+ All Categories
Home > Documents > Cuaderno que contiene las comunicaciones oficiales habidas entre el Exmo. Sr. Gobernador y...

Cuaderno que contiene las comunicaciones oficiales habidas entre el Exmo. Sr. Gobernador y...

Date post: 21-Jan-2017
Category:
Upload: dangkhanh
View: 216 times
Download: 2 times
Share this document with a friend
51

Click here to load reader

Transcript
Page 1: Cuaderno que contiene las comunicaciones oficiales habidas entre el Exmo. Sr. Gobernador y comandante general de este Departamento D. Francisco de Paula Toro, y el comandante de la

Cuaderno que contiene las comunicaciones oficiales habidas entre el Exmo. Sr. Gobernador ycomandante general de este Departamento D. Francisco de Paula Toro, y el comandante de laescuadrilla nacional que estuvo en este pnerto, capitan de fragata D. Francisco Reibaud ...Campeche 20 de Diciembre de 1836.Author(s): Yucatan (Mexico: State). and Governor.Source: Foreign and Commonwealth Office Collection, (1836)Published by: The University of Manchester, The John Rylands University LibraryStable URL: http://www.jstor.org/stable/60236052 .

Accessed: 15/06/2014 05:18

Your use of the JSTOR archive indicates your acceptance of the Terms & Conditions of Use, available at .http://www.jstor.org/page/info/about/policies/terms.jsp

.JSTOR is a not-for-profit service that helps scholars, researchers, and students discover, use, and build upon a wide range ofcontent in a trusted digital archive. We use information technology and tools to increase productivity and facilitate new formsof scholarship. For more information about JSTOR, please contact [email protected].

.

Digitization of this work funded by the JISC Digitisation Programme.

The University of Manchester, The John Rylands University Library and are collaborating with JSTOR todigitize, preserve and extend access to Foreign and Commonwealth Office Collection.

http://www.jstor.org

This content downloaded from 195.34.78.81 on Sun, 15 Jun 2014 05:18:42 AMAll use subject to JSTOR Terms and Conditions

Page 2: Cuaderno que contiene las comunicaciones oficiales habidas entre el Exmo. Sr. Gobernador y comandante general de este Departamento D. Francisco de Paula Toro, y el comandante de la

V-^U J

©Tt^BSmif^

Las comunicaciones oficiales habidas entre el Exmo. Sr. Gobernador y Comandante general de este sDepartamento &£. Francisco de Paula Toro, y el comandante de la escuadrilla nacional que estuvo en este pnerto, capitan de fragata D. Francisco Reibaud, con motivo de haber marinado en la costa un buque de su mando al bergantin anglo-americano Avice, que venia a este ipuerto ptocedente del de la Hub ma, e intentado el Sr. Reibaud lleudi selo en clase de pi*esa al puerto de Veracruz, para que alii fuesen cahficados sus papeles de navegacion y reconocido su cargamento, sustrayendo estos ados de la aduana de esta plaza y de lu autoridad del Juzgado de distrito de este depurtartunto, euyos derechos fueron reilamaaos par sus respectivos funcionarios.—Se publi¬ can dichas comunicaciones par disposicion y orden del Exmo. Sr. Gobemador y Comandante general.

Campeche 20 de l^iciembre de 1836. A iyp

Srio. general. />

MERIDA T>E YUCATAN. Oficina de Lorenzo SeguI, imfresor del Gobierno,.

1856.

This content downloaded from 195.34.78.81 on Sun, 15 Jun 2014 05:18:42 AMAll use subject to JSTOR Terms and Conditions

Page 3: Cuaderno que contiene las comunicaciones oficiales habidas entre el Exmo. Sr. Gobernador y comandante general de este Departamento D. Francisco de Paula Toro, y el comandante de la

J

1

This content downloaded from 195.34.78.81 on Sun, 15 Jun 2014 05:18:42 AMAll use subject to JSTOR Terms and Conditions

Page 4: Cuaderno que contiene las comunicaciones oficiales habidas entre el Exmo. Sr. Gobernador y comandante general de este Departamento D. Francisco de Paula Toro, y el comandante de la

OFICIO DEL Sr. JUEZ DE DISTRITO.

Juzgado de distrilo del departamento de Yucatan.— Exmo. Sr.—La urgencia del tiempo no me permite es- plicar con bastante estension los fundamentos en que apo- yo la solicitud que ahora dirijo a V. E. invocando su au- silio, para que sostenga con la fuerza que esta a sus 6r- denes, los decretos que a nombre de la justicia y de las leyes he pronunciado.

D. Tomas Thompson condujo a este puerto el ber- gantin americano Albanis, que ocupo despues de haber sido marinado por un oficial de la comision militar. Ba- jo el concepto de presa 6 de aprehension de contraban- do, de todos modos, la instruccion y resoluoion de la cues- tion a ningun otro que al juzgado de mi cargo puede corresponded porque la Constitution de 24 y todas las leyes .coneordantes no derogadas, |o f.icultan esclusivumen- te para conocer en los asuntos de presas de mar y tier- rfi, y en aquellos que sean del interes de la Nacion.— Aprehension 6 apresamiento, pues el presente lo es da una embarcacion que estaba en las aguas de este depar¬ tamento, y que se dnigia prerisamente a este pueito, i por que principio se daria, en consecuencia, a otro Juzgado de di^trito el conocimieuto de la causa

El comandante de la escuadrilla fundado en una 6r- den general del Gobierno Supremo, que le ordena con- dti'-ir a Veracruz las piesas que haga, se ha resistido, en un descomedido oficio, a reconocer mi jurisdiccinn ; pero ^quiere decir esa orden que el distnto de Yeruciu/, es el linico competente en asuntns de presas y de contra- bandos 1—El buen sentido lo resistP, y tambien las leyes, que ntinca pueden sit violadds ni por el Gobierno mis- mo. La orden debe entendtrse en terminos habiles ; de modo que solo tenga lugar cuando la aprehension 6 apre- samienlo se ha<jan en alta mar o en la comprehension natural de aquel distiito.

i'or estas razones y otras que espondre ampliamen- te, en comunicacion que tendie maiiana la honra de di«

This content downloaded from 195.34.78.81 on Sun, 15 Jun 2014 05:18:42 AMAll use subject to JSTOR Terms and Conditions

Page 5: Cuaderno que contiene las comunicaciones oficiales habidas entre el Exmo. Sr. Gobernador y comandante general de este Departamento D. Francisco de Paula Toro, y el comandante de la

(4) rigir a V. E., le suplico a nombre de la justicia, cuya ejecucion y proteccion le esta encomendada por las leyes, co- iiio a representante del poder ejecutivo nacional, se sir- v-a apoyar mi jurisdiccion impidiendo la salida del barco aprehendido, y no permitiendo sea conculcada mi autoridad legal.

Tengo la honra de reproducir a V. E. las protestas de mis respi tos y muy alta consideracion.

Dios y ley. Campeche, Octubre l.c de 1836..—Die¬ go Santa-Cruz.—Exmo. Sr. Gobernador y Comandante general de este departamento.

OFICIO DE S. E. EL GOBERNADOR.

Gobierno superior del departamento de Yucatan.—Con fecha de este dia me dice el Juez de distnto cle este de-

pal tamento lo que copio. (Aqui el oficio anterior.)

Y lo inserto a V. para su tonocimiento, manifestan- dole que estando en mis deberes el sostener las autori- dades constituidas, me hallo en el caso de prestar el apo- yo que solicita el Juez de distrito en el egercicio de sus funciones, y esperando como no lo dudo, que por parte de V. se sujctara a su autoridad, en los actos que com- petan a su jurisdiccion.

Dios y libertad. H. Campeche, Octubre l.Q de 1836. —Francisco Toro.—Juan E. de Echdnove, pro-secretario. —Sr. comandante de la escuadrilla D. Francisco Reibaud.

OFICIO DEL Sr. JUEZ DE DISTRITO.

Juzgado de Dislrito 'del Departamenlo de Yucatan.— Fxmo. Sr.—La urgencia del tiempo no me permitio ano- cho esponer con la debida estencion los fundamentos del ausilio que pedi a V. E.; hoy, cuando V. E. con su acos- tumbrada pru'ieneiii y energia ha contenido, 6 al menos suspendido el ultiHje violento que se queria inferir a las leyes y a las autondndes constituida*; boy, digo, en com- pliuuento de mi piomesa, debo pieseniar a la alta e ilus-

This content downloaded from 195.34.78.81 on Sun, 15 Jun 2014 05:18:42 AMAll use subject to JSTOR Terms and Conditions

Page 6: Cuaderno que contiene las comunicaciones oficiales habidas entre el Exmo. Sr. Gobernador y comandante general de este Departamento D. Francisco de Paula Toro, y el comandante de la

5 trada autoridad de V. E., los ahtecedentes todos, y las razones que de ellos brotan, para que con plena instruc- cion pueda justamente prestar el tipoyo impartido.

A las dos de la tarde del proximo pasado dia, diri- gf al comandante de la escuadrilla, fondeada en este puer- to, el oficio que a la letra es como sigue.

„ Desde el dia de ayer, el Sr. Comandante de las ar- ma's de esta plaza me dirigio una comuuicacion oficial qiie- jandose de atentados contra su autoridad, y la de los co- misionados paia perseguir el contrabando, cometidos por D. Tomas Tompson. comandante de uno de los barcos de guerra que componen la escuadrilla del mando de V. el cual ocupo al bergantin anglo-americano Albanjsj no obs¬ tante de estar ya~"marinado y bajo la cast'odia de D. Ma¬ teo Remirez, oficial de la comision militar.

En seguida el Sr. administrador de la aduana mari- Irma de este puerto, en oficio del mismo dia, me comu- 'nico que no habia podido cumplir con las urgentes y pe- rentorias funciones de su oficio, por no existir en poder del capitan del buque aprehendido, ni en el de D. Tomss

"Tompson, sino en el de V., los documentos de su des- pac ho mercantil.

Fundadas fueron las quejas de este ultimo funcionario, porque la seguiidad de los intereses nacionales exige, y los reglamentos del ramo previenen, que las operaciones de las aduanas comiencen en el momento mismo en que los bnrcos se pongan al habla, porque la pauta de comisos ordena que los manifestos particuiares y generates de los cargamentos que se conduzcan a nuestros puertos, sean pre- sentados a l.os comisionados de las aduanas, y solamente a

-ellos, en el momento del fondeo; porque Tompson, que solamente podia en todo caso, reputarse como aprehensor

"de una nave que comerciaba clandestinamente, unicamen- te podia conducirla con seguridad al pticrto, y ponerla a disposicion de las autnndndes competentes ; y porque V.,

'Sr. comandante, en fin, cualquiera que sean sus facultade!*, no fiuede absorver las atribuciones, ya economicas, ya ju- diciales, que leyes vigentes y no derogadas por otras le¬ yes, han depositado en diferentes personas-, y diversos cuerpos.

Tor estos principios, que la fria ' y severa razon no puede controvertir, esle juzgiido previjio a la aduana en decieto proveido la taide.de ayer,. que procediese d«sde

This content downloaded from 195.34.78.81 on Sun, 15 Jun 2014 05:18:42 AMAll use subject to JSTOR Terms and Conditions

Page 7: Cuaderno que contiene las comunicaciones oficiales habidas entre el Exmo. Sr. Gobernador y comandante general de este Departamento D. Francisco de Paula Toro, y el comandante de la

(6) luego a detener y asegurar el cargamento, a reclamar los manifiestos, y a todos los demas actos consiguientcs, hasta poner el negocio en estado de dar el parte do- cumentado que exige el reglamento de aduanas.

Juzgue, y debi juzgar bastante este procedimiento, porque debi persuadirme de que las irregularidades que se notaban eran efecto no de una resistenuia formal, sino de una casual imprevision: porque nunca pude creer que se tratase de sustraer el barco y su cargamento de la inspeccion de la aduana, unica legitima, y sin cuyas pre- vias operaciones, nada puede en el orden legal hacer es¬ te juzgado: j cual, pues, habra sido mi sorpresa al recibir en este instante, que son las doce del dia, una cotnuni- cacion del mismo administrador en que me parti ipa, no haber podido obedecer mis prevenciones, por resistirlo el comandante Tompson, a causa de no tener orden de V.

Tompson es sin duda subalterno inmediato de V. ; pero V., el y yo somos subalternos de la ley, que ha dado a las aduanas las funciones esclusivas que se recla- man. Si la orden de V. es necesaria, V. Sr. comandan¬ te, facilmente se persuadira de que debio darla en el me¬ mento mismo en que tuvo noticia del apresamiento.

JJajo dos aspectos puede considerarse la prescnte .cuestion, 6 como de presa, 6 como de aprehension de con- trabando: el primer estreiiio, acaso lo resisten la razon y la ley; pero no es aun llegado e! tiempo de este exa- men: el segundo es, quizas, mas legal, mas justo y mas espedito. Pero en cualquiera de ellos que la recibamos, es de la mas clara evideneia, que este juzgado de dis- trito es el esclusivamente facultado para instruirla y re- solverla, porque la Constitucion de 24, y todas sus leyes concordantes, establecieron su esclusiva ompetencia.' para conocer de asuntos en que se*ventile algun interes nacio- nal, y en los que se trate de presas de mar y tierra. Con- trabando, pues, 6 presa i cual sino el juzgado de este Departamento tendra la jurisdic-ion sobre el barco y car¬ gamento aprehendidos, 6 apresadus en sus aguas

En tal concepto, V. Sr. comandante, debio inmedia- tamente pasar a mis manos todos los documentos de na- vegacion y de comcrcio que fueron encontrados, y debio desde el momento sujeiaiio todo, y sujtitaise V. mismo en este asunio a mi junsdiccion conforme a las leyes y Con los rccuisos que ellas proporcionan. A nombre, pues,

This content downloaded from 195.34.78.81 on Sun, 15 Jun 2014 05:18:42 AMAll use subject to JSTOR Terms and Conditions

Page 8: Cuaderno que contiene las comunicaciones oficiales habidas entre el Exmo. Sr. Gobernador y comandante general de este Departamento D. Francisco de Paula Toro, y el comandante de la

7 de las mismas leyes-, de los inlereses publicos y de la ju¬ risdiccion que ejerzo, pido a V., y confio en que no re¬ sisting la entrega de todos los documentos encontrados abordo de la Albanis.—Igualmente cspero que comunica- ra sus ordenes para que no se oponga ningun obstacuio, y antes bien se de ausilio, como le suplico, a la descar- ga decretnda. En fin, y por una natural consecuencia, tnmbien aguardo que conservara el barco a mi disposi- cion bajo segura custodia.

Con lal motivo, y en la confianza de que procede- ra en todo con la m.iyor posible urgencia por exigirlo la naturaleza sumarfsima del negocio, concluyo protestandole las segundades fie mi aprecio."

A las oraciones de la noche del mismo dia, recibi la contestation que literalmcnte tengo la honra de tras- ladar a V. E.

„ Es en mi poder la nota de V. de esta fecha, cuyo es- tilo no ha dejado de sorpren lermc, pues en el encuen- tro un language bastanle estrufi): debe V. persuadirse que las leye* que V. me cita tantas veces no son des- conocidas para mi, y que la providencia que V. dicto a- yer para que la aduana diese principio a sus funcionr's, la veo como una violoncin, pnrque no se de donde pue- da V. tener conorimiento de la presa que me cita con tantsi seguridad Ultunamente, me es muy desagradable tener quo enfar en esplicaciones a que da lusjar su no¬ ta citada ; y para dar a V. una idea de la facultad con que obro en un caso semejante, transcribe) al pie de la letra un arliculo de las instiuiciones que tengo del Supre¬ mo Gobierno, y es como sigue.—„ En el reconocimiento de los buques estranos usara V. de la mayor circunspec- cion antes de proceder a su detencion por sospechas de contrabando, reconociendo los documentos del buque, y dando sus declaraciones sobre su ilegimitidad en caso que la haya, los principales individuos de ambos buques.

Resueltn la detencion despues de esta circun«pecta con- ducta, se remitira el buque detenido con s-us principales oficiales a disposicion del Juez de distrito de Veracruz, sin permitir que nada se estraiga de su cargamento, antes bion cerrando y sellando sus escotillas." Suplitanclo a V. onuta toda comunicacion oficial en lo suee-ivo.—Dios y. hbertad. Campeche, Octubre 1.° de 183G.—F, Ret- baud."

/ /-:

This content downloaded from 195.34.78.81 on Sun, 15 Jun 2014 05:18:42 AMAll use subject to JSTOR Terms and Conditions

Page 9: Cuaderno que contiene las comunicaciones oficiales habidas entre el Exmo. Sr. Gobernador y comandante general de este Departamento D. Francisco de Paula Toro, y el comandante de la

<8) -. "En este oficio, -monumento de incorreccion, asi como

lo es de oscuridad y confusion, el juicio titubea al cali- ficar que admirara mas, si la inconveniencia de su estilo, o la inesactitud analitica de las pocas ideas que con¬ vene.

LTna instruccion privada del Gobierno Supremo, cu-

ya autenticidad no consta legalmente es, como V. E. ob-

servara, el fundamento unico que se alega pura justificar la ilegal resisteneia, que de un modo tan absoluto y pe- rentorio, se ha opuesto a las legitimas resoluciones de un tribunal legitimamenie conslituido, y universalmente re- conocido.

Nadie duda que segun nuestras leyes vigentes, a cada 'tribunal de justicia corresponde resolver por si, la com-

petencia con que se encuentre investido para conocer de los asuntos ocurrentes. Es del mismo modo cierto que solo otro tribunal, depositario igualmente, en su ramo, de una parte de la jurisdiccion piiblica, puede disputaileen el orden legal, el conocimiento jurisdiccional. Kn fin, es de la mas clara evidencia, que durante la contionda las cosas deben pennanecer en su statu quo, sin variacion per¬ sonal 6 real.

Pues bien, el Juzgado de mi cargo se ha declarado

competente paia conocer de la aprehension por contra- bando 6 del apresamiento, que por la comision militar de

vigilancia, y despues por el comandante de la Bravo, se hizo del bergantin americano Albanis ; i quien ha contra- dicho esta resolucion j,cual es el tribunal competidor 1 El camandante de la escuadrilla es el unico que saltan- do a la arena opone a las influeneias de la razon, los

argumentos de la fuerza. El comandante de la escuadri¬ lla es el unico que revisliendose de una jurisdiccion cu-

yo orfgen no esta escnto en la ley, despieria, conculca

y alropejla, la que por la Constitution, por las leyes, por la delegacion de la soberania nacional, esta demarcada al

juzgado que desempeno. El comanoahle de la escundrilla reclama el cono¬

cimiento para el distrito de Veracruz ; pero i donde es- tan los poderes? donde la comision de aquel juez? don¬ de la autorizacion que le dio, para violar todas las for¬ mulas establecidas con el objeto de dirimir en paz las com*

-petencins [donde la que le rejjalo, sin teneila, para que- brantar el statu quo, y Ilevarse el barco, solo por la pu*

This content downloaded from 195.34.78.81 on Sun, 15 Jun 2014 05:18:42 AMAll use subject to JSTOR Terms and Conditions

Page 10: Cuaderno que contiene las comunicaciones oficiales habidas entre el Exmo. Sr. Gobernador y comandante general de este Departamento D. Francisco de Paula Toro, y el comandante de la

(ft) janza de los cnfiones que coronan las batenas de Iqs-bu- ques que le estan confiados 1

El comandiinte de la escuadrilla alega una mal en- tendida instruccion del Gobierno Supremo; pero i la su- perioridad le dijo en ella, que promoviese competencias, y las cortase por si, de un golpe, cual nuevo Alejandro 1 i pu- do decnle que se conslituyese juez de las determinaciones autenticas de un tribunal de justicia j Que absurdo que munstiuosidud

La. orden del Gobierno le previno, en el sentido que despues veremos, remitiese a Veracruz a 'disposicion del juez de su distrito, los buques que aprehendiese; por que, pues trajo el presente a este puerto j Que i tambien se le faculto para que despues de haber prevenido un juez, ordenando procedimientos urgentes, deje burlada su auto¬ ridad, substrayendole de su poder

El Gobierno Supremo, ejecutor de las leyes, nada pue¬ de ordenar contra ellas; y si alguna vez dicta prevencio- nes inconciliables con leyes terminantes, entonces el que debe aplicarlas, esta en la obligacion de obedecer sin ti- tubear las segundas, representando por respeto contra las primeras, aunque eslen foimalmente cpmunicadas. i Que dircmos, pues, siendo instrucciones privadas, sin autenti¬ cidad ni circulacion Estos principios muy obvios, tendrian en el caso su preferente lugar, si por desgracia fuese le- gitima la inteligencia erronea que se ha querido dar a la instruccion alegada.

La .Constitucion de 24 y sus leyes concordantes, no derogadas, han establucido a los jueces de distrito en ca- da depariamento, para conocer en cada uno de ellos de los contrabandos y de las presas de mar y tierra ; en ca¬ da uno de ellos, pues, los dithos jueres son competentes para fa liar sobre contiabandos y presas maritimas. Pe.ro si la aprehension 6 el apresamiento hecho por el coman- danie de la escuadrilla, en cualquier lugar maritimo que sea, corresponde al distrito de Veracruz, entonces, como que no- la clase de la persona, sino la naturaleza del ca¬ so, es la que estable e la compelencia jurisdiccional, re- sulta el juez de distrito de Veracruz, unico competente en contrabandos y piesas marftimas, contia el tenor li¬ teral de la Con*tiiucion y de las leyes.

La in-truccion general del Gobierno tiene una inteli¬ gencia natuial, y que no envuelve oposiciou con aquellos

to

/J at* This content downloaded from 195.34.78.81 on Sun, 15 Jun 2014 05:18:42 AM

All use subject to JSTOR Terms and Conditions

Page 11: Cuaderno que contiene las comunicaciones oficiales habidas entre el Exmo. Sr. Gobernador y comandante general de este Departamento D. Francisco de Paula Toro, y el comandante de la

(io principios intergiversables. La presa hecha en alta mar no tiene un distrito bastantemente determinado, sin em¬ bargo de que conforme a la ordenanza de corso, pudie- ra atribuirse al mas carcano. Pues bien, esa que no ha sido consiguientemente verificada dentro de la compren- sion natural de ningun distrito, porque el alta mar es nul- lius, esa, y solamente ella, es, digo, la mandada poner a disposicion del distrito de Veracruz. Ninguna ley es, con esto, ofendida, ninguna jurisdiccion violada. Ahora bien, j puede entenderse tal el presente caso, de una apre- hension hecha en las aguas de este departamento, y de un barco que se diriyiu a este puerto 1 i Las costas de Yucatan son alta mar

Todo lo dicho ha partido del concepto supuesto, de que el comandante de la Bravo hizo el apresamiento ; pe- ro esta asercion es contradicha por el ofirial de la co¬ mision militur, especialmente encargado por su gefe el Sr. Comandante de las armas de esta plaza, para perse- guir, detener y marinar este' mismo bergantin Albanis, como ya lo hubia hecho, segun informa, a la llegada de Tompson. Pues bien, si cuando menos, es disputable el principio de que parte el comandante Reibaud para sos- tener sus pretensiones, resulta que apoyandose sobre un terreno movedizo e inseguro, ataca con seguridad los es- tablecimientos rnas firmes y hasia ahora mas respetados: ofende no solamente mi jurisdiccion, sino que tomando lo que es muy dudoso que le pertenezca, usurpa los dere- chos de olro Invocado por el Sr. Comandante de las armas para hacer justicia en esta particular contienda de acciones privadas, el acto ronsiguiente de citacion y 11a- mamientos preventives, y por lo mi?mo inviolables, se re- siste con tenacidad, y aun se pretende substraer el objeto de la disputa.... He aqui,'Sr., la fuerza sin disfraz, convettida en principio y en derecho.

Podria aqui concluir, porque I que mas necesita la ilus- trada protection de V. E. que invoco a nombre de las leyes Sin embargo, aun anadire una de las otras mu- chas razones, que por no ser mas largo omitiie. El car¬ gamento del presente buque peitenece en su totalidad a ciudadanos de este departnmento. Sacarlo, por tanto, de aqui para conducirle a Veracruz, es sacar de su domiei- lio a los individuos, para obtener justicia fuera de el: es desconocer el fuero de las personas, residentes aqui, no

This content downloaded from 195.34.78.81 on Sun, 15 Jun 2014 05:18:42 AMAll use subject to JSTOR Terms and Conditions

Page 12: Cuaderno que contiene las comunicaciones oficiales habidas entre el Exmo. Sr. Gobernador y comandante general de este Departamento D. Francisco de Paula Toro, y el comandante de la

u) en Veracruz, y el fuero de las cosas traidas y existentes en Campeche, no llevadas a Veracruz, y que ni podran llevarse sino por la fuerza, contra la cual protesto desde ahora.

Me he estendido en esta comunicacion, porque si bien el art. 110, facultad 19 de la Constitucion de 24 manda al magistrado impartir el socorro de la fuerza pa¬ ra la ejecucion de las sentencias, tambien previene que se haga segvn las Lyes, y estas solo lo aufonzan para pres- tar sus auHlios en lo que se demande justamenle 6 con arreglo a derecho.

Probada, pues, la justicia de mis procedimientos, im- parto de nuevo, en su apoyo, el ausiho que anoche tuve la honra de pedir a V. E., para que con su autoridad y su fuerza, impida la salida del bergantin amerieano Al- banis, y lo haga poner con todo su cargnmento integro bajo la jurisdiccion que egerzo, y con la cual administra¬ te, cnran debo, juslicia pronta, recta e unparcial.

Reitero a V. E. las protestas de mi mas distinguida con*ideracion y muy alto respelo.

Dios y ley. Campeche, Octubre 2 de 1836.—Diego Santa-Cruz—Exmo. Sr. Gobernador y Comandante ge- neial de este depaitamento.

OFICIO DE S. E. EL GOBERNADOR AL COMANDANTE REIBATJD.

Gobierno superior del departamento de Yucatan.—Con fecha del dia de ayer me dice el Juez de di.-tnto de este depaitamento lo que sigue.

(Aqui el oficio anterior Y lo inset to a V. para su conocimiento, reiterando-

le mis anteiior comunieacion contraida a este parti¬ cular, y repitiendole que ponga V. a disposicion del Juez de di-trito de este departamento el bergantin mercautft amencano Avice y su cargamento, por ser al que esclu- sivamente por la ley corresponde conocer y resolver ba- jo su responsabilidad, acerca del articulo contradictorio in- terpuesto sobte si el espresado buque vino bien 6 mal despachado a esle puerto del de su procedencia.

Con este naolivo reproduzco a V. las protestas de

This content downloaded from 195.34.78.81 on Sun, 15 Jun 2014 05:18:42 AMAll use subject to JSTOR Terms and Conditions

Page 13: Cuaderno que contiene las comunicaciones oficiales habidas entre el Exmo. Sr. Gobernador y comandante general de este Departamento D. Francisco de Paula Toro, y el comandante de la

C 12 mi conskleracion y aprecio. — Dios y libertad. Heroica Campeche, Octubre 3 de 1836.—Francisco Toro.—Juan E. de Echanone, prosecretario. — Sr. comandante de la escuadrilla D. Francisco Reibaud.

ESPOSICION DE VARIOS COMERC1ANTES DE CAMPECHE, DIRIOIDA Ah GOBIEKNO.

Exmo. Sr.—Los que abajo firmamos, vecinos de de esta ciudad, e individuos de este comercio, a V. E. esponemos. Que el ber^njin_jijiexicanQ,_A„viee, capitan Arcina, cargado con mercaderfas licitas que conducia de la Habana por nuestra cuenta a nuestra consignacion, en su direccion 5 este punto, y a las inmediaciones de el, fue reconocido, primero por la comision militar del res- guardo de esta plaza, y marinado despues hasta fondear en el por el comandante D. Tomas Thompson, uno de los de la escuadrilla nacional del mando del Sr. D. Fran¬ cisco Rcibaud. Aunque observamos desde luego que ni se presentaron los manifiestos regulares de su cargamen¬ to al comisionado de esta aduana, que como es de regla-, mento y.costumbre, se presento a su bordo para reco- gerlos; ni se dirigio a la estafeta la correspon Jencia que para nosotros conducia; ni se procedia al desembarque de su cargamento al cabo de dos dias, y la omision de estas operaciones, alguna de ellas-, la de su manifiesto, es de urgencia ejecutiva, segun nuestro arancel, nos infundio algun temor; fuertes con el testimonio que nos daba nues¬ tra conciencia de la licitud de nuestros procedimientos, esperabamos tranquilos su resultado, cuando ayer, entrada ya la noche, fufmos sorprendidos con la noticia que se di- vulgo en el pueblo, de que el Sr. Reibaud habia resuel- to despachar durante ella a Veracruz, al Avice y su car¬ gamento. Esta resolucion del Sr. comandante, que sin previa audiencia ni pronunciamiento juridico nos despoja- ba de nuestras legftimas propiedades ; las esponia en tiem- po peligroso & los riesgos de una navegacion innecesaria; nos obligaba 6 a consentir en su perdimiento, 6 a salir de nuestro domicilio para defender nuestros derechos ; nos di- ficultaba en estrano territorio los rei ursos mas eficaces de 9U justa y natural defensa ; nos ocasionaba graves perjui-

This content downloaded from 195.34.78.81 on Sun, 15 Jun 2014 05:18:42 AMAll use subject to JSTOR Terms and Conditions

Page 14: Cuaderno que contiene las comunicaciones oficiales habidas entre el Exmo. Sr. Gobernador y comandante general de este Departamento D. Francisco de Paula Toro, y el comandante de la

(13) cios, y nos sometia a todas las ansiedades de una incer- tidumbre penosa, nos escito tambien a implorar de V E. en tal y tan ejecutiva premura, y solo verbalmente, la justa proteccion que los respetos de su superior autoridad puede y debe compartir a los subditos en este departamento. V. E. que escucho benignamente nuestras quejas, no solo defirio a nuestra solicitud, haeiendolas llegar a oilos del Sr. -Comandante, que tambien tuvo la bondadosa dignacion de suspender por entonces su determinacion, sino que nos mando que por escrito elevasemos a su consideracion las razones que abonan nuestra instancia y favorece nueslra intencion, y vamos a venficarlo con alguna estension, aun a riesgo de ser molestos, persudidos de que en la estima- cion de V. E. vale mas la esactitud que la brevedad.

Apenas, Sr los avisos de la prensa y los de nues¬ tros amigos nos dieron a conocer la proposicion hecha en el Congreso general paia que inmediatamente y de dere- cho cesasen, como habian cesado de hecho, las hostilida- des con la nacion espanola, y supimos el acuerdo de la mayorfa de los diputados, comprendimos que ya se apro- xin')aba el tiempo de que el mercado de la Habana, uno de los primeros, mas inmediatos y favorab'e-s para el con- sumo de los rudos artefactos de nuestra naciente indu-tria y para los frutos naturales de nuestro pobre suelo, se abrie- se de nuevo a nuestras especulaciones. En consecuencia lo prevenimos asi a nuestros antiguos agentes y consig- natarios, y poniendo a buen logro el tiempo, elemento fe- cundo de produccion cuando esta bien empleado, les orde- namos que tan luego como por nuestro u otro conducto. su|)iesen que se habia elevado a ley aquel benefico acuer- rio, nos hiciesen con sujecion a las disposiciones de aran- cel, las remesas de mercaderias que nos convenian. Ob- tuvieron en efecto esta noticia, e inmediatamente pusieron en ejocucion nuestras ordenes, y el bergantin americano A vice se presento a conducir nuestros pedidos. Las de- predaciones que han hecho sobre nuestras costas los pi- rntas tejanos, hacian conveniente toda precaucion para po- ner a cubierto de ellos las propiedndes mexicanas. Sa- bida la vehemente simpatia que tienen los americanos con aquellos insurgentes, y la consideracion que estos prestan a la bandera y puertos de sus favorecedores, el citado bergantin se proveyo de despachos simulados, como arbi- trio de sajvacion, para manifestarles, en caso de encuen-

This content downloaded from 195.34.78.81 on Sun, 15 Jun 2014 05:18:42 AMAll use subject to JSTOR Terms and Conditions

Page 15: Cuaderno que contiene las comunicaciones oficiales habidas entre el Exmo. Sr. Gobernador y comandante general de este Departamento D. Francisco de Paula Toro, y el comandante de la

14) tro, que procedia de Apalachicola. Est© recurso, que pue¬ de llamarse estratagema, qua ninguna infeccion comunica a las mercaderias licitas, ni ofende las leye-s ni en mo¬ do alguno defrauda los derechos de la hacienda mexiea- na, circunstancias de suma importancia en este caso, las solas que pudieran hacerle delincuente. Esta verdad la compiobara con evidencia el cotejo y esacta corresponden- cia de las facturas y conocimientos que estan en nuestro poder con los manifiestos particular's de los efectos que se refieren y deben parar en el del Sr. comandante Rei¬ baud. El resultado sera un tcstimonio irrefragable de la licitud de nuestros procedimientos mereantiles, pues decla- rada la cesacion de hostilidades con la nacion espanola, tie- ne lugar y observancia con respecto a sus puertos, como con respecto a los de cualquiera otra, el arti-ulo de nues- tro arancel, que dice asi: „ Todo bu que de cualquiera nacion que no este en guerra con los E. U. M. sera admitido en los puertos habihtados de la Republica, con tal que se sujele al pago dt derechos y observancia de las reglus pres- eritas en este arancel y reglamentos dados 6 que se die- ren para las aduanas marltimas." Luego la procedencia de la Habana, ni vicia, ni trae penas a nuestras mercade¬ rias, ni tampoco la simnlacion de los documentos relati- vos a Apalachicola, de que se proveyo el buque conduc¬ tor, a cuyo capitan y no a no»otros, incumbe esclusiva- mente sincerarse de esta imputacion y cargo que resulta de ella.

Aun en la suposicion que nos resultara alguno, es¬ te seria motivo, no para despojurnos de nuestras merca¬ derias sin ser oidos; para esponerlas a inminentes ries- gos, sin nccesidad, y en caso de perdida, a perjuicios ir- resarcibles, ni tampoco para obligarnos, en contravencion a los principios de nuestra Constitucion pohtica, a salir de nuestro domicilio, y a privarnos de la jurisdiccion in- mediata y competente de nuestros jueces naturales. para ventilar en juicio nuestros derechos, sino para que ante ellos, y no ante otros incompetentes deduzca el Sr. co¬ mandante los articulos de su acusacion, y nosotros las ra- zones de nucstra defensa.

El Sr. comandante apoyo ante V. E. y en nuestra pre- sencia, la regularidad de sus determinaciones en el art. 10 de las instrucciones. La justifhacion del Gobierno Supre¬ mo le recomienda en este articulo la circunspeccton con

This content downloaded from 195.34.78.81 on Sun, 15 Jun 2014 05:18:42 AMAll use subject to JSTOR Terms and Conditions

Page 16: Cuaderno que contiene las comunicaciones oficiales habidas entre el Exmo. Sr. Gobernador y comandante general de este Departamento D. Francisco de Paula Toro, y el comandante de la

(15) que debe proceder en el leconocimiento de los buques e-trangeros, y le previene que, en caso de hallarlog mal despachado.-*, los remita al puerto, y ponga a disposicion del Juzgado de distrito de Veracruz.

V. E. nos permitira que, por conducentes a nues- tra natural defensa, hagamos algunas observaciones respe- tnosas sobre el tenor de este articulo.

Bien sabemos que en el orden de mera ejecucion es obligacion del subdito obcdecer sin deliberar; pero al lado de esta maxima, puramente militar, la razon politi- ca ha puesto la de que en los casus que, como el pre- senle, no son de obligntoria e instantanea ejecucion, las ordenes del Gobierno Supremo aun siendo espresas y ter- minantes, admiten benigna v respetuosa interpretacion, siem- pre que de su obedecimiento re-ulten centra el subdito perjuicios de imposible 6 muy dificil reparacion, pues ja¬ mas puede presumir sin ofender su mngestad, que tenga la intencion de hacer mal. Por grande que sea, pues, el respeto a que son acreedoras las ordenes supremas, es necesario suponer, que es mayor el que tiene el mismo Gobierno Supremo a las leyes positivas; y como estas serian notoiiamente infringidas si fuesemos despojados sin ser oido=, 6 se negase a nuestros derechos personates cum- pliniiento de justieia, resulta que nueslro Gobierno Supre¬ mo, observador fiel de las leyes, no ha ester.dido a este caso particular sus disposiciones generates, y por consi- guiente, que el Sr. comtmdante Reibau I, ejecutor de ellas, no tiene, como hu creido, la facultad leg.il de estraer de e-te pueito, donde estan aseguradas, nueslras propiedades, llevandolas sin previa declnracion 'juridica al de Veracruz contra nuestra voluniad, ni tampoco la de sujetar la de¬ cision de nuestras causas a jueces que, por no ser los de nuestio domicilio, son incompetentes. Por todo lo es- pur-sto, y teniendo prcsente el tenor del art. 20 del tra- tado de amistad y comercio con los E. U. de America, que en este ca«o es ley terminante y decisiva, que abo- na nuestra solicitud

A V. E. respetuosa y encarecidamente suplicamos interponga los respetos de su superior autorida I, a efec- t;> de que el Sr. comandante Reibaud, sin ofensa de la jnsticia que pedimos, desista de la inlencion que ha ma- nifestado de despachar a Veracruz el bergantin america- no Avice, fondeado en este puerto y cargado do merca-

This content downloaded from 195.34.78.81 on Sun, 15 Jun 2014 05:18:42 AMAll use subject to JSTOR Terms and Conditions

Page 17: Cuaderno que contiene las comunicaciones oficiales habidas entre el Exmo. Sr. Gobernador y comandante general de este Departamento D. Francisco de Paula Toro, y el comandante de la

16 derias licitas de nnestra propiedad. Asi lo esperatpos de la proteccion y justicia de V. E.

Campeche, Octubre 2 de 1836.—Pedro Manuel de Regil.—Preciat y Gual.—Domingo Trueba.—Por mi Si', padre, Antonio Bujia.— Bartolome Matarn.— Gaspar Oliver. —Manuel Suez—Felix Trilla.—Joaquin Gutieriez de Es¬ trada.—Francisco Cluucel.—Antonio de Estrada y Lauz.

OFICIO DEL Sr. CONANDATE DE LAS ARMAS BE CAMPECHE AL EXMO SR. GOBERNADOR V COMANDANTE

GENERAL.

Comandancia de armas de Campeche —Exmo. Sr.—• El segundo ayudante de esta plaza D. Mateo Retnirez, a quien eomisione para que pasase a la costa de barloven- to en persecm ion del bergantin americano de que df a V. E. aviso con el sub ayudante D. Jose Dolores Fer¬ rer el dia 24 del que espira, me dice con fecha de hoy lo que copio: - „ El 24 del presente me dirigf a la costa de barlo- vento en la canoa Meicio con un cabo y cuatro soldados del batallon de Galeana a desempenar la comision que V. S. se sirvio confenrme, relativa a apresar y conducir a este puerto un bergantin amerieano que segun noticitis se esperaba de la Habana al mando de D; Francisco Ar- cina, cargado de efectos clandestinos ; y hallandome en el punto nombrado Celestiin, aviste dicho buque inmediato a la costa, en cnyo momento me dirigi a el y lo maiine como a las dos de la tarde del dia de ayer ; y seiian las cinco de la misma cusindo se presento a su bordo el pri¬ mer teniente de la armada I). Tomas Maria Tompson exigiendo del capitan los papeles que traia, a lo que le conteste, me hallaba con orden e instincciones de V. S. respecto a este buque, las que iba a practicar; y apesar de esta advertencia, de habeile manifestado el pasaporte de V. S., y de conocerme personalmente el referido Tomp¬ son, prescindiendo de todo lo marino, recogiendo los pa¬ peles, y poniendo a su bordo a su segundo D. Ramon Pa- lomo, dingiendose erf seguida a este puerto, al que hemos arribado hoy a las doce.—Semejante procedimiento que cede en desaire mio y de las 6idenes de V. S., me apre-

This content downloaded from 195.34.78.81 on Sun, 15 Jun 2014 05:18:42 AMAll use subject to JSTOR Terms and Conditions

Page 18: Cuaderno que contiene las comunicaciones oficiales habidas entre el Exmo. Sr. Gobernador y comandante general de este Departamento D. Francisco de Paula Toro, y el comandante de la

17 guro a ponerlo en su conocimiento, pafa que se sirva re- solver lo que" juzgue conveniente."

Y lo transcribo a V. E. para que se sirya dictar las providencias que juzgue convenientes, a fin de asegurar los derechos del segundo Ayudante D. Mateo Remirez e in- dividuos'de su comision, y vindicar el agravio inferido a la autoridad que regenteo.

Dios y libertad. Campeche 3<yde Setiembre de 1836. —Joaquin Rivas.—Exmo. Sr. Comandante general de es¬ te departamento.

OFICIO DEL Sr. COM1SARIO GENERAL A S. E,

•• Comisaria general de los departamenios de Yucatan y Tabasco.—Exmo. Sr.—Desde ayer arribo a este puer¬ to el bergantin nacional de guerra General-Bravo, su co¬ mandante C. Tomas Thompson, trayendo otro bergantin amencano mercante nombrado Avice, su capitan C. Fran¬ cisco Arcina, que encontto en el mar cu'studiado ya por la comision mililar de la plaza en vnelta de este mismo puerto, a donde venia a cumplir su registro.

Como se ha juzgado que procedia el Avice de la Hub-ana-, por cuya causa se le trata como presa, y se in- tenta llevailo al puerto de Veracruz para que asi se le1 declare, no puedo menos que manifestar a V. E. que este hecho es coutrano a Ins leyes, y prinripalmente al art. 160 de la Constitution que aun gobierna, en el cual se man- da que se conozca Inista en la ultima instancia en cada estado, por los respectivos tribunaies competentes, de los asuntos civiles y criminales. * Nunca puede," pues, llevarse *a Veracruz su conoci¬ miento, por la incompetencia de aquellos juzgados, y por¬ que pueden padecer naufragio los intereses de la Nacion, por los cuales me corresponde hacer aqui, como comisa- rio general, las debidas gestiones ; sobre todo, cuando las areas de esta comisaria se hallan tan eshaustas, que V. • \. mismo sabe las grandes difi< ultades en que se ven para cubrir las mas urgentes atenciones de esta benementa guar- nicion.'- En tal concepto ocurro a V. E. para que, como Gobernador y Comandante general del departamento, sos- tenga el decoro de las leyes y evite esta violencia, que puedo preparar a la Nacion graves perjuicios, protestan-

This content downloaded from 195.34.78.81 on Sun, 15 Jun 2014 05:18:42 AMAll use subject to JSTOR Terms and Conditions

Page 19: Cuaderno que contiene las comunicaciones oficiales habidas entre el Exmo. Sr. Gobernador y comandante general de este Departamento D. Francisco de Paula Toro, y el comandante de la

18 do en caso contrario contra quien pueda y deba en la mas bastante forma los que de ella se sigan ; sirviendo- se V. E. contestarme esta nota para cubrir la responsa- bilidad que pudiera sobrevenirme.—Reitero a V. E. mis respetos con la mayor consideraciun. — Dios y libertad. Campeche 1.° de Octubre de 1836, a las nueve de la noche —Manuel Bayona —Exmo. Sr. Gobeniador y Co¬ mandante general do este depaitatnento.

OFICIO DEE COMANDANTE REIBAUD A S. E. EL OOBURNADOR.

Escuadrilla Nacional Mexicana —En virtud del con- venio acordado la norhe pasada entre V. E., el Sr. Ge¬ neral D. Joaquin Rivas y yo sobre el exnmen que de- bia haceise de los docuinenios del bergautin americano Avice, para aclarnr si son 6 no legales en su despacho, le rcmito a V. E. dichos documentos acompanados de las observaciones que yo mismo he hecho, una copia del ofi¬ cio que el Sr. consul americano me paso por contestation a mi nota relativa a mis sospechiis, y el diario de nave- gacion, para que practicadas las diligencias que V. E. ten- ga a bien, se sirva devolverrnelos con oportunidad, mani- festandome su concepto para dar cumpliniiento a las su¬ periors ordenes que tengo por instrucciones; advirtiendo- le que en mi poder obra un tanto de la protesta que el capitan del citado buque hizo ante dicho consul. Los men- cionados documentos van bajo de una relacicn con su nume- racion, de los que espero se servira V. E. acusarme el recibo correspondiente.

Apnivecho esta ocasion para participar a V. E. que estoy enterado por personas fidedignas, que se trala de atentar contra mi persona por varios particulares: esta conducta tan estmnii me pone en el caso de precaver- me de toda sorpresa por cuantos rnedios sean posibles; esperando de V. E. tomara en consideracion cste aviso, a fin de evitar mayores males.'

Acepte V. E. las protestas de mi consideracion y a- precio.—Dios y libertad. A bordo del bergantin Vencedor del Alamo, a la ancla en la bahia de Campeche, a 2 de Octubre de 1836.—F. Rcibaud.—Sr. Comandante gpneral de este departamento.

This content downloaded from 195.34.78.81 on Sun, 15 Jun 2014 05:18:42 AMAll use subject to JSTOR Terms and Conditions

Page 20: Cuaderno que contiene las comunicaciones oficiales habidas entre el Exmo. Sr. Gobernador y comandante general de este Departamento D. Francisco de Paula Toro, y el comandante de la

19)

CONTESTACION DE S. E. AL ANTERIOR OF1CI0 DEL COMANDANTE REIBAHD.

Gobierno Superior del Siepartamento de Yucatan.— Yo no he celebrado, como V. espresa en su nota del dia de ayer, convenio alguno sobre el examen que debia ha- cerse de los documentos del bergantin americano Avice, porque no solo no esta en mis facultades, sino que la ley espresamente me lo prohibe.

El art. 20 del decreto del Soberano Cbngreso de la Nacion espedido en 1." de Diciembre de 1832, que incluye'e! tratado.de amistad, navegacion y comercio en- tre los Estador-Unidos Mexicanos y los Estados Unidos del Norte de America, esta concebido en los literales termi- nos siguientes:

„ Art. XX.—Los articulos de contrabando enumera- „ dos y clasificados arriba, que se encuentien en un bu- „ que que navega para puerto enemigo, cstaran sujetos „ a detencion y confiscacion, dejando libre el resto del „ cargamento y el buque, para que los duenos dispongan „ lo que les parezca. Ningun buque de ambas naciones „ sera detenido en alta mar por conducir a bordo articu- „ los de contrabando, siempre que el dueno, capitan 6 so- „ bre-cargo del referido buque los entregue al apresador,

'

„ a menos que la cantidad de estos articulos sea tan gran- „ de y abulte tanto, quo no pueda recibirlos el buque a- „ presador sin grande inconveniente ; pero en esle y en „ todos los demas casos • e justa detencion, el bw/ue dete- „ nido se enviara al puerto mas cercano, conveniente y segu- „ ro, para ser juzgado con arreglo a las leyes."

La observancia de esta soberana disposition, vigente en toda la Republiea, esta reclamada por el Juez de dis- triio y Comisano general de este departamento y por los interesados en el cargnmento del espresado bergantin A- vice. y es del deber de mi autoridad el hacer que se cum- pla, como transcribiendole a V. dichos reclamos le manifesle en mis notas del dia I.° del corriente.

Dicha disposicion persuadira a V. que en todos los casos de justa detencion, el buque detenido se enviara al puerto mas cercano, conveniente y seguro para ser juz¬ gado con arreglo a las leyes ; por consiguiente ni puedo, cotno V. juzga, mezclarme en la investigacion de los- pa.*

This content downloaded from 195.34.78.81 on Sun, 15 Jun 2014 05:18:42 AMAll use subject to JSTOR Terms and Conditions

Page 21: Cuaderno que contiene las comunicaciones oficiales habidas entre el Exmo. Sr. Gobernador y comandante general de este Departamento D. Francisco de Paula Toro, y el comandante de la

80 peles del bergantin Avice para deducir conc.epto alguno, ni puedo tampoco dejar de reconocer como tribunal esta- blecido por la ley el del Juzgado de distrito de este de¬ partamento, que es ii quien corresponde conocer y deci' dir si el ya referido bergantin Avice ha venido 6 no bien despachado. En su consecuencia le he pasado al Juez de este tribunal todos los papeles que V. me remitio con su espresada nota del dia l.°, concerniente a dicho buque y con sujecion al inventario que me incluyo, para que con arre¬ glo a las leyes use de sus facultades ; y espero que por parte de V. pondra a disposicion de este juzgado el buque y car¬ gamento, sin inferir perjuicios con la demora, ni dar lu- gar a que se tomen las providencias que convengan pa¬ ra hacer cumplir la ley, sobre lo que requiero a V. con las protestas necesarias, y sin perjuicio de que V. use de su derecho en el mismo tribunal de distrito, en ra- zon al que V. juzgue tener en el cargainento y buque re¬ ferido, persuadiendose que en ningun concepto le seran desatendidos, ni menos atropellada la persona de V. co¬ mo presume y me indica en su ya citada nota.

Los habitantes de este departamento, Sr. comandan¬ te, pueden presentarse como modelos de moderacion, a- mantes del orden, sumisos a la ley, y aun me atrevo a decir, como modelos del conjunto de todas las virtudes sociales.

Si el haber reclamado algunos individuos de este co- mereio sus derechos porque se juzgaban perjudicados en la sustraccion que V. trataba de hacer del buque ame¬ ricano Avice sacandolo de este puerto para conducirlo al de Veracruz, lo hicieron porque veian atropellada la ley. y su demanda la entablaron por el condjcto que la mis- ma ley designa, y con el respeto y moderacion debida.

La seguridad de la persona de V. esta garantizada en las costurnbres del pueblo, la garantiza mi autoridad, y ella no puede menos que resentirse altamente- en u- nion de las personas que egercen las subalternas en la administration ptiblica al concebir que V. ha llegado a persuadirse que en este departamento no se guarda el or¬ den, no se observan las leyes, ni se respetan los derechos generales e individuals.

P< rmitame V. le manifieste que esta es una ofensa que ha hecho V. a la razon y a la justicia, y permita- me que concluya aseguraiidoie, que fuera de esto puede.

This content downloaded from 195.34.78.81 on Sun, 15 Jun 2014 05:18:42 AMAll use subject to JSTOR Terms and Conditions

Page 22: Cuaderno que contiene las comunicaciones oficiales habidas entre el Exmo. Sr. Gobernador y comandante general de este Departamento D. Francisco de Paula Toro, y el comandante de la

(2n contar con que le reitero las consideraciones de mi aten- cion y aprecio.

Dios y libertad. Campeche 3 de Octubre de 1836. —Francisco Toro.—Juan E. de Echdnove, pro secretario. —Sr. comandante de la escuadrilla D. Francisco Reibaud.

OFICIO DE S. E. AL Sr. JUEZ DE DISTRITO.

Gobierno Superior del Departamento de Yucatan.— El Sr. comandante de la escuadrilla 1). Francisco Rei¬ baud con nota del dia de ayer me remite todos los pa- peles que constan en el adjunto inventario correspondien- tes a la navegacion y arribo a este puerlo del berg.intin anglo americano Avice, a fin de que V. los tenga en consi¬ deration, y en uso de sus facultades dicte las providencias que convenjjan, y resuelva lo que sea justo en razon a si el dicho buque vino bien 6 mal despativido, de cuyo articulo debe conocer ese juzgado de su cargo; en el con- cepto de que todas las comunicaciones que V. me ha diri- gido sobre este particular se las he transcrito al espresa- de comandante de la escuadnlla, previuiendole que ponga a flisposii ion de ese juzuado el buque referido y su car- giimento, resolution que le reitero ahora al ya referido co- rnandante en contestation a su cilada nota del dia de a-

ycr. - Dios y libertad. Campeihe 3 de Octubre de 1836. —Francisco Toro. —Juan E. de Echhnove, pro secretario. —Sr. Juez de distiito de este departamento.

OFICIO DE S. E. AL COMANDANTE REIBAUD.

Gobierno Superior del SDepartamento de Yucatan.— Con esta fecha la R. Junta de sanidad de esta plaza me dice lo que copio.— Exmo. Sr.—A virtud de haber tlado H uenta a esta Junta la collision nombrada de su seno

para hacer la visita sanitaria a las embarcaciones que ar- riban a este pucrto, que vanos ofici-alos de los buques de gmrra habiau estado a bordo del bergantin goleta Sancho, goleta Caimen, y ultimamente ayer D. Tomas Tompson del bongo San-Juan, quitandole los tres iinirnos manneros

This content downloaded from 195.34.78.81 on Sun, 15 Jun 2014 05:18:42 AMAll use subject to JSTOR Terms and Conditions

Page 23: Cuaderno que contiene las comunicaciones oficiales habidas entre el Exmo. Sr. Gobernador y comandante general de este Departamento D. Francisco de Paula Toro, y el comandante de la

f 22 que traia antes de que fondeasen y que aquella los visitase con arreglo a las leyes, para precavcr los mcalculables per- juicios que puedcn resultar a !a salud publica de este pue¬ blo en caso de venir con alguna gente infestada, lo po¬ ne en conocimiento de V. E., para que como tan celoso de ella, tome las medidas que sean conducentes a evitar se- niejantes abusos y violencias."—Y lo inserto a V. para que teniendo conocimiento de los abusos que se reclaman, y de que la ley previene que nadie pueda ir a bordo de cualquier buque que fondee en la bahia de este puerto antes que haya' hecho su reconocimiento la comision de samdad, prevenga desde luego a los Sres. comandantes y oficiales de la escuadrilla de su mando, que en lo su- cesivo se sujeten a las leyes establecidas. ios y liber¬ tad. H. Campeche 3 de Octubre de 1836. — Francisco Toro.—Juan E. de Echanove, pro-secretario.—Sr. coman¬ dante de la escuadrilla D. Francisco Reibaud.

CONTESTACTON DEL COMANDANTE REIBAUD A S. E. EL GOBERNADOR.

Bergantin de guerra Vencedor del Alamo.—Escuadri¬ lla Nacional Mexicuna. — Por donducto de un ayudante de V. E. he recibido tres comunicaciones hoy mismo; dos de ellas se contraen al bergantin americano Avice, y la otra relativa a la falta cometida a la sanidad. Me con- traere primero a la en que me dice V. E. no haber tenido conmigo ningun convenio; le recordare que la noche del dia 1.° del corriente por su invitation fui a su casa, encon- trando alii, segun me informo V. E., todos los interesa- dos de la presa, y tambien el Sr. Comandante de armas de esta plaza, quienes se interesaban se suspendiese la salida de dicho buque que eslaba ya a la vela, a fin de dirigir comunicaciones a sns corresponsales : despues de es¬ ta concesion me hizo presente V. E. que el Comandan¬ te de armas reclamaba la presa, manifestando que habia sido marinada por el capitan D. Mateo Remirez, a quien comisiono en una canoa con cuatro soldados para solo ese objeto antes que el Sr. Tompson ; probe hasta la evi- dencia lo contrario, mirando tal vez como sospechosa la action del comisionado, cuando habia buques de guerra y

This content downloaded from 195.34.78.81 on Sun, 15 Jun 2014 05:18:42 AMAll use subject to JSTOR Terms and Conditions

Page 24: Cuaderno que contiene las comunicaciones oficiales habidas entre el Exmo. Sr. Gobernador y comandante general de este Departamento D. Francisco de Paula Toro, y el comandante de la

23 oftfciales que hubieran desempenadola. Luego por una condescendencia convine a la proposition del Sr. Rivas en que se sujetaran los papeles del bergantin a un exa- rhen por el consul americano y el Juez de distrito, a fin de aclarar si eran ilegales 6 legales, y en el primer caso seria despachado a Veracruz, y en el segundo quedaria aqui: todo esto fue de la aprobacion de V. E., y no tu- ve duda en creerme garantizado, y por esta causa le di- rigi mi comunicacion anterior acompanandole los documen¬ tos que manifiesta el inventario adjunlo, y que entrego el primer teniente D. Fernando R. Davis : aseguro a V. E. que yo no esperaba ciertamente que se me intimara que contrariando las in^trucciones que tengo del Supremo Go¬ bierno, pusiese a la disposition del juzgado del distrito el bertin Avice y su cargamento, cuando creia recibir una contestation analoga a dicho convenio. En el segundo parrafo de su misma comunicacion me cita el art. 20 de los tratados de comercio que hay entre los Estados-Uni- dos y Mexico; peimftame V. E, decirle que esto no me exime de cumplir con las ordenes del Supremo Gobierno, cuando el consul americano se desentiende absolutamen- te de hacerlo valer, pues justamente es a quien toca en este caso, pues solo es con el objeto de que ese buque de su nacion sea juzgado en el primer punto que se pre¬ sente, como por ejemplo si los americanos tomasen un buque mexicano en las agu'as de Orleans, y pretendieran pasarlo a New-York, nuestro consul en este primer pun- to reclamaria el cumphmiento de este arttculo; de con- siguiente creo que no es al juez de distrito de Campeche a quien toca hacer valer este aiticulo, dejando ilusonas esas disposiciones superiores que obran en mi poder.

Respecto al reclamo de los interesados del cargamen¬ to de que V. E. me habia, creo que esta solution es¬ ta para resolverse, supuesto que el buque es ilegalmente despachado, como lo comprueba el oficio de dicho consul, y de consjguiente cae dicha carga en la pena de decomi- so: espero que penetrandose V. E. de estas rozones, se sirva devolverme los documentos que le dirigi, siempra que no le sean ya necesarios. Suplico a V. E. tenga la bondad de no interpreter mal mi renuencia, pues no es mas que porque la f jndo en esas ordenes que he citado.

La queja que dirigi a V. E. respecto a la insegurt- dad de mi persona, seguramente no me contiayo a los hi-

This content downloaded from 195.34.78.81 on Sun, 15 Jun 2014 05:18:42 AMAll use subject to JSTOR Terms and Conditions

Page 25: Cuaderno que contiene las comunicaciones oficiales habidas entre el Exmo. Sr. Gobernador y comandante general de este Departamento D. Francisco de Paula Toro, y el comandante de la

(24) jos del pais, ni es de ellos de quien espero una felonfa,, pero la poblacion no se compone no mas de paisanos, otros la componen igualmente, y seria muy singular que solo esta se viera fibre de malhechores ; y mas cuando se creian apoyados en la determination que V. E. tomo de man- dar cargar la artilleria de las murallas y fortines, y diri- gir sus punterias a los buques de guerra; sobre todo, na se en que puedo haber faltado a la razon y la justicia con esto.

Respecto a lo que V. E. me dice de la queja que hace la junta de sanidad, aseguro a V. E. que la f.dta que comelio el oficial, esta completamente castigada ; rei- terando a V. E. las protestas de mi aprecio.

Dios y libertad. Abordo del espresado, en la bahfa de Campeche a 3 de Octubre de 1836.—F. Reibaud.— Sr. Comandante general del Departamento de Yucatan D. .Francisco de Paula Toro.

OFICIO DEL Sr. JUEZ DE DISTRITO A S. E*

Juzgado de Distrito del Departamento de Yucatan.— Exmo. Sr.—Citado por orden una el capitan y consig- natario del bergantin americano Avice con el objeto de que cotejase los documentos recibidos con los que entre¬ go a D. Tomas Thompson al tiempo de la ocupa- cion del barco, me ha presentado el recibo del mis¬ mo Thompson, que en copia testimoniada tengo la honra do trasladar a V. E.

V. E. vera por ella todos los may interesantes que faltan, y que van anotados al calce. Esta ocultacioii, E Sr., muy perjudicial a los derechos de los interesados, lo es tambien al curso de la justicia, que no puede resolver sin la mas completa instruccion.

Por estas razones, y porque creo inutil ocurrir de nuevo al comandante de la escuadrila, vuelvo'a molestar la alta atention de V. E., para que reclamalos por su suprema autoridad, sean entregndos sin controversia, y pue- da en fin marchar el negocio por los tramites legale*.

Dios y ley. Campeche Octubre 3 de 1836.-— §biego Santa-Cruz.—Ex>no -Sr. Goberna lor y Coman¬ dante general de las annas de este Departarnento.

This content downloaded from 195.34.78.81 on Sun, 15 Jun 2014 05:18:42 AMAll use subject to JSTOR Terms and Conditions

Page 26: Cuaderno que contiene las comunicaciones oficiales habidas entre el Exmo. Sr. Gobernador y comandante general de este Departamento D. Francisco de Paula Toro, y el comandante de la

25

COPIA DEL RECIBO QUE SE MENCIONA EN EL ANTERIOR OFICIO.

Recibi del Sr. capitan Alcina del bergantin americano- Avise lo siguiente.

10. Diez papeles manifiestos generales del cargamento y rancho.

16. Diez y seis factaras triplicadas. 19. Diez y nueve conocimientos. 4. Cuatro papeles, es decir, el registro, roll, despacho de la

aduana de Nueva-Yoik por Ilabana, y papel de ven- ta del bergantin Avice.

2. Dos papeles de contrata de la gente y roll, desde Apalachicola.

2. Dos calendarios de la Habana. Despacho de la aduana de Apalachicola, y patente de

sanidad del mismo. Diario de navegacion del bergantin Avice.

5. Cinco papeles en bianco. Dado a bordo del bergantin Avice enfrente de la

Isla-de-Piedras, 29 de Setiembre de 1836. — Tomas M. Thompson.

Es copia conforme al recibo presentado por D Fran¬ cisco Arcina, que certifico de orden verbal del St-. Juez de distrito en Campeche a 3 de Octubre ae 1836 afios.. —Un signo.—Joss. Manuel Balay.

Documentos quefaltan, segun manifesto D. Franeisco Alcina.

Diez papeles de manifiestos y sobordos. Diez y seis facturas triplicadas. Diez y nueve conocimientos. Registro del buque y patente. Venta del buque. Un papel de contrato de la gente. Dos calendarios. Cinco papeles blancos.

Fecha ut retro.

This content downloaded from 195.34.78.81 on Sun, 15 Jun 2014 05:18:42 AMAll use subject to JSTOR Terms and Conditions

Page 27: Cuaderno que contiene las comunicaciones oficiales habidas entre el Exmo. Sr. Gobernador y comandante general de este Departamento D. Francisco de Paula Toro, y el comandante de la

(•26

OFLCIO DEL Sr. JUEZ DE DISTRITO A S. E.

Juzgado de distrito del Departamento de Yucatan.— Exmo. Sr.—A consecuencia de las comunicaciones que ayer tuvo V. E. la bondad de dirigirme, dispuse por au¬ to proveido y notificado en el momento, que el Sr. Co¬ mandante de marina de este puerto procediese desde lue-> go a ocupar y asegurar en el instante el bergantin ame¬ ricano Avice, para conservarlo a disposition de este juzgado.

Despues de las prevenciones que V. E. habia dirigi- do al comandante de la escuadrilla, ya no podia dudar de su obediencia, y del completo exito de .tan justa pro- videncia. La morosidad, siempre perjudicial, y que lo era especialmente en el caso, obligo a dirigir sobre la mar- cha un nuevo oficio urgentisimo al mismo Sr. coman (an¬ te del puerto, para que por si mismo procediese a la aseguracion decretada. Este funcionario, aunque resenlido, con justicia, pero ya oficialmente satisfecho, por el esti- lo precipitado de mi comunicacion, marcho inmediatamen¬ te abordo, y recibio la contestacion, que con todo su o- fitio tengo la honra de trasladar literalmente a V. E.

„ Habiendo pasado en persona a bordo de los buques de guerra y trunscribido el oficio de V de fecha de ayer, para asegurar y ocupar el bergantin americano Avice, al Sr. comandante de la escua.lnlla, me conteslo lo que a la letra copio:—En contestacion a su nota de esla fe¬ cha le dire q*e ignoro si las atribuciones del Sr. Juez del distrito le conceden la facultad de usar con un oficial de la graduation de V., y cuya autoridad es tan legalmente constituida como la suy>i,un lenguage que solo corresponde a un subalferno suyo; pero si se, que el buque que or- dena a V. pase a ocupar y asegurar, no se verificara por un medio tan estratio, y menos cuando esta ocupado y bastante asegurado por las fuerzas de la escuadra que man- do. Lo que servira a V. de gobierno, en la inteligencia que al dar cuenta al Supremo Gobierno de las ocurren- cias actuales, lo hare igualmente de esa comunicacion, que V. no debio haber recibido.—Y lo transcnbo a V. para su intelipencia, y que en lo sucesivo use de mas circuns- peccion con los gefes de mi graduation y emplep.—Dios y libertad. Campeche y Octubre 4 de 1836,— Manuel de Lara B.—Sr. Juez del" distrito."

This content downloaded from 195.34.78.81 on Sun, 15 Jun 2014 05:18:42 AMAll use subject to JSTOR Terms and Conditions

Page 28: Cuaderno que contiene las comunicaciones oficiales habidas entre el Exmo. Sr. Gobernador y comandante general de este Departamento D. Francisco de Paula Toro, y el comandante de la

(27) V. E. ha visto ya que la resistencia continiia; y yo

sin mas armas que las de la razon, tantas veces desoidas, no tengo mas recurso que el dc comunicarlo todo a V. E. para las providencias de su resorte.— Dios y ley. Cam¬ peche, Octubre 4 de 1836.—Diego Santu-Cruz.— Exmo. Sr. Goberuador y Comandante general de las armas de este departamento.

CIRCULAR DE S. E. A LOS SENORES QUE SE MENUIONAN AL CALCE.

Gobierno superior del Departamento de Yucatan.—Cir¬ cular.—Para prevenir la calumnia, comprobarla en su ca¬ so, esclarecer la justicia y sostener la reputation y el de- coro de la administration publrca y de las rentas de este departamento, y especialmente la particular de-este puer¬ to, deponiendo V. toda consideration, deferencia y res- peto, bajo la calificacion mas severa y con la libertad mas franca, se servira V. certificar por los datos que ten- ga, por el concepto que haya formado y por lo que le diete su conciencia, si se ha 6 no peiseguido el contra¬ bando en este departamento, dictandose cuantas providen¬ cias se han juzgado convenientes para estinguirlo y cas- tigar a sus perpetradores : si de parte de los empleados ha habido connivencia en el fraude, 6 si este ha sido pro- tegido, tolerado 6 disimulado por las autoridades y tribu¬ nates establecidos ; y por ultimo, si el sobotno, la apatia 6 el abandono han subrogado a la pureza, buena fe, ac- tividad y celo en el cumplimiento de las leyes protect> ras de Ja hacienda publica, y en la aplicacion de las pe- nas que establecen contra los contraventores y defrauda- dores de sus derechos.

Nada exijo'a V. mas que la atestacion libre y sfn- cera de su l'ntimo convencimiento ; y con este motivo es- pero reciba las protestas de mi consideration y aprecio. —Dios y libertad. ILToiea Campeche 3 de Octubre de 1836.—Fracisco Toro.—Juan E. de Echanove, pro secretario.

Al Sr. Juez de distiito de esta plaza, al Gefe poli¬ tico, y al Adminiatrador de la aduana maritima.

This content downloaded from 195.34.78.81 on Sun, 15 Jun 2014 05:18:42 AMAll use subject to JSTOR Terms and Conditions

Page 29: Cuaderno que contiene las comunicaciones oficiales habidas entre el Exmo. Sr. Gobernador y comandante general de este Departamento D. Francisco de Paula Toro, y el comandante de la

(28

CONTESTACION DEL Sr. JUEZ DE DISTRITO A LA ANTERIOR CIRCULAR.

Juzgado de distrito del Departamento de Yucatan.— Exmo. Sr.—Si por desgracia de la Patria y oprobio de la moral publica, es una verdad irrefragable y notoria con- signada juridicamente en las actuaciones promovidas por el orden y con la frecuencia de los hechos en este juz¬ gado de mi cargo, que el contrabando y la defraudation de las rentas publicas han tenido muchos y audaces per- petradores en este departamento; de las mismas actua¬ ciones se deduce con igual evidencia, que asi su Gobierno superior como su Comandancia general, la particular de esta plaza y la administration de las aduanas maritima y terrestre de este puerto, cada una en su respectiva ca- pacidad, celosos tpdos del cumplimiento de sus peculiares y respectivas obligaciones, y deseosos de evitar las defrau- daciones del erario, que tanto perjudican al servicio y orden publico, han cuidado de que tengan cumplimiento las leyes, dictando segun las exigencias, providencias opor- tunas para precaver, perseguir y castigar la audacia y fre¬ cuencia de este delito, tan general en todas las costas de la Repubiica.

La comision permanente del resguardo militar mucho tiempo hace establecida en este puerto, es una de las indicadas providencias; y si bien se ha dicho que sus empleados por debilidad 6 corruption no han correspon- dido siempre y cumphdamente a los deseos de sus ge- fes, es includable que han hecho servicios muy importan- tes, multiplicadas y considerables aprehensiones.

Acusado en forma de omiso en el cumplimiento de sus deberes el comandanre de este resguardo, se le sigue la correspondiente causa en este juzgado ; y las pruebas de soborno aducidas contra su segundo, motivaron la pro- videncia de destituirle a reserva, y en consecuencia con- tinua separado de su destino.

En orden a los delitos de colusion, soborno y con- nivencia con los contrabundistas y defraudadores de las rentas publicas, ni por aeusacion directa ni por resultado incidental se ha promovido procedimiento alguno en este juzgado, ni tengo notitia de que le haya habido en nin- gun otro contra ninguno de los demas empleados piibli-

This content downloaded from 195.34.78.81 on Sun, 15 Jun 2014 05:18:42 AMAll use subject to JSTOR Terms and Conditions

Page 30: Cuaderno que contiene las comunicaciones oficiales habidas entre el Exmo. Sr. Gobernador y comandante general de este Departamento D. Francisco de Paula Toro, y el comandante de la

(29) cos; y si alguna vez en los rumores populares se ha derra- mado algun veneno contra el honor, integridad y reputa¬ tion de alguno de ellos, estas imputaciones vagas, que fre- cuentemente proceden de la venganza 6 desesperacion de los mismos delincuentes perseguidos 6 castigados, ni son testimonio de creencia para el hombre circunspecto, ni tienen para el Magistrado el vigor y constancia de prue- bas judiciales.

Este que es el testimonio de mi convencimiento mi¬ nisterial y el de mi conciencia privada, es el que en lu- gar del certificado que se sirvio pedirme, puedo dar a V. E. en contestacion a su oficio de ayer, protestan- dole al mismo tiempo la sinceridad de mi respeto y justas consideraciones.—Dios y ley. Campeche, Octubre 4 de 1836.—Diego Santa-Cruz—Exmo. Sr. Gobernador V Comandante general de este departamento.

CONTESTACION DEL Sr. GEFE POLITICO A LA CIRCULAR DE S. E.

Gefatura y Subdelegacion de Campeche.—Exmo. Sr. —A efecto de prevenir la calumnia y de evitar los falsos conceptos que de algun modo se quieran establecer con¬ tra la reputation, el decoro y la justicia de la administra¬ tion publica y de rentas de este Departamento, y especial- mente en la conducta de los gefes y demas autoridades de este puerto en particular, asegurando a V. E. que cuando intento inctilcar, calificar y manifestar hechos conocidos ge¬ net almente, lo hago desnudo de toda consideration, defe- rencia y respecto, y sujeto unicamente al simple dictado de mi conciencia. En repetidas ocasiones se han verifica- do introducciones clandestinas en este puerto de efettos 6 bien prohibidos al comercio, 6 bien de los permidos; pe¬ ro que usurpando los juntos derechos de la Nacion, no se presentan a la aduana respectiva. Mas los perpetradores de este crfmen no habran logrado jamas su depravado in¬ tento sino burlando con sobrada destreza las mas esquisi- tas, mas activas y constantes diligencias que en repetidi- simas ocasiones han empleado el Gobierno y demas emplea¬ dos a quienes es encargado el celo y vigilancia del con¬ trabando. En cuanto al Gobierno de V. E. muy faeil es

This content downloaded from 195.34.78.81 on Sun, 15 Jun 2014 05:18:42 AMAll use subject to JSTOR Terms and Conditions

Page 31: Cuaderno que contiene las comunicaciones oficiales habidas entre el Exmo. Sr. Gobernador y comandante general de este Departamento D. Francisco de Paula Toro, y el comandante de la

30 Exmo. Sr., manifestar la vigilancia que ha observado en tan interesantes casos: la circular de V. E. de 20 de Di- ciembre de 1834, repetida en 27 de Mayo de este anor es un documento irrefragable y autentico que corrobora mi aserto ; en ella se previene muy particularmente, despues de manifestar ampliamente la necesidad y obligation que tienen todos los empleados piiblicos de perseguir hasta ani- quilar y destruir el ominoso contrabando, no solo porque de este modo se obedecen las leyes debidarnente, sino por la ulilidad considerable que necesariamente resulta al De- purtamento que cuiden, celen y vigilen eon toda la acti- vidad posible que no se hagan en estos puertos aquellas negociaciones que tanto dano causan al erario publico y al comerciante de buena fe, mientras que a la vez el Go¬ bierno mismo tomaba c'uantas medidas eran -conducentes para precaver aquella audaz y temeraria infraccionde las- leyes. i A quien, Exmo. Sr. se deben las aprehensio- nes repetidisimas hechas en este puerto y toda la costa de barlovento, mas que & las provi-.leneias dictadas por el Gobierno de V. E., del Sr. Comandante de annas y de¬ mas empleados? No hace muchos dias que hemos visto rematar en publico una portion muy considerable de efec- tos aprehendidos en esta plaza, que produjeron una suma muy crecida al tesoro national: tampoco se oculta, ni ha pasado mjcho tiempo. que en el puerto de Sisal se sa- caron a publico remate los efectos apresados por la co¬ mision que nombro V. -E., y que fueron comprados en quince mil qumientos pesos:

Si tal ha sido la conducta del Gobierno y demas em¬ pleados ; si su vigilancia activa y constante es la sola que ha podido cortar en lo posible el comercio clandesti- no; si en Yucatan es manifi sto el condigno castigo que han sufndo y sufren los perpetradores, i quien, senor, mas que- un temerano impostor, tal vez resentido de los efec¬ tos de la ley, puede acusar a las autoridades y tiibuna- les establecidos, por complices 6 tolerantes del tal delito, 6 sobornados 6 apiiticos en el cumplimiento de su deber

Al hacer a V. E. esta menifestacion, debo advertir- le repitiendole, que no ban tenido en mi lugar ni las con- sideraciones del Gobierno, ni el deferente y particular a- precio que me merece V. E. asegurandole solo que es¬ te es el sentimiento fntimo da mi conciencia, y la sola influencia de la verdad.

This content downloaded from 195.34.78.81 on Sun, 15 Jun 2014 05:18:42 AMAll use subject to JSTOR Terms and Conditions

Page 32: Cuaderno que contiene las comunicaciones oficiales habidas entre el Exmo. Sr. Gobernador y comandante general de este Departamento D. Francisco de Paula Toro, y el comandante de la

31 Con tal motivo reproduaco a V. E. mi respeto ele-

vado y sincera adhesion. — Dios y libertad. Campeche 5 de Octubre de 1836.—Manuel Bello.—Exmo. Sr. Go- bernador y Comandante geneial de este departamento.

CONTESTACION DEL Sr. ADMINISTRADOR DE LA ADU4NA MARITIMA DE ESTA PLAZA A LA CIRCULAR

DE S E.

Aduana maritima de Campeche.—Exmo. Sr.—Con la franqueza que corresponde a la dignidad de un empleado publico, y con la sincendad que exige la hombria de bien. voy a contestar la respetable nota de V. E. de 3 del corriente.

Cierto es, y tanto como doloroso, que el contrabando, principio- de pobreza publica y fuente de desmoralizacion, estendido por todas las partes de la Republica como un rapido y mortifero contagio, no ha respctado las desiertas, estensfsimas y por todas pnrtes accesibles costas de Yu¬ catan. Cierto es que en nuestros mercados se han vis- to, y aun suelen verse, mercancias que, o ya por su cua- hdad de prohibidas, 6 ya por lo subido de sus precios ori- ginarios, 6 por la altura de su impueslo a la introduc¬ tion, comparado con el valor de circulation, han hecho nacer, 6 la evideneia 6 la congelural probabilidad de su clandestino y roprob.ido trafico.

Pero es igiialmente cierto y ptiblic'amente notorio, que los empleados publicos encargados de precaver, impedir y perseguir, han dictado ouantas providencias conducentes han estado en su capacidad respecliva y en sus recursos legales, para burlar la destreza admirable ^le los contra- bandistas, y sorprendiendolos hasta en sus mas ocultas y tenebrosas guaridas, han defendido al tesoro publico con¬ tra defraudaeiones, unas iniciadas y otras que se creian ya consumad«s : lo es que el resguardo de esta aduana. escaso en numero y con dotaciones miserables, se ocu- pa sin embargo, dia y noche, ya en guardias, ya en ron- das, ya en comisiones de vigilanein, que si no siempre logran su objeto, ha hecho con todo frecuentes aprehen- siones, y logrado cuamlo menos precavpr algun tanto, di- fiuultando las empresas fraudulentas: lo es que el resguar-

This content downloaded from 195.34.78.81 on Sun, 15 Jun 2014 05:18:42 AMAll use subject to JSTOR Terms and Conditions

Page 33: Cuaderno que contiene las comunicaciones oficiales habidas entre el Exmo. Sr. Gobernador y comandante general de este Departamento D. Francisco de Paula Toro, y el comandante de la

32 do militar dirigido por el St. Comandante de las armas de esta plaza ejercitando su celo bajo un plan mas esten- so, ha logrado en las playas y en las costas valiosas apre- hensiones, resistiendo poderosas seducciones y corruptoras ofertas: lo es que el Gobierno Superior de este Depar¬ tamento, ya reencargando su especial cuidado a los sub- delegados, ya despachando comisiones marftimas, ha em- pleado los medios regulares, cuando no acaso con cabal exito, si con laudable eficacia para cegar los conductos a los numerosos transportes de manufacturas bastas de algodon esportadas de Walix, que arruinando el comercio, destruian tambien nuestra naciente industria manufacturera : y lo es en fin, que el Sr. Comandante de las armas, promoviendo cateos ante las autoridades locales, y el Sr. Juez de dis¬ trito decretandolas en el orden legal, han sorprendido abun- dantes depositos de efectos clandestinos.

La voz publica alguna vez- ha divulgado rumores contra la vigilancia y pureza del resguardo. Yo cumplien- do con mi deber, y apreciando en su justo« merito los datos muy vagos que se presentaban, he dado cuenta re- petidas ocasiones a la Direction general de rentas; y por lo mismo, solo puedo informar a V. E. con certidumbre, de que el comandante acusado de omiso, tiene causa pen- diente en el Juzgado de distrito; y su segundo, depuesto interinamente por colusion y soborno, tiene aun abierto ante la misma autoridad el recurso de sus defensas.

La comision militar ha sufrido iguales, y aun si ca- be, mas acres imputaciones, las que abultadas por la ma- ledicencia publica, como que no reconocen un orfgen au- tentico y determinado, no pueden producir ninguna espe- cie de certidumbre moral.

Los contrabandistas y sus adherentes, siempre amigos del empleado Jnfiel, persiguen con la calumnia detractora y con la sospecha infamante, a los que incorruptibles guar- dianes de los intereses piiblicos, jamas transigen ni per- miten en un solo punto la infraction de los reglamentos: en su desesperacion ya acusan a los triburftles de injus- tos, porque son inflexibles; ya de debiles 6 de parciales, porque son justos y equitativos: a las autoridades politi- cas y de rentas si celan con teson, las llaman persegui- doras; si con prudente discretion, <• resisten apariencias engafiosas, 6 dan a la buena fe, conocida y comprobada la distinguida consideration que las leyes penniten, las in-

This content downloaded from 195.34.78.81 on Sun, 15 Jun 2014 05:18:42 AMAll use subject to JSTOR Terms and Conditions

Page 34: Cuaderno que contiene las comunicaciones oficiales habidas entre el Exmo. Sr. Gobernador y comandante general de este Departamento D. Francisco de Paula Toro, y el comandante de la

33 crepan como parciales, 6 en el delirio de su venganza, las llaman tambien hipocritas y corrompidas. Pero en me¬ dio de tantos innobles reproches, en medio de tanta ca- lumnia y de tanta pasion, la voz severamente justa de la verdadera conciencia publica, sobreponiendose a los inte- reses del momento, y pronunciando una calificacion per- manente, marca con su verdadero caracter al infamado y al infamante. Ella ha senteuciado, y las autoridades politicas, judiciales y de rentas de este Departamento, de- ben descansar tranquilas en su juicio, consolador para ellas, y temible solo para otros.

Este testimonio de mi conciencia ministerial y de mi creencia privada, es el certificado unico, que por obsequiar su< ordenes, puedo dar a V. E. Al hacerlo, y con la esperanza de que sera suficiente para Uenar sus justifica- dos fines, aprovecho la oportunidad de reiterar a V. E. las protestas de mi profundo respeto y muy alta consi¬ deration.

Dios y libertad. Campeche 5 de Octubre de 1836. —Como administrador funcionario, Manuel de Lavalle.— Exmo. Sr. Gobernador y Comandante general de este Deparlamento.

OFICIO DIRIGIDO POR S. E. AL E. Sr. SECRETARIO DE ESTADO Y DEL DESPACHO DE GUERRA Y MARINA.

Gobierno Superior del Departamento de Yucatan.— —Exmo. Sr —Me es sumamente doloroso tener que in- terrumpir las atenciones de V. E., y distraerlo con la presente.fastidiosa pero importante comunicacion, y de la que jamas llegue a presumir que me ocupase.

Llego a este puerto con el mando de la escuadrilla national el capitan de fragata D. Francisco Reibaud cuan¬ do me hallaba en la capital de este departamento. A la primera noticia de su arribo me puse .inmediatamente en camino para esta ciudad, sin mas objeto que el de faci- litar sin demora los ausilios que necesitase. El mismo Sr. Reibaud no podra negar que se le han proporcionado con efieatia.

Por falta de un buque guarda-costa y con el fin de impedir el contrabando, dispuse en el alio de 1830, fun- dado en las ordenes genera les que tenia del Supremo Go-

This content downloaded from 195.34.78.81 on Sun, 15 Jun 2014 05:18:42 AMAll use subject to JSTOR Terms and Conditions

Page 35: Cuaderno que contiene las comunicaciones oficiales habidas entre el Exmo. Sr. Gobernador y comandante general de este Departamento D. Francisco de Paula Toro, y el comandante de la

(34) bierno, que se estableciese en este puerto una comision militar de vigilancia para perseguir el fraude, y adopte la medida de mandar para la costa una canoa con un ofi¬ cial y cuatro 6 seis hombies siempre que se tenia noti- cia de da llegada de algun buque a este puerto, para e- vitar todo desembarque en aquellos punto? desiertos.

Esta pequeiia fuerza despachada en sus 'casos por la autoridad militar de esta plaza con credencialcs competen- tes, ha tenido por o'bjeto, 6 marinar si le era posible el buque que iba a pcrseguir y conducirlo al puerto, 6 se- guir sus aguas e impedir toda descarga en la costa. Es¬ ta medida ha producido los mejores efectos, retrayendo a unos de hacer el contrabando por temor de ser sorpren- didos, y escarmentando a otros que han querido sustraer- se y burlarse de esfa vigilancia.

El documento N. 1, comunicacion del Sr. Coman¬ dante de las armas de esta plaza, impondra a V. E. que por comision que le confirio al segundo ayudante D. Ma¬ teo Remirez, marino este sobre la costa al bergantin a- mericano Avice, y que lo conducia a este puerto. El pri¬ mer teniente de la armada D. Tomas Thompson que man- da la goleta national Bravo, estando en la misma costa se fue a bordo del espresado berganlin Avise, y le txi- gio a su capitan todos sus papeles, despreciando a la co¬ mision militar que se habia ya apoderado del buque.

Fondeado en esta bahi'a quedo a disposition del co¬ mandante de la escuadrilla D. Francisco Reibaud, quien en lugar de reconocer el derecho que adquirio el oficial Remirez a la aprehension del buque, como que fue el primero que lo ocupo y lo conducia al puerto para que fuese reconocido su cargamento y examinada su proce- dencia, se ha espresado de un modo tan contrario, que califica de un abuso el haber confendo el Sr. Comandan¬ te militar de est a plaza aquella comision al referido ofi¬ cial, sin mas fundamento que el de hallarse en este fon- 'deadero la escuadrilla, cuyo objeto no es otro que el de proveerse de lo necesario para regresarse a Veracruz.

Es sensible, Exmo. Sr. que esta comision de vigi- lancia formada sin contravencion al'guna de ley, y que sus efectos han correspondido al fin propuesto con ventajas de la hacienda publica, se le tenga ahora y se le quiera per- suadir que es ilegal y abusivo su establecimjento. Des- tinada a operar unicamente en la costa de este puertw,

This content downloaded from 195.34.78.81 on Sun, 15 Jun 2014 05:18:42 AMAll use subject to JSTOR Terms and Conditions

Page 36: Cuaderno que contiene las comunicaciones oficiales habidas entre el Exmo. Sr. Gobernador y comandante general de este Departamento D. Francisco de Paula Toro, y el comandante de la

(35) HO puede en ningun sentido considerarse su autorizacion como ilegal y avanzada; mas para evitar cualquiera con- cepto en contrario que pueda pioducir en lo sucesivo el propagado por el comandante de la escuadrilla, ruego a V. E. se ocupe de este punto para que el Supremo Go¬ bierno resuelva lo que juzgue convenienle.

Las copias N. 2 al 5 instruiian a V. E. que el es¬ presado comandante D. Francisco Reibaud, apoderado del bergantin americano Avice, trato de llevarlo para Vera¬ cruz, desconociendo la autoridad del Juez de distrito de este departamento con perjuicio de la hacienda publica como representa el Sr. Conjisario general, y con perjui¬ cio tambien de los interesados en el cargamenlo, como aparece de sus respectivas esposiciones que acompano ba- jo los numeros referidos. Este Gobierno y Comandancia general dicto las providencias que aparecen en dichas co¬ municaciones, y to mo ademas las medidas que juzgo con- venientes para evitar que el buque se remitiese a Veia- cruz. Establecido el Juzgado de distrito en esle depar¬ tamento, a el compete sin duda el conocer en las cau- sas de esta naturaleza; y es de mi deber. como lo Ire he hecho, el sostener la autoridad de este Juzgado.

De estas comnnicaciones no he tenido contestacion, ni han producido otro efecto que el de insislir el Sr. Hei- baud en no poner a disposicion del Juez de distrito el buque y su cargamento, desconociendo obstinadamente la autoridad de este Juzgado, y manteniendo en la bahia con riesgo y perjuicio bajo la fuerza que manda, al espresa¬ do bergantin Avice. La iinica comunicacion que he re- •cibido del enunciado comandante de la escuadrilla, y la que me dirigio desde el bergantin Vencedor en donde se halla, es la que acompano bajo el N. 6, y se la presen¬ to a V. E. como un epilogo de la mas animosa arbilra- riedad, y de la malicia mas meditada.

Le dirigf en consecuencia la contestacion que leera V. E. en la copia N. 7. Se le invoca en ella, y se le transcribe el testo literal de la ley: se le dan garantias a la seguridad de su persona que falsamente supone ama- gada por convenir a sus designios, y se hace justicia a los habitantes de este pueblo pacifico y moderado; mas nada ha sido bastante para llamar al orden al comandan¬ te Reibaud, que con escandalo del mismo pueblo, preva- hdo de la position que ocupa, desprecia mi autoridad, y desconoce todas las de este departamento.

This content downloaded from 195.34.78.81 on Sun, 15 Jun 2014 05:18:42 AMAll use subject to JSTOR Terms and Conditions

Page 37: Cuaderno que contiene las comunicaciones oficiales habidas entre el Exmo. Sr. Gobernador y comandante general de este Departamento D. Francisco de Paula Toro, y el comandante de la

(36 5 Se le han hecho insinuaciones particulars proponien-

dole asegurar cualquier derecho que suponga tener al bu¬ que y su cargamento. Estos pasos lejos de hacerlo de- sistir, parece que han dado pabulo a su altivez y obsti- nacion.

Bien penetra este Gobierno y Comandancia general que el no querer sujetar el Sr. Rtibaud el reconoQimien- to del cargamento del bergantin Avice a la aduana ma- ritima de este puerto, ni el sotneter a los juzgadps y tri¬ bunates de este dep •rtamento la califioacion de si el bu¬ que vino 6 no bien despachado, es sin duda porque con ofensa de la verdad atnbuye venalidad en la admi¬ nistration publica; ofensa tanto mayor, cuanto «s notorio y puede decirse, que la persecution del contrabando es- clusivauiente ha ocupado la atencion de este Gobierno. La premura del tiempo no me pennite acompanar a V E. documentos que patenticen esta verdad : me lunito a ad- juntarle solo los que de pronto he reunido y van mar- cados bajo el N. 8 al 10, y. lo hago previendo que aca- so sera este punto del que quiera valerse malitiosamente el comandante de la escuadrilla D. Francisco Reibaud pa¬ ra cohonestar el haber desconocido todas las autoridades, aunque ostensiblemente funda con debilidad su resistencia en las instrucciones que dice tiene del Supremo Gobier¬ no, las que jamas pueden contrariar ni oponerse a las le¬ yes que rigen. El mismo Sr. Reibaud las reconocio cuan¬ do el primer buque que apresci en la costa, y cuya a- aprehension se la participe a V. E.; lo sometio al Juz¬ gado de distrito, cuya decision aun esta pendiente; y si emonces no hizo valer sus instrucciones, es claro que por su convencimiento no deben obrar tampoco en el presen¬ te caso, porque es idSntico al anterior.

Es muy doloroso, Exmo. Sr., que cuando en este depar¬ tamento se estan apurando todos los. recursos pecuniarios pat a habilitar con cuanto necesite y con la brevedad po¬ sible la escuadriila que manda el Sr. Rtibaud, disminu- yendo al soldado de la guarnicion de esta plaza, lo que es posible aun en el abono de sus socorros, se empefia este comandante al querer conducir a Veracruz al ber- gantin Avice, en privar al erario publico de de este de- partamento del ingreso de los derechos que produciria el cargamento de dicho bergantin.

Yo espero que tomadas en consideracion las rasones

This content downloaded from 195.34.78.81 on Sun, 15 Jun 2014 05:18:42 AMAll use subject to JSTOR Terms and Conditions

Page 38: Cuaderno que contiene las comunicaciones oficiales habidas entre el Exmo. Sr. Gobernador y comandante general de este Departamento D. Francisco de Paula Toro, y el comandante de la

(37) espuestas y los hechos que se refieren. el Supremo Go- bieino ejecutivamente dictara las providencias que sean convenientes para vindicar el desprecio. que se ha hecho y 'se esta haciendo a las autoridades de este departamen¬ to, poner termino a las vejaciones que sufre, castigan- do el atropellamiento de todas las leyes que ha coiitKi- do el comandante de la escuadrilla nacional D. Francis¬ co Reibaud. A esie efecto sirvase V» E. dar cuotita al Exmo. Sr. Presidente interino de la Rupublica con esta comunicacion ; recibiendo V. E: con este motivo la- pro¬ testas de mi consideration y, distinguido aprecio.—Dios y libertad. Heroica Campeche y Octubre 6 de 1836 — Francisco Toro.—Juan E. de Ech&nove, pro secretario.— Kxino. Sr. Secretario de Estado y del despacho de Guer¬ ra y Marina-.

Notas en aclaracion de los documentos que se citan en la anterior reprtsentucioh.

N. t.—E*te documento es el del folio 16. N. 2 al 5.—Son las represe'ntaciones que se hallan al fo¬

lio 3 hasta el 15 vuelta, y -al 1-7 vuelta. N. 6.-Folio 18. N. 7.—Folio 19. N. 8 al 10.—Folio 28 al 33.

OFICIO DE S. E. AL ADMINISTRATOR DE LA ADUANA MAR1TIMA DE ESTE PUERTO.

Para los usos que puedan convenir. cspero se sirva V. decirme circunstanciadamente que efectos condujo a su bordo el bergantin Avice cuando fue apresado por la goleta de guerra Bravo a las inmediaciones de este puer¬ to ; el Vitlor estimativo de ellos; la cantidad que han pa- gado de 'rechos, y los duenos de los citados efectos.

Dios y libertad. Campeche 17 de Diciembre de 1836. — Francisco Toro.—Manuel Caruajal, Siio. general.—Sr. Administrador de la aduana maritima de este puerto,

This content downloaded from 195.34.78.81 on Sun, 15 Jun 2014 05:18:42 AMAll use subject to JSTOR Terms and Conditions

Page 39: Cuaderno que contiene las comunicaciones oficiales habidas entre el Exmo. Sr. Gobernador y comandante general de este Departamento D. Francisco de Paula Toro, y el comandante de la

38 >,

CONTESTACION.

Aduana tnaritima de Campeche.—Exmo. Sr.—Tengo- el honor de adjuntar a V. E. la noticia circunstanciada que se sirve pedirme en su nota ofitial fecha 17 del que cursa, de los efectos, su valor estitnativo segun los peri- tos nombrados al intento, de los derechos que adeudaron y duenos de ellos ; los mtsmos qua en fines de Setiem- bre ultimo condujo a este puerto, procedente de la Haba- na, el bergantin anglo-americano Avice, su capitan D. Fran¬ cisco Alcina, que fue marinado a las intnediaqiones de es¬ te dicho puerto, despues de tenerlo. ocupado la comision militar de esta plaza, que se hallaba en la costa en per¬ secution del cbntrabando, por la goleta de guerra natio¬ nal la Bravo, para que haga V. E. de ella el uso que tenga por conveniente.—Dios y libartad. Campeche 19 de Dieiembre de 1836. — Como administrador funciona.- rio, Manuel de Lavalle.

Noticia circunstanciada del cargamento que condujo de la> Habana el bergantin an^lo-americano Avice, capitan D. Francisco Alcina, que entrd en t-ste puerto el 30 de Se- tiembre ultimo, con espresion de los interesados, preeios estimativos de los efectos, y derechos que han adeudado.

Interesados. Cargamento.

D. Fran¬ cisco

Claucel.

v 2 pipas vino tinto, 1 id. id Medoc. 8 id. cofiac.

200 botijas aceite.

Tot. de los precs. Derechos.

1.590 0 0 797 6 4

2 pipas vino Madera. 1 id. id. Medoc-. 6 medias id. id. tinto.

D. Anto- 2 cajas quesos. nioBujia. lid. con 300 gzas. 1.171 6 0 389 4 6

cuerdas. 50 pzas. cintas*.

1 envoltorio con cua- tro pzas. sarga.

This content downloaded from 195.34.78.81 on Sun, 15 Jun 2014 05:18:42 AMAll use subject to JSTOR Terms and Conditions

Page 40: Cuaderno que contiene las comunicaciones oficiales habidas entre el Exmo. Sr. Gobernador y comandante general de este Departamento D. Francisco de Paula Toro, y el comandante de la

39) D. Joa- 2 cajas con 50 pzas.

quin Gw- listados. tierrez. 4 con id. libros impr.

D. Barto- 6 cajas quesos. lome Ma- 21 fardos con 42 pzas.

taro. lona.

868 4 0 149 6 0

817 5 6 179 6 6

2 terc. hilo acarreto con 7J arrobas.

2 id. curricanes surti- dos con 8 arrobas.

12 almanaques naulic. 1 ejemplar del Dic-

cionario judicial. 1 id. del Examen del

D.Gaspar derecho romano. Oliver. 3 gzas. barajas.

2 id. bordones. 100 id. cuerdas.

I cajoncit. con 24 po- mitos balsamo de Makes.

1 cajon con 1 ql. in* cienso.

1 barril con 6^ ar. al- piste.

1 fardo con 2 churlas canela con 185 lb.

1 caja con 25pzas. lis* tados de 48 vs.

1 id. con75dnas. me- dias-medias de alg.

2 id. con 24latas de a 8 lb. aceite aim.

1 fardo con 2 chur¬ las canela con 186 lb.

4 cajas de listados con 100 pzas. de 48 vs.

1 caja con 100 pzas.

265 0 0 56 6 0

This content downloaded from 195.34.78.81 on Sun, 15 Jun 2014 05:18:42 AMAll use subject to JSTOR Terms and Conditions

Page 41: Cuaderno que contiene las comunicaciones oficiales habidas entre el Exmo. Sr. Gobernador y comandante general de este Departamento D. Francisco de Paula Toro, y el comandante de la

1 5

(40) musolinas labradas de 10 ys.

1 caj. con 12 latas de ti lbs. acite de al- mendras.

2 barriles con 8 ar. almendras.

D. Pedro \ caja con 37J dnas. Manuel medias-medias de

de Regil. algodon. £ id. con 27J dnas.

medias de algpd. ^ id. con 50pzas. car-

ranclanes de algo¬ don de 12 yardas. bulto ron 2 cajitas con 125 pzas. bret.

1 baulito con 3 cajas mariposas.

12 munecas. 2 reververos de losa. 1 costurero de ma-

dera. 1 cajita de pfldoras. 8 pzas. cintas de hilo. 1 cajita con 16 boli-

tas hilo de alg. 2 alfileteros. 2 id. teteras de losa. 1 palmatoria de hoja

de lata. 1 cajita de hilo de co-

ser. 1 dicha de estampas.

£ cajita con 37£dnas. medias medias de algodon.

£ id. id.27£dnas. me¬ dias de algodon.

£ id. id. 50 pzas. car- ranclanes de 12 ys.

£ bulto 2 cajitas con

3.688 6 0 1-026 2 0

This content downloaded from 195.34.78.81 on Sun, 15 Jun 2014 05:18:42 AMAll use subject to JSTOR Terms and Conditions

Page 42: Cuaderno que contiene las comunicaciones oficiales habidas entre el Exmo. Sr. Gobernador y comandante general de este Departamento D. Francisco de Paula Toro, y el comandante de la

(41) 125 pzas. bretanas.

1 caja con 125 pzas. listados de 48 vs.

1 id. id. id. de 47 vs. 4 id. con 100 pzas.

listados de 48 vs. 1 caja con 25 pzas.

creas de 70 vs. 1 caja con 100 pzas.

musohnas iabradas de 10 yardas.

D.Domin. 1 fardo con 2 churlas goTrueba. canela con 173 lb,

2 cajas 170 pzas. car- ranclanes.

1 tercio 16 pzas. lo- nas de 38 vs.

2 barriles alrnendras con 8 arrobas.

1 caja 12 latas de a 8 lbs. aceite de al- mendras.

1 caja con 50 lbs. a- zafran.

2 buitos 20 resmas papel bianco.

50 botijas de aceite de 3 en ar.

1 fardo 2 churlas ca¬ nela con 179 lb.

2 cnjas 50 pzas. lista¬ dos de 48 vs.

1 caja 85 pzas. car- ranclanes de 13 vs.

1 id. con 18 lbs. aza- fran.

1 med. pipa vino tin- to con 16£ ar.

6 barriles almendras con 22 ar.

6.143 0 0 1.695 3 7

4 cajas con 100 pzas. D. Anto- listados de a 48 vs.

This content downloaded from 195.34.78.81 on Sun, 15 Jun 2014 05:18:42 AMAll use subject to JSTOR Terms and Conditions

Page 43: Cuaderno que contiene las comunicaciones oficiales habidas entre el Exmo. Sr. Gobernador y comandante general de este Departamento D. Francisco de Paula Toro, y el comandante de la

42) tiio Estra- 1 id. con 100 id. car- dayLanz. ranclanesde 12 ys.

4 pipas vino tinto. §b. Ma- 3 dichas id. seco.

ttuel Saez. 25 botijas aceite con 10 ar.

200 botijas de aceite. 6 medias pipas vino

tinto. 6 barnlitosaceitunas.

D.Julian 4 cajas quesos con 31 Gonzalez arrobas. Gutierrez 1 una caja contenien- del comer- do * do de Me- 10 cajitas con 10 ade- rida. resos finos.

3 id. con seis pares de aretes de la mis- ma clase.

§b. Juan de Dios Lara del comercio deMerida.

4 botas vino seco. 2 medias id. id. id. 6 barriles almendras. 6 botas vino seco. 8 barriles almendras. 2 churlas canela con

270 lbs. 2 pipas aguardiente

estrange ro.

10 medias pipas vino tinto.

D. Felix 5 balas con 50 resm. Tnlla. papel ordinario.

3 cajas con 240 caji¬ tas dulce.

Sres. Pre- 2 fardos con 30 .mi- ciat y Hares tapas de cor- Gual. cho para botellas.

1.250 0 0 • 396 7 0

670 0 0 311 4 0

1.429 6 0 262 4 4

1.980 4 0 776 7 4

582 2 0 245 4 6

60 0 0 15 5 0

This content downloaded from 195.34.78.81 on Sun, 15 Jun 2014 05:18:42 AMAll use subject to JSTOR Terms and Conditions

Page 44: Cuaderno que contiene las comunicaciones oficiales habidas entre el Exmo. Sr. Gobernador y comandante general de este Departamento D. Francisco de Paula Toro, y el comandante de la

D. Fran¬ cisco Al¬

cina.

43) 14 cascos con 44.800

cabezas de ajos. 8 barrihtos aceituna3.

10 cunetes de id. 3 id. de atun en sal-

muera. 1 envoltorio peje-pa-

lo con 2 arrobas. 10 garrafones aguar¬

diente de uba. 1 barril de dulce con

376 cajetas pequeflas. 120 id. medianas.

16 id. grandes. 1 fardo con 16 pzaa.

lonas. 145§ toneladas a 15 rs.

para la Nacion

279 7 0 96 1 14

273 I 0

20.797 0 6 6.673 6 5

Aduana maritima de Campeche 19 de Diciembre de 1836.—Como administrador funcionario, Manuel de Lavalh.

Son copias de sus originales. H. Campeche 20 de Diciembre de 1836.—Manuel Carvajal, Srio. general.

Posteriormente se pidieron a la Comisaria general las noticias que siguen, y se publican por disposicion igual- mente del Exmo. Sr. Gobernador y "Comandante general D. Fanciseo de Paula Toro H. Campeche 31 de Di- ciembie de 1836.—Manuel Carvajal, Srio. general.-

CONTESTACION DEL Sr. COMISARIO GENERAL A S. E. EL GOBERNADOR. »

Comisaria general de los departamentos de Yucatan y Tabasco —Exmo. Sr.—Tengo el honor de acompanar a V. E. las noticias de las cantidades erogadas en la re¬

paration de los buques de la escuadrilla national, y por separado las que tambien se invirtieron en el bergantin national de guerra Libertador-Mexicano, compra del Pri-

vilegio, arrendamiento del pailebot Atrevido, gastos que

This content downloaded from 195.34.78.81 on Sun, 15 Jun 2014 05:18:42 AMAll use subject to JSTOR Terms and Conditions

Page 45: Cuaderno que contiene las comunicaciones oficiales habidas entre el Exmo. Sr. Gobernador y comandante general de este Departamento D. Francisco de Paula Toro, y el comandante de la

•'( 44 causo la geleta Esperanza, y costo -qtie tuvo la construc¬ tion del puente de barcas, que se hizo en esta plaza consecuente a suprema disposicion, las cuales se sirvi6 V. E, pedirme en su superior nota del dia 3 del que cursa, a que tengo la satisfaction de contestar.

Dios y libevtad. Campeche, Diciembre 31 de 1836. —Manuel Bayona.—Exmo. Sr. Gober-nador y Ce-mandfjn- ke general de este Departamento. >

.\ Noticia circunstanciada de las <eantidades invertidas en la

reparacicn de los buques de la escuadrilla nacional de guerra del mando del capitan de fragata D. Francisco Reibaud, con di^tincion de lo que en cada uno de ellos se ha consumido, como asimismo en lo general de todos, segun consta de los pedidos hechos por los contadores de cada buque y visados por dicho Sr. Reibaud, los que exis- ten en esta Comisaria general: a saber.

0 1"" -BERGANTIN VENGEDOR 4)EL -ALAMO.

Por valor de la cabulleria y di- wrsos efeGtos. .^ 7.945

Por jornales de carpinteria de lo < bianco... 458 Por id. id. de rivera 1.190 ] cPur id. de calafates 4««ief»o LG37 3 Por id. de herrerfa 601 Por varias obras de hojalaterfa.. 1 Por varias compost, de armeria. 16 For un botiquin 190

-.fjiiCt fi'oi >; < i iBERGANTlN GENERAL-TERAN,.

Por valor de cabulleria y diver- j «(, o-isi-inc 1 .<;" versos efectos »1.949 -2 0;

Por jornales de. carpinteria de lo bianco ,^...). <„:.,.,

,11.440 7 11

Por id. id. de rivera.<.,-,i.xy»^ (Por id. de calafates.* «*c*4> «<& « iPor id. de herreria... k ...>. riw> -:Por id. de^na caoena de hterro. Ppr"varias obras de hojalateria.<., Por varias compost, de armeria. ;Poriun botiquin .,w*i.-.i.x.)«*-«»!.)»

359 2 708 1 139 6 -405 1 300 0 32 5 3. 0

148 3

64 9

i«.-i'j nOJ

0 '

4,045 5^6

»bI .N ,Y

This content downloaded from 195.34.78.81 on Sun, 15 Jun 2014 05:18:42 AMAll use subject to JSTOR Terms and Conditions

Page 46: Cuaderno que contiene las comunicaciones oficiales habidas entre el Exmo. Sr. Gobernador y comandante general de este Departamento D. Francisco de Paula Toro, y el comandante de la

('45 t BERGANTIN-GOLETA GENERAL-URREA.

Por valor de cabulleria y diver- sos efectos. *... 1.881 3

Por jornales de carpiuteria de La j bianco 106 Oi

Por id. id. de rivera 762 5 3> Por id. de calafates. 186 4 Of 3.174 6 3 Por id. de hereria. 178 0 Por varias obras de hojalateria.. 5 2 Por varias compost, de armeria. 3 0 Por un botiquin '. .r.r.i... 147 1

GOLETA GENERAL-BRAVO. Por valor de cabulleria y diver-

sos efectos 1.151 7 6 1 Por jornales de carpinteria de lo }

bianco 34 0 6 Por id. id. de rivera 17-9 4 0 ji Por id. de herreria 133 6 0 Por un botiquin 67 2 6

1.566 4 «'

9.452 7 9

GASTOS GENERALES EN LA ESCUADRILLA. Por sueldos para la oficialidad y

tripulacion 4 630 0 5 Por jornales para la construction

de los velamenes .........^.. 770 7 6 Por carne frese.a. 907 4 0 Por viveres entrega-

dos en Campeehe.5.256 3 0 Por id. id. en Sisal.4.196 4 9 Por la vasijeria para aguada y va¬

rias coinposicionesdetoneleria. 532 2 Por maderas para todas las obras. 601 4 Por pertrechos de guerra 752 0 Por acarretos de los viveres.... 31 6 Por alquiler de la goleta Volado-

ra para chata 186 0 Por id. de ennoas para la conduc¬

tion de aguadas 50 0

0>17.914*7 8

0 0 0

0

0

Suma total (S. Y.).... 38.142 7 1*

This content downloaded from 195.34.78.81 on Sun, 15 Jun 2014 05:18:42 AMAll use subject to JSTOR Terms and Conditions

Page 47: Cuaderno que contiene las comunicaciones oficiales habidas entre el Exmo. Sr. Gobernador y comandante general de este Departamento D. Francisco de Paula Toro, y el comandante de la

(48)

DEMOSTRACION. Bergantin Vencedor del Alamo. 11440 7 11 Idem General-Teran 4.045 5 6 Idem General Urrea 3 174 6 3 Goleta General Bravo 1.566 4 6 Gastos generales 17.914 7 8

Igual.... 38.142 7 10

De la anterior demostracion se deduce que se han gastado treinta y ocho mil ciento cuarenta y dos pesos sie- te reales diez granos; pero de ellos se estan debiendo sie- te mil seiscientos treinta pesos un real ocho granos.

En la partida de cuitro mil ciento noventa y seis pe¬ sos cuatro reales uueve granos de los viveres que se en- tregaron por la aduana imrilimj de Sisal al bergantin Ge¬ neral-Teran y goleta General Bravo, estan incluidos tres mil doscientos setenta y ocho pesos cuitro reales cuatro gra¬ nos, valor de los que se iban a dirigir con destino a las tropas del ejercito nacional en Muamoros; pero segun ha manifestado D. Mmuel Bdrea, contador del bergantin Ven¬ cedor del Alamo, estaba con-iumida ya la nnyor parte de elios. Contaduria de la Coinisaria general de Y'leatau. Cain- pe^he, Diciembre 23 de 1836.—V. B.—BayoQ.a.—Jose M. Perez y Callejo.

Noticia circunstanciada d<'l coito del bergantin Privilegio (a) General Teran. el armirlo en guerra; como ignal- mente la goleta Esperanza, y pailebot Atreoido para la persecucion de los piratas de Tejas en esta costa: a saber.

Valor en que se compro dicho bergantin con aprobacion del Supremo Gobierno 17.000 0 0

Alquiler del pailebot Atrevido, por un mes, segun contrata 500 0 9

Sueldos y gratifi'-aciones de la oficialidad y tripulaciones de los tres buques 1.088 6 0

Por varias obras de carpintero de rivera.. 567 0 0 Por id. de calafates 106 0 6 Por id. de herreria 129.4 0 Por id. de toneleria, y vasigeria para aguada. 61 0 0 Por id. de hojulatena 35 0 Q

iw<

This content downloaded from 195.34.78.81 on Sun, 15 Jun 2014 05:18:42 AMAll use subject to JSTOR Terms and Conditions

Page 48: Cuaderno que contiene las comunicaciones oficiales habidas entre el Exmo. Sr. Gobernador y comandante general de este Departamento D. Francisco de Paula Toro, y el comandante de la

(47) Por los viveres 1.193 5 0 Por la cabulleria, y diversos efectos........ 1.412 3 3 Por 36 frascos de fuego 9 2 0 Por los acarretos de los viveres y efectos,

y la conducion de la aguada a bordo. 30 0 0 Por la descarga del palo de tinte que tenian

los tres buques 33 0 0

Pesos 22.195 4 9

Importa esta cuenta veinte y dos mil ciento noventa y cinco pesos cuatro reales nueve granos, de los cuales se estan debiendo diez y siete mil quinientos pesos. Con- taduria de la Comisaria general del Departamento de Yu¬ catan. Campeche, Diciembre 24 de 1836.—V. B.—Ba- yona.—Jose M. Perez y Callejo.

Nolicia arcunslanciada de las cantidades invertidas por esta Comisaria general tn el bergantin nacional de sue- ru Libertador-Mexicano, del mnndo del capitan de fra- gata D. Buenaventura Araujo: a saber.

Sueldos para la oficialidad y tripulacion.... 1.589 0 4 Valor de los generos para vestuario id 503 2 6 Por varias composturds de carpintero de ri¬

vera 25 3 0 Por id. de calafates 22 4 0 Por id de herreria 16 4 0 Por id. de hojalateria 50 0 Por id. de cabulleifa y diversos efectos.... 933 5 6 Por 3.500 rajas de lefia 9" 6 9 Por los viveres 472 1 0 Por la carne fresca 90 0 0 Por los acarretos de los vfveres 112 0 Por la conducion a bordo de lastre, aguada

y viveres 26 0 0

Pesos.... 3.704 5 1

Importa esta cuenla tres mil setecientos cuatro pesos cinco reales un grano. Contadurfa de la comisaria gene¬ ral del Depaitamento de Yucatan. Campeche, Diciembre 24 de 1836.—V. B.—Bayona.—Jose M. Perez y Callejo,

This content downloaded from 195.34.78.81 on Sun, 15 Jun 2014 05:18:42 AMAll use subject to JSTOR Terms and Conditions

Page 49: Cuaderno que contiene las comunicaciones oficiales habidas entre el Exmo. Sr. Gobernador y comandante general de este Departamento D. Francisco de Paula Toro, y el comandante de la

48 Noticia circunskmciada de las cantidadas invertidas por es¬

ta Comisaria general en la construccion del puente de barcas, que por Suprema drden se hizo en esta plaza con destino al ejcfcito nacional subre Tijas: & saber.

JORNALES. En la primera semana 86 6 6 En la segunda id 1H4 7 0 En la tercera id 205 3 0 En la cuarta id

' 355 0 0

En la quinta id 780 2 0 En la sesta id 225 6 0

1.788 0 6 MATERIALES.

En la primera semana.... 285 1 6 En la segunda id 59 0 0 En la tercera id 373 5 6 En la cuarta id 153 6 0 En la quinta id 2.976 4 3 • En la sesta id 000 0 0 Por 14 argollas de hierro

para asegurar a bordo las barcas 16 4 0

Por el flete de dicho puente hasta el puerto de Mata- moros 1.350 0 0

Pesos 7 002 5 9

Segun aparece por la antecedente cuenta, importa la •antidad de s'iete mil dos pesos cinco reales nueve gra¬ nos, de los que se estan debiendo tres mil cuatrocientos veinte y tres pesos tres reales nueve granos; sirviendo de gobierno, que los un mil trescientos cincuenta pesos del flete deben contarse por solo un mes, pues si escedie- se de ese termino el regre'so a este puerto de la goleta nacional Correo de Tampiio que condujo el espresado puen¬ te al de Malamoros, se ha de satisfacer al dueno de di¬ cho buque lo que importe el esceso a razon de mil tres¬ cientos cincuenta pesos en un mes, segun que asi esta convenido en la contrata que celebro este Sr. Comi'sario general. Contaduria de la Comisarfa general del Depar¬ tamento de Yucatan. Campeche 24 de Ditiembre de 1836. —V. B.—Bayona.'-Jose M. Perez y Callejo.

This content downloaded from 195.34.78.81 on Sun, 15 Jun 2014 05:18:42 AMAll use subject to JSTOR Terms and Conditions

Page 50: Cuaderno que contiene las comunicaciones oficiales habidas entre el Exmo. Sr. Gobernador y comandante general de este Departamento D. Francisco de Paula Toro, y el comandante de la

This content downloaded from 195.34.78.81 on Sun, 15 Jun 2014 05:18:42 AMAll use subject to JSTOR Terms and Conditions

Page 51: Cuaderno que contiene las comunicaciones oficiales habidas entre el Exmo. Sr. Gobernador y comandante general de este Departamento D. Francisco de Paula Toro, y el comandante de la

BSSS^mi This content downloaded from 195.34.78.81 on Sun, 15 Jun 2014 05:18:42 AM

All use subject to JSTOR Terms and Conditions


Recommended