Date post: | 21-Jul-2015 |
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Health & Medicine |
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Respuesta Fakolith FCS a la Seguridad Alimentaria
Inscrita en el Registro Mercantil de Tarragona, en el tomo 2466 de Sociedades, folio 215, hojanºT-39702, Inscripción 1ª
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DECLARACIÓN DE CONFORMIDAD
Declaración sólo válida con factura de compra del/los producto/s citado/s, que indique cantidad de l. - Kg. adquiridos, dato que determinará aprox. m² aplicados
Tortosa, 18/11/2013
Empresa: FAKOLITH CHEMICAL SYSTEMS SLU CIF: B-43967579 Domicilio: Polig. Ind. Baix Ebre, C/ D, Parc. 61 Población: 43500 Tortosa (Spain) Telf.: (+34) 977 454 000 [email protected] RSIPAC vigente: 39.05377/CAT - Registro Sanitario de industrias y productos alimentarios Para el/los producto/s: DISPERLITH, DISPERLITH INDUSTRY, DISPERLITH ELASTIC, DISPERLITH HYGIENIC Material: Pintura acrílica de un componente con alta resistencia de film a microorganismos. Uso principal previsto: Para paredes y techos en instalaciones de la industria alimentaria, sector sanitario hospitales e industria en general, (cuyas superficies no estén en contacto directo con alimentos y bebidas, en dicho caso utilice FK-45). Detalles de cada pintura en su ficha técnica. CERTIFICA: Que los materiales u objetos plásticos, los productos de fases intermedias de su fabricación o las sustancias del/los recubrimiento/s DISPERLITH, cumple con la legislación Técnico Sanitaria y química aplicable que se detalla a continuación: - REGLAMENTO (CE) 2023/2006 DE LA COMISIÓN de 22 de diciembre de 2006 sobre buenas prácticas de
fabricación de materiales y objetos destinados a entrar en contacto con alimentos. - DIRECTIVA 2004/42/CE DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO, de 21 de abril de 2004, relativa
a la limitación de las emisiones de compuestos orgánicos volátiles (COV) debidas al uso de disolventes orgánicos en determinadas pinturas y barnices y en los productos de renovación del acabado de vehículos, por la que se modifica la Directiva 1999/13/CE.
- REGLAMENTO (CE) 1907/2006 DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO, de 18 de diciembre de 2006, relativo al registro, la evaluación, la autorización y la restricción de las sustancias y preparados químicos (REACH), por el que se crea la Agencia Europea de Sustancias y Preparados Químicos, se modifica la Directiva 1999/45/CE y se derogan el Reglamento (CEE) nº 793/93 del Consejo y el Reglamento (CE) nº 1488/94 de la Comisión así como la Directiva 76/769/CEE del Consejo y las Directivas 91/155/CEE, 93/67/CEE, 93/105/CE y 2000/21/CE de la Comisión
- REGLAMENTO (CE) 1272/2008 DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO, de 16 de diciembre de 2008, sobre clasificación, etiquetado y envasado de sustancias y mezclas, y por el que se modifican y derogan las Directivas 67/548/CEE y 1999/45/CE y se modifica el Reglamento (CE) no 1907/2006.
- REGLAMENTO (UE) 528/2012 DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO (BPR), de 22 de mayo de 2012, relativo a la comercialización y el uso de los biocidas, y según sus art. nº3 (I) y nº58, se trata de un Artículo Tratado.
- Su uso contribuye positivamente al cumplimiento de las mejores condiciones de asepsia para industrias de la cadena alimentaria, de sistemas de calidad alimentaria como IFS, BRC y otros.
Cumple con los siguientes estándares de CALIDAD:
o Conservación de película seca (Dry Film)
Inscrita en el Registro Mercantil de Tarragona, en el tomo 2466 de Sociedades, folio 215, hojanºT-39702, Inscripción 1ª
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DECLARACIÓN DE CONFORMIDAD
Declaración sólo válida con factura de compra del producto citado, que indique cantidad de l. - Kg. adquiridos, dato que determinará aprox. m² aplicados
Tortosa, 18/11/2013
Empresa: FAKOLITH CHEMICAL SYSTEMS SLU CIF: B-43967579 Domicilio: Polig. Ind. Baix Ebre, C/ D, Parc. 61 Población: 43500 Tortosa (Spain) Telf.: (+34) 977 454 000 [email protected] RSIPAC vigente: 39.05377/CAT - Registro Sanitario de Industrias y productos alimentarios Producto: FAKOLITH FK-45 Material: Recubrimiento epoxi de dos componentes para superficies que deban o puedan estar en contacto directo o por condensación con alimentos y bebidas. Uso principal previsto: Para suelos, paredes, techos, depósitos y materiales diversos de instalaciones de la industria alimentaria, sector sanitario, e industria en general. Tipo de alimentos autorizados: Todos los tipos de alimentos y bebidas, de acuerdo con los ensayos realizados para tal efecto, siempre que se sigan las indicaciones de la ficha técnica. CERTIFICA: Que los materiales u objetos plásticos, los productos de fases intermedias de su fabricación o las sustancias del recubrimiento Fakolith FK-45 componente A y B, cumplen con la legislación Técnico Sanitaria aplicable que se detalla a continuación: - REGLAMENTO (CE) 1935/2004/CE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de octubre de
2004, sobre los materiales y objetos destinados a entrar en contacto con alimentos y por el que se derogan las Directivas 80/590/CEE y 89/109/CEE, y, en particular, su artículo 5, apartado 1, letras a), c), d), e), f), h), i), j) y k).
- Reglamento (CE) 1895/2005 DE LA COMISIÓN de 18 de noviembre de 2005. Así como REAL
DECRETO 12/2005, de 14 de enero, por el que se modifica el Real Decreto 293/2003, de 7 de marzo, relativo a la utilización de determinados derivados epoxídicos en materiales y objetos destinados a entrar en contacto con alimentos.
- REGLAMENTO (CE) 2023/2006 DE LA COMISIÓN de 22 de diciembre de 2006 sobre buenas
prácticas de fabricación de materiales y objetos destinados a entrar en contacto con alimentos.
- REGLAMENTO (CE) 10/2011 DE LA COMISIÓN, de 14 de enero de 2011, sobre materiales y objetos plásticos destinados a entrar en contacto con alimentos, y que deroga la Directiva 2002/72/CE de la Comisión de 6 de agosto de 2002, relativa a los materiales y objetos plásticos destinados a entrar en contacto con productos alimenticios, y que a su vez deroga Real Decreto 866/2008, de 23 de Mayo de 2008. Así como con el Reglamento (UE) Nº 1282/2011 de la Comisión de 28 de noviembre de 2011, por el que se modifica y corrige el Reglamento (UE) nº 10/2011 sobre materiales y objetos plásticos destinados a entrar en contacto con alimentos.
Respuesta Fakolith FCS a la Seguridad Alimentaria
-‐°©-‐ FK-‐45 cumple con las limitaciones expuestas por los Reglamentos anteriores con la migración de las siguientes sustancias: o Migraciones Globales 1. simulantes A, B, C y D2 (a 10 días y 40°C), según ensayos de migración en base a normas UNE-‐EN 1186-‐1:2002 y UNE-‐EN 1186-‐3:2002 y con cer>ficados nº1792/11/7794, nº 1792/11/10400, nº 1792/11/10401, nº 1792/12/7384 y nº1792/12/3987, realizados por APPLUS+. 2. Simulantes D2, Isooctano, (a 2 días y 20°C, OM2), según ensayos de migración en base a normas ME.E.00/31 y e informe nº1322087 realizado por el CNTA. 3. Simulantes C, Etanol 20%, (a 1 hora y 100°C, OM4), según ensayos de migración en base a normas ME.E.00/31 y e informe nº1315261 realizado por el CNTA. o Migración específica: 1. La suma de los niveles de migración de: BADGE, BADGE.H2O, BADGE.2H20, no supera el límite de 9 mg/6 dm2. En base al método ME.E.24 e informe 1310115 realizado por el CNTA. 2. La suma de los niveles de migración de: BADGE.HCl, BADGE.2HCl, BADGE.H20.HCl, no supera el límite de 1 mg/6dm2. En base al método ME.E.24 e informe 1310115 realizado por el CNTA. 3. BISFENOL A, no supera el límite de 0.6 mg/Kg alimento. En base al método ME.E.00/09 e informe 1310114 realizado por el CNTA.
Respuesta Fakolith FCS a la Seguridad Alimentaria
CERTIFICA: Que los materiales u objetos plás>cos, los productos de fases intermedias de su fabricación o las sustancias del recubrimiento Fakolith FK-‐45 componente A y B, cumplen con la legislación Técnico Sanitaria aplicable que se detalla a con>nuación: -‐°©-‐ REGLAMENTO (CE) 1935/2004/CE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de octubre de 2004, sobre los materiales y objetos des>nados a entrar en contacto con alimentos y por el que se derogan las Direc>vas 80/590/CEE y 89/109/CEE, y, en par>cular, su arlculo 5, apartado 1, letras a), c), d), e), f), h), i), j) y k). -‐°©-‐ Reglamento (CE) 1895/2005 DE LA COMISIÓN de 18 de noviembre de 2005. Así como REAL DECRETO 12/2005, de 14 de enero, por el que se modifica el Real Decreto 293/2003, de 7 de marzo, rela>vo a la u>lización de determinados derivados epoxídicos en materiales y objetos des>nados a entrar en contacto con alimentos. -‐°©-‐ REGLAMENTO (CE) 2023/2006 DE LA COMISIÓN de 22 de diciembre de 2006 sobre buenas prác>cas de fabricación de materiales y objetos des>nados a entrar en contacto con alimentos. -‐°©-‐ REGLAMENTO (CE) 10/2011 DE LA COMISIÓN, de 14 de enero de 2011, sobre materiales y objetos plás>cos des>nados a entrar en contacto con alimentos, y que deroga la Direc>va 2002/72/CE de la Comisión de 6 de agosto de 2002, rela>va a los materiales y objetos plás>cos des>nados a entrar en contacto con productos alimen>cios, y que a su vez deroga Real Decreto 866/2008, de 23 de Mayo de 2008. Así como con el Reglamento (UE) Nº 1282/2011 de la Comisión de 28 de noviembre de 2011, por el que se modifica y corrige el Reglamento (UE) nº 10/2011 sobre materiales y objetos plás>cos des>nados a entrar en contacto con alimentos.
Respuesta Fakolith FCS a la Seguridad Alimentaria
o Ensayos mecánicos: 1. UNE EN ISO 5470-‐1:1999, Determinación de la resistencia a la abrasión, cumpliendo con la especificación según la norma UNE EN 1504-‐2:2005 de una pérdida de peso inferior a 3.000 mg, según ensayo nº13_02202, realizado por TECNALIA Research & Innova>on. o Ensayos organolép>co: 1. Simulante Graso, según normas de referencia UNE-‐ISO 6658:2008, UNE-‐ISO4121:2006, UNE-‐EN ISO 4120:2008, EN 1186-‐1, ISO 13302, No se encuentran olores ni sabores alpicos en la muestra de chocolate con leche incubada con las probetas a analizar, según informe 1322088 realizado por el CNTA el 10/10/2013. Por lo tanto garan>zamos su ap>tud para el uso previsto.
Clemente Fernández Tornero (Responsable de calidad e I+D+i)