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CONVOCATORIA NO. 001 DEL 15 DE SEPTIEMBRE DE 2017...

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CONVOCATORIA NO. 001 DEL 15 DE SEPTIEMBRE DE 2017 PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD PRIVADA QUE GARANTICEN LA ADECUADA PROTECCIÓN DE LAS PERSONAS, BIENES E INMUEBLES DE PROPIEDAD DE LA SOCIEDAD N.S.D.R. S.A.S. – CLÍNICA NUESTRA, NIT. 805023423 – 1, EN LA MODALIDAD FIJA Y MÓVIL DE ACUERDO CON LA NORMATIVIDAD VIGENTE PARA LA ACTIVIDAD DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD PRIVADA. INDICE 1 CAPITULO CONDICIONES GENERALES .................................................................. 3 1.1 PARTICIPANTES .................................................................................................. 3 1.2 REGÍMEN JURÍDICO APLICABLE ....................................................................... 3 1.3 PRINCIPIOS .......................................................................................................... 3 1.4 NATURALEZA DE ESTA INVITACIÓN A PROPONER - CONSECUENCIAS ..... 4 1.5 INTERPRETACION DE ESTA INVITACIÓN A PROPONER ................................ 4- 5 1.6 ADENDAS DE LA INVITACION ............................................................................ 5 1.7 EXCLUSION Y LIMITACIÓN DE RESPONSABILIDAD PRECONTRACTUAL..6 1.8 CONFIDENCIALIDAD DE LA INFORMACION............................................... ...... 6 – 7 1.9 POLITICA DE CONTROL Y PREVENCION DE LAVADO DE ACTIVOS............7 1.10 DOMICILIO....................................................................................................7 1.11 SUFUCIENCIA DE LA INFORMACION ENTREGADA................................7 1.12 REQUISITOS PARA PARTICIPAR..............................................................8 1.13 VIGENCIA DEL CONTRATO.......................................................................8 2 PRESENTACIÓN DE LAS PROPUESTAS....................................................... 8 2.1 FECHA LÍMITE DE PRESENTACIÓN DE LAS PROPUESTAS ................ 8 2.2 ELABORACIÓN Y PRESENTACIÓN DE LAS PROPUESTAS.................. 8 9 2.3 VALOR DE LA PROPUESTA ..................................................................... 9
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CONVOCATORIA NO. 001 DEL 15 DE SEPTIEMBRE DE 2017 PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD PRIVADA QUE GARANTICEN LA ADECUADA PROTECCIÓN DE LAS PERSONAS, BIENES E INMUEBLES DE PROPIEDAD DE LA SOCIEDAD N.S.D.R. S.A.S. – CLÍNICA NUESTRA, NIT. 805023423 – 1, EN LA MODALIDAD FIJA Y MÓVIL DE ACUERDO CON LA NORMATIVIDAD VIGENTE PARA LA ACTIVIDAD DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD PRIVADA.

INDICE

1 CAPITULO CONDICIONES GENERALES .................................................................. 3

1.1 PARTICIPANTES .................................................................................................. 3

1.2 REGÍMEN JURÍDICO APLICABLE ....................................................................... 3

1.3 PRINCIPIOS .......................................................................................................... 3

1.4 NATURALEZA DE ESTA INVITACIÓN A PROPONER - CONSECUENCIAS ..... 4

1.5 INTERPRETACION DE ESTA INVITACIÓN A PROPONER ................................ 4- 5

1.6 ADENDAS DE LA INVITACION ............................................................................ 5 1.7 EXCLUSION Y LIMITACIÓN DE RESPONSABILIDAD PRECONTRACTUAL…..6 1.8 CONFIDENCIALIDAD DE LA INFORMACION............................................... ...... 6 – 7 1.9 POLITICA DE CONTROL Y PREVENCION DE LAVADO DE ACTIVOS............7 1.10 DOMICILIO....................................................................................................7 1.11 SUFUCIENCIA DE LA INFORMACION ENTREGADA................................7 1.12 REQUISITOS PARA PARTICIPAR..............................................................8 1.13 VIGENCIA DEL CONTRATO.......................................................................8

2 PRESENTACIÓN DE LAS PROPUESTAS ....................................................... 8

2.1 FECHA LÍMITE DE PRESENTACIÓN DE LAS PROPUESTAS ................ 8

2.2 ELABORACIÓN Y PRESENTACIÓN DE LAS PROPUESTAS .................. 8  -­‐  9

2.3 VALOR DE LA PROPUESTA ..................................................................... 9              

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2.4 REQUISITOS MÍNIMOS………………………………………………………………..9 - 12

2.5 EVALUACIÓN DE LAS PROPUESTAS .............................................................. 12

2.6 CAUSALES DE RECHAZO DE LAS PROPUESTAS ......................................... 12 - 13

2.7 ADJUDICACIÓN .................................................................................................. 14

3 EVALUACIÓN DE LAS PROPUESTAS.................................................................. 14

3.1 VERIFICACIÓN DE LA CAPACIDAD JURÍDICA: ............................................ 14

3.2 VERIFICACIÓN DE LAS ESPECIFICACIONES TÉCNICAS OFRECIDAS:………14

3.3 EVALUACIÓN DEL PRECIO: ....................................................................... 14 -15

3.4 CRITERIOS DE CALIFICACIÓN DE LAS PROPUESTAS............................... 15 – 16

3.5 EMPATE. .................................................................................................... 16

4 CAPITULO ESPECIFICACIONES TÉCNICAS ....................................................... 16

5 CAPITULO EL CONTRATO ................................................................................. 17

5.1 FIRMA Y LEGALIZACIÓN DEL CONTRATO .................................................. 17

5.2 CONDICIONES GENERALES DEL CONTRATO EVENTUAL .......................... 17 - 24

6 ANEXO 1 CARTA DE PRESENTACION …………………………………………………. 25 – 26

7 ANEXO 2 CRONOGRAMA DEL PROCESO……………………………………………… 27

8 ANEXO 3 DECLARACION DE CÓDIGO DE ÉTICA Y BUEN GOBIERNO……………. 28

9 ANEXO 4 ESPECIFICACIONES TECNICAS……………………………………………….29 - 36

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OBJETO DE LA INVITACIÓN. Convocatoria No. 001 del 15 de Septiembre de 2017 para la contratación del Servicio De Vigilancia y Seguridad Privada que garanticen la adecuada protección de las personas, bienes e inmuebles de propiedad de la SOCIEDAD N.S.D.R. S.A.S. – CLÍNICA NUESTRA, Nit. 805023423 – 1, en la modalidad fija y móvil de acuerdo con la normatividad vigente para la actividad de vigilancia y seguridad privada. 1. CAPITULO CONDICIONES GENERALES.

1.1. PARTICIPANTES.

Podrán participar personas jurídicas, cuyo objeto social contemple las actividades objeto de esta convocatoria y estén legalmente autorizadas para ejercerlas y de conformidad al proceso de Contratación de CLÍNICA NUESTRA. 1.2. REGÍMEN JURÍDICO APLICABLE

El presente proceso y el contrato que de él se origine, se regirá por el Derecho Privado: Código de Comercio, Código Civil y las demás disposiciones que regulen la materia o resulten pertinentes de acuerdo con las leyes colombianas. 1.3. PRINCIPIOS Los proponentes deberán cumplir con los siguientes principios básicos: a) En Materia de Derechos Humanos:

- Apoyar y respetar la protección de los derechos humanos. - No permitir y ejecutar abusos de los derechos.

b) En Materia Laboral:

- Apoyar los principios de la libertad de asociación sindical y el derecho a la negociación colectiva.

- Eliminar el trabajo forzado y obligatorio. - No usar cualquier forma de trabajo infantil. - Eliminar la discriminación en materia de empleo y ocupación.

c) En Materia de Protección al Medio Ambiente.

- Apoyar el enfoque preventivo frente a los retos medioambientales - Promover mayor responsabilidad medioambiental - Alentar el desarrollo y la difusión de tecnologías respetuosas del medio ambiente

d) En cuanto a mecanismos de anticorrupción.

- Las empresas deberán trabajar contra la corrupción en todas sus formas.

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1.4. NATURALEZA DE ESTA INVITACIÓN A PROPONER - CONSECUENCIAS

La presente invitación no constituye una oferta mercantil en los términos del artículo 845 del Código de Comercio, por consiguiente, el alcance del presente documento no va más allá de ser una simple invitación a presentar una propuesta económica y de servicios, la cual podrá ser aceptada o rechazada por la convocante. El proponente será el que dirija a la entidad una propuesta. La entidad que será destinataria de la propuesta, podrá aceptarla o no, de acuerdo con las reglas generales contenidas en el presente documento o la normatividad contenida en el ordenamiento jurídico colombiano.

El recibo de cualquier propuesta que provenga de las personas destinatarias de esta invitación no equivale a la aceptación de una propuesta ni a la celebración de un negocio o contrato jurídico, ni siquiera condicionado a la inexistencia de una postura mejor de la que se presenta. Si con posterioridad a la fecha de la invitación desaparece el interés de la entidad interesada en recibir propuestas, ellas así lo harán saber mediante una adenda. Por lo que a la presente invitación no le son aplicables los artículos 857 y 860 del Código de Comercio. LA SOCIEDAD N.S.D.R. S.A.S – CLINICA NUESTRA, no expresan en este instrumento su voluntad inequívoca de contratar, ni la de hacerlo en unas determinadas condiciones, en tal sentido, se reservan el derecho de suspender o terminar en cualquier momento el presente proceso de selección o de contratar o no, aún en el evento en que se hayan recibido propuestas que cumplan con la totalidad de los requisitos para ser consideradas. Decisión que comunicará por el mismo medio mediante el cual se publicó esta Invitación.

NOTA IMPORTANTE: Se advierte que el presente documento y todo el proceso que se derive del mismo no constituye una oferta o propuesta de contrato por parte de LA SOCIEDAD N.S.D.R. SAS, ni una oferta pública de una prestación o premio, ni un pliego de cargos, según los términos establecidos en los artículos 845, 856 y 860 del Código de Comercio Colombiano. 1.5. INTERPRETACIÓN DE ESTA INVITACIÓN A PROPONER.

Con respecto a la interpretación y entendimiento de los términos de referencia, se deben considerar los siguientes aspectos: a) En la interpretación de esta invitación se preferirá siempre aquel sentido posible de las declaraciones hechas en ella que más se ajuste a su naturaleza, que es la que acaba de indicarse en el numeral inmediatamente anterior. b) Este criterio de interpretación y esta definición de naturaleza prevalecerán sobre cualquier declaración que se haga en este mismo documento y que pueda considerarse contradictoria con aquel o con ésta. c) Sólo son partes integrantes de esta Invitación a Proponer todos sus anexos (si los hubiere) y todas las adendas aclaratorias o modificatorias que LA SOCIEDAD N.S.D.R. S.A.S expida con posterioridad a la fecha de la invitación señalada en el recuadro inicial de referencia. d) Cualquier otra declaración que ambas entidades hagan y que no esté

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incorporada en una adenda a la Invitación a proponer no será interpretada como si formara parte de la invitación. Prevalecerán en todo caso las declaraciones contenidas en esta invitación sobre cualquier otra declaración que no se encuentre contenida en adendas y que modifique o contraríe lo establecido en esta invitación. e) Si existiere conflicto entre el contenido de esta invitación y alguno o algunos de sus adendas, o entre el contenido de las distintas adendas, prevalecerá lo que se declare en la última adenda sobre todo lo demás. La declaración posterior sólo prevalecerá sobre la anterior si tiene un nivel de especialidad en razón de la materia idéntico o superior al de ésta última. f) Las adendas que tengan función aclaratoria se considerarán como interpretaciones auténticas de las declaraciones aclaradas. g) A las palabras utilizadas en esta invitación se les reconocerá el sentido que tengan de acuerdo con la definición que de ellas mismas se haga en este instrumento. En ausencia de definición en este instrumento, será aplicable la definición que esté contenida en el derecho aplicable. Si el derecho aplicable no contiene una definición, será aplicable el sentido técnico que en el respectivo arte u oficio se le reconoce habitualmente, en lo que se refiera a las palabras técnicas empleadas. A las palabras que carecen de significado técnico se les asignará el que corresponde al lenguaje ordinario. En caso de existir contradicción entre los anexos y los términos de esta invitación, prevalecerá lo establecido en los términos. 1.6. ADENDAS DE LA INVITACIÓN. En el proceso de la presente invitación, LA SOCIEDAD N.S.D.R. S.A.S puede considerar la incorporación de aclaraciones o precisiones que darán lugar a ADENDAS bajo los siguientes lineamientos: a) Las entidades convocantes pueden modificar o aclarar esta Invitación a Proponer. La modificación puede hacerse mediante la adición de nuevos elementos o mediante la sustracción de algunos de los existentes. La aclaración consiste en precisar el sentido de alguna de sus partes. b) Las nuevas declaraciones que ella haga se harán constar por escrito en un documento que se denominará adenda, y que será puesto a disposición de las personas interesadas por el mismo medio a través del cual se haya puesto a disposición esta Invitación a Proponer. Para que un documento sea considerado como adenda, es necesario que se denomine con ese nombre o con cualquiera otro similar que sea suficientemente indicativo de su naturaleza modificatoria o aclaratoria de esta invitación. c) LA SOCIEDAD N.S.D.R. S.A.S hará estas adendas con una antelación razonable a la fecha señalada como límite temporal para la presentación de las propuestas y en ellas se puede disponer la ampliación del plazo de presentación de las propuestas cuando la naturaleza de la adenda así lo exija. Siempre prevalecerá el contenido de la última Adenda publicada sobre cualquier documento anterior.

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1.7. EXCLUSIÓN Y LIMITACIÓN DE RESPONSABILIDAD PRECONTRACTUAL a) Los actos o comunicaciones que ambas entidades emitan dentro de la presente invitación

de manera individual o conjunta hacia o con los proponentes no deberán entenderse como actos precontractuales, razón por la cual no habrá lugar al reconocimiento por parte de LA SOCIEDAD N.S.D.R. S.A.S de la indemnización de que trata el artículo 863 del Código de Comercio. b) Los proponentes deben examinar todas las instrucciones, condiciones, especificaciones, formularios, formatos, anexos, Adendas y documentos aclaratorios que hagan parte de esta Invitación, todo lo cual constituye la fuente de información para la elaboración de la propuesta. En este orden de ideas, las interpretaciones o deducciones que el proponente haga de lo establecido en esta invitación, serán de su exclusiva responsabilidad. Por tanto, LA SOCIEDAD N.S.R.D.R S.A.S, no será responsable por descuidos, errores, omisiones, conjeturas, suposiciones, interpretaciones equivocadas u otros hechos en los que incurra el proponente que le sean desfavorables o favorables, y que puedan incidir en la elaboración de su propuesta. c) El hecho que el proponente no se informe y documente debidamente sobre los detalles y condiciones bajo los cuales serán ejecutados los trabajos y/o servicios objeto de la presente Invitación, no se considerará como fundamento válido de futuras reclamaciones. El proponente debe elaborar su propuesta de acuerdo a lo establecido en los términos de ésta Invitación y anexar la documentación exigida.

1.8. CONFIDENCIALIDAD DE LA INFORMACIÓN

Los proponentes deben tener en cuenta los siguientes aspectos: se obligan a guardar absoluta reserva en relación con la información que por motivo de la presente invitación a cotizar se genere, conozca o se le entregue. Así las cosas, la información, políticas y procedimientos que las partes lleguen a conocer en virtud de esta invitación a cotizar tendrán el carácter confidencial. Por lo tanto, los proponentes se comprometen a que ni ellos ni sus colaboradores, revelarán ni utilizarán dicha información en contra de la SOCIEDAD NS.D.R. S.A.S o para el ejercicio de su propia actividad, ni la utilización para su propio beneficio o de terceros, la duplicarán o compartirán con terceras personas. En consecuencia, cada una de los proponentes, se obliga a adoptar todas las medidas o precauciones que resulten necesarias o convenientes para garantizar la reserva de dicha información. La información que cada una de las partes llegue a conocer en virtud del desarrollo del objeto de ésta invitación a cotizar, se utilizará exclusivamente para los fines del mismo. La información obtenida en desarrollo de este documento, no será divulgada a terceros, ni utilizada de cualquier manera por cada uno de los proponentes, sin el consentimiento escrito de entidad y aún con posterioridad a la terminación de la presente invitación a cotizar.

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PARÁGRAFO. Cada una de los proponentes hace constar que cumple con las normas de protección de datos personales establecidas en la Ley 1581 de 2012 y el Decreto 1377 de 2013 y se responsabiliza de cualquier infracción a las mismas. 1.9. POLÍTICA DE CONTROL Y PREVENCIÓN DE LAVADO DE ACTIVOS: Los proponentes declaran que con el fin de apoyar la acción del Estado Colombiano en la lucha contra el narcotráfico; el origen de los fondos, empréstitos, inversiones, aportes y participaciones económicas a cualquier nivel y concernientes a la presente invitación a cotizar, no provienen de actividades ilícitas ni de actividades relacionadas en cualquier forma en el tráfico de estupefacientes, lavado de activos y/o cualquier otra actividad proscrita por la legislación nacional e internacional. De igual forma los proponentes declaran que: 1) Cumplen con las normas generales y particulares sobre control y prevención de Lavado de Activos. 2) Adoptaron medidas, códigos de conducta y demás requerimientos para la prevención de Lavado de Activos y Financiación de Terrorismo. 3) En el desarrollo de la actividad objeto de la presente invitación, desplegarán todos sus esfuerzos para cumplir estrictamente con todas las normas de precaución y prevención de Lavado de Activos y Financiación de Terrorismo. 4) Mantendrá soportes documentales de todas las normas, procedimientos y manuales que a su interior desarrolle para la prevención y control de lavado de activos, en desarrollo de lo mencionado en puntos anteriores. 5) Declarar que los recursos que incorpora para la prestación del servicio, proceden de actividades completamente lícitas e igualmente que los recursos que se pretendan incorporar en forma adicional o a futuro deberán ser informados en forma previa y por escrito certificando a la SOCIEDAD N.S.D.R S.A.S su origen, para su autorización y posterior suscripción del otrosí.

1.10. DOMICILIO

Para todos los efectos legales, el domicilio para el presente proceso de selección, como para el contrato que de él se derive será la ciudad de Santiago de Cali. 1.11. SUFICIENCIA DE LA INFORMACIÓN ENTREGADA El proponente declarará que ha recibido toda la información necesaria para elaborar su propuesta y que asume las consecuencias negativas que puedan seguirse de no haber solicitado información complementaria en las oportunidades señaladas en esta invitación y sus anexos. Esta declaración se entiende hecha, solo con el hecho de presentar propuesta.

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1.12. REQUISITOS PARA PARTICIPAR

Podrán participar en el presente proceso de selección de contratistas las personas jurídicas, nacionales y extranjeras, que no se encuentren incursas en causales de inhabilidad o incompatibilidad de acuerdo con el Código de Ética (Documento anexo) de LA SOCIEDAD N.S.D.R. S.A.S y la normatividad vigente y estén debidamente habilitadas para desarrollar el objeto del contrato que pueda surgir del presente proceso de selección.

La manifestación sobre ausencia de inhabilidades e incompatibilidades, o de prohibiciones especiales se debe adjuntar a la propuesta.

1.13 VIGENCIA DEL CONTRATO El término de vigencia para la ejecución de las actividades objeto de este proceso y del eventual contrato será de 1 año.

2 PRESENTACIÓN DE LAS PROPUESTAS. 2.1 FECHA LÍMITE DE PRESENTACIÓN DE LAS PROPUESTAS. Las propuestas deberán presentarse dentro del plazo establecido (Anexo 2). Es importante tener en cuenta que las propuestas deben entregarse antes de las 17:00 horas después de esta hora no se recibirán más propuestas. La propuesta deberá ser entregada en medio física, en sobre cerrado original y una copia, no se aceptará propuestas vía fax, ni por correo electrónico. ni aquellas que se radiquen en lugar diferente al domicilio de CLÍNICA NUESTRA – sede administrativa ubicada en la Carrera 33 # 10 -12 de Cali. 2.2 ELABORACIÓN Y PRESENTACIÓN DE LAS PROPUESTAS Las propuestas deberá presentarse en original por escrito y una copia; sus hojas deben estar foliadas y se debe allegar de acuerdo con lo siguiente:

a) La propuesta debe ser presentada en idioma castellano, sin tachones y/o enmendaduras de ninguna clase. Si llegaré a existir inconsistencia entre los valores indicados en letras y en números, prevalecerá lo que dice en letras.

b) La propuesta debe venir con índice en que organice la información que se presente, donde

se destaquen claramente los capítulos y subcapítulos de la propuesta debidamente referenciados con la página que corresponde.

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c) Los costos en que incurran los participantes al elaborar sus propuestas son por su cuenta y riesgo.

d) Las propuestas deben presentarse en sobre rotulado de la siguiente manera:

CLÍNICA NUESTRA Dirección Administrativa PAOLA ANDREA MURILLO PINEDA Directora Administrativa Convocatoria No. 001 del 15 de Septiembre de 2017 para la contratación del Servicio De Vigilancia y Seguridad Privada que garanticen la adecuada protección de las personas, bienes e inmuebles de propiedad de la SOCIEDAD N.S.D.R. S.A.S. – CLÍNICA NUESTRA. DATOS DEL PROPONENTE 2.3 VALOR DE LA PROPUESTA. El proponente debe indicar claramente cuál es el valor de su propuesta y lo expresará en pesos colombianos incluyendo el Impuesto al Valor Agregado (IVA) y demás impuestos a que haya lugar por ocasión del contrato junto con todos los costos directos e indirectos que su celebración y ejecución conlleven. Los valores indicados en la propuesta no pueden ser inferiores a las tarifas establecidas por la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad privada. 2.4 REQUISITOS MÍNIMOS Sin la presentación de alguno de estos requisitos la propuesta será rechazada: 2.4.1 Carta de presentación de la propuesta. Se debe anexar a la propuesta una carta de presentación en la que deberá constar inequívocamente la aceptación de las condiciones de la invitación y las generales del contrato eventual que se señalan en el anexo 1 de este documento. La carta deberá ser firmada por el representante legal de la misma o la persona facultada al efecto para lo cual deberá allegar el poder respectivo. 2.4.2 Especificaciones técnicas de la propuesta de acuerdo con lo señalado en estos términos de invitación a proponer.

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El proponente debe allegar documento con especificaciones técnicas de acuerdo con el requerimiento hecho por la Clínica, indicando claramente los aspectos del bien o servicio ofertado y su propuesta económica. 2.4.3 Certificado de existencia y representación legal: Las personas jurídicas, deben presentar el Certificado de Existencia y Representación Legal expedido por la Cámara de Comercio de su domicilio principal con fecha de expedición inferior a 30 días, cuyo objeto social sea acorde con el servicio ofertado, la matrícula mercantil debe estar debidamente renovada. 2.4.4 Autorización del órgano competente según corresponda: Las personas jurídicas proponentes en caso de que su representante legal tenga algún tipo de limitación para contratar, deberán allegar acta del órgano competente en la que se autorice de manera expresa a su representante legal para contratar con CLÍNICA NUESTRA. 2.4. 5 Certificaciones de experiencia El proponente deberá allegar dos (2) certificaciones relacionadas con el objeto de esta contratación, de las cuales al menos una (1) deberá ser experiencia específica en sector salud. Cada certificación debe indicar lo siguiente:

1. Los servicios objeto de cada certificación no deben haber sido realizados en una fecha que supere los 5 años, contados a partir de la fecha de cierre de la invitación.

2. El valor total facturado anual por los servicios prestados no puede ser inferior a 800 SMLMV. Valor facturado por cada certificación.

3. Las certificaciones deben ser expedidas por diferentes personas jurídicas a las cuales el proponente haya prestado sus servicios. En caso de presentarse dos (2) o más certificaciones expedidas por una misma persona jurídica, solo se tendrá en cuenta la de mayor valor, siempre y cuando cumpla con los requisitos aquí exigidos.

En la certificación debe constar:

1. Razón Social del cliente.

2. Valor total facturado por contrato.

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3. Número del contrato bajo la cual se realizó la prestación de los servicios referentes a la invitación.

4. Nombre y teléfono del contacto

5. La certificación debe ser explicita sobre la calidad del servicio, cumplimiento y

su expedición no debe exceder de cinco (5) años, contados a partir del cierre de la presente convocatoria.

2.4.6 Estados financieros.

• Estados financieros, notas a los Estados Financieros y Suficiencia patrimonial, certificados por representante legal y contador titulado (adjuntar copia de la tarjeta profesional y antecedentes disciplinarios) o revisor fiscal a 31 de diciembre del año inmediatamente anterior. CLÍNICA NUESTRA se reserva el derecho de solicitar aclaraciones a los mismos.

2.4.7 Aceptación de condiciones y Código de Ética y Buen Gobierno. Todos los proponentes deberán declarar que aceptan sin reservas todas las condiciones de esta invitación a cotizar y las del contrato eventual. El proponente deberá decir expresamente que ha examinado el contenido del documento denominado ‘Código de Ética y Buen Gobierno” (Anexo No. 3). 2.4.8 Garantía de seriedad de la propuesta y constancia del pago del valor de la prima. Deberá anexarse a la propuesta el original de la póliza de seriedad de la propuesta expedida por una compañía de seguros legalmente establecida en Colombia, con un valor asegurado mínimo equivalente al diez por ciento (10%) del valor de la propuesta y con una vigencia de tres (3) meses contados a partir de la fecha límite para la presentación de las propuestas firmada por el proponente como tomador y el recibo original de pago de la prima. 2.4.9 Anexos contenidos en los presentes términos de invitación a proponer debidamente diligenciados. El proponente deberá diligenciar en su totalidad y firmar los formatos que se anexan a los presentes términos de invitación a proponer. 2.4.10 Certificación de la Contraloría General de la República tanto del Represente Legal como de la Empresa.

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El proponente presentará la certificación que expide la Contraloría General de la República tanto del Represente Legal como de la Empresa, vigente en la fecha límite de presentación de las ofertas donde se acredite que no está incluido en el Boletín de Responsables Fiscales. 2.4.11 Certificado de antecedentes disciplinarios expedidos por la Procuraduría General de la Nación tanto del Represente Legal como de la Empresa. El proponente presentará la certificación que expide la Procuraduría General de la Nación tanto del Represente Legal como de la Empresa, vigente en la fecha límite de presentación de las ofertas. 2.4.12 Aceptación “instructivo de seguridad y salud en el trabajo para contratistas”. El proponente deberá decir expresamente que ha examinado el contenido del documento denominado “Instructivo de seguridad y salud en el trabajo para contratistas” el cual hace parte integral de la presente invitación. 2.4.13 Copia Registro Único Tributario El proponente deberá presentar copia del RUT Registro Único Tributario actualizado. 2.4.14 Copia de la licencia de funcionamiento El proponente deberá aportar copia de la licencia de funcionamiento vigente para empresa con armas y sin armas otorgada por la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada. Dicha licencia debe ser expedida por un término mínimo de cinco (5) años. 2.4.15 Certificado de no sanción El proponente deberá aportar certificación de no sanción en los últimos cinco (5) años expedida por la superintendencia de seguridad privada, no mayor a 90 días. 2.5 EVALUACIÓN DE LAS PROPUESTAS CLÍNICA NUESTRA evaluará las propuestas allegadas de conformidad con lo aquí establecido a través de las personas designadas para el efecto y de acuerdo con capítulo (3) de estos términos de invitación a proponer. 2.6 CAUSALES DE RECHAZO DE LAS PROPUESTAS

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Las propuestas presentadas podrán ser rechazadas por CLÍNICA NUESTRA en los siguientes casos: Será causal de rechazo inmediato que la propuesta no venga con la totalidad de los requisitos señalados en el numeral 2.4 de estos términos de invitación a proponer. 2.6.1 Cuando la carta de presentación de la propuesta no venga suscrita por el representante legal del proponente o la persona facultada al efecto, para lo cual deberá allegar el poder respectivo. 2.6.2 Cuando no se presente en original la garantía de seriedad de la propuesta. 2.6.3 Cuando se compruebe que el proponente se encuentra incurso en alguna causal de inhabilidad o incompatibilidad de acuerdo con el proceso de contrataciónde Clínica Nuestra, su Código de Ética y Buen Gobierno así como en las demás disposiciones legales vigentes. 2.6.4 Cuando la propuesta sea presentada por personas jurídicas que no cumplan con los requisitos para participar. 2.6.5 Cuando se compruebe que los documentos presentados por el proponente no corresponden a la realidad, caso en el cual se iniciaran las acciones correspondientes, si a ello hubiere lugar. 2.6.6 Cuando se compruebe que el proponente o un agente suyo ejecute cualquier acción tendiente a influir o presionar a las personas encargadas de la evaluación de las propuestas o a la adjudicación del contrato. 2.6.7 Cuando el proponente se encuentre reportado en el Boletín de Responsables Fiscales de la Contraloría General de la Nación. CLÍNICA NUESTRA queda autorizada por el proponente para revisar verificar y considerar toda la información recibida. Asimismo, el proponente acepta y autoriza que CLÍNICA NUESTRA efectué consultas de información en cualquier base de datos nacional o internacional con el fin de determinar la idoneidad y capacidad del proponente y la calidad de los servicios a prestar. Esto incluye la autorización expresa para consultar el Sistema de Administración de Riesgo de Lavado de Activos y de la Financiación del Terrorismo – SARLAFT.

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2.7 ADJUDICACIÓN CLÍNICA NUESTRA adjudicará el contrato que se origine en la presente contratación al oferente cuya propuesta se considere la más favorable a los intereses de la Clínica. La decisión se comunicará a través de cualquier medio a todos los oferentes que participaron en el proceso de selección. PARÁGRAFO: CLÍNICA NUESTRA se reserva el derecho de hacer adjudicaciones parciales así como la devolución de las propuestas a los proponentes no favorecidos. 3 EVALUACIÓN DE LAS PROPUESTAS 3.1 VERIFICACIÓN DE LA CAPACIDAD JURÍDICA: Este análisis estará a cargo del Comité de Gerencia de CLÍNICA NUESTRA y no tiene ponderación alguna. Tiene por objeto determinar que las propuestas y los proponentes cumplan con los requerimientos legales y normativos previstos en las disposiciones legales y los presentes términos de invitación a proponer. Cuando la observación hecha a un proponente o propuesta constituya causal de rechazo, el Comité de Gerencia lo dirá expresamente en su informe. Cuando el Comité de Gerencia considere que la observación hecha no es causal de rechazo podrá requerir por escrito a los proponentes las aclaraciones y explicaciones o la corrección de la garantía de seriedad de la oferta cuando lo considere necesario. El proponente deberá dar respuesta escrita a esos requerimientos dentro del plazo que para el efecto le otorgue el Comité de Gerencia, bajo el entendido que tales aclaraciones y explicaciones no constituyen modificaciones a los aspectos objetivos de comparación de las propuestas, ni sirven para completar, adicionar, modificar o mejorar las propuestas. 3.2 VERIFICACIÓN DE LAS ESPECIFICACIONES TÉCNICAS OFRECIDAS: El ordenador del gasto y/o área contratante verificará que el proponente en su propuesta ofrezca expresamente las especificaciones técnicas mínimas requeridas en los presentes términos de invitación a proponer. 3.3 EVALUACIÓN DEL PRECIO: El Comité de Gerencia, comparará los precios por ítems ofrecidos y señalará el mejor precio por ítem. CLÍNICA NUESTRA escogerá la propuesta más favorable a sus intereses, no se

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aceptaran propuestas con precios inferiores a los establecidos por la superintendencia de vigilancia y seguridad privada. PARÁGRAFO: El área contratante encargada de realizar la evaluación de las especificaciones técnicas, realizará su labor de forma concomitante e independiente. Si al realizar la evaluación encuentra que debe hacer un requerimiento a algún proponente lo deberá solicitar al proponente por correo electrónico con copia al Comité de Gerencia. No se tendrán en cuenta aclaraciones o explicaciones que no hayan sido solicitadas por el área contratante. 3.4 CRITERIOS DE CALIFICACIÓN DE LAS PROPUESTAS

CRITERIOS FACTORES PUNTAJE

Precio

Evalúa la parte económica de la oferta para lo cual debe considerarse el precio. Obtendrá mayor puntaje la oferta que ofrezca mejor precio y las siguientes de manera descendente con intervalos de Diez puntos.

100

Experiencia

Se califica la presentación de las certificación Adicional de las requeridas en el numeral 2.4.5., cada una válida por 50 puntos, de contratos de monto igual o superior a 800 SMMLV. Se calificarán máximo 2 Certificaciones

100

Programa de

capacitación

Corresponde a la presentación del programa de capacitación. Se otorgarán 100 puntos de la siguiente forma: Presentación de certificaciones de escuelas de capacitación de vigilancia y seguridad y/o similares debidamente autorizadas donde conste que el personal de vigilancia vinculado a su empresa, ha recibido servicio al cliente para el mejoramiento capacitación continua de la calidad en la prestación del servicio de los vigilantes, efectuadas en el año 2016.

100

Cobertura adicional en póliza RCE

Si el proponente dispone de una póliza de mayor cobertura a los 1000 SMMLV se asignara puntaje adicional de la siguiente manera Entre 1001 y 1200 SMMLV se asignaran veinte puntos. Entre 1201 y 1400 SMMLV se asignaran cuarenta puntos. Entre 1401 y 1600 SMMLV se asignaran sesenta puntos. Entre 1601 y 1800 SMMLV se asignaran ochenta puntos. Entre 1801 y 2000 SMMLV se asignaran cien puntos.

100

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Capacidad de

supervisión

Corresponde al número de supervisores disponibles vs la cantidad de guardas de seguridad, el proponente deberá suministrar el numero de guardas vinculados en la ciudad de cali y numero de supervisores, esta información debe ser consistente con la suministrada por la superintendencia de vigilancia y seguridad privada, No. supervisores/No de guardas*100. Se asignara el mayor puntaje al proponente que presente una mejor relación a los demás proponentes se le asignara puntaje de manera descendente con intervalos de veinte puntos.

200

Capacidad operativa

El proponente deberá suministrar un listado donde relacione el parque automotor propio con el que cuenta la empresa para supervisión se asignara el mayor puntaje al que tenga mayores recursos disponibles, con relación al número de servicios para lo anterior deberá aportar copia de la tarjeta de propiedad y SOAT vigente y relación de servicios atendidos en la ciudad de Cali. No de vehículos / No de servicios *100. se le asignara el mayor puntaje al proponente que presente la mejor relación, los demás proponentes se le asignara puntaje de manera descendente con intervalos de quince puntos. 150

Indicadores Financieros

Se evaluaran los siguientes indicadores financieros; Razón corriente Nivel de endeudamiento Rentabilidad del patrimonio Rentabilidad del activo Cobertura de intereses La asignación del puntaje será por cada indicador teniendo cincuenta puntos al mejor resultado y los siguientes se calificaran de manera descendente con intervalos de 5 puntos. 250

3.5 EMPATE. Si después de aplicar los criterios anteriormente expresados a las ofertas recibidas, se tiene que dos o más de ellas obtienen el mismo resultado, prevalecerá entre las empatadas la oferta que haya obtenido el mayor puntaje en el criterio de indicadores financieros. Si el empate persiste, prevalecerá entre las empatadas la oferta que haya obtenido el mayor puntaje en el criterio de capacidad de supervisión. Si el empate persiste, decidirá el respectivo comité evaluador de CLÍNICA NUESTRA por sorteo. 4 CAPITULO ESPECIFICACIONES TÉCNICAS Las especificaciones técnicas requeridas por CLÍNICA NUESTRA en este proceso de contratación se encuentran indicadas en el Anexo 4 de la invitación a proponer.

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5 CAPITULO EL CONTRATO 5.1 FIRMA Y LEGALIZACIÓN DEL CONTRATO El proponente seleccionado debe suscribir el contrato y legalizarlo dentro del plazo que le señale CLÍNICA NUESTRA en la comunicación en la cual le informe que el mismo se encuentra listo para su firma. Cuando el adjudicatario no cumpla con lo anterior o no allegue los documentos requeridos para la celebración del contrato, CLÍNICA NUESTRA procederá a hacer efectiva la garantía de seriedad de la propuesta, sin perjuicio de las acciones judiciales conducentes a resarcir los perjuicios que haya sufrido y no estén cubiertos por dicha garantía y procederá a adjudicar el contrato al proponente que siga en orden de elegibilidad. 5.2 CONDICIONES GENERALES DEL CONTRATO EVENTUAL La aceptación expresa de estos términos de invitación a proponer, comporta la aceptación de la inclusión en el contrato que puede celebrarse de todas las regulaciones contractuales indicadas en esta sección. No obstante, la expresión que se hace de algunas cláusulas no limita las posibilidades de inclusión de otras adicionales. La expresión que se hace del contenido de algunas de las cláusulas no limita las posibilidades de inclusión en ellas de nuevas materias. Si en el contrato no se incorporan estas cláusulas, ellas se entenderán pactadas entre las partes en todo caso. 5.2.1 Descripción del objeto del posible contrato Convocatoria no. 001 del 15 de septiembre de 2017 para la contratación del servicio de vigilancia y seguridad privada que garanticen la adecuada protección de las personas, bienes e inmuebles de propiedad de la SOCIEDAD N.S.D.R. S.A.S. – CLÍNICA NUESTRA, en la modalidad fija y móvil, de acuerdo con la normatividad vigente para la actividad de vigilancia y seguridad privada. 5.2.2 Servicios requeridos

a. Dos (2) servicios de vigilancia física fija, dotado con equipo de comunicación sin arma 24 horas de lunes a domingo todo el mes. • Uno (1) en la entrada del servicio de Urgencias • Uno (1) en el sector de Parqueadero

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b. Un (1) servicio de vigilancia física fija diurna dotado con equipo de comunicación sin arma 16 horas de lunes a domingo, todo el mes de 6:00 a las 22:00. • Uno (1) en Ronda interna persona de sexo femenino

c. Un (1) servicio de vigilancia física fija diurna Motorizado dotado con equipo de

comunicación con arma, 16 horas de lunes a domingo todo el mes de 6:00 a las 22:00 horas

• Uno (1) en Ronda Externa

d. Un (1) servicio de vigilancia física fija diurna dotado con equipo de comunicación

sin arma, 14 horas de lunes a viernes de 06:00 a 19:00 y sábado de 06:00 a 14:00 horas

• Uno (1) en Consulta Externa

e. Un (1) servicio de vigilancia física fija diurna dotado con equipo de comunicación

sin arma, 14 horas de lunes a viernes de 06:00 a 20:00, sábados 13 horas 07:00 a 20:00 horas, Domingo 12 horas 08:00 a 20:00 todo el mes

• Uno (1) en el sector de la puerta principal.

5.2.3 Principales obligaciones a cargo del contratista.

a) El contratista asumirá la obligación de cumplir con todo lo ofrecido y con todas las obligaciones legales que le corresponden de acuerdo con la naturaleza del contrato a celebrar.

b) Adicionalmente, el contratista se obligará a:

Realizar todas las actividades necesarias para el cumplimiento del objeto del contrato, de acuerdo con lo establecido en las especificaciones técnicas, el cronograma aprobado y las instrucciones de CLÍNICA NUESTRA. Emplear el personal que sea necesario para la ejecución del contrato dentro de los términos establecidos. Retirar el personal y/o el equipo que según CLÍNICA NUESTRA no sea necesario o conveniente para la ejecución del contrato.

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Cumplir dentro de los términos legales o contractuales con todas las obligaciones de carácter laboral respecto de los empleados que utilice para la ejecución del presente contrato, especial pero no exclusivamente las que se refieren a salarios, prestaciones sociales y afiliación a Entidades Promotoras de Salud y Administradoras de Riesgos Laborales. El eventual contratista deberá cumplir con todas las indicaciones para la seguridad de su personal y la prestación de los servicios que le indique CLÍNICA NUESTRA. Realizar el servicio contratado, según las especificaciones y plazos estipulados. Presentar los informes que le exija CLÍNICA NUESTRA, y asistir a las reuniones periódicas o extraordinarias de seguimiento que CLÍNICA NUESTRA le indique. El contratista deberá informar a CLÍNICA NUESTRA de cualquier reclamo que vaya a realizar. Archivar toda la información que se produzca como consecuencia o con ocasión del presente contrato. Responder por todas las fallas, errores, negligencias, anomalías, inconsistencias que se presenten en desarrollo de la ejecución del presente contrato. Dar cumplimiento a todas las normas legales, técnicas o de otra índole en la ejecución del presente contrato. 5.2.4 Principales obligaciones a cargo de CLÍNICA NUESTRA. CLÍNICA NUESTRA asumirá en el contrato las obligaciones que se derivan de la naturaleza del contrato y las que le corresponden de acuerdo con la oferta aceptada por ella. 5.2.5 Sistema de contratación y remuneración. Para la ejecución del servicio, el sistema de contratación y remuneración será variable, correspondiente a la suma que resulte de multiplicar los puestos de vigilancia fija y móvil establecidos por el número de horas prestadas en el mes más las horas adicionales causadas en el mes pertinente. El valor del contrato será ajustado anualmente con base en las tarifas autorizadas por la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada. 5.2.6 Forma de pago del contrato. Se pagará mes vencido, noventa (90) días hábiles después de la fecha de radicación de la factura. Se recibirá la factura el día 25 de cada mes o el día hábil siguiente si dicho día no es hábil. 5.2.7 Instrumentación del eventual contrato.

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El proponente que resulte seleccionado se obliga a devolver el contrato a CLÍNICA NUESTRA debidamente firmado y con los respectivos documentos exigidos por CLÍNICA NUESTRA, dentro de los 4 días hábiles siguientes a la fecha en que le sea comunicado por CLÍNICA NUESTRA que el documento se encuentra listo para ser firmado, luego de que las partes hayan estado de acuerdo en su contenido. En caso de que el contratista incumpla el término aquí señalado y no entregue a CLÍNICA NUESTRA oportunamente firmado el contrato y los documentos atrás señalados, CLÍNICA NUESTRA podrá:

1. Imponerle multas del uno por mil (0.1%) sin superar la suma de 10 SMMLV por cada día de retardo una vez cumplido el plazo antes señalado. Esta multa se cobrará hasta que el contratista allegue el contrato y los documentos requeridos para su legalización.

2. Desistir de contratar lo previsto, sin que se genere indemnización alguna y sin que se requiera para ello notificación de cualquier naturaleza.

Si se suscribe el contrato y se legaliza por fuera del tiempo o plazo estipulado, EL CONTRATISTA acepta que CLÍNICA NUESTRA podrá descontar el valor de las multas de las sumas que llegue a adeudarle al CONTRATISTA, ya sea en virtud de este contrato o de cualquier otro que se haya suscrito entre las mismas partes, o por cualquier otro concepto, sin perjuicio de hacer efectiva la garantía de cumplimiento del contrato, en caso de que exista. 5.2.8 Pólizas. CLÍNICA NUESTRA podrá exigir la constitución de las pólizas indicadas a continuación, con los siguientes valores asegurados y con las vigencias en cada caso indicada:

Tipo de póliza Valor mínimo Asegurado.

Vigencia mínima de la

Póliza. Póliza de responsabilidad civil extracontractual que incluya responsabilidad civil profesional vigente para empresas de vigilancia, exigida por la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada

1000 SMMLV vigencia del contrato

Póliza de cumplimiento 15% del valor anual del contrato

Vigencia del contrato y dos meses mas

Póliza de calidad 15% del valor anual del contrato

Vigencia del contrato y dos meses mas

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Póliza de pago de prestaciones sociales 5% del valor anual del contrato

Vigencia del contrato y tres años mas

CLÍNICA NUESTRA exigirá que las pólizas sean expedidas por aseguradoras autorizadas para funcionar en Colombia en el ramo respectivo. Las pólizas deberán ser expedidas a favor de CLÍNICA NUESTRA. CLÍNICA NUESTRA exigirá que enlas pólizas que sean pertinentes, o en un documento separado la compañía de seguros se adhiera al pacto arbitral suscrito entre el contratista y CLÍNICA NUESTRA. La iniciación del contrato se encuentra supeditada a la aprobación de CLÍNICA NUESTRA, de las pólizas con la respectiva constancia del pago de la prima. 5.2.9 Control y supervisión del contrato. CLÍNICA NUESTRA ejercerá el control técnico y administrativo del eventual contrato y de su correcto cumplimiento a través de la Jefatura de Seguridad de CLÍNICA NUESTRA. 5.2.10 Cláusula compromisoria. CLÍNICA NUESTRA incorporará al contrato una cláusula compromisoria de lasiguiente forma: CLÁUSULA COMPROMISORIA. Cualquier diferencia, conflicto o incumplimiento que surja entre las partes con ocasión de la suscripción, ejecución, interpretación, terminación o liquidación del presente contrato, será sometido a la decisión de un Tribunal de Arbitramento, que se sujetará a las normas vigentes sobre la materia y se regirá especialmente, por las siguientes reglas:

1. El Tribunal estará integrado por un árbitro nombrado de común acuerdo entre las partes. En caso de que las partes no puedan ponerse de acuerdo en el nombramiento del árbitro dentro del mes siguiente al surgimiento de la diferencia, el nombramiento se delega de forma directa al Director del Centro de Arbitraje y Conciliación de la Cámara de Comercio de Cali para que lo designe conforme al reglamento del Centro de Arbitraje y Conciliación de la Cámara de Comercio de Cali.

2. El Árbitro deberá ser abogado colombiano, inscritos en las listas de árbitros del

Centro de Arbitraje y Conciliación de la Cámara de Comercio de Cali.

3. La organización interna del Tribunal se sujetará a las reglas previstas para el efecto por el Centro de Arbitraje y Conciliación de la Cámara de Comercio de Cali, en lo no regulado en la presente cláusula.

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4. El Tribunal funcionará en la ciudad de Cali, en el Centro de Arbitraje y Conciliación de la Cámara de Comercio de Cali.

5. El Tribunal decidirá en derecho y su fallo tendrá efectos de cosa juzgada material

de última instancia y en consecuencia, será final y obligatorio para las partes, sin perjuicio del recurso de nulidad que consagra la Ley.

6. Los costos que se causen con ocasión de la convocatoria del Tribunal estarán a

cargo de la parte vencida. 5.2.11 Indemnidad por reclamaciones de terceros. CLÍNICA NUESTRA incorporará en el contrato cláusulas por medio de las cuales el contratista se compromete a mantenerla indemne patrimonialmente contra toda reclamación de terceros relacionada con la ejecución del contrato. La indemnidad deberá garantizarse frente a reclamaciones judiciales o administrativas y frente a las reclamaciones laborales o no laborales. La cláusula de indemnidad incorporará como obligaciones del contratista:

a. La de defender a CLÍNICA NUESTRA en el proceso judicial o en el procedimiento administrativo de que se trate.

b. La de indemnizar a CLÍNICA NUESTRA cualquier daño padecido como

consecuencia de la acción o la omisión de sus dependientes o subcontratistas.

c. La de pagar las indemnizaciones que pudieren imponerse a cargo de CLÍNICA NUESTRA.

5.2.12 Cláusula penal. CLÍNICA NUESTRA incorporará al contrato una cláusula penal para el caso en que el contratista incumpla sus obligaciones. De acuerdo con ella, la inejecución absoluta, la ejecución tardía o la ejecución imperfecta de cualquier obligación darán derecho a CLÍNICA NUESTRA a aplicar una sanción del 30% del valor total del contrato. El pago de la cláusula penal no exime al contratista del cumplimiento de la prestación principal ni del pago de la indemnización o la posibilidad de queCLÍNICA NUESTRA de por terminado el respectivo contrato de manera anticipada y sin lugar al reconocimiento de indemnización alguna. 5.2.13 Multas y Sanciones. CLÍNICA NUESTRA previo análisis de parte del órgano competente, impondrá multas diarias hasta del uno por ciento (1%) del valor total o estimado del contrato que se incumpla, hasta que el contratista cese la conducta que dio origen a la multa o hasta cumplir un porcentaje

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máximo del quince por ciento (15%), por el incumplimiento parcial o total de las obligaciones contraídas por el contratista, en los siguientes eventos:

a) Por el incumplimiento de cualquiera de las obligaciones estipuladas en el contrato o en sus anexos, dentro del plazo contractual previsto para cada una de ellas.

b) Por haber cumplido las obligaciones imperfectamente.

c) Por la desatención a las órdenes escritas o verbales impartidas por CLÍNICA NUESTRA o sus delegados.

Las multas se causarán por el solo hecho del incumplimiento del contratista, sin que sea necesaria reconvención previa para constituirlo en mora. En el evento que se haya otorgado un término para subsanar el incumplimiento y éste se cumpla sin que el contratista cumpla la obligación, CLÍNICA NUESTRA podrá aplicar la cláusula penal, y en caso que se configure un incumplimiento grave, podrá terminar unilateralmente el contrato. El contratista acepta que el monto de las multas podrá ser descontado de las sumas pendientes de pago a favor del contratista o de la retención en garantía. CLÍNICA NUESTRA podrá adicionalmente al cobro de las multas previstas, hacer efectivas las garantías contractuales. 5.2.14 Confidencialidad. CLÍNICA NUESTRA incorporará al contrato obligaciones de confidencialidad. Por las obligaciones de confidencialidad, el contratista se comprometerá a no comunicar a terceros información confidencial de CLÍNICA NUESTRA, y a evitar que susempleados o subcontratistas divulguen la información que hayan conocido por su calidad de tales. 5.2.15 Duración. La vigencia del contrato será de un (1) año. CLÍNICA NUESTRA podrá dar por terminado el contrato en cualquier momento durante su vigencia o cualquiera de sus prórrogas, sin que dicha terminación genere responsabilidad alguna a CLÍNICA NUESTRA u otorgue al contratista derecho a indemnización alguna. 5.2.16 Cesión del contrato. EL CONTRATISTA no estará facultado para ceder el presente contrato nisubcontratar la realización de su objeto, sin autorización previa y por escrito de CLÍNICA NUESTRA. Es entendido que en ningún caso la cesión o el subcontratoeximirán al contratista escogido, de su responsabilidad para con CLÍNICA NUESTRA en el caso de aceptarse la cesión.

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5.2.17 Causales de terminación. Además de otras causales previstas en el presente documento, el contrato terminará:

a. Por incumplimiento de las obligaciones de las partes contratantes.

b. Cuando la calidad de alguno de los aspectos de la prestación del servicio no sea aceptable por no ajustarse a lo dispuesto en el contrato.

c. Por el vencimiento del término de duración.

d. Por decisión unilateral de CLÍNICA NUESTRA y de forma inmediata, en los

siguientes eventos:

1. Por incumplimiento del contratista, en sus obligaciones laborales frente a sus empleados, (pago de salarios, seguridad social y/o parafiscal).

2. Cuando el contratista (incluidos socios, miembros de la junta directiva o

representantes legales) resulte reportado o figure en una lista de control de lavado de activos y financiación del terrorismo o sea vinculado en un proceso judicial por este tipo de actividades, o por actividades disciplinarias, penales o fiscales.

e. Por mutuo acuerdo entre las partes.

f. Por la terminación anticipada del Contrato vigente. g. Cuando el contratista se encuentre incurso en cualquier causal de inhabilidad

o incompatibilidad para contratar con CLÍNICA NUESTRA. 5.2.18 Otras condiciones contractuales. CLÍNICA NUESTRA podrá incluir en el respectivo contrato, términos adicionales a losseñalados en este documento que sean pertinentes para la regulación de la relación contractual. Fin de los términos de invitación a proponer.

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ANEXO No. 1

CARTA PRESENTACIÓN Santiago de Cali, Señores Clínica Nuestra Paola Andrea Murillo Pineda Dirección Administrativa Ciudad Referencia: Convocatoria No. 001 del 15 de septiembre de 2017 para la contratación del servicio de vigilancia y seguridad privada que garanticen la adecuada protección de las personas, bienes e inmuebles de propiedad de la SOCIEDAD N.S.D.R. S.A.S. – CLÍNICA NUESTRA, en la modalidad fija y móvil de acuerdo con la normatividad vigente para la actividad de vigilancia y seguridad privada. El suscrito ______________________, identificado con la C.C. No._________________obrando en nombre y representación legal de_____________________ , atentamente se permite presentar propuesta dentro del proceso de selección de contratistas citado en la referencia. Así mismo declaro:

1. Que la propuesta y el contrato que se llegue a celebrar, sólo compromete al firmante.

2. Que ninguna entidad o persona distinta, tiene interés comercial en esta propuesta, ni en el contrato que de ella pueda derivarse.

3. Que acepto expresamente las condiciones, especialmente indicadas de la invitación a

proponer.

4. Que acepto las condiciones relacionadas con los aspectos técnicos solicitados en el Capítulo 4 y Anexo 4 (Especificaciones Técnicas) de esta invitación a proponer.

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5. Que no me encuentro incurso dentro de las inhabilidades e incompatibilidades de que trata el código de ética de CLÍNICA NUESTRA y estoy habilitado legalmente para desarrollar las actividades objeto del eventual contrato.

6. Que en caso de resultar favorecido con la adjudicación de un contrato me

comprometo a firmarlo, legalizarlo y constituir las garantías exigidas en el mismo.

7. Que dispongo de la capacidad administrativa necesaria para ejecutar el eventual contrato y cumpliré cabalmente con las obligaciones que surjan del mismo, con los términos de referencia y con los ofrecimientos hechos en mi oferta.

8. Que los valores ofrecidos incluyen todos los impuestos, tasas y contribuciones

nacionales, departamentales y municipales y los costos directos e indirectos para la ejecución del contrato.

9. Que he revisado y aceptado incondicionalmente el contenido del documento

denominado “PROCEDIMIENTO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO.

10. PARA CONTRATISTAS Y SUBCONTRATISTAS”. Así mismo, me comprometo a cumplir todas las obligaciones y deberes que allí se me imponen como contratista (le imponen a la sociedad que represento)

Atentamente, NOMBRE Proponente NIT NOMBRE DE QUIEN SUSCRIBE LA CARTA DE PRESENTACIÓN CC No. ______________ De __________ Dirección ___________________________ Teléfono __________________________ Fax_______________________________ Correo electrónico___________________ Ciudad____________________

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ANEXO 2

CRONOGRAMA DEL PROCESO

ETAPA FECHA Apertura de la invitación 15 de Septiembre de 2017. Fecha de visita obligatoria y audiencia aclaratoria para presentar preguntas.

20 de Septiembre de 2017 a las 14:00 Horas en el auditorio de la clinica nuestra en la direccion Calle 10 # 33 – 51.

Cierre de la invitación. 22 de Septiembre de 2017 a las 16:00 horas área de contrataciones, Jackeline Camacho en la direccion Carrera 33 # 10 -12 sede administrativa.

Publicación de oferente seleccionado. 28 de Septiembre de 2017.

Legalización de contrato. 28 de Septiembre de 2017. Fecha inicio de contrato. 01 de Octubre de 2017 a las 00:00 horas.

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ANEXO 3

DECLARACIÓN DE CÓDIGO DE ÉTICA Y BUEN GOBIERNO

Por medio de la suscripción del presente documento, declaro que: He revisado y aceptado incondicionalmente el contenido del documento denominado “Código de Ética y Buen Gobierno” y declaro que no me encuentro incurso (la sociedad que represento no se encuentra incursa) en ninguna de los supuestos allí consagrados que podrían impedirle (impedirme) contratar con la SOCIEDAD N.S.D.R. S.A.S.- CLÍNICA NUESTRA, Así mismo, me comprometo a cumplir todas las obligaciones y deberes que allí se me imponen como contratista (le imponen a la sociedad que represento).En caso de que en algún momento, tenga alguna sospecha de que puedo estar incurso (la sociedad que represento pueda estar incursa) en alguno de los supuestos mencionados, me obligo a informar esta situación inmediatamente a la SOCIEDAD N.S.D.R. S.A.S.- CLÍNICA NUESTRA. En caso de que esta concluya que efectivamente se configura alguno de los supuestos, acepto que el contrato que llegare a celebrar sea terminado unilateralmente por la SOCIEDAD N.S.D.R. S.A.S.- CLÍNICA NUESTRA, sin que ello genere el pago de indemnización alguna. Nombre – Proveedor: ___________________________ Número de Identificación: NIT C.C. Otro _________________ Nombre del Representante Legal: ______________________ Firma: _______________________ Fecha de la Declaración: ___________________

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ANEXO 4

ESPECIFICACIONES TÉCNICAS SOCIEDAD N.S.D.R. S.A.S.- CLÍNICA NUESTRA, está interesada en recibir ofertas o propuestas para contratar los servicios de vigilancia y seguridad privada que garanticen la adecuada protección de las personas, bienes e inmuebles, en la modalidad fija y móvil de acuerdo con la normatividad vigente para la actividad de vigilancia y seguridad privada. Para ello el proponente acepta y garantiza, mediante la presentación de este anexo, debidamente firmado por el representante legal, que cumple, acepta y garantiza a SOCIEDAD N.S.D.R. S.A.S.- CLÍNICA NUESTRA, el acatamiento de todas las especificaciones técnicas aquí descritas. El servicio se prestará bajo exclusiva responsabilidad del contratista, por tanto en la prestación del servicio de Vigilancia y Seguridad Privada en cada uno de los puestos señalados, deberá suministrar todos los recursos de personal, medios tecnológicos, medios de comunicación, detectores de metales, armas, controles de personal, coordinación y supervisión, capacitación y demás requerimientos tendientes a lograr la adecuada, suficiente y eficiente prestación del servicio de vigilancia y seguridad privada, de acuerdo con las condiciones técnicas establecidas en los términos de invitación y en el presente Anexo.

1. Acepto que CLÍNICA NUESTRA consulte cualquier base de datos nacional o internacional, incluida la consulta en Sistema de Administración de Riesgo de Lavado de Activos y de la Financiación del Terrorismo – SARLAFT.

2. Garantizo el cumplimiento de todas las disposiciones legales y reglamentarias que regulan la prestación del servicio objeto de la invitación como son: a) Decreto Ley 356 de 1994, conocido como el Estatuto de Vigilancia y

Seguridad, el cual rige todas las actividades relacionadas con el servicio. b) Decreto 4950 de 2007 que impone las tarifas para los servicios de

Vigilancia y Seguridad Privada. c) Las circulares externas No. 201532000000255 del 30 de diciembre de

2015 y No. 20163200000015 del 5 de enero de 2016, por medio de la cual se reglamenta el Decreto 4950 de 2007.

d) Todas las demás normas que modifiquen, aclaren, adicionen o complementen las normas mencionadas o que regulen expresamente los servicios de Vigilancia y Seguridad Privada.

3. La sociedad que represento tiene una antigüedad mínima de diez (10) años de constitución.

4. La Sociedad que represento tiene oficina de operación permanente y representación en la ciudad de Santiago de Cali, en la cual se encuentra un jefe

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de operaciones quien cuenta con formación y experiencia suficiente para el cargo y tendrá como función servir de contacto y enlace permanente entre CLÍNICA NUESTRA y el proponente seleccionado para la coordinación efectiva de los servicios objeto de esta de invitación. CLÍNICA NUESTRA se reserva la facultad de realizar en cualquier momento visitas de verificación.

5. Garantizo que en caso de resultar seleccionada la empresa que represento prestará el servicio en los sectores, horarios, número de puestos requeridos y demás aspectos que se indican en la convocatoria. CLÍNICA NUESTRA se reserva la opción de realizar modificaciones, de acuerdo con las necesidades temporales o permanentes de servicio de la CLINICA.

6. Garantizo que la empresa que represento presta los servicios en las modalidades de vigilancia fija y móvil, a través de vigilantes con y sin armas y está legalmente autorizada para ello.

7. Garantizo que al momento de presentar la propuesta la empresa que represento cuenta con la licencia vigente, expedida por un término mínimo de 10 años, de funcionamiento para empresa con armas y sin armas otorgada por la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada, que incluye la utilización de medios tecnológicos en la prestación de su servicio, documento que adjunto con mi propuesta.

9. Garantizo que la empresa que represento dispondrá de los siguientes elementos

para la prestación del servicio: a) Un (1) radio con dos (2) baterías para cada puesto de vigilancia. b) Control de supervisión física y electrónica de rondas. c) Revolver calibre 38mm largo para uso de los vigilantes y supervisor de

puesto. Las armas deben tener dos cargas por cada una, con los accesorios necesarios y los respectivos permisos aplicables vigentes.

d) Cuatro (4) detectores manuales de metales marca GARRET. 10. El proponente seleccionado deberá cumplir con las siguientes obligaciones:

a) Entregar un protocolo de descripción de los puestos y sus funciones. b) Entregar un organigrama del centro de operaciones. c) Entregar un protocolo para la administración de reportes y comunicados

de seguridad. d) Entregar estudio de seguridad física de las instalaciones de CLÍNICA

NUESTRA dentro de los dos (2) meses siguientes a la firma del contrato. e) Realizar durante la vigencia del contrato la práctica de quince (15) pruebas

de polígrafo a las personas que CLÍNICA NUESTRA determine. 11. Acepto que la Sociedad que represento celebrará bajo su responsabilidad un contrato

de trabajo directamente con cada una de las personas que conformen el personal que asigne a CLÍNICA NUESTRA y que el personal no se contratará a través de

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cooperativas, empresas de servicios temporales u otras figuras donde el personal no sea nómina directa del proponente.

12. Garantizo que en caso de ser seleccionada la compañía que represento el personal que se asigne para el cumplimiento del contrato debe haber sido sometido a un proceso de selección que incluya como mínimo la etapa de entrevista, así como un estudio de seguridad que incluya mínimo visita domiciliaria, prueba de polígrafo, referenciación, verificación de antecedentes en las instituciones de seguridad del Estado tales como procuraduría, contraloría, policía nacional y Fiscalía, además dispone de la credencial otorgada por la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada. CLÍNICA NUESTRA puede solicitar copia de los informes de selección y estudio de seguridad para evidenciar la aptitud de los trabajadores asignados al servicio. Los gastos del estudio de seguridad deber ser asumidos por el contratista. CLÍNICA NUESTRA se reserva el derecho de solicitar mayores estudios del personal que a su juicio no ofrezca las garantías de seguridad suficientes, así como el derecho de revisar y aprobar la selección del personal asignado al contrato.

13. Garantizo que los procedimientos de selección para el personal asignado a CLÍNICA NUESTRA, serán realizados por personal calificado en las instalaciones del proponente.

14. Garantizo que en cumplimiento de las obligaciones legales, especialmente las de carácter laboral, respecto del personal asignado para el cumplimiento del objeto de la presente invitación, específicamente en lo que se refiere al pago de salarios, prestaciones sociales, indemnizaciones, aportes fiscales y parafiscales, afiliación y pago de los aportes al régimen de seguridad social en salud, pensión y riesgos laborales. Todo lo anterior con los respectivos incrementos de ley. El incumplimiento o retraso establecido en el presente numeral, a criterio de CLÍNICA NUESTRA, dará lugar a la terminación anticipada del contrato con el proponente seleccionado sin lugar a requerimiento previo por parte de CLÍNICA NUESTRA o al pago de indemnización alguna a favor del proponente seleccionado.

15. Acepto que en caso de resultar seleccionado, en la ejecución del contrato se deberá adjuntar a la factura mensual una fotocopia de los recibos de pago de los aportes parafiscales y seguridad social del personal asignado a CLÍNICA NUESTRA, el incumplimiento de esta obligación dará lugar a la terminación inmediata y anticipada del contrato sin lugar a: (i) requerimiento previo de cumplimiento alguno y (ii) al pago de perjuicio o indemnización alguna por parte de CLINICA NUESTRA.

16. Acepto que en caso de resultar seleccionado, la empresa que represento programará los turnos requeridos y los respectivos descansos del personal asignado a CLÍNICA NUESTRA de acuerdo con la ley.

17. Acepto que en caso de resultar seleccionado, en la ejecución del contrato la empresa que represento mantendrá actualizados y a disposición de CLÍNICA NUESTRA los

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libros de vacaciones donde se registre el disfrute por parte de los funcionarios asignados a CLÍNICA NUESTRA, de acuerdo con lo establecido por ley.

18. Garantizo que la empresa que represento cuenta con un programa de seguridad y salud en el trabajo que da cumplimiento a la normatividad legal vigente y que incluye el cronograma de actividades para el año de acuerdo con los riesgos asociados a la labor que van a desempeñar, la inducción sobre prevención de riesgos, elementos de protección personal y condiciones de seguridad e higiene industrial y medicina del trabajo, de la misma manera cumplir con los lineamientos de seguridad y salud en el trabajo para contratistas definido por CLINICA NUESTRA (Anexo 5). En caso de resultar seleccionada la empresa que represento me comprometo a entregar a CLÍNICA NUESTRA dentro de los 8 días hábiles siguientes al cumplimiento de los requisitos de ejecución del contrato el programa de seguridad y salud en el trabajo antes mencionado.

19. Acepto que en caso de ser seleccionada la empresa que represento capacitará al personal que destine para el cumplimiento de las actividades objeto de esta invitación, en servicio al cliente y garantizo que el personal cumple con las capacitaciones realizadas por la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada, para lo cual adjuntará las constancias respectivas y credenciales actualizadas.

20. Así mismo, acepto que CLÍNICA NUESTRA, podrá exigir o solicitar capacitaciones adicionales relacionadas con el objeto de la presente invitación, de acuerdo con las exigencias que reporte para los cargos que debe proveer el proponente seleccionado. En cualquier tiempo CLÍNICA NUESTRA podrá verificar el cumplimiento de las capacitaciones que el proponente se obliga a impartir al personal asignado para la labor.

21. Garantizo que en caso de ser seleccionada la empresa que represento pondremos a disposición de CLÍNICA NUESTRA todo el personal requerido en el contrato.

22. Garantizo que la compañía que represento cuenta con personal disponible para cubrir las eventualidades que puedan presentarse con el personal que prestará el servicio en CLÍNICA NUESTRA; las modificaciones programadas en la prestación del servicio se comunicaran por escrito con una anterioridad mínimo de 1 día a la aplicabilidad del cambio o modificación. De la misma manera garantizo personal adicional que se pueda requerir de acuerdo con las necesidades temporales o permanentes del servicio.

23. Garantizo que cada vez que se cambie o rote el personal asignado a CLÍNICA NUESTRA se enviará la información relacionada con el cumplimiento de los requisitos de capacitación, credenciales, procesos de selección, estudios de seguridad, hoja de vida y los demás aspectos descritos en el presente anexo.

24. Me comprometo a que en caso de resultar seleccionada la empresa que represento exigirá y controlará que el personal que se asigne a CLÍNICA NUESTRA en el día del turno portara los siguientes documentos:

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• Carné de identificación, debidamente diligenciado y con foto reciente, Cédula de Ciudadanía.

• Carné vigente de la EPS o documento que acredite el derecho para ser atendido en caso de presentarse alguna situación médica.

• Carné A.R.L. • Permisos necesarios para el porte de armas si se requiere.

25. Acepto que en caso de ser seleccionada la empresa que represento dotará al

personal asignado a CLÍNICA NUESTRA de los elementos indispensables para la prestación del servicio, tales como pitos, bolillos, linternas, impermeables, guantes de seguridad livianos, dotación para invierno, protectores de nariz, guantes, overol y demás elementos necesarios para la correcta prestación del servicio, los cuales deben estar acordes con los lineamientos y características aprobadas por la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada.

26. Garantizo que el personal asignado a la prestación del servicio estará completamente uniformado de acuerdo con lo señalado por la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada de acuerdo a las Resoluciones 2852 de 2006, 5351 de 2007 y cualquier norma que la modifique, adicione, aclare y complemente.

27. En caso de resultar seleccionada la empresa que represento acepto y me comprometo a proporcionar al personal de control y operativo destinado para la prestación del servicio, las dotaciones de ley y los uniformes, que cumplan con la normatividad vigente establecida y autorizada por la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada. El uniforme debe ser homogéneo para todos los guardas de seguridad que presten servicios. Para la firma del acta de iniciación del contrato, acreditare haber entregado la dotación mínima para la correcta prestación del servicio, a la totalidad del personal destinado a la prestación del servicio tanto como a los controladores como al personal operativo, dicha condición será verificada por los Supervisores de los contratos.

28. Acepto que CLÍNICA NUESTRA realice una evaluación del servicio prestado antes de la fecha estipulada para la terminación del contrato, con el fin de evaluar la continuidad del servicio, sin perjuicio de las evaluaciones mensuales que podrá efectuar con los informes periódicos solicitados.

29. Presento con mi propuesta los siguientes documentos de carácter técnico:

a) Copia de la Resolución vigente expedida por el Ministerio de Comunicaciones, mediante la cual se otorga el permiso para la utilización de frecuencias radioeléctricas, el uso de espectro radioeléctrico, actividades de telecomunicaciones, autorización de red privada y la utilización de equipos de radiocomunicación. La licencia debe encontrarse vigente al momento de la presentación de la propuesta, y en caso de suscripción del contrato debe cubrir el término de ejecución del mismo. En el evento que el término de vigencia sea menor al señalado y de ser adjudicado el contrato, el proponente seleccionado se encuentra en la obligación de realizar los

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trámites correspondientes para mantener la vigencia señalada, dentro de los términos establecidos en el Decreto 930 de 1992 y demás disposiciones concordantes. En caso de que el proponente vaya a usar otro sistema de comunicación que no requiera el permiso citado en el presente numeral deberá señalar en la propuesta técnica como cumplirá con la exigencia de comunicación e indicará en la carta de presentación de la propuesta que se compromete a suscribir los contratos respectivos con las empresas de comunicaciones para asegurar el servicio. En todo caso para el inicio del contrato deberá tener la infraestructura de comunicaciones que se requiera.

b) Autorización vigente del Ministerio de Trabajo para laborar horas extras.

c) Certificación expedida por la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad

Privada en la cual conste no haber sido sancionado durante los cinco (5) años anteriores a la fecha de presentación de la oferta. Dicha certificación debe tener una fecha de expedición no mayor noventa (90) días hábiles.

d) Copia de la licencia de funcionamiento vigente expedida por un término

mínimo de diez (10) años por la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada, en el cual se autoriza el servicio con armas y sin armas y la utilización de medios tecnológicos de conformidad con la legislación vigente. La licencia debe encontrarse vigente al momento de la presentación de la propuesta y en caso de suscripción del contrato debe cubrir el término de ejecución del mismo. En el evento que el término de vigencia sea menor al señalado y de ser adjudicado el contrato, el proponente seleccionado se encuentra en la obligación de realizar los trámites correspondientes para mantener la vigencia señalada, dentro de los términos establecidos en el Decreto 356 de 1994 artículo 85 y demás disposiciones concordantes.

e) Constancia de afiliación a la Red de Apoyo y Solidaridad Ciudadana. f) Póliza de seriedad de la oferta por el 10% del valor anual del contrato. g) Póliza de responsabilidad civil extracontractual que incluya responsabilidad civil

profesional vigente para empresas de vigilancia, exigida por la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada por un monto no inferior a 1000 SMLMV.

Adjudicado el contrato se aportara las siguientes pólizas adicionales;

• Póliza de cumplimiento por el 15% del valor anual del contrato con una vigencia de la duración del contrato y dos meses más.

• Póliza de calidad por 15% del valor anual del contrato con una vigencia de la duración del contrato y dos meses más.

• Póliza de pago de prestaciones sociales por el 5% del valor anual del contrato con una vigencia de la duración del contrato y tres años más.

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h) Descripción detallada del estudio seguridad que aplicará en su empresa, así como el tiempo que se tarda en realizar el estudio de seguridad del personal asignado a CLÍNICA NUESTRA desde que esta hace el requerimiento.Una fotografía del uniforme autorizado con la correspondiente licencia de uso, vigente, otorgada por la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada.

i) El proponente deberá anexar copia de la licencia de funcionamiento vigente de la Escuela de Capacitación y Entrenamiento en Vigilancia y Seguridad Privada o del Departamento de Capacitación de la Empresa en caso de que lo tenga y este autorizada por la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada, que provea enseñanza, capacitación, entrenamiento y actualización de conocimientos relacionados con vigilancia y seguridad privada a su personal. En caso de que el proponente no posea escuela de capacitación, deberá anexar una certificación vigente de la Escuela en la cual se capacita a su personal, en que conste que la empresa de vigilancia recibe capacitación allí. En caso de suscripción del contrato la licencia debe cubrir el término de ejecución del mismo. En el evento que el término de vigencia sea menor al señalado y de ser adjudicado el contrato, el proponente seleccionado deberá indicar en la carta de presentación de la oferta, que se compromete a realizar los trámites correspondientes con el tiempo suficiente para mantener la vigencia durante todo el tiempo antes citado.

j. Copia del permiso vigente para uso de armas de fuego de acuerdo con los

requisitos establecidos en el Título IX del Decreto 2535 del 17 de Diciembre de 1993, así como informar que cuenta con todos los permisos y salvoconductos requeridos de conformidad con las normas legales para el uso de armas

35. Garantizo que el personal seleccionado para el cargo de Supervisor cuenta con

destreza en el manejo de personal, empleo de armas de fuego, uso de equipo de comunicaciones, experiencia en la administración de crisis de orden operativo y está debidamente certificado (credencial vigente) como Supervisor por parte de la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada.

36. Acepto que en caso de resultar seleccionada la empresa que represento previo al inicio a la ejecución del objeto contratado entregará al supervisor del contrato de CLÍNICA NUESTRA las certificaciones que acrediten el cumplimiento de la experiencia solicitada al personal que integra el dispositivo de seguridad y las credenciales vigentes emitidas por la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada.

37. Acepto que en caso de resultar seleccionada la empresa que represento, si se

requiere el cambio de algún miembro del dispositivo de seguridad, ésta pondrá a

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disposición de CLÍNICA NUESTRA una persona que cumpla todas las condiciones establecidas en esta invitación a proponer.

38. Acepto que una vez ocurrido un incidente de seguridad el supervisor del contrato o quien este delegue deberá informar al proponente que resulte seleccionado a fin de realizar las investigaciones correspondientes en el lugar del incidente. Dentro de los cinco (5) días siguientes a la notificación del incidente el proponente seleccionado deberá entregar el respectivo informe en el que se sustente la asignación de responsabilidades si fueren del caso. Se entiende por incidente de seguridad física, cualquier hecho o evento que afecta la seguridad personal, la seguridad de la organización, su infraestructura y los bienes que se encuentren dentro de la misma.

Atentamente, _______________________________________________ Nombre y firma del Representante Legal C.C. No. ………………. Expedida en

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TIPO DE DOCUMENTO:

MANUAL

Código:

MN-GH-001

Versión:

02

TITULO:

CÓDIGO DE ÉTICA Y BUEN GOBIERNO

Fecha Aprobación:

2015-08-30

Paginas: 1 de 32

INDICE

INTRODUCCION

PRESENTACION

1. GENERALIDADES DE LA ENTIDAD

1.1 DEFINICION DEL CODIGO DE BUEN GOBIERNO Y ETICA

1.2 OBJETIVOS DEL CODIGO DE BUEN GOBIERNO Y ETICA

1.3 ALCANCE

2. ORIENTACION ESTRATEGICA

2.1 MISION

2.2 VISION

2.3 VALORES INSTITUCIONALES

2.3.1 CALIDEZ

2.3.2 CALIDAD

2.3.3 COMPROMISO

2.3.4 RESPECTO

2.3.5 HONESTIDAD

2.4 NORMATIVIDAD

2.4.1 LEY 100/1993

2.4.2 LEY 1122/2007

2.4.3 DECRETO 1011/2006

2.4.4 RESOLUCION 1043/2006

2.4.5 RESOLUCION 1445/2006

2.4.6 RESOLUCION 1446/2006

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3. PROCEDER DE LA CLINICA COMO ENTIDAD PRESTADORA DE SERVICIOS

DE SALUD

3.1 CON EL PERSONAL INSTITUCIONAL

3.2 CON LOS USUSARIOS

3.3 CON EL MANEJO DE LA INFORMACION

3.4 CON LOS RECURSOS MATERIALES, FINANCIEROS Y ELECTRONICOS

3.5 CON LOS CONFLICTOS DE INTERESES

4. TIPOS DE CONTROLES

4.1 FUNCIONES DEL REVISOR FISCAL

4.2 FUNCIONES DE AUDITORIA MEDICA

4.3 COMITES

4.3.1 COMITÉ DE FARMACIA

4.3.2 COMITÉ TECNICO-CIENTIFICO

4.3.3 COMITÉ DE HISTORIAS CLINICAS

4.3.4 COMITE DE VIGILANCIA EPIDEMIOLOGICA

4.3.5 COMITÉ DE TRANSFUSION

4.3.6 COMITÉ DE MORTALIDAD

4.3.7 COMITÉ DE SALUD OCUPACIONAL

5. CODIGO DE ETICA

5.1 DEFINICION

5.2 PRINCIPIOS ETICOS

5.3 POLITICAS EN LA GESTION ASISTENCIAL

5.4 RESOLUCION DE CONFLICTOS

6. SOCIALIZACION DEL CODIGO DE ETICA

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7. CONTROL DEL CODIGO DE BUEN GOBIERNO Y DE ETICA

8. COMITÉ DE ETICA

8.1 ESTANDARES DE SEGUIMIENTO

8.2 COMPOSICION Y REUNIONES DEL COMITÉ DE ETICA Y NOMBRAMIENTO

DE SUS MIEMBROS

8.3 FUNCIONES DEL COMITÉ DE ETICA Y BUEN GOBIERNO

9. MECANISMOS DE DIFUSION

10. INDICADORES, EVALUACION Y SEGUIMIENTO

11. VIGENCIA

12. REVISION

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INTRODUCCIÓN

Se crea el código de buen gobierno y ética como un instrumento que permite guiar el actuar

bajo una serie de normas enmarcados en la ética, la correcta administración con

responsabilidad social hacia la comunidad, como dentro de la organización.

Este documento registra el manejo Empresarial que ha permitido el desarrollo sostenible,

presencia y reconocimiento a nivel Local, Regional y Nacional.

El código del buen gobierno y de ética, registra las normas, principios y políticas que

direccionan las relaciones entre los partes interesadas de la Clínica Nuestra como: los

pacientes y su familia; clientes corporativos, comunidad, colaboradores, junta directiva, entes

de control. A continuación se presentarán varios ítems que hacen parte del Buen Gobierno y

de Ética.

El Sistema Obligatorio de Garantía de Calidad reglamenta el cumplimiento de los Códigos de

Ética para la prestación de los servicios y la Ley 1122 le asigna responsabilidades a la

Superintendencia de Salud para controlar la gestión de las partes involucradas en este

sistema. Razón por la cual la superintendencia en cumplimiento del literal H del articulo 40

de la Ley 1122 se expide la Circular Instructiva 045 de Agosto de 2007, por medio de la cual

se ordena implementar el Código del Buen Gobierno y de Ética.

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PRESENTACIÓN

El Código de Ética constituye para la Clínica Nuestra, una norma de conducta orientada al

desempeño integral que deben tener sus colaboradores, directivos, contratistas y

proveedores, que buscan alcanzar las metas trazadas en la Misión y Visión, con

fundamentos en los Principios y Valores de la Institución, y que, en coherencia con el

Código de Buen Gobierno, todo directivo y/o colaborador de la Clínica debe cumplir en el

desempeño de sus funciones.

Lo que se busca es fomentar un compromiso de trabajo con la institución, promoviendo las

reglas de ética, de compromiso moral, de rectitud y todos aquellos valores que nos lleven a

mantener un bienestar laboral, permitiéndonos hacer de la clínica una institución competitiva

y manteniéndonos en el compromiso de brindarle bienestar y el mejor servicio a nuestros

usuarios.

1. GENERALIDADES DE LA ENTIDAD

La Clínica Nuestra es una Institución Privada, nace de la idea de un grupo de inversionistas

(Sociedad N.S.D.R. S.A), iniciando sus labores el 1 de Septiembre del 2002 y desde su

apertura los inversionistas han concebido la prestación de servicios con calidad, como el

principal eje que mueve el crecimiento y los resultados esperados, la clínica empieza a ser

reconocida y rápidamente llega a niveles muy altos de ocupación, lo que consecuentemente

llevó a las ampliaciones locativas permitiendo expandir el portafolio de servicios a nuestros

usuarios.

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La Clínica ofrece un completo portafolio en servicios integrales de atención en salud, con un

selecto grupo de especialidades y subespecialidades como: Pediatría, Cirugía Pediátrica,

Cirugía Plástica, Otorrinolaringología, Cardiología, Neurocirugía, Urología,

Gastroenterología, Ortopedia y Traumatología, Radiología, Cirugía Cardiovascular, Cirugía

de Mano. Cirugía Maxilofacial, Cirugía vascular, Hemodinamia sservicios de hospitalización,

Unidad de Cuidado Intermedio y Critico, consulta externa, cirugía y urgencias, además

apoyo diagnóstico en laboratorio e imagenología y programas especiales.

La acreditación, con un enfoque sistemático y permanente control de sus indicadores genera

mejoramiento continuo de la entidad, con la minimización de riesgos en la atención de los

pacientes. Para lo cual la Organización ha realizado inversiones en infraestructura, Talento

Humano, Cultura Organizacional, Sistemas de información, que se traduce en un sistema de

gestión de calidad efectiva.

1.1. DEFINICIÓN DEL CODIGO DEL BUEN GOBIERNO Y DE ETICA

Es el documento que guía el comportamiento de los funcionarios de la Clínica Nuestra en la

gestión, toma de decisiones e interrelaciones con los grupos de interés: los pacientes y su

familia; clientes corporativos, comunidad, colaboradores, junta directiva y entes de control.

1.2. OBJETIVOS DEL CODIGO DEL BUEN GOBIERNO Y DE ETICA

1.2.1 Asegurar que todas las actividades de los funcionarios de la Clínica se guíen

dentro de los principios éticos y las políticas de la entidad.

1.2.2 Crear con el Código del Buen Gobierno una cultura organizacional basada en

normas transparentes y definidas.

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1.2.3 Generar confianza a las partes interesadas que conlleve a un desarrollo sostenido

1.2.4 Cumplir con los requerimientos legales.

1.3. ALCANCE

El Código del Buen Gobierno aplica a todos los miembros de la Junta Directiva, Director,

jefes de Área, Coordinadores de Sección, Colaboradores tanto Asistenciales como

Administrativos.

2. ORIENTACION ESTRATEGICA

2.1 MISION

Prestar a la población colombiana, servicios de salud de mediana y alta complejidad, fundamentados en la Calidad y Seguridad, con un Soporte Tecnológico Óptimo y un Recurso Humano Idóneo; trabajando por satisfacer las necesidades del paciente y su familia, propendiendo por el Bienestar Laboral de nuestros colaboradores y la Estabilidad financiera de la institución.

2.2 VISION

En el 2016 una entidad de salud reconocida por sus altos estándares de calidad y

seguridad, con una atención centrada en la humanización del servicio y fidelización de sus

pacientes.

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2.3 VALORES INSTITUCIONALES

2.4 NORMATIVIDAD

La Clínica Nuestra en su Sistema de Gestión y Garantía de la Calidad sigue los

lineamientos presentados en la siguiente normatividad:

2.4.1 Ley 100 de 1993: En sus artículos 186 y 227 establece la creación de un Sistema de

Garantía de Calidad y de Acreditación en Salud.

2.4.2 Ley 1122 DE 2007: Por la cual se hacen algunas modificaciones en el Sistema

General de Seguridad Social en Salud y se dictan otras disposiciones.

2.4.3 Decreto 1011 del 2006: por el cual se establece el Sistema Obligatorio de Garantía

de Calidad de la Atención de Salud del Sistema General de Seguridad Social en Salud y

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establece responsabilidades para cada uno de sus actores, es decir, el Ministerio mismo, la

Superintendencia Nacional de Salud, los Prestadores de Servicios de Salud, las Entidades

Promotoras de Salud, las Administradoras del Régimen Subsidiado, las Entidades

Adaptadas, las Empresas de Medicina Prepagada y las Entidades Departamentales,

Distritales y Municipales de Salud.

Define y reglamenta “el Modelo de Auditoria para el Mejoramiento de la Calidad de la

Atención de Salud que será implantado de conformidad con los ámbitos de acción de las

diversas entidades. Se deberán adoptar indicadores y estándares que les permitan precisar

los parámetros de calidad esperados en sus procesos de atención, con base en los cuales

se adelantarán acciones preventivas, de seguimiento y coyunturales consistentes en la

evaluación continua y sistemática de la concordancia entre tales parámetros y los resultados

obtenidos, para propender por el cumplimiento de sus funciones de garantizar el acceso, la

seguridad, la oportunidad, la pertinencia y la continuidad de la atención, y la satisfacción de

los usuarios”.

2.4.4 Resolución 2003 del 2014: por la cual se establecen las condiciones que deben

cumplir los prestadores de Servicios de Salud para Habilitar sus servicios e implementar el

componente de auditoria para el mejoramiento de calidad de la atención.

2.4.5 Resolución 1445 (08 de Mayo de 2006): Por el cual se definen las funciones de la

Entidad Acreditadota y se adoptan otras disposiciones

2.4.6 Resolución 1446 del 2006: por la cual se define el Sistema de Información para la

Calidad y se adoptan los indicadores de monitoria del Sistema Obligatorio de Garantía de

Calidad de la Atención en Salud.

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3. PROCEDER DE LA CLINICA COMO INSTITUCION PRESTADORA DE SERVICIOS DE

SALUD

Se describen a continuación las políticas a observar por parte de la Clínica en su interacción

con los diferentes grupos de interés:

3.1 De la Clínica Nuestra con el personal Institucional:

Brindar un ambiente de trabajo adecuado, que garantice la integridad personal de sus

empleados, y con las herramientas necesarias para el desempeño de sus funciones.

Garantizar la igualdad de oportunidades sin discriminación de ninguna índole.

Propender por mantener las buenas relaciones entre los miembros de la Clínica.

Divulgar y exigir el entendimiento y práctica de las normatividades internas y externas

que regulan el sector salud.

Exigir el cumplimiento de las normas de bioseguridad en el desarrollo de las labores

de todos sus empleados, proveedores y usuarios.

3.2. De la Clínica Nuestra con los usuarios:

Brindar información clara y cierta a los usuarios, atendiendo oportunamente sus

inquietudes y buscando siempre una respuesta positiva de su parte.

Mantener al usuario informado de manera clara y precisa informándole sobre su

atención, tratamiento y demás aspectos pertinentes a su condición.

Dar a conocer a los usuarios sus derechos y deberes como paciente.

Proveer a los usuarios un ambiente seguro, que permita su reposo y confortabilidad

durante su estancia en la Clínica.

Mantener la privacidad en la información clínica de los pacientes.

Mantener una comunicación permanente y clara con los familiares de los pacientes

acerca de su estado.

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3.3. De la Clínica Nuestra con el manejo de la información:

Utilizar la información de la Historia Clínica de los pacientes de manera confidencial y

responsable.

La información de la Historia Clínica de los pacientes esta bajo la custodia de la

Clínica, y debe ser de uso exclusivo de la Clínica, salvo expresa autorización escrita

por parte del paciente.

Se tendrá acceso a la información de la Historia Clínica por parte de las entidades

que así lo soliciten, previa autorización de la Dirección Médica.

3.4. De los Funcionarios de la Clínica Nuestra con el uso de los recursos, materiales,

financieros y electrónicos:

Mantener en óptimas condiciones los recursos que le hayan sido asignados para el

desempeño de sus labores.

Informar los riesgos y las necesidades de mantenimiento.

Cumplir con las políticas de seguridad informática.

Reportar los riesgos detectados.

3.5. De los Funcionarios de la Clínica Nuestra y los conflictos de interés:

Desempeñar su trabajo libre de conflictos de intereses afectivos, financieros, vínculos

afectivos y personales que influyan o lo conduzcan a la toma de decisiones contrarias

a las políticas de la Clínica.

Renunciar a recibir dadivas u otro tipo de obsequios ofrecidos por los pacientes,

familiares, visitantes, proveedores y terceros como contraprestación para obtener

beneficios.

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Reportar al Coordinador de cada Área, toda aquella actuación observada en los

funcionarios de la Clínica, que viole las leyes, los reglamentos o este Código.

4. TIPOS DE CONTROLES

Los entes de control utilizados en la Clínica son:

• Revisoría Fiscal

• Auditoria médica

• Comités

4.1. FUNCIONES DEL REVISOR FISCAL

El Reviso Fiscal y sus suplentes serán designados por la Asamblea General de Accionistas

para periodos de (1) año, simultaneo al de la junta Directiva, pero pueden ser removidos en

cualquier tiempo por la Asamblea y reelegidos indefinidamente. El suplente reemplazara al

principal en todos los casos de falta absoluta o temporal.

El revisor fiscal y su suplente deberán ser contadores públicos, estarán sujetos a las

inhabilidades, prohibiciones, incompatibilidades y responsabilidades que establezcan las

leyes.

Son Funciones del Revisor Fiscal cerciorarse que las operaciones que se celebran

por cuenta de la sociedad se ajustan a las prescripciones de los estatutos, a las

decisiones de la Asamblea General y la Junta Directiva.

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Dar oportuna cuenta, por escrito a la Asamblea de Accionistas, a la Junta directiva o

al gerente según los casos, de las irregularidades que ocurran en el funcionamiento

de la sociedad y en el desarrollo de sus negocios.

Colaborar con las entidades gubernamentales que ejerce la inspección de la

compañía y rendirles los informes a los que haya lugar.

Velar porque se lleve regularmente la contabilidad de la sociedad y las cartas de las

reuniones de la Asamblea de Accionistas y de la Junta Directiva.

Inspeccionar asiduamente los bienes de la sociedad y procurar que se tomen

oportunamente las medidas de conservación o seguridad de los mismos y de los que

ella tenga en custodia o a cualquier otro titulo.

Impartir las instrucciones, practicar las inspecciones y solicitar los informes que sean

necesarios para establecer un control permanente sobre los valores sociales.

Autorizar con su firma cualquier balance que se haga, con su dictamen o informe

correspondiente.

Convocar a la Asamblea de Accionistas a reuniones extraordinarias cuando lo juzgue

necesario, cuando lo exijan las necesidades imprevistas o urgentes de la sociedad, o

cuando lo solicite un número de accionistas representantes de la cuarta parte del

capital suscrito de la sociedad.

Cumplir las demás atribuciones que le señalen las leyes o los estatutos y las que,

siendo compatibles con las anteriores, le encomiende la Asamblea de Accionistas.

4.2. FUNCIONES DE AUDITORIA MÉDICA

Evaluar, vigilar y controlar la calidad de atención de los pacientes y su familia

Evaluara, vigilara y controlara la atención de los pacientes

Formular recomendaciones para mejorar y mantener la calidad en la prestación de

servicios de salud.

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Evaluar, vigilar y controlar la aplicación de los protocolos o guías de manejo medico.

Evaluar, vigilar y controlar la racionalidad técnica científica: pertinencia en apoyos

diagnósticos, estancias inactivas, oportunidad.

4.3. COMITES

Los Comités evalúan la gestión de cada una de la Unidades Funcionales, para la

implementación y seguimiento de las acciones preventivas y correctivas.

FUNCIONES DE LOS COMITES

4.3.1. COMITÉ DE FARMACIA

Establecer Los criterios de selección para la compra de los medicamentos.

Seleccionar los medicamentos e insumos necesarios para el tratamiento de las

principales causas de Morbimortalidad por hospitalización y consulta externa.

Elaborar y actualizar el Vademécum de la Institución.

Realizar farmocovigilancia y apoyo terapéutico a las unidades funcionales en la

atención de los pacientes.

Ser un órgano consultor en lo referente a la utilización de los medicamentos e

insumos.

Evaluar las probables reacciones medicamentosas (PRM) presentadas en la

utilización de los medicamentos

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4.3.2. COMITÉ TECNICO CIENTIFICO

Evaluar, sugerir e implementar soluciones para superar debilidades de diferentes

unidades funcionales que beneficien la prestación del servicio

Velar por el cumplimiento de normas técnico – científicos dadas por el Ministerio de la

Protección Social

Analizar y estudiar propuestas para mejorar el funcionamiento de las unidades

funcionales

Sugerir mejoras encaminadas a lograr una optima actividad profesional.

Promover el mantenimiento de un alto nivel científico y técnico de los profesionales

que hacen parte de la institución.

Propender por el ejercicio ético de la practica medica

Promover y emplear métodos de evaluación y control que garanticen el normal

funcionamiento de los servicios.

Revisar y sugerir las guías de atención para que garanticen un buen servicio.

Promover el proceso de gestión clínica y seguimiento a eventos adversos

4.3.3. COMITÉ DE HISTORIAS CLINICAS

Promover en la institución la adopción de las normas nacionales sobre historia clínica

y velar porque estas se cumplan

Elaborar, sugerir y vigilar el cumplimiento del manual de normas y procedimientos de

los registros clínicos del prestador, incluida las historias clínicas.

Elevar a la dirección y al comité técnico – científico, recomendaciones sobre los

formatos de los registros específicos y anexos que deben contener la historia clínica,

así como los mecanismos para mejorar los registros en ella consignados.

Vigilar que se provean los recursos necesarios para la administración y

funcionamiento del archivo de historias clínicas.

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4-3.4 COMITÉ DE VIGILANCIA EPIDEMIOLOGICA

Revisar y aprobar el programa anual de actividades de vigilancia y prevención.

Revisar los datos de vigilancia epidemiológica e identificar las áreas apropiadas para

intervención (participación en brotes)

Evaluar y promover mejores prácticas de los procesos relacionados con el control y

prevención de la IIH, además de identificar los posibles contactos hospitalarios, los

cambios en la flora microbiana, la resistencia a los antibióticos, las condiciones

medioambientales como la disposición de basuras y residuos, así como los aspectos

administrativos.

Asegurar la identificación de necesidades de capacitación y dar la apropiada para el

personal d enfocada al control de infecciones y seguridad.

Solicitar, sugerir, recursos apropiados para los programas de vigilancia de las

infecciones

Comunicarse y cooperar con otros Comités de la IPS con intereses comunes, como

los Comités de Farmacia y Terapéutica, Historias Clínicas, Calidad, Banco de Sangre,

Ética Hospitalaria, Técnico Científico, Salud Ocupacional y demás establecidos

4.3.5. COMITÉ DE TRANSFUSION

El principal objetivo será el fomentar el uso más adecuado de la sangre y sus

derivados.

Establecer la normativa para la práctica transfusional en el Hospital, elaborando una

guía transfusional.

Desarrollar criterios de auditorias sobre la práctica transfusional.

Revisar y analizar las estadísticas del Banco de Sangre.

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Auditar el uso de la sangre y sus derivados; de las reacciones transfusionales

incluidas las hepatitis postransfusionales.

Promover la educación continuada de los miembros del staff del Hospital, mediante

cursos, etc.

Asegurar el cumplimiento de las normas de Acreditación de Bancos de Sangre de

asociación Española de Hematología y Hemoterapia, de la Sociedad Española

deTransfusión Sanguínea y del Consejo de Europa.

4.3.6 COMITÉ DE MORTALIDAD

Analizar las causas de mortalidad en la institución a lo largo del periodo analizado y a

lo largo de los años.

Valorar la causa de la muerte:

· en relación a la enfermedad de base

· en relación al estado del paciente al ingreso

· en relación al motivo de ingreso

· como complicación previsible o imprevista

Valorar la existencia de errores médicos o de enfermería

Valorar la calidad de la historia clínica en su conjunto, especialmente en lo que

respecta al relato de las causas del fallecimiento, tratamientos empleados e

información a la familia.

Valorar el resultado de la necropsia en relación con los diagnósticos clínicos. Si ésta

no se practicó, valorar los motivos.

Establecer las causas de la muerte: causa inmediata, causa intermedia y patología

primaria.

Catalogar el fallecimiento como evitable o inevitable.

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4.3.7 COMITÉ DE SALUD OCUPACIONAL

Servir como organismo de coordinación entre los directivos de la compañía y los

trabajadores, en la solución de problemas relacionados con la Salud Ocupacional.

Proponer a la compañía medidas y actividades relacionadas con la salud en el

trabajo, adopción de medidas y el desarrollo de actividades que procuren y

mantengan la salud en los puestos de trabajo.

Auditar el cumplimiento de las actividades del programa de Salud Ocupacional y de

las actividades de Medicina e Higiene Industrial.

Colaborar en el análisis de las causas de los accidentes de trabajo y enfermedades

profesionales, proponer medidas correctivas y hacer seguimiento al cumplimiento de

las mismas.

Proponer y participar en actividades de capacitación en salud ocupacional.

Visitar periódicamente los puestos de trabajo e inspeccionar los métodos, máquinas,

equipos, personal y ambientes con el fin de identificar los factores de riesgo.

Colaborar con los funcionarios de entidades gubernamentales de Salud Ocupacional,

en actividades que éstos adelanten dentro de la empresa.

Evaluar las sugerencias que presenten los trabajadores, relacionadas con medicina,

higiene y seguridad industrial.

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COMITÉ DE ETICA MÉDICA DE LA CLINICA NUESTRA

1. JUSTIFICACIÓN

La obligación de mejorar continuamente la capacidad profesional y de evaluar los métodos utilizados está incluida en los códigos de ética médica y hace parte del direccionamiento estratégico de Clínica Nuestra.

Las IPS y el personal asistencial tienen la obligación de esforzarse por tener un mejoramiento continuo de los servicios. El objetivo de estas normas es reforzar este propósito por medio de revisiones de la calidad y la creación de fundamentos éticos para dichas prácticas, como la revisión clínica.

En la evaluación de la calidad se deben respetar los principios éticos de atención médica generalmente aprobados y los códigos nacionales de ética médica.

2. MARCO LEGAL Decreto 1757 de Agosto 3 de 1994, en los Artículos 15 y 16 y la Resolución 13437 de Noviembre 1 de 1991 del Ministerio de Salud. 3. DEFINICIÓN Es un espacio de la comunidad y de los usuarios en la gestión de los servicios de salud de las instituciones públicas o privadas. Este comité tiene por finalidad, velar por la calidad y oportunidad en la prestación de los servicios y la defensa de los deberes y derechos de los ciudadanos en salud. 4. Conformación

Un representante del equipo médico de la institución elegidos por y entre el personal de la institución

Un representante del personal de enfermería de la institución elegidos por y entre el personal de la institución

Dos representantes de la asociación de usuarios de la Institución.

Dos delegados de las organizaciones de la comunidad que formen parte de los comités de participación comunitaria.

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Jefe de calidad

Dirección medica

Director técnico científico

Coordinador medico

Coordinador Unidad de Cuidados intensivos En los representantes que aplique serán elegidos para periodos de tres años y podrán ser reelegidos hasta por dos periodos consecutivos. 5. Funciones Los Comités de Ética Médica tendrán las siguientes funciones:

Promover programas de promoción y prevención en el cuidado de la salud individual, familiar, ambiental y los dirigidos a construir una cultura del servidor público.

Divulgar entre los funcionarios y la comunidad usuaria de servicios los derechos y deberes en salud.

Velar porque se cumplan los derechos y deberes en forma ágil y oportuna.

Proponer las medidas que mejoren la oportunidad y la calidad técnica y humana de los servicios de salud y preserven su menor costo y vigilar su cumplimiento.

Atender y canalizar las veedurías sobre calidad y oportunidad en la prestación de servicios de salud.

Atender y canalizar las inquietudes y demandas sobre prestación de servicios de la respectiva institución, por violación de los derechos y deberes ciudadanos en salud.

Reunirse como mínimo una vez al mes y extraordinariamente cuando las circunstancias así lo requieran, para lo cual deberán ser convocados por dos de sus miembros.

Llevar un acta de cada reunión y remitirlas trimestralmente a la Dirección Municipal y Departamental de Salud.

Elegir un representante ante los comités de ética profesional del sector salud, de que habla el artículos 3º de la ley 60, y enviar para su estudio los casos que considere pertinentes.

6. Periodicidad. Ordinaria una vez al mes y extraordinaria por convocatoria de dos de sus miembros.

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7. Identificación de casos para el comité

1. Todo caso que el usuario solicite llevar a comité de ética 2. Casos reportados por el personal asistencial y/o el área de servicio al cliente con la

connotación de falta de ética por parte del personal asistencial y administrativo. 3. Análisis de solicitudes por sociedades científicas, universidades y demás para

investigaciones en la institución (Anexo 5) 8. Dinámica del comité. De cada reunión se levantara un acta la cual será firmada por los asistentes y remitida bimensualmente a la subdirección de desarrollo institucional del sector del Ministerio de Protección Social.

El desarrollo de la reunión debe abarcar como mínimo los siguientes puntos:

a. Verificación del quórum. b. Comentarios al acta anterior y al orden del día previamente distribuidos entre los

participantes. c. Verificación del cumplimiento de tareas. d. Análisis de situaciones prioritarias e. Proposiciones y varios

ANEXO 1 DEL COMITÉ DE ÉTICA

DERECHOS DE LOS PACIENTES. Resolución 13437 de Noviembre 1 de 1991.

Todo paciente debe ejercer sin restricciones por motivos de raza, sexo, edad, idioma, religión, opinión política o de cualquier índole, origen social, posición económica o condición social:

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1. Su derecho a elegir libremente al médico y en general a los profesionales de la salud, como también a las instituciones de salud que le presten la atención requerida, dentro de los recursos disponibles del país.

2. Su derecho a disfrutar de una comunicación plena y clara con el médico apropiadas a

sus condiciones psicológicas y culturales, que le permita obtener toda la información necesaria respecto a la enfermedad que padece, así como a los procedimientos y tratamientos que se le vayan a practicar y al pronóstico y riesgo que dicho tratamiento conlleve. También su derecho a que él, sus familiares o representantes, en caso de inconsciencia o minoría de edad consientan o rechacen estos procedimientos dejando expresa constancia, ojala escrita de su decisión.

3. Su derecho a recibir un trato digno respetando sus creencias y costumbres, así como

las opiniones personales que tenga sobre la enfermedad que sufre.

4. Su derecho a que todos los informes de la historia clínica sean tratados de manera confidencial y secreta y que solo con su autorización puedan ser conocidos.

5. Su derecho a que se le preste durante todo el proceso de su enfermedad, la mejor

asistencia médica disponible, pero respetando los deseos del paciente en el caso de enfermedad irreversible.

6. Su derecho a revisar y recibir explicaciones acerca de los costos por los servicios

obtenidos, tanto por parte de los profesionales de la salud como por las instituciones sanitarias. Al igual que el derecho a que en casos de emergencias, los servicios que reciba no estén condicionados al pago anticipado de honorarios.

7. Su derecho a recibir o rehusar apoyo espiritual o moral cualquiera que sea el culto

religioso que profese.

8. Su derecho a que se le respete la voluntad de participar o no en investigaciones realizadas por personal científicamente calificado, siempre y cuando se haya enterado acerca de los objetivos, métodos, posibles beneficios, riesgos previsibles e incomodidades que el proceso investigativo pueda implicar.

9. Su derecho a que se le respete la voluntad de aceptar o rehusar la donación de sus

órganos para que éstos sean transplantados a otros enfermos.

10. Su derecho a morir con dignidad y a que se le respete su voluntad de permitir que el proceso de la muerte siga su curso natural en la fase Terminal de su enfermedad.

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ANEXO 2 DEBERES DE LOS PACIENTES Y ALLEGADOS

1. Presentar la documentación que certifique su identidad. 2. Velar por el cuidado de sus pertenencias y de la dotación de la unidad de prestación

de servicio

3. Cuidar su salud y la de los demás. 4. Informar en forma oportuna, clara, veraz y completa las circunstancias relacionadas

con su estado de salud y los hechos ó situaciones causantes de su deterioro, las circunstancias administrativas relativas a la seguridad social y todas las necesarias para que se le pueda brindarle el cuidado idóneo.

5. Comprometerse con el consentimiento informado. 6. Expresar por escrito su voluntad de no aceptar algún tratamiento o procedimiento. 7. Designar, cuando esté en condiciones de hacerlo y si así lo desea, el tercero en el

que subroga la obtención de su consentimiento informado. 8. Facilitar el cumplimiento de las normas legales y éticas. 9. Cuidar y hacer uso racional de los recursos, instalaciones, dotación, servicios y

prestaciones sociales y laborales. 10. Colaborar con el cumplimiento de normas, reglamentos e instrucciones de la Institución y del equipo tratante. 11. Acatar los criterios de ingreso y egreso a la Unidad de Cuidados intensivos. Solicitar el cumplimiento de sus derechos, en equilibrio justo con los derechos de los demás. 12. Respetar la intimidad de los demás pacientes. 13. Tratar con respeto y dignidad a las personas que lo atienden, a los demás pacientes y a los familiares y allegados. 14. Hacerse a sí mismo y hacer a los suyos parte activa del equipo humano de tratamiento.

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15. Pagar oportunamente y/o facilitar el pago de los servicios y honorarios profesionales. 16 .Analizar por el conducto regular sus quejas, reclamos y sugerencias. 17. Informar oportunamente de hechos dolosos que perciba durante su permanencia en el Hospital y colaborar con los administradores y autoridades competentes para subsanarlos.

ANEXO 3 CODIGO INTERNACIONAL DE ETICA MÉDICA

DEBERES DE LOS MÉDICOS EN GENERAL

1. El médico debe mantener siempre el nivel más alto de conducta profesional.

2. El médico no debe permitir que motivos de ganancia influyan el ejercicio libre e independiente de su juicio profesional en favor de sus pacientes.

3. El médico debe, en todos los tipos de práctica médica, dedicarse a proporcionar su servicio médico competente, con plena independencia técnica y moral con respeto y compasión por la dignidad humana.

4. El médico debe tratar con honestidad a pacientes y colegas, esforzarse por dejar al descubierto a aquellos médicos débiles de carácter, deficientes en competencia profesional, o a quienes incurran en fraude o engaño.

5. Las siguientes prácticas se consideran conducta no ética: a) La publicidad hecha por un médico, a menos que esté permitida por las leyes del país y el Código de Ética de la Asociación Médica Nacional. b) El pagar o recibir cualquier honorario u otro emolumento con el sólo propósito de obtener un paciente, el recetar o enviar a un paciente a un establecimiento.

6. El médico debe respetar los derechos del paciente, de los colegas y de otros profesionales de la salud y debe salvaguardar las confidencias de los pacientes.

7. El médico debe actuar solamente en el interés del paciente al proporcionar atención médica que pueda tener el efecto de debilitar la condición mental y física del paciente.

8. El médico debe obrar con suma cautela al divulgar descubrimientos, nuevas técnicas o tratamientos a través de canales no profesionales.

9. El médico debe certificar únicamente lo que él ha verificado personalmente.

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DEBERES DE LOS MÉDICOS HACIA LOS ENFERMOS

1. El médico debe recordar siempre la obligación de preservar la vida humana.

2. El médico debe a sus pacientes todos los recursos de su ciencia y toda su lealtad. Cuando un examen o tratamiento sobrepase su capacidad, el médico debe llamar a otro médico calificado en la materia.

3. El médico debe, aún después de la muerte de un paciente, preservar absoluto secreto en todo lo que se le haya confiado

4. El médico debe proporcionar el cuidado médico en caso de urgencia como un deber humanitario, a menos que esté seguro que otros médicos puedan y quieran brindar tal cuidado

DEBERES DE LOS MÉDICOS ENTRE SI

1. El médico debe comprometerse hacia sus colegas como él desearía que ellos se comportasen con él.

2. El médico no debe atraer hacia sí los pacientes de sus colegas.

3. El médico debe observar los Principios de "La Declaración de Ginebra" aprobada por la Asociación Médica Mundial

4. (Código Internacional de Ética Médica. Adoptado por la III Asamblea General de la Asociación Médica Mundial. Londres, Inglaterra, Octubre 1949)

ANEXO 4

DERECHOS DE LOS MEDICOS 1. Ejercer la profesión en forma libre y sin presiones de cualquier naturaleza

El médico tiene derecho a que se respete su juicio clínico (diagnóstico y terapéutico) y su libertad prescriptiva, así como su probable decisión de declinar la atención de algún paciente, siempre que tales aspectos se sustenten sobre bases éticas, científicas y normativas. 2. Laborar en instalaciones apropiadas y seguras que garanticen su practica profesional

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El médico tiene derecho a contar con lugares de trabajo e instalaciones que cumplan con medidas de seguridad e higiene, incluidas las que marca la ley, de conformidad con las características del servicio a otorgar. 3. Tener a su disposición los recursos que requiere su práctica profesional

Es un derecho del médico, recibir del establecimiento donde presta su servicio: personal idóneo, así como equipo; instrumentos e insumos necesarios, de acuerdo con el servicio a otorgar. 4. Abstenerse de garantizar resultados en la atención médica

El médico tiene derecho a no emitir juicios concluyentes sobre los resultados esperados de la atención médica. 5. Recibir trato respetuoso por parte de los, pacientes y sus familiares, así como del personal relacionado con su trabajo profesional

El médico tiene derecho a recibir del paciente y sus familiares trato respetuoso, así como información completa, veraz y oportuna relacionada con el estado de salud. El mismo respeto deberá recibir de sus superiores, personal relacionado con su trabajo profesional y terceros pagadores. 6. Tener acceso a educación médica continua y ser considerado en igualdad de

oportunidades para su desarrollo profesional El médico tiene derecho a que se le facilite el acceso a la educación médica continua y a ser considerado en igualdad de oportunidades para su desarrollo profesional, con el propósito de mantenerse actualizado. 7. Tener acceso a actividades de investigación y docencia en el campo de su profesión El médico tiene derecho a participar en actividades de investigación y enseñanza como parte de su desarrollo profesional. 8. Asociarse para promover sus intereses profesionales

El médico tiene derecho a asociarse en organizaciones, asociaciones y colegios para su desarrollo profesional, con el fin de promover la superación de sus miembros y vigilar el ejercicio profesional, de conformidad con lo prescrito en la ley. 9. Salvaguardar su prestigio profesional

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El médico tiene derecho a la defensa de su prestigio profesional ya que la Información sobre el curso de una probable controversia se trate con privacidad, y en su caso a pretender el resarcimiento del daño causado.

10. Percibir remuneración por los servicios prestados El médico tiene derecho a ser remunerado por los servicios profesionales que preste, de acuerdo a su condición laboral, contractual o a lo pactado con el paciente

ANEXO 5

LEY 55/2003 16 DICIEMBRE

ESTATUTO MARCO DEL PERSONAL ESTATUTARIO DE LOS SERVICIOS DE SALUD

CAPÍTULO IV Derechos y deberes

Artículo 17. Derechos individuales.

1. El personal estatutario de los Servicios de Salud ostenta los siguientes derechos:

a) A la estabilidad en el empleo y al ejercicio o desempeño efectivo de la profesión o funciones que correspondan a su nombramiento.

b) A la percepción puntual de las retribuciones e indemnizaciones por razón del servicio en cada caso establecidas.

c) A la formación continuada adecuada a la función desempeñada y al reconocimiento de su cualificación profesional en relación a dichas funciones.

d) A recibir protección eficaz en materia de Seguridad y Salud en el trabajo así como sobre riesgos generales en el centro sanitario o derivados del trabajo habitual, y a la información y formación específica en esta materia conforme a lo dispuesto en la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales.

e) A la movilidad voluntaria, promoción interna y desarrollo profesional, en la forma en que prevean las disposiciones en cada caso aplicables.

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f) A que sea respetada su dignidad e intimidad personal en el trabajo y a ser tratado con corrección, consideración y respeto por sus jefes y superiores, sus compañeros y sus subordinados.

g) Al descanso necesario, mediante la limitación de la jornada, las vacaciones periódicas retribuidas y permisos en los términos que se establezcan.

h) A recibir asistencia y protección de las Administraciones Públicas y Servicios de Salud en el ejercicio de su profesión o en el desempeño de sus funciones.

i) Al encuadramiento en Régimen General de la Seguridad Social, con los derechos y obligaciones que de ello se derivan.

j) A ser informado de las funciones, tareas, cometidos, programación funcional y objetivos asignados a su unidad, centro o institución, y de los sistemas establecidos para la evaluación del cumplimiento de los mismos.

k) A la no discriminación por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión, orientación sexual o cualquier otra condición o circunstancia personal o social.

l) A la jubilación en los términos y condiciones establecidas en las normas en cada caso aplicables.

m) A la acción social en los términos y ámbitos subjetivos que se determinen en las normas, acuerdos o convenios aplicables.

2. El régimen de derechos establecido en el número anterior será aplicable al personal temporal, en la medida en que la naturaleza del derecho lo permita.

Artículo 18. Derechos Colectivos.

El personal estatutario ostenta, en los términos establecidos en la Constitución y en la legislación específicamente aplicable, los siguientes derechos colectivos:

a) A la libre sindicación.

b) A la actividad sindical.

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c) A la huelga, garantizándose en todo caso el mantenimiento de los servicios que resulten esenciales para la atención sanitaria a la población.

d) A la negociación colectiva, representación y participación en la determinación de las condiciones de trabajo.

e) A la reunión.

f) A disponer de servicios de prevención y de órganos representativos en materia de seguridad laboral.

Artículo 19. Deberes.

El personal estatutario de los Servicios de Salud viene obligado a:

a) Respetar la Constitución, el Estatuto de Autonomía correspondiente y el resto del ordenamiento jurídico.

b) Ejercer la profesión o desarrollar el conjunto de las funciones que correspondan a su nombramiento, plaza o puesto de trabajo con lealtad, eficacia y con observancia de los principios técnicos, científicos, éticos y deontológicos que sean aplicables.

c) Mantener debidamente actualizados los conocimientos y aptitudes necesarios para el correcto ejercicio de la profesión o para el desarrollo de las funciones que correspondan a su nombramiento, a cuyo fin los centros sanitarios facilitarán el desarrollo de actividades de formación continuada.

d) Cumplir con diligencia las instrucciones recibidas de sus superiores jerárquicos en relación con las funciones propias de su nombramiento, y colaborar leal y activamente en el trabajo en equipo.

e) Participar y colaborar eficazmente, en el nivel que corresponda en función de su categoría profesional, en la fijación y consecución de los objetivos cuantitativos y cualitativos asignados a la Institución, centro, o unidad en la que preste servicios.

f) Prestar colaboración profesional cuando así sea requerido por las autoridades como consecuencia de la adopción de medidas especiales por razones de urgencia o necesidad.

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g) Cumplir el régimen de horarios y jornada, atendiendo a la cobertura de las jornadas complementarias que se hayan establecido para garantizar de forma permanente el funcionamiento de las Instituciones, centros y servicios.

h) Informar debidamente, de acuerdo con las normas y procedimientos aplicables en cada caso y dentro del ámbito de sus competencias, a los usuarios y pacientes sobre su proceso asistencial y sobre los servicios disponibles.

i) Respetar la dignidad e intimidad personal de los usuarios de los Servicios de Salud, su libre disposición en las decisiones que le conciernen, y el resto de los derechos que les reconocen las disposiciones aplicables, así como a no realizar discriminación alguna por motivos de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra circunstancia personal o social, incluyendo la condición en virtud de la cual los usuarios de los centros e instituciones sanitarias accedan a los mismos.

j) Mantener la debida reserva y confidencialidad de la información y documentación relativa a los centros sanitarios y a los usuarios obtenida, o a la que tenga acceso, en el ejercicio de sus funciones.

k) Utilizar los medios, instrumental e instalaciones de los Servicios de Salud en beneficio del paciente, con criterios de eficiencia y evitar su uso ilegítimo en beneficio propio o de terceras personas.

l) Cumplimentar los registros, informes y demás documentación clínica o administrativa establecidos en la correspondiente Institución, centro o servicio de salud.

m) Cumplir las normas relativas a la seguridad y salud en el trabajo, así como las disposiciones adoptadas en el centro sanitario en relación con esta materia. n) Cumplir el régimen sobre incompatibilidades.

o) Ser identificados por su nombre y categoría profesional por los usuarios del Sistema Nacional de Salud

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ANEXO 5

PRESENTACION Y ANALISIS DE CASOS DE LAS SOCIEDADES CIENTIFICAS

1. Recepción de la solicitud a través del correo del comité de ética. 2. Análisis por parte de epidemiologia sobre la viabilidad del proyecto. 3. Presentación ante el comité por los interesados. 4. En comité se genera espacio de discusión e interacción con los ponentes. 5. Votación por los integrantes del comité para aprobación, la cual se dará con los votos

de la mitad más uno. 6. Posterior a la aprobación se entrega carta con la firma de los integrantes, se hará

seguimiento por parte de quien designe el comité al proceso de difusión, implementación, resultados etc.

La presente resolución rige a partir de la fecha de publicación y deroga las anteriores, por lo tanto se constituye en herramienta clave para el funcionamiento del comité de Ética de la Clínica Nuestra. Para constancia se firma a los 20 días del mes de Agosto de 2015. _______________________ _____________________________ Dirección Médica Dirección Científica John Fernando Quevedo Diego Mauricio Gómez _______________________ _____________________________ Jefe Nacional de Calidad Coordinación Médica Alexander Barco Juan Carlos Sarmiento A.

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_______________________ _____________________________ Coordinación UCI Representante Enfermería Juan Sebastián Martínez Erika López ________________________ _____________________________ Representante Equipo médico Representante asociación de Usuarios __________________________ ___________________________ Representante Asociación usuarios Representante COPACOS _________________________ Representante COPACOS

ELABORO Nombre: Juan Carlos Sarmiento Cargo: Coordinador Medico

Firma: Fecha: 2015-08-30

REVISO Nombre: Alexander Barco Salas Cargo: Jefe de Calidad y Servicio al Cliente Firma: Fecha: 2015-08-30

APROBO Nombre: Ramiro Lozano Cargo: Gerente General.

Firma: Fecha: 2015-08-30

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LINEAMIENTOS DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO PARA CONTRATISTAS

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1. INTRODUCCION.

En el presente documento se encuentran plasmadas las especificaciones

que establece la SOCIEDAD N.S.D.R S.A.S, como parte de su Sistema de

Seguridad y Salud en el Trabajo, para darle alcance de gestión por parte de

sus Contratistas en el desarrollo de las diferentes labores de construcción en

infraestructura, mejoras locativas, mantenimientos, prestadores de servicios

en salud, y en general, cualquier actividad que sea tercerizada bajo

compromisos contractuales por la Sociedad N.S.D.R S.A.S. El propósito

general del documento es hacer más efectiva la gestión de la Organización a

través de sus aliados estratégicos, estableciendo un cumplimiento

contractual de los compromisos teniendo como premisa la prevención de

accidentes y enfermedades laborales, y la prevención de la contaminación al

medio ambiente.

Contiene la estructura, considerada como requisitos mínimos, que servirán

de guía para establecer los lineamientos, la organización, la planificación, la

aplicación, la evaluación, la auditoría y las acciones de mejora con el objetivo

de anticipar, reconocer, evaluar y controlar los riesgos que puedan afectar la

seguridad y la salud en el trabajo de los Contratistas, las cuales se

encuentran alineadas con la Política y los Objetivos generales y específicos

en Seguridad y Salud en el Trabajo.

2. OBJETIVOS.

Al tener unos vínculos contractuales, la responsabilidad en la gestión y

resultados del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo se

considera solidaria, por ende, el cumplimiento de todos los requerimientos

legales y de contrato serán estricta responsabilidad de los Contratistas,

mientras que la verificación a través del seguimiento monitoreo y control

(auditorias, inspecciones, análisis de indicadores de gestión) estarán a

cargo de la Sociedad N.S.D.R. S.A.S.

2.1 GENERAL.

Alinear la gestión y el desempeño de los Contratistas de Sociedad

N.S.D.R S.A.S con las Políticas y Objetivos en Seguridad y Salud en el

Trabajo, previniendo la ocurrencia de accidentes, enfermedades

laborales y contaminación ambiental, haciendo estas actividades

redundantes en la seguridad de Nuestros Pacientes.

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LINEAMIENTOS DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO PARA CONTRATISTAS

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2.2 ESPECIFICOS.

Establecer los compromisos contractuales dentro de la legislación

vigente en torno a la Seguridad y Salud en el Trabajo.

Generar lineamientos y objetivos en los Contratistas, alineados

con los de la Sociedad N.S.D.R S.A.S.

Mantener un plan de trabajo con los Contratistas que incluya la

Seguridad y Salud en el Trabajo como eje transversal.

Tener afiliación y pago al Sistema de Seguridad Social de la

totalidad del personal Contratista.

Hacer una efectiva gestión del riesgo a través de la identificación

de peligros, evaluación y valoración del riesgo y determinación de

controles.

Definir las responsabilidades de cada uno de los colaboradores

de los Contratistas, dentro de su perfil del cargo, con la Seguridad

y Salud en el Trabajo.

Alinear a los Contratistas con la prevención, preparación y

respuesta a emergencias de la Sociedad N.S.D.R S.A.S.

Hacer seguimiento a los incidentes y accidentes presentados en

los contratistas para diseñar planes de acción en pro de su

prevención y recurrencia.

Realizar la medición del desempeño de los Contratistas en

cuanto a la Seguridad y Salud en el Trabajo mediante indicadores

de gestión con su respectiva trazabilidad.

Mantener toda la documentación actualizada y disponible de los

Contratistas en cuanto a Seguridad y Salud en el Trabajo.

3. ALCANCE.

Los presentes Lineamientos tienen alcance a todos los Contratistas de la

Sociedad N.S.D.R S.A.S, tanto para ejecución de obra como para

prestación de servicios en la operación, ya sean personas naturales o

jurídicas, en las sedes de Cali, Cartagena e Ibagué en cuanto a los

requisitos contractuales y legales en torno a la Seguridad y Salud en el

Trabajo, y su cumplimiento será evaluado por el personal designado como

responsable(s) del desempeño de los contratistas, para cada caso según

aplique.

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LINEAMIENTOS DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO PARA CONTRATISTAS

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4. MARCO LEGAL.

NORMA LEGAL FECHA EMISOR TEMATICA ALCANCE EN

SST

Resolución 1997 de 2017

Afiliación colectiva a SSI

Afiliación y pago a Seguridad Social

Integral

Resolución 1111

27 de marzo de 2017

Ministerio de Trabajo

Estándares mínimos del Sistema de Gestión de

Seguridad y Salud en el Trabajo

Política, organización, planificación, aplicación, evaluación,

auditoría y las acciones de

mejora.

Decreto 923 de 2017

31 de mayo de 2017

Presidencia de la República

Plazos para pago de aportes a

través de la PILA

Afiliación y pago a Seguridad Social

Integral

Resolución 1178

28 de marzo de 2017

Ministerio del Trabajo

Requisitos técnicos y de

seguridad en los proveedores de

TSA

Identificación de peligros,

evaluación y valoración del

riesgo, y determinación de

controles

Resolución 144 23 de enero de 2017

Ministerio de Trabajo

Formato de identificación de

peligros para independientes

Identificación de peligros,

evaluación y valoración del

riesgo, y determinación de

controles

Resolución 4247

19 de octubre de 2016

Ministerio de Trabajo

FUIRL Identificación de peligros,

evaluación y valoración del

riesgo, y determinación de

controles

Decreto 583 8 de abril de 2016

Presidencia de la república

Tercerización laboral

Responsabilidades

Resolución 1231

5 de abril de 2016

Ministerio de Transporte

Guía metodológica para observación y aval

de PESV

Identificación de peligros,

evaluación y valoración del

riesgo, y determinación de

controles

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4 DE 37

Decreto 1072 26 de mayo de

2015 Presidencia de la República

Decreto Único Reglamentario del

Sector Trabajo.

Política, objetivos, responsabilidades,

programa de formación, perfil

sociodemográfico y condiciones de

salud, identificación de

peligros, evaluación y

valoración del riesgo, y

determinación de controles,

adquisiciones y contratación, prevención

preparación y respuesta a

emergencias, incidentes, accidentes, enfermedad

laboral, COPASST,

auditoria interna, revisión por la

dirección, plan de trabajo anual,

recursos, planes de acción,

indicadores de gestión.

Decreto 472 17 de marzo de 2015

Ministerio de Trabajo

Graduación de multas y clausura

del lugar de trabajo

Responsabilidades

Decreto 1906 22 de septiembre de

2015

Ministerio de Transporte

Modifica Plan de Seguridad Vial

Identificación de peligros,

evaluación y valoración del

riesgo, y determinación de

controles

Resolución 2851

28 de julio de 2015

Ministerio de Trabajo

Reporte de accidentes y

enfermedades laborales

Incidentes, accidentes, enfermedad

laboral

Decreto 351 19 de febrero 2014

Ministerio de Ambiente y

Por el cual se reglamenta la

Identificación de peligros,

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LINEAMIENTOS DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO PARA CONTRATISTAS

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Desarrollo Sostenible

Gestión Integral de Residuos

generados en la atención en salud

y otras actividades. (Deroga los

Decretos 2676 de 2000, 2763 de 2001, 1669 de

2002 y el 4126 de 2005)

evaluación y valoración del

riesgo, y determinación de

controles, prevención

preparación y respuesta a

emergencias, incidentes, accidentes, enfermedad

laboral.

Decreto 1443 31 de julio de 2014

Ministerio de Trabajo

Por el cual se dictan

disposiciones para la implementación

del Sistema de Gestión de la

Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-

SST).

Política, objetivos, responsabilidades,

programa de formación, perfil

sociodemográfico y condiciones de

salud, identificación de

peligros, evaluación y

valoración del riesgo, y

determinación de controles,

adquisiciones y contratación, prevención

preparación y respuesta a

emergencias, incidentes, accidentes, enfermedad

laboral, COPASST,

auditoria interna, revisión por la

dirección, plan de trabajo anual,

recursos, planes de acción,

indicadores de gestión.

Resolución 1565

6 de junio de 2014

Ministerio de Transporte

Por la cual se expide la Guía

Metodológica para la elaboración del

Identificación de peligros,

evaluación y valoración del

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Plan Estratégico

de Seguridad Vial (Ley 1503 de 2011, Decreto 2851 de 2013)

riesgo, y determinación de

controles.

Resolución 044 25 de febrero de 2014

Dirección Nacional de Bomberos

Entrenamiento de brigadas

industriales

Prevención preparación y respuesta a emergencias

Resolución 256 21 de octubre de 2014

Dirección Nacional de Bomberos

Brigadas contraincendios

Prevención preparación y respuesta a emergencias

Circular 038 de 2014

3 de junio de 2014

Ministerio de Trabajo

Afiliación de independientes al

SRL

Afiliación y pago a Seguridad Social

Integral

Resolución 3368

12 de agosto de 2014

Ministerio de Trabajo

Coordinador y entrenador de

alturas

Identificación de peligros,

evaluación y valoración del

riesgo, y determinación de

controles.

Ley 1607 26 de diciembre de 2012

Congreso de la República

Por la cual se expiden normas

en materia tributaria y se dictan otras

disposiciones. (A partir del 1º de

enero de 2014, la Ley 1607 de 2012 exonera del pago de cotizaciones al Sistema General

de Seguridad Social

en Salud a las sociedades y

personas jurídicas y asimiladas

contribuyentes declarantes del

impuesto sobre la renta y

complementarios y sujetos pasivos

del impuesto sobre la renta

para la equidad -

Afiliación y pago a Seguridad Social

Integral

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CREE-, y a las

personas naturales

empleadoras de al menos dos (2)

trabajadores, por sus empleados que devenguen, individualmente considerados, menos de diez (10) salarios

mínimos mensuales legales

vigentes. Ver: artículo 7º del Decreto 1828 de

2013)

Decreto 723 15 de abril de 2013

Presidente de la República

Por el cual se reglamenta la afiliación al

Sistema General de Riesgos

Laborales de las personas

vinculadas a través de un

contrato formal de prestación de servicios con entidades o instituciones públicas o privadas y de los

trabajadores independientes que laboren en

actividades de alto riesgo y se dictan

otras disposiciones.

Afiliación y pago a Seguridad Social

Integral

Decreto 2851 6 de diciembre de 2013

Ministerio de Transporte

Las acciones y procedimientos en

materia de educación vial (arts. 3º a 5º),

Los planes estratégicos de

consumo

Identificación de peligros,

evaluación y valoración del

riesgo, y determinación de

controles.

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LINEAMIENTOS DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO PARA CONTRATISTAS

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responsable de

alcohol y su adopción por parte de los

establecimientos de comercio (arts.

6º a 9º),

Planes estratégicos de las entidades,

organizaciones o empresas en materia de

seguridad vial (arts. 10,

11),

Resolución 1903

7 de junio de 2013

Ministerio de Trabajo

Por la cual se modifica el

numeral 5º del articulo 10 y el

parágrafo 4º del artículo 11 de la Resolución 1409 de 2012 (TSA) y se dictan otras disposiciones.

Identificación de peligros,

evaluación y valoración del

riesgo, y determinación de

controles.

Resolución 90708

30 de agosto de 2013

Ministerio de Minas y Energía

Nuevo Reglamento Técnico de

Instalaciones Eléctricas- RETIE

Identificación de peligros,

evaluación y valoración del

riesgo, y determinación de

controles.

Ley 1548 5 de julio de 2012

Congreso de la República

Por la cual se modifica la Ley 769 de 2001 y

1383 de 2010 en temas de

embriaguez y reincidencia.

Política, responsabilidades.

Ley 1562 11 de julio de 2012

Ministerio de Trabajo

Por la cual se modifica el Sistema de

Riesgos Laborales (Reglamentada por el Decreto 1443 de 2014)

identificación de peligros,

evaluación y valoración del

riesgo, y determinación de

controles, incidentes, accidentes, enfermedad

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LINEAMIENTOS DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO PARA CONTRATISTAS

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laboral, Afiliación y pago a Seguridad

Social Integral

Resolución 652 30 de abril de 2012

Ministerio de Trabajo

Conformación Comités de Convivencia

Laboral (Modificada por la

Res. 1356 de 2012)

Comité de convivencia

Resolución 1356

18 de julio de 2012

Ministerio de Trabajo

Modifica los artículos 3, 4, 9 y

14 de la Resolución 652 de

2012 (conformación, reuniones del

Comité). Amplía hasta el 31

de diciembre de 2012, el plazo

para conformar el Comité de

Convivencia Laboral.

El plazo expiró en Diciembre 31/2012.)

Comité de convivencia

Resolución 1409

23 de julio de 2012

Ministerio de Trabajo

Por la cual se establece el

“Reglamento de Seguridad para

protección contra caídas en trabajo

de alturas”

Identificación de Peligros,

evaluación y valoración de

riesgos y determinación de

controles.

Resolución 2578

28 de diciembre de 2012

SENA Por la cual se establecen

lineamientos para el cumplimiento de la Resolución 1409 del 23 de Julio de 2012

expedida por el Ministerio

del Trabajo, sobre trabajos en alturas y se dictan otras disposiciones.

Identificación de Peligros,

evaluación y valoración de

riesgos y determinación de

controles.

Ley 1503 29 de diciembre de 2011

Congreso de la República

Por la cual se promueve la

Identificación de Peligros,

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LINEAMIENTOS DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO PARA CONTRATISTAS

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formación de

hábitos, comportamientos

y conductas seguras en la vía

y se dictan otras

disposiciones (Toda entidad, organización o empresa del

sector público o privado que para cumplir sus fines misionales o en el desarrollo de sus

actividades posea, fabrique,

ensamble, comercialice,

contrate o administre

flotas de vehículos automotores o no

automotores superiores a diez (10) unidades, o

contrate o administre

personal de conductores, debe

diseñar el Plan estratégico de Seguridad Vial (arts. 12 a 14)

Ver: Res 1565/2014, Dec

2851/2013)

evaluación y valoración de

riesgos y determinación de

controles

Decreto 2025 8 de junio de 2011

Presidencia de la República

Por el cual se reglamenta

parcialmente la Ley 1233 de 2008 y el Artículo 63 de

la Ley 1429 de 2010.

(Se determinan las multas y

sanciones para los casos en que

las Cooperativas y

Política, objetivos, responsabilidades,

programa de formación, perfil

sociodemográfico y condiciones de

salud, identificación de

peligros, evaluación y

valoración del riesgo, y

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TITULO:

LINEAMIENTOS DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO PARA CONTRATISTAS

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Pre-Cooperativas

de Trabajo Asociado realicen

prácticas no autorizadas, en

especial: intermediación

laboral)

determinación de controles,

adquisiciones y contratación, prevención

preparación y respuesta a

emergencias, incidentes, accidentes, enfermedad

laboral, COPASST,

auditoria interna, revisión por la

dirección, plan de trabajo anual,

recursos, planes de acción,

indicadores de gestión.

Ley 1383 16 de marzo de 2010

Congreso de la República

Por la cual se reforma la Ley 769 de 2002-

Código Nacional de Tránsito

Identificación de Peligros,

evaluación y valoración de

riesgos y determinación de

controles

Ley 1429 29 de diciembre de 2010

Congreso de la República

Por la cual se expide la Ley de formalización y generación de

empleo (Art. 65 párrafo 2º

suprime la obligación del empleador de

inscribir el COPASO (o Vigía

Ocupacional según el caso)

ante el Ministerio de la Protección

Social. (Ver: Decreto 2798 de 2013)

COPASST

Ley 1393 12 de julio de 2010

Congreso de la República

Por la cual se definen rentas de

destinación específica para la

Afiliación y pago a Seguridad Social

Integral

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TITULO:

LINEAMIENTOS DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO PARA CONTRATISTAS

Código:

MN-SST-001

Página:

12 DE 37

salud, se adoptan

medidas para promover

actividades generadoras de recursos para la salud, para evitar

la evasión y elusión de aportes a la salud, se re-

direccionan recursos al interior

del sistema de salud y se dictan

otras disposiciones (Art 33: Para afiliar a un trabajador, Contratista o a

cualquier persona obligada a

cotizar al Sistema de Riesgos

Profesionales debe demostrarse que se encuentra cotizando a los

Sistemas Generales de

Seguridad Social en Salud y de Pensiones)

Decreto 120 21 de enero de 2010

Presidencia de la República

Art. 11: Medidas en relación con el

consumo de alcohol

Política

Ley 1335 21 de julio de 2009

Congreso de la República

Prevención del consumo del

tabaco. (Art: 18, 19, 20)

(Concordancia: Decreto 1108 de 1994, arts. 38 a

40)

Política

Ley 1355 14 de octubre de 2009

Congreso de la República

Por medio de la cual se define la obesidad y las enfermedades

crónicas no transmisibles

Perfil sociodemográfico y condiciones de

salud

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LINEAMIENTOS DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO PARA CONTRATISTAS

Código:

MN-SST-001

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13 DE 37

asociadas a ésta

como una prioridad de salud

pública y se adoptan medidas para su control,

atención y prevención.

Resolución 1918

5 de junio de 2009

Ministerio de la Protección

Social

Modifica artículos 11 y 17 de la

Resolución 2346 de 2009

evaluaciones médicas

ocupacionales

Perfil sociodemográfico y condiciones de

salud

Decreto 728 7 de marzo de 2008

Presidencia de la República

Pago de aportes a través de la PILA

Afiliación y pago a Seguridad Social

Integral

Resolución 1013

25 de marzo de 2008

Ministerio de la Protección

Social

Por la cual se adoptan las Guías

de Atención Integral de Salud

Ocupacional Basadas en la Evidencia para

asma ocupacional, trabajadores expuestos a

benceno, plaguicidas

inhibidores de la colinesterasa, dermatitis de

contacto y cáncer pulmonar

relacionados con el trabajo.

Identificación de Peligros,

evaluación y valoración de

riesgos y determinación de

controles

Resolución 1457

29 de abril de 2008

Ministerio de la Protección

Social

Deroga la Res 1157 de 2008

(Registro COPASO)

COPASST

Resolución 2646

17 de julio de 2008

Ministerio de la Protección

Social

Factores de riesgos

sicosociales en el trabajo

Identificación de Peligros,

evaluación y valoración de

riesgos y determinación de

controles

Ley 1122 9 de enero de Congreso de la Modificaciones en Afiliación y pago a

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LINEAMIENTOS DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO PARA CONTRATISTAS

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MN-SST-001

Página:

14 DE 37

2007 República el Sistema

General de Seguridad Social

en Salud

Seguridad Social Integral

Decreto 3085 15 de agosto de 2007

Presidente de la República

Trabajadores independientes

Afiliación y pago a Seguridad Social

Integral

Decreto 4747 7 de diciembre de 2007

Presidente de la República

Por medio del cual se regulan

algunos aspectos de las relaciones

entre los prestadores de

servicios de salud y las entidades

responsables del pago de los

servicios de salud de la población a

su cargo, y se dictan otras

disposiciones

Afiliación y pago a Seguridad Social

Integral

Resolución 1401

14 de mayo de 2007

Ministerio de a Protección

Social

Investigación Incidente y

Accidentes de trabajo

Incidentes, accidentes, enfermedad

laboral

Resolución 2346

11 de julio de 2007

Ministerio de la Protección

Social

Evaluaciones médicas

ocupacionales, historias clínicas ocupacionales

Perfil sociodemográfico y condiciones de

salud

Resolución 2844

16 de agosto de 2007

Ministerio de la Protección

Social

Guías de atención integral de Salud

Ocupacional basadas en la

evidencia, para: dolor lumbar, desórdenes

músculo-esqueléticos,

hombro doloroso, neumoconiosis,

hipoacusia neurosensorial.

Identificación de Peligros,

evaluación y valoración de

riesgos y determinación de

controles

Resolución 3580

30 de octubre de 2007

Ministerio de Interior y Justicia

Estatuto Técnico de bomberos

Prevención preparación y respuesta a emergencias

Decreto 2313 12 de julio de 2006

Presidencia de la República

Afiliación trabajadores

Afiliación y pago a Seguridad Social

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LINEAMIENTOS DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO PARA CONTRATISTAS

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MN-SST-001

Página:

15 DE 37

independientes

(Modifica Decreto 3615 de 2005)

Integral

Resolución 627 7 de abril de 2006

Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial

Por la cual se establece la

norma nacional de emisión de ruido y ruido ambiental.

Identificación de Peligros,

evaluación y valoración de

riesgos y determinación de

controles

Resolución 734 15 de marzo de 2006

Ministerio de la Protección

Social

Procedimiento para adaptar los reglamentos de

trabajo a las disposiciones de la Ley 1010 de

2006

Política, objetivos, responsabilidades.

Decreto 195 de 31 de enero de 2005

Presidencia de la República

Límites exposición a campos

electromagnéticos

Identificación de Peligros,

evaluación y valoración de

riesgos y determinación de

controles

Resolución 156 de 2005

27 de enero de 2005

Ministerio de la Protección

Social

Por la cual se adoptan los formatos de informe de

accidente de trabajo y de enfermedad

profesional y se dictan otras

disposiciones

Incidentes, accidentes, enfermedad

laboral

Resolución 1443

7 de mayo de 2004

Presidencia de la República

Manejo seguro de plaguicidas y

desechos peligrosos en

empresas.

Identificación de Peligros,

evaluación y valoración de

riesgos y determinación de

controles, adquisiciones y contratación.

Decreto 1464 10 de mayo de 2005

Presidencia de la República

Autoliquidación y pago de aportes

Afiliación y pago a Seguridad Social

Integral

Decreto 2090 26 de julio de 2003

Presidencia de la República

Se definen las actividades de alto

riesgo para la

Identificación de Peligros,

evaluación y

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LINEAMIENTOS DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO PARA CONTRATISTAS

Código:

MN-SST-001

Página:

16 DE 37

salud de los trabajadores. Condiciones, requisitos y beneficios

del régimen de pensiones de los trabajadores que laboran en dichas

actividades.

valoración de riesgos y

determinación de controles,

afiliación y pago a Seguridad Social

Integral

Ley 769 6 de agosto de 2002

Ministerio de Transporte

Por la cual se expide el Código

Nacional de Tránsito Terrestre y se dictan otras disposiciones.

Identificación de Peligros,

evaluación y valoración de

riesgos y determinación de

controles

Ley 776 17 de diciembre de 2002

Congreso de la República

Organización, administración y

prestaciones en el Sistema General

de Riesgos Profesionales.

Afiliación y pago a Seguridad Social

Integral

Ley 789 27 de diciembre de 2002

Congreso de la República

Se dictan normas para apoyar el

empleo y ampliar la protección social y se

modifican algunos artículos del

Código Sustantivo del

Trabajo. (Control a la evasión.

Afiliación y pago a Seguridad Social

Integral

Decreto 1703 2 de agosto de 2002

Presidencia de la República

Medidas para prevenir y

controlar afiliación al SGSS. (Art. 23: En los contratos en donde esté involucrada la

ejecución de un servicio

por una persona natural en favor de una persona natural o jurídica

de derecho público o privado,

tales como

Afiliación y pago a Seguridad Social

Integral

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LINEAMIENTOS DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO PARA CONTRATISTAS

Código:

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17 DE 37

contratos

de obra, de arrendamiento de

servicios, de prestación de

servicios, consultoría,

asesoría y cuya duración sea

superior a tres (3) meses, la parte

contratante deberá verificar la afiliación y pago

de aportes al Sistema General

de Seguridad Social

en Salud.

Decreto 873 11 de mayo de 2001

Ministerio de Relaciones Exteriores

Por el cual se promulga el

"Convenio Nº 161 sobre los

Servicios de Salud en el Trabajo", adoptado por la 71a. Reunión de la Conferencia General de la Organización

Internacional del Trabajo, OIT, Ginebra, 1985

Identificación de Peligros,

evaluación y valoración de

riesgos y determinación de

controles

Decreto 1406 28 de julio 1999 Presidencia de la República

Se dictan disposiciones para

la puesta en operación

del Registro Único de Aportantes al

Sistema de Seguridad Social

Integral, se establece el

régimen de recaudación de

aportes que financian dicho Sistema y se dictan otras

disposiciones.

Afiliación y pago a Seguridad Social

Integral

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LINEAMIENTOS DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO PARA CONTRATISTAS

Código:

MN-SST-001

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18 DE 37

(Art. 40: Trata

sobre el Ingreso Base de

Cotización durante las

incapacidades o la licencia de maternidad.

Art:41: señala que el ingreso de un

aportante o de un afiliado, tendrá efectos para la

entidad administradora que haga parte

del Sistema desde el día siguiente a aquél en el cual

se inicie la relación laboral, siempre que se entregue a ésta,

debidamente diligenciado, el formulario de

afiliación. Mientras no se entregue

el formulario a la administradora, el

empleador asumirá los

riesgos correspondientes).

Ley 378 9 de julio de 1997

Congreso de la República

Aprueba el Convenio 161 de la OIT sobre los

servicios de salud en el trabajo

Adquisiciones y contratación

Ley 320 20 de septiembre de

1996

Congreso de la República

Aprueba Convenio 174 de la OIT

sobre la Prevención de

Accidentes Industriales

Mayores” y la “recomendación

181 Sobre Prevención

de Accidentes

Identificación de Peligros,

evaluación y valoración de

riesgos y determinación de

controles

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LINEAMIENTOS DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO PARA CONTRATISTAS

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MN-SST-001

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Industriales Mayores”.

Decreto 1530 26 de agosto de 1996

Presidencia de la República

Reglamenta parcialmente Ley

100/93 y Dec. 1295/94

Reclasificación empresas, entidades

administradoras RR.PP.,

Empresas de Servicios

Temporales

Afiliación y pago a Seguridad Social

Integral

Decreto 1973 8 de noviembre de 1995

Ministerio de Relaciones Exteriores

Por el cual se promulga el

Convenio 170 sobre la

Seguridad en la utilización de los

productos químicos en el

trabajo, adoptado por la Conferencia

General de la Organización

Internacional del Trabajo el 25 de

junio de 1990

Identificación de Peligros,

evaluación y valoración de

riesgos y determinación de

controles

Decreto 2150 5 de diciembre de 1995

Ministerio de Justicia y del

Derecho

Estatuto Antitrámites (Art. 116: Inscripción

empresas de alto riesgo (modifica

art. 64 del Decreto 1295 /94)

Política, objetivos, responsabilidades,

programa de formación, perfil

sociodemográfico y condiciones de

salud, identificación de

peligros, evaluación y

valoración del riesgo, y

determinación de controles, plan de

trabajo anual, recursos, planes

de acción.

Resolución 4059

22 de diciembre de 1995

Ministerio de Trabajo y Seguridad

Social

Diligenciamiento de FURAT y

FUREP

Incidentes, accidentes, enfermedad

laboral

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TITULO:

LINEAMIENTOS DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO PARA CONTRATISTAS

Código:

MN-SST-001

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Decreto 1295 22 de junio de

1994 Ministerio de

Gobierno Organización y administración

Sistema de Riesgos

Profesionales (Modificado por la

Ley 1562 de 2012)

Afiliación y pago a Seguridad Social

Integral

Decreto 1772 3 de agosto de 1994

Presidencia de la República

Afiliación y cotizaciones

Sistema General de Riesgos

Profesionales.

Afiliación y pago a Seguridad Social

Integral

Decreto 4050 6 de diciembre de 1994

Ministerio de Trabajo y Seguridad

Social

Reglamenta examen de

ingreso

Perfil sociodemográfico y condiciones de

salud

Resolución 0541

14 de diciembre de 1994

Ministerio de Medio Ambiente

Cargue, descargue, transporte,

almacenamiento y disposición escombros, materiales, concreto y

agregados sueltos de construcción; demolición, capa orgánica, suelo y

subsuelo de excavación.

Identificación de Peligros,

evaluación y valoración de

riesgos y determinación de

controles

Ley 52 9 de junio de 1993

Congreso de la República

Aprueba Convenio 167 de la OIT

sobre seguridad y salud en la

construcción

Ley 55 2 de julio de 1993

Congreso de la República

Aprueba Convenio 170 de la OIT

sobre los productos químicos

Identificación de Peligros,

evaluación y valoración de

riesgos y determinación de

controles

Ley 100 23 de diciembre de 1993

Congreso de la República

Crea el Sistema General de

Seguridad Social

Afiliación y pago a Seguridad Social

Integral

Ley 50 28 de diciembre de 1990

Congreso de la República

Reformas al Código Sustantivo

del Trabajo

Afiliación y pago a Seguridad Social

Integral, determinación de

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LINEAMIENTOS DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO PARA CONTRATISTAS

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controles

Resolución 1790

3 de mayo de 1990

Ministerio de Trabajo y Seguridad Social y

Ministerio de Salud

Valores límites permisibles para

exposición ocupacional al

ruido. (Deroga art. 41 Res. 8321/83

Límite permisible exposición a ruido durante 8hs = 85

dB).

Identificación de Peligros,

evaluación y valoración de

riesgos y determinación de

controles

Resolución 9031

12 de julio de 1990

Ministerio de Salud

Funcionamiento y operación equipos

de Rayos “X” y otras emisiones de radiaciones

ionizantes

Identificación de Peligros,

evaluación y valoración de

riesgos y determinación de

controles

Resolución 1016

31 de marzo de 1989

Ministerio de Trabajo y Seguridad Social y

Ministerio de Salud

Organización y funcionamiento Programa de

Salud Ocupacional

Política, objetivos, programa de

formación, perfil sociodemográfico y condiciones de

salud, identificación de

peligros, evaluación y

valoración del riesgo, y

determinación de controles,

prevención, preparación y respuesta a

emergencias, incidentes, accidentes, enfermedad

laboral, COPASST.

Decreto 614 14 de marzo de 1984

Presidencia de la República

Bases para la organización y

administración de la salud

ocupacional

Política, objetivos, identificación de

peligros, evaluación y

valoración del riesgo, y

determinación de controles, incidentes,

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LINEAMIENTOS DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO PARA CONTRATISTAS

Código:

MN-SST-001

Página:

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accidentes, enfermedad

laboral,

Resolución 8321

4 de agosto de 1983

Ministerio de Salud

Protección y conservación de la audición, salud y bienestar de las

personas.

Identificación de peligros,

evaluación y valoración del

riesgo, y determinación de

controles

Ley 9 24 de enero de 1979

Congreso de la República

Por el cual se dictan medidas

sanitarias (Título III: salud

ocupacional)

Identificación de Peligros,

evaluación y valoración de

riesgos y determinación de

controles

Resolución 2400

22 de mayo de 1979

Ministerio de Trabajo y Seguridad

Social

Estatuto de Higiene y Seguridad Industrial

Política, objetivos, identificación de

peligros, evaluación y

valoración del riesgo, y

determinación de controles, incidentes, accidentes, enfermedad

laboral.

Resolución 2413

22 de mayo de 1979

Ministerio de Trabajo y Seguridad

Social

Higiene y Seguridad en la

Construcción

identificación de peligros,

evaluación y valoración del

riesgo, y determinación de

controles, incidentes, accidentes, enfermedad

laboral.

Decreto 241 28 de diciembre de 1967

Energía radiante (Art. 26:

aislamiento de fuentes)

Identificación de Peligros,

evaluación y valoración de

riesgos y determinación de

controles

Decreto 2663 5 de agosto de 1950

Presidencia de la República

Código Sustantivo del Trabajo

Identificación de peligros,

evaluación y

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TITULO:

LINEAMIENTOS DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO PARA CONTRATISTAS

Código:

MN-SST-001

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valoración del

riesgo, y determinación de

controles, Afiliación y pago a Seguridad Social

Integral

Decreto 3743 20 de diciembre de 1950

Ministerio de Gobierno

Código Sustantivo del Trabajo

Identificación de peligros,

evaluación y valoración del

riesgo, y determinación de

controles, Afiliación y pago a Seguridad Social

Integral

5. MARCO CONCEPTUAL.

Además de todas las definiciones estipuladas en la normatividad legal

vigente y aplicable en temas de seguridad y salud en el trabajo;

específicamente lo consignado en la Ley 1562 de 2012, el Decreto 1072 de

2015 y la Guía Técnica de Implementación del SG SST para Mipymes, se

tendrán en cuenta las siguientes definiciones para comprensión y

contextualización.

SST: Seguridad y Salud en el Trabajo.

SG-SST: Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo.

SSI: Seguridad Social Integral.

TSA: Trabajo Seguro en Alturas.

PESV: Plan Estratégico de Seguridad Vial.

SRL: Sistema de Riesgos Laborales.

SGSS: Sistema de Gestión en Seguridad Social.

IPEVRDC: Identificación de Peligros, Evaluación y Valoración de

Riesgos, y Determinación de Controles.

SVE: Sistema de Vigilancia Epidemiológico.

SMMLV: Salario Mínimo Mensual Legal Vigente.

EPP: Elementos de Protección Personal.

PON’s: Procedimientos Operativos Normalizados son las

instrucciones para actuación en caso de presentarse un tipo de

emergencia y/o contingencia específica.

6. ESTRUCTURA ADMINISTRATIVA

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LINEAMIENTOS DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO PARA CONTRATISTAS

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6.1 LINEAMIENTOS EN SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO

Los Contratistas que ejecuten trabajos para y/o en nombre de Sociedad

N.S.D.R S.A.S deberán tener Lineamientos Específicos y propios para la

SST en la ejecución de sus actividades las cuales deben ser

efectivamente comunicadas a sus colaboradores y deben tener incluidos

conceptos de:

Compromiso de todos los colaboradores en el cumplimiento de

todo lo concerniente a la SST.

Adaptarse a los peligros y riesgos de las actividades a ejecutar,

de acuerdo a los resultantes de la identificación de peligros,

evaluación y valoración de riesgos.

Ser comprensible por todos los colaboradores.

Tener una fecha de publicación y estar firmados por el

representante legal y/o responsable.

Definir como prioritaria la prevención de accidentes y

enfermedades laborales.

Cumplir estrictamente con la legislación nacional vigente y

aplicable en torno a la SST (Marco Legal).

6.2 OBJETIVOS EN SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO

Resultante de la identificación de peligros, evaluación y valoración de

riesgos y la determinación de controles; el Contratista debe priorizar los

peligros a intervenir de acuerdo a los resultados de la evaluación del

riesgo (Alto o No aceptable) y sobre cada uno de ellos debe plantearse

un objetivo. En conjunto lo objetivos deben cumplir por lo menos con las

siguientes características.

Sencillos: Deben ser simples en su definición y comprensión.

Medibles: Deben contemplar cantidades, unidades y tiempos de

cumplimiento, bien sea parcial o absoluto.

Alcanzables: Deben ser coherentes a la capacidad técnica y

científica, la suficiencia patrimonial y financiera, y la capacidad

técnico-administrativa del Contratista.

Retadores: Deben generar una motivación permanente por el

cumplimento efectivo de los mismos.

Trazables: Deben estar documentadas las actividades de

seguimiento, monitoreo y control para el cálculo de los

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LINEAMIENTOS DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO PARA CONTRATISTAS

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indicadores que demuestren el estado de cumplimiento de los

objetivos.

6.3 RECURSOS

El Contratista debe destinar los recursos necesarios para el

cumplimiento de todas las actividades definidas e incluidas en el

contrato con la Sociedad N.S.D.R. S.A.S, así como de todas las

condiciones establecidas legal y contractualmente sin que ello conlleve

un aumento en los costos de operación.

Dentro de los recursos que el Contratista debe disponer para el

cumplimiento de la SST se encuentran:

Humano: Personal con formación y experiencia demostrada de

acuerdo a las condiciones establecidas por el Marco Legal

(Resolución 1111 de 2017) y quien será el líder del diseño,

implementación, documentación y mejora continua del SG-SST.

Técnico: Todos aquellos elementos como software, hardware,

equipos, materiales, insumos y herramientas, y demás elementos

tecnológicos que sirvan para la prevención de accidentes y

enfermedades laborales en el marco de la legislación nacional

vigente y aplicable.

Financiero: El capital necesario para el efectivo funcionamiento,

dentro de la austeridad, del SG-SST.

6.4 PLAN DE TRABAJO EN SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO

De acuerdo a los resultados de la priorización de riesgos y al

cumplimiento de los requerimientos legales, el Contratista debe generar

un plan de trabajo que le de alcance y cumplimiento por lo menos a los

siguientes ítems:

Socialización de lineamientos, objetivos, responsabilidades SST e

indicadores de gestión.

Actualización periódica de Matriz Legal.

Ajuste y actualización permanente de la IPEVRDC de acuerdo a

lo estipulado en el marco legal (Decreto 1072 de 2012).

Evaluación periódica y actualización permanente del perfil

sociodemográfico y las condiciones de salud, incluyendo los

exámenes médicos ocupacionales a los que haya a lugar.

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LINEAMIENTOS DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO PARA CONTRATISTAS

Código:

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Convocatoria, votación, escrutinio, conformación y operación del

COPASST. En caso que el Contratista tengo menos de 10

colaboradores se hará el respectivo procedimiento para el Vigía

SST.

Plan de formación de acuerdo a las medidas de intervención

definidas.

Ejecución de las medidas de intervención que se planteen como

controles dentro de la IPEVRDC, incluyendo los SVE a que haya

a lugar.

Participación activa en las formaciones, incluyendo simulacros,

que se realicen en cumplimiento del plan de emergencias y

contingencias.

Investigar, dentro de los plazos que estipula la ley, los accidentes

y enfermedades laborales que se hayan presentado, y así mismo

darle tratamiento similar a los incidentes y condiciones inseguras

reportados, todos los anteriores con sus respectivas estadísticas.

Realizar evaluación inicial y evaluaciones periódicas a modo de

auditoria al avance en la implementación del SG-SST.

Programar visitas de verificación a sus propios proveedores de

productos y servicios para validar su desempeño en cuanto a la

SST.

Programar revisiones periódicas del desempeño en SST por

parte de la Gerencia o Representante Legal para tomar

decisiones para la mejora.

6.5 AFILIACION Y PAGOS A SEGURIDAD SOCIAL INTEGRAL

Todos los colaboradores de los Contratistas deben estar debidamente

afiliados al sistema de Seguridad Social Integral, el cual corresponde a

riesgos laborales, salud y pensión. Los pagos se deben realizar dentro

de los tiempos estipulados por la normatividad legal y Sociedad N.S.D.R

S.A.S hará seguimiento permanente como parte de la estrategia de

prevención de la evasión y la elusión de dichos pagos, resaltando que la

responsabilidad administrativa, laboral, civil y penal será del Contratista.

El contratista deberá presentar la documentación soporte del pago de

seguridad social dentro de los tiempos estipulados para la ciudad de

Cali se hará en la oficina de Central de Monitoreo, Ibagué y Cartagena

lo realizara en la oficina de Seguridad y Salud en el trabajo.

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6.6 PERFIL SOCIODEMOGRAFICO Y CONDICIONES DE SALUD

El Contratista deberá realizar la identificación del perfil sociodemográfico

y las condiciones de salud de sus colaboradores mediante una

herramienta que le permita mantener actualizada la información que

hará parte vital de la vigilancia epidemiológica del Contratista. La

información que contenga el Perfil Sociodemográfico y las Condiciones

de Salud debe incluir por lo menos:

Nombre completo.

Documento de identificación.

Cargo.

Genero.

Edad.

Estado civil.

Escolaridad.

Número de personas a cargo.

Hijos.

Tipo de vivienda.

Estrato.

Ingresos mensuales (rango de SMMLV).

Rotación en la empresa.

Rotación en el cargo.

Tipo de contrato.

Uso de tiempo libre.

Hábitos alimenticios.

Alergias.

Asma.

Diabetes.

Uso de medicamentos.

Dolor en el pecho.

Presión arterial anormal.

Trastornos del sueño.

Cefaleas.

Alteraciones visuales.

Gastritis.

Hormigueos.

Dolores de espalda.

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Consumo de sustancias psicoactivas legales.

Practica de deporte.

Incapacidades previas.

6.7 GESTION DEL RIESGO.

El Contratista debe contar con una herramienta metodológica que le

permita hacer una gestión efectiva del riesgo, específicamente con los

cambios, tanto internos como externos, y que afecten directamente a la

SST. La metodología debe incluir por lo menos los siguientes aspectos

en cuanto a la gestión del riesgo.

Contexto.

Tipo de inducción (externa/interna).

Análisis.

Identificación.

Probabilidad.

Impacto/Consecuencias (personas, operaciones, dinero, imagen).

Velocidad de materialización.

Cualificación.

Costo/Beneficio.

Evaluación.

Apetito.

Aceptabilidad.

Prevención.

Monitoreo

Reducción

Ingeniería.

Detección.

Transferencia.

Protección.

Financiación

Retención.

Vulnerabilidad/Riesgo residual.

7. ESTRUCTURA OPERATIVA

7.1 DESCRIPCION DE ACTIVIDADES/PROCESOS A REALIZAR

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El Contratista debe identificar todos los procesos, tareas y/o actividades

que vayan a desarrollar para la Sociedad N.S.D.R S.A.S. Se recomienda

que los procesos se caractericen dependiendo si son estratégicos,

misionales o de apoyo, para de esta manera hacer un análisis

transversal a nivel de SST.

7.2 DESCRIPCION DE MAQUINARIA, EQUIPOS Y HERRAMIENTAS

El Contratista debe identificar todas sus máquinas, equipos y

herramientas manuales y electromanuales; debiendo tener para cada

una de ellas por lo menos los siguientes ítems:

Nombre de la máquina, equipo o herramienta.

Identificación.

Modelo.

Características técnicas.

Manual de operación y mantenimiento.

Cronograma de mantenimientos.

Responsables.

Cabe destacar que para las herramientas manuales se tendrá

información general ya que su rotación, por las condiciones intrínsecas

de la obra, será muy dinámica y se consideraran en algunos casos como

consumibles.

7.3 DESCRIPCION DE MATERIALES, MATERIAS PRIMAS E INSUMOS

El Contratista debe identificar, de acuerdo a su sistema de

documentación propia, todos sus materiales, materias primas e

insumos; debiendo tener para cada una de ellos, y para aquellos que

aplique; por lo menos los siguientes ítems:

Nombre del material, materia prima o insumo.

Identificación.

Ficha técnica (según su proveedor).

Hoja de seguridad (si aplica).

Instrucciones básicas de uso (según su proveedor).

Responsables.

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7.4 PERFILES DE CARGO DEL RECURSO HUMANO

El Contratista debe asegurar que sus colaboradores tengan el perfil

conforme, no solo a la realización de las actividades contratadas, sino la

necesaria para el cumplimiento de los lineamientos concernientes a la

SST. Dicho perfil debe estar definido por tres ítems principales:

Educación: Realizada en instituciones reconocidas con soportes

trazables de la misma.

Formación: Proceso continuo de mejora de las competencias en

temas específicos, como la SST.

Experiencia: Practica continua y permanente de las competencias

en temas específicos, como las SST.

Cabe resaltar que en los casos en que el personal no cumpla con

alguno de los ítems definidos, será potestad de la Sociedad N.S.D.R

S.A.S. validar y aprobar el cierre de brecha (GAP) en los casos que

corresponda.

7.5 RESPONSABILIDADES EN SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO

DEL RECURSO HUMANO

7.5.1 GERENCIA O REPRESENTANTE LEGAL

Las responsabilidades mínimas que debe ejercer la Gerencia o el

Representante Legal del Contratista en cuanto al SG-SST se

relacionan a continuación.

7.5.2 LIDER EN SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO

Las responsabilidades mínimas que debe ejercer el Líder en SST

del Contratista en cuanto al SG-SST se relacionan a

continuación.

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7.5.3 LIDERES DE ACTIVIDADES

Las responsabilidades mínimas que debe ejercer cada uno de los

líderes de actividades del Contratista en cuanto al SG-SST se

relacionan a continuación.

7.5.4 PERSONAL EN GENERAL

Las responsabilidades mínimas que debe ejercer todo el personal

en general del Contratista en cuanto al SG-SST se relacionan a

continuación.

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7.5.5 COPASST/VIGIA DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO

Las responsabilidades mínimas que deben ejercer el COPASST o

el Vigía SST, según sea el caso, del Contratista en cuanto al SG-

SST se relacionan a continuación.

7.5.6 COMITÉ DE CONVIVENCIA

Las responsabilidades mínimas que debe ejercer el Comité de

Convivencia del Contratista en cuanto al SG-SST se relacionan a

continuación.

7.6 IDENTIFICACION DE PELIGROS, EVALUACION Y VALORACION DE

RIESGOS, Y DETERMINACION DE CONTROLES.

El Contratista debe contar con una herramienta que facilite una

metodología sistemática para la identificación de los peligros a los

cuales está expuesto con el desarrollo de sus labores, y así mismo

evaluar su riesgo. Es importante que la mencionada metodología incluya

por lo menos los siguientes ítems:

Peligros a los cuales se está expuesto.

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Consecuencias posibles, sobre la salud, la seguridad, el medio

ambiente y la propiedad.

Los tipos de control con los que se cuenta en la actualidad tanto

en la fuente generadora del peligro, al ambiente que lo trasmite y

el colaborador que se encuentra expuesto.

Determinar qué tan efectivas son las medidas de control que se

tienen en la actualidad.

Establecer la frecuencia con la cual el colaborador está expuesto

al peligro.

Calcular la probabilidad de que se materialice el peligro teniendo

como punto de partida la efectividad de las medidas y la

exposición.

Proyectar la consecuencia que puede tener la materialización del

peligro.

Valorar el nivel de riesgo partiendo de la base de la probabilidad

de materialización y la consecuencia de la misma.

Evaluar si el riesgo es o no aceptable.

Establecer la cantidad de colaboradores expuestos y la existencia

de requisitos legales para priorizar las medidas de intervención.

Jerarquizar las medidas de intervención (eliminación, sustitución,

re-ingeniería, controles administrativos y EPP).

7.7 ADQUISICIONES Y CONTRATACION DE SERVICIO.

Para todo caso en que el Contratista requiera de adquisición de

materiales, insumos, materias primas, equipos y herramientas y/o la

contratación de alquiler de maquinaria, servicios específicos o cualquier

tipo de servicio; deberá realizar una evaluación y validación del

desempeño del ofertante del producto y/o servicio en cuanto a las

condiciones de cumplimiento en torno la SST. Los resultados y las

decisiones que se tomen en torno a estos serán necesarios para la

permanencia del Contratista en el desarrollo de las actividades.

7.8 PLAN DE PREVENCION, PREPARACION Y RESPUESTA ANTE

EMERGENCIAS.

El Contratista debe alinearse con el Plan de Prevención, Preparación y

Respuesta ante Emergencias de la Sociedad N.S.D.R. S.A.S sin que

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ello le exima de la responsabilidad legal que le corresponde sobre el

particular. Como mínimo el Contratista debe contar con:

La destinación de los recursos (humanos, técnicos y financieros)

necesarios para el funcionamiento del Plan.

Análisis de la vulnerabilidad a la que está expuesta su

organización y sus colaboradores en el desarrollo de las

actividades para la sociedad N.S.D.R S.A.S.

Valoración y evaluación de riesgos según número de

colaboradores y activos.

Comprensión de los PON’s generados por la Sociedad N.S.D.R

S.A.S para atención de emergencias.

Participar activamente de los simulacros, sensibilizaciones y

capacitaciones en torno a las emergencias que desarrolle

Sociedad N.S.D.R S.A.S.

Asegurar por sus propios recursos la existencia y permanencia en

obra de elementos básicos para atención de emergencias.

8. INSPECCIONES Y AUDITORIAS

El contratista debe tener dentro de su plan anual de trabajo, un programa

de inspecciones planeadas las cuales deben ser metodológicas para

evaluar la conformidad en la implementación del SG-SST. Dichas

inspecciones deben abarcar por lo menos los siguientes ítems:

Entrega, uso y mantenimiento adecuado de los EPP.

Observación de comportamientos seguros (estándares).

Operación segura de maquinarias, equipos y herramientas.

Almacenamiento seguro de materiales, materias, primas e insumos.

Espacios seguros de trabajo.

Tareas de alto riesgo.

Además de lo anterior, la Gerencia o Representante Legal debe programar

una evaluación periódica donde realice la validación del desempeño de

acuerdo a lo establecido en los denominados “Estándares Mínimos”, a

modo de auditoria, generando un informe donde se establezca el

cumplimiento del desempeño en torno a la SST.

De igual manera Sociedad N.S.D.R S.A.S destinará personal para que se

ejecuten auditorias periódicas al desempeño de cada uno de los

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Contratistas, los cuales deben, dependiendo el resultado, implementar un

plan de acción (numeral 9.4) para mejorar su desempeño, dentro de los

plazos que establezca Sociedad N.S.D.R S.A.S.

9. DESVIACIONES EN SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO

En los casos en los cuales el SG-SST tenga desviaciones a los procesos, lo

que se considerará como incidentes y accidentes de trabajo; el Contratista

debe hacer gestión sobre los mismos para corregir, prevenir y mejorar las

condiciones que lo hayan provocado. Para cada caso se hará la gestión

que, según el tipo, corresponda.

9.1 INCIDENTES

El Contratista deberá responsabilizarse por la identificación de

condiciones inseguras, los reportes de incidentes, su respectiva

investigación y la generación de un plan de acción para su corrección.

De la misma manera, Sociedad N.S.D.R S.A.S, durante la ejecución de

la Interventoría y/o auditoria podrá reportar las condiciones inseguras y

los incidentes para que el Contratista continúe con la debida gestión.

9.2 ACCIDENTES

El Contratista deberá responsabilizarse por el reporte de todos los

accidentes, su respectiva investigación y la generación de un plan de

acción para su corrección. Los soportes de la gestión deben ser

trazables y debe remitirse copia a Sociedad N.S.D.R S.A.S a más tardar

tres semanas después de haber reportado el accidente a su respectiva

ARL.

9.3 ACCIONES CORRECTIVAS Y DE MEJORA

Para cada una de las no conformidades evidenciadas en las

inspecciones, auditorias, investigación de incidentes y accidentes; se

deben establecer planes de acción correctiva y de mejora en la cual se

establezcan los siguientes aspectos.

Tipo de medida (correctiva o de mejora).

Actividades a desarrollar en el ciclo PHVA (Planificar, Hacer,

Verificar, Actuar).

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LINEAMIENTOS DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO PARA CONTRATISTAS

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Recursos a utilizar (humano, técnico y financiero).

Tiempos de gestión.

10. INDICADORES DE GESTION

El contratista debe mantener actualizados los indicadores de gestión donde

se evidencien, de forma trazable, el estado de cumplimiento de las

diferentes actividades proyectadas en cuanto a SST. Los indicadores de

gestión mínimos que deben mantener los Contratistas son:

Ausentismo.

Incidencia.

Prevalencia.

Índice de Lesión Incapacitante.

Índice de Severidad.

Índice de Frecuencia.

Cumplimiento de requisitos legales.

Reportes e investigación de incidentes y accidentes.

Inspecciones ejecutadas.

Control efectivo de riesgos (según IPEVRDC).

Efectividad de los planes de acción.

Ejecución de recursos.

Cumplimiento de responsabilidades según cargo.

Asimilación de lineamientos y objetivos.

Efectividad del plan de formación.

Cumplimiento del plan de trabajo anual.

11. DOCUMENTACION

El Contratista debe tener actualizada y disponible la documentación que

soporte la gestión realizada en torno a la SST. La documentación mínima

con la cual debe contar el Contratista será:

Asimilación de Lineamientos.

Socialización de Responsabilidades.

Identificación de Peligros, Evaluación y Valoración de Riesgos, y

Determinación de Controles.

Perfil Sociodemográfico y Condiciones de Salud.

Plan Anual de Trabajo.

Registros de Plan de Formación.

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LINEAMIENTOS DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO PARA CONTRATISTAS

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Entrega de EPP.

Estándares de Operación.

Operatividad del Vigía/COPASST.

Reportes e investigación de Incidentes/Accidentes.

Actividades del Plan de Emergencias.

Seguimientos a condiciones de Salud.

Inspecciones.

Marco Legal Actualizado.

Registros de las Medidas de Intervención.

12. ANEXOS

12.1 Instructivo para Trabajo Seguro en Alturas.

12.2 Instructivo para Trabajo en Espacios Confinados.

12.3 Instructivo para Trabajo con Sustancias Químicas.

12.4 Instructivo para Trabajos en Caliente.

12.5 Instructivo para Izaje de Cargas.

12.6 Instructivo para Trabajo con Sustancias Radioactivas.

12.7 Instructivo para Trabajo en Excavaciones.

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CONVOCATORIA NO. 001 DEL 15 DE SEPTIEMBRE DE 2017 PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD PRIVADA QUE GARANTICEN LA ADECUADA PROTECCIÓN DE LAS PERSONAS, BIENES E INMUEBLES DE PROPIEDAD DE LA SOCIEDAD N.S.D.R. S.A.S. – CLÍNICA NUESTRA, NIT. 805023423 – 1, EN LA MODALIDAD FIJA Y MÓVIL DE ACUERDO CON LA NORMATIVIDAD VIGENTE PARA LA ACTIVIDAD DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD PRIVADA.

INDICE

1 CAPITULO CONDICIONES GENERALES.................................................................. 3

1.1 PARTICIPANTES................................................................................................. 3

1.2 REGÍMEN JURÍDICO APLICABLE ...................................................................... 3

1.3 PRINCIPIOS ........................................................................................................ 3

1.4 NATURALEZA DE ESTA INVITACIÓN A PROPONER - CONSECUENCIAS ...... 4

1.5 INTERPRETACION DE ESTA INVITACIÓN A PROPONER ................................ 4- 5

1.6 ADENDAS DE LA INVITACION ........................................................................... 5 1.7 EXCLUSION Y LIMITACIÓN DE RESPONSABILIDAD PRECONTRACTUAL…..6 1.8 CONFIDENCIALIDAD DE LA INFORMACION............................................... ....... 6 – 7 1.9 POLITICA DE CONTROL Y PREVENCION DE LAVADO DE ACTIVOS............7

1.10 DOMICILIO....................................................................................................7 1.11 SUFUCIENCIA DE LA INFORMACION ENTREGADA................................7 1.12 REQUISITOS PARA PARTICIPAR..............................................................8 1.13 VIGENCIA DEL CONTRATO.......................................................................8

2 PRESENTACIÓN DE LAS PROPUESTAS ....................................................... 8

2.1 FECHA LÍMITE DE PRESENTACIÓN DE LAS PROPUESTAS ................. 8

2.2 ELABORACIÓN Y PRESENTACIÓN DE LAS PROPUESTAS .................. 8 - 9

2.3 VALOR DE LA PROPUESTA ..................................................................... 9

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2.4 REQUISITOS MÍNIMOS………………………………………………………………..9 - 12

2.5 EVALUACIÓN DE LAS PROPUESTAS ............................................................. 12

2.6 CAUSALES DE RECHAZO DE LAS PROPUESTAS ......................................... 12 - 13

2.7 ADJUDICACIÓN ................................................................................................ 14

3 EVALUACIÓN DE LAS PROPUESTAS.................................................................. 14

3.1 VERIFICACIÓN DE LA CAPACIDAD JURÍDICA: ............................................ 14

3.2 VERIFICACIÓN DE LAS ESPECIFICACIONES TÉCNICAS OFRECIDAS:………14

3.3 EVALUACIÓN DEL PRECIO: .......................................................................

14 -15

3.4 CRITERIOS DE CALIFICACIÓN DE LAS PROPUESTAS...............................

15 – 16

3.5 EMPATE. ....................................................................................................

16

4 CAPITULO ESPECIFICACIONES TÉCNICAS ....................................................... 16

5 CAPITULO EL CONTRATO ................................................................................. 17

5.1 FIRMA Y LEGALIZACIÓN DEL CONTRATO .................................................. 17

5.2 CONDICIONES GENERALES DEL CONTRATO EVENTUAL .......................... 17 - 24

6 ANEXO 1 CARTA DE PRESENTACION …………………………………………………. 25 – 26

7 ANEXO 2 CRONOGRAMA DEL PROCESO……………………………………………… 27

8 ANEXO 3 DECLARACION DE CÓDIGO DE ÉTICA Y BUEN GOBIERNO……………. 28

9 ANEXO 4 ESPECIFICACIONES TECNICAS……………………………………………….29 - 36

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OBJETO DE LA INVITACIÓN. Convocatoria No. 001 del 15 de Septiembre de 2017 para la contratación del Servicio De

Vigilancia y Seguridad Privada que garanticen la adecuada protección de las personas,

bienes e inmuebles de propiedad de la SOCIEDAD N.S.D.R. S.A.S. – CLÍNICA NUESTRA,

Nit. 805023423 – 1, en la modalidad fija y móvil de acuerdo con la normatividad vigente para

la actividad de vigilancia y seguridad privada. 1. CAPITULO CONDICIONES GENERALES.

1.1. PARTICIPANTES.

Podrán participar personas jurídicas, cuyo objeto social contemple las actividades objeto

de esta convocatoria y estén legalmente autorizadas para ejercerlas y de conformidad al

proceso de Contratación de CLÍNICA NUESTRA.

1.2. REGÍMEN JURÍDICO APLICABLE

El presente proceso y el contrato que de él se origine, se regirá por el Derecho Privado:

Código de Comercio, Código Civil y las demás disposiciones que regulen la materia o

resulten pertinentes de acuerdo con las leyes colombianas.

1.3. PRINCIPIOS

Los proponentes deberán cumplir con los siguientes principios básicos:

a) En Materia de Derechos Humanos:

- Apoyar y respetar la protección de los derechos humanos.

- No permitir y ejecutar abusos de los derechos.

b) En Materia Laboral:

- Apoyar los principios de la libertad de asociación sindical y el derecho a la

negociación colectiva.

- Eliminar el trabajo forzado y obligatorio.

- No usar cualquier forma de trabajo infantil.

- Eliminar la discriminación en materia de empleo y ocupación.

c) En Materia de Protección al Medio Ambiente.

- Apoyar el enfoque preventivo frente a los retos medioambientales

- Promover mayor responsabilidad medioambiental

- Alentar el desarrollo y la difusión de tecnologías respetuosas del medio ambiente

d) En cuanto a mecanismos de anticorrupción.

- Las empresas deberán trabajar contra la corrupción en todas sus formas.

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1.4. NATURALEZA DE ESTA INVITACIÓN A PROPONER - CONSECUENCIAS

La presente invitación no constituye una oferta mercantil en los términos del artículo 845 del

Código de Comercio, por consiguiente, el alcance del presente documento no va más allá de

ser una simple invitación a presentar una propuesta económica y de servicios, la cual podrá

ser aceptada o rechazada por la convocante. El proponente será el que dirija a la entidad una

propuesta. La entidad que será destinataria de la propuesta, podrá aceptarla o no, de acuerdo

con las reglas generales contenidas en el presente documento o la normatividad contenida en

el ordenamiento jurídico colombiano.

El recibo de cualquier propuesta que provenga de las personas destinatarias de esta

invitación no equivale a la aceptación de una propuesta ni a la celebración de un negocio o

contrato jurídico, ni siquiera condicionado a la inexistencia de una postura mejor de la que se

presenta. Si con posterioridad a la fecha de la invitación desaparece el interés de la entidad

interesada en recibir propuestas, ellas así lo harán saber mediante una adenda. Por lo que a

la presente invitación no le son aplicables los artículos 857 y 860 del Código de Comercio. LA

SOCIEDAD N.S.D.R. S.A.S – CLINICA NUESTRA, no expresan en este instrumento su

voluntad inequívoca de contratar, ni la de hacerlo en unas determinadas condiciones, en tal

sentido, se reservan el derecho de suspender o terminar en cualquier momento el presente

proceso de selección o de contratar o no, aún en el evento en que se hayan recibido

propuestas que cumplan con la totalidad de los requisitos para ser consideradas. Decisión

que comunicará por el mismo medio mediante el cual se publicó esta Invitación.

NOTA IMPORTANTE: Se advierte que el presente documento y todo el proceso que se

derive del mismo no constituye una oferta o propuesta de contrato por parte de LA

SOCIEDAD N.S.D.R. SAS, ni una oferta pública de una prestación o premio, ni un pliego de

cargos, según los términos establecidos en los artículos 845, 856 y 860 del Código de

Comercio Colombiano.

1.5. INTERPRETACIÓN DE ESTA INVITACIÓN A PROPONER.

Con respecto a la interpretación y entendimiento de los términos de referencia, se deben

considerar los siguientes aspectos: a) En la interpretación de esta invitación se preferirá

siempre aquel sentido posible de las declaraciones hechas en ella que más se ajuste a su

naturaleza, que es la que acaba de indicarse en el numeral inmediatamente anterior. b) Este

criterio de interpretación y esta definición de naturaleza prevalecerán sobre cualquier

declaración que se haga en este mismo documento y que pueda considerarse contradictoria

con aquel o con ésta. c) Sólo son partes integrantes de esta Invitación a Proponer todos sus

anexos (si los hubiere) y todas las adendas aclaratorias o modificatorias que LA SOCIEDAD

N.S.D.R. S.A.S expida con posterioridad a la fecha de la invitación señalada en el recuadro

inicial de referencia. d) Cualquier otra declaración que ambas entidades hagan y que no esté

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incorporada en una adenda a la Invitación a proponer no será interpretada como si formara

parte de la invitación. Prevalecerán en todo caso las declaraciones contenidas en esta

invitación sobre cualquier otra declaración que no se encuentre contenida en adendas y que

modifique o contraríe lo establecido en esta invitación. e) Si existiere conflicto entre el

contenido de esta invitación y alguno o algunos de sus adendas, o entre el contenido de las

distintas adendas, prevalecerá lo que se declare en la última adenda sobre todo lo demás. La

declaración posterior sólo prevalecerá sobre la anterior si tiene un nivel de especialidad en

razón de la materia idéntico o superior al de ésta última. f) Las adendas que tengan función

aclaratoria se considerarán como interpretaciones auténticas de las declaraciones aclaradas.

g) A las palabras utilizadas en esta invitación se les reconocerá el sentido que tengan de

acuerdo con la definición que de ellas mismas se haga en este instrumento. En ausencia de

definición en este instrumento, será aplicable la definición que esté contenida en el derecho

aplicable. Si el derecho aplicable no contiene una definición, será aplicable el sentido técnico

que en el respectivo arte u oficio se le reconoce habitualmente, en lo que se refiera a las

palabras técnicas empleadas. A las palabras que carecen de significado técnico se les

asignará el que corresponde al lenguaje ordinario. En caso de existir contradicción entre los

anexos y los términos de esta invitación, prevalecerá lo establecido en los términos.

1.6. ADENDAS DE LA INVITACIÓN.

En el proceso de la presente invitación, LA SOCIEDAD N.S.D.R. S.A.S puede considerar la

incorporación de aclaraciones o precisiones que darán lugar a ADENDAS bajo los siguientes

lineamientos: a) Las entidades convocantes pueden modificar o aclarar esta Invitación a

Proponer. La modificación puede hacerse mediante la adición de nuevos elementos o

mediante la sustracción de algunos de los existentes. La aclaración consiste en precisar el

sentido de alguna de sus partes. b) Las nuevas declaraciones que ella haga se harán constar

por escrito en un documento que se denominará adenda, y que será puesto a disposición de

las personas interesadas por el mismo medio a través del cual se haya puesto a disposición

esta Invitación a Proponer. Para que un documento sea considerado como adenda, es

necesario que se denomine con ese nombre o con cualquiera otro similar que sea

suficientemente indicativo de su naturaleza modificatoria o aclaratoria de esta invitación. c)

LA SOCIEDAD N.S.D.R. S.A.S hará estas adendas con una antelación razonable a la fecha

señalada como límite temporal para la presentación de las propuestas y en ellas se puede

disponer la ampliación del plazo de presentación de las propuestas cuando la naturaleza de

la adenda así lo exija. Siempre prevalecerá el contenido de la última Adenda publicada sobre

cualquier documento anterior.

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1.7. EXCLUSIÓN Y LIMITACIÓN DE RESPONSABILIDAD PRECONTRACTUAL

a) Los actos o comunicaciones que ambas entidades emitan dentro de la presente invitación

de manera individual o conjunta hacia o con los proponentes no deberán entenderse

como actos precontractuales, razón por la cual no habrá lugar al reconocimiento por parte

de LA SOCIEDAD N.S.D.R. S.A.S de la indemnización de que trata el artículo 863 del

Código de Comercio. b) Los proponentes deben examinar todas las instrucciones,

condiciones, especificaciones, formularios, formatos, anexos, Adendas y documentos

aclaratorios que hagan parte de esta Invitación, todo lo cual constituye la fuente de

información para la elaboración de la propuesta. En este orden de ideas, las

interpretaciones o deducciones que el proponente haga de lo establecido en esta

invitación, serán de su exclusiva responsabilidad. Por tanto, LA SOCIEDAD N.S.R.D.R

S.A.S, no será responsable por descuidos, errores, omisiones, conjeturas, suposiciones,

interpretaciones equivocadas u otros hechos en los que incurra el proponente que le sean

desfavorables o favorables, y que puedan incidir en la elaboración de su propuesta. c) El

hecho que el proponente no se informe y documente debidamente sobre los detalles y

condiciones bajo los cuales serán ejecutados los trabajos y/o servicios objeto de la

presente Invitación, no se considerará como fundamento válido de futuras reclamaciones.

El proponente debe elaborar su propuesta de acuerdo a lo establecido en los términos de

ésta Invitación y anexar la documentación exigida.

1.8. CONFIDENCIALIDAD DE LA INFORMACIÓN

Los proponentes deben tener en cuenta los siguientes aspectos: se obligan a guardar

absoluta reserva en relación con la información que por motivo de la presente invitación a

cotizar se genere, conozca o se le entregue. Así las cosas, la información, políticas y

procedimientos que las partes lleguen a conocer en virtud de esta invitación a cotizar tendrán

el carácter confidencial. Por lo tanto, los proponentes se comprometen a que ni ellos ni sus

colaboradores, revelarán ni utilizarán dicha información en contra de la SOCIEDAD NS.D.R.

S.A.S o para el ejercicio de su propia actividad, ni la utilización para su propio beneficio o de

terceros, la duplicarán o compartirán con terceras personas. En consecuencia, cada una de

los proponentes, se obliga a adoptar todas las medidas o precauciones que resulten

necesarias o convenientes para garantizar la reserva de dicha información. La información

que cada una de las partes llegue a conocer en virtud del desarrollo del objeto de ésta

invitación a cotizar, se utilizará exclusivamente para los fines del mismo. La información

obtenida en desarrollo de este documento, no será divulgada a terceros, ni utilizada de

cualquier manera por cada uno de los proponentes, sin el consentimiento escrito de entidad y

aún con posterioridad a la terminación de la presente invitación a cotizar.

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PARÁGRAFO. Cada una de los proponentes hace constar que cumple con las normas de

protección de datos personales establecidas en la Ley 1581 de 2012 y el Decreto 1377 de

2013 y se responsabiliza de cualquier infracción a las mismas.

1.9. POLÍTICA DE CONTROL Y PREVENCIÓN DE LAVADO DE ACTIVOS:

Los proponentes declaran que con el fin de apoyar la acción del Estado Colombiano en la lucha

contra el narcotráfico; el origen de los fondos, empréstitos, inversiones, aportes y participaciones

económicas a cualquier nivel y concernientes a la presente invitación a cotizar, no provienen de

actividades ilícitas ni de actividades relacionadas en cualquier forma en el tráfico de

estupefacientes, lavado de activos y/o cualquier otra actividad proscrita por la legislación

nacional e internacional. De igual forma los proponentes declaran que: 1) Cumplen con las

normas generales y particulares sobre control y prevención de Lavado de Activos. 2) Adoptaron

medidas, códigos de conducta y demás requerimientos para la prevención de Lavado de Activos

y Financiación de Terrorismo. 3) En el desarrollo de la actividad objeto de la presente invitación,

desplegarán todos sus esfuerzos para cumplir estrictamente con todas las normas de

precaución y prevención de Lavado de Activos y Financiación de Terrorismo. 4) Mantendrá

soportes documentales de todas las normas, procedimientos y manuales que a su interior

desarrolle para la prevención y control de lavado de activos, en desarrollo de lo mencionado en

puntos anteriores. 5) Declarar que los recursos que incorpora para la prestación del servicio,

proceden de actividades completamente lícitas e igualmente que los recursos que se pretendan

incorporar en forma adicional o a futuro deberán ser informados en forma previa y por escrito

certificando a la SOCIEDAD N.S.D.R S.A.S su origen, para su autorización y posterior

suscripción del otrosí.

1.10. DOMICILIO

Para todos los efectos legales, el domicilio para el presente proceso de selección, como

para el contrato que de él se derive será la ciudad de Santiago de Cali.

1.11. SUFICIENCIA DE LA INFORMACIÓN ENTREGADA

El proponente declarará que ha recibido toda la información necesaria para elaborar su

propuesta y que asume las consecuencias negativas que puedan seguirse de no haber

solicitado información complementaria en las oportunidades señaladas en esta invitación

y sus anexos. Esta declaración se entiende hecha, solo con el hecho de presentar

propuesta.

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1.12. REQUISITOS PARA PARTICIPAR

Podrán participar en el presente proceso de selección de contratistas las personas

jurídicas, nacionales y extranjeras, que no se encuentren incursas en causales de

inhabilidad o incompatibilidad de acuerdo con el Código de Ética (Documento anexo) de

LA SOCIEDAD N.S.D.R. S.A.S y la normatividad vigente y estén debidamente

habilitadas para desarrollar el objeto del contrato que pueda surgir del presente proceso

de selección.

La manifestación sobre ausencia de inhabilidades e incompatibilidades, o de

prohibiciones especiales se debe adjuntar a la propuesta.

1.13 VIGENCIA DEL CONTRATO El término de vigencia para la ejecución de las actividades objeto de este proceso y del

eventual contrato será de 1 año.

2 PRESENTACIÓN DE LAS PROPUESTAS. 2.1 FECHA LÍMITE DE PRESENTACIÓN DE LAS PROPUESTAS. Las propuestas deberán presentarse dentro del plazo establecido (Anexo 2).

Es importante tener en cuenta que las propuestas deben entregarse antes de las 17:00

horas después de esta hora no se recibirán más propuestas. La propuesta deberá ser

entregada en medio física, en sobre cerrado original y una copia, no se aceptará propuestas

vía fax, ni por correo electrónico. ni aquellas que se radiquen en lugar diferente al domicilio

de CLÍNICA NUESTRA – sede administrativa ubicada en la Carrera 33 # 10 -12 de Cali.

2.2 ELABORACIÓN Y PRESENTACIÓN DE LAS PROPUESTAS Las propuestas deberá presentarse en original por escrito y una copia; sus hojas deben estar

foliadas y se debe allegar de acuerdo con lo siguiente:

a) La propuesta debe ser presentada en idioma castellano, sin tachones y/o enmendaduras de ninguna clase. Si llegaré a existir inconsistencia entre los valores indicados en letras y en números, prevalecerá lo que dice en letras.

b) La propuesta debe venir con índice en que organice la información que se presente, donde

se destaquen claramente los capítulos y subcapítulos de la propuesta debidamente referenciados con la página que corresponde.

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c) Los costos en que incurran los participantes al elaborar sus propuestas son por su cuenta y riesgo.

d) Las propuestas deben presentarse en sobre rotulado de la siguiente manera:

CLÍNICA NUESTRA Dirección Administrativa PAOLA ANDREA MURILLO PINEDA Directora Administrativa Convocatoria No. 001 del 15 de Septiembre de 2017 para la contratación del Servicio De

Vigilancia y Seguridad Privada que garanticen la adecuada protección de las personas,

bienes e inmuebles de propiedad de la SOCIEDAD N.S.D.R. S.A.S. – CLÍNICA NUESTRA.

DATOS DEL PROPONENTE

2.3 VALOR DE LA PROPUESTA. El proponente debe indicar claramente cuál es el valor de su propuesta y lo expresará en

pesos colombianos incluyendo el Impuesto al Valor Agregado (IVA) y demás impuestos a

que haya lugar por ocasión del contrato junto con todos los costos directos e indirectos que

su celebración y ejecución conlleven. Los valores indicados en la propuesta no pueden ser

inferiores a las tarifas establecidas por la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad

privada. 2.4 REQUISITOS MÍNIMOS Sin la presentación de alguno de estos requisitos la propuesta será rechazada: 2.4.1 Carta de presentación de la propuesta. Se debe anexar a la propuesta una carta de presentación en la que deberá constar

inequívocamente la aceptación de las condiciones de la invitación y las generales del

contrato eventual que se señalan en el anexo 1 de este documento. La carta deberá ser

firmada por el representante legal de la misma o la persona facultada al efecto para lo cual

deberá allegar el poder respectivo. 2.4.2 Especificaciones técnicas de la propuesta de acuerdo con lo señalado en estos

términos de invitación a proponer.

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El proponente debe allegar documento con especificaciones técnicas de acuerdo con el

requerimiento hecho por la Clínica, indicando claramente los aspectos del bien o servicio

ofertado y su propuesta económica.

2.4.3 Certificado de existencia y representación legal: Las personas jurídicas, deben presentar el Certificado de Existencia y Representación Legal

expedido por la Cámara de Comercio de su domicilio principal con fecha de expedición

inferior a 30 días, cuyo objeto social sea acorde con el servicio ofertado, la matrícula

mercantil debe estar debidamente renovada. 2.4.4 Autorización del órgano competente según corresponda:

Las personas jurídicas proponentes en caso de que su representante legal tenga algún tipo

de limitación para contratar, deberán allegar acta del órgano competente en la que se

autorice de manera expresa a su representante legal para contratar con CLÍNICA

NUESTRA. 2.4. 5 Certificaciones de experiencia El proponente deberá allegar dos (2) certificaciones relacionadas con el objeto de esta

contratación, de las cuales al menos una (1) deberá ser experiencia específica en sector

salud. Cada certificación debe indicar lo siguiente:

1. Los servicios objeto de cada certificación no deben haber sido realizados en

una fecha que supere los 5 años, contados a partir de la fecha de cierre de la

invitación.

2. El valor total facturado anual por los servicios prestados no puede ser inferior a

800 SMLMV. Valor facturado por cada certificación. 3. Las certificaciones deben ser expedidas por diferentes personas jurídicas a las

cuales el proponente haya prestado sus servicios. En caso de presentarse dos

(2) o más certificaciones expedidas por una misma persona jurídica, solo se

tendrá en cuenta la de mayor valor, siempre y cuando cumpla con los

requisitos aquí exigidos.

En la certificación debe constar:

1. Razón Social del cliente.

2. Valor total facturado por contrato.

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3. Número del contrato bajo la cual se realizó la prestación de los servicios

referentes a la invitación.

4. Nombre y teléfono del contacto

5. La certificación debe ser explicita sobre la calidad del servicio, cumplimiento y

su expedición no debe exceder de cinco (5) años, contados a partir del cierre

de la presente convocatoria. 2.4.6 Estados financieros.

Estados financieros, notas a los Estados Financieros y Suficiencia patrimonial,

certificados por representante legal y contador titulado (adjuntar copia de la tarjeta

profesional y antecedentes disciplinarios) o revisor fiscal a 31 de diciembre del año

inmediatamente anterior. CLÍNICA NUESTRA se reserva el derecho de solicitar

aclaraciones a los mismos.

2.4.7 Aceptación de condiciones y Código de Ética y Buen Gobierno. Todos los proponentes deberán declarar que aceptan sin reservas todas las condiciones de

esta invitación a cotizar y las del contrato eventual. El proponente deberá decir

expresamente que ha examinado el contenido del documento denominado „Código de Ética

y Buen Gobierno” (Anexo No. 3). 2.4.8 Garantía de seriedad de la propuesta y constancia del pago del valor de la prima. Deberá anexarse a la propuesta el original de la póliza de seriedad de la propuesta expedida

por una compañía de seguros legalmente establecida en Colombia, con un valor asegurado

mínimo equivalente al diez por ciento (10%) del valor de la propuesta y con una vigencia de

tres (3) meses contados a partir de la fecha límite para la presentación de las propuestas

firmada por el proponente como tomador y el recibo original de pago de la prima.

2.4.9 Anexos contenidos en los presentes términos de invitación a proponer

debidamente diligenciados. El proponente deberá diligenciar en su totalidad y firmar los formatos que se anexan a los

presentes términos de invitación a proponer. 2.4.10 Certificación de la Contraloría General de la República tanto del Represente

Legal como de la Empresa.

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El proponente presentará la certificación que expide la Contraloría General de la República

tanto del Represente Legal como de la Empresa, vigente en la fecha límite de presentación

de las ofertas donde se acredite que no está incluido en el Boletín de Responsables

Fiscales.

2.4.11 Certificado de antecedentes disciplinarios expedidos por la Procuraduría

General de la Nación tanto del Represente Legal como de la Empresa.

El proponente presentará la certificación que expide la Procuraduría General de la Nación

tanto del Represente Legal como de la Empresa, vigente en la fecha límite de presentación

de las ofertas. 2.4.12 Aceptación “instructivo de seguridad y salud en el trabajo para contratistas”. El proponente deberá decir expresamente que ha examinado el contenido del documento

denominado “Instructivo de seguridad y salud en el trabajo para contratistas” el cual hace

parte integral de la presente invitación. 2.4.13 Copia Registro Único Tributario El proponente deberá presentar copia del RUT Registro Único Tributario actualizado.

2.4.14 Copia de la licencia de funcionamiento El proponente deberá aportar copia de la licencia de funcionamiento vigente para empresa

con armas y sin armas otorgada por la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada.

Dicha licencia debe ser expedida por un término mínimo de cinco (5) años.

2.4.15 Certificado de no sanción

El proponente deberá aportar certificación de no sanción en los últimos cinco (5) años expedida

por la superintendencia de seguridad privada, no mayor a 90 días.

2.5 EVALUACIÓN DE LAS PROPUESTAS CLÍNICA NUESTRA evaluará las propuestas allegadas de conformidad con lo aquí

establecido a través de las personas designadas para el efecto y de acuerdo con capítulo

(3) de estos términos de invitación a proponer. 2.6 CAUSALES DE RECHAZO DE LAS PROPUESTAS

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Las propuestas presentadas podrán ser rechazadas por CLÍNICA NUESTRA en los

siguientes casos: Será causal de rechazo inmediato que la propuesta no venga con la totalidad de los

requisitos señalados en el numeral 2.4 de estos términos de invitación a proponer.

2.6.1 Cuando la carta de presentación de la propuesta no venga suscrita por el

representante legal del proponente o la persona facultada al efecto, para lo cual deberá

allegar el poder respectivo. 2.6.2 Cuando no se presente en original la garantía de seriedad de la propuesta. 2.6.3 Cuando se compruebe que el proponente se encuentra incurso en alguna causal de

inhabilidad o incompatibilidad de acuerdo con el proceso de contratación

de Clínica Nuestra, su Código de Ética y Buen Gobierno así como en las demás

disposiciones legales vigentes. 2.6.4 Cuando la propuesta sea presentada por personas jurídicas que no cumplan con los

requisitos para participar. 2.6.5 Cuando se compruebe que los documentos presentados por el proponente no

corresponden a la realidad, caso en el cual se iniciaran las acciones correspondientes, si a

ello hubiere lugar. 2.6.6 Cuando se compruebe que el proponente o un agente suyo ejecute cualquier acción

tendiente a influir o presionar a las personas encargadas de la evaluación de las propuestas

o a la adjudicación del contrato.

2.6.7 Cuando el proponente se encuentre reportado en el Boletín de Responsables Fiscales

de la Contraloría General de la Nación. CLÍNICA NUESTRA queda autorizada por el proponente para revisar verificar y considerar

toda la información recibida. Asimismo, el proponente acepta y autoriza que CLÍNICA

NUESTRA efectué consultas de información en cualquier base de datos nacional o

internacional con el fin de determinar la idoneidad y capacidad del proponente y la calidad de

los servicios a prestar. Esto incluye la autorización expresa para consultar el Sistema de

Administración de Riesgo de Lavado de Activos y de la Financiación del Terrorismo –

SARLAFT.

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2.7 ADJUDICACIÓN CLÍNICA NUESTRA adjudicará el contrato que se origine en la presente contratación al

oferente cuya propuesta se considere la más favorable a los intereses de la Clínica. La

decisión se comunicará a través de cualquier medio a todos los oferentes que participaron

en el proceso de selección. PARÁGRAFO: CLÍNICA NUESTRA se reserva el derecho de hacer adjudicaciones parciales

así como la devolución de las propuestas a los proponentes no favorecidos. 3 EVALUACIÓN DE LAS PROPUESTAS 3.1 VERIFICACIÓN DE LA CAPACIDAD JURÍDICA: Este análisis estará a cargo del Comité de Gerencia de CLÍNICA NUESTRA y no tiene

ponderación alguna. Tiene por objeto determinar que las propuestas y los proponentes

cumplan con los requerimientos legales y normativos previstos en las disposiciones legales y

los presentes términos de invitación a proponer. Cuando la observación hecha a un proponente o propuesta constituya causal de rechazo, el

Comité de Gerencia lo dirá expresamente en su informe. Cuando el Comité de Gerencia

considere que la observación hecha no es causal de rechazo podrá requerir por escrito a los

proponentes las aclaraciones y explicaciones o la corrección de la garantía de seriedad de la

oferta cuando lo considere necesario. El proponente deberá dar respuesta escrita a esos requerimientos dentro del plazo que para

el efecto le otorgue el Comité de Gerencia, bajo el entendido que tales aclaraciones y

explicaciones no constituyen modificaciones a los aspectos objetivos de comparación de las

propuestas, ni sirven para completar, adicionar, modificar o mejorar las propuestas. 3.2 VERIFICACIÓN DE LAS ESPECIFICACIONES TÉCNICAS OFRECIDAS: El ordenador del gasto y/o área contratante verificará que el proponente en su propuesta

ofrezca expresamente las especificaciones técnicas mínimas requeridas en los presentes

términos de invitación a proponer.

3.3 EVALUACIÓN DEL PRECIO: El Comité de Gerencia, comparará los precios por ítems ofrecidos y señalará el mejor precio

por ítem. CLÍNICA NUESTRA escogerá la propuesta más favorable a sus intereses, no se

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aceptaran propuestas con precios inferiores a los establecidos por la superintendencia de

vigilancia y seguridad privada. PARÁGRAFO: El área contratante encargada de realizar la evaluación de las

especificaciones técnicas, realizará su labor de forma concomitante e independiente. Si al

realizar la evaluación encuentra que debe hacer un requerimiento a algún proponente lo

deberá solicitar al proponente por correo electrónico con copia al Comité de Gerencia. No se

tendrán en cuenta aclaraciones o explicaciones que no hayan sido solicitadas por el área

contratante. 3.4 CRITERIOS DE CALIFICACIÓN DE LAS PROPUESTAS

CRITERIOS FACTORES PUNTAJE

Precio

Evalúa la parte económica de la oferta para lo cual debe considerarse el precio. Obtendrá mayor puntaje la oferta que ofrezca mejor precio y las siguientes de manera descendente con intervalos de Diez puntos.

100

Experiencia

Se califica la presentación de las certificación Adicional de las requeridas en el numeral 2.4.5., cada una válida por 50 puntos, de contratos de monto igual o superior a 800 SMMLV. Se calificarán máximo 2 Certificaciones

100

Programa de

capacitación

Corresponde a la presentación del programa de capacitación. Se otorgarán 100 puntos de la siguiente forma: Presentación de certificaciones de escuelas de capacitación de vigilancia y seguridad y/o similares debidamente autorizadas donde conste que el personal de vigilancia vinculado a su empresa, ha recibido servicio al cliente para el mejoramiento capacitación continua de la calidad en la prestación del servicio de los vigilantes, efectuadas en el año 2016.

100

Cobertura adicional en póliza RCE

Si el proponente dispone de una póliza de mayor cobertura a los 1000 SMMLV se asignara puntaje adicional de la siguiente manera Entre 1001 y 1200 SMMLV se asignaran veinte puntos. Entre 1201 y 1400 SMMLV se asignaran cuarenta puntos. Entre 1401 y 1600 SMMLV se asignaran sesenta puntos. Entre 1601 y 1800 SMMLV se asignaran ochenta puntos. Entre 1801 y 2000 SMMLV se asignaran cien puntos.

100

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Capacidad de

supervisión

Corresponde al número de supervisores disponibles vs la cantidad de guardas de seguridad, el proponente deberá suministrar el numero de guardas vinculados en la ciudad de cali y numero de supervisores, esta información debe ser consistente con la suministrada por la superintendencia de vigilancia y seguridad privada, No. supervisores/No de guardas*100. Se asignara el mayor puntaje al proponente que presente una mejor relación a los demás proponentes se le asignara puntaje de manera descendente con intervalos de veinte puntos.

200

Capacidad operativa

El proponente deberá suministrar un listado donde relacione el parque automotor propio con el que cuenta la empresa para supervisión se asignara el mayor puntaje al que tenga mayores recursos disponibles, con relación al número de servicios para lo anterior deberá aportar copia de la tarjeta de propiedad y SOAT vigente y relación de servicios atendidos en la ciudad de Cali. No de vehículos / No de servicios *100. se le asignara el mayor puntaje al proponente que presente la mejor relación, los demás proponentes se le asignara puntaje de manera descendente con intervalos de quince puntos. 150

Indicadores Financieros

Se evaluaran los siguientes indicadores financieros; Razón corriente Nivel de endeudamiento Rentabilidad del patrimonio Rentabilidad del activo Cobertura de intereses La asignación del puntaje será por cada indicador teniendo cincuenta puntos al mejor resultado y los siguientes se calificaran de manera descendente con intervalos de 5 puntos. 250

3.5 EMPATE. Si después de aplicar los criterios anteriormente expresados a las ofertas recibidas, se tiene

que dos o más de ellas obtienen el mismo resultado, prevalecerá entre las empatadas la

oferta que haya obtenido el mayor puntaje en el criterio de indicadores financieros. Si el

empate persiste, prevalecerá entre las empatadas la oferta que haya obtenido el mayor

puntaje en el criterio de capacidad de supervisión. Si el empate persiste, decidirá el

respectivo comité evaluador de CLÍNICA NUESTRA por sorteo. 4 CAPITULO ESPECIFICACIONES TÉCNICAS Las especificaciones técnicas requeridas por CLÍNICA NUESTRA en este proceso de

contratación se encuentran indicadas en el Anexo 4 de la invitación a proponer.

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5 CAPITULO EL CONTRATO 5.1 FIRMA Y LEGALIZACIÓN DEL CONTRATO El proponente seleccionado debe suscribir el contrato y legalizarlo dentro del plazo que le

señale CLÍNICA NUESTRA en la comunicación en la cual le informe que el mismo se

encuentra listo para su firma. Cuando el adjudicatario no cumpla con lo anterior o no allegue los documentos requeridos

para la celebración del contrato, CLÍNICA NUESTRA procederá a hacer efectiva la garantía

de seriedad de la propuesta, sin perjuicio de las acciones judiciales conducentes a resarcir

los perjuicios que haya sufrido y no estén cubiertos por dicha garantía y procederá a

adjudicar el contrato al proponente que siga en orden de elegibilidad. 5.2 CONDICIONES GENERALES DEL CONTRATO EVENTUAL La aceptación expresa de estos términos de invitación a proponer, comporta la aceptación

de la inclusión en el contrato que puede celebrarse de todas las regulaciones contractuales

indicadas en esta sección. No obstante, la expresión que se hace de algunas cláusulas no

limita las posibilidades de inclusión de otras adicionales. La expresión que se hace del

contenido de algunas de las cláusulas no limita las posibilidades de inclusión en ellas de

nuevas materias. Si en el contrato no se incorporan estas cláusulas, ellas se entenderán

pactadas entre las partes en todo caso. 5.2.1 Descripción del objeto del posible contrato Convocatoria no. 001 del 15 de septiembre de 2017 para la contratación del servicio de

vigilancia y seguridad privada que garanticen la adecuada protección de las personas,

bienes e inmuebles de propiedad de la SOCIEDAD N.S.D.R. S.A.S. – CLÍNICA NUESTRA,

en la modalidad fija y móvil, de acuerdo con la normatividad vigente para la actividad de

vigilancia y seguridad privada.

5.2.2 Servicios requeridos

a. Dos (2) servicios de vigilancia física fija, dotado con equipo de comunicación sin

arma 24 horas de lunes a domingo todo el mes.

• Uno (1) en la entrada del servicio de Urgencias

• Uno (1) en el sector de Parqueadero

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b. Un (1) servicio de vigilancia física fija diurna dotado con equipo de comunicación

sin arma 16 horas de lunes a domingo, todo el mes de 6:00 a las 22:00.

Uno (1) en Ronda interna persona de sexo femenino

c. Un (1) servicio de vigilancia física fija diurna Motorizado dotado con equipo de

comunicación con arma, 16 horas de lunes a domingo todo el mes de 6:00 a las

22:00 horas

Uno (1) en Ronda Externa

d. Un (1) servicio de vigilancia física fija diurna dotado con equipo de comunicación

sin arma, 14 horas de lunes a viernes de 06:00 a 19:00 y sábado de 06:00 a

14:00 horas

Uno (1) en Consulta Externa

e. Un (1) servicio de vigilancia física fija diurna dotado con equipo de comunicación

sin arma, 14 horas de lunes a viernes de 06:00 a 20:00, sábados 13 horas 07:00

a 20:00 horas, Domingo 12 horas 08:00 a 20:00 todo el mes

• Uno (1) en el sector de la puerta principal.

5.2.3 Principales obligaciones a cargo del contratista.

a) El contratista asumirá la obligación de cumplir con todo lo ofrecido y con todas

las obligaciones legales que le corresponden de acuerdo con la naturaleza del

contrato a celebrar.

b) Adicionalmente, el contratista se obligará a:

Realizar todas las actividades necesarias para el cumplimiento del objeto del contrato, de

acuerdo con lo establecido en las especificaciones técnicas, el cronograma aprobado y las

instrucciones de CLÍNICA NUESTRA. Emplear el personal que sea necesario para la ejecución del contrato dentro de los términos

establecidos. Retirar el personal y/o el equipo que según CLÍNICA NUESTRA no sea necesario o

conveniente para la ejecución del contrato.

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Cumplir dentro de los términos legales o contractuales con todas las obligaciones de

carácter laboral respecto de los empleados que utilice para la ejecución del presente

contrato, especial pero no exclusivamente las que se refieren a salarios, prestaciones

sociales y afiliación a Entidades Promotoras de Salud y Administradoras de Riesgos

Laborales. El eventual contratista deberá cumplir con todas las indicaciones para la

seguridad de su personal y la prestación de los servicios que le indique CLÍNICA NUESTRA.

Realizar el servicio contratado, según las especificaciones y plazos estipulados. Presentar los informes que le exija CLÍNICA NUESTRA, y asistir a las reuniones periódicas

o extraordinarias de seguimiento que CLÍNICA NUESTRA le indique. El contratista deberá informar a CLÍNICA NUESTRA de cualquier reclamo que vaya a

realizar. Archivar toda la información que se produzca como consecuencia o con ocasión del

presente contrato. Responder por todas las fallas, errores, negligencias, anomalías, inconsistencias que se

presenten en desarrollo de la ejecución del presente contrato.

Dar cumplimiento a todas las normas legales, técnicas o de otra índole en la ejecución del

presente contrato. 5.2.4 Principales obligaciones a cargo de CLÍNICA NUESTRA. CLÍNICA NUESTRA asumirá en el contrato las obligaciones que se derivan de la naturaleza

del contrato y las que le corresponden de acuerdo con la oferta aceptada por ella. 5.2.5 Sistema de contratación y remuneración. Para la ejecución del servicio, el sistema de contratación y remuneración será variable,

correspondiente a la suma que resulte de multiplicar los puestos de vigilancia fija y móvil

establecidos por el número de horas prestadas en el mes más las horas adicionales

causadas en el mes pertinente. El valor del contrato será ajustado anualmente con base en

las tarifas autorizadas por la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada. 5.2.6 Forma de pago del contrato. Se pagará mes vencido, noventa (90) días hábiles después de la fecha de radicación de la

factura. Se recibirá la factura el día 25 de cada mes o el día hábil siguiente si dicho día no es

hábil. 5.2.7 Instrumentación del eventual contrato.

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20

El proponente que resulte seleccionado se obliga a devolver el contrato a CLÍNICA

NUESTRA debidamente firmado y con los respectivos documentos exigidos por CLÍNICA

NUESTRA, dentro de los 4 días hábiles siguientes a la fecha en que le sea comunicado por

CLÍNICA NUESTRA que el documento se encuentra listo para ser firmado, luego de que las

partes hayan estado de acuerdo en su contenido. En caso de que el contratista incumpla el

término aquí señalado y no entregue a CLÍNICA NUESTRA oportunamente firmado el

contrato y los documentos atrás señalados, CLÍNICA NUESTRA podrá:

1. Imponerle multas del uno por mil (0.1%) sin superar la suma de 10 SMMLV por

cada día de retardo una vez cumplido el plazo antes señalado. Esta multa se

cobrará hasta que el contratista allegue el contrato y los documentos requeridos

para su legalización.

2. Desistir de contratar lo previsto, sin que se genere indemnización alguna y sin

que se requiera para ello notificación de cualquier naturaleza. Si se suscribe el contrato y se legaliza por fuera del tiempo o plazo estipulado, EL

CONTRATISTA acepta que CLÍNICA NUESTRA podrá descontar el valor de las multas de

las sumas que llegue a adeudarle al CONTRATISTA, ya sea en virtud de este contrato o de

cualquier otro que se haya suscrito entre las mismas partes, o por cualquier otro concepto,

sin perjuicio de hacer efectiva la garantía de cumplimiento del contrato, en caso de que

exista. 5.2.8 Pólizas.

CLÍNICA NUESTRA podrá exigir la constitución de las pólizas indicadas a continuación, con

los siguientes valores asegurados y con las vigencias en cada caso indicada:

Tipo de póliza Valor mínimo Asegurado.

Vigencia mínima de la

Póliza.

Póliza de responsabilidad civil extracontractual que incluya responsabilidad civil profesional vigente para empresas de vigilancia, exigida por la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada

1000 SMMLV vigencia del contrato

Póliza de cumplimiento 15% del valor anual del contrato

Vigencia del contrato y dos meses mas

Póliza de calidad 15% del valor anual del contrato

Vigencia del contrato y dos meses mas

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Póliza de pago de prestaciones sociales 5% del valor anual del contrato

Vigencia del contrato y tres años mas

CLÍNICA NUESTRA exigirá que las pólizas sean expedidas por aseguradoras autorizadas

para funcionar en Colombia en el ramo respectivo. Las pólizas deberán ser expedidas a

favor de CLÍNICA NUESTRA. CLÍNICA NUESTRA exigirá que en

las pólizas que sean pertinentes, o en un documento separado la compañía de seguros se

adhiera al pacto arbitral suscrito entre el contratista y CLÍNICA NUESTRA. La iniciación del contrato se encuentra supeditada a la aprobación de CLÍNICA NUESTRA,

de las pólizas con la respectiva constancia del pago de la prima. 5.2.9 Control y supervisión del contrato. CLÍNICA NUESTRA ejercerá el control técnico y administrativo del eventual contrato y de su

correcto cumplimiento a través de la Jefatura de Seguridad de CLÍNICA NUESTRA. 5.2.10 Cláusula compromisoria. CLÍNICA NUESTRA incorporará al contrato una cláusula compromisoria de lasiguiente

forma: CLÁUSULA COMPROMISORIA. Cualquier diferencia, conflicto o incumplimiento que surja

entre las partes con ocasión de la suscripción, ejecución, interpretación, terminación o

liquidación del presente contrato, será sometido a la decisión de un Tribunal de Arbitramento,

que se sujetará a las normas vigentes sobre la materia y se regirá especialmente, por las

siguientes reglas:

1. El Tribunal estará integrado por un árbitro nombrado de común acuerdo entre las

partes. En caso de que las partes no puedan ponerse de acuerdo en el

nombramiento del árbitro dentro del mes siguiente al surgimiento de la diferencia,

el nombramiento se delega de forma directa al Director del Centro de Arbitraje y

Conciliación de la Cámara de Comercio de Cali para que lo designe conforme al

reglamento del Centro de Arbitraje y Conciliación de la Cámara de Comercio de

Cali.

2. El Árbitro deberá ser abogado colombiano, inscritos en las listas de árbitros del

Centro de Arbitraje y Conciliación de la Cámara de Comercio de Cali.

3. La organización interna del Tribunal se sujetará a las reglas previstas para el

efecto por el Centro de Arbitraje y Conciliación de la Cámara de Comercio de

Cali, en lo no regulado en la presente cláusula.

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4. El Tribunal funcionará en la ciudad de Cali, en el Centro de Arbitraje y

Conciliación de la Cámara de Comercio de Cali.

5. El Tribunal decidirá en derecho y su fallo tendrá efectos de cosa juzgada material

de última instancia y en consecuencia, será final y obligatorio para las partes, sin

perjuicio del recurso de nulidad que consagra la Ley.

6. Los costos que se causen con ocasión de la convocatoria del Tribunal estarán a

cargo de la parte vencida. 5.2.11 Indemnidad por reclamaciones de terceros. CLÍNICA NUESTRA incorporará en el contrato cláusulas por medio de las cuales el

contratista se compromete a mantenerla indemne patrimonialmente contra toda reclamación

de terceros relacionada con la ejecución del contrato. La indemnidad deberá garantizarse

frente a reclamaciones judiciales o administrativas y frente a las reclamaciones laborales o

no laborales. La cláusula de indemnidad incorporará como obligaciones del contratista:

a. La de defender a CLÍNICA NUESTRA en el proceso judicial o en el

procedimiento administrativo de que se trate.

b. La de indemnizar a CLÍNICA NUESTRA cualquier daño padecido como

consecuencia de la acción o la omisión de sus dependientes o subcontratistas.

c. La de pagar las indemnizaciones que pudieren imponerse a cargo de CLÍNICA NUESTRA.

5.2.12 Cláusula penal. CLÍNICA NUESTRA incorporará al contrato una cláusula penal para el caso en que el

contratista incumpla sus obligaciones. De acuerdo con ella, la inejecución absoluta, la

ejecución tardía o la ejecución imperfecta de cualquier obligación darán derecho a CLÍNICA

NUESTRA a aplicar una sanción del 30% del valor total del contrato. El pago de la cláusula

penal no exime al contratista del cumplimiento de la prestación principal ni del pago de la

indemnización o la posibilidad de que

CLÍNICA NUESTRA de por terminado el respectivo contrato de manera anticipada y sin lugar

al reconocimiento de indemnización alguna. 5.2.13 Multas y Sanciones. CLÍNICA NUESTRA previo análisis de parte del órgano competente, impondrá multas diarias

hasta del uno por ciento (1%) del valor total o estimado del contrato que se incumpla, hasta

que el contratista cese la conducta que dio origen a la multa o hasta cumplir un porcentaje

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máximo del quince por ciento (15%), por el incumplimiento parcial o total de las obligaciones

contraídas por el contratista, en los siguientes eventos:

a) Por el incumplimiento de cualquiera de las obligaciones estipuladas en el

contrato o en sus anexos, dentro del plazo contractual previsto para cada una de

ellas.

b) Por haber cumplido las obligaciones imperfectamente.

c) Por la desatención a las órdenes escritas o verbales impartidas por CLÍNICA

NUESTRA o sus delegados. Las multas se causarán por el solo hecho del incumplimiento del contratista, sin que sea

necesaria reconvención previa para constituirlo en mora. En el evento que se haya otorgado un término para subsanar el incumplimiento y éste se

cumpla sin que el contratista cumpla la obligación, CLÍNICA NUESTRA podrá aplicar la

cláusula penal, y en caso que se configure un incumplimiento grave, podrá terminar

unilateralmente el contrato. El contratista acepta que el monto de las multas podrá ser descontado de las sumas

pendientes de pago a favor del contratista o de la retención en garantía. CLÍNICA NUESTRA

podrá adicionalmente al cobro de las multas previstas, hacer efectivas las garantías

contractuales. 5.2.14 Confidencialidad. CLÍNICA NUESTRA incorporará al contrato obligaciones de confidencialidad. Por las

obligaciones de confidencialidad, el contratista se comprometerá a no comunicar a terceros

información confidencial de CLÍNICA NUESTRA, y a evitar que sus

empleados o subcontratistas divulguen la información que hayan conocido por su calidad de

tales.

5.2.15 Duración. La vigencia del contrato será de un (1) año. CLÍNICA NUESTRA podrá dar por terminado el

contrato en cualquier momento durante su vigencia o cualquiera de sus prórrogas, sin que

dicha terminación genere responsabilidad alguna a CLÍNICA NUESTRA u otorgue al

contratista derecho a indemnización alguna.

5.2.16 Cesión del contrato. EL CONTRATISTA no estará facultado para ceder el presente contrato nisubcontratar la

realización de su objeto, sin autorización previa y por escrito de CLÍNICA NUESTRA. Es

entendido que en ningún caso la cesión o el subcontratoeximirán al contratista escogido, de

su responsabilidad para con CLÍNICA NUESTRA en el caso de aceptarse la cesión.

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5.2.17 Causales de terminación. Además de otras causales previstas en el presente documento, el contrato terminará:

a. Por incumplimiento de las obligaciones de las partes contratantes.

b. Cuando la calidad de alguno de los aspectos de la prestación del servicio no

sea aceptable por no ajustarse a lo dispuesto en el contrato.

c. Por el vencimiento del término de duración.

d. Por decisión unilateral de CLÍNICA NUESTRA y de forma inmediata, en los

siguientes eventos:

1. Por incumplimiento del contratista, en sus obligaciones laborales frente a

sus empleados, (pago de salarios, seguridad social y/o parafiscal).

2. Cuando el contratista (incluidos socios, miembros de la junta directiva o

representantes legales) resulte reportado o figure en una lista de control

de lavado de activos y financiación del terrorismo o sea vinculado en un

proceso judicial por este tipo de actividades, o por actividades

disciplinarias, penales o fiscales.

e. Por mutuo acuerdo entre las partes.

f. Por la terminación anticipada del Contrato vigente.

g. Cuando el contratista se encuentre incurso en cualquier causal de inhabilidad

o incompatibilidad para contratar con CLÍNICA NUESTRA. 5.2.18 Otras condiciones contractuales. CLÍNICA NUESTRA podrá incluir en el respectivo contrato, términos adicionales a

losseñalados en este documento que sean pertinentes para la regulación de la relación

contractual. Fin de los términos de invitación a proponer.

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ANEXO No. 1

CARTA PRESENTACIÓN Santiago de Cali, Señores Clínica Nuestra Paola Andrea Murillo Pineda Dirección Administrativa Ciudad Referencia: Convocatoria No. 001 del 15 de septiembre de 2017 para la contratación del

servicio de vigilancia y seguridad privada que garanticen la adecuada protección de las

personas, bienes e inmuebles de propiedad de la SOCIEDAD N.S.D.R. S.A.S. – CLÍNICA

NUESTRA, en la modalidad fija y móvil de acuerdo con la normatividad vigente para la

actividad de vigilancia y seguridad privada.

El suscrito ______________________, identificado con la C.C. No._________________obrando en nombre y representación legal de_____________________ , atentamente se permite presentar propuesta dentro del proceso de selección de contratistas citado en la referencia. Así mismo declaro:

1. Que la propuesta y el contrato que se llegue a celebrar, sólo compromete al firmante.

2. Que ninguna entidad o persona distinta, tiene interés comercial en esta propuesta, ni

en el contrato que de ella pueda derivarse.

3. Que acepto expresamente las condiciones, especialmente indicadas de la invitación a

proponer.

4. Que acepto las condiciones relacionadas con los aspectos técnicos solicitados en el

Capítulo 4 y Anexo 4 (Especificaciones Técnicas) de esta invitación a proponer.

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5. Que no me encuentro incurso dentro de las inhabilidades e incompatibilidades de que

trata el código de ética de CLÍNICA NUESTRA y estoy habilitado legalmente para

desarrollar las actividades objeto del eventual contrato.

6. Que en caso de resultar favorecido con la adjudicación de un contrato me

comprometo a firmarlo, legalizarlo y constituir las garantías exigidas en el mismo.

7. Que dispongo de la capacidad administrativa necesaria para ejecutar el eventual

contrato y cumpliré cabalmente con las obligaciones que surjan del mismo, con los

términos de referencia y con los ofrecimientos hechos en mi oferta.

8. Que los valores ofrecidos incluyen todos los impuestos, tasas y contribuciones

nacionales, departamentales y municipales y los costos directos e indirectos para la

ejecución del contrato.

9. Que he revisado y aceptado incondicionalmente el contenido del documento

denominado “PROCEDIMIENTO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO.

10. PARA CONTRATISTAS Y SUBCONTRATISTAS”. Así mismo, me comprometo a

cumplir todas las obligaciones y deberes que allí se me imponen como contratista (le

imponen a la sociedad que represento)

Atentamente, NOMBRE Proponente NIT NOMBRE DE QUIEN SUSCRIBE LA CARTA DE PRESENTACIÓN CC No. ______________ De __________ Dirección ___________________________ Teléfono __________________________ Fax_______________________________ Correo electrónico___________________ Ciudad____________________

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ANEXO 2

CRONOGRAMA DEL PROCESO

ETAPA FECHA

Apertura de la invitación 15 de Septiembre de 2017.

Fecha de visita obligatoria y audiencia aclaratoria para presentar preguntas.

20 de Septiembre de 2017 a las 14:00 Horas en el auditorio de la clinica nuestra en la direccion Calle 10 # 33 – 51.

Cierre de la invitación. 22 de Septiembre de 2017 a las 16:00 horas área de contrataciones, Jackeline Camacho en la direccion Carrera 33 # 10 -12 sede administrativa.

Publicación de oferente seleccionado.

28 de Septiembre de 2017.

Legalización de contrato. 28 de Septiembre de 2017.

Fecha inicio de contrato. 01 de Octubre de 2017 a las 00:00 horas.

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ANEXO 3

DECLARACIÓN DE CÓDIGO DE ÉTICA Y BUEN GOBIERNO

Por medio de la suscripción del presente documento, declaro que: He revisado y aceptado incondicionalmente el contenido del documento denominado

“Código de Ética y Buen Gobierno” y declaro que no me encuentro incurso (la sociedad que

represento no se encuentra incursa) en ninguna de los supuestos allí consagrados que

podrían impedirle (impedirme) contratar con la SOCIEDAD N.S.D.R. S.A.S.- CLÍNICA

NUESTRA, Así mismo, me comprometo a cumplir todas las obligaciones y deberes que allí

se me imponen como contratista (le imponen a la sociedad que represento).En caso de que

en algún momento, tenga alguna sospecha de que puedo estar incurso (la sociedad que

represento pueda estar incursa) en alguno de los supuestos mencionados, me obligo a

informar esta situación inmediatamente a la SOCIEDAD N.S.D.R. S.A.S.- CLÍNICA

NUESTRA.

En caso de que esta concluya que efectivamente se configura alguno de los supuestos,

acepto que el contrato que llegare a celebrar sea terminado unilateralmente por la

SOCIEDAD N.S.D.R. S.A.S.- CLÍNICA NUESTRA, sin que ello genere el pago de

indemnización alguna. Nombre – Proveedor: ___________________________

Número de Identificación: NIT C.C. Otro _________________ Nombre del Representante Legal: ______________________ Firma: _______________________ Fecha de la Declaración: ___________________

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ANEXO 4

ESPECIFICACIONES TÉCNICAS

SOCIEDAD N.S.D.R. S.A.S.- CLÍNICA NUESTRA, está interesada en recibir ofertas o

propuestas para contratar los servicios de vigilancia y seguridad privada que garanticen la

adecuada protección de las personas, bienes e inmuebles, en la modalidad fija y móvil de

acuerdo con la normatividad vigente para la actividad de vigilancia y seguridad privada.

Para ello el proponente acepta y garantiza, mediante la presentación de este anexo,

debidamente firmado por el representante legal, que cumple, acepta y garantiza a

SOCIEDAD N.S.D.R. S.A.S.- CLÍNICA NUESTRA, el acatamiento de todas las

especificaciones técnicas aquí descritas.

El servicio se prestará bajo exclusiva responsabilidad del contratista, por tanto en la

prestación del servicio de Vigilancia y Seguridad Privada en cada uno de los puestos

señalados, deberá suministrar todos los recursos de personal, medios tecnológicos, medios

de comunicación, detectores de metales, armas, controles de personal, coordinación y

supervisión, capacitación y demás requerimientos tendientes a lograr la adecuada, suficiente

y eficiente prestación del servicio de vigilancia y seguridad privada, de acuerdo con las

condiciones técnicas establecidas en los términos de invitación y en el presente Anexo.

1. Acepto que CLÍNICA NUESTRA consulte cualquier base de datos nacional o

internacional, incluida la consulta en Sistema de Administración de Riesgo de

Lavado de Activos y de la Financiación del Terrorismo – SARLAFT. 2. Garantizo el cumplimiento de todas las disposiciones legales y reglamentarias

que regulan la prestación del servicio objeto de la invitación como son: a) Decreto Ley 356 de 1994, conocido como el Estatuto de Vigilancia y

Seguridad, el cual rige todas las actividades relacionadas con el servicio. b) Decreto 4950 de 2007 que impone las tarifas para los servicios de

Vigilancia y Seguridad Privada. c) Las circulares externas No. 201532000000255 del 30 de diciembre de

2015 y No. 20163200000015 del 5 de enero de 2016, por medio de la cual

se reglamenta el Decreto 4950 de 2007. d) Todas las demás normas que modifiquen, aclaren, adicionen o

complementen las normas mencionadas o que regulen expresamente los

servicios de Vigilancia y Seguridad Privada. 3. La sociedad que represento tiene una antigüedad mínima de diez (10) años de

constitución. 4. La Sociedad que represento tiene oficina de operación permanente y

representación en la ciudad de Santiago de Cali, en la cual se encuentra un jefe

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de operaciones quien cuenta con formación y experiencia suficiente para el

cargo y tendrá como función servir de contacto y enlace permanente entre

CLÍNICA NUESTRA y el proponente seleccionado para la coordinación efectiva

de los servicios objeto de esta de invitación. CLÍNICA NUESTRA se reserva la

facultad de realizar en cualquier momento visitas de verificación. 5. Garantizo que en caso de resultar seleccionada la empresa que represento

prestará el servicio en los sectores, horarios, número de puestos requeridos y

demás aspectos que se indican en la convocatoria. CLÍNICA NUESTRA se

reserva la opción de realizar modificaciones, de acuerdo con las necesidades

temporales o permanentes de servicio de la CLINICA. 6. Garantizo que la empresa que represento presta los servicios en las

modalidades de vigilancia fija y móvil, a través de vigilantes con y sin armas y

está legalmente autorizada para ello. 7. Garantizo que al momento de presentar la propuesta la empresa que represento

cuenta con la licencia vigente, expedida por un término mínimo de 10 años, de

funcionamiento para empresa con armas y sin armas otorgada por la

Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada, que incluye la utilización de

medios tecnológicos en la prestación de su servicio, documento que adjunto con

mi propuesta.

9. Garantizo que la empresa que represento dispondrá de los siguientes elementos

para la prestación del servicio: a) Un (1) radio con dos (2) baterías para cada puesto de vigilancia. b) Control de supervisión física y electrónica de rondas. c) Revolver calibre 38mm largo para uso de los vigilantes y supervisor de

puesto. Las armas deben tener dos cargas por cada una, con los

accesorios necesarios y los respectivos permisos aplicables vigentes. d) Cuatro (4) detectores manuales de metales marca GARRET.

10. El proponente seleccionado deberá cumplir con las siguientes obligaciones: a) Entregar un protocolo de descripción de los puestos y sus funciones. b) Entregar un organigrama del centro de operaciones. c) Entregar un protocolo para la administración de reportes y comunicados

de seguridad. d) Entregar estudio de seguridad física de las instalaciones de CLÍNICA

NUESTRA dentro de los dos (2) meses siguientes a la firma del contrato. e) Realizar durante la vigencia del contrato la práctica de quince (15) pruebas

de polígrafo a las personas que CLÍNICA NUESTRA determine. 11. Acepto que la Sociedad que represento celebrará bajo su responsabilidad un contrato

de trabajo directamente con cada una de las personas que conformen el personal que

asigne a CLÍNICA NUESTRA y que el personal no se contratará a través de

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cooperativas, empresas de servicios temporales u otras figuras donde el personal no

sea nómina directa del proponente.

12. Garantizo que en caso de ser seleccionada la compañía que represento el personal

que se asigne para el cumplimiento del contrato debe haber sido sometido a un

proceso de selección que incluya como mínimo la etapa de entrevista, así como un

estudio de seguridad que incluya mínimo visita domiciliaria, prueba de polígrafo,

referenciación, verificación de antecedentes en las instituciones de seguridad del

Estado tales como procuraduría, contraloría, policía nacional y Fiscalía, además

dispone de la credencial otorgada por la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad

Privada.

CLÍNICA NUESTRA puede solicitar copia de los informes de selección y estudio de

seguridad para evidenciar la aptitud de los trabajadores asignados al servicio. Los

gastos del estudio de seguridad deber ser asumidos por el contratista.

CLÍNICA NUESTRA se reserva el derecho de solicitar mayores estudios del personal

que a su juicio no ofrezca las garantías de seguridad suficientes, así como el derecho

de revisar y aprobar la selección del personal asignado al contrato. 13. Garantizo que los procedimientos de selección para el personal asignado a CLÍNICA

NUESTRA, serán realizados por personal calificado en las instalaciones del

proponente. 14. Garantizo que en cumplimiento de las obligaciones legales, especialmente las de

carácter laboral, respecto del personal asignado para el cumplimiento del objeto de la

presente invitación, específicamente en lo que se refiere al pago de salarios,

prestaciones sociales, indemnizaciones, aportes fiscales y parafiscales, afiliación y

pago de los aportes al régimen de seguridad social en salud, pensión y riesgos

laborales. Todo lo anterior con los respectivos incrementos de ley. El incumplimiento o

retraso establecido en el presente numeral, a criterio de CLÍNICA NUESTRA, dará

lugar a la terminación anticipada del contrato con el proponente seleccionado sin lugar

a requerimiento previo por parte de CLÍNICA NUESTRA o al pago de indemnización

alguna a favor del proponente seleccionado.

15. Acepto que en caso de resultar seleccionado, en la ejecución del contrato se deberá

adjuntar a la factura mensual una fotocopia de los recibos de pago de los aportes

parafiscales y seguridad social del personal asignado a CLÍNICA NUESTRA, el

incumplimiento de esta obligación dará lugar a la terminación inmediata y anticipada

del contrato sin lugar a: (i) requerimiento previo de cumplimiento alguno y (ii) al pago

de perjuicio o indemnización alguna por parte de CLINICA NUESTRA.

16. Acepto que en caso de resultar seleccionado, la empresa que represento programará

los turnos requeridos y los respectivos descansos del personal asignado a CLÍNICA

NUESTRA de acuerdo con la ley.

17. Acepto que en caso de resultar seleccionado, en la ejecución del contrato la empresa

que represento mantendrá actualizados y a disposición de CLÍNICA NUESTRA los

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libros de vacaciones donde se registre el disfrute por parte de los funcionarios

asignados a CLÍNICA NUESTRA, de acuerdo con lo establecido por ley.

18. Garantizo que la empresa que represento cuenta con un programa de seguridad y

salud en el trabajo que da cumplimiento a la normatividad legal vigente y que incluye

el cronograma de actividades para el año de acuerdo con los riesgos asociados a la

labor que van a desempeñar, la inducción sobre prevención de riesgos, elementos de

protección personal y condiciones de seguridad e higiene industrial y medicina del

trabajo, de la misma manera cumplir con los lineamientos de seguridad y salud en el

trabajo para contratistas definido por CLINICA NUESTRA (Anexo 5). En caso de

resultar seleccionada la empresa que represento me comprometo a entregar a

CLÍNICA NUESTRA dentro de los 8 días hábiles siguientes al cumplimiento de los

requisitos de ejecución del contrato el programa de seguridad y salud en el trabajo

antes mencionado.

19. Acepto que en caso de ser seleccionada la empresa que represento capacitará al

personal que destine para el cumplimiento de las actividades objeto de esta invitación,

en servicio al cliente y garantizo que el personal cumple con las capacitaciones

realizadas por la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada, para lo cual

adjuntará las constancias respectivas y credenciales actualizadas.

20. Así mismo, acepto que CLÍNICA NUESTRA, podrá exigir o solicitar capacitaciones

adicionales relacionadas con el objeto de la presente invitación, de acuerdo con las

exigencias que reporte para los cargos que debe proveer el proponente seleccionado.

En cualquier tiempo CLÍNICA NUESTRA podrá verificar el cumplimiento de las

capacitaciones que el proponente se obliga a impartir al personal asignado para la

labor.

21. Garantizo que en caso de ser seleccionada la empresa que represento pondremos a

disposición de CLÍNICA NUESTRA todo el personal requerido en el contrato. 22. Garantizo que la compañía que represento cuenta con personal disponible para cubrir

las eventualidades que puedan presentarse con el personal que prestará el servicio

en CLÍNICA NUESTRA; las modificaciones programadas en la prestación del servicio

se comunicaran por escrito con una anterioridad mínimo de 1 día a la aplicabilidad del

cambio o modificación. De la misma manera garantizo personal adicional que se

pueda requerir de acuerdo con las necesidades temporales o permanentes del

servicio.

23. Garantizo que cada vez que se cambie o rote el personal asignado a CLÍNICA

NUESTRA se enviará la información relacionada con el cumplimiento de los requisitos

de capacitación, credenciales, procesos de selección, estudios de seguridad, hoja de

vida y los demás aspectos descritos en el presente anexo. 24. Me comprometo a que en caso de resultar seleccionada la empresa que represento

exigirá y controlará que el personal que se asigne a CLÍNICA NUESTRA en el día del

turno portara los siguientes documentos:

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Carné de identificación, debidamente diligenciado y con foto

reciente, Cédula de Ciudadanía.

Carné vigente de la EPS o documento que acredite el derecho para

ser atendido en caso de presentarse alguna situación médica. Carné A.R.L. Permisos necesarios para el porte de armas si se requiere.

25. Acepto que en caso de ser seleccionada la empresa que represento dotará al

personal asignado a CLÍNICA NUESTRA de los elementos indispensables para la

prestación del servicio, tales como pitos, bolillos, linternas, impermeables, guantes de

seguridad livianos, dotación para invierno, protectores de nariz, guantes, overol y

demás elementos necesarios para la correcta prestación del servicio, los cuales

deben estar acordes con los lineamientos y características aprobadas por la

Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada. 26. Garantizo que el personal asignado a la prestación del servicio estará completamente

uniformado de acuerdo con lo señalado por la Superintendencia de Vigilancia y

Seguridad Privada de acuerdo a las Resoluciones 2852 de 2006, 5351 de 2007 y

cualquier norma que la modifique, adicione, aclare y complemente. 27. En caso de resultar seleccionada la empresa que represento acepto y me

comprometo a proporcionar al personal de control y operativo destinado para la prestación del servicio, las dotaciones de ley y los uniformes, que cumplan con la normatividad vigente establecida y autorizada por la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada. El uniforme debe ser homogéneo para todos los guardas de seguridad que presten servicios. Para la firma del acta de iniciación del contrato, acreditare haber entregado la dotación mínima para la correcta prestación del servicio, a la totalidad del personal destinado a la prestación del servicio tanto como a los controladores como al personal operativo, dicha condición será verificada por los Supervisores de los contratos.

28. Acepto que CLÍNICA NUESTRA realice una evaluación del servicio prestado antes de

la fecha estipulada para la terminación del contrato, con el fin de evaluar la

continuidad del servicio, sin perjuicio de las evaluaciones mensuales que podrá

efectuar con los informes periódicos solicitados.

29. Presento con mi propuesta los siguientes documentos de carácter técnico:

a) Copia de la Resolución vigente expedida por el Ministerio de

Comunicaciones, mediante la cual se otorga el permiso para la utilización de

frecuencias radioeléctricas, el uso de espectro radioeléctrico, actividades de

telecomunicaciones, autorización de red privada y la utilización de equipos de

radiocomunicación. La licencia debe encontrarse vigente al momento de la

presentación de la propuesta, y en caso de suscripción del contrato debe

cubrir el término de ejecución del mismo. En el evento que el término de

vigencia sea menor al señalado y de ser adjudicado el contrato, el

proponente seleccionado se encuentra en la obligación de realizar los

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trámites correspondientes para mantener la vigencia señalada, dentro de los

términos establecidos en el Decreto 930 de 1992 y demás disposiciones

concordantes. En caso de que el proponente vaya a usar otro sistema de

comunicación que no requiera el permiso citado en el presente numeral

deberá señalar en la propuesta técnica como cumplirá con la exigencia de

comunicación e indicará en la carta de presentación de la propuesta que se

compromete a suscribir los contratos respectivos con las empresas de

comunicaciones para asegurar el servicio. En todo caso para el inicio del

contrato deberá tener la infraestructura de comunicaciones que se requiera.

b) Autorización vigente del Ministerio de Trabajo para laborar horas extras.

c) Certificación expedida por la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad

Privada en la cual conste no haber sido sancionado durante los cinco (5)

años anteriores a la fecha de presentación de la oferta. Dicha certificación

debe tener una fecha de expedición no mayor noventa (90) días hábiles.

d) Copia de la licencia de funcionamiento vigente expedida por un término

mínimo de diez (10) años por la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad

Privada, en el cual se autoriza el servicio con armas y sin armas y la

utilización de medios tecnológicos de conformidad con la legislación vigente.

La licencia debe encontrarse vigente al momento de la presentación de la

propuesta y en caso de suscripción del contrato debe cubrir el término de

ejecución del mismo. En el evento que el término de vigencia sea menor al

señalado y de ser adjudicado el contrato, el proponente seleccionado se

encuentra en la obligación de realizar los trámites correspondientes para

mantener la vigencia señalada, dentro de los términos establecidos en el

Decreto 356 de 1994 artículo 85 y demás disposiciones concordantes.

e) Constancia de afiliación a la Red de Apoyo y Solidaridad Ciudadana. f) Póliza de seriedad de la oferta por el 10% del valor anual del contrato. g) Póliza de responsabilidad civil extracontractual que incluya responsabilidad civil

profesional vigente para empresas de vigilancia, exigida por la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada por un monto no inferior a 1000 SMLMV.

Adjudicado el contrato se aportara las siguientes pólizas adicionales;

Póliza de cumplimiento por el 15% del valor anual del contrato con una

vigencia de la duración del contrato y dos meses más.

Póliza de calidad por 15% del valor anual del contrato con una vigencia

de la duración del contrato y dos meses más.

Póliza de pago de prestaciones sociales por el 5% del valor anual del

contrato con una vigencia de la duración del contrato y tres años más.

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h) Descripción detallada del estudio seguridad que aplicará en su empresa, así

como el tiempo que se tarda en realizar el estudio de seguridad del personal

asignado a CLÍNICA NUESTRA desde que esta hace el requerimiento.Una fotografía

del uniforme autorizado con la correspondiente licencia de uso, vigente, otorgada por

la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada.

i) El proponente deberá anexar copia de la licencia de funcionamiento vigente

de la Escuela de Capacitación y Entrenamiento en Vigilancia y Seguridad Privada o

del Departamento de Capacitación de la Empresa en caso de que lo tenga y este

autorizada por la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada, que provea

enseñanza, capacitación, entrenamiento y actualización de conocimientos

relacionados con vigilancia y seguridad privada a su personal. En caso de que el

proponente no posea escuela de capacitación, deberá anexar una certificación

vigente de la Escuela en la cual se capacita a su personal, en que conste que la

empresa de vigilancia recibe capacitación allí. En caso de suscripción del contrato la

licencia debe cubrir el término de ejecución del mismo. En el evento que el término

de vigencia sea menor al señalado y de ser adjudicado el contrato, el proponente

seleccionado deberá indicar en la carta de presentación de la oferta, que se

compromete a realizar los trámites correspondientes con el tiempo suficiente para

mantener la vigencia durante todo el tiempo antes citado.

j. Copia del permiso vigente para uso de armas de fuego de acuerdo con los

requisitos establecidos en el Título IX del Decreto 2535 del 17 de Diciembre de 1993,

así como informar que cuenta con todos los permisos y salvoconductos requeridos de

conformidad con las normas legales para el uso de armas

35. Garantizo que el personal seleccionado para el cargo de Supervisor cuenta con

destreza en el manejo de personal, empleo de armas de fuego, uso de equipo

de comunicaciones, experiencia en la administración de crisis de orden

operativo y está debidamente certificado (credencial vigente) como Supervisor

por parte de la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada.

36. Acepto que en caso de resultar seleccionada la empresa que represento previo

al inicio a la ejecución del objeto contratado entregará al supervisor del contrato

de CLÍNICA NUESTRA las certificaciones que acrediten el cumplimiento de la

experiencia solicitada al personal que integra el dispositivo de seguridad y las

credenciales vigentes emitidas por la Superintendencia de Vigilancia y

Seguridad Privada.

37. Acepto que en caso de resultar seleccionada la empresa que represento, si se

requiere el cambio de algún miembro del dispositivo de seguridad, ésta pondrá a

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disposición de CLÍNICA NUESTRA una persona que cumpla todas las

condiciones establecidas en esta invitación a proponer.

38. Acepto que una vez ocurrido un incidente de seguridad el supervisor del

contrato o quien este delegue deberá informar al proponente que resulte

seleccionado a fin de realizar las investigaciones correspondientes en el lugar

del incidente. Dentro de los cinco (5) días siguientes a la notificación del

incidente el proponente seleccionado deberá entregar el respectivo informe en el

que se sustente la asignación de responsabilidades si fueren del caso. Se

entiende por incidente de seguridad física, cualquier hecho o evento que afecta

la seguridad personal, la seguridad de la organización, su infraestructura y los

bienes que se encuentren dentro de la misma.

Atentamente, _______________________________________________ Nombre y firma del Representante Legal C.C. No. ………………. Expedida en


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