Date post: | 02-Jul-2015 |
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TRANSPARENCIA EN EL PODER JUDICIAL EN EL PERÚ
Indira Camacho [email protected] General de la Gerencia General Responsable del Portal de Transparencia
Poder Ejecutivo
Poder Legislativo
De acuerdo a la Constitución Política del Estado, el Poder Judicial es un Poder del Estado encargado de administrar justicia a través de sus órganos desconcentrados
Poder Judicial
El PODER JUDICIAL
FUNCIONAMIENTO
Se rige conforme a su Ley Orgánica. En su ejercicio funcional es una entidad autónoma en lo político, administrativo, disciplinario e independiente en lo jurisdiccional, mas no en lo económico.
Corte Suprema
Corte Superiores
J uzgados Especializados y Mixtos
J uzgados de Paz Letrados
J uzgados de Paz no Letrados
Recibe apoyo técnico-administrativode la Gerencia General.
El Poder Judicial es una institución autónoma, con vocación de servicio; que enfrenta los desafíos del futuro con Magistrados comprometidos con el proceso de cambio, transformación y modernidad; que transmita seguridad jurídica e inspire plena confianza en la ciudadanía, contando para ello con un adecuado soporte administrativo y tecnológico
VISIÓN
MISIÓNAdministrar Justicia a través de sus órganos jurisdiccionales, con arreglo a la Constitución y a las leyes, garantizando la seguridad jurídica y la tutela jurisdiccional, para contribuir al estado de derecho, al mantenimiento de la paz social y al desarrollo nacional.
Para su cumplimiento necesita dotar de los siguientes elementos: Magistrados respetados, probos, capaces, éticos y justos y, además, actualizados en su calificación jurídica.
Consolidar la autonomía del Poder Judicial y la independencia de los magistrados.
Mejorar y ampliar el acceso a la justicia.
Modernizar la administración de justicia.
Alcanzar una alta calidad de justicia y optimizar el servicio al ciudadano
OBJETIVOS ESTRATÉGICOS
A nivel nacional el Poder Judicial cuenta con 31 Sedes Distritales
MAPA JUDICIAL
Constitución Política del Estado: Numeral 5 del artículo 2
Ley 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General
Ley 29060 – Ley del Silencio Administrativo
Ley 27806 – Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública
D.S N° 043-2003-PCM, Texto Único Ordenado de la Ley 27806
D.S. N° 072-2003-PCM, Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública
NORMAS GENERALES APLICABLES
Constitución Política del Estado (numeral 5 del artículo 2) Derechos fundamentales de la persona: Toda persona tiene derecho: A solicitar sin expresión de causa la información que requiera y a recibirla de cualquier entidad pública, en el plazo legal, con el costo que suponga el pedido. Se exceptúan las informaciones que afectan la intimidad personal y las que expresamente se excluyan por ley o por razones de seguridad nacional.
Ley 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General Ley aplicable a todas las Entidades de la Administración Púbica
NORMAS GENERALES APLICABLES
Ley 27806 – Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública
Tiene por finalidad promover la transparencia de los actos del Estado y regular el derecho fundamental de acceso a la información pública contemplada en la Constitución. De acuerdo al artículo 3 Principio de publicidad: 1) Toda información que posea el Estado se presume pública, salvo las establecidas en el artículo 15 de la Ley2) El Estado adopta medidas para garantizar y promover la transparencia en la actuación pública3) El Estado esta obligado a entregar información que demanden las personas, para ello designa a los funcionarios responsables
NORMAS GENERALES APLICABLES
Ley 27806 – Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública
Art. 15.- Excepciones al ejercicio del derecho de información reservada, secreta y confidencial
-Seguridad nacional-Planes y operaciones policiales o de inteligencia, defensa, seguridad nacional, etc.- Información protegida por el secreto bancario, tributario, comercial, industrial, tecnológico y bursátil que están regulados , unos por el numeral 5 del artículo 2 de la CPE- Información referida a datos personales cuya publicidad constituya una invasión a su intimidad personal y familiar, etc.
NORMAS GENERALES APLICABLES
EXP. N.° 00566-2010-PHD/TC Fundamento: 5 Sobre la relevancia del principio de transparencia en el Estado democrático El principio de transparencia en el ejercicio del poder público se trata de un principio de relevancia constitucional implícita en el modelo de Estado Democrático y Social de Derecho y la fórmula republicana de gobierno a que aluden los artículos 3, 43 y 45 de la Constitución.
http://www.tc.gob.pe/jurisprudencia/2010/00566-2010-HD.html
STC TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
EXP. N.° 00566-2010-PHD/TC Fundamento: 5 Sobre la relevancia del principio de transparencia en el Estado democrático La puesta en práctica del principio de transparencia coadyuva a combatir los índices de corrupción en el Estado y, al mismo tiempo, constituye una herramienta efectiva contra la impunidad del poder permitiendo que el pueblo tenga acceso a la forma como se ejerce la delegación del poder.
http://www.tc.gob.pe/jurisprudencia/2010/00566-2010-HD.html
STC TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
TUPA del Poder Judicial, aprobado por R.A. 158-2010-CE-PJ
Establece el pago de los derechos administrativos que se aplica en función a la URP, que es equivalente al 10% de la UIT vigente al momento de la solicitud. R. A. N° 140-2009-CE-PJ, que designa a los Presidentes de Cortes Superiores de Justicia o a los funcionarios que designen como responsables de acceso a la información para garantizar la celeridad de atención del servicio
R. A. N° 044-2011-CE-PJ, que designa al Secretario General de la Gerencia General como responsable de brindar información
NORMAS INTITUCIONALES APLICABLES
TUPA del Poder Judicial, aprobado por R.A. N° 158-2010-CE-PJ
Unidad Orgánica: Corte Suprema y Consejo Ejecutivo
NORMAS INTITUCIONALES APLICABLES
Denominación Procedimiento
Requisitos DerechoTrámite
AprobaciónAutomática
Inicio del Procedim.
AutoridadCompetente
Exp.de Copias Certificadas Documentos Administrativos
-Solicitud al Presidente- ComprobanteBanco de la Nación
2.5 % URPPor cada
folio
3 días hábiles Mesa PartesAdministrativo
PresidenteCorte Suprema
Denominación Procedimiento
Requisitos DerechoTrámite
AprobaciónAutomática
Inicio del Procedim.
AutoridadCompetente
Exp.de Copias Certificadas Documentos Administrativos
-Solicitud al Presidente del CE- ComprobanteBanco de la Nación
2.5 % URPPor cada
folio
3 días hábiles Mesa PartesSecretaría General del CE
Presidente delConsejo Ejecutivo
TUPA del Poder Judicial, aprobado por R.A. N° 158-2010-CE-PJ
Unidad Orgánica: Cortes Superiores y Gerencia General
NORMAS INTITUCIONALES APLICABLES
Denominación Procedimiento
Requisitos DerechoTrámite
AprobaciónAutomática
Inicio del Procedim.
AutoridadCompetente
Exp.de Copias Certificadas Documentos Administrativos
-Solicitud al Jefe Of. de Adm. - ComprobanteBN + Término de la Distancia
2.5 % URPPor cada
folio
3 días hábiles Mesa PartesAdministrativoCSJ
Jefe de la Of. De Adm. De Corte
Denominación Procedimiento
Requisitos DerechoTrámite
AprobaciónAutomática
Inicio del Procedim.
AutoridadCompetente
Exp.de Copias Certificadas Documentos Administrativos
-Solicitud al Secretario General Gerencia - ComprobanteBN.
2.5 % URPPor cada
folio
3 días hábiles Trámite DocumentarioSecretaría General
Secretario General de laGerencia General
Debe ser dirigido al funcionario designado
El plazo para otorgar la información requerida es de 7 días útiles
Puede ser prorrogado en forma excepcional por 5 días útiles, de mediar causa razonable para la demora
En el caso de que la entidad no posea la información solicitada deberá ser puesta en conocimiento del solicitante
La denegatoria al acceso debe ser fundamentada en las excepciones del art. 15
De no mediar respuesta en los plazos, la Entidad puede considerar como denegado el pedido
PROCEDIMIENTO DE ACCESO A LA INFORMACIÓN
Conforme establece el art. 5 de la Ley de Transparencia “Las entidades de la Administración Pública establecerán progresivamente, de acuerdo a su presupuesto, la difusión a través de internet la siguiente información:
Datos generales de la entidad: Organización, organigrama, procedimientos, marco legal y el TUPA
Información presupuestaria: Presupuestos ejecutados, proyectos de inversión, partidas salariales y beneficios de altos funcionarios y el personal, así como remuneraciones del personal en general
Adquisiciones de bienes y servicios, que debe incluir montos comprometidos, proveedores, cantidad y calidad
PORTAL DE TRANSPARENCIA
Actividades oficiales que desarrollen los altos funcionarios
Información adicional que la entidad considere
La entidad deberá identificar al funcionario responsable de la elaboración de los portales de internet
•En el caso del Poder Judicial existen 2 tipos de responsables:
1) Responsable técnico
2) Responsable del contenido del Portal de internet del Poder Judicial, designado mediante R.A. 082-2011-P-PJ
PORTAL DE TRANSPARENCIA
CONTENIDO DEL PORTAL WEB
CONTENIDO DEL PORTAL WEB
CONTENIDO DEL PORTAL WEB
CONTENIDO DEL PORTAL WEB
CONTENIDO DEL PORTAL WEB
CONTENIDO DEL PORTAL WEB
CONTENIDO DEL PORTAL WEB
CONTENIDO DEL PORTAL WEB
CONTENIDO DEL PORTAL WEB
CONTENIDO DEL PORTAL WEB
CONTENIDO DEL PORTAL WEB
CONTENIDO DEL PORTAL WEB
CONTENIDO DEL PORTAL WEB
CONTENIDO DEL PORTAL WEB
CONTENIDO DEL PORTAL WEB
CONTENIDO DEL PORTAL WEB
CONTENIDO DEL PORTAL WEB
CONTENIDO DEL PORTAL WEB
Gracias