Profesionalismo en los periodistas
FORO HACIA LEYES DE VANGUARDIA EN MATERIA DE
TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA
INFODF/ALDF 8 de abril de 2011
Josefina Buxadé Castelán
Presidenta de la Comisión de Transparencia de la LVIII Legislatura
Excomisionada de la CAIP
Áreas de oportunidad en la ley de
transparencia y acceso a la
información pública de Puebla
Introducción
1. La ley actual de transparencia en Puebla
2.Reformas legales
3.Áreas de oportunidad
4.Nueva ley de transparencia en Puebla
5.Actívate por Puebla
6.Transparencia en el Congreso
7.Evaluación al Poder Legislativo por parte del Centro de Estudios Espinosa Yglesias
Introducción
¿Cómo se encuentra Puebla en términos de transparencia y acceso a la información pública?
Rezagada. Muy a la retaguardia.
Lugar 26 en el Estudio Métrica de la Transparencia del CIDE/Comaip
Reformas legales en Puebla
Reforma constitucional local. Se otorga autonomía a la CAIP
Ley de Transparencia y Acceso a
la Información Pública del
Estado de Puebla
(Reforma 6° constitucional
Reforma Ley Puebla
8 de octubre de 2010
16 de agosto de 2004
20 de julio de 2007)
17 de julio de 2008
Reforma constitucional local. Se adiciona fracción VII al Artículo 12
5 de marzo de 2004
• I. Toda la información en posesión de cualquier autoridad, entidad,
órgano y organismo federal, estatal y municipal, es pública y sólo podrá
ser reservada temporalmente por razones de interés público en los
términos que fijen las leyes. En la interpretación de este derecho
deberá prevalecer el principio de máxima publicidad.
• II. La información que se refiere a la vida privada y los datos personales
será protegida en los términos y con las excepciones que fijen las leyes.
• III. Toda persona, sin necesidad de acreditar interés alguno o justificar
su utilización, tendrá acceso gratuito a la información pública, a sus
datos personales o a la rectificación de éstos.
Reforma al artículo 6º constitucional
• IV. Se establecerán mecanismos de acceso a la información y
procedimientos de revisión expeditos. Estos procedimientos se
sustanciarán ante órganos u organismos especializados e imparciales, y
con autonomía operativa, de gestión y de decisión.
• V. Los sujetos obligados deberán preservar sus documentos en archivos
administrativos actualizados y publicarán a través de los medios
electrónicos disponibles, la información completa y actualizada sobre
sus indicadores de gestión y el ejercicio de los recursos públicos.
• VI. Las leyes determinarán la manera en que los sujetos obligados
deberán hacer pública la información relativa a los recursos públicos
que entreguen a personas físicas o morales.
• VII. La inobservancia a las disposiciones en materia de acceso a la
información pública será sancionada en los términos que dispongan las
leyes.
Reforma al artículo 6º constitucional
Julio 2008
Elaborada por la Subcomisión de Estudios Normativos de la COMAIP
y presentada por la Comisión Estatal de Derechos Humanos
Tres puntos:
- Una comisión por cada poder, por cada órgano autónomo y por cada
uno de los 217 municipios
- Naturaleza jurídica de la CAIP
- Plazo para impugnar
Por resolver en la SCJN (lugar 5)
Solicitud de acción de inconstitucionalidad caso Puebla
Problemas de la Ley de Transparencia de Puebla
La ley vigente tiene varios candados que limitan el derecho fundamental de acceso a la información pública.
• La CAIP no tiene la información cualitativa de las solicitudes de acceso a la información ya que quien cuenta conel control del sistema electrónico y todos los datos es la Fiscalía Anticorrupción, dependiente de la Contraloría (Sedecap).
• El sistema electrónico utilizado hasta octubre de 2010 sólo permite obtener información a través de copia simple, copia certificada o CD. Estrictamente no permite la respuesta por medio electrónico.
Áreas de oportunidad
• Se instrumentó la interposición del recurso de revisión a través de medios electrónicos, pero por requisito de ley, el recurrente tiene que ofrecer pruebas.
• El procedimiento de pago de la información es complicado.
• Los Sujetos Obligados sólo cumplen parcialmente con las obligaciones de transparencia dentro de las obligaciones de información mínima obligatoria.
• La CAIP hace evaluaciones de la información publicada pero no se hacen públicas ni tienen ningún efecto.
• En diciembre de 2010, en la Ley de Ingresos de 2011 se aprobó (artículo 33) que la información en la que conste comprobación del gasto público debe entregarse en copia certificada ($75 por copia), y (artículo 36) que el solicitante debe presentar su RFC o su CURP para solicitar información.
Áreas de oportunidad
• Falta de interés.
• Desconocimiento de los beneficios y procedimientos
del acceso a la información.
• Desconfianza e incredulidad.
• Solicitantes “vacunados”.
• Trámites complicados, lentos, caros.
• Heterogeneidad de los procedimientos y criterios
para hacer solicitudes, así como de las respuestas.
Áreas de oportunidad
• Ante el panorama anterior, es un reclamo de la
ciudadanía la aprobación de una nueva ley de
transparencia.
Nueva Ley de Transparencia del Estado de Puebla
• Elecciones 4 de julio de 2010
• Cambio de gobierno priista a coalición
• Grandes expectativas ciudadanas
• Bono democrático
• Participación social (Actívate por Puebla)
– Foros ciudadanos/académicos de discusión
– Entrega de propuestas
Contexto
6 de abril de 2011
Actívate por Puebla entrega sus propuestas para
la Ley de Transparencia en el Congreso.
Actívate por Puebla (red de participación ciudadana)
6 de abril de 2011
Colocan una piedra (6 toneladas) que retirarán
hasta que se apruebe una nueva ley de
transparencia.
Actívate por Puebla (red de participación ciudadana)
.
Propuestas de Actívate por Puebla
1. Sobre el órgano garante1.1. Reconocer su competencia sobre los sujetos obligados señalados por la
Ley.
1.2. Establecer con claridad los criterios que deberá cumplir la información
pública de oficio de los sujetos obligados por la Ley.
1.3. Administrar el sistema electrónico único de gestión de solicitudes de
información y de recursos de revisión.
1.4. Evaluar la actuación de los sujetos obligados.
1.5. Investigar por oficio o por denuncia presuntas violaciones a la Ley.
1.6. Tener acceso a la información clasificada por los sujetos obligados como
reservada y/o confidencial para la resolución de los recursos de revisión.
1.7. Otorgar poder coactivo a sus resoluciones, siendo éstas definitivas,
inatacables y obligatorias para los entes públicos.
1.8. Aplicar las sanciones que correspondan.
1.9. Aprobar su Reglamento Interior.
1.10. Aprobar el Reglamento de la Ley.
1.11. Establecer la estructura administrativa de sus órganos internos.
1.12. Promover la presencia de contenidos relacionados con la transparencia y
el derecho de acceso a la información en los planes y programas de estudio
Propuestas de Actívate por Puebla
1.13. Aprobar el informe anual de su comisionado presidente.
1.14. Aprobar su anteproyecto de presupuesto de egresos.
1.15. Establecer normas, procedimientos y criterios para la administración de
sus recursos económicos y materiales.
2. Sobre la selección de los comisionadosComisión integrada por expertos de universidades que evalúe los perfiles de los
aspirantes y turne a la Gran Comisión una terna para que sea sometida al
Pleno, siendo públicos los expedientes y las listas de instituciones que los
respalden.
3. Sobre los Sujetos Obligados3.1. Partidos políticos y sindicatos como sujetos obligados directos.
3.2.Debe ser Sujeto Obligado toda persona jurídica de derecho público o privado
que en ejercicio de sus actividades actúe en auxilio de los entes públicos y
ejerza gasto público.
Propuestas de Actívate por Puebla
4. Sobre las obligaciones de transparenciaAdemás de las vigentes:
4.1. Transparencia focalizada.
4.2. Solicitudes de acceso a la información pública y sus respuestas.
4.3. Los recursos entregados a sindicatos.
4.4. Los ingresos recibidos al margen de las asignaciones presupuestales
ordinarias.
Actualización periódica.
Propuestas de Actívate por Puebla
5. Sobre el acceso a la información
5.1. Garantizar que dichos procedimientos sean sencillos, gratuitos y
expeditos;
5.2. Incorporar las siguientes figuras: la prueba de daño, la prueba de interés
público, la afirmativa ficta y la suplencia de la deficiencia de la queja;
5.3. Establecer con claridad las causales de reserva considerando el principio
constitucional de máxima publicidad
5.4. Señalar que todas las averiguaciones previas concluidas sean públicas.
5.5. Evitar todo prejuicio sobre el uso de la información solicitada.
5.6.Reducir al máximo los costos para la entrega de la información, si es el
caso.
5.7. Asegurar que el período máximo de reserva no sea mayor a siete años.
5.8. Prohibir la utilización del secreto fiduciario tratándose de fideicomisos
que manejen recursos públicos
5.9. Prohibir la utilización del secreto bancario y/o fiscal tratándose de
recursos públicos.
Propuestas de Actívate por Puebla
6. Sobre los datos personalesSe propone regular en un capítulo particular todo lo relativo a los datos
personales en poder de los entes públicos mediante procedimientos sencillos y
expeditos que garanticen los derechos de acceso7, rectificación8,
cancelación9 y oposición10. Se recomienda, no obstante, promulgar una ley
específica para la protección de los datos personales.
7. Sobre las sanciones7.1. En sintonía con la facultad sancionadora sugerida para el órgano garante o
Comisión, se propone que la Ley cuente con un capítulo exclusivo para regular
las infracciones y sanciones aplicables con casos, montos y procedimientos
claros.
No se cumple a cabilidad con el artículo 9 de la ley (Obligaciones
de transparencia)
No se presenta la información mínima.
“Información” antiquísima.
Mal diseño.
Poco “amigable”.
No hay responsable de la información.
Sistema informático doméstico.
Transparencia en el Congreso
Transparencia en el Congreso
Presentación
Transparencia en el Congreso
Secciones
Transparencia en el Congreso
Historia
Transparencia en el Congreso
Introducción
Transparencia en el Congreso
Organigrama
Transparencia en el Congreso
Legislación en línea
Transparencia en el Congreso
Diputados
Transparencia en el Congreso
Detalle diputados
Transparencia en el Congreso
Grupos parlamentarios
Transparencia en el Congreso
Comisiones y comités
Transparencia en el Congreso
Comisión de Transparencia y Acceso a la Información
Transparencia en el Congreso
Calendario
Transparencia en el Congreso
Ley de Transparencia
Transparencia en el Congreso
Apartado “Transparencia”
Transparencia en el Congreso
Reglamento de Transparencia
del Poder Legislativo
Cumplimiento del artículo 9
(Obligaciones de Transparencia)
Cumplimiento del artículo 9
I. Estructura orgánica y marco legal
Cumplimiento del artículo 9
II. Directorio de servidores públicos
Cumplimiento del artículo 9
III. Remuneración mensual por
puesto, incluso el sistema de
compensación, según lo
establezcan las disposiciones
correspondientes.
Cumplimiento del artículo 9
IV. Los trámites, requisitos y formatos
de solicitud de información pública
Cumplimiento del artículo 9
V. La información sobre el
presupuesto asignado al Sujeto
Obligado, los informes sobre su
ejecución y su regulación
Cumplimiento del artículo 9
VI. Los planes y programas expedidos
conforme a las leyes, así como los convenios
administrativos de coordinación y
colaboración suscritos con otras instancias
públicas y privadas.
Cumplimiento del artículo 9
VII. Los resultados definitivos de las auditorías al ejercicio
presupuestal de cada Sujeto Obligado que realicen los
respectivos Órganos de Control y Supervisión.
Cumplimiento del artículo 9
VIII. Las concesiones, permisos, autorizaciones y arrendamientos; las
convocatorias a concurso o licitación de obras, adquisiciones y
prestación de servicios, así como sus resultados, en aquellos casos
que proceda, en términos de la legislación aplicable
Cumplimiento del artículo 9
IX. Los informes que por disposición Constitucional,
generen los Sujetos Obligados
Cumplimiento del artículo 9
X. Los mecanismos de participación ciudadana
Cumplimiento del artículo 9
XI. Los servicios y programas de apoyo que ofrecen, así como los
trámites, requisitos y formatos para acceder a los mismos.
Cumplimiento del artículo 9
XII. La información relativa a los recursos públicos que entreguen a
personas físicas y morales, conforme a las leyes de la materia.
Cumplimiento del artículo 9
XIII. La información completa y actualizada de los indicadores de
gestión, entendiéndose éstos a los índices de medición establecidos
en los planes.
Cumplimiento del artículo 9
XIV. Toda información que sea de utilidad para el ejercicio del
derecho de acceso a la información pública, en términos del
Reglamento y de la normatividad que para el efecto se expida
Evaluación del Centro de Estudios Espinosa Yglesias
Procedimiento:
- Tres reportes anuales (cierre de periodo de
sesiones ordinarias)
- Evaluación anual
- Evaluación final
Metodología y evaluación planteada por especialistas.
Las funciones serán clasificadas en:
1. Vigilancia al Ejecutivo (nombramiento o
ratificación de funcionarios, comisiones que realizan
labores de investigación, transparencia de las
sesiones, comparecencia de funcionarios, aprobación
de convenios, realización de juicios de declaración
de procedencia)
Evaluación del Centro de Estudios Espinosa Yglesias
2. Funciones legislativas (iniciativas
presentadas, dictaminadas y aprobadas;
funcionamiento de las comisiones, sesiones,
minutas); análisis de algunas leyes.
2.1. Evaluación a grupos parlamentarios
(avance de agendas con base en plataformas,
posicionamiento de los coordinadores, cohesión del
grupo parlamentario en las votaciones, proporción y
frecuencia de legisladores faltistas por grupo
parlamentario, miembros que obstaculizan las
sesiones)
2.2. Seguimiento a las actividades de los
legisladores (información publicada, datos de
contacto, oficinas en su distrito, presencia en redes
sociales)
Evaluación del Centro de Estudios Espinosa Yglesias
3. Facultades representativas o de gestoría
(publicidad de actividades de gestoría, visitas a los
distritos, asistencia a sesiones, posicionamiento en
medios).
Evaluación del Centro de Estudios Espinosa Yglesias
SE NECESITA
1. Sesiones del Congreso
1.1 Asistencia
- Subir las fechas específicas de las sesiones ordinarias (que deberán
coincidir con la información de iniciativas, votaciones y asistencias
disponibles).
- Clasificar claramente en la página web la naturaleza de cada sesión
(ordinaria y extraordinaria).
- Subir la información relativa a todas las sesiones.
- Poner a disposición la memoria, el orden del día y minuta donde se
especifiquen horarios.
1.2. Comunicaciones
- Publicar orden del día de las sesiones ordinarias.
- Publicar orden del día para comisiones.
1.3. Iniciativas presentadas
- Hacer consistentes las fechas de las iniciativas con las fechas de las
sesiones y el orden del día.
Evaluación del Centro de Estudios Espinosa Yglesias
SE NECESITA (2)
- Publicar resoluciones que indiquen la comisión a la que fue turnada la
iniciativa y cuál es su estatus (en examen, en proceso de revisión, etc.)
- Asegurarse de publicar todas las iniciativas
1.4. Dictámenes
- Publicar las etapas del proceso legislativo en las que se encuentran las
iniciativas y, de existir, tanto los dictámenes como los votos
particulares.
1.5. Puntos de acuerdo
- Publicar puntos de acuerdo
- Publicar los puntos de acuerdo y su estatus (urgente, obvia resolución
o envío a comisión).
1.6. Observaciones sobre el desarrollo de la sesión
- Publicar minuta de la sesión indicando hora de apertura, cierre,
interferencias y desarrollo de la sesión.
Evaluación del Centro de Estudios Espinosa Yglesias
SE NECESITA (3)
2. Comisiones
2.1. Convocatorias
- Especificar en el Documento de reuniones de comisiones generales y
comités 2011 o publicar en la página web el lugar (sala de sesión)
donde se llevó a cabo la sesión de cada una de las comisiones.
2.2. Minutas de las sesiones de las comisiones
- Publicar la minuta de las comisiones por separado de la sección de
Noticias, o publicar y hacer más explícita esta información en la
misma sección de noticias.
- Especificar en las minutas de las sesiones de cada comisión: el
nombre de la comisión y la fecha de sesión.
2.3. Foros de consulta
- Publicar las fechas programadas en las que se llevarán a cabo los
foros de consulta.
- Publicar la información sobre la fecha, lugar y las memorias de los
foros de consulta que organizan las comisiones.
Evaluación del Centro de Estudios Espinosa Yglesias
SE NECESITA (4)
3. Información sobre diputados
3.1. Diputados suplentes
- Publicar los nombres de los diputados suplentes de cada uno de los
propietarios.
3.2. Cambio de grupo parlamentario
- Especificar el partido político del que provienen los diputados que se
se adhirieron a otro grupo parlamentario en lo que va de la actual
legislatura.
3.3. Trayectoria profesional y académica
- Publicar la información acerca de la trayectoria académica y
profesional de los diputados.
- Integrar o hacer pública esta información en la página web, para cada
uno de los 41 diputados propietarios y suplentes: cargos públicos,
filiaciones partidistas, etc.
3.4. Información de contacto
- Especificar la dirección o el edificio de las oficinas de los diputados
en el congreso.
- Incluir información sobre la oficina de gestoría (dirección, teléfono)
Evaluación del Centro de Estudios Espinosa Yglesias
SE NECESITA (5)
3.5. Actividades de gestoría y vinculación
- Informe sobre las actividades de gestoría y legislativa de los
diputados.
- Información de la presentación de memoria al Pleno al inicio del
periodo de sesiones, por parte de los diputados.
- En el transcurso del año, publicar información, de manera individual,
acerca de si los diputados presentaron sus actividades ante sus
electores o no.
4. Nombramientos
- -Fecha en que se cierra la convocatoria de nombramientos: publicar
las fechas programadas en las que se llevará a cabo la recepción de
convocatorias.
- Información sobre candidatos: Publicar la profesión de los candidatos
y su trayectoria.
- Presentación de dictamen: Publicar las fechas de dictamen y sus
resultados.
Evaluación del Centro de Estudios Espinosa Yglesias
SE SUGIERE
- Publicar una Gaceta Parlamentaria.
- Publicar versiones estenográficas de las sesiones.
- Hacer llegar a los líderes de cada fracción y a los diputados en lo
individual los requerimientos que les competen.
- Seguir como modelo para la publicación de información legislativa el
modelo utilizado en la página del Congreso Federal
(http://www3.diputados.gob.mx). Esto incluye el formato que
presentan los documentos de la sección “Sesión”.
- Hacer pública la información de la sección Síntesis Informativa de la
página web del Congreso y en su caso señalar si hay requerimientos
para acceder a esta información.
- Usar formato del Sistema de Información Legislativa de la Secretaría
de Gobernación Federal para presentar la información específica de
cada diputado (http://gobernacion.gob.mx/portal)
GRACIAS
Mtra. Josefina Buxadé Castelán
Diputada local LVIII Legislatura
Tel. (222) 372 11 71