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Date post: 23-Mar-2016
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PAGINAS 3, 4, 5, 6 Y 7 BACHILLERES SINTRAEMSDES 2009 PRUEBA SUPERADA PAGINA 2 EDITORIAL: Edicion 165 - Diciembre 23 - 2009
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PAGINAS 3, 4, 5, 6 Y 7

BACHILLERESSINTRAEMSDES

2009PRUEBA SUPERADAPAGINA 2

EDITORIAL:

ExpresiónSindicalEdicion 165 - Diciembre 23 - 2009

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2

EDITORIAL:

PRUEBA SUPERADA

ExpresiónSindical

Sindicato de Trabajadores de la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá ESP

SINTRAEMSDES SUBDIRECTIVA BOGOTAPersonería Jurídica

Nº 1.832 de Noviembre 4 de 1970

Oficina: Calle 24 Nº 37-15 Teléfonos: 2687705 - 3688496 Fax: 2686524

www.expresionsindical.comwww.sintraemsdesbogota.org

[email protected]@sintraemsdesbogota.org

1937 - 2009

JUNTA DIRECTIVA2009 - 2011

NELSON CASTRO RODRIGUEZPresidente

ORLANDO QUIROGA RODRIGUEZ Vicepresidente

URIEL ANGULO ARIZASecretario General

MARTIN QUIJANO ARIASFiscal

OMAR BOLIVAR FOREROTesorero

JOSUE CASTAÑEDA OSPINASecretario de Prensa y propaganda

CESAR SAAVEDRA PEREZSecretario de Educación, Cultura y Deportes

HUMBERTO POLO CABRERASecretario de Relaciones intersindicales

MIGUEL ANGEL FERNANDEZ Q.Secretario de Salud Ocupacional y Seguridad industrial

JORGE E. FRAILE GOMEZSecretario de Organización y Derechos Humanos

FRANCISCO VARGASCARLOS CAIMAN

Comisión de Reclamos

Dirección periodísticaPEDRO LARA CASTIBLANCO

ImpresiónTALLER DE ARTES GRAFICAS

EAAB - ESP

UNIDAD, ORGANIZACION Y LUCHA

Concluimos el año 2009 con la culminación exitosa de una expectativa por parte de 191 compañeros trabajadores, trabajadoras y miembros de su entorno fami-liar, quienes obtuvieron su titulo de bachiller en una emocionante ceremonia celebrada el lunes 14 de los corrientes.Este logro, fruto de la voluntad y de la tenacidad de aquellos compañeros y com-pañeras que decidieron asumir el reto de avanzar y progresar académicamente, forma parte también del empeño y la disposición de la Junta Directiva de Sin-traemsdes Bogotá (2009 - 2011), que considera que la educación y la formación de los trabajadores debe ser el eje fundamental del trabajo sindical.Pero para este primer logro, tanto la Dirección sindical como los trabajadores-educandos contaron con la decidida colaboración del Centro Educativo Boliva-riano, cuyos directivos brindaron la más decidida colaboración, para facilitar el proceso y favorecer los propósitos de aprendizaje y, por supuesto, el logro de la anhelada meta.Hoy, al celebrar alborozados este avance de los compañeros y compañeras que lograron el objetivo de su titulo de bachiller y que ahora se disponen a prepararse para las pruebas del ICFES, en el inicio de una etapa superior en su formación académica, no podemos hacer menos que aplaudir la proyección que adquiere con ello esta iniciativa, producto de un programa de trabajo que nos proponemos cumplir al pie de la letra, en beneficio de nuestros asociados.En el desarrollo de estos propósitos, que conllevan además a la participación de los trabajadores y trabajadoras en las nuevas opciones de ascenso en la empresa, con posibilidades de éxito, esperamos seguir contando con la colaboración de la Administración, cuyo aporte para la organización de la ceremonia de grado en la sede de Compensar fue de un decisivo valor.Como epílogo de esta nota y ya en las postrimerias de este año, pero con la mira en los objetivos del 2010, resulta oportuno recordar la frase de aquel legendario programa de TV, “El juego de la oca”, en homenaje a esta primera promoción de bachilleres de Sintraemsdes Bogotá, porque, sin duda, esta fue una ¡Prueba superada!

PENSAMIENTO BOLIVARIANO

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LA CEREMONIA

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DIPLOMAS Y MENCIONES10ExpresiónSindical 11ExpresiónSindical

COMPENSAR FUE LA ELEGIDAUno de los temas que mayor preocupa-ción genera entre los trabajadores, lo constituye, sin duda, la salud.Y precisamente atendiendo ese clamor, la Junta Directiva Sindical por medio de su delegado en el Comité de Servicio Médico, el compañero Vicepresidente Orlando Quiroga Rodríguez, ha adelan-tado un proceso orientado a garantizar la prestación adecuada de los servicios médico y odontológico, procurando subsanar los traumas que en el inme-diato pasado han ocasionado más de una protesta de trabajadores, pensio-nados y sus familiares.En el desarrollo de esa tarea, se cum-plieron las metas establecidas dentro del procedimiento para la contratación con una nueva EPS, como fueron la revisión y el ajuste de los términos de referencia para dicho contrato.En efecto, se estableció para ello el siste-ma de invitación pública que determinó la convocatoria a seis EPS, de las cuales solamente tres presentaron propuestas (Compensar, Colmédica y Sanitas).Orlando Quiroga destacó que “desde la coordinación del comité nos dedica-mos también a los pasos subsiguientes del proceso de contratación de la EPS, como son la revisión minuciosa de las propuestas, dejando explícita la deci-sión de que la minuta del contrato no se firmaría hasta establecer plenamen-te las condiciones del contrato”.Lo anterior con el propósito de evitar lo su-cedido el año anterior, cuando se permitió la inclusión de una cláusula que dejaba en libertad al contratista para que abandona-ra el servicio luego de un simple anuncio, con sesenta días de anticipación.

En esta oportunidad se eliminó esa cláusla, para garantizar la estabilidad del servicio.De otra parte señaló que se avanzó en la construcción colectiva, dentro del es-pacio del comité de Servicio Médico, con relación a un nuevo modelo de inter-ventoría, sobre la cual la organización sindical a través de sus representantes en el Comité, ya tienen una propuesta concreta que entraría a aprobarse en la próxima reunión de ese organismo.Quiroga manifestó que se ha trabajado intensamente, “de tal manera que ga-namos dos semanas, de acuerdo con el cronograma de actividades”.En lo que respecta a las ventajas que trae-rá el nuevo contrato, con la EPS Compen-sar, única entidad que cumplió con los re-quisitos del pliego de condiciones, Quiroga recordó que “pasamos de 48 a 53 obliga-ciones del contratista”.“También mejoramos en atención direc-ta de servicios adicionales tales como geriatría, dado que tenemos 3.550 pen-sionados. Y también en lo relacionado con el concepto de medicina familiar”.Mejoramos también en en cuanto a cen-tros de atención de urgencias en los 4 puntos cardinales de la ciudad, en medi-cina general y odontología. Se hace enfá-sis en el concepto de las citas prioritarias y en el manejo y control de las historias clínicas, lo mismo que en lo que tiene que ver con la entrega de medicamentos.Sinembargo, queda aún la preocupa-ción sobre el cumplimiento de la EPS en el desarrollo del contrato, motivo por el cual ha hecho enfásis en el tema del nuevo modelo de interventoría.El cumplimiento de todos esos pasos y re-

EL AGENTE CIVICOSábados, de 10:00 a 11:30 a. m.

Llame y participe: 2364049 - 6160246LA VOZ DE BOGOTA. 930 A. M.

Un programa de Sintraemsdes - Bogotá

quisitos permiten hoy mirar con optimis-mo el inmediato futuro del servicio médi-co, por cuanto desde el 10 de diciembre se viene realizando la labor de empalme entre la EPS saliente y la entrante Com-pensar, con el propósito de evitar los traumatismos de comienzos de año.Tal como va el proceso los trabajadores no tendremos inconvenientes con el ser-vicio médico al comenzar el año nuevo, concluyó Orlando Quiroga Rodríguez.

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CLAUSULA QUINTA. OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA.

El CONTRATISTA se obliga a garantizar la prestación del Plan Adicional de Sa-lud (PAS) contratado desde el inicio del contrato en los términos y condiciones establecidos y en las normas que sobre calidad, oportunidad y eficiencia rigen el Sistema General de Seguridad Social en Salud, y en especial se obliga a:1.Cumplir a cabalidad con las normas le-gales del Sistema General de Seguridad Social en Salud, incluyendo la circular 021 de fecha octubre 07 de 2005 emitida por la Superintendencia Nacional de Salud. 2.Atender por intermedio de la red de pres-tadores de servicios de salud presentada en la oferta o los que posteriormente ingre-sen, las necesidades médico – odontológi-cas y asistenciales de la población destina-taria, en las condiciones de oportunidad, calidad y accesibilidad pertinentes para dar una solución terapéutica a las necesi-dades de salud de los pacientes. La red de profesionales e instituciones adscritas pre-sentadas en la oferta, podrá ser ampliada a solicitud del interventor si las necesidades de salud de los usuarios asignados así lo ameritan. De requerirse por parte de algún

usuario un tratamiento o procedimiento que no realice ningún prestador de la red adscrita, el contratista se compromete a adelantar en forma oportuna los trámites necesarios para autorizar el servicio con el proveedor que lo realice.3.Garantizar que la red de prestadores de servicios de salud cumpla con las nor-mas legales de habilitación del Sistema General de Seguridad Social en Salud, y mantener vigentes todas las licencias y/o permisos que se requieran para tal fin.4.Respetar la libre elección por parte de los usuarios de los prestadores de servi-cios de salud ofrecidos por el CONTRA-TISTA en su red. 5.Vincular directamente a su nomina, mediante contrato laboral a los profesio-nales de primer contacto, es decir médi-cos generales y odontólogos que atiendan en las sedes propias de la EAAB – ESP.6.Ofrecer a la población destinataria de los servicios contratados, la oportunidad de recibir la atención requerida para me-dicina y odontología general, en un térmi-no no mayor de cuatro (4) días calendario contados desde el momento de la soli-citud del servicio, salvo en los casos de urgencias, la cual deberá ser garantizada

por el CONTRATISTA de manera inmedia-ta. Para consulta especializada lo hará en un término no mayor a 7 días calendario. Para la sede principal del Servicio Médico y Odontológico (Av. Calle 24 No. 39 A- 44) garantizará el servicio de citas médicas y odontológicas no programadas, las cua-les deberán ser atendidas en un lapso no mayor a 4 horas desde su solicitud.7.Atender a la población destinataria de los servicios contratados sin hacer ningún tipo de discriminación en relación con los pa-cientes particulares o de otras entidades.8.Garantizar acceso directo a la consulta médica y odontológica general, optometría y para las especialidades de pediatría, gineco – obstetricia, ortopedia, geriatría, medicina familiar y medicina interna. El acceso a las demás especialidades se hará por remisión del médico tratante y/o de cabecera, incluyendo todas las especia-lidades y subespecialidades médicas y odontológicas disponibles y autorizadas en el país así como consultas con medici-na alternativa prestadas por profesionales y/o instituciones con las respectivas auto-rizaciones y habilitaciones para tal efecto. Las remisiones o interconsultas entre mé-dicos especialistas se autorizarán directa-

LAS OBLIGACIONES DE LA EPS

Algunas de las mejoras sustanciales introducidas al contrato con la EPS Compensar están contempladas en las 53 obligaciones que tiene el contratista, lo mismo que el enfásis que se introduce en temas como la medicina familiar. A continuación publica-mos textualmente las 53 obligaciones de Compensar para que las tengamos presen-tes al momento de acceder al servicio, con el propósito de exigir su cumplimiento, ejerciendo de esa manera una interventoría directa del contrato.

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mente sin necesidad de que vuelva a pasar por el médico de cabecera. 9.Garantizar atención domiciliaria médica y paramédica incluyendo los suministros y elementos necesarios para una aten-ción integral buscando el mejoramiento de su salud o calidad de vida, sin límites geográficos en el área urbana de los mu-nicipios donde esté disponible el servicio. Un paciente podrá ingresar al programa de hospitalización domiciliaria siempre y cuando cumpla con los requisitos de tener un espacio físico adecuado en su domicilio y contar con adecuado soporte familiar. En caso contrario el contratista se obliga a mantenerlo institucionalizado en una IPS o en una Unidad de Cuida-dos Intermedios según la condición del paciente. De cumplir el primer requisito (espacio físico adecuado en su domicilio) y no el segundo, se podrá optar por el cui-dado de enfermera domiciliaria durante las 24 horas, previo análisis y valoración por parte del Comité Médico Científico de la EAAB - ESP. Cualquier procedimiento medico o paramédico (inyectología, cura-ciones, cambios de sondas, etc.) debe ser prestado por personal del contratista y no se podrá delegar esta actividad a familia-res o cuidador del paciente.10.Organizar y dotar para la sede princi-pal del servicio médico y odontológico (Av. Calle 24 No. 39 A- 44) , un área destina-da para sala de procedimientos mínimos que incluya inyectología (excepto medica-mentos que requieran prueba de sensibi-lidad), curación de heridas limpias, toma de glucometrías, toma de tensión arterial, realización de electrocardiograma básico.11.Garantizar procedimientos quirúrgi-cos ambulatorios o con hospitalización que sean solicitados por el médico tratan-te para la recuperación y/o mejoramiento de la salud del paciente, independiente-mente de la técnica quirúrgica, incluyen-do la corrección quirúrgica de defectos de refracción, cirugía bariátrica, trasplante de órganos, etc. Excluye procedimientos con fines estéticos o de embellecimiento. No podrán ser considerados estéticos la corrección de alteraciones o deformidades producto de una enfermedad o trauma.12.Garantizar que las estancias hospita-larias sean en habitación individual y con baño privado, con la comodidad y oportu-nidad del plan adicional de salud.13.Garantizar atención integral de las adicciones a sustancias psicoactivas y al alcohol, incluyendo actividades, pro-cedimientos e intervenciones de carácter educativo, instruccional o capacitación en

modalidades ambulatorio o internado, que se lleven a cabo durante el proceso de re-habilitación. Se exceptúan de este servicio los trabajadores y sus respectivos fami-liares beneficiarios, vinculados a la EAAB – ESP a partir del 27 de mayo de 1996.14.Estudiar y tratar la infertilidad sin lí-mite de costo.15.Ejecutar procedimientos e intervencio-nes terapéuticas, para la disfunción eréctil, incluyendo suministro de medicamentos.16.Efectuar sicoterapias ilimitadas en el tiempo de acuerdo con el criterio del pro-fesional tratante.17.Ordenar y suministrar los exámenes de apoyo diagnóstico y/o terapéutico que sean necesarios, guardando relación es-trecha y estricta con los parámetros cien-tíficos, de calidad y cantidad establecidos por la Ley y/o por las autoridades cientí-ficas internacionales.18.Garantizar cama para acompañante y/o servicio de enfermería especial du-rante la hospitalización de pacientes que por su edad o condición médica requie-ran acompañamiento.19.Garantizar la hospitalización siquiátrica de acuerdo con el criterio del médico tratante. 20.Garantizar medicamentos cubiertos o no por el POS en presentación comercial o genérica pertinentes para tratar o diag-nosticar eficazmente, en forma ambulato-ria las enfermedades de los trabajadores y pensionados de la EAAB – ESP que sean prescritos por el médico tratante. Siempre se respetará la formulación del médico.Los familiares beneficiarios de los traba-jadores y pensionados, reciben medica-mentos incluidos en el POS en los trata-mientos ambulatorios (excepto para los tratamientos claramente establecidos en el presente listado). En aquellos eventos en los cuales el médico tratante formule a los familiares beneficiarios, medicamentos por fuera de las coberturas del Plan Obli-gatorio de Salud (POS) el CONTRATISTA se obliga a realizar los trámites corres-pondientes para que tales solicitudes y/o formulaciones sean debidamente estudia-das y/o aprobadas por el Comité Técnico Científico, siempre y cuando exista simul-taneidad con el POS. En caso contrario el CONTRATISTA dará la respectiva orien-tación e información para que el familiar beneficiario, realice el trámite ante su res-pectiva EPS donde tiene el POS.21.Implementar los mecanismos necesa-rios para entregar a los usuarios los me-dicamentos en forma oportuna. Se per-

mitirá como máximo de medicamentos (ítems) pendientes el 2% con relación al total de medicamentos (ítems) entregados mensualmente para pacientes con medi-camentos de uso crónico. Para pacien-tes agudos, se permitirá como máximo de medicamentos (ítems) pendientes el 6% con relación al total de medicamentos (ítems) entregados mensualmente. Los medicamentos que se generen como pendientes deben ser entregados por par-te del contratista, en el domicilio del pa-ciente a más tardar en las siguientes 48 horas de su generación, con excepción de los medicamentos para atención de pa-tologías tales como, hipertensión arterial, diabetes mellitus, epilepsia, procesos infecciosos (antibióticos), enfermedades tromboembólicas (anticoagulantes) los cuales en caso de generarse como pen-dientes deben entregarse en un plazo máximo de 24 horas, en el domicilio del usuario. Bajo ninguna circunstancia el usuario podrá ser remitido a diferentes puntos de entrega de medicamentos para su consecución, pues ésta es una respon-sabilidad propia del Contratista.22.Suministrar los filtros o protectores solares con una periodicidad de cada tres meses, en la cantidad necesaria ordena-da por el médico tratante, para aquellos pacientes que padezcan enfermedades dermatológicas causadas o empeoradas por la exposición a radiación ultravioleta, incluyendo los pacientes con antecedente de cáncer de piel.23.Organizar y ejecutar un plan de entre-

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ga descentralizada de medicamentos de uso crónico de manera que los usuarios puedan reclamarlos en un punto cercano a su domicilio y no necesariamente en la farmacia que ubicará en la sede principal del servicio médico.24.Garantizar el suministro de los medi-camentos y/o vacunas que no sean pro-ducidos ni comercializados en el país for-mulados por el médico tratante.25.Formular y entregar los medicamen-tos para un período de hasta tres meses, teniendo en cuenta factores de accesibi-lidad geográfica, limitaciones físicas del paciente, viajes al exterior, para pacien-tes crónicos controlados y de acuerdo con el criterio del médico tratante. 26.Suministrar elementos de curación y otros elementos de uso terapéutico o diagnóstico requeridos por los usuarios.27.Suministrar todo tipo de prótesis, cal-zado especial, medias elásticas con gra-dientes de presión, plantillas, corsés, fa-jas, férulas acrílicas, bragueros, sillas de ruedas, cama hospitalaria (para pacien-tes diferentes a los que se encuentren en programa de hospitalización domiciliaria, pues estos per sé la requieren), todos por prescripción médica o por recomendación del Comité Médico Científico de la EAAB – ESP a través del Interventor.28.Suministrar oxigeno portátil, CPap y ele-mentos adicionales prescritos por el médico tratante para el adecuado uso de éstos.29.Suministrar lentes o lentes de contac-to para la corrección de los problemas re-fractivos cuya periodicidad será determi-nada por el profesional tratante según los cambios en la formula. Además proveerá monturas por un valor de hasta una sexta parte de un salario mínimo legal mensual

vigente. Así mismo, proporcionará la co-rrección del trastorno fisiológico de tipo refractivo. Cualquier característica adicio-nal en los lentes que no redunde en este objetivo, será asumido por el usuario30.Suministrar, mantener y reparar au-dífonos canaliculares, de concha y media concha, según prescripción del profesio-nal tratante.31.Suministrar vacunas e inmunizacio-nes solicitadas por el médico tratante o como parte de actividades preventivas de acuerdo con la evidencia científica para la protección del riesgo de enfermedad co-mún. Para la aplicación de estas vacunas dispondrá de por lo menos cinco puntos ubicados en sectores estratégicos de la ciudad (nororiente, noroccidente, suro-riente, suroccidente y un punto cercano a la sede principal del servicio médico de la EAAB-ESP.).32.Organizar, ejecutar y hacer seguimien-to al programa de promoción de la salud y de prevención y/o detección temprana de la enfermedad presentado en anexo, el cual será parte integral del contrato.33.Trasladar en ambulancia desde o ha-cía el domicilio del paciente, en casos de urgencia o por solicitud expresa del médi-co tratante, o cuando las condiciones clí-nicas del paciente le impidan movilizarse en otro medio de transporte, a una acti-vidad medica o paramédica. Este servicio también podrá ser solicitado por el inter-ventor cuando lo considere pertinente.34.Prestar servicios de Odontología es-pecializada: Periodoncia, Ortodoncia pre-ventiva y correctiva, rehabilitación oral (incluye prótesis parcial removible, próte-sis total, prótesis fija, coronas metal no precioso, núcleos en metal no precioso),

odontopediatría, cirugía endodontica, ci-rugía oral y maxilofacial, prostodoncia, radiología extraoral y terapias de articu-lación. No incluye implantes.35.Eliminar períodos mínimos de cotiza-ción y preexistencias.36.Garantizar cualquier otra actividad, procedimiento y/o suministro, sea diag-nóstico, terapéutico o preventivo, no in-cluido en el POS ni en el presente listado, ordenado por un profesional de la red de prestadores del Contratista y respaldado por la evidencia científica. 37.Garantizar a través de los profesiona-les propios de las IPS´s de la red ofrecida por el CONTRATISTA, los servicios reque-ridos cuando el paciente ingrese por Ur-gencias, en aras de garantizar la oportu-nidad en los servicios.38.Todo servicio ambulatorio solicitado por los médicos como producto de una atención de urgencias o posterior a una hospitalización en institución de la red, será trascrito y/o autorizado sin necesi-dad de pasar a consulta nuevamente con los médicos del CONTRATISTA.39.Garantizar a través del presente con-trato, los servicios integralmente. No po-drá negar la prestación del servicio remi-tiendo un usuario a su respectiva EPS, por tener el usuario el POS en una enti-dad diferente, a la del CONTRATISTA res-ponsable del PAS. Salvo en las expresas exclusiones de beneficios consagradas en el numeral 20 de la presenta cláusula.40.Garantizar dentro del sistema de refe-rencia y contrarreferencia del CONTRA-TISTA, que el médico especialista al cual fue remitido, realice los controles que estime pertinentes, sin necesidad de que el paciente tenga que regresar al médico

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remitente y/o de cabecera hasta tanto lo considere el médico especialista. 41.Reembolsar al usuario en un plazo no superior a un mes a partir de la fecha de solicitud y documentos soporte remitidos por el usuario o por la Dirección de Salud de la EAAB –ESP, los costos en que haya incurrido, si por desconocimiento del CON-TRATISTA y/o alguno de sus prestadores o funcionarios, se hubiere negado un servicio al cual tiene derecho el trabajador, pen-sionado o beneficiario. Cuando el usuario incurra en costos por falta de prestadores de la red del CONTRATISTA en la ciudad o municipio donde se requirió el servicio, el CONTRATISTA hará el reembolso respecti-vo y en caso de ser el lugar de residencia del usuario, buscará establecer un conve-nio para la respectiva cobertura, con una entidad de salud de la ciudad o municipio.42.Permitir a los funcionarios médicos y odontólogos de la DIRECCIÓN SALUD de la EAAB – ESP el acceso, tanto a la infor-mación relacionada con el estado de sa-lud de los usuarios, como a la prestación de los servicios de salud por medio de la auditoria de todos los registros, ordenes de exámenes, resultados de los mismos, formulas médicas, etc., suministrando copia de la historia clínica y demás docu-mentos que requiera la EAAB - ESP, pre-via autorización del paciente, conforme a la resolución No.1995 de 1999.43.Presentar las facturas cumpliendo con todos y cada uno de los requisitos de tiem-po y forma exigidos por la Ley y por la EAAB – ESP para su reconocimiento y pago.44.Comunicar a la EAAB – ESP los casos que a su juicio ameriten una incapacidad de carácter definitivo y/o temporal, soportando en debida forma el concepto emitido, confor-me a la resolución No.1995 de 1999.45.Apoyar a la EAAB – ESP y suministrar oportunamente, la información que esta úl-

tima requiera para la resolución adecuada y oportuna de quejas, requerimientos y ac-ciones judiciales interpuestas por los usua-rios por causa o por ocasión del desarrollo del objeto del presente contrato; todo ello dentro de los límites y términos estableci-dos para tal fin por la EAAB - ESP. 46.Mantener apropiados, suficientes y eficientes sistemas de recepción y orien-tación permanentes y accesibles a los usuarios, así como canales de comuni-cación telefónica con el fin de facilitarles el acceso, la información y la adecuada utilización de los servicios;47.Abstenerse de utilizar o permitir el uso de la base de datos que contiene la información de los usuarios a cargo del CONTRATISTA, para realizar promocio-nes comerciales o actividades distintas a las necesarias para la adecuada ejecu-ción del presente Contrato.48.Diseñar e implementar un sistema que permita medir la satisfacción del clien-te mediante actividades de seguimiento

y evaluación, que sirva de base para la toma de decisiones y desarrollo de accio-nes de mejoramiento continuo.49.Contratar para el cumplimiento del punto anterior, un tercero de manera tal que se garantice imparcialidad en los re-sultados de la medición. Durante el pri-mer trimestre del contrato se diseñará el sistema y a partir del segundo trimestre se deberá presentar un informe trimestral sobre la medición y resultados de la mis-ma. La definición del sistema y los pará-metros para la medición, se hará en forma conjunta entre el contratista, la Interven-toría y el Comité Paritario del Servicio Médico y Odontológico de la EAAB - ESP50.Asistir a la reunión trimestral que se debe realizar conjuntamente entre re-presentantes del CONTRATISTA y los Miembros del Comité Paritario del Servi-cio Médico y Odontológico, los Miembros del Comité Médico Científico de la EAAB - ESP y el Interventor, y de la misma, se levantará el acta correspondiente donde se señalen, entre otros, los acuerdos y compromisos. Lo anterior sin perjuicio de las reuniones que disponga el interventor de manera extraordinaria.51.Proveer los informes sobre evalua-ción y control de la gestión relativos a la oportunidad, calidad, eficiencia de los servicios y suministros prestados a la po-blación destinataria, con la periodicidad, alcances e indicadores determinados en el presente contrato.52.Atender todas las solicitudes de la Di-rección Salud de la EAAB – ESP y/o del interventor, sean éstas asistenciales o administrativas, en un tiempo no mayor a 10 días calendarios.53.Garantizar la atención de urgencias odon-tológicas las 24 horas del día, todos los días incluyendo sábado, domingos y festivos en por lo menos tres puntos distintos ubicados estratégicamente en la ciudad de Bogotá.

Durante la suspensión temporal de la atención en los centros médicos propios de la EAAB-ESP, los servicios de urgencias y hospitalización se atenderán directamente en las clínicas,

durante las 24 horas.Los servicios especiales como oxígeno y hospitalización domiciliaria, unidades de cuidados intermedios, pacientes hospitalizados, etc, se prestarán en forma ininterrumpida y serán asumidos a partir de las 00:00 horas del 1 de enero de 2010 por la EPS COMPENSAR.

LINEAS DE ATENCIONPara aclaraciones, ampliación de información o para reportar dificultades en el servicio estarán disponibles los siguientes teléfonos:

Dirección de Salud EAAB-ESP: 3447890 - 3447891 - Celular: 3006775676COMPENSAR (Bogotá y municipios anexos): 4441234. Fuera de Bogotá: 018000915202 (Servicio las 24 horas).

Adicional a los conductos anteriores se atenderán aclaraciones en el celular 3012409285 - Enfermera de autorizaciones Esmeralda Ruíz.

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ExpresiónSindicalEdicion 165 - Diciembre 23 - 2009

COMPENSAR FUE LA ELEGIDA

SUS DERECHOS ANTE COMPENSAREN ESTA EDICIONPAGINAS 12, 13, 14 Y 15