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El que suscribe Iniciativa con Proyecto de Decreto que...

Date post: 11-Feb-2020
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Dr. Francisco Salvador López Brito Senador de la República El que suscribe FRANCISCO SALVADOR LÓPEZ BRITO Senador de la República de la L XIII Legislatura del Honorable Congreso de la Unión e integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 71, fracción 11, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como en los artículos 8, numeral 1, fracción 1; 164, numerales 1 y 2; 169 y demás relativos del Reglamento del Senado de la República, somete a la consideración del pleno de la Cámara de Senadores la siguiente Iniciativa con Proyecto de Decreto que reforma diversas disposiciones de la ley General de Salud y de la ley General de Instrucciones y Procedimientos Electorales", al tenor de la siguiente: EXPOSICIÓN DE MOTIVOS La salud es un derecho, consagradoen el artículo 49 de la Constitución Política de nuestro país, se estableció entre otros, con la intención de lograr el bienestar físico y mental de l os mexicanos de manera individual y colectiva, así como prolongar y mejorar la calidad de vida en general, pero enfatizando a aquellos que más lo necesitan. Dicha inclusión, deriva de diver sos tratados internacionales de los que México fo rma parte. Entre el más representativo se encuentra el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales de 1966, que a través de su Artículo 12, dice que las medidas que se deberán adoptar a fin de asegurar la plena efectividad del derecho a la salud, figurarán las necesarias para: la reducción de la mortalidad y de la mortalidad infant i l, así como el sano
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Dr. Francisco Salvador López Brito

Senador de la República

El que suscribe FRANCISCO SALVADOR LÓPEZ BRITO Senador de la República de la LXIII

Legislatura del Honorable Congreso de la Unión e integrante del Grupo Parlamentario del

Partido Acción Nacional, con fundamento en lo dispuesto por el artícu lo 71, fracción 11, de

la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como en los artículos 8,

numeral 1, fracción 1; 164, numerales 1 y 2; 169 y demás relativos del Reglamento del

Senado de la República, somete a la consideración del pleno de la Cámara de Senadores la

siguiente Iniciativa con Proyecto de Decreto que reforma diversas

disposiciones de la ley General de Salud y de la ley General de Instrucciones

y Procedimientos Electorales", al tenor de la siguiente:

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

La salud es un derecho, consagradoen el artículo 49 de la Constitución Política de nuestro

país, se estableció entre otros, con la intención de lograr el bienestar físico y mental de los

mexicanos de manera individual y colectiva, así como prolongar y mejorar la calidad de vida

en general, pero enfatizando a aquellos que más lo necesitan.

Dicha inclusión, deriva de diversos tratados internacionales de los que México forma parte.

Entre el más representativo se encuentra el Pacto Internacional de Derechos Económicos,

Sociales y Culturales de 1966, que a través de su Artículo 12, dice que las medidas que se

deberán adoptar a fin de asegurar la plena efectividad del derecho a la salud, figurarán las

necesarias para: la reducción de la mortalidad y de la mortalidad infantil, así como el sano

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desarrollo de los niños, y la creación de condiciones que aseguren el acceso de todos a la

atención de salud, entre otras no menos importantes.

Derivado de lo anterior, encontramos que a través de la Ley General de Salud, el derecho a

la salud tiene como finalidades las siguientes:

• El bienestar físico y mental del hombre, para contribuir al ejercicio pleno de sus

capacidades;

• La prolongación y mejoramiento de la calidad de la vida humana:

• la protección y el acrecentamiento de los valores que coadyuven a la creación,

conservación y disfrute de condiciones de salud que contribuyan al desarrollo social;

• la extensión de actitudes solidarias y responsables de la población en la

preservación, conservación, mejoramiento y restauración de la salud;

• El disfrute de servicios de salud y de asistencia social que satisfagan eficaz y

oportunamente las necesidades de la población;

• El conocimiento para el adecuado aprovechamiento y utilización de los servicios de

salud, y

• El desarrollo de la enseñanza y la investigación científica y tecnológica para la salud.

Hoy en día las enfermedades derivadas de la mala alimentación así como malos hábitos,

como son las cardiovasculares o las crónico degenerativas, traen aparejados graves efectos

secundarios que a un mediano o largo plazo, se convierten en una enfermedad que daña la

salud y calidad de vida de las personas.

Como ejemplo tenemos entre ellas la insuficiencia renal, así mismo se encuentran algunas

que por carga genética aparecen en la vida de una persona. En nuestro país los casos más

frecuentes son la renal, algunos tipos de insuficiencia cardiaca, padecimientos que afectan

la forma y transparencia de las córneas en los ojos, y en otros casos insuficiencia en el

hígado o pulmón. Para ello no solo basta llevar un control, sino que el querer alargar la vida

y tener una mejor calidad de la misma, se debe recurrir a tratamie.ntos como el trasplante.

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El trasplante de órganos, es un tratamiento médico indicado cuando otra alternativa para

recuperar la salud del paciente se ha agotado, que solo es posible gracias a la voluntad de

las personas que dan su consentimiento para la donación.

Por su parte la OMS hace mención que el trasplante de órganos, tejidos y células, permite

salvar muchas vidas y restaurar las funciones esenciales donde no existen otras alternativas

de efectividad comparables. Hoy día aún hay grandes diferencias entre países para la

disponibilidad y el acceso necesario a los trasplantes, igualmente, diferencias muy marcadas

desde el punto de vista de seguridad, calidad, eficacia de la donación y el trasplante de

órganos, tejidos y células.

Así mismo, se trata del reemplazo de un órgano vital enfermo, sin posibilidad de

recuperación, por otro sano. La donación de órganos es posible sólo en S de cada 1000

fallecimientos debido a la complejidad de los requerimientos necesarios para llevarla a

cabo; sólo puede concretarse si la muerte sucede en una unidad de terapia intensiva y

requiere de inmediato una serie de pasos coordinados en simultáneo.

Es importante destacar, que en México se realizan trasplantes de córnea, médula ósea

(progenitores de la sangre), hueso, válvulas cardiacas, riñón, hígado, corazón y pulmón.

Existen más de 400 hospitales distribuidos en todo el sector salud (sociales, públicos y

privados) que llevan a cabo diferentes tipos de trasplante.

Precisando que para que un hospital pueda realizar trasplantes, se requiere de un permiso

otorgado por la Secretaría de Salud, además de contar con el personal médico capacitado

e identificado.

De acuerdo con el Centro Nacional de Trasplantes, el proceso de un trasplante inicia cuando

el médico diagnostica un padecimiento que ha afectado gravemente un órgano o tejido

específico de un paciente, quien es enviado al especialista que corresponda para

determinar si existen razones médicas para que el problema pudiera ser tratado mediante

un trasplante.

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1.- El proceso inicia cuando el médico diagnostica un padecimiento que ha afectado

gravemente un órgano o tejido específico de un paciente, quien es enviado al especialista

que corresponda para determinar si existen razones médicas para que el problema pudiera

ser tratado mediante un trasplante. ·

2.- El paciente debe ser sometido a un protocolo de evaluación para definir si reúne las

condiciones necesarias para el trasplante. El protocolo de evaluación consiste en una serie

de exámenes médicos que permiten determinar las condiciones específicas del paciente y

la utilidad o no del trasplante.

Cuando el paciente no sea candidato a recibir un trasplante es remitido con su médico

tratante, acompañado de una nota médica explicativa para continuar su tratamiento previo

o alguna otra alternativa.

3.- Los casos aceptados son puestos a consideración del comité interno de trasplantes del

hospital para que avale la decisión tomada.

4.- Es fundamental que la decisión final quede asentada tanto en el expediente del paciente

como en un acta de sesión del comité.

5.- Una vez que el paciente es aceptado para recibir un trasplante, el responsable del

programa en el hospital deberá ingresar los datos del paciente a la base de datos electrónica

del Centro Nacional de Trasplantes en donde se registra a todo paciente que requiere un

trasplante. El paciente deberá recibir de su médico un comprobante del ingreso de sus datos

en la base.

6.- El Registro Nacional de Trasplantes tiene 2 propósitos,

a) por un lado permite conocer el número de pacientes que requieren recibir un

trasplante y qué tipo de enfermedades se resuelven mediante esta terapéutica,

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cuáles se presentan con mayor frecuencia y en qué instituciones y entidades

federativas se tiene mayor demanda. Esta información permite planear la

asignación de recursos y el fortalecimiento de los programas de salud.

b) Por otro lado, la antigüedad o tiempo de espera de un paciente en la base de

datos es uno de los criterios que se utilizan para la asignación de órganos y

tejidos. Los otros criterios son de orden médico y se refieren a la urgencia ante

la inminente pérdida de vida, a la oportunidad del trasplante, los beneficios

esperados, la compatibilidad entre el órgano donado y el receptor y otros

criterios de índole médica. Es importante recalcar que el tiempo de registro en

la base de datos es el último criterio se considera para la asignación de un órgano

entre un grupo de enfermos.

7.- Es necesario que el paciente firme una carta de consentimiento informado en la que

autoriza a los médicos para llevar a cabo el trasplante,.

9.- Los órganos y tejidos para trasplante pueden tener dos orígenes:

De un donador vivo se pueden obtener: un riñón, un segmento o lóbulo del hígado, un

segmento o lóbulo de pulmón, sangre o precursores de la misma.

De un donador que ha perdido la vida, dependiendo de las circunstancias de su muerte, se

pueden obtener órganos y tejidos.

En caso de paro cardiaco se pueden obtener únicamente tejidos como las córneas y en

algunos casos hueso y válvulas del corazón.

En caso de muerte encefálica se pueden obtener además de los tejidos mencionados arriba,

los siguientes órganos: corazón, ambos pulmones, ambos riñones e hígado.

10.- En el caso de que un paciente en espera de un trasplante cuenta con alguien que esté

dispuesto a donarle, se tienen que reunir los requisitos que establece la ley, y el proceso

para el donador es el siguiente:

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);;> Debe ser mayor de edad y estar en pleno uso de las facultades mentales.

);;> Debe tener compatibilidad aceptable con el receptor.

);;> Puede donar un órgano o una parte de él siempre que su función pueda ser

compensada por su organismo de forma adecuada.

);;> Es sometido a una evaluación integral que permite asegurar que se encuentra en

condiciones médicas, sociales y psicológicas adecuadas para la donación y que su

acción es altruista, voluntaria y sin ánimo de lucro.

);;> Cuando el donador no tenga ningún parentesco con el receptor deberá expresar que

el consentimiento es altruista, libre, consciente y sin que medie remuneración

alguna, ante un notario público.

);;> Debe firmar una carta de consentimiento informado en la que acepta tener

información suficiente y autoriza a los médicos a realizar la cirugía para extraer el

órgano.

);;> Completado el estudio, la decisión es avalada por el comité interno de trasplantes y

documentada en el expediente clínico del donante, en el del receptor y en las actas

del comité.

);;> En hospitales de tipo social, la atención médica y quirúrgica es gratuita. En hospitales

de tipo público y privado la atención médica y quirúrgica tienen un costo. Los

pacientes que optan por atenderse en hospitales privados deben estar conscientes

de que la cirugía del donador vivo tiene un costo, independientemente de que el

órgano haya sido donado en forma gratuita.

11.- Cuando los órganos provienen de un donador cadavérico

La ley establece que los órganos o tejidos deberán obtenerse preferentemente de personas

que hayan perdido la vida.

Cada año un mayor número de hospitales cuentan con personal médico y paramédico

responsable del proceso de donación de órganos. Ellos son los coordinadores de la donación

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y su trabajo consiste en proponer a las familias la alternativa de la donación cuando han

perdido a un ser querido.

Cabe destacar, que de acuerdo con el Centro Nacional de Trasplantes {CENATRA), al cierre

del 2016, existían 12,477 personas inscritas en espera de un trasplante renal en el Sistema

Informático del Registro Nacional de Trasplantes {SIRNT), año en el que se realizaron 2970

trasplantes renales, correspondientes a un 23.8% del total de pacientes en espera, de los

cuales 844 provenían de donantes fallecidos, representando el 28.4% del total de

trasplantes renales realizados y un 6. 7% del total de pacientes en espera.

Aunado a lo anterior, el tiempo de espera promedio para un riñón de un donante fallecido

en el año 2016. fue de 30.37 meses (911.1 días) de acuerdo con información del SIRNT.

Destacando que de conformidad con el artículo 336 de la Ley General de Salud, el cual

establece los criterios para la asignación de órganos a pacientes en espera, tomando en

cuenta la gravedad del receptor, oportunidad del trasplante, beneficios esperados,

compatibilidad, etcétera, debiendo ser considerados en conjunto por los Comités Internos

de Trasplante para la selección del receptor en cada caso y no depender únicamente del

posicionamiento en la lista de espera.

Durante el 2016 se reportaron por parte de los establecimientos en el SIRNT un total de 297

personas fallecidas en espera de un trasplante renal 1.

Por otra parte, se debe destacar que la página de estadísticas del sitio web del CENATRA es

actualizada diariamente de manera automática en sincronización con el SIRNT, el cual es

alimentado todos los días con los registros de los establecimientos autorizados.

Como podemos ver es un proceso complejo y el factor tiempo hoy en día es primordial, es

por ello que se debe generar una cultura de donación.

Hay que destacar que el órgano más común que se dona en vida es el riñón, ya que una

persona puede desarrollar una vida normal con un solo riñón en funcionamiento, parte del

hígado también puede ser trasplantado. La donación de órganos entre familiares está

1 Sistema informático del Registro Nacional de Trasplantes. Fecha de corte al 3 de enero de 2017.

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permitida exclusivamente cuando se estima que no afectará la salud del donante y existan

perspectivas de éxito para el receptor.

Por su parte, en el caso del trasplante de células progenitoras hematopoyéticas (CPH),

conocido como trasplante de médula ósea. En este tipo de intervenciones, el donante

siempre es un donante vivo y puede no ser siempre familiar.

Para el tema de asignación de órganos donados, existe una lista de espera única en todo el

país para cada tipo de órgano. La asignación de órganos y tejidos se hace exclusivamente

con base a criterios médicos objetivos: la urgencia según la gravedad del paciente, la

compatibilidad entre donantes y receptor, la oportunidad del trasplante, el tiempo en lista

de espera y demás criterios médicos aceptados, sistema que asegura la equidad en la

distribución.

De acuerdo con el Centro Nacional de Trasplantes, al día de hoy, existen 21,136 personas

que requieren recibir un trasplante, las cuales están distribuidas de la siguiente manera:

• 12855 personas esperan recibir un trasplante de riñón.

• 7809 personas esperan recibir un trasplante de córnea.

• 403 personas esperan recibir un trasplante de hígado.

• 49 personas esperan recibir un trasplante de corazón.

• 11 personas esperan recibir un trasplante de páncreas.

• 6 personas esperan recibir un trasplante riñón-páncreas.

• 2 personas esperan recibir un trasplante de hígado-riñón.

• 1 persona espera recibir un trasplante de corazón pulmón.

Fuente: Registro Nacional de Trasplantes.

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14000

12000

10000

8000

6000

4000

2000

o

Título del gráfico

Centro Nacional de Trasplantes

• riñón • córnea • hígado • corazón • páncreas • riñón-páncreas • hígado-riñón • corazón pulmón

Aunado a lo anterior, los trasplantes reportados en el Sistema Informático del Registro

Nacional de Trasplantes (SIRNT), durante el 2016 existen 4,984 personas que requieren

recibir un trasplante, las cuales está n distribuidas de la siguiente manera:

• 2657 trasplantes de córnea .

• 2155 trasplantes de riñón .

• 143 trasplantes de hígado .

• 25 trasplantes de corazón .

• 3 trasplantes de páncreas .

• 1 trasplante de pulmón .

Fuente: Registro Nacional de Trasplantes.

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Título del gráfico

Sistema Informático del Registro Nacional de Trasplantes

o 500 1000 1500 2000

• pulmón • páncreas • corazón • hígado • riñón • córn ea

Trasplantes reportados durante el 2017:

2500 3000

A la fecha se han reportado, 467 personas que requieren recibir un trasplante, las

cuales están distribuidas de la siguiente manera en el Sistema Informático del Registro

Nacional de Trasplantes (SIRNT):

• 230 trasplantes de córnea.

• 221 trasplantes de riñón.

• 14 trasplantes de hígado.

• 2 trasplante de corazón. 2

2 http :/ /www .cenatra.sal ud .gob.mx/ i nterior/trasplante _ estad ist icas.html

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córnea 49%

SISTEMA INFORMÁTICO DEL REGISTRO NACIONAL DE

TRASPLANTES

hígado 3%

• córnea • hígado • corazón • riñon

riñon

------------------~47%

Otros 48%

---------corazón

1%

Hay que destacar que en otros países es distinto, por ejemplo en España, con 1,851

donantes y 4,769 órganos trasp lantados en el 2015, revalidó por vigésimo cuarto año

consecutivo su liderazgo mundial en trasp lant es, con una tasa de 40,2 donantes por

millón de población, rea lizándose en el 2014 13 trasplantes diarios, siendo 2905

trasplant es rena les, 1162 hepáticos, 299 cardíacos, 294 pu lmonares, 97 de páncreas y

12 intestinales, tendencia creciente que ha continuado en el primer semestre del 2016.

Cada año se rea lizan más de 100.000 trasp lantes de órganos en el mundo. Se estima

que más de 250.000 personas se encuentran actualmente en la espera de un t rasplante,

siendo la escasez de órganos la limitante más significativa del trasp lante.

Por su part e, Estados Unidos t iene una media de 26 donantes por mil lón de habitantes

(PMH), mientras que Europa sostiene una media de alrededor de 20 donantes PMH,

siendo España el país con mayor actividad trasplantológica, y sus 35 donantes PMH

representan la meta para todos los demás países, así como un franco desafío.

Entre los países de la Unión Europea se destacan países como Croacia y Portugal,

quienes han sabido implementar políticas destinadas específicamente a aumentar la

tasa de donación en los últimos años.

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A continuación, se muestra el top quince de países donantes en 2013, en base a las

estadísticas recopiladas por lnternational registry in Organ Donation and

Transplantation (IRODAT). PMP es "por millón de población".

PAÍS PMP

España 35,1

Croada 35

Malta 34

Bélgica 29,9

Portugal 28,3

EEUU 25,9

Francia 25,5

Austria 24,6

Estonia 24,4

Eslovenia 24,3

Italia 22,2

Noruega 22

Reino Unido 20,77

República Checa 20,5

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PAÍS PMP

Irlanda 18,8

Es importante seña lar que la cooperación internacional posibilita que las naciones con

mayor desarrollo en la materia, transfieran sus conocimientos y experiencia a aquellos que

necesitan potenciar su crecimiento. En América Latina, la mayoría de los países cuentan con

programas de trasplante renal y algunos realizan trasplantes de los demás órganos. Pero

pese a la adyacencia geográfica, existen diferencias en el desarrollo científico-tecnológico y

en la cobertura que los sistemas de sa lud brindan a la población.

De acuerdo con la Orga nización Mundial de la Salud, los Principios Rectores de la OMS Sobre

Trasplante de Célu las, Tejidos y Órganos Humanos, señala que la escasez de órganos

disponibles no sólo ha llevado a muchos países a elaborar procedimientos y sistemas

destinados a aumentar la oferta, sino que también ha estimulado el tráfico comercia l de

órganos humanos, sobre todo de donantes vivos sin parentesco con los receptores.

A partir de ello, la OMS, emitió los Principios Rectores de la donación, con la f inalidad de

proporcionar un marco ordenado, ético y aceptable para la adquisición y trasplante de

cé lulas, tejidos y órganos humanos con fines t erapéuticos. Estos consisten básicamente en :

1. Que la extracción de órganos del cuerpo de las personas fallecidas, para fines de

trasp lante se permita con el consentimiento exigido por la ley y cuando no haya

razones que indiquen que la persona f allecida se opusiera a dicha extracción;

2. Que los médicos que determinen la muerte del donador, no participen en la

extracción ni trasplantes de los órganos;

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3. Que las donaciones de órganos de personas vivas, deberá ser consciente,

informada y voluntaria;

4. Que se debe proteger el interés superior de los niños y no extraerse órganos de

menores, ni de personas con discapacidad, salvo las excepciones que pueda prever

la legislación correspondiente;

S. Que las donaciones deberán ser gratuitas y se deberá prohibir cualquier tipo de

lucro relacionado con el trasplante de órganos.

6. Que se fomente la promoción de la donación altruista;

1. Que los profesionales de la salud se abstengan de participar en un trasplante si

existe conocimiento que no fue una donación, sino que hubo alguna remuneración

de por medio;

8. Que no se permitan remuneraciones excesivas por el trasplante, sino lo justificado

por los servicios prestados, entre otros.

Con la disposición de un sólo donador de órganos, se abre la posibilidad para que una

persona tenga vida y mejor calidad de ella. Es por ello, que debemos impulsar y emprender

acciones para fomentar estos actos altruistas y justos, propios de una sociedad informada

y con alto compromiso social.

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Por lo anteriormente expuesto se somete a consideración la siguiente Iniciativa con

Proyecto de Decreto que Reforma diversas disposiciones de la Ley General de Salud y de

la Ley General de Instrucciones y Procedimientos Electorales, al tenor del siguiente:

PROVECTO DE DECRETO

Artículo Primero: Se reforr:na el artículo 329 de la Ley General de Salud, para

quedar como sigue:

Artículo 329. El Centro Nacional de Trasplantes y los centros estatales de

trasplantes, en el ámbito de sus respectivas competencias, harán constar el

mérito y altruismo del donador y de su familia.

De igual forma el Centro .Nacional de Trasplantes se encargará de definir el

formato del documento oficial mediante el cual se manifieste el

consentimiento expreso de todas aquellas personas cuya voluntad sea donar

sus órganos, después de su muerte para que éstos sean utilizados en

trasplantes.

Las instituciones públicas del Gobierno Federal que por razón de sus

funciones y competencia emitan documentos oficiales de identificación

ciudadana, deberán incluir en el mismo, la voluntad del titular en relación a

ser o no donador de órganos y tejidos. Dichas instituciones se coordinarán

con el Centro Nacional de Trasplantes para la aplicación del formato

respectivo el cual deberá contener un código de identificación.

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Con base en el formato señalado en el párrafo anterior, el Centro Nacional de

Trasplantes y los centros estatales de trasplantes, en el ámbito de sus

respectivas competencias, expedirán el documento oficial a las personas que

lo soliciten.

Artículo Segundo: Se reforma el artículo 136 y 156 de la Ley General de

Instituciones y Procedimientos Electorales, para quedar como sigue:

Artículo 136.

1 y 2 ....

3. En todos los casos, al solicitar un trámite registral, el interesado deberá

asentar su firma y huellas dactilares en el formato respectivo. Así mismo

deberá elegir y expresar en formato especifico la decisión de ser, o no,

donador de órganos; así como mencionar su tipo de sangre, garantizándolo

con documento expedido por el sector público de salud.

4 a 8 •..•

Artículo 156.

1. la credencial para votar deberá contener, cuando menos, los siguientes

datos del elector:

a) a i) •..•

16

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j} La elección a la que se refiere el numeral 3 del artículo 136 de esta ley.

2 a S ....

Ciudad de México a 2 de marzo de 2017.

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