REGLAMENTO DE
INCORPORACIÓN,
PROMOCIÓN Y
RATIFICACIÓN DE
DOCENTES
ORDINARIOS
CUSCO 2019.
Elaborado por: Decano
Revisado por: Consejo Universitario
Aprobado por: Resolución N° 042-2019-UPAC-JGA-R.
Versión: 001
Fecha de Elaboración: 03/05/2019
Fecha Actualización:
Fecha: 03/05/2019 Páginas: 15
CODIGO: RIPRDO-DEC-CU-JGA
REGLAMENTO DE INCORPORACIÓN,
PROMOCIÓN Y RATIFICCIÓN DE DOCENTES
ORDINARIOS
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Elaborado por Revisado por Aprobado por
REGLAMENTO DE INCORPORACIÓN, PROMOCIÓN Y RATIFICACIÓN DE DOCENTES
ORDINARIOS DE LA UNIVERSIDAD PERUANA AUSTRAL DEL CUSCO
CAPÍTULO I
BASE LEGAL
Artículo 1°. - El presente Reglamento se sustenta en:
- Constitución Política del Estado.
- Ley Universitaria, Ley Nº 30220.
- Reglamento General de la Universidad.
- Reglamento de Docentes de la Universidad.
CAPÍTULO II
DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 2°. - El presente Reglamento tiene como finalidad ser el instrumento legal que norma el
proceso de incorporación, promoción y ratificación de los docentes ordinarios en la Universidad.
Artículo 3°. - La normatividad específica contenida en el presente Reglamento está orientada al
cumplimiento de los siguientes objetivos:
a. Proporcionar a la Universidad un instrumento normativo que contenga criterios técnico-
legales para una correcta y oportuna aplicación de los procesos de ordinarización,
promoción y ratificación de sus Docentes Ordinarios.
b. Constituir un instrumento de evaluación del desempeño del docente ordinario, ejerciendo
las funciones de enseñanza, investigación, proyección social, capacitación permanente,
producción intelectual y labor administrativa, para efectos de la promoción de categoría o
ratificación.
Artículo 4°. - Las disposiciones emitidas en el presente Reglamento alcanza a todos los docentes
ordinarios de cualquier régimen de dedicación de la Universidad, que se sometan al proceso de
evaluación con fines de su ordinarización, promoción y ratificación.
Artículo 5°. - Los docentes ordinarios son nombrados por un período de tres años, al cabo de este
periodo son evaluados con fines de su ratificación.
Artículo 6°. - La promoción de docentes se lleva a cabo previo establecimiento de plazas por la
Junta General de Accionistas.
Los plazos aplicables a la promoción de docentes ordinarios son los siguientes:
1. Para ser promovido de docente ordinario asociado a docente ordinario principal: el docente
deberá haber sido docente ordinario asociado de la universidad durante un periodo
mínimo de 5 años.
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2. Para ser promovido de docente ordinario auxiliar a docente ordinario asociado: el docente
deberá haber sido docente ordinario auxiliar de la universidad, durante un periodo mínimo
de 3 años.
CAPÍTULO III
DE LA ORDINARIZACIÓN, PROMOCIÓN Y RATIFICACIÓN
Artículo 7°. - La Junta General de Accionistas de la Universidad, será responsable de la
aprobación de los procesos de ordinarización, promoción y ratificación de docentes.
Estos procesos serán llevados a cabo por una comisión designada por la Junta General de
Accionistas.
La Junta General de Accionistas se pronunciará sobre los resultados de los procesos, aprobando
la ordinarización, ratificación o promoción.
Artículo 8°. - La Comisión estará constituida por tres (03) docentes de la Universidad.
Artículo 9°. - Son funciones y atribuciones de la Comisión:
a. Aprobar el cronograma de los procesos de ordinarización, promoción y ratificación de
docentes.
b. Realizar la convocatoria respectiva.
c. Solicitar a las oficinas pertinentes de la Universidad, información sobre el desempeño del
docente evaluado, así como su ética profesional y colaboración demostrada a la universidad
en el ejercicio docente y cualquier otra información que considere conveniente para el
mejor cumplimiento de sus funciones.
d. Calificar los méritos de los postulantes de acuerdo a los criterios y puntaje establecidos en
las tablas anexas.
e. Resolver las reclamaciones e impugnaciones que se presentan en el proceso.
f. Emitir el informe final que deberá contener la propuesta de ordinarización, ratificación o
promoción de docentes y elevarlo a la Junta General de Accionistas en el plazo máximo de
3 días.
DEL PROCESO DE ORDINARIZACIÓN
Artículo 10°.- El proceso de ordinarización de docentes tendrá las siguientes etapas:
a. Convocatoria
b. Evaluación documentaria
c. Entrevista personal
d. Emisión de informe final por la Comisión
e. Aprobación de la ordinarización
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Artículo 11°.- La convocatoria para el proceso de ordinarización será comunicada por el
presidente de la Comisión, individualmente y por escrito a los candidatos que pueden ser
propuestos por el Rector o el Decano.
En caso lo disponga la Junta General de Accionistas, se podrán realizar convocatorias públicas.
Artículo 12°.- Para la ordinarización de docentes en las distintas categorías, es indispensable el
cumplimiento de los siguientes requisitos:
a. Para ser docente principal se requiere grado de Doctor y haber sido nombrado antes como
profesor asociado. Por excepción, podrán ingresar a esta categoría sin haber sido docente
asociado, profesionales con más de quince (15) años de reconocida experiencia profesional
o labor de investigación científica y trayectoria académica.
b. Para ser profesor asociado se requiere grado de maestro, y haber sido nombrado
previamente como profesor auxiliar. Por excepción, podrán ingresar a esta categoría sin
haber sido docente auxiliar, profesionales con más de diez (10) años de reconocida
experiencia profesional o labor de investigación científica y trayectoria académica.
c. Para ser profesor auxiliar se requiere grado de Maestro, y tener como mínimo cinco (5)
años en el ejercicio profesional.
Artículo 13°. - Para el caso de los docentes que vienen prestando servicios en la Universidad, el
cumplimiento de los requisitos aludidos en la cláusula precedente, será verificada a través del file
docente que obra en los archivos de la Oficina de Personal. Sin perjuicio de ello, el docente podrá
presentar documentación actualizada y toda otra documentación adicional que considere
pertinente.
Artículo 14°. - Para el caso de nuevos docentes, éstos deberán presentar copia de su CV y la
documentación sustentatoria que acrediten el cumplimiento de los requisitos exigidos para la
categoría a la que postula, así como los documentos que acrediten su experiencia profesional y
docente:
La información deberá referirse a los siguientes rubros:
a. Grados académicos y título profesional universitario.
b. Actualizaciones y capacitaciones (pasantías, cursos, segunda especialidad, diplomados)
c. Experiencia docente
d. Experiencia profesional no docente.
e. Producción intelectual, artística e investigaciones, trabajos de investigación (publicaciones,
investigaciones científicas, artículos, ensayos, reportes, separatas, ponencias, exposiciones,
entre otros.)
f. Cargos directivos o apoyo administrativo en universidades.
g. Elaboración de materiales de enseñanza.
h. Conocimiento de idiomas.
i. Actividades de proyección social.
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j. Participación en congresos y certámenes a nivel universitario.
k. Afiliaciones a instituciones académicas y científicas.
l. Distinciones y honores.
Asimismo, el docente presentará necesariamente, copia de su DNI y las declaraciones Juradas,
según formato proporcionado por la Universidad, de lo siguiente:
i. Gozar de buena salud física y mental
ii. No tener antecedentes judiciales ni penales
iii. No haber sido destituido por sanción administrativa
Artículo 15°. - La Comisión evaluará los documentos presentados por los docentes aplicando la
tabla de evaluación para la ordinarización de docentes que se aprueba como anexo 1 del presente
reglamento.
Artículo 16°. - De verificar el cumplimiento de los requisitos establecidos en el presente
Reglamento, la Comisión citará a los docentes para una entrevista personal.
La entrevista personal permite a la Comisión evaluar en el postulante su aptitud para ocupar la
plaza materia de invitación.
Artículo 17°. - En ningún caso será considerado para la ordinarización, el postulante que no haya
alcanzado el siguiente puntaje mínimo.
- Docente Auxiliar 70 puntos
- Docente Asociado 70 puntos
- Docente Principal 70 puntos
Artículo 18°.- Culminada la evaluación, la Comisión emitirá su informe final que deberá contener
la propuesta de ordinarización y deberá elevarlo a la Junta General de Accionistas, a través de la
secretaria general, en el plazo máximo de 3 días.
Artículo 19°.- La Junta General de Accionistas emitirá, de ser el caso, el acuerdo de ordinarización
de los docentes propuestos, que será ejecutado mediante la emisión de la resolución rectoral
correspondiente.
DEL PROCESO DE PROMOCIÓN DE DOCENTES ORDINARIOS
Artículo 20°.- El proceso de promoción de docentes ordinarios tendrá las siguientes etapas:
a. Convocatoria
b. Evaluación documentaria
c. Entrevista personal
d. Emisión de informe final por la Comisión
e. Aprobación de la promoción
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Artículo 21°.- La convocatoria para el proceso de promoción de docentes ordinarios será
comunicada por el presidente de la Comisión, individualmente y por escrito a los docentes
ordinarios, previa aprobación de plazas por la Junta General de Accionistas.
Artículo 22°.- Para la promoción de docentes, es indispensable el cumplimiento de los siguientes
requisitos:
a. Cumplir los requisitos exigidos para la categoría inmediata siguiente a la que se promoverá
al candidato.
b. Informe favorable emitido por comisión de evaluación y selección docente, sobre el
desempeño del docente.
c. Cumplir con el periodo de permanencia en la categoría, establecida en el artículo 6 del
presente reglamento.
Artículo 23°.- La Comisión evaluará los documentos presentados por los docentes aplicando la
tabla de evaluación con fines de promoción de docentes ordinarios que se aprueba como anexo 2
del presente reglamento.
Artículo 24°.- De verificar el cumplimiento de los requisitos documentarios establecidos para la
promoción, la Comisión citará a los docentes para una entrevista personal.
Artículo 25°.- En ningún caso será considerado para la promoción, el postulante que no haya
alcanzado el siguiente puntaje mínimo.
- Para docente asociado 70 puntos
- Para docente principal 70 puntos
Artículo 26°.- Culminada la evaluación, la Comisión emitirá su informe final que deberá contener
la propuesta de promoción y deberá elevarlo a la Junta General de Accionistas, a través de la
secretaria general, en el plazo máximo de 3 días.
Artículo 27°.- La Junta General de Accionistas emitirá, de ser el caso, el acuerdo de promoción,
que será ejecutado mediante la emisión de la resolución rectoral correspondiente.
DEL PROCESO DE RATIFICACIÓN DE DOCENTES ORDINARIOS
Artículo 28°.- El proceso de ratificación de docentes ordinarios tendrá las siguientes etapas:
a. Convocatoria.
b. Evaluación documentaria.
c. Entrevista personal.
d. Emisión de informe final por la Comisión.
e. Aprobación de la ratificación.
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Artículo 29°.- La convocatoria para el proceso de ratificación de docentes ordinarios será
comunicada por el presidente de la Comisión, individualmente y por escrito a los docentes
ordinarios.
Artículo 30°.- Para la ratificación de docentes en las distintas categorías, es indispensable el
cumplimiento de los siguientes requisitos:
a. Mantener las condiciones y requisitos que le fueron exigidos al docente al momento de su
ordinarización.
b. Informe favorable emitido por comisión de evaluación y selección docente, sobre el
desempeño del docente.
c. No haber sido sancionado o no estar sometido a proceso administrativo disciplinario en la
Universidad emitido por la oficina de personal.
Artículo 31°.- La Comisión evaluará los documentos presentados por los docentes aplicando la
tabla de evaluación con fines de ratificación de docentes ordinarios que se aprueba como anexo
3 del presente reglamento.
Artículo 32°.- De verificar el cumplimiento de los requisitos documentarios establecidos para la
ratificación, la Comisión citará a los docentes para una entrevista personal.
Artículo 33°.- En ningún caso será considerado para la ratificación, el postulante que no haya
alcanzado el siguiente puntaje mínimo.
- Para docente auxiliar 70 puntos
- Para docente asociado 70 puntos
- Para docente principal 70 puntos
Artículo 34°. - Culminada la evaluación, la Comisión emitirá su informe final que deberá contener
la propuesta de ratificación y deberá elevarlo a la Junta General de Accionistas, a través de la
secretaria general, en el plazo máximo de 3 días.
Artículo 35°. - La Junta General de Accionistas emitirá, de ser el caso, el acuerdo de ratificación,
que será ejecutado mediante la emisión de la resolución rectoral correspondiente.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS Y FINALES
PRIMERA.- Los documentos presentados por los postulantes podrán ser copias legalizadas o
copias simples, en cuyo caso su presentación implica una declaración de veracidad de los mismos.
La Comisión queda facultada para solicitar los documentos originales.
SEGUNDA.- De considerarlo pertinente, la Comisión está facultada a desarrollar al mismo tiempo
los procesos de ordinarización, promoción y/o ratificación de docentes. En este supuesto, la
Comisión deberá elevar un solo informe en el que elevará sus propuestas de ordinarización y/o
promoción, y/o ratificación.
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TERCERA.- Forman parte integrante del presente reglamento, los siguientes anexos:
Anexo 1: Tabla de evaluación para la ordinarización de docentes
Anexo 2: Tabla de evaluación con fines de promoción de docentes ordinarios
Anexo 3: Tabla de evaluación con fines de ratificación de docentes ordinarios
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ANEXO 1
TABLA DE EVALUACIÓN DEL PROCESO DE ORDINARIZACION Marque con un aspa a la categoría que postula
ESPECIALIDAD DEL POSTULANTE _______________________________________________________________________________________
APELLIDOS Y NOMBRES ____________________________________________________ FECHA _________________
1.- GRADOS Y TÍTULOS ACADEMICOS
2.- TRABAJOS DE INVESTIGACIÓN Y PUBLICACIONES / AFILIACIONES / DISTINCIONES
TRABAJOS DE INVESTIGACIÓN PUNTAJE PUNTAJE
MÁXIMO
PUNTAJE
MAXIMO POR
RUBRO
TOTAL
PUBLICACIÓN EN REVISTAS ESPECIALIZADOS HASTA 1 POR C/ U 2
5
PUBLICACIONES DE LIBROS ESPECIALIZADOS HASTA 1 POR C/ U 1
AFILIACIONES A INSTITUCIONES ACADÉMICAS Y CIENTÍFICAS HASTA 1 POR C/ U 1
DISTINCIONES Y HONORES. HASTA 1 POR C/ U 1
3.- EXPERIENCIA DOCENTE Y PROFESIONAL
EXPERIENCIA DOCENTE Y PROFESIONAL PUNTAJE PUNTAJE
MAXIMO
PUNTAJE
MÁXIMO POR
RUBRO
TOTAL
NIEL UNIVERSITARIO POST- GRADO 1.5 POR CICLO 5
10 NIVEL UNIVERSITARIO PRE- GRADO 0.5 POR CICLO 3
EXPERIENCIA PROFESIONAL 0.5 POR AÑO 2
Auxiliar Ordinario Principal
GRADOS Y TÍTULOS PUNTAJE PUNTAJE
MÁXIMO
PUNTAJE
MAXIMO
POR RUBRO
TOTAL
DOCTORADO 18 18
40
ESTUDIO DE DOCTORADO EN CURSO 1/ CICLO 6
MAESTRIA 10 10
ESTUDIO DE MAESTRIA EN CURSO 1 / CICLO 3
TÍTULO PROFESIONAL UNIVERSITARIO 5 5
SEGUNDA ESPECIALID UNIVERSITARIA 3 3
DIPLOMADOS (0.5 por diploma hasta un máximo de 2) 0.5 2
CAPACITACIONES (0.5 por capacitación de 100 hrs, hasta un máximo de 2) 0.5 2
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4.- PRODUCCIÓN INTELECTUAL, ARTISTICA E INVESTIGACIÓN
PRODUCCIÓN INTELECTUAL PUNTAJE MÁXIMO
PUNTAJE PUNTAJE MÁXIMO
POR RUBRO
TOTAL
PUBLICACIÓN DE LIBROS (CON O SIN /ISSN) 2.0 POR C/U 2
5 PUBLICACIÓN DE ARTICULOS PERIODÍSTICOS 1.0 POR C/U 1
PUBLICACIÓN DE ARTÍCULOS DE INVESTIGACIÓN 1.0 POR C/U 2
5.- ELABORACION DE MATERIALES DE ENSEÑANZA
ELABORACION DE MATERIALES DE ENSEÑANZA PUNTAJE MÁXIMO
PUNTAJE PUNTAJE MÁXIMO
POR RUBRO
TOTAL
TEXTOS UNIVERSITARIOS (CON O SIN /ISSN) 1.0 POR C/U 2
5 GUÍA DE PRÁCTICA Y/O LABORATORIO 1.0 POR C/U 2
SEPARATAS, FOLLETOS O INFORME TÉCNICO CIENTÍFICO
(MÍNIMO 5 PÁGINAS) 0.5 POR C/U 1
6.- CARGOS DIRECTIVOS
CARGOS DIRECTIVOS PUNTAJE PUNTAJE
MÁXIMO
PUNTAJE MÁXIMO
POR RUBRO TOTAL
RESOLUCIONES DE CARGOS EN DIRECION 1.5 X C/U 3 5
RESOLUCIONES DE CARGOS EN JEFETURAS / COORDINACIONES 1 X C/U 2
7.- IDIOMAS
IDIOMAS PUNTAJE PUNTAJE
MÁXIMO
PUNTAJE MÁXIMO
POR RUBRO TOTAL
NIVEL
AVANZADO
CON CERTIFICACIÓN O PRUEBA DE
CONVERSACIÓN FLUIDA
1.5 POR C/
IDIOMA 3
5
NIVEL
INTERMEDIO
CON CERTIFICACIÓN O PRUEBA DE
ESCRITURA Y TRADUCCIÓN
1 POR C/
IDIOMA 2
NIVEL BÁSICO CON CERTIFICACIÓN O PRUEBA DE
TRADUCCIÓN
0.5 POR C/
IDIOMA 1
RESULTADO DE LA EVALUACIÓN DOCUEMNTARIA
Presidente Integrante Integrante
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Elaborado por Revisado por Aprobado por
2. Entrevista personal (25 ptos)
Criterios 1 2 3 4 5 Total
1. Aspecto Personal
2. Cultura General
3. Conocimiento de la Educación Superior Universitaria
4. Conocimiento de Investigación e Innovación
5. Toma de Decisiones
Resultado de la Entrevista Personal
Cusco, ........... de ............................ del 20…....
Cuadro de Resumen
Evaluación Documentaria
Entrevista personal
Calificación Final
Presidente Integrante Integrante
Escala Valorativa
Excelente : 5 puntos Muy bueno : 4 puntos Bueno : 3 puntos Regular : 2 puntos Deficiente : 1 punto s
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ANEXO 2
TABLA DE EVALUACIÓN DEL PROCESO DE PROMOCIÓN DE DOCENTES ORDINARIOS
1. Evaluación Documentaria
ESPECIALIDAD DEL POSTULANTE _____________________________________________________________________________
APELLIDOS Y NOMBRES ____________________________________________________ FECHA _________________
1.- GRADOS Y TÍTULOS ACADEMICOS
2. TRABAJOS DE INVESTIGACIÓN Y PUBLICACIONES
TRABAJOS DE INVESTIGACIÓN PUNTAJE PUNTAJE
MÁXIMO
PUNTAJE
MAXIMO POR
RUBRO
TOTAL
PUBLICACIÓN EN REVISTAS ESPECIALIZADA HASTA 1 POR
C/ ART 3
5
PUBLICACIONES DE LIBROS ESPECIALIZADOS HASTA 1 POR
C/ U 2
3. EXPERIENCIA DOCENTE Y PROFESIONAL
EXPERIENCIA DOCENTE Y PROFESIONAL PUNTAJE PUNTAJE
MAXIMO
PUNTAJE
MÁXIMO POR
RUBRO
TOTAL
NIEL UNIVERSITARIO POST- GRADO 1.5 POR CICLO 8
20 NIVEL UNIVERSITARIO PRE- GRADO 0.5 POR CICLO 5
EXPERIENCIA PROFESIONAL 1 POR AÑO 7
RESULTADO DE LA EVALUACIÓN DOCUEMNTARIA
GRADOS Y TÍTULOS PUNTAJE PUNTAJE
MÁXIMO
PUNTAJE
MAXIMO
POR RUBRO
TOTAL
DOCTORADO 18 18
45
ESTUDIO DE DOCTORADO EN CURSO 1/ CICLO 6
MAESTRIA 10 10
ESTUDIO DE MAESTRIA EN CURSO 1 / CICLO 3
TÍTULO PROFESIONAL UNIVERSITARIO 8 8
SEGUNDA ESPECIALID UNIVERSITARIA 5 5
DIPLOMADOS (0.5 por diploma hasta un máximo de 2) 0.5 2
CAPACITACIONES (0.5 por capacitación de 100 hrs,
hasta un máximo de 2)
0.5 2
Presidente Integrante Integrante
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Elaborado por Revisado por Aprobado por
2. Entrevista personal (30 ptos)
Criterios 1 2 3 4 5 Total
6. Aspecto Personal
7. Cultura General
8. Conocimiento de la Educación Superior Universitaria
9. Conocimiento de Investigación e Innovación
10. Toma de Decisiones
11. Identificación Institucional
Resultado de la Entrevista Personal
Cusco, ........... de ............................ del 20…....
Cuadro de Resumen
Evaluación Documentaria
Entrevista personal
Calificación Final
Presidente Integrante Integrante
Escala Valorativa
Excelente : 5 puntos Muy bueno : 4 puntos Bueno : 3 puntos Regular : 2 puntos Deficiente : 1 punto s
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Elaborado por Revisado por Aprobado por
ANEXO 3
TABLA DE EVALUACIÓN DEL PROCESO DE RATIFICACIÓN DE DOCENTES ORDINARIOS
1. Evaluación Documentaria
ESPECIALIDAD DEL POSTULANTE _____________________________________________________________________________
APELLIDOS Y NOMBRES ____________________________________________________ FECHA _________________
1.- GRADOS Y TÍTULOS ACADEMICOS
2. TRABAJOS DE INVESTIGACIÓN Y PUBLICACIONES
TRABAJOS DE INVESTIGACIÓN PUNTAJE PUNTAJE
MÁXIMO
PUNTAJE
MAXIMO POR
RUBRO
TOTAL
PUBLICACIÓN EN REVISTAS ESPECIALIZADA HASTA 1 POR
C/ ART 3
5
PUBLICACIONES DE LIBROS ESPECIALIZADOS HASTA 1 POR
C/ U 2
3. EXPERIENCIA DOCENTE Y PROFESIONAL
EXPERIENCIA DOCENTE Y PROFESIONAL PUNTAJE PUNTAJE
MAXIMO
PUNTAJE
MÁXIMO POR
RUBRO
TOTAL
NIEL UNIVERSITARIO POST- GRADO 1.5 POR CICLO 8
20 NIVEL UNIVERSITARIO PRE- GRADO 0.5 POR CICLO 5
EXPERIENCIA PROFESIONAL 1 POR AÑO 7
RESULTADO DE LA EVALUACIÓN DOCUEMNTARIA
GRADOS Y TÍTULOS PUNTAJE PUNTAJE
MÁXIMO
PUNTAJE
MAXIMO
POR RUBRO
TOTAL
DOCTORADO 18 18
45
ESTUDIO DE DOCTORADO EN CURSO 1/ CICLO 6
MAESTRIA 10 10
ESTUDIO DE MAESTRIA EN CURSO 1 / CICLO 3
TÍTULO PROFESIONAL UNIVERSITARIO 8 8
SEGUNDA ESPECIALID UNIVERSITARIA 5 5
DIPLOMADOS (0.5 por diploma hasta un máximo de 2) 0.5 2
CAPACITACIONES (0.5 por capacitación de 100 hrs,
hasta un máximo de 2)
0.5 2
Presidente Integrante Integrante
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3. Entrevista personal (30 ptos)
Criterios 1 2 3 4 5 Total
12. Aspecto Personal
13. Cultura General
14. Conocimiento de la Educación Superior Universitaria
15. Conocimiento de Investigación e Innovación
16. Toma de Decisiones
17. Identificación Institucional
Resultado de la Entrevista Personal
Cusco, ........... de ............................ del 20…....
Cuadro de Resumen
Evaluación Documentaria
Entrevista personal
Calificación Final
Presidente Integrante Integrante
Escala Valorativa
Excelente : 5 puntos Muy bueno : 4 puntos Bueno : 3 puntos Regular : 2 puntos Deficiente : 1 punto s