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Incentivos y ayudas
Sector de Industrias culturales
Enero 2019
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PARTE I: Estructura del documento
CONTENIDO
Esta guía, se centra fundamentalmente en recopilar información dirigida a las Industrias Culturales, con la intención de que resulte de utilidad para la identificación de
ayudas al sector.
PARTE I: ESTRCUTURA DEL
DOCUMENTO
PARTE II: CLASIFICACIÓN DE CONVOCATORIAS
INDUSTRIA AUDIOVISUAL
PARTE III: FICHAS INFORMATIVAS
DE CONVOCATORIAS
ESPECTÁCULOS E INDUSTRIA CULTURAL
Y CREATIVA
MODERNIZACIÓN Y ENRIQUECIMIENTO DEL
PATRIMONIO BIBLIOGRÁFICO
FICHAS PARA EL SECTOR DE INDUSTRIA
AUDIOVISUAL
FICHAS PARA EL SECTOR DE ESPECTÁCULOS E
INDUSTRIA CULTURAL Y CREATIVA
FICHAS PARA EL SECTOR DE PATRIMONIO BIBLIOGRÁFICO
COBERTURA GEOGRÁFICA
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PARTE I: Estructura del documento
PARTE I: ESTRUCTURA DEL DOCUMENTO
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PARTE I: Estructura del documento
El presente documento recoge las iniciativas de apoyo e incentivos dirigidas al sector de industrias culturales.
En la Parte II del documento se incluye un listado de ayudas específicas para el sector distinguiendo entre posibles temáticas, en
los que se identifica cada convocatoria, y posteriormente, en el apartado correspondiente se desarrolla cada una con mayor
profundidad. Se puede acceder al detalle de cada ayuda desde el enlace Ficha Ayuda.
El listado de convocatorias se encuentra clasificado como sigue:
Ayudas a la Industria Audiovisual
Ayudas Espectáculos e Industria Cultural y Creativa
Ayudas Modernización y Enriquecimiento del Patrimonio Bibliográfico
Como complemento a la información anterior, se ha recopilado información teniendo en cuenta la cobertura geográfica de las ayudas,
a niveles:
Europeo.
Estatal.
Autonómico.
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PARTE I: Estructura del documento
En la Parte III del documento, se presentan las ayudas disponibles para el sector de industrias culturales, cuyo plazo de solicitud
está abierto en el momento de redacción del presente monográfico, así como una serie de ayudas para las que se viene publicando
convocatoria con periodicidad anual desde hace tiempo, indicando el periodo en que se prevé que pueda publicarse la próxima
convocatoria para el año 2019, de acuerdo a la información facilitada por el propio organismo gestor.
Para ello, se ha creado una ficha individual para cada una de las ayudas identificadas, que pueden ser consultadas una a una. El
contenido de cada ficha se estructura de la siguiente manera:
Nombre de la convocatoria
Se incluye el nombre de la convocatoria en cuestión.
Objeto de la ayuda
Detalla de manera puntual la finalidad para la cual fue pensada la ayuda y qué problemática o retos se pretenden solucionar o
enfrentar.
Tipo de ayuda
Especifica la modalidad financiera que rige la ayuda. Por ejemplo, si se tratara de subvenciones a fondo perdido, préstamos, o incluso
si es posible combinar ambas alternativas o alguna otra modalidad.
Beneficiarios
Se refiere al tipo de entidades que podrán presentar solicitudes: consorcios y asociaciones de empresas, empresario individual,
sociedad mercantil, otros (universidades, centros tecnológicos o de investigación, administraciones públicas, organizaciones no
gubernamentales, etc.).
Descripción de la ayuda
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PARTE I: Estructura del documento
Incluye una descripción más detallada de la ayuda y de los conceptos y actuaciones que financia. También contiene información
resumida sobre los requisitos y características que deben reunir los proyectos que se financien dentro de la misma.
Plazo de vigencia de la convocatoria
Delimita temporalmente el plazo para presentar solicitudes, indicando la fecha de inicio y de fin de la convocatoria, además de
identificar si la convocatoria es de etapa única (single stage) o si se compone de varios cortes (multiple cut-off).
Enlace para obtener más información
Hace referencia al enlace de la normativa de la convocatoria, de modo que los interesados en obtener más información puedan
consultar la misma. (Bases, Convocatoria, etc.).
Existen ayudas no destinadas específicamente al área de la cultura pero que también pueden ser solicitadas por el sector. Se trata de
ayudas de carácter genérico en temáticas de empleo, mejora de la competitividad, adopción de TICs, etc. Al respecto le
recomendamos al lector que consulte el documento publicado por el ICEX en el portal de InvestInSpain “Ayudas e incentivos para
la contratación por parte de las empresas”, así como las ”Guías Mensuales sobre ayudas” publicadas periódicamente en el
portal InvestInSpain.
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PARTE II: RELACIÓN DE CONVOCATORIAS CLASIFICADAS
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PARTE II: Clasificación de convocatorias
Parte II.A. Ayudas específicas en función del sector
Convocatorias/ Incentivos para el Sector de la Industria Audiovisual
Fin Plazo Localización Geográfica
Acceso Información
DEDUCCIONES FISCALES PARA PRODUCCIONES EXTRANJERAS Continua España Ficha Ayuda
DEDUCCIONES FISCALES PARA PRODUCCIONES EXTRANJERAS Continua Islas Canarias Ficha Ayuda
DEDUCCIONES FISCALES PARA PRODUCCIONES EXTRANJERAS Continua Navarra Ficha Ayuda
CRÉDITOS FISCALES PARA PRODUCCIONES ESPAÑOLAS Continua España Ficha Ayuda
CRÉDITOS FISCALES PARA PRODUCCIONES ESPAÑOLAS Continua Islas Canarias Ficha Ayuda
CRÉDITOS FISCALES PARA PRODUCCIONES ESPAÑOLAS Continua Navarra Ficha Ayuda
CRÉDITOS FISCALES PARA PRODUCCIONES ESPAÑOLAS Continua País Vasco Ficha Ayuda
AYUDA GENERAL PARA LA AMORTIZACIÓN DE LARGOMETRAJES (CONVOCATORIA ANUAL, 2018 CERRADA)
08/11/2018 España Ficha Ayuda
AYUDAS PARA LA PARTICIPACIÓN DE PELÍCULAS ESPAÑOLAS EN FESTIVALES. (CONVOCATORIA ANUAL, 2018 CERRADA)
20/10/2018 España Ficha Ayuda
AYUDAS GENERALES PARA LA PRODUCCIÓN DE LARGOMETRAJES SOBRE PROYECTO. (CONVOCATORIA ANUAL, 2018 CERRADA)
06/10/2018 España Ficha Ayuda
AYUDAS PARA LA DISTRIBUCIÓN DE PELÍCULAS DE LARGOMETRAJE Y
CONJUNTOS DE CORTOMETRAJES, ESPAÑOLES, COMUNITARIOS E IBEROAMERICANOS. (CONVOCATORIA ANUAL, 2018 CERRADA)
03/09/2018 España
Ficha Ayuda
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PARTE II: Clasificación de convocatorias
Convocatorias/ Incentivos para el Sector de la Industria Audiovisual
Fin Plazo Localización Geográfica
Acceso Información
AYUDAS PARA LA ORGANIZACIÓN DE FESTIVALES Y CERTÁMENES
CINEMATOGRÁFICOS EN ESPAÑA. CERRADA 13/09/2018. España
Ficha Ayuda
AYUDAS A LA PRODUCCIÓN DE CORTOMETRAJES SOBRE PROYECTO. (CONVOCATORIA ANUAL, 2018 CERRADA)
18/09/2018 España Ficha Ayuda
AYUDAS SELECTIVAS PARA LA PRODUCCIÓN DE LARGOMETRAJES SOBRE PROYECTO. (CONVOCATORIA ANUAL, 2018 CERRADA)
24/08/2018. España Ficha Ayuda
AYUDAS A LA PRODUCCIÓN DE CORTOMETRAJES REALIZADOS. (CONVOCATORIA ANUAL, 2018 CERRADA)
19/08/2018 España Ficha Ayuda
SUBVENCIONES A FESTIVALES DEL SECTOR AUDIOVISUAL CELEBRADOS EN GALICIA EN EL AÑO 2019. (CONVOCATORIA ANUAL)
14/02/2019 Galicia Ficha Ayuda
SUBVENCIONES DE CREACIÓN AUDIOVISUAL PARA EL DESARROLLO Y PROMOCIÓN DEL TALENTO AUDIOVISUAL GALLEGO. (CONVOCATORIA ANUAL)
18/02/2019 Galicia Ficha Ayuda
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PARTE II: Clasificación de convocatorias
Convocatorias para Ayudas Espectáculos e Industria Cultural y Creativa
Fin Plazo Localización Geográfica
Acceso Información
AYUDAS PARA LA MODERNIZACIÓN E INNOVACIÓN DE LAS INDUSTRIAS CULTURALES Y CREATIVAS MEDIANTE PROYECTOS DIGITALES Y TECNOLÓGICOS. CONVOCATORIA ANUAL. CERRADA
18/06/2018 España Ficha Ayuda
AYUDAS A LA MÚSICA, LA LÍRICA Y LA DANZA. CONVOCATORIA
ANUAL. CERRADA 20/02/2018 España Ficha Ayuda
AYUDAS AL TEATRO Y AL CIRCO. CONVOCATORIA ANUAL.
(2 CONVOCATORIAS REALIZADAS Y CERRADAS)
20/02/2018
12/11/2018 España Ficha Ayuda
SUBVENCIÓN PARA FESTIVALES Y CERTÁMENES DE ARTES ESCÉNICAS ARTEM FESTIVAL 2019. (CONVOCATORIA ANUAL)
22/02/2019 Navarra Ficha Ayuda
SUBVENCIONES A LA PRODUCCIÓN DE ARTES ESCÉNICAS Y MUSICALES. ARTEM PRO 2019. (CONVOCATORIA ANUAL)
22/02/2019 Navarra Ficha Ayuda
INCORPORACIÓN EN EL CIRCUITO DE ARTES ESCÉNICAS DEL
PRINCIPADO DE ASTURIAS (EMPRESAS DISTRIBUIDORAS) 15/09/2019 Asturias Ficha Ayuda
INCORPORACIÓN EN EL CIRCUITO DE ARTES ESCÉNICAS DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS (EMPRESAS ESCÉNICAS)
15/09/2019 Asturias Ficha Ayuda
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PARTE II: Clasificación de convocatorias
Convocatorias Ayudas Modernización y
Enriquecimiento del Patrimonio Bibliográfico Fin Plazo
Localización
Geográfica
Acceso
Información
SUBVENCIONES PARA LA EDICIÓN DE REVISTAS DE CULTURA. CONVOCATORIA ANUAL. CERRADA 27/04/2018 España Ficha Ayuda
SUBVENCIONES PARA LA EDICIÓN DE LIBROS. CONVOCATORIA ANUAL. CERRADA 13/07/2018 España Ficha Ayuda
SUBVENCIONES PARA LA REVALORIZACIÓN CULTURAL Y MODERNIZACIÓN DE LAS LIBRERÍAS. CONVOCATORIA ANUAL. CERRADA
27/09/2018. España Ficha Ayuda
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PARTE II: Clasificación de convocatorias
Parte II.B. · Ayudas por localización geográfica – Nivel Europeo
Convocatorias europeas
abiertas Dirigida a Fin Plazo
Apoyo al acceso a los mercados
Convocatoria en español
Convocatoria de propuestas está destinada a apoyar las acciones y las actividades que tengan
lugar dentro y fuera de los países que participan en el subprograma MEDIA.
Las acciones estarán dirigidas como mínimo, a una de las dos
acciones siguientes:
• Acción 1 – Mercados entre empresas (físicos) para profesionales europeos del sector
audiovisual
• Acción 2– Actividades de promoción entre empresas de obras europeas
Las actividades deben comenzar entre 01/07/2019 y 30/06/2020.
La duración máxima de la acción es de 12 meses.
07/02/2019
Subvenciones a la programación
televisual de obras audiovisuales
europeas
Convocatoria en español
Ayudas para la producción con la participación de al menos tres entes radiotelevisivos de tres
países participantes en el sub-programa MEDIA, para:
Ficción (películas o series) con una duración total de 90 minutos como mínimo.
Animación (películas o series) con una duración total de 24 minutos como mínimo.
Documentales creativos (películas o series) con una duración total mínima de 50
minutos como mínimo.
La obra debe presentarse a más tardar el primer día de rodaje (o de inicio de la animación para
los proyectos de animación).
Dos plazos: 18/12/2018 28/05/2019
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PARTE II: Clasificación de convocatorias
Convocatorias europeas abiertas
Dirigida a Fin Plazo
Apoyo al desarrollo de contenidos
audiovisual de paquetes de
proyectos
Convocatoria en español
Dirigido a empresas europeas, en particular a productores audiovisuales independientes
europeos constituidos legalmente al menos 36 meses y que puedan demostrar un éxito
reciente. La ayuda contempla:
Largometrajes cinematográficos, películas de animación y documentales creativos
(duración mínima de 60 min.) destinados principalmente a su estreno en cines;
Proyectos de ficción (entrega única o en varios capítulos, con duración total mínima de
90 min), películas de animación (entrega única o en varios capítulos con duración total
mínima de 24 min) y documentales creativos (entrega única o en varios capítulos con
duración mínima de 50 min) destinados principalmente a la televisión;
Proyectos de ficción (con duración total o experiencia de usuario mínima de 90 min),
proyectos de animación (con duración total o experiencia de usuario mínima de 24 min)
y documentales creativos (duración total o experiencia de usuario mínima de 50 min)
destinados principalmente a explotación en plataformas digitales.
20/02/2019
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PARTE II: Clasificación de convocatorias
Convocatorias europeas abiertas
Dirigida a Fin Plazo
SUBVENCIONES PARA EL
DESARROLLO DE VIDEOJUEGOS
EUROPEOS
Convocatoria en español
Empresas europeas productoras de videojuegos constituidas legalmente al menos doce meses
antes de la fecha de presentación y con un éxito reciente demostrable.
Se podrán subvencionar las actividades relacionadas con la fase de desarrollo de los proyectos
del tipo siguiente: Videojuegos basados en la narración de algún relato, sea cual fuere la
plataforma utilizada o el método de distribución previsto. La historia debe contarse o mostrarse
a a lo largo de todo el juego (narración en el juego) y no solo como una introducción o un final
para el juego. En cualquier caso, el videojuego deberá haberse desarrollado para fines de
explotación comercial.
La fase de producción del proyecto presentado no debe comenzar antes de ocho meses
después de la fecha de presentación de la solicitud
27/02/2019
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PARTE II: Clasificación de convocatorias
Convocatorias europeas abiertas
Dirigida a Fin Plazo
Apoyo al desarrollo de contenidos
audiovisuales de proyectos
individuales
Convocatoria en español
Empresas europeas, en particular a productoras europeas independientes constituidas
legalmente al menos 12 meses antes de la fecha de presentación y con un éxito reciente
demostrable.
La ayuda contempla:
Largometrajes cinematográficos, películas de animación y documentales creativos
(duración mínima de 60 min.) destinados principalmente a su estreno en cines;
Obras de carácter dramático (entrega única o en varios capítulos con duración total
mínima de 90 min), películas de animación (entrega única o en varios capítulos con
duración total mínima de 24 min) y documentales creativos (entrega única o en varios
capítulos con duración mínima de 50 min) destinados principalmente a la televisión
Proyectos de ficción (con duración total o experiencia de usuario mínima de 90 min),
proyectos de animación (con duración total o experiencia de usuario mínima de 24 min)
y documentales creativos (duración total o experiencia de usuario mínima de 50 min)
destinados principalmente a explotación en plataformas digitales.
Dos plazos: 18/12/2018 24/04/2019
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PARTE II: Clasificación de convocatorias
Convocatorias europeas abiertas
Dirigida a Fin Plazo
Apoyo a los agentes de ventas
internacionales de películas
cinematográficas europeas
Convocatoria en español
Empresas europeas que actúen como intermediarias para el productor, que está especializado en la
explotación comercial de una película mediante la comercialización y concesión de una licencia a los
distribuidores u otros compradores en el extranjero, y cuyas actividades contribuyan a la consecución de
los objetivos anteriormente mencionados.
Consta de dos fases:
Generación de un fondo potencial, calculado en función de los resultados de la empresa en el
mercado europeo durante el período de referencia (2013-2017).
Reinversión del fondo potencial así generado por cada empresa en:
a. garantías mínimas o anticipos abonados por los derechos de venta internacionales sobre
películas europeas no nacionales subvencionables;
b. la promoción, comercialización y publicidad en el mercado de películas europeas no
nacionales subvencionables.
La duración de la acción será de 24 meses desde la fecha de inicio de la misma.
15/01/2019
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PARTE II: Clasificación de convocatorias
Parte II.C. · Ayudas por localización geográfica – Nivel Estatal
Convocatorias por localización geográfica Fin Plazo Acceso
Información
AYUDAS ESTATALES
DEDUCCIONES FISCALES PARA PRODUCCIONES EXTRANJERAS Continua Ficha Ayuda
CRÉDITOS FISCALES PARA PRODUCCIONES ESPAÑOLAS Continua Ficha Ayuda
AYUDA GENERAL PARA LA AMORTIZACIÓN DE LARGOMETRAJES (CONVOCATORIA
ANUAL, 2018 CERRADA) 08/11/2018 Ficha Ayuda
AYUDAS PARA LA PARTICIPACIÓN DE PELÍCULAS ESPAÑOLAS EN FESTIVALES.
(CONVOCATORIA ANUAL, 2018 CERRADA) 20/10/2018 Ficha Ayuda
AYUDAS GENERALES PARA LA PRODUCCIÓN DE LARGOMETRAJES SOBRE PROYECTO.
(CONVOCATORIA ANUAL, 2018 CERRADA) 06/10/2018 Ficha Ayuda
AYUDAS PARA LA DISTRIBUCIÓN DE PELÍCULAS DE LARGOMETRAJE Y CONJUNTOS
DE CORTOMETRAJES, ESPAÑOLES, COMUNITARIOS E IBEROAMERICANOS.
(CONVOCATORIA ANUAL, 2018 CERRADA)
03/09/2018 Ficha Ayuda
AYUDAS PARA LA ORGANIZACIÓN DE FESTIVALES Y CERTÁMENES
CINEMATOGRÁFICOS EN ESPAÑA. CERRADA 13/09/2018. Ficha Ayuda
AYUDAS A LA PRODUCCIÓN DE CORTOMETRAJES SOBRE PROYECTO.
(CONVOCATORIA ANUAL, 2018 CERRADA) 18/09/2018
Ficha Ayuda
AYUDAS SELECTIVAS PARA LA PRODUCCIÓN DE LARGOMETRAJES SOBRE PROYECTO.
(CONVOCATORIA ANUAL, 2018 CERRADA) 24/08/2018.
Ficha Ayuda
Pág. 18 VOLVER INICIO
PARTE II: Clasificación de convocatorias
Convocatorias por localización geográfica Fin Plazo Acceso
Información
AYUDAS A LA PRODUCCIÓN DE CORTOMETRAJES REALIZADOS. (CONVOCATORIA
ANUAL, 2018 CERRADA) 19/08/2018
Ficha Ayuda
AYUDAS PARA LA MODERNIZACIÓN E INNOVACIÓN DE LAS INDUSTRIAS
CULTURALES Y CREATIVAS MEDIANTE PROYECTOS DIGITALES Y TECNOLÓGICOS.
CONVOCATORIA ANUAL. CERRADA
18/06/2018
Ficha Ayuda
AYUDAS A LA MÚSICA, LA LÍRICA Y LA DANZA. CONVOCATORIA ANUAL. CERRADA 20/02/2018 Ficha Ayuda
AYUDAS AL TEATRO Y AL CIRCO. CONVOCATORIA ANUAL.
(2 CONVOCATORIAS REALIZADAS Y CERRADAS) 20/02/2018 12/11/2018
Ficha Ayuda
SUBVENCIONES PARA LA EDICIÓN DE REVISTAS DE CULTURA. CONVOCATORIA
ANUAL. CERRADA 27/04/2018
Ficha Ayuda
SUBVENCIONES PARA LA EDICIÓN DE LIBROS. CONVOCATORIA ANUAL. CERRADA 13/07/2018 Ficha Ayuda
SUBVENCIONES PARA LA REVALORIZACIÓN CULTURAL Y MODERNIZACIÓN DE LAS
LIBRERÍAS. CONVOCATORIA ANUAL. CERRADA 27/09/2018.
Ficha Ayuda
Pág. 19 VOLVER INICIO
PARTE II: Clasificación de convocatorias
Parte II.D. · Ayudas por localización geográfica – Nivel Regional
En este apartado, dado que en el momento de publicación del documento, hay pocas ayudas con plazo abierto para la presentación de solicitud, se ha considerado de
interés la aportación de información útil para cada CCAA, de forma que pueda ser accesible la información para los interesados en el momento en que se publiquen las
convocatorias previstas.
Se trata fundamentalmente de la identificación de los organismos responsables de la gestión y concesión de este tipo de ayudas e incentivos, así como pautas para la
selección en los casos en que se trata de algún tipo de buscador.
De esta forma, se presenta primero la información relativa a las ayudas con plazo abierto, y a continuación la información general ya indicada.
Convocatorias por localización geográfica Fin Plazo Acceso
Información
AYUDAS AUTONÓMICAS – Islas Canarias
DEDUCCIONES FISCALES PARA PRODUCCIONES EXTRANJERAS Continua Ficha Ayuda
CRÉDITOS FISCALES PARA PRODUCCIONES ESPAÑOLAS Continua Ficha Ayuda
AYUDAS AUTONÓMICAS – País Vasco
CRÉDITOS FISCALES PARA PRODUCCIONES ESPAÑOLAS Continua Ficha Ayuda
AYUDAS AUTONÓMICAS - Navarra
DEDUCCIONES FISCALES PARA PRODUCCIONES EXTRANJERAS Continua Ficha Ayuda
CRÉDITOS FISCALES PARA PRODUCCIONES ESPAÑOLAS Continua Ficha Ayuda
SUBVENCIÓN PARA FESTIVALES Y CERTÁMENES DE ARTES ESCÉNICAS ARTEM
FESTIVAL 2019 22/02/2019 Ficha Ayuda
SUBVENCIONES A LA PRODUCCIÓN DE ARTES ESCÉNICAS Y MUSICALES. ARTEM PRO
2019 22/02/2019 Ficha Ayuda
Pág. 20 VOLVER INICIO
PARTE II: Clasificación de convocatorias
Convocatorias por localización geográfica Fin Plazo Acceso
Información
AYUDAS AUTONÓMICAS - Galicia
SUBVENCIONES A FESTIVALES DEL SECTOR AUDIOVISUAL CELEBRADOS EN GALICIA
EN EL AÑO 2019 14/02/2019 Ficha Ayuda
SUBVENCIONES DE CREACIÓN AUDIOVISUAL PARA EL DESARROLLO Y PROMOCIÓN
DEL TALENTO AUDIOVISUAL GALLEGO 18/02/2019 Ficha Ayuda
AYUDAS AUTONÓMICAS - Asturias
INCORPORACIÓN EN EL CIRCUITO DE ARTES ESCÉNICAS DEL PRINCIPADO DE
ASTURIAS (EMPRESAS DISTRIBUIDORAS) 15/09/2019 Ficha Ayuda
INCORPORACIÓN EN EL CIRCUITO DE ARTES ESCÉNICAS DEL PRINCIPADO DE
ASTURIAS (EMPRESAS ESCÉNICAS) 15/09/2019 Ficha Ayuda
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PARTE II: Clasificación de convocatorias
Convocatorias por localización geográfica Información a tener en cuenta
AYUDAS AUTONÓMICAS - Andalucía
Ayudas para sectores culturales Se trata de las ayudas de la Junta de Andalucía para
sectores culturales, gestionadas desde la consejería de cultura.
AYUDAS AUTONÓMICAS - Aragón
Ayudas para sectores culturales Recopila las ayudas y subvenciones, clasificadas por
subsector cultural.
AYUDAS AUTONÓMICAS - Canarias
Ayudas sector audiovisual
Recopila información detallada sobre las ayudas al
sector audiovisual en Canarias.
AYUDAS AUTONÓMICAS - Cantabria
Ayudas sector cultural Recopila las ayudas y subvenciones, clasificadas por
año.
AYUDAS AUTONÓMICAS – Castilla y León
Ayudas sector cultural Recopila las ayudas y subvenciones, clasificadas entre
artes escénicas y cine y audiovisual.
AYUDAS AUTONÓMICAS - Cataluña
Ayudas sector audiovisual Recopila las ayudas y subvenciones clasificadas por subsector cultural, a través de la web del Instituto
Catalán de empresas culturales.
Ayudas sector cultural
Recopila las ayudas y subvenciones clasificadas por
subsector cultural, a través de la web de la
Generalitat.
AYUDAS AUTONÓMICAS – Comunidad de Madrid
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PARTE II: Clasificación de convocatorias
Convocatorias por localización geográfica Información a tener en cuenta
Ayudas sector audiovisual Recopila las ayudas y subvenciones para el sector
audiovisual.
AYUDAS AUTONÓMICAS - Navarra
Ayudas sector cultural Recopila las ayudas y subvenciones clasificadas para el
sector cultural.
Ayudas sector audiovisual
Recopila las ayudas y subvenciones para el sector
audiovisual, marcando los campos de la zona derecha, e indicando la palabra cine en el buscador.
AYUDAS AUTONÓMICAS – Valencia
Ayudas sector cultural Recopila las ayudas y subvenciones clasificadas por subsector cultural, a través de la web del Instituto
Valenciano de cultura.
AYUDAS AUTONÓMICAS - Extremadura
Ayudas sector cultural
Recopila las ayudas y subvenciones para el sector
cultural, a través de la web Extremadura empresarial de la Junta.
AYUDAS AUTONÓMICAS – Galicia
Ayudas sector cultural Recopila las ayudas y subvenciones para el sector
cultural, a través de la web de la Agencia gallega de industrias culturales
AYUDAS AUTONÓMICAS – Islas Baleares
Ayudas sector cultural Recopila las ayudas y subvenciones para el sector
cultural, a través de la web del instituto de estudios Baleáricos.
AYUDAS AUTONÓMICAS – La Rioja
Ayudas sector cultural Recopila las ayudas y subvenciones para el sector
cultural.
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PARTE II: Clasificación de convocatorias
Convocatorias por localización geográfica Información a tener en cuenta
AYUDAS AUTONÓMICAS – País Vasco
Ayudas sector cultural Recopila las ayudas y subvenciones para el sector
cultural.
AYUDAS AUTONÓMICAS – Principado de Asturias
Ayudas sector cultural Recopila las ayudas y subvenciones para el sector
cultural, calificado por tipo de beneficiario.
Ayudas sector cultural Recopila información relativa a trámites asociados al
sector cultural, entre ellos las ayudas y subvenciones.
AYUDAS AUTONÓMICAS – Región de Murcia
Ayudas sector cultural Recopila las ayudas y subvenciones para el sector
cultural.
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PARTE III: Fichas Informativas de Convocatorias
PARTE III: FICHAS INFORMATIVAS DE CONVOCATORIAS
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PARTE III: Fichas Informativas de Convocatorias
Ayudas específicas para el sector de la industria audiovisual
Objeto de la ayuda
Se trata de una serie de incentivos fiscales para películas internacionales y series de televisión extranjeras en España, dirigidas a los productores registrados en el Registro de Empresas Cinematográficas del actual Ministerio de Cultura y Deporte, que se encargune de una producción extranjera, de acuerdo a lo establecido en el art. 36.2 (*) de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades. Deducción por inversiones en producciones cinematográficas, series audiovisuales y espectáculos en vivo de artes escénicas y musicales
Será por tanto la empresa de "service" la que asuma la producción ejecutiva y la que tendrá que realizar todos los procedimientos fiscales para optar a la deducción fiscal.
(*) La última actualización del citado artículo corresponde a la redacción establecida en el art. 69 de la Ley 6/2018, de 3 de julio, de Presupuestos Generales del
Estado para el año 2018, BOE de 04/07/2018.
Tipo de ayuda
Desgravaciones y bonificaciones
Beneficiarios
Sociedad mercantil - Empresario individual
Descripción de la ayuda
La ayuda está dirigida a las siguientes producciones extranjeras:
Largometrajes, series de televisión, películas de animación y documentales.
El porcentaje de deducción es del 20%. La base para el cálculo de la deducción son los gastos elegibles realizados en España (que han de ser de un mínimo de 1 millón de euros), siendo estos:
DEDUCCIONES FISCALES PARA PRODUCCIONES EXTRANJERAS (incentivo general)
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PARTE III: Fichas Informativas de Convocatorias
los gastos de personal creativo con domicilio en el país o en otro estado de la Unión Europea, hasta un límite de 100.000€ por persona. Se entenderá por personal creativo a:
o Los autores: el director, el guionista, el director de fotografía y el compositor de la música. o Los actores y otros artistas que participen en la obra. o El personal creativo de carácter técnico: el montador jefe, el director artístico, el jefe de sonido, el figurinista y el jefe de
caracterización
los gastos derivados de la utilización de industrias técnicas y otros proveedores que se realicen en el territorio español. Se entenderá por gastos de producción técnica y proveedores varios los que se detallan a continuación:
o Productor ejecutivo, productor y ayudante de producción. o Equipo de escenografía que no haya sido imputado como creativo y son: escenógrafo, decoradores, floristas, ayudante de
decoración, ambientador de decorados, atrezzistas, carpinteros, etc. Así como, el material necesario para la escenografía (material de construcción, carpintería, pintura, telas, etc.)
o Gastos del equipo de vestuario y caracterización: sastres, peluqueros, maquilladores, etc. También son elegibles los gastos en vestuario, maquillaje,pelucas, etc
o Equipo de efectos especiales incluyendo a técnicos en efectos especiales, maquetistas, etc., como el material de pirotecnia, materiales fumígeros, acelerantes de combustión, detonadores, extintores
o Equipo de cámaras (operadores de cámara, ayudantes, etc.), iluminación y sonido. o Equipo técnico de telecomunicaciones, mantenimiento y control de imagen y los gastos derivados de telefonía móvil, internet,
líneas satelitales. o Equipo artístico secundario: figurantes, dobles de acción, de interpretación y de luces o Personal complementario: coreógrafos, maestros de armas, asesores militares, profesores de diálogos, cuidadores de
semovientes, conductores, equipo de limpieza, personal de seguridad, personal médico y ambulancia, supervisor de riesgos laborales en el set de
o rodaje, peones para ayuda de descarga de camiones, traslado de material técnico o atrezzo. o Manutención y alojamiento del equipo técnico durante la pre – producción y la post- producción o Manutención y alojamiento del equipo técnico que trabaja en un lugar diferente al del rodaje: personal encargado de avanzadillas
de atrezzo, localizaciones, producción, conductores en tránsito o Transporte y/o traslado de personas, dentro del territorio nacional: localizaciones y casting o Alquiler y/o compra de mobiliario y maquinaria directament relacionados con la producción: carpas, sombrillas, mesas portátiles,
vallas, generadores, etc o Alquiler de locales y localizaciones para el rodaje y para la producción o Tasas de rodajes de Ayuntamientos o Gastos alquiler de animales para el rodaje, de armas y de ambulancia o Seguros de responsabilidad civil con cobertura relacionada directamente con la producción cinematográfica.
El límite máximo de devolución está fijado en 3 millones de euros, por lo que la base máxima será de 15 millones de euros.
Es compatible con otras ayudas, siempre que en conjunto las ayudas no superen el 50 por ciento del coste de producción.
Pág. 27 VOLVER INICIO
PARTE III: Fichas Informativas de Convocatorias
Plazo de vigencia de la convocatoria
El reembolso debe ser solicitado por la empresa española, en el mes de julio del año posterior a la finalización del rodaje. Es decir, que para un rodaje efectuado en el año 2018, se deberá solicitar el reembolso en julio de 2019.
Enlace para obtener más información
Más información. FAQ..
Región en la que se puede desarrollar el proyecto
Todo el territorio nacional, excepto Canarias y Navarra, que tienen una regulación propia.
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PARTE III: Fichas Informativas de Convocatorias
Objeto de la ayuda
Se trata de una serie de incentivos fiscales para películas internacionales y series de televisión extranjeras en Canarias, dirigidas a los productores registrados en el Registro de Empresas Cinematográficas del actual Ministerio de Cultura y Deporte, que se encargune de una producción extranjera, de acuerdo a lo establecido en el art. 36.2 (*) de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades. Deducción por inversiones en producciones cinematográficas, series audiovisuales y espectáculos en vivo de artes escénicas y musicales
Será por tanto la empresa de "service" la que asuma la producción ejecutiva y la que tendrá que realizar todos los procedimientos fiscales para optar a la deducción fiscal, que en este caso deberá tener residencia fiscal en las Islas Canarias.
(*) La última actualización del citado artículo corresponde a la redacción establecida en el art. 69 de la Ley 6/2018, de 3 de julio, de Presupuestos Generales del
Estado para el año 2018, BOE de 04/07/2018.
Tipo de ayuda
Desgravaciones y bonificaciones
Beneficiarios
Sociedad mercantil - Empresario individual
Descripción de la ayuda
La ayuda está dirigida a las siguientes producciones extranjeras:
Largometrajes, series de televisión, películas de animación y documentales.
El porcentaje de deducción es del 40%. La base para el cálculo de la deducción son los gastos elegibles realizados en España (que han de ser de un mínimo de 1 millón de euros), siendo estos:
los gastos de personal creativo con domicilio en el país o en otro estado de la Unión Europea, hasta un límite de 100.000€ por persona. Se entenderá por personal creativo a:
DEDUCCIONES FISCALES PARA PRODUCCIONES EXTRANJERAS (Islas Canarias)
03 de septiembre de 2019 a las 17:00:00
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PARTE III: Fichas Informativas de Convocatorias
o Los autores: el director, el guionista, el director de fotografía y el compositor de la música. o Los actores y otros artistas que participen en la obra. o El personal creativo de carácter técnico: el montador jefe, el director artístico, el jefe de sonido, el figurinista y el jefe de
caracterización
los gastos derivados de la utilización de industrias técnicas y otros proveedores que se realicen en el territorio español. Se entenderá por gastos de producción técnica y proveedores varios los que se detallan a continuación:
o Productor ejecutivo, productor y ayudante de producción. o Equipo de escenografía que no haya sido imputado como creativo y son: escenógrafo, decoradores, floristas, ayudante de
decoración, ambientador de decorados, atrezzistas, carpinteros, etc. Así como, el material necesario para la escenografía (material de construcción, carpintería, pintura, telas, etc.)
o Gastos del equipo de vestuario y caracterización: sastres, peluqueros, maquilladores, etc. También son elegibles los gastos en vestuario, maquillaje,pelucas, etc
o Equipo de efectos especiales incluyendo a técnicos en efectos especiales, maquetistas, etc., como el material de pirotecnia, materiales fumígeros, acelerantes de combustión, detonadores, extintores
o Equipo de cámaras (operadores de cámara, ayudantes, etc.), iluminación y sonido. o Equipo técnico de telecomunicaciones, mantenimiento y control de imagen y los gastos derivados de telefonía móvil, internet,
líneas satelitales. o Equipo artístico secundario: figurantes, dobles de acción, de interpretación y de luces o Personal complementario: coreógrafos, maestros de armas, asesores militares, profesores de diálogos, cuidadores de
semovientes, conductores, equipo de limpieza, personal de seguridad, personal médico y ambulancia, supervisor de riesgos laborales en el set de
o rodaje, peones para ayuda de descarga de camiones, traslado de material técnico o atrezzo. o Manutención y alojamiento del equipo técnico durante la pre – producción y la post- producción o Manutención y alojamiento del equipo técnico que trabaja en un lugar diferente al del rodaje: personal encargado de avanzadillas
de atrezzo, localizaciones, producción, conductores en tránsito o Transporte y/o traslado de personas, dentro del territorio nacional: localizaciones y casting o Alquiler y/o compra de mobiliario y maquinaria directament relacionados con la producción: carpas, sombrillas, mesas portátiles,
vallas, generadores, etc o Alquiler de locales y localizaciones para el rodaje y para la producción o Tasas de rodajes de Ayuntamientos o Gastos alquiler de animales para el rodaje, de armas y de ambulancia o Seguros de responsabilidad civil con cobertura relacionada directamente con la producción cinematográfica.
El límite máximo de devolución está fijado en 4,5 millones de euros, por lo que la base máxima para la deducción será de 11,25 millones.
Es compatible con otras ayudas, siempre que en conjunto las ayudas no superen el 50 por ciento del coste de producción.
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PARTE III: Fichas Informativas de Convocatorias
Plazo de vigencia de la convocatoria
El reembolso debe ser solicitado por la empresa española, en el mes de julio del año posterior a la finalización del rodaje. Es decir, que para un rodaje efectuado en el año 2018, se deberá solicitar el reembolso en julio de 2019.
Enlace para obtener más información
Más información. FAQ.
Región en la que se puede desarrollar el proyecto
Islas Canarias.
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PARTE III: Fichas Informativas de Convocatorias
Objeto de la ayuda
Se trata de una serie de incentivos fiscales para películas internacionales y series de televisión extranjeras en Navarra, dirigidas a los productores registrados en el Registro de Empresas Cinematográficas del actual Ministerio de Cultura y Deporte, que se encargune de una producción extranjera, de acuerdo a lo establecido en el art. 65.2 (*) de la Ley Foral 24/1996, de 30 de diciembre, del Impuesto sobre Sociedades. Deducción por inversiones en producciones cinematográficas y series audiovisuales.
Será por tanto la empresa de "service" la que asuma la producción ejecutiva y la que tendrá que realizar todos los procedimientos fiscales para optar a la deducción fiscal, que en este caso deberá tener sede en las Navarra.
(*) Las actualizaciones posteriores de la citada ley no afectan a la redacción del citado artículo. No obstante, se ha facilitado el enlace a la versión consolidada de
Ley.
Los productores registrados en el Registro de Empresas Cinematográficas, del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, que se encarguen de la ejecución de una producción de largometrajes cinematográficos o de obras audiovisuales que permitan la confección de un soporte físico previo a su producción industrial seriada tendrán derecho a una deducción del 35 por 100 de los gastos realizados en territorio navarro. Para que sea aplicable esta deducción, la producción deberá tener un mínimo de una semana de rodaje en interiores o exteriores de Navarra, salvo que por circunstancias debidamente justificadas el plazo fuera menor por no poderse realizar en el ámbito de la Comunidad Foral.
Tipo de ayuda
Desgravaciones y bonificaciones
Beneficiarios
Sociedad mercantil - Empresario individual
Descripción de la ayuda
La ayuda está dirigida a las siguientes producciones extranjeras:
Largometrajes, series de televisión, películas de animación y documentales.
DEDUCCIONES FISCALES PARA PRODUCCIONES EXTRANJERAS (Navarra)
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PARTE III: Fichas Informativas de Convocatorias
El porcentaje de deducción es del 40%. La base para el cálculo de la deducción son los gastos elegibles realizados en España (que han de ser de un mínimo de 1 millón de euros), siendo estos:
los gastos de personal creativo con domicilio en el país o en otro estado de la Unión Europea, hasta un límite de 100.000€ por persona. Se entenderá por personal creativo a:
o Los autores: el director, el guionista, el director de fotografía y el compositor de la música. o Los actores y otros artistas que participen en la obra. o El personal creativo de carácter técnico: el montador jefe, el director artístico, el jefe de sonido, el figurinista y el jefe de
caracterización
los gastos derivados de la utilización de industrias técnicas y otros proveedores que se realicen en el territorio español. Se entenderá por gastos de producción técnica y proveedores varios los que se detallan a continuación:
o Productor ejecutivo, productor y ayudante de producción. o Equipo de escenografía que no haya sido imputado como creativo y son: escenógrafo, decoradores, floristas, ayudante de
decoración, ambientador de decorados, atrezzistas, carpinteros, etc. Así como, el material necesario para la escenografía (material de construcción, carpintería, pintura, telas, etc.)
o Gastos del equipo de vestuario y caracterización: sastres, peluqueros, maquilladores, etc. También son elegibles los gastos en vestuario, maquillaje,pelucas, etc
o Equipo de efectos especiales incluyendo a técnicos en efectos especiales, maquetistas, etc., como el material de pirotecnia, materiales fumígeros, acelerantes de combustión, detonadores, extintores
o Equipo de cámaras (operadores de cámara, ayudantes, etc.), iluminación y sonido. o Equipo técnico de telecomunicaciones, mantenimiento y control de imagen y los gastos derivados de telefonía móvil, internet,
líneas satelitales. o Equipo artístico secundario: figurantes, dobles de acción, de interpretación y de luces o Personal complementario: coreógrafos, maestros de armas, asesores militares, profesores de diálogos, cuidadores de
semovientes, conductores, equipo de limpieza, personal de seguridad, personal médico y ambulancia, supervisor de riesgos laborales en el set de
o rodaje, peones para ayuda de descarga de camiones, traslado de material técnico o atrezzo. o Manutención y alojamiento del equipo técnico durante la pre – producción y la post- producción o Manutención y alojamiento del equipo técnico que trabaja en un lugar diferente al del rodaje: personal encargado de avanzadillas
de atrezzo, localizaciones, producción, conductores en tránsito o Transporte y/o traslado de personas, dentro del territorio nacional: localizaciones y casting o Alquiler y/o compra de mobiliario y maquinaria directament relacionados con la producción: carpas, sombrillas, mesas portátiles,
vallas, generadores, etc o Alquiler de locales y localizaciones para el rodaje y para la producción o Tasas de rodajes de Ayuntamientos o Gastos alquiler de animales para el rodaje, de armas y de ambulancia o Seguros de responsabilidad civil con cobertura relacionada directamente con la producción cinematográfica.
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PARTE III: Fichas Informativas de Convocatorias
El límite máximo de devolución está fijado en 5,4 millones de euros.
Es compatible con otras ayudas, siempre que en conjunto las ayudas no superen el 50 por ciento del coste de producción.
Plazo de vigencia de la convocatoria
El reembolso debe ser solicitado por la empresa española, en el mes de julio del año posterior a la finalización del rodaje. Es decir, que para un rodaje efectuado en el año 2018, se deberá solicitar el reembolso en julio de 2019.
Enlace para obtener más información
Más información. FAQ.
Región en la que se puede desarrollar el proyecto
Comunidad Foral de Navarra.
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PARTE III: Fichas Informativas de Convocatorias
Objeto de la ayuda
Se trata de un deduccción fiscal sobre el Impuesto de Sociedades para las producciones españolas y las coproducciones internacionales, que se desarrollen en territorio español y que obtengan el certificado de nacionalidad y cultura española que emite el Instituto de Cinematografía y de las Artes Audiovisuales (ICAA)de acuerdo a lo establecido en el art. 36.1 (*) de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades. Deducción por inversiones en producciones cinematográficas, series audiovisuales y espectáculos en vivo de artes escénicas y musicales.
(*) Las actualizaciones posteriores de la citada ley no afectan a la redacción del citado apartado del artículo. No obstante, se ha facilitado el enlace a la versión
consolidada de Ley.
Tipo de ayuda
Desgravaciones y bonificaciones
Beneficiarios
Sociedad mercantil - Empresario individual
Descripción de la ayuda
La ayuda está dirigida a las siguientes producciones:
Largometrajes para cine, Series audiovisuales de ficción, animación o documental.
El porcentaje de deducción es del 25% sobre el primer millón de euros, y del 20% en adelante. La base para el cálculo de la deducción son los gastos elegibles, siendo estos:
1. los gastos de producción
2. los gastos para la obtención de copias
3. los gastos de publicidad y promoción a cargo del productor,
CRÉDITOS FISCALES PARA PRODUCCIONES ESPAÑOLAS (ESTATAL)
03 de septiembre de 2019 a las 17:00:00
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PARTE III: Fichas Informativas de Convocatorias
con un límite del 40% sobre el concepto 1 de la suma de los conceptos 2 y 3.
El límite máximo de cuota de deducción está fijado en 3.000.000 euros, por lo que la base máxima será de 14.750.000 euros.
Es compatible con otras ayudas, siempre que en conjunto las ayudas no superen el 50 por ciento del coste de producción, excepto en el caso de:
Producciones transfronterizas con participación de productores más de un estado miembro de la UE, hasta el 60% Producciones dirigidas por un nuevo realizador con presupuesto ≤ .1.000.000 €, hasta el 70%.
Plazo de vigencia de la convocatoria
El reembolso debe ser solicitado por la empresa española, en el mes de julio del año posterior a la finalización del rodaje. Es decir, que para un rodaje efectuado en el año 2018, se deberá solicitar el reembolso en julio de 2019.
Enlace para obtener más información
Más información. FAQ.
Región en la que se puede desarrollar el proyecto
En todo el territorio nacional, excepto Navarra y País Vasco, en que no es de aplicación la normativa referida. En el caso de Canarias, las condiciones varían al tratarse de un territorio insular y ultraperiférico, detallándose las mismas en una ficha de ayuda específica.
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PARTE III: Fichas Informativas de Convocatorias
Objeto de la ayuda
Se trata de un deduccción fiscal sobre el Impuesto de Sociedades para las producciones españolas y las coproducciones internacionales, que se desarrollen en Canarias y que obtengan el Certificado de Obra Canaria (*) emitido por el Área de Cultura del Gobierno de Canarias, además de los demás certificados de nacionalidad y cultura española que emite el Instituto de Cinematografía y de las Artes Audiovisuales (ICAA)de acuerdo a lo establecido en el art. 36.1 Deducción por inversiones en producciones cinematográficas, series audiovisuales y espectáculos en vivo de artes escénicas y musicales (**) de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades..
(*) Es requisito que la empresa esté inscrita en el Registro de Empresas Audiovisuales Canarias, para lo que debe cumplir las siguientes condiciones:
Mínimo de 11 días de rodaje en Canarias (interiores o exteeriores), excepto:
o Animación: 10% / 15% del tiempo de producción para obras de presupuesto superior / inferior a 5 millones de euros respectivamente
o Documentales
o Cortometrajes: 50% del tiempo de rodaje
o Series de TV: 20% de la temporada
Contratar profesionales locales: mínimo 1 jefe de equipo, o un actor principal y/o secundario. En caso de una coproducción audiovisual, se considera que es
canaria si la aportación del productor canario supera el 20% del coste de la misma.
(**) Las actualizaciones posteriores de la citada ley no afectan a la redacción del citado apartado del artículo. No obstante, se ha facilitado el enlace a la versión
consolidada de Ley.
Tipo de ayuda
Desgravaciones y bonificaciones
Beneficiarios
Sociedad mercantil - Empresario individual
Descripción de la ayuda
La ayuda está dirigida a las siguientes producciones:
Largometrajes para cine, Series audiovisuales de ficción, animación o documental.
CRÉDITOS FISCALES PARA PRODUCCIONES ESPAÑOLAS (CANARIAS)
03 de septiembre de 2019 a las 17:00:00
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PARTE III: Fichas Informativas de Convocatorias
El porcentaje de deducción es del 45% sobre el primer millón de euros, y del 40% en adelante. La base para el cálculo de la deducción son los gastos elegibles, siendo estos:
1. los gastos de producción
2. los gastos para la obtención de copias
3. los gastos de publicidad y promoción a cargo del productor,
con un límite del 40% sobre el concepto 1 de la suma de los conceptos 2 y 3.
El límite máximo de cuota de deducción está fijado en 5.400.000 euros, por lo que la base máxima será de 13.375.000 euros.
Es compatible con otras ayudas, siempre que en conjunto las ayudas no superen el 50 por ciento del coste de producción.
Plazo de vigencia de la convocatoria
El reembolso debe ser solicitado por la empresa española, en el mes de julio del año posterior a la finalización del rodaje. Es decir, que para un rodaje efectuado en el año 2018, se deberá solicitar el reembolso en julio de 2019.
Enlace para obtener más información
Más información. More Information. FAQ.
Región en la que se puede desarrollar el proyecto
Islas Canarias
Pág. 38 VOLVER INICIO
PARTE III: Fichas Informativas de Convocatorias
Objeto de la ayuda
Se trata de un deduccción fiscal sobre el Impuesto de Sociedades para las producciones españolas de largometrajes cinematográficos y de series audiovisuales de ficción, animación o documental que permitan la confección de un soporte físico previo a su producción industrial seriada, regulada en el art. 65.1 (*) de la Ley Foral 24/1996, de 30 de diciembre, del Impuesto sobre Sociedades. Deducción por inversiones en producciones cinematográficas y series audiovisuales. Para poder optar a la deducción, al menos el 25% de la base de deducción debe corresponder a los gastos realizados en Navarra, y que obtengan el certificado de nacionalidad y cultura española que emite el Instituto de Cinematografía y de las Artes Audiovisuales (ICAA).
(*) Las actualizaciones posteriores de la citada ley no afectan a la redacción del citado artículo. No obstante, se ha facilitado el enlace a la versión consolidada de
Ley.
Tipo de ayuda
Desgravaciones y bonificaciones
Beneficiarios
Sociedad mercantil - Empresario individual
Descripción de la ayuda
El porcentaje de deducción es del 35%. La base para el cálculo de la deducción son los gastos elegibles, siendo estos:
1. los gastos de producción
2. los gastos para la obtención de copias
3. los gastos de publicidad y promoción a cargo del productor,
con un límite del 50% sobre el concepto 1 de la suma de los conceptos 2 y 3.
No existe límite máximo de cuota de deducción.
Es compatible con otras ayudas, siempre que en conjunto las ayudas no superen el 50 por ciento del coste de producción.
CRÉDITOS FISCALES PARA PRODUCCIONES ESPAÑOLAS (NAVARRA)
03 de septiembre de 2019 a las 17:00:00
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PARTE III: Fichas Informativas de Convocatorias
Plazo de vigencia de la convocatoria
La deducción se practicará a partir del período impositivo en el que finalice la producción de la obra. No obstante, cuando la producción tenga un plazo superior a los doce meses o afecte a más de un período impositivo de la entidad, esta podrá optar por aplicar la deducción a medida que se
efectúen los pagos y por la cuantía de estos, con aplicación del régimen de deducción vigente a la fecha en que se inicie la misma
Enlace para obtener más información
Más información. FAQ.
Región en la que se puede desarrollar el proyecto
En todo el territorio nacional, con las limitaciones de gastos a realizar en Navarra indicadas en cuanto al % de la base de deducción.
Pág. 40 VOLVER INICIO
PARTE III: Fichas Informativas de Convocatorias
Objeto de la ayuda
Se trata de un deduccción fiscal sobre el Impuesto de Sociedades para las producciones españolas de largometrajes cinematográficos y de series audiovisuales de ficción, animación o documental que permitan la confección de un soporte físico previo a su producción industrial seriada, regulada de forma específica en cada teritorio foral, Gipuzkoa, Bizkaia y Araba). Para poder optar a la deducción las producciones deben obtener el certificado de nacionalidad y cultura española que emite el Instituto de Cinematografía y de las Artes Audiovisuales (ICAA).
Tipo de ayuda
Desgravaciones y bonificaciones
Beneficiarios
Sociedad mercantil - Empresario individual
Descripción de la ayuda
El porcentaje de deducción general es del 30%. Existen un anteproyceto de Norma Foral de incentivos fiscales al mecenazgo cultural en el Territorio Histórico de Gipuzkoa que previsiblemente modifique y amplíe este porcentaje, con previsión de ser aprobada en los primeros meses del año 2019.
La base para el cálculo de la deducción son los gastos elegibles, siendo estos:
4. los gastos de producción
5. los gastos para la obtención de copias
6. los gastos de publicidad y promoción a cargo del productor,
con un límite del 50% sobre el concepto 1 de la suma de los conceptos 2 y 3.
No existe límite máximo de cuota de deducción.
Es compatible con otras ayudas, siempre que en conjunto las ayudas no superen el 50 por ciento del coste de producción.
CRÉDITOS FISCALES PARA PRODUCCIONES ESPAÑOLAS (PAÍS VASCO)
03 de septiembre de 2019 a las 17:00:00
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PARTE III: Fichas Informativas de Convocatorias
Plazo de vigencia de la convocatoria
La deducción se practicará a partir del período impositivo en el que finalice la producción de la obra. No obstante, cuando la producción tenga un plazo superior a los doce meses o afecte a más de un período impositivo de la entidad, esta podrá optar por aplicar la deducción a medida que se efectúen los pagos y por la cuantía de estos, con aplicación del régimen de deducción vigente a la fecha en que se inicie la misma
Enlace para obtener más información
Más información. FAQ.
Región en la que se puede desarrollar el proyecto
En todo el territorio nacional, con las limitaciones de gastos a realizar en Navarra indicadas en cuanto al % de la base de deducción.
Pág. 42 VOLVER INICIO
PARTE III: Fichas Informativas de Convocatorias
Objeto de la ayuda
El objeto de la convocatoria será otorgar ayudas para la amortización de largometrajes, en sus modalidades general y complementaria, mediante régimen de concurrencia competitiva y, en su caso, con prorrateo.
Tipo de ayuda
Subvenciones y ayudas no reembolsables
Beneficiarios
Sociedad mercantil - Empresario individual
Descripción de la ayuda
La ayuda financia un % de los costes totales de produción, que inlcuyen los siguientes conceptos:
La remuneración del productor ejecutivo (límite 5%) Intereses financieros y gastos de negociación que puedan generar los préstamos formalizados para financiar de la película (límite 20%) El importe de los gastos generales (límite 7%) Los gastos de publicidad y promoción de la película a cargo de la empresa productora (límite 40%) Los gastos de adaptación de las películas, una vez terminadas, a soportes o sistemas necesarios para su exhibición o explotación. Los gastos de doblaje y/o subtitulado a cualquier lengua oficial española. El importe de realización de los soportes materiales necesarios para garantizar la preservación de la película, incluyendo la copia nueva y
en perfecto estado necesaria para el cumplimiento de la obligación establecida en las bases. Asimismo, los gastos para la obtención de las copias u otros soportes siempre que estén destinados a la exhibición en salas y que no
hubieran sido objeto de subvención para la empresa distribuidora. Los gastos del informe especial emitido por un auditor de cuentas, cuando sea este medio el empleado para acreditar el coste de la
película.
Plazo de vigencia de la convocatoria
Las solicitudes se pueden presentar desde el 17/10/2018 hasta el 08/11/2018.
Enlace para obtener más información
Bases y Convocatoria. Mas información.
AYUDA GENERAL PARA LA AMORTIZACIÓN DE LARGOMETRAJES (CONVOCATORIA ANUAL, 2018 CERRADA) – ESTATAL
Pág. 43 VOLVER INICIO
PARTE III: Fichas Informativas de Convocatorias
Objeto de la ayuda
El objeto de la convocatoria será otorgar ayudas para la participación de películas españolas en festivales durante el año 2018
Tipo de ayuda
Subvenciones y ayudas no reembolsables
Beneficiarios
Sociedad mercantil - Empresario individual
Descripción de la ayuda
La ayuda financia los siguientes conceptos:
Gastos de campañas de publicidad. Gasto de materiales promocionales tales como, folletos, carteles, fotografías, carpetas de prensa tiraje de extractos para su difusión en
radio, televisión e internet, etc. Los gastos de tiraje en cualquier formato, y/o subtitulado de las copias exigidas en cada evento, conforme a su reglamento de así como
de aquellas otras que se destinen a su proyección en los mercados que se celebren los mismos. Los gastos de contratación a empresas de relaciones públicas o agentes de prensa para desarrollar exclusivamente una labor específica en
el evento en el que la película participa. Los gastos de contratación a las empresas de transporte para el envío y retorno del material publicitario y, en su caso, las copias al
evento.
Plazo de vigencia de la convocatoria
Las solicitudes se pueden presentar desde el 19/10/2018 hasta el 29/10/2018.
Enlace para obtener más información
Bases y Convocatoria.Mas información
AYUDAS PARA LA PARTICIPACIÓN DE PELÍCULAS ESPAÑOLAS EN FESTIVALES. (CONVOCATORIA ANUAL, 2018 CERRADA) - ESTATAL
Pág. 44 VOLVER INICIO
PARTE III: Fichas Informativas de Convocatorias
Objeto de la ayuda
El objeto de la convocatoria será otorgar ayudas generales para la producción de largometrajes sobre proyecto.
Tipo de ayuda
Subvenciones y ayudas no reembolsables
Beneficiarios
Sociedad mercantil - Empresario individual – Consorcio y asociaciones de empresas
Descripción de la ayuda
Las ayudas podrán subvencionar hasta el 50% de los siguientes gastos subvencionables relativos a la distribución realizada y podrán ser desarrollados en la correspondiente convocatoria:
a) Tiraje de copias. b) Subtitulado. c) Doblaje, siempre que se proceda a la distribución de un número mínimo de seis copias subtituladas, distribución que no será exigible
cuando se trate películas especialmente recomendadas para la infancia. d) Publicidad y promoción. e) Medidas adoptadas contra la piratería (tales como sistemas de prevención y protección contra accesos y descargas ilegales o no
autorizados, seguimiento y vigilancia en redes sociales, etc.). f) Medios técnicos y recursos invertidos para el acercamiento de las películas a personas con discapacidad El importe máximo de la ayuda a percibir por película o conjunto de cortometrajes será de 150.000 euros.
Plazo de vigencia de la convocatoria
Las solicitudes se pueden presentar desde el 21/09/2018 hasta el 06/10/2018.
Enlace para obtener más información
Bases y Convocatoria.Mas informacion
AYUDAS GENERALES PARA LA PRODUCCIÓN DE LARGOMETRAJES SOBRE PROYECTO. (CONVOCATORIA ANUAL, 2018 CERRADA) – ESTATAL
Pág. 45 VOLVER INICIO
PARTE III: Fichas Informativas de Convocatorias
Objeto de la ayuda
El objeto de la convocatoria será otorgar Ayudas para la distribución de películas de largometraje y conjuntos de cortometrajes españoles, comunitarios e iberoamericanos destinados a la distribución en salas de exhibición, principalmente en versión original, que hayan sido calificados en España durante 2016 y 2017, cuyo estreno comercial en España se haya llevado a cabo en el último trimestre de 2016 o durante 2017 siempre que el plan de distribución de la película en España haya sido realizado esencialmente en las referidas fechas y que cumplan determinados requisitos.
Tipo de ayuda
Subvenciones y ayudas no reembolsables
Beneficiarios
Sociedad mercantil - Empresario individual
Descripción de la ayuda
La ayuda financia los siguientes conceptos:
Las ayudas podrán subvencionar hasta el 50% de los siguientes gastos subvencionables relativos a la distribución realizada y podrán ser desarrollados en la correspondiente convocatoria:
a) Tiraje de copias. b) Subtitulado. c) Doblaje, siempre que se proceda a la distribución de un número mínimo de seis copias subtituladas, distribución que no será exigible
cuando se trate películas especialmente recomendadas para la infancia. d) Publicidad y promoción. e) Medidas adoptadas contra la piratería (tales como sistemas de prevención y protección contra accesos y descargas ilegales o no
autorizados, seguimiento y vigilancia en redes sociales, etc.). f) Medios técnicos y recursos invertidos para el acercamiento de las películas a personas con discapacidad.
AYUDAS PARA LA DISTRIBUCIÓN DE PELÍCULAS DE LARGOMETRAJE Y CONJUNTOS DE CORTOMETRAJES, ESPAÑOLES, COMUNITARIOS E IBEROAMERICANOS. (CONVOCATORIA ANUAL, 2018 CERRADA) – ESTATAL
Pág. 46 VOLVER INICIO
PARTE III: Fichas Informativas de Convocatorias
A los efectos de estas ayudas, no se podrán subvencionar los gastos mencionados cuando, en todo o en parte, hayan sido reconocidos como gasto imputado al productor.
Plazo de vigencia de la convocatoria
Las solicitudes se pueden presentar desde el 03/08/2018 hasta el 03/09/2018.
Enlace para obtener más información
Bases y Extracto de Convocatoria .Mas informacion
Pág. 47 VOLVER INICIO
PARTE III: Fichas Informativas de Convocatorias
Objeto de la ayuda
El objeto de la convocatoria será otorgar Ayudas para la organización de festivales o certámenes cinematográficos de reconocido prestigio que se celebren durante el año 2018 en España y que dediquen especial atención a la programación y difusión del cine español, comunitario, iberoamericano, así como a películas de animación, documentales y cortometrajes.
Tipo de ayuda
Subvenciones y ayudas no reembolsables
Beneficiarios
Sociedad mercantil - Empresario individual
Descripción de la ayuda
La ayuda financia los siguientes conceptos:
Insfraestructura para las proyecciones Gestión de películas Edicione de publicacioness: Gastos de edición y del catálogo y de los folletos de programación del festival, certámen o premio Comunicación y prensa Publicidad y difusión Invitados Premios o galardones oficiales Contratación de azafatas, presentadores o moderadores y contratación de artistas para actuar durante la celebración del festival,certamen
o premio.
Plazo de vigencia de la convocatoria
Las solicitudes se pueden presentar desde el 15/08/2018 hasta el 13/09/2018.
Enlace para obtener más información
Bases y Convocatoria.Mas informacion
AYUDAS PARA LA ORGANIZACIÓN DE FESTIVALES Y CERTÁMENES CINEMATOGRÁFICOS EN ESPAÑA. (CONVOCATORIA ANUAL, 2018 CERRADA) - ESTATAL
Pág. 48 VOLVER INICIO
PARTE III: Fichas Informativas de Convocatorias
Objeto de la ayuda
El objeto de la convocatoria será otorgar yudas para la producción de cortometrajes sobre proyecto
Tipo de ayuda
Subvenciones y ayudas no reembolsables
Beneficiarios
Sociedad mercantil - Empresario individual
Descripción de la ayuda
La ayuda financia los siguientes conceptos:
Las ayudas podrán subvencionar hasta el 50% de los siguientes gastos subvencionables relativos a la distribución realizada y podrán ser desarrollados en la correspondiente convocatoria:
a) Tiraje de copias. b) Subtitulado. c) Doblaje, siempre que se proceda a la distribución de un número mínimo de seis copias subtituladas, distribución que no será exigible
cuando se trate películas especialmente recomendadas para la infancia. d) Publicidad y promoción. e) Medidas adoptadas contra la piratería (tales como sistemas de prevención y protección contra accesos y descargas ilegales o no
autorizados, seguimiento y vigilancia en redes sociales, etc.). f) Medios técnicos y recursos invertidos para el acercamiento de las películas a personas con discapacidad. A los efectos de estas ayudas, no se podrán subvencionar los gastos mencionados cuando, en todo o en parte, hayan sido reconocidos
como gasto imputado al productor.
AYUDAS A LA PRODUCCIÓN DE CORTOMETRAJES SOBRE PROYECTO. (CONVOCATORIA ANUAL, 2018 CERRADA) – ESTATAL
Pág. 49 VOLVER INICIO
PARTE III: Fichas Informativas de Convocatorias
Información adicional:
En ningún caso podrán concurrir a la presente convocatoria proyectos que ya hubieran resultado beneficiarios de ayuda a la producción de cortometrajes sobre proyecto, cualquiera que hubiera sido su importe, salvo cuando la empresa beneficiaria hubieran renunciado expresamente dicha ayuda antes de su cobro y, en todo caso, antes de iniciarse el plazo de presentación de solicitudes.
Un mismo proyecto podrá presentarse a un máximo de tres convocatorias de esta línea de ayudas en distintos ejercicios presupuestarios. Esta limitación se aplica a partir de la presente convocatoria.
Plazo de vigencia de la convocatoria
Las solicitudes se pueden presentar desde el 29/08/2018 hasta el 18/09/2018
Enlace para obtener más información
Bases y Convocatoria. Mas información.
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PARTE III: Fichas Informativas de Convocatorias
Objeto de la ayuda
El objeto de la convocatoria será otorgar ayudas selectivas para la producción de largometrajes sobre proyecto
Tipo de ayuda
Subvenciones y ayudas no reembolsables
Beneficiarios
Sociedad mercantil - Empresario individual
Descripción de la ayuda
Las ayudas podrán subvencionar hasta el 50% de los siguientes gastos subvencionables relativos a la distribución realizada y podrán ser desarrollados en la correspondiente convocatoria:
a) Tiraje de copias. b) Subtitulado. c) Doblaje, siempre que se proceda a la distribución de un número mínimo de seis copias subtituladas, distribución que no será
exigible cuando se trate películas especialmente recomendadas para la infancia. d) Publicidad y promoción. e) Medidas adoptadas contra la piratería (tales como sistemas de prevención y protección contra accesos y descargas ilegales o no
autorizados, seguimiento y vigilancia en redes sociales, etc.). f) Medios técnicos y recursos invertidos para el acercamiento de las películas a personas con discapacidad.
A los efectos de estas ayudas, no se podrán subvencionar los gastos mencionados cuando, en todo o en parte, hayan sido reconocidos como gasto imputado al productor. El importe máximo de la ayuda que se conceda será de 500.000 euros por proyecto beneficiario, siempre que dicho importe no supere el 40% del coste que en su día sea reconocido al largometraje
Plazo de vigencia de la convocatoria
Las solicitudes se pueden presentar desde el 03/08/2018 hasta el 24/08/2018.
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Bases y Convocatoria.Mas información
AYUDAS SELECTIVAS PARA LA PRODUCCIÓN DE LARGOMETRAJES SOBRE PROYECTO. (CONVOCATORIA ANUAL, 2018 CERRADA) – ESTATAL
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PARTE III: Fichas Informativas de Convocatorias
Objeto de la ayuda
El objeto de la convocatoria será otorgar ayudas para la producción de cortometrajes sobre proyecto.
Tipo de ayuda
Subvenciones y ayudas no reembolsables
Beneficiarios
Sociedad mercantil - Empresario individual
Descripción de la ayuda
La ayuda financia los siguientes conceptos:
Las ayudas podrán subvencionar hasta el 50% de los siguientes gastos subvencionables relativos a la distribución realizada y podrán ser desarrollados en la correspondiente convocatoria:
a) Tiraje de copias. b) Subtitulado. c) Doblaje, siempre que se proceda a la distribución de un número mínimo de seis copias subtituladas, distribución que no será exigible
cuando se trate películas especialmente recomendadas para la infancia. d) Publicidad y promoción. e) Medidas adoptadas contra la piratería (tales como sistemas de prevención y protección contra accesos y descargas ilegales o no
autorizados, seguimiento y vigilancia en redes sociales, etc.). f) Medios técnicos y recursos invertidos para el acercamiento de las películas a personas con discapacidad. A los efectos de estas ayudas, no se podrán subvencionar los gastos mencionados cuando, en todo o en parte, hayan sido reconocidos
como gasto imputado al productor.
Plazo de vigencia de la convocatoria
Las solicitudes se pueden presentar desde el 04/08/2018 hasta el 19/08/2018.
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Bases y Convocatoria. Mas informacion
AYUDAS A LA PRODUCCIÓN DE CORTOMETRAJES REALIZADOS. (CONVOCATORIA ANUAL, 2018 CERRADA) – ESTATAL
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PARTE III: Fichas Informativas de Convocatorias
Objeto de la ayuda
La convocatoria tiene por objeto establecer las bases que regularán, en régimen de concurrencia competitiva, las subvenciones establecidas por la Agencia Gallega de las Industrias Culturales para el apoyo a festivales de cine de carácter profesional celebrados en Galicia que, por sus características, tengan un interés estratégico para el sector y proceder su convocatoria para el año 2019.
Tipo de ayuda
Subvenciones y ayudas no reembolsables
Beneficiarios
Sociedad mercantil - Empresario individual
Descripción de la ayuda Entre las características cabe destacar:
El importe total de la subvención es el corrrespondiente a las ayudas de minimis concedidas por un Estado miembro a una única empresa, el cual no excederá de 200.000 euros durante cualquier período de tres ejercicios fiscales.
La percepción de estas ayudas es compatible con otras subvenciones, ayudas e ingresos o recursos para la misma finalidad, procedentes de cualquier otra Administración o ente público o privado.
En ningún caso la suma de los importes de las ayudas concedidas al amparo de esta orden podrá ser de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con subvenciones o ayudas de otras administraciones públicas o de otros entes públicos o privados, nacionales o internacionales, pueda superar el 100 % del coste del evento.
La gestión de estas subvenciones se realizará por el procedimiento de concurrencia competitiva y de acuerdo con los siguientes principios:
a) Publicidad, concurrencia, objetividad, transparencia, igualdad y no discriminación.
b) Eficacia en el cumplimiento de los objetivos fijados por la Administración otorgante.
c) Eficiencia en la asignación de efectivos y en la utilización de recursos públicos.
SUBVENCIONES A FESTIVALES DEL SECTOR AUDIOVISUAL CELEBRADOS EN GALICIA EN EL AÑO 2019. (CONVOCATORIA ANUAL)
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PARTE III: Fichas Informativas de Convocatorias
Plazo de vigencia de la convocatoria
Las solicitudes se pueden presentar desde el 15/01/2019 hasta el 14/02/2019.
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Bases y Convocatoria. Mas información.
Región en la que se puede desarrollar el proyecto
Galicia
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PARTE III: Fichas Informativas de Convocatorias
Objeto de la ayuda
La convocatoria tiene por objeto establecer y aprobar las bases reguladoras, en régimen de concurrencia competitiva, de las subvenciones para el fomento a la creación de obras audiovisuales con decidida vocación artística y cultural y, en concreto, la escritura de guiones y la realización de cortometrajes a cargo de creadores individuales o la realización de largometrajes a cargo de empresas individuales o productoras, y proceder a su convocatoria para el año 2019.
Tipo de ayuda
Subvenciones y ayudas no reembolsables
Beneficiarios
Sociedad mercantil - Empresario individual
Descripción de la ayuda Entre las características cabe destacar:
El importe total de la subvención es el corrrespondiente a las ayudas de minimis concedidas por un Estado miembro a una única empresa, el cual no excederá de 200.000 euros durante cualquier período de tres ejercicios fiscales.
La percepción de estas ayudas es compatible con otras subvenciones, ayudas e ingresos o recursos para la misma finalidad, procedentes de cualquier otra Administración o ente público o privado, pero incompatibles con otras para el mismo proyecto de la Consellería de Cultura y Turismo.
En ningún caso la suma de los importes de las ayudas concedidas al amparo de esta orden podrá ser de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con subvenciones o ayudas de otras administraciones públicas o de otros entes públicos o privados, nacionales o internacionales, pueda superar el 100 % del coste del evento.
La gestión de estas subvenciones se realizará por el procedimiento de concurrencia competitiva y de acuerdo con los siguientes principios:
a) Publicidad, concurrencia, objetividad, transparencia, igualdad y no discriminación.
b) Eficacia en el cumplimiento de los objetivos fijados por la Administración otorgante.
c) Eficiencia en la asignación de efectivos y en la utilización de recursos públicos.
SUBVENCIONES DE CREACIÓN AUDIOVISUAL PARA EL DESARROLLO Y PROMOCIÓN DEL TALENTO AUDIOVISUAL GALLEGO. CONVOCATORIA ANUAL
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PARTE III: Fichas Informativas de Convocatorias
Plazo de vigencia de la convocatoria
Las solicitudes se pueden presentar desde el 19/01/2019 hasta el 18/02/2019.
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Bases y Convocatoria. Mas información.
Región en la que se puede desarrollar el proyecto
Galicia
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PARTE III: Fichas Informativas de Convocatorias
Ayudas específicas para el sector de espectáculos e industria cultural y creativa
Objeto de la ayuda
El objeto de estas ayudas es la financiación del desarrollo de proyectos digitales y tecnológicos que tienen por objeto incrementar la oferta legal de contenidos digitales culturales en Internet y modernizar e innovar las industrias culturales y creativas. Se subvenciona la inversión en capital para las pequeñas empresas y las microempresas.
Tipo de ayuda
Subvenciones y ayudas no reembolsables.
Beneficiarios
Sociedad mercantil - Empresario individual.
Descripción de la ayuda
Las ayudas tendrán las siguientes finalidades:
a) Promover las inversiones para la creación y difusión de contenidos digitales culturales en productos y servicios aumentando a su vez la calidad de la oferta legal de contenidos digitales culturales en Internet y mejorando el acceso de los ciudadanos a los mismos.
b) Promover las inversiones que permitan la modernización, innovación y desarrollo tecnológico de las industrias culturales y creativas.
c) Incrementar la generación de empleo fomentando el desarrollo, la profesionalización y la vertebración del sector de las industrias culturales y creativas.
d) Estimular la participación del sector privado en la financiación de proyectos culturales y fomentar el mecenazgo cultural, impulsar la internacionalización de las industrias culturales y creativas y fomentar la oferta turística cultural mediante aplicaciones vinculadas a Internet y a las nuevas tecnologías.
Plazo de vigencia de la convocatoria
La fecha de publicación de la convocatoria varía cada año, si bien suele producirse entre finales del primer trimestre y principios del segundo trimestre. La última convocatoria permaneció abierta desde el 29/05/2018 hasta el 18/06/2018.
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Bases y Convocatoria. Más información.
AYUDAS PARA LA MODERNIZACIÓN E INNOVACIÓN DE LAS INDUSTRIAS CULTURALES Y CREATIVAS MEDIANTE PROYECTOS DIGITALES Y TECNOLÓGICOS. CONVOCATORIA ANUAL.
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PARTE III: Fichas Informativas de Convocatorias
Objeto de la ayuda
Ayudas en régimen de concurrencia pública, destinadas a fomentar la promoción, protección y difusión en todo el territorio español del patrimonio cultural de la lírica, la música y la danza, facilitando la comunicación cultural del patrimonio entre CC.AA.
Existen dos modalidades de ayuda: A. Ayudas a la danza y B. Ayudas a la lírica y la música.
Tipo de ayuda
Subvenciones y ayudas no reembolsables.
Beneficiarios
Sociedad mercantil - Empresario individual - Otros
Descripción de la ayuda
La ayuda financia, para la modalidad A:
A1. Programas de apoyo para giras por España; A1.1. Apoyo a compañías de danza para giras por España y A1.2. Apoyo a giras de coproducciones de danza interautonómicas.
A2. Programas de apoyo a compañías de danza para giras por el extranjero. A3. Programas de apoyo a entidades sin ánimo de lucro de ámbito estatal para la realizaciónde actividades de danza. A4. Programas de apoyo a festivales, muestras, certámenes y congresos de danza. A5. Programas de apoyo a espacios escénicos y musicales con programaciones coreográficas estables: programaciones anuales y
programaciones bianuales. La ayuda financia, para la modalidad B:
B1. Programas de apoyo para giras por España: B1.1. Apoyo a intérpretes y agrupaciones de lírica y música para giras por España, y B1.2. Apoyo a giras de coproducciones de lírica y música interautonómicas.
B2. Programas de apoyo a intérpretes y agrupaciones de lírica y música para giras por elextranjero. B3. Programas de apoyo a entidades sin ánimo de lucro de ámbito estatal, para la realización de actividades de lírica y música. B4. Programas de apoyo a festivales, muestras, certámenes y congresos de lírica y música. B5. Programas de apoyo para la organización de temporadas líricas. B6. Programas de apoyo a encargos de composición vinculados a estreno
AYUDAS A LA MÚSICA, LA LÍRICA Y LA DANZA. CONVOCATORIA ANUAL.
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PARTE III: Fichas Informativas de Convocatorias
Plazo de vigencia de la convocatoria
La fecha de publicación de la convocatoria varía cada año, si bien suele producirse en el primer trimestre.
La última convocatoria permaneció abierta desde el 31/01/2018 hasta el 20/02/2018.
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Bases y Convocatoria. Más información.
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PARTE III: Fichas Informativas de Convocatorias
Objeto de la ayuda
Ayudas en régimen de concurrencia pública, destinadas a fomentar la promoción, protección y difusión en todo el territorio español del patrimonio cultural de teatro y circo, facilitando la comunicación cultural del patrimonio entre CC.AA.
Existen varias modalidades: A. Programa de apoyo al teatro y al circo en el ámbito nacional; B. Programa de apoyo al teatro y al circo en el ámbito internacional; C. Programa específico de apoyo al circo en el ámbito nacional e internacional; D. Programa de apoyo a festivales, ferias, muestras, circuitos, otros eventos y a asociaciones, federaciones y confederaciones de ámbito estatal y proyección internacional.
Tipo de ayuda
Subvenciones y ayudas no reembolsables.
Beneficiarios
Sociedad mercantil - Empresario individual - Otros
Descripción de la ayuda
La ayuda financia los siguientes conceptos:
A. Programa de apoyo al teatro y al circo en el ámbito nacional: A1.1. Apoyo a las giras teatrales por el territorio nacional. A1.3. Apoyo a las giras de coproducciones teatrales y circenses interautonómicas. A2. Apoyo a programaciones anuales de ámbito nacional en salas privadas de teatro. A3. Apoyo a programaciones bienales de ámbito nacional en salas privadas de teatro. A4. Apoyo a proyectos de creación, exhibición, investigación y formación en salas de teatro. B. Programa de apoyo al teatro y al circo en el ámbito internacional: B1. Apoyo a las giras teatrales por el extranjero. B2. Apoyo a las producciones teatrales y circenses en el extranjero. C. Programa específico de apoyo al circo en el ámbito nacional e internacional: C1. Apoyo a las giras circenses por el territorio nacional. C2. Apoyo a las giras circenses por el extranjero. D. Programa de apoyo a festivales, ferias, muestras, circuitos, otros eventos y a asociaciones, federaciones y confederaciones de ámbito
estatal y proyección internacional:
AYUDAS AL TEATRO Y AL CIRCO. CONVOCATORIA ANUAL.
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PARTE III: Fichas Informativas de Convocatorias
D1. Ayudas a la realización de festivales, ferias, muestras, circuitos y otros eventos teatrales. D2. Ayudas a la realización de festivales, ferias, muestras, circuitos y otros eventos circenses. D3. Ayudas a las asociaciones, federaciones y confederaciones de ámbito estatal y proyección internacional para actividades teatrales y
circenses
Plazo de vigencia de la convocatoria
La fecha de publicación de la convocatoria varía cada año, si bien suele producirse en el primer trimestre.
En el año 2018 se realizaron dos convocatorias, la primera para prácticamente todo el conjunto de modalidades, que estuvo abierta desde el 31/01/2018 hasta el 20/02/2018, y la segunda para la modalidad A4, que permaneció abierta desde el 26/10/2018 hasta el 12/11/2018.
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Bases, Convocatoria 1 y Convocatoria 2. Más información.
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PARTE III: Fichas Informativas de Convocatorias
Objeto de la ayuda
La convocatoria tiene por objeto regular las ayudas para la realización de festivales y certámenes de artes escénicas y musicales organizados por empresas y profesionales que se produzcan y celebren en la Comunidad Foral de Navarra, dentro de las competencias propias del Servicio de Acción Cultural, con el fin de promocionar las artes escénicas y musicales y favorecer un oferta artística de calidad, diversa, innovadora y de interés para los públicos.
Tipo de ayuda
Subvenciones y ayudas no reembolsables
Beneficiarios
Sociedad mercantil - Empresario individual
Descripción de la ayuda Entre las características cabe destacar:
Importe máximo de la subvención: 45.000 euros La cuantía de la ayuda para cada proyectos subvencionado no podrá ser, en ningún caso, superior al 70% del presupuesto aceptado. El
presupuesto aceptado será el resultado del presupuesto presentado por la entidad, minorado en las cuantías correspondientes a gastos no subvencionables.
La cuantía de la ayuda para cada proyecto subvencionado no podrá superar los 15.000 euros. Si alguno/a de los/as beneficiarios/as renunciara a la ayuda, ésta se podrá otorgar a los proyectos que hayan superado la puntuación
mínima exigida, en función de la puntuación obtenida. Cuando el importe de la subvención propuesta sea inferior al que figura en la solicitud presentada, se instará del beneficiario la
reformulación de su solicitud para ajustar los compromisos y condiciones a la subvención otorgable.
En cualquier caso, la reformulación de solicitudes deberá respetar el objeto, condiciones y finalidad de la subvención, así como los criterios de valoración establecidos respecto de las solicitudes.
SUBVENCIÓN PARA FESTIVALES Y CERTÁMENES DE ARTES ESCÉNICAS ARTEM FESTIVAL 2019. CONVOCATORIA ANUAL
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PARTE III: Fichas Informativas de Convocatorias
Plazo de vigencia de la convocatoria
Las solicitudes se pueden presentar desde el 14/01/2019 hasta el 22/02/2019.
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Bases y Convocatoria. Mas información.
Región en la que se puede desarrollar el proyecto
Navarra
Pág. 63 VOLVER INICIO
PARTE III: Fichas Informativas de Convocatorias
Objeto de la ayuda
La convocatoria tiene por objeto regular las ayudas para proyectos de producción de espectáculos de artes escénicas y musicales en vivo que sean producidos y/o estrenados en Navarra en 2019, realizados por empresas y profesionales de la Comunidad Foral de Navarra con el fin de apoyar una oferta artística de calidad, diversa, innovadora y de interés para los públicos.
Tipo de ayuda
Subvenciones y ayudas no reembolsables
Beneficiarios
Sociedad mercantil - Empresario individual
Descripción de la ayuda Entre las características cabe destacar:
Importe máximo de la subvención: 230.000 euros La cuantía de la ayuda para cada proyectos subvencionado no podrá ser, en ningún caso, superior al 70% del presupuesto aceptado. El
presupuesto aceptado será el resultado del presupuesto presentado por la entidad, minorado en las cuantías correspondientes a gastos no subvencionables.
La cuantía de la ayuda para cada proyecto subvencionado no podrá superar los 25.000 euros. Si alguno/a de los/as beneficiarios/as renunciara a la ayuda o, por cualquier causa, se liberaran cantidades inicialmente concedidas, se
podrá realizar una concesión adicional a aquellos proyectos que hayan alcanzado la puntuación mínima exigida, en función de la puntuación obtenida, mediante reparto a prorrateo establecido y con los límites establecidos. Es decir, en ningún caso la suma total de las cantidades recibidas puede superar la cuantía máxima ni el porcentaje máximo fijado.
Cuando el importe de la subvención propuesta sea inferior al que figura en la solicitud presentada, se instará del beneficiario a la reformulación de su solicitud para ajustar los compromisos y condiciones a la subvención otorgable.
En cualquier caso, la reformulación de solicitudes deberá respetar el objeto, condiciones y finalidad de la subvención, así como los criterios de valoración establecidos respecto de las solicitudes.En cualquier caso, la reformulación de solicitudes deberá respetar el objeto, condiciones y finalidad de la subvención, así como los criterios de valoración establecidos respecto de las solicitudes.
SUBVENCIONES A LA PRODUCCIÓN DE ARTES ESCÉNICAS Y MUSICALES. ARTEM PRO 2019. CONVOCATORIA ANUAL
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PARTE III: Fichas Informativas de Convocatorias
Plazo de vigencia de la convocatoria
Las solicitudes se pueden presentar desde el 14/01/2019 hasta el 22/02/2019.
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Bases y Convocatoria. Mas información.
Región en la que se puede desarrollar el proyecto
Navarra
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PARTE III: Fichas Informativas de Convocatorias
Objeto de la ayuda
Solicitar la incorporación en el Circuito de Artes Escénicas del Principado de Asturias, programa de acción que tiene por objeto optimizar los recursos disponibles y procurar una programación estable y de calidad, prestando especial atención a las producciones asturianas.
Tipo de ayuda
Subvenciones y ayudas no reembolsables
Beneficiarios
Sociedad mercantil - Empresario individual
Descripción de la ayuda El beneficiario de la ayuda podrá participar en el Circuito de las Artes Escénicas del Principado de Asturias, que cuenta con la participación de la Consejera de Educación, Cultura y Deporte del Principado, así como con la de los diferentes ayuntamientos, que de forma conjunta soportan el 100% de los costes en los que incurran las empresas participantes. Existe una limitación de 6 espectáculos por semestre por compañía en caso de ser Asturiana, y de 2 en caso contrario. La consejería:
garantizará la disposición de los recursos humanos necesarios para responder a todas las cuestiones relativas a la puesta en marcha y funcionamiento del Circuito de las Artes Escénicas.
abonara la parte del caché que corresponda a las compañías. Este porcentaje del caché será de un 50%, en el caso de espectáculos de empresas asturianas, y de un 40%, en caso de espectáculos de empresas no asturianas.
Los Ayuntamientos que participen en el circuito:
abonara la parte del caché que corresponda a las compañías. Este porcentaje del caché será de un 50%, en el caso de espectáculos de empresas asturianas, y de un 60%, en caso de espectáculos de empresas no asturianas.
aportarán el equipamietno necesario para la realización de los espectáculos, entre los que se incluyen el material de iluminación, sonido y maquinaria.
un responsable de gestión por cada uno de los espacios incluidos.
INCORPORACIÓN EN EL CIRCUITO DE ARTES ESCÉNICAS DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS (EMPRESAS DISTRIBUIDORAS)
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PARTE III: Fichas Informativas de Convocatorias
Plazo de vigencia de la convocatoria
Las solicitudes se pueden presentar anualmente, antes del 15 de septiembre, pudiendo solicitar la inclusión o eliminación de espectáculos para su gira en el segundo semestre, antes del 30 de abril del año.
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Bases y Convocatoria. Mas información.
Región en la que se puede desarrollar el proyecto
Asturias
Pág. 67 VOLVER INICIO
PARTE III: Fichas Informativas de Convocatorias
Objeto de la ayuda
Solicitar la incorporación en el Circuito de las Artes Escénicas del Principado de Asturias, programa de acción que tiene por objeto optimizar los recursos disponibles y procurar una programación estable y de calidad, prestando especial atención a las producciones asturianas.
Tipo de ayuda
Subvenciones y ayudas no reembolsables
Beneficiarios
Sociedad mercantil - Empresario individual
Descripción de la ayuda El beneficiario de la ayuda podrá participar en el Circuito de las Artes Escénicas del Principado de Asturias, que cuenta con la participación de la Consejera de Educación, Cultura y Deporte del Principado, así como con la de los diferentes ayuntamientos, que de forma conjunta soportan el 100% de los costes en los que incurran las empresas participantes. Existe una limitación de 6 espectáculos por semestre por compañía en caso de ser Asturiana, y de 2 en caso contrario. La consejería:
garantizará la disposición de los recursos humanos necesarios para responder a todas las cuestiones relativas a la puesta en marcha y funcionamiento del Circuito de las Artes Escénicas.
abonara la parte del caché que corresponda a las compañías. Este porcentaje del caché será de un 50%, en el caso de espectáculos de empresas asturianas, y de un 40%, en caso de espectáculos de empresas no asturianas.
Los Ayuntamientos que participen en el circuito:
abonara la parte del caché que corresponda a las compañías. Este porcentaje del caché será de un 50%, en el caso de espectáculos de empresas asturianas, y de un 60%, en caso de espectáculos de empresas no asturianas.
aportarán el equipamietno necesario para la realización de los espectáculos, entre los que se incluyen el material de iluminación, sonido y maquinaria.
un responsable de gestión por cada uno de los espacios incluidos.
INCORPORACIÓN EN EL CIRCUITO DE ARTES ESCÉNICAS DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS (EMPRESAS ESCÉNICAS)
Pág. 68 VOLVER INICIO
PARTE III: Fichas Informativas de Convocatorias
Plazo de vigencia de la convocatoria
Las solicitudes recibidas hasta el día 15 de septiembre del año en curso determinarán, en su caso, la incorporación al Circuito de Artes Escénicas del año inmediatamente posterior. Las solicitudes presentadas fuera de este periodo ordinario no serán consideradas para su inclusión en el Circuito del año inmediatamente posterior, sino, en su caso, del siguiente a éste.
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Bases y Convocatoria. Mas información.
Región en la que se puede desarrollar el proyecto
Asturias
Pág. 69 VOLVER INICIO
PARTE III: Fichas Informativas de Convocatorias
Ayudas específicas para modernización y enriquecimiento del patrimonio bibliográfico
Objeto de la ayuda
Se trata de ayudas a la edición con convocatoria anual, cuyo objetivo es garantizar la edición de aquellas revistas que, a pesar de tener una relevancia cultural sobresaliente, tienen un alcance comercial reducido.
La ayuda se destina a publicaciones periódicas, con una tirada mínima de 1.500 ejemplares y máxima de 15.000, editadas en serie continua con un mismo título, a intervalos regulares o irregulares, durante un período indeterminado, de forma que los ejemplares de la serie lleven una numeración consecutiva y estén fechados, con un precio de venta al público marcado. Las revistas deben tener una periodicidad máxima mensual y una mínima semestral.
Por lo que se refiere a las publicaciones digitales, deben cumplir una serie de requisitos alternativos que se especifican en la convocatoria.
Las editoriales de revistas que se publiquen simultáneamente en formato papel y en formato digital deberán presentar una solicitud conjunta de ayuda por cada publicación. Tiene que cumplir todos los requisitos de uno u otro formato
Tipo de ayuda
Subvenciones y ayudas no reembolsables
Beneficiarios
Sociedad mercantil - Empresario individual
Descripción de la ayuda
La ayuda financia la edición de revistas de cultura que contribuyan al enriquecimiento del patrimonio bibliográfico español, escritas en castellano o en las lenguas cooficiales de las Comunidades Autónomas. Se entenderán que son publicaciones pertenecientes al ámbito de la cultura, con independencia del soporte en que se editen, aquellas dedicadas, entre otras, a alguna de las siguientes materias:
- Literatura y lingüística.
- Artes plásticas, artes escénicas, música.
- Diseño, fotografía, audiovisual, cinematografía.
SUBVENCIONES PARA LA EDICIÓN DE REVISTAS DE CULTURA. CONVOCATORIA ANUAL.
Pág. 70 VOLVER INICIO
PARTE III: Fichas Informativas de Convocatorias
- Historia, geografía, arquitectura.
- Filosofía, ciencias sociales, crítica de la cultura.
El importe de las subvenciones convocadas a favor de empresas será, como máximo, de 504.000 euros, y de 240.000 euros para instituciones sin fines de lucro.
Plazo de vigencia de la convocatoria
La fecha de publicación de la convocatoria varía cada año, si bien suele producirse durante el primer trimestre.
La última convocatoria permaneció abierta desde el 09/04/2018 hasta el 27/04/2018.
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Bases y Convocatoria. Mas información.
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PARTE III: Fichas Informativas de Convocatorias
Objeto de la ayuda
Convocatoria anual de anaul de ayuda destinada a la producción de libros en lengua castellana o en las lenguas cooficiales de las Comunidades Autónomas, en lenguas de signos españolas o en sistema Braille "Grado 1" que, con independencia de la nacionalidad del autor, contribuyan al enriquecimiento del patrimonio bibliográfico español.
Tipo de ayuda
Subvenciones y ayudas no reembolsables.
Beneficiarios
Sociedad mercantil - Empresario individual
Descripción de la ayuda
La ayuda se destina a:
Obras de referencia y consulta (enciclopedias, diccionarios, libros de historia, bibliografías, etc.) Obras de pensamiento en disciplinas humanísticas o científicas Obras de ficción Obras de ficción de carácter infantil y juvenil
Plazo de vigencia de la convocatoria
La fecha de publicación de la convocatoria varía cada año, si bien suele producirse entre finales del primer trimestre y principios del segundo trimestre.
La última convocatoria permaneció abierta desde el 25/06/2018 hasta el 13/07/2018.
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SUBVENCIONES PARA LA EDICIÓN DE LIBROS. CONVOCATORIA ANUAL.
Pág. 72 VOLVER INICIO
PARTE III: Fichas Informativas de Convocatorias
Objeto de la ayuda
El objetivo de estas ayudas es incentivar a las librerías para que lleven a cabo proyectos que contribuyan a la modernización de su espacio físico o virtual. Están dirigidas a librerías independientes, formalmente constituidas como empresas desde hace al menos dos años en el momento de la convocatoria anual correspondiente.
Tipo de ayuda
Subvenciones y ayudas no reembolsables.
Beneficiarios
Sociedad mercantil - Empresario individual.
Descripción de la ayuda
La ayuda financia las actividades de revalorización cultural y modernización de las librerías independientes que tengan una de las siguientes finalidades:
A. La renovación tecnológica mediante 1) la creación o mejora de páginas web y otras herramientas o medios que permitan tanto una mejor relación entre la librería y el usuario como una mayor difusión de la oferta de libros y del fondo editorial del establecimiento; o 2) la ejecución de cualquier otro proyecto que mejore el acceso de los lectores a la oferta legal de contenidos digitales.
B. La ejecución de obras en el establecimiento siempre y cuando supongan una clara mejora de su espacio cultural. Las obras deberán tener por finalidad mejorar la prestación del servicio, la accesibilidad del público lector a las instalaciones o adaptar la librería a los nuevos hábitos de compra y oferta de libros.
Plazo de vigencia de la convocatoria
La fecha de publicación de la convocatoria varía cada año, si bien suele producirse a finales del segundo trimestre.
La última convocatoria permaneció abierta desde el 07/09/2018 hasta el 27/09/2018.
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Bases y Convocatoria. Más información.
SUBVENCIONES PARA LA REVALORIZACIÓN CULTURAL Y MODERNIZACIÓN DE LAS LIBRERÍAS. CONVOCATORIA ANUAL.
NIP
O:
11
41
90
19
6