+ All Categories
Home > Documents > constitucion de una empresa

constitucion de una empresa

Date post: 16-Dec-2015
Category:
Upload: julio-cesar-torres-tajan
View: 8 times
Download: 0 times
Share this document with a friend
Description:
sobre la constitucion de una empresa
23
Pasos básicos para la Creación de una Empresa cese com mon te 1
Transcript
  • Pasos bsicos para la Creacin de una Empresa

    cese com

    mon te 1

  • Seis pasos bsicos para la Creacin de una Empresa

    bsicos para la creacin de una empresa

    A

    Esta gua es elaborada con informacin recaudada en los portales actualicese.com y de diversas Cmaras de Comercio del Pas, entre

    las que se destaca la excelente informacin que reposa en la pgina web de la Cmara de Comercio de Cali

    actualicese.com

  • Seleccione el mejor tipo de Sociedad Comercial

    Compromiso con los trabajadores y

    'el Estado Social actualicese.com

    Elabore una minuta de Constitucin

    No olvidar otros requisitos

    No olvide los compromisos Fiscales que va a adquirir

    Escoja y reserve su nombre

    Pasos bsicos para la Creacin I de una Empresa

  • Seis pasos bsicos para la Creacin de una Empresa

    Escoja y reserve su nombre

    El comerciante que quiera inscribir su Establecimiento de Comercio, debe tener en cuenta que no pueden existir dos Establecimientos de igual objeto social con el mismo nombre.

    Por ello, vaya previamente a la Cmara de Comercio de la ciudad donde se domiciliar y consulte el nombre que le quiere poner al Establecimiento. Recomendacin: no olvide tener plan b, plan c y hasta plan d, por si los varios nombres que tiene In mente ya estn registrados.

    Pero no olvide: "Primero en el tiempo, primero en el Derecho". Esto quiere decir que si el comerciante consulta el da lunes un nombre que quiera utilizar, pero se inscribe el da mircoles, pero el martes previo otro comerciante se inscribi primero con ese mismo nombre, este ltimo se le adelant y le tocar buscarse otro nombre.

    En las siguientes direcciones podrs consultar el nombre de su empresa y la marca que desea registrar.

    Consulta de Nombre

    Permite conocer si existen o no otras empresas o establecimientos a nivel nacional, con el mismo nombre de la empresa que se va a crear. Lea por favor con atencin las instrucciones y luego realice la consulta utilizando obligatoriamente las dos opciones que se presentan.

    440ef Consulta de Marca

    La informacin necesaria para registrar la marca de su producto o empresa puede estar ya almacenada en las Bases de Datos de la Superintendencia de Industria y Comercio. Le rogamos que verifique previamente que la informacin que Usted se encuentra a punto de diligenciar no se encuentre registrada.

    actualicese.com

  • Seis pasos bsicos para la Con' c n de una Empresa

    Seleccione el mejor tipo de Sociedad Comercial

    2.1 Conceptos:

    Persona Natural:

    Segn la Cmara de Comercio de Cali, "Son personas todos los individuos de la especie humana, cualquiera que sea su edad, sexo, estirpe o condicin" (Art.74 Cdigo Civil). Una persona natural puede inscribirse como comerciante ante la Cmara de Comercio, ejecutar actividades dirigidas a la produccin de bienes y/o servicios, con el fin de obtener una utilidad, producto de su venta y comprometerse con terceros, adquiriendo derechos y obligaciones.

    Persona Jurdica: La cmara de Comercio de Cali las define as: "Son sujetos que por ficcin jurdica son :apacel de ejercer derechos, contraer obligaciones y ser representadas judicial y extrajudicialmente. Son de os clas

    Las personas jurdicas de derecho pblico; como la nacion y sus entidades descentralizadas.

    Las personas jurdicas de derecho privado; como as compaas o sociecades mercantiles, fundaciones, asociaciones y corporaciones.

    A su vez, pueden o no, tener nimo de lucro, es decir, sus utilidades se reparten entre sus socios o accionistas y las que son entidades sin nimo de lucro ESA_-, donde las utilidades que arroje, no se reparten, sino que son reinvertidas en la misma entidad para seguir cumpliendo con su objeto mi dorial.

    Empresa: :El Artculo 25 del Cdigo de Comercio, la define como "toda actividad econmica organizada para la produccin, transformacin, circulacin, administracin o custodia de bienes, o paro la pres acin de servicios".

    Sociedad Comercial: Definicin tomada por la Cmara de Comercio de Cali como: "Es un contrato, a travs del cual dos o ms personas se comprometen a hacer aportes en dinero, especie o trabajo; con el objetivo de destinarlos a formar una persona jurdica diferente a cada uno de sus integ'antes, cuyo fin es repartirse la utilidades obtenidas con la actividad de la empresa. En nuestro pas, segn la constitucin, se garantiza la libertad de asociacin y de empresa; se les permite a los particulares constituir compaas, asociaciones y fi nd ciones,

    mientras no sean contrarias a la moral o al orden legal.

    actualicese.com

  • Seis pasos bsicos para la Creacin de una Empresa

    2.2. Clasificacin y Tipos de Sociedades

    2.2.1 Clasificacin de las sociedades

    %t Clasificacin de Sociedades

    Sociedad de Personas Aquellas en las que se conocen todos los socios y en la cual tanto en la sociedad como en los negocios responden con su patrimonio, solidaria e ilimitadamente con las obligaciones, lo que les da derecho a todos los socios de administrar la sociedad. Entre este tipo de sociedades se encuentra la sociedad colectiva y la comandita simple.

    Sociedades de Capital: Son aquellas en las que no se sabe quines son los accionistas y estos responden hasta el monto de sus aportes plr las obligaciones sociales. A esta clasificacin pertenecen las sociedades annimas, comanditas por acciones y por acciones simplificadas.

    Sociedades de Naturaleza Mixta: Aquella en la cual se saben quienes son los socios, pero esto responden solamente hasta el monto de sus aportes. Aunque pueden responder con su patrimonio personal ms all de sus aportes, cuando las deudas son laborales y fiscales.

    Sociedades de.Responsabilidad Limitada Ltda.

    2.2.2. Tipos de sociedades

    Sociedad por Acciones Simplificada SAS Las SAS, fueron creadas en Colombia por la ley 1258 de 2008, son sociedades de capital, de naturaleza comercial, pueden constituirse mediante contrato o acto unilateral y que constar en documento privado.

    El documento de constitucin ser objeto de presentacin personal ante notario por parte de todos los accionistas fundadores o sus apoderados debidamente autorizados (no debe ser confundido con escritura pblica) de manera previa a la inscripcin en el registro mercantil de la Cmara de Comercio

    Cuando los activos aportados a la sociedad comprendan bienes cuya transferencia requiera escritura pblica, cmo por ejemplo los inmuebles, el acta de constitucin de la sociedad deber hacerse por escritura pblica e inscribirse tambin en los registros correspondientes.

    Una vez inscrita el acta de constitucin en el registro mercantil, formar una persona jurdica distinta de sus accionistas.

    Para efectos tributarios, se rige por las reglas aplicables a las sociedades annimas.

    Las acciones y dems valores que emita la S.A.S no podrn inscribirse en el Registro Nacional de Valores y Emisores ni negociarse en bolsa.

    E

    actualicese.com

  • 1 seis pasos bsicos para la Cr0cipn de una Empresa

    Requisitos para constituir una S.A.S.:

    Nombre, documento de identidad, domicilio de los accionistas ciudad o municipio donde r siden). Razn social o denominacin de la sociedad, seguida de las palabras "sociedad por .cciones

    simplificada", o de las letras S.A.S.

    El domicilio principal de la sociedad y el de las distintas sucursales que se establezcan en e mismo acto de constitucin.

    El trmino de duracin, si ste no fuere indefinido. Si nada se expresa en el acto de consth cin, se entender que la sociedad se ha constituido por trmino indefinido.

    Una enunciacin clara y completa de las actividades p incipales, a menos que se expresa que la sociedad podr realizar cualquier actividad comercial o :ivil, lc ta. Si nada se expresa en el acto de constitucin, se entender que la sociedad podr realizar cua quier actividad lcita. Aunq e en el RUT se debe definir la actividad principal.

    El capital autorizado, suscrito y pagado, la clase, nmero y valor nominal de las acciones representativas del capital y la forma y trminos en que stas debern pagar;e, cuyo p azo no podr ser superior a 24 meses.

    La forma de administracin y el nombre, documento de identidad y las facultades de sus administradores. En todo caso, deber designarse cuando menos un representante legal.

    C617ect , Definicin Sociedad por Acciones Simplificada (Cmara de Comercio de Cal

    Sociedades Colectivas

    Deben tener mnimo dos socios y no existe lmite respecto al mximo.

    La caracterstica fundamental de esta sociedad es que: "Todos los socios de la sociedad en nombre c' lectivo

    respondern solidaria e ilimitadamente por las operaciones sociales. Cualquier estipulada-, en ccnt ario se

    tendr por no escrita. Esta responsabilidad slo podr deducirse contra los socios cuando se demuest e, aun extrajudicialmente que la sociedad ha sido requerida vanamen e para el pago. En todo caso los socios podrn alegar las excepciones que tenga la sociedad contra sus aueedores"(Art. 294 Cdigo de Come io). Esta sociedad es eminentemente personalista y por ello:

    "La razn social se formar con el Tambre co pleto o el solo apellido de alguno o algunos de los socios seguido de las expresiones "y compaa "hernoa os", "e hijos", u otras anlogas, sino se incluyen los nombres completos o los apellidos de todos los socios. N. podr incluirse el nombre de un extrao en la razn social, quien lo tolere, ser responsable a favc r de las p sanas que hubieren contratado con la sociedad" (Art. 303 Cdigo de Comercio).

    G0 4f ... arkv , Definicin Sociedades Colectivas (Cmara de Comercio de Cali)

    actualicese.com

  • Seis pasos bsicos para la Creacin de una Empresa

    Sociedades en Comandita "La sociedad en comandita se formar siempre entre uno o ms socios que comprometen solidaria e ilimitadamente su responsabilidad por las operaciones sociales, y otro o varios socios que limitan la responsabilidad a sus respectivos aportes. Los primeros se denominarn socios gestores o colectivos y los segundos, socios comanditarios" (Art. 323 Cdigo de Comercio).

    449,0c/Vi Definicin Sociedades en Comandita (Cmara de Comercio de Cali)

    Existen dos clases de sociedades en Comandita:

    La sociedad en comandita simple y

    sociedad en comandita por acciones

    En la sociedad en comandita por acciones, contrario a lo que sucede en las sociedades en comandita simple, los socios comanditarios no son solidariamente responsables por los impuestos de la sociedad.

    "La razn social de las comanditarias se formar con el nombre completo o slo el apellido de uno o ms socios colectivos y se agregar la expresin "y compaa" o la abreviatura "&Ca", seguida en todo caso de la indicacin abreviada S. en C.", o de las palabras "Sociedad Comanditaria por Accioes" o su abreviatura "SCA", si es por acciones, so pena de que para todos los efectos legales se presuma de derecho que la sociedad es colectiva. El socio comanditario o la persona extraa a la sociedad que tolere la inclusin de su nombre en la razn social, responder como socio colectivo"

    (Art. 324 Cdigo de Comercio). o m

    4hict Definicin Sociedades en Comandita (Camara de Comercio de Cali)

    Sociedldes de Hecho A diferencia de las dems Sociedades, sta es la nica que NO es Persona Jurdica, pues no se constituye mediante Escritura, surge del Acuerdo Verbal o Escrito entre dos (2) o ms personas que se disponen a aportar dinero, trabajo o especie para desarrollar un negocio. Artculo 498 del Cdigo de Comercio.

    %er/ Los servicios: gran potencial de exportacin (portal Latinpymes.com)

    o e

    actualicese.com

  • Seis pasos bsicos para la Cnu cien de una Empresa

    "La sociedad comercial ser de hecho cuando no se constituya por escritura polica. Soi "istencia podr demostrarse por cualquiera de los medios probatorios reconocidos en la ley"(Art. 498 C.C). "La sociedad de hecho no es una persona jurdica. Por consiguiente, los derechos 7ue se a quieran y las obligaciones que se contraigan para la empresa social, se entendern adquir.dos o c

    -9 trados a favor o cargo de todos los socios de hecho..."

    (Art.499 C.C).

    "En la sociedad de hecho todos y cada uno de los asociados respondern solidaria e ilim tdamente por las operaciones celebradas"...

    (Art.501 Cdigo del Comercio).

    P Definicin Sociedades de Hecho (Camara de Comercio de Cali)

    La sociedad de hecho no puede tener un nombre comercial que la individualice pues no es un persona jurdica. Pueden distinguirse enunciando el nombre de los socios y las palabras "sociedad Je hecho'

    Es decir la Sociedad de Hecho no es una persona jurdica por tanto no se debe hacer reglan) en C mara de Comercio, pero si los socios de manera individual o conjunta realizan actividades mercantiles, e,

    deben inscribirse en el registro mercantil como personas naturales.

    Entre los meses de enero y marzo de cada ao todos los socios o integrantes de la sociedad de hec o deben diligenciar cada uno, un formulario registro nico empresarial, presentarlo y cancelar los derechos e ley.

    Registro de una Sociedad de Hecho

    Para el registro de un establecimiento de propiedad de una Sociedad de Hecho, cada uno de los pr pietarios debe matricularse en el registro mercantil. Igualmente, deben diligenciar el anexo de mat "cula del formulario de Registro nico Empresarial, suministrando en forma exacta los datos solicitados.

    El registro mercantil es obligatorio y se debe realizar dentro del mes siguiente a la constiti.cin o p rniso de funcionamiento.

    Requisitos y documentos que requieren las personas que integran la sociedad de hecho para matricularse

    Cada socio integrante debe presentar por los siguientes documentos:

    .. Adquirir, diligenciar y presentar el Formulario Registro nico Empresarial compuestc por una cartula nica empresarial y un anexo matricula mercantil (establecimiento de comercio), sin tacha uras ni enmendaduras. Cuando la matrcula mercantil se solicite personalmente se debe presentar el or g nal del documento de identificacin de la persona natural que desea obtener la matrcula mercantil. Las ersonas extranjeras deben presentar la cdula de extranjera. 2. Presentar copia del Formato RUT

    3. Cancelar el valor de los derechos de matrcula de la persona natural y del establecimiento de coi] cio.

    4. Fotocopia legible del documento de identificacin

    actualicese.com

  • Seis pasos bsicos para la Creacin de una Empresa

    Cancelacin de la matrcula de los socios en sociedad de hecho

    Cuando se deje de ejercer el comercio, todas las personas naturales, socios de la sociedad de hecho, deben cancelar su matricula mercantil y la del establecimiento de comercio mediante solicitud escrita y con firma autenticada por notario o presentada personalmente.

    Para realizar este trmite la Cmara de Comercio tiene a disposicin del comerciante un formato que se suministra gratuitamente en cualquiera de las cajas de la entidad. Si alguna de las personas naturales o socios fallece y no se ha realizado la sucesin, la solicitud de cancelacin de la matrcula la podr solicitar los herederos dejando constancia de que los derechos que tienen en el establecimiento de comercio no han sido adjudicados a ninguno de los herederos. Con la peticin se deber adjuntar copia autntica del certificado de defuncin y de los registros civiles de nacimiento que dan fe de la condicin de herederos.

    Para cancelar la matrcula mercantil cada una de las personas naturales debe encontrarse a paz y salvo con el pago de los derechos de renovacin. En caso contrario, debe pagar los derechos correspondientes a los aos no renovados. (Artculos 35 del Cdigo de Comercio y 8 del Decreto 898 de 2002)

    47/41;st Definicin Sociedad de Hecho: incripcin, renovacin, cancelacin (Cmara de Comercio del Cauca)

    Empresas Asociativas de Trabajo Las empresas asociativas de trabajo, sern organizaciones,econmicas productivas, cuyos asociados aportan su capacidad laboral, por tiempo indefinido y algunos adems entregan al servicio de la organizacin una tecnologa o destreza, u otros activos necesarios para el cumplimiento de los objetivos de la empresa. Las empresas asociativas de trabajo tendrn como objetivo la produccin, comercializacin y distribucin de bienes bsicos de consumo familiar o la prestacin de servicios individuales o conjuntos de sus miembros. La razn social deber ir acompaada de la denominacin de "Empresa Asociativa de Trabajo" o "E.A.T". Los asociados tienen una relacin de carcter tpicamente comercial con las empresas asociativas de trabajo. Por tanto, los aportes de carcter laboral no se rigen por las disposiciones del Cdigo Sustantivo del Trabajo, sino por las normas del derecho comercial, por lo cual deber ser registrada en el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, Subdireccin de Trabajo Asociativo e Informal, con la presentacin del certificado de existencia y representacin, expedido por la Cmara de Comercio y copias autnticas del acta de constitucin y los estatutos.

    La personera jurdica de las empresas asociativas ser reconocida desde su inscripcin en la Cmara de Comercio, siempre que se acredite el cumplimiento de los siguientes requisitos:

    actualicese.com

  • Seis pasos bsicos para la Creacin de una Empresa

    Presentacin del acta de constitucin

    Adopcin de los estatutos

    Que la empresa asociativa sea integrada por un nmero no inferior a tes (3) m embros fundadores", segn lo refleja la Ley 10 de 1991, captulo 1, artculos 1, 3, 4 y 5. Adems stas se integran con un nmero no inferior a tres (3) miembros y no mayor de diez (10 asociados para la produccin de bienes. Cuando se trate de empresas de servicios, el nmero mx mo ser de veinte (20), que estarn representados en dicha empresa de acuerdo con el monto de

    apor e laboral y adicionalmente en especie o bienes.

    Ca941V Definicin Empresas Asociativas de Trabajo (Cmara de Comercio de Cali)

    Sociedades Annimas

    "La sociedad annima se formar por la reunin de un fondo social suministrado por accionistas responsables hasta el monto de sus respectivos aportes; sera administrada por gestores temporales y revocables y tendr una denominacin seguida de las palabras "sociedad annima" o de las letras "S.A."

    "Si la sociedad se forma, se inscribe o se anuncia sin dicha especificacin, las admii/st'adores respondern solidariamente de las operaciones sociales que se celebren"

    (Art. 373 Cdigo de Comercio). "La sociedad annima no podr constituirse ni funcionar con menos de cinco accionistas"

    (Art. 374 Cdigo de Comercio).

    Okty y Definicin Sociedades Annimas (Cmara de Comercio de Cali)

    e

    actualicese.com

  • Seis pasos bsicos para la Creacin de una Empresa

    Capital en las sociedades annimas El capital de la sociedad annima comprende el capital autorizado, suscrito y pagado. Este se divide en acciones de igual valor y se representan en un ttulo valor negociable llamado "accin"

    Al momento de constituir la S.A, se debe suscribir mnimo el 50% del capital autorizado, y pagarse mnimo la tercera parte del capital suscrito. Esto quiere decir que si una sociedad annima se constituye con un capital autorizado de $1.200.000.000, se debe suscribir como mnimo $600.000.000 y pagar como mnimo $200.000.000.

    Capital Autorizado

    En el argot comercial tambin se le denomina "Capital Nominal" o "Capital Programa".

    Este valor o cifra corresponde al acordado por los Accionistas Fundadores como necesaria para desarrollar el objeto de la compaa en la etapa inicial o en un lapso prximo o remoto. Esa cifra yt representada por el monto de las Acciones Suscritas y de las que se dejan en cartera para ser emitidas YlIcolocadas posteriormente entre los accionistas y quienes se vinculan con aportes a la sociedad. Si no coincide con la del Capital Suscrito, dicha cifra es simplemente ideal, pues no significa efectivo ni es garanta para los terceros en cuanto rebasa la del suscrito

    Capital Suscrito

    Es la parte del Capital Autorizado que los accionistas se han obligado a cubrir, pues corresponde a las aportaciones que los asociados entregan a la sociedad o se prometen acabar de pagar en un lapso que no puede exceder de 1 ao. (Art. 387 del C.Co.)

    De ah que su representacin concreta est en el monto de las Acciones Suscritas, sea que se hayan pagado ntegramente o que se estn debiendo en parte.

    Si todas las acciones de la sociedad aparecen colocadas, el Capital Autorizado y el Suscrito obviamente coinciden.

    La cifra de este capital puede aumentarse mediante la emisin de acciones en cartera, es decir, aquellas representativas del Capital Autorizado que no han sido suscritas, tambin puede incrementarse mediante la capitalizacin de utilidades o de la cuenta de revalorizacin del patrimonio, estas decisiones debes ser adoptadas o autorizadas por las Asamblea de Accionistas.

    Capital Pagado

    Es la parte del Capital Suscrito que ha sido efectivamente cubierto a la sociedad.

    1) En otras p labras, corresponde al importe de las Acciones Suscritas por los accionistas que stos han pagado en dinero en especie, o por la capitalizacin de reservas o de utilidades repartibles entre los accionistas.

    Al suscribir una accin en el acto constitutivo o posteriormente, debe pagarse por lo menos la tercera parte de su valor. Si los accionistas no deben suma alguna por las acciones que suscribieron, el capital pagado coincidir con el capital suscrito.

    Sociedades de Responsabilidad Limitada "En las compaas de responsabilidad limitada los socios respondern hasta el monto de sus aportes. En los estatutos podr estipularse para todos o algunos de los socios una mayor responsabilidad o prestaciones accesorias o garantas suplementarias, expresndose su naturaleza, cuanta, duracin y modalidades" (Art. 353 Cdigo de Comercio).

    actualicese.com

  • bsicos pa ra la Cr N CIn de una Empresa

    "Los socios no excedern de veinticinco. Ser nula de pleno de echo la sociedad que se constituya con un nmero mayor. Si durante su existencia excediere dicho lmit , dentro de los dos meses siguientes a la ocurrencia de tal hecho, podr transformarse en otro tipo de 'ociedad o reducir el nmero delus socios. Cuando la reduccin implique disminucin del capital social deber obtenerse permiso p eivio de la superintendencia, so pena de quedar disuelta la compaa al ven erse el referido trmino"

    (Art. 356 Cdigo de Comercio).

    47/1c2c1L, Definicin Sociedades de Responsabilidad Lim tada (Cmara de Comercio de Cal')

    Sociedades de Comercializacin Internaciona Es un instrumento de promocin y apoyo a las comercializacione por objeto principal efectuar operaciones de comercio exterior hacia la promocin y comercializacin de productos colombia adems algunos beneficios tributarios.

    (CI)

    , a travs del cual las empresas lue tengan , parti:ularmente, orientar sus actividades os en los mercados externos, recibiendo

    Constitucin

    a) Constituirse como sociedad de comercializacin interna ional, CI, mediante escritura pu Di C3 segn alguna de las formas societarias establecidas por el cdi o de comercio.

    b) Razn social: deben incluirse dentro de la razn social a expresin "sociedad da comercializacin internacional" o en su defecto la sigla Cl.

    c) Objeto social: tendr por objeto principal efectuar operaciones de comercio 'exterior y, particularmente, orientar sus actividades hacia la pro mocin y comercializacin de productos colombianos en los mercados externos.

    d) Registrar la constitucin en la cmara de comercio con j risdicc n en le domicilio de la sociedad. e) Obtener el NIT ante la direccin de impuestos y aduanas nacionales DIAN. f) Realizar la inscripcin en el registro nacional de exporta ores.

    g) Para realizar la inscripcin de la comercializadora inter aciona , CI, ante el ministerio de comercio exterior, se debe tener en cuenta lo siguiente: solicitar la direccin general de comercio exterior su direccin de instrumentos de promocin, zonas rancas y sociedades de comercia izacin internacional, el formulario de solicitud de inscripcin como comercializadora

    rnaciora l. h) Diligenciar y presentar ante la citada dependencia del ministerio de comercio exterior:

    Original del formulario de solicitud de inscripcin co o comercializadora International.

    Original del certificado de existencia y represen acin legal expedido por la cmara de comercio del domicilio de la sociedad.

    El registro nacional de exportadores.

    Fotocopia del NIT.

    Estudio de mercados.

    Clasificacin de Sociedades

    actualicese.co

  • Seis pasos bsicos para la Creacin de una Empresa

    Elabore una minuta de Constitucin

    Previo a la inscripcin en Cmara de Comercio, se debe elaborar una minuta donde todos los nuevos socios debern expresar su consentimiento para la constitucin de una nueva empresaSegn el nmero de socios, no todos deben ir a firmarla ante Notario, basta que todos firmen la Minuta de Constitucin y si es necesario presentarse ante el Notario las personas que actuaron como Presidente y Secretario de dicha Asamblea de Constitucin. En el caso de las SAS, si es necesario que la suscriban ante notario todos los accionlItas o sus apoderados.

    Si en la misma Asamblea constitutiva, se nombra Representante Legal y Revisor Fiscal y estos aceptan, debern firmar tambin ante Notario, para posteriormente inscribir la Minuta Constitutiva ante la Cmara de Comercio.

    Documento de constitucin

    Por regla general las sociedades civiles y comerciales se constituyen por escritura pblica, que debe contener los requisitos del artculo 110 del cdigo de comercio.

    Sin embargo, la ley 1014 de 2006, permiti la creacin de sociedades comerciales por documento privado, siempre que al momento de su constitucin cuenten con menos de 10 trabajadores y/o con activos totales, excluida la vivienda, inferiores a 500 SMLMV. Cuando se realicen aportes de bienes inmuebles, debern necesariamente constituirse por escritura pblica.

    A su vez, la ley 1258 de 2008, cre las sociedades por acciones simplificadas SAS-, que son sociedades de naturaleza comercial que se crean por acto unilateral o por contrato que conste en documento privado. Cuando los activos aportados comprendan bienes cuya transferencia requiera escritura pblica, la constitucin se efectuar tambin cumpliendo dicha formalidad.

    4 Registrar la minuta en una notaria (Cmara e Comercio de Cali)

    Requisitos para constituir una sociedad por escritura pblica: Como lo indica el Artculo 110 del Cdigo de Comercio, la sociedad civil comercial se constituir por escritura pblica. Toda minuta deber incluir entre otras cosas:

    El nombre y domicilio de las personas que intervengan como otorgantes. Con el nombre de las personas naturales deber indicarse su nacionalidad y documento de identificacin legal; con el nombre de las personas jurdicas, la ley, decreto o escritura de que se deriva su existencia.

    actualicese.com

  • Seis pasos bsicos para la Crea ci On de una Empresa

    La clase o tipo de sociedad que se constituye y el nombre de la misma, formado como s ispone en relacin con cada uno de los tipos de sociedad que regula el Cdigo de Comercio. Se ohbe a terceros el empleo de un nombre comercial o de una marca de productos o de servicio ue sea igual o similar a un nombre comercial ya usado para el mismo ramo de negocios, salvo u ndo se trata de un nombre que por ley le corresponda a una persona, caso en el cual debern erse las modificaciones que eviten toda confusin que a primera vista pudiera presenta rs e"(Art. 5 Cdigo de Comercio). Por lo anterior se recomienda consultar el nombre ante la Cma a de Co rcio. El interesado presentar una carta solicitando la certificacin de la existencia del nc mbre a r istrar o diligenciando un formato para tal fin.

    El domicilio de la sociedad y el de las distintas sucursales que se establezcan en el mism acto de constitucin.

    actualicese.com

    El objeto social, esto es, la empresa o negocio de la sociedad, haciendo una eiunciacin clara y completa de las actividades principales. Ser ineficaz la estipu acin en virtud da la cual el objeto social se extienda a actividades enunciadas en forma indeterminada o que no tenga un elacin directa con aqul. En la SAS, no es obligatorio mencionar un objeto social, caso en el c al la Ley 1258 determin que se entender como cualquier actividad lcita mercantil.

    La forma de administrar los negocios sociales con indicacin de las atribuciones v facultade s de los administradores, y de las que se reserven los asociados, las asambleas y las juritas e socios, conforme a la regulacin legal de cada tipo de sociedad.

    La poca y la forma de convocar y constituir la asamblea o junta de socios en sesiones ore' arias o extraordinarias, y la manera de deliberar y tomar los acuerdos en los asuntos de su compe encia.

    Las fechas en que deben hacerse los inventarios y balances generales, y la forma en c1.1s han de distribuirse los beneficios o utilidades de cada ejercicio social, con indicacin de las res r as que deban hacerse.

    La forma de hacer la liquidacin, una vez disuelta la sociedad, con indicacin le los ki res que hayan de ser restituidos o distribuidos en especie, o de las condiciones en que, a falta de dicha indicacin, puedan hacerse distribuciones en especie.

    Si las diferencias que ocurran a los asociados entre s o con la sociedad, con mOtivo del cOntrato social, han de someterse a decisin arbitral o de amigables componedores y, en ;aso afi- ativo, la Ti forma de hacer la designacin de los rbitros o amigables componedores.

    El nombre y domicilio de la persona o personas que han de representar legalmente a la S precisando sus facultades y obligaciones, cuando esta funcin no corresponda por ley contrato, a todos o algunos de los asociados.

    Las facultades y obligaciones del revisor fiscal, cuando el cargo est previsto en la le/ estatutos.

    ciedad, o por el

    o en los

    Los dems pactos que, siendo compatibles con la ndole de cada tipo de sociedad, estipulen los asociados para regular las relaciones a que da origen el contrato.

    44Hect Registrar la minuta en una notaria (Cmara e Comercio de Cali)

  • Seis pasos bsicos para la Creacin de una Empresa

    Requisitos para constituir una sociedad por documento privado de acuerdo con la ley 1014 de 2006, reglamentada por el Decreto 4463 de 2006

    Nombre, documento de identidad, domicilio y direccin de los socios.

    El domicilio social

    El trmino de duracin o la indicacin de que ste es indefinido

    Una enumeracin clara y completa de las actividades principales, a menos que se exprese que la sociedad podr realizar cualquier acto lcito de comercio.

    El monto del capital haciendo una descripcin pormenorizada de los bienes aportados, con eltimacin de su valor. El socio o socios responder por el valor asignado a los bienes en el dbcumento constitutivo.

    Cuando los activos destinados a la sociedad comprendan bienes cuya transferencia requiera escritura pblica, la constitucin deber hacerse de igual manera e inscribirse tambin en los registros correspondientes.

    El nmero de cuotas, acciones o partes de inters de igual valor nominal en que se dividir el capital de la sociedad y la forma en que sern distribuidas, si fuere el caso.

    La forma de administracin dentro del tipo o especie de sociedad de que se trate, as como el nombre, documento de identidad y las facultades de sus administradores. A falta de estipulaciones se entender que los administradores podrn adelantar todos los actos comprendidos dentro de las actividades previstas.

    Declaracin por parte de los constituyentes, o de sus representantes o apoderados sobre el cumplimiento de al menos uno de los requisitos sealados en el artculo 22 de la Ley 1014 de 2006, esto es, que cuenten con diez (10) o menos trabajadores, o con activos totales, excluida la vivienda, por valor inferior a quinientos (500) salarios mnimos legales mensuales vigentes.

    4kort Registrar la minuta en una notaria (Cmara e Comercio de Cali)

    actualicese.com

  • sos bsicos pa ra la Creacin de una Empresa

    No olvidar otros req

    2Por inters personal y por salvaguardar los intereses de terceros , se deben registra r otros documentos como Actas Complementarias o Aclaratorias de la Asamblea Constitutiva, Libros de actas y socios, etc.

    En la Cmara de Comercio se deben cumplir los siguientes 9 requisitos para terminar la inscripcin

    isitos

    V

    Requisitos para el registro de la constitucin en la Cmara de Comercio a) Verificar previamente en la cmara de comercio que no exista otra sociedad o establecimiento de

    comercio con el mismo nombre de la que se pretende registrar.

    b) Tanto la sociedad comercial como la civil se constituyen mediante escritura publica ante notaria y debe contener como mnimo los siguientes requisitos esta blec dos en el articulo 110 del cdigo de comercio.

    1. Comparecencia y firma de los socios o sus apoderados.

    2. Nombre, domicilio e identificacin de los socios.

    3. Nombre de la sociedad.

    4. Domicilio social.

    5. El objeto social, enunciando en forma clara las actividades rincipa les. 6. El capital Social, el nmero de cuotas en que se divide, el

    lor de cada cuota y los a 'ores que corresponden a cada socio. En las sociedades por acciones el capital autorizado, suscrito y pagado, el numero de acciones y el valor de cada accin. D be resaltarse que no exis:e un valor mnimo ni uno mximo de capital.

    7. La forma de administracin o representacin legal de la sociedad y las atrit uciones y limitaciones del representante legal. En caso de que no mencione las facu tades del representante legal, se entender que tiene las facultades.revista en la ley comercia.

    8. La duracin precisa de la sociedad.

    9. Los nombramientos de representantes legales y rganos de administracin y fiscaliza :ion.

    10. La constancia de aceptacin de los cargos y sus identi icaciones, salvo qu las personas designadas firmen la escritura publica.

    11. Clusula compromisoria.

    a. Diligenciar el formulario de matricula mercantil que se ven .e en cualquiera de las sacies de la cmara de comercio, sin tachones o enmendaduras y firma o por el representante legal.

    actualicese.com

  • Seis pasos bsicos para la Creacin de una Empresa

    b. La sociedad debe presentar la solicitud de matricula en la cmara de comercio con jurisdiccin en el lugar donde va a tener su domicilio principal. Y para el efecto debe presentar la escritura publica de constitucin, el formulario de matricula y las cartas de aceptacin de los nombramientos que se efectan ya sea de representantes legales, junta directiva y revisores fiscales sino estn firmando la escritura publica de constitucin.

    c. Una vez ingresen los documentos, se cobraran los derechos de inscripcin de matricula y del impuesto de registro. Estos son unas tarifas establecidas por el gobierno anualmente y son una tarifa fija; la matricula se calcula de acuerdo con el capital y el impuesto de registro es el 0.7% del capital. En caso de que en la constitucin de la sociedad se aporten bienes inmuebles, primero deber registrarse la escritura en la oficina de registro de instrumentos pblicos, despus, con la copia del recibo de pago y con todas las formalidades anteriormente descritas se registrara en la cmara de comercio y se pagan solamente los derechos de inscripcin y la matricula, por cuanto en la oficina de registro de instrumentos pblicos se paga el impuesto de registro. Con la cmara de comercio quedan obligados a renovar la matricula mercantil anualmente durante los tres primeros meses del ao. Tanto la comercial como la civil se

    constituyen de la misma manera.

    4 i Clasificacin de Sociedades

    Compromisos con el Registro Mercantil Por disposicin legal los comerciantes estn obligados a matricularse en el Registro Mercantil que llevan las Cmaras de Comercio, as como inscribir todos los actos, libros y documentos respecto de los cuales la ley

    exija esa formalidad. Para efectos de la matricula los empresarios deben presentar los siguientes documentos:

    Empresarios Persona Natural

    Las perso s naturales que deseen matricularse como comerciantes debern:

    Diligenciar el formulario de Registro nico Empresarial, suministrando en forma exacta los datos solicitados. Si la matrcula se solicita personalmente se debe presentar el original del documento de identificacin de la persona natural que se est matriculando. En caso de enviar un tercero a realizar la matrcula mercantil, la firma del comerciante en el formulario deber contar con reconocimiento de contenido y firma ante notario.

    Diligenciar el Formulario RUT y hacer presentacin personal del mismo ante el funcionario de la Cmara de Comercio ante notario, si es un tercero quien realiza el trmite. En caso de que la persona natural ya tenga NIT, deber adjuntar el certificado del Rut o fotocopia del NIT.

    Diligenciar el formulario adicional de registro con otras entidades para el establecimiento de comercio.

    Presentar todos los documentos anteriormente mencionados y cancelar los derechos de inscripcin a que hubiere lugar.

    actualicese.com

  • Seis pasos bsicos para la Cre, cin de una Empresa

    Empresarios Persona Jurdica

    Las personas jurdicas debern cumplir con los siguientes requisitos: Verificar que no figure matriculada otra sociedad establecimiento de comercio con un nombre

    idntico. Lo puede verificar en la Cmara de Comercio de la Jurisdiccin donde ser ragi trada la sociedad.

    Diligenciar el formulario de Registro nico Empresarial, suministrando en forma exacl los datos solicitados. El formulario debe estar firmado por el representante legal y deber ser esentado personalmente o enviarlo con reconocimiento de firma y contenido ante notario

    Diligenciar el Formulario RUT y hacer presentacin personal del mismo ante el funciona io de la Cmara de Comercio ante notario, si es un tercero quien real za el trmite.

    Diligenciar el formulario adicional de registro con otras entidades para el establecim :nto de comercio.

    Enviar copia autntica del documento de constitucin Tenga en cuenta que si se aporta bienes inmuebles, deber hacerse por escritura pblica.

    Presentar todos los documentos anteriormente mencionados y cancelar los dere:hos de in cripcin a que hubiere lugar.

    Diligenciar el formato de solicitud de registro de libros de registro de socios accionista s y libro de actas de junta de socios asamblea, indicando el nombre de la sociedad, EAT mpresa Unipersonal, el destino de cada libro y el nmero de hojas tiles debidamente iirn ad por el representante legal y presentado personalmente con reconocimiento de firma y con.

    en do ante notario.

    Matrcula de una Sucursal

    Cuando se trata de una sucursal de una sociedad se debe cumplir con lo.; siguientes requisitos:

    Verificar que no figure matriculada otra sociedad establecimiento de comercio con un nombre idntico.

    Diligenciar el formulario de Registro nico Empresaria , suministrando en forma exacta los datos solicitados.

    Diligenciar el formulario adicional de registro con otras entidades.

    Enviar copia autntica del acta donde conste la decisin del rgano competente que o en la apertura de la sucursal, la designacin del representante legal y las facultades de ste. La aceptacin del nombrado puede venir incorporada al acta, o en documento separado suscrito por el mismo.

    Si la sociedad tiene domicilio en otra jurisdiccin, deber enviar: Enviar copia autntica del documento de constitucin (documento privado escr tura pi: b i a,

    segn sea el caso). Copia autntica de las escrituras pblicas o documentos privados de reformas.

    Si se trata de una entidad vigilada por la Superintenden la Financiera, deber enviar certi4* ado de existencia y representacin legal expedida dicha entidad.

    Presentar todos los documentos anteriormente mencio ados y cancelar los derec hos de in s ripcin a que hubiere lugar, en la cmara de comercio de la ciud d donde registrar la sucursal.

    actualicese.co

  • Seis pasos bsicos para la Creacin de una Empresa

    Matrcula de una Agencia

    Verificar que no figure matriculada otra sociedad establecimiento de comercio con un nombre idntico.

    Diligenciar el formulario de Registro nico Empresarial, suministrando en forma exacta los datos solicitados.

    Diligenciar el formulario adicional de registro con otras entidades.

    Eliviar copia autntica del documento privado del acta donde conste la decisin del rgano competente que orden la apertura de la agencia, la designacin del administrador y las facultades de ste. La aceptacin del nombrado puede venir incorporada al acta, o en documento separado suscrito por el mismo.

    Presentar todos los documentos anteriormente mencionados y cancelar los derechos de inscripcin.

    a que hubiere lugar, en la cmara de comercio de la ciudad donde registrar la agencia.

    Compromisos con el Registro Mercantil (Cmara de Comercio de Cali)

    Compromisos para funcionar y operar legalmente Los requisitos para operar legalmente estn dispuesto en la Ley 232 de 1995, articulo 22:

    Artculo 2o. No obstante lo dispuesto en el artculo anterior, es obligatorio para el ejercicio del comercio que los establecimientos abiertos al pblico renan los siguientes requisitos:

    a. Cumplir con todas las normas referentes al uso del suelo, intensidad auditiva, horario, ubicacin y destinacin expedida por la autoridad competente del respectivo municipio. Las personas interesadas podrn solicitar la expedicin del concepto de las mismas a la entidad de planeacin o qyien haga sus veces en la jurisdiccin municipal o distrito! respectiva; Ver el Fallo del Tribunal AVmin. de C/marca. de agosto 30 de 2007 (Exp. 2007-0339)

    b. Cumplir con las condiciones sanitarias descritas por la Ley 92 de 1979 y dems normas vigentes sobre la materia;

    c. Para aquellos establecimientos donde se ejecuten pblicamente obras musicales causante de pago por derechos de autor, se les exigir los comprobantes de pago expedidos por la autoridad legalmente reconocida, de acuerdo con lo dispuesto por la Ley 23 de 1982 y dems normas complementarias;

    d. Tenerrnatrcula mercantil vigente de la Cmara de Comercio de la respectivo jurisdiccin; e. Comunicar en las respectivas oficinas de planeacin o, quien haga sus veces de la entidad territorial

    correspondiente, la apertura del establecimiento.

    actualicese.com

  • is pasos bsicos para la Creacin de una Empresa

    No olvide los compromisos Fisdales que va a adquirir

    Muchos olvidan que no slo se trata de producir y vender, sino tambin pagarle al Estado por su actividad comercial. Estas son las siguientes obligaciones fiscales que se deben tener en cuenta:

    Impuesto sobre la Renta y Complementarios.

    Impuesto de Valor Agregado IVA.

    Retencin en la Fuente.

    Impuesto de Industria y Comercio.

    Impuesto de Timbre.

    Gravmenes a movimientos financieros

    V

    Compromiso con los trabajadore s 'el Estado Social

    Y

    Cuando el comerciante vincula a sus actividades, aunque sea un solo trabajador, aflielo a Seguridad Social (Salud, Pensin y ARP), evtese un dolor de cabeza que le puede costar cientos de millones de pesos.

    Y nunca olvide que ser empleador, tambin tiene la obligacin social de aportar a Parafiscales (SENA, ICBF y Caja de Compensacin).

    actualicese.com

  • Seis pasos bsicos para la Creacin de una Empresa

    Beneficios establecidos para los nuevos empresarios

    Para empresas que obtengan su matrcula mercantil, es decir, que se registren ante cualquier cmara de comercio del pas cumpliendo con las condiciones que aqu se exponen:

    La ley 1421 de 2010 o ley de Formalizacin y Generacin de Empleo establece, entre otros incentivos que se dan a conocer en este ABC de la ley de formalizacin, que las nuevas pequeas empresas no pagarn la matricula mercantil el primer ao y pagarn tarifas subsidiadas para sus renovaciones el segundo y el tercer

    ao.

    Slo pueden acogerse a los beneficios de los artculos 5 y 7 de la Ley 1429 de 2010, las personas naturales y jurdicas que desarrollan pequeas empresas, es decir, aquellas cuyo personal no sea superior a 50 trabajadores y cuyos activos totales no superan cinco mil salarios mnimos legales mensuales vigentes (5.000 SMLMV).

    En qu consiste el beneficio? Registro y matrcula mercantil: A las pequeas empresas (aquellas cuyos activos no superen los 5.000 SMMLV y cuyo personal no sea superior a 50 trabajadores) que inicien su actividad econmica principal a partir de la entrada en vigencia de esta ley y de su reglamentacin. Se entiende por inicio de actividad econmica la fecha en la cual se realiza la inscripcin de la sociedad o persona natural en el registro mercantil.

    La Ley 1429 entr en vigencia desde el pasado 29 de diciembre de 2010 y fue reglamentada por el Decreto 515 de 2011.

    Los empresarios que se acojan a esta ley pagarn tarifas, as: Cero por ciento (0%) del total de la tarifa establecida para la obtencin de la matrcula mercantil en el primer ao de actividad.

    Cincuentacpor ciento (50%) del total de la tarifa establecida para la renovacin de la matrcula mercantil en el segundo ao.

    Setenta y cinco por ciento (75%) del total de la tarifa establecida para la renovacin de la matrcula mercantil en el tercer ao.

    Cien por ciento (100%) del total de la tarifa establecida para la renovacin de la matrcula mercantil-del cuarto ao en adelante.

    Este beneficio listar vigente hasta el 31 de diciembre de 2014

    Para mayor informacin, consulte el artculo 7 de la Ley 1429 de 2010.

    Impuesto de renta y parafiscales No pagarn contribuciones parafiscales es decir, a las cajas de compensacin, al Sena, al Bienestar Familiar, a la subcuenta de solidaridad en salud y al Fondo de Garanta de Pensin Mnima- por sus trabajadores durante los primeros dos aos, y pagarn tarifas reducidas del tercer al quinto ao. Este beneficio estar vigente hasta el 31 de diciembre de 2014.

    No pagarn impuesto de renta durante los primeros dos aos, y tendrn tarifa reducida del tercer al quinto ao. Este beneficio tiene vigencia indefinida.

    actualicese.com

  • mercio/

    cl.htm

    Seis pasos bsicos para la Creacin de una Empresa

    Cybergrafa

    http://www.crearempresa.com.co/Consultas/Consultallombre.asp

    http://www.crearempresa.com.co/Consultas/ConsultaMarca.aspx

    http://www.crearempresa.com.co/Consultas/ConsultaActividadEconomica.aspx

    http://www.crearempresa.com.co/Consultas/ConsultaUsoSuelo.as i x

    http://www.ccc.org.co/como-crear-su-empresa/registrar-la-minuta

    en-una-notaria/

    httP://www.ccc.org.co/como-crear-su-empresa/seleccione-el-tipo-

    e-sociedad-a-constitu e/

    http://camara.ccb.org.co/documentos/5847 ciiu.pdf

    http://www.ccc.org.co/como-crear-su-empresa/compromisos-con- 1-registro-mercantil/

    http://www.ccc.org.co/como-crear-su-empresa/compromisos-con- 1-estado/

    http://www.actgalicese.com/modelos-y-formatos/word-acta-de-co stitucion-de-un-sociedad-aso

    fundacion/

    http://actualicese.com/actualidad/2010/05/27/tipos-de-sociedades-y-sus-diferencias-ltda- -a-comanditas-s-a-s-

    colectivas/

    http://actualicese.com/actualidad/2008/12/11/inscripcion-por-primera-vez-en-carna ra-dE

    http://www.slideshre.net/logisticadigitalVsociedad-de-hecho-en-colombia

    http://www.empresario.com.co/recursos/tut lev/01.html.

    http://www.virtual.unal.edu.co/cursos/economicas/2006862/lecciones/capitulo%202/ca

    actualicese.com

    Page 1Page 2Page 3Page 4Page 5Page 6Page 7Page 8Page 9Page 10Page 11Page 12Page 13Page 14Page 15Page 16Page 17Page 18Page 19Page 20Page 21Page 22Page 23


Recommended