TEMÁTICA
FILOSOFÍA Y SABIDURÍA ANCESTRAL
TEMA: DIGNIDAD MULTICULTURAL Y
SOBERANÍA
HERNANDO CHINDOY CHINDOY
NOV-27-2014
UNIVERSIDAD INDUSTRIAL DE SANTANDER-UIS
CÁTEDRA
RODOLFO LOW MAUS
“El discurso oficial que niega los efectos perniciosos de la conquista y de la colonización de las naciones
andinas, vacía de contenido su milenario proceso de evolución autárquica, despreciando sus tradiciones y
desconociendo el legado de conocimiento y sabiduría indígena; por ello es necesario recapitular
una serie de hechos para entender el doloroso trance que ha tenido que soportar la población
aborigen, para transmitir su lección de humanidad, mostrando honestamente, sin pretender herir
sensibilidades de nadie, las vivencias de los últimos (522) años”
CHINCHAN SUYU-Vilcaconga a Quito
COLLA SUYU-Urcus a Charcas ANTI SUYU- Abisca
CONTIN SUYU- Cusco a Arequipa (Tupac Yupanqui)
ORGANIZACIÓN SOCIAL, POLÍTICA, ECONÓMICA Y CULTURAL
Para la Administración y control amplio del espacio geográfico del
Tawantin Suyu: Realeza
- Inca - La Coya - El Auqui
Mana Sisai-No Robar Mana Llullai-No Mentir
Mana Killai- No ser Perezoso Alli Kai-Ser Digno
Suma Kausai-Bien Vivir
…”Primeramente… declaro... por lo que toca al descargo de mi alma, a causa
de haber sido yo mucho parte en descubrimiento, conquista y población de
estos reinos, cuando los quitamos a los que eran señores Ingas y los poseían y
regían como suyos propios, y los pusimos debajo de la corona real, que
entienda su Majestad Católica, que los dichos Ingas los tenían gobernados de
tal manera, que en todos ellos no había un ladrón ni hombre vicioso, ni hombre
holgazán, ni una mujer adúltera ni mala; ni se permitía entre ellos ni gente de
mal vivir en lo moral; que los hombres tenían sus ocupaciones honestas y
provechosas ; y que los montes y minas, pastos caza y madera, y todo género
de aprovechamientos estaba gobernado y repartido de suerte que cada uno
conocía y tenía su hacienda sin que otros se la ocupase o tomase, ni sobre ello
habían pleytos; y que las cosas de guerra, aunque eran muchas, no impedían
a las del comercio, ni estas a las cosas de la labranza o cultivar de las tierras,
ni otra cosa alguna; y que en todo, desde lo mayor hasta lo más menudo, tenía
su orden y concierto con mucho acierto; y que los Ingas eran tenidos y
obedecidos y respetados de sus súbditos como gente muy capaz y de mucho
gobierno, y que lo mismo eran sus gobernantes y capitanes; y que como en
estos hallamos la fuerza y el mando y la resistencia para poder sugetar e
oprimir al servicio de Dios nuestro señor, y quitarles su tierra, y ponerlas debajo
de la real corona, fue necesario quitarles totalmente y mando y los bienes como se los quitamos a fuerza de armas”… (Estracto del Testamento de Mancío Sierra Lejesema. 1589)
“Suma kusausai iukapuachu kai nukanchipa wuawitu, mama alpita suma kausai kuapuai
maipi riskapi, rigpi kaimanda, kuti allilla tigramucho kaima…”
“Que nuestro nuevo ser tenga un buen vivir, Madre Tierra dámele un buen vivir donde quiera que vaya, protégele con tu fuerza a donde quiera que esté, si sale de
aquí que regrese nuevamente a este territorio…”
COLOMBIA
CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE 1991 TITULO I
DE LOS PRINCIPIOS FUNDAMENTALES
ARTICULO 1. Colombia es un Estado social de derecho, organizado en forma
de República unitaria, descentralizada, con autonomía de sus entidades
territoriales, democrática, participativa y pluralista, fundada en el respeto de la
dignidad humana, en el trabajo y la solidaridad de las personas que la integran
y en la prevalencia del interés general.
ARTICULO 7. El Estado reconoce y protege la diversidad étnica y cultural de
la Nación colombiana.
ARTICULO 8. Es obligación del Estado y de las personas proteger las
riquezas culturales y naturales de la Nación.
ARTICULO 10. El castellano es el idioma oficial de Colombia. Las lenguas y
dialectos de los grupos étnicos son también oficiales en sus territorios. La
enseñanza que se imparta en las comunidades con tradiciones lingüísticas propias será bilingüe.
HISTORIA-DIGNIDAD-IDENTIDAD
"El día en que la inmensa muchedumbre fruto del mestizaje andino-hispano, decida romper el espejo ajeno donde se mira, no
importa cuando ni donde; ese instante-espacio tiempo-, descubrirá la savia
indígena inmanente, efluvio del constante renacer de ABYA YALA, tierra de profundas
raíces”
Sion-Inga-Cofán
LA SOBERANÍA DE UN PUEBLO El empeño de un Pueblo en recuperar su autonomía, su
dignidad y, sobre todo, la soberanía sobre el territorio que
les pertenece.
Naturaleza
Configuración jurisprudencial del referente “dignidad humana” como
entidad normativa, puede presentarse de dos maneras:
1- A partir de su objeto concreto de protección
2- A partir de su funcionalidad normativa.
1 -(i) La dignidad humana entendida como autonomía o como
posibilidad de diseñar un plan vital y de determinarse según sus
características (vivir como quiera).
-(ii) La dignidad humana entendida como ciertas condiciones materiales
concretas de existencia (vivir bien).
-(iii) La dignidad humana entendida como intangibilidad de los bienes
no patrimoniales, integridad física e integridad moral (vivir sin
humillaciones).
2- (i) La dignidad humana entendida como principio fundante del
ordenamiento jurídico y por tanto del Estado, y en este sentido la
dignidad como valor.
-(ii) La dignidad humana entendida como principio constitucional.
- (iii) La dignidad humana entendida como derecho fundamental
autónomo.
Contenido material
La dignidad humana está vinculado con tres ámbitos exclusivos de la persona :
1- La autonomía individual (materializada en la posibilidad de elegir un
proyecto de vida y de determinarse según esa elección),
2- Unas condiciones de vida cualificadas (referidas a las circunstancias
materiales necesarias para desarrollar el proyecto de vida)
3- La intangibilidad del cuerpo y del espíritu (entendida como integridad física y
espiritual, presupuesto para la realización del proyecto de vida).
Protección normativa de la “dignidad”:
1- Permite racionalizar el manejo normativo de la dignidad humana,
2-Presenta más armonía con el contenido axiológico de la Constitución de
1991,
3- Abre la posibilidad de concretar con mayor claridad los mandatos de la
Constitución.
Los ámbitos de protección de la dignidad humana, deberán apreciarse no
como contenidos abstractos de un referente natural, sino como contenidos
concretos, en relación con las circunstancias en las cuales el ser humano se
desarrolla ordinariamente.
Respeto
En aras de la identificación de las normas constitucionales a partir de los enunciados normativos constitucionales sobre el
respeto a la dignidad humana, se afirmará la existencia de dos normas jurídicas que tienen la estructura lógico
normativa de los principios: (a) el principio de dignidad humana y (b) el derecho a la dignidad humana. Las cuales, a
pesar de tener la misma estructura (la estructura de los principios), constituyen entidades normativas autónomas con rasgos particulares que difieren entre sí, especialmente frente
a su funcionalidad dentro del ordenamiento jurídico.
“De las sepulturas más hondas y las cárceles más opresivas, de
los pueblos más sometidos, y las conciencias más tercamente
engrilletadas.
Las leyendas vuelan para ponerle música a la muerte, poesía a la
miseria, luz a la lobreguez de las conciencias, amor al olvido,
compañía a la soledad.
Es que la leyenda obedece a la parte del pensamiento, que se
somete a la esclavitud, sólo en la medida en que puede sacar una
consecuencia de libertad.
En las comunidades de nuestro pueblo, la leyenda es el ejercicio
del espíritu en el afán de evitar que su vuelo se atrofie,
lo hermoso de este ejercicio de las alas es que gira en torno a sus
propios dioses, sus propias montañas y sus propios hombres,
como un testimonio de fé en el porvenir”.
Hernan Velarde, 1968
BIBLIOGRAFÍA Lozano Castro, Alfredo. CUSCO-QOSQO-MODELO SIMBOLICO DE LA COSMOLOGIA ANDINA, Madrid
1994. Sierra, Malú. Subercaseaux, Elizabet. EVO MORALES
Primer Indígena que gobierna en América del Sur. Edición FiCa-Fundación para la Investigación y la
Cultura. Bogotá 2009. Chindoy Chindoy, Hernando. AUTODESARROLLO Y
BUEN VIVIR PUEBLOS INDIGENAS DE AMERICA. Universidad Carlos III. Madrid 2013.
Chindoy Chindoy, Hernado. Archivo personal y
Proceso Pueblo Inga Aponte-Nariño. 2003-2013.