de Población, y III. Incluir en el acta correspondiente la Clave Única de Registro de Población al registrar el nacimiento de las personas.”
4. El Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación, en el artículo 23 fracciones IV, VI, VII, VIII
y IX, la DGRNPIP tiene la atribución de actuar como órgano técnico normativo y de consulta de las
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actividades que realizan las oficialías y juzgados del Registro Civil, de conformidad con los
acuerdos que al efecto se suscriban; así como procesar y producir la información que, en relación
con sus funciones le proporcionen las oficialías y juzgados del Registro Civil en el País; además de
asignar la Clave Única de Registro de Población a todas las personas domiciliarias en el territorio
nacional.
6. El Acuerdo mediante el cual se da a conocer el Programa para el establecimiento del Registro
Nacional de Ciudadanos y la expedición Cédula de Identidad Ciudadana, publicado en el Diario
Oficial de la Federación el 30 de junio de 1997, contempla la toral participación del Registro Civil
para cumplir con los objetivos del PMIRC.
7. Acuerdos de Coordinación para la Modernización Integral del Registro Civil, suscritos entre el
periodo de 1997 y 1998, publicados en el Diario Oficial de la Federación.
8. Acuerdos de Coordinación para establecer el Programa de Colaboración entre el Registro
Nacional de Población y el Registro Civil suscritos en el periodo de 2002 a 2004 y para el caso
específico del Estado de Morelos, el 11 de agosto de 2011, publicados en el Diario Oficial de la
Federación.
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VERTIENTES DEL PMIRC
El PMIRC busca coordinar acciones para que las Entidades Federativas modernicen los servicios que,
en materia de registro de los actos del estado civil de las personas, otorgan a la población; a través de
la definición de un marco jurídico simplificado, esquemas de sistematización de la información del
Registro Civil, equipamiento informático y tecnológico, captura de actos regístrales para constituir el
Registro Nacional de Población y brindar un servicio de identidad jurídica a los mexicanos,
especialmente en las comunidades que carecen de él.
Las vertientes en las que se divide y ejecuta el PMIRC son:
1. Captura del Archivo Histórico de los actos registrales
La captura del archivo histórico consiste en transferir a medios magnéticos y automatizados la
información de los actos registrales que otorgan la identidad de las personas, las cuales se conservan
en papel –formas valoradas-, además de ser archivadas manualmente. En este sentido, se realiza la
captura exhaustiva del acervo histórico del Registro Civil, el cual comprende a todos los actos del
estado civil de las personas: nacimiento, matrimonio, defunción, divorcio, reconocimiento de hijos,
adopción e inscripción de sentencias. Esta captura se realiza conforme lo dispuesto en los “Criterios de
Captura y envío de bases de datos del Registro Civil” y al “Proceso de intercambio de bases de datos”
determinados por la DGRNPIP. El objetivo de esta vertiente es el de contar con información confiable
y homogénea de las personas, visible a través de una base de datos.
La captura del archivo registral permite que, ante la solicitud de copias certificadas de los actos del
estado civil de las personas, el Registro Civil pueda dar respuesta pronta y expedita, en comparación al
trámite manual.
Por otra parte, la captura del archivo histórico es auxiliar en cuanto al análisis y conocimiento de las
distintas tendencias poblacionales y sus variaciones en el tiempo.
2. Digitalización de documentos registrales
La digitalización es un proceso de conversión a un formato digital, en el que se coloca la imagen del
documento en la superficie de cristal de un escáner, la luz de la lente bajo el cristal recorre el
documento que será transformado en una imagen digital, que será archivada en una computadora.
Para que este dispositivo logre realizar esta conversión debe contar con un software que es el que se
encarga de escanear los puntos que forman la imagen o el texto.
Parte fundamental del proceso de captura del archivo histórico es la digitalización de las actas del
estado civil de las personas; de esta forma se realiza el aseguramiento no solo de la información
contenida en las actas, sino que se logra la conformación de un banco de imágenes de todas y cada
una de las actas del estado civil contenidas en su archivo estatal o regional.
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Las ventajas que permite la digitalización de documentos son, entre otras:
a) El acceso rápido y fácil de la información,
b) Almacenar información en múltiples formatos electrónicos,
c) Controlar la consulta de la información,
d) Verificar la información, ante el extravío, pérdida o alteración del acta,
e) Acortar los tiempos de búsqueda y certificación de documentos,
f) La simultaneidad de usuarios respecto al mismo documento.
La digitalización deberá remitirse a la DGRNPIP conforme a lo establecido en los “Criterios para el
envío de imágenes digitalizadas”, en relación con los “Criterios de Captura y envío de bases de datos
del Registro Civil”.
3. Equipamiento y Actualización Tecnológica
La modernización tecnológica de la infraestructura y los procedimientos con los que actualmente
opera el Registro Civil son imprescindibles, lo cual se ha realizado mediante un modelo integral
orientado a incrementar la eficiencia y eficacia operativa de las UCE’s y sus oficialías, al incorporarles
el equipo de cómputo para su adecuada operación, facilitando la actividad registral.
El PMIRC ha transferido recursos a cada UCE, misma que se obliga a equipar sus oficialías con al
menos:
a) 1 Equipo de cómputo,
b) 1 Impresora,
c) 1 Regulador de energía eléctrica o sistema de energía ininterumpible, o un equipo de
respaldo con regulador integrado, también llamado No-break.
La DGRNPIP en coordinación con el área de informática de las 32 Entidades Federativas, definieron y
establecieron a través de las reuniones regionales del CNFRC, los criterios para el equipamiento del
Registro Civil:
1) Se orienta preferentemente a aquellas oficialías del Registro Civil en las Entidades Federativas
que reporten una mayor carga y volumen de actos regístrales, las cuales representen en
promedio el 80% de la actividad total nacional, o bien, aquellas oficialías que la UCE considere
susceptibles de equipar.
2) Por lo que hace al restante 20%, que comprende a las oficinas pequeñas, ubicadas en lugares
apartados o que presentan una baja demanda de actos registrales, consolidarán manualmente
sus registros debiendo acudir a la oficialía equipada más cercana, para que se efectúe la
captura y digitalización de los registros.
Para el desarrollo de esta vertiente, se entenderá por:
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I. Equipamiento: Incorporación, en una primera ocasión, del equipo de cómputo, programas
informáticos y dispositivos tecnológicos, para la modernización de los sistemas y
procedimientos que realiza el Registro Civil.
II. Actualización Tecnológica: Renovación o substitución del equipo de cómputo de los
sistemas y procedimientos que realiza el Registro Civil, cuando éste cuente con una
antigüedad comprobada de 4 años como mínimo.
III. Kioscos de Servicio o Cajeros Automáticos: Equipo de cómputo habilitado especialmente
para la consulta, cobro e impresión de actas del estado civil, ubicado en espacios
estratégicos de atención al público en general, como en las oficinas del Registro Civil u
otros lugares prioritarios. Está integrado por un mueble especial que brinda protección al
equipo y permite la interacción del usuario para que de forma automática y personal
pueda verificar en el sistema del Registro Civil estatal la información correspondiente para
la consulta o impresión del acta de su interés, una vez cubierto el costo de la misma.
Para realizar el equipamiento responsable y mantener actualizada tecnológicamente a la UCE y sus
oficialías, se estará a lo regulado por el “Catálogo de Gastos y Comprobación del PMIRC”, el cual
indica los conceptos que podrán justificarse como gastos ejercidos en relación a esta y otras
vertientes.
Con el objeto de continuar la actualización tecnología de la Institución Registral, el PMIRC brinda
apoyo financiero al Registro Civil que formalmente lo solicite, para la implementación de kioscos de
servicio o cajeros automáticos, los cuales son útiles para la expedición automática de las actas
registrales, sin la necesidad de que el interesado acuda a la Entidad o a la oficialía donde se llevó a
cabo su registro. Así también, la actualización incluye el otorgamiento de recursos para modernizar
aquellos equipos de cómputo y periféricos que han dejado de ser útiles para la actividad registral, por
el sólo transcurso del tiempo, o bien, en razón de algún fenómeno de fuerza mayor.
4. Automatización: Sistema de Inscripción y Certificación (SIC)
La automatización consiste en la inscripción de los actos registrales en un sistema computarizado,
para integrar una base de datos con información homogénea a nivel nacional, que permita su
consulta, actualización, almacenamiento y emisión de actas e informes.
En enero de 2000, la DGRNPIP adquirió los derechos de autor del software denominado “Sistema de
Inscripción y Certificación de los Actos del Estado Civil de las Personas” (SIC), del cual promovió su uso
y aplicación en todo el país, al proporcionarlo de manera gratuita a las UCE’s para su adecuación e
implementación en las oficialías del Registro Civil.
Las necesidades del servicio y la utilización de nuevas tecnologías obligaron a la actualización del SIC
en un nuevo sistema denominado e-SIC, el cual, a diferencia del anterior, opera en línea y en tiempo
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real, facilitando el uso de bases de datos compartidas entre la UCE y sus oficialías, utilizando como
medio de enlace el internet.
Las principales funciones del Sistema de Inscripción y Certificación son las de mantener actualizada la
información del acervo histórico, normalizar y estandarizar las operaciones del Registro Civil a nivel
nacional; así como explotar y obtener toda clase de reportes con origen en las bases de datos
producto de la captura histórica; además de alimentar al Registro Nacional de Población a través del
envío de bases de datos estandarizadas y certificadas. La finalidad es interconectar las bases de datos
de los Registros Civiles Estatales con la Base de Datos Nacional del Registro Civil.
La soberanía de cada Entidad Federativa, así como las necesidades particulares del servicio en cada
Registro Civil, impulsaron la creación de modernos sistemas de inscripción y certificación particulares,
que tomaron como base la plataforma del SIC y el e-SIC; actualmente, los nuevos sistemas cuentan
con distintos niveles de seguridad que regulan tanto el acceso de los datos, como los niveles de
usuario, lo cual asegura que únicamente el oficial o juez del Registro Civil pueda ingresar registros a la
base de datos con los códigos de aprobación respectivos.
Al año 2012, en 20 Entidades Federativas se utilizan sistemas de inscripción y certificación
desarrollados localmente, por lo que la DGRNPIP y el Registro Civil, realizan conjuntamente esfuerzos
significativos para lograr la compatibilidad y establecer una estandarización que permita integrar las
bases de datos a nivel nacional.
Para realizar los trabajos de adecuaciones a los Sistemas de Inscripción y Certificación, deberá
verificarse que el equipo con el que cuenta el Registro Civil tiene las capacidades tecnológicas
necesarias, a fin de lograr en su oportunidad, la interconexión entre las Bases de datos del Registro
Civil y el Registro Nacional de Población.
Los recursos orientados a realizar las adecuaciones y modificaciones a los Sistemas de Inscripción y
Certificación, deberán establecer necesariamente el número de oficialías que se incorporarán y
adoptarán dicho sistema con la modificación realizada, a fin de llevar un seguimiento que permita
actualizar constantemente las oficialías y las UCE´s que se encuentren automatizadas.
5. Interconexión
La interconexión consiste en el vinculo físico y lógico entre dos o más redes de telecomunicaciones; es
posible mediante los arreglos técnicos bajo los cuáles los diversos proveedores conectan los equipos y
sistemas, que permitirán al Registro Nacional de Población acceder a las redes de las UCE’s, facilitando
la comunicación y el acceso a las bases de datos de los diversos servicios registrales.
El PMIRC busca la interconexión entre las principales oficialías del Registro Civil con su UCE, para lo
cual han sido planteados varios esquemas para el establecimiento de enlaces de telecomunicación.
Actualmente, algunos Registros Civiles aprovechan la infraestructura de telecomunicación de otros
organismos del Gobierno Estatal, en lo que definen el esquema que emplearán de acuerdo a sus
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necesidades y presupuesto, mientras que otros ya cuentan con una red que les permite transferir y
mantener actualizada su base de datos en tiempo real.
El medio final para la transmisión y actualización de la Base de Datos, es vía internet a través del
Sistema de Inscripción y Certificación utilizado por la UCE, de ahí la importancia de que dicho sistema
opere en forma estandarizada y permita a las oficialías la captura de todos los actos registrales en
línea y en tiempo real, permitiendo con ello una interconexión efectiva.
A través de los enlaces de comunicación actuales, es posible que la información generada con origen
en el Registro Civil del poblado más apartado, se mande a través de la infraestructura de
interconexión a la UCE. En este sentido, hablar de modernización es hablar del desarrollo e
implantación de sistemas de interconexión que permitan la migración de las bases de datos de los
actos registrales de las personas, así como renovar y proteger constantemente los sistemas de
comunicación.
De esta forma, la interconexión implica:
1. Que exista un sistema que permita a la UCE ver lo que hace la oficialía, en tiempo real.
2. El mantenimiento de la infraestructura de interconexión, por lo cual, se deberán disponer de
los recursos necesarios para realizar planes de mantenimiento que permitan la operación
constante y regularizada de la interconexión estatal.
6. Conexión Interestatal
La conexión interestatal efectuará al menos las funciones de búsqueda, consulta, señalización,
transcodificación y transferencia de datos, para que los ciudadanos de diversas Entidades Federativas,
tramiten directamente documentos registrales desde sus lugares de residencia sin necesidad de
trasladarse a oficinas centrales del Registro Civil, evitando con ello gastos extraordinarios por el
traslado.
La información que genera el Registro Civil en cada Estado del país es imprescindible para la
conformación de la “Base de Datos Nacional de Registro Civil” en la DGRNPIP; así como para su
consulta e impresión en otras Entidades. Cada UCE envía trimestralmente los nuevos registros
generados, así como las modificaciones de que hayan sido objeto los diferentes actos del registro civil
a la DGRNPIP, como lo establezca el instrumento jurídico suscrito entre las partes.
Con el propósito de mantener actualizada la “Base de Datos Nacional de Registro Civil”, cada UCE se
conectará interestatalmente en tiempo real, con otras Unidades Coordinadoras y éstas a su vez con la
DGRNPIP.
Con las adecuaciones a la aplicación local del Registro Civil se logrará la consulta en línea y la
impresión interestatal de los registros de nacimiento, mismos que podrán incorporar la CURP a través
de los webs services.
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7. Formato Único de Inscripción y Certificación
La diversidad de 196 formatos establecidos al año 1999 por el Registro Civil en todo el país y utilizados
para la certificación de los actos del estado civil de las personas, derivó en una falta de claridad y
confianza por parte de autoridades municipales, estatales y federales, así como de instituciones
privadas, lo cual motivó a conocer con exactitud los formatos autorizados y vigentes.
Ante ello, en los Registros Civiles y la Secretaría de Gobernación, representados en el Consejo Nacional
de Funcionarios del Registro Civil, se dieron a la tarea de diseñar un formato único que facilitara a la
población, la realización de diversos trámites, además de contar con elementos de alta seguridad que
dificultaran su alteración y falsificación, otorgándole certeza y seguridad jurídica; así como la facilidad
de su aceptación en instituciones públicas y privadas, traduciéndose en un beneficio para la población.
El diseño del formato se concluyó en el año 2000 aprobado por las 32 Entidades Federativas; la
Secretaría de Gobernación a través de la DGRNPIP, se comprometió y suministró al Registro Civil de
cada entidad, la cantidad de formatos suficientes para un año de operaciones en cada oficina registral.
El Formato Único de Certificación cuenta con 14 medidas de seguridad y es utilizado, a enero del 2012,
por las Entidades Federativas en 4,640 oficialías de las 5,094 existentes.
Las características y medidas de seguridad que contiene son:
Tamaño •Carta (8 1/2" x 11") 21.6 x 28 cms
•Oficio (8 1/2" x 14") 34 x 21.6 cms
•Esquela 21.6 x 22 cms.
Color •Pantone 491 para serpiente, Escudo Nacional y Escudo del Estado
•Pantone 434 para el fondo del formato
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Este formato fue sometido nuevamente a valoración de los titulares del Registro Civil en las reuniones
regionales del CNFRC llevadas a cabo entre los meses de abril y mayo de 2012, acordándose lo
siguiente:
1. Continuar utilizando el Formato Único de Registro, con las 14 medidas de seguridad en la
expedición de las constancias del registro de los actos del estado civil de las personas.
2. Aunque existan nuevos elementos de seguridad de la información contenida en los formatos
únicos de inscripción y certificación, estos no deberán ser modificados o alterados conforme
el diseño y estructura especificados en este instrumento.
Gramaje
del papel •90 grs./mtz
Diseño
•Impresión del marco: serpiente emplumada (Quetzalcoatl), Escudo Nacional en el extremo superior izquierdo y Escudo del Estado en el extremo superior derecho.
•Microtextos positivos y negativos impresos en intaglio
•Microtexto positivo en offset
•Escudo del Estado y contorno de la República Mexicana impresos en tinta fluorescente figitiva al borrado distribuidos en el fondo
•Tinta fugitiva al borrado
•Folio consecutivo impreso en tinta penetrante
•Folio consecutivo impreso invisible fluorescente
Medidas de
Seguridad
•Papel seguridad con marca de agua
•Fibras ópticas visibles
•Fibras ópticas invisibles
•Reactivos químicos
•Tintas fugitivas al borrado
•Tintas penetrantes
•Calcografía en relieve
•Fondos de seguridad
•Microtexto positivo y negativo
•Microtexto en offset
•Folio penetrante
•Folio invisible flourescente
•Impresión indicia
•Imagen latente
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8. Homologación del Marco Jurídico del Registro Civil
Ante la existencia de diversas legislaciones que regulan el estado civil de las personas, se generan
diversos criterios que difieren entre sí y propician confusión entre los usuarios.
Por ello, resulta fundamental dentro de un esquema moderno de operación, contar con un marco
normativo homogéneo que regule las funciones y procedimientos del Registro Civil, por lo que el
PMIRC busca una normatividad que:
a) Abarque todos los aspectos del Registro Civil;
b) Logre el registro universal y oportuno de los mexicanos;
c) Regule el diseño de formatos tipo para el levantamiento de las actas;
d) Establezca modelos para los procedimientos administrativos;
e) Simplifique los trámites en beneficio de la sociedad; e
f) Induzca a reducir los costos al ciudadano solicitante.
Desde 1981 a la fecha, se han elaborado propuestas de reformas a los ordenamientos jurídicos del
Registro Civil, con artículos tipo para los códigos civiles estatales y/o reglamentos del Registro Civil,
promoviendo cada Entidad Federativa diversas reformas a sus ordenamientos gracias al consenso
logrado en el seno del Consejo Nacional de Funcionarios del Registro Civil.
Entre los últimos esfuerzos y avances pueden resaltarse los siguientes:
I. Se establece que el Registro Civil es una Institución de orden público y de interés social, lo que
implica sujetarse rigurosamente a las disposiciones que lo regulan.
II. El establecimiento de una UCE, que a su vez se coordine con las instancias locales y federales;
III. Mejorar la organización administrativa y funcionamiento del Registro Civil, habiéndose
recomendado que la coordinación de la institución sea encomendada a un Director General;
IV. La utilización del término “Oficial” en lugar de “Juez” del Registro Civil, toda vez que estos
funcionarios, no realizan actividades jurisdiccionales y el término confunde a los usuarios;
V. La existencia de un archivo central dependiente de la unidad central y la apertura de las
oficialías que sean necesarias para la prestación del servicio registral;
VI. Solicitar en los requisitos de registros de actos extranjeros, la legalización a través del
apostillamiento;
VII. La proscripción de calificativos que estigmaticen a los registrados;
VIII. El divorcio y la aclaración de actas vía administrativa cuando procedan conforme a derecho;
IX. La conformación de criterios para una reglamentación del Registro Civil a nivel nacional, con la
finalidad de seguir impulsando la modernización del Registro Civil para un renovado y
expedito funcionamiento en el desempeño del servicio que presta a la sociedad en general.
X. Se actualizó el marco jurídico en los diversos Registros Civiles, adecuando situaciones
relacionadas con la firma y archivos electrónicos, además se agilizaron los procedimientos
administrativos de modificación de actas.
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La XXXII Reunión del Consejo Nacional de Funcionarios del Registro Civil, realizada en la ciudad de
Toluca, Estado de México, en el mes de septiembre de 2011, incluyó la realización de distintas mesas
de trabajo, en la que destaca aquella que se estableció para discutir la creación de la Ley General del
Registro Civil; en ella se plantearon varios temas con los que la DGRNPIP trabaja para lograr una
propuesta que pueda ser consensada con los miembros del Consejo.
Por lo tanto, con el fin de dar cumplimiento al PMIRC, se deberá impulsar y trabajar en cada reunión
del CNFRC como parte de la agenda de trabajo, el tema de la homologación al marco normativo, el
impulso a la Ley General del Registro Civil, así como su actualización, modificaciones y reformas.
9. Capacitación, Actualización y Profesionalización del Servicio Registral
La capacitación tiene como objetivo proporcionar los conocimientos teóricos y prácticos basados en el
marco jurídico y administrativo de cada Registro Civil, además de los elementos necesarios para el
desempeño de la función registral, con la finalidad de profesionalizar el servicio registral.
La capacitación se contempla como respuesta insustituible para afrontar los retos que actualmente
enfrenta el Registro Civil para contar con recursos humanos perfectamente preparados para
desempeñar la gran diversidad de actividades que le corresponden a la institución registral.
La DGRNPIP considera de vital importancia a los recursos humanos, por ello, consciente del objetivo
de coordinar y promover las actividades registrales, así como los procedimientos necesarios para
consolidar el Sistema Nacional de Identificación Personal y expedir la Cédula de Identidad en
colaboración con la institución registral, destina los recursos, así como proporciona la asistencia
técnica y capacitación al personal adscrito al Registro Civil en cada Entidad, en aras de constituir la
profesionalización y certificación del personal que brinda sus servicios a la sociedad.
Desde el inicio del PMIRC, las UCE’s conjuntamente con la DGRNPIP, han impartido cursos a oficiales y
personal operativo del Registro Civil; sin embargo, la capacitación no ha sido suficiente, ello se debe
en la mayoría de los casos a la alta rotación y continuo desplazamiento del personal que labora en la
institución registral.
En la actualidad, debido fundamentalmente a los cambios jurídicos y al avance del PMIRC, se
presentan nuevas necesidades y nuevos retos en torno a la capacitación del personal de las oficialías y
direcciones de los registros civiles de las Entidades Federativas. Las metas fundamentales en las que se
trabaja y se espera superar son la formación de recursos humanos para fortalecer el área de
capacitación en materia registral, tanto en la DGRNPIP como en cada Registro Civil, y la elaboración de
nuevos módulos e instrumentos didácticos que permitan ofrecer al personal mejores estrategias de
capacitación.
La capacitación es una atribución directa de los titulares estatales de la institución registral, sin
embargo, precisa de la contribución de la DGRNPIP, ya que el Registro Civil le proporciona la
información para alcanzar sus objetivos.
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La profesionalización es uno de los elementos considerados y fomentados en conjunto con cada UCE,
dentro del PMIRC, pretendiendo siempre mejorar la eficacia y eficiencia de los servicios que se prestan
en la institución registral; la profesionalización del servicio será un paso previo al establecimiento de
un Servicio Profesional de Carrera de Oficiales del Registro Civil, con el que se logre proporcionar a la
sociedad, un servicio certificado, especializado y de calidad.
El Programa de capacitación registral impulsado por la DGRNPIP comprende los siguientes módulos:
I. Registro Civil:
1. Antecedentes Históricos y Jurídicos.
2. Importancia del Registro Civil.
3. Marco Jurídico- Administrativo.
4. Funciones Principales.
5. Procedimientos Extemporáneos y Modificativos de las inscripciones del Registro Civil.
6. Derecho a la Identidad.
II. Registro Nacional de Población e Identificación Personal:
1. Antecedentes.
2. Marco Jurídico Vigente.
3. El Registro Nacional de Población e Identificación Personal como Registro de la Identidad de
las personas.
4. Cédula de Identidad Personal.
III. Inscripción de las Actas e Inconsistencias Presentadas:
1. Generalidades en la Inscripción.
2. Acta de Nacimiento.
3. Acta de Matrimonio.
4. Acta de Defunción.
5. Acta de Reconocimiento de Hijos.
6. Acta de Divorcio.
7. Acta de Adopción.
8. Acta de Inscripción de Sentencias.
IV. Situaciones de Extranjería:
1. Instituciones Responsables.
2. Marco Jurídico.
3. Actos de mexicanos en el extranjero ante Autoridades mexicanas (consulados).
4. Actos de mexicanos en el extranjero ante Autoridades extranjeras.
5. Actos de Nacionales celebrados en la República con Situaciones de extranjería.
6. Actos de Extranjeros celebrados en Territorio Nacional.
7. Nuevos Conceptos de Nacionalidad.
V. Archivo y Conservación de Documentos:
1. Archivística.
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2. Organización de los Archivos.
3. Administración de Documentos.
4. Instrumentos de Control Documental.
5. Conservación y Mantenimiento de Archivos.
VI. Modernización Integral del Registro Civil:
1. Programa de Coordinación y Modernización del Registro Civil.
2. Programa de Modernización Integral del Registro Civil - El Formato Único, características y
medidas de seguridad.
3. Clave de Registro e Identidad Personal (CRIP).
Clave Única de Registro de Población (CURP).
VII. La Ética y Valores, Calidad en el Servicio y Trabajo en Equipo:
1. La Ética y Valores
2. Calidad en el Servicio
3. Trabajo en Equipo
VIII. Manual para la Interpretación de Documentos Probatorios de la Identidad de las Personas:
1. Acta de Nacimiento.
2. Documento Migratorio.
3. Carta de Naturalización.
4. Certificado de Nacionalidad Mexicana.
5. Declaratoria de la Nacionalidad Mexicana.
La DGRNPIP imparte el curso para la formación de instructores en materia registral, el cual
complementa los módulos I al VI:
IX. Formación de Instructores:
I. El Papel del Instructor; Función y características.
II. El Proceso de enseñanza - Aprendizaje.
III. Diseño Didáctico.
- El Grupo.
- Técnicas de Instrucción y Grupales.
- Recursos Didácticos.
- Actividades de Instrucción.
- Evaluación de la Instrucción.
La DGRNPIP emitirá la constancia de Acreditación y Certificación de Instructores en Materia Registral,
misma que deberá renovarse cada 3 años o bien, cuando así lo considere la UCE o la DGRNPIP.
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10. Campañas Especiales de Regularización del Estado Civil de las
Personas
Una de las vertientes de gran importancia la constituye aquella enfocada a abatir el subregistro del
nacimiento de las personas, con el objeto de que cuenten con un documento oficial como lo es el acta
de nacimiento, que les proporcione identidad y certeza jurídica para el pleno ejercicio de sus
derechos.
En este sentido, las Entidades Federativas han implementado campañas de regularización del estado
civil de las personas con el principal objetivo de abatir el subregistro y acercar los servicios del Registro
Civil a grupos indígenas, marginados y migrantes que carecen de él.
Las principales campañas implementadas son, entre otras, las siguientes:
Registros extemporáneo de nacimiento,
Matrimonios colectivos,
Rectificación y aclaración de actas,
Reconocimientos de hijos,
Registro de nacimiento gratuito,
Expedición de certificaciones gratuitas,
Registro para comunidades indígenas,
Registro para grupos marginados, migrantes y adultos mayores,
Asistencia a Centros de Readaptación Social (CERESO), y
Programas de ayuda a jornaleros agrícolas.
Para dar continuidad a las campañas especiales, el PMIRC contempla los siguientes conceptos:
Adquisición de Infraestructura que permita llevar a cabo campañas de regularización en las
regiones que carecen de los servicios del Registro Civil, tales como:
a. Unidad Móvil de Registro, la cual deberá contener como mínimo:
El logotipo permanente de la DGRNPIP y del Gobierno del Estado, así como la imagen del
Registro Civil
2 estaciones de trabajo (cabina o espacio con mesa, banco y/o silla)
Equipos de cómputo por estación de trabajo
Impresoras y escáners necesarios para la operación registral
Instalación eléctrica
Área de servicio o ventanillas de atención
Antena satelital o medio de comunicación remoto para la transmisión de datos en tiempo
real.
b. Difusión de acciones para abatir el subregistro y el registro extemporáneo de nacimiento:
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Publicidad para campañas especiales: Trípticos, folletos, pancartas, mensajes de radio y/o
TV.
La UCE se ajustará estrictamente al “Catalogo de Gastos y Comprobación del PMIRC”, optimizando el
ejercicio de los recursos para la operación de las campañas especiales a efectuar durante el año.
11. Sistema Nacional para la solicitud, trámite y obtención de copias
certificadas de las actas del Registro Civil (Actas Foráneas)
La Secretaría de Gobernación y los Gobiernos de las 32 Entidades Federativas, celebraron el 28 de
diciembre de 1996 el Acuerdo de Colaboración para establecer el Sistema Nacional para la Solicitud,
Trámite y Obtención de Copias Certificadas de Actas del Registro Civil, con vigencia en los Acuerdos de
Coordinación del PMIRC.
Puesto en marcha en 1997, el objetivo del Acuerdo es que la población del país se beneficie en la
obtención de sus documentos registrales al reducirse costos, trámites y tiempo de respuesta de las
oficialías o juzgados del Registro Civil.
Una de las particularidades del “Sistema” es la de abatir el doble registro, ya que las personas
residentes de manera temporal o permanente en un Estado distinto a aquel donde inscribieron los
actos de su estado civil, al tener la necesidad de sus documentos y carecer de los recursos necesarios
para trasladarse a la entidad de registro, optan por realizar registros extemporáneos con
documentación verídica propia del lugar de su residencia, lo que implica una serie de duplicidad de
registros.
Otro de los objetivos, es acercar la Institución Registral a la sociedad en general, para atender
eficiente y oportunamente las necesidades que se derivan de la solicitud y expedición de las actas del
Registro Civil. En el contexto del federalismo y con estricto respeto a la autonomía de las entidades
federativas, se conjuntaron estos esfuerzos a efecto de impulsar debidamente una simplificación
administrativa.
Es importante señalar que lo anterior se logró con base en un diagnóstico estructurado que contó con
la participación de las UCE’s, las cuales presentaron en la XXI Reunión del Consejo Nacional de
Funcionarios del Registro Civil, las propuestas para mejorar y eficientar la obtención de actas foráneas.
Dichas propuestas se definieron en diversos aspectos, siendo éstos fundamentalmente sobre el
procedimiento de solicitud, la operación de SEPOMEX, la intervención de la DGRNPIP y sobre todo, la
participación del Registro Civil.
Por lo anterior, este “Sistema” ha significado un gran avance en el proceso de modernización integral
del Registro Civil, mismo que se complementará con la Conexión Interestatal en la consulta e
impresión de actas foránea, que representará un imperativo para los tres ámbitos de gobierno en un
esfuerzo por agilizar y mejorar el servicio público que requiere la sociedad.
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12. Programa para la Adopción y Uso CURP
La Clave Única de Registro de Población (CURP) es un instrumento de registro que se asigna a todas las
personas que residen en el territorio nacional.
El Acuerdo para la Adopción y Uso por la Administración Pública Federal de la Clave Única de Registro
de Población decretado por el Presidente de la República y publicado en el DOF el 23 octubre 1996,
establece que la CURP se asignará a todas las personas que viven en territorio nacional, así como a los
mexicanos residentes en el extranjero; además, las instituciones públicas que integren algún registro
de personas, deberán adoptar el uso de la CURP. El Acuerdo obligó a la DGRNPIP, a firmar convenios
con las entidades federativas, como con los organismos del sector privado que lleven registro de
personas, para incorporarlas al Programa para la Adopción y Uso de la CURP; además de proporcionar
el marco normativo, los programas computacionales y la asistencia técnica y operativa para su
cumplimiento, asimismo el Gobierno del Estado se comprometió a convenir con los gobiernos
municipales su incorporación al programa.
Para la adopción y uso de la CURP se creó una comisión intersecretarial que preside el Subsecretario
de Población, Migración y Asuntos Religiosos, siendo el Director General de la DGRNPIP el Secretario
Técnico. En las reuniones de la citada comisión participan las dependencias y entidades de la
administración pública federal.
Por tanto, con la finalidad de incluir los esfuerzos que realiza el Registro Civil en esta materia, en las
reuniones del Consejo Nacional de Funcionarios del Registro Civil se deberá informar el avance en la
adopción y uso de la CURP en todas las dependencias y entidades de la Administración Pública
Federal, así como los principales acuerdos adoptados en el seno de dicha Comisión Intersecretarial.
De esta forma, para continuar con las acciones de adopción y uso de la CURP, la DGRNPIP estableció el
Programa de Fortalecimiento de Módulos CURP en Registro Civil, con la finalidad de incrementar
paulatinamente los módulos de asignación y expedición de la CURP que operan en el Registro Civil e ir
disminuyendo los módulos existentes en diversas dependencias y entidades de la Administración
Pública Federal. Dicho Programa fue aprobado en las Reuniones Regionales del Consejo Nacional de
Funcionarios del Registro Civil celebradas en los meses de abril y mayo de 2012, así como por la
Comisión Intersecretarial para la Adopción y Uso de la CURP en su sesión número XLII llevada a cabo el
15 de mayo de 2012.
Con el Programa de Fortalecimiento de Módulos CURP en Registro Civil, se ejecutarán acciones
conforme el plan de trabajo que desarrolle la DGRNPIP, para que en coordinación con los Registros
Civiles del país, se incrementen los módulos CURP en los Registros Civiles y de manera paulatina, la
población ubique el servicio de CURP en las oficialías del Registro Civil, como una herramienta efectiva
de gestión y asignación de la CURP.
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13. Proyectos de Registro e Identificación de Personas
El objeto es promover las acciones necesarias para hacer efectivo el “Derecho a la Identidad” que
tiene toda persona; con la suscripción de diversos instrumentos jurídicos, el Registro Civil de cada
entidad federativa se ha comprometido a apoyar los proyectos instrumentados por la DGRNPIP, a fin
de adoptar la normatividad en materia de Registro e Identificación de Personas, así como en acciones
para garantizar el “Derecho a la Identidad”.
Con sistemas de registro incluyentes, accesibles y eficientes se busca reconocer la identidad personal
de cada uno de los individuos que constituyen la población del país, al proporcionar un medio de
identificación que acredite a cada individuo, mediante los documentos que hagan prueba plena de su
identidad, lo que permitirá agilizar y simplificar los trámites correspondientes.
El PMIRC busca contribuir con la sistematización de procesos en beneficio de la población,
considerando que unos de los grandes desafíos de la modernización es garantizar el derecho a la
identidad y, optimizar el ejercicio de derechos y obligaciones a la población a través de la
instrumentación del Registro Nacional de Ciudadanos y la Cédula de Identidad Ciudadana, así como la
del Registro de Menores de Edad a través de la Cédula de Identidad Personal.
El esfuerzo de registrar a la población mexicana y otorgarles un medio de identificación para acreditar
su identidad, sólo será posible si el Registro Civil y todos los órganos de la Administración Pública
Federal confluyen aportando a la DGRNPIP, la información y los datos que se obtienen de sus propios
procesos de registro e identificación de personas, pero esencialmente con la aportación y la
colaboración conjunta que realiza en cada Estado la institución registral, con la implementación de
módulos de Registro Biométrico.
El Registro Civil será la institución que apoye al DGRNPIP a proporcionar a la población la Cedula de
identidad, compromiso sustentado en Acuerdos de Coordinación donde se especifiquen los
instrumentos que delimiten las responsabilidades de las áreas involucradas en estos registros.
Índice
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ASIGNACIÓN Y DISTRIBUCIÓN DE RECURSOS
Un aspecto fundamental del PMIRC ha sido la asignación de recursos financieros para continuar con
los trabajos que logren sistematizar y eficientar la operación de los Registros Civiles y de esta manera
elevar la calidad en la prestación de los servicios que proporcionan a la población.
Dicha asignación se realiza mediante la suscripción de instrumentos jurídicos (Anexos de Ejecución y
de Transferencias de recursos), que establecen el monto y distribución de los recursos, así como las
metas que deban alcanzarse con los mismos.
El monto de los recursos transferidos para el PMIRC, se conforma con la aportación del 70% que
realiza el Gobierno Federal, mientras que el Gobierno de la Entidad Federativa aporta el 30% que
complementa la cifra total asignada a la institución registral.
En los casos en que algún proyecto específico así lo requiera y se justifique plenamente, mediante
resolución que emita el Director General de la DGRNPIP, el porcentaje de las aportaciones podrá
variar, conforme lo dispone el párrafo anterior.
Proceso de asignación de recursos financieros del ejercicio fiscal anual
Para la asignación de recursos al PMIRC, se estará necesariamente sujeto al presupuesto que le sea
autorizado a la DGRNPIP, la cual transferirá mediante la suscripción del instrumento jurídico
correspondiente, los recursos al Gobierno Estatal, de conformidad con lo establecido en el Titulo
Cuarto “Del Gasto Federal en las Entidades Federativas”, Capítulo Primero “De los recursos
transferidos a las entidades federativas” de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad
Hacendaria; así como del Título Quinto, Capítulo Primero del Reglamento de la citada Ley.
La DGRNPIP instaurará un Órgano Colegiado de asignación de recursos, integrado por:
I. El Director General del Registro Nacional de Población e Identificación Personal;
II. El Director de Coordinación Interinstitucional de la DGRNPIP o en su caso, el que designe el
Director General de la DGRNPIP; y
III. Los Coordinadores de cada Región en que se encuentra dividido el CNFRC.
Este Órgano Colegiado determinará la asignación presupuestaria para cada Registro Civil; el Director
General tendrá el voto de calidad con el cual aprobará los recursos a transferir.
1. Determinación del Registro Civil susceptible a la asignación de recursos
Para la determinación del Registro Civil susceptible de recibir los recursos para el PMIRC, se
considerará:
A. Región a que pertenece cada Registro Civil
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Se procurará que de las Regiones comprendidas en el artículo 15 del Reglamento Interior del Consejo
Nacional de Funcionarios del Registro Civil, la asignación presupuestal se destine en un 35% a la
Región Norte, 35% a la Región Centro y 30% a la Región Sur; no obstante, según las circunstancias
presentes en el momento de realizar la distribución de los recursos, estos porcentajes se ampliarán
irrestrictamente.
B. Requisitos indispensables para la asignación de recursos
I. La consecución de las metas suscritas con antelación en los instrumentos jurídicos.
La DGRNPIP recopila mensualmente de forma exclusiva, mediante el Informe de avances y
resultados en su formato establecido, los datos del cumplimiento de los compromisos
suscritos entre las partes, valorando la consecución o en su caso, el grado de avance respecto
a la meta o metas previamente establecidas, en las vertientes del PMIRC.
II. La Certificación de las Bases de Datos.
El Registro Civil deberá entregar trimestralmente a la DGRNPIP, la copia de las Bases de Datos
producto de la Captura y actualización de los registros de actos del estado civil; cumpliendo los
“Criterios de captura y envío de bases de datos del Registro Civil” y los “Criterios para el
envío de imágenes digitalizadas”. Lo anterior, mientras se concretiza la conexión de la base
de datos de la UCE con la del Registro Nacional de Población de la DGRNPIP
III. El ejercicio y la comprobación de los recursos asignados con anterioridad.
A la DGRNPIP, se deberá presentar semestralmente, de conformidad con el Catálogo de
Gastos y Comprobación del PMIRC, copia de los documentos que justifiquen las erogaciones
realizadas para llevar a cabo el cumplimiento de las metas comprometidas.
C. Criterios de Asignación
Ponderados los requisitos para la asignación de recursos, se procederá a justificar cuando menos dos
de los criterios siguientes:
I. La activa participación de los funcionarios del Registro Civil y las autoridades estatales en las
acciones relativas al Programa de Modernización;
II. El número de oficialías con que cuente el Registro Civil en el Estado;
III. La magnitud de la población a la que atiende el Registro Civil;
IV. El nivel de desarrollo tecnológico del Registro Civil del Estado;
V. La necesidad de recursos financieros de la UCE para abatir el rezago en las vertientes del
PMIRC o ante algún acontecimiento de fuerza mayor;
VI. La realización de actividades registrales especiales dirigidas a la población; o
VII. La realización de cursos de capacitación en materia registral necesarios para brindar un
servicio de calidad.
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2. Determinación de las vertientes para las cuales se asignarán recursos
Una vez hecho el análisis antes citado, se tendrá a las Entidades candidatas para la asignación de
recursos, y se procederá, según corresponda, a la designación y distribución de recursos por vertiente:
I. La Captura y Digitalización del Archivo Histórico del Registro Civil:
a. ALTA PRIORIDAD: La asignación de recursos corresponderá a aquel Registro Civil que aún
no se le hayan otorgado recursos para capturar y digitalizar el 100% de registros de su
archivo histórico; se considerará el avance en la captura y digitalización conforme la meta
fijada en la última asignación de recursos, y su cumplimiento sea superior al 70%,
cantidad que será verificada en el Informe de avances y resultados que mensualmente
hace entrega a la DGRNPIP.
b. BAJA PRIORIDAD: Para el Registro Civil que ya se le hayan otorgado recursos para capturar
y digitalizar determinado porcentaje de su archivo histórico y no haya cumplido aún con
el 50%.
Cuando se hayan otorgados recursos para capturar y digitalizar el 100% del archivo histórico y
éste no se haya realizado, no se asignarán recursos nuevamente en esta vertiente; la
asignación para continuar o concluir con el proceso de captura y digitalización del archivo
histórico estatal, debe corresponder a la cantidad financiera necesaria para el registro y
digitalización de hasta un máximo de 1’000,000 de registros por año.
II. El equipamiento de oficialías:
a. ALTA PRIORIDAD: La asignación de recursos en esta vertiente se realizará al considerar un
avance superior al 70% en oficialías equipadas y automatizadas, según la meta fijada en la
última asignación de recursos correspondiente; el porcentaje de cumplimiento se
verificará en el Informe de avances y resultados que mensualmente entrega la UCE a la
DGRNPIP. También será prioritaria la compra de equipo de respaldo para las bases de
datos e imágenes, que el Registro Civil solicite formalmente. Mediante esta asignación, se
considerará también el otorgamiento de recursos al Registro Civil que solicite
previamente y por escrito, recursos para la implementación de Kioscos de Servicio
Electrónico del Registro Civil de su Entidad. La UCE justificará y presentará un programa
de trabajo donde desarrollará los costos y tiempos de implementación, así como los
beneficios que busca obtener.
b. BAJA PRIORIDAD: Para el Registro Civil que ya se le hayan otorgado recursos para equipar
y automatizar determinado porcentaje de sus oficialías y no haya cumplido aún con el
50%.
Se asignarán recursos al Registro Civil que aún no se le hayan otorgado recursos para equipar
el 100% de sus oficialías o aquellas que según el Registro Civil, realicen la mayor actividad
registral y son susceptibles de equipar y automatizar con base a sus consideraciones
entregadas por escrito y de manera oficial a la DGRNPIP.
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Cuando la implementación de Kioscos de Servicio Electrónico comprenda conjuntamente
otros servicios estatales, la aportación que se realizará en virtud del PMIRC mediante el
instrumento jurídico que así lo establezca, corresponderá al 50%.
III. La actualización tecnológica del equipo de cómputo:
a. ALTA PRIORIDAD: Para el Registro Civil que teniendo equipadas sus oficialías en un 100%
de lo comprometido en instrumentos jurídicos, justifique con la documentación
suficiente, que el equipo con el que cuentan se encuentra obsoleto, gravemente
deteriorado o bien, no es útil para realizar las actividades propias del Registro Civil.
También se asignarán recursos en algún caso o evento de fuerza mayor.
b. BAJA PRIORIDAD: Para el Registro Civil que no tenga equipadas sus oficialías en un 100%, o
cuando el equipo tenga una antigüedad menor a 4 años, según la correspondiente
factura.
La UCE remitirá la relación de oficialías y equipo que se requiera reemplazar.
IV. Desarrollo e implementación de un Sistema Automatizado para la Inscripción y Certificación
de los actos del Registro Civil:
a. ALTA PRIORIDAD: Para el Registro Civil que solicite previamente y de manera oficial,
recursos para la implementación o desarrollo de un Sistema Automatizado para la
Inscripción y Certificación de los actos del Registro Civil en su Entidad. La configuración de
dicho sistema debe permitir la compatibilidad y enlace con la DGRNPIP.
b. BAJA PRIORIDAD DE ASIGNACIÓN: Cuando en el Estado, se encuentren equipadas más del
65% de las oficialías del Registro Civil fijadas como meta según la última asignación de
recursos otorgada en esa vertiente; el porcentaje de cumplimiento será identificado
conforme el Informe de avances y resultados que mensualmente la UCE entrega a la
DGRNPIP.
V. La Interconexión de oficialías con la UCE:
a. ALTA PRIORIDAD: La asignación de recursos en esta vertiente se realizará al considerar un
avance superior al 70% en oficialías interconectadas con la UCE, según la meta fijada en la
última asignación de recursos correspondiente; el porcentaje de cumplimiento será
identificado en el Informe de avances y resultados que mensualmente la UCE entrega a
la DGRNPIP.
b. BAJA PRIORIDAD: Para el Registro Civil que ya se le hayan otorgado recursos para
interconectar determinado porcentaje de sus oficialías y no haya cumplido aún con el
50%.
La asignación financiera se efectuará para aquel Registro Civil estatal que aún no se le hayan
otorgado recursos para interconectar el 100% de las oficialías del Registro Civil, lo cual se
realizará en razón del número total de oficialías en la Entidad o el número de oficialías que
según el Registro Civil realizan la mayor actividad registral y son susceptibles de enlazar según
sus consideraciones entregadas previamente y de manera oficial a la DGRNPIP.
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VI. Conexión Interestatal:
Mediante Comisión de Seguimiento, o conforme un Acta de reunión entre el personal de la
DGRNPIP y el Registro Civil, se realizará la verificación a la infraestructura, así como los
sistemas de automatización registral y se acordará la participación de la institución registral,
en la Conexión Interestatal entre la Unidad Coordinadora Estatal con otras Unidades
Coordinadoras y éstas a su vez con la DGRNPIP.
La asignación de recursos en esta vertiente no se realizará si no se cuenta con el debido
acuerdo de la UCE.
VII. Asignación para la implementación de campañas especiales:
a. La asignación financiera para la adquisición de la Unidad Móvil de Registro, se efectuará
para aquel Registro Civil estatal que solicite de manera formal, recursos para la
implementación de campañas especiales del Registro Civil en su Entidad, o bien, cuando
así lo considere la DGRNPIP.
b. Una vez otorgados los recursos, el Registro Civil deberá ajustarse a lo establecido en el
programa de trabajo que realice para tal efecto e informará a la DGRNPIP mensualmente
acerca de las campañas implementadas, así como, el número de beneficiarios de las
mismas.
El Registro Civil justificará la prestación de los beneficios al implementar campañas
especiales, a fin de obtener la asignación de recursos en esta vertiente, lo cual puede ser para
actualizar el registro del estado civil de las personas, así como para llevar a cabo acciones
para el registro extemporáneo de nacimiento, otorgar a la población identidad jurídica, y
abatir el subregistro.
Para tal efecto, se deberá presentar el programa de trabajo correspondiente, a fin de asignar
los recursos necesarios.
VIII. Capacitación
La DGRNPIP determinará la asignación de recursos para la actualización, reforzamiento,
profesionalización y en su caso, certificación de los trabajadores del Registro Civil, en materia
registral previo dictamen del área de capacitación de la Dirección de Coordinación
Interinstitucional de la DGRNPIP.
IX. Proyectos de Registro e Identificación de Personas:
La asignación de recursos a la Entidad para realizar el Proceso de Emisión de la Cédula de
Identidad corresponderá conforme lo determine y considere la DGRNPIP; no obstante, es
importante señalar que se considera para tal proceso, que el Registro Civil haya capturado
más del 80% de su archivo histórico y haya remitido y certificado las correspondientes bases
de datos ante la DGRNPIP.
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3. Memoria de asignación de recursos
De la reunión del Órgano Colegiado de asignación de recursos, instituido por la DGRNPIP, deberá
formalizarse un Acta que contenga el análisis que se menciona en los numerales 1 y 2 de este
apartado, que tendrá que conservarse conjuntamente con la documentación relacionada a la
transferencia de que se trate.
4. Programa de Trabajo
El Programa de Trabajo es el documento que indica el desglose y la aplicación de los recursos, las
adquisiciones, así como la calendarización para el cumplimiento de las metas comprometidas en el
instrumento jurídico suscrito.
Una vez notificado el Registro Civil de la transferencia de los recursos, deberá remitir a la DGRNPIP, el
o los Programas de Trabajo, en el formato establecido, mismos que contendrán entre otros puntos:
Las metas comprometidas,
La inversión y/o costos aproximados,
Cantidad de los bienes a adquirir o servicios a contratar,
Una relación de las oficialías beneficiadas,
Las acciones a realizar a fin dar cumplimiento a las metas,
La fecha de inicio y termino o calendarización de las actividades a realizar,
El tiempo estimado para su implementación y operación.
5. Recursos devengados y ejercicio del gasto
Es importante acotar que los recursos federales se considerarán devengados para la DGRNPIP, a partir
de la transferencia de los mismos al Gobierno del Estado, conforme lo dispuesto en el artículo 175 del
Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria:
“Los subsidios se considerarán devengados una vez que se haya constituido la obligación de entregar el recurso al beneficiario por haberse acreditado su elegibilidad antes del 31 de diciembre de cada ejercicio fiscal. Los subsidios cuyos beneficiarios sean los gobiernos de las entidades federativas y, en su caso, de los municipios, se considerarán devengados a partir de la entrega de los recursos a dichos órdenes de gobierno.”
Asimismo, los recursos que al final del ejercicio fiscal que corresponda no hayan sido erogados o
gastados por el Registro Civil, deberán concentrarse invariablemente en la Tesorería de la Federación,
de conformidad con lo dispuesto por el artículo 223 del citado Reglamento:
“En caso de que las dependencias y entidades detecten que los recursos permanecen ociosos; que las entidades federativas, municipios o, en su caso, las demarcaciones territoriales del Distrito Federal no han cumplido las obligaciones que les correspondan después de otorgados, o bien que fueron desviados para propósitos distintos a los autorizados, ejercerán las acciones correspondientes para que dichos recursos sean reintegrados al erario federal.”
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Si los recursos transferidos al cierre del ejercicio se encontraran ya comprometidos por las Entidades
Federativa / Registro Civil y así se corroboré por la DGRNPIP, a través de la Comisión de Seguimiento
del PMIRC, podrá autorizarse el ejercicio y gasto de dichos recursos en el ejercicio fiscal siguiente, con
el compromiso y salvedad que dicho gasto deberá efectuarse al 100% y con fecha limite de ejercicio al
31 de diciembre del año, de lo contrario, deberá procederse a su reintegro al erario federal.
6. Suspensión de transferencia
La DGRNPIP previa opinión de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y/o a recomendación de la
Secretaría de la Función Pública, podrá suspender la transferencia de los recursos federales, cuando se
determine que los mismos se destinaron a fines distintos a los previstos en el instrumento jurídico de
que se trate, o por el incumplimiento de las obligaciones contraídas, conforme a lo previsto en el
artículo 223 del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.
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[LINEAMIENTOS DE OPERACIÓN] PMIRC
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COMPROBACIÓN DE RECURSOS Se conformará con la documentación que justifique el ejercicio de los recursos tanto federales como
estatales asignados, encaminados a la consecución de las metas del PMIRC, con el objetivo de evaluar
los avances y resultados, permanencia, fortalecimiento e incluso, su reorientación, en virtud de lo
cual, se establecerá una valoración que se vincule con la asignación de recursos financieros a la
Institución Registral en cada Entidad Federativa del país.
Semestralmente, la UCE enviará una copia de los documentos comprobatorios y una relación
detallada sobre las erogaciones realizadas para el cumplimiento responsable de las metas del PMIRC,
señalando:
a) El instrumento jurídico mediante el cual se transfirieron los recursos;
b) El año fiscal para su ejercicio;
c) La cantidad asignada;
d) Las metas comprometidas;
e) El producto o servicio pagado;
f) El número de folio del comprobante;
g) Fecha del comprobante;
h) Nombre del Proveedor;
i) Monto pagado, indicando aquellas erogaciones realizadas con cargo a la aportación federal y
estatal;
j) Meta(s) alcanzada.
En tal virtud, la DGRNPIP considera como insumos necesarios, los señalados en el documento
“Catálogo de Gastos y Comprobación del PMIRC”, el cual indica los conceptos que pueden justificarse
como gastos ejercidos en las diversas vertientes del Programa de Modernización; así como
considerará cada planteamiento particular.
Una vez cumplidas las metas en el ejercicio fiscal para el cual se fijaron y existan remanentes
financieros, estos podrán ser asignados para los fines que den continuidad a las metas fijadas, cuando
exista un acuerdo expreso de la Comisión de Seguimiento.
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[LINEAMIENTOS DE OPERACIÓN] PMIRC
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CONSEJO NACIONAL DE FUNCIONARIOS DEL REGISTRO CIVIL En 1978 se llevó a cabo la primera Reunión Nacional de Jefes del Registro Civil, efectuado en las
ciudades de México y Aguascalientes, de la cual se desprendieron importantes conclusiones
tendientes a enfrentar la problemática existente, entre las que destacan: la dignificación de la imagen
del Registro Civil; la necesidad de que existiera una Unidad Coordinadora del Registro Civil a nivel
Estatal; que la UCE tuviera el control directo del archivo central de la institución; la homologación de
la legislación relativa al Registro Civil y el establecimiento de un programa general de capacitación al
personal registrador. De esta Reunión, se formó un Comité Nacional integrado con representantes
estatales o regionales de los Registros Civiles para que orientara su funcionamiento.
En la segunda Reunión Nacional de Jefes del Registro Civil se estableció el Consejo Nacional del
Registro Civil, con la participación de la Secretaría de Gobernación e integrado por un representante
de cada Entidad Federativa y de su Comité Permanente, compuesto por un representante de cada
región que para estos efectos fue dividido el país.
El Consejo Nacional de Funcionarios del Registro Civil (CNFRC), es el órgano de coordinación y
vinculación de la DGRNPIP con cada uno de los Registros Civiles del país, con sustento normativo en
los Acuerdos de Coordinación suscritos entre el Gobierno Federal y las Entidades Federativas, cuyas
resoluciones, lineamientos y acuerdos que emanen de este CNFRC, serán adoptados por la DGRNPIP y
el Registro Civil.
El CNFRC opera conforme lo dispuesto en el Reglamento Interior del Consejo Nacional de Funcionarios
del Registro Civil, tiene como objetivos el apoyo y consulta para la consecución del desarrollo, así
como el perfeccionamiento dinámico y constante de la institución registral a nivel nacional, a efecto
de resolver las necesidades del servicio que requiere la población, así como las instituciones
vinculadas con él.
Este órgano, es responsable entre otros temas, de establecer y dar seguimiento a los lineamientos
para operar la modernización del Registro Civil a nivel nacional, así como abatir a nivel nacional las
necesidades y problemáticas que se presentan en cada Registro Civil.
El CNFRC se encuentra integrado por los titulares de cada Unidad Coordinadora Estatal, quienes
tienen a su cargo la operación y funcionamiento de la institución registral, y por la DGRNPIP, cuyo
Director General tiene el carácter de Coordinador del Consejo; las Direcciones Generales Adjuntas y de
Área, forman parte del Secretariado. Cuenta además con un Comité Permanente integrado por
representantes propietarios y suplentes de cada una de las tres regiones en que se estructura el
CNFRC.
Este Consejo es el espacio de concertación y planeación del Registro Civil, de tal manera que en su
seno se han acordado los criterios generales para la sistematización de las bases de datos de cada
Entidad Federativa y los mecanismos para la expedición de actas, entre otros aspectos.
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Con el esquema de cooperación que se ha desarrollado entre el Gobierno Federal y los Gobiernos
Estatales, a través de las reuniones regionales y la reunión nacional anual que realiza el CNFRC, se ha
logrado la identificación de los principales desafíos y retos que atañen al Registro Civil en el país, la
definición de estrategias, así como esquemas de planeación, coordinación y concertación que buscan
potenciar y fortalecer la acción pública en este campo.
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COMISIÓN DE SEGUIMIENTO La Comisión de Seguimiento es un órgano creado para el seguimiento y vigilancia de los compromisos
que se deriven del PMIRC, mismo que se integra con al menos dos representantes de la DGRNPIP y
dos representantes del Gobierno del Estado.
Con el objeto de llevar a cabo el pleno cumplimiento del Programa de Modernización Integral del
Registro Civil, la Comisión de Seguimiento se reunirá conforme la convocatoria que realice alguna de
las partes, previa agenda a tratar:
Resolver las dudas y problemas que expresamente no se encuentren previstos y se presenten
con motivo de la interpretación y cumplimiento de instrumento jurídico que se suscriba,
tomando en cuenta las disposiciones federales aplicables, así como los procedimientos
dictados por las Secretaría de Hacienda y Crédito Público y la Secretaría de la Función Pública;
Resolver sobre los cambios o modificaciones que sea necesario realizar con motivo del
desarrollo de los trabajos;
Definir el destino de los recursos excedentes, una vez cubiertas las metas fijadas en los
instrumentos jurídicos suscritos entre ambas partes; y
Coordinar la supervisión de los trabajos que se realicen en las licitaciones públicas por la(s)
empresa(s) a quienes se les adjudiquen los diversos contratos.
Así también, una vez cubiertas las metas fijadas en los instrumentos jurídicos suscritos entre ambas
partes, en caso de existir economías o rendimientos financieros, podrán destinarse a otros conceptos
diferentes a las vertientes descritas con anterioridad, enfocadas invariablemente a los objetivos del
PMIRC, tales como viáticos para los cursos de capacitación, mobiliario y la dignificación de espacios del
Registro Civil, de conformidad con el Catálogo de Gastos y Comprobación del PMIRC.
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[LINEAMIENTOS DE OPERACIÓN] PMIRC
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Los presentes Lineamientos de Operación del Programa de Modernización del Registro Civil fueron
expedidos por la Dirección General del Registro Nacional de Población e Identificación Personal y
aprobados en la Trigésimo Tercera reunión del Consejo Nacional de Funcionarios del Registro Civil
celebrada los días 8, 9 y 10 de agosto de 2012, en la Cd. de Chihuahua, Chihuahua.
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Directorio Responsables del Programa de Modernización Integral del Registro Civil
NOMBRE / CARGO CONTACTO
MTRO. ALEJANDRO ARMENTA MIER Director General
(55) 51280000 Ext. 11486
MTRO. ROBERTO ZÁRATE ROSAS Director de Coordinación Interinstitucional
(55) 51280000 Ext. 11541 LIC. ERNESTO ESCAMILLA RODRÍGUEZ
Encargado de Asuntos Internacionales
(55) 51280000 Ext. 38156
LIC. TANIA LEMUS VÁZQUEZ Subdirectora de Relaciones Interinstitucionales
(55) 51280000 Ext. 38031
LIC. JUAN CARLOS LARA SÁNCHEZ Coordinador de la Zona Norte
(55) 51280000 Ext. 38012
LIC. NADIA IVETTE LÓPEZ GÓMEZ Coordinación Zona Norte
(55) 51280000 Ext. 38022
LIC. OCTAVIO VELÁZQUEZ SERRATOS Coordinador de la Zona Centro
[email protected] (55) 51280000 Ext. 38007
LIC. CAROLINA HERRERA HERNÁNDEZ
Coordinación Zona Centro
[email protected] (55) 51280000 Ext. 11785
LIC. JUANA JUÁREZ GARRIDO
Coordinación Zona Sur
(55) 51280000 Ext. 38019
LIC. ARTURO PASCUAL MATA Coordinación Zona Sur
(55) 51280000 Ext. 11430
LIC. GUILLERMINA SANTIAGO RODRÍGUEZ Encargada del Área de Capacitación
(55) 51280000 Ext. 38009
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Lineamientos de Operación del PMIRC
CATÁLOGO DE GASTOS Y COMPROBACIÓN Programa de Modernización Integral del Registro Civil
[CATÁLOGO DE GASTOS Y COMPROBACIÓN] PMIRC
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Tabla de contenido
JUSTIFICACIÓN ................................................................................................................................................................................................................... 2
OBJETIVO ............................................................................................................................................................................................................................ 2
GENERALIDADES ................................................................................................................................................................................................................ 3
VERTIENTES............................................................................................................................................................................................................................ 4
1. Captura: ..................................................................................................................................................................................................................... 4
2. Digitalización: ............................................................................................................................................................................................................ 5
3. Equipamiento y Actualización Tecnológica ................................................................................................................................................................. 6
4. Automatización.......................................................................................................................................................................................................... 8
5. Interconexión ............................................................................................................................................................................................................ 9
6. Conexión Interestatal: .............................................................................................................................................................................................. 10
7. Campañas especiales: .............................................................................................................................................................................................. 11
8. Métodos de Identificación y Registro de Personas ................................................................................................................................................... 14
9. Capacitación: ........................................................................................................................................................................................................... 15
10. Otros: ...................................................................................................................................................................................................................... 16
COMPROBACIÓN .................................................................................................................................................................................................................. 17
[CATÁLOGO DE GASTOS Y COMPROBACIÓN] PMIRC
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JUSTIFICACIÓN
Con fundamento en la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y en los compromisos presupuestales del Acuerdo de
Coordinación para la Modernización Integral del Registro Civil y sus correspondientes Anexos de Ejecución, suscritos entre el Gobierno Federal a
través de la Secretaría de Gobernación y el Gobierno de cada Entidad Federativa, donde se acordó apoyar con recursos federales y estatales el
Programa de Modernización Integral del Registro Civil (PMIRC), así como el compromiso de realizar ante la Dirección General del Registro Nacional
de Población e Identificación Personal (DGRNPIP) la comprobación de las erogaciones que se lleven a cabo para el cumplimiento de los objetivos y
las metas establecidas en los subsecuentes Anexos de Transferencia de Recursos; y conforme lo disponen los “ Lineamientos de Operación del
Programa de Modernización Integral del Registro Civil”, la DGRNPIP expide el siguiente “Catálogo de Gastos y Comprobación del Programa de
Modernización Integral del Registro Civil”.
OBJETIVO
El presente documento establece las reglas para que los Gobiernos Estatales, administren y comprueben el ejercicio de los recursos asignados, en
la consecución de los objetivos y metas del PMIRC.
[CATÁLOGO DE GASTOS Y COMPROBACIÓN] PMIRC
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GENERALIDADES
El Gobierno de cada Entidad Federativa destinará los recursos transferidos única y exclusivamente para la ejecución del PMIRC, de acuerdo a las
vertientes y metas asignadas en cada Anexo de Transferencia y/o Instrumento Jurídico suscrito.
En la adquisición de materiales y subrogación de servicios, la Entidad Federativa debe sujetarse para el ejercicio y la comprobación del gasto, a la
normatividad estatal específica que lo rija (licitación, invitación a cuando menos tres personas o adjudicación directa).
La Entidad Federativa debe administrar y contabilizar los recursos transferidos de forma tal que se permita su identificación de los demás recursos
que maneje, para efectos de comprobación del ejercicio y fiscalización, particularmente sobre cada año calendario.
La Entidad Federativa deberá conservar la información y/o documentación comprobatoria del ejercicio de los recursos en original y digitalizada,
durante un período mínimo de cinco años y deberá tenerlos disponibles para su entrega a la Secretaría de Gobernación en los periodos señalados
en los instrumentos jurídicos, así como a la Secretaría de la Función Pública o cualesquier otra autoridad competente con motivo de auditorías,
visitas o inspecciones que se practiquen, cuando les sean requeridos.
Los informes de comprobación que presente el Registro Civil, deberán acompañarse en copia simple o en formato digital, de los contratos, pólizas,
recibos o facturas que comprueben el gasto realizado. Estos informes deberán enviarse a la DGRNPIP, cada seis meses y en el formato que para el
efecto se proporciona en el presente Catálogo.
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VERTIENTES Los conceptos que podrán justificarse y comprobarse para el desarrollo de cada una de las vertientes del PMIRC son:
1. Captura: La captura del archivo histórico consiste en transferir a medios magnéticos y automatizados la información de los actos registrales que
otorgan la identidad de las personas.
Concepto Descripción Consideraciones
Captura interna Pago o remuneración al personal operativo que realiza directamente la captura de datos de las actas del estado civil de las personas.
La comprobación del ejercicio de recursos por estos conceptos se realizará ante la DGRNPIP mediante la entrega de copia de la transferencia interbancaria o, la lista de nómina o los recibos de honorarios, señalando claramente el período de pago, el monto pagado, así como el nombre y firma de conformidad de la o las personas a quienes se realiza el pago, además deberá contar con las firmas y/o sello de autorización de la autoridad responsable de la erogación. No se recibirán comprobaciones por concepto de pago de labores de captura, con una antigüedad mayor a seis meses, en caso contrario, deberá enviarse la justificación correspondiente. El personal al que se destina el pago de sueldos u honorarios será contratado específicamente por la duración del trabajo de captura.
Captura - Supervisión Pago o remuneración al personal que realiza la supervisión y/o coordinación de los trabajos de captura de datos de las actas del estado civil de las personas.
Captura - Archivo Pago o remuneración al personal responsable del archivo que proporciona los documentos para la captura.
Captura - Validación Pago o remuneración al personal que apoya en la confronta/verificación/validación de la correcta realización de la captura de los datos de las actas.
Captura externa Pago realizado de manera total o en parcialidades a personas físicas o morales, contratadas para llevar a cabo los servicios de captura de actas del estado civil, como resultado de una licitación, o invitación a cuando menos tres persona o en su caso adjudicación directa.
El pago de anticipos y la liquidación por servicios externos de captura se amparará con la factura, en forma electrónica o impresa, que deberá reunir los requisitos fiscales vigentes, señalar la cantidad de registros a capturar o capturados, la fecha de inicio y termino de los trabajos, así como la validación correspondiente y la entrega de los productos, el nombre o razón social del proveedor, el precio unitario y total de los servicios.
CONCEPTOS EXCLUIDOS Pago de viáticos, combustibles, traslados, pasajes, material de papelería, alimentos, entre otros; Pago de alquiler, adquisición o mantenimiento del local para realizar las actividades de captura; Pago de sueldos u honorarios al personal de la plantilla regular del Registro Civil, si no se justifican labores de captura y en horario distinto al que se cubre en la institución; y Pago de sueldos u honorarios a personal distinto al aquí señalado.
OBSERVACIONES: Hasta en tanto se concretiza la Conexión Interestatal del Registro Civil de cada Estado con la DGRNPIP, las bases de datos resultado de la captura, deberán enviarse trimestralmente con su debida “Certificación” a la DGRNPIP, tal y como lo establecen los “Criterios de captura y envío de Bases de Datos del Registro Civil” y el “Proceso de Intercambio de Bases de Datos RNP-Registro Civil”, señalados en los Anexos de Transferencia suscritos con la Entidad Federativa, para su integración a la Base de Datos Nacional del Registro Civil.
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2. Digitalización: proceso de conversión a un formato digital, en el que se coloca la imagen del documento en la superficie de cristal de un
escáner, la luz de la lente bajo el cristal recorre el documento que será transformado en una imagen digital, que será archivada en la computadora.
Concepto Descripción Consideraciones
Digitalización Pago o remuneración al personal operativo contratado por el Registro Civil, para realizar directamente la digitalización de las actas del estado civil.
La comprobación del ejercicio de recursos por estos conceptos se realizará ante la DGRNPIP mediante la entrega de copia de la transferencia interbancaria o, la lista de nómina o los recibos de honorarios, señalando claramente el período de pago, el monto pagado, así como el nombre y firma de conformidad de la o las personas a quienes se realiza el pago, además deberá contar con las firmas y/o sello de autorización de la autoridad responsable de la erogación. No se recibirán comprobaciones por concepto de pago de labores de digitalización, con una antigüedad mayor a seis meses, en caso contrario, deberá enviarse la justificación correspondiente. El personal al que se destina el pago de sueldos u honorarios será contratado específicamente por la duración del trabajo de digitalización.
Digitalización - Supervisión Pago o remuneración al personal que realiza la supervisión, verificación/validación de la correcta realización de los trabajos de digitalización de las actas del estado civil.
Digitalizados - Archivo Pago o remuneración al personal que apoya en el archivo ordenado y cuidadoso de las actas utilizadas en el proceso de digitalización.
Trabajos externos de digitalización
Pago realizado de manera total o en parcialidades a personas físicas o morales, contratadas para llevar a cabo los servicios de digitalización de actas del estado civil de las personas, como resultado de una licitación, invitación a tres personas o en su caso adjudicación directa.
El pago de anticipos y la liquidación por servicios externos de digitalización deberá ampararse con una factura, en forma electrónica o impresa, que reúna los requisitos fiscales vigentes, señalar la cantidad de actas del estado civil de las personas a digitalizar, la fecha de inicio y termino de los trabajos, así como la validación correspondiente y la entrega de los productos, el nombre o razón social del proveedor, el precio unitario y total de los servicios.
CONCEPTOS EXCLUIDOS Pago de viáticos, combustibles, traslados, pasajes, material de papelería, alimentos, entre otros; Pago de alquiler, adquisición o mantenimiento del local para realizar las actividades de digitalización; Pago de sueldos u honorarios al personal de la plantilla regular del Registro Civil si no se justifican labores de digitalización y en horario distinto al que se cubre en la institución; y Pago de sueldos u honorarios a personal distinto al aquí señalado.
OBSEVACIONES: Las imágenes digitalizadas de actas del estado civil de las personas, deberán relacionarse electrónicamente con la información del registro electrónico correspondiente existente en la base de datos del Registro Civil. La base de datos deberá enviarse trimestralmente mediante el oficio que ampare su certificación, a la DGRNPIP, tal y como lo establecen los “Criterios para el envió de Imágenes Digitalizadas”, señalado en los Anexos de Transferencia suscritos con la Entidad Federativa para su integración a la Base de Datos Nacional del Registro Civil.
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3. Equipamiento y Actualización Tecnológica: Incorporación de equipo de cómputo, programas informáticos y dispositivos
tecnológicos diversos, para la modernización tecnológica de los sistemas y procedimientos que realiza el Registro Civil.
Concepto Descripción Consideraciones Computadora También denominada ordenador es una máquina electrónica que recibe y
procesa datos para convertirlos en información útil. Para uso del personal en las actividades cotidianas del registro civil y sus oficialías.
En caso de Actualización Tecnológica o requipamiento, el Registro Civil deberá remitir a la DGRNPIP, la relación del equipo informático obsoleto a sustituir, así como de las oficialías que serán requipadas.
Impresora Equipo que permite obtener la impresión de los documentos que resulten de las actividades que se llevan a cabo en el registro civil.
Con la finalidad de ahorrar y optimizar su utilización, una impresora conectada en red puede dar servicio a varias computadoras, por lo que se sugiere la implantación de estos esquemas y a menos que en la oficialía deba existir una sola computadora, deberá entonces dotársele de una impresora a dicho equipo, acompañada de un equipo de respaldo o no break.
En caso de Actualización Tecnológica, el Registro Civil deberá remitir a la DGRNPIP, la relación del equipo informático obsoleto a sustituir, así como de las oficialías que serán requipadas.
Equipo de respaldo, no-break o sistema de energía ininterrumpible
Equipo para proveer de energía temporal a una computadora en caso de que la corriente directa se interrumpa. Sistema de respaldo que provee de energía a una red de computadoras y sus dispositivos de conexión.
Es importante que el Registro Civil cuente con un equipo o sistema de respaldo de energía, para contrarrestar los posibles daños que sufra el mismo como resultado de cortes de energía imprevistos, así como evitar la interrupción de los servicios que brinda a la población en general.
Escáner Equipo para generar un archivo o imagen electrónica o digital a partir de un documento impreso.
Para la digitalización de actas del estado civil; para realizar las actividades diarias de digitalización de actas en la UCE y en las oficialías que así lo requieran.
Servidor Equipo que realiza funciones de computador central en una red de computadoras; en el que se instala el sistema de inscripción y certificación para su uso a nivel central estatal y por acceso remoto de cada una de las oficialías.
Se considerará la adquisición de un máximo de dos servidores para la Unidad Coordinadora Estatal del Registro Civil y las oficialías que por su volumen de movimiento registral así lo justifiquen; no se autorizará la justificación de este equipo para unidades móviles en esta vertiente.
Computadora portátil Ordenador personal móvil o transportable capaz de realizar funciones similares a las que realizan las computadoras de escrito.
Sólo se autorizará la adquisición de equipos de cómputo portátil mediante justificación expresa del Registro Civil.
Programas informáticos Aplicación informática de uso general o especializado distinto al sistema de inscripción y certificación que facilita el uso de la computadora para la emisión de documentos diversos y para la seguridad de su contenido.
Se autorizará la adquisición de programas de uso general y sus licencias para la generación de documentos de texto, hoja de cálculo, presentaciones, administración de correo electrónico y antivirus; así como para la seguridad de la información contenida en el equipo. Los programas distintos deberán ser autorizados por la DGRNPIP.
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Concepto Descripción Consideraciones Componentes y dispositivos diversos
Discos duros, tarjetas de red, tarjetas de memoria, unidades DVD y CD, monitores, teclados, cableado para conexión de red, canaleta, conectores de red, switch, ruteadores, concentradores, baterías para equipos de respaldo.
Se autorizará la adquisición de dispositivos de cómputo necesarios para mantener en funcionamiento los equipos y evitar la interrupción del servicio, así como también de aquellos que permitan la conformación de redes de computadoras.
Cajeros automáticos o kioscos de servicio
Equipo de cómputo habilitado especialmente para la consulta, cobro e impresión de actas del estado civil, ubicado en forma separada a los espacios de atención al público existentes en las oficinas del Registro Civil. Está integrado por un mueble especial que brinda protección al equipo y permite la interacción del usuario para que de forma automática y personal pueda consultar en el sistema del Registro Civil estatal la información correspondiente para la consulta o impresión del acta de su interés, una vez cubierto el costo de la misma.
En la Actualización Tecnológica del Registro Civil se autorizará la adquisición de equipos para la habilitación de cajeros automáticos o kioscos de servicio, previa verificación de los servicios proporcionados por el mismo. En el caso de que estos equipos provean servicios adicionales a los del registro civil, el financiamiento se otorgará al 50%. El Registro Civil deberá informar a la DGRNPIP la ubicación precisa en la que estará colocado el cajero o kiosco, según corresponda.
Actualización Tecnológica y requipamiento
Cuando se hayan otorgado recursos para la Actualización Tecnológica y requipamiento, el Registro Civil presentará a la DGRNPIP la debida justificación de que el equipo por sustituir cuenta con una antigüedad igual o mayor a 4 años. La comprobación de recursos por este concepto deberá incluir además de las facturas respectivas, la relación de la ubicación de los equipos adquiridos, ya sea en la Unidad Coordinadora Estatal o en oficialías. En caso de que no se cuente con esta relación, la comprobación no podrá ser autorizada, sino hasta su entrega.
CONCEPTOS EXCLUIDOS Consumibles tales como: hojas de papel, tóner para impresoras, cartuchos de tinta, cintas de impresión, memorias USB, DVD o discos compactos, material de papelería en general. (En adelante, todo lo que se refiera a consumibles, deberá comprender los productos descritos en este párrafo). Pago de viáticos, combustibles, traslados, pasajes, servicios de transporte, pago de servicios de mantenimiento, cursos en cómputo, entre otros. Pago de sueldos u honorarios relacionados con la compra o instalación de equipo de cómputo.
OBSERVACIONES: Cuando se acuerde a través de la respectiva Comisión de Seguimiento del PMIRC, la compra de equipamiento diverso al aquí señalado, la justificación de la comprobación se apegará a lo que estas señalen, a fin de cumplir los objetivos del PMIRC.
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4. Automatización: Consiste en la inscripción de los actos registrales en un sistema computarizado, para integrar una base de datos con
información homogénea a nivel nacional, que permita su consulta, actualización, almacenamiento y emisión de actas e informes.
Concepto Descripción Consideraciones Diseño y desarrollo del Sistema de Inscripción y Certificación
Contratación de personas morales o profesionales independientes del Registro Civil, para realizar el diseño y desarrollo de un sistema que permita la inscripción y certificación de los actos registrales, así como generar la CURP en línea, que permita la actualización en línea y en tiempo real de la base de datos del Registro Civil desde cualquier computadora local o remota y ser compatibles con los requerimientos técnicos de la DGRNPIP.
El sistema desarrollado deberá implementarse en las oficialías del Registro Civil.
El pago se comprobará mediante la factura, recibo de honorarios o de servicios profesionales externos, por el diseño y desarrollo del sistema de inscripción y certificación a utilizar por el Registro Civil, dicho Sistema deberá permitir la captura de los siete actos registrales.
El personal al que se destina el pago de honorarios será contratado específicamente por la duración de los trabajos de diseño y desarrollo del Sistema de Inscripción y Certificación, y será personal externo a la nómina corriente del Registro Civil.
Adecuación del Sistema de Inscripción y Certificación
Contratación de personas morales o profesionales independientes del Registro Civil, para realizar modificaciones al sistema de inscripción y certificación, que mejore o modernice los procesos de inscripción y certificación de los actos registrales del estado civil, que permita la actualización en línea y en tiempo real de la base de datos del Registro Civil desde cualquier computadora local o remota.
El sistema deberá implementarse en las oficialías del Registro Civil.
El pago se comprobará mediante la factura, recibo de honorarios o de servicios profesionales externos por los trabajos de adecuación del Sistema de Inscripción y Certificación utilizado por el Registro Civil y sus oficialías.
El personal al que se destina el pago de honorarios será contratado específicamente por la duración del trabajo de adecuación del Sistema de Inscripción y Certificación y será personal externo a la nómina corriente del Registro Civil.
CONCEPTOS EXCLUIDOS Consumibles. Equipamiento o adquisición de dispositivos no relacionados. Pago de viáticos, combustibles, traslados, pasajes, servicios de transporte, pago de servicios de mantenimiento, alimentos.
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5. Interconexión: consiste en el vínculo físico y lógico entre dos o más redes de telecomunicaciones; es posible mediante los arreglos técnicos
bajo los cuáles los diversos proveedores conectan los equipos y sistemas, que permitirán al Registro Nacional de Población acceder a las redes de
las UCE’s, facilitando la comunicación y el acceso a las bases de datos de los diversos.
Concepto Descripción Observaciones Componentes y dispositivos diversos
Tarjetas de red, cableado para conexión de red, canaleta, conectores de red, ruteadores, puentes, concentradores, antenas con señal de red inalámbrica, antenas radiales, parabólicas o satelitales debidamente justificadas. Pago por la instalación y adecuaciones del equipamiento correspondiente.
Se autorizará la adquisición de dispositivos de cómputo necesarios para interconectar los equipos de la Unidad Coordinadora Estatal con las oficialías de la Entidad. Se podrán cubrir gastos de honorarios sólo por la instalación profesional del cableado o configuración especializada de antenas de interconexión hasta lograr el enlace total de oficialías y la UCE.
Instalación Pago o remuneración al personal que realiza únicamente la instalación profesional del cableado y configuración especializada de antenas para la interconexión, que no deberá formar parte del personal que labora en el Registro Civil.
La comprobación deberá realizarse mediante la entrega de copia de la transferencia interbancaria o los recibos de honorarios, señalando claramente el período de pago, el monto pagado, así como el nombre y firma de conformidad de la o las personas a quienes se realiza el pago; además, deberá contar con las firmas y/o sello de autorización de la autoridad responsable de la erogación. El personal al que se destina el pago de honorarios, será contratado específicamente por la duración del trabajo de instalación y/o configuración necesaria.
CONCEPTOS EXCLUIDOS Consumibles. Equipamiento o dispositivos distintos a los señalados. Pago de construcción o adecuación de inmuebles. Compra de equipos de telefonía, ya sea conmutadores o aparatos telefónicos individuales. Pago de viáticos, combustibles, traslados, pasajes, servicios de transporte, pago de servicios de mantenimiento. Pago de servicios de internet ya que deben ser cubiertos con el presupuesto de gasto corriente del Gobierno Estatal o Municipal, o bien, con la aportación que la Entidad Federativa ha realizado para el PMIRC
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6. Conexión Interestatal: Enlace entre la Unidad Coordinadora Estatal con las Unidades Coordinadoras de otras Entidades Federativas,
permitiendo a su vez el enlace con la DGRNPIP, para el intercambio y actualización de información en tiempo real.
Concepto Descripción Observaciones Adecuación al Sistema Automatizado del Registro Civil
Contratación de profesionales independientes o personas morales para realizar modificaciones al sistema automatizado del Registro Civil, que permita modernizar los procesos relacionados con la base de datos Estatal; así como la conexión, transferencia y consulta de datos en línea y en tiempo real con la terminal de otra Entidad o con el área correspondiente en la DGRNPIP.
Se autorizará el pago de honorarios o servicios profesionales externos por los trabajos de adecuación o desarrollo de sistemas utilizados para interconectar al Registro Civil y la DGRNPIP.
El personal al que se destina el pago de honorarios será contratado específicamente por la duración del trabajo de adecuación del sistema y será personal externo a la nómina corriente del Registro Civil.
Componentes y dispositivos diversos
Servidor(es), equipos y licencias de programas de cómputo, equipo de respaldo, no-break, discos duros, tarjetas de red, tarjetas de memoria, cableado para conexión de red, conectores de red, ruteadores, concentradores, baterías para equipos de respaldo, lectores de códigos.
Se autorizará la adquisición de dispositivos de cómputo necesarios para la conexión interestatal, así como también de aquellos que permitan la conformación de redes de computadoras, la instalación y adecuaciones del equipamiento necesario para este fin, de acuerdo a las especificaciones que proponga la DGRNPIP y en los periodos requeridos para su implementación y operación rutinaria.
Adecuación a inmueble o instalación
Pago o remuneración persona o personas morales para la adecuación de espacios o instalaciones que permitan la implementación y operación de la conexión interestatal
Se autorizará el pago de honorarios o servicios profesionales externos por los trabajos de adecuación a espacios o instalaciones para interconectar al Registro Civil y la DGRNPIP.
El personal al que se destina el pago de honorarios será contratado específicamente por la duración del trabajo de adecuación del sistema y será personal externo a la nómina corriente del Registro Civil
CONCEPTOS EXCLUIDOS Consumibles. Pago de construcción de inmuebles. Compra de equipos de telefonía, ya sea conmutadores o aparatos telefónicos individuales. Pago de viáticos, combustibles, traslados, pasajes, servicios de transporte, pago de servicios de mantenimiento. Pago de servicios de internet en virtud de que éstos servicios deben ser cubiertos con el presupuesto de gasto corriente del Gobierno Estatal o Municipal, o bien, con la aportación que la Entidad Federativa ha realizado para el PMIRC.
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7. Campañas especiales: Acciones que implementa el Registro Civil para abatir, de forma prioritaria, los índices de subregistro y registro
extemporáneo en aquellas poblaciones o zonas de la Entidad que por razones geográficas, económicas o culturales se encuentran rezagadas en
cuanto a materia registral se refiere, así como ejercer acciones para regular el estado civil de las personas.
Concepto Descripción Observaciones Campaña especial Jornadas de trabajo masivas que realiza el Registro Civil para brindar de
manera gratuita servicios que permitan:
1. Abatir el registro de nacimiento extemporáneo y el subregistro. 2. La Regularización del estado civil de las personas
Las campañas especiales deberán estar acreditadas en el Plan de Trabajo que el Registro Civil haya entregado a la DGRNPIP como parte de los compromisos y obligaciones suscritos en el Anexo de Transferencia de recursos que corresponda al año calendario.
La comprobación correspondiente deberá remitirse con la debida justificación que acredite el criterio seleccionado para llevar a cabo las campañas especiales en el Estado.
CONCEPTOS EXCLUIDOS Pago de honorarios al personal del Registro Civil que realice las campañas especiales.
Pago de construcción o adecuación de edificios
Compra de equipos de telefonía, ya sea conmutadores o aparatos telefónicos individuales.
Pago de servicios de internet ya que deben ser cubiertos con el presupuesto de gasto corriente del Gobierno Estatal o Municipal, o bien, con la aportación que la entidad Federativa ha realizado para el PMIRC.
Dentro de las opciones con las que cuenta la institución registral, para prestar sus servicios en las zonas apartadas y/o de difícil acceso es mediante
la adquisición de un vehículo con las adecuaciones necesarias, a fin de funcionar como una oficina itinerante del Registro Civil. Esta modalidad se
denomina Unidad Móvil, y comprende los siguientes supuestos:
A. Adquisición del vehículo y equipo por separado, con la posterior contratación para su adecuación o conversión, a fin de funcionar como oficina
móvil.
Concepto Descripción Consideraciones Vehículo Automóvil de carga que servirá para transportar al personal y equipo del
Registro Civil, una vez que se haya sometido al proceso de conversión y/o adecuación. Que deberá de identificarse permanentemente con el logotipo del Registro Nacional de Población (RENAPO).
Unidad del tipo Van, Furgoneta, Chasis y camioneta de 3.5 Ton. (Redila), con una longitud de 5m de largo y 2m de alto y ancho como mínimo, capaz de alojar al menos 2 estaciones de trabajo*.
Computadora Equipo donde se conectarán todos los dispositivos y donde correrá el Sistema de Inscripción y/o Certificación de Registros, y en su caso e-CURP.
Se podrán adquirir dos tipos, dependiendo de las necesidades o particularidades de la conversión:
Escritorio (Desktop)
Portátil (Lap Top)
Estos equipos deberán encontrarse semifijos en la Unidad.
Escáner de documentos Escáner de cama plana. Por cuestión de espacio, las dimensiones del escáner podrán ser menores en comparación a aquellos que el Registro Civil utilice para la
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digitalización masiva en la UCE u oficialías
Impresora Impresora del tipo LaserJet o InkJet Debe formar parte de una configuración completa, es decir, integrada a una computadora y un equipo de respaldo o no break.
Sistema de Alimentación Ininterrumpible y/o Planta de Energía
Dispositivo que gracias a sus baterías, pueden proporcionar energía eléctrica continúa a todos los dispositivos que tenga conectados.
La adquisición de estos equipos dependerá de las necesidades y particularidades resultantes de la conversión.
Acceso a Internet Para estar en posibilidad de consultar en línea la base de datos central de la UCE.
La contratación de este servicio dependerá de la unidad móvil y las circunstancias de conexión en la Entidad, por lo que podrá o no, incluir la instalación del equipo.
Equipo satelital Dispositivo que permitirá el enlace entre la Unidad Móvil con la Base de Datos de la UCE.
En caso de que la contratación del acceso a Internet no lo incluya en el paquete
Adecuación al vehículo Pago por el servicio de conversión del vehículo a una oficina móvil. Se autorizará el pago de honorarios o servicios profesionales a personas físicas y morales, por los trabajos de adecuación del vehículo adquirido, para convertirlo en una oficina móvil del Registro Civil.
CONCEPTOS EXCLUIDOS Consumibles. Equipamiento o adquisición de dispositivos no relacionados. Pago de viáticos, combustibles, traslados, pasajes, servicios de transporte, pago de servicios de mantenimiento, cursos en cómputo, etc. Pago de sueldos u honorarios relacionados al personal que labore en las Campañas Especiales. Compra de equipos de telefonía, ya sea conmutadores o aparatos telefónicos individuales.
OBSERVACIONES: Previa a la compra de la Unidad Móvil y ajustándose a los tiempos de los procedimientos de adquisición de cada Entidad Federativa, la UCE deberá remitir a la DGRNPIP el programa de trabajo y los costos y características de la unidad, para su valoración y en su caso aprobación. Cuando se acuerde entre el Registro Civil y la DGRNPIP, la compra de equipamiento diverso al aquí señalado, la justificación de la comprobación se apegará a lo que estas señalen así como gastos inherentes a la adquisición del vehículo, a fin de cumplir los objetivos del PMIRC. En cuanto al pago temporal por consumo de gasolina y servicio de internet, para la operación total dela Unidad Móvil, tendrá que someterse a la consideración de la Comisión de Seguimiento.
B. Adquisición del vehículo totalmente adecuado y equipado con estaciones de trabajo.
Concepto Descripción Consideraciones Vehículo Del tipo autobús, minibús, van, furgoneta y camioneta 3.5 Ton, que debe
incluir como mínimo los siguientes elementos:
2 estaciones de trabajo* como mínimo Área de servicio o ventanilla de atención
Gabinetes
Equipos de cómputo por estación de trabajo
Impresoras y escáners necesarios para la operación registral
Instalación eléctrica Antena satelital o medio de comunicación remoto para la
transmisión en tiempo real.
En este caso, la factura se expedirá por un proveedor, cumpliendo con los requisitos fiscales necesarios, la cual, además contendrá el costo total de la unidad móvil adquirida, con el desglose del equipamiento y adecuaciones.
CONCEPTOS EXCLUIDOS Consumibles. Vehículos, equipamiento o dispositivos de lujo y no relacionados, así como vehículos utilitarios tipo sedán.
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Pago de viáticos, combustibles, traslados, pasajes, servicios de transporte, pago de servicios de mantenimiento, cursos en cómputo, etc. Pago de sueldos u honorarios relacionados al personal que labore en las Campañas Especiales. Compra de equipos de telefonía, ya sea conmutadores o aparatos telefónicos individuales.
OBSERVACIONES: Cuando se acuerde entre el Registro Civil y la DGRNPIP, la compra de equipamiento diverso al aquí señalado, así como gastos inherentes a la adquisición del vehículo, la justificación de la comprobación se apegará a lo que estas señalen, a fin de cumplir los objetivos del PMIRC. En cuanto al pago temporal por consumo de gasolina y servicio de internet, para la operación total dela Unidad Móvil, tendrá que someterse a la consideración de la Comisión de Seguimiento.
* Se entiende como estación de trabajo: cabina o espacio con mesa, banco y/o silla.
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8. Métodos de Identificación y Registro de Personas: adquisición del equipo para la toma de datos biográficos y biométricos,
necesarios para el Proyecto de integración del Registro Nacional de Población y para la expedición de la Cédula de Identidad.
Concepto Descripción Consideraciones Maleta Caja de material plástico resistente para el almacenamiento y
transportación del equipo necesario para llevar a cabo el registro biométrico, de acuerdo a las especificaciones vigentes.
Computadora portátil Equipo donde se conectarán todos los dispositivos y donde correrá el Software de registro, de acuerdo a las especificaciones vigentes.
Cámara digital Dispositivo para la captura de rostros, de acuerdo a las especificaciones vigentes.
Dispositivo de captura de huella digital
Escáner de huella dactilar para la estación de captura, de acuerdo a las especificaciones vigentes.
Captor de iris Captor de iris, de acuerdo a las especificaciones vigentes.
Escáner de documentos Escáner de cama plana con conexión directa al software de registro, de acuerdo a las especificaciones vigentes.
Impresora Impresora del tipo LaserJet o InkJet, de acuerdo a las especificaciones vigentes.
Lector de código de barras El dispositivo de lectura debe ser soportado por la aplicación de registro, de acuerdo a las especificaciones vigentes.
Sistema de posicionamiento global
Dispositivo GPS para que pueda ser ubicado en cualquier momento en que se encuentre en operación el equipo, de acuerdo a las especificaciones vigentes.
Multipuerto Multipuerto con entradas RJ45 y USB. Para la conexión del cifrador con el medio de transmisión de información, de acuerdo a las especificaciones vigentes.
Módulos de Registro fijos en las Oficialías del Registro Civil
Las erogaciones realizadas por la operación de éstos módulos se regirán por el Anexo de Transferencia de Recursos para el Auxilio en materia de Registro e Identificación de Personas, así como sus Anexos Técnicos.
CONCEPTOS EXCLUIDOS Consumibles. Equipamiento o adquisición de dispositivos no relacionados. Pago de viáticos, combustibles, traslados, pasajes, servicios de transporte, pago de servicios de mantenimiento, cursos en cómputo, etc. Pago de sueldos u honorarios relacionados con la compra o instalación de equipo de cómputo.
OBSERVACIONES: Cuando se acuerde entre el Registro Civil y la DGRNPIP, la compra de equipamiento diverso al aquí señalado, la justificación de la comprobación se apegará a lo que estas señalen, a fin de cumplir los objetivos del PMIRC. En Comisión de Seguimiento del PMIRC, se podrá acordar la utilización del equipamiento citado en la presente vertiente, para destinarse a actividades del Registro Civil.
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9. Capacitación: Vertiente que considera las erogaciones efectuadas para la actualización, reforzamiento, profesionalización y en su caso,
certificación, de los trabajadores del Registro Civil, preferentemente en materia registral.
Concepto Descripción Observaciones Material para capacitación En caso de recibir al personal de capacitación de la DGRNPIP en las
instalaciones del Registro Civil:
Renta de inmuebles
Consumibles
Servicio de cafetería
Se autorizará la compra de consumibles, siempre y cuando sea proporcional al número de días y/o personas a capacitarse. Las facturas de este rubro deberán de indicar o acompañarse de un oficio de justificación, en donde además habrán de señalarse el día, horas, número y nombre de personas capacitadas.
Viáticos Presupuesto que puede erogarse para que el personal de la DGRNPIP pueda cubrir los gastos en los que incurra al encontrarse de comisión por capacitación en las UCE’s o sus oficialías.
No se aceptarán facturas que no estén comprendidas en las fechas en que se efectuó la comisión o que no cumplan los requisitos fiscales, como:
El nombre impreso, denominación o razón social, domicilio fiscal y clave del Registro Federal de Contribuyentes de quien los expida.
Contener impreso el número de folio. Lugar y fecha de expedición.
Cantidad y clase de mercancías o descripción del servicio que ampare.
Valor unitario consignado en número e importe total señalado en número o en letra.
CONCEPTOS EXCLUIDOS Compra de equipos de telefonía, ya sea conmutadores o aparatos telefónicos individuales. Pago de combustibles, traslados, pasajes, servicios de transporte, pago de servicios de mantenimiento que no estén relacionados con esta vertiente o con el personal de la DGRNPIP.
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10. Otros: Una vez cubiertas las metas comprometidas y en caso de existir remanentes, economías o rendimientos financieros de los recursos
asignados, en esta sección se podrá considerar cada uno de los conceptos por los cuales se erogaron recursos del PMIRC, que no estén
contemplados en los numerales anteriores, mediante la Comisión de Seguimiento podrá definirse el destino de estos recursos y su subsecuente
reasignación en aquellas áreas relacionadas con los objetivos del PMIRC, o bien, en la dignificación del servicio registral:
Concepto Descripción Observaciones Dignificación de espacios del Registro Civil
Pago por la adecuación o remodelación de inmuebles Se autorizará el pago de estos servicios, previa autorización de la Comisión de Seguimiento respectiva, siempre y cuando la erogación se realice con presupuesto resultante de economías, remanentes o rendimientos financieros, una vez cubiertas las metas comprometidas en los Instrumentos Jurídicos suscritos entre las partes.
Actualización del mobiliario del Registro Civil
Adquisición del mobiliario de oficina para equipo de cómputo e impresoras, tales como como:
Escritorios y/o mesas Sillas
Anaqueles
No se aceptará comprobación por la adquisición de artículos como sillones ejecutivos, kit y/o accesorios de equipo de cómputo. El material adquirido por esta vertiente tendrá que ser de trabajo y con presupuesto resultante de economías, remanentes o rendimientos financieros, una vez cubiertas las metas comprometidos en los Instrumentos Jurídicos suscritos entre las partes.
Aire acondicionado Ventiladores o equipos de aire acondicionado. Se autorizará la adquisición de equipos de ventilación y aire acondicionado, siempre y cuando su compra se realice con economías obtenidas de la ejecución del gasto comprometido y el cumplimiento de las metas o bien con los remanentes de las vertientes.
Preservación Documental Compra de equipo para la encuadernación de los libros del Registro Civil. No se aceptará la adquisición del material necesario para encuadernar; únicamente de los equipos, cuyas características y costos aproximados o definitivos serán presentados, previo a su compra, a la DGRNPIP para determinar su procedencia.
CONCEPTOS EXCLUIDOS Consumibles. Compra de equipos de telefonía, ya sea conmutadores o aparatos telefónicos individuales. Pago de viáticos, combustibles, traslados, pasajes, servicios de transporte, pago de servicios de mantenimiento.
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COMPROBACIÓN
Para cumplir con el Acuerdo de “INFORMES”, del respectivo Anexo de Transferencia de Recursos, al presentar semestralmente la comprobación a la que
hace referencia este Catálogo, se deberá requisitar el siguiente formato y acompañarlo de las copias de los contratos, facturas y/o recibos, comprobantes
del gasto ejercido, así como del oficio de justificación o aprobación por parte de la Comisión de Seguimiento respectiva, para la erogación de recursos en
conceptos diversos a los mencionados en el presente Catálogo:
No. de oficio: Fecha:
Lic. XXX Director General del Registro Nacional de Población e Identificación Personal Presente Envío a usted comprobación correspondiente a los recursos transferidos al Estado de ____________ con relación al Programa de Modernización Integral del Registro Civil, asignados por medio del Anexo de Transferencia de Recursos del año fiscal de ________ que asignó la cantidad de $__,____,____.00, para el cumplimiento de las metas siguientes:
1. Para la Captura de ___________ Registros:
Producto o servicio pagado
No. comprobante Fecha Proveedor Monto pagado Meta alcanzada Aportación Estatal (AE)-Aportación Federal (AF)
(Total de registros capturados)
2. Para la Digitalización de ___________ Registros:
Producto o servicio pagado
No. comprobante Fecha Proveedor Monto pagado Meta alcanzada Aportación Estatal (AE)-Aportación Federal (AF)
(Total de registros capturados)
[CATÁLOGO DE GASTOS Y COMPROBACIÓN] PMIRC
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3. Para el equipamiento de ___ oficialías:
Producto o servicio pagado
No. comprobante Fecha Proveedor Monto pagado Meta alcanzada Aportación Estatal (AE)-Aportación Federal (AF)
(Total de registros capturados)
4. Para Interconexión de ___ oficialías con la Unidad Coordinadora Estatal:
Producto o servicio pagado
No. comprobante Fecha Proveedor Monto pagado Meta alcanzada Aportación Estatal (AE)-Aportación Federal (AF)
(Total de registros capturados)
5. Para la Conexión Interestatal:
Producto o servicio pagado
No. comprobante Fecha Proveedor Monto pagado Meta alcanzada Aportación Estatal (AE)-Aportación Federal (AF)
(Total de registros capturados)
6. Para Adecuación al Sistema Automatizado de Inscripción y Certificación:
Producto o servicio pagado
No. comprobante Fecha Proveedor Monto pagado Meta alcanzada Aportación Estatal (AE)-Aportación Federal (AF)
(Total de registros capturados)
7. Para la realización de campañas especiales:
Producto o servicio pagado
No. comprobante Fecha Proveedor Monto pagado Meta alcanzada Aportación Estatal (AE)-Aportación Federal (AF)
(Total de registros capturados)
8. Para Métodos de Identificación de Personas:
Producto o servicio pagado
No. comprobante Fecha Proveedor Monto pagado Meta alcanzada Aportación Estatal (AE)-Aportación Federal (AF)
(Total de registros capturados)
[CATÁLOGO DE GASTOS Y COMPROBACIÓN] PMIRC
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9. Capacitación:
Producto o servicio pagado
No. comprobante Fecha Proveedor Monto pagado Meta alcanzada Aportación Estatal (AE)-Aportación Federal (AF)
(Total de registros capturados)
10. Otros:
Producto o servicio pagado
No. comprobante Fecha Proveedor Monto pagado Meta alcanzada Aportación Estatal (AE)-Aportación Federal (AF)
(Total de registros capturados)
Se manifiesta que la documentación anexa al presente oficio, cumple con todos los requisitos fiscales y ampara que el ejercicio de recursos se realizó conforme lo dispone la normatividad vigente en la materia. Por tanto, se envía para su revisión y, en su caso, autorización respectiva, con lo cual el Registro Civil da cumplimiento a los compromisos del Anexo de Transferencia suscrito en (año de suscripción). Atentamente ______________________ Director(a) del Registro Civil