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Estímulos fiscales de la región fronteriza norte - SAToma · • Presentar un aviso ante el SAT,...

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Estímulos fiscales de la región fronteriza norte Enero 2019
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Estímulos fiscales de la región fronteriza norte

Enero 2019

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Introducción

El 31 de diciembre de 2018, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Decreto de estímulosfiscales región fronteriza norte, emitido por el Ejecutivo Federal.

Vigencia

El Decreto entró en vigor el 1 de enero de 2019 y estará vigente durante 2019 y 2020.

Finalidad

El Decreto tiene como finalidad fortalecer la economía, mejorar la competitividad frente almercado de los Estado Unidos de América, incrementar la inversión, fomentar la productividad ycontribuir a la creación de fuentes de empleo.

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Municipios que se consideran como región fronteriza norte

Región Fronteriza Norte

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ISR IVA

Generalidades

Otorgar un estímulo fiscal,consistente en aplicar un créditofiscal equivalente a la tercera partedel impuesto sobre la renta (ISR)causado en el ejercicio o en lospagos provisionales del mismo.

Otorgar un estímulo fiscal equivalente al50% de la tasa del impuesto al valoragregado (IVA). Por simplificaciónadministrativa el crédito fiscal se aplicará enforma directa sobre la tasa del IVA, por loque se aplicará la tasa del 8% al valor de losactos o actividades.

El Decreto consta de dos estímulos

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ISR IVA

Generalidades

• Personas Físicas en el Régimen de Actividades Empresariales y Profesionales.

• Personas morales de Régimen General (Título II LISR).

• Personas Morales de Régimen General que apliquen la opción de tributar con base a flujo de efectivo. (Título VII, Capítulo VIII LISR)

• Personas Físicas y Morales querealicen los actos o actividades deenajenación de bienes, deprestación de serviciosindependientes u otorgamientodel uso o goce temporal debienes, en los locales oestablecimientos ubicadosdentro de la región fronterizanorte.

¿Quienes pueden optar por el beneficio?

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Exclusiones generales

Instituciones de crédito, de seguros y de fianzas, los almacenes generales de depósito,

arrendadoras financieras y uniones de crédito.

Los contribuyentes que:

• Tributen el régimen opcional para grupos de sociedades o en el régimen de coordinados.

• Realicen actividades agrícolas, ganaderas, silvícolas y pesqueras.

• Tributen en el régimen de incorporación fiscal (RIF)

• Cuyos ingresos provengan de la prestación de un servicio profesional independiente.

• Realicen actividades económicas a través de fideicomisos

•Apliquen otros tratamientos fiscales que otorguen beneficios o estímulos fiscales,

incluyendo exenciones o subsidios.

•Se encuentren en ejercicio de liquidación

¿Quiénes no pueden optar por el beneficio?

ISR

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Maquiladoras que ingresan la mercancía de forma temporal.

Las Sociedades Cooperativas de Producción.

Ingresos que deriven de bienes intangibles.

Actividades dentro del comercio digital.

Empresas productivas del Estado y sus subsidiarias.

Exclusiones generales

¿Quiénes no pueden optar por el beneficio?

ISR

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Exclusiones generales

Enajenación de bienes inmuebles, intangibles o suministro de contenidos digitalestales como audio o video o de una combinación de ambos, mediante la descarga orecepción temporal de los archivos electrónicos.

¿Quiénes no pueden optar por el beneficio?

IVA

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Exclusiones generales

Los contribuyentes que se ubiquen en algún supuesto establecido en el penúltimopárrafo del artículo 69 del CFF y que se encuentren publicados en el Portal del SAT

Los contribuyentes que se encuentren en la presunción establecida en el artículo 69-Bdel CFF y quienes tengan un socio o accionista en dicha presunción.

Los contribuyentes que se encuentren en la presunción establecida en el artículo 69-BBis del CFF y que se encuentren publicados en el Diario Oficial de la Federación y enel Portal del SAT

¿Quiénes no pueden optar por el beneficio?

IVAISR

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¿Cuáles son los requisitos necesarios para poder acceder al beneficio fiscal para efectos del ?

Requisitos

Acreditar tener su domicilio fiscal o el de alguna sucursal o establecimiento en la región fronteriza norte señalada

en el Decreto, por lo menos los últimos 18 meses antes de su inscripción en el “Padrón de beneficiarios del estímulo

para la región fronteriza norte”.

Presentar el aviso al SAT, a más tardar el 31 de marzo del ejercicio fiscal de que se trate, para ser inscritos en el

“Padrón de beneficiarios del estímulo para la región fronteriza norte”.

Si se trata de contribuyentes que se inscriban al RFC con posterioridad al 1 de enero de 2019, deberán presentar su

aviso, dentro del mes siguiente a la fecha de inscripción al RFC o de la presentación del aviso de apertura de

sucursal o establecimiento.

Colaborar semestralmente con el SAT participando en el programa de verificación en tiempo real. (regla 11.11.4. de la

versión anticipada de la Sexta Resolución de Modificaciones a la RMF 2018)

Contar con buzón tributario, e.firma o contraseña, opinión positiva de cumplimiento y no estar sujeto a fiscalización

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¿Cuáles son los requisitos necesarios para poder acceder al beneficio fiscal para efectos del ?

Requisitos

Manifestar que:

• Que se cumple con todos los requisitos para aplicar el estímulo fiscal de ISR para la región fronteriza norte.

• Que no se han realizado operaciones con contribuyentes que se hayan ubicado en la presunción establecida en el artículo 69-B del CFF, o bien, que acreditaron ante el SAT que efectivamente adquirieron los bienes o recibieron los servicios que amparan los CFDI.

• Que los socios o accionistas registrados ante el SAT no se encuentran en los supuestos del artículo 69-B del CFF. (SOLO PERSONAS MORALES)

• Que en el ejercicio inmediato anterior se obtuvieron ingresos acumulables y valor de actos o actividades enla región fronteriza norte en cuando menos el 90%, diferenciando los obtenidos en la región fronterizanorte y los obtenidos fuera de ésta y, en su caso, la integración deberá ser por sucursal, agencia oestablecimiento, debidamente cruzada con la Balanza de comprobación al 31 de diciembre del ejercicio quecorresponda. (regla 11.11.9. de la versión anticipada de la Sexta Resolución de Modificaciones a la RMF 2018)

• Que los ingresos en la región fronteriza norte, representarán conforme a mi estimación, al menos el 90% deltotal de los ingresos del ejercicio y que cuento con la capacidad económica, activos e instalaciones parallevar a cabo la actividad. (SOLO CONTRIBUYENTES QUE INICIEN ACTIVIDADES EN LA REGIÓNFRONTERIZA NORTE) (regla 11.11.8. de la versión anticipada de la Sexta Resolución de Modificaciones a laRMF 2018)

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¿Cuáles son los requisitos necesarios para poder acceder al beneficio

fiscal para efectos del ?

• Presentar un aviso ante el SAT, a más tardar el 7 de febrero de 2019

• Tratándose de contribuyentes que inicien actividades con posterioridad al 1 de enero de 2019, deberán

presentar el citado aviso conjuntamente con la solicitud de inscripción al RFC.

• Realizar la entrega material de los bienes o prestación de servicios en la región fronteriza norte.

• Contar con e.firma o contraseña.

Manifestar que:

• Que no se han realizado operaciones con contribuyentes que se hayan ubicado en la presunción establecida en el artículo 69-B del CFF, o bien, que acreditaron ante el SAT que efectivamente adquirieron los bienes o recibieron los servicios que amparan los CFDI.

• Que los socios o accionistas registrados ante el SAT no se encuentran en los supuestos del artículo 69-B del CFF. (SOLO PERSONAS MORALES)

Requisitos

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Pasos a seguir para la presentación de avisos

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Pasos a seguir para la presentación de avisos

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Pasos a seguir para la presentación de avisos

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Pasos a seguir para la presentación de avisos

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Pasos a seguir para la presentación de avisos

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Pasos a seguir para la presentación de avisos

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Pasos a seguir para la presentación de avisos

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XXXX000000AAA

Contribuyente sin nombre

Indica el trámite:ESTIMULO ISR ZONA FRONTERIZA1/DEC-10 Aviso para inscribirse en el Padrón de beneficiarios delestímulo fiscal de ISR para la RFN

ESTIMULO IVA ZONA FRONTERIZA4/DEC-10 Aviso para aplicar el estímulo fiscal de IVA en la RFN.

Dirigir la solicitud a la Administración Desconcentrada de suDomicilio fiscal o Establecimiento.

Especificar el trámite en el que se desea presentar, porejemplo:• Aviso para inscribirse en el Padrón de beneficiarios del

estímulo fiscal de ISR para la RFN• Aviso para aplicar el estímulo fiscal de IVA en la RFN.

Envía tu solicitud

Adjuntar la documentación que considere para elcumplimiento de los requisitos.

Requisitos de acuerdo a la ficha de trámite.Manifestar bajo protesta de decir verdad de acuerdo a lo queindica la ficha de trámite.

Pasos a seguir para la presentación de avisos

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Pasos a seguir para la presentación de avisos

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XXXX000000AAA

Contribuyente sin nombre

Indica el trámite:BAJA PADRON ISR REG FRONTERIZA2/DEC-10 Aviso para darse de baja del Padrón de beneficiarios delestímulo para la región fronteriza norte.

BAJA EST IVA REG FRONTERIZA5/DEC-10 Aviso para dar de baja el estímulo fiscal de IVA en la regiónfronteriza norte.

Dirigir la solicitud a la Administración Desconcentrada de suDomicilio fiscal o Establecimiento.

Especificar el trámite en el que se desea presentar, porejemplo:• Aviso para darse de baja del Padrón de beneficiarios del

estímulo para la región fronteriza norte.• Aviso para dar de baja el estímulo fiscal de IVA en la región

fronteriza norte.

Envía tu solicitud

Adjunta la documentación que consideres para la aclaración.

Manifestar los motivos por los cuales solicitas la baja delbeneficio del estímulo para la región fronteriza norte.

Pasos a seguir para la presentación de avisos

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Pasos a seguir para la presentación de aclaración

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Pasos a seguir para la presentación de aclaración

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Indica el trámite:ACLARACION ISR REG FRONTERIZA3/DEC-10 Aclaración para desvirtuar la causa por la que se dejó sinefectos el aviso de inscripción en el Padrón de beneficiarios delestímulo para la región fronteriza norte

Especificar el trámite en el que se desea presentar, porejemplo:• Aclaración para desvirtuar la causa por la que se dejó sin

efectos el aviso de inscripción en el Padrón debeneficiarios del estímulo para la región fronteriza norte

Envía tu aclaración

Adjunta la documentación que consideres para la aclaración.

Manifestar las aclaraciones para desvirtuar la causa por laque se dejó sin efectos el aviso de inscripción en elPadrón de beneficiarios del estímulo para la regiónfronteriza norte

Pasos a seguir para la presentación de aclaración

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Identifica el beneficio otorgado.

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