Órgano Superior de Fiscalización
del Estado de México
HACIENDA PÚBLICA Y BIENES
PATRIMONIALES
Informes Mensuales Municipales
Cuenta Pública Municipal
Presupuesto de Egresos Municipal y Bienes Patrimoniales
Noviembre 2019.
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1. Informes Mensuales Municipales
A. Informe Mensual
B. Documentación que comprende el informe
C. Lineamientos para la entrega del informe mensual municipal
D. Responsables de remitirlo al OSFEM
E. Fechas de entrega
F. Medidas de apremio
G. Resultados de la fiscalización
Hacienda Pública:
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Informe Mensual: Al documento que mensualmente envían
para su análisis al Órgano Superior de Fiscalización de la
Legislatura, las Tesorerías Municipales y la Secretaría de
Finanzas;
LFSEM artículo 2 fracción XI
A. Informe Mensual
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Informe Mensual Municipal…
Artículo 350 del Código Financiero del Estado de México y Municipios:
“Mensualmente dentro de los primeros veinte días hábiles, la Secretaría y las Tesorerías, enviarán para su análisis y evaluación al Órgano Superior de Fiscalización del Estado de México, la siguiente información: I. Información patrimonial. II. Información presupuestal. III. Información de la obra pública. IV. Información de nómina.”
Artículo 32 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de México en su segundo párrafo:
“Los Presidentes Municipales presentarán (…) los informes mensuales (…) dentro de los veinte días posteriores al término del mes correspondiente.”
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La entidad municipal tendrá que considerar los requerimientos contables, patrimoniales, presupuestales, programáticos y administrativos que señalan los ordenamientos legales respectivos entre los que destacan:
• Ley General de Contabilidad Gubernamental,
• Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios,
• Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de México y Municipios,
• Ley Orgánica Municipal del Estado de México,
• Ley de Ingresos de los Municipios del Estado de México,
• Presupuesto de Egresos del Estado de México,
• Manual Único de Contabilidad Gubernamental para las Dependencias y Entidades
Públicas del Gobierno y Municipios,
• Código Financiero del Estado de México y Municipios y
• Demás normatividad aplicable.
Ordenamientos Legales Informe Mensual Municipal
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Las entidades fiscalizables deben presentar al Órgano Superior de Fiscalización del
Estado de México, los informes mensuales dentro las fechas establecidas y dentro
del horario hábil contemplado de las 09:00 las 18:00 horas señalado en el artículo
12 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México, de
aplicación supletoria a la Ley de Fiscalización Superior del Estado de México.
Entrega del Informe Mensual Municipal
Calendario de entrega de los Informes Mensuales Municipales:
Una vez que se publique el calendario oficial para el ejercicio 2020, se podrán
conocer las fechas de entrega de los informes mensuales.
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Los Informes Mensuales Municipales deberán entregarse de manera
física al Órgano Superior de Fiscalización del Estado de México;
comprendiendo:
a) Información impresa
b) Información en medio de almacenamiento electrónico,
discos compactos (CD)
B. Documentación que comprende el Informe
Órgano Superior de Fiscalización del Estado de México
Se integra de cuatro documentos, que deberán presentarse en original, con firmas autógrafas y sellos oficiales de acuerdo a la matriz de clasificación de las firmas, foliados con lápiz en la parte superior derecha de cada hoja y sujetos con broche en un folder. La información impresa se entregará al OSFEM en un solo juego.
1. Oficio de presentación (deberá ir dirigido al Auditor Superior de
Fiscalización del Estado de México)
2. Estado de Situación Financiera
3. Estado de Actividades
4. Balanza de Comprobación
B. Documentación que comprende el Informe…
a) Información impresa
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El oficio de presentación deberá ir dirigido al Auditor Superior de
Fiscalización del Estado de México, firmado por:
I. En los Ayuntamientos:
• Presidente (a) Municipal
• Síndico Municipal
• Tesorero Municipal
• Secretario Municipal
• Director de Obras Públicas o Titular de la unidad administrativa
equivalente
a) Información impresa…
Órgano Superior de Fiscalización del Estado de México
La Información en archivos electrónicos comprende documentos digitalizados y documentos en formatos PDF, XLS, XML, así como archivos en texto plano TXT dicha información deberá integrarse en 6 CD´s. La información se entregará en dos juegos al OSFEM.
b) Información en medio de almacenamiento electrónico, discos compactos (CD)
Disco 1.- Información Patrimonial (Contable y Administrativa)
Disco 2.- Información Presupuestal, de Bienes Muebles e Inmuebles y de Recaudación
del Impuesto Predial y Derechos de Agua
Disco 3.- Información de Obra
Disco 4.- Información de Nómina
Disco 5.- Imágenes Digitalizadas
Disco 6.- Información de Evaluación Programática (archivo de texto plano TXT y PDF)*
* Nota 1: En la periodicidad que corresponda de acuerdo a los requerimientos establecidos en el apartado del Disco 6.
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o b) Información en medio de almacenamiento electrónico, Discos Compactos (Cd´s)…
Informe Mensual Municipal en CD´s:
Disco 1.- Información Patrimonial (Contable y Administrativa)
Entre otros, se encuentran:
• Estado de Situación Financiera
• Estado de Actividades
• Balanza de comprobación
• Balanza de comprobación detallada
• Conciliaciones Bancarias
Matriz de clasificación de firmas del Ayuntamiento Disco 1
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o b) Información en medio de almacenamiento electrónico, Discos Compactos (Cd´s)…
Informe Mensual Municipal en CD´s: Disco 2.- Información Presupuestal, de Bienes Muebles e Inmuebles y de
Recaudación del Impuesto Predial y Derechos de Agua Entre otros, se encuentran:
• Dictamen de Reconducción de Metas de Actividad por Proyecto
• Estado Analítico de Ingresos
• Estado Analítico del Ejercicio del Presupuesto de Egresos
Clasificación por Objeto del Gasto
• Balance Presupuestario-LDF
• Estado Comparativo Presupuestal de Ingresos
• Estado Comparativo Presupuestal de Egresos
Matriz de clasificación de firmas del Ayuntamiento Disco 2
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o b) Información en medio de almacenamiento electrónico, Discos Compactos (Cd´s)…
Informe Mensual Municipal en CD´s: Disco 3.- Información de Obra Entre otros, se encuentran:
• Informe Mensual de Obras por Contrato (IMOC)
• Cédula de Relación de Obras planificadas y realizadas con el Fondo de
Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal y de las
Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal
• Informe Mensual de obras por Administración
• Informe Mensual de Reparaciones y Mantenimientos
• Sistema de Avance Mensual del ramo 33 “SIAVAMEN”
Matriz de clasificación de firmas del Ayuntamiento Disco 3
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o b) Información en medio de almacenamiento electrónico, Discos Compactos (Cd´s)…
Informe Mensual Municipal en CD´s: Disco 4.- Información de Nómina Entre otros, se encuentran:
• Nómina general del 01 al 15 y del 16 al 30/31 del mes
• Reporte de remuneraciones de mandos medios y superiores
• Reporte de Altas y Bajas del Personal
• Comprobantes Fiscales Digitales por Internet por concepto de nómina del
01 al 15 del mes (CFDI)
• Tabulador de sueldos
• Dispersión de Nómina
Matriz de clasificación de firmas del Ayuntamiento Disco 4
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o b) Información en medio de almacenamiento electrónico, Discos Compactos (Cd´s)…
Informe Mensual Municipal en CD´s: Disco 5.- Imágenes Digitalizadas Entre otros, se encuentran:
• Pólizas de Ingresos con los documentos comprobatorios
• Pólizas de Diario con los documentos comprobatorios
• Pólizas de Egresos con los documentos comprobatorios
• Pólizas de Cheques con los documentos comprobatorios
• Pólizas de Cuentas por Pagar con los documentos comprobatorios
Matriz de clasificación de firmas del Ayuntamiento Disco 5
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o b) Información en medio de almacenamiento electrónico, Discos Compactos (Cd´s)…
Informe Mensual Municipal en CD´s:
Disco 6.- Información De Evaluación Programática Municipal Entre otros, se encuentran:
• Calendarización de Metas de Actividad por Proyecto (PbRM -02a)
• Matrices de Indicadores para Resultados por Programa Presupuestario y
Dependencia General (PbRM -01e)
• Fichas Técnicas de Diseño de Indicadores Estratégicos o de Gestión
(PbRM- 01d) y Fichas Técnicas de Seguimiento de Indicadores de Gestión
o Estratégicos
• (PbRM-08b)
• Avance trimestral de metas de actividad por proyecto (AM) del formato
PbRM-08c
Matriz de clasificación de firmas del Ayuntamiento Disco 6
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C. Lineamientos para la entrega del Informe Mensual Municipal
Objetivo:
Definir los criterios, los formatos y la documentación necesaria para
presentar los Informes Mensuales Municipales.
El instrumento es una herramienta para presentar los Informes
Mensuales Municipales, en cuanto a los requerimientos contables,
patrimoniales, presupuestales, programáticos y administrativos que
señalan los ordenamientos legales respectivos.
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C. Lineamientos para la entrega del Informe Mensual Municipal
El contenido de los lineamientos está dividido en: Presentación, Objetivo, Marco
Legal de Actuación, Entrega del Informe Mensual Municipal y el contenido de cada
uno de los 6 discos, en los que se detalla la información que deberán entregar
mensualmente al Órgano Superior de Fiscalización del Estado de México.
Finalmente, los lineamientos incluyen la directriz de favorecer la armonización
contable, señalada en la Ley General de Contabilidad Gubernamental, consistente en
privilegiar la contabilidad patrimonial y presupuestal.
Se publican en la pagina oficial del OSFEM en el link
https://www.osfem.gob.mx/04_Normatividad/doc/Normatividad/2019/19.-
LineamInfMensualMpal_2019.pdf
Órgano Superior de Fiscalización del Estado de México
D. Responsables de Remitirlo al OSFEM
De acuerdo a lo que establece el artículo 52 de la ley Orgánica Municipal del
Estado de México:
CAPITULO SEGUNDO
De los Síndicos
Artículo 52.- Los síndicos municipales tendrán a su cargo la procuración y
defensa de los derechos e intereses del municipio, en especial los de carácter
patrimonial y la función de contraloría interna, la que, en su caso, ejercerán
conjuntamente con el órgano de control y evaluación que al efecto establezcan
los ayuntamientos.
Órgano Superior de Fiscalización del Estado de México
De acuerdo a lo que establece el artículo 53 de la ley Orgánica Municipal del Estado de México:
CAPITULO SEGUNDO De los Síndicos
Artículo 53.- Los síndicos tendrán las siguientes atribuciones: III. Cuidar que la aplicación de los gastos se haga llenando todos los requisitos legales y conforme al presupuesto respectivo; VI. Hacer que oportunamente se remitan al Órgano Superior de Fiscalización del Estado de México las cuentas de la tesorería municipal y remitir copia del resumen financiero a los miembros del ayuntamiento; XVI. Revisar el informe mensual que le remita el Tesorero, y en su caso formular las observaciones correspondientes.
Órgano Superior de Fiscalización del Estado de México
En caso de no entregar el Informe Mensual dentro de los días establecidos para
ello, se aplicará el medio de apremio establecido en el numeral 59, fracción II
de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de México, haciéndose acreedor
(a), por cada incumplimiento, a una multa de 100 veces el valor diario de la
unidad de medida y actualización vigente.
F. Medidas de apremio
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G. Resultados de la Fiscalización
• Pliegos de Observaciones
A través de estos documentos se dan a conocer a los servidores públicos
responsables de la administración de la hacienda pública, las observaciones
determinados en la revisión de los Informes Mensuales, con la finalidad de que
sean aclaradas, solventadas o el daño sea resarcido.
• Pliegos de hallazgos
A través de estos documentos se dan a conocer a las Contralorías Internas
Municipales los hallazgos determinados en la revisión de los Informes Mensuales,
con la finalidad de que sean tomadas las acciones pertinentes y puedan ser
implementadas las medidas de control interno que permitan corregir las
inconsistencias detectadas en la información contable, patrimonial y
administrativa.
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2. Cuenta Pública Anual
A. Cuenta Pública
B. Documentación que comprende la Cuenta Pública
C. Lineamientos para la elaboración y presentación de la
Cuenta Pública
D. Responsables de remitirla al OSFEM
E. Fecha de entrega
F. Medidas de apremio
G. Resultados de la fiscalización
Hacienda Pública:
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A. Cuenta Pública Municipal
Cuenta Pública: Los informes que rinden anualmente a la
Legislatura, el Gobernador y los Presidentes Municipales,
respecto de los resultados y la situación financiera del
ejercicio fiscal inmediato anterior;
LFSEM artículo 2 fracción VIII
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ESTRUCTURA
Artículo 352 del Código Financiero del Estado de México y Municipios:
“…La cuenta pública se constituye por la información económica,
patrimonial, presupuestal, programática, cualitativa y cuantitativa que
muestre los resultados de la ejecución de la Ley de Ingresos y del
Presupuesto de Egresos.
La Secretaría y las Tesorerías, proporcionarán la información
complementaria requerida por el Órgano Superior de Fiscalización del
Estado de México para el análisis y evaluación de la cuenta pública…”
Órgano Superior de Fiscalización del Estado de México
La información de la Cuenta Pública Municipal del Ayuntamiento que deberá
entregarse de manera física al Órgano Superior de Fiscalización del Estado de
México comprenderá:
a) Información impresa
b) Información en medio de almacenamiento electrónico, disco
compacto (CD)
B. Documentación que comprende la Cuenta Pública
Órgano Superior de Fiscalización del Estado de México
a) Información impresa
La información impresa se integra de los documentos que deberán
presentarse en original, con firmas autógrafas y sellos oficiales.
a. Oficio de Presentación de la Cuenta Pública Municipal b. Estado de Situación Financiera Comparativo c. Estado de Actividades Comparativo d. Estado Analítico de Ingresos e. Estado Analítico del Ejercicio del Presupuesto de Egresos Clasificación
por Objeto del Gasto (Capítulo y Concepto) f. Carta de Afirmaciones
B. Documentación que comprende la Cuenta Pública…
Órgano Superior de Fiscalización del Estado de México
b) Información en medio de almacenamiento electrónico, disco compacto (CD)
La Información en archivos electrónicos comprende documentos digitalizados:
formatos en excel, .pdf y en texto plano “.txt”, dichos documentos deberán
integrarse en un sólo CD.
Clasificación de las carpetas en el CD:
a) Carpeta con Información Contable
b) Carpeta con Información Presupuestaria
c) Carpeta con Información Programática
d) Carpeta con Información Complementaria
Órgano Superior de Fiscalización del Estado de México
Carpeta con Información Contable
Los estados y la información financiera deben mostrar amplia y claramente la
situación financiera y los resultados del ente público. Como información
financiera se considera la contable y se presentará en estados financieros,
reportes e informes acompañándose, en su caso, de las notas explicativas y de
la información necesaria que sea representativa de la situación del ente
público a una fecha establecida.
Órgano Superior de Fiscalización del Estado de México
Carpeta con Información Presupuestaria
Permite evaluar los resultados obtenidos respecto de los presupuestos autorizados;
identificar la vinculación entre las cuentas de orden y las de balance o resultados; deben
seguir la metodología y registros equilibrados o igualados, representando las etapas
presupuestarias de las transacciones a través de cuentas de orden del ingreso y del
egreso; así como su efecto en la posición financiera y en los resultados; permite
identificar de forma individual y agregada el registro de las operaciones en las cuentas
de orden, de balance y de resultados correspondientes; así como generar registros a
diferentes niveles de agrupación. La clasificación de los egresos presupuestarios será al
menos la siguiente: administrativa, conforme al Decreto del Presupuesto de Egresos, que
es la que permite identificar quién gasta; funcional y programática, que indica para qué
se gasta; y económica y por objeto del gasto que identifica en qué se gasta.
Órgano Superior de Fiscalización del Estado de México
Carpeta con Información Programática
Generar los indicadores de resultados sobre el cumplimiento de sus metas.
La información presupuestaria deberá considerar la siguiente clasificación del gasto:
I. Económica, integrando la presentación por capítulo y objeto del gasto.
II. Administrativa, relacionando el gasto por las unidades que lo ejecutaron.
III. Económico-administrativa, combinando las presentaciones anteriores.
IV. Programática, señalando las principales acciones realizadas en cada uno de los
programas gubernamentales
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Carpeta con Información Complementaria
De la información contable, presupuestaria y programática. La
Secretaría y las Tesorerías, proporcionarán la información
complementaria requerida por el Órgano Superior de Fiscalización
del Estado de México para el análisis y evaluación de la cuenta pública
municipal.
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C. Lineamientos para la elaboración y presentación de la Cuenta Pública
Objetivo:
Proporcionar los elementos para la elaboración y presentación
de la Cuenta Pública Municipal, estableciendo las bases para
integrar bajo criterios uniformes la información financiera que
incluye: información contable, presupuestaria, programática e
información complementaria.
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C. Lineamientos para la elaboración y presentación de la Cuenta Pública…
Este instrumento sirve como herramienta para elaborar y presentar la Cuenta Pública Municipal, en cuanto a los requerimientos económicos, financieros, contables, patrimoniales, presupuestarios, programáticos y administrativos de forma cualitativa y cuantitativa que nos señalan los ordenamientos legales respectivos. El contenido de los lineamientos se divide en: presentación, objetivo, marco legal de actuación, estructura de la cuenta pública municipal, servidores públicos municipales, presentación de la Cuenta Pública Municipal, matriz de clasificación de la información, matriz de clasificación de firmas de documentos, los aspectos que deben tomarse en cuenta para la elaboración y presentación de la Cuenta Pública Municipal y compendio de formatos.
Se publican en la pagina oficial del OSFEM en el link
https://www.osfem.gob.mx/04_Normatividad/doc/Normatividad/201
8/06_LinCtaPubMpal_18.pdf
Órgano Superior de Fiscalización del Estado de México
C. Lineamientos para la elaboración y presentación de la Cuenta Pública…
Entre los servidores públicos municipales que podrán aplicar los presentes
lineamientos, se encuentran los siguientes:
I. En el Ayuntamiento:
• Presidente Municipal
• Síndico(s) Municipal
• Tesorero Municipal
• Secretario Municipal
• Contralor Interno
• Director de Obras Públicas o titular de la unidad administrativa
equivalente
Órgano Superior de Fiscalización del Estado de México
1. El oficio de entrega de la Cuenta Pública Municipal será dirigido al
Auditor Superior del Estado de México, fundamentado en el artículo 32
de Ley de Fiscalización Superior del Estado de México, también deberá
incluir la página web, donde se publica la información del Título Quinto
de la Ley General de Contabilidad Gubernamental y de la Ley de
Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios.
2. Todas las cifras deberán ser presentadas en pesos con dos decimales.
Aspectos a tomar en cuenta en la presentación de la Información Impresa del Ayuntamiento
Órgano Superior de Fiscalización del Estado de México
3. La información deberá integrarse de conformidad con:
• Ley General de Contabilidad Gubernamental
• Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios
• Ley de Ingresos de los Municipios del Estado de México para el Ejercicio Fiscal
del año
• Presupuesto de Egresos del Municipio para el Ejercicio Fiscal del año
• Código Financiero del Estado de México y Municipios
• Normas y acuerdos emitidos por el Consejo Nacional de Armonización
Contable
• Manual Único de Contabilidad Gubernamental para las Dependencias y
Entidades Públicas del Gobierno y Municipios del Estado de México
Aspectos a tomar en cuenta en la presentación de la Información Impresa del Ayuntamiento…
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1. La información en CD se entregará en tres tantos al Órgano Superior
de Fiscalización del Estado de México.
2. Archivos en Excel: Deberán confirmar que los archivos no se
presenten como imagen
3. Archivos Digitalizados: La información se deberá digitalizar en
formato .pdf una vez que cuente con sellos y firmas, de acuerdo a la
Matriz de clasificación de firmas, confirmando que no se presenten
como imagen (.JPEG)
4. Los discos serán presentados con “etiqueta adherible” de
identificación de la entidad municipal.
Aspectos a tomar en cuenta en la presentación de la Información en CD del Ayuntamiento
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5. Todas las cifras deberán ser presentadas en pesos con dos decimales.
6. La información deberá integrarse de conformidad con:
• Ley General de Contabilidad Gubernamental
• Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios
• Ley de Ingresos de los Municipios del Estado de México para el Ejercicio Fiscal del
Año
• Presupuesto de Egresos del Municipio para el Ejercicio Fiscal del Año
• Código Financiero del Estado de México y Municipios
• Normas y acuerdos emitidos por el Consejo Nacional de Armonización Contable
• Manual Único de Contabilidad Gubernamental para las Dependencias y Entidades
Públicas del Gobierno y Municipios del Estado de México Lineamientos de Control
Financiero y Administrativo para las Entidades Fiscalizables Municipales del Estado
de México y
• Lineamientos para la Elaboración y Presentación de la Cuenta Pública Municipal y
• Demás normatividad aplicable
Aspectos a tomar en cuenta en la presentación de la Información en CD del Ayuntamiento…
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7. La Cuenta Pública Municipal deberá ser presentada de conformidad con los
formatos comprendidos en los presentes lineamientos.
8. La información contable deberá estar firmada en cada página e incluirá al
final la siguiente leyenda, de acuerdo a lo que establecen las normas y
metodología para la emisión de la información financiera y estructura de los
estados financieros básicos del ente público y características de sus notas
emitidas por el CONAC:
“Bajo protesta de decir verdad declaramos que los estados financieros y sus notas, son razonablemente correctos y son responsabilidad del emisor”.
Aspectos a tomar en cuenta en la presentación de la Información en CD del Ayuntamiento…
Órgano Superior de Fiscalización del Estado de México
Artículo 32 Ley de Fiscalización Superior del Estado de México
“…Los Presidentes Municipales presentarán a la Legislatura las cuentas públicas anuales de sus respectivos municipios, del ejercicio fiscal inmediato anterior, dentro de los quince primeros días del mes de marzo de cada año; asimismo, los informes mensuales los deberán presentar dentro de los veinte días posteriores al término del mes correspondiente. Las cuentas públicas deberán presentarse conforme a lo establecido en la Ley General de Contabilidad Gubernamental, Ley de Disciplina Financiera delas Entidades Federativas y los Municipios y demás disposiciones aplicables…”
D. Responsables de remitirlo al OSFEM
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La Ley de Fiscalización Superior del Estado de México en su artículo 32, señala:
“…Los Presidentes Municipales presentarán a la Legislatura las cuentas públicas anuales de sus respectivos municipios, del ejercicio fiscal inmediato anterior, dentro de los quince primeros días del mes de marzo de cada año; asimismo…" Las cuentas públicas deberán presentarse conforme a lo establecido en la Ley General de Contabilidad Gubernamental, Ley de Disciplina Financiera delas Entidades Federativas y los Municipios y demás disposiciones aplicables…”
E. Fecha de Entrega
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F. Medidas de Apremio
La Ley de Fiscalización Superior del Estado de México en su artículo 59, señala:
El Órgano Superior, para hacer cumplir sus determinaciones, podrá imponer de manera fundada y motivada, los medios de apremio siguientes:
I. Amonestación por escrito; II. Multa de 10 a 100 veces el valor diario de la Unidad de Medida y
Actualización vigente. III. Auxilio de la fuerza pública; y IV. Apercibimiento que, en caso de no cumplir, se hará acreedor al
procedimiento administrativo correspondiente, el cual procederá conforme a lo establecido por la Ley General de Responsabilidades de Administrativas y en la Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de México y Municipios.
Órgano Superior de Fiscalización del Estado de México
G. Resultados de la Fiscalización
• Pliegos de hallazgos
A través de estos documentos se dan a conocer a las Contralorías
Internas Municipales los hallazgos determinados en la revisión de la
Cuenta Pública, con la finalidad de que sean tomadas las acciones
pertinentes y puedan ser implementadas las medidas de control
interno que permitan corregir las inconsistencias detectadas en la
información contable, patrimonial y administrativa.
Órgano Superior de Fiscalización
del Estado de México
PRESUPUESTO DE EGRESOS MUNICIPAL
Y BIENES PATRIMONIALES
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Hacienda Pública y Bienes Patrimoniales
Presupuesto de Egresos Municipal
a) Presupuesto de Egresos
b) Documentación que comprende el Presupuesto de Egresos
c) Lineamientos para la presentación del Presupuesto de Egresos
d) Responsables de remitirlo al OSFEM
e) Fecha de entrega
f) Medidas de apremio
g) Resultados de la revisión
Hacienda Pública y Bienes Patrimoniales Órgano Superior de Fiscalización del Estado de México
El Presupuesto de Egresos del Estado es el instrumento jurídico, de política económica y de política de gasto, que aprueba la Legislatura conforme a la iniciativa que presenta el Gobernador, en el cual se establece el ejercicio, control del gasto público y evaluación del desempeño de las Dependencias, Entidades Públicas, Organismos Autónomos, Poderes Legislativo y Judicial y de los Municipios a través de los programas derivados del Plan de Desarrollo del Estado de México, durante el ejercicio fiscal correspondiente. El gasto total aprobado en el Presupuesto de Egresos, no podrá exceder al total de los ingresos autorizados en la Ley de Ingresos, de tal forma que contribuya a un balance presupuestario sostenible. En el caso de los municipios, el Presupuesto de Egresos, será el que se apruebe por el Ayuntamiento.
Artículo 285 CFEM
Artículo 33 fracciones XVIII y XIX LOMEM
a) Presupuesto de Egresos
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Hacienda Pública y Bienes Patrimoniales
b) Documentación que comprende el Presupuesto de Egresos
Nota: Esta información se da a conocer a los Síndicos Municipales a través del Oficio de Obligaciones Periódicas.
No. Documento o archivo Impreso Formato
Con firmas o
digitalizado
Texto Plano
.txt
1Oficio de Entrega del Presupuesto de Ingresos y Egresos Municipal al Órgano
Superior de Fiscalización del Estado de México.X
2
Copia Certif icada del Acta de Cabildo para el caso de los Ayuntamientos o del
Órgano máximo de Gobierno para el caso de los Organismos Descentralizados,
en la que se haya autorizado el Presupuesto
X
3 Carátula de Presupuesto de Ingresos (PbRM-03b) X X X
4 Carátula de Presupuesto de Egresos (PbRM-04d) X X X
5 Presupuesto de Ingresos Detallado (PbRM-03a) X X X
6 Presupuesto de Egresos Global Calendarizado (PbRM-04c) X X
7 Presupuesto de Egresos Detallado en Texto Plano .txt X
8 Tabulador de Sueldos (PbRM-05) X X X
9 Programa Anual de Adquisiciones (PbRM-06) X X X
10 Programa Anual de Obra (PbRM-07a) X X X
Presupuesto de Egresos
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No. Documento o archivo Impreso Formato
Con firmas o
digitalizado
Texto Plano
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11Programa Anual de Reparaciones y Mantenimientos
(PbRM-07b)X X X
12Programa Anual Dimensión Administrativa del Gasto
(PbRM-01a)X X
13 Programa Anual Descripción del Programa Presupuestario (PbRM-01b) X
14Programa Anual de Metas de Actividad por Proyecto
(PbRM-01c)X X
15Calendarización de Metas de Actividad por Proyecto
(PbRM-02a)X X
16 Proyecciones de Ingresos – LDF (Formato 7a-LDF) X
17 Proyecciones de Egresos – LDF (Formato 7b-LDF) X
18 Resultado de Ingresos-LDF (Formato 7c-LDF) X
19 Resultado de Egresos-LDF (Formato 7d-LDF) X
20
Descripción de los riesgos relevantes para las finanzas públicas, incluyendo los
montos de deuda contingente, acompañados de propuestas de acción para
enfrentarlos-LDF (Formato Libre)
X
21 Formato de Remuneraciones de Servidores Públicos X
Presupuesto de Egresos
b) Documentación que comprende el Presupuesto de Egresos
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c) Lineamientos para la presentación del Presupuesto de Egresos
Objetivo: Proporcionar a las Entidades Municipales una herramienta que coadyuve en la entrega del Presupuesto de Egresos Municipal para el ejercicio fiscal 2020, bajo los mismos criterios, formatos y especificaciones, a fin de homologar y facilitar su presentación al Órgano Superior de Fiscalización. Los Lineamientos incluyen los formatos presupuestarios de conformidad a la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios y el Manual para la Planeación, Programación y Presupuesto de Egresos Municipal para el Ejercicio Fiscal 2020. Se publican en la pagina oficial del OSFEM en el link https://www.osfem.gob.mx/04_Normatividad/doc/Normatividad/2019/01_Lin_Ent_Pres_Egre_Mpal_2019.pdf
Hacienda Pública y Bienes Patrimoniales Órgano Superior de Fiscalización del Estado de México
d) Responsables de remitir el Presupuesto de Egresos al OSFEM
Los Presidentes Municipales y los Síndicos estarán obligados a informar al
Órgano Superior, a más tardar el 25 de febrero de cada año, el Presupuesto de
Egresos Municipal que haya aprobado el Ayuntamiento correspondiente
(Artículo 47 LFSEM)
e) Fecha de Entrega
El Presidente Municipal, promulgará y publicará el Presupuesto de Egresos
Municipal, a más tardar el día 25 de febrero de cada año debiendo enviarlo al
Órgano Superior de Fiscalización en la misma fecha
(Artículo 125 CPELSM)
(Artículo 47 LFSEM)
Hacienda Pública y Bienes Patrimoniales Órgano Superior de Fiscalización del Estado de México
f) Medidas de apremio
La Ley de Fiscalización Superior del Estado de México en su artículo 59, señala:
El Órgano Superior, para hacer cumplir sus determinaciones, podrá imponer de manera fundada y motivada, los medios de apremio siguientes:
I. Amonestación por escrito; II. Multa de 10 a 100 veces el valor diario de la Unidad de Medida y
Actualización vigente. III. Auxilio de la fuerza pública; y IV. Apercibimiento que, en caso de no cumplir, se hará acreedor al
procedimiento administrativo correspondiente, el cual procederá conforme a lo establecido por la Ley General de Responsabilidades de Administrativas y en la Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de México y Municipios.
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Hacienda Pública y Bienes Patrimoniales
Promoción de acciones derivados de la Fiscalización de:
I. Presupuesto Anual
II. Avance Mensual del Presupuesto (Trimestral)
A través de estos documentos se dan a conocer a las Contralorías Internas
Municipales los hallazgos determinados en la revisión del Presupuesto
Anual y Avance Mensual del Presupuesto, con la finalidad de que sean
tomadas las acciones pertinentes y puedan ser implementadas las medidas
de control interno que permitan corregir las inconsistencias detectadas en
la información presupuestal y evitar con ello observaciones resarcitorias
futuras
g) Resultados de la revisión
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Hacienda Pública y Bienes Patrimoniales
Bienes Patrimoniales
a) Atribuciones del Ayuntamiento
b) Atribuciones del Síndico
c) Integración del Comité de Bienes Muebles e Inmuebles
d) Funciones del Comité de Bienes Muebles e Inmuebles
e) Regularización de la propiedad de Bienes Inmuebles
f) Sistema de Control Patrimonial (CREG-Patrimonial)
Hacienda Pública y Bienes Patrimoniales Órgano Superior de Fiscalización del Estado de México
Ley Orgánica Municipal del Estado de México
a) Artículo 31 Atribuciones de los Ayuntamientos
1. Aprobar en sesión de cabildo los movimientos registrados en el libro especial de bienes muebles e inmuebles.
2. Acordar el destino o uso de los bienes inmuebles municipales.
Artículo 52
Los síndicos municipales tendrán a su cargo la procuración y defensa de los derechos e intereses del municipio, en especial los de carácter patrimonial.
b) Artículo 53 Atribuciones de los Síndicos
1. Intervenir en la formulación del inventario general de los bienes muebles e inmuebles propiedad del municipio, haciendo que se inscriban en el libro especial, con expresión de sus valores y de todas las características de identificación, así como el uso y destino de los mismos.
2. Regularizar la propiedad de los bienes inmuebles municipales, para ello tendrán un plazo de ciento veinte días hábiles, contados a partir de la adquisición.
3. Inscribir los bienes inmuebles municipales en el Registro Público de la Propiedad.
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Lineamientos para el Registro y Control del Inventario y la Conciliación y Desincorporación de Bienes Muebles e Inmuebles para las Entidades Fiscalizables Municipales del Estado de México
c) Integración del Comité de Bienes
Muebles e Inmuebles
Síndico Municipal
Tesorero Municipal Vocal
Representante Jurídico Vocal
Contralor Interno Municipal Secretario Ejecutivo
Vocal
Secretario del ayuntamiento Presidente
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d) Funciones del Comité de Bienes Muebles e Inmuebles
• Sesionar por lo menos una vez al bimestre
• Determinar la fecha de inicio y término de los dos levantamientos físicos de los
Inventarios de Bienes Muebles e Inmuebles
• Analizar y validar los resultados finales de los trabajos relacionados con los
levantamientos físicos
• Implementar las acciones necesarias para la conciliación del inventario con los
registros contables
• Presentar ante el Órgano Máximo de Gobierno el resultado de los levantamientos
físicos y la conciliación físico-contable
LGCG, MUCGDEPMEM, LRCICDBMIEFMM
Hacienda Pública y Bienes Patrimoniales Órgano Superior de Fiscalización del Estado de México
• Bases generales y calendarización del levantamiento a través de acta de Comité
• Considerar los registros de los últimos Inventarios de Bienes Muebles e Inmuebles
• Designación de los servidores públicos que llevarán a cabo el levantamiento
• Bitácora del levantamiento físico
• Actas circunstanciadas levantadas por el área de Control Interno
• Resultado del levantamiento físico
Artículo 27 LGCG
Políticas de Registro MUCGDEPMEM
Numeral Trigésimo Séptimo LRCICDBMIEFMM
Levantamiento Físico de los Inventarios de Bienes Muebles e Inmuebles
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Bienes localizados con registro en el inventario
*Bienes en buen estado
*Bienes obsoletos
Bienes no localizados y registrados en el inventario
*Bienes por robo o siniestro
Bienes localizados sin registro en el inventario
*Donación
Bienes de bajo costo registrados en el Inventario Patrimonial
Supuestos
Resultado del Levantamiento Físico
El resultado del levantamiento físico se entrega en sesión de Comité al Tesorero por conducto del Presidente para que realice la Conciliación Físico-Contable.
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e) Regularización de Bienes Muebles e Inmuebles
a) Se carece del documento o título de propiedad que ampare la posesión y/o
propiedad
b) Se cuenta con un documento o título de propiedad imperfecto
c) Cuando los Inmuebles no se encuentran inscritos en el IFREM
¿Cuándo se debe regularizar la propiedad de los Bienes Inmuebles
Municipales?
Hacienda Pública y Bienes Patrimoniales Órgano Superior de Fiscalización del Estado de México
Regularización de Bienes Muebles e Inmuebles
Testimonio notarial / Contrato privado de compra- venta, cesión o donación /
Sentencia de autoridad judicial
Manifestación del impuesto sobre adquisición de inmuebles y otras
operaciones traslativas de dominio de inmuebles
Acta de entrega (Interés Social)
Cédula de contratación emitida
por la CORETT
Título, certificado o cesión de derechos agrarios, parcelarios o comunes
Inmatriculación Administrativa o Judicial
Artículo 182 CFEM Documentos que Acreditan la Propiedad o
Posesión de un Inmueble
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Hacienda Pública y Bienes Patrimoniales
Artículo 18.1 CCEM
Solo se registraran:
Los testimonios de instrumentos notariales, copias certificadas electrónicas, formatos precodificados u otros documentos auténticos
Las resoluciones y providencias judiciales que así como los demás títulos registrales sobre actos jurídicos de inmatriculación administrativa o que atribuyan o transfieran el dominio de un bien inmuebles
Artículo 33 LOMEM
Los ayuntamientos necesitan autorización de la Legislatura para
Enajenar los bienes inmuebles del municipio, o en cualquier acto o contrato que implique la transmisión de la propiedad
Dar en arrendamiento, comodato o en usufructo los bienes inmuebles del municipio, por un término que exceda el período de la gestión del ayuntamiento.
Desincorporar del dominio público los bienes inmuebles del municipio.
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f) Sistema de Control Patrimonial (CREG-Patrimonial)
CREG-Patrimonial Control de Recursos de las Entidades Gubernamentales
Es un sistema informático que permite a las entidades municipales tener un
mejor control y actualización sobre los registros administrativos de los bienes.
Entre las funciones que ofrece es el de generar tarjetas de resguardo,
impresión de etiquetas de inventarios, control sobre el consumo del
combustible, bitácoras de mantenimiento y reparación, desincorporación del
bien del patrimonio entre otros beneficios.
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Sistema de Control Patrimonial (CREG-Patrimonial)
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¿ Como se obtiene el CREG-Patrimonial?
• La entidad solicita la instalación del sistema mediante oficio al OSFEM
• La entidad se presenta con el equipo en el cual se instalará el sistema
• El Departamento de Desarrollo Tecnológico lleva a cabo la instalación
• El sistema CREG-Patrimonial se actualiza constantemente
El Departamento de Análisis Presupuestal y Patrimonial Municipal brinda
capacitación sobre el Manejo del Sistema CREG-Patrimonial a las entidades
que lo solicitan.
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Hacienda Pública y Bienes Patrimoniales
I. Fiscalización semestral de bienes muebles e inmuebles
II. Revisión de expedientes técnicos de los procedimientos de baja de bienes muebles
III. Auditorías Patrimonial- Financieras
Fiscalización de Bienes Patrimoniales
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Hacienda Pública y Bienes Patrimoniales
CPELSM Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México
CCEM Código Civil del Estado de México
CFEM Código Financiero del Estado de México y Municipios
LGCG Ley General de Contabilidad Gubernamental
LOMEM Ley Orgánica Municipal del Estado de México
MUCGDEPMEM Manual Único de Contabilidad Gubernamental para las Dependencias y Entidades Públicas del Gobierno y Municipios del Estado de México
LRCICDBMIEFMM Lineamientos para el Registro y Control del Inventario y la Conciliación y Desincorporación de Bienes Muebles e Inmuebles para las Entidades Fiscalizables Municipales del Estado de México
CORETT Comisión para la Regularización de la Tenencia de la Tierra
IFREM Instituto de la Función Registral del Estado de México
Glosario
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Hacienda Pública y Bienes Patrimoniales
Auditoría Especial de Informes Mensuales, Planeación e Investigación
Dirección de Planeación y Control
Departamento de Análisis Presupuestal y Patrimonial Municipal
Teléfonos: 722 1 67 84 50 ext. 6880 y 6869
Directorio
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Auditoría Especial de Informes Mensuales, Planeación e Investigación
Dirección de Fiscalización e Integración de Cuenta Pública
Departamento de Fiscalización de Informes Mensuales Municipales
Departamento de Fiscalización de Cuenta Pública Municipal
Teléfonos: 722 2 13 41 93 y 2 13 41 94 ext. 134, 137 y 138
Directorio