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DE LA COMISIÓN DE LA SALA DE GOBIERNO ... SUPERIORES DE...aprobado por Acuerdo del Pleno del...

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2018-11-12 SGC ACTA 1 ACTA DE SESIÓN Nº 13/2018 DE LA COMISIÓN DE LA SALA DE GOBIERNO En Burgos, a doce de noviembre de dos mil dieciocho. Siendo las diez horas, se constituye la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León en Comisión, previa convocatoria al efecto, con la asistencia de sus miembros: PRESIDENTE: Excmo. Sr. D. José Luis Concepción Rodríguez MIEMBROS: Ilmo. Sr. D. Jesús Pérez Serna Ilmo. Sr. D. Ignacio Pando Echevarría Ilmo. Sr. D. Mauricio Muñoz Fernández Ilma. Sra. Dª María Luisa Miranda de Miguel. Ilmo. Sr. D. José Ignacio Fontán Silva. SECRETARIO: Ilma. Sra. Dª. María del Pilar Rodríguez Vázquez. No asiste el Ilmo. Sr. D. Francisco Javier Pardo Muñoz quien ha justificado debidamente su ausencia. Constatada la presencia de la mayoría de sus miembros, se considera válidamente constituida la Sala de Gobierno, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 153.4 de la Ley Orgánica del Poder Judicial. A continuación, se inicia el estudio de los asuntos, siguiendo el orden del día expresado en la convocatoria, previa dación de cuenta y discusión de los mismos, adoptándose los siguientes acuerdos: 1º.- Aprobar provisionalmente el acta de la sesión de la Comisión Permanente de la Sala de Gobierno de este Tribunal Superior, celebrada el día 22 de octubre de 2018, sin perjuicio de su posterior aprobación definitiva, en su caso, por el Pleno en su próxima reunión si bien subsanando:
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1

ACTA DE SESIÓN Nº 13/2018

DE LA COMISIÓN DE LA SALA DE GOBIERNO

En Burgos, a doce de noviembre de dos mil dieciocho.

Siendo las diez horas, se constituye la Sala de Gobierno del Tribunal

Superior de Justicia de Castilla y León en Comisión, previa convocatoria al

efecto, con la asistencia de sus miembros:

PRESIDENTE: Excmo. Sr. D. José Luis Concepción Rodríguez

MIEMBROS:

Ilmo. Sr. D. Jesús Pérez Serna

Ilmo. Sr. D. Ignacio Pando Echevarría

Ilmo. Sr. D. Mauricio Muñoz Fernández

Ilma. Sra. Dª María Luisa Miranda de Miguel.

Ilmo. Sr. D. José Ignacio Fontán Silva.

SECRETARIO: Ilma. Sra. Dª. María del Pilar Rodríguez Vázquez.

No asiste el Ilmo. Sr. D. Francisco Javier Pardo Muñoz quien ha justificado

debidamente su ausencia.

Constatada la presencia de la mayoría de sus miembros, se considera

válidamente constituida la Sala de Gobierno, de conformidad con lo dispuesto en

el artículo 153.4 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.

A continuación, se inicia el estudio de los asuntos, siguiendo el orden del

día expresado en la convocatoria, previa dación de cuenta y discusión de los

mismos, adoptándose los siguientes acuerdos:

1º.- Aprobar provisionalmente el acta de la sesión de la Comisión

Permanente de la Sala de Gobierno de este Tribunal Superior, celebrada el día

22 de octubre de 2018, sin perjuicio de su posterior aprobación definitiva, en su

caso, por el Pleno en su próxima reunión si bien subsanando:

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El error material padecido en la trascripción del Acuerdo Nº 7, en el siguiente

sentido:

Donde dice:

“INFORME

El artículo sexto de la resolución de 29 de diciembre de 1995 de la Secretaría

de Estado para la Administración Pública por la que se modifican los procedimientos

de jubilación del personal civil incluido en el ámbito de cobertura del régimen de

Clases Pasivas del Estado establece como requisitos: el que la solicitud se presente

con al menos tres meses de antelación a la fecha de jubilación solicitada. Además,

exige que el solicitante, en la fecha de jubilación solicitada, tenga cumplidos: 60

años de edad y reconocidos 30 años de servicios efectivos al Estado, requisitos

también recogidos para la jubilación anticipada en el Artículo 287.2 del ya citado

Reglamento de la Carrera Judicial.

Trasládese la expresada solicitud de jubilación anticipada, junto con el

presente informe, al Consejo General del Poder Judicial a los efectos previstos en

los artículos 287 y siguientes del Reglamento 2/2011 de la Carrera Judicial,

aprobado por Acuerdo del Pleno del Consejo General del Poder Judicial de 28 de

abril de 2011.”

Debe decir:

“INFORME

El artículo sexto de la resolución de 29 de diciembre de 1995 de la Secretaría

de Estado para la Administración Pública por la que se modifican los procedimientos

de jubilación del personal civil incluido en el ámbito de cobertura del régimen de

Clases Pasivas del Estado, establece como requisitos: el que la solicitud se presente

con al menos tres meses de antelación a la fecha de jubilación solicitada. Además,

exige que el solicitante, en la fecha de jubilación solicitada, tenga cumplidos: 60

años de edad y reconocidos 30 años de servicios efectivos al Estado, requisitos

también recogidos para la jubilación anticipada en el Artículo 287.2 del ya citado

Reglamento de la Carrera Judicial.

Según Escalafón de la Carrera Judicial cerrado al 31 de marzo de 2018

publicado en BOE de 24-4-2018, el citado Magistrado figura con el Nº 1091,

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constando como fecha de nacimiento la antes referida y como años de servicio en la

Carrera Judicial la de 29 años 5 meses y 17 días, por lo que a la fecha de jubilación

anticipada solicitada se cumplirán los requisitos de edad y de servicios

efectivos al Estado ( incluso solo con el tiempo de desempeño efectivo en la

Carrera Judicial) legalmente exigidos.

Por otra parte, cabe indicar que el órgano en el que sirve (Juzgado de Primera

Instancia Nº 6 de Burgos) fue inspeccionado por el Presidente del TSJ de Castilla y

León en fecha 28 de septiembre de 2017, con resultado favorable, sin que consten

datos más actualizados.

Trasládese la expresada solicitud de jubilación anticipada, junto con el

presente informe, al Consejo General del Poder Judicial a los efectos previstos en

los artículos 287 y siguientes del Reglamento 2/2011 de la Carrera Judicial,

aprobado por Acuerdo del Pleno del Consejo General del Poder Judicial de 28 de

abril de 2011.”

2º.- Ratificar los acuerdos adoptados por el Sr. Presidente desde la última

Sala de Gobierno, celebrada el día 22 de octubre de 2018, en virtud de la facultad

que le confiere el artículo 160.7 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.

3º.- [Expediente Alarde Nº 22/2018].

Ponente: D. José Luis Concepción Rodríguez.

Tomar conocimiento del alarde elaborado por Dª Helena Antona Suena,

Magistrada-Juez de Adscripción Territorial del Tribunal Superior de Justicia de

Castilla y León, adscrita al Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Nº 1 de

Benavente (Zamora) con motivo de su cese en el mismo y emitir el siguiente:

INFORME

Del Alarde presentado por Dª. HELENA ANTONA SUENA Juez de Adscripción

Territorial que ejerció sus funciones en el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción

Nº 1 de los de BENAVENTE desde el día 8 de septiembre de 2017 hasta el día 1 de

octubre de 2018, en que cesó en dicho juzgado.

VALORACIÓN FORMAL DEL ALARDE

En cuanto al contenido del Alarde cumple, básicamente y en lo fundamental,

con lo dispuesto por los artículos 317.3 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y 124

a 132 del Reglamento 2/2011, de la Carrera Judicial, aprobado por Acuerdo del

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Pleno del Consejo General del Poder Judicial de 28 de abril de 2011, así como por la

Guía de Criterios para la Confección de Alardes aprobada por el Pleno del CGPJ el

día 21 de julio de 2011 y las instrucciones de la Sala de Gobierno del Tribunal

Superior de Justicia de Castilla y León.

El alarde anterior fue elaborado con fecha 8 de mayo de 2015 constando la

conformidad al mismo.

La última visita de inspección tuvo lugar el día 2 de junio de 2015.

TOTAL DE ASUNTOS REGISTRADOS

En atención a los datos del Alarde presentado, se obtienen las conclusiones

siguientes:

SECCION CIVIL

1/ En jurisdicción contenciosa

Año 2014: 547

Año 2015: 556

Año 2016: 538

Año 2017: 569

Año 2018: 451 (hasta el 1 de octubre)

2/ En jurisdicción voluntaria

Año 2014: 69

Año 2015: 39

Año 2016: 33

Año 2017: 32

Año 2018: 18 (hasta el 1 de octubre)

3/ Registro Total

Año 2014: 867

Año 2015: 811

Año 2016: 757

Año 2017: 780

Año 2018: 604 (hasta el 1 de octubre)

SECCIÓN PENAL

1/ Diligencias previas

Año 2014: 1.283

Año 2015: 1.236

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5

Año 2016: 646

Año 2017: 584

Año 2018: 509 (hasta el 1 de octubre)

2/ Procedimientos Abreviados

Año 2014: 25

Año 2015: 32

Año 2016: 32

Año 2017: 49

Año 2018: 16 (hasta el 1 de octubre)

3/ Juicios por Delitos leves

Año 2014: 154

Año 2015: 102

Año 2016: 123

Año 2017: 93

Año 2018: 48 (hasta el 1 de octubre)

4/ Diligencias previas en asuntos de VIO

Año 2014: 57

Año 2015: 53

Año 2016: 51

Año 2017: 45

Año 2018: 73 (hasta el 1 de octubre)

5) Abreviados en VIO

Año 2014: 16

Año 2015: 16

Año 2016: 10

Año 2017: 16

Año 2018: 14 (hasta el 1 de octubre)

VALORACIÓN SOBRE LOS DATOS DE REGISTRO

Se trata de un Juzgado que padece ya una considerable carga de trabajo, por

cuanto sobrepasa el módulo de entrada de asuntos civiles, fijado en 380 contenciosos.

En la esfera penal, el registro padecido por el Órgano se encuentra por debajo de los

2.500 asuntos. El número de diligencias previas incoadas parece moderado, aunque

acumula la competencia en materia relativa a violencia de género. En cualquier caso, el

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registro ha experimentado un incremento importante en estos últimos años, lo que lleva

a considerar la creación del Juzgado Nº 3 en dicho partido judicial ya pedida por la Sala

de Gobierno del Tribunal.

VALORACIÓN DE LOS ASUNTOS PENDIENTES

A.- CIVIL

a.1. Nivel de Pendencia

El número global de asuntos pendientes en procedimientos contenciosos, sin

incluir los referidos a Derecho de Familia, es de 82, ninguno de ellos anterior a la Ley

1/2.000.

El número de asuntos pendientes en procesos sobre Derecho de Familia es de

25 asuntos. Y, por lo que se refiere a jurisdicción voluntaria, la pendencia se sitúa en 7

asuntos. Refleja, pues, un nivel de pendencia muy razonable.

Tampoco la ejecución arroja un volumen alarmante de pendencia, pues existen

777 procedimientos pendientes, 19 de ellos relativos a Derecho de familia, habiendo

experimentado un ligero descenso desde el último alarde informado.

a.2. Examen de asuntos en concreto

1/ Procesos contenciosos sin Derecho de Familia.-

No existen procedimientos anteriores al año 2010 pendientes.

De ese año 2010 existe un solo procedimiento, el Juicio Ordinario 9/2010, que se

encuentra suspendido por prejudicialidad penal.

De 2013 sólo pende la División de Herencia 215/2013, que se halla pendiente de

la celebración de la vista.

De 2016 solo se encuentra pendiente el Procedimiento Ordinario 429, pendiente

de que se celebre la vista.

Del año 2017 hay pendientes 3 procedimientos pendientes -todos ellos

recientemente proveídos-.

Del año 2018 hay pendientes 76.

Todos los asuntos llevan proveídos recientes.

2/ Procesos relativos al Derecho de Familia.-

Hay 25 asuntos pendientes; 1 de ellos fue incoado en 2013 -la Liquidación de la

Sociedad de Gananciales 173/2013, que está pendiente de que se redacte el cuaderno

particional-; existe 1 procedimiento pendiente que fue incoado durante 2014; 1 durante

2016; 2 en 2017 y los 22 restantes en 2018.

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3/ Jurisdicción Voluntaria.-

Existen, como se ha dicho, 7 asuntos pendientes, 1 correspondiente a 2013; 1

a 2014; 1 a 2017 y los 4 restantes a 2018.

4/ Procesos de ejecución, en general.-

Hay pendientes 758 asuntos, datando los más antiguos de 1993 (3).

Existen 49 procedimientos incoados antes de 2006.

Hay 19 ejecuciones de familia pendientes. Las más antiguas datan de 2009 -

1- y 2013 -1- y se encuentran pendientes de que se realicen pagos parciales. Al

margen de ellas, penden 3 de 2014; 1 de 2015; 4 de 2016; 3 de 2017 y 6 de 2018.

5/ Auxilio Judicial.-

Existen 4 despachos civiles pendientes, el más antiguo ingresado con fecha 3 de

julio de 2018 y pendiente de efectuar una videoconferencia.

6/ Escritos pendientes de proveer.-

En la relación remitida no se constata la existencia de ningún escrito pendiente

de ser proveídos.

B.- PENAL

b.1. Nivel de pendencia

No existe ningún sumario pendiente ni ningún Procedimiento de la Ley del

Jurado.

Se vienen registrando en torno a 1.300 diligencias previas, por lo que la

existencia de 54 en tramitación indica una pendencia muy adecuada y que se

compadece con el indicado volumen de registro. Por lo que se refiere a Procedimientos

Abreviados penden 26.

En lo que respecta a los juicios por delitos leves, a fecha del alarde existen 12

juicios pendientes.

El número de ejecutorias pendientes (20) es plenamente asumible.

b.2. Examen de asuntos en concreto

1/ Sumarios, Procedimientos del Tribunal del Jurado y Habeas corpus.-

No pende ninguno.

2/ Causas con preso.-

Existen 2 presos preventivos a disposición del Órgano, con causa en las

Diligencias Previas 293/2018, ya Procedimiento Abreviado 19/2018 y las Diligencias

Previas 498/2018, ya Procedimiento Abreviado 26/2018.

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3/ Diligencias previas.-

Existen, como se ha dicho, 54 diligencias previas pendientes 5 de ellas

relativas a Violencia de género. De las 49 primeras, 5 fueron incoadas en el año

2017 y 44 en 2018. Todas las Diligencias de VIO corresponden a la presente

anualidad.

4/ Procedimientos abreviados.-

Ya se ha dicho que existen 26 Procedimientos de esta naturaleza pendientes

de ser concluidos, 9 de ellos de VIO. De ellos, 1 incoado en 2016 y pendiente de que

se notifique el auto de apertura de juicio oral al acusado; 7 en 2017 y 18 en 2018.

5/ Delitos Leves.-

Los 12 juicios pendientes han sido incoados en 2018.

6/ Auxilio judicial.-

Hay 12 exhortos pendientes, el más antiguo recibido el 8 de marzo de 2018.

7/ Ejecutorias penales en juicios de faltas.-

Hay 20 ejecutorias pendientes (1 correspondiente al año 2011; 1 a 2012; 1 a

2013, 1 a 2015, 1 a 2016, 6 a 2017 y las 8 restantes a 2018).

8/ Escritos pendientes de proveer.-

No consta ningún escrito pendiente de ser proveído.

SENTENCIAS O RESOLUCIONES PENDIENTES DE DICTAR

No consta ninguna sentencia civil pendiente de dictar y no consta que algún

asunto esté pendiente de diligencias finales en asuntos civiles.

En asuntos penales no consta ninguna sentencia pendiente de dictar.

VALORACIÓN FINAL

El Alarde presentado por Dª. HELENA ANTONA SUENA revela un adecuado

nivel de respuesta y ofrece datos sobre pendencia que, en relación con el volumen de

registro padecido en el partido judicial de Benavente, deben calificarse de moderados.

El estado general del órgano es óptimo.

La Juez cesante no ha dejado pendiente de dictar sentencia alguna o de

resolver sobre algún recurso cuya tramitación ya se hubiera completado; no se aprecia,

por tanto, ningún retraso o demora imputable a la misma, ni disfunción en la marcha

general del juzgado.

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En atención a lo anterior, siendo ponente el Excmo. Sr. Presidente, la SALA

DE GOBIERNO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CASTILLA Y LEÓN

ACUERDA:

PARTE DISPOSITIVA

Informar favorablemente el alarde elaborado por Dª. HELENA ANTONA

SUENA Juez de Adscripción Territorial que ejerció sus funciones en el Juzgado de

Primera Instancia e Instrucción Nº 1 de los de BENAVENTE desde el día 8 de

septiembre de 2017 hasta el día 1 de octubre de 2018, en que cesó en dicho

juzgado.

Comuníquese este Acuerdo a la interesada y al Consejo General del Poder

Judicial a los efectos oportunos.

4º.- [Expediente Alarde Nº 23/2018].

Ponente: D. Jesús Pérez Serna.

Se toma conocimiento del alarde elaborado por Doña Laura Sotorrío

Fernández de Mijares, Jueza Titular del Juzgado de Primera Instancia en

Instrucción N.º 1 de Briviesca (Burgos), con motivo de su cese en el mismo,

emitiendo al efecto el siguiente:

INFORME

El Alarde que se somete a revisión, ha sido elaborado por Doña Laura

Sotorrío Fernández de Mijares, Jueza Titular del Juzgado de Primera Instancia

e Instrucción número uno de Briviesca (Burgos), referido al periodo comprendido

entre el día 3 octubre de 2016, fecha en que tomó posesión, y el día 13 de

septiembre de 2018, fecha de cese de la misma.

VALORACIÓN FORMAL DEL ALARDE

Por lo que afecta al contenido del Alarde, resulta conforme con lo dispuesto

en los artículos 317.3 de la LOPJ, y 124 a 132 del Reglamento 2/2011, de 28 de

abril, de la Carrera Judicial; así como con la Guía de Criterios para la Confección

de Alardes aprobada por el Pleno del CGPJ el día 21 de julio de 2011 y con las

instrucciones de la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Castilla

y León.

Son circunstancias reseñables las relativas a la que la fecha del anterior

alarde fue la de mayo de 2011, al que se prestó conformidad, y que la fecha de la

última inspección del órgano jurisdiccional se produjo en 2 febrero 2016.

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Se acompaña informe sobre la evolución del Juzgado, datos de registro, y,

en general, volumen de entrada de asuntos y carga de trabajo, medios

personales y materiales, pendencia del órgano, con exposición razonada de la

situación del juzgado al momento del cese en relación con la que se encontró a

su toma de posesión. Manifiesta que el alarde se cierra en fecha 13 septiembre

2018.

En relación a la evolución del órgano jurisdiccional, se expone, que se

trata de un Juzgado que no ha sufrido importantes variaciones, a tenor del

registro de asuntos producido, de tal forma que la carga de trabajo ha

permanecido estable y ha sido asumible sin que en ello haya influido el cambio de

personal que ha habido durante los dos años de su estancia en el juzgado, (en la

actualidad tiene dos funcionarias titulares y cuatro interinas, así como la Letrada

de la Administración de Justicia que también es interina), y la implantación del

expediente judicial con la consiguiente ralentización en la tramitación de los

procedimientos.

Por lo que se refiere a los datos de registro, y, en general, al volumen de

entrada de asuntos y carga de trabajo, constata la estabilidad que hay tanto en la

entrada de asuntos como la resolución de los mismos, de manera que se trabaja

de manera cómoda permitiendo dedicar atención a todos los asuntos. Refiere que

la tendencia general del órgano es mínima, no existiendo asuntos ni en la

jurisdicción penal ni en la civil atrasados a la fecha del cese. Si se detecta un

lento descenso de asuntos, consecuencia de las reformas legislativas habidas.

TOTAL DE ASUNTOS REGISTRADOS

En atención a los datos del Alarde presentado, se obtienen las

conclusiones siguientes:

SECCION CIVIL.-

1/Registro Total

Año 2014: 608

Año 2015: 527

Año 2016: 441

Año 2017: 393

Año 2018: 261 (Hasta el día 13 de septiembre)

2/Asuntos Contenciosos

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Año 2014: 360

Año 2015: 335

Año 2016: 283

Año 2017: 284

Año 2018: 188 (Hasta el día 13 de septiembre)

SECCION PENAL.-

1/Registro Total

Año 2014: 1.188

Año 2015: 1.042

Año 2016: 652

Año 2017: 649

Año 2018: 409 (Hasta el día 13 de septiembre)

2/Diligencias Previas

Año 2014: 1.068

Año 2105: 854

Año 2016: 395

Año 2017: 495

Año 2018: 299 (Hasta el día 13 de septiembre)

3/Juicios de Faltas/Delitos Leves

Año 2014: -

Año 2015: 95

Año 2016: 172

Año 2017: 105

Año 2018: 60 (Hasta el día 13 de septiembre)

VALORACION SOBRE LOS DATOS DEL REGISTRO

Se trata de un juzgado que soporta una carga de trabajo moderada, dado

que el volumen de entrada de asuntos se sitúa en los parámetros de normalidad

en relación con los módulos de entrada fijados por el CGPJ.

Ni en la jurisdicción civil ni en el penal se puede definir que alcanza los

niveles establecidos por cuanto en la primera, señalado el módulo de entrada en

380 asuntos contenciosos civiles, el órgano en cuestión ha registrado en 2016 y

en 2017, últimos dos años enteros, 283 y 284 asuntos respectivamente, incluidos

los asuntos de derecho de familia, y durante el año 2018, 188 asuntos hasta la

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fecha de cierre del alarde. En penal, ha registrado en los dos últimos años

completos, 395 y 495 diligencias previas respectivamente, y en lo transcurrido del

año 2018, 299 diligencias.

NIVEL DE RESOLUCION

SENTENCIAS CIVILES

Año 2014: 122

Año 2015: 124

Año 2016: 80

Año 2017: 110

Año 2018: 70 (hasta el día 13 de septiembre)

AUTOS CIVILES

Año 2014: 169

Año 2015. 145

Año 2016: 74

Año 2017: 100

Año 2018: 74 (hasta el día 13 de septiembre)

SENTENCIAS PENALES

Año 2014: 159

Año 2015: 109

Año 2016: 71

Año 2017: 97

Año 2018: 31 (hasta el día 13 de septiembre)

VALORACION DE LOS ASUNTOS PENDIENTES

--ASUNTOS CIVILES EN TRAMITE

Anteriores a la nueva LEC: Total 0.

Procedimientos de la LEC actual, sin familia: Total 156, de los cuales

15 corresponden a los años 2003 a 2016, -- 1 de 2003, MON con fecha de último

proveído en 18-12-17; 1 de 2004, DIH; 1 de 2007, DIH; 1 de 2010, DIH; 1 de

2011, DIH; 1 de 2013, ORD; 2 de 2015, DIH ambos; y el resto 7 de 2016,

proveídos recientemente --, 43 a 2017, de los cuales 12 están señalados bien

para juicio bien para audiencia previa, y el resto se halla pendiente de diversas

diligencias tales como emplazamiento, medidas de averiguación, requerimientos,

etc, estando mayoritariamente proveídos en los dos últimos meses antes del

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13

cese, y 98 al presente año de 2018, de los cuales 18 están señalados para juicio

o audiencia previa, 13 en fase de emplazamiento y 19 en requerimiento de pago;

el resto está pendiente de diversas diligencias, y, asimismo, están

mayoritariamente proveídos en los dos últimos meses antes del cese.

En trámite de notificación de sentencia o actuación posterior, sin

familia: Total 25, de los cuales 10 pende de tasación de costas, 4 se hallan en

plazo de recurso, 8 en notificación de sentencia, 1 en notificación de auto de

inadmisión y 2 en otras diligencias. Prácticamente, los proveídos últimos son de

junio hasta la fecha del cese.

Derecho de Familia.- Total 24. De ellos, 12 incoados en los años 2013 a

2017, ambos inclusive, y 12 en 2018. Todos con fecha de último proveído en los

meses de junio, julio y septiembre del año en curso salvo uno que se hayan

suspendido. En trámite de notificación de sentencia o actuación posterior hay 10.

De ellos, 3 corresponden a 2016, (Penden de publicación sentencia en BOCYL,

Inscripción R. Central y Tasación de Costas), 3 a 2017, (Exhorto a Reg Civil,

Notificación de sentencia y en plazo para recurso de apelación), y los 4 restantes

a 2018, (2 en notificación de sentencia, 1 en plazo de apelación y 1 exhorto a Reg

Civil).

Jurisdicción Voluntaria.- Total 110. 3 de conciliación (Uno de 2017 y 2

de 2018, recientemente proveídos los tres.), y 107 de tutelas, curatelas y

autorizaciones para menores e incapaces correspondientes a los años 2000 a

2016, (78 en su mayor parte aprobación de cuentas anuales y aprobación de

inventario), y a 2017 -2018, (29, con idéntico contenido que las anteriores y con

la apertura de tutela o aprobación de inventarios.

Expedientes del registro civil.- Total 11. Dos de 2017 y el resto de 2018,

y todos los proveídos en debida forma y recientemente.

Ejecuciones (sin familia).- Total 407.- La más antigua data del año 1992

y 1997. El resto son a partir de 2002 y existen 145 ejecuciones incoadas con

anterioridad al año 2014; la mayoría de los proveídos son recientes entendiendo

por ello de mayo a septiembre de 2018. A partir de 2014 las ejecuciones

pendientes son 61 de dicho año, 49 de 2015, 47 de 2016, 61 de 2017 y 44 de

2018.

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Ejecuciones de Derecho de Familia.- Total 15.- La más antigua data de

2011 y viene referido el trámite al embargo de saldos al igual que dos de 2013 en

y otras dos de 2014. El resto corresponden cuatro a 2016, y se refieren a

aspectos económicos del asunto, 3 de 2017 y 3 de 2018.

Auxilio judicial.- Total 0.

Escritos pendientes de proveer.- Total 0.

Sentencias pendientes de dictar.- Total 0.-

--ASUNTOS PENALES EN TRAMITE.-

Sumarios.- Total 0.

b) Diligencias Previas.- Total 43. 1 de ellas incoadas en 2015, se ha

dictado auto de procedimiento abreviado, con fecha de último proveído en 7

agosto 2018; otras dos incoadas en 2016 penden de práctica de gestiones en

policía judicial y de informe del departamento de criminalística de la guardia civil;

otras dos incoadas en 2017 penden de informe pericial caligráfico e informe del

ministerio fiscal, siendo sus proveídos recientes; y el resto, 38, corresponden al

año 2018 siendo todos sus proveídos de agosto y septiembre del mismo año.

c) Procedimientos Abreviados.- Total 14. Todos ellos incoados en 2018,

se hallan pendientes de calificación del ministerio fiscal, siete, de resolver el

recurso de apelación o reforma, tres, de presentación del escrito de defensa, o de

notificación auto a los acusados.

Delitos leves.- Total 23.- Uno incoado en agosto de 2017 y señalado para

el 8 octubre 2018. El resto incoados en 2018 y pendientes de juicio salvo cuatro

que penden de diligencias de averiguación de paradero. Hay cinco

procedimientos de delitos leves pendientes, correspondientes todos al año 2018,

notificación o actuación procesal posterior, y tres en trámite del recurso pendiente

de elevar.

Ejecutorias de delitos leves.- Total 8. Una incoada en 2017 pendientes

de pago de la multa, y siete incoadas en 2018, pendientes tres de ellas de

localización permanente, 1 de cumplimiento de pena y tres de requerimiento de

pago.

Jurado.- Total 0.

Despachos penales de auxilio judicial pendientes.- Total 21. El más

antiguo ingresado el 28 mayo 2018 y pendiente de requerimiento. El resto

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ingresados uno del 21 junio, cuatro en julio, seis en agosto y nueve en

septiembre.

Escritos pendientes de proveer.- Total 0.

Sentencias pendientes de ser dictadas: 0

SITUACION DEL ORGANO JUDICIAL

Medios personales:

La plantilla se compone de un letrado de la administración de justicia, dos

funcionarias del cuerpo de gestión procesal, tres del cuerpo de tramitación y una

del cuerpo de auxilio, siendo destacable el movimiento de personal habido en el

período considerado, hasta el punto de que mantienen cuatro trabajadoras

interinas, al igual que la letrada. Se trata de una plantilla suficiente y adecuada al

actual volumen de trabajo, habiendo sido destacado su buen hacer por la titular

del órgano judicial al emitir su informe en el presente alarde; no obstante en

precisar que sería necesario contar con un funcionario más en atención al

volumen de trabajo que tiene el juzgado.

Medios materiales:

La Magistrada Juez firmante del alarde pone de manifiesto que en las

instalaciones del juzgado son buenas y adecuadas, así como los medios

materiales de los que se dispone, contando con facilidad para la obtención de

ayuda en la resolución de los problemas informáticos; no obstante si destacan la

necesidad de nombramiento de una persona que vigile y controle la seguridad del

edificio, y también refiere la necesidad de contar con una nueva pantalla de

videoconferencias en la sala de vistas, máxime celebrándose los juicios de faltas

por videoconferencia con el ministerio fiscal.

VALORACIÓN FINAL

A la vista de lo expuesto, se considera que el alarde presentado por la

Juez doña Laura Sotorrio Fernández de Mijares revela un buen nivel de respuesta

y ofrece datos, sobre pendencia, justificados y razonables. No se aprecia retraso

alguno o demora imputable a la misma en la tramitación de los asuntos, tanto en

la fase declarativa como en la fase de ejecución, ni tampoco disfunción alguna en

la marcha general del juzgado.

En atención a todo lo expuesto, la Comisión Permanente de esta Sala de

Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ACUERDA

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PARTE DISPOSITIVA

Informar favorablemente el Alarde elaborado por la Jueza cesante, DÑA.

LAURA SOTORRIO FERNANDEZ DE MIJARES, Jueza titular en el Juzgado de

Primera Instancia e Instrucción número 1 de Briviesca (BURGOS), con motivo de

su cese en el mismo, al haber obtenido plaza en otro órgano judicial.

Felicitar a la Jueza firmante del alarde por el trabajo realizado en el

Juzgado.

Comuníquese este acuerdo a la interesada y al Consejo General del Poder

Judicial a los efectos oportunos.

5º.- [Expediente General Nº 121/2017].

Ponente: Dª María Luisa Miranda de Miguel.

Tomar conocimiento de las cinco comunicaciones de la Sección de Recursos

del Consejo General del Poder Judicial en relación con los recursos de reposición

interpuestos por los concursantes, Dª Raquel Pérez Martín, D. Mateo Jonathan

Justicia Cuevas, Dª Ángela Hernández Campillos, Dª María Mercedes Solana Sáenz

y Dª Diana María González Conde frente al Acuerdo de 16 de Agosto de 2018 de la

Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial por el que se resuelve

parcialmente el concurso convocado, por Acuerdo de 21 de marzo de 2018, para la

provisión de plazas de Magistrado suplente y Juez sustituto en el año judicial

2018/2019 en el ámbito, entre otros, de este Tribunal Superior de Justicia de Castilla

y León (BOE de 25/08/2018), en las que, de conformidad con lo establecido en los

artículos 79 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico de

las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común se solicita,

respectivamente, la elaboración de un informe, aprobado por la Sala de Gobierno de

este Tribunal, en el que se especifiquen las causas y los criterios por las que fueron

excluidos del listado de candidatos propuestos para su nombramiento, elevada en su

día a la Comisión Permanente del CGPJ, con especial énfasis en la documentación

aportada y en lo alegado en el escrito de interposición del recurso.

Así mismo, se toma conocimiento de la Certificación de la Secretaria de

Gobierno de este Tribunal, expedida a tales efectos, con respecto a los datos de los

candidatos recurrentes indicados, obrantes en el Expediente EG. Nº 121/2017.

INFORME QUE EMITE LA SALA DE GOBIERNO DEL TRIBUNAL

SUPERIOR DE JUSTICIA DE CASTILLA Y LEÓN.

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Dª RAQUEL PÉREZ MARTÍN, D. MATEO JONATHAN JUSTICIA CUEVAS,

Dª ÁNGELA HERNÁNDEZ CAMPILLOS, Dª MARÍA MERCEDES SOLANA SÁENZ y

Dª DIANA MARÍA GONZÁLEZ CONDE, presentan escritos interponiendo recursos

de reposición, ante la Sala de la Comisión Permanente del Consejo General del

Poder Judicial, contra la resolución del acuerdo de 16 de agosto de 2018, de la

Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, por el que se

resuelve parcialmente el concurso convocado por acuerdo de 21 de marzo de 2018,

para provisión de plazas de magistrados suplentes y jueces sustitutos en el año

judicial 2018/2019 en el ámbito de los Tribunales Superiores de Justicia de

Andalucía, Ceuta y Melilla, Aragón, Canarias, Cataluña, Castilla y León, La Rioja,

Navarra, País Vasco y Valencia (B.O.E número 206, 25 de agosto de 2018).

Dª RAQUEL PÉREZ MARTÍN, alega en el escrito de interposición del

recurso, que formó parte del mencionado concurso presentando en tiempo y forma

la documentación requerida y solicitando de forma preferente plaza para juez

sustituto en la ciudad de Salamanca.

Que ha venido siendo nombrada juez sustituta de manera ininterrumpida

desde el año 2008 hasta el presente en las provincias de Ávila y Salamanca, no

existiendo en el referido periodo queja alguna sobre su trabajo y contando con el

informe favorable del Ilmo. Sr. Presidente de la Audiencia Provincial de Salamanca.

Publicado, el 25 de agosto de 2018, el acuerdo de nombramiento de los

jueces sustitutos para la provincia de Salamanca para el año 2018/2019 no se

encuentra incluida en el mismo, apareciendo personas con peor o igual puntuación

que la recurrente y que no han trabajado como jueces sustitutos.

De otro lado, alega que ha quedado una plaza sin cubrir y una de las jueces

sustitutas que aparecen en la lista, Dª Alicia González Monje, ha renunciado a sus

funciones con anterioridad a la publicación en el B.O.E de la nueva lista de jueces

sustitutos para el próximo año judicial.

Por lo que solicita se le adjudique una plaza, ya sea de las 2 vacantes u otra,

en la ciudad de Salamanca y provincia basado en que cumple con todos y cada uno

de los requisitos exigidos, considerando que ha sido por segunda vez, injustamente

excluida.

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LA VALORACIÓN DE LOS MÉRITOS APORTADOS CON LA SOLICITUD, de

Dª Raquel Pérez Martín, atendiendo a los criterios de baremación establecidos en

las Bases de la convocatoria, resulta, según certificación adjunta emitida por la

Secretaria de Gobierno de este Tribunal:

a) MÉRITOS PREFERENTES:

EJERCICIO DE FUNCIONES JUDICIALES:

. JUEZ SUSTITUTO: 240 días = 0,30 puntos

-PUNTUACION a): 0,30 puntos.

b) MÉRITOS NO PREFERENTES:

PARTICIPACIÓN EN OPOSICIONES:

. JUEZ/FISCAL: 9 ejercicios superados=: 2,00 puntos

-PUNTUACIÓN b) = 2,00 puntos

PUNTUACIÓN TOTAL a) +b) = 2,30 puntos.

Fue declarada apta por reunir los requisitos exigidos y no propuesta para

nombramiento en ninguno de los destinos solicitados al haber sido superada, por

otros candidatos, su puntuación de MERITOS PREFERENTES (0,30 puntos)

conforme a lo establecido en la Base Novena de la convocatoria.

La Comisión de Evaluación, en relación con el establecimiento en los criterios

de valoración en la fase de baremación de los méritos aportados con las solicitudes,

acordó estar estrictamente a los criterios establecidos en las Bases de la

convocatoria, especificándose, en la relación motivada que precedía al listado de

propuesta de nombramiento de aspirantes aptos que se elevó a la Sala de Gobierno

de este Tribunal Superior de Justicia, que se efectuaba “por orden de puntuación

de los méritos preferentes y, en caso de empate, por mayor ejercicio efectivo

de funciones judiciales de sustitución (Base Novena), atendiendo a los

criterios establecidos en la Base Octava, sin haber hecho uso de los criterios

facultativos contemplados en la Base Séptima, párrafo 3 y 5.

D. MATEO JONATHAN JUSTICIA CUEVAS, alega en el escrito de

interposición del recurso, que formó parte del mencionado concurso presentando en

tiempo y forma la documentación requerida y solicitando de forma preferente plaza

para juez sustituto en las nueve provincias de Castilla y León y como tercera

preferencia para las ocho provincias de Andalucía.

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Que han quedado plazas vacantes para jueces sustitutos, tanto en el ámbito

del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León como en el Tribunal Superior de

Justicia de Andalucía, Ceuta y Melilla.

Que el candidato cumple los requisitos establecidos en las bases del

concurso, no estando incurso en ninguna de las causas previstas en el artículo 303

y cumple con los requisitos previstos en el artículo 201.3 de la Ley Orgánica del

Poder Judicial, no habiendo sido nombrado para ejercer funciones jurisdiccionales

en ningún partido judicial en el ámbito de los Tribunales Superiores de Justicia que

había solicitado, es por lo que solicita ser incluido en la bolsa de jueces sustitutos en

el orden que con carácter principal o en su defecto subsidiariamente, relaciona en su

escrito de recurso.

LA VALORACIÓN DE LOS MÉRITOS APORTADOS CON LA SOLICITUD, de

D. Mateo Jonathan Justicia Cuevas, atendiendo a los criterios de baremación

establecidos en las Bases de la convocatoria, resulta, según certificación adjunta

emitida por la Secretaria de Gobierno de este Tribunal:

a) MÉRITOS PREFERENTES:

EJERCICIO DE FUNCIONES JUDICIALES:

. FISCAL SUSTITUTO: 263 días = 0,20 puntos

EJERCICIO EFECTIVO Y ACREDITADO DE OTRAS PROFESIONES

JURÍDICAS:

. PROFESION DE ABOGADO: 3 semestres= 0,30 puntos

-PUNTUACION a): 0,50 puntos

b) MÉRITOS NO PREFERENTES:

ACTIVIDADES FORMATIVAS:

CURSOS DE MAS DE 300 HORAS: 2 cursos= 0,30 puntos

PUNTUACIÓN b) = 0,30 puntos

-PUNTUACIÓN TOTAL a) +b) = 0,80 puntos.

Fue declarado apto por reunir los requisitos exigidos en las Bases de la

convocatoria y no propuesto para nombramiento en ninguno de los destinos

solicitados por haber sido superada, por otros candidatos, su puntuación total de

MERITOS PREFERENTES (0,50 puntos) conforme a lo establecido en la Base

Novena de la convocatoria.

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20

La Comisión de Evaluación, en relación con el establecimiento en los criterios

de valoración en la fase de baremación de los méritos aportados con las solicitudes,

acordó estar estrictamente a los criterios establecidos en las Bases de la

convocatoria, especificándose, en la relación motivada que precedía al listado de

propuesta de nombramiento de aspirantes aptos que se elevó a la Sala de Gobierno

de este Tribunal Superior de Justicia, que se efectuaba “por orden de puntuación

de los méritos preferentes y, en caso de empate, por mayor ejercicio efectivo

de funciones judiciales de sustitución (Base Novena), atendiendo a los

criterios establecidos en la Base Octava, sin haber hecho uso de los criterios

facultativos contemplados en la Base Séptima, párrafo 3 y 5.

Dª ÁNGELA HERNÁNDEZ CAMPILLOS, alega en el escrito de

interposición del recurso, que formó parte del mencionado concurso presentando en

tiempo y forma la documentación requerida y solicitando de forma preferente plaza

para juez sustituto en la Provincia de Ávila. La recurrente fue nombrada, en virtud del

acuerdo impugnado, como juez sustituta para la provincia de Segovia.

Que constando en aquél acuerdo que el número de plazas vacantes como

juez sustituto para la provincia de Ávila es de tres (3), y habiendo mostrado su

preferencia por los juzgados pertenecientes a los partidos judiciales de Ávila, es por

lo que interesa se revoque su nombramiento como juez sustituta de la provincia de

Segovia y se acuerde su nombramiento como juez sustituta de la provincia de Ávila.

LA VALORACIÓN DE LOS MÉRITOS APORTADOS CON LA SOLICITUD, de

Dª Ángela Hernández Campillos, atendiendo a los criterios de baremación

establecidos en las Bases de la convocatoria, resulta, según certificación adjunta

emitida por la Secretaria de Gobierno de este Tribunal:

a) MÉRITOS PREFERENTES:

EJERCICIO DE FUNCIONES JUDICIALES:

. JUEZ SUSTITUTO: 1.412 dias = 2,10 puntos

-PUNTUACION a): 2,10 puntos.

b) MÉRITOS NO PREFERENTES:

PARTICIPACIÓN EN OPOSICIONES:

. JUEZ/FISCAL: 9 ejercicios superados

. SECRETARIO: 2 ejercicios superados

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-PUNTUACIÓN b) = 3,00 puntos

PUNTUACIÓN TOTAL a) +b) = 2,30 puntos.

Fue propuesta y posteriormente nombrada (BOE de 25/08/2018), por reunir

los requisitos exigidos en las Bases de la convocatoria, Juez sustituta para los

Juzgados de Segovia y Provincia, tercer destino solicitado, ya que, si bien en el

orden de preferencia solicitaba en primer lugar Ávila y Provincia, fue superada su

puntuación de MÉRITOS PREFERENTES (2,10 puntos) por otros candidatos

interesados en el mismo destino. Por el contrario, las plazas vacantes que quedaron

posteriormente en Ávila y Provincia tras dicho nombramiento (que ahora reclama la

solicitante), fueron adjudicadas a los candidatos aptos sin plaza (es decir no

nombrados) que reunían, en ese momento, los requisitos necesarios expresados

anteriormente.

Dª MARIA MERCEDES SOLANA SÁENZ, alega en el escrito de

interposición del recurso, que formó parte del mencionado concurso presentando en

tiempo y forma la documentación requerida. Que, por la Comisión de Evaluación

designada por la Comisión Permanente de la Sala de Gobierno del Tribunal Superior

de Justicia de Castilla y León, le fueron valorados los méritos en 3,95 puntos, esta

puntuación resulta superior a la concedida a otros candidatos que han resultado

designados como jueces sustitutos, para la provincia de Valladolid, por lo que

existiendo plazas vacantes para Valladolid, es por lo que solicita su nombramiento.

LA VALORACIÓN DE LOS MÉRITOS APORTADOS CON LA SOLICITUD, de

Dª María Mercedes Solana Sáenz, atendiendo a los criterios de baremación

establecidos en las Bases de la convocatoria, resulta, según certificación adjunta

emitida por la Secretaria de Gobierno de este Tribunal:

a) MÉRITOS PREFERENTES:

EJERCICIO DE FUNCIONES JUDICIALES:

. FISCAL SUSTITUTO: 977 días

. JUEZ SUSTITUTO: 284 días

-PUNTUACION a): 1,30 puntos.

b) MÉRITOS NO PREFERENTES:

PARTICIPACIÓN EN OPOSICIONES:

. JUEZ/FISCAL: 3 ejercicios superados.

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. SECRETARIO: 2 ejercicios superados

-PUNTUACIÓN b) = 2,50 puntos

PUNTUACIÓN TOTAL a) +b) = 3,95 puntos.

Fue declarada apta por reunir los requisitos exigidos y no propuesta para

nombramiento en el único destino solicitado (Juzgados de Valladolid y Provincia) por

haber sido superada, por otros candidatos, su puntuación de MERITOS

PREFERENTES (1,30 puntos) conforme a lo establecido en la Base Novena de la

convocatoria.

La Comisión de Evaluación, en relación con el establecimiento en los criterios

de valoración en la fase de baremación de los méritos aportados con las solicitudes,

se acordó estar estrictamente a los criterios establecidos en las Bases de la

convocatoria, especificándose, en la relación motivada que precedía al listado de

propuesta de nombramiento de aspirantes aptos que se elevó a la Sala de Gobierno

de este Tribunal Superior de Justicia, que se efectuaba “por orden de puntuación

de los méritos preferentes y, en caso de empate, por mayor ejercicio efectivo

de funciones judiciales de sustitución (Base Novena), atendiendo a los

criterios establecidos en la Base Octava, sin haber hecho uso de los criterios

facultativos contemplados en la Base Séptima, párrafo 3 y 5.

Dª DIANA MARÍA GONZÁLEZ CONDE, alega en el escrito de

interposición del recurso, que formó parte del mencionado concurso presentando en

tiempo y forma la documentación requerida. Que en la resolución recurrida no se

tiene en cuenta ni la antigüedad en la plaza ocupada ni el orden de preferencia de

las plazas solicitadas, no constando nota desfavorable alguna.

Opone indefensión por el hecho de que la Comisión de Evaluación designada

por la Comisión Permanente del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, no

hubiera tenido en cuenta en su valoración los criterios facultativos contemplados en

la base séptima de la Convocatoria.

Refiere perjuicios e indefensión, con respecto a una futura propuesta en su

favor, emitida por el Presidente de la Audiencia Provincial de Palencia, para ocupar

una plaza vacante por el procedimiento de urgencia al que hace referencia el Art.

109 del Reglamento 2/2011 de la Carrera Judicial, que no ha sido atendida por el

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Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, al vincular su resolución al

procedimiento de nombramiento de jueces sustitutos y magistrados suplentes.

Solicita se proceda con carácter principal a su nombramiento como juez

sustituta del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Nº3 de Palencia y le sea

abonado el importe correspondiente de las nóminas desde el 1 de septiembre de

2018 hasta el momento de su reincorporación, así como el alta en la Seguridad

Social. Subsidiariamente, se abone el importe de las nóminas desde el 1 de

septiembre de 2018, hasta la fecha en que dicha sustitución hubiera finalizado,

dándole de alta en la Seguridad Social.

LA VALORACIÓN DE LOS MÉRITOS APORTADOS CON LA SOLICITUD, de

Dª Diana María González Conde, atendiendo a los criterios de baremación

establecidos en las Bases de la convocatoria, resulta, según certificación adjunta

emitida por la Secretaria de Gobierno de este Tribunal:

a) MÉRITOS PREFERENTES:

EJERCICIO DE FUNCIONES JUDICIALES:

. JUEZ SUSTITUTO: 410 días

-PUNTUACION a): 0,60 puntos.

b) MÉRITOS NO PREFERENTES:

PARTICIPACIÓN EN OPOSICIONES:

. JUEZ/FISCAL: 2 ejercicios superados.

. SECRETARIO: 3 ejercicios superados

-PUNTUACIÓN = 2,00 puntos

MÉRITOS ACADÉMICOS:

. BUEN EXPEDIENTE ACADÉMICO=0,25 puntos

ACTIVIDADES FORMATIVAS:

. CURSOS DE MAS DE 300 HORAS: 1. = 0,15 puntos

PUNTUACIÓN TOTAL a) +b) = 3,00 puntos.

Fue declarada apta por reunir los requisitos exigidos y no propuesta para

nombramiento en los dos destinos solicitados (Juzgados de Palencia y Provincia y

Juzgados de Valladolid y Provincia) por haber sido superada, por otros candidatos,

su puntuación de MERITOS PREFERENTES (0,60 puntos) conforme a lo

establecido en la Base Novena de la convocatoria.

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La Comisión de Evaluación, en relación con el establecimiento en los criterios

de valoración en la fase de baremación de los méritos aportados con las solicitudes,

se acordó estar estrictamente a los criterios establecidos en las Bases de la

convocatoria, especificándose, en la relación motivada que precedía al listado de

propuesta de nombramiento de aspirantes aptos que se elevó a la Sala de Gobierno

de este Tribunal Superior de Justicia, que se efectuaba “por orden de puntuación

de los méritos preferentes y, en caso de empate, por mayor ejercicio efectivo

de funciones judiciales de sustitución (Base Novena), atendiendo a los

criterios establecidos en la Base Octava, sin haber hecho uso de los criterios

facultativos contemplados en la Base Séptima, párrafo 3 y 5.”

Es cuanto tiene que informar esta Sala de Gobierno del Tribunal Superior de

Justicia de Castilla y león.

Comuníquese este acuerdo, de forma individualizada por cada uno de los

recurrentes, a la Sección de Recursos del Gabinete Técnico del Consejo General del

Poder Judicial.

6º.- [Expediente General Nº 4/2017].

Ponente: Dª María Luisa Miranda de Miguel.

Proceder a la elaboración del Plan Anual de Sustituciones para el año 2019

en el ámbito de este Tribunal Superior de Justicia, en los términos previstos en los

artículos 199 y siguientes de la Ley Orgánica del Poder Judicial.

La Sala acuerda, en relación con el Plan Anual de sustituciones para el año

2019:

1. Aprobado el Real Decreto 700/2013, de 20 de septiembre, por el que se

modifica el Real Decreto 431/2004, de 12 de marzo, por el que se regulan las

retribuciones previstas en la disposición transitoria tercera de la Ley 15/2003, de 26

de mayo, reguladora del régimen retributivo de las carreras judicial y fiscal, abrir un

plazo de 5 días para que aquellos Jueces y Magistrados que aún no lo estén,

puedan integrarse, si así lo desean, en las listas de sustituciones voluntarias,

haciéndoles saber que, en todo caso, pueden hacerlo en cualquier momento

posterior, dándose a tal fin la oportuna publicidad a través del correo electrónico de

este Tribunal Superior de Justicia.

2. Interesar, por correo electrónico, a las Juntas de Jueces, a través de los

respectivos Jueces Decanos, y a los Presidentes de Sala y de Audiencia Provincial

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del ámbito territorial de este Tribunal Superior de Justicia, REMITAN a esta Sala de

Gobierno los correspondientes Planes Anuales de Sustitución 2019 observando los

criterios establecidos en los Acuerdos de esta Sala de Gobierno Nº 11, de 13 de

febrero de 2013, Nº 10, de 25 de noviembre de 2013, Nº 12, de 13 de enero de

2014, y Nº 13, de 3 de febrero de 2014, y los remitan a esta Sala de Gobierno, a

través de la dirección de correo electrónico [email protected], antes

del próximo día 1 de enero de 2019, para su aprobación provisional, en su caso, y

traslado al Consejo General del Poder Judicial, a efectos de su aprobación definitiva

en los términos que procedan.

Se solicita que se remitan redactados de forma completa, sin remisiones a

planes de sustituciones previamente aprobados y en caso de que en los mismos no

estuviera ya contemplada, que se incluyan todas las posibilidades de sustitución a

que se refiere el artículo 211 de la LOPJ (sustituciones entre juzgados de distinta

clase y orden, y concreto orden de llamamiento en ese caso).

Comuníquese este acuerdo a los Jueces Decanos y Presidentes de Sala y

Audiencias Provinciales del ámbito territorial de este Tribunal Superior de Justicia

7º.- [Expediente General Nº 78/2012].

Ponente: D. Mauricio Muñoz Fernández.

Tomar conocimiento del escrito del Juez Decano de León de fecha 29-10-

2018 solicitando la prórroga de la comisión de servicio sin relevación de funciones

del Magistrado D. Alfonso Pérez Conesa, Magistrado Titular del Juzgado de lo

Contencioso-Administrativo Nº 3 de León, en el Juzgado de lo Contencioso Nº 1 de

la misma localidad, en virtud de lo dispuesto en el acuerdo Nº 7-Anexo 2 de la

Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial de 17-5-2018, a fin de

hacerse cargo del 20% de la carga del Juzgado de lo Contencioso Nº 1 de esa

ciudad para cubrir la liberación del 20% de la carga de trabajo de su Titular, D. Luis

Alberto Gómez García, habida cuenta que éste desempeña las funciones de Juez

Decano del partido judicial de León.

A la vista de lo solicitado y del Acuerdo de la Comisión Permanente del CGPJ

en el que se libera parcialmente al solicitante del 20% de su carga de trabajo por su

dedicación a las funciones derivadas de su condición de Decano, dado que las

circunstancias que motivaron dicha liberación y el nombramiento de Magistrado en

comisión de servicio sin relevación de funciones para hacerse cargo de esos

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asuntos no se han modificado, procede proponer la renovación de la comisión de

servicio concedida por otros seis meses, a partir del 1 de ENERO de 2019.

Comuníquese este acuerdo al Consejo General del Poder Judicial a través del

Servicio de Personal Judicial-Sección Oficina Judicial, a los efectos contenidos en el

mismo.

Comuníquese, asimismo, este acuerdo al Magistrado-Juez Decano de León,

para su conocimiento y traslado al Magistrado-Juez D. Alfonso Pérez Conesa.

8º.- [Expediente General Nº 66/2016].

Ponente: D. Jesús Pérez Serna.

Tomar conocimiento del escrito del Sr. Presidente de la Audiencia Provincial

de Salamanca de Salamanca, de 31 de octubre de 2018, solicitando la renovación

de la comisión de servicio sin relevación de funciones del magistrado don Eugenio

Rubio García, titular del Juzgado de Menores de Salamanca, para reforzar la

Audiencia Provincial de dicha ciudad, dispuesta por el acuerdo número 12 Anexo

dos de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial de 16 junio

2016, y renovada por acuerdo número 28 - Anexo dos de la Comisión Permanente

del Consejo General del Poder Judicial de 25 julio 2018, y que terminará el 31

diciembre 2018, adoptando el siguiente el acuerdo:

ACUERDO

En Burgos a 12 noviembre de 2018

ANTECEDENTES DE HECHO

I.- Por acuerdo número 12 Anexo 2 de la Comisión permanente del Consejo

General del Poder Judicial de fecha 16 junio 2016, se concedió la comisión de

servicio sin relevación de funciones a favor de D. Eugenio Rubio García, Magistrado

titular del Juzgado de Menores de Salamanca a fin de reforzar la Audiencia

Provincial de Salamanca por un periodo de seis meses. Tal comisión se fue

renovando sucesivamente cada seis meses. Por el acuerdo N.º 28 Anexo dos de 25

julio de 2018, de la mencionada Comisión Permanente del Consejo General del

Poder Judicial se aprobó la renovación de la adscripción obligatoria, en régimen de

comisión de servicios sin relevación de funciones, de don Eugenio Rubio García,

titular del Juzgado de Menores de Salamanca, para reforzar la Sección Única de la

Audiencia Provincial de Salamanca por otro periodo de seis meses, hasta el 31

diciembre 2018, fundamentando la decisión en la carga de trabajo que soporta la

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misma, pues la carga de trabajo superó el indicador de entrada del periodo

analizado al igual que la dedicación del órgano superó el correspondiente indicador.

II.- El Sr. Presidente de la Audiencia Provincial de Salamanca ha solicitado la

prórroga de la comisión de servicios sin relevación de funciones relativas al

magistrado del Juzgado de Menores de Salamanca, don Eugenio Rubio García,

quien en la actualidad se encuentra prestando sus servicios como magistrado de

refuerzo en el citado órgano. Refiere que desde finales del año 2014 y a lo largo del

año 2015 se produjo un incremento en la pendencia de asuntos por lo que la Sala de

Gobierno del TSJ informó favorablemente la asignación de un magistrado de

refuerzo, lo cual se ha venido acordando sucesivamente en periodos de seis meses

hasta el día 31 diciembre del año en curso. El número de asuntos civiles registrados

durante los primeros nueve meses de 2018 es de 568, frente a los 545 de todo el

año 2015, los 749 de 2016 y los 875 de 2017, por lo que las provisiones a fin de

2018 es de unos 800 asuntos. Por otro lado se ha registrado un notable incremento

en el número de asuntos penales de primera instancia, estabilizándose en el entorno

de los 42 en los últimos tres años, lo que ha supuesto un aumento de los

señalamientos con tres magistrados dedicados durante varios días a las sesiones de

la vista oral. Asimismo, en relación con el resultado beneficioso que la medida está

teniendo desde su implantación, se hace constar que en el periodo comprendido

entre los días uno de enero de 2018 al 30 septiembre 2018 don Eugenio ha resuelto

un total de 41 asuntos penales y 50 asuntos civiles, habiéndose observado una

notable adaptación del mismo al ritmo y forma de trabajar en un órgano colegiado.

III.-De igual modo, el propio magistrado ha mostrado su conformidad con la

solicitud de dicha prórroga, expresando su disposición a continuar en el desempeño

de la función hasta ahora realizada, si así lo autorizara la Comisión Permanente del

Consejo General del Poder judicial.

IV.-Subsistiendo los motivos que justificaron la adopción de la medida de que

se trata, pues, como refleja el escrito remitido por el Presidente de la Audiencia

Provincial de Salamanca, es patente el resultado beneficioso que la medida está

teniendo desde su implantación en tanto que ha contribuido a reducir el número de

asuntos registrados, la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Castilla

y León

ACUERDA:

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Proponer al Consejo General del Poder Judicial la prórroga de la medida

acordada consistente en la adscripción obligatoria de don Eugenio Rubio García,

titular del Juzgado de Menores de Salamanca, y ya nombrado por acuerdo número

28 – Anexo 2 de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial de

25 julio 2018, en régimen de comisión de servicios sin relevación de funciones, para

reforzar la Sección Única de la Audiencia Provincial de Salamanca, por un período

de seis meses más desde el uno de enero de 2019 y manteniendo el mismo plan de

actuación que se sigue en la actualidad.

Comuníquese este acuerdo, junto con la copia de la documentación recibida a

la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, a través del

Servicio de Personal Judicial, Sección de Oficina Judicial, a los efectos oportunos.

Comuníquese, asimismo, al señor Presidente de la Audiencia Provincial de

Salamanca, para su conocimiento y el del comisionado.

9º.- [Expediente General Nº 81/2017].

Ponente: D. Francisco Javier Pardo Muñoz, asume la ponencia D. José

Ignacio Fontan Silva por ausencia justificada del anterior.

1.- Dar cuenta del acuerdo Nº 1-Anexo 2 de la Comisión Permanente del

Consejo General del Poder Judicial, de 11 de octubre de 2018, en el que se aprueba

la comisión de servicio sin relevación de funciones a favor de Dª Paloma Lázaro

Rodríguez, Titular del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Único de Carrión

de los Condes (Palencia), para reforzar el Juzgado de Primera Instancia e

Instrucción Nº 2 de Palencia, con competencia para el conocimiento de la materia

relativa a las condiciones generales incluidas en contratos de financiación con

garantías reales inmobiliarias, cuyo prestatario sea persona física, hasta el 31 de

diciembre de 2018, y de la autorización a efectos económicos de 16 de octubre de

2018 de la Directora General de Relaciones con la Administración de Justicia del

Ministerio de Justicia.

2.- Dar cuenta del escrito solicitando la renovación de la comisión de servicio

sin relevación de funciones de la Magistrada Dª Paloma Lázaro Rodríguez, Titular

del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción único de Carrión de los Condes

(Palencia), para reforzar el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Nº 2 de

Palencia, con competencia para el conocimiento de la materia relativa a las

condiciones generales incluidas en contratos de financiación con garantías reales

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inmobiliarias, cuyo prestatario sea persona física, dispuesta por acuerdo Nº 1-Anexo

2 de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial de 11 de

octubre de 2018 y que termina el 31 de diciembre de 2018.

ANTECEDENTES

PRIMERO.- Por Acuerdo de la Comisión Permanente del Consejo General del

Poder Judicial, de 28 diciembre 2017, BOE del 30 diciembre, se atribuyó al Juzgado

de Primera Instancia e Instrucción Nº 2 de Palencia la competencia exclusiva y

excluyente -en materia civil- para el conocimiento de la materia relativa a las

acciones individuales sobre condiciones generales incluidas en contratos de

financiación con garantías reales inmobiliarias cuyo prestatario sea una persona

física; dicha medida ya se había adoptado con anterioridad, si bien con carácter

exclusivo y no excluyente, por Acuerdo de la Comisión Permanente del Consejo

General del Poder Judicial de 25 de mayo de 2017 (BOE del 27 de mayo), y en la

actualidad se mantiene por Acuerdo de 27 de junio de 2018 (BOE del 28 de junio)

con efectos -de momento- hasta el 31 de diciembre de 2018.

SEGUNDO.- Como quiera que al tiempo de la atribución de dicha

competencia con carácter exclusivo y excluyente se encontraba efectuando refuerzo

en el órgano judicial la Juez en Prácticas doña Carmen Hernanz Sanz, a la que

luego se le asignó destino, por Acuerdo del Presidente de este TSJ de Castilla y

León de 23 de marzo de 2018 se propuso al CGPJ la continuación de la medida de

refuerzo mediante una comisión de servicio sin relevación de funciones, durante un

periodo de seis meses y a favor de doña Paloma Lázaro Rodríguez, Titular del

Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Único de Carrión de los Condes

(Palencia).

TERCERO.- Por Acuerdo de la Comisión Permanente del Consejo General

del Poder Judicial, de 11 de octubre de 2018, se aprueba la comisión de servicio sin

relevación de funciones a favor de Dª Paloma Lázaro Rodríguez, Titular del Juzgado

de Primera Instancia e Instrucción único de Carrión de los Condes (Palencia), para

reforzar el referido Juzgado hasta el 31 de diciembre de 2018, habiéndose

autorizado dicho llamamiento a efectos económicos por Resolución de 16 de octubre

de 2018 de la Directora General de Relaciones con la Administración de Justicia del

Ministerio de Justicia, hasta el 31 de diciembre de 2018.

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El Acuerdo del CGPJ añadía lo siguiente: “Asimismo, hágase saber a la

Presidencia del Tribunal Superior de Justicia que, en el supuesto de que se

considere precisa la renovación de la presente medida a su conclusión, deberá

remitirse a este Consejo la correspondiente propuesta con una antelación de, al

menos, cuarenta días previos a la fecha de vencimiento, al objeto de que la

tramitación de la misma pueda desarrollarse y finalizarse con normalidad antes de

dicho término.

CUARTO.- Mediante escrito de fecha 5 de noviembre de 2018 el Magistrado

Titular del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Nº 2 de Palencia, don Jesús

Manuel González Villar, solicita la renovación de la comisión de servicios

significando que subsisten los motivos que en su día justificaron la adopción de la

medida de refuerzo -reproduciendo al efecto la motivación del Acuerdo del CGPJ-,

poniendo además de manifiesto que, según datos actualizados conforme sistema

informático MINERVA a fecha 29 de octubre, el número de demandas registradas

durante este año 2018 correspondientes a la clase "OR5" -cláusulas abusivas- es de

1.653, haciendo necesario a su entender la continuidad del refuerzo existente.

MOTIVACIÓN

ÚNICO.- Teniendo en cuenta el registro actual de asuntos (1653 a fecha 29

de octubre de 2018), muy superior al módulo de entrada fijado por el CGPJ para

órganos mixtos de 380 asuntos contenciosos, se considera absolutamente

imprescindible la renovación de la medida de refuerzo durante seis meses más a

contar desde el 1 de enero de 2019, por lo que, de conformidad con lo dispuesto en

los artículos 216 bis y siguientes de la Ley Orgánica del Poder Judicial, así procede

proponerlo al CGPJ.

En su virtud,

ACORDAMOS

PROPONER al Consejo General del Poder Judicial la renovación durante seis

meses, con efectos de 1 de enero de 2019, de la medida de refuerzo que se está

desarrollando en la actualidad en el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Nº 2

de Palencia, consistente en la comisión de servicios sin relevación de funciones a

favor de Dª Paloma Lázaro Rodríguez.

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31

Comuníquese este Acuerdo, junto con copia de los particulares obrantes, al

Consejo General del Poder Judicial, a través del Servicio de Personal Judicial-

Sección de Oficina Judicial-, a los efectos contenidos en el mismo.

Comuníquese, asimismo, el presente acuerdo al Magistrado-Juez Titular del

Juzgado de Primera Instancia e Instrucción N° 2 de Palencia, al Presidente de la

Audiencia Provincial de Palencia, y a la Titular del Juzgado de Primera Instancia e

Instrucción Único de Carrión de los Condes (Palencia).

10º.- [Expediente General Nº 85/2017].

Ponente: D. Mauricio Muñoz Fernández.

Tomar conocimiento del escrito de 23 de Octubre de 2018 remitido por la

Magistrada titular del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Nº 6 de Zamora

con competencia en materia de acciones individuales sobre condiciones generales

incluida en los contratos de financiación con garantías reales inmobiliarias cuyo

prestatario sea una persona física informando de la actividad desarrollada por ella y

por la juez de refuerzo María del Pilar Julián Díaz de Geras en el periodo 1 de julio a

30 de septiembre de 2018 que ha consistido en: Registro de 224 asuntos, habiendo

dictado la juez de refuerzo 130 sentencias y 9 autos, y la titular 36 sentencias y 6

autos (teniendo ella además otras competencias: penal y la civil anterior a la

exención acordada) siendo la pendencia de 821 asuntos con señalamientos hasta

junio de 2019, habiendo dictado en octubre 35 sentencias cada una con una media

de 14 audiencias previas por día con dos días de señalamientos por magistrada y

semana.

Comuníquese este Acuerdo, junto con copia de la documentación recibida al

Consejo General del Poder Judicial a través del Servicio de Inspección, a los efectos

contenidos en el mismo.

Comuníquese igualmente el mismo a la Magistrada Titular del Juzgado de

Primera Instancia e Instrucción Nº 6 de Zamora y a Dª María del Pilar Julián Díaz de

las Heras, para su conocimiento.

11º.- [Expediente General Nº 111/2017].

Ponente: D. José Luis Concepción Rodríguez.

Con relación al escrito de D. Fernando Páez Terrero, Magistrado-Juez Titular

del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Nº 3 de Soria y Dª María del Mar

Lorenzo Calvo, Magistrada-Juez Titular del Juzgado de Menores de Soria,

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solicitando la renovación de la comisión de servicio sin relevación de funciones de Dª

María del Mar Lorenzo Calvo, Magistrada-Juez Titular del Juzgado de Menores de

Soria para reforzar el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Nº 3 de Soria,

dispuesta por acuerdo Nº 19-Anexo 2 de la Comisión Permanente del Consejo

General del Poder Judicial de 20 de septiembre de 2018, y que termina el 31 de

diciembre de 2018:

ACUERDO

En Burgos, a doce de noviembre de dos mil dieciocho.

PRIMERO. - Que desde el día 7 de septiembre de 2017 dicho Juzgado cuenta

con la adscripción obligatoria, en régimen de comisión de servicio sin relevación de

funciones, de la Titular del Juzgado de Menores de Soria, dado que dicho Juzgado

tienen atribuido el conocimiento en exclusiva de los asuntos de Violencia contra la

Mujer y derecho de Familia.

SEGUNDO. Que actualmente presta servicios en el mismo la Iltre. Sra. Dª

María del Mar Lorenzo Calvo, actual Titular del Juzgado de Menores de Soria por

acuerdo de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial de 5 de

abril de 2018.

TERCERO.- En consecuencia, debemos tomar conocimiento y trasladar a la

Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, a través del Servicio

de Personal Judicial -Sección Oficina Judicial-, que la citada Juez de refuerzo

cumple las funciones propias de su cargo a plena satisfacción, posibilitando el buen

funcionamiento del órgano, que tramita y resuelve en plazo, tal y como se desprende

de los boletines estadísticos trimestrales remitidos por el mismo.

Que se estima, por tanto, que la medida de refuerzo, que finaliza el próximo

día 31 de diciembre del corriente, está siendo beneficiosa para el órgano afectado,

interesando su prórroga por un periodo de seis meses, lo que habrá de ser acordado

por la Comisión Permanente del CGPJ y autorizado a efectos económicos por el

Ilmo. Sr. Director de Relaciones con la Administración de Justicia.

Comuníquese este acuerdo a la Comisión Permanente del Consejo General

del Poder Judicial, a través del Servicio de Personal Judicial -Sección Oficina

Judicial-, a los efectos contenidos en el mismo, acompañando copia de la

documentación recibida.

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33

Comuníquese, asimismo, el presente al Magistrado-Juez del Juzgado de

Primera Instancia e Instrucción Nº 3 de los de Soria, para su conocimiento y traslado

a la Juez de refuerzo.

12º.- ……..

13º.- [Expediente General Nº 4/2018].

Ponente: D. José Luis Concepción Rodríguez.

1º Informar favorablemente las prórrogas de los nombramientos de los

funcionarios interinos que se indican, como medidas de refuerzo para los siguientes

órganos judiciales, con las que cuentan hasta el 30 de noviembre de 2018,

solicitadas por los respectivos Titulares y/o los Letrados de la Administración de

Justicia, en base a las consideraciones que esta Sala de Gobierno ha venido

haciendo respecto a todos ellos y que, para evitar reiteraciones, da por

reproducidas:

- Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Nº 3 de Ávila (Ávila): Dª Ana

María Aguilera Navarro (Tramitación). [Expediente General Nº 18/2015].

- Servicio Común General Oficina Judicial de Burgos, Sección otros Servicios-

Equipo de Auxiliares (Burgos)-: D. Miguel Ángel Pérez Casado (Auxilio). [Expediente

General Nº 90/2018].

- Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Nº 2 de Villarcayo (Burgos): D.

Manuel Sánchez Garcia (Tramitación). [Expediente General Nº 85/2018].

- UPADs-Órganos Colegiados Audiencia Provincial de León (León): Dª Ana

Gayol Canela (Tramitación). [Expediente General Nº 7/2017].

- UPADs-Primera Instancia Nº 10 de León (León): Dª María Luisa González

Fraile y D. Manuel Rodríguez Díez (Tramitación). [Expediente General Nº 78/2013].

- NOJ León: 1.-Servicio Común Ordenación del Procedimiento: D. Alexandre

Ros Ros (Gestión), Dª María Rosario Fidalgo Lorenzana y D. Alfonso Paulino

Álvarez Ferreras (Tramitación). 2.- Servicio Común de Ejecución: D. José Luis

Miguel Matellán (Tramitación). 3.- Servicio Común General -Sección 3ª-: D. Miguel

Angel Martínez Martínez (Auxilio). [Expediente General Nº 117/2010].

- SCOP Sec.Ci/CA/So Oficina Judicial de León (León): Dª Rocío Ortega

González y Dª Raquel Villarrubia Román (Tramitación). [Expediente General Nº

84/2017 “Cláusula suelo”].

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- SCOP Sec Ci/CA/So Oficina Judicial de León (León): Dª Patricia Puente

Álvarez (Tramitación). [Expediente General Nº 78/2018].

- UPADs-Instrucción Nº 5 de Ponferrada (León): Dª María Carmen Alonso

Morán (Gestión). [Expediente General Nº 116/2015].

- Servicio Común General de Ponferrada (León): Dª Consuelo Hernández

Pollo y Dª Sara Marta González Fernández (Tramitación) y Dª Rosa María Carrizo

Pérez y D. Ángel José del Otero Fraile (Auxilio). [Expediente General Nº 116/2015].

- UPADs Social de Ponferrada (León): Dª Ruth Rodríguez Lanza y Dª María

Victoria Pérez Rueda (Tramitación). [Expediente General Nº 116/2015].

- UPADs-Primera Instancia e Instrucción Nº 5 de Ponferrada (León): Dª María

José Martín García (Tramitación). [Expediente General Nº 24/2018].

- NOJ Palencia: 1.-UPAD Juzgado de lo Penal: Dª Amelia Román Adán y Dª

María Belén Torrijos Manuel (Tramitación). 2.-Servicio Común General -Sección

Registro, Reparto y Estadística-: Dª María Pilar Pérez Vaquero (Tramitación). 3.-

Servicio Común de Ordenación del Procedimiento: Dª Clara Isabel Pérez Martín

(Tramitación). 4.-Servicio Común de Ejecución -Sección Civil-: D. Jorge Santiago

Cuevas Frechilla (Tramitador). [Expediente General Nº 70/2018].

- Juzgado de lo Penal Nº 1 de Segovia (Segovia): Dª Amelia Martínez Gómez

(Gestión), Dª María Flora Hernández Suárez, D. Fernando Martínez García, D.

Gonzalo Árnica Camaro, Dª Rosa María Santos García, Dª María Consuelo Fabra

Romero y Dª Julia Barrio Sastre (Tramitación), y Dª Isabel Casla Casla (Auxilio).

[Expediente General Nº 25/2014].

- Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Nº 1 de Sepúlveda (Segovia): Dª

María del Carmen Pérez Incierte (Tramitación). [Expediente General Nº 97/2014].

- Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Nº 1 de Sepúlveda (Segovia): Dª

Belinda Beatriz Higuera Antón (Gestión) y D. Pedro Enrique Alonso Hernando

(Tramitación). [Expediente General Nº 57/2016].

- Juzgado de Primera Instancia Nº 4 de Valladolid: D. Salvador Marcos Allo

(Auxilio). [Expediente General Nº 82/2017 “Clausulas Suelo”].

- Juzgado de Instrucción Nº 4 de Valladolid: Dª María Belén Adán Aguado

(Tramitación). [Expediente General Nº 14/2018].

- Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Nº 2 de Medina del Campo

(Valladolid): D. Raúl Barinaga Calvo (Tramitación). [Expediente General Nº 57/2009].

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- Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Nº 2 de Benavente (Zamora): D.

César Francisco Trapote González (Tramitación). [Expediente General Nº 101/2015].

2º Comunicar este acuerdo al Director General de Relaciones con la

Administración de Justicia, a través de la Subdirección General de Medios

Personales al Servicio de la Administración de Justicia.

Comuníquese, asimismo, el presente acuerdo a los Secretarios Coordinadores

de las provincias a cuyo ámbito territorial pertenecen los órganos judiciales para los

que se solicitan los referidos nombramientos, para su conocimiento y traslado a los

respectivos Letrados de la Administración de Justicia, debiendo cada uno de estos

últimos igualmente trasladarlo a los integrantes de su órgano judicial y, en el

supuesto de que se apruebe el correspondiente nombramiento solicitado, remitir por

conducto del Secretario Coordinador Provincial una copia de la toma de posesión a

la Secretaría de Gobierno de este Tribunal Superior de Justicia, a la mayor

brevedad.

14º.- [Expediente General Nº 107/2018].

Ponente: D. José Ignacio Fontán Silva.

Tomar conocimiento del acuerdo del Excmo. Sr. Presidente del Tribunal

Superior de Justicia de Castilla y León, por el que considera oportuno la realización

de un estudio de la situación de los Juzgados de lo Social de León,

fundamentalmente en lo relativo a las fechas de sus señalamientos, a la vista de la

estadística judicial del segundo trimestre de 2018, por si fuera necesario el refuerzo

de los mismos.

De las estadísticas y de la información recabada del Servicio Común de

Ordenación del Procedimiento de los Juzgados de León, debe señalarse, que, la

primera cuestión, que, aparece, como relevante, es, que, los Juzgados de lo Social

de este partido judicial, se encuentran, desde hace años, por encima del módulo de

carga de trabajo recomendable, establecido, con carácter orientativo, por el Consejo

General del Poder Judicial. Así, fijándose el módulo de carga de trabajo

recomendable para este tipo de Juzgados, desde el año 2011, en 850 asuntos, se

ha registrado, en el año 2012, una entrada de 1.204 asuntos, en el Juzgado de lo

Social Nº 1, de 1.225 asuntos, en el Juzgado de lo Social Nº 2 y de 1.341 asuntos,

en el Juzgado Nº 3, en el año 2013, una entrada de 1.350 asuntos, en el Juzgado de

lo Social Nº 1, de 1.358 asuntos, en el Juzgado de lo Social Nº 2 y de 1.378

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asuntos, en el Juzgado Nº 3, en el año 2014, una entrada de 1.013 asuntos, en el

Juzgado de lo Social Nº 1, de 1.008 asuntos, en el Juzgado de lo Social Nº 2 y de

1.010 asuntos, en el Juzgado Nº 3, en el año 2015, una entrada de 1.087 asuntos,

en el Juzgado de lo Social Nº 1, de 1.071 asuntos, en el Juzgado de lo Social Nº 2 y

de 1.130 asuntos, en el Juzgado Nº 3, en el año 2016, una entrada de 1.014

asuntos, en el Juzgado de lo Social Nº 1, de 993 asuntos, en el Juzgado de lo Social

Nº 2 y de 1.016 asuntos, en el Juzgado Nº 3 y en el año 2017, una entrada de 945

asuntos, en el Juzgado de lo Social Nº 1, de 950 asuntos, en el Juzgado de lo Social

Nº 2 y de 1.011 asuntos, en el Juzgado Nº 3. Se observa, por tanto, una tendencia

descendente, desde el año 2014, a salvo, lo que, pueda, resultar, en cuanto, al

registro de entrada de asuntos, en el presente año.

En lo que, se refiere, al nivel de señalamientos, cabe concluir, que, en

general, y, no obstante, las diferencias, entre los tres Juzgados, se mantiene un

número adecuado de señalamientos, tanto semanales, como mensuales. Así, todos

los Juzgados, señalan, dos días, a la semana, dedicándose, una de las jornadas, a

procedimientos por despido y urgentes, esto es, a procedimientos, a los que, se

refiere, el artículo 43.4 de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la

jurisdicción social, señalándose, entre 8 y 10 asuntos, por día, mientras, que, en la

otra jornada semanal, se señalan, procedimientos ordinarios y asimilados, de un

lado, y de Seguridad Social, por otro, alternándose, ambas clases, semanalmente,

señalándose, según los Juzgados, entre 12 y 16, procedimientos ordinarios y

asimilados, y 9 y 14 de Seguridad Social. Además, los Juzgados de lo Social

números 1 y 3, efectúan, ocasionalmente, un día de señalamiento adicional, al mes,

que, en el año 2018, ascendieron a 8, en el Juzgado de lo Social Nº 1 de León, y, a

7, en el Juzgado de lo Social Nº 3, teniendo, ya, el Juzgado de lo Social Nº 1 de

León, completados, 5 días de señalamientos adicionales, de procedimientos de

Seguridad Social, para el primer semestre del año 2019.

A la vista de los datos facilitados por el Servicio Común de Ordenación del

Procedimiento de los Juzgados de León, los señalamientos, más alejados, en este

momento, de procesos por despido y urgentes, en el Juzgado de lo Social Nº 1 de

León, son los correspondientes al día 28 de enero de 2019. En el Juzgado de lo

Social Nº 2 de León, para este tipo de procedimientos, corresponden, al día, 19 de

diciembre de 2018, mientras, que, en el Juzgado de lo Social Nº 3 de León, los más

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alejados, corresponden a los señalamientos fijados para el día 18 de febrero de

2019. Esta demora, en los señalamientos, no resulta, diferente, a la que, mantienen,

otros Juzgados, de la misma clase, en el resto del territorio nacional, debiéndose

valorar, que, a este respecto, se tiene conocimiento, que, la Comisión Permanente

del Consejo General del Poder Judicial, en reunión de fecha 20 de septiembre de

2018, aprobó un plan de refuerzo, para el año 2019, para distintos Juzgados de lo

Social, después, de hacer un estudio, referido, exclusivamente, a procedimientos por

despido, sin que, en el referido plan de refuerzo, se haya considerado oportuno,

incluir, ningún, órgano jurisdiccional, de la Comunidad Autónoma de Castilla y León.

Debe, concluirse, por tanto, que, la distancia de los señalamientos de

procedimientos por despido y urgentes, está, dentro de la normalidad, siempre y

cuando, los señalamientos, se efectúen, de manera, que, tengan, una atención

prioritaria, aquellos procedimientos, que, por razón de la materia, no admiten

demora, como, a título de ejemplo, son los referidos a vacaciones y conciliación de

la vida familiar, entre otros.

La situación, es, muy distinta, en lo que, se refiere, a los procedimientos

ordinarios y asimilados y de Seguridad Social. Así, el Juzgado de lo Social Nº 1 de

León, está señalando, en este momento, vistas de procedimientos ordinarios y

asimilados, para el día 17 de septiembre de 2019, y de Seguridad Social, para el día

23 de julio de 2019, lo que, puede, considerarse, una distancia temporal, un poco,

por encima, de lo habitual, para este tipo de señalamientos, en los Juzgados de esta

clase. La demora, sin embargo, es, mucho, más notable, en los Juzgados de lo

Social números 2 y 3 de León. Así, en el Juzgado de lo Social Nº 2 de León, las

vistas de procedimientos ordinarios y asimilados, están señalándose, para el día 16

de julio de 2020, y las de Seguridad Social, para el día 23 de julio de 2020, mientras,

que, en el Juzgado de lo Social Nº 3 de León, los señalamientos de vistas, de

procedimientos ordinarios y asimilados, están realizándose para el día 2 de

diciembre de 2020, y los de Seguridad Social, para el día 25 de noviembre de 2020,

debiéndose, indicar, en relación a este último órgano judicial, que, de los datos

facilitados, por el Servicio Común de Ordenación del Procedimiento de los Juzgados

de León, se sigue, un número de señalamientos suspendidos, por causas distintas

de la instancia de las partes, que, es, mucho, más elevado, que, en los otros dos

Juzgados del partido judicial, por lo que, sin perjuicio, de la valoración de medidas

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de refuerzo, sería, conveniente, que, se analizasen, los motivos, de tan elevado

volumen de suspensiones, y, en la medida de lo posible, se pusiera remedio, a las

circunstancias, que estén provocando, suspensiones de vistas.

Cabe considerar, que, tanta distancia temporal, en los señalamientos de los

asuntos, de las clases, que, se han indicado, es la consecuencia del importante

incremento de entrada de asuntos, que, se produjo, de manera sostenida, hasta el

año 2014, en que, empezó, a reducirse, progresivamente, la entrada de asuntos, no

obstante, lo cual, como, ya, se ha señalado, incluso, en el año 2017, continuó,

manteniéndose, un volumen de entrada, claramente, por encima, del considerado,

adecuado, por el Consejo General del Poder Judicial.

Para evitar que los señalamientos de vistas de procedimientos ordinarios y

asimilados y de Seguridad Social, mantengan, una distancia temporal, tan excesiva,

como lo están, actualmente, cabe acordar alguna medida de apoyo, que, se destine,

específicamente, a procurar, que, se resuelvan, más rápidamente, los

procedimientos de las clases indicadas, que, están pendientes, ante los Juzgados de

lo Social de León, entendiéndose, que, lo más adecuado, es, que sean, los propios

titulares de los órganos judiciales afectados, los que, a la mayor brevedad, emitan

informe, sobre las características concretas de la medida de apoyo, que, estiman,

conveniente, para reducir la pendencia en procedimientos ordinarios y asimilados y

de Seguridad Social, acortando la distancia temporal de los señalamientos, así,

como, en su caso, elaboren un plan de actualización, que, pueda, ser, analizado,

posteriormente, por esta Sala de Gobierno, a los efectos, de, en su caso, elevar

propuesta, al Consejo General del Poder Judicial, de conformidad con lo previsto por

el artículo 216 bis 2 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.

En virtud de lo expuesto esta Sala de Gobierno ACUERDA:

Interesar de los Magistrados-Jueces titulares de los Juzgados de lo Social

números 1, 2 y 3 de León, que, a la mayor brevedad y en todo caso en un plazo no

superior a 10 días, emitan informe, sobre las características concretas de la medida

de apoyo, que, estiman, conveniente, para reducir la pendencia en procedimientos

ordinarios y asimilados y de Seguridad Social, acortando la distancia temporal de los

señalamientos, así, como, en su caso, elaboren, un plan de actualización, que,

pueda, ser, analizado, posteriormente, por esta Sala de Gobierno, a los efectos, de,

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en su caso, elevar propuesta, al Consejo General del Poder Judicial, de conformidad

con lo previsto por el artículo 216 bis 2 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.

Comuníquese, este acuerdo, a los Magistrados-Jueces titulares de los

Juzgados de lo Social números 1, 2 y 3 de León.

15º.- [Expediente General Nº 4/2017].

Ponente: D. José Luis Concepción Rodríguez.

Tomar conocimiento de las relaciones de los llamamientos prolongados a

Magistrados Suplentes y Jueces Sustitutos, realizados con anterioridad al día 25 de

septiembre 2018 que pretenden mantenerse durante el mes de noviembre de 2018,

remitidas por diversos Presidentes de Audiencias Provinciales, en cumplimiento del

Acuerdo del Presidente de este Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León de

18 de enero de 2013.

16º.- Expedientes de nombramiento de Juez de Paz].

Ponente: D. Ignacio Pando Echevarría.

La Comisión Permanente de la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de

Justicia de Castilla y León ACUERDA nombrar a los siguientes Jueces de Paz por el

trámite de designación directa:

*SALAMANCA:

Arcediano (Sustituto): Se nombra como Juez de Paz Sustituta a Dª María

Teresa Montes González, única candidata, en la que no concurre causa de

incapacidad ni incompatibilidad.

Montejo (Sustituto): Se nombra como Juez de Paz Sustituto a D. Miguel

Velázquez Marcos, único candidato, en quien no concurre causa de incapacidad ni

incompatibilidad.

*SEGOVIA:

Bernuy de Porreros (Sustituto): Se nombra Juez de Paz Sustituto a D.

Juan Antonio Hidalgo Pardos, único candidato y ello, aunque presenta vinculación

laboral con la administración pública, como empleado del SACYL. Esta Comisión

Permanente estima necesario acudir a la interpretación flexible e integrada de los

artículos 102 y 389 de la LOPJ en relación con el artículo 14.2.b) del Reglamento de

los Jueces de Paz, considerada en el Acuerdo de la Comisión Permanente del CGPJ

de 21 de marzo de 2018 –entre cuyos antecedentes se hace mención a las

dificultades para nombrar Juez de Paz en la España rural despoblada- en el sentido

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de que podría ser autorizada la compatibilidad “cuando una determinada actividad

profesional, sea remunerada o no por una Administración pública, no implique

asesoramiento jurídico de ningún tipo ni, por su naturaleza, sea susceptible de

impedir o menoscabar la imparcialidad o independencia”, entendiendo que en el

presente supuesto se dan las circunstancias señaladas en el acuerdo, dado que la

actividad que desarrolla el candidato no implica asesoramiento jurídico ni es

susceptible de impedir o menoscabar la imparcialidad o independencia del Juez de

Paz.

Honrubia de la Cuesta (Sustituto): Se nombra como Juez de Paz Sustituto

a D. Juan Luis Revilla Rubio, único candidato, en quien no concurre causa de

incapacidad ni incompatibilidad.

Membibre de la Hoz (Sustituto): Se nombra como Juez de Paz Sustituta a

Dª María de la Paz Ruano Gozalo, única candidata, en la que no concurre causa de

incapacidad ni incompatibilidad.

Tabanera la Luenga (Titular): Se nombra como Juez de Paz Titular a D.

Jonathan Fernández Díaz, único candidato, actual juez de paz sustituto, en quien no

concurre causa de incapacidad ni incompatibilidad.

Valtiendas (Sustituto): Se nombra como Juez de Paz Sustituto a D. Saúl

Carrascal Herrero, único candidato, en quien no concurre causa de incapacidad ni

incompatibilidad.

17º.- ……….

18º.- [Expediente General Nº 64/2018].

Tomar conocimiento del informe remitido por el Gabinete Técnico del Consejo

General del Poder Judicial de 5 de octubre de 2018 “Sobre la conveniencia de

modificar la Instrucción 4/2001, de 20 de junio, del Pleno del Consejo General del

Poder Judicial, en relación a la fijación de criterios orientativos en el ámbito de

utilización de videoconferencias”, emitido en relación al acuerdo Nº 11 de la

Comisión Permanente de la Sala de Gobierno de este Tribunal Superior de Justicia

de 12 de julio de 2018.

19º.- [Expediente General Nº 105/2018].

Tomar conocimiento del acuerdo Nº 2-Anexo 2 de la Comisión Permanente

del Consejo General del Poder Judicial de 18 de octubre de 2018, en el que acuerda

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informar desfavorablemente respecto a la atribución, en exclusiva, del conocimiento

de los asuntos de patentes, al Juez de lo Mercantil de la ciudad sede del Tribunal

Superior de Justicia, entre otras, de la Comunidad Autónoma de Castilla y León.

20º.- [Expediente General Nº 143/2016].

1.- Tomar conocimiento del acuerdo del Presidente de este Tribunal Superior

de Justicia de 24 de octubre de 2018, de conformidad con lo dispuesto en el artículo

6.1. del Reglamento de desarrollo del estatuto de los Jueces de adscripción territorial

y Jueces en expectativa de destino aprobado por acuerdo de 24 de noviembre de

2016, por el Consejo General del Poder Judicial, por el que Dª Sonia González

Pérez, destinada como Juez de Adscripción Territorial del Tribunal Superior de

Justicia de Castilla y León (provincia de León), ha sido designada para que ejerza

sus funciones jurisdiccionales, como medida de refuerzo, en el Juzgado de Primera

Instancia Nº 7 de León, desde el 29 de octubre de 2018.

2.- Tomar conocimiento del acuerdo del Presidente de este Tribunal Superior

de Justicia de 24 de octubre de 2018, de conformidad con lo dispuesto en el artículo

6.1. del Reglamento de desarrollo del estatuto de los Jueces de adscripción territorial

y Jueces en expectativa de destino aprobado por acuerdo de 24 de noviembre de

2016, por el Consejo General del Poder Judicial, por el que Dª María Antonia Diez

García, destinada como Juez de Adscripción Territorial del Tribunal Superior de

Justicia de Castilla y León (provincia de León), ha sido designada para que ejerza

sus funciones jurisdiccionales en el Juzgado de Primera Instancia Nº 11 de León,

desde el 2 de noviembre de 2018 hasta la incorporación de su titular.

21º.- [Expediente General Nº 94/2017].

Tomar conocimiento del acuerdo Nº 15 Anexo 2 dictado por la Comisión

Permanente del Consejo General del Poder Judicial de 11 de octubre de 2018, en el

que se dispone la renovación de la Adscripción obligatoria, en régimen de comisión

de servicio sin relevación de funciones, de D. Ernesto Mallo García, Magistrado

Titular del Juzgado de Menores de León, para apoyar a la Sección 3ª de la

Audiencia Provincial de León, estableciéndose la medida hasta el 31 de diciembre

de 2018, y el escrito de la Directora General de Relaciones con la Administración de

Justicia de 17 de octubre de 2018, en el que comunica la autorización a efectos

económicos del anterior llamamiento.

22º.- [Expediente General Nº 25/2018].

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Tomar conocimiento del acuerdo de la Comisión Permanente del Consejo

General del Poder Judicial de 18 de octubre de 2018 en relación con el expediente

de protección de datos 024/2018, relativo a la filtración de datos personales de la

víctima de la sentencia dictada por la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de

Navarra, Nº 38/2018, de 20 de marzo de 2018.

FUERA DEL ORDEN DEL DÍA, la Sala de Gobierno, previo examen y

deliberación de los asuntos a que se refieren, adopta los siguientes acuerdos:

23º.- ………

24º.- [Expedientes de nombramiento de Juez de Paz].

Nombrar Jueces de Paz Titulares y/o Sustitutos en virtud de los

expedientes incoados por el trámite de elección por el Ayuntamiento, de

conformidad con lo dispuesto en los arts. 101.1 de la L.O.P.J. y concordantes del

Reglamento 3/1995, de 7 de junio, de los municipios que se indican, a las

siguientes personas:

Municipio Cargo Nombre

LEON:

ANTIGUA, LA SUSTITUTO HIGINIO MARTINEZ FERNÁNDEZ

BENUZA TITULAR MARA BEATRIZ MENDEZ ESOADERO

BERCIANOS DEL REAL CAMINO TITULAR RAÚL RIVERO DEL RIO

CARROCERA SUSTITUTO NURIA RODRIGUEZ CALVETE

CASTROPODAME SUSTITUTO VERÓNICA VIEITEZ MANRIQUE

CEBRONES DEL RIO SUSTITUTO MARIA ANGELES FERNÁNDEZ SAN MARTIN

GRADEFES TITULAR LUIS FEO TRECEÑO

IGUEÑA TITULAR MARIA CRISTINA PASTRANA BLANCO

MATADEÓN DE LOS OTEROS TITULAR PEDRO LUIS PRIETO PRIETO

REGUERAS DE ARRIBA TITULAR VICTOR JOSÉ CAÑO JAÑEZ

SAN JUSTO DE LA VEGA TITULAR FELIPE VEGA PRIETO

SANTA MARÍA DEL MONTE DE CEA TITULAR JOSE ALFONSO 151018

SANTA MARINA DEL REY TITULAR JUAN FRANCISCO SANCHEZ MARTINEZ

SOTO Y AMÍO TITULAR EVA DE JESUS GONZÁLEZ BLANCO

VALDEFUENTES DEL PÁRAMO SUSTITUTO QUITERIA ALONSO MUÑOZ

VALDEPOLO TITULAR RICARDO SOLANA SOLANA

VALDEPOLO SUSTITUTO NURIA ANDRÉS VELASCO

VECILLA, LA TITULAR MARIA GUIOMAR OBRERO BARCENA

VILLANUEVA DE LAS MANZANAS TITULAR Mª DEL MAR VILLAMANDOS VILLALOBOS

VILLANUEVA DE LAS MANZANAS SUSTITUTO ANA MARIA RODRIGUEZ GARABITO

VILLAOBISPO DE OTERO SUSTITUTO MARIA DE LOS ANGELES GOMEZ ALVAREZ

VILLARES DE ÓRBIGO TITULAR MARIA JOSÉ PRIETO MATILLA

PALENCIA:

BALTANAS TITULAR AMPELIO DUQUE CABEZUDO

BALTANAS SUSTITUTO JOSE LUIS ESPINA ESPINA

FRECHILLA SUSTITUTO UIS FERNANDO TEJEDOR GARCIA

POZA DE LA VEGA TITULAR LAURA GONZÁLEZ QUIJADA

RIBAS DE CAMPOS TITULAR SILVIA CALVO RUBIO

SALAMANCA:

AHIGAL DE LOS ACEITEROS TITULAR JOAQUIN SANCHEZ ORTIZ

AHIGAL DE LOS ACEITEROS SUSTITUTO LORENZO AIRES AYUSO

ALDEA DEL OBISPO SUSTITUTO MARIA TERESA BLANCO SANCHEZ

ARCO (EL) SUSTITUTO MATIAS ESPINOSA GARCÍA

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ARMENTEROS SUSTITUTO LORENZA GARCIA FABIAN

CABEZABELLOSA DE LA CALZADA TITULAR GREGORIO GONZALEZ ARMENTEROS

CARRASCAL DEL OBISPO TITULAR GENEROSO SANTOS GONZALEZ HINOJOSA DE DUERO SUSTITUTO DAMASO ALBURQUERQUE ALBURQUERQUE

HORCAJO DE MONTEMAYOR TITULAR EUSEBIO RODRIGUEZ NORTE

MONFORTE DE LA SIERRA TITULAR ANICETA GOMEZ PEREZ

PELARRODRIGUEZ TITULAR PALMIRA MARCOS MARTIN

PEÑACABALLERA TITULAR FRANCISCO JAVIER BLANCO GONZÁLEZ

REDONDA (LA) TITULAR ANTONIA VILLORIA MIGUEL

REDONDA (LA) SUSTITUTO MANUEL VILLORIA RENGEL

RINCONADA DE LA SIERRA TITULAR ELEUTERIO MARCOS SANCHEZ

RINCONADA DE LA SIERRA SUSTITUTO FRANCISCO SANCHEZ MARCOS

SAN MIGUEL DE VALERO TITULAR JOSE MUÑOZ VELOSO

SANCHON DE LA RIBERA TITULAR MARCELO RUANO PEREÑA

TEJEDA Y SEGOYUELA SUSTITUTO JOSE CARLOS GARCIA CONDE

VILLAR DE SAMANIEGO SUSTITUTO ISABEL MARIA RUANO VICENTE

VILLARMAYOR TITULAR JUAN MIGUEL MARCOS ALONSO

VILLORUELA SUSTITUTO RAMON SANCHEZ GARCIA

SEGOVIA:

ALDEASOÑA SUSTITUTO MAXIMIANO PARRA ARRANZ

CASTROSERNA DE ABAJO TITULAR MARIA JESUS MARTIN GARCIA

CASTROSERRACIN SUSTITUTO PAULA PEÑA PULIDO

FRUMALES TITULAR ERNESTO VELASCO VELASCO

FRUMALES SUSTITUTO MARYSOL MUÑOZ RICO

JUARROS DE RIOMOROS SUSTITUTO AQUILINA DE PABLOS MARTIN

MATILLA (LA) TITULAR ROSA QUINTANA LLORENTE

MUÑOPEDRO SUSTITUTO ALBINO CALVO LLORENTE

PRADENA TITULAR JULIAN GARCIA GIL

RIBOTA TITULAR FRANCISCO EUSAMIO APARICIO

TORRE VAL DE SAN PEDRO SUSTITUTO MARCELINA MORENO ALVARO

TUREGANO TITULAR MARIANO DE LUCAS SAN ANTOLIN

VEGANZONES TITULAR PEDRO MANRIQUE FRESNEDA

SORIA:

AGREDA SUSTITUTO LUIS JAVIER RUIZ RUBIO

ALDEALPOZO TITULAR DAVID DOMINGUEZ GARCIA

ALDEHUELA DE PERIAÑEZ TITULAR MARCOS DE MIGUEL MUÑOZ

ALMALUEZ TITULAR JOSE ANTONIO SANCHO BARTOLOMÉ

ALMALUEZ SUSTITUTO ANTONIO 221018

BARCA TITULAR JOSE-MARIA ORTEGA DEL CASTILLO

BERLANGA DE DUERO TITULAR JESUS MARTINEZ HERNANDEZ

BORJABAD TITULAR JOSÉ MANUEL TEJERO JIMÉNEZ

CERBÓN SUSTITUTO JOSE MARIA DEL BARRIO VALER

CUEVA DE AGREDA TITULAR OSCAR REVILLA HERRERO

FRECHILLA DE ALMAZÁN TITULAR MARIA PURIFICACIÓN BORJABAD LAPEÑA

FUENTESTRUN TITULAR JUAN FRANCISCO MARTINEZ VAL

LA PÓVEDA DE SORIA TITULAR IRENE SANZ MARTINEZ

MAJAN TITULAR PASCUAL BORQUE VALTUEÑA

MAJAN SUSTITUTO AMPARO SANZ MORENO NARROS TITULAR MARIA DE LAS NIEVES GÓMEZ LAFUENTE

NARROS SUSTITUTO ANTONINA ADORACIÓN MARTINEZ MARTINEZ

PINILLA DEL CAMPO SUSTITUTO EVARISTO MILLAN MILLAN

QUIÑONERÍA,LA SUSTITUTO ANA ROCIO GIL MARTINEZ

SAN ESTEBAN DE GORMAZ TITULAR ELENA JAUREGUI DIAZ DE CERIO

SUELLACABRAS TITULAR PEDRO LAFUENTE LAFUENTE

SUELLACABRAS SUSTITUTO ALVARO BONILLA GOMEZ

TORRUBIA DE SORIA TITULAR PILAR REMEDIOS SOLANAS GIL

VALDEAVELLANO DE TERA TITULAR MARIA DE LA PAZ GOMEZ MARTINEZ

VALDEAVELLANO DE TERA SUSTITUTO AMALIA ARRIBAS RODRIGUEZ

VELAMAZÁN TITULAR JUAN-JOSE MUÑOZ RODRIGO

VILLASECA DE ARCIEL TITULAR PASCUAL DEL HOYO MARTINEZ

VILLASECA DE ARCIEL SUSTITUTO ALBERTO CIRIANO MARTINEZ

VINUESA TITULAR MARIA ALTAIR CHULIA ORTEGA

VIZMANOS SUSTITUTO JUANA GARCIA PÉREZ

No habiendo más asuntos que tratar, se da por terminada la sesión que ha

durado tres horas.

En prueba de todo ello, extiendo la presente acta que es firmada por el

Excmo. Sr. Presidente, de lo que yo, la Secretaria de la Sala de Gobierno, doy fe.


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