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UNIVERSIDAD SAN JUAN DE LA CRUZ
CARRERA DE DERECHO
DERECHO DE OBLIGACIONES II
Los Derechos Reales de Garantía
MARBETH CASTILLO VALVERDEJERRY GONZÁLEZ TREJOS
Los Derechos Reales de Garantía
Sobre Cosa Ajena
Derechos
Derechos Reales
Sobre Cosa Propia
Propiedad
Sobre Cosa Ajena
De Goce
Servidumbres Enfiteusis Superfici
e
De Garantía
Prenda Hipoteca
Derechos Personales o de Crédito
Acreedor y Deudor
Derechos Reales de Garantía
Llamados así, porque son constituidos a favor de un acreedor para reforzar el cumplimiento de la
obligación por parte del deudor
Fiducia Cum Creditore Contracta
Prenda Hipoteca
• Derechos Accesorios
•Garantizan•Acreedor y Deudor
Fiducia Cum Creditore Contracta
Contrato de Buena fe con el acreedor.
Implica la venta de una cosa por mancipatio o por in iure cessio, que hace el deudor al acreedor,
para garantizarle el cumplimiento o pago de su crédito.
Seguido por un Pacto de Fiducia… Garantía de regresar el bien.
Enajenación con Fiducia.
Inconvenientes para el Deudor.
Quitarle uso al objeto.
El acreedor lo vendía.
No poder utilizar el objeto para conseguir mas prestamos.
El deudor solo tenia la acción personal fiducia contra el acreedor.
Acción Personal Fiduciæ.
El Pignus
Viene de puño.
Entrega, Tradición o Convención.
Objeto dado en prenda, solo
posesión.
Furtum Usus.
Se convenía entre las partes que…En caso de no ser
pagado, el acreedor vendía el objeto.
Cuando el convenio no indica que el acreedor puede
vender…
En caso de no ser pagado …
Si el acreedor decide vender…
Recibir el importe del crédito en
manos…Carácter de
Indivisibilidad…
Perdida o arrebato del objeto…
Posesión Interdictal Detentación Procuratio in rem suam
Pignus Gordianum: La prenda se extingue cuando
la deuda se paga, pero Gordiano dispuso la
subsistencia.
Anticresis: Servirse del bien o de los frutos
para el pago de intereses. %
Hipoteca
Antecedentes:
Se introducían en un campo los aperos y animales llamados Invecta et illanta los cuales garantizaban el pago de la renta o merces.
El interdictum salvianum (sin medios jurídicos)
Acción Serviana (con medios jurídicos)
Acción quasi serviana o hipotecaria
Concepto y complementos de la hipoteca
Derecho Real que gravita sobre un bien afectado al cumplimiento de una obligación.
Beneficio
Deudor
- No perdía la posesión.
- Mas créditos
Acreedor
- Derecho de persecución por la
acción serviana
Un objeto puede hipotecarse con varios acreedores.
Si se tiene un Derecho Personal (crédito) la
garantía es el patrimonio
Si se reduce, el crédito puede no pagarse o pagarse menos.
Se unen los acreedores para vender los bienes
del deudor
Derechos del Acreedor
Preferencia
*Contra acreedores
quirografarios.*Se acaba
vendiendo la cosa.*El 1ro tiene mas derechos que los
demás acreedores.
Persecución
*Derecho en contra de los detentadores.
Excepciones del detentador…
a) Acreedor preferente.b) Pagar al acreedor.
c) Pedirle que vaya con el
deudor (beneficio de discusión puesto por Justiniano)
Venta
- Ius vendendi- Ius distrahendi* Para pagar su
crédito*3 notificaciones* Justiniano (una
notificación, espera 2 años para vender)
Requisitos de la hipoteca
La existencia de una deuda, por ser un derecho accesorio.
La cosa hipotecada debe ser objeto de venta. (derecho de preferencia que se otorga al acreedor, es sobre
el precio).
El constituyente debe ser propietario de la cosa y capaz de enajenar.
Características de la Hipoteca
Es un derecho real accesorio que supone una deuda cuya pago.
Porcion divisa o indivisa de la cosa hipotecada Garantiza toda la deuda.
La hipoteca Garantiza:
Suerte principal
Se extie
nde a t
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os acces
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os
de la c
osa y las
mej
oras
que reci
ba.
Principales Aplicaciones Indivisibles de la Hipoteca
Si el propietario
vende la cosa en partes cada
adquiriente esta obligado
hipotecariamente por el total
de la deuda.
Cuando el bien hipotecado
pasa a varios copropietarios.
Si el acreedor muere dejando
varios herederos y uno de ellos
recibe el pago de su parte.
Si el que muere es el deudor y
deja varios herederos.
Cosas Susceptibles de Hipoteca
Corporales
Todos Susceptibles a ser vendidas.
*Muebles*Inmuebles
Constitución de la Hipoteca
Pacto (sancionado por pactus vestitum)
Testamento (Cuius,
legatarios, bienes)
Hipotecas tácitas (interpretación de
voluntad, o favor a un acreedor incapaz)
Se divide en:* Especial & General.
Tienen una hipoteca tácita especial:
El arrendador de un fundo rural sobre los frutos y cosechas.
La hipoteca del arrendador de una casa, sobre todos los muebles y objetos.El derecho de Justiniano, la hipoteca de los legatarios sobre los bienes de la sucesión.Tienen una hipoteca tácita general:
El fisco, sobre bienes de administradores y deudores (predial).
Los pupilos y los menores de veinticinco años sobre tutores y curadores.
La mujer casada y sus herederos para la devolución de la dote.
Conflicto entre acreedores hipotecarios
El primero era el único que podía hacerse entregar la cosa
-“Si un segundo acreedor hubiese convenido una hipoteca, podría quitársela a cualquier poseedor, excepto al primer acreedor o quien hubiera comprado de el”
Delito de estelionato.- No avisar que la cosa estaba hipotecada. (Fraude)
“Primero en tiempo, primero en derecho.”(prior tempore, potior iure)
Los acreedores hipotecarios posteriores tienen el ius offerendæ pecuniæ, esto es, que pueden desinteresar al acreedor que se encuentra en primer término pagándole su crédito.
Primicia de hipotecas sobre otras
La regla sicut prior es tempore, ita potior iure, tenia excepciónes.
• La de la mujer• La de los incapaces• La del fisco• La de las ciudades
Por razón de la calidad del acreedor o por causa del empleo que se dio al crédito.
• La del acreedor, presto el dinero en mejoras de la ciudad.• La de aquel que ha depositado el dinero en un cambista• La de aquel que ha pagado los gastos funerarios
Entre las primeras tenemos:
Entre las segundas:
Extinción de la hipoteca
Se extingue por vía de Consecuencia o Directamente.
Consecuencia… (pago de la deuda)
Directamente…
Por la venta de la cosa, extingue hipotecas posteriores, no anteriores.Por la renuncia del acreedor.Por confusión.Por la perdida de la cosa.Por la prescripción extintiva de cuarenta años.Por la præscripto longi temporis.
Defectos del sistema hipotecario romano
Falta de publicidad.
El acreedor prácticamente descansaba en la buena fe del deudor, para saber si el bien estaba o no hipotecado.
Desmedida preferencia que tenia el primer acreedor hipotecario.
Numerosas hipotecas tacitas que existían a favor de distintos acreedores.
Gracias por su
atención.
Fuente: google/search