Date post: | 30-Jul-2015 |
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“POR LA JUSTICIA SOCIAL EN EL AGROVENEZOLANO”
Universidad del Zulia
Facultad de Agronomía
División de Extensión Agrícola
Diplomado Derecho Agrario y Ambiental
Integrantes:
Arenas Yajaira
Gonzalez Juan
Gonzalez Karina
Montiel Martin
Nava Raiza
Soto Jaime
Maracaibo – abril de 2013
Concepto filosófico que remite a lo que es,
existe o puede existir.
Asociación u organismo, particularmente
vinculado al estado
El legislador crea mediante una ficción legal una institución propia del
derecho administrativo conocida como ente administrativo.
Ente administrativo, puede considerarse aquel sujeto de carácter
público con personalidad y capacidad jurídica propias
Administrativa Organizativa Reglamentaria Disciplinaria Sancionatoria
Funcionamiento
Lograr la efectividad de principios, valores y normas de la CRBV
Ley Orgánica de la Administración Pública 31/07/2008
Organiza
la potestad administrativa
está dirigida a atender
requerimientos de los
ciudadanos y satisfacer
necesidades públicas con
especial atención al
carácter social
En la potestad organizativa,
sus titulares pueden crear,
modificar y suprimir entes
descentralizados
funcionalmente para lograr el
cumplimiento de los fines del
estado
(artículo. 29 LOAP)
Los entes descentralizados
funcionalmente de derecho
privado
Los entes descentralizados
funcionalmente de derecho
público
PODER PÚBLICO NACIONAL
ADMINISTRACIÓN PÚBLICA
POTESTADES
Objetivo
Artículo 15 de la LOAP en ejercicio de la potestad administrativa, la administración
pública crea , modifica y suprime por sus titulares de acuerdo a la CRBV
Unidades
administrativas
de la república,
estados, distritos
metropolitanos
y municipios
con funciones
de efectos jurídicos
Órganos
Superiores
Procuraduría General
Consejo de Estado
Consejo de Defensa de la Nación
Juntas Sectoriales
Juntas Ministeriales
Presidencia de la República
Vicepresidencia Ejecutiva de la República
Consejo de Ministros
Ministerios
Vice-ministerios
Comisión Central de Planificación
Autoridades Regionales
Autoridades de Área
Organización administrativa
descentralizada
funcionalmente
con personalidad jurídica
propia, cuyo control,
evaluación y seguimiento
está a cargo de los órganos
rectores de adscripción
•Institutos Públicos
•Institutos Autónomos
•Empresas del Estado
INTI (ARTÍCULO 114 LTDA) INDER (ARTÍCULO 130 LTDA)
EMPRESAS MATRICES (ARTÍCULO 146 LTDA)
Creadas con la finalidad
de satisfacer necesidades
fundamentales y urgentes
de la población
AGROVENEZUELA BARRIO ADENTRO MERCAL MADRES DEL BARRIO AMOR MAYOR
Instituto Nacional
de Tierras
Art. 114 LTDA
Instituto Nacional
de Desarrollo Rural
Art. 130
ORGANIZACIÓN ADMINISTRATIVA DESCENTRALIZADA FUNCIONALMENTE
CON PERSONALIDAD JURÍDICA PROPIA, CREADOS SEGÚN LA LTDA
Art. 146
Actividad
Empresarial del
Estado
Corporación
Venezolana de
Alimentos (CVAL)
Instituto Nacional de Tierras
Se crea como instituto autónomo adscrito al Ministerio del poder popular
con competencia en materia de agricultura y tierras, con personalidad jurídica
y patrimonio propio , distinto e independiente de la República, el cual gozara
de las prerrogativas y privilegios otorgados por la ley
Tiene por objeto la administración , redistribución de las tierras y la
regularización de la posesión de las mismas de conformidad con la presente
LTDA sus reglamentos y demás leyes aplicables. De ser necesario para
garantizar la ejecución de los actos administrativos que dicte, podrá hacer
uso de la fuerza publica
Tendrá su sede en caracas y podrá crear Oficinas Regionales de Tierra en
aquellos lugares del interior del país donde sea necesario
Instituto Nacional de Tierras
Garantizar la administración, distribución y regularización de las tierras
con vocación de uso agrario en unidades económicas productivas,
enmarcados en las directrices y los planes del Ejecutivo Nacional para
impulsar el desarrollo rural integral y sustentable en función del
crecimiento económico del sector agrario con el fin de lograr una justa
distribución de la riqueza y consolidar la seguridad agroalimentaria del
país.
Ser una Institución dinámica, innovadora dirigida a impulsar las políticas
de desarrollo rural integral y sustentable para la consolidación del sector
agrario nacional, con un recurso humano altamente calificado,
comprometido, con criterio de eficiencia y eficacia, capaz de optimizar el
logro de la misión.
Instituto Nacional de Tierras
Administrar y regular la posesión y uso de las tierras de vocación agraria.
Liderar la lucha contra el latifundio y contribuir a transformar las tierras bajo
su administración en unidades económicas productivas.
Garantizar a toda familia campesina que lo requiera, un lote de tierras
suficiente para trabajar.
Promover y auspiciar la organización socio-productiva del campesinado,
orientada al empoderamiento del Poder Popular Campesino
Rescatar las tierras propiedad del Instituto que se encuentren ocupadas
ilegalmente.
Recuperar o rescatar las tierras de vocación agraria que se encuentren
ociosas, incultas o infrautilizadas.
Declarar o negar la garantía de permanencia.
Adjudicar las tierras a las campesinas y campesinos teniendo como
sujeto prioritario la madre cabeza de familia y los jóvenes menores de 25
años.
Clasificar las fincas, de acuerdo a su grado de aprovechamiento, en
Productiva, Mejorable u Ociosa.
Llevar el registro agrario de tierras y aguas.
Entre otras.
Instituto Nacional de Tierras
Oficias Regionales de Tierra
Coordinador o coordinadora
Creadas por el inti
Integrada por cinco miembros
Estos miembros serán de libre nombramiento y
remoción por el presidente del INTI
Oficias Regionales de Tierra Unidades Administrativas
1. Informar al Directorio del INTI de la ocupación de tierras
propiedad de la Republica por parte de terceros.
2. Sustanciar los procedimientos de declaratoria de tierras
ociosas o de uso no conforme, de conformidad con la
LTDA.
3. Llevar registros e inventarios de la propiedad territorial
agraria y agroindustrial de su jurisdicción.
4. Recibir, sustanciar y remitir al Directorio del INTI las
solicitudes y documentos respectivos relacionados con
certificaciones de tierras y adjudicaciones.
5. Certificar las actuaciones que cursen en su dependencia,
siendo el coordinador (a) de la oficina el funcionario (a)
competente para ello.
6. Sustanciar los expedientes administrativos de los
procedimientos de rescates de tierras ordenados por el
Directorio.
7. Los demás que le atribuyan las leyes y reglamentos.
OFICINA REGIONAL DE TIERRAS
AREA DE REGISTRO
AGRARIO
AREA DE
TEMATICA
AREA LEGAL
AREA DE RIESGO
Y CONSERVACION
DE SUELOS
AREA LOGISTICA Y
Y ADMINISTRACION
Oficias Regionales de Tierra Unidades Administrativas
Instituto Nacional de Desarrollo Rural
Nace por mandato de la Ley de Tierras y
Desarrollo Agrario el 9 de noviembre del año
2001, mediante el uso de Ley habilitante y tiene
por objeto; contribuir con el desarrollo rural
integral del sector agrícola en: Infraestructura,
Capacitación y Extensión. Es un instituto
autónomo, adscrito al Ministerio de Agricultura y
Tierras, con personalidad jurídica y patrimonio
propio, distinto e independiente de la República.
Su actual sede nacional se encuentra en la
ciudad de Guanare, estado Portuguesa, y
funciona de manera descentralizada en 23
oficinas regionales y estadales cada una,
dándole fiel cumplimiento a sus
responsabilidades para llevar a cabo sus
objetivos principales.
1. Dirigir, coordinar y ejecutar las políticas y los planes
nacionales vinculados con el registro y el saneamiento
de tierras, que establezca el Ejecutivo Nacional.
2. Promover y velar por el uso sustentable de los recursos
hídricos de los sistemas de riego.
3. Fomentar, dirigir, ejecutar y dar mantenimiento a la
infraestructura de servicios de apoyo rural propiedad
del Estado, para la producción, transformación y
comercialización de rubros agroalimentarios.
4. Promover la construcción de obras de infraestructura
destinadas a extender las tierras bajo regadío, a cuyos
efectos propiciará el establecimiento de una comisión
coordinadora con los organismos competentes en la
materia
5. Fomentar, coordinar y ejecutar partes y programas
destinados al establecimiento de formas de
organización local para la utilización común de las
aguas.
Instituto Nacional de Desarrollo Rural
6. Fomentar, coordinar y ejecutar partes y programas
destinados a la organización y consolidación de las
comunidades rurales, a través de las diversas formas
asociativas de autogestión, gestión y cogestión
contempladas en las leyes.
7. Promover el adiestramiento y la capacitación técnica
de los pobladores del medio rural.
8. Fomentar la creación y consolidación de
organizaciones para la autogestión, gestión y
cogestión de los sistemas de riego y el saneamiento
de tierras.
9. Promover, dirigir, coordinar y ejecutar programas y
proyectos interinstitucionales e interdisciplinarios para
el desarrollo de capacidades de autogestión y
cogestión de la población rural.
10. Promover y ejecutar programas de formación y
capacitación dirigidos a funcionarios públicos y
otros sectores de la sociedad civil para el desarrollo
sostenible de áreas rurales
11. Entre otros
Instituto Nacional de Desarrollo Rural
ORGANIZACIÓN ADMINISTRATIVA DESCENTRALIZADA FUNCIONALMENTE
CON PERSONALIDAD JURÍDICA PROPIA, CREADOS SEGÚN :
1. LA LEY DE TIERRAS Y
DESARROLLO AGRARIO
GACETA OFICIAL
EXTRAORDINARIA 5991
DEL 29/07/2010
INSTITUTO NACIONAL DE TIERRAS (INTI)
ART. 114 LTDA
OFICINAS REGIONALES DE TIERRAS
(ORT) ART.127 LTDA
INSTITUTO NACIONAL DE DESARROLLO
RURAL (INDER)
ART. 130 LTDA
EMPRESAS MATRICES ART. 146 LTDA
SEGÚN ARTÍCULOS 145 Y 146 LTDA :
ACTIVIDAD EMPRESARIAL DEL ESTADO EMPRESA MATRIZ
ARTÍCULO 145 y 146 LTDA
CORPORACIÓN
VENEZOLANA
DE ALIMENTOS (CVAL)
CREADA EN 2010
17 GRANDES EMPRESAS
- producción primaria e industrialización
9 CENTRALES AZUCAREROS
8 EMPRESAS DE ADMINISTRACIÓN,
DISTRIBUCIÓN Y COMERCIALIZACIÓN
34 EMPRESAS EN TOTAL
- AGROPATRIA
- CENTRO AZUCARERO EZEQUIEL ZAMORA
- LÁCTEOS LOS ANDES
- 10 EMPRESAS MIXTAS EN ASOCIACIÓN CON
PAÍSES DEL CONVENIO ALBA, CON CUBA Y
NICARAGUA
- ARROZ DEL ALBA - LEGUMINOSA DEL ALBA
- AVÍCOLA DEL ALBA - PORCINOS DEL ALBA
ORGANIZACIÓN ADMINISTRATIVA DESCENTRALIZADA FUNCIONALMENTE CON PERSONALIDAD JURÍDICA PROPIA, CREADOS SEGÚN :
INSTITUTO NACIONAL DE INVESTIGACIONES
AGRÍCOLAS (INIA)
FUNDACIÓN TIERRA FÉRTIL
FUNDACIÓN DE CAPACITACIÓN E INNOVACIÓN DE
APOYO A REVOLUCIÓN AGRARIA (CIARA)
INSTITUTO SOCIALISTA DE PESCA Y ACUICULTURA
(INSOPECA)
FONDO PARA EL DESARROLLO AGRARIO SOCIALISTA
(FONDAS)
INSTITUTO NACIONAL DE SALUD AGRÍCOLA INTEGRAL
(INSAI)
EMPRESA REGIONAL SISTEMAS HIDRÁULICOS
PLANICIE DE MARACAIBO (PLANIMARA)
BANCO AGRÍCOLA DE VENEZUELA (BAV)
FUNDACIÓN FRENTE BOLIVARIANO DE LUCHADORES
SOCIALES
PLANTA PROCESADORA DE PLÁTANO ARGELIA LAYA
EMPRESAS SOCIALISTAS SANTOS LUZARDO, PEDRO
CAMEJO, GANADERA AGROECOLÓGICA MARISELA Y
GANADERA AGROLOGICA BRAVOS DE APURE
2. REGLAMENTO INTERNO DEL
MINISTERIO DEL PODER
POPULAR PARA LA
AGRICULTURA
Y TIERRAS. GACETA OFICIAL
5685 DEL 23/12/2003
• REGLAMENTO ORGÁNICO DEL
MINISTERIO DEL PODER
POPULAR DE AGRICULTURA Y
TIERRAS GACETA. OFICIAL 38446
DEL 29/05/2006