II AUTORIDADES Y PERSONAL
1.— NOMBRAMIENTOS, SITUACIONES E INCIDENCIAS
Consejería de Sanidad y Políticas Sociales
Nombramientos. Decreto 172/2016, de 18 de octubre, por el que se dispone el nombra-miento como Secretaria Técnica de Drogodependencias del Servicio Extremeño de Salud de doña María del Pilar Morcillo Sánchez ................................................................. 28449
III OTRAS RESOLUCIONES
Presidencia de la Junta
Bienes de Interés Cultural. Resolución de 17 de octubre de 2016, de la Secretaría General de Cultura, para modificar y complementar la Resolución de incoación de 5 de agosto de 1982, para la declaración de bien de interés cultural a favor de la Iglesia Parroquial de Nues-tra Señora de los Ángeles de Acebo, en la categoría de Monumento ....................... 28450
MIÉRCOLES, 2de noviembre de 2016
NÚMERO 210DIARIO OFICIAL DE
EXTREMADURA
S U M A R I O
Miércoles, 2 de noviembre de 201628446
NÚMERO 210
Juventud. Ayudas. Resolución de 24 de octubre de 2016, de la Secretaría General, por la que se conceden las subvenciones acogidas al Decreto del Presidente 5/2016, de 18 de abril, Línea I: Subvenciones a asociaciones juveniles y entidades asimiladas a las mismas para el desarrollo de proyectos de interés general para el ejercicio 2016 ........................... 28473
Consejería de Hacienda y Administración Pública
Convenios. Resolución de 10 de octubre de 2016, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio de Colaboración entre la Consejería de Medio Ambiente y Rural, Políti-cas Agrarias y Territorio y la Fundación Centro de Cirugía Mínima Invasión Jesús Usón, para el desarrollo del proyecto de investigación “Proyecto para la validación de un sistema rápido de sexado de embriones” ................................................................................. 28479
Convenios. Resolución de 10 de octubre de 2016, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio Interadministrativo de Colaboración entre la Consejería de Medio Ambiente y Rural, Políticas Agrarias y Territorio y la Universidad de Extremadura para el dise-ño de una estrategia de prevención de incendios basada en actividades agro-silvo-pastorales en las comarcas de Sierra de Gata y Las Hurdes ................................................. 28485
Presupuestos. Ejecución. Resolución de 27 de octubre de 2016, de la Intervención Gene-ral, por la que se publica la información del tercer trimestre de 2016, de las entidades del sector público autonómico con presupuesto limitativo .......................................... 28512
Consejería de Educación y Empleo
Centros docentes privados. Corrección de errores de la Resolución de 22 de agosto de 2016, de la Secretaría General de Educación, por la que se publica la parte dispositiva de la Resolución de 16 de agosto de 2016, de la Consejera, por la que se modifica la autorización administrativa del centro docente privado “CDS, Formación Profesional y Deportiva” de Bada-joz y se concede autorización administrativa de apertura y funcionamiento de una red de centros de enseñanzas deportivas de régimen especial dependientes del mismo ...... 28583
Centros docentes privados. Resolución de 6 de octubre de 2016, de la Secretaría General de Educación, por la que se publica la parte dispositiva de la Resolución de 4 de octubre de 2016, de la Consejera, por la que se extingue la autorización administrativa que le fuera concedida al “Centro Profesional de Danza María Montero de Espinosa”, por traslado de instalaciones ................................................................................................ 28584
Centros docentes privados. Resolución de 6 de octubre de 2016, de la Secretaría General de Educación, por la que se publica la parte dispositiva de la Resolución de 4 de octubre de 2016, de la Consejera, por la que se modifica la autorización administrativa de apertura y funcionamiento concedida al Centro Docente Privado de Enseñanzas Artísticas de Danza “María Montero de Espinosa”, de Badajoz ........................................................... 28585
Educación Infantil. Ayudas. Resolución de 11 de octubre de 2016, de la Consejera, por la que se resuelve la concesión de ayudas destinadas a financiar los gastos corrientes derivados del funcionamiento de Centros de Educación Infantil (0-3 años) para el ejercicio 2016 ....... 28587
Miércoles, 2 de noviembre de 201628447
NÚMERO 210
Servicio Extremeño de Salud
Servicio Extremeño de Salud. Subvenciones. Resolución de 18 de octubre de 2016, de la Dirección Gerencia, por la que se resuelve la convocatoria de subvenciones para la realiza-ción de programas de prevención de conductas adictivas en municipios y mancomunidades para el año 2016 ............................................................................................ 28594
IV ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Juzgado de 1.ª Instancia n.º 2 de Badajoz
Notificaciones. Edicto de 13 de octubre de 2016 sobre notificación de sentencia dictada en el procedimiento ordinario n.º 1031/2015 .......................................................... 28603
Juzgado de 1.ª Instancia n.º 4 de Badajoz
Notificaciones. Edicto de 23 de septiembre de 2016 sobre notificación de sentencia dictada en el divorcio contencioso n.º 864/2015 ............................................................. 28607
V ANUNCIOS
Consejería de Hacienda y Administración Pública
Subastas. Resolución de 10 de octubre de 2016, de la Secretaría General de Presupuestos y Financiación, por la que se hace pública la adjudicación de varios lotes y se declaran desier-tos otros en el procedimiento de enajenación, mediante subasta pública, de vehículos y maquinaria en estado de chatarra y otros en circulación con necesidad de reparación, propie-dad de la Comunidad Autónoma de Extremadura. Expte.: SUVPJUNTAEX-16-02 ...... 28608
Consejería de Economía e Infraestructuras
Expropiaciones. Citación. Anuncio de 10 de octubre de 2016 por el que se cita a los inte-resados para el levantamiento de actas previas a la ocupación en expediente de expropiación forzosa. Ref.: 10/AT-2224-2 ............................................................................. 28610
Consejería de Medio Ambiente y Rural, Políticas Agrarias y Territorio
Información pública. Resolución de 17 de octubre de 2016, de la Dirección General de Polí-tica Agraria Comunitaria, por la que se somete a trámite de audiencia e información pública el proyecto de Decreto sobre Organización y Funcionamiento del Registro de Explotaciones Agrarias de Extremadura ................................................................................. 28612
Miércoles, 2 de noviembre de 201628448
NÚMERO 210
Información pública. Resolución de 20 de octubre de 2016, de la Dirección General de Polí-tica Agraria Comunitaria, por la que se somete a trámite de audiencia e información pública el proyecto de Decreto por el que se establecen las bases reguladoras y normas de aplicación del régimen de ayudas a la primera instalación de jóvenes agricultores en la Comunidad Autónoma de Extremadura ............................................................................... 28612
Formalización. Anuncio de 19 de octubre de 2016 por el que se hace pública la formaliza-ción del contrato de servicio de “Elaboración del proyecto básico, estudio de viabilidad, evaluación ambiental estratégica y plan general de transformación de la zona regable de Tierra de Barros”. Expte.: 1633SE1FR195 ........................................................... 28613
Contratación. Anuncio de 24 de octubre de 2016 por el que se hace pública la convocatoria, por procedimiento abierto, para la contratación de la obra de “Construcción de torre de vigi-lancia en Sierra de Dios Padre, en el término municipal de Villanueva de la Sierra”. Expte.: 1654OB1FR712 .............................................................................................. 28614
Consejería de Educación y Empleo
Formalización. Anuncio de 13 de octubre de 2016 por el que se da publicidad a la formali-zación del contrato de servicio de “Catering para comedores escolares y servicio de aulas matinales en centros públicos de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el curso escolar 2016/2017”. Expte.: SER1609001 .......................................................... 28618
Consejería de Sanidad y Políticas Sociales
Contratación. Resolución de 19 de octubre de 2016, de la Secretaría General de Arquitectu-ra, Vivienda y Políticas de Consumo, por la que se hace pública la convocatoria, por procedi-miento abierto y tramitación ordinaria, para la contratación de la obra de “Construcción de 5 VPP en Torreorgaz”. Expte.: 160191105OBR ....................................................... 28620
Servicio Extremeño de Salud
Contratación. Anuncio de 26 de octubre de 2016, de la Gerencia del Área de Salud de Plasencia, por el que se hace pública la convocatoria, por procedimiento abierto y trami-tación de urgencia, para la contratación del suministro para la “Adquisición, Instalación de un Sistema de Planificación del Servicio de Radioterapia para el Hospital “Virgen del Puerto” de Plasencia, dependiente de la Gerencia del Área de Salud de Plasencia”. Expte.: CS/07/1116061311/16/PA ......................................................................... 28624
Ayuntamiento de Arroyomolinos
Planeamiento. Anuncio de 7 de octubre de 2016 sobre aprobación inicial del Plan General Municipal ....................................................................................................... 28626
Miércoles, 2 de noviembre de 201628449
NÚMERO 210
II AUTORIDADES Y PERSONAL
1.— NOMBRAMIENTOS, SITUACIONES E INCIDENCIAS
CONSEJERÍA DE SANIDAD Y POLÍTICAS SOCIALES
DECRETO 172/2016, de 18 de octubre, por el que se dispone el nombramiento como Secretaria Técnica de Drogodependencias del Servicio Extremeño de Salud de doña María del Pilar Morcillo Sánchez. (2016040197)
A propuesta del Consejero de Sanidad y Políticas Sociales, de conformidad con lo establecido en los artículos 23 o) y 36 g) de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Admi-nistración de la Comunidad Autónoma de Extremadura y en el artículo 34.2 de la Ley 1/1999, de 29 de marzo, de Prevención, Asistencia y Reinserción de las Drogodependencias de la Comunidad Autónoma de Extremadura, y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su sesión de 18 de octubre de 2016,
D I S P O N G O :
El nombramiento como Secretaria Técnica de Drogodependencias del Servicio Extremeño de Salud de doña María del Pilar Morcillo Sánchez.
Mérida, 18 de octubre de 2016.
El Presidente de la Junta de Extremadura,
GUILLERMO FERNÁNDEZ VARA
El Consejero de Sanidad y Políticas Sociales,
JOSÉ MARÍA VERGELES BLANCA
Miércoles, 2 de noviembre de 201628450
NÚMERO 210
III OTRAS RESOLUCIONES
PRESIDENCIA DE LA JUNTA
RESOLUCIÓN de 17 de octubre de 2016, de la Secretaría General de Cultura, para modificar y complementar la Resolución de incoación de 5 de agosto de 1982, para la declaración de bien de interés cultural a favor de la Iglesia Parroquial de Nuestra Señora de los Ángeles de Acebo, en la categoría de Monumento. (2016061597)
Con fecha 5 de agosto de 1982, se dicta Resolución de la Dirección General de Bellas Artes, Archivos y Bibliotecas por la que se incoa expediente de declaración como bien de interés cultural a favor de la Iglesia Parroquial de Nuestra Señora de los Ángeles de Acebo, Cáceres, con la categoría de monumento histórico-artístico, publicándose en el Boletín Oficial del Esta-do, n.º 258, de 27 de octubre de 1982.
La incoación del expediente fue notificada al titular afectado, al Excmo. Ayuntamiento de Acebo (Cáceres) y al Ministerio de Cultura para su inscripción provisional en el Registro General de Bienes de Interés Cultural, donde se procedió a practicar la anotación preventiva del expediente de declaración con el código 2320.
Con el fin de dar continuidad al expediente se emiten sendos informes, con fecha 19 de marzo de 2015 y 26 de marzo de 2015, por los servicios técnicos de la Dirección General de Patrimonio Cultural con respecto al asunto de referencia y, dado el contenido de dichos infor-mes y el resto de la documentación obrante en el expediente, se hace preciso establecer la siguiente consideración:
Se detecta ausencia en la Resolución de una descripción de la Iglesia Parroquial de Nuestra Señora de los Ángeles y de los bienes muebles vinculados a ésta, no habiendo tampoco una delimitación escrita o gráfica del bien incoado, requisitos necesarios para adaptarnos a las exigencias de la Ley 2/1999, de 29 de marzo, de Patrimonio Histórico y Cultural de Extrema-dura. Del mismo modo, se infiere la necesidad de adaptar la categoría de protección conferi-da en su momento, Monumento Histórico-Artístico, a una de las categorías de protección previstas en la citada norma.
El Estatuto de Autonomía de Extremadura, aprobado mediante Ley Orgánica 1/1983, de 25 de febrero y modificado mediante Ley Orgánica 1/2011, de 28 de enero, la cual se publicó y entró en vigor con fecha 29 de enero de 2011, recoge como competencia exclusiva en su artículo 9.1.47 la “Cultura en cualquiera de sus manifestaciones”, así como el “Patrimonio Histórico y Cultural de interés para la Comunidad Autónoma”.
En desarrollo de esta competencia se dictó la Ley 2/1999, de 29 de marzo, de Patrimonio Histórico y Cultural de Extremadura, que recoge la competencia y el procedimiento para llevar a cabo la declaración de Bien de Interés Cultural de un bien que se entienda entre los
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NÚMERO 210
más relevantes del Patrimonio Histórico y Cultural de Extremadura. El procedimiento se describe en los artículos 7 y siguientes de la citada ley.
El artículo 6.1 de la citada ley, al establecer la clasificación de los bienes que puedan ser declarados de Interés Cultural, incluye, con la categoría de Monumento, en el apartado a), los edificios y estructuras de relevante interés histórico, artístico, etnológico, científico, social o técnico, con inclusión de los muebles, instalaciones y accesorios que expresamente se señalen.
La iglesia parroquial de Nuestra Señora de los Ángeles es un edificio relevante cuyos valores justifican la incoación pues constituye un ejemplo singular dentro de la arquitectura gótico-renacentista de Extremadura. Su excepcional calidad fue reconocida ya desde antiguo, tal y como refleja la visita que realiza el obispo don Luis de Salcedo y Azcona a la diócesis de Coria en el siglo XVIII. Es la iglesia de lo mejor del obispado; de piedra de sillería, es una obra acabada y perfecta.
En su dilatado y azaroso proceso de construcción (1508-1710) intervinieron maestros cante-ros y arquitectos de renombre como Antonio de la Puente, Francisco Hernández, Juan de Alvíz y, especialmente, Pedro de Ybarra (de 1554 a 1566), maestro de obras de la Orden Militar de Alcántara, a quien debemos la magnífica torre y las trazas del coro.
En su interior se conserva una excelente colección de obras de arte ejecutadas por primeras figuras del panorama artístico del momento, entre las que destaca, por méritos propios, el grandioso Retablo Mayor realizado en la primera mitad del siglo XVII por el mirobrigense Alonso de Balbás. El retablo acebano es un bellísimo ejemplo de la doctrina contrarreformista tridentina, en la que predomina lo arquitectónico sobre lo ornamental.
La fábrica monumental de la iglesia le otorga una posición dominante en la trama urbana de la localidad. El volumen imponente de la construcción, queda enmarcado por las estrechas callejuelas de su entorno, creando escenarios de gran belleza visual. Por otro lado, vista desde las vías de acceso al municipio, se confirma que el paisaje urbano de Acebo se estruc-tura alrededor de su iglesia, como hito visual único e indiscutido de la población.
Todos estos elementos, en su conjunto, hacen de la Iglesia Parroquial de Nuestra Señora de los Ángeles de Acebo un elemento paradigmático en el patrimonio cultural de la Sierra de Gata.
Vista la propuesta favorable del Director General de Bibliotecas, Museos y Patrimonio Cultu-ral, respecto a la modificación y complementación de la Resolución de 5 de agosto de 1982 para la declaración como Bien de Interés Cultural a favor de la iglesia parroquial de Nuestra Señora de los Ángeles en Acebo (Cáceres) de 5 de octubre de 2016 y en virtud en ejercicio de las competencias en materia de Patrimonio Cultural, Histórico-Arqueológico, Monumental, Artístico y Científico de interés para la región, y a tenor de lo dispuesto en el artículo 9.2 del Decreto 321/2015, de 29 de diciembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Presidencia de la Junta de Extremadura (DOE número 250, 31 de diciembre de 2015),
R E S U E L V O :
Primero. Incoar expediente para modificar y complementar la resolución de incoación de 5 de agosto de 1982, para la declaración de bien de interés cultural a favor de la iglesia parroquial
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NÚMERO 210
de Nuestra Señora de los Ángeles de Acebo (Cáceres) en la categoría de monumento, de acuerdo con la descripción, delimitación y ubicación que detallan los Anexos I, II, III y IV de la presente resolución.
Segundo. Notificar la presente resolución a los interesados, al Ayuntamiento de Acebo, y al Registro General de Bienes de Interés Cultural del Ministerio de Educación, Cultura y Depor-tes para que conste esta modificación y complementación, y remitirla al Diario Oficial de Extremadura y al Boletín Oficial de Estado para su publicación.
Tercero. Someter el expediente a información pública por un plazo de un mes contado desde el día siguiente al de la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial de Estado, y durante el cual podrá ser consultado en las dependencias de la Dirección General de Bibliote-cas, Museos y Patrimonio Cultural (Avenida Valhondo, s/n. (Edificio III Milenio), Módulo 4, 2.ª planta, 06800 Mérida, Badajoz).
Mérida, 17 de octubre de 2016.
La Secretaria General de Cultura,
MIRIAN GARCÍA CABEZAS
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NÚMERO 210
A N E X O I
CARACTERIZACIÓN Y JUSTIFICACIÓN DE LA DECLARACIÓN COMO BIEN DE INTERÉS CULTURAL
1. Ubicación.
La localidad de Acebo se inserta en la comarca de Sierra de Gata, en la provincia de Cáce-res. La orografía y su situación fronteriza han otorgado una marcada personalidad a estas tierras. El municipio de Acebo se sitúa en la hondonada del valle formado por la Rivera de Acebo, a 504 m. de altitud, rodeado por las cumbres del Jálama (1487 m.), el Teso Porras (1030 m.) o el Teso Carranco (1059 m.). Su término limita con los pueblos de Villamiel, Perales del Puerto, Gata, Trevejo, San Martín de Trevejo, Villasbuenas de Gata, Hoyos y El Payo (este último ya en la provincia de Salamanca).
En las altas cumbres predomina el matorral, mientras que en las laderas imperan los bosques de pinos y de robles mezclados con algunos castaños. En las zonas más llanas también hay extensos pinares. El principal cultivo, como en el resto de la sierra de Gata, es el del olivo, en minifundios de huertas. Las fuentes en tiempos modernos (Catastro Ensenada en el s. XVIII o el diccionario de Madoz en el s. XIX) citan viñas, perales, cere-zos, guindos o limoneros y las naranjas que se exportaban al resto de pueblos de la comarca y Castilla. Aún hoy, los huertos de naranjas forman una estampa característica en torno al núcleo urbano. Las mismas fuentes citan la crianza de cabras, vacas, puercos o caballos en los pastos bajos. En el pueblo, la producción de miel y cera han tenido igual-mente un papel importante.
La situación geográfica e hidrográfica de la zona ha favorecido también la presencia de molinos y lagares en las Riveras del Caíz o de Carreziudad. Así como la instalación de una central hidroeléctrica, en 1911, que estuvo en funcionamiento hasta los años 80 del siglo XX.
2. Contexto Histórico.
La Sierra de Gata es una comarca poblada desde tiempos ancestrales. Entre las primeras manifestaciones humanas de la sierra se encuentran algunos sepulcros megalíticos (Villasbuenas de Gata) o las estelas decoradas de San Martín de Trevejo o Hernán Pérez. Previamente a la romanización, cabe mencionar el poblado de Castillejos en Villasbuenas de Gata.
Será en época romana cuando los valles de la sierra de Gata se pueblen de forma siste-mática pues es una zona de paso entre la meseta y la cuenca del Tajo, a través de la llamada Vía Dalmacia que comunicaba Caurium con Miróbriga (posiblemente a través del cercano puerto de Perales). Sierra de Gata es además un enclave de importancia para el estado romano, debido a la explotación de sus recursos auríferos, especialmente de la cuenca del río Eljas.
A falta de más datos, la fundación de Acebo se produce en los años posteriores a la recon-quista de este territorio, a comienzos del siglo XIII. Desde sus inicios, la localidad aparece
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como una aldea de la ciudad de Coria. Se cita por primera vez, en 1235, en la carta puebla otorgada a Villamiel. Será entonces administrada por la orden de Alcántara, tal y como establece la tenencia que el rey Fernando IV realiza en Sevilla al maestre Gonzalo Pérez. En un momento indeterminado, de acuerdo a su condición, Acebo se desmembró de la orden para ser posesión plena de la diócesis de Coria.
La ciudad fue enajenada, primero, en favor del conde de Coria don Gutiérrez Solís y posteriormente por la Casa de Alba.
Así, a lo largo de la Edad Moderna Acebo pertenecerá al marquesado de Coria, dentro de la casa Ducal de Alba. La posesión acabó con la abolición de los señoríos jurisdiccionales a raíz de la Ley de 3 mayo de 1823, en el marco del Trienio Liberal. En Acebo, este hecho tuvo su máxima expresión cuando la población eliminó el escudo de armas de los Alba que estaba en el costado occidental de la torre de la iglesia.
A principios del siglo XVI la vida acebana sufrió un importante revulsivo con la fundación del monasterio de monjas Terceras, llamado Santiago de las Dueñas o Santiago de Moncalvo, en el paraje de Revolcobo. Debido a lo retirado de su emplazamiento, se pidió constantemente su traslado al núcleo urbano, hecho en el que participó activamente el concejo, cediendo los terrenos junto a la ermita del Espíritu Santo (que fue demolida para la obra), y facilitando dinero, madera o la mano de obra. El traslado definitivo de los frai-les al nuevo monasterio se llevó a cabo el 4 de noviembre de 1595 en medio de grandes festejos. El convento llegó a proporcionar estudios de Gramática y Retórica y albergaba dos cofradías, la del Espíritu Santo y la de la Inmaculada Concepción. Finalmente, fue suprimido en el año 1821.
En el año 1588, la localidad tenía 400 vecinos según el censo ordenado por el obispo cauriense Pedro García de Galarza. Según el inventario artístico realizado por el obispo don Luis de Salcedo y Azcona, en visita a la diócesis de Coria entre 1713-1716, tenía Acebo 300 vecinos. En 1753 hay 297 vecinos lo que supondría aproximadamente 1188 habitantes.
Destacamos la valiosa información que proporciona el Interrogatorio de la Real Audiencia de 1791 (Rodríguez Cancho, Barrientos Alfageme, 1993), puesto que refleja la intensa vida religiosa del municipio, que se desarrollaba en torno a su parroquia. Asistían a los 380 vecinos un total de 7 sacerdotes presbíteros (uno ordenado de epístola y 3 de meno-res ordenes capellanes) los cuales vivían en la casa parroquial. En cuanto a la parroquia acebana, se dotaba a partir del impuesto del diezmo, pero también de escrituras censales de particulares, de las capellanías que tenía agregadas (hasta una veintena), de los ente-rramientos y, finalmente, del toque de campanas. Además, en Acebo había cuatro Obras Pías, como la de San Joseph que tenía una carga anual de 89 misas. Por último, en la localidad existían cinco cofradías, siendo la más numerosa la de la Veracruz con 180 hermanos.
Para Pascual Madoz, a mediados del siglo XIX, tiene la localidad 430 vecinos (unos 2356 habitantes). En la actualidad la población cuenta con algo menos de 600 habitantes.
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3. Descripción Histórico-artística del Monumento.
La iglesia parroquial de Nuestra Señora de los Ángeles se alza en la Plaza de España y ocupa todo un frente de la misma. Es, sin duda, el monumento más importante de la loca-lidad y uno de los más interesantes en el conjunto de la arquitectura gótico-renacentista altoextremeña. Buena prueba de ello es la referencia que, a principios del siglo XVIII,realiza el obispo don Luis de Salcedo y Azcona en su visita a la diócesis de Coria, al ensalzar su arquitectura: “Es la iglesia de lo mejor de el obispado; de piedra de sillera, obra acabada y perfecta, con mui buena torre correspondiente con el choro, tribuna de órgano y sachristía”. También Pascual Madoz, al redactar su Diccionario en el siglo XIX, nos dice: “Iglesia parroquial sólida, de 45 varas de longitud y 16 de latitud, con buena torre y reloj, en la que hasta el año de 1820 se vieron esculpidas las armas del duque de Alba...”.
La fábrica se levanta en potentes piezas de sillería; la planta es rectangular alargada. La capilla mayor es más estrecha y de planta cuadrada. En el lado del Evangelio se dispone la torre, también de sillería. La sacristía, realizada con el mismo material, se sitúa en la cabecera por el lado de la Epístola.
Aguantan los empujes de los arcos y bóvedas del interior tres contrafuertes por cada lado, incluyendo los dos esquineros de la capilla mayor. A ellos hay que añadir dos más, uno en el muro sur que sostiene el coro y otro prismático a los pies, en el ángulo suroeste. En la cabecera se sitúan tres estribos que, junto al primer tramo de nave, presentan tres nive-les decrecientes en altura.
La nave y la cabecera del templo carecían de entablamento y cornisa casi en la totalidad de los tramos, por ello hace unos años se añadió una cornisa moderna. Sólo una porción del tramo de los pies y de todo el imafronte occidental exhiben estos elementos arquitec-tónicos; el imafronte aparece decorado con un friso de arquillos y crucetas característicos de las obras en las que intervino el arquitecto Pedro de Ybarra.
Muy importantes son las portadas que presenta el templo de Acebo. De entre ellas sobre-sale la situada en el hastial de poniente, una excelente muestra bajorrenacentista fechada en el año 1579 en una inscripción dispuesta en la parte central del entablamento:”NTRA. SEÑORA DE LOS ANGELES AÑO DE 1579”. La puerta abre en arco de medio punto de grandes dovelas; la rosca del arco y las jambas están doblemente cajeadas, los salmeres están muy resaltados.
Dos pares de pilastras con fustes acanalados y capiteles toscanos flanquean el vano; los intercolumnios presentan bellos boceles rectangulares. El friso del entablamento se decora en los extremos con dos parejas de triglifos. En el cuerpo alto se dispone una hornacina de medio punto avenerada que alberga una imagen pétrea de la Virgen con el Niño. Enmarca el hueco un bocel y sendas pilastras cajeadas y otros elementos placados protobarrocos. Está presente en esta parte alta, el clásico esquema “serliano-palladiano” de fines del siglo XVI y comienzos del XVII: hueco central de medio punto, flanqueado por dos estructuras adinteladas más bajas, que se unen al cuerpo principal por grandes “ces” como si fueran aletones. Seis esferas, rematadas en pirámides y sustentadas por
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casetones con puntas de diamante, culminan la fachada. Por encima, un óculo rematado en similar esfera a las anteriores.
Estilísticamente, la portada se adscribe al clasicismo herreriano de finales del siglo XVI, con detalles decorativos y estructurales claramente barroquizantes. Por la documentación sabemos que la portada la realizó el maestro mayor de la Catedral de Coria, Francisco Hernández, casi con toda seguridad basándose en trazas dadas con anterioridad por Pedro de Ybarra.
Junto a ella hay grabada una inscripción contemporánea coronada por el haz de cinco flechas y el yugo: JOSE ANTONIO / PRIMO DE RIVERA / JESUS PERALES RAMADA / MAXI-MO CABALLERO AGUDELO / MAXIMIANO GONZALEZ PARRAGA / JUSTO GONZALEZ URBA-NO / VICTORIO IGLESIAS BLAS / FAUSTINO RODRIGUEZ EGIDO / JOSE PEREZ HORTIGON / PAULINO LAZARO VAZQUEZ / AUGUSTO DE SANDE URBANO / ANTIMO BLAS REPECHO / LUCIO MARTIN BLAS / DIONISIO CORTES FERNANDEZ / CRESCENCIO MARTIN ALVAREZ.
De cronología anterior a esta portada principal, son las otras dos puertas de acceso al templo. La portada del Evangelio, en la actualidad tapiada, data de los años iniciales del siglo XVI y se desarrolla en arco levemente apuntado, ornado con tres arquivoltas que apoyan en jambas góticas. El conjunto remata en alfiz de raigambre mudéjar, que hace una inflexión central en medio punto peraltado que cobijaría alguna escultura (hoy desaparecida).
Por su parte, la portada de la Epístola de la iglesia acebana, que posiblemente se constru-yó a comienzos del siglo XVI, constituye en uno de los más bellos ejemplos del último gótico en la Alta Extremadura. La portada abre en arco de medio punto, con un ligero apuntamiento, decorado con cinco arquivoltas que descansan en columnillas, algunas decoradas con elementos típicos de final del gótico. La portada está enmarcada por pilares ojivales, levantados en tres cuerpos que adelgazan en altura, adornados con arquerías conopiales que culminan en florones y cogollos vegetales. Las enjutas están ocupadas por escudetes alusivos a la Virgen María. Como remate se dispone una hornacina que cobija una imagen pétrea, posiblemente de la Virgen, que aparece decapitada, bajo corona y dosel avenerado. Enmarcan el nicho curiosos elementos en piedra que imitan troncos arbóreos, alusivos al madero de la cruz de Cristo.
Iluminan el interior del templo cinco vanos, tres de las cuales se sitúan en el lado de la Epístola, otro en el lado del Evangelio además del óculo de los pies. Las vidrieras son de rejilla (con motivos florales) aunque en la Epístola llama la atención una colorida vidriera figurativa de la Ascensión de la Virgen.
La sacristía es de fábrica de sillar y de planta cuadrangular. En el exterior destaca una bella cornisa en gola. Cubre el interior una cúpula de media naranja sobre pechinas. Es una obra posiblemente de finales del siglo XVII o del XVIII.
Una esbelta y majestuosa torre se dispone en el ángulo noroeste del edificio. Al igual que el resto de templo, dicha torre se levanta con piezas de buena sillería en cuatro niveles separados por bellas líneas de impostas. En el último cuerpo se sitúan las
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campanas, distribuidas en cinco vanos de medio punto. La campana menor porta la siguiente inscripción: “FUNDICION /GABRIEL RIBERA/ MONTEHERMOSO”. Esquemáticas gárgolas se distribuyen por sus muros; varias ventanitas saeteras, rematadas en arcos conopiales, perforan los paramentos, iluminando la esplendida escalera interior, del tipo San Gil, del mismo estilo a las de las parroquias de Hoyos, Perales del Puerto o la cate-dral de Coria. Remata la torre en un entablamento con la impronta de las obras diseña-das por Pedro de Ybarra, con su peculiar friso de arquillos y cruces bajo la cornisa de taqueteados.
Cubre el espacio una cúpula con nervaduras exteriores, fruto de las reformas efectuadas a finales del siglo XVII y comienzos del XVIII. Corona el casquete de la cúpula una veleta de hierro forjado con cruz y esfera. Una balaustrada barroca rodea el conjunto, con esquinas rematadas en pinaculillos y sendas veletas de forja, similares a la anterior, aunque de menor tamaño. Es evidente que el tracista de esta impresionante torre fue, a mediados del siglo XVI, Pedro de Ybarra, maestro mayor de la Orden de Alcántara.
En el muro del poniente de la citada torre, en el segundo cuerpo, en su cara oriental, son visibles los restos del escudo del Duque de Alba, patrocinador de la construcción de la Iglesia. Se trata del escudo ajedrezado de tres bandas verticales y cinco horizontales, con banderas humilladas, que medía varios metros de altura y debía constituir un imponente símbolo del poder ducal presidiendo la plaza Mayor.
En el paramento meridional se aprecia el balconcillo para albergar el reloj que apoya en bellas ménsulas molduradas. En él se pueden observar numerosas marcas de canteros talladas.
El interior del templo se ordena gracias a una única nave, ancha, estructurada en dos tramos, a los que se añade una cabecera cuadrada de proporciones más estrechas. Esta cabecera es el espacio más antiguo de la iglesia y está cubierta con una sencilla bóveda de crucería con terceletes; en la clave central se distingue pintada en rojo la fecha “1802”, posiblemente alusiva a alguna intervención. La bóveda descansa sobre ménsulas angula-res y una moldura recorre los muros del ábside. El arco triunfal presenta un leve apunta-miento y apoya en pilares fasciculados con capiteles propios del gótico final. En el soto-banco de cantería, que sostiene el retablo mayor, se puede leer una inscripción que indica la fecha en la que se inició la construcción de esta capilla y, por tanto, del actual templo de Acebo: “COMENÇOSE/ ESTA IGLESIA AÑO/ DE 1508 CONSTA DEL/ LETRERO ANTIG-VO”. Junto a ella, otra inscripción alude a la construcción del retablo mayor: “ACABOSE ESTE/ RETABLO EN/ 14 DE AGOSTO/ AÑO DE 1634”.
También se cubren con crucerías de terceletes los otros dos tramos de la nave. El diseño de estas bóvedas es algo más complicado pues se añaden combados rectos y curvos que forman rombos. La clave central del último tramo se decora con jarrón de azucenas alusi-vo a la Virgen María. El arco de separación entre ambos tramos es semejante al triunfal, con leve apuntamiento.
La tribuna del coro se dispone a los pies del templo. Ésta se abre a la nave a través de un arco carpanel y está ejecutada con una factura exquisita. La tribuna la sostiene una
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atrevida y plana bóveda de crucería con terceletes sobre clasicistas semicolumnas en los ángulos. La clave central de la bóveda se timbra con la jarra de azucenas, alusiva a la Virgen María. El entablamento repite el característico friso de Pedro de Ybarra: arquillos y cruces dispuestos bajo cornisa de taqueteados; cierra el conjunto una decorada balaustrada. Se fecha en 1601 por un epígrafe que hay en la bóveda.
La capilla bautismal, que se ubica junto al muro del Evangelio, bajo la torre, se cubre con una pesada bóveda de cañón. En el mismo muro se disponen tres ménsulas, seguramente para soportar el órgano, en la actualidad desaparecido.
El suelo de la nave se encuentra actualmente cubierto por una tarima por lo que descono-cemos si existen más inhumaciones en la nave puesto que la se sitúa en el presbiterio y que es posible identificar gracias a la inscripción: AQUI YACE/ BICENTA/ CABAZOS/ 11 DE FEBRERO DE 1884.
4. Cronología. Proceso Constructivo.
Por un epígrafe funerario, situado en el interior del templo, conocemos de la existencia de una iglesia más antigua a la actual conservada. Dicha lápida se encuentra muy deteriora-da, de ahí su difícil lectura, pero hace referencia al año 1494. Por tanto, seguramente se tratase de una fábrica gótica, construida en el siglo XIII o comienzos del siglo XIV y bastante más humilde que la posterior.
Este templo primigenio contaba con una necrópolis de tipo rupestre, tal y como indica la inhumación localizada al pie de los contrafuertes del sur de la iglesia, en la calle de la Torrita.
El templo actual es un monumento de dilatada y compleja historia constructiva, de algo más de dos siglos, desde el año 1508 hasta 1710. Debido al crecimiento demográfico que se produjo en la localidad se emprende la construcción del templo actual en ese año de 1508. Las obras se inician por la parte del ábside, si bien debieron paralizarse a los pocos años debido a la escasez de fondos de la iglesia. No obstante, al parecer, la capilla mayor estaba terminada a finales de la década de 1520.
En una segunda fase, iniciada hacía 1530, se termina el ábside y el primer tramo de la nave. En esos años se constata una gran actividad, como atestigua el elevado número de pagos a los artífices que trabajaban en la obra. Sin embargo, poco duró el empuje pues, en el año 1533, el Visitador General del Obispado manda paralizar las obras ante la falta de recursos, trasladándose el culto a la ermita de San Sebastián. Ese año se efectúan sólo mínimas labores a cargo de los maestros Francisco Suárez y Juan Mondragón. A partir del año 1535 se reanudan las obras con Antonio de la Puente como maestro cantero desde 1538, quien contará con la ayuda del cantero Antonio Fernández desde 1539. Ambos imprimarán a los trabajos mayor celeridad. Un nuevo parón tendrá lugar en el templo acebano en 1544, según se desprende de la ausencia de noticias de trabajos en los docu-mentos históricos.
En 1552 se reactiva la edificación y, desde 1554, se tienen noticias de la presencia de Pedro de Ybarra. El maestro participa en la construcción de la torre y del último tramo de
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la nave, y posiblemente diera las trazas para la realización de la portada y tribuna del coro. En 1566 Pedro de Ybarra deja de visitar la localidad serragatina, muriendo poco después, en 1570. Bajo su mano, la construcción recibió un gran impulso y su muerte supuso un grave perjuicio para los trabajos, que sufrieron una nueva paralización, agrava-da por la crisis económica del último tercio del siglo XVI. Por todo ello no se cumplieron los plazos de finalización de la obra previstos para 1564.
En 1571 se reanudan las obras, como queda reflejado en los pagos efectuados a varios canteros como Pedro Mondragón o Alonso Valiente. Asimismo está documentado que durante los años 1572, y hasta 1581, estuvo en Acebo otro importante maestro cante-ro, Francisco Hernández que llegará a dirigir los trabajos de la Catedral de Coria. A éste le ayudaron otros artífices como Manuel de Escobar, Francisco Díaz, Domingo Jorge, Alonso Hernández y Sebastián Alviz. En el año 1576, pese a las penurias económicas, se continúa trabajando en la torre. De 1577 es un importante documento (un manda-miento de visita) sobre la situación en que se encontraba la iglesia de Acebo, para que se terminara la capilla de los pies, el último tramo de la nave. También se indica en el mismo, la necesidad de levantar una nueva sacristía. Hasta 1579 se sabe por la docu-mentación que hubo una gran actividad constructiva, año este en el que se levanta la portada principal.
En 1587 se pone al cargo de la obra un nuevo maestro de cantería, Diego de Barreda, empeñado en la terminación de los muros y en el remate de la bóveda (para la que dio trazas). En 1591 el visitador ordena que no se paralicen los trabajos puesto que parece que iban lentos. En este mismo año se documentan importantes desembolsos para la continuidad de la fábrica. En 1593 se remata la bóveda del tramo de los pies y su tejado, concluyéndose las partes fundamentales del templo.
Quedaba sin embargo por concluir la tribuna del coro, encargándose los trabajos al maes-tro de cantería Juan de Alviz, quien ya había trabajado en el templo. Se data dicho coro en el año 1601 aunque los trabajos se alargaron hasta 1604. Alviz siguió en la construc-ción las primitivas trazas de Pedro de Ybarra.
Por último, ya en el s. XVII, el arquitecto José González remata la obra de la torre (1683) y, por su parte, en 1710 Fernando Corrales le añadió un chapitel recubierto de pizarra. Por estas fechas el templo se amplió con la ejecución de la sacristía en la que, quizás, pudiera haber participado el mismo arquitecto.
En el templo se realizó, en los años 90 del siglo XX, una importante rehabilitación que ha puesto en valor las bellas bóvedas de crucería y los paramentos interiores, dejando vista la excepcional sillería granítica.
Sintetizando todo lo anterior, en la construcción de la iglesia de Nuestra Señora de los Ángeles de Acebo se pueden distinguir hasta seis fases (a las que habría que añadir una fase anterior, relacionada con la iglesia precedente):
— Primera fase: 1508-década de 1520.
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— Segunda fase: 1530-1544, con los maestros Francisco Suárez, Juan Mondragón y Anto-nio de la Puente.
— Tercera fase: 1552-1570, con el maestro Pedro de Ybarra.
— Cuarta fase: (1571-1581), con el maestro Francisco Hernández.
— Quinta fase: (1587-1593) con Diego de Barreda.
— Sexta fase: (1601-1604) con Juan de Alviz.
— Séptima fase: torre y sacristía.
5. Estado de conservación.
El edificio presenta, en general, un buen estado de conservación salvo pequeños deterio-ros en los paramentos exteriores como son algunas grietas, sobre todo en la zona de la torre y en los estribos; abundante suciedad (verdín, musgo, crecimiento de vegetación, etc.) o pérdida parcial de materiales constructivos como los revocos, en paramentos exte-riores de la zona del ábside.
6. Bienes Muebles.
La iglesia de Nuestra Señora de los Ángeles conserva una excelente colección de obras de arte. De entre todas ellas destaca el impresionante retablo mayor, de excepcional calidad, que es uno de los más importantes, dentro de su estilo, de Extremadura. De hecho, en la visita que realizó el obispo don Luis de Salcedo y Azcona a la diócesis de Coria, a comien-zos del siglo XVIII, se refiere a él en los siguientes términos: “Bellísimo retablo aunque antiguo y llano, pero muy grande, de buenas medidas y muy bien doradas. Las hechuras de bulto e pintura, todo nuevo”.
El retablo se levanta sobre un podio de piedra granítica que, en su origen, estuvo policro-mado por el pintor Paulo Lázaro. El retablo se distribuye en banco, dos cuerpos (con tres calles cada uno separadas por ocho columnas pareadas) y ático.
En el banco se representan las figuras de los cuatro Evangelistas con sus respectivos símbolos iconográficos: a la izquierda del espectador, San Lucas y San Juan, y a la derecha, San Mateo y San Marcos. Destacan las cabezas, en bulto redondo sobresa-liendo del cuadro y los pliegues de las vestiduras, elegantes y poco ampulosos; aunque se observan algunos detalles toscos en las manos, quizás ejecutados por los oficiales del taller de Pedro de Sobremonte, autor de la imaginería del retablo. Entre ambas parejas de Evangelistas, se sitúan sendos cuadros de pincel realizados por el pintor Paulo Lázaro: el Tránsito de la Virgen, en la parte izquierda, y el Entierro de la Madre de Dios, en la derecha.
En el primer cuerpo del retablo se localizan las imágenes de San Pedro, a la izquierda del espectador, y San Pablo, a la derecha, entre ocho columnas pareadas de fustes entorchados y capiteles corintios profusamente decorados. Ambas imágenes se disponen
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en hornacinas de medio punto bellamente decoradas que rematan en frontones curvos. Estos frontones descansan en ménsulas-triglifos de diseño tardomanierista, inspiradas en modelos del arquitecto Sebastián Serlio. Las imágenes muestran gran serenidad, sobrio estatismo y fuerte expresividad.
La calle central culmina en arco de medio punto, acasetonado por el intradós, y cobija la gran custodia-manifestador.
Bajo el entablamento del primer cuerpo se disponen tres tondos pictóricos con las repre-sentaciones de: “Quo vadis domine?”, “Sacramento de la Eucaristía” y “La Caída camino de Damasco”.
Cierra el primer cuerpo un entablamento, rematado en cornisa de taqueteados, con fron-tón curvo y partido; el friso está ornado con carnosos motivos vegetales, plenamente barrocos.
Una custodia-manifestador protagoniza el espacio de este primer cuerpo, diseñada a modo de templo de planta centralizada (alegoría del de Salomón). Esta custodia se desa-rrolla en podio, cuerpo, cúpula de elevado tambor y linterna, y ha desaparecido el “Pelíca-no Eucarístico”, que se incluía en una descripción de 1640. En el podio se disponen pintu-ras de variada temática, unas meramente decorativas y otras alusivas a la Pasión de Cristo: “La Caída Camino del Calvario”, “La Oración en el Huerto y el Prendimiento”, “Jesús ante Pilatos”, “La Fe y La Caridad”, “Cristo atado a la columna”, “La Santa Cena” y “Ecce Homo”. Reflejan las condiciones acordadas con el pintor Paulo Lázaro en documento fechado el 9 de octubre de 1629.
En el primer cuerpo de la custodia se sitúa la puerta del sagrario decorada con bellos ángeles en relieve, que sostienen un cáliz con la Sagrada Forma. Remata la puerta en frontón curvo; culmina en frontón recto sustentado por bellas columnas entorchadas. A ambos lados de la portada, hay hornacinas rematadas en frontones curvos partidos, coronados por guirnaldas y, en los nichos, pequeñas esculturas de “San José con el Niño” y “San Juan Bautista”, obras de Paulo Lázaro. Al fondo del manifestador, se dispo-nen dos estructuras similares a la de la puerta del Sagrario, pero se diferencian en que los frontones son triangulares y la decoración de la fingida puerta es pictórica: “Una gloria de ángeles”.
El tambor de la cúpula conforma el segundo cuerpo de la custodia. Éste está decorado con hornacinas de medio punto, rematadas en frontones, que van alternando en curvos y triangulares, separados por columnas entorchadas de capiteles corintios. El nicho central lo preside una imagen de Cristo Resucitado. En el resto de hornacinas se observan imágenes de San Gregorio, Santa Bárbara, San Blas y Santa Catalina de Alejandría.
Pasando al segundo cuerpo del retablo, observamos que descansa sobre un basamento decorado con pinturas de Paulo Lázaro, que representan las figuras de: “Santo Domingo de Guzmán”, “San Francisco de Asís” y, en el centro, una imagen del “sepulcro vacío de la Virgen María.” El segundo cuerpo presenta disposición en tres calles, separadas por ocho
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columnas pareadas; en el hueco central se sitúa “La Asunción de la Virgen”, de formas un tanto voluminosas y rodeada de seis graciosos angelitos danzantes. A ambos lados la acompañan, en respectivas hornacinas de medio punto culminadas en frontones rectos, las imágenes de Santiago el Mayor, con hábito de peregrino, y de San Andrés. El entabla-mento se encuentra adornado con elaboradas y curvilíneas ménsulas-triglifos barroquizan-tes, pero con orígenes en el manierismo.
El ático del retablo mayor está presidido por un Calvario de talla, dispuesto sobre fondo pictórico, realizado por Paulo Lázaro, y al que corona un frontón curvo apoyado en cuatro pilastras. En los extremos se sitúan dos bellísimas imágenes escultóricas de los arcángeles San Miguel y San Rafael, de excelente policromía y movimiento barroco en la posición de sus cuerpos. En los aletones, dos representaciones pictóricas de virtudes cristianas: la Justicia y la Esperanza.
En relación a la cronología del retablo mayor, se conoce la fecha de su construcción, se inició en el año 1618 y se terminó en 1634 (según la referida inscripción). Aunque los pagos parroquiales, según atestigua la documentación, continuaron hasta el año 1642.
Conocemos igualmente su autoría. La estructura arquitectónica la ejecutó Alonso de Balbás, insigne arquitecto y ensamblador de Ciudad Rodrigo, y que fue además autor de obras tan relevantes como el monumental retablo barroco de la Catedral de Plasencia. Por su parte, Pedro de Sobremonte fue el artífice de las pequeñas y grandes esculturas del retablo acebano. Sus esculturas para el retablo de Acebo presentan un estilo a caballo entre el manierismo agonizante de la escuela vallisoletana de Francisco del Rincón y el naturalismo fresco y jugoso de Gregorio Fernández.
Este retablo presenta un excepcional dorado. Algunas zonas de su arquitectura se policro-man con fantasiosos temas vegetales y animalísticos de raigambre tardomanierista. Su ejecución corrió a cargo del pintor Paulo Lázaro que inicia en 1630.
Este retablo es un bellísimo ejemplo de la doctrina contrarreformista emanada del Concilio de Trento puesto que predomina lo arquitectónico y monumental sobre lo escultórico y decorativo, es decir, se representa lo estrictamente necesario para mantener el aspecto devocional. El horizontalismo y clasicismo de las rotundas formas arquitectónicas, caren-tes de movimiento, le proporcionan una gran belleza plástica a la vez que preludia las fantasías del barroco.
La iglesia de Acebo acoge otros cinco retablos menores, también de interés, dispuestos en los muros laterales de la nave. A ambos lados del arco triunfal se sitúan, afrontados, dos retablos barrocos, del siglo XVIII, que albergan a San Sebastián y la Dolorosa, mientras que, en el primer tramo de la nave, se sitúan dos retablos clasicistas y de comienzos del siglo XVII. Por último, en el sotocoro encontramos un retablo en blanco.
El retablo dedicado en la actualidad a San Sebastián (aunque parece que su antigua advocación era la Virgen María), del lado del Evangelio, es de talla y pincel, situándose su cronología en los años iniciales del siglo XVIII. El retablo se ordena sobre un banco
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decorado con cuatro mensulones de hojarasca entre los que se sitúan paneles decora-tivos. Por cima, encontramos el cuerpo que se estructura en tres calles separadas por cuatro columnas salomónicas de fustes muy recargados con ornatos vegetales. El reta-blo remata con un ático desarrollado en edículo central, adintelado y coronado con frontón recto partido; en los laterales sendos medios puntos. Todo apoya en columnas salomónicas.
La imagen alojada en el vano central del primer cuerpo es la de San Sebastián, asaetea-do, posiblemente del siglo XVI, en madera policromada. Parece que su procedencia es la antigua ermita de su advocación, hoy desaparecida. Los intercolumnios del primer cuerpo se decoran con pinturas sobre tablas que representan a los cuatro doctores de la iglesia occidental. El ático se ornamenta con tres pinturas: la Virgen María, sedente y con el Niño en brazos, en el centro y, a ambos lados, las imágenes de Santo Domingo de Guzmán y San Francisco de Asís.
El segundo retablo, afrontado al anterior, en el lado de la Epístola, debió ser un retablo-relicario con una cronología posterior. Su recargada ornamentación lo sitúa hacia la terce-ra década del siglo XVIII.El retablo se organiza en banco, un cuerpo único y remate en ático elaborado. En el banco resaltan cuatro ménsulas, muy decoradas, con elementos vegetales y grandes “ces” que sostienen las columnas del cuerpo central. La predella lo ocupa una urna que contiene una talla de Cristo yacente, de buena calidad artística, en madera policromada del siglo XVII. El cuerpo principal del retablo se desarrolla en cuatro columnas salomónicas de rica decoración en sus fustes y dos pilastrillas laterales. En la calle central (y única) se abre una hornacina de arco trilobulado acasetonado, que acoge una imagen de candelero de la Virgen Dolorosa. Posee una recargada y carnosa ornamen-tación vegetal. El entablamento rompe en su zona media, de la que nace el ático, flan-queado por dos estípites y rematado en abultado broche de hojarasca. Contiene una imagen en madera policromada, posiblemente de un apóstol, quizás San Judas Tadeo, del siglo XVIII.
El tercer retablo, dispuesto en el primer tramo de la nave, del lado del Evangelio, está dedicado al Niño Jesús y se construyó hacia el tercer lustro del siglo XVII. Su arquitectu-ra presenta muchas similitudes con la del retablo mayor. Se cree que el maestro placen-tino Pedro de Córdoba intervino en la ejecución de su policromía, dorado y pintura, quien participó también en el mayor. Este retablo es de diseño sencillo, en madera dora-da, de talla y pincel. Se desarrolla en banco y un cuerpo único ordenado en tres calles, la central más elevada y flanqueada por columnas toscanas entorchadas, culmina en frontón curvo enmarcado en arco de medio punto. Los remates lo timbran pirámides y bolas; dos aletones, a modo de tornapuntas, unen la calle principal con las laterales. En el banco se disponen diversas pinturas sobre tabla, de izquierda a derecha: “Santo Obis-po”, “Adoración de los Reyes Magos”, “Huida a Egipto”, “San Lorenzo”, “Adoración de los Pastores”, “San Esteban”, “Presentación en el Templo” y otro “Santo Obispo”. En las calles laterales hay otras dos composiciones pictóricas sobre soportes lignarios acabados en medios puntos: San José (derecha del espectador) y la Virgen María (en la izquier-da). En el vano central, adintelado y culminado en frontón recto, a su vez enmarcado en un medio punto, se venera una pieza en madera policromada del Niño Jesús. Se trata de
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una pequeña escultura que lo representa tocado con tres potencias y vestido con camisa y traje largo con delantal ceñido por un cordón. La imagen lleva la bola del mundo en la mano izquierda, mientras bendice con la derecha. Aunque el estado de conservación es bueno, le faltan dos dedos en la mano derecha. La imagen la labró el escultor Pedro de Paz, según documento fechado en 1606.
En el muro de la Epístola, afrontado al anterior, se sitúa el cuarto retablo de arquitectura clasicista, en la línea del estilo contrarreformista, del primer tercio del siglo XVII.
Su datación y nombre del donante se conocen por un epígrafe visible en el entablamento de su cuerpo central: “AÑO / A COSTA DE ANDRES RDS CALERO / DE 1628”. Se ordena en banco, cuerpo único que se divide en tres calles separadas por columnas entorchadas con ornados capiteles corintios; remata en un ático, con elevado edículo central; lo coro-na un frontón, sobre bellas ménsulas, con bolas y pirámides en los ángulos al que flan-quean dos elementos más bajos. En el presente preside el vano central una imagen moderna, sin valor artístico, de la Virgen del Carmen. Son de indudable valor las pintu-ras sobre tabla que porta el retablo. En el banco se dispone Santa Inés, a la derecha del espectador. Falta la composición del otro lado. En los intercolumnios del primer cuerpo hay otras cuatro pinturas: San José y Santo con capucha y libro, a la izquierda; San Antonio Abad y San Pedro Ermitaño, a la derecha. Otras tres pinturas más se disponen en el ático: “Santa Ana enseñando a leer a la Virgen María”, en el centro, a la que flan-quean Santa Apolonia y Santa Lucía, representadas con sus símbolos pasionarios. En el tímpano del frontón la paloma del Espíritu Santo. También la arquitectura de este retablo es deudora de la del retablo mayor. Al parecer, el retablo que pudo ser diseñado por el mismo Alonso de Balbás dado que las cronologías son coincidentes y las similitudes esti-lísticas son evidentes.
Por último, en el sotocoro se sitúa un retablo barroco en blanco, sin policromar, de pequeñas proporciones, a los pies del templo y por el lado de la Epístola. Posiblemente su fabricación se realizara en los años iniciales del siglo XVIII, trasladándose a la parro-quia, hacia 1830, desde su ubicación originaria en el convento franciscano, una vez desamortizado este.
La pieza se ordena en banco, un cuerpo y ático. El banco aparece ornamentado con gruesos roleos vegetales, entre ellos, las ménsulas de hojarasca sobre las que descan-san las cuatro columnas del cuerpo central. Éste se ordena mediante tres calles y tres hornacinas de medio punto, estando la central más elevada. Sus calles se separan por cuatro columnas salomónicas con fustes decorados con racimos de uvas y zarcillos. El ático se dispone a modo de templete al que sostienen pequeñas pilastras festoneadas y cierra al exterior en forma curva. En los vanos del cuerpo central se disponen tres imágenes en madera policromada: en el centro, San Antonio de Padua, del siglo XVII y, a ambos lados, Santa Bárbara (derecha) del siglo XVII y, un posible San Pascual Bailón (izquierda), del siglo XVIII.
Por la documentación consultada sabemos que la iglesia de Acebo contaba con otros reta-blos, en la actualidad desaparecidos.
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Se conservan otras piezas de valor en el templo acebano, siendo las más sobresalientes las siguientes:
— Pila bautismal, de 1570, que se sitúa en la capilla que hay bajo la torre. La pieza está ornamentada con gallones renacientes, contarios de perlas y flores de cinco pétalos. Ésta apoya en un fuste de columna acanalado. Se trata de una obra del cantero Fran-cisco Hernández.
— Púlpito de estilo gótico, de principios del siglo XVI: dispuesto sobre una columnita torsa, decorada con pometeados propios de la etapa hispanoflamenca, el basamento del cuerpo se decora con bolas y tracerías ojivales. El tornavoz es de madera dorada, barroco, del siglo XVIII.
— Facistol de cuatro caras de madera, guardado en la sacristía.
— Escultura de Santa Ana del siglo XVII, en madera policromada, que se sitúa a la izquierda del retablo mayor, en el presbiterio.
— Escultura de Santiago Matamoros. Esta escultura de carácter popular, y de fines del siglo XVII, se emplaza al otro lado del retablo mayor.
— La sacristía cobija un pequeño Crucificado del siglo XVI.
— Una pequeña escultura de San Blas, en madera policromada, del siglo XVII, que actual-mente se halla en la sacristía.
Colección de platería. La iglesia posee un buen número de piezas de este tipo:
— Cáliz de plata sobredorada: el pie aparece bellamente decorado con motivos manieris-tas y la parte superior de su peana agallonada. La pieza se fecha en la segunda mitad del siglo XVI.
— Cáliz de plata sobredorada que muestra una abultada y carnosa ornamentación vegetal, cincelada y repujada. La pieza puede situarse a comienzos del siglo XVIII.
— Cáliz con profusa ornamentación a base de temas florales y testas aladas de querubi-nes, realizado con fuerte relieve repujado y cincelado. Se data a mediados del siglo XVIII. Muestra diversas pinturas, protegidas bajo cristales, posiblemente añadidas en el siglo XIX. El cáliz no presenta marcas.
— Custodia del tipo sol, de plata sobredorada, decorada con elementos barroquizantes vegetales, cabujones de piedras y querubines. La fecha de su fabricación se sitúa a comienzos del siglo XVIII. El cáliz no presenta marcas.
— Bandeja barroca de la primera mitad del siglo XVIII, de plata en su color, que está decorada en su zona central con flores repujadas. La pieza no muestra marcas de platería.
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— Portapaz de bronce dorado. Pieza excepcional del siglo XVI, en forma de retablito, que se resuelve como templete clasicista, con dos pares de pilastras que sostienen un fron-tón triangular y que está presidido por un relieve de la Virgen María, sentada y con el Niño sobre el regazo. En el tímpano del frontón se halla la paloma del Espíritu Santo y lo corona el Padre Eterno. En el frontispicio aparece la inscripción: “PAX VOBIS”.
— Concha bautismal con ornamentación vegetal en el asa. Las marcas de platero en la charnela indican su procedencia salmantina.
— Otros cálices y piezas contemporáneas.
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A N E X O I I
DELIMITACIÓN DEL MONUMENTO Y DE SU ENTORNO DE PROTECCIÓN
— Delimitación del Monumento y Justificación.
El monumento ocupa la finca sita en la Plaza Mayor, n.º 5, con la referencia catastral: 4428201PE9542N0001PI. Se asocian al monumento y, por consiguiente se protegen dentro de la delimitación del mismo, los restos de la inhumación rupestre localizada en la Calle de la Torrita y que han sido identificados con el número 1 en el plano de delimitación del Monumento y Su entorno de protección que figura el Anexo 3.
— Delimitación del entorno del Monumento y Justificación.
La posición dominante, en el marco del paisaje urbano, de Acebo de la Iglesia de Nuestra Señora de los Ángeles, constituye uno de los mayores atractivos paisajísiticos del monu-mento, especialmente vista vista desde las carreteras de acceso a la población. Desde estos puntos se aprecia que la imagen urbana de Acebo se estructura alrededor de su iglesia, que constituye el hito visual único e indiscutido de la localidad.
Por consiguiente, teniendo en cuenta el actual estado de conservación del Monumento, la imagen urbana general de esta zona del núcleo urbano de Acebo, y tras el análisis de las principales perspectivas visuales del entorno más inmediato del Monumento se ha optado por incluir dentro de su área los elementos urbanos que se citan a continuación, con el objeto de prevenir toda afección en la contemplación y lectura del mismo:
• Los espacios públicos sobre los que se alza el Monumento. Estos espacios son los que están en contacto directo con el bien y, por consiguiente, constituyen su ambiente urba-no, desde el que se hace posible la contemplación y visualización del monumento.
• Las parcelas que limitan directamente con los mismos espacios públicos del bien y que constituyen su entorno visual y ambiental inmediato.
Dentro del entorno de protección propuesto, se considera que cualquier intervención que se realice en estos espacios y edificios, puede suponer una alteración de las condiciones de percepción del bien o del carácter patrimonial del ámbito urbano en que se ubica, por lo que es necesario controlar, en relación con los espacios citados y el propio monumento, la afección de las posibles actuaciones en estos edificios o sus fachadas. Para identificar tales edificios, se ha considerado como unidad básica la parcela urbanística.
De acuerdo con estos criterios, se justifica la inclusión (total o parcial, según el caso, vide plano adjunto), en el entorno de protección de la Iglesia de Nuestra Señora de los Ángeles de Acebo, de las siguientes calles y plazas: Plaza Mayor, Calle de la Rueda, Calle Teniente Jesús González Arroyo, Calle Conde de la Cañada, Calle Cabo Lorenzo Puerto, Calle Hospi-tal, Calle de los Naranjos, Calle Tornavacas y Calle de la Torrita.
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De entre ellos, la Plaza Mayor es el principal escenario desde el que se puede contemplar y apreciar la volumetría de la torre campanario y la portada de los pies, principal acceso al edificio, por lo que se consideran de especial riesgo las actuaciones en fachadas y cubier-tas de los inmuebles emplazados en la misma. A tales efectos, quedarían comprendidas dentro del entorno de protección las siguientes parcelas:
Dirección Referencia catastral
Calle Conde de la Cañada, 3 Es:E Pl:01 Pt:01 4328807PE9542N0002TO
Calle Conde de la Cañada, 3 Es:E Pl:02 Pt:01 4328807PE9542N0003YP
Plaza Mayor, 1 4428301PE9542N0001FI
Plaza Mayor, 2 4428302PE9542N0001MI
Plaza Mayor, 3 428303PE9542N0001OI
Plaza Mayor, 4 4428311PE9542N0001II
Plaza Mayor, 6 4328710PE9542N0001MI
Plaza Mayor, 7 4328708PE9542N0001OI
Plaza Mayor, 7 4328709PE9542N0001KI
Plaza Mayor, 8 4328707PE9542N0001MI
Calle Tte. Jesús González Arroyo, 2 4328808PE9542N0001DI
Calle Tte. Jesús González Arroyo, 4 4328807PE9542N0001RI
El tramo inicial de la calle Cabo Lorenzo Puerto, en pendiente, presenta vistas hacia la portada principal del monumento y la torre, que quedan enmarcados entre los aleros y balcones de estas viviendas. Por ello, se incluyen en el entorno de protección las cubiertas y fachadas de las siguientes viviendas:
Dirección Referencia catastral
Calle Cabo Lorenzo Puerto, 2 4328711PE9542N0001O
Calle Cabo Lorenzo Puerto, 3 4428102PE9542N0001GI
Calle Cabo Lorenzo Puerto, 4 4328712PE9542N0001KI
Calle Cabo Lorenzo Puerto, 6 Es:E Pl:01 Pt:01 4328713PE9542N0001RI
Calle Cabo Lorenzo Puerto, 6 Es:E Pl:02 Pt:01 4328713PE9542N0002TO
La calle Torrita y la calle Hospital delimitan el monumento por el sur. El volumen irregular de la iglesia en este lateral (con entrantes y salientes debidos a los contrafuertes y la sacristía), interactúa con las fachadas de las viviendas, creando espacios angostos, de apenas unos metros de anchura según la zona:
Miércoles, 2 de noviembre de 201628469
NÚMERO 210
Dirección Referencia catastral
Calle La Torrita, 2 4428103PE9542N0001QI
Calle La Torrita, 4 4428104PE9542N0001PI
Calle La Torrita, 6 4428105PE9542N0001LI
Calle La Torrita, 8 4428106PE9542N0001TI
Calle La Torrita, 10 4428107PE9542N0001FI
Calle La Torrita, 10, suelo 4428805PE9542N0001QI
Calle La Torrita, 12 4428806PE9542N0001PI
Calle La Torrita, 1 N2-3. 4428911PE9542N0001OI
El caso de calle de la Rueda es similar al anterior, aunque con mayor amplitud en los espacios. Algunos se complementan con vegetación en forma de pequeños parterres. Las viviendas de los números 1 y 3 presentan especial interés por sus elementos de cantería (arcos, portones o piezas heráldicas en el caso de la n.º 3, con un escudete que muestra la cruz de San Andrés). Además, quedan incluidas dentro del entorno de protección el resto de fachadas y cubiertas de las fincas que conforman la alineación de la calle:
Dirección Referencia catastral
Calle Rueda, 1 4428310PE9542N0001XI
Calle Rueda, 3 Es:E Pl:02 Pt:01 4428309PE9542N0001JI
Calle Rueda, 3 Es:E Pl:01 Pt:01. 4428309PE9542N0002KO
Calle Rueda, 5 Es:E Pl:00 Pt:01 4428308PE9542N0001II
Calle Rueda, 5 Es:E Pl:01 Pt:01 4428308PE9542N0002OO
Calle Rueda, 7 4428307PE9542N0001XI
Calle Rueda, 9 4428306PE9542N0001DI
Calle Rueda, 11 4428401PE9542N0001KI
Calle Rueda, 13 4428901PE9542N0001GI
Calle Rueda, 15 4428902PE9542N0001QI
Calle Rueda, 17 Es:E Pl:00 Pt:0 4428903PE9542N0001PI
Calle Rueda, 17 Es:E Pl:02 Pt:01 4428903PE9542N0002AO
Calle Rueda, 19 4428904PE9542N0001LI
Calle Rueda, 21 4428905PE9542N0001TI
Calle Rueda, 23 4428913PE9542N0001RI
Calle Rueda, 25 (A) 4428906PE9542N0001FI
Calle Rueda, 27 4428912PE9542N0001KI
Miércoles, 2 de noviembre de 201628470
NÚMERO 210
Por último, en la C/ Tornavacas se sitúa la fuente de la Rueda, alrededor de la cual se crea un espacio pintoresco presidido por la figura, sobrelevada, de la iglesia. Por tanto, se incluye este elemento en el entorno de protección del monumento. Las fachadas y cubier-tas de los solares situados junto a la fuente quedan igualmente incluidos en el entorno, puesto que forman parte de la imagen de este rincón acebano:
Dirección Referencia catastral
Calle Los Naranjos, 3 Suelo 4429117PE9542N0001DI
Calle Tornavacas, 2(D) Suelo 4429606PE9542N0001UI
Asimismo, dentro del entorno de protección se incluyen los elementos heráldicos de calle de la Rueda, n.º 3, Bien de Interés Cultural por la disposición adicional segunda de la Ley 2/1999, de 29 de marzo, de Patrimonio Histórico y Cultural de Extremadura y que ha sido identificada con el número 2 en el plano de delimitación del Monumento y su entorno de protección que figura en el Anexo 3.
También queda incluido dentro del entorno de protección el subsuelo de la zona delimitada debido a la probable presencia de otras inhumaciones alrededor de la iglesia, como la señalada tumba rupestre de la calle Torrita.
Miércoles, 2 de noviembre de 201628471
NÚMERO 210
A N E X O I I I
PLANO DE DELIMITACIÓN DEL MONUMENTO Y SU ENTORNO DE PROTECCIÓN
Miércoles, 2 de noviembre de 201628472
NÚMERO 210
A N E X O I V
CRITERIOS PARA LA PROTECCIÓN DEL MONUMENTO Y SU ENTORNO
1. Régimen del monumento y su entorno de protección.
La presente normativa tiene por objeto regular la protección, conservación, restauración, investigación y utilización del Monumento.
Con carácter general, las actuaciones a realizar en el bien declarado están sujetos a lo dispuesto en el Título II, capítulo II de la Ley 2/99, de 29 de marzo, de Patrimonio Históri-co y Cultural de Extremadura en el que se regula la Protección, conservación y mejora de los bienes inmuebles, Sección 2.ª, Régimen de Monumentos. Las actuaciones también quedarán sujetas a lo dispuesto el régimen tutelar establecido en el título III de la Ley 2/1999, de 29 de marzo, de Patrimonio Histórico y Cultural de Extremadura para la salva-guarda del patrimonio arqueológico.
2. Intervención en Bienes Muebles.
En lo que respecta a los bienes muebles vinculados al monumento, y en consideración al artículo 8 de la Ley 2/1999, de 29 de marzo, de Patrimonio Histórico y Cultural de Extre-madura, se atenderá a lo dispuesto en el capítulo III, Título II, relativo al régimen de protección, conservación y mejora de los bienes muebles y las colecciones de la citada ley.
3. Usos permitidos en el Monumento.
Los usos permitidos en el monumento vendrán determinados y tendrán que ser compati-bles con la investigación, la conservación, la puesta en valor y el disfrute del bien y contri-buirán a la consecución de dichos fines, sin degradar la imagen del monumento o poner en peligro la conservación del bien o, lo que es lo mismo, no deberán alterar sus valores patrimoniales.
La autorización particularizada de uso se regirá por el artículo 37 de la Ley de Patrimonio Histórico y Cultural de Extremadura, Ley 2/1999, de 29 de marzo, modificada por la Ley 3/2011, de 17 de febrero.
4. Régimen de visitas.
El régimen de visitas se regirá por lo dispuesto en el art. 24.3 de la Ley 2/1999, de 29 de marzo, modificada por la Ley 3/2011, de 17 de febrero.
• • •
Miércoles, 2 de noviembre de 201628473
NÚMERO 210
RESOLUCIÓN de 24 de octubre de 2016, de la Secretaría General, por la que se conceden las subvenciones acogidas al Decreto del Presidente 5/2016, de 18 de abril, Línea I: Subvenciones a asociaciones juveniles y entidades asimiladas a las mismas para el desarrollo de proyectos de interés general para el ejercicio 2016. (2016061646)
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero. Por Decreto 311/2015, de 18 diciembre (DOE núm. 246, de 24 de diciembre), se establecen las bases reguladoras de las ayudas para el desarrollo de Proyectos de Interés General a asociaciones juveniles, entidades asimiladas a las mismas y entidades prestadoras de servicios a la juventud.
Segundo. Por Decreto del Presidente 5/2016, de 18 de abril (DOE núm. 85, de 5 de mayo), se convocan las ayudas para el desarrollo de Proyectos de Interés General a asociaciones juveniles, entidades asimiladas a las mismas y entidades prestadoras de servicios a la juven-tud, para el ejercicio 2016.
Tercero. Con fecha 13 de octubre de 2016, el Director General del Instituto de la Juventud de Extremadura formula propuesta de resolución de concesión de subvenciones con base en los informes y actas de la Comisión de Valoración constituida al efecto para valorar los expedien-tes acogidos al Decreto del Presidente 5/2016, de 18 de abril.
A estos antecedentes le son de aplicación los siguientes
FUNDAMENTOS JURÍDICOS
Primero. Es competente para dictar la resolución el Secretario General de Presidencia de la Junta de Extremadura, por desconcentración, según lo dispuesto en el artículo 7.3 del Decre-to 321/2015, de 29 de diciembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Presi-dencia de la Junta de Extremadura (DOE núm. 250, de 31 de diciembre).
Segundo. De acuerdo con lo establecido en el artículo 8.3 del Decreto del Presidente 5/2016, de 18 de abril, y con el artículo 14.3 del Decreto 311/2015, de 18 de diciembre, “La persona titular de la Dirección General del Instituto de la Juventud de Extremadura, a la vista del expediente y del informe de la Comisión de Valoración formulará la Propuesta de Resolución debidamente motivada. La propuesta del órgano instructor no podrá separarse del informe de la Comisión”.
Tercero. En la tramitación de los expedientes se han observado todos los trámites estableci-dos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, con las especialidades previstas en el Decreto 311/2015, de 18 diciembre, por el que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para el desarrollo de Proyectos de Interés General a asociaciones juveniles, entidades asimiladas a las mismas y entidades prestadoras de servicios a la juventud, en el Decreto del Presidente 5/2016, de 18 de abril, por el que se convocan las subvenciones para el ejercicio 2016 y en la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Miércoles, 2 de noviembre de 201628474
NÚMERO 210
A la vista del expediente, de los informes del órgano instructor y de las actas de la Comisión de Valoración y de las disposiciones citadas, y de la propuesta de Resolución de la Dirección General del Instituto de la Juventud de Extremadura se dicta la siguiente
R E S O L U C I Ó N :
Primero. Conceder, con cargo a los créditos autorizados en la aplicación presupuestaria 02.07.253B.489.00, Código Proyecto de Gasto 200017005000300, denominado “Ayudas al Movimiento Asociativo Juvenil” y Superproyecto 200017059002, de los Presupuestos Genera-les de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el ejercicio 2016, las ayudas a las enti-dades relacionadas en el Anexo I, por un importe total de Doscientos dos mil cuatrocientos cincuenta y cinco euros (202.455,00 €).
Segundo. Denegar las ayudas a las entidades relacionadas en el Anexo II por los motivos detallados en el mismo.
Tercero. Los perceptores de las subvenciones tienen la obligación de cumplir, además de las obligaciones establecidas con carácter general en el artículo 13 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, las obligaciones esta-blecidas en el artículo 7 del Decreto 311/2015, de 18 diciembre (DOE núm. 246, de 24 de diciembre), por el que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para el desarrollo de Proyectos de Interés General a asociaciones juveniles, entidades asimiladas a las mismas y entidades prestadoras de servicios a la juventud.
Cuarto. La resolución de concesión de la ayuda supone la aprobación de los proyectos o actuaciones subvencionables y, por ende, de acuerdo con los cuales habrán de realizarse los mismos y a cuyo cumplimiento quedará condicionada la ayuda concedida.
Quinto. El pago de las ayudas se hará efectivo en la forma y en los términos establecidos en el artículo 12 del Decreto del Presidente 5/2016, de 18 de abril, por el que se convocan las ayudas las ayudas para el desarrollo de Proyectos de Interés General a asociaciones juveni-les, entidades asimiladas a las mismas y entidades prestadoras de servicios a la juventud, para el ejercicio 2016, quedando las entidades beneficiarias eximidas de la constitución de garantía con respecto a las cantidades a abonar con carácter anticipado en el marco de la presente subvención, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 18 del Decreto 311/2015, de 18 diciembre, así como en el artículo 21.1.b) de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Sexto. La justificación por los beneficiarios del cumplimiento de las condiciones impuestas y de la consecución de los objetivos previstos deberá realizarse en los términos establecidos en el artículo 11 del Decreto del Presidente 5/2016, de 18 de abril y en los plazos del artículo 12 del citado Decreto del Presidente.
Séptimo. De conformidad con lo establecido en el artículo 9.6 del Decreto del Presidente 5/2016, de 18 de abril, se entenderá aceptada la subvención concedida trascurrido el plazo de diez días naturales contados desde la publicación de la Resolución en el Diario Oficial de Extremadura sin que el beneficiario manifieste expresamente lo contrario.
Miércoles, 2 de noviembre de 201628475
NÚMERO 210
La presente resolución será publicada en el Diario Oficial de Extremadura, surtiendo dicha publicación los efectos propios de la notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 45 y concordantes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Adminis-trativo Común de las Administraciones Públicas.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer potestativamente recurso de reposición ante la Secretaria General de la Presidencia de la Junta de Extremadura, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a la publi-cación de ésta en el Diario Oficial de Extremadura, tal y como disponen los artículos 102 y 103 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comuni-dad Autónoma de Extremadura y los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octu-bre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Asimismo, podrá también interponer directamente, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la publicación de la presente resolución, recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extrema-dura, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 10, 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativo. No obstante, en caso de haber interpuesto recurso de reposición, no podrá impugnar en la vía contencioso-admi-nistrativa hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta de aquél. Todo ello, sin perjuicio de la interposición del recurso extraordinario de revisión en los supuestos y en los plazos que señala el artículo 125 de la citada Ley de Procedimiento Administrativo, y de la posibilidad de ejercitar, en su caso, cualquier otro que estimen procedente.
Mérida, 24 de octubre de 2016.
El Secretario General de la Presidencia de la Junta de Extremadura,
FERNANDO BLANCO FERNÁNDEZ
Miércoles, 2 de noviembre de 201628476
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NÚMERO 210
CONSEJERÍA DE HACIENDA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA
RESOLUCIÓN de 10 de octubre de 2016, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio de Colaboración entre la Consejería de Medio Ambiente y Rural, Políticas Agrarias y Territorio y la Fundación Centro de Cirugía Mínima Invasión Jesús Usón, para el desarrollo del proyecto de investigación “Proyecto para la validación de un sistema rápido de sexado de embriones”. (2016061557)
Habiéndose firmado el día 21 de julio de 2016, el Convenio de Colaboración entre la Conseje-ría de Medio Ambiente y Rural, Políticas Agrarias y Territorio y la Fundación Centro de Cirugía Mínima Invasión Jesús Usón, para el desarrollo del proyecto de investigación “Proyecto para la validación de un sistema rápido de sexado de embriones”, de conformidad con lo previsto en el artículo 8.º del Decreto 217/2013, de 19 de noviembre, por el que se regula el Registro General de Convenios de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura,
R E S U E L V O :
La publicación en el Diario Oficial de Extremadura del Convenio que figura como Anexo de la presente resolución.
Mérida, 10 de octubre de 2016.
La Secretaria General, PD La Jefa de Servicio de Legislación y Documentación (Resolución de 11/09/2015, DOE n.º 180, de 17 de septiembre),
M.ª MERCEDES ARGUETA MILLÁN
Miércoles, 2 de noviembre de 201628480
NÚMERO 210
CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE Y RURAL POLÍTICAS AGRARIAS Y TERRITORIO Y LA FUNDACIÓN CENTRO DE
CIRUGÍA MÍNIMA INVASIÓN JESÚS USÓN, PARA EL DESARROLLO DEL PROYECTO DE INVESTIGACIÓN “PROYECTO PARA LA VALIDACIÓN DE UN
SISTEMA RÁPIDO DE SEXADO DE EMBRIONES”
En Mérida, a 21 de julio de 2016.
REUNIDOS
De una parte, D. Francisco Javier Gaspar Nieto, Secretario General de la Consejería de Medio Ambiente y Rural, Políticas Agrarias y Territorio, cargo para el que ha sido nombrado por Decreto del Presidente 280/2015, de 18 de septiembre, (DOE n.º 182, de 21 de septiembre), que interviene en nombre y representación de la Consejería en virtud de la delegación de competencias otorgada por Resolución de 16 de septiembre de 2015 de la Consejera de Medio Ambiente y Rural, Políticas Agrarias y Territorio (DOE n.º 184 de 23 de septiembre de 2015).
De otra parte, D. Miguel Noblejas Castellanos, actuando en calidad de Director Gerente de la Fundación Centro de Cirugía de Mínima Invasión Jesús Usón (en adelante CCMIJU a los efec-tos del presente convenio), entidad domiciliada en Cáceres, en la Carretera Nacional 521, Km. 41,8 y con CIF núm. G10347417,con poderes suficientes para la celebración de este acto, según consta en Escritura de 25 de marzo de 2015, de Elevación a Público de Acuerdos del Patronato de la Fundación, otorgada ante D. Ignacio Ferrer Cazorla, Notario del Ilustre Colegio de Extremadura, con el número 442 de su protocolo.
Los comparecientes, que actúan en función de sus respectivos cargos, se reconocen mutua y recíprocamente la capacidad legal necesaria para suscribir el presente convenio, y a tal efec-to, libremente,
EXPONEN
Primero. Que la Consejería de Medio Ambiente y Rural, Políticas Agrarias y Territorio, a través de la Dirección General de Desarrollo Rural conforme a lo estipulado en el Decreto del Presidente 16/2015, de 6 de julio, por el que se modifican la denominación, el número y las competencias de las Consejerías que conforman la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadu-ra, en relación con el Decreto 263/2015, de 7 de agosto , por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Medio Ambiente y Rural, Políticas Agrarias y Territorio, tiene entre otras funciones, las competencias relativas a la formación agraria y para el desarrollo.
Segundo. Que el CCMIJU es una entidad con personalidad jurídica propia y plena capacidad de obrar, que se dedica a la investigación y la transferencia de conocimiento en técnicas quirúrgicas de mínima invasión, desarrollando actualmente entre otros proyectos el “Proyec-to para la validación de un sistema rápido de sexado de embriones” y estando interesado el CCMIJU en llevar a cabo la Colaboración con la Consejería de Medio Ambiente y Rural, Políti-cas Agrarias y Energía en esta materia.
Tercero. Que la Consejería de Medio Ambiente y Rural, Políticas Agrarias y Territorio, a través del Centro Formación del Medio Rural de Navalmoral de la Mata y dentro del marco de actua-
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ciones para la formación y cualificación de los recursos humanos de la Comunidad Autónoma de Extremadura, está también interesada en llevar a cabo la colaboración con el CCMIJU dentro del proyecto citado en el exponendo anterior.
Que con el objeto de realizar dicha actuación de forma coordinada que asegure una mayor eficacia y eficiencia en el desarrollo de la misma así como una mayor seguridad jurídica, las partes suscriben el presente convenio de conformidad con las siguientes,
CLAÚSULAS:
Primera. OBJETO.
El presente Convenio de colaboración tiene por objeto regular las condiciones en las que se hará efectiva la colaboración entre ambas partes dentro del proyecto de investigación desa-rrollado por el CCMIJU y denominado “Proyecto para la validación de un sistema rápido de sexado de embriones”, (en adelante el PROYECTO).
El objetivo principal del citado PROYECTO es validar un test rápido de sexado de embriones equinos basado en la reacción en cadena de polimerasa (PCR).
Todas las actividades colaborativas realizadas por las partes en el marco de este Convenio tendrán como única finalidad la expuesta en el párrafo anterior.
Segunda. COMPROMISOS DEL CCMIJU.
En virtud de lo acordado en el presente documento, el CCMIJU, se compromete a realizar las siguientes tareas:
— Lavar y tratar los embriones equinos en el laboratorio situado en sus instalaciones.
— Cumplir de forma estricta con la normativa, así como con los principios éticos, que sean aplicables a las actividades colaborativas llevadas a cabo en el marco de este Convenio.
— Remitir la información que sea necesaria para la ejecución de las tareas desarrolladas por el Centro de Formación del Medio Rural de Navalmoral de la Mata cuando le sea requerida, siempre que se cumplan las obligaciones de confidencialidad establecidas en la cláusula séptima.
— Ejecutar cualquier otra actividad que sea considerada de interés mutuo, dentro de las disponibilidades de las partes y de la finalidad establecida en el cláusula primera de este Convenio.
Tercera. COMPROMISOS DE LA CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE Y RURAL, POLÍ-TICAS AGRARIAS Y TERRITORIO.
De la misma forma, en virtud de lo acordado en el presente documento, la Consejería de Medio Ambiente y Rural, Políticas Agrarias y Territorio , a través del Centro Formación del
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Medio Rural de Navalmoral de la Mata, se compromete a realizar las siguientes tareas:
— Poner tres yeguas a disposición de la colaboración objeto de este Convenio, asumiendo el mantenimiento y alimentación de las mismas.
— Realizar el seguimiento de las yeguas y su tratamiento para la producción de embriones.
— Facilitar los embriones obtenidos al CCMIJU.
— Cumplir de forma estricta con la normativa, así como con los principios éticos, que sean aplicables a las actividades colaborativas llevadas a cabo en el marco de este Convenio.
— Remitir la información que sea necesaria para el desarrollo del Proyecto al CCMIJU cuando le sea requerida, siempre que se cumplan las obligaciones de confidencialidad establecidas en la cláusula séptima.
— Ejecutar cualquier otra actividad que sea considerada de interés mutuo, dentro de las disponibilidades de las partes y de la finalidad establecida en el Cláusula primera de este Convenio.
Cuarta. EQUIPO.
Para el adecuado desarrollo de las actividades objeto del presente Convenio, las partes designarán de entre su personal a su propio equipo, debidamente cualificado, de investigado-res, técnicos y becarios, así como de colaboradores científicos, si fuera el caso, nombrando a D.ª. Beatriz Macías García como responsable del proyecto por parte del CCMIJU, y a D. José Antonio Gutiérrez Jiménez como responsable de la colaboración por parte del Centro de Formación del Medio Rural de Navalmoral de la Mata, quienes se responsabilizarán de coordi-nar las tareas, y de informar a las partes cuando sea necesario.
Quinta. FINANCIACIÓN.
Los costes asociados a la relación de actividades o tareas realizadas dentro del marco del presente Convenio, serán soportados por la parte que deba ejecutar la actividad en cuestión.
En todo caso, ambas partes estarán sometidas a los procedimientos de autorización y control presupuestario vigente en cada una de las entidades.
Sexta. EFECTOS Y VIGENCIA.
El presente Convenio entrará en vigor el día de su firma y mantendrá su vigencia durante el periodo de ejecución de las tareas y actividades de colaboración entre las partes, periodo que no podrá ser superior a seis meses, salvo que las partes prorroguen la duración del mismo a través de acuerdo expreso y formalizado en documento escrito, que deberán adjun-tar a este Convenio.
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Séptima. CONFIDENCIALIDAD.
Cada una de las partes firmantes se compromete a no difundir la información técnica, comercial, industrial, económico-financiera, secretos de empresa, estudios, programas, conocimientos, know-how y datos de análoga naturaleza pertenecientes a la otra Parte, o relativos a productos, servicios, actividades, planes, estrategias, situación financiera o a cualquier otro aspecto de sus actividades empresariales, a las que pueda tener acceso durante el desarrollo del presente Convenio, siempre y cuando esas informaciones no sean de dominio público.
Las partes impartirán a su personal las instrucciones oportunas para asegurar como resulta-do la protección de los datos e informaciones mencionados en el párrafo anterior.
La información revelada bajo el marco del presente Convenio se realizará únicamente con el propósito especificado en la claúsula primera, y no constituirá autorización alguna a las partes para cualquier otro propósito que no haya sido acordado por escrito entre ambas.
En cuanto a los resultados e informes, así como a las informaciones científicas o técnicas obtenidas como consecuencia del desarrollo y ejecución del proyecto tendrán carácter confi-dencial y no podrán ser difundidos, salvo por autorización expresa del CCMIJU.
Las obligaciones de confidencialidad y secreto impuestas por esta cláusula estarán vigentes mientras dure la vigencia del presente Convenio, tal y como se establece en la cláusula sexta, o hasta que la información considerada confidencial sea de dominio público, o durante un periodo de cinco (5) años a contar desde la finalización del Proyecto.
Octava. PROPIEDAD DE LOS RESULTADOS.
Las partes firmantes aceptan que los posibles resultados del estudio objeto del presente Convenio y los derechos de propiedad industrial e intelectual que se puedan derivar serán propiedad de CCMIJU, comprometiéndose este a mencionar en las publicaciones y artículos científicos derivados del proyecto, a los miembros del equipo del Centro de Formación del Medio Rural de Navalmoral de la Mata participantes en el mismo.
Novena. MODIFICACIÓN Y RESOLUCIÓN.
El presente Convenio de Colaboración podrá modificarse de mutuo acuerdo de las partes o, cuando resulte necesario para la mejor realización de su objeto. La modificación se efectuará mediante la oportuna Addenda y siempre dentro de su plazo de vigencia.
Se podrá resolver este Convenio de Colaboración por mutuo acuerdo, por el incumpli-miento de alguna de sus estipulaciones por cualquiera de las partes firmantes, que podrá dar lugar a la denuncia motivada o por concurrencia de cualquier otra causa legal de resolución. En tal caso, se adoptarán las decisiones precisas para la adecuada liquidación del mismo.
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Décima. ALCANCE.
El presente Convenio es la expresión final de la voluntad de las Partes en relación a todas las estipulaciones reflejadas en el mismo, por lo que no puede ser contradicho ni modificado mediante la evidencia de cualquier otro convenio, manifestación o negociación anterior o simultánea. A tal efecto, todas las negociaciones, correspondencia y comunicaciones, tanto escritas como orales, referidas al objeto de este Convenio, quedan reemplazadas por el mismo.
Undécima. CESIÓN DEL CONVENIO.
Los derechos dimanantes de este Convenio no pueden ser cedidos de ninguna forma a terce-ros sin el acuerdo previo, expreso y por escrito de ambas partes.
Duodécima. NATURALEZA Y JURISDICCIÓN.
El presente Convenio tiene naturaleza administrativa, quedando así excluido del ámbito de aplicación, del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público conforme a lo dispuesto en el artículo 4.1 c) de la citada Ley, siéndole no obstante, aplicables los principios de ésta para resolver las dudas y lagunas que pudieran presentarse.
La resolución de las diferencias de interpretación y cumplimiento que pudieran surgir en su ejecución quedan sometidas al conocimiento y resolución de la Ley 29/1998, de 13 de julio reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Y en prueba de conformidad de cuanto antecede, se firma por triplicado ejemplar el presente Convenio, en el lugar y fecha arriba indicados, quedando un ejemplar en poder del CCMIJU y dos en poder de la Consejería de Medio Ambiente y Rural, Políticas Agrarias y Territorio.
Decimotercera. PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL.
En relación con los datos de las personas que pudieran verse afectados por actuaciones deri-vadas del presente Convenio se estará a lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal y demás normativa de desarrollo.
EL DIRECTOR GERENTE DE LA FUNDACIÓN CENTRO DE CIRUGÍA DE
MÍNIMA INVASIÓN.-
Fdo.: Miguel Noblejas Castellanos.
EL SECRETARIO GENERAL DE MEDIO AMBIENTE Y RURAL POLÍTICAS AGRARIAS Y TERRITORIO.-
(P.D.) Resolución de 16 de septiembre de 2015, DOE n.º 184, de 23 de septiembre
Fdo.: Francisco Javier Gaspar Nieto.
• • •
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RESOLUCIÓN de 10 de octubre de 2016, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio Interadministrativo de Colaboración entre la Consejería de Medio Ambiente y Rural, Políticas Agrarias y Territorio y la Universidad de Extremadura para el diseño de una estrategia de prevención de incendios basada en actividades agro-silvo-pastorales en las comarcas de Sierra de Gata y Las Hurdes. (2016061559)
Habiéndose firmado el día 29 de julio de 2016, el Convenio Interadministrativo de Colabora-ción entre la Consejería de Medio Ambiente y Rural, Políticas Agrarias y Territorio y la Univer-sidad de Extremadura para el diseño de una estrategia de prevención de incendios basada en actividades agro-silvo-pastorales en las comarcas de Sierra de Gata y Las Hurdes, de confor-midad con lo previsto en el artículo 8.º del Decreto 217/2013, de 19 de noviembre, por el que se regula el Registro General de Convenios de la Administración de la Comunidad Autó-noma de Extremadura,
R E S U E L V O :
La publicación en el Diario Oficial de Extremadura del Convenio que figura como Anexo de la presente resolución.
Mérida, 10 de octubre de 2016.
La Secretaria General, PD La Jefa de Servicio de Legislación y Documentación (Resolución de 11/09/2015, DOE n.º 180, de 17 de septiembre),
M.ª MERCEDES ARGUETA MILLÁN
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CONVENIO INTERADMINISTRATIVO DE COLABORACION ENTRE LA CONSEJERIA DE MEDIO AMBIENTE Y RURAL, POLITICAS
AGRARIAS Y TERRITORIO DE LA JUNTA DE EXTREMADURA Y LA UNIVERSIDAD DE EXTREMADURA PARA EL DISEÑO DE UNA ESTRATEGIA DE PREVENCIÓN DE INCENDIOS BASADA EN
ACTIVIDADES AGRO-SILVO-PASTORALES EN LAS COMARCAS DE SIERRA DE GATA Y LAS HURDES
En Mérida, a 29 de julio de 2016,
REUNIDOS
De una parte, D. F. Javier Gaspar Nieto, Secretario General de la Consejería de Medio Ambiente y Rural, Políticas Agrarias y Territorio de la Junta de Extremadura, actuando en virtud de la delegación de firma otorgada por Resolución de 16 de septiembre de 2015, de la Consejera, por la que se delegan determinadas competencias, así como la firma de resoluciones y actos en los órganos administrativos de la Consejería (DOE n.º 184, de 23 de septiembre de 2015) y autorizado por el Consejo de Gobierno en su sesión de 26 de julio de 2016.
Y de otra, el Excmo. D. Segundo Píriz Durán, Rector Magnífico de la Universidad de Extrema-dura, nombrado por Decreto 255/2014, de 18 de noviembre (DOE n.º 225, de 21 de noviem-bre de 2014) actuando en función de las competencias que tiene asignadas de acuerdo con el artículo 93. h) de los Estatutos de la Universidad de Extremadura (aprobados por Decreto 65/2003, de 8 de mayo. DOE núm. 3 Extraordinario, de 23 de mayo de 2003 y BOE n.º 149, de 23 de junio de 2003) y autorizado por el Consejo de Gobierno de la Universidad en su sesión de 19 de julio de 2016.
Ambas partes, tienen capacidad legal para firmar el presente convenio y en su virtud,
MANIFIESTAN
Primero. Que la Constitución Española, en su artículo 45.2 obliga a los poderes públicos a velar por la utilización racional de todos los recursos naturales, con el fin de proteger y mejo-rar la calidad de la vida y defender y restaurar el medio ambiente.
Segundo. Que en la sociedad actual se ha incrementado sensiblemente la preocupación por los problemas relativos a la conservación de nuestro patrimonio natural y de nuestra biodi-versidad, habiéndose convertido la desaparición, en ocasiones irreversible, de especies de flora y fauna silvestres en motivo de seria preocupación para los ciudadanos que reivindican su derecho a un medio ambiente de calidad que asegure su salud y su bienestar.
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Tercero. Que las Administraciones competentes deben velar porque la gestión de los recursos naturales se produzca con los mayores beneficios para las generaciones actuales, sin merma de su potencialidad para satisfacer las necesidades y aspiraciones de las generaciones futu-ras, tratando de asegurar el mantenimiento y conservación del patrimonio, la biodiversidad y los recursos naturales existentes.
Cuarto. Por otra parte el Programa de Desarrollo Rural 2014-2020 establece en sus conside-raciones que en las zonas clasificadas por los Estados miembros como zonas con riesgo de incendio medio o alto deben aplicarse medidas preventivas contra los incendios. Todas las medidas preventivas deben formar parte de un plan de protección de los bosques. La inci-dencia de un desastre natural debe ser objeto de reconocimiento formal por parte de una organización pública científica antes de iniciar dichas medidas de acción para la restauración del potencial forestal dañado.
Quinto. Las Administraciones Públicas deben dotarse de herramientas que permitan conocer el estado de conservación del patrimonio natural y de la biodiversidad en el ámbito territorial de Extremadura, y las causas que determinan sus cambios, para en base a estos conocimientos poder diseñar las medidas a adoptar para asegurar su conservación, integrando en las políticas sectoriales los objetivos y previsiones necesarios para la conservación del patrimonio natural, la protección de la biodiversidad, la conservación y el uso sostenible de los recursos naturales, y el mantenimiento, y en su caso la restauración de la integridad de los ecosistemas.
Sexto. La Consejería de Medio Ambiente y Rural, Políticas Agrarias y Territorio, tiene asumi-das las competencias en materia forestal y de desarrollo rural de acuerdo con lo dispuesto en el Decreto 154/2015, de 17 de julio, por el que se establece la estructura orgánica básica de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Séptimo. La Consejería de Medio Ambiente y Rural, Políticas Agrarias y Territorio, considera necesario diseñar una estrategia para reducir el riesgo de grandes incendios mediante la promoción de actividades que mantengan un mosaico agroforestal con la implicación activa de la población local y que esta necesidad está recogida entre las acciones contempladas en el artículo 24 del Reglamento 1305/2013, en concreto la acción:
“Prevención y reparación de los daños causados a los bosques por incendios, desastres natu-rales y catástrofes.
Actividades locales de prevención a pequeña escala contra los incendios u otros riesgos natu-rales; incluyendo la utilización de animales de pastoreo.
Las zonas forestales que en los planes de protección forestal elaborados por los Estados miembros hayan sido clasificadas en las categorías de medio a alto riesgo podrán optar a ayuda relacionada con la prevención de incendios forestales”.
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Por su parte el Programa de Desarrollo Rural de Extremadura en la Medida 8.3, denominada “Ayuda para la prevención de los daños causados a los bosques por incendios, desastres naturales y catástrofes” contempla como objetivos la necesidad de impulsar el desarrollo de una selvicultura preventiva activa mediante tratamientos silvícolas selectivos incluyendo el manejo del ganado y pastoreo, de forma que se procure la adecuada discontinuidad vertical y horizontal, se reduzca la combustibilidad de las masas forestales y el riesgo de propagación del fuego. Con esta medida se propone también la ejecución, mantenimiento y mejoras de las infraestructuras de prevención de incendios forestales.
Podrán ser subvencionables los costes de los servicios relativos a la preparación, ejecución o control de una operación prestados por el órgano gestor cuando sea beneficiario, si están directamente relacionados con la actividad subvencionada y los costes generales vinculados a los gastos contemplados tales como honorarios de arquitectos, ingenieros y asesores correspondientes a la redacción de planes, proyectos, estudios y ejecución de las obras, honorarios relativos al asesoramiento sobre la sostenibilidad económica y medioambiental, incluidos los estudios de viabilidad.
Octavo. La Universidad de Extremadura es un organismo público de carácter multisectorial y pluridisciplinario que desarrolla actividades de docencia, investigación y desarrollo científico y tecnológico, contemplando entre sus fines el desarrollo social, económico y cultural, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, para lo cual resulta necesaria la colaboración con otras instituciones.
Los Estatutos de la Universidad de Extremadura establecen entre sus fines el apoyo cien-tífico y técnico al desarrollo social, económico y cultural, y el mejor conocimiento en todos sus aspectos de la Comunidad Autónoma de Extremadura; así como el estableci-miento de relaciones y convenios de colaboración con todo tipo de entidades públicas y privadas.
En consecuencia ambas partes acuerdan formalizar el presente Convenio de colaboración, con arreglo a las siguientes,
ESTIPULACIONES
Primera. OBJETO Y ÁMBITO DE APLICACIÓN.
El presente Convenio establece un marco de colaboración entre la Consejería de Medio Ambiente y Rural, Políticas Agrarias y Territorio de la Junta de Extremadura, a través de la Dirección General de Medio Ambiente, y la Universidad de Extremadura, a través del Departamento de Ingeniería, Medio Agronómico y Forestal del Centro Universitario de Plasencia, para el desarrollo de las inversiones previstas en el Programa de Desarrollo Rural
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de Extremadura 2014-2020 con el objetivo de contribuir a paliar los daños causados a los bosques mediante el estudio de factores para reducir el riesgo de incendios forestales.
Estas labores se realizaran mediante el diseño de una estrategia para reducir el riesgo de grandes incendios mediante la promoción de actividades que mantengan un mosaico agrofo-restal con la implicación activa de la población local.
Los objetivos específicos son:
1. Objetivo 1: Diagnóstico y SIG de los recursos humanos y naturales existentes
2. Objetivo 2: Proceso participativo y red local de gestores agroforestales
3. Objetivo 3: Diseño y planificación de cultivos cortafuego
4. Objetivo 4: Diseño y planificación de pastoreo cortafuego
5. Objetivo 5: Estrategia de prevención de incendios en las masas forestales
6. Objetivo 6: Plan de actuaciones y de seguimiento
Segunda. PLAZO DE EJECUCIÓN.
La vigencia del presente Convenio se extenderá desde su firma, durante 24 meses, hasta agosto de 2018.
Tercera. SEGUIMIENTO DEL CONVENIO.
El seguimiento del Convenio se realizará conjuntamente por la Consejería de Medio Ambiente y Rural, Políticas Agrarias y Territorio de la Junta de Extremadura y la Universidad de Extre-madura, que llevarán la codirección de los trabajos, colaborando mutuamente para la conse-cución de los mismos, facilitando dicha Consejería, en el caso de que sea necesario, los documentos y datos que posean, relacionados con el ámbito de este convenio cuando le sean solicitados por la Universidad de Extremadura para la consecución de aquel objeto.
El desarrollo científico del Convenio, a través de las figuras de Investigador Principal, correrá a cargo del Profesor D. Fernando Javier Pulido Díaz del Grupo de Investigación Forestal de la Universidad de Extremadura.
La Consejería de Medio Ambiente y Rural, Políticas Agrarias y Territorio nombrará un Director Técnico del presente convenio el cual certificará, como se determina en este convenio, la conformidad de las actuaciones y del estudio final.
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Cuarta. APORTACIONES DE LAS PARTES.
Ambas partes aportarán los medios materiales y humanos necesarios para el desarrollo del Convenio.
La Consejería aportará a este convenio la disponibilidad de los terrenos necesarios para el desarrollo de las experiencias previstas en el convenio, que se realizarán en Montes de Utili-dad Pública de las comarcas forestales de Hurdes y Gata.
Aportará, también la colaboración del personal técnico propio de la Sección Técnica de Programas Forestales de Cáceres Oeste, consistente en 3 técnicos forestales y con el apoyo de la Dirección de Programas Forestales y de los agentes del medio natural de la UTV 4, todo ello con sus propios medios.
Además, aportará la cantidad de 338.547,00 € (excluido IVA) destinados a financiar los gastos que genera el desarrollo de las actuaciones que se describen en el Anexo del presente Convenio, distribuidos en las siguientes anualidades:
— Año 2016: .............................................. 99.668,80 €.
— Año 2017: ............................................ 162.921,00 €.
— Año 2018: .............................................. 75.957,20 €.
— IVA 21%: ............................................... 71.094,67 €.
TOTAL: ..................................................... 409.641,87 €.
El desembolso se realizará por certificaciones trimestrales de los trabajos ejecutados por la Universidad de Extremadura, previa conformidad del director técnico designado por la Consejería.
La Universidad de Extremadura se compromete a ejecutar las actuaciones recogidas en el Anexo de este Decreto. En concreto, aportará para el desarrollo del Convenio los siguientes bienes y servicios:
— Utilización de las instalaciones científicas de la Universidad para el desarrollo de los trabajos.
— Material de gabinete y laboratorio:
• Fondos bibliográficos propios y del Centro.
• Ordenadores, impresoras y escáner.
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• Software de ofimática, estadística y procesamiento de datos.
• Un vehículo.
Recursos humanos:
El equipo científico que aporta la Universidad está compuesto por cuatro investigadores con una dilatada experiencia y reconocimiento profesional en las áreas de objeto del presente convenio. Será necesario contratar, con cargo al citado proyecto, el siguiente equipo técnico a tiempo completo con experiencia y conocimientos, en concreto 3 técnicos agroforestales y 1 técnico con amplios conocimiento de SIG durante todo el plazo del Convenio, que colabora-rán con el equipo científico de la Universidad.
Para su trabajo el equipo técnico necesitará contar con un vehículo, combustible y manteni-miento del mismo.
Deberá contarse también con un técnico con amplios conocimientos de SIG, que será responsable de la creación y mantenimiento de una página web, la cual se comprometerá a mantener la universidad durante toda la vigencia del convenio.
Quinta. FINANCIACIÓN.
La aportación de la Junta de Extremadura se realizará de la siguiente forma:
El abono de las cantidades convenidas se realizará por certificaciones trimestrales, supervisadas por el Director Técnico nombrado en virtud de la estipulación tercera, de acuerdo con las unida-des ejecutadas de acuerdo con lo previsto en la memoria recogida en el Anexo de este Convenio.
La aportación de la Junta de Extremadura se realizará con cargo a la aplicación presupuesta-ria 12.05.354C.641.00, Superproyecto, 2015120059009 8.3 Ayudas a la prevención de los daños causados a los bosques por incendios forestales, los desastres naturales y las catás-trofes, Proyecto 2015.12.005.0012.00 “8.3.1 prevención de los daños causados a los bosques por incendios, desastres naturales y catástrofes”, de los presupuestos de la Conseje-ría de Medio Ambiente y Rural, Políticas Agrarias y Territorio para los ejercicios de 2016, 2017 y 2018 para la cual se ha efectuado la oportuna retención de crédito. Esta aportación se encuentra cofinanciada en un 75% con cargo al Fondo Europeo (FEADER) del Programa de Desarrollo Rural 2014-2020, medida 8.3 “Ayuda para la prevención de los daños causados a los bosques por incendios, desastres naturales y catástrofes”.
Las actuaciones recogidas en la Memoria se utilizarán para elaborar una estrategia que gene-rará resultados en futuras anualidades al proporcionar una herramienta esencial para la prevención de incendios forestales.
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Sexta. MEDIDAS DE PUBLICIDAD.
La Universidad de Extremadura dará cumplimiento las normas sobre publicidad e informa-ción, las previstas en el Anexo III del Reglamento de ejecución (UE) n.º 808/2014 de la Comisión de 17 de julio de 2014 por el que se establecen las disposiciones de aplicación del reglamento (UE) n.º 1305/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, relativo a la ayuda al desarrollo rural a través del fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER).
Asimismo, deberá cumplir con las medidas de información y publicidad previstas en el Decre-to 50/2001, de 3 de abril, y cumpliendo en todo caso lo establecido en el Decreto 7/2002, de 29 de enero, por el que se aprueba la identidad corporativa de la Gobierno y la Administra-ción Pública de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Séptima. DERECHOS DE PROPIEDAD INTELECTUAL E INDUSTRIAL Y DIFUSIÓN DE LOS RESULTADOS.
1. Si como consecuencia de la ejecución del presente Convenio surgen obras objeto de propiedad intelectual, su titularidad corresponderá a ambas partes, respetando siempre en las mismas la mención a los Profesores o Colaboradores intervinientes y se hará refe-rencia especial a este Convenio.
2. En el caso de que durante el transcurso de la ejecución de los trabajos concretos referen-tes al Convenio o del resultado del mismo, efecto del estudio o investigación llevados a cabo, se derivasen derechos de Propiedad Industrial, y, en especial invenciones suscepti-bles de proteger mediante patentes o modelos de utilidad, corresponderá su titularidad a ambas partes.
3. La Universidad de Extremadura, así como la Consejería de Medio Ambiente y Rural, Políti-cas Agrarias y Territorio, podrán hacer uso del trabajo y en cualquier momento difundir y publicar los resultados del mismo sea cual sea el medio que para ello se utilice, siempre que se cuente con el visto bueno del Director Técnico del mismo y siempre indicando las Instituciones que lo han hecho posible, así como el nombre de los autores.
Octava. RESPONSABILIDADES DEL CONVENIO.
Los contratos celebrados por la Universidad de Extremadura con terceros en ejecución de las actuaciones objeto de este Convenio serán de su exclusiva responsabilidad, efectuándose a su riesgo y ventura.
Asimismo, el personal que la Universidad de Extremadura contrate con cargo al presente convenio no tendrá relación laboral alguna con la Junta de Extremadura.
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Novena. COMISIÓN DE SEGUIMIENTO, CONTROL E INTERPRETACIÓN
1. Con el fin de hacer un seguimiento del cumplimiento del Convenio, se crea una Comisión de Seguimiento que estará integrada por dos representante de cada una de las partes y presidida por el director General de Medio Ambiente.
2. Los representantes de la Universidad de Extremadura serán el Investigador principal y las personas que el designe, de acuerdo a lo previsto en la institución.
3. Los representantes de la Consejería de Medio Ambiente y Rural, Políticas Agrarias y Territorio de la Junta de Extremadura serán designados por el Director General de Medio Ambiente.
4. La Comisión se constituirá en el plazo de un mes a partir de la fecha de la firma del presente Convenio. Esta Comisión se reunirá, al menos, una vez cada seis meses.
5. Serán funciones de esta Comisión de Seguimiento resolver las controversias que pudieran plantearse en la interpretación y aplicación de las cláusulas de este Convenio y el segui-miento del grado de cumplimiento del mismo.
6. La Comisión se regirá por los preceptos relativos a órganos colegiados recogidos en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común
Décima. MODIFICACIÓN Y RESOLUCIÓN DEL CONVENIO.
1. Cualquier modificación de este Convenio durante su vigencia deberá ser autorizada previa-mente por el Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura
2. El presente Convenio se resolverá por cualquiera de las siguientes causas:
— Por cumplimiento del objeto del mismo.
— Por vencimiento del plazo de vigencia.
— Por incumplimiento de cualquiera de las estipulaciones acordadas, por parte de la Universi-dad de Extremadura, en cuyo caso se procederá al reintegro de las cantidades que hubiere recibido, así como de los intereses legales que hubieran devengado las citadas cantidades.
Décimo primera. NATURALEZA Y RÉGIMEN JURÍDICO.
El presente Convenio tiene naturaleza administrativa, y se considera excluido del Real Decre-to Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la
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Ley de Contratos del Sector Público, conforme a su artículo 4.1.c), sin perjuicio de la aplica-ción supletoria de los principios de esta Ley, respecto al articulado de la norma por la que se rige, la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Décimo segunda. JURISDICCIÓN.
Las dudas y las controversias que pudiesen plantearse sobre la interpretación y la ejecución del presente Convenio podrán solventarse de mutuo acuerdo entre las partes, a través de la Comisión de seguimiento. En defecto de acuerdo corresponderá a la jurisdicción contencioso-administrativa, en los términos que establece el artículo 8.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Común.
En prueba de conformidad, las partes firman el presente Convenio por cuadruplicado ejem-plar y aun solo efecto, en el lugar y fecha citados al principio de este documento, rubricando cada una de las páginas de las que consta.
LA CONSEJERA DE MEDIO AMBIENTE Y RURAL, POLÍTICAS AGRARIAS Y TERRITORIO.-
(P.A.) EL SECRETARIO GENERAL.-(Res. 26 de septiembre de 2015 - DOE n.º 184 de 23/09/2015)
Fdo.: Fco. Javier Gaspar Nieto
EL RECTOR MAGNÍFICO DE LA UNIVERSIDAD DE EXTREMADURA.-
Fdo.: Segundo Píriz Durán
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ANEXO I
MEMORIA ECONÓMICA DEL CONVENIO INTERADMINISTRATIVO DE COLABORACIÓN ENTRE LA CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE Y RURAL,
POLÍTICAS AGRARIAS Y TERRITORIO DE LA JUNTA DE EXTREMADURA Y LA UNIVERSIDAD DE EXTREMADURA PARA EL DISEÑO DE UNA ESTRATEGIA DE
PREVENCIÓN DE INCENDIOS BASADA EN ACTIVIDADES AGRO-SILVO-PASTORALES EN LAS COMARCAS DE SIERRA DE GATA Y LAS HURDE ,
ANUALIDADES 2016, 2017 Y 2018, COMO DESARROLLO DE LAS INVERSIONES DISPUESTAS EN EL PROGRAMA DE DESARROLLO RURAL DE EXTREMADURA
2014-2020, SUBMEDIDA 8.3.1
A continuación se desglosan, las distintas actividades y apartados presupuestarios:
— Objetivos específicos.
Objetivo 1: Diagnóstico y SIG de los recursos humanos y naturales existentes.
Objetivo 2: Proceso participativo y red local de gestores agroforestales.
Objetivo 3: Diseño y planificación de cultivos cortafuego.
Objetivo 4: Diseño y planificación de pastoreo cortafuego.
Objetivo 5: Estrategia de prevención de incendios en las masas forestales.
Objetivo 6: Plan de actuaciones y de seguimiento.
— Objetivo 1: Diagnóstico y SIG de los recursos humanos y naturales existentes.
1.a. Descripción de la evolución del contexto socioeconómico.
1.b. Perfil profesional, aptitudes y demandas del sector agroforestal.
1.c. Cartografía de los recursos naturales actuales y potenciales.
— Objetivo 2: Proceso participativo y creación de red local de gestores agroforestales.
2.a. Mapa de profesionales, empresas y asociaciones potencialmente participantes.
2.b. Diagnóstico de opinión, preferencias y capacidades de la población.
2.c. Constitución de la red local de gestores agroforestales.
2.d. Formación de los gestores de la red.
Miércoles, 2 de noviembre de 201628496
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— Objetivo 3: Diseño y planificación de cultivos cortafuego.
3.a. Estudio de especies idóneas.
3.b. Delimitación de las áreas potenciales.
3.c. Fijación de criterios de manejo.
— Objetivo 4: Diseño y planificación de pastoreo cortafuego.
4.a. Estudio de experiencias previas de especies idóneas.
4.b. Delimitación de las áreas potenciales.
4.c. Fijación de criterios de manejo.
— Objetivo 5: Estrategia de prevención de incendios en las masas forestales.
5.a. Estudio de alternativas dentro de las masas.
5.b. Estudio de alternativas entre las masas.
5.c. Fijación de criterios de manejo.
— Objetivo 6: Plan de actuaciones y de seguimiento.
6.a. Análisis de limitaciones ambientales, sociales y administrativas.
6.b. Propuesta de políticas incentivadoras.
6.c. Coordinación con planes existentes.
6.d. Plan de seguimiento.
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CRONOGRAMA DE ACTIVIDADES Y MEDIOS
MESES Personal
Actividad 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 21 22 23 24 AGROFOR SIG
1ª contexto socioeconómico X X X
Coordinador
1b demandas del sector agroforestal X X X X X X Agroforestal
1c Cartografía de los recursos X X X X X X X X X X X X X X X X X X X X X X X X Tec. SIG
2ª Mapa de profesionales X X X X X Agroforestal
2b Diagnóstico de opinión X X X X X X Agroforestal
2c Constitución de la red local X X X X X X X X X
Coordinador
2d Formación de los gestores X X X X X X Agroforestal
3ª Estudio de especies idóneas X X X X X X X X X X X X Agroforestal
3b Delimitación de las áreas potenciales X X X X X X X X X X X X Agroforestal
3c Fijación de criterios de manejo X X X X X X Agroforestal
4ª Estudio de experiencias previas X X X X X X X X X Agroforestal
4b Delimitación de las áreas potenciales X X X X X X X X X X X X Agroforestal
4c Fijación de criterios de manejo X X X X X X Agroforestal
5ª Estudio de alternativas dentro de las masas X X X X X X X X X X X X Agroforestal
5b Estudio de alternativas entre las masas X X X X X X X X X X X X Agroforestal
5c Fijación de criterios de manejo X X X X X X Agroforestal
6ª Análisis de limitaciones X X X X Agroforestal
6b Propuesta de políticas incentivadoras X X X X Coordina
dor
6c Plan de seguimiento X X X X Coordina
dor
3 4 4 4 4 4 8 8 8 7 7 7 7 7 7 8 8 8 4 4 6 3 2 2 114 24
coordina
dor 20
Miércoles, 2 de noviembre de 201628498
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Además se complementará el trabajo contratando un proyecto de comunicación consistente en la elaboración de microrreportajes, entrevistas y mesas redondas relacionadas con el desarrollo de los trabajos; difusión viral del proyecto y su posicionamiento local y nacional y uso de plataformas de comunicación en la red.
— Personal y medios a disposición del convenio.
Para la realización de las actividades previstas se contratarán con cargo a la universidad tres técnicos universitarios con al menos un año de experiencia en materias agroforestales (selvicultura y pastoralismo) y un técnico universitario con al menos dos años de expe-riencia en Sistemas de Información Geográfica.
La retribución de los técnicos con experiencia agroforestal se ha calculado por equivalen-cia a un Personal Laboral del Subgrupo C1 de la Universidad de Extremadura, con un coste mensual total (incluida las cuotas de Seguridad Social) de 2.472,66 €.
El técnico universitario con amplios conocimientos en SIG se ha calculado por equivalencia a un Personal Laboral del Subgrupo A1 de la Universidad de Extremadura, con un coste mensual total (incluida las cuotas de Seguridad Social) de 3.347,70 €.
— Necesidades materiales.
Se precisará un vehículo para los trabajos de campo, que ocuparán gran parte del trabajo a desarrolla por los equipos técnicos.
El vehículo necesario será tipo “combi” con capacidad de carga para muestras y que pueda circular por pistas forestales en buen estado. De la comparación entre el costo de adquisi-ción y la posibilidad de arrendamiento del mismo se desprende como opción más econó-mica su adquisición y mantenimiento.
Para el desarrollo del proyecto y su difusión se creará y mantendrá una página web. Esta página web se integrará en el portal de la Junta de Extremadura.
— Servicios externos.
Con cargo al convenio la Universidad contratará un proyecto de comunicación que incluirá un canal de vídeos y una estrategia de comunicación viral (comunity manager), consisten-te en la elaboración de microreportajes, entrevistas y mesas redondas relacionadas con el desarrollo de los trabajos, la difusión viral del proyecto y su posicionamiento local y nacio-nal y el uso de plataformas de comunicación en la red.
Se desarrollará durante los primeros 4 trimestres e incluirá:
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• Un enlace a la página web del proyecto, incluyendo su diseño y adaptación a la platafor-ma de la Junta de Extremadura.
• Microreportajes, entrevistas y mesas redondas; 2 reportajes (de 4 a 9 minutos según contenido) y 2 entrevistas (mínimo 6 minutos y máximo abierto según interés), trimes-trales. Se entregarán subidos en la plataforma y con la labor de difusión, también se trabajará en una red de colaboradores/difusores.
• Difusión viral del proyecto y posicionamiento nacional.
• El resultado se concretará en 4 videos trimestrales difundidos a través del canal de video (16 videos).
Se precisa una dedicación de 16,5 horas de realizadores y técnicos informáticos para cada producto terminado y difundido.
— Aportación de la UEX al proyecto.
La Universidad de Extremadura aportará a su costa, 4 investigadores de plantilla con una dedicación mínima de 1 día por semana durante toda la vigencia del Convenio (36 horas al mes).
El uso de los laboratorios y equipamiento informático propios. Para el desarrollo del proyecto la universidad dedicará los laboratorios e instalaciones de su centro de Plasencia y aportará los equipos informáticos necesarios. Al menos 4 ordenadores portátiles, 2 Gps, 2 impresoras y el material fungible necesario.
Un vehículo propio, para el desplazamiento a las zonas de trabajo por el personal investi-gador. Se estima que supondrá un desplazamiento mínimo de 200 Km. a la semana.
Se ocuparán de la coordinación de los trabajos y objetivos y de la organización de eventos de participación y difusión regionales y nacionales. La universidad se compromete a orga-nizar a su costa al menos un evento cada 6 meses con un coste estimado de 6.000 € por evento.
— Aportaciones de la Consejería de Medio Ambiente
La Consejería aportará a este convenio la disponibilidad de los terrenos necesarios para el desarrollo de las experiencias previstas en el convenio, que se realizarán en Montes de Utilidad Pública de las comarcas forestales de Hurdes y Gata.
Aportará además la colaboración del personal técnico propio de la Sección Técnica de Programas Forestales de Cáceres Oeste, consistente en 3 técnicos forestales y con el
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apoyo de la Dirección de Programas Forestales y de los agentes del medio natural de la UTV 4, todo ello con sus propios medios.
Colaborará con la Universidad, participando en la difusión y eventos con sus propios medios.
Por último aportará el siguiente presupuesto.
PRESUPUESTO Y CERTIFICACIONES
PRESUPUESTO
PRECIOS UNITARIOS
— Técnico agroforestal (€/mes incluidos costes salariales y p.p. pagas extras) ..... 2.472,66 €
— Técnico SIG (€/mes incluidos costes salariales y p.p. pagas extras) ................ 3.347,70 €
— Media dieta ..................................................................................................38,76 €
— Vehículo tipo “combi” para desplazamientos técnicos ....................................11.706,10 €
— Mantenimiento de la página web (€/mes) .........................................................70,00 €
— Diseño y actualización derechos página web (€/año) ..................................... 2.000,00 €
— Realizador de video (€/hora) ...........................................................................67,15 €
— Gastos combustible y mantenimiento del vehículo (€/km) ....................................0,22 €
— Gastos fungibles (€/mes) ............................................................................. 150,00 €
APORTACIONES DE LA UNIVERSIDAD DE EXTREMADURA
— Dedicación de Investigador universidad (coste hora) ..........................................35,13 €
— Gastos laboratorios y fungibles de la universidad €/mes ................................. 150,00 €
PRECIOS DESCOMPUESTOS
— Técnico agroforestal con gastos de desplazamiento y dieta.
6 salidas al campo mensuales de un técnico agroforestal con una media de 200 Km/día.
• Gastos vehículo = 6*200*0,22 = 264 €
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• Dietas = 38,76 * 6 = 232,56 €
• Mes técnico con gastos y dietas = 2.969,22 €
• 3 técnicos agroforestales /mes = 8.907,66 €/mes
— Técnico SIC con gastos de desplazamiento y dieta.
1 salida programada de un técnico SIG al mes con una media de 200 Km/día
• Gastos vehículo = 1*200*0,22 = 44 €
• Dietas = 38,76 * 1 = 38,76 €
• Mes técnico con gastos y dietas = 3.430,46 €
• 1 técnico SIG/mes = 3.430,46 €/mes
— Realización de video (incluye microrreportajes, entrevistas, difusión viral, etc.)
16 horas de realizador por video.
• 16 * 67,15 = 1.074,40 € de realizador por video
• Gastos adaptación a la página web y difusión; 38,85 € por video
• Coste por cada video = 1.113,25 €
• 4 videos por trimestre = 4*1.113,25 = 4.453,00 €
— Investigadores de la universidad (coordinación del proyecto) *
36 horas al mes de investigador y 200 Km. del vehículo propio al mes;
• Coste investigador por mes (coordinación) = 36*35,13 = 1.264,68 €
• Gastos vehículo; 200 * 4 * 0,22 = 176 €/mes
• Gastos fungibles; 150 €/mes
*Estos gastos no se repercuten al presupuesto del convenio
Se presentarán certificaciones trimestrales, previa entrega de una memoria que justifique los trabajos desarrollados en cada uno de los objetivos previstos.
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CERTIFICACIÓN 1.er TRIMESTRE
Actividad/1.er trimestre
1 2 3 SUBTOTAL
COORDINADOR UEX 0 0 0Coordinador
UEX
1 Técnicos Agroforestal
2.969,22 2.969,22 2.969,22 8.907,66
1 técnico SIG 3.430,46 3.430,46 3.430,46 10.291,38
VEHÍCULO 11.706,10 0 0 11.706,10
PÁGINA WEB (mantenimiento)
2.000,00 0 0 2.000,00
COMUNICACIÓN 4.453,00 0 0 4.453,00
FUNGIBLES 450 0 0 450,00
COSTES INDIRECTOS (10%)
2.500,88 639,97 639,97 3.780,81
TOTAL 1.er TRIMESTRE 41.588,95
CERTIFICACIÓN 2.º TRIMESTRE
Actividad/2.º trimestre
4 5 6 SUBTOTAL
COORDINADOR UEX 0 0 0
2 Técnicos Agroforestal
5.938,44 5.938,44 5.938,44 17.815,32
1 técnico SIG 3.430,46 3.430,46 3.430,46 10.291,38
PÁGINA WEB (mantenimiento)
70 70 70 210,00
COMUNICACIÓN 4.453,00 0 0 4.453,00
FUNGIBLES 450 0 0 450,00
COSTES INDIRECTOS (10%)
1.434,19 943,89 943,89 3.321,97
TOTAL 2.º TRIMESTRE 36.541,67
Miércoles, 2 de noviembre de 201628503
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CERTIFICACIÓN 3.er y 4.º TRIMESTRE
Actividad/ 3.er y 4.º trimestre
7 y 10 8 y 11 9 y 12 SUBTOTAL
COORDINADOR UEX 0 0 0
3 Técnicos Agroforestal
8.907,66 8.907,66 8.907,66 26.722,98
1 técnico SIG 3.430,46 3.430,46 3.430,46 10.291,38
PÁGINA WEB (mantenimiento)
70 70 70 210,00
COMUNICACIÓN 4.453,00 0 0 4.453,00
FUNGIBLES 150 150 150 450,00
COSTES INDIRECTOS (10%)
1.701,11 1.255,81 1.255,81 4.212,74
TOTAL 3.er y 4.º TRIMESTRE 46.340,10
CERTIFICACIÓN 5.º TRIMESTRE
Actividad/5.º trimestre
13 14 15 SUBTOTAL
COORDINADOR UEX 0 0 0 0
3 Tecnicos Agroforestal
8.907,66 8.907,66 8.907,66 26.722,98
1 tecnico SIG 3.430,46 3.430,46 3.430,46 10.291,38
PÁGINA WEB (mantenimiento)
2.000,00 0 0 2.000,00
FUNGIBLES 150 150 150 450,00
COSTES INDIRECTOS (10%)
1.448,81 1.248,81 1.248,81 3.946,44
TOTAL 5.º TRIMESTRE 43.410,80
Miércoles, 2 de noviembre de 201628504
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CERTIFICACIÓN 6.º, 7.º y 8.º TRIMESTRE
Actividad/ 6.º, 7.º y 8.ª trimestre
16, 19 y 22 17, 20 y 23 18, 21 y 24 SUB TOTAL
COORDINADOR UEX 0 0 0
3 Tecnicos Agroforestal
8.907,66 8.907,66 8.907,66 26.722,98
1 tecnico SIG 3.430,46 3.430,46 3.430,46 10.291,38
PÁGINA WEB (mantenimiento)
70 70 70 210,00
FUNGIBLES 150 150 150 450,00
COSTES INDIRECTOS (10%)
1.255,81 1.255,81 1.255,81 3.767,44
TOTAL 6.º, 7.º Y 8.º TRIMESTRE 41.441,80
El desglose del presupuesto previsto, por trimestre, es el siguiente:
Actividad / trimestre
1 2 3 4 5 6 7 8 TOTALES
PERSONAL 19.199,04 28.106,70 37.014,36 37.014,36 37.014,36 37.014,36 37.014,36 37.014,36 269.391,90
VEHÍCULO 11.706,10 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 11.706,10
PÁGINA WEB 2.000,00 210,00 210,00 210,00 2.000,00 210,00 210,00 210,00 5.260,00
COMUNICACIÓN 4.453,00 4.453,00 4.453,00 4.453,00 0,00 0,00 0,00 0,00 17.812,00
FUNGIBLES 450,00 450,00 450,00 450,00 450,00 450,00 450,00 450,00 3.600,00
COSTES INDIRECTOS
(10%)3.780,81 3.321,97 4.212,74 4.212,74 3.946,44 3.767,44 3.767,44 3.767,44 30.777,00
CERTIFICACIÓN TRIMESTRAL
41.588,95 € 36.541,67 € 46.340,10 € 46.340,10 € 43.410,80 € 41.441,80 € 41.441,80 € 41.441,80 € 338.547,00 €
TOTAL EJECUCIÓN MATERIAL ....................................... 338.547,00
IVA 21% ......................................................... 71.094,87
TOTAL CONVENIO ................................................. 409.641,87
Miércoles, 2 de noviembre de 201628505
NÚMERO 210
A N E X O I I
PRODUCTOS DESARROLLADOS Y VERIFICACIÓN
Objetivo 1a. Descripción de la evolución del contexto socioeconómico.
Se realizará un informe, para su difusión, que describa las características socioeconómicas de las comarcas de Sierra de Gata y Las Hurdes en lo referente a los sectores que pueden condicionar el riesgo de incendios: agrícola, ganadero, forestal y turístico. Se analizarán las tendencias en las últimas décadas en relación con el número y superficie de los incendios y los medios destinados a su prevención.
Bajo la supervisión de los cuatro profesores de la UEX intervinientes, los técnicos contratados realizarán una revisión y síntesis de la documentación existente en fuentes oficiales de las direcciones generales de la Junta de Extremadura con competencias en estas materias. En especial, en colaboración con los servicios de Ordenación y gestión Forestal y de Prevención y Prevención y Extinción de Incendios Forestales se analizarán las estadísticas oficiales sobre incendios a lo largo de la serie histórica, así como su distribución en el espacio y superficies afectadas. Esta información se concretará en un modelo de riesgo de incendios para la zona de estudio que tenga valor predictivo de las incidencias futuras.
Medios necesarios: personal contratado, vehículos, salas informáticas, archivos de cartogra-fía digital y estadísticas oficiales existentes.
Fecha de entrega: mes 3.
Objetivo 1b. Perfil profesional, aptitudes y demandas del sector agroforestal.
Se elaborará un informe que sintetice los datos oficiales sobre explotaciones agrícolas, gana-deras y forestales, así como las agroindustrias asociadas en las dos comarcas.
Bajo la supervisión de los cuatro profesores de la UEX intervinientes, los técnicos contratados obtendrán y analizarán las estadísticas oficiales sobre las explotaciones e industrias, así como el perfil descriptivo de sus gestores. La información de interés se difundirá en el portal web del proyecto, que estará operativo a lo largo del trimestre.
Medios necesarios: personal contratado, vehículos, salas informáticas, archivos de cartogra-fía digital y estadísticas oficiales existentes.
Fecha de entrega: mes 6.
Miércoles, 2 de noviembre de 201628506
NÚMERO 210
Objetivo 1c. Cartografía de los recursos naturales actuales y potenciales.
Se pondrá en marcha un sistema de información geográfica con capas que reflejen la ubica-ción y extensión de los recursos agrícolas, ganaderos, forestales, ambientales y turísticos, así como las infraestructuras relacionadas con la prevención y extinción de incendios.
Bajo la supervisión de los cuatro profesores de la UEX intervinientes, el técnico experto en SIG incorporará la información recibida del resto del equipo en forma de capas cartográficas digitales, encargándose también del análisis de las superposiciones e interacciones entre estas capas, información que además será expuesta en el portal web del proyecto para su difusión pública.
Medios necesarios: personal contratado (experto en SIG), salas informáticas y archivos de cartografía digital.
Fecha de entrega: mes 12.
Objetivo 2a. Mapa de profesionales, empresas y asociaciones potencialmente parti-cipantes.
Se elaborarán fichas individuales de las personas y entidades consideradas clave en el diseño de un modelo de mosaico agroforestal en el área de estudio. Su papel clave se valorará en función del tipo de explotación, su posición estratégica para la prevención de incendios y el manejo que se hace de ella. El resultado quedará plasmado dentro del portal web del proyec-to en forma de mapa interactivo en que podrán visualizarse los gestores y sus explotaciones.
Medios necesarios: personal contratado (experto en SIG), salas informáticas y archivos de cartografía digital.
Fecha de entrega: mes 6.
Objetivo 2b. Diagnóstico de opinión, preferencias y capacidades de la población.
Se elaborará un informe que sintetice los resultados de entrevistas personales con los gesto-res del territorio identificados en el Objetivo 2a, con especial énfasis en sus percepciones y propuestas en materia de prevención de incendios.
Para ello se realizarán encuestas a un mínimo del 10% de los gestores de estas explotacio-nes en cada uno de los municipios de la zona de estudio, las cuales permitirán conocer su grado de formación profesional, sus habilidades técnicas, sus limitaciones y su predisposición a participar en futuros planes comarcales.
Miércoles, 2 de noviembre de 201628507
NÚMERO 210
Medios necesarios: personal contratado, vehículos y salas informáticas.
Fecha de entrega: mes 9.
Objetivo 2c. Constitución de la red local de gestores agroforestales.
Se elaborará un informe que describa los objetivos, integrantes, aptitudes y actuaciones de una Red de gestores agroforestales, entendida como colectivo que intercambia información, comparte retos y consigue financiación propia destinada al mantenimiento de explotaciones relevantes para la prevención de incendios.
Durante el periodo de ejecución de este objetivo se realizarán sesiones de trabajo dirigidas por los técnicos contratados que culminarán en la constitución de la Red y la fijación de sus criterios de funcionamiento. Las sesiones de trabajo quedarán documentadas a través de una hoja de asistencia de los participantes.
Medios necesarios: personal contratado, vehículos y material fungible.
Fecha de entrega: mes 15.
Objetivo 2d. Formación de los gestores de la red.
Dentro del proyecto se realizarán seis acciones formativas con los miembros de la Red de las que quedará constancia documental en forma de acciones de difusión, inscripciones y hojas de asistencia. En un informe se analizará su capacidad para convertirse en actores relevantes para la prevención de incendios a través de la gestión de sus explotaciones.
Medios necesarios: personal contratado, vehículos, fungible.
Fecha de entrega: mes 18.
Objetivo 3a. Estudio de especies idóneas en cultivos cortafuego.
Se realizará un estudio sobre la aptitud del territorio para acoger especies cultivables que puedan mantenerse en explotaciones agrícolas (olivo, almendro, pistacho, nogal, granado, etcétera) o forestales (castaño) útiles como cortafuegos productivos en el territorio. El infor-me incluirá, para las diferentes especies cultivables, mapas de su presencia actual y criterios para su manejo adaptado a las circunstancias locales.
Medios necesarios: personal contratado (técnicos agroforestales), vehículos, salas informáti-cas y archivos de cartografía digital.
Miércoles, 2 de noviembre de 201628508
NÚMERO 210
Fecha de entrega: mes 12.
Objetivo 3b. Delimitación de las áreas potenciales para cultivos cortafuego.
Se elaborará un anexo cartográfico en el que se delimiten y describan las áreas donde pueden instalarse cultivos cortafuego, entendidas como porciones del territorio con condicio-nes aptas y ubicación estratégica para prevenir la expansión de incendios.
Medios necesarios: personal contratado (experto en SIG), salas informáticas y archivos de cartografía digital.
Fecha de entrega: mes 18.
Objetivo 3c. Fijación de criterios de manejo para cultivos cortafuego.
Se desarrollará un manual práctico para la promoción, diseño, ejecución y mantenimiento de parcelas de cultivo en áreas estratégicas para la prevención de incendios.
Medios necesarios: personal contratado (técnicos agroforestales) y salas informáticas.
Fecha de entrega: mes 21.
Objetivo 4a. Estudio de experiencias previas de especies ganaderas idóneas en pastoreo cortafuego.
Se estudiarán y analizarán las experiencias previas de redes de pastoreo contra incendios en otras comunidades autónomas, así como de la información recopilada en áreas pastoreadas en montes de Extremadura.
Para ello se realizarán visitas a las experiencias ya existentes en Andalucía, Madrid y Cataluña, así como estudios de campo en explotaciones ganaderas de la zona de estudio en este proyecto.
Medios necesarios: personal contratado (técnicos agroforestales), vehículo y salas informáticas.
Fecha de entrega: mes 15.
Objetivo 4b. Delimitación de las áreas potenciales para pastoreo cortafuego.
Se alimentará el sistema de información geográfica con la ubicación y características relevan-tes de las áreas de pastoreo cortafuegos propuestas a raíz del trabajo previo con los ganade-ros de la zona de estudio y el personal de la Administración.
Medios necesarios: personal contratado, salas informáticas y archivos de cartografía digital.
Miércoles, 2 de noviembre de 201628509
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Fecha de entrega: mes 18.
Objetivo 4c. Fijación de criterios de manejo de pastoreo cortafuego.
Se elaborará un manual práctico para la gestión de áreas de pastoreo cortafuegos por parte de la Administración y de los ganaderos implicados. En él se incluirán los criterios necesarios para incentivar, evaluar y en su caso retribuir estas prácticas preventivas.
Medios necesarios: personal contratado, salas informáticas y archivos de cartografía digital.
Fecha de entrega: mes 21.
Objetivo 5a. Estudio de alternativas dentro de las masas para la prevención de incendios.
Se estudiarán las herramientas de gestión selvícola disponibles para la prevención de incen-dios, su uso en el pasado y las modificaciones necesarias en el área de estudio. En el estu-dio se incluirán propuestas para el uso de la madera, la resina y la biomasa como herramien-tas de prevención.
Medios necesarios: personal contratado, vehículo, salas informáticas y archivos de cartogra-fía digital.
Fecha de entrega: mes 18.
Objetivo 5b. Estudio de alternativas entre las masas para la prevención de incendios.
Se estudiará el diseño actual y la eficacia en incendios pasados de infraestructuras lineales de prevención (cortafuegos, fajas auxiliares, pistas), así como de otras infraestructuras complementarias derivadas de los usos agrícolas y ganaderos.
Medios necesarios: personal contratado, vehículo, salas informáticas y archivos de cartogra-fía digital.
Fecha de entrega: mes 18.
Objetivo 5c. Fijación de criterios de manejo forestal para la prevención de incendios.
Se presentará un catálogo de propuestas de mejora sobre la gestión dentro y entre las masas forestales, así como su vinculación con actividades industriales asociadas e igualmen-te necesarias para la prevención de incendios.
Miércoles, 2 de noviembre de 201628510
NÚMERO 210
Medios necesarios: personal contratado, vehículo, salas informáticas y archivos de cartogra-fía digital.
Fecha de entrega: mes 21.
Objetivo 6a. Plan de actuaciones.
Se elaborará un informe final con el plan de trabajo propuesto para el desarrollo por la Admi-nistración de un nuevo modelo de mosaico agroforestal para la zona de estudio. En el plan de trabajo se incluirán las herramientas de apoyo y los recursos humanos (redes locales) con que la Administración puede contar en la zona de estudio.
Medios necesarios: personal investigador y contratado, salas informáticas y archivos de cartografía digital.
Fecha de entrega: mes 24.
Objetivo 6b. Análisis de limitaciones ambientales, sociales y administrativas.
Se valorarán las limitaciones jurídicas, sociales y económicas potenciales en el desarrollo de un nuevo modelo de gestión agroforestal que garantice el mantenimiento de un paisaje en mosaico.
Medios necesarios: personal investigador y contratado, salas informáticas y archivos de cartografía digital.
Fecha de entrega: mes 24.
Objetivo 6c. Propuesta de políticas incentivadoras.
Se propondrán las estrategias necesarias para eliminar o mitigar las limitaciones potenciales en el desarrollo de un nuevo modelo de gestión agroforestal que garantice el mantenimiento de un paisaje en mosaico.
Medios necesarios: personal investigador y contratado, salas informáticas y archivos de cartografía digital.
Fecha de entrega: mes 24.
Objetivo 6d. Coordinación con planes existentes.
Se elaborará un informe que incardine el Plan de actuaciones en la estructura de gobernanza en materia de desarrollo rural y política forestal.
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Medios necesarios: personal contratado, vehículo, salas informáticas y archivos de cartogra-fía digital.
Fecha de entrega: mes 24.
Actividad adicional a1. Jornadas de difusión.
La UEX organizará los siguientes eventos de difusión del proyecto en formato de jornada de puertas abiertas y en colaboración con la Dirección general de Medio ambiente y otras enti-dades comarcales, regionales y nacionales:
— Mes 6: jornada sobre problemática general de incendios.
— Mes 12: jornada sobre pastoreo contra incendios.
— Mes 16: jornada sobre cultivos agroforestales de montaña.
— Mes 24: jornada final del proyecto sobre el modelo y su posible extrapolación.
Actividad adicional a2. Microrreportajes de difusión.
Durante el primer año se contratarán los servicios de una empresa especializada para la elabo-ración de videos breves para su difusión viral según el siguiente cronograma de entregas:
— Mes 3, Microrreportaje 1: abordará la problemática general de incendios en la zona de estudio.
— Mes 6, Microrreportaje 2: abordará la actividad ganadera en la prevención de incendios.
— Mes 9, Microrreportaje 3: abordará la actividad agroforestal en la prevención de incendios.
— Mes 12, Microrreportaje 4: abordará la elaboración participativa del modelo en mosaico.
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RESOLUCIÓN de 27 de octubre de 2016, de la Intervención General, por la que se publica la información del tercer trimestre de 2016, de las entidades del sector público autonómico con presupuesto limitativo. (2016061653)
La Ley 3/2016, de 7 de abril, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para 2016 establece en su artículo 51, denominado Transparencia en el gasto público, apartado 2.a), que la Intervención General publicará en el Diario Oficial de Extrema-dura y en la sede electrónica de la Junta de Extremadura, en el mes siguiente al último del trimestre que corresponda, de las entidades del artículo 1 de la citada Ley, apartados a) a e), así como las entidades del apartado i) que tengan presupuesto limitativo, la información trimestral siguiente:
— Ejecución del presupuesto de gastos, clasificado orgánicamente por secciones presupues-tarias, funcionalmente por grupos de función y económicamente por capítulos.
— Modificaciones del presupuesto de gastos según el tipo de modificación, clasificado orgáni-camente por secciones presupuestarias, funcionalmente por grupos de función y económi-camente por capítulos.
— Ejecución del presupuesto de ingresos clasificado económicamente por capítulos.
En uso de la facultad que otorga a la Intervención General el artículo 51 mencionado,
R E S U E L V O :
Publicar en el Diario Oficial de Extremadura y en la sede electrónica de la Junta de Extre-madura (Consejería de Hacienda y Administración Pública, Intervención General) la infor-mación trimestral correspondiente al tercer trimestre de 2016, de las entidades que se detallan en el Anexo incluidas en el ámbito subjetivo de aplicación del artículo 51.2.a) de la Ley 3/2016, de 7 de abril, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para 2016.
Mérida, 27 de octubre de 2016.
El Interventor General,
AGUSTÍN GONZÁLEZ PÉREZ
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Miércoles, 2 de noviembre de 201628582
NÚMERO 210
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Miércoles, 2 de noviembre de 201628583
NÚMERO 210
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y EMPLEO
CORRECCIÓN de errores de la Resolución de 22 de agosto de 2016, de la Secretaría General de Educación, por la que se publica la parte dispositiva de la Resolución de 16 de agosto de 2016, de la Consejera, por la que se modifica la autorización administrativa del centro docente privado “CDS, Formación Profesional y Deportiva” de Badajoz y se concede autorización administrativa de apertura y funcionamiento de una red de centros de enseñanzas deportivas de régimen especial dependientes del mismo. (2016061639)
Advertido error en la Resolución de 22 de agosto de 2016, de la Secretaría General de Educación, por la que se publica la parte dispositiva de la Resolución de 16 de agosto de 2016, de la Consejera de Educación y Empleo, por la que se modifica la autorización adminis-trativa del centro docente privado “CDS, Formación Profesional y Deportiva” de Badajoz y se concede autorización administrativa de apertura y funcionamiento de una red de centros de enseñanzas deportivas de régimen especial dependientes del mismo, publicada en el DOE núm. 117, de 14 de septiembre de 2016, se procede a su oportuna rectificación:
En la página 24050, donde dice:
“Técnico Deportivo Superior en las especialidades de:
- Hípica de Salto, Doma y Concurso Completo - Capacidad: 1 unidad”.
Debe decir:
“- Hípica - Capacidad: 1 unidad”.
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Miércoles, 2 de noviembre de 201628584
NÚMERO 210
RESOLUCIÓN de 6 de octubre de 2016, de la Secretaría General de Educación, por la que se publica la parte dispositiva de la Resolución de 4 de octubre de 2016, de la Consejera, por la que se extingue la autorización administrativa que le fuera concedida al “Centro Profesional de Danza María Montero de Espinosa”, por traslado de instalaciones. (2016061587)
Concluido el expediente iniciado a instancias de la mercantil “Danza Badajoz S.L.”, solicitan-do la extinción de la autorización administrativa que le fuera concedida en su día para la apertura y funcionamiento del Centro Profesional de Danza María Montero de Espinosa, de Badajoz, por Resolución de 4 de octubre de 2016 de la Consejera de Educación y Empleo; esta Secretaría General de Educación, procede, de conformidad con lo dispuesto en el artícu-lo 6.3 del Real Decreto 321/1994, de 25 de febrero, sobre autorización a centros docentes privados para impartir enseñanzas artísticas, a la publicación de la parte dispositiva de dicha resolución, del siguiente tenor literal:
“Primero. Acordar la extinción de la autorización administrativa que le fuera concedida al centro Profesional de Danza María Montero de Espinosa”, por traslado de sus instalaciones educativas a la dirección sita en la C/ Jacobo Rodríguez Pereira, n.º 34, de Badajoz.
Segundo. La presente extinción de la autorización administrativa surtirá efectos desde el curso académico 2016/2017. La Administración educativa procederá de oficio a la correspon-diente inscripción de baja en el Registro de Centros Docentes no Universitarios.
Contra la presente resolución, que es definitiva en vía administrativa, podrá interponerse, potestativamente, recurso de reposición ante este mismo órgano, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura, tal y como disponen los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedi-miento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
O bien podrá interponerse directamente, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la publicación de la presente resolución, el correspondiente recurso conten-cioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Extremadura. Todo ello, sin perjuicio de que los interesados puedan interponer cualquier otro recurso que estimen procedente”.
Mérida, 6 de octubre de 2016.
El Secretario General de Educación,
RAFAEL RODRÍGUEZ DE LA CRUZ
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Miércoles, 2 de noviembre de 201628585
NÚMERO 210
RESOLUCIÓN de 6 de octubre de 2016, de la Secretaría General de Educación, por la que se publica la parte dispositiva de la Resolución de 4 de octubre de 2016, de la Consejera, por la que se modifica la autorización administrativa de apertura y funcionamiento concedida al Centro Docente Privado de Enseñanzas Artísticas de Danza “María Montero de Espinosa”, de Badajoz. (2016061588)
Concluido el expediente iniciado a instancias de la mercantil “Danza Badajoz S.L.”, solicitando la modificación de la autorización administrativa que le fuera concedida en su día para la apertura y funcionamiento del Centro Docente Privado de Enseñanzas Artísticas de Danza María Montero de Espinosa, de Badajoz, por Resolución de 4 de octubre de 2016 de la Consejera de Educación y Empleo; esta Secretaría General de Educación, procede, de confor-midad con lo dispuesto en el artículo 6.3 del Real Decreto 321/1994, de 25 de febrero, sobre autorización a centros docentes privados para impartir enseñanzas artísticas, a la publicación de la parte dispositiva de dicha resolución, del siguiente tenor literal:
“Primero. Conceder la modificación de la autorización administrativa correspondiente al Centro Docente Privado de Enseñanzas Artísticas de Danza “María Montero de Espinosa”, de Badajoz, por ampliación de enseñanzas.
La situación resultante en el centro tras la presente modificación de autorización es la siguiente:
Denominación genérica: Centro Docente privado de Enseñanza Elemental de Danza.
Denominación específica: “Centro de Danza María Montero de Espinosa”.
Titular del centro: Danza Badajoz. SL.
Domicilio: C/ Jacobo Rodríguez Pereira, n.º 34.
Código de Centro: 060011457.
Localidad: Badajoz.
Provincia: Badajoz.
Enseñanzas a impartir: Enseñanzas Elementales de Danza en la especialidad de Danza Clásica.
Capacidad: 80 puestos escolares.
Denominación genérica: Centro Docente Privado de Enseñanzas Artísticas Profesionales de Danza.
Denominación específica: “Centro de Danza María Montero de Espinosa”.
Titular del centro: Danza Badajoz, SL.
Domicilio: C/ Jacobo Rodríguez Pereira, n.º 34
Código de Centro: 06011457.
Localidad: Badajoz.
Provincia: Badajoz.
Enseñanzas a impartir: Enseñanzas Profesionales de Danza en la Especialidad de Danza Clásica.
Miércoles, 2 de noviembre de 201628586
NÚMERO 210
Capacidad: 90 puestos escolares.
Segundo. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 82.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Pública, no se consi-dera necesario cumplimentar el trámite de vista y audiencia, al no figurar en el procedimiento ni ser tenidos en cuenta otros hechos y alegaciones, que las aducidas por el interesado.
Tercero. La presente modificación de autorización administrativa de apertura y funcionamien-to, surtirá efectos a partir del presente curso académico 2016/17. El centro queda obligado al cumplimiento de la legislación vigente y a solicitar la oportuna revisión cuando tenga que modificarse cualquiera de los datos que señala la presente resolución. Asimismo, su eficacia queda condicionada a la obligación de obtener los permisos o autorizaciones que hayan de ser otorgados por otros organismos competentes.
Cuarto. El personal que imparta docencia de las enseñanzas autorizadas por la presente resolución deberá reunir los requisitos sobre titulación que establece la normativa educativa. La titularidad del centro remitirá a la Delegación Provincial de Educación de Badajoz, una relación del personal del que dispondrá desde el momento de inicio de su actividad, con indi-cación de sus titulaciones respectivas para su debida aprobación, previo informe de la Inspección de Educación.
Quinto. El centro, cuya autorización se modifica mediante la presente resolución, deberá cumplir la normativa aplicable sobre condiciones de seguridad en los edificios e instalaciones, así como cualesquiera otros requisitos exigidos por la legislación sectorial vigente.
Contra la presente resolución, que es definitiva en vía administrativa, podrá interponerse, potestativamente, recurso de reposición ante este mismo órgano, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura, tal y como disponen los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedi-miento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
O bien podrá interponerse directamente, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la publicación de la presente resolución, el correspondiente recurso contencio-so-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Extremadura. Todo ello, sin perjuicio de que los interesados puedan interponer cualquier otro recurso que estimen procedente”.
Mérida, 6 de octubre de 2016.
El Secretario General de Educación,
RAFAEL RODRÍGUEZ DE LA CRUZ
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Miércoles, 2 de noviembre de 201628587
NÚMERO 210
RESOLUCIÓN de 11 de octubre de 2016, de la Consejera, por la que se resuelve la concesión de ayudas destinadas a financiar los gastos corrientes derivados del funcionamiento de Centros de Educación Infantil (0-3 años) para el ejercicio 2016. (2016061590)
De conformidad, con lo dispuesto en la Orden de 31 de marzo de 2016 (DOE núm. 70, de 13 de abril), por la que se realiza la convocatoria de subvenciones a Ayuntamientos destinadas a financiar el funcionamiento de Escuelas Infantiles (0-3 años) para el ejercicio 2016, a tenor de lo establecido en el artículo 5.4 y a propuesta del Secretario General de Educación, en uso de las atribuciones que tengo concedidas:
R E S U E L V O :
Primero. Conceder las ayudas a los Ayuntamientos que se especifican en el Anexo I de esta resolución por un total de 2.506.000,00 euros, con cargo a la aplicación presupuestaria 13.02.222A.460.00, código de superproyecto 2013 1302 9003, código de proyecto 2013.13.02 000300 de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extrema-dura para 2016.
Segundo. Denegar las ayudas que se especifican en el Anexo II, con mención de la causa de denegación.
Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, se podrá interponer potes-tativamente, recurso de reposición ante la Consejera de Educación y Empleo, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de la notificación de la misma (artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas), o interponer directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extrema-dura, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la notificación de la reso-lución (artículos. 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa).
Mérida, 11 de octubre de 2016.
La Consejera de Educación y Empleo,
MARÍA ESTHER GUTIÉRREZ MORÁN
Miércoles, 2 de noviembre de 201628588
NÚMERO 210
Miércoles, 2 de noviembre de 201628589
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Miércoles, 2 de noviembre de 201628590
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Miércoles, 2 de noviembre de 201628591
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Miércoles, 2 de noviembre de 201628592
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Miércoles, 2 de noviembre de 201628593
NÚMERO 210
Miércoles, 2 de noviembre de 201628594
NÚMERO 210
SERVICIO EXTREMEÑO DE SALUD
RESOLUCIÓN de 18 de octubre de 2016, de la Dirección Gerencia, por la que se resuelve la convocatoria de subvenciones para la realización de programas de prevención de conductas adictivas en municipios y mancomunidades para el año 2016. (2016061637)
Vistos los expedientes administrativos relativos a las subvenciones para la financiación de programas de prevención en conductas adictivas se dicta la presente Resolución teniendo en cuenta los siguientes:
HECHOS
Primero. Mediante orden de 9 de agosto de 2016 se convocan subvenciones para el año 2016, destinadas a Municipios y Mancomunidades para la realización de programas de prevención de conductas adictivas para el año 2016 (DOE n.º 160, de 19 de agosto de 2016), especificándose el objeto, condiciones y finalidad de la financiación, requisitos de las solicitudes, así como el procedimiento de concesión y el órgano competente para su resolución.
Segundo. Siguiendo el procedimiento administrativo establecido en la citada orden, se cons-tituye, con fecha 26 de septiembre de 2016, la Comisión de valoración, procediéndose a la evaluación de las solicitudes recibidas en plazo y según condiciones determinadas en el mismo. El día 17 de octubre de 2016, la comisión emite informe sobre la evaluación de las solicitudes presentadas.
Tercero. Con fecha 18 de octubre de 2016 la Directora General de Salud Pública formula, de acuerdo con el informe de la comisión de valoración, la siguiente propuesta de resolución:
1. Que se concedan las subvenciones previstas en la Orden de 9 de agosto de 2016, a las entidades relacionadas en el Anexo I.
2. Que se desestimen las solicitudes relacionadas en el Anexo II, con indicación del motivo de denegación.
3. Que se apruebe la relación ordenada de lista de espera contenida en el Anexo III con aquellas entidades que, cumpliendo los requisitos para adquirir la condición de beneficia-rios, no han sido estimadas por rebasarse la cuantía máxima del crédito fijado en la convocatoria, con indicación de la puntuación otorgada a cada una de ellas.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero. Mediante el decreto 72/2016, de 31 de mayo, se establecen las bases reguladoras de las subvenciones a otorgar por el Servicio Extremeño de Salud, (DOE n.º 107, de 6 de junio) dedicando el capítulo III a las subvenciones destinadas a Municipios y Mancomunida-des para la realización de programas de prevención de conductas adictivas.
Miércoles, 2 de noviembre de 201628595
NÚMERO 210
Segundo. En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 3.1 del citado Decreto, se aprueba la orden de 9 de agosto de 2016 por la que se convocan subvenciones para el año 2016, destinadas a Municipios y Mancomunidades para la realización de programas de prevención de conductas adictivas. (DOE n.º 160, de 19 de agosto de 2016).
Tercero. La mencionada Orden establece, en su artículo 6, que para la financiación de las subvenciones previstas en la misma se destinará una cantidad global de 154.501,00 € con cargo a las aplicaciones presupuestarias 39.01.212D.460 y 39.01.212D.461, código de proyecto de gasto 2006.39.01.0003 de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autóno-ma de Extremadura para el año 2016.
Cuarto. En virtud de lo dispuesto en el artículo 5.3 de la citada orden de 9 de agosto de 2016 la Directora General de Salud Pública dicta la oportuna Propuesta de Resolución al amparo del informe de la comisión de valoración.
Por cuanto antecede, de conformidad con la propuesta formulada por la Directora General de Salud Pública y según lo dispuesto en el artículo 5.4 de la Orden de 9 de agosto de 2016,
R E S U E L V O :
Primero. Conceder las subvenciones a las entidades incluidas en el Anexo I, en la cuantía que en el mismo se relacionan, con cargo a las aplicaciones presupuestarias 39.01.212D.460 y 39.01.212D.461 y código de proyecto de gasto 2006.39.01.0003 de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma para el año 2016, con indicación de la actividad subvencionada.
Segundo. Desestimar las subvenciones a las entidades relacionadas en el Anexo II de esta Resolución, con indicación para cada una de ellas el motivo de su denegación.
Tercero. Aprobar la relación ordenada de lista de espera contenida en el Anexo III, con aque-llas entidades que, cumpliendo los requisitos para adquirir la condición de beneficiarios, no han sido estimadas por rebasarse la cuantía máxima del crédito fijado en la convocatoria, con indicación de la puntuación otorgada a cada una de ellas.
Cuarto. Las entidades beneficiarias de esta subvención tienen la obligación de cumplir con lo establecido en la Orden de 9 de agosto de 2016 así como en los artículos del decreto 72/2016, de 31 de mayo, que les afecte.
Las entidades beneficiarias darán una adecuada publicidad al carácter público de la subven-ción incluyendo la mención “Junta de Extremadura. Servicio Extremeño de Salud” en las publicaciones, en la memoria o la restante documentación que realicen para la difusión de las actividades del proyecto en cumplimiento de lo dispuesto artículo 17.3 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Quinto. El abono de las subvenciones se realizará en la forma y en los términos establecidos en el artículo 10 de la Orden de convocatoria, quedando las entidades beneficiarias eximidas de la constitución de garantía con respecto a las cantidades abonadas anticipadamente en el marco de la presente subvención.
Miércoles, 2 de noviembre de 201628596
NÚMERO 210
Sexto. Siguiendo lo dispuesto en los artículos del 12 al 14 del Decreto 72/2016, de 31 de mayo, procederá la pérdida del derecho al cobro o el reintegro de las cantidades percibidas con la exigencia del interés de demora desde el momento del pago hasta la fecha en que se acuerde la procedencia del reintegro, cuando concurra algunas de las causas previstas en el artículo 43 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, y en los supuestos de incumplimiento de las obligaciones exigidas en esta resolución. Todo ello sin perjuicio de otras responsabilidades a que hubiera lugar.
La publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Extremadura, surtirá los efectos propios de la notificación de conformidad con el artículo 45 de la Ley 39/20165 de 1 de octu-bre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas en consonan-cia con el artículo 8 del decreto 72/2016, de 31 de mayo.
La presente resolución pone fin a la vía administrativa y contra la misma podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante este Órgano en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a su publicación en el Diario Oficial de Extremadura, según lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Se podrá interponer directamente recurso conten-cioso-administrativo ante el Juzgado contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de la publicación de esta resolución, según la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. En el supuesto de haber interpuesto recurso de reposición no se podrá impugnar en vía contencioso-administrativa hasta que se haya resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta de aquel. Todo ello, sin perjuicio de que el interesado pueda ejercitar cualquier otro que estime procedente.
Mérida, 18 de octubre de 2016.
El Director Gerente del Servicio Extremeño de Salud,
CECILIANO FRANCO RUBIO
Miércoles, 2 de noviembre de 201628597
NÚMERO 210
A N E X O I
N.º ENTIDAD CIF NOMBRE DEL PROGRAMA
IMPORTE
1.MANCOMUNIDAD DE MUNICIPIOS LA SERENA
P0600008GPrograma de Técnico de Prevención de Conductas Adictivas
9.800,00 €
2.MANCOMUNIDAD DE MUNICIPIOS VEGAS BAJAS
P0600013GPrograma de Técnico de Prevención de Conductas Adictivas
7.700,00 €
3.MANCOMUNIDAD DE MUNICIPIOS VALLE DEL JERTE
P1000027APrograma de Técnico de Prevención de Conductas Adictivas
3.819,45 €
4.MANCOMUNIDAD DE MUNICIPIOS SIBERIA
P5612701BPrograma de Técnico de Prevención de Conductas Adictivas
3.630,90 €
5.MANCOMUNIDAD DE MUNICIPIOS SIERRA SAN PEDRO
P6020701FPrograma de Técnico de Prevención de Conductas Adictivas
2.730,00 €
6.MANCOMUNIDAD DE MUNICIPIOS TENTUDIA
P5602601FPrograma de Técnico de Prevención de Conductas Adictivas
7.930,00 €
7.MANCOMUNIDAD MUNICIPIOS CENTRO
P0600064JPrograma de Técnico de Prevención de Conductas Adictivas
5.008,56 €
8.MANCOMUNIDAD DE MUNICIPIOS RIVERA FRESNEDOSA
G10166650Programa de Técnico de Prevención de Conductas Adictivas
3.240,00 €
9.MANCOMUNIDAD DE MUNICIPIOS RIBEROS DEL TAJO
P1000039FPrograma de Técnico de Prevención de Conductas Adictivas
1.518,75 €
Miércoles, 2 de noviembre de 201628598
NÚMERO 210
N.º ENTIDAD CIFNOMBRE DEL PROGRAMA IMPORTE
1.MANCOMUNIDAD MUNICIPIOS CENTRO
P0600064JPrograma de Actividades de Prevención de Conductas Adictivas
5.586,00 €
2.MANCOMUNIDAD DE MUNICIPIOS TAJOSALOR
G10141083Programa de Actividades de Prevención de Conductas Adictivas
3.500,00 €
3.MANCOMUNIDAD DE MUNICIPIOS TENTUDIA
P5602601FPrograma de Actividades de Prevención de Conductas Adictivas
1.820,00 €
4.MANCOMUNIDAD DE MUNICIPIOS LA SERENA
P0600008GPrograma de Actividades de Prevención de Conductas Adictivas
8.335,88 €
5.MANCOMUNIDAD DE MUNICIPIOS VEGAS BAJAS
P0600013G
Programa de Actividades de Prevención de ConductasAdictivas
1.960,00 €
6.MANCOMUNIDAD DE MUNICIPIOS GUADIANA
V06304208Programa de Actividades de Prevención de Conductas Adictivas
2.069,48 €
7.MANCOMUNIDAD SSB ZONA DE BARROS
P0600015BPrograma de Actividades de Prevención de Conductas Adictivas
2.100,00 €
8.MANCOMUNIDAD DE MUNICIPIOS VALLE DEL JERTE
P1000027APrograma de Actividades de Prevención de Conductas Adictivas
455,00 €
9.MANCOMUNIDAD DE MUNICIPIOS RIVERA FRESNEDOSA
G10166650Programa de Actividades de Prevención de Conductas Adictivas
2.535,00 €
10.MANCOMUNIDAD DE MUNICIPIOS SIBERIA
P5612701BPrograma de Actividades de Prevención de Conductas Adictivas
2.093,00 €
11.MANCOMUNIDAD DE MUNICIPIOS SIERRA SAN PEDRO
P6020701FPrograma de Actividades de Prevención de Conductas Adictivas
1.137,50 €
12.MANCOMUNIDAD DE MUNICIPIOS RIBEROS DEL TAJO
P1000039FPrograma de Actividades de Prevención de Conductas Adictivas
1.662,88 €
Miércoles, 2 de noviembre de 201628599
NÚMERO 210
N.º ENTIDAD CIF NOMBRE DEL PROGRAMA IMPORTE
1.MUNICIPIO DE DON BENITO
P0604400BPrograma de Técnico de Prevención de Conductas Adictivas
13.300,18 €
2.MUNICIPIO DE VILLANUEVA DE LA SERENA
P0615300APrograma de Técnico de Prevención de Conductas Adictivas
11.241,26 €
3. MUNICIPIO DE CORIA P1006800EPrograma de Técnico de Prevención de Conductas Adictivas
2.535,00 €
4.MUNICIPIO DE ALBURQUERQUE
P0600600APrograma de Técnico de Prevención de Conductas Adictivas
1.863,95 €
5. MUNICIPIO DE LLERENA P0607400IPrograma de Técnico de Prevención de Conductas Adictivas
2.100,00 €
6.MUNICIPIO DE VILLAR DEL REY
P0615500FPrograma de Técnico de Prevención de Conductas Adictivas
2.179,85 €
7.MUNICIPIO DE FUENTE DEL ARCO
P0605300CPrograma de Técnico de Prevención de Conductas Adictivas
903,10 €
N.º ENTIDAD CIF NOMBRE DEL PROGRAMA IMPORTE
1.MUNICIPIO DE DON BENITO
P0604400BPrograma de Actividades de Prevención de Conductas Adictivas
23.175,00 €
2.VILLANUEVA DE LA SERENA
P0615300APrograma de Actividades de Prevención de Conductas Adictivas
2.940,00 €
3. ALMENDRALEJO P0601100APrograma de Actividades de Prevención de Conductas Adictivas
5.782,00 €
4.VILLAFRANCA DE LOS BARROS
P0614900IPrograma de Actividades de Prevención de Conductas Adictivas
340,51 €
Miércoles, 2 de noviembre de 201628600
NÚMERO 210
5. OLIVENZA P0609500DPrograma de Actividades de Prevención de Conductas Adictivas
2.600,00 €
6. CORIA P1006800EPrograma de Actividades de Prevención de Conductas Adictivas
2.437,50 €
7.NAVALMORAL DE LA MATA
P1013400EPrograma de Actividades de Prevención de Conductas Adictivas
2.730,00 €
8. LLERENA P0607400IPrograma de Actividades de Prevención de Conductas Adictivas
386,75 €
9. ALBURQUERQUE P0600600APrograma de Actividades de Prevención de Conductas Adictivas
650,00 €
10.VILLANUEVA DEL FRESNO
P0615400IPrograma de Actividades de Prevención de Conductas Adictivas
465,55 €
11. FUENTE DEL ARCO P0605300CPrograma de Actividades de Prevención de Conductas Adictivas
237,95 €
Miércoles, 2 de noviembre de 201628601
NÚMERO 210
A N E X O I I
ENTIDAD CIF MOTIVO QUE ORIGINA LA EXCLUSIÓN
MUNICIPIO DE
BERLANGA
(PROGRAMA DE
ACTIVIDADES DE
PREVENCIÓN DE
CONDUCTAS
ADICTIVAS)
P0601900DPor rebasarse la cuantía máxima del
crédito fijado en la convocatoria
MUNICIPIO DE
JEREZ DE LOS
CABALLEROS
(PROGRAMA DE
ACTIVIDADES DE
PREVENCIÓN DE
CONDUCTAS
ADICTIVAS)
P0607000GSubsanación de documentación fuera
de plazo
Miércoles, 2 de noviembre de 201628602
NÚMERO 210
A N E X O I I I
PROGRAMA DE ACTIVIDADES DE PREVENCIÓN DE CONDUCTAS ADICTIVAS
ENTIDAD CIF PUNTOS VALORACIÓN
MUNICIPIO DE BERLANGA P0601900D 7
Miércoles, 2 de noviembre de 201628603
NÚMERO 210
IV ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE 1.ª INSTANCIA N.º 2 DE BADAJOZ
EDICTO de 13 de octubre de 2016 sobre notificación de sentencia dictada en el procedimiento ordinario n.º 1031/2015. (2016ED0153)
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
En el procedimiento de referencia se ha dictado la resolución del tenor literal siguiente:
SENTENCIA N.º 144/2016
En la ciudad de Badajoz, a 1 de septiembre de 2016.
Vistos por el Ilmo. Sr. don César José Fernández Zapata, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia número 2 de Badajoz, los presentes autos de Juicio Ordinario sobre reclamación de cantidad, seguido ante este Juzgado bajo el número 1.031/2015, a instan-cia de doña Raquel Centeno Blanco, representada por el Procurador don Federico García-Galán González y asistida por el Abogado don Eduardo Ángel Rodríguez Pastor, contra don Gonzalo Vaca Hurtado y don Pedro María Vaca Hurtado, declarados en situación de rebel-día procesal.
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero. Por el Procurador don Federico García-Galán González, en la representación indica-da y mediante escrito que, por turno de reparto, correspondió a este Juzgado presentó demanda de Juicio Ordinario, al que se le asignó el número 1.031 del año 2015, con fecha de entrada de 23 de octubre de 2.015 contra los demandados en la que, en síntesis, exponía que la actora y don Gonzalo Vaca Hurtado habían suscrito una escritura pública de reconoci-miento de deuda con fecha de 5 de septiembre de 2012 por importe de 28.000 €, del mismo modo que el día 17 de diciembre de 2012 ambos demandados habían firmado un nuevo documento de reconocimiento de deuda por cuantía de 50.000 €, que incluía la deuda antes indicada, pactando el fraccionamiento del pago y habiendo abonado tan solo parte de la primera cuota por importe de 1.500 €, sin que hubieran abonado el importe de la deuda pese al requerimiento efectuado.
Alegaba los fundamentos de derecho que tuvo por convenientes y terminaba suplicando que se dictara Sentencia por la que se condenara a los demandados a abonar a la actora la canti-dad de cuarenta y ocho mil quinientos euros (48.500 €), más los intereses moratorias y procesales, todo ello con expresa condena en las costas a los demandados.
Segundo. Admitida a trámite la demanda por Decreto de fecha 13 de noviembre de 2.015, previa subsanación del defecto procesal de falta de aportación del poder a favor del Procurador, apreciado por la Diligencia de Ordenación de 5 de noviembre del mismo
Miércoles, 2 de noviembre de 201628604
NÚMERO 210
año, y con examen de los requisitos de capacidad, representación y postulación, así como de jurisdicción y competencia, tanto objetiva como territorial, se dio traslado de la misma a los demandados, emplazándoles para contestar a la demanda dentro del térmi-no legal.
Tercero. La Diligencia de Ordenación de 13 de enero de 2016 declaró a los demandados en situación de rebeldía procesal y la Diligencia de Ordenación de 16 de mayo de los corrientes convocó a las partes a la celebración de la audiencia previa, para el día 13 de junio de 2016, a las 13:00 horas, en la Sala de Audiencias de este Juzgado.
Dicho acto tuvo lugar en la fecha prevista, concurriendo tan solo la parte actora que se afir-mó y ratificó en el escrito de demanda solicitando el recibimiento del pleito a prueba y propo-niendo como medio de prueba la documental aportada con el escrito de demanda, siendo admitida la prueba propuesta y, al tratase tan solo de la documental, quedaron las actuacio-nes vistas para resolver.
Cuarto. El acto de la audiencia previa fue documentado en soporte informático.
FUNDAMENTOS DE DERECHO.
Primero. En la presente causa la parte actora reclama a los demandados la suma de cuarenta y ocho mil quinientos euros (48.500 €) que adeudaban según el reconocimiento de deuda suscrito por las partes, que incluía también otro préstamo previo documentado por escrito. Los demandados no han comparecido en las actuaciones debidamente personados, debido a lo cual fueron declarados en situación de rebeldía procesal.
Segundo. En todo caso, la rebeldía procesal debe entenderse como una situación provisio-nal, ya que permite que el demandado se incorpore posteriormente al proceso, que le puede acarrear ciertas consecuencias negativas, como la pérdida de determinadas oportu-nidades de defensa de sus intereses y la total falta de información acerca de la marcha y vicisitudes del proceso, pero que solo muy excepcionalmente la Ley la equipara práctica-mente al allanamiento del demandado, debiendo entenderse como oposición tácita a las pretensiones de la demanda, sin relevar al actor de proceder a la cumplida prueba de sus alegaciones, en consonancia con la regulación del artículo 496.2 de la Ley de Enjuiciamien-to Civil.
Tercero. En el presente caso consta aportado en las actuaciones el documento de 17 de septiembre de 2012, firmado por los deudores y demandados, en el que don Gonzalo Vaca Hurtado y don Pedro María Vaca Hurtado reconocen adeudar a la demandante la cantidad de 50.000 € de forma solidaria, comprometiéndose a devolver dicha suma en mensualidades de 2.000 € cada una desde el mes de enero de 2013, dentro de los cinco primeros días de cada mes y determinando que el impago de dos mensualidades facultaba a la acreedora para exigir el abono total de la deuda.
Del mismo modo, la parte actora manifestó en el escrito de demanda que los deudores habían pagado una parte del primero de los plazos, en cuantía de 1.500 €, sin que se produ-jera ninguno posterior, en virtud de lo cual y como consta en las actuaciones se les requirió de pago del total de la deuda, en carta enviada por burofax el 1 de abril de 2013, sin que
Miércoles, 2 de noviembre de 201628605
NÚMERO 210
fuera atendido por los hermanos Vaca Hurtado, todo lo cual determina que la parte actora ha probado el hecho constitutivo de su pretensión, mientras que la demandada no ha justificado como le incumbía, por aplicación de las reglas de distribución de la carga de la prueba conte-nidas en el artículo 217 de la L.E.C., el pago de las cuotas de la deuda reconocida o la extin-ción de la obligación por cualesquiera de las causas admitidas en Derecho, de forma tal que, como no se ha personado en forma en las actuaciones, ninguna prueba se ha practicado al respecto.
Cuarto. Por lo tanto, la demanda deducida debe ser estimada en su integridad, condenando a don Gonzalo Vaca Hurtado y don Pedro María Vaca Hurtado al pago de la cantidad objeto de reclamación, por importe de cuarenta y ocho mil quinientos euros (48.500 €), al haberse acreditado el impago de la deuda, más los intereses moratorias legales desde la fecha del requerimiento de pago, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 1.100 y 1.108 del Código Civil, que establece que “Si la obligación consistiere en el pago de una cantidad de dinero, y el deudor incurriere en mora, la indemnización de daños y perjuicios, no habiendo pacto en contrario, consistirá en el pago de los intereses convenidos, y a falta de convenio, en el interés legal”.
Quinto. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 394 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, al ser de aplicación el criterio del vencimiento objetivo, por haberse estimado la demanda en su integridad, es procedente imponer las costas causadas en el procedimiento a la parte demandada.
Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación.
FALLO:
Que estimando, en su integridad, la demanda interpuesta por el Procurador don Federico Garcia-Galan González, en nombre y representación de doña Raquel Centeno Blanco, contra don Gonzalo Vaca Hurtado y don Pedro María Vaca Hurtado, en rebeldía procesal, debo condenar y condeno a la parte demandada a abonar a la actora la cantidad de cuarenta y ocho mil quinientos euros (48.500 €), más los intereses legales desde el requerimiento de pago. Todo ello con imposición de las costas procesales a la parte demandada.
Notifíquese esta resolución a las partes personadas.
La presente Sentencia no es firme, contra la misma se podrá interponer recurso de apelación para ante la Ilma. Audiencia Provincial de Badajoz, en este Juzgado, en el plazo máximo de veinte días desde la notificación de la Sentencia y previa acredita-ción de la constitución del depósito de 50 euros en la cuenta de consignaciones de este Juzgado y del abono, si procediera, de la correspondiente tasa judicial, con el apercibimiento de que, si no se observaren dichos requisitos, no se admitirá a trámite el recurso.
Miércoles, 2 de noviembre de 201628606
NÚMERO 210
Líbrese testimonio de esta resolución a los autos de su razón e incorpórese el original al Libro de Sentencias.
Por esta Sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.
E/.
EL MAGISTRADO-JUEZ.
Y como consecuencia del ignorado paradero de D. Gonzalo Vaca Hurtado y D. Pedro María Vaca Hurtado, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.
En Badajoz, a trece de octubre de dos mil dieciséis.
El/La Letrado de la Administración de Justicia
Miércoles, 2 de noviembre de 201628607
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JUZGADO DE 1.ª INSTANCIA N.º 4 DE BADAJOZ
EDICTO de 23 de septiembre de 2016 sobre notificación de sentencia dictada en el divorcio contencioso n.º 864/2015. (2016ED0151)
Juzgado de 1.ª Instancia n.º 4 de Badajoz.
Avenida de Colón, 4, 3.ª planta.
Teléfono: 924 28 42 54-55.
Fax: 924 28 43 31.
Equipo/usuario: ACV.
Modelo: N11550.
N.I.G.: 06015 42 1 2015 0007016.
DCT Divorcio Contencioso 0000864 /2015.
Procedimiento origen: /
Sobre otras materias.
Demandante D/ña. Estefanía Pérez Alvarin.
Procurador/a Sr/a. Francisco Javier Calatayud Rodíguez.
Abogado/a Sr/a. Jose Ramón García Salas.
Demandado D/ña. Jose María Castañeda Flores.E
Procurador/a Sr/a.
Abogado/a Sr/a.
SENTENCIA N.º 406/16
Magistrado Juez que la dicta: D.ª Marina Lopez de Lerma Fraisoli.
Lugar: Badajoz.
Fecha: 23.9.16.
Contra esta sentencia se puede interponer recurso de apelación. El recurso se interpondrá por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de veinte días hábiles contados desde el día siguiente de la notificación, conforme a lo establecido en el artículo 458 1.2 de la LEC, debiendo acreditar, el haber constituido en la cuenta de consignaciones de este Juzgado el depósito de 50 euros a que hace referencia la disposición adicional 15.ª de la Ley Orgánica 1/09, de 3 de noviembre, con el apercibimiento de que no se admitirá a trámite ningún recurso sin dicho requisito.
Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.
Miércoles, 2 de noviembre de 201628608
NÚMERO 210
V ANUNCIOS
CONSEJERÍA DE HACIENDA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA
RESOLUCIÓN de 10 de octubre de 2016, de la Secretaría General de Presupuestos y Financiación, por la que se hace pública la adjudicación de varios lotes y se declaran desiertos otros en el procedimiento de enajenación, mediante subasta pública, de vehículos y maquinaria en estado de chatarra y otros en circulación con necesidad de reparación, propiedad de la Comunidad Autónoma de Extremadura. Expte.: SUVPJUNTAEX-16-02. (2016061596)
1. ENTIDAD ADJUDICADORA:
a) Organismo: Consejería de Hacienda y Administración Pública.
b) Dependencia que tramita el expediente: Secretaría General de Presupuestos y Financia-ción. Servicio de Patrimonio.
c) Número de expediente: SUVJUNTAEX-16-02.
2. OBJETO:
a) Tipo de contrato: Contrato de carácter patrimonial.
b) Descripción del objeto: Enajenación mediante subasta de vehículos en estado de chata-rra y otros en circulación con necesidad de reparación propiedad de la Comunidad Autónoma de Extremadura que han dejado de ser necesarios para el ejercicio de las competencias y de los servicios públicos que le son propios.
c) Lotes: Sí. 13.
3. TRAMITACIÓN, PROCEDIMIENTO Y FORMA DE ADJUDICACIÓN:
a) Tramitación: Ordinaria.
b) Procedimiento: Subasta.
4. ADJUDICACIONES DEFINITIVAS:
a) Fecha: 6 de octubre de 2016.
b) Adjudicatarios e importes de adjudicación:
Lote n.º 1: Chatarra de vehículos turismo.
Adjudicatario:
— Movilidad Extremadura Card, SLU. CIF B06495519.
Importe de adjudicación: 5.600,00 €.
Miércoles, 2 de noviembre de 201628609
NÚMERO 210
Lote n.º 3: Motoniveladora.
Adjudicatario:
— Metales Especiales del Noroeste, SL (Desguaces Velázquez). CIF B34209742.
Importe de adjudicación: 2.633,03 €.
Lote n.º 4: Cabeza tractora 3973-CPV.
Adjudicatario:
— Prefabricados Sanz 2002, SL. CIF B06373344.
Importe de adjudicación: 7.001,00 €.
Lote n.º 5: Camión caja basculante + grua autocarga 9999-BGP.
Adjudicatario:
— Alberto Díaz Corrales. NIF 28948396K.
Importe de adjudicación: 6.290,00 €.
Lote n.º 6: Cabeza tractora 3966-CPV.
Adjudicatario:
— Metales Especiales del Noroeste, SL (Desguaces Velázquez). CIF B34209742.
Importe de adjudicación: 5.739,03 €.
Lote n.º 7: Cabeza tractora 7354-BLF.
Adjudicatario:
— Alberto Díaz Corrales. NIF 28948396K.
Importe de adjudicación: 5.265,00 €.
Lote n.º 8: Camión basurero 6806-BDN.
Adjudicatario:
— Metales Especiales del Noroeste, SL (Desguaces Velázquez). CIF B34209742.
Importe de adjudicación: 5.597,03 €.
Lote n.º 9: Semirremolque R-8820-BBN.
Adjudicatario:
— Metales Especiales del Noroeste, SL (Desguaces Velázquez). CIF B34209742.
Importe de adjudicación: 5.850,00 €.
Lote n.º 10: Semirremolque R-8821-BBN.
Adjudicatario:
— Metales Especiales del Noroeste, SL (Desguaces Velázquez). CIF B34209742.
Importe de adjudicación: 5.100,00 €.
Miércoles, 2 de noviembre de 201628610
NÚMERO 210
Lote n.º 11: Carretilla elevadora AUSA.
Adjudicatario:
— Rufino Torres Sánchez. NIF 4132415M.
Importe de adjudicación: 6.099,99 €.
5. DECLARADOS DESIERTOS:
a) Por falta de licitadores: Lote n.º 12: Cargadora Caterpillar y Lote n.º 13: Cargadora Komatsu.
b) Por resultar fallida la adjudicación por causa imputable al interesado, con pérdida para éste del Importe de la fianza provisional, y no existir ninguna otra oferta: Lote n.º 2: Chatarra de autocompactadores y camiones.
Licitador:
Metales Especiales del Noroeste, SL (Desguaces Velázquez). CIF B34209742.
Mérida, 10 de octubre de 2016. La Consejera de Hacienda y Administración Pública, PD El Secretario General de Presupuestos y Financiación (Resolución de 10 de agosto de 2015 —DOE n.º 154, de 11 de agosto—), ISIDORO NOVAS GARCÍA.
CONSEJERÍA DE ECONOMÍA E INFRAESTRUCTURAS
ANUNCIO de 10 de octubre de 2016 por el que se cita a los interesados para el levantamiento de actas previas a la ocupación en expediente de expropiación forzosa. Ref.: 10/AT-2224-2. (2016081376)
Por tener concedido el proyecto de Iberdrola Distr. Electrica, SAU, denominado reforma de la LAMT “pueblos” de la STR “Galisteo” entre los apoyos 1052 y 2109 en Holguera, del término municipal de Holguera, registrado con el número 10/AT-2224-2, la declara-ción de utilidad pública por Resolución del Servicio Ordenación Industrial, Energética y Minera de Cáceres, de fecha 23/03/2016 publicada en el DOE n.º 71, de fecha 14/04/2016 y, de conformidad con el artículo. 56 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, que establece que la declaración de utilidad pública lleva implícita la necesidad de ocupación de los bienes y derechos afectados e implica la urgente ocupa-ción a los efectos establecidos en el artículo. 52 de la Ley de Expropiación Forzosa de 16 de diciembre de 1954.
Este Servicio de Ordenación Industrial, Energética y Minera de Cáceres, convoca a los titula-res de los bienes y derechos afectados que figuran en relación adjunta para que comparez-can el día, hora y lugar señalados al final del presente escrito, para desde allí trasladarse
Miércoles, 2 de noviembre de 201628611
NÚMERO 210
posteriormente al terreno, si fuera necesario, y proceder al levantamiento de las Actas Previas a la Ocupación de las fincas afectadas.
A dicho acto deberán asistir los afectados, personalmente o bien representados por persona debidamente autorizada para actuar en su nombre, aportando los documentos acreditativos de su titularidad y el último recibo de la contribución, pudiendo hacerse acompañar a su costa, si lo estiman oportuno, de Peritos y Notario.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo. 56.2 del Reglamento de la Ley de Expro-piación Forzosa aprobado por Decreto de 26 de abril de 1957, los interesados, así como las personas que siendo titulares de derechos e intereses económicos directos sobre los bienes afectados que hayan podido ser omitidos de dicha relación, podrán formular por escrito ante este Servicio, hasta el día señalado para el levantamiento del Acta Previa, alegaciones a los solos efectos de subsanar posibles errores padecidos en la relación de los mismos.
RELACIÓN DE PROPIETARIOS, BIENES Y DERECHOS AFECTADOS
FINCA
AFECCIÓN
PROPIETARIOS APOYOS VUELO OCUP. TEMP.
Nº POLIG. PARC. PARAJE T.M
TIPO TERRENO NOMBRE Y APELLIDOS CANTIDAD m2 m m2 m2
13 8 18 BOTES DE SAN
MARCOS HOLGUERA LABOR ONÉSIMO MARTÍN RIVERO - - - - - - 87,05 522,3 435,25
14 8 45 BOTES DE SAN
MARCOS HOLGUERA LABOR ONÉSIMO MARTÍN RIVERO 1 (A12) 1,00 1,5 80,63 483,78 403,15
15 8 14 VIÑAS DE
PORTEZUELO HOLGUERA PASTOS JULIÁN BLÁZQUEZ SENDÍN - - - - - - 108,77 652,62 543,85
27 17 1 VACIATROJES HOLGUERA LABOR LORENZO EGIDO SANTOS 1 (A15) 1,00 2,25 207,87 1247,22 1039,35
38 9 3091 VIÑAS DE ABAJO HOLGUERA LABOR LORENZO EGIDO SANTOS 1 (A19) 1,00 2,25 61,59 369,54 307,95
39 9 3093 VIÑAS DE ABAJO HOLGUERA LABOR VICENTE FERNÁNDEZ MONTES - - - - - - 4,51 27,06 22,55
40 9 3092 VIÑAS DE ABAJO HOLGUERA LABOR VICENTE FERNÁNDEZ MONTES 1 (A20) 1,00 1,5 88,39 530,34 441,95
45 9 3046 VIÑAS DE ABAJO HOLGUERA LABOR REGINA EGIDO ARROYO - - - - - - 25,41 152,46 127,05
FECHA Y LUGAR LEVANTAMIENTO DE ACTAS PREVIAS
Ayuntamiento de Holguera, el día 9/11/2016 a las 10:30 horas.
Cáceres, 10 de octubre de 2016. El Jefe del Servicio de Ordenación Industrial, Energética y Minera de Cáceres, ARTURO DURÁN GARCÍA.
Miércoles, 2 de noviembre de 201628612
NÚMERO 210
CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE Y RURAL, POLÍTICAS AGRARIAS Y TERRITORIO
RESOLUCIÓN de 17 de octubre de 2016, de la Dirección General de Política Agraria Comunitaria, por la que se somete a trámite de audiencia e información pública el proyecto de Decreto sobre Organización y Funcionamiento del Registro de Explotaciones Agrarias de Extremadura. (2016061648)
De conformidad con lo preceptuado en el artículo 66.3 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, una vez elaborado el proyecto de Decreto sobre Organización y Funcionamiento del Registro de Explotaciones Agrarias de Extremadura, afectando el contenido de la norma proyectada a los derechos e intereses legítimos de los ciudadanos y aconsejándolo la naturaleza de la disposi-ción, procede acordar su sometimiento al trámite de audiencia e información pública, con la finalidad de que cualquier persona interesada pueda examinar el texto del proyecto y formu-lar las alegaciones o sugerencias que estime oportunas.
El plazo para formular alegaciones y sugerencias será de quince días contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Extremadura, período durante el cual el proyecto de Decreto sobre Organización y Funcionamiento del Registro de Explotaciones Agrarias de Extremadura, permanecerá expuesto para aquellas personas que quieran consultarlo en la Dirección General de Política Agraria Comunitaria, Servicio Registro de Explotaciones y Organismo Pagador, de la Consejería de Medio Ambiente y Rural, Políticas Agrarias y Territorio, sitas en avenida Luis Ramallo, s/n., de Mérida y en la siguiente direc-ción de internet: http://www.gobex.es/con03/proyectos-de-decreto-secretaria-general.
Mérida, 17 octubre de 2016. La Directora General de Política Agraria Comunitaria, PS, El Secretario General, Resolución de 16 de septiembre de 2015 (DOE n.º 180 de 17/09/2015), FRANCISCO JAVIER GASPAR NIETO.
• • •
RESOLUCIÓN de 20 de octubre de 2016, de la Dirección General de Política Agraria Comunitaria, por la que se somete a trámite de audiencia e información pública el proyecto de Decreto por el que se establecen las bases reguladoras y normas de aplicación del régimen de ayudas a la primera instalación de jóvenes agricultores en la Comunidad Autónoma de Extremadura. (2016061644)
De conformidad con lo preceptuado en el artículo 66.3 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, una vez elaborado el proyecto de Decreto por el que se establecen las bases reguladoras y normas de
Miércoles, 2 de noviembre de 201628613
NÚMERO 210
aplicación del régimen de ayudas a la primera instalación de jóvenes agricultores en la Comunidad Autónoma de Extremadura, afectando el contenido de la norma proyectada a los derechos e intereses legítimos de los ciudadanos y aconsejándolo la naturaleza de la disposi-ción, procede acordar su sometimiento al trámite de audiencia e información pública, con la finalidad de que cualquier persona interesada pueda examinar el texto del proyecto y formu-lar las alegaciones o sugerencias que estime oportunas.
El plazo para formular alegaciones y sugerencias será de quince días contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Extremadura, período durante el cual el proyecto de Decreto por el que se establecen las bases regulado-ras y normas de aplicación del régimen de ayudas a la primera instalación de jóvenes agri-cultores en la Comunidad Autónoma de Extremadura, permanecerá expuesto para aquellas personas que quieran consultarlo en la Dirección General de Política Agraria Comunitaria, Servicio de Ayudas Estructurales de la Consejería de Medio Ambiente y Rural, Políticas Agrarias y Territorio, sitas en avda. Luis Ramallo, s/n., de Mérida, así como en la siguiente dirección de internet:
http://www.gobex.es/con03/proyectos-de-decreto-secretaria-general
Mérida, 20 de octubre de 2016. La Directora General de Política Agraria Comunitaria, MARÍA YOLANDA GARCÍA SECO.
• • •
ANUNCIO de 19 de octubre de 2016 por el que se hace pública la formalización del contrato de servicio de “Elaboración del proyecto básico, estudio de viabilidad, evaluación ambiental estratégica y plan general de transformación de la zona regable de Tierra de Barros”. Expte.: 1633SE1FR195. (2016081359)
1. ENTIDAD ADJUDICATARIA:
a) Organismo: Consejería de Medio Ambiente y Rural, Políticas Agrarias y Territorio.
b) Dependencia que tramita el expediente: Secretaría General. Servicio de Contratación.
c) Número de expediente: 1633SE1FR195.
2. OBJETO DEL CONTRATO:
a) Tipo de contrato: Administrativo de Servicios.
b) Descripción del objeto: Servicio para la elaboración del proyecto básico, estudio de viabilidad, evaluación ambiental estratégica y plan general de transformación de la zona regable de Tierra de Barros (Badajoz).
c) Lote: No hay lotes.
Miércoles, 2 de noviembre de 201628614
NÚMERO 210
d) Boletín o Diario Oficial y fecha de publicación del anuncio de licitación: Diario Oficial de Extremadura de fecha 27 de mayo de 2016.
3. TRAMITACIÓN Y PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN:
a) Tramitación: Ordinaria.
b) Procedimiento: Abierto.
4. PRESUPUESTO TOTAL:
Importe total: 194.205,00 euros (21% IVA incluido).
5. FINANCIACIÓN:
Programa de desarrollo rural para Extremadura 2014-2020, Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural ( FEADER ) Medida 4: “ Inversiones en activos físicos”, Submedida 4.3 “ Apoyo a las inversiones en infraestructuras relacionadas con el Desarrollo, la Moderniza-ción o la Adaptación de la Agricultura y la Silvicultura”, Porcentaje: 75,00%.
6. ADJUDICACIÓN Y FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO:
a) Fecha de adjudicación: 5 de octubre de 2016.
b) Contratista: UTE TXT Ingeniería - MS Ingenieros (CIF: U06706956).
c) Importe de adjudicación: 124.025,00 (21% IVA incluido).
d) Fecha de formalización del contrato: 19 de octubre de 2016.
Mérida, 19 de octubre de 2016. El Secretario General (PD de la Consejera, Resolución de 16 de septiembre de 2015, DOE n.º 184 de 23 de septiembre), F. JAVIER GASPAR NIETO.
• • •
ANUNCIO de 24 de octubre de 2016 por el que se hace pública la convocatoria, por procedimiento abierto, para la contratación de la obra de “Construcción de torre de vigilancia en Sierra de Dios Padre, en el término municipal de Villanueva de la Sierra”. Expte.: 1654OB1FR712. (2016081380)
1. ENTIDAD ADJUDICATARIA:
a) Organismo: Consejería de Medio Ambiente y Rural, Políticas Agrarias y Territorio.
b) Dependencia que tramita el expediente: Secretaría General. Servicio de Contratación.
Miércoles, 2 de noviembre de 201628615
NÚMERO 210
c) Número de expediente: 1654OB1FR712.
2. OBJETO DEL CONTRATO:
a) Descripción del objeto: Construcción de torre de vigilancia en Sierra de Dios Padre, en el término municipal de Villanueva de la Sierra (Cáceres).
b) Lugar de ejecución: Comunidad Autónoma de Extremadura.
c) Plazo de ejecución: 6 meses.
d) CPV (Referencia de nomenclatura): 45000000-7, trabajos de construcción.
3. TRAMITACIÓN Y PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN:
a) Tramitación: Ordinaria.
b) Procedimiento: Abierto.
c) Criterios de adjudicación:
Criterios de adjudicación cuya valoración es automática:
— Proposición económica: Hasta 65 puntos.
— Extensión de la garantía: Hasta 4 puntos.
Criterios de adjudicación cuya valoración depende de un juicio de valor:
— Memoria constructiva, calidad y programa de trabajo: Hasta 26 puntos.
— Seguridad y salud: Hasta 5 puntos.
4. PRESUPUESTO TOTAL:
Base: 179.439,31 euros.
IVA (21,00%): 37.682,26 euros.
Importe total: 217.121,57 euros.
Valor estimado: 179.439,31 euros.
Anualidades:
2016
2017
10.856,10
206.265,47
euros.
euros.
5. GARANTÍAS:
Provisional: No procede.
Definitiva: 5,0% del importe de adjudicación (excluido el IVA).
6. OBTENCIÓN DE DOCUMENTACIÓN E INFORMACIÓN:
a) Entidad: La que figura en los apartados 1.a) y 1.b).
b) Domicilio: Avda. Luis Ramallo, s/n.
c) Localidad y código postal: Mérida - 06800.
Miércoles, 2 de noviembre de 201628616
NÚMERO 210
d) Teléfono: 924 - 002203 / 002633.
e) Telefax: 924 - 002435.
f) Página web: http://contratacion.gobex.es/
g) Fecha límite de obtención de documentos e información: La fecha límite de presenta-ción de ofertas.
7. REQUISITOS ESPECÍFICOS DEL CONTRATISTA:
a) Clasificación: No se requiere clasificación.
b) Solvencia económica y financiera, y solvencia técnica y profesional: Tal y como se especifica en el apartado 5 del Cuadro Resumen de Características que forman parte del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares como Anexo I.
8. PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS O DE LAS SOLICITUDES DE PARTICIPACIÓN:
a) Fecha límite de presentación: Hasta las 14:30 horas del día 5 de diciembre de 2016.
b) Documentos a presentar: Los que se reseñan en el Pliego de Cláusulas Administra-tivas Particulares: Sobre nominado “3”, conteniendo la oferta económica y docu-mentación para valoración de criterios cuantificables de forma automática, Sobre nominado “2”, conteniendo documentación para valoración de criterios cuya cuanti-ficación dependa de un juicio de valor y Sobre nominado “1”, conteniendo la docu-mentación relacionada en el punto 4.2. del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares. Todos los sobres deberán ir firmados y sellados por el licitador o su representante.
c) Lugar de presentación: Registro Único.
1.º Entidad: Consejería de Medio Ambiente y Rural, Políticas Agrarias y Territorio.
2.º Domicilio: Avda. Luis Ramallo, s/n.
3.º Localidad y código postal: Mérida - 06800.
d) Admisión de variantes: No se admiten variantes.
9. APERTURA DE LAS OFERTAS:
a) Entidad: Consejería de Medio Ambiente y Rural, Políticas Agrarias y Territorio.
b) Domicilio: Avda. Luis Ramallo, s/n.
c) Localidad: Mérida.
d) Fechas y horas:
— Documentación Administrativa (Sobre 1): 15 de diciembre de 2016 a las 13:00 horas, conforme a lo establecido en el punto 7.4. del Pliego de Cláusulas Administra-tivas Particulares. Mediante acto público se procederá a la comunicación del resulta-do de la revisión de la documentación administrativa y, en su caso, petición de subsanación de documentación. Concediéndose un plazo de tres días hábiles para la subsanación de los errores declarados como tales.
En el caso que ninguna empresa tuviera que realizar subsanaciones, y por tanto todas fuesen admitidas en la licitación, se procederá, en el acto público de esta
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primera sesión, a la apertura de las proposiciones correspondientes a la apertura del Sobre n.º 2.
— Documentación para valoración de criterios cuya cuantificación depende de un juicio de valor (Sobre 2): 22 de diciembre de 2016 a las 12:30 horas, conforme a lo establecido en el punto 7.5. del Pliego de Cláusulas Administrativas Parti-culares.
— Documentación para valoración de criterios cuya valoración es automática (Sobre 3): 23 de enero de 2017 a las 09:30 horas, conforme a lo establecido en el punto 7.5. del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares.
Asimismo, la información relativa al resultado de todas las mesas de contratación que se celebren, podrá ser consultada en el tablón de anuncios del Servicio de Contrata-ción de la Consejería de Medio Ambiente y Rural, Políticas Agrarias y Territorio, sita en avda. Luis Ramallo, s/n., de Mérida.
A los efectos establecidos en el artículo 53 del TRLCSP, el resultado de la calificación de la Documentación Administrativa y las demás sesiones, así como cualquier varia-ción en las fechas y horas indicadas para la celebración de las mesas, se hará público a través del Perfil de contratante en la siguiente dirección de internet:
http://contratacion.gobex.es.
10. CONDICIONES PARTICULARES O ESPECIALES DE CONTRATACIÓN:
Según lo previsto en el punto S) del Cuadro Resumen de Características.
11. FINANCIACIÓN:
FEADER ‘’Europa invierte en las zonas rurales”, Medida 8: Inversiones en el desarrollo de zonas forestales y mejora de viabilidad de los bosques, Submedida 8.3: Ayuda para la prevención de los daños causados a los bosques, desastres naturales y catástrofes, Actuación 8.3.2: Sistemas de prevención y defensa contra incendios.
12. GASTOS DE ANUNCIOS:
Los gastos ocasionados por la publicación del presente anuncio, serán abonados por el adjudicatario antes de la firma del contrato.
Mérida, 24 de octubre de 2016. El Secretario General (PD de la Consejera, Resolución de 16 de septiembre de 2015, DOE n.º 184 de 23 de septiembre), F. JAVIER GASPAR NIETO.
Miércoles, 2 de noviembre de 201628618
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CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y EMPLEO
ANUNCIO de 13 de octubre de 2016 por el que se da publicidad a la formalización del contrato de servicio de “Catering para comedores escolares y servicio de aulas matinales en centros públicos de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el curso escolar 2016/2017”. Expte.: SER1609001. (2016081368)
1. ENTIDAD ADJUDICADORA:
a) Organismo: Ente Público Extremeño de Servicios Educativos Complementarios de la Consejería de Educación y Empleo.
b) Dependencia que tramita el expediente: Unidad Económico Administrativa del Ente Público Extremeño de Servicios Educativos Complementarios de la Consejería de Educación y Empleo.
c) Número de Expediente: SER1609001.
d) Dirección de Internet del perfil del contratante:
http://contratacion.juntaextremadura.net
2. OBJETO DEL CONTRATO:
a) Tipo de contrato: Contrato de servicio.
b) Descripción del objeto: Servicio de catering para comedores escolares y servicio de aulas matinales en Centros Docentes de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
c) División por Lote s y número: Según Pliegos de Cláusulas Administrativas Particulares.
d) CPV: 55523100-3. Servicio de comida para escuelas.
e) CPA: 56.21.1. Servicio de catering.
f) Medio de publicación del anuncio de licitación: Diario Oficial de la Unión Europea, Bole-tín Oficial del Estado, Diario Oficial de Extremadura y perfil del contratante.
g) Fecha de publicación del anuncio de licitación: Diario Oficial de Extremadura, 4 de junio de 2014.
3. TRAMITACIÓN Y PROCEDIMIENTO:
a) Tramitación: Ordinario.
b) Procedimiento: Abierto.
4. VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO:
17.198.919,04 euros.
5. PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN:
7.643.964,02 euros.
— Importe (IVA Excluido): 7.643.964,02 euros.
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— Importe total (IVA incluido): 8.356.370,02 euros.
• Lote 1 Importe sin IVA: 689.821,48
• Lote 2 Importe sin IVA: 635.404,93
• Lote 3 Importe sin IVA: 922.864,82
• Lote 4 Importe sin IVA: 568.219,58
• Lote 5 Importe sin IVA: 977.896,56
• Lote 6 Importe sin IVA: 515.145,89
• Lote 7 Importe sin IVA: 526.372,91
• Lote 8 Importe sin IVA: 731.833,63
• Lote 9 Importe sin IVA: 598.285,66
• Lote 10 Importe sin IVA: 880.257,97
• Lote 11 Importe sin IVA: 597.860,59
6. FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO:
a) Fechas de adjudicación: 19 de agosto y 22 de agosto de 2016.
b) Fecha de formalización del contrato: 12 de septiembre de 2016.
c) Contratistas:
Lote EMPRESA OFERTA ECONÓMICA (sin IVA)
1 DESCANSO Y DEPORTE, SL 620.252,16 €
2 EUREST COLECTIVIDADES, SL 600.141,34 €
3 SERUNIÓN, S. A. 746.240,00 €
4 SERUNIÓN, S. A. 478.691,84 €
5 SERUNIÓN, S. A. 838.062,72 €
6 SERUNIÓN, S. A. 413.350,08 €
7 SERUNIÓN, S. A. 426.208,64 €
8 EUREST COLECTIVIDADES, SL 689.333,22 €
9 SERUNIÓN, S. A. 513.349,76 €
10 SERUNIÓN, S. A. 805.696,32 €
11 GESCOR, SA - EL MURO, SL 542.791,04 €
d) Importe o canon de adjudicación:
Importe neto: 6.674.117,12 euros.
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Impuesto sobre el Valor Añadido: 10% comedor escolar (619.140,88) euros.
Presupuesto total: 7.293.258 euros.
e) Ventajas de la oferta adjudicataria: Han resultado ser las ofertas económicamente más ventajosas según los criterios de adjudicación establecidos en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares.
Mérida, 13 de octubre de 2016. El Director del EPESEC (Resol. 16/12/2015, DOE n.º 245, de 23/12), JESÚS ROMERO MATEOS.
CONSEJERÍA DE SANIDAD Y POLÍTICAS SOCIALES
RESOLUCIÓN de 19 de octubre de 2016, de la Secretaría General de Arquitectura, Vivienda y Políticas de Consumo, por la que se hace pública la convocatoria, por procedimiento abierto y tramitación ordinaria, para la contratación de la obra de “Construcción de 5 VPP en Torreorgaz”. Expte.: 160191105OBR. (2016061645)
1. ENTIDAD ADJUDICADORA:
a) Organismo: Consejería de Sanidad y Políticas Sociales.
b) Dependencia que tramita el expediente: Secretaría General de Arquitectura, Vivienda y Políticas de Consumo.
c) Obtención de documentación e información:
1) Dependencia: Edificio de Servicios Administrativos “La Paz”.
2) Domicilio: Avda. de las Comunidades, s/n.
3) Localidad y código postal: Mérida 06800.
4) Teléfono: 924 332231.
5) Telefax: 924 332373.
6) Correo electrónico: [email protected].
7) Dirección de Internet del perfil del contratante: http://contratacion.gobex.es/
d) Número de expediente: 160191105OBR.
2. OBJETO DEL CONTRATO:
a) Tipo de contrato: Obra.
b) Descripción del objeto: Construcción de 5 VPP en Torreorgaz.
c) División por lotes y número: No procede.
Miércoles, 2 de noviembre de 201628621
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d) Lugar de ejecución/entrega: Comunidad Autónoma de Extremadura.
e) Plazo de ejecución/entrega: 10 meses.
f) Admisión de Prórroga: en los casos previstos en el TRLCSP y en el Cuadro Resumen del PCAP.
g) CPV (Referencia de Nomenclatura): 45211300-2.
3. TRAMITACIÓN Y PROCEDIMIENTO:
a) Tramitación: Ordinaria.
b) Procedimiento: Abierto.
c) Subasta electrónica: No procede.
d) Criterios de adjudicación:
Criterios de adjudicación cuya valoración es automática:
— Oferta económica, 50 puntos.
— Ampliación del plazo de garantía, 11 puntos.
Criterios de adjudicación cuya valoración depende de un juicio de valor:
— Memoria constructiva y programa de trabajo, 20 puntos.
— Seguridad y salud, 4 puntos.
— Medidas medioambientales, 10 puntos.
— Calidad social de la propuesta, 5 puntos.
4. PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN:
Importe neto: 322.363,64 €.
IVA (10%): 32.236,36 €.
Importe total: 354.600,00 €.
Valor estimado del contrato: 322.363,64 €.
5. GARANTÍAS EXIGIDAS:
Provisional: No se exige.
Definitiva: 5% del importe de adjudicación, IVA excluido. Artículo 95 del TRLCSP.
6. REQUISITOS ESPECÍFICOS DEL CONTRATISTA:
Aunque por la cuantía del contrato (inferior a 350.000,00 €) la clasificación no sea exigi-ble, aquellos licitadores que acrediten estar clasificados en el Grupo C, Subgrupo 2 y Cate-goría 2 y Grupo C, Subgrupo 4 y Grupo 2 (o la equivalente del RD 1098/2001 que resulta ser: Grupo C, Subgrupo 2, Categoría c y Grupo C, Subgrupo 4, Categoría c ), y en aplica-ción de lo establecido en el apartado 2 del artículo 74 del TRLCSP, están exentos de acre-ditar su solvencia por otros medios.
Miércoles, 2 de noviembre de 201628622
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a) Clasificación: No se exige.
b) Solvencia económica y financiera y solvencia técnica y profesional: Tal como se especi-fica en el apartado E del Cuadro Resumen de Características que forma parte del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares como Anexo I.
7. PRESENTACIÓN DE OFERTAS O DE SOLICITUDES DE PARTICIPACIÓN:
a) Fecha límite de presentación: Hasta las 14:00 horas del día 30 de noviembre de 2016.
b) Modalidad de presentación: Según lo especificado en el Pliego de Cláusulas Admi-nistrativas Particulares. Sobre 1: Documentación administrativa; Sobre 2: Docu-mentación para valoración de criterios cuya cuantificación dependa de un juicio de valor; Sobre 3: Documentación para valoración de criterios cuantificables de forma automática.
c) Lugar de presentación:
1. Dependencia: Edificio de Servicios Administrativos “La Paz” (Registro General).
2. Domicilio: Avda. de las Comunidades, s/n.
3. Localidad y código postal: Mérida 06800.
4. Dirección electrónica: No procede.
5. Teléfono: 924 33 23 13.
6. N.º fax para notificar envío por correo: 924 33 23 75.
d) Número previsto de empresas a las que se pretende invitar a presentar ofertas (proce-dimiento restringido): No procede.
e) Admisión de variantes, si procede: No.
f) Plazo durante el cual el licitador está obligado a mantener su oferta: Dos meses para la adjudicación a contar desde la apertura de las proposiciones de conformidad con el artículo 161.2 del TRLCSP.
8. APERTURA DE OFERTAS:
— Documentación General (Sobre 1): A los efectos establecidos en el art. 53 del TRLCSP, el resultado de la calificación de la Documentación General se hará público a través del perfil del contratante en la siguiente dirección de internet: http//contratacion.gobex.es y será comunicado verbalmente a los licitadores, a continuación del examen de dicha documentación, en la siguiente fecha, hora y lugar:
a) Entidad: Consejería de Sanidad y Políticas Sociales.
b) Domicilio: Edificio de Servicios Administrativos “La Paz”. Avda. de las Comunida-des, s/n.
c) Localidad: Mérida.
d) Fecha: 13/12/2016.
e) Hora: 11:30 horas.
Miércoles, 2 de noviembre de 201628623
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— Documentación para valoración de criterios cuya cuantificación depende de un juicio de valor (Sobre 2):
a) Entidad: Consejería de Sanidad y Políticas Sociales.
b) Domicilio: Edificio de Servicios Administrativos “La Paz”. Avda. de las Comunida-des, s/n.
c) Localidad: Mérida.
d) Fecha: 20/12/2016.
e) Hora: 12:30 horas.
— Documentación para la valoración de criterios cuya valoración es automática (Sobre 3):
a) Entidad: Consejería de Sanidad y Políticas Sociales.
b) Domicilio: Edificio de Servicios Administrativos “La Paz”. Avda. de las Comunida-des, s/n.
c) Localidad: Mérida.
d) Fecha: 30/12/2016.
e) Hora: 9:30 horas.
Cualquier variación en las fechas y horas indicadas para la celebración de las mesas se comunicará a través del perfil del contratante en la siguiente dirección de Internet:
http//contratacion.gobex.es.
9. GASTOS DE PUBLICIDAD:
De conformidad con el artículo 75 del Real Decreto 1098/2001 de 12 de octubre será de cuenta del adjudicatario del contrato la publicación, por una sola vez, de los anuncios de licitación en el Boletín Oficial del Estado o en los respectivos diarios o boletines oficiales en los supuestos a que se refiere el artículo 142 del TRLCSP.
10. FECHA DE ENVÍO DEL ANUNCIO AL DIARIO OFICIAL DE LA UNIÓN EUROPEA, EN SU CASO:
No procede.
11. FUENTE DE FINANCIACIÓN:
Fondo de Compensación
12. PERFIL DEL CONTRATANTE (ARTÍCULO 53 DEL TRLCSP):
http://contratacion.gobex.es/
Mérida, 19 de octubre de 2016. La Secretaria General de Arquitectura, Vivienda y Políticas de Consumo (PD Resolución de 11/02/2016, DOE núm. 38 de 25/02/2016), MARÍA ISABEL MORENO DUQUE.
Miércoles, 2 de noviembre de 201628624
NÚMERO 210
SERVICIO EXTREMEÑO DE SALUD
ANUNCIO de 26 de octubre de 2016, de la Gerencia del Área de Salud de Plasencia, por el que se hace pública la convocatoria, por procedimiento abierto y tramitación de urgencia, para la contratación del suministro para la “Adquisición, Instalación de un Sistema de Planificación del Servicio de Radioterapia para el Hospital “Virgen del Puerto” de Plasencia, dependiente de la Gerencia del Área de Salud de Plasencia”. Expte.: CS/07/1116061311/16/PA. (2016081405)
1. ENTIDAD ADJUDICATARIA:
a) Organismo: Junta de Extremadura, Consejería de Sanidad y Políticas Sociales, Servicio Extremeño de Salud.
b) Dependencia que tramita el expediente: Unidad de Contratación Administrativa, Área de Salud de Plasencia.
c) Número de expediente: CS/07/1116061311/16/PA.
2. OBJETO DEL CONTRATO:
a) Tipo de Contrato: Suministro.
b) Descripción del objeto: Suministro para la Adquisición, Instalación de un Sistema de Planificación del Servicio de Radioterapia para el Hospital “Virgen del Puerto” de Plasen-cia, dependiente de la Gerencia del área de Salud de Plasencia.
c) División por lotes y número: No.
d) Lugar de ejecución: Según se determina en el Cuadro Resumen de Características del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares.
e) Plazo de ejecución: 1 mes.
3. TRAMITACIÓN, PROCEDIMIENTO Y FORMA DE ADJUDICACIÓN:
a) Tramitación: Urgente.
b) Procedimiento: Abierto.
c) Forma de adjudicación: De acuerdo con los criterios especificados en el Cuadro Resu-men del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares.
4. PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN:
Importe sin IVA: 121.487,60 €.
Importe de IVA: 25.512,39 €.
Importe total: 147.000,00 € (incluido IVA).
Valor Estimado: 121.487,60 €.
Miércoles, 2 de noviembre de 201628625
NÚMERO 210
5. GARANTÍAS:
Provisional: No se requiere.
Definitiva: 5% del importe de adjudicación, excluido IVA.
Especial: No se requiere.
6. OBTENCIÓN DE DOCUMENTACIÓN E INFORMACIÓN:
a) Entidad: Gerencia del Área de Salud de Plasencia “Hospital Virgen del Puerto”.
b) Domicilio: Paraje de Valcorchero, s/n.
c) Localidad y Código postal: 10600 Plasencia.
d) Teléfono: 927 42 83 51.
e) Fax: 927 42 83 31.
f) Fecha límite de obtención de documentos e información: La misma que para la presen-tación de ofertas.
7. REQUISITOS ESPECÍFICOS DEL CONTRATISTA:
Solvencia económica y financiera y solvencia técnica: Ver apartado 5 del Cuadro Resumen de Características del PCAP.
8. PRESENTACIÓN DE LA OFERTAS O DE LAS SOLICITUDES DE PARTICIPACIÓN:
a) Fecha límite de presentación: Hasta el octavo día natural, contado a partir del siguiente al de la publicación del presente anuncio en el DOE Cuando el último día del plazo sea inhábil o sábado, se entenderá prorrogado al primer día hábil siguiente.
b) Documentación a presentar: Las especificadas en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares.
c) Lugar de Presentación:
1. Entidad: Registro General de la Gerencia del Área de Salud de Plasencia. Registro Planta Baja Hospital “Virgen del Puerto”.
2. Domicilio: Paraje de Valcorchero, s/n.
3. Localidad y Código Postal: Plasencia 10600.
d) Plazo durante el cuál el licitador estará obligado a mantener su oferta: 1 mes, a partir de la apertura de las ofertas.
e) Admisión de variantes: Ver Cuadro Resumen de Características del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares.
9. APERTURA DE LAS OFERTAS:
a) Entidad: Gerencia del Área de Salud de Plasencia.
b) Domicilio: Paraje de Valcorchero, s/n.
c) Localidad y Código Postal: Plasencia 10600.
d) Fecha y hora: Se publicará, con antelación suficiente, en el Perfil del contratante del Junta de Extremadura. https://contratacion.gobex.es/
Miércoles, 2 de noviembre de 201628626
NÚMERO 210
10. GASTOS DE ANUNCIO:
Por cuenta del/los adjudicatario/s.
11. FECHA DE ENVÍO DEL ANUNCIO AL DIARIO OFICIAL DE LA UNIÓN EUROPEA:
19 de noviembre de 2015.
12. FUENTE DE FINANCIACIÓN:
Comunidad Autónoma.
13. PERFIL DEL CONTRATANTE (ARTÍCULO 53 TRLCSP):
https://contratacion.gobex.es/
Plasencia, 26 de octubre de 2016. La Gerente del Área de Salud de Plasencia. D.ª IRENE FERNÁNDEZ-MATAMOROS GARCÍA.
AYUNTAMIENTO DE ARROYOMOLINOS
ANUNCIO de 7 de octubre de 2016 sobre aprobación inicial del Plan General Municipal. (2016081385)
Aprobado inicialmente el Plan General Municipal de Arroyomolinos, por Acuerdo del Pleno de fecha 29 de septiembre de 2016, de conformidad con lo establecido en los artículos 77.2.2 de la Ley 15/2001, de 14 de diciembre, del Suelo y Ordenación Territorial de Extremadura y 121.2 del Reglamento de Planeamiento de Extremadura aprobado por Decreto 7/2007, de 23 de enero, se somete a información pública por el plazo de 45 días a contar desde el día siguiente al de publicación del presente anuncio.
Toda la documentación podrá ser examinada en las dependencias municipales por cualquier interesado, a fin de que se formulen las alegaciones que se estimen pertinentes.
Arroyomolinos, 7 de octubre de 2016. El Alcalde, ANTONIO SOLÍS BALSET.
JUNTA DE EXTREMADURAConsejería de Hacienda y Administración PúblicaSecretaría General
Avda. Valhondo, s/n. 06800 MéridaTeléfono: 924 005 012 - 924 005 114e-mail: [email protected]