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Diputación provincial De cáceres · 27 de enero de 2016 núMero 17 Diputación provincial De...

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https://www.dip-caceres.es/ D.L.CC-1-1958 MIÉRCOLES 27 DE ENERO DE 2016 NÚMERO 17 DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE CÁCERES Formalización contrato Obra 01/196-2014-2015. Urbanizaciones y Cementerio en Trujillo ...................................................................................... Página 3 Contrato marco de suministro de material eléctrico para pequeñas reparacio- nes y reposición de los distintos centros de la Excma. Diputación Provincial de Cáceres ............................................................................ Página 5 AYUNTAMIENTOS Alía Aprobación inicial proyecto de reparcelación Polígono Industrial “El Rodeo” ...... Página 8 Arroyomolinos Aprobación definitiva Presupuesto General ejercicio 2016 ................ Página 9 Barrado Aprobación inicial Presupuesto General ejercicio 2016 ..................... Página 12 Aprobación definitiva modificación tasa de venta ambulante y Ordenanza fiscal re- guladora ................................................................................... Página 13 Campo Lugar Corrección de errores ................................................................. Página 21 Cañamero Régimen dedicación parcial, retribuciones miembros de la Corporación.... Página 22 Carbajo Expediente modificaciones de créditos 3/2015 ............................... Página 23 Casillas de Coria Exposición pública Padrones Fiscales............................................. Página 24 Collado de la Vera Aprobación definitiva Ordenanza creación Ficheros de Datos Personales de Titularidad Pública ...................................................................................... Página 25
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Miércoles

27 de enero de 2016 núMero 17

Diputación provincial De cáceresFormalización contrato Obra 01/196-2014-2015. Urbanizaciones y Cementerio en Trujillo ...................................................................................... Página 3Contrato marco de suministro de material eléctrico para pequeñas reparacio-nes y reposición de los distintos centros de la Excma. Diputación Provincial de Cáceres ............................................................................ Página 5

aYuntaMientosalía

Aprobación inicial proyecto de reparcelación Polígono Industrial “El Rodeo”...... Página 8

arroyomolinosAprobación definitiva Presupuesto General ejercicio 2016 ................ Página 9

BarradoAprobación inicial Presupuesto General ejercicio 2016 ..................... Página 12Aprobación definitiva modificación tasa de venta ambulante y Ordenanza fiscal re-guladora ................................................................................... Página 13

campo lugar Corrección de errores ................................................................. Página 21

cañameroRégimen dedicación parcial, retribuciones miembros de la Corporación.... Página 22

carbajoExpediente modificaciones de créditos 3/2015 ............................... Página 23

casillas de coriaExposición pública Padrones Fiscales ............................................. Página 24

collado de la veraAprobación definitiva Ordenanza creación Ficheros de Datos Personales de Titularidad Pública ...................................................................................... Página 25

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Número 17 /Miércoles 27 de Enero de 2016 Página 2

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BOPCáceres

la cumbreAprobación definitiva Ordenanza Fiscal servicios de la Residencia Mayores y Centro de días ...................................................................................... Página 37

DescargamaríaConvocatoria cargo Juez de Paz .................................................... Página 38

eljasPresupuesto General definitivo ejercicio 2016 ................................ Página 39

Gargüera de la veraPresupuesto General definitivo 2016 ............................................. Página 41

Majadas de tiétarAprobación definitiva expediente modificación de créditos 17/2015 ... Página 43

MonroyPresupuesto General definitivo 2016 ............................................. Página 45

navalmoral de la MataAdjudicación contrato de suministro de “Carburantes con destino a los vehículos municipales” .............................................................................. Página 47

peraleda de san románPresupuesto General definitivo ejercicio de 2016 ............................ Página 49

riolobosAprobación bases convocatoria para concesión de ayudas locales a la natalidad–cheque bebé ............................................................................ Página 51

tornavacasAprobación definitiva modificación Ordenanza fiscal servicio de Guardería Infantil ........................................................................ Página 55

torrecilla de los ángelesAprobación definitiva Presupuesto General ejercicio de 2016 ............ Página 56

aDMinistración Del estaDoMinisterio De aGricultura, aliMentación Y MeDio aMBiente Confederación Hidrográfica del TajoMadrid

Pago a titulares por expediente de expropiación forzosa .................. Página 59

anuncios en GeneralFraterniDaD Muprespacáceres

Responsabilidad empresarial ........................................................ Página 60

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Diputación provincial De cáceres

ANUNCIO. Formalización contrato Obra 01/196-2014-2015. Urbanizaciones y Cementerio en Trujillo

La Excma. Diputación Provincial de Cáceres, ha resuelto formalizar el contrato de la siguiente obra a la empresa más abajo relacionada:

1. Entidad adjudicadora:a) Organismo: Diputación Provincial de Cáceres.b) Dependencia que tramita el expediente: Servicio General de Planificación de Planes y Programas. Negociado de Contratación II.c) Número de expediente: 1/196/2014-2015d) Dirección de Internet del perfil del contratante: www.dip-caceres.es

2. Objeto del contrato:a) Tipo de contrato: administrativo.b) Descripción: URBANIZACIONES Y CEMENTERIO EN TRUJILLO.c) Lote (en su caso):d) CPV (Referencia de Nomenclatura): 45233252-0e) Acuerdo marco: No procede.f) Sistema dinámico de adquisiciones: No procede.g) Medio de publicación del anuncio de licitación: Boletín Oficial de la Pro-vinciah) fecha de publicación del anuncio de licitación: 11 de agosto de 2015.

3. Tramitación y procedimiento de adjudicación:a) Tramitación: ORDINARIA.b) Procedimiento: PROCEDIMIENTO ABIERTO VARIOS CRITERIOS

4. Valor estimado del Contrato: 451.137,19 euros

5. Presupuesto base de licitación:

Anualidad 2014:

Importe neto: 225.568,60 eurosImporte total: 272.938,00 euros

Anualidad 2015:

Importe neto: 225.568,60 eurosImporte total: 272.938,00 euros

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6. Formalización del Contrato:a) Fecha de adjudicación: 9 de diciembre de 2015.b) Fecha de formalización del contrato: 19 de enero de 2016c) Contratista: JM CONSTRUCCIONES, JOSE M. GARCÍA BALLESTEROS S.L.U.d) Importe o canon de adjudicación:

Anualidad 2014: Importe neto: 225.568,60 eurosImporte total: 272.938,00 euros

Anualidad 2015:Importe neto: 79.851,29 eurosImporte total: 96.620,06 euros

e) Ventajas de la oferta adjudicataria:1.- Baja oferta económica: 176.317,94 euros2.- Programa control interno de calidad: 3%3.- Ampliación plazo de garantía: 24 mesesLo que se hace público para general conocimiento.

CACERES, 21 de enero de 2016

EL SECRETARIO

AUGUSTO CORDERO CEBALLOS314

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Diputación provincial De cáceres

ANUNCIO. Contrato marco de suministro de material eléctrico para pequeñas reparaciones y reposición de los distintos centros de la Excma. Diputación Provincial de Cáceres

De licitación de Contrato de Suministro.

1.- Entidad adjudicadora: Datos generales y datos para la obtención de lainformación:a) Organismo: Diputación Provincial de Cáceresb) Dependencia que tramita el expediente: Servicio de Compras y Suminis-tros.c) Obtención de documentación e información:

1) Dependencia: Negociado de Servicios y Suministros2) Domicilio: Plaza de Santa María, s/n.3) Localidad y código postal: Cáceres 10071.4) Teléfono:(927) 255 4165) Correo electrónico: [email protected]) Dirección de Internet del perfil del contratante:www.dip-caceres.es (Suministros y Servicios)Fecha límite de obtención de documentos e información:Último día del plazo de presentación de ofertas.8) Número de expediente: 32/2015 - SM

2.- Objeto del contrato.a) Tipo: Suministro.b) Descripción: “Suministro de material eléctrico para pequeñas reparaciones y reposición de los distintos centros de la Excma. Diputación Provincial de Cáceres”.División por lotes y número de lotes/número de unidades: Nod) Lugar de ejecución/entrega: Según lo establecido en los pliegose) Plazo de ejecución/entrega: Según lo establecido en los pliegos.f) Admisión de Prórroga: Sig) Establecimiento de un Acuerdo Marco (en su caso): Sih) Sistema dinámico de adquisición (en su caso): Noi) CPV (referencia Nomenclatura):CPV: 31500000-1 Material de iluminación y lámparas31532910-6 Tubos fluorescentes31680000-6 Materiales y accesorios eléctricos31681000-3 Accesorios eléctricos

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CPA- 27.12.4 Componentes de aparatos de distribución y control eléctrico, del Código de clasificación CPA-2008 recogida en el REGLAMENTO (CE) Nº 451/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo de 23 de abril de 2008 por el que se establece una nueva clasificación estadística de productos por ac-tividades (CPA) y se deroga el Reglamento (CEE) nº 3696/93 del Consejo.j) Modificaciones: No.

3.- Tramitación, procedimientoa) Tramitación: Ordinariab) Procedimiento: AbiertoSubasta electrónica: No

Criterios de adjudicación:Las ofertas de las empresas que participen en la negociación podrán valor-arse con un máximo de 100 puntos, en función del resultado de aplicar al total de la oferta, teniendo en cuenta las unidades de material a suministrar, la fórmula siguiente:

Donde:P = Puntos obtenidos.OL= Oferta de cada uno de los licitadores.OMB= Oferta más baja.Puntuación = Mejor oferta económica*100

Tendrán preferencia para la selección, a igual puntuación obtenida en apli-cación del criterio que ha sido expuesto en este apartado:

1. Las empresas que, en el momento de acreditar su solvencia técnica, ten-gan en su plantilla un número de trabajadores con discapacidad superior al 2 %. Si varias empresas licitadoras de las que hubieren empatado acreditan tener relación laboral con personas con discapacidad en un porcentaje su-perior al 2 %, tendrá preferencia en la adjudicación del contrato el licitador que disponga del mayor porcentaje de trabajadores fijos con discapacidad en su plantilla.

2. Las empresas de inserción que se regulan por la Ley 44/2007, de 13 de diciembre, y que hubieran presentado en el sobre de documentación admin-istrativa compromiso formal del licitador o su representante de contratar no menos del 30% de sus puestos de trabajo con personas en situación de exclusión social.

3. Las empresas que en el momento de acreditar su solvencia técnica, se encuentren en posesión del distintivo “Igualdad en la empresa” que se regula por Real Decreto 1615/2009, de 26 de octubre.

4.- Valor estimado del contrato: 102.479,30 €

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5.- Presupuesto base de licitación:a) Importe neto euros: 102.497,53 €b) Importe total: 204.958,60 €c) Financiación: Este contrato se financia con fondos propios de la Diputación.

6.- Garantías exigidas:Provisional (importe): No procedeDefinitiva: 5% del precio de adjudicación.

7.- Requisitos específicos del contratista:a) Clasificación (grupo, subgrupo y categoría) (en su caso): No procede.b) Solvencia económica y financiera y solvencia técnica y profesional (en su caso) las recogidas en la cláusula 32ª del Pliego de Cláusulas Administrati-vas.c) Otros requisitos específicos: Nod) Contratos reservados: No.

8.- Presentación de ofertas o de solicitud de participación:a) Fecha límite de presentación: transcurridos 15 días naturales desde la publicación, a las 14:00 horas.b) Modalidad de presentación: Oficina receptora.c) Lugar de presentación: Diputación Provincial de Cáceres.

1) Dependencia: Negociado Servicios y Suministros2) Domicilio: Plaza de Santa María s/n3) Localidad y código postal: 10.071 Cáceres4) Dirección electrónica: [email protected]) Número previsto de empresas a las que se pretende invitar a presentar

ofertas(procedimiento restringido): No procedee) Admisión de variantes, si procede: No se admitiráf) Plazo durante el cual el licitador estará obligado a mantener su oferta:

Dos meses

9.- Apertura de las ofertas:a) Dirección: Diputación Provincial de Cáceres. Sala de Comisiones.b) Localidad y código postal: 10.071 CáceresFecha y Hora: Sobre nº 2 el 17 de Febrero, a las 12:30 horas.

10.- Gastos de publicidad: Máximo de 1.000,00 €.

CÁCERES, 22 de enero de 2016.

LA VICESECRETARIA

ANA DE BLAS ABAD325

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aYuntaMientos

alía

EDICTO. Aprobación inicial proyecto de reparcelación del Polígono Indus-trial “El Rodeo

Por acuerdo del Pleno de este Ayuntamiento, en sesión celebrada el día 14 de enero de 2016, se aprobó inicialmente el proyecto de reparcelación del Polígono Industrial “El Rodeo”, de este término municipal, de conformidad con el artículo 43.3c)1ª. de la Ley 15/2001, de 14 de diciembre, del Suelo y Ordenación Territorial de Extremadura, se somete a información pública durante le plazo de treinta días, a contar desde el día siguiente al de la pub-licación del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia.

Durante dicho plazo podrá ser examinado por cualquier interesado en las dependencias municipales para que se formulen las alegaciones que se esti-men pertinentes.

En Alía a 25 de enero de 2016.

La Alcaldesa,

Cristina Ramírez Rubio312

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arroYoMolinos

ANUNCIO. Aprobación definitiva del Presupuesto General para el ejercicio económico 2016

Aprobado definitivamente el Presupuesto General del Ayuntamiento para el 2016, y comprensivo aquel del Presupuesto General de este Ayuntamiento, Bases de Ejecución, plantilla de Personal funcionario y laboral, de conformidad con el artículo 169 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de Haciendas Locales aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo y el artículo 20 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, se publica el resumen del mismo por capítulos:

CAPITULOS INGRESOS

A) OPERACIONES CORRIENTES

EUROS

1 IMPUESTOS DIRECTOS 118.528´902 IMPUESTOS INDIRECTOS 5.000´003 TASAS Y OTROS INGRESOS 258.690´004 TRANSFERENCIAS CORRIENTES 369.800´005 INGRESOS PATRIMONIALES 96.981´10

B) OPERACIONES DE CAPITAL

6 ENAJENACIÓN DE INVERSIONES REALES 500´007 TRANSFERENCIAS DE CAPITAL 120.000´008 ACTIVOS FINANCIEROS 09 PASIVOS FINANCIEROS 0

TOTAL INGRESOS 969.500

GASTOS

A) OPERACIONES CORRIENTES

1 GASTOS DE PERSONAL 323.5002 GASTOS EN BIENES CORRIENTES Y

SERVICIOS487.300

3 GASTOS FINANCIEROS 1.2004 TRANSFERENCIAS CORRIENTES 19.5005 FONDO DE CONTINGENCIA Y OTROS

IMPREVISTOS3.000

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B) OPERACIONES DE CAPITAL

6 INVERSIONES REALES 130.0007 TRANSFERENCIAS DE CAPITAL 5.0008 ACTIVOS FINANCIEROS 09 PASIVOS FINANCIEROS 0

TOTAL GASTOS 969.500

PLANTILLA DE PERSONAL 2016

FUNCIONARIOS DE CARRERA.

ESCALA PUESTO NÚMERO GRUPO NIVEL

HABILITACION NACIONAL

SECRETARIA INTERVENCION

1 A1/A2 26

ADMINISTRACION GENERAL

ADMINISTRATIVO 2 C1 22

ADMINISTRACION GENERAL

AGENTES NOTIFICADORES

2 C2 18

PERSONAL LABORAL

SERVICIO PUESTO REGIMEN PLAZA

OBRAS PUBLICASOPERARIO DE SERVICIOS MULTIPLES

FIJO. 1

APRENDIZAJE A LO LARGO DE LA VIDA

MONITORA

EVENTUAL 1

BIBLIOTECA DINAMIZADOR EVENTUAL 2AYUDA A

DOMICILIO AUXILIAR EVENTUAL 2AEDL

TÉCNICO EVENTUAL 1JARDINES JARDINERO EVENTUAL 1EDIFICIOS PUBLICOSMANTENEDOR EVENTUAL 2TALLER DE EMPLEO MONITORES EVENTUAL 3

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TALLER DE EMPLEO ALUMNOS EVENTUAL 10OFICINA DE TURISMO

DINAMIZADOR EVENTUAL 1

LIMPIEZA LIMPIADOR EVENTUAL 1MANTENIMIENTO DEPENDENCIAS

CARPINTERO EVENTUAL 1

En Arroyomolinos a 20 de enero de 2016.

El Alcalde,

Antonio Solís Balset.294

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BarraDo

ANUNCIO Presupuesto General para el ejercicio económico 2016

Aprobado inicialmente en sesión ordinaria de Pleno de este Ayuntamiento, de fecha 18 de enero de 2016, el Presupuesto General, Bases de Ejecución, y la plantilla de personal funcionario, laboral y eventual para el ejercicio económico 2016, con arreglo a lo previsto en el artículo 169 del Texto Refundido de la ley Reguladora de Haciendas Locales aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo y el artículo 20 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, se expone al público el expediente y la documentación preceptiva por plazo de quince días desde la publicación de este anuncio, a los efectos de reclamaciones y alegaciones.

De conformidad con el acuerdo adoptado el Presupuesto se considerará definitivamente aprobado, si durante el citado plazo no presenten reclama-ciones.1

Barrado a 22 de enero de 2016.

EL ALCALDE,

D. Jaime Díaz Breña.

302

1 En el caso de que se hubieran realizado alegaciones el Pleno dispondrá de un plazo de un mes para resolverlas,

en virtud del artículo 169.1 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de Haciendas Locales aprobado por Real

Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.

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BarraDo

ANUNCIO. Aprobación definitiva modificación de la tasa de venta ambu-lante y Ordenanza fiscal reguladora

El Pleno del Ayuntamiento de Barrado, en sesión ordinaria celebrada el día 18 de enero de 2016, acordó la aprobación definitiva, con resolución expresa de las reclamaciones presentadas, de la modificación de la tasa de venta ambulante y Ordenanza fiscal reguladora de la misma, cuyo texto íntegro se hace público en cumplimiento del artículo 17 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.

«Transcurrido el plazo de exposición al público del Acuerdo provisional de modificación de la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por venta ambulante, de aplicación en este Municipio, adoptado por el Pleno de la Corporación con fecha 23 de noviembre de 2015, examinadas las reclamaciones presentadas contra dicho Acuerdo, y teniendo en cuenta el informe-propuesta de Secre-taría y el Dictamen de la Comisión de Hacienda, el Pleno del Ayuntamiento de Barrado, en sesión ordinaria de fecha 18 de enero de 2016, previa delib-eración, y por mayoría absoluta de los miembros de la Corporación,

ACUERDA

PRIMERO. Desestimar las alegaciones presentadas por D. RAMON BREÑA DIAZ, por no entrar dentro del ámbito de la modificación.

SEGUNDO. Aprobar con carácter definitivo, una vez resueltas las reclama-ciones presentadas, la modificación de la tasa y la redacción definitiva de la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por vanta ambulante, una vez in-corporadas a la misma las modificaciones estimadas en los términos en que figura en el expediente

TERCERO. Publicar dicho Acuerdo definitivo y el texto íntegro de la Ordenanza en el Boletín Oficial de la Provincia y en el tablón de anuncios del Ayuntami-ento, aplicándose a partir de la fecha que señala dicha Ordenanza.

CUARTO. Notificar este Acuerdo a todas aquellas personas que hubiesen presentado alegaciones durante el período de información pública»

« ORDENANZA REGULADORA DE LA VENTA AMBULANTE

ARTÍCULO 1.Disposiciones Generales La presente Ordenanza tiene por objeto la regulación de la venta no sed-entaria o ambulante en el término municipal de Barrado, en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 1 y 14 de la Ley 3/2002, de 9 de mayo, de

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Comercio de la Comunidad de Extremadura; Decreto 17/1996, de 13 de febrero, por el que se regulan los derechos de los consumidores y usuarios en determinadas modalidades de venta fuera de establecimiento comercial permanente; 25 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local; 1.2.º del Decreto de 17 de junio de 1955 por el que se aprueba el Reglamento de Servicios de las Corporaciones Locales; y de forma supletoria, la Ley 7/1996, de 15 de enero, de Ordenación del Comercio Mi-norista, y el Real Decreto 1010/1985, de 5 de junio, por el que se regula el ejercicio de determinadas modalidades de venta fuera de un establecimiento comercial permanente1. 1 A tenor de la disposición final primera del Real Decreto 1010/1985, «cuando las Comunidades Autónomas hubieran asumido competencias normativas en la materia objeto de la presente disposición, las ventas a que se refiere la misma se regirán, en los respectivos territorios, por su Normativa es-pecífica. En ese supuesto el Derecho estatal será, en todo caso, supletorio del Derecho de las Comunidades Autónomas». 2 Según los artículos 1 y 4 del Código de Comercio de 1885, son comerciantes las personas mayores de edad que tengan la libre disposición de sus bienes y que se dediquen al comercio habitualmente; así como las compañías mercantiles o industriales que se constituyeren con arreglo al Código de Comercio.La venta no sedentaria o ambulante solo podrá ser ejercida por personas físicas o jurídicas, con plena capacidad jurídica y de obrar2, en los lugares y emplazamientos que concretamente se señalen en las autorizaciones que expresamente se otorguen, y en las fechas y por el tiempo que se deter-minen.

ARTÍCULO 2. Concepto y Modalidades

A los efectos de esta Ordenanza, se considera venta ambulante o no sed-entaria la realizada por comerciantes fuera de un establecimiento comercial de carácter permanente, de forma habitual, ocasional, periódica o continu-ada, en los perímetros o lugares debidamente autorizados y en instalaciones comerciales desmontables o transportables, incluyendo los camiones-tienda. Quedan expresamente prohibidas:• Venta con pérdida cuando un producto es ofrecido a un precio inferior al de compra, o bien al de reposición si este fuera más bajo que el primero (precio de compra o de reposición para el comerciante: el que resulta de deducir del precio unitario de factura los descuentos hechos por el proveedor y añadir los impuestos aplicables al producto objeto de venta, siempre que todas esas cantidades figuren en la factura. • Venta en pirámide [venta en la que se ofrece a los compradores produc-tos a precio reducido, o incluso gratuitos, a condición de que estos consigan directa o indirectamente otros compradores o un determinado volumen de venta. • Venta a domicilio de alimentos.

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Número 17 / Miércoles 27 de Enero de 2016 Página 15

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BOPCáceres

ARTÍCULO 3. Requisitos y Licencias 1. Para el ejercicio de la venta ambulante deben cumplirse los siguientes requisitos: (Requisitos para el ejercicio de la actividad comercial en gen-eral)— Tener la condición de comerciante. —Satisfacer el tributo establecido por el Ayuntamiento y disponer de la autorización municipal correspondiente para el ejercicio de la actividad comercial. — Estar dado de alta en el régimen de Seguridad Social que corresponda, estando al corriente en el pago de sus obligaciones. — Cumplir los requisitos de las reglamentaciones técnico-sanitarias de cada tipo de producto, sobre todo de los destinados a alimentación. — Disponer de los permisos de residencia y trabajo por cuenta propia, en caso de no gozar de la nacionalidad española, conforme con la normativa vigente en la materia, ya sea nacional o bien de la CEE [si se trata de ex-tranjeros].— Estar en posesión del carné de manipulador de alimentos o el Certificado de acreditación de manipulador de alimentos. — Estar inscrito en el Registro oportuno. Y además, (Requisitos para el ejercicio de la venta ambulante en particular) — Estar dado de alta en el epígrafe o epígrafes correspondientes de la Li-cencia Fiscal de actividades comerciales e industriales y en el régimen de Seguridad Social que corresponda. — Estar inscrito en el Registro de Comerciantes Ambulantes y tener en vigor el carné profesional de comerciante ambulante. — Estar en posesión de la licencia municipal correspondiente y satisfacer la tasa por ocupación del dominio público de 3 euros por día.

2. La licencia municipal para el ejercicio de la venta ambulante: —Estará sometida a la comprobación previa por el Ayuntamiento del cumplim-iento por el peticionario de los requisitos legales en vigor para el ejercicio de la venta y de los establecidos por la regulación del producto cuya venta se autoriza. — Deberá contener la identificación de la persona física o jurídica titular de la actividad y su domicilio; el número, fecha de expedición y período de vi-gencia del carné de comerciante ambulante; los productos que podrán ser ofrecidos a la venta; la ubicación precisa del puesto con su correspondiente identificación numérica, superficie ocupada y tipo de puesto o instalación comercial que vaya a instalarse y los lugares, días y horas en las que puede desarrollarse la venta ambulante.

Estará expuesta al público en el punto de venta permanentemente y de forma visible. — Tendrá una duración determinada por el pago de una cuota diaria de 3 euros por puesto.

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— Se tramitará según el procedimiento correspondiente para el ámbito local: a través de una solicitud dirigida al Alcalde y ante el Registro General del Ayuntamiento o lugares determinados por el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de la Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, adjuntando la documentación pertinente [fotocopias compulsadas de los documentos que acreditan que el solicitante reúne los requisitos relacionados con la titularidad y la actividad que pretende realizar] y que se señala en el apartado 1 de este artículo 3. Las licencias tendrán carácter discrecional y se concederán en condiciones no discriminatorias.

ARTÍCULO 4. LUGARES DE VENTA La zona urbana de emplazamientos autorizados para el ejercicio de la venta ambulante será la que sigue:

Plaza de España

En relación con los puestos de venta, deber ser instalaciones móviles, des-montables o transportables, que cumplan lo dispuesto en las reglamenta-ciones técnico-sanitarias y en la normativa reguladora aplicable y que solo podrán instalarse en el lugar o lugares que especifique la correspondiente autorización, permitiendo al comerciante ofrecer su mercancía de forma itinerante, deteniéndose en distintos lugares sucesivamente y por el tiempo suficiente para efectuar la venta. Estos puestos respetarán siempre un paso mínimo de servicio entre los mis-mos, prohibiéndose la colocación de elementos que estropeen el pavimento o las instalaciones de la vía en la que estén ubicados, así mismo tampoco podrán situarse en accesos a edificios de uso público, establecimientos com-erciales e industriales, nidelante de sus escaparates y exposiciones, ni en lugares que dificulten tales accesos y la circulación peatonal.

ARTÍCULO 5. Calendario y Horario La venta ambulante se celebrará los jueves de cada mes, con arreglo al siguiente horario: Desde las 8 de mañana hasta las 2 de la tarde, realizándose en puestos o módulos desmontables que solo podrán instalarse en el lugar o lugares es-pecificados en la correspondiente autorización.

ARTÍCULO 6. Productos Objeto de Venta Las autorizaciones deberán especificar el tipo de productos que pueden ser vendidos. Solo podrá autorizarse la venta de productos alimenticios cuando se cumplan las condiciones sanitarias e higiénicas que establece la Legislación sectorial sobre la materia para cada tipo de producto. En concreto, no se podrán vender alimentos por quien carezca del carné de manipulador de alimentos.

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ARTÍCULO 7. Obligaciones Los vendedores ambulantes deberán cumplir en el ejercicio de su actividad mercantil con la Normativa vigente en materia de ejercicio del comercio, de disciplina de mercado y defensa de los consumidores y usuarios; asimismo, deberán disponer en el lugar de venta de las facturas y documentos que confirmen la procedencia de los productos, así como de carteles o etiquetas que muestren visiblemente al público los precios de venta de los productos ofertados y, en relación con la venta de productos alimenticios, el correspon-diente carné de manipulador de alimentos.

ARTÍCULO 8. Información Quienes ejerzan el comercio ambulante deberán tener expuestos, en forma fácilmente visible para el público, sus datos personales y el documento en el que conste la correspondiente autorización municipal, así como una dirección para la recepción de las posibles reclamaciones.

ARTÍCULO 9. Otros Supuestos de Venta El Ayuntamiento, según lo dispuesto en esta Ordenanza, podrá autorizar la venta directa realizada por los agricultores y apicultores pertenecientes al término municipal o colindante, restringida a su propia producción, requir-iéndoles previamente la acreditación de su condición de productores pri-marios y observando lo dispuesto anteriormente el artículo 6. Para aquellos productores acogidos a este tipo de venta, la licencia municipal preceptiva individualmente detallará los productos objeto de venta, el lugar donde deba ejercerse y las fechas y horarios en que podrá practicarse, debiéndose exhibir permanentemente y de forma visible en el punto de venta.

ARTÍCULO 10. Competencia para la Inspección Este Ayuntamiento ejerce la competencia en materia de inspección, vigilando y garantizando, a través de sus servicios municipales, el cumplimiento por los titulares de las licencias para el ejercicio de la venta ambulante, de cuanto se dispone en la presente Ordenanza y, en particular, del origen e identidad de los productos comer-cializados, de las condiciones higiénico-sanitarias de los artículos puestos a la venta, del cumplimiento de la normativa sobre precios, etiquetado, present-ación y publicidad de los productos, seguridad del recinto y otros aspectos relacionados con policía de mercados y régimen de autorizaciones.

ARTÍCULO 11. Clases de Infracciones Sin perjuicio de las competencias que otorga la Ley 3/2002, de 9 de mayo, a la Comunidad Autónoma de Extremadura, en cuanto a las infracciones y la sanción de las mismas por aquélla, se tipifican las siguientes infracciones: Tendrán la consideración de infracciones las acciones y omisiones que con-travengan lo establecido en la presente Ordenanza. Las infracciones a esta Ordenanza pueden ser leves, graves y muy graves.

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Se considerarán faltas leves aquellas inobservancias a esta Ordenanza que no estén tipificadas ni como infracciones graves ni como muy graves. Se consideran infracciones graves la reincidencia en la comisión de las leves, y las que a continuación se detallan: — Perturbación grave de la convivencia con las demás personas que ejerzan la venta ambulante o que afecte directamente al ejercicio legítimo de sus derechos o actividades. — Realización de actividades comerciales sin la autorización exigida o con incumplimiento de las condiciones administrativas y sanitarias impuestas en la misma. — Incumplimiento de los deberes legales de información o publicidad frente a los adquirentes (falta de lista de precios o tenerlo en lugar no visible para el público...). — Incumplimiento del deber de exhibir la información, comunicación o au-torización exigidas (no exponer de manera visible los datos personales, el documento en que conste la correspondiente autorización municipal, direc-ción para la recepción de las posibles reclamaciones, falta de identificación del comerciante en el comprobante de venta, si lo hubiera...). — Realización de actividades comerciales en horarios o períodos no autori-zados o con extralimitación de los autorizados o que se refieran a productos distintos de los autorizados. -- Comisión de más de una infracción de idéntica naturaleza y así declarada por resolución firme en un período de un año.— Conducta obstruccionista a la práctica de comprobaciones e inspecciones de las Administraciones Públicas (no facilitar información o colaboración, falsear datos, resistencia,coacción o amenaza a los encargados de desempeñar dichas funciones, etc.). — Daños ocasionados intencionadamente en las instalaciones móviles situ-adas en la vía pública. Se consideran infracciones muy graves la reincidencia en la comisión de las graves, y cualquiera de las que se enumeran a continuación: — Perturbación importante de la convivencia con las demás personas que ejerzan la venta ambulante o que afecte directamente al ejercicio legítimo de sus derechos o actividades, siempre que no esté incluida en los supues-tos recogidos por la Normativa de Protección de la Seguridad Ciudadana. — El impedimento del uso del servicio a otros comerciantes con derecho a su utilización. — El impedimento o la grave y relevante obstrucción al normal funcionami-ento del servicio. — Poner en peligro físico a cualquier usuario o al personal siempre que medie dolo o negligencia grave. — Actos de deterioro grave y relevante de las instalaciones o elementos del servicio público.

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ARTÍCULO 12. SancionesEn virtud del artículo 141 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local. 1. Las infracciones leves se sancionarán con multa de hasta 500 €. 2. Las infracciones graves se sancionarán con multa de hasta 1000€.3. Las infracciones muy graves se sancionarán con multa de hasta 1500 €.

ARTÍCULO 13. Potestad Sancionadora La potestad sancionadora corresponderá al Alcalde , dentro del ámbito de sus competencias, sin perjuicio de dar cuenta a las Autoridades judiciales y administrativas, en el caso de que puedan constituir un objeto constitutivo de delito o falta de las conductas e infracciones cuya sanción e inspección tengan atribuidas legal o reglamentariamente, siempre previa incoación del expediente administrativo correspondiente, de conformidad con el artículo 17 del Real Decreto 1398/1993, de 4 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento de Procedimiento para el Ejercicio de la Potestad Sancionadora, y los artículos 80, 127 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Conforme a lo establecido en el artículo 21.1.n) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local. 6 Según el artículo 132.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Admin-istraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

ARTÍCULO 14. ResponsabilidadLa responsabilidad administrativa por la comisión de las infracciones tipi-ficadas en esta Ordenanza corresponderá a las personas físicas o jurídicas titulares de la entidad que haya realizado la infracción administrativa, inde-pendientemente de su domicilio o sede social.

ARTÍCULO 15. Prescripción Las infracciones muy graves prescribirán a los tres años, las graves a los dos años y las leves a los seis meses. Las sanciones impuestas por faltas muy graves prescribirán a los tres años, las impuestas por faltas graves a los dos años y las impuestas por faltas leves al año.

DISPOSICIÓN FINAL PRIMERA En lo no previsto en esta Ordenanza se aplicará la Ley 3/2002, de 9 de mayo, de Comercio de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en su modalidad de venta no sedentaria, el Decreto 17/1996, de 13 de febrero, por el que se regulan los derechos de los consumidores y usuarios en determinadas modalidades de venta fuera de establecimiento mercantil y la Normativa vigente en materia higiénico-sanitaria y protección del consumidor.

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Contra el presente Acuerdo, conforme al artículo 19 del Real Decreto Leg-islativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se podrá interponer por los interesados recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, ante el Tribunal Superior de Justicia de Ex-tremadura.

En Barrado a 19 de enero de 2016.

El Alcalde,

Jaime Díaz Breña305

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caMpo luGar

ANUNCIO. Corrección de errores

Advertido error en el anuncio publicado el día 11 de diciembre de 2015, Número 34, de Concesión de un aprovechamiento de aguas superficiales, CONC.11/2015, DONDE DICE “D Francisco Moreno Gómez en represent-ación del Ayuntamiento de Campo Lugar”, DEBE DECIR “ Dª Catalina Bernal Sánchez en representación del Ayuntamiento de Campo Lugar”, y DONDE DICE “DEHESILLA DE LA GIRONDA”, DEBE DECIR “FINCA MILANERAS”

Campo Lugar a 22 de enero de 2016.

LA ALCALDESA,

Dª Catalina Bernal Sánchez.298

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cañaMero

EDICTO. Régimen dedicación parcial retribuciones miembros de la Cor-poración.

En cumplimiento de lo establecido en el artículo 75.5 de la Ley 7/1985, de 2 de abril Reguladora de las Bases de Régimen Local, se da publicidad al acuerdo adoptado por el Pleno del Ayuntamiento de Cañamero en sesión extraordinaria celebrada el 12 de enero de 2016, ha modificado el acuerdo plenario anterior de fecha 09 de julio de 2015, sobre las dedicaciones par-ciales y retribuciones de los miembros de la Corporación, quedando de la siguiente forma:

Primero.- Establecer a favor de los miembros de la Corporación que desem-peñen sus cargos en régimen de dedicación parcial, las retribuciones que a continuación se relacionan, que se percibirán en catorce pagas, doce cor-respondientes a las diferentes mensualidades del año y las dos restantes correspondientes a las mensualidades de junio y diciembre, y darles de alta en el Régimen General de la Seguridad Social, con efectos del 1 de febrero de 2016.

Segundo.- Dedicación parcial del 50% de la jornada, con un mínimo de cuatro horas diarias de lunes a viernes, de Doña Manuela Rodríguez Baus con una retribución bruta de 846.53 euros/mes en doce pagas más dos pagas extraordinarias de igual cuantía en los meses de junio y diciembre, que se dedicara a las siguientes áreas municipales: Personal, Empleo Servicios Sociales y Desarrollo Local.-

Tercero.- La dedicación parcial del 50% de la jornada mínimo cuatro horas diarias de lunes a viernes, de Doña Mónica Juárez Plaza, con una retribución bruta de 846.53 euros mes, en doce pagas mensuales mas dos pagas ex-traordinaria de igual cuantía los meses de junio y diciembre de cada año, que se dedicará a las áreas municipales de: Educación Cultura, Juventud, Deportes y Asociaciones.-

Cañamero a 20 de enero de 2016.

EL ALCALDE,

Felipe Cerro Audije283

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carBajo

EDICTO. Expediente modificaciones créditos 3/2015

De conformidad con lo establecido en el artículo 151.2, en relación con el artículo 169.3 del R.D.L. 4/2004 que aprueba el T.R.L.R.H.L., se expone al público el expediente número 3/2015 sobre modificaciones de créditos en el Presupuesto del ejercicio de 2015, mediante:

1.- Mediante transferencias de créditos:

PARTIDA D E N O M I N A C I O NTRANSFERENCIAS POSITIVAS

TRANSFERENCIAS NEGATIVAS

164.622 CONSTRUCCION SALA VELATORIO 1.000,00

231.622C O N S T R U C C I O N C E N T R O RESIDENCIAL

7.000,00

920-120R E T R I B U C I O N E S P E R S O N A L FUNCIONARIO

8.000,00

TOTALES..................... 8.000,00 8.000,00

Contra la presente modificación de créditos podrá interponerse recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, contados a partir del siguiente a la publicación del presente edicto en el Boletín Oficial de la Pro-vincia. Carbajo a 21 enero- 2016.

LA ALCALDESA,

Agustina Grande Bravo.308

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casillas De coria

ANUNCIO. Aprobación de Padrónes Fiscales

Quedan expuestos al público en la Secretaría General de este Ayuntamiento por un plazo de 10 días naturales, a efectos de reclamaciones y alegaciones los siguientes padrones fiscales de exacciones e impuestos:

PADRON IMPUESTO MUNICIPAL DE VEHÍCULOS TRACCIÓN MECANICA 2016. PADRÓN ENTRADA DE VEHÍCULOS A TRAVES DE ACERAS (VA-DOS) 2016. Casillas de Coria a 21 de enero de 2016.

LA ALCALDESA,

F/ Mónica Martín Sánchez

282

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collaDo De la vera

ANUNCIO aprobación definitiva Ordenanza Creación de Ficheros de Datos Personales de Titularidad Pública

CREACIÓN DE FICHEROS DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL

Transcurrido el plazo de exposición al público de la aprobación inicial de la disposición de carácter general de creación de los ficheros del Ayuntamiento de Collado de la Vera, que contienen datos de carácter personal, y no habién-dose producido reclamación alguna, queda elevado a definitivo el acuerdo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 49 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y se procede a la publica-ción íntegra de la disposición, significando que, contra la aprobación defini-tiva, los interesados podrán interponer recurso contencioso administrativo en el plazo de dos meses ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma.Por el Pleno de la Corporación de fecha 25 de noviembre de 2015, se ha pro-cedido, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección datos de carácter personal, a la creación de los siguientes ficheros que contienen datos de carácter per-sonal:

Personal y recursos humanos, número 1:• Descripción de la finalidad y usos previstos: Gestión del personal y

trabajadores que prestan sus servicios al Ayuntamiento, así como de los miembros de la Corporación Municipal y participantes en procesos de selección. Comprende la gestión de personal, nóminas, formación profesional, acciones sociales, promoción y selección del personal, prevención de riesgos laborales, relaciones funcionariales y laborales, ayudas económicas y otras materias.

• Origen o procedencia de los datos: o Origen: El propio interesado o su representante legal, Adminis-

traciones Públicas.o Personas o colectivos sobre los que se pretende obtener datos

de carácter personal, o que resulten obligados a suministrarlos: Personal y trabajadores del Ayuntamiento, funcionarios o laborales, miembros de la Corporación con dedicación exclusiva, personal eventual y otros, solicitantes.

o Procedimiento de recogida de los datos de carácter personal: Manifestación o declaración del interesado o de su representante legal, entrevistas, formularios o transmisión de datos de otras administraciones públicas.

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• Estructura básica del fichero y descripción de los tipos de datos de carácter personal incluidos en el: o Datos especialmente protegidos: Afiliación sindical, salud. (Art.

81.5 y 6 Reglamento)o Datos identificativos: NIF/DNI, número de la Seguridad Social

y de registro de personal, nombre y apellidos, dirección, correo electrónico, teléfono y firma.

o Datos de características personales: Estado civil, composición familiar, fecha y lugar de nacimiento, edad, sexo, nacionalidad.

o Datos de empleo: Cuerpo, escala, categoría, grado, datos no económicos de nómina, historial del funcionario o trabajador.

o Datos académicos y profesionales: formación, titulaciones, ex-periencia laboral.

o Datos económico financieros: Bancarios, económicos de la nómina, deducciones impositivas, de seguros.

• Sistema de tratamiento: Mixto. • Cesiones de datos de carácter personal, y en su caso transferencias

de datos que se prevean a países terceros: A otros órganos de la administración del Estado, otros órganos de la administración de la Comunidad Autónoma, Diputación Provincial, Bancos y Cajas de Ahor-ros, entidades aseguradoras, y empresas de gestión de prevención de riesgos laborales y de vigilancia de la salud.

• Órganos de las administraciones responsables: Ayuntamiento de Col-lado de la Vera.

• Servicios o unidades ante los que pueden ejercitarse los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición: Alcaldía.

• Medidas de seguridad, con indicación del nivel exigible: Nivel bási-co.

Registro de entrada y salida de documentos, número 2:• Descripción de la finalidad y usos previstos: Procedimiento adminis-

trativo. Registro por asientos de los escritos y documentación recibida en el Ayuntamiento, así como de los que este dirige a otras adminis-traciones públicas o particulares.

• Origen o procedencia de los datos: o Origen: El propio interesado o su representante legal, Adminis-

traciones Públicas.o Personas o colectivos sobre los que se pretende obtener datos

de carácter personal, o que resulten obligados a suministrarlos: Particulares que se comunican con el Ayuntamiento, otras ad-ministraciones públicas.

o Procedimiento de recogida de los datos de carácter personal: Escritos de los interesados o sus representantes legales, formu-larios e impresos.

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• Estructura básica del fichero y descripción de los tipos de datos de carácter personal incluidos en el:

o Datos identificativos: NIF/DNI, nombre y apellidos, dirección, teléfono y firma.

• Sistema de tratamiento: Mixto. • Cesiones de datos de carácter personal, y en su caso transferencias

de datos que se prevean a países terceros: No están previstas ce-siones.

• Órganos de las administraciones responsables: Ayuntamiento de Col-lado de la Vera.

• Servicios o unidades ante los que pueden ejercitarse los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición: Alcaldía.

• Medidas de seguridad, con indicación del nivel exigible: Nivel bási-co.

Padrón municipal de habitantes, número 3:• Descripción de la finalidad y usos previstos: Gestión del padrón mu-

nicipal de habitantes. Función estadística pública, gestión del censo poblacional, procedimiento administrativo.

• Origen o procedencia de los datos: o Origen: El propio interesado o su representante legal, Adminis-

traciones Públicas.o Personas o colectivos sobre los que se pretende obtener datos

de carácter personal, o que resulten obligados a suministrarlos: Ciudadanos y residentes en el municipio.

o Procedimiento de recogida de los datos de carácter personal: For-mularios e impresos, y datos transmitidos electrónicamente.

• Estructura básica del fichero y descripción de los tipos de datos de carácter personal incluidos en el: o Datos identificativos: NIF/DNI, nombre y apellidos, dirección,

teléfono y firma, número de identificación electoral.o Datos de características personales: fecha y lugar de nacimiento,

edad, sexo, nacionalidad.o Datos académicos y profesionales: formación/titulaciones.

• Sistema de tratamiento: Mixto. • Cesiones de datos de carácter personal, y en su caso transferencias

de datos que se prevean a países terceros: Instituto Nacional de Estadística, otros órganos de la administración del Estado, otros ór-ganos de la administración de la Comunidad Autónoma, Diputación Provincial.

• Órganos de las administraciones responsables: Ayuntamiento de Col-lado de la Vera.

• Servicios o unidades ante los que pueden ejercitarse los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición: Alcaldía.

• Medidas de seguridad, con indicación del nivel exigible: Nivel básico.

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Gestión económica, número 4:• Descripción de la finalidad y usos previstos: Gestión económica y

contable, fiscal y administrativa.• Origen o procedencia de los datos:

o Origen: El propio interesado o su representante legal, Adminis-traciones Públicas.

o Personas o colectivos sobre los que se pretende obtener datos de carácter personal, o que resulten obligados a suministrarlos: Proveedores, empleados, ciudadanos y residentes, terceros en relación contable, contribuyentes y sujetos obligados al pago.

o Procedimiento de recogida de los datos de carácter personal: Facturas, nóminas, liquidaciones, formularios e impresos, trans-misión de datos de otras administraciones públicas.

• Estructura básica del fichero y descripción de los tipos de datos de carácter personal incluidos en el: o Datos identificativos: NIF/DNI, nombre y apellidos, dirección,

teléfono, correo electrónico y firma.o Datos de información comercial: Actividades y negocios. o Datos económico-financieros y de seguros: Datos bancarios,

datos económicos de nómina. o Datos de transacciones de bienes y servicios: Bienes y servicios

suministrados o recibidos por el afectado, transacciones finan-cieras.

• Sistema de tratamiento: Mixto. • Cesiones de datos de carácter personal, y en su caso transferencias

de datos que se prevean a países terceros: Organismos de la segu-ridad social, hacienda pública y administración tributaria, tribunal de cuentas, bancos, cajas de ahorros y cajas rurales, entidades asegura-doras, otros órganos de la administración de la Comunidad Autónoma, Diputación Provincial.

• Órganos de las administraciones responsables: Ayuntamiento de Col-lado de la Vera.

• Servicios o unidades ante los que pueden ejercitarse los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición: Alcaldía.

• Medidas de seguridad, con indicación del nivel exigible: Nivel bási-co.

Gestión tributaria y otros ingresos, número 5:• Descripción de la finalidad y usos previstos: Gestión, inspección y re-

caudación de recursos tributarios y no tributarios, gestión económico-financiera pública.

• Origen o procedencia de los datos: o Origen: El propio interesado o su representante legal, Adminis-

traciones Públicas.

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o Personas o colectivos sobre los que se pretende obtener datos de carácter personal, o que resulten obligados a suministrarlos: Contribuyentes y sujetos obligados al pago y sus representantes legales.

o Procedimiento de recogida de los datos de carácter personal: Formularios e impresos, y datos procedentes de registros públi-cos y otras administraciones públicas.

• Estructura básica del fichero y descripción de los tipos de datos de carácter personal incluidos en el: o Datos relativos a la comisión de infracciones administrativas.o Datos identificativos: NIF/DNI, nombre y apellidos, dirección,

teléfono, correo electrónico y firma.o Datos de información comercial: Actividades y negocios. o Datos de circunstancias sociales: Propiedades, posesiones.o Datos económico-financieros: Ingresos, rentas, inversiones,

bienes, datos bancarios, • Sistema de tratamiento: Mixto. • Cesiones de datos de carácter personal, y en su caso transferencias

de datos que se prevean a países terceros: Organismos de la segu-ridad social, hacienda pública y administración tributaria, bancos, cajas de ahorros y cajas rurales, entidades aseguradoras, organismo de recaudación.

• Órganos de las administraciones responsables: Ayuntamiento de Col-lado de la Vera.

• Servicios o unidades ante los que pueden ejercitarse los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición: Alcaldía.

• Medidas de seguridad, con indicación del nivel exigible: Nivel me-dio.

Registro de animales de compañía, número 6:• Descripción de la finalidad y usos previstos: Gestión del registro mu-

nicipal de animales de compañía.• Origen o procedencia de los datos:

o Origen: El propio interesado o su representante legal, Adminis-traciones Públicas.

o Personas o colectivos sobre los que se pretende obtener datos de carácter personal, o que resulten obligados a suministrarlos: propietarios de animales de compañía o sus representantes le-gales.

o Procedimiento de recogida de los datos de carácter personal: En-cuestas, entrevistas, formularios e impresos, y datos procedentes de registros públicos y otras administraciones públicas.

• Estructura básica del fichero y descripción de los tipos de datos de carácter personal incluidos en el:

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o Datos identificativos: NIF/DNI, nombre y apellidos, dirección, teléfono, correo electrónico y firma.

o Datos de circunstancias sociales: Licencias permisos autoriza-ciones, propiedades, otros datos: datos veterinarios, identificación de animales, microchip.

• Sistema de tratamiento: Mixto. • Cesiones de datos de carácter personal, y en su caso transferencias

de datos que se prevean a países terceros: Comunidad Autónoma, Diputación Provincial, Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado

• Órganos de las administraciones responsables: Ayuntamiento de Col-lado de la Vera.

• Servicios o unidades ante los que pueden ejercitarse los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición: Alcaldía.

• Medidas de seguridad, con indicación del nivel exigible: Nivel bási-co.

Registro de intereses de miembros de la Corporación, número 7• Descripción de la finalidad y usos previstos: Gestión del registro mu-

nicipal de intereses de miembros de la Corporación. El Art. 75.7 de la Ley 7/85, Reguladora de las Bases del Régimen Local, establece que los representantes locales, así como los miembros no electos de la Junta de Gobierno Local, formularán declaración sobre causas de posible incompatibilidad y sobre cualquier actividad que les proporcione o pueda proporcionar ingresos económicos. Formularán asimismo declaración de sus bienes patrimoniales y de la participación en so-ciedades de todo tipo, con información de las sociedades por ellas participadas y de las liquidaciones de los impuestos sobre la Renta, Patrimonio y, en su caso, Sociedades.

• Origen o procedencia de los datos: o Origen: El propio interesado o su representante legal.o Personas o colectivos sobre los que se pretende obtener datos

de carácter personal, o que resulten obligados a suministrarlos: Miembros de la Corporación Municipal o miembros no electos de la Junta de Gobierno Local.

o Procedimiento de recogida de los datos de carácter personal: Formularios e impresos, debidamente aprobados por el Pleno de la Corporación.

• Estructura básica del fichero y descripción de los tipos de datos de carácter personal incluidos en el: o Datos especialmente protegidos: Ideología.o Datos identificativos: NIF/DNI, nombre y apellidos, dirección,

teléfono, correo electrónico y firma.o Detalles del empleo: Puesto de trabajo.o Circunstancias sociales: Propiedades, posesiones.

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o Información comercial: Actividades, negocios, sociedades par-ticipadas.

o Económicos, financieros y de seguros: Ingresos, rentas, inver-siones, bienes patrimoniales, datos bancarios.

• Sistema de tratamiento: Mixto. • Cesiones de datos de carácter personal, y en su caso transferencias

de datos que se prevean a países terceros: El registro tiene carácter público por ley, art 75.7 LRBRL.

• Órganos de las administraciones responsables: Ayuntamiento de Col-lado de la Vera.

• Servicios o unidades ante los que pueden ejercitarse los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición: Alcaldía.

• Medidas de seguridad, con indicación del nivel exigible: Nivel alto.

Licencias urbanísticas, actividades, concesiones de uso y otras autorizaciones administrativas, número 8.

• Descripción de la finalidad y usos previstos: Gestión de los expedi-entes sobre concesión de licencias urbanísticas, órdenes de ejecución, licencias de actividades, concesiones administrativas de uso y otras autorizaciones administrativas que resuelvan los distintos órganos municipales, a instancia de parte.

• Origen o procedencia de los datos: o Origen: El propio interesado o su representante legal.o Personas o colectivos sobre los que se pretende obtener datos de

carácter personal, o que resulten obligados a suministrarlos: so-licitantes y otros interesados y afectados en el procedimiento.

o Procedimiento de recogida de los datos de carácter personal: Formularios, impresos y escritos dirigidos a la Administración.

• Estructura básica del fichero y descripción de los tipos de datos de carácter personal incluidos en el: o Datos relativos a la comisión de infracciones administrativas.o Datos identificativos: NIF/DNI, nombre y apellidos, dirección,

teléfono, correo electrónico y firma.o Datos de circunstancias sociales: Licencias permisos autoriza-

ciones, propiedades, características de alojamiento, vivienda. o Información comercial: Actividades y negocios.o Económico financieros y de seguros: Bienes patrimoniales.

• Sistema de tratamiento: Mixto. • Cesiones de datos de carácter personal, y en su caso transferencias

de datos que se prevean a países terceros: Comunidad Autónoma, Diputación Provincial, otros órganos de la Administración del Estado, Registros de la Propiedad.

• Órganos de las administraciones responsables: Ayuntamiento de Col-lado de la Vera.

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• Servicios o unidades ante los que pueden ejercitarse los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición: Alcaldía.

• Medidas de seguridad, con indicación del nivel exigible: Nivel me-dio.

Expedientes sancionadores, número 9.• Descripción de la finalidad y usos previstos: Gestión de los expedientes

sancionadores que resuelvan los distintos órganos municipales, por incumplimiento de disposiciones legales de distinto rango, incluidos los expedientes de restauración de la legalidad urbanística y los cor-respondientes a sanciones en materia de tráfico.

• Origen o procedencia de los datos: o Origen: El propio interesado o su representante legal, Administraciones

Públicas.o Personas o colectivos sobre los que se pretende obtener datos de

carácter personal, o que resulten obligados a suministrarlos: Personas objeto del expediente sancionador, denunciantes, otros afectados por el expediente.

o Procedimiento de recogida de los datos de carácter personal: For-mularios, impresos y escritos dirigidos a la Administración, datos procedentes de otras administraciones.

• Estructura básica del fichero y descripción de los tipos de datos de carácter personal incluidos en el: o Datos relativos a la comisión de infracciones administrativas.o Datos identificativos: NIF/DNI, nombre y apellidos, dirección,

teléfono, firma y correo electrónico.o Datos de circunstancias sociales: Licencias permisos autoriza-

ciones, propiedades, características de alojamiento, vivienda. o Información comercial: Actividades y negocios.o Económico financieros y de seguros: Bienes patrimoniales.

• Sistema de tratamiento: Mixto. • Cesiones de datos de carácter personal, y en su caso transferencias

de datos que se prevean a países terceros: Comunidad Autónoma, Diputación Provincial, Registro de la Propiedad.

• Órganos de las administraciones responsables: Ayuntamiento de Col-lado de la Vera.

• Servicios o unidades ante los que pueden ejercitarse los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición: Alcaldía.

• Medidas de seguridad, con indicación del nivel exigible: Nivel me-dio.

Expedientes de tarjetas de estacionamiento de minusválidos y exenciones del IVTM, número 10.

• Descripción de la finalidad y usos previstos: Gestión de los expedientes de concesión de tarjetas especiales de estacionamiento de minus-válidos, y de las exenciones a vehículos matriculados a nombre de

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minusválidos para su uso exclusivo, de conformidad con lo dispuesto en el art. 93.1, e) del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.

• Origen o procedencia de los datos: o Origen: El propio interesado o su representante legal, Adminis-

traciones Públicas.o Personas o colectivos sobre los que se pretende obtener datos

de carácter personal, o que resulten obligados a suministrarlos: Solicitantes.

o Procedimiento de recogida de los datos de carácter personal: Formularios, impresos y escritos dirigidos a la Administración, datos procedentes de otras administraciones públicas.

• Estructura básica del fichero y descripción de los tipos de datos de carácter personal incluidos en el: o Datos especialmente protegidos: Saludo Datos identificativos: NIF/DNI, nombre y apellidos, dirección,

teléfono, correo electrónico y firma.o Detalles del empleo: Puesto de trabajo.o Circunstancias sociales: Propiedades, posesiones.o Económicos, financieros y de seguros: Bienes patrimoniales,

datos bancarios. • Sistema de tratamiento: Mixto. • Cesiones de datos de carácter personal, y en su caso transfer-

encias de datos que se prevean a países terceros: Comunidad Autónoma, Diputación Provincial, Organismo de Recaudación.

• Órganos de las administraciones responsables: Ayuntamiento de Collado de la Vera.

• Servicios o unidades ante los que pueden ejercitarse los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición: Alcaldía.

• Medidas de seguridad, con indicación del nivel exigible: Nivel alto.

Alumnos cursos, actividades culturales y talleres de empleo, número 11• Descripción de la finalidad y usos previstos: Gestión de los datos de

los alumnos de cursos y módulos de actividades culturales de toda clase que organice el Ayuntamiento.

• Origen o procedencia de los datos: o Origen: El propio interesado o su representante legal, Adminis-

traciones Públicas.o Personas o colectivos sobre los que se pretende obtener datos

de carácter personal, o que resulten obligados a suministrarlos: Alumnos y participantes en actividades.

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o Procedimiento de recogida de los datos de carácter personal: Declaraciones, formularios e impresos.

• Estructura básica del fichero y descripción de los tipos de datos de carácter personal incluidos en el:

o Datos especialmente protegidos: Salud. (Art. 81.5 y 6 Regla-mento)

o Datos identificativos: NIF/DNI, número de la Seguridad Social, nombre y apellidos, dirección, correo electrónico, teléfono y firma.

o Datos de características personales: Estado civil, composición familiar, fecha y lugar de nacimiento, edad, sexo, nacionalidad.

o Datos académicos y profesionales: formación, titulaciones, ex-periencia laboral.

o Datos económico financieros: Bancarios.• Sistema de tratamiento: Mixto. • Cesiones de datos de carácter personal, y en su caso transferencias

de datos que se prevean a países terceros: órganos de la adminis-tración pública que conceden ayudas económicas, Seguridad Social, Entidades Aseguradoras.

• Órganos de las administraciones responsables: Ayuntamiento de Col-lado de la Vera.

• Servicios o unidades ante los que pueden ejercitarse los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición: Alcaldía.

• Medidas de seguridad, con indicación del nivel exigible: Nivel básico.

Alumnos y participantes en actividades deportivas, número 12• Descripción de la finalidad y usos previstos: Gestión de los datos de

los alumnos y participantes de actividades deportivas de toda clase que organice el Ayuntamiento.

• Origen o procedencia de los datos: o Origen: El propio interesado o su representante legal.o Personas o colectivos sobre los que se pretende obtener datos

de carácter personal, o que resulten obligados a suministrarlos: Alumnos y participantes en actividades.

o Procedimiento de recogida de los datos de carácter personal: Formularios, impresos y escritos dirigidos a la Administración.

• Estructura básica del fichero y descripción de los tipos de datos de carácter personal incluidos en el: o Datos identificativos: NIF/DNI, nombre y apellidos, dirección,

correo electrónico, teléfono y firma. (Datos de los padres en el supuesto de autorización a menor de 14 años).

o Datos de características personales: Estado civil, composición familiar, fecha y lugar de nacimiento, edad, sexo, nacionalidad.

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o Datos académicos y profesionales: formación, titulaciones, ex-periencia laboral.

o Datos económico financieros: Bancarios.• Sistema de tratamiento: Mixto. • Cesiones de datos de carácter personal, y en su caso transferencias de

datos que se prevean a países terceros: órganos de la administración pública que conceden ayudas económicas, Federaciones deportivas, Entidades Aseguradoras.

• Órganos de las administraciones responsables: Ayuntamiento de Col-lado de la Vera.

• Servicios o unidades ante los que pueden ejercitarse los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición: Alcaldía.

• Medidas de seguridad, con indicación del nivel exigible: Nivel bási-co.

Ayudas y subvenciones, número 13• Descripción de la finalidad y usos previstos: Registro, trámite y archivo

de datos de los expedientes de ayudas y subvenciones que concede el Ayuntamiento.

• Origen o procedencia de los datos: o Origen: El propio interesado o su representante legal.o Personas o colectivos sobre los que se pretende obtener datos

de carácter personal, o que resulten obligados a suministrarlos: Particulares que solicitan las ayudas y subvenciones.

o Procedimiento de recogida de los datos de carácter personal: Declaraciones, formularios e impresos.

• Estructura básica del fichero y descripción de los tipos de datos de carácter personal incluidos en el: o Datos identificativos: NIF/DNI, número de la Seguridad Social,

nombre y apellidos, dirección, correo electrónico, teléfono y firma.

o Datos de características personales: Estado civil, composición familiar, fecha y lugar de nacimiento, edad, sexo, nacionalidad.

o Datos de circunstancias sociales: Características de alojamiento, vivienda, propiedades, posesiones.

o Datos académicos y profesionales: Formación, titulaciones, ex-periencia laboral.

o Datos económico financieros: Ingresos, rentas, pensiones, ban-carios, económicos de la nómina, deducciones impositivas, de seguros.

• Sistema de tratamiento: Mixto.• Cesiones de datos de carácter personal, y en su caso transferencias

de datos que se prevean a países terceros: órganos de las adminis-traciones públicas que conceden ayudas económicas.

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• Órganos de las administraciones responsables: Ayuntamiento de Col-lado de la Vera.

• Servicios o unidades ante los que pueden ejercitarse los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición: Alcaldía.

• Medidas de seguridad, con indicación del nivel exigible: Nivel me-dio.

En Collado de la Vera, a veintidós de enero de dos mil dieciséis.

LA ALCALDESA,

Mª Montserrat Fernández Castillo311

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la cuMBre

ANUNCIO. Aprobación Definitiva Ordenanza servicios de la Residencia Mayores y Centro de días

Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario provisional de este Ayuntamiento sobre la modificación de la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por “la estancia, asistencia y utilización de los servicios de la Residencia Municipal de Mayores y Centro de Día de La Cum-bre”, cuyo texto íntegro se hace público en cumplimiento del artículo 17.4 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, y que se inserta a continuación:

“Artículo 5º.- Base Imponible, apartado “Tarifas”, con la siguiente redac-ción: “A) Residencia: - Personas dependientes sin valoración del SEPAD o con valoración de Grado I, 900 €/mes; con valoración de Grado II, 925 €/mes; y con valoración de Grado III, 1200 €/mes. - Personas válidos, 510 €/mes. B) Centro de Día: - Servicio completo para personas válidas, 190 €/mes. - Servicio completo para personas dependientes, 310 €/mes. - Servicios individualizados: Desayuno, 0,80 €/unidad; comida, 4,00 €/unidad; merienda, 0,80 €/unidad; cena, 3,00 €/unidad; y lavado semanal de ropa, 10,00 €”.

Contra el presente Acuerdo, conforme al artículo 19 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se podrá interponer por los interesados recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, ante el Tribunal Superior de Justicia de Extremadura.

La Cumbre a 22 de enero de 2016.

EL ALCALDE,

Galo Ortiz Amarilla299

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DescarGaMaría

Edicto. Convocatoria cargo Juez de Paz

Para dar cumplimiento a lo establecido en los arts. 101 y 102 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, se HACE SABER a todos los vecinos de este Municipio, que, dentro del plazo allí establecido, se procederá por el Pleno de esta Corporación Municipal a proponer a la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura el nombramiento de un vecino de este Municipio para ocupar el cargo de JUEZ DE PAZ TITULAR.

Los interesados en este nombramiento tendrán que presentar en la Secretaría de este Ayuntamiento la correspondiente solicitud, por escrito, en el plazo de TREINTA DÍAS NATURALES, acompañada de la siguiente documentación:

1.-Certificado de nacimiento o fotocopia compulsada del D.N.I.2.-Certificado de antecedentes penales.3.-Certificado médico de no padecer enfermedad que incapacite para el ejer-cicio del cargo de Juez de Paz.4.-Declaración Jurada de no estar incurso en causa de incompatibilidad para ejercer dicho cargo.

Descargamaría, a 20 de enero de 2016.

El Alcalde,

José Mª García Ventanas318

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eljas

ANUNCIO. Presupuesto General definitivo para el ejercicio de 2016

En cumplimiento de lo dispuesto en el art. 169.3 del Real Decreto Legisla-tivo 2/2004 de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se hace público el Presupuesto General definitivo de esta Entidad, para el ejercicio de 2016, conforme al siguiente:

RESUMEN POR CAPITULOS

CAPITULOS INGRESOS EUROSA) OPERACIONES NO FINANCIERASA.1) OPERACIONES CORRIENTES

1 Impuestos Directos. 153.680,002 Impuestos Indirectos. 14.092,003 Tasas y Otros Ingresos. 124.865,004 Transferencias Corrientes. 271.073,005 Ingresos Patrimoniales. 11.932,00

A.2) OPERACIONES DE CAPITAL6 Enajenación de Inversiones Reales. 0,007 Transferencias de Capital. 302.000,00

B) OPERACIONES FINANCIERAS8 Activos Financieros. 0,009 Pasivos Financieros. 0,00

TOTAL INGRESOS. . . . 877.642,00

CAPITULOS GASTOS EUROSA) OPERACIONES NO FINANCIERASA.1) OPERACIONES CORRIENTES

1 Gastos de Personal. 223.365,002 Gastos en Bienes Corrientes y Servicios. 260.493,003 Gastos Financieros. 1.079,004 Transferencias Corrientes. 105.342,005 Fondo de Contingencia. 12.200,00

A.2) OPERACIONES DE CAPITAL6 Inversiones Reales. 263.997,007 Transferencias de Capital. 11.166,00

B) OPERACIONES FINANCIERAS8 Activos Financieros. 0,009 Pasivos Financieros. 0,00

TOTAL GASTOS. . . . 877.642,00

De conformidad con lo dispuesto en el art. 127 del R.D. Legislativo 781/86, de 18 de abril, así mismo se publica, la Plantilla de Personal de esta Entidad:

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Personal Funcionario:-1 Secretario-Interventor. Acumulado-1 Operario de Servicios Múltiples. Propiedad

Personal Laboral:-1 Auxiliar Administrativo. Fijo-1 Operario de Servicios Múltiples. Fijo-1 Profesora de Adultos. Temporal.-1 Cuidadora del Centro de Educación Infantil. Temporal.-7 Contratados temporales Decreto de Experiencia y Parados Larga Du-

ración. Altos Cargos:

- Alcalde. Dedicación parcial- Concejal. Dedicación parcial.

Contra la aprobación definitiva del Presupuesto, podrá interponerse recurso Contencioso-Administrativo ante el Tribunal correspondiente de la Comu-nidad Autónoma, en el plazo de dos meses, sin perjuicio de cualquier otro recurso.

Eljas a 21 de enero de 2016.

EL ALCALDE-PRESIDENTE,

ANTONIO BELLANCO FERNANDEZ.284

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GarGüera De la vera

ANUNCIO. Presupuesto General definitivo para el ejercicio de 2016

En cumplimiento de lo dispuesto en el art. 169.3 del Real Decreto Legisla-tivo 2/2004 de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se hace público el Presupuesto General definitivo de esta Entidad, para el ejercicio de 2016, conforme al siguiente: ESTADO DE INGRESO

RESUMEN DE CAPITULOSCAPITULO NOMBRE IMPORTE

1 2 3 4 5

7

A) OPERACIONES NO FINANCIERASA.1 OPERACIONES CORRIENTES Impuestos Directos Impuesto Indirectos Tasas, Precios Públicos y Otros Ingresos Transferencias Corrientes Ingresos PatrimonialesA.2 OPERACIONES DE CAPITAL Transferencias de Capital

181.940,00181.300,00 40.950,00 4.500,00 42.245,00 88.285,00 5.150,00

810,00

TOTAL DEL ESTADO DE INGRESOS

181.940,00

ESTADO DE GASTOS

RESUMEN POR CAPITULOSCAPITULO NOMBRE IMPORTE

1 2 3 4

6 5

A) OPERACIONES NO FINANCIERASA.1 OPERACIONES CORRIENTESGastos de PersonalGastos corrientes en Bienes y ServiciosGastos Financieros Transferencias Corrientes A.2 OPERACIONES DE CAPITAL Inversiones Reales Transferencias de Capital

181.940,00 170.000,00 102.450,00 500,00 13.600,00 11.940,00 6.440,00 5.500,00

TOTAL DEL ESTADO DE GASTOS

181.940,00

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De conformidad con lo dispuesto en el art. 127 del R.D. Legislativo 781/86, de 18 de abril, así mismo se publica, la Plantilla de Personal de esta Entidad:

Personal Funcionario: - 1 Auxiliar Administrativo Laboral Indefinido: AlguacilPersonal Eventual: Piscina municipal: - Tres Socorristas, temporada de baño1Taquillero, Temporada de Baño1 Peón S. Múltiples.- Empleo de Experiencia1 Peón S. Múltiples.- Empleo Social1 Obrero AEPSA

Contra la aprobación definitiva del Presupuesto, podrá interponerse recurso Contencioso-Administrativo ante el Tribunal correspondiente de la Comu-nidad Autónoma, en el plazo de dos meses, sin perjuicio de cualquier otro recurso.

GARGÜERA DE LA VERA, 21 de enero de 2016.

LA ALCALDESA-PRESIDENTA

Feliciana Muñoz Fernández295

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MajaDas De tiétar

ANUNCIO. Aprobación definitiva del expediente de modificación de crédi-tos n.º 17/2015

En cumplimiento del artículo 169.1, por remisión del 177.2, del RDL 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el TRLRHL, al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición al público, queda automática-mente elevado a definitivo el Acuerdo plenario de fecha 30 de diciembre de 2015, sobre el expediente de modificación de créditos n.º 17/2015 del Presupuesto en vigor en la modalidad de suplemento de crédito, financiado con cargo a remanente líquido de Tesorería, que se hace público resumido por capítulos:

Estado de Gastos

CAPÍTULO DESCRIPCIÓN CONSIGNACIÓ INICIAL CONSIGNACIÓN DEFINITIVA

1 Gastos de Personal 806.520,59 1.215.520,592 Gastos Corrientes en

Bienes y Servicios648.000,00 808.569,43

3 Gastos Financieros 4.000,00 4.000,004 Transferencias Corrientes 133.600,00 134.620,00

6 Inversiones Reales 363.001,00 1.243.886,50

7 Transferencias de Capital 18.000,00 18.000,00

9 Pasivos financieros 0,00 0,00

Estado de Ingresos

CAPÍTULO DESCRIPCIÓN CONSIGNACIÓN INICIAL CONSIGNACIÓN DEFINITIVA

1 Impuestos Directos 390.000,00 390.000,002 Impuestos Indirectos 20.000,00 20.000,003 Tasas, Precios Públicos y

Otros Ingresos358.001,00 359.751,00

4 Transferencias Corrientes 399.859,23 501.039,23

5 Ingresos Patrimoniales 606.453,36 606.453,36

7 Transferencias de Capital 194.808,00 350.222,00

8 Activos Financieros 0,00 1.197.130,93

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Contra el presente Acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 171 del RDL 2/2004, de 5 de marzo, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de dicha Jurisdicción.

Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171.3 del RDL 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado.

Majadas de Tiétar, a 21 de enero de 2016.

EL ALCALDE-PRESIDENTE,

Aniceto González Sánchez.309

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MonroY

EDICTO. Presupuesto General ejercicio 2016

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 169.3 del Real Decreto Leg-islativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, se hace público el Presupuesto General de este Ayuntamiento definitivamente aprobado, para el ejercicio 2016, conforme al siguiente resumen por capítulos:

PRESUPUESTO DE INGRESOS:

CAPÍTULO I……………………………………………………………..: 150.978,96 €CAPÍTULO II…………………………………………………………….: 13.517,70 € CAPÍTULO III…………………………………………………...............: 193.001,50 €CAPÍTULO IV………………………………………………...................: 249,608,64 €CAPÍTULO V……………………………....…………………………….: 183.657,38 €CAPÍTULO VI……………………………………………………………: 600,00 €CAPÍTULO VII…………………………………………………………..: 48,00 €

TOTAL DE INGRESOS..: 791.412,18 €

PRESUPUESTO DE GASTOS:

CAPÍTULO I……………………………………………………………..: 329.941,53 €CAPÍTULO II……………………………………………….....................: 375.179,95 €CAPÍTULO III…………………………………………………………....: 1.300,00 €CAPÍTULO IV……………………………………………………………: 30.826,82 €CAPÍTULO VI……………………………………………………………: 34.025,64 €CAPÍTULO VII………………………………………………...................: 20.138,24 €

TOTAL DE GASTOS…: 791.412,18 €

Asimismo, conforme a lo dispuesto en el artículo 127 del Real Decreto Leg-islativo 781/1.986, de 18 de abril, se publica la plantilla de personal del Ayuntamiento, para el ejercicio 2.016:

A) Personal Funcionario:1 Secretario Interventor. Grupo A1/A2. Nivel C.D. 26. 1 Administrativo. Grupo C1. Nivel C.D. 22.1 Auxiliar Administrativo. Grupo C2. Nivel C.D. 18 ( en excedencia ).2 Auxiliares de Policía Local. Grupo C2. Nivel C.D. 18.

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B) Personal Laboral Indefinido:1 contratado de oficios varios ( agente de mantenimiento ).1 encargado del cementerio municipal a tiempo parcial.

C) Personal Laboral Temporal:1 Técnico Educación Infantil a tiempo parcial.2 limpiadoras a tiempo parcial.1 cocinera del Centro de Día.1 auxiliar de ayuda a domicilio.4 trabajadores de mantenimiento.1 dinamizadora sociocultural a tiempo parcial.1 auxiliar administrativo a tiempo parcial.1 encargado pabellón polideportivo a tiempo parcial.1 encargado de gimnasio a tiempo parcial.1 mantenedor de la EDAR a tiempo parcial.2 auxiliares de la Residencia de Mayores.2 socorristas de la piscina municipal.2 taquilleros de la piscina municipal.

D) Altos cargos con dedicación parcial:

El Sr. Alcalde Presidente.

Contra la presente aprobación definitiva podrá interponerse recurso conten-cioso-administrativo, ante el órgano jurisdiccional competente, en el plazo de los dos meses siguientes a la fecha de la publicación de este Edicto en el Boletín Oficial de la Provincia, sin perjuicio de interponer cualquier otro recurso que se estime procedente.

Monroy a 21 de enero de 2016.

EL ALCALDE,

Telesforo Jiménez Sierra304

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navalMoral De la Mata

ANUNCIO. Contrato de suministro de “Carburantes con destino a los ve-hículos municipales”

Por acuerdo de la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Navalmoral de la Mata, de fecha 30 de noviembre de 2015, se adjudicó el contrato de suministro de “CARBURANTES CON DESTINO A LOS VEHÍCULOS MUNICIPALES DE LAS DISTINTAS DEPENDENCIAS DEL AYUNTAMIENTO DE NAVALMORAL DE LA MATA”.

1. Entidad adjudicadora.a) Organismo: Ayuntamiento de Navalmoral de la Mata.b) Dependencia que tramita el expediente: Secretaría.c) Número de expediente: 012/2015-Cd) Dirección de Internet del perfil del contratante: www.aytonavalmoral.es

2. Objeto del contrato.a) Tipo de contrato: Suministro.b) Descripción del objeto: carburantes con destino a los vehículos municipales de las distintas dependencias del Ayuntamiento de Navalmoral de la Matac) CPV: (Referencia de Nomenclatura): 09000000-3 (Derivados del petróleo, combustibles, electricidad y otras fuentes de energía) 09100000-0 (Com-bustibles). d) Medio de publicación del anuncio de licitación: BOP, Perfil de Contratante y Tablón de Edictos del Ayuntamiento.e) Fecha de publicación del anuncio de licitación: BOP de 20 de octubre de 2015.

3. Tramitación, procedimiento y forma de adjudicación.a) Tramitación: Ordinariab) Procedimiento: Abierto

4. Valor estimado del contrato: 24.000,00 €

5. Presupuesto base de licitación. Importe total:Valor estimado del contrato…………. 24.000,00 € 21% IVA ....................................... 5.040,00 € Presupuesto base de licitación ........ 29.040,00 €

6. Formalización del contrato a) Fecha de adjudicación: 30 de noviembre de 2015.b) Fecha de formalización del contrato: 18 de diciembre de 2015.

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c) Contratista: SOLRED, S.A..d) Importe o canon de adjudicación: El suministro se adjudica con un porcen-taje de descuento, para los distintos tipos de combustibles, del 5,80 %.e) Ventajas de la oferta adjudicataria: Ofertar el mayor porcentaje de descuento, ofertar la ubicación del punto de repostaje dentro de la zona de delimitación de suelo urbano del P.G.M., ofertar la entrega gratuita de 30 tickets o vales de lavado, y ofertar la prestación del servicio durante las 24 horas del día, en días laborables y festivos.

Navalmoral de la Mata, a 22 de enero de 2016.

LA ALCALDESA

Raquel Medina Nuevo297

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peraleDa De san roMán

ANUNCIO. Presupuesto General definitivo para el ejercicio de 2016

En cumplimiento de lo dispuesto en el art. 169.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004 de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se hace público el Presupuesto Gene-ral definitivo de este Ayuntamiento, para el ejercicio de 2016, conforme al siguiente:

RESUMEN POR CAPITULOS

CAPITULOS INGRESOS EUROSA) OPERACIONES NO FINANCIERASA.1) OPERACIONES CORRIENTES

1 Impuestos Directos. 99.507.792 Impuestos Indirectos. 5.000,003 Tasas y Otros Ingresos. 87.450,004 Transferencias Corrientes. 115.066,005 Ingresos Patrimoniales. 40.000,00

A.2) OPERACIONES DE CAPITAL6 Enajenación de Inversiones Reales. 0,007 Transferencias de Capital. 21.600,00

B) OPERACIONES FINANCIERAS8 Activos Financieros. 0,009 Pasivos Financieros. 0,00

TOTAL INGRESOS. . . . 368.623,79

CAPITULOS GASTOS EUROSA) OPERACIONES NO FINANCIERASA.1) OPERACIONES CORRIENTES

1 Gastos de Personal. 154.300,002 Gastos en Bienes Corrientes y Servicios. 144.100,003 Gastos Financieros. 4.100,004 Transferencias Corrientes. 4.300,005 Fondo de Contingencia. 0,00

A.2) OPERACIONES DE CAPITAL6 Inversiones Reales. 14.500,007 Transferencias de Capital. 0,00

B) OPERACIONES FINANCIERAS8 Activos Financieros. 0,009 Pasivos Financieros. 35.443,80

TOTAL GASTOS. . . . 356.743,80 De conformidad con lo dispuesto en el art. 127 del R.D. Legislativo 781/86, de 18 de abril, así mismo se publica, la Plantilla de Personal de este Ayuntamiento:

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PLAZAS DE FUNCIONARIOSCon habilitación de carácter Nacional. Secretaria-Intervención. Agrupado. Grupo A-B (Subgrupo A1/A2). Nivel 25

PERSONAL LABORAL FIJOAuxiliar Administrativo: 1. Laboral fijo. Encargado de servicios múltiples : 1 . Laboral fijo.

LABORAL TEMPORALPeón de servicios múltiples: 2 (Programa Empleo de Experiencia). Tiempo parcial.Auxiliar de ayuda a domicilio : 1. Tiempo parcialPeón de servicios múltiples : 1 (Programa de empleo social).Tiempo com-pleto

Contra la aprobación definitiva del Presupuesto, podrá interponerse recurso Contencioso-Administrativo ante el Tribunal correspondiente de la Comu-nidad Autónoma, en el plazo de dos meses, sin perjuicio de cualquier otro recurso.

Peraleda de San Román a 21 de enero de 2016.

EL ALCALDE,

RAFAEL BRASERO PLEITE.290

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rioloBos

ANUNCIO. Bases Convocatoria para concesión ayudas locales a la natali-dad–cheque bebé

Aprobadas por la Alcaldía el día 20 de enero de 2016 las Bases de la Convo-catoria para la concesión de ayudas locales a la natalidad–cheque bebé para el ejercicio de 2016, se publican en el B.O.P. de Cáceres las presentes bases, de acuerdo con la base octava de la Ordenanza por la que se establecen las bases reguladoras del cheque bebé.

BASES REGULADORAS Y CONVOCATORIA PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES EN MATERIA DE AYUDAS A LA NATALIDAD-CHEQUE BEBÉ AÑO 2016

PRIMERA.- OBJETO DE LA CONVOCATORIA Y NORMATIVA APLICA-BLE.-Es objeto de esta convocatoria la concesión, mediante concurrencia com-petitiva, de ayudas a la natalidad cheque-bebé que el municipio de Riolobos concede por nacimiento y/o adopción de hijos. Esta convocatoria se rige por lo dispuesto en las siguientes normas:• Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. • Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Regla-mento de la Ley General de Subvenciones.• Ordenanza por la que se establecen las bases reguladoras del cheche bebé, aprobada por el Excmo. Ayuntamiento Pleno en sesión celebrada el día 17 de julio de 2015 y publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres nº 195, de fecha 8 de octubre de 2015.

SEGUNDA.- CUANTÍA MÁXIMA Y CRÉDITOS PRESUPUESTARIOS:El importe total de las subvenciones a conceder no excederá en su cuantía total de 2.500 euros. No obstante la Alcaldía se reserva el derecho de no utilizar la totalidad de esa cantidad.Existe crédito suficiente en la partida 929,480,01 del presupuesto del ejercicio 2016 para hacer frente al gasto total que supone la convocatoria.

TERCERA.- REQUISITOS PARA SER BENEFICIARIO DE LA SUBVEN-CION.A BENEFICIARIOSPodrán ser beneficiarios los padres o adoptantes que consten como titulares del Libro de familia, en el que figure debidamente inscrito el niño. Si en el Libro de familia figurase un único progenitor o adoptante, será este el beneficiario de la ayuda.

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Número 17 /Miércoles 27 de Enero de 2016 Página 52

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En los supuestos de nulidad, separación o divorcio de los progenitores o adoptantes, el beneficiario de la prestación será aquel a quien se otorgue la custodia del hijo por el que se concede la subvención, de acuerdo con lo dispuesto en el convenio regulador o sentencia judicial correspondiente. No podrán ser beneficiarios los progenitores o adoptantes privados total o parcialmente de la patria potestad de los hijos o adoptados por cuyo nacimiento o adopción se otorga la subvención, así como tampoco se otor-gará la ayuda en caso de que la tutela haya sido asumida o concedida a una institución pública. Se tendrá derecho a percibir la correspondiente ayuda por los nacimientos o adopciones que tengan lugar entre el 1 de enero y 31 de diciembre del año natural inmediatamente anterior al ejercicio presupuestario con cargo al que se otorgue la referida subvención.

B REQUISITOS Los beneficiarios de la ayuda, además de los requisitos del artículo 13 de la Ley General de Subvenciones, deberán cumplir los requisitos siguientes: a) Estar empadronados los dos progenitores, que figuran en el Libro de familia, en el ayuntamiento de Riolobos, con dos años de antelación a la fecha en que se produzca el nacimiento o adopción y continuar inscritos en el Padrón Municipal en el momento de presentar la solicitud. b) Acreditar que la unidad familiar constituida tiene la intención de residir dentro del término municipal durante un periodo de dos años a contar desde el nacimiento o adopción. c) Encontrarse al corriente en el pago de las obligaciones tributarias mu-nicipales.d) No encontrarse incursas en ninguna de las circunstancias a las que se refiere el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.En caso de nulidad, separación o divorcio de los progenitores o adoptantes será el titular de la custodia el que deberá acreditar el cumplimiento de estos requisitos.

CUARTA.- SOLICITUDES: PLAZO, DOCUMENTACIÓN Y SUB-SANACIÓN El plazo para la presentación de solicitudes y demás documentación será de 15 días hábiles a partir del día siguiente de la publicación de la convocatoria en el BOP. La solicitud junto con la documentación requerida se presentará, según modelos facilitados por el ayuntamiento, en el registro de entrada del ay-untamiento de Riolobos en horario de 9:00 a 14:00 horas.

La solicitud deberá ir acompañada de la documentación siguiente:

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- Fotocopia del DNI de los beneficiarios. - Fotocopia del Libro de familia. - Convenio regulador o sentencia judicial de nulidad, separación o divorcio, en su caso. - Certificado del departamento de recaudación del Ayuntamiento de Riolobos, en el que se acredite que todos los miembros de la unidad familiar está al corriente de sus obligaciones tributarias municipales. - Declaración jurada de no estar incurso en las causas previstas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003 General de Subvenciones. - Declaración jurada de que la unidad familiar tiene la intención de residir dentro del término municipal durante un periodo de dos años a contar desde el nacimiento o adopción. - Facturas que acrediten la realización del gasto subvencionable. QUINTA.- PROCEDIMIENTO DE CONCESIÓN Y ÓRGANO COMPETENTE Una vez que los Servicios Técnicos Municipales hayan verificado que el so-licitante reúne los requisitos para ser beneficiario de la ayuda, elevarán a Alcaldía la correspondiente propuesta de concesión. A la vista de la referida propuesta será el Alcalde el que proceda a la conc-esión de la subvención. La resolución habrá de dictarse y notificarse en el plazo máximo de seis meses a partir de la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres.Los actos administrativos que se dicen en relación con esta convocatoria, serán objeto de publicación en el tablón de anuncios de la Corporación, notificándose directamente a los interesados en la forma establecida en el artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.Serán objeto de publicación en el tablón de anuncios de la Corporación la totalidad de las subvenciones concedidas.La resolución del procedimiento pondrá fin a la vía administrativa.

SEXTA.- CUANTÍA DE AL CONCESIÓN.El importe de la subvención será de 250 euros por cada nacimiento o adopción. El órgano competente para la concesión de estas ayudas se reserva las fac-ultades siguientes: - No establecer orden de prelación entre la solicitudes presentadas que reúnan los requisitos establecidos para el caso de que el crédito consignado en la convocatoria fuera suficiente, atendido el número de solicitudes una vez finalizado el plazo de presentación. - Podrá proceder al prorrateo, entre los beneficiarios de la subvención, del importe global máximo establecido en la convocatoria. - Incoar expediente de modificación presupuestaria con la finalidad de dotar crédito para atender todas las solicitudes.

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SÉPTIMA.- COMPATIBILIDAD DE LAS SUBVENCIONES.Las subvenciones que se concedan con cargo a la presente convocatoria serán compatibles con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad procedentes de cualesquiera Administraciones o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales.

OCTAVA.- GASTOS SUBVENCIONABLES.Son subvencionables todos aquellos gastos relacionados con la atención, cuidado y mantenimiento del nacido o adoptado en que incurran los pro-genitores o adoptantes. En todo caso los referidos gastos deberán ser realizados en establecimientos radicados en el municipio de Riolobos.

NOVENA.- OBLIGACIONES DE LOS BENEFICIARIOS.Son obligaciones de los beneficiarios las siguientes: a) Realizar las actividades que fundamenten el otorgamiento de la subven-ción. b) Someterse a las actuaciones de comprobación que correspondan en rel-ación a las ayudas concedidas. c) Comunicar al ayuntamiento la obtención de otras ayudas para la finan-ciación de las actividades subvencionadas, así como cualquier alteración de las condiciones tenidas en cuenta para el otorgamiento de la subvención.

DÉCIMA. JUSTIFICACIÓN Y PAGO.Esta subvención tendrá carácter pospagable, de acuerdo con las reglas siguientes: a) La justificación se realizará con facturas originales que deberán estar pa-gadas. En todo caso las facturas deberán cumplir los requisitos establecidos en el RD 1496/2003. b) El pago a los beneficiarios se realizará una vez realizada la justificación. c) El pago se realizará, en función de las disponibilidades de tesorería, a lo largo del ejercicio presupuestario en que se produzca la concesión de la subvención.

Riolobos a 22 de enero de 2016.

EL ALCALDE,

Jose Pedro Rodríguez Martín304

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Número 17 / Miércoles 27 de Enero de 2016 Página 55

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tornavacas

ANUNCIO. Aprobación definitiva modificación Ordenanza servicio guard-ería infantil

Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario provisional del Ayuntamiento de Tornavacas sobre la modificación de la Or-denanza fiscal reguladora de la tasa por prestación del servicio de guardería infantil, cuyo texto íntegro se hace público en cumplimiento del artículo 17.4 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.

“ARTÍCULO 4. Cuota Tributaria

1. La cuantía de la tasa vendrá determinada con arreglo a las tarifas que a continuación se señalan:• Niño por mes 50 euros, en campaña de recolección de cerezas.• Niños por mes 35 euros, resto del año.”

Contra el presente Acuerdo, conforme al artículo 19 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se podrá interponer por los interesados recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, ante el Tribunal Superior de Justicia de Extremadura.

En Tornavacas a 25 de enero de 2016.

El Alcalde,

José Antonio Recio Santos316

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torrecilla De los ánGeles

ANUNCIO. Aprobación definitiva del Presupuesto General para el ejercicio de 2016

En cumplimiento de lo dispuesto en el art. 169.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004 de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se hace público el Presupuesto General definitivo de esta Entidad, para el ejercicio de 2016, aprobado inicialmente en sesión ordinaria del 29 de diciembre de 2015, conforme al siguiente:

RESUMEN POR CAPITULOS DEL PRESUPUESTO 2016

CAPITULOS INGRESOS EUROSA) OPERACIONES NO FINANCIERASA.1) OPERACIONES CORRIENTES

1 Impuestos Directos. 113.951,152 Impuestos Indirectos. 8.000,003 Tasas y Otros Ingresos. 549.274,504 Transferencias Corrientes. 265.878,235 Ingresos Patrimoniales. 4.950,00

A.2) OPERACIONES DE CAPITAL6 Enajenación de Inversiones Reales. 0,007 Transferencias de Capital. 132.100,00

B) OPERACIONES FINANCIERAS8 Activos Financieros. 0,009 Pasivos Financieros. 0,00

TOTAL INGRESOS. . . . 1.074.153,88

CAPITULOS GASTOS EUROSA) OPERACIONES NO FINANCIERASA.1) OPERACIONES CORRIENTES

1 Gastos de Personal. 160.515,452 Gastos en Bienes Corrientes y Servicios. 600.041,493 Gastos Financieros. 699,524 Transferencias Corrientes. 129.789,015 Fondo de Contingencia. 0,00

A.2) OPERACIONES DE CAPITAL6 Inversiones Reales. 136.200,007 Transferencias de Capital. 39.230,93

B) OPERACIONES FINANCIERAS8 Activos Financieros. 0,009 Pasivos Financieros. 7.677,48

TOTAL GASTOS. . . . 1.074.153,88

2.- APROBAR, Las Bases de Ejecución del Presupuesto y la Plantilla de Per-sonal de este Ayuntamiento.

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BOPCáceres

De conformidad con lo dispuesto en el art. 127 del R.D. Legislativo 781/86, de 18 de abril, se publica, la Plantilla de Personal de este Ayuntamiento:

A.- ALTOS CARGOS JORNADA CONTRATADA NÚMERO PUESTOSAlcaldesa/Presidenta 75% 1Teniente de Alcalde 75% 1

B.- FUNCIONARIOS CATEGORIA GRUPO

NIVEL PLAZA AGRUPADA AL 44% CON HERNÁN-PÉREZ

Un Puestos reservado a Funcionario de carrera con Habilitación Nacional

Secretario /Interventor A1 ó

A226

Un Puesto reservado a Funcionario de carrera sin Habilitación Nacional

Técnico de Administración y Gestión

A2 26PLAZA AGRUPADA AL

44% CON HERNÁN-PÉREZ

D.- P E R S O N A L L A B O R A L EVENTUAL

JORNADA NÚMERO PUESTOS

Socorristas Municipales A TIEMPO PARCIAL 2

E.- PERSONAL LABORAL EVENTUAL

JORNADA NÚMERO Y PUESTOS

Contratos Subvencionados Junta de Extremadura

A TIEMPO PARCIAL

DERETO 150/2012.- PLAN EMPLEO EXPEPRIENCIA: Auxiliar Administrativo……………………………………………….. 1Auxiliares Residencia Ancianos……………………… 2Operario Servicios Múltiples………………………… 1DECRETO 287/2015.- PLAN EMPLEO SOCIAL:Operarios Servicios Múltiples………………………… 2PARADOS LARGA DURACIÓN………………………… 2

3.- Que el Presupuesto aprobado, se exponga al público por plazo de quince días hábiles, previo anuncio inserto en el B.O.P. y Tablón de Edictos de este Ayuntamiento.

4.- Este acuerdo aprobatorio se considerará definitivo si, durante el plazo de exposición pública, no se presenta ninguna reclamación contra el mismo y

5.- En este supuesto, se publicará el Presupuesto, resumido por Capítulos, en el B.O.P., remitiéndose simultáneamente, copias del mismo, a la Adminis-tración del Estado y Comunidad Autónoma, en cumplimiento de lo expuesto en los arts. 169 del Real Decreto Legislativo 2/2004 de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales y 20 del R.D. 500/90.

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Contra la aprobación definitiva del presupuesto podrá interponerse di-rectamente recurso contencioso-administrativo, en la forma y plazos que establecen las normas de dicha jurisdicción, de acuerdo con lo previsto por el artículo 171 del Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004 de 5 de marzo y el art. 20 del R.D. 500/90 del 20 de abril, lo que no suspenderá por si solo su aplicación.

El presente acto es definitivo en vía administrativa y frente al mismo puede interponerse, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, Recurso Contencioso-Admin-istrativo ante el órgano jurisdiccional competente, todo ello sin perjuicio de la interposición de cualquier otro que estime procedente.

Torrecilla de los Ángeles, a 22 de enero de 2016.

LA ALCALDESA.-

Mónica de Cáceres Rubio307

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aDMinistración Del estaDo

Ministerio De aGricultura, aliMentación Y MeDio aMBiente

ConfederaCión HidrográfiCa del Tajo

ASUNTO. Pago a titulares por expediente de expropiación forzosa

EXPROPIACIONESEX 07/09-01

ANUNCIO DE LA CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL TAJO

El día 18 de febrero de 2016, se procederá por parte de la Confederación Hidrográfica del Tajo, sita en la Avenida de Portugal, nº 81 de Madrid al pago, mediante transferencia bancaria a la cuenta designada por los interesados, del mutuo acuerdo a los titulares de bienes y derechos afectados por el EXPEDI-ENTE DE EXPROPIACIÓN FORZOSA POR EL PROCEDIMIENTO DE URGENCIA PARA LA EJECUCIÓN DEL PROYECTO MODIFICADO Nº 1 DE CONSTRUCCIÓN DEL SANEAMIENTO Y DEPURACIÓN DE LOS MUNICIPIOS DE CEDILLO Y AL-CÁNTARA (CÁCERES)”. CLAVE: 03.310-0381/2121, siguientes:

Descripción Finca Polígono Parcela Titulares

ALCANTARA EX07/09-01/01001 8 00083LUISA ALONSO VICARIO

CEDILLO EX07/09-01/02001 1 00355NATIVIDAD LORO BERROCAL

CEDILLO EX07/09-01/02002 1 00356 AYTO. CEDILLO

Aquellas cantidades cuyo pago no pueda hacerse efectivo por transferencia bancaria serán consignadas en la Caja General de Depósitos a disposición de los interesados. Una vez que éstos subsanen la circunstancia que motivó dicha consignación, esta Confederación Hidrográfica procederá a realizar los trámites oportunos para hacer efectivo el pago de las mismas.

Lo que se hace público a los efectos prevenidos en el artículo 49 del Regla-mento de Expropiación Forzosa que desarrolla la Ley de Expropiación Forzosa de 16 de diciembre de 1954.

Madrid, 15 de enero de 2016.

EL SECRETARIO GENERAL,

Juan Carlos Mérida Fimia321

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anuncios en General

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FRATERNIDAD MUPRESPA Mutua colaboradora de la Seguridad Social número 275, con domicilio en Cáceres, Avda. Virgen de Guadalupe, 20.

NOTIFICACION POR MEDIO DE ANUNCIO

Mediante la presente y de conformidad con lo dispuesto en los Arts. 59.4 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de Noviembre, se hace pública notificación en el BOLETIN OFICIAL de la provincia, de la deuda contraída con esta Mutua por la Empresa NRP SERVICIOS AVICOLA, S.L. y con CIF 0B86076171 Y Código de Cuenta de Cotización a la Seguridad Social 10105888113, por un importe total de 116,60 €, correspondiente a los gastos abonados por esta Mutua en relación con la asistencia médico-farmacéutica al trabajador EMIL CRISTINEL BENTA con NIE X8622642 B, que ahora se reclaman por Responsabilidad Empresarial, dado el impago reiterado de cuotas a la Seguridad Social.

El correspondiente expediente se encuentra en nuestra Dirección Provincial de Cáceres donde podrán ejercer el derecho de alegar por escrito o pro-poner las pruebas que estimen oportunas, en el plazo de quince días hábiles contandos desde el día siguiente al de esta publicación.

Si transcurridos dos meses no se ha acreditado ante esta Entidad el ingreso, el acuerdo de notificación de deuda se considerará definitivo y, por tanto, será comunicada a la Tesorería General de la Seguridad Social para que tramite el correspondiente requerimiento.

Cáceres, 22 de Enero de 2016.

El Director Provincial,

Miguel Redondo Flores. 292

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https://www.dip-caceres.es/ D.L.CC-1-1958


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