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GUUIIAA S A NN IITTARIIAA ADDEE …...La pauta de actuación del profesional sanitario debe ser, en...

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GUIA SANITARIA DE ATENCION A MUJERES VICTIMAS DE MALTRATO EN EL AMBITO DOMESTICO PT-URG-04 Revisión: 3 Fecha: 02/13 Página 1 de 17 Osakidetza SAN ELOY OSPITALEA HOSPITAL SAN ELOY REGISTRO DE REVISIONES REVISIÓN FECHA MODIFICACIÓN 0 12/07 Documento oficial 1 05/09 Revisión de la guía y elaboración del protocolo 2 07/11 Revisión y actualización 3 02/13 Actualización de Recursos Revisado por: Dr. Manuel Fernández SERVICIO DE URGENCIAS Fecha: Febrero 2013 Aprobado por: Dra. Lourdes Vivanco Gómez DIRECCIÓN MÉDICA Fecha: Febrero 2013 Copia controlada nº: -------------Asignada a:------------------------------------------------------------------------- GUIA SANITARIA DE ATENCION A MUJERES VICTIMAS DE MALTRATO EN EL AMBITO DOMESTICO
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MUJERES VICTIMAS DE MALTRATO

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Revisión: 3 Fecha: 02/13

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Osakidetza

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REGISTRO DE REVISIONES

REVISIÓN FECHA MODIFICACIÓN

0 12/07 Documento oficial

1 05/09 Revisión de la guía y elaboración del protocolo

2 07/11 Revisión y actualización

3 02/13 Actualización de Recursos

Revisado por: Dr. Manuel Fernández

SERVICIO DE URGENCIAS Fecha: Febrero 2013

Aprobado por: Dra. Lourdes Vivanco Gómez

DIRECCIÓN MÉDICA Fecha: Febrero 2013

Copia controlada nº: -------------Asignada a:-------------------------------------------------------------------------

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INDICE:

INTRODUCCIÓN

OBJETIVOS

PAUTAS DE ACTUACIÓN

RESUMEN DE ACTUACIONES

INFORME MEDICO

RECURSOS ASISTENCIALES PARA LAS VICTIMAS

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INTRODUCCIÓN:

La violencia en el ámbito familiar supone un atentado contra la integridad

física y moral de la persona y un ataque directo a su dignidad. Se trata de

una grave violación de los derechos humanos y de un serio problema social.

Dentro de este contexto general, son particularmente alarmantes los casos

de malos tratos contra las mujeres en el ámbito doméstico. Estos casos

afectan a mujeres de todas las edades, todas las clases sociales y todos los

niveles culturales, siendo especialmente vulnerables las mujeres

inmigrantes y las mujeres discapacitadas.

En la ley Orgánica 1/2004 de 28 de diciembre de Medidas de Protección

Integral contra la Violencia de Género, Articulo 1.1. se recoge la siguiente

definición: “la violencia que, como manifestación de la discriminación, la

situación de desigualdad y las relaciones de poder de los hombres sobre las

mujeres, se ejerce sobre éstas por parte de quienes sean o hallan sido sus

cónyuges o de quienes estén o hayan estado ligados a ellas por relaciones

similares de afectividad, aun sin convivencia”

Ante la gravedad del problema de los malos tratos domésticos en general, y

en el de las mujeres en particular, el Departamento de Sanidad, ha

distribuido en todos los centros sanitarios el Protocolo sanitario ante malos

tratos domésticos, con el fin de asistir a la mujer maltratada, facilitando

todos los pasos precisos para que la víctima pueda contar lo antes posible

con protección integral (sanitaria, jurídica y social).

La Evaluación del Alcance y la Eficacia de los Recursos Sanitarios en

materia de Maltrato Doméstico contra las Mujeres han puesto de manifiesto,

en relación con los profesionales de la salud, la importancia de la formación

continua y buscar una atención homogénea de este problema

independientemente del punto de atención del mismo, Centro de Salud,

Punto de Atención Continuada, Centro de Salud Mental u Hospital.

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OBJETIVOS:

El presente protocolo tiene como objetivo fijar las pautas de actuación

sanitaria a mujeres víctimas de maltrato doméstico que acuden solicitando

atención en el Servicio de Urgencias del Hospital San Eloy.

Este documento, además de proporcionar unas pautas para una correcta

asistencia, recoge los aspectos más importantes para el inicio de las

acciones judiciales que correspondan facilitando así las actuaciones

forenses y legales que se emprendan al objeto de delimitar posteriormente

responsabilidades ante los malos tratos.

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PAUTAS DE ACTUACIÓN:

Este documento presenta, en primer lugar, un árbol de decisiones que

establece los procedimientos para facilitar todos los pasos precisos que

permitan a las mujeres víctimas de esos ataques contar cuanto antes con

un protección integral (sanitaria, jurídica y social) que de solución a su

caso.

Su ámbito de aplicación comprende todas las situaciones de maltrato

doméstico que den como resultados lesiones y daños físicos, psíquicos u

otros, incluida agresión sexual.

La pauta de actuación del profesional sanitario debe ser, en primer lugar, la

asistencia a los posibles daños y lesiones físicas y psíquicas de la víctima

de una agresión que acude a consulta.

El inicio de esta actuación, al igual que cualquier otra actividad sanitaria,

pasará por la apertura de la historia clínica correspondiente o la inscripción

de los datos de la asistencia por malos tratos en la historia ya abierta.

En la valoración inicial por enfermería se priorizará en el sistema informático

de triaje la atención de estas pacientes (al menos un nivel III), informándose

de la situación al personal facultativo. En lo posible, se evitará la

permanencia de la mujer en la sala de espera, utilizando para ello las

consultas de exploración.

La entrevista clínica se realizará asegurando la confidencialidad,

observando actitudes y estado emocional, y se facilitará la expresión de

sentimientos mostrando interés y respeto. Se tendrá en cuenta el hacer una

valoración médica del impacto y alcance de las lesiones y daños de la

agredida, dejándose constancia de los mismos en la historia.

En ese mismo momento, debe iniciarse el plan de actuaciones terapéuticas

que corresponda: derivación a otro especialista, ingreso, observaciones,

transporte urgente, etc.

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a) Ante la constatación o sospecha fundada de daños físicos o

psíquicos por malos tratos, ha de cumplimentarse el modelo de informe

(Informe Médico por Malos Tratos) que figura en el protocolo, y el informe

“Oficio-Remisión” (Oficio por Malos Tratos). Tanto al Juzgado como al

Archivo se remitirá una copia de ambos informes y de la Hª clínica de

urgencias. Otra copia de los tres informes se entregará a la paciente

realizando una lectura previa en su presencia.

El informe contiene, además de los datos de filiación de la víctima, una

descripción de los hechos, según lo manifieste la persona agredida.

Antecedentes personales si los hubiera en relación con la agresión.

Descripción minuciosa de las lesiones y del estado en el se encuentre la

víctima. Finalmente deberá comprender diagnóstico y tratamiento prescrito.

Es importante recordar a todos que este documento servirá al Juez y al

Médico Forense para el inicio de las actuaciones posteriores.

b) Si hubiese tenido lugar agresión sexual reciente y salvo en supuestos

de gravedad y riesgo vital que obliguen a tratamiento medico inmediato, se

remitirá a la víctima, lo más rápidamente posible al hospital de referencia

(Urgencias Ginecología H. De Cruces) sin que medien lavados o cambios

de ropa, en caso de felación evitar toma de líquidos o alimentos antes del

reconocimiento.

Una vez establecido el tratamiento pertinente, si procediese y, finalizada la

actuación médica, se realizará un informe para su entrega al médico que

atenderá en adelante a la víctima.

Antes de finalizar la consulta, se asesorará a la víctima del maltrato sobre

sus derechos, sobre medidas sociales y de protección, facilitando el

contacto urgente con los Servicios Sociales a través de teléfonos y

direcciones recogidos en el apartado de recursos asistenciales.

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La mujer que refiere ser víctima de violencia, presenta riesgo en su

integridad física y quiere formalizar denuncia, debe ser derivada al Juzgado

de guardia o Ertzaintza, además de poner en contacto con Servicios

Sociales.

Por último, si existiese riesgo para la seguridad o integridad física de la

mujer, se solicitará la presencia policial mediante llamada a la Comisaría de

la Ertzaintza o Policía Local correspondiente.

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RESUMEN

DE

ACTUACIONES

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MUJER VICTIMA DE MALTRATO EN EL AMBITO DOMESTICO

Daños físicos, psíquicos/agresión sexual/otros

SERVICIOS ASISTENCIALES

ATENCIÓN PRIMARIA SERVICIO DE URGENCIAS

CENTROS PRIVADOS

ASISTENCIA SANITARIA de daños y lesiones

VALORACIÓN MEDICA y constancia en la Hª clínica

Inicio PLAN TERAPÉUTICO (ingreso, revisiones,

derivación y asesoramiento)

DAÑOS FISICOS/DAÑOS PSIQUICOS AGRESIÓN SEXUAL, excepto gravedad o riesgo vital en mujeres

Centro hospitalario de referencia (Ginecología Cruces)

Forense

Exploración conjunta Si no fuese posible, Protocolo SEGO

Asesoramiento çaasesoramiento

aAAsesoramiento

Informe médico

SI NO

Sospecha

Derivación a especialista

SI NO

Confirmación

Asesoramiento

Contacto S. Sociales

Informe médico JUZGADO-FORENSE

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1. AGRESIONES DOMÉSTICAS FÍSICAS O PSÍQUICAS

Atención preferente a la víctima y reconocimiento médico completo.

Exposición de los hechos que motivan la asistencia reflejando fecha,

hora, y lugar de la agresión, según declaración de la víctima, así como el

tipo de maltrato físico, psíquico o de otro tipo que se aprecie.

Derivación inmediata a la atención especializada, si procede.

Asesoramiento a la víctima sobre sus derechos y sobre las medidas

sociales y de protección facilitando el contacto urgente con los Servicios

Sociales.

Remisión al Juzgado de los informes médicos (“Informe médico por

Malos Tratos”, e Hª Clínica), y copia “Oficio por Malos tratos” dejando

una copia de los mismos en la historia clínica y dando otra a la víctima.

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2. AGRESIONES DOMÉSTICAS FÍSICAS O PSÍQUICAS CON

AGRESIÓN SEXUAL

Atención preferente a la víctima y primera valoración de las lesiones.

Salvo en supuestos de gravedad y riesgo vital, derivación al hospital de

referencia con servicio de Ginecología (H.U. de Cruces), sin que medien

lavados ni cambios de ropa.

Informe al médico o médica que hará el seguimiento del tratamiento

prescrito.

Asesoramiento a la víctima sobre sus derechos y sobre las medidas

sociales y de protección facilitando el contacto urgente con los Servicios

Sociales.

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INFORME MEDICO:

Los documentos a rellenar por el personal médico en la asistencia a la víctima

del maltrato:

1. OFICIO POR MALOS TRATOS*: El informe consiste en 2 copias, la

primera para la Hª clínica, la segunda copia para derivación al Juzgado.

Se realizará una tercera copia para entregar a la víctima. En este

documento se recogen datos de filiación de la mujer maltratada, del

lugar y personal que le atienden.

2. INFORME MEDICO DE MALOS TRATOS**: Este informe consta de 3

copias (para la víctima, la Hª clínica y Juzgado)

3. INFORME MEDICO EN HERRAMIENTA INFORMÁTICA

OsabideGlobal: Se dará copia a la víctima para seguimiento por su

médico del Centro de Salud. Recodar agregar a este informe las hojas

con la información de los recursos asistenciales para atención a las

víctimas y reflejar en el informe que estas hojas han sido entregadas.

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* OFICIO POR MALOS TRATOS

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** INFORME MEDICO POR MALOS TRATOS

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RECURSOS ASISTENCIALES PARA LAS VICTIMAS: DIRECCIONES Y TELEFONOS DE INTERÉS: Servicios de urgencias (acogida inmediata fuera del horario de funcionamiento de los servicios sociales) ALAVA: Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz e Instituto Foral de Bienestar Social Mateo Moraza 01001 Vitoria Tlf-945 134 444 BIZKAIA: Para residentes en Bilbao Ayuntamiento de Bilbao Plaza Ernesto Erkoreka 48007 Bilbao Tlf-944 701 459/ 944 701 460 Para residentes fuera de Bilbao Departamento de Acción Social Diputación foral de Bizkaia Por motivos de seguridad se accede a este recurso mediante el 112 GUIPÚZCOA Departamento de Servicios Sociales Diputación Foral de Guipúzcoa Por motivos de seguridad se accede a este recurso mediante el 112 Información y asesoramiento sobre los recursos sociales para víctimas de maltrato doméstico (horario laboral) COMUNIDAD AUTONOMA DEL PAIS VASCO: Servicios Sociales de Base Municipales de todos los Ayuntamientos de la CAPV ALAVA Servicio de Igualdad del Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz Etxanobe Etxea. Santa María, 11 01001 Vitoria-Gasteiz Tlf- 945 161 345/ 945 161 325 Asesoría para la Igualdad del Instituto Foral de Bienestar Social Diputación, 13 01001 Vitoria-Gasteiz Tlf- 945 151 015

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Servicio de Asistencia a la Víctima Departamento de Justicia, Trabajo y Seguridad Social del Gobierno Vasco Avda. de Gastéis, 18 01008 Vitoria-Gasteiz Tlf- 900 18 04 14/ 945 00 48 95 BIZKAIA Departamento de Acción Social, Servicio de Mujer y Familia Diputación Foral de Bizkaia Ugasko, 3, 2ª. Edificio Plaza 48005 Bilbao Tlf- 944 06 80 00 Servicio de Asistencia a la Víctima (Recurso Jurídico) Departamento de Justicia, Trabajo y Seguridad del Gobierno Vasco Ibáñez de Bilbao, 3-Planta Baja 48001 Bilbao Tlf- 944 01 64 84/900 40 00 28 Centro Asesor de la Mujer/ Argitan Emakumeentzako Aholku Etxea Francisco Gomez, 25-3ºD Barakaldo Tlf- 944 78 21 02 Servicio de Acogimiento de Urgencia Diputación Foral Presentandose en cualquier Comisaria de la Ertzaintza (Tlf. 112) Policía Municipal

Barakaldo. Laseserre, 16. Tlf- 944 38 01 00 Sestao. Alameda Las Llanas Tlt- 944 72 17 60

Ertzaintza (Comisaria de Sestao) Andres Jaureguibeitia, 2 48910 Sestao Tlf- 944 06 34 00

GUIPÚZCOA Departamento de Servicios Sociales de la Diputación Foral de Guipúzcoa Paseo de Zarategi, 99- Edificio Txara II 20015 Donostia-San Sebastián Tlf- 943 482 576 Departamento de la Mujer del Ayuntamiento de Donosita-San Sebastián Urdaneta, 13-3º 20006 Donostia-San Sebastián Tlf-943 481 413

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Servicio de Asistencia a la Víctima Departamento de Justicia, Trabajo y Seguridad Social del Gobierno Vasco Manterola, 13 20007 Donostia-San Sebastián Tlf- 900 100 928/ 943 474 517 OTROS SERVICIOS GENERALES DE LA COMUNIDAD AUTONOMA DEL PAIS VASCO Ertzaintza Tlf-112(SOS-Deiak) Emakunde Gobierno Vasco Manuel Iradier, 36 01005 Vitoria-Gasteiz Tlf-945 01 67 00 Servicio de Atención Telefónica a Mujeres Víctimas de Violencia de Género Gobierno Vasco Tlf- 900 840 111/016


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