,.;-Í.GIS |-£v
tífiraua 0000063
REGISTRO GENERAL DE LA PROPIEDAD
Inciso 10.4Negociación
entre EntidadesPúblicas
'Brindando Seguridad Registra!y CertezaJurídica" giM QlauJia <£stefo %Ú0Z JÍTOMJefa A
9a. Avenida 14-25 zona 1. PBX (502) 2498-1111 Departamento de Cojg\, Reqistro General de la PrbpfedatiWWW.rgp.org.gt noyio»" VjM
Listado de Bienes y Servicios
Método de Compra = NEP, Fecha de Ingreso >=01/07/2019. Fecha de Ingreso <=3l/07/20l9Ejercicio: 2019
Nit- Fecha
330388 07/08/2019
330388 07/08/2019
330388 07/08/2019
330388 07/08/2019
330388 07/08/2019
330388 07/08/2019
330388 07/08/2019
33038S 07/08/2019
Método deCompra
NEP
NEP
NEP
NEP
NEP
NEP
NEP
NEP
Entidad
UE
114-0026-11140026
14-0026-11140026
1114-1X126-11140026
I 14-0026-1 I 140026
.14-0026-11140026
1114-0026-11140026
.114-0026-11140026
11 14-0026-11 140026
Jefa
Wamenlo de ComprasGeneral de la Propiedad
UnidadComp.
No.
Orden
1542
1543
1544
1544
1544
1544
1544
1544
Renglón NOG Proveedor/Descripción
CRÉDITO HIPOTECARIO NACIONAL DE GUATEMALA / PÓLIZA DE
SEGURO CONTRA INCENDIO Y LINEAS ALIADAS PARA EDIFICIO
CENTRAL (9A. AVENIDA 14-25. ZONA 1). EDIFICIO ANEXO (19 CALLE 11-
191 10765336 34 ZONA I). BODEGA ZONA 13 ( 7A. AVENIDA 3-70 ZONA 131 Y
MOBILIARIO Y EQUIPO QUE SE ENCUENTRE DEN TRO LAS
INSTALACIONES Y SEDES DEL REGISTRO GENERAL DE LA PROPIEDAD.
CON VIGENCIA DEL 05-07-2019 AL 04-07-2020
10765522
10764712
CRÉDITO HIPOTECARIO NACIONAL DE GUATEMALA / PÓLIZA DESEGURO ELECTRÓNICOQUE SE ENCUENTRA INSTALADO EN LASSEDESDEL REGISTRO GENERAL DE LA PROPIEDAD. CON VIGENCIA DEL 05-07-
2019 AL 04-07-2020
CRÉDITO HIPOTECARIO NACIONAL DÉ GUATEMALA / PÓLIZA DESEGURO PARA VEHÍCULO TIPO MICROBUS MARCA MITSUBISHI. LINEAL300. MODELO 2010. PLACA P-379DVP. CON VIGENCIA DEL 05-07-2019 AL
04-07-2020
CRÉDITO HIPOTECARIO NACIONAL DE GUATEMALA / PÓLIZA DE
10764712 SEGURO PARA MOTOCICLETA. MARCA SUZUKI. LINEA GNI25H. PLACAM-827DDX MODELO 2013.. CON VIGENCIA DEL 05-07-2019 AL 04-07-2020
CRÉDITO HIPOTECARIO NACIONAL DE GUATEMALA / PÓLIZA DE
10764712 SEGURO PARA MOTOCICLETA. MARCA SUZUKI. LINEA GN125H. PLACA
M-828DDX MODELO 2013.. CON VIGENCIA DEL05-07-2019 AL 04-07-2020
CRÉDITO HIPOTECARIO NACIONAL DE GUATEMALA / PÓLIZA DE10764712 SEGURO PARA MOTOCICLETA. MARCA SUZUKI. LINEA GN 125H. PLACA
M-829DDX MODELO 2013.. CON VIGENCIA DEL 05-07-2019 AL 04-07-2020
CRÉDITO HIPOTECARIO NACIONAL DE GUATEMALA / PÓLIZA DE10764712 SEGURO PARA MOTOCICLETA. MARCA HONDA. CGL 125 CAST. PLACA M-
053FVH. MODELO 2017. CON VIGENCIA DEL 05-07-2019 AL 04-07-2020
Cantidad
CRÉDITO HIPOTECARIO NACIONAL DE GUATEMALA / PÓLIZA DE
10764712 SEGURO PARA MOTOCICLETA. MARCA MONDA. CGL 125 CAST. PLACA M- I
0541 VH. MODELO 2017. CON VIGENCIA DEL 05-07-2019 AL 04-07-2020
0000064
Unidad de
Medida
PAGINA 1 I)E 2
FECHA 08/05/2019
Hora 09:33:39
REPORTE R0OX11607.rpt
Precio Monto
Servicios 127189.78 127189.78
Sen icios 105945.47 105945.47
Servicios 12180.15 12180.15
Servicios 1172.85 1172.85
Servicios 1172.85 1172.85
Servicios 1172.85 1172.85
Servicios 1004.49 1004.49
Servicios 1004.49 1004.49
0000065Listado de Bienes y Servicios
Método de Compra = NEP, Fecha de Ingreso >= 01/07/2019, Fecha de Ingreso <=31/07/2019 PAGINA 2 DE 2Ejercicio: 2019 FECHA 08/05/2019
Hora 09:33:39
REPORTE R008U607.rpt
Compra UE Comp. Orden * MedidaEMPRESA GUATEMALTECA DE TELECOMUNICACIONES GUATEL/ SERV.
INTERNET 50 MBPS Y ENLACE DE DATOS 6IMBPS.CONVEN10 DE FECHA
13-11-18 Y ADENDA DE FECHA 17-12-18. PERIODO 1-06-19 AL 30-06-19.
2352567 07/16/2019 NEP 1114-0026-11140026 3 771 113 9425594 CLAUSULAOCTAVA: PARA EL SIG. PERIODO LAS ERROGACIONESSE I Servicios 94930.00 94930.00CARGARAN PARTIDAS QUE A FUTURO SE DEN PARA PROGRAMAR Y
GARANTIZAR DISPONIBILIDAD PRESUPUESTARIA. DOC. ORIGINAL DEV
1458
£iak
Mentó c?era/tf<
aia Propiedad
Suma de Bienes
Suma de Montos 345772.93
0000066
GUATEL
ADENDA DE CONVENIO ENTRE EL REGISTRO GENERAL DE LA PROPIEDAD Y LA
EMPRESA GUATEMALTECA DE TELECOMUNICACIONES -GUATEL-
En la ciudad de Guatemala, el día diecisiete (17) de diciembre del año dos mil dieciocho(2018), NOSOTROS: LUIS FERNANDO OCHOA GARCÍA, de sesenta (60) años deedad, casado, guatemalteco, Abogado yNotario e Ingeniero Agrónomo, de este domicilio,me identifico con el Documento Personal de Identificación (DPI), con Código Único deIdentificación (CUI) número un mil novecientos noventa, treinta mil cuatrocientos cinco,cero ochocientos dos (1990 30405 0802), extendido por el Registro Nacional de lasPersonas (RENAP) de la República de Guatemala; actúo en mi calidad de DIRECTOR DELA DIRECCIÓN ADMINISTRATIVA DEL REGISTRO GENERAL DE LA PROPIEDAD DELA ZONA CENTRAL, institución que en lo sucesivo será denominada como (ELREGISTRO), personería que acredito con: a) Acuerdo de Nombramiento número dieciséisguión dos mil dieciséis (16-2016) del uno de febrero del dos mil dieciséis, emitido por elRegistrador General del Registro General de la Propiedad, b) Acuerdo Administrativonúmero veintiocho guión dos mil quince (28-2015) del ocho de septiembre del dos milquince emitido por el Registrador General del Registro General de la Propiedad y, c)Acuerdo Administrativo catorce guión dos mil dieciocho (14-2018) del catorce de febrerodel año dos mil dieciocho, emitido por el Registrador General del Registro General de laPropiedad; señalo como lugar para recibir notificaciones la novena (9na.) Avenida, catorceguión veinticinco (14-25), zona uno (1) del Municipio de Guatemala, departamento deGuatemala; y por la otra parte FREDY OBDULIO BARR.ENTOS CABRERA, decincuenta ycinco años (55) de edad, soltero, guatemalteco, Contador Público yAuditor,de este domicilio, me identifico con el Documento Personal de Identificación (DPI), conCódigo único de Identificación (CUI) número dos mil setecientos noventa yseis, setenta ynueve mil trescientos treinta ycinco, dos mil doscientos catorce (2796 79335 2214),extendido por el Registro Nacional de las Personas de la República de Guatemala, actuóen mi calidad de GERENTE DE LA EMPRESA GUATEMALTECA DETELECOMUN.CACIONES (GUATEL), ello, al tenor de lo establecido en la Ley Organ.cade la Empresa Guatemalteca de Telecomunicaciones, Decreto número Catorce gu.onSetenta yUno (14-71) del Congreso de la República de Guatemala. Artículos se,s (6) yen,as atribuciones contenidas en el Articulo veinte (20); personeria que acredito con: a)
8*'
0000067
Acuerdo Gubernativo número cinco (5) de fecha diez de agosto de dos mil diecisiete
(2017) del Presidente de la República, según Articulo uno (1) del mismo, en donde senombra al señor Fredy Obdulio Barrientos Cabrera, al cargo de Gerente de la EmpresaGuatemalteca de Telecomunicaciones -GUATEL-, con número de Cuentadancia E unoguión cuatro (E1-4) con inscripción en el Registro Tributario Unificado (RTU) con númerode Identificación Tributaria (NIT) dos millones trescientos cincuenta y dos mil quinientossesenta ysiete (2352567), con domicilio fiscal en la sexta (6ta) avenida, cuarenta guiónsesenta (40-60), zona tres (3) del municipio de Guatemala, departamento Guatemala, yseñala lugar para recibir citaciones, notificaciones yemplazamientos la Avenida SimeónCañas, cinco guión cincuenta yseis (5-56) zona dos (2) del municipio de Guatemala,departamento de Guatemala; y, b) Certificación del punto CUARTO del Acta de Toma dePosesión del Cargo número veintiséis guión dos mil diecisiete (26-2017) de la sesiónOrdinaria número veintiséis guión dos mil diecisiete (26-2017), celebrada por la JuntaDirectiva de -GUATEL-, el día diecisiete (17) de agosto de dos mil diecisiete (2017),extendida el dia dieciocho de enero del año dos mil dieciocho. Los otorgantesmanifestamos ser de los datos de identificación personal indicados, encontramos en ellibre ejercicio de nuestros derechos civiles; que tenemos a la vista los documentosanteriormente citados que acreditan las representaciones con las que actuamos, las queson suficientes conforme ala ley yanuestro juicio para celebrar el presente ADENDA DECONVENIO ENTRE EL REGISTRO GENERAL DE LA PROPIEDAD DE LA ZONACENTRAL -EL REGISTRO- Y LA EMPRESA GUATEMALTECA DETELECOMUNICACIONES -GUATEL- PARA LA PRESTAC.ÓN DEL SERVICIO DEINTERNET Y ENLACE DE DATOS, de conformidad con las cláusulas siguientes:pR|MERA. ANTECEDENTES. El Registro General de la Propiedad, Zona Central yLaEmpresa Guatemalteca de Telecomunicaciones -GUATEL- suscribieron con fecha trecede noviembre del año dos mil dieciocho Convenio para la prestación del serve» deinternet yenlaces de datos, mismo que dentro de la cláusula décima séptima regula lorelativo a la modificación de sus respectivas cláusulas, siendo objeto de la presenteadenda los siguientes requerimientos: a) El día veintidós de noviembre del año dos m,ldieciocho el Registro General de la Propiedad Zona Central solicita una modificación enla dirección de instalación del servicio en el departamento de Escuintle, solicitando que se
GUATEL
0000068
realice la Instalación en la Segunda (2da.) Avenida, ocho guión veintisiete (8-27), CentroComercial El Minuto, zona uno (1), Agencia Banrural Escuintla y no como se encuentraconsignado dentro del referido convenio, requerimiento que fue atendido en forma positivapor parte de -GUATEL-, tal ycomo consta en el Oficio identificado con el número GGguión quinientos cincuenta ycinco guión dos mil dieciocho diagonal FOBC diagonal nm(GG-555-2018/FOBC/nm) de fecha veintitrés de noviembre del año dos mil dieciocho,suscrito por el Licenciado Fredy Obdulio Bamentos Cabrera en su calidad de Gerente deGUATEL; yb) Con fecha veintidós de noviembre del año en curso, -GUATEL- medianteOficio identificado con el número GG guión quinientos cuarenta ynueve guión dos mildieciocho diagonal FOBC (GG-549-2018/FOBC) solicita prórroga del plazo de instalacióndel diecisiete de diciembre del año dos mil dieciocho al treinta yuno de enero del año dosmil diecinueve, prorroga que de conformidad con nota de fecha diecisiete de diciembre delaño en curso de la Dirección de Informática del Registro General de la Propiedad ZonaCentral es susceptible yviable de realizarse con vencimiento al día quince de enero delaño dos mil diecinueve. SEGUNDA: FUNDAMENTO LEGAL. La presente adenda alconvenio anteriormente suscrito se celebra con fundamento en lo que establece losartículos dos (2). nueve (9) de la Ley de Contrataciones del Estado, Decreto cincuenta ysiete guión noventa ydos (57-92) de, Congreso de la República de Guatemala, articulocinco (5) del Acuerdo Gubernativo ciento veintidós guión dos mil dieciséis, (122-2016)Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. TERCERAL-OBJETO DE LAADENDA: De conformidad con lo relacionado con anterioridad, manifestamos losotorgantes que por este acto modificamos el Convenio relacionado anteriormente en lasluientes cláusulas: a) Se modifica la c.áusu,a tercera, numeral III, lugar de prestaciónde, servicio, ,a cual queda asi: "TERCERA: OBJETO Y NATURALEZA DELSERVICO- III) LUGAR DE PRESTACÓN DEL SERVICIO: -GUATEL- se comprometeaprestar el servicio relacionado en la Sede Central ySubsedes ubicadas en: a) NovenaAvenida, catorce 9u,on veinticinco, zona uno. Guatemala. Guatemala; b) CentroComercial Montufar, doce calle, cero guión noventa ytres, zona nueve, Guatemala,Guatemala; c) Avenida Reforma, dos guión cincuenta yseis, zona nueve. Guatemala.Guatemel* 4 Edificio Torres Embajador, Diecinueve calle, once gu/on treinta ycuatro,zona uno, Guatemala, Guatemala; e) Cuarta Cafe dos guión cuarenta ycuatro, zona uno.
t
0000069,»—"l
GUATEL
¿g-enc/'a Banrural cuatrocientos treinta. Santa Elena, Flores, Peten; f) Segunda Avenida,ocho guión veintisiete, Centro Comercial El Minuto, zona uno. Agencia Banrural Escuintla.Escuintla. Escuintla; g) Segunda calle, uno guión treinta y cuatro. Edificio Torre Gris.Interior Agencia Banrural ciento veinticuatro. Cobán, Alta Verapaz; g) Kilómetro cientocuarenta, Centro Comercial Mega Plaza. Interior Agencia Banrural setecientos noventa yuno. Estanzuela. Zacapa y; h) Sexta Calle, dos guión cincuenta y uno, Agencia Banruralcuatro, Jutiapa, Jutiapa..."; así mismo se modifica de la misma cláusula el numeral VI)Soporte Técnico, en cuanto a la integración de los servicios de telecomunicaciones, elcual queda así:
Servicio
ENLACE DE
INTERNE!
(REDUNDANTEACTIVO-
ACTIVO)
ENLACE DE
INTERNET
(REDUNDANTE ,Acnvo-
ACIIVO)
Cantidad Mbps
ENLACE DE
DATOS
(REDUNDANTEACTIVO-
PASIVO)
ENLACE DE
DATOS
! (REDUNDANTEACTIVO-
PASIVO)
ENLACEDE
DATOS
(REDUNDANTEACTIVO-
PASIVO)
ENLACE DE
DATOS
25
25
15
1S
Dirección de
Servicio
9A. Avenida 14-25Z.1,
Guatemala.
Precio Mbps Total Mensual
9A. Avenida 1425Z.1,
Guatemala.
C. C. Montufar12 calle 0-93
Zona 9.Guatemala.
Avenida
Reforma 2-56Zona 9, j
Guatemala(BANRURAL). i
Avenida
Reforma 2-56Zona 9.
Guatemala(BANRURAL).
19 Calle 11-34
Zona 1.Guatemala
Q530.00
Q530.0O
Q880.00
Q880-00
Q880.00
Q880.00
Q13,2b0.00
Q13,250.00
Q13,200.00
Q4400.00
Q880.00
Q13.20O.00
Meses
24
24
24
24
24
24
Total 24 Meses
0318,000.00
0318,000.00
Q316,800.00
Q105,600.00
021,120.00
O3i6.aoa.oo
[Yv!"
f
(RFDUNDANTE
ACTIVO-
PASIVO)
ENLACE DE
DATOS (PETEN)
ENLACE DE
DATOS
(ESCUINTLA)
ENLACE DE
DATOS
(COBÁN)
ENLACE DE
DATOS
(ZACAPA)
ENLACE DE
DATOS
(JUTIAPA)
GUATEL
(TORREEMBAJADOR)
4a. Calle 2-44
Zona 1,Agencia
BANRURAL430
Santa Elena,
Peten.
SegundaAvenida, ocho
guiónveintisiete,
CentroComercial El
Minuto, zona
uno, AgenciaBanrural
Escuintla,Escuintla
2A. Calle 1-34Edificio TORREGRIS, interior
AgenciaBANRURAL
124Cobán.
A.V.
Km 140 C.C.
Mega PlazaInterior,Agencia
BANRURAL
791Estanzuela.
Zacapa.
6a. Calle 2-51Zona 1,Agencia
BANRURAL 4,
Jutiapa.
01,470.00 Q7,3 50.00
Q1,470.00 Q7.350.00
Ql,470.00 Q7,350.00
Ql,470.00 Q7,350.00
01,470.00 Q7,350.00
TOTAL Q94,y30.00
24
24
24
24
24
0000070
01/6,400.00
Q176,400.00
Q176,4O0.00
0176,400.00
Q176,400.00
Q2;278,320.00
;. -
ISf
"O
í!
A****
GUATEL
0000071
b) Se modifica la cláusula cuarta, la cual queda así: "CUARTA: CONDICIONES DE
FUNCIONAMIENTO. Continua manifestando, FREDY OBDULIO BARRIENTOS
CABRERA, en la calidad con que actúo, que mi representada se obliga a prestar el
servicio señalado en la cláusula anterior de acuerdo a lo establecido, así como instalar el
servicio de Internet a más tardar el día quince de enero del año dos mil diecinueve.
incluyendo todos los accesorios, sin costo adicional para "EL REGISTRO", mismos que
estarán en calidad de depósito y serán devueltos a -GUATEL-, cuando el convenio
termine su vigencia y no se prorrogue. Pactando asimismo las partes que los servicios
podrán ser susceptibles de recepción antes de la fecha precitada, siempre que se
encuentren debidamente instalados para iniciar con su funcionamiento de conformidad
con lo pactado dentro del convenio." QUINTA: ACEPTACIÓN. Los otorgantes en las
calidades con que actuamos manifestamos que aceptamos la prorroga en la entrega de
los servicios relacionada en la presente adenda del convenio ya suscrito, quedando dicha
adenda contenida en seis (6) hojas de papel membretado de "EL REGISTRO" y
"GUATEL", impresas únicamente en su anverso y bien impuestos de su contenido,
objeto, validez y demás efectos legales, lo aceptamos, ratificamos y firmamos en dos
originales de igual valor, uno para cada una de las partes.
VB&Á :hoa garcíaDIRECTOR
DIRECCIÓN ADMINISTRATIVAREGISTRO GENERAUDE-tA PROPIEDAD
(t iGERENCIA %
xfe
*> i
ar»v-'-Lie. FREDY OBDÜLIG^BARRIENTOS CABRERA
GERJ5NTE
EMPRESA GUATEMALTECA DE TELECOMUNICACIONES(GUATEL)
Licia, tkv&i Uek Haut«"Jete
Departamento de ComeRegistro General de la Prt
™<^$JfContraloría General de Cuentas
GUATF.MAI-A. C.A.
0000072
Opinión S^g-QOO 02-2017
CONTRALORÍA GENERAL DE CUENTAS, SUBSECRETARÍA GENERAL, Guatemala, veintisiete deseptiembre de dos mil diecisiete.
ASUNTO: LICENCIADO SAÚL ERIBERTO URRUTIA BARRIENTOS, SOLICITAAMPLACION DE LA OPINIÓN SSG-0001-2017, EN "RELACIÓN A LOSCONVENIOS QUE SUSCRIBEN LOS COCODES Y CODEDES Y SI DEBEN SERPRESENTADOS ANTE LA CONTRALORÍA GENERAL DE CUENTAS YREGISTRADOS POR LA UNIDAD DE REGISTROS DE CONTRATOS", SI SEPUEDE APLICAR A TODO TIPO DE CONVENIO QUE SUSCRIBEN LASENTIDADES DESCRITAS SEGÚN EL ÁMBITO DE COMPETENCIA EN EL ART. 2DE LA LEY ORGÁNICA DE LA CONTRALORÍA GENERAL DE CUENTAS.
En atención al asunto descrito y en cumplimiento de lo establecido en la literal d) del Artículo10, del Acuerdo Gubernativo No. 9-2017 "Reglamento de la Ley Orgánica de la Contraloría Generalde Cuentas", esta Subsecretaría General expone losiguiente:
1. ANTECEDENTES.
1.1. Conforme Providencia identificada como URC-PROV-39-2017, de fecha 11 deseptiembre de 2017, el licenciado Saúl Eriberto Urrutia, Jefe del Departamento deContratos, solicita ampliación de la opinión SSG-0001-2017. a efecto dedeterminar si los aspectos vertidos en la misma es aplicable a todo tipo deconvenio que suscriben la entidades descritas según el ámbito de competencia deacuerdo al artículo 2 de la LeyOrgánica de la Contraloría General de Cuentas.
2. CONSIDERACIONES LEGALES.
En consonancia al artículo 2 de la Ley Orgánica de la Contraloría General de Cuentas, Decreto31-2002 del Congreso de la República, que establece:
ARTICULO 2. Ámbito de Competencia. Corresponde a la Contraloría General deCuentas la función fiscalizadora y de control gubernamental en forma externa de ¡osactivosy pasivos, derechos, ingresos, egresosy engeneral todointeréshacendarlo de losOrganismos del Estado, Entidades Autónomasy Descentralizadas, las Municipalidadesysus Empresas, Fideicomisos constituidos con Fondos Públicos, Consejos de Desarrollo,Instituciones o Entidades Públicas que por delegación del Estado presten servicios,instituciones que integran el sector público no financiero, de toda persona, entidad oinstitución que reciba fondos del Escodo o haga colectas públicas y de empresas no
\ financieras en cuyo capital participe el Estado, bajo cualquier denominación así como\ v"^vn las empresas en que éstas tengan participación.
//
//
1». Avenida 7-32 rana 13 Ciurfdci -Jé Guatemala / CóciigoPosta! 01013/Telefono PBX: (S0>.) 2-117-3700/ Fax. (bU2)¿4X/-S/10www.contraloria.gob.gi
r: . /La
s* impulsa e¡ Desarrollo
DQpHTlHTTTeTuUucTH
Registro General de la Pp
Contraloría General de CuentasGUATEMALA. CA.
0000073
También están sujetos a esta fiscalización y control externo los contratistas de obraspúblicas, Organizaciones No Gubernamentales, Asociaciones, Fundaciones, Patronatos,Comités, Organismos Regionales e Internacionales, Fideicomisosy cualquier personaindividual o jurídica, pública o privada, nacional o extranjera, que por delegación delEstado reciba, invierta o administre fondos públicos, incluyendo donaciones recibidas yejecutadaspor el Estado, en lo quese refere al manejode estosfondos.La función técnica rectora de la fiscalización y control de las entidades sujetas a sufiscalización la realizará la Contraloría General de Cuentas independientemente quedentro de la institución o entidad fiscalizada exista algún órgano o dependencia quetenga bajosu responsabilidad lafiscalización interna de sus operaciones, aunquedichasfunciones estén contenidas en Leyo en sus reglamentos internos.Se exceptúan las entidades del sector público sujetas por ley a otras instancias defiscalización externa.
Y Acuerdo Número A-038-2016, Emitido por el Señor Contralor General de Cuentas, que crea laUnidad de Digitalización y Resguardo de Contratos, que establece:
ARTICULO 1. Se crea la Unidad de Digitalización y Resguardo de Contratos para elarchivo enforma física y electrónica de todos los contratos que suscriban las entidadesdel Estadoo aquellas que manejenfondos púbicos, establecidasen el artículo 2 de la LeyOrgánica de la Contraloría General de Cuentas, que afecte cualquier reglónpresupuestario o erogación de fondos públicos en cualquier contratación de servicios,obra u otra actividad que origine la erogación del patrimonio estatal.
ARTÍCULO 2. Las entidades obligadas según el artículo anterior deben enviar a laUnidad de Digitalización y Resguardo de Contratos de la Contraloría General deCuentas, todos los contratos que se celebren, en un plazo que no exceda de treinta díascalendario contados a partir de su aprobación. De igual forma deben enviarse en elmismo plazo cualquier ampliación, modificación, incumplimiento, rescisión oterminación anticipada, resolución o nulidad de los contratos ya mencionados.Los auditores gubernamentales en el ejercicio de su función fiscalizadora verifican elcumplimiento de esa normativa.
3. ANÁLISIS.
V*
3.1. A manera de ampliar la opinión descrita en el asunto, en relación al tema venido aconsulta, se reiteran los aspectos vertidos en cuanto a que: la Unidad deDigitalización v Resguardo de Contratos fue creada específicamente para elRegistro y Archivo en forma física y electrónica de los contratos o modificacionesa los mismos, suscritos por las entidades del Estado o aquellas que manejenfondos público, establecidas en el artículo 2 de la Ley Orgánica de la Contraloría;en ese sentido, siendo los Convenios Instrumentos en los cuales únicamente
/W&2 zona 13 Cluded de Guatemala / C.od.&a tttftfBgH / W«** PBX: 1=02) 2417-8700/ Us;S02) Ki**7ía
www.contrdlorin-Kob.gtMty/
MSm General *¡aJ^T5<
000007*
Contraloría General de CuentasGUATlíMALA. CA.
plasman ameraos de voluntades (manera óformas de actuar en consenso), entre dosomas personas jurídicas, no afectando el presupuesto oerogación de fondos públicosen cualquier contratación de servicios, obra uotra actividad que origine la erogacióndel patrimonio estatal, su registro no encuentra asidero legal, como tampoco el portaldiseñado para el efecto permite el registro de los mismos (convenios).
4. OPINIÓN.
Del análisis de lo solicitado, documentos adjuntos, consideraciones legales y lo exaudoestá Sub Secretaría OPINA: F
4.1. Si bien es cierto los Convenios son acuerdos para la ejecución de RecursosFinancieros, no constituyen el Instrumento Legal último sujeto a fiscalizacióndenominado "Contrato" en el cual efectivamente seejecutan ¡os recursos financieros.
4.2 Que la disposición acordada taxativamente mediante Acuerdo Número A-038-2016 serefiere a contratos, por consiguiente no es proceden tP. nno ¡a Contraloría General deCuentas realice el registro de Convenios, suscritos por los Organismos del Estado,Entidades Autónomas y Descentralizadas, las Municipalidades y sus EmpresasFideicomisos constituidos con Fondos Públicos, Consejos de Desarrollo, Instituciones oEntidades Públicas que por delegación del Estado presten servicios, instituciones queintegran el sector público no financiero, de toda persona, entidad o institución quereciba fondos del Estado ohaga colectas públicasy de empresas nofinancieras en cuyocapital participe el Estado, bajo cualquier denominación así como las empresas en queéstas tengan participación.
Pasen las vuelvan las presentes diligencias a la Unidad de Registro de Contratos de laContraloría General deCuenta, para suconocimiento yefectos.
... . Atentamente,
\,
\ iDP" 155*1)•V
*-\J Vo.Bo.Licda. Claudia Cáceres Arriaza^. ¿^ cf0«:üwx^Uni Abre**
SubSacEeteH-a-OenerS! ' ^cTíUric^rwrtT—CoñífaToria Genera! de Cuentas Contríbri& §€MrzI¿¿ üu*J.is
\
?¿. Avenida 7.37 íona 13 Ciudad de Guster.iai;: ( Co=:go Pscral C1013 / Telefono Í'BX: (502j 2417-8700 .•' F»K i;02> 2¿i7-37 JOwww.conrraloriii.20b.gt
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tro General c:e hi Prvpi-(:<.
RESOLUCIÓN No. 35-2018
Guatemala, 19 de noviembre del 2018
El Registrador General de la Propiedad de la Zona Central
Di: Elmer Erasmo Belietón Morales
0000075
CONSIDERANDO:
Que en virtud del desarrollo tecnológico y la necesidad de la inclusión de la modernización al RegistroGeneral de la Propiedad de la Zona Central, ¡a presente institución con base en el articulo dos (2) de la
Ley de Contrataciones del Estado y cinco (5) del Reglamento de ¡a misma ley, negociaciones entre lasentidades del sector público, solicitó a la Empresa Guatemalteca de Telecomunicaciones -GUATEL-cotización de prestación del servicio de Internet y Enlaces de Datos, oferta que fue presentada con fecha
seis de noviembre del año dos mil dieciocho y misma que luego de ser verificada por los cuerposcompetentes fue aceptada por el Registro General de la Propiedad de la Zona Central, procediéndose asuscribir el Convenio respectivo.
CONSIDERANDO:
Que de conformidad con el artículo cuarenta i/ cinco (45) de la Ley de Contrataciones del Estado, la
modalidad de contrataciones con entidades del sector público de igual forma se encuentra sujeta a las
disposiciones contenidas en dicho cuerpo legal y su reglamento, por lo que es indispensable dar estrictocumplimiento al procedimiento establecido en la legislación aplicable a la materia de Contrataciones del
Estado, relacionado a la aprobación del convenio suscrito bajo los principios de transparencia, sencillez y
eficiencia, y que derivado de la revisión de las cláusulas contractuales contenidas en el convenio
suscrito, por imperativo legal espertinente la emisión delapresente resolución.
•I •
1
Licia. cUMstémozírmJefa J \
Departamento de Cpm^rasXRegistro General de la.Prooieáad
0000076
Registro Genera! de ia Propiedad
RESOLUCIÓN NÚMERO 38-2018
Guatemala, 17de diciembre del 2018
El Registrador General de la Propiedad de la Zona Central
Dr. Elmer Erasmo Beltetón Morales
CONSIDERANDO:
Que en virtud del desarrollo teológico y¡a necesidad de ¡a inclusión de la modernización al RegistroGeneral de la Propiedad de la Zona Central, la presente institución con base en el articulo dos (2) de laLey de Contrataciones del Estado ycinco (5) del Reglamento de la misma ley, negociaciones éntrelasentidades del sector público, solicitó ala Empresa Guatemalteca de Telecomunicaciones -GUATEl-cotización de prestación del servido de Internet yEnlaces de Datos, oferta auefue presentada con fechaseis de noviembre del año dos mil dieciocho ymisma aue luego de ser verificada por las autoridadescorrespondientesfue aceptada por el Registro Genera, de la Propiedad de la Zona Central, precediéndosea suscribir el Convenio respectivo.
CONSIDERANDO:
Que con fecha trece de noviembre del año dos mil dieciocho, se suscribió Convenio entre la EmpresaGuatemalteca de Telecomunicaciones GUATEE- yel Registro General de la Propiedad de la ZonaCentral para la prestación del servicio de internet yenlace de datos; mismo aue mediante adenda defecha diecisiete de diciembre del año en curso se modifica en cuanto alas estipulaciones aue en la mismase contemplan.
CONSIDERANDO:
Que de conformidad con el artículo cuarenta ycinco (45) de la Ley de Contrataciones del Estado, lamodalidad de contrataciones con entidades del sector público de igual forma se encuentra sujeta alasdisposiciones contenidas en dicho cuerpo legal ysu reglamento, por lo aue es indispensable dar estrictocumplimiento al procedimiento establecido en la legación aplicable ala materia de Contrataciones delEstado, relacionado ala aprobación del convenio suscrito bajo los principios de transparencia, sencillez yeficiencia, yaue derivado de la revisión de las cláusulas contractuales contenidas en el convenio
,or imperativo legal es pertinente la emisión de la presente resolución.
nrmñmñi) Seguridad Registra! y Certeza Jarídica ¿fofo ckuík Estela MuñozMu^.Avé£>íi3al4-2S,ZüMlV3X:249Hni? Jefa _/\
wwvv.rgu.or&.gí Departamento de ™prasRegistro General de la Propiedad
0000077
Registro Genera! de ia Propiedad
POR TANTO:
El Registrador General de la Propiedad de la Zona Central, con fundamento en lo preceptuado en losartículos 12 3, 9,45,48,65y67 de ¡a Ley de Contrataciones del Estado, Decreto Número cincuenta ysiete guión noventa ydos (57-92) del Congreso de la República ysus reformas; así como lo normado enel artículo 5 de su Reglamento; yen ejercicio de las atribuciones aue le confiere el articulo veintisiete(27) del Reglamento de los Registros de la Propiedad, Acuerdo Gubernativo treinta guión dos mil anco(30-2005) del Presidente del República.
RESUELVE:
PRIMERO- APROBACIÓN: Aprobar la Adenda de fecha diecisiete de diciembre del año dos mildieciocho suscrita entre la Empresa Guatemalteca de Telecomunicaciones -GUATEL- yel RegistroGeneral de la Propiedad de la Zona Central para la prestación del servicio de internet yenlace de datos,en relación alos extremos que dentro de la misma se regulan.
SEGUNDO: VIGENCIA: La presente resolución surte sus efectos apartir de lafecha de su emisión.TERCERO: NOTII1CACIÓN: Trasládense las presentes actuaciones al Departamento de Compras dela Dirección Administrativa para que proceda como correspm '
Registrador GeneralstI0 General de la Propiedad
Brindando Seguridad Registra! yCerteza Jurfd'uaOú. CUkUá^Av^'-ai«S,ZeMS?SiX:24í.81i!i Jefa
www.tafcors.gS Deparlamento de!RegistroGeneral de
iozAnim
0000078
GUATEL
CONVENIO ENTRE EL REGISTRO GENERAL DE LA PROPIEDAD Y LA EMPRESA
GUATEMALTECA DE TELECOMUNICACIONES -GUATEL-
En i.-i ciii!i;i«i de <.u.jtom.d.i til día Iré a (1 \) de Ni /lembra di I año dos mil dieciocho
18), NOSOTROS. LUIS FERNANDO OCHOA GARCÍA de cincuenta y nueve (59)
año . de e lad caí ad* >, gu i ilíaco, Lh .ciado en ( V i ia luí Idl is y So( lates e
Ingen ira Agrónomo, d domicilio me Identifico con el Documento Personal de
iden- fi ación (DPI) con (¡ódigo Único de Identificación (CUI1) número un mil noveí ¡enl >•
noventa, treinta mil cuatrocientos cinco cero ochocientos dos (19 KJ 304G5 0802).
metido por el Ri iistro Nacional de las Personas (RENAPJ de la República deGyati mala m tÚO en n DIRECTOR DE LA DIRECCIÓN ADMINISTRATIVA
DEL REGISTRO GENERAL DE LA PROPIEDAD DE LA ZONA CENTRAL, m
en i" sen esivo será denomin ida como (EL REGISTRO), peí ore rl i q ia a ;r< dito con;
a) Añílenlo d*.? Nombmmieni.) numera diecii 6i i guión dos mil dieciséis (16-2016) del uno
: brero del dos mil die« I n ls emitido poj el Registi idoi i leneral del Registro <>"neral
?i<-« 1.1 l'r..| i b) Aci Administrativo número vein ho guión dos mil quince (28-
;-<.ii',¡ del ocho i" lepllembre del dos mil quince, emil lo poi el Re |ii ti idor General del
tjSi , General de la Propiedad y. c) A lerdo Administrativo cate nilón dos mil
•„•• ¡0( ho 114 2018) del i atori e de febrero del ai dos mil di< ciocho emitido por el
Registrador i k ni ral del tisíro <teñera! de Ia Propiedad; sen do como lugai para recibii, .,. ,.,!•-. i, iimv-m- i i«.iii.i ) Avi-timía. < i'-h-i i guión velnti neo (14 -,:'\ zona uno (1)
i!,.i Municipio de Guatemala, departamento de Guatemala; y poi la otra parte FREDY
OBDULIO BARRIENTOS CABRERA, de cincuenta v Clrn iños (55) de edad, soltero,
lUatemaUeco Contadoi Público y Auditor, de estf domicilio, me identifico con elDocumento Personal de ldentlfn icíón inPI). con Código único de Identificación (CUI)
número dos mil setei ientos noven! i y sei • teñí i y nueve mil tres< ientos treinta y i im
do¡ mil di ciento i torce (2796 79335 2214). extendido por el Registro Nacional de las
por8 , , i, i Repúbl i ' nafa actúo en mi • tildad de GERENTE DE LA
EMPRESA GUATEMALTECA DE TELECOMUNICACIONES (GUATEL). ello, al tenor de
lo estafa ' en la I ey Oí tánica de la I mpres i Gualem ilti ca de i' lecomuníi acione
Qi reto número Catorce g lión Setenta y Uno (14 71) del Congreso de la Repúblh a de
Gualemala. ArUcul-.-'. ¡ ¡ (6) f en IS atribuciom Oí ti n I '• en el Articulo veinte i ! '
Jeta [ \ )\Departamento de^onyraáRegistro General de láTropiádad
0000079
GUATEL
pee:-!' fa que icredito on a) Acuerdo Gubernativo número cinco (5) de fecha diea
ago ito de dos mil diei isiete (2017) del Presideiii'- déla República según Articulo uno (1)
del mismo, en donde se nombra il señor Fredy Obdulio Barrientos Cabrera, a i irgode
Gerente de la Empí iGu maltei i de Tetecomunii iciones-GUATEL-, con número de
ntadancta E uno guión cuatro (É1-4) con inscripi • fistro tributario
Unifii ido (RTU) con número de Identil ición rnbutaria (NIT) dos millonei '
i uenta v dos mil quiniento isenta y siete (2 15 !567) con domicilio fiscal ••'! i s
(i'ia iv ilda cuarenta guión sesenta (40-60) zona tres (3) del municipio de Guatemala
le| irtamento Guatemala y .'-nal.* lugai para recibii citaciones, notifii
•; i mtos la Avenida Sin n Cañas, cinco guión cincuenta y seis i na •
i.') '!••! municipio de I i •••; d lartam nía de Gualomala, y, b) : •• h ; v ioi di I
p into CUARTO del Acl i de Toma (Je Posesión del Cargo número veinti • guión dos mil
• i i ¡i 6n Ordinaria número veintisóis guión dos mil diecisiete (2i
2017), celebrada por la Junta i )H'" iiva ii-'-GUATEL-, el dia d ! igostode
i !0 • • i idida el día líeciocho I iel año dos mil dieciocho
Lo otorga • n inifeslamos ¡ei d< Ioi datos <!•• Kiimiificidon (••••-...•n.ii mílirados,
m i el ubre ejercicio de nuestros derechos civiles; 'i"" tenemos a la vista lo i
locumentos interiormente citado qua acreditan las repi isentaciones con las que
ii -i im i on il ientes conforme i la ley y a i ui tro inicio para i slebrai el
í rite CONVENIO ENTRE EL REGISTRO GENERAL DE LA PROPIEDAD DE LA
ZONA CENTRAL -EL REGISTRO- Y LA EMPRESA GUATEMALTECA DE
TELECOMUNICACIONES -GUATEL- PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE
INTERNET Y ENLACE DE DATOS, (|.; c arinul j.l con las cláusulas 5 [Ulente*
PRIMERA: ANTECEDENTES, a) ii Re i tro es un i Institución publica del Estado que
¡- •! objeto I >¡ns< ripción anotación y cancelación de los actos y contratos relativos
al dominio \ I I iles mediante la utilización de tecnología moderna y la
¡ente itilización de recursos garantí i la certeza jurídica y seguridad >; délos
• • requerido! poi tos titulares de los bienes inmuebles muebles inscribible
Identil ibles, y protege el derecho humano de la propiedad con apego a las ley
demás normas •\" la materia que los rigen b) La empresa Guatemalteca de
felecomunii i •• ¡ GUATEI es una entidad de &arác$ei estatal, descentralizada,
OepartamentoWo^Registro General de la W*
tewana
GUATEL
::l á S> 0000080
' "A.• '.V--
tónon i con responsabilidad jurídica y patrimonio propii •. plena capacidad para
adquirí! derechos v contraei obtig iciones Además, poi mandato legal GUATI i - es la
institución responsable de prestai lodos los servicio! de telecomunicaciones, tanto
nanim.il' • como inl macionales. especialment< al ís instituciones del I stado, i ontando
iina amplia experiencia en pre I ¡ iói de servil ¡con i pi i foque ni ntid
EGUNDA: FUNDAMENTO LEGAL. I i !•••• celebra con
fund mi- i i en lo qu rtableí e lo;¡ artículo ¡ dos (2), nueva (&) de la i •••, |i
Contralaeione del Estado, Decreti cii ten siete guión noventa y d 57-92) de
o de la República de Guatemala, articulo cti - (5) 'id Acuerdo Gubernativo
• lo veintidós guión dos rnll dieciséis, (122-2016) Reglamento de la Ley '!-.•
' ontratacionea del Estado TERCERA: OBJETO Y NATURALEZA DEL SERVICIO:
M ni ! i I FREDY OBDULIO BARRIENTOS CABRERA, que poi este actn au
repn antad mtlded empresa guatemalteca de telecomunicaciones -
GUATEL- se C0 il Ioi SERVH N líS DI II I I COMUNICACIONES A
SI DES Y SUBSi DES HEL REGISTRO GENERAL DI. LA F'l'r-MI DAD DE LA
IA CENTRAL, cumpliendo con la ; pecifii iciones I cnu is Di posiciones
Especíale y demás disposiciones mínimas siguientes: i) especificaciones
TFCNICAS. A) Características Técnicas del Servicio: a) A solicitud del !
i • nd im i i i lo? ertla i • le la ciudad de : Guatemala) <:< úitmi i n illa
:,mfigurai •me • de Activo Pasivo , .•"• :i Activo y pai i el i i éste i Itim i ••
iedoi proporcionara el equipo hasta finahzai la relación comercial entre amba
partes; b) Ancho de banda ia .ido. fuli dúpie) simétrico, dedicado y sin so n
ripción; c) Servicio de mitiga ion de ataque de denegad! n de '¡vicio (DDoSí. .i
•; tud del cliente, poi un costo adicional razonable d) I alenda en la red no rnayoi a
cincí 50) milis» (lindos y perdida de paquete no mayor il cero punto cero treí poi
1 0.0 ••) Pro d • son conexión directa al mem •• le Intercom
li nternet (IXP); f) Redundancia con fibra ipttca (Área Metr ipoill in i); <j) Alto nivel de
rvjceLevelAgreement) o Acuerdo de nivel de Servicio con atención veinticuatro
por ' i1" i |i i itete (7) días <!•• la i em in i); h) i i»n| ti on d 82
: l' i: II' I ii ! mi i iIií--., I_í) Características do l.i infraestructura de -GLIATEL-: a)
ertura i i ¡ ila n icion il e Internacional, .« fin ü • • i ¡ i <•••> el m a- 10 requerid'i
LickCíauíMstela%i¡m^rmJefa
Departamento de CdrrtprasNRegistro General de la Propiedad
...
,m%.i»
*
GUATEL
El REG1S1RO"; b) Coi lai on Centro de Atem ion de Llamadas, el cual debe <
i ¡ ¡| •• hh • sii • díai a la emana poi veinticuatro luna', los trescientos sesenta y cini i-
(7x24x365) V accesible de forma •.•muí.) vía Web, para ap.'itma y
eguim ito '• tickel I•• I illas, c) Infi testructura proi i I ida en te gla MPLS
(Conmutación Multl-Protocol mediante Etiquetas) i milar; d) Contar con unidadei de
• mi ii ion rgie eli ctrica re |ul id i, permanente y redundante en los nudos, que
•i la misma freni i los i ortes en 11 red de provisión de energ el» i trica; e)
Coi I •<• i • i tema de monitoreo pro 11 tivc p ira i ; i intidpada d< I ill is; f)
Mantenimien i preventivo/correctivo y soporte técnico inmediato y, g) Mejoramiento
continuo le i Infi N itructura de comunicaciones instalada; C) Mantenimiento: a) -
GUATEL- deberá realiza) mantenimiento preventivo y corred sus equipos p
intizai ''i buen funcionam mto leí ••• vicio ;. t>) Los mantenimientos preventivos
bei ni de realizarse en calendarlo autorizado poi I ! Registro"; D) Herramienta de
monitoreo: a) -GUATEL- deberá habilitar e acceso a un sitio Wel tro qu< ;» rmlta
neren tiempo real estadistii is de la utilizad nd< incnod< banda. Esta
deben reflejar la utilización por minuto poi hora, por día y poi me d las tasas de
transmisión de entrada ilida del Irán© y. b) Las han imíent is • • ben i ei compatibles
con entoi i Microsoft VVindov* siete (7), o superior II) DISPOSICIONES ESPECIALES:
a) Las i dones récnii is del servicio contratado, deberán sei iguales o
parieres a las requeridas; b) Los biene y servicios contratados deberán se anta k -
bajo la modalidad "LLAVE EN MANO", garantizándose compatibilidad integración,
interoperabüidad y funcional lad entre los mismi es dees que todos los eleme
osarios paraqui • ontratadi ¡fun< mn«-n <,<m-:.\ miente y para q ivean
los servicio-, requeridos, deberán incluirse aunque no hayan sido tpecifi idos ni)
LUGAR DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO: -GUATEL- se comprometí i prestai el
icio relai íi m ido en la Sede i ¡entra! y i les ubi ada en a) Ni ven • venid
• rce luion veinticin o :ona una, Guatemala Guatemala; b) Centro Comercial
Mon tufar, doce calle cero guión noventa y I is ana ui Guatemala, Guatemala; c)
i Reforma, dos guión Incuenta y seis zona nueve Guatemala, Guatemala; <i)
Edificio forres Embajador, Diecinti alie, ono luion treinta y cuatro, zona ui i
Guatem i Gi itemala a) i orta Calle dos guión cuarenta y cuatro zona ui ancla
íkh. Clüák Estela MüñojsJraMJefa >/ \
Departamento de C^n^brasvRegistro General de la^rdoiedad
0000081
•
GUATEL••••
0000082
' cíente treinta, Santa Elena. Flore . Peten; fl Segunda Avenida ocho
gu 'i veintisiete, Centro Comercial El Minuto zona uno, Agencia Banrural cié lo
veinticu Uro, Cobán, Alta Vi i ip .. g) Kilomelro ciet I • i uan ni itro Comercial M \ i
Plaza, Interioi Agencia Banrural setecientos noventa y uno, Estanzueia '< i / h)la i 11' 'V- guioi cin lenta y uno, A«)imf.m n minea! cua'i.i i . .. hmapa IV)
INSTALACIÓN. SUPERVISIÓN Y CONTROL: a) GUATEL- debei \ pri wntai un plan den el primer trlm i iuésde firmado el prasi te 01 n o; b) -GUATEL-
n irá el na Irc del pen onal (profi ¡ion il y/o ti •• ni i] qi • brindaí i el si rvi i; c) -
GUATEL-deberá isigi i un juipodeprofesional! y técnico rnp ¡omplelo afínen conjunto con "EL REGISTRO", las instala I is y/o lógicas del
1lo l n lo que n \¡ ei ta al i ei m il tó< nlco mencionado con info florida«J se
como mijito la i ipaddad en ndií ida d) -GUATEL- deberá preservaí la
ínl íesti le la ral subsed de "EL registro", sn caso i rio •
GUATEL- reall iré lo i trabajos de reparación, »< isto cero para "EL REGISTRO"; a) -
guatel a i i• ¡. i el registro" un ¡érente de Pro) por e plaz
entrega y cumplimiento establecido debiendo Informar i ritolosd i completo
i1 i ¡m •, ti metra is Fundones siguientes i. Será al ún« o c mal oficial de comunii icii n
i-GUATEL-y "EL REGISTRO", para la instalación; 2. Será respo leplanit
11 'mil' a •• >•! il ' "m '' nflgu i.i h n , pue ta en opi ra m del se ei el lugar de
1 ;. pa ia I be contar: con la aprobación escrita de "EL REGISTRO"; 3,
rendrá a su cargo todo lo reíadonado con i is entrega del servicio > 'fies
de recepción de lo ervicro i entera satisl i de "El REGISTRO"; 4. Será
respons ible de la ejecución del Plan de Instalai ion y. f) a efecto de que el servfi io sea
ilado correctamente.-GUATEL debe efectuarla ir ta i i interna y externa (1
le cables etiqu tadi dentificaeión de ductos elementa menores, etcétera) de acuerdo
• lai i >pe< ¡fu mlonei Iéci h as mínim is raqui rid i . m ai i< n le dími n fc m
ladas y cumpl ido con roa i ••• rn n tonales i I acidas para los sistem i:
de i ibis id •' nturado i a instalación Interna y los eleí ientos •••• i >para preí tai
• lervn io (i i ileí repetidi in . eíei leriti i menores, atcétera) serán provísl instalado
poi -GUATEL- e Incluid precio V) DOCUMENTACIÓN; -GUATEL- se
compromete a entregai dentro del primei trimestre de In I leí ervlcío en todos los
Licáa.ClauikEstela'MiJefa
Departamento derRegistro General de'
;ytoti
jpiedad
ft
GUATEL
0000083
punti ntratado el reporte de la insl ila< I in realizada; VI) SOPORTE TÉCNICO: a) -
GUATEL- debe contal con Departamento de Servicio íecnicc los siete días de la
semana. lai veíntlcu iti i I dui 'i-1 I i trescientos sesenta y cinco día I >
(7x24x385) donde deben rep< tai e is fallas; b) Al momento di presentarse una falla
tanto "'i el servu o como en el istema de comunica ones alterno, "EL REGISTRO"
presentará por escrito y lelefónii imente, su reclamoal Depari i i h servido Técnico
li -GUATEL-, el cual en un plazo máximo de treinta (30) minutos contadoi i partí de la
,. ,, | qe manifesté* íi n d - re - imo debe h ibei re ' ibleí i lo el servicio, incluyen lo
i i - omunii i i i« • ; • ) 51 de >u< de tren .• ¡u rid i in i (011 hot i onl i
irtí !• 11 hora de manifestación del reclamo, ni el i irvicio ni el sistema de
comunti i alterno han sido restablecidos -GUATEL- debe proveei
Inmediatamente, una solución que permita restablecei i comunican ion, la cual Berá
utili ida poi "EL REGISTRO" hasta que la falla reportada haya sido resuelta; d)-
GUATEL- está oblig i i informar a "EL REGISTRO", con cuarent i y ocho (48) h
lilas de anüd| ciói . | • • to I i h hay hora dui inte las lalesdará al sen k a
mantenimiento a sus eq lipi i, a fin de que este último pueda tom ii las m< I I i que el
i amerite . «•) -GUATEL- debe entrega >"EL REGISTRO" junte con la factura del
. pQ líente, lo i »rti di : •. • fal isqu i ¡u ¡citaron en el mes dentro di
c,| i (i 5] día i ca and irla del mes • Ig nte indicando las disttnl I iM i y/o si s
rio el - imbio de algún componente externo/interno Los servieii de
. munica ránl i i rdi s de I i ¡ente m mera
'••I Vil ni i ,,.H.il.nl Mli|i mu de Mbpt ii'i ii p.i i • •I..I..I .' 1 M,••..••,
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Lick Claudia Estela Muñoz JipaJeta
Departamento de Compras \Registro General de la^ro&e'd^d
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CUARTA: CONDICIONES DE FUNCIONAMIENTO. Continua manifí itandO FREDY
OBDULIO BARRIENTOS CABRERA, en la i alidad con qm actúo, que mi repre lenta I i
se obliga a prestar el serv ftalado en la cláusula anteriorde icuerdo a lo estábil
i,i como ínstalai el servido de Intemel en un plazo máximo de cinco (5) semanas
contad is i partii de la firma del presente convenio, in luyendo todos los accesorios sin
coatí ' mal para "EL REGISTRO", mismos que estarán on calidad de depósito y
in devuelto! i GUATEL-, cuando el convenio termine ;u vigencia y no si pro
QUINTA: COORDINACIÓN DE LOS SERVICIOS, la I m i/ii d<> Inlmmatica di "EL
REGISTRO GENERAL DE LA PROPIEDAD DE LA ZONA CENTRAL", será el
i lo de i •irdln n la pn sta m de los ioi /ü h»i a los i Btintos I ><-, artamei t"i ;
Ofi ¡ñas Regionales del "REGISTRO GENERAL DE LA PROPIEDAD DE LA ZONA
CENTRAL". SEXTA: SERVICIOS Y PRECIO. Por la pn ta i lo servicios de
munii i mi con l is irai ti rlsti • ind idas en el presente c< invi nli», "EL
REGISTRO i igará a GUATEL- un monto total de DOS MILLONES DOSCIENTOSLicia. Claudia Estela Muñozüram
Jefa
Departamento de Gtfnp*asRegistro General deta ftoDiedac
si)
GUATEL
'•
0000086
SETENTA Y OCHO MU TRESCIENTOS VEINTE QUETZALES EXACTOS
(Q.2,278,320.00) i i incluye el Impuesto il Valot ido (IVA) "EL
REGISTRO" no está oí iga iquelloi orvicios que no hayan sido autod id
i ir>ti tados prevlai anti i que no se encuentren incluidos en el presente conven ¡
'TIMA: FORMA DE PAGO. "EL REGISTRO" real! irá el pago en forma m iual .
• i i,i programación de iogc poi medio de I i emi ¡i< n del en*
corrí pendiente • ¡ i curso legal i nombre de "EMPRESA GUATEMALTECA
DE TELECOMUNICACIONES -GUATEL-". después de la recep n >y la fací
cont ' orre pon I on I is req il til • infom 8 d ita lado sol re los tiempos y
I, cresta leí ervicio i entera satisfacción de la Dirección de Informática de
"EL REGISTRO" OCTAVA: PARTIDA PRESUPUESTARIA: El pago qu se n i trará
poi medio d Comprobante Únli i da Registro -CUR-, con i i io a la partida; upuestana núm f< lil dii •adío guión once mil nei denlo cuarenta mil
luion once guión cero cero guión ei cero cero guión cero cinco luion ;en
io . guión iento trece guión cero i lento uno guión cero Ireint i y dos (201
11140026 11 00 00 '-11 010 Presupu I G sral de Egresos e
ingresos del Registro Genera de la Própied id vigente; m atestando "EL registro"
que ; con la disponibilidad presupuestaria, lo antenoi de conformidad con lo
¡, |0en lo • artl ;ul i iete b i bi i) d •' i leí reto número ciento uno gui •• noven! i
(101 97) Ú I ign l de la R bilí a le <¡ti il 'mala l.»:y i )n¡ .mea .:!
Presupui ta leí Ilecreto el anta y siate guión noventa y d<
l le la República di Guatemala Ley de Contratación <!••: i ,'a<ia y sus
reformas i •> • erogí nes |ui se n dicen en el ifio en curso e pagar in i on el
i resupui il i tfgejnti y ei m argadas a la partida pie -u u I tificada Para el
i iguiente p lod i erogación se i argai m a las partid i ¡ que i futuro te den para
•• n i garant iai i disponibilidad pre upuestaria. NOVENA: GARANTÍA DESEGURO DE CAUCIÓN DE CUMPLIMIENTO. El Beñoi FREDY OBDULIO
barrientos CABRERA, en nombre de mi repre ¡entada, i or e ¡te n to expre lamente
manifiesto que m mprometo a constituí! ifavory atísfacdón de El REG TRO en
una Instltució i sguradora legalmente iuion/ada para operai en la República de
Gua un teguro de i ción di cumplimiento de i;i presente negociación, de
Lkk Claudia Estela ^ñXzpamJefa
Departamento de CorriprasRegistro General de la Propiedad
-<•.a.
GUATEL
0000087I i
'•">,
informidad con lo establecido en los artículos sesenta y cinco del E> ¡reto número
cincuenta') ¡»ete iu n noventa y dos del Congreso de la Repúblti 1 le Gi il n 1 1, Ley
• "iiiiala mes di 1 lado y 1Incuanta y cini - del acuerdo Gubernativo número ciento
veintidós guión dos mil dieci 1 g imento de la Ley de Contrati low de - Jado poi
eld 1del monto tol il ai q presente 1 invento, el qu< d
i]e garantíz8i todas y cada una é la ibl iacione¡ contraídas debiendo -GUATEL-
tenei vigente el seguro le 1.ni' ion <i" cumplimiento h isl 1 que "EL REGISTRO" le
ixtiei la ia nuil.-. 1 di habe re ibido .1 su sal facción la totalidad del objeto del
ite contrato, sin perjuicio de iniciar las acciones legales por dañosyperj I \< inte
1 . • a iacon ipondientes en caso de incumplimiento d" maní, ti'm vi«|eei"
dicho seguro I ución Lagaranl 1di umptimlento de ta presente negociación, la hará
efi liv 1"EL REGISTRO Gl MI RAÍ DI LA PROPIEDAD", poi lassiguli ntes causas, a) Si
-GUATEL- incumple u<\ ii o parcialmente las obligai ines contraída la presente
lociación; b) Si -GUATEL- no cumple con efeduai la pre ita ion del serví lo 1onvenldo
en el tii mpo lugar y forma astable< idos, -mi las • • pi cifii 11 hmes y con la I
En cualquiera de estos casos EL REGISTRO GENERAL DE LA
PROPIEDAD" hará efectivo "i seguro de caucl n medí 11 te petídón poi lo •.-.Mito a la
, • ¡.nal'.- 1 quien pag irá su importe de conformidad con la ley si form ición de (ulcio
y/o artii a' 1 i 1ino . sin perjuicio de las respom 1 I les de oti 1 indi I ¡ h pi diei 1
dehvaí el Incumplim GUATEL- la póliza respectiva la deberá entrega
GUATEL- a "EL REGISTRO GENERAL DE LA PROPIEDAD" como requisll ¡
I la aprobarían del | 1••.• ni" convenio DÉCIMA: GARANTÍA DE SEGURO DE
CAUCIÓN DE CALIDAD. FREDY OBDULIO BARRIENTOS CABRERA, en nombre de mi
representada, por 1 reto 1 presamente maniíiesl qi 1me comprometo a constituir a
favoi '• sal i-i ;ión de 11 REGISTRO" en una institución 1 1 iu idora legalmente
auton ida pa 1operar en la República de Guatemala un seguro de w di 1 itidadde
. 1 presente negoclai Ion, le 1onformidad i >n 10 ei tableí Ido en lo , articulo! •• ••• ita ,
•; del Decreto númei lenta . tieti gúion noventa y di ••• • ngn o -i • 1.1
i ••• lúblli 1de (luatama • Ley de Contratadone! leí j stado previemente a la re< ep
• •mtia'.id'.i. un.i r ;ain:iun df Calidad, equivalente ni quince poi ciento ¡ 15%) '¡--i •-
Igina del 1 nven para 1 11 mtizai la calidad d>- 1. ..tenindo la cual tendrá unaLkda. Claudia Estela Muñoz kam
Jefa j/ \Departamento de Compras/
Registro General de la Própiejas
ft
GUATEL
; • .: 11 le VEINTICUATRO MESES, contados a partir de la fecha de pdói de i ida
uno de los enlace on : I aguro lo hará efectivo "EL REGISTRO" mediante
requ- i i rito | ie I • fi rmul u i i la Ai aguí id u i i ¡pectíva en un plazo de
ocho días hábl partir de estábil ei que el ervn li adquirid i a., ti i n i i
funcionamiento o no ;• la bajo la¡ condiciones pactadas en el presentí onven
aspeí ifii i< ii ii ida .1 cotízai ion pi ;en da 1 rUATEI y do< umenta ii in
que forman 1 irte del presente Convenio DÉCIMA PRIMERA: MEDIDAS DE
supervisión Y CONTROL: a] i a i lireí ción de Inform il de "EL REGISTRO" tendrá
a 11 cargo velar pe 11 m ta prestación del servicie idquirido con -GUATEL-)
cumplimiento de lo pací ido en el pn senl ¡o b] 1' ira 11manti nimiento le te red
GUATEL-, en 1 ¡ ni 1in. "EL REGISTRO" permitirá el ingreso del
• i1 de -GUATEL-, pn (\ 1 1 munii h lón ;' crtta dond • • «• i; 1
Indicando los dal le identidad personal •• las personas que ingresarán DÉCIMA
SEGUNDA: PLAZO. El pía • convenio será de veinticuatro (24) meses
contado i| irtir de la Instalación de cada enlací a suministrarse en las direccione que
islán li ntro de la O ¡ación d erv 1 lentifii ad 1 con al Ñame: ul diecioi
n n,v guión 1ero enta neo !0t8 Ito Oí B5) en el entendido que cad u
de 1os 1 1 11 1 nidaí 1 , vence 1 en atención al dia que se encuentre completamente
•11 ¡1 ii ido y recepi nado poi 'El Registro el cual puede prorrogarse por un periodo igual
0 menor, previa tal id poi parte de -guatel- efectuada con cuatro mi ai 1
mi .. 11 n 1.1 nto del mi imo medíante sus ripi le un - onvenío de prórn 1
: 11 autorización de la autoridad competente y la muen :ia del Registradoi ; ••
1 en tos informes que rinda la Dirección de Informática en donde se mam! .
satisfa i tado, DÉCIMA TERCERA: DE LA TERMINACIÓN
anticipada. El Registro podrá dai por resclnd lo el presente convenio an forma
antii in neces ! I I in judicial ÚNICA YEXCLU3IVAMENT1 en el caso
durante tres (3) meses consecutivos e presentí una Indlsponíbilidad de
iatri lentos ochenta y uno 1un mil cuatrocientos cuarenta minuto (481 I440) minul
• | i irob ible •• imp itable 1-GUATE! Para el efe< ti lap irt< nt 11 1 id 1on la
misma deberá notifii 11 1la otra parte li motivi i qu< tiene para rescindir y acordaran un
. 1ii . 11 tern in ói del iervli 11 asimismo, pactan la pan qu en caso El Registra
Lkda. Claudia Estela Muñoz hamJefa &y\
Departamento de Compras ARegistro General de la ptórarao
0000088
0000089B él
GUATEL
• v el pn co «o al cumplimiento del plazo p I ido, ¡ 01
una otia circunst mua fuera di la i erl ii m nte plasmad • berá cancelai a
GUATEl las mensualidades pendientes de pago GUATEL podrá dai poi terminada la
¡ói leí servicio i ! iponsabilidad é iu parí por I i rusas i I) La
falta de pago di dos i i n ni i. men su iles, il) Poi la utj I icióndel ei 'li li i imti ivinlen
las tí del pre , , DÉCIMA CUARTA: CASO FORTUITO O
fuerza mayofí: S< entenderá como caso fortuito o fuerza mayor, todos los
i. ..ni-- ¡i iíi a' a1: i ed n s i idontal o i i i ilmenti durante •• pl i lu il para
11 . rrtre ia de liene •. umini .tro ; o el mi- io en la presta •• • un i ervii o i
no Intervenga ninguna di las partes y que poi consiguiente las exime de la
ibilidad i umplímiento d i <onti rtó respectivo, d i wil n lid id con e
cincuenta y uno (51) di iLeyd< i itrataciones del i ¡lado Para los fines del contrato,
fortull fi mi"', ,i omprende entre otra cau is las mientes a
revolución, distn I Mies mi !i • ; ¡demias, terremotos, tormentas, inunda
i ¡i lio ;, órdi nes o directni et de i ualqulet gi blerno legal o de tacto, a tosd
: blla huelgas, paros y cuate iquiera i -ni .a . y i se in de la clase I ta o
ibre las cuales la parte afectada no ti nga control razonable y i le se in de I i
naturali trinjan o eviten la acción de la partí I I di idi i empo i •>•
que i - dei idos como fortuitos o I : i m ly h que impidan el
cumplimiento del central -an a las partes di responsabilidad debiéndose producir
comunica n h nía a i i otra p irte en la que se pruebe el hei ho dentro del pía d • diez
(10) di ia d irrido, según lo ei I ibléce el artit rio • uarenta y treí {A i) di I Iteglamento
i Ley de ( ontr ilaciones del I stado GUATEL ni EL REGISTRO no cubrli in ni
reconoi eren indemni sai Ion que proveng i de casos fortuitos • di I h i n i/or DÉCIMAQUINTA. CONTROVERSIAS. Cualquiei controversia que surgiere reía! I
, umplímiento interpretación, iplli ición y efectos del presente eonv. -ni. i s.-n'i n •-n
juntamente y con i ii ictei i inciKatorio per la Gerencia de GUATEL- y por la
Dirección qi.n mrri ponda <l "EL REGISTRO" y si no fuei l poi ¡bit- He I n a un iciienjo
la cuestión se someterá al Tribunal competente, a alai On de la entidad interesada
DÉCIMA SEXTA: DOCUMENTOS QUE FORMAN PARTE DEL PRESENTE CONVENIO.
Lo otorgantes convenlmoi en que formen parte leí presente onven i y queden
«
Depártamele Cor^VRegtetro General de la PloplW
...
.«•».
- m'
GUATEL
noooo9o
•-#
ncorporadoi i ál an todo lo no previsto la propuesta presentada por -GUATEL- ydocui que se generó en el pi di negocreción DÉCIMA SÉPTIMA:
ampliación O modificación, i as modifica ¡iones y ampli i as de las cláu ¡ul 11 a
i nio, requern i la icept idón • pi . . i i i ti . • las
irtí I i parle In •••-•. ida nrtio lifii ai o ampliar el • on) ild de 11 senté <íonvenio
i coi rse por e I u intención a la conti ip irte, i on una in , i n no
i noi di qu nce (15) ts ri ibi is a la fecha en qui pretendí que entren
¡ nn i DÉCIMA OCTAVA: CLÁUSULA RELATIVA Al COHECHO: An I ,
; • m mil i nos las p -tas relativa.! ni delito de ho asi o
!•" dlsposidom ontenidas en el capitulo III del ntuto XIII del Decreto 17
Coni • i il i i nal Adicionales-' ono -i1* normas jurtdií II
¡i' i ill in a la Autoridad Superior di- ia entidad afectada peí i ipil ai las sanciones
adminlstratlv is que pudiere) : oí l< a i, incluyi n< la inh rbil tai ".a en el i I
GUATECOMPRA DÉCIMA NOVENA PROHIBICIONES: Como "GUATEL" y "EL
REGISTRO" nos queda prohibid» lajenar, ceder, traspasai o disponei en ci i
forma total a parcialmente los derecl del presente contrato, VIGÉSIMA:
aceptación. Lo otorgante! en las calidadi i con que ictuamos manifestamo
I irnos "i preseí nvenio en todas y cada una de sus el u ules, y pan al '-'acto.
enalann para reclbii notificaciones -GUATEL- Avada Simeón Cari n - gu n
sis (5-56) na do (2) di i n uní' ipio y dep si imenl i i latí mala, y,
"EL REGISTRO Edifi i del R« |iStro Gi eral d«- l.i I '"ipii-dad. nt-ieado en la nnvuri.i
(9a.) avenida catorce guión veintidneo (14-25) di- ta zona uno (!) (Je la Candad d«
Guatemala Continuami ¡i inifi landoque despuéi de haber leído <i pn su ti ¡ convenio,
••i cual ,• iMiei contenido en trece (13) hojas de papel membretado de "EL
REGISTRO" y "GUATEL", ¡mpresa únii i en su an ai y bien impuesl le su
con lid el ' •• ilídi / d im i ¡ efei los legales lo id pl imo • patlflí i| ios . fin i •en lo •• b i' ile le mal valor, uno pan: cad i una de a i partí
,
-
IOI-.. " HipA hARl IA ¡i, ••: '• •, •t f í\ //L~ •>
¡ 11>.| Qa$<lrtrM¿QOchote •• Mmlrtístraliva
«ro General de la Propiciad
omi'.iantivi
:•
4-CEREN< 1 \¡ (BOU AílRI Rfc
LkkClaudiaUelaMuñozMnaJeta
Departamento de Comí;Registro General de la Prt
0000091
gistro General dfi la Prca
RESOLUCIÓN No. 35-2018
Guatemala, 19 de noviembre del 2018
El Registrador General de la Propiedad de la Zona Central
Dr. Elmer Erasiuo Bellelóu Morales
POR TANTO:
El Registrador General de ia Propiedad de la Zona Central, con fundamento en lo preceptuadoen los artículos í, 2, 3, 9, 45, 48, 65 y 67 de la Ley de Contrataciones del Estado, DecretoNúmero cincuenta y siele guión noventa y dos (57-92) del Congreso de la República y susreformas; así como io normado en el articulo 5 de su Reglamento; y en ejercicio de ¡asatribuciones que le confiere el artículo veintisiete (27) del Reglamento de los Registros de laPropiedad, Acuerdo Gubernativo treinta guión dos mil cinco (30-2005) del Presidenle del
República.
RESUELVE:
PRIMERO: APROBACIÓN: Aprobar el Convenio suscrito entre la Empresa Guatemaltecade Telecomunicaciones -GUATEL- y el Registro General de la Propiedad de la Zona Central
para la prestación del servicio de internet y enlace de datos; suscrilo con fecha trece de
noviembre del año dos mil dieciocho.
SEGUNDO: PRESTACIÓN DE GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO: Se deja constanciaque la Empresa Guatemalteca de Telecomunicaciones -GUATEL- presentó la fianza de
cumplimiento de contrato que consta en convenio, clase C guión dos (C-2), con póliza de fianza
número setecientos nueve mil novecientos diez (709910), por un monto de doscientos
veintisiete mil ochocientos treinta y dos quetzales exactos (Q. 227,832.00), extendida por
Lkda.Claudia(EstelaMuñozjlmnaJeta
Departamento deCom|>fRegistro General de la RnbiéY
-
0000092
i*
j'cstro General de ia Pn
RESOLUCIÓN No. 35-2018
Guatemala, 19 de noviembre del 2018
El Registrador General de la Propiedad de la Zona Central
Dr. F.lmer Erasmo Belletón Morales
Afianzadora G&T, S.A; como cumplimiento de conformidad con lo que establece la ley deContrataciones del Estado.
TERCERO: PRESTACIÓN DE GARANTÍA DE CALIDAD EN EL SERVICIO: Se dejaconstancia que la Empresa Guatemalteca de Telecomunicaciones -GUATEL- presentó la fianzade calidad de ¡os servicios que se detallan dentro del contrato que consta en convenio, clase C
guión tres E (C-3E), con póliza de fianza número setecientos nueve mil novecientos once
(709911), por un monto de trescientos cuarenta y un mil setecientos cuarenta y ocho quetzales
exactos (Q. 341,748.00), extendida por Afianzadora G&T, S.A; como cumplimiento deconformidad con lo que establece la ley de Contrataciones del Estado.
CUARTO: VIGENCIA: La presente resolución surte sus efectos a partir de la fecha de su
emisión.
QUINTO: NOTIFICACIÓN: Trasládense las presentes actuaciones al Departamento deCompras de la Dirección Administraliva para que proceda como corresponda.
,'
MmñóWtdón 'MomesRegistrador General
Registro General de la Propiedad
Licia. Clauiia estela MuñozflranaJeta
Departamento de ComprasRegistro General de la Propietí