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DE LA DE · de la suspensión del plazo para la presentación de alegaciones en el B.O.P. de...

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SUMARIO III.-ADMINISTRACIÓN LOCAL DIPUTACION PROVINCIAL DE VALLADOLID AYUNTAMIENTO DE BOECILLO AYUNTAMIENTO DE ENCINAS DE ESGUEVA AYUNTAMIENTO DE MEDINA DE RIOSECO AYUNTAMIENTO DE MEDINA DEL CAMPO AREA DE SERVICIOS SOCIALES E IGUALDAD DE OPORTUNIDADES. SERVICIO FAMILIA E IGUALDAD. Extracto de Decreto de Presidencia nº 1.293 de 30 de abril de 2020, por el que se aprueba la convocatoria del XXII concurso literario “la solidaridad ante la pandemia”, incluido en el programa de Envejecimiento Activo 2020. Página 3 AREA DE RÉGIMEN JURÍDICO. Aprobación definitiva del presupuesto general y plantilla del personal. Ejercicio 2020 Página 5 Bases de la convocatoria publica para la provisión con carácter interino del puesto de secretaria-intervencion de la agrupacion de ayuntamientos de Encinas y Canillas de Esgueva. Página 8 SECRETARIA GENERAL.-. Aprobación inicial en expediente de modificación de crédito número 5/2020 por crédito extraordinario financiado con los recursos procedentes del remanente de tesorería para gastos generales. Página 16 INTERVENCIÓN. Aprobación inicial en expediente de modificación presupuestaria número 13/2020 por crédito extraordinario, suplemento de crédito y trasferencia de crédito del presupuesto vigente. Página 17 BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE VALLADOLID cve: BOPVA-S-2020-087 Viernes, 8 de mayo de 2020 Núm. 87 BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE VALLADOLID BOPVA-B-2020-087 Núm. 87 Viernes, 8 de mayo de 2020 Pág. 1
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SUMARIO

III.-ADMINISTRACIÓN LOCALDIPUTACION PROVINCIAL DE VALLADOLID

AYUNTAMIENTO DE BOECILLO

AYUNTAMIENTO DE ENCINAS DE ESGUEVA

AYUNTAMIENTO DE MEDINA DE RIOSECO

AYUNTAMIENTO DE MEDINA DEL CAMPO

AREA DE SERVICIOS SOCIALES E IGUALDAD DE OPORTUNIDADES.SERVICIO FAMILIA E IGUALDAD. Extracto de Decreto de Presidencia nº1.293 de 30 de abril de 2020, por el que se aprueba la convocatoria delXXII concurso literario “la solidaridad ante la pandemia”, incluido en elprograma de Envejecimiento Activo 2020. Página 3

AREA DE RÉGIMEN JURÍDICO. Aprobación definitiva del presupuestogeneral y plantilla del personal. Ejercicio 2020 Página 5

Bases de la convocatoria publica para la provisión con carácter interino delpuesto de secretaria-intervencion de la agrupacion de ayuntamientos deEncinas y Canillas de Esgueva. Página 8

SECRETARIA GENERAL.-. Aprobación inicial en expediente demodificación de crédito número 5/2020 por crédito extraordinariofinanciado con los recursos procedentes del remanente de tesorería paragastos generales. Página 16

INTERVENCIÓN. Aprobación inicial en expediente de modificaciónpresupuestaria número 13/2020 por crédito extraordinario, suplemento decrédito y trasferencia de crédito del presupuesto vigente. Página 17

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AYUNTAMIENTO DE POZAL DE GALLINASExposición pública del proyecto técnico para la ejecución de la obra derenovación de la red de abastecimiento en varias calles. Página 18

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III.-ADMINISTRACIÓN LOCALDIPUTACION PROVINCIAL DE VALLADOLID

AREA DE SERVICIOS SOCIALES E IGUALDAD DE OPORTUNIDADES

SERVICIO FAMILIA E IGUALDAD

Extracto de Decreto de Presidencia nº 1.293 de 30 de abril de 2020, por el que seaprueba la Convocatoria del XXII Concurso Literario “La Solidaridad ante la pandemia”,incluido en el Programa de Envejecimiento Activo 2020.

BDNS(Identif.):505000

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyotexto completo puede consultarse en la Base Nacional de Subvencioneshttp://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/es/index

Primero. Participantes.

Modalidad Sénior: personas que hayan cumplido 60 o más años a la fecha de finalizacióndel plazo de presentación de solicitudes, y que a esa fecha estén empadronados en unmunicipio de la Comunidad Autónoma de Castilla y León.

Modalidad Júnior: alumnado de 5º y 6º de Educación Primaria y de la E.S.O. matriculadosen Centros Educativos de la Comunidad de Castilla y León y empadronados en unmunicipio de la provincia de Valladolid de menos de 20.000 habitantes.

Segundo. Objeto de la convocatoria

Las obras presentadas han de contribuir a sensibilizar la importancia que han tenido ytendrán las respuestas solidarias como impulsoras de una sociedad más inclusiva yhumanizada, en los términos previstos en la base primera de la convocatoria.

Tercero. Premios.

El Concurso conlleva los siguientes premios:

Premio Literario Júnior: 300 euros

Premio Literario Sénior: 500 euros

Asimismo, se premiará con 300 euros al Centro Educativo al que pertenezca el/laganador/a del primer premio literario Júnior.

Todos los premios estarán sometidos a las retenciones legalmente previstas.

El Concurso incluye la publicación de las obras premiadas, así como las de las personas

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finalistas. A estos efectos se solicitará a las personas premiadas y finalistas del concursoliterario que envíen el texto por correo electrónico.

Los derechos de autor por esta edición se entienden incluidos en la dotación económica delos premios y/o en su publicación.

La cuantía total de los premios asciende a 1.100 euros.

Cuarto. Características de las obras.

Establecido en la base tercera de las bases de la convocatoria

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.

Las obras podrán presentarse desde la fecha de publicación de las bases en el BOPVA,hasta el 30 de octubre de 2020 (incluido).

Sexto. Otros datos de interés.

Presentación de los trabajos: Establecido en la base quinta de la convocatoria.

Jurado: El Ilmo. Sr. Presidente de la Diputación Provincial de Valladolid designará elJurado, a propuesta del Diputado Delegado del Área de Servicios Sociales e Igualdad deOportunidades.

Corresponde al Jurado la interpretación de las presentes bases. El Jurado podrá declarardesiertos todos o alguno de los Premios.

El fallo del jurado se hará público en la página Web de la Diputación, y se notificaráindividualmente a las personas premiadas.

Criterios de valoración: Se tendrán en cuenta por parte del jurado:

La transmisión del mensaje y valores relacionados con el tema de la convocatoria.

La calidad artística y/o técnica de las obras.

Concesión de los premios: La concesión del Premio, se efectuará, a propuesta del Jurado,por Decreto de Presidencia de la Diputación.

Entrega de los premios: Para la entrega de los premios podrá convocarse a las personaspremiadas a un acto oficial. Para que se abone el premio en metálico a las personasbeneficiarias y al centro educativo se deberá acompañar un documento de bastanteobancario, según modelo que se les facilitará en el Servicio de Familia e Igualdad

En Valladolid, a cinco de mayo de dos mil veinte.- El Presidente.-Fdo.: Conrado ÍscarOrdoñez

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III.-ADMINISTRACIÓN LOCALAYUNTAMIENTO DE BOECILLO

AREA DE RÉGIMEN JURÍDICO

Aprobación definitiva del presupuesto general y plantilla del personal.

Visto que el Presupuesto General para el ejercicio de 2020, juntamente con la plantilla delpersonal, fue aprobado inicialmente por la Corporación en sesión Plenaria celebrada el día24 de febrero de 2020 y expuesto a información pública, con anuncio en el B.O.P. deValladolid Nº 45, de fecha 5 de marzo de 2020 y posterior anuncio relativo al levantamientode la suspensión del plazo para la presentación de alegaciones en el B.O.P. de Valladolidnº 73, de fecha 16 de abril de 2020, y en el tablón de anuncios de la corporación duranteel plazo de quince días hábiles, sin que se hayan formulado reclamaciones al mismo.

Considerándose aprobado definitivamente el Presupuesto General del Ayuntamiento parael 2020 y de conformidad con el artículo 169 del Texto Refundido de la Ley Reguladora deHaciendas Locales aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo y elartículo 20 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, se publica el resumen del mismopor capítulos:

ESTADO DE INGRESOS

CONCEPTO DESCRIPCIÓN PRESUPUESTO

INGRESO 2020

CAPITULO I IMPUESTOS DIRECTOS 1.805.689,00

CAPITULO II IMPUESTOS INDIRECTOS 263.044,00

CAPITULO III TASAS Y OTROS INGRESOS 322.335,00

CAPITULO IV TRANSFERENCIAS CORRIENTES 914.447,00

CAPITULO V INGRESOS PATRIMONIALES 203.587,00

TOTAL OPERACIONES CORRIENTES 3.509.102,00

CAPITULO VI ENAJENACION DE INVERSIONES REALES 150.000,00

CAPITULO VII TRANSFERENCIAS DE CAPITAL 0,00

CAPITULO VIII ACTIVOS FINANCIEROS 3.000,00

CAPITULO IX PASIVOS FINANCIEROS 0,00

TOTAL OPERACIONES DE CAPITAL 153.000,00

TOTAL PRESUPUESTO DE INGRESOS 3.662.102,00

ESTADO DE GASTOS

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CONCEPTO DESCRIPCIÓN PRESUPUESTO

GASTOS 2020

CAPITULO I GASTOS DE PERSONAL 1.461.476,00

CAPITULO II GASTOS DE BIENES CORRIENTES Y SERVICIOS 1.402.811,00

CAPITULO III GASTOS FINANCIEROS 10.385,00

CAPITULO IV TRANSFERENCIAS CORRIENTES 264.365,00

CAPITULO V FONDO DE CONTINGENCIA 0,00

TOTAL OPERACIONES CORRIENTES 3.139.037,00

CAPITULO VI INVERSIONES REALES 199.925,00

CAPITULO VII TRANSFERENCIAS DE CAPITAL 320.140,00

CAPITULO VIII ACTIVOS FINANCIEROS 3.000,00

CAPITULO IX PASIVOS FINANCIEROS 0,00

TOTAL OPERACIONES DE CAPITAL 520.065,00

TOTAL PRESUPUESTO DE GASTOS 3.662.102,00

Se publica igualmente la Plantilla Presupuestaria que se incluye como Anexo y las TablasRetributivas del Personal de la Entidad para el año 2020, que constan en el expediente:

1. PERSONAL FUNCIONARIO DENOMINACIÓN PUESTOS

I. FUNCIONARIOS HABILITACIÓN NACIONAL

SECRETARIO 1

INTERVENTOR 1

II. ESCALA ADMINISTRACIÓN GENERAL

II.1. SUBESCALA DE TECNICOS TECNICO DE ADMINISTRACIÓN GENERAL 1

TECNICO MEDIO DE ADMINISTRACIÓN GENERAL 1

II.2. SUBESCALA DE ADMINISTRATIVOS ADMINISTRATIVO ADMINISTRACIÓN GENERAL 5

II.3. SUBESCALA DE AUXILIARES AUXILIAR DE AMINISTRACIÓN GENERAL 1

III. ESCALA DE ADMINISTRACIÓN ESPECIAL

III.1 SUBESCALA DE TÉCNICOS ARQUITECTO 1

III.2 SUBESCALA SERVICIOS ESPECIALES AGENTE DE POLICÍA LOCAL 4

2. PERSONAL LABORAL DENOMINACIÓN PUESTOS

II. GRUPO PROFESIONAL PERSONAL NO OFICIOS

TECNICO DE CULTURA 1

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III. GRUPO PROFESIONAL PERSONAL OFICIOS

ENCARGADO GENERAL. OFICIAL 1ª 1

OFICIAL 2ª DE ALBAÑILERÍA 1

PEÓN COMETIDOS MÚLTIPLES 3

CONSERJES 3

Contra el presente acuerdo, definitivo en vía administrativa, cabe interponer los siguientesRECURSOS:

Recurso contencioso-administrativo directo en el plazo de dos meses contados desde eldía siguiente al de la publicación del presente acuerdo. El recurso contenciosoadministrativo se interpondrá ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TribunalSuperior de Justicia de Castilla y León sita en Valladolid, conforme lo dispuesto en losartículos 10.1b), de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la JurisdicciónContencioso-Administrativa.

Todo ello sin perjuicio de que pueda interponerse cualquier otro recurso que estimeoportuno en derecho.

En Boecillo, a 5 de mayo de 2020.-El Alcalde.-Fdo.: Raúl Gómez Pintado.

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III.-ADMINISTRACIÓN LOCALAYUNTAMIENTO DE ENCINAS DE ESGUEVA

Por Decreto del Alcalde del Ayuntamiento de Encinas de Esgueva, cabecera de laAgrupación de Municipios de Encinas de Esgueva y Canillas de Esgueva de fecha 30 deabril de 2020, se ha acordado continuar el procedimiento selectivo para la provisión concarácter interino del puesto de Secretaría-Intervención de la Agrupación de municipios deEncinas de Esgueva y Canillas de Esgueva, cuyas bases y convocatoria fueron objeto depublicación en el BOP de Valladolid nº 51 de 13/03/2020, por resultar indispensable para laprotección del interés general y para el funcionamiento básico de los servicios municipales,ante la necesidad de prestar, entre otras, las funciones reservadas de fe pública, control yfiscalización interna de la gestión presupuestaria, tesorería y recaudación, atribuidas alpuesto de Secretaría-Intervención.

Por el mismo Decreto se modifica la base segunda en cuanto a la forma de presentaciónde las solicitudes que únicamente podrá realizarse de forma telemática a través de la sedeelectrónica del Ayuntamiento de Encinas de Esgueva, iniciándose el cómputo del plazo decinco días hábiles para la presentación de solicitudes, que quedó suspendido el mismo díade su inicio, desde el día siguiente al de la publicación del presente acuerdo en el BoletínOficial de la Provincia.

Las solicitudes presentadas en la sede electrónica con anterioridad a la reanudación deeste procedimiento se tendrán por válidamente presentadas, no siendo necesaria su nuevapresentación, salvo que sea necesario aportar nuevos méritos obtenidos durante el periodode suspensión, en cuyo caso, se aportarán complementando la solicitud inicial.

Encimas de Esgueva, a 4 de mayo de 2020.-El Alcalde.-Fdo.: Miguel Fernando SimónCaño

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BASES POR LAS QUE SE RIGE LA CONVOCATORIA PUBLICA PARA LA PROVISION CON CARÁCTER INTERINO DEL PUESTO DE SECRETARIA-INTERVENCIÓN DE LA AGRUPACIÓN DE MUNICIPIOS DE ENCINAS DE ESGUEVA Y CANILLAS DE ESGUEVA. Primera. Características del puesto: Se convoca concurso de méritos para cubrir por personal interino, el puesto de Secretaría- Intervención interino de la Agrupación de Ayuntamientos para el sostenimiento de Secretario en Común señalado en el encabezamiento, puesto reservado a funcionarios con habilitación de carácter nacional de la Subescala Secretaría - Intervención, Grupo A1 al efecto de cubrir la vacante producida. Segunda. Lugar y plazo de presentación de solicitudes Los aspirantes a desempeñar dicha plaza deberán dirigir su SOLICITUD (ANEXO I) al Presidente de este Ayuntamiento, presentándolas en la sede electrónica del Ayuntamiento de Encinas de Esgueva https://encinasdeesgueva.sedelectronica.es/info. Utilizando el trámite “instancia general”, en el plazo de CINCO DÍAS HÁBILES, a contar desde el siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia. A la solicitud se acompañará hoja de autobaremación de méritos (ANEXO II) y la documentación acreditativa de los méritos que se aleguen. Tercera. Requisitos para participar en la selección Los candidatos deberán reunir en el momento en que termine el plazo de presentación de solicitudes los siguientes requisitos:

a) Ser español. b) Tener cumplidos los 16 años de edad. c) Estar en posesión, o en condiciones de obtener en el momento en que termine el plazo de presentación de instancias, de la titulación universitaria exigida para el ingreso en los Cuerpos o escalas clasificados en el subgrupo A1, de acuerdo con lo previsto en el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015 de 30 de octubre. Los aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán acreditar que están en posesión de la correspondiente homologación del título. Este requisito no será de aplicación a los aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las disposiciones de Derecho de la Unión Europea. (Conforme a los Artículos 18 y 53 del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional). d) No estar separado mediante expediente disciplinario de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas. e) No padecer enfermedad o defecto físico o psíquico que le impida el ejercicio de las funciones correspondientes. f) No estar incurso en causas de incompatibilidad, conforme a lo establecido en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de incompatibilidades del personal al servicio de las administraciones públicas.

Cuarta. Baremo de méritos El procedimiento de selección será el concurso de méritos en el que se valorará:

1.1.- Por haber superado alguno o algunos de los ejercicios de las pruebas selectivas convocadas para el acceso a la escala de funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional:

a) A la misma subescala y categoría: 1,5 puntos por cada ejercicio, hasta un máximo de 3 puntos. b) A distinta subescala y categoría: 1 punto por cada ejercicio, hasta un máximo de 2 puntos.

(Aclaración: no son puntuables los exámenes de acceso a otras oposiciones que no sean para funcionarios de habilitación nacional, por lo que los solicitantes evitarán aportar documentos de méritos que no sean valorables.)

1.2.- Por experiencia profesional desarrollada en la administración:

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a) En puestos reservados a Funcionarios con Habilitación de Carácter Nacional de la misma subescala y categoría: 0,04 puntos por mes completo hasta un máximo de 4 puntos. b) En puestos reservados a Funcionarios con Habilitación de Carácter Nacional de distinta subescala y categoría: 0,03 puntos por mes completo hasta un máximo de 2,25 puntos. c) En puestos de trabajo de la administración local NO reservados a funcionarios con habilitación nacional clasificados en los grupos A y B, o grupo equivalente para el personal laboral, y que tengan atribuido el desempeño de funciones administrativas: 0,02 puntos por mes completo hasta un máximo de 1,5 puntos. d) En puestos de trabajo de la administración local NO reservados a funcionarios con habilitación nacional clasificados en los grupos C y D, o grupo equivalente para el personal laboral, y que tengan atribuido el desempeño de funciones administrativas: 0,01 puntos por mes completo hasta un máximo de 1 punto. e) En puestos de trabajo de otras administraciones diferentes de la local, clasificados en los grupos A y B, o grupo equivalente para el personal laboral, con funciones propias de la actividad administrativa: 0,01 puntos por mes completo hasta un máximo de 1,5 puntos. f) En puestos de trabajo de otras administraciones diferentes de la local, clasificados en los grupos C y D, o grupo equivalente laboral, con funciones propias de la actividad administrativa: 0,005 puntos por mes completo hasta un máximo de 1 punto.

1.3.- Por la realización de cursos impartidos por centros oficiales de formación en los siguientes sectores: urbanismo, informática, gestión económica financiera, tesorería y recaudación, contabilidad, legislación general y sectorial relacionada con la Administración local, hasta un máximo de 3 puntos, de acuerdo con el siguiente baremo:

a) Por cursos entre 25 y 50 horas lectivas: 0,10 puntos. b) Entre 51 y 100 horas lectivas: 0,20 puntos. c) Superior a 100 horas lectivas: 0,30 puntos.

La Comisión de Selección podrá a su criterio, convocar a los aspirantes a la realización de pruebas orales y/o escritas y/o entrevista, como requisito previo para formular la propuesta de nombramiento en su caso de candidato, cuando de los méritos alegados o de la experiencia manifestada de los candidatos no se deduzcan claramente sus aptitudes para el puesto de trabajo. La convocatoria a la realización de pruebas y/o entrevista se practicará al menos con cuatro días hábiles de antelación, mediante publicación en la sede electrónica del Ayuntamiento. El contenido de las pruebas orales y/o escritas versará sobre el programa de materias para acceso a la subescala de Secretaría-Intervención de la última oposición libre convocada. Forma de acreditación de los méritos

Los méritos se acreditarán por los aspirantes mediante certificados y títulos originales emitidos por los órganos competentes o fotocopias debidamente compulsadas, con las siguientes particularidades: -La experiencia profesional desarrollada en la Administración (Apartado 1.2). Se acreditará mediante Informe de Vida Laboral acompañado de Certificado de Servicios Prestados emitido por la administración correspondiente en el que conste: o Cuerpo, Escala o categoría laboral del puesto de trabajo desempeñado o Régimen jurídico/vínculo del desempeño del puesto (funcionario de carrera/interino/eventual, contratado laboral o contratado administrativo) o Grupo de clasificación o Duración de los servicios prestados totalizados por años, meses y días. -La realización de cursos (Apartado 1.3). NO se puntuarán: o Los cursos de menos de 25 horas o Los cursos impartidos por entidades privadas o Los cursos sobre materias ajenas a las señaladas en el apartado 1.3. Criterios a tener en cuenta, en su caso, en la selección a realizar:

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1.4- Redondeo en puntuación: se determina que en las operaciones aritméticas de suma que se realicen en la valoración de criterios a aplicar según las bases de la convocatoria, si se diera un tercer decimal, si este fuera 5 o superior se redondearía la cifra de los dos primeros decimales incrementando una unidad, y siendo menor de 5 el tercer decimal se redondearía, sin tenerlo en cuenta, a la cifra de los dos primeros decimales. 1.5.- Empate de puntuación: en caso de producirse empate en la puntuación entre dos o más candidatos, el orden se establecerá atendiendo a los siguientes criterios: Mayor puntuación en el apartado 1.2. a) Mayor puntuación en el apartado 1.1.a) Mayor puntuación en el apartado 1.2 b) Mayor puntuación en el apartado 1.1. b) De persistir el empate, se deshará mediante la celebración por parte de la Comisión de selección de un sorteo público, que se anunciará con la suficiente antelación. 1.6.- Cómputo de los servicios prestados: Podrán acumularse los servicios prestados en distintas administraciones (dentro de cada uno de los apartados de baremación del punto 1.2), no teniéndose en cuenta la fracción resultante inferior a un mes. 1.7.- Modelos: Los concursantes deberán utilizar necesariamente los anexos I y II de la presente convocatoria que serán debidamente cumplimentados y firmados y se relacionarán individualmente todos los méritos que se aleguen. Quinta. Composición del órgano de selección La comisión de selección estará integrada por los siguientes miembros: Presidente: Un Funcionario perteneciente al subgrupo A1/A2 de la Diputación. Vocal: Un funcionario de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, subgrupo A1/A2. Vocal-Secretario: Un funcionario con habilitación de carácter nacional, que actuará como Secretario. Sexta. El aspirante que resulte seleccionado deberá presentar ante la Corporación la siguiente documentación: fotocopia del Documento Nacional de Identidad, fotocopia de los documentos acreditativos de poseer la titulación exigida como requisito para el acceso, declaración de no haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquier administración pública y de no encontrarse inhabilitado para el ejercicio de las funciones correspondientes, Declaración de no padecer enfermedad o defecto físico que impida el ejercicio de las funciones y declaración de no estar dentro de las causas de incompatibilidad del personal al servicio de las Administraciones Públicas, conforme a lo establecido en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de incompatibilidades del personal al servicio de las administraciones públicas (Anexo III) Séptima. La comisión de selección propondrá a la Corporación el candidato seleccionado, así como los suplentes ordenados según la puntuación obtenida y, de acuerdo con dicha propuesta, el Presidente de la misma remitirá la propuesta de nombramiento y el expediente completo a la Dirección General competente, que resolverá definitivamente. El Presidente de la Agrupación hará público el nombramiento efectuado en el tablón de Presidente de la Agrupación hará público el nombramiento efectuado en el tablón de anuncios del Ayuntamiento y en la sede electrónica Octava. - La comisión de selección podrá proponer a la Corporación la formación de una bolsa de empleo con los aspirantes que no hayan obtenido la plaza, por el orden de su puntuación, a los efectos de su utilización para el nombramiento de funcionario interino en el caso de producirse nueva vacante, de acuerdo con la normativa que resulte de aplicación para la formación y funcionamiento de las bolsas de empleo. Novena. El candidato nombrado deberá tomar posesión en el plazo de tres días hábiles desde el siguiente al de la recepción en la Corporación de la resolución por la que se efectúa el nombramiento. Décima. La Corporación convocante podrá proponer motivadamente que la Dirección General competente declare desierto el proceso de selección. Undécima. El funcionario interino cesará en el desempeño del puesto de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 4 del Decreto 32/2005, de 28 de abril de 2005.

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SR. PRESIDENTE DEL AYUNTAMIENTO DE ENCINAS DE ESGUEVA

ANEXO I

MODELO DE SOLICITUD PARA PARTICIPAR EN EL PROCESO DE PROVISION CON

CARÁCTER INTERINO DEL PUESTO DE SECRETARIA-INTERVENCIÓN DE LA

AGRUPACIÓN DE MUNICIPIOS DE ENCINAS DE ESGUEVA Y CANILLAS DE

ESGUEVA.

D/Dª_______________________________________________________________________

Con D.N.I. _______________________________________ y lugar efectos de comunicaciones y

notificaciones en calle________________________Nº ___de la localidad de

______________________________ Provincia ______________________________________

C.P.________Teléfono _____________________________________________________

Correo electrónico_________________________________________________________

Expongo:

Que deseo ser admitido para la provisión interina de la plaza de SECRETARIO-

INTERVENTOR de esa Entidad Local, cuya convocatoria ha sido publicada en el Boletín

Oficial de la Provincia de Valladolid de fecha ………………………..

Que reúno todas las condiciones exigidas en las bases del Concurso, que declaro

conocer y aceptar

Que aporto los documentos acreditativos de los méritos a valorar exigidos en las bases,

que se relacionan en la hoja de autobaremación que se adjunta, debidamente rellenada

y firmada, a esta solicitud

Que reúno todas las condiciones exigidas en las bases del Concurso, que declaro

conocer y aceptar

Que aporto los documentos acreditativos de los méritos a valorar exigidos en las bases,

que se relacionan en la hoja de autobaremación que se adjunta, debidamente rellenada

y firmada, a esta solicitud

Por lo que solicito:

Que se me admita en el proceso selectivo para la provisión con carácter interino de la

plaza de Secretaría-Intervención de esa Entidad Local.

En a de de

(firma del interesado)

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ANEXO II MODELO DE HOJA DE AUTO BAREMACIÓN DE MÉRITOS

Proceso de provisión con carácter interino del puesto de secretaría-intervención Encinas de Esgueva y Canillas de Esgueva

Méritos Auto puntuación

Tribunal

1.1.- Por haber superado alguno o algunos de los ejercicios de las pruebas selectivas convocadas para el acceso a la escala de funcionarios con habilitación de carácter nacional:

a)A la misma subescala y categoría: 1,5 puntos por cada ejercicio, hasta un máximo de 3 puntos.

b)A distinta subescala y categoría: 1 punto por cada ejercicio, hasta un máximo de 2 puntos.

1.2.- Por experiencia profesional desarrollada en la administración:

a)En puestos reservados a la misma subescala y categoría: 0,04 puntos por mes completo hasta un máximo de 4 puntos.

b)En puestos reservados a distinta subescala y categoría: 0,03 puntos por mes completo hasta un máximo de 2,25 puntos.

c) En puestos de trabajo de la administración local no reservados a funcionarios con habilitación nacional clasificados en los grupos A y B, o grupo equivalente para el personal laboral, y que tengan atribuido el desempeño de funciones administrativas: 0,02 puntos por mes completo hasta un máximo de 1,5 puntos

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d)En puestos de trabajo de la administración local no reservados a funcionarios con habilitación nacional clasificados en los grupos C y D, o grupo equivalente para el personal laboral, y que tengan atribuido el desempeño de funciones administrativas: 0,01 puntos por mes completo hasta un máximo de 1 punto

e)En puestos de trabajo de otras administraciones diferentes de la local, clasificados en los grupos A y B o grupo equivalente para el personal laboral, con funciones propias de la actividad administrativa: 0,01 puntos por mes completo hasta un máximo de 1,5 puntos.

f)En puestos de trabajo de otras administraciones diferentes de la local, clasificados en los grupos C y D, o grupo equivalente laboral, con funciones propias de la actividad administrativa: 0,005 puntos por mes completo hasta un máximo de 1 punto.

1.3.- Por la realización de cursos impartidos por centros oficiales de formación en los siguientes sectores: urbanismo, informática, gestión económica financiera, tesorería y recaudación, contabilidad, legislación general y sectorial relacionada con la Administración local, hasta un máximo de 3 puntos (Relacionar y puntuar todos y cada uno de los cursos)

TOTAL

En _______________________, a________de__________________de 20____

(Firma)

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ANEXO III

MODELO DE DECLARACION

Proceso de provisión con carácter interino del puesto de secretaría-intervención de la Agrupación de Municipios de Encinas de Esgueva y Canillas de Esgueva

D/Dª_______________________________________________________________________

Con D.N.I. _______________________________________ y lugar efectos de comunicaciones y

notificaciones en calle________________________Nº ___de la localidad de

______________________________ Provincia ______________________________________

C.P.________Teléfono _____________________________________________________

Correo electrónico_________________________________________________________

Declaro:

1.- Que no he sido separado/a mediante expediente disciplinario del servicio de cualquier

administración pública y de no encontrarme inhabilitado/a para el ejercicio de las

funciones correspondientes.

2.- Que no padezco enfermedad o defecto físico que impida el ejercicio de las funciones

y, que no me encuentro en situación de baja laboral ni tengo impedimento médico o de

cualquier naturaleza para mi incorporación inmediata.

3.- Que no estoy dentro de las causas de incompatibilidad del personal al servicio de las

Administraciones Públicas, conforme a lo establecido en la Ley 53/1984, de 26 de

diciembre, de incompatibilidades del personal al servicio de las administraciones

públicas.

4.-Que acepto la propuesta de nombramiento y aceptaré el que realice la Junta de

Castilla y León para la provisión con carácter interino de la plaza de Secretaría-

Intervención del Ayuntamiento de Tordehumos.

5.- Que aporto en originales/fotocopias compulsadas, en el caso de no haberlo hecho

con la solicitud, de DNI y del título exigido para participar en la convocatoria.

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III.-ADMINISTRACIÓN LOCALAYUNTAMIENTO DE MEDINA DE RIOSECO

SECRETARIA GENERAL.-

El Pleno del Ayuntamiento de Medina de Rioseco, en sesión ordinaria celebrada el día 5de mayo de 2020, acordó la aprobación inicial del expediente de modificación de crédito nº5/2020 en la modalidad de Crédito Extraordinario financiado con los recursos procedentesdel Remanente de Tesorería para Gastos Generales.

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 169.1 por remisión del 177.2 del RealDecreto 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la LeyReguladora de las Haciendas Locales, se somete el expediente a información pública porel plazo de quince días a contar desde el día siguiente de la inserción de este anuncio enel Boletín Oficial de la Provincia, para que los interesados puedan examinar el expediente ypresentar las reclamaciones que estimen oportunas.

Asimismo, estará a disposición de los interesados en la sede electrónica de esteAyuntamiento http://medinaderioseco.sedelectronica.es.

En el supuesto de que en el plazo de exposición pública no se presenten reclamaciones, elexpediente se entenderá definitivamente aprobado sin necesidad de acuerdo expreso,produciendo efectos desde la fecha de la publicación íntegra de las modificaciones.

En Medina de Rioseco, a 7 de mayo de 2020.-El Alcalde.-Fdo.: David Esteban Rodríguez.

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III.-ADMINISTRACIÓN LOCALAYUNTAMIENTO DE MEDINA DEL CAMPO

INTERVENCIÓN

APROBACION INICIAL MODIFICACION PRESUPUESTARIA Nº 13/2020 EN ELPRESUPUESTO VIGENTE

El Pleno de este Ayuntamiento, en sesión ordinaria que ha tenido lugar el día 30 de abril de2020, ha aprobado con carácter inicial el expediente de modificación presupuesta Nº13/2020: Modificación presupuestaría crédito extraordinario, suplemento de crédito ytrasferencia de crédito.

En las oficinas de la Intervención de Fondos de este Ayuntamiento se expone al público elexpediente aprobado durante el plazo de los siguientes 15 días hábiles al de la publicacióndel anuncio correspondiente en el Boletín Oficial de la Provincia, para que, por losinteresados que señala el artículo 170.1, puedan presentar alegaciones en idéntico plazopor los motivos que establece el artículo indicado del Real Decreto Legislativo 2/2004, de5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de lasHaciendas Locales.

Si durante el plazo indicado no hay alegaciones ni reclamaciones esta aprobación inicial seconvertirá en definitiva, sin necesidad de adoptar otro acuerdo que lo declare y, después,se publicará en el BOP el resultado de la modificación presupuestaria aprobada y seenviará copia del expediente a la Administración del Estado y a la de la ComunidadAutónoma de Castilla y León.

En Medina del Campo, a 4 de mayo de 2020, Alcalde. Guzmán Gómez Alonso

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III.-ADMINISTRACIÓN LOCALAYUNTAMIENTO DE POZAL DE GALLINAS

El Pleno de este Ayuntamiento, en sesión ordinaria celebrada el día 27 de Abril de 2020,aprobó el Proyecto de Obra denominado “Renovación de red de abastecimiento de variascalles de Pozal de Gallinas”, incluida en el Plan Bienal de Cooperación 2020-2021,redactado por SOMOZA Y SANCHEZ SLP, por importe de 87.897,74 euros, de loscuales, el presupuesto base de licitación es de 85.039,27 euros y el correspondiente ahonorarios técnicos de dirección de obra y coordinación de seguridad y salud es de2.858,47 euros.

Se expone al público el citado documento en la Secretaría Municipal durante el plazo deveinte días para su examen por los interesados y presentación, en su caso, de lasalegaciones, sugerencias o reclamaciones que se estimen oportunas.

En Pozal de Gallinas a 30 de abril de 2020.- El Alcalde..Fdo.: Miguel Ángel MoralejaAlonso.

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