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DOSSIER FORMATIVO INTEGRADOR CONTADURÍA PÚBLICA
DOSSIER FORMATIVO INTEGRADOR
ADRIANA MARCELA VARGAS MARTINEZ (221460)
KEYDIS ANDREA BAYONA SANTIAGO (221471)
PROFESOR:
EDINSON ALFONSO VIVAREZ MERCADO
UNIVERSIDAD FRANCISCO DE PAULA SANTANDER OCAÑA
FACULTAD DE CIENCIAS ADMINISTRATIVAS Y ECONOMICAS
CONTADURIA PÚBLICA
LEGISLACION COMERCIAL
OCAÑA-2015
CONTRATO DE SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA.
En Ocaña, a 12 de agosto de 2015 Comparecen Rosa Robles, de nacionalidad Colombiana,
domiciliado/a en el barrio El Bambo Calle 20 #10-86, de la ciudad de Ocaña, cédula de
ciudadanía No. 98102172272, Adriana Vargas, de nacionalidad Colombiana, domiciliado/a
en el barrio Villa Carolina Cra. 10 #4-12, de la ciudad de Ocaña, cédula de ciudadanía No.
97121308170, y Keydis Bayona, de nacionalidad Colombiana, domiciliado/a en el barrio
Belén Kdx 393-40, de la ciudad de Ocaña, cédula de ciudadanía No. 98112315616, todos
mayores de edad, y exponen que han convenido en el siguiente contrato de sociedad:
PRIMERO: Por el presente instrumento, los comparecientes constituyen una sociedad
comercial de responsabilidad limitada, en conformidad a las prescripciones de la ley Nº 3.918
de Marzo de 1932 y sus modificaciones, teniendo además , presentes las disposiciones del
Código Civil y de Comercio que versan sobre la materia, en todo lo que no se hubiese
estipulado en este contrato. SEGUNDO: El objeto de la sociedad es la compra y venta de
computadores y toda otra actividad relacionada con lo anterior. TERCERO: La razón social
será " CompuTrend Limitada". Sin embargo, la compañía podrá funcionar y actuar, inclusive
con los bancos, con el nombre de " CompuTrend Ltda". CUARTO: La administración y el
uso de la razón social corresponderán al socio Rosa Robles, quien actuando por la sociedad
y anteponiendo la razón social a su firma, la representará con las más amplias facultades,
pudiendo obligarla en toda clase de actos; y sin que la enumeración sea taxativa, podrá
comprar toda clase de establecimiento, negocios, marcas, patentes, derechos y privilegios
sobre productos o materias primas; comprar y vender bienes raíces y muebles y darlos y
tomarlos en arrendamiento; celebrar con bancos, instituciones financieras o de créditos,
sociedades civiles y comerciales y personas naturales y jurídicas, según fuere procedente,
contratos de préstamos, mutuos, depósitos, cuentas corrientes bancarias y mercantiles, de
depósito y de crédito, girar y sobregirar en estas cuentas, girar, cobrar y depositar, endosar
revalidar y protestar cheques, girar, aceptar, reaceptar , endosar en cobranza en garantía y
documentos de embarque, retirar valores en custodia o en garantía; dar poderes generales y
especiales, nombrar liquidadores y árbitros y darles el carácter de arbitradores y, en general,
ejecutar toda clase de operaciones bancarias y comerciales que la práctica sancione, sin que
la enumeración anterior importe limitación alguna. En el orden judicial tendrá todas las
facultades que enumera el artículo séptimo del Código de Procedimiento Civil en sus dos
incisos, que se dan por expresamente reproducidas, con declaración de que la facultad de
transigir comprende también la transacción extrajudicial. QUINTO: El capital social será la
suma de $ 600.000.000 (seiscientos millones de pesos), que se aportara en la siguiente forma:
a) Rosa Robles $ 260.000.000 (doscientos sesenta millones de pesos), b) Adriana Vargas $
200.000.000 (doscientos millones de pesos), c) Keydis Bayona $ 140.000.000 (ciento
cuarenta millones de pesos). SEXTO: En caso de que los socios no integran las cuotas
sociales suscritas por ellos, en el plazo convenido, la sociedad procederá a requerirle el
cumplimiento de su obligación mediante notificación por escrito donde se lo intimará por un
plazo no mayor de 30 días al cumplimiento de la misma. En caso de así no hacerlo dentro del
plazo concedido la sociedad podrá optar entre iniciar la acción judicial para lograr su
integración o rescindir la suscripción realizada, pudiendo los socios restantes, que así lo
deseen, suscribir las cuotas e integrarlas totalmente. SÉPTIMO: Las utilidades se repartirán
entre los socios en la siguiente proporción: un 33,3 % para el socio Rosa Robles, un 33,3 %
para el socio Adriana Vargas y un 33,3 % para el socio Keydis Bayona. Las pérdidas se
distribuirán en igual proporción que la de distribución de las ganancias. OCTAVO: Los
socios tendrán derecho a retirar, a cuenta de utilidades, las cantidades que ellos estimen
conveniente en relación a las circunstancias y de común acuerdo. NOVENO: Los socios
limitan su responsabilidad hasta concurrencia del monto de sus aportes. DÉCIMO: La
sociedad practicará balance general e inventario los días 30 de Junio y 31 de Diciembre de
cada año, siendo este último el balance oficial. UNDÉCIMO: La sociedad empezará a regir
el día 04 de febrero de este año y tendrá una duración de 1 años, renovable tácita y
sucesivamente, por periodos iguales, si ninguno de los socios manifestare su voluntad de
ponerle término al final del período que estuviere en curso, mediante escritura pública que se
inscribirá al margen de la inscripción social, con una anticipación de, a lo menos, seis meses
antes de fin del respectivo período. DECIMOSEGUNDO: En caso de fallecer uno de los
socios, la sociedad continuará con el sobreviviente y con los herederos del socio fallecido,
quienes deberán designar procurador común para actuar ante la sociedad, mandatario que no
tendrá facultades de administrador ni podrá usar de la razón social. La administración de la
sociedad y el uso de la razón social quedarán radicados, desde la fecha del fallecimiento, en
el socio sobreviviente, con las mismas facultades indicadas en la cláusula 4ª. Se convino
expresamente que la designación de Rosa Robles, Adriana Vargas y Keydis Bayona, como
socio administrador, no constituye cláusula esencial de la sociedad, por lo que en caso de
fallecimiento se aplican las normas precedentemente. DECIMOTERCERO: Cualquier
dificultad que se suscite entre los socios en relación con este contrato o con motivo de su
aplicación, interpretación cumplimiento o incumplimiento, o de disolución anticipada o no,
de la sociedad, será resuelta por un árbitro arbitrador o amigable componedor en cuanto al
procedimiento y al fallo, sin que las partes puedan interponer en contra sus resoluciones
recurso alguno. Este árbitro será nombrado por las partes de común acuerdo; y si así no lo
hiciesen, lo nombrara el Juez letrado en lo Civil competente. Este árbitro nombrado ya sea o
por las partes o por el Juez Letrado en subsidio, tendrá competencia para disolver
anticipadamente la sociedad, y para liquidar y repartir, en este caso, el haber social, en
desacuerdo de los socios. Con acuerdo de los socios, éstos podrán hacer por sí mismos la
liquidación, o nombrar una persona al efecto. DECIMOCUARTO: La sociedad fija su
domicilio en la ciudad de Ocaña, sin perjuicio de las Sucursales o Agencias que establezca
en el resto del país. DECIMOQUINTO: Se faculta al portador de copia autorizada de la
presente escritura, para que requiera las anotaciones, inscripciones o subinscripciones que
sean de rigor para la legalización de este contrato. De acuerdo con las anteriores cláusulas,
los socios rubrican cada hoja y firman el presente contrato, hecho en tres (3) originales, en el
lugar y fecha indicados arriba.
Adriana Marcela Vargas Martínez Keydis Andrea Bayona Santiago
FIRMA FIRMA
C.C 97121308170 C.C 98112315616
Rosa Isella Robles Zayas
FIRMA
C.C 98102172272
CONTRATO INDIVIDUAL DE TRABAJO A TERMINO FIJO INFERIOR A UN
AÑO.
Nombre del empleador Rosa Robles, domicilio del empleador barrio El Bambo Calle 20 #10-
86, nombre del trabajador Edward Ascanio, dirección del trabajador barrio Los Almendros
Calle 34 #45-09, lugar, fecha de nacimiento y nacionalidad 9 de junio de 1996, Colombia,
oficio que desempeñará el trabajador Auxiliar Contable, salario $ 648.350 (seiscientos
cuarenta y ocho mil trescientos cincuenta pesos), pagadero por CompuTrend Ltda., fecha de
iniciación de labores 2 de noviembre de 2015, lugar donde se desempeñarán las labores
Centro Comercial San Andresito Local #102, ciudad donde ha sido contratado el trabajador
Ocaña, término inicial del contrato, 12 meses. Vence el día 1 de noviembre de 2016. Entre el
empleador y el trabajador, de las condiciones ya dichas identificados como aparece al pie de
sus correspondientes firmas se ha celebrado el presente contrato individual de trabajo, regido
además por las siguientes cláusulas: PRIMERA: El empleador contrata los servicios
personales del trabajador y este se obliga: a) A poner al servicio del empleador toda su
capacidad normal de trabajo, en forma exclusiva en el desempeño de las funciones propias
del oficio mencionado y las labores anexas y complementarias del mismo, de conformidad
con las órdenes e instrucciones que le imparta el empleador o sus representantes, y b) A no
prestar directa ni indirectamente servicios laborales a otros empleadores, ni a trabajar por
cuenta propia en el mismo oficio, durante la vigencia de este contrato. SEGUNDA: El
empleador pagará al trabajador por la prestación de sus servicios el salario indicado, pagadero
en las oportunidades también ya señaladas. Dentro de este pago se encuentra incluida la
remuneración de los descansos dominicales y festivos de que tratan los capítulos I y II del
título VII del Código Sustantivo del Trabajo. Se aclara y se conviene que en los casos en los
que el trabajador devengue comisiones o cualquier otra modalidad de salario variable, el
82.5% de dichos ingresos, constituye remuneración ordinaria y el 17.5% restante esta
designado a remunerar el descanso en los días dominicales y festivos que tratan los capítulos
I y II del título VII del Código Sustantivo de Trabajo. TERCERA: Todo trabajo
suplementario o en horas extras y todo trabajo en día domingo o festivo en los que legalmente
debe concederse el descanso, se remunerará conforme a la Ley, así como los correspondientes
recargos nocturnos. Para el reconocimiento y pago del trabajo suplementario, dominical o
festivo el empleador o sus representantes deben autorizarlo previamente por escrito. Cuando
la necesidad de este trabajo se presente de manera imprevista o inaplazable, deberá ejecutarse
y darse cuenta de él por escrito, a la mayor brevedad, al empleador o sus representantes. El
empleador, en consecuencia, no reconocerá ningún trabajo suplementario o en días de
descanso legalmente obligatorio que no haya sido autorizado previamente o avisado
inmediatamente, como queda dicho. CUARTA: El trabajador se obliga a laborar la jornada
ordinaria en los turnos y dentro de las horas señaladas por el empleador, pudiendo hacer éste
ajustes o cambios de horario cuando lo estime conveniente. Por el acuerdo expreso o tácito
de las partes, podrán repartirse las horas jornada ordinaria de la forma prevista en el artículo
164 del Código Sustantivo del Trabajo, modificado por el artículo 23 de la Ley 50 de 1990,
teniendo en cuenta que los tiempos de descanso entre las secciones de la jornada no se
computan dentro de la misma, según el artículo 167 ibídem. QUINTA: Las partes acuerdan
un periodo de 30 días, que no es superior a la quinta parte del término inicial de este contrato
ni excede dos meses. En caso de prorrogas o nuevo contrato entre las partes se entenderá que
no hay nuevo periodo de prueba. Durante este periodo tanto el empleador como el trabajador,
podrán terminar el contrato en cualquier momento en forma unilateral, de conformidad con
el artículo 78 del Código Sustantivo del Trabajo, modificado por el artículo 7º de la ley 50
de 1990. Si la duración del contrato fuere superior a treinta días e inferior a un año, se
entenderá por renovado por un término inicial al pactado, si antes de la fecha del vencimiento
ninguna de las partes avisare por escrito la terminación de no prorrogarlo, con una antelación
no inferior a treinta días. SEXTA: Son justas causas para dar por terminado unilateralmente
este contrato por cualquiera de las partes, las enumeradas en los artículos 62 y 63 del Código
Sustantivo del Trabajo; y, además, por parte del empleado, las faltas que para el efecto se
califiquen como graves en el espacio reservado para las cláusulas adicionales en el presente
contrato. SÉPTIMA: Las invenciones o descubrimientos realizados por el trabajador
contratado para investigar pertenecen al empleador, de conformidad con el artículo 539 del
Código de Comercio, así como el artículo 20 y concordantes de la ley 23 de 1982 sobre
derechos de autor. En cualquier otro caso el invento pertenece al trabajador, salvo cuando
éste no haya sido contratado para investigar y realice la invención mediante datos o medios
conocidos o utilizados en razón de la labor desempeñada, evento en el cual el trabajador,
tendrá derecho a una compensación que se fijará dé acuerdo con el monto del salario, la
importancia del invento o descubrimiento, el beneficio que reporte al empleador u otros
factores similares. OCTAVA: Las partes podrán convenir que el trabajo se preste en lugar
distinto al inicialmente contratado, siempre que tales traslados no desmejoren las condiciones
laborales o de remuneración del trabajador, o impliquen perjuicios para él. Los gastos que se
originen con el traslado serán cubiertos por el empleador de conformidad con el numeral 8º
del artículo 57 del Código Sustantivo del Trabajo. El trabajador se obliga a aceptar los
cambios de oficio que decida el empleador dentro de su poder subordinante, siempre que se
respeten las condiciones laborales del trabajador y no se le causen perjuicios. Todo ello sin
que se afecte el honor, la dignidad y los derechos mínimos del trabajador, de conformidad
con el artículo 23 del Código Sustantivo del Trabajo, modificado por el artículo 1º de la Ley
50 de 1990. NOVENA: Este contrato ha sido redactado estrictamente de acuerdo con la ley
y la jurisprudencia y será interpretado de buena fe y en consonancia con el Código Sustantivo
del Trabajo cuyo objeto, definido en su artículo 1º, es lograr la justicia en las relaciones entre
empleadores y trabajadores dentro de un espíritu de coordinación económica y equilibrio
social. DÉCIMA: El presente contrato reemplaza en su integridad y deja sin efecto alguno
cualquiera otro contrato verbal o escrito celebrado por las partes con anterioridad. Las
modificaciones que se acuerden al presente contrato se anotarán a continuación de su texto.
Para constancia se firma en dos o más ejemplares del mismo tenor y valor, ante testigos en
Ocaña a los 27 días del mes de Octubre de 2015.
Rosa Isella Robles Zayas Edward Ascanio
EMPLEADOR TRABADOR
C.C. 98102172272 C.C. 1087664689
CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE ESTABLECIMIENTO DE COMERCIO
En la ciudad de Ocaña a los 26 días del mes de Octubre de 2015 entre los suscritos Adriana
Marcela Vargas Martínez y Arles Sanguino Acosta, identificados como aparece al pie de
nuestras correspondientes firmas, denominados en adelante arrendador y arrendatario,
acordamos celebrar el presente contrato de arrendamiento de Establecimiento de comercio,
regido por las siguientes cláusulas :
Primera: El arrendador da en arriendo al arrendatario, dentro de las condiciones a
continuación acordadas, un establecimiento de comercio de propiedad de Arles Sanguino
Acosta, actualmente en funcionamiento y cuyas características se describen seguidamente,
en cuanto hace nombre comercial, relación de local, mercaderías, muebles, útiles y demás
componentes del establecimiento comercial dado en arriendo:
Nombre o enseña comercial: COMPUTREND LTDA.
Lugar de funcionamiento: Centro comercial San Andresito local 102 (lugar de ubicación)
Maquinarias, maquinas, muebles y útiles comprendidos: (Se acompaña detalles).clientela
(datos primarios) persona l:
Segunda: El plazo de este arrendamiento es de un (1) año a contar desde el 01 de Noviembre
de 2015 Hasta el 31 de octubre de 2016 por lo cual el mismo vencerá. Quedan obligado el
arrendatario, para el caso de incumplimiento del arriendo ala que opera como clausula penal
sin necesidad de interpelación de interpelación ningún tipo así como que subsiste el derecho
de desalojar y/o requerir por anticipado al inquilino.
Tercera: Este contrato contiene el derecho de disfrute del inmueble en que funciona el
negocio que se da en arriendo, cuyo inmueble es de propiedad de Arles Sanguino Acosta
y se encuentra ocupado por el arrendador del presente contrato en el carácter de propietario
según resulta de cuyos instrumentos en fotocopias, firmadas por las partes se agregan al
presente .contiene también el uso del establecimiento de comercio y sus instalaciones y todas
las facultades necesarias para su explotación normal.se considera abusivo todo acto o
abstención proveniente del arrendatario y/o sus pendientes o empleados que por incidencia
en el negocio y/o su clientela contribuya a desacreditarlo ,depreciarlo, degradarlo,
perjudicarlo o entorpecer sus normales causes; y el arrendatario responde de los daños que
se originen por dichos actos o abstenciones, negligencias, inoportunidades o abusos.
Cuarta: El precio de este arriendo es de un millón doscientos mil pesos ($1.200.000) que
se pagaran por el monto adelantado, del 01 al 05 de cada mes, donde en el futuro por medio
fehaciente indique el arrendador. La falta de pago de dos periodos de alquiler da derecho al
arrendador para pedir la terminación del contrato con el consiguiente desalojo, el cobro de
los cánones adeudados, más los intereses de la deuda y los daños y prejuicios que se
comprueben. El mismo derecho de la terminación existe concurre cualquiera de los demás
incumplimientos específicos del arriendo del establecimiento comercial que se trata o de las
cláusulas del presente contrato en cuanto hacen al arrendatario.
El mantenimiento del local y elementos del establecimiento comercial queda a cargo del
arrendatario según las partes así lo declaran en este instrumento. La parte obligada está
encargada a ordenar los trabajos de reparación o mantenimiento y a cargar con los respectivos
costos, debe efectuar las reparaciones o mantenimientos dentro de los quince (15) días
hábiles de serle requerido al acto.
Los impuestos, tasas y patentes propiasdel negoció quedan a cargo del arrendatario.
Quinta: El inmueble, sus complementos y accesorios, los muebles y útiles, máquinas y
maquinarias y demás objetos comprendidos en ese arrendamiento se encuentran actualmente
en los estados que se describen:
a) Inmueble, artefactos y complementos: no aplica.
b) Máquinas, y/o maquinarias: no aplica.
c) Muebles y útiles: no aplica.
d) Otros objetos: no aplica.
Los bienes y objetos comprendidos deben ser restituidos por el arrendatario al término del
contrato o cuando deba desocupar el establecimiento comercial arrendado, con arreglo a las
siguientes pautas y previsiones: no aplica.
Los fines que legalmente corresponda y para dar solución a los supuestos de la destrucción
total de los objetos, se establecen los siguientes valores que las partes aceptan desde ya
referidos a moneda nacional, por lo cual ha de tenerse por valor al tiempo de restitución, el
equivalente en nuestra moneda.
Se acompaña nota de valor pormenorizado de otros objetos y de las mercaderías que deberán
en su oportunidad restituirse con el establecimiento de comercio a que este arrendamiento se
refiere. Separadamente las partes acuerdan, en instrumento que forman también parte de este
contrato, las previsiones respecto de otros bienes y mercaderías que se encuentran
específicamente mencionados en el texto del presente.
Sexta: Las cuentas de servicio de luz, agua, gas, teléfono, etc., deberán puntualmente ser
pagadas por el arrendatario y os recibos deberán siempre estar a disposición y vista del
arrendador a fin de comprobar la regularidad del cumplimiento de dichos pagos. Si fuere
preciso transferir el permiso del local, de los servicios, del teléfono, etc., una vez de dichos
servicios concluido el arrendamiento deberá ser devuelta la figuración de dichos servicios
o concesiones a su titularidad actual, siendo de cargo de…… el traspaso al arrendatario y
siendo a cargo del… el final traspaso a sus actuales titulares o al arrendador.
Séptima: Para el caso de que actitudes pasiva del arrendatario perjudicaran los servicios o
concesiones , o, el del caso del servicio telefónico, originaran la pérdida del derecho al
número 3167891713, queda pactado que el arrendador podrá elegir entre demandar al
arrendatario por daños y perjuicios hasta la suma que judicialmente se acredite , o exigir el
pago de la suma de doscientos mil pesos($ 200.000) que se conviene como clausula penal
para el caso de la pérdida del teléfono ;cantidad que deberá resultar aumentada en un dos por
ciento (2%) a la fecha de su efectivo pago. El arrendador no necesita probar perjuicios de
ninguna especie y tendrá para el cobro de la misma la vía ejecutiva mediante la adjunción del
presente y certificación de la empresa respectiva donde consten los antecedentes de la pérdida
de que se habla.
Octava: si al finiquito del contrato hubiere destrucción solo parcial de elementos del
establecimiento de comercio, se valuaran porcentualmente las perdidas existentes respecto
de cada objeto en función de sus deterioros respectivos.
Novena: la parte arrendadora se compromete a suministrar cuantas firmas sean precisas para
ante la autoridad y comparecer por sí o por apoderado ellas, si fuere oficialmente requerido
para el funcionamiento normal dl establecimiento comercial dado en arriendo o el normal
disfrute de los servicios que hacen al mismo.
Decima: El fin comercial que podrá explotarse será compra y venta de equipos de
comunicación y computación, quedando prohibido expresamente, sea cual fuere la razón
invocada, el cambio de rubro comercial, el cambio de destino o la supresión adjunción de
otras actividades comerciales, civiles, etc. Respecto de la posibilidad de ceder transferir total
o parcialmente este arriendo, se estipula en todo caso, el arrendatario no podrá ingresar ni
permitir el ingreso al local de personas de cualquier índole u oficio con carácter estable; y
cabe el desalojo si se viola esta prohibición.
Decima primera: El arrendador no responde, lo que así se declara expresamente , de los
daños o perjuicios directos o indirectos, existentes o cesantes, actuales o futuros , voluntarios
, producidos por el arrendatario, sus familiares, o dependientes, o los clientes, los objetos,
bienes o maquinarias del establecimiento de comercio, el local o sus partes , así sucederían
dentro o fuera del local al propio inquilino, sus familiares, dependientemente, clientes,
responsables proveedores, terceros aun elemento del estado o vía pública, de todo lo cual
asume plena responsabilidad al arrendatario, quedando desde ya legal y contractualmente
obligado a las consiguientes reparaciones.
Decima segunda: Teniendo en cuenta que el establecimiento contiene valores que al
arrendador le interesa mantener para cuando le corresponda recibir en devolución el
establecimiento de arriendo comercio dado en arriendo, el arrendatario se compromete a
cumplir puntualmente con todas las obligaciones inherentes al mantenimiento del permiso
habilitado del local y negocio que toma en arriendo, haciéndose responsable ante el
arrendador de todos los daños y perjuicios directos o indirectos que origine el
incumplimiento de los aludidos deberes. Se deja constancia de que el arrendatario no podrá
reclamar estipendio, remuneración o compensación alguna, cualquiera sea el grado de
mejoramiento del establecimiento de comercio nacido de su gestión en la explotación del
mismo bajo invocación de que dicho establecimiento se ha valorizado por su obra propia, y
que suma alguna o retribución alguna corresponde o podrá corresponder al arrendador por
ese concepto.
Décima tercera: Sin perjuicio de las obligaciones legales del arrendatario, de sus deberes
contractuales y sin perjuicio también de sus obligaciones especiales en las clausulas decima
a decima segunda del presente contrato, el arrendatario se compromete a dar aviso al
arrendador dentro de las 24 horas hábiles de haberse producido, originado o hacer aparición,
de cualquier evento dependiente de si, de terceros o de las autoridades públicas o de la acción
de los factores climáticos o de la naturaleza, de todo evento que pueda afectar legal o
materialmente al establecimiento de comercio que se da en arriendo, al inmueble en que
funciona el mismo, a las partes, cosas, objetos o derechos del establecimiento de comercio,
o a las condiciones estipuladas en el presente contrato.
Decima cuarta: Se estipula las siguientes reglas para actualizar cada 6 meses, por el
arrendador el precio de alquiler de este establecimiento de comercio y la liquidación que
dentro de estas estas reglas pase el arrendador será la suma que formara el quantum a reclamar
ejecutivamente del inquilino.
Arley Sanguino Acosta Adriana Vargas Martínez
EL ARRENDOR EL ARRENDATARIO
C.C 49782816 C.C 97121308170
Expedida: Valledupar Expedida: Curumaní
DOSSIER FORMATIVO INTEGRADOR
ADRIANA MARCELA VARGAS MARTINEZ (221460)
ROSA ISELLA ROBLES ZAYAS (221463)
PROFESORA:
JULIETH MARCELA PARDO POSADA
UNIVERSIDAD FRANCISCO DE PAULA SANTANDER OCAÑA
FACULTAD DE CIENCIAS ADMINISTRATIVAS Y ECONOMICAS
CONTADURIA PÚBLICA
GESTION DEL RECURSO HUMANO
OCAÑA-2015
ORGANIGRAMA
PRESENTACION.
Somos una empresa dedicada a la compra y venta de computadores con el
compromiso de satisfacer las necesidades de la comunidad Ocañera y
proveerles un buen servicio, para tener el gusto de atenderlo al Centro
Comercial San Andresito Local No 102 o llamar a los teléfonos 3177084022 o
3203034029.
MISION.
Somos una empresa dedicada a la compra y venta de computadores de calidad,
con el compromiso de satisfacer las expectativas y necesidades de la comunidad
Ocañera, para conformidad y crecimiento de nuestra empresa.
VISION
En el año 2020 seremos reconocidos por nuestro desempeño y calidad en los
productos tecnológicos, contando con el apoyo de profesionales eficientes a su
disposición y de esta manera aportar al desarrollo de la región.
VALORES CORPORATIVOS
Responsabilidad: en el cumplimiento de las tareas.
Calidad: Entregando un buen producto y servicio al cliente.
Respeto: comprendiendo el hacer y pensar de los demás.
Excelencia: entregando un producto en su total perfección.
Puntualidad: siendo responsables en la determinación de los tiempos.
Honestidad: actuando con lealtad y rectitud en nuestro entorno
CONVOCATORIA DE EMPLEO.
La empresa CompuTrend Ltda., informa que están disponibles los cargos para
Secretaría, Revisoría Fiscal, Contador Público, Auxiliar Contable y Expendedor.
Los interesados para mayor información comunicarse a los teléfonos celulares
3203034029 y 3177084022 o dirigirse al Centro Comercial San Andresito Local 102.
Fecha de cierre de convocatoria: Octubre 15 de 2015.
CONVOCATORIA VIRTUAL.
http://compu-trend.blogspot.com.co/p/convocatoria-de-empleo.html
MODELO HOJA DE VIDA (COMPUTREND LTDA).
HOJA DE VIDA
NOMBRES:
APELLIDOS:
NUMERO DEL DOCUMENTO DE IDENTIDAD:
DIRECCION:
TELEFONO:
CORREO ELECTRONICO:
ESTADO CIVIL:
FORMACION ACADEMICA:
EXPERIENCIA PROFESIONAL:
REFERENCIA FAMILIAR: REFERENCIA PERSONAL:
FORMULARIO PARA ENTREVISTA.
CompuTrend Ltda.
Entrevista general.
En lo siguiente se le evaluara las capacidades que tiene para responder al cargo.
1. Cuente acerca de usted mismo.
2. ¿Qué sabe usted de esta organización?
3. ¿Por qué razones cree usted que lo debemos contratar?
4. ¿Qué te motiva a desempeñarte mejor en el trabajo?
5. ¿Qué sucesos o acontecimientos ha tenido usted en su trabajo?
6. Describa su ética de trabajo
7. ¿Por qué dejó su último empleo?
8. ¿Qué opina de sus jefes anteriores?
9. ¿En qué piensa que está peor preparado?
10. ¿Cómo se enteró de este puesto?
11. ¿Porque estudio esta carrera?
12. ¿Que valora más en el trabajo?
13. ¿Está dispuesto a completar su formación cuando sea necesario acudiendo
a cuscos y seminarios?
14. ¿Qué idiomas conoce y a qué nivel?
15. ¿Cómo acepta las normas de disciplina?: con convencimiento, como un mal
necesario, como una imposición.
16. Cuéntame sobre alguno de tus logros por los que te sientes orgulloso.
17. ¿Prefiere trabajar solo o en equipo? ¿Por qué?
18. Si tuviera que contratar a una persona para el puesto, ¿qué criterios fijaría?
19. ¿Cuánto tiempo le gustaría trabajar con nosotros?
20. ¿Qué respondería si le dijeran que su actuación ha sido ineficiente?
INFORME DE ENTREVISTA.
FECHA:
NOMBRE DEL CANDIDATO:
N° DE CEDULA:
ESTADO CIVIL:
CARGO AL QUE ASPIRA:
PROFESIÓN:
INFORMACION INICIAL:
ASPECTO INSUFICIENTE ACEPTABLE EXCELENTE
ASPECTO FISICO
EXPRESION VERBAL
EXPRESION CORPORAL
INFORMACIÓN PERSONAL (antecedentes personales-familiares-genograma)
FORMACION ACADEMICA (exprese sobre estudios realizados, logros alcanzados e intereses)
EXPERIENCIA LABORAL (cargos ocupados, tiempo de servicio, motivo de retiro, aspiraciones)
PRUEBA SICOLOGICA.
TEST DEL ARBOL.
Dibuja un árbol teniendo en cuenta tus habilidades, el cual sin duda nos mostrara
cada uno de los elementos básicos que configuran la estructura del propio “yo’’. El
árbol toma la personalidad del autor y nos deja contemplar la riqueza de su paisaje
personal y sus matices. Es un lienzo único que refleja la verdadera esencia de quien
lo ha dibujado. Así descifraremos la naturaleza de cada persona, ya que es el árbol
quien nos ayudara a determinar cómo se identifica cada persona en cada uno de
los ámbitos de su vida.
La duración del test es de aproximadamente siete (7) minutos.
PERFIL DEL CARGO
Cargo: Secretaria
Ubicación: Gerencia
Superior inmediato: Gerente
Responsabilidad: Control de la correspondencia recibida y entregada.
Descripción de la función del cargo
1: Prepara, tramita y controla la documentación generada en la gerencia general.
2: Elabora cartas, escritos, informes, contratos, acuerdos, actas, informes, facturas,
y documentos en general.
3: Lleva el control de la agenda del gerente.
4: Convoca a sesiones o reuniones.
5: Recibir, clasificar, tramitar y controlar la correspondencia y documentación
diversa recibida, tanto interna como externa.
REQUERIMIENTOS
EDUCACION Técnico en Secretariado Ejecutivo
EXPERIENCIA Dos (2) años
COMPETENCIAS Manejo de aparatos tecnológicos y a su vez programas del paquete Office
CONOCIMEINTOS NECESARIOS
Manejo básico de Idioma extranjero Ingles.
Cargo: Contador
Ubicación: Área financiera
Superior inmediato: Gerente
Responsabilidad: Auxiliar contable.
Descripción de la función del cargo
1: Clasifica, registra, analiza e interpreta la información financiera de
conformidad con la empresa.
2: Tener informado al cliente por medio de una comunicación adecuada.
3: Preparar y presentar informes sobre la situación financiera de COMPUTREND
LTDA que exijan los entes de control y mensualmente entregar al Gerente, un
balance de comprobación.
4: Asesora en materia contable, fiscal y financiera.
5: Llevar los libros mayores de acuerdo con la técnica contable y los auxiliares
necesarios, de conformidad con lo establecido por la empresa.
6: Verifica los documentos contables, cálculo de impuestos y vela por que la
contabilidad se lleve de acuerdo a los estatutos.
REQUERIMIENTOS
EDUCACION Título profesional en Contaduría Pública.
EXPERIENCIA Dos (2) años. Tarjeta profesional vigente.
COMPETENCIAS Manipulación de aparatos tecnológicos, manejo de software contable y capacitación en las NIF.
CONOCIMEINTOS NECESARIOS
Manejo básico de Idioma extranjero Ingles.
Cargo: Auxiliar contable
Ubicación: Área financiera
Superior inmediato: Contador
Responsabilidad: Realizar operaciones contables.
Descripción de la función del cargo
1: Desarrolla habilidades y conocimientos en el trabajo.
2: Registra en libros todos los movimientos contables tanto de ingresos como de
egresos que se generen en COMPUTREND LTDA.
3: Recibe, organiza y archiva los comprobantes de gastos diarios de las distintas
áreas.
4: Crea y utiliza sistemas para la comunicación con los empleados para controlar
los gastos o pagos que son cruciales.
5: Archiva toda la documentación que se genere y reciba en el área.
REQUERIMIENTOS
EDUCACION Tecnólogo en Gestión Comercial y Financiera
EXPERIENCIA Dos (2) años
COMPETENCIAS Manipulación de aparatos tecnológicos, manejo de software contable y capacitación en las NIF
CONOCIMEINTOS NECESARIOS
Manejo básico de Idioma extranjero Ingles.
Cargo: Revisor Fiscal
Superior inmediato: Junta de socios
Responsabilidad: Inspeccionar las actividad económica
Descripción de la función del cargo
1: Inspeccionar constantemente los bienes de la sociedad y procurar que se tomen
oportunamente las medidas de conservación o seguridad de los mismos.
2: Dar oportuna cuenta, por escrito, a la junta de socios, según los casos de
irregularidades que ocurran e funcionamiento de la sociedad y en el desarrollo de
sus negocios.
3: Cerciorarse de que las operaciones se celebren o cumplan por cuenta de la
sociedad y a las decisiones de la Junta de socios.
4: vela por que se lleve regularmente la contabilidad de la sociedad y las actas de
las reuniones de la junta de socios.
5: Convocar a la junta de socios a reuniones extraordinarias cuando se requieran.
REQUERIMIENTOS
EDUCACION Título de Contaduría Pública y especialización en Revisoría Fiscal
EXPERIENCIA Dos (2) años. Tarjeta profesional vigente.
COMPETENCIAS Manejo de las NIF
CONOCIMEINTOS NECESARIOS
Manejo básico de Idioma extranjero Ingles.
Cargo: Vendedores
Ubicación: Área comercial
Superior inmediato: Gerente
Responsabilidad: Cliente
Descripción de las funciones del cargo
1: establecer un nexo entre el cliente y la empresa. 2: contribuye activamente a la solución de problemas. 3: administra su terreno de venta. 4: se integra a las actividades de mercado de la empresa. 5: elabora permanentemente las zonas asignadas para detectar clientes potenciales.
REQUERIMIENTOS
EDUCACION Ser bachiller
EXPERIENCIA Dos (2) años
COMPETENCIAS Habilidades personales y para las ventas
CONOCIMEINTOS NECESARIOS
Conocimiento acerca de los servicios y productos que la empresa comercializa y del mercado
FORMULARIO DE AFILIACION A LA EPS
FORMULARIO DE AFILIACION A LA ARL
FORMULARIO DE AFILIACION A LA CAJA DE COMPENSACION
FORMULARIO DE AFILIACION A LA PENSION
CONTRATO INDIVIDUAL DE TRABAJO A TERMINO FIJO INFERIOR A UN
AÑO.
Nombre del empleador Rosa Robles, domicilio del empleador barrio El Bambo Calle 20 #10-
86, nombre del trabajador Edward Ascanio, dirección del trabajador barrio Los Almendros
Calle 34 #45-09, lugar, fecha de nacimiento y nacionalidad 9 de junio de 1996, Colombia,
oficio que desempeñará el trabajador Auxiliar Contable, salario $ 648.350 (seiscientos
cuarenta y ocho mil trescientos cincuenta pesos), pagadero por CompuTrend Ltda., fecha de
iniciación de labores 2 de noviembre de 2015, lugar donde se desempeñarán las labores
Centro Comercial San Andresito Local #102, ciudad donde ha sido contratado el trabajador
Ocaña, término inicial del contrato, 12 meses. Vence el día 1 de noviembre de 2016. Entre el
empleador y el trabajador, de las condiciones ya dichas identificados como aparece al pie de
sus correspondientes firmas se ha celebrado el presente contrato individual de trabajo, regido
además por las siguientes cláusulas: PRIMERA: El empleador contrata los servicios
personales del trabajador y este se obliga: a) A poner al servicio del empleador toda su
capacidad normal de trabajo, en forma exclusiva en el desempeño de las funciones propias
del oficio mencionado y las labores anexas y complementarias del mismo, de conformidad
con las órdenes e instrucciones que le imparta el empleador o sus representantes, y b) A no
prestar directa ni indirectamente servicios laborales a otros empleadores, ni a trabajar por
cuenta propia en el mismo oficio, durante la vigencia de este contrato. SEGUNDA: El
empleador pagará al trabajador por la prestación de sus servicios el salario indicado, pagadero
en las oportunidades también ya señaladas. Dentro de este pago se encuentra incluida la
remuneración de los descansos dominicales y festivos de que tratan los capítulos I y II del
título VII del Código Sustantivo del Trabajo. Se aclara y se conviene que en los casos en los
que el trabajador devengue comisiones o cualquier otra modalidad de salario variable, el
82.5% de dichos ingresos, constituye remuneración ordinaria y el 17.5% restante esta
designado a remunerar el descanso en los días dominicales y festivos que tratan los capítulos
I y II del título VII del Código Sustantivo de Trabajo. TERCERA: Todo trabajo
suplementario o en horas extras y todo trabajo en día domingo o festivo en los que legalmente
debe concederse el descanso, se remunerará conforme a la Ley, así como los correspondientes
recargos nocturnos. Para el reconocimiento y pago del trabajo suplementario, dominical o
festivo el empleador o sus representantes deben autorizarlo previamente por escrito. Cuando
la necesidad de este trabajo se presente de manera imprevista o inaplazable, deberá ejecutarse
y darse cuenta de él por escrito, a la mayor brevedad, al empleador o sus representantes. El
empleador, en consecuencia, no reconocerá ningún trabajo suplementario o en días de
descanso legalmente obligatorio que no haya sido autorizado previamente o avisado
inmediatamente, como queda dicho. CUARTA: El trabajador se obliga a laborar la jornada
ordinaria en los turnos y dentro de las horas señaladas por el empleador, pudiendo hacer éste
ajustes o cambios de horario cuando lo estime conveniente. Por el acuerdo expreso o tácito
de las partes, podrán repartirse las horas jornada ordinaria de la forma prevista en el artículo
164 del Código Sustantivo del Trabajo, modificado por el artículo 23 de la Ley 50 de 1990,
teniendo en cuenta que los tiempos de descanso entre las secciones de la jornada no se
computan dentro de la misma, según el artículo 167 ibídem. QUINTA: Las partes acuerdan
un periodo de 30 días, que no es superior a la quinta parte del término inicial de este contrato
ni excede dos meses. En caso de prorrogas o nuevo contrato entre las partes se entenderá que
no hay nuevo periodo de prueba. Durante este periodo tanto el empleador como el trabajador,
podrán terminar el contrato en cualquier momento en forma unilateral, de conformidad con
el artículo 78 del Código Sustantivo del Trabajo, modificado por el artículo 7º de la ley 50
de 1990. Si la duración del contrato fuere superior a treinta días e inferior a un año, se
entenderá por renovado por un término inicial al pactado, si antes de la fecha del vencimiento
ninguna de las partes avisare por escrito la terminación de no prorrogarlo, con una antelación
no inferior a treinta días. SEXTA: Son justas causas para dar por terminado unilateralmente
este contrato por cualquiera de las partes, las enumeradas en los artículos 62 y 63 del Código
Sustantivo del Trabajo; y, además, por parte del empleado, las faltas que para el efecto se
califiquen como graves en el espacio reservado para las cláusulas adicionales en el presente
contrato. SÉPTIMA: Las invenciones o descubrimientos realizados por el trabajador
contratado para investigar pertenecen al empleador, de conformidad con el artículo 539 del
Código de Comercio, así como el artículo 20 y concordantes de la ley 23 de 1982 sobre
derechos de autor. En cualquier otro caso el invento pertenece al trabajador, salvo cuando
éste no haya sido contratado para investigar y realice la invención mediante datos o medios
conocidos o utilizados en razón de la labor desempeñada, evento en el cual el trabajador,
tendrá derecho a una compensación que se fijará dé acuerdo con el monto del salario, la
importancia del invento o descubrimiento, el beneficio que reporte al empleador u otros
factores similares. OCTAVA: Las partes podrán convenir que el trabajo se preste en lugar
distinto al inicialmente contratado, siempre que tales traslados no desmejoren las condiciones
laborales o de remuneración del trabajador, o impliquen perjuicios para él. Los gastos que se
originen con el traslado serán cubiertos por el empleador de conformidad con el numeral 8º
del artículo 57 del Código Sustantivo del Trabajo. El trabajador se obliga a aceptar los
cambios de oficio que decida el empleador dentro de su poder subordinante, siempre que se
respeten las condiciones laborales del trabajador y no se le causen perjuicios. Todo ello sin
que se afecte el honor, la dignidad y los derechos mínimos del trabajador, de conformidad
con el artículo 23 del Código Sustantivo del Trabajo, modificado por el artículo 1º de la Ley
50 de 1990. NOVENA: Este contrato ha sido redactado estrictamente de acuerdo con la ley
y la jurisprudencia y será interpretado de buena fe y en consonancia con el Código Sustantivo
del Trabajo cuyo objeto, definido en su artículo 1º, es lograr la justicia en las relaciones entre
empleadores y trabajadores dentro de un espíritu de coordinación económica y equilibrio
social. DÉCIMA: El presente contrato reemplaza en su integridad y deja sin efecto alguno
cualquiera otro contrato verbal o escrito celebrado por las partes con anterioridad. Las
modificaciones que se acuerden al presente contrato se anotarán a continuación de su texto.
Para constancia se firma en dos o más ejemplares del mismo tenor y valor, ante testigos en
Ocaña a los 27 días del mes de Octubre de 2015.
Rosa Isella Robles Zayas Edward Ascanio
EMPLEADOR TRABADOR
C.C. 98102172272 C.C. 1087664689
DOSSIER FORMATIVO INTEGRADOR
ADRIANA MARCELA VARGAS MARTINEZ (221460)
PROFESORA:
MARTA MILENA PEÑARANDA PEÑARANDA
UNIVERSIDAD FRANCISCO DE PAULA SANTANDER OCAÑA
FACULTAD DE CIENCIAS ADMINISTRATIVAS Y ECONOMICAS
CONTADURIA PÚBLICA
CONTABILIDAD DE ACTIVOS
OCAÑA-2015
ACTIVIDAD 1
*Elaboración de los estados financieros con corte a 30 de noviembre de 2015 (Inventario Final $63.213.750),
los datos deben tomarlos del libro mayor y balances realizado en Fundamentos Contable.
COMPUTREND LTDA
ESTADO DE RESULTADOS
FECHA: 1 de enero a 30 de noviembre 2015
INGRESOS OPERACIONALES 100.660.000
comercio al por mayor y por menor 109.860.000
(-) DEVOLUCIONES EN VENTAS 9.200.000
(-) COSTO DE VENTA 66.776.250
INVENTARIO INICIAL DE MERCANCIAS 0
(+) COMPRAS NETAS 129.990.000
compras de mercancias 137.190.000
(-) devoluciones en compras 7.200.000
MCIAS DISPONIBLES PARA VENTA 129.990.000 (-) INVENTARIO FINAL DE
MERCANCIAS 63.213.750
UTILIDAD O PERDIDA BRUTA 33.883.750
OPERACIONAL
(-) GASTOS OPERACIONALES 9.860.000
GASTOS ADMINISTRACION 9.860.000
Arrendamientos 1.500.000
Gastos legales 4.120.000
Diversos 2.320.000
Honorarios 1.500.000
Servicios 420.000
GASTOS OPERACIONALES DE VENTA
UTILIDAD O PERDIDA OPERACIONAL 24.023.750
(+) INGRESOS NO OPERACIONALES
(-) GASTOS NO OPERACIONALES 450.000
Financieros 450.000
UTILIDAD NETAS ANTES IMPUESTOS 23.573.750
(-) PROVISION IMPUESTO DE RENTA 5.893.438
UTILIDAD LIQUIDA 17.680.312
(-) RESERVA LEGAL 1.768.031
UTILIDAD DEL EJERCICIO 15.912.281
COMPUTREND LTDA
BALANCE GENERAL
FECHA: 1 enero a 30 de noviembre de 2015
ACTIVOS PASIVOS
ACTIVOS PASIVOS
CORRIENTES CORRIENTES
DISPONIBLE 546.653.600 PROVEEDORES 85.340.650
Bancos 546.653.600 Nacionales 85.340.650
DEUDORES 83.169.600 CUENTAS POR 3.825.750
Clientes 80.653.100 Retención 3.825.750
Anticipo impuesto 2.516.500 IMPTO GRAV 1.200.638
INVENTARIOS 63.213.750 Renta 5.893.438 Mercancía no fb 63.213.750 Impto renta 4.692.800
TOTAL ACTIVO 693.036.950 TOTAL 90.367.038
CORRIENTES PASIVOS
ACTIVOS NO PATRIMONIO
CORRIENTES
PROPIEDAD 15.010.400 31.CAPITAL S 600.000.000 Equipo de oficina. 2.482.400 Aportes Soc. 600.000.000
Equipo de compu. 12.528.000 33.RESERVAS 1.768.031
Legal 1.768.031
36.RESULTADO 15.912.281
Utilidad eje 15.912.281
TOTAL ACTIVOS 15.010.400 TOTAL 617.680.312
NO PATRIMONIO
CORRIENTES TOTAL ACTIVOS 708.047.350 TOTAL 708.047.350
PASIVO MAS
PATRIMONIO
ACTIVIDAD 2
*Traslade a TNS los saldos del Mayor y Balance a 30 de noviembre de 2015 ( ya que la
empresa sistematiza la contabilidad el 1 de diciembre de 2015).
ACTIVIDAD 3
*Registre utilizando el TNS en el módulo de contabilidad
OPERACIONES DEL 1 AL 15 DE DICIEMBRE 2015
DICIEMBRE 1, Se adquiere para uso de la empresa 1 camioneta por valor de $45.000.000 a la
empresa AUTOS DE COLOMBIA LTDA. Según cheque del Banco Bogotá No.0001 y CE 0001.
IVA 16% Y RF 2.5%.
DICIEMBRE 5, Se constituye el fondo de caja menor por $1.000.000, según CE 0002, CH 0002.
DICIEMBRE 10, Se efectúa apertura de cuenta ahorros por $60.000.000 en Bancolombia, girando
cheque del Banco Bogotá, según Nota de Contabilidad 0002 y recibo de consignación.
DICIEMBRE 11, Se adquiere un CDT en el Banco Colombia por valor de $15.000.000, girando
cheque del Banco Bogotá, según CE 0003, CH 0003. (El CDT se toma a un año).
DICIEMBRE 14, Se adquieren acciones de la Sociedad Éxito (1000 acciones a 7000 cada una).
Girando cheque Banco Bogotá. Según CE0004, CH 0004. (La participación de la empresa en la
Sociedad Éxito es del 2%)
DICIEMBRE 14, Se adquieren acciones de la Sociedad Ámbar S.A (5000 acciones a 12000),
representando el 30% de las acciones ordinarias que conllevan a derecho de voto en la junta de
socios. Girando cheque de Banco de Bogotá. Según CE 0005, CH 0005.
DICIEMBRE 14, Se adquieren acciones en negocio conjunto con la empresa CREAR LTDA, cada
empresa adquiere el 30% de las acciones de la Sociedad INDER S.A por valor de $25.000.000. la
empresa y CREAR LTDA, acordaron de inmediato compartir el control sobre la sociedad INDER
S.A. la empresa gira cheque del Banco Bogotá. Según CE 0006, CH 0006.
ACTIVIDAD 4
*La empresa cambia su sistema de inventario periódico a sistema de inventario
permanente, para lo cual se debe efectuar el registro de ajuste.
Cierre de la cuenta 6205 de mercancías, 6225 Devoluciones en compras según Nota de
Contabilidad 0003.
ACTIVIDAD 5
*Utilizando el sistema de inventario permanente, elabore el Kardex por el método
promedio ponderado y tenga en cuenta los siguientes saldos iniciales:
ARTICULO CANTIDAD VALOR UNITARIO VALOR TOTAL Computadores Epson 13 1.493.750 19.418.750 Computadores LG 14 1.333.929 18.675.000 Computadores APPLE 11 1.709.091 18.800.000 Impresoras Epson 8 370.000 2.960.000 Impresoras LG 8 420.000 3.360.000 TOTAL 63.213.750
Respuesta: Los Kardex se encuentran desarrollados en la actividad 9.
ACTIVIDAD 6
OPERACIONES DEL 16 AL 30 DE DICIEMBRE DE 2015
DICIEMBRE 16, La empresa compra a TECNOLOGIA DE AVANZADA LTDA, según Factura
No. 1840, a crédito.
50 computadores Epson $1.550.000 c/u
35 computadores LG $1.500.000 c/u
30 computadores Apple $1.900.000 c/u
10 impresoras Epson $400.000 c/u
8 impresoras LG $450.000 c/u
IVA 16%, RF 2.5%
DICIEMBRE 18, La empresa compra de contado a SANTANDER LTDA, según factura 4450 y
cancela con cheque No. 0007, según CE 0007.
*40 impresoras LG $440.000 c/u
*50 impresoras Epson $410.000 c/u
IVA 16%, RF 2.5%
DICIEMBRE 20, La empresa vende mercancía al contado según factura 0001 a DIGITAL
LTDA.
30 computadores Epson $2.450.000 c/u
20 computadores LG $2.300.000 c/u
20 computadores Apple $2.900.000 c/u
25 impresoras Epson $ 820.000 c/u
15 impresoras LG $ 750.000 c/u
IVA 16%, RF 2.5%
PRECIO VENTA
PRECIO COSTO
DICIEMBRE 21, La empresa consigna en el Banco Bogotá lo recibido de la venta anterior.
Según recibo de consignación y Nota de Contabilidad 0004.
DICIEMBRE 21, La empresa compra a AMBIENTES VIRTUALES LTDA, según FC 9061, a
crédito.
20 computadores Epson $1.620.000 c/u
25 computadores LG $1.590.000 c/u
20 computadores Apple $2.100.000 c/u
IVA 16%, RF 2.5%
DICIEMBRE 26, La empresa vende mercancía a crédito según factura 0002 a CREDIMAX
LTDA.
PRECIO COSTO
PRECIO VENTA
DICIEMBRE 27, La empresa cancela FC 1840, y recibe un descuento del 5% por pronto
pago, según CE 0008, CH 0008.
DICIEMBRE 28, La empresa efectúa los siguientes pagos:
*Energía Eléctrica $188.000, según CE 0009 y CH 0009.
*Acueducto y Alcantarillado $110.000, según CE 0010 y CH 0010.
*Servicio de Teléfono $204.000, según CE 0011 y CH 0011.
DICIEMBRE 29, La empresa cancela servicio de arrendamiento del mes de diciembre por
$1.500.000, a la ARRENDADORA BUENA CASA. RF 3.5, según CE 0012 Y CH 0012.
DICIEMBRE 30, La empresa efectúa el reembolso de caja menor, según CE 0013, CH 0013,
RECIBO DE REEMBOLSO DE CAJA MENOR.
POR CAJA MENOR SE EFECTUARON LOS SIGUIENTES PAGOS.
*DICIEMBRE 5, Compra de elementos de aseo por $320.000 a SUPERMAX LTDA.
*DICIEMBRE 15, Compra elementos de cafetería por $180.000, CENTRAL LTDA.
*DICIEMBRE 25, Compra útiles de oficina por $310.000, PAPELERIA MUNDO.
*DICIEMBRE 30, Cancelo fotocopias por $90.000, FOTOCOPIADORA FIEL IMAGEN.
ACTIVIDAD 7
INFORMACION PARA ELABORAR EL COMPROBANTE DE AJUSTES.
DICIEMBRE 30, La empresa recibe extracto bancario del Banco Bogotá con la siguiente
información:
*ND costo chequera $450.000 Banco Bogotá.
*ND comisión de cheques $88.000
*ND 4 x 1000 $124.000
DICIEMBRE 30, A 30 de diciembre las acciones de la Sociedad Éxito S.A en la bolsa de
valores presentan un aumento del 15% en cada acción.
DICIEMBRE 30, La empresa deprecia su propiedad planta y equipo por los meses de
noviembre y diciembre utilizando el método de línea recta.
DICIEMBRE 30, Elabore el análisis de la cartera utilizando el método general, si es necesario elabore registro de ajustes
Cliente Factura Valor Mese de vencimiento
CREDIMAX LTDA Fv0002 $129.560.250 0
Nos permite conocer que no es necesario hacer una provisión, pues el cliente no reúne las razones necesarias, para castigar.
Razón por la cual una cuentan se vuelve incomparable Cumple No cumple
Muerte del cliente X
Insolvencia X
Quiebra X
ACTIVIDAD 9
*Reportes
KARDEX
DOSSIER FORMATIVO INTEGRADOR
ADRIANA MARCELA VARGAS MARTINEZ (221460)
PROFESORA:
ANETH MAGRETH MUÑOZ VILLEGAS
UNIVERSIDAD FRANCISCO DE PAULA SANTANDER OCAÑA
FACULTAD DE CIENCIAS ADMINISTRATIVAS Y ECONOMICAS
CONTADURIA PÚBLICA
TALLER CONTABLE SISTEMATIZADO
OCAÑA-2015
MODULO DE ADMINISTRACION
1.SELECCIONO MODULO DE ADMINISTRACION
2. DIGITO LA INFORMACION DE LA EMPRESA
APARECE LA INFORMACION DE LA EMPRESA PARA DARLE COPIA DE SEGURIDAD
3.
4. SELECIONAMOS LOG Y CONFIGURACION
5. SELECIONAMOS CONFIGURACION
MODULO DE CONTABILIDAD
1. SELECCIONO MODULO DE CONTABILIDAD
2. APARECE EL NOMBRE DE EMPRESA
3. COPIAMOS NOMBRE EL USUARIO Y CONTRASEÑA Y LE DAMOS ACEPTAR
NOS APARECE MODULO DE CONTABILIDAD
4. LUEGO SELECIONO HERRAMIENTAS E IMPORTO DATOS VISUAL TNS, LUEGO SELECIONO PLAN
DE CUENTAS, LA EMPRESA PLAN DE CUENTAS COMERCIAL Y LE DOY IMPORTAR
5. LE DAMOS MOVIMIENTO Y ELEGIMOS COMPROBANTES
5.1 COMPROBANTE EGRESO N°001
5.2 COMPROBANTE N°002
5.3 NOTA DE CONTABILIDAD N°001
5. 4 NOTA CONTABILIDAD N°002
5.5 COMPROBANTE DE EGRESO N°003
5.6 COMPROBANTE DE EGRESO N°004
5.7 COMPROBANTE DE EGRESO N°005
5.8 COMPROBRANTE DE EGRESO N °006
5.9 NOTA CONTABILIDA N °003
5.10 FACTURA COMPRA N °1840
5.11 FACTURA COMPRA N °4450
5.12 COMPROBANTE EGRESO N°007
5.13FACTURA VENTA N °001
5.14 NOTA CONTABILIDAD N °004
5.15 FACTURA COMPRA N°9061
5.16 FACTURA VENTA N°002
5.17 COMPROBANTE EGRESO N °008
5. 18 COMPROBANTE EGRESO 009
5.19 COMPROBANTE EGRESO N°010
5.20 COMPROBANTE DE EGRESO N °011
5.21 COMPROBANTE EGRESO N°012
5.22 COMPROBANTE DE EGRESO N °013
5.23 NOTA CONTABILIDAD N°005
5.24 NOTA CONTABILIDAD N°006
5.25 NOTA CONTABILIDA N°007
REGISTRO DE ASIENTOS
BALANCE DE COMPROBACION
LIBROS AUXILIARES
1105 CAJA
1110 BANCOS
1305 CLIENTES
2205 PROVEEDORES NACIONALES
ESTADO FINANCIERO
MUNDOTEC LTDA
ESTADO DE RESULTADOS
FECHA: 1 de enero a 30 de noviembre 2015
INGRESOS OPERACIONALES 100.660.000
comercio al por mayor y por menor 109.860.000
(-) DEVOLUCIONES EN VENTAS 9.200.000
(-) COSTO DE VENTA 66.776.250
INVENTARIO INICIAL DE MERCANCIAS 0
(+) COMPRAS NETAS 129.990.000
compras de mercancias 137.190.000
(-) devoluciones en compras 7.200.000
MCIAS DISPONIBLES PARA VENTA 129.990.000 (-) INVENTARIO FINAL DE
MERCANCIAS 63.213.750
UTILIDAD O PERDIDA BRUTA 33.883.750
OPERACIONAL
(-) GASTOS OPERACIONALES 9.860.000
GASTOS ADMINISTRACION 9.860.000
Arrendamientos 1.500.000
Gastos legales 4.120.000
Diversos 2.320.000
Honorarios 1.500.000
Servicios 420.000
GASTOS OPERACIONALES DE VENTA
UTILIDAD O PERDIDA OPERACIONAL 24.023.750
(+) INGRESOS NO OPERACIONALES
(-) GASTOS NO OPERACIONALES 450.000
Financieros 450.000
UTILIDAD NETAS ANTES IMPUESTOS 23.573.750
(-) PROVISION IMPUESTO DE RENTA 5.893.438
UTILIDAD LIQUIDA 17.680.312
(-) RESERVA LEGAL 1.768.031
UTILIDAD DEL EJERCICIO 15.912.281
MUNDOTEC LTDA
BALANCE GENERAL
FECHA: 1 enero a 30 de noviembre de 2015
ACTIVOS PASIVOS
ACTIVOS PASIVOS
CORRIENTES CORRIENTES
DISPONIBLE 546.653.600 PROVEEDORES 85.340.650
Bancos 546.653.600 Nacionales 85.340.650
DEUDORES 83.169.600 CUENTAS POR 3.825.750
Clientes 80.653.100 Retención 3.825.750
Anticipo impuesto 2.516.500 IMPTO GRAV 1.200.638
INVENTARIOS 63.213.750 Renta 5.893.438 Mercancía no fb 63.213.750 Impto renta 4.692.800
TOTAL ACTIVO 693.036.950 TOTAL 90.367.038
CORRIENTES PASIVOS
ACTIVOS NO PATRIMONIO
CORRIENTES
PROPIEDAD 15.010.400 31.CAPITAL S 600.000.000 Equipo de oficina 2.482.400 Aportes Soc. 600.000.000
Equipo de compu. 12.528.000 33.RESERVAS 1.768.031
Legal 1.768.031
36.RESULTADO 15.912.281
Utilidad eje 15.912.281
TOTAL ACTIVOS 15.010.400 TOTAL 617.680.312
NO PATRIMONIO
CORRIENTES TOTAL ACTIVOS 708.047.350 TOTAL 708.047.350
PASIVO MAS
PATRIMONIO
ACTIVIDAD 3
DICIEMBRE 1
D H
154005.01 Camioneta 52.200.000
236540.01 Retención en la fuente 1.125.000 111005.01 Banco Bogotá 51.075.000
DICIEMBRE 5
D H
110510.01 Caja menor 1.000.000
111005.01 Banco Bogotá 1.000.000
DICIEMBRE 10
D H
112005.01 Cuenta de ahorro 60.000.000
111005.01 Banco Bogotá 60.000.000
Diciembre 11
D H
122505.01 CDT 15.000.000
111005.01 Banco Bogotá 15.000.000
DICIEMBRE 14
D H
120535.01 Acciones 7.000.000
111005.01 Banco Bogotá 7.000.000
DICIEMBRE 14
D H
120535.02 Inversión en asociadas 60.000.000
111005.01 Banco Bogotá 60.000.000
ACTIVIDAD 4
622505.01 Devolución en compras 7.200.000
143505.01 Mercancías 63.213.750
613536.01 Costo comercio al mayor 66.776.250
620505.01 Compra mercancías 137.190.000
ACTIVIDAD 5
ARTICULO COMPUTADORES EPSON
REFERENCIA MARCA
LOCALIZACION UNIDAD UND. MINIMO MAXIMO
PROVEEDORES
FECHA DMTO DETALLE
VALOR ENTRADAS SALIDAS SALDO
D M A UNITARIO CANTIDAD VALOR CANTIDAD VALOR CANTIDAD VALOR
11 15 Saldo inicial 1.493.750 13 19.418.750
16 12 15 Compra FC 1840 1.538.393 50 77.500.000 63 96.918.750
20 12 15 Venta FV0001 1.538.393 30 46.151.790 33 50.776.960
21 12 15 Compra FC 9061 1.569.188 20 32.400.000 53 83.166.960
26 12 15 Venta FV 0002 1.569.188 10 15.691.880 43 67.475.080
D H
120535.03 Inversión en negocio con 7.500.000
111005.01 Banco Bogotá 7.500.000
ARTICULO COMPUTADORES LG
REFERENCIA MARCA
LOCALIZACION UNIDAD UND. MINIMO MAXIMO
PROVEEDORES
FECHA DMTO DETALLE
VALOR ENTRADAS SALIDAS SALDO
D M A UNITARIO CANTIDAD VALOR CANTIDAD VALOR CANTIDAD VALOR
30 11 15 Saldo inicial 1.333.929 14 18.675.006
16 12 15 Compra FC 1840 1.452.551 35 52.500.000 49 71.175.006
20 12 15 Venta FV 0001 1.452.551 20 29.051.020 29 42.123.986
21 12 15 Compra FC 9061 1.516.185 25 39.750.000 54 81.873.986
26 12 15 Venta FV 0002 1.516.185 5 7.580.925 49 74.293.061
ARTICULO COMPUTADORES APPLE
REFERENCIA MARCA
LOCALIZACION UNIDAD UND. MINIMO MAXIMO
PROVEEDORES
FECHA DMTO DETALLE
VALOR ENTRADAS SALIDAS SALDO
D M A UNITARIO CANTIDAD VALOR CANTIDAD VALOR CANTIDAD VALOR
30 11 15 Saldo inicial 1.709.091 11 18.800.001
16 12 15 Compra FC 1840 1.848.781 30 57.000.000 41 75.800.001
20 12 15 Venta FV 0001 1.848.780 20 36.975.620 21 38.824.381
21 12 15 Compra FC 9061 1.971.326 20 42.000.000 41 80.824.381
26 12 15 Venta FV 0002 1.971.326 8 15.770.608 33 65.053.773
ARTICULO IMPRESORAS EPSON
REFERENCIA MARCA
LOCALIZACION UNIDAD UND. MINIMO MAXIMO
PROVEEDORES
FECHA DMTO DETALLE
VALOR ENTRADAS SALIDAS SALDO
D M A UNITARIO CANTIDAD VALOR CANTIDAD VALOR CANTIDAD VALOR
30 11 15 Saldo inicial 370.000 8 2.960.000
16 12 15 Compra FC 1840 386.667 10 4.000.000 18 6.960.000
18 12 15 Compra FC 4450 403.824 50 20.500.000 68 27.460.000
20 12 15 Venta FV 0001 403.823 25 10.095.600 43 17.364.400
26 12 15 Venta FV 0002 403.823 15 6.057.345 28 11.307.055
ARTICULO IMPRESORAS LG
REFERENCIA MARCA
LOCALIZACION UNIDAD UND. MINIMO MAXIMO
PROVEEDORES
FECHA DMTO DETALLE
VALOR ENTRADAS SALIDAS SALDO D M A UNITARIO CANTIDAD VALOR CANTIDAD VALOR CANTIDAD VALOR
30 11 15 Saldo inicial 420.000 8 3.360.000
16 12 15 Compra FC 1840 435.000 8 3.600.000 16 6.960.000
18 12 15 Compra FC 4450 438.571 40 17.600.000 56 24.560.000
20 12 15 Venta FV 0001 438.572 15 6.578.565 41 17.981.435
ACTIVIDAD 6
DICIEMBRE 16
D H
143505.01 Mercancías 194.600.000
240805.01 Impto descontable 31.136.000
236540.01 Retención compras 4.865.000
220505.01 Tecnología avanzada 220.871.000
DICIEMBRE 18
D H
143505.01 Mercancías 38.100.000
240805.01 impuesto descontable 6.096.000
236540.01 Retención compras 952.500
111005.01 Banco Bogotá 43.243.500
DICIEMBRE 20
A. PRECIO DE VENTA
D H
110505.01 Caja general 237.498.750
135515.01 Retención ventas 5.231.250
240805.01 impuesto generado 33.480.000
413554.01 venta de computadores 209.250.000
B. PRECIO DE COSTO
D H
613554.01 Costo comercio al mayor 128.852.595
143505.01 Mercancías 128.852.595
DICIEMBRE 21
D H
111005.01 Banco Bogotá 237.498.750
110505.01 Caja general 237.498.750
DICIEMBRE 21
D H
143505.01 Mercancías 114.150.000
240805.01 impuesto descontable 18.264.000
236540.01 Retención compras 456.600
220505.01 Ambientes virtuales Ltda. 131.957.400
DICIEMBRE 26
A. PRECIO DE VENTA
D H
130505.01 Credimax Ltda. 81.152.500
135515.01 Retención ventas 1.787.500
240805.01 impuesto generado 12.440.000
413554.01 venta de computadores 71.500.000
B. PRECIO DE COSTO
D H
613554.01 Costo comercio al mayor 45.100.758
143505.01 Mercancías 45.100.758
DICIEMBRE 28
D H
513530.01 Energía eléctrica 188.000
111005.01 Banco Bogotá 188.000
D H
513525.01 Acueducto y alcantarillado 110.000
111005.01 Banco Bogotá 110.000
D H
513535.01 Servicio teléfono 204.000
111005.01 Banco Bogotá 204.000
DICIEMBRE 29
D H
522010.01 Arrendadora buena casa 1.500.000
236530.01 Arrendamientos 52.500
111005.01 Banco Bogotá 1.447.500
DICIEMBRE 30
D H
519525.01 Elementos de aseo 320.000
519525.02 Elementos de cafetería 180.000
519530.01 Útiles de oficina 310.000
519530.02 Fotocopias 90.000
11005.01 Banco Bogotá 900.000
ACTIVIDAD 7
DICIEMBRE 30
D H
530505.01 Chequera 450.000
530515.01 Comisiones 88.000
530505.02 4 x mil 124.000
11005.01 Banco Bogotá 662.000
DICIEMBRE 30
D H
190505.01 Valorización inversiones 1.050.000
380505.01 Acciones 1.050.000
DICIEMBRE 30
D H
516015.01 Depreciación equipo de oficina 41.373
516020.01 Depreciación equipo computación 417.600
516035.01 Depreciación camioneta 870.000
159215.01 Depreciación acumulada equipo de of 41.373
159220.01 Depreciación acumulada equipo Comp. 417.600
159235.01 Depreciación acumulada camioneta 870.000
DOSSIER FORMATIVO INTEGRADOR
ADRIANA MARCELA VARGAS MARTINEZ (221460)
ROSA ISELLA ROBLES ZAYAS (221463)
PROFESOR:
LUCENITH LEHERICITH GALAN
UNIVERSIDAD FRANCISCO DE PAULA SANTANDER OCAÑA
FACULTAD DE CIENCIAS ADMINISTRATIVAS Y ECONOMICAS
CONTADURIA PÚBLICA
MATEMATICAS APLICADAS
OCAÑA-2015
RAZON DE CAMBIO PORCENTUAL.
1. Se estima que dentro de x años, la venta de computadores en la empresa CompuTrend
Ltda., será 𝑐(𝑥) = 100𝑥2 + 400𝑥 + 5000
a. ¿A qué razón cambiara la venta respecto al tiempo de 2 años?
b. Calculas la razón de la venta de computadores en 4 años ¿Disminuirá o aumentara
la venta ese momento?
c. ¿En cuánto cambiará la venta durante el sexto año?
Solución
𝑐(𝑥) = 100𝑥2 + 400𝑥 + 5000
𝑐′(𝑥) = 200𝑥 + 400
a. 𝑐′(2) = 200(2) + 400 = 800
Rta: En dos años la venta cambiara a 800 computadores
b. 𝑐′(4) = 200(4) + 400 = 1200
Rta: En cuatro años la venta será de 1200 computadores, y en ese momento la
venta aumentara.
c. 𝑐′(6) = 200(6) + 400 = 1600
Rta: En seis años la venta cambiara a 1600 computadores
2. Dentro de x meses la población proyectada que compra gran cantidad de
computadores en Ocaña será 𝑝(𝑥) = 2𝑥 + 4𝑥23 + 5000
a. ¿A qué razón cambiara la población con respecto al tiempo dentro de nueve
meses?
b. ¿Aumentará o disminuirá la razón de la población con respecto a 12 meses?
Solución
𝑝(𝑥) = 2𝑥 + 4𝑥23 + 5000
𝑝′(𝑥) = 2 + 6𝑥21
a. 𝑝′(9) = 2 + 6(9)21 = 20
Rta: En nueve meses la población cambiara a 20
b. 𝑝′(12) = 2 + 6(12)21 = 22.8
Rta: En doce meses la población cambiara a 22.8
COSTO MARGINAL.
1. El costo total en pesos, para vender x computadores de cierta marca es 𝑐(𝑥) =
30000 + 20𝑥 + 0.1𝑥2 + 0.002𝑥3
a. Encontrar la función de costo marginal
b. Calcular c(100)
Solución
a. 𝑐(𝑥) = 30000 + 20𝑥 + 0.1𝑥2 + 0.002𝑥3
𝑐′(𝑥) = 20 + 0.2𝑥 + 0.006𝑥3
b. 𝑐′(100) = 20 + 0.2(100) + 0.006(100)2 =100
2. En la empresa CompuTrend Ltda, se determinó que cuando se vende x número de
cierta marca de computadores el costo total es de 𝑐(𝑥) = 𝑥2 + 6𝑥 + 128 pesos
a. Calcular la función del costo marginal
b. Emplear la función del costo marginal para calcular el costo de vender la cuarta
unidad de dicha marca de computadores
Solución
a. 𝑐(𝑥) = 𝑥2 + 6𝑥 + 128
𝑐′(𝑥) = 2𝑥 + 6
b. 𝑐′(4) = 2(4) + 6 = 14
Rta: El costo de vender la cuarta unidad de dicha marca de computadores es de
14 pesos.
APLICACIÓN POR DIFERENCIALES, ANALISIS MARGINAL.
1. Supongamos que el costo total, en um de vender x unidades de cierto computadores
en 𝑐(𝑥) = 6𝑥2 + 10𝑥 + 20. Si el nivel actual de vender es de 80 computadores,
estimar cambiara el costo total si se pudieran vender 90 unidades.
Solución
∆𝑐 = 𝑐(90) − 𝑐(80) ≅ 𝑐′(80)(10)
𝐴ℎ𝑜𝑟𝑎: 𝑐′(𝑥) = 12𝑥 + 10 𝑑𝑜𝑛𝑑𝑒 𝑐′(80) = 970
𝐿𝑢𝑒𝑔𝑜: ∆𝑐 = 𝑐′(80)(10) = 970(10 = 9700
Rta: El costo total de vender 90 computadores seria de 9700
2. La venta de la empresa CompuTrend Ltda., es de 𝑄(𝐿) = 900𝐿31 computadores,
donde se representa en horas-vendedor, normalmente se utiliza 1000 horas-vendedor
cada día. Calcular la cantidad de horas-vendedor adicionales necesarias para
incrementar la venta diaria de 15 computadores.
Solución
Sabemos que ∆𝑄 = 𝑄(𝐿)∆𝐿
∆𝐿 =∆𝑄
𝑄′(𝐿)
𝑄′(𝐿) = 300𝐿3−2
𝑄′(1000) = 300(1000)3−2 = 3
∆𝑄 = 15 ∆𝐿 =15
3= 5
Rta: La cantidad de horas-vendedor adicionales necesarias para incrementar la venta en 15
computadores es de 5 horas-vendedor
APROXIMACION DEL CAMBIO PORCENTUAL.
1. En CompuTrend Ltda., la venta diaria en 𝑄(𝐾) = 4000√𝐾 computadores, donde K
representa la inversión de capital en la empresa, estimular que incremento porcentual
se generara en la venta si se presenta un aumento de 1 % en la inversión de capital.
Solución
Cambio porcentual en 𝑄 = 100𝑄′(𝐾)∆𝐾
𝑄(𝐾)
Cambio porcentual en 𝑄 = 1002000𝐾2
−1(0.01𝐾)
4000𝐾2−1
=200(0.01)𝐾2
1
4𝐾21
=2
4= 0.5 %
Rta: Se incrementara un 0.5 % si se presenta un aumento del 1% en el capital
2. El producto interno bruto de la empresa CompuTrend Ltda., fue 𝑁(𝑡) =1
2𝑡2 +
5
2𝑡 +
100 mil millones de um t años después de 2014. Estimar el cambio porcentual en el
producto interno bruto durante el primer trimestre de 2015.
Solución
Cambio porcentual en 𝑁 = 100(2(
1
2))(0.25)
152
=262.5
152= 1.72%
Rta: El cambio porcentual en el primer trimestre de 2015 sería de 1.72%
ANALISIS MARGINAL EN LOS NEGOCIOS Y LA ECONOMIA.
1. El departamento de investigación de mercado de la empresa CompuTrend Ltda.,
recomienda que la empresa debe vender la siguiente ecuación de demanda 𝑥 =
10000 − 1000𝑝 donde x es la demanda a p um por radio. Además el
departamento de finanzas proporciono la siguiente ecuación de costos 𝑐(𝑥) =
5000 + 2𝑥
a. Hallar el costo, el ingreso y la utilidad marginales
b. Utilice el costo marginal para calcular el costo de producir la octava unidad.
Solución
a. –Costo marginal: 𝑐(𝑥) = 5000 + 2𝑥 = 𝑐′(𝑥) = 2
-Ingreso marginal: 𝑥 = 10000 − 1000𝑝, 𝑙𝑢𝑒𝑔𝑜 𝑝 = 10 −𝑥
1000
Así 𝑅(𝑥) = 𝑥 (10 −𝑥
1000) = 10𝑥 −
𝑥2
1000
𝑅′(𝑥) = 10 −𝑥
500
- Utilidad marginal: como 𝑈(𝑥) = 𝑅(𝑥) − 𝑐(𝑥)
=𝑥2
1000+ 8𝑥 + 5
= 𝑈′(𝑥) = 𝑅′(𝑥) − 𝑐′(𝑥)
= 𝑈′(𝑥) = 10 −𝑥
500− 2 = 𝑈′(𝑥) = −
𝑥
500+ 8
b. 𝑐′(7) = 2 𝑢𝑚
Rta: El costo de producir la octava unidad es de 2 um
DOSSIER FORMATIVO INTEGRADOR
ADRIANA MARCELA VARGAS MARTINEZ (221460)
KEYDIS ANDREA BAYONA SANTIAGO (221471)
ROSA ISELLA ROBLES ZAYAS (221463)
PROFESOR:
EMILE TOUFIR ELAM MENDEZ
UNIVERSIDAD FRANCISCO DE PAULA SANTANDER OCAÑA
FACULTAD DE CIENCIAS ADMINISTRATIVAS Y ECONOMICAS
CONTADURIA PÚBLICA
EXPRESION ORAL Y ESCRITA
OCAÑA-2015
GRACIAS