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El impuesto sobre la renta de las personas físicas: un ... · SIMCAT-IRPF utiliza la información...

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El impuesto sobre la renta de las personas físicas: un modelo de microsimulación para el análisis de sus reformas (Versión preliminar) Jordi Arcarons * Samuel Calonge ** * Universidad de Barcelona ** Universidad de Barcelona y CREB (Centro de investigación en Economía del Bienestar) Queremos expresar nuestro agradecimiento a la Dirección General de Tributos de Cataluña por la disponibilidad de la información utilizada en el presente trabajo. Correspondencia a: Samuel Calonge Baldiri i Reixac, 4-6 CREB (Parc Científic de Barcelona) Barcelona 08028 e-mail: [email protected]
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El impuesto sobre la renta de las personas físicas: un modelo de microsimulación para el análisis de sus reformas

(Versión preliminar)

Jordi Arcarons*

Samuel Calonge**

* Universidad de Barcelona ** Universidad de Barcelona y CREB (Centro de investigación en Economía del Bienestar) Queremos expresar nuestro agradecimiento a la Dirección General de Tributos de Cataluña por la disponibilidad de la información utilizada en el presente trabajo. Correspondencia a: Samuel Calonge Baldiri i Reixac, 4-6 CREB (Parc Científic de Barcelona) Barcelona 08028 e-mail: [email protected]

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1. INTRODUCCIÓN

El objetivo de este trabajo consiste en la presentación y descripción de las características

principales del modelo de microsimulación del impuesto sobre la renta de las personas físicas

SIMCAT-IRPF1. Este modelo está construido en un “formato amable” (entorno MICROSOFT),

versátil y de manejo sencillo, tanto para el usuario académico como para la propia administración

tributaria. A diferencias de otros modelos de microsimulación que utilizan datos de encuestas,

SIMCAT-IRPF utiliza la información tributaria relativa a los contribuyentes del impuesto a la hora de

realizar sus estimaciones y proyecciones, a partir de una muestra estratificada por rendimiento y

características demográficas de los declarantes del impuesto en Catalunya. Los objetivos y parámetros

de la simulación hacen referencia a: la tarifa del impuesto (estatal y autonómica), modificación de los

mínimos exentos, reducciones en la base imponible y liquidable, en los rendimientos del trabajo y

deducciones del impuesto. El tipo de simulación que realiza es estática pero con posibilidad de

proyección en el tiempo de las principales variables fiscales del modelo, es decir, el modelo permite el

envejecimiento de la base de datos de referencia. En concreto se aplican coeficientes de proyección a

la base imponible general y especial, así como a las reducciones que minoran la base liquidable y

especial y, finalmente a las deducciones en la cuota. El modelo resulta, en nuestra opinión, una

herramienta muy útil para el análisis de sus reformas impositivas.

El impuesto sobre la renta de las personas físicas (IRPF) es un tributo directo y personal que

grava la renta de los individuos y constituye una figura impositiva clave dentro del conjunto de los

ingresos fiscales. En el caso concreto de Catalunya, la recaudación del año 2000 de este impuesto

ascendió a un montante de 8138,4 M d’€, de los cuales, 1326,5 M d’€ de euros (aproximadamente el

15%) son ingresos de la Generalitat en concepto de impuesto cedido2. La Ley 40/1998 que regula el

impuesto entre el periodo correspondiente al ejercicio fiscal del año 1999 y 2002 introdujo cambios

notorios en el diseño del impuesto. Sin entrar en demasiados detalles, los cambios introducidos con la

reforma se resumen en: aumento en el límite de la obligación de declarar, especialmente los

rendimientos del trabajo. Su nivel de exención pasó de 7212 a 21035 euros. Disminución del número

de tramos y de tipos impositivos, con un tipo mínimo en el 18% (antes del 20%) y el tipo marginal

máximo del 48% (antes del 56%). Tratamiento sustancialmente diferente sobre los rendimientos del

capital orientado a la reducción de su tributación efectiva. Se introduce un tipo único para las

plusvalías que tienen un período de generación superior a dos años. Establecimiento del mínimo

personal y las deducciones familiares sobre la base imponible. Desglose de la tarifa en una parte

estatal y otra autonómica, y por último, la renta de los no residentes tienen otro tributo. La reforma

más reciente del impuesto sobre la renta (impuesto del año 2003 en adelante) introduce modificaciones

1 La metodología de este modelo de microsimulación, SIMCAT-IRPF es la misma que la utilizada para el modelo de microsimuación del impuesto sobre el Patrimonio, SIMCAT-IPPF. Ambos constituyen una unidad integrada de la microsimulación de la imposición directa en Cataluña. 2 El nuevo acuerdo de financiación autonómico aumenta la importancia relativa de este impuesto, pues el montante global que corresponde por cesión a las CCAA alcanza, aproximadamente, un 33% de la recaudación.

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que se resumen en los siguientes puntos. Con respecto a la fiscalidad de la familia, se incrementan y

extienden las deducciones sobre la base: personal, hijos y ascendientes, discapacitados, maternidad,

prolongación vida laboral, movilidad geográfica, cuidado de hijos, ligadas a la edad, etc. Una amplia

batería de medidas sobre la fiscalidad del ahorro que acentúan la dualidad y el tratamiento

diferenciado entre trabajo y capital, la escala del impuesto esta formada por cinco tramos, con un tipo

mínimo del 15% y un tipo marginal máximo del 45% para renta superior a 45 000 euros.

Teniendo en cuenta todas estas consideraciones previas, el objetivo de este trabajo consiste en realizar,

una valoración descriptiva del impuesto sobre la renta para el año 2000 en Catalunya. Para ello

prestamos interés especial en el análisis distributivo de las principales variables fiscales: declarantes,

base imponible del impuesto y sus componentes, así como el análisis de los beneficios y exenciones

fiscales que permite la normativa (deducciones y reducciones de la base). Finalmente, se estudian las

propiedades del impuesto en términos de concentración, progresividad y efectos redistributivo del

impuesto. En segundo lugar, el objetivo de este trabajo reside en presentar el modelo de

microsimulación enunciado anteriormente como herramienta orientada al usuario tanto académico

como para la administración pública. Por útimo, a la hora de interpretar los resultados del apartado

descriptivo, conviene tener presente la siguiente precisión metodológica. La información estadística a

partir de la cual se ha elaborado la parte descriptiva del impuesto no proviene de datos individuales por

contribuyente, sino información agregada por intervalos de ingresos (treinta y nueve tramos). En este

sentido, no exploramos en el presente trabajo cuestiones importantes como la distribución de la carga

impositiva en función de las características personales y familiares de los declarantes o por diferentes

tipologías de contribuyentes, etc. Sin embargo, queremos aclarar que el modelo de microsimulación

está construido a nivel de microdato, es decir, utilizando toda la información del declarante contenida

en la muestra. Además, los resultados que de él se derivan también se calculan a partir de esta

información individual, lo que permite un análisis detallado de los efectos redistributivos y de

progresividad del impuesto. El análisis que potencialmente se realice con el microsimulador SIMCAT-

IRPF proporciona información valiosa relativa a las magnitudes y composición de las variables

fiscales y del comportamiento del impuesto, orientando nuestras conclusiones sobre qué tipo de

contribuyentes soportan, en mayor o menor medida, los cambios o reformas que se introduzcan en la

legislación del impuesto. El documento se organiza de la siguiente forma: En el apartado 2 se describe

las principales características del impuesto en términos de concentración de la base imponible y

progresividad de la carga impositiva. En el apartado 3 se efectúa una descripción de la herramienta

propiamente dicha. Para ilustrar su funcionamiento, simulamos la reforma del impuesto para el

ejercicio fiscal 2003 y presentamos sus principales resultados. También se presenta un sencillo

ejercicio de reforma que consiste en la disminución de un punto porcentual de los tipos impositivos

correspondientes al tramo autonómico.

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2. DISTRIBUCIÓN DE LA BASE IMPONIBLE, CONCENTRACIÓN DEL IMPUESTO Y PROGRESIVIDAD DE LA CARGA IMPOSITIVA.

En este apartado estudiamos la distribución de la base imponible y la distribución del impuesto

sobre la renta pagado por los contribuyentes. Hacemos especial hincapié en al análisis de la

distribución impositiva, especialmente, en términos de la concentración que muestra según diferentes

niveles de renta, sus características de progresividad y su efecto redistributivo sobre la distribución de

la renta. Seguidamente, analizamos el comportamiento de la carga impositiva mediante la estimación

del tipo efectivo del impuesto según diferentes tramos de base imponible. La estimación de la curva de

tipos efectivos proporciona entonces una idea del esfuerzo fiscal que realizan los contribuyentes en

función de sus ingresos.

La variable que utilizamos ahora como indicador de renta es la base imponible total, que agrega

la parte general y la parte especial de la base imponible del impuesto. La base general, recordemos,

está formada básicamente por los rendimientos netos del contribuyente más las plusvalías o ganancias

de capital realizadas en un tiempo inferior a 1 año, mientras que la base especial está formada por las

plusvalías superiores a 1 año.

Hay que mencionar también que la tarifa general del impuesto se aplica sobre la base liquidable,

que se computa a partir de la base general, pero después de sustraer los beneficios fiscales que en

forma de reducciones sobre la base (planes de pensiones, anualidades por alimentos, etc.) permite la

normativa del impuesto. La tarifa de la base especial es simplemente un tipo único del 18%.

Antes de comentar los resultados, conviene tener presente que trabajamos con la base imponible

total positiva, es decir, hemos excluido del análisis la población de declarantes con bases imponibles

negativas o nulas. En los tramos inferiores de ingresos fiscales, nos encontramos con una población de

declarantes que, probablemente, son empresarios, pequeños ahorradores, asalariados y pensionistas

con bases negativas o nulas. Puesto que no disponemos de información individualizada por

contribuyente que nos permita hacer esta distinción entre bases positivas por un lado, y nulas

(negativas) por otro (los datos fiscales están agregados por tramos de rendimientos) hemos supuesto

que la población de declarantes con base imponible total positiva está formada por aquellos que

liquidan la partida relativa al pago del impuesto, en concreto, la partida de la cuota íntegra. En caso

contrario, si no hay liquidación de la cuota íntegra (impuesto cero), la base imponible es cero o

negativa. De los 2,68 millones de declaraciones presentadas en el año 2000, 2,26 millones de

contribuyentes liquidan la cuota del impuesto. Esto significa que un porcentaje del 84% de la

población de declarantes tienen bases imponibles positivas, mientras que el 16% restante declaran

bases negativas o nulas y, obviamente, efectúan la declaración con la intención de recuperar las

retenciones practicadas durante todo el año (sospechamos que entran aquí un bueno número de las

devoluciones rápidas del impuesto). Por ejemplo, en el tramo de rendimientos negativos o nulos hay

19399 declarantes. Sin embargo, un pequeño porcentaje de este grupo de contribuyentes (5,2%)

liquidan el impuesto sobre la renta. Estos son, principalmente, empresarios que no generan

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rendimientos positivos en su actividad, pero declaran plusvalías que efectivamente tributan. Así, la

media de la base imponible total y del impuesto pagado por estos contribuyentes resultan ser de 19700

€ y 3.200 € respectivamente. El gráfico 2.1 describe, por diferentes tramos de rendimiento, las

distribuciones en porcentaje de los declarantes del impuesto, de la base imponible total y de la cuota a

ingresar por el contribuyente.

Insertar gráfico 2.1

Una característica de la distribución de los declarantes es que existen dos poblaciones

diferenciadas cuyo límite está marcado alrededor de los 27mil € de rendimiento. Por debajo de este

nivel de renta, la población de declarantes es muy numerosa (representa un 83,9% de la población

total) y su participación en la base imponible global alcanza el 50% de ésta. Estos declarantes

contribuyen a la factura impositiva con un porcentaje del 38% de todo el impuesto pagado.

Resulta también de interés observar la mediana de la distribución, es decir, el valor de la renta

que divide a la población de declarantes en dos mitades, aproximadamente, iguales. Este estadístico se

sitúa alrededor de los 15 mil €. Por debajo de esta cifra encontramos entonces un poco más de la mitad

de la población de contribuyentes con bases imponibles positiva, en concreto el 53% de los

declarantes. Esta población declara una base imponible, que en términos porcentuales, representa el

19,4% del total de la base que estamos analizando y su obligación tributaria es un porcentaje del

12,3% del impuesto total recaudado.

Si analizamos el extremo superior de la distribución, observamos que por encima de la cifra de

27 mil € de rendimiento fiscal, los contribuyentes representan el 16,1% de toda población y la

representación de su base imponible respecto de la total declarada es justamente la mitad. El impuesto

que le corresponde a esta población representa el 62% de la cuota líquida global. Si analizamos con

detalle algunas centilas de este extremo superior de la distribución observamos, por ejemplo, que el

6,3% de la población de declarantes con mayor capacidad económica (corresponde a rendimientos

superiores a 42000 €) factura el 43,6 % del impuesto. En la parte más alta de la distribución, tal y

como observamos en el gráfico 2.1 resulta que el 1% de los declarantes más ricos, aquellos cuyos

rendimientos están por encima de 90 mil €, presentan una liquidación del impuesto que alcanza el 20%

del total de la cuota líquida. Estas magnitudes proporcionan una idea de la naturaleza progresiva del

impuesto. Otra forma de analizar la concentración de la base y del impuesto sobre la renta viene dado

por las curvas representadas en el gráfico 2.2.

Insertar gráfico 2.2

En él se describen la curva de Lorenz de la base imponible, y las curvas de concentración de la

cuota íntegra y de la cuota líquida, la más alejada. Como es de esperar en un impuesto progresivo,

ambas distribuciones presentan mayor desigualdad que la distribución de la renta, tal y como indica el

hecho que ambas curvas de concentración estén situadas por debajo de la curva de Lorenz de la base

imponible.

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Otra forma de describir de la concentración del impuesto y su progresividad viene dada por la

curva de concentración relativa, que establece la relación entre el porcentaje acumulado de base

imponible y el porcentaje acumulado del impuesto. El hecho de que esta curva se sitúe por debajo de

la diagonal también indica que el impuesto es progresivo. Para resumir el grado de desigualdad de la

renta y de concentración impositiva calculamos el índice de Gini de la base imponible total, cuyo

valor es de 0,502, y el índice de concentración del impuesto, que toma un valor más elevado, 0,631.

La progresividad del impuesto se calcula mediante los índices de Kakwani y Suits, cuyos valores son

de 0,128 y 0,1734 respectivamente, indicando un impuesto progresivo. El tipo efectivo medio, es decir

aquel que resulta del coc iente entre la recaudación impositiva y la base imponible del conjunto de

todos los contribuyentes es igual a 23,7%, presión fiscal que le corresponde a un ingreso que oscila

entre los 33 y 36 mil €.

Estas cifras relativas a la carga fiscal media y a la progresividad del impuesto se obtienen

también para la base imponible total incrementada (base imponible más mínimo personal y familiar).

La base imponible incrementada proporciona una estimación más próxima al concepto de la renta

antes del impuesto. Si calculamos ahora el tipo efectivo medio del impuesto, el porcentaje que la

recaudación representa sobre la renta es del 17,276%. Los índices de Gini de la base imponible y de

concentración del impuesto toman valores de 0,3899 y 0,6307 respectivamente.

Si calculamos los índices de progresividad del impuesto utilizando esta variable como la renta

antes de impuesto, indican ahora un impuesto más progresivo (K = 0,2408, S = 0,2815). Estas cifras

están en consonancia con el grado de progresividad que comúnmente observamos en la imposición

personal sobre la renta. Por otro lado, son más directamente comparables con las valoraciones

obtenidas para el impuesto anterior a la primera reforma de la Ley. Por ejemplo, para el impuesto

sobre la renta del año 1990 en Catalunya, el tipo efectivo medio que se obtiene es del 16,76 % y la

progresividad es similar (K = 0,226 , S = 0,262).

El impuesto sobre la renta, dada su naturaleza progresiva, ejerce un efecto igualador sobre la

distribución de la renta. Una forma de estimar este efecto consiste en calcular la capacidad

redistributiva del impuesto o índice de Reynold-Smolensky, RS, mediante la siguiente expresión:

tRS= K

1-t donde t es el tipo efectivo del impuesto y K el índice de Kakwani de progresividad. Este

índice se interpreta como la mitad de la fracción total de renta después del impuesto que se traslada de

ricos a pobres como consecuencia de la progresividad. En el caso del impuesto sobre la renta de

Catalunya para el año 2000, la magnitud de la renta que resulta redistribuida en la población de

declarantes representa una cifra que es equivalente al 2,5% de la renta después de impuestos.

Por último, estudiamos la distribución de la carga efectiva según diferentes tramos de renta.

Para calcular el impuesto pagado por cada contribuyente hay que aplicar la tarifa del impuesto sobre

la base liquidable. La escala impositiva es la que muestra el gráfico 2.3, que está compuesta por seis

tramos cuyos tipos marginales nominales oscilan entre un mínimo del 18% y un tipo marginal máximo

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del 48%, para una base por encima de 67 mil €. Con objeto de calcular los ingresos fiscales de la

Generalitat de Catalunya en concepto de IRPF cedido, la tarifa se desglosa en dos tramos,

denominados estatal y autonómico, en el momento de su aplicación sobre la base liquidable general.

La base liquidable especial tributa a un tipo fijo del 18% que se desglosa también en una parte estatal y

otra autonómica.

Insertar gráfico 2.3

En el gráfico 2.3 podemos observar también el comportamiento - en función del rendimiento

neto – de los tipos efectivos calculados del impuesto. Habíamos mencionado antes que la carga

efectiva media representa un 23% de la base imponible total declarada. Ahora bien, la distribución de

esta presión fiscal, como consecuencia de la aplicación de una tarifa progresiva, resulta diferente

según la capacidad económica de los declarantes. La curva de tipos efectivos en función de los

ingresos muestra el esfuerzo fiscal realizado por diferentes tipos de contribuyentes, que se distinguen

por su niveles de renta. Como se observa en el gráfico 2.3, los tipos efectivos son crecientes (con dos

pequeñas excepciones), lo que demuestra una vez más la progresividad del impuesto. El tipo efectivo

mínimo es de 13,15%, que corresponde a un ingreso de alrededor 9 mil €, mientras que el tipo máximo

alcanza un porcentaje de 42,21%, que es la presión fiscal de aquellos contribuyentes con ingresos

superiores a 600 mil €.

Una particularidad a destacar es que para rendimientos muy pequeños (por debajo de 3000 € e

incluso rendimientos negativos) existe un pequeño grupo de declarantes que resultan gravados a un

tipo medio del 17,5%. Estos declarantes tal y como habíamos comentado en párrafos anteriores,

tienen una base especial (ganancias de capital) significativa, alrededor de 18 mil €, y tributan a un tipo

fijo del 18% (probablemente empresarios con rendimientos negativos pero con variaciones

patrimoniales positivas). Hemos realizado hasta ahora una valoración de los rasgos más significativos

del impuesto en término de sus características de progresividad, redistribución y carga efectiva media

por tipo de contribuyente. Sin embargo, hay que reseñar también la importancia que sobre la

recaudación y la progresividad del impuesto tiene el conjunto de bonificaciones fiscale s (reducciones

de la base y deducciones de la cuota) incluidos en la ley impositiva del año 2000.

En primer lugar, comentamos las partidas relativas a la inversión que realizan los

contribuyentes en planes de pensiones y otras fórmulas de previsión socia l. La población que tiene

formalizado un plan de pensión, según la estadística tributaria, es de 515544 contribuyentes

(incluyendo también las aportaciones realizadas a favor de minusválidos, es decir, el propio

contribuyente o un familiar), cuya representación alcanza un porcentaje del 19,1% del total de

declarantes del impuesto. Además, alrededor de 19000 contribuyentes practican un reducción

adicional por cónyuge que poseen también un plan de pensión.

Las reducciones por aportaciones a planes de pensiones muestran una concentración bastante

significativa en los contribuyentes con ingresos elevados. Esto se puede observar en la tabla 2.1. Por

ejemplo, los contribuyentes que corresponden, aproximadamente, el 10% y 5% más ricos de Catalunya

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desgravan, sobre la base imponible, alrededor del 50% y el 35% del montante total declarado por

planes de pensiones en el impuesto del año 2000, lo que da una idea de su concentración en la parte

superior de la distribución. Esta reducción es pues claramente un bien de lujo, muy ligada a los

recursos y a la capacidad de ahorro de los individuos, pues muestra un gradiente muy significativo con

la renta. Por ejemplo, mientras que para los contribuyentes con ingresos entre 12 y 3 mil €, la

aportación media a un plan de pensión es de 1 089 €, en el tramo de 150 a 600 mil €, la aportación

anual es del orden de los 7 483 €. Estas cifras no deben sorprendernos, pues es obvio que los

declarantes que gozan de mayor capacidad económica, tienen un margen más alto para invertir sus

ingresos o parte de ellos en este tipo de reducciones, atenuando entonces la progresividad del

impuesto. En definitiva, el impuesto sobre la renta actual proporciona pues un claro incentivo a esta

fórmula de ahorro a largo plazo, que es muy rentable para el contribuyente desde el punto de vista

fiscal3.

En el apartado de deducciones sobre la cuota íntegra del impuesto destaca la deducción global

por vivienda, que incluye los gastos de inversión que destinan los contribuyentes a la adquisición,

construcción y rehabilitación de la vivienda habitual, además del ahorro depositado en cuentas

vivienda. Representa una partida importante dentro del sistema de deducciones y beneficios del

impuesto, tanto por la población de declarantes que se acogen a ella como por el ahorro fiscal que

supone para los contribuyentes declarantes. En el año 2000 declararon deducciones por adquisición o

rehabilitación de vivienda un total de 961049 declarantes, es decir, 35,76% del total de declarantes

del impuesto. El montante global de todas las partidas que incluyen las deducciones por vivienda

representó, prácticamente, el 10% de la cuota íntegra inicial del impuesto, es decir, 8,9 M de euros. La

tabla 2.1 muestra la distribución porcentual de esta deducción por tramos de ingresos. Por ejemplo, el

10% de los declarantes con mayor nivel de renta concentra el 16% de esta deducción. Sin embargo,

hay que resaltar la importancia que tiene también para los tramos bajos e intermedios de la renta: por

debajo de 21 mil € de rendimiento se sitúa el 65,5% de la deducción global de la vivienda. Del resto

de deducciones destaca la doble imposición de dividendos, que muestra una concentración muy fuerte

en los tramos más elevados, especialmente por encima de 60 M de euros de ingresos. Existe la

opinión, más o menos generalizada, que el gran reto de una reforma impositiva que atañe a este

impuesto hace referencia a la búsqueda de la equidad horizontal (véase por ejemplo, Zubiri (2001)).

Ocurre que el sistema de beneficios fiscales, en el caso de las deducciones comentadas, prima más a

determinados tipos de contribuyentes que a otros. Incluso podríamos añadir también la población que

no declara el impuesto y que no tiene acceso a este tipo de subvenciones indirectas. Cabría

preguntarse, por ejemplo, si otro tipo de políticas, de carácter sectorial, pueden ser alternativas más

efectivas y equitativas que las propias medidas fiscales.

3 En el ejercicio fiscal del año 2003, la aportación por planes de pensiones estará favorecida puesto que se incrementa el límite máximo permitido por esta deducción. Por ejemplo, para un contribuyente de 60 años este limite máximo pasa de 12 mil € a 18 mil € con la nueva reforma.

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3. MODELO DE MICROSIMULACIÓN DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS (SIMCAT-IRPF)

Este apartado tiene por objetivo presentar el modelo de microsimulación (SIMCAT-IRPF) que

los autores han desarrollado para la Dirección General de Tributos de la Generalitat de Cataluña. Es un

modelo microinformático realizado en lenguaje VISUAL BASIC para Excel, el usuario sólo necesita

pues trabajar en un entorno Microsoft con software Office 2000 o XP.

La finalidad del programa consiste en el análisis de los efectos redistributivos, de

progresividad y recaudación de las reformas del impuesto sobre la renta. El tipo de simulación que

realiza es estática pero con posibilidad de proyección en el tiempo de las variables del modelo, es

decir, el modelo permite el envejecimiento de la base de datos de referencia.

Los modelos de microsimulación han de tener la capacidad de simular las políticas de

reformas impositivas y de gasto de manera anticipada en el tiempo, por ejemplo, es lo que ocurre si

queremos simular la distribución del IRPF en el ejercicio fiscal del año 2003, a partir de la

información del año 2000. La simulación de los efectos de las reformas que tienen lugar en diferentes

momentos del tiempo respecto a una situación de referencia supone entonces una primera etapa que

denominamos de “envejecimiento” de la información estadística de base que es recogida en el año t.

Si el objetivo es analizar una reforma en t+j , j=1,2,3,.. ; es obvio que determinadas variables del

modelo han de ser proyectadas, mediante la asunción de hipótesis respecto de su comportamiento

temporal. Incluso, el modelo debe ser lo suficientemente flexible para incorporar las características

más importantes de las reformas que se pretenden analizar. De esta forma, el modelo incorpora la

posibilidad que el usuario defina distintos escenarios de comportamiento respecto a un conjunto de

variables.

La muestra de simulación está compuesta por 209 364 registros de declarantes del impuesto,

que representan una población de declarantes de 2 722 219. La muestra es estratificada por base

imponible y características demográficas de las familias (número de hijos y ascendientes). Los

declarantes con rendimientos elevados (el 2% del extremo superior de la distribución de la renta) están

todos incluidos en la muestra. Todos los cálculos realizados consideran el factor de elevación

muestral, es decir, representación de cada unidad muestral en términos de la población, en todas las

fórmulas estadísticas que presenta. Esta muestra está totalmente integrada en el modelo informático, es

decir, el usuario no ha de realizar ningún tipo de operación previa con la información estadística.

Después de la ventana de inicio del modelo, véase figura 3.1, al seleccionar “Aceptar”,

aparece la figura 3.2, donde el usuario modifica los valores de los parámetros correspondientes a los

mínimos exentos familiares y personales del impuesto. Además, se incluyen en este cuadro de

diálogos los parámetros correspondientes a las reducciones por rendimientos del trabajo personal

susceptibles de modificación en las posibles reformas.

Insertar figura 3.1 y figura 3.2

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10

A continuación, una vez completado el cuadro de diálogo al que se refiere la figura 3.2, al

pulsar “Aceptar”, aparece la ventana relativa a las reformas sobre la tarifa, tanto estatal como

autonómica, que se quieran aplicar sobre modificación de tipos como de número de tramos

impositivos.

Insertar figura 3.3

Además en este nuevo cuadro de diálogo el usuario puede introducir los coeficientes de

proyección de las bases, reducciones y deducciones con la finalidad de extrapolar las variables fiscales

en períodos diferentes al año de referencia. Para ilustrar la aplicación de este microsimulador, hemos

proyecto la reforma del IRPF propuesta para el ejercicio fiscal 2003 (Ley 46/2002 de reforma parcial

del IRPF). A continuación se describen los aspectos legislativos que son objeto de simulación, del tal

forma que la estructura básica de liquidación del impuesto queda conformada de la siguiente manera:

A. BASE IMPONIBLE GENERAL. La renta neta del contribuyente (saldo neto de rendimientos y variaciones patrimoniales inferiores a un año) resulta minorada por el mínimo personal y familiar, dando lugar a la base imponible general. El mínimo personal de 3400 ?, y el mínimo por descendientes es el siguiente: 1 400 ?, primer hijo, 1 500 ?, segundo, 2 200 ?, tercero, 2 300 ?, cuarto y siguientes. No se computan, en la simulación, los rendimientos procedentes del Régimen de Transparencia Fiscal de profesionales, que pasarán a tributar en el Impuesto de Sociedades. La reducción en determinados rendimientos del capital mobiliario, aquellos a los que hace referencia el art. 24.2 de la Ley 24/1998 y de determinados contratos de seguros será ahora del orden de l 40%, antes del 30% (rendimientos del capital mobiliario en un período de generación superior a un año contratos de seguros percibidos en forma de capital y las prestaciones derivadas de primas de seguros satisfechas con más de dos años de antelación). B. BASE IMPONIBLE ESPECIAL. Tipo impositivo único del 15% C. REDUCCIONES SOBRE LA BASE IMPONIBLE c.1. Reducción por rendimientos del trabajo es de 3 500 ? para aquellos rendimientos inferiores a 8200 €, entre 8200 y 13 000 €, la reducción se calcula por la siguiente expresión: 3 500 – 0,2291*(RNT – 8200), donde RNT es el rendimiento neto. Para ingresos superiores a 13 000 €, la reducción a aplicar será de 2 400 ?. c.2. Reducción por edad del contribuyente > 65 años, 800 € anuales. Esta reducción también se computa para cada ascendiente mayor de 65 años (o discapacitado). c.3. Reducción por asistencia , 1000 € anuales, si la edad es mayor de 65 años. Igual que la reducción anterior, también se aplica a los ascendientes.

c.4 Reducción por discapacidad del contribuyente y descendientes, 2000 € anuales que se incrementa en 3000 € si la discapacidad es mayor o igual 65%.

c.5 Si el contribuyente discapacitado obtiene rendimientos del trabajo, entonces se aplica una reducción adicional de 2800 ó 6500 € (en caso de discapacidad mayor del 65%). La suma de los apartados c.1, c.2 y c.5 no pueden superar el rendimiento neto del trabajo declarado

c.6 Reducción por gastos de asistencia de los contribuyentes discapacitados (movilidad reducida o discapacidad mayor de 65 años).

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c.7 Reducción por aportaciones y contribuciones a planes de pensiones. la deducción, de las aportaciones a los sistemas de previsión social (planes de pensiones, planes de previsión asegurados), aplican sobre la BI. Hay una serie de requisitos subjetivos, se supone que no ha habido modificaciones significativas en los requisitos subjetivos necesarios para aplicar estas reducciones Planes pensiones + mutuas + planes asegurados: 8000 ? Edad >= 52 años, limite = 8000 ? + (edad – 52)*1250 ?

D. BASE LIQUIDABLE GENERAL = A – C.

E. CUOTA INTEGRA. Tarifa de 5 tramos con un tipo mínimo del 15 y máximo del 45%, desglosado en un tramo estatal y otro autonómico.

F. BASE LIQUIDABLE ESPECIAL = B - remanente de D, si lo hubiera, cuando se aplica los mínimos personales. Tipo único del 15%, en un tramo estatal y otro autonómico.

A continuación, presentamos en las tablas 3.1 a 3.4 y gráficos 3.1 a 3.6 los resultados de la

simulación realizada con el microsimulador , tal y como lo presenta SIMCAT-IRPF. En la tabla 3.5 se

ofrece un cuadro comparativo de los aspectos recaudatorios del la reforma respecto del impuesto de la

ley anterior, proyectados ambos en el año 2003. También se incluye la simulación de la pérdida

recaudatoria que supone una disminución lineal de un punto porcentual en la tarifa autonómica. Por

último, el gráfico 3.7 describe la variación porcentual de la reforma por decilas de rendimiento neto.

También se compara la reforma con aquella situación en que la tarifa del impuesto del año 2000 y sus

mínimos familiares y personales si hubiesen ajustado por inflación.

Insertar tablas 3.1 a 3.4

Insertar gráficos 3.1 a 3.6

Insertar tabla 3.5

Insertar gráfico 3.7

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Referencias Bibliográficas

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Zubiri, I (2001) “El diseño del IRPF en un contexto económico cambiante: el trade off

eficiencia-equidad, en Desigualdad, Redistribución y Bienestar: una Aproximxamación a

partir de la Microsimulación de Reformas Fiscales, Labeaga, J. y M, Mercader (coords.)

Ministerio de Hacienda, Instituto de Estudios Fiscales, Madrid España

Wagstaff, A, van Doorsaler, van der Burg, H, Calonge, S et al (1999) “Redistributive effect, progressivity and differential tax treament: Personal income tax in twelve OECD countries”, Journal of Public Economics 72, 73-98.

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Gráfico 2.1. Distribución porcentual de declarantes, base imponible y cuota a ingresar

0

4

8

12

16

20

Rendimiento neto, miles de euros (percentil)

declarantesbase imponible

cuota a ingresar

Gráfico 2.2 Concentración y Progresividad

0

10

20

30

40

50

60

70

80

90

100

0 10 20 30 40 50 60 70 80 90 100

P. acumulado declarantesP.acumulado de BI

P.acumulado de BIP.acumulado de

Cuota

Curva de Lorenz BIConcentración CIDist. IgualitariaCurva concentración relativa IRPFConcentración CL

Gráfico 2.3. Escala del impuesto y tipo efectivo

37,2

28,3

2118

45 48

12

16

20

24

28

32

36

40

44

48

Rendimiento neto

tipo medio

escala del impuesto

tipo efectivo

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Tabla 2.1

TRAMOS

Inversiones y donativos Vivienda Actividad

económica

Doble imposición y

otros Autonomía Total

deducciones

Reducciones Planes de Pensiones

Reducciones pens iones y anualidades

Total reducciones

<=0 0,53% 29,96% 0,21% 6,61% 0,21% 37,63% 36,89% 25,48% 62,37%

0-1,5m€ 0,48% 48,88% 0,00% 7,12% 0,27% 56,72% 37,32% 5,96% 43,28%

1,5-6m€ 0,25% 68,27% 0,01% 4,18% 0,10% 72,81% 25,12% 2,07% 27,19%

6-12m€ 0,35% 69,66% 0,01% 2,55% 0,24% 72,81% 23,79% 3,40% 27,19%

12-21m€ 0,57% 59,20% 0,01% 3,23% 0,33% 63,34% 32,02% 4,64% 36,66%

21-30m€ 0,78% 40,85% 0,03% 4,84% 0,24% 46,74% 47,22% 6,04% 53,26%

30-60m€ 0,78% 24,97% 0,04% 8,83% 0,14% 34,76% 58,15% 7,10% 65,24%

60-150m€ 0,73% 11,39% 0,08% 21,05% 0,06% 33,31% 59,00% 7,70% 66,69%

150-600m€ 0,59% 2,94% 0,46% 60,05% 0,02% 64,06% 28,08% 7,86% 35,94%

> 600m€ 0,50% 0,41% 1,94% 87,86% 0,00% 90,71% 5,54% 3,74% 9,29%

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15

Figura 3.1

Figura 3.2

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Figura 3.3

Tabla 3.1. Resultados de la recaudación (Simulación 2003)

Inf. Sup. Inf. Sup.

22966,000 102,51 22765,000 23166,000 62.517,31 486,26 61.564,26 63.470,3717991,000 101,08 17793,000 18189,000 48.976,19 422,20 48.148,69 49.803,70

15008,000 99,84 14812,000 15203,000 40.853,90 382,98 40.103,27 41.604,54

17104,000 67,91 16971,000 17237,000 46.561,88 359,53 45.857,21 47.266,5514151,000 66,55 14021,000 14281,000 38.522,25 315,18 37.904,50 39.139,99

856,527 72,61 714,213 998,840 2.331,65 197,99 1.943,61 2.719,704943,929 12,27 4919,877 4967,980 13.458,46 84,39 13.293,05 13.623,87

30,364 0,53 29,321 31,407 82,66 1,34 80,03 85,29

3238,796 11,72 3215,825 3261,767 8.816,71 59,17 8.700,74 8.932,69498,622 5,24 488,352 508,893 1.357,36 16,75 1.324,54 1.390,18

3914,451 24,39 3866,652 3962,250 10.656,00 90,38 10.478,86 10.833,132550,478 15,83 2519,460 2581,496 6.942,96 58,75 6.827,81 7.058,11

1363,973 8,59 1347,137 1380,809 3.713,03 31,68 3.650,94 3.775,13

2472,877 14,17 2445,096 2500,657 6.731,71 54,79 6.624,32 6.839,1177,601 6,58 64,708 90,495 211,25 17,94 176,09 246,41

1313,095 7,28 1298,821 1327,369 3.574,53 28,66 3.518,37 3.630,7050,878 4,31 42,424 59,331 138,50 11,76 115,45 161,55

3447,465 23,61 3401,184 3493,747 9.384,76 83,12 9.221,85 9.547,67

Quota autonòmica especialQuota líquida total

Quota íntegra autonòmica

Quota estatal generalQuota estatal especial

Quota autonòmica general

Reduccions a la Base gral.Deduccions a la Quota

Quota íntegra totalQuota íntegra estatal

Base Liquidable general

Base Liquidable especialMínim Personal i Familiar

Mínim Personal i Fam. (esp.)

Base Imposable total incr.Base Imposable total

Base Liquidable total

Base Imposable general

TOTAL (milions d'€)

Valor Err. Est.Limits 95%

Valor Err. Est.Limits 95%Variables

MITJANA (milers d'€)

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Tabla 3.2. Ordenación según base imponible incrementada : bases, mínimos, reducciones, deducciones y cuotas. 10% 20% 30% 40% 50% 60% 70% 80% 90% 95% 98% 100%

acum. acum. acum. acum. acum. acum. acum. acum. acum. acum. acum. acum.

1,632% 3,107% 1,667% 4,701% 6,629% 9,297% 10,195% 12,855% 16,868% 10,706% 8,924% 13,418%

1,632% 4,739% 6,406% 11,107% 17,736% 27,033% 37,228% 50,083% 66,951% 77,658% 86,582% 100,000%

0,090% 1,500% 1,027% 3,360% 5,424% 8,324% 9,818% 13,128% 18,258% 12,091% 10,459% 16,521%0,090% 1,590% 2,617% 5,976% 11,400% 19,724% 29,542% 42,670% 60,928% 73,019% 83,479% 100,000%

0,019% 0,293% 0,354% 1,923% 4,234% 7,404% 9,460% 13,326% 19,296% 13,156% 11,586% 18,948%

0,019% 0,312% 0,667% 2,589% 6,823% 14,227% 23,688% 37,014% 56,310% 69,466% 81,052% 100,000%0,086% 1,527% 1,052% 3,455% 5,608% 8,611% 10,115% 13,520% 18,752% 12,204% 10,494% 14,577%

0,086% 1,613% 2,665% 6,119% 11,728% 20,339% 30,454% 43,974% 62,726% 74,930% 85,423% 100,000%0,020% 0,303% 0,364% 1,983% 4,397% 7,699% 9,790% 13,795% 19,925% 13,337% 11,676% 16,712%

0,020% 0,323% 0,687% 2,669% 7,066% 14,765% 24,555% 38,350% 58,276% 71,612% 83,288% 100,000%

0,006% 0,127% 0,203% 0,932% 1,539% 2,535% 4,012% 5,575% 8,901% 10,182% 10,089% 55,899%0,006% 0,133% 0,336% 1,268% 2,807% 5,342% 9,354% 14,929% 23,830% 34,012% 44,101% 100,000%

7,228% 8,818% 3,944% 9,498% 10,990% 12,835% 11,589% 11,912% 11,886% 5,717% 3,384% 2,198%

7,228% 16,046% 19,991% 29,489% 40,479% 53,314% 64,903% 76,815% 88,701% 94,418% 97,802% 100,000%4,270% 25,331% 10,301% 18,201% 11,017% 9,743% 6,301% 5,280% 4,277% 2,489% 1,572% 1,219%

4,270% 29,600% 39,901% 58,102% 69,119% 78,862% 85,163% 90,443% 94,719% 97,209% 98,781% 100,000%

4,528% 10,122% 4,439% 10,038% 10,557% 11,926% 10,682% 11,149% 11,990% 6,191% 4,410% 3,969%4,528% 14,650% 19,089% 29,127% 39,683% 51,610% 62,291% 73,440% 85,430% 91,622% 96,031% 100,000%

0,267% 0,726% 1,563% 5,933% 8,532% 11,212% 11,188% 13,390% 14,277% 8,606% 7,201% 17,104%

0,267% 0,993% 2,556% 8,489% 17,021% 28,234% 39,422% 52,812% 67,089% 75,695% 82,896% 100,000%0,011% 0,169% 0,209% 1,160% 2,901% 5,584% 7,569% 11,420% 17,845% 13,734% 13,860% 25,537%

0,011% 0,180% 0,388% 1,549% 4,450% 10,034% 17,603% 29,024% 46,869% 60,603% 74,463% 100,000%

0,010% 0,156% 0,195% 1,088% 2,796% 5,481% 7,504% 11,424% 17,987% 13,919% 14,008% 25,433%0,010% 0,167% 0,361% 1,449% 4,246% 9,726% 17,230% 28,654% 46,641% 60,559% 74,567% 100,000%

0,013% 0,192% 0,235% 1,295% 3,097% 5,778% 7,692% 11,414% 17,580% 13,389% 13,583% 25,732%0,013% 0,204% 0,439% 1,734% 4,832% 10,610% 18,301% 29,715% 47,296% 60,685% 74,268% 100,000%

0,010% 0,157% 0,194% 1,093% 2,836% 5,573% 7,613% 11,607% 18,272% 14,036% 14,131% 24,477%

0,010% 0,168% 0,362% 1,455% 4,291% 9,864% 17,477% 29,084% 47,356% 61,392% 75,523% 100,000%0,006% 0,127% 0,203% 0,932% 1,539% 2,535% 4,012% 5,575% 8,901% 10,182% 10,089% 55,899%

0,006% 0,133% 0,336% 1,268% 2,807% 5,342% 9,354% 14,929% 23,830% 34,012% 44,101% 100,000%

0,013% 0,194% 0,236% 1,309% 3,158% 5,904% 7,834% 11,640% 17,917% 13,513% 13,719% 24,563%0,013% 0,207% 0,443% 1,753% 4,910% 10,814% 18,648% 30,288% 48,205% 61,718% 75,437% 100,000%

0,006% 0,127% 0,203% 0,932% 1,539% 2,535% 4,012% 5,575% 8,901% 10,182% 10,089% 55,899%

0,006% 0,133% 0,336% 1,268% 2,807% 5,342% 9,354% 14,929% 23,830% 34,012% 44,101% 100,000%0,011% 0,148% 0,154% 0,774% 2,240% 4,780% 6,993% 11,045% 18,231% 14,365% 14,706% 26,552%0,011% 0,159% 0,313% 1,087% 3,327% 8,108% 15,101% 26,146% 44,377% 58,742% 73,448% 100,000%

Quota autonòmica especial

Quota líquida total (QLT)

Quota íntegra autonòm. (QIA)

Quota estatal gral. (QEG)

Quota estatal especial

Quota autonòm. gral. (QAG)

Reduccions a la Base gral.

Deduccions a la Quota

Quota íntegra total (QIT)

Quota íntegra estatal (QIE)

Base Liquidable gral. (BLG)

Base Liquidable especial

Mínim Personal i Familiar

Mínim Personal i Fam. (esp.)

Base Impos. total inc. (BII)

Base Imposable total (BIT)

Base Liquidable total (BLT)

Base Imposable gral. (BIG)

Variables

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Tabla 3.3. Decilas (Ordenación según base imponible incrementada): Tipos impositivos. 10% 20% 30% 40% 50% 60% 70% 80% 90% 95% 98% 100%

0,116% 0,925% 2,134% 4,207% 7,459% 10,238% 12,655% 15,142% 18,032% 21,865% 26,471% 32,441%0,101% 0,714% 1,386% 2,472% 5,073% 7,719% 10,297% 12,898% 16,224% 20,142% 24,736% 29,706%

2,687% 2,444% 4,422% 7,514% 11,638% 14,597% 16,773% 18,928% 21,265% 24,714% 28,831% 33,631%2,356% 1,888% 2,873% 4,415% 7,915% 11,005% 13,648% 16,123% 19,133% 22,766% 26,942% 30,795%

15,000% 15,006% 15,355% 15,740% 17,874% 19,671% 20,869% 22,354% 24,122% 27,228% 31,203% 35,153%

13,151% 11,589% 9,977% 9,248% 12,157% 14,831% 16,980% 19,040% 21,704% 25,082% 29,158% 32,190%1,771% 1,526% 2,759% 4,696% 7,435% 9,490% 11,061% 12,600% 14,303% 17,006% 19,905% 26,017%

1,161% 1,000% 1,783% 2,990% 4,404% 5,351% 6,064% 6,732% 7,476% 8,749% 10,323% 14,077%

1,738% 1,489% 2,671% 4,574% 7,310% 9,357% 10,881% 12,413% 14,088% 16,628% 19,469% 24,277%1,139% 0,976% 1,725% 2,910% 4,322% 5,263% 5,946% 6,610% 7,335% 8,501% 10,037% 12,936%

2,571% 1,951% 2,951% 4,516% 8,052% 11,189% 13,934% 16,467% 19,596% 23,725% 28,246% 36,714%9,234% 9,294% 9,642% 9,891% 11,463% 12,830% 13,814% 14,925% 16,270% 18,810% 21,622% 27,429%

6,054% 6,092% 6,231% 6,297% 6,790% 7,234% 7,573% 7,975% 8,504% 9,677% 11,213% 14,841%

9,060% 9,065% 9,336% 9,633% 11,271% 12,649% 13,589% 14,704% 16,025% 18,391% 21,148% 25,595%5,940% 5,942% 6,030% 6,128% 6,664% 7,115% 7,425% 7,830% 8,344% 9,402% 10,902% 13,639%

13,403% 11,883% 10,314% 9,511% 12,414% 15,126% 17,401% 19,506% 22,290% 26,241% 30,683% 38,707%

QAG s/ BLGQIE s/ BLGQIA s/ BLGQLT s/ BLG

QIE s/ BIGQIA s/ BIGQLT s/ BIGQEG s/ BLG

QIT s/ BLTQLT s/ BLTQEG s/ BIGQAG s/ BIG

QIT s/ BIIQLT s/ BIIQIT s/ BITQLT s/ BIT

Variables

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19

Tabla 3.4. Indices: Desigualdad, Concentración, Progresividad y Redistribución.

0,5027 0,5846 0,3988

0,6612 0,6653 0,6545

0,6896 0,6925 0,6831-0,0008 -0,0011 0,0492

0,0372 -0,0096 0,03750,4006 0,4127 0,3964

0,1584 0,0806 0,2557

0,1868 0,1079 0,2842-0,5035 -0,5857 -0,3496

-0,4655 -0,5942 -0,3613-0,1022 -0,1719 -0,0025

0,2001 0,1251 0,2913

0,2347 0,1601 0,3247

-0,4990 -0,5813 -0,3615-0,4560 -0,5634 -0,3525-0,1004 -0,1777 0,0016

0,0441 0,0285 0,0525

0,0443 0,0322 0,0502

-0,1908 -0,2877 -0,0959-0,1022 -0,1635 -0,0593-0,0029 -0,0059 -0,0001

EFECTE REDISTRIBUTIU

Quota íntegra total

Quota líquida total

Mínim personal i familiarReduccions a la Base gral.Deduccions a la Quota

SUITS

Quota íntegra total

Quota líquida total

Mínim personal i familiarReduccions a la Base gral.Deduccions a la Quota

KAKWANI

Quota íntegra total

Quota líquida totalMínim personal i familiar

Reduccions a la Base gral.Deduccions a la Quota

GINI

CONCENTRACIÓ

Quota íntegra total

Quota líquida totalMínim personal i familiar

Reduccions a la Base gral.Deduccions a la Quota

ÍNDEXS VARIABLESBASE IMPOSABLE

TOTALBASE LIQUIDABLE

TOTALBASE IMPOSABLE TOTAL

INCREMENTADA

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Gráfico 3.1 Gráfico 3.2

Curvas de Lorenz y Concentración (ordenación abcisa BII)

0%

10%

20%

30%

40%

50%

60%

70%

80%

90%

100%

0% 10% 20% 30% 40% 50% 60% 70% 80% 90% 100%

BII QIT QLT

Curvas de Lorenz y Concentración (ordenación abscisa BIT)

0%

10%

20%

30%

40%

50%

60%

70%

80%

90%

100%

0% 10% 20% 30% 40% 50% 60% 70% 80% 90% 100%

BIT QIT QLT

Gráfico 3.3 Gráfico 3.4 Tipos efectivos s/BII (ordenación abscisa BII)

0,00%

3,30%

6,60%

9,90%

13,20%

16,50%

19,80%

23,10%

26,40%

29,70%

33,00%

10% 20% 30% 40% 50% 60% 70% 80% 90% 100%

QIT QLT

Tipos efectivos s/BIT (ordenación abscisa BIT)

0,00%

3,40%

6,80%

10,20%

13,60%

17,00%

20,40%

23,80%

27,20%

30,60%

34,00%

10% 20% 30% 40% 50% 60% 70% 80% 90% 100%

QIT QLT

Gráfico 3.5 Gráfico 3.6 Tipos efectivos s/BLT (ordenación abscisa BIT)

0,00%

3,60%

7,20%

10,80%

14,40%

18,00%

21,60%

25,20%

28,80%

32,40%

36,00%

10% 20% 30% 40% 50% 60% 70% 80% 90% 100%

QIT QLT

Tipos efectivos s/BIG (ordenación abscisa BIT)

0,00%

3,70%

7,40%

11,10%

14,80%

18,50%

22,20%

25,90%

29,60%

33,30%

37,00%

10% 20% 30% 40% 50% 60% 70% 80% 90% 100%

QIE QIA QLT

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21

Tabla 3.5: Cuadro comparativo de la simulación: Recaudación y pérdida recaudatoria. Tipo medio Recaudación Tasa de Recaudación Pérdida Recaudatoria

C.Liquida/B.Liquidable M€ Variación CA M€ C A M€

Ley 2000 24,58% 10477,35 3457,52Reforma 2003 22,97% 9383,24 -10,44% 3096,47 361,06Reforma 2003

122,05% 9004,67 -4,03% 2971,54 124,93

1 (-1%tramo autonómico)

Gráfico 3.7

Tasa Variación Irpf2003/Irpf2000

-80

-75

-70

-65

-60

-55

-50

-45

-40

-35

-30

-25

-20

-15

-10

-5

0

decilas de Rendimiento Neto (incluye V.Patrimoniales > 2años)

No Deflactada -79,91 -49,31 -33,61 -21,84 -16,38 -13,01 -10,84 -8,45 -7,26 -6,50 -7,80 -11,50

Deflactada -56,37 -36,29 -21,93 -11,77 -8,07 -5,83 -4,25 -3,22 -1,95 -1,18 -3,32 -9,69

10% 20% 30% 40% 50% 60% 70% 80% 90% 95% 98% 100%


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