El informe pericial
Contenido del dictamen pericial
Aspectos más destacables
Índice
Introducción 3Partes del dictamen: 41.- Presentación del perito 52.- Objeto de la pericia encomendada 7 3.- Antecedentes y fuentes del dictamen 94.- Reconocimientos periciales 115.- Metodología utilizada 13
5.1.- Los datos base del dictamen 165.2.- El método utilizado 25
6.- Criterios y valoraciones 317.-Errores y limitaciones 338.- Cuantificación 35 9.- Observaciones periciales 3710.- Conclusiones 3911.- Anexos 43
Introducción
• El contenido del dictamen pericial no lo exige la Ley, lo decide el profesional.
• La Ley de Enjuiciamiento Civil (LEC) refiere en el artº 347 que en la vista oral el perito responderá a “método, premisas, conclusiones y otros aspectos del dictamen”.
• La referencia al dictamen pericial se encuentra en Ley de Enjuiciamiento Criminal (LECrim). El art. 478 hace referencia a:
• La descripción de la persona o cosa objeto del informe.• El modo en que se halle.• La relación de todas las operaciones practicadas por los peritos y de sus resultados.• Las conclusiones que en vista de tales datos formulen los peritos.• Conforme a los principios de su ciencia o arte.
Partes del dictamen
Las partes del dictamen:
1.‐ Presentación del perito
Presentación del perito
• Presentación del perito con sus datos personales y profesionales relevantes.
• No es un curriculum, pero algo que destaque profesionalmente, procede incluirlo.
• No incluir cursillos o cuestiones que aunque sean importantes no guarden relación con el objeto de la pericia.
• No incluir códigos internos de empresas u organismos para los que se presten servicios.
• Siempre en los dictámenes judiciales se incluirá el juramento o promesa de decir la verdad y actuar con objetividad.
Juramento del cargo
• Artº 335.2 LEC
El perito está obligado a: “manifestar, bajo juramento o promesa de decir verdad, que ha actuado y, en su caso, actuará con la mayor objetividad posible, tomando en consideración tanto lo que pueda favorecer como lo que sea susceptible de causar perjuicio a cualquiera de las partes, y que conoce las sanciones penales en las que podrían incurrir si incumpliera su deber como perito”
Las partes del dictamen:
2.‐ Objeto de la pericia encomendada.
Objeto de la pericia encomendada
• El objeto ha de comprender de forma clara lo que se nos ha pedido.
• Se trata de clasificar objetivamente la prueba. El juez debe ver que lo que se resuelve en el dictamen es parte de los hechos controvertidos.
•Lo que no afecta a la información solicitada sería superfluo y no conviene incluirlo.
Las partes del dictamen:
3.‐ Antecedentes y fuentes en el dictamen
Antecedentes y fuentes base del dictamen
Conviene entrar con orden lógico, iniciándose con antecedentes y fuentes sobre cuya base se emite el dictamen.
• La pericial en seguros es por una tasación. No como medio de prueba de un procedimiento. Garantía de objetividad.
• Datos del asegurado, contrato, siniestro –fecha, cultivo, variedad, fecha de recepción del siniestro…
•Antecedentes y fuentes: documentos e información artº 336.
Las partes del dictamen:
4.‐ Reconocimientos periciales
Reconocimientos pericialesAsumen un papel relevante:
• Las operaciones periciales concretas realizadas, individualización de las circunstancias y sintomatología.
• El momento en el que se realizan. Si ha transcurrido mucho tiempo, los efectos y consecuencias han podido ser mitigados. La pericia se puede perjudicar por el transcurso del tiempo. En seguros, el asegurado puede perder la indemnización.
• Tiempo de dedicación. Hay sentencias que entienden que es mucho más válido un informe cuanto más tiempo se le haya dedicado, y por supuesto depende de la cuantía.
• Quién ha acompañado al perito.
• Documentos analizados.
• Agrarios: Se observa en general la explotación y en particular el objeto siniestrado. (Ej. Se recoge el estado fenológico, CCTC, las muestras dejadas por el asegurado…)
Las partes del dictamen:
5.‐Metodología utilizada
5.1.‐ Los datos base del dictamen5.2.‐ El método utilizado
Metodología utilizada
• Es uno de los principios de valoración de la prueba pericial más consagrado por el Tribunal Supremo en su jurisprudencia.
• Es la parte más delicada porque es la más valorada por el Juez a la hora de decantarse por un informe u otro.
•Por tanto:
1. Se debe incluir siempre la metodología aplicable al supuesto planteado.
2. No incluir metodologías inapropiadas o inútiles.3. Hay que exponerla de forma comprensible para el destinatario.
Metodología utilizada: análisis
Se analiza el objeto tal y como se halle en el momento de las operaciones periciales para lo que:
• Debemos argumentar desde lo general a lo particular.
• Individualizar y personalizar, prescindir de precios medios, apreciaciones genéricas, hipótesis de cantidad y el “tanto alzado”.
• Aplicar de forma fiel la metodología siguiendo una secuencia lógica. No actuar “per saltum”, sino puntualizar las operaciones técnico‐científicas o prácticas aplicadas.
• Seguidamente, presentar los resultados en forma de conclusiones. El relato de operaciones periciales debe incluir aspectos también relacionados a las condiciones, de modo, lugar y tiempo de realización.
• No recoger los cálculos, sino los muestreos y resultados.
• Representación gráfica que apoye esas conclusiones.
5.‐Metodología empleada.
5.1.‐ Los datos base del dictamen
5.2.‐ El método utilizado
Los datos base del dictamen
Un error inherente a los datos en los que se basa el dictamen o relativo al método aplicado puede ser suficiente para rechazar el dictamen.
Estos pueden corresponder a:
• Objetos o cuerpo material
• Hechos que motiven el informe
• Datos= informaciones: Transparencia
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Ejemplo:
Pericial para verificar la causa de un agujero en una planta a efectos de una demanda de cantidad en concepto de indemnización: el objeto o cuerpo material es la planta; el objeto de la pericia la identificación del evento óeventos causales del agujero; y los datos en los que se basa el dictamen, por ejemplo, documentos e informaciones relacionados con la planta (bibliografía, estudios técnicos, de la semilla, estado fenológico, riesgo, fitosanitarios ócondiciones técnicas de cultivo, planos, registros meteorológicos, documentación de PAC, muestras según Protocolo del Laboratorio (condicionado, OOMM peritación),…).
El perito ha de contar con el mayor número de datos posibles que permitan un análisis más completo y exhaustivo. Las fotografías son parte de esos datos, es la prueba gráfica que confirma el relato.
Se podrá incluir, en caso necesario, los criterios y técnicas utilizadas para garantizar la representatividad de la muestra objeto del dictamen ó informe.
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Los datos base del dictamen
• Los jueces valoran muy positivamente un dictamen que se centra en las causas del daño, en valorar cómo se encontraba el bien siniestrado, después entra la cuantificación y por último las conclusiones.
• De ahí el interés de aportar los documentos, instrumentos o materiales para exponer el parecer del perito que SÍ recoge el artº 336.2 LEC.
artº 336.2 LEC.
“los dictámenes se formularán por escrito, acompañados, en su caso, de los demás documentos, instrumentos o materiales adecuados para exponer el parecer del perito sobre los que haya sido objeto de la pericia. Si no fuese posible o conveniente aportar estos materiales e instrumentos, el escrito de dictamen contendrá sobre ellos las indicaciones suficientes. Podrán, asimismo, acompañarse al dictamen los documentos que se estimen adecuados para su más acertada valoración”
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Antecedentes de la obligación legal del art. 336 LEC
• Es conveniente acompañar todos los antecedentes documentales utilizados en el reconocimiento pericial y en la elaboración del dictamen. No vamos a repetir documentos que ya obre en autos porotros medios (ej contrato de seguro).
• La documental que se acompaña a los informes escritos se presume que son verdaderos (el perito ya ha jurado previamente en el propio informe que así lo son).
• Es muy conveniente aportar los documentos que den más razón de ciencia a nuestras consideraciones. Por ello, el perito también se podrá auxiliar de esos documentos previstos por escrito a la hora de exponer su informe en la vista oral.
• También se puede anunciar que se ha verificado una documentación aunque no se acompañe (ej Libro de Registro de Explotación) o bien también se pueden aportar otros documentos que aunque no sean antecedentes se consideren importantes para el contenido del dictamen.
• Cabe la posibilidad de incluir cualquier nueva tecnología CDs, vídeos, maquetas, será posible utilizar cualquier medio que aclare y facilite el contenido del informe.
• Ejemplos:
• Movilidad de un paciente probado mediante un vídeo (PERICIAL MEDICA)• Intensidad siniestro: reportaje fotográfico (SINIESTRO SEGUROS)• Video que explica los defectos constructivos localizados por un arquitecto (DEFECTOS VIVIENDA)• Maqueta que reconstruye el accidente de un navío por culpa de una grúa (RESPONSABILIDAD CIVIL).
Antecedentes de la obligación legal del art. 336 LEC
STS 67/1989 de 2 de Febrero:
El Tribunal Supremo confirma la resolución que rechazó un informe pericial ante la falta de rigor en el método aplicado, puesto que se basó en datos fragmentarios y no fiables del Ministerio de Hacienda, además los datos fiscales se refieren a la actividad integral de la empresa y no únicamente a la actividad objeto de la demanda.
STS 29/1995 de 28 de enero:
La Sentencia admite que el perito introduzca en el dictamen datos contables relevantes, obtenidos junto a las partes y omitidos en el proceso; según la resolución, el perito tiene el deber de realizar las diligencias necesarias para alcanzar la mayor exactitud en su dictamen respecto al hecho que la prueba se propone esclarecer.
Se trata de un perito nombrado por el Sindicato de Quiebra de almacenes Simeón en los años 90 para auditar la contabilidad de la empresa. El perito ha de utilizar toda la documentación de las partes para poder dictaminar con la mayor exactitud posible acerca de los extremos a que se refiere su pericia.
Ejemplos de la jurisprudencia
STS 67/1989 de 2 de Febrero:
“…al estar dicho informe pericial sustentado en los datos obtenidos por el Ministerio de Hacienda para determinar los frutos que dio la industria eléctrica, debe reputarse (el informe pericial)”falto de rigor ya que es bien sabido que, casi siempre, los datos fiscales, a más de ser sectarios no son fiables en relación con la realidad”, debiendo añadirse además que las Actas de Hacienda se refieren a la íntegra actividad de la empresa y no sólo al negocio objeto de las presentes actuaciones”.
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5.‐Metodología empleada.
5.1.‐ Los datos base del dictamen
5.2.‐ El método utilizado
El método utilizado
Método. Es importante para los Jueces que se aplique una técnica que permita un seguimiento racional de su proceso científico, seguimiento racional que le permita alcanzar conclusiones, es decir datos objetivos que dan lugar a conclusiones.
Recomendaciones de método 1/2
• Analizar los aspectos técnicos del objeto de la pericia desde el marco normativo de aplicación.
• No considerar jamás como prioritaria una mera opinión personal.
• Cada conclusión técnica debe estar previamente justificada.
• Exponer los datos que se utilicen y posibilidad de comprobarlos.
• Recoger en observaciones de la hoja de campo aquellos aspectos que de no hacerlo pueden ser fuente de discrepancia futura.
Recomendaciones de método 2/2
• Escribir es importante, si solo se toman datos es una cuantificación no es un dictamen pericial.
• Utilizar todos los medios necesarios en los trabajos de campo, incluyendo otro perito (la Ley no lo prevé pero tampoco lo prohíbe, se está utilizando).
• Utilizar siempre reportajes gráficos unidos a los periciales y facilitar referencias de lo que se expone, ajustarlo al resto del informe.
• Que sea evidente al leerlo el sentido común, la experiencia del profesional y una exposición clara, ordenada, comprensible y sistemática.
Un método reconocido por la doctrina técnica puede ser rechazado si existe algún error, si el método no ha sido correctamente utilizado. Se ha desviado sin justificación ó con riesgo de que el método no sea correcto.
Elementos que añaden valor a la aplicación del método
• El medio técnico utilizado (se supone que un profesional ha de tener lo último no hay problemas de decir que se ha utilizado un aparato ó medio técnico)
• Si existe un medio y no se utiliza puede ser causa de rechazo de un dictamen en Sentencia.
Elementos que añaden valor a la aplicación del método:Circunstancias de su utilización
1. Presencia del interesado, incluso suscribe la pericial no puede negar que hemos estado allí, y si se ha realizado en su presencia, no solo el reconocimiento sino también la aplicación del método.
2. Contacto directo del perito con el objeto de la prueba, en nuestro caso es imprescindible y aporta mayor seguridad de la pericia alpermitir una mejor observación de las características del objeto y su entorno, establecer hipótesis, cuantificar y concluir. La intermediación en la percepción propicia más el error que la inmediación.
3. Proximidad temporal de las operaciones periciales a los hechos al transcurrir el tiempo es posible que desaparezcan o se mitiguen los efectos observados en el objeto de la pericia.
4. El modo y tiempo de realización de las operaciones periciales y su duración). No es lo mismo valorar algo desde lejos o cerca por ejemplo
Las partes del dictamen:
6.‐ Criterios y valoraciones
Criterios y valoraciones: ejemplos
• Conclusiones técnicas de las apreciaciones de campo (método y datos) Los síntomas se corresponde con …
•Criterios y valoraciones: reducción de …, depreciación de …
•Conclusiones técnicas: por su distribución,… los daños no son por …
•Criterios y valoraciones: daños por xxx, causa no cubierta en el contrato de seguro.
Las partes del dictamen:
7.‐ Errores y limitaciones
Errores y limitaciones
• Métodos científicos con margen de error.
Las partes del dictamen:
8.‐ Cuantificación
Cuantificación
• Si no hay conformidad en la cuantificación podemos hacer grupos de muestras “con síntoma XXX”, “sanos XXX”, en el suelo con síntoma de “XXX” siempre que se pueda que diga con qué está o no de acuerdo para la posible resolución de la discrepancia.
Las partes del dictamen:
9.‐ Observaciones periciales
Observaciones periciales
• Es ideal que se pueda aportar el punto de vista subjetivo y que encaje con el objetivo. Especificar qué ha ocurrido no cubierto.
Las partes del dictamen:
10.‐ Conclusiones
Conclusiones
• El perito debe mantener su ámbito de actuación y no entrar a enjuiciar y, a su vez, el Juez no debe aportar conocimientos extraprocesales propios que tenga por la razón que sea.
• Parece que no debería ocurrir pero en sus conclusiones técnicamente ha de estar convencido y convencer al Juez pero no debe enjuiciar hechos del procedimiento. Ej.: es habitual en arquitectos, aparejadores, médicos, “este perito considera que el arquitecto se separó de las buenas prácticas profesionales, con el resultado de un vicio ruinógeno” ó que “el facultativa X obró conforme a las reglas de la buena praxis médica”.
• Es el Juez quien debe determinar, previa valoración de la prueba, si existe o no culpa del profesional. Los peritos deben ilustrar al Juez, proporcionándole conocimientos técnicos y, si es el caso, describiendo los hechos.
Recomendaciones
• Escribir es importante, si solo se toman datos es una cuantificación no es un dictamen pericial.
• Utilizar todos los medios necesarios en los trabajos de campo, incluyendo otro perito (la Ley no lo prevé pero tampoco lo prohíbe, se está utilizando).
• Incluir siempre reportajes gráficos unidos a los periciales y facilitar referencias de lo que se expone, ajustarlo al resto del informe.
• Que sea evidente al leerlo el sentido común, la experiencia del profesional y una exposición clara, ordenada, comprensible y sistemática.
• Un método reconocido por la doctrina técnica puede ser rechazado si existe algún error, si el método no ha sido correctamente utilizado. Se ha desviado sin justificación ó con riesgo de que el método no sea correcto.
Las partes del dictamen:
11.‐ Anexos
Anexos
• Los anexos deberán estar numerados
Muchas gracias
Nieves Torres GómezDepartamento Jurídico