FORMATO PARA
PRESENTACIÓN DE PLANES Y
PROGRAMAS PROPIOS
Departamento de Educación
Secretaría Regional Ministerial de Educación
Región Metropolitana
Documento de Apoyo Nº 1/2014
Introducción
El DFL2 /2010 en su art. 31º, establece que los Establecimientos Educacionales tendrán
libertad para desarrollar Planes y Programas propios de estudio que consideren
adecuados para el cumplimiento de los objetivos generales definidos en las Bases
Curriculares y de los complementarios que cada uno de ellos fije, los que presentarán
para su aprobación a las respectivas Secretarías Regionales Ministeriales de Educación.
Por otra parte, el Decreto Nº 220/1998 en sus artículos 5º y 6º y Decreto Nº 822/1996 en su
artículo 1º, otorgan facultades a las Secretarías Regionales Ministeriales de Educación
para que, en nombre del Presidente de la República, aprueben los Planes y Programas
propios que presenten los Establecimientos Educacionales, mediante la dictación de una
Resolución Exenta.
Los Sostenedores, Directores y Jefes de UTP, de establecimientos educacionales que
presenten Planes y Programas propios de estudio, deberán considerar el contexto
normativo curricular que fundamenta la solicitud y la respuesta que esta Secretaría
Regional Ministerial de Educación, debe dar a la petición.
1. El Sistema Educacional en Chile se estructura y se organiza en torno a (y en función
de) un currículum nacional único e igual para todos.
i. En efecto, el contexto es el sistema educacional regulado, entre otras, por el DFL
Nº 2/2010 que fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº20.370,
General de Educación, con las normas no derogadas del Decreto con Fuerza de
Ley Nº 1, de 2005; y, por la Ley Nº 20529/2011, que establece Sistema Nacional de
Aseguramiento de la Calidad de la Educación Parvularia, Básica y Media y su
fiscalización.
ii. El artículo 1º del DFL Nº 2/2010, que indica los propósitos de la norma, entre otros,
expresa:
“(…) fija los requisitos mínimos que deberán exigirse en cada uno de los niveles
de educación Parvularia, Básica y Media; y,
regula el deber del Estado de velar por su cumplimiento (…)”
iii. En los artículos Nº 19 y Nº 20, el DFL Nº 2 define los niveles de educación básica y
media, establece la finalidad (o propósito fundamental) de cada uno de ellos; y el
medio para lograrla:
Art. 19.
La Educación Básica es el nivel educacional que se orienta hacia la formación
integral de los alumnos, en sus dimensiones física, afectiva, cognitiva, social,
cultural, moral y espiritual, desarrollando sus capacidades de acuerdo a los
conocimientos, habilidades y actitudes definidos en las bases curriculares que se
determinen en conformidad a esta ley, y que les permiten continuar el proceso
educativo formal.
Art. 20.
La Educación Media es el nivel educacional que atiende a la población escolar
que haya finalizado el nivel de Educación Básica y tiene por finalidad procurar que
cada alumno expanda y profundice su formación general y desarrolle los
conocimientos, habilidades y actitudes que le permitan ejercer una ciudadanía
activa e integrarse a la sociedad, los cuales son definidos por las bases curriculares
que se determinen en conformidad a esta ley.
Este nivel educativo ofrece una formación general común y formaciones
diferenciadas. Estas son la Humanístico-Científica, Técnico Profesional y Artística, u
otras que se podrán determinar a través de las referidas bases curriculares.
La formación diferenciada Humanístico-Científica, está orientada a la
profundización de áreas de la formación general de interés de los estudiantes. La
formación diferenciada Técnico-Profesional está orientada a la formación en
especialidades definidas en términos de perfiles de egreso en diferentes sectores
económicos de interés de los alumnos. La formación diferenciada Artística está
orientada a la formación especializada definida en términos de perfiles de egreso
en las diferentes áreas artísticas de interés de los alumnos.
Dicha enseñanza habilita, por otra parte, al alumno, para continuar su proceso
educativo formal a través de la educación superior o incorporarse a la vida del
trabajo.
iv. Por su parte, la Ley Nº 20529/2011, que establece el Sistema Nacional de
Aseguramiento de la Calidad, expresa:
Artículo 2º
El Sistema actuará sobre la educación formal, de acuerdo a los objetivos
generales y sus respectivas bases curriculares señalados en la ley N° 20.370,
General de Educación, y operará mediante un conjunto de políticas, estándares,
indicadores, evaluaciones, información pública y mecanismos de apoyo y
fiscalización a los establecimientos, para lograr la mejora continua de los
aprendizajes de los alumnos, fomentando las capacidades de los establecimientos
y sus cuerpos directivos, docentes y asistentes de la educación.
Artículo 3º
El Sistema considerará:
a) Estándares de aprendizaje de los alumnos, referidos a los objetivos generales
señalados en la ley y sus respectivas bases curriculares; otros indicadores de
calidad educativa y estándares indicativos de desempeño de los establecimientos
educacionales y sus sostenedores.
POR LO TANTO,
Presentar Planes Y Programas Propios significa, entonces, que:
Los responsables de la organización y conducción, para el cumplimiento de los
objetivos educacionales y de aprendizaje, de los establecimientos educacionales que
presentan planes y programas propios, tienen meridianamente claro, sobre la base de
la normativa vigente, que es el currículum el que organiza a los establecimientos
educacionales en modalidades de educación e, interiormente, en niveles y cursos; así
como se puede inferir, hipotéticamente, que, el currículum, de carácter único, igual
para todos y universal, es el gran “constructor”, de un cierto nivel o peldaño, de
equidad en educación, en el aspecto “desarrollo humano”;
Sostenedores, Directivos, Conductores Técnicos, Docentes y Padres, Madres y
Apoderados de todo establecimiento educacional que cuente con Reconocimiento
Oficial, debe respetar esta norma, característica del sistema educacional vigente, no
sólo al presentar planes y programas propios para ser analizados sino también,
actualizando los planes y programas que estructuran su proceso de enseñar, según las
Bases Curriculares que el Ministerio formule.
En breve, los establecimientos que presenten sus Planes y Programas propios deben
presentar:
A. Objetivos de Aprendizaje/Objetivos de Aprendizaje Transversales, determinados
por las respectivas Bases Curriculares, en un orden diferente al señalado por el
Ministerio; y además,
B. Agregar Objetivos de Aprendizaje complementarios, que se orientan en el sentido
del P.E.I de cada Liceo, Colegio y/o Escuela.
En síntesis, los establecimientos deben analizar muy detenida y claramente la necesidad
efectiva de presentar planes y programas propios y, al hacerlo, deben evitar:
parafrasear los objetivos presentados en las Bases,
dividirlos en dos o tres objetivos, y/o
separar: contenidos, habilidades.
En este contexto, se entrega a Sostenedores, Directores y Jefes UTP de los establecimientos
educacionales que cuentan con Reconocimiento Oficial, un formato que les permita
entregar información pertinente y relevante, que acompañe a la solicitud de aprobación
y a los programas y planes cuya aprobación se solicita.
Formato con antecedentes necesarios:
i. Antecedentes que identifican al establecimiento;
ii. Antecedentes atingentes del proceso de enseñar/aprender:
De carácter normativo: Resoluciones Exentas / Decretos;
De carácter pedagógico: plan de estudio actual/plan de estudio modificado,
uso de las TIC’s, formas pedagógicas de atención a la diversidad (inteligencias
múltiples, inmadurez afectiva, por ejemplo);
De carácter didáctico: descripción breve de los programas de estudio que
solicita aprobar, incorporando en los Objetivos de Aprendizaje las habilidades y
actitudes que se intenciona desarrollar.
(Descripción breve significa: explicitar --¿y explicar concisamente?-- la estructura del
programa apuntando a su valor/su dinámica para guiar/conducir con efectividad la
acción de enseñar/de incorporar los objetivos de aprendizaje)
La presentación debe considerar dos ejemplares: uno vuelve timbrado al establecimiento,
el otro va al archivo de la SECREDUC.
FORMATO DE PRESENTACIÓN
I. ANTECEDENTES GENERALES:
1. ANTECEDENTES ESTABLECIMIENTO:
Nombre del E.E.:
RBD:
Nombre del Director:
Dirección EE:
Comuna:
DEPROV:
Mail:
Fono:
Celular:
Dependencia:
Nombre Entidad Sostenedora:
Nº de Semanas de clases:
Nivel Presentado:
2. ANTECEDENTES CURRICULARES.
1. Situación curricular:
[Registre y adjunte en su solicitud, los documentos normativos que sustentan el Plan y
los Programas que se desarrollan actualmente, (antes que entre en vigencia la
modificación), en el establecimiento].
Por ejemplo:
- Resolución Exenta Nº 11111/2040, que aprobó…….; o,
- Decreto Exento Nº 99999/2081, que aprobó……; o,
- Decreto Supremo Nº 71718/1814, que aprobó
2. Propuesta del establecimiento.
- Plan de estudio actual (antes de la modificación solicitada)
- Exponer breve y claramente:
la modificación que solicita se autorice de (Plan de Estudio/Curso,
Programa de Asignatura/curso); o,
el Plan de Estudio, que solicita aprobar; y,
el o los Programa/s, señalando la asignatura y cursos.
[NOTA: ver separata adjunta con matrices para presentar los planes de estudio, acorde
a los Decretos Exentos Nº 2960/2012, Nº 1363/2011 modificado y Nº 1358/2011 modificado;
y, una sugerencia de estructura para presentar los Programas de estudio.]
3. Complemento de información:
- Exponer brevemente la fundamentación de lo que solicita.
- Exponer brevemente la importancia en relación al contexto de mejoramiento del
establecimiento; es decir, mejoramiento de los logros de aprendizaje, de las
prácticas de enseñanza y de planificación del cumplimiento del currículo en el
aula; de las prácticas acotadas de reforzamiento, y de evaluación).
- Declarar si tiene la calidad jurídica “con JEC” (Jornada Escolar Completa), Nº y
fecha de Resolución Exenta que le aprobó esa calidad y los cursos incluidos, y el
Nº de semanas de trabajo anual.
II. ANTECEDENTES PARTICULARES
4. Plan de Estudio modificado:
- Presentar Plan(es) de Estudio con la modificación cuya aprobación se solicita,
correspondiente (s) al o a cada uno de los cursos involucrados. (usar la Matriz
correspondiente)
5. Programas de Estudio:
- Listar los Programas cuya aprobación se solicita y que se envían para ese
efecto, indicando los cursos involucrados en cada uno.
- Describir su estructura y su valor para la acción de enseñar/aprender.
(Ver Separata adjunta)
SEPARATA
MATRICES PLAN DE ESTUDIO Y ESTRUCTURA DE PROGRAMA.
A. MATRICES PLAN DE ESTUDIO
PLAN DE ESTUDIOS DE PRIMER A CUARTO AÑO DE EDUCACIÓN BÁSICA Decreto 2960 Exento de 2012. Adscrito al Régimen de J.E.C.D.
ASIGNATURAS
Horas Anuales MINEDUC
Propuesta Establecimiento
Horas Anuales Horas semanales
Lenguaje y Comunicación 304
Idioma Extranjero: Inglés -
Matemática 228
Historia, Geografía y Ciencias Sociales
114
Ciencias Naturales 114
Artes Visuales 76
Música 76
Educación Física y Salud 152
Orientación 19
Tecnología 38
Religión (Optativo) 76
Libre disposición 247
TOTAL TIEMPO ESCOLAR 1444
PLAN DE ESTUDIOS DE QUINTO Y SEXTO AÑO DE EDUCACIÓN BÁSICA Decreto 2960 Exento de 2012. Adscrito al Régimen de J.E.C.D.
ASIGNATURAS Horas Anuales
MINEDUC Propuesta Establecimiento
Horas Anuales Horas semanales
Lenguaje y Comunicación 228
Idioma Extranjero: Inglés 114
Matemática 228
Historia, Geografía y Ciencias Sociales
152
Ciencias Naturales 152
Artes Visuales 57
Música 57
Educación Física y Salud 76
Orientación 38
Tecnología 38
Religión (Optativo) 76
Libre disposición 228
TOTAL TIEMPO ESCOLAR 1444
PLAN DE ESTUDIOS DE PRIMER A CUARTO AÑO DE EDUCACIÓN BÁSICA Decreto 2960 Exento de 2012. No Adscrito al Régimen de J.E.C.D.
ASIGNATURAS Horas Anuales
MINEDUC Propuesta Establecimiento
Horas Anuales Horas semanales
Lenguaje y Comunicación 304
Idioma Extranjero: Inglés -
Matemática 228
Historia, Geografía y Ciencias Sociales
114
Ciencias Naturales 114
Artes Visuales 76
Música 76
Educación Física y Salud 114
Orientación 19
Tecnología 19
Religión (Optativo) 76
TOTAL TIEMPO ESCOLAR 1140
PLAN DE ESTUDIOS DE QUINTO Y SEXTO AÑO DE EDUCACIÓN BÁSICA Decreto 2960 Exento de 2012. No adscrito al Régimen de J.E.C.D.
ASIGNATURAS Horas Anuales
MINEDUC Propuesta Establecimiento
Horas Anuales Horas semanales
Lenguaje y Comunicación 228
Idioma Extranjero: Inglés 114
Matemática 228
Historia, Geografía y Ciencias Sociales
152
Ciencias Naturales 114
Artes Visuales 38
Música 38
Educación Física y Salud 76
Orientación 38
Tecnología 38
Religión (Optativo) 76
TOTAL TIEMPO ESCOLAR 1140
PLAN DE ESTUDIO DE 3° Y 4° AÑO DE EDUCACIÓN MEDIA Decreto 27 Exento de 2011, y sus Modificaciones. Adscrito al Régimen de J.E.C.D.
SUBSECTORES DE APRENDIZAJES Horas Semanales
MINEDUC Horas Semanales
Propuesta Establecimiento
FORMACIÓN GENERAL HUMANISTICO- CIENTÍFICA:
3 Lengua Castellana y Comunicación
Idioma Extranjero: Inglés 3
Matemática 3
Ciencias Naturales: Biología Física Química
4
Historia y Ciencias Sociales 4
Filosofía y Psicología 3
Educación Artística: Artes Visuales Artes Musicales
2
Educación Física 2
Consejo de Curso 1
Religión 2
TOTAL HORAS SEMANALES FORMACIÓN GENERAL 27
HORAS SEMANALES FORMACIÓN DIFERENCIADA: Electivo 1 Electivo 2 Electivo 3
9
Tiempo de Libre Disposición 6
TOTAL TIEMPO MINIMO DE TRABAJO SEMANAL 42
PLAN DE ESTUDIO DE 3° Y 4° AÑO DE EDUCACIÓN MEDIA Decreto 27 Exento de 2011, y sus Modificaciones. No adscrito al Régimen de J.E.C.D.
SUBSECTORES DE APRENDIZAJES Horas Semanales
MINEDUC Horas Semanales
Propuesta Establecimiento
FORMACIÓN GENERAL HUMANISTICO- CIENTÍFICA:
3 Lengua Castellana y Comunicación
Idioma Extranjero: Inglés 3
Matemática 3
Ciencias Naturales: Biología Física Química
4
Historia y Ciencias Sociales 4
Filosofía y Psicología 3
Educación Artística: Artes Visuales Artes Musicales
2
Educación Física 2
Consejo de Curso 1
Religión 2
TOTAL HORAS SEMANALES FORMACIÓN GENERAL 27
HORAS SEMANALES FORMACIÓN DIFERENCIADA: Electivo 1 Electivo 2 Electivo 3
9
TOTAL TIEMPO MINIMO DE TRABAJO SEMANAL 36
Vigencia a contar del Año Escolar 2015
PLAN DE ESTUDIOS DE SEPTIMO Y OCTAVO AÑO DE EDUCACIÓN BÁSICA Decreto Exento N° 1363/2011, Modificado 2014, No Adscrito al Régimen de J.E.C.D.
ASIGNATURAS Horas Anuales
MINEDUC Propuesta Establecimiento
Horas Anuales Horas semanales
Lenguaje y Literatura 228
Idioma Extranjero: Inglés 114
Matemática 228
Historia, Geografía y Ciencias Sociales 152
Ciencias Naturales 152
Educación Artística 76
Educación Física y Salud 76
Orientación 38
Educación Tecnológica 38
Religión 76
Sub Total Tiempo Mínimo Anual 1178
Tiempo Libre Disposición 76
TOTAL TIEMPO MINIMO ANUAL 1254
PLAN DE ESTUDIOS DE SEPTIMO Y OCTAVO AÑO DE EDUCACIÓN BÁSICA Decreto Exento N° 1363/2011, Modificado 2014, Adscrito al Régimen de J.E.C.D.
ASIGNATURAS Horas Anuales
MINEDUC Propuesta Establecimiento
Horas Anuales Horas semanales
Lenguaje y Literatura 228
Idioma Extranjero: Inglés 114
Matemática 228
Historia, Geografía y Ciencias Sociales 152
Ciencias Naturales 152
Educación Artística 114
Educación Física y Salud 76
Orientación 38
Educación Tecnológica 38
Religión 76
Sub Total Tiempo Mínimo Anual 1216
Tiempo Libre Disposición 228
TOTAL TIEMPO MINIMO ANUAL 1444
Vigentes a contar del Año Escolar 2016
PLAN DE ESTUDIOS DE PRIMER AÑO DE EDUCACIÓN MEDIA Decreto Exento N1358/2011, Modificado 2014, No Adscrito al Régimen de J.E.C.D.
ASIGNATURAS Horas Anuales
MINEDUC Propuesta Establecimiento
Horas Anuales Horas semanales
Lengua y Literatura 228
Idioma Extranjero: Inglés 114
Matemática 228
Historia, Geografía y Ciencias Sociales 152
Ciencias Naturales 228
Artes Visuales o Artes Musicales 76
Educación Física y Salud 76
Orientación 38
Educación Tecnológica 38
Religión 76
Sub Total Tiempo Mínimo Anual 1254
Tiempo Libre Disposición -
TOTAL TIEMPO MINIMO ANUAL 1254
PLAN DE ESTUDIOS DE PRIMER AÑO DE EDUCACIÓN MEDIA Decreto Exento N1358/2011, Modificado 2014, Adscrito al Régimen de J.E.C.D.
ASIGNATURAS Horas Anuales
MINEDUC Propuesta Establecimiento
Horas Anuales Horas semanales
Lengua y Literatura 228
Idioma Extranjero: Inglés 152
Matemática 266
Historia, Geografía y Ciencias Sociales 152
Ciencias Naturales 228
Artes Visuales o Artes Musicales 76
Educación Física y Salud 76
Orientación 38
Educación Tecnológica 76
Religión 76
Sub Total Tiempo Mínimo Anual 1368
Tiempo Libre Disposición 228
TOTAL TIEMPO MINIMO ANUAL 1596
Vigentes a contar del Año Escolar 2017
PLAN DE ESTUDIOS DE SEGUNDO AÑO DE EDUCACIÓN MEDIA Decreto Exento N1358/2011, Modificado 2014, No Adscrito al Régimen de J.E.C.D.
ASIGNATURAS
Horas Anuales MINEDUC
Propuesta Establecimiento Educacional
Horas Anuales Horas semanales
Lengua y Literatura 228
Idioma Extranjero: Inglés 114
Matemática 228
Historia, Geografía y Ciencias Sociales
152
Ciencias Naturales 228
Artes Visuales o Artes Musicales 76
Educación Física y Salud 76
Orientación 38
Educación Tecnológica 38
Religión 76
Sub Total Tiempo Mínimo Anual
1254
Tiempo Libre Disposición -
TOTAL TIEMPO MINIMO ANUAL
1254
PLAN DE ESTUDIOS DE SEGUNDO AÑO DE EDUCACIÓN MEDIA Decreto Exento N1358/2011, Modificado 2014, Adscrito al Régimen de J.E.C.D.
ASIGNATURAS
Horas Anuales MINEDUC
Propuesta Establecimiento Educacional
Horas Anuales Horas semanales
Lengua y Literatura 228
Idioma Extranjero: Inglés 152
Matemática 266
Historia, Geografía y Ciencias Sociales
152
Ciencias Naturales 228
Artes Visuales o Artes Musicales 76
Educación Física y Salud 76
Orientación 38
Educación Tecnológica 76
Religión 76
Sub Total Tiempo Mínimo Anual
1368
Tiempo Libre Disposición 228
TOTAL TIEMPO MINIMO ANUAL
1596
B. ESTRUCTURA DE PROGRAMA
[NOTA: Esta propuesta sólo tiene valor indicativo, no es normativa.]
El valor de un programa de estudio se percibe y se mide en cuanto ayuda a las/los
profesoras/es, a realizar clases efectivas. Es decir, puesto que el currículum chileno
actualmente vigente es uno “centrado en el aprendizaje, que declara explícitamente
cuál es el foco del quehacer educativo”, entonces las clases son un tiempo durante el
cual los estudiantes ejercitan y cumplen las habilidades que deben incorporar.
Entonces, el programa, como quiera que se construya, en unidades u otra forma, debe
mostrar la estructura básica del proceso:
1º la habilidad que el estudiante debe incorporar, aprender;
2º las oportunidades que el profesor ofrece para el desarrollo/incorporación de ella
3º la forma en que los estudiantes demuestran que incorporaron la habilidad
4º los reforzamientos preparados, de acuerdo a experiencias anteriores del Profesor
y de la Jefatura UTP, para los que no lograron incorporar la habilidad.
Así concebido, la construcción del programa es fundamentalmente una tarea de la UTP,
apoyada por el profesor. La responsabilidad del profesor es realizar en aula el programa:
ideando los desafíos que deberán desarrollar los aprendices para incorporar la habilidad,
ambientando, preparando material de apoyo y apoyando el esfuerzo del estudiante.
ESTRUCTURA
Objetivo/Habilidad Trabajos en aula Indicadores de
evaluación
¿Cómo refuerzo?