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INFORME DE AUDITORIA GUBERNAMENTAL CON ENFOQUE INTEGRAL MODALIDAD EXPRES (DENUNCIA No. 07 - 2017)
ALCALDIA MUNICIPAL DE SAN ANTERO
VIGENCIA 2016
INFORME FINAL
CGDC– ABRIL- 2017
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Contralor Departamental de Córdoba EMILIO OTERO DAJUD
Vicecontralor JULIO ELIECER LORA
Contralor Auxiliar Delegado para el Control Fiscal
OMAR ANDRÉS MONTES DÍAZ
Equipo de Auditores:
Auditores
DELIA MARIA PEÑA GALVIS CRISTINA ALMANZA MILANES
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TABLA DE CONTENIDO
Página
CARTA DE CONCLUSIONES 4 1 RESULTADO DE AUDITORIA 5 1.1 ANTECEDENTES 5 1.2 DESARROLLO DE LA AUDITORIA 6 1.3. CONCLUSIONES 24
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Montería, Doctor DENNYS CHICA FUENTES Alcalde San Antero - Córdoba Asunto: Carta de Conclusiones La Contraloría Territorial, con fundamento en las facultades otorgadas por el Artículo 267 de la Constitución Política, practicó Auditoría Gubernamental con Enfoque Integral Modalidad Exprés a la Alcaldía de San Antero, de manera concreta a los hechos denunciados mediante Denuncia No. 07-2017, extraída de diario oficial de la REVISTA SEMANA, contra el Alcalde de San Antero - vigencia 2016 - DENNYS CHICA FUENTES, donde manifiesta “Presuntas irregularidades en el convenio suscrito el 3 de septiembre de 2016, con la fundación integral nueva vida “FUNAVID”, que tiene por objeto aunar esfuerzos para ejecutar el proyecto RECREANDO ANDO POR SAN ANTERO, en aras de rescatar los juegos tradicionales de niños y adolescente del municipio por una vigencia de dos (2) meses”. Es responsabilidad de Municipio de San Antero, el contenido de la información suministrada por la entidad, para que esta sea analizada por la Contraloría General del Departamento de Córdoba. La responsabilidad de la Contraloría General del Departamento de Córdoba consiste en producir un Informe de Auditoría Exprés que contenga el concepto sobre el examen practicado. La evaluación se llevó a cabo de acuerdo con normas de auditoría generalmente aceptadas, con políticas y procedimientos de auditoría establecidos por la Contraloría General del Departamento de Córdoba, consecuentes con las de general aceptación; por lo tanto, requirió acorde con ellas, de planeación y ejecución del trabajo de manera que el examen proporcione una base razonable para fundamentar nuestro concepto. La auditoría incluyó el examen, sobre la base de pruebas selectivas, de las evidencias y documentos que soportan el área, actividad o proceso auditado y el
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cumplimiento de las disposiciones legales; los estudios y análisis se encuentran debidamente documentados en papeles de trabajo, los cuales reposan en los archivos de la Contraloría General del Departamento de Córdoba. CONCEPTO SOBRE EL ANÁLISIS EFECTUADO La Contraloría General del Departamento de Córdoba, como resultado de la auditoría adelantada, conceptúa que la Alcaldía Municipal de San Antero, presentó deficiencias en la planeación, ejecución y supervisión del convenio No. 06-2016. RELACIÓN DE HALLAZGOS En desarrollo de la presente auditoria, se establecieron cuatro (04) Observaciones Administrativas, de las cuales dos (02) tienen presunta connotación disciplinaria. RESULTADO DE LA AUDITORIA 1.1 ANTECEDENTES
La Contraloría General del Departamento de Córdoba radicó en Participación Ciudadana la Denuncia extraída de diario oficial de la REVISTA SEMANA, contra el Alcalde de San Antero vigencia 2016 - DENNYS CHICA FUENTES, donde manifiesta “Presuntas irregularidades en el convenio suscrito el 3 de septiembre de 2016, con la fundación integral nueva vida “FUNAVID”, que tiene por objeto aunar esfuerzos para ejecutar el proyecto RECREANDO ANDO POR SAN ANTERO, en aras de rescatar los juegos tradicionales de niños y adolescente del municipio por una vigencia de dos (2) meses”. De acuerdo a las presuntas irregularidades denunciadas y de la Asignación de Auditoría Exprés mediante Comunicación No. 005-03-01-0097 de fecha 20 de febrero del presente año, emitida por el Contralor Auxiliar Delegado para el Control Fiscal; las auditoras procedieron a adelantar el trámite de la Denuncia a las Dependencias de la Alcaldía Municipal de San Antero, quien fue atendida durante la diligencia, por las personas involucradas en los procesos objeto de revisión.
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1.2 DESARROLLO DE LA AUDITORIA EXPRÉS
Con relación a los hechos denunciados:
De acuerdo a los hechos denunciados en el diario oficial de la Revista Semana el día 17 de febrero de 2017, mediante el titular “El pueblo que se gastó 65 millones en jugar YO-YO”. En el diario oficial se realiza una denuncia pública relacionada con la suscripción del convenio realizado por el Alcalde de San Antero- DENNYS CHICA FUENTES, donde manifiestan “Presuntas irregularidades en el convenio suscrito el 3 de septiembre de 2016, con la fundación integral nueva vida “FUNAVID”, que tiene por objeto aunar esfuerzos para ejecutar el proyecto RECREANDO ANDO POR SAN ANTERO, en aras de rescatar los juegos tradicionales de niños y adolescente del municipio por una vigencia de dos (2) meses”.
El grupo auditor para el trámite de la Auditoría solicitaron el expediente del
convenio objeto de la denuncia.
En el desarrollo de la Auditoria Exprés, la administración municipal colocó a
disposición de la comisión auditora tres (03) carpetas correspondientes al proceso
contractual del convenio No. 006-2016, contenido en seiscientos veintidós (622)
folios y siete (07) CD’S, manifestando que en estas reposaban todos los soportes
existentes en los archivos del municipio, tal como evidencia en Acta de Auditoria
No.1, firmada el día 22 de febrero de 2017, la cual hace parte integral del presente
informe.
Revisado la celebración del Convenio objeto de estudio se realiza las siguientes
precisiones.
La Alcaldía Municipal de San antero, en el Plan de Desarrollo Municipal "POR EL
SENTIR DE UN PUEBLO PAZ Y EQUIDAD SOCIAL 2016 — 2019", tiene
programadas y contempladas actividades recreativas en busca del rescate de las
tradiciones con el propósito de rescatar los juegos tradicionales, que permitan el
aprovechamiento del deporte con fines de esparcimiento, recreación y desarrollo
físico de la comunidad. Este proyecto está inscrito en el Banco de proyectos del
Municipio bajo el SSEPI 2016-023672-0054, como Implementación del Proyecto
Pedagógico Recreativo de Juegos Tradicionales.
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En virtud de lo anterior, el Municipio de San Antero suscribió el convenio No.006-
2016, de cooperación y aportes con la Fundación Integral Nueva Vida –
“FINUVID”, con el objeto “Aunar esfuerzos para ejecutar el proyecto
“RECREANDO ANDO POR SAN ANTERO”. En Aras De Rescatar Los Juegos
Tradicionales en los Niños, Niñas y Adolescentes del Municipio de San Antero –
Córdoba”, el cual es firmado el día 3 de septiembre de 2016”.
La evaluación del convenio se realizó teniendo en cuenta los requisitos y
exigencias establecidas en las disposiciones normativas en materia de
contratación pública, Ley 80 de 1993 y sus Decretos reglamentarios, en
concordancia con el Articulo 96 de la Ley 489 del 1998, sobre la celebración de
convenios de asociación.
En las diferentes etapas del proceso contractual se precisa lo siguiente:
Planeación del Convenio De acuerdo a lo establecido en los numerales de los estudios previos del convenio, se resalta lo siguiente. 2.2. ESPECIFICACIONES ESENCIALES DEL OBJETO DEL CONVENIO 2.2.1. OBLIGACIONES DE LA FUNDACION: 1.- “Apoyar a la Secretaria de Educación Municipal, en la implementación y ejecución de los juegos tradicionales como método para incentivar la práctica de dichos juegos y deportes en general, a través del proyecto "Recreando Ando por san antero", para lo cual deberá organizar un carrusel recreativo de doce estaciones (ESTACION BOLITA DE UÑAS, ESTACION DEL TROMPO, ESTACION CARRERAS A CABALLO, ESTACION CARRERAS DE SACO, ESTACION HULA HULA, ESTACION DE LA COCA, ESTACION DEL YOYO, ESTACION DE LA PEREGRINA, ESTACION DEL ROMPECABEZAS, ESTACION DE CUERDA O BELILLO, ESTACION DE LA COMETA, ESTACION CINE AL PARQUE), en los siguientes sectores:
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SECTORES DE LA ZONA URBANA Y RURAL DEL MUNICIPIO DE SAN ANTERO
ITEM SECTOR N. DE
BENEFICIARIOS
POBLACIÓN ATENDIDA
DEDICACIÓ, N / DÍA
1 Sector la Playa,
Cispata 330 Niños y niñas
1
2 Sector Bernardo escobar, Caño mocho, Miramar
350 Niños y niñas
1
3 Barrio nueve de junio, calle abajo
350 Niños y niñas
1
4 Sector polo norte, las flores Vietnam, pequín
520 Niños y niñas
1
5 Sector san Martin 1 y san Martin 2
340 Niños y niñas
1
6 Miriam pardo 1 y Miriam pardo
340 Niños y niñas
1
7 Corregimiento de Nuevo agrado
300 Niños y niñas
1
8 Santa Cruz 300
Niños y niñas
1
9 Corregimiento de Cerro Petrona
240 Niños y niñas
1
10 Corregimiento del Porvenir 360
Niños y niñas
1
Total 3.430 10
La jornada de recreación deberá comenzar a las 02:00 p.m. y tendrá una duración aproximada de siete horas. Cada estación deberá estar debidamente marcada y con una persona de apoyo con conocimientos en el tema, quien guiará a los niños en la ejecución de la respectiva actividad (juego). Se deberá garantizar: a. Entrega de refrigerios. b. Sonido — amplificación con micrófono. c. Entrega de materiales en cada una de las estaciones a cada uno de los participantes. Se deberán disponer de sillas y carpas para los padres de familia asistentes a la jornada. El carrusel recreativo deberá iniciar de la siguiente forma: Una recreación dirigida por un experto en el tema, en el cual los menores beneficiados disfrutarán de una maratón de aeróbicos con una duración de quince o veinte minutos para que los
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menores entren en la diversión. Se les dará la hidratación necesaria. Seguidamente, se deberá realizar la división de los niños y niñas en grupos equitativos y deberán ser ubicados en las estaciones, por alrededor de 10 a 20 minutos en cada estación, con el fin de iniciar dicha ejecución de acuerdo a las siguientes estaciones: 1.1. ESTACION BOLITA DE UÑAS: Se le deberá entregar a cada menor una bolsita que contendrá doce bolitas de cristal, con el fin de que comiencen a rescatar los juegos tradicionales. 1.2. ESTACION DEL TROMPO: Se le deberá entregar a cada menor un trompo con su respectiva cuerda, con punta de acero y se diviertan con dicho juguete entre ellos. 1.3. ESTACION CARRERAS A CABALLO: Se le deberán entregar a cada uno de los menores un caballito de palo con la cabeza plástica y su respectiva cuerda de agarre. Los beneficiados tendrán un lugar para realizar sus carreras de forma apropiada. 1.4. ESTACIONCARRERAS DE SACO: Se le deberá entregar a cada uno de los beneficiados un saco en fique, con el fin de realizar competencias y mejorar las destrezas de los menores. 1.5. ESTACION HULA HULA: Se le deberá entregar un HULA HULA, a cada menor que se encuentre en la ejecución de la actividad, con el fin de que se creen nuevas redes neuronales, ya que mantienen la mete activa, trabajando mente y cuerpo simultáneamente. 1.6. ESTACION DE LA COCA: Se deberá entregar a cada menor, una coca, la cual ayudará a la motricidad y concentración de los menores. 1.7. ESTACION DEL YOYO: Se deberá entregar a cada menor un YOYO, el cual funciona de la siguiente forma: Se lanza hacia el suelo o hacia donde queramos, incluso en vertical. El hilo se desenrolla por la fuerza de la gravedad o por la fuerza que nosotros le hemos otorgado. Cuando la cuerda se termina el Yoyo sigue girando por que el hilo está algo suelto, permitiendo que el giro continúe. Jugar con un Yoyo no se trata sólo de lanzar dos círculos de metal, plástico o madera; es jugar con ciencia y con fuerzas. 1.8. ESTACION DE LA PEREGRINA: Se armará una "semana" en el suelo mediante una cuerda, cada recuadro estará numerado con el fin de que se siga un circuito u orden. Los menores que este en dicha estación deberán turnarse de acuerdo a la organización que sea asignada por el personal auxiliar. 1.9. ESTACION DEL ROMPECABEZAS: Se le deberá entregar a cada menor un rompecabezas, el cual comenzarán a armar en la estación, previa explicación de la persona que se encuentra en dicha estación como apoyo. 1.10. ESTACION DE CUERDA O BELILLO: Se deberá entregar a cada menor un velillo, el cual estará conformado por una manigueta de madera o plástico unidas entre sí por la cuerda. 1.11. ESTACION DE LA COMETA: Al finalizar la tarde, se entregará a cada menor una cometa, para que de forma grupal desplieguen y adornen el cielo de su Sector. Elevar cometas motiva a los menores, a correr, a moverse de un lado para otro, a tener paciencia y perseverancia, les ayuda a fortalecer sus huesos, y a estar más en contacto con la naturaleza. 1.12. ESTACION CINE AL PARQUE: Finalmente, luego de una gran jornada de diversión en aras de rescatar los juegos
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tradicionales en cada uno de los sectores visitados, los menores podrán ir a su casa a cambiarse para luego poder ir a disfrutar del CINE AL PARQUE. Se deberá entregar a cada uno de los menores crispetas y gaseosa o jugo en caja o botella de plástico. Las películas a proyectar, dependerán de la cantidad de personas asistentes: 1. PELICULA JUEGO PERFECTO: En esta se trabajan temas tales como el trabajo en equipo, el valor de la amistad y la importancia de una familia unida. 2. PELICULA RETO DE VALIENTES: En esta se trabajan temas tales como la amistad y resalta la familia. 2. PUBLICIDAD: Se deberá realizar la publicidad de cada uno de las jornadas a realizar en cada sector de la siguiente forma: a. Se le informará mediante carta o invitación a los presidentes de las juntas de acción comunal de cada sector exponiéndole como mínimo la fecha y hora de la jornada, tipos de dinámica con el fin de que esparza dicha información. b. Se deberán realizar cinco (5) perifoneo en cada uno de los sectores donde se realizarán las jornadas, con antelación de cinco a diez días de la fecha de ejecución de la actividad. Se deberá exponer como mínimo, fecha, hora y lugar de la actividad. 3.Las demás que sean necesarias para el logro de los objetivos del proyecto”. 2.2.2. OBLIGACIONES DEL MUNICIPIO: “1) Ejercer el respectivo control de
ejecución y supervisión del Convenio. 2) Recibir de parte de LA FUNDACIÓN los
informes relacionados con la ejecución del convenio. 3) Expedir el cumplido
correspondiente. 4) Suscribir en conjunto con LA FUNDACIÓN las actas de
iniciación, recibo y liquidación del convenio. 5) Cancelar el aporte que corresponde
al Municipio, de acuerdo a la forma prevista en el convenio”.
2.2.4. DURACION DEL CONVENIO: La duración del presente convenio es DOS (02) MESES, contados a partir de que se haya cumplido los requisitos de ejecución y legalización del convenio y se haya suscrito el acta de inicio de actividades del presente convenio. 4.1. VALOR DEL CONVENIO: El presupuesto oficial estimado es de SESENTA Y CINCO MILLONES QUINIENTOS OCHENTA Y DOS MIL PESOS ($65.582.000) M/CTE, aprobándose una cofinanciación de CINCUENTA Y NUEVE MILLONES NOVECIENTOS VEINTE MIL PESOS ($59.620.000,00) M/CTE, por parte del Municipio de San Antero, y el valor restante a cargo de la "FUNDACION", es decir la cantidad de CINCO MILLONES NOVECIENTOS SESENTA Y DOS MIL PESOS ($5.962.000,00) M/CTE. 4.2.1. APORTES DEL MUNICIPIO DE SAN ANTERO: CINCUENTA Y NUEVE MILLONES SEIECIENCTOS VEINTE MIL PESOS ($59.620.000) M/CTE.
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PRESUPUESTO RECURSOS HUMANOS
CANTIDAD DESCRIPCIÓN UNIDAD DE MEDIDA
CANTIDAD VALOR UNITARIO
VALOR TOTAL
1 COORDINADOR (DOCENTE O LICENCIADO EN EDUCACIÓN FISICA, GESTOR CULTURAL, RECREADOR)
MES 2 2.500.000 5.000.000
1 PROFESIONAL UNIVERSITARIO EN PSICOLOGIA O TRABAJO SOCIAL
MES 2 2.500.000 4.000.000
2 INSTRUCTOR DE AEROBICOS Y DE ACTIVIDADES
RECREATIVAS
MES 2 1.500.000 6.000.000
10 AUXILIAR DE
LOGISTICA MES 2 800.000 16.000.000
TOTAL 31.000.000
PRESUPUESTO RECURSOS LOGISTICOS
ITEMS DESCRIPCIÓN UNIDAD DE MEDIDA
CANTIDAD VALOR UNITARIO
VALOR
TOTAL
1 ALQUILER DE AMPLIFICACIÓN DE SONIDO
DIAS 40 80.000 3.200.000
2 HIDRATACIÓN
(AGUA)
PACAS * 40 UN
200 3.000 600.000
3 REFRIGERIOS UNIDAD 3430 4.000 13.720.000
4 TRANSPORTE PARA LOGISTICA (IDA Y REGRESO PARA 16 PERSONAS por
40 Días)
VIAJES 20 200.000 8.000.000
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4.2.2. APORTES DE LA FUNDACION: CINCO MILLONES NOVECIENTOS
SESENTA Y DOS MIL PESOS (5.962.000) M/CTE.
PRESUPUESTO RECURSOS FISICOS
ITEMS DESCRIPCIÓN UNIDAD DE MEDIDA
CANTIDAD VALOR UNITARIO
VALOR
TOTAL
1 ADECUACIÓN Y MARCACIÓN DE INFRAESTRUCTURA DEPORTIVA PARA EL DESARROLLO DE LOS CARRUSELES
DIAS 10 86.200 $862.000
2 ALQUILER DE SILLAS Y 3 CARPAS
DIAS 10 200.000 $2.000.000
3 AUXILIAR DE LOGISTICA
DOS MESES 1 800.000 1.600.000
TOTAL $4.462.000
PRESUPUESTO RECURSOS FISICOS
ITEMS ACTIVIDAD DESCRIPCION CANTIDAD VALOR
UNITARIO
VALOR TOTAL
1 PUBLICIDAD
INVITACIONES 50 $5.000 $250.000
PERIFONEOS 50 $25.000 $1.250.000
TOTAL 1.500.000
Hallazgo No. 1. Falta de Homogeneidad en los Estudios Previos, Convenio y Propuesta. En la propuesta presentada por la fundación, se observa que la duración del proyecto estaba proyectada a 50 días, mientras que en los estudios previos y en el convenio se previó y pactó la ejecución en 60 días (2 meses). Posteriormente se observa en los estudios previos publicados en el SECOP que el valor del contrato asciende a $61.920.000 y en la propuesta establece un valor de $69.870.000; no presentando coherencia con el valor señalado en el convenio y en los estudios previos que reposan en el expediente, en el cual se determina un valor de $65.582.000.
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Aduce el Sujeto vigilado que por error se publicaron los archivos de computador que no correspondían a los originales firmados. Adicionalmente, en la propuesta no se detalló cómo se realizarían los aportes del convenio y se anexa un presupuesto de recursos y materiales por valor de $8.980.000, los cuales no son referenciados en los estudios previos. En los estudios previos se estableció que el carrusel recreativo de doce (12) estaciones (Estación Bolita De Uñas, Estación Del Trompo, Estación Carreras A Caballo, Estación Carreras De Saco, Estación Hula Hula, Estación De La Coca, Estación Del Yoyo, Estación De La Peregrina, Estación Del Rompecabezas, Estación De Cuerda O Belillo, Estación De La cometa, Estación Cine Al Parque), se realizaría en 10 sectores, un día para cada sector; con una duración aproximada de la jornada de siete (07) horas, en la que se estableció una población beneficiada de 3.430 niños y niñas, las cuales de detallan a continuación:
SECTORES DE LA ZONA URBANA Y RURAL DEL MUNICIPIO DE SAN ANTERO
ITEM SECTOR N. DE
BENEFICIARIOS
POBLACIÓN ATENDIDA
DEDICACIÓ, N / DÍA
1 Sector la Playa, Cispata 330
Niños y niñas
1
2 Sector Bernardo escobar, Caño mocho, Miramar
350 Niños y niñas
1
3 Barrio nueve de junio, calle abajo
350 Niños y niñas
1
4 Sector polo norte, las flores Vietnam, pequín
520 Niños y niñas
1
5 Sector san Martin 1 y san Martin 2
340 Niños y niñas
1
6 Miriam pardo 1 y Miriam pardo
340 Niños y niñas
1
7 Corregimiento de Nuevo agrado 300
Niños y niñas
1
8 Santa Cruz 300
Niños y niñas
1
9 Corregimiento de Cerro Petrona
240 Niños y niñas
1
10 Corregimiento del Porvenir 360
Niños y niñas
1
Total 3.430 10
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Sin embargo, en la propuesta la fundación presenta unos cronogramas de actividades, los cuales difieren con lo requerido en los estudios previos referenciados anteriormente, si tenemos la fundación estableció un cronograma de las actividades a desarrollar así:
Realizar las doce estaciones en cuatro jornadas, con una dedicación de 4 días en los diez sectores.
DÍAS SECTOR CRONOGRAMA 1. NO.
BENEF CRONOGRAMA 2. NO.
BENEF. CRONOGRAMA 3.
NO. BENEF
CRONOGRAMA 4.
NO. BENEF
TOTAL
4 SECTOR LA PLAYA, CISPATÁ, PUERTO Y AMAYA
CARRUSEL RECREATIVO; FESTIVAL DE LA COMETA, BOLITA DE UÑA Y ARRERAS DE SACO EN LA ZONA URBANA Y, RURAL DEL MUNICIPIO DE SAN.ANTERO.,
70 CARRUSEL RECREATIVO; ACTIVIDADES LUDICAS AL AIRE LIBRE EN LA ZONA URBANA Y, RURAL DEL MUNICIPIO DE SAN.ANTERO
60 CARRUSEL RECREATIVO; AEROBICOS, HABITOS Y ESTILO DE VIDA SALUDABLE, EN LA ZONA URBANA Y, RURAL DEL MUNICIPIO DE SAN.ANTERO.,
100 CARRUSEL LUDICO RECREATIVO CABALLOS DE MADERA, COCAS, TROMPO, EN LA ZONA URBANA Y RURAL DEL MUNICIPIO DE SAN ANTERO
100
4 SECTOR BERNARDO ESCOBAR CAÑO MOCHO, MIRAMAR
CARRUSEL RECREATIVO; FESTIVAL DE LA COMETA, BOLITA DE UÑA Y ARRERAS DE SACO EN LA ZONA URBANA Y, RURAL DEL MUNICIPIO DE SAN.ANTERO
90 CARRUSEL RECREATIVO; ACTIVIDADES LUDICAS AL AIRE LIBRE EN LA ZONA URBANA Y, RURAL DEL MUNICIPIO DE SAN.ANTERO
60 CARRUSEL RECREATIVO; AEROBICOS, HABITOS Y ESTILO DE VIDA SALUDABLE, EN LA ZONA URBANA Y, RURAL DEL MUNICIPIO DE SAN.ANTERO
100 CARRUSEL LUDICO RECREATIVO CABALLOS DE MADERA, COCAS, TROMPO, EN LA ZONA URBANA Y RURAL DEL MUNICIPIO DE SAN ANTERO
100
4 BARRIO NUEVE DE JUNIO, CALLE ABAJO
CARRUSEL RECREATIVO; FESTIVAL DE LA COMETA, BOLITA DE UÑA Y ARRERAS DE SACO EN LA ZONA URBANA Y, RURAL DEL MUNICIPIO DE SAN.ANTERO.,
90 CARRUSEL RECREATIVO; ACTIVIDADES LUDICAS AL AIRE LIBRE EN LA ZONA URBANA Y, RURAL DEL MUNICIPIO DE SAN.ANTERO
60 CARRUSEL RECREATIVO; AEROBICOS, HABITOS Y ESTILO DE VIDA SALUDABLE, EN LA ZONA URBANA Y, RURAL DEL MUNICIPIO DE SAN.ANTERO.,
100 CARRUSEL LUDICO RECREATIVO CABALLOS DE MADERA, COCAS, TROMPO, EN LA ZONA URBANA Y RURAL DEL MUNICIPIO DE SAN ANTERO
100
4 sector polo norte, las flores Vietnam, pequín
CARRUSEL RECREATIVO; FESTIVAL DE LA COMETA, BOLITA DE UÑA Y ARRERAS DE SACO EN LA ZONA URBANA Y, RURAL DEL MUNICIPIO DE SAN.ANTERO.,
120 CARRUSEL RECREATIVO; ACTIVIDADES LUDICAS AL AIRE LIBRE EN LA ZONA URBANA Y, RURAL DEL MUNICIPIO DE SAN.ANTERO
120 CARRUSEL RECREATIVO; AEROBICOS, HABITOS Y ESTILO DE VIDA SALUDABLE, EN LA ZONA URBANA Y, RURAL DEL MUNICIPIO DE SAN.ANTERO.,
140 CARRUSEL LUDICO RECREATIVO CABALLOS DE MADERA, COCAS, TROMPO, EN LA ZONA URBANA Y RURAL DEL MUNICIPIO DE SAN ANTERO
140
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4 sector san Martin 1 y san Martin 2
CARRUSEL RECREATIVO; FESTIVAL DE LA COMETA, BOLITA DE UÑA Y ARRERAS DE SACO EN LA ZONA URBANA Y, RURAL DEL MUNICIPIO DE SAN.ANTERO.,
80 CARRUSEL RECREATIVO; ACTIVIDADES LUDICAS AL AIRE LIBRE EN LA ZONA URBANA Y, RURAL DEL MUNICIPIO DE SAN.ANTERO
60 CARRUSEL RECREATIVO; AEROBICOS, HABITOS Y ESTILO DE VIDA SALUDABLE, EN LA ZONA URBANA Y, RURAL DEL MUNICIPIO DE SAN.ANTERO.,
100 CARRUSEL LUDICO RECREATIVO CABALLOS DE MADERA, COCAS, TROMPO, EN LA ZONA URBANA Y RURAL DEL MUNICIPIO DE SAN ANTERO
100
4 SECTOR Miriam pardo 1 y Miriam pardo 2
CARRUSEL RECREATIVO; FESTIVAL DE LA COMETA, BOLITA DE UÑA Y ARRERAS DE SACO EN LA ZONA URBANA Y, RURAL DEL MUNICIPIO DE SAN.ANTERO.,
80 CARRUSEL RECREATIVO; ACTIVIDADES LUDICAS AL AIRE LIBRE EN LA ZONA URBANA Y, RURAL DEL MUNICIPIO DE SAN.ANTERO
60 CARRUSEL RECREATIVO; AEROBICOS, HABITOS Y ESTILO DE VIDA SALUDABLE, EN LA ZONA URBANA Y, RURAL DEL MUNICIPIO DE SAN.ANTERO.,
100 CARRUSEL LUDICO RECREATIVO CABALLOS DE MADERA, COCAS, TROMPO, EN LA ZONA URBANA Y RURAL DEL MUNICIPIO DE SAN ANTERO
100
4 Corregimiento de Nuevo agrado
CARRUSEL RECREATIVO; FESTIVAL DE LA COMETA, BOLITA DE UÑA Y ARRERAS DE SACO EN LA ZONA URBANA Y, RURAL DEL MUNICIPIO DE SAN.ANTERO.,
40 CARRUSEL RECREATIVO; ACTIVIDADES LUDICAS AL AIRE LIBRE EN LA ZONA URBANA Y, RURAL DEL MUNICIPIO DE SAN.ANTERO
60 CARRUSEL RECREATIVO; AEROBICOS, HABITOS Y ESTILO DE VIDA SALUDABLE, EN LA ZONA URBANA Y, RURAL DEL MUNICIPIO DE SAN.ANTERO.,
100 CARRUSEL LUDICO RECREATIVO CABALLOS DE MADERA, COCAS, TROMPO, EN LA ZONA URBANA Y RURAL DEL MUNICIPIO DE SAN ANTERO
100
4 Santa Cruz CARRUSEL RECREATIVO; FESTIVAL DE LA COMETA, BOLITA DE UÑA Y ARRERAS DE SACO EN LA ZONA URBANA Y, RURAL DEL MUNICIPIO DE SAN.ANTERO.,
40 CARRUSEL RECREATIVO; ACTIVIDADES LUDICAS AL AIRE LIBRE EN LA ZONA URBANA Y, RURAL DEL MUNICIPIO DE SAN.ANTERO
60 CARRUSEL RECREATIVO; AEROBICOS, HABITOS Y ESTILO DE VIDA SALUDABLE, EN LA ZONA URBANA Y, RURAL DEL MUNICIPIO DE SAN.ANTERO.,
100 CARRUSEL LUDICO RECREATIVO CABALLOS DE MADERA, COCAS, TROMPO, EN LA ZONA URBANA Y RURAL DEL MUNICIPIO DE SAN ANTERO
100
4 Corregimiento de Cerro Petrona
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40 CARRUSEL RECREATIVO; ACTIVIDADES LUDICAS AL AIRE LIBRE EN LA ZONA URBANA Y, RURAL DEL MUNICIPIO DE SAN.ANTERO
40 CARRUSEL RECREATIVO; AEROBICOS, HABITOS Y ESTILO DE VIDA SALUDABLE, EN LA ZONA URBANA Y, RURAL DEL MUNICIPIO DE SAN.ANTERO.,
80 CARRUSEL LUDICO RECREATIVO CABALLOS DE MADERA, COCAS, TROMPO, EN LA ZONA URBANA Y RURAL DEL MUNICIPIO DE SAN ANTERO
80
4 Corregimiento del Porvenir
CARRUSEL RECREATIVO; FESTIVAL DE LA COMETA, BOLITA
100 CARRUSEL RECREATIVO; ACTIVIDADES LUDICAS AL AIRE
60 CARRUSEL RECREATIVO; AEROBICOS, HABITOS Y
100 CARRUSEL LUDICO RECREATIVO CABALLOS DE
100
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DE UÑA Y ARRERAS DE SACO EN LA ZONA URBANA Y, RURAL DEL MUNICIPIO DE SAN.ANTERO.,
LIBRE EN LA ZONA URBANA Y, RURAL DEL MUNICIPIO DE SAN.ANTERO
ESTILO DE VIDA SALUDABLE, EN LA ZONA URBANA Y, RURAL DEL MUNICIPIO DE SAN.ANTERO.,
MADERA, COCAS, TROMPO, EN LA ZONA URBANA Y RURAL DEL MUNICIPIO DE SAN ANTERO
40 750 640 1020 1020 3.430
Si bien es cierto, que las partes están llamadas a cumplir lo establecido en el convenio, también lo es que los estudios previos y propuesta son soportes esenciales para una buena planeación y ejecución del convenio, lo cual debe guardar coherencia con lo pactado en este. Por lo tanto, es evidente que en la Entidad existieron deficiencias en el procesamiento de la información que se originó en la gestión adelantada para la suscripción del convenio en lo referente a la fase previa, fase fundamental para determinar las necesidades, analizar los mecanismos más idóneos para satisfacerlas, las especificaciones esenciales del objeto convenido y las condiciones en las cuales realizaría, todo ello dentro del marco legal. En consecuencia, a lo anterior, en el contenido de los estudios previos, convenio y propuesta, evidencian una deficiencia en la planeación al no existir homogeneidad en lo relacionado a las especificaciones de las actividades y en los plazos establecidos, conduciendo a que no se logre determinar con precisión cómo se ejecutarían las actividades objeto del convenio. Así mismo la entidad debe implementar acciones correctivas en su gestión para adelantar convenios, con el fin de lograr que ésta brinde a la comunidad información libre de errores y se garantice la realización de una serie de estudios y análisis orientados a establecer mecanismos económicos, transparentes y adecuados para satisfacer las necesidades técnicamente diagnosticadas. Criterio: Estudios previos del Convenio No. 06-2016. Causa: Debilidades en la planeación contractual. Efecto: Proceso contractual con deficiencias de los principios de transparencia y responsabilidad de conformidad con los principios que rigen la función administrativa. Esta Observación es Administrativa
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Hallazgo No. 2. No Registro en Cámara de Comercio En los estudios previos, se establece que “la Fundación Integral Nueva Vida “FINUVID”, quiere integrar su experiencia y fines altruistas al municipio para desarrollar las actividades del proyecto “Recreando ando por San Antero”, considerando que su objeto social se los permite y que además cuentan con equipo interdisciplinario…”. Sin embargo, la Fundación solo aporta Resolución No. 0126 del 19 de mayo de 2014, por medio de la cual se reconoce personería jurídica, y la conformación de la Junta Directiva, expedida por la Secretaria del Interior y Participación Ciudadana del departamento; donde no se precisa el objeto social.
De acuerdo con el formulario del Registro Único Tributario (RUT) de la fundación Integral Nueva Vida, la actividad principal registrada es la (9499) relacionada con actividades de otras asociaciones n.c.p. Así mismo, en los estatutos de la Fundación se indica su objeto social y su desarrollo, el cual no está contemplado en las excepciones de registro de personas jurídicas sin ánimo de lucro en cámaras de comercio, de acuerdo con establecido por el Articulo 40 del Decreto 2150 de 1995 y el Decreto 427 de 1996. La Fundación Integral Nueva Vida “FINUVID”, no se encuentra registrada en Cámara de Comercio; documento éste que acredita el nacimiento a la vida jurídica, como entidad privada sin ánimo de lucro, previo cumplimiento de requisitos previstos en Decreto 2150 de 1995. En virtud de lo anterior, la conducta del Alcalde Municipal al celebrar un convenio con una entidad sin ánimo de lucro no inscrita en la Cámara de Comercio, como requisito previo para la suscrición de éste, tipificándose como una falta disciplinaria de conformidad al numeral 31, del artículo 48, de la Ley 734 de 2002 “Participar en la etapa precontractual o en la actividad contractual, en detrimento del patrimonio público, o con desconocimiento de los principios que regulan la contratación estatal y la función administrativa contemplados en la Constitución y en la ley.
Criterio: Estudios Previos del convenio 006-2016; Propuesta de la Fundación Integral Nueva Vida; Convenio No. 006-2016; Articulo 40 del Decreto 2150 de 1995; Articulo 1, 2 y 3 del Decreto 427 de 1996; Numeral 31 del Artículo 48 de la Ley 734 de 2002. Causa: Debilidades en el seguimiento y control en la etapa precontractual. Efecto: Suscripción de convenio sin el cumplimiento de las disposiciones normativas relacionada con la capacidad jurídica.
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Esta Observación es Administrativa con presunta Incidencia Disciplinaria. Ejecución del Convenio De acuerdo a lo establecido en las cláusulas del convenio, se precisa lo siguiente. Revisados los documentos cargados el día diez (10) de octubre de 2016, en el Sistema Electrónico de Contratación Pública (SECOP), del convenio en estudio, se evidencia que este fue suscrito con fecha tres (03) de septiembre de 2016, sin embargo, en los soportes del expediente contractual suministrado en el desarrollo de la presente auditoria, se evidencia que el convenio tiene fecha de celebración el día tres (03) de octubre de 2016, presentando una incoherencia en el documento (Minuta del Convenio). El convenio fue amparado mediante Certificado de Registro presupuestal No. 001338 de fecha 3 de octubre de 2016, por valor $59.620.000, financiado con recursos de SGP Propósito General, Forzosa inversión Deporte. Presenta fecha de inicio de cuatro (04) de octubre de 2016, expedición de garantía, mediante póliza No.540943253 de la aseguradora Solidaria de fecha cuatro (04) de octubre y aprobación mediante Resolución 01463 expedida por el secretario jurídico y asuntos administrativos con la misma fecha. Se realiza un pago anticipado del 40% del aporte del municipio, mediante comprobante de egreso No. 001867 de fecha 18 de octubre de 2016, por valor de $23.848.000, con un valor neto transferido a la Fundación Integral Nueva Vida de $19.913.080. Referente a la CLAUSULA PRIMERA -OBJETO: “Aunar esfuerzos para ejecutar
el proyecto “RECREANDO ANDO POR SAN ANTERO”. En Aras De Rescatar Los
Juegos Tradicionales en los Niños, Niñas y Adolescentes del Municipio de San
Antero – Córdoba”, el cual es firmado el día 3 de septiembre de 2016”, se puede
inferir que cumple con las características esenciales que debe contener un objeto
contractual, es decir, real, posible y lícito, enmarcado dentro en el Plan de
Desarrollo Municipal "POR EL SENTIR DE UN PUEBLO PAZ Y EQUIDAD
SOCIAL 2016 — 2019".
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CLAUSULA SEGUNDA- VALOR DEL CONVENIO: “El presupuesto oficial estimado es de SESENTA Y CINCO MILLONES QUINIENTOS OCHENTA Y DOS MIL PESOS ($65.582.000,00) M/CTE, aprobándose una cofinanciación de CINCUENTA Y NUEVE MILLONES SEISCIENTOS VEINTE MIL PESOS ($59.620.000,00) M/CTE, por parte del Municipio de San Antero, y el valor restante a cargo de la "FUNDACION", es decir la cantidad de CINCO MILLONES NOVECIENTOS SESENTA Y DOS MIL PESOS ($5.962.000,00) M/ CTE”. CLAUSULA TERCERA: FORMA DE PAGO: “1. Desembolso aportes del
Municipio: El Municipio de San Antero hará su aporte de la siguiente manera: a)
Un primer desembolso anticipado a la FUNDACIÓN, equivalente al cuarenta
por ciento (40%) del valor total del aporte del Municipio, equivalente a
VEINTITRES MILLONES OCHOCIENTOS CUARENTA Y OCHO MIL PESOS
($23.848.000,00) M/CTE una vez cumplidos los requisitos de legalización,
ejecución y se haya suscrito la respectiva acta de inicio del convenio. b).- UN
SEGUNDO DESEMBOLSO a la FUNDACIÓN, equivalente al treinta por ciento
(30%) del valor total del aporte del Municipio, equivalente a DIECISIETE
MILLONES OCHOCIENTOS OCHENTA Y SEIS MIL PESOS ($17.886.000,00)
M/CTE, transcurridos un mes de ejecución del convenio, para lo cual será
requerido certificado de cumplido a satisfacción expedido por el supervisor del
convenio, informe parcial de ejecución donde conste las actividades ejecutadas a
la fecha, la acreditación de los pagos que en materia de salarios y seguridad social
que deberá efectuar la fundación al personal que emplee en la ejecución del
mismo y demás a que haya lugar. c) UN DESEMBOLSO FINAL a la Fundación
equivalente al treinta por ciento (30%) del valor total del aporte del Municipio,
equivalente a DIECISIETE MILLONES OCHOCIENTOS OCHENTA Y SEIS MIL
PESOS ($17.886.000,00) M/CTE, una vez culminado el objeto convenido.
PARAGRAFO PRIMERO Para el caso del último desembolso, EL CONVENIANTE
deberá presentar informe final de ejecución, el cual dará cuenta de todas y cada
una de las actividades ejecutadas en desarrollo del objeto del convenio durante la
vigencia del mismo y la certificación del supervisor donde conste el cumplimiento
de todas y cada una de sus obligaciones derivadas de este convenio, acta de
liquidación del convenio. PARAGRAFO SEGUNDO: Para cada pago deberá
acompañarse el pago de la seguridad social y riesgos profesionales, con el fin de
darle cumplimiento al artículo 23 de la Ley 1150 de 2007 y acreditarse de
conformidad con la Ley y los conceptos emitidos por el Ministerio de Protección
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Social al respecto. 2. LA FUNDACION hará los aportes en especie, durante la
ejecución del convenio de acuerdo a las especificaciones del presente estudio
previo, aportes que ascienden a la suma de CINCO MILLONES NOVECIENTOS
SESENTA Y DOS MIL PESOS ($5.962.000,00) M/CTE.
Hallazgo No 3. Deficiencias en informes de ejecución.
El segundo desembolso del convenio se realizó mediante comprobante de egreso
001241 de fecha 16 de noviembre de 2016, por valor de $17.886.000,
correspondiente al 30% de valor de los aportes del municipio, el cual es soportado
con un acta parcial de ejecución No. 1, de fecha 7 de noviembre de 2016, que
presenta soportes y registro de ejecución así:
Certificado de cumplimiento del supervisor, anexo de solicitudes de invitación a los
presidentes de las juntas de acción comunal de los sectores a intervenir;
evidencias fotográficas que no detallan el lugar donde se realizó la actividad y
planillas donde se relacionan los beneficiarios (niñas y niños) que asistieron el día
8 de octubre, en el sector 1. (la playa, Cispata, puerto y Amaya); el día 7 de
octubre en el Sector 2. (San Bernardo Escobar, Caño Mocho y Miramar); en el
sector 3. (9 de enero y calle abajo) planillas que no contiene la fecha de
realización de las actividades. sector 4. (polo norte, las flores Vietnam y pequín)
planillas que no contiene la fecha de realización de las actividades. Sector 7.
(Corregimiento Nuevo Agrado) con planillas de fecha 9 de noviembre de 2016.
Adicionalmente, se presenta certificaciones sin fecha de la realización de la
actividad por parte de los presidentes de las juntas de acción comunal de los
sectores antes mencionados.
De acuerdo a lo anterior, se evidencia que si bien es cierto existen soportes de
ejecución, no hay un informe presentado por la fundación que detalle las
actividades realizadas.
Con relación al desembolso final, se observa que este fue realizado mediante
comprobante de egreso 002374 de fecha 16 de diciembre de 2016, por valor de
$17.886.000, correspondiente al 30% final de valor de los aportes del municipio, el
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cual es soportado con un informe final No. 1, de fecha 29 de noviembre de 2016,
que presenta soportes y registro de ejecución así:
Evidencias fotográficas que no detallan el lugar donde se realizó la actividad y
planillas donde se relacionan los beneficiarios (niñas y niños) que asistieron el día
5 de noviembre, en el sector 6. (Miriam Pardo 1 y Miriam Pardo 2); el día 5 de
noviembre en el Sector 5. (San Martin 1 y San Martin 2), planillas de asistencia de
los niños de los sectores Cerro Petrona, Santa Cruz y Porvenir y registros
fotográficos y certificaciones sin fecha de la actividad realizada por parte de los
presidentes de las juntas de acción comunal.
Con relación al sector el Porvenir, la actividad fue realizada para y con los niños
de ese sector en el barrio el Minuto de Dios a donde fueron trasladados dichos
niños, tal como lo certificó la señora TERESA CARDONA RODRIGUEZ Presidenta
de la Junta de Acción Comunal del Porvenir, igualmente, siete (07) CDs que
contienen fotos y videos de la ejecución del convenio.
En los soportes del acta final anexan los comprobantes de ingresos y salida de almacén de 200 pacas de agua y 3.430 refrigerios por valor total de $14.320.000, contratos de prestación de servicios de los auxiliares de logística y los pagos de seguridad social del mes de noviembre de 2016 se evidencia planilla integrada de autoliquidación de aportes del personal contratado. De acuerdo a lo descrito anteriormente, el informe de ejecución es deficiente; por cuanto no detalla en forma ordenada y cronológica las actividades realizadas y situaciones presentadas en desarrollo del convenio; como es el caso de la modificación efectuada en cambio de lugar en la realización de la actividad en el sector 10 (Del corregimiento el porvenir al barrio minuto de Dios), cambios de horas de las jornadas de las actividades y lo referente a los cambios en la formas y actividades a desarrollar para la socialización del proyecto. Criterio: Clausula tercera del convenio Nº006-2016, informes de ejecución. Causa: Falta de seguimiento y control a la ejecución del convenio Efecto: Eventuales incumplimientos del objeto convenido.
Esta observación se configura como administrativa.
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Con el fin de verificar el cumplimiento de las actividades objeto del convenio en estudio, el grupo auditor realizó visita de campo a los sectores del municipio que se establecieron para realizar las actividades, reuniéndose con los presidentes de las juntas de acciones comunales de los sectores involucrados. Hallazgo No.4: Incumplimientos en la supervisión del Convenio Como resultado de la visita de campo, se firmaron actas en cada sector, en donde todos coinciden que las actividades se realizaron un día en cada sector, en una jornada aproximada entre 6 y 7 horas, en las cuales participaron recreacionistas, profesional de psicología y auxiliares de apoyo, realizando juegos tradiciones consignados en el objeto del convenio y la proyección de una película. En esta jornada se suministraron dos refrigerios. Es importante precisar, que, según las versiones de los presidentes de la acción comunal de los sectores de Santa Cruz y Cerro Petrona, las actividades no se realizaron en horas de la tarde como estaba previsto, sino que estas se desarrollaron en las horas de la mañana. Durante la visita al corregimiento el Porvenir Sector 10, la presidenta de la acción comunal expresó, que el día que se dispuso realizar la actividad se presentaron lluvias, lo que impidió la realización de la actividad, por lo cual se trasladaron los niños del corregimiento el porvenir a el barrio minuto de Dios del Municipio de San Antero donde finalmente se realizó la actividad. como aporte del Municipio en el presupuesto logístico se establecen cuarenta (40) días de amplificación de sonido debido a que se realizarían socializaciones al menos tres días por cada sector; pero en la práctica la socialización se realizó casa a casa, razón por la cual, la amplificación sólo fue usada 10 días, uno por cada sector donde se ejecutaron las actividades del convenio, de lo cual no se evidenciaron registros de estas actuaciones en actas e informes de ejecución. Como consecuencia de la evaluación del convenio en el proceso auditor la alcaldía, determinó que no se ejecutó la totalidad de los recursos pagados para apoyo logístico, por lo cual modificó el acta de liquidación del convenio, a efectos de establecer que la Fundación Integral Nueva Vida “FINUVID” realizará una la devolución por la suma de ($2.400.000) correspondientes a 30 días de amplificación no utilizados.
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Ahora bien, revisado el informe final de supervisión del convenio No. 006-2016, firmado por la secretaria de educación, cultura y Deporte – SARLIN NUÑEZ BRAVO, el día 5 de diciembre de 2016, se observa que este detalla la identificación y descripción del convenio, hace referencia a la constitución de pólizas, transcriben las obligaciones contractuales tal como se establece en el convenio y por último deja constancia que no se presentaron modificaciones frente las condiciones inicialmente pactadas, que la ejecución se desarrolló dentro de los términos normales sin ninguna dificultad de carácter técnico o administrativo en los plazos y condiciones establecidos, concluyendo que las actividades programadas se cumplieron a cabalidad. De acuerdo a lo descrito anteriormente, el informe de supervisión presentado, no guarda coherencia con las situaciones presentas en la ejecución del convenio; por cuanto no detalla las actuaciones administrativas surgidas en el desarrollo del convenio citadas anteriormente, situación generada por una inadecuada supervisión, dado que los informes no describen los aspectos técnicos administrativos, financiero, jurídicos y contables del convenio. En consecuencia, la Secretaria de Educación Municipal SARLIM NUÑEZ BRAVO, al no realizar un adecuado seguimiento, vigilancia y control de la ejecución contractual y las obligaciones del convenio, tal como se establece en la cláusula octava del convenio, incurre en incumplimiento contractual, así como una falta disciplinaria, de conformidad a los dispuesto en el artículo 34 de la Ley 734 de 2002 “No exigir, el interventor, la calidad de los bienes y servicios adquiridos por la entidad
estatal, o en su defecto, los exigidos por las normas técnicas obligatorias, o certificar como recibida a satisfacción, obra que no ha sido ejecutada a cabalidad”. Criterio: Clausula octava del convenio Nº 006-2016 del Municipio de San Antero, art 83 y 84 de la ley 1474 de 2011, Artículo 34, y numeral 31 artículo 48 de la Ley 734 de 2002. Causa: Deficiencias en el seguimiento, control y supervisión de la ejecución del convenio No. 006-2016. Efecto: Incumplimientos Contractuales. Esta observación se configura como administrativa, con posible connotación disciplinaria.
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1.3. CONCLUSIONES De acuerdo a lo expresado por el denunciante en los hechos expuestos como fundamento de esta investigación, la Contraloría General del Departamento de Córdoba, en uso de sus atribuciones constitucionales, legales y en orden de su competencia, después de avocar de conocimiento, disponer el trámite de las diligencias, recepcionar, valorar pruebas y normas aplicables, ha decidido con sujeción a las consideraciones:
Una vez terminado el proceso auditor, podemos concluir que la Alcaldía Municipal de San Antero, presentó deficiencias en el proceso previo a la celebración del convenio No.006-2016, con la Fundación Integral Nueva Vida, referente a la falta de exigencia del registro en la Cámara de Comercio. Adicionalmente, se presentaron debilidades en la supervisión, al no realizar seguimiento y control del objeto contractual, generando como resultado que no se desarrollara la ejecución conforme a las disposiciones convenidas. Como producto del ejercicio del control fiscal, en el desarrollo de la auditoria, se logró establecer que el convenio no se ejecutó en su totalidad, por lo cual el contratista realizo devolución de las actividades no ejecutadas, generado beneficio cuantitativo en el sujeto vigilado por la suma de $2.400.000. De acuerdo a las competencias otorgadas a esta Contraloría Territorial, se determinó en mesa de trabajo de configuración de hallazgos, estructurar y consolidar cuatro (4) hallazgos administrativos, de los cuales dos (2) tienen presunto alcance disciplinario en este informe y dar traslado al órgano de Control Competente. DELIA MARIA PEÑA GALVIS CRISTINA ESTHER ALMANZA MILANES Auditora Auditora