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I. COMUNIDAD DE MADRID · formas farmacéuticas, podrán, con carácter excepcional, encomen- ......

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JUEVES 16 DE JULIO DE 2009 B.O.C.M. Núm. 167 Pág. 5 I. COMUNIDAD DE MADRID A) Disposiciones Generales Consejería de Sanidad 2385 DECRETO 65/2009, de 9 de julio, del Consejo de Gobier- no, por el que se regulan los procedimientos de certifica- ción de las oficinas de farmacia y servicios de farmacia que elaboren fórmulas magistrales y preparados oficinales y de autorización para la elaboración a terceros, y se crea el Registro correspondiente. El Real Decreto 175/2001, de 23 de febrero, por el que se aprue- ban las normas de correcta elaboración y control de calidad de fór- mulas magistrales y preparados oficinales, estableció la obligación de que las oficinas de farmacia y servicios de farmacia que elaboren este tipo de medicamentos adaptaran el desarrollo de sus actividades al contenido del mismo, adaptación que debe realizarse en función del tipo de preparaciones que se pretendan elaborar, su volumen y de la tecnología que resulte necesaria, debiendo, las Administracio- nes Sanitarias, adoptar las oportunas medidas para que la actividad profesional relativa a la formulación magistral y las preparaciones oficinales se ajusten, con el necesario rigor, a pautas procedimenta- les estrictas y fielmente reproducibles. Por otra parte, la Ley 29/2006, de 26 de julio, de Garantías y Uso Racional de los Medicamentos y Productos Sanitarios, prevé, en sus artículos 42 y 43, que en los casos en que las oficinas de farmacia y servicios de farmacia no dispongan de los medios necesarios, excep- cionalmente, y sin perjuicio de lo establecido en el artículo 67.2, po- drán encomendar a una entidad de las previstas en esta Ley, autori- zada por la Administración Sanitaria competente, la realización de una o varias fases de la elaboración y/o control de fórmulas magis- trales y/o preparados oficinales que respondan a una prescripción fa- cultativa. A su vez, la Comunidad de Madrid, en el ejercicio de sus compe- tencias en materia de ordenación farmacéutica y establecimientos farmacéuticos, atribuidas por el artículo 27.12 del Estatuto de Auto- nomía, ha dictado la Ley 19/1998, de 25 de noviembre, de Ordena- ción y Atención Farmacéutica de la Comunidad de Madrid, que es- tablece, en su artículo 13, que la elaboración y dispensación de fórmulas magistrales y preparados oficinales se realizará de confor- midad con lo establecido en la normativa estatal. En la actualidad se hace preciso regular los procedimientos admi- nistrativos que permitan certificar el cumplimiento por parte de las oficinas de farmacia y servicios de farmacia de la Comunidad de Madrid, de lo establecido en el Real Decreto 175/2001, de 23 de fe- brero, por el que se aprueban las normas de correcta elaboración y control de calidad de fórmulas magistrales y preparados oficinales; y por otro lado, regular el procedimiento de autorización de la acti- vidad de elaboración de fórmulas magistrales y preparados oficina- les para terceros, con el fin de facilitar la previsión legal recogida en los artículos 42 y 43 de la Ley 29/2006, de 26 de julio, de garantías y uso racional de medicamentos y productos sanitarios. Asimismo, se contempla la creación del registro de oficinas de farmacia y servicios de farmacia certificados y autorizados para la elaboración de fórmulas magistrales y preparados oficinales, de ca- rácter público, en el que se inscribirán las referidas certificaciones y autorizaciones con el objeto de permitir y facilitar el acceso público al contenido que se recoge en el mismo. El texto ha sido sometido a trámite de audiencia entre los colegios profesionales, sociedades científicas y demás interesados a los que puede afectar su contenido. En su virtud, a propuesta del Consejero de Sanidad, de acuerdo con el Consejo Consultivo de la Comunidad de Madrid y previa de- liberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 9 de julio de 2009, DISPONE Capítulo I Disposiciones generales Artículo 1 Objeto 1. Establecer el procedimiento para la certificación de los nive- les de elaboración de fórmulas magistrales y preparados oficinales en las oficinas de farmacia y servicios de farmacia. 2. Regular un procedimiento de autorización para la elabora- ción de fórmulas magistrales y preparados oficinales a terceros. 3. La creación de un registro de las oficinas de farmacia y servi- cios de farmacia certificados para la elaboración de fórmulas magis- trales y preparados oficinales, así como de los autorizados para la elaboración a terceros, en que quede definida su categoría y nivel de elaboración. Artículo 2 Definiciones A efectos de lo previsto en el presente Decreto, se establecen las siguientes definiciones: 1. Certificación: Resolución emitida por la Dirección General competente en materia de farmacia, acreditativa de que las oficinas de farmacia y servicios de farmacia disponen de los medios necesa- rios para la elaboración de fórmulas magistrales o preparados ofici- nales en el nivel de formulación solicitado. 2. Autorización de elaboración a terceros: Resolución a emitir por la Dirección General competente en materia de farmacia, una vez comprobado que las oficinas de farmacia y servicios de farma- cia cumplen los requisitos descritos en el artículo 9 del presente De- creto, tras la instrucción del procedimiento señalado en los artícu- los 14 y 15, sin la cual no se permite iniciar esta actividad. 3. Oficina de farmacia y servicio de farmacia elaborador a ter- ceros: Se entiende como tal cualquier entidad de las previstas en los artículos 42.2 y 43.2 de la Ley 29/2006, de 26 de julio, de Garantías y Uso Racional de los Medicamentos y Productos Sanitarios, legal- mente autorizada por la Administración Sanitaria competente que, bajo contrato, elabora y/o controla, para otra oficina de farmacia o servicio de farmacia, elaborador o no, una o varias fases de las fór- mulas magistrales o de los preparados oficinales que respondan a una prescripción facultativa, sin perjuicio de lo dispuesto en el ar- tículo 67.2 de la mencionada Ley 29/2006. Artículo 3 Ámbito de aplicación La presente disposición es de aplicación a todas las oficinas de farmacia y servicios de farmacia autorizados en la Comunidad de Madrid.
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JUEVES 16 DE JULIO DE 2009B.O.C.M. Núm. 167 Pág. 5

I. COMUNIDAD DE MADRID

A) Disposiciones Generales

Consejería de Sanidad

2385 DECRETO 65/2009, de 9 de julio, del Consejo de Gobier-no, por el que se regulan los procedimientos de certifica-ción de las oficinas de farmacia y servicios de farmaciaque elaboren fórmulas magistrales y preparados oficinalesy de autorización para la elaboración a terceros, y se creael Registro correspondiente.

El Real Decreto 175/2001, de 23 de febrero, por el que se aprue-ban las normas de correcta elaboración y control de calidad de fór-mulas magistrales y preparados oficinales, estableció la obligaciónde que las oficinas de farmacia y servicios de farmacia que elaboreneste tipo de medicamentos adaptaran el desarrollo de sus actividadesal contenido del mismo, adaptación que debe realizarse en funcióndel tipo de preparaciones que se pretendan elaborar, su volumen yde la tecnología que resulte necesaria, debiendo, las Administracio-nes Sanitarias, adoptar las oportunas medidas para que la actividadprofesional relativa a la formulación magistral y las preparacionesoficinales se ajusten, con el necesario rigor, a pautas procedimenta-les estrictas y fielmente reproducibles.

Por otra parte, la Ley 29/2006, de 26 de julio, de Garantías y UsoRacional de los Medicamentos y Productos Sanitarios, prevé, en susartículos 42 y 43, que en los casos en que las oficinas de farmacia yservicios de farmacia no dispongan de los medios necesarios, excep-cionalmente, y sin perjuicio de lo establecido en el artículo 67.2, po-drán encomendar a una entidad de las previstas en esta Ley, autori-zada por la Administración Sanitaria competente, la realización deuna o varias fases de la elaboración y/o control de fórmulas magis-trales y/o preparados oficinales que respondan a una prescripción fa-cultativa.

A su vez, la Comunidad de Madrid, en el ejercicio de sus compe-tencias en materia de ordenación farmacéutica y establecimientosfarmacéuticos, atribuidas por el artículo 27.12 del Estatuto de Auto-nomía, ha dictado la Ley 19/1998, de 25 de noviembre, de Ordena-ción y Atención Farmacéutica de la Comunidad de Madrid, que es-tablece, en su artículo 13, que la elaboración y dispensación defórmulas magistrales y preparados oficinales se realizará de confor-midad con lo establecido en la normativa estatal.

En la actualidad se hace preciso regular los procedimientos admi-nistrativos que permitan certificar el cumplimiento por parte de lasoficinas de farmacia y servicios de farmacia de la Comunidad deMadrid, de lo establecido en el Real Decreto 175/2001, de 23 de fe-brero, por el que se aprueban las normas de correcta elaboración ycontrol de calidad de fórmulas magistrales y preparados oficinales;y por otro lado, regular el procedimiento de autorización de la acti-vidad de elaboración de fórmulas magistrales y preparados oficina-les para terceros, con el fin de facilitar la previsión legal recogida enlos artículos 42 y 43 de la Ley 29/2006, de 26 de julio, de garantíasy uso racional de medicamentos y productos sanitarios.

Asimismo, se contempla la creación del registro de oficinas defarmacia y servicios de farmacia certificados y autorizados para laelaboración de fórmulas magistrales y preparados oficinales, de ca-rácter público, en el que se inscribirán las referidas certificaciones yautorizaciones con el objeto de permitir y facilitar el acceso públicoal contenido que se recoge en el mismo.

El texto ha sido sometido a trámite de audiencia entre los colegiosprofesionales, sociedades científicas y demás interesados a los quepuede afectar su contenido.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Sanidad, de acuerdocon el Consejo Consultivo de la Comunidad de Madrid y previa de-liberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 9 de juliode 2009,

DISPONE

Capítulo I

Disposiciones generales

Artículo 1

Objeto

1. Establecer el procedimiento para la certificación de los nive-les de elaboración de fórmulas magistrales y preparados oficinalesen las oficinas de farmacia y servicios de farmacia.

2. Regular un procedimiento de autorización para la elabora-ción de fórmulas magistrales y preparados oficinales a terceros.

3. La creación de un registro de las oficinas de farmacia y servi-cios de farmacia certificados para la elaboración de fórmulas magis-trales y preparados oficinales, así como de los autorizados para laelaboración a terceros, en que quede definida su categoría y nivel deelaboración.

Artículo 2

Definiciones

A efectos de lo previsto en el presente Decreto, se establecen lassiguientes definiciones:

1. Certificación: Resolución emitida por la Dirección Generalcompetente en materia de farmacia, acreditativa de que las oficinasde farmacia y servicios de farmacia disponen de los medios necesa-rios para la elaboración de fórmulas magistrales o preparados ofici-nales en el nivel de formulación solicitado.

2. Autorización de elaboración a terceros: Resolución a emitirpor la Dirección General competente en materia de farmacia, unavez comprobado que las oficinas de farmacia y servicios de farma-cia cumplen los requisitos descritos en el artículo 9 del presente De-creto, tras la instrucción del procedimiento señalado en los artícu-los 14 y 15, sin la cual no se permite iniciar esta actividad.

3. Oficina de farmacia y servicio de farmacia elaborador a ter-ceros: Se entiende como tal cualquier entidad de las previstas en losartículos 42.2 y 43.2 de la Ley 29/2006, de 26 de julio, de Garantíasy Uso Racional de los Medicamentos y Productos Sanitarios, legal-mente autorizada por la Administración Sanitaria competente que,bajo contrato, elabora y/o controla, para otra oficina de farmacia oservicio de farmacia, elaborador o no, una o varias fases de las fór-mulas magistrales o de los preparados oficinales que respondan auna prescripción facultativa, sin perjuicio de lo dispuesto en el ar-tículo 67.2 de la mencionada Ley 29/2006.

Artículo 3

Ámbito de aplicación

La presente disposición es de aplicación a todas las oficinas defarmacia y servicios de farmacia autorizados en la Comunidad deMadrid.

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JUEVES 16 DE JULIO DE 2009Pág. 6 B.O.C.M. Núm. 167

Capítulo IICategorías de las oficinas de farmacia

y servicios de farmacia y niveles de elaboración de fórmulasmagistrales y preparados oficinales

Artículo 4

Elaboración y dispensación de fórmulas magistralesy preparados oficinales

1. Todas las oficinas de farmacia y servicios de farmacia estánobligados a dispensar las fórmulas magistrales y preparados oficina-les que se les demanden en las condiciones legal y reglamentaria-mente establecidas.

2. Para la elaboración de fórmulas magistrales y/o preparadosoficinales, las oficinas de farmacia y servicios de farmacia de la Co-munidad de Madrid deberán contar con la previa certificación de laDirección General competente en materia de farmacia, prevista en elartículo 2.1, en función de las formas farmacéuticas declaradas quese pretendan elaborar.

3. Solamente podrán ser autorizados para elaborar a terceros,las oficinas de farmacia y servicios de farmacia certificados paraelaborar para sí mismos, sin perjuicio de lo previsto en el artícu-lo 42.2 de la Ley 29/2006, de 26 de julio, de Garantías y Uso Racio-nal de los Medicamentos y Productos Sanitarios.

Artículo 5

Categorías de las oficinas de farmacia y servicios de farmacia

A efectos de lo dispuesto en el presente Decreto, todas las ofici-nas de farmacia y servicios de farmacia de la Comunidad de Madridquedarán incluidos en una de las siguientes categorías:

1. Sin elaboración propia.2. Elaboradores de formas farmacéuticas.

Artículo 6

Oficinas de farmacia y servicios de farmacia sin elaboración propia

En todo caso, las oficinas de farmacia y servicios de farmacia queno elaboren fórmulas magistrales y preparados oficinales deberáncumplir las obligaciones contenidas en el presente Decreto que lesresulten de aplicación y, particularmente, las señaladas en los artícu-los 21, 23 y 24.

Artículo 7

Encomienda de elaboración y/o control

Aquellas oficinas de farmacia y servicios de farmacia que nocuenten con la certificación necesaria por no cumplir los requisitosexigidos o que, contando con ella no puedan realizar determinadasformas farmacéuticas, podrán, con carácter excepcional, encomen-dar la elaboración y/o control de las fórmulas magistrales y prepara-dos oficinales que requieran prescripción facultativa, a otra oficinade farmacia, servicio de farmacia o entidad legalmente autorizadapara tales fines.

Artículo 8

Oficinas de farmacia y servicios de farmacia elaboradoresde formas farmacéuticas

Las oficinas de farmacia y servicios de farmacia que elaboren fór-mulas magistrales y/o preparados oficinales quedarán clasificadosen los siguientes niveles de elaboración:

1. Nivel 1: Formas farmacéuticas no estériles.2. Nivel 2: Formas farmacéuticas estériles.

Artículo 9

Requisitos mínimos para cada nivel de elaboración

1. Las oficinas de farmacia y servicios de farmacia elaboradoresde fórmulas magistrales y preparados oficinales, deberán cumplir lasnormas de correcta elaboración y control de calidad relativas al per-sonal, locales o zona de preparación, utillaje, documentación, mate-rias primas, material de acondicionamiento, elaboración, control decalidad y dispensación, previstas en el Real Decreto 175/2001, de 23

de febrero, por el que se aprueban las normas de correcta elabora-ción y control de calidad de fórmulas magistrales y preparados ofi-cinales, cualquiera que sea el nivel de preparación.

2. En el nivel 1 de elaboración, se considera como requisito mí-nimo del local o zona de preparación, el disponer, en todo caso, deuna superficie de uso exclusivo como laboratorio, diferenciada delresto de las dependencias, con elementos fijos. En este nivel, el uti-llaje mínimo se incrementará con el equipamiento específico com-plementario correspondiente, en cada caso, según las formas farma-céuticas a elaborar.

3. En el nivel 2 de elaboración, se establece como requisito mí-nimo, disponer de un local o zona de preparación que cuente con unasuperficie aislada, con antecámara, con suelos, techos y paredes quehagan posible la limpieza con agentes antisépticos, y con los meca-nismos de filtración de aire adecuados, manteniendo todo ello enperfecto uso. Igualmente, deberá disponer del utillaje necesario parala preparación de estas formas farmacéuticas.

Capítulo III

Procedimientos de certificación y autorización

Artículo 10

Régimen jurídico de los procedimientos de certificacióny autorización

Los procedimientos de certificación y autorización se regirán porlo dispuesto en el presente Decreto, en la Ley 19/1998, de 25 de no-viembre, de Ordenación y Atención Farmacéutica de la Comunidadde Madrid, y normativa de desarrollo, y por la Ley 30/1992, de 26de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públi-cas y del Procedimiento Administrativo Común.

Artículo 11

Solicitud de certificación y autorización

1. Todas las oficinas de farmacia y servicios de farmacia de laComunidad de Madrid deberán solicitar, antes del inicio de su acti-vidad, a la Dirección General competente en materia de farmacia, suinclusión en la categoría y, en su caso, en el nivel en el que tienenprevisto desarrollar sus actividades, con indicación de las formasfarmacéuticas a elaborar, utilizando, a tal efecto, el modelo que seestablece en el Anexo I de este Decreto.

De la misma forma, cuando se produzca un cambio en la titulari-dad o en el emplazamiento de la oficina de farmacia o servicio defarmacia elaborador, así como, en su caso, en los niveles o formasfarmacéuticas a elaborar, se tendrá que comunicar previamente a laDirección General competente en materia de farmacia, los cambiosque se pretendan producir, a efectos de que se ratifique la certifica-ción para elaboración, mediante los modelos que se adjuntan comoAnexos I y III.

2. Las oficinas de farmacia y servicios de farmacia de la Comu-nidad de Madrid que pretendan realizar formulación a terceros de-berán solicitar, utilizando el modelo del Anexo II, la correspondien-te autorización de la Dirección General competente en materia defarmacia.

En el caso de traslados de instalaciones, la oficina de farmacia oservicio de farmacia que quisiera continuar realizando elaboración aterceros, solicitará la ratificación de su autorización para la tramita-ción de la correspondiente autorización de elaboración a terceros,mediante los modelos de los Anexos I, II y III.

De igual manera, en el caso de las transmisiones de oficinas defarmacia autorizadas para realizar elaboración a terceros, el nuevotitular deberá manifestar su intención de elaborar, o no, fórmulasmagistrales y, en caso afirmativo, habrá de solicitar la inclusión enla categoría y el nivel de certificación y la autorización de elabora-ción a terceros, a su nombre, conforme a lo dispuesto en los aparta-dos 1 y 2 del presente artículo, mediante los modelos que se adjun-tan como Anexos I y III.

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Artículo 12

Documentación necesaria para iniciar el procedimientode certificación de oficinas de farmacia y servicios de farmaciaelaboradores

1. Las oficinas de farmacia y servicios de farmacia elaborado-res deberán adjuntar a la solicitud de certificación para la elabora-ción de fórmulas magistrales y/o preparados oficinales, la siguientedocumentación, original o fotocopia compulsada:

a) Plano de la zona destinada a la elaboración y/o control de fór-mulas magistrales y preparados oficinales con memoria des-criptiva del mismo e indicación de su superficie.

b) Relación de utillaje de laboratorio, en función del nivel o ni-veles de elaboración y, en su caso, de las formas farmacéuti-cas a elaborar.

c) Relación de los procedimientos normalizados de trabajo.d) Modelos de registros.e) Modelo de etiquetado y modelo de hoja de información al pa-

ciente.f) Declaración jurada o promesa de contar con procedimientos

adecuados para gestionar los residuos derivados de la elabo-ración de fórmulas magistrales y preparados oficinales con-forme a la legislación vigente.

2. En el caso de que la documentación estuviese incompleta ono reuniese los requisitos establecidos, se requerirá al interesadopara que en el plazo de diez días subsane la falta o acompañe los do-cumentos preceptivos, con la indicación de que si así no lo hiciera,se le tendrá por desistido de su petición, de conformidad con lo es-tablecido en el artículo 71 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Proce-dimiento Administrativo Común.

Artículo 13

Actuaciones de la Administración para la certificación de oficinasde farmacia y servicios de farmacia elaboradores

1. De hallarse conforme la documentación presentada o, en sucaso, una vez subsanada esta, podrá girarse visita de inspección a lasoficinas de farmacia y servicios de farmacia al objeto de comprobarsu adecuación a la solicitud presentada.

2. Si como resultado de la inspección se comprobase la existen-cia de defectos subsanables, se notificará al interesado a fin de queproceda a su subsanación en un plazo entre diez días y tres meses,en función de las deficiencias encontradas.

Transcurrido el plazo concedido sin que se produzca la corres-pondiente subsanación de la solicitud, se le tendrá por desistido desu petición, previa la resolución oportuna, todo ello de conformidadcon lo previsto en los artículos 42 y 71 de la Ley 30/1992, de 26 denoviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas ydel Procedimiento Administrativo Común.

3. La Dirección General competente en materia de farmaciaconcederá o denegará la certificación solicitada mediante resoluciónque será motivada. En el caso de ser favorable, la resolución que sedicte recogerá expresamente las formas farmacéuticas de las fórmu-las magistrales y preparados oficinales objeto de sus actividades.

Artículo 14

Documentación necesaria para iniciar el procedimientopara autorización de elaboración y/o control a terceros

1. Las oficinas de farmacia y servicios de farmacia que preten-dan elaborar fórmulas magistrales y preparados oficinales para ter-ceros deberán solicitar, con carácter previo al inicio de la actividad,la correspondiente autorización a la Dirección General competenteen materia de farmacia, según el modelo que se adjunta comoAnexo II al presente Decreto. Dicha solicitud podrá presentarse deforma simultánea a la de certificación como oficina de farmacia oservicio de farmacia elaborador regulada en el artículo anterior.

2. La solicitud de autorización deberá presentarse acompañadade una relación de actividades para las que se solicite la autoriza-ción, especificando las formas farmacéuticas a elaborar y/o contro-lar por cuenta de terceros.

Artículo 15

Actuaciones de la Administración para autorización de elaboracióny/o control a terceros

1. Una vez recibida toda la documentación se girará visita deinspección a las oficinas y servicios de farmacia, al objeto de com-probar la adecuación de las instalaciones y el cumplimiento de losrequisitos exigidos.

2. Si como resultado de la inspección se comprobase la existen-cia de defectos subsanables, se notificará al interesado a fin de queproceda a su subsanación en un plazo de entre diez días y tres me-ses, en función de las deficiencias encontradas.

Transcurrido el plazo concedido sin que se produzca la corres-pondiente subsanación, se le tendrá por desistido de su petición, pre-via la resolución oportuna, todo ello de conformidad con lo previs-to en los artículos 42 y 71 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Proce-dimiento Administrativo Común.

3. La Dirección General competente en materia de farmacia au-torizará o denegará la solicitud formulada mediante resolución queserá motivada. En el caso de que se autorice la elaboración a terce-ros, en la resolución que se dicte se recogerán expresamente las fa-ses de elaboración y/o control de las fórmulas magistrales y los pre-parados oficinales que requieran prescripción facultativa autorizada,así como las correspondientes formas farmacéuticas a elaborar porterceros. Dicha autorización deberá renovarse cada cinco años.

Con una antelación mínima de seis meses anterior a la fecha decesación de dichos efectos, el interesado deberá solicitar la renova-ción de la autorización. No será preciso acompañar a su solicitudaquellos documentos que ya obren en poder de la Administración, niaquellos cuyo contenido se refiera a cumplimiento de requisitos queno hayan sido objeto de modificación, siendo suficiente una comu-nicación del interesado en tal sentido.

Artículo 16

Lugar de presentación de las solicitudes

Las solicitudes contempladas en este Decreto podrán presentarseen el Registro General de la Consejería competente en materia de sa-nidad o por cualquiera de los otros medios previstos en el apartado 4del artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de RégimenJurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Ad-ministrativo Común.

Artículo 17

Suspensión y caducidad de las autorizaciones

Las autorizaciones y certificaciones concedidas e inscritas al am-paro del presente Decreto podrán ser suspendidas hasta tanto se sub-sanen los defectos o se cumplan los requisitos exigidos por razonesde higiene, seguridad y salud pública. Asimismo, podrán ser objetode caducidad cuando se hayan alterado de modo sustancial los requi-sitos mínimos exigidos que fundamentaron su otorgamiento y quehaga imposible el desarrollo del objeto de la autorización, todo ellosin perjuicio de las medidas sancionadoras que procedan.

En todo caso el procedimiento para declarar la caducidad se ini-ciará de oficio y finalizará, previo trámite de audiencia al interesa-do, mediante resolución motivada de la Dirección General compe-tente en materia de farmacia. Dicho procedimiento se ajustará a lodispuesto en el título VI de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, deRégimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Proce-dimiento Administrativo Común.

Artículo 18

Plazo para resolver y recursos

1. El plazo máximo para resolver y notificar la resolución en losprocedimientos a que se refiere este capítulo será de seis meses.Transcurrido dicho plazo sin haberse notificado la resolución expre-sa, los interesados podrán entender estimada la solicitud de certifi-cación o de autorización, según proceda, por silencio administrati-vo, sin perjuicio de la obligación de la Administración de dictarresolución expresa de conformidad con lo dispuesto en el artículo43.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídicode las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrati-

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vo Común. Dichas resoluciones serán notificadas, de acuerdo con laobligación establecida en el artículo 42.1 de la mencionadaLey 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Ad-ministraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Co-mún, y de conformidad con los artículos 58 y 59 de esta.

2. Contra las resoluciones de la Dirección General competente enmateria de farmacia podrá interponerse recurso de alzada, de confor-midad con lo dispuesto en los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992,de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las AdministracionesPúblicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Artículo 19

Modificaciones de nivel de elaboración

1. Los cambios en las condiciones iniciales de la certificación ode la autorización respecto al nivel o niveles de elaboración deberánser comunicados a la Dirección General competente en materia defarmacia para la previa obtención, en su caso, de la correspondienteautorización o certificación.

2. Si con la modificación se pretendiese el paso de nivel 2 deelaboración a nivel 1, será suficiente su comunicación treinta díasantes de la fecha prevista para el cambio de nivel.

3. En el caso de modificación de nivel 1 a nivel 2, o cuando seproduzca un cambio de forma farmacéutica en el mismo nivel, ha-brá que presentar la correspondiente solicitud, conforme al modeloque se adjunta como Anexo III, a la que se acompañará la documen-tación correspondiente al nuevo nivel o forma farmacéutica, tras locual, se procederá a dictar, en su caso, una nueva resolución de cer-tificación o autorización conforme al procedimiento establecido enel capítulo III de este Decreto, sin perjuicio de la obligación de soli-citar autorización previa a la Consejería competente en materia desanidad en el supuesto del artículo 44 de la citada Ley 19/1998,de 25 de noviembre, de Ordenación y Atención Farmacéutica de laComunidad de Madrid, sobre modificación de instalaciones y local.

4. Los cambios que afecten a las condiciones de la certificaciónpara elaborar conllevarán, en su caso, una modificación de la auto-rización para la elaboración a terceros.

Artículo 20

Cese de actividades

1. El cese de las actividades de elaboración y/o control de fór-mulas magistrales y preparados oficinales deberá comunicarse a laDirección General competente en materia de farmacia con una ante-lación mínima de treinta días a la fecha en que se produzca tal cese.En este caso, la oficina de farmacia o el servicio de farmacia queda-rá automáticamente clasificado en la categoría 1, sin elaboraciónpropia, a que hace referencia el artículo 5 del presente Decreto.

2. En todo caso, el cese de estas actividades no podrá producir-se antes de transcurrido un año desde la fecha de certificación oautorización, salvo causa debidamente justificada y apreciada me-diante resolución por la Dirección General competente en materiade farmacia.

Capítulo IVObligaciones de las oficinas de farmacia

y servicios de farmacia

Artículo 21

Dispensación de fórmulas magistrales y preparados oficinales

Las oficinas de farmacia y servicios de farmacia efectuarán la dis-pensación de fórmulas magistrales y preparados oficinales cum-pliendo las siguientes obligaciones, además de las establecidas en elReal Decreto 175/2001, de 23 de febrero, por el que se aprueban lasnormas de correcta elaboración y control de calidad de fórmulas ma-gistrales y preparados oficinales y resto de la normativa aplicable:

1. Con carácter previo al acto de dispensación, se comprobaráque el etiquetado de la preparación elaborada se corresponde con lafórmula magistral o preparado oficinal prescrito.

2. Se revisará la receta y se evaluará la idoneidad de la prepara-ción desde el punto de vista farmacéutico.

3. En el acto de dispensación se proporcionará al paciente la in-formación oral y escrita necesaria y suficiente para garantizar la

correcta identificación, conservación y utilización de la fórmula ma-gistral o preparado oficinal, así como la adecuada observancia deltratamiento según lo establecido en el Real Decreto 175/2001, de 23de febrero, por el que se aprueban las normas de correcta elabora-ción y control de calidad de fórmulas magistrales y preparados ofi-cinales y en el Formulario Nacional.

4. Se registrará la fórmula magistral, o el preparado oficinal querequiera prescripción médica, en el libro recetario y, en su caso, enel libro de contabilidad de estupefacientes, o soporte informáticoque los sustituya, de acuerdo con la normativa vigente. Igualmente,se harán figurar en este registro, además de los datos previstos en lanormativa aplicable, los identificativos de la entidad elaboradora.

5. Se conservarán las recetas u órdenes médicas hospitalarias enla oficina de farmacia o servicio de farmacia durante un mínimo detres meses, sin perjuicio de lo dispuesto en la normativa específicaque resulte de aplicación.

Artículo 22

Elaboración de fórmulas magistrales y preparados oficinales

1. Las oficinas de farmacia y servicios de farmacia deberáncumplir las siguientes obligaciones además de las establecidas en elReal Decreto 175/2001, de 23 de febrero, por el que se aprueban lasnormas de correcta elaboración y control de calidad de fórmulas ma-gistrales y preparados oficinales y resto de la normativa aplicable:

a) Realizar las actividades de elaboración y/o control que figu-ren en la certificación y/o autorización otorgada.

b) Valorar la idoneidad de la preparación desde el punto de vistafarmacéutico. En el caso de que se considere no idónea la pre-paración, el elaborador lo pondrá en conocimiento del médi-co prescriptor a los efectos que procedan.

c) Elaborar las formas farmacéuticas siguiendo los procedi-mientos descritos en la monografía específica del FormularioNacional y, en su defecto, los procedimientos de otras farma-copeas y formularios de reconocido prestigio, aplicando, encualquier caso, las normas de correcta elaboración y controlde calidad reguladas en el Real Decreto 175/2001, de 23 defebrero, por el que se aprueban las normas de correcta elabo-ración y control de calidad de fórmulas magistrales y prepa-rados oficinales, y el resto de la normativa que resulte de apli-cación.

d) Disponer de la documentación relativa a las fórmulas magis-trales y preparados oficinales establecida en el capítulo III delcitado Real Decreto.

e) Elaborar las fórmulas magistrales y preparados oficinales quecontengan sustancias estupefacientes o psicotrópicas o prin-cipios activos de especial control médico, ajustándolas, ade-más, a su legislación específica, debiendo ser registradas, ensu caso, en el libro de contabilidad de estupefacientes.

f) Garantizar una gestión adecuada de los residuos generadospor la actividad de formulación, de acuerdo con la legislaciónvigente en materia de residuos.

2. Las oficinas de farmacia y servicios de farmacia autorizadospara elaborar a terceros deberán cumplir, además, las siguientesobligaciones:

a) Elaborar las formas farmacéuticas que se soliciten en la rece-ta médica u orden hospitalaria, en los términos que figuren enlas mismas.

b) Elaborar exclusivamente las formas farmacéuticas y/o prepa-rados oficinales para los que ha sido autorizado.

c) Garantizar la correcta identificación, conservación y trans-porte de la fórmula magistral y preparado oficinal elaboradohasta el momento de su entrega, advirtiendo expresamente ala oficina de farmacia o servicio de farmacia dispensador delas condiciones especiales de conservación.

d) Incluir en la ficha II de registro de formulación magistral,aprobada por el Real Decreto 175/2001, de 23 de febrero, porel que se aprueban las normas de correcta elaboración y con-trol de calidad de fórmulas magistrales y preparados oficina-les, los datos identificativos de la oficina de farmacia o servi-cio de farmacia solicitante, fecha de petición y fecha deentrega de la fórmula magistral y/o preparado oficinal.

e) Facilitar a la oficina de farmacia o servicio de farmacia dis-pensador, los datos y la información galénica, así como la in-

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JUEVES 16 DE JULIO DE 2009B.O.C.M. Núm. 167 Pág. 9

formación necesaria para proporcionar al paciente en el actode dispensación.

f) Tener a disposición de la Administración Sanitaria compe-tente la documentación derivada de la contratación de la ela-boración por terceros, así como la relativa a las fórmulas ypreparados oficinales elaborados y su cantidad.

Artículo 23

Encomienda de la elaboración y/o control a terceros

1. Las oficinas de farmacia y servicios de farmacia que enco-mienden la elaboración y/o control a terceros deberán cumplir las si-guientes obligaciones además de las establecidas en el Real Decre-to 175/2001, de 23 de febrero, por el que se aprueban las normas decorrecta elaboración y control de calidad de fórmulas magistrales ypreparados oficinales y resto de la normativa aplicable:

a) Suscribir el correspondiente contrato con los terceros autori-zados, que, al menos, contendrá los datos del modelo que seadjunta como Anexo IV, y tenerlo a disposición de la Direc-ción General competente en materia de farmacia.

b) Solicitar la elaboración y/o control de fórmulas magistrales ypreparados oficinales que requieren prescripción facultativa,asegurando la claridad de los datos que figuran en la prescrip-ción al objeto de evitar error o confusión en su identificación.

c) Remitir, a la oficina de farmacia o servicio de farmacia elabo-rador, la solicitud en la que habrá de figurar necesariamentela fecha de su remisión, por escrito o por cualquier medio te-lemático que permita dejar constancia documental, adjuntan-do copia de la prescripción médica de la fórmula magistral opreparado oficinal contenida en la correspondiente receta uorden hospitalaria.

2. En el contrato se precisará la fase o fases de elaboración y/ocontrol de las formas farmacéuticas que se contraten, así como cual-quier acuerdo técnico relacionado con el objeto del contrato, delimi-tándose los cometidos y responsabilidades de cada parte, incluyen-do asimismo las relativas al etiquetado.

3. Las oficinas de farmacia y servicios de farmacia de la Comu-nidad de Madrid que encomienden la elaboración y/o control de fór-mulas magistrales y preparados oficinales que requieran prescrip-ción facultativa a una entidad ubicada en otra ComunidadAutónoma, deberán cumplir, además, las siguientes obligaciones:

a) Efectuar comunicación previa a la Dirección General compe-tente en materia de farmacia indicando el nombre y direcciónde la entidad a contratar, así como las formas farmacéuticas asolicitar.

b) Tener a disposición de la Dirección General competente enmateria de farmacia, además del contrato correspondiente, eldocumento acreditativo de que la entidad contratada cuentacon la preceptiva autorización para la elaboración a tercerosotorgada por la autoridad sanitaria de la Comunidad Autóno-ma de que se trate, incluyendo su plazo de vigencia.

Artículo 24

Etiquetado

1. Las fórmulas magistrales y preparados oficinales deberán es-tar etiquetados de acuerdo con lo dispuesto en el punto 6.1 del capí-tulo VI del Real Decreto 175/2001, de 23 de febrero, por el que seaprueban las normas de correcta elaboración y control de calidad defórmulas magistrales y preparados oficinales, y en el artículo 13apartado 16 de la Ley 19/1998, de 25 de noviembre, de Ordenacióny Atención Farmacéutica de la Comunidad de Madrid, y en el For-mulario Nacional.

2. En el etiquetado deberán figurar, además de todos los datospreceptivos, el nombre del farmacéutico elaborador y dirección dela oficina de farmacia, servicio de farmacia o entidad elaboradora,así como el de la oficina de farmacia o servicio de farmacia dispen-sador.

Artículo 25

Archivo de la documentación

Conforme a lo establecido en el capítulo III del Real Decre-to 175/2001, de 23 de febrero, por el que se aprueban las normas de

correcta elaboración y control de calidad de fórmulas magistrales ypreparados oficinales, toda la documentación a la que se esté obli-gado, tanto en la dispensación como en la elaboración, se archivaráy conservará al menos durante un año después de la fecha de cadu-cidad de la fórmula magistral o preparado oficinal, sin perjuicio deaquellos otros plazos regulados por normativa específica.

Artículo 26

Incumplimiento

El incumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto podráser constitutivo de infracción conforme a lo establecido en los ar-tículos 32 a 36 de la Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sani-dad, 100 a 104 de la Ley 29/2006, de 26 de julio, de Garantías y UsoRacional de Medicamentos y Productos Sanitarios, y 61 a 64 de laLey 19/1998, de 25 de noviembre, de Ordenación y Atención Far-macéutica de la Comunidad de Madrid. La instrucción y resoluciónde los expedientes sancionadores corresponderá a los órganos pre-vistos en el artículo 62 de la Ley de Ordenación y Atención Farma-céutica de la Comunidad de Madrid.

Capítulo V

Registro de oficinas de farmacia y servicios de farmaciacertificados y autorizados para la elaboración de fórmulas

magistrales y preparados oficinales

Artículo 27

Creación del registro de oficinas de farmacia y serviciosde farmacia certificados y autorizados para la elaboraciónde fórmulas magistrales y preparados oficinales

1. Se crea el registro de oficinas de farmacia y servicios de far-macia certificados por la Comunidad de Madrid para la elaboraciónde fórmulas magistrales y preparados oficinales, así como de aque-llos autorizados para la elaboración a terceros.

2. El registro tendrá carácter público, obligatorio y gratuito y seadscribe a la Dirección General competente en materia de farmacia,como órgano responsable de su mantenimiento, actualización, orga-nización y gestión.

Artículo 28

Actos inscribibles

1. Los actos inscribibles serán los correspondientes a la certifi-cación, autorización y el cese de las actividades.

2. En cada caso los asientos serán los relativos a:

a) Identificación y categoría de la oficina de farmacia o serviciode farmacia elaborador.

b) Fecha de su certificación.c) Niveles de elaboración.d) Formas farmacéuticas y preparados oficinales que se elaboren.e) Fecha de autorización para elaboración a terceros.f) Niveles y formas farmacéuticas autorizadas.g) Modificaciones de certificación o de autorización solicitadas.h) Fecha del cese de actividades.

3. Los asientos que se realicen en el registro se efectuarán de ofi-cio una vez dictada la correspondiente resolución, con excepción delo dispuesto al efecto en la disposición transitoria segunda para aque-llas oficinas y servicios de farmacia que no soliciten certificación.

Artículo 29

Derecho de acceso

El derecho de acceso se ejercerá conforme a lo dispuesto en laLey 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Admi-nistraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, enla Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Da-tos de Carácter Personal, y en la Ley 8/2001, de 13 de julio, de Pro-tección de Datos de Carácter Personal en la Comunidad de Madrid.

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DISPOSICIÓN TRANSITORIA PRIMERA

Plazo de adaptación de oficinas y servicios de farmacia elaboradores

1. Todas las oficinas de farmacia y servicios de farmacia de laComunidad de Madrid que vengan elaborando fórmulas magistralesy/o preparados oficinales dispondrán de un plazo de tres meses apartir de la entrada en vigor del presente Decreto para presentar lassolicitudes de certificación y, en su caso, autorización reguladas enel mismo.

2. Una vez presentada la solicitud, y hasta que se dicte la corres-pondiente resolución, las oficinas de farmacia y servicios de farma-cia podrán seguir elaborando las formas farmacéuticas incluidas ensu solicitud.

3. Las oficinas de farmacia y servicios de farmacia que elabo-ren medicamentos estériles acompañarán, junto con la solicitud decertificación, proyecto de adaptación de la zona de estériles, con in-dicación del plazo previsto para su ejecución.

DISPOSICIÓN TRANSITORIA SEGUNDA

Plazo de adaptación de oficinas de farmaciay servicios de farmacia sin elaboración propia

Aquellas oficinas de farmacia y servicios de farmacia que no ha-yan solicitado la certificación para la elaboración de fórmulas ma-gistrales y preparados oficinales en el plazo señalado en la anteriordisposición transitoria, podrán considerarse provisionalmente in-cluidas en la categoría señalada en el artículo 5.1 de este Decreto,como oficinas de farmacia y servicios de farmacia, sin elaboraciónpropia.

Estas oficinas de farmacia y servicios de farmacia deberán ajus-tarse, en el plazo de los doce meses siguientes a la fecha de entradaen vigor, a las previsiones establecidas en los artículos 6, 7 y 23 delpresente decreto, a fin de cumplir con la obligación de dispensaciónde fórmulas magistrales y preparados oficinales.

DISPOSICIÓN DEROGATORIA ÚNICA

Derogación normativa

Quedan derogadas todas las normas de igual o inferior rango en loque contradigan o se opongan a lo dispuesto en el presente Decreto.

DISPOSICIÓN FINAL PRIMERA

Habilitación de desarrollo

Se autoriza al titular de la Consejería competente en materia desanidad a dictar cuantas disposiciones sean necesarias para el desa-rrollo y aplicación del presente Decreto.

DISPOSICIÓN FINAL SEGUNDA

Entrada en vigor

El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su pu-blicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Acordado en Madrid, a 19 de julio de 2009.

El Consejero de Sanidad, La Presidenta,JUAN JOSÉ GÜEMES BARRIOS ESPERANZA AGUIRRE GIL DE BIEDMA

(03/23.789/09)

B) Autoridades y Personal

Consejería de Presidencia, Justicia e Interior

2386 ACUERDO de 9 de julio de 2009, de Consejo de Gobierno,por el que se designa a los miembros de la Comisión Mix-ta de Coordinación de Competencias en representación dela Comunidad de Madrid.

El artículo 13 de la Ley 3/2003, de 11 de marzo, para el Desarro-llo del Pacto Local, crea la Comisión Mixta de Coordinación de

Competencias para el desarrollo y ejecución del proceso de transfe-rencia y delegación de competencias a las entidades locales previs-to en la citada Ley, para asegurar su plena participación durante elproceso.

De conformidad con el apartado 2 del artículo 16 de dicho textolegal, la citada Comisión estará integrada, entre otros, por nueve re-presentantes de las Consejerías con competencias en las materiassusceptibles de transferencia o delegación, con categoría al menosde Director General, designados por el Gobierno de la Comunidadde Madrid.

La composición de la Comisión Mixta de Coordinación de Com-petencias aprobada mediante Acuerdo de 16 de octubre de 2008, re-quiere ser adaptada a la nueva estructura de la Comunidad de Ma-drid aprobada mediante Decreto 42/2009, de 30 de abril, delConsejo de Gobierno, por el que se modifica la denominación ycompetencias de la Vicepresidencia y Portavocía del Gobierno y dela Consejería de Economía y Hacienda, por lo que procede llevar acabo una nueva designación de los representantes de la Comunidadde Madrid.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Presidencia, Justicia eInterior, de conformidad con lo establecido en el artículo 21.z) de laLey 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración dela Comunidad de Madrid, en relación con el artículo 16.2.d) de laLey 3/2003, de 11 de marzo, para el desarrollo del Pacto Local, pre-via deliberación del Consejo de Gobierno, en su reunión del día 9 dejulio de 2009,

ACUERDA

Designar a los siguientes miembros de la Comisión Mixta deCoordinación de Competencias como representantes de la Comuni-dad de Madrid:

a) Al titular de la Viceconsejería de Cultura.b) Al titular de la Viceconsejería de Deportes.c) Al titular de la Viceconsejería de Presidencia e Interior.d) Al titular de la Viceconsejería de Hacienda.e) Al titular de la Viceconsejería de Educación.f) Al titular de la Viceconsejería de Medio Ambiente y Ordena-

ción del Territorio.g) Al titular de la Viceconsejería de Asistencia Sanitaria.h) Al titular de la Viceconsejería de Familia y Asuntos Sociales.i) Al titular de la Viceconsejería de Empleo y Mujer.Madrid, a 9 de julio de 2009.

El Consejero de Presidencia, La Presidenta,Justicia e Interior, ESPERANZA AGUIRRE GIL DE BIEDMA

FRANCISCO GRANADOS LERENA

(03/23.790/09)

Consejería de Presidencia, Justicia e Interior

2387 ACUERDO de 9 de julio de 2009, de Consejo de Gobierno,por el que se nombran Vocales del Consejo del Fuego.

El artículo 55 del Decreto Legislativo 1/2006, de 28 de septiem-bre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley por la quese regulan los Servicios de Prevención, Extinción de Incendios ySalvamentos de la Comunidad de Madrid, asigna al Consejo delFuego, funciones consultivas, deliberantes y de participación en ma-teria de prevención y extinción de incendios y salvamentos.

Por su parte, el artículo 56 de la citada Ley, determina que el Con-sejo del Fuego estará compuesto por representantes de la Comuni-dad de Madrid, del Ayuntamiento de Madrid, de los Ayuntamientosde la Comunidad de Madrid, a través de la Federación de Munici-pios de Madrid y de las Centrales Sindicales más representativas enel ámbito de la Administración Autonómica.

El desarrollo reglamentario de esta regulación legal se contieneen el Decreto 42/1996, de 28 de marzo, señalando su artículo 2 queel Consejo del Fuego estará compuesto por el Presidente, los Voca-les, uno de los cuales ostentará la condición de Vicepresidente, y elSecretario. Asimismo, establece que los Vocales se nombrarán porAcuerdo del Consejo de Gobierno, determinando, a continuación, ladistribución partidaria del número de Vocales.

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JUEVES 16 DE JULIO DE 2009B.O.C.M. Núm. 167 Pág. 11

El Decreto 25/2008, de 10 de abril, por el que se establece la es-tructura orgánica de la Consejería de Presidencia e Interior, en su dis-posición adicional primera adscribe a esta Consejería el Consejo delFuego. Ahora bien, como consecuencia de los cambios organizativosllevados a cabo por el Decreto 77/2008, de 3 de julio, por el que seestablece el número y denominación de las Consejerías de la Comu-nidad de Madrid y el Decreto 102/2008, de 17 de julio, por el que semodifica parcialmente las competencias y estructura orgánica de al-gunas Consejerías de la Comunidad de Madrid, resulta necesarioproceder a la renovación de los Vocales de este órgano colegiado.

En su virtud, y de conformidad con lo establecido en el artícu-lo 2.2 del Decreto 42/1996, de 28 de marzo, a propuesta de la Con-sejería de Presidencia, Justicia e Interior, el Consejo de Gobierno,previa deliberación, en su reunión del día 9 de julio de 2009,

ACUERDA

Primero

1. Nombrar Vocales del Consejo del Fuego, en representaciónde la Administración de la Comunidad de Madrid, a:

— El titular de la Dirección General de Protección Ciudadana,que será el Vicepresidente del Consejo.

— El titular de la Dirección General de Medio Ambiente.— El titular de la Dirección General de Carreteras.— El Gerente de la Academia de Policía Local de la Comunidad

de Madrid.— Don Javier Sanz Asenjo, Jefe del Cuerpo de Bomberos de la

Comunidad de Madrid.— Don Ángel Porres Lope, Inspector del Cuerpo de Bomberos

de la Comunidad de Madrid.— Don José Luis Villarroel Cortés, Inspector del Cuerpo de

Bomberos de la Comunidad de Madrid.2. Nombrar Vocales del Consejo del Fuego, a propuesta del

Ayuntamiento de Madrid, a:— Don Alfonso del Álamo Giménez, Director General de Emer-

gencias y Protección Civil.— Don Eugenio Amores Fresno, Subdirector General de Bomberos.3. Nombrar Vocales del Consejo del Fuego, a propuesta de la

Federación de Municipios de Madrid, a:— Don Herminio Cercas Hernández, Alcalde de Pelayos de la

Presa.— Don Pedro A. Pérez González, Concejal de Alameda del Valle.4. Nombrar Vocales del Consejo del Fuego, a propuesta de las

Centrales Sindicales más representativas en el ámbito de la Admi-nistración de la Comunidad de Madrid, a:

— Don Antonio Rocamora Pérez, a propuesta de CSIT-UniónProfesional.

— Don Damián Rodríguez García, a propuesta de CC OO.— Don Juan Bautista Goicoechea Cortezón, a propuesta de UGT.

Segundo

Dejar sin efecto el Acuerdo de 8 de julio de 2004, del Consejo deGobierno, por el que se nombran Vocales del Consejo del Fuego dela Comunidad de Madrid.

Madrid, a 9 de julio de 2009.

El Consejero de Presidencia, La Presidenta,Justicia e Interior, ESPERANZA AGUIRRE GIL DE BIEDMA

FRANCISCO GRANADOS LERENA

(03/23.791/09)

Consejería de Economía y Hacienda

2388 ORDEN de 23 de junio de 2009, del Consejero de Econo-mía y Hacienda, por la que se convoca un puesto de traba-jo para su provisión por el sistema de Libre Designaciónen la Consejería de Economía y Hacienda.

En la actualidad existe en la Consejería de Economía y Haciendaun puesto de trabajo que, estando reservado a funcionarios de esta

Administración Autonómica, se encuentra vacante, siendo necesa-rio proceder a su inmediata provisión.

Por ello, en virtud de lo dispuesto en el artículo 49 de la Ley 1/1986,de 10 de abril, de la Función Pública de la Comunidad de Madrid,

DISPONGO

Primero

Aprobar la convocatoria para la provisión de un puesto de traba-jo reservados a funcionarios de esta Administración Autonómicaque se incluye dentro del correspondiente Anexo, mediante el siste-ma de Libre Designación.

Segundo

La presente convocatoria se regirá en todo lo referente a su orga-nización y desarrollo por lo dispuesto en la Ley 30/1984, de 2 deagosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública; en laLey 1/1986, de 10 de abril, de la Función Pública de la Comunidadde Madrid; en la Orden 923/1989, de 20 de abril (BOLETÍN OFICIALDE LA COMUNIDAD DE MADRID de 27 de abril), modificada parcial-mente por la Orden de 22 de marzo de 2002 (BOLETÍN OFICIAL DE LACOMUNIDAD DE MADRID de 27 de marzo), de la Consejería de Ha-cienda, por la que se aprueban las bases generales que han de regir enlas convocatorias para la provisión de puestos por los sistemas deConcurso de Méritos y Libre Designación; en la Orden 2094/1990,de 31 de agosto (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRIDde 7 de septiembre), de la Consejería de Hacienda, por la que se re-gula el sistema general que ha de regir en las diferentes convocato-rias que se publiquen para los concursos de provisión de puestos detrabajo, y en el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que seaprueba el Reglamento General de Ingreso de Personal al Servicio dela Administración General del Estado y de Provisión de Puestos deTrabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de laAdministración General del Estado.

Tercero

Los participantes deberán reunir los requisitos indispensablespara el desempeño de los puestos de trabajo que soliciten, de acuer-do con las circunstancias y condiciones que para los mismos figurenen la relación de puestos de trabajo en cuanto a Grupo de titulación,Cuerpo, Escala, especialidad funcionarial y titulación exigida, en sucaso.

Cuarto

De conformidad con lo establecido en la base sexta de la Or-den 923/1989, de 20 de abril (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDADDE MADRID de 27 de abril), modificada parcialmente por la Orden de22 de marzo de 2002 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MA-DRID de 27 de marzo), las solicitudes para tomar parte en esta convo-catoria se presentarán en el plazo de quince días hábiles, a contar des-de el siguiente a la publicación de la convocatoria, en el Registro dedicha Consejería o en la forma establecida en el artículo 38.4 de laLey 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Admi-nistraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, yse dirigirán a la Secretaría General Técnica de la Consejería de Eco-nomía y Hacienda, según modelo regulado en la Orden 2066/1998,de 30 de julio, de la Consejería de Hacienda (BOLETÍN OFICIAL DELA COMUNIDAD DE MADRID de 11 de agosto).

Las solicitudes contendrán, caso de ser varias las plazas solicita-das, el orden de preferencia de la adjudicación de aquellas y debe-rán ir acompañadas de la siguiente documentación:

a) El Certificado de Registro de Personal que se publica comoAnexo III de la Orden 2066/1998, de 30 de julio, de la Con-sejería de Hacienda (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DEMADRID de 10 de septiembre).

b) El historial académico y profesional, que se publica comoAnexo II de la Orden 2066/1998, de 30 de julio, en el que sehará constar:— Los títulos académicos.— Puestos de trabajo desempeñados, tanto en la Adminis-

tración Pública como en la empresa privada, especial-

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JUEVES 16 DE JULIO DE 2009Pág. 12 B.O.C.M. Núm. 167

mente referidos a los requisitos mínimos exigidos en laconvocatoria.

— Estudios y cursos realizados y conocimientos de idiomas.— Cuantos otros méritos estime oportunos el aspirante po-

ner de manifiesto.

Quinto

La presente Orden pone fin a la vía administrativa y contra la mis-ma podrá interponerse con carácter potestativo recurso de reposición,en el plazo de un mes, ante el mismo órgano que la ha dictado, o bien,directamente, recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos

meses, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Ma-drid, ambos plazos contados a partir del día siguiente a su publica-ción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, sin per-juicio de cualquier otro recurso que se estime procedente interponer.Todo ello conforme a lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de laLey 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Admi-nistraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común,y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la JurisdicciónContencioso-Administrativa.

Madrid, a 23 de junio de 2009.—El Consejero de Economía y Ha-cienda, por delegación de firma (Orden de 4 de julio de 2008), el Se-cretario General Técnico, Héctor Casado López.

ANEXO

LISTADO DE PUESTOS DE TRABAJO VINCULADOS A UNA CONVOCATORIA DE LIBRE DESIGNACIÓNEN LA CONSEJERÍA DE ECONOMÍA Y HACIENDA

Puesto/Denominación NCDGrupoUnidad Orgánica Específico Administración PúblicaCuerpo Escala Especialidad Admon

EXPERIENCIA EN EL TRATAMIENTO DE FICHEROS ESTADÍSTICOS, FUNDAMENTALMENTE EN SISTEMAS DEVALIDACIÓN E IMPUTACIÓN DE DATOS.EXPERIENCIA EN EXPLOTACIÓN DE FICHEROS ESTADÍSTICOS: TABULACIÓN, GENERACIÓN DE VARIABLES,PREPARACIÓN PARA PUBLICACIONES EN SOPORTE PAPEL, ELECTRÓNICAS, INTERNET, ETC.EXPERIENCIA EN EL TRABAJO CON FICHEROS ESTADÍSTICOS DE LOCALES Y EMPRESAS.EXPERIENCIA EN LA DIRECCIÓN DE EQUIPOS HUMANOS.CONOCIMIENTO DE LENGUAJE DE PROGRAMACIÓN SQL U ORACLE Y EN PAQUETES ESTADÍSTICOS SAS O SPSS.

MAÑ.Y 2 TARDES

MadridLocalidad........:

Turno/Jornada: PERFIL

47596RESPONS. AREAMOVIMIENTOSDEMOGRAFICOS

A/B 26 15.538,44TÉCNICOS SUPERIORES DE ADMINISTRACIÓN GENERALTÉCNICOS DE GESTIÓN DE ADMINISTRACIÓN GENERALTÉCNICOS Y DIPLOMADOS ESPECIALISTASTÉCNICOS SUPERIORES ESPECIALISTAS

GGEE

ESTADISTICAESTADISTICA

COMUNIDAD DE MADRIDCONSEJERIA ECONOMIA Y HACIENDAVICECONSEJERIA ECONOMIA, COMERCIO Y CONSUMODIRECCION GENERAL ECONOMIA, ESTADISTICA EINNOVACION TECNOLOGICASERVICIO ESTADISTICAS DEMOGRAFICAS

(03/22.993/09)

Consejería de Economía y Hacienda

2389 ORDEN de 23 de junio de 2009, del Consejero de Econo-mía y Hacienda, por la que se convoca un puesto de traba-jo para su provisión por el sistema de Libre Designaciónen la Consejería de Economía y Hacienda.

En la actualidad existe en la Consejería de Economía y Haciendaun puesto de trabajo que, estando reservado a funcionarios de estaAdministración Autonómica, se encuentra vacante, siendo necesa-rio proceder a su inmediata provisión.

Por ello, en virtud de lo dispuesto en el artículo 49 de la Ley 1/1986,de 10 de abril, de la Función Pública de la Comunidad de Madrid,

DISPONGO

Primero

Aprobar la convocatoria para la provisión de un puesto de traba-jo reservado a funcionarios de esta Administración Autonómica quese incluye dentro del correspondiente Anexo, mediante el sistema deLibre Designación.

Segundo

La presente convocatoria se regirá en todo lo referente a su orga-nización y desarrollo por lo dispuesto en la Ley 30/1984, de 2 deagosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública; en laLey 1/1986, de 10 de abril, de la Función Pública de la Comunidadde Madrid; en la Orden 923/1989, de 20 de abril (BOLETÍN OFICIALDE LA COMUNIDAD DE MADRID de 27 de abril), modificada parcial-mente por la Orden de 22 de marzo de 2002 (BOLETÍN OFICIAL DE LACOMUNIDAD DE MADRID de 27 de marzo), de la Consejería de Ha-cienda, por la que se aprueban las bases generales que han de regir enlas convocatorias para la provisión de puestos por los sistemas deConcurso de Méritos y Libre Designación; en la Orden 2094/1990,

de 31 de agosto (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRIDde 7 de septiembre), de la Consejería de Hacienda, por la que se re-gula el sistema general que ha de regir en las diferentes convocato-rias que se publiquen para los concursos de provisión de puestos detrabajo, y en el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que seaprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Serviciode la Administración General del Estado y de Provisión de Puestosde Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles dela Administración General del Estado.

Tercero

Los participantes deberán reunir los requisitos indispensables parael desempeño de los puestos de trabajo que soliciten, de acuerdo conlas circunstancias y condiciones que para los mismos figuren en la re-lación de puestos de trabajo en cuanto a Grupo de titulación, Cuerpo,Escala, especialidad funcionarial y titulación exigida, en su caso.

Cuarto

De conformidad con lo establecido en la base sexta de la Or-den 923/1989, de 20 de abril (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDADDE MADRID de 27 de abril), modificada parcialmente por la Ordende 22 de marzo de 2002 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DEMADRID de 27 de marzo), las solicitudes para tomar parte en estaconvocatoria se presentarán en el plazo de quince días hábiles, acontar desde el siguiente a la publicación de la convocatoria, en elRegistro de dicha Consejería o en la forma establecida en el artícu-lo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídi-co de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Adminis-trativo Común, y se dirigirán a la Secretaría General Técnica de laConsejería de Economía y Hacienda, según modelo regulado en laOrden 2066/1998, de 30 de julio, de la Consejería de Hacienda (BO-LETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 11 de agosto).

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JUEVES 16 DE JULIO DE 2009B.O.C.M. Núm. 167 Pág. 13

Las solicitudes contendrán, caso de ser varias las plazas solicita-das, el orden de preferencia de la adjudicación de aquellas y debe-rán ir acompañadas de la siguiente documentación:

a) El Certificado de Registro de Personal que se publica comoAnexo III de la Orden 2066/1998, de 30 de julio, de la Con-sejería de Hacienda (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DEMADRID de 10 de septiembre).

b) El historial académico y profesional, que se publica comoAnexo II de la Orden 2066/1998, de 30 de julio, en el que sehará constar:— Los títulos académicos.— Puestos de trabajo desempeñados, tanto en la Adminis-

tración Pública como en la empresa privada, especial-mente referidos a los requisitos mínimos exigidos en laconvocatoria.

— Estudios y cursos realizados y conocimientos de idiomas.— Cuantos otros méritos estime oportunos el aspirante po-

ner de manifiesto.

Quinto

La presente Orden pone fin a la vía administrativa y contra la mis-ma podrá interponerse con carácter potestativo recurso de reposición,en el plazo de un mes, ante el mismo órgano que la ha dictado, o bien,directamente, recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dosmeses, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Ma-drid, ambos plazos contados a partir del día siguiente a su publica-ción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, sin per-juicio de cualquier otro recurso que se estime procedente interponer.Todo ello conforme a lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de laLey 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Admi-nistraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común,y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la JurisdicciónContencioso-Administrativa.

Madrid, a 23 de junio de 2009.—El Consejero de Economía y Ha-cienda, por delegación de firma (Orden de 5 de julio de 2009), el Se-cretario General Técnico, Héctor Casado López.

ANEXO

LISTADO DE PUESTOS DE TRABAJO VINCULADOS A UNA CONVOCATORIA DE LIBRE DESIGNACIÓNEN LA CONSEJERÍA DE ECONOMÍA Y HACIENDA

Puesto/Denominación NCDGrupoUnidad Orgánica Específico Administración PúblicaCuerpo Escala Especialidad Admon

LICENCIADO EN DERECHO.EXPERIENCIA EN DIRECCIÓN DE EQUIPOS DE TRABAJO Y COORDINACIÓN CON OTROS ORGANISMOS Y UNIDADES DELA COMUNIDAD DE MADRID A NIVEL TÉCNICO.EXPERIENCIA EN LA ELABORACIÓN DE INFORMES DE CARÁCTER JURÍDICO.EXPERIENCIA EN LA ELABORACIÓN DE NORMAS.MANEJO Y CONSULTA DE LAS APLICACIONES INFORMÁTICAS INSTITUCIONALES SIEF, AEC Y AEDOC.

MAÑ.Y 2 TARDES

MadridLocalidad........:

Turno/Jornada: PERFIL

1100TECNICO DE APOYO

A/B 26 16.510,56TÉCNICOS SUPERIORES DE ADMINISTRACIÓN GENERALTÉCNICOS DE GESTIÓN DE ADMINISTRACIÓN GENERALSUPERIOR DE GESTIÓN

GGG

COMUNIDAD DE MADRIDCONSEJERIA ECONOMIA Y HACIENDAVICECONSEJERIA ECONOMIA, COMERCIO Y CONSUMODIRECCION GENERAL TURISMOSUBDIRECCION GENERAL EMPRESAS Y ACTIVIDADESTURISTICAS

(03/22.992/09)

Consejería de Economía y Hacienda

2390 ORDEN de 30 de junio de 2009, del Consejero de Econo-mía y Hacienda, por la que se convocan puestos de traba-jo para su provisión por el sistema de Concurso de Méri-tos en la Consejería de Economía y Hacienda.

Existiendo puestos de trabajo vacantes reservados a funcionariosde esta Administración Autonómica, y siendo necesario proceder asu inmediata provisión, de conformidad con lo dispuesto en el ar-tículo 49 de la Ley 1/1986, de 10 de abril, de la Función Pública dela Comunidad de Madrid,

DISPONGO

Primero

Aprobar la convocatoria para la provisión de varios puestos detrabajo reservados a funcionarios de esta Administración Autonómi-ca, que se incluyen dentro del correspondiente Anexo, mediante elsistema de Concurso de Méritos.

Segundo

La presente convocatoria se regirá por lo dispuesto en la Ley 30/1984,de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública;en la Ley 1/1986, de 10 de abril, de la Función Pública de la Comu-nidad de Madrid; en la Ley 4/1989, de 6 de abril, de Provisión dePuestos de Trabajo Reservados a Personal Funcionario de la Comu-nidad de Madrid; en la Orden 923/1989, de 20 de abril (BOLETÍN OFI-

CIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 27 de abril), modificada par-cialmente por la Orden de 22 de marzo de 2002 (BOLETÍN OFICIALDE LA COMUNIDAD DE MADRID de 27 de marzo), de la Consejería deHacienda, por la que se aprueban las bases generales que han de re-gir en las convocatorias para la provisión de puestos por el sistema deConcurso de Méritos y Libre Designación; en la Orden 2094/1990,de 31 de agosto (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRIDde 7 de septiembre), de la Consejería de Hacienda, por la que se re-gula el sistema general que ha de regir en las diferentes convocato-rias que se publiquen para los concursos de provisión de puestos detrabajo, y en el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el quese aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal alServicio de la Administración General del Estado y de Provisiónde Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcio-narios Civiles de la Administración General del Estado.

Tercero

Los participantes deberán reunir los requisitos indispensablespara el desempeño del puesto de trabajo que soliciten, de acuerdocon las circunstancias y condiciones que para el mismo figure en larelación de puestos de trabajo en cuanto a Grupo de titulación, Cuer-po, Escala, especialidad funcionarial y titulación exigida en su caso.

Cuarto

Los funcionarios con adscripción provisional están obligados aparticipar en esta convocatoria, debiendo solicitar todos los puestosde trabajo a que puedan acceder.

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JUEVES 16 DE JULIO DE 2009Pág. 14 B.O.C.M. Núm. 167

Quinto

5.1. De conformidad con lo establecido en la base sexta de laOrden 923/1989, de 20 de abril (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNI-DAD DE MADRID de 27 de abril), modificada parcialmente por la Or-den de 22 de marzo de 2002 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDADDE MADRID de 27 de marzo), las solicitudes para tomar parte en estaconvocatoria se dirigirán a la Secretaría General Técnica de la Con-sejería de Economía y Hacienda y se presentarán en el plazo dequince días hábiles, a contar desde el siguiente a la publicación de laconvocatoria, en el Registro de dicha Consejería o en la forma esta-blecida en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Proce-dimiento Administrativo Común, según modelo regulado en la Or-den 2066/1998, de 30 de julio, de la Consejería de Hacienda (BOLE-TÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 11 de agosto).

5.2. Las solicitudes contendrán, caso de ser varias las plazas so-licitadas, el orden de preferencia de la adjudicación de aquellas y de-berán ir acompañadas de la siguiente documentación:

a) El Certificado de Registro de Personal que se publica comoAnexo III de la Orden 2066/1998, de 30 de julio, de la Con-sejería de Hacienda (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DEMADRID de 10 de septiembre). En el supuesto de funcionariosintegrados en la Comunidad de Madrid y procedentes deotras Administraciones Públicas, deberán aportar Certificadode Registro de su Administración de origen, cuando el tiem-po de servicios prestados en la Administración de la Comu-nidad de Madrid sea inferior a cinco años, al objeto de podervalorar el trabajo desarrollado.

b) El historial académico y profesional, que se publica comoAnexo II de la Orden 2066/1998, de 30 de julio, en el que sehará constar:

— Los títulos académicos.— Puestos de trabajo desempeñados, tanto en la Adminis-

tración Pública como en la empresa privada, especial-mente referidos a los requisitos mínimos exigidos en laconvocatoria.

— Estudios y cursos realizados y conocimientos de idiomas.— Cuantos otros méritos estime oportunos el aspirante po-

ner de manifiesto.

c) Para la valoración de los méritos preferentes y no preferentesalegados, los interesados deberán aportar fotocopias cotejadasu originales de la documentación acreditativa de los mismos.

d) Certificado firmado por el Secretario General Técnico o ge-rente de la Consejería u Organismo donde el funcionario

preste servicios en la fecha de la convocatoria del concursode méritos, acreditativo de los períodos de ausencia motiva-da por incapacidad temporal derivada de contingencias co-munes o del disfrute de licencias sin sueldo, determinando sidichas ausencias superan o no el 20 por 100 de la jornada pre-vista según el calendario laboral, dentro de cada año naturala partir de la entrada en vigor de la Ley 3/2008, de 29 de di-ciembre, y durante un período máximo de cinco años.

5.3. Finalizada la valoración de las instancias y con carácterprevio al fallo de la Junta de Méritos, se publicará en los tablones deanuncios de la Consejería de Hacienda la relación de los aspirantesadmitidos y no admitidos al proceso de provisión, con indicación dela puntuación reconocida por cada uno de los méritos preferentes yno preferentes alegados, así como la puntuación obtenida por ambosconceptos. Contra esta publicación se podrán formular alegacionesal respecto en el plazo de diez días hábiles, a contar desde el día si-guiente a su exposición en los tablones de anuncios.

Sexto

Sin perjuicio de lo dispuesto en la disposición adicional quinta dela Ley 4/1989, de 6 de abril, no se podrá adjudicar puestos con unapuntuación inferior a 10 puntos. No obstante, la Junta de Méritos po-drá adjudicar excepcionalmente algún puesto de trabajo con puntua-ción inferior, de conformidad con lo establecido en el punto 4 de labase undécima de la Orden 923/1989, de 20 de abril (BOLETÍN OFI-CIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 27 de abril de 1989).

Séptimo

La presente Orden pone fin a la vía administrativa y contra la mis-ma podrá interponerse con carácter potestativo recurso de reposi-ción, en el plazo de un mes, ante el mismo órgano que la ha dictado,o bien, directamente, recurso contencioso-administrativo, en el pla-zo de dos meses, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrati-vo de Madrid, ambos plazos contados a partir del día siguiente a supublicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID,sin perjuicio de cualquier otro recurso que se estime procedente in-terponer. Todo ello conforme a lo dispuesto en los artículos 116y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídicode las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrati-vo Común, y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de laJurisdicción Contencioso-Administrativa.

Dado en Madrid, a 30 de junio de 2009.—El Consejero de Eco-nomía y Hacienda, por delegación de firma (Orden de 4 de juliode 2008), el Secretario General Técnico, Héctor Casado López.

ANEXO

LISTADO DE PUESTOS DE TRABAJO VINCULADOS A UNA CONVOCATORIA DE CONCURSO DE MÉRITOSEN LA CONSEJERÍA DE ECONOMÍA Y HACIENDA

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JUEVES 16 DE JULIO DE 2009B.O.C.M. Núm. 167 Pág. 15

(03/22.991/09)

Consejería de Economía y Hacienda

2391 RESOLUCIÓN de 30 de junio de 2009, de la Dirección Ge-neral de Gestión de Recursos Humanos, por la que se re-suelve la Orden de 29 de enero de 2009 (BOLETÍN OFICIALDE LA COMUNIDAD DE MADRID de 12 de febrero), por la quese aprobaba convocatoria pública para provisión de unpuesto de trabajo por el sistema de Libre Designación (ar-tículo 55) en la Consejería de Economía y Hacienda.

Aprobada mediante Orden del Consejero de Economía y Hacien-da de 29 de enero de 2009 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DEMADRID de 12 de febrero), convocatoria para provisión de un pues-to de trabajo mediante el sistema de Libre Designación (artículo 55),en la Consejería de Economía y Hacienda.

Verificado que la candidata propuesta cumple los requisitos y es-pecificaciones exigidos en la convocatoria.

En virtud de la competencia atribuida a esta Dirección General paraproceder a la adjudicación, de conformidad con lo dispuesto en el ar-tículo 2, base quinta, de la Orden 923/1989, de 20 de abril, de la Con-sejería de Hacienda (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MA-DRID de 27 de abril), modificada por Orden de 22 de marzo de 2002,de la Consejería de Hacienda (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDADDE MADRID de 27 de marzo).

Vista la propuesta de adjudicación del puesto efectuada por laConsejería de Economía y Hacienda,

RESUELVO

Primero

Declarar asignado el puesto de trabajo que se expresa en el Anexoa la funcionaria propuesta por la Consejería de Economía y Hacienda.

Segundo

Los trámites para la formalización de la toma de posesión se reali-zarán de conformidad con la norma undécima de la Orden 2094/1990,de 31 de agosto, del Consejero de Hacienda (BOLETÍN OFICIAL DE LACOMUNIDAD DE MADRID de 7 de septiembre de 1990).

Tercero

Los plazos para cese y toma de posesión comenzarán a regir a par-tir del día siguiente a la publicación de la adjudicación en el BOLE-TÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Cuarto

La presente Resolución no pone fin a la vía administrativa y con-tra la misma podrá interponerse recurso de alzada ante el mismo ór-gano que la ha dictado o ante el Consejero de Economía y Hacienda,en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a su publica-ción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, confor-me a lo dispuesto en los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públi-

cas y del Procedimiento Administrativo Común, sin perjuicio decualquier otro recurso que se estime procedente interponer.

Dado en Madrid, a 30 de junio de 2009.—La Directora Generalde Gestión de Recursos Humanos, Elena Collado Martínez.

ANEXO

RESOLUCIÓN DE CONVOCATORIA DE PROVISIÓNDE PUESTOS POR EL SISTEMA DE LIBRE

DESIGNACIÓN (ARTÍCULO 55) EN LA CONSEJERÍADE ECONOMÍA Y HACIENDA

Puesto adjudicado

Consejería Economía y Hacienda. Viceconsejería Hacienda. Di-rección General Tributos y Ordenación y Gestión del Juego. Servi-cio Recaudación Ejecutiva.

Puesto de trabajo: 37283.Denominación: Subinspector.Grupo: B.NCD: 26.C. específico: 15.538,44 euros.

Adjudicataria

Cód. identificación: 50464417W0.Apellidos y nombre: Negro del Barrio, Mónica.

(03/22.994/09)

Consejería de Educación

2392 RESOLUCIÓN de 9 de julio de 2009, del Director Generalde Recursos Humanos, por la que se anuncia la exposiciónde las listas conteniendo las puntuaciones definitivas de lafase de concurso del concurso-oposición para ingreso enel Cuerpo de Maestros convocado por Resolución de 20 demarzo de 2009 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DEMADRID del 27).

En cumplimiento de lo establecido en la base VII, punto 25.3, dela Resolución de 20 de marzo de 2009 (BOLETÍN OFICIAL DE LA CO-MUNIDAD DE MADRID del 27), por la que se convoca concurso-oposición para ingreso en el Cuerpo de Maestros.

Esta Dirección General de Recursos Humanos

HA RESUELTO

Primero

Ordenar la exposición, a partir del día 17 de julio de 2009, de laslistas conteniendo las puntuaciones definitivas de los méritos corres-pondientes a la fase de concurso, una vez vistas y atendidas las recla-maciones presentadas contra las puntuaciones provisionales, decla-rando desestimadas las reclamaciones no recogidas en las mismas.

Dichas listas serán expuestas en los tablones de anuncios de lasDirecciones de Área Territoriales, en el Punto de Información y

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JUEVES 16 DE JULIO DE 2009Pág. 16 B.O.C.M. Núm. 167

Atención al Ciudadano de esta Consejería, en la Oficina de Aten-ción al Ciudadano de la Comunidad de Madrid, y en el portal:“Personal + Educación”, al que se podrá acceder desde la páginacorrespondiente a la Consejería de Educación www.madrid.org,donde permanecerán expuestas durante el plazo de un mes que seestablece para la interposición de recurso.

Segundo

Contra las referidas listas podrá interponerse recurso de alzadaante el Director General de Recursos Humanos en el plazo de unmes a contar desde el día siguiente al de su exposición en el tablónde anuncios correspondiente, de conformidad con lo previsto en losartículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Ré-gimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimien-to Administrativo Común.

Madrid, a 9 de julio de 2009.—El Director General de RecursosHumanos, Miguel Zurita Becerril.

(03/24.102/09)

Consejería de Medio Ambiente, Vivienday Ordenación del Territorio

2393 ORDEN 2557/2009, de 2 de julio, por la que se resuelve laOrden 379/2009, de 25 de febrero (BOLETÍN OFICIAL DE LACOMUNIDAD DE MADRID de 5 de marzo), y Orden 548/2009,de 16 de marzo (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DEMADRID de 1 de abril), de corrección de errores por la quese convocaban puestos de trabajo para su provisión me-diante el sistema de Concurso de Méritos en la referidaConsejería.

Aprobada mediante Orden 379/2009, de 25 de febrero (BOLETÍN OFI-CIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 5 de marzo), y Orden 548/2009,de 16 de marzo (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 1de abril), de corrección de errores, por la que se convocaban puestos detrabajo para su provisión por el sistema de Concurso de Méritos en la re-ferida Consejería.

Considerando que en el procedimiento de provisión se han cum-plido las normas de la Ley 4/1989, de 6 de abril, de Provisión dePuestos de Trabajo Reservados a Personal Funcionario de la Comu-nidad de Madrid; de la Orden 923/1989, de 20 de abril, de la Conse-jería de Hacienda, por la que se aprueban las bases generales quehan de regir en las convocatorias para provisión de puestos por lossistemas de Concurso de Méritos y Libre Designación, y de la Or-den 2094/1990, de 31 de agosto, de la Consejería de Hacienda, porla que se regula el sistema general que ha de regir en las diferentesconvocatorias que se publiquen para los concursos de provisión de

puestos de trabajo, así como las demás prescripciones contenidas enlas bases de convocatoria ya mencionadas.

Considerando que esta Consejería tiene competencia para proce-der a la adjudicación, en virtud de lo dispuesto en el artículo 49.2 dela Ley 1/1986, de 10 de abril, de la Función Pública de la Comuni-dad de Madrid, según la redacción dada por la Ley 14/2001, de 26de diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativas.

Vista la propuesta de adjudicación de los puestos efectuada por laJunta de Méritos y el informe favorable emitido por la Consejería deEconomía y Hacienda,

RESUELVO

Primero

Declarar asignados los puestos de trabajo a los funcionarios quese expresan en el Anexo.

A los efectos previstos en el artículo 3 de la Ley 4/1989, el dato dela “puntuación obtenida por los adjudicatarios en el concurso” se en-tiende referido a las puntuaciones que la Junta de Méritos expuso ensu día, según lo dispuesto en el artículo 8 de la citada Ley, dado queen el apartado 3 del mismo artículo se establece que las propuestas delas Juntas de Méritos serán, en cualquier caso, firmes y vinculantes.

Segundo

Los trámites para la formalización de la toma de posesión se rea-lizarán de conformidad con la norma undécima de la Or-den 2094/1990, de 31 de agosto, del Consejero de Hacienda (BOLE-TÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 7 de septiembrede 1990).

Tercero

Los plazos para cese y toma de posesión comenzarán a regir a par-tir del día siguiente a la publicación de la adjudicación en el BOLE-TÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Cuarto

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, losinteresados podrán interponer con carácter potestativo recurso de re-posición, en el plazo de un mes, ante la Consejera de Medio Am-biente, Vivienda y Ordenación del Territorio, o bien, directamenterecurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, antelos Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, ambosplazos contados a partir del día siguiente a su publicación en el BO-LETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Dado en Madrid, a 2 de julio de 2009.—La Consejera de Medio Am-biente, Vivienda y Ordenación del Territorio, PDF (Orden 2967/2008,de 19 de diciembre), el Secretario General Técnico, Alfonso MorenoGómez.

ANEXO

RESOLUCIÓN DE CONVOCATORIA DE PROVISIÓN DE PUESTOS POR EL SISTEMA DE CONCURSO DE MÉRITOSEN LA CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, VIVIENDA Y ORDENACIÓN DEL TERRITORIO

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JUEVES 16 DE JULIO DE 2009B.O.C.M. Núm. 167 Pág. 17

(03/22.990/09)

Consejería de Medio Ambiente, Vivienday Ordenación del Territorio

2394 ORDEN 2558/2009, de 2 de julio, por la que se convoca elpuesto de trabajo número 26963 para su provisión, por elsistema de Libre Designación, en la referida Consejería.

Existiendo un puesto de trabajo vacante reservado a funcionariosde esta Administración Autonómica, y siendo necesario proceder asu inmediata provisión, de conformidad con lo dispuesto en el ar-tículo 49 de la Ley 1/1986, de 10 de abril, de la Función Pública dela Comunidad de Madrid,

DISPONGO

Primero

Aprobar la convocatoria para la provisión del puesto de trabajonúmero 26963, reservado a funcionarios de esta AdministraciónAutonómica, que se incluye dentro del correspondiente Anexo, me-diante el sistema de Libre Designación.

Segundo

La presente convocatoria se regirá en todo lo referente a su orga-nización y desarrollo por lo dispuesto en la Ley 30/1984, de 2 de

agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública; en laLey 1/1986, de 10 de abril, de la Función Pública de la Comunidadde Madrid; en la Orden 923/1989, de 20 de abril (BOLETÍN OFICIALDE LA COMUNIDAD DE MADRID de 27 de abril), de la Consejería deHacienda, por la que se aprueban las bases generales que han de re-gir en las convocatorias para la provisión de puestos por los sistemasde Concurso de Méritos y Libre Designación; en la Orden 2094/1990,de 31 de agosto (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRIDde 7 de septiembre), de la Consejería de Hacienda, por la que se re-gula el sistema general que ha de regir en las diferentes convocato-rias que se publiquen para los concursos de provisión de puestos detrabajo, y en el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el quese aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servi-cio de la Administración General del Estado y de Provisión de Pues-tos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civilesde la Administración General del Estado.

Tercero

Los participantes deberán reunir los requisitos indispensablespara el desempeño del puesto de trabajo solicitado, de acuerdo conlas circunstancias y condiciones que para los mismos figuren en larelación de puestos de trabajo en cuanto a Administración de perte-nencia, Grupo de titulación, Cuerpo, Escala, especialidad funciona-rial y titulación exigida, en su caso.

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JUEVES 16 DE JULIO DE 2009Pág. 18 B.O.C.M. Núm. 167

Cuarto

De conformidad con lo establecido en la base sexta de la Or-den 923/1989, de 20 de abril (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDADDE MADRID de 27 de abril), las solicitudes para tomar parte en estaconvocatoria se dirigirán a la Secretaría General Técnica de la Con-sejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio, yse presentarán en el plazo de quince días hábiles, a contar desde elsiguiente a la publicación de la convocatoria, en el Registro de dichaConsejería o en la forma establecida en el artículo 38.4 de laLey 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Admi-nistraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Quinto

Los modelos de solicitud para provisión de puestos de trabajo ehistorial académico y profesional serán los regulados en la Or-

den 2066/1998, de 30 de julio, de la Consejería de Hacienda (BOLE-TÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 11 de agosto).

Sexto

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, losinteresados podrán interponer, con carácter potestativo, recurso dereposición en el plazo de un mes, ante la Consejera de Medio Am-biente, Vivienda y Ordenación del Territorio, o bien, directamente,recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, antelos Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, ambosplazos contados a partir del día siguiente a su publicación en el BO-LETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Dado en Madrid, a 2 de julio de 2009.—La Consejera de MedioAmbiente, Vivienda y Ordenación del Territorio, PDF (Or-den 2967/2008, de 19 de diciembre), el Secretario General Técnico,Alfonso Moreno Gómez.

ANEXO

LISTADO DE PUESTOS DE TRABAJO VINCULADOS A UNA CONVOCATORIA DE LIBRE DESIGNACIÓNEN LA CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, VIVIENDA Y ORDENACIÓN DEL TERRITORIO

(03/22.989/09)

Consejería de Medio Ambiente, Vivienday Ordenación del Territorio

2395 RESOLUCIÓN de 5 de junio de 2009, del Director Generaldel Medio Ambiente, por la que se nombran nuevos miem-bros de la Comisión de Homologación de Trofeos de CazaMayor de la Comunidad de Madrid.

De acuerdo con lo dispuesto en la Orden 1137/2003, de 23 demayo, de la Consejería de Medio Ambiente, por la que se crea la Co-misión de Homologación de Trofeos de Caza Mayor de la Comuni-dad de Madrid, y se establecen normas para su funcionamiento y susposteriores modificaciones en la Orden 2391/2004, de 29 de sep-tiembre, y en la Orden 1049/2008, de 4 de junio, de la Consejera deMedio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio y a propues-ta de la mencionada Comisión de Homologación de Trofeos de CazaMayor de la Comunidad de Madrid.

RESUELVO

Cesar como Asesores de la Comisión de Homologación de Trofeosde Caza Mayor de la Comunidad de Madrid a:

— Don Alberto Aníbal Álvarez.— Don Álvaro Mazón Sánchez-Neyra.

Nombrar nuevos miembros de la Comisión de Homologación deTrofeos de Caza Mayor de la Comunidad de Madrid a:

a) Vocales:

— Don Alberto Aníbal Álvarez.— Don Álvaro Mazón Sánchez-Neyra.

b) Asesores:— Don Francisco Coín Martín.— Don Samuel Martín Martín.— Doña María Valeria Ríos Insúa.— Don Adolfo Sanz Rueda.

Madrid, a 5 de junio de 2009.—El Director del Medio Ambiente,Federico Ramos de Armas.

(03/22.765/09)

Consejería de Familia y Asuntos Sociales

2396 ORDEN de 25 de junio de 2009, por la que se convocanpuestos de trabajo para su provisión, por el sistema de Li-bre Designación, en la referida Consejería.

Existiendo puestos de trabajo vacantes reservados a funcionariosde esta Administración Autonómica, y siendo necesario proceder asu inmediata provisión, de conformidad con lo dispuesto en el ar-tículo 49 de la Ley 1/1986, de 10 de abril, de la Función Pública dela Comunidad de Madrid,

DISPONGO

Primero

Aprobar la convocatoria para la provisión de los puestos de trabajoreservados a funcionarios de esta Administración Autonómica, quese incluyen dentro del correspondiente Anexo, mediante el sistemade Libre Designación.

Segundo

La presente convocatoria se regirá en todo lo referente a su orga-nización y desarrollo por lo dispuesto en la Ley 30/1984, de 2 de

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JUEVES 16 DE JULIO DE 2009B.O.C.M. Núm. 167 Pág. 19

agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública; en laLey 1/1986, de 10 de abril, de la Función Pública de la Comunidadde Madrid; en la Orden 923/1989, de 20 de abril (BOLETÍN OFICIALDE LA COMUNIDAD DE MADRID de 27 de abril), de la Consejería deHacienda, por la que se aprueban las bases generales que han de re-gir en las convocatorias para la provisión de puestos por los sistemasde Concurso de Méritos y Libre Designación; en la Orden 2094/1990,de 31 de agosto (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRIDde 7 de septiembre), de la Consejería de Hacienda, por la que se re-gula el sistema general que ha de regir en las diferentes convocato-rias que se publiquen para los concursos de provisión de puestos detrabajo, y en el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el quese aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servi-cio de la Administración General del Estado y de Provisión de Pues-tos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civilesde la Administración General del Estado.

Tercero

Los participantes deberán reunir los requisitos indispensablespara el desempeño de los puestos de trabajo que soliciten, de acuer-do con las circunstancias y condiciones que para los mismos figurenen la relación de puestos de trabajo en cuanto a Administración depertenencia, Grupo de titulación, Cuerpo, Escala, especialidad fun-cionarial y titulación exigida, en su caso.

Cuarto

De conformidad con lo establecido en la base sexta de la Or-den 923/1989, de 20 de abril (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD

DE MADRID de 27 de abril), las solicitudes para tomar parte en estaconvocatoria se dirigirán a la Secretaría General Técnica de la Con-sejería de Familia y Asuntos Sociales, y se presentarán en el plazode quince días hábiles, a contar desde el siguiente a la publicaciónde la convocatoria, en el Registro de dicha Consejería o en la formaestablecida en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviem-bre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Pro-cedimiento Administrativo Común.

Quinto

Los modelos de solicitud para provisión de puestos de trabajo ehistorial académico y profesional serán los regulados en la Or-den 2066/1998, de 30 de julio, de la Consejería de Hacienda (BOLE-TÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 11 de agosto).

Sexto

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, losinteresados podrán interponer, con carácter potestativo, recurso dereposición en el plazo de un mes, ante la Consejera de Familia yAsuntos Sociales, o bien, directamente, recurso contencioso-admi-nistrativo en el plazo de dos meses, ante los Juzgados de lo Conten-cioso-Administrativo de Madrid, ambos plazos contados a partir deldía siguiente a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMU-NIDAD DE MADRID.

Dado en Madrid, a 25 de junio de 2009.—La Consejera de Fami-lia y Asuntos Sociales, PDF (Orden 1612/2007, de 24 de julio), elSecretario General Técnico, Antonio Luis Carrasco Reija.

ANEXO

LISTADO DE PUESTOS DE TRABAJO VINCULADOS A UNA CONVOCATORIA DE LIBRE DESIGNACIÓNEN LA CONSEJERÍA DE FAMILIA Y ASUNTOS SOCIALES

(03/22.996/09)

Consejería de Familia y Asuntos Sociales

2397 ORDEN de 29 de junio de 2009, por la que se convoca unpuesto de trabajo para su provisión, por el sistema de LibreDesignación, en la referida Consejería.

Existiendo un puesto de trabajo vacante reservado a funcionariosde esta Administración Autonómica, y siendo necesario proceder asu inmediata provisión, de conformidad con lo dispuesto en el ar-tículo 49 de la Ley 1/1986, de 10 de abril, de la Función Pública dela Comunidad de Madrid,

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DISPONGO

Primero

Aprobar la convocatoria para la provisión del puestos de trabajo re-servado a funcionarios de esta Administración Autonómica, que seincluye dentro del correspondiente Anexo, mediante el sistema deLibre Designación.

Segundo

La presente convocatoria se regirá en todo lo referente a su orga-nización y desarrollo por lo dispuesto en la Ley 30/1984, de 2 deagosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública; en laLey 1/1986, de 10 de abril, de la Función Pública de la Comunidadde Madrid; en la Orden 923/1989, de 20 de abril (BOLETÍN OFICIALDE LA COMUNIDAD DE MADRID de 27 de abril), de la Consejería deHacienda, por la que se aprueban las bases generales que han de re-gir en las convocatorias para la provisión de puestos por los sistemasde Concurso de Méritos y Libre Designación; en la Orden 2094/1990,de 31 de agosto (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRIDde 7 de septiembre), de la Consejería de Hacienda, por la que se re-gula el sistema general que ha de regir en las diferentes convocato-rias que se publiquen para los concursos de provisión de puestos detrabajo, y en el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el quese aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servi-cio de la Administración General del Estado y de Provisión de Pues-tos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civilesde la Administración General del Estado.

Tercero

Los participantes deberán reunir los requisitos indispensablespara el desempeño de los puestos de trabajo que soliciten, de acuer-do con las circunstancias y condiciones que para los mismos figurenen la relación de puestos de trabajo en cuanto a Administración de

pertenencia, Grupo de titulación, Cuerpo, Escala, especialidad fun-cionarial y titulación exigida, en su caso.

Cuarto

De conformidad con lo establecido en la base sexta de la Or-den 923/1989, de 20 de abril (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDADDE MADRID de 27 de abril), las solicitudes para tomar parte en estaconvocatoria se dirigirán a la Secretaría General Técnica de la Con-sejería de Familia y Asuntos Sociales, y se presentarán en el plazode quince días hábiles, a contar desde el siguiente a la publicaciónde la convocatoria, en el Registro de dicha Consejería o en la formaestablecida en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviem-bre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Pro-cedimiento Administrativo Común.

Quinto

Los modelos de solicitud para provisión de puestos de trabajo ehistorial académico y profesional serán los regulados en la Or-den 2066/1998, de 30 de julio, de la Consejería de Hacienda (BOLE-TÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 11 de agosto).

Sexto

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, losinteresados podrán interponer, con carácter potestativo, recurso dereposición en el plazo de un mes, ante la Consejera de Familia yAsuntos Sociales, o bien, directamente, recurso contencioso-admi-nistrativo en el plazo de dos meses, ante los Juzgados de lo Conten-cioso-Administrativo de Madrid, ambos plazos contados a partir deldía siguiente a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMU-NIDAD DE MADRID.

Dado en Madrid, a 29 de junio de 2009.—La Consejera de Fami-lia y Asuntos Sociales, PDF (Orden 1612/2007, de 24 de julio), elSecretario General Técnico, Antonio Luis Carrasco Reija.

ANEXO

LISTADO DE PUESTOS DE TRABAJO VINCULADOS A UNA CONVOCATORIA DE LIBRE DESIGNACIÓNEN LA CONSEJERÍA DE FAMILIA Y ASUNTOS SOCIALES

(03/22.995/09)

Consejería de Empleo y Mujer

2398 ORDEN 1676/2009, de 30 de junio, por la que se resuelvela convocatoria de puestos de trabajo para su provisión,por el sistema de Libre Designación, en la referida Conse-jería, aprobada por Orden 1232/2009, de 14 de mayo, dela Consejera de Empleo y Mujer (BOLETÍN OFICIAL DE LACOMUNIDAD DE MADRID de 27 de mayo de 2009).

Aprobada mediante Orden 1232/2009, de 14 de mayo, de la Con-sejera de Empleo y Mujer (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DEMADRID de 27 de mayo de 2009), la convocatoria para provisión depuestos de trabajo por el sistema de Libre Designación en la Conse-jería de Empleo y Mujer.

Verificado que los candidatos propuestos cumplen los requisitosy especificaciones exigidos en la convocatoria.

En virtud de la competencia atribuida a esta Consejería para pro-ceder a la adjudicación, de conformidad con el artículo 49.2 de la

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JUEVES 16 DE JULIO DE 2009B.O.C.M. Núm. 167 Pág. 21

Ley 1/1986, de 10 de abril, de la Función Pública de la Comunidadde Madrid.

Vista la propuesta de adjudicación de los puestos efectuada poresta Consejería y una vez emitido informe favorable por la Conseje-ría de Economía y Hacienda,

RESUELVO

Primero

Declarar asignados los puestos de trabajo a los funcionarios quese expresan en el Anexo.

Segundo

Los trámites para la formalización de la toma de posesión se reali-zarán de conformidad con la norma undécima de la Orden 2094/1990,de 31 de agosto, del Consejero de Hacienda (BOLETÍN OFICIAL DE LACOMUNIDAD DE MADRID de 7 de septiembre de 1990).

Tercero

Los plazos para cese y toma de posesión comenzarán a regir a par-tir del día siguiente a la publicación de la adjudicación en el BOLE-TÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Cuarto

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, losinteresados podrán interponer, con carácter potestativo, recurso de re-posición en el plazo de un mes, ante la Consejera de Empleo y Mujer,o bien, directamente, recurso contencioso-administrativo en el plazode dos meses, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo deMadrid, ambos plazos contados a partir del día siguiente a su publica-ción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Dado en Madrid, a 30 de junio de 2009.—La Consejera deEmpleo y Mujer, PD (Orden 5868/2004, de 15 de octubre, BOLETÍNOFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 22 de octubre de 2004),la Secretaria General Técnica, María Rosario Jiménez Santiago.

ANEXO

RESOLUCIÓN DE CONVOCATORIA DE PROVISIÓNDE PUESTOS POR EL SISTEMA DE LIBRE DESIGNACIÓN

EN CONSEJERÍA DE EMPLEO Y MUJER

Puesto adjudicado

Consejería Empleo y Mujer. Dirección General de Trabajo. Sub-dirección General de Trabajo. Servicio de Gestión Administrativa.

Puesto de trabajo: 40734.Denominación: Servicio de Gestión Administrativa.Grupo: A.NCD: 28.C. específico: 21.219,96.

Adjudicataria

Cód. identificación: 50747731W0.Apellidos y nombre: Pulido Pingarrón, Martha Gabriela.

(03/22.955/09)

Universidad Autónoma de Madrid

2399 RESOLUCIÓN de 2 de julio de 2009, del Rector, por la quese aprueba la relación provisional de aspirantes admitidospara las pruebas selectivas para la funcionarización, me-diante el sistema de concurso-oposición, de personal labo-ral de Administración y Servicios, convocado por Resolu-ción de 25 de mayo de 2009 (BOLETÍN OFICIAL DE LACOMUNIDAD DE MADRID de 9 de junio de 2009).

En cumplimiento con lo dispuesto en la base 5.1 de la convocato-ria de las pruebas selectivas convocadas por Resolución de 25 demayo de 2009 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRIDde 9 de junio), para el proceso de funcionarización, mediante el sis-

tema de concurso-oposición, de personal laboral de Administracióny Servicios de esta Universidad,

HA RESUELTO

Primero

Aprobar las listas provisionales de aspirantes admitidos que apare-cen en el Anexo I de la presente Resolución. Las citadas listas se en-cuentran expuestas al público en el tablón de anuncios del Rectoradode esta Universidad (Campus de Cantoblanco, kilómetro 15,400,28049 Madrid). Y en la página web http://www.uam.es

Segundo

Publicar la relación provisional de excluidos con las causas de ex-clusión. En todo caso, al objeto de evitar errores y, en el supuesto deproducirse, posibilitar su subsanación en tiempo y forma, los aspi-rantes comprobarán no solo que no figuran recogidos en la relaciónde excluidos, sino, además, que sus nombres constan en la pertinen-te relación de admitidos.

Tercero

Los aspirantes excluidos, así como los que no figuren en la rela-ción provisional de admitidos ni en la de excluidos, disponen de unplazo de diez días hábiles, contados a partir del siguiente al de la pu-blicación de esta Resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNI-DAD DE MADRID para subsanar los defectos que hayan motivado laexclusión o su omisión en las relaciones de admitidos y excluidos.Los aspirantes que dentro del plazo señalado no subsanen la exclu-sión o aleguen la omisión, justificando su derecho a ser incluidos enla relación de admitidos, serán definitivamente excluidos de la rea-lización de las pruebas.

Contra la presente Resolución, podrá interponerse recurso conten-cioso-administrativo en el plazo de dos meses desde el día siguiente asu publicación ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativode Madrid. Sin perjuicio de lo anterior, la presente Resolución podráser recurrida potestativamente mediante recurso de reposición, anteel Rector de esta Universidad, en el plazo de un mes. En este caso,no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta queno sea resuelto o se haya producido la desestimación presunta del re-curso de reposición interpuesto.

Madrid, a 2 de julio de 2009.—El Rector, PD (Resolución de 25de mayo de 2006, del Rector, BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDADDE MADRID de 29 de junio de 2006), el Gerente, Juan Antonio Caji-gal Morales.

ANEXO I

LISTADO PROVISIONAL DE EXCLUIDOSDE LAS PRUEBAS SELECTIVAS

No existen aspirantes provisionales excluidos.(02/8.304/09)

Universidad Autónoma de Madrid

2400 RESOLUCIÓN de 7 de julio de 2009, por la que se aprue-ba la relación definitiva de aspirantes admitidos y exclui-dos del proceso selectivo para cubrir una plaza vacante deTitulado/a Medio, especialidad Análisis y Prospectiva, va-cante en la relación de puestos de trabajo de personal la-boral de esta Universidad mediante el sistema de concur-so-oposición libre, convocado por Resolución de 24 deabril de 2009 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MA-DRID de 8 de mayo de 2009).

En cumplimiento con lo dispuesto en la base 4.3 de la convocato-ria de las pruebas selectivas convocadas por Resolución, de 24 deabril de 2009 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRIDdel 8 de mayo), por la que se convoca proceso selectivo para cubriruna plaza de Titulado/a Medio, especialidad Análisis y Prospectiva,vacante en la relación de puestos de trabajo de personal laboral de

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JUEVES 16 DE JULIO DE 2009Pág. 22 B.O.C.M. Núm. 167

esta Universidad, mediante el sistema de concurso-oposición libre,este Rectorado

HA RESUELTO

Primero

Aprobar las listas definitivas de aspirantes admitidos y excluidos alas citadas pruebas. Se adjunta la relación de admitidos definitivoscomo Anexo I y la de excluidos definitivos como Anexo II. Las cita-das listas se encuentran expuestas al público en el tablón de anunciosdel Rectorado de esta Universidad (Campus de Cantoblanco, kilóme-tro 15,400; 28049 Madrid), y en la página web: http://www.uam.es

Segundo

Convocar a los aspirantes admitidos a la realización del primer ejer-cicio de la fase de oposición que tendrá lugar:

Día: 27 de julio de 2009.Hora: A las once.Lugar: Aula 105. Módulo VII. Facultad de Ciencias Económicas y

Empresariales (Campus de Cantoblanco. Universidad Autónoma deMadrid).

Los aspirantes deberán venir provistos del documento nacional deidentidad o pasaporte y de bolígrafo azul o negro.

Contra la presente Resolución podrá interponerse recurso conten-cioso-administrativo en el plazo de dos meses desde el día siguientea su publicación ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrati-vo de Madrid. Sin perjuicio de lo anterior, la presente Resoluciónpodrá ser recurrida potestativamente mediante recurso de reposiciónante el Rector de esta Universidad en el plazo de un mes. En estecaso, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativohasta que no sea resuelto o se haya producido la desestimación pre-sunta del recurso de reposición interpuesto.

Madrid, a 7 de julio de 2009.—El Rector, PD (Resolución Rectorde 25 de mayo de 2006, BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DEMADRID de 29 de junio de 2006), el Gerente, Juan Antonio CajigalMorales.

ANEXO I

LISTADO DEFINITIVO DE ADMITIDOSDE LAS PRUEBAS SELECTIVAS

ANEXO II

LISTADO DEFINITIVO DE EXCLUIDOSDE LAS PRUEBAS SELECTIVAS

CAUSAS DE EXCLUSIÓN

A) No aportar copia de DNI (base 3.3).(02/8.465/09)

Universidad Autónoma de Madrid

2401 RESOLUCIÓN de 7 de julio de 2009, por la que se aprue-ba la relación definitiva de aspirantes admitidos y exclui-dos del proceso selectivo para cubrir una plaza vacantede Titulado/a Superior, especialidad Acción Solidaria yCooperación, vacante en la relación de puestos de traba-jo de personal laboral de esta Universidad medianteel sistema de concurso-oposición libre, convocado porResolución de 24 de abril de 2009 (BOLETÍN OFICIAL DE LACOMUNIDAD DE MADRID de 8 de mayo de 2009).

En cumplimiento con lo dispuesto en la base 4.3 de la convocato-ria de las pruebas selectivas convocadas por Resolución de 24 deabril de 2009 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRIDde 8 de mayo), por la que se convoca proceso selectivo para cubriruna plaza de Titulado/a Superior, especialidad Acción Solidaria yCooperación, vacante en la relación de puestos de trabajo de perso-nal laboral de esta Universidad, mediante el sistema de concurso-oposición libre, este Rectorado

HA RESUELTO

Primero

Aprobar las listas definitivas de aspirantes admitidos y excluidos alas citadas pruebas. Se adjunta la relación de admitidos definitivoscomo Anexo I y la de excluidos definitivos como Anexo II. Las cita-das listas se encuentran expuestas al público en el tablón de anunciosdel Rectorado de esta Universidad (Campus de Cantoblanco, kilóme-tro 15,400; 28049 Madrid), y en la página web: http://www.uam.es

Segundo

Convocar a los aspirantes admitidos a la realización del primer ejer-cicio de la fase de oposición que tendrá lugar:

Día: 29 de julio de 2009.Hora: A las once.Lugar: Aula 105. Módulo VII. Facultad de Ciencias Económicas y

Empresariales (Campus de Cantoblanco. Universidad Autónoma deMadrid).

Los aspirantes deberán venir provistos del documento nacional deidentidad o pasaporte y de bolígrafo azul o negro.

Contra la presente Resolución podrá interponerse recurso conten-cioso-administrativo en el plazo de dos meses desde el día siguientea su publicación ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrati-vo de Madrid. Sin perjuicio de lo anterior, la presente Resoluciónpodrá ser recurrida potestativamente mediante recurso de reposiciónante el Rector de esta Universidad en el plazo de un mes. En estecaso, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativohasta que no sea resuelto o se haya producido la desestimación pre-sunta del recurso de reposición interpuesto.

Madrid, a 7 de julio de 2009.—El Rector, PD (Resolución Rectorde 25 de mayo de 2006, BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DEMADRID de 29 de junio de 2006), el Gerente, Juan Antonio CajigalMorales.

ANEXO I

LISTADO DEFINITIVO DE ADMITIDOSA LAS PRUEBAS SELECTIVAS

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JUEVES 16 DE JULIO DE 2009B.O.C.M. Núm. 167 Pág. 23

ANEXO III

LISTADO DEFINITIVO DE EXCLUIDOSDE LAS PRUEBAS SELECTIVAS

CAUSAS DE EXCLUSIÓN

A) No justifica que no hubiera rechazado oferta de empleo ade-cuado ni que se hubiera negado a participar, salvo causa jus-tificada, en acciones de promoción, formación o reconver-sión profesional (base 3.5).

B) No abona los derechos de examen (base 3.4). Rentas supe-riores, en cómputo mensual, al salario mínimo interprofesio-nal. No justifica que no hubiera rechazado oferta de empleoadecuado, ni que se hubiera negado a participar, salvo causajustificada, en acciones de promoción, formación o recon-versión profesional (base 3.5).

(02/8.466/09)

Universidad Autónoma de Madrid

2402 RESOLUCIÓN de 7 de julio de 2009, por la que se aprue-ba la relación definitiva de aspirantes admitidos y exclui-dos del proceso selectivo para cubrir una plaza vacantede Titulado/a Superior, especialidad Evaluación, vacanteen la relación de puestos de trabajo de personal laboralde esta Universidad mediante el sistema de concurso-opo-sición libre, convocado por Resolución de 24 de abrilde 2009 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRIDde 8 de mayo de 2009).

En cumplimiento con lo dispuesto en la base 4.3 de la convocato-ria de las pruebas selectivas convocadas por Resolución, de 24 deabril de 2009 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRIDdel 8 de mayo), para el ingreso, por el sistema de concurso-oposi-ción libre, en el proceso selectivo para cubrir una plaza vacante deTitulado/a Superior, especialidad Evaluación, vacante en la relaciónde puestos de trabajo de personal laboral de esta Universidad,

HA RESUELTO

Primero

Aprobar las listas definitivas de aspirantes admitidos y excluidos alas citadas pruebas. Se adjunta la relación de admitidos definitivoscomo Anexo I y la de excluidos definitivos como Anexo II. Las cita-das listas se encuentran expuestas al público en el tablón de anunciosdel Rectorado de esta Universidad (Campus de Cantoblanco, kilóme-tro 15,400, 28049 Madrid), y en la página web: http://www.uam.es

Segundo

Convocar a los aspirantes admitidos a la realización del primer ejer-cicio de la fase de oposición que tendrá lugar:

Día: 28 de julio de 2009.Hora: A las once horas.Lugar: Aula 105. Módulo VII. Facultad de Ciencias Económicas y

Empresariales (Campus de Cantoblanco. Universidad Autónoma deMadrid).

Los aspirantes deberán venir provistos del documento nacional deidentidad o pasaporte y de bolígrafo azul o negro.

Contra la presente Resolución podrá interponerse recurso conten-cioso-administrativo en el plazo de dos meses desde el día siguientea su publicación ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrati-vo de Madrid. Sin perjuicio de lo anterior, la presente Resoluciónpodrá ser recurrida potestativamente mediante recurso de reposiciónante el Rector de esta Universidad en el plazo de un mes. En estecaso, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativohasta que no sea resuelto o se haya producido la desestimación pre-sunta del recurso de reposición interpuesto.

Madrid, a 7 de julio de 2009.—El Rector, PD (Resolución Rectorde 25 de mayo de 2006, BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DEMADRID de 29 de junio de 2006), el Gerente, Juan Antonio CajigalMorales.

ANEXO I

LISTADO DEFINITIVO DE ADMITIDOSDE LAS PRUEBAS SELECTIVAS

ANEXO II

LISTADO DEFINITIVO DE EXCLUIDOSDE LAS PRUEBAS SELECTIVAS

CAUSAS DE EXCLUSIÓN

A) No justifica que no hubiera rechazado oferta de empleo ade-cuado ni que se hubiera negado a participar, salvo causa jus-tificada, en acciones de promoción, formación o reconver-sión profesional.

(02/8.468/09)

Universidad de Alcalá

2403 RESOLUCIÓN de 22 de junio de 2009, por la que se modi-fica la Resolución de 4 de junio de 2009, de la Gerencia dela Universidad de Alcalá, por la que se convoca concursode traslado para la provisión de puestos vacantes de la re-lación de puestos de trabajo de personal laboral de Admi-nistración y Servicios.

Por Resolución de 4 de junio de 2009, de la Gerencia de la Uni-versidad de Alcalá, se convoca concurso de traslado para la provi-sión de puestos vacantes de la relación de puestos de trabajo de per-sonal laboral de Administración.

Resultando que en la citada Resolución se han advertido erroresy omisiones.

Considerando lo establecido en el artículo 105 de la Ley 30/1992,de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las AdministracionesPúblicas y del Procedimiento Administrativo Común, esta Gerencia,en uso de las atribuciones que, en materia de personal, tiene delega-

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JUEVES 16 DE JULIO DE 2009Pág. 24 B.O.C.M. Núm. 167

das por Resolución del Rectorado de 1 de noviembre de 2003 (BO-LETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 5 de enerode 2004),

HA RESUELTO

Proceder a la corrección de la citada Resolución en el siguientesentido:

Primero

En la base 1.2 debe añadirse, en el Grupo C, la especialidad de“Servicios Generales”.

En la base 2, donde dice: “... laboral fijo de cualquier Universidaddentro del ámbito de aplicación de dicho convenio, con una antigüe-dad de un año en cualquier Universidad acogida al mismo, encon-trarse en activo...”, debe decir “... laboral fijo de cualquier Universi-dad dentro del ámbito de aplicación de dicho convenio, con unaantigüedad de un año en el puesto de trabajo en cualquier Universi-dad acogida al mismo, encontrarse en activo...”.

En el Anexo I debe añadirse la plaza L0000013, Técnico Especia-lista III, Conductor, de la Especialidad “Servicios Generales”, quese detalla a continuación:

Plaza Descripción de plaza Especialidad Grupo Nivel Jornada

L0000013 Técnico Especialista III, Conductor Servicios Generales C C3 M

AL100 GERENCIA

AL130 COORDINACIÓN DE SERVICIOS GENERALES

En el Anexo II deben añadirse los cursos a valorar para la plazaL0000013 de la Especialidad “Servicios Generales” anteriormentecitada:

— Cursos relacionados con la especialidad.— Seguridad, higiene y prevención de riesgos laborales.— Primeros auxilios.

Segundo

Los interesados en solicitar dicha plaza (L0000013) dispondránde un plazo de veinte días naturales para la presentación de su soli-citud, que empezará a computarse a partir del día siguiente al de lapublicación de la presente Resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LACOMUNIDAD DE MADRID.

Esta Resolución pone fin a la vía administrativa y contra ella cabeinterponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dosmeses desde el día siguiente al de su publicación ante los Juzgadosde lo Contencioso-Administrativo de Madrid. Sin perjuicio de lo an-terior, la presente Resolución podrá ser recurrida potestativamenteen reposición ante esta Gerencia en el plazo de un mes. En este casono se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta queno sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimaciónpresunta del recurso de reposición interpuesto.

Alcalá de Henares, a 22 de junio de 2009.—El Gerente (Resolu-ción del Rectorado de 1 de noviembre de 2003, BOLETÍN OFICIAL DELA COMUNIDAD DE MADRID de 5 de enero de 2004), Luis J. Medie-ro Oslé.

(03/21.817/09)

C) Otras Disposiciones

Vicepresidencia, Consejería de Cultura y Deportey Portavocía del Gobierno

2404 ORDEN 461/2009, de 16 de junio, por la que se convoca laedición correspondiente al año 2008 de los Premios “Sie-te Estrellas del Deporte” de la Comunidad de Madrid.

Mediante Orden 587/2008, de 17 de julio, se aprobaron las basesreguladoras de los Premios “Siete Estrellas del Deporte” de la Co-munidad de Madrid, cuya finalidad es otorgar un reconocimientopúblico a la labor realizada por aquellas personas y entidades quehayan destacado significativamente en la promoción, el fomento ydesarrollo del deporte, en especial en la Comunidad de Madrid.

En eso de las atribuciones que me han sido conferidas por las dis-posiciones vigentes,

DISPONGO

Primero

Objeto

Se convocan los Premios “Siete Estrellas del Deporte” de la Co-munidad de Madrid, correspondientes al año 2008, en las modalida-des de Mejor deportista masculino, Mejor deportista femenino, Me-jor entidad deportiva de la Comunidad de Madrid, Promesa deldeporte de la Comunidad de Madrid, Fomento del deporte desde laAdministración Local, Fomento del deporte desde la iniciativa pri-vada y Fomento de valores.

Segundo

Dotación

Los Premios “Siete Estrellas del Deporte” no tienen dotación eco-nómica y consistirán en un trofeo conmemorativo y un diplomaacreditativo de la categoría y la anualidad.

Tercero

Candidaturas

Las candidaturas podrán presentarse en la forma establecida en elartículo 4 de la Orden 587/2008, de 17 de julio, por la que se esta-blecen las bases reguladoras de estos Premios, en el plazo de diezdías hábiles desde el día siguiente a la publicación de la presenteconvocatoria y por entidades deportivas madrileñas inscritas en elRegistro de Entidades Deportivas de la Comunidad de Madrid, asícomo por Entidades Locales o cualquier organismo público o priva-do relacionado con el deporte. En el caso de la categoría Fomentodel deporte desde la iniciativa pública local, la Entidad Local candi-data habrá de serlo de la Comunidad de Madrid.

Cuarto

Concesión

La concesión de los Premios se efectuará por un Jurado compues-to por personas de reconocido prestigio en el ámbito del deporte, de-signadas por el Vicepresidente, Consejero de Cultura y Deporte yPortavoz del Gobierno; atendiendo a las finalidades establecidaspara cada categoría y de acuerdo con las condiciones indicadas enlos artículos 4 y 5 de la Orden 587/2008, de 17 de julio, por la quese establecen las bases reguladoras de estos Premios.

Dada en Madrid, a 16 de junio de 2009.

El Vicepresidente, Consejero de Culturay Deporte y Portavoz del Gobierno,

IGNACIO GONZÁLEZ GONZÁLEZ

(03/23.135/09)

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JUEVES 16 DE JULIO DE 2009B.O.C.M. Núm. 167 Pág. 25

Consejería de Medio Ambiente, Vivienday Ordenación del Territorio

2405 ORDEN 2290/2009, de 16 de junio, por la que se crea el fi-chero de datos de carácter personal denominado “Becas yayudas investigación”.

La Ley 8/2001, de 13 de julio, de Protección de Datos de Carác-ter Personal en la Comunidad de Madrid, establece que la creación,modificación o supresión de ficheros de datos de carácter personal,incluidos en el ámbito de aplicación de la misma, se realizará me-diante disposición de carácter general que será publicada en el BO-LETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID o en el diario oficialque corresponda.

El artículo 5 del citado texto legal prevé que la iniciativa en la tra-mitación del procedimiento de elaboración de las disposiciones decarácter general de creación, modificación o supresión de ficherosde datos de carácter personal, corresponderá al órgano titular de lafunción específica en que se concrete la competencia sobre la mate-ria a cuyo ejercicio sirva instrumentalmente el fichero.

El procedimiento anterior ha sido objeto de desarrollo medianteel Decreto 99/2002, de 13 de junio, de regulación del procedimien-to de elaboración de disposiciones de carácter general de creación,modificación y supresión de ficheros que contienen datos de carác-ter personal, así como su inscripción en el Registro.

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 6, 9, 10 y 11 delreferido Decreto 99/2002, de 13 de junio, se elaboró el Proyecto deOrden de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenacióndel Territorio, por la que se crea el fichero de datos de carácter per-sonal denominado “Becas y ayudas investigación”, que junto con lamemoria explicativa y económica del mismo, así como el informe deimpacto de género, se sometió al trámite de alegaciones y ha sido ob-jeto de los informes preceptivos, tanto de la Agencia de Protecciónde Datos de la Comunidad de Madrid como de los Servicios Jurídi-cos en la Consejería, ambos emitidos en sentido favorable.

Con el fin de gestionar adecuadamente las becas y las ayudas a la in-vestigación que promueve el Instituto Madrileño de Investigación y De-sarrollo Rural, Agrario y Alimentario (IMIDRA), es preciso crear un fi-chero de datos de las personas beneficiarias de estas becas y ayudas.

Por cuanto antecede, de conformidad con lo establecido en el ar-tículo 4.1 de la Ley 8/2001, de 13 de julio, y habiéndose cumplidolos trámites establecidos en el artículo 5 de la misma,

DISPONGO

Artículo 1

Se crea el fichero “Becas y ayudas investigación”, que contienedatos de carácter personal, dependiente del Instituto Madrileño deInvestigación y Desarrollo Rural, Agrario y Alimentario, cuyas ca-racterísticas se relacionan en el Anexo I de la presente Orden, en lostérminos y condiciones fijados en la Ley 8/2001, de 13 de julio, deProtección de Datos de Carácter Personal.

Artículo 2

En relación con las medidas de seguridad para la protección de losdatos personales contenidos en el fichero que se crea, se dará cumpli-miento en los términos que se establecen en el Anexo de esta Orden, alo previsto en el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el quese aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.

DISPOSICIÓN FINAL ÚNICA

La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publi-cación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Madrid, a 16 de junio de 2009.La Consejera de Medio Ambiente,

Vivienda y Ordenación del Territorio,ANA ISABEL MARIÑO ORTEGA

ANEXO I

CREACIÓN DE FICHEROS

Fichero: BECAS Y AYUDAS INVESTIGACIÓN.Órgano, ente o autoridad administrativa responsable del fichero:

Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territo-

rio, Instituto Madrileño de Investigación y Desarrollo Rural, Agra-rio y Alimentario, Secretaría General.

Órgano, servicio o unidad ante el que se deberán ejercitar los de-rechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición (solo encaso de que sea diferente al responsable del fichero): Consejería deMedio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio, InstitutoMadrileño de Investigación y Desarrollo Rural, Agrario y Alimen-tario, Secretaría General.

Nombre y descripción del fichero: BECAS Y AYUDAS INVES-TIGACIÓN.

Carácter informatizado o manual estructurado del fichero: Mixto.Medidas de seguridad: Medidas de nivel básico.Tipos de datos de carácter personal que se incluirán en el fichero:— Datos de carácter identificativo: DNI/NIF, nombre y apelli-

dos, dirección, teléfono.— Otros datos de carácter identificativo: Número de cuenta co-

rriente bancaria.— Otros tipos de datos: Datos académicos y profesionales.Descripción detallada de la finalidad del fichero y los usos previs-

tos del mismo: REGISTRO DE INFORMACIÓN DE BENEFICIA-RIOS DE BECAS Y AYUDAS PROMOVIDAS POR EL IMIDRAPARA LA CORRECTA GESTIÓN DE LAS MISMAS.

Personas o colectivos sobre los que se pretende obtener datos o queresultan obligados a suministrarlos: ESTUDIANTES. SOLICITAN-TES. BENEFICIARIOS.

Procedencia o procedimiento de recogida de los datos: El propiointeresado o su representante legal.

Órganos y entidades destinatarios de las cesiones previstas, indi-cando las transferencias internacionales: No se prevén cesiones.

(03/22.527/09)

Consejería de Medio Ambiente, Vivienday Ordenación del Territorio

2406 RESOLUCIÓN 2008-1177-ADPF, de 30 de diciembrede 2008, del Director General de Medio Ambiente, por laque se somete a los trámites de audiencia a los interesadosy de información pública la propuesta de permuta de régi-men jurídico correspondiente al monte número 20-22 (Mo-ralzarzal) del Catálogo de Montes de Utilidad Pública dela Comunidad de Madrid.

El procedimiento de desafectación del carácter de utilidad públi-ca de una parte no significativa de un monte catalogado y la declara-ción de utilidad pública y agregación al mismo monte de otra franjade terreno, siempre que ambas parcelas sean del mismo propietario(el propio Ayuntamiento), podría calificarse como permuta de régimenjurídico y se llevará a cabo según lo establecido en el artículo 16 dela Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de Montes, y el artículo 11de la Ley 16/1995, de 4 de mayo, Forestal y de Protección de la Na-turaleza de la Comunidad de Madrid.

En los referidos artículos se establece la necesidad de instruir elcorrespondiente procedimiento por el órgano forestal competente,en el que deberá ser oída la Administración titular y, en su caso, lostitulares de derechos sobre dichos montes.

En consecuencia, una vez realizadas la propuesta de declaraciónde desafectación del carácter de utilidad pública de una parte delmonte catalogado y la declaración de utilidad pública de otra franjade terreno e inclusión en el Catálogo de Montes de Utilidad Públicade Madrid del monte que se indica a continuación:

Número de utilidad pública: 20-22.Nombre de monte: Dehesa Vieja y Robledillo.Término municipal: Moralzarzal.Propiedad: Ayuntamiento.

RESUELVO

Primero

1. Dar audiencia por un plazo de quince días a los interesadosen el procedimiento de permuta de régimen jurídico del monte“Dehesa Vieja y Robledillo” número 20-22, incluido en el Catálogode Montes de Utilidad Pública de Madrid.

2. A efectos de notificación de la presente Resolución es deaplicación lo dispuesto en el artículo 59.6.a) de la Ley 30/1992,

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de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las AdministracionesPúblicas y del Procedimiento Administrativo Común, sustituyéndo-se la notificación personal por la publicación de esta Resolución, alir dirigido el acto en cuestión a una pluralidad indeterminada de per-sonas.

Segundo

Someter a información pública, durante el plazo de veinte días, ladesafectación del carácter de utilidad pública de una parte no signi-ficativa del monte catalogado, así como la declaración de utilidadpública y agregación de otra franja de terreno del monte incluido enel Catálogo de Montes de Utilidad Pública de Madrid.

Tercero

A los efectos de esta Resolución tendrán la consideración de inte-resados los que el artículo 31 de la Ley 30/1992, de 26 de noviem-bre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y delProcedimiento Administrativo Común atribuye esta condición.

Cuarto

Esta Resolución se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA CO-MUNIDAD DE MADRID. Los plazos señalados en los apartados prime-ro y segundo se contarán a partir del día siguiente al de la publica-ción del mismo.

Quinto

1. La documentación relativa a la citada declaración de desafec-tación del carácter de utilidad pública de una parte no significativade un monte incluido en el Catálogo de Montes de Utilidad Públicade la Comunidad de Madrid y la declaración de utilidad pública yagregación al mismo monte de otra franja de terreno (permuta de ré-gimen jurídico) puede ser examinada en la Consejería de MedioAmbiente, Vivienda y Ordenación del Territorio, Área de Desarro-llo del Plan Forestal, calle Princesa, número 3, planta octava, 28008Madrid, y en el Ayuntamiento de Moralzarzal.

2. Los interesados podrán formular por escrito las alegaciones yobservaciones que estimen oportunas, dirigidas a la Consejera deMedio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio, y presen-tarlas dentro de los plazos señalados en el Registro de la citada Con-sejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio opor cualquiera de los medios previstos al efecto en el artículo 38.4de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de Ad-ministraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Madrid, a 30 de diciembre de 2008.—El Director General de Me-dio Ambiente, Federico Ramos de Armas.

(03/22.759/09)

Consejería de Sanidad

SERVICIO MADRILEÑO DE SALUD

2407 ACUERDO de 13 de febrero de 2009, del Consejo de Ad-ministración, por el que se aprueba la creación y modifi-cación de ficheros de datos de carácter personal de centrosdependientes del Servicio Madrileño de Salud.

El Servicio Madrileño de Salud, en función de sus competenciasy al objeto de contribuir a la adecuada organización y ordenación delas actuaciones que competen a la Administración Sanitaria de laComunidad de Madrid, actividades asumidas en base a lo dispuestoen el artículo 4 del Decreto 24/2008, de 3 de abril, del Consejo deGobierno, por el que se establece el régimen jurídico y de funciona-miento del Servicio Madrileño de Salud, tiene capacidad para crear,modificar o suprimir los registros, así como la información necesa-ria para poder adoptar las actividades de intervención que mejorcontribuyan al cumplimiento de sus objetivos prioritarios.

Los ficheros de datos de carácter personal contenidos en el presen-te Acuerdo, contemplan lo establecido en el Real Decreto 994/1999,de 11 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de Medidas deSeguridad de los ficheros que contengan datos de carácter personal.

El presente Acuerdo ha sido informado favorablemente por laAgencia de Protección de Datos de la Comunidad de Madrid.

En virtud de lo expuesto, a propuesta de la Viceconsejera de Asis-tencia Sanitaria y de conformidad con las atribuciones conferidaspor los artículos 4.1 de la Ley 8/2001, de 13 de julio, de Protecciónde Datos de Carácter Personal de la Comunidad de Madrid,

SE ACUERDA

Artículo primero

1. La creación de cuatro ficheros de datos de carácter personaldependientes de centros adscritos al Servicio Madrileño de Salud,que se recogen en el Anexo I al presente Acuerdo.

2. La modificación de un fichero de datos de carácter personaldependiente de centros adscritos al Servicio Madrileño de Salud,que se recogen en el Anexo II al presente Acuerdo.

Artículo segundo

Los ficheros referidos en este Acuerdo se crearán y modificaráncumpliendo las medidas de seguridad establecidas en el Real De-creto 994/1999, de 11 de junio, por el que se aprueba el Reglamen-to de Medidas de Seguridad de los Ficheros que Contengan Datos deCarácter Personal.

El presente Acuerdo ha sido informado favorablemente por laAgencia de Protección de Datos de la Comunidad de Madrid.

En virtud de lo expuesto, a propuesta de la Viceconsejera de Asis-tencia Sanitaria y de conformidad con las atribuciones conferidaspor el artículo 4.1 de la Ley 8/2001, de 13 de julio, de Protección deDatos de Carácter Personal de la Comunidad de Madrid,

SE ACUERDA

Artículo primero

1. La creación de cuatro ficheros de datos de carácter personaldependientes de centros adscritos al Servicio Madrileño de Salud,que se recogen en el Anexo I al presente Acuerdo.

2. La modificación de un fichero de datos de carácter personaldependiente de centros adscritos al Servicio Madrileño de Salud,que se recogen en el Anexo II al presente Acuerdo.

Artículo segundo

Los ficheros referidos en este Acuerdo se crearán y modificaráncumpliendo las medidas de seguridad establecidas en el Real De-creto 994/1999, de 11 de junio, por el que se aprueba el Reglamen-to de Medidas de Seguridad de los Ficheros que Contengan Datos deCarácter Personal.

Artículo tercero

Las personas afectadas por los ficheros que se creen, modifiqueno supriman pueden ejercitar sus derechos de acceso, rectificación,cancelación y oposición de datos cuando procesa, ante el órgano res-ponsable del mismo.

Artículo cuarto

En los casos en que se necesite utilizar datos de carácter personalpara alguna investigación relacionada con estos ficheros, esta se rea-lizará con datos disociados. Si estos no pudieran disociarse, se soli-citará el consentimiento expreso de las personas afectadas para po-der utilizar sus datos con este fin.

Artículo quinto

El titular del órgano administrativo responsable de los ficheros a losque hace referencia el artículo primero, adoptará las medidas necesa-rias para asegurar que los datos automatizados y manuales estructura-dos de carácter personal que se encuentren en los referidos ficheros,se utilicen para la finalidad para la que fueron recogidos y para hacerefectivos las garantías, obligaciones y derechos reconocidos en la LeyOrgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Ca-rácter Personal, y en la Ley 8/2001, de 13 de julio, de Protección deDatos de Carácter Personal de la Comunidad de Madrid.

DISPOSICIÓN FINAL

El presente Acuerdo entrará en vigor el día siguiente al de su pu-blicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 13 de febrero de 2009.—La Viceconsejera de Asis-tencia Sanitaria, Ana Sánchez Fernández.

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Consejería de SanidadORGANISMO AUTÓNOMO AGENCIA ANTIDROGA

DE LA COMUNIDAD DE MADRID

2408 ACUERDO de 14 de mayo de 2009, del Consejo de Admi-nistración, por el que se delega la competencia para ini-ciar el procedimiento de elaboración de las disposicionesde carácter general de creación, modificación o supresiónde ficheros de datos de carácter personal en el titular de laDirección-Gerencia.

De conformidad con lo previsto en el artículo 13 de la Ley 30/1992,de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las AdministracionesPúblicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificadapor la Ley 4/1999, de 13 de enero, en relación con el artículo 5.2 dela Ley 8/2001, de 13 de julio, de Protección de Datos de Carácter Per-sonal en la Comunidad de Madrid, el Consejo de Administración dela Agencia Antidroga de la Comunidad de Madrid, en su sesión ordi-naria de 14 de mayo de 2009, aprobó, entre otros, el siguiente

ACUERDO

Delegar en el titular de la Dirección-Gerencia de la Agencia An-tidroga la competencia para iniciar el procedimiento de elaboraciónde las disposiciones de carácter general de creación, modificación osupresión de ficheros de datos de carácter personal.

En Madrid, a 14 de mayo de 2008.—El Secretario del Consejo deAdministración, Luis Miguel Díaz García.

(03/23.014/09)

Consejería de SanidadHOSPITAL UNIVERSITARIO “PRÍNCIPE DE ASTURIAS”

2409 RESOLUCIÓN de 29 de junio de 2009, de la Gerencia delÁrea III de Atención Especializada, por la que se anunciala constitución de la Mesa de Contratación del HospitalUniversitario “Príncipe de Asturias”, con carácter perma-nente, y se designa a los miembros que han de componer lamisma.

De conformidad con lo establecido en el artículo 21 del Real De-creto 817/2009, de 8 de mayo, por el que se desarrolla parcialmentela Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público(“Boletín Oficial del Estado” número 118, de 15 de mayo de 2009),en relación con el artículo 295 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre,de Contratos del Sector Público (“Boletín Oficial del Estado” núme-ro 261, de 31 de octubre de 2007), y con el artículo 18 del Regla-mento General de Contratación Pública de la Comunidad de Ma-drid, aprobado por Decreto 49/2003, de 3 de abril (BOLETÍN OFICIALDE LA COMUNIDAD DE MADRID número 86, de 11 de abril de 2003),esta Gerencia, en virtud de las competencias atribuidas mediante laResolución de 20 de enero de 2009, de la Viceconsejería de Asisten-cia Sanitaria, de delegación de competencias en materia de contra-tación y gestión presupuestaria en los Gerentes de Atención Espe-cializada, Atención Primaria, Servicio de Urgencias Médicas deMadrid y Centro de Transfusión (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNI-DAD DE MADRID número 28, de 3 de febrero de 2009),

Primero

Constituir la Mesa de Contratación del Hospital Universitario“Príncipe de Asturias”, con las funciones conferidas por la Ley.

Segundo

Designar, con carácter permanente, a los siguientes miembros dela Mesa de Contratación del Hospital Universitario “Príncipe deAsturias”:

— Presidente:� El Gerente. En caso de ausencia, vacante o enfermedad

ejercerá la Presidencia el Director Médico y, en ausencia,vacante o enfermedad de este, será sustituido por un Sub-director de la División Médica.

— Vocales:� Un Letrado Asesor, que podrá ser un funcionario habilita-

do por el Vicepresidente y Portavoz del Gobierno de laComunidad de Madrid.

� Un representante de la Intervención.� Un Subdirector de la División de Gestión y Servicios Gene-

rales. En caso de ausencia, vacante o enfermedad será sus-tituido por un representante del Servicio de Suministros.

� El Director de Enfermería. En caso de ausencia, vacante oenfermedad será sustituido por el Subdirector de Enferme-ría y, en ausencia, vacante o enfermedad de este, por un re-presentante de la Dirección de Enfermería con categoría deSupervisora de Área Funcional.

— Secretario:� El Jefe de Servicio de Suministros, que será sustituido en

caso de ausencia, vacante o enfermedad por un Subdirectorde la División de Gestión y Servicios Generales y, enausencia, vacante o enfermedad de este, por un represen-tante del Servicio de Suministros.

Tercero

Cuando las circunstancias del expediente así lo aconsejen, podráconstituirse una Mesa de Contratación específica para tal fin.

Alcalá de Henares, a 29 de junio de 2009.—El Gerente de Aten-ción Especializada, Juan José Equiza Escudero.

(03/23.633/09)

Consejería de Familia y Asuntos Sociales

2410 RESOLUCIÓN 1568/2009, de 22 de junio, por la que seacuerda publicar el inicio de la fase de alegaciones relativaal expediente de elaboración de la disposición de caráctergeneral por la que se modifica el fichero de datos de carác-ter personal de expedientes individualizados, denominado“rec.legal minusvalía”.

Con el fin de modificar el nombre del fichero denominado“rec.legal minusvalía”, que recoge y trata datos de carácter personalde las personas solicitantes de reconocimiento de grado de minusva-lía, se hace necesario proceder a la modificación del mencionado fi-chero de datos de carácter personal, cuya única finalidad es recogerla solicitud de reconocimiento oficial de minusvalía o dictámenestécnicos exigidos para acceder a prestaciones o beneficios, y el nor-mal funcionamiento diario de Registro de Personas con Discapacidad.

Los datos personales recogidos con este fin serán tratados confor-me a lo dispuesto en la Ley 8/2001, de 13 de julio, de Protección deDatos de Carácter Personal en la Comunidad de Madrid, y en el RealDecreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Re-glamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciem-bre, de Protección de Datos de Carácter Personal.

La precitada Ley 8/2001, de 13 de julio, de Protección de Datosde Carácter Personal en la Comunidad de Madrid, regula, en su ar-tículo 5, el procedimiento para la aprobación de disposiciones de ca-rácter general por las que se crean, modifican y suprimen ficheros dedatos de carácter personal en la Administración Regional. El men-cionado precepto dispone en su apartado 5 que, una vez elaborado elproyecto de disposición, se abrirá una fase de alegaciones relativasa la adecuación, pertinencia o proporcionalidad de los datos de ca-rácter personal que pretendan solicitarse en relación con la finalidaddel fichero.

En cumplimiento del referido precepto y en uso de las competen-cias atribuidas por el artículo 46 de la Ley 1/1983, de 13 de diciem-bre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, y elartículo 4 del Decreto 126/2004, de 29 de julio, por el que se esta-blece la estructura orgánica de la Consejería de Familia y AsuntosSociales,

RESUELVO

Publicar, para general conocimiento, el inicio de la fase de alega-ciones relativa al expediente de elaboración de la disposición de ca-rácter general por la que se modifica el fichero de datos de carácter

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JUEVES 16 DE JULIO DE 2009B.O.C.M. Núm. 167 Pág. 29

personal de expedientes individualizados, denominado “rec.legalminusvalía”, dependiente de la Dirección General de Servicios So-ciales.

Dicho expediente podrá ser examinado en la sede de la DirecciónGeneral de Servicios Sociales, sita en la calle Alcalá, número 63,primera planta, en horario de nueve a catorce, durante quince díashábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación de lapresente Resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DEMADRID.

Durante el mismo plazo, de conformidad con la Ley 8/2001, de 13de julio, de Protección de Datos de Carácter Personal en la Comuni-dad de Madrid, se podrán presentar alegaciones referidas a la ade-cuación, la pertinencia o la proporcionalidad de los datos de carác-ter personal que pretendan solicitarse en relación con la finalidad delfichero.

La presente Resolución surtirá efectos a partir del día siguiente alde su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DEMADRID.

Madrid, a 22 de junio de 2009.—El Secretario General Técnico,Antonio Luis Carrasco Reija.

(03/22.754/09)

D) Anuncios

Consejería de EducaciónResolución de 3 de julio de 2009, por la que se hace pública convo-

catoria por procedimiento abierto para la adjudicación del contra-to de servicios titulado “Servicio de limpieza de los edificios se-des de la Consejería de Educación de la Comunidad de Madrid,sitos en la calle Alcalá, números 30-32; calle Marqués de Cubas,número 25, segunda planta, y calle General Díaz Porlier, núme-ro 35, de Madrid”.

1. Entidad adjudicadora:a) Organismo: Consejería de Educación.b) Dependencia que tramita el expediente: Secretaría General

Técnica.c) Número de expediente: C-500/011-09 (09-AT-00072.7/2009).2. Objeto del contrato:a) Descripción: “Servicio de limpieza de los edificios sedes de

la Consejería de Educación de la Comunidad de Madrid, si-tos en la calle Alcalá, números 30-32; calle Marqués de Cu-bas, número 25, segunda planta, y calle General Díaz Porlier,número 35, de Madrid”.

b) División por lotes y número: No se admiten.c) Lugar de ejecución: Comunidad de Madrid.d) Plazo de ejecución: Del 1 de noviembre de 2009 al 31 de oc-

tubre de 2010.3. Tramitación, procedimiento y forma de adjudicación:a) Tramitación: Ordinaria.b) Procedimiento: Abierto.c) Forma: Criterio único.4. Presupuesto base de licitación: Importe total, 373.343,36 euros.5. Garantía provisional: 6.436,95 euros.6. Obtención de documentación e información:— Obtención de los Pliegos: En el Perfil del Contratante de la

página web, http://www.madrid.org— Información sobre los Pliegos: Área de Contratación, calle

Alcalá, número 32, quinta planta, 28014 Madrid. Teléfo-no 917 200 446. Fax: 917 200 146.

7. Requisitos de solvencia económica, financiera y técnica:— Clasificación: Grupo U, subgrupo 1, categoría C.— Según Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares.8. Presentación de ofertas:a) Fecha límite y hora límite de presentación: Hasta las catorce

horas del día 11 de agosto de 2009.b) Documentación a presentar: Los licitadores presentarán sus

proposiciones en dos sobres cerrados, que se titularán: Sobre

número 1, “Documentación administrativa”, y sobre núme-ro 2, “Propuesta económica”, indicando, además, en cadauno de ellos el contrato a que concurre, razón social y núme-ro de CIF de la empresa, teléfono y fax de esta, nombre y ape-llidos de quien firme la proposición y el carácter con que lohace, todo ello en forma legible.La proposición se redactará con arreglo al modelo del Anexo IIdel Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y la do-cumentación a presentar en cada sobre será la establecida enla cláusula 12 de dicho Pliego.

c) Lugar de presentación: Registro de la Consejería de Educa-ción, Gran Vía, número 10, 28013 Madrid, de nueve a cator-ce horas.

d) Plazo durante el cual el licitador estará obligado a mantenersu oferta: Quince días.

e) En el presente contrato no se admiten variantes o alternativasofertadas por los licitadores.

9. Mesa de Contratación:a) Calificación de la documentación administrativa y comunica-

ción a los interesados de los defectos u omisiones subsanables:El resultado de la calificación de la documentación administra-tiva se comunicará en el Perfil del Contratante de la página webde la Comunidad de Madrid (http://www.madrid.org), a partirde las trece horas del día 7 de septiembre de 2009.

b) Apertura de proposiciones: El acto público de apertura delsobre número 2, “Proposición económica”, tendrá lugar en laSala de Juntas de la Consejería de Educación, calle Alcalá,número 32, planta baja, a las diez horas del día 10 de septiem-bre de 2009.

10. Gastos de anuncios: Por cuenta del adjudicatario.11. Fecha de envío del anuncio al “Diario Oficial de la Unión

Europea” (en su caso): 3 de julio de 2009.12. Página web donde pueden consultarse y obtenerse los plie-

gos: http://www.madrid.orgHágase público para general conocimiento.Madrid, a 3 de julio de 2009.—El Secretario General Técnico,

Manuel Pérez Gómez.(01/2.635/09)

Consejería de Educación

Resolución de 8 de julio de 2009, de la Dirección General de In-fraestructuras y Servicios, por la que se hace pública convocato-ria por procedimiento abierto para la adjudicación del contrato deobras de «Rehabilitación pistas IES “Calderón de la Barca”, “Em-peratriz María de Austria”, “Pradolongo”, “Iturralde”, “Villa deVallecas”, “Carlos María Rodríguez de Valcárcel” y “MarianoJosé de Larra”, de Madrid».

1. Entidad adjudicadora:a) Organismo: Consejería de Educación.b) Dependencia que tramita el expediente: Área de Contratación

(INFRA).c) Número de expediente: 09-CO-00080.7/2009.2. Objeto del contrato:a) Descripción del objeto: «Rehabilitación pistas IES “Calderón

de la Barca”, “Emperatriz María de Austria”, “Pradolongo”,“Iturralde”, “Villa de Vallecas”, “Carlos María Rodríguez deValcárcel” y “Mariano José de Larra”, de Madrid».

b) División por lotes y número: ...c) Lugar de ejecución: Comunidad de Madrid.d) Plazo de ejecución o fecha límite de entrega: Cuatro meses.3. Tramitación, procedimiento y criterio de adjudicación:a) Tramitación: Urgente.b) Procedimiento: Abierto.c) Criterio: Un criterio.4. Presupuesto base de licitación: Importe total, 821.161,81 euros.5. Garantía provisional: 14.157,96 euros.

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JUEVES 16 DE JULIO DE 2009Pág. 30 B.O.C.M. Núm. 167

6. Obtención de documentación e información:a) Entidad: Área de Contratación de la Dirección General de In-

fraestructuras y Servicios.b) Domicilio: Calle General Díaz Porlier, número 35, sexta

planta.c) Localidad y código postal: 28001 Madrid.d) Teléfonos: 917 204 106, 917 204 111 y 917 204 112.e) Telefax: 917 204 129.f) Fecha límite de obtención de documentación e información:

Hasta el último día de presentación de ofertas.7. Requisitos específicos del contratista:a) Clasificación según el RGLACAP: Grupo G, subgrupo 6,

categoría d).b) Otros requisitos: ...8. Presentación de ofertas:a) Fecha límite de presentación: Trece días naturales.b) Documentación a presentar: La señalada en la cláusula del

Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares.c) Lugar de presentación:

1.o Entidad: Registro de la Consejería de Educación.2.o Domicilio: Calle General Díaz Porlier, número 35, plan-

ta baja.3.o Localidad y código postal: 28001 Madrid.4.o Horario: De nueve a catorce.

d) Plazo durante el cual el licitador estará obligado a mantenersu oferta: Dos meses.

e) Admisión de variantes: No.9. Apertura de las ofertas:a) Entidad: Consejería de Educación (Dirección General de In-

fraestructuras y Servicios).b) Domicilio: Calle General Díaz Porlier, número 35, planta

baja.c) Localidad: 28001 Madrid.d) Fecha: La Mesa de Calificación de la documentación admi-

nistrativa se celebrará el segundo día hábil siguiente, a contardesde el último día de presentación de ofertas. Si este últimodía fuera inhábil, el acto se realizará el día hábil siguiente.

e) Hora: La Mesa de Calificación de la documentación adminis-trativa se celebrará a las diez horas. A las trece horas se po-drá informar a aquellos licitadores comparecientes del resul-tado de la misma. Posteriormente se les comunicará a todoslos licitadores la fecha y hora de celebración de la Mesa parala apertura de las proposiciones económicas.

10. Otras informaciones: Las proposiciones se presentarán ensobres cerrados y firmados por el licitador o persona que le repre-sente, debiendo figurar en el exterior de cada uno de ellos el núme-ro de referencia y la denominación del contrato, el nombre y apelli-dos del licitador o razón social de la empresa y su correspondienteNIF o CIF. El número y denominación de los sobres se determinanen el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares. En su inte-rior se hará constar una relación numérica de los documentos quecontienen.

11. Gastos de anuncios: Los gastos de los anuncios serán decuenta del adjudicatario.

12. Fecha de envío del anuncio al “Diario Oficial de la UniónEuropea” (en su caso): ...

13. Página web donde pueden consultarse y obtenerse los plie-gos: http://www.madrid.org/contratospublicos

Hágase público para general conocimiento.Madrid, a 8 de julio de 2009.—El Director General de In-

fraestructuras y Servicios, José Luis Moreno Torres.(01/2.618/09)

Consejería de EducaciónResolución de 8 de julio de 2009, de la Dirección General de In-

fraestructuras y Servicios, por la que se hace pública convocato-ria por procedimiento abierto para la adjudicación del contrato deobras de «Demolición del colegio “Pintor Rosales”, de Madrid».

1. Entidad adjudicadora:a) Organismo: Consejería de Educación.b) Dependencia que tramita el expediente: Área de Contratación

(INFRA).c) Número de expediente: 09-CO-00087.5/2009.2. Objeto del contrato:a) Descripción del objeto: «Demolición del colegio “Pintor Ro-

sales”, de Madrid».b) División por lotes y número: ...c) Lugar de ejecución: Comunidad de Madrid.d) Plazo de ejecución o fecha límite de entrega: Dos meses.3. Tramitación, procedimiento y criterio de adjudicación:a) Tramitación: Urgente.b) Procedimiento: Abierto.c) Criterio: Un criterio.4. Presupuesto base de licitación: Importe total, 441.843,87 euros.5. Garantía provisional: 7.618 euros.6. Obtención de documentación e información:a) Entidad: Área de Contratación de la Dirección General de In-

fraestructuras y Servicios.b) Domicilio: Calle General Díaz Porlier, número 35, sexta

planta.c) Localidad y código postal: 28001 Madrid.d) Teléfonos: 917 204 106, 917 204 111 y 917 204 112.e) Telefax: 917 204 129.f) Fecha límite de obtención de documentación e información:

Hasta el último día de presentación de ofertas.7. Requisitos específicos del contratista:a) Clasificación según el RGLACAP: Grupo C, subgrupo 1,

categoría d).b) Otros requisitos: ...8. Presentación de ofertas:a) Fecha límite de presentación: Trece días naturales.b) Documentación a presentar: La señalada en la cláusula del

Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares.c) Lugar de presentación:

1.o Entidad: Registro de la Consejería de Educación.2.o Domicilio: Calle General Díaz Porlier, número 35, plan-

ta baja.3.o Localidad y código postal: 28001 Madrid.4.o Horario: De nueve a catorce.

d) Plazo durante el cual el licitador estará obligado a mantenersu oferta: Dos meses.

e) Admisión de variantes: No.9. Apertura de las ofertas:a) Entidad: Consejería de Educación (Dirección General de In-

fraestructuras y Servicios).b) Domicilio: Calle General Díaz Porlier, número 35, planta

baja.c) Localidad: 28001 Madrid.d) Fecha: La Mesa de Calificación de la documentación admi-

nistrativa se celebrará el segundo día hábil siguiente, a contardesde el último día de presentación de ofertas. Si este últimodía fuera inhábil, el acto se realizará el día hábil siguiente.

e) Hora: La Mesa de Calificación de la documentación adminis-trativa se celebrará a las diez horas. A las trece horas se po-drá informar a aquellos licitadores comparecientes del resul-tado de la misma. Posteriormente se les comunicará a todoslos licitadores la fecha y hora de celebración de la Mesa parala apertura de las proposiciones económicas.

10. Otras informaciones: Las proposiciones se presentarán ensobres cerrados y firmados por el licitador o persona que le repre-sente, debiendo figurar en el exterior de cada uno de ellos el núme-ro de referencia y la denominación del contrato, el nombre y apelli-dos del licitador o razón social de la empresa y su correspondienteNIF o CIF. El número y denominación de los sobres se determinanen el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares. En su inte-rior se hará constar una relación numérica de los documentos quecontienen.

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JUEVES 16 DE JULIO DE 2009B.O.C.M. Núm. 167 Pág. 31

11. Gastos de anuncios: Los gastos de los anuncios serán decuenta del adjudicatario.

12. Fecha de envío del anuncio al “Diario Oficial de la UniónEuropea” (en su caso): ...

13. Página web donde pueden consultarse y obtenerse los plie-gos: http://www.madrid.org/contratospublicos

Hágase público para general conocimiento.Madrid, a 8 de julio de 2009.—El Director General de In-

fraestructuras y Servicios, José Luis Moreno Torres.(01/2.619/09)

Consejería de EducaciónResolución de 8 de julio de 2009, de la Dirección General de In-

fraestructuras y Servicios, por la que se hace pública convocato-ria por procedimiento abierto para la adjudicación del contrato deobras de «Subsanación de deficiencias en el IES “Simancas”, deMadrid».

1. Entidad adjudicadora:a) Organismo: Consejería de Educación.b) Dependencia que tramita el expediente: Área de Contratación

(INFRA).c) Número de expediente: 09-CO-00088.6/2009.2. Objeto del contrato:a) Descripción del objeto: «Subsanación de deficiencias en el

IES “Simancas”, de Madrid»b) División por lotes y número: ...c) Lugar de ejecución: Comunidad de Madrid.d) Plazo de ejecución o fecha límite de entrega: Cuatro meses.3. Tramitación, procedimiento y criterio de adjudicación:a) Tramitación: Urgente.b) Procedimiento: Abierto.c) Criterio: Un criterio.4. Presupuesto base de licitación: Importe total, 324.383,92 euros.5. Garantía provisional: 5.592,83 euros.6. Obtención de documentación e información:a) Entidad: Área de Contratación de la Dirección General de In-

fraestructuras y Servicios.b) Domicilio: Calle General Díaz Porlier, número 35, sexta

planta.c) Localidad y código postal: 28001 Madrid.d) Teléfonos: 917 204 106, 917 204 111 y 917 204 112.e) Telefax: 917 204 129.f) Fecha límite de obtención de documentación e información:

Hasta el último día de presentación de ofertas.7. Requisitos específicos del contratista:a) Clasificación según el RGLACAP: Grupo, subgrupo, cate-

goría.b) Otros requisitos:

— Acreditación de la solvencia económica y financiera (ar-tículo 64 de la Ley de Contratos del Sector Público):� Declaraciones apropiadas de entidades financieras o,

en su caso, justificante de la existencia de un seguro deindemnización por riesgos profesionales.El criterio de selección en que se concreta este requisi-to de solvencia consiste en aportar escrito del bancodonde el licitador tenga cuenta abierta que demuestreque la misma presenta un saldo positivo a favor de laempresa licitadora, quien responde de forma normal desus obligaciones mercantiles. Se acreditará un saldomedio anual superior a 6.000 euros.El criterio de selección en relación al requisito de sol-vencia de existencia de seguro por riesgos profesiona-les deberá alcanzar una cobertura mínima de 1.000.000de euros.

� Las cuentas anuales presentadas en el Registro Mer-cantil o en el registro oficial que corresponda. Los em-presarios no obligados a presentar las cuentas en regis-tros oficiales podrán aportar, como medio alternativo

de acreditación, los libros de contabilidad debidamen-te legalizados.El criterio de selección que concreta este requisito desolvencia consiste en la presentación de las cuentas sal-dadas, de forma que no sean deficitarias y que el acti-vo alcance un mínimo de 600.000 euros, lo que se acre-ditará con certificado de Registro Mercantil o cualquierotro medio hábil en derecho.

� Declaración sobre el volumen global de negocios en elámbito de actividades correspondiente al objeto del con-trato referido a los tres últimos ejercicios disponibles.El criterio de selección que concreta este requisito desolvencia se acreditará con certificaciones de las enti-dades receptoras de las obras realizadas por un impor-te mínimo ofertado de tres veces el importe del presu-puesto de licitación de la obra en dicho período.

— Acreditación de la solvencia técnica (artículo 65 de laLey de Contratos del Sector Público):� Relación de las obras ejecutadas en el curso de los cin-

co últimos años, avalada por certificados de buena eje-cución para las obras más importantes; estos certifica-dos indicarán el importe, las fechas y el lugar deejecución de las obras, y se precisará si se realizaronsegún las reglas por las que se rige la profesión y se lle-varon normalmente a buen término; en su caso, dichoscertificados serán comunicados directamente al órganode contratación por la autoridad competente.El criterio de selección que concreta este requisito desolvencia se exige por un importe mínimo de cinco ve-ces el importe del presupuesto de licitación de la obraen dicho período, que se acreditará con certificacionesde las entidades receptoras de las obras realizadas.

8. Presentación de ofertas:a) Fecha límite de presentación: Trece días naturales.b) Documentación a presentar: La señalada en la cláusula del

Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares.c) Lugar de presentación:

1.o Entidad: Registro de la Consejería de Educación.2.o Domicilio: Calle General Díaz Porlier, número 35, plan-

ta baja.3.o Localidad y código postal: 28001 Madrid.4.o Horario: De nueve a catorce.

d) Plazo durante el cual el licitador estará obligado a mantenersu oferta: Dos meses.

e) Admisión de variantes: No.9. Apertura de las ofertas:a) Entidad: Consejería de Educación (Dirección General de In-

fraestructuras y Servicios).b) Domicilio: Calle General Díaz Porlier, número 35, planta

baja.c) Localidad: 28001 Madrid.d) Fecha: La Mesa de Calificación de la documentación admi-

nistrativa se celebrará el segundo día hábil siguiente, a contardesde el último día de presentación de ofertas. Si este últimodía fuera inhábil, el acto se realizará el día hábil siguiente.

e) Hora: La Mesa de Calificación de la documentación adminis-trativa se celebrará a las diez horas. A las trece horas se po-drá informar a aquellos licitadores comparecientes del resul-tado de la misma. Posteriormente se les comunicará a todoslos licitadores la fecha y hora de celebración de la Mesa parala apertura de las proposiciones económicas.

10. Otras informaciones: Las proposiciones se presentarán ensobres cerrados y firmados por el licitador o persona que le repre-sente, debiendo figurar en el exterior de cada uno de ellos el núme-ro de referencia y la denominación del contrato, el nombre y apelli-dos del licitador o razón social de la empresa y su correspondienteNIF o CIF. El número y denominación de los sobres se determinanen el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares. En su inte-rior se hará constar una relación numérica de los documentos quecontienen.

11. Gastos de anuncios: Los gastos de los anuncios serán decuenta del adjudicatario.

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JUEVES 16 DE JULIO DE 2009Pág. 32 B.O.C.M. Núm. 167

12. Fecha de envío del anuncio al “Diario Oficial de la UniónEuropea” (en su caso): ...

13. Página web donde pueden consultarse y obtenerse los plie-gos: http://www.madrid.org/contratospublicos

Hágase público para general conocimiento.Madrid, a 8 de julio de 2009.—El Director General de In-

fraestructuras y Servicios, José Luis Moreno Torres.(01/2.620/09)

Consejería de Medio Ambiente, Vivienday Ordenación del Territorio

Resolución de 14 de abril del Director General de Evaluación Am-biental, por la que se formula la Declaración de Impacto Ambien-tal del proyecto de “Estación de Servicio”, en el término munici-pal de Hoyo de Manzanares, promovido por don Miguel ÁngelBarceló Blázquez (expediente: 10-EIA-00022.8/2006).

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 35.1 de laLey 2/2002, de 19 de junio, de Evaluación Ambiental de la Co-munidad de Madrid, se formula la Declaración de Impacto Ambientalcorrespondiente al proyecto de “Estación de Servicio”, en el términomunicipal de Hoyo de Manzanares, promovido por don Miguel Án-gel Barceló Blázquez, con domicilio social en calle La Cruz, número2, 28240 Hoyo de Manzanares. El texto de la citada Declaración po-drá consultarse en las dependencias de la Biblioteca de esta Conseje-ría de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio, sitas enla calle Princesa, número 3, primera planta, 28008 Madrid.

Madrid, a 14 de abril de 2009.—El Director General de Evalua-ción Ambiental, José Trigueros Rodrigo.

(02/6.626/09)

Consejería de Medio Ambiente, Vivienday Ordenación del Territorio

Resolución de 21 de mayo de 2009, del Director General de MedioAmbiente, por la que se anuncia la exposición pública relativa ala autorización de ocupación temporal de la vía pecuaria “Coladade Lozoya a Alameda del Valle”, en el término municipal de Pi-nilla del Valle, para realizar una acometida de agua corriente paraun nuevo abrevadero, proyecto promovido por el Ayuntamientode Pinilla del Valle.

Consejería de Sanidad

En cumplimiento de los artículos 14 de la Ley 3/1995, de 29 demarzo, de Vías Pecuarias, y 38.5 de la Ley 8/1998, de 15 de junio,de Vías Pecuarias de la Comunidad de Madrid, se procede a daraudiencia a las entidades mencionadas en el artículo 24.a), que in-cluirá un período de exposición pública de duración mínima de unmes del expediente 0390/90, de autorización de ocupación temporalde la vía pecuaria “Colada de Lozoya a Alameda del Valle”, en eltérmino municipal de Pinilla del Valle, para realizar una acometidade agua corriente para un nuevo abrevadero, proyecto promovidopor el Ayuntamiento de Pinilla del Valle.

Se hace público para general conocimiento que dicho expedienteestará expuesto en las oficinas del Área de Vías Pecuarias de estaDirección General, sitas en la ronda de Atocha, número 17, primeraplanta (Madrid), durante el plazo de un mes, a contar desde la publi-cación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNI-DAD DE MADRID.

Durante dicho plazo se podrán presentar las alegaciones que seestimen oportunas ante la Dirección General de Medio Ambiente, enestas dependencias o en cualquiera de los organismos que recoge elartículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de RégimenJurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Ad-ministrativo Común, modificada por la Ley 4/1999.

Madrid, a 21 de mayo de 2009.—El Director General de MedioAmbiente, PDF (Resolución de 17 de abril de 2009), el SubdirectorGeneral de Recursos Agrarios, Jesús Carpintero Hervás.

(02/7.670/09)

SERVICIO MADRILEÑO DE SALUD-CENTRO DE TRANSFUSIONES

Resolución de 25 de junio de 2009, de la Dirección-Gerencia, por laque se hace pública convocatoria por procedimiento abierto parala adjudicación del contrato de servicios denominado “Serviciode transporte de productos hemoterápicos del Centro de Transfu-sión de la Comunidad de Madrid”.

1. Entidad adjudicadora:a) Organismo: Centro de Transfusión de la Comunidad de Madrid.b) Dependencia que tramita el expediente: Unidad de Contrata-

ción Administrativa.c) Número de expediente: 07-AT-00043.0/2009.2. Objeto del contrato:a) Descripción del objeto: “Servicio de transporte de productos

hemoterápicos del Centro de Transfusión de la Comunidadde Madrid”.

b) Lugar de ejecución: Centro de Transfusión de la Comunidadde Madrid.

c) Plazo de ejecución o fecha límite de entrega: Veinticuatromeses desde la firma del contrato.

3. Tramitación, procedimiento y criterio de adjudicación:a) Tramitación: Ordinaria.b) Procedimiento: Abierto.c) Criterio: Varios criterios.4. Presupuesto base de licitación:— Importe total: 600.200 euros.— Base imponible: 517.413,79 euros.— Importe IVA: 82.786,21 euros.5. Garantía provisional: Importe de la garantía definitiva, el 5

por 100 del importe de adjudicación, IVA excluido.6. Obtención de documentación e información:a) Entidad: Centro de Transfusión de la Comunidad de Madrid.b) Domicilio: Avenida de la Democracia, sin número.c) Localidad y código postal: 28032 Madrid.d) Teléfono: 913 017 351.e) Telefax: 913 017 209.f) Fecha límite de obtención de documentación e información:

Hasta el día 21 de agosto de 2009.g) Horario: A las catorce.7. Requisitos específicos del contratista:a) Clasificación según el RGLACAP: Grupo R, Subgrupo 9, ca-

tegoría c).b) Otros requisitos: Conforme a lo dispuesto en el Pliego de

Cláusulas Administrativas Particulares.8. Presentación de ofertas:a) Fecha límite de presentación: El día 24 de agosto de 2009.b) Documentación a presentar: La señalada en el Pliego de

Cláusulas Administrativas Particulares.c) Lugar de presentación:

1.o Entidad: Centro de Transfusión de la Comunidad de Madrid.2.o Domicilio: Avenida de la Democracia, sin número.3.o Localidad y código postal: 28032 Madrid.4.o Horario: A las catorce.

d) Plazo durante el cual el licitador estará obligado a mantenersu oferta (concurso): Dos meses desde la apertura de las pro-posiciones económicas.

e) Admisión de variantes: No.9. Apertura de las ofertas:a) Entidad: Centro de Transfusión de la Comunidad de Madrid.b) Domicilio: Avenida de la Democracia, sin número.c) Localidad: Madrid.d) Fecha: El día 15 de septiembre de 2009.e) Hora: A las diez.10. Otras informaciones: Las proposiciones se presentarán en

sobres cerrados y firmados por el licitador o persona que lo represen-te, debiendo figurar en el exterior de cada uno de ellos el número de

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JUEVES 16 DE JULIO DE 2009B.O.C.M. Núm. 167 Pág. 33

referencia y la denominación del contrato, el nombre y apellidos dellicitador o razón social de la empresa y su correspondiente NIF o CIF.El número y denominación de los sobres se determinan en el Pliegode Cláusulas Administrativas Particulares. En su interior se haráconstar una relación numérica de los documentos que contienen.

11. Gastos de anuncios: Los gastos de los anuncios serán de cuen-ta del adjudicatario, cuyo importe estimado asciende a 3.000 euros.

12. Fecha de envío del anuncio al “Diario Oficial de la UniónEuropea” (en su caso): 2 de julio de 2009.

13. Página web donde pueden consultarse y obtenerse los plie-gos: http://www.madrid.org/contratospublicos

En Madrid, a 25 de junio de 2009.—La Directora-Gerente delCentro de Transfusión, Luz Barbolla García.

(01/2.615/09)

Consejería de Empleo y MujerResolución de 12 de mayo de 2009, de la Dirección General de

Trabajo, sobre registro, depósito y publicación del conveniocolectivo del Ayuntamiento de Belmonte de Tajo (personal labo-ral) (código número 2814862).

Examinado el texto del convenio colectivo del Ayuntamiento deBelmonte de Tajo (personal laboral), suscrito por la comisión nego-ciadora del mismo el día 15 de julio de 2008; completada la documen-tación exigida en el artículo 6 del Real Decreto 1040/1981, de 22 demayo, sobre Registro y Depósito de Convenios Colectivos de Tra-bajo, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2 de dichoReal Decreto, en el artículo 90.2 y 3 del Texto Refundido de la Leydel Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legis-lativo 1/1995, de 24 de marzo, y en el artículo 6.1.a) del Decre-to 150/2007, de 29 de noviembre, por el que se establece la estruc-tura orgánica de la Consejería de Empleo y Mujer, esta DirecciónGeneral

RESUELVE

1.o Inscribir dicho convenio en el Registro Especial de Conve-nios Colectivos de esta Dirección, y proceder al correspondiente de-pósito en este Organismo.

2.o Disponer la publicación del presente Anexo, obligatoria ygratuita, en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Madrid, a 12 de mayo de 2009.—El Director General de Trabajo,Javier Vallejo Santamaría.

CONVENIO COLECTIVO DEL AYUNTAMIENTODE BELMONTE DE TAJO

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JUEVES 16 DE JULIO DE 2009Pág. 34 B.O.C.M. Núm. 167

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JUEVES 16 DE JULIO DE 2009B.O.C.M. Núm. 167 Pág. 35

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JUEVES 16 DE JULIO DE 2009Pág. 36 B.O.C.M. Núm. 167

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(03/17.996/09)

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JUEVES 16 DE JULIO DE 2009B.O.C.M. Núm. 167 Pág. 39

Consejería de Empleo y Mujer

Resolución de 25 de mayo de 2009, de la Dirección General de Tra-bajo de la Consejería de Empleo y Mujer, sobre registro, depósitoy publicación de la revisión salarial del convenio colectivo de laempresa “Fiesta, Sociedad Anónima” (código número 2806132).

Examinado el texto de la revisión salarial del convenio colectivode la empresa “Fiesta, Sociedad Anónima”, suscrita por la comisiónnegociadora del mismo el día 3 de febrero de 2009, completada ladocumentación exigida en el artículo 6 del Real Decreto 1040/1981,de 22 de mayo, sobre Registro y Depósito de Convenios Colectivosde Trabajo, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2 de di-cho Real Decreto, en el artículo 90.2 y 3 del Texto Refundido de laLey del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real DecretoLegislativo 1/1995, de 24 de marzo, y en el artículo 6.1.a) del De-creto 150/2007, de 29 de noviembre, por el que se establece la es-tructura orgánica de la Consejería de Empleo y Mujer, esta Direc-ción General

RESUELVE

1.o Inscribir dicha revisión salarial del convenio colectivo en elRegistro Especial de Convenios Colectivos de esta Dirección, y pro-ceder al correspondiente depósito en este Organismo.

2.o Disponer la publicación del presente Anexo, obliga-toria y gratuita, en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DEMADRID.

Madrid, a 25 de mayo de 2009.—El Director General de Trabajo,Javier Vallejo Santamaría.

ACTA PARA LA REVISIÓN DE LAS TABLASSALARIALES

En los locales de la empresa “Fiesta, Sociedad Anónima”, sita enla carretera M-300, kilómetro 28,500, de Alcalá de Henares (Ma-drid), y siendo las doce horas del día 3 de febrero de 2009, se reú-nen la dirección de la empresa y el comité de empresa, con la asis-tencia de las personas que detallamos a continuación:

Por la empresaDoña Mercedes Moraño de Frutos.

Por el comité de empresaComisiones Obreras:— Don Juan José Álvarez García, don Sergio Alonso Fernán-

dez, doña Ángeles Ranera Toledano, doña Carmen VivasGarcía, doña Mercedes Pérez Sanchidrián y doña Pilar Fon-tanillo Esteban.

Unión General de Trabajadores:— Doña M. José Rivas del Val.Se procede por ambas partes a formar la mesa negociadora para la

firma de las nuevas tablas salariales, que regirán desde el día 1 de abrilde 2009 hasta el día 31 de marzo de 2010, quedando compuesta la mis-ma por todas las personas que se relacionan al principio de este acta.

Una vez formada la mesa negociadora se procede por parte de laempresa a dar lectura a las nuevas tablas salariales, las cuales hansido incrementadas en el IPC al 31 de diciembre del año 2008 másun punto, siendo aprobadas por unanimidad.

Ambas partes proceden a su firma, acordando su publicación enel BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, dando por fi-nalizada la reunión a las doce y treinta horas del día enunciado alprincipio de este acta.

TABLAS SALARIALES DEL CONVENIO COLECTIVO DE LA EMPRESA “FIESTA, SOCIEDAD ANÓNIMA”,Y LOS TRABAJADORES DE LA MISMA, QUE REGIRÁN DURANTE EL PERÍODO 1 DE ABRIL DE 2009

AL 31 DE MARZO DE 2010

CATEGORÍAS PROFESIONALES SALARIO MES (euros)

SALARIO AÑO (euros)

I. TÉCNICOS

Titulados

a) De Grado Superior 1.421,32 21.888,33 b) De Grado Medio 1.242,09 19.128,19 c) Ayudante Técnico 949,90 14.628,48 No titulados

Encargado General 1.056,84 16.275,36 Maestro o Jefe de Fabric. De taller 993,16 15.294,66 Encargado de Sección 981,18 15.110,22 Encargado de Línea 961,35 14.804,77 Auxiliar de Laboratorio 875,95 13.489,61 Oficina Técnica de Organización

Jefes de Primera y Segunda 1.056,84 16.275,36 Técnicos de Organización de 1ª y 2ª 1.024,94 15.784,11 Auxiliares de Organización 875,95 13.489,61 Aspirantes (igual que los auxiliares) - Técnicos de Proceso de Datos

Jefe de Proceso de Datos 1.120,41 17.254,25 Analista 1.056,84 16.275,36 Jefe de Explotación, Programador de Ordenador 1.056,84 16.275,36

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JUEVES 16 DE JULIO DE 2009Pág. 40 B.O.C.M. Núm. 167

CATEGORÍAS PROFESIONALES SALARIO MES (euros)

SALARIO AÑO (euros)

Programador de Máquinas 1.056,84 16.275,36 Auxiliares 1.024,94 15.784,11 Operador de Ordenador 1.024,94 15.784,11 II. ADMINISTRATIVOS

Jefe de Administración de 1ª 1.184,06 18.234,50 Jefe de Administración de 2ª 1.120,41 17.254,25 Oficial de 1ª 1.025,10 15.786,60 Oficial de 2ª 929,55 14.315,10 Auxiliar 875,90 13.488,93 Aspirante de Primer Año 458,12 7.055,01 Aspirante de Segundo Año 534,59 8.232,63 Aspirtante de Tercer Año 687,17 10.582,41 Telefonista 870,06 13.398,98 III. MERCANTILES

Jefe de Ventas 1.152,32 17.745,73 Inspector de Ventas 1.088,70 16.765,94 Promotor de Propaganda y/o Publicidad 929,57 14.315,32 Vendedor con Autoventa 897,73 13.824,97 Viajante 897,73 13.824,97 Corredor de Plaza 897,73 13.824,97 IV. OBREROS

Personal de Producción

Oficial de 1ª 943,12 14.524,02 Oficial de 2ª 897,09 13.815,23 Ayudante 882,07 13.583,88 Aprendiz de Primer Año 466,34 7.181,68 Aprendiz de Segundo Año 543,74 8.373,57 Personal de Acabado, Envasado, Empaquetado

Oficial de 1ª 885,00 13.628,97 Oficial de 2ª 882,07 13.583,88 Ayudante 881,42 13.573,91 Aprendiz de Primer Año 388,61 5.984,58 Aprendiz de Segundo Año 507,82 7.820,45 Personal de Oficios Auxiliares

Mecánicos, Electricistas,Albañiles,Carpinter. etc. Oficial de 1ª 943,12 14.524,02 Oficial de 2ª 897,09 13.815,23 Fogonero 897,09 13.815,23 PEONAJE

Peón 880,10 13.553,51 Persona de Limpieza 871,28 13.417,78 V. SUBALTERNOS

Almacenero 889,56 13.699,21 Conserje 885,00 13.628,97 Cobrador 885,00 13.628,97

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CATEGORÍAS PROFESIONALES SALARIO MES (euros)

SALARIO AÑO (euros)

Basculero-Pesador 885,00 13.628,97 Guarda Jurado 885,00 13.628,97 Guarda Vigilante 885,00 13.628,97 Ordenanza 885,00 13.628,97 Portero 892,83 13.749,52 Mozo de Almacén 880,10 13.553,51

(03/18.400/09)

Consejería de Empleo y Mujer

Resolución de 25 de mayo de 2009, de la Dirección General de Tra-bajo de la Consejería de Empleo y Mujer, sobre registro, depósi-to y publicación de la revisión salarial del convenio colectivo dela empresa “Hotel Príncipe Pío, Sociedad Anónima” (código nú-mero 2802092).

Examinado el texto de la revisión salarial del convenio colectivode la empresa “Hotel Príncipe Pío, Sociedad Anónima”, suscrita porla comisión negociadora del mismo el día 31 de marzo de 2009,completada la documentación exigida en el artículo 6 del Real De-creto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre Registro y Depósito de Con-venios Colectivos de Trabajo, y de conformidad con lo dispuesto enel artículo 2 de dicho Real Decreto, en el artículo 90.2 y 3 del Tex-to Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobadopor Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, y en el artícu-lo 6.1.a) del Decreto 150/2007, de 29 de noviembre, por el que se es-tablece la estructura orgánica de la Consejería de Empleo y Mujer,esta Dirección General

RESUELVE

1.o Inscribir dicha revisión salarial del convenio colectivo en elRegistro Especial de Convenios Colectivos de esta Dirección, y pro-ceder al correspondiente depósito en este Organismo.

2.o Disponer la publicación del presente Anexo, obligatoria ygratuita, en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Madrid, a 25 de mayo de 2009.—El Director General de Trabajo,Javier Vallejo Santamaría.

ACTA DE LA REUNIÓN EXTRAORDINARIADE LA COMISIÓN NEGOCIADORA DEL CONVENIO

COLECTIVO DE LA EMPRESA "HOTEL PRÍNCIPE PÍO,SOCIEDAD ANÓNIMA", DE MADRID, PARA EL

INCREMENTO SALARIAL 2009

AsistentesPor la parte empresarial:— Don Gabriel García Alonso.Por la parte social:— Don Severino Castro Damián.— Don José Luis Fernández Jiménez.— Don Ismael Muñoz Sánchez, en calidad de presidente.En Madrid, siendo las diez horas del día 31 de marzo de 2009, en

el domicilio de la empresa “Hotel Príncipe Pío, Sociedad Anónima”,sito en Madrid, Cuesta de San Vicente, número 14, se reúnen los se-ñores que anteriormente se detalla, y que constituyen la comisiónnegociadora del convenio de la empresa “Hotel Príncipe Pío, Socie-dad Anónima”, al objeto de discutir el siguiente orden del día:

Primero.—Modificación artículo 5 del convenio colectivo.Segundo.—Incremento salarial 2009.Abierto el acto, ambas partes acuerdan:1. Se reconocen mutuamente legitimación y capacidad sufi-

ciente para negociar, tomar acuerdos y en definitiva firmar y suscri-bir la modificación del artículo 5 del convenio colectivo y el incre-mento de las tablas salariales para el año 2009.

2. El artículo 5 del convenio colectivo pasa a tener la siguienteredacción:

“Artículo 5.—Contratación.A) Contrato por circunstancias de la producción: La duración

máxima de este contrato será de nueve meses dentro de unperíodo de doce meses, entendiéndose que la época del añodonde se produce esta circunstancia es del 15 de enero al 15de julio, y del 15 de septiembre al 15 de diciembre.

B) Contrato de formación y prácticas: Se estará a la legislaciónvigente, Estatuto de los Trabajadores y disposiciones con-cordantes.”

En lo no previsto en este artículo, y con relación a otras modali-dades contractuales, se estará a la legislación vigente, Estatuto de losTrabajadores y disposiciones concordantes.

3. Adjuntar a la presente acta las nuevas tablas salariales para elaño 2009, una vez constatado que el IPC correspondiente al año 2008es del 1,4 por 100. De acuerdo con el artículo 15 del convenio colec-tivo del “Hotel Príncipe Pío, Sociedad Anónima”, procede un incre-mento salarial para 2009 del 1,9 por 100 (1,4 por 100 + 0,50 puntos),sobre los conceptos económicos (salariales y extrasalariales) conte-nidos en las tablas de 2008.

4. Proceder al incremento salarial de 2009, con carácter retroac-tivo al 1 de enero de 2009, aplicando un 1,9 por 100 sobre los con-ceptos económicos (salariales y extrasalariales) contenidos en las ta-blas de 2008, y su validez será inmediata a partir de la firma delpresente acuerdo. Y así las tablas del año 2009 quedan como a con-tinuación se exponen en el Anexo I.

5. Ambas partes acuerdan dar cuenta de dicho acuerdo a la Di-rección General de Trabajo y Empleo de Madrid a efectos de regis-tro y de que le sea dada la pertinente publicidad por los adecuadoscauces oficiales.

Y sin más asuntos que tratar, se levanta la sesión, firmando losasistentes en prueba de conformidad a los pertinentes efectos, a lasonce horas, en el lugar y fecha indicados.

CONVENIO COLECTIVO DE LA EMPRESA “HOTELPRÍNCIPE PÍO, SOCIEDAD ANÓNIMA”, DE MADRID

ANEXO I

Tablas de salarios base, según niveles salariales,vigentes a partir de 1 de enero de 2009

IPC 2008 (1,4 por 100) + 0,50 por 100

Niveles Importe(euros)

1A 1.595,361B 1.501,052A 1.392,052B 1.229,373 1.217,534 1.031,495 949,69

Aprendiz y contrato de formación 609,02

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Concepto Importe

Nocturnidad 7,93 euros/día trabajadoP. formación 76,45 euros/mensualP. transporte 113,17 euros/mensual

Antigüedad base 831,33 euros

(03/18.399/09)

Consejería de Empleo y MujerResolución de 9 de junio de 2009, de la Dirección General de

Trabajo, sobre registro, depósito y publicación del conveniocolectivo de la empresa “Asociación de la Prensa de Madrid” (có-digo número 2800222).

Examinado el texto del convenio colectivo de la empresa “Asocia-ción de la Prensa de Madrid”, suscrito por la comisión negociadoradel mismo el día 29 de diciembre de 2008; completada la documenta-ción exigida en el artículo 6 del Real Decreto 1040/1981, de 22 demayo, sobre Registro y Depósito de Convenios Colectivos de Tra-bajo, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2 de dichoReal Decreto, en el artículo 90.2 y 3 del Texto Refundido de la Leydel Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legis-lativo 1/1995, de 24 de marzo, y en el artículo 6.1.a) del Decre-to 150/2007, de 29 de noviembre, por el que se establece la estruc-tura orgánica de la Consejería de Empleo y Mujer, esta DirecciónGeneral

RESUELVE

1.o Inscribir dicho convenio en el Registro Especial de Conve-nios Colectivos de esta Dirección, y proceder al correspondiente de-pósito en este Organismo.

2.o Disponer la publicación del presente Anexo, obligatoria ygratuita, en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Madrid, a 9 de junio de 2009.—El Director General de Trabajo, Ja-vier Vallejo Santamaría.

CONVENIO COLECTIVO DE LA EMPRESA“ASOCIACIÓN DE LA PRENSA DE MADRID”

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(03/21.028/09)

Consejería de Empleo y MujerResolución de 9 de junio de 2009, de la Dirección General de

Trabajo, sobre registro, depósito y publicación del conveniocolectivo de la empresa “Mercedes Benz España, Sociedad Anó-nima” (centros de Alcobendas y Pinto) (código número 2802802).

Examinado el texto del convenio colectivo de la empresa “Merce-des Benz España, Sociedad Anónima” (centros de Alcobendas yPinto), suscrito por la comisión negociadora del mismo el día 16 deoctubre de 2008; completada la documentación exigida en el artícu-lo 6 del Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre Registro yDepósito de Convenios Colectivos de Trabajo, y de conformidadcon lo dispuesto en el artículo 2 de dicho Real Decreto, en el artícu-lo 90.2 y 3 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Traba-jadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 demarzo, y en el artículo 6.1.a) del Decreto 150/2007, de 29 de no-

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JUEVES 16 DE JULIO DE 2009Pág. 44 B.O.C.M. Núm. 167

viembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Conse-jería de Empleo y Mujer, esta Dirección General

RESUELVE

1.o Inscribir dicho convenio en el Registro Especial de Conve-nios Colectivos de esta Dirección, y proceder al correspondiente de-pósito en este Organismo.

2.o Disponer la publicación del presente Anexo, obligatoria ygratuita, en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Madrid, a 9 de junio de 2009.—El Director General de Trabajo, Ja-vier Vallejo Santamaría.

CONVENIO COLECTIVO DE LA EMPRESA “MERCEDESBENZ ESPAÑA, SOCIEDAD ANÓNIMA”(CENTROS DE ALCOBENDAS Y PINTO)

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ANEXO 4

TABLAS SALARIALES AÑO 2008 (2 POR 100 PROVISIONAL IPC PREVISTO)

(03/21.065/09)

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Consejería de Empleo y Mujer

Resolución de 7 de julio de 2009, por la que se hace pública convo-catoria para la licitación del contrato de servicios denominado“Organización de la III Feria de Empleo de Personas con Disca-pacidad de la Comunidad de Madrid, cofinanciado por el FondoSocial Europeo”.

1. Entidad adjudicadora:a) Organismo: Consejería de Empleo y Mujer.b) Dependencia que tramita el expediente: Área de Contratación

y Estudios.c) Obtención de documentación e información:

1.o Dependencia: Consejería de Empleo y Mujer.2.o Domicilio: Calle Santa Hortensia, número 30.3.o Localidad y código postal: 28002 Madrid.4.o Teléfono: 914 206 569.5.o Telefax: 914 206 807.6.o Correo electrónico: [email protected] Dirección de Internet del perfil del contratante:

http://www.madrid.org/contratospublicos8.o Fecha límite de obtención de documentación e informa-

ción: Durante el plazo de presentación de proposicionesindicado en el apartado 7.a).

d) Número de expediente: 18-AT-36.4/2009 (56/09).2. Objeto del contrato:a) Tipo: Servicios.b) Descripción del objeto: “Organización y promoción de la III Fe-

ria de Empleo de Personas con Discapacidad de la Comunidadde Madrid”.

c) División por lotes y número de lotes/número de unidades:No.

d) Lugar de ejecución/entrega: Comunidad de Madrid.e) Plazo de ejecución/entrega: Desde el día de la firma del con-

trato hasta el 1 de diciembre de 2009.f) Admisión de prórroga: No.g) Establecimiento de un acuerdo marco: No.h) Sistema dinámico de adquisición: No.i) CPV: 79956000-0.3. Tramitación y procedimiento:a) Tramitación: Ordinaria.b) Procedimiento: Abierto.c) Subasta electrónica: No.d) Criterios de adjudicación: Varios criterios.4. Presupuesto base de licitación:a) Importe neto: 301.724,14 euros, IVA 16 por 100. Importe

total, 350.000 euros.5. Garantías:

— Provisional: 9.051,72 euros.— Definitiva: El 5 por 100 del importe de adjudicación (IVA

excluido).6. Requisitos específicos del contratista:a) Solvencia económica y financiera y solvencia técnica y pro-

fesional, en su caso:— Solvencia económica y financiera: De conformidad con

el artículo 64.1.c) de la Ley de Contratos del Sector Pú-blico, se presentará declaración (firmada por el represen-tante legal de la empresa) relativa a la cifra global de ne-gocios de la empresa en el curso de los tres últimos

ejercicios, por importe superior a 4.150.000 euros. Siatendiendo a la fecha de inicio de la actividad empresa-rial no se pudiera acreditar el volumen global de negociosrelativo a los tres últimos años, a efectos de la mínima fi-jada se calculará dicha cifra en términos proporcionalesal período de actividad acreditado.

— Solvencia técnica o profesional: De conformidad con elartículo 67.a) de la Ley de Contratos del Sector Público,se presentará una relación sellada y firmada por el repre-sentante legal de la empresa de los principales trabajosrealizados en los tres últimos años, que incluya denomi-nación, importe, fechas y beneficiarios públicos o priva-dos, en la que deberán figurar, al menos, dos trabajos aná-logos al presente contrato, acreditados por el órganocompetente.La solvencia económica y financiera y técnica o profesio-nal podrá ser sustituida por la clasificación en el Grupo L,Subgrupo 5, Categoría d).

b) Otros requisitos específicos: No.7. Presentación de ofertas o de solicitudes de participación:a) Fecha límite de presentación de ofertas: Hasta las catorce ho-

ras del decimoquinto día natural siguiente al de la publica-ción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNI-DAD DE MADRID. Si coincidiese con día sábado o festivo, seadmitirán las proposiciones hasta el siguiente día hábil.

b) Documentación a presentar: La indicada en el Pliego deCláusulas Administrativas Particulares, distribuida en tressobres, sobre número 1, “Documentación administrativa”;sobre número 2.A y sobre número 2.B, “Documentación téc-nica”, y sobre número 3, “Proposición económica”.

c) Modalidad de presentación: De conformidad con el artícu-lo 80.2 del Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por elque se aprueba el Reglamento General de Contratos de lasAdministraciones Públicas.

d) Lugar de presentación:1.o Entidad: Registro General de la Consejería de Empleo y

Mujer.2.o Domicilio: Calle Santa Hortensia, número 30.3.o Localidad y código postal: 28002 Madrid.

e) Plazo durante el cual el licitador estará obligado a mantenersu oferta: Dos meses.

f) Admisión de variantes: No.8. Apertura de ofertas:a) Entidad: Consejería de Empleo y Mujer.b) Domicilio: Calle Santa Hortensia, número 30.c) Localidad y código postal: 28002 Madrid.d) Fecha y hora: A las doce del décimo día natural siguiente a la

fecha límite de presentación de ofertas. Si este día fuese sá-bado o festivo, se trasladará al siguiente día hábil.

9. Gastos de publicidad: El importe del presente anuncio seráabonado por el adjudicatario.

10. Otras informaciones: El acto público de apertura del sobrenúmero 2.A, “Documentación técnica”, se efectuará a las diez yquince horas del duodécimo día posterior al fin del plazo de licita-ción indicado en el punto 7.a) anterior. Si coincidiese con día sába-do o festivo, se celebrará el siguiente día hábil. El lugar será el indi-cado en el punto 8.

Hágase público para general conocimiento.Madrid, a 7 de julio de 2009.—La Secretaria General Técnica de

la Consejería de Empleo y Mujer, Rosario Jiménez Santiago.(01/2.627/09)


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