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Contrato deArriendo de un Bien Inmueble Municipal. · Dr. P 1 Dirección: Av. Pichincha s/n RUC...

Date post: 14-Apr-2020
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PICHINCHA - ECUADOR www.pedrovicentemaldonado.gob:ec [email protected] GOBIERNO MUNICIPAL DE PEDRO VICENTE MALDONADO Contrato de Arriendo de un Bien Inmueble Municipal. No. 046-2012 Pedro Vicente Maldonado, 8 de Marzo del 2012. Servicio: Arriendo de un Local para la Venta de Comidas, Recinto Ferial PEDRO VICENTE MALDONADO; del período 2012. La Constitución Política de la República del Ecuador, aprobada el 28 de septiembre del 2008, publicada en el Registro Oficial 449, de lunes 20 de octubre del 2008, en su Art. 238, determina que el Municipio es autónomo en su funcionamiento y en tal virtud debe ejecutar las funciones que les están permitidas. En el Art. 435, del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización, faculta esta clase de Contratos. Por los fundamentos legales antes expuestos, esta PROCURADURíA MUNICIPAL, ESTABLECE QUE ES LEGAL Y PROCEDENTE LA SUSCRIPCiÓN Y EJECUCiÓN DE ESTE CONTRATO. Dr. P 1 Dirección: Av. Pichincha s/n RUC 1760009530001 Teléfonos: 02 2392 281/282/283 ext, 103 Fax: 02 2392 - 282 ext. 105 /.
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PICHINCHA - ECUADORwww.pedrovicentemaldonado.gob:ec

[email protected] MUNICIPAL DE

PEDRO VICENTE MALDONADO

Contrato de Arriendo de un Bien InmuebleMunicipal.

No. 046-2012

Pedro Vicente Maldonado, 8 de Marzo del 2012.

Servicio: Arriendo de un Local para la Venta de Comidas,Recinto Ferial PEDRO VICENTE MALDONADO;del período 2012.

La Constitución Política de la República del Ecuador, aprobada el28 de septiembre del 2008, publicada en el Registro Oficial 449, delunes 20 de octubre del 2008, en su Art. 238, determina que elMunicipio es autónomo en su funcionamiento y en tal virtud debeejecutar las funciones que les están permitidas. En el Art. 435, delCódigo Orgánico de Organización Territorial, Autonomía yDescentralización, faculta esta clase de Contratos.

Por los fundamentos legales antes expuestos, estaPROCURADURíA MUNICIPAL, ESTABLECE QUE ES LEGAL YPROCEDENTE LA SUSCRIPCiÓN Y EJECUCiÓN DE ESTECONTRATO.

Dr.P

1Dirección: Av. Pichincha s/nRUC 1760009530001

Teléfonos: 02 2392 281/282/283 ext, 103Fax: 02 2392 - 282 ext. 105

/.

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[email protected] MUNICIPAL DE

PEDRO VICENTE MALDONADO

CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE UN LOCAL PARA LAVENTA DE COMIDAS EN EL RECINTO FERIAL DE ESTA

CIUDAD DE PEDRO VICENTE MALDONADO.

No. 046-2012

En la ciudad de Pedro Vicente Maldonado, Provincia de Pichincha, a los ochodías del mes de marzo del año dos mil doce.- Intervienen en la celebración delpresente CONTRATO DE ARRENDAMIENTO, por una parte, el GobiernoAutónomo Descentralizado Municipal del Cantón Pedro Vicente Maldonado,legalmente representado por sus personeros, señor Abogado, Pacífico EguezFalcón y Doctor, Edgar Mauricio Calahorrano Silva, en sus calidades deAlcalde y Procurador Síndico Municipal, respectivamente, y que en lo posteriorse denominará "EL GOBIERNO MUNICIPAL"; y, por otra parte, la señora,Edita Magdalena Mera Rodríguez, portadora de la Cédula de Ciudadanía,No.131001838-5, a quien en adelante se le denominará "LAARRANDATARIA", quien en forma libre y voluntaria, por convenir a susderechos y a los que representan, deciden celebrar el presente Contrato deArrendamiento, contenido al tenor de las siguientes cláusulas:

PRIMERA.- ANTECEDENTES:

1.1 El Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del Cantón Pedro VicenteMaldonado, es propietario del terreno, en el cual está instalado el Complejo delRecinto Ferial, ubicado en esta ciudad de Pedro Vicente Maldonado, frente alas instalaciones del Colegio Nacional Técnico "Vicente Anda Aguirre", en unaparte del mismo se encuentran construidos ocho puestos que han sidodestinados para la venta de comidas.

1.2 La Ordenanza para Arrendamiento de Bienes Inmuebles de PropiedadMunicipal, sancionada con fecha 24 de marzo de 1999, Reformada el 28 denoviembre del 2006, en su Art. 8, determina expresamente como competenciay potestad del Alcalde, autorizar la Celebración de Contratos de Arrendamientode Propiedad Municipal, en forma directa.

1.3 El Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal de Pedro VicenteMaldonado, siendo su obligación velar por la adecuada conservación de losbienes inmuebles que constituyen el Patrimonio Municipal, es necesarioproceder a legalizar, a través de los instrumentos jurídicos pertinentes,la tenencia de Puestos para la Venta de Comidas, construidos en terrenosde propiedad municipal, en el Recinto Ferial de esta ciudad; al efecto, laArrendataria ofrece ejercer su actividad comercial y mantener el ordenadecuado, de tal manera que no ocasione molestias a la comunidad ycontribuya a mantener el ornato, imagen y buena presentación del localubicado en el Recinto Ferial antes singularizado.

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Ahora bien señor Alcalde, al haber fenecido el plazo establecido en dichodocumento contractual, y por no existir ningún contratiempo, previo al Informede Comisaría Municipal, dígnese disponer la correspondiente RENOVACiÓNDEL CONTRATO en los mismos términos estipulados .... ".

1.4 Mediante petición de 24 de enero del 2012, la señora, EditaMagdalena Mera Rodríguez, se dirige al señor Alcalde del Cantón PedroVicente Maldonado, y dice:

"EDITA MAGDALENA MERA RODRíGUEZ, a usted con el debidocomedimiento comparezco, expongo y solicito:

"De la documentación adjunta, con la Institución Municipal de su acertadaregencia, formalmente suscribí el Contrato de Arrendamiento, cuyo objetivoprincipal, es el expendio de comidas en uno de los Locales que me fueraasignado en el Recinto Ferial de esta ciudad, ( No. 5 ), por el plazo de docemeses, con un canon arrendaticio de VEINTE DÓLARES AMERICANOSMENSUALES.

1.5 El señor Abogado, Pacífico Egüez Falcón, Alcalde del Cantón Pero VicenteMaldonado, mediante sumilla impresa en comunicación de 24 de enero del2012, suscrita por la señora Edita Magdalena Mera Rodríguez, solicitante,dispone: "COMISARíA: AUTORIZO.- Renovación del contrato.- 10-02-2012".

1.6Mediante Informe-02-DJP-12, de 29 de Febrero del 2012, el señor,Darwin Sarango Granda, en su calidad de Comisario Municipal del Cantón, sedirige a la señora Economista, Julia Jimbo Mendoza, Directora AdministrativaMunicipal del Cantón Pedro Vicente Maldonado, y le dice:

"ANTECEDENTES:

Mediante Oficio s/n., de fecha 24 de enero del 2012, suscrito por la señora,EDITA MAGDALENA MERA RODRíGUEZ, CI. 131001838-5, quien solicita laRenovación del Contrato de Arrendamiento del Local No. 5, ubicado en elRecinto Ferial de esta ciudad, cuyo objetivo principal es el expendio decomidas preparadas.

ANÁLISIS:

Con fecha 19 de enero del año 2011, la señora Edita Mera, suscribió con elGobierno Municipal de Pedro Vicente Maldonado, un Contrato deArrendamiento de un Local para el Expendio de Comidas, en el Recinto Ferialde esta ciudad, signado con el No. 5, por un valor de 20 dólares mensuales,con una duración de doce meses calendario, a partir de la suscripción delmismo, quien ha venido laborando ininterrumpidamente cumpliendo con lo

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tipificado en el mencionado cuerpo legal, el cual lo ha mantenido en perfectoestado de uso al local.

CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES:

En tal sentido, abogando por el bienestar de la ciudadanía, es oportuno renovarel Contrato de Arrendamiento del Local ubicado en el Recinto Ferial Municipalde esta ciudad, signado con el No. 05, a partir de la presente fecha,exclusivamente para el expendio de comidas preparadas, donde se le exija ocomprometa que cumpla lo siguiente:

• No, provocar o participar en riñas o escándalos,• No, consumir bebidas alcohólicas en los puestos o exteriores,• No, vender sus productos en mal estado y de dudosa procedencia,• No, alterar los precios, peso y medidas reglamentarias (publicar precios)• No, botar desperdicios o basura (utilizar recipiente),• Cumplir con sus obligaciones tributarias mensualmente,• Portar su correspondiente uniforme el cual sea asignado por la Autoridad

Municipal; y,• Cumplir con las recomendaciones de las Autoridades Municipales y de

Salud".

1.7 Contando para ello con la correspondiente autorización del GobiernoAutónomo Descentralizado Municipal, y de conformidad a lo constante en elArt. 8 de la Ordenanza para Arrendamiento de Bienes Inmuebles de PropiedadMunicipal Reformada, la Econ. Julia Jimbo Mendoza, en su calidad deDirectora Administrativa Municipal, mediante Memorando No. 365-DA-12, de02 de Marzo del 2012, se dirige al Doctor, Edgar Mauricio Calahorrano Silva,Procurador Síndico Municipal, y le expresa:

"En atención al Informe No. 02-DJP-11, suscrito por el señor Darwin Sarango,COMISARIO MUNICIPAL, mediante el cual recomienda se arriende el LocalNo. 05, ubicado en el Recinto Ferial, a la señora EDITA MAGDALENA MERARODRíGUEZ.

En tal virtud, favor proceder a elaborar el contrato de arriendo a favor de laseñora en mención, con un plazo de vencimiento en el mes de diciembre del2012".

SEGUNDA.- OBJETO:

2.1 En virtud de los antecedentes expuestos, el Gobierno AutónomoDescentralizado Municipal de Pedro Vicente Maldonado, legalmenterepresentado por el Abogado, Pacífico Egüez Falcón y Doctor, Edgar MauricioCalahorrano Silva, en sus calidades de Alcalde y Procurador Síndico Municipal,en su orden, da en arrendamiento a favor de la señora, EDITA MAGDALENAMERA RODRíGUEZ, un espacio físico de 2 X 3 m. = 6 m2., identificado con el

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tNo. CINCO, construido de cemento armado, debidamente terminado, que serádestinado exclusivamente para instalar un pequeño Comedor y venta dejugos, quedando por consiguiente, totalmente PROHIBIDO DESTINARLO AOTRA ACTIVIDAD COMERCIAL.

TERCERA.- DEL PLAZO:

3.1 El plazo de duración del presente Contrato de Arrendamiento es deONCE MESES CALENDARIO, contados a partir del domingo treinta deenero al treinta y uno de diciembre del dos mil doce, plazo que puede serrenovado de común acuerdo entre las partes, lo cual se deberá comunicar conanterioridad. La Arrendataria devolverá en forma inmediata el local mencionadoa la Municipalidad, sin necesidad de notificación previa, una vez que hayafenecido el plazo en referencia.

CUARTA.- CANON ARRENDATICIO:

4.1 La señora, Edita Magdalena Mera Rodríguez, pagará en calidad deCanon Arrendaticio, la suma de VEINTE DÓLARES AMERICANOSMENSUALES, en los que están incluidos el consumo de energía eléctrica,agua potable y recolección de basura, puesto que, éstos serán pagados por elArrendador directamente a la correspondiente Empresa y a la Municipalidad, deconformidad con las Ordenanzas respectivas; dicho Canon de Arrendamientose pagará por mensualidades adelantadas, dentro de los primeros cinco díasde cada mes. El atraso en el pago de dos o más mensualidades, será motivosuficiente para que el Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal declarede plazo vencido el Contrato, sin perjuicio de la acción legal que considerepertinente para el cobro de lo adeudado por dicho concepto.

QUINTA.- GARANTíA:

5.1 La Arrendataria responderá, hasta por los daños mínimos ocasionados alLocal y sus accesorios, siempre que éstos obedezcan a la falta de cuidado deaquella, por lo que consignará en Tesorería Municipal el valor de VeinteDólares, en calidad de garantía. La Arrendataria no responderá por los dañosque sean secuencia lógica del normal uso del bien y sus accesorios, en todocaso es obligación de la señora, Edita Magdalena Mera Rodríguez, entregaren perfecto estado el inmueble al vencimiento del Contrato para efectos de ladevolución de la garantía rendida.

5.2 La Arrendataria -se compromete para con el Gobierno AutónomoDescentralizado Municipal a no destinar a vivienda, ni a otro objeto el áreamateria de este Contrato; el incumplimiento de esta cláusula será causalsuficiente para la terminación del mismo, y la desocupación inmediata delespacio arrendado. El Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal, comosu legítimo propietario podrá tomar posesión de dicho espacio, puesto queno es vivienda, garantizando así la seguridad de sus bienes.

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5.3 La Arrendataria se compromete a devolver el Local arrendado, en lasmismas condiciones que recibe, en tal sentido responderá por los dañoscausados por negligencia del arrendatario, más no por el desgaste de su usonormal.

SEXTA. - SEGURIDAD:

6.- La seguridad del local materia del arrendamiento, es de responsabilidadabsoluta de la arrendataria, pues está facultada para poner candado, tanto enla puerta como en ventanas.

El espacio objeto de este Contrato no podrá venderse, subarrendarse ocederse bajo ningún otro título a favor de terceras personas. El incumplimientode esta cláusula dará motivo a la terminación del mismo.

SÉPTIMA.- COMPROMISO ESPECIAL:

7.1 La Arrendataria de manera puntual, se compromete a mantener enperfecto estado de limpieza el local de venta de comida preparada y jugos, asícomo a portar el respectivo mandil o delantal, su gorra, de colores blanco oceleste, lo cual coadyuvará a la mejor presentación y aseo del local; así mismo,en todo lo que no estuviese contemplado en el presente Contrato, las partes sesujetarán a lo que determina la Ley correspondiente.

Así mismo queda obligada y se compromete formalmente a dar cumplimiento alo constante en el Informe emitido por el señor Comisario Municipal, constanteen Informe-02-DJP-11, de 29 de febrero del 2012, caso contrario serásancionada de conformidad a la Ordenanza, llegando incluso a dejar sin efectoel presente Contrato de manera inmediata por su desacato, sin ningún reclamoen lo posterior.

• No, provocar o participar en riñas o escándalos,• No, consumir bebidas alcohólicas en los puestos o exteriores,• No, vender sus productos en mal estado y de dudosa procedencia,• No, alterar los precios, peso y medidas reglamentarias (publicar precios)• No, botar desperdicios o basura (utilizar recipiente),• No, obstruir el paso peatonal con cajones u otras formas de irrupción,• Cumplir con sus obligaciones tributarias mensualmente,• Portar su correspondiente uniforme el cual sea asignado por la Autoridad

Municipal; y,• Cumplir con las recomendaciones de las Autoridades Municipales y de

Salud".

OCTAVA.-CONTROVERSIAS:

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8.1 En caso de existir controversias derivadas del presente Contrato, laspartes renuncian fuero y domicilio y se someten a los Jueces competentes y altrámite respectivo.

NOVENA.- ACEPTACiÓN:

9.1 Presentes las partes contratantes, aceptan el total contenido del Contratode Arrendamiento por así convenir a los intereses propios y a los querepresentan, ratificándose en el contenido de las mismas, para constanciafirman en u~ en el lugar y fecha de su otorgamiento.

J" ~ Ma ricio ~orrano Silva,~UJ~~D R SI~DICQ¡,MUNICIPAL.

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( ~ . 'A ••b. ~ •.:.n¡'PICA1'U;< /\ ,. ,"'. ...~f',1""..... 'CsJs~ '<,. ""f~O" p,.:,4\~...-.

Edita Magdalenal\7tera Rodrígue¿~·J",'-ARRENDATARIA.

Céd. 1.131001838-5.

Ab. P~rarcón,ALCALDE DEL CANTÓN.

• Telf. Domicilio: 2 392 951.

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