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INDICE Pág. Marco Teórico 3 Resultados de la investigación- Introducción 17 1.Frecuencias Simples 17 1.1. Datos generales 17 1.1.1.-Iniciación de la causa (gráfico 1) 17 1.1.2.-Tipo de delito (gráfico 2) 18 1.1.3.-Lugar, zona y horario de comisión del delito (gráficos 3--5) 19 1.2.-Imputados 21 1.2.1.-Edad de los imputados (gráfico 6) 21 1.2.1.1.-Comparación de grupos de edades 21 1.2.2.-Sexo de los imputados (gráfico 8) 22 1.2.3.-Nacionalidad de los imputados (gráfico 9) 22 1.2.4.-Residencia de los imputados (gráficos 10 y 11) 22 1.2.4.1.-Comparación del lugar de residencia y lugar de comisión del delito (solo Ciudad de Buenos Aires) (gráficos 12 y 13)
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1.2.5.-Actuó solo o acompañado? (gráfico 14) 24 1.2.6. Cometió delitos anteriormente? (gráfico 15) 25 1.2.7.-Portación de armas (gráfico 16) 25 1.2.8.-Nivel de instrucción (gráfico 17) 26 1.2.9.-Realizaba algún tipo de trabajo? ( 26 1.2.9.1.-Tipo de actividad (gráficos 19 y 20) 27 1.2.10.-Composición del grupo familiar (gráfico 21) 28 1.2.11.-Quienes trabajan en la familia conviviente? (gráfico 22) 29 1.2.12.-Tipo de vivienda de la familia (gráfico 23) 29 1.2.13.-Disposición del menor (gráficos 24 y 25) 30 1.2.14.-Estado de la causa (gráfico 26) 31 1.3.-Víctima 32 1.3.1.-Tipo de víctima (gráfico27) 32 1.3.2.-Sexo de la víctima (gráfico 28) 32 1.3.3.-Edad de la víctima (gráfico 29) 33 1.3.4.-Nacionalidad de las víctimas (gráfico 30) 33 1.3.5.-Relación entre la víctima y el victimario ( 33 1..3.5.1.-Tipo de relación víctima-victimario (gráfico 32) 34 2.-Frecuencias de cruces 35 2.1.-Cruces por sexo (gráficos 33-40) 35 2.2.-Cruces por edad (gráficos 41-45) 39 2.3.-Cruces por delitos 42 2.3.1.-Delitos contra la propiedad 42 2.3.1.1.-Imputados por robo y hurto (incluye las tentativas) (gráfico 46) 42 2.3.1.2. Edad de los imputados de delitos contra la propiedad (gráfico 47) 42 2.3.1.3.-Nivel de instrucción de los imputados de delitos contra la propiedad (gráfico48)
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2.3.1.4.-Situación ocupacional de los imputados de delitos contra la propiedad (gráfico 49)
43
2
2.3.1.5.-Delitos de robo y hurto (gráfico 50) 44 2.3.1.6.-Cometió delitos anteriormente? ( 44 2.3.2.-Amenazas (gráficos 53-56) 46 2.3-3.-Lesiones (gráfico 57-62)
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CONCLUSIONES 51 ANÁLISIS COMPARATIVO INVESTIGACIONES DE MENORES AÑO 1998 Y 2000
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INTEGRANTES 61
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MARCO TEÓRICO
Para analizar la situación de los niños y adolescentes en conflicto con la Ley penal es
necesario hacer una reseña y un breve análisis del estado de la situación legislativa vigente en
materia de minoridad. El tema no es sencillo, ya que siempre que se aborda la temática de los
menores de edad como autores o víctimas de delitos, se generan reacciones opuestas en la
sociedad que pueden ir desde un extremo muy garantista y proteccionista, cuando se habla de
menores como víctimas, hacia un extremo más riguroso, demandante de la baja de la edad de
imputabilidad penal o aumento de penas para el caso de menores autores de delitos.
Es necesario entonces como primer medida, hacer un análisis crítico y exhaustivo de
nuestra legislación vigente, a modo de entender la evolución que tuvo el tema de la minoridad
en nuestro país y el estado actual de la discusión de esta temática.
En nuestro país rigen actualmente las leyes: 10.903, ley 22.278 y 22.803, este marco
legal es complementado por la Convención Internacional de los Derechos del Niño (CIDN),
incorporada a nuestro país por la Ley 23.849 y a nuestra Constitución Nacional por el Art. 75
inc. 22 que elevó con rango constitucional a todos los Tratados Internacionales de Derechos
Humanos.
La Ley 10.903:
La ley 10.903, también llamada “Ley de Patronato” o “Ley Agote”, fue sancionada el
29 de septiembre de 1919. Esta ley regula la situación de los menores de 18 años acusados o
víctimas de un delito. Como rasgo preponderante se destaca la facultad que le otorga a los
Jueces de la Jurisdicción Criminal y Correccional de la Capital de la República y de las
provincias a disponer del menor por tiempo indeterminado, en forma preventiva, cualquiera
sea la resolución judicial con respecto al mismo ya sea autor o víctima del delito investigado,
con la única condición de que los magistrados consideren que el menor se encuentra material
o moralmente abandonado o en peligro moral.
La Ley define al abandono material o moral y al peligro moral como: “la incitación
por parte de los padres, tutores o guardadores a la ejecución por el menor de actos
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perjudiciales a la salud física o moral, la mendicidad o la vagancia por parte del menor, su
frecuentación de sitios inmorales o de juego o con ladrones o gente viciosa o de mal vivir, o
que no habiendo cumplido 18 años de edad vendan periódicos, publicaciones u objetos de
cualquier naturaleza en las calles o lugares públicos, o cuando en estos sitios ejerzan oficios
lejos de la vigilancia de sus padres o guardadores, o cuando sean ocupados en oficios o
empleos perjudiciales a la moral o a la salud”.
A este efecto, la Ley establece que todo menor que se encuentre en la situación
descripta precedentemente, ya sea como autor o como víctima de un delito quedará a cargo
del Consejo Nacional del Menor y que se adoptará a su respecto los recaudos legales en vigor.
No rigen en los tribunales federales ordinarios de la Ciudad de Buenos Aires y de los
territorios nacionales, las disposiciones legales sobre prisión preventiva, no obstante esta
podrá ser decretada cuando el Juez lo considere necesario y su cumplimiento se efectuará en
un establecimiento del Consejo Nacional del Menor.
La Ley establece que cuando los Jueces sobresean provisoria o definitivamente a un
menor de 18 años, cuando lo absuelvan o cuando resuelvan definitivamente en un proceso en
que un menor de 18 años haya sido víctima de un delito, p
tiempo indeterminado y hasta los 21 años, si se hallare material o moralmente abandonado o
en peligro moral. Asimismo establece que los Jueces correccionales entenderán en primera y
única instancia en los casos de faltas y contravenciones imputadas a menores de 18 años, y
que aplicarán las mismas disposiciones que los Jueces en lo Criminal.
Todo menor que sea dispuesto por los Jueces queda sometido a su vigilancia, y los
padres o tutores de los menores que hubiesen sido dispuestos definitivamente podrán solicitar
revocatoria de estas resoluciones dentro de 5 días de notificados de las mismas, presentando
su oposición en una audiencia verbal. La resolución es apelable ante los tribunales de
apelación en lo criminal y correccional.
Esta ley sigue los lineamientos de lo que en doctrina se denomina modelo de la
situación irregular en contraposición a la doctrina de la protección integral, receptada por la
Convención Internacional de los Derechos del Niño. La diferencia fundamental entre estas
dos doctrinas es que la primera concibe a los niños como objetos de protección, tutela y
represión, y la segunda los considera sujetos de derechos con responsabilidades.
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Análisis crítico: Realizando un análisis crítico de la Ley de Patronato, se pueden resaltar las
siguientes características:
• El niño es considerado como un incapaz que debe ser tutelado y protegido, por
ende, se lo considera objeto y no sujeto de derecho.
• La ley tutelar está destinada a los “menores” y no a los niños, esto implica que se
considera menor a todo niño que se encuentra en una situación de desventaja social
y/o económica que por si sola amerita la intervención estatal con supuestos fines
• Las categorías utilizadas para la protección son muy ambiguas y vagas como por
ejemplo: la situación de abandono material o moral, mendicidad, vagancia, venta
de publicaciones de cualquier naturaleza, etc., que responden a un modelo
histórico perimido, y facilitan la penalización de situaciones socio-económicas
desfavorables y no de delitos.
• La vaguedad descripta en el punto anterior faculta intervenciones judiciales que
quedan a criterio del magistrado de turno. El Juez se considera un buen padre de
familia con amplísimas facultades.
• El Juez asume funciones asistenciales, además de las judiciales que le son propias
(centralización de funciones).
• La disposición no tiene un límite temporal definido, con lo cual se violan y
restringen derechos, ya que la privación de libertad no se realiza conforme a los
ites impuestos por la CIDN.
• Se desconocen las garantías procesales inherentes a todo procedimiento penal, bajo
el pretexto de que los menores deben recibir tratamiento diferenciado.
• La decisión de privarlos de libertad no depende del hecho cometido sino de que el
niño se encuentra en una situación de riesgo.
La ley 10.903 también vulnera las garantías sustantivas básicas como el principio de
culpabilidad (nulla poena sine culpa) en violación a lo establecido en el Art. 8 inc. 2) de la
de Derechos Humanos que establece que “toda persona inculpada de
delito tiene derecho que se presuma su inocencia mientras no se establezca su culpabilidad”.
La Ley de Patronato viola la presunción de inocencia prevista en el Art. 40 inc. 2) de la CIDN
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y el Art. 18 de la Constitución Nacional que establece que “ningún habitante de la Nación
puede ser penado sin juicio previo fundado en Ley anterior al hecho del proceso”. En el caso
de la aplicación de medidas tutelares y de disposición por tiempo indeterminado este precepto
no se cumple y se enjuicia al niño por hechos que no son considerados conductas típicas en el
código Penal. Tampoco se cumple el principio de legalidad (nullum crimen sine lege)
previsto en el Art. CADH Art. 9°, en el Art. 37 de la CIDN, en las Reglas mínimas de
Naciones Unidas para la administración de la Justicia de Menores en el Art. 2 inc. 2b) y en el
Art. 18 de la CN.
Las garantías procesales que enunciaremos brevemente no se cumplen: el principio de
jurisdiccionalidad (derecho a un juez natural independiente e imparcial), principio del
contradictorio, el principio de la inviolabilidad de la defensa en juicio, el principio de
presunción de inocencia, el derecho al recurso, el principio de legalidad del procedimiento y
principio de publicidad del proceso.
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La Ley 22.278 (Régimen Penal de Minoridad)/ 22.803
Esta Ley establece que no son punibles los menores que no hayan cumplido 16 años
de edad. Tampoco los que no hayan cumplido 18 años respecto de delitos de acción privada o
reprimidos con pena privativa de libertad que no exceda de 2 años, con multa o inhabilitación.
Son punibles los menores de 16 años a 18 años de edad que incurrieren en delito que no fuera
de los enunciados anteriormente.
Conforme a lo expuesto, el régimen penal aplicable a los menores se diferencia de la siguiente forma:
No son punibles (inimputabilidad absoluta):
• Los menores de 16 años.
• Los menores de 18 respecto a delitos de acción privada o reprimidos con multa,
inhabilitación o pena privativa de liberta
Son punibles (imputables en forma relativa):
• Los menores de 16 a 18 años que incurran en delitos de acción privada con penas
superiores a los dos años, o en delitos de acción pública.
La Ley establece que en estos casos la autoridad judicial lo someterá al respectivo
proceso y deberá someterlo a tratamiento tutelar durante un año, prorrogable hasta a mayoría
de edad. Posteriormente, de acuerdo al resultado del tratamiento y la impresión del Juez,
ndo la sanción prevista para el delito de tentativa) o
absolverlo. Durante el procedimiento al menor se le practicarán una serie de estudios “socio-
ambientales” para establecer su modo de vida, sus actividades etc.
La Ley establece que cualquiera fuera el estado de la causa, si de los estudios
realizados apareciera que el menor se halla abandonado, falto de asistencia, en peligro
material o moral, o presenta problemas de conducta, el Juez dispondrá definitivamente del
mismo por auto fundado, previa audiencia de los padres o guardador.
Con respecto al cumplimiento de las penas privativas de libertad que los jueces
impongan a los menores, la Ley establece que se hacen efectivas en institutos especializados.
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Si los menores en esa situación alcanzan la mayoría de edad, cumplirán el resto de la condena
en establecimientos para adultos, y no se aplican respecto de los menores las disposiciones
relativas a la reincidencia.
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Análisis crítico de la Ley
Al igual que la Ley 10.903, la Ley 22.278/22.803 adolece de serias irregularidades
contrarias al ordenamiento jurídico de la Constitución Nacional (CN), de los preceptos de la
Convención y de garantías del ordenamiento procesal penal.
De lo brevemente expuesto se evidencia que la inimputabilidad declarada no implica
“per se” un renunciamiento a la intervención penal coactiva, ya que aún en caso que el menor
fuera inimputable se la aplican medidas en función de sus condiciones de vida. Es decir que la
intervención estatal en el caso de los menores va más allá del
límite de exclusión de pena establecida por ley.
La ley viola el principio de legalidad de la CN establecido en el Art. 18 que establece
que “nadie puede ser penado sin juicio previo anterior al hecho del proceso (nullum poena
sine lege)”. Esto implica que solo aquello tipificado como delito puede ser penalizado, pero
no la conducta moral o el modo de vida, porque es allí donde se traspasa el límite legal. La
aplicación de las llamadas medidas tutelares adicionales a la pena que nada tienen que ver con
el delito cometido son claramente inconstitucionales. También se vulnera el principio de
culpabilidad penal por el acto, ya que se aplica una culpabilidad de autor al sancionar el modo
de vida del menor. Como corolario se viola el principio de reserva de las acciones privadas
del Art. 19 de la CN que establece: “ Las acciones privadas de los hombres que de ningún
modo ofendan el orden y la moral pública, ni perjudiquen a un tercero, están solo reservadas a
Dios y exentas de la autoridad de los magistrados”.
En cuanto a las garantías procesales mencionaremos brevemente, el ya enunciado
juicio previo, la garantía de defensa en juicio, que no se cumple, ya que el menor sometido a
proceso no recibe el tratamiento técnico previsto por el procedimiento penal para los adultos
ni se cumple con lo establecido por la CIDN, debido a que el menor no dispone de un
defensor letrado, sino que entra en juego el denominado Asesor de Menores que no reviste la
calidad de defensor técnico. De más está decir que no hay derecho al contradictorio.
El procedimiento de menores es secreto y el niño contrario a lo establecido en el Art.
12 de la CIDN jamás es oído durante o después de la tramitación del procedimiento,
violándose las disposiciones de la CIDN.
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La Convención Internacional de los Derechos del Niño
Como enunciáramos inicialmente, la Convención Internacional de los Derechos del
Niño (en adelante CIDN), a través de lo dispuesto en el Art. 75 inc. 22 de la Constitución
Nacional, ha recibido jerarquía constitucional, quedando así incorporada a nuestra legislación
interna.
La CIDN constituye junto con las Reglas Mínimas de las Naciones Unidas para la
Administración de la Justicia de Menores (Reglas de Beijing), las Reglas de las Naciones
Unidas para la protección de los menores privados de libertad, las Directrices de las Naciones
Unidas para la prevención de la Delincuencia Juvenil (Directrices de Riad) y Reglas Mínimas
de las Naciones Unidas sobre medidas no privativas de la libertad- (Reglas de Tokyo) un
marco legal internacional de suma importancia ya que elabora directrices a los Estados partes
en el tema de minoridad y establece un conjunto de derechos y garantías en el marco de los
tratados de derechos humanos. Es allí donde se define que d
debe leerse la Convención en clave de derechos.
La CIDN define al menor como:“todo niño menor de 18 años de edad”
establece que el niño es sujeto de derecho y no objeto de tutela, de modo que se lo debe
considerar capaz de ejercer sus derechos y asumir responsabilidades acordes a su estado de
desarrollo. La CIDN introduce asimismo el concepto del “interés superior del niño” (Art. 3°),
estableciendo que toda medida que se tome debe ser en “interés superior del n
entendiéndose por tal la garantía del ejercicio pleno de sus derechos.
Para hacer una exégesis adecuada de la Convención es fundamental que se tenga
presente cual es la finalidad de que un niño sea tratado como sujeto de derecho y cual es la
implicancia que conlleva este reconocimiento. Lo que la CIDN pretende decir cuando
reconoce al niño como sujeto de derechos no es que los Estados al reconocerlo como tal
deban darle el mismo tratamiento que a un adulto, sino, que significa que los niños son
titulares de los mismos derechos que los adultos más una cantidad de “derechos adicionales”
que tienen su fundamento en su condición específica de persona en desarrollo.
La Convención reconoce al niño garantías y derechos, e incluye obligaciones para los
Estados Parte de velar por el reconocimiento de estas garantías y derechos reconocidos a las
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personas menores de 18 años. Asimismo establece obligaciones hacia los padres, tutores y
guardadores. En resumen, la CIDN enuncia una serie de derechos y garantías constitucionales
y procesales, siendo estas últimas definidas en los Arts. 12, 37 y 40 CIDN.
Para hacer una breve síntesis de estos artículos diremos que el Art. 12 establece la
obligación de escuchar a todo niño en todo procedimiento judicial o administrativo que lo
afecte, y esto ya sea directamente o por medio de un representante o de un órgano apropiado,
en consonancia con las normas de procedimiento de la Ley nacional. Esta es la consecuencia
directa de que el niño es tratado como sujeto de derechos, que puede y debe expresar su
opinión en todo procedimiento que lo involucre.
Los Arts. 37 y 40 establecen el tratamiento que debe recibir un niño privado de su
libertad y los derechos que le asisten. El Art. 37 establece el principio de que ningún niño
debe ser sometido a torturas o penas crueles, y que ningún niño será privado de su libertad
ilegal o arbitrariamente. Toda privación de libertad de un niño se llevará a cabo de
conformidad con la ley y se utilizará como medida de último recurso durante el pe
breve que proceda. Asimismo establece el tratamiento que deberá recibir un niño privado de
libertad y su alojamiento separado de los adultos. El artículo establece el derecho de mantener
contacto con su familia y a una pronta asistencia jurídica
legalidad de la privación de libertad (derecho al recurso).
El Art. 40 a su vez establece los derechos que tiene todo niño infractor a la ley penal o
que haya sido declarado culpable de infringir leyes penales. Entre ellos y para enunciarlos
brevemente, se destacan: presunción de inocencia, derecho a la información de los cargos que
se le imputan, derecho a una defensa adecuada, derecho a la celeridad del juicio, a un juez
natural, derecho a permanecer callado, derecho a contar con asistente letrado e intérprete y
derecho a la privacidad. Además establece la obligación para los Estados parte de tomar las
medidas apropiadas para promover el establecimiento de leyes y procedimientos específicos.
Situación de la República Argentina
La República Argentina se encuentra en un proceso de adecuación de su legislación
interna a los lineamientos de la Convención. Muestra de ello son los intentos legislativos por
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derogar la Ley de Patronato e implementar un Sistema de Responsabilidad Penal Juvenil. En
este sentido cabe aclarar que las Legislaturas provinciales de Chubut, Neuquén, Mendoza,
Misiones, Tierra del Fuego y la Ciudad autónoma de Buenos Aires han iniciado este proceso
de adecuación a la Convención en sus legislación, receptando la doctrina de la protección
integral.
El Poder Ejecutivo Nacional ha presentado recientemente un proyecto que crea un
régimen legal aplicable a las personas menores de 18 años infractoras a la Ley penal. El eje
fundamental del mencionado proyecto se basa en las siguientes pautas:
• El marco mínimo de la reforma está integrado por las normas internacionales
incorporadas a la Constitución Nacional así como otras normas internacionales
no vinculantes pero que expresan la opinión más evolucionada de la
comunidad internacional sobre el tema (Reglas Mínimas de las Naciones
Unidas para la Administración de la Justicia de Menores-Reglas de Beijing-,
Reglas de las UN para la protección de los menores privados de libertad,
Directrices de las UN para la prevención de la Delincuencia Juvenil y Reglas
Mínimas de las UN sobre medidas no privativas de la libertad- Reglas de
Tokyo-).
• Se crea un sistema de respuesta a la situación en que una persona menor de 18
años es imputada o encontrada responsable de haber cometido un delito, con
adecuación a los Artículos 12, 37 y 40 CIDN.
• Se incorporan todos los derechos y garantías procesales que amparan a un niño
en todos los procedimientos administrativos, judiciales o de otra índole
dirigidos al restablecimiento de sus derechos.
• Se fija la edad de 14 años por debajo de la cual el Estado renuncia a toda forma
de intervención coactiva en el supuesto de comisión de un delito.
• Se introducen mecanismos de solución de conflictos en instancias no judiciales
y de mecanismos de terminación anticipada del proceso dirigidos a la
composición del conflicto originario
• En relación a la sanción privativa de libertad: a) se definen sus diferentes
modalidades, b) se distingue entre adolescentes de 14 y 15 años y los de 16 y
17 a fines de la imposición de la sanción, c) se establece una limitación
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máxima de la privación según el grupo de edad de que se trate que en ningún
caso puede exceder el mínimo de pena conminada para el delito.
• Se propone una adecuación sustancial de todo el derecho interno a la CIDN, lo
que conlleva una revisión de toda la normativa vigente en derecho civil,
laboral, comercial, administrativo, etc.
Cabe aclarar que este proyecto denominado: “Régimen legal aplicable a las personas
menores de 18 años infractoras a la Ley Penal”, se encuentra actualmente en análisis del
Poder Ejecutivo, autor del mismo, y no ha sido ingresado al día de la fecha a ninguna de las
El porqué de la importancia de la investigación
Las investigaciones que se realizan en materia de minoridad, frecuentemente sufren
criticas importantes, y esto sobre todo sucede por la temática conflictiva de la que hablamos, y
la postura paternalista que adoptamos al pretender hacer en nombre de los niños lo que
para su bienestar. No obstante, el tema de las investigaciones tiene
como fundamento legal el Art. 30 de las Reglas Mínimas de las Naciones Unidas para la
administración de la justicia de menores que establece a la investigación como base de la
planificación, la formulación y la evaluación de políticas.
En este artículo se establece que se procurará organizar y fomentar las investigaciones
necesarias como base para la planificación y una formulación de políticas efectivas. En la
ia juvenil resulta de esencial importancia la influencia recíproca
entre la investigación y las políticas, que permiten una revisión y una evaluación periódica de
las tendencias, los problemas y las causas de la delincuencia y criminalidad de menores. Esta
regla establece un mecanismo de evaluación e investigación en el sistema de administración
de justicia de menores, la recopilación y el análisis de datos con miras a una debida
evaluación de las necesidades, de los programas y medidas existentes y el perfeccionamiento
ulterior del sistema.
Este análisis y evaluación son requisitos indispensables para la elaboración de políticas
acordes con la situación real que puede ser evaluada a través de un diagnóstico adecuado.
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Asimismo es un método capaz de establecer prioridades en cuanto permite evaluar la
situación vigente con objetividad, permitiendo que se analice además el empleo de los
recursos existentes.
Es por ello que creemos y confiamos en la utilidad que tienen las investigaciones
(tanto las realizadas por organismos no gubernamentales, tal vez las más meritorias, como las
realizadas dentro de las instituciones oficiales) para la formulación de políticas públicas en
temas de minoridad. Todo diagnóstico que se haga, aún sobre la base de muestras tomadas del
funcionamiento de la Justicia de Menores, constituye una evaluación de la realidad y se
convierte en punto de partida hacia posibles cambios, en lo legislativo y en lo ejecutivo. Lo
esencial es la importancia que realmente se quiera dar al diagnóstico, que aunque muchas
veces nos moleste y sea objeto de críticas, ya que se sumerge en el funcionamiento de
estructuras organizativas rígidas como son el Poder Judicial, el Poder Ejecutivo o la Policía,
reflejan una realidad descarnada pero pasible de modificación.
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MENORES EN CONFLICTO CON LA LEY PENAL Introducción:
Este trabajo de investigación tiene como objetivo obtener un acercamiento al
conocimiento acerca del perfil de los niños y adolescentes en conflicto con la ley penal que
han sido captados por el Sistema Penal como autores de delitos, a los fines de obtener datos
empíricos que constituyan un insumo enriquecedor de la discusión y análisis para el abordaje
de este controvertido tema.
Es necesario aclarar que la investigación fue realizada tomando como fuente de
información los Juzgados Nacionales de Menores del ámbito de la Ciudad de Buenos Aires,
sin incluir los Tribunales Orales.
Metodología:
Tipo de Estudio: Exploratorio cualicuantitativo
Fuente: Juzgados Nacionales de Menores.
Universo: Causas Judiciales iniciadas durante el año 2000 en las que menores de edad fueron
imputados por la comisión de un delito.
Unidad de Análisis: Niños y adolescentes infractores a la ley penal.
Causas Judiciales relevadas: 385
Menores imputados: 517
Delitos:466
La presente investigación ha consistido en un relevamiento de las causas que tramitan
por ante los Juzgados Nacionales de Menores de la Ciudad de Buenos Aires iniciadas por
hechos cometidos por menores de edad durante el año 2000.
Dicho relevamiento se realizó durante el segundo semestre de 2001 sobre los
expedientes judiciales y tutelares.
De acuerdo a la información relevada de los juzgados, la cantidad de causas iniciadas
durante ese año fue de 2192. Esta cifra no incluye las causas iniciadas por autor desconocido
NN, ni aquellas en las que el menor resulta víctima de un delito, las causas iniciadas por la
Ley de Patronato 10.903, como así tampoco los expedientes que fueron elevados al Tribunal
Oral. También es necesario aclarar que las causas iniciadas por infracciones a la ley 23.737
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(Ley de estupefacientes) tramitan ante los Juzgados Federales, razón por la cual no están
incluidas en este estudio.
Cabe aclarar que estas cifras corresponden a cinco de los siete Juzgados Nacionales de
Menores que prestaron su conformidad para realizar este estudio .
Sobre esta base la muestra tomada fue de 385 expedientes. En esa cantidad de casos
participaron 517 menores, ya que en algunos hechos tuvieron participación más de un menor.
aclarar que en estos 385 hechos los delitos registrados fueron
466, ya que un menor puede haber cometido más de un delito.
Así, a través de un instrumento de recolección de datos se recabó información referida
a :
• Descripción del hecho: variables de fecha, hora, lugar, modo de iniciación de la
causa, tipo de delito, etc.
• Imputado: sexo, edad, nacionalidad, antecedentes penales, antecedentes tutelares,
conformación del grupo familiar, perfil socioeconómico, etc.
• Víctima: sexo, edad, relación con el victimario, etc.
Luego se realizó el análisis de la información y a través de la elaboración de
frecuencias y cruces se elaboraron los distintos gráficos y conclusiones.
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1. FRECUENCIAS SIMPLES 1.1. DATOS GENERALES 1.1.1. Iniciación de la causa Iniciación de la causa
Cantidad de casos Porcentajes
Por prevención 240 62%
Por denuncia policial 138 36%
Por denuncia en el juzgado 7 2%
Total 385 100%
Porprevención
62%
Por denunciaen el
juzgado2%
Por denunciapolicial
36%
Grafico 1
Con respecto a la iniciación de las causas en un 62 % fueron iniciadas por prevención
policial, en un 36% por denuncia policial y en un 2% por denuncia ante un juzgado.
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1.1.2. Tipo de delito
Tipo de delito Cantidad
de casos Porcen tajes
Tenencia y uso de armas de fuego 16 3%
Violación 5 1% Delitos contra la integridad sexual 3 1%
Amenazas 50 11% Lesiones dolosas 102 22% Lesiones culposas 2 0% Atentado y resistencia a la autoridad
28 6%
Daño 28 6% Hurto 63 13,5% Robo 158 34% Encubrimiento 3 1% Homicidio 1 0% Homicidio culposos 1 0% Evasión 2 1% Violación de domicilio 1 0%
Tentativa de defraudación 1 0%
Incendio y otros estragos 1 0%
Privación ilegítima de la libertad 1 0%
Total 466 100%
1%
2%
2%
3%
6%
6%
11%
13%
22%
34%
0% 10% 20% 30% 40%
Encubrimiento
Otros
Delitos contra la integridad sexual
Tenencia y uso de armas de fuego
Daño
Atentado y resistencia a la autoridad
Amenazas
Hurto
Lesiones
Robo
Grafico 2
Este gráfico muestra que los hechos cometidos por estos menores fueron delitos contra
la propiedad (hurtos y robos) en un 47,5%. En segundo lugar le siguieron las lesiones
(22,3%) y en tercer lugar las amenazas (10,7%). En menor cantidad se investigaron delitos
contra la integridad sexual, delitos relacionados con la tenencia y uso de armas de fuego y
atentado y resistencia a la autoridad.
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1.1.3. Lugar, Zonas y horarios de comisión de los delitos
• Lugar de comisión del delito Lugar del hecho
Cantidad de casos Porcentajes
Institución educativa 22 6%
Institución comunitaria 8 2%
Vía pública 193 51% Domicilio privado 51 13%
Comercio 80 21% Interior de vehículo privado
9 2%
Transporte público 5 1%
Otro lugar 17 4%
Total 385 100%
51%
Domicilio privado
13%
Interior de vehículo privado
2%
Otro lugar
4%
Trans_porte
público1%
Comercio21%
Institución
educativa6%
Instit. Comuni_
taria2%
Grafico 3
En cuanto al lugar de comisión de los delitos, fueron cometidos en la vía pública en un
51% de los casos, en el interior de un comercio en un 21% y en un domicilio privado en un
13%.
• Zona de comisión del delito
Zona donde se cometió el hecho
Cantidad de casos Porcentajes
Zona sur 103 27% Zona centro oeste 64 17%
Zona centro este 96 25%
Zona noroeste 70 18%
Zona noreste 48 13%
Total 381 100%
Sur27%
Centro oeste17%Centro
este25%
Noroeste18%
Noreste13%
Grafico 4
A los efectos de análisis del lugar de comisión de delitos se ha dividido a la Ciudad de
Buenos Aires en cinco zonas :
Zona Sur: 27%
Barracas, La Boca, Constitución, Nueva Pompeya, Parque Patricios, Villa Lugano, y Villa Soldati
20
Zona Centro Este: 25% Almagro, Balvanera, Boedo, San Telmo, Caballito, Montserrat, San Cristóbal, San
Zona Noroeste:18% Belgrano, Colegiales, Coghlan, Chacarita, Núñez, Saavedra, Paternal, Villa Crespo,
Zona Centro Oeste: 17% Floresta, Liniers, Velez Sarsfield, Villa del Parque, Villa Devoto, Villa Pueyrredon. Zona Noreste:13% Recoleta, Retiro y Palermo
• Hora de comisión del delito Hora del hecho
Cantidad de casos Porcentajes
De 0:00 a 5:59 hs. 76 20%
De 6:00 a 11:59 hs. 49 13%
De 12:00 a 17:59 hs. 116 30%
De 18:00 a 23:59 hs. 118 30%
No consta 26 7% Total 385 100%
De 0:00 a 5:59 hs.
20%
De 18:00 a 23:59 hs
30%
No consta7%
De 6:00 a 11:59 hs
13%
De 12:00 a 17:59 hs
30%
Grafico 5
Los hechos delictuosos se registraron mayoritariamente entre el mediodía y la
medianoche (de 12.00 hs a 17.59 hs: 30% y de 18.00 hs a 23:59 hs.: 30%)
Se advierte también que de 12.00 hs a 6.00 hs se produjeron el 80% de los hechos.
21
1.2. IMPUTADOS 1.2.1. Edad de los imputados Edad de los imputados
Cantidad de casos
Porcentajes
5 años 1 0% 8 años 1 0%
10 años 9 2% 11 años 13 3% 12 años 28 5% 13 años 53 10% 14 años 80 15% 15 años 119 23% 16 años 96 19% 17 años 117 23%
Total 517 100%
0
20
40
60
80
100
120
140
5 añ
os
8 añ
os
10 a
ños
11 a
ños
12 a
ños
13 a
ños
14 a
ños
15 a
ños
16 a
ños
17 a
ños
Grafico 6
En un 23% (119 casos) los jóvenes tenían 15 años al momento de la comisión del
delito, en un 22,7% (117 casos) los jóvenes tenían 17 años, en un 18,6% (96 casos)
años y un 15% (80 casos) tenía 14 años.
1.2.1.1 Comparación de grupos de edades Edad de los imputados
Cantidad de casos Porcentajes
Menos de 14 años 105 20%
Entre 14 y 15 años 199 38%
Entre 16 y 17 años 213 42%
Total 517 100%
Entre 14 y 15 años38%
Entre 16 y 17 años42%
Menos de 14 años20%
Grafico 7
El 20% de los imputados eran menores de 14 años al momento del hecho, el 38% de
los imputados tenía entre 14 y 15 años, y el 42% tenía entre 16 y 17 años.
22
1.2.2 Sexo de los imputados
Sexo del imputado
Cantidad de casos Porcentajes
Masculino
434 84%
Femenino
83 16%
Total 517 100%
Femenino16%
Masculino84%
Grafico 8
La mayoría de los imputados era de sexo masculino (84%).
1.2.3 Nacionalidad de los imputados Nacionalidad del imputado
Cantidad de casos Porcentajes
Argentino
484 94%
Extranjero
28 5%
No consta
5 1%
Total 517 100%
No consta1%
Argentino94%
Extranjero5%
Grafico 9
Los imputados eran argentinos en un 94% de los casos. 1.2.4 Lugar de residencia de los imputados
Lugar de residencia
Cantidad de casos Porcentajes
Ciudad de Buenos Aires 337 65%
Provincia de Buenos Aires 165 32%
Provincia de Entre Ríos 1 0%
No consta 14 3%
Total 517 100%
Provin_cia de Bs. As.
32%
Ciudad de Bs.
As.65%
No consta
3%
Grafico 10
Un 65% de los imputados vivía en la Ciudad de Buenos Aires y el 32% residía en la
Provincia de Buenos Aires.
23
Siguiendo el criterio de zonificación antes expuesto, del universo de imputados que
vivía en Ciudad de Buenos Aires la distribución fue la siguiente:
§ Zona Sur: 31% § Zona centro oeste: 16% § Zona centro este: 20% § Zona Noroeste: 19% § Zona Noreste: 13%
Zona de residencia
Cantidad de casos Porcentajes
Zona sur 106 31% Zona centro oeste 55 16%
Zona centro este 67 20%
Zona noroeste 62 19%
Zona noreste 42 13%
No consta 4 1% Total 336 100%
Sur31%
Centro este20%
Noroeste19%
Noreste13%
Centro oeste16%
No consta
1%
Grafico 11
1.2.4.1 Comparación entre el lugar de residencia y lugar de comisión del delito (sólo Ciudad de Buenos Aires) Comparación entre lugar de comisión y residencia
Cantidad de casos Porcentajes
Delinquió en el mismo barrio donde vivía
144 43%
Delinquió en distinto barrio del que vivía
193 57%
Total 337 100%
Delin_quio en
el mismo barrio43%
Delin_quio en distinto barrio57%
Grafico 12
24
Zona de residencia de los imputados que delinquieron en esa misma zona
Cantidad de casos Porcentajes
Zona sur 41 29% Zona centro oeste 26 18% Zona centro este 25 17% Zona noroeste 27 19% Zona noreste 25 17%
Total 144 100%
Sur29%Centro
este17%
Noroeste19%
Noreste17%
Centro oeste18%
Grafico 13
Con respecto a la relación entre lugar de comisión del hecho y lugar de residencia del
imputado, un 43 % delinquió en el mismo barrio donde vivía, mientras que el restante 57%
cometió el delito en otro barrio.
1.2.5 Actuó solo o acompañado?
Como actuó en el hecho
Cantidad de casos Porcentajes
Solo 186 48%
Actuó con otro/s 199 52%
Total 385 100%
Solo48%
Mas de dospersonas
52%
Grafico 14
Casi en la mitad de los casos el menor actuó solo en la comisión del hecho. El restante
52% lo hizo en compañía de otras personas, en su mayoría también menores.
25
1.2.6 ¿ Cometió delitos anteriormente ? Cometió delitos anterior Mente?
Cantidad de casos Porcentajes
Si
127 25%
No
232 44%
No consta
158 31%
Total 517 100%
Si25%
No44%
No consta
31%
Grafico 15
Se puede observar que en un 44% de los casos, los menores no había cometido delitos
con anterioridad al delito investigado, el 25% contaba con antecedentes de comisión de
delitos y en el 31% de los casos no consta la información.
1.2.7 Portación de armas Portaba armas? Cantidad de casos Porcentajes De fuego 42 8% Blancas 18 3% Otro tipo de armas 31 6% No consta 426 83%
Total 517 100% Grafico 16
Solo en un 17% de los casos se pudo recabar el dato de si el menor portaba armas en el
momento de la comisión del delito.
En estos casos en donde se identificó la portación de armas, en un 46% eran armas de
fuego, en un 20% eran armas blancas y en un 34% se trataba de otras armas.
Las armas de fuego identificadas fueron de calibre 22mm (6 armas), 32 mm (8 armas),
38 mm (4 armas).
26
1.2.8 Nivel de instrucción
Nivel de instrucción
Cantidad de casos Porcentajes
Primario incompleto 122 24%
Primario completo 197 38%
No consta
196 38%
Sin estudios
2 0%
Total 517 100%
Primario incomp.
24%
Primario comp.38%
No consta38%
Sin estudios
0%
Grafico 17
En cuanto al nivel de instrucción alcanzado por los imputados, en un 38% de los casos
los menores tenían su educación primaria completa y en un 24% no habían completado su
1.2.9. ¿Realizaba algún tipo de trabajo el menor?
¿Trabajaba? Cantidad de casos Porcentajes
Si
96 18%
No
169 33%
No consta
252 49%
Total 517 100%
Si19%
No33%
No consta
48%
Grafico 18
En un 18% de los casos el menor realizaba algún tipo de actividad laboral, no
trabajaba en un 33% y no se registró información en un 49% de los casos.
27
1.2.9.1. Tipo de actividad Tipo de actividad
Cantidad de casos Porcentajes
Relación de dependencia 26 29%
Por cuenta propia 7 7%
Changas 48 51% Tareas en el hogar 1 1%
Vendedores ambulantes 2 2%
Otras tareas 9 9% No consta 3 3%
Total 96 100%
Otro tareas9%
No consta3%
Tareas del hogar
1%
Por cuenta propia
7%
Vend. Ambu_lantes
2%
Rel. de depen_dencia
29%
Changas51%
Grafico 19
De los imputados que realizaban alguna actividad, el 50% hacia changas, un 27,1%
denunció trabajar bajo relación de dependencia, mientras que un 7,3% trabajaba por cuenta
propia. En un 9,4% los jóvenes denunciaron dedicarse a otras tareas. Un 2% se dedicaba a la
venta ambulante, un 1% a las tareas hogareñas y en un 3,1 % no constaba la información.
Antecedentes laborales Edad Si No No consta
5 0 0 1 8 0 1 0
10 0 4 5 11 1 6 6 12 7 11 10 13 6 23 24 14 8 33 39 15 21 45 53 16 26 23 47 17 27 23 67
Total 96 169 252
0
10
20
30
40
50
60
70
80
Menosde 11años
11 años 12 años 13 años 14 años 15 años 16 años 17 años
Trabajaba No trabajaba No consta
Grafico 20
28
1.2.10. Composición del grupo familiar Grupo familiar Cantidad
de casos Porcentajes
Padre, madre y otros 144 28%
Padre y otros
23 4%
Madre y otros
117 23%
Sin padre ni madre 29 6%
No consta 204 39%
Total 517 100%
Padre, madre y
otros28%
Madre y otros23%
Sin padre ni madre
6%
Padre y otros4%
No consta
39%
Grafico 21
Los menores imputados vivían con ambos padres en un 28%; con el padre, sin la
madre, en un 4% y con la madre, sin el padre, en un 23%. Un 6% de los menores vivía sin
ninguno de los dos progenitores.
En cuanto a la convivencia con los concubinos/as de sus progenitores, hay más casos
de madre con concubino (36 casos) que de padre con concubina (11casos).
Sólo en 11 casos el menor vivía fuera de la familia (con su pareja o con amigos).
29
1.2.11. Quienes trabajan en la familia conviviente
Grupo familiar Cantidad
de casos Porcentajes
Padre, madre y otros 84 16%
Padre y otros
83 16%
Madre y otros
82 16%
Solo hermanos 13 3% Ninguno 3 1% No consta/sin datos 252 48%
Total 517 100%
No consta
48%
Solo herma_
nos3%
Madre y otros16%
Padre, madre y
otros16%
Padre y otros16%
Ninguno1%
Grafico 22
De los casos en que los imputados convivían con ambos padres, en un 16% los dos
progenitores realizaban alguna actividad laboral.
De los casos en que convivían con el padre, éste realizaba algún tipo de actividad
laboral en un 16%. El porcentaje es el mismo (16%) en el caso de las madres que convivían
con los imputados y realizaban alguna actividad laboral.
En todos estos casos, más de la mitad de ambos progenitores trabajaban en relación de
dependencia.
1.2.12. Tipo de vivienda de la familia
Vivienda Cantidad
de casos
Porcentajes
Casa 108 21% Departamento 123 24% Hotel, pensión, inquilinato
27 5%
Casilla 44 9% Casa usurpada 6 1%
Otro tipo de vivienda 11 2%
No consta 189 36% En la calle 9 2%
Total 517 100%
Casa21%
Hotel5%
Casilla9%
Casa usurpada
1%
Otro tipo de vivienda
2%
No consta36%
En la calle2%
Departa_mento24%
Grafico 23
30
Los imputados vivían en casa un 20,9%, residían en departamento en un 23,8% de los
casos, un 5% vivía en un hotel, inquilinato o pensión, un 8,5% en una casilla, un 1% en casa
usurpada, un 2% en la calle y en un 36% de los casos no consta la información.
1.2.13. Disposición del menor
En 272 casos del total de imputados se pudo recoger el dato de que los menores fueron
dispuestos provisionalmente. En 242 casos la disposición fue dictada por hasta 6 meses, en
27 casos fue entre seis y 12 meses, y en 3 casos fue por más de un año.
Tiempo de disposición del menor
Cantidad de casos
Porcentaje
Hasta 6 meses 242 47%
Entre 6 y 12 meses 27 5%
Mas de 1 año 3 1%
No consta 245 47%
Total 517 100%
Mas de 1 año1%
Entre 6 y 12 meses
5%
Hasta 6 meses47%
No consta47%
Grafico 24
Edad de los imputados Tiempo de
disposición Menos de 16 años
De 16 y 17 años
Menos de un mes 15 5 Entre 1 y 3 meses 112 53 Entre 4 y 6 meses 31 26 Entre 7 y 9 meses 13 7 Entre 10 y 12 meses 3 4 Entre 13 y 15 meses 2 0 Mas de 16 meses 0 1
Total 176 96
0
20
40
60
80
100
120
Menos de 16 años De 16 y 17 añosMenos de 1 un Entre 1 y 3 meses Entre 4 y 6 meses
Entre 7 y 9 meses Entre 10 y 12 meses Entre 13 y 15 meses
Mas de 16 meses
Grafico 25
31
1.2.14 Estado de la causa Estado de la causa
Cantidad de casos Porcentajes
En trámite 63 12% Reservada o archivada 69 13%
Desestimada 6 1% Sobresei_ Miento 331 64%
Rebeldía 14 3% Otro estado 34 7%
Total 517 100%
12%
Otro estado7%
Sobresei_miento64%
Desesti_mada1%
Reservada o archivada
13%
Rebeldia3%
Grafico 26
Un 64% de las causas fueron sobreseídas, mientras que se encontraba
en un 12% de los casos, fueron desestimadas en un 1,2%, Un 3% se encontraba en estado de
rebeldía y un 7% registraban otro estado.
32
1.3 VICTIMA
1.3.1. Tipo de víctima Tipo de victima
Cantidad de casos Porcentajes
Institución
68 17%
Persona física
340 83%
Total 408 100%
Persona física83%
Institu_ción17%
Grafico 27
Las víctimas han sido en su gran mayoría personas físicas (83%). 1.3.2 Sexo de la víctima Sexo de la victima
Cantidad de casos Porcentajes
Masculino
214 63%
Femenino
126 37%
Total 340 100%
Mascu_lino63%
Feme_nino37%
Grafico 28
En cuanto al sexo la proporción es la siguiente: 63% hombres y el 37% restante mujeres.
33
1.3.3. Edad de la víctima
Las edades de la víctima se distribuyen de la siguiente manera:
Edad de la víctima
Cantidad de casos Porcentajes
Menos de 18 años 97 29%
De 18 a 35 años 117 33%
De 36 a 55 años 80 24%
Mas de 55 años 27 8%
No consta 19 6%
Total 340 100% De 18 a 35
años33%
De 36 a 55 años24%
Mas de 55 años8%
No consta6%
Menos de 18 años
29%
Grafico 29
1.3.4 Nacionalidad de la victima
Nacionalidad Cantidad de casos Porcentaje
Argentino
291 85%
Extranjero
30 9%
No consta
19 6%
Total 340 100%
No consta6%
Extran_jero9%
Argen_tino85%
Grafico 30
• En marcada mayoría las víctimas fueron de nacionalidad argentina (85%) 1.3.5 Relación entre la victima y el victimario
Relación Cantidad de casos Porcentajes
Conocía al menos a un imputado
116 34%
Desconocía al imputado 193 57%
No consta 31 9%
Total 340 100%
No consta
9%
Desconocia a los impu_tados57%
Conocia al menos
a un imputado34%
Grafico 31
• En un 57% la víctima no conocía al imputado.
34
• De los casos en que la víctima sí conocía al menos un imputado, solo en un 17%
• Las relaciones existentes entre víctima y victimario mayoritariamente eran de
compañeros de colegio (38%) y vecinos (26). Ta
registraron casos de familiares, conocidos, novios y parejas, adultos tutores del menor
y amigos.
1.3.5.1 Tipo de relación víctima-victimario
Tipo de relación Cantidad de casos
Porcentaje
Compañeros de colegio 38 33%
Vecino 26 22% Inquilinos 1 1% Novios / Pareja 3 3% Ex Novio 1 1% A cargo del menor, tutela 4 3%
Familiar 13 11% Solo conocidos 19 16% Amigos, novio de 5 4% Alumno 1 1% No consta 2 2% Conviviente 3 3%
Total 116 100% 0 10 20 30 40
Compañeros de colegio
Vecino
Inquilinos
Novios/pareja
Novio despechado
A cargo del menor
Familiar
Conocidos
Amigos
Alumno
Conviviente
No consta
Grafico 32
35
2. FRECUENCIAS DE CRUCES
En este apartado se analizó la información cruzándola por el sexo y edad de los
imputados y por los delitos de robo y hurto, lesiones y amenazas.
2.1. CRUCES POR SEXO
Sexo del imputado
Cantidad de casos Porcentajes
Masculino
434 84%
Femenino
83 16%
Total 517 100%
Femenino16%
Masculino84%
Grafico 33
• El 84% de los imputados eran varones y el 16% mujeres. Delitos cometidos por imputados varones
Cantidad de casos Porcentaje
Tenencia y uso de arma de fuego 21 4%
Violación 6 1% Delitos contra la integridad sexual 5 1%
Amenazas 51 10% Lesiones dolosas 93 17% Lesiones culposas 2 0% Atentado y resistencia a la autoridad 35 7%
Daño 34 6% Hurto 68 13% Robo 203 40% Encubrimiento 4 1% Homicidio 1 0% Homicidios culposo 1 0% Evasión 2 0% Violación de domicilio 1 0% Defraudación 1 0% Incendio y otro estragos 1 0% Privación ilegitima de la libertad 1 0%
Total 530 100% 0% 10% 20% 30% 40% 50%
Otros
Tenencia y uso de arma defuego
Daño
Atentado y resistencia a laautoridad
Amenazas
Hurto
Lesiones
Robo 40%
17%
13%
10%
7%
6%
4%
3%
Grafico 34
• El delito más cometido por varones fue el robo.
36
Delitos cometidos por imputadas mujeres
Cantidad de casos Porcentaje
Tenencia y uso de arma de fuego 1 1%
Amenazas 31 27% Lesiones dolosas 42 36% Atentado y resistencia a la autoridad 1 1%
Daño 5 4% Hurto 16 14% Robo 20 17%
Total 116 100%
0% 10% 20% 30% 40% 50%
Otros
Daño
Hurto
Robo
Amenazas
Lesiones 42%
27%
17%
14%
4%
2%
Grafico 35
• El delito más cometido por las mujeres fueron las lesiones.
Cantidad de casos
Edad según sexo del imputado Mas Fem
Porcentajes
Menos de 14 años 87 18 83% 17%
Entre 14 y 15 años 159 40 80% 20%
Entre 16 y 17 años 188 25 88% 12%
Total 434 83
0%
20%
40%
60%
80%
100%
Menos de 14años
Entre 14 y 15años
Entre 16 y 17años
Masculino Femenino
Grafico 36
• La franja etaria de los imputados varones que se destaca es la de 16 y 17 años.
• La franja etaria de las imputadas mujeres que se destaca es la de 14 y 15 años.
37
Cantidad de casos
Armas según sexo del imputado Mas Fem
Porcentajes
De fuego 38 4 90% 10% Blancas 18 0 100% 0% Otro tipo de armas 27 4 87% 13%
No consta 351 75 82% 18%
Total 434 83
0%
10%20%30%40%50%60%70%80%90%
100%
De fuego Blancas Otro tipo No constaMasculino Femenino
Grafico 37
• Los varones portaban el 90% de las armas de fuego.
• Ninguna mujer portó armas blancas en la comisión de delitos.
Cantidad de casos
Lugar del hecho según sexo del imputado Mas Fem
Porcentajes
Institución educativa 22 8 73% 27%
Institución comunitaria 9 1 90% 10%
Vía publica 212 41 84% 16% Domicilio privado 52 15 78% 22% Comercio 97 16 86% 14% Interior de vehículo privado 13 0 100% 0%
Transporte publico 5 0 100% 0%
Otro lugar 24 2 92% 8%
Total 434 83
0% 20% 40% 60% 80% 100%
Institucion educativa
Institucion comunitaria
Via publica
Domicilio privado
Comercio
Int.de rodado
Transporte publico
Otro lugar
Masculino Femenino
Grafico 38
• Casi la mitad de hombres y mujeres cometieron el delito en la vía pública y alrededor
del 20% de ambos grupos lo cometió en el interior de un comercio.
• En las instituciones educativas los delitos fueron cometidos en un 79% por varones y
el 21% por mujeres.
38
Cantidad de casos
Antecedentes penales según sexo del imputado
Mas Fem Porcentajes
Si 123 4 97% 3% No 189 43 81% 19% No consta 122 36 77% 23%
Total 434 83
0%10%20%30%40%50%60%70%80%90%
100%
Si No No constaMasculino Femenino
Grafico 39
• De los menores con antecedentes, el 98% eran varones, mientras que el 2% eran
mujeres.
Cantidad de casos
Nacionalidad según sexo del imputado Mas Fem
Porcentajes
Argentino 405 79 84% 16% Extranjero 26 2 93% 7% No consta 3 2 60% 40%
Total 434 83
0%10%20%30%40%50%60%70%80%90%
100%
Argentino Extranjero No constaMasculino Femenino
Grafico 40
• De los argentinos un 86,4% eran varones y el 14% mujeres y de los extranjeros un
95% eran varones y un 5% mujeres.
39
2.2. CRUCES POR EDAD Con respecto a la edad de los niños y jóvenes, a los fines de realiza
establecidos tres franjas etarias :
§ Menores de 14 años
§ Entre 14 y 15 años
§ Entre 16 y 17 años
Edad de los imputados
Cantidad de casos Porcentajes
Menos de 14 años 105 20%
Entre 14 y 15 años 199 38%
Entre 16 y 17 años 213 42%
Total 517 100%
Entre 16 y 17 años42%
Entre 14 y 15 años38%
Menos de 14 años20%
Grafico 41
MENORES DE 14 AÑOS
Ø Los menores de 14 años cometieron el 19,5% del total de 466 delitos cometidos y
constituyen el 20,15% de los 517 menores imputados.
ENTRE 14 Y 15 AÑOS
Ø Los imputados de 14 y 15 años cometieron el 38% del total de 466 delitos y
representan el 38,37% de los 517 menores imputados.
ENTRE 16 Y 17 AÑOS
Ø Los imputados de 16 y 17 años cometieron el 43% del total de 466 delitos y
constituyen el 41,5% de los 517 menores imputados.
• En los tres grupos de edades el delito más cometido fue el de robo. El segundo delito
en cantidad fue el de lesiones, en similares proporciones para las tres franjas etarias.
40
Cantidad de casos Lugar del hecho según edad
Menos de 14 años Entre 14 y 15 años Entre 16 y 17 años
I. educativa 4 19 7
I. comunitaria 2 1 7
Vía pública 48 96 109
Domicilio privado 15 21 31
Comercio 22 49 42
Interior de vehículo privado 3 6 4
Transporte público 2 1 2
Otro lugar 9 6 11 Grafico 42
• El mayor porcentaje (42%) de delitos cometidos en la vía publica ha sido llevado a
cabo por jóvenes de entre 16 y 17 años. En cuanto a los delitos cometidos en el interior
de comercios, el mayor porcentaje correspondió a los chicos de entre 14 y 15 años.
Cantidad de casos Actuación
en el hecho según edad
Solos Acompañado Porcentajes
Menos de 14 años 34 71 32% 68%
Entre 14 y 15 años 65 134 33% 67%
Entre 16 y 17 años 89 124 42% 58%
0%
20%
40%
60%
80%
100%
Menos de 14años
De 14 y 15años
De 16 y 17años
Solo Mas de dos personas
Grafico 43
• Con relación a si el menor actuó solo o en compañía de otra/s personas, en los tres
grupos hay mayor porcentaje de chicos que actuaron acompañados. No obstante la
diferencia entre estas dos variables disminuye a medida que avanza la edad.
• Es prácticamente igual el porcentaje de chicos que habían partic
de delitos anteriormente en el grupo de entre 14 y 15 años que en el de entre 16 y 17
41
Cantidad de casos Porta_
ción de armas según edad
De fue_go
Blancas Otra N/c
Porcentajes
Menos de 14 años
4 4 5 92 4 4 4 88
E/14 y 15 años
22 6 15 156 11 3 8 78
E/16 y 17 años
16 8 11 178 7 4 5 84
0%
10%
20%
30%
40%
50%
60%
70%
80%
90%
100%
Menos de 14años
De 14 y 15años
De 16 y 17años
De fuego Blanca Otra No consta
Grafico 44
• En los casos en que se pudo relevar el dato de la portación de armas, hay más chicos
de entre 14 y 15 años (22 casos) que de entre 16 y 17 años (16 casos) que portaron
armas de fuego.
Cantidad de casos Relación con las víctima según edad
Cono_ Cía
Descono_ cía
Porcentajes
Menos de 14 años 20 35 36% 64%
Entre 14 y 15 años 39 74 34% 66%
Entre 16 y 17 años 48 69 41% 59%
0%
20%
40%
60%
80%
100%
Menos de 14años
De 14 y 15años
De 16 y 17años
Conocía Desconocía
Grafico 45
• La relación de porcentajes de los menores que conocían y no conocían a sus víctimas
es similar en los tres grupos de edades, siendo siempre mayor la cantidad de chicos
que desconocían a sus víctimas.
42
2.3. CRUCES POR DELITOS 2.3.1. Delitos contra la propiedad 2.3.1.1. Imputados robo y hurto (incluye las tentativas) Hurto o robo
Impu- Tados* Porcentaje
Masculino
268 88%
Femenino 36 12%
Masculino88%
Femenino12%
Grafico 46
*Al hablar de imputados se hace referencia a la totalidad de imputados registrados en los delitos de robo y hurto. Debe tenerse presente para la lectura, que en un solo delito de robo o hurto puede haber más de un imputado.
Ø De la totalidad de delitos contra la propiedad, el 88 % de los imputados eran varones,
mientras que el 12% fueron mujeres.
2.3.1.2. Imputados por franja etaria en delitos contra la propiedad
Edad Cantidad
de imputados
Porcentaje
Menor de 14 años 72 24%
De 14 y 15 años 120 39%
De 16 y 17 años 112 37%
Total 304 100%
14 y 15 años39%
Menos de 14 años
24%
16 y 17 años37%
Grafico 47
Ø En los delitos contra la propiedad registrados, participaron en un 23,7% jóvenes
Ø La franja etaria de los imputados entre 14 y 15 años participó en un 39%.
Ø Y la franja etaria de imputados entre 16 y 17 años suma el 36,8%.
43
2.3.1.3. Nivel de instrucción de los imputados en delitos contra la propiedad
Nivel de instrucción
Cantidad de
imputa-dos
Porcentaje
Primario incompleto 93 31%
Primario completo 89 29% No consta 121 39% Sin estudios 1 0%
Total 304 100%
Primario completo
29%
Primario incom_pleto31%
No consta
40%
Grafico 48
Ø En cuanto a las variables referidas a la escolaridad de los imputados en los delitos de
robo y hurto, el 30,6% no concluyó la escuela primaria
Ø El 8% cuenta con escolaridad primaria completa.
Ø El 20% no completó la escolaridad secundaria.
2.3.1.4. Situación ocupacional de los imputados en delitos contra la propiedad
¿Trabajaba? Cantidad
de imputados
Porcentaje
Si 56 18%
No 105 35%
No consta 143 47%
Total 304 100%
Si18%
No35%
No consta
47%
Grafico 49
Ø El 18% de los imputados por el delito de robo y hurto realiza algún trabajo.
Ø El 34,5% no lo hace, mientras que el 47% no consta la información.
44
2.3.1.5. Delitos de Robo y Hurto Comparación entre Robo y hurto
Cantidad de delitos Porcentaje
Robo
158 71%
Hurto
63 29%
Total 221 100%
158
63
020406080
100120140160180
Robo Hurto
Grafico 50
De la totalidad de delitos contra la propiedad registrados, el 71% fueron delitos de
robo, mientras que un 29% fueron hurtos.1
2.3.1.6. ¿Cometió delitos anteriormente?
Antecedentes penales de
imputados por robo
Cantidad de casos
Si 74 No 106 No consta 41
Total 220
Si33%
No48%
No consta
19%
Grafico 51
De los menores imputados por robo un 48% no tenía antecedentes, mientras que un
33% si tenía antecedentes por robo.
1 Cabe aclarar que los delitos de robo incluyen las tentativas y los robos calificados, ya que no se hizo diferenciación. En los delitos de hurto se aplicó este mismo criterio.
45
Antecedentes penales de
imputados por hurto
Cantidad de casos
Si 25 No 37 No consta 22
Total 84 Si
30%
No44%
No consta
26%
Grafico 52
De los menores imputados por delitos de hurto, un 44% no tenía antecedentes,
mientras que un 30% si tenía antecedentes penales.
46
2.3.2. AMENAZAS
• El 10,5% de los delitos cometidos fueron amenazas.
Sexo Cantidad de casos Porcentaje
Masculino
51 71%
Femenino
21 29%
Total 72 100%
Masculino71%
Femenino29%
Grafico 53
• Las amenazas fueron cometidas en un 71% por varones.
Edad de los imputados
Cantidad de casos Porcentaje
Menos de 14 años 7 10%
Entre14 y 15 años 37 51%
Entre 16 y 17 años 28 39%
Total 72 100% 14 y 15 años51%
16 y 17 años39%
Menos de 14 años10%
Grafico 54
• Más de la mitad (52%) de los autores de este delito tenía entre 14 y 15 años.
Edad de los victimas
Cantidad de casos Porcentaje
Menos de 18 años 29 55%
Entre 18 y 25 años 3 6%
Entre 26 y 35 años 3 6%
Entre 36 y 45 años 7 13%
Entre 46 y 55 años 5 10%
Mas de 55 años 3 6%
No consta 2 4% Total 52 100%
Entre 26 y 35 años
6%
Entre 36 y 45 años
13%
Mas de 55 años6%
Entre 46 y 55 años
10%
Entre 18 y 25 años
6%
No consta4%
Menos de 18 años
55%
Grafico 55
• El 56% de las víctimas de este delito tenía menos de 18 años.
47
Relación victima-victimario
Cantidad de casos Porcentaje
Conocía al menos a un imputado
48 92%
Desconocía a/los imputados
2 4%
No consta 2 4%
Total 52 100%
No consta4%
Desco_nocía a/
los imputa_
dos4%
al menos a un
imputado92%
Grafico 56
• El 92% de las víctimas conocía al menos a uno de sus victimarios.
48
2.3.3. LESIONES
• Las lesiones constituyen el 22% de los delitos comprendidos en este estudio (104
casos de lesiones)
• Las lesiones fueron en su gran mayoría dolosas (98%)
2.3.3.1. Sexo de los autores de lesiones
Sexo Cantidad de casos Porcentaje
Masculino
94 69%
Femenino
42 31%
Total 136 100%
Masculino69%
Femenino31%
Grafico 57
• Un 69% de los autores de lesiones eran varones.
2.3.3.2. Edad de los autores de lesiones Edad de los imputados
Cantidad de casos Porcentaje
Menos de 14 años 33 24%
14 y 15 años 47 35% 16 y 17 años 56 41%
Total 136 100% 14 y 15 años35%
16 y 17 años41%
Menos de 14 años24%
Grafico 58
• Un 45% de los autores de lesiones tenía 14 y 15 años y un 54% tenía 16 y 17 años.
49
Lugar donde se produjeron las lesiones
Cantidad de casos Porcentaje
Institución educativa 12 9%
Institución comunitaria 1 1%
Vía pública 84 61% Domicilio privado 11 8%
Comercio 9 7% Transporte público 1 1%
Otro lugar 18 13% Total 136 100%
Comer_cio7%
Trans_porte
público1%
Otro lugar13%
I. Comu_nitaria
1%
Domicilio privado
8%Vía
pública61%
I. Educa_tiva9%
Grafico 59
• El 60% de las lesiones fueron cometidas en la vía publica. Edad de las victimas de lesiones
Cantidad de casos Porcentaje
Menos de 18 años 62 57%
Entre 18 y 25 años 14 13%
Entre 26 y 35 años 11 10%
Entre 36 y 45 años 9 8%
Entre 46 y 55 años 4 4%
Mas de 55 años 2 2%
No consta 7 6% Total 109 100%
Menos de 18 años
57%
Mas de 55 años
2%
Entre 46 y 55 años
4%
Entre 36 y 45 años
8%
Entre 26 y 35 años
10%Entre 18
y 25 años13%
No consta
6%
Grafico 60
• El 57% de las víctimas tenía menos de 18 años. Sexo de las victimas de lesiones
Cantidad de casos Porcentaje
Masculino
60 55%
Femenino
49 45%
Total 109 100%
Mascu_lino55%
Feme_nino45%
Grafico 61
• El 55% de las víctimas eran varones.
50
Relación victima - victimario de lesiones
Cantidad de casos Porcentaje
Conocía al menos a un imputado
67 62%
Desconocía a los imputados 33 30%
No consta 9 8%
Total 109 100%
No consta
8%
Desconocia a los
imputados30%
al menos a un
impu_tado62%
62%
Grafico 62
• El 61% de las víctimas de lesiones conocía a su victimario.
51
CONCLUSIONES
Este estudio exploratorio permite obtener un panorama acerca de las características
de los autores de delitos menores de edad así como también de las circunstancias del hecho
delictuoso, sobre la base del análisis de causas iniciadas ante los Juzgados Nacionales de
Menores.
Las principales conclusiones de este trabajo son:
La mayoría de las causas fueron iniciadas por tareas de prevención policial.
Los delitos más cometidos han sido los robos y hurtos. Le siguen en orden
cuantitativo, las lesiones y las amenazas.
Más de la mitad de los delitos fueron cometidos en la vía pública, y dentro de la
cida de la Capital Federal, se destacan la zona sur con un 27% y la zona
centro-oeste con un 25%.
Con respecto al horario de comisión se observa que el 80% de los delitos fueron
cometidos de 12:00 hs a 6:00hs.
El 42% de los menores imputados tenían entre 16 y 17 años, el 38% tenía entre 14 y
15 años y el 20% tenía menos de 14 años. En el análisis comparativo la edad más destacada es
15 años. El 84% de los imputados eran varones y en un 94% argentinos.
El 65% de los imputados residía en la ciudad de Buenos Aires y el 32% en la
Provincia de Buenos Aires. Más de la mitad de los menores imputados cometió el delito en un
barrio distinto del que vivía y actuó acompañado por otras personas.
En un 25% de los casos se pudo recabar el dato de que los menores habían cometido
delitos anteriormente.
El 38% de los menores tenían sus estudios primarios completos. En un 18% de los
casos se pudo recabar el dato que el menor realizaba algún tipo de actividad laboral. La mitad
de estos trabajos relevados consistía en la realización de changas, es decir trabajos
52
Con respecto a si los menores vivían con sus progenitores, un 28% de ellos vivía con
su padre y madre. Se constató que vivía solo con su madre un 23%, solo con su padre un 4% y
sin padre ni madre un 6%.
De los padres convivientes, sólo el 32% trabajaba. La cifra es idéntica para las madres
Un 45% de los menores vivía en casa o departamento, mientras que un 9% lo hacía en
una casilla y un 5% en un hotel, pensión o inquilinato.
En la casi la mitad de los casos se pudo recoger el dato de que los menores fueron
dispuestos provisionalmente. De este total, un 43% fue dispuesto hasta seis meses, un 6% de
seis meses a un año y un 2% más de un año.
En cuanto al estado de la causa, fueron sobreseídas en un 64%.
Las víctimas han sido en un 83% personas físicas, de las cuales un 63% fueron
hombres. Con respecto a las edades de las víctimas, se constató que un 33% tenían entre 18 y
35 años, un 29% menos de 18 años, un 24% de 36 a 55 años y un 8% más de 55 años. La
mayoría de las víctimas (85%) eran argentinos.
Un 57% de estas víctimas desconocía a sus victimarios. Del grupo que conocía a su
victimario, un 33% eran compañeros de colegio y un 22% eran vecinos.
Los delitos contra la propiedad fueron en un 71% robos y en un 29% hurtos.
Un 39% de los imputados de robo y hurto tenían entre 14 y 15 años y un 37% tenían
Un 88% de los imputados de delitos contra la propiedad eran varones.
En cuanto a la escolaridad de los imputados, el 31% tenía el primario incompleto y un
18% declaró realizar algún tipo de actividad laboral.
Las lesiones constituyen el 22% de los delitos investigados y fueron en un 98%
dolosas.
Un 69% de los autores eran varones y más de la mitad (54%) tenían entre 16 y 17
53
Estos delitos fueron cometidos en la vía pública y más de la mitad de las víctimas eran
varones, menores de 18 años que conocían a sus victimarios.
Las amenazas fueron cometidas en un 71% por varones. Más de la mitad de los
imputados por amenazas tenía entre 14 y 15 años. Las víctimas de este delito tenían en todos
los casos menos de 18 años y casi en su totalidad conocían a sus victimarios.
54
ANALISIS COMPARATIVO DE LA INVESTIGACIÓN DE MENORES SOBRE CAUSAS
0 CON LAS CAUSAS INICIADAS EN EL AÑO 1998
En la investigación realizada en el año 1999 se relevaron 218 expedientes iniciados
durante el año 1998 en cinco de los siete Juzgados de Menores de la Ciudad de Buenos Aires.
En este relevamiento se incluyeron los NN, es decir, aquellas causas en las cuales intervino un
menor cuya identidad no fue identificada.
En la investigación llevada a cabo en el 2001, fueron relevados 385 expedientes
judiciales iniciados en el año 2000, en cinco juzgados. La diferencia entre ambos
relevamientos radica en que en este caso, se excluyeron los casos de imputados NN, ya que la
finalidad de este trabajo era hacer un análisis más cualitativo sobre las características que
presentaban los menores imputados.
Las variables se mantuvieron idénticas en ambas investigaciones, a excepción de
algunas variables adicionales que se agregaron para la investigación de las causas iniciadas
Para hacer una lectura comparativa adecuada de ambas investigaciones hay que tener
presente que la del año 2000 fue mayor y que no incluyó los casos de menores imputados NN.
Análisis comparativo del total de delitos registrados
1998
2000
Total: 254 delitos
Total: 466 delitos
0
100
200
300
400
500
Año 1998 Año 2000
Cantidad de delitos
55
Delitos contra la propiedad 1998 2000
Robos
92
158
Hurto
37
63
Total de delitos contra la propiedad:
129
221
020406080
100120140160180
Robos HurtoAño 1998 Año 2000
Cuadro comparativo de los porcentajes de los delitos más registrados
Delitos 1998 2000 Robo
36% 34%
Hurto
15% 13%
Lesiones
16% 22%
Amenazas
11% 11%
Daño
7% 6%
Resistencia a la autoridad 4% 6%
0%
5%
10%
15%
20%
25%
30%
35%
40%
Robo
Hurto
Lesiones
Amenazas
Resistencia a
la autoridad
Año 1998 Año 2000
56
Iniciación de las causas
Iniciación de las causas
1998 2000
Por prevención 98 240
Por denuncia policial
108 138
Por denuncia en el juzgado
8 7
Sin datos 4 0
Total 218 385
0
50
100
150
200
250
Por prevencion Por denunciapolicial
Por denunciaen el juzgado
Sin datos
Año 1998 Año 2000
Un 62% de las causas iniciadas en el año 2000 lo fueron por prevención policial,
mientras que de las causas iniciadas en el año 1998, el porcentaje d
policial fue de un 46% .
También se registró en el análisis comparativo un descenso en las denuncias policiales
en las causas del año 2000 (36%) frente a (50%) en las causas del año 98. Las denuncias
judiciales se mantuvieron proporcionalmente iguales y con porcentajes inferiores al 5%.
57
Horario de comisión del hecho
Horario de comisión del hecho
1998 2000
De 0:00 a 5:59 hs 50 76
De 6:00 a 11:59 hs 23 49
De 12:00 a 17:59 hs 62 116
De 18:00 a 23:59 hs 64 118
Sin datos 19 26
Total 218 385
0
20
40
60
80
100
120
De 0:00 a5:59 hs
De 6:00 a11:59 hs
De 12:00 a17:59 hs
De 18:00 a23:59 hs
Sin datos
Año 1998 Año 2000
Con respecto al horario de comisión del hecho, en ambas investigaciones los horarios
pico de comisión se mantuvieron parejos. Los horarios en los cuales se registra el mayor
porcentaje de comisión de hechos es el comprendido entre las 12:00 y las 17:59hs, seguido
del horario entre las 18:00 y las 23:59 hs, y en tercer lugar entre las 0 y las 5:59hs.
Sexo de los imputados Imputados
1998 2000
Varones
90% 84%
Mujeres 10% 16% 0%
20%
40%
60%
80%
100%
Varones Mujeres
Año 1998 Año 2000
En lo que respecta al sexo de los menores imputados, en las causas del año 2000, un
84% de los imputados eran de sexo masculino y un 16% de sexo femenino.
En las del año 1998, un 90% de los imputados eran varones y un 10% mujeres. En
ambas se mantiene la constante de una participación de varones en hechos delictivos muy
58
superior a la de las mujeres, siendo que la participación de mujeres en las causas del año 2000
Nacionalidad de los imputados Nacionalidad 1998 2000 Argentino
83% 94%
Extranjero
7% 5%
No consta
10% 1%
Total 100% 100%
0%
20%
40%
60%
80%
100%
Argentino Extranjero No consta
Año 1998 Año 2000
En ambas se registraron cifras similares que indicaban que el 90% de los imputados
eran de nacionalidad argentina, y un 5% extranjeros (en el año 2000 un 5%, y en el año 1998
un 8%).
Edad de los imputados Edad
1998 2000
Menos de 14 años 21% 20%
14 años 13% 15% 15 años 19% 23% 16 años 19% 19% 17 años 22% 23% Sin datos 6% 0%
Total 100% 100%
0%
5%
10%
15%
20%
25%
Menosde 14años
14años
15años
16años
17años
Sindatos
Año 1998 Año 2000
Se mantiene una constante en ambas investigaciones ya que en ambos casos la franja
etaria en la cual se registra la mayor cantidad de casos es la comprendida entre los 15 y los 17
años.
Haciendo un análisis comparativo, podemos decir que tanto en las causas del año 98
como en las del año 2000 un 32% los imputados registrados tenían entre 12 a 14 años.
En ambas investigaciones un 64% de los imputados se registró en la franja etaria de 15
a 17 años, y un 4% se registro en la franja de los 8
59
Es muy importante destacar que las cifras se mantienen casi igual, es decir que la
tendencia registrada entre dos años se mantiene y la franja etaria con mayor participación
continua siendo la comprendida entre los 15 y los 17 años.
Nivel de instrucción Nivel de instrucción 1998 2000 Primario incompleto
87
122
Primario completo
95
197
Sin estudios
0
2
No consta
91
196
Total 273 517
0
50
100
150
200
Primarioincompleto
Primariocompleto
Sin estudios No consta
1998 2000
En las causas iniciadas en el año 2000 se registró un 24% de menores imputados con
Primario incompleto y un 38% con educación primaria completa.
En las causas iniciadas en el año 1998 se registró un 48% de menores imputados con
Primaria incompleta y un 42% con primaria completa.
Cometió delitos anteriormente el menor imputado?
Antecedentes penales 1998 2000
Si
52 127
No
138 232
No consta
83 158
Total 273 517
0%5%
10%15%20%25%30%35%40%45%50%55%
SI No No consta1998 2000
Del total de 273 casos relevados en las causas iniciadas en el año 1998, se constató que un
51% de los imputados no tenían antecedentes penales. Un 19% sí tenía antecedentes penales.
(En un 30% de los casos no se pudo relevar el dato)
60
Del total de 517 casos relevados de causas iniciadas en el año 2000, un 45% de los imputados
ales frente a un 25% que sí tenía antecedentes penales.(En un 30%
de los casos no se pudo relevar el dato).
En ambas investigaciones se repiten aproximadamente los mismos porcentajes.
61
Integrantes de la Investigación
Niños y Adolescentes en Conflicto con la Ley Penal
Ø Coordinadoras de la Investigación
Integrantes de la Dirección Nacional de Política Criminal:
VIRGINIA VASILE
FABIANA REYES
LAURA ELBERT
Ø Coordinadores de los Relevadores:
Integrantes de la Dirección Nacional de Política Criminal:
NORA CHERNIAVSKY
MARIA ELENA SCHINELLI
SERGIO SCHIFFMAN
SALVADOR FAVELUKES
VERÓNICA RAVIGNANI
SALVADOR HASSAN
MARCELA CHINDEMI
Ø Nómina de Relevadores:
Estudiantes de Primer Año de Derecho Penal y Procesal Penal
Universidad de Buenos Aires:
JOHANNA STAW
MARINA FAEDO PERES
LARA KUSNIER GARCIA
SABINA GABRIELA FAGGIANI
LUCAS BALLERINI
SABRINA BAEZ NUDEL
MARIA PAULA PEIX
MARIA MERCEDES RIBERO
WANDA SERRA
FERNANDA KORNUTA
MARIA CECILIA VAZQUEZ BERROSTEGUIETA
VANESA MORETTI
MARIA SOL BOLASELL
JUAN MARTIN DELGADO
MARIA JOSE LARRUMBE
MARIA AUGUSTINA ALDASORO
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Ø Soporte Informático:
ALEJANDRA PERRIELLO
MARIA DEL PILAR GANDARAS COSTA
RENE MERLO