1DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 6 de Septiembre de 2016.
S U M A R I O
1REPUBLICA DE EL SALVADOR EN LA AMERICA CENTRAL
TOMO Nº 412 SAN SALVADOR, MARTES 6 DE SEPTIEMBRE DE 2016 NUMERO 164
Dirección: 4a. C. Pte. y 15 Av. Sur # 829 S.S. Tel.: 2527-7800 • Página Web: www.imprentanacional.gob.sv • Correo: diarioofi [email protected]
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DIRECTOR: Edgard Antonio Mendoza Castro
DIARIO OFI CIAL
ORGANO EJECUTIVO
MINISTERIO DE HACIENDA
RAMO DE HACIENDA
Acuerdo No. 1233.- Se deja sin efecto el Acuerdo Ejecutivo No. 1330, de fecha 19 de julio de 2013, mediante el cual se aprobó la Resolución No. 1-CDF-1012/13, de fecha 11 de julio de 2013, emitida por el Consejo Directivo del Fondo Salvadoreño para Estudios de Preinversión. ...........................................................
MINISTERIO DE ECONOMÍA
RAMO DE ECONOMÍA
Acuerdo No. 1164.- Se modifi ca el ordinal 1º del Acuerdo No. 668 de fecha cuatro de mayo de dos mil quince. ................
Acuerdo No. 1166.- Se autoriza a la sociedad DHL Zona Franca (El Salvador), Sociedad Anónima de Capital Variable, para que además de operar en sus instalaciones ubicadas en Zona Franca San José, también pueda operar en la Zona Franca Miramar. .....................................................................................
MINISTERIO DE LA DEFENSA NACIONAL
RAMO DE LA DEFENSA NACIONAL
Acuerdo No. 152.- Se otorga condecoración Estrella “Por Servicios Distinguidos”, al Mayor José Carlos Linares Álvarez, Agregado de Defensa Aéreo y Naval de los Estados Unidos de América, acreditado en El Salvador. ..........................................
Acuerdo No. 156.- Se Transfi ere al señor Sgto. 1º Jorge Ignacio Ortíz Pérez, dentro del Escalafón General de Subofi ciales de la Fuerza Armada, en la Categoría de las Armas, de la Situación Activa, a la Situación de Reserva. .............................................
ORGANO JUDICIAL
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
Acuerdos Nos. 595-D y 643-D.- Autorizaciones para ejercer la profesión de abogado en todas sus ramas. .............................
Acuerdo No. 666.-D- Se modifi ca el Acuerdo No. 597-D, de fecha trece de julio de dos mil quince, a favor de la Licenciada Yanci Elizabeth Flores Reyes. ...................................................
INSTITUCIONES AUTÓNOMAS
ALCALDÍAS MUNICIPALES
Decreto No. 2.- Reforma a la Ordenanza Ambiental de Protección del Ambiente y Recursos Naturales del municipio de Gualococti, departamento de Morazán. ................................
Decreto No. 3.- Reforma a la Ordenanza de Tasas por Servicios del municipio de Gualococti, departamento de Morazán. ....................................................................................
Decretos Nos. 5 y 6.- Reforma a las Ordenanzas de Presupuesto de Ingresos y Egresos del Municipio de Zacatecoluca, departamento de La Paz. ............................................................
-La Dirección de la Imprenta Nacional hace del conocimiento que toda publicación en el Diario Ofi cial se procesa por transcripción directa y fi el del original, por consiguiente la institución no se hace responsable por transcripciones cuyos originales lleguen en forma ilegible y/o defectuosa y son de exclusiva responsabilidad de la persona o institución que los presentó. (Arts. 21, 22 y 23 Reglamento de la Imprenta Nacional).
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Estatutos de las Asociaciones de Desarrollo Comunal “Lotifi cación San Antonio, Caserío La Nueva, Cantón San Julián” y “Colonia Marabú Sur” y Acuerdos Nos. 1 y 6, emitidos por las Alcaldías Municipales de Acajutla y San Marcos, aprobándolos y confi riéndoles el carácter de persona jurídica. ........................
SECCION CARTELES OFICIALES
DE PRIMERA PUBLICACION
Aceptación de Herencia ..................................................
Aviso de Inscripción ........................................................
DE SEGUNDA PUBLICACION
Aceptación de Herencia ..................................................
DE TERCERA PUBLICACION
Aceptación de Herencia ..................................................
Título Supletorio .............................................................
Título de Dominio............................................................
Herencia Yacente ............................................................
SECCION CARTELES PAGADOS
DE PRIMERA PUBLICACION
Declaratoria de Herencia ................................................
Aceptación de Herencia ..................................................
Título de Propiedad ........................................................
Título Supletorio .............................................................
Renovación de Marcas ....................................................
Nombre Comercial ..........................................................
Convocatorias ..................................................................
Subasta Pública ...............................................................
Reposición de Certifi cados .............................................
Título Municipal ..............................................................
Edicto de Emplazamiento ...............................................
Reposición de Póliza de Seguro ......................................
Marca de Producto ..........................................................
DE SEGUNDA PUBLICACION
Aceptación de Herencia ..................................................
Herencia Yacente ............................................................
Título de Propiedad ........................................................
Título Supletorio .............................................................
Título de Dominio............................................................
Nombre Comercial ..........................................................
Señal de Publicidad Comercial ......................................
Convocatorias ..................................................................
Subasta Pública ...............................................................
Reposición de Certifi cados .............................................
Título Municipal ..............................................................
Marca de Servicios ..........................................................
Reposición de Póliza de Seguro ......................................
Marca de Producto ..........................................................
DE TERCERA PUBLICACION
Aceptación de Herencia ..................................................
Título de Propiedad ........................................................
Título de Dominio............................................................
Renovación de Marcas ....................................................
Nombre Comercial ..........................................................
Subasta Pública ...............................................................
Reposición de Certifi cados .............................................
Marca de Servicios ..........................................................
Marca de Producto ..........................................................
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3DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 6 de Septiembre de 2016.
ACUERDO No. 1233
San Salvador, 30 de agosto de 2016.
EL ÓRGANO EJECUTIVO EN EL RAMO DE HACIENDA,
CONSIDERANDO:
I. Que con fecha 19 de julio de 2013, fue emitido el Acuerdo Ejecutivo No. 1330 en el Ramo de Hacienda, mediante el cual se aprobó la Resolución No. 1-CDF-1012/13 del Consejo Directivo del Fondo Salvadoreño para Estudios de Preinversión (FOSEP), de fecha 11 de julio de 2013, concerniente a aprobación de fi nanciamiento del FOSEP para la elaboración del Estudio Diseño Final del Proyecto "Construcción de Complejo Penitenciario Ordinario en Morazán", por un monto total de hasta Trescientos Veintiséis Mil Quinientos Once 71/100 Dólares de los Estados Unidos de América (US$326,511.71), que incluye US$288,948.42 para pagar los servicios de la empresa responsable de llevar a cabo la realización del Estudio, y US$37,563.29 para el pago del respectivo Impuesto a la Transferencia de Bienes Muebles y a la Prestación de Servicios (IVA); Estudio cuyo Benefi ciario era el Ministerio de Justicia y Seguridad y Pública, autorizando así mismo al Presidente del FOSEP, a suscribir el respectivo Contrato de Consultoría con la empresa SACMAG DE MEXICO, S.A. de C.V., que realizaría el citado Estudio;
II. Que mediante nota GR-526/16 de fecha 15 de julio de 2016, la Gerencia del FOSEP, comunicó al Ministerio de Hacienda, que el Director General Ejecutivo del Ministerio de Justicia y Seguridad y Pública, informó la decisión de dicho Ministerio de no continuar con la reali-zación del mencionado Estudio, debido a que inconvenientes de carácter legal no han permitido avanzar en la elaboración del mismo;
III. Que conforme a lo notifi cado al Ministerio de Hacienda por la Gerencia del FOSEP a través de nota GR-593/16 de fecha 18 de agosto de 2016, los recursos del fi nanciamiento del FOSEP que se contempla en el Acuerdo Ejecutivo No. 1330 relacionado en el considerando I, no han sido utilizados, y el Ministerio de Hacienda no tiene ninguna obligación fi nanciera con el FOSEP, derivada del fi nanciamiento aprobado para la realización del Estudio en referencia;
IV. Que teniendo en cuenta lo anterior, es procedente dejar sin efecto el Acuerdo Ejecutivo No. 1330 en el Ramo de Hacienda, de fecha 19 de julio de 2013.
POR TANTO,
ACUERDA:
1. Dejar sin efecto el Acuerdo Ejecutivo No. 1330 en el Ramo de Hacienda, de fecha 19 de julio de 2013, mediante el cual se aprobó la Re-solución No. 1-CDF-1012/13 del Consejo Directivo del Fondo Salvadoreño para Estudios de Preinversión (FOSEP), de fecha 11 de julio de 2013, concerniente a aprobación de fi nanciamiento del FOSEP para la elaboración del Estudio Diseño Final del Proyecto "Construcción de Complejo Penitenciario Ordinario en Morazán", por un monto de hasta Trescientos Veintiséis Mil Quinientos Once 71/100 Dólares de los Estados Unidos de América (US$326,511.71), que incluye US$288,948.42 para pagar los servicios de la empresa responsable de llevar a cabo la realización del Estudio, y US$37,563.29 para el pago del respectivo Impuesto a la Transferencia de Bienes Muebles y a la Prestación de Servicios (IVA). Estudio cuyo Benefi ciario era el Ministerio de Justicia y Seguridad y Pública.
2. Comunicar este Acuerdo al Fondo Salvadoreño para Estudios de Preinversión (FOSEP) y al Ministerio de Justicia y Seguridad Pública, para los efectos pertinentes.
COMUNÍQUESE.- Rubricado por el señor Ministro de Hacienda, C.E. CÁCERES.
ORGANO EJECUTIVOMINISTERIO DE HACIENDA
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4 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 412
ACUERDO No. 1164
San Salvador, 18 de agosto de 2016.
EL ÓRGANO EJECUTIVO EN EL RAMO DE ECONOMÍA:
Vistas las diligencias promovidas por el señor Tony Alberto Pérez, mayor de edad, Empresario, del domicilio de Santa Tecla, departamento de
La Libertad, en su calidad de arrendatario de la estación de servicio denominada ALBA VALLE DEL SEÑOR SANTA ANA NORTE, ubicada en
kilómetro setenta y medio de la carretera que de Santa Ana conduce a Metapán, Lotifi cación ISTA, calle a la Hacienda San Cayetano, Calle B, lotes
once y doce, Polígono B, contiguo a Urbanización Santa Ana Norte, cantón Cutumay Camones, municipio y departamento de Santa Ana, en las que
solicita se autorice la modifi cación del ordinal 1° de los acuerdos Nos. 487 y 668 emitidos por este Ministerio, los días trece de abril y cuatro de mayo
de dos mil quince, respectivamente, modifi cación requerida que está relacionada a la capacidad del tanque subterráneo autorizado que difi ere del que
se instalará, y que será subterráneo de doble contención de tres mil galones americanos de capacidad, que almacenará Gasolina Superior; y
CONSIDERANDO:
I. Que mediante Acuerdo No. 487 de este Ramo, de fecha trece de abril de dos mil quince, este Ministerio autorizó al señor Tony Alberto
Pérez, en su calidad de arrendatario, la ampliación de la estación de servicio denominada ALBA VALLE DEL SEÑOR SANTA ANA
NORTE, ubicada en kilómetro setenta y medio de la carretera que de Santa Ana conduce a Metapán, Lotifi cación ISTA, calle a la Hacienda
San Cayetano, Calle B, lotes once y doce, Polígono B, contiguo a Urbanización Santa Ana Norte, cantón Cutumay Camones, municipio
y departamento de Santa Ana, que consiste en: a) La instalación de un tanque subterráneo adicional de doble contención, de capacidad de
cinco mil galones americanos, que utilizará para almacenar Gasolina Superior; b) la instalación de una nueva dispensadora para Gasolina
Superior, y c) instalación de cuatro tramos de tubería primaria fl exible de doble contención;
II. Que por medio de Acuerdo 668, emitido por este Ministerio el día cuatro de mayo de dos mil quince, publicado en el Diario Ofi cial No.
83, Tomo No. 407 de fecha once del mismo mes y año, se modifi có el ordinal 1° del Acuerdo 487 antes relacionado, en lo que se refi ere
a: a) La instalación de un tanque subterráneo adicional de doble contención, de capacidad de cinco mil galones americanos que utilizará
para almacenar Gasolina Superior; b) la instalación de una nueva dispensadora para Aceite Combustible Diesel, y c) instalación de cuatro
tramos de tubería primaria fl exible de doble contención;
III. Que según consta en escrito que corre agregado a folios cuatrocientos cuarenta y ocho, el señor Tony Alberto Pérez solicita se autorice la
modifi cación de los acuerdos antes referidos, en el sentido que el tanque subterráneo a instalarse en la mencionada estación de servicio, es
de la capacidad de tres mil galones americanos y no de cinco mil galones americanos, como se había autorizado, y almacenará Gasolina
Superior; y
IV. Que la Dirección de Hidrocarburos y Minas ha emitido opinión favorable a lo solicitado, y ha verifi cado el cumplimiento de los requisitos
legales y técnicos que establece la Ley Reguladora del Depósito, Transporte y Distribución de Productos de Petróleo y su Reglamento,
siendo procedente acceder a lo pedido.
MINISTERIO DE ECONOMÍARAMO DE ECONOMIA
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5DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 6 de Septiembre de 2016.
POR TANTO:
De conformidad a lo antes expuesto, y a lo establecido en los artículos 18 de la Constitución, 5 inciso primero, 13 letras a), b) y c) de la Ley
Reguladora del Depósito, Transporte y Distribución de Productos de Petróleo, y 67 y 69 de su Reglamento, este Ministerio,
ACUERDA:
1°) MODIFICAR el ordinal 1° del Acuerdo No. 668, emitido por este Ministerio el día cuatro de mayo de dos mil quince, publicado en el Diario
Ofi cial No. 83, Tomo No. 407 de fecha once del mismo mes y año, en el sentido de autorizar al señor Tony Alberto Pérez la ampliación
de la estación de servicio denominada ALBA VALLE DEL SEÑOR SANTA ANA NORTE, ubicada en kilómetro setenta y medio de la
carretera que de Santa Ana conduce a Metapán, Lotifi cación ISTA, calle a la Hacienda San Cayetano, Calle B, lotes once y doce, Polígono
B, contiguo a Urbanización Santa Ana Norte, Cantón Cutumay Camones, municipio y departamento de Santa Ana, la cual consistirá en:
a) La instalación de un tanque subterráneo adicional de doble contención con capacidad de tres mil galones americanos, que utilizará para
almacenar Gasolina Superior; b) la instalación de una nueva dispensadora que almacenará Aceite Combustible Diesel, y c) la instalación
de cuatro tramos de tubería primaria fl exible de doble contención.
2°) RATIFICAR en todo lo demás el contenido del Acuerdo No. 668 antes relacionado.
3°) El titular de la presente autorización queda obligada a aceptar por escrito este Acuerdo, así como presentar la constancia de la fecha de
publicación en el Diario Ofi cial dentro de los OCHO DÍAS HÁBILES siguientes al de su publicación.
4°) Comunicar por escrito a la Dirección de Hidrocarburos y Minas, con cinco días hábiles de anticipación, la fecha en que se realizarán las
pruebas de hermeticidad a los tanques antes mencionado y sus tuberías a efecto de que sus delegados testifi quen la calidad de las mismas,
de conformidad al artículo 10-B, letra d) del Reglamento de la Ley Reguladora del Depósito, Transporte y Distribución de Productos de
Petróleo.
5°) El presente Acuerdo entrará en vigencia desde el día de su publicación en el Diario Ofi cial.
COMUNÍQUESE. THARSIS SALOMÓN LÓPEZ GUZMÁN, MINISTRO.
(Registro No. C000476)
ACUERDO No. 1166
San Salvador, 18 de agosto de 2016.
EL ÓRGANO EJECUTIVO EN EL RAMO DE ECONOMÍA,
Vista la solicitud presentada a este Ministerio el día 22 de julio de este año, suscrita por el señor FRANCISCO RODOLFO BERTRAND RO-
DRÍGUEZ, en su calidad de Representante Legal de la Sociedad DHL ZONA FRANCA (EL SALVADOR), SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL
VARIABLE, que puede abreviarse DHL ZONA FRANCA (EL SALVADOR), S.A. DE C.V., registrada con Número de Identifi cación Tributaria
0614-230806-107-9, relativa a que se le autorice para que además de sus instalaciones que comprenden las bodegas Nos. 2 y 3, de 500m² y 2,500m²
respectivamente, de la Zona Franca San José, ubicada en el Km. 18½, carretera al Cantón Loma Linda, municipio de Zaragoza, departamento de La
Libertad, también pueda operar en un área de 1,442m² correspondiente al Lote No. 7 B de la Zona Franca Miramar, ubicada en el Cantón Cupinco,
municipio de Olocuilta, departamento de La Paz, para sumar un área total de operaciones de 4,442m²;
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6 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 412
CONSIDERANDO:
I. Que la solicitud fue presentada el día 22 de julio de este año;
II. Que la Sociedad DHL ZONA FRANCA (EL SALVADOR), SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, goza de los benefi cios
de la Ley de Servicios Internacionales, para dedicarse al servicio de Operaciones Internacionales de Logística, que consiste en el manejo
de mercaderías, tales como: Aparatos eléctricos (televisores, mini componentes, microondas, aparatos de telecomunicación), productos
cosméticos, belleza e higiene (shampoo, acondicionador, crema para la piel, aceite para bebé, preparaciones para belleza, toallas sanitarias,
etc.), productos plásticos para bebé, suplementos alimenticios, cargador de carros y de teléfonos, bolígrafos, bolsos y maletines, broshure,
pigmentos, etc., destinados a clientes residentes dentro y fuera del mercado centroamericano y el mercado nacional; dichos servicios los
realiza como Usuario Directo de Parque de Servicios en las bodegas No. 2 y 3, con áreas de 500m² y 2,500m² respectivamente, de la Zona
Franca San José, ubicada en Km. 18½, carretera al cantón Loma Linda, municipio de Zaragoza, departamento de La Libertad, según acuerdos
Nos. 586, 784 y 343, de fechas 2 de julio de 2008, 21 de septiembre de 2009 y 10 de abril de 2012, por su orden, publicados en los Diarios
Ofi ciales Nos. 132, 215 y 80, tomos Nos. 380, 385 y 395, de los días, meses y años siguientes: 15 de julio de 2008, 17 de noviembre de
2009 y 3 de mayo de 2012, respectivamente;
III. Que la sociedad benefi ciaria ha solicitado autorización para ampliar las instalaciones mencionadas en el considerando anterior, adicionando
un área de 1,442m² correspondiente al Lote No. 7 B de la Zona Franca Miramar, ubicada en el cantón Cupinco, municipio de Olocuilta,
departamento de La Paz, para totalizar un área de operaciones de 4,442m²; y,
IV. Que la Dirección Nacional de Inversiones ha emitido su dictamen en sentido favorable, mediante el cual considera procedente acceder a
lo solicitado, ya que las instalaciones en la Zona Franca Miramar cumplen con los requisitos de la ley de la materia.
POR TANTO:
De conformidad con las razones expuestas, y con base en lo establecido en los artículos 22 letra a) y 46 letra a) de la Ley de Servicios Interna-
cionales, y 45 de su Reglamento, este Ministerio,
ACUERDA:
1. Autorizar a la Sociedad DHL ZONA FRANCA (EL SALVADOR), SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, que se abrevia
DHL ZONA FRANCA (EL SALVADOR), S.A. DE C.V., para que además de operar en las bodegas No. 2 y 3 con áreas de 500m² y
2,500m² respectivamente, de la Zona Franca San José, ubicada en el Km. 18½, carretera al cantón Loma Linda, municipio de Zaragoza,
departamento de La Libertad, también pueda operar en el Lote No. 7 B de la Zona Franca Miramar, cantón Cupinco, municipio de Olocuilta,
departamento de La Paz, el cual tiene un área de 1,442m², totalizando un área de operaciones de 4,442m²;
2. Hágase saber este Acuerdo a la Dirección General de Aduanas y a la Dirección General de Impuestos Internos del Ministerio de Hacienda;
y
3. El presente Acuerdo entrará en vigencia el día de su publicación en el Diario Ofi cial.
COMUNÍQUESE.- THARSIS SALOMÓN LÓPEZ GUZMÁN, MINISTRO.
(Registro No. F011967)
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7DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 6 de Septiembre de 2016.
ACUERDO No. 152
SAN SALVADOR, 26 de agosto de 2016.
El Órgano Ejecutivo en el Ramo de la Defensa Nacional, de conformidad a las Disposiciones Especiales 1a.- a), 2a.-, 3a.-, 4a.- a), 5a.- a), 5.- y 10a.-, del Acuerdo Ministerial No. 0116 de fecha doce de septiembre de dos mil once, ACUERDA: OTORGAR al señor Mayor José Carlos Linares Álvarez, Agregado de Defensa Aéreo y Naval de los Estados Unidos de América, acreditado en El Salvador, la condecoración ESTRELLA "POR SERVICIOS DISTINGUIDOS", por haber fi nalizado su misión ofi cial como Agregado de Defensa y coadyuvar al fortalecimiento de la Fuerza Armada de El Salvador, en el ámbito estratégico. COMUNÍQUESE.
DAVID MUNGUÍA PAYÉS,
GENERAL DE DIVISIÓN,
MINISTRO DE LA DEFENSA NACIONAL.
ACUERDO No. 156
SAN SALVADOR, 25 de agosto de 2016.
El Órgano Ejecutivo en el Ramo de la Defensa Nacional, de conformidad a lo establecido en el Art. 92 Ordinal 8° de la Ley de la Carrera Mi-litar, ACUERDA: TRANSFERIR al señor SGTO. 1° JORGE IGNACIO ORTÍZ PÉREZ, con efecto al 01AGO011, dentro del Escalafón General de Subofi ciales de la Fuerza Armada, en la Categoría de las Armas, de la Situación Activa, a la Situación de Reserva, en la misma categoría. COMUNÍ-QUESE.
DAVID MUNGUÍA PAYÉS,
GENERAL DE DIVISIÓN,
MINISTRO DE LA DEFENSA NACIONAL.
ACUERDO No. 595-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, veinticuatro de junio de dos mil dieciséis.- El Tribunal con fecha veintiuno de abril de dos mil dieciséis, ACORDÓ: Autorizar al Licenciado SALVADOR ANTONIO GUTIERREZ CASTRO, para que ejerza la profesión de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo.- COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- A. PINEDA.- F. MELENDEZ.- J. B. JAIME.- E. S. BLANCO R.- M. REGALADO.- O. BON. F.- J. R. ARGUETA.- S. L. RIV. MARQUEZ.- Pronunciado por los magistrados y magistradas que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDAÑO.
(Registro No. F011876)
ACUERDO No. 643-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, veinticuatro de junio de dos mil dieciséis.- El Tribunal con fecha once de abril de dos mil dieciséis, ACORDÓ: Autorizar al Licenciado CARLOS ERNESTO RODRIGUEZ, para que ejerza la profesión de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo.- COMUNI-QUESE Y PUBLIQUESE.- F. MELENDEZ.- J. B. JAIME.- O. BON. F.- A. L. JEREZ.- D. L. R. GALINDO.- J. R. ARGUETA.- L. R. MURCIA.- S. L. RIV. MARQUEZ.- Pronunciado por los magistrados y magistradas que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDAÑO.
(Registro No. F011969)
ACUERDO No. 666-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, once de julio de dos mil dieciséis.- EL TRIBUNAL, de confor-midad con lo resuelto en las respectivas diligencias, por resolución pronunciada a las catorce horas y cuarenta minutos del día seis de mayo de dos mil dieciséis, ACUERDA: a) MODIFICAR el Acuerdo número 597-D de fecha trece de julio de dos mil quince, mediante el cual se autorizó a la Licenciada YANCI ELIZABETH FLORES REYES, para el ejercicio de la Abogacía, en el sentido que las diligencias de modifi cación de cambio de apellido se realizaron por extensión y no por cambio de estado familiar. b) Continúe ejerciendo la Abogacía en todas sus ramas con el nombre de YANCI ELIZABETH FLORES REYES.- Publíquese en el Diario Ofi cial.- COMUNIQUESE.- A. PINEDA.- F. MELENDEZ.- J. B. JAIME.- E. S. BLANCO R.- M. REGALADO.- A. L. JEREZ.- J. R. ARGUETA.- S. L. RIV. MARQUEZ.- Pronunciado por los magistrados y magistradas que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDAÑO.
(Registro No. F011931)
MINISTERIO DE LA DEFENSA NACIONALRAMO DE LA DEFENSA NACIONAL
ORGANO JUDICIALCORTE SUPREMA DE JUS TI CIA
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8 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 412
INSTITUCIONES AUTONOMASALCALDÍAS MUNICIPALES
DECRETO N° DOS
EL CONCEJO MUNICIPAL DE GUALOCOCTI, DEPARTAMENTO DE MORAZAN.
CONSIDERANDO:
I. Que de conformidad con el art. 203 y 204 numeral 1 y 5 de la Constitución de la República es competencia de los Municipios crear, mo-
difi car y suprimir tasas y contribuciones especiales, por la prestación de servicios públicos municipales, en la materia de su competencia y
la prestación de los servicios.
II. Que conforme a los Arts. 3 y 30 numeral 4 y 21 del Código Municipal es facultad del Concejo Municipal emitir los acuerdos de creación,
modifi cación y supresión de tasas por los servicios que brinda la Municipalidad.
III. Que la vida silvestre, es imprescindible para conservar el medio ambiente sano y en equilibrio, que sustenta una gran variedad de recursos
naturales tanto renovables como no renovables.
IV. Que es prioridad del Municipio de Gualococti, la Protección del medio ambiente a través de la conservación de los bosques naturales, la
biodiversidad, la ampliación de la masa boscosa y la fauna, dentro del límite de la jurisdicción.
V. Que se hace necesario evitar la contaminación de los mantos acuíferos, los ríos y sus cuencas, así como el mal uso de las aguas, con fi nes
agropecuarios, así como la contaminación por otros, como dióxido de carbono, monóxido de carbono, sonido y otros, evitando de esta
forma graves consecuencias a los recursos naturales y el medio ambiente.
VI. Que algunos artículos vigentes establecidos en la ordenanza ambiental de protección del ambiente y recursos naturales según decreto N° Dos
no se encuentran acorde al marco legal vigente por lo que para que exista seguridad jurídica es pertinente realizar la reforma a la ordenanza
vigente.
POR TANTO:
En uso de sus facultades que le confi ere el Código Municipal.
DECRETA:
REFORMA A LA ORDENANZA AMBIENTAL DE PROTECCION DEL AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES.
TITULO V
OBLIGACIONES Y PROHIBICIONES
CAPITULO II
PROHIBICIONES
Art. 1.- Se incorporan al artículo 28, los numerales que se detallan a continuación:
14. La extracción, tomas de agua, desvíos y aprovechamiento de las aguas provenientes de veneros o fuentes de agua para consumo humano
o comercial sin los permisos correspondientes de la Municipalidad.
15. La extracción o tomas de agua, desvío, y aprovechamiento de veneros o fuentes de agua fuera del Municipio sin los permisos de la Mu-
nicipalidad.
16). La extracción no excederá del 75% del total del venero (manantial) o fuente de agua.
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9DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 6 de Septiembre de 2016. TITULO VI
DE LAS FALTAS.
CAPITULO UNICO
TIPOS DE FALTAS.
Art. 2.- Se incorporan al artículo 29, al rubro de faltas muy graves, los numerales que se detallan a continuación:
9. Extracción, tomas de agua o desviación, de veneros o fuentes de agua del Municipio a otro Municipio, sin los permisos Municipales.
10. Extracción o tomas de agua, desvío, y aprovechamiento de veneros o fuentes de agua del Municipio hacia otro municipio reduciendo la
fertilidad de los suelos y la protección de la fl ora y fauna acuática. (se someterá a procesos civiles y penal)
11) Toda contravención o infracción en que incurrieren a esta Ordenanza, el Procedimiento a seguir para aplicar sanciones es el que establece
el Código Civil y el Código Procesal Penal.
TITULO VII
DE LAS SANCIONES.
Art. 3.- Se incorpora al art. 30, en el tipo de sanciones, los literales siguientes:
b) Se sancionará con multa de $1,000.00 a 5,000.00 al que contraríe el art.29 numeral 9.
c) Se sancionará con multa de $1,500.00 a 6,000.00 al que contrariare el art.29 numeral 10.
TRANSITORIOS.
Art. 4.- Se aperturán las descripciones transitorias siguientes:
1) El aprovechamiento de aguas del Municipio hacia otro Municipio la unidad de medida será en pulgadas y en metros cúbicos.
2) Cuando el aprovechamiento de aguas de otro Municipio impida que el uso de las aguas del Municipio reduzca la fertilidad de los suelos,
la fl ora y fauna acuática, se podrá limitar el uso del agua.
3) Toda contravención o infracción en que incurrieren en el numeral 7 del Art. 28 de la Ordenanza ambiental y numeral 3 del art. 29, de la
misma, cuando ya se haya pagado la multa y el incumplimiento persiste, la Alcaldía Municipal procederá al decomiso de la especie (animal) y
pondrá en adopción a quien lo requiera.
CAPITULO III
VIGENCIA
Art. 5. La presente reforma entrará en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Ofi cial.
Dado en la sala de sesiones de la Alcaldía Municipal de Gualococti, departamento de Morazán, a los veintiún días del mes de julio del año dos
mil dieciséis.
PROF. CARLOS ANTONIO DIAZ,
ALCALDE MUNICIPAL.
OVIDIO WILFREDO SOLIS PEREZ, WENDY YESENIA CRUZ HERNANDEZ,
SINDICO MUNICIPAL. SECRETARIA MUNICIPAL ADHONOREM
(Registro No. F011887)
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10 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 412
DECRETO NUMERO TRES
EL CONCEJO MUNICIPAL DE GUALOCOCTI, DEPARTAMENTO DE MORAZAN
CONSIDERANDO:
I. Que de conformidad con el art 203 y 204 numeral 1 y 5 de la Constitución de la República es competencia de los Municipio crear, modificar y suprimir tasas y contribuciones especiales, por la prestación de servicios públicos municipales, en la materia de su competencia y la prestación de los servicios.
II. Que conforme a los Arts. 3 y 30 numeral 4 y 21 del Código Municipal es facultad del Concejo Municipal emitir los acuerdos de creación, modificación y supresión de tasas por los servicios que brinda la Municipalidad.
III. Que la Ley General Tributaria Municipal en su Art. 77 estipula que compete a los Municipios emitir ordenanzas, reglamentos y acuerdos para normar la Administración Tributaria Municipal.
IV. Que las tasas vigentes establecidas en la ordenanza Reguladora de Tasa por servicios Municipales según decreto Numero Dos no se encuentran acorde al marco legal vigente por lo que para que exista seguridad jurídica es pertinente realizar la reforma a la ordenanza vigente.
POR TANTO:
En uso de las facultades legales que le confiere el Código Municipal y La Ley Tributaria Municipal.
DECRETA: LA PRESENTE REFORMA A LA ORDENANZA DE TASAS POR SERVICIOS MUNICPALES CONFORME SE DETALLA A CONTINUACION:
CAPITULO II
DE LAS TASAS MUNICIPALES
Art. 1.- Modifíquese el art. 7 en su numeral 8, de Licencias y permisos, en lo referente a que se le incorporaran los numerales que se detallan a continuación:
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11DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 6 de Septiembre de 2016.
8. LICENCIAS Y PERMISOS:
8.1.13.1.- Por instalación de postes del tendido eléctrico, c/u……… $ 25.00
8.1.13.2.- Por instalación de postes mono polo, cada uno… ……. $ 2,000.00
8.1.13.3.- Por la conexión de redes eléctricas…………………………..$ 2,000.00
8.1.13.4.- Por la conexión de tubería de aguas servidas……………...$ 50.00
8.1.13.5.- I) Por ampliaciones y remodelaciones de vivienda en propiedad
privada, que oscile entre los $ 1,000.00a $ 5,000.00…………..$ 25.00
II) Entre los $ 5,000.01 a $ 10,000.00…………………………...$ 50.00
8.1.13.6.- Por introducción de tuberías, PVC, galvanizada, de concreto
entre otros para sistema de agua potable………………………..$ 10,000.00
8.1.13.7.- Por tanquillas recolectoras o cajas de captación de agua: así:
1 pulgada _____________________________________________$ 5.00
2 pulgadas _____________________________________________$ 10.00
3 pulgadas _____________________________________________$ 15.00
4 pulgadas _____________________________________________ $ 20.00
5 pulgadas _____________________________________________ $ 25.00
Art. 2.- Modifíquese el art. 7 en su numeral 10 de Servicios Jurídicos y Administrativos, en lo referente a que se le incorporaran los numerales que se detallan a continuación:
10.- SERVICIOS JURIDICOS Y ADMINISTRATIVOS
10.1.- Servicios de fotocopias a color cada una………………………………$ 0.25
10.2.- Ampliaciones y reducciones cada una ………………………………..$ 0.25
10.3.- Impresiones blanco y negro cada una…………………………………$ 0.10
10.4.- Impresiones a color cada una…………………………………………$ 0.25
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12 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 412
Art. 3.- Modifíquese el art. 7, en su numeral 12 de Uso de suelo y subsuelo, en lo referente a que se le incorporaran los numerales que se detallan a continuación:
12 DEL USO DEL SUELO Y SUBSUELO
12.6.1.- Del aprovechamiento del agua fuera del Municipio, por cada metro
Cubico…………………………………………………………………$ 1.00
12.6.2.- Del aprovechamiento del agua dentro del Municipio, por cada
Metro cubico………………………………………………………….$ 0.10
12.6.3.- Por el funcionamiento de chalet en propiedad Municipal, cada
Mes…………………………………………………………………….$ 11.40
12.6.4.- Por permanencia de postes mono polo, cada uno al mes…… $ 500.00
12.6.5.- Por permanencia de postes del tendido eléctrico, ya sea de
Madera, concreto, hierro, o similares en la Jurisdicción, cada
Uno al mes…………………………………………………………$ 8.00
12.6.6.- Por daños al medio ambiente, se aplicará el 3% sobre el mon
to total del proyecto.
Art. 4.- Modifíquese el art. 7, ya que se le incorporará el numeral 13 de Multas y Sanciones.
13. MULTAS Y SANCIONES.
a) MULTAS.
13.1.- A las personas que usen los predios Municipales, ríos y quebradas
como tiraderos de basura, dependiendo de su capacidad económica
por cada vez se les aplicará una multa que oscilará entre los $ 5.00 a $ 25.00.
13.2.- La no presentación de la documentación a la que hace referen-
cia el art. 50 de la Ordenanza Reguladora de la Participación
ciudadana, Asociaciones Comunales Transparencia y acceso a
la Información Publica.................................................................. $ 50.00
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13DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 6 de Septiembre de 2016.
13.3.- El Incumplimiento a los estatutos de la Asociación…………...…. $ 25.00
b) SANCIONES
13.1.- Al cometimiento por tercera vez de las acciones estipuladas en el numeral
13.2, se procederá a la disolución de la Asociación de acuerdo a lo esta
blecido en el art. 121 del Código Municipal.
13.2.- Si al incurrir en una multa y este no puede responder económicamente, se
procederá a que aporte trabajo comunitario, equivalente al monto econo-
mico establecido en esta misma Ordenanza.
Art. 5.- A toda tasa establecida en la presente reforma de la ordenanza, se le aplicará el 5% para la celebración de fiestas patronales.
Art. 6.- La presente reforma a la Ordenanza, entrara en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Oficial.
Dado en la sala de sesiones de la Alcaldía Municipal de Gualococti, departamento de Morazán, a los veintiún días del mes de julio del año dos mil dieciséis.
PROF. CARLOS ANTONIO DIAZ
ALCALDE MUNICIPAL
OVIDIO WILFREDO SOLIS PEREZ WENDY YESSENIA CRUZ HERNANDEZ
SINDICO MUNICIPAL SECRETARIA MPAL. ADHONOREM
(Registro No. F011888)
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14 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 412
DECRETO N° 5-2016
EL CONCEJO MUNICIPAL DE ZACATECOLUCA, DEPARTAMENTO DE LA PAZ,
CONSIDERANDO:
I. Que se ha incrementado el ingreso con fondos por Préstamos Internos concedidos al
municipio de Zacatecoluca, por Banco Izalqueño de Los Trabajadores y la Caja de
Crédito de San Pedro Nonualco; y,
II. Que es procedente autorizar la reforma al Presupuesto, por el ingreso adicional,
POR TANTO:
En uso de las facultades que le confieren los artículos: 203 y 207 inciso cuarto de la
Constitución de la República; 1 y 81 del Código Municipal,
DECRETA la siguiente:
REFORMA A LA ORDENANZA DE PRESUPUESTO DE INGRESOS
Y EGRESOS DEL MUNICIPIO DE ZACATECOLUCA 2016
Art. 1.- Refórmese la «Ordenanza de Presupuesto de Ingresos y Egresos del Municipio
de Zacatecoluca 2016», publicado en página 9 del diario «Co Latino», de fecha 18 de enero
de 2016, incrementándose en cuatrocientos dieciocho mil dólares de los Estados Unidos de
América ($418.000.00); dicho incremento se asignará de la siguiente manera:
Código NOMBRE DE LA CUENTA CEP CIFRADO FF/FR TOTAL TOTAL PARTIDAS QUE AUMENTAN 31308 De Empresas Privadas Financieras 4/000 $418,000.00 PARTIDAS QUE AUMENTAN GERENCIA GENERAL 54503 Servicios Jurídicos $1,417.02 56603 Comisiones y Gastos Bancarios 107 166882110 4/000 $7,085.10 301014000 61201 Terrenos $409,497.88 TOTALES $418,000.00 $418,000.00
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15DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 6 de Septiembre de 2016.
Art. 2.- El presente decreto entrará en vigencia ocho días después de su publicación
en el Diario Oficial.
Dado en la sala de sesiones del Concejo Municipal de Zacatecoluca, a los diez días
de mes de agosto de dos mil dieciséis.
FRANCISCO SALVADOR HIREZI MORATAYA Alcalde Municipal
JUAN CARLOS MARTÍNEZ RODAS Secretario Municipal
(Registro No. F011937)
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16 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 412
DECRETO N° 6-2016
EL CONCEJO MUNICIPAL DE ZACATECOLUCA, DEPARTAMENTO DE LA PAZ,
CONSIDERANDO:
I. Que se ha incrementado el ingreso con fondos procedentes de cooperación internacional, canalizada por el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD); y,
II. Que es procedente autorizar la reforma al Presupuesto, por el ingreso adicional,
POR TANTO:
En uso de las facultades que le confieren los artículos: 203 y 207 inciso cuarto de la Constitución de la República; 1 y 81 del Código Municipal,
DECRETA la siguiente:
REFORMA A LA ORDENANZA DE PRESUPUESTO DE INGRESOS Y EGRESOS DEL MUNICIPIO DE ZACATECOLUCA 2016
Art. 1.- Refórmese la «Ordenanza de Presupuesto de Ingresos y Egresos del Municipio de Zacatecoluca 2016», publicado en página 9 del diario «Co Latino», de fecha 18 de enero de 2016, incrementándose en treinta y dos mil doscientos dieciséis dólares de los Estados Unidos de América ($32,216.00); dicho incremento se asignará de la siguiente manera:
Código NOMBRE DE LA CUENTA CEP CIFRADO FF/FR TOTAL TOTAL PARTIDAS QUE AUMENTAN 22403 De Gobiernos y Organismos 5/000 $32,216.00 PARTIDAS QUE AUMENTAN 1080000002 AMZ/PNUD/Seguridad Integral y prevención de la Violencia 2016 51201 Sueldos $ 3,900.00 54105 Productos de Papel y Cartón $ 220.00 54107 Productos Químicos $ 100.00 54111 Minerales No Metálicos y Productos Derivados $ 300.00 54112 Minerales Metálicos y Productos Derivados $ 50.00 54114 Materiales de Oficina 90 166882131 5/000 $ 30.00 54115 Materiales Informáticos 001015000 $ 50.00 54199 Bienes de Uso y Consumos Diversos $19,544.00 54313 Impresiones, Publicaciones y Reproducciones $ 100.00 54314 Atenciones Oficiales $ 552.00 54318 Arrendamientos Por el Uso de Bienes $ 110.00 54399 Servicios Generales y Arrendamientos Diversos $ 380.00 55603 Comisiones y Gastos Bancarios $ 15.00 56305 Becas $ 3,380.00 61101 Mobiliarios $ 735.00 61102 Máquinas y equipos $ 2,800.00 TOTALES $32.216.00 $32,216.00
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17DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 6 de Septiembre de 2016.
Art. 2.- El presente decreto entrará en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Oficial.
Dado en la sala de sesiones del Concejo Municipal de Zacatecoluca, a los diez días de mes de agosto de dos mil dieciséis.
FRANCISCO SALVADOR HIREZI MORATAYA Alcalde Municipal
JUAN CARLOS MARTÍNEZ RODAS Secretario Municipal
(Registro No. F011939)
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18 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 412ESTATUTOS DE LA ASOCIACIÓN DE DESARROLLO
COMUNAL LOTIFICACION SAN ANTONIO,
CASERIO LA NUEVA, CANTON SAN JULIAN,
MUNICIPIO DE ACAJUTLA,
DEPARTAMENTO DE SONSONATE.
CAPITULO I.
NATURALEZA, DENOMINACIÓN, DURACIÓN, DOMICILIO.
Art. 1.- La Asociación que se constituye estará regulada por el Código
Municipal, la Ordenanza Municipal de Acajutla, estos Estatutos y demás
disposiciones legales aplicables, estarán al servicio de la comunidad de su
domicilio, para el desarrollo de los planes, programas y proyectos de interés
social, cultural y económico y será una entidad apolítica, no lucrativa,
ni religiosa y de carácter democrático. La Asociación se denominará,
Asociación de Desarrollo Comunal Lotifi cación San Antonio, Caserío
La Nueva, Cantón San Julián, Municipio de Acajutla, Departamento de
Sonsonate, que podrá abreviarse "ADESCOLSAN".
Art. 2.- La duración de la Asociación será por tiempo indefi nido,
sin embargo podrá disolverse y liquidarse por los casos previstos por las
leyes de la materia, los presentes Estatutos Art. 37 y el Código Municipal
Art. 121 literal B.
Art. 3.- El domicilio de la Asociación será Lotifi cación San An-
tonio, Caserío La Nueva, Cantón San Julián, Municipio de Acajutla,
Departamento de Sonsonate.
CAPITULO II.
FINES.
Art. 4.- La Asociación tendrá como fi nes el desarrollo humano, las
obras productivas y físicas que proyecte, para ello deberá:
a) Promover el desarrollo de la comunidad juntamente con
los organismos públicos y privados que participan en los
correspondientes programas;
b) Fomentar el espíritu de servicio en los asociados, las vecinos,
sus grupos y comunidades circunvecinas;
c) Coordinar y cooperar con otras comunidades organizadas en
la mayor integración de sus miembros y la mejor organización
de sus actividades,
d) Impulsar y participar en los programas de capacitación y
promoción social, a fi n de contribuir al mejoramiento de la
comunidad, la administración, proyectos sociales y econó-
micos, la elevación de niveles educativos;
e) Trabajar en el establecimiento de los servicios básicos con
el equipamiento y medios indispensables para solucionar los
distintos problemas que existen en la comunidad;
f) Utilizar en lo máximo de los recursos humanos y materiales
de la comunidad para el desarrollo, por medio de la ayuda
mutua y el esfuerzo propio a fi n de complementar las obras
que se consideran en el respectivo plan de trabajo y otros que
de emergencia surjan;
g) Incrementar las actividades a nivel comunal, a fi n de obtener
recursos propios que sirvan para impulsar el mejoramiento
de la comunidad;
h) Promover las organizaciones juveniles de ambos sexos
haciéndoles participar responsablemente en el desarrollo
local;
i) Promover la incorporación de la mujer en el proceso integral
de la comunidad;
j) Realizar diversos proyectos y actividades que generen ingresos
económicos y servicios sociales a la comunidad;
k) Participar en los planes de desarrollo local, regionales y
nacionales en cuanto a la determinación de proyectos y la
obtención de recursos comunales gubernamentales.
CAPÍTULO III.
META.
Art. 5.- La Asociación tendrá como meta, las especifi cadas en el
plan local de desarrollo aprobado por el Concejo Municipal de Acajutla,
de acuerdo a las siguientes áreas: Agropecuarias, Vivienda, Industria,
Trabajo, Recreación y Educación y serán desarrolladas por medio de
la ejecución de proyectos y actividades de interés de los asociados y la
comunidad.
CAPITULO IV.
SOCIOS, CALIDAD, DERECHOS Y DEBERES.
Art. 6.- Los socios podrán ser:
a) Activos,
b) Honorarios.
Todos deben de ser personas mayores de dieciocho años, sin em-
bargo, cuando provengan de Asociaciones Juveniles el requerimiento de
edad antes mencionada será de quince años. Son socios activos, todas
las personas que reúnan los requisitos en el inciso anterior, residentes
dentro de los limites de la unidad vecinal correspondiente determinado
por la Asamblea General.
Art. 7.- Son derechos y deberes de los socios activos:
a) Participar con voz y voto en las Asambleas Generales;
b) Presentar mociones y sugerencias en las Asambleas Genera-
les;
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19DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 6 de Septiembre de 2016.
c) Retirarse voluntariamente de la Asociación cuando así lo
solicitare;
d) Elegir y ser electos para cargos de la Junta Directiva;
e) Cooperar con todos los medios promocionales posibles al
incremento del número de los miembros de la Asociación;
f) Asistir con puntualidad a las sesiones de las Asambleas
Generales, previa convocatoria en forma legal;
g) Cumplir estos Estatutos y obedecer las disposiciones de
Asamblea General y Junta Directiva, siempre que estén
relacionados con los fi nes de la Asociación;
h) Se establece una cuota mensual de un dólar que pagará
cada asociado por el periodo de un año, acordando que se
establecerá otra cuota después de un año, según acuerdo de
la Asamblea;
i) Todo miembro que abandone la Asociación pierde todos sus
derechos legalmente obtenidos.
Art. 8.- Los socios honorarios gozarán de los derechos que la
Asamblea General les otorgue.
CAPITULO V.
GOBIERNO DE LA ASOCIACION.
Art. 9. - El gobierno de la Asociación será ejercido por la Asamblea
General y la Junta Directiva,
ASAMBLEA GENERAL.
Art. 10.- La Asamblea General la componen los socios y se instalará
por la mayoría de los socios Activos, pudiendo haber representación de
los socios, pero cada uno no podrá llevar más de una representación.
Art. 11.- La Asamblea General se reunirá ordinariamente dos veces
al año, con intervalos de seis meses y extraordinariamente cuando sea
convocada por la junta directiva, por iniciativa propia o a solicitud del
60% de los socios
Art. 12.- En las Asambleas Generales Ordinarias se tratarán
asuntos comprendidos en la agenda y los que propongan los socios, en
las Asambleas Generales Extraordinarias, solo se tratarán los asuntos
comprendidos en la convocatoria y cualquier decisión sobre el aspecto
no comprendido en la agenda será nula.
Art. 13.- La convocatoria a las Asambleas Generales:
a) La Asamblea General Ordinaria se hará por medio de un
aviso por escrito, con ocho días de anticipación para las
primeras, y con dos horas de anticipación para las segundas,
indicándose en las mismas, el lugar, día, y hora, en que han
de celebrarse, si a la hora señalada no pudiera celebrarse la
sesión por falta de quórum ésta se llevará a cabo diez días
después de las primeras convocatorias, en este último caso
las decisiones que se adopten serán obligatorias aun para
aquellos que legalmente convocados no asistieron.
Art. 14.- Son atribuciones de la Asamblea General:
a) Elegir y dar posesión a los miembros de la Junta Directiva;
b) Recibir informe de trabajo y aprobar o desaprobar el estado
fi nanciero de los socios;
c) Destituir por causa justifi cada a los miembros de la Junta
Directiva y elegir a sus sustitutos, así mismo retirar la calidad
de miembros de la misma a los que hubieran renunciado,
fallecido o perdido su calidad de socios;
d) Pedir a la Junta Directiva los informes que crea convenien-
te;
e) Aprobar el reglamento interno de la Asociación;
f) Acordar la petición de la personería jurídica y la aprobación
de estos Estatutos al Concejo Municipal respectivo, por medio
del representante legal de la Asociación;
g) Otorgar la calidad de socios honorarios;
h) Aprobar la suspensión defi nitiva de los socios;
i) Aprobar el plan anual de trabajo y su respectivo presupues-
to;
j) Cumplir y hacer cumplir los presentes Estatutos y reglamentos
que se dicten.
PROCEDIMIENTO ESPECIAL
PARA LA REMOCION DE SOCIOS Y DIRECTIVOS.
Art. 15.- Los miembros de la Asociación podrán ser retirados de
ella por acuerdos de la Junta Directiva, tomado por mayoría de votos y
previa audiencia del interesado por infracciones al Código Municipal y
estos Estatutos; se consideran además como causales de retiro y expulsión
las siguientes:
a) La conducta del socio que se traduzca en perjuicio grave de
la Asociación;
b) Negarse sin motivo justifi cado a desempeñar los cargos de
elección o comisiones que le encomienden la Asamblea
General o la Junta Directiva;
c) Promover actividades políticas, religiosas o de otra naturaleza
que vayan en perjuicio de la Asociación;
d) Obtener por medio fraudulento benefi cio de la Asociación
para sí o para terceros;
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20 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 412
e) Cometer algún delito o falta grave en perjuicio de la Asocia-
ción;
Art. 16.- Para poder proceder a la suspensión temporal, la Junta
Directiva nombrará una comisión de tres de sus miembros, para que
investiguen los hechos y oyendo el dictamen de estos y las razones que
el infractor exponga en su defensa, resolverá. En caso de suspensión
defi nitiva la Junta Directiva seguirá el procedimiento a que se refi ere el
inciso anterior, pero en este caso, la Asamblea General resolverá sobre
tal suspensión acordada que se nombrará a sus sustitutos.
Art. 17.- Sobre el retiro de los asociados y sobre la suspensión
temporal decretada por la Junta Directiva podrá interponerse únicamente
el recurso de revisión ante la misma dentro del tercer día de la notifi ca-
ción, de las resoluciones de la Asamblea General no se admitirá ningún
recurso.
Art. 18.- Los miembros de la Junta Directiva electos por Asamblea
General, podrán ser suspendidos en forma temporal o defi nitiva, según
la gravedad del caso. La suspensión defi nitiva únicamente podrá ser
acordada por la Asamblea General y la suspensión temporal, por la Junta
Directiva.
Art. 19.- En caso de que la Junta Directiva, dentro del plazo de
diez días de conocida la infracción no procede a dar cumplimiento a los
Artículos anteriores, un número de treinta por ciento de los socios, por
lo menos podrán pedir al Concejo Municipal correspondiente que se les
autorice:
a) Para nombrar entre los miembros de la comisión investiga-
dora;
b) Para que esta convoque a la Asamblea General que conce-
derá la suspensión en base a los informes de la comisión
investigadora, el mismo procedimiento anterior, se seguirá
cuando de acuerdo a las infracciones, debe conocerse sobre la
suspensión temporal o defi nitiva de toda la Junta Directiva o
cuando por tratarse de un número considerado de miembros,
los que quedan no pueden o no inicien el procedimiento dentro
del plazo que establece el inciso anterior.
En todos los casos de este Artículo será la Asamblea General la que
resolverá sobre la suspensión temporal o defi nitiva de sus miembros y
en la misma sesión elegirá, y dará posesión a los sustitutos por el tiempo
de suspensión o por el resto del periodo de los directivos suspendidos.
Art. 20.- La Junta Directiva estará integrada por quince miembros
electos en Asamblea General por votación nominal, ya sea por cargos
electos o separados en planilla. En todo caso, la nómina de los cargos
serán los siguientes: PRESIDENTE, VICEPRESIDENTE, SECRETA-
RIO, PRO-SECRETARIO, TESORERO, PRO-TESORERO, SINDICO,
CUATRO VOCALES PROPIETARIOS Y CUATRO VOCALES SU-
PLENTES; Los cargos de la Junta Directiva serán AD HONOREM, sin
embargo, cuando el socio o directivo trabaja en actividades particulares
eventuales para la Asociación, podrá cobrar una retribución convencional
o cuando por el volumen del trabajo las circunstancias lo ameriten.
Art. 21.- La Junta Directiva se reunirá cuantas veces sea necesario,
por lo menos una vez al mes, extraordinariamente cuando sea convocada
por el presidente, para que la sesión sea válida, deberá concurrir por lo
menos seis de sus miembros y las resoluciones se tomarán por la mayoría
de votos, en caso de empate, el presidente o el que haga sus veces tendrá
voto de calidad.
Art. 22.- Son atribuciones de la Junta Directiva:
a) Elaborar los proyectos de Estatutos de la Asociación y pro-
ponerlos en Asamblea;
b) Tramitar el reconocimiento legal de la Asociación conforme
a la Ley;
c) Determinar juntamente con las instituciones que colaboran
con el plan de desarrollo comunal, el plan de trabajo y el
presupuesto correspondiente;
d) Constituir comisiones de trabajo de la Asociación encauzando
a su mejor organización y desenvolvimiento;
e) Convocar en Asamblea General a reuniones ordinarias y
extraordinarias;
f) Vincularse con los organismos del estado, las Municipalidades
y con las entidades privadas que tengan que trabajar en la
región del proyecto de desarrollo comunal;
g) Participar en su caso en las investigaciones, planeamientos,
ejecución y evaluaciones de los programas y proyectos de
mejoramiento de la comunidad;
h) Informar periódicamente a la Asamblea General de las
actividades que desarrollan, y presentarles el plan anual de
trabajo y el presupuesto respectivo e informar igualmente
a los organismos que cooperaron en el desarrollo de sus
programas de trabajo;
i) Velar que el patrimonio de la Asociación, sea aplicado en la
consecución de sus fi nes;
j) Autorizar y controlar los gastos de los recursos económicos
de la Asociación;
k) Tomar las medidas necesarias para cumplir las disposiciones
emanadas de la Asamblea General y las que crean conveniente
dictar;
l) Resolver a su prudente arbitrio las situaciones excepcionales
previstas en los Estatutos;
m) Presentar a la consideración y aprobación de la Asamblea
General de la sesión ordinaria anual sus actividades de tra-
bajo;
n) Ejercer las demás actividades que se determinen en las leyes
correspondientes y Estatutos.
Art. 23.- El Presidente de la Junta Directiva, presidirá y dirigirá las
sesiones de la Asamblea General y la Junta Directiva, autorizando con su
fi rma los acuerdos que emanen de la misma y coordinará las actividades
de la Asociación.
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Art. 24.- El Vice-Presidente, colaborará con el Presidente, lo
sustituirá en los casos de ausencia o de impedimento de este y todo lo
demás que fuese concerniente a actividad comunal.
Art. 25.- El Secretario, será el órgano de la comunicación de la
Asociación y llevará el inventario de los bienes de la misma, además
tendrá a su cargo los libros de acta de sesiones que celebre la Asamblea
General y la Junta Directiva y todo lo demás que fuere pertinente.
Art. 26.- El Pro-Secretario, colaborará con el secretario en todo
lo concerniente a sus funciones; lo sustituirá en caso de ausencia o
impedimento de este.
Art. 27.- El Tesorero, será el depositario de los fondos y bienes
de la Asociación, llevará los libros de contabilidad y las cuentas de la
misma; se encargará así mismo que se haga efectivo los créditos a favor
de la Asociación y dará cuenta a la Junta Directiva en cada sesión del
estado económico. Hará los pagos de las obligaciones de la Asociación
de los emolumentos si los hubiera. Todos los fondos serán depositados
en una institución bancaria o crediticia, para lo cual se abrirá una cuenta
a nombre de la Asociación, debiendo registrar su fi rma con la del pre-
sidente y el Síndico como refrendario.
Art. 28.- El Pro-Tesorero, colaborará con el tesorero en todo lo
concerniente a sus funciones; lo sustituirá en caso de ausencia o impe-
dimento de éste.
Art. 29.- El Síndico, tendrá representación jurídica y extrajudicial
de la Asociación y el uso de su personalidad jurídica, quien para com-
parecer en juicios, escrituras, contratos, actas notariales y otros deberá
ser autorizado por la Junta Directiva, quien lo legitimará mediante
la certifi cación del punto de acta que lo autoriza. A falta del síndico
fungirán los vocales en su orden, autorizados en sesión de Junta Direc-
tiva, además velará por el estricto cumplimiento del Código Municipal
y la ordenanza respectiva, así como los presentes estatutos y las leyes
de la materia y los demás acuerdos tomados por la Asamblea General y
la Junta Directiva.
Art. 30.- Los Vocales, colaborarán con la Junta Directiva en la
medida que esta lo considere necesario, en todo caso, sustituirán a los
miembros de la Junta Directiva que faltaren.
Art. 31.- En caso de suspensión temporal, la Junta Directiva llamará
y dará posesión a los sustitutos por el tiempo que dure la suspensión.
Art. 32.- Los miembros de la Junta Directiva serán electos para un
periodo de dos años y solo podrán ser reelectos en forma consecutiva
para un periodo más.
CAPITULO VI.
PATRIMONIO DE LA ASOCIACION.
Art. 33.- El patrimonio de la Asociación estará constituido por:
a) Los fondos provenientes de las contribuciones que aportan
los socios activos mensualmente:
b) Las subvenciones o aportes extraordinarios, herencias, do-
naciones, legados que provengan de diversas fuentes;
c) Los ingresos provenientes de cualquier actividad realizada
para recaudar fondos para la Asociación;
d) El valor de los intereses que devengan los créditos otorgados
a los Asociados. El valor de estos intereses serán fi jados por
la Asamblea General a propuesta de la Junta Directiva, pero
en todo caso este interés deberá ser menor que el estipulado
por el Sistema Bancario Nacional;
e) El valor del alquiler cobrado por el uso de la maquinaria,
bienes muebles o inmuebles de propiedad de la Asociación,
el valor de estos alquileres serán aprobados por la Asamblea
General a propuesta de la Junta Directiva; pero en ningún
caso se eximirá de estos pagos el hecho de ser Asociados;
f) Sus bienes muebles o inmuebles adquiridos a cualquier título.
Los bienes muebles o inmuebles que forman el patrimonio,
no podrán ser enajenado en garantía, vendidos, alquilados o
prestados sin autorización previa de la Asamblea General.
Art. 34.- De las utilidades netas obtenidas al fi nal del ejercicio
administrativo por la Asociación, se aportará el cinco por ciento por lo
menos, para formar un fondo de reserva e incrementar el capital bancario
a nombre de la misma. La Asociación llevará un libro de registro capital,
en el que se deberá expresar todo aumento y disminución del mismo.
La Asociación para poder desarrollar sus fi nes sociales y de obra física,
siempre que conduzcan a operaciones canalizadas a través de recursos
económicos, deberá ser conocida y aprobada por la Asamblea General
y autorizada por la Junta Directiva, específi camente para el acto en
que comparezca el representante de la Asociación. En todo caso, se
establecerán los controles contables necesarios, para el efectivo control
de fondos propios o procedentes de fuentes externas, en los distintos
programas y proyectos que se desarrollen.
Art. 35.- Si al fi nal de cada ejercicio administrativo anual de
enero a diciembre, obtuvieran ganancias, la Junta Directiva propondrá
a la Asamblea General los proyectos en los que puedan ser aplicados
dichas ganancias, como también el tiempo y forma de invertir el fondo
de reserva.
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Art. 36.- En caso de disolución de la Asociación, si después de
pagadas las obligaciones hubieran remanentes el Concejo Municipal lo
destinará a programas de desarrollo comunal y mientras no se realice su
inversión, el remanente estará bajo el control del Concejo Municipal.
CAPITULO VII.
DISOLUCION DE LA ASOCIACION.
Art. 37.- La disolución de la Asociación se acordará en sesión
extraordinaria de Asamblea General, mediante acuerdo de dos terceras
partes de los socios de la misma; por motivos que el Código Municipal
y la Ordenanza Municipal reguladora de las asociaciones de desarrollo
comunal; estos Estatutos y las demás leyes que la materia establece.
CAPITULO VIII.
DISPOSICIONES GENERALES.
Art. 38.- La Asociación llevará su libro de registros de afi liados,
actas de Asamblea General, actas de Junta Directiva, registro de inven-
tario, todos foliados y sellados con una razón de apertura que contenga
el objeto del libro, su número de páginas y luego al terminarse el libro
se pondrá su razón de cierre; la cual deberá estar fi rmada y sellada por
el secretario de la Junta Directiva.
Art. 39.- La Junta Directiva, tiene la obligación de enviar al Concejo
Municipal, durante los primeros quince días posteriores a la elección,
la nómina de la nueva Junta Directiva; durante los primeros quince
días del año, la nómina de los asociados, informe de las sustituciones
de los miembros de la Junta Directiva, cuando sea en forma defi nitiva
y cualquier otro dato relativo a la Asociación, dentro de los treinta días
posteriores a la elección de la nueva Junta Directiva, deberá enviar al
Concejo Municipal un plan de trabajo.
Art. 40.- Para modifi caciones de Acta de Constitución y de los
presentes Estatutos, se seguirán los mismos procedimientos para la
constitución e inscripción de la Asociación.
Art. 41.- Los casos que no estén contemplados en estos Estatutos,
serán resueltos en Asamblea General de socios.
Art. 42.- Los presentes Estatutos, entrarán en vigencia a los ocho
días después de su publicación en el Diario Ofi cial.
LA INFRASCRITA SECRETARIA MUNICIPAL,
CERTIFICA: El Acuerdo Municipal que literalmente dice:
ACUERDO NUMERO UNO: El Concejo Municipal de la Ciudad
de Acajutla, en base a la Autonomía Municipal expresada en los Artículos
203 y 204 de la Constitución de la República, y en uso de las facultades
Legales que le confi ere los Artículos 30 numerales 4, 13, 23, 34 y 35 del
Código Municipal y CONSIDERANDO: I.- Que vistos los Estatutos de
la ASOCIACIÓN DE DESARROLLO COMUNAL, LOTIFICACION
SAN ANTONIO, CASERIO LA NUEVA, CANTON SAN JULIAN,
MUNICIPIO DE ACAJUTLA, DEPARTAMENTO DE SONSONATE,
que podrá abreviarse "ADESCOLSAN", con domicilio en el Municipio
de Acajutla, Departamento de Sonsonate. II.- Que dicha Asociación se
regirá bajo sus propios Estatutos, los cuales constan de 8 Capítulos y
42 Artículos y no encontrando en ellos ninguna disposición contraria a
la Leyes de la República, al orden público ni a las buenas costumbres
y de conformidad a lo establecido en el artículo 7 de la Constitución de
la República de El Salvador, Artículos 30 numeral 23, con relación a
los artículos del 118 al 125 del Código Municipal vigente, y luego de
deliberar al respecto, este Honorable Concejo Municipal, por UNANI-
MIDAD ACUERDA: Aprobar en todas sus partes los Estatutos de la
ASOCIACIÓN DE DESARROLLO COMUNAL LOTIFICACION
SAN ANTONIO, CASERIO LA NUEVA, CANTON SAN JULIAN,
MUNICIPIO DE ACAJUTLA, DEPARTAMENTO DE SONSONA-
TE, que podrá abreviarse. "ADESCOLSAN", y conferir el carácter de
Personería Jurídica, con domicilio en el Municipio de Acajutla, Depar-
tamento de Sonsonate. CERTIFIQUESE Y COMUNIQUESE, para los
demás efectos administrativos y legales consiguientes. Y no habiendo
más que hacer constar se cierra la presente que fi rmamos.// H.A.C.A.//
M.P. // //S.L.T.P.// // S.H.// //J.AR// //J.M.// //S.D.V.// //D.G.A.// //J.E.J.
L.// //VHSorianM// //J.S.A.// //JCC// //MEP// //DGMA// //S.M.H. // //
MMenéndez.// //D. P. de Mancia// //Sria .//
DADO EN LA ALCALDIA MUNICIPAL DE ACAJUTLA, A LOS
DIECINUEVE DIAS DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL
DIECISEIS. ES CONFORME CON SU ORIGINAL CON EL CUAL
SE CONFRONTO.
HUGO ANTONIO CALDERON ARRIOLA,
ALCALDE MUNICIPAL.
DARLIN NOHELIA PINEDA DE MANCIA,
SECRETARIA MUNICIPAL.
(Registro No. F011854)
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23DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 6 de Septiembre de 2016.
ESTATUTOS DE LA ASOCIACIÓN DE DESARROLLO
COMUNAL COLONIA MARABÚ SUR, DEL MUNICIPIO
DE SAN MARCOS, DEPARTAMENTO DE SAN SALVADOR.
CAPÍTULO I
DENOMINACIÓN, NATURALEZA, DURACIÓN,
DOMICILIO Y SIMBOLOGÍA
Artículo 1.- Créase en la ciudad de San Marcos, departamento de San Salvador, una Asociación de Desarrollo Comunal al servicio de sus asociados y de la comunidad en general.
Artículo 2.- La Asociación se denominará Asociación de Desa-rrollo Comunal COLONIA MARABÚ SUR, que podrá abreviarse "ADESCO MARABÚ SUR" y en el transcurso de estos Estatutos se llamará ADESCO o la Asociación.
Artículo 3.- La Asociación es de naturaleza democrática, apolítica, no religiosa y no lucrativa.
Artículo 4.- La Asociación se constituye por tiempo indefi nido.
Artículo 5.- El domicilio de la Asociación será la ciudad de San Marcos, Departamento de San Salvador, pudiendo realizar actividades en todo el territorio de la República.
Artículo 6.- La Asociación estará regulada por el Código Municipal, Ordenanza Reguladora de la Asociaciones Comunales del Municipio de San Marcos, por estos Estatutos y demás disposiciones legales apli-cables.
Artículo 7.- La Asociación adopta como sello el símbolo distintivo de la siguiente fi gura: un óvalo cuya leyenda se lee "ADESCO COL. MARABÚ SUR, SAN MARCOS, S.S.", con la imagen del ave Marabú en el centro que signifi ca el nombre de la Colonia representada en un ave.
CAPÍTULO II
FINES Y OBJETIVOS
Artículo 8.- La asociación tendrá como fi nes y objetivos los siguientes:
a) Promover el progreso de la Comunidad Marabú Sur, conjun-tamente con los organismos públicos y privados, nacionales e internacionales que participen en los correspondientes programas de desarrollo.
b) Fomentar el espíritu de la Comunidad, solidaridad y co-operación mutua entre los vecinos, sus grupos y entidades representativas.
c) Coordinar y cooperar con otros grupos comunitarios organiza-dos en la misma jurisdicción, procurando la mayor integración de sus miembros y mejor organización de sus actividades.
d) Impulsar y gestionar la ejecución de proyectos sociales, educativos, económicos y de infraestructura en benefi cio de la Colonia Marabú Sur.
e) Trabajar en el establecimiento y mejora de los servicios básicos con el equipamiento de los medios indispensables para solucionar los distintos problemas que existen.
f) Establecer planes referidos a la prevención de riesgos ante desastres naturales.
g) Promover la participación de la juventud en los diferentes programas y proyectos para el desarrollo local.
h) Incrementar las actividades comunitarias a fi n de obtener recursos propios que sirvan para impulsar el mejoramiento de la comunidad.
i) Participar organizadamente en el estudio y análisis de la realidad social y de los problemas, necesidades de la comu-nidad, así como en cualquier actividad en el campo social, económico, cultural, cívico, educativo u otros que fueran legales y provechosos para los habitantes de la comunidad.
j) Promover el ejercicio de la Contraloría ciudadana a través de la supervisión de los procesos de toma de decisiones, del manejo de los recursos públicos, acceso a la información y participación en el seguimiento, control y evaluación en la ejecución de proyectos o acciones del Gobierno Central, Municipal y de otras entidades Gubernamentales.
k) Fomentar la sana convivencia entre los vecinos para una mejor participación democrática participativa, con equidad de género, evitándose la violencia en todos los sentidos al interior de la Comunidad.
l) Fomentar la democracia participativa con equidad de género, así como la realización de todas las actividades permitidas por la ley para la consecuencia de los fi nes de la Asociación.
CAPÍTULO III
DE LOS ASOCIADOS, CLASES DE ASOCIADOS,
DERECHOS Y DEBERES
Artículo 9.- Podrán ser miembros de la Asociación todas aquellas personas naturales mayores de catorce años, que residan en el municipio y que acuerden la Asamblea General.
Para lo cual deberá solicitase por medio de escrito dirigido a la Junta Directiva; la que deberá evaluar su aceptación, y la someterá a ratifi cación en la siguiente sesión de Asamblea General, en la cual se decidirá por mayoría de votos.
Artículo 10.- La Asociación está integrada por tres clases de Aso-ciados:
a) Son Asociados Fundadores, aquellas personas naturales que fi rmaron el acta de constitución de la Asociación.
b) Son Asociados Activos, aquellas personas naturales que ob-tengan su ingreso a la Asociación conforme a lo establecido por estos Estatutos.
c) Son asociados honorarios aquellas personas naturales o jurí-dicas que por sus méritos personales y relevantes de servicios hacia la comunidad, la Asamblea General les otorgue tal privilegio.
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Artículo 11.- Requisitos para ser Asociados:
a) Ser mayor de catorce años.
b) Residir dentro del territorio de la comunidad.
Artículo 12.- La persona interesada en ingresar a la Asociación deberá llenar una hoja de inscripción dirigida a la Junta Directiva, en la que manifi esta la voluntad de pertenecer a la Asociación y cumplir con los requisitos establecidos en el artículo anterior.
La Junta Directiva comprobará que los datos contenidos en la hoja de inscripción sean correctos y si así fuere, procederá a incorporar al interesado quien será juramentado en pleno de la Asamblea. Será respon-sabilidad de la Junta Directiva, proporcionar a las personas interesadas en ingresar a la Asociación, la respectiva solicitud de ingreso.
Artículo 13.- Son derechos de los Asociados:
a) Participar con voz y voto en las Asambleas Generales.
b) Presentar mociones y sugerencias a la Asamblea General.
c) Retirarse voluntariamente de la Asociación.
d) Elegir y ser electo para cargos de dirección.
e) Gozar de los servicios y privilegios que realice u otorgue la Asociación.
f) Solicitar y obtener de la Junta Directiva información del funcionamiento de los proyectos aprobados y rechazados de la Asociación.
Artículo 14.- Son deberes de los Asociados:
a) Cooperar en el desarrollo de aquellas actividades propias de la Asociación.
b) Asistir con puntualidad a las sesiones de la Asamblea General, previa convocatoria legal.
c) Desempeñar con responsabilidad, efi ciencia y honradez los cargos o comisiones que se le hubieren designado.
d) Abstener de realizar las acciones u omisiones que pongan en perjuicio la armonía, las actividades y en general los objetivos de la Asociación.
e) Velar porque se respeten y se cumplan las disposiciones de la Asamblea General y Junta Directiva, siempre que estén relacionados con los fi nes y objetivos de la Asociación.
f) Cancelar las cuotas acordadas en Asamblea General.
g) Cumplir y hacer cumplir estos Estatutos, Reglamentos Internos y Ordenanzas Municipales de San Marcos.
Artículo 15.- De la suspensión de los derechos de los Asociados:
a) Por realizar actos que dañen el prestigio de la Asociación.
b) Por el incumplimiento injustifi cado de los deberes que le impone la calidad de Asociado.
La decisión de suspensión de los derechos deberá ser tomada por Asamblea General Extraordinaria para lo cual será necesario el voto de la mitad más uno de los miembros presentes.
CAPITULO IV
DEL GOBIERNO DE LA ASOCIACION
Artículo 16. El gobierno de la Asociación emana de la totalidad de sus asociados y será ejercido en su representación por la Asamblea General, la Junta Directiva y Comité de Vigilancia.
CAPITULO V
DE LA ASAMBLEA GENERAL
Artículo 17.- La Asamblea General será la máxima autoridad de la Asociación y estará integrada por la totalidad de los asociados.
Artículo 18. La Asamblea General se reunirá Ordinariamente al menos una vez al año, y Extraordinariamente todas aquellas sesiones que sean necesarias para tratar puntos importantes para la Asociación; la cual deberá ser convocada por la Junta Directiva.
Artículo 19.- El quórum necesario para poder realizar las sesiones Ordinaria o Extraordinaria de la Asamblea General, será de la mitad más uno de los miembros de la Asociación en primera convocatoria; y en segunda convocatoria el día siguiente con los miembros que asistan, siempre que no sea inferior a un tercio de los integrantes de la misma, excepto en los casos especiales en que se requiera mayor número de asistentes. Las resoluciones las tomará la Asamblea General por mayoría simple de votos.
Artículo 20.- Todo miembro que no pudiera asistir a cualquiera de las sesiones de Asamblea General por motivos justifi cados podrá hacerse representar por otro miembro, mediante un escrito dirigido a la Junta Directiva en el que haga constar esa situación. El límite de representaciones es de un miembro, llevando la voz y el voto de su representado.
Artículo 21.- La convocatoria podrá ser hecha en forma verbal o escrita a través de los medios de comunicación que más convenga. La convocatoria para realizar la Asamblea General Ordinaria se hará por lo menos con ocho días de anticipación a la fecha de su realización y para la Asamblea General Extraordinaria se hará por lo menos con tres días de anticipación a la fecha de su realización.
Artículo 22.- Son atribuciones de la Asamblea General:
a) Aprobar, reformar o derogar estos Estatutos y los respectivos reglamentos que emita la Asociación.
b) Elegir a los miembros de la Junta Directiva y Comité de Vigilancia y destituirlos por causas justifi cadas.
c) Aprobar o modifi car el plan de trabajo del desarrollo de proyectos y acciones en benefi cio de la comunidad por la Junta Directiva.
d) Recibir los informes de trabajo del Secretario de Finanzas y los demás que le presenten los miembros de la Junta Directiva y aprobar el Estado Financiero de la Asociación.
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25DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 6 de Septiembre de 2016.
e) Aprobar el Presupuesto Anual.
f) Fijar la cuantía de las cuotas ordinarias y extraordinarias de los Asociados según la necesidad de la Asociación.
g) Solicitar a la Junta Directiva los informes que crea conve-nientes.
h) Otorgar la calidad de socio Honorario.
i) Decidir todos aquellos asuntos de interés para la Asociación y que no estén contemplados en los presentes Estatutos, Ordenanza Reguladora de las Asociaciones Comunales, Re-glamentos y otras disposiciones que emita la Asociación.
j) Decidir sobre la donación, compra, venta o enajenación de los bienes inmuebles pertenecientes a la Asociación.
CAPITULO VI
DE LA JUNTA DIRECTIVA
Artículo 23.- La Junta Directiva será el órgano de dirección de trabajo de la Asociación, con atribuciones deliberativas, consultivas, planifi cadoras, gestoras y estará conformada de la siguiente manera: Secretaría General, Secretaría Adjunta, Secretaría de Asuntos Legales, Secretaría de Actas, Secretaría de Finanzas, Secretaría de Salud y Medio Ambiente, Secretaría de Cultura y Educación, Secretaría de Equidad Social y Género, Secretaría de Juventud, Recreación y Deportes.
Además de Asamblea General podrá crear según sus necesidades las comisiones que consideren convenientes, para el mejor desempeño de su contenido.
Los cargos en la Junta Directiva serán ad-honórem; sin embargo, cuando el asociado trabaje en actividades particulares y eventuales para la Asociación, podrá otorgársele una dieta en concepto de gastos de alimentación y transporte, siempre y cuando las circunstancias lo ameriten.
Artículo 24.- Los miembros de la Junta Directiva serán electos en la sesión Ordinaria de Asamblea General, para un periodo de dos años, contados a partir de la fecha de su nombramiento.
Cuando se trate de sustitución de directivo por causas justifi cadas, o cuando éstos hayan sido destituidos por la Asamblea General con el voto de la mayoría de los Asociados, por su mal desempeño dentro de la Asociación. Deberá convocarse a la Asamblea General de asociados a sesión extraordinaria. Para efecto de realizar las sustituciones corres-pondientes.
Artículo 25.- La Junta Directiva sesionará Ordinariamente al menos una vez al mes, y Extraordinariamente cundo considere necesario.
La convocatoria a las sesiones Ordinarias se hará con tres días de anticipación y para las sesiones extraordinarias con dos días de antici-pación.
Artículo 26.- El quórum para celebrar Junta Directiva será la asistencia de por lo menos la mitad más uno de sus miembros, y para tomar resoluciones se requerirá el voto favorable de la mayoría de los miembros directivos presentes. En caso de empate el Secretario General tendrá doble voto.
Artículo 27.- La Junta Directiva tendrá las siguientes atribucio-nes:
a) Cumplir y hacer cumplir los presentes Estatutos, Reglamentos, Regulaciones de la Asamblea General, elaborar la memoria anual de labores y someterlos a consideración de la Asamblea General.
b) Administrar el patrimonio de la Asociación.
c) Velar porque todos los asociados/as cumplan con sus obli-gaciones para con la Asociación.
d) Señalar las fechas de celebración de las sesiones Ordinarias y Extraordinarias de la Asamblea General.
e) Convocar a los asociados y elaborar la agenda de las sesio-nes.
f) Constituir los comités de apoyo que sean necesarios para el impulso de las actividades en benefi cio de la Asociación.
g) Conocer las solicitudes de ingresos a la Asociación y presen-tarlas a consideración de la Asamblea General.
h) Conocer las solicitudes y reclamos de los Asociados de acuerdo a las disposiciones de estos Estatutos y Reglamento de la Asociación.
i) Elaborar proyectos de reglamentos de la Asociación, así como los proyectos de reforma de estos Estatutos.
j) Organizar seminarios, cursos y otros eventos relacionados con los fi nes de la Asociación.
k) Resolver todos los asuntos que no sean competencia de la Asamblea General.
l) Elaborar el Plan de Trabajo de la Asociación.
m) Constituir comisiones de trabajo.
Artículo 28.- Para ser miembros de la Junta Directiva será necesario cumplir con los siguientes requisitos:
a) Ser mayor de 14 años.
b) Competencia notoria para el desempeño del cargo.
c) Observar buena conducta.
d) Residir dentro del territorio de la Asociación.
e) Ser propuesto por un asociado y ser ratifi cado por la mayoría simple en Asamblea General Extraordinaria.
f) Estar solvente con la Asociación.
Artículo 29.- Los miembros de la Junta Directiva podrán ser des-tituidos de sus cargos por las causales siguientes:
a) Inmoralidad comprobada.
b) Incumplimiento a las disposiciones de los presentes Estatutos o reglamentos internos que regulan la Asociación.
c) Cometer algún delito o falta grave en perjuicio de la Asocia-ción.
d) Obtener por medios fraudulentos benefi cios de la Asociación para sí o para terceros.
e) Apartarse de los fi nes de la Asociación; y
f) Cuando a juicio de la Asamblea sea necesario.
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Artículo 30.- Los miembros de la Junta Directiva y Comité de Vigi-lancia, sólo podrá ser reelecto por un periodo más consecutivamente.
CAPITULO VII
DE LAS ATRIBUCIONES DE LOS MIEMBROS
DE LA JUNTA DIRECTIVA
Artículo 31.- Son atribuciones del Secretario General:
a) Presidir las sesiones de la Junta Directiva y de la Asamblea General.
b) Representar legal, judicial y extrajudicialmente a la Asocia-ción.
c) Cumplir y hacer cumplir los acuerdos y disposiciones tomadas por la Asamblea General, Junta Directiva y de los Estatutos de la Asociación.
d) Aperturar con la fi rma de dos miembros Directivos, la cuenta bancaria a nombre de la Asociación.
e) Autorizar por escrito junto con el Secretario de Finanzas las erogaciones de pagos y gastos de la Asociación debidamente comprobados mediante vales de fondos pre numerados co-rrelativamente.
f) Todas las demás que le encomiende la Junta Directiva.
Artículo 32.- Son atribuciones del Secretario Adjunto:
a) Colaborar con el Secretario General en el desempeño de sus funciones.
b) Sustituir al Secretario General en caso de ausencia o impe-dimento.
c) Desempeñarse en las comisiones que el Secretario General le designe.
d) Las demás que le asigne estos Estatutos y otras disposiciones que tome la Asamblea General.
Artículo 33.- Son atribuciones del Secretario de Asuntos Lega-les:
a) Velar por el cumplimiento de las resoluciones de la Junta Directiva y de la Asamblea General.
b) Colaborar en la elaboración de las reformas a los Estatutos, Reglamento Interno de la Asociación, Plan de Trabajo y Memoria Anual.
c) Velar por la legalidad de las actuaciones de la Asociación.
d) Y las demás que señale la Asamblea General.
Artículo 34.- Son atribuciones del Secretario de Actas:
a) Llevar el Libro de Actas de las sesiones de la Asamblea General y de la Junta Directiva.
b) Extender las credenciales y certifi caciones de la Asociación que sean necesarias.
c) Llevar el libro de Registro de Asociados, así como el archivo de la Asociación.
d) Enviar a los asociados las convocatorias para sesiones de Asamblea General y Junta Directiva.
e) Recibir y despachar la correspondencia de la Asociación.
f) Expedir las Certifi cación de los documentos que consten en los archivos de la Asociación.
g) Las demás que por razones de su cargo le competen.
Artículo 35.- Son atribuciones del Secretario de Finanzas:
a) Recibir y depositar en la cuenta bancaria destinada para tal efecto todos los ingresos que la Asociación obtenga.
b) Administrar el Fondo Circulante de la Asociación.
c) Efectuar todo pago por medio de cheque o Fondo Circulan-te.
d) Llevar el control actualizado de los libros de Ingresos y Egresos de la Asociación.
e) Autorizar juntamente con el Secretario General, las erogaciones que la Asociación tenga que realizar.
f) Hacer efectivos los cobros de los servicios prestados por la Asociación, así como gestionar la mora de los mismos.
g) Rendir informes de la situación fi nanciera de la Asocia-ción.
h) Liquidar el Fondo Circulante al fi nalizar cada año fi scal.
Artículo 36.- Son atribuciones de las Secretarías de Salud y Medio Ambiente, de Juventud, Recreación y Deportes, de Cultura y Educación. de Equidad Social y Género las siguientes:
a) Coordinar las actividades relativas a cada Secretaría.
b) Colaborar directamente con todos los miembros de la Junta Directiva.
c) Sustituir a cualquier miembro de la Junta Directiva en caso de ausencia o impedimento.
d) Desempeñar las funciones en las comisiones que le asignen la Asamblea General y la Junta Directiva.
e) Las demás que señalen los presentes Estatutos y Reglamento de la Asociación.
CAPITULO VIII
DE LAS ATRIBUCIONES DEL COMITÉ DE VIGILANCIA
Artículo 37. El Comité de Vigilancia ejercerá la supervisión de todas las actividades de la Asociación y fi scalizará las actuaciones de los miembros Directivos.
Tendrá acceso absoluto a todos los libros, facturas u otros docu-mentos, para realizar su función. Recibirá denuncias de los asociados contra la Junta Directiva, una vez recibida una denuncia el Comité iniciará una investigación, fi nalizada dicha investigación pronunciará un informe que será dado a conocer a la Asamblea General, para que sea ésta quien tome la decisión sobre lo investigado.
Artículo 38.- El Comité de Vigilancia estará integrado por tres miembros elegidos por la Asamblea General, donde se haya elegido la Junta Directiva.
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27DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 6 de Septiembre de 2016.
El periodo de las funciones del Comité iniciará y concluirá al mismo tiempo que el de la Junta Directiva y sólo podrá ser reelecto por un periodo más.
Los cargos a desempeñar dentro del Comité son el de Coordinador, Primer Fiscal y Segundo Fiscal.
Articulo 39.- El Comité de Vigilancia deberá reunirse por lo menos una vez al mes, tomará sus acuerdos por mayoría simple o unanimidad según sea el caso: los informes que realicen deberán hacerlo del cono-cimiento tanto de la Asamblea General como de la Junta Directiva.
Salvo en el caso que el informe arroje el resultado de investigaciones producto de denuncia contra la Junta Directiva, en cuyo caso se notifi cará directamente a la Asamblea General, recomendando la sanción de con-formidad a los Estatutos o al Reglamento Interno de la Asociación. Sin detrimento de las acciones Civiles o Penales que deriven de sus actos.
El Comité de Vigilancia tendrá la facultad de convocar a Asamblea General Extraordinaria y hacer propuestas de destitución de la Junta Directiva en pleno o individualmente.
Artículo 40.- Son atribuciones del Comité de Vigilancia:
a) Verifi car todas las gestiones, operaciones, documentos que la Junta Directiva lleva para la buena administración y Fun-cionamiento de la Asociación.
b) Informar a la Junta Directiva o Asamblea General, las irregu-laridades o anomalías observadas y verifi car que éstas sean subsanadas.
c) Todas las demás que le señalen estos Estatutos, Reglamento Interno y Ordenanza Municipal.
CAPITULO IX
DE LAS MEDIDAS DISCIPLINARIAS, CAUSALES
Y PROCEDIMIENTOS PARA SU APLICACION
Artículo 41.- Las medidas disciplinarias deberán tener como nor-mas básicas las señaladas en estos Estatutos, sin perjuicio que puedan regularse con mayor detalle en el Reglamento Interno, dependiendo de la gravedad de la infracción y de la reincidencia del infractor, las sanciones a imponerse serán:
a) Amonestación escrita.
b) Suspensión temporal del ejercicio de los derechos de Aso-ciados.
c) Pérdida defi nitiva de la calidad de Asociado, siendo ésta la sanción más grave.
Artículo 42.- Las sanciones serán impuestas de la siguiente for-ma:
a) La amonestación escrita será realizada por la Junta Directi-va.
b) Suspensión temporal y pérdida de la calidad de asociados serán propuestas por la Junta Directiva a la Asamblea General, quien deberá ratifi car las decisiones tomadas por la mitad más uno de los miembros presentes.
Artículo 43.- Las infracciones o faltas serán las siguientes:
a) La comisión de delitos o faltas en contra de la Asociación o la comisión de cualquier ilícito de corrupción.
b) La violación a estos Estatutos, Reglamento Interno, Acuerdos o Resoluciones de la Asamblea General o la Junta Directiva.
c) Otras faltas graves cometidas que a juicio de la Asamblea General merezcan tales sanciones.
En cualquier procedimiento disciplinario, deberán garantizarse los derechos de previa audiencia y de igualdad, tanto material como procesal, al asociado sujeto a dicho procedimiento.
Artículo 44.- En los casos de imposición de sanción de suspensión temporal del ejercicio de los derechos del asociado infractor y pérdida defi nitiva de la calidad del asociado, la Junta Directiva nombrará una comisión integrada por tres de sus miembros para que investiguen los hechos en el término de tres días, quienes instruirán las diligencias con base en los informes, denuncias o documentos en que indicaren la infrac-ción y la persona a quien se atribuyere; recibida la información anterior la admitirán de ser procedente, emplazarán al infractor para que en el término de tres días hábiles, a partir de día siguiente a la notifi cación ejerza su defensa.
Si el presunto infractor dejare transcurrir el término del emplaza-miento sin mostrarse parte, el asunto quedará listo para resolver.
Si el presunto infractor hubiere comparecido en tiempo, se abrirá a pruebas por el término de cuatro días hábiles, contados después de su notifi cación al interesado.
Concluido el término probatorio la comisión emitirá un dictamen y los remitirá a la Junta Directiva, quien dictará una propuesta de resolución la que será presentada en la próxima reunión de la Asamblea General para que resuelva de conformidad a estos Estatutos, Reglamento Interno y otras normas aplicables.
Artículo 45.- De la resolución que establezca la suspensión temporal del ejercicio de los derechos del asociado infractor o pérdida defi nitiva de la calidad de asociado, podrá interponerse únicamente el recurso de revisión para ante la misma Junta Directiva, dentro del tercer día de la notifi cación.
La sanción aplicada será informada mediante notifi cación por escrito, al asociado de quien se trate, por medio del Secretario de Actas; debiendo dejar constancia de que el asociado ha sido notifi cado en tiempo y en forma.
CAPITULO XDEL PATRIMONIO DE LA ASOCIACION
Artículo 46.- El patrimonio de la Asociación estará constituido por:
a) El monto de las contribuciones que aporten los asociados, según lo decida la Asamblea General.
b) Donaciones, herencias, legados contribuciones de personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras.
c) Los ingresos productos de cualquier actividad realizada a fi n de obtener fondos para la Asociación.
d) Los bienes muebles o inmuebles que se adquieran a cualquier título y las rentas que se obtengan por alquileres o adminis-tración de los mismos.
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Los bienes inmuebles que forman parte del patrimonio la Asocia-ción no podrán ser vendidos, enajenados o dados en garantía sino por aprobación de la Asamblea General de Asociados.
Artículo 47.- El patrimonio será administrado por la Junta Directiva conformen a las directrices que le manifi este la Asamblea General.
CAPITULO XI
DISOLUCIÓN Y LIQUIDACION DE LA ASOCIACION
Artículo 48.- La Asociación podrá disolverse cuando se dé una de las causales previstas en el Código Municipal, mediante acuerdo tomado en Asamblea General Extraordinaria, especialmente convocada para ese efecto con al menos el voto de las tres cuartas partes de sus miembros.
Artículo 49.- Para efectos de proceder a la liquidación, se confor-mará una Comisión Liquidadora con tres miembros de la Asociación, electos en Asamblea General Extraordinaria; dicha comisión nombrará de entre su seno a un Coordinador, quien representará legalmente a la Asociación, la municipalidad designará a un delegado que acompañará el proceso, poniendo a la disposición de ellos los libros respectivos para efectos de honrar las obligaciones que hayan contraído la Asociación, así como fi niquitar las cuentas que estuvieren pendientes para ellas.
Si no fuesen electos los miembros de la Comisión Liquidadora por la Asociación, la Municipalidad procederá a designarlos.
En cualquier caso se dispondrá de sesenta días para liquidar la Asociación, salvo que por razones fundadas, debidamente documentados se requiere un plazo mayor.
Artículo 50.- Acordada la disolución de la Asociación y verifi cada la liquidación por la Comisión Liquidadora, el remate de los bienes si los hubiere, se donará a una entidad de benefi cio comunal legalmente constituida en esta jurisdicción, que tenga fi nes comunales y que deberá ser designada por la Asamblea General Extraordinaria que acordare la disolución, si en caso ésta no lo decidiere, se donará al municipio de San Marcos, quien lo destinará a programas de desarrollo comunal, preferentemente en la localidad del domicilio de la Asociación.
CAPITULO XII
DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 51.- La Asociación utilizará sus propios recursos pro-venientes de su gestión, para llevar a cabo sus programas o proyectos, estando obligados a informar a la municipalidad si fuere necesario o solicitado por ésta.
Artículo 52.- La Asociación llevará los Libros de Actas de Sesiones de Asamblea General, Libros de Actas de Sesiones de Junta Directiva, Libros de Actas de Sesiones de Comité de Vigilancia, Libro de Ingreso y Egreso, Libro de Registros de Asociados, y otros que considere ne-cesarios, debidamente foliados y sellados, con una razón de apertura
que contenga el objeto del libro fi rmado por el Alcalde Municipal y el Secretario Municipal, y al terminar el Libro se pondrá una razón de cierre, la cual deberá estar fi rmada y sellada por el Secretario General y Secretario de Actas de la Asociación.
Artículo 53.- La Junta Directiva tiene la obligación de enviar al Registro de Asociaciones Comunales que lleva la Alcaldía Municipal, en los primeros quince días posteriores a la elección de la Junta Directiva, la nómina de quienes la integran.
También informará en la forma expresada anteriormente de las situaciones de miembros de la Junta Directiva y de nuevos miembros de la Asociación.
Artículo 54.- Estos estatutos estarán en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Ofi cial.
EL INFRASCRITO SECRETARIO MUNICIPAL,
CERTIFICA: Que el Acta Número Veintiuno, de Sesión Ordinaria celebrada por esta Municipalidad, el día tres de junio de dos mil dieciséis, consta el Acuerdo que literalmente dice:
ACUERDO NÚMERO SEIS: CONSIDERANDO: I. Que dada la importancia de promover la participación social organizada en el Municipio de San Marcos y habiéndose revisado los Estatutos de la "Asociación de Desarrollo Comunal Colonia Marabú Sur, del Municipio de San Marcos" que podrá denominarse "ADESCO MARABÚ SUR", los cuales cumplen con los requisitos establecidos; tanto en el Código Municipal, como en la Ordenanza Reguladora de las Asociaciones Comunales del Municipio de San Marcos. POR TANTO: en uso de sus competencias y facultades legales establecidas en los Arts. 4 numeral 8, 30 numeral 13; 120 y 121 del Código Municipal; y dando cumplimiento al Art. 11 de la Ordenanza Municipal de las Asociaciones Comunales del Municipio de San Marcos. Sometidos el punto a votación este Concejo Municipal por Unanimidad ACUERDA: 1.- Aprobar los Estatutos de la "Asociación de Desarrollo Comunal Colonia Marabú Sur, del Mu-nicipio de San Marcos" que podrá denominarse "ADESCO MARABÚ SUR". 2.- Otorgar la Personalidad Jurídica a la "Asociación de Desa-rrollo Comunal Colonia Marabú Sur" y ordénese la publicación de los Estatutos en el Diario Ofi cial, los cuales entrarán en vigencia ocho días después de su publicación. 3.- Proceder al Registro de Asociaciones de Desarrollo Comunales una vez sea entregada a la Secretaría Municipal, la publicación en el Diario Ofi cial antes mencionada. Para los efectos legales y administrativos consiguientes.- COMUNIQUESE.
ES CONFORME CON SU ORIGINAL CON EL CUAL SE CONFRONTO, debidamente en la Alcaldía Municipal de San Marcos, a los diez días del mes de junio del dos mil dieciséis.
DR. VLADIMIR ERNESTO CHANCHAN MEDINA.
SECRETARIO MUNICIPAL.
(Registro No. F011949)
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29DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 6 de Septiembre de 2016.
ACEPTACIÓN DE HERENCIA
LICENCIADO RODRIGO ERNESTO BUSTAMANTE AMAYA,
JUEZ DEL JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL Y MERCANTIL
DEL DISTRITO JUDICIAL DE SANTA ANA, AL PÚBLICO, PARA
LOS EFECTOS DE LEY,
HACE SABER: En las Diligencias de Aceptación de Herencia
Intestada con Benefi cio de Inventario, iniciadas por la Licenciada MIRNA
ELIZABETH PORTILLO ARTIGA, en su calidad de representante
procesal de la señora GLORIA LUZ RODRIGUEZ DE FLORES, en el
expediente clasifi cado bajo el número de referencia 823-16-CVDV-2CM1,
se ha proveído resolución por este juzgado, ocho horas cuarenta y un
minutos del día veinte de julio de dos mil dieciséis, mediante la cual
se ha tenido por aceptada interinamente y con Benefi cio de inventario,
de parte de la señora GLORIA LUZ RODRIGUEZ DE FLORES, en
su calidad de CÓNYUGE, la Herencia Intestada que a su defunción
dejara el causante, señor JOSE ANTONIO FLORES LOPEZ, quien
fue de setenta y un años de edad, Empleado, Casado, de nacionalidad
Salvadoreña, originario de esta ciudad, habiendo fallecido el día 5 de
marzo a las catorce horas y quince minutos de 2016, habiendo sido hijo
de los señores Francisco Flores y Paula López, ambos ya fallecidos; en
esa calidad se le confi ere Interinamente la Administración y Represen-
tación de la sucesión con las facultades y restricciones de los curadores
de la Herencia abintestada.
Lo que se hace del conocimiento del público, para que todo aquel que
se crea con derecho a la sucesión, se presente a este Juzgado a deducirlo
dentro de los quince días hábiles siguientes a la tercera publicación de
este edicto.
Librado en el Juzgado Segundo de lo Civil y Mercantil, Santa Ana,
a las nueve horas once minutos del día veinte de julio de dos mil dieciséis.-
LIC. RODRIGO ERNESTO BUSTAMANTE AMAYA, JUEZ DEL
JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL Y MERCANTIL DE SANTA
ANA. LIC. CARLOS MAX QUINTANA RAMOS, SECRETARIO.
Of. 3 v. alt. No. 878-1
AVISO DE INSCRIPCIÓN
LA INFRASCRITA JEFA DE LA SECCIÓN JURÍDICA DEL
DEPARTAMENTO DE ASOCIACIONES AGROPECUARIAS DEL
MINISTERIO DE AGRICULTURA Y GANADERIA
CERTIFICA: Que habiendo cumplido con el procedimiento
establecido en el Decreto Legislativo número TRESCIENTOS TREINTA
Y NUEVE, publicado en el Diario Ofi cial número ochenta y seis, tomo
número Doscientos Noventa y Uno, del catorce de mayo de mil
novecientos ochenta y seis, donde se emite la Ley General de Asociaciones
Cooperativas, LA ASOCIACIÓN COOPERATIVA DE PRODUCCIÓN
AGROPECUARIA “JAGUARES UNIDOS DE SAMURIA” DE
RESPONSABILIDAD LIMITADA, QUE SE ABREVIA "ACOPAJUS"
DE R. L., con domicilio en el municipio de Jucuarán, departamento de
Usulután, obtuvo su personalidad jurídica el día catorce de julio del año
dos mil dieciséis, e inscrita en el libro ciento veintisiete de Registro que
esta ofi cina lleva bajo la siguiente codifi cación: Tres mil ciento cincuenta
y siete del Sector No Reformado. Por lo que CONSIDERA: Publicar
en el Diario Ofi cial el asiento y por una sola vez el aviso de inscripción
correspondiente.
Santa Tecla, a los treinta y un días del mes de agosto del año dos
mil dieciséis.
NOTIFÍQUESE.
LICDA. ÁNGELA DEL CARMEN MANZANO,
Jefa Sección Jurídica.
Of. 1 v. No. 879
SECCION CARTELES OFICIALESDE PRIMERA PUBLICACIÓN
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30 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 412
DE TERCERA PUBLICACIÓN
ACEPTACIÓN DE HERENCIA
DELMY RUTH ORTIZ SÁNCHEZ, JUEZA DE LO CIVIL SUPLENTE
DEL JUZGADO DE LO CIVIL DE SANTA TECLA, AL PÚBLICO
PARA LOS EFECTOS DE LEY.
HACE SABER: Que por resolución pronunciada por este juzgado,
a las catorce horas y veinte minutos de este día, se ha tenido por aceptada
expresamente y con benefi cio de inventario, la herencia testada dejada a
su defunción por la causante NATIVIDAD DE MERCEDES CARPIO,
fallecida en el Hospital Nacional Rosales, de la ciudad de San Salvador,
DE SEGUNDA PUBLICACIÓN
el día catorce de abril de dos mil diez, siendo Colón, el lugar de su último
domicilio, de parte del señor CARLOS ENRIQUE CARPIO, en calidad
de heredero testamentario; y se ha conferido al aceptante, la administración
y la representación interinas de la sucesión, con las facultades y restric-
ciones de los curadores de la herencia yacente.
Librado en el Juzgado de lo Civil de Santa Tecla, a las catorce horas
y cuarenta minutos del día veintiséis de febrero de dos mil quince.- Dra.
DELMY RUTH ORTIZ SÁNCHEZ, JUEZA DE LO CIVIL SUPLENTE.
Br. KARINA VANESSA SILVA DE SOMOZA, SECRETARIA.
Of. 3 v. alt. No. 876-2
ACEPTACIÓN DE HERENCIA
MELIDA DEL TRANSITO GONZALEZ ORELLANA, JUEZ DE
PRIMERA INSTANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.
HACE SABER: Al público que para los efectos de ley que por
resolución proveída por este Juzgado a las diez horas veinte minutos
del día nueve de agosto del corriente año, se ha tenido por aceptada ex-
presamente y con benefi cio de inventario la herencia intestada que a su
defunción ocurrida a las seis horas y cinco minutos del día veintinueve
de marzo de dos mil catorce, en Hospital Centro de Emergencias de
San Salvador, siendo la ciudad de Acajutla su último domicilio, dejó
el señor Juan Vidal Javier Ortiz, de parte de la señora Belmon Merce-
des Alvarenga de Javier, en su calidad de cónyuge sobreviviente del
expresado causante; por lo que se le ha conferido a dicha aceptante la
administración y representación interina de la sucesión con las facultades
y restricciones de los curadores de la herencia yacente.
Se citan a todas las personas que se crean con derecho a la heren-
cia que se presenten a este Juzgado a deducirlo en el plazo de quince
días contados a partir del día siguiente a la tercera publicación de este
edicto.
Librado en el Juzgado de Primera Instancia de Acajutla, a las diez
horas cuarenta minutos del día nueve de agosto de dos mil dieciséis.-
Licda. MELIDA DEL TRÁNSITO GONZÁLEZ ORELLANA, JUEZ
DE PRIMERA INSTANCIA. LICDA. ELSA CORALIA RAMIREZ
LEIVA, SECRETARIO.
Of. 3 v. alt. No. 848-3
RAUL WILFREDO BARRIENTOS BOLAÑOS, JUEZ DE LO CIVIL
DE ESTE DISTRITO.
HACE SABER: Que por resolución de este Tribunal de nueve horas
cinco minutos del día trece de julio del presente año.- Se ha tenido por
aceptada expresamente y con benefi cio de inventario la herencia intestada
dejada por el señor EDWIN ALBERTO HERNÁNDEZ LEON, falle-
cido el día trece de noviembre del dos mil quince, siendo la población
de Sonzacate el lugar de su último domicilio, de parte de las señoras
REYNA LETISIA HERNÁNDEZ conocida por REYNA LETICIA
HERNÁNDEZ DE HENRÍQUEZ y por REINA LETICIA HERNÁN-
DEZ, como madre y MARITZA ELIZABETH LÚE NOLASCO como
representante legal del menor JESUS ALBERTO HERNANDEZ LUE
como hijo del causante.
Se ha conferido a las aceptantes la administración y representación
interinas de la sucesión con las facultades y restricciones de ley.
JUZGADO DE LO CIVIL: Sonsonate, a las catorce horas del día
uno de agosto del año dos mil dieciséis.- LIC. MSc. RAÚL WILFREDO
BARRIENTOS BOLAÑOS, JUEZ DE LO CIVIL. LIC. CECILIA DEL
CARMEN CEREN DE ESCOBAR, SECRETARIO.
Of. 3 v. alt. No. 849-3
LIC. RAUL WILFREDO BARRIENTOS BOLAÑOS, JUEZ DE LO
CIVIL DE ESTE DISTRITO:
HACE SABER: Que por resolución de las once horas cuarenta
y cinco minutos del día nueve de Junio Del año dos mil dieciséis, de
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31DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 6 de Septiembre de 2016.
conformidad con lo establecido en los Arts. 988 Ord. 1o., y 1173 C:C.,
se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario
de la herencia intestada dejada por el Causante señor Luciano Pérez
Hernández, fallecida el día veintiséis de Enero del año dos mil quince,
en Nahuizalco, jurisdicción de este Departamento, lugar de su último
domicilio, de parte de los señores Ana Carías de Pérez, Mario Edgardo
Pérez Carías, Jaime Rafael Pérez Carías, Amalia Pérez de Paula y Melvin
Oswaldo Pérez Carías, la primera en su concepto Cónyuge y los demás
como hijos, todos del mencionado Causante.
Y habiendo comprobado los aceptantes declarados con las cer-
tifi caciones de partidas de defunción, de matrimonio y de nacimiento,
agregadas a las presentes diligencias la calidad con que comparecen, se
les ha conferido a éstos la administración y representación interinas de
la sucesión, con las facultades y restricciones de Ley.
Mandándose publicar el edicto respectivo y de existir personas
que se crean con derecho a la herencia, se presenten a este Juzgado a
deducirlo en el plazo establecido por la Ley, a partir del día siguiente a
la tercera publicación del edicto.
Juzgado de lo Civil: Sonsonate, a las doce horas del día nueve de
Junio del año dos mil dieciséis. Enmendado-HACE SABER- Vale.- LIC.
RAUL WILFREDO BARRIENTOS BOLAÑOS, JUEZ DE LO CIVIL.
LIC. MIRIAM ELIZABETH REYES DE MARTINEZ, SECRETARIA
INTERINA.
Of. 3 v. alt. No. 850-3
LICENCIADO ROBERTO RICARDO RIVAS LIMA, JUEZ DE
PRIMERA INSTANCIA DE IZALCO, DEPARTAMENTO DE
SONSONATE.
HACE SABER: Que por resolución proveída a las nueve horas
de este día, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de
inventario la herencia intestada que a su defunción dejó la causante
ESTEBANA DE JESUS PERALTA hoy viuda de CARRANZA, quien
falleció el día uno de mayo del año dos mil nueve, a la edad de ochenta
y cinco años, siendo su último domicilio en Caluco, Departamento
de Sonsonate, de parte de la señora CELIA NORIS PERALTA DE
SANCHEZ, en concepto de hija de la causante. Confi érese a la aceptante
en el concepto antes expresado, la Administración y Representación In-
terina de la Sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores
de la herencia yacente. Quedan citadas aquellas personas que se crean
con derecho a la herencia, para que se presenten a deducirlo en el término
de quince días, contados desde el día siguiente a la tercera publicación
de este edicto en el Diario Ofi cial.
Lo que se hace saber al público, para efectos de Ley.
Librado en el Juzgado de Primera Instancia de Izalco, Departa-
mento de Sonsonate, el día uno de agosto del año dos mil dieciséis.-
LIC. ROBERTO RICARDO RIVAS LIMA, JUEZ DE PRIMERA
INSTANCIA. LICDA. SARA ALBERTINA VILLEDA SANCHEZ,
SECRETARIA.
Of. 3 v. alt. No. 851-3
LICENCIADO ROBERTO RICARDO RIVAS LIMA, JUEZ DE PRI-
MERA INSTANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.
HACE SABER: Que por resolución proveída a las quince horas y
veintidós minutos de este día y año, se ha tenido por aceptada expresamente
y con benefi cio de inventario la herencia intestada que a su defunción
dejó el causante señor JOAQUIN GALICIA, quien falleció el día seis
de junio del año mil novecientos noventa y tres, a la edad de cincuenta y
ocho años, siendo en esta ciudad su último domicilio, de parte del señor
VICTOR MANUEL VASQUEZ ARITA, en calidad de cesionario de los
derechos que le correspondían a la señora TERESA DE JESUS GALICIA,
ésta en calidad de hermana del causante.- Confi érese al aceptante en el
concepto antes expresado, la Administración y Representación Interina
de la Sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la
herencia yacente.
Lo que se hace saber al público, para que puedan presentarse a
este Juzgado las personas que se crean con derecho a la herencia que a
su defunción dejara la referida causante.
Librado en el Juzgado de Primera Instancia de Izalco, Departa-
mento de Sonsonate, a los veintisiete días del mes de junio del año dos
mil dieciséis.- LIC. ROBERTO RICARDO RIVAS LIMA, JUEZ DE
PRIMERA INSTANCIA. LICDA. SARA ALBERTINA VILLEDA,
SECRETARIO.
Of. 3 v. alt. No. 852-3
LICENCIADA MELIDA DEL TRANSITO GONZALEZ ORELLANA,
JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DE ESTE DISTRITO JUDI-
CIAL.
HACE SABER: Al público para los efectos de ley, que por resolución
provista por este Juzgado a las nueve horas del día cinco de Julio del dos
mil dieciséis, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de
inventario la herencia intestada que a su defunción ocurrida a las nueve
horas cuarenta minutos del día uno de Enero del dos mil quince, en el
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Hospital Regional del Instituto Salvadoreño del Seguro Social de Santa
Ana, siendo esta ciudad de Acajutla su último domicilio, dejó el señor
ISIDRO RAMIREZ, de parte de la señora MARIA CELIA BURGOS
DE RAMIREZ, en su calidad de cónyuge y cesionaria de derechos
hereditarios que les correspondían a los señores CESAREO ISIDRO
RAMIREZ BURGOS, CARLOS ALBERTO RAMIREZ BURGOS,
LIDIA ERLINDA RAMIREZ BURGOS, ISABEL ELINOR RAMIREZ
BURGOS Y GUADALUPE ELIZABETH RAMIREZ DE MENA,
todos en calidad de hijos del causante ISIDRO RAMIREZ; por lo que
se le ha conferido a dicha aceptante la administración y representación
interina de la sucesión con las facultades y restricciones de los curadores
de la herencia yacente.
Se cita a todas las personas que se crean con derecho a la referida
herencia, para que se presenten a este Juzgado a deducirlo en el término
de quince días, contados a partir del día siguiente a la tercera publicación
de este edicto.
Librado en el Juzgado de Primera Instancia: Acajutla, a las nueve
horas cincuenta minutos del día cinco de Julio del dos mil dieciséis.- LI-
CDA. MELIDA DEL TRANSITO GONZALEZ ORELLANA, JUEZA
DE PRIMERA INSTANCIA. LICDA. ELSA CORALIA RAMIREZ
LEIVA, SECRETARIA.
Of. 3 v. alt. No. 853-3
RAÚL WILFREDO BARRIENTOS BOLAÑOS, JUEZ DE LO CIVIL
DE ESTE DISTRITO JUDICIAL,
HACE SABER: Que por resolución de las diez horas treinta minutos
del día cuatro de Julio del dos mil dieciséis, se ha tenido por aceptada
expresamente y con benefi cio de inventario de la Herencia Intestada dejada
por el señor, RAFAEL SERMEÑO, fallecido el día veinte de octubre
del año dos mil quince, en esta ciudad, siendo ésta el lugar de su último
domicilio, de parte de la señora SARITA YOJANA VALENZUELA
SERMEÑO, en concepto de hija, sobreviviente del causante.
Se le ha conferido a la aceptante la administración y representación
interina de la sucesión con las facultades y restricciones de Ley.
JUZGADO DE LO CIVIL: Sonsonate, a las nueve horas cuarenta
y cinco minutos del día catorce de julio del año dos mil dieciséis.- LIC.
RAUL WILFREDO BARRIENTOS BOLAÑOS, JUEZ DE LO CIVIL.
LICDA. CECILIA DEL CARMEN CEREN DE ESCOBAR, SECRE-
TARIO.
Of. 3 v. alt. No. 854-3
RAÚL WILFREDO BARRIENTOS BOLAÑOS, JUEZ DE LO CIVIL
DE ESTE DISTRITO JUDICIAL,
HACE SABER: Que por resolución de las once horas cuarenta
minutos del día cuatro de Julio del dos mil dieciséis, se ha tenido por
aceptada expresamente y con benefi cio de inventario de la Herencia
Intestada dejada por el señor JUAN MANUEL NAVARRETE OLMEDO,
fallecido el día dieciocho de mayo del año dos mil trece, en esta ciudad,
siendo ésta el lugar de su último domicilio, de parte de la señora IRIS
PATRICIA NAVARRETE BORJA, en concepto de hija sobreviviente
del causante.
Se le ha conferido a la aceptante la administración y representación
interina de la sucesión con las facultades y restricciones de Ley.
JUZGADO DE LO CIVIL: Sonsonate, a las nueve horas quince
minutos del día catorce de julio del año dos mil dieciséis.- LIC. RAUL
WILFREDO BARRIENTOS BOLAÑOS, JUEZ DE LO CIVIL. LICDA.
CECILIA DEL CARMEN CEREN DE ESCOBAR, SECRETARIO.
Of. 3 v. alt. No. 855-3
LICENCIADO DANIEL ORTIZ MARTINEZ, JUEZ DE PRIMERA
INSTANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.
HACE SABER: Que por resolución emitida por este Tribunal, a
las nueve horas y treinta y cinco del día dos de Agosto del corriente año;
se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario
la herencia intestada dejada a su defunción por el señor MANUEL DE
JESÚS CABEZAS LOPEZ, quien falleció el día catorce de Mayo de
dos mil dieciséis, en la población de San Antonio Masahuat, de este
Distrito Judicial, siendo éste su último domicilio, a consecuencia de
BRONQUITIS CRONICA COMPLICADA; de parte de la señora GLO-
RIA DAYSI CABEZAS DE CABEZAS, en el concepto de ESPOSA
SOBREVIVIENTE DEL CAUSANTE.
Confi riéndose a la aceptante, la administración y representación
interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores
de la herencia yacente.
Lo que se hace saber al público, para los efectos de Ley.
Librado en el Juzgado de Primera Instancia de San Pedro Masahuat,
a las nueve horas y cincuenta y tres minutos del día dos de Agosto de
dos mil dieciséis.- LIC. DANIEL ORTIZ MARTINEZ, JUEZ DE
PRIMERA INSTANCIA. LICDA.MARIA ELENA ARIAS LOPEZ,
SECRETARIO.
Of. 3 v. alt. No. 856-3
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33DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 6 de Septiembre de 2016.
TÍTULO SUPLETORIO
LICENCIADA ANA LETICIA ORELLANA DE VARGAS DEL DIS-
TRITO JUDICIAL DEL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE
CIUDAD BARRIOS, DEPARTAMENTO DE SAN MIGUEL.
HACE SABER: Que a este Juzgado se ha presentado la Licencia-
da GILMA YOLANDA VÁSQUEZ SÁNCHEZ, en calidad de Defen-
sora Pública de Derechos Reales y Personales en representación de la
señora CELSA PAZ PINEDA DE HENRÍQUEZ, solicitando TÍTULO
SUPLETORIO, de un inmueble de naturaleza rústica; ubicada en Can-
tón La Laguna, Municipio de San Gerardo, Departamento de San Miguel,
de la capacidad superfi cial de TREINTA Y UN MIL TRESCIENTOS
NOVENTA Y OCHO PUNTO OCHENTA METROS CUADRADOS;
de las medidas y colindantes siguientes: AL NORTE: Consta de cator-
ce tramos rectos, descritos como sigue: Desde el MOJÓN UNO, con
una distancia de once punto noventa y ocho metros lineales, (11.98 m)
con un rumbo Noreste de setenta y dos grados, tres minutos, treinta y
un segundos, se llega al mojón dos (M-2), colinda en este tramo con el
inmueble propiedad del señor ADELIO PINEDA y calle de seis metros
de ancho de por medio. Desde EL MOJON DOS (M-2) con una distan-
cia de veintisiete punto noventa y nueve metros lineales (27.99); con un
rumbo Noreste de setenta grados, catorce minutos, cuarenta y dos se-
gundos, se llega al mojón tres (M-3) Colinda en este tramo con el in-
mueble propiedad del señor ADELIO PINEDA y calle de seis metros
de ancho de por medio. Desde el MOJÓN TRES, con una distancia de
treinta y cuatro punto noventa y tres metros lineales (34.93); con un
rumbo Noreste de sesenta y cuatro grados, cuarenta y siete minutos
cuarenta y siete segundos, se llega al mojón cuatro (M-4), colindando
con este tramo con el inmueble propiedad del señor ADELIO PINEDA
y calle de seis metros de ancho de por medio. Desde el MOJON CUA-
TRO (M-4) con una distancia de treinta y cuatro punto noventa y tres
metros lineales (34.93); con un rumbo Noreste de sesenta y cuatro
grados, cuarenta y siete minutos, cuarenta y siete segundos, se llega al
mojón cinco (M-5), colinda en este tramo con inmueble propiedad del
señor ADELIO PINEDA y calle de seis metros de ancho de por medio.
Desde el MOJON CINCO (M-5) con una distancia de quince punto once
metros lineales (15.11); con un rumbo Noreste de ochenta y siete grados,
treinta y seis minutos, veintiocho segundos se llega al mojón seis (M-6),
colinda en este tramo con inmueble propiedad del señor ADELIO PI-
NEDA y calle de seis metros de ancho de por medio. Desde el MOJON
SEIS (M-6) con una distancia de diecisiete punto setenta y uno metros
lineales (17.71); con un rumbo Noreste de ochenta y seis grados, cin-
cuenta y tres minutos, treinta y cuatro segundos, se llega al mojón siete
(M-7), colinda en este tramo con inmueble propiedad del señor ADELIO
PINEDA y calle de seis metros de ancho de por medio. Desde el MOJÓN
SIETE (M-7) con una distancia de treinta y tres punto cincuenta y ocho
metros lineales (33.58) con un rumbo Noreste de setenta y siete grados,
cincuenta y cuatro minutos, veintiún segundos se llega al mojón ocho
(M-8), colinda en este tramo con inmueble propiedad de la señora
CELSA PAZ PINEDA DE HENRIQUEZ y calle de seis metros de
ancho de por medio. Desde el MOJÓN OCHO (M-8) con una distancia
de doce punto setenta y seis metros (12.76) con un rumbo Noreste de
ochenta y siete grados, cuarenta y un minutos, ocho segundos, se llega
al mojón nueve (M-9), colinda en este tramo con inmueble propiedad
de la señora CELSA PAZ PINEDA DE HENRIQUEZ y calle de seis
metros de ancho de por medio. Desde el MOJON DE NUEVE (M-9)
con una distancia de veintiuno punto cuarenta y un metros lineales (21.41)
con un rumbo Noreste de ochenta y dos grados, dieciséis minutos,
cincuenta ocho segundos se llega al mojón diez (M-10), colinda en este
tramo con el inmueble propiedad de la señora CELSA PAZ PINEDA
DE HENRÍQUEZ y calle de seis metros de ancho de por medio. Desde
el MOJÓN DIEZ (M-10) con una distancia de veinte punto diecinueve
metros lineales (20.19) con un rumbo Noreste de ochenta y ocho grados,
trece minutos, cuarenta y cuatro segundos se llega al mojón once, co-
linda en este tramo con el inmueble propiedad de la señora CELSA
PINEDA DE HENRIQUEZ y calle de seis metros de ancho de por
medio. Desde el MOJÓN ONCE (M-11) con una distancia de veinte
punto cincuenta y cuatro metros lineales (20.54) con un rumbo Sureste
de ochenta y un grados, cincuenta y cuatro minutos, cincuenta y cinco
segundos, se llega al mojón doce (M-12) colinda en este tramo con el
inmueble propiedad de la señora CELSA PAZ PINEDA DE HENRÍQUEZ
y calle de seis metros de ancho de por medio. Desde el MOJÓN DOCE
(M-12) con una distancia de diecinueve punto sesenta metros lineales
(19.60) con un rumbo Sureste de ochenta y un grados, nueve minutos,
veinte segundos se llega al mojón trece, colinda en este tramo con el
inmueble propiedad de la señora CELSA PAZ PINEDA DE HENRÍQUEZ
y calle de seis metros de ancho de por medio: Desde el MOJÓN TRECE
(M-13) con una distancia de veinte punto sesenta y un metros lineales
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(20.61) con un rumbo Noreste de ochenta y dos grados, seis minutos,
nueve segundos se llega al mojón catorce (M-14) colinda en este tramo
con inmuebles de la señora CELSA PAZ PINEDA DE HENRÍQUEZ
y calle de seis metros de ancho de por medio. Desde el MOJÓN CA-
TORCE (M-14) con una distancia de dieciséis punto cero cuatro metros
lineales (16.04) con un rumbo Noreste de sesenta y tres grados, quince
minutos cincuenta y dos segundos se llega al mojón quince (M-15)
colinda en este tramo con inmuebles propiedad de la señora CELSA
PAZ PINEDA DE HENRÍQUEZ y calle de seis metros de ancho de por
medio. AL ORIENTE; consta de VEINTE TRAMOS RECTOS descri-
tos como sigue: Desde el MOJÓN QUINCE (M-15) con una distancia
de diez punto treinta y seis metros lineales (10.36) con un rumbo Sures-
te de veintiocho grados, dieciséis minutos, treinta segundos se llega al
mojón dieciséis (M-16), colinda con este tramo con inmueble propiedad
del señor CLEMENTE SORTO CABRERA. Desde el MOJÓN DIECI-
SÉIS (M-16) con una distancia de cinco punto cero seis metros lineales
(5.06) con un rumbo Sureste de veinticinco grados, cuarenta minutos
veinte segundos se llega al mojón diecisiete (M-17), colinda en este
tramo con inmueble del señor CLEMENTE SORTO CABRERA. Des-
de el MOJÓN DIECISIETE (M-17) con una distancia de siete punto
cero ocho metros lineales (7.08) con un rumbo Sureste de cuarenta y
dos grados, ocho minutos, treinta y seis segundos se llega al mojón
dieciocho (M-18), colinda en este tramo con inmueble propiedad del
señor CLEMENTE SORTO CABFRERA. Desde el MOJÓN DIECIO-
CHO (M-18) con una distancia de siete punto cero cinco metros lineales
(7.05) con un rumbo Sureste de cuarenta y dos grados, treinta y nueve
minutos, veintiocho segundos se llega al mojón diecinueve (M-19)
colinda con este tramo con inmueble del señor CLEMENTE SORTO
CABRERA. Desde el MOJÓN DIECINUEVE (M-19) con una distancia
de cuatro punto cuarenta y ocho metros lineales (4.48) con un rumbo
Sureste de veintidós grados, veintisiete minutos, cero nueve grados se
llega al mojón veinte (M-20) colinda con este tramo con inmueble
propiedad del señor CLEMENTE SORTO CABRERA. Desde el MOJÓN
VEINTE (M-20) con una distancia de cinco punto sesenta metros linea-
les (5.60) con un rumbo Sureste de veintiséis grados, cincuenta y ocho
minutos, doce segundos se llega al mojón veintiuno (M-21) colinda con
este tramo con inmuebles del señor CLEMENTE SORTO CABRERA.
Desde el MOJÓN VEINTIUNO (M-21) con una distancia de cinco
punto sesenta y cinco metros lineales (5.65) con un rumbo Sureste de
treinta y siete grados, cuarenta y dos minutos, veintitrés segundos se
llega al mojón veintidós (M-22) colinda en este tramo con inmueble
propiedad del señor CLEMENTE SORTO CABRERA. Desde el MOJÓN
VEINTIDÓS (M-22) con una distancia de once punto cero dos metros
lineales (11.02) con un rumbo sureste de treinta y cuatro grados, cua-
renta y tres minutos, treinta y un segundos, se llega al mojón veintitrés
(M-23) colinda en este tramo con inmueble del señor CLEMENTE
SORTO CABRERA. Desde el MOJÓN VEINTITRÉS (M-23) con una
distancia de seis punto ochenta y nueve metros lineales (6.89) con un
rumbo Sureste de treinta y ocho grados, cincuenta y un minutos, cero
dos segundos se llega al mojón veinticuatro (M-24) colinda en este
tramo con inmueble propiedad del señor CLEMENTE SORTO CA-
BFRERA. Desde el MOJÓN VEINTICUATRO (M-24), con una dis-
tancia de cinco punto cincuenta y cinco metros lineales (5.55) con un
rumbo Sureste de cuarenta y seis grados, cincuenta y cuatro minutos,
cincuenta segundos se llega al mojón veinticinco (M-25) colinda en este
tramo con inmueble del Señor CLEMENTE SORTO CABRERA.
Desde el MOJÓN VEINTICINCO (M-25) con una distancia de tres
punto veintiocho metros lineales (3.28) con un rumbo sureste de cua-
renta y seis grados, cero un minutos, cincuenta y cinco segundos se
llega al mojón veintiséis (M-26) colinda en este tramo con inmueble
propiedad del señor CLEMENTE SORTO CABRERA. Desde el MOJÓN
VEINTISÉIS (M-26) con una distancia de uno punto sesenta y nueve
metros lineales (1.69) con un rumbo Sureste de diecinueve grados,
dieciocho minutos, cuarenta y cuatro segundos se llega al mojón vein-
tisiete (M-27) colinda en este tramo con inmueble propiedad del señor
CLEMENTE SORTO CABRERA. Desde el MOJÓN VEINTISIETE
(M-27) con una distancia de cinco punto trece metros lineales (5.13)
con un rumbo Sureste de quince grados, cero ocho minutos, diez segun-
dos se llega al mojón veintiocho (M-28) colinda en este tramo con in-
mueble del señor CLEMENTE SORTO CABRERA. Desde el MOJÓN
VEINTIOCHO (M-28) con una distancia de cuatro punto diecinueve
metros lineales (4.19) con un rumbo Sureste de cero siete grados, cero
cero minutos, cincuenta y ocho segundos se llega al mojón veintinueve
(M-29) colinda en este tramo con inmueble propiedad del señor CLE-
MENTE SORTO CABRERA. Desde el MOJÓN VEINTINUEVE (M-29)
con una distancia de tres punto setenta metros lineales (3.70) con un
rumbo Sureste de doce grados, veintitrés minutos, cero ocho segundos
se llega al mojón treinta, colinda en este tramo con inmuebles propiedad
del señor CLEMENTE SORTO CABRERA. Desde el MOJÓN TREIN-
TA (M-30) con una distancia de ocho punto cuarenta y nueve metros
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lineales (8.49) con un rumbo Sureste de quince grados, treinta y nueve
minutos, cuarenta y cuatro segundos se llega al mojón treinta y uno
(M-31) colinda en este tramo con inmueble propiedad del señor CLE-
MENTE SORTO CABRERA. Desde el MOJÓN TREINTA Y UNO
(M-31) con una distancia de siete punto cincuenta y tres metros lineales
(7.53) con un rumbo Sureste de dieciocho grados, treinta y cinco minu-
tos, veinticuatro segundos, se llega al mojón treinta y dos, colinda en
este tramo con inmueble propiedad del señor CLEMENTE SORTO
CABRERA. Desde el mojón TREINTA Y DOS (M-32) con una distan-
cia de quince punto noventa y cinco metros lineales (15.95) con un
rumbo Noreste de dieciocho grados, cincuenta y tres minutos, cincuen-
ta y nueve segundos, se llega al mojón treinta y tres (M-33), colinda con
la propiedad del señor CLEMENTE SORTO CABRERA. Desde el
MOJÓN TREINTA Y TRES (M-33) con una distancia de quince punto
cincuenta y dos metros lineales (15.52) con un rumbo Sureste de die-
ciocho grados, treinta y cinco minutos, dieciocho segundos se llega al
mojón treinta y cuatro (M-34) colinda en este tramo con inmueble
propiedad del señor CLEMENTE SORTO CABRERA. Desde el MOJÓN
TREINTA Y CUATRO (M-34) con una distancia de seis punto treinta
metros lineales (6.30) con un rumbo Sureste de cero dos grados, treinta
y ocho minutos, cero siete segundos, se llega al mojón treinta y cinco
(M-35) colinda en este tramo con inmueble del señor CLEMENTE
SORTO CABRERA. AL SUR: Consta de VEINTE TRAMOS rectos
descritos como siguen: Desde el MOJÓN TREINTA Y CINCO (M-35)
con una distancia de uno punto treinta y ocho metros lineales (1.48) con
rumbo Noroeste de treinta y tres grados, cincuenta minutos, veinte se-
gundos, se llega al mojón treinta y seis (M-36) colinda en este tramo
con inmueble propiedad del Señor ANSELMO DÍAZ CRÚZ. Desde el
mojón treinta y seis (M-36) con una distancia de siete punto cuarenta y
un metros lineales (7.41) con un rumbo Noroeste de ochenta y dos
grados, cincuenta y cinco minutos, cincuenta y cinco segundos, se llega
al mojón treinta y siete (M-37) colinda en este tramo con inmueble
propiedad del señor ANSELMO DIAZ CRUZ. Desde el MOJÓN
TREINTA Y SIETE (M-37) con una distancia de trece punto cero siete
metros lineales (13.07) con rumbo Noroeste de setenta y nueve grados,
treinta y nueve minutos, cuarenta y tres segundos se llega al mojón
treinta y ocho (M-38) colinda con este tramo con inmueble propiedad
del señor ANSELMO DÍAZ CRÚZ. Desde el MOJÓN TREINTA Y
OCHO (M-38) con una distancia de trece punto cuarenta y seis metros
lineales (13.46) con un rumbo Noroeste de setenta y seis grados, vein-
tiséis minutos cincuenta y cinco segundos se llega al mojón treinta y
nueve (M-39) colinda en este tramo con inmueble propiedad del señor
ANSELMO DÍAZ CRÚZ. Desde el MOJON TREINTA Y NUEVE
(M-39) con una distancia de once punto setenta y siete metros lineales
(11.77) con un rumbo Noroeste de setenta y nueve grados, treinta y ocho
minutos treinta y dos segundos se llega al mojón cuarenta (M-40) co-
linda en este tamo con inmueble del señor ANSELMO DÍAZ CRÚZ.
Desde el MOJÓN CUARENTA (M-40) con una distancia de veinte
punto cincuenta y cinco metros lineales (20.55) con un rumbo Noroes-
te de setenta y seis grados, cuarenta y seis minutos cuarenta y tres se-
gundos se llega al mojón cuarenta y uno (M-41) colinda en este tramo
con inmueble propiedad del señor ANSELMO DÍAZ CRÚZ. Desde el
MOJÓN CUARENTA Y UNO (M-41) con una distancia de diecisiete
punto cincuenta y nueve metros lineales (17.59) con un rumbo Noroes-
te de setenta y nueve grados, cero siete minutos veintiséis segundos se
llega al mojón cuarenta y dos (M-42) colinda en este tramo con inmue-
ble propiedad del señor ANSELMO DÍAZ CRÚZ. Desde el MOJÓN
CUARENTA Y DOS (M-42) con una distancia de diez punto cuarenta
metros lineales (10.40) con un rumbo Noroeste de setenta y seis grados,
cuarenta y cinco minutos, cuarenta y un segundos se llega al mojón
cuarenta y tres (M-43) colinda en este tramo con inmueble propiedad
del señor ANSELMO DÍAZ CRÚZ. Desde el MOJÓN CUARENTA Y
TRES (M-43) con una distancia de once punto sesenta y un metros li-
neales (11.61) con un rumbo Noroeste de ochenta y tres grados, cero
siete minutos cuarenta y seis segundos se llega al mojón cuarenta y
cuatro (M-44) colinda en este tramo con propiedad del señor ANSELMO
DÍAZ CRÚZ. Desde el MOJÓN CUARENTA Y CUATRO (M-44) con
una distancia de veintidós punto ochenta y siete metros lineales (22.87)
con rumbo sureste de ochenta y ocho grados cero un minutos, veintidós
segundos se llega al mojón cuarenta y cinco (M-45) colinda en este
tramo con inmueble propiedad del Señor ANSELMO DÍAZ CRÚZ.
Desde el MOJÓN CUARENTA Y CINCO (M-45) con una distancia de
trece punto sesenta y tres metros lineales (13.63) con rumbo suroeste de
ochenta y ocho grados, veinticinco minutos y veintiséis segundos se
llega al mojón cuarenta y seis (M-46) colinda en este tramo con inmue-
ble propiedad del señor ANSELMO DÍAZ CRÚZ. Desde el MOJÓN
CUARENTA Y SEIS (M-46) con una distancia de catorce punto trein-
ta y dos metros lineales (14.32) con un rumbo Noroeste de ochenta y
ocho grados, dieciséis minutos, cincuenta y un segundos se llega al
mojón cuarenta y siete (M-47) colinda en este tramo con inmueble
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propiedad del señor ANSELMO DÍAZ CRÚZ. Desde el MOJÓN CUA-
RENTA Y SIETE (M-47) con una distancia de diez punto noventa y
nueve metros lineales (10.99) con un rumbo Suroeste de setenta y nue-
ve grados, dieciocho minutos y veinticinco segundos, se llega al mojón
cuarenta y ocho (M-48) colinda en este tramo con inmueble propiedad
del señor ANSELMO DÍAZ CRÚZ. Desde el MOJÓN CUARENTA Y
OCHO, con una distancia de doce punto ochenta y cinco metros lineales
(12.85) con rumbo Suroeste de setenta y dos grados, cero nueve minutos
y cero cero segundos, se llega al mojón cuarenta y nueve (M-49) colin-
da en este tramo con inmueble propiedad del señor ANSELMO DÍAZ
CRÚZ. Desde el MOJÓN CUARENTA Y NUEVE (M-49) con una
distancia de ocho punto cuarenta metros lineales (8.40) con un rumbo
suroeste de cero cuatro grados, veintidós minutos y cincuenta y cinco
segundos se llega al mojón cincuenta. Colinda en este tramo con inmue-
ble propiedad del señor ANSELMO DÍAZ CRÚZ. Desde el MOJÓN
CINCUENTA (M-50) con una distancia de once punto dieciocho metros
lineales (11.18) con un rumbo Sureste de cero tres grados, treinta y tres
minutos y veintiséis segundos, se llega al mojón cincuenta y uno. Co-
linda en este tramo con inmueble propiedad de ANSELMO DÍAZ CRÚZ.
Desde el MOJÓN CINCUENTA Y UNO (M-51) con una distancia de
siete punto veintisiete metros lineales (7.27) con un rumbo Suroeste de
once grados, cero ocho minutos y treinta y nueve segundos, se llega al
mojón cincuenta y dos (M-52). Colinda con este tramo con propiedad
del señor ANSELMO DÍAZ CRÚZ. Desde el MOJÓN CINCUENTA
Y DOS, con una distancia de once punto sesenta y siete metros lineales
con un rumbo Suroeste de treinta y dos grados, cuarenta y dos minutos
y cincuenta y nueve segundos, se llega al mojón cincuenta y tres (M-53).
Desde el MOJÓN CINCUENTA Y TRES (M-53) con una distancia de
siete punto setenta y ocho metros lineales (7.78) con un rumbo Suroes-
te de veinticuatro grados, treinta minutos y treinta y cuatro segundos,
llega al mojón cincuenta y cuatro, colinda en este tramo con inmueble
propiedad del señor ANSELMO DÍAZ CRÚZ. Desde el MOJÓN CIN-
CUENTA Y CUATRO (M-54) con una distancia de diecisiete punto
diecisiete metros lineales (17.17) con un rumbo suroeste de treinta y
ocho grados, cuarenta y seis minutos y cero ocho segundos se llega al
mojón cincuenta y cinco (M-55) colinda en este tramo con inmueble
propiedad del señor ANSELMO DÍAZ CRÚZ. AL PONIENTE; Cons-
ta de DIEZ TRAMOS RECTOS descritos como siguen: Desde el
MOJÓN CINCUENTA Y CINCO (M-55) con una distancia de seis
punto ochenta y ocho metros lineales (6.88) con un rumbo Noroeste de
setenta y dos grados, cuarenta y ocho minutos y treinta y cuatro segun-
dos, se llega al mojón cincuenta y tres, colinda en este tramo con inmuebles
propietarios de las señoras REGINA ALBERTINA ARGUETA y RO-
SARIO RAMOS DÍAZ. Desde el MOJÓN CINCUENTA Y SEIS (M-56)
con una distancia de nueve punto ochenta y un metros lineales con un
rumbo Noroeste de cuarenta y cuatro grados, veintisiete minutos y
cincuenta y seis segundos, se llega al mojón cincuenta y siete, colinda
en este tramo con inmuebles propiedades de las señoras REGINA AL-
BETINA ARGUETA y ROSARIO RAMOS DÍAZ. Desde el MOJÓN
CINCUENTA Y SIETE (M-57) con una distancia de cinco punto cin-
cuenta y siete metros lineales (5.57); con un rumbo Noroeste de cero
siete grados, cero dos minutos y diecisiete segundos, se llega al mojón
cincuenta y ocho (M-58), colinda en este Tramo con inmuebles propie-
dades de los señores REGINA ALBERTINA ARGUETA y ROSARIO
RAMOS DÍAZ. Desde el MOJÓN CINCUENTA Y OCHO (M-58) con
una distancia de seis punto treinta metros lineales (6.30) con un rumbo
Noroeste de cuarenta grados cero un minutos treinta y cuatro segundos
se llega al mojón cincuenta y nueve, colinda en este tramo con inmuebles
propiedades de las señoras REGINA ALBERTINA ARGUETA y RO-
SARIO RAMOS DÍAZ. Desde el MOJÓN CINCUENTA Y NUEVE
(M-59) con una distancia de cincuenta dos punto noventa y seis metros
lineales (52.96) con un rumbo Noroeste de cincuenta y ocho grados,
cincuenta y nueve minutos y treinta y tres segundos, se llega al mojón
sesenta (M-60) colinda en este tramo con inmuebles propiedades de las
señoras REGINA ALBERTINA ARGUETA y ROSARIO RAMOS
DÍAZ. Desde el MOJÓN SESENTA (M-60) con una distancia de vein-
tiséis punto cero cinco metros lineales (26.05) con un rumbo Noroeste
de sesenta y un grados, dieciséis minutos y once segundos, se llega al
mojón sesenta y uno (M-61) colinda en este tramo con inmuebles pro-
piedades de las señoras REGINA ALBERTINA ARGUETA y ROSA-
RIO RAMOS DÍAZ. Desde el MOJÓN SESENTA Y UNO (M-61) con
una distancia de sesenta punto cuarenta y dos metros lineales (60.42)
con un rumbo Noroeste de cincuenta tres grados, cuarenta y ocho mi-
nutos y veinticinco segundos, se llega al mojón sesenta y dos (M-62)
colinda en este tramo con inmuebles de las señoras REGINA ALBER-
TINA ARGUETA y ROSARIO RAMOS DIAZ. Desde el MOJÓN
SESENTA Y DOS (M-62) con una distancia de diez punto cincuenta y
nueve metros lineales (10.59) con un rumbo Noroeste de cuarenta y
cuatro grados, veintinueve minutos y cuarenta segundos, se llega al
mojón sesenta y tres (M-63) colinda en este tramo con inmuebles pro-
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piedades de las señoras REGIA ALBERTINA ARGUETA y ROSARIO
RAMOS DIAZ. Desde el MOJÓN SESENTA Y TRES (M-63) con una
distancia de diecisiete punto sesenta y tres metros lineales (17.63) con
un rumbo Noroeste de veintidós grados, cuarenta y seis minutos y
veinticinco segundos, se llega al mojón uno (M-1) colinda en este tramo
con inmuebles propiedades de las señoras REGINA ALBERTINA
ARGUETA y ROSARIO RAMOS DÍAZ.
Lo adquirió por compraventa verbal que hizo a la señora ROSAU-
RA PINEDA DE ARGUETA, lo valúa en la calidad de TRES MIL
DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA.
LIBRADO EN EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE
CIUDAD BARRIOS, DEPARTAMENTO DE SAN MIGUEL, a las
quince horas y cincuenta y cinco minutos del día dieciséis de junio
del año dos mil dieciséis.- LICDA. ANA LETICIA ORELLANA DE
VARGAS, JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA.- LIC. NERY DAVID
RUBIO CONTRERAS, SECRETARIO.
Of. 3 v. alt. No. 857-3
ARNOLDO ARAYA MEJÍA, JUEZ SUPLENTE PRIMERO DE LO
CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIUDAD DE SAN MIGUEL.
HACE SABER: Que por resolución pronunciada a las ocho horas
con treinta minutos del día trece de julio del año dos mil dieciséis, se
ha admitido la solicitud de Título Supletorio, clasifi cada con el NUE
02661-16-CVDV-1CM1-233-1; por haberse presentado a este Juzgado,
la Licenciada ANA YANCY DIAZ PINEDA, mayor de edad, Abogado,
de este domicilio, con carné de Abogado número: Doce mil trescientos
cincuenta y cuatro; en calidad de Defensora Pública delegada por la Procu-
radora General de la República, ha sido comisionada para que represente al
señor JOSE DAVID MERINO, de sesenta y tres años de edad, Jornalero,
soltero, salvadoreño, Originario de Quelepa, departamento de San Miguel,
y residencia en Cantón San José, Caserío Las Lomitas, Municipio de
Quelepa, departamento de San Miguel, con documento único de identidad
número: cero uno cero cinco cinco nueve ocho siete - tres, y con Número
de Identifi cación Tributaria: Un mil doscientos doce - ciento ochenta mil
ciento cuarenta y tres - ciento uno - nueve; solicitando se le extienda a
su representado TÍTULO SUPLETORIO, de un inmueble de naturaleza
rústica, situado en Cantón San José, Caserío Las Lomitas, Municipio
de Quelepa, departamento de San Miguel, de una capacidad superfi cial
de MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y OCHO PUNTO OCHENTA Y
SEIS metros cuadrados, con los linderos y colindancias siguientes: al
NORTE, partiendo del vértice norponiente está formado por un tramo
con los siguientes rumbos y distancias: TRAMO UNO, sureste ochenta y
nueve grados cuarenta y un minutos cincuenta y ocho segundos con una
distancia de veintiséis punto sesenta metros colindando con el terreno
del señor Oscar Merino Centeno, cerco de alambre. AL ORIENTE,
partiendo del vértice nororiente está formado por UN TRAMO con los
siguientes rumbos y distancias: TRAMO UNO, suroeste cerco de dos
grados treinta y seis minutos treinta y un segundos con una distancia de
sesenta punto cincuenta metros; colindando con terrenos de la señora
María Elena Merino y Juan Pablo Merino, con calle de por medio. AL
SUR, partiendo del vértice suroriente está formado por UN TRAMO con
los siguientes rumbos y distancias: TRAMO UNO, suroeste ochenta y
dos grados quince minutos treinta segundos con una distancia de vein-
tiocho punto veinte metros, colindando con terrenos del señor José Rosa
Álvarez Merino, con calle de por medio. AL PONIENTE, partiendo del
vértice surponiente está formado por UN TRAMO con los siguientes
rumbos y distancias: TRAMO UNO, Noreste cero tres grados treinta y
tres minutos diez segundos con una distancia de sesenta y cuatro punto
cincuenta metros: colindando con terrenos del señor José Obed Álvarez
Merino cerco de alambre de púas. Así se llega al Vértice Nor Poniente
que es donde se inicia la descripción técnica.
El inmueble antes descrito lo valúa en la suma de DOS MIL DÓLA-
RES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, según compraventa
de posesión verbal que le hiciera el señor Exaltación de la Cruz Merino,
en el año de mil novecientos sesenta y ocho.
Asimismo manifi esta la peticionaria que la posesión ha sido quieta,
pacífi ca y no interrumpida, sin proindivisión, en forma pública, desde
la fecha en que adquirió la posesión del inmueble, por parte del señor
JOSE DAVID MERINO, es decir, que tiene cuarenta y ocho años de
poseerlo.
Lo que se avisa al público para los efectos de Ley.
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38 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 412
Librado en el Juzgado Primero de lo Civil y Mercantil de la Ciudad
y Departamento de San Miguel, a las ocho horas con cincuenta y cinco
minutos del día diecinueve de julio del año dos mil dieciséis.- LIC.
ARNOLDO ARAYA MEJÍA, JUEZ SUPLENTE PRIMERO DE LO
CIVIL Y MERCANTIL DE SAN MIGUEL.- LICDA. MARTA ERI-
CELDA BONILLA RIVERA, SECRETARIA.
Of. 3 v. alt. No. 858-3
CLAUDIA KARINA ESCOBAR DAWSON, Juez de Primera Instancia
de este Distrito, al público para los efectos de ley.
HACE SABER: Que a este Tribunal se ha presentado el señor
SANTIAGO DOMINGUEZ ALFARO, mayor de edad, jornalero, del
domicilio de San Sebastián, departamento de San Vicente, quien posee
Documento Único de Identidad: 01659166-1 y Tarjeta de Identifi ca-
ción Tributaria: 1009-290850-101-2 representado por su Apoderado
General Judicial abogado PERFECTO EDUARDO ESCALANTE
ECHEVERRIA solicitando se le extienda TÍTULO SUPLETORIO de
un inmueble de naturaleza RUSTICA, propiedad de PABLO CABÍAS
ubicado en el Cantón El Porvenir Aguacayo, San Sebastián, Departa-
mento de San Vicente, con una extensión superfi cial de CUATRO-
CIENTOS NOVENTA Y UNO PUNTO VEINTICINCO METROS
CUADRADOS, que mide AL NORTE: nueve punto treinta y cinco
metros linda con Francisco Martínez Guzmán; AL ORIENTE, treinta
punto veintiocho metros, linda con Pastor Argueta Zepeda; AL SUR,
veintiuno punto veinte metros lindando con Santiago Domínguez Al-
faro, Edith Margoth Quintanilla y Ramón Tiverio Valladares Alfaro y
AL PONIENTE: treinta y seis punto cuarenta y seis metros y linda con
José Ladislao Domínguez Alfaro. Que el terreno descrito lo valoran en
UN MIL QUINIENTOS DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS
DE AMERICA. Manifi esta que su representado posee el inmueble antes
descrito desde el mes de marzo de mil novecientos ochenta y dos, sin
documento alguno y que antes fue poseído por el padre del solicitante
PEDRO JUAN DOMINGUEZ, ya fallecido, y el referido inmueble no
es inscribible por no tener antecedente inscrito.
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDI-
CIAL DE SAN SEBASTIAN, Departamento de San Vicente, a las quince
horas del día quince de junio de dos mil dieciséis.- LIC. CLAUDIA
KARINA ESCOBAR DAWSON, JUEZA DE PRIMERA INSTAN-
CIA.- BR. BESSY CECILIA FABIAN FUENTES, SECRETARIA.
Of. 3 v. alt. No. 859-3
LICDA. CLAUDIA KARINA ESCOBAR DAWSON, Jueza de Pri-
mera Instancia del Distrito Judicial de San Sebastián, al público para
los efectos de ley.
HACE SABER: Que a este Tribunal se ha presentado en el carácter de
Defensor Público de Derechos Reales y Personales y en representación del
señor José Ladislao Domínguez Alfaro, el Licenciado Perfecto Eduardo
Escalante Echeverría; solicitando se le extienda TITULO SUPLETORIO,
de UN INMUEBLE RUSTICO, situado en Cantón El Porvenir Aguacayo,
Jurisdicción de San Sebastián, Departamento de San Vicente, con una
extensión superfi cial, de SETECIENTOS TRECE PUNTO NOVENTA
Y CUATRO METROS CUADRADOS, de las dimensiones y linderos
siguientes: AL NORTE: veintidós metros linda con Francisco Martínez
Guzmán; AL ORIENTE, treinta y uno punto setenta y tres metros, linda
con Pastor Argueta Zepeda; AL SUR, veintiséis punto veinticinco metros
lindando con Santiago Domínguez Alfaro, Edith Margoth Quintanilla y
Ramón Tiverio Valladares Alfaro y AL PONIENTE: treinta y uno punto
cincuenta y nueve metros, y linda con José Ladislao Domínguez Alfaro.
EL INMUEBLE ANTES DESCRITO EL SEÑOR JOSÉ LADISLAO
DOMÍNGUEZ ALFARO, dice que lo posee desde el mes de marzo de
mil novecientos ochenta y dos, sin documento alguno y que antes fue
poseído por el padre de éste PEDRO JUAN DOMINGUEZ, ya fallecido,
y actualmente lo valora en el precio de un mil quinientos dólares de los
Estados Unidos de América.
Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de San Sebastián,
Departamento de San Vicente, a las doce horas del día trece de mayo
del año dos mil dieciséis.- LICDA. CLAUDIA KARINA ESCOBAR
DAWSON, JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA.- BR. BESSY CE-
CILIA FABIÁN FUENTES, SECRETARIO.
Of. 3 v. alt. No. 860-3
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39DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 6 de Septiembre de 2016.
LICENCIADA ANA LETICIA ORELLANA DE VARGAS, JUEZA
DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE CIUDAD
BARRIOS.
HACE SABER: Que a este Juzgado se ha presentado la señora
CELSA PAZ PINEDA DE HENRIQUEZ, de setenta y un años de edad,
de ofi cios domésticos, casada, salvadoreña, originaria de San Luis de la
Reina, Departamento de San Miguel, con residencia en Colonia Vía
Satélite, Calle Veracruz, casa número Seis, San Miguel, por medio de
la Defensora Pública de Derechos Reales y Personales Licda. GILMA
YOLANDA VASQUEZ SÁNCHEZ, solicitando a su favor TÍTULO
SUPLETORIO, sobre un inmueble de naturaleza rústica, ubicado en
Cantón San Antonio, Caserío Las Aradas, Municipio de San Luis de la
Reina, Departamento de San Miguel; de la capacidad superfi cial de
VEINTICUATRO MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y CUATRO
PUNTO DIECINUEVE METROS CUADRADOS, de las medidas y
linderos siguientes: AL SUR: Consta de ocho tramos rectos, descritos
como se sigue, desde el MOJON UNO, con una distancia de quince
punto cincuenta y cinco metros lineales (15.55m), con un rumbo Su-
roeste de sesenta y ocho grados, veinticinco minutos, cincuenta y nueve
segundos, se llega al mojón dos (M-2), colindando en este tramo con
Calle Nacional y con el inmueble propiedad de la señora CELSA PAZ
PINEDA DE HENRIQUEZ, desde el MOJÓN DOS (M-2), con una
distancia de dieciocho punto setenta y cuatro metros lineales (18.74),
con un rumbo Suroeste de ochenta y un grados catorce minutos, cin-
cuenta y nueve segundos, se llega al mojón tres (M-3), colinda en este
tramo con Calle Nacional y con el inmueble propiedad de la señora
CELSA PAZ PINEDA DE HENRIQUEZ, desde el MOJON TRES, con
una distancia de cuarenta punto cuarenta y dos metros lineales (40.42),
con un rumbo Noroeste de ochenta y un grados, veintiún minutos vein-
tiocho segundos, se llega al mojón cuatro (M-4), colinda con este tramo
con Calle Nacional y con el inmueble propiedad de la señora CELSA
PAZ PINEDA DE HENRIQUEZ, desde el MOJON CUATRO (M-4),
con una distancia de veinte punto setenta y cinco metros lineales (20.75),
con un rumbo Suroeste de ochenta y siete grados, cincuenta minutos,
veintitrés segundos, se llega al mojón cinco (M-5), colinda en este tramo
con Calle Nacional y con inmueble propiedad de la señora CELSA PAZ
PINEDA DE HENRIQUEZ, desde el MOJÓN CINCO (M-5) con una
distancia de veintiún punto setenta y seis metros lineales (21.76), con
un rumbo Suroeste de ochenta y dos grados, veintitrés minutos, catorce
segundos se llega al mojón seis (M-6), colinda en este tramo con Calle
Nacional y con inmueble propiedad de la señora CELSA PAZ PINEDA
DE HENRIQUEZ, desde el MOJON SEIS (M-6) con una distancia de
trece punto veintiséis metros lineales (13.26), con un rumbo Suroeste
de ochenta y siete grados, treinta minutos, treinta y cuatro segundos, se
llega al mojón siete (M-7), colinda en este tramo con Calle Nacional y
con inmueble propiedad de la señora CELSA PAZ PINEDA DE
HENRIQUEZ, desde el MOJON SIETE (M-7) con una distancia de
treinta y tres punto ochenta y dos metros lineales (33.82) con un rumbo
Suroeste de setenta y ocho grados, cero tres minutos, cuarenta y un
segundos se llega al mojón ocho (M-8), colinda en este tramo con Calle
Nacional y con inmueble propiedad de la señora CELSA PAZ PINEDA
DE HENRIQUEZ, desde el MOJON OCHO (M-8), con una distancia
de quince punto setenta y cinco metros con un rumbo Suroeste de
ochenta y siete grados, cuarenta y un minutos, treinta y seis segundos,
se llega al mojón nueve (M-9), colinda en este tramo con Calle Nacional
y con inmueble propiedad de la señora CELSA PAZ PINEDA DE
HENRIQUEZ. AL PONIENTE: consta de dieciocho tramos rectos,
descrito como sigue: Desde el MOJON NUEVE (M-9), con una distan-
cia de cuatro punto ochenta metros lineales (4.80) con un rumbo No-
roeste de treinta y siete grados, cuarenta y siete minutos, trece segundos
se llega al mojón diez (M-10), colinda en este tramo con el inmueble
propiedad de los señores MAURICIO PINEDA y ELISEO SORTO,
desde el MOJON DIEZ (M-10), con una distancia de dieciséis punto
treinta y ocho metros lineales (16.38), con un rumbo Noroeste de vein-
tinueve grados, cuarenta y dos minutos, cero nueve segundos se llega
al mojón once, colinda en este tramo con el inmueble propiedad de los
señores MAURICIO PINEDA y ELISEO SORTO, desde el MOJON
ONCE (M-11) con una distancia de siete punto setenta y un metros li-
neales (7.71), con un rumbo Noroeste de veintiséis grados, diecisiete
minutos, cuarenta y ocho segundos, se llega al mojón doce (M-12),
colinda en este tramo con el inmueble propiedad de los señores
MAURICIO PINEDA y ELISEO SORTO, desde el MOJON DOCE
(M-12), con una distancia de dos punto cero siete metros lineales (2.07)
con un rumbo Noroeste de treinta y tres grados, veinticuatro minutos,
veinticinco segundos se llega al mojón trece, colinda en este tramo con
el inmueble propiedad del señor MAURICIO PINEDA y ELISEO
SORTO, desde el MOJON TRECE (M-13), con una distancia de siete
punto cero siete metros lineales (7.07) con un rumbo Noroeste de vein-
te grados, cero nueve minutos cuarenta y siete segundos se llega al
mojón catorce (M-14) colinda en este tramo con inmueble de los seño-
res MAURICIO PINEDA y ELISEO SORTO, desde el MOJON CA-
TORCE (M-14) con una distancia de siete punto quince metros lineales
(7.15) con un rumbo Noroeste de catorce grados, once minutos cero
siete segundos se llega al mojón quince (M-15) colinda en este tramo
con inmueble propiedad de los señores MAURICIO PINEDA y ELISEO
SORTO, desde el MOJON QUINCE (M-15), con una distancia de
cuatro punto doce metros lineales (4.12), con un rumbo Noroeste de
trece grados, cero seis minutos, cuarenta y seis segundos se llega al
mojón dieciséis (M-16), colinda con este tramo con inmueble propiedad
de los señores MAURICIO PINEDA y ELISEO SORTO, desde el
MOJON DIECISEIS (M-16) con una distancia de tres punto veintidós
metros lineales (3.22) con un rumbo Suroeste de cincuenta y siete grados,
trece minutos cero un segundos se llega al mojón diecisiete (M-17),
colinda en este tramo con los inmuebles de los señores MAURICIO
PINEDA y ELSEOS SORTO, desde el MOJON DIECISIETE (M-17)
con una distancia tres punto setenta y siete metros (3.77) con un rumbo
Noroeste de cuarenta grados, cuarenta y cuatro minutos, cuarenta y
nueve segundos se llega al mojón dieciocho (M-18), colinda en este
tramo con los inmuebles propiedad de los señores MAURICIO PINEDA
y ELISEO SORTO, desde el MOJÓN DIECIOCHO (M-18), con una
distancia de cuatro punto noventa y siete metros lineales (4.97) con un
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rumbo Noroeste de cero nueve grados, treinta y un minutos, cincuenta
y dos segundos se llega al mojón diecinueve (M-19) colinda con este
tramo con inmuebles de los señores MAURICIO PINEDA y ELISEO
SORTO, desde le MOJON DIECINUEVE (M-19) con una distancia de
siete punto setenta y nueve metros lineales (7.79) con un rumbo Noroes-
te de veintinueve grados, veinticinco minutos, cincuenta grados se llega
al mojón veinte (M-20) colinda con este tramo con inmueble propiedad
de los señores MAURICIO PINEDA y ELISEO SORTO, desde el
MOJON VEINTE (M-20) con una distancia de ocho punto veintidós
metros lineales (8.22), con un rumbo Noroeste de veintisiete grados,
cincuenta y seis minutos, cero dos segundos, se llega la mojón veintiu-
no (M-21), colinda con este tramo con inmueble de los señores
MAURICIO PINEDA y ELISEO SORTO, desde el MOJON VEINTIU-
NO (M-21) con una distancia de doce punto sesenta y seis metros linea-
les (12.66) con un rumbo Noroeste de veinticuatro grados, veintisiete
minutos, cuarenta y cinco segundos, se llega al mojón veintidós (M-22),
colinda en este tramo con los inmuebles propiedad de los señores
MAURICIO PINEDA y ELISEO SORTO, desde el MOJON VEINTI-
DOS (M-22) con una distancia de veinte punto cincuenta y ocho metros
lineales (20.58), con un rumbo Noroeste de veinticinco grados, cuaren-
ta y seis minutos, cero cero segundos, se llega al mojón veintitrés (M-23),
colinda en este tramo con los inmuebles de los señores MAURICIO
PINEDA y ELISEO SORTO, desde el MOJÓN VEINTITRES (M-23),
con una distancia de trece punto cero ocho metros lineales (13.08), con
un rumbo Noroeste de veintitrés grados, cincuenta y ocho minutos, cero
dos segundos se llega al mojón veinticuatro (M-24), colinda en este
tramo con inmuebles propiedad de los señores MAURICIO PINEDA y
ELISEO SORTO, desde el MOJON VEINTICUATRO (M-24), con una
distancia de veinticinco punto sesenta y un metros lineales (25.61), con
un rumbo Noroeste de veinticuatro grados, cuarenta y seis minutos,
cuarenta y cinco segundos, se llega al mojón veinticinco (M-25), colin-
da en este tramo con inmuebles de los señores MAURICIO PINEDA y
ELISEO SORTO, desde el MOJON VEINTICINCO (M-25), con un
distancia de doce punto veinticuatro metros lineales, con un rumbo
Noroeste de veintisiete grados, treinta y cinco minutos, treinta y siete
segundos, se llega al mojón veintiséis (M-26), colinda en este tramo con
inmueble propiedad de los señores MAURICIO PINEDA y ELISEO
SORTO, desde el MOJON VEINTISEIS (M-26), con una distancia de
cuarenta y uno punto cuarenta y dos metros lineales (41.42), con un
rumbo Noroeste de catorce grados, cincuenta y cinco minutos, cincuen-
ta y seis segundos, se llega al mojón veintisiete (M-27), colinda en este
tramo con inmuebles propiedad de los señores MAURICIO PINEDA y
ELISEO SORTO, AL NORTE: consta de siete tramos rectos, descrito
como sigue: Desde el MOJON VEINTISIETE (M-27), con una distan-
cia de dieciséis punto veinticinco metros lineales (16.25), con un rumbo
Sureste de ochenta y cuatro grados, treinta y tres minutos, cincuenta y
siete segundos, se llega al mojón veintiocho (M-28), colinda en este
tramo con el señor BERNARDO PORTILLO. Desde el MOJÓN VEIN-
TIOCHO (M-28), con una distancia de trece punto setenta y seis metros
lineales (13.76), con un rumbo Sureste de ochenta y seis grados, cero
siete minutos, cero tres segundos se llega al mojón veintinueve (M-29),
colinda en este tramo con inmueble propiedad del señor BERNARDO
PORTILLO, desde el MOJON VEINTINUEVE (M-29), con una dis-
tancia de treinta y cuatro punto cero ocho metros lineales (34.08), con
un rumbo Suroeste de cuarenta y ocho grados, veintitrés minutos, trein-
ta segundos se llega al mojón treinta, colinda en este tramo con inmue-
ble propiedad del señor BERNARDO PORTILLO, desde el MOJON
TREINTA (M-30), con una distancia de quince punto setenta y cuatro
metros lineales (15.74), con un rumbo Sureste de sesenta grados, die-
ciocho minutos, cuarenta y dos segundos, se llega al mojón treinta y uno
(M-31), colinda en este tramo con inmueble propiedad del señor BER-
NARDO PORTILLO, desde el MOJON TREINTA Y UNO (M-31),
con una distancia de cinco punto trece metros lineales (5.13), con un
rumbo Sureste de sesenta y ocho grados, veinticinco minutos, veinti-
cuatro segundos, se llega al mojón treinta y dos, colinda en este tramo
con inmueble propiedad del señor BERNARDO PORTILLO, desde el
MOJON TREINTA Y DOS (M-32), con una distancia de diecisiete
punto sesenta metros lineales (17.60), con un rumbo Noreste de ochen-
ta y cuatro grados, dieciocho minutos, cuarenta y nueve segundos, se
llega al mojón treinta y tres (M-33), colinda con la propiedad del señor
BERNARDO PORTILLO, desde el MOJON TREINTA Y TRES (M-33),
con una distancia de cinco punto ochenta y siete metros lineales (5.87),
con un rumbo Sureste de ochenta y nueve grados, diecinueve minutos,
once segundos, se llega al mojón treinta y cuatro (M-34), colinda en este
tramo con inmueble propiedad del señor BERNADO PORTILLO. AL
ORIENTE: consta de TRECE TRAMOS rectos descritos como sigue:
Desde el MOJON TREINTA Y CUATRO (M-34), con una distancia
de ocho punto cuarenta y cuatro metros lineales (8.44) con un rumbo
Sureste de sesenta y un grados, cincuenta y un minutos, cincuenta y
cuatro segundos, se llega al mojón treinta y cinco (M-35), colinda en
este tramo con inmueble del señor VICTORIANO DIAZ ORELLANA,
desde el MOJON TREINTA Y CINCO (M-35), con una distancia de
tres punto noventa y cuatro metros lineales (3.94), con rumbo Sureste
de veintisiete grados, cincuenta y ocho minutos, dieciocho segundos, se
llega al mojón treinta y seis (M-36), colinda en este tramo con inmueble
propiedad del señor VICTORIANO DIAZ ORELLANA, desde el
mojón treinta y seis (M-36), con una distancia de veinticuatro punto
veinticinco metros lineales (24.25), con un rumbo Sureste de veinticin-
co grados, cero siete minutos, cuarenta y tres segundos, se llega al
mojón treinta y siete (M-37), colinda en este tramo con inmueble pro-
piedad del señor VICTORIANO DIAZ ORELLANA. Desde el MOJON
TREINTA Y SIETE (M-37), con una distancia de veinticuatro punto
setenta y cuatro metros lineales, con rumbo Sureste de setenta y cuatro
grados, cincuenta y cinco minutos, cuarenta y un segundos se llega al
mojón treinta y ocho (M-38) colinda en este tramo con inmueble pro-
piedad del señor VICTORIANO DIAZ PORTILLO, desde el MOJON
TREINTA Y OCHO (M-38) con una distancia de veintisiete punto
cincuenta y dos metros lineales (27.52) con un rumbo Sureste de seten-
ta y dos grados, treinta y tres minutos, cero cero segundos se llega al
mojón treinta y nueve (M-39), colindando en este tramo con inmueble
propiedad del señor VICTORIANO DIAZ ORELLANA, desde el
MOJON TREINTA Y NUEVE (M-39), con una distancia de veinticin-
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co punto setenta y un metros lineales con un rumbo Sureste de cuaren-
ta y cuatro grados, cero siete minutos, cincuenta y dos segundos se
llega al mojón cuarenta (M-40), colinda en este tramo con inmueble
propiedad del señor VICTORIANO DIAZ ORELLANA, desde el
MOJON CUARENTA (M-40), con una distancia de veinticuatro punto
cincuenta y nueve metros lineales (24.59), con un rumbo Sureste de
trece grados, cero cinco minutos cuarenta y un segundos se llega al
mojón cuarenta y uno (M-41), colinda en este tramo con inmueble
propiedad del señor VICTORIANO DIAZ ORELLANA, desde el
mojón cuarenta y uno (M-41), con una distancia de quince punto trein-
ta metros lineales (15.30), con rumbo Sureste de cincuenta y un grados,
veintinueve minutos, treinta y ocho segundos, se llega al mojón cuaren-
ta y dos (M-42), colinda en este tramo con inmueble propiedad del señor
VICTORIANO DIAZ ORELLANA, desde el MOJON CUARENTA Y
DOS (M-42), con una distancia de veinticuatro punto cero cero metros
lineales (24.00), con un rumbo Sureste de treinta y cuatro grados, trein-
ta y cinco minutos, veintiséis segundos, se llega al mojón cuarenta y tres
(M-43), colinda en este tramo con inmueble propiedad del señor
VICTORIANO DIAZ ORELLANA, desde el MOJON CUARENTA Y
TRES (M-43), con una distancia de siete punto sesenta y tres metros
lineales (07.63), con un rumbo Sureste de quince grados treinta y cinco
minutos, cincuenta y tres segundos se llega al mojón cuarenta y cuatro
(M-44), colinda en este tramo con propiedad del señor VICTORIANO
DIAZ ORELLANA, desde el mojón CUARENTA Y CUATRO (M-44),
con una distancia de cinco punto dieciséis metros lineales (05.16), con
rumbo Sureste de treinta y nueve grados treinta y siete minutos, cuaren-
ta y cinco segundos se llega al mojón cuarenta y cinco (M-45), colinda
en este tramo con inmueble propiedad del señor VICTORIANO DIAZ
ORELLANA, desde el MOJON CUARENTA Y CINCO (M-45) con
una distancia de tres punto ochenta y cuatro metros lineales (03.84) con
rumbo de treinta y dos grados, se llega al mojón cuarenta y seis (M-46),
colinda en este tramo con inmueble propiedad del señor VICTORIANO
DIAZ ORELLANA, desde el MOJON CUARENTA Y SEIS (M-46)
con una distancia de tres punto cuarenta y dos metros lineales (03.42)
con un rumbo Sureste de cuarenta grados, dieciocho minutos, veintidós
segundos se llega al mojón uno (M-1), colinda en este tramo con inmue-
ble propiedad del señor VICTORIANO DIAZ ORELLANA. Dentro del
inmueble antes descrito no existe construcción; fue adquirido por com-
praventa verbal que le hizo la titulante a la señora ROSAURA PINEDA
DE ARGUETA, en el año de mil novecientos setenta y ocho.
Y lo valúa en la cantidad de TRES MIL DOLARES DE LOS
ESTADOS UNIDOS DE NORTE AMERICA.
LIBRADO EN EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE
CIUDAD BARRIOS, DEPARTAMENTO DE SAN MIGUEL, a las
doce horas y quince minutos del día veintidós de junio del año dos
mil dieciséis. LICDA. ANA LETICIA ORELLANA DE VARGAS,
JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA. LICDA. NERY DAVID RUBIO
CONTRERAS, SECRETARIO.
Of. 3 v. alt. No. 861-3
TITULO DE DOMINIO
EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL.
HACE SABER: Que a esta ofi cina se presentó la Licenciada FRI-
DA MARLENI GONZALEZ CAMPOS, en su calidad de Procuradora
Auxiliar de la Procuradora General de la República y en representación
de los señores JUAN ROBERTO PAIZ, de cincuenta y siete años de
edad, jornalero, de este domicilio, y SAGRARIO DEL CARMEN PAIZ
VILLEGAS, de cincuenta y dos años de edad, de ofi cios domésticos, de
este domicilio, con Documentos Únicos de Identidad números por su
orden: Cero dos millones ochocientos veintitrés mil ciento veinticuatro
guión tres, y Cero un millón quinientos setenta y dos mil cuatrocientos
cinco guión nueve, solicitando a favor de sus representados Título de
Dominio de un inmueble de naturaleza urbana, situado en la Colonia
Milagro de La Paz, Avenida San Luis, jurisdicción, Distrito y Departa-
mento de San Miguel, de la extensión superfi cial de: CIENTO TREINTA
Y OCHO PUNTO CINCUENTA Y UN METROS CUADRADOS,
de las medidas y linderos siguientes: AL NORTE: mide doce metros
cincuenta centímetros, colinda con inmueble propiedad de la señora
Evangelina Pérez viuda de Mejía, cerco de alambre de púas propiedad
de los solicitantes; AL ORIENTE: mide diez metros veinte centímetros,
colinda con inmueble propiedad de la señora Juana Francisca Rodríguez
de Martínez, cerco de piedra propiedad de los solicitantes; AL SUR: mide
doce metros cincuenta centímetros, colinda con inmueble propiedad
de la Iglesia Católica, Apostólica y Romana, Diócesis de San Miguel,
pared de ladrillo propiedad de la colindante; y AL PONIENTE: mide
diez metros veinte centímetros, colinda con inmuebles propiedad de la
Iglesia Católica, Apostólica y Romana, Diócesis de San Miguel, tapial
de ladrillo propiedad de la colindante, en el inmueble antes descrito
existen construcciones de sistema mixto y demás servicios necesarios,
no es ejidal, baldío, comunal, no es dominante, ni sirviente, no tiene
carga o derecho real que pertenezca a persona distinta a los poseedores,
y lo valúan en la cantidad de UN MIL DOLARES DE LOS ESTADOS
UNIDOS DE AMERICA. Y lo adquirieron mediante compraventa verbal
de la posesión material que les otorgó a su favor su madre la señora ELIA
DE JESUS PAIZ, quien es mayor de edad, sin profesión, de este domi-
cilio, en el año dos mil, según declaración jurada que presentan, que la
posesión material que han ejercido y ejercen actualmente los poseedores
sumada a la de su antecesora data más de veintiséis años, y sigue siendo
en forma quieta, pacífi ca, e ininterrumpida y sin clandestinidad alguna,
los colindantes son de este domicilio.
Lo que se avisa al público para los efectos de ley.
ALCALDIA MUNICIPAL: San Miguel, a los dieciocho días el
mes julio del año dos mil dieciséis. LIC. MIGUEL ANGEL PEREIRA
AYALA, ALCALDE MUNICIPAL. JUAN RICARDO VASQUEZ
GUZMAN, SECRETARIO MUNICIPAL.
Of. 3 v. alt. No. 862-3
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HERENCIA YACENTE
LIC. LUIS ANTONIO BENÍTEZ HIDALGO, Juez de lo Civil Interino
de este Distrito Judicial, al público para los efectos de ley.
HACE SABER: Que por resolución de las nueve horas quince
minutos del día cinco de mayo del año dos mil dieciséis, se ha declarado
yacente la herencia que a su defunción dejó el señor Antonio Zamora
Paniagua, quien fue de setenta y siete años de edad, agricultor en pequeño,
soltero, salvadoreño, con Documento Único de Identidad número cero
un millón trescientos cinco mil cuatrocientos doce-tres, fallecido el día
seis de mayo del año dos mil quince, en el Caserío Sihuatepeque, del
Cantón Guachipilín, jurisdicción de San Ildefonso, departamento de San
Vicente, siendo éste el lugar de su último domicilio.
Y se ha nombrado curador de la misma al Licenciado LUIS AL-
BERTO BONILLA HERNÁNDEZ, quien es de treinta y siete años de
edad, Abogado, del domicilio de esta ciudad y departamento.
Librado en el Juzgado de lo Civil: San Vicente, a los diecisiete
días del mes de mayo del año dos mil dieciséis. LIC. LUIS ANTONIO
BENÍTEZ HIDALGO, JUEZ DE LO CIVIL INTERINO. LIC. LILIAN
MABEL RUIZ DE SALINAS, SECRETARIO.
Of. 3 v. alt. No. 863-3
RAÚL WILFREDO BARRIENTOS BOLAÑOS, Juez de lo Civil de
este Distrito.
HACE SABER: Que por resolución de las once horas quince minutos
del día once de mayo del corriente año, ha sido declarada YACENTE la
herencia dejada por el señor MOISES MURILLO SANCHEZ, fallecido
el día cuatro de enero del año dos mil quince, en esta ciudad, siendo esta
ciudad su último domicilio.
Y se nombró Curador a la Licenciada María de los Angeles Vargas
Villeda, a quien se le hizo saber para su aceptación y demás efectos de
Ley.
Juzgado de lo Civil: Sonsonate, a las nueve horas quince minutos
del día siete de junio del dos mil dieciséis. LIC. RAUL WILFREDO
BARRIENTOS BOLAÑOS, JUEZ DE LO CIVIL. LIC. MIRIAM
ELIZABETH REYES DE MARTINEZ, SECRETARIO INTERINO.
Of. 3 v. alt. No. 864-3
RAUL WILFREDO BARRIENTOS BOLAÑOS, JUEZ DE LO CIVIL
DE ESTE DISTRITO.
HACE SABER: Que por resolución de las once horas quince minutos
del día veintisiete de mayo del año en curso, ha sido declarada yacente
la herencia dejada por el señor OSCAR ROBERTO MONTERROSA,
quien falleció el día ocho de marzo de este mismo año, en esta ciudad,
su último domicilio.
Por lo que se hace saber al público en general, si hubiese dejado
procurador o representante legal, se presente dentro del plazo de quince
días, alegando mejor derecho.
JUZGADO DE LO CIVIL: Sonsonate, a las diez horas del día
veintiuno de junio de año dos mil dieciséis. LIC. RAUL WILFREDO
BARRIENTOS BOLAÑOS, JUEZ DE LO CIVIL. LIC. CECILIA DEL
CARMEN CEREN DE ESCOBAR, SECRETARIO.
Of. 3 v. alt. No. 865-3
RAUL WILFREDO BARRIENTOS BOLAÑOS, JUEZ DE LO CIVIL
DE ESTE DISTRITO.
HACE SABER: Que según resolución de las nueve horas con
cuarenta y cinco minutos del día uno de junio del año en curso, ha sido
Declarada yacente la herencia dejada por el señor Julio Elenilson Cam-
pos Flores, quien falleció el día veintiuno de marzo del corriente año,
en esta ciudad, lugar de su último domicilio, y nombró como curador
de la misma, al LICENCIADO JUAN ANTONIO OCHO VARGAS;
promovidas las referidas diligencias por la señora MARIA ANA DE
JESUS HERNANDEZ.
Por lo que se le hace saber al público en general si hubiese dejado
procurador o representante legal, se presente dentro del plazo de quince
días, alegando mejor derecho.
JUZGADO DE LO CIVIL: Sonsonate, a las diez horas del día uno de
junio del año dos mil dieciséis. LIC. RAUL WILFREDO BARRIENTOS
BOLAÑOS, JUEZ DE LO CIVIL. LIC. CECILIA DEL CARMEN
CEREN DE ESCOBAR, SECRETARIO.
Of. 3 v. alt. No. 866-3
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43DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 6 de Septiembre de 2016.
RAUL WILFREDO BARRIENTOS BOLAÑOS, JUEZ DE LO CIVIL
DE ESTE DISTRITO.
HACE SABER: Que por resolución de las nueve horas veinte
minutos del día dieciséis de mayo del presente año; ha sido declarada
YACENTE la herencia dejada por el señor ELISEO MESTIZO ESQUI-
NA, fallecido el día veintisiete de junio del año dos mil quince, siendo
la ciudad de Nahuizalco, el lugar de su último domicilio.
Y se nombró curador para que lo representara a la Licenciada
ANA DAYSI SALINAS DE VEGA, a quien se le hizo saber para su
aceptación y demás efectos de Ley.
JUZGADO DE LO CIVIL: Sonsonate, a las nueve horas veinte mi-
nutos del día treinta y uno de mayo del año dos mil dieciséis. LIC. RAUL
WILFREDO BARRIENTOS BOLAÑOS, JUEZ DE LO CIVIL. LIC.
CECILIA DEL CARMEN CEREN DE ESCOBAR, SECRETARIO.
Of. 3 v. alt. No. 867-3
LICENCIADO ROBERTO RICARDO RIVAS LIMA, JUEZ DE PRI-
MERA INSTANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.
HACE SABER: Que por resolución proveída a las ocho horas y
tres minutos del día veintiocho de abril del presente año, se ha declarado
yacente la herencia que en forma intestada dejó el causante señor MI-
GUEL ANGEL LOPEZ, quien falleció el día cuatro de noviembre de mil
novecientos noventa y ocho, a la edad de treinta y seis años, siendo en
Caluco, su último domicilio; sin que persona alguna se haya presentado
aceptando o repudiando dicha herencia, habiéndose nombrado curador
para que la represente a la Licenciada MARIA DE LOS ANGELES
VARGAS VILLEDA, quien aceptó el cargo.
Lo que se hace saber al público, para efectos de ley.
Librado en el Juzgado de Primera Instancia: Izalco, Departamento
de Sonsonate, a los dieciocho días del mes de julio del año dos mil dieci-
séis. LIC. ROBERTO RICARDO RIVAS LIMA, JUEZ DE PRIMERA
INSTANCIA. LICDA. SARA ALBERTINA VILLEDA SANCHEZ,
SECRETARIO.
Of. 3 v. alt. No. 868-3
RAFAEL EDUARDO MENÉNDEZ CONTRERAS, Juez de Primera
Instancia de la ciudad de Armenia, departamento de Sonsonate.
HACE SABER: Que a las 14:00 horas de este día, se emitió reso-
lución en la cual se declaró yacente la herencia dejada por el causante,
Dagoberto Lazo López, quien falleció a las once horas cuarenta y cinco
minutos del día 27 de agosto del año 2015, en el interior del local No.
233, Mercado Municipal Barrio "La Cruz", de Armenia, a consecuencia
de Trauma Craneoencefálico severo, provocado por proyectiles disparados
por arma de fuego, quien al momento de fallecer era de 45 años de edad,
hijo de Dagoberto Lazo y Matilde López, jornalero, soltero, originario
de esta ciudad y como último domicilio Barrio "San Sebastián", de esta
misma ciudad de Armenia, Sonsonate. Lo que se avisa al público en
general para que todo aquel que se crea con derecho a dicha herencia
se presente a deducirlo en el término de quince días contados desde
el siguiente a la tercera publicación del presente edicto en el Diario
Ofi cial.
Asimismo se hace constar que se nombró a la Licenciada María
de los Ángeles Vargas Villeda, como Curadora para que represente la
sucesión.
Librado en el Juzgado de Primera Instancia de la ciudad de Armenia,
departamento de Sonsonate, a los siete días del mes de junio del año
dos mil dieciséis. LIC. RAFAEL EDUARDO MENÉNDEZ CONTRE-
RAS, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA. LIC. RAFAEL ANTONIO
CUELLAR ANGEL, SECRETARIO.
Of. 3 v. alt. No. 869-3
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44 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 412
DECLARATORIA DE HERENCIA
ROXANA ELIZABETH ROBLES ZELAYA, Notario, del domicilio
de San Salvador, con ofi cina situada en Urbanización Buenos Aires,
Condominio DOS MIL D, Local ONCE, San Salvador.
HACE SABER: Que por resolución de la suscrita Notario, proveída
a las ocho horas y treinta minutos del día treinta de Junio de dos mil
dieciséis, se ha declarado a la señora AIDA MARIA LUCHA, heredera
defi nitiva con benefi cio de inventario de los bienes que a su defunción
ocurrida en el Hospital BROWNING MANOR CONVALESCENT, de
la ciudad de Bekerfi eld, Condado de Kern, Estado de California de los
Estados Unidos de América, a las nueve horas y treinta y cuatro minutos
del día uno de septiembre de dos mil catorce, habiendo formalizado
testamento en esta ciudad a las diecisiete horas con quince minutos del
día diecisiete de enero del año dos mil dos, ante los ofi cios del Notario
ROGELIO EDGARDO IRAHETA MORENO, de parte de AIDA MA-
RIA LUCHA, en calidad de hija sobreviviente de la causante; siendo su
último domicilio la ciudad de Santa Tecla, Departamento de La Liber-
tad, confi riéndole en consecuencia la administración y representación
defi nitiva de la sucesión.
Por lo que se avisa al público para los efectos de Ley.
Librado en San Salvador, el día cuatro de Julio de dos mil dieci-
séis.
LIC. ROXANA ELIZABETH ROBLES ZELAYA,
NOTARIO.
1 v. No. C000482
EL INFRASCRITO JUEZ, AL PUBLICO, para los efectos de Ley.
HACE SABER, Que por resolución de las once horas con cuenta
y cinco minutos de este día, se ha tenido por aceptada expresamente y
con benefi cio de inventario en la Herencia Intestada dejada al fallecer
por el señor Ernesto Martínez López, el día treinta de octubre de dos
mil siete, en Cantón San Marcos Lempa, Jiquilisco, Departamento de
Usulután, siendo este su último domicilio, de parte del señor Adolfo
Martínez Mejía, en su calidad de hijo del causante.
Confi érasele al aceptante declarado la Administración y Representa-
ción Defi nitiva de la sucesión intestada con las facultades y restricciones
de Ley.
Fíjese y Publíquese el edicto correspondiente, citando a los que se
crean con derecho a la Herencia para que se presenten a deducirlo en el
término de Ley.
Librado en el Juzgado de Primera Instancia; Jiquilisco, a los
dieciocho días del mes de agosto de dos mil dieciséis.- LIC. MANUEL
DE JESUS SANTOS, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.- LICDA.
LOURDES ESTELLA RODRIGUEZ CASTAÑEDA, SECRETARIA
INTA.
1 v. No. C000483
HUGO ALBERTO HERNANDEZ ORELLANA, Notario, del domicilio
de San Salvador, con ofi cina establecida en Colonia Ferrocarril, Calle
Barahona, casa número setecientos sesenta y cuatro, Departamento de
San Salvador; al público para los efectos de ley.
HACE SABER: Que por resolución pronunciada por el suscrito
Notario, a las diecisiete horas del día veintinueve de julio del año dos
mil dieciséis, se han declarado HEREDEROS DEFINITIVOS CON
BENEFICIO DE INVENTARIO, DE LA HERENCIA NO TES-
TAMENTARIA que a su defunción dejara el señor JOSE MIGUEL
VALENCIA AGUILAR, a los señores ANA EDITH PAYES DE
VALENCIA, MIGUEL ENRIQUE VALENCIA SANTIN, actuando en
carácter personal y como apoderado de su hermano JOSE BENJAMIN
VALENCIA RIVERA, en su calidad de herederos no testamentarios
del causante, quien falleció a las dieciséis horas y cincuenta minutos del
día dos de noviembre del año dos mil catorce, en el Hospital General
del Instituto del Seguro Social, San Salvador, Departamento de San
Salvador, confi riéndoles en consecuencia la ADMINISTRACIÓN Y
REPRESENTACIÓN DEFINITIVA DE LA SUCESIÓN.
Librado en la ofi cina del Notario, a las nueve horas del día veintisiete
de agosto del año dos mil dieciséis.
LIC. HUGO ALBERTO HERNANDEZ ORELLANA,
NOTARIO.
1 v. No. C000484
SECCION CARTELES PAGADOSDE PRIMERA PUBLICACIÓN
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45DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 6 de Septiembre de 2016.
MARIA DAISY YANIRA MARTINEZ ALAS, Notario, de este domi-
cilio, con despacho notarial ubicado en el Edifi cio Avante Suite 5-01,
Boulevard Luis Poma, Urbanización Madre Selva, Santa Elena, Antiguo
Cuscatlán, Departamento de La Libertad, AL PUBLICO.
HAGO SABER: Que por resolución proveída a las diez horas del
día treinta de agosto del año dos mil dieciséis, en mi despacho notarial,
se han declarado a los señores MARIA OTILIA FLORES DE LOPEZ,
TRANCITO LOPEZ, y MARCOS ANTONIO LOPEZ ALVARADO,
como HEREDEROS DEFINITIVOS INTESTADOS y con benefi cio
de inventario que a su defunción dejó el señor MARCOS LOPEZ RI-
VERA, quien fue de cincuenta y siete años de edad, albañil, originario
de la ciudad de Santo Tomás, Departamento de San Salvador, siendo
su último domicilio el de Puerto Príncipe, República de Haití, donde
falleció, a las cinco horas y veinte minutos del día seis de abril del año
dos mil quince, y se ha conferido a los aceptantes la representación y
administración defi nitiva de la referida sucesión, lo que hago saber al
público para los efectos de Ley.
Librado en Antiguo Cuscatlán, Departamento de La Libertad, del
día treinta de agosto del año dos mil dieciséis.
MARIA DAISY YANIRA MARTINEZ ALAS,
NOTARIO.
1 v. No. C000485
JHONY VERONICA SANCHEZ, Notario, del domicilio de Mejicanos,
Departamento de San Salvador, con ofi cina establecida en Sesenta y
Siete Avenida Sur, Número Doscientos Veintiuno, Colonia Escalón,
de la ciudad de San Salvador.
HACE SABER: Que por resolución de la suscrita Notario, proveída
a las diez horas treinta minutos del día veinticinco de agosto de dos mil
dieciséis, se han DECLARADO HEREDEROS DEFINITIVOS TES-
TAMENTARIOS, con benefi cio de inventario, del señor BENJAMIN
SALVADOR VALIENTE ARGUETA conocido por BENJAMIN
SALVADOR VALIENTE, quien fue de noventa y tres años de edad
al momento de su defunción, Ingeniero Civil, Casado, del domicilio de
Antiguo Cuscatlán, Departamento de La Libertad, su último domicilio,
habiendo fallecido en esta ciudad, a las veintiún horas treinta y cinco
minutos del día veintiocho de junio del presente año, a los señores:
ROSA MARGARITA VALIENTE ALVAREZ, quien es de cincuenta
y seis años de edad, Licenciada en Química Agrícola, del domicilio de
Antiguo Cuscatlán, Departamento de La Libertad, con Documento Único
de Identidad número cero dos millones trescientos treinta y ocho mil
quinientos diez-dos, y Número de Identifi cación Tributaria cero seis-
cientos catorce-cero sesenta mil cuatrocientos sesenta-ciento dos-siete;
JUAN ALBERTO VALIENTE ALVAREZ, quien es de cincuenta y
cinco años de edad, Licenciado en Computación, del domicilio de Santa
Tecla, Departamento de La Libertad, con Documento Único de Identidad
número cero un millón doscientos veintitrés mil setecientos cincuenta
y cuatro-cero, y Número de Identifi cación Tributaria cero seiscientos
catorce-doscientos mil setecientos sesenta y uno-cero cero uno-cuatro;
CARMEN ISABEL VALIENTE ALVAREZ conocida también por
CARMEN ISABEL VALIENTE, quien es de sesenta y un años de edad,
Empresaria, del domicilio de Antiguo Cuscatlán, Departamento de La
Libertad, con Documento Único de Identidad número cero cinco millones
seiscientos ochenta mil novecientos cuarenta y dos-ocho, y Número
de Identifi cación Tributaria cero doscientos diez-doscientos cuarenta
mil cuatrocientos cincuenta y cinco-cero cero uno-tres; y GERARDO
VALIENTE ALVAREZ, quien es de cincuenta y cuatro años de edad,
Ingeniero Industrial, del domicilio de Santa Tecla, Departamento de La
Libertad, con Documento Único de Identidad número cero un millón
doscientos cincuenta y seis mil ciento sesenta y nueve-ocho, y Número
de Identifi cación Tributaria cero seiscientos catorce- ciento noventa mil
seiscientos sesenta y dos-cero diez-ocho, en concepto de hijos sobrevi-
vientes del de cujus.
Lo que se avisa al público para los efectos de Ley.
Librado en las ofi cinas de la Notario JHONY VERONICA
SANCHEZ, San Salvador, a las diez horas cuarenta y cinco minutos
del día veinticinco de agosto de dos mil dieciséis.
JHONY VERONICA SANCHEZ,
NOTARIO.
1 v. No. C000492
LICDA. GLORIA VICTALINA VALENCIA DE BARRERA, JUEZA
DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, AL PÚBLICO PARA
LOS EFECTOS DE LEY.
HACE HABER: Que por resolución de las nueve horas y treinta
minutos del día veintisiete de junio de este año, se ha declarado a ANA
GLORIA ABARCA LEONOR; heredera benefi ciaria e intestada de
los bienes que a su defunción dejó la causante JUANA ABARCA
DE CHORRO, quien falleció el día diecisiete de agosto de mil nove-
cientos cuarenta y cuatro, en el Cantón El Anima de la jurisdicción de
Zacatecoluca, Departamento de La Paz, siendo esa ciudad su último
domicilio; en concepto de nieta de la referida causante.
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46 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 412
Confi érese a la heredera que se declara, la administración y repre-
sentación defi nitivas de la sucesión.
JUZGADO DE LO CIVIL: Zacatecoluca, veintisiete de junio del
año dos mil dieciséis.- LICDA. GLORIA VICTALINA VALENCIA
DE BARRERA, JUEZA DE LO CIVIL.- LIC. OSCAR ERNESTO
AREVALO ORREGO, SECRETARIO.
1 v. No. F011840
LA INFRASCRITA NOTARIO: ROSA ARBELIS PORTILLO DE
ARGUETA, con Ofi cina ubicada en: Primera Calle Oriente, número
doce, frente a Costado Sur, del Ex Cine Centenario de Usulután. Al
público para los efectos de Ley.
AVISA: Que por resolución de las ocho horas treinta minutos del
día veintisiete de agosto del año dos mil dieciséis. Se han declarado HE-
REDEROS DEFINITIVOS CON BENEFICIO DE INVENTARIO, a los
señores MARLON OSMIN RODRIGUEZ PEREZ; CARLOS ALBERTO
RODRIGUEZ PEREZ; GIMMY JOAD RODRIGUEZ PEREZ cono-
cido por JIMMY JOAD RODRIGUEZ PEREZ y FILIBERTO ALCIR
RODRIGUEZ PEREZ conocido por FILIBERTO ALSIR RODRIGUEZ
PEREZ, representados por la Licenciada Claudia Maricela Rodríguez
Parada, en calidad de HIJOS, del causante señor CARLOS ALBERTO
RODRIGUEZ conocido por CARLOS ALBERTO RODRIGUEZ
HERNANDEZ, sexo masculino, quien fue de setenta y cinco años de
edad, Mecánico, Estado familiar casado con la señora IRMA NATALIA
PEREZ ya fallecida, originario de Zacatecoluca y del domicilio de la
ciudad de Usulután, Departamento de Usulután, de nacionalidad Sal-
vadoreña, quien falleció a las veintidós horas treinta minutos del día
veintisiete de Marzo del año dos mil quince, en el Seguro Social de la
Ciudad de San Miguel, a consecuencia de Choque Séptico, Neumonía
Derecha, Nefropatía, con asistencia médica, atendido por Alexis Herrera
Bolaños, teniendo como último domicilio el de la Ciudad de Usulután,
Departamento de Usulután, confi érase a los Herederos Declarados la
ADMINISTRACION Y REPRESENTACION DEFINITIVA de dicha
sucesión, con las facultades de Ley.
Librado en mi ofi cina Notarial, el día veintisiete de agosto del año
dos mil dieciséis. Publíquese por una sola vez en el Diario Ofi cial y en
un periódico de circulación nacional.
LICENCIADA ROSA ARBELIS PORTILLO DE ARGUETA,
NOTARIO.
1 v. No. F011849
LA INFRASCRITA NOTARIO: ROSA ARBELIS PORTILLO DE
ARGUETA, con ofi cina ubicada en: Primera Calle Oriente, número
doce, frente a Costado Sur, del Ex Cine Centenario de Usulután. Al
Público para los efectos de Ley.
AVISA: Que por resolución de las quince horas treinta minutos
del día veintiséis de agosto del año dos mil dieciséis. Se ha declarado
HEREDERA DEFINITIVA Y CON BENEFICIO DE INVENTARIO, a
la señora BERTA OLIMPIA MENDEZ DE BERMUDEZ conocida por
BERTA OLIMPIA MENDEZ y por BERTHA OLIMPIA MENDEZ,
representada por la Licenciada CLAUDIA MARICELA RODRIGUEZ
PARADA, en calidad de cónyuge sobreviviente, del causante señor
LUIS RICARDO BERMUDEZ conocido por LUIS R. BERMUDEZ y
por LUIS RICARDO BERMUDES CORNEJO, sexo masculino, quien
fue de sesenta y cinco años de edad, Pensionado, Estado familiar casado
con Bertha Olimpia Méndez, Originario de Usulután, Departamento de
Usulután, del domicilio de Carson, Los Ángeles, California, Estados
Unidos de América, de nacionalidad Salvadoreña, quien falleció a las
diez horas y diez minutos del día doce de febrero de dos mil quince, en
el Centro Médico Memorial Torrance, Los Ángeles, Torrance, Estados
Unidos de América, a consecuencia de Linfoma no Hodkiniano, con
asistencia médica, dictaminó causa de muerte el Doctor Hugo Holl,
teniendo su último domicilio en Carson, Los Ángeles, California, Estados
Unidos de América, confi érase a la Heredera Declarada la ADMINIS-
TRACION Y REPRESENTACION DEFINITIVA de dicha sucesión
con las facultades de Ley.
Librado en mi ofi cina Notarial, el día veintiséis de Agosto del año
dos mil dieciséis. Publíquese por una sola vez en el Diario Ofi cial y en
un periódico de circulación nacional.
LIC. ROSA ARBELIS PORTILLO DE ARGUETA,
NOTARIO.
1 v. No. F011850
LA INFRASCRITA NOTARIO: CLAUDIA MARICELA RODRIGUEZ
PARADA, con Ofi cina en Sexta Calle Oriente, Número veinticuatro,
Local número dos, Barrio La Parroquia, de la Ciudad y Departamento
de Usulután. Al público para los efectos de Ley.
AVISA: Que por resolución de las quince horas del día veintinueve
de agosto del año dos mil dieciséis. Se ha declarado HEREDERA DE-
FINITIVA CON BENEFICIO DE INVENTARIO, a la señora ESTER
MARIA ACOSTA DE MARTINEZ en calidad de cónyuge sobrevi-
viente del señor MEDARDO MARTINEZ conocido por MEDARDO
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47DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 6 de Septiembre de 2016.
MARTINEZ AMAYA, sexo masculino, quien fue de sesenta años de
edad, Motorista, Estado familiar casado, originario de Concepción Batres,
Departamento de Usulután, y del domicilio de la ciudad de Usulután,
Departamento de Usulután, de nacionalidad Salvadoreña, quien falleció
a las nueve horas cuarenta y nueve minutos del día dieciocho de agosto
del año dos mil trece, en el Seguro Social de la Ciudad de Usulután,
Departamento de Usulután, a consecuencia de Hipertensión Arterial con
asistencia médica atendido por RENE VIDAL IRAHETA, confi érase a
la Heredera Declarada la Administración y Representación Defi nitiva
de dicha sucesión con las facultades de Ley.
Librado en mi ofi cina Notarial, el día treinta de agosto del año dos
mil dieciséis. Publíquese por una sola vez en el Diario Ofi cial y en un
periódico de circulación nacional.
LICDA. CLAUDIA MARICELA RODRIGUEZ PARADA,
ABOGADO Y NOTARIO.
1 v. No. F011852
LA INFRASCRITA JUEZA PRIMERO DE LO CIVIL Y MERCAN-
TIL DE LA CIUDAD DE SANTA ANA, LICENCIADA THELMA
IDALIA ESPERANZA ALFARO PERDIDO, al público para los
efectos de ley.
HACE SABER: Que por resolución dictada en las presentes dili-
gencias clasifi cadas bajo el NUE: 00598-16-CVDV-1CM1-47/16(3), se
han declarado a los señores PEDRO VÁSQUEZ conocido por PEDRO
ANTONIO VÁSQUEZ y PEDRO VÁSQUEZ ORTIZ; mayor de edad,
jornalero, del domicilio de El Porvenir, con Documento Único de Identidad
número 02384981-3 y Tarjeta de Identifi cación Tributaria número 0203-
020944-101-6; y MARTA ALICIA NÚÑEZ DE VÁSQUEZ conocida por
MARTA NÚÑEZ, mayor de edad, de ofi cios domésticos, del domicilio
de El Porvenir, con Documento Único de Identidad número 02366791-0
y Tarjeta de Identifi cación Tributaria número 0210-221049-102-8, HE-
REDEROS DEFINITIVOS AB INTESTATO CON BENEFICIO DE
INVENTARIO, en su calidad de padres sobrevivientes del causante JOSÉ
GUSTAVO NÚÑEZ VÁSQUEZ, quien fue de cuarenta años de edad,
Agricultor en pequeño, Soltero, siendo su último domicilio el municipio
de El Congo, falleció el día veintiuno de abril del año dos mil once, en
Caserío El Cerrón, Cantón San Cristóbal del municipio de El Porvenir,
concediéndosele defi nitivamente la administración y representación de
la sucesión.
Lo que se avisa al público para los efectos de ley.
Librado en el Juzgado Primero de lo Civil y Mercantil: Santa Ana,
diecinueve de agosto de dos mil dieciséis.- LICDA. THELMA IDALIA
ESPERANZA ALFARO PERDIDO, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL Y
MERCANTIL, SANTA ANA.- LIC. JUAN CARLOS ORTEZ PEREZ,
SECRETARIO.
1 v. No. F011858
LA INFRASCRITA JUEZA DEL JUZGADO PRIMERO DE LO CIVIL
Y MERCANTIL DE LA CIUDAD DE SANTA ANA, LICENCIADA
THELMA IDALIA ESPERANZA ALFARO PERDIDO, al público
para los efectos de ley.
HACE SABER: Que por resolución dictada en las presentes di-
ligencias clasifi cadas bajo el NUE : 01792-15- CVDV-1CM1-139/15,
se ha declarado a los señores CÁNDIDA EFIGENIA CASTANEDA,
con Documento Único de Identidad número 04891626-1 y Número de
Identifi cación Tributaria 0210-210956-101-5; DANIEL MACARIO
HERNÁNDEZ CASTANEDA, con Documento Único de Identidad
número 01098814-5 y Número de Identifi cación Tributaria 0204-
090464-101-3; ANDRÉS APÓSTOL HERNÁNDEZ CASTANEDA,
con Documento Único de Identidad número 00499207-1 y Número
de Identifi cación Tributaria 0204-301165-101-0; y VERÓNICA YA-
MILETH CASTANEDA, con Documento Único de Identidad número
01963907-8 y Número de Identifi cación Tributaria 0210-080576-111-5,
todos en su calidad de hijos sobreviviente de la causante, HEREDEROS
DEFINITIVOS AB INTESTATO y con benefi cio de Inventario de los
bienes que a su defunción dejó la señora MARÍA JULIA CASTANEDA
MENÉNDEZ quien fue de setenta y cuatro años de edad, ama de casa,
divorciada, quien falleció a las dieciocho horas y diez minutos del día
quince de junio del año dos mil doce, siendo su ultimo domicilio en esta
ciudad; concediéndoseles defi nitivamente la administración y represen-
tación de la sucesión.
Lo que se avisa al público para los efectos de Ley.
Librado en el Juzgado Primero de lo Civil y Mercantil: Santa Ana,
ocho de agosto del año dos mil dieciséis.- LICDA. THELMA IDALIA
ESPERANZA ALFARO PERDIDO, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL
Y MERCANTIL.- LIC. JUAN CARLOS ORTEZ PEREZ, SECRETA-
RIO.
1 v. No. F011859
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48 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 412
KARINA JEANNETTE MARTINEZ GUEVARA, JUEZA TER-CERO DE LO CIVIL Y MERCANTIL DE SAN SALVADOR, AL PUBLICO.
AVISA: Que por resolución proveída por este Juzgado, a las nueve horas y quince minutos del día diecinueve de agosto del dos mil dieciséis, se ha declarado HEREDEROS DEFINITIVOS, con benefi cio de inventario, a los solicitantes GLORIA MERCEDES ROMERO DE TREJO PACHECO, MAGDALENA ROMERO BRUNI, MARIANA ROMERO DE AYALA y EDUARDO JOSE ROMERO BRUNI, en calidad de herederos universales y legatarios, de la herencia Testamentaria dejada a su defunción por el causante EDUARDO ANTONIO ROMERO MEJIA, ocurrida a las dos horas del día uno de enero de dos mil dieciséis, originario de San Salvador, quien a la fecha de su fallecimiento era de cincuenta y siete años de edad, casado, siendo su último domicilio el de esta ciudad.
Confi érese a los herederos declarados la administración y repre-sentación DEFINITIVA de la sucesión.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de ley.
Librado en el Juzgado Tercero de lo Civil y Mercantil de San Sal-vador, a las nueve horas y veinte minutos del día diecinueve de agosto del año dos mil dieciséis.- LIC. KARINA JEANNETTE MARTINEZ GUEVARA, JUEZA TERCERO DE LO CIVIL Y MERCANTIL.- LIC. LICINIA NUBE SILIEZER DE ROMERO, SECRETARIA.
1 v. No. F011866
JOSE JACOBO JIMENEZ QUINTANILLA, Notario, de este domicilio, con ofi cina instalada en Boulevard Tutunichapa, Avenida Doctor Emilio Álvarez, Condominio Centro Profesional San Francisco, Segunda Planta local número once de esta ciudad.
HACE SABER: Que por resolución pronunciada por el suscrito, a las diez horas del día veintinueve del mes de Agosto del año dos mil dieciséis, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, la Herencia Testamentaria que a su defunción en la Ciudad de San Salvador, su último domicilio, el día tres de octubre del dos mil quince dejó la señora WANDA GRAZIA CAMILOT VIUDA DE SILVA, conocida por WANDA GRACIELA CAMILOT DE SILVA, WANDA DE SILVA WANDA GRAZIA CAMILOT de parte de los señores JOSE ARISTIDES SILVA CAMILOT; JOSE ARISTIDES SILVA REYES, y ALICIA MARGARITA SILVA REYES hoy ALICIA MARGARITA SILVA DE ROSALES, el primero en concepto de hijo de la causante y los otros en concepto de nietos de la causante.
Se les ha conferido a los aceptantes la Administración y Repre-sentación Defi nitiva de la sucesión.
Librado en San Salvador, a los veintinueve días del mes de Agosto del año dos mil dieciséis.
LIC. JOSE JACOBO JIMENEZ QUINTANILLA,
NOTARIO.
1 v. No. F011885
FRANCISCO BALMORE RODRIGUEZ GUANDIQUE, Notario, del domicilio de San Salvador, con ofi cina notarial situada en Medicentro La Esperanza edifi cio D, local 112, de la Ciudad de San Salvador.
HAGO SABER: Que por resolución de las trece horas y treinta minutos del día dos de agosto de dos mil dieciséis, se ha declarado He-redera Defi nitiva con Benefi cio de Inventario del señor RAFAEL NOE URRUTIA CASTILLO, conocido por RAFAEL NOE URRUTIA y RAFAEL URRUTIA, quien falleció a las doce horas y treinta minutos del día veintisiete de Septiembre de dos mil diez, en el Parqueo de Emergencia del Hospital Nacional Zacamil, del municipio de Mejicanos, departamento de San Salvador, siendo Mejicanos su último domicilio, a la señora: SANDRA VERONICA URRUTIA DE ARAUJO, en con-cepto de Heredera Universal, y cesionaria de los derechos hereditarios en abstracto que le correspondían a la señora ANA MARIA URRUTIA DE RIVERA, en su calidad de hija del causante, habiéndosele conferido la Administración y Representación defi nitiva de la sucesión.
Lo que se avisa al público para los efectos de Ley.
Librado en la ciudad de San Salvador, a las diez horas del día diez de agosto de dos mil dieciséis.
LIC. FRANCISCO BALMORE RODRIGUEZ GUANDIQUE,
NOTARIO.
1 v. No. F011891
FELIX ALONSO MARTINEZ, Notario, de este domicilio con Despacho Notarial, ubicado en Avenida Copenhague, número diez, Colonia Scandia, jurisdicción de Ayutuxtepeque, Departamento de San Salvador.
HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída a las diez horas del día diez de agosto de dos mil dieciséis, se ha tenido a los señores DEYSI DEL TRANSITO ARAUJO DE OSORIO, hoy VIUDA DE OSORIO, GILMA ANGELINA OSORIO ARAUJO y LUIS JORGE OSORIO ARAUJO, Herederos Defi nitivos con benefi cio de inventario de los bienes que a su defunción ocurrida en el HOSPITAL GENERAL DEL SEGURO SOCIAL del municipio de San Salvador, a las quince horas y seis minutos del día trece de febrero de dos mil dieciséis, siendo la ciudad de Mejicanos, Departamento de San Salvador, su último domicilio, dejara el señor LUIS ALONSO OSORIO AMAYA, en su concepto de Cónyuge Sobreviviente e hijos legítimos sobrevivientes del Causante, habiéndoseles concedido la Representación y Administración Defi nitiva de la referida Sucesión Intestada.
Por lo que se avisa al público, para los efectos de Ley.
Librado en la ciudad de San Salvador, Departamento de San Sal-vador, a los treinta días del mes de agosto de dos mil dieciséis.
LICENCIADO FELIX ALONSO MARTINEZ,
NOTARIO.
1 v. No. F011902
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49DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 6 de Septiembre de 2016.
LUZ PERAZA HERNANDEZ, Notario, de este domicilio, con Ofi cina
Ubicada en Sexta Avenida Norte, Número tres guión cuatro C, Barrio
El Ángel de esta ciudad, al público.
HACE SABER: Que por resolución de la suscrita Notario, proveída
a las quince horas del día veinte de Agosto de dos mil dieciséis, se ha
declarado a la señora MARIA ISABEL LOPEZ RAMOS, Heredera
Defi nitiva con Benefi cio de Inventario de los bienes que a su defun-
ción, ocurrida en el Municipio de Santo Domingo de Guzmán, siendo
el mismo el lugar de su último domicilio, el día veinticuatro de Febrero
de dos mil dieciséis, dejara el señor NICOLAS RAMOS RAMIREZ,
conocido por NICOLAS RAMOS, quien falleció el día veinticuatro de
Febrero de dos mil dieciséis, en el Municipio de Santo Domingo de
Guzmán, departamento de Sonsonate, siendo el mismo el lugar de su
último domicilio, a la señora MARIA ISABEL LOPEZ RAMOS, en
su concepto de hija del causante y además cesionaria de los derechos
hereditarios que le correspondía en la referida sucesión a los señores
EMILIA LOPEZ RAMOS, GUILLERMO LOPEZ RAMOS y JUANA
LOPEZ DE RAMIREZ, en sus conceptos de hijos del referido causante
y por ende Herederos no Testamentarios, habiéndosele conferido la
Administración y Representación Defi nitiva de la referida Sucesión.
Por lo que se avisa al público, para los efectos de Ley.
Librado en Sonsonate, a los veintinueve días del mes de Agosto
de dos mil dieciséis.
LIC. LUZ PERAZA HERNANDEZ,
NOTARIO.
1 v. No. F011906
RAUL WILFREDO BARRIENTOS BOLAÑOS, JUEZ DE LO CIVIL
DE ESTE DISTRITO.
AVISA: Que por resolución de las diez horas treinta y seis minutos
del día veintisiete de Julio del corriente año, ha sido declarada heredera
con benefi cio de inventario de la herencia intestada dejada por el señor
ANGEL GUILLEN CHAVARRIA quién fue conocido por Angel Guillén,
fallecido el día cuatro de Julio del año dos mil cinco, en la Población
de Sonzacate, siendo dicha población su último domicilio, a la señora
IRIS CONSUELO RAMOS DE ORELLANA como Cesionarios de los
Derechos Hereditarios que le correspondían al señor Marcial Guillén
Guillén como hijo del Causante.
Se ha conferido al heredero declarado, la administración y repre-
sentación defi nitivas de la sucesión.
Juzgado de lo Civil: Sonsonate, a las doce horas cuarenta y tres
minutos del día quince de Agosto del dos mil dieciséis.- LIC. RAÚL
WILFREDO BARRIENTOS BOLAÑOS, JUEZ DE LO CIVIL.- LIC.
CECILIA DEL CARMEN CERÉN DE ESCOBAR, SECRETARIO.
1 v. No. F011907
RAUL WILFREDO BARRIENTOS BOLAÑOS, JUEZ DE LO CIVIL
DE ESTE DISTRITO.
AVISA: Que por resolución de las diez horas cuarenta y seis
minutos del día veintisiete de Julio del presente año, ha sido declarado
heredero con benefi cio de inventario de la herencia intestada dejada por
la señora CELIA ILMA ASENCIO DE PEREZ quién fue conocida por
Celia Irma Ascencio, Cecilia Irma Ascencio, Celia Ilma Ascencio de
Pérez, fallecida el día diez de Mayo del año dos mil diez, en esta ciudad,
siendo la Población de San Antonio del Monte su último domicilio de
parte del señor MANOLO PEREZ ASCENCIO, como hijo y además
como Cesionario de los Derechos Hereditarios que le correspondían a
los señores Felicita Asencio Alvarez conocida por Luis Ascencio, Juan
Pérez Zepeda conocido por Juan Pérez, Raúl Antonio Pérez Ascencio y
Dina Idalia Pérez Ascencio, como madre, cónyuge e hijos respectivamente
del Causante.
Se ha conferido al heredero declarado, la administración y repre-
sentación defi nitivas de la sucesión.
Juzgado de lo Civil: Sonsonate, a las nueve horas cinco minutos del
día veintidós de Agosto del dos mil dieciséis.- LIC. RAÚL WILFREDO
BARRIENTOS BOLAÑOS, JUEZ DE LO CIVIL.- LIC. CECILIA DEL
CARMEN CERÉN DE ESCOBAR, SECRETARIO.
1 v. No. F011908
LIC. MELVIN MAURICIO PEÑATE SÁNCHEZ, Juez Tercero de lo
Civil y Mercantil de Santa Ana, DE CONFORMIDAD AL INCISO
SEGUNDO DEL ARTÍCULO 1165 DEL CÓDIGO CIVIL, AL PÚ-
BLICO EN GENERAL.
AVISA: Se han promovido por la Licenciada CLARITZA IVETTE
POLANCO PÉREZ, Diligencias de Aceptación de Herencia Intestadas
con Benefi cio de Inventario sobre los bienes que a su defunción dejara la
señora ANA LILIAN POLANCO CERÓN o ANA LILIAN POLANCO
DE CASTRO, quien falleció a las dieciséis horas con quince minutos
del día doce de marzo de dos mil dieciséis; siendo su último domicilio
la ciudad y departamento de Santa Ana, habiéndose nombrado este día
como HEREDERO de los bienes, derechos y obligaciones transmisi-
bles que de manera INTESTADA dejara la referida causante, al señor
JEFFREY ROBERTO CASTRO POLANCO, en su carácter de hijo
y como cesionario de los derechos que sobre la referida sucesión le
correspondían al señor Víctor Manuel Polanco Sandoval, en su carácter
de padre sobreviviente de la causante en comento.
Librado en el Juzgado Tercero de lo Civil y Mercantil de la ciudad
de Santa Ana, a los veintiuno días del mes julio de dos mil dieciséis.-
LIC. MELVIN MAURICIO PEÑATE SÁNCHEZ, JUEZ TERCERO
DE LO CIVIL Y MERCANTIL DE SANTA ANA.- LICDA. ÉLIDA
ZULEIMA MÉNDEZ GUZMÁN, SECRETARIA DEL JUZGADO
TERCERO DE LO CIVIL Y MERCANTIL DE SANTA ANA.
1 v. No. F011909
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50 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 412
CARLOS ALBERTO RAMOS MARROQUIN, Notario, del domicilio de esta ciudad, con Despacho Notarial situado en Avenida José Matías Delgado y Quinta Calle Avenida Poniente, Barrio Los Remedios, Zacatecoluca, Departamento de La Paz.
HACE SABER: Que por resolución de las diez horas del día quince de Julio de dos mil dieciséis, se ha declarado al señor CONCEPCIÓN VALLE SUBVADO, heredero defi nitivo con benefi cio de inventario en la sucesión intestada de los bienes que a su defunción dejara la causante señora ELENA RECINOS DE VALLE, quien fuera de sesenta y dos años de edad, ama de casa, originaria de La Reina, Departamento de Chalatenango, siendo su último domicilio el de La Reina Chalatenango, Departamento de Chalatenango, y falleció a las cero horas veinticinco minutos, del día veintidós de Noviembre del año dos mil doce, en el Hospital Nacional de Chalatenango, Departamento de Chalatenango, a causa de Diabetes Mellitus tipo dos con asistencia médica, en su calidad de cónyuge sobreviviente, y como cesionario del derecho hereditario que les correspondía a los señores SANDRA ELIZABETH VALLE DE MELARA, o SANDRA ELIZABETH VALLE, ALBA EMPERATRIZ VALLE DE GUERRERO o ALBA EMPERATRIZ VALLE RECINOS, GLENDA EVELIN VALLE DE GÁLVEZ o GLENDA EVELIN VALLE RECINOS, LEONEL ALBERTO VALLE RECINOS, OLGA MARISOL VALLE RECINOS, ENMANUEL ALEXANDER VALLE RECINOS, LUZ CARINA VALLE RECINOS, ÁNGELA DEL CAR-MEN VALLE RECINOS, y OVIDIO BALMORE RECINOS VALLE, como hijos sobrevivientes de la causante, habiéndosele conferido la Administración y Representación defi nitiva de la referida sucesión.
Librado en la Ciudad de Zacatecoluca, Departamento de La Paz, a los treinta y un días del mes de Agosto del dos mil dieciséis.
CARLOS ALBERTO RAMOS MARROQUIN,
NOTARIO.
1 v. No. F011915
LICENCIADA ANA LETICIA ORELLANA DE VARGAS, JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE CIUDAD BARRIOS, DEPARTAMENTO DE SAN MIGUEL
HACE SABER: Que por resolución pronunciada por este Juzgado, a las quince horas y veintinueve minutos del día quince de julio del año dos mil dieciséis; se ha tenido por aceptada expresamente y con Benefi cio de Inventario la Herencia Intestada que a su defunción dejó el causante señor JOSÉ EDILBERTO MEDRANO CHICAS conocido por JOSÉ EDILBERTO MEDRANO, quien fue de cincuenta y tres años de edad, salvadoreño, motorista, originario y del domicilio de Ciudad Barrios, Departamento de San Miguel, quien falleció el a las diez horas y cincuenta minutos del día dieciséis de enero de dos mil dieciséis, en Barrio Roma de Ciudad Barrios, Departamento de San Miguel, sin asistencia médica, siendo la causa del fallecimiento Trauma cráneo encefálico por arma de fuego, siendo el Médico Forense Edbin Edgardo Turcio quien determinó la causa del fallecimiento, siendo Ciudad Barrios su último domicilio; de parte de los señores SANTOS DELMY CHICAS DE MEDRANO, en calidad de cónyuge del causante y ERIKA YAMILETH MEDRANO CHICAS, XELIN ELIZABETH MEDRANO CHICAS, JOSUE MISAEL MEDRANO CHICAS, TITO JOEL MEDRANO CHICAS y GABRIELA LISSETH MEDRANO CHICAS en calidad de hijos del causante en los bienes dejados por el causante.
Habiéndole conferido a los herederos declarados en el carácter indicado, la Administración y Representación DEFINITIVA de la sucesión.
Librado en el Juzgado de Primera Instancia de Ciudad Barrios, Departamento de San Miguel, a las ocho horas y tres minutos del día dieciocho de julio del año dos mil dieciséis.- LICDA. ANA LETICIA ORELLANA DE VARGAS, JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA.- LIC. NERY DAVID RUBIO CONTRERAS, SECRETARIO.
1 v. No. F011918
JORGE ALBERTO MÁRQUEZ DÍAZ, Notario, de este domicilio, con Despacho Notarial ubicado en Sexta Avenida Sur número cuarenta y cinco, Barrio Concepción de esta ciudad.
HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída a las once horas con quince minutos del día treinta de Agosto de dos mil dieciséis, se ha declarado al señor ELMER OZIEL GRANADOS GÓ-MEZ, heredero defi nitivo con benefi cio de inventario de los bienes que a su defunción, en el Cantón Pajigua, de la Jurisdicción de Guatajiagua, Departamento de Morazán, su último domicilio, el día catorce de abril del año dos mil quince, dejó la señora CARLOS GÓMEZ, en su con-cepto de hijo sobreviviente de la causante, habiéndosele concedido la representación y administración defi nitiva de la referida sucesión.
Por lo que se avisa al público, para los efectos de ley.
Librado en la ciudad de Ciudad Barrios, Departamento de San Miguel, a los treinta días del mes de Agosto de dos mil dieciséis.
JORGE ALBERTO MÁRQUEZ DÍAZ,
NOTARIO.
1 v. No. F011925
NERI DE JESÚS DUARTE CALDERÓN, Notario, del domicilio de Mejicanos, ofi cina en Autopista Norte y 21 Avenida Norte, Edifi cio 1207, local 11, Colonia Layco, San Salvador.
AVISA: Que por resolución proveída, a las diez horas del día veintiséis de agosto de este año, se ha declarado heredero defi nitiva y con benefi cio de inventario en su calidad de heredera universal y cesionaria a la señora MARÍA JULIA ROMERO DE ARIAS, de la sucesión testamentaria que a su defunción dejó el causante TOMAS BALTAZAR ABARCA, quien a su deceso fue de ochenta y seis años de edad, Jornalero, Casado, quien falleció el día trece de mayo del año dos mil once, en la Ciudad de Mejicanos, Departamento de San Salvador, siendo su último domicilio.
San Salvador, 30 de agosto de 2016.
NERI DE JESÚS DUARTE CALDERON,
NOTARIO.
1 v. No. F011950
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51DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 6 de Septiembre de 2016.
MIGUEL ANGEL HERRERA MOLINA, Notario, de este domicilio,
con Ofi cina Jurídica ubicada en Primera Calle Oriente entre Cuarta
Avenida Norte y Avenida Ignacio Gomez, Barrio San Pedro, Metapán,
departamento de Santa Ana; al público.
HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída
a las nueve horas del día veintiséis de agosto del año dos mil dieciséis; se
ha declarado HEREDERA DEFINITIVA ABINTESTATO con benefi cio
de inventario, a la señora REGINALDA HERNANDEZ HERNANDEZ,
de la causante ERNESTINA HERNANDEZ VIUDA DE HERNANDEZ,
quien falleció a los setenta y un años de edad, el día siete de febrero del
año dos mil dieciséis, en el Centro Médico de Metapán, de esta ciudad,
originaria de Citalá, departamento de Chalatenango, su último domicilio
fue esta ciudad de Metapán; en su calidad de hija sobreviviente; y a quien
se le ha conferido la administración y representación DEFINTIVA de
la sucesión.
Por lo que se AVISA al público para los efectos de Ley.
Librado en Metapán, el día treinta de agosto del año dos mil die-
ciséis.
MIGUEL ANGEL HERRERA MOLINA,
NOTARIO.
1 v. No. F011986
JOSE RODOLFO AGUILAR BOLIVAR, Notario, de este domicilio
y con Ofi cina Jurídica establecida en la Trece Calle Oriente y Avenida
España, Condominios Metro España, Edifi cio "A" local Dos-B, segunda
planta, de esta ciudad, al público para los efectos de Ley.
HACE SABER: Que por resolución proveída por el Suscrito, a
las nueve horas y treinta minutos del día treinta y uno de agosto de
los corrientes, se ha declarado herederos testamentarios y con benefi -
cio de inventario, a los señores MAGALI RAMOS DE DELGADO,
conocida socialmente por MAGALI RAMOS GONZALEZ, EDWIN
GONZALO RAMOS GONZALEZ; SONIA GUADALUPE RAMOS
DE RODRIGUEZ, conocida socialmente por SONIA GUADALUPE
RAMOS GONZALEZ; y MYRIAM ANABEL GONZALEZ, conocida
por MIRIAM ANABEL GONZALEZ, en la sucesión de la causante
señora MARIA PAULA GONZALEZ DE RAMOS, quien fue cono-
cida por MARIA PAULA GONZALEZ GOMEZ DE RAMOS, que
falleció a las veintitrés horas del día ocho de abril de dos mil quince,
en el Hospital Médico Quirúrgico y Oncológico del Seguro Social, de
esta ciudad, a consecuencia trombosis arterial de miembros inferiores
y quien al momento de su fallecimiento era de ochenta y siete años de
edad, viuda, originaria de Ilobasco, departamento de Cabañas, de nacio-
nalidad salvadoreña, siendo hija de los señores Trinidad Gómez; y Roque
González, ambos ya fallecidos, habiendo sido el último domicilio de la
causante, esta ciudad, en su concepto de hijos de la causante; y se les ha
conferido a los herederos declarados, la administración y representación
defi nitivas de la sucesión.
San Salvador, a los treinta y un días del mes de agosto de dos mil
dieciséis.
LIC. JOSE RODOLFO AGUILAR BOLIVAR,
NOTARIO.
1 v. No. F011989
ACEPTACIÓN DE HERENCIA
GUSTAVO ENRIQUE RIVERA ESCALANTE, Notario, de este do-
micilio y del de Sonsonate, con Despacho Jurídico en Calle Sisimiles y
Avenida Anturias, Número Ciento Setenta y Nueve, Colonia Miramonte,
de esta Ciudad y Departamento de San Salvador.
CERTIFICA: Que en las diligencias de Aceptación de Herencia
testamentaria, mediante resolución proveída por el suscrito Notario, a las
diez horas del día trece de agosto del dos mil dieciséis, se ha tenido por
aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, por parte del señor
CARLOS ERNESTO PEÑA HIDALGO, la herencia testamentaria que
a su defunción dejó su señora madre, doña ANA MURIEL HIDALGO
REGALADO, conocida por ANA MURIEL HIDALGO VALENCIA,
ANA MURIEL HIDALGO y por ANA MURIEL RAYL, quien fuera
de setenta y cinco años de edad, ama de casa, Estadounidense por natu-
ralización y Salvadoreña por nacimiento, con último domicilio en Calle
Circunvalación Número Ciento Setenta y Cinco, Colonia Escalón, de la
Ciudad y Departamento de San Salvador, quien falleció a las veintidós
horas del día once de junio del dos mil dieciséis, en el Hogar Geriátrico
Santa Lucía, en este Departamento de San Salvador; aceptándola en calidad
de Heredero Testamentario de la Causante mencionada, habiéndosele
conferido al señor CARLOS ERNESTO PEÑA HIDALGO, la admi-
nistración y representación interina de la Sucesión.
En consecuencia, por este medio se cita a todos los que se crean
con derecho a la referida herencia, para que se presenten a mi Despacho
Jurídico en el término de quince días contados desde el día siguiente de
la última publicación del presente edicto.
Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos de
Ley.
San Salvador, a los quince días del mes agosto del dos mil dieci-
séis.
LIC. GUSTAVO ENRIQUE RIVERA ESCALANTE,
NOTARIO.
1 v. No. C000488
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52 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 412
ROGELIO EDGARDO IRAHETA MORENO, Notario, de este domi-cilio, con ofi cina establecida en la Calle El Mirador Número cuatro mil seiscientos veintiuno, Colonia Escalón, San Salvador.
HACE SABER: Que por resolución proveída por el suscrito Notario, a las nueve horas del día ocho de agosto de dos mil dieciséis, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, la Herencia Testamentaria e Intestada que a su defunción ocurrida el día veinticinco de febrero de dos mil dieciséis, en el Hospital Nacional Rosales, de esta ciudad, siendo éste su último domicilio, dejó la señora CARMEN DELGADO DE GARAY, conocida por CARMEN DELGA-DO, quien al momento de su muerte fuera de ochenta y ocho años de edad, casada, de ofi cios del hogar, originaria de San Pedro Masahuat, Departamento de La Paz, con Número de Identifi cación Tributaria cero ochocientos quince-doscientos setenta mil seiscientos veintisiete-cero cero uno-cuatro; de parte del señor SALVADOR DELGADO, conocido por SALVADOR DELGADO AGUIRRE, en concepto de heredero tes-tamentario; y del mismo señor SALVADOR DELGADO, conocido por SALVADOR DELGADO AGUIRRE y la señora FRANCISCA ELBA DELGADO DE MENDOZA, conocida por FRANCISCA ELBA DEL-GADO, FRANCISCA ELBA AGUIRRE DELGADO y FRANCISCA ELBA AGUIRRE DELGADO DE MENDOZA, ambos en concepto de herederos ab intestato, en su calidad de hijos sobrevivientes de la causante y únicamente con respecto al inmueble de naturaleza urbana y construcciones que contiene, identifi cado con el número ciento nueve, Avenida San José, de la Colonia Centroamérica, casa tipo empleado, de la ciudad y Departamento de San Salvador, inscrito a la matrícula número SESENTA MILLONES QUINIENTOS CATORCE MIL CUA-TROCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO-CERO CERO CERO CERO CERO del Registro de Propiedad de San Salvador, el cual fue adquirido con posterioridad al Testamento aludido, en el cual la causante no men-cionó al Funcionario autorizante del mismo, que los bienes adquiridos en el futuro también los Testaba a favor del heredero Testamentario ya mencionado.
En consecuencia, nómbrase a los mencionados aceptantes admi-nistradores y representantes interinos de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.
Fíjense y publíquense los edictos de ley, y extiéndase a los inte-resados, Certifi cación de la presente resolución para los efectos legales consiguientes.
Lo que avisa al público para los efectos de Ley.
Librado en la ofi cina del Notario, a las doce horas del día treinta y uno de agosto de dos mil dieciséis.
DR. ROGELIO EDGARDO IRAHETA MORENO,
NOTARIO.
1 v. No. C000493
NOHEMY MARILYN GARCIA HERNANDEZ, Notario, del domicilio de Usulután, departamento de Usulután, con ofi cina ubicada en Primera Calle Oriente, número cuatro, contiguo a parada de buses Padilla, segundo nivel, local número cuatro, Barrio El Calvario, Usulután.
HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída a las nueve horas del día veintiséis de agosto del año dos mil dieciséis, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario,
la herencia intestada que a su defunción, ocurrida en Hyattsville, Maryland, Estados Unidos de América, el día seis de mayo del año dos mil catorce, dejó el señor JUAN ARISTIDES BENAVIDES, conocido por JOSE ARISTIDES BENAVIDES, JOSE ARISTIDES BENAVIDES NAVARRETE, JUAN ARISTIDES BENAVIDES NAVARRETE, de parte de las señoras MARIA JESUS MONJARAS DE BENAVIDES y ANALUCY BENAVIDES MONJARAS, en su concepto de cónyuge e hija sobreviviente del causante, habiéndoseles conferido la Adminis-tración y Representación Interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.
En consecuencia, por este medio se cita a todos los que se crean con derecho a la referida herencia, para que se presenten a la referida ofi cina en el término de quince días, contados desde el siguiente a la última publicación del presente edicto.
Librado en la Ofi cina de la Notario NOHEMY MARILYN GARCIA HERNÁNDEZ. En la Ciudad de Usulután, a las diez horas del día vein-tiséis de agosto del año dos mil dieciséis.
LIC. NOHEMY MARILYN GARCIA HERNANDEZ,
NOTARIO.
1 v. No. F011833
SELWIN MARWIN LAZO REYES, Notario, del domicilio de Polorós, y del de Santa Rosa de Lima, Departamento de La Unión, con Ofi cina ubicada en Quinta Avenida Sur, Barrio El Calvario, de la ciudad de Santa Rosa de Lima, Departamento de La Unión.
HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída a las siete horas y cuarenta y cinco minutos del día veintisiete del mes de agosto del presente año, se Declaró Heredera expresamente y con benefi cio de inventario, de la Herencia Intestada que al fallecer las cero horas cincuenta minutos del día veintisiete de julio del año dos mil dieciséis, en Colonia Alto del Estadio, de la ciudad de Santa Rosa de Lima, siendo su último domicilio la Colonia San Antonio, ciudad de Santa Rosa de Lima, Departamento de La Unión; dejó el causante RAMON ARNULFO JIMENEZ RUBIO, de parte de la señora MARIA DE LA PAZ RUBIO VIUDA DE JIMENEZ, en su concepto de madre sobreviviente del mencionado causante.
Se le confi ere a la heredera declarada en el carácter dicho la ad-ministración y representación INTERINA, de los bienes de la indicada sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la Herencia Yacente.
En consecuencia, por este medio se cita a los que se crean con derecho a la herencia para que se presenten a deducirlo en el término de quince días, contados a partir de la última publicación de este edicto, a la dirección antes mencionada.
Librado en la ciudad de Santa Rosa de Lima, el día veintinueve del mes de agosto del año dos mil dieciséis.
LIC. SELWIN MARWIN LAZO REYES,
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1 v. No. F011847
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53DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 6 de Septiembre de 2016.
JOSE MATIAS HERNANDEZ ZAVALA, Notario, del domicilio de Sensuntepeque, Departamento de Cabañas, con ofi cina ubicada en Primera Calle Poniente, Local número cuatro, Barrio San Antonio, Sensuntepeque, Departamento de Cabañas, frente a la Comandancia del Destacamento Militar número dos, AL PUBLICO.
HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída a las dieciséis horas con veinte minutos del día dieciocho de agosto del año dos mil dieciséis, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, la herencia intestada que a su defunción ocurrida a las once horas del día doce del mes de noviembre de dos mil siete, en el Barrio El Calvario, de la Ciudad de Sensuntepeque, Departamento de Cabañas, que también fue la ciudad de su último domicilio; dejó la señora VICTORINA ALFARO, aceptación de parte del señor LUIS ALONSO ECHEVERRIA ALFARO, en calidad de hijo biológico sobreviviente de la causante, habiéndosele conferido al aceptante, la Administración y Representación interinas de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.
EN CONSECUENCIA, POR ESTE MEDIO SE CITA A TODOS LOS QUE SE CREAN CON DERECHOS A LA REFERIDA HERENCIA PARA QUE SE PRESENTEN A RECLAMARLA A ESTA OFICINA, EN EL TERMINO DE QUINCE DIAS, CONTADOS DESDE EL SIGUIENTE DE LA ULTIMA PUBLICACION DEL PRESENTE EDICTO.
Librado en la ofi cina del Notario JOSE MATIAS HERNANDEZ ZAVALA. En la Ciudad de Sensuntepeque, Departamento de Cabañas, a las dieciséis horas con treinta minutos del día diecinueve de agosto del año dos mil dieciséis.
LIC. JOSE MATIAS HERNANDEZ ZAVALA,
NOTARIO.
1 v. No. F011875
GERBER ANIBAL CASTRO VIDES, Notario, de este domicilio, con ofi cina ubicada en Cuarta Calle Oriente Número ocho, "A"C" San Martín, Departamento de San Salvador.
HACE SABER: Que por resolución proveída por el suscrito Notario, en la ciudad de San Martín, a las diez horas del día treinta de agosto de dos mil dieciséis, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, la herencia intestada, que a su defunción ocurrida en el Cantón Agua Zarca, Jurisdicción de Ilobasco, Departamento de Cabañas, el día ocho de agosto del año dos mil quince; dejó el señor BERNABE ARTEAGA MIRANDA, de parte de los señores: SOFIA ARIAS DEL-GADO DE ARTEAGA, JOSE VIDAL ARTEAGA ARIAS, ABEL ARTEAGA ARIAS Y BLANCA ESTELA ARTEAGA DE FLORES„ en su calidad de esposa e hijos sobrevivientes del Causante.
Habiéndoseles conferido la administración y representación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.
En consecuencia, por este medio se cita a todos los que se crean con derecho a la referida herencia, para que se presenten a la ofi cina del suscrito Notario, en el término de quince días, contados desde el siguiente día a la última publicación del presente edicto.
Librado en la ofi cina del Notario GERBER ANIBAL CASTRO VIDES, en la Ciudad de San Martín, a las nueve horas del día treinta y uno de agosto del año dos mil dieciséis.
LIC. GERBER ANIBAL CASTRO VIDES,
NOTARIO.
1 v. No. F011905
MARIA JULIA VILLEDA SANDOVAL, Notario, de este domicilio con Ofi cina Jurídica situada en Segunda Calle Oriente entre Novena y Once Avenida Sur número diecinueve de la Ciudad de Santa Ana.
HACE SABER: Que por resolución proveída por la suscrita Notario, a las nueve horas del día veintinueve de agosto de dos mil dieciséis, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario la Herencia Testamentaria que a su defunción ocurrida en el Caserío El Amate, Cantón Cutumay Camones, Jurisdicción de Santa Ana, el día veintisiete de julio de dos mil quince, y siendo su último domicilio el Caserío El Amate, Cantón Cutumay Camones, de la Jurisdicción de Santa Ana, dejó el señor JOSE FRANCISCO BOLAÑOS SANDOVAL, de parte de los señores MARINA LILIAN BOLAÑOS INTERIANO DE AVELAR, conocida por MARINA LIDIA BOLAÑOS INTERIANO DE AVELAR , MIRNA ANTONIA BOLAÑOS INTERIANO, ROSA ELISA BOLAÑOS INTERIANO, IRMA NOEMY BOLAÑOS DE SANCHEZ, conocida por IRMA NOEMY BOLAÑOS INTERIANO y por IRMA NOEMI BOLAÑOS INTERIANO, SANTOS ABEL BOLAÑOS INTERIANO, ALVARO EDUVIGIS BOLAÑOS INTERIANO, conoci-do por ALVARO EDUVIGES BOLAÑOS INTERIANO y CANDIDA VICTORIA BOLAÑOS INTERIANO hoy DE ESTRADA, en su calidad de hijos del Causante, y en ese carácter les confi ere la Administración y Representación Interina de la Sucesión Testamentaria, con las facultades y restricciones de los curadores de la Herencia Yacente.
En consecuencia, por este medio se cita a todos los que se crean con derechos en la referida herencia, para que se presenten a la mencionada ofi cina en el término de quince días, contados desde el siguiente a la última publicación del presente edicto.
Librado en la Ciudad de Santa Ana, a los treinta y un días del mes de Agosto de dos mil dieciséis.
MARIA JULIA VILLEDA SANDOVAL,
NOTARIO.
1 v. No. F011945
TOMÁS DE JESÚS ALFARO MENÉNDEZ, Notario, de este domicilio, con ofi cina ubicada en Cuarta Avenida Norte, del Barrio La Cruz, Número Cuatro, San Juan Opico, Departamento de La Libertad, AL PÚBLICO para los efectos de Ley.
HACE SABER: Que por resolución del suscrito notario, proveída a las diecisiete horas treinta minutos del día veinticuatro de agosto del año dos mil dieciséis, en esta ciudad, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, la herencia intestada que a su defunción
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54 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 412
dejó la señora JUANA MÉLIDA CARIDAD PARADA VIUDA DE CALDERÓN, conocida por JUANA MÉLIDA CARIDAD PARADA DE CALDERÓN, y por JUANA MÉLIDA CARIDAD PARADA, ocurrida a las ocho horas quince minutos del día veintidós de julio de dos mil siete, en el Barrio El Centro de esta ciudad, por Paro Cardiorrespiratorio, con asistencia médica, en el Barrio El Centro, de esta ciudad, siendo esta ciudad su último domicilio, de parte de los Doctores: EFRAÍN MAURICIO LIMA CALDERÓN, y KATYA GERALDINA ELSIVETH LIMA CALDERÓN, en calidad de HEREDEROS CESIONARIOS de los derechos hereditarios que les correspondían a las señoras MYRNA ARELÍ CALDERÓN DE LIMA, conocida por MIRNA ARELÍ CALDERÓN DE LIMA, y ANA MIRIAM DEL SOCORRO CRUZ CALDERÓN DE RIVAS, conocida por ANA MIRIAM DEL SOCORRO CRUZ CALDERÓN, ellas en concepto de hijas de la causante.
Confi riéndoseles la Administración y representación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.
En consecuencia, por este medio se cita a los que se crean con Derechos a la referida herencia, para que se presenten a deducirlo en el término de quince días, contados desde el siguiente a la última publicación de este edicto.
Librado en la ofi cina del suscrito Notario. En la ciudad de San Juan Opico, a las siete horas quince minutos del día veintiséis de agosto del dos mil dieciséis.
LIC. TOMÁS DE JESÚS ALFARO MENÉNDEZ,
NOTARIO.
1 v. No. F011985
TOMÁS DE JESÚS ALFARO MENÉNDEZ, Notario, de este domicilio, con ofi cina, ubicada en Cuarta Avenida Norte del Barrio La Cruz, Número Cuatro, San Juan Opico, Departamento de La Libertad, AL PÚBLICO para los efectos de Ley.
HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída a las diecisiete horas del día veinticuatro de agosto del año dos mil dieciséis, en esta ciudad, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, la herencia intestada que a su defunción dejó el señor RAÚL CALDERÓN, conocido por RAÚL CRUZ CALDERÓN, ocurrida a las diez horas cincuenta minutos del día veinte de octubre del año dos mil dos, en el Barrio El Centro de esta ciudad, siendo esta Ciudad su último domicilio, de parte de los Doctores: EFRAÍN MAURICIO LIMA CAL-DERÓN, y KATYA GERALDINA ELSIVETH LIMA CALDERÓN, en calidad de HEREDEROS CESIONARIOS de los derechos hereditarios que les correspondían a las señoras MYRNA ARELÍ CALDERÓN DE LIMA, conocida por MIRNA ARELÍ CALDERÓN DE LIMA, y ANA MIRIAM DEL SOCORRO CRUZ CALDERÓN DE RIVAS, conocida por ANA MIRIAM DEL SOCORRO CRUZ CALDERÓN, ellas en concepto de hijas del causante, asimismo como CESIONARIOS del derecho hereditario que por derecho de representación les correspondía a las cedentes antes mencionadas, del derecho hereditario que le corres-pondía a la señora JUANA MÉLIDA CARIDAD PARADA VIUDA DE
CALDERÓN, conocida por JUANA MÉLIDA CARIDAD PARADA DE CALDERÓN, y por JUANA MÉLIDA CARIDAD PARADA, la herencia intestada dejada por el referido causante, en calidad de cónyuge; confi riéndoseles la Administración y representación interina de la suce-sión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.
En consecuencia, por este medio se cita a los que se crean con Derechos a la referida herencia, para que se presenten a deducirlo en el término de quince días, contados desde el siguiente a la última publicación de este edicto.
Librado en la ofi cina del suscrito Notario. En la ciudad de San Juan Opico, a las siete horas quince minutos del día veinticinco de agosto de dos mil dieciséis.
LIC. TOMÁS DE JESÚS ALFARO MENÉNDEZ,
NOTARIO.
1 v. No. F011987
SAUL ENRIQUE QUELE DIAZ, Notario, del domicilio de San Antonio del Monte, departamento de Sonsonate, con Despacho Jurídico en Calle Alberto Masferrer, contiguo a la Línea Férrea, Barrio El Ángel, de la ciudad de Sonsonate.
HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída a las nueve horas con diez minutos del día veintisiete de junio del año dos mil dieciséis, se ha tenido por ACEPTADA EXPRESAMENTE Y CON BENEFICIO DE INVENTARIO, la Herencia Testamentaria que a su defunción dejó el señor JOSE ISRAEL BENITEZ MOLINA, quien falleció a la edad de sesenta años, a la una hora quince minutos del día veintinueve mayo del año dos mil dieciséis, en el Hospital Nacional San Juan de Dios, de la ciudad de Santa Ana, departamento de Santa Ana, a consecuencia de Uremia, Insufi ciencia Renal Crónica, siendo la ciudad de Acajutla, departamento de Sonsonate su último domicilio, de parte de la señora MARIA JULIA RIVAS BARRERA, en calidad de Heredera Universal Testamentaria, y habiéndoseles conferido la administración y representación interina de la sucesión testamentaria, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.
En consecuencia, por este medio se cita a todos los que se crean con derecho a la referida herencia, para que se presenten a la referida ofi cina en el término de quince días, contados desde el día siguiente a la última publicación del presente edicto.
Librado en la Ofi cina del suscrito Notario, en la ciudad de Sonsonate, a las catorce horas con cuarenta y cinco minutos del día veintisiete de junio del año dos mil dieciséis.
SAUL ENRIQUE QUELE DIAZ,
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1 v. No. F011990
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55DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 6 de Septiembre de 2016.
LIC. GRISELDA NOEMI DIAZ ALVARENGA, Notario, ofi cina:
Condominio Libertad, Nª 17, 3ª Ave. Norte y Calle Libertad Ote. Santa
Ana,
HACE SABER: Que por resolución de la suscrito notario, proveída
a las doce horas del dieciocho de agosto del año dos mil dieciséis, se ha
tenido por aceptada expresamente y con Benefi cio de inventario, la Herencia
Testamentaria que a su defunción dejó JOSE MARIA BOJORQUEZ
SANDOVAL, falleció el tres de octubre del año dos mil quince, en San
Antonio Pajonal, Depto. de Santa Ana, siendo éste su último domicilio;
de parte de LUIS ALONSO BOJORQUEZ SANDOVAL, en calidad de
Heredero Testamentario, en ese carácter se le confi ere la Administración
y Representación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones
de los Curadores de la Herencia Yacente; Por este medio CITO a los
que se crean con derechos a la referida herencia a que se presenten a la
ofi cina en el término de QUINCE DIAS contados desde el siguiente día
de la última publicación del presente edicto.
Santa Ana, a las diez horas del diecinueve de agosto del dos mil
dieciséis.
LIC. GRISELDA NOEMI DIAZ ALVARENGA,
NOTARIO.
1 v. No. F011998
EL INFRASCRITO JUEZ AL PUBLICO: Para los efectos de Ley,
HACE SABER, Que por resolución de las ocho horas y quince
minutos de este día se ha tenido por aceptada expresamente y con
benefi cio de inventario, en la Herencia Intestada dejada al fallecer por
el señor CARLOS ALBERTO AMAYA ESCOBAR, El día once de
agosto de dos mil quince en la ciudad de Jiquilisco, Departamento de
Usulután, siendo éste su último domicilio, de parte de la señora Milagro
del Carmen Alfaro de Amaya, en calidad de Cónyuge sobreviviente del
causante y cesionaria del Derecho Hereditario que le correspondía a la
señora Yancy Del Carmen Amaya Alfaro ésta en calidad de hija del
causante.
Confi érasele a la aceptante la Administración y Representación
interina de la sucesión intestada con las facultades y restricciones de
Ley.
Fíjese y Publíquese los edictos correspondientes, citando a los que
se crean con derecho a la Herencia para que se presenten a deducirlo en
el término de Ley.
Librado en el Juzgado de Primera Instancia; Jiquilisco, a los vein-
tidós días del mes de agosto de dos mil dieciséis.- LIC. MANUEL DE
JESUS SANTOS, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA. LICDA. SILVIA
YANETH MEJIA HERNANDEZ, SECRETARIA.
3 v. alt. No. C000481-1
JAVIER ROLANDO ALVARADO ALVARADO, JUEZ DE LO CIVIL
INTERINO DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.
HACE SABER: Que por resolución dictada en este Tribunal, a
las ocho horas y cuarenta minutos del día veintiséis de julio de dos mil
dieciséis, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de
inventario, la herencia intestada dejada a su defunción por la causante
señora CLARA LUZ REVELO VERDI quien fue de ochenta años de
edad, pensionada jubilada, fallecida el día diecisiete de noviembre de
dos mil quince, en Hospital General del Seguro Social, San Salvador,
siendo Quezaltepeque su último domicilio, con Documento Único de
Identidad número cero uno ocho tres cinco siete seis seis-cinco; y Tarjeta
de Identifi cación Tributaria número cero cuatro uno seis-uno siete cero
nueve tres siete-cero cero uno-dos; de parte de la señora ANA GLADIS
REVELO VERDI, mayor de edad, estudiante, de este domicilio, con
Documento Único de Identidad número cero cero seis cinco cinco
seis seis cinco-uno y Tarjeta de Identifi cación Tributaria número cero
cinco uno dos-uno nueve cero cuatro siete cinco-uno cero uno-cuatro;
en el concepto de hija de la causante; a quien se le ha conferido la
administración y representación INTERINA de la sucesión con las
facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.
Lo que se hace saber al público en general para que todo el que
tenga derecho en la presente sucesión se apersone al Juzgado a hacer
valer el mismo durante el término de quince días después de la presente
publicación y demás efectos de Ley.
Librado en el Juzgado de lo Civil de Quezaltepeque, a las ocho
horas y cuarenta y cinco minutos del día veintiséis de julio de dos mil
dieciséis.- LIC. JAVIER ROLANDO ALVARADO ALVARADO,
JUEZ DE LO CIVIL INTO. LIC. EFRAIN EDGARDO AVELAR
BERMUDEZ, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F011836-1
JAVIER ROLANDO ALVARADO ALVARADO, JUEZ DE LO CIVIL
INTERINO DE ESTE DISTRITO JUDICIAL,
HACE SABER: Que por resolución dictada en este Tribunal, a
las nueve horas treinta minutos del día dieciocho de agosto de dos mil
dieciséis, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de
inventario, la herencia intestada dejada a su defunción por el causante
señor GUILLERMO ANTONIO CASTILLO SARAVIA conocido por
GUILLERMO ANTONIO CASTILLO, con Número de Identifi cación
Tributaria cero cinco uno dos-cero siete cero dos cinco nueve-cero cero
dos-dos, quien fue de cincuenta y un años de edad, empleado, casado, de
este domicilio, departamento de La Libertad, siendo Quezaltepeque su
último domicilio, fallecido el día quince de junio del año dos mil diez; de
parte de la señora MARIA PETRONA PADILLA DE CASTILLO, con
Número de Identifi cación Tributaria cero seis cero siete-cero cinco cero
uno seis dos-uno cero uno-tres; en la calidad de Cónyuge sobreviviente
del causante, primera categoría, Art. 988 C.C; a quien se le ha conferido
la administración y representación INTERINA de la sucesión con las
facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.
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56 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 412
Lo que se hace saber al público en general para que todo el que
tenga derecho en la presente sucesión se apersone al Juzgado a hacer
valer el mismo durante el término de quince días después de la presente
publicación y demás efectos de Ley.
Librado en el Juzgado de lo Civil de Quezaltepeque, a las nueve
horas treinta y cinco minutos del día dieciocho de agosto de dos mil
dieciséis.- LIC. JAVIER ROLANDO ALVARADO ALVARADO,
JUEZ DE LO CIVIL INTO. LIC. EFRAIN EDGARDO AVELAR
BERMUDEZ, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F011841-1
LIC. MELVIN MAURICIO PEÑATE SÁNCHEZ, Juez Tercero de lo
Civil y Mercantil de Santa Ana: DE CONFORMIDAD AL INCISO
1° DEL ARTÍCULO 1163 DEL CÓDIGO CIVIL AL PÚBLICO EN
GENERAL,
HACE SABER QUE: Se han promovido por el Licenciado
RAFAEL ANTONIO JOVEL LOBATO, Diligencias de Aceptación
de Herencia Intestadas con Benefi cio de Inventario, sobre los bienes
que a su defunción dejara la señora MARÍA DE LA PAZ NIETO DE
ERAZO, quien falleció a las veinte horas con treinta minutos del día
once de febrero de dos mil cuatro; siendo su último domicilio el Cantón
Loma Alta, departamento de Santa Ana, y este día se tuvo por aceptada
la herencia antes referida y se nombró como ADMINISTRADORA
Y REPRESENTANTE INTERINA con las facultades y restricciones
de los curadores de la herencia yacente de dicha sucesión, a la señora
CORALIA ESMERALDA ERAZO DE PÉREZ, en su calidad de hija
sobreviviente de la causante en comento.
Lo que se hace del conocimiento público para que puedan presentarse
a este tribunal las personas que se crean con derecho a la herencia que
a su defunción dejara el referido causante, dentro de los quince días
siguientes a la tercera publicación de este edicto.
Librado en el Juzgado Tercero de lo Civil y Mercantil de la ciudad
de Santa Ana, a los veinte días del mes de mayo de dos mil dieciséis.-
LIC. MELVIN MAURICIO PEÑATE SÁNCHEZ, JUEZ TERCERO
DE LO CIVIL Y MERCANTIL, DE SANTA ANA. LICDA. ÉLIDA
ZULEIMA MÉNDEZ GUZMÁN, SECRETARIA DEL JUZGADO
TERCERO DE LO CIVIL Y MERCANTIL, DE SANTA ANA.
3 v. alt. No. F011855-1
EDGAR ORLANDO ZUNIGA RIVAS, JUEZ DE LO CIVIL DEL
DISTRITO JUDICIAL DE SOYAPANGO.
HACE SABER: Que por resolución pronunciada por este Juzgado
a las diez horas y veintiséis minutos del día siete de junio de dos mil
dieciséis, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de
inventario, LA HERENCIA INTESTADA que a su defunción ocurrida
el día el día 29 de diciembre de 2014, dejó el causante señor ANUNCIACIÓN
AMAYA ARGUETA, con Documento Único de Identidad Número
00546624-3; y poseedor de su Tarjeta de Identifi cación Tributaria
Número 1213-250361-10-4, cincuenta y tres años de edad, albañil, casado,
originario de San Antonio del Mosco, San Miguel, hijo de MÁXIMA
ARGUETA MARTÍNEZ (fallecida) y Anastacio Amaya o Anastacio
Amaya Martínez (Constancia de no Asentamiento de Fallecido) MARÍA
JORGE MEJÍA DE AMAYA, en su calidad de cónyuge sobreviviente,
de cincuenta y seis años de edad, ama de casa, del domicilio de Ilopango,
Departamento de San Salvador, con Documento Único de Identidad
Número 01055880-1 y poseedora de su Tarjeta de Identifi cación Tributaria
Número 0903-190459-101-2, en su calidad de cónyuge sobreviviente; y en
su calidad de madre y representante legal del menor RENÉ ALEXANDER
AMAYA MEJÍA, quien es de de diecisiete años de edad, estudiante,
del domicilio de Ilobasco, Departamento de Cabañas, poseedor de su
Tarjeta de Identifi cación Tributaria Número 0903-111198-101-4 y del
joven DOUGLAS ENMANUEL AMAYA MEJÍA, de diecinueve años
de edad, estudiante, del domicilio de Ilobasco, Departamento de Caba-
ñas, con Documento Único de Identidad 05465709-5; y poseedor de su
Tarjeta de Identifi cación Tributaria Número 0903-100796-102-8, estos
últimos en su calidad de hijos del causante antes mencionado.
Y se les ha conferido a los aceptantes la ADMINISTRACIÓN Y
REPRESENTACIÓN INTERINA de los bienes de la sucesión con las
facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.
Y CITA: a los que se crean con derecho a la herencia referida para
que se presenten en el término de Ley, a hacer uso de sus derechos en
la sucesión.
Librado en el Juzgado de lo Civil de Soyapango, a las once horas y treinta
minutos del día siete de junio de dos mil dieciséis.- LICDO. EDGAR
ORLANDO ZUNIGA RIVAS, JUEZ DE LO CIVIL. LICDA. AMALIA
DEYANIRA RODRÍGUEZ MARTÍNEZ, SECRETARIA.
3 v. alt. No. F011857-1
CRISTIAN ALEXANDER GUTIÉRREZ, Juez Segundo de lo Civil y
Mercantil de la Ciudad San Miguel.
HACE SABER: que por resolución del día doce de agosto de dos
mil dieciséis, la herencia intestada que dejó al fallecer el señor JOSÉ
MAURICIO MARTÍNEZ PÉREZ, quien fue de cuarenta y ocho años
de edad, agricultor en pequeño, casado, del domicilio de Chirilagua,
departamento de San Miguel, originario de Santa Tecla, departamento
de La Libertad, Salvadoreño, hijo de ALEJANDRO MARTINEZ y
MARGOTH PEREZ, fallecido a las veinte horas con veinte minutos del
día cuatro de febrero de dos mil dieciséis, en la Calle a Llano de las Rosas,
Cantón Gualozo, Chirilagua, siendo su ultimo domicilio el municipio de
San Miguel, departamento de San Miguel; de parte de la señora ROSA
MARINA RIVERA DE MARTÍNEZ, actualmente ROSA MARINA
VIUDA DE MARTÍNEZ, mayor de edad, comerciante, del domicilio
de Chirilagua, departamento de San Miguel, con Documento Único de
Identidad Número 00346641-7 y Tarjeta de Identifi cación Tributaria
Número 1206-250273-101-8, en calidad de esposa del causante.
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57DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 6 de Septiembre de 2016.
Se le ha conferido a la aceptante, señora ROSA MARINA RIVE-
RA DE MARTÍNEZ, actualmente ROSA MARINA VIUDA DE
MARTÍNEZ, en calidad de esposa del causante, señor JOSÉ MAURICIO
MARTÍNEZ PÉREZ, la administración y representación interina de
la sucesión intestada, con las facultades y restricciones de la herencia
yacente; y se cita a los que se crean con derecho a la referida herencia,
para que se presenten a deducirlo dentro de los quince días posteriores
a la tercera publicación de este edicto.
Lo que se pone de conocimiento del público para los efectos de
Ley.
Librado en el Juzgado Segundo de lo Civil y Mercantil de la Ciudad
de San Miguel, a los doce días del mes de agosto de dos mil dieciséis.-
LIC. CRISTIAN ALEXANDER GUTIÉRREZ, JUEZ SEGUNDO DE
LO CIVIL Y MERCANTIL. LIC. JUAN CARLOS HERNÁNDEZ
PÉREZ, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F011873-1
JULIO CESAR PADILLA GARCIA, Notario, de este domicilio, con
despacho jurídico en Calle Alberto Masferrer Tercera calle Oriente,
número cinco-seis, Locales El Ángel, Local número siete, a un costado
Sur de la Iglesia El Ángel, Barrio El Ángel, Sonsonate.
HACE SABER: Que por resolución del suscrito notario, proveída
a las nueve horas del día treinta y uno de agosto dos mil dieciséis, se
ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, la
herencia Testamentaria que a su defunción dejó la señora Ana del Carmen
Vásquez Viuda de Alfaro ocurrida en Sonsonate, el día veintisiete de
septiembre de dos mil quince, de parte de JOSE ROBERTO ALFARO
VASQUEZ, ROSA ALBERTINA ALFARO VASQUEZ, conocida
por ROSA ALFARO VASQUEZ, SILVIA GUADALUPE ALFARO
VASQUEZ, por sí y en su calidad de Cesionaria del derecho que en la
misma le correspondía a LUIS ALONSO ALFARO VASQUEZ, en
concepto de hijos sobrevivientes de la causante, habiéndose conferido
la administración y representación de la sucesión TESTAMENTARIA,
con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia
yacente.
En consecuencia, por este medio se cita a todos los que se crean
con derechos a la referida herencia, para que se presenten a la referida
ofi cina en el término de quince días, contados desde el siguiente a la
última publicación del presente edicto.
Librado en la ofi cina del notario, JULIO CESAR PADILLA
GARCIA, En la ciudad de Sonsonate, a las once horas del día treinta y
uno de agosto de dos mil dieciséis.
JULIO CESAR PADILLA GARCIA,
NOTARIO.
3 v. alt. No. F012443/ F011889-1
ARNOLDO ARAYA MEJÍA, JUEZ SUPLENTE PRIMERO DE LO
CIVIL Y MERCANTIL DE SAN MIGUEL.
HACE SABER: Que por resolución pronunciada a las catorce horas
quince minutos del cinco de julio de dos mil dieciséis, en las diligencias
de Aceptación de Herencia Intestada, clasifi cadas con NUE: 02192-16-
CVDV-1CM1-185-04, se ha tenido por aceptada expresamente y con
benefi cio de inventario, la herencia intestada dejada por la causante,
señora PAULA ROMERO VIUDA DE SÁNCHEZ, de ochenta y seis
años de edad, de Ofi cios Domésticos, Viuda, originaria de San Francisco
Gotera, departamento de Morazán, del último domicilio de San Miguel,
falleció en Colonia San Carlos Calle Rosalio Flores número doscientos
catorce en San Miguel, a las veintitrés horas veinte minutos del veintitrés
de agosto del año dos mil doce, con asistencia médica, a consecuencia
de Tumor Cerebral Maligno; de parte de las señoras MARÍA ELISA
SÁNCHEZ DE SEILER, de sesenta y cinco años de edad, Empleada, del
domicilio de San Miguel, con Documento Único de Identidad Número:
03202549-2; con Número de Identifi cación Tributaria: 1217-160251-
001-2; MARÍA DE LA PAZ SÁNCHEZ, de sesenta y dos años de edad,
de Ofi cios Domésticos, del domicilio de San Miguel, con Documento
Único de Identidad Número: 01378054-6; con Número de Identifi cación
Tributaria: 1217-040753-102-5; y MARÍA MARCELINA SÁNCHEZ
DE MORELL, de sesenta años de edad, Ama de Casa, del domicilio
de New Rochelle, Estado de Nueva York, Estados Unidos de América,
con Documento Único de Identidad Número: 04420197-3; con Número
de Identifi cación Tributaria: 1217-150755-102-0, en concepto de hijas
sobrevivientes de la expresada causante; y se le ha conferido al aceptante
en el concepto antes mencionado, la administración y representación
interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores
de la Herencia Yacente que regula el Artículo 480 Código Civil.
Cítese a los que se crean con derecho a la herencia para que se
presenten a este Juzgado dentro de los quince días subsiguientes después
de la última publicación de este edicto.
Lo que pone en conocimiento del público para los efectos de ley,
Librado en el Juzgado Primero de lo Civil y Mercantil de San
Miguel, a las catorce horas dieciocho minutos del cinco de julio de dos
mil dieciséis.- LICDO. ARNOLDO ARAYA MEJIA, JUEZ SUPLEN-
TE PRIMERO DE LO CIVIL Y MERCANTIL, DE SAN MIGUEL.
LIC. HECTOR ANTONIO VILLATORO JOYA, SECRETARIO DE
ACTUACIONES INTERINO.
3 v. alt. No. F011911-1
LIC. GLORIA VICTALINA VALENCIA DE BARRERA, Jueza de lo
Civil de este distrito judicial, al público para los efectos de ley,
HACE SABER: Que por resolución de las once horas y cinco
minutos del día treinta y uno de mayo de este año, se ha tenido por aceptada
expresamente y con benefi cio de inventario, la herencia intestada que
a su defunción dejó el causante JUAN ANTONIO JOVEL MOLINA,
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58 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 412
conocido por JUAN ANTONIO JOVEL, quien falleció el día diez de
noviembre del año dos mil quince, en Colonia José Simeón Cañas, Final
1ª. Avenida Sur Número Noventa y Tres, de la Ciudad de Zacatecoluca,
Departamento de La Paz, siendo esta Ciudad su último domicilio; por
parte de JUAN CARLOS JOVEL COTO e IMELDA JEANNETTE
JOVEL COTO, en concepto de hijos del causante y como cesionarios
del derecho hereditario que le correspondían a SARA COTO LOPEZ
DE JOVEL, conocida por SARA COTO, como cónyuge del referido
causante.
Nómbrase a los aceptantes, interinamente., administradores y
representes de la sucesión, con las facultades y restricciones de los
curadores de la herencia yacente.
En consecuencia, se citan a todas las personas que se crean con
derecho a la herencia de que se trata, para que en el término de ley,
comparezcan a este Juzgado a justifi car dicha circunstancia.
JUZGADO DE LO CIVIL: Zacatecoluca, treinta y uno de mayo del año
dos mil dieciséis.- LIC. GLORIA VICTALINA VALENCIA DE BA-
RRERA, JUEZA DE LO CIVIL. LIC. OSCAR ERNESTO AREVALO
ORREGO, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F011991-1
DOCTORA DELMY RUTH ORTIZ SÁNCHEZ, Juez de lo Civil, Su-
plente, de este Distrito Judicial, departamento de La Unión; al público
para los efectos de ley,
HACE SABER: Que por resolución de este Juzgado a las once
horas del día dos de febrero del corriente año, se tuvo por aceptada
expresamente, y con benefi cio de inventario, la herencia intestada que
al fallecer a las dos horas quince minutos del día doce de octubre del
año dos mil catorce, siendo su último domicilio la ciudad de Anamorós,
departamento de La Unión, dejara el causante GILBERTO HERRERA
conocido por GILBERTO HERRERA REYES, a favor de la señora
MARÍA ESTER ÁVILA MALDONADO conocida por MARÍA ESTER
ÁVILA DE HERRERA por MARÍA ESTER ÁVILA y por MARÍA
ESTER ÁVILA VIUDA DE HERRERA, en concepto de CÓNYUGE
sobreviviente, del causante antes mencionado, de conformidad con lo
establecido en el Art. 988 N° 1° del Código Civil. En consecuencia,
se le confi rió a la aceptante, en el carácter dicho, la administración y
representación interina de los bienes de la indicada sucesión, con las
facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.
Librado en el Juzgado de lo Civil de Santa Rosa de Lima, depar-
tamento de La Unión, a los doce días del mes de julio del año dos mil
dieciséis.- DRA. DELMY RUTH ORTIZ SANCHEZ, JUEZA DE LO
CIVIL, SUPLENTE. LICDA. MARINA CONCEPCION MARTINEZ
DE MARTINEZ, SECRETARIA.
3 v. alt. No. F029547-1
TÍTULO DE PROPIEDAD
ALCALDIA MUNICIPAL DE LA LAGUNA.
EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL DE ESTA VILLA, AL
PUBLICO EN GENERAL,
HACE SABER: Que en esta ofi cina se presentó la Señora MARIA
ANITA LEON CARBAJAL, de sesenta y cinco años de edad, Ama de
Casa, del Domicilio de La Laguna, Departamento de Chalatenango,
portadora de su Documento Único de Identidad Número cero un millón
trescientos setenta y nueve mil veintitrés-dos, y Número de Identifi cación
Tributaria cero cuatrocientos once-doscientos sesenta mil setecientos
cincuenta-ciento uno-cuatro, solicitando TITULO DE PROPIEDAD a
su favor, de un inmueble de naturaleza Urbana, situado en el Barrio Las
Victorias calle principal S/N, Municipio de La Laguna, Departamento de
Chalatenango, de la capacidad de DOSCIENTOS DIECISIETE PUNTO
CINCUENTA Y OCHO METROS CUADRADOS DE EXTENSION
SUPERFICIAL, cuyas medidas y colindancias son las siguientes : AL
ORIENTE, mide ocho punto cuarenta metros, colinda con José Moris
Guevara Ramírez, dividido por cerca de piña de este inmueble; AL
NORTE, mide veintiún metros, colinda con el señor Elio Santos, dividido
por cerco de alambre del colindante; AL PONIENTE, mide diez metros,
colinda con el señor Gerardo Guerra y Celina Guerra Calle Principal
de por medio Y AL SUR, mide veintiséis metros, y colinda con María
Victoria Guevara de Ortiz, pared del colindante de por medio.
El predio descrito no es dominante, ni sirviente, no tiene carga ni
derechos reales de ajena pertenencia, ni está en proindivisión con ninguna
persona. Que lo adquirió por compra venta a la señora Lucinda Guevara
de Guevara, lo valúa en la cantidad de TRES MIL CUATROCIENTOS
VEINTOCHO PUNTO CINCUENTA Y SIETE DOLARES DE LOS
ESTADOS UNIDOS DE AMERICA. Lo que se hace saber al público
para los efectos de ley consiguientes.
Y no habiendo más que hacer constar se extiende el presente EDICTO
para ser publicado en el Diario Ofi cial se extiende en la Alcaldía Municipal
de La Laguna Departamento de Chalatenango, diez días del mes de
Agosto del año dos mil dieciséis.- BALTAZAR ELIAS GALDAMEZ
DIAZ, ALCALDE MUNICIPAL. GUILLERMO OBDULIO GUEVARA
FUENTES, SECRETARIO. MUNICIPAL.
3 v. alt. No. F011834-1
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59DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 6 de Septiembre de 2016.
TÍTULO SUPLETORIO
JORGE ALBERTO MÁRQUEZ DÍAZ, Notario, con Ofi cina ubicada en
la Sexta Avenida Sur, número cuarenta y cinco, Barrio Concepción.
HACE SABER: Que a mi ofi cina, se ha presentado el señor: ES-
TEBAN RAMÍREZ CABRERA, de cincuenta años de edad, Jornalero,
del domicilio de San Simón, Departamento de Morazán, solicitando
Título Supletorio de un terreno de Naturaleza Rústica, situado en Cantón
Las Quebradas, Jurisdicción de San Simón, Departamento de Morazán,
de la Capacidad Superfi cial de: QUINIENTOS NOVENTA Y OCHO
METROS CUADRADOS, de las medidas y linderos siguientes: AL
ORIENTE: nueve metros, con Eugenio Santos Orellana, cerco de piedra
del colindante de por medio; AL NORTE: cuarenta y cinco metros, con
Eugenio Santos Orellana, cerco de alambre del colindante de por medio;
AL PONIENTE: diecisiete metros, con María Paz Maradiaga Santos,
calle de por medio; Y AL SUR: cuarenta y siete metros, con Anastacia
Ramírez de Guevara, cerco de alambre de la colindante de por medio.-
Dicho terreno no es dominante ni sirviente, lo adquirió por donación que
le hiciere su madre la señora: María de Paz Ramírez.- Los colindantes
son del domicilio de Cantón Las Quebradas, San Simón, Morazán. Lo
estima en la cantidad de MIL DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS
DE AMÉRICA. Lo que pone al conocimiento del público para los efectos
de Ley.
Librado en la ciudad de Ciudad Barrios, Departamento de San
Miguel, a los treinta días del mes de agosto del año dos mil dieciséis.-
JORGE ALBERTO MÁRQUEZ DÍAZ,
NOTARIO.
1 v. No. F011927
JORGE ALBERTO MÁRQUEZ DÍAZ, Notario, con Ofi cina ubicada en
la Sexta Avenida Sur, número cuarenta y cinco, Barrio Concepción.
HACE SABER: Que a mi ofi cina, se ha presentado la señora: ROSA
LILIAN FRANCO ORELLANA, de cuarenta y ocho años de edad, de
ofi cios domésticos, del domicilio de Ciudad Barrios, Departamento de
San Miguel, solicitando Título Supletorio de un terreno de Naturaleza
Rústica, situado en el Cantón Llano El Ángel, Jurisdicción de Ciudad
Barrios, Departamento de San Miguel, de la Capacidad Superfi cial de:
NOVECIENTOS CINCUENTA Y DOS METROS CUADRADOS
SETENTA Y CINCO DECÍMETROS CUADRADOS, de las medidas
y linderos siguientes: AL ORIENTE: cincuenta y un metros, con Luis
Alonso Argueta, quebrada de agua de por medio; AL NORTE: vein-
tiuno punto cincuenta metros, con José Augusto Portillo Ávila, árboles
de pito y jiote de por medio: AL PONIENTE: cincuenta y dos metros,
con Carlos Arturo Franco, brotones de Izote de por medio; Y AL SUR:
quince punto cincuenta metros, con Luis Alonso Argueta, un árbol de
amate y jiote de por medio. Tiene construida una casa paredes de adobe
repellada y techo de tejas, con servicios de agua potable y energía eléctrica
y está cultivado de árboles de café.- Dicho terreno no es dominante ni
sirviente, lo adquirió por compra que le hiciere al señor: Román Franco
Orellana, los colindantes son del domicilio de Cantón Llano El Ángel,
Ciudad Barrios, Departamento de San Miguel. Lo estima en la cantidad
de MIL DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA.
Lo que pone al conocimiento del público para los efectos de Ley.
Librado en la ciudad de Ciudad Barrios, Departamento de San Mi-
guel, a los diecisiete días del mes de agosto del año dos mil dieciséis.-
JORGE ALBERTO MÁRQUEZ DÍAZ,
NOTARIO.
1 v. No. F011928
JORGE ALBERTO MÁRQUEZ DIAZ Notario, con Ofi cina ubicada en
la Sexta Avenida Sur, número cuarenta y cinco, Barrio Concepción.
HACE SABER: Que a mi ofi cina, se han presentado los señores:
JAIME ALEXANDER ARGUETA CHICAS, de treinta y ocho años
de edad, Empleado y SANTOS SONIA NOHEMY MACHADO DE
ARGUETA, de treinta y siete años de edad, de ofi cios domésticos, ambos
del domicilio de Ciudad Barrios, Departamento de San Miguel, solici-
tando Título Supletorio de dos terrenos de Naturaleza Rústica, situados
en el Cantón San Matías, Jurisdicción de Ciudad Barrios, Departamento
de San Miguel, EL PRIMERO de la Capacidad Superfi cial de: TRES-
CIENTOS CINCUENTA Y CINCO METROS SEIS DECÍMETROS
CUARENTA Y CUATRO CENTÍMETROS CUADRADOS, de los
linderos siguientes: AL ORIENTE: treinta y cinco punto sesenta metros,
con Margarita Chicas; AL NORTE: seis punto sesenta y seis metros, con
Buenaventura Díaz Lizama; AL PONIENTE: treinta punto cincuenta y
dos metros, con Mario Antonio Díaz, calle vecinal de por medio; y AL
SUR: catorce punto ochenta y cinco metros, calle principal de por medio
con Marcelino Díaz y Luis Alonso Argueta. Tiene construida una casa de
sistema mixto, con los servicios básicos necesarios.- EL SEGUNDO: de
la Capacidad Superfi cial de: CUATROCIENTOS VEINTISIETE ME-
TROS VEINTIOCHO DECÍMETROS CUADRADOS, de los linderos
siguientes: AL ORIENTE: cuarenta y tres punto veinte metros, con Luis
Centeno; AL NORTE: nueve metros, con Buenaventura Díaz Lizama:
AL PONIENTE: treinta y cinco punto veinte metros, con Buenaventura
Díaz Lizama; y AL SUR: doce metros, con Arnoldo Marquina y Luis
Alonso Argueta, calle pública de por medio.- Dichos terrenos no son
dominantes ni sirvientes, los adquirieron por compra que le hicieren,
el primero a Margarita Chicas Viuda de Argueta y el segundo al señor:
Buenaventura Díaz Lizama, los colindantes son del domicilio de Cantón
San Matías, Ciudad Barrios, Departamento de San Miguel. Los estiman
en la cantidad de MIL DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE
AMÉRICA cada uno.
Lo que ponen al conocimiento del público para los efectos de Ley.
Librado en la ciudad de Ciudad Barrios, Departamento de San Miguel,
a los veintiséis días del mes de agosto del año dos mil dieciséis.-
JORGE ALBERTO MÁRQUEZ DÍAZ,
NOTARIO.
1 v. No. F011929
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60 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 412
JOSE HERNAN PALACIOS LIMA, JUEZ DE LO CIVIL DEL DIS-
TRITO JUDICIAL DE METAPAN,
HACE SABER: Que a este Juzgado se ha presentado el señor
CARLOS ANTONIO CASTRO, de veintinueve años de edad, empleado,
del domicilio de Hempestead, Condado de Nassau, New York, de los
Estados Unidos de América, solicitando que se le extienda TITULO
SUPLETORIO de UN inmueble de naturaleza rústica, situado en Cantón
La Isla, Caserío Las Marías de esta comprensión, y que se describe según
Ofi cina de Mantenimiento Catastral, así: de una extensión superfi cial de
CUATRO MIL CUATROCIENTOS CINCO METROS CUADRADOS
SESENTA DECIMETROS CUADRADOS Y UNO DECIMETROS
CUADRADOS, que linda: al NORTE, con Gil Antonio Morales Mo-
rales; AL ORIENTE, con Reina Isabel Lemus; AL SUR, con Porfi rio
Guerra, calle de por medio; y AL PONIENTE, con Gil Antonio Morales
Morales, calle de por medio.- El referido inmueble no es dominante ni
sirviente, ni se encuentra en proindivisión con otras personas, y lo valúa
en la suma de DIEZ MIL DÓLARES.-
Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos de Ley.
Librado en el Juzgado de lo Civil: Metapán, a las diez horas cin-
cuenta minutos del día tres de agosto del año dos mil dieciséis.- LIC.
JOSE HERNAN PALACIOS LIMA, JUEZ DE LO CIVIL.- LICDA.
MARÍA LETICIA FIGUEROA FIGUEROA, SECRETARIA.
3 v. alt. No. F011867-1
JOSE HERNAN PALACIOS LIMA, JUEZ DE LO CIVIL DEL DIS-
TRITO JUDICIAL DE METAPAN,
HACE SABER: Que a este Juzgado se ha presentado el señor
ARTURO MARTINEZ SANABRIA, de cuarenta y cuatro años de edad,
carpintero, de este domicilio, solicitando que se le extienda TITULO
SUPLETORIO de UN inmueble de naturaleza rústica, ubicado en Cantón
San Juan Las Minas, Caserío San Juan Arriba, de esta jurisdicción, y
que se describe según Ofi cina de Mantenimiento Catastral así: de una
extensión superfi cial de TRESCIENTOS CUARENTA Y DOS METROS
CINCUENTA Y DOS DECIMETROS CUARENTA Y CINCO CENTI-
METROS CUADRADOS, que linda: al NORTE, con Luis Landaverde
Acosta, Leonidas Landaverde Acosta, y José David Galdámez, con
todos calle de por medio; al ORIENTE, SUR, y PONIENTE, con Juan
Vicente Sola.- El referido inmueble no es dominante ni sirviente, ni se
encuentra en proindivisión con otras personas, y lo valúa en la suma de
CINCO MIL DÓLARES.-
Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos de
Ley.
Librado en el Juzgado de lo Civil: Metapán, a las catorce horas con
veinte minutos del día uno de agosto del año dos mil dieciséis.- LIC. JOSE
HERNAN PALACIOS LIMA, JUEZ DE LO CIVIL.- LICDA. GRACIA
MARÍA GUEVARA MENJIVAR, SECRETARIA INTERINA.
3 v. alt. No. F011869-1
LICENCIADA ANA LETICIA ORELLANA DE VARGAS, DEL DIS-
TRITO JUDICIAL DEL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE
CIUDAD BARRIOS, DEPARTAMENTO DE SAN MIGUEL.
HACE SABER: Que a este Juzgado se ha presentado La Licenciada
LIHIDALMA LARA COLATO, en calidad de Apoderada General Ju-
dicial y Especial de los señores DIONISIO SORTO PINEDA Y JULIA
PORTILLO DE SORTO; solicitando TÍTULO SUPLETORIO, de un
inmueble de naturaleza rústica; situado en Tierras Coloradas, del Cantón
Rosa Nacaspilo, jurisdicción de Carolina, Departamento de San Miguel,
de la capacidad superfi cial de TREINTA Y DOS MIL CUATROCIEN-
TOS OCHENTA Y SEIS METROS CON DOCE CENTIMETROS
CUADRADOS; de las medidas y colindantes siguientes: AL NORTE:
Partiendo del vértice Nor Poniente, está formado por cuatro tramos con
los siguientes rumbos y distancias Tramo uno, noreste, sesenta y dos
grados dieciséis minutos treinta y siete segundos, con una distancia de
cincuenta y nueve punto diecisiete metros; Tramo dos, noreste, sesenta y
un grados cero cuatro minutos treinta y tres segundos, con una distancia
de dieciocho punto setenta y siete metros; Tramo tres; noreste, sesenta
y seis grados cero cuatro minutos cuarenta y ocho segundos, con una
distancia de cuarenta y uno punto cincuenta y cinco metros; Tramo
cuatro, noreste, ochenta y siete grados veintitrés minutos treinta y ocho
segundos con una distancia de dos punto veintisiete metros, colindando
con terreno de Estanislao Portillo, cerco de alambre y piña propio de por
medio; AL ORIENTE: Partiendo del Vértice Nor Oriente está formado por
cinco tramos con los siguientes rumbos y distancias: Tramo uno; sureste,
cuarenta y nueve grados cincuenta y siete minutos treinta segundos, con
una distancia de treinta y dos punto treinta y tres metros; Tramo dos,
Sureste, cincuenta grados catorce minutos treinta y cuatro segundos, con
una distancia de noventa y seis punto diez metros; Tramo tres; sureste
cuarenta y seis grados cuarenta y un minutos veintiséis segundos, con
una distancia de treinta y tres punto noventa y dos metros; Tramo cua-
tro; Sureste, treinta y siete grados treinta y siete minutos treinta y siete
segundos, con una distancia de trece punto cuarenta y nueve metros;
Tramo cinco, Sureste, cincuenta y dos grados once minutos cero tres
segundos, con una distancia de cincuenta y dos punto setenta y ocho
metros, colindando con terreno de Andrés Franco, calle de por medio
que conduce a Balneario Agua Caliente, cerco propio de piedra de por
medio; AL SUR; Partiendo del vértice suroriente, está formado por quince
tramos con los siguientes rumbos y distancias: Tramo uno, Suroeste,
veintisiete grados treinta y siete minutos cuarenta y dos segundos, con
una distancia de once punto cero cuatro metros; Tramo dos, noroeste,
sesenta y nueve grados cuarenta y cuatro minutos veintiún segundos,
con una distancia de veintiuno punto veinticinco metros; Tramo tres,
noroeste, ochenta y cinco grados cuarenta y siete minutos treinta y cinco
segundos, con una distancia de veintiséis punto cincuenta y cinco metros,
Tramo cuatro, noroeste, setenta y un grados trece minutos cincuenta y
cuatro segundos, con una distancia de veintitrés punto cuarenta y tres
metros, Tramo cinco, noroeste, sesenta y tres grados cero siete minutos
cero dos segundos, con una distancia de veintiséis punto setenta y siete
metros; Tramo seis, noroeste, setenta y tres grados cero cinco minutos
diecinueve segundos, con una distancia de veinte punto ochenta y ocho
metros; tramo siete; noroeste, setenta y dos grados cuarenta y nueve
minutos veinticinco segundos, con una distancia de treinta y uno punto
sesenta y un metros; Tramo ocho; Suroeste, cuarenta y cinco grados
veinte minutos veintiún segundos, con una distancia de treinta y dos punto
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61DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 6 de Septiembre de 2016.
treinta y siete metros; Tramo nueve; suroeste, cincuenta y cuatro grados
cero tres minutos treinta y dos segundos, con una distancia de ochenta
y uno punto sesenta y dos metros, Tramo diez, suroeste, sesenta y ocho
grados veintitrés minutos cincuenta y siete segundos, con una distancia
de catorce punto doce metros; Tramo once, noroeste, cincuenta y dos
grados dieciséis minutos cincuenta y ocho segundos, con una distancia
de quince punto cuarenta y un metros; Tramo doce, noroeste, ochenta
grados diecinueve minutos veintiocho segundos, con una distancia de once
punto cincuenta y tres metros; Tramo trece, Suroeste, cincuenta y cinco
grados cero dos minutos cuarenta y dos segundos, con una distancia de
dieciséis punto ochenta y un metros; Tramo catorce; suroeste, veintiséis
grados catorce minutos cuarenta y ocho segundos, con una distancia de
catorce punto setenta y tres metros; Tramo quince, suroeste, setenta y
siete grados doce minutos veinticuatro segundos, con una distancia de
veintitrés punto noventa y seis metros; colindando con terreno de José
Adrían Amaya, cerco de alambre y piedra propio, quebrada de desague
natural en parte de por medio; AL PONIENTE: Partiendo del vértice
Sur Poniente está formado por diez tramos con los siguientes rumbos
y distancias: Tramo uno, noroeste, cincuenta y cinco grados veintiocho
minutos trece segundos, con una distancia de veintitrés punto ochenta y
tres metros; Tramo dos; noroeste, cuarenta y dos grados veintiséis minutos
cero dos segundos, con una distancia de catorce punto cincuenta y un
metros; Tramo tres; noroeste, trece grados cuarenta y cuatro minutos
dieciséis segundos, con una distancia de dieciséis punto noventa metros;
Tramo cuatro, noroeste, cero seis grados once minutos doce segundos,
con una distancia de veinticuatro punto setenta y cuatro metros; Tramo
cinco; noroeste, sesenta y ocho grados treinta y tres minutos treinta y
seis segundos, con una distancia de quince punto veintiún metros; Tramo
seis, noroeste, ochenta y cuatro grados cero siete minutos treinta y seis
segundos, con una distancia de doce punto sesenta y siete metros, Tramo
siete; noroeste, cincuenta y cuatro grados treinta y siete minutos veintiséis
segundos, con una distancia de diecisiete punto cuarenta y cinco metros;
Tramo ocho, noroeste, quince grados dieciséis minutos cincuenta y
ocho segundos con una distancia de veintiuno punto cincuenta y cuatro
metros; Tramo nueve; noreste, veintitrés grados cincuenta y seis minutos
cuarenta y un segundos, con una distancia de treinta y siete punto treinta
y nueve metros; Tramo diez; noreste, veintinueve grados cincuenta y
nueve minutos cuarenta segundos, con una distancia de dieciocho punto
cuarenta metros, colinda con terreno de José Adrían Amaya y Estanislao
Portillo, quebrada de desagüe natural en parte, cerco de alambre y piña
propio de por medio. Así se llega al vértice norponiente que es donde
se inició esta descripción.
Lo adquirió por compra que hicieron a la Señora MARIA
EDELMIRA PORTILLO VIUDA DE ARGUETA, lo valúa en la
cantidad de DIEZ MIL DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE
AMERICA.
Librado en el JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE CIU-
DAD BARRIOS, DEPARTAMENTO DE SAN MIGUEL, a las quince
horas y cincuenta y cinco minutos del día diez de agosto del año dos
mil dieciséis.- LICDA. ANA LETICIA ORELLANA DE VARGAS,
JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA.- LIC. NERY DAVID RUBIO
CONTRERAS, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F011895-1
JOSE HERNAN PALACIOS LIMA, JUEZ DE LO CIVIL DEL DIS-
TRITO JUDICIAL DE METAPAN,
HACE SABER: Que a este Juzgado se ha presentado la señora
MARIA EROINA LANDAVERDE DE FLORES, de setenta y seis
de edad, de ofi cios domésticos, de este domicilio, solicitando que se
le extienda TITULO SUPLETORIO de UN inmueble de naturaleza
rústica, ubicado en Cantón San Juan Las Minas de esta comprensión, y
que se describe según Ofi cina de Mantenimiento Catastral así: de una
extensión superfi cial de DOS MIL SETECIENTOS OCHO PUNTO
OCHO MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y TRES METROS CUA-
DRADOS, que linda: al NORTE, con José Luis Figueroa y calle de por
medio; AL ORIENTE, con Néstor Salomón Flores Figueroa y Amalia
Flores Figueroa; AL SUR, con Elda Figueroa, Alfredo Galdámez Pa-
checo, Daniel Figueroa Solito y Adelso Galdámez; y AL PONIENTE,
con Maximiliano Figueroa Martínez, calle de por medio y Sucesión
Orellana Flores.- El referido inmueble no es dominante ni sirviente, ni
se encuentra en proindivisión con otras personas, y lo valúa en la suma
de CINCO MIL DÓLARES.-
Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos de
Ley.
Librado en el Juzgado de lo Civil: Metapán, a las quince horas
treinta minutos del día uno de julio del año dos mil dieciséis.- LIC. JOSE
HERNAN PALACIOS LIMA, JUEZ DE LO CIVIL.- LICDA. GRACIA
MARÍA GUEVARA MENJIVAR, SECRETARIA INTERINA.
3 v. alt. No. F011984-1
RENOVACIÓN DE MARCAS
No. de Expediente: 1998007009
No. de Presentación: 20160230801
CLASE: 30.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado EVELYN
MARLENE BONILLA, mayor de edad, ABOGADO(A), del domicilio
de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE SAN SALVADOR,
de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de
ALIMENTOS, SOCIEDAD ANONIMA, del domicilio de Ciudad de
Guatemala, Guatemala, de nacionalidad GUATEMALTECA, solicitando
RENOVACION, para la inscripción Número 00085 del Libro 00191 de
INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en EN UNA ETIQUETA
DE FONDO ANARANJADO Y DESTELLOS AMARILLOS, EN
EL CENTRO DE ESTA, DOS FRANJAS CRUZADAS, DE FONDO
BLANCO, UNA DE ELLAS CON BORDES ANARANJADOS,
CONTENIENDO LA PALABRA "QUESIFRITOS" EN LETRAS
ROJAS SOMBREADAS, MINUSCULAS, EXCEPTUANDO LA "Q"
QUE ES MAYUSCULA; LEYENDOSE EN SU BORDE SUPERIOR
"DELICIOSO" Y EN EL INFERIOR "SABOR QUESO"; BAJO ESTA
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62 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 412
FRANJA SE ENCUENTRA UN PERICO CON VESTIMENTA Y CON
SUS EXTREMIDADES SUPERIORES EN FORMA DE MANOS
EXTENDIDAS. EN LA PARTE SUPERIOR DE LA ETIQUETA
APARECE UNA ESFERA ROJA, Y SOBRE ELLA LA PALABRA
"SEÑORIAL" EN LETRAS AMARILLAS Y CONTORNO ROJO,
MINUSCULAS, EXCEPTUANDO LA "S" QUE ES MAYUSCULA,
Y AL FINAL UN PEQUEÑO CIRCULO CONTENIENDO UNA "R"
MAYUSCULA. EN LA PARTE SUPERIOR E INFERIOR DE DICHA
ETIQUETA SE OBSERVA UNA FRANJA DELGADA EN COLORES
ROJO, BLANCO Y AMARILLO; que ampara productos/servicios com-
prendidos en la(s) Clase 30 de la Clasifi cación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
a los diez días del mes de marzo del año dos mil dieciséis.
PEDRO BALMORE HENRÍQUEZ RAMOS,
REGISTRADOR.
ROXANA EUGENIA HERNÁNDEZ ORELLANA,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C000480-1
NOMBRE COMERCIAL
No. de Expediente: 2016154246
No. de Presentación: 20160237883
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado JOSE
MIGUEL HERNANDEZ SALOMON, en su calidad de REPRESEN-
TANTE LEGAL de INVERSIONES POR EL DESARROLLO, DE
RESPONSABILIDAD LIMITADA, de nacionalidad SALVADOREÑA,
solicitando el registro del NOMBRE COMERCIAL.
Consistente en: las palabra BILATERAL DEVELOPMENT y
diseño, se traduce al castellano como: Desarrollo Biltareral, que servirá
para: IDENTIFICAR UNA EMPRESA DEDICADA A SERVICIOS
DE OBTENCIÓN Y DOTACIÓN DE PERSONAL.
La solicitud fue presentada el día diecisiete de agosto del año dos
mil dieciséis.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
veintidós de agosto del año dos mil dieciséis.
DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ,
REGISTRADOR.
RUTH NOEMÍ PERAZA GALDÁMEZ,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C000475-1
No. de Expediente: 2015146332
No. de Presentación: 20150222620
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado RUBEN
ERNESTO JOVEL ALVARADO, en su calidad de REPRESENTANTE
LEGAL de BENDICION Y PROGRESO, SOCIEDAD ANONIMA
DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: B Y P, S.A. DE C.V., de
nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro del NOMBRE
COMERCIAL.
Consistente en: la palabra MEDILASER y diseño, que servirá
para: IDENTIFICAR UNA EMPRESA DEDICADA A: SERVICIOS
MÉDICOS.
La solicitud fue presentada el día ocho de septiembre del año dos
mil quince.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
dieciséis de septiembre del año dos mil quince.
GEORGINA VIANA CANIZALEZ,
REGISTRADORA.
SOFÍA HERNÁNDEZ MELÉNDEZ,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C000486-1
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63DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 6 de Septiembre de 2016. CONVOCATORIAS
CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL
ORDINARIA DE SOCIOS
El Infrascrito Director con funciones de Presidente y por tanto Re-
presentante Legal de la Sociedad GASOHOL DE EL SALVADOR,
SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, que se abrevia
GASOHOL DE EL SALVADOR, S.A. DE C.V.
HACE SABER: Que convoca a los señores socios para celebrar una
Junta General que tratará asuntos de carácter Ordinarios. Dicha Junta se
celebrará en primera convocatoria a las nueve horas del día miércoles 28
de septiembre de 2016, en Calle Los Castaños, número 33, Colonia San
Francisco, San Salvador, y si no existe quórum en esa fecha, en segunda
convocatoria, en el mismo lugar, a la misma hora del día jueves 29 de
septiembre de 2016. Siendo la Agenda de la Junta la siguiente:
PUNTO ÚNICO:
Reestructuración de Junta Directiva de la sociedad.
El quórum de asistencia en primera convocatoria para resolver
asuntos ordinarios deberá estar representada por lo menos con la mitad
más una del total de las acciones y sus resoluciones se tomarán por
mayoría de los votos presentes. El quórum de asistencia en segunda
convocatoria para resolver asuntos ordinarios en cualquiera que sea el
número de acciones representadas y sus resoluciones se tomarán por
mayoría de los votos presentes.
En la ciudad y departamento de San Salvador, a los treinta días
del mes de agosto del año 2016.
MARCO RENE MARTINEZ ESTRADA,
DIRECTOR PRESIDENTE Y REPRESENTANTE LEGAL,
GASOHOL DE EL SALVADOR, S.A. DE C.V.
3 v. alt. No. C000491-1
SUBASTA PÚBLICA
MASTER MARIA FLOR SILVESTRE LÓPEZ BARRIERE, JUEZ
PRIMERO DE LO MERCANTIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.
HACE SABER: Al público para los efectos de Ley, que en el JUI-
CIO EJECUTIVO MERCANTIL, Promovido por Licenciado CARLOS
ALBERTO MEZA GONZÁLEZ, en su calidad de Apoderado General
Judicial del BANCO DE FOMENTO AGROPECUARIO, en contra de
los señores MIGUEL Ángel CORNEJO SANCHEZ Y GLORIA MER-
CEDES MORALES conocida por GLORIA MERCEDES MORALES
RAMIREZ, reclamándole cantidad de dólares y accesorios de Ley, se
venderá en pública subasta en fecha que oportunamente se determinará
en este Juzgado, el bien inmueble embargado siguiente: Un inmueble
de naturaleza rústica, situado en Valle El Matazano Lote sin número,
de la jurisdicción de El Matazano, Soyapango, Departamento de San
Salvador, y en el cual hay una casa de sistema mixto construida de ladrillo
de dos plantas, de una extensión superfi cial de DOSCIENTOS OCHO
METROS CUADRADOS, aproximadamente, mide y linda: AL NORTE:
Dieciocho metros, treinta y cinco centímetros, con terreno de Alejandro
Rivas, que fue de Pedro Vásquez Guzmán; AL ORIENTE: Cinco metros
con terreno del mismo Vásquez Guzmán, que fueron estos predios de
Nicomedes Martínez Vuida de Vásquez y formaron un solo cuerpo con
el que se describe; AL SUR: Veintidós metros ochenta centímetros, con
resto de terreno que le quedó a Nicomedes Martínez viuda de Vásquez,
de donde se segregó el que se describe, hoy de Miguel Ángel Bonilla;
y AL PONIENTE: Con terreno de Ricardo Melendez, antes de Jorge
Melendez calle de por medio, en quince metros treinta centímetros. Dicho
inmueble se encuentra hipotecado a favor del BANCO DE FOMENTO
AGROPECUARIO, bajo la Matrícula numero M CERO CINCO CERO
VEINTICUATRO MIL TRESCIENTOS VEINTITRÉS, asiento número
CERO CERO CERO TRES, ahora trasladado en el Sistema de Folio Real
Automatizado a la matrícula SEIS CERO CERO OCHO UNO OCHO
CINCO NUEVE-CERO CERO CERO CERO CERO del Registro de
la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Primera Sección del Centro.
Se hace saber a las personas que se presenten a participar a la subasta
que deberán de presentar sus respectivos documentos de identidad NIT
y comprobar su solvencia económica por medio de libreta de ahorro,
cheque certifi cado, constancia de ahorro, efectivo u otro documento
similar.
Librado en el Juzgado Primero de lo Mercantil; San Salvador, a las
nueve horas y quince minutos del día cuatro de febrero de dos mil dieci-
séis.- MASTER MARIA FLOR SILVESTRE LOPEZ BARRIERE, JUEZ
PRIMERO DE LO MERCANTIL.- LIC. JUAN CARLOS NAJARRO
PEREZ, SECRETARIO.
3 v. alt. No. C000753-1
REPOSICIÓN DE CERTIFICADOS
AVISO
EL BANCO DAVIVIENDA SALVADOREÑO, S. A.
COMUNICA: Que a sus ofi cinas se ha presentado el propietario del
certifi cado de depósito a plazo No. 070601074464 (10000176463) emitido
en Suc. La Joya, el 08 de julio de 2016, por valor original $100,000.00,
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64 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 412
a un plazo de 6 meses, el cual devenga el 4.150% de interés, solicitando
la reposición de dicho certifi cado por habérsele extraviado.
En consecuencia de lo anterior, se hace del conocimiento del público
para los efectos legales del caso. Transcurridos treinta días después de
la tercera publicación y si no hubiere oposición se procederá a reponer
el certifi cado en referencia.
San Salvador, a los veintitrés días de agosto de dos mil dieciséis.
ING. JULLYANA VASQUEZ,
SUBGERENCIA DE PAGOS Y DEPOSITOS.
3 v. alt. No. F011897-1
AVISO
EL BANCO DAVIVIENDA SALVADOREÑO, S. A.
COMUNICA: Que a sus ofi cinas se ha presentado el propietario
del certifi cado de depósito a plazo No.002601258837 (10000169089)
emitido en Suc. Centro Financiero, el 02 de agosto de 2016, por valor
original $15,000.00, a un plazo de 3 meses, el cual devenga el 3.800%
de interés, solicitando la reposición de dicho certifi cado por habérsele
extraviado.
En consecuencia de lo anterior, se hace del conocimiento del público
para los efectos legales del caso. Transcurridos treinta días después de
la tercera publicación y si no hubiere oposición se procederá a reponer
el certifi cado en referencia.
San Salvador, a los veintitrés días de agosto de dos mil dieciséis.
ING. JULLYANA VASQUEZ,
SUBGERENCIA DE PAGOS Y DEPOSITOS.
3 v. alt. No. F011898-1
AVISO
EL BANCO DAVIVIENDA SALVADOREÑO, S. A.
COMUNICA: Que a sus ofi cinas se ha presentado el propietario del
certifi cado de depósito a plazo No. 000071067535 (44546) emitido en
Suc. San Miguel, el 11 de junio de 1998, por valor original ¢35,374.65
($4,042.82), a un plazo de 360 días, el cual devenga el 9.750% de
interés, solicitando la reposición de dicho certifi cado por habérsele
extraviado.
En consecuencia de lo anterior, se hace del conocimiento del público
para los efectos legales del caso. Transcurridos treinta días después de
la tercera publicación y si no hubiere oposición se procederá a reponer
el certifi cado en referencia.
San Salvador, a los veintitrés días de agosto de dos mil dieciséis.
ING. JULLYANA VASQUEZ,
SUBGERENCIA DE PAGOS Y DEPOSITOS.
3 v. alt. No. F011899-1
AVISO
EL BANCO DAVIVIENDA SALVADOREÑO, S. A.
COMUNICA: Que a sus ofi cinas se ha presentado el propietario del
certifi cado de depósito a plazo No. 142332256600 (013497) emitido en
Suc. Roosvelt (BANCASA), el 09 de enero de 1995, por valor original
¢2,000.00 ($228.57), a un plazo de 120 días, el cual devenga el 13.00%
de interés, solicitando la reposición de dicho certifi cado por habérsele
extraviado.
En consecuencia de lo anterior, se hace del conocimiento del público
para los efectos legales del caso. Transcurridos treinta días después de
la tercera publicación y si no hubiere oposición se procederá a reponer
el certifi cado en referencia.
San Salvador, a los veintitrés días de agosto de dos mil dieciséis.
ING. JULLYANA VASQUEZ,
SUBGERENCIA DE PAGOS Y DEPOSITOS.
3 v. alt. No. F011900-1
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65DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 6 de Septiembre de 2016.
AVISO
EL BANCO DAVIVIENDA SALVADOREÑO, S. A.
COMUNICA: Que a sus ofi cinas se ha presentado el propietario
del certifi cado de depósito a plazo No.142532256601 (55712) emitido
en Suc. Roosvelt (BANCASA), el 13 de noviembre de 1991, por valor
original ¢4,200.00 ($480.00), a un plazo de 180 días, el cual devenga
el 15.00% de interés, solicitando la reposición de dicho certifi cado por
habérsele extraviado.
En consecuencia de lo anterior, se hace del conocimiento del público
para los efectos legales del caso. Transcurridos treinta días después de
la tercera publicación y si no hubiere oposición se procederá a reponer
el certifi cado en referencia.
San Salvador, a los veintitrés días de agosto de dos mil dieciséis.
ING. JULLYANA VASQUEZ,
SUBGERENCIA DE PAGOS Y DEPOSITOS.
3 v. alt. No. F011901-1
TÍTULO MUNICIPAL
EL INFRASCRITO SEÑOR ALCALDE MUNICIPAL.
HACE SABER: Que a esta Alcaldía Municipal se ha presentado el
Licenciado Manuel de Jesús Servellon Rivera, de cincuenta y dos años
de edad, Abogado, del domicilio de Soyapango, Departamento de San
Salvador, portador de su Tarjeta de Abogado número seis mil setecientos
veintisiete, quien actúa como Apoderado General Judicial con Cláusula
Especial de la señora EVANGELINA MOLINA HERNANDEZ, de
setenta y cuatro años de edad, de ofi cios domésticos, de este domicilio,
con Documento Único de Identidad CERO CERO CERO SEIS CERO
UNO DOS OCHO-OCHO; y Número de Identifi cación Tributaria CERO
SETECIENTOS SIETE-CIENTO SETENTA Y UN MIL DOSCIENTOS
CUARENTA- CERO CERO UNO-TRES, propietaria de un inmueble de
naturaleza urbano, ubicado en Colonia La Providencia, Final Segunda
Avenida DOS Norte, del Municipio de San Bartolomé Perulapía, De-
partamento de Cuscatlán, de una extensión superfi cial de TRES MIL
CUATROCIENTOS CINCUENTA Y DOS PUNTO OCHENTA Y
SIETE METROS CUADRADOS, a fi n que se le extienda TITULO
MUNICIPAL de dicho inmueble de las medidas y colindancias siguientes:
LINDERO ORIENTE. Partiendo del vértice nor Oriente, está formado
por cuatro tramos con los siguientes rumbos y distancias; Tramo uno,
sur veinticinco grados treinta minutos cincuenta y tres segundos Oeste,
con una distancia de cuatro punto sesenta y seis metros; Tramo dos, sur
veinticinco grados veintiocho minutos veintidós segundos Oeste, con
una distancia de veinticinco punto cero seis metros; Tramo tres, sur
veinticuatro grados cero siete minutos diecisiete segundos Oeste, con
una distancia de uno punto treinta y siete metros; Tramo cuatro, sur
veinticinco grados dieciocho minutos treinta y ocho segundos Oeste,
con una distancia de trece punto veinticinco metros, colindando en estos
tramos con terreno propiedad de Evangelina Molina Hernández, aunque
en el mapa la parcela no tiene registrado ningún propietario, calle de por
medio, LINDERO SUR, partiendo del vértice sur oriente está formado
por cuatro tramos con los siguientes rumbos y distancias; Tramo Uno,
norte sesenta y siete grados treinta y ocho minutos treinta y un segundos
Oeste, con una distancia de cincuenta y cuatro punto veinte metros,
colindando en este tramo con propiedad del Ministerio de Educación;
Tramo dos, norte sesenta y cuatro grados veintinueve minutos catorce
segundos oeste, con una distancia de siete punto veintiocho metros; Tramo
tres, norte sesenta y cinco grados veinticinco minutos cuarenta y siete
segundos Oeste, con una distancia de siete punto sesenta y dos metros,
Tramo cuatro, norte sesenta y seis grados quince minutos treinta y tres
segundos Oeste, con una distancia de cuatro punto cincuenta y ocho
metros, colindando en estos tramos con terreno propiedad de Alcaldía
Municipal de San Bartolomé Perulapía, aunque en el mapa la parcela no
tiene registrado ningún propietario. LINDERO PONIENTE, partiendo
del vértice surponiente está formado por cinco tramos con los siguientes
rumbos y distancia, Tramo uno, norte diez grados treinta y seis minutos
veintiséis segundos Este, Con una distancia de dieciocho punto ochenta y
cuatro metros; Tramo dos, norte setenta y cinco grados dieciséis minutos
cuarenta y ocho segundos Oeste, con una distancia de cero punto setenta y
dos metros; Tramo tres, norte diez grados veinte minutos treinta y cuatro
segundos Este, con una distancia de catorce punto treinta y dos metros;
Tramo cuatro, norte setenta y seis grados cero siete minutos cuarenta
y ocho segundos Oeste, con una distancia de cero punto treinta cuatro
metros, Tramo cinco, norte diez grados veinticuatro minutos veintiún
segundos Este, con una distancia de nueve punto setenta y cuatro metros,
lindando en estos tramos con terreno propiedad de Alcaldía Municipal
de San Bartolomé Perulapía; LINDERO NORTE. Partiendo del vértice
nor poniente, está formado por un tramo con el siguiente rumbo y dis-
tancia: Tramo uno, sur sesenta y ocho grados cuarenta y tres minutos
cincuenta y cinco segundos Este, con una distancia de ochenta y cinco
punto noventa metros, lindando en este tramo con terreno propiedad de
la señora María Sara Hernández. Así se llega al vértice nor oriente que
es el punto donde se inició esta descripción. Dicho inmueble lo adquirió
por compraventa que le hizo a la señora Ercilia Hernández y lo estima
en la suma de DOS MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS
DE AMERICA. Los colindantes son de este domicilio; el inmueble no
tiene cargas ni derechos reales de ajena pertenencia, no es dominante
ni sirviente, ni está en proindivisión con ninguna persona.
Lo que se hace saber al público en general, para los efectos de
ley.
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66 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 412
Alcaldía Municipal de la Ciudad de San Bartolomé Perulapía,
a los catorce días del mes de diciembre del año dos mil quince.- LIC.
CRISTIAN MARVIN SERMEÑO ARIAS, ALCALDE MUNICIPAL.-
ANTE MI, LICDA. KEYSI LISBETH HENRIQUEZ DE ORELLANA,
SECRETARIA MUNICIPAL.
3 v. alt. No. F011892-1
EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL.
HACE SABER: Que en esta ofi cina se ha presentado la Licenciada
JOANNA BELYIMY CABRERA ALEMAN, mayor de edad, Abogada
y Notaria, del domicilio de San Martín, departamento de San Salvador,
con Documento Único de Identidad Número: cero dos tres ocho tres siete
siete cinco- uno, y con Número de Identifi cación Tributaria: cero seis uno
cuatro - dos dos uno uno ocho cuatro- uno uno dos- seis; I) Que según
poder especial otorgado POR MONSEÑOR JOSE LUIS ESCOBAR
ALAS, quien EJERCE LA REPRESENACION LEGAL DE LA IGLESIA
CATÓLICA APOSTÓLICA Y ROMAN ARQUIDIOCESIS DE SAN
SALVADOR, ante los ofi cios de la Notaria Joanna Belyimy Cabrera
Alemán, en la Ciudad de San Martín, Departamento de San Salvador, con
fecha diecinueve de diciembre de dos mil quince a favor de la Licenciada
CECILIA ISABEL DE PAZ LEIVA y según sustitución de poder Especial
a favor de JOANNA BELYIMY CABRERA ALEMAN otorgada en la
ciudad de San Martín, departamento de San Salvador, celebrado a las trece
horas y cuarenta y cinco minutos del día veinte de diciembre de dos mil
quince por y ante los ofi cios notariales de CECILIA ISABEL DE PAZ
LEIVA, y en virtud de dicha sustitución de poder la Licenciada JOANNA
BELYIMY CABRERA ALEMAN ACTUA en la presentes diligencias
EN NOMBRE Y REPRESENTACION DE LA IGLESIA CATÓLICA
APOSTÓLICA Y ROMANA, ARQUIDIOCESIS DE SAN SALVADOR,
del domicilio de San Salvador con Número de Identifi cación Tributaria
cero seiscientos catorce-ciento noventa mil trescientos cincuenta y seis-
cero cero uno-cero, II) La solicitante requiere a favor de su representada
Título Municipal de propiedad, de un TERRENO DE NATURALEZA
URBANA, SITUADO EN BARRIO EL CALVARIO, SEGUNDA
AVENIDA SUR Y CALLE MIGUEL ROMAN PEÑA, NÚMERO UNO,
DEL MUNICIPIO DE SAN MARTIN, DEPARTAMENTO DE SAN
SALVADOR, con una extensión superfi cial de DOSCIENTOS CUA-
RENTA Y SEIS PUNTO SESENTA CERO CERO OCHO METROS
CUADRADOS, equivalentes a TRESCIENTAS CINCUENTA Y DOS
PUNTO OCHENTA Y TRES VARAS CUADRADAS. El mojón nor
poniente es el punto de partida de la descripción técnica de dicho inmueble
y sus linderos especiales son los siguientes: LINDERO NORTE: está
formado por un tramo con el siguiente rumbo y distancia, sur ochenta y
cinco grados cero nueve minutos cincuenta y seis segundos este y una
distancia de cinco punto treinta y ocho metros lindando en este tramo
con Iglesia Católica Apostólica Romana de El Salvador, calle Miguel
Román Peña de por medio. LINDERO ORIENTE: está formado por dos
tramos con los siguientes rumbos y distancias tramo uno, curva, cuerda
sur cuarenta grados diez minutos treinta y cuatro segundos Este y una
distancia de tres punto noventa y seis metros, radio, tres punto ochenta
metros, Longitud de curva, cuatro punto cuarenta metros, tramo Dos,
Sur cero cuatro grados cincuenta minutos treinta segundos Oeste y una
distancia de veintitrés punto catorce metros, lindando en estos tramos
con Joaquina Etelvina Murillo de Escobar, con segunda avenida sur de
por medio; LINDERO SUR: está formado por un tramo con el siguiente
rumbo y distancia, Norte ochenta y cinco grados diez minutos cero siete
segundos Oeste y una distancia de diez punto noventa y siete metros,
linda en este rumbo con Catalina Márquez de Sandoval; LINDERO
PONIENTE: está formado por un tramo con rumbo y distancia, Norte
diez grados cincuenta y nueve minutos treinta y seis segundos Este y
una distancia de veintiséis punto cero nueve metros, Lindando en este
tramo con María Irma González de Mercado, así se llega al punto donde
dio inicio la descripción técnica. El terreno descrito no es dominante
ni sirviente, ni está en proindivisión y no tiene cargas o derechos que
pertenezcan a terceras personas y que desde esa fecha a la actualidad
su representada ha sido la única poseedora material de dicho inmueble.
Este inmueble lo adquirió su representada por medio una testimonio de
escritura pública de Posesión Material, otorgada en la Ciudad de San
Martín, departamento de San Salvador, por MONSEÑOR JOSE LUIS
ESCOBAR ALAS, quien actuó en nombre y representación de LA
IGLESIA CATOLICA, APOSTOLICA Y ROMANA EN EL SAL-
VADOR, ARQUIDIOCESIS DE SAN SALVADOR, el día dieciocho
de abril del año dos mil dieciséis, ante los ofi cios notariales de LIDIA
GLADYS ROSALES FUENTES. La porción de terreno a titular la
valuó en CUARENTA MIL DOLARES DE ESTADOS UNIDOS DE
NORTEAMERICA, y manifi esta que la posesión del inmueble de su
representada es por más de treinta años continuos y siempre lo continúa
poseyendo de buena fe, en forma quieta, pacífi ca y no interrumpida, lo
que se hace saber al público para los efectos de Ley.
Alcaldía Municipal de San Martín, a los quince días del mes de
agosto de dos mil dieciséis.- VICTOR MANUEL RIVERA REYES,
ALCALDE MUNICIPAL.- LIC. JUAN ALBERTO CASUN GOMEZ,
SECRETARIO MUNICIPAL.
3 v. alt. No. F011921-1
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67DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 6 de Septiembre de 2016.
EDICTO DE EMPLAZAMIENTO
LA INFRASCRITA JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL Y MERCANTIL
DE SAN SALVADOR, JUEZ TRES, LICENCIADA ANA MARIA
CORDON ESCOBAR, AL PÚBLICO EN GENERAL,
HACE SABER: Que la sociedad TEOKAL, SOCIEDAD ANO-
NIMA DE CAPITAL VARIABLE, de este domicilio, con Número de
Identifi cación Tributaria 0614-160502-107-1; ha sido demandada en
el Proceso Común marcado bajo el número de referencia 3929-C-15,
promovido por LEASING CUSCATLAN, SOCIEDAD ANONIMA
DE CAPITAL VARIABLE, con dirección en Edifi cio Pirámide, kiló-
metro diez y medio de la carretera Panamericana, que de San Salvador
conduce a Santa Tecla, Jurisdicción de Santa Tecla, Departamento de
La Libertad; por medio de su Apoderado General Judicial con Cláusula
Especial, Licenciado GILBERTO ENRIQUE ALAS MENENDEZ, con
dirección en Apartamento treinta y tres, Condominio Centro de Gobierno,
séptima Avenida Norte y Trece Calle Poniente, Ciudad de San Salvador;
quien solicita que en sentencia defi nitiva se declare la terminación de
contrato de opción de compra.
Desde el inicio en la demanda de mérito, el Licenciado GILBERTO
ENRIQUE ALAS MENENDEZ, en el carácter antes expresado manifestó
que se ignora la dirección de la demandada, sociedad TEOKAL, SOCIE-
DAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, y de su representante,
señora MARIA ELENA VILLAFUERTE antes de FERNANDEZ, la
cual no pudo ser localizada, no obstante, se realizaron las diligencias
pertinentes para tal fi n, por lo que se ordenó en resolución motivada el
emplazamiento por edictos, para que la demandada compareciera a estar
a derecho, de conformidad con lo ordenado en el Art. 186 del Código
Procesal Civil y Mercantil.
Se hace constar que la demanda fue presentada el día catorce de
julio de dos mil quince; y que se ha presentado juntamente con un Con-
trato Privado Autenticado de Opción de Compra, anexo descripción de
bienes arrendados; con el fi n de cumplir con los requisitos contenidos
en los ordinales 4° y 5° del Art. 182 CPCM.
En consecuencia, se previene a la demandada sociedad TEOKAL,
SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, por medio de su
representante legal, señora MARIA ELENA VILLAFUERTE antes de
FERNANDEZ, que si tuviere apoderado, procurador u otro representante
legal o curador en el país, se presente a este tribunal a comprobar dicha
circunstancia dentro de los diez días, siguientes a la tercera publicación
de este aviso, plazo legal establecido en el Art. 186 CPCM., advirtiendo
a la parte demandada que de no hacerlo el proceso continuará sin su
presencia.
Librado en el Juzgado Segundo de lo Civil y Mercantil de San
Salvador, Juez Tres. San Salvador, a las catorce horas y cincuenta y un
minutos del día trece de julio de dos mil dieciséis.- LIC. ANA MARIA
CORDON ESCOBAR, JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL Y
MERCANTIL DE SAN SALVADOR, JUEZ TRES. LIC. SAMUEL
ROBERTO APARICIO PEÑATE, SECRETARIO.
1 v. No. F011853
LICENCIADO RODRIGO ERNESTO BUSTAMANTE AMAYA,
JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL Y MERCANTIL DEL DISTRITO
JUDICIAL DE SANTA ANA, AL PUBLICO, PARA LOS EFECTOS
DE LEY,
HACE SABER: AL SEÑOR CARLOS JOHEL CABRERA RUÍZ,
mayor de edad, Ingeniero Industrial, del domicilio de Atiquizaya, Depar-
tamento de Ahuachapán, con Documento Único de Identidad número:
cero cero ochocientos setenta y dos mil cero sesenta y nueve- seis, y
con Número de Identifi cación Tributaria: cero ciento tres- ciento sesenta
mil cuatrocientos ochenta y uno- ciento uno- uno, que en este Juzgado
se ha interpuesto en su contra PROCESO EJECUTIVO MERCANTIL,
con NUE: 00165-16-MRPE-2CM1, promovido por el Licenciado JOSÉ
EDUARDO RECINOS LIMA, en calidad de Apoderado General Ju-
dicial con Cláusula Especial de "TOMZA GAS DE EL SALVADOR,
SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE" que puede
abreviarse "TOMZA GAS DE EL SALVADOR, S.A. DE C.V.", del
domicilio de Santa Ana, y con Número de Identifi cación Tributaria:
cero doscientos diez- ciento noventa mil cuatrocientos ochenta y dos-
cero cero uno- ocho; siendo su Representante Legal el Presidente de la
Junta Directiva de dicha sociedad, señor Saúl Delgado Figueroa, quien
es mayor de edad, Ejecutivo, de Nacionalidad Mexicana, del domicilio
y residente en Ciudad Juárez, Estado de Chihuahua, República de
México, con Pasaporte Mexicano número: E cero siete cuatro nueve
tres ocho tres siete; y constando en autos, reiterados intentos por ubicar
al mismo; en tal sentido y teniéndose por ignorado su actual domicilio,
de conformidad al artículo 186 del Código Procesal Civil y Mercantil,
por medio del presente edicto SE EMPLAZA al señor CARLOS JOHEL
CABRERA RUÍZ, para que en el plazo de DIEZ DÍAS HÁBILES,
contados a partir del día siguiente de la última publicación del presente
edicto, comparezca a estar a derecho y conteste la demanda interpuesta
en su contra, de conformidad a lo establecido en el Art. 462 en relación
con los Arts. 19 y 287 todos del CPCM, bajo prevención de nombrarle
Curador-Ad Lítem, a efecto de representarlo en el presente proceso, si
no se apersonare.
Lo que se hace de conocimiento al público para los efectos de
ley.
LIBRADO EN EL JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL Y
MERCANTIL, Santa Ana, a las diez horas cinco minutos del día
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68 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 412
dieciocho de agosto de dos mil dieciséis.- LIC. RODRIGO ERNESTO
BUSTAMANTE AMAYA, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL Y MER-
CANTIL SANTA ANA. LIC. CARLOS MAX QUINTANA RAMOS,
SECRETARIO.
1 v. No. F011958
LICENCIADA CLAUDIA KARINA ESCOBAR DAWSON, Jueza de
Primera Instancia del distrito judicial de San Sebastián, Departamento
de San Vicente,
HACE SABER: Que a través de resolución provista a las once horas
y quince minutos del día veintinueve de julio de dos mil dieciséis, en el
juicio ejecutivo clasifi cado bajo la referencia número 43-E-2013, promo-
vido por la abogada ANA DOLORES MUÑOS FLORES, en calidad de
Apoderada General Judicial de la ASOCIACIÓN COOPERATIVA DE
AHORRO Y CRÉDITO COMUNAL "DR. JOSÉ ANTONIO RUÍZ" DE
RESPONSABILIDAD LIMITADA, se ordenó emplazar por medio de
edicto a los demandados CESAR ISMAEL MENDOZA DIAZ, mayor
de edad, agricultor en pequeño, del domicilio de El Congo, departamento
de Santa Ana, quien posee Documento Único de identidad: 01757812-9
y Tarjeta de Identifi cación Tributaria: 0204-080982-101-2, en calidad
de deudor principal y al señor ERNESTO GARCIA JIMENEZ, mayor
de edad, empleado, del domicilio de Tonacatepeque, departamento de
San Salvador, quien posee Documento Único de identidad: 02935403-6
y Tarjeta de Identifi cación Tributaria: 0111-160685-101-0, en calidad
de codeudor solidario, de quienes se desconoce residencia actual; y de
conformidad al artículo 186 del Código Procesal Civil y Mercantil, por
medio del presente edicto se procede a emplazar a los demandados CESAR
ISMAEL MENDOZA DIAZ y ERNESTO GARCIA JIMENEZ, para que
en el plazo de diez días, posteriores a la tercera publicación del presente
edicto en periódico de circulación diaria nacional y en el Diario Ofi cial
por sólo una vez, contesten la demanda incoada en su contra y ejerzan
sus derechos, para lo cual deberán nombrar abogado que les represente,
de conformidad al artículo 67 del Código Procesal Civil y Mercantil, y
si careciesen de recursos económicos para sufragar la contratación de
abogado particular, se le advierte que puede solicitar a la Procuraduría
General de La República que le sea designado un abogado para que
los represente gratuitamente en dicho proceso, tal como lo establece el
artículo 75 CPCM.
Si no lo hicieren se les nombrará un curador Ad Lítem en su
oportunidad.
Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de San Sebastián,
departamento de San Vicente, a los veintisiete días del mes de julio de
dos mil dieciséis.- LICDA. CLAUDIA KARINA ESCOBAR DAWSON,
JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA. LICDA. MILAGRO AURORA
ALVARADO DE LINARES, SECRETARIA INTERINA.
1 v. No. F011994
REPOSICION DE PÓLIZA DE SEGURO.
AVISO
"ASEGURADORA POPULAR, S. A.",
HACE DEL CONOCIMIENTO AL PUBLICO EN GENERAL
QUE A NUESTRAS OFICINAS SE HA PRESENTADO LA SEÑORA
GLADYS MABEL DEL CARMEN GONZALEZ GUEVARA, DEL
DOMICILIO DE SAN SALVADOR, SOLICITANDO REPOSICION
DE LA PÓLIZA DE SEGURO DE VIDA INDIVIDUAL No VO-08.928,
EMITIDA POR ESTA COMPAÑÍA A SU FAVOR CON FECHA 05 DE
JULIO DE 2010. SI DENTRO DE 30 DIAS CONTADOS A PARTIR DE
LA FECHA DE ESTE AVISO, NO SE PRESENTARE OPOSICION,
LA COMPAÑÍA PROCEDERA A REPONER LA MENCIONADA
POLIZA.
SAN SALVADOR, 29 DE AGOSTO DE 2016.
JAQUELINE LIZETH HERNANDEZ,
SEGURO DE PERSONAS
ASEGURADORA POPULAR, S.A.
3 v. alt. No. F011936-1
MARCA DE PRODUCTO
No. de Expediente: 2016154296
No. de Presentación: 20160237968
CLASE: 03.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado MARIO
GUILLERMO KOCH ESCOBAR, en su calidad de REPRESENTANTE
LEGAL de DISTRIBUIDORA CUSCATLAN, SOCIEDAD ANONI-
MA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: DISTRIBUIDORA
CUSCATLAN S. A. DE C. V., de nacionalidad SALVADOREÑA,
solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,
Consistente en: las palabras VERMELHO PROFESSIONAL y
diseño, que se traducen al castellano como Rojo Profesional, que ser-
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69DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 6 de Septiembre de 2016.
virá para: AMPARAR: COLONIA, VASELINA, TALCO, ACEITE,
SHAMPOO, ACONDICIONADOR, JABON, LIQUIDO, LOCION,
DESODORANTE, ESMALTE, REMOVEDOR DE ESMALTE PARA
UÑAS, CREMA, Y POLVOS COMPACTOS, AEROSOL FIJADOR
PARA CABELLO, GELATINA PARA CABELLO, TINTES PARA
CABELLO. Clase: 03.
La solicitud fue presentada el día dieciocho de agosto del año dos
mil dieciséis.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
veintitrés de agosto del año dos mil dieciséis.
LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
SILVIA LORENA VEGA CHICAS,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C000477-1
No. de Expediente: 2016152751
No. de Presentación: 20160234826
CLASE: 03.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado MARIO
GUILLERMO KOCH ESCOBAR, en su calidad de APODERADO de
INDUSTRIAS COSMETICAS, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL
VARIABLE que se abrevia: INDUSTRIAS COSMETICAS, S.A. DE
C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la
MARCA DE PRODUCTO,
Consistente en: las palabras: COOL BREAK que se traducen al
idioma castellano como Pausa Fresca, que servirá para: AMPARAR:
COLONIA, VASELINA, TALCO, ACEITE, SHAMPOO, ACON-
DICIONADOR, JABÓN LIQUIDO, LOCIÓN, DESODORANTE,
ESMALTE, REMOVEDOR DE ESMALTE PARA UÑAS, CREMA,
Y POLVOS COMPACTOS, AEROSOL FIJADOR PARA CABELLO,
GELATINA PARA CABELLO, TINTES PARA CABELLO. Clase:
03.
La solicitud fue presentada el día catorce de junio del año dos mil
dieciséis.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
once de agosto del año dos mil dieciséis.
MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,
REGISTRADOR.
NERY CRISTIANS STANLEY PORTILLO LOPEZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C000478-1
No. de Expediente: 2016152056
No. de Presentación: 20160233577
CLASE: 30.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado MARIA RENEE
TRIGUEROS DE ROMANO, de nacionalidad SALVADOREÑA, en
su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro de la MARCA DE
PRODUCTO,
Consistente en: la palabra CHUPITAS y diseño, que servirá para:
AMPARAR: PALETAS. Clase: 30.
La solicitud fue presentada el día dieciséis de mayo del año dos
mil dieciséis.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
diecinueve de mayo del año dos mil dieciséis.
DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,
REGISTRADOR.
RUTH NOEMI PERAZA GALDAMEZ,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C000479-1
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70 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 412
ACEPTACION DE HERENCIA
LIC. ISIDRO ENRIQUE MORENO BENAVIDES, JUEZ PRIMERO
DE PRIMERA INSTANCIA DE SAN FRANCISCO GOTERA, DE-
PARTAMENTO DE MORAZAN.-
HACE SABER: Que por resolución pronunciada en este Juzgado a
las catorce horas y cinco minutos de este día; se ha tenido por aceptada
expresamente y con benefi cio de inventario de parte de: JOSELIN MARI-
SOL ROMERO DEL CID, de 24 años de edad, Estudiante, del domicilio
de Jocoro, Departamento de Morazán, con DUI Número 04565912-9 , y
NIT Número 1312-310192-101-1; de la herencia que en forma Intestada
dejó el causante ARISTIDES ROMERO, quien fue de 34 años de edad,
Divorciado, Empleado, Originario de Jocoro, Departamento de Morazán,
hijo de Ana Lydia Romero y padre Ignorado; quien falleció a las 19 horas
y treinta minutos del día 1 de marzo del año 2002, en El Cantón San José
de la jurisdicción de Jocoro, Departamento de Morazán, a consecuencia
de " Traumatismo Cráneo Encefálico Severo de tipo contuso"; siendo
ese lugar su último domicilio; en concepto de hija y como Cesionaria
de los Derechos Hereditarios que les correspondían a la señora ANA
LILIAN ROMERO, conocida por ANA LYDIA ROMERO y por ANA
LILIA ROMERO, madre del referido causante.-
Confi érasele a la referida aceptante en la calidad expresada, la
administración y representación INTERINA de dicha sucesión, con las
facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.-
Y cita a las personas que se crean con derecho a la herencia, para
que se presenten a este Juzgado a deducirlo dentro del término de quince
días contados desde el siguiente a la tercera publicación de este edicto.
Juzgado Primero de Primera Instancia, San Francisco Gotera,
Departamento de Morazán, a las catorce horas y diez minutos del día
once de julio de dos mil dieciséis.- LIC. ISIDRO ENRIQUE MORENO
BENAVIDES, JUEZ 1° DE 1ª INSTANCIA.- LIC. YESENIA ROSIBEL
VILLATORO DE ZUNIGA, SECRETARIA.
3 v. alt. No. C000425-2
EL INFRASCRITO JUEZ TRES DEL JUZGADO CUARTO DE LO
CIVIL Y MERCANTIL DE SAN SALVADOR,
HACE SABER: Que por resolución dictada en las presentes dili-
gencias a las diez horas del día ocho de agosto de dos mil dieciséis, se
ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario la
herencia intestada que a su defunción, ocurrida el día dieciséis de julio de
dos mil dieciséis, en el interior del puesto cuatro-cero sector plátano del
Mercado de Mayoreo en la Tiendona, San Salvador, Departamento de San
Salvador, siendo esta ciudad su último domicilio, dejó la señora DELMY
JANETHE HERNÁNDEZ DE PÉREZ, de parte de: 1) Señor ELDER
OMAR PÉREZ, en su carácter personal como cónyuge sobreviviente,
DE SEGUNDA PUBLICACIÓN
y como cesionario de los derechos hereditarios que le correspondían
a los señores ROSA MELIDA VALDIVIEZO DE HERNÁNDEZ y
SANTOS SECUNDINO HERNÁNDEZ, como padres de la causante, 2)
WILMER OMAR PÉREZ HERNÁNDEZ, 3) ROSA JANETH PÉREZ
HERNÁNDEZ, y 4) JOSELINE SARAI PÉREZ HERNÁNDEZ, los
tres en su carácter de hijos sobrevivientes de la causante, las dos últimas
menores de edad representadas legalmente por el señor Elder Omar
Pérez; habiéndoseles conferido a dichos aceptantes la administración y
representación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones
de los curadores de la herencia yacente.
Por lo anterior, se cita a los que se crean con derecho a la herencia
para que se presenten a este Juzgado a deducirlo en el término de quince
días contados desde el siguiente a la tercera publicación del presente
edicto.
Librado en el Juzgado Cuarto de lo Civil y Mercantil, Juez tres
de San Salvador, a las quince horas con veinte minutos del día ocho de
agosto de dos mil dieciséis.- LIC. JOSE MARIA ESTRADA ALVAREZ,
JUEZ TRES, JUZGADO CUARTO DE LO CIVIL Y MERCANTIL.
LIC. DAVID ERNESTO GRIMALDI ZAYAS, SECRETARIO.
3 v. alt. No. C000429-2
OSCAR NEFTALI ESCOLERO, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA
DEL DISTRITO JUDICIAL DE JUCUAPA.
HACE SABER: Que por resolución proveída en este Juzgado, a las
quince horas con treinta minutos de este día, se ha tenido por aceptada
expresamente y con benefi cio de inventario de la herencia intestada que a
su defunción dejó el señor SANTIAGO CRUZ, conocido registralmente
como SANTIAGO CRUZ MOYA, quien fue de ochenta y nueve años de
edad, Agricultor en pequeño, soltero, originario de Estanzuelas, depar-
tamento de Usulután, de nacionalidad salvadoreña, hijo de Guadalupe
Cruz, ya fallecida; quien falleció a las doce horas del día veintinueve
de octubre del año dos mil quince, en el Cantón Lepaz, Nueva Granada,
departamento de Usulután, a consecuencia de Bronconeumonía, sin
asistencia médica, siendo su último domicilio Jucuapa, departamento
de Usulután; de parte de la señora REINA ISABEL CORTEZ, de
cincuenta y seis años de edad, de ofi cios domésticos, del domicilio de
Nueva Granada, Departamento de Usulután; con Documento Único de
Identidad número: cero uno cuatro tres nueve dos tres dos - cero, y con
Tarjeta de Identifi cación Tributaria número: uno uno uno dos - cero ocho
cero siete cinco nueve - uno cero uno - ocho, en calidad de cesionaria
de los derechos que le correspondían al señor José Tulio Cruz Cortez,
en calidad de hijo del causante.- Art. 988 Inc. 1°., del Código Civil.
Confi érase a la heredera declarada en el carácter indicado la Admi-
nistración y Representación Interina de la Sucesión, con las facultades
y restricciones de los curadores de la herencia yacente.
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71DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 6 de Septiembre de 2016.
Fíjese y publíquese los edictos de ley y oportunamente extiéndase
la certifi cación solicitada.
Y CITA: a los que se crean con derecho a la herencia referida, para
que se presenten a deducirlo dentro del término de quince días a partir
del siguiente al de la tercera publicación del presente edicto.
Lo que se pone en conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
LIBRADO EN EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA:
JUCUAPA, A LAS QUINCE HORAS CON CUARENTA Y CINCO
MINUTOS DEL DÍA ONCE DE JULIO DE DOS MIL DIECISÉIS.- LIC.
OSCAR NEFTALI ESCOLERO, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.
LIC. RODOLFO ANTONIO CASTRO, SECRETARIO.
3 v. alt. No. C000461-2
ANA MARIA CORDÓN ESCOBAR, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL
Y MERCANTIL DE SAN SALVADOR, JUEZ TRES,
HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado a
las nueve horas y siete minutos del día quince de julio de dos mil die-
ciséis, se ha tenido por ACEPTADA expresamente y con benefi cio de
inventario la herencia intestada dejada a su defunción por el causante,
señor JULIO EZEQUIEL JIMENEZ SERRANO, quien fue de sesenta
y nueve años de edad, originario de San Miguel de Mercedes, pertene-
ciente al Departamento de Chalatenango, hijo de LUCILA SERRANO
y CARLOS HERNAN JIMENEZ ALAS conocido por CARLOS HER-
MAN JIMENEZ y como CARLOS HERNAN JIMENEZ ALAS y por
CARLOS HERNAN JIMENEZ, a su defunción ocurrida a las dieciséis
horas y treinta minutos del día veintinueve de febrero del año dos mil
dieciséis, siendo su último domicilio Barrio San Jacinto, calle Ramón
Belloso, pasaje Diez de Mayo, casa número dos, Departamento de San
Salvador; de parte de la señora MARGARITA HUEZO CASTILLO,
en su calidad de cesionaria de los derechos hereditarios de la hermana
del causante, señora ELIZABETH ANTONIA JIMENEZ SERRANO;
a quien se le ha conferido la administración y representación interina de
la referida sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores
de la herencia yacente; por lo que se CITA a todos los que se crean con
derecho a la herencia para que dentro del término de ley, se presenten a
este Tribunal a deducir su derecho. Art. 1163 Código Civil.
Librado en el Juzgado Segundo de lo Civil y Mercantil de San
Salvador, Juez Tres. San Salvador, a las nueve horas y doce minutos
del día quince de julio del año dos mil dieciséis.- LIC. ANA MARIA
CORDON ESCOBAR, JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL Y
MERCANTIL DE SAN SALVADOR, JUEZ TRES. LIC. SAMUEL
ROBERTO APARICIO PEÑATE, SECRETARIO.
3 v. alt. No. C000465-2
DANIEL ORTIZ MARTINEZ, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DE
ESTE DISTRITO JUDICIAL:
HACE SABER: Que por resolución dictada en este Juzgado, a
las ocho horas del día dieciséis de agosto de los corrientes, se ha tenido
por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario la herencia
intestada dejada a su defunción por el señor LEONARDO TOBAR
MARROQUIN, quien falleció el día veintitrés de octubre de dos mil
catorce, en el Hospital Nacional Santa Teresa de Zacatecoluca, siendo
esta Ciudad su último domicilio, a consecuencia de Cardiopatía Ate-
roesclerótica más IAM Anteropsertal, con asistencia médica; de parte
de las señoras MARGARITA HERNANDEZ VIUDA DE TOBAR
conocida por MARGARITA HERNANDEZ, de sesenta y un años de
edad, costurera, del domicilio de Cuscatancingo, departamento de San
Salvador, con Documento Único de identidad número cero cero cinco
nueve tres uno cinco dos guión tres y con Número de Identifi cación
Tributaria cero ochocientos quince guión cero veinte mil trescientos
cincuenta y cinco guión ciento uno guión uno y JUANA MARROQUIN,
mayor de edad, ama de casa, de domicilio desconocido, motivo por el
cual está siendo representada, de conformidad al Art. 1167 del Código
Civil, por medido de curador especial Licenciado JORGE ADALBERTO
SOLORZANO, mayor de edad, Abogado, quien se identifi ca con su
Tarjeta de Identifi cación de Abogado número nueve mil ciento setenta
y siete, expedida por la Honorable Corte Suprema de Justicia, y con
número de Identifi cación Tributaria número mil once guión cero diez mil
novecientos setenta uno guión ciento uno guión cero, del domicilio de
El Rosario, departamento de La Paz, la primera en concepto de cónyuge
y cesionaria de los derechos hereditarios que les correspondían a los
señores LEONARDO DE JESUS TOBAR HERNANDEZ y ULISES
ADONAY TOBAR HERNANDEZ, en concepto de hijos y la segunda
en concepto madre del causante, de conformidad al Art. 988 N° 1 del
Código Civil.
Confi érase a las aceptantes, la administración y representación
interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores
de la herencia yacente.
Lo que se hace saber al público para los efectos de Ley.
Librado en el Juzgado de Primera Instancia de San Pedro Masahuat,
a las ocho horas cuarenta minutos del día dieciséis de agosto de dos mil
dieciséis.- LIC. DANIEL ORTIZ MARTINEZ, JUEZ DE PRIMERA
INSTANCIA. LICDA. MARIA ELENA ARIAS LOPEZ, SECRETA-
RIO.
3 v. alt. No. C000466-2
ROGELIO HUMBERTO ROSALES BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL
DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.
HACE SABER: Que por resolución de las nueve horas y treinta
minutos de este día se ha tenido por aceptada expresamente con benefi cio
de inventario la herencia intestada que dejó el señor Francisco Herrera
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Serrano, conocido por Francisco Herrera, quien falleció el día ocho
de noviembre de dos mil cuatro, en el Cantón Olomega, Jurisdicción
de El Carmen, Departamento de La Unión, siendo ese lugar su último
domicilio, de parte de la señora ERICA ELIZABETH VELASQUEZ
HERRERA, en calidad de hija del causante.
Y se le ha conferido a dicha aceptante en el carácter indicado la
administración y representación interinas de la sucesión con las facultades
y restricciones de los Curadores de la Herencia Yacente.
Se cita a quienes se consideren con derecho en la sucesión para
que en el término de ley después de la tercera publicación de este cartel
lo demuestren en este Juzgado.
Librado en el Juzgado de lo Civil: La Unión, a los veintidós días
del mes de abril de dos mil dieciséis.- LIC. ROGELIO HUMBERTO
ROSALES BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL. LICDA. GLENDA
YAMILETH CRUZ RAMOS, SECRETARIA.
3 v. alt. No. C000472-2
CRISTIAN ALEXANDER GUTIÉRREZ, JUEZ SEGUNDO DE LO
CIVIL Y MERCANTIL DE SAN MIGUEL.
HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado a los
trece días del mes de junio de dos mil dieciséis, se ha tenido por aceptada
expresamente y con benefi cio de inventario, la herencia intestada que
dejó al fallecer la señora CATALINA GONZALEZ GOMEZ conocida
por CATALINA GOMEZ, quien fue de setenta y dos años de edad,
de ofi cios domésticos, salvadoreña, soltera, originaria San Gerardo,
departamento de San Miguel, hija de Benigno González y Petronila
Gómez, fallecida el día dos de febrero de dos mil doce, siendo su último
domicilio el Municipio de San Miguel, departamento de San Miguel;
de parte de la señora MARIA DE LA PAZ GOMEZ, mayor de edad,
ofi cios domésticos, de este domicilio, con documento único de identidad
número 02734243 - 1 y tarjeta de identifi cación tributaria número 1214
- 271158 - 101 - 1, en calidad de hija de la causante.
Se le ha conferido a la aceptante, en el carácter aludido, la admi-
nistración y representación interina de la sucesión, con las facultades y
restricciones de los curadores de la herencia yacente, y se CITA a los
que se crean con derecho a la herencia referida, para que se presenten a
deducirlo dentro del término de quince días a partir del siguiente al de
la tercera publicación del presente edicto.
Lo que se pone a disposición del público, para los efectos de
Ley.
LIBRADO EN EL JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL Y
MERCANTIL: SAN MIGUEL, A LOS TRECE DÍAS DEL MES DE
JUNIO DE DOS MIL DIECISÉIS.- LIC. CRISTIAN ALEXANDER
GUTIERREZ, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL Y MERCANTIL.
LIC. JUAN CARLOS HERNANDEZ PEREZ, SECRETARIO DE
ACTUACIONES.
3 v. alt. No. C000473-2
EL INFRASCRITO JUEZ, AL PUBLICO: para los efectos de Ley,
HACE SABER: Que por resolución de las once horas de este día,
se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario
en la herencia intestada dejada al fallecer por el señor JOSE ALEXIS
GOMEZ ALBERTO, el día veintiuno de mayo de dos mil dieciséis, en
el Barrio San Rafael, de la ciudad de Puerto El Triunfo, departamento
de Usulután, siendo éste su último domicilio, de parte de los jóvenes
FRANKLIN ALEXANDER GOMEZ LEIVA y KAREN GABRIELA
GOMEZ LEIVA, en su calidad de hijos del causante.
Confi éreseles a los aceptantes la administración y representación
Interina de la Sucesión Intestada con las facultades y restricciones de
Ley.
Fíjese y publíquese los edictos correspondientes, citando a los que
se crean con derechos a la herencia para que se presenten a deducirlo en
el término de Ley.
Librado en el Juzgado de Primera Instancia; Jiquilisco, a los dieci-
nueve días del mes de agosto de dos mil dieciséis.- LIC. MANUEL DE
JESUS SANTOS, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA. LICDA. SILVIA
YANET MEJIA HERNANDEZ, SECRETARIA.
3 v. alt. No. F011506-2
CRISTIAN ALEXANDER GUTIÉRREZ, Juez Segundo de lo Civil y
Mercantil de la Ciudad San Miguel.
HACE SABER: Que por resolución del día veinticinco de julio
de dos mil dieciséis, se ha tenido por aceptada expresamente y con
benefi cio de inventario de parte de los señores MARINA ELIZABET
SALGADO DE SALAMANCA, mayor de edad, de este domicilio,
con documento único de identidad número 00163804 - 2 y tarjeta de
identifi cación tributaria número 1209 - 260161 - 001 - 0; MARIA MER-
CEDES SALGADO DE GUZMÁN, mayor de edad, del domicilio de
San Salvador, con documento único de identidad número 02617999 - 0
y tarjeta de identifi cación tributaria número 1209 - 080955 - 001 - 1;
DORA ALICIA SALGADO JOVEL, mayor de edad, profesora, del
domicilio de Moncagua, departamento de San Miguel, con documento
único de identidad número 02575294 - 9 y JOSÉ DAVID SALGADO
JOVEL, mayor de edad, de este domicilio, con documento único de
identidad número 00560871 - 4 y tarjeta de identifi cación tributaria
número 1209 – 220350 – 001 – 0, en calidad de hijos de la causante; la
herencia intestada que dejó al fallecer la señora RAFAELA SALGADO
ARGUETA conocida por RAFAELA SALGADO, quien fue de ochenta
y seis años de edad, ama de casa, soltera, originaria de Moncagua, de-
partamento de San Miguel, Salvadoreña, del domicilio de Moncagua,
departamento de San Miguel, hija de DOLORES ARGUETA y MAURO
ISMAEL SALGADO, fallecida el día dos de octubre de dos mil trece, en
el Barrio Independencia de Moncagua, departamento de San Miguel.
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73DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 6 de Septiembre de 2016.
Se le ha conferido a los aceptantes, señores MARINA ELIZABET
SALGADO DE SALAMANCA, MARIA MERCEDES SALGADO
DE GUZMÁN, DORA ALICIA SALGADO JOVEL y JOSÉ DAVID
SALGADO, en calidad de hijos de la causante, señora RAFAELA
SALGADO ARGUETA conocida por RAFAELA SALGADO, la
administración y representación interina de la sucesión intestada con
las facultades y restricciones de la herencia yacente; y se cita a los que
se crean con derecho a la referida herencia, para que se presenten a
deducirlo dentro de los quince días posteriores a la tercera publicación
de este edicto.
Lo que se pone de conocimiento del público para los efectos de
Ley.
Librado en el Juzgado Segundo de lo Civil y Mercantil de la
Ciudad de San Miguel, a los veinticinco días del mes de julio de dos
mil dieciséis.- LIC. CRISTIAN ALEXANDER GUTIERREZ, JUEZ
SEGUNDO DE LO CIVIL Y MERCANTIL. LIC. JUAN CARLOS
HERNANDEZ PEREZ, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F011507-2
LIC. LUIS ANTONIO BENITEZ HIDALGO, Juez de lo Civil Interino
de este Distrito Judicial, al público para los efectos de ley,
HACE SABER: Que por resolución de las diez horas quince mi-
nutos del día veintidós de agosto de dos mil dieciséis, se ha tenido por
aceptada expresamente y con benefi cio de inventario de parte del señor
GLADYS EDELMA ALFARO DE ORTIZ, la herencia intestada que a
su defunción dejó el causante señor GILBERTO ARMANDO ALFARO,
quien fue de sesenta y cuatro años de edad, mecánico, originario del
municipio de Santa Ana, departamento de Santa Ana, fallecido a las
seis horas cuarenta minutos del día veintiocho de junio de dos mil doce,
en el Hospital General del Instituto Salvadoreño del Seguro Social de
la ciudad de San Salvador, siendo su último domicilio el municipio de
Apastepeque, departamento de San Vicente, en concepto de hija del
causante.
Y se ha nombrado a la aceptante administradora y representante
interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores
de la herencia yacente.
Librado en el Juzgado de lo Civil: San Vicente, a las diez horas
veintidós minutos del día veintidós de agosto de dos mil dieciséis.- LIC.
LUIS ANTONIO BENITEZ HIDALGO, JUEZ DE LO CIVIL INTE-
RINO. LIC. LILIAN MABEL RUIZ DE SALINAS, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F011528-2
CARLOS JOSE MENDEZ FIGUEROA, JUEZ DE LO CIVIL DEL
DISTRITO JUDICIAL DE CHALCHUAPA.-
HACE SABER: Al público para los efectos de Ley, que por
resolución proveída por este tribunal, a las once horas veinte minutos
del día doce de agosto de dos mil dieciséis. Se ha tenido por aceptada
expresamente, con benefi cio de inventario, la herencia intestada que a
su defunción ocurrida a las cero horas cuarenta y cinco minutos del día
veinticinco de junio del año dos mil, en el Cantón Los Amates, jurisdic-
ción de San Sebastián Salitrillo, correspondiente a este Distrito Judicial,
siendo el mencionado Cantón el lugar de su último domicilio; dejó la
causante MARCELINA DEL ROSARIO POLANCO ALARCÓN DE
OROZCO conocida por MARCELINA DEL ROSARIO POLANCO,
MARCELINA ALARCÓN y por MARCELINA POLANCO, quien fue
de setenta y ocho años de edad, casada, de ofi cios domésticos, de parte
del señor GERARDO RIGOBERTO POLANCO ALVARADO, en su
concepto de Hijo de la expresada causante y además como cesionario de
los derechos hereditarios que le correspondían a los señores RAFAEL
HUMBERTO PÓLANCO VALENCIA, CATALINA POLANCO
VALENCIA, EDUARDO ANTONIO OROZCO POLANCO, ROSA
BERTA POLANCO, MARINA ESTELA POLANCO DE VIANA y
LUIS ALONSO POLANCO ALAVRADO; en su calidad de hijos de la
causante MARCELINA DEL ROSARIO POLANCO ALARCÓN DE
OROZCO conocida por MARCELINA DEL ROSARIO POLANCO,
MARCELINA ALARCÓN y por MARCELINA POLANCO; a quien
se le nombra INTERINAMENTE, administrador y representante de
la sucesión, con las facultades y restricciones de los Curadores de la
Herencia Yacente.
Se cita a todas las personas que se crean con derecho a la heren-
cia, para que se presenten a este Juzgado, a deducirlo en el término de
quince días, contados desde el siguiente a la tercera publicación de este
edicto.
Juzgado de lo Civil: Chalchuapa, a las once horas cinco minutos
del día veintidós de agosto de dos mil dieciséis.- LIC. CARLOS JOSE
MENDEZ FIGUEROA, JUEZ DE LO CIVIL. LIC. HENRY OVIDIO
GARCIA RODRIGUEZ, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F011578-2
LICENCIADO EDGAR ORLANDO ZÚNIGA RIVAS, JUEZ DE LO
CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE SOYAPANGO.
HACE SABER: Que por resolución pronunciada por este Juzga-
do a las doce horas cuatro minutos del día diecinueve de julio de dos
mil dieciséis. se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio
de inventario la herencia intestada dejada a su defunción ocurrida el
día cuatro de mayo de dos mil nueve, dejó la causante señora BERTA
ALICIA LINARES DE HERNANDEZ, quien fue de sesenta y tres años
de edad, Ama de casa, casada, originaria de Santa Ana, hija de Julia
Linares, (fallecida), siendo su último domicilio el de Soyapango, del
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departamento de San Salvador, de parte del señor, JUAN ANTONIO
HERNANDEZ GUZMAN, en su calidad de cónyuge sobreviviente de
la causante con Documento Único de Identidad número: 00399627-6 y
Número de Identifi cación Tributaria 0715-200247-001-0, y cesionario
de los Derechos Hereditarios que le corresponderían a los señores
ALFREDO ALEXANDER, MARCO ANTONIO ambos de apellidos
HERNANDEZ LINARES y SONIA JEANNETTE HERNANDEZ DE
PERLA, en calidad de hijos de la causante, representada por medio de
la Licenciada IRIS ARELYS MEJIA FLORES, actuando en calidad de
Apoderado General Judicial.
Y se le ha Conferido a los aceptantes la administración y repre-
sentación INTERINA de los bienes de la sucesión con las facultades y
restricciones de los curadores de la herencia yacente.
Y CITA: a los que se crean con derecho a la herencia referida para
que se presenten en el término de Ley, a hacer uso de sus derechos en
la sucesión.
Librado en el Juzgado de lo Civil de Soyapango, a las doce horas
treinta minutos día diecinueve de julio de dos mil dieciséis.- LIC. EDGAR
ORLANDO ZÚNIGA RIVAS, JUEZ DE LO CIVIL. LIC. AMALIA
DEYANIRA RODRIGUEZ MARTINEZ, SECRETARIA.
3 v. alt. No. F011611-2
DOCTORA DELMY RUTH ORTIZ SANCHEZ, JUEZ PLURIPER-
SONAL DE LO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE CIUDAD
DELGADO. JUEZ (1) SUPLENTE. Al público,
HACE SABER: Que por resolución de las doce horas y cuarenta
minutos del día nueve de agosto del presente año, se ha tenido por
aceptada expresamente y con benefi cio de inventario de la HERENCIA
INTESTADA que a su defunción dejó el señor OSCAR ORLANDO
SANCHEZ CORTEZ, quien fue de treinta y tres años de edad, soltero,
fallecido el día veintiuno de julio del año dos mil nueve, siendo esta Ciu-
dad su último domicilio, con Documento Único número cero tres cuatro
uno seis tres siete ocho - tres; de parte del señor CESAR ARNOLDO
CORTEZ SOSA, de treinta y ocho años de edad, estudiante, del domicilio
de Apopa, con Documento de Identidad número cero uno tres tres siete
ocho siete cuatro- siete y número de identifi cación tributaria mil ciento
nueve- doscientos diez mil seiscientos setenta y siete- ciento dos- seis; en
calidad de Hermano del causante; representado por el Abogado Adolfo
Navas Flores.
Confi érasele al aceptante la administración y representación INTE-
RINA de la sucesión con las facultades y restricciones de los curadores
de la herencia yacente.
Lo que hago del conocimiento del público para los efectos de
Ley.
JUZGADO PLURIPERSONAL DE LO CIVIL DE CIUDAD
DELGADO, JUEZ (1) SUPLENTE; a las doce horas y cincuenta minutos
del día nueve de agosto del año dos mil dieciséis.- DRA. DELMY RUTH
ORTIZ SANCHEZ, JUEZ (1) DEL JUZGADO PLURIPERSONAL DE
LO CIVIL DE DELGADO. SUPLENTE. LIC. MANUEL EDGARDO
MAZA PADILLA, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F011656-2
LA LICENCIADA ANA LETICIA ORELLANA DE VARGAS,
JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE
CIUDAD BARRIOS.
HACE SABER: Que por resolución de las ocho horas y cinco mi-
nutos del día veintidós de agosto del año dos mil dieciséis; se ha tenido
por Aceptada Expresamente y con Benefi cio de Inventario la Herencia
Intestada que a su defunción dejó la causante señora ROSA BONILLA
conocida por ROSA BONILLA DEL CID, quien fue de setenta y ocho
años de edad, de ofi cios domésticos, Salvadoreña, originario y del do-
micilio de San Gerardo, Departamento de San Miguel, quien falleció el
día nueve de abril de mil novecientos ochenta, en el Municipio de San
Gerardo, Departamento de San Miguel, a consecuencia de fi ebre, siendo
San Gerardo su último domicilio; de parte de la señora DOMITILA
MARTÍNEZ VIUDA DE GUEVARA, en calidad de cesionaria del de-
recho que le corresponde al señor FRANCISCO ALEMAN BONILLA
como hijo de la causante, en los bienes dejados por el causante, todo de
conformidad al Artículo 1163 del Código Civil, Habiéndole conferido a
la aceptante declarada en el carácter indicado, la Administración y Repre-
sentación INTERINA de la Sucesión, con las facultades y restricciones
de los Curadores de la Herencia Yacente, y CITA: a los que se crean
con Derecho a la Herencia referida para que se presenten a deducirlo
dentro del término de QUINCE DÍAS, contados desde el siguiente a la
tercera publicación de este edicto.
Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de
Ley.
Librado en El Juzgado de Primera Instancia de Ciudad Barrios,
Departamento de San Miguel, a las quince horas y cincuenta y un mi-
nutos del día veintidós de agosto del año dos mil dieciséis.- LICDA.
ANA LETICIA ORELLANA DE VARGAS, JUEZA DE PRIMERA
INSTANCIA. LIC. NERY DAVID RUBIO CONTRERAS, SECRE-
TARIO.
3 v. alt. No. F011659-2
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75DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 6 de Septiembre de 2016.
CRISTIAN ALEXANDER GUTIERREZ, JUEZ SEGUNDO DE LO
CIVIL Y MERCANTIL DE SAN MIGUEL,
HACE SABER: Que por resolución emitida por este Juzgado, el
día diecinueve de julio de dos mil dieciséis, se ha tenido por aceptada
expresamente y con benefi cio de inventario, de parte de la señora HE-
LEN ORBELICIA BENÍTEZ DE JIMÉNEZ, conocida por HELEN
ORBELICIA BENÍTEZ GARCÍA, mayor de edad, empleada, de este
domicilio, con Documento Único de Identidad número 01603825 - 7 y
con tarjeta de identifi cación tributaria número 1317- 260570 - 101 - 3;
la herencia testamentaria que dejó al fallecer el causante JESÚS BENÍ-
TEZ PACHECO, quien fue de ochenta años de edad, agricultor, casado,
originario de San Carlos, departamento de Morazán, Salvadoreño, de
este domicilio, hijo de LORENZA PACHECO y JESÚS BENÍTEZ,
fallecido día nueve de enero de dos mil trece, en la Colonia Bethania,
Calle Alemán, casa número diecinueve de esta ciudad y departamento.
Confi érasele a la aceptante, en calidad de heredera testamentaria, la
administración y representación interina de la sucesión, con las facultades
y restricciones de los curadores de la herencia yacente.
Y se CITA a los que se crean con derecho a la Herencia referida,
para que se presenten a deducirlo dentro del término de quince días a
partir del siguiente al de la última publicación del presente edicto.
Lo que se pone a disposición del público para los efectos de ley.-
LIBRADO EN EL JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL Y
MERCANTIL DE LA CIUDAD DE SAN MIGUEL, A LOS DIECI-
NUEVE DIAS DEL MES DE JULIO DE DOS MIL DIECISEIS.- Lic.
CRISTIAN ALEXANDER GUTIERREZ, JUEZ SEGUNDO DE LO
CIVIL Y MERCANTIL.- Lic. JUAN CARLOS HERNANDEZ PEREZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F011663-2
LICDA. GLORIA VICTALINA VALENCIA DE BARRERA, JUEZA
DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, AL PUBLICO PARA
LOS EFECTOS DE LEY,
HACE SABER: Que por resolución de las doce horas y quince
minutos del día veintisiete de junio de este año, se ha tenido por aceptada
expresamente y con benefi cio de inventario, la herencia intestada que a
su defunción dejó la causante PRECILIA CANALES VENTURA, quien
falleció el día dieciséis de noviembre del año dos mil quince, en el Hospital
Nacional "Santa Teresa" de la ciudad de Zacatecoluca, Departamento
de La Paz, siendo la ciudad de Santiago Nonualco, su último domicilio,
por parte de MARGE ELIZABETH OSORTO CANALES, en calidad
de hija sobreviviente de la causante.
Nómbrase a la aceptante, interinamente, administradora y represen-
tante de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores
de la herencia yacente.
Se cita a quienes se consideren con derecho a tal herencia, para
que dentro de los quince días siguientes a la tercera publicación de este
aviso, se presenten a deducirlo.
JUZGADO DE LO CIVIL: Zacatecoluca, veintisiete de junio
del año dos mil dieciséis.- Licda. GLORIA VICTALINA VALENCIA
DE BARRERA, JUEZA DE LO CIVIL.- Lic. OSCAR ERNESTO
AREVALO ORREGO, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F011666-2
LIC. LUIS ANTONIO BENITEZ HIDALGO, Juez de lo Civil Suplente
de este Distrito Judicial, al público para los efectos de ley,
HACE SABER: Que por resolución de las catorce horas veinte
minutos de este día, se ha tenido por aceptada expresamente y con
benefi cio de inventario, de parte de los señores María Juana Reina Mi-
randa de Huezo, conocida por Juana Reina Miranda, José Fredis Huezo
Miranda y Ricardo Ernesto Huezo Miranda, la herencia Intestada que a
su defunción dejó el señor JOSE FREDIS HUEZO LOPEZ, quien fue
de cuarenta y nueve años de edad, casado, originario de Santa Clara,
departamento de San Vicente, de sesenta y cinco años de edad, Jorna-
lero, casado, salvadoreño, del domicilio del Cantón Agua Helada, del
municipio de Santa Clara, con Documento Único de Identidad número
cero tres millones setecientos ocho mil ciento once- ocho y Número de
Identifi cación Tributaria un seis uno cuatro - cero siete cero nueve seis
cinco- cero cero cuatro- cero; habiendo fallecido a las dieciocho horas
treinta minutos del día veintiuno de agosto de dos mil quince, en el
Caserío La Loma, Cantón Calderas, Jurisdicción de Apastepeque, depar-
tamento de San Vicente, a consecuencia de TRAUMATISMO CRANEO
ENCEFALICO POR PROYECTILES DE ARMA DE FUEGO, siendo
el Cantón Agua Helada, Lotifi cación La Virgen, Jurisdicción de Santa
Clara, departamento de San Vicente, el lugar de su último domicilio, en
concepto de esposa del causante la primera y los últimos dos en calidad
de hijos del causante.
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76 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 412
Y se ha nombrado a los aceptantes administradores y representantes
interinos de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores
de la herencia yacente.
Librado en el Juzgado de lo Civil: San Vicente del día veintinueve
de Julio del año dos mil dieciséis.- Lic. LUIS ANTONIO BENITEZ
HIDALGO, JUEZ DE LO CIVIL SUPLENTE.- Lic. LILIAN MABEL
RUIZ DE SALINAS, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F011668-2
LA INFRASCRITA JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA DEL DIS-
TRITO JUDICIAL DE LA LIBERTAD,
HACE SABER: Que por resolución proveída en este Juzgado, a
las quince horas y diez minutos del día veintidós de junio del presente
año, fue aceptada expresamente y con BENEFICIO DE INVENTARIO,
la herencia intestada que a su defunción dejó el causante MODESTO
CASTELLANOS RIVAS, quien falleció el día veintisiete de enero
del presente año, a la edad de cincuenta y dos años, agricultor, casa-
do, originario de Chiltiupán, Departamento de La Libertad, siendo el
mismo Chiltiupán su último domicilio, de parte del señor 1°) DANIEL
ENRIQUE CASTELLANOS PEÑA, con DUI: 04375651-9 y NIT:
0505-150690-101-6, en su calidad de hijo del causante y cesionario de
los derechos hereditarios que como madre e hijas respectivamente del
referido causante les correspondían a las señoras TERESA CASTELLA-
NOS VIUDA DE RIVAS, EVELIN ELIZABETH CASTELLANOS DE
FLORES y YESICA PATRICIA CASTELLANOS PEÑA, quienes se
identifi can con sus respectivos Documentos Únicos de Identidad y Nú-
meros de Identifi cación Tributaria en su orden la primera: 01735108-0,
0509-270846-102-4; la segunda: 05169609-0 y 0505-200595-102-8 y
la tercera: 05600509-0 y 0505-111097-101-1. Lo anterior según Testi-
monio de Escritura Pública de Cesión de Derecho Hereditario, otorgada
en la Ciudad de Santa Tecla, Departamento de La Libertad, a las siete
horas del día siete de marzo del presente año, ante los ofi cios notariales
del Licenciado LUIS ALONSO MARTÍNEZ HERNÁNDEZ. 2°) y de
la señora MARÍA VICTORIA BRAN FLORES, sin Documento Único
de Identidad y sin Tarjeta de Identifi cación Tributaria; y según informe
de la Dirección General de Migración y Extranjería dicha señora es de
nacionalidad Guatemalteca, en su calidad de cónyuge sobreviviente
del referido causante y representada por el CURADOR ESPECIAL
DATIVO Licenciado ROBERTO CARLOS ALFARO LARA, con DUI:
03893424-1 y NIT: 0509-210288-101-0.
Confi riéndose a los herederos declarados la ADMINISTRACION
Y REPRESENTACION INTERINA de la sucesión referida, con las
facultades y restricciones de los Curadores de la Herencia Yacente de
conformidad a lo establecido en el Art. 1163 Inc. 1° del Código Civil.
Citándose a las personas que se crean con derecho a la herencia,
para que se presenten a deducirlo en el término de quince días posteriores
a la tercera publicación del presente edicto.
Librado en el Juzgado de Primera Instancia de La Libertad, a los
veintidós días del mes de junio de dos mil dieciséis.- Licda. DIGNA
GLADIS MEDRANO DE GOMEZ, JUEZA DE PRIMERA INSTAN-
CIA, L. L.- Licda. SANDRA NOHEMY GARCIA LEONARDO,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F011675-2
EL INFRASCRITO JUEZ, AL PUBLICO para los efectos de Ley,
HACE SABER: Que por resolución de las once horas y cuarenta
minutos de este día, se ha tenido por aceptada expresamente y con
benefi cio de inventario, en la herencia intestada dejada al fallecer por
el señor MANUEL DE JESÚS VIGIL, conocido por MANUEL DE
JESÚS VIGIL MURCIA, el día cinco de marzo de dos mil catorce, en
la Ciudad de San Miguel, departamento de San Miguel, teniendo como
último domicilio el municipio de Jiquilisco, departamento de Usulután,
de parte de la señora MIRNA YESENIA PÉREZ VIGIL, en calidad de
hija del causante.
Confi érasele a la aceptante la administración y representación
Interina de la Sucesión Intestada, con las facultades y restricciones de
Ley.
Fíjese y publíquese los edictos correspondientes, citando a los que
se crean con derechos a la herencia, para que se presenten a deducirlo
en el término de Ley.
Librado en el Juzgado de Primera Instancia: Jiquilisco, a los dos
días del mes de agosto de dos mil dieciséis.- Lic. MANUEL DE JESUS
SANTOS, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.- Licda. LOURDES
ESTELLA RODRIGUEZ CASTAÑEDA, SECRETARIA INTA.
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EL INFRASCRITO JUEZ, AL PUBLICO para los efectos de Ley,
HACE SABER: Que por resolución de las ocho horas con cincuen-
ta minutos de este día, se ha tenido por aceptada expresamente y con
benefi cio de inventario, en la Herencia Testamentaria dejada al fallecer
por la señora MARÍA DOLORES CHICAS DE AYALA, el día trece
de mayo de dos mil catorce, en San Francisco Javier, Departamento de
Usulután, siendo éste su ultimo domicilio, el señor de parte del señor
ADELIO ADALBERTO AYALA CHICAS, en su calidad de hijo de
la causante.-
Confi érasele al aceptante declarado, la Administración y Repre-
sentación interina de la Sucesión Testamentaria, con las facultades y
restricciones de Ley.
Fíjese y publíquese el edicto correspondiente, citando a los que se
crean con derecho a la Herencia, para que se presenten a deducirlo en el
término de Ley.
Librado en el Juzgado de Primera Instancia: Jiquilisco, a los veinte
días del mes de mayo de dos mil dieciséis.- Lic. MANUEL DE JESUS
SANTOS, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.- Licda. SILVIA YANETH
MEJIA HERNANDEZ, SECRETARIA.
3 v. alt. No. F011706-2
RAFAEL EDUARDO MENENDEZ CONTRERAS, Juez de Primera
Instancia de Armenia, Sonsonate.
HACE SABER: Que a las 15:30 horas de este día, se emitió reso-
lución en la cual se tuvo por aceptada expresamente y con benefi cio de
inventario, la herencia intestada dejada por el causante José Luis Arévalo,
conocido por José Luis Arévalo Zepeda, de 92 años de edad, salvadoreño,
pensionado, originario San Sebastián Salitrillo, Santa Ana, con domicilio
en Colonia "Santa Beatriz", Polígono A, Copapayo, Armenia, casado,
hijo de Carmen Arévalo, quien falleció a las seis horas cuarenta y cinco
minutos del día veintiocho de enero de dos mil dieciséis, a consecuencia
de politraumatismo por atropellamiento en hecho de tránsito, de parte de
la señora Mauda Gloria Arévalo Beltrán, conocida por Gloria Magdalena
Arévalo, Mauda Gloria Arévalo Beltrán y Gloria Maudalena Arévalo
Beltrán, hija sobreviviente del expresado causante.
Se nombró interinamente a la persona antes referida, administradora
y representante de la sucesión del referido causante, con las facultades
y restricciones de los curadores de la herencia yacente.
Lo que se avisa al público en general para que todo aquel que se
crea con derecho a dicha herencia, se presente a deducirlo en el término
de quince días contados desde el siguiente a la tercera publicación del
presente edicto en el Diario Ofi cial.
Librado en el Juzgado de Primera Instancia de la ciudad de Armenia,
a los veintitrés días del mes de agosto del año dos mil dieciséis.- Lic.
RAFAEL EDUARDO MENENDEZ CONTRERAS, JUEZ DE PRI-
MERA INSTANCIA.- Lic. RAFAEL ANTONIO CUELLAR ANGEL,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F011715-2
DAVID AMAEL MORAN ASCENCIO, JUEZ DE PRIMERA INS-
TANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL,
HACE SABER: Que por resolución de este Juzgado, pronunciada
a las nueve horas cincuenta y cinco minutos del día tres de agosto del
corriente año, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio
de inventario, de parte de la señora JUANA AMANDA EVORA DE
SIGUENZA, de la Herencia Intestada dejada a su defunción por la
señora FRANCISCA LIDIA EBORA, conocida por LIDIA EVORA y
por FRANCISCA LIDIA EVORA SIGUENZA, quien era de ochenta
y cinco años de edad, ama de casa, soltera, originaria de Suchitoto,
departamento de Cuscatlán, hija de Rosario Ebora, falleció a las diez
horas del día ocho de agosto de dos mil diez, en Cantón Las Lomas
Andalucía, jurisdicción de Ciudad Arce, Departamento de La Libertad,
siendo Ciudad Arce su último domicilio, en concepto de cesionaria de los
derechos hereditarios que le correspondían al señor JOSE GREGORIO
SIBRIAN GONZALEZ, quien a su vez fue cesionario de tales derechos
por parte de la señora Juana Amanda Evora de Sigüenza, en su calidad
de hija sobreviviente de la referida causante.
Confi érasele a la aceptante expresada en el concepto indicado la
Administración y Representación Interina de la indicada sucesión con
las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.
Cítese a las personas que se crean con derecho.
Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de
ley.
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Librado en el Juzgado de Primera Instancia: San Juan Opico,
departamento de La Libertad, a las quince horas cinco minutos del día
diecisiete de agosto del año dos mil dieciséis.- Licdo. DAVID AMAEL
MORAN ASCENCIO, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.- Licdo.
CARLOS ARNULFO SOSA FLORES, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F011720-2
EL INFRASCRITO JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DE ESTE
DISTRITO JUDICIAL,
HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado, de
las nueve horas cuarenta y cinco minutos de este día, se ha tenido por
aceptada y con benefi cio de inventario, de parte de la señora MARTA
CONCEPCIÓN ALVARENGA VILLALOBOS, de la Herencia Intestada
dejada a su defunción por el señor FRANKLIN ADBELIN GUARDADO
CASTANEDA, fallecido a las once horas siete minutos del día trece
de mayo del año dos mil quince, en Leesburg, Virginia, de los Estados
Unidos de América, en calidad de cónyuge sobreviviente del referido
causante, por medio de su Apoderado General Judicial Licenciado
CARLOS ROBERTO FLORES SAMAYOA.
Confi riéndosele a la aceptante en el concepto indicado, la admi-
nistración y representación interina de la indicada sucesión, con las
facultades y restricciones de los curadores de la Herencia Yacente,
ordenándose a la vez se citen a las personas que se crean con derecho a
la sucesión, para que se presenten a deducirla dentro de los quince días
subsiguientes a este edicto.
Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de
ley.
Librado en el Juzgado de Primera Instancia: San Juan Opico, a
las nueve horas cincuenta minutos del día veintisiete Julio del año dos
mil dieciséis.- Licdo. DAVID AMAEL MORAN ASCENCIO, JUEZ
DE PRIMERA INSTANCIA.- Licdo. CARLOS ARNULFO SOSA
FLORES, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F011775-2
EDGAR ORLANDO ZUNIGA RIVAS, JUEZ DE LO CIVIL DEL
DISTRITO JUDICIAL DE SOYAPANGO,
HACE SABER: Que por resolución pronunciada por este Juzgado,
a las once horas y cuarenta y seis minutos del día siete de junio de dos
mil dieciséis, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de
inventario, LA HERENCIA INTESTADA que a su defunción ocurrida
el día 24 de enero de 2007, dejó la causante señora MARÍA CECILIA
RAMOS DE MENDOZA, con Documento Único de Identidad número
00467547-5; poseedora de su Tarjeta de Identifi cación Tributaria nú-
mero 0909-190242-101-5, de sesenta y cuatro años de edad, de ofi cios
domésticos, casada, salvadoreña, originaria de Dolores, departamento
de Cabañas, hija de María Carmen Sánchez de Ramos (fallecida) y
de Marcelo Ramos, de parte de la señora ANA RACHEL ZAVALA
DE PORTILLO, de treinta años de edad, ama de casa, del domicilio
de San Pedro Perulapán, departamento de Cuscatlán, portadora de su
Documento Único de Identidad número 02628903-8; y con Número de
Identifi cación Tributaria 0710-070185-103-0, en calidad de cesionaria
de los derechos hereditarios que le correspondía a los señores VICENTE
MENDOZA, conocido por JOSÉ VICENTE MENDOZA y MARÍA
SARA MENDOZA DE MORALES, en sus calidades de esposo e hija
respectivamente de la causante antes mencionada.
Y se le ha conferido a la aceptante la ADMINISTRACION Y
REPRESENTACION INTERINA de los bienes de la sucesión, con las
facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.
Y CITA: A los que se crean con derecho a la herencia referida para
que se presenten en el término de Ley, a hacer uso de sus derechos en
la sucesión.
Librado en el Juzgado de lo Civil de Soyapango, a las doce horas
y veinte minutos del día siete de junio de dos mil dieciséis.- Licdo.
EDGAR ORLANDO ZUNIGA RIVAS, JUEZ DE LO CIVIL.- Licda.
AMALIA DEYANIRA RODRIGUEZ MARTINEZ, SECRETARIA.
3 v. alt. No. F011789-2
CARLOS JOSE MENDEZ FIGUEROA, JUEZ DE LO CIVIL DEL
DISTRITO JUDICIAL DE CHALCHUAPA,
HACE SABER: Al público para los efectos de Ley, que por resolu-
ción proveída por este tribunal, a las nueve horas cincuenta y tres minutos
del día doce de agosto de dos mil dieciséis, se ha tenido por aceptada
expresamente con benefi cio de inventario, la Herencia Testamentaria, que
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a su defunción ocurrida a las nueve horas treinta y cinco minutos del día
treinta de octubre de dos mil quince, en el Hospital Cáder de la ciudad
de Santa Ana, siendo la ciudad de Chalchuapa, el lugar de su último
domicilio, dejó el causante EDWIN ADOLFO MACAL ZOMETA,
quien fue de cincuenta y nueve años de edad, soltero, Comerciante,
de parte de la señora EDA CRUZ ZOMETA MARTÍNEZ, conocida
por EDITH DE LA CRUZ ZOMETA MARTINEZ, en su concepto
de HEREDERA TESTAMENTARIA INSTITUIDA POR EL CAU-
SANTE EDWIN ADOLFO MACAL ZOMETA; a quien se le nombra
INTERINAMENTE administradora y representante de la sucesión, con
las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.
Se cita a todas las personas que se crean con derecho a la heren-
cia, para que se presenten a este Juzgado a deducirlo en el término de
quince días, contados desde el siguiente a la tercera publicación de este
edicto.
Juzgado de lo Civil: Chalchuapa, a las quince horas veinte minutos
del día diecinueve de agosto de dos mil dieciséis.- Lic. CARLOS JOSE
MENDEZ FIGUEROA, JUEZ DE LO CIVIL.- Lic. HENRY OVIDIO
GARCIA RODRIGUEZ, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F011796-2
MELVIN MAURICIO PEÑATE SANCHEZ, Juez Tercero de lo Civil
y Mercantil, Santa Ana, de conformidad con lo previsto en el artículo
1163 del Código Civil, al público en general,
HACE SABER: Que se han promovido en esta sede judicial por el
licenciado JOSÉ SAMUEL DE LA O FAJARDO, Diligencias Judiciales
no Contenciosas de Aceptación de Herencia Intestada sobre los bienes
que a su defunción dejara el señor ALBERTO RAMOS LÓPEZ, quien
fuera de setenta y seis años de edad, casado, jornalero, del domicilio
de Coatepeque, de este departamento, quien falleció el día dieciséis de
abril de dos mil dieciséis y este día se tuvo por aceptada con benefi cio
de inventario, la herencia antes referida y se nombró al señor JOSÉ
ALBERTO RAMOS CHINCHILLA, en su calidad de hijo del causante,
COMO ADMINISTRADOR Y REPRESENTANTE INTERINO DE
LA SUCESION ANTES SEÑALADA.
Lo que se hace del conocimiento público para que puedan hacerse
presente a este juzgado, dentro del plazo de quince días contado a partir
de la última publicación, las personas que se crean con derecho a la
herencia que a su defunción dejara el referido causante.
Dado en el Juzgado Tercero de lo Civil y Mercantil de Santa Ana, al
día veintidós del mes de agosto del año dos mil dieciséis.- Lic. MELVIN
MAURICIO PEÑATE SANCHEZ, JUEZ TERCERO DE LO CIVIL Y
MERCANTIL, SANTA ANA.- Licda. ELIDA ZULEIMA MENDEZ
GUZMAN, SECRETARIA, JUZGADO TERCERO DE LO CIVIL Y
MERCANTIL, SANTA ANA.
3 v. alt. No. F011825-2
LIC. MELVIN MAURICIO PEÑATE SANCHEZ, Juez Tercero de lo
Civil y Mercantil de Santa Ana: DE CONFORMIDAD AL INCISO
1° DEL ARTICULO 1163 DEL CODIGO CIVIL, AL PUBLICO EN
GENERAL,
HACE SABER: Que se han promovido por el licenciado JOSÉ
SAMUEL DE LA O FAJARDO, diligencias de Aceptación de Heren-
cia Testamentaria con Benefi cio de Inventario, sobre los bienes que a
su defunción dejara el señor SANTOS SANDOVAL, conocido por
SANTOS SANDOVAL VALENCIA, quien falleció a las diecinueve
horas del día veintitrés de marzo de dos mil nueve, siendo su último
domicilio la ciudad y departamento Santa Ana y se tuvo por aceptada
la herencia antes referida y se nombró como ADMINISTRADORES
Y REPRESENTANTES INTERINOS con las facultades y restriccio-
nes de los curadores de la herencia yacente de dicha sucesión, a los
señores SANTOS ALIRIO SANDOVAL MONTERROZA, conocido
por SANTOS ALIRIO SANDOVAL MONTERROSA y BLADIMIR
EDGARDO SANDOVAL MONTERROSA, conocido por BLADIMIR
SANDOVAL MONTERROSA, en su carácter de herederos putativos
de carácter testamentarios del causante en comento.
Lo que se hace del conocimiento público, para que puedan presen-
tarse a este tribunal las personas que se crean con derecho a la herencia
que a su defunción dejara el referido causante, dentro de los quince días
siguientes a la tercera publicación de este edicto.
Librado en el Juzgado Tercero de lo Civil y Mercantil de la ciudad
de Santa Ana, a los veintidós días del mes de agosto de dos mil dieciséis.-
Lic. MELVIN MAURICIO PEÑATE SANCHEZ, JUEZ TERCERO
DE LO CIVIL Y MERCANTIL DE SANTA ANA.- Licda. ELIDA
ZULEIMA MENDEZ GUZMAN, SECRETARIA DEL JUZGADO
TERCERO DE LO CIVIL Y MERCANTIL DE SANTA ANA.
3 v. alt. No. F011826-2
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HERENCIA YACENTE
LICENCIADA DANI BERI CALDERÓN DE RAMÍREZ, JUEZ DE
LO CIVIL DE ESTE DISTRITO,
HACE SABER: Que por resolución de las ocho horas doce mi-
nutos del día trece de enero de dos mil dieciséis, se declaró yacente la
herencia que dejó el señor JUAN AQUINO GARCÍA, fallecido a las
trece horas del día dos de octubre del año dos mil dos, en el Barrio El
Calvario del Municipio de Tacuba, departamento de Ahuachapán, siendo
éste su último domicilio. Habiéndose nombrado Curador de la Herencia
Yacente, para que represente a la sucesión del señor JUAN AQUINO
GARCÍA, a la Licenciada ALMA JEANETH LÓPEZ GARCÍA, a quien
se le hizo saber su nombramiento y previa aceptación y juramentación,
se le discernió el mismo por resolución de las ocho horas treinta y dos
minutos del día veintidós de febrero de dos mil dieciséis.
Lo que se pone en conocimiento del público, para los fi nes de
ley.
JUZGADO DE LO CIVIL: AHUACHAPÁN, a las ocho horas
catorce minutos del día once de agosto de dos mil dieciséis.- LICDA.
DANI BERI CALDERÓN DE RAMÍREZ, JUEZA DE LO CIVIL.
LICDA. CLAUDIA LELIN GUEVARA DE PEÑATE, SECRETARIA.
3 v. alt. No. F011573-2
TÍTULO DE PROPIEDAD
EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL DE SAN ANTONIO LOS
RANCHOS, DEPARTAMENTO DE CHALATENANGO.
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado el señor Saúl
Edgardo Santamaría Vásquez, quien actúa en nombre y representación
de JOSÉ EDUARDO VENTURA MARTÍNEZ, de treinta y siete años
de edad, albañil, y EVELIN VIDES RIVAS, de treinta y cuatro años de
edad, ama de casa, ambos del domicilio de San Antonio Los Ranchos,
Departamento de Chalatenango, con Documentos Únicos de Identidad
números cero cinco millones trescientos sesenta y cuatro mil doscientos
catorce guión cuatro, y cero cinco millones trescientos sesenta y cuatro
mil doscientos veintiuno guión siete, en su orden y con Números de
Identifi cación Tributaria; cero cuatrocientos dos guión doscientos
cincuenta y un mil setenta y ocho guión ciento uno guión tres, y nueve
mil quinientos uno guión doscientos mil cuatrocientos ochenta y uno
guión ciento dos guión cero, respectivamente, solicitando se le extienda,
TITULO DE PROPIEDAD, de inmueble de naturaleza urbana, situado en
Barrio La Vega, calle principal, sin número, San Antonio Los Ranchos,
Departamento de Chalatenango, de una extensión superfi cial de; DOS MIL
SETECIENTOS NOVENTA Y TRES PUNTO SETENTA Y NUEVE
METROS CUADRADOS, según medidas perimetrales aprobadas por
catastro son las siguientes: Partiendo del vértice sureste del inmueble
se describen los siguientes rumbos y distancias. AL ORIENTE: Está
formado por un Tramo; Tramo uno, sur cincuenta y tres grados cuatro
minutos cincuenta y siete segundos Oeste con una distancia de quince
punto noventa metros; Colindando con terrenos de Tomas Ventura. AL
SUR: Está formado por tres Tramos; Tramo uno, norte setenta grados
ocho minutos cincuenta y cuatro segundos Oeste, con una distancia de
diecinueve punto diecisiete metros: Tramo dos, norte sesenta grados
trece minutos veintisiete segundos oeste con una distancia de sesenta
y tres punto cero seis metros; Tramo tres, norte sesenta y tres grados
dos minutos dieciséis segundo oeste con una distancia de doce punto
cuarenta y seis metros; colindando con terrenos de Julio Monge Menjivar,
con servidumbre de paso interna de tres metros de ancho de por medio.
AL PONIENTE: Está formado por cuatro Tramos; Tramo uno, norte
veintiséis grados treinta y seis minutos veintinueve segundos Este con
una distancia de cuatro punto setenta y tres metros; Tramo dos, norte
cuarenta y un grado treinta y tres minutos cuarenta y cuatro segundos
Este con una distancia de diecinueve punto treinta y tres metros; Tra-
mo tres, norte treinta y ocho grados veintidós minutos once segundos
Este con una distancia de trece punto cero cinco metros; Tramo cuatro,
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Norte cuarenta y tres grados veinticuatro minutos cuatro segundos Este
con una distancia de nueve punto veintisiete metros; Colindando con
terrenos de José Luis Ventura Martínez y María Cecilia López López.
AL NORTE: Está formado por ocho tramos; Tramo uno, Sur treinta y
cuatro grados cincuenta y un minutos un segundo Este con una distancia
de dieciocho punto ochenta y cuatro metros; Tramo dos, Sur cuarenta
y cuatro grados doce minutos doce segundos Este con una distancia de
doce punto cero un metros; Tramo tres, Sur cuarenta y cuatro grados
treinta y dos minutos quince segundos Este con una distancia de dieciocho
punto setenta metros; Tramo cuatro, Sur cuarenta y cuatro grados
diecinueve minutos cincuenta y ocho segundos Este con una distancia
de quince punto catorce metros; Tramo cinco, Sur cuarenta y dos grados
cero minutos treinta y siete segundos Este con una distancia de catorce
punto treinta y dos metros; Tramo seis, Sur cincuenta y cinco grados dos
minutos nueve segundos Este con una distancia de siete punto cero tres
metros; Tramo siete, Sur cincuenta y un grados trece minutos veintidós
segundos Este con una distancia de seis punto cuarenta y seis metros;
Tramo ocho, Sur cincuenta y seis grados veinte minutos nueve segundos
Este con una distancia de cuatro punto setenta y cinco metros; Colindando
con terrenos de Asociación Comunal San Antonio Los Ranchos; y con
terrenos de José Luís Ventura Martínez; con zanjón de por medio en
ambos colindantes. Así se llega al vértice Sureste, que es donde se inició
la presente descripción. El inmueble antes descrito no es inscribible por
carecer de antecedente inscrito por lo que solicita Diligencias de título
de propiedad, valorado en MIL DÓLARES.
Lo que se hace del conocimiento de público en general, para los
demás efectos de ley.
Alcaldía Municipal de San Antonio Los Ranchos, departamento
de Chalatenango, a los veintiocho días de junio de dos mil dieciséis.-
MIGUEL SERRANO AYALA, ALCALDE MUNICIPAL. ALICIA
CHAVARRIA MARTINEZ, SECRETARIA. MUNICIPAL.
3 v. alt. No. C000467-2
EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL.
HACE SABER: Que la señora ROSA DEL CARMEN MÁRTIR
LÓPEZ, mayor de edad, ama de casa, del domicilio de esta Villa, se ha
presentado a esta Alcaldía solicitando se expida a su favor TITULO DE
PROPIEDAD de un inmueble de naturaleza Urbana, situado en Barrio El
Rosario, Avenida Veintinueve de Septiembre, sin número, de esta Villa,
compuesto de OCHENTA Y TRES PUNTO CINCUENTA Y OCHO
METROS CUADRADOS, de extensión superfi cial, con las colindancias
siguientes: AL NORTE: con Nicolasa Cruz de Pérez; AL ORIENTE: con
Felipa Cruz de Martínez, y Francisca Mártir Viuda de Martínez, Calle
de por medio; AL SUR: con Valentina Vega; y AL PONIENTE: con
Valentina Vega. No es sirviente ni dominante. Lo valúa en la cantidad
de MIL DOSCIENTOS DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE
AMÉRICA. Lo hubo por compra que hizo al señor JOSÉ SANTOS
MÁRTIR VEGA, mayor de edad y de este domicilio.
Los colindantes son de este domicilio.
Lo que se hace saber al público para los efectos de Ley.
Alcaldía Municipal: San Miguel Tepezontes, diecisiete de mayo
de dos mil dieciséis.- JOSE LUDGERIO CRUZ QUINTANILLA, AL-
CALDE MUNICIPAL. MARIA ISABEL CARDONA VALLADARES,
SECRETARIA MUNICIPAL.
3 v. alt. No. F011592-2
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82 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 412
TITULO SUPLETORIO
LICENCIADO JORGE ALBERTO GUZMAN URQUILLA, Juez Segundo de Primera Instancia de este Distrito Judicial, al público para efectos de Ley.
HACE SABER: Que a este Tribunal se ha presentado el Licenciado OMAR ALBERTO ROMERO FUENTES, como Apoderado General Judicial de los señores MARIA MERCEDES LOPEZ y BENJAMIN ARGUETA LOPEZ, a solicitar a favor de éstos TITULO SUPLETORIO, sobre los siguiente inmuebles: Dos porciones de terrenos de naturaleza rústicas, situados en el Caserío Masala, Cantón El Volcancillo, municipio de Joateca, Departamento de Morazán, EL PRIMERO: de la extensión superfi cial de NUEVE MIL NOVENTA Y DOS PUNTO SETENTA Y SEIS METROS CUADRADOS, que tiene la siguiente descripción: AL NORTE: distancia de treinta y dos punto ochenta y cuatro metros, linda con terreno de Victoriano Romero; AL ORIENTE: distancia de ciento cincuenta y seis punto diecisiete metros, linda con terreno de Heriberto Argueta; AL SUR: distancia de noventa y seis punto ochenta y dos metros linda con terreno de Eduardo Argueta, María Mercedes Argueta, Benjamín Argueta y Victoriano Romero, Calle de por medio que conduce de Joateca a Arambala; y AL PONIENTE: distancia de ciento diecinueve punto noventa y cuatro metros, linda con terrenos de Victoriano Romero.- Y EL SEGUNDO: de la capacidad superfi cial de TRES MIL DOSCIENTOS TREINTA Y NUEVE PUNTO QUINCE METROS CUADRADOS, que tiene la siguiente descripción: AL NORTE: distancia de setenta y cuatro punto cuarenta y cinco metros, linda con terreno de María Mercedes Argueta y Benjamín Argueta; AL ORIENTE: distancia de cincuenta punto sesenta y seis metros, linda con terreno de Eduardo Argueta y Matías Argueta; al SUR, distancia de noventa y cinco punto ochenta y tres metros, linda con terreno Leónidas Pérez e Ignacio García, quebrada de por medio; y AL PONIENTE: distancia de treinta y siete punto trece metros, linda con terrenos de Victoriano Romero. Dichos inmuebles los adquirió por Donación de la posesión material que le hiciera la señora Susana López, y los valora en la cantidad de CINCO MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS.
Librado en el Juzgado Segundo de Primera Instancia: San Fran-cisco Gotera, a las nueve horas y diez minutos del día dos de agosto de dos mil dieciséis.- LIC. JORGE ALBERTO GUZMAN URQUILLA, JUEZ SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA.- LICDA. KARINA ELIZABETH IGLESIAS DE NAVARRO, SECRETARIA.
3 v. alt. No. C000446-2
LICENCIADO JORGE ALBERTO GUZMAN URQUILLA, Juez Segundo de Primera Instancia de este Distrito Judicial, al público para efectos de Ley.
HACE SABER: Que a este Tribunal se ha presentado el Licenciado OMAR ALBERTO ROMERO FUENTES, como Apoderado General Judicial del señor JOSE LEONARDO RAMOS PEREIRA, a solicitar a favor de ésta TITULO SUPLETORIO sobre el siguiente inmueble: Una porción de terreno de naturaleza rústica, situado en el Cantón Paturla, municipio de Joateca, Departamento de Morazán, de la exten-sión superfi cial de CIENTO VEINTIOCHO MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y OCHO METROS SETENTA Y CINCO DECIMETROS CUADRADOS, que tiene la siguiente descripción: AL NORTE: distancia
de trescientos setenta punto treinta y un metros linda con terreno de José Santos Portillo; AL ORIENTE: distancia de trescientos cuarenta y tres punto catorce metros, linda con terreno de Doroteo Pereira Pereira, Calle de acceso de por medio y con terreno de Bonifacio Pereira Blanco; AL SUR: distancia de trescientos ochenta y tres punto cuarenta y dos metros, linda con terreno de José Antonio Chica; y AL PONIENTE: distancia de seiscientos sesenta punto trece metros, linda con terreno de Sucesión de José Medardo Bonilla, quebrada de por medio. Dicho inmueble lo adquirió por Escritura Matriz de compraventa de posesión material que le hiciera el señor Agustín Gutiérrez, y los valora en la cantidad de Un Mil Dólares de los Estados Unidos.
Librado en el Juzgado Segundo de Primera Instancia: San Francisco Gotera, a las once horas y veintinueve minutos del día once de agosto dos mil dieciséis.- LIC. JORGE ALBERTO GUZMAN URQUILLA, JUEZ SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA.- LICDA. KARINA ELIZABETH IGLESIAS DE NAVARRO, SECRETARIA.
3 v. alt. No. C000447-2
TÍTULO DE DOMINIO
LA INFRASCRITA ALCALDESA DEL MUNICIPIO DE COJUTEPEQUE, AL PUBLICO.
HACE SABER: Que a esta Alcaldía se ha presentado la señora MARIA DOLORES PERLA VIUDA DE ALVARENGA, de setenta y cinco años de edad, jubilada o pensionada, del domicilio de esta ciudad, Departamento de Cuscatlán, portadora de su Documento Único de Identidad Número cero tres cinco seis seis cuatro ocho siete-uno, y con Número de Identifi cación Tributaria mil trescientos veintitrés-cero treinta mil trescientos cuarenta y uno-ciento uno-seis; solicitando se le extienda TITULO DE DOMINIO de un inmueble de naturaleza urbano, situado en el Barrio San Nicolás, de la jurisdicción de Cojutepeque, Departamento de Cuscatlán, de la extensión superfi cial de SESENTA Y NUEVE PUNTO CUARENTA Y TRES METROS CUADRADOS, de la descripción técnica siguiente: Del vértice Nor-Poniente que es el punto de partida de esta descripción técnica tiene las siguientes coordenadas: Norte, doscientos ochenta y ocho mil ochocientos cincuenta y siete punto diez, Este, quinientos seis mil setecientos doce punto diecinueve. LINDERO NORTE, partiendo del vértice Nor-Poniente, está formado por Dos Tramos con los siguientes rumbos y distancias: Tramo Uno, Sur setenta y seis grados, quince minutos, cero seis segundos Este, con una distancia de cuatro punto ochenta y ocho metros; Tramo Dos, Sur sesenta y dos grados, cincuenta y dos minutos, cincuenta segundos Este, con una distancia de cuatro punto ochenta y cinco metros, colindando con Antonio Hernández, con pared. LINDERO ORIENTE, partiendo del vértice Nor-Oriente está formado por Dos Tramos con los siguien-tes rumbos y distancias: Tramo Uno, Sur veintisiete grados, cero siete minutos, cero siete segundos Oeste, con una distancia de cuatro punto ochenta metros; Tramo Dos, Sur veintinueve grados, cuarenta y ocho minutos, cero seis segundos Oeste, con una distancia de cuatro punto cero tres metros; colindando con Rubén Marroquín, antes, ahora con Juan Antonio García Funes Rodríguez y Iglesia de la CONFERENCIA EVANGELICA DE LAS ASAMBLEAS DE DIOS, con pared, LINDERO SUR: Partiendo del vértice Sur-Oriente está formado por Dos Tramos con
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83DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 6 de Septiembre de 2016.
los siguientes rumbos y distancias: Tramo Uno, Norte cincuenta y cinco grados, cincuenta y siete minutos, veintiséis segundos Oeste, con una distancia de cuatro punto dieciséis metros; Tramo Dos, Norte cincuenta y cinco grados, cuarenta y un minutos, veintinueve segundos Oeste, con una distancia de tres punto veintitrés metros; colindando con Manuel Ignacio Antonio Alvarenga, con pared en el segundo tramo. LINDERO PONIENTE, partiendo del vértice Sur-Poniente está formado por Un Tramo con los siguientes rumbos y distancias: Tramo Uno, Norte diez grados, cero ocho minutos, cuarenta y siete segundos Este, con una distancia de siete punto diez metros, colindando con Manuel Ignacio Antonio Alvarenga. Así se llega al vértice Nor-Poniente, que es el punto de inicio de esta descripción técnica. Que valora dicho inmueble en TRES MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA. Todos los colindantes son de este domicilio, no es predio dominante, ni sirviente, no tiene cargas ni derechos reales de ajena pertenencia, ni está en proindivisión. Lo hubo por compra que hiciera a la señora María Alejandra Cruz, según escritura pública otorgada en esta ciudad ante los Ofi cios Notariales del Licenciado Juan Alfredo Pineda, el día cuatro de marzo de mil novecientos sesenta y nueve.
Alcaldía Municipal de Cojutepeque, once de agosto de dos mil dieciséis.- ROSA GUADALUPE SERRANO DE MARTINEZ, AL-CALDESA MUNICIPAL.- LIC. EDGAR ANTONIO HERNANDEZ CASTRO, SECRETARIO MUNICIPAL.
3 v. alt. No. F011572-2
NOMBRE COMERCIAL
No. de Expediente: 2016152942
No. de Presentación: 20160235069
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado MAR-CELA EUGENIA MANCIA DADA, en su calidad de APODERADO ESPECIAL de CARTONESA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPI-TAL VARIABLE que se abrevia: CARTONESA, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro del NOMBRE COMERCIAL,
Consistente en: la palabra CARTONESA y diseño, que servirá para: IDENTIFICAR UNA EMPRESA O ESTABLECIMIENTO DEDICADO A: LA FABRICACIÓN DISTRIBUCIÓN, VENTA Y DISEÑOS DE CARTÓN Y ARTÍCULOS DE ESTA MATERIA NO COMPREN-DIDO EN OTRAS CLASES, INCLUYENDO, CAJAS DE CARTÓN CORRUGADO, ARTÍCULOS DE CARTÓN CORRUGADO.
La solicitud fue presentada el día dieciséis de junio del año dos mil dieciséis.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, veintisiete de junio del año dos mil dieciséis.
MELVY ELIZABETH CORTEZ VANEGAS,
REGISTRADORA.
SOFIA HERNANDEZ MELENDEZ,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C000418-2
No. de Expediente: 2016152388
No. de Presentación: 20160234149
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado KARINA SORAYDA SOMOZA MARTINEZ, en su calidad de APODERADO de VARIEDADES GENESIS, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro del NOMBRE COMERCIAL,
Consistente en: la palabra Bless God is good! traducido al caste-llano como Bendiga Dios es bueno!, que servirá para: IDENTIFICAR UN ESTABLECIMIENTO DEDICADO A VENTA DE ROPA PARA DAMAS, CABALLEROS Y NIÑOS, PERFUMERIA, BISUTERIA, JUGUETES ARTICULOS DEPORTIVOS, CRISTALERIA, CALZA-DO, ENSERES DEL HOGAR NUEVOS Y USADOS.
La solicitud fue presentada el día veintisiete de mayo del año dos mil dieciséis.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, once de agosto del año dos mil dieciséis.
DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,
REGISTRADOR.
RUTH NOEMI PERAZA GALDAMEZ,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F011521-2
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84 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 412
No. de Expediente: 2016154386
No. de Presentación: 20160238140
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado DANIEL ARMANDO MARTINEZ GARCIA, de nacionalidad SALVADOREÑA, en su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro del NOMBRE COMERCIAL,
Consistente en: la palabra MONTICELLO y diseño traducida al castellano como: Monte Alto, que servirá para: IDENTIFICAR UN ESTABLECIMIENTO COMERCIAL DEDICAD A LA VENTA DE FLORISTERÍA.
La solicitud fue presentada el día veintitrés de agosto del año dos mil dieciséis.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, veintiséis de agosto del año dos mil dieciséis.
DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,REGISTRADOR.
RUTH NOEMI PERAZA GALDAMEZ,SECRETARIA.
3 v. alt. No. F011818-2
SEÑAL DE PUBLICIDAD COMERCIAL
No. de Expediente: 2016153079 No. de Presentación: 20160235279
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado LUIS ALONSO NAVARRETE SOTO, en su calidad de APODERADO de CORPORACION PIRAMIDE, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: CORPORACION PIRAMIDE, S.A. DE C.V. o COPI, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, soli-citando el registro de la EXPRESION O SEÑAL DE PUBLICIDAD COMERCIAL,
Redescubre lo Clásico
Consistente en: la expresión Redescubre lo Clásico. El nombre comercial al que hace referencia la presente expresión o señal de pu-blicidad comercial es PARADISE Lobster & Steak House inscrito al Número 00209 del libro 00010 de Nombres Comerciales, que servirá para: ATRAER LA ATENCIÓN DE LOS CONSUMIDORES RESPECTO DE SERVICIOS DE RESTAURANTE.
La solicitud fue presentada el día veinticuatro de junio del año dos mil dieciséis.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, veintiocho de junio del año dos mil dieciséis.
MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,
REGISTRADOR.
NERY CRISTIANS STANLEY PORTILLO LOPEZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C000432-2
No. de Expediente: 2016153084
No. de Presentación: 20160235284
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado OMAR ADALID FLORES MERCADO, en su calidad de APODERADO de CORPORACION PIRAMIDE, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la EXPRESIÓN O SEÑAL DE PUBLICIDAD COMERCIAL,
Consistente en: la frase I WINGS y diseño, que se traduce al castellano como Yo amo las alitas, el nombre comercial al que hace referencia se denomina PARADISE Lobster & Steak House, inscrito al número 209 del Libro 10 de Nombres Comerciales, que servirá para: ATRAER LA ATENCIÓN DE LOS CONSUMIDORES RESPECTO DE SERVICIOS DE RESTAURANTE.
La solicitud fue presentada el día veinticuatro de junio del año dos mil dieciséis.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, veintiocho de junio del año dos mil dieciséis.
LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C000433-2
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85DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 6 de Septiembre de 2016.
No. de Expediente: 2016151579
No. de Presentación: 20160232554
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado LUIS ALONSO NAVARRETE SOTO, en su calidad de APODERADO de CORPORACION PIRAMIDE, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: CORPORACION PIRAMIDE, S.A. DE C.V. o COPI, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, soli-citando el registro de la EXPRESION O SEÑAL DE PUBLICIDAD COMERCIAL,
Consistente en: la expresión MAY THE LUCK OF THE IRISH BE WITH YOU! y diseño, cuya traducción al castellano es: QUE LA SUERTE DE LOS IRLANDESES ESTE CONTIGO. El nombre comer-cial al que hace referencia la presente expresión o señal de publicidad comercial es PARADISE LOBSTER & STEAK HOUSE, inscrita al Número 209 del libro 10 de Nombres Comerciales, que servirá para: ATRAER LA ATENCIÓN DE LOS CONSUMIDORES RESPECTO DE SERVICIOS DE RESTAURANTE.
La solicitud fue presentada el día diecinueve de abril del año dos mil dieciséis.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, once de mayo del año dos mil dieciséis.
MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,
REGISTRADOR.
NERY CRISTIANS STANLEY PORTILLO LOPEZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C000436-2
No, de Expediente: 2016151979
No. de Presentación: 20160233407
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado LUIS ALONSO NAVARRETE SOTO, en su calidad de APODERADO de CORPORACION PIRAMIDE, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL
VARIABLE, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro
de la EXPRESION O SEÑAL DE PUBLICIDAD COMERCIAL,
Consistente en: las palabras LOADED Boneless traducido al
castellano como CARGADO SIN HUESO, Siendo el nombre comer-
cial al que hace referencia la presente señal o expresión de publicidad
comercial: PARADISE LOBSTER & STEAK HOUSE, el cual se
encuentra registrado bajo el número de inscripción 00209 del Libro
00010 de Nombres Comerciales, que servirá para: SERVIRA PARA
ATRAER LA ATENCIÓN DE LOS CONSUMIDORES RESPECTO
DE SERVICIOS DE RESTAURANTE.
La solicitud fue presentada el día once de mayo del año dos mil
dieciséis.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
trece de mayo del año dos mil dieciséis.
GEORGINA VIANA CANIZALEZ,
REGISTRADORA.
CARLOS DAVID JARQUIN CASTELLANOS,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C000437-2
No. de Expediente: 2016151580
No. de Presentación: 20160232555
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado LUIS
ALONSO NAVARRETE SOTO, en su calidad de APODERADO de
CORPORACION PIRAMIDE, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL
VARIABLE, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro
de la EXPRESION O SEÑAL DE PUBLICIDAD COMERCIAL,
Consistente en: la frase IRISH MULE, que se traduce al castellano
como mula irlandés, la marca a la que hace referencia el distintivo solici-
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tado se denomina Paradise Lobster & Steak House y se encuentra inscrita
al número 209 del Libro 10 de marcas, que servirá para: ATRAER LA
ATENCIÓN DE LOS CONSUMIDORES RESPECTO A: SERVICIOS
DE RESTAURANTE.
La solicitud fue presentada el día diecinueve de abril del año dos
mil dieciséis.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
once de mayo del año dos mil dieciséis.
DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,
REGISTRADOR.
RUTH NOEMI PERAZA GALDAMEZ,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C000438-2
No. de Expediente: 2016153687
No. de Presentación: 20160236574
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado OMAR
ADALID FLORES MERCADO, en su calidad de APODERADO de
CORPORACION PIRAMIDE, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL
VARIABLE que se abrevia: CORPORACION PIRAMIDE, S.A. DE
C.V. o COPI, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, soli-
citando el registro de la EXPRESION O SEÑAL DE PUBLICIDAD
COMERCIAL,
Consistente en: la expresión PICK TWO, SAVE $6 y diseño,
traducida al castellano como TOMA DOS, AHORRA $6. La marca
a la que hace referencia la presente Expresión o Señal de Publicidad
Comercial es: GRUPO PIRAMIDE y diseño, la cual se encuentra
inscrita al número 00095 del Libro 00237 de Marcas, que servirá para:
ATRAER LA ATENCIÓN DE LOS CONSUMIDORES RESPECTO
DE SERVICIOS DE RESTAURANTE.
La solicitud fue presentada el día veinte de julio del año dos mil
dieciséis.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, veintidós de julio del año dos mil dieciséis.
GEORGINA VIANA CANIZALEZ,
REGISTRADORA.
JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C000439-2
No. de Expediente: 2016153078
No. de Presentación: 20160235278
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado OMAR ADALID FLORES MERCADO, en su calidad de APODERADO de CORPORACION PIRAMIDE, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la EXPRESION O SEÑAL DE PUBLICIDAD COMERCIAL,
Consistente en: las palabras STEAK NIGHT OUT NOCHE DE CARNE y diseño, traducidas al castellano como NOCHE DE CARNE, NOCHE DE CARNE. El nombre comercial a que hace referencia la presente Expresión o Señal de Publicidad Comercial, denominado "PARADISE" Lobster & Steak House inscrito bajo el número 00209 del Libro 00010 de Nombres Comerciales, que servirá para: ATRAER LA ATENCIÓN DE LOS CONSUMIDORES RESPECTO A SERVICIOS DE RESTAURANTE.
La solicitud fue presentada el día veinticuatro de junio del año dos mil dieciséis.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, veintiocho de junio del año dos mil dieciséis.
MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,
REGISTRADOR.
SAYONARA AYALA DE GUERRERO,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C000442-2
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87DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 6 de Septiembre de 2016.
CONVOCATORIAS
CONVOCATORIA
SE CONVOCA: A los señores Accionistas de la sociedad TECO-
MAPA, S.A. DE C.V., para celebrar sesión de Junta General Ordinaria
de Accionistas, que se llevará a cabo a las once horas del día jueves
veintinueve de septiembre del año dos mil dieciséis, en las ofi cinas
situadas en el Edifi cio Holcim, ubicado en Calle Holcim, Avenida El
Espino, Urbanización Madreselva, Antiguo Cuscatlán, La Libertad,
y en segunda convocatoria a las once horas del día viernes treinta de
septiembre del año dos mil dieciséis, en el mismo lugar, para deliberar
y resolver los temas de la siguiente Agenda:
AGENDA
1) Verifi cación del Quórum.
2) Lectura y Aprobación del Acta anterior.
3) Aplicación de Utilidades.
El quórum necesario para el establecimiento de la Junta General
Ordinaria de Accionistas, será la representación de la mitad más una
del total de acciones o sea 33,651 acciones representadas; en segunda
convocatoria se verifi cará la sesión cualquiera que sea el número de
acciones representadas.
Antiguo Cuscatlán, 29 de agosto de 2016.
Atentamente,
ENRIQUE HUMBERTO VÁSQUEZ LINARES,
ADMINISTRADOR ÚNICO.
3 v. alt. No. F011737-2
CONVOCATORIA
SE CONVOCA: A los señores accionistas de la sociedad TEM-
PISCON, S.A. DE C.V., para celebrar sesión de Junta General Ordinaria
de Accionistas, que se llevará a cabo a las doce horas del día jueves
veintinueve de septiembre del año dos mil dieciséis, en las ofi cinas
situadas en el Edifi cio Holcim, ubicado en Calle Holcim, Avenida El
Espino, Urbanización Madreselva, Antiguo Cuscatlán, La Libertad,
y en segunda convocatoria a las doce horas del día viernes treinta de
septiembre del año dos mil dieciséis, en el mismo lugar, para deliberar
y resolver los temas de la siguiente Agenda:
AGENDA
1) Verifi cación del Quórum.
2) Lectura y Aprobación del Acta anterior.
3) Aplicación de Utilidades.
El quórum necesario para el establecimiento de la Junta General
Ordinaria de Accionistas será la representación de la mitad más una
del total de acciones o sea 5,716 acciones representadas; en segunda
convocatoria se verifi cará la sesión cualquiera que sea el número de
acciones representadas.
Antiguo Cuscatlán, 29 de agosto de 2016.
Atentamente,
ENRIQUE HUMBERTO VÁSQUEZ LINARES,
ADMINISTRADOR ÚNICO.
3 v. alt. No. F011739-2
CONVOCATORIA
SE CONVOCA: A los señores accionistas de la sociedad CALI-
CHAL, S.A. DE C.V., para celebrar sesión de Junta General Ordinaria
de Accionistas, que se llevará a cabo a las ocho horas del día jueves
veintinueve de septiembre del año dos mil dieciséis, en primera con-
vocatoria, en las ofi cinas situadas en el Edifi cio Holcim, ubicado en
Calle Holcim, Avenida El Espino, Urbanización Madreselva, Antiguo
Cuscatlán, La Libertad, y en segunda convocatoria a las ocho horas del
día viernes treinta de septiembre del año dos mil dieciséis, en el mismo
lugar, para deliberar y resolver los temas de la siguiente Agenda:
AGENDA
1) Verifi cación del Quórum.
2) Lectura y Aprobación del Acta anterior.
3) Aplicación de Utilidades.
El quórum necesario para el establecimiento de la Junta General
Ordinaria de Accionistas será la representación de la mitad más una
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del total de acciones o sea 41,898 acciones representadas; en segunda
convocatoria se verifi cará la sesión cualquiera que sea el número de
acciones representadas.
Antiguo Cuscatlán, 29 de agosto de 2016.
Atentamente,
ENRIQUE HUMBERTO VÁSQUEZ LINARES,
ADMINISTRADOR ÚNICO.
3 v. alt. No. F011740-2
CONVOCATORIA
SE CONVOCA: A los señores accionistas de la sociedad CHU-
CUMBA, S.A. DE C.V., para celebrar sesión de Junta General Ordinaria
de Accionistas, que se llevará a cabo a las nueve horas del día jueves
veintinueve de septiembre del año dos mil dieciséis, en primera con-
vocatoria, en las ofi cinas situadas en el Edifi cio Holcim, ubicado en
Calle Holcim, Avenida El Espino, Urbanización Madreselva, Antiguo
Cuscatlán, La Libertad, y en segunda convocatoria a las nueve horas del
día viernes treinta de septiembre del año dos mil dieciséis, en el mismo
lugar, para deliberar y resolver los temas de la siguiente Agenda:
AGENDA
1) Verifi cación del Quórum.
2) Lectura y Aprobación del Acta anterior.
3) Aplicación de Utilidades.
El quórum necesario para el establecimiento de la Junta General
Ordinaria de Accionistas será la representación de la mitad más una
del total de acciones o sea 43,676 acciones representadas; en segunda
convocatoria se verifi cará la sesión cualquiera que sea el número de
acciones representadas.
Antiguo Cuscatlán, 29 de agosto de 2016.
Atentamente,
ENRIQUE HUMBERTO VÁSQUEZ LINARES,
ADMINISTRADOR ÚNICO.
3 v. alt. No. F011742-2
CONVOCATORIA
SE CONVOCA: A los señores accionistas de la sociedad ORLONA, S.A. DE C.V., para celebrar sesión de Junta General Ordinaria de Accio-nistas, que se llevará a cabo a las diez horas del día jueves veintinueve de septiembre del año dos mil dieciséis, en las ofi cinas situadas en el Edifi cio Holcim, ubicado en Calle Holcim, Avenida El Espino, Urbanización Ma-dreselva, Antiguo Cuscatlán, La Libertad, y en segunda convocatoria a las diez horas del día viernes treinta de septiembre del año dos mil dieciséis, en el mismo lugar, para deliberar y resolver los temas de la siguiente Agenda.
AGENDA
1) Verifi cación del Quórum.
2) Lectura y Aprobación del Acta anterior.
3) Aplicación de Utilidades.
El quórum necesario para el establecimiento de la Junta General Ordinaria de Accionistas será la representación de la mitad más una del total de acciones o sea 46,366 acciones representadas; en segunda convocatoria se verifi cará la sesión cualquiera que sea el número de acciones representadas.
Antiguo Cuscatlán, 29 de agosto de 2016.
Atentamente,
ENRIQUE HUMBERTO VÁSQUEZ LINARES,
ADMINISTRADOR ÚNICO.
3 v. alt. No. F011744-2
SUBASTA PUBLICA
OLINDA MORENA VÁSQUEZ PÉREZ, JUEZA TERCERO DE FAMILIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.
HACE SABER: Al público, para los efectos de Ley correspon-dientes, que en la fase ejecutiva del proceso de Alimentos y Cuidado Personal promovidas por el joven OSCAR IVÁN ORELLANA REYES, de dieciocho años de edad, estudiante, de nacionalidad Salvadoreña, del domicilio de Houston, Estado de Texas, Estados Unidos de América, por medio de su Apoderado Judicial Licenciado MARCOS WILSON OVIEDO, en contra del señor IVÁN DEMETRIO ORELLANA EGUI-ZABAL, de cincuenta y ocho años de edad, Licenciado en Economía, de este domicilio; SE VENDERÁ EN PÚBLICA SUBASTA EN ESTE
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89DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 6 de Septiembre de 2016.
JUZGADO, EL DERECHO PROINDIVISO DE PROPIEDAD EQUI-VALENTE AL TREINTA Y TRES PUNTO TREINTA Y TRES POR CIENTO QUE LE CORRESPONDE AL SEÑOR IVÁN DEMETRIO ORELLANA EGUIZABAL, del inmueble de naturaleza urbano, ins-crito bajo el número CINCUENTA Y CUATRO, del Libro TRES MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA y trasladado al SIRYC, con Matrícula número SEIS CERO CUATRO UNO SEIS DOS TRES CUATRO-CERO CERO CERO CERO CERO; situado en Colonia Laing- Las Rosas, Lote número 7, Barrio San José, de la Ciudad y Departamento de San Salvador, de una extensión superfi cial de DOSCIENTOS NOVENTA METROS CUADRADOS SESENTA Y DOS CENTÍMETROS CUADRADOS, equivalentes a cuatrocientas quince varas cuadradas ochenta y tres centésimos de vara cuadrada.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.
Librado en el Juzgado Tercero de Familia de San Salvador, a las catorce horas con treinta minutos del día veintinueve de julio del año dos mil dieciséis. LICDA. OLINDA MORENA VÁSQUEZ PÉREZ, JUEZA TERCERO DE FAMILIA. LICDA. ROXANA ELIZABETH MARROQUIN MONROY, SECRETARIA DE ACTUACIONES.
3 v. alt. No. F011502-2
EL INFRASCRITO JUEZ DE LO CIVIL-A DE SOYAPANGO LICENCIADO EDGAR ORLANDO ZÚNIGA RIVAS, DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.
HACE SABER: Que en el Juicio Ejecutivo Mercantil, promo-vido por la Licenciada NORMA LORENA ARÉVALO AZUCENA, en carácter de Apoderada General Judicial del BANCO AGRÍCOLA, SOCIEDAD ANÓNIMA, contra de los demandados señores EDGAR ANTONIO ARDON BAUTISTA y NELLY ELIZABETH RIVERA DE ARDON conocida por NELLY ELIZABETH RIVERA BONILLA, se ORDENA LA VENTA EN PÚBLICA SUBASTA, del inmueble que se describe a continuación: Porción o Hijuela número Uno, que mide y linda AL ORIENTE: Iniciando del esquinero número uno en el sentido horario, un tramo recto con distancia de cuatro metros setenta y ocho centímetros rumbo sur cuarenta grados cero seis minutos veinticuatro segundos Este, colindando en este tramo con terreno propiedad de la señora Joba Recinos, pasaje San José, número Uno, de cuatro metros noventa y seis centímetros de ancho, arriate y acera de tres metros cua-renta centímetros de ancho de por medio respectivamente; AL SUR: dos tramos rectos, el primero con una distancia de diecisiete metros dieciocho centímetros rumbo Sur cuarenta y ocho grados cero cuatro minutos veinte segundos Oeste, el segundo con una distancia de doce metros ochenta y seis centímetros rumbo Sur cuarenta y nueve grados cuarenta y ocho minutos treinta y ocho segundos Oeste, colindando con este tramo con porción dos del inmueble general; AL PONIENTE: Un tramo recto con distancia de cuatro metros noventa y dos centímetros, rumbo norte treinta y nueve grados cincuenta y siete minutos veinticuatro segundos Oeste colindando en este tramo con zona de protección a quebrada de aguas negras, ancho por medio zona de protección tres metros setenta
centímetros; AL NORTE: Un tramo recto con distancia treinta metros dos centímetros rumbo Norte cuarenta y nueve grados cero cuatro mi-nutos cincuenta y cuatro segundos Este colindando en este tramo con terreno propiedad del señor Antonio Guzmán, llegando así al punto de partida de la descripción de porción uno. La porción del inmueble antes descrita cuenta con construcción de sistema mixto y tiene una extensión superfi cial de CIENTO CUARENTA Y NUEVE PUNTO CERO SIETE METROS CUADRADOS EQUIVALENTES A DOSCIENTAS TRECE PUNTO VEINTINUEVE VARAS CUADRADAS y según razón de inscripción LOTIFICACIÓN SAN JOSÉ HIJUELA, NUMERO UNO, SAN MARTIN, SAN SALVADOR. Dicho inmueble se encuentra inscrito bajo la Matrícula número SEIS CERO CERO DOS SEIS SEIS SEIS CERO-CERO CERO CERO CERO CERO (60026660-00000) del Registro de la Propiedad Raíz e Hipoteca de la Primera Sección del Centro, a favor de la demandada señora NELLY ELIZABETH RIVERA DE ARDON conocida por NELLY ELIZABETH RIVERA BONILLA. Dicho inmueble se encuentra hipotecado con PRIMERA HIPOTECA a favor del BANCO AGRÍCOLA, SOCIEDAD ANÓNIMA, inscrita a la misma matrícula y asiento TRES. Se admitirán posturas siendo legales.
Lo que se hace del conocimiento al público para los efectos de la ley.
LIBRADO: En el Juzgado de lo Civil de Soyapango, a las doce horas del día veinte de mayo de dos mil dieciséis. LIC. EDGAR ORLANDO ZÚNIGA RIVAS, JUEZ DE LO CIVIL. LIC. AMALIA DEYANIRA RODRIGUEZ MARTINEZ, SECRETARIA.
3 v. alt. No. F011691-2
MARIA ELENA PEREZ ANAYA, JUEZA PRIMERO DE LO CIVIL INTERINA DE SAN SALVADOR.
HACE SABER: Que en el JUICIO CIVIL EJECUTIVO, pro-movido inicialmente por el Abogado MIGUEL ANGEL MERINO PALACIOS, continuado por la Abogada ERIKA IVETT ACOSTA PEREZ, y actualmente por la Abogada JULIA DEL CARMEN TORRES DE CAMPOS, como Apoderados del INSTITUTO NACIONAL DE. PENSIONES DE LOS EMPLEADOS PUBLICOS, contra los señores BEATRIZ DEL CARMEN FIGUEROA ARGUETA, conocida por BEATRIZ DEL CARMEN FIGUEROA DE NOLASCO y MANUEL DE JESUS NOLASCO TORRES, reclamándole cumplimiento de obligaciones y demás accesorios, se venderá en pública subasta en este Tribunal el inmueble siguiente: "inmueble urbano que forma parte del "Condominio San Luis C", construido sobre los lotes cincuenta y siete, al sesenta y ocho inclusive, del BLOCK NUMERO ONCE, de la Zona "A", de la SEGUNDA ETAPA, de la Urbanización Residencial San Luis, situada sobre el Pasaje número Uno, de dicha urbanización, en esta ciudad, cuya descripción es la siguiente: APARTAMIENTO NUMERO VEINTINUEVE: el área que le corresponde a dicho apartamiento es de una extensión superfi cial de SESENTA Y DOS PUNTO CATORCE METROS CUADRADOS, equivalente a OCHENTA Y OCHO PUN-TO NOVENTA Y UNA VARAS CUADRADAS, la medida cúbica en
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90 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 412
la construcción del apartamiento es de ciento cuarenta y nueve punto catorce metros cúbicos entre el piso terminado y el cielo falso, para la descripción nos apoyaremos en el vértice Nor-oeste ya conocido en la descripción general del terreno donde están construidos los apartamientos desde el cual se mide una distancia de cien metros con rumbo Sur doce grados cuarenta y ocho punto dos minutos Este, se llega a un punto en donde con una defl exión izquierda de noventa grados, y una distancia de trece punto cincuenta y cinco metros para localizar el vértice Sur-oeste del apartamiento que a continuación se describe: AL SUR: Distancia de seis metros con rumbo Norte sesenta y siete grados once punto ocho minutos Este, lindando con el apartamiento número treinta y dos, del mismo condominio, acceso de circulación de por medio. AL ORIENTE: línea quebrada compuesta de cinco tramos: el primero de cuatro punto cero cinco metros con rumbo Norte doce grados cuarenta y ocho punto dos minutos Oeste, el segundo de dos punto doce metros con rumbo Sur setenta y siete grados once punto ocho minutos Oeste, el tercero de dos punto setenta y cuatro metros con rumbo Norte doce grados cuarenta y ocho punto dos minutos Oeste, el cuarto de uno punto trece metros con rumbo Norte setenta y siete grados once punto ocho minutos Este, el quinto de dos punto treinta y un metros con rumbo Norte doce grados cuarenta y ocho punto dos minutos Oeste, lindando con el apartamiento número treinta del mismo condominio, pared medianera de por medio. AL NORTE: distancia de seis punto sesenta y ocho metros con rumbo Sur setenta y siete grados once punto ocho minutos Oeste, lindando con el apartamiento número veintiséis del mismo condominio, acceso de circulación de por medio. AL PONIENTE: línea quebrada compuesta de cinco tramos: el primero de seis punto cero cinco metros con rumbo Sur doce grados cuarenta y ocho punto dos minutos Este, el segundo de uno punto setenta y cuatro metros con rumbo Sur setenta y siete grados once punto ocho minutos Oeste, el tercero de uno punto ochenta y un metros con rumbo Sur doce grados cuarenta y ocho punto dos minutos Este, el cuarto de tres punto cuarenta y ocho metros con rumbo Norte setenta y siete grados once punto ocho minutos Este, el quinto de uno punto veinticuatro metros con rumbo Sur doce grados cuarenta y ocho punto dos minutos Este, lindando en los tres primeros con el aparta-miento número veintiocho del mismo condominio, pared medianera de por medio y el resto con acceso de circulación. Por la parte abajo o piso linda con bien raíz del inmueble y por la parte alta o cielo falso linda con espacio aéreo, techo de por medio. Que en el inmueble descrito hay un área construida de sistema mixto, en un área de CUARENTA Y UNO PUNTO SETENTA Y SEIS METROS CUADRADOS." "El inmueble antes descrito se encuentra inscrito a nombre de los señores BEATRIZ DEL CARMEN FIGUEROA ARGUETA, conocida por BEATRIZ DEL CARMEN FIGUEROA DE NOLASCO, y MANUEL DE JESUS NOLASCO TORRES, a la Matrícula número SEIS CERO CERO UNO TRES CERO UNO TRES-A CERO CERO DOS NUEVE, Asiento 1, del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Primera Sección del Centro.
Lo que se hace del conocimiento público, para efectos de ley.
Librado en el Juzgado Primero de lo Civil: San Salvador, a las quince horas y dos minutos del día dieciséis de agosto del año dos mil dieciséis. MARIA ELENA PEREZ ANAYA, JUEZA PRIMERO DE LO CIVIL INTERINA. LICDA. IVONNE LIZZETTE FLORES GONZALEZ, SECRETARIA.
3 v. alt. No. F011753-2
REPOSICION DE CERTIFICADOS
AVISO
La Caja de Crédito de San Miguel, Sociedad Cooperativa de Responsa-bilidad Limitada de Capital Variable.
COMUNICA: Que a sus ofi cinas se ha presentado la propietaria de CERTIFICADOS DE DEPOSITOS A PLAZO FIJO Números 0345, por CINCUENTA MIL 00/100 DOLARES ($50,000.00), 0699 por VEINTE MIL 00/100 DOLARES ($20,000.00) y 0426 por DIEZ MIL 00/100 DOLARES ($10,000.00), solicitando la reposición de dichos CERTIFICADOS.
En consecuencia de lo anterior, se hace del conocimiento al público en general, para los efectos legales del caso, que transcurridos treinta días después de la tercera publicación de este aviso y si no hubiere ninguna oposición, se procederá a reponer el certifi cado en referencia.
San Miguel, miércoles 27 de julio de 2016.
MIGUEL ÁNGEL CAMPOS BENAVIDES,
CAJA DE CRÉDITO DE SAN MIGUEL.
3 v. alt. No. F011509-2
AVISO
LA CAJA DE CREDITO DE AGUILARES, SOCIEDAD COOPE-RATIVA DE RESPONSABILIDAD LIMITADA DE CAPITAL VARIABLE.
AVISA: Que en su Agencia Central, ubicada en Segunda Calle Oriente y Segunda Avenida Norte, Barrio El Centro, de la ciudad de Aguilares, departamento de San Salvador, se ha presentado la propietaria del Certifi cado de Depósito a Plazo Fijo Número 02501, de la cuenta Número 52-01-0020580-3, emitido el día 02 de enero de 2016, para el plazo de 90 días prorrogables, solicitando reposición por destrucción/extravío.
En consecuencia de lo anterior, se hace del conocimiento del público en general, para efectos de reposición del Certifi cado relacionado, de conformidad con los Artículos 486 y 932 del Código de Comercio.
En caso de que después de 30 días de la tercera y última publicación del presente aviso, La Caja no recibe oposición alguna a este respecto, se hará la reposición del Certifi cado arriba mencionado.
Aguilares, 29 de agosto de 2016.
MARIA MILADES ARTOLA RODRIGUEZ,
REPRESENTANTE LEGAL.
3 v. alt. No. F011539-2
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91DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 6 de Septiembre de 2016. EL BANCO DE AMERICA CENTRAL S.A.
AVISA: Que en sus ofi cinas se ha presentado el(la) Sr.(Sra.) MYRNA LISSET OLANO DE POHL propietario del certifi cado No. 63237 cuenta No. 301208530 emitido el día 14 del mes de JULIO del año 2015 en agencia ZONA ROSA , solicitando reposición de dicho certifi cado, por habérsele extraviado.
En consecuencia de lo anterior, se hace del conocimiento del pú-blico en general para los efectos legales del caso. Transcurridos 30 días después de la tercera publicación de este aviso y si no hubiese ninguna oposición, se procederá a reponer el certifi cado en referencia.
San Salvador, a los 25 días del mes de AGOSTO de 2016.
Atentamente,
VICTOR MANUEL RIVAS LOPEZ,
GERENTE/SUPERVISOR OPERATIVO,
AGENCIA ZONA ROSA.
3 v. alt. No. F011575-2
CAJA DE CREDITO DE LA UNION S.C. DE R.L DE C.V.
COMUNICA: Que en sus ofi cinas ubicadas en 4a Avenida Norte. No.1-6 B, El Centro, La Unión, se ha presentado el propietario del certifi cado del depósito a plazo fi jo No. 01981 emitido el dieciocho de noviembre del 2015, a 180 días plazo y que solicita la reposición de dicho certifi cado por habérsele extraviado.
En consecuencia de lo anterior se hace del conocimiento al público en general para los efectos legales del caso.
Transcurridos treinta días después de la tercera publicación de este aviso, si no hubiera ninguna oposición, se procederá a reponer el certifi cado en referencia.
Dado en La Unión, a los veintitrés días del mes de agosto de 2016.
FLORESVINDA CHICAS,
JEFE DE NEGOCIOS.
3 v. alt. No. F011615-2
EL BANCO AGRICOLA, S. A.
AVISA: Que en su Agencia María Auxiliadora, de esta ciudad, se ha presentado parte interesada manifestando que ha extraviado el Certifi cado No.768-007514-7, amparado con el registro No.1223376 del Depósito a Plazo Fijo, constituido el 20/07/2015 a 90 días prorrogables, lo que hace del conocimiento público para efectos de reposición del Certifi cado relacionado conforme a los Artículos No. 486 y 932 del Código de Comercio Vigente.
En caso de que 30 días después de la tercera y última publicación
del presente aviso, el Banco no recibiera reclamo alguno a este respecto,
se hará la reposición del Certifi cado arriba mencionado.
San Salvador, 25 de Agosto de 2016.
BANCO AGRICOLA, S. A.
CARMEN FERNANDEZ,
GERENTE DEPTO. DE DEPOSITOS.
3 v. alt. No. F011646-2
EL BANCO AGRICOLA, S. A.
AVISA: Que en su Agencia Santa Elena, jurisdicción de Antiguo
Cuscatlán, Departamento de La Libertad, se ha presentado parte interesada
manifestando que ha extraviado el Certifi cado No.792-006733-5, ampa-
rado con el registro No.229810, del Depósito a Plazo Fijo, constituido el
5/10/1995 a 180 días prorrogables, lo que hace del conocimiento público
para efectos de reposición del Certifi cado relacionado conforme a los
Artículos No. 486 y 932 del Código de Comercio Vigente.
En caso de que 30 días después de la tercera y última publicación
del presente aviso, el Banco no recibiera reclamo alguno a este respecto,
se hará la reposición del Certifi cado arriba mencionado.
San Salvador, 25 de Agosto de 2016.
BANCO AGRICOLA, S.A.
CARMEN FERNANDEZ,
GERENTE DEPTO. DE DEPOSITOS.
3 v. alt. No. F011648-2
EL BANCO AGRICOLA, S. A.
AVISA: Que en su Agencia San Miguel, de la ciudad de San Miguel,
Departamento de San Miguel, se ha presentado parte interesada mani-
festando que ha extraviado el Certifi cado No.780- 055649-9, amparado
con el registro No.1231469 del Depósito a Plazo Fijo, constituido el
8/01/2016 a 180 días prorrogables, lo que hace del conocimiento público
para efectos de reposición del Certifi cado relacionado conforme a los
Artículos No. 486 y 932 del Código de Comercio Vigente.
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92 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 412
En caso de que 30 días después de la tercera y última publicación
del presente aviso, el Banco no recibiera reclamo alguno a este respecto,
se hará la reposición del Certifi cado arriba mencionado.
San Salvador, 25 de agosto de 2016.
BANCO AGRICOLA, S. A.
CARMEN FERNANDEZ,
GERENTE DEPTO. DE DEPOSITOS.
3 v. alt. No. F011649-2
EL BANCO AGRICOLA, S. A.
AVISA: Que en su Agencia Plaza León, de esta ciudad, se ha pre-
sentado parte interesada manifestando que ha extraviado el Certifi cado
No. 747-032508-3, amparado con el registro No.0556900 del Depósito a
Plazo Fijo, constituido el 17/08/2000, a 180 días prorrogables, respecti-
vamente, lo que hace del conocimiento público para efectos de reposición
del Certifi cado relacionado conforme a los Artículos No. 486 y 932 del
Código de Comercio Vigente.
En caso de que 30 días después de la tercera y última publicación
del presente aviso, el Banco no recibiera reclamo alguno a este respecto,
se hará la reposición del Certifi cado arriba mencionado.
San Salvador, 25 de agosto de 2016.
BANCO AGRICOLA, S.A.
CARMEN FERNANDEZ,
GERENTE DEPTO. DE DEPOSITOS.
3 v. alt. No. F011650-2
EL BANCO AGRICOLA, S. A.
AVISA: Que en su Agencia Plaza León, de esta ciudad, se ha pre-
sentado parte interesada manifestando que ha extraviado el Certifi cado
No. 702-020937-6, amparado con el registro No.1197604 del Depósito a
Plazo Fijo, constituido el 28/04/2014, a 180 días prorrogables, respecti-
vamente, lo que hace del conocimiento público para efectos de reposición
del Certifi cado relacionado conforme a los Artículos No. 486 y 932 del
Código de Comercio Vigente.
En caso de que 30 días después de la tercera y última publicación
del presente aviso, el Banco no recibiera reclamo alguno a este respecto,
se hará la reposición del Certifi cado arriba mencionado.
San Salvador, 25 de agosto de 2016.
BANCO AGRICOLA, S. A.
CARMEN FERNANDEZ,
GERENTE DEPTO. DE DEPOSITOS.
3 v. alt. No. F011652-2
EL BANCO AGRICOLA, S. A.
AVISA: Que en su Agencia San Vicente, de la ciudad de San Vi-
cente, Departamento de San Vicente, se ha presentado parte interesada
manifestando que ha extraviado el Certifi cado No.750-018086-8, ampa-
rado con el registro No.1021808 del Depósito a Plazo Fijo, constituido el
3/10/2008 a 360 días prorrogables, lo que hace del conocimiento público
para efectos de reposición del Certifi cado relacionado conforme a los
Artículos No. 486 y 932 del Código de Comercio Vigente.
En caso de que 30 días después de la tercera y última publicación
del presente aviso, el Banco no recibiera reclamo alguno a este respecto,
se hará la reposición del Certifi cado arriba mencionado.
San Salvador, 25 de agosto de 2016.
BANCO AGRICOLA, S. A.
CARMEN FERNANDEZ,
GERENTE DEPTO. DE DEPOSITOS.
3 v. alt. No. F011653-2
EL BANCO AGRICOLA, S. A.
AVISA: Que en su Agencia Masferrer, de esta ciudad, se ha pre-
sentado parte interesada manifestando que ha extraviado el Certifi cado
No.703-027792-9, amparado con el registro No. l198837 del Depósito
a Plazo Fijo, constituido el 27/06/2014 a 360 días prorrogables, lo que
hace del conocimiento público para efectos de reposición del Certifi ca-
do relacionado conforme a los Artículos No. 486 y 932 del Código de
Comercio Vigente.
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93DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 6 de Septiembre de 2016.
En caso de que 30 días después de la tercera y última publicación del presente aviso, el Banco no recibiera reclamo alguno a este respecto, se hará la reposición del Certifi cado arriba mencionado.
San Salvador, 25 de agosto de 2016.
BANCO AGRICOLA, S.A.
CARMEN FERNANDEZ,
GERENTE DEPTO. DE DEPOSITOS.
3 v. alt. No. F011654-2
EL BANCO AGRICOLA, S. A.
AVISA: Que en su Agencia Usulután, de la ciudad de Usulután, Departamento de Usulután, se ha presentado parte interesada manifes-tando que ha extraviado el Certifi cado No.751-065627-2, amparado con el registro No.1163775 del Depósito a Plazo Fijo, constituido el 15/10/2012 a 270 días prorrogables, lo que hace del conocimiento público para efectos de reposición del Certifi cado relacionado conforme a los Artículos No. 486 y 932 del Código de Comercio Vigente.
En caso de que 30 días después de la tercera y última publicación del presente aviso, el Banco no recibiera reclamo alguno a este respecto, se hará la reposición del Certifi cado arriba mencionado.
San Salvador, 25 de agosto de 2016.
BANCO AGRICOLA, S. A.
CARMEN FERNANDEZ,GERENTE DEPTO. DE DEPOSITOS.
3 v. alt. No. F011655-2
PROGRESO Y DESARROLLO S.A. DE C.V.
COMUNICA: Que a sus ofi cinas se ha presentado el señor RO-GER ROBERTO DIAZ, en calidad de propietario de los certifi cados de acciones números 634 y 1199 que amparan 1056.96 acciones numeradas de la 1213144 al 1219005 y del 1854857 al 1855050 respectivamente, solicitando la reposición de dichos certifi cados, por haber sido extravia-dos.
En consecuencia de lo anterior se hace del conocimiento al público para los efectos legales del caso, transcurridos treinta días después de la tercera publicación y si no hubiere oposición, se procederá a reponer los certifi cados en referencia.
San Salvador, a los 6 días del mes enero de 2016.
LIC. JOSE ALVARO ALEGRIA RODRIGUEZ,
SECRETARIO DE LA JUNTA DIRECTIVA.
3 v. alt. No. F011764-2
LA CAJA DE CREDITO DE USULUTAN, SOCIEDAD COOPE-
RATIVA DE RESPONSABILIDAD LIMITADA DE CAPITAL
VARIABLE.
AVISA: Al público que la señora ROSA MARIA PENADO, es socio
activo y se ha presentado a las ofi cinas de LA CAJA DE CREDITO DE
USULUTAN, SOCIEDAD COOPERATIVA DE RESPONSABILIDAD
LIMITADA DE CAPITAL VARIABLE, ubicadas en segunda calle
oriente y cuarta avenida norte, número nueve, Usulután, manifestando
que extravió su Certifi cado de acciones, serie "A", No.7139, que ampara
CIENTO DIEZ, por lo que solicita su Reposición.
Si transcurrido 30 días, después de la última publicación, no se
recibe ninguna oposición a este respecto, LA CAJA DE CREDITO DE
USULUTAN, SOCIEDAD COOPERATIVA DE RESPONSABILIDAD
LIMITADA DE CAPITAL VARIABLE, procederá a reponer dichos
certifi cados.
Usulután, 03 de agosto de 2016.
LUIS ALONSO ARCE,
DIRECTOR PRESIDENTE.
3 v. alt. No. F011820-2
LA CAJA DE CREDITO DE USULUTAN, SOCIEDAD COOPE-
RATIVA DE RESPONSABILIDAD LIMITADA DE CAPITAL
VARIABLE.
AVISA: Al público que la señora ROSA ELENA VARGAS DE
HERNÁNDEZ, es socio activo y se ha presentado a las ofi cinas de LA
CAJA DE CREDITO DE USULUTAN, SOCIEDAD COOPERATIVA
DE RESPONSABILIDAD LIMITADA DE CAPITAL VARIABLE,
ubicadas en segunda calle oriente y cuarta avenida norte, número nueve,
Usulután, manifestando que extravió su Certifi cado de acciones, serie
"A", No.9799, que ampara DOSCIENTAS NUEVE ACCIONES, por
lo que solicita su Reposición.
Si transcurrido 30 días, después de la última publicación, no se
recibe ninguna oposición a este respecto, LA CAJA DE CREDITO DE
USULUTAN, SOCIEDAD COOPERATIVA DE RESPONSABILIDAD
LIMITADA DE CAPITAL VARIABLE, procederá a reponer dichos
certifi cados.
Usulután, 13 de julio de 2016.
LUIS ALONSO ARCE,
DIRECTOR PRESIDENTE.
3 v. alt. No. F011821-2
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94 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 412
TITULO MUNICIPAL
ELIZANDRO RIVERA, Alcalde del municipio de Dulce Nombre de
María, al público para los efectos de la Ley,
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado: el señor
MAYNOR LEE GOMEZ GOMEZ mayor de edad, Licenciado en
Ciencias Jurídicas, del domicilio de Nueva Concepción, departamento
de Chalatenango, portador de su Documento Único de Identidad número
cero uno uno seis dos seis dos siete - cinco en calidad de Autorizado de
la señora GLADIS ESMERALDA VALDEZ DE ALAS, de Treinta y
Ocho años de edad, Empleada, del domicilio de Westbury, New York,
Estados Unidos de América, con Documento Único de Identidad Nú-
mero cero cuatro cero dos cero uno siete cuatro - tres, y con Número
de Identifi cación Tributaria cero cuatro cero ocho - uno siete cero siete
siete ocho - uno cero uno – uno. Solicitándome se le extienda TÍTULO
MUNICIPAL DE PROPIEDAD, de un inmueble Urbano SITUADO EN
EL BARRIO EL CARMEN, PASAJE SIN NUMERO, JURISDICCION
DE DULCE NOMBRE DE MARIA, DEPARTAMENTO DE CHALA-
TENANGO. DE UNA CAPACIDAD SUPERFICIAL DE OCHENTA Y
DOS PUNTO CUARENTA Y TRES METROS CUADRADOS, de las
medidas y linderos siguientes: AL NORTE: mide trece metros noventa
centímetros, en línea recta por pared de ladrillo de block propia, linda
con solar de Manuel Quijada; AL ORIENTE: mide cinco metros ochenta
y seis centímetros en línea recta por pared de ladrillo de block propia,
linda con Manuel López Salguero; AL SUR: mide trece metros noventa
centímetros en línea recta por pared de block propia, colinda con Luis
Fuentes Cruz; Y AL PONIENTE: mide seis metros veinte centímetros
en línea recta por pared de block propia, linda con Félix Adán Gutiérrez
y Emilia Melgar, dividido por calle pública de por medio, en el cual
existe una casa, techo de lámina galvanizada sobre paredes de ladrillo
de block; y lo valúa en la cantidad de VEINTICINCO MIL DOLARES
DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA.
Lo que se avisa al público para efectos de ley.
Dulce Nombre de María, a los veintidós días de agosto del dos
mil dieciséis.- ELISANDRO LEÓN RIVERA, ALCALDE MUNICI-
PAL.- ENRIQUE GEOVANI PÉREZ LANDAVERDE, SECRETARIO
MUNICIPAL.
3 v. alt. No. C000456-2
EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL,
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado el Licenciado
SEGUNDO ANTONIO JOVEL CARRILLO, de cincuenta y tres años de
edad, Abogado, de este domicilio, con Documento Único de Identidad
número cero uno cinco cero seis siete seis seis-nueve, con Número de Iden-
tifi cación Tributaria uno cero cero uno-tres cero cero siete seis dos-cero
cero uno-nueve, y Tarjeta de Abogado número uno cero seis ocho ocho,
en su calidad de Apoderado General Judicial con Cláusula Especial de la
señora MARIA REINA DEL CARMEN SANCHEZ DE MORALES;
de cincuenta y tres años de edad, Ama de Casa, de este domicilio, con
Documento Único de Identidad número cero cuatro uno seis cero cuatro
dos dos-nueve; y Número de Identifi cación Tributaria cero nueve cero
dos–uno seis cero siete seis dos-uno cero uno-dos; quien de conformidad
al Artículo Uno de la Ley sobre Títulos de Predios Urbanos, solicita
título de un inmueble de naturaleza urbana, situado en el BARRIO EL
CALVARIO, COLONIA EL ESPINITO, Municipio de Sensuntepeque,
Departamento de Cabañas, de una extensión superfi cial de CINCUENTA
Y CUATRO PUNTO CERO CERO METROS CUADRADOS, el que
se describe así: LINDERO NORTE, partiendo del vértice Nor Poniente
está formado por un tramo con los siguientes rumbos y distancias: Tramo
uno, Norte setenta y ocho grados cuarenta y cinco minutos cuarenta y
ocho segundos Este con una distancia de nueve punto cero cero metros;
colindando con JOSE ANTONIO HERNANDEZ MORALES, con
pared de ladrillo propio. LINDERO ORIENTE, partiendo del vértice
Nor Oriente está formado por un tramo con los siguientes rumbos y
distancias: Tramo uno, Sur diez grados veintinueve minutos treinta y
seis segundos Este con una distancia de seis punto cero cero metros;
colindando con ROSA ELVIRA MELENDEZ, con pared de ladrillo
propia. LINDERO SUR, partiendo del vértice Suroriente está formado
por un tramo con los siguientes rumbos y distancias: Tramo uno, Sur
setenta y ocho grados cuarenta y cinco minutos cuarenta y ocho segundos
Oeste con una distancia de nueve punto cero cero metros; colindando
con CARLOS ANTONIO SANCHEZ BLANCO, con pared de ladrillo
propia. LINDERO PONIENTE, partiendo del vértice Sur Poniente está
formado por un tramo con los siguientes rumbos y distancias: Tramo uno,
Norte diez grados veintinueve minutos treinta y seis segundos Oeste con
una distancia de seis punto cero cero metros; colindando con CARLOS
ALEJANDRO MARTINEZ ALAS, y EMPERATRIZ BAIRES, con
Calle Nacional de por medio. Así se llega al vértice Nor Poniente, que
es el punto donde se inició esta descripción. El inmueble antes descrito
lo valora en CINCO MIL DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE
AMÉRICA, y lo obtuvo por compraventa que hizo a la señora Blanca
Lidia Iraheta, según Escritura Pública de Compraventa otorgada en la
Ciudad de Sensuntepeque, a las quince horas del día treinta de abril de
mil novecientos noventa y seis, ante los ofi cios del Notario Julio César
Salguero Ortiz, la posesión suma más de diez años consecutivos y la ha
ejercido de forma quieta, pacífi ca e ininterrumpida y sin proindivisión con
terceros. Dicho inmueble no es dominante ni sirviente, ni tiene cargas ni
gravámenes de ninguna naturaleza a favor de terceros. Los colindantes
son de este domicilio. Se previene a las personas que deseen presentar
oposición alguna a las pretensiones de la solicitante, lo hagan dentro del
término legal en Avenida Libertad y Calle Doctor Jesús Velasco número
Dos, Barrio San Antonio de la Ciudad de Sensuntepeque, Cabañas.
Sensuntepeque, a los doce días del mes de julio del año dos mil
dieciséis. ING. JESÚS EDGAR BONILLA NAVARRETE, ALCALDE
MUNICIPAL.- ROSALINA CUELLAR ECHEVERRÍA, SECRETARIA
MUNICIPAL.
3 v. alt. No. F011563-2
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95DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 6 de Septiembre de 2016. MARCA DE SERVICIOS
No. de Expediente: 2016153499
No. de Presentación: 20160236242
CLASE: 36.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado MANUEL
FRANCISCO TELLES SUVILLAGA, en su calidad de GESTOR OFI-
CIOSO de BANCO CUSCATLAN DE EL SALVADOR, SOCIEDAD
ANONIMA que se abrevia: BANCO CUSCATLAN DE EL SALVA-
DOR, S.A., BANCO CUSCATLAN, S.A., de nacionalidad SALVA-
DOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,
BCU
Consistente en: las letras BCU, que servirá para: AMPARAR:
SERVICIOS FINANCIEROS INCLUYENDO: ACTIVIDADES
BANCARIAS, AGENCIAS DE CRÉDITO, SERVICIOS DE ANÁ-
LISIS FINANCIEROS, SERVICIOS DE BANCA A DISTANCIA
(HOME BANKING), SERVICIOS DE BANCA EN CASA (HOME
BANKING), SERVICIOS DE DEPÓSITO EN CAJAS DE SEGURI-
DAD, OPERACIONES DE CAMBIO, INVERSIÓN DE CAPITAL,
EMISIÓN DE CHEQUES DE VIAJE, VERIFICACIÓN DE CHEQUE,
CONSULTORÍA FINANCIERA, CORRETAJE DE VALORES, CO-
RRETAJE DE BOLSA, DEPÓSITOS DE VALORES, EMISIÓN DE
BONOS DE VALOR, EMISIÓN DE TARJETAS DE CRÉDITO Y
DÉBITO, EVALUACIÓN FINANCIERA (SEGUROS, BANCOS Y
BIENES INMUEBLES), SERVICIOS FIDUCIARIOS, INVERSIÓN DE
FONDOS, FONDOS MUTUOS DE INVERSIÓN, TRANSFERENCIA
ELECTRÓNICA DE FONDOS, OPERACIONES DE CAMBIO, PRÉS-
TAMOS A PLAZOS, PRÉSTAMOS PIGNORATICIOS, PRÉSTAMOS
CON GARANTÍA, PRÉSTAMOS PRENDARIOS; SERVICIOS DE
OPERACIONES MONETARIAS; NEGOCIOS INMOBILIARIOS;
Y SERVICIOS DE CORRETAJE DE ACCIONES Y BONOS. Clase:
36.
La solicitud fue presentada el día once de julio del año dos mil
dieciséis.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
catorce de julio del año dos mil dieciséis.
LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C000419-2
No. de Expediente: 2016153501
No. de Presentación: 20160236244
CLASE: 36.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado MANUEL
FRANCISCO TELLES SUVILLAGA, en su calidad de GESTOR
OFICIOSO de BANCO CUSCATLAN, SOCIEDAD ANONIMA que
se abrevia: BANCO CUSCATLAN, S.A, de nacionalidad SALVADO-
REÑA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,
BANCO BCU
Consistente en: las palabras BANCO BCU, que servirá para:
AMPARAR: SERVICIOS FINANCIEROS INCLUYENDO: ACTIVI-
DADES BANCARIAS, AGENCIAS DE CRÉDITO, SERVICIOS DE
ANÁLISIS FINANCIEROS, SERVICIOS DE BANCA A DISTACIA
(HOME BANKING), SERVICIOS DE BANCA EN CASA (HOME
BANKING), SERVICIOS DE DEPÓSITOS EN CAJAS DE SEGU-
RIDAD, OPERACIONES DE CAMBIO, INVERSIÓN DE CAPITAL,
EMISIÓN DE CHEQUES DE VIAJE, VERIFICACIÓN DE CHEQUE,
CONSULTORÍA FINANCIERA, CORRETAJE DE VALORES, CO-
RRETAJE DE BOLSA, DEPÓSITOS DE VALORES, EMISIÓN DE
BONOS DE VALOR, EMISIÓN DE TARJETAS DE CRÉDITO Y
DÉBITO, EVALUACIÓN FINANCIERA (SEGUROS, BANCOS Y
BIENES INMUEBLES), SERVICIOS FIDUCIARIOS, INVERSIÓN DE
FONDOS, FONDOS MUTUOS DE INVERSIÓN, TRANSFERENCIA
ELECTRÓNICA DE FONDOS, OPERACIONES DE CAMBIO, PRÉS-
TAMOS A PLAZOS, PRÉSTAMOS PIGNORATICIOS, PRÉSTAMOS
CON GARANTÍA, PRÉSTAMOS PRENDARIOS; SERVICIOS DE
OPERACIONES MONETARIAS; NEGOCIOS INMOBILIARIOS;
Y SERVICIOS DE CORRETAJE DE ACCIONES Y BONOS. Clase:
36.
La solicitud fue presentada el día once de julio del año dos mil
dieciséis.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
catorce de julio del año dos mil dieciséis.
LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
SILVIA LORENA VEGA CHICAS,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C000421-2
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96 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 412
No. de Expediente: 2016151845
No. de Presentación: 20160233102
CLASE: 36.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado MANUEL
FRANCISCO TELLES SUVILLAGA, en su calidad de APODERADO
DE INVERSIONES IMPERIA EL SALVADOR, SOCIEDAD ANO-
NIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: INVERSIONES
IMPERIA EL SALVADOR, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVA-
DOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,
Consistente en: un diseño identifi cado como Isotipo Banco, que
servirá para: AMPARAR: SERVICIOS EN EL TEMA DE SEGUROS
INCLUYENDO CONSULTORÍA EN MATERIA DE SEGUROS, SUS-
CRIPCIÓN DE SEGUROS CONTRA INCENDIOS, ACCIDENTES, DE
VIDA Y MÉDICOS; CORRETAJE DE ACCIONES Y BONOS; SERVI-
CIOS FINANCIEROS INCLUYENDO: ACTIVIDADES BANCARIAS,
AGENCIAS DE CRÉDITO, SERVICIOS DE ANÁLISIS FINANCIE-
ROS, SERVICIOS DE BANCA A DISTANCIA (HOME BANKING),
SERVICIOS DE BANCA EN CASA (HOME BANKING), SERVICIOS
DE DEPÓSITO EN CAJAS DE SEGURIDAD, OPERACIONES DE
CAMBIO, INVERSIÓN DE CAPITAL, EMISIÓN DE CHEQUES DE
VIAJE, VERIFICACIÓN DE CHEQUE, CONSULTORÍA FINAN-
CIERA, CORRETAJE DE VALORES, CORRETAJE DE BOLSA,
DEPÓSITOS DE VALORES, EMISIÓN DE BONOS DE VALOR,
EMISIÓN DE TARJETAS DE CRÉDITO Y DÉBITO, EVALUACIÓN
FINANCIERA (SEGUROS, BANCOS Y BIENES INMUEBLES),
SERVICIOS FIDUCIARIOS, INVERSIÓN DE FONDOS, FONDOS
MUTUOS DE INVERSIÓN, TRANSFERENCIA ELECTRÓNICA DE
FONDOS, OPERACIONES DE CAMBIO, PRÉSTAMOS A PLAZOS,
PRÉSTAMOS PIGNORATICIOS, PRÉSTAMOS CON GARANTÍA,
PRÉSTAMOS PRENDARIOS; SERVICIOS DE OPERACIONES
MONETARIAS; Y NEGOCIOS INMOBILIARIOS. Clase: 36.
La solicitud fue presentada el día tres de mayo del año dos mil
dieciséis.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
quince de julio del año dos mil dieciséis.
MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,
REGISTRADOR.
SAYONARA AYALA DE GUERRERO,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C000422-2
No. de Expediente: 2016153500
No. de Presentación: 20160236243
CLASE: 36.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado MANUEL
FRANCISCO TELLES SUVILLAGA, en su calidad de GESTOR OFI-
CIOSO de BANCO CUSCATLAN DE EL SALVADOR, SOCIEDAD
ANONIMA que se abrevia: BANCO CUSCATLAN DE EL SALVADOR,
S.A., BANCO CUSCATLAN, S.A., BCU, S.A., de nacionalidad SAL-
VADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,
METROBANCO
Consistente en: la palabra METROBANCO, que servirá para:
AMPARAR: SERVICIOS FINANCIEROS INCLUYENDO: ACTIVI-
DADES BANCARIAS, AGENCIAS DE CRÉDITO, SERVICIOS DE
ANÁLISIS FINANCIEROS, SERVICIOS DE BANCA A DISTANCIA
(HOME BANKING), SERVICIOS DE BANCA EN CASA (HOME
BANKING), SERVICIOS DE DEPÓSITO EN CAJAS DE SEGURI-
DAD, OPERACIONES DE CAMBIO, INVERSIÓN DE CAPITAL,
EMISIÓN DE CHEQUES DE VIAJE, VERIFICACIÓN DE CHEQUE,
CONSULTORÍA FINANCIERA, CORRETAJE DE VALORES, CO-
RRETAJE DE BOLSA, DEPÓSITOS DE VALORES, EMISIÓN DE
BONOS DE VALOR, EMISIÓN DE TARJETAS DE CRÉDITO Y
DÉBITO, EVALUACIÓN FINANCIERA (SEGUROS, BANCOS Y
BIENES INMUEBLES), SERVICIOS FIDUCIARIOS, INVERSIÓN DE
FONDOS, FONDOS MUTUOS DE INVERSIÓN, TRANSFERENCIA
ELECTRÓNICA DE FONDOS, OPERACIONES DE CAMBIO, PRÉS-
TAMOS A PLAZOS, PRÉSTAMOS PIGNORATICIOS, PRÉSTAMOS
CON GARANTÍAS, PRÉSTAMOS PRENDARIOS; SERVICIOS DE
OPERACIONES MONETARIAS; NEGOCIOS INMOBILIARIOS;
Y SERVICIOS DE CORRETAJE DE ACCIONES Y BONOS. Clase:
36.
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97DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 6 de Septiembre de 2016.
La solicitud fue presentada el día once de julio del año dos mil
dieciséis.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
catorce de julio del año dos mil dieciséis.
GEORGINA VIANA CANIZALEZ,
REGISTRADORA.
JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C000423-2
No. de Expediente: 2016152661
No. de Presentación: 20160234643
CLASE: 44.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado ESTEBAN
FERNANDO NICOLAS MELGAR GOMEZ, de nacionalidad SAL-
VADOREÑA, en su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro
de la MARCA DE SERVICIOS,
Consistente en: las palabras MR.SPA y diseño, que se traduce al
castellano como SEÑOR SPA, aclarando que según el Art. 29 de la Ley
de Marcas y Otros Signos Distintivos, se le concede exclusividad de
los elementos que componen la marca en su conjunto tal como ha sido
presentada y no sobre los elementos denominativos individualmente
considerados, ya que éstos son de uso común o necesarios en el comercio,
que servirá para: AMPARAR: SERVICIOS DE TRATAMIENTOS DE
HIGIENE Y DE BELLEZA PARA PERSONAS; SPA. Clase: 44.
La solicitud fue presentada el día nueve de junio del año dos mil
dieciséis.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
once de julio del año dos mil dieciséis.
MELVY ELIZABETH CORTEZ VANEGAS,
REGISTRADORA.
GUILLERMO ALFONSO LOPEZ CHAVEZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C000428-2
No. de Expediente: 2016153080
No. de Presentación: 20160235280
CLASE: 43.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado OMAR
ADALID FLORES MERCADO, en su calidad de APODERADO de
CORPORACION PIRAMIDE, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL
VARIABLE, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro
de la MARCA DE SERVICIOS,
Consistente en: las palabras Comida CASUAL y diseño. Sobre
el uso de los elementos denominativos que componen la marca, indivi-
dualmente considerados no se concede exclusividad, que servirá para:
AMPARAR: SERVICIOS DE RESTAURANTES. Clase: 43.
La solicitud fue presentada el día veinticuatro de junio del año dos
mil dieciséis.
DIARIO
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98 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 412
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
veintiocho de junio del año dos mil dieciséis.
MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,
REGISTRADOR.
NERY CRISTIANS STANLEY PORTILLO LOPEZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C000431-2
No. de Expediente: 2016152712
No. de Presentación: 20160234773
CLASE: 43.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado OMAR
ADALID FLORES MERCADO, en su calidad de APODERADO de
CORPORACION PIRAMIDE, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL
VARIABLE, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro
de la MARCA DE SERVICIOS,
Consistente en: la palabra ROADHOUSE GRILL y diseño, traducida
al castellano como: Parrilla del Restaurante de Carretera, que servirá
para: AMPARAR: SERVICIOS DE RESTAURANTES. Clase: 43.
La solicitud fue presentada el día trece de junio del año dos mil
dieciséis.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
catorce de junio del año dos mil dieciséis.
DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,
REGISTRADOR.
RUTH NOEMI PERAZA GALDAMEZ,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C000434-2
No. de Expediente: 2016153255
No. de Presentación: 20160235758
CLASE: 43.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado OMAR
ADALID FLORES MERCADO, en su calidad de APODERADO de
CORPORACION PIRAMIDE, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL
VARIABLE, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro
de la MARCA DE SERVICIOS,
Consistente en: la palabra RIBOLUTION y diseño, que servirá
para: AMPARAR: SERVICIOS DE RESTAURANTE. Clase: 43.
La solicitud fue presentada el día cuatro de julio del año dos mil
dieciséis.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
cinco de julio del año dos mil dieciséis.
LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C000440-2
No. de Expediente: 2016153257
No. de Presentación: 20160235760
CLASE: 43.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado OMAR
ADALID FLORES MERCADO, en su calidad de APODERADO de
DIARIO
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99DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 6 de Septiembre de 2016.
CORPORACION PIRAMIDE, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL
VARIABLE, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro
de la MARCA DE SERVICIOS,
Consistente en: las palabras NEVER ENDING PASTA BOWL
PASTA SIN FIN y diseño, que se traducen al castellano como: TAZON
DE PASTA SIN FIN. Sobre el uso de los elementos denominativos que
componen la marca, aisladamente considerados no se concede exclusivi-
dad, que servirá para: AMPARAR: SERVICIOS DE RESTAURANTES.
Clase: 43.
La solicitud fue presentada el día cuatro de julio del año dos mil
dieciséis.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
seis de julio del año dos mil dieciséis.
MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,
REGISTRADOR.
SAYONARA AYALA DE GUERRERO,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C000441-2
No. de Expediente: 2016151806
No. de Presentación: 20160232946
CLASE: 41.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado ELMER
ERNESTO CALDERON FLORES, en su calidad de REPRESENTANTE
LEGAL de IMPORTACIONES EXCLUSIVAS, SOCIEDAD ANONI-
MA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: IEX, S.A. DE C.V., de
nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA
DE SERVICIOS,
Consistente en: las palabras NEW AMERICAN Cooking Studio y
diseño, que se traducen al castellano como NUEVO ESTUDIO AME-
RICANO DE COCINA. Sobre el uso de los elementos denominativos
que componen la marca, aisladamente considerados no se concede
exclusividad, que servirá para: AMPARAR: EDUCACIÓN, FOR-
MACIÓN, SERVICIOS DE ENTRETENIMIENTO, ACTIVIDADES
DEPORTIVAS Y CULTURALES. Clase: 41.
La solicitud fue presentada el día veintinueve de abril del año dos
mil dieciséis.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
once de agosto del año dos mil dieciséis.
MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,
REGISTRADOR.
SAYONARA AYALA DE GUERRERO,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C000451-2
No. de Expediente: 2016151052
No. de Presentación: 20160231580
CLASE: 42.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado FRANCISCO
JAVIER MEJIA ESCOBAR, en su calidad de APODERADO ESPECIAL
de PHARMA DEVELOPMENT S.A., de nacionalidad ARGENTINA,
solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,
MEYER
Consistente en: la palabra MEYER, que servirá para: AMPARAR:
SERVICIOS CIENTÍFICOS Y TECNOLÓGICOS, ASÍ COMO SER-
VICIOS DE INVESTIGACIÓN Y DISEÑO EN ESTOS ÁMBITOS;
SERVICIOS DE ANÁLISIS E INVESTIGACIÓN INDUSTRIALES;
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100 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 412
DISEÑO Y DESARROLLO DE EQUIPOS INFORMÁTICOS Y DE
SOFTWARE. Clase: 42.
La solicitud fue presentada el día treinta y uno de marzo del año
dos mil dieciséis.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
cinco de abril del año dos mil dieciséis.
DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,
REGISTRADOR.
RUTH NOEMI PERAZA GALDAMEZ,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F011533-2
No. de Expediente: 2015148442
No. de Presentación: 20150226200
CLASE: 43.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado MIRNA
MARISOL LEMUS DE VIDAL, de nacionalidad SALVADOREÑA,
en su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro de la MARCA
DE SERVICIOS,
Consistente en: la frase VACPOLLO y diseño, que servirá para:
AMPARAR: RESTAURANTE. Clase: 43.
La solicitud fue presentada el día veintisiete de noviembre del año
dos mil quince.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
cinco de mayo del año dos mil dieciséis.
MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,
REGISTRADOR.
NERY CRISTIANS STANLEY PORTILLO LOPEZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F011622-2
No. de Expediente: 2016153594
No. de Presentación: 20160236409
CLASE: 36.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado JOSE
EDUARDO LUNA ROSHARDT, en su calidad de REPRESENTANTE
LEGAL de BANCO CUSCATLAN DE EL SALVADOR, SOCIEDAD
ANONIMA que se abrevia: BANCO CUSCATLAN DE EL SALVA-
DOR, S.A., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro
de la MARCA DE SERVICIOS,
Consistente en: un diseño, que servirá para: AMPARAR: OPE-
RACIONES FINANCIERAS Y MONETARIAS. Clase: 36.
La solicitud fue presentada el día quince de julio del año dos mil
dieciséis.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
veinte de julio del año dos mil dieciséis.
MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,
REGISTRADOR.
NERY CRISTIANS STANLEY PORTILLO LOPEZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F011644-2
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101DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 6 de Septiembre de 2016.
REPOSICIÓN DE PÓLIZA DE SEGURO
AVISO
MAPFRE La Centro Americana, S.A., hace del conocimiento del público en general, que se ha presentado GUILLERMO RIVERA SALAZAR del domicilio de SANTA ANA, solicitando reposición de su póliza de seguro de vida 15744 emitida el 31/08/2009. Si dentro de 30 días contados a partir de la última publicación de este aviso no se presentare oposición se procederá a reponer la mencionada póliza.
San Salvador, 22 de agosto de 2016.
ANA ELIZABETH DE DOMÍNGUEZ,
RESPONSABLE DE VIDA INDIVIDUAL Y DECESOS.
3 v. alt. No. C000453-2
AVISO
MAPFRE La Centro Americana, S.A., hace del conocimiento del público en general, que se ha presentado JOSE ISMAEL ALVARADO AYALA del domicilio de SAN VICENTE, solicitando reposición de su póliza de seguro de vida 99005694 emitida el 23/11/2004. Si dentro de 30 días contados a partir de la última publicación de este aviso no se presentare oposición se procederá a reponer la mencionada póliza.
San Salvador, 18 de agosto de 2016.
ANA ELIZABETH DE DOMÍNGUEZ,RESPONSABLE DE VIDA INDIVIDUAL Y DECESOS.
3 v. alt. No. C000454-2
AVISO
MAPFRE La Centro Americana, S.A., hace del conocimiento del pú-blico en general, que se ha presentado SARA SILVIA HERNANDEZ MORAN del domicilio de SANTA ANA, solicitando reposición de su póliza de seguro de vida 18097 emitida el 27/10/2011. Si dentro de 30 días contados a partir de la última publicación de este aviso no se presentare oposición se procederá a reponer la mencionada póliza.
San Salvador, 24 de agosto de 2016.
ANA ELIZABETH DE DOMÍNGUEZ,
RESPONSABLE DE VIDA INDIVIDUAL Y DECESOS.
3 v. alt. No. C000455-2
MARCA DE PRODUCTO
No. de Expediente: 2016153789
No. de Presentación: 20160236733
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado ARGEN-TINA CECIBEL ROMERO SOSA, en su calidad de APODERADO de
ANGELFU, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se
abrevia: ANGELFU, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA,
solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO.
BALSAMICO
UNGUENTO
TOPICO GMS
Consistente en: las palabras: BALSÁMICO UNGUENTO TÓPICO GMS, sobre las palabras BALSAMICO, UNGUENTO Y TOPICO, individualmente no se le concede exclusividad, que servirá para: AM-PARAR: PRODUCTOS FARMACÉUTICOS. Clase: 05.
La solicitud fue presentada el día veinticinco de julio del año dos mil dieciséis.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, dieciocho de agosto del año dos mil dieciséis.
DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ,
REGISTRADOR.
LUCÍA MARGARITA GALÁN ARGUETA,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C000416-2
No. de Expediente: 2016153788
No. de Presentación: 20160236732
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado ARGEN-TINA CECIBEL ROMERO SOSA, en su calidad de APODERADO de ANGELFU, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: ANGELFU, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO.
G. M. S. BALSAMICO
UNGUENTO
TOPICO
Consistente en: la palabra G M S BALSAMICO UNGUENTO TOPICO, sobre las términos de uso comúin BALSAMICO UNGUENTO TOPICO individualmente no se le concede exclusividad, que servirá para: AMPARAR: PRODUCTOS FARMACÉUTICOS. Clase: 05.
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102 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 412
La solicitud fue presentada el día veinticinco de julio del año dos mil dieciséis.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, dieciocho de agosto del año dos mil dieciséis.
DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ,
REGISTRADOR.
LUCÍA MARGARITA GALÁN ARGUETA,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C000417-2
No. de Expediente: 2016149720
No. de Presentación: 20160228672
CLASE: 25.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado DANILO RODRIGUEZ VILLAMIL, en su calidad de APODERADO de Co-mercializadora Arturo Calle S.A.S, de nacionalidad COLOMBIANA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO.
Consistente en: AC ARTURO CALLE y diseño, sobre los ele-mentos denominativos, individualmente considerados, no se concede exclusividad, que servirá para: AMPARAR: PRENDAS DE VESTIR, CALZADO, ARTICULOS DE SOMBRERERIA. Clase: 25.
La solicitud fue presentada el día veintisiete de enero del año dos mil dieciséis.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, catorce de julio del año dos mil dieciséis.
MAURICIO ENRIQUE SÁNCHEZ VÁSQUEZ,
REGISTRADOR.
NERY CRISTIANS STANLEY PORTILLO LÓPEZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C000420-2
No. de Expediente: 2016152227
No. de Presentación: 20160233887
CLASE: 29.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado LUIS
ALONSO NAVARRETE SOTO, en su calidad de APODERADO de
CORPORACION PIRAMIDE, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL
VARIABLE, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro
de la MARCA DE PRODUCTO.
Consistente en: las palabras THE CHICKEN WINGS Experts y
diseño traducida al astellano como LOS EXPERTOS DE LAS ALITAS
DE POLLO, que servirá para: AMPARAR: ALITAS DE POLLO. Clase:
29.
La solicitud fue presentada el día veintitrés de mayo del año dos
mil dieciséis.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
veintiséis de mayo del año dos mil dieciséis.
DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ,
REGISTRADOR.
RUTH NOEMÍ PERAZA GALDÁMEZ,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C000435-2
No. de Expediente: 2016150595
No. de Presentación: 20160230634
CLASE: 30.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado
GUILLERMO GUILLEN PORRAS, en su calidad de APODERADO
GENERAL JUDICIAL de CENTRAL DULCERA, SOCIEDAD ANO-
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103DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 6 de Septiembre de 2016.
NIMA DE CAPITAL VARIABLE, de nacionalidad SALVADOREÑA,
solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO.
Consistente en: las palabras Chiclin Sabor Coco y diseño, que servirá
para: AMPARAR: CARAMELO RELLENO DE CHICLE SABOR A
COCO. Clase: 30.
La solicitud fue presentada el día cuatro de marzo del año dos mil
dieciséis.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
veintisiete de julio del año dos mil dieciséis.
MAURICIO ENRIQUE SÁNCHEZ VÁSQUEZ,
REGISTRADOR.
NERY CRISTIANS STANLEY PORTILLO LÓPEZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C000457-2
No. de Expediente: 2016150594
No. de Presentación: 20160230633
CLASE: 30.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado
GUILLERMO GUILLEN PORRAS, en su calidad de APODERADO
de CENTRAL DULCERA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL
VARIABLE, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro
de la MARCA DE PRODUCTO.
Consistente en: la frase CHICLIN SABOR MENTA y diseño, que
servirá para: AMPARAR. CARAMELOS RELLENOS DE CHICLE
SABOR A MENTA. Clase: 30.
La solicitud fue presentada el día cuatro de marzo del año dos mil
dieciséis.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
veintiocho de julio del año dos mil dieciséis.
DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ,
REGISTRADOR.
LUCÍA MARGARITA GALÁN ARGUETA,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C000458-2
No. de Expediente: 2016150596
No. de Presentación: 20160230635
CLASE: 30.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado
GUILLERMO GUILLEN PORRAS, en su calidad de APODERADO
de CENTRAL DULCERA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL
VARIABLE, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro
de la MARCA DE PRODUCTO.
Consistente en: las palabras CHICLIN SABOR MANGO y diseño,
que servirá para: AMPARAR: CARAMELO RELLENO DE CHICLE
SABOR A MANGO. Clase: 30.
La solicitud fue presentada el día cuatro de marzo del año dos mil
dieciséis.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
veintisiete de julio del año dos mil dieciséis.
LICDA. HAZEL VIOLETA ARÉVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
SILVIA LORENA VEGA CHICAS,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C000459-2
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104 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 412
No. de Expediente: 2014135664
No. de Presentación: 20140201649
CLASE: 09, 14.
LA INFRASCRITA REGISTRADORA.
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado EDNA CAROLINA LOPEZ TOLEDO, en su calidad de APODERADO de SAMSUNG ELECTRONICS CO., LTD., de nacionalidad COREANA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO.
SAMSUNG GEAR BLINK
Consistente en: las palabras SAMSUNG GEAR BLINK, que se traducen al castellano como Samsung Engranaje Parpadear, que servirá para: AMPARAR: TELÉFONOS MÓVILES; TABLETAS; CÁMARAS DIGITALES; REPRODUCTORES DE MULTIMEDIA PORTÁTILES; COMPUTADORAS PORTÁTILES; AUDÍFONOS INALÁMBRICOS PARA TELÉFONOS MÓVILES, TELÉFONOS INTELIGENTES Y TABLETAS; BATERÍAS RECARGABLES; CARGADORES DE BATERÍAS; ESTUCHES DE CUERO PARA TELÉFONOS MÓVI-LES, TELÉFONOS INTELIGENTES Y TABLETAS; CUBIERTAS PARA TELÉFONOS MÓVILES; TELÉFONOS INTELIGENTES Y TABLETAS; RECEPTORES DE TELEVISIÓN; COMPONENTES ELECTRÓNICOS DE AUDIO, ES DECIR, SISTEMA DE SONIDO ENVOLVENTE; CAJAS DESCODIFICADORAS DIGITALES; REPRODUCTORES DE DVD; PANTALLAS DE DIODO EMISO-RAS DE LUZ; MONITORES; ANTEOJOS TRIDIMENSIONALES; COMPUTADORAS; IMPRESORAS; SEMICONDUCTORES; PE-RIFÉRICOS DE ORDENADORES PORTÁTILES; PERIFÉRICOS PORTÁTILES PARA DISPOSITIVOS MÓVILES; ORDENADORES PORTÁTILES; TELÉFONOS MÓVILES PORTÁTILES; TELÉFO-NOS INTELIGENTE EN FORMA DE RELOJ; DISPOSITIVOS POR-TÁTILES EN LA FORMA DE UNA CORREA DE RELOJ. Clase: 09. Para: AMPARAR: RELOJES, BANDAS DE RELOJ Y BRAZALETES, POR MEDIO DE LOS CUALES SE PODRÁN TRANSMITIR DATOS A LOS: A) ASISTENTES DIGITALES PERSONALES (PDA), B) TE-LÉFONOS INTELIGENTES, C) TABLETAS Y COMPUTADORAS PERSONALES, A TRAVÉS DE SITIOS WEB DE INTERNET Y OTRAS COMPUTADORAS Y REDES DE COMUNICACIÓN ELEC-TRÓNICA. Clase: 14.
La solicitud fue presentada el día veintidós de mayo del año dos mil catorce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, cinco de noviembre del año dos mil catorce.
LICDA. HAZEL VIOLETA ARÉVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELÁSQUEZ,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C000470-2
No. de Expediente: 2016151725
No. de Presentación: 20160232793
CLASE: 25.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado EDNA
CAROLINA LOPEZ TOLEDO, en su calidad de APODERADO de
SUGOI PERFORMANCE APPAREL LP, de nacionalidad CANA-
DIENSE, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO.
Consistente en: la palabra SUGOi y diseño, que servirá para:
AMPARAR: PRENDAS DE VESTIR, CALZADO Y ARTÍCULOS
DE SOMBRERERÍA TALES COMO: ROPA DE DEPORTE Y AC-
CESORIOS, EN CONCRETO: CAMISETAS (DE MANGA CORTA),
SHORTS, PANTALONES, PANTIS; CAMISETAS DE TIRANTES;
CHALECOS, CHAQUETAS; SUJETADORES DEPORTIVOS; LEN-
CERÍA; BOXERS (CALZONCILLOS); ROPA DE BAÑO; TRAJES
DEPORTIVOS, A SABER: TRAJES DE CICLISTA, TRAJES DE
TRIATLÓN, ROPA DE CORRER; CALCETINES; GORRAS; TOCAS;
VISERAS; GORRAS DE PASAMONTAÑAS; GUANTES; MITONES;
CALENTADORES DE CABEZA, EN CONCRETO: SOLIDEOS,
PAÑUELOS CUADRADOS PARA LA CABEZA, CINTAS PARA LA
CABEZA; CALENTADORES DE CUELLO, EN CONCRETO: BU-
FANDAS Y TUBOS DE CUELLO; OREJERAS; CALENTADORES
DE PIERNAS; CALENTADORES DE BRAZOS; CALENTADORES
DE RODILLA; CUBREZAPATOS DE USO GENERAL; BOTINES;
PRENDAS DE VESTIR DEPORTIVAS DE LANA MERINO, REVES-
TIMIENTO DE GAMUZA, EN CONCRETO: REVESTIMIENTOS DE
CICLISMO EN TELA CONTORNEADA Y PANTALONES CORTOS
DE TRIATLÓN. Clase: 25.
La solicitud fue presentada el día veintiséis de abril del año dos
mil dieciséis.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
veintitrés de mayo del año dos mil dieciséis.
LICDA. HAZEL VIOLETA ARÉVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELÁSQUEZ,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C000471-2
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105DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 6 de Septiembre de 2016.
No. de Expediente: 2016152292
No. de Presentación: 20160234014
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado ILEANA LISSETTE BOQUIN ROMERO, en su calidad de APODERADO ESPE-CIAL de PROCAPS S.A., de nacionalidad COLOMBIANA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,
TEARSOFT
Consistente en: la palabra TEARSOFT, que servirá para: AMPA-RAR: PRODUCTOS FARMACÉUTICOS PARA USO HUMANO, PREPARACIONES QUÍMICAS PARA USO FARMACÉUTICO, TABLETAS [PASTILLAS] PARA USO FARMACÉUTICO, PÍLDO-RAS PARA USO FARMACÉUTICO, SUPLEMENTOS DIETARIOS, SUSTANCIAS DIETÉTICAS PARA USO MÉDICO. Clase: 05.
La solicitud fue presentada el día veinticinco de mayo del año dos mil dieciséis.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, veintiséis de mayo del año dos mil dieciséis.
DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,
REGISTRADOR.
RUTH NOEMI PERAZA GALDAMEZ,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F011531-2
No. de Expediente: 2013128703
No. de Presentación: 20130187585
CLASE: 01.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado FRANCISCO JAVIER MEJIA ESCOBAR, en su calidad de APODERADO de Grupo Rotoplas, S.A. de C.V., de nacionalidad MEXICANA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,
Consistente en: la palabra Rotoplas y diseño, que servirá para: AMPARAR: PRODUCTOS QUIMICOS PARA LA INDUSTRIA, LA CIENCIA Y LA FOTOGRAFIA, ASI COMO PARA LA AGRICUL-TURA, LA HORTICULTURA Y LA SILVICULTURA; RESINAS
ARTIFICIALES EN BRUTO, MATERIAS PLASTICAS EN BRUTO; ABONOS PARA EL SUELO; COMPOSICIONES EXTINTORAS; PREPARACIONES PARA TEMPLAR Y SOLDAR METALES; PRODUCTOS QUIMICOS PARA CONSERVAR ALIMENTOS; MATERIAS CURTIENTES; ADHESIVOS (PEGAMENTOS) PARA LA INDUSTRIA. Clase: 01.
La solicitud fue presentada el día veintidós de julio del año dos mil trece.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, siete de marzo del año dos mil dieciséis.
LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
SILVIA LORENA VEGA CHICAS,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F011534-2
No. de Expediente: 2015143922
No. de Presentación: 20150218294
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado FRAN-CISCO JAVIER MEJIA ESCOBAR, en su calidad de APODERADO de Acino Pharma AG, de nacionalidad SUIZA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,
Hierracin
Consistente en: la palabra Hierracin, que servirá para: AMPARAR: PREPARACIONES FARMACÉUTICAS PARA EL TRATAMIENTO DE DEFICIENCIAS DE HIERRO. Clase: 05.
La solicitud fue presentada el día cuatro de junio del año dos mil quince.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, veintisiete de julio del año dos mil dieciséis.
LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F011535-2
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106 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 412
No. de Expediente: 2015146144
No. de Presentación: 20150222373
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado FRAN-CISCO JAVIER MEJIA ESCOBAR, en su calidad de APODERADO de RYMCO MEDICAL S.A.S., de nacionalidad COLOMBIANA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,
RYMCO MEDICAL Consistente en: las palabras RYMCO MEDICAL, en donde la palabra MEDICAL se traduce al castellano como MEDICO, que servirá para: AMPARAR: PRODUCTOS FARMACÉUTICOS; PREPARACIO-NES VETERINARIAS; MEDICAMENTOS PARA USO MÉDICO; MEDICAMENTOS PARA USO VETERINARIO; ALGODÓN PARA USO MÉDICO; DESINFECTANTES PARA USO HIGIÉNICO; PRO-DUCTOS PARA ESTERILIZAR; PAÑALES PARA BEBÉS; TAM-PONES PARA LA MENSTRUACIÓN; PAÑOS MENSTRUALES; ALIMENTOS DIETÉTICOS PARA USO MÉDICO; ALIMENTOS PARA BEBÉS; COMPLEMENTOS NUTRICIONALES; BEBIDAS DIETÉTICAS PARA USO MÉDICO; EMPLASTOS PARA USO MÉDICO; BOTIQUINES DE PRIMEROS AUXILIOS; ARTÍCULOS PARA APÓSITOS; MATERIALES PARA EMPASTES DENTALES; MATERIALES PARA IMPRONTAS DENTALES. Clase: 05.
La solicitud fue presentada el día cuatro de septiembre del año dos mil quince.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, quince de enero del año dos mil dieciséis.
GEORGINA VIANA CANIZALEZ,
REGISTRADORA.
JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,SECRETARIO.
3 v. alt. No. F011536-2
No. de Expediente: 2016152626
No. de Presentación: 20160234570
CLASE: 29.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado JULIO ARISTIDES FERRUFINO SANCHEZ, de nacionalidad SALVADO-REÑA, en su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,
Consistente en: las palabras: Productos Lácteos "San Buenaventura" y Diseño, que servirá para: AMPARAR: CARNE, PESCADO, CARNE
DE AVE Y CARNE DE CAZA; EXTRACTOS DE CARNE, FRUTAS Y VERDURAS, HORTALIZAS Y LEGUMBRES EN CONSERVA, CONGELADAS, SECAS Y COCIDAS; JALEAS, CONFITURAS, COMPOTAS; HUEVOS; LECHE Y PRODUCTOS LÁCTEOS; ACEI-TES Y GRASAS COMESTIBLES. Clase: 29.
La solicitud fue presentada el día ocho de junio del año dos mil dieciséis.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, treinta de junio del año dos mil dieciséis.
MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,
REGISTRADOR.
NERY CRISTIANS STANLEY PORTILLO LOPEZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F011562-2
No. de Expediente: 2016151563
No. de Presentación: 20160232468
CLASE: 30.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado ALFONSO TOMAS CARBONELL, en su calidad de REPRESENTANTE LEGAL de PLANTA DE TORREFACCION DE CAFE, SOCIEDAD ANONI-MA DE CAPITAL VARIABLE, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,
COSCA
Consistente en: la palabra COSCA, que servirá para: AMPARAR: CAFÉ. Clase: 30.
La solicitud fue presentada el día diecinueve de abril del año dos mil dieciséis.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, veintiuno de abril del año dos mil dieciséis.
LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
SILVIA LORENA VEGA CHICAS,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F011593-2
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107DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 6 de Septiembre de 2016.
No. de Expediente: 2016151297
No. de Presentación: 20160231965
CLASE: 30.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado ALFONSO TOMAS CARBONELL, en su calidad de REPRESENTANTE LEGAL de PLANTA DE TORREFACCION DE CAFE, SOCIEDAD ANONI-MA DE CAPITAL VARIABLE, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,
PLANTOSA COMERCIAL
Consistente en: a palabra PLANTOSA COMERCIAL, que servirá para: AMPARAR: CAFÉ SOLUBLE Y EN DIFERENTES FORMAS. Clase: 30.
La solicitud fue presentada el día ocho de abril del año dos mil dieciséis.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, treinta de abril del año dos mil dieciséis.
MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,
REGISTRADOR.
JUAN ROBERTO VEGA SUNCIN,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F011594-2
No. de Expediente: 2016153130
No. de Presentación: 20160235440
CLASE: 30.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado HECTOR RAMON TORRES CORDOVA, en su calidad de APODERADO de NOVELTY PROPIERTIES, S.A., de nacionalidad PANAMEÑA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,
Consistente en: las palabras Chocobanano PALIDELI y diseño. Sobre el uso de la palabra Chocobanano que forma parte de la marca, individualmente considerada no se concede exclusividad por ser una palabra de uso común o necesaria en el comercio, que servirá para: AMPARAR: HELADOS. Clase: 30.
La solicitud fue presentada el día veintisiete de junio del año dos mil dieciséis.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, dieciocho de julio del año dos mil dieciséis.
MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,
REGISTRADOR.
SAYONARA AYALA DE GUERRERO,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F011620-2
No. de Expediente: 2015147276
No. de Presentación: 20150224066
CLASE: 30.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado MIRNA MARISOL LEMUS DE VIDAL, de nacionalidad SALVADOREÑA, en su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,
Consistente en: Las palabras ROSSO Coffee y diseño, cuya traducción al castellano es: ROSSO CAFÉ y diseño, que servirá para: AMPARAR: CAFE TOSTADO Y MOLIDO. Clase: 30.
La solicitud fue presentada el día trece de octubre del año dos mil quince.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, veintiuno de octubre del año dos mil quince.
DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,
REGISTRADOR.
RUTH NOEMI PERAZA GALDAMEZ,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F011623-2
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108 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 412
No. de Expediente: 2016152163
No. de Presentación: 20160233733
CLASE: 30.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado MIRNA MARISOL LEMUS DE VIDAL, de nacionalidad SALVADOREÑA, en su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,
Consistente en: las palabras Abejita Miel y diseño, que servirá para: AMPARAR: MIEL. Clase: 30.
La solicitud fue presentada el día diecinueve de mayo del año dos mil dieciséis.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, veintiséis de mayo del año dos mil dieciséis.
MELVY ELIZABETH CORTEZ VANEGAS,
REGISTRADORA.
SOFIA HERNANDEZ MELENDEZ,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F011624-2
No. de Expediente: 2016152970
No. de Presentación: 20160235107
CLASE: 03.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado PATRICIO JOEL GUARDADO PAREDES, en su calidad de REPRESENTANTE LEGAL de BODY CENTER, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: BODY CENTER, S.A. DE C.V., de na-cionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,
Consistente en: la palabra GELLAC, que servirá para: AMPARAR: COSMETICOS. Clase: 03.
La solicitud fue presentada el día veinte de junio del año dos mil dieciséis.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, cuatro de julio del año dos mil dieciséis.
MELVY ELIZABETH CORTEZ VANEGAS,
REGISTRADORA.
JIMMY NELSON RAMOS SANTOS,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F011645-2
No. de Expediente: 2016154013
No. de Presentación: 20160237484
CLASE: 30.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado SOFIA ALE-JANDRA ORELLANA CHINCHILLA, de nacionalidad SALVADO-REÑA, en su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,
Consistente en: la frase LA MUMUJA y diseño, que servirá para: AMPARAR: PASTELERÍA. Clase: 30.
La solicitud fue presentada el día ocho de agosto del año dos mil dieciséis.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, doce de agosto del año dos mil dieciséis.
LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F011790-2
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109DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 6 de Septiembre de 2016.
ACEPTACION DE HERENCIA
LICENCIADO JOSÉ MIGUEL LEMUS ESCALANTE, JUEZ CUARTO DE LO CIVIL Y MERCANTIL DE SAN SALVADOR,
HACE SABER: que por resolución proveída por este Juzgado a las doce horas con diez minutos del día veintiocho de julio de dos mil dieciséis, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, la herencia intestada que a su defunción dejó la causante señora MARÍA TERESA ORELLANA conocida por MARÍA TERESA DE JESÚS ORELLANA, MARÍA TERESA ORELLANA DE NUÑEZ, MARÍA TERESA NUÑEZ y por MARÍA TERESA NUNEZ, quien fue de noventa y dos años, hija de DOMINGA VALLE y VÍCTOR ORELLANA, viuda, originaria de San Rafael, departamento de Chalatenango, siendo su último domicilio el de San Francisco, Estado de California, Estados Unidos de América, último domicilio en el país el de San Salvador, departamento de San Salvador, con Documento Único de Identidad número: cero dos siete cuatro nueve uno cuatro dos-seis, con Número de Identifi cación Tributaria: cero cuatro tres uno-uno cinco uno cero uno nueve-cero cero uno-seis; de parte de los señores: MIGUEL ÁNGEL NUÑEZ ORELLANA conocido por MIGUEL ÁNGEL NUÑEZ, mayor de edad, agricultor, del domicilio de Colón, departamento de La Libertad, con Documento Único de Identidad número: cero dos siete uno dos tres seis uno-siete, con Número de Identifi cación Tributaria: cero cuatro tres uno-dos cero cero cinco cuatro tres-cero cero uno-ocho; en su calidad de hijo de la causante y cesionario de los derechos hereditarios que le correspondían al señor JAIME BERTILIO NUÑEZ ORELLANA, con Número de Identifi cación Tributaria: cero cuatrocientos treinta y uno-veintisiete cero nueve cincuenta y uno-cero cero uno-siete; y VÍCTOR MANUEL NUÑEZ ORELLANA, mayor de edad, empleado, del domicilio de San Rafael, departamento de Chalatenango, con Documento Único de Identidad número: cero dos siete dos ocho siete ocho cuatro-tres, con Número de Identifi cación Tributaria: cero cuatro tres uno-uno cinco cero siete cuatro nueve-uno cero uno-cuatro; en su calidad de hijo de la causante; por el cien por ciento de los bienes.
Confi érase a los aceptantes la administración y representación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones legales que les corresponde a los curadores de la herencia yacente.
Librado en el Juzgado Cuarto de lo Civil y Mercantil de San Salvador, a las doce horas con cincuenta minutos del día veintiocho de julio dos mil dieciséis.- LIC. JOSE MIGUEL LEMUS ESCALANTE, JUEZ CUARTO DE LO CIVIL Y DE LO MERCANTIL. LIC. RAFAEL GILBERTO CRISTALES CASTRO, SECRETARIO.
3 v. alt. No. C000330-3
CRISTIAN ALEXANDER GUTIÉRREZ, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL Y MERCANTIL DE SAN MIGUEL.
HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado el día doce de julio de dos mil dieciséis, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, de parte de la de la señora GILMA CRISTELA MORATAYA ISLEÑO, mayor de edad, empleada, de este domicilio, con Documento Único de Identidad Número cero cero novecientos treinta y dos mil doscientos noventa y seis-dos, y con Número de Identifi cación Tributaria un mil doscientos diecisiete-cero treinta mil doscientos setenta y tres-ciento cinco-tres, en calidad de cesionaria de los derechos hereditarios que le correspondían al señor
MAXIMO MORATAYA AVILES- hermano el causante-; la herencia dejada por el señor FLORENTIN MANUEL AVILES MORATAYA conocido por FLORENTIN MANUEL AVILES, quien fue de ochenta y cinco años de edad, soltero, jornalero, de este domicilio, originario de San Miguel, hijo de los señores Dionicio Avilés y María Morataya, fallecido a las diecinueve horas del día uno de enero de dos mil ocho, en Cantón Monte Grande, de San Miguel, siendo su último domicilio la ciudad de San Miguel.
No se le confi ere a la aceptante, en el carácter aludido, la admi-nistración y representación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente, ya que actualmente ejercen la representación defi nitiva de dicha sucesión, las señoras ANA SEBASTIANA MORATAYA AVILES y ANA MARIA ESTER MORATAYA; por habérsele, con anterioridad, declarado herederas defi nitivas de la herencia referida.
Se CITA a los que se crean con derecho a la herencia referida, para que se presenten a deducirlo dentro del término de quince días a partir del siguiente al de la tercera publicación del presente edicto.
Se hace constar que se declara heredera interina a la señora GILMA CRISTELA MORATAYA ISLEÑO, por haber manifestado expresamente su representante procesal, abogado CARLOS ANTONIO ELIAS BERRIOS, que no existen más herederos comprendidos en el numeral 1 del artículo 988 del código civil.
Lo que se pone a disposición del público para los efectos de ley.
LIBRADO EN EL JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIUDAD DE SAN MIGUEL, A LOS DOCE DÍAS DEL MES DE JULIO DE DOS MIL DIECISEIS.- LIC. CRISTIAN ALEXANDER GUTIERREZ, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL Y MERCANTIL. LIC. JUAN CARLOS HERNANDEZ PEREZ, SECRE-TARIO.
3 v. alt. No. C000332-3
JOSÉ HERNAN PALACIOS LIMA, JUEZ DE LO CIVIL DEL DIS-TRITO JUDICIAL DE METAPAN,
HACE SABER: Que por resolución proveída en este Juzgado a las catorce horas quince minutos del día diecinueve de Julio del dos mil dieciséis, se tuvo por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, la herencia intestada dejada por el causante JUAN ANTONIO PINTO, quien fue de sesenta y dos años de edad, empleado postal jubilado, fallecido el día dos de junio de mil novecientos ochenta y dos, siendo Masahuat su último domicilio; de parte del señor JUAN RAMON PINTO SANDOVAL conocido por JUAN RAMON PINTO, como HIJO del referido causante, habiéndosele conferidola administración y represen-tación INTERINA de la sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.
Se cita a las personas que se crean con derecho a la herencia para que se presenten a este Juzgado a deducirlo en el término de quince días contados desde el siguiente a la tercera publicación de este edicto.
Librado en el Juzgado de lo Civil: Metapán, a las diez horas del día veinte de Julio del dos mil dieciséis.- LIC. JOSE HERNAN PALACIOS LIMA, JUEZ DE LO CIVIL. LICDA. MARIA LETICIA FIGUEROA FIGUEROA, SECRETARIO.
3 v. alt. No. C000343-3
DE TERCERA PUBLICACIÓN
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110 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 412
LICENCIADO ARNOLDO ARAYA MEJIA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL Y MERCANTIL DE SAN MIGUEL, SUPLENTE,
HACE SABER: Que por resolución pronunciada a las nueve horas con cuarenta y cinco minutos del día dieciocho de julio del año dos mil dieciséis, en las diligencias de Aceptación de Herencia Intestada, clasifi cadas con el NUE: 02668-16-CVDV-1CM1-234- 02, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, de parte del señor ALFREDO AYALA VASQUEZ, mayor de edad, Estudiante, Salvadoreña, del domicilio de Comacarán, Departamento de San Mi-guel, con Documento Único de Identidad número: Cero cuatro millones trescientos cinco mil ciento sesenta y nueve-dos (04305169-2) y con Número de Identifi cación Tributaria: Un mil doscientos tres-cero veinte mil seiscientos noventa-ciento uno-cuatro (1203-020690-101-4); en calidad de hijo sobreviviente y cesionario de los derechos hereditarios que le correspondía a la señora ROSA MARGARITA VASQUEZ DE AYALA, en concepto de cónyuge sobreviviente y señora INGRID PATRICIA AYALA VASQUEZ, en concepto de hija sobreviviente del causante señor ALFREDO AYALA BENITEZ, a su defunción ocurrida el día 01 de Septiembre del año 2006, en el Hospital Nacional San Juan de Dios, de la ciudad y departamento de San Miguel, a consecuencia de Cardiopatía Mixta, con asistencia médica, a la edad de setenta y ocho años, Casado, originario de San Miguel, departamento de San Miguel, de Nacionalidad Salvadoreña, hijo de Hilario Ayala y Feliciana Benitez, siendo su último domicilio la ciudad y departamento de San Miguel.
Y se le ha conferido al aceptante la administración y representación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia Yacente que regula el Art. 480 del Código Civil.
CITESE a los que se crean con derecho a la herencia, para que se presenten a este Juzgado dentro de los quince días subsiguientes después de la última publicación de este edicto.
Lo que pone en conocimiento del público para los efectos de ley.
Librado en el Juzgado Primero de lo Civil y Mercantil de San Miguel, a las nueve horas con cincuenta minutos del día ocho de agosto del año dos mil dieciséis.- LICENCIADO ARNOLDO ARAYA MEJIA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL Y MERCANTIL DE SAN MIGUEL, SUPLENTE.- LICENCIADA MARTA ERICELDA BONILLA RIVE-RA, SECRETARIA DE ACTUACIONES.
3 v. alt. No. F011095-3
LICENCIADA DINORA DEL CARMEN ANDRADE DE LAZO, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE CHINAMECA,
HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado, a las quince horas cinco minutos del día veintinueve de junio de dos mil dieciséis, se tuvo por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, la herencia Testamentaria que al fallecer dejó el causante señor ROMEL
RIVAS GÓMEZ, fallecido a las diez horas treinta minutos del día nueve de abril de dos mil dieciséis, en la ciudad de San Jorge, Departamento de San Miguel, siendo la ciudad de San Jorge, Departamento de San Miguel, su último domicilio, de parte de la señora CASTA SUSANA RAMÍREZ GARAY, de sesenta y ocho años de edad, Soltera, Salvadoreña, con Documento Único de Identidad número cero dos cinco uno seis ocho nueve cero guión cuatro y con Identifi cación Tributaria número uno dos uno cinco guión uno uno cero ocho cuatro nueve guión uno cero uno guión dos, en su concepto de heredera testamentaria del causante.
Nómbrasele a la aceptante en el carácter dicho, administradora y representante interina de la sucesión de que se trata, con las facultades y restricciones que corresponde a la curadora de la herencia.
Publíquense los edictos de ley.
Lo que pone en conocimiento del público para los efectos de ley.-
Librado en el Juzgado de Primera Instancia: Chinameca, a las quince horas quince minutos del día veintinueve de junio de dos mil dieciséis.- Licda. DINORA DEL CARMEN ANDRADE DE LAZO, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.- Licda. INGRID VANESSA VASQUEZ BARAHONA, SECRETARIA.
3 v. alt. No. F011143-3
LA INFRASCRITA JUEZA SUPLENTE DEL JUZGADO DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL DE LA CIUDAD DE USULUTAN, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY,
AVISA: Que por resolución de las catorce horas cuarenta y cinco minutos de este día, se ha tenido por Aceptada Expresamente y con Benefi cio de Inventario, la Herencia Intestada que a su defunción dejó el causante el señor CONSTANTINO MALDONADO BONILLA, conocido por CONSTANTINO MALDONADO, al fallecer el día diecinueve de noviembre del año dos mil quince, en Transitions Life Care Raleig W. Ake, Carolina del Norte, de los Estados Unidos de América, siendo la ciudad de Concepción Batres, su último domicilio, de parte de la señora MARIA DE LA PAZ CORTEZ DE MALDONADO, conocida por MARIA DE LA PAZ CORTEZ y por MARIA DE LA PAZ CORTEZ GUTIERREZ, en calidad de cónyuge sobreviviente del causante.
Confi riéndosele a la aceptante dicha, la Administración y Repre-sentación Interina de la Sucesión, con las restricciones y facultades de los Curadores de la Herencia Yacente.
Se citan a los que se crean con derecho a la herencia, para que se presenten a este Juzgado a deducirlo en el término de quince días después de la tercera publicación de este edicto.
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111DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 6 de Septiembre de 2016.
LIBRADO EN EL JUZGADO DE LO CIVIL: Usulután, a los tres días del mes de agosto del dos mil dieciséis.- Licda. SANDRA ELIZABETH SANCHEZ DIAZ, JUEZA DE LO CIVIL SUPLENTE.- Lic. MIRNA MARISOL SIGARAN HERNANDEZ, SECRETARIA.
3 v. alt. No. F011145-3
LIC. ISIDRO ENRIQUE MORENO BENAVIDES, JUEZ PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SAN FRANCISCO GOTERA, DE-PARTAMENTO DE MORAZAN, AL PUBLICO,
HACE SABER: Que por resolución dictada a las quince horas de este día, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, de parte de la señora María Lucila Vásquez de Garcia, de sesenta y cinco años de edad, comerciante en pequeño, del domicilio de esta Ciudad, con Documento Único de Identidad número 00613243-1 y con Número de Identifi cación Tributaria 1325-040351-101-9; de las Diligencias de Aceptación de Herencia que promueve en este Juzgado el Licenciado Carlos Isaías Rodríguez Villalta, de la herencia que en forma intestada dejó el señor Miguel Aparicio Garcia Rosales, de sesenta y cinco años de edad, profesor, casado, originario de San Emigdio, Departamento de La Paz y residente en esta Ciudad, Salvadoreño, hijo de PEDRO GARCIA y ADELA ROSALES, ya fallecidos; el causante falleció a las doce horas del día veintidós de abril del corriente año, en el Hospital de Especialidades Nuestra Señora de La Paz de la Ciudad de San Miguel, a consecuencia de SEPSIS, con asistencia médica, en concepto de ESPOSA del referido causante.-
Se le ha conferido en la calidad expresada la administración y representación INTERINA de dicha sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.
Y cita a las personas que se crean con derecho a la herencia, para que se presenten a este Juzgado a deducirlo dentro del término de quince días, contados desde el siguiente a la tercera publicación de este edicto.
Juzgado Primero de Primera Instancia: San Francisco Gotera, Departamento de Morazán, a las quince horas y cincuenta minutos del día veintidós de agosto de dos mil dieciséis.- Lic. ISIDRO ENRI-QUE MORENO BENAVIDES, JUEZ 1o. DE 1a. INSTANCIA.- Lic. YESENIA ROSIBEL VILLATORO DE ZUNIGA, SECRETARIA.
3 v. alt. No. F011150-3
RAUL WILFREDO BARRIENTOS BOLAÑOS, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO,
HACE SABER: Que por resolución de este Tribunal, de las nueve horas cinco minutos del día trece de julio del presente año, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, la herencia intestada dejada por el señor JORGE HUMBERTO ZUNIGA HERNANDEZ, fallecido el día veintidós de noviembre del año dos mil
quince, siendo la ciudad de Nahuizalco el lugar de su último domicilio, de parte de la señora DELGADINA HAYDEE ZUNIGA HERNANDEZ, en concepto de cesionaria de los derechos hereditarios que le correspondían a la señora FRANCISCA HERNANDEZ DE ZUNIGA, como madre del causante.
Se ha conferido a la aceptante la administración y representación interinas de la sucesión con las facultades y restricciones de ley.-
JUZGADO DE LO CIVIL: Sonsonate, a las catorce horas del día veinte de Julio del dos mil dieciséis.- Lic. MSc. RAUL WILFREDO BARRIENTOS BOLAÑOS, JUEZ DE LO CIVIL.- Lic. CECILIA DEL CARMEN CEREN DE ESCOBAR, SRIA.
3 v. alt. No. F011151-3
LICDA. AMADA LIBERTAD INFANTOZZI FLORES, Jueza de lo Civil de este Municipio Judicial,
HACE SABER: Que por resolución proveída por este juzgado, a las doce horas con cincuenta y cinco minutos del día veintiuno de julio del año dos mil dieciséis, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, la herencia intestada que a su defunción ocurrida el día doce de abril del año dos mil ocho, en la Ciudad de San Salvador, siendo la Ciudad de San Marcos, Departamento de San Salvador, su último domicilio, dejó el causante señor MARCOS ANTONIO VALLADARES ALVARADO, conocido por MARCOS ANTONIO VALLADARES, de parte del señor CHRISTIAN VLADIMIR VALLADARES RENDEROS, en su calidad de hijo del causante y como cesionarios de los derechos hereditarios que le correspondían a los señores MARCO ANTONIO VALLADARES y PAZ RENDEROS, en calidad de hijo y madre, respectivamente, del referido causante.
Se ha conferido a los aceptantes la administración y representación INTERINA de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.
Cítense a los que se crean con derecho a la herencia en mención para que transcurridos el término de quince días, contados a partir del siguiente al de la tercera publicación de este edicto, concurran a este tribunal a hacer uso de sus derechos.
Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos de ley.
Librado en el Juzgado de lo Civil: Ciudad de San Marcos, Depar-tamento de San Salvador, a las doce horas con treinta y cinco minutos del día veintisiete de Julio del año dos mil dieciséis.- Licda. AMADA LIBERTAD INFANTOZZI FLORES, JUEZA DE LO CIVIL.- Licda. IRMA ARACELY FLORES DE CERON, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F011153-3
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112 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 412
EL INFRASCRITO JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DE SUCHI-TOTO, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY,
HACE SABER: Que según resolución pronunciada por este Tribunal, a las once horas quince minutos de este mismo día, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, la herencia intestada que a su defunción dejara el causante JUAN JOSE ALVARADO ARDÓN, quien falleció a las trece horas cuarenta minutos del día diecinueve de abril del dos mil catorce, en la Comunidad El Sitio Cenicero, orillas del Lago Suchitlán, siendo esta ciudad de Suchitoto su último domicilio, quien a la hora de su fallecimiento era de cuarenta años de edad, agricultor en pequeño, Soltero, originario de esta ciudad, con Tarjeta de Identifi cación Tributaria número: 0715-300473-105-7; de parte de los menores JUAN CARLOS y JUANA CRISTINA, ambos de apellidos ALVARADO GOMEZ, el primero de tres años de edad, soltero, originario de Suchitoto y con Tarjeta de Identifi cación Tributaria número: 0715-161012-101-6, y la Segunda de nueve años de edad, sol-tera, originaria de Suchitoto y con Tarjeta de Identifi cación Tributaria número: 0715-140407-101-0; actuando éstos en su concepto de hijos del mencionado causante; por medio de la señora Margarita de Jesús Gómez Marroquín, quien actúa únicamente en su calidad de madre y representante Legal de sus menores hijos y por medio de su Apoderado General Judicial Licenciado José Ulises Escamilla Méndez.
Confi érasele a los aceptantes la administración y representación interina de los bienes sucesorales, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.
Se citan a todas las personas que se crean con derecho a la herencia antes mencionada, para que se presenten a este Tribunal a deducirlo en el término de quince días, contados a partir desde el siguiente a la tercera publicación del edicto respectivo en el Diario Ofi cial.
Librado en el Juzgado de Primera Instancia: Suchitoto, a las once horas veinte minutos del día diecinueve de agosto del dos mil dieci-séis.- Licdo. OSWALDO DAGOBERTO ARGUETA FUNES, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.- Licda. JUANA DE JESUS FIGUEROA COCA, SECRETARIA.
3 v. alt. No. F011156-3
Licda. GLORIA VICTALINA VALENCIA DE BARRERA, Jueza de lo Civil de este distrito judicial, al público para los efectos de ley,
HACE SABER: Que por resolución de las diez horas y cincuenta y cinco minutos del día dieciocho de mayo del presente año, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, la herencia testamentaria que a su defunción dejó el causante JOSE NICOLAS PEREZ ZEPEDA, quien falleció el día diecisiete de mayo de dos mil quince, en el Caserío San Sebastián Las Lomas, Cantón San Antonio, de la jurisdicción de Santa María Ostuma, siendo este último domicilio, por parte de la señora MARIA TERESA ZEPEDA, en concepto de heredera testamentaria del referido causante.
Nómbrase a la aceptante interinamente, administradora y represen-tante de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.
En consecuencia, se citan a todas las personas que se crean con derecho a la herencia de que se trata, para que en el término de ley, comparezcan a este Juzgado a justifi car dicha circunstancia.
JUZGADO DE LO CIVIL: Zacatecoluca, dieciocho de mayo de dos mil dieciséis.- Lic. GLORIA VICTALINA VALENCIA DE BA-RRERA , JUEZA DE LO CIVIL.- Lic. OSCAR ERNESTO AREVALO ORREGO, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F011165-3
OSCAR NEFTALI ESCOLERO, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE JUCUAPA,
HACE SABER: Que por resolución proveída en este Juzgado, a las quince horas con cinco minutos de este día, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, de la herencia intestada que a su defunción dejó la señora SARA MARIA CALDERÓN, quien fue de sesenta y seis años de edad, soltera, Ama de Casa, originaria del Municipio de Jucuapa, Departamento de Usulután, de Nacionalidad Salva-doreña, siendo hija de la señora Juana Calderón y de padre desconocido, quien falleció a las diecinueve horas del día veinte de Enero de dos mil catorce, en el Hospital San Juan de Dios de la Ciudad de San Miguel, siendo su último domicilio el Municipio de Jucuapa, Departamento de Usulután, de parte del señor JUAN CARLOS CALDERON COLATO, de cuarenta y un años de edad, Motorista, del domicilio de Amityville, Estado de Nueva York, Estados Unidos de America y temporalmente del domicilio de Jucuapa, departamento de Usulután, con Documento Único de Identidad Número: Cero cuatro ocho cinco dos cinco siete dos guion siete; y con Tarjeta de Identifi cación Tributaria Número: Uno uno cero nueve- dos dos uno dos siete cuatro- uno cero dos- cero; en concepto de hijo sobreviviente de la referida causante, Art. 988 N° 1 C C. y CESIONARIO DE LOS DERECHOS HEREDITARIOS que le correspondían a la señora GLADIS ESMERALDA CALDERÓN, en concepto de hija sobreviviente de la causante Art. 988 N° 1 C C.
Confi érase al aceptante declarado en el carácter indicado, la Admi-nistración y Representación Interina de la Sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.-
Y CITA: A los que se crean con derecho a la herencia referida, para que se presenten a deducirlo dentro del término de quince días a partir del siguiente al de la tercera publicación del presente edicto.
Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de Ley.
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113DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 6 de Septiembre de 2016.
LIBRADO EN EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA: JUCUAPA, A LAS QUINCE HORAS CON VEINTE MINUTOS DEL DIA DIECIOCHO DE AGOSTO DE DOS MIL DIECISEIS.- Lic. OSCAR NEFTALI ESCOLERO, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.- Lic. RODOLFO ANTONIO CASTRO, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F011176-3
DELMY RUTH ORTIZ SANCHEZ, JUEZA SUPLENTE DEL JUZ-GADO DE LO CIVIL DE SANTA TECLA, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY,
HACE SABER: Que por resolución pronunciada por este juzgado, a las nueve horas del día once de noviembre del presente año, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, la herencia intestada dejada por el causante señor Ricardo Alberto Benavides Gaitán, ocurrida el día veintiséis de febrero de dos mil trece, en San Salvador, siendo esta ciudad el lugar de su último domicilio, de parte de la señora Elba Mendoza de Benavides, en calidad de cónyuge del causante.
Y se ha conferido a la aceptante, la administración y la represen-tación Interinas de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.
Librado en el Juzgado de lo Civil de Santa Tecla, a las nueve horas y treinta minutos del día once de noviembre de dos mil quince.- Dra. DELMY RUTH ORTIZ SANCHEZ, JUEZA SUPLENTE DE LO CIVIL.- Br. KARINA VANESSA SILVA DE SOMOZA, SECRETARIA.
3 v. alt. No. F011195-3
CRISTIAN ALEXANDER GUTIERREZ, Juez Segundo de lo Civil y Mercantil de la Ciudad San Miguel,
HACE SABER: Que por resolución del día veinte de mayo de dos mil dieciséis, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, de parte de la señora YESENIA LISSETH NAVAS SALAMANCA, mayor de edad, licenciada en ciencias jurídicas, del domicilio de Moncagua, departamento de San Miguel, con Documento Único de Identidad número 00203971 - 2 y con tarjeta de identifi cación tributaria número 1209 -191280 -101 -3, en calidad de cesionaria de los derechos que le correspondían al señor JOSE BALMORE NAVAS, hijo de la causante, la herencia intestada que dejó al fallecer la señora MAR-TA MARIA NAVAS QUINTANILLA, conocida por MARTA MARIA NAVAS, MARTA MARINA NAVAS y MARTHA MARIA NAVAS, quien fue de ochenta y tres años de edad, pensionada o jubilada, soltera, originaria de Moncagua, departamento de San Miguel, Salvadoreña, de este domicilio, hija de SANTOS NAVAS y RUPERTO QUINTANILLA, fallecida el día diecinueve de diciembre de dos mil trece, en el Cantón El Rodeo de Moncagua, departamento de San Miguel, siendo su último domicilio Moncagua, departamento de San Miguel.
Se le ha conferido a la aceptante, señora YESENIA LISSETH
NAVAS SALAMANCA, en calidad de cesionaria de los derechos que
le correspondían al señor JOSÉ BALMORE NAVAS, hijo de la cau-
sante, señora MARTA MARIA NAVAS QUINTANILLA, conocida
por MARTA MARIA NAVAS, MARTA MARINA NAVAS y MAR-
THA MARIA NAVAS, la administración y representación interina de
la sucesión intestada con las facultades y restricciones de la herencia
yacente.
Y se cita a los que se crean con derecho a la referida herencia, para
que se presenten a deducirlo dentro de los quince días posteriores a la
tercera publicación de este edicto.
Lo que se pone de conocimiento del público para los efectos de
Ley.
Librado en el Juzgado Segundo de lo Civil y Mercantil de la Ciudad
de San Miguel, a los veinte días del mes de mayo de dos mil dieciséis.-
Lic. CRISTIAN ALEXANDER GUTIERREZ, JUEZ SEGUNDO DE
LO CIVIL Y MERCANTIL.- Lic. JUAN CARLOS HERNANDEZ
PEREZ, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F011209-3
ANA FELICITA ESTRADA, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO
JUDICIAL, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY,
HACE SABER: Que por resolución de las nueve horas con treinta
y cinco minutos del día de hoy, se ha tenido por aceptada expresamente y
con benefi cio de inventario, de parte de la señora MARÍA MARROQUIN
DE GONZÁLEZ o MARÍA MARROQUIN, la herencia intestada
que a su defunción dejó el señor MAXIMILIANO MARROQUIN o
MAXIMILIANO MARROQUIN RAMOS, quien fue de setenta y cuatro
años de edad, jornalero, salvadoreño, soltero, originario de San Vicente,
falleció el día seis de enero del dos mil uno, en Guadalupe, departamento
de San Vicente, en este Distrito Judicial, lugar de su último domicilio,
en concepto de hermana del causante.
Y se ha nombrado a la aceptante, administradora y representante
interina de la sucesión, con las restricciones de los curadores de la
herencia yacente.
Librado en el Juzgado de lo Civil: San Vicente, a los treinta días
del mes de Julio del dos mil quince.- Dra. ANA FELICITA ESTRADA,
JUEZ DE LO CIVIL.- Lic. LILIAN MABEL RUIZ DE SALINAS,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F011210-3
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114 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 412
LIC. LUIS ANTONIO BENÍTEZ HIDALGO, Juez de lo Civil Interino
de este Distrito Judicial, al público para los efectos de ley.
HACE SABER: Que por resolución de las nueve horas quince
minutos del día dieciséis de agosto del corriente año, se ha tenido por
aceptada expresamente y con benefi cio de inventario de parte de la señora
ROSA EMELINA BARAHONA ÁNGEL, mayor de edad, comerciante,
del domicilio de esta ciudad y departamento, con Documento Único de
Identidad número cero dos millones setecientos cincuenta y cuatro mil
novecientos ochenta y nueve-siete y Tarjeta de Identifi cación Tributaria
Número un mil diez-cero veintiún mil ciento sesenta y tres-cero cero
uno-dos, la herencia intestada que a su defunción dejó el señor ÁNGEL
BARAHONA SORIANO conocido por ÁNGEL BARAHONA, quien
fue de ochenta y siete años de edad, jornalero, salvadoreño, casado, con
Documento Único de Identidad número cero un millón trescientos dos
mil setecientos treinta y nueve-seis y Tarjeta de Identifi cación Tributaria
un mil diez-ciento setenta mil trescientos diecisiete-cero cero dos-cero,
fallecido el día dieciséis de junio del año dos mil cuatro, en el Barrio
Concepción, de esta ciudad, lugar de su último domicilio, en concepto
de hija del causante.
Y se ha nombrado a la aceptante Administradora y Representante
interina de la sucesión con las facultades y restricciones de los curadores
de la herencia yacente.
Librado en el Juzgado de lo Civil: San Vicente, a los dieciséis
días del mes de agosto del año dos mil dieciséis. LIC. LUIS ANTONIO
BENÍTEZ HIDALGO, JUEZ DE LO CIVIL INTERINO. LIC. LILIAN
MABEL RUIZ DE SALINAS, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F011224-3
JOEL ENRIQUE ULLOA ZELAYA, Juez Suplente Segundo de lo Civil
y Mercantil de la Ciudad de San Miguel.
HACE SABER: Que por resolución del día cuatro de julio de dos
mil dieciséis, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio
de inventario de parte de la señora REINA AZUCENA BERRIOS
CENTENO, mayor de edad, de ofi cios domésticos, del domicilio de
Chirilagua, departamento de San Miguel, con Documento Único de
Identidad número 02656595-5, y Tarjeta de Identifi cación Tributaria
Número 1206-060169-102-5, en calidad de cesionaria de los derechos
que le correspondían a la señora ANA MATILDE LOZA, actualmente
ANA MATILDE LOZA DE MOREIRA, madre del causante; la herencia
intestada que dejó al fallecer el señor JOSÉ ALFREDO LOZA RAMOS
conocido por JOSÉ ALFREDO LOZA, quien fue de cuarenta y cinco
años de edad, pescador, soltero, originario de Chirilagua, departamento
de San Miguel, Salvadoreño, del domicilio de Chirilagua, departamento
de San Miguel, hijo de ALFREDO RAMOS y ANA MATILDE LOZA,
fallecido el día veintisiete de julio de dos mil quince, en la Playa El
Cuco, Cantón El Cuco, Chirilagua, departamento de San Miguel, siendo
su último domicilio Chirilagua, departamento de San Miguel, se le ha
conferido a la aceptante, señora REINA AZUCENA BERRIOS CEN-
TENO, en calidad de cesionaria de los derechos que le correspondían
a la señora ANA MATILDE LOZA actualmente ANA MATILDE
LOZA DE MOREIRA, madre del causante JOSÉ ALFREDO LOZA
RAMOS conocido por JOSÉ ALFREDO LOZA, la Administración y
Representación interina de la sucesión intestada con las facultades y
restricciones de la herencia yacente; y se cita a los que se crean con
derecho a la referida herencia, para que se presenten a deducirlo dentro
de los quince días posteriores a la tercera publicación de este edicto.
Lo que se pone de conocimiento del público para los efectos de
Ley.
Librado en el Juzgado Segundo de lo Civil y Mercantil de la Ciudad
de San Miguel, a los cuatro días del mes de julio de dos mil dieciséis. LIC.
JOEL ENRIQUE ULLOA ZELAYA, JUEZ SUPLENTE SEGUNDO
DE LO CIVIL Y MERCANTIL. LIC. JUAN CARLOS HERNANDEZ
PEREZ, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F011227-3
DOCTORA DELMY RUTH ORTIZ SANCHEZ, JUEZ (1) SUPLENTE
DEL JUZGADO PLURIPERSONAL DE LO CIVIL DE CIUDAD
DELGADO. Al público para los efectos de Ley.
HACE SABER: Que por resolución de las diez horas de este día,
se ha tenido por aceptada expresamente con benefi cio de inventario la
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115DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 6 de Septiembre de 2016.
herencia Intestada que a su defunción dejó el causante señor ANTO-
NIO OSORIO MARTINEZ conocido por ANTONIO OSORIO y por
ANTONIO MARTINEZ OSORIO, quien fue de sesenta y nueve años
de edad, carpintero, soltero, de este Domicilio y quien falleció el día
seis de octubre de dos mil catorce, con Documento Único de Identidad
02417661-1 y Número de Identifi cación Tributaria 0619-101144-102-7;
de parte de la señora GLADIS ARGUETA OSORIO, mayor de edad,
ama de casa, de este domicilio, con Documento Único de Identidad
número 00773253-5 y con Número de Identifi cación Tributaria 0619-
071165-001-2, como hija del causante. Confi riéndosele al aceptante
la Administración y Representación INTERINA de la sucesión con
las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.
Siendo representada la aceptante por la Licenciada LAURA LISETT
CENTENO ZAVALETA, con Número de Identifi cación Tributaria
0619-260777-102-0.
Publíquese el edicto de Ley.
JUZGADO PLURIPERSONAL DE LO CIVIL DE CIUDAD
DELGADO, JUEZ (1), a las diez horas y cinco minutos del día dieci-
nueve de agosto del año dos mil dieciséis. DRA. DELMY RUTH ORTIZ
SANCHEZ, JUEZ (1) SUPLENTE DEL JUZGADO DE LO CIVIL DE
CIUDAD DELGADO. LIC. MANUEL EDGARDO MAZA PADILLA,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F011232-3
LIC. ISIDRO ENRIQUE MORENO BENAVIDES, JUEZ PRIMERO
DE PRIMERA INSTANCIA, DE SAN FRANCISCO GOTERA, DE-
PARTAMENTO DE MORAZAN.
HACE SABER: Que por resolución pronunciada en este Juzgado
a las diez horas y cuarenta minutos de este día; SE HA TENIDO POR
ACEPTADA EXPRESAMENTE Y CON BENEFICIO DE INVENTA-
RIO de parte de la señora RAMONA PINEDA ROMERO, de 57 años
de edad, de ofi cios domésticos; originaria y del domicilio de Yamabal,
Departamento de Morazán, con Documento Único de Identidad número
02080795-1, y Tarjeta de Identifi cación Tributaria Número 1325-101058-
101-1; de la herencia que en forma Intestada dejó la causante MARIA
MARTA PINEDA SANCHEZ, conocida por MARIA MARTA PINE-
DA y por MARTA PINEDA, quien al fallecer era de 61 años de edad,
ama de casa, originaria y del domicilio de Yamabal, Departamento de
Morazán, de Nacionalidad Salvadoreña, quien falleció a las 20 horas y
00 minutos del día 06 de noviembre de 1986, en Caserío Isleta, Cantón
Joya del Matazano, de la jurisdicción de Yamabal, Departamento de
Morazán, siendo hija de los señores CECILIO PINEDA y CLEOTILDE
SANCHEZ, ambos ya fallecidos; en concepto de HIJA de la referida
causante. Confi érasele al referido aceptante en la calidad expresada, la
Administración y Representación INTERINA de dicha sucesión, con
las facultades y restricciones de los curadores de la herencia Intestada.
Y cita a las personas que se crean con derecho a la herencia,
para que se presenten a este Juzgado a deducirlo dentro del término de
quince días contados desde el siguiente a la tercera publicación de este
edicto.
Juzgado Primero de Primera, Instancia, San Francisco Gotera,
departamento de Morazán, a las diez horas y cincuenta y cinco minutos
del día nueve de agosto de dos mil dieciséis. LIC. ISIDRO ENRIQUE
MORENO BENAVIDES, JUEZ 1o. DE 1a. INSTANCIA. LIC. YESENIA
ROSIBEL VILLATORO DE ZUNIGA, SECRETARIA.
3 v. alt. No. F011251-3
SAÚL ERNESTO MORALES, JUEZ QUINTO DE LO CIVIL Y
MERCANTIL DE SAN SALVADOR.
HACE SABER: Que en este Juzgado se han iniciado las Diligencias
de Aceptación de Herencia testamentaria, promovidas por el Licenciado
JOSE MAURICIO CARDOZA, como Apoderado General Judicial de
las señoras MIRIAM LOBOS INGLES, DELFA CAROLINA CHONG
INGLES, y las menores GISELLE ARELY SOLORZANO LOPEZ y
KATHERINE ARELY SOLORZANO LOPEZ, representadas legal-
mente por su progenitora, señora ARELY DEL TRANSITO LOPEZ DE
SOLORZANO, y que por resolución de las ocho horas del día diecinueve
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de julio de dos mil dieciséis, se ha tenido por aceptada expresamente y
con benefi cio de inventario la sucesión testamentaria que a su defunción
dejó el causante LUIS ANTONIO SOLORZANO MORAN, quien fue de
ochenta y dos años de edad al momento de fallecer, soltero, salvadoreño,
hijo de Nicolás Solórzano y Matilde Morán, siendo su último domicilio
San Salvador, fallecido el día seis de septiembre de dos mil doce, por
parte de las señoras MIRIAM LOBOS INGLES, DELFA CAROLINA
CHONG INGLES, y las menores GISELLE ARELY SOLORZANO
LOPEZ y KATHERINE ARELY SOLORZANO LOPEZ, representa-
das legalmente por sus progenitores, LUIS ANTONIO SOLORZANO
LOBOS y ARELY DEL TRANSITO LOPEZ DE SOLORZANO, y
haberse conferido a los mismos en su calidad de herederos testamenta-
rios, de conformidad al art.1163 del Código Civil, la Administración y
Representación interina de la sucesión testamentaria, con las facultades
y restricciones de los curadores de la herencia yacente.
Asimismo, en dicha resolución se ordenó citar a los que se crean
con derecho a la sucesión, para que dentro del plazo de quince días con-
tados a partir del siguiente a la tercera publicación del edicto de ley, se
presenten a este juzgado a deducir sus derechos, y para que lo proveído
por este Juzgado tenga su legal cumplimiento.
Se libra el presente Edicto, en el Juzgado Quinto de lo Civil y
Mercantil de San Salvador, a las ocho horas con quince minutos del
día diecinueve de julio de dos mil dieciséis. DR. SAÚL ERNESTO
MORALES, JUEZ QUINTO DE LO CIVIL Y MERCANTIL, SAN
SALVADOR. LIC. DAVID ORLANDO TOBAR MOLINA, SECRE-
TARIO.
3 v. alt. No. F011287-3
LICENCIADO EDGAR ORLANDO ZUNIGA RIVAS, JUEZ DE LO
CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE SOYAPANGO.
HACE SABER: Que por resolución pronunciada por este juz-
gado de las diez horas con doce minutos del día doce de abril de dos
mil dieciséis, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio
de inventario la herencia intestada dejada a su defunción ocurrida el
día diecinueve de diciembre de dos mil trece; dejó el Causante RENE
ALEXANDER NAVAS QUINTEROS, quien fue de treinta y un años
de edad, empleado, hijo de ROSA EVELIA QUINTEROS AMAYA o
ROSA EBELIA QUINTEROS y de GERARDO NAVAS RIVERA,
estado civil soltero, originario del municipio de San Salvador, Departa-
mento de San Salvador, de Nacionalidad Salvadoreño, siendo su último
domicilio el Municipio de San Martín, Departamento de San Salvador,
con Documento Único de Identidad número CERO DOS CERO SEIS
CERO CERO OCHO NUEVE GUIÓN SEIS, de parte de GERAR-
DO NAVAS RIVERA, en su calidad de Padre del causante; ROSA
EVELIA QUINTEROS AMAYA o ROSA EBELIA QUINTEROS, en
calidad de madre del Causante; JONATHAN RENE NAVAS VIDES
y KEIRY ALEJANDRA NAVAS VIDES, en calidad de hijos menores
del causante, representados legalmente por su señora madre NUBIA
AZUCENA VIDES HERNÁNDEZ y como su procurador el Licenciado
ROBERTO ANTONIO HERRERA VENTURA. Y se le ha Conferido
a los aceptantes la Administración y Representación INTERINA de los
bienes de la sucesión con las facultades y restricciones de los curadores
de la herencia Yacente.
Y CITA: a los que se crean con derecho a la herencia referida para
que se presenten en el término de la ley, a hacer uso de sus derechos, en
la sucesión.
Librado en el Juzgado de lo Civil de Soyapango, a las quince
horas, treinta minutos del día treinta de junio de dos mil dieciséis. LIC.
EDGAR ORLANDO ZUNIGA RIVAS, JUEZ DE LO CIVIL. LICDA.
AMALIA DEYANIRA RODRIGUEZ MARTINEZ, SECRETARIA.
3 v. alt. No. F011299-3
TITULO DE PROPIEDAD
EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL.
HACE SABER: Que a esta Alcaldía Municipal, se ha presentado
por medio de escrito Gloria Dixie Zacapa de Morales, mayor de edad,
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117DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 6 de Septiembre de 2016.
Abogado, del domicilio de Nahuizalco, Departamento de Sonsonate,
con Documento Único de Identidad número cero tres cuatro seis ocho
cuatro uno seis guión uno, y Número de Identifi cación Tributaria cero
tres cero ocho guión cero uno cero uno ocho seis guión uno cero uno
guión cero; y con Tarjeta de Identifi cación de Abogado veinticinco
mil quinientos ochenta y dos; y actuando como apoderado General
Judicial del señor SANTOS MARDOQUEO MORALES PAREDES,
de sesenta y dos años de edad, comerciante en pequeño, del domicilio
de Nahuizalco, Departamento de Sonsonate, con Documento Único de
Identidad número cero uno ocho cuatro cero seis siete seis guión cinco
y Número de Identifi cación Tributaria cero tres cero ocho guión uno
tres uno cero cinco tres guión uno cero uno guión cinco; solicitando se
le extienda TITULO DE PROPIEDAD MUNICIPAL, de un inmueble
de naturaleza rústico, de origen ejidal, ubicado en Cantón El Carrizal,
municipio de Nahuizalco, departamento de Sonsonate, identifi cado como
parcela número OCHOCIENTOS TREINTA Y UNO, de una extensión
superfi cial de MIL TREINTA Y DOS PUNTO SEIS MIL SESENTA
Y NUEVE METROS CUADRADOS, de las medidas y colindancias
siguientes: AL NORTE: veintitrés metros punto diez centímetros, linda
con Marcela Paredes de Ortiz, calle de por medio, AL ORIENTE: treinta y
seis metros, linda con Patricio Morales Flores, con María Margarita Rafael
y Francisco Lipe. AL SUR: veintinueve metros punto diez centímetros,
linda con Manuel Morales. AL PONIENTE: cuarenta y dos metros punto
noventa y cinco centímetros, linda con Ricardo Morales, el inmueble
antes descrito no es dominante ni sirviente, no tiene cargas, ni derecho
real que pertenezcan a otras personas con quien hubiere proindivisión,
dicho inmueble lo adquirió por posesión material la cual ha ejercido por
más de quince años, en forma quieta pacífi ca e ininterrumpida, ejecutando
actos de toda clase que sólo da el derecho de dominio, todo a ciencia y
paciencia de vecinos y colindantes sin clandestinidad y sin haber sido
perturbado por nadie, dicho inmueble lo valúa en la suma de UN MIL
DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA.
Lo que se hace del conocimiento público para los efectos de ley.
Alcaldía Municipal de Nahuizalco, a las diez horas y treinta minutos
del día diecisiete de agosto del año dos mil dieciséis. JORGE WILLER
PATRIZ CASTANEDA, ALCALDE MUNICIPAL. LUIS ALBERTO
ROLIN ESCOBAR, SECRETARIO MUNICIPAL.
3 v. alt. No. F011113-3
EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL.
HACE SABER: Que a esta Alcaldía se han presentado el Licenciado
JUAN CARLOS GARCIA, mayor de edad, Abogado, del Domicilio de
San Rafael Cedros, con Documento Único de Identidad número cero dos
millones cuatrocientos treinta mil ciento catorce guión tres y Número
de Identifi cación Tributaria cero setecientos once-ciento setenta mil
seiscientos ochenta y cuatro guión ciento uno guión ocho, apoderado
General Judicial del señor FELIPE ORLANDO DURAN, solicitando
se le extienda TITULO DE PROPIEDAD Y DOMINIO de un inmueble
de naturaleza urbana, situado cuarta avenida norte, Barrio Los Ángeles,
Jurisdicción de Apastepeque, Departamento de San Vicente, de una
extensión Superfi cial de CUATROCIENTOS VEINTICINCO PUNTO
VEINTIOCHO METROS CUADRADOS, EQUIVALENTES A SEIS-
CIENTOS OCHO PUNTO CINCUENTA VARAS CUADRADAS. El
vértice Nor-Poniente, punto identifi cado como mojón número uno, que
es el vértice de pared existente y es donde se inicia la presente descrip-
ción técnica, que tiene los rumbos y distancias siguiente: LINDERO
NORTE: Partiendo del vértice Nor-Poniente formado por tres tramos
con los siguientes rumbos y distancias: tramo uno, Noreste ochenta y
cinco grados cincuenta y dos minutos cuarenta y un segundos, distancia
diez punto veintisiete metros; tramo dos, Noreste sesenta y un grados
cuarenta minutos veintinueve segundos, distancia tres punto noventa y
nueve metros, colinda en estos dos tramos con Deysi Pino, servidumbre
de acceso de uno punto sesenta metros de ancho de por medio; tramo
tres, Sureste cincuenta y siete grados doce minutos cincuenta y cuatro
segundos, distancia siete punto noventa y tres metros, se llega al vértice
Nor-Oriente, colinda en este tramo con María Mercilda Soriano Durán,
cerco sin materializar de por medio. LINDERO ORIENTE: Partiendo del
vértice Nor-Oriente formado por cuatro tramos con los siguientes rumbos
y distancias: tramo uno, Suroeste veintidós grados treinta minutos cuarenta
y ocho segundos, distancia un punto treinta y nueve metros, colinda en
este tramo con María Mercilda Soriano Durán, pared de por medio, tramo
dos, Suroeste trece grados cero minutos veintiún segundos, distancia siete
punto veinticinco metros, colinda en este tramo con Nicolás Rodríguez
Pino, pared de por medio; tramo tres, Suroeste nueve grados veintiún
minutos treinta y ocho segundos distancia siete punto noventa y siete
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metros, colinda en este tramo con William Franco, pared de por medio;
tramo cuatro, Suroeste once grados cincuenta y seis minutos veintiún
segundos, distancia seis punto sesenta y seis metros, se llega al vértice
Sur-oriente, colinda en este tramo con Santos Fausto Pino, pared de por
medio. LINDERO SUR: Partiendo del vértice Sur-Oriente formado por
tres tramos con los siguientes rumbos y distancias: Tramo uno, Noroeste
setenta y tres grados cuarenta y nueve minutos ocho segundos, distancia
nueve punto diecisiete metros, colinda en este tramo con Silvia Aguiluz,
pared de por medio: Tramo dos, Noroeste cuarenta grados dieciocho
minutos dieciocho segundos, distancia siete punto sesenta y seis metros;
tramo tres, Noroeste cincuenta y ocho grados cincuenta y tres minutos
veintitrés segundos, distancia seis punto sesenta y ocho metros; se llega
al vértice Sur-Poniente, colinda en estos dos tramos con Pedro Álvarez,
cerco de alambre de por medio. LINDERO PONIENTE: Partiendo del
vértice Sur-Poniente formado por dos tramos con los siguientes rumbos
y distancias: tramo uno, Noreste dieciocho grados dos minutos diez
segundos, distancia doce punto veintinueve metros, tramo dos, Noreste
cinco grados cincuenta y un minutos treinta y nueve segundos, distancia
cero punto ochenta y seis metros, se llega al vértice Nor-Poniente que
es donde se inició la presente descripción técnica, colinda en estos dos
tramos con María Isabel Barrera, pared y malla ciclón de por medio.
El terreno descrito goza de una servidumbre de acceso de la extensión
superfi cial de sesenta y nueve punto cero cinco metros cuadrados,
equivalente a noventa y ocho punto ochenta varas cuadradas. El vértice
Nor-Poniente, punto identifi cado como mojón número uno, que es
vértice de pared existente y es donde se Inicia la presente descripción
técnica, que tiene los rumbos y distancias siguientes: LINDERO NOR-
TE, partiendo del vértice Nor-Poniente formado por cuatro tramos Con
los siguientes rumbos y distancias: tramo uno, Noreste ochenta y seis
grados un minuto cuarenta y cuatro segundos, distancia nueve punto
setenta metros, tramo dos, Noreste sesenta y un grados tres minutos
nueve segundos, distancia tres punto cuarenta y dos metros; tramo tres,
Noreste veinticinco grados siete minutos ocho segundos, distancia tres
punto setenta y nueve metros, colinda en estos tres tramos con Deysi
Pino, pared de por medio; tramo cuatro, Sureste ochenta grados once
minutos cuarenta y nueve segundos, distancia veintiséis punto treinta
y ocho metros, se llega al vértice Nor-Oriente, colinda en este tramo
con Fredy Pérez, pared de por medio. LINDERO ORIENTE: Partiendo
del vértice Nor-Oriente formado por un tramo con rumbo Suroeste diez
grados dieciocho minutos dieciséis segundos, distancia un punto sesenta
y un metros, se llega al vértice Sur-Oriente, colinda en este tramo con
Unidad de Salud de Apastepeque, cuarta avenida norte de por medio.
LINDERO SUR: Partiendo del vértice Sur-Oriente formado por cuatro
tramos con los siguientes rumbos y distancias: tramo uno Noroeste
ochenta grados dieciocho minutos dieciséis segundos, distancia vein-
ticinco punto dieciséis metros; tramo dos, Suroeste veintiocho grados
treinta y cuatro minutos veintiséis segundos, distancia tres punto treinta
y un metros, colinda en estos dos tramos con María Mercilda Soriano
Durán, cerco sin materializar de por medio; tramo tres, Suroeste sesenta
y un grados cuarenta minutos veintinueve segundos, distancia tres punto
noventa y nueve metros; tramo cuatro, Suroeste ochenta y cinco grados
cincuenta y dos minutos cuarenta y un segundos, distancia diez punto
veintisiete metros, se llega al vértice Sur-poniente, colinda en estos dos
tramos con inmueble a titular propiedad de Felipe Orlando Durán, cerco
sin materializar de por medio. LINDERO PONIENTE: Partiendo del
vértice Sur-Poniente formado por un tramo con rumbo Noreste cinco
grados cincuenta y un minutos treinta y nueve segundos, distancia un
punto sesenta y dos metros, se llega al vértice Nor Poniente, que es
donde se inició la descripción técnica, colinda en este tramo con María
Isabel Barrera, portón de por medio, el inmueble y su servidumbre de
tránsito descrito no son dominantes, ni sirvientes de otros predios, no
están en proindivisión con otra persona, ni tienen cargas o derechos
reales que pertenezcan a otra persona, que el inmueble descrito lo valúa
en la cantidad de SIETE MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS
DE NORTE AMERICA, dicho Inmueble lo pose de buena fe, quieta y
pacífi camente, sin proindivisión alguna desde el diecisiete de junio de
dos mil cinco, o sea más de diez años continuos.
Lo que hace del conocimiento al público para los efectos de Ley.
Alcaldía Municipal de Apastepeque, a los dieciséis días del mes de
agosto del año dos mil dieciséis. GALILEO HERNANDEZ ALVARADO,
ALCALDE MUNICIPAL. MARIXA ANGELICA GUILLEN DE
RAMOS, SECRETARIA MUNICIPAL.
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119DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 6 de Septiembre de 2016. TÍTULO DE DOMINIO
ELISANDRO LEÓN RIVERA, Alcalde Municipal de Dulce Nombre
de María, Departamento de Chalatenango.
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado el Licenciado
Manuel de Jesús Rivas Cardoza, Mayor de edad, Abogado, del domicilio
de San Salvador, con Documento Único de Identidad cero cero cero diez
mil cuatrocientos cincuenta y nueve guión cinco y tarjeta de Abogado tres
mil cuatrocientos treinta, sin las inhabilidades para procurar contenidas
en Art. 67 del Código Procesal Civil y Mercantil, actuando en calidad
de apoderado del señores MIGUEL ANGEL ALVARENGA ALAS,
ALBERTINA ALAS DE ALVARENGA, conocida por ALBERTINA
ALAS MARTINEZ, GERMAN BALMORE ALVARENGA ALAS,
LUIS ANTONIO ALVARENGA ALAS Y WALTER STANLEY
ALVARENGA ALAS, de cincuenta y cinco, setenta y ocho, cincuenta y
seis, cincuenta y nueve y cincuenta y dos años de edad, respectivamente,
el primero Ingeniero Civil, la segunda ama de casa, el tercero Ingeniero
Civil, el cuarto Motorista y el quinto Agricultor, el primero del domicilio
de San Salvador y los cuatro restantes del domicilio de la población de
San Rafael, Departamento de Chalatenango, con Documento Único de
Identidad en su orden número, Cero dos millones setecientos cuarenta y
nueve mil seiscientos cuarenta guión cero, cero un millón setenta y cuatro
mil ochocientos sesenta y siete guión dos, cero un millón ochocientos
noventa y dos mil trescientos dieciséis guión cinco, cero cero doscientos
cincuenta y tres mil setenta guión cero, y cero cero doscientos cincuenta
y tres mil diecinueve guión cero. Con número de Identifi cación tributaria
en su orden números cero cuatrocientos treinta y uno guión veintiuno cero
cuatro sesenta y un guión cero cero uno guión uno, cero setecientos quince
guión cero dos once treinta y siete guión cero cero uno guión cuatro , cero
cuatrocientos treinta y uno guión veintiuno cero nueve cincuenta y nueve
guión cero cero uno guión cuatro, cero cuatrocientos treinta y uno guión
diez cero uno sesenta y cuatro guión cero cero uno guión guión nueve,
personería que al fi nal relaciona en calidad que prueba con testimonio
de Escritura de poder Judicial , otorgado a su favor en la ciudad de San
Salvador , a las ocho horas del día diecisiete de marzo del presente año
el cual anexa a la copia certifi cada, para que se agregue a las presentes
diligencias, en su concepto SOLICITA Título de Dominio de inmueble
de naturaleza URBANA, ubicado en Barrio El Carmen de esta ciudad,
de una extensión Superfi cial de DOSCIENTOS TREINTA Y CUATRO
METROS CUADRADOS, NUEVE DECIMETRO CUADRADOS,
según sus antecedentes, pero conforme a certifi cación de Denominación
Catastral de la Ofi cina de Mantenimiento Catastral de Chalatenango,
su área es de DOSCIENTOS UNO PUNTO CERO OCHO METROS
CUADRADOS , de las medidas y colindancias siguientes AL ORIENTE.
Con casa de Luz Fuentes Mercado viuda de Tejada, calle pública de por
medio; siete metros diez centímetros, AL NORTE. Con solar que fue
de Manuel Antonio Valdez; hoy del señor Santos Contreras, diecinueve
metros veinticinco centímetros; en línea recta cerca de madera de por
medio, propia del solar que se describe; AL PONIENTE con terreno de
Teresa y maría ambas de apellido Nuñez, que antes fue de Leonor Nuñez,
cerca de madera de por medio, propia del inmueble que se describe,
línea recta mide trece metros treinta centímetros; AL SUR Con solar y
casa de Pedrina Soriano , que antes formó parte del inmueble del cual el
que se describe es el resto, porción segregada que el otorgante vendió a
Arturo Girón, mide veintiséis metros sesenta y cinco centímetros, en tres
tiros siendo el primero de cuatro metros noventa y cinco centímetros;
el segundo de cincuenta y cinco centímetros con Ángulo hacia el sur y
el tercero de veintiún metros quince centímetros, con ángulo hacia el
poniente , casa y tapial de ladrillo de por medio propio de la colindante.
En el inmueble descrito hay construida, paredes de adobe, techo de teja
de seis metros, seiscientos ochenta y ocho milímetros de largo por cinco
metros dieciséis milímetros de ancho. El inmueble descrito no es predio
dominante, ni sirviente, y está en proindivisión de los representados y lo
estiman por un valor de VEINTE MIL DOLARES DE LOS ESTADOS
UNIDOS DE AMERICA. Todos los colindantes pueden ser citados, en
el Barrio El Carmen de esta ciudad, lo cual se hace del conocimiento
del público para los efectos de Ley.
Alcaldía Dulce Nombre de María, Departamento de Chalatenango,
a los nueve días del mes de agosto dos mil dieciséis.- ELISANDRO
LEON RIVERA, ALCALDE MUNICIPAL.- ENRIQUE GEOVANI
PEREZ LANDAVERDE, SECRETARIO MUNICIPAL.
3 v. alt. No. C000331-3
RENOVACION DE MARCAS
No. de Expediente: 1999006347
No. de Presentación: 20130192636
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado JORGE
ARMANDO AYALA OSEGUEDA, mayor de edad, ABOGADO, del
domicilio de SOYAPANGO, DEPARTAMENTO DE SAN SALVA-
DOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO
de DROGUERIA Y LABORATORIO PHARMALAT, SOCIEDAD
ANONIMA, del domicilio de 18 Av. 10-03 Zona 11, Colonia Mirafl ores,
Ciudad de Guatemala, República de Guatemala, de nacionalidad
GUATEMALTECA, solicitando RENOVACION, para la inscripción
Número 00139 del Libro 00180 de INSCRIPCION DE MARCAS,
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consistente en la palabra "MEGABION", escrita en letras corrientes,
de molde, mayúsculas; que ampara productos/servicios comprendidos
en la(s) Clase 05 de la Clasifi cación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
a los veintiséis días del mes de noviembre del año dos mil trece.
PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,
REGISTRADOR.
ROXANA EUGENIA HERNANDEZ ORELLANA,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C000344-3
NOMBRE COMERCIAL
No. de Expediente: 2016151940
No. de Presentación: 20160233323
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado EDWIN
ISAAC PATIÑO CASTILLO, de nacionalidad SALVADOREÑA, en
su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro del NOMBRE
COMERCIAL:
Consistente en: las palabras JONATHAN COFFEE y diseño, tra-
ducidas al castellano como CAFETERÍA JONATHAN, que servirá para:
IDENTIFICAR UNA EMPRESA DEDICADA A RESTAURANTES
Y VENTA AL POR MENOR DE PRODUCTOS DE PANADERÍA,
GALLETAS Y SIMILARES.
La solicitud fue presentada el día seis de mayo del año dos mil
dieciséis.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
doce de mayo del año dos mil dieciséis.
MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,
REGISTRADOR.
SAYONARA AYALA DE GUERRERO,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C000346-3
SUBASTA PUBLICA
EL INSTITUTO SALVADOREÑO DE DESARROLLO MUNICIPAL
-ISDEM-
Invita al Público en general, a la
SUBASTA PÚBLICA DE VEHICULOS
No. 01/2016
MITSUBISHI, MONTERO, 1989; MITSUBISHI, MONTERO, 1992;
MITSUBISHI, MONTERO, 1992; MITSUBISHI, MONTERO, 1992;
MITSUBISHI, MONTERO, 1992; MITSUBISHI, MONTERO, 1992;
MITSUBISHI, MONTERO, 1992; TOYOTA, TERCEL, 1992; MI-
CROBUS, TOYOTA, LITE ACE, 1989; PANEL, TOYOTA, LITE
ACE, 1991; PICK UP, NISSAN, 1993; TOYOTA, LAND CRUISER,
1996; PICK UP, MITSUBISHI, L200, 2002; PICK UP, CHEVROLET,
S10, 1994.
VENTA DE BASES: Del 12 al 19 de septiembre de 2016, de 8:00
a.m. a 12:00 m y de 1:30 a 4:00 p.m., LUGAR: Ofi cina de la UACI del
ISDEM, ubicadas en 4a Calle Poniente entre 41 y 43 Avenida Sur, No.
2223, Colonia Flor Blanca, San Salvador; Costo de las Bases: US$10.00
(Diez 00/100 dólares, moneda de los Estados Unidos de América) los
cuales deberán ser cancelados en la Tesorería del ISDEM.
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121DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 6 de Septiembre de 2016.
EXHIBICION DE BIENES: Día martes 20 y miércoles 21 de
septiembre de 2016, de 08:00 a.m. a 4:00 p.m., LUGAR: Ofi cinas del
ISDEM, ubicadas en la Región Occidental, Calle Aldea San Antonio y
Calle al Cactus, antiguo plantel de la Dirección General de Caminos,
Ciudad y Departamento de Santa Ana, Teléfono: (503) 2440-0233, (503)
2440-7118.
ACTO DE LA SUBASTA PÚBLICA: 6 de octubre de 2016, a
partir de las 09:00 a.m., en adelante. LUGAR: Oficinas del ISDEM,
ubicadas en la Región Occidental, Calle Aldea San Antonio y Calle al
Cactus, antiguo plantel de la Dirección General de Caminos, Ciudad
y Departamento de Santa Ana. Teléfono: (503) 2440-0233, (503)
2440-7118.
San Salvador, 24 de agosto de 2016.
LIC. JUAN ALFREDO HENRIQUEZ AMAYA,
GERENTE GENERAL.
3 v. c. No. F011731-3
REPOSICION DE CERTIFICADOS
VEINSA, S.A. DE C.V., sociedad de este domicilio, al público en
general.
HACE SABER QUE: A nuestras ofi cinas se ha presentado el
Representante Legal de la sociedad PROGRESO Y DESARROLLO,
S.A. DE C.V., en calidad de propietario de los certifi cados de acciones
número 1 que ampara 8,750 acciones numeradas del 1 al 8,750, número
3 que ampara 20,000 acciones numeradas del 17,501 al 37,500, número
4 que ampara 20,000 acciones numeradas del 37,501 al 57,500, número 5
que ampara 9,564 acciones numeradas del 57,501 al 67,064, número 47
que ampara 5,000 acciones numeradas del 147,675 al 152,674, número 48
que ampara 5,000 acciones numeradas del 152,675 al 157,674, número 49
que ampara 4,826 acciones numeradas del 157,675 al 162,500, número
51 que ampara 15,000 acciones numeradas del 177,501 al 192,500,
número 52 que ampara 8,110 acciones numeradas del 8,751 al 16,860,
número 54 que ampara 10,000 acciones numeradas del 192,501 al
202,500, número 58 que ampara 7,500 acciones numeradas del 220,001
al 227,500, número 59 que ampara 7,500 acciones numeradas del 227,501
al 235,000 solicitando la reposición de todos los certifi cados por haber
sido extraviados.
Por lo que, se hace del conocimiento público para los efectos legales
del caso, transcurridos treinta días después de la tercera publicación
y si no hubiere oposición, se procederá a reponer los certifi cados en
referencia.
San Salvador, a los veinticinco días del mes de agosto de dos mil
dieciséis.
JOSE ANTONIO SALAVERRIA BORJA,
VICE-PRESIDENTE.
3 v. alt. No. C000347-3
BANCO PROCREDIT, S.A.
AVISA: Que se ha presentado a nuestra Agencia Soyapango parte
interesada manifestando que ha extraviado el certifi cado de Depósito
a Plazo Fijo No. 22970 de la cuenta No. 1902-01-001175-8 extendido
por nuestra institución el 23 de diciembre de 2011 a nombre de María
Teresa Melara Guardado por un monto de Veintiún Mil 00/100 dólares,
(US $21,000.00) a 1,800 días plazo, a una tasa de interés del 2.60%
Lo que se hace del conocimiento público, para efectos de reposición
del certifi cado relacionado conforme a los artículos 486 y 932 del Código
de Comercio vigente.
En caso de que en treinta días después de la tercera y última publi-
cación del presente aviso, el Banco no recibiere reclamo alguno respecto
a éste, se hará la reposición del Certifi cado arriba mencionado.
San Salvador, 25 de agosto del 2016.
YESSENIA HERNANDEZ,
JEFE BACK-OFFICE CENTRALIZADO.
3 v. alt. No. C000353-3
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122 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 412
MARCA DE SERVICIOS
No. de Expediente: 2016152580
No. de Presentación: 20160234499
CLASE: 38.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado ISIS LUCILA
BONILLA DE ORANTES, en su calidad de APODERADO de EL
SALVADOR NETWORK, SOCIEDAD ANONIMA que se abrevia:
EL SALVADOR NETWORK, S.A., de nacionalidad SALVADOREÑA,
solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS.
SPEEDNET PLUS
Consistente en: las palabras SPEEDNET PLUS, que servirá para:
AMPARAR: SERVICIOS DE TELECOMUNICACIONES E INTER-
NET. Clase: 38.
La solicitud fue presentada el día siete de junio del año dos mil
dieciséis.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
quince de julio del año dos mil dieciséis.
MAURICIO ENRIQUE SÁNCHEZ VÁSQUEZ,
REGISTRADOR.
SAYONARA AYALA DE GUERRERO,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C000334-3
No. de Expediente: 2015146093
No. de Presentación: 20150222319
CLASE: 38.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado ISIS
LUCILA BONILLA DE ORANTES, en su calidad de APODERADO
GENERAL JUDICIAL de EL SALVADOR NETWORK, SOCIEDAD
ANONIMA que se abrevia: EL SALVADOR NETWORK, S.A., de
nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA
DE SERVICIOS.
SPEEDNET
Consistente en: la palabra SPEEDNET, cuya traducción al caste-
llano es: RED VELOZ, que servirá para: AMPARAR: SERVICIOS DE
TELECOMUNICACIONES E INTERNET. Clase: 38.
La solicitud fue presentada el día tres de septiembre del año dos
mil quince.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
siete de septiembre del año dos mil quince.
GEORGINA VIANA CANIZALEZ,
REGISTRADORA.
JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C000335-3
No. de Expediente: 2016153033
No. de Presentación: 20160235199
CLASE: 42.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado BENJAMIN
VALDEZ IRAHETA, en su calidad de REPRESENTANTE LEGAL de
BENJAMIN VALDEZ & ASOCIADOS, LIMITADA DE CAPITAL
VARIABLE que se abrevia: BENJAMIN VALDEZ & ASOCIADOS,
LTDA. DE C. V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el
registro de la MARCA DE SERVICIOS.
Consistente en: las palabras DataSync traducidas al castellano como
SINCRONIZAR DATOS, que servirá para: AMPARAR: SERVICIOS
INFORMATICOS, CONSULTORIA EN SOFTWARE, CONTROL A
DISTANCIA DE SISTEMAS INFORMATICOS, RECUPERACION
DE DATOS INFORMATICOS. Clase: 42.
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123DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 6 de Septiembre de 2016.
La solicitud fue presentada el día veintidós de junio del año dos mil dieciséis.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, veintiocho de junio del año dos mil dieciséis.
DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ,
REGISTRADOR.
SOFÍA HERNÁNDEZ MELÉNDEZ,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F011196-3
MARCA DE PRODUCTO
No. de Expediente: 2016152719
No. de Presentación: 20160234781
CLASE: 01.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado FERNAN-DO DUCH FLORES, en su calidad de REPRESENTANTE LEGAL de SAINT GERMAIN, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: SAINT GERMAIN, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO.
Consistente en: la expresión DR+PLUS y diseño, que se traduce al castellano como DOCTOR + MAS, que servirá para: AMPARAR: ALCOHOL ETÍLICO; EN PRESENTACIÓN DE SPRAY. Clase: 01.
La solicitud fue presentada el día trece de junio del año dos mil dieciséis.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, cuatro de julio del año dos mil dieciséis.
MELVY ELIZABETH CORTEZ VANEGAS,
REGISTRADORA.
JIMMY NELSON RAMOS SANTOS,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C000337-3
No. de Expediente: 2016152718
No. de Presentación: 20160234780
CLASE: 04.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado FERNAN-
DO DUCH FLORES, en su calidad de REPRESENTANTE LEGAL
de SAINT GERMAIN, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL
VARIABLE que se abrevia: SAINT GERMAIN, S.A. DE C.V., de
nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA
DE PRODUCTO.
Consistente en: la palabra PROLINE, que servirá para: AMPARAR:
ACEITES Y LUBRICANTES PARA VEHICULOS. Clase: 04.
La solicitud fue presentada el día trece de junio del año dos mil
dieciséis.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
veinte de junio del año dos mil dieciséis.
MELVY ELIZABETH CORTEZ VANEGAS,
REGISTRADORA.
JIMMY NELSON RAMOS SANTOS,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C000338-3
No. de Expediente: 2016153332
No. de Presentación: 20160235881
CLASE: 31.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado ANA CATA-
LINA KURY CHAVARRI, de nacionalidad SALVADOREÑA, en su
DIARIO
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124 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 412
calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro de la MARCA DE
PRODUCTO.
Consistente en: las palabras K-9 DELIGHTS y diseño, en donde
DELIGHTS se traducen al castellano como DELICIAS. Sobre el uso de
la palabra DELIGHTS que compone la marca, aisladamente considerada
no se concede exclusividad, que servirá para: AMPARAR: PRODUC-
TOS AGRICOLAS, HORTICOLAS Y FORESTALES; GRANOS NO
COMPRENDIDOS EN OTRAS CLASES; ANIMALES VIVOS; FRU-
TAS Y VEGETALES FRESCOS; SEMILLAS, PLANTAS Y FLORES
NATURALES; PRODUCTOS ALIMENTICIOS PARA ANIMALES;
MALTA. Clase: 31.
La solicitud fue presentada el día seis de julio del año dos mil
dieciséis.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
dieciséis de agosto del año dos mil dieciséis.
MAURICIO ENRIQUE SÁNCHEZ VÁSQUEZ,
REGISTRADOR.
SAYONARA AYALA DE GUERRERO,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F011144-3
No. de Expediente: 2016151071
No. de Presentación: 20160231604
CLASE: 16.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado LUZ DE
MARIA BUSTAMANTE GUILLEN, en su calidad de APODERADO
de JULIO IGNACIO RODRIGUEZ MORANO, de nacionalidad AR-
GENTINA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO.
MANAGEMENT SOCIETY
Consistente en: la frase MANAGEMENT SOCIETY, que se traduce
al castellano como Gestión y Sociedad, que servirá para: AMPARAR:
REVISTAS. Clase: 16.
La solicitud fue presentada el día treinta y uno de marzo del año
dos mil dieciséis.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
veintinueve de abril del año dos mil dieciséis.
DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ,
REGISTRADOR.
LUCÍA MARGARITA GALÁN ARGUETA,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F011219-3
No. de Expediente: 2016153768
No. de Presentación: 20160236709
CLASE: 31.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado
ALEXANDER AGUILAR HASBUN, en su calidad de APODERADO de
MALTA TEXO DE MÉXICO, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL
VARIABLE, de nacionalidad MEXICANA, solicitando el registro de
la MARCA DE PRODUCTO.
PET'S JOY
Consistente en: la frase PET'S JOY, que se traduce al castellano
como ALEGRIA DE LAS MASCOTAS, que servirá para: AMPARAR:
ALIMENTO BALANCEADO PARA ANIMALES. Clase: 31.
La solicitud fue presentada el día veintidós de julio del año dos
mil dieciséis.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
veintiséis de julio del año dos mil dieciséis.
LICDA. HAZEL VIOLETA ARÉVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELÁSQUEZ,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F011249-3
Imprenta Nacional - Tiraje 350 Ejemplares.
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