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EMPRESA DE TELECOMUNICACIONES DE … · escrita, gráfica, oral o por ... será señalado en la...

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www.telebucaramanga.com.co 1 EMPRESA DE TELECOMUNICACIONES DE BUCARAMANGA S.A. E.S.P. TELEBUCARAMANGA SOLICITUD PÚBLICA DE OFERTAS No. 004 de 2010 OBJETO: ASESORÍA EXTERNA ESPECIALIZADA COMO APOYO A LA GESTIÓN JURÍDICA Y APODERAMIENTO JUDICIAL A LA EMPRESA DE TELECOMUNICACIONES DE BUCARAMANGA S.A. E.S.P. TELEBUCARAMANGA, DENTRO DE LA ACCION CONTRACTUAL RADICADA BAJO EL NUMERO 10574-1999. BUCARAMANGA, ABRIL DE 2010
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EMPRESA DE TELECOMUNICACIONES DE BUCARAMANGA S.A. E.S.P. TELEBUCARAMANGA

SOLICITUD PÚBLICA DE OFERTAS No. 004 de 2010

OBJETO: ASESORÍA EXTERNA ESPECIALIZADA COMO APOYO A LA GESTIÓN JURÍDICA Y APODERAMIENTO JUDICIAL A LA EMPRESA DE TELECOMUNICACIONES DE BUCARAMANGA S.A. E.S.P. TELEBUCARAMANGA, DENTRO DE LA ACCION CONTRACTUAL RADICADA BAJO EL NUMERO 10574-1999.

BUCARAMANGA, ABRIL DE 2010

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ESPECIFICACIONES DE CONTRATACIÓN Las especificaciones de contratación de la presente Solicitud Pública de Ofertas están contenidos en un solo volumen con los siguientes capítulos: CAPITULO I: INFORMACIÓN GENERAL CAPITULO II: INSTRUCCIONES A LOS PROPONENTES CAPITULO III: INFORMACIÓN ESPECÍFICA SOBRE EL OBJETO

CONTRACTUAL CAPITULO IV: ESPECIFICACIONES TÉCNICAS CAPITULO V: CRITERIOS DE EVALUACIÓN CAPÍTULO VI: ANEXOS Y FORMATOS ANEXO 1. CARTA DE PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA FORMATO 1. INFORMACIÓN GENERAL SOBRE EL PROPONENTE FORMATO 2. FORMATO ECONÓMICO

CAPITULO I

INFORMACIÓN GENERAL 1.1. OBJETO La Empresa de Telecomunicaciones de Bucaramanga S.A. E.S.P. TELEBUCARAMANGA, está interesada en recibir ofertas de Personas Jurídicas para la ASESORÍA EXTERNA ESPECIALIZADA COMO APOYO A LA GESTION JURIDICA Y APODERAMIENTO JUDICIAL A LA EMPRESA DE TELECOMUNICACIONES DE BUCARAMANGA S.A. E.S.P. TELEBUCARAMANGA, DENTRO DE LA ACCION CONTRACTUAL RADICADA BAJO EL NUMERO 10574-1999, cuyas especificaciones técnicas están descritas en el capítulo IV de esta Solicitud Pública de Ofertas. 1.2 ALCANCE DEL OBJETO Asesoramiento, emisión de conceptos, acompañamiento permanente en procesos

de negociación, concertación, transacción y/o conciliación.

Elaborar un informe preliminar en relación con la acción contractual asignada, el cual deberá incluir el análisis de las actuaciones judiciales a que haya lugar o que se han llevado a cabo y las recomendaciones pertinentes.

El apoderamiento judicial a TELEBUCARAMANGA dentro de las etapas judiciales y

extrajudiciales (como resultado de un acuerdo conciliatorio o transaccional), hasta la finalización del proceso ó del trámite respectivo.

1.3. CONDICIONES MÍNIMAS DE PARTICIPACIÓN

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1.3.1. No encontrarse incurso la sociedad o alguno de sus miembros en causal alguna de inhabilidad, ni incompatibilidad para contratar con TELEBUCARAMANGA, de conformidad con las normas legales vigentes. 1.3.2. Contar con domicilio en Colombia. 1.3.3. Estar inscrito en el Registro Mercantil de la Cámara de Comercio de su jurisdicción. 1.4. DISPOSICIONES LEGALES El presente Proceso de Selección y Adjudicación de la respectiva Orden de Prestación de Servicios Profesionales, se sujetará al régimen privado de contratación de TELEBUCARAMANGA, a las disposiciones contenidas en la Ley 1341 de 2009 y demás normas reglamentarias sobre la materia que las modifiquen, adicionen o complementen y que rigen el presente objeto contractual. 1.5. CONFLICTO ENTRE DOCUMENTOS En caso de conflicto entre las especificaciones de contratación y la oferta del proponente, prevalecerán las especificaciones de contratación. 1.6. INFORMACIÓN CONFIDENCIAL La información contenida en las presentes especificaciones de contratación tiene carácter confidencial. En consecuencia, los proponentes deberán guardar reserva sobre la misma y únicamente podrán hacer uso de ella para efectos de la elaboración de las propuestas. En el evento que se causaren perjuicios a TELEBUCARAMANGA con ocasión de la violación de la mencionada obligación de reserva, el proponente responsable deberá indemnizar a TELEBUCARAMANGA por los perjuicios ocasionados por tal hecho. El contratista se obliga con TELEBUCARAMANGA a manejar y utilizar la información escrita, gráfica, oral o por cualquier otro medio apto para su transmisión, que le sea entregada o a la que tenga acceso, de manera confidencial, garantizando por todos los medios a su alcance, que los empleados a su servicio y demás personas autorizadas, respetará la obligación de guardar secreto y la confidencialidad sobre cualquier información recibida u obtenida. Igualmente, las partes se obligan a que la información que se suministre entre ellas durante el desarrollo de la Orden, será manejada como confidencial y sólo podrá ser utilizada para la representación Judicial. La reproducción de información suministrada durante la ejecución de la orden, se autoriza exclusivamente para la entrega de dichas copias, al contratista seleccionado, siempre y cuando ello no exponga los intereses de TELEBUCARAMANGA. Por lo anterior, no le está permitido al contratista el aporte de información alguna, directa o

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indirectamente a terceros, o con miras a su participación en un futuro proceso de selección. La violación de la confidencialidad o el uso indebido de la información dará lugar a que se cause el derecho de reclamar indemnización por la parte perjudicada. Ninguna de las partes adquiere derechos de propiedad o disposición, respecto de la información suministrada por la otra.

CAPITULO II

INSTRUCCIONES A LOS PROPONENTES 2.1 FECHA DE ENTREGA DE LAS PROPUESTAS Se fijan las siguientes fechas: FECHA DE APERTURA 15 de Abril de 2010, Hora: 10:00 A.M. FECHA DE CIERRE 16 de Abril de 2010, Hora: 10:00 A.M. La oferta deberá ser entregada en sobre cerrado, en original y dos (2) copias, en la Secretaria General de TELEBUCARAMANGA, ubicada en la Calle 36 No. 14 – 71 Piso 7° del Edificio Administrativo. 2.2. MODIFICACIONES Y ACLARACIONES A LA SOLICITUD DE OFERTAS Cualquier consulta dirigida a TELEBUCARAMANGA por parte de los proponentes, sobre la interpretación de los documentos de la Solicitud Pública de Ofertas, que no implique modificación o ampliación de las bases y especificaciones de la misma, deberá hacerse ÚNICAMENTE por escrito, vía fax: 6304112 y será resuelta dentro de un plazo prudencial y puesta en conocimiento por cualquier medio (inclusive por correo electrónico) a todos los interesados. No se aceptarán consultas u observaciones personales, telefónicas o por correo electrónico. En caso de existir solicitudes de aclaraciones, podrán formularse hasta el día quince (15) de abril de 2010 a las 2:00 P.M. y TELEBUCARAMANGA procederá a ampliar el plazo de cierre de la presente Solicitud Pública de Ofertas e informar a los interesados. Si no se presentan aclaraciones, TELEBUCARAMANGA mantendrá el plazo de cierre señalado en el numeral 2.1 de las presentes especificaciones de contratación. Toda modificación o ampliación de las bases y especificaciones de la Solicitud serán comunicados a través de la Pagina Web, la cual será de obligatoria observancia para la preparación de las ofertas.

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Queda entendido que la presente Solicitud Pública de Ofertas formará parte integral de la Orden que se celebre en virtud de la misma. Las propuestas deberán ajustarse íntegramente a los términos y condiciones de la Solicitud Pública de Ofertas sometiéndose los proponentes a cumplir estrictamente lo especificado en éstos. No será permitido que ningún proponente modifique, adicione o mejore su oferta después del vencimiento del término para la entrega de las mismas. TELEBUCARAMANGA podrá solicitar a los proponentes, durante la etapa de evaluación, las aclaraciones y explicaciones necesarias así como la información adicional necesaria sobre las propuestas presentadas, sin que ésta en ningún caso pueda ser adicionada o modificada. El proponente tendrá un plazo máximo el cual será señalado en la comunicación que para tal efecto expida TELEBUCARAMANGA dentro de la solicitud de aclaración o explicación, para dar respuesta a fin de proseguir en el proceso de evaluación. Las aclaraciones se deberán limitar a corregir los errores presentados, y en ningún momento podrán modificar y/o adicionar la propuesta, so pena de ser descalificadas. Si no se presentan solicitudes relacionadas con los aspectos mencionados, se entenderá que las especificaciones de contratación se han encontrado satisfactorias y que el proponente no tiene dudas de ninguna especie sobre las mismas. Por consiguiente, no se recibirán posteriormente reclamos fundamentados en discrepancias, errores, omisiones o dudas de tales términos, ni en cualquier otra materia relacionada con los mismos. De igual forma el proponente se compromete a verificar y es de su entera responsabilidad, comprobar que la Solicitud Pública de Ofertas entregada por TELEBUCARAMANGA está completa en todos sus folios. 2.3. PRESENTACIÓN DE LAS PROPUESTAS Las propuestas deberán presentarse en un todo, de acuerdo a lo que se estipula a continuación: 2.3.1. Las propuestas deberán ser presentadas en el idioma español. 2.3.2. Las propuestas junto con todos los documentos exigidos y otros que las acompañen, inclusive la Garantía de Seriedad de la Propuesta, deberán presentarse en original y dos (2) copias impresas, en sobres separados, cerrados y enunciados (original y duplicados) respectivamente, los cuales deberán identificarse con la leyenda “Solicitud Pública de Ofertas N° 004 de 2010”, con el nombre del proponente y su dirección. Los sobres deberán ser entregados en la Secretaría General de TELEBUCARAMANGA, localizada en el Piso 7° del Edificio Administrativo ubicado en la Calle 36 No. 14-71 de la ciudad de Bucaramanga. 2.3.3. Las propuestas presentadas deberán estar debidamente empastadas y/o argolladas, y todos los documentos foliados (numerados) en forma consecutiva. No se

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podrá cambiar su redacción ni agregar comentarios. Cualquier explicación, alternativa o información adicional deberá exponerse en anexos a la propuesta debidamente referenciados al ítem a que pertenecen. 2.3.4. Las propuestas deben expresar claramente el nombre y domicilio comercial del proponente y deben ser firmadas por el Representante legal del oferente, de acuerdo con el Certificado de existencia y representación legal actualizado, expedido por la Cámara de Comercio. 2.3.5. Las enmiendas en los documentos de la propuesta deberán ser ratificadas con la firma del proponente. 2.3.6. Todo documento que contenga firma digital, deberá estar acreditado con el certificado correspondiente emitido por una entidad de certificación autorizada por la Superintendencia de Industria y Comercio. 2.3.7. Todos los documentos otorgados en el exterior, deberán cumplir con los requisitos señalados en el artículo 480 de código de comercio, y demás normas vigentes en Colombia. 2.3.8. El día señalado para el cierre, se abrirán las propuestas y se levantará el acta respectiva en presencia de un delegado de la Subgerencia de Control Interno de TELEBUCARAMANGA. 2.3.9. Las propuestas deberán tener una validez de tres (3) meses, contados a partir de la fecha de entrega de las mismas a TELEBUCARAMANGA. 2.3.10. Las informaciones y documentos que conformarán la propuesta son los solicitados en estas especificaciones de contratación. 2.3.11. Las propuestas deberán incluir un índice en el que se indiquen los documentos que las componen y el folio donde se encuentran contenidos. 2.4. IRREVOCABILIDAD Las propuestas son irrevocables. En consecuencia, una vez presentadas, los proponentes no podrán retractarse so pena de indemnizar los perjuicios que con su revocación causen a TELEBUCARAMANGA. Cuando el monto de los perjuicios que se causen sobrepase el valor de la garantía de seriedad de la oferta, TELEBUCARAMANGA además de ordenar la efectividad de dicha garantía, podrá iniciar las acciones legales que conduzcan al cobro total de los mismos. 2.5. PRECIOS DE LA PROPUESTA

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El proponente debe cotizar en pesos colombianos. El valor de la oferta es fijo y debe incluir los costos y gastos administrativos, los gastos de legalización, gastos de ejecución, el cumplimiento de las leyes de seguridad social y prestaciones del personal y todos los demás que considere el proponente para el cabal cumplimiento del objeto y especificaciones técnicas previstas en la Solicitud Publica de Ofertas. El valor no será ajustado. Si el proponente pertenece al régimen común, debe liquidar en el valor de su oferta el IVA que rige en Colombia. Si el proponente no lo discrimina, TELEBUCARAMANGA considerará que está incluido dentro del valor de la oferta, pero si el proponente pertenece al régimen simplificado no debe liquidar en el valor de su oferta el IVA. 2.6. GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA PROPUESTA El proponente deberá suministrar con su respectiva propuesta, una garantía de seriedad de la misma por un valor equivalente al diez por ciento (10%) del valor del certificado de disponibilidad presupuestal señalado en el numeral 2.14 de las presentes especificaciones de contratación, expedida por una compañía de seguros legalmente establecida en Colombia a favor de Entidades Particulares, con el NIT. 890201210-2, con una vigencia de tres (3) meses, contados a partir de la fecha de presentación de la propuesta. La póliza de seriedad de la oferta será en pesos colombianos y deberá acompañarse el clausulado de la póliza. Este documento garantiza que si la Orden le es adjudicada, el proponente deberá formalizarla en los términos y plazos estipulados en las especificaciones de contratación. Si el proponente a quien se adjudique la Orden rehúsa o descuida la legalización de la misma o deja de otorgar las garantías del contrato, TELEBUCARAMANGA hará efectiva la garantía de seriedad de la propuesta y dispondrá de su valor como indemnización por los perjuicios causados. Igualmente, si el proponente retira su oferta después de la apertura, durante el periodo de validez de la misma. 2.7. DOCUMENTOS ESENCIALES DE LA PROPUESTA 2.7.1. Carta de presentación de la propuesta, suscrita por el representante legal debidamente autorizado, que incluya el valor total estimado de la propuesta, de conformidad con el modelo anexo en estas especificaciones de contratación y comprometiéndose a cumplir con todo lo establecido en las especificaciones de Contratacion. (Anexo 1. SUBSANABLE y será de verificación jurídica).

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2.7.2. Propuesta que cumpla los requisitos establecidos en el numeral 2.3 de las presentes especificaciones de contratación. (SUBSANABLE y de verificación jurídica). 2.7.3. Certificado de existencia o representación legal expedido por la Cámara de Comercio correspondiente, con antelación no mayor a 30 días calendario a la presentación de la propuesta. El certificado debe demostrar que dentro del objeto social, está comprendido el objeto de las presentes especificaciones, a su vez, que la sociedad fue constituida con más de 2 años de anterioridad a la fecha de entrega de la propuesta, y que la vigencia es superior al plazo de ejecución del contrato y tres (3) años más. (SUBSANABLE y será de verificación jurídica). 2.7.4. Copia de la cédula de ciudadanía del representante legal (SUBSANABLE y será de verificación jurídica). 2.7.5. Para personas jurídicas, autorización de la junta de socios o junta directiva en caso de ser necesario. (SUBSANABLE y de verificación jurídica) 2.7.6. Copia del Registro Único Tributario “RUT”, para la respectiva identificación y clasificación, de las responsabilidades ante la DIAN. (SUBSANABLE y será de verificación jurídica). 2.7.7. Póliza de Seriedad de la Oferta, expedida de acuerdo a lo establecido en el numeral 2.6 de estas especificaciones. (INSUBSANABLE. TELEBUCARAMANGA se reserva el derecho de solicitar modificaciones o aclaraciones; será de verificación jurídica.) 2.7.8. Condiciones Generales de la Póliza. (SUBSANABLE y será de verificación jurídica). 2.7.9. Recibo de pago de la prima de la Póliza de Seriedad de la Oferta otorgado por la entidad aseguradora que expide la póliza; se advierte que no se aceptan constancias ni certificaciones de pago. (SUBSANABLE y será de verificación jurídica). 2.7.10. En el evento de expedirse comunicaciones modificatorias, constancia de que éstas fueron recibidas. (SUBSANABLE y de verificación jurídica). 2.7.11. Constancia de pagos de aportes y parafiscales. Certificación sobre pagos de ley: Anexar certificación expedida por el revisor fiscal, cuando éste exista de acuerdo con los requerimientos de ley o por el representante legal, donde se acredite que esta al día con el pago de los aportes de sus empleados a los sistemas de salud, riesgos profesionales, pensiones y aportes a las cajas de compensación familiar, ICBF, SENA, cuando a ello haya lugar (artículo 50 Ley 789 del 2002 que reza: “(...) Cuando la contratación se realice con personas jurídicas, se deberá acreditar el pago de los aportes de sus empleados, a los sistemas mencionados mediante certificación expedida por el revisor fiscal, cuando éste exista de acuerdo con los requerimientos de ley, o por el representante legal durante un lapso equivalente al que exija el respectivo

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régimen de contratación para que se hubiera constituido la sociedad, el cual en todo caso no será inferior a los seis (6) meses anteriores a la celebración del contrato. (SUBSANABLE y de verificación jurídica). 2.7.12. Certificados de Experiencia de conformidad con lo establecido en el Capítulo IV Especificaciones Técnicas, de las presentes especificaciones de contratación. (SUBSANABLE y de verificación técnica). 2.7.13. Anexos y Formatos de la propuesta debidamente diligenciados. Serán de obligatoria presentación para que se considere y califique la información solicitada en ellos, de la misma manera que los documentos de soporte solicitados en la parte inferior “NOTA” de alguno de éstos formatos. Anexo 1. Modelo carta de presentación de la propuesta, comprometiéndose a cumplir con todo lo establecido en las especificaciones de contratación, firmada por el representante legal. (SUBSANABLE y de verificación jurídica). Formato 1. Información general sobre el proponente. (SUBSANABLE y de verificación jurídica y técnica). Formato 2. Formato Económico. (INSUBSANABLE y de verificación económica). NOTA: El carácter de documento INSUBSANABLE, consiste en que su no presentación o sin los requisitos exigidos, hace que la propuesta sea inmediatamente rechazada. A su vez el documento SUBSANABLE es aquél que puede ser presentado con posterioridad a la fecha del cierre de la propuesta, pero cumpliendo los requisitos exigidos en la misma, como respuesta de la solicitud de aclaraciones que efectúe TELEBUCARAMANGA cuando a ello hubiere lugar, con base en lo establecido en las presentes especificaciones de contratación. En el evento en que sean solicitadas aclaraciones y el proponente no allegue lo requerido o no le dé trámite en debida forma la propuesta será rechazada. 2.8. PROPUESTAS EXTEMPORÁNEAS Las propuestas que sean entregadas en la Secretaría General de TELEBUCARAMANGA después de la hora y fecha señaladas para la entrega de las mismas, no serán consideradas y serán rechazadas. 2.9. CANCELACIÓN DEL PROCESO DE CONTRATACIÓN TELEBUCARAMANGA podrá cancelar el proceso de Solicitud Pública de Ofertas, en cualquiera de sus etapas, cuando aparezcan circunstancias técnicas, económicas, de mercado o razones que determinen la inconveniencia del objeto a contratar, con la

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comunicación escrita de este hecho, sin que ello genere ninguna clase de compensación, ni le obligue a exponer las razones. 2.10. RETIRO DE LAS PROPUESTAS Sólo se podrán retirar propuestas antes del vencimiento del término para presentarlas, mediante solicitud escrita firmada por la misma persona que firmó la carta de presentación de la propuesta. La propuesta le será devuelta, previa suscripción de recibo por la misma persona que firmó la carta de presentación de la propuesta. 2.11. RECHAZO DE PROPUESTAS TELEBUCARAMANGA rechazará las propuestas que no se ajusten a los requisitos fundamentales establecidos en las especificaciones de contratación, ó cuando las presentadas no resulten convenientes a los requerimientos de TELEBUCARAMANGA. Serán rechazadas las propuestas que se presenten en cualquiera de los siguientes casos: 2.11.1. Cuando sean extemporáneas. 2.11.2. Cuando estén incompletas, en cuanto a que no cumplan las presentes especificaciones o dejen de incluir alguno de los documentos esenciales INSUBSANABLES o cuando hecho el requerimiento por parte de la empresa de la información que es SUBSANABLE, el oferente no la allegue en el término especificado por TELEBUCARAMANGA. 2.11.3. Cuando una misma persona represente a dos oferentes diferentes, que proponen. 2.11.4. Cuando el valor de la oferta sobrepase la disponibilidad presupuestal prevista para la presente Solicitud Publica de Oferta. 2.11.5. Cuando no cumpla con las Condiciones Mínimas de Participación establecidas en el numeral 1.3 de las presentes especificaciones de contratación. 2.11.6. Cuando el proponente modifique las condiciones establecidas en las presentes especificaciones de contratación. 2.12. ESTUDIO JURÍDICO, TÉCNICO Y ECONÓMICO DE LAS PROPUESTAS El análisis económico y jurídico de las propuestas se llevará a efecto por las dependencias correspondientes de TELEBUCARAMANGA.

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Durante la etapa de evaluación, TELEBUCARAMANGA podrá solicitar a los proponentes las aclaraciones y explicaciones necesarias así como la información adicional necesaria sobre las propuestas presentadas, sin que éstas en ningún caso puedan ser adicionadas o modificadas so pena de ser descalificadas. 2.13. ADJUDICACIÓN TELEBUCARAMANGA adjudicará la Solicitud Pública de Ofertas al proponente cuya propuesta se ajuste a las especificaciones de contratación y sea seleccionada de conformidad con los criterios establecidos en el Capítulo V Criterios de Evaluación de estas Especificaciones de Contratación. La adjudicación se hará mediante comunicación que se notificará al proponente favorecido y se comunicará, la no adjudicación a los proponentes no favorecidos. 2.14. PRESUPUESTO TELEBUCARAMANGA cuenta con la respectiva disponibilidad presupuestal, cuyos recursos provienen del presupuesto de la vigencia fiscal 2010 según Certificado de Disponibilidad Presupuestal No. 420 de fecha cinco (5) de abril de 2010 por valor de NOVENTA MILLONES DE PESOS M/CTE ($90.000.000) más IVA, que se imputará al código 81120210 Imputación Honorarios 2.15. INVALIDEZ DE INFORMACIONES PREVIAS Las informaciones contenidas en esta Solicitud Publica de Ofertas sustituyen totalmente cualquier información que TELEBUCARAMANGA ó cualquiera de sus miembros, pudiera haber suministrado a los interesados, fuera de este documento. 2.16. INFORMACIÓN ADICIONAL Cualquier información deberá solicitarse por escrito vía fax: (7) 6304112 a la Secretaría General de TELEBUCARAMANGA, Calle 36 número 14 – 71 piso siete (7) de Bucaramanga, con anterioridad a la fecha señalada para entrega de las ofertas y de conformidad con lo establecido en el numeral 2.2 de las especificaciones de contratación.

CAPITULO III

INFORMACIÓN ESPECÍFICA SOBRE EL OBJETO CONTRACTUAL 3.1. DOMICILIO CONTRACTUAL

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Se adoptará la ciudad de Bucaramanga, como domicilio civil para todas las acciones. 3.2. PLAZO DE EJECUCIÓN Y VIGENCIA El término de ejecución es decir, el término durante el cual EL CONTRATISTA se compromete a ejecutar el objeto de la presente Orden es Indeterminado y será el tiempo que requiera EL CONTRATISTA desde que se legalice la Orden, hasta la terminación del trámite incidental, ya sea mediante decisión judicial o acuerdo conciliatorio y/o transaccional. PARÁGRAFO. Para efectos de constitución de garantías el término de vigencia de la orden será de un (1) año; sin embargo, una vez agotado este término y si no se ha concluido el objeto contractual, EL CONTRATISTA deberá renovar las pólizas y mantenerlas vigentes, por un periodo igual al inicial (1 año). El plazo de vigencia del contrato será contado a partir de la fecha de suscripción del mismo y contendrá el plazo de ejecución y quince (15) días calendario más. 3.3. FORMA DE PAGO

Todos los pagos serán efectuados en Pesos Colombianos.

TELEBUCARAMANGA cancelará a EL CONTRATISTA conforme a lo establecido en el numeral 3.4 VALOR de las presentes especificaciones de contratación. PARAGRAFO PRIMERO. Los pagos serán cancelados dentro de los quince (15) días hábiles siguientes a aquel en que haya sido presentada la respectiva cuenta de cobro, sustentada el acta de cumplido a satisfacción por parte del administrador. PARAGRAFO SEGUNDO. Si la factura no ha sido bien elaborada o no se adjuntan los documentos que se solicitan, los términos anteriores sólo empezarán a contarse desde la fecha en que quede corregida la factura o desde aquella en que se haya aportado el último de los documentos. Esta demora no dará lugar a pago de intereses o compensación de ninguna naturaleza. PARAGRAFO TERCERO. Si en la ejecución del presente contrato EL CONTRATISTA tuviere que incurrir en costos de desplazamiento aéreo estos correrán por cuenta de TELEBUCARAMANGA, previamente autorizados por la Gerencia, y no excederán la suma de DIEZ MILLONES DE PESOS ($10.000.000) incluido IVA; para estos efectos se cuenta con la Disponibilidad Presupuestal número 420 del cinco (5) de abril de 2010 código 81220258 imputación Gastos de desplazamiento asesores.

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Si la factura no ha sido bien elaborada o no se adjuntan los documentos que se solicitan, los términos anteriores sólo empezarán a contarse desde la fecha en que quede corregida la factura o desde aquella en que se haya aportado el último de los documentos. Esta demora no dará lugar al pago de intereses o compensación de ninguna naturaleza. 3.4. VALOR DE LA ORDEN El valor de la Orden para fines tributarios es indeterminado y para fines presupuestales está conformado por una suma fija y una suma variable o cuota de éxito. La suma fija será cancelada en dos pagos así: Un cincuenta por ciento (50%) una vez se suscriba y legalice la Orden y el otro cincuenta por ciento (50%) una vez finalice el trámite incidental, mediante decisión judicial, ó como resultado de un acuerdo conciliatorio o transaccional. La suma variable será cancelada una vez finalice el trámite incidental, mediante decisión judicial, ó como resultado de un acuerdo conciliatorio o transaccional y de acuerdo al valor propuesto por el oferente, el cual en ningún momento podrá exceder el valor del CDP No. 420 del cinco (5) de abril de 2010 código 81120210 imputación honorarios, por valor $ 700 millones. 3.5. CESIÓN DE LA ORDEN Y SUBCONTRATACIÓN La Orden que se firme entre el proponente favorecido y TELEBUCARAMANGA no puede ser cedida por EL CONTRATISTA a persona jurídica, sin el consentimiento previo escrito y expreso de TELEBUCARAMANGA, quien se reservará en todos los casos las razones para negar la autorización de la cesión. Todo subcontrato será responsabilidad única de EL CONTRATISTA quien asumirá la responsabilidad por los errores u omisiones del subcontratista, el cual carecerá de todo derecho de reclamo ante TELEBUCARAMANGA. Si a juicio de TELEBUCARAMANGA, el subcontratista no cumple satisfactoriamente con las obligaciones de la Orden, podrá ordenar la terminación del subcontrato en cualquier tiempo, exigiendo a EL CONTRATISTA el cumplimiento inmediato y directo de dichas obligaciones. En todo momento EL CONTRATISTA será responsable de los pagos a los respectivos subcontratistas y en ningún momento habrá relación contractual entre ellos y TELEBUCARAMANGA. EL CONTRATISTA será responsable de verificar el cumplimiento de las obligaciones impuestas por la legislación vigente en materia laboral y seguridad social, respecto al personal del subcontratista asignado a la realización de los trabajos. Así mismo, EL CONTRATISTA asume plena responsabilidad frente a TELEBUCARAMANGA y a terceros por todo daño ocasionado como consecuencia de la actuación del subcontratista y sus dependientes en la ejecución de este contrato. 3.6. SUSPENSIÓN TEMPORAL DE LA ORDEN

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En caso de suspensión de la Orden por fuerza mayor, caso fortuito, orden de TELEBUCARAMANGA u otras circunstancias que lo ameriten, no se recargará el valor de la Orden, sino que se prorrogará el plazo por un término igual al de la suspensión. Las suspensiones debidas a condiciones de ocurrencia común en esta clase de contratos, a huelga en el personal de trabajadores, resultante del incumplimiento por parte del contratista para atender peticiones justas de sus trabajadores, o cualquier otra suspensión ordenada por el Administrador del contrato o acordada por las partes, por razones técnicas o de seguridad, no se consideran de fuerza mayor y no dan lugar a indemnización ni ampliación del plazo estipulado. 3.7. OBLIGACIONES DE LAS PARTES

a.) Obligaciones del Contratista: El CONTRATISTA deberá cumplir de manera eficiente y oportuna los trabajos encomendados y aquellas obligaciones que se generen de acuerdo con la naturaleza del servicio para el que ha sido contratado y en especial las siguientes:

Cumplir con el objeto contratado en el término establecido y de conformidad con la propuesta.

Cumplir con todas las órdenes y atender las sugerencias propuestas únicamente por TELEBUCARAMANGA, a través del Administrador.

Ejercer todas las demás actividades que sean necesarias para el cabal cumplimiento del objeto contratado.

Presentar las actas de cumplido y recibo a entera satisfacción de TELEBUCARAMANGA para el pago, dentro de los términos establecidos y de acuerdo con las exigencias señaladas.

EL CONTRATISTA deberá presentar a TELEBUCARAMANGA, los datos de los apoderados que representaran a la empresa en el proceso Judicial o en las etapas prejudiciales.

El CONTRATISTA deberá colocar todo su empeño profesional para la defensa de los intereses de la empresa.

Elaborar los poderes y todo documento que se requieran dentro del proceso judicial y prejudicial.

CONSTANCIA DE PAGOS DE APORTES Y PARAFISCALES. EL CONTRATISTA deberá presentar a TELEBUCARAMANGA mensualmente certificación expedida por el revisor fiscal, cuando éste exista de acuerdo con los requerimientos de ley, o por el representante legal en donde acredite que EL CONTRATISTA se encuentra al día en el pago de salarios, aportes al Sistema de Seguridad Social Integral y Aportes Parafiscales del personal contratado para la ejecución del contrato. PARÁGRAFO PRIMERO. Esta certificación se deberá adjuntar con cada cuenta de cobro o factura que presente EL CONTRATISTA en caso de que la forma de

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pago sea mensualizada, en caso contrario, se deberá presentar dentro de los diez (10) días siguientes de cada mes. PARÁGRAFO SEGUNDO. En caso de falsedad comprobada por TELEBUCARAMANGA sin necesidad de declaración judicial, o inexactitud en dicha información, TELEBUCARAMANGA dará por terminada la Orden, sin lugar a reclamación o indemnización alguna a favor de EL CONTRATISTA, quien en todo caso deberá indemnizar a aquel los perjuicios que tal falsedad o inexactitud le causen o llegaren a causar.

Pagar las primas de los seguros que respaldan la Orden.

b.) Obligaciones de TELEBUCARAMANGA:

Suministrar toda la información relacionada con la Accion Contractual objeto de la Orden a suscribir.

Cancelar oportunamente al Contratista las cuentas adeudadas de conformidad con lo establecido.

Velar por el cumplimiento de las obligaciones derivadas de la Orden a través del Administrador de la misma.

Atender al contratista las reclamaciones y peticiones necesarias para la buena marcha de la Orden, dentro de los términos prudenciales.

Verificar periódicamente el estado de la Orden. 3.8. SEGUIMIENTO Y CONTROL TELEBUCARAMANGA designará uno o más Administradores para que en su representación verifique(n) y dirija(n) la ejecución de la Orden. El Contratista deberá someterse a las determinaciones y sugerencias del Administrador, cuando ellas sean inherentes a su cargo y a las que se requieran para un correcto desarrollo del mismo. El administrador representará a TELEBUCARAMANGA y será intermediario entre ésta y el contratista y por su conducto se tramitarán todas las cuestiones relativas al desarrollo de la Orden. En caso que la entrega resultase inadecuada, o no cumpliere con los requisitos de estos documentos, TELEBUCARAMANGA tendrá derecho a rechazarlo ó a exigir su corrección. Si el contratista no realiza la corrección cuando lo solicite TELEBUCARAMANGA ó no procede dentro del término señalado a la corrección, se cargarán al Contratista los costos ocasionados por tal motivo y se declarará el incumplimiento de la Orden. Las principales atribuciones del Administrador son:

Colaborar con el contratista con miras a la correcta ejecución de la Orden.

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Exigir el cumplimiento de la Orden y de las especificaciones en todas o en cualquiera de sus partes.

Atender y resolver toda consulta sobre posibles omisiones o errores en las especificaciones de contratación y/o la Orden.

Estudiar o recomendar los cambios sustanciales que sean necesarios o convenientes en las especificaciones de contratación y presentarlos a consideración de TELEBUCARAMANGA

Todas las demás atribuciones de TELEBUCARAMANGA que en la Orden se contemplen y que correspondan directamente al Administrador, conforme con lo establecido en las políticas e instrucciones señaladas para tal efecto por TELEBUCARAMANGA.

Hacer las amortizaciones a los pagos que se le hagan al contratista. 3.9. CAUSALES DE TERMINACIÓN DE LA ORDEN Las siguientes: 3.9.1 El mutuo acuerdo entre las partes. 3.9.2. Por disolución y liquidación de TELEBUCARAMANGA. 3.9.3. Si en cualquier momento durante el término de vigencia de la Orden cualquiera de las partes acredita que el mismo no puede desarrollarse por el incumplimiento de la otra y no pueden acordar u obtener formas que eviten dicho incumplimiento, en cuyo caso la parte afectada comunicará en forma escrita a la otra de tal circunstancia. 3.9.4. Por incumplimiento en la ejecución del objeto contratado. 3.9.5. Por terminación de la Acción Contractual, ya sea por decisión judicial, transacción y/o conciliación. 3.10. CLÁUSULA COMPROMISORIA Toda controversia, diferencia, cuestión ó reclamación resultante de la ejecución, interpretación, liquidación ó terminación de la Orden relacionada con él, en forma directa o indirecta, será resuelta en primera instancia por el Administrador de la misma. Si lo anterior no es posible, se acudirá a la instancia de los representantes legales de las partes; si no se logra acuerdo, se acudirá al Tribunal de Arbitramento, el que se sujetará a las normas legales vigentes sobre la materia y a las siguientes reglas: Los árbitros serán elegidos de común acuerdo entre las partes de la lista oficial de árbitros que para tal efecto lleva el Centro de Conciliación y Arbitraje de la Cámara de Comercio de Bucaramanga. Cuando las partes no se logren poner de acuerdo sobre los nombres de los árbitros, desde ya delegan en el Centro de Arbitraje de la Cámara de Comercio de Bucaramanga el nombramiento de los árbitros. El Tribunal estará integrado de la siguiente forma: cuando la cuantía del contrato sea inferior a 250 salarios mínimos legales mensuales vigentes, se conformará por un árbitro;

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cuando la cuantía del contrato sea igual o superior a 250 salarios mínimos legales mensuales vigentes, se conformará por tres árbitros. La organización interna del Tribunal de Arbitramento se sujetará a los reglamentos previstos para el efecto en el Centro de Conciliación y Arbitraje de la Cámara de Comercio de Bucaramanga. El Tribunal decidirá en derecho. El Tribunal de Arbitramento funcionará en el Centro de Conciliación y Arbitraje de la Cámara de Comercio de Bucaramanga. Las partes hacen constar desde ya en forma expresa su compromiso de cumplir el laudo arbitral que se dicte. 3.11. SEGURO DE CUMPLIMIENTO El adjudicatario del contrato deberá constituir a favor de TELEBUCARAMANGA con una compañía de seguros legalmente establecida en Colombia, una póliza a favor de entidades particulares, que avalará el cumplimiento de las obligaciones surgidas en la Orden, a plena satisfacción de TELEBUCARAMANGA. El adjudicatario de la Orden deberá presentar la garantía en la Secretaría General de TELEBUCARAMANGA para su correspondiente aprobación, dentro de los tres (3) días hábiles siguientes al perfeccionamiento de la Orden, la cual debe ser firmada por el tomador y se debe adjuntar el recibo de pago de la prima, expedido por la compañía de seguros. Los gastos de la garantía deben ser tenidos en cuenta en el valor de la propuesta. Los seguros deben constituirse por los montos y amparos que a continuación se relacionan. a) CUMPLIMIENTO: Por un monto equivalente al veinte por ciento (20%) del valor fijo de la Orden, por un término igual a la vigencia de la misma y cuatro (4) meses más. b) CALIDAD DEL SERVICIO: Por un monto equivalente al treinta por ciento (30%) del valor fijo de la Orden, por un término igual a la vigencia de la misma y cuatro (4) meses más. c) SALARIOS, PRESTACIONES SOCIALES E INDEMNIZACIONES LABORALES: Por un monto equivalente al diez por ciento (10%) del valor fijo de la Orden, por un término igual a la vigencia de la misma y tres (3) años más. Si el contratista se negare a constituir los seguros o sus prórrogas, TELEBUCARAMANGA dará por terminada la Orden en el estado en que se encuentre, sin que por este hecho la misma deba reconocer o pagar indemnización alguna, quedando a salvo las acciones judiciales que deba emprender TELEBUCARAMANGA para obtener el resarcimiento de los perjuicios que esta renuencia le acarree.

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Cuando haya lugar a una adición al valor y/o ampliación justificada del plazo contractual, este seguro debe ser ampliado por el mismo lapso, en las mismas condiciones anteriores; correrá a cargo del contratista el pago correspondiente a la prima causada por esta razón. 3.12. IMPUESTOS Todo impuesto, tasa o contribución, directo ó indirecto, del orden nacional, departamental o municipal que se cause por razón de la celebración, desarrollo, ejecución, otorgamiento y legalización de esta orden, estará a cargo exclusivo de EL CONTRATISTA. TELEBUCARAMANGA retendrá de los pagos que se le efectúen a EL CONTRATISTA las sumas que por impuestos directos o indirectos de cualquier tipo que esté obligado a retener conforma a la ley, ordenanza ó acuerdo. Cuando con posterioridad a la fecha de firma de la Orden el IVA tenga alguna modificación, se harán los ajustes que sean del caso y TELEBUCARAMANGA reconocerá a EL CONTRATISTA los mayores costos ó se le harán las deducciones respectivas. De acuerdo a lo establecido por el parágrafo 2º del artículo 519 del Estatuto tributario la tarifa del impuesto de timbre para el año 2010, es del cero por ciento (0%). 3.13. GASTOS Está a cargo del contratista el pago de los gastos de presentación de la oferta y de legalización y ejecución de la Orden. 3.14. PERFECCIONAMIENTO Y LEGALIZACIÓN DE LA ORDEN La Orden se perfeccionará con la firma de las partes. El proponente favorecido deberá firmar la Orden con TELEBUCARAMANGA dentro de un término de cinco (5) días hábiles, contados a partir de la fecha de la comunicación de la adjudicación emanada de la Gerencia, con lo cual la Orden se considerará perfeccionada. Una vez firmada la Orden, ésta se legalizará una vez el contratista haya pagado a su costa la totalidad de los impuestos a que haya lugar y obtenga la aprobación de los seguros por parte de TELEBUCARAMANGA. Luego de que se hayan pagado la totalidad de los impuestos y se hayan aprobado los seguros, se procederá a suscribir el acta de inicio.

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Si el adjudicatario no suscribe la Orden correspondiente dentro del término que se ha señalado, quedará a favor de la entidad contratante en calidad de sanción, el valor de la garantía constituida para responder por la seriedad de la propuesta, sin menoscabo de las acciones legales conducentes al reconocimiento de perjuicios causados y no cubiertos por el valor de la citada garantía. 3.15. NO VINCULACIÓN LABORAL El adjudicatario de la Orden cumplirá sus obligaciones de manera autónoma e independiente y utilizará en el cumplimiento de su labor su propio personal, sin que haya subordinación jurídica alguna entre sus colaboradores y dependientes y TELEBUCARAMANGA. En consecuencia, el adjudicatario de la Orden acepta que en el contrato que se llegue a celebrar, no existe ningún vínculo laboral entre sus colaboradores o el personal que él contrate y TELEBUCARAMANGA. En consecuencia, conceptos tales como honorarios, salarios, prestaciones, subsidios, afiliaciones, indemnizaciones, etc., que sobrevengan por causa o con ocasión de los servicios de dicho personal serán asumidos exclusivamente por el adjudicatario de la Orden.

CAPÍTULO IV

ESPECIFICACIONES TÉCNICAS 4.1. EXPERIENCIA DEL PROPONENTE

La persona Jurídica deberá acreditar que la sociedad cuenta con una experiencia relacionada en el apoderamiento de procesos Ordinarios, para lo cual se deberá adjuntar una certificación en donde conste que han adelantado un mínimo de trescientos (300) procesos ordinarios.

Tener experiencia en mecanismos alternativos de solución de conflictos, para lo cual el representante legal debe anexar certificación.

Contar como mínimo con un abogado dentro de su planta de Personal con especialización en Derecho Administrativo.

CAPÍTULO V

CRITERIOS DE EVALUACIÓN PROCEDIMIENTO DE EVALUACIÓN ESTUDIO JURÍDICO-LEGAL

En el estudio jurídico, se analizará en la propuesta el cumplimiento de los requisitos legales exigidos en las presentes especificaciones de contratación, a fin de determinar si la propuesta cumple jurídicamente.

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ESTUDIO TÉCNICO Para que una propuesta sea técnicamente hábil, debe:

Cumplir y acreditar todos los requisitos de experiencia solicitados. ESTUDIO ECONÓMICO El estudio económico consistirá en la revisión del Formato 2. Formato Económico. PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN Una vez analizada la propuesta y verificado que ésta cumple jurídica, técnica y financieramente, el proponente formará parte del grupo de proponentes elegibles. De este grupo, TELEBUCARAMANGA adjudicará la Orden al proponente que ofrezca el menor valor de acuerdo con el Formato 2. Formato Económico. En caso de empate, TELEBUCARAMANGA invitará a los proponentes empatados a una reunión en las instalaciones de TELEBUCARAMANGA y, en su presencia, realizará un sorteo cuyo resultado definirá quien será el adjudicatario de la Orden. A esta reunión asistirá un Delegado de la Subgerencia de Control Interno de TELEBUCARAMANGA.

CAPÍTULO VI

ANEXOS Y FORMATOS

ANEXO No. 1

MODELO DE CARTA DE PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA Bucaramanga, Doctor GIOVANNI PALMA CORTES Gerente EMPRESA DE TELECOMUNICACIONES DE BUCARAMANGA S.A. E.S.P. Bucaramanga Referencia: Solicitud Pública de Ofertas No. 004 de 2010

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ASESORÍA EXTERNA ESPECIALIZADA COMO APOYO A LA GESTIÓN JURÍDICA Y APODERAMIENTO JUDICIAL A LA EMPRESA DE TELECOMUNICACIONES DE BUCARAMANGA S.A. E.S.P. TELEBUCARAMANGA, DENTRO DE LA ACCION CONTRACTUAL RADICADA BAJO EL NUMERO 10574-1999. El suscrito ______________________________en mi condición de representante legal de ___________ debidamente facultado y de acuerdo con las disposiciones y especificaciones contenidas en las especificaciones de contratación y demás documentos de la Solicitud Pública de Ofertas, hago la siguiente propuesta para ____________________ Para tal efecto declaro: 1. Que tengo facultad para firmar y presentar la PROPUESTA. 2. Que esta PROPUESTA y la Orden que se llegare a celebrar en caso de adjudicación, compromete totalmente a quien legalmente represento. 3. Que a quien represento y ninguno de sus miembros no está impedido para contratar por causa de inhabilidades y/o incompatibilidades establecidas en la Ley. 4. Que he estudiado cuidadosamente los documentos de la Solicitud Pública de Ofertas, incluidas sus informaciones, aclaraciones y/o modificaciones (si las hay), acepto todas las exigencias contenidas en ella, garantizo que la propuesta presentada cumple con las mismas y renuncio a cualquier reclamación por ignorancia o errónea interpretación de las especificaciones de contratación. 5. Que he revisado detenidamente la PROPUESTA adjunta y declaro que no contiene ningún error u omisión y que la información es exacta y veraz. 6. Que he recibido la siguiente información y/o aclaración y las siguientes modificaciones a las especificaciones de contratación: Información y/o aclaración No. Fecha de recibo ---------------------------------------- ------------------------------ Modificación No. Fecha de recibo ---------------------------------------- ------------------------------ 7. Que el contenido de la propuesta es válido por un término de tres (3) meses, contados a partir de su fecha de presentación y procederé a ampliar la validez de la garantía de seriedad si lo indica TELEBUCARAMANGA.

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8. Que en la eventualidad que nos sea adjudicada la Solicitud Pública de Ofertas en referencia, me comprometo a firmar la Orden de conformidad con lo establecido en los documentos de contratación y a presentar la documentación requerida para legalizarla dentro del plazo máximo que fija TELEBUCARAMANGA. 9. Que ejecutaré la Orden al precio y en el plazo señalado en las condiciones contractuales y técnicas exigidas en los documentos de la Solicitud Pública de Ofertas y previstos en las normas generales que rigen la contratación de TELEBUCARAMANGA y de conformidad con la adjudicación que se haga. 10. Que me comprometo a cumplir con el objeto estipulado en las Especificaciones de Contratación. 11. Expreso que conozco el carácter de confidencialidad que tienen las Especificaciones de Contratación de esta Solicitud Pública de ofertas y en consecuencia guardaremos reserva de la información allí contenida. 12. Que esta oferta consta de ( ) folios, debidamente numerados. 13. Que el valor de la propuesta es una suma fija de (números y letras) y una suma variable o cuota de éxito (números y letras) 14. Que el plazo para la ejecución del objeto de la Orden es: Cordialmente, NOMBRE Y FIRMA DEL REPRESENTANTE LEGAL CEDULA DE CIUDADANIA NOMBRE DE LA COMPAÑÍA NIT DATOS DE NOTIFICACION: DIRECCION Y CIUDAD: CORREO ELECTRONICO FAX

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FORMATO 1

FORMATO DE INFORMACIÓN GENERAL NOMBRE DIRECCIÓN DOMICILIO ACTIVIDAD COMERCIAL REPRESENTANTE LEGAL (si es persona jurídica) TELÉFONO CORREO ELECTRÓNICO DESCRIPCIÓN GENERAL DE LA EMPRESA

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FORMATO 2.

FORMATO ECONÓMICO

1. SUMA FIJA

PUESTO DE TRABAJO HONORARIOS TOTAL XX ABOGADOS

ABOGADO CABEZA DEL PROCESO

TOTAL $

2. SUMA VARIABLE

BONO DE ÉXITO EVENTO 1 EVENTO 2 EVENTO 3

TOTAL TOTAL TOTAL

TOTAL $

TOTAL (1 y 2) $


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