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ESE HOSPITAL MARCO FIDEL SUÁREZ BELLO INFORME TÉCNICO Y ECONÓMICO DE CONVENIENCIA Y OPORTUNIDAD
TIPO: MARCAR CON UNA X COMPRAVENTA ( ) SUMINISTRO ( ) SERVICIOS TÉCNICOS ( ) MANTENIMIENTO ( ) ARRENDAMIENTO ( ) PRESTACION DE SERVICIOS (X) OBRA CIVIL ( ) OTROS (X) cual: CONSULTORIA
CONSIDERACIONES PREVIAS
De conformidad en lo dispuesto en el Estatuto Contractual de la E.S.E. Hospital Marco Fidel Suárez de Bello, en especial lo previsto en el artículo 4º, se procede a efectuar los estudios previos en los cuales se analiza la conveniencia y la oportunidad de realizar la contratación.
1. DESCRIPCIÓN DE LA NECESIDAD QUE SE PRETENDE SATISFACER CON LA CONTRATACIÓN
De conformidad con lo previsto en el acuerdo de contratación de la empresa la entidad está
obligada a llevar a cabo estudios y documentos previos para comprobar la necesidad de contratar
el bien o servicio, obra o labor, dejando constancia de su adecuación al Plan de Desarrollo
Institucional y al Plan de Acción de la Entidad.
La E.S.E. Hospital Marco Fidel Suarez adelanta la implementación de su Plan de Desarrollo
Institucional, dentro del cual el principal objetivo es el mejoramiento de la calidad del servicio
prestado a la comunidad y para llevarlo a cabo se requiere el mejoramiento de la infraestructura
física de las edificaciones donde se presta el servicio. A la fecha se han intervenido la mayor parte
de las áreas asistenciales mediante el mejoramiento y mantenimiento de la planta física con el fin
dar cumplimiento a lo dispuesto en las resoluciones 4445 de 1996 y 1441 de 2013, donde se
establecen los parámetros para el cumplimiento de la norma para entidades prestadoras de
servicios de salud.
Para el cumplimiento de los objetivos antes descritos se hace necesario el mejoramiento de la
prestación de los servicios de Cirugía y Ginecobstetricia, pues se puede apreciar que actualmente
los espacios donde funcionan presentan alto grado de deterioro y por la manera en que está
dispuestos los espacios no cumplen con lo estipulado dentro de la normatividad vigente.
En vista de lo anterior, se hace necesario realizar los estudios necesarios para adecuación de los
espacios requeridos para la construcción de las áreas de cirugía y ginecobstetricia en la sede
principal del Hospital Marco Fidel Suarez, teniendo en cuenta que estos estudios y diseños se
requieren para gestionar los recursos necesarios para la construcción, en un futuro, de dichos
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espacios que buscan mejorar la calidad de la prestación del servicio y preservar la vida de los
pacientes.
1.1. UBICACIÓN DEL PROCESO EN LA ESTRUCTURA DEL PLAN DE DESARROLLO INSTITUCIONAL
El proyecto hace parte del Plan de Desarrollo Institucional 2012-2016 en los Programas y
Proyectos Institucionales; Macroproyecto: Modernización y fortalecimiento de la atención e
infraestructura hospitalaria, Proyecto 4; Construcción, equipamiento y operación de infraestructura
hospitalaria vertical.
1.2. COMPETENCIA DEL ORGANISMO PARA ADELANTAR EL PROCESO
La Junta Directiva de la Empresa Social del Estado Hospital Marco Fidel Suárez de Bello mediante
acuerdo No. 08 de 2013 Autorizó al Gerente de la Empresa Social del Estado Hospital Marco Fidel
Suarez de Bello para contratar un empréstito con el Instituto para el Desarrollo de Antioquia- IDEA,
hasta por la suma de cuatro mil millones de pesos ($4.000.000.000), para la ejecución del proyecto
de ampliación de camas de hospitalización, apertura de servicio de UCI –UCE TERCERIZADO,
construcción de seis quirófanos, dos salas de partos y central de esterilización.
Una vez presentado los documentos exigidos el Gerente de la E.S.E. suscribió con el IDEA el
contrato de empréstito número 01 de 2013 mediante el cual se aprobó un crédito por la suma de
$4.000.000.000 para la ejecución del proyecto “Construcción de 6 quirófanos, 2 salas de parto para
reemplazar la actual construcción de la central de esterilización y dotación de los equipos
biomédicos” por lo que se hace necesario en esta etapa contratar la elaboración de los diseños
exigidos por la normatividad para ejecutar las obras constructivas.
1.3. LA FORMA DE SATISFACER LA NECESIDAD
La Empresa Social del Estado Hospital Marco Fidel Suarez de Bello desarrollará un contrato de
consultoría para la elaboración de los estudios y diseños de las áreas de cirugía y ginecobstetricia
de la E.S.E Hospital Marco Fidel Suarez de la ciudad de Bello, Departamento de Antioquia.
1.4 LEGISLACIÓN APLICABLE Serán aplicables al presente proceso de contratación los principios de la función administrativa y gestión fiscal previstos en el artículo 209 y 267 de la Constitución Política, el régimen de inhabilidades e incompatibilidades y cláusulas excepcionales previstas en el estatuto de contratación pública y el acuerdo No.015 del 16 de diciembre de 2008 “Por el cual se modifica el estatuto de contractual de la Empresa Social del Estado Hospital Marco Fidel Suárez del Municipio de Bello”
2. EL OBJETO A CONTRATAR, CON SUS ESPECIFICACIONES Y LA IDENTIFICACIÓN DEL CONTRATO A CELEBRAR.
2.1. OBJETO
ELABORACION DE LOS ESTUDIOS Y DISEÑOS DE LAS AREAS DE CIRUGIA Y
GINECOBSTETRICIA DE LA E.S.E HOSPITAL MARCO FIDEL SUAREZ DE LA CIUDAD DE
BELLO, DEPARTAMENTO DE ANTIOQUIA.
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2.2. ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DEL SERVICIO A CONTRATAR
Las actividades a desarrollar se refieren al ejercicio de las labores propias de la Consultoría desde
el punto de vista técnico y deberá lograr como producto final los diferentes estudios exigidos por el
Ministerio de Salud y la Secretaria Seccional de Salud y Protección Social del Departamento de
Antioquia
2.2.1. DISEÑO ARQUITECTÓNICO Comprende la elaboración de plantas arquitectónicas por piso, secciones, fachadas, cuadro de puertas y ventanas y detalles constructivos. El diseño se debe realizar cumpliendo lo estipulado en la normatividad vigente para la construcción de infraestructura en salud resolución 4445 de 1996 y resolución 1441 de 2013 y su Normatividad Expresa, contemplando y velando por su correcta aplicación; en tal sentido los conceptos y su desarrollo en aplicación al Diseño deberán trabajarse concertadamente y de la mano del Ministerio acogiendo sus recomendaciones y observaciones para su Aprobación y posterior Radicación ante Curaduría Urbana para obtener la Licencia Simultánea de Urbanización y de Construcción. Se aclara que tanto los Impuestos de Construcción, como las Expensas de la Curaduría Urbana y el Pago de las Obligaciones Urbanísticas serán asumidas por la ESE HOSPITAL MARCO FIDEL SUAREZ DE BELLO. Se deberá hacer énfasis en las obras de protección y de mitigación del riesgo donde se requieran si son del caso; planteando sistemas de conducción de las aguas lluvias para su control y el potencial del deterioro de las estructuras físicas existentes y a ser construidas. Una vez aprobados por el Ministerio, deberá ser radicado en legal y debida forma para la tramitación de la respectiva Licencia Simultánea de Urbanización y de Construcción con Aprobación de Curaduría Urbana. De los Estudios y Diseños se deberá hacer entrega del correspondiente Presupuesto de Toda la Obra con sus Cantidades de Obra y Análisis de Precios Unitarios y las Correspondientes Especificaciones Técnicas y de Materiales. El Diseño Arquitectónico deberá proporcionar la información necesaria para que su ejecución y desarrollo pueda ser realizada tanto técnica como integralmente desde el punto de vista de los trámites jurídico-legales, suministrando y aportando la información requerida y definida en los términos precedentes.
2.2.2. DISEÑO ESTRUCTURAL:
Se deberá realizar el diseño estructural en cumplimiento a lo establecido en el Reglamento Colombiano de Construcción Sismo Resistente NSR-10, dimensionando mediante el sistema de resistencia sísmica, el grado de disipación de energía, el grado de importancia de la estructura, las cargas, tipo y localización de conexiones y los empalmes entre los elementos de refuerzo, las dimensiones y localización de todos los elementos estructurales y no estructurales, con su respectivo refuerzo y las especificaciones de los materiales de construcción, las obras de arte de los espacios públicos, las obras de contención y de mitigación del riesgo de ser requeridas, todos ellos con sus respectivas memorias de cálculo; Se deberá hacer entrega del correspondiente Presupuesto de Obra con sus Cantidades de Obra, Despieces y Análisis de Precios Unitarios y las Correspondientes Especificaciones Técnicas y de Materiales.
2.2.3. REVISORÍA ESTRUCTURAL:
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El alcance de la Revisoría Estructural para el Cálculo y Diseño Estructural está comprendido como el proceso de la Revisión del Cálculo Estructural y Diseño Estructural que deberá hacerse a todos los Cálculos y Diseños de Elementos: Estructurales y NO estructurales, de obras de contención y de mitigación según los siguientes lineamientos, generales:
La Revisoría Estructural deberá velar para que los Diseños y/o el Cálculo Estructural estén enmarcados dentro de lo establecido en la Ley 400, sus Decretos Reglamentarios y la Norma Sismo Resistente NSR-10, en especial en lo referido en los Títulos B y K de la citada Norma y sus complementarios. Velará la Revisoría Estructural para que se dé estricto cumplimiento a la Norma NSR-10 para Hospitales y su concepto de “Edificaciones Indispensables”, garantizando que los Diseños de los Elementos Estructurales y de los Elementos NO Estructurales, de las Obras de Arte de los Espacios Públicos, las Obras de Contención y de Mitigación del Riesgo de ser requeridas, cumplan todos ellos con el establecimiento de las correspondientes y respectivas, Memorias de Cálculo Estructural. La Revisoría Estructural velará por la elaboración de los Detalles Estructurales indispensables para la ejecución y desarrollo de la obra, todo lo anterior en las escalas adecuadas y acostumbradas en el medio, exigidas por las normas o a usanza del medio. La Revisoría Estructural velará porque los Diseños y/o el Cálculo Estructural con sus respectivas Memorias de Cálculo cumplan con las especificaciones requeridas por la Curaduría Urbana y ordenadas por la Ley, para ser radicados en legal y debida forma, con el objeto de cumplir con el trámite para la obtención de la respectiva Licencia Simultánea de Urbanización y de Construcción. La Revisoría Estructural de los Diseños y/o del Cálculo Estructural velará para que se contemple integralmente y se incorporen todos los elementos del Diseño Arquitectónico los cuales deberán estar en coherencia, en correspondencia y debidamente articulados con los demás Estudios y Diseños Técnicos de: Redes Hidrosanitarias, Redes Eléctricas, Redes de Gas Natural, Redes de Oxígeno y de Gases Medicinales, el Sistema de Aire Acondicionado y de Ventilaciones Mecánicas, del Diseño Acústico y de los Diseños Especializados que sean requeridos para el correcto funcionamiento de la Unidad Hospitalaria; de conformidad con la normatividad vigente para hospitales y ajustados a las necesidades del Proyecto planteadas en el PMA. 2.2.4. DISEÑO DE REDES HIDROSANITARIAS: ACUEDUCTO Y ALCANTARILLADO DE
AGUAS LLUVIAS Y DE AGUAS NEGRAS Se deberá realizar el diseño de la red de abastos, aguas residuales, aguas lluvias, equipos especiales (trampas de grasa, tanques de almacenamiento, equipo de bombeo y filtros) en cumplimiento a la norma RAS 2000, previo levantamiento, verificación y análisis de las Redes Existentes y en Operación, sus respectivas Memorias de Cálculo Se elaborarán los Detalles Constructivos indispensables para la ejecución y desarrollo de la obra, todo lo anterior en las escalas adecuadas y acostumbradas en el medio La Red de Acueducto Interno deberá contemplar el Diseño tanto para el suministro de agua fría como de agua caliente para aquellos servicios hospitalarios que así la requieran. Los Diseños deberán estar basados en las normas técnicas colombianas: NTC1500: Código Colombiano de Fontanería, la NTC 1669: Código de Redes Contra Incendios y RAS 2000: Reglamento del Sector del Agua Potable y Saneamiento Básico. Se deberá hacer entrega del correspondiente Presupuesto de Obra con sus Cantidades de Obra y Análisis de Precios Unitarios y las Correspondientes Especificaciones Técnicas y de Materiales.
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Los Consultores de los Diseño de Redes Técnicas deberán entregar los Diseños Aprobados por las Entidades Competentes, en los casos en que sea requerido, así mismo el Diseño de las Redes Hidrosanitarias deberá proporcionar la información necesaria para que su ejecución y desarrollo pueda ser realizada tanto técnica como integralmente desde el punto de vista de los trámites jurídico-legales.
2.2.5. DISEÑO DE REDES ELÉCTRICAS Y TELECOMUNICACIONES Se refiere al diseño de las redes internas eléctricas de fuerza, de iluminación, de telecomunicaciones de Voz y Datos y puesta a tierra de todo el sistema eléctrico, todo en cumplimiento a la norma RETIE y CIDET. Los Diseños Técnicos de las Diferentes Redes a ser trabajadas y de los Diseños Especializados que se requieran para el correcto funcionamiento de la Sede Hospitalaria; previo levantamiento, verificación y análisis de las Redes Existentes y en Operación en el área de incidencia y afectación, sus respectivas Memorias de Cálculo y la debida presentación del trámite de la Disponibilidad y/o Factibilidad de los Servicios enunciados ante Empresas Públicas de Medellín: EPM, base fundamental del Cálculo de las Redes. Se realizarán los debidos Estudios de Vulnerabilidad y Riesgo, es decir las debidas Mediciones de Resistividad del Terreno para el Diseño del Apantallamiento y la Puesta a Tierra de los diferentes elementos constitutivos Se requiere que los Diseños Técnicos de Instalaciones Eléctricas y Complementarios den estricto cumplimiento al anexo general a la resolución 180398 del 7 de abril de 2004, en observancia del Reglamento Técnico de Instalaciones Eléctricas: RETIE, de la Norma NTC 2050: “Código Eléctrico Colombiano”, de las Normas Vigentes que las complementen y/o sustituyan y de las demás normas que sean exigidas por EPM en el protocolo. Los Diseños de Redes Eléctricas Internas y del Apantallamiento del Proyecto deberán ser presentados, en la medida de las posibilidades, con Aprobación de Revisión Documental en cumplimiento de la Norma del Reglamento Técnico de Instalaciones Eléctricas en Colombia RETIE, por Entidad Competente y Certificada; de no ser posible quedará la Obligación para el Diseñador del Ajuste debido cuando se dé inicio a la obra. Se deberá hacer entrega del correspondiente Presupuesto de Obra con sus Cantidades de Obra y Análisis de Precios Unitarios y las Correspondientes Especificaciones Técnicas y de Materiales.
2.2.6. DISEÑO DE SISTEMA DE PROTECCIÓN CONTRA INCENDIO El sistema de protección contra incendio deberá diseñarse en cumplimiento a las normas National Fire Protection Association (NFPA) y Factory Mutual Research Corporation (FM), los cuales son los organismos que regulan la seguridad contra riesgo de incendio, esto según lo dispuesto en el NSR-10. El Asesor para el Diseño de la Red Contra Incendios deberá ser articulado desde el momento en que se dé inicio al Diseño Arquitectónico del Proyecto con el objeto de concertar con los Arquitectos Diseñadores la debida disposición de los elementos que componen la Red y de componer y de alertar sobre la debida concepción de las rutas de evacuación adecuadas ante cualquier conato de incendio o el suceso del evento; e igualmente, según la normatividad vigente contemplar salidas y escaleras de emergencia para evacuar el edifico en cumplimiento de las normas y de las leyes que rijan en materia, para proteger, salvaguardar y proteger la vida tanto de los Usuarios como de los Empleados e Internos de la Entidad Hospitalaria. El Sistema de la Red Contra Incendios deberá contar con sistemas adecuados de detección activa y pasiva de incendio, con una adecuada distribución de aspersores, con los respectivos tanques de
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almacenamiento capaces de abastecer y de atender la emergencia con sus respectivos sistemas de bombeo, todo lo precedente según definiciones la Norma NSR-10 y demás Normas y Leyes vigentes que regulen la materia. Se deberán tener en cuenta todos los lineamientos y recomendaciones dadas por la NSR-10 en el Título J-REQUISITOS DE PROTECCIÓN CONTRA INCENDIOS EN EDIFICACIONES y lo establecido desde el Capítulo J.1 hasta el Capítulo J.4 de la citada Norma. Se deberá hacer entrega del correspondiente Presupuesto de Obra con sus Cantidades de Obra y Análisis de Precios Unitarios y las Correspondientes Especificaciones Técnicas y de Materiales. Los Consultores del Diseño de Redes Técnicas deberán entregar los “Ajustes” de los Diseños Aprobados por las Entidades Competentes, en los casos en que sea requerido. El Diseño de las Redes Contra Incendios del Proyecto deberá proporcionar la información necesaria para que su ejecución y desarrollo pueda ser realizada tanto técnica como integralmente desde el punto de vista de los trámites jurídico-legales, suministrando y aportando la información requerida y definida en los términos precedentes. 2.2.7. DISEÑO DE RED DE OXÍGENO Y DE GASES MEDICINALES. Estos diseños incluyen la red de oxígeno, aire de succión, aire, óxido nitroso y todos los gases necesarios para el adecuado funcionamiento de las diferentes áreas asistenciales.
Deberá contemplar el Diseño de las Redes de Oxígeno y de Gases Medicinales los niveles de presión mínimos, contemplar sistemas adecuados de compresores o bomba de vacío central y de manifolds para abastecer los ambientes que lo requieran; se deben complementar los diseños de equipos con las redes de distribución de los sistemas de redes de aire comprimido. Se deberá buscar la correcta orientación de las redes, para determinar la ubicación de los controles zonales en corredores o lugares de fácil acceso; para que en caso de una emergencia sólo se cierre el suministro del gas en cuestión. Se deberán tener en cuenta, para el Diseño de las Redes de Oxígeno y de Gases Medicinales, todas las pérdidas de presión local e incluso las producidas por los accesorios de pared y los consumos por Red de Gas. Se trabajarán en: Plantas, en esquemas tridimensionales y se elaborarán los detalles constructivos indispensables para la ejecución y desarrollo de la obra; todo lo anterior en las escalas adecuadas y acostumbradas a usanza en el medio. Como resultado del Ejercicio del Diseño se espera obtener: Localización de los Paneles para Regulación de Aire, la Localización de las Válvulas de mantenimiento y de las Fuentes de Suministro: Unidad Central de Vacío y Aire Comprimido, el Trazo de Redes de Gases, la Indicación de los Diámetros de la Tubería y de Todos Aquellos Detalles que Permitan una Fácil Instalación.
Para el Diseño de las Redes de Gases Medicinales deberán ser tenidas en cuenta las normas que rigen las instalaciones de redes de gases medicinales:
- Buitrón R., Klein. Norma NFPA 99. “National Fire Protection Association”. Health Care Facilities Handbook. 8ª ed. P.E. editor, 777 p. 2005.
- CAN/CSA-Z305.1. Nonflammable Medical Gas Piping Systems. A National Standar of Canada.
- CGA. Cylinder Connection Listing, Pamphlets Cleaning equipment for oxygen service.
- ANSI/ASME Standard Compressors and Vacuum Pump for the Medical Service.
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- ASTM. Standard Specification for Seamless Copper Tube for Medical Gas System.
- ISO. Standard Paint Colours. - HEALTH DEVICES. Medical Gas and Vacuum System. - NFPA 50. Location of Bulk Oxygen Supply System. - UL. Underwriters Laboratories. - NTC 5318 y NTC 5319. - RESOLUCIÓN 001439 DEL 2006. - NSR 2010. Elementos no Estructurales/ 2010.
Se deberá hacer entrega del correspondiente Presupuesto de Obra con sus Cantidades de Obra y Análisis de Precios Unitarios y las Correspondientes Especificaciones Técnicas y de Materiales. Los Consultores del Diseño de Redes Técnicas deberán entregar los Diseños Aprobados por las Entidades Competentes, en los casos en que sea requerido. El Diseño de las Redes de Oxígeno y de Gases Medicinales del Proyecto deberá proporcionar la información necesaria para que su ejecución y desarrollo pueda ser realizada tanto técnica como integralmente desde el punto de vista de los trámites jurídico-legales, suministrando y aportando la información requerida y definida en los términos precedentes.
2.2.8. DISEÑO DEL AIRE ACONDICIONADO Y SISTEMAS DE VENTILACIÓN MECÁNICA: Los diseños deberán incluir planos en planta y corte, planos de detalle, planos de control, planos eléctricos, especificaciones técnicas y características de los equipos requeridos para garantizar la ventilación requerida en cada una de las áreas asistenciales donde se requiera. Los Diseños y el Cálculo de los Sistemas de Aire Acondicionado y Ventilación Mecánica objeto de las Propuestas, deberán contemplar integralmente e incorporar todos los elementos del Diseño Arquitectónico considerados en el Proyecto a cargo del Consultor Contratado para tal fin y deberán estar en coherencia y debidamente articulados con los “Ajustes” de los demás Diseños Técnicos de: El Cálculo y/o Diseño Estructural, Redes Eléctricas, el Diseño de Gas Domiciliario, Redes de Oxígeno y Gases Medicinales, Redes Hidráulico Sanitarias y del Diseño Acústico en los Espacios que sea requerido; de conformidad con la normatividad vigente y ajustados a las necesidades del Proyecto. Dentro de las condiciones sine qua non de la Consultoría para el Diseño y el Cálculo de Aire Acondicionado y Ventilación Mecánica, se particulariza sobre el siguiente concepto y elemento de juicio: “El establecimiento desde el Pre-Anteproyecto y en conjunción con el Equipo de Trabajo Arquitectónico del Consultor de los Diseños, de los lineamientos de la concepción de los elementos de las Redes o Sistema de Aire Acondicionado y Ventilación Mecánica que componen el soporte fundamental de la adecuación de los espacios arquitectónicos y la distribución de redes en los cielos y pisos técnicos y de la potencial vinculación con el sistema de conducción de aguas grises de los sistemas de condensación de los equipos diseñados en el Proyecto”. Se trabajará en esquemas tridimensionales y se elaborarán los detalles constructivos indispensables para la ejecución y desarrollo de la obra; todo lo anterior en las escalas adecuadas y acostumbradas en el medio.
El Diseño del Aire Acondicionado deberá prever un sistema de control para manejo de los enfriadores de forma tal que se pueda programar la operación de los enfriadores a cargas parciales y a plena carga permitiendo hacer un seguimiento en el sistema de supervisión y control del Proyecto a través de un “chiller planta manager”, si es del caso y de la consideración del Especialista en la Materia.
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El Diseño del Sistema de Aire Acondicionado deberá prever la existencia de espacios que potencialmente requieran de un funcionamiento de veinticuatro (24) horas durante todo el año, para hacer la previsión correspondiente.
El Diseño del Sistema de Aire Acondicionado deberá prever con anticipación el tipo de torres de enfriamiento y su altura, según requerimientos y recomendaciones dadas por el Cooling Tower Institute: CTI e igualmente deberá establecer que su funcionamiento sea de bajo nivel de ruido por las características del instalamento. El Diseño y Cálculo del Sistema de Aire Acondicionado deberá brindar el establecimiento de un Sistema de Automatización, que permita su supervisión, su optimización de uso y operación. Se deberá hacer entrega del correspondiente Presupuesto de Obra con sus Cantidades de Obra y Análisis de Precios Unitarios y las Correspondientes Especificaciones Técnicas y de Materiales, asi mismo el resultado del Diseños y el Cálculo de Aire Acondicionado y Ventilación Mecánica para el Proyecto deberá proporcionar la información necesaria para que su ejecución y desarrollo pueda ser realizada tanto técnicamente como desde el punto de vista de los trámites jurídico-legales, suministrando y aportando la información requerida y definida en los términos precedentes.
2.2.9. ELABORACIÓN DE PRESUPUESTO DE OBRA, ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DE
OBRA. Se deberá aportar el presupuesto general de la obra discriminado por ítems con sus respectivas cantidades de obra y precios unitarios con sus análisis de precios unitarios donde de indique de manera clara y detallada la manera como se calculó cada uno de los precios del formularios. También se deberá incluir el manual de especificaciones de técnicas de cada uno de estos ítems. La Consultoría para la realización del Presupuesto de Obra Consolidado, del Manual General de Especificaciones y Materiales y de la Programación de Obra, estructurará debidamente con base en todos los Estudios y Diseños descritos precedentemente que son objeto de su Consultoría. El trabajo de la Consultoría entorno al Presupuesto de Obra Consolidado, al Manual General de Especificaciones y Materiales deberá contener como mínimo:
- La Estructura del Presupuesto por Capítulos, Sub-Capítulos y Actividades. - El Directorio de Actividades. - El Listado de Recursos por Orden Alfabético y Orden de Código. - El Análisis de Precios Unitarios con Criterios de Cantidad o Rendimiento,
Incluyendo Materiales y - Equipo. - Definición del Listado de Sub-Análisis. - Definición del Listado de Grupos de Actividades. - Análisis de Costos Indirectos. - El Detalle por Ítems, Capítulos, Cantidades de Obra y sus Respectivos
Análisis de Precios Unitarios. - Todos Aquellos Requerimientos que Sean Necesarios y Debidos, que no
Hayan Quedado Estipulados en los Presentes Términos de Referencia. Todos y cada uno de los técnicos a subcontratar deben contar con la idoneidad necesaria y demostrada para la ejecución de sus labores.
2.3. PRODUCTOS A ENTREGAR
Informe General
Proyecto Arquitectónico.
Diseño Estructural
Diseño Eléctrico
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Diseño de redes hidrosanitarias
Diseño de Red contra incendio
Diseño de aires acondicionado
Dos Juegos de planos de todo el proyecto
Memorias de cálculo de los diseños complementarios
Presupuesto del proyecto y Análisis de precios unitarios.
Manual de especificaciones técnicas
Manuales de Operación
Programación de la Obra NOTA: Todos los documentos que hacen parte de la entrega producto de la consultoría deberán estar firmados por el profesional idóneo a cada actividad en particular.
2.4. EQUIPO MÍNIMO QUE DEBE GARANTIZAR EL CONTRATISTA
Para la ejecución de la Consultoría para la Elaboración de los Estudios y Diseños de las Areas de Cirugía y Ginecobstetricia de la E.S.E Hospital Marco Fidel Suarez de la Ciudad de Bello, Departamento de Antioquia., el contratista deberá contar con el siguiente recurso humano:
- Arquitecto Proyectista - Ingeniero Civil Especialista en Estructura - Ingeniero Electricista - Ingeniero Civil o Sanitario
2.5. PARTES.
Contratante: ESE Hospital Marco Fidel Suárez de Bello
Contratista: Quien resulte seleccionado después del proceso.
3. PLAZO:
El plazo del presente contrato es de ciento veinte (120) días calendario, contados a partir de la
firma del acta de inicio.
4. LUGAR DE EJECUCIÓN O ENTREGA:
El lugar donde se ejecutará el objeto del contrato será el dispuesto para tal efecto por el
contratante. Para los efectos legales, será la ESE Hospital Marco Fidel Suarez de Bello, situada
en la calle 44 No. 49 B -90 en Bello - Antioquia.
5. OBLIGACIONES DE LAS PARTES.
5.1. OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA: El contratista se compromete a realizar las siguientes actividades:
Realizar los estudios a que se contrae la consultoría, entregar los productos a entera satisfacción de la empresa, realizar las correcciones y/o ajustes cuando así se lo exija la empresa.
Presentar al Supervisor de la E.S.E. y a la Interventoría contratada, todos los documentos y soportes que permitan verificar la ejecución del convenio.
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El contratista deberá entregar los estudios y diseños con el aval del Ministerio de Salud o de la Secretaría Seccional de Salud y Protección Social del Departamento de Antioquia siempre y cuando sea requisito para el inicio de los trabajos, el cual constituye un requisito para realizar el último pago.
Cumplir con las obligaciones con respecto al sistema de seguridad social integral y parafiscales.
Realizar las contrataciones necesarias para el cabal cumplimiento del objeto contractual acorde con las normas pertinentes.
Cumplir con las especificaciones técnicas establecidas por la ESE desde la formulación del estudio y documento previo y del contrato en todas sus partes.
Disponer en el desarrollo del convenio el empleo de personal técnico capacitado y debidamente matriculado, de acuerdo con la ley.
Desarrollar el objeto contractual cumpliendo con todas las normas técnicas Colombianas para la materia y para el sector Salud.
Cumplir a cabalidad los requisitos exigidos en el Pliego de Condiciones. Todos los documentos que hacen parte de la entrega producto de la consultoría deberán
estar firmados por el profesional idóneo a cada actividad en particular. Velar por que se cumpla lo dispuesto en toda la normatividad aplicable y exigible para la
ejecución del objeto y a la cual se hará mención en diferentes partes del pliego de condiciones definitivo, de acuerdo con las normas técnicas de ingeniería y las normas técnicas del sector salud para construcción de hospitales y las que disponga el Ministerio de Salud y protección Social de Colombia.
Deberá encontrarse al momento de la suscripción del contrato al día con sus obligaciones frente al sistema de Seguridad Social Integral y Parafiscales (Cajas de compensación familiar, SENA e ICBF) y deberá continuar a paz y salvo con los mismos, en caso de continuar obligado a realizar dichos aportes, y en el evento de estar obligado a cancelar el Impuesto sobre la Renta para la Equidad, en los términos del artículo 20 de la Ley 1607 de 2012 y el Decreto Reglamentario 862 de 2013 deberá cumplir con dicha obligación.
Presentar, al supervisor del contrato designado por la ESE y a la Interventoría contratada, dentro de los CINCO (5) primeros días hábiles de cada mes, un informe mensual sobre las actividades realizadas e informe de avance físico y financiero de las actividades. Adicionalmente, presentará cualquier otro informe que le sea solicitado por la ESE con relación al desarrollo del contrato de consultoría.
Cancelar los gastos de perfeccionamiento, ejecución e impuestos que se generen en razón del contrato que resulte del presente proceso de selección.
5.2. OBLIGACIONES DE LA E.S.E. HOSPITAL MARCO FIDEL SUÁREZ DE BELLO: La E.S.E se compromete con lo siguiente:
Vigilar la ejecución y el cumplimiento del objeto y las obligaciones establecidas para el contratista en el Contrato.
Aportar el valor total del contrato de consultoría y cancelar al Contratista el valor correspondiente de acuerdo con la forma de pago establecida.
Supervisar la ejecución técnica y financiera del presente contrato para lo cual delegará un SUPERVISOR y se contratara una Interventoría.
Efectuar oportunamente las indicaciones y recomendaciones necesarias para la buena ejecución del contrato.
Verificar que el contratista se encuentre al día en el pago de aportes parafiscales relativos al sistema de seguridad social integral, así como los propios del SENA, ICBF, Cajas de compensación familiar durante la celebración, ejecución y liquidación del contrato (Artículo 23 de la Ley 1150 de 2007).
Exigir al contratista la ejecución idónea, clara y oportuna del objeto y alcance contractual. Poner a disposición del contratista la información necesaria que se requiera para el
desarrollo de las actividades a ejecutar. Velar por el cumplimiento de todas las cláusulas contractuales.
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6. SUPERVISIÓN
La supervisión al contrato será ejercida por un funcionario designado de la E.S.E y la Interventoría
técnica para la ejecución del contrato será ejercida por un profesional contratado para tal fin,
experto en el área de la ingeniería, quien será responsable de la garantía y calidad de los diseños
y estudios producto del contrato.
Serán obligaciones de la interventoría realizar seguimiento técnico, administrativo, financiero,
contable, y jurídico, en consecuencia tendrá las siguientes obligaciones: 1) Remitir periódicamente
todos los documentos originales que soportan el presente contrato a la Supervisión del contrato.
2) Conservar en la dependencia del supervisor copia de todos los documentos remitidos que
soporten el presente contrato y que se generen en desarrollo de la misma. 3) Cumplir con las
funciones establecidas en el Procedimiento y Manual de Interventoría aprobado en la E.S.E y por
norma general 4) Liquidar el contrato de consultoría.
7. IDENTIFICACIÓN DEL CONTRATO QUE SE PRETENDE CELEBRAR.
El artículo 3º del acuerdo No. 015 del 16 de diciembre de 2008 establece:
“ARTÍCULO TERCERO: AMBITO DE CONTRATACIÓN. De acuerdo con las normas del
derecho privado la EMPRESA SOCIAL DEL ESTADO HOSPITAL MARCO FIDEL
SUÁREZ DE BELLO, podrá celebrar todo tipo de contratos, nominados e innominados,
típicos o atípicos. Según su objeto éstos pueden ser:
(…)
Consultoría: Es aquel que se refiere a estudios requeridos para programas o proyectos
específicos, diseño o asesoría técnica. Es también contrato de consultoría la
interventoría”
Por lo tanto, toda vez que el objeto del presente contrato consiste en la elaboración de los
estudios y diseños de las áreas de cirugía y ginecobstetricia, este se adecua a lo dispuesto para
este tipo de contrato, es decir, Contrato de Consultoría, para lo cual la empresa adelantará una
convocatoria pública para la mayor cuantía.
8. LA MODALIDAD DE SELECCIÓN DEL CONTRATISTA, INCLUYENDO LOS FUNDAMENTOS JURÍDICOS QUE SOPORTAN SU ELECCIÓN
La Junta Directiva de la E.S.E. Hospital Marco Fidel Suarez aprobó mediante Acuerdo 015 del 16
de diciembre de 2008, el Estatuto contractual en el que se fijaron los procesos y procedimientos
que garanticen los principios de la función administrativa y gestión fiscal. Dispone el artículo 4º del
mismo, lo siguiente:
“ARTÍCULO CUARTO: DEL PROCEDIMIENTO PARA LA CELEBRACIÓN DE
LOS CONTRATOS:
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La celebración de los contratos se sujetará a los procedimientos que pasan a establecerse,
según la cuantía:
(…)
C) MAYOR CUANTÍA: Corresponde a los contratos cuyo valor sea superior a trescientos
cincuenta (350) salarios mínimos legales mensuales.
En este caso, una vez aprobada la adquisición del bien, servicio u obra por parte del
comité de Contratación, el cual examinará el estudio previo que determine la
necesidad, los requerimientos técnicos y el costo estimado, se convocará a los
eventuales oferentes mediante un pliego de condiciones. El pliego y el procedimiento
para su evaluación será el siguiente:…”
Según estudio de oportunidad y necesidad de la contratación, la entidad cuenta con un
presupuesto aproximado de $350.000.000, suma que se encuentra en el rango de la mayor
cuantía, luego se procederá conforme lo dispone el literal c) del Artículo 4º del Acuerdo 015 de
2008, en efecto para garantizar la pluralidad y objetividad en la escogencia del contratista se
realizará la convocatoria en los términos definidos en los numerales de este literal.
9. EL VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO, INDICANDO LAS VARIABLES UTILIZADAS
PARA CALCULAR EL PRESUPUESTO DE LA CONTRATACIÓN Y LOS RUBROS QUE LO
COMPONEN.
9.1. PRESUPUESTO OFICIAL Y FUENTES DE FINANCIACIÓN
La E.S.E Hospital Marco Fidel Suárez de Bello, cuenta con un Presupuesto Oficial de
TRESCIENTOS CINCUENTA MILLONES DE PESOS ($350.000.000), incluido IVA, incluido todos
los impuestos y todos los gastos.
Rubro Presupuestal: D – 8002100-2 -12 – Gastos de inversión
La entidad para garantizar el pago del valor que se llegare a suscribir expidió la disponibilidad
presupuestal No. 0000130 del 1º de febrero de 2014 por la suma de $350.000.000
9.2. CÁLCULO DE LOS HONORARIOS A RECONOCER
PARAMETROS DE CONSTRUCCION
AREAS M2
COSTO
DIRECTO ($/m2) COSTO TOTAL
AREA DE LOTE
Edificio Construido 1344 $2.000.000 $2.688.000.000,00
Urbanismo y pisos duros (parqueaderos) 0 $250.000 $0,00
13
Paisajismo y Zonas Verdes 0 $90.000 $0,00
Total Costo de Obra $2.688.000.000,00
HONORARIOS DISEÑO ARQUITECTONICO Y URBANISTICO
HONORARIOS DE CONSTRUCCION M2 $/M2 TARIFA EN % COSTO TOTAL
Tarifa primeros mil metros 1000 $2.000.000 7,00% $140.000.000,00
Tarifa siguientes 4 mil metros 344 $2.000.000 5,00% $34.400.000,00
Tarifa siguientes 5 mil metros 0 $2.000.000 4,00% $0,00
Tarifa siguientes metros 0 $2.000.000 3,00% $0,00
Total Honorarios de Construcción $174.400.000,00
Se Aplica la Categoría I 110% 110%
Total Honorarios Basicos de Diseño (CostoT + Urb.) $191.840.000,00
IVA 16% $30.694.400,00
Total Honorarios Basicos de Diseño (CostoT + Urb.) con IVA $222.534.400,00
COMPONENTE DISEÑOS Y ESTUDIOS
DISEÑOS TECNICOS DE INGENIERIA TARIFA/M2 $58.717.050,00
Diseños estructurales zona de ampliación + rampa, incluye elementos
no estructurales y estructuras de contención complementarias del
edificio construido $17.000 $5.848.000,00
Supervisión estructural $10.000 $2.300.000,00
Diseños Hidrosanitarios (Acueducto y Alcantarillado) $12.000 $16.128.000,00
Red Contra Incendio $5.000 $6.720.000,00
Diseños Eléctricos, potencia (Cumplimiento con la Norma RETIE y
CIDET), Diseños de voz y datos; automatización y Seguridad
Electrónica, CCTV, Audio Y llamados de enfermería $12.000 $16.128.000,00
Diseños de Red de Gas Medicinal $5.000 $1.593.050,00
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Presupuesto y Cantidades de Obra, Incluye APU´s, programación y
control de obra, especificaciones técnicas de Construcción y Manuales
de Operación. $10.000.000 $10.000.000,00
DISEÑOS ESPECIALES Y ACTIVIDADES ADICIONALES VALOR GLOBAL $20.160.000,00
Aire acondicionado y Sistemas de Ventilación Mecánico $15.000 $20.160.000,00
Total Honorarios Diseños Técnicos $78.877.050,00
IVA 16% $12.620.328,00
Total Honorarios Diseños Técnicos con IVA $91.497.378,00
Estudio de Estructuración Financiera $35.968.222,00 $35.968.222,00
TOTAL DISEÑOS $350.000.000,00
9.3. BASE DE CALCULO ESTUDIO Y DISEÑOS
Para la determinación del valor de la presente consultoría se tomó como base las tarifas estipuladas en el DECRETO 2090 DE 1989. "Por el cual se aprueba el reglamento de honorarios para los trabajos de arquitectura". Como punto de partida se estimó un valor comercial de construcción de dos millones de pesos por metro cuadrado, teniendo en cuenta la complejidad del proyecto, como se estipula en le numeral 1.2 1.2. Honorarios. 1.2.1. Honorario básico. Para el cálculo de todos los honorarios incluidos en este capítulo se utiliza el honorario básico, calculado de acuerdo al área construida y al costo base para cobro de tarifas, según presupuesto de la obra CBT-P, definido en el numeral 0.9.1 y de la siguiente manera:
La categoría con la cual se calculó los honorarios arquitectónicos en la CATEGORIA I:
PROYECTOS DE REPARACIONES, REFORMAS Y AMPLIACIONES.
15
9.4. FORMA DE PAGO O DE DESEMBOLSO DE LOS RECURSOS:
El valor del presente contrato se pagará de la siguiente manera: Un pago anticipado del 30% del
valor del contrato al momento de perfeccionamiento y legalización del contrato, un segundo pago
equivalente al 50% del contrato cuando se acredite un avance de los estudios del 80% y un último
pago equivalente al 20% del valor del contrato una vez finalizado y entrega de todos los productos
pactados avalados por la Secretaría Seccional de Salud y Protección Social del Departamento de
Antioquia y el Ministerio de Salud que lo requieran. Para todos los pagos se debe presentar la
cuenta de cobro o factura acompañada del acta de aval expedida por el supervisor de la E.S.E y
el interventor y certificado de pago de parafiscales y seguridad social integral.
10. LA JUSTIFICACIÓN DE LOS FACTORES DE SELECCIÓN QUE PERMITAN IDENTIFICAR
LA OFERTA MÁS FAVORABLE.
De conformidad con lo establecido en los principios de la función administrativa, en los pliegos de
condiciones se indicará la forma como calificará, entre otros, los siguientes criterios: a) la
experiencia del interesado y del equipo de trabajo, y b) la formación académica; cabe señalar que
el precio no será objeto de calificación
Por lo tanto, La E.S.E Hospital Marco Fidel Suarez de Bello considera que para este proceso de
selección de contratista, se deben cumplir los siguientes requisitos habilitantes y criterios
calificables:
10.1. REQUISITOS GENERALES DE PARTICIPACIÓN
10.1.1. CAPACIDAD JURÍDICA
Los proponentes se deben presentar bajo alguna de las siguientes modalidades, siempre y cuando
cumplan las condiciones exigidas en la oferta o invitación:
a. Como persona jurídica nacional o extranjera, que se encuentre debidamente constituida. b. Como persona natural nacional o extranjera.
Si el proponente es persona natural deberá presentar con la propuesta copia legible de la cédula de ciudadanía y acreditar su calidad de Ingeniero Civil, Arquitecto, Arquitecto Constructor, para lo cual deberá adjuntar copia legible de la matrícula profesional y el certificado de vigencia de la misma, expedida por la entidad competente. Si el proponente es persona jurídica deberá presentar con la propuesta copia legible del Certificado de Existencia y Representación Legal expedido por la Cámara de Comercio de su jurisdicción, expedido con una antelación no mayor a un (1) mes previos a la fecha de presentación de la propuesta. En dicho certificado deberán constar claramente las facultades del Gerente o del Representante Legal, el objeto social que le permita ejecutar el contrato, el cual deberá comprender labores o actividades que tengan relación directa con el objeto de la presente contratación, y la duración de la sociedad, la cual debe ser, como mínimo, igual al plazo de ejecución del contrato y un (1) año más.
En cualquiera de las modalidades de presentación, los proponentes deberán dar cumplimiento a
los siguientes requisitos:
16
a. Tener capacidad jurídica para la presentación de la propuesta, celebración y ejecución del objeto contractual.
b. No estar incurso en ninguna de las causales de inhabilidad o incompatibilidad establecidas en la Constitución y la Ley.
d. No estar reportado en el último Boletín de Responsables Fiscales expedido por la Contraloría General de la República; este requisito deberá acreditarse además dentro del término establecido para la legalización de la propuesta.
La ESE HOSPITAL MARCO FIDEL SUAREZ se reserva el derecho de corroborar la autenticidad
de los datos suministrados en la propuesta, y el proponente autoriza a todas las entidades,
personas o empresas que de una u otra forma se mencionen en los documentos presentados, a
suministrar la información que se requiera, a visitar sus instalaciones o a solicitar información de
cualquiera de sus empleados, en caso de considerarlo necesario.
10.1.2. ABONO DE LA PROPUESTA Personas Jurídicas
Si el proponente es persona jurídica y quien suscribe la carta de presentación de la propuesta (Representante Legal) no es Ingeniero Civil, Arquitecto, Arquitecto Constructor, deberá presentar la propuesta abonada por alguno de estos profesionales, para lo cual éste deberá suscribir la carta de presentación de la propuesta y adjuntar copia de la matrícula del profesional y su correspondiente certificado de vigencia expedido por la entidad competente. Personas Naturales En caso de ser persona natural, el proponente deberá ser Ingeniero Civil, Arquitecto, Arquitecto
Constructor, debidamente matriculado, para lo cual se adjuntará copia de la matrícula profesional
y su correspondiente certificado de vigencia expedido por la entidad competente. En este
caso no se aceptará abonar la propuesta por otro profesional.
10.1.3. CLASIFICACIÓN DEL PROPONENTE SEGÚN RUP
Inscripción, calificación y clasificación en el Registro Único de Proponentes, (el cual deberá ser
aportado con la propuesta), en las siguientes actividades,
Sistema de Clasificación Industrial Internacional Uniforme (CIIU), REV 4:
SECCIÓN DIVISIÓN GRUPO CLASE
M: Actividades profesionales, Científicas y Técnicas
71: Actividades de
arquitectura e
ingeniería; ensayos y
análisis técnicos
711: Actividades de arquitectura e ingeniería y otras actividades conexas de consultoría técnica
7110: Actividades de
arquitectura e ingeniería
y otras actividades
conexas de consultoría
técnica
F. CONSTRUCCIÓN 42. Obras de
ingeniería civil.
429 Construcción de
otras obras de
ingeniería civil.
4290 Construcción de
otras obras de ingeniería
civil.
17
Todo el que pretenda participar en el presente proceso deberá aportar el correspondiente Registro Único de Proponentes; documento único considerado como válido para la confrontación de lo requerido para el presente proceso. Para todos aquellos registros contenidos en el RUP, en donde aparezca que dicha información ya fue objeto de verificación por la respectiva Cámara de Comercio, dicha inscripción, renovación, actualización y clasificación deberá encontrarse en firme a la fecha del cierre del proceso. 10.1.4. CAPACIDAD FINANCIERA COMO CONSULTOR
La capacidad financiera se verificara a partir de la evaluación de los siguientes indicadores:
EBITDA
PATRIMONIO
ÍNDICE DE ENDEUDAMIENTO.
ÍNDICE DE LIQUIDEZ
CAPITAL DE TRABAJO
En los pliegos de condiciones podrán señalarse otros criterios de índole financiero.
10.1.5. EXPERIENCIA DEL PROPONENTE
10.1.5.1. EXPERIENCIA PROBABLE
Tiempo durante el cual haya ejercido su actividad de construcción y/o consultor
10.1.5.2. EXPERIENCIA GENERAL DEL PROPONENTE
El proponente puede ser persona natural, jurídica, consorcio o unión temporal, que acredite
experiencia en contratos de consultoría en estudios y diseños preferiblemente referidos a
hospitales.
10.1.5.3. EXPERIENCIA ESPECÍFICA DEL PROPONENTE
El proponente puede ser persona natural, jurídica, consorcio o unión temporal, que acrediten
experiencia en la ejecución de contratos cuya actividad en el área de la consultoría para diseños y
estudios y diseños de ESTUDIOS Y DISEÑOS PARA: LA CONSTRUCCIÓN O ADECUACIÓN DE
ÁREAS ESPECIFICAS DE HOSPITALES O DE INFRAESTRUCTURA HOSPITALARIA
10.2. CRITERIOS DE EVALUACIÓN
CRITERIO PUNTAJE MÁXIMO
Experiencia Especifica del Proponente 300
Experiencia Especifica del Equipo de Trabajo 500
Cumplimiento a contratos anteriores 100
Estímulo a la Industria Nacional Colombiana 100
TOTAL 1.000
18
10.2.1. EXPERIENCIA ESPECÍFICA DEL PROPONENTE
Se tendrá en cuenta el objeto de los contratos de consultoría, su valor y tiempo de ejecución según
se defina en los pliegos de condiciones
.
10.2.2. EXPERIENCIA ESPECÍFICA DEL EQUIPO DE TRABAJO
La experiencia del equipo de trabajo se evaluará a partir de la información suministrada en el
Formulario “experiencia equipo de trabajo” para cada uno de los integrantes del mismo, así:
CARGO PUNTAJE MÁXIMO
Director del proyecto
Ingeniero Civil - estructuras
Ingeniero electricista diseñador
Ingeniero civil o sanitario redes hidrosanitarias
Ingeniero diseño de redes de gases
TOTAL
La experiencia específica de los profesionales deberá acreditarse mediante certificaciones o
cualquier otro documento contractual hábil, suscritas por el respectivo contratante, las cuales
contendrán como mínimo, la siguiente información:
- Nombre del profesional,
- Cargo desempeñado,
- Fechas de ingreso y retiro,
- Nombre de los proyectos aportados como experiencia,
- Descripción de las principales funciones ejercidas y,
- En general, toda aquella información que permita determinar el cumplimiento de los
requisitos establecidos.
No se tendrán en cuenta para la evaluación aquellas certificaciones o documentos contractuales
hábiles que no contengan la información que permita verificar el cumplimiento de los requisitos
establecidos en este numeral.
En el caso en el cual el profesional no haya sido requerido de tiempo completo en la ejecución de
los contratos aportados como experiencia específica, la certificación deberá contener el porcentaje
de dedicación en tiempo que tuvo en los mismos, teniendo en cuenta que dicha experiencia se
evaluará con el tiempo efectivamente laborado.
Para efectos de la evaluación, los años de experiencia serán aproximados por exceso o por
defecto a la décima de mes, así: si la centésima de mes es igual o superior a 5, se aproximará por
exceso, y si es inferior a 5, se aproximará por defecto.
La experiencia en la cátedra universitaria, proyectos de investigación o asesorías de tesis para
optar a títulos de educación superior, no será considerada como experiencia específica.
Si por circunstancias de fuerza mayor o caso fortuito, debidamente comprobados, durante la
19
ejecución del contrato se requiere cambiar a uno de los integrantes del equipo de trabajo, éste
deberá ser reemplazado por otro de iguales o superiores calidades, previa aprobación por parte de
la E.S.E. Hospital Marco Fidel Suarez. La no observancia de este requisito se considerará como
incumplimiento del contrato, y por lo tanto, el Contratista se hará acreedor a las multas
contempladas en el pliego de condiciones.
10.2.3. CUMPLIMIENTO EN CONTRATOS ANTERIORES
Se asignarán máximos cien (100) puntos al proponente que por la efectiva prestación del servicio
en contratos anteriores, no haya obtenido multas o sanciones.
Si el proponente registra multas o sanciones debidamente ejecutoriadas, que le hubieren sido
impuestas dentro de los últimos dos (2) años anteriores a la fecha de cierre del proceso, el puntaje
será el siguiente:
NO. DE MULTAS O
SANCIONES
PUNTAJE
- -
- -
En el caso de consorcios o uniones temporales, se asignará el puntaje por multas o sanciones
que registre uno cualquiera de sus integrantes. La información sobre multas o sanciones serán
obtenidas del Registro Único de Proponentes de la Cámara de Comercio para proponentes
nacionales, en caso de proponentes extranjeros, dicha información se deberá relacionar en el
formato anexo al pliego “DECLARACIÓN JURAMENTADA“. También se tendrá en cuenta
cualquier otra información de la que tenga conocimiento la Secretaría de Educación, o que sea
suministrada por los oferentes, relacionada con actos administrativos debidamente ejecutoriados.
10.2.4. ESTÍMULO A LA INDUSTRIA NACIONAL COLOMBIANA.
Conforme con lo establecido en el Parágrafo del artículo 51 del Decreto-Ley 19 de 2012, se
otorgará tratamiento de bien o de servicio de origen nacional a aquellos bienes o servicios
originarios de los países con los que Colombia ha negociado trato nacional en materia de compras
estatales y de aquellos países en los cuales a las ofertas de bienes y servicios colombianos se les
conceda el mismo tratamiento otorgado a sus bienes y servicios nacionales.
El puntaje se asignará de acuerdo con el siguiente procedimiento:
1) Cuando la propuesta válida oferte servicios nacionales, profesionales 5, técnicos 5 y
operativos 20 en un 100% en lo referente al objeto de este proceso de selección, se le
asignarán 100 puntos.
2) Cuando la propuesta válida oferte servicios extranjeros, se asignarán 50 puntos, si
incorpora componente colombiano de servicios profesionales, técnicos y operativos en
un porcentaje del 50% del total requerido.
Por porcentajes inferiores a los señalados en los numerales anteriores se asignará cero (0) puntos
por este criterio.
20
10.3. CAUSALES DE ELIMINACIÓN DE PROPUESTAS
La E.S.E. Hospital Marco Fidel Suarez podrá rechazar, sin que haya lugar a su evaluación, o
eliminar las propuestas presentadas, entre otras, si incurre en cualquiera de los siguientes casos:
a) Cuando el valor de la propuesta económica supere el presupuesto oficial incluido IVA;
cuando el Factor Multiplicador esté por encima del establecido para la propuesta
económica del presente proceso.
b) Cuando no se aporte alguno de los documentos necesarios para la asignación de puntaje.
Lo anterior sin perjuicio a que la entidad pueda requerir el documento siempre y cuando
se encuentre relacionado en la propuesta.
c) Cuando no se presente alguna constancia de compromiso personal de los miembros del
equipo de trabajo debidamente firmada por el respectivo profesional.
d) Cuando no se presenten las cartas de compromiso de los profesionales de conformidad
con lo establecido en el pliego de condiciones.
e) Cuando uno o varios profesionales no cumplan con el perfil profesional establecido en el
pliego.
f) Cuando uno o varios proponentes presenten el mismo o varios profesionales dentro del
equipo de trabajo presentado con la propuesta. Cada proponente deberá contar con un
equipo de trabajo diferente so pena de que se rechacen todas las propuestas que
contengan identidad de profesionales o miembros de los equipos de trabajo.
g) Si vencido el plazo para subsanar, no se cumple con los requisitos habilitantes y/o los
requerimientos técnicos mínimos, que deben cumplirse en su totalidad, o los mismos se
consideren subsanados por el proponente de manera diferente a la que se establece por
parte de la entidad.
h) Cuando el proponente se encuentre incurso en alguna de las causales de inhabilidad e
incompatibilidad contempladas en la Ley 80 de 1993 y demás normas aplicables sobre la
materia.
i) Cuando el objeto social o actividad mercantil del proponente no corresponda a lo
requerido por la Administración, exigencia que aplica a cada uno de los integrantes de
Consorcios, Uniones Temporales u otra forma de asociación, si hay lugar a ello.
j) Si luego de verificadas y/o evaluadas las propuestas, se encuentra contradicción entre los
documentos aportados en la propuesta o entre ésta y lo confrontado con la realidad.
k) Cuando no se aporte la Garantía de Seriedad de la propuesta simultáneamente con la
oferta, o cuando esta no ampare el valor requerido o no sea otorgada en debida forma.
l) Cuando en la propuesta económica no se coticen la totalidad de los ítems; cuando la
descripción del ítem no contempla la actividad completa a ejecutar tal como se especifica
21
en el formato suministrado por el Municipio de Medellín o cuando el oferente modifique el
formulario.
m) Cuando la inscripción en el RUP no se encuentre en firme (en los que aplique).
n) Cuando se presenten varias ofertas por el mismo oferente y se configure cualquiera de las
siguientes hipótesis: con el mismo nombre; con nombres diferentes; de forma simultánea
como persona natural o jurídica y representante legal de una persona jurídica, de forma
simultánea como persona natural o jurídica e integrante de un Consorcio o Unión
Temporal, de forma simultánea como persona natural o jurídica y representante de un
Consorcio o Unión Temporal. Cuando varias personas jurídicas tengan el mismo
representante legal, o socios comunes, solo podrá presentarse a la selección una de
ellas.
o) Cuando se presente la propuesta por un consorcio o unión temporal en el que la persona
natural sea representante legal de la persona jurídica; o cuando las personas jurídicas
tengan el mismo representante legal o representante legal suplente o miembro de la junta
directiva o máximo órgano de decisión social del otro asociado
p) Quien entregue la propuesta en un lugar diferente a la establecida por la ESE HOSPITAL
Marco Fidel Suarez y que por esta causa no llegue antes de la hora del cierre.
q) Quien entregue la propuesta por fuera de la fecha y hora exacta establecida en el pliego
r) Si después de efectuada alguna corrección aritmética, la diferencia entre el valor original y
el valor corregido de la propuesta supera el cero punto cinco por ciento (0.5%) del valor
original.
s) Por no considerar las modificaciones que mediante adendas haya hecho la E.S.E.
t) Por no considerar las modificaciones al formato para la propuesta económica.
u) Cuando el proponente se encuentre incurso en causal de disolución o liquidación o
embargo. En caso de consorcios o uniones temporales, será causal de rechazo si alguno
de los integrantes se encuentra en esta situación.
v) Si el Proponente ofreciere un plazo para la ejecución del contrato diferente al establecido
en este pliego de condiciones.
w) Cuando los datos de la propuesta presentada no coincidan con los datos consignados en
la planilla de recepción de ofertas.
x) Cuando la propuesta presentada no obtenga un mínimo del 50% del valor total de la
calificación.
y) Cuando no se asiste a la visita al sitio de la obras, la cual es obligatoria.
z) Cuando el PROPONENTE se encuentre reportado en el Boletín de Responsables
Fiscales de la Contraloría General de la Nación.
22
aa) Cuando se llegare a comprobar falsedad de los documentos aportados dentro del proceso
de selección.
bb) Cuando la oferta presentada exceda el presupuesto oficial destinado para el presente
proceso de selección.
cc) Cuando la propuesta por su presentación o redacción resulte condicional, indefinida, o
induzca al error, siempre que impida la comparación objetiva de las propuestas.
6. ANÁLISIS DE RIESGO Y FORMA DE MITIGARLO
Se estima la distribución de los riesgos que pueden alterar el equilibrio económico del contrato durante su desarrollo y la mitigación del mismo durante la ejecución de la siguiente forma: La E.S.E HOSPITAL MARCO FIDEL SUAREZ diseñó una matriz de riesgos, la cual permite definir
una estimación del riesgo soportada tanto en la probabilidad de su ocurrencia como en el impacto
en la ejecución del objeto contractual a fin de establecer su definición, Tipificación, Asignación y
Estimación del Riesgo, así como su graduación y posibles controles u opciones de manejo de los
mismos.
El Análisis de Riesgos busca identificar los imprevistos que se puedan generar como consecuencia
de la celebración, ejecución y liquidación del eventual contrato, las implicaciones económicas de
los mismos y la manera de protección frente a tales riesgos, como a continuación se plantea:
A. RIESGOS PREVISIBLES POR PARTE DEL CONTRATISTA:
Riesgos Económicos: Comprende los efectos favorables y desfavorables de la fluctuación de los precios de los insumos requeridos para la obtención del objeto, los cuales serán asumidos por el Contratista.
Riesgos Operacionales: Comprende las dificultades que se presenten en la ejecución del
contrato por causas ajenas a la E.S.E Hospital Marco Fidel Suarez, como no cumplir las
actividades con las condiciones técnicas requeridas, la no obtención del objeto del contrato como
consecuencia de inadecuados procesos, procedimientos, equipos humanos o técnicos, que serán
asumidos en un cien por ciento por el Contratista.
Probabilidad Impacto
Tipo de Riesgo
Descripción del Riesgo Alta
Media- Alta
Media–Baja
Bajo
Alto
Medio- Alto
Medio-Bajo
Bajo
Económicos
Los efectos favorables y desfavorables de la fluctuación de los precios de los insumos requeridos para la obtención
del objeto.
X X
Operacionales
Comprende las dificultades que se presenten en la ejecución del contrato por causas ajenas a la E.S.E Hospital Marco Fidel Suarez, como no cumplir las actividades con las condiciones técnicas requeridas, la no obtención
X X
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del objeto del contrato como consecuencia de inadecuados
procesos, procedimientos, equipos humanos o técnicos.
B. RIESGOS PREVISIBLES POR PARTE DE LA E.S.E HOSPITAL MARCO FIDEL SUAREZ:
Riesgos Sociales o Políticos: Se refiere a los cambios que se puedan presentar en la política
gubernamental sobre los aspectos que deba comprender el objeto a desarrollar.
Riesgos Financieros: No pagar el valor del contrato dentro de los plazos convenidos generando
una mora en el pago que pueda afectar al contratista hasta el punto de romper la ecuación
económica del contrato.
Probabilidad Impacto
Tipo de Riesgo
Descripción del Riesgo Alta
Media- Alta
Media–Baja
Bajo
Alto
Medio- Alto
Medio-Bajo
Bajo
Sociales o
Políticos
Los cambios que se puedan presentar en la política gubernamental sobre los
aspectos que deba comprender el objeto Del contrato.
X X
Económicos
No pagar el valor del contrato dentro
de los plazos convenidos generando
una mora en el pago que pueda afectar
al contratista hasta el punto de romper
la ecuación económica del contrato.
X X
7. GARANTÍAS QUE LA ENTIDAD CONTEMPLA EXIGIR EN EL PROCESO DE
CONTRATACIÓN
Las garantías consisten en pólizas expedidas por compañías de seguros legalmente autorizadas
para funcionar en Colombia o en garantías bancarias, la cual cubrirá uno o algunos de los
siguientes riesgos, dependiendo del objeto a contratar:
De conformidad con el objeto a contratar, se presentan los posibles riesgos en la contratación y la
respectiva garantía única para efectos de avalar el cumplimiento de las obligaciones surgidas, la
cual deberá ajustarse a los siguientes parámetros.
Atendiendo la naturaleza del objeto del contrato la E.S.E Hospital Marco Fidel Suarez considera
pertinente exigirle al contratista la constitución de GARANTIA ÚNICA con el siguiente amparo:
Clase de Riesgos % Sobre el Valor Vigencia
Seriedad del ofrecimiento presentada 10 Contractual 3 meses
Anticipo 100 Anticipo
entregado
La del contrato y seis (6) meses
más
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Cumplimiento del Contrato 20 Del contrato La del contrato y seis (6)
meses más
Calidad del Servicio 20 Del contrato La del contrato y dos (2) año más.
Salarios, prestaciones sociales e
indemnizaciones
15 Del contrato La del contrato y tres (3) años
más
Conformidad de los estudios 10 Del contrato Cinco años contados a partir del
recibo de los estudios
8. INDICACIÓN DE SÍ EL PROCESO DE CONTRATACIÓN ESTÁ COBIJADO CON UN
ACUERDO COMERCIAL
La E.S.E. Hospital Marco Fidel Suárez de Bello, no hace parte de las entidades cobijadas dentro
de la cobertura de los tratados internacionales, que establecen los capítulos de contratación
pública por lo tanto no serán aplicables las prerrogativas en ellos contenidas.
CATALINA MARIA VASQUEZ RESTREPO Subgerente Administrativa y Financiera Proyectó: Ramiro Ferney Hernández Mora – Asesor Jurídico