CONFERENCISTA: JORGE HERNAN ZULUAGA POTES
INFORMACION EXOGENA
EN MEDIOS ELECTRÓNICOS AÑO
GRAVABLE 2013
2
INFORMACION AÑO GRAVABLE 2013 ARTICULOS 623 A 631-1 DEL E.T.
FUNDAMENTO LEGAL:
RESOLUCION 273 de diciembre/10
Entidades Financieras: Arts. 623, 623-1 y
623-2
Cámaras de Comercio: Art. 624 E.T.
Bolsa , comisionistas de bolsa: Arts.
625 y 628 E.T
3
INFORMACION AÑO GRAVABLE 2013 ARTICULOS 623 A 631-1 DEL E.T.
FUNDAMENTO LEGAL:
RESOLUCION 273 de diciembre/10
Registraduría : Arts. 627 E.T.
Notarios: Art. 629 E.T.
Personas que elaboran facturas: Art.
629-1 E.T
4
INFORMACION AÑO GRAVABLE 2013 ARTICULOS 623 A 631-1 DEL E.T.
FUNDAMENTO LEGAL:
RESOLUCION 273 de diciembre/10
Cruce de terceros : Art. 631 E.T.
Grupos económicos : Art. 631-1 E.T.
Convenios: Art 58 ley 863/03
5
ARTICULO 1. Sujetos obligados a presentar información
por el año gravable 2013.
a) Las personas naturales y asimiladas, que en el año gravable
2012 hayan obtenido ingresos brutos superiores a quinientos
millones de pesos ($500.000.000).
b) Las personas jurídicas, sociedades y asimiladas y demás
entidades públicas y privadas obligadas a presentar
declaración del impuesto sobre la renta y complementarios o
de ingresos y patrimonio, que en el año gravable 2012 hayan
obtenido ingresos brutos superiores a cien millones de pesos
($100.000.000).
OBLIGADOS A ENVIAR INFORMACION Art. 19 RES. 273/2013
6
C) TODAS LAS ENTIDADES DE DERECHO PÚBLICO, LOS FONDOS DE
INVERSIÓN, LOS FONDOS DE VALORES, LOS FONDOS MUTUOS DE
INVERSIÓN, CARTERAS COLECTIVAS, (PARA LOS FONDOS Y
CARTERAS COLECTIVAS, TÉNGASE EN CUENTA EL DECRETO 2555
DE 2010, QUE RECOGIÓ Y REEXPIDIÓ LAS NORMAS DEL SECTOR
FINANCIERO, ASEGURADOR Y DEL MERCADO DE VALORES), LOS
FONDOS DE PENSIONES DE JUBILACIÓN E INVALIDEZ, LOS
FONDOS DE EMPLEADOS, LAS COMUNIDADES ORGANIZADAS Y
LAS DEMÁS PERSONAS NATURALES Y JURÍDICAS, SUCESIONES
ILÍQUIDAS Y SOCIEDADES DE HECHO QUE EFECTUARON
RETENCIONES EN LA FUENTE, DURANTE EL AÑO GRAVABLE 2013,
INDEPENDIENTEMENTE DEL MONTO DE LOS INGRESOS
OBTENIDOS.
OBLIGADOS A ENVIAR INFORMACION Art. 19 RES. 273/2013
7
D) LOS CONSORCIOS Y UNIONES TEMPORALES QUE DURANTE
EL AÑO GRAVABLE 2013 HUBIEREN EFECTUADO
TRANSACCIONES ECONÓMICAS, SIN PERJUICIO DE LA
INFORMACIÓN QUE DEBAN SUMINISTRAR LOS CONSORCIADOS
DE LAS OPERACIONES INHERENTES A SU ACTIVIDAD
ECONÓMICA EJECUTADAS DIRECTAMENTE POR ELLOS.
E) LAS PERSONAS O ENTIDADES QUE ACTUARON COMO
MANDATARIOS O CONTRATISTAS, DURANTE EL AÑO
GRAVABLE 2013, EN RELACIÓN CON LAS ACTIVIDADES
EJECUTADAS EN DESARROLLO DE CADA UNO DE LOS
CONTRATOS DE MANDATO O DE ADMINISTRACIÓN DELEGADA.
OBLIGADOS A ENVIAR INFORMACION Art. 19 RES. 273/2013
8
F) Las personas o entidades que actuaron en condición de “operador” o
quien haga sus veces, en condición de “solo riesgo” o poseedoras
del título minero, en los contratos de exploración y explotación de
hidrocarburos, gases y minerales, independientemente del monto de
sus ingresos.
G) Las Sociedades Fiduciarias que durante el año 2013
administraron patrimonios autónomos y encargos fiduciarios.
H) Los entes públicos del nivel nacional y territorial de los
órdenes central y descentralizado contemplados en el artículo
22 del Estatuto Tributario, no obligados a presentar
declaración de ingresos y patrimonio
OBLIGADOS A ENVIAR INFORMACION Art. 19 RES. 273/2013
9
I) Los Secretarios Generales o quienes hagan sus veces de los
órganos que financien gastos con recursos del Tesoro
Nacional, no enunciados en los literales b), o h) del presente
artículo, independiente de la cuantía de ingresos obtenidos
J) Las personas naturales y asimiladas, obligadas a presentar
declaración del impuesto sobre la renta y complementarios o de
ingresos y patrimonio, que hayan recibido ingresos para
terceros, cuando la suma de los ingresos propios mas los
ingresos recibidos para terceros, en el año 2013, sea superior
a quinientos millones de pesos ($500.000.000).
OBLIGADOS A ENVIAR INFORMACION Art. 19 RES. 273/2013
10
Nota: Para efectos de establecer la
obligación de informar prevista en la presente
resolución, los INGRESOS BRUTOS,
incluyen todos los ingresos ordinarios y
extraordinarios, de conformidad con lo
establecido en el artículo 26 del Estatuto
Tributario.
OBLIGADOS A ENVIAR INFORMACION Art. 19 RES. 273/2013
11
TIPO DE INFORMACIÓN A REPORTAR Art. 20 RES. 273/2013
A) Las personas naturales y asimiladas, que
en el año gravable 2011 hayan obtenido
ingresos brutos superiores a quinientos
millones de pesos ($500.000.000). están
obligadas a suministrar la información de que
tratan los literales b), c), e), f), g), h), i) y k)
del artículo 631 del Estatuto Tributario.
12
TIPO DE INFORMACIÓN A REPORTAR Art. 20 RES. 273/2013
B) Las personas jurídicas, sociedades y asimiladas y demás entidades públicas y privadas obligadas a presentar declaración del
impuesto sobre la renta y complementarios o de ingresos y patrimonio,
que en el año gravable 2011 hayan obtenido ingresos brutos superiores a
cien millones de pesos ($100.000.000), están obligadas a suministrar la
información de que tratan los literales b), c), e), f), g), h), i) y k) del
artículo 631 del Estatuto Tributario.
Las personas jurídicas, sociedades y asimiladas con ánimo de lucro, las
cooperativas y los fondos de empleados, obligadas a presentar declaración del
impuesto sobre la renta y complementarios, adicionalmente, deben
suministrar la información de que trata el literal a) del artículo 631 del
Estatuto Tributario.
13
TIPO DE INFORMACIÓN A REPORTAR Art. 20 RES. 273/2013
C) Las personas o entidades enunciadas en el literal c) del
artículo 1 de la presente Resolución, están obligadas a
suministrar la información de que trata el literal b) y e) del
artículo 631 del Estatuto Tributario de conformidad con lo
establecido en el artículo 4 de esta Resolución.
D) Las entidades enunciadas en el literal d) del artículo 1 de la
presente Resolución, Consorcios y Uniones Temporales,
están obligadas a suministrar la información de que tratan
los literales b), e), f), h) e i) del artículo 631 del Estatuto
Tributario.
Lo anterior sin perjuicio de la información que deban suministrar los
consorciados o asociados, si cumplen los topes establecidos en el artículo 1 de la
presente Resolución, de las operaciones inherentes a su actividad económica.
14
E) En los contratos de exploración y explotación de
hidrocarburos, gases y minerales, las personas o entidades que
actuaron en condición de "operador" o quien haga sus veces,
deberán informar el valor total de las operaciones inherentes a la
cuenta conjunta, de igual manera las personas o entidades que
actuaron en condición de "solo riesgo" y las personas o entidades
poseedoras de títulos mineros, deberán informar el valor total de
las operaciones, suministrando la información de que tratan los
literales b), e), f), h) e i) del artículo 631 del Estatuto Tributario,
de conformidad con lo establecido en el artículo 12 de la
presente Resolución.
TIPO DE INFORMACIÓN A REPORTAR Art. 20 RES. 273/2013
15
F ) Las personas o entidades que actuaron como mandatarios o
contratistas, están obligadas a suministrar la información de que
tratan los literales b), e), f), h) e i) del artículo 631 del Estatuto
Tributario, relacionada con las operaciones inherentes a las
actividades ejecutadas en desarrollo de cada uno de los contratos
de mandato o de administración delegada, de conformidad con lo
establecido en el artículo 14 de la presente Resolución.
Lo anterior sin perjuicio de la información que deba suministrar
el mandatario o administrador si cumple los topes establecidos
en el artículo 1 de la presente Resolución, de las operaciones
inherentes a su actividad económica.
TIPO DE INFORMACIÓN A REPORTAR Art. 20 RES. 273/2013
16
G) Las sociedades fiduciarias que durante el año 2013 administraron
patrimonios autónomos y/o encargos fiduciarios, deberán informar bajo su
propio NIT y Razón Social el valor patrimonial de los derechos fiduciarios,
las utilidades causadas, el valor de los ingresos recibidos con cargo a cada
uno de los fideicomisos, los pagos o abonos en cuenta realizados con
recursos del fideicomiso y las retenciones practicadas, de conformidad con
lo establecido en el artículo 15 de la presente Resolución.
Lo anterior sin perjuicio de la información que deba suministrar la
fiduciaria en relación con las operaciones propias.
H) Los entes públicos del nivel nacional y territorial, de los órdenes
central y descentralizado, señalados en el literal h) del artículo 1 de la
presente Resolución, están obligados a suministrar la información de que
tratan los literales b) y e) del artículo 631 del Estatuto Tributario, de
conformidad con lo establecido en el artículo 4 de la presente Resolución.
TIPO DE INFORMACIÓN A REPORTAR Art. 20 RES. 273/2013
17
j) Los Secretarios Generales o quienes hagan sus veces de los órganos
que financien gastos con recursos del Tesoro Nacional, no enunciados
en los literaleS, b) o h) del presente artículo, deberán suministrar la
información de que tratan los literales b) y e) del artículo 631 del
Estatuto Tributario, de conformidad con lo establecido en el artículo 16
de la presente Resolución.
K) Las personas naturales y asimiladas, personas jurídicas, sociedades
y asimiladas y demás entidades públicas y privadas, obligadas a
presentar declaración del impuesto sobre la renta y complementarios o
de ingresos y patrimonio, señaladas en el literal J) del artículo 1 de la
presente Resolución, están obligadas a suministrar la información de
que trata el literal g) del artículo 631 del Estatuto Tributario, de
conformidad con lo establecido en artículo 17 de la presente
Resolución.
TIPO DE INFORMACIÓN A REPORTAR Art. 20 RES. 273/2013
18
TIPO DE INFORMACIÓN A REPORTAR Art. 20 RES. 273/2013
Información a reportar por la fracción del año gravable. Las personas naturales que cancelen su registro mercantil o terminen sus actividades y las personas jurídicas y asimiladas, y demás entidades que se liquiden durante el año y que para la fecha de expedición de la presente Resolución no hayan cancelado el Registro Único Tributario y cumplan los requisitos para estar obligados a reportar la información de que trata el artículo 631 del Estatuto Tributario, deberán informar antes de la cancelación del Registro Único Tributario, por la fracción de año con el contenido y las características técnicas señalados en esta resolución.
19
COMO SE INFORMA:
FORMATO: a cuatro dígitos 0000
CONCEPTO: a cuatro dígitos 0000
•Cada clase de información se reporta en un FORMATO
•Cada tipo de información se reporta en un concepto
La información se debe reportar en archivo xml
TIPO DE INFORMACIÓN A REPORTAR Art. 20 RES. 273/2013
20
EJEMPLO:
Información de pagos y abonos en cuenta :
FORMATO 1001
Tabla 1 – Conceptos
5001
Salarios y demás pagos laborales
5002
Honorarios
5003
Comisiones
5004
Servicios
5005
Arrendamientos
5006
Intereses y Rendimientos Financieros
5007
Compra de activos movibles
TIPO DE INFORMACIÓN A REPORTAR Art. 20 RES. 273/2013
21
2. Formato del Archivo
El formato de Información de socios y accionistas, contiene
un documento XML, que está compuesto por dos
elementos complejos: Encabezado y Contenido, las cuales
se deben enviar en el orden enunciado.
Encabezado
Contenido Información 1
Contenido Información 2
...
Contenido Información N
TIPO DE INFORMACIÓN A REPORTAR Art. 20 RES. 273/2013
22
1. El documento XML debe cumplir con la
especificación 1.0 Tercera edición.
2.2. El conjunto de caracteres utilizado en el
documento XML debe ser el alfabeto latino No. 1: “ISO-
8859-1”.
3.3. El archivo debe contener un documento XML
bien formado y valido de acuerdo al esquema XSD que
incluye en esta especificación técnica.
44. El archivo debe contener un elemento único
elemento raíz llamado “mas”, que a su vez contendrá
toda la información del archivo, tanto el encabezado
como los registros.
TIPO DE INFORMACIÓN A REPORTAR Art. 20 RES. 273/2013
23
XML ejemplo
A continuación se incluye un ejemplo de un archivo XML bien formado para esta especificación técnica.
<?xml version="1.0" encoding="ISO-8859-1"?>
<mas xmlns:xsi="http://www.w3.org/2001/XMLSchema-instance" xsi:noNamespaceSchemaLocation="1010.xsd">
<Cab>
<Ano>2001</Ano>
<CodCpt>1</CodCpt>
<Formato>1010</Formato>
<Version>6</Version>
<NumEnvio>1</NumEnvio>
<FecEnvio>2005-12-17T09:30:47-05:00</FecEnvio>
<FecInicial>2004-01-01</FecInicial>
<FecFinal>2004-12-31</FecFinal>
<ValorTotal>2055000000</ValorTotal>
<CantReg>3</CantReg>
</Cab>
<socios tdoc="31" nid="79852741" dv="5" apl1="Vasquez" apl2="Mariño" nom1="Juan" >
nom2="Alberto" dir="Calle 12 78 12" dpto="11" mun="1" val="10000000" vpar="2000000"/>
<socios tdoc="31" nid="444444444" dv="4" apl1="Heinz" apl2="Walter" nom1="Rizzo" dir="Cra 13 28-10" dpto="11" mun="1" val="2000000000" vpar="400000000"/>
<socios tdoc="31" nid="5920133" dv="4" apl1="Rojas" apl2="Moreno" nom1="Matusalen" nom2="Alejandro" dir="Diag 78 89 91" dpto="5" mun="1" val="45000000" vpar="90000000"/>
</mas>
24
Formato del Encabezado
El encabezado del archivo viene en el elemento “Cab”
y contiene los siguientes datos, todos de carácter
obligatorio:
(*) Se enviarán archivos con máximo 5000 registros; si es
necesario informar más de 5000 registros, se fraccionará
la información en archivos de 5000 registros o menos.
TIPO DE INFORMACIÓN A REPORTAR Art. 20 RES. 273/2013
25
ETIQUETA
DENOMINACION CASILLA
TIPO
LONGITUD CAMPO
VALIDACIONES
OBSERVACIONES
Ano
Año de envío
Int
4
Formato AAAA
CodCpt
Concepto
Int
2
1 = Inserción 2 = Reemplazo
Formato
Código del formato
Int
5
Información de socios y accionistas = 1010
Versión
Versión del formato
Int
2
Versión = 6
NumEnvio
Número de envío
Int
8
Debe ser un número consecutivo por año para todos los formatos que el remitente envíe a la DIAN
Consecutivo de envío por año.
FecEnvio
Fecha de envío
DateTime
19
Debe ser la fecha calendario.
Formato AAAA-MM-DDTHH:MM:SS
FecInicial
Fecha Inicial
Date
10
Debe ser la fecha calendario.
Los registros corresponden mínimo ésta fecha inicial. Formato AAAA-MM-DD
FecFinal
Fecha Final
Date
10
Debe ser la fecha calendario.
Los registros corresponden máximo a ésta fecha inicial. Formato AAAA-MM-DD
ValorTotal
Valor Total
double
20
Corresponde a la sumatoria de la casilla “val” (Valor patrimonial acciones o aportes al 31 de diciembre) de los registros reportados.
CantReg
Cantidad de registros
Int
4
Se enviarán archivos con máximo 5000 registros; si se deben reportar más de 5000 registros se fraccionara la información en archivos de 5000 registros o menos.
Cantidad de registros reportados en el contenido.
26
CÓMO SE DEBE REPORTAR LA INFORMACIÓN ANEXOS RESOLUICIONES
Formato del Contenido
•En el contenido del archivo se deben incluir tantos registros como se
informó en la cabecera en el campo “Cantidad de registros”.
•Cada registro reportado debe mantener la misma estructura
previamente explicada y usada para la cabecera.
•El contenido del archivo viene en el elemento “socios” y se deben
incluir los siguientes datos para cada transacción reportada.
27
ATRIBUTO DENOMINACION
CASILLA TIPO LONGITUD CRITERIOS
tdoc Tipo de Documento int 2 De acuerdo a los definidos por resolución. Siempre debe diligenciarse
nid Número de Identificación del Socio o Accionista
string 20 Diligenciar sin guiones, puntos, comas o espacios en blanco. Siempre debe diligenciarse
dv Digito de Verificación int 1 Para el tipo de documento 31 – Nit, si se conoce debe diligenciarse.
apl1 Primer Apellido del Accionista
string 60 En caso de ser una Persona Natural siempre debe diligenciarse.
apl2 Segundo Apellido del Accionista
string 60 En caso de ser una Persona Natural y si se conoce debe diligenciarse.
nom1 Primer Nombre del Accionista
string 60 En caso de ser una Persona Natural siempre debe diligenciarse.
nom2 Otros Nombres del Accionista
string 60 En caso de ser una Persona Natural y si se conoce debe diligenciarse.
raz Razón Social del Accionista
string 450 En caso de ser una Persona Jurídica siempre debe diligenciarse.
dir Dirección string 200 En caso que el País de residencia sea Colombia siempre debe diligenciarse
dpto Código del Departamento int 2 Código DANE Numérico, debe incluir los ceros a la izquierda. En caso que el País de residencia sea Colombia siempre debe diligenciarse
mun Código del Municipio int 3 Código DANE Numérico, debe incluir los ceros a la izquierda. En caso que el País de residencia sea Colombia siempre debe diligenciarse
pais País de Residencia o domicilio
int 4 De acuerdo a los definidos por resolución. Siempre debe diligenciarse
val Valor patrimonial acciones o aportes al 31 de diciembre
double 20 El valor debe ser positivo, entero y no debe incluir ni puntos ni comas. Siempre debe diligenciarse
por Porcentaje de participación
double 20 Siempre debe diligenciarse. Para valores con parte decimal, se debe diligenciar el valor sin separación decimal. Ejemplo: - Para el valor 12.78915, diligencie 1278915. - Para el valor 0.000001 diligencie 1. - Para el valor 100% diligencie 100. El porcentaje de participación máximo es 100%.
dec Porcentaje de participación (posición
decimal)
int 2 Siempre debe diligenciarse Diligencie el número de posiciones decimales
para el valor de la casilla anterior, contada desde la derecha del valor de la casilla. El valor de esta casilla puede ser máximo 20. Ejemplo: - Para el valor 12.78915, diligencie 5. - Para el valor 0.000001 diligencie 6. - Para el valor 100% diligencie 0. En caso de no tener valor decimal diligencie 0 (Cero).
28
CÓMO SE DEBE REPORTAR LA INFORMACIÓN ANEXOS RESOLUICIONES
Validaciones Generales
1. El archivo debe contener todos los campos definidos para el
encabezado y estos campos deben estar correctamente diligenciados.
2. La información del contenido del archivo debe corresponder al
esquema XSD entregado.
3. Los atributos que registran valores numéricos, se reportan con
valores numéricos positivos, sin signos ni puntuaciones, según lo
reportado por el informante o en su defecto con cero (0).
4. Los campos que corresponden a fechas, deben contener fechas
validas en cuanto a año, mes, y día.
29
CÓMO SE DEBE REPORTAR LA INFORMACIÓN ANEXOS RESOLUICIONES
Validaciones del Encabezado
1. Los campos concepto, formato y versión, deben venir diligenciados
con los valores estipulados en las especificaciones técnicas,
2. Año de envío, debe ser el año calendario.
3. Numero de envío, debe ser un número consecutivo por año para
todos los formatos que el remitente envíe a la DIAN.
4. Fecha de envío, debe ser la fecha calendario, en formato AAAA-MM-
DDTHH:MM:SS.
5. Cantidad de registros, debe ser igual a la cantidad de registros
reportados en el contenido, que como máximo puede ser 5000 registros.
6. Valor total, corresponde a la sumatoria de la casilla “val” (Valor
patrimonial acciones o aportes al 31 de diciembre) de los registros
reportados.
17/06/11 30
Socios ó accionistas, comuneros y/o cooperados de la respectiva
entidad, que posean acciones y/o aportes superiors a $5.000.000.oo
con indicación del valor patrimonial a 31 de diciembre de 2.013 de las
acciones ó aportes y el valor porcentual de participación.
El valor patrimonial de las acciones y/o aportes debe ser informado
utilizando el valor intrínseco fiscal =
Patrimonio Liquido ó Patrimonio Liquido
# Acciones en circulación # de cuotas o partes de intéres social
Tratándose de aportes a cooperativas el monto a reportar será el
valor del aporte más su revalorización, Para los comuneros, el valor
patrimonial de sus derechos se establece de acuerdo con el
porcentaje de participación dentro del patrimonio líquido cuando el
valor a reportar resulte negativo, deberá informarse con valor cero
“0“
SOCIOS O ACCIONISTAS COMUNEROS Y/O COOPERADOS Lit a) art. 631. Art. 21 Res. 273/2013
SOCIOS O ACCIONISTAS COMUNEROS Y/O COOPERADOS Lit a) art. 631. Art. 21 Res. 273/2013
El valor de las participaciones o dividendos pagados o
abonados en cuenta en calidad de exigibles durante el
período, y el valor que del fondo de protección de
aportes creado con el remanente que fue pagado o
abonado en cuenta al cooperado, en el caso de las
cooperativas, deben ser reportados en el FORMATO
1001 versión 9 Pagos y abonos en cuenta y Retenciones
practicadas.
32
SOCIOS O ACCIONISTAS Lit a) art. 631. Art. 21 Res. 273/2013
COMO SE INFORMA:
FORMATO: 1010 ANEXO 8
Versión: 9
Acciones ó aportes: Un campo
Porcentaje de participación: Un campo
% participación posición decimal: Un campo
Los campos tipo de documento y Número de identificación forman
una llave única para este formato y no debe repetirse
33
SOCIOS Ó ACCIONISTAS DEL EXTERIOR
Valor: acumulado de acciones o aportes En
registro individual.
N.I.T.: Clave fiscal de su país.
Tipo Documento: 42
Sí no existe clave fiscal: Comenzando en NIT 444444001 hasta
NIT 444449000
Tipo de documento: 43
País: De residencia
SOCIOS O ACCIONISTAS Lit a) art. 631. Art. 21 Res. 273/2013
17/06/11 JORGE HERNAN ZULUAGA
POTES
34
ETIQUETA
DENOMINACION CASILLA
TIPO
LONGITUD CAMPO
VALIDACIONES
OBSERVACIONES
Ano
Año de envío
Int
4
Formato AAAA
CodCpt
Concepto
Int
2
1 = Inserción 2 = Reemplazo
Formato
Código del formato
Int
5
Información de socios y accionistas = 1010
Versión
Versión del formato
Int
2
Versión = 6
NumEnvio
Número de envío
Int
8
Debe ser un número consecutivo por año para todos los formatos que el remitente envíe a la DIAN
Consecutivo de envío por año.
FecEnvio
Fecha de envío
DateTime
19
Debe ser la fecha calendario.
Formato AAAA-MM-DDTHH:MM:SS
FecInicial
Fecha Inicial
Date
10
Debe ser la fecha calendario.
Los registros corresponden mínimo ésta fecha inicial. Formato AAAA-MM-DD
FecFinal
Fecha Final
Date
10
Debe ser la fecha calendario.
Los registros corresponden máximo a ésta fecha inicial. Formato AAAA-MM-DD
ValorTotal
Valor Total
double
20
Corresponde a la sumatoria de la casilla “val” (Valor patrimonial acciones o aportes al 31 de diciembre) de los registros reportados.
CantReg
Cantidad de registros
Int
4
Se enviarán archivos con máximo 5000 registros; si se deben reportar más de 5000 registros se fraccionara la información en archivos de 5000 registros o menos.
Cantidad de registros reportados en el contenido.
35
ATRIBUTO DENOMINACION
CASILLA TIPO LONGITUD CRITERIOS
tdoc Tipo de Documento int 2 De acuerdo a los definidos por resolución. Siempre debe diligenciarse
nid Número de Identificación del Socio o Accionista
string 20 Diligenciar sin guiones, puntos, comas o espacios en blanco. Siempre debe diligenciarse
dv Digito de Verificación int 1 Para el tipo de documento 31 – Nit, si se conoce debe diligenciarse.
apl1 Primer Apellido del Accionista
string 60 En caso de ser una Persona Natural siempre debe diligenciarse.
apl2 Segundo Apellido del Accionista
string 60 En caso de ser una Persona Natural y si se conoce debe diligenciarse.
nom1 Primer Nombre del Accionista
string 60 En caso de ser una Persona Natural siempre debe diligenciarse.
nom2 Otros Nombres del Accionista
string 60 En caso de ser una Persona Natural y si se conoce debe diligenciarse.
raz Razón Social del Accionista
string 450 En caso de ser una Persona Jurídica siempre debe diligenciarse.
dir Dirección string 200 En caso que el País de residencia sea Colombia siempre debe diligenciarse
dpto Código del Departamento int 2 Código DANE Numérico, debe incluir los ceros a la izquierda. En caso que el País de residencia sea Colombia siempre debe diligenciarse
mun Código del Municipio int 3 Código DANE Numérico, debe incluir los ceros a la izquierda. En caso que el País de residencia sea Colombia siempre debe diligenciarse
pais País de Residencia o domicilio
int 4 De acuerdo a los definidos por resolución. Siempre debe diligenciarse
val Valor patrimonial acciones o aportes al 31 de diciembre
double 20 El valor debe ser positivo, entero y no debe incluir ni puntos ni comas. Siempre debe diligenciarse
por Porcentaje de participación
double 20 Siempre debe diligenciarse. Para valores con parte decimal, se debe diligenciar el valor sin separación decimal. Ejemplo: - Para el valor 12.78915, diligencie 1278915. - Para el valor 0.000001 diligencie 1. - Para el valor 100% diligencie 100. El porcentaje de participación máximo es 100%.
dec Porcentaje de participación (posición
decimal)
int 2 Siempre debe diligenciarse Diligencie el número de posiciones decimales
para el valor de la casilla anterior, contada desde la derecha del valor de la casilla. El valor de esta casilla puede ser máximo 20. Ejemplo: - Para el valor 12.78915, diligencie 5. - Para el valor 0.000001 diligencie 6. - Para el valor 100% diligencie 0. En caso de no tener valor decimal diligencie 0 (Cero).
36
BEFICIARIOS DE PAGOS O ABONOS EN CUENTA (Causación) QUE
CONSTITUYAN COSTO O DEDUCCION O DEN DERECHO DE
IMPUESTO DESCONTABLE INCLUIDA LA COMPRA DE ACTIVOS
FIJOS ó MOVIBLES:
IGUALMENTE, DEBERÁN SUMINISTRARSE LOS PAGOS EN
CUENTA (CAUSACIÓN) QUE NO FUERON SOLICITADOS
FISCALMENTE COMO COSTO O DEDUCCIÓN, SEGÚN EL
CONCEPTO CONTABLE A QUE CORRESPONDAN.
Indicando el valor de las retenciones en la fuente practicadas o
asumidas a título de renta e IVA, autorretenciones y timbre,
según el concepto a que corresponda en el FORMATO 1001
versión 9 Pagos y abonos en cuenta y Retenciones practicadas,
de la siguiente manera:
Pagos o abonos en cuenta Lit e) art. 631. Art. 22 Res. 273/2013
37
Las personas o entidades enunciadas en el literal C) de los
artículos 19 y 20 de la presente Resolución, agentes de retención,
deberán informar la totalidad de las operaciones realizadas por
pagos o abonos en cuenta y retenciones en la fuente practicadas, en
el concepto a que correspondan, sin tener en cuenta el valor
mínimo a reportar señalado en el Parágrafo 1 del presente artículo.
El valor de Retención en la fuente practicada por Renta, Retención
en la fuente asumida por Renta, Retención en la fuente practicada a
responsables del Régimen común, Retención en la fuente por
concepto de IVA asumida Régimen Simplificado y Retención en
la fuente practicada por IVA a no domiciliados, son de obligatorio
diligenciamiento con el valor correspondiente, en caso de no tener
ningún valor, diligenciar cero (0).
Pagos o abonos en cuenta Lit e) art. 631. Art. 22 Res. 273/2013
38
Los pagos o abonos en cuenta (causación) que
constituyan costo o deducción o den derecho a impuesto
descontable, deben ser diligenciados en la columna de
pagos o abonos en cuenta deducibles, y los pagos o
abonos en cuenta (causación) no solicitados fiscalmente
como costo o deducción, según el concepto contable a
que correspondan, deben ser diligenciados en la columna
de pagos o abonos en cuenta no deducibles.
Pagos o abonos en cuenta Lit e) art. 631. Art. 22 Res. 273/2013
39
Asalariados (salarios, honorarios, comisiones, servicios y demás
pagos y acumulados >s a $ 10.000.000
Se debe reportar el pago efectuado directamente al trabajador en
el año 2013
En el caso de salarios, prestaciones sociales y demás pagos laborales devengados por
el trabajador, se debe reportar el valor efectivamente pagado en el año gravable 2013.
Demás pagos como:
Aportes parafiscales, aportes obligatorios para salud y fondo de
pensiones, cargos diferidos, adquisición de activos fijos,
adquisición de activos movibles, honorarios, comisiones, servicios,
donaciones, rendimientos financieros, arrendamientos, impuestos,
amortizaciones, otros costos.
>s a $ 500.000
40
Asalariados (salarios, honorarios, comisiones, servicios y demás pagos y
demás pagos acumulados >s a $ 10.000.000
EJEMPLO: A CAMILO JARAMILLO, le efectuaron los siguientes pagos:
COMPRA DE MATERIA PRIMA $ 900.000.
HONORARIOS $ 800.000.
SALARIOS 9.000.000
TOTAL 10.700.000.
EN ESTE CASO SE DEBE REPORTAR ASI:
FORMATO 1001
CONCEPTO 5007 900.000
5002 800.000
5001 9.000.000
41
EL VALOR MINIMO A REPORTAR POR CADA BENEFICIARIO ES DE
$500.000 NO OBSTANTE AL DISCRIMINAR POR CADA CONCEPTO, LOS
VALORES A REPORTAR SEAN MENORES.
EJEMPLO: A ANDREA GOMEZ , le efectuaron los siguientes pagos:
COMPRA DE MATERIA PRIMA $ 300.000
HONORARIOS $ 400.000
TOTAL 700.000
EN ESTE CASO SE DEBE REPORTAR ASI:
FORMATO 1001
CONCEPTO 5007 300.000
5002 400.000
42
Los pagos que acumulados por beneficiario por todo concepto que sean menores a quinientos mil pesos ($500.000), se informarán en un solo registro:
NIT: 222222222
Razón social CUANTÍAS MENORES
Tipo documento 43
Dirección: Informante
FORMATO: 1001. ANEXO 2
CONCEPTO: QUE CORRESPONDA
EL INFORMANTE PODRA REPORTAR LOS PAGOS O ABONOS INFERIORES A DICHA CUANTIA CUMPLIENTO CON LAS ESPECIFICACIONES TECNICAS
43
Pagos o abonos en cuenta Lit e) art. 631. Art. 22 Res. 273/2013
PAGOS O ABONOS EN CUENTA DEL EXTERIOR
Valor: acumulado del pago o abono en cuenta En
registro individual.
N.I.T.: Clave fiscal de su país.
Tipo Documento: 42
Sí no existe clave fiscal: Comenzando en NIT 444444001 hasta
NIT 444449000
Tipo de documento: 43
País: De residencia
44
Las entidades del régimen tributario especial, deberán
reportar la totalidad de los egresos efectuados en el año
gravable 2013, de las actividades desarrolladas en
cumplimiento de su objeto social.
De conformidad con los conceptos y montos establecidos
INFORMACION DE LAS ENTIDADES DEL
RÉGIMEN TRIBUTARIO ESPECIAL,
Pagos o abonos en cuenta Lit e) art. 631. Art. 22 Res. 273/2013
45
CARGOS DIFERIDOS
Cuando se trate de erogaciones efectuadas por el informante
que tengan el carácter de cargos diferidos o gastos pagados por
anticipado, se debe informar el valor del pago o abono
registrado en dichas cuentas.
INFORMACION DE LAS ENTIDADES NO
CONTRIBUYENTES QUE NO ESTÁN OBLIGADAS A
PRESENTAR DECLARACIÓN DE INGRESIOS O PATRIMONIO
deberán informar el valor total de los egresos diligenciándolos en
la columna de pagos o abonos en cuenta deducibles y diligenciar
cero (0) en la columna de pagos o abonos en cuenta no deducibles.
Pagos o abonos en cuenta Lit e) art. 631. Art. 22 Res. 273/2013
46
Los pagos correspondientes a los aportes parafiscales y fondos de
pensiones obligatorios se deben reportar en cabeza de las entidades
autorizadas para recaudar estos rubros. Reportar los valores deducibles
del empleador en la columna pagos o abonos en cuenta deducibles y los
aportes correspondientes al empleado, se deben diligenciar en la
columna de pagos o abonos en cuenta no deducibles, según
correspondan.
Las autorretenciones deberán ser reportadas bajo el NIT del informante,
diligenciando el valor en la columna de pagos o abonos en cuenta no
deducibles y cero (0) en la columna de pagos y abonos en cuenta deducibles.
Parágrafo 14. El valor correspondiente al impuesto sobre las ventas
llevado como mayor valor del costo o gasto, se debe informar en el FORMATO 1001 versión 9.
Pagos o abonos en cuenta Lit e) art. 631. Art. 22 Res. 273/2013
47
El valor base de retención sobre ingresos de tarjetas débito
y crédito, el valor de enajenación de activos fijos de
personas naturales ante oficinas de tránsito y otras
autoridades, el valor acumulado de la devolución de pagos
o abonos en cuenta correspondientes a operaciones de años
anteriores que fueron anuladas rescindidas o resueltas, el
valor base de las retenciones practicadas a título de
impuesto de timbre y el valor base de las devoluciones de
retenciones a título de impuesto de timbre, se deben
reportar en la columna de pagos o abonos en cuenta no
deducibles y diligenciar cero (0) en la columna de pagos o
abonos en cuenta deducibles.
Pagos o abonos en cuenta Lit e) art. 631. Art. 22 Res. 273/2013
48
Las entidades públicas que celebren contratos de
construcción y de obra, suministro, consultoría, prestación
de servicios y concesión, deberán informar el valor de los
pagos o abonos en cuenta que correspondan al contrato
efectivamente realizado y recibido durante el año gravable
2013.
Sin importar que corresponda a contratos celebrados en años
anteriores, en el concepto correspondiente.
INFORMACION PARA ENTIDADES PÚBLICAS
Pagos o abonos en cuenta Lit e) art. 631. Art. 22 Res. 273/2013
49
Las autorretenciones a título de impuesto sobre la renta e
Impuesto sobre la Renta para la equidad CREE deberán ser
reportadas bajo el NIT del informante, diligenciando el valor en la
columna de pagos o abonos en cuenta no deducibles y cero (0) en la
columna de pagos y abonos en cuenta deducibles.
El valor de las Retenciones en la fuente practicadas por el Impuesto
sobre la renta para la equidad CREE, entre los meses de mayo y agosto
de 2013 (antes de que iniciara la autorretención general de este
impuesto), se debe reportar según el concepto contable a que
corresponda en la columna de retenciones practicadas a título de CREE
y son de obligatorio diligenciamiento con el valor correspondiente, en
caso de no tener valor, diligenciar cero (0).
Pagos o abonos en cuenta Lit e) art. 631. Art. 22 Res. 273/2013
50
Pagos o abonos en cuenta Lit e) art. 631. Art. 22 Res. 273/2013
Los pagos o abonos en cuenta y retención
en la fuente se deben reportar en
FORMATO 1001, Versión 9 ,Anexo 1
según el CONCEPTO a que corresponda
51
ETIQUETA
DENOMINACION CASILLA
TIPO LONGITUD CAMPO
VALIDACIONES OBSERVACIONES
Ano Año de envío Int 4
Formato AAAA
CodCpt Concepto Int 2 1 = Inserción 2 = Reemplazo
Formato Código del formato
Int 5 Pagos o abonos en cuenta = 1001
Versión Versión del formato
Int 2 Versión = 6
NumEnvio Número de envío
Int 8 Debe ser un número consecutivo por año para todos los formatos que el remitente envíe a la DIAN
Consecutivo de envío por año.
FecEnvio Fecha de envío datetime
19 Debe ser la fecha calendario.
Formato AAAA-MM-DDTHH:MM:SS
FecInicial Fecha Inicial Date 10 Debe ser la fecha calendario.
Los registros corresponden mínimo ésta fecha inicial. Formato AAAA-MM-DD
FecFinal Fecha Final Date 10 Debe ser la fecha calendario.
Los registros corresponden máximo a ésta fecha inicial. Formato AAAA-MM-DD
ValorTotal Valor Total Double 20 Corresponde a la sumatoria de la casilla “pag” (Pago o Abono en
cuenta) de los registros reportados.
CantReg Cantidad de registros
int 4 Se enviarán archivos con máximo 5000 registros; si se deben reportar más de 5000 registros se fraccionara la información en archivos de 5000 registros o menos.
Cantidad de registros reportados en el contenido.
Pagos o abonos en cuenta Lit e) art. 631. Art. 22 Res. 273/2013
52
ATRIBUTO DENOMINACION CASILLA TIPO LONGITUD
CRITERIOS
cpt Concepto int 4 Siempre debe diligenciarse. De acuerdo a los definidos en la resolución.
tdoc Tipo de documento int 2 Siempre debe diligenciarse. De acuerdo a los definidos en la resolución.
nid Número identificación string 20 Siempre debe diligenciarse. Diligenciar sin guiones, puntos, comas o espacios en blanco.
dv Dígito de Verificación int 1 Para el tipo de documento 31 – Nit, si se conoce debe diligenciarse.
apl1 Primer apellido del informado string 60 En caso de ser una Persona Natural siempre debe diligenciarse.
apl2 Segundo apellido del informado string 60 En caso de ser una Persona Natural y si se conoce debe diligenciarse.
nom1 Primer nombre del informado string 60 En caso de ser una Persona Natural siempre debe diligenciarse.
nom2 Otros nombres del informado string 60 En caso de ser una Persona Natural y si se conoce debe diligenciarse.
raz Razón social informado string 450 En caso de ser una Persona Jurídica siempre debe diligenciarse.
dir Dirección string 200 En caso que el País de residencia sea Colombia siempre debe diligenciarse.
dpto Código departamento int 2 Código DANE Numérico, debe incluir los ceros a la izquierda. En caso que el País de residencia sea Colombia siempre debe diligenciarse.
mun Código municipio int 3 Código DANE Numérico, debe incluir los ceros a la izquierda. En caso que el País de residencia sea Colombia siempre debe diligenciarse.
pais País de Residencia o domicilio int 4 De acuerdo a los definidos por resolución. Siempre debe diligenciarse.
pago Pago o abono en cuenta deducible
double 20 El valor debe ser positivo, entero y no debe incluir ni puntos ni comas. Siempre debe diligenciarse.
pnded Pago o abono en cuenta NO deducible
double 20 El valor debe ser positivo, entero y no debe incluir ni puntos ni comas. Siempre debe diligenciarse.
ided IVA mayor valor del costo o gasto deducible
double 20 El valor debe ser positivo, entero y no debe incluir ni puntos ni comas. Siempre debe diligenciarse.
inded IVA mayor valor del costo o gasto no deducible
double 20 El valor debe ser positivo, entero y no debe incluir ni puntos ni comas. Siempre debe diligenciarse.
retp Retención en la fuente practicada Renta
double 20 El valor debe ser positivo, entero y no debe incluir ni puntos ni comas. Siempre debe diligenciarse.
reta Retención en la fuente asumida Renta
double 20 El valor debe ser positivo, entero y no debe incluir ni puntos ni comas. Siempre debe diligenciarse.
comun Retención en la fuente practicada Iva Régimen común
double
20 El valor debe ser positivo, entero y no debe incluir ni puntos ni comas. Siempre debe diligenciarse.
simp Retención en la fuente asumida IVA Régimen Simplificado
double
20 El valor debe ser positivo, entero y no debe incluir ni puntos ni comas. Siempre debe diligenciarse.
ndom Retención en la fuente practicada Iva no domiciliados
double
20 El valor debe ser positivo, entero y no debe incluir ni puntos ni comas. Siempre debe diligenciarse.
ndom Retención en la fuente practicada CREE
ndom 20 El valor debe ser positivo, entero y no debe incluir ni puntos ni comas. Siempre debe diligenciarse.
ndom Retención en la fuente Asumida CREE
ndom 20 El valor debe ser positivo, entero y no debe incluir ni puntos ni comas. Siempre debe diligenciarse.
53
INFORMACION DE RETENCIONES EN LA FUENTE QUE LE
PRACTICARON A TITULO DE RENTA Y DE IMPUESTO SOBRE
LAS VENTAS.
De acuerdo con lo establecido en el literal c) del artículo 631 del
Estatuto Tributario, los obligados a presentar información, deberán
suministrar los apellidos y nombres o razón social e identificación de
cada una de las personas o entidades que les hubieren practicado
retención en la fuente en el año gravable 2013, con indicación del
concepto y el valor de la retención que le practicaron:
FORMATO 1003 VERSION 7 ANEXO 2
según el concepto a que corresponda
Retenciones en la fuente que le practicaron Lit c) art. 631. Art. 23 Res. 273/2013
54
Retenciones en la fuente que le practicaron Lit c) art. 631. Art. 23 Res. 273/2013
a. Salarios prestaciones y demás pagos laborales en el concepto 1301.
b. Ventas en el concepto 1302.
c. Servicios en el concepto 1303.
d. Honorarios en el concepto 1304.
e. Comisiones en el concepto 1305.
f. Intereses y rendimientos financieros en el concepto 1306.
g. Arrendamientos en el concepto 1307.
h. Otros conceptos en el concepto 1308.
i. Impuesto sobre las ventas en el concepto 1309.
j. Retención por impuesto CREE 1300
55
Retenciones en la fuente que le practicaron Lit c) art. 631. Art. 23 Res. 273/2013
j. Retención por dividendos y participaciones, en el concepto 1310.
k. Retención por enajenación de activos fijos de personas naturales
ante oficinas de tránsito y otras entidades autorizadas,
en el concepto 1311.
l. Retención por ingresos de tarjetas débito y crédito, en el concepto 1312.
m. Retención por loterías, rifas, apuestas y similares, en el concepto 1313.
n. Retención por impuesto de timbre, en el concepto 1314.
56
ETIQU
ETA
DENOMINACIO
N CASILLA
TIPO LONGITUD
CAMPO
VALIDACIONES OBSERVACIONES
Ano Año de envío int 4
Formato AAAA
CodCpt
Concepto int 2 1= Inserción 2= Reemplazo
Formato
Código del formato
int 5 Retenciones en la fuente que le practicaron = 1003
Versión
Versión del formato
int 2
Versión = 6
NumEnvio
Número de envío
int 8 Debe ser un número consecutivo por año para todos los formatos que el remitente envíe a la DIAN
Consecutivo de envío por año.
FecEnvio
Fecha de envío
datetime 19 Debe ser la fecha calendario.
Formato AAAA-MM-DDTHH:MM:SS
FecInicial
Fecha Inicial Date 10 Debe ser la fecha calendario.
Los registros corresponden mínimo ésta fecha inicial. Formato AAAA-MM-DD
FecFinal
Fecha Final date 10 Debe ser la fecha calendario.
Los registros corresponden máximo a ésta fecha inicial. Formato AAAA-MM-DD
ValorTotal
Valor Total double 20 Corresponde a la sumatoria de la casilla “ret” (Retención en la fuente que le practicaron) de los registros reportados.
CantReg
Cantidad de registros
int 4 Se enviarán archivos con máximo 5000 registros; si se deben reportar más de 5000 registros se fraccionara la información en archivos de 5000 registros o menos.
Cantidad de registros reportados en el contenido.
57
ATRIBUTO DENOMINACION
CASILLA TIPO LONGITUD CRITERIOS
cpt Concepto int 4 De acuerdo a los definidos por resolución. Siempre debe diligenciarse
tdoc Tipo de Documento int 2 De acuerdo a los definidos por resolución. Siempre debe diligenciarse
nid Número de Identificación
string 20 Diligenciar sin guiones, puntos, comas o espacios en blanco. Siempre debe diligenciarse
dv Digito de Verificación int 1 Para el tipo de documento 31 – Nit, si se conoce debe diligenciarse.
apl1 Primer Apellido del informado
string 60 En caso de ser una Persona Natural siempre debe diligenciarse.
apl2 Segundo Apellido del informado
string 60 En caso de ser una Persona Natural y si se conoce debe diligenciarse.
nom1 Primer Nombre del informado
string 60 En caso de ser una Persona Natural siempre debe diligenciarse.
nom2 Otros Nombres del informado
string 60 En caso de ser una Persona Natural y si se conoce debe diligenciarse.
raz Razón Social del Informado
string 450 En caso de ser una Persona Jurídica siempre debe diligenciarse.
dir Dirección string 200 Siempre debe informarse.
dpto Código del Departamento
int 2 Código DANE Numérico, debe incluir los ceros a la izquierda. Siempre debe informarse.
mcpo Código del Municipio int 3 Código DANE Numérico, debe incluir los ceros a la izquierda. Siempre debe informarse.
valor Valor acumulado del pago o abono sujeto a Retención en la fuente
double 20 El valor debe ser positivo, entero y no debe incluir ni puntos ni comas. Siempre debe informarse.
ret Retención en la fuente que le practicaron
double 20 El valor debe ser positivo, entero y no debe incluir ni puntos ni comas. Siempre debe informarse.
58
INFORMACION DE LOS DESCUENTOS TRIBUTARIOS
SOLICITADOS.
NO SE INFORMAN
Descuentos tributarios Lit d) art. 631.
59
Ingresos recibidos Lit f) art. 631. Art. 24 Res. 273/2013 INFORMACION DE INGRESOS RECIBIDOS EN EL AÑO
Conforme con lo dispuesto en el literal f) del artículo 631 del Estatuto
Tributario, los obligados a presentar información, deberán suministrar
apellidos y nombres o razón social, identificación y país de residencia o
domicilio de cada una de las personas o entidades, nacionales o extranjeras,
de quienes se recibieron ingresos, cuando el valor acumulado del ingreso
obtenido por el año gravable 2013 hubiese sido igual o superior a un millón
de pesos ($1.000.000)
indicando el valor total de los ingresos brutos recibidos, el valor de las
devoluciones, rebajas y descuentos,
especificando el origen de los ingresos recibidos por operaciones de
Consorcios o Uniones Temporales, o en Contratos de Mandato y/ o
Administración Delegada, o en Contratos de Exploración y Explotación de
Minerales, o en Contratos de Fiducia y los ingresos recibidos a través de
terceros.
60
Ingresos recibidos Lit f) art. 631. Art. 24 Res. 273/2013
INFORMACION DE INGRESOS RECIBIDOS EN EL AÑO
Diligenciar en la columna de Ingresos brutos recibidos por
operaciones propias la totalidad de los ingresos sin incluir los
Ingresos a través de Consorcios o Uniones Temporales, Ingresos a
través de contratos de mandato o administración delegada, Ingresos a
través de contratos de exploración y explotación de minerales,
Ingresos a través de Contratos de Fiducia e Ingresos recibidos a
través de terceros.
Diligenciar en la columna de Devoluciones, rebajas y descuentos, el
valor correspondiente a la totalidad de las Devoluciones, rebajas y
descuentos.
61
Ingresos recibidos Lit f) art. 631. Art. 24 Res. 273/2013
Las columnas de Ingresos brutos recibidos por operaciones propias,
Ingresos a través de Consorcio o Uniones temporales, Ingresos a
través de contratos de mandato o administración delegada, Ingresos a
través de contratos de exploración y explotación de minerales,
Ingresos a través de contratos de Fiducia, Ingresos recibidos a
través de terceros y Devoluciones, rebajas y descuentos, son de
obligatorio diligenciamiento con el valor correspondiente, en caso de
no tener ningún valor, diligenciar cero (0).
En la información de los ingresos recibidos a través de Consorcios o
Uniones temporales, Contratos de mandato o administración
delegada, Contratos de Exploración y Explotación de Minerales,
Contratos de Fiducia y los recibidos a través de terceros, se debe
reportar la identificación, nombres y apellidos, razón social y país de
los terceros que administraron el contrato.
62
Los ingresos se reportan en FORMATO 1007. V.8 ANEXO 6
- Ingresos brutos operacionales. 4001.
- Ingresos no operacionales. 4002.
- Intereses y rendimientos financieros. 4003.
- Ingresos por intereses correspondientes a
créditos hipotecarios 4004
Ingresos recibidos Lit f) art. 631. Art. 24 Res. 273/2013
63
INGRESOS OBTENIDOS DEL EXTERIOR.
Ingresos recibidos Lit f) art. 631. Art. 24 Res. 273/2013
Valor: acumulado del pago o abono en cuenta En
registro individual.
N.I.T.: Clave fiscal de su país.
Tipo Documento: 42
Sí no existe clave fiscal: Comenzando en NIT 444444001 hasta
NIT 444449000
Tipo de documento: 43
País: De residencia
64
El valor mínimo a reportar por cada persona de quien se recibieron ingresos
es de un millón de pesos ($1.000.000), no obstante que al discriminar por
concepto los valores a reportar, estos sean menores.
Sin embargo a opción del informante podrán reportarse los ingresos
menores a dicha cuantía, cumpliendo con las especificaciones técnicas
establecidas.
Los ingresos obtenidos en los cuales no sea posible identificar al adquirente
de los bienes o servicios (documentos equivalentes o sustitutivos de la
factura) y los ingresos menores a un millón de pesos ($1.000.000), se
informarán en un solo registro con NIT 222222222 y razón social
“CUANTIAS MENORES” en el concepto a que correspondan.
Ingresos recibidos Lit f) art. 631. Art. 24 Res. 273/2013
65
ETIQUETA
DENOMINACION CASILLA
TIPO LONGITUD CAMPO
VALIDACIONES OBSERVACIONES
Ano Año de envío Int 4
Formato AAAA
CodCpt Concepto Int 2 1 = Inserción 2 = Reemplazo
Formato
Código del formato
Int 5 Ingresos recibidos = 1007
Versión Versión del formato
Int 2 Versión = 6
NumEnvio
Número de envío
Int 8 Debe ser un número consecutivo por año para todos los formatos que el remitente envié a la DIAN
Consecutivo de envío por año.
FecEnvio
Fecha de envío
DateTime 19 Debe ser la fecha calendario.
Formato AAAA-MM-DDTHH:MM:SS
FecInicial
Fecha Inicial Date 10 Debe ser la fecha calendario.
Los registros corresponden mínimo ésta fecha inicial. Formato AAAA-MM-DD
FecFinal
Fecha Final Date 10 Debe ser la fecha calendario.
Los registros corresponden máximo a ésta fecha inicial. Formato AAAA-MM-DD
ValorTotal
Valor Total double 20 Corresponde a la sumatoria de la casilla “ing” (Ingresos brutos
recibidos) de los registros reportados.
CantReg
Cantidad de registros
Int 4 Se enviarán archivos con máximo 5000 registros; si se deben reportar más de 5000 registros se fraccionara la información en archivos de 5000 registros o menos.
Cantidad de registros reportados en el contenido.
ATRIBUTO DENOMINACION
CASILLA TIPO LONGITUD CRITERIOS
cpt Concepto int 4 Siempre debe diligenciarse. De acuerdo a los definidos en la resolución.
tdoc Tipo de documento int 2 Siempre debe diligenciarse. De acuerdo a los definidos en la resolución.
nid Número identificación string 20 Siempre debe diligenciarse. Diligenciar sin guiones, puntos, comas o espacios en blanco.
dv Dígito de Verificación int 1 Para el tipo de documento 31 – Nit, si se conoce debe diligenciarse.
apl1 Primer apellido del informado
string 60 En caso de ser una Persona Natural siempre debe diligenciarse.
apl2 Segundo apellido del informado
string 60 En caso de ser una Persona Natural y si se conoce debe diligenciarse.
nom1 Primer nombre del informado
string 60 En caso de ser una Persona Natural siempre debe diligenciarse.
nom2 Otros nombres del informado
string 60 En caso de ser una Persona Natural y si se conoce debe diligenciarse.
raz Razón social informado string 450 En caso de ser una Persona Jurídica siempre debe diligenciarse.
pais País de Residencia o domicilio
int 4 De acuerdo a los definidos por resolución. Siempre debe diligenciarse.
ipro Ingresos brutos recibidos por operaciones propias
double 20 El valor debe ser positivo, entero y no debe incluir ni puntos ni comas. Siempre debe diligenciarse.
icon Ingresos a través de Consorcio o Uniones temporales
double 20 El valor debe ser positivo, entero y no debe incluir ni puntos ni comas. Siempre debe diligenciarse.
iman Ingresos a través de contratos de mandato o administración delegada
double 20 El valor debe ser positivo, entero y no debe incluir ni puntos ni comas. Siempre debe diligenciarse.
iexp Ingresos a través de exploración y explotación de minerales
double 20 El valor debe ser positivo, entero y no debe incluir ni puntos ni comas. Siempre debe diligenciarse.
ifid Ingresos a través de fiducia
double 20 El valor debe ser positivo, entero y no debe incluir ni puntos ni comas. Siempre debe diligenciarse.
iter Ingresos recibidos a través de terceros
double 20 El valor debe ser positivo, entero y no debe incluir ni puntos ni comas. Siempre debe diligenciarse.
dev Devoluciones, rebajas y descuentos
double 20 El valor debe ser positivo, entero y no debe incluir ni puntos ni comas. Siempre debe diligenciarse.
67
I.V.A. descontable Lit D) art. 631. Art. 25 Res. 273/2013
I.V.A. DESCONTABLE
Se debe informar el valor del impuesto sobre las ventas descontable, incluido el valor del impuesto sobre las ventas resultante en devoluciones, en ventas anuladas, rescindidas o resueltas correspondientes al año gravable 2013. EL VALOR DEL IMPUESTO SOBRE LAS VENTAS DESCONTABLE
CORRESPONDIENTE AL VALOR DEL IMPUESTO SOBRE LAS VENTAS
GENERADO DE LAS VENTAS DEVUELTAS, ANULADAS, RESCINDIDAS
O RESUELTAS DEL AÑO GRAVABLE 2013, SE INFORMARÁ TAL COMO
FUE REPORTADO CON OCASIÓN DEL IMPUESTO GENERADO.
FORMATO 1005 VERSION 7 ANEXO 4
68
IMPUESTO A LAS VENTAS DESCONTABLE PRESTADO POR
PERSONAS SIN DOMICILIO O RESIDENCIA EN EL PAIS
Ingresos recibidos Lit f) art. 631. Art. 25 Res. 273/2013
Valor: Impuesto a las ventas descontable prestado
por personas sin domicilio o residencia en el
pais
N.I.T.: Clave fiscal de su país.
Tipo Documento: 42
Sí no existe clave fiscal: Comenzando en NIT 444444001 hasta
NIT 444449000
Tipo de documento: 43
País: De residencia
69
ATRIBUTO DENOMINACION
CASILLA TIPO LONGITUD CRITERIOS
tdoc Tipo de documento int 2 De acuerdo a los definidos por resolución. Siempre debe diligenciarse
nid Número identificación string 20 Diligenciar sin guiones, puntos, comas o espacios en blanco. Siempre debe diligenciarse
dv Dígito de Verificación int 1 Para el tipo de documento 31 – Nit, si se conoce debe diligenciarse.
apl1 Primer apellido del informado
string 60 En caso de ser una Persona Natural siempre debe diligenciarse.
apl2 Segundo apellido del informado
string 60 En caso de ser una Persona Natural y si se conoce debe diligenciarse.
nom1 Primer nombre del informado
string 60 En caso de ser una Persona Natural siempre debe diligenciarse.
nom2 Otros nombres del informado
string 60 En caso de ser una Persona Natural y si se conoce debe diligenciarse.
raz Razón social informado string 450 En caso de ser una Persona Jurídica siempre debe diligenciarse.
vimp Impuesto descontable double 20 El valor debe ser positivo, entero y no debe incluir ni puntos ni comas. Siempre debe diligenciarse.
ivade IVA resultante por devoluciones en ventas anuladas, rescindidas o resueltas
double 20 El valor debe ser positivo, entero y no debe incluir ni puntos ni comas. Siempre debe diligenciarse.
70
I.V.A. Generado Lit D) art. 631. Art. 25 Res. 273/2013
IMPUESTO GENERADO.
El valor del impuesto generado de operaciones donde el
valor acumulado del ingreso hubiese sido igual o superior a
un millón de pesos ($1.000.000) y el valor del impuesto
sobre las ventas recuperado en devoluciones en compras
anuladas, rescindidas o resueltas, correspondientes al año
gravable 2013, indicando los apellidos y nombres o razón
social e identificación de cada uno de los terceros en el
FORMATO 1006. VERSION 7 ANEXO 5
71
I.V.A. Generado Lit D) art. 631. Art. 25 Res. 273/2013
IMPUESTO GENERADO.
El Impuesto sobre las Ventas generado en operaciones donde no sea posible identificar al adquirente de los bienes o servicios por el sistema de facturación que se utilice o el que corresponda a operaciones acumuladas por tercero inferiores a un millón de pesos ($1.000.000), se informará acumulado en un solo registro con identificación 222222222, razón social “CUANTIAS MENORES” y tipo documento 43.
72
I.V.A. Generado Lit D) art. 631. Art. 25 Res. 273/2013
IMPUESTO GENERADO CON NO RESIDENTES.
Valor: acumulado del IVA generado de
operacioones con personas o entidades sin
residencia.
N.I.T.: Clave fiscal de su país.
Tipo Documento: 42
Sí no existe clave fiscal: Comenzando en NIT 444444001 hasta
NIT 444449000
Tipo de documento: 43
País: De residencia
73
ATRIBUTO DENOMINACION
CASILLA TIPO LONGITUD CRITERIOS
tdoc Tipo de documento int 2 Siempre debe diligenciarse. De acuerdo a los definidos en la resolución.
nid Número identificación string 20 Siempre debe diligenciarse. Diligenciar sin guiones, puntos, comas o espacios en blanco.
dv Dígito de Verificación int 1 Para el tipo de documento 31 – Nit, si se conoce debe diligenciarse.
apl1 Primer apellido del informado
string 60 En caso de ser una Persona Natural siempre debe diligenciarse.
apl2 Segundo apellido del informado
string 60 En caso de ser una Persona Natural y si se conoce debe diligenciarse.
nom1 Primer nombre del informado
string 60 En caso de ser una Persona Natural siempre debe diligenciarse.
nom2 Otros nombres del informado
string 60 En caso de ser una Persona Natural y si se conoce debe diligenciarse.
raz Razón social informado string 450 En caso de ser una Persona Jurídica siempre debe diligenciarse.
imp Impuesto generado double 20 El valor debe ser positivo, entero y no debe incluir ni puntos ni comas. Siempre debe diligenciarse.
iva IVA recuperado en devoluciones en compras anuladas, rescindidas o resueltas
double 20 El valor debe ser positivo, entero y no debe incluir ni puntos ni comas. Siempre debe diligenciarse.
74
INFORMACION DEL SALDO DE LOS PASIVOS A 31 DE
DICIEMBRE DE 2013.
Conforme con lo establecido en el literal h) del artículo 631 del Estatuto
Tributario los obligados a presentar información, deberán informar cada
uno de los acreedores por pasivos de cualquier índole cuando:
El saldo acumulado por acreedor a 31 de diciembre del año gravable
2013 sea igual o superior a cinco millones de pesos ($5.000.000).
Si, el saldo total de los pasivos a 31 de diciembre de 2013, es superior a
quinientos millones de pesos ($500.000.000) deberá informarse cada
uno de los acreedores con saldos acumulados superiores a un millón de
pesos ($1.000.000).
FORMATO 1009 VERSION 7 ANEXO 08
Pasivos Lit h) art. 631. Art. 10 Res. 273/2013 Pasivos Lit h) art. 631. Art. 26 Res. 273/2013
75
- El valor del saldo de los pasivos con proveedores, en el concepto
2201.
- El valor del saldo de los pasivos con compañías vinculadas accionistas y socios,
2202.
- El valor del saldo de las obligaciones financieras.
2203.
- El valor del saldo de los pasivos por impuestos, gravámenes y tasas.
2204.
Pasivos Lit h) art. 631. Art. 26 Res. 273/2013
76
- El valor del saldo de los pasivos laborales incluido el cálculo actuarial.
2205 con el NIT del informante.
- El valor del saldo de los demás pasivos.
2206.
- El valor del saldo de los pasivos determinado por el cálculo actuarial.
2207 con el NIT del informante.
- Valor de los pasivos exclusivos de las compañías de seguros
2209
-Valor de los pasivos respaldados con documentos de fecha cierta
2208
Pasivos Lit h) art. 631. Art. 26 Res. 273/2013
77
PASIVOS DEL EXTERIOR.
Valor: acumulado de los acreedores En
registro individual.
N.I.T.: Clave fiscal de su país.
Tipo Documento: 42
Sí no existe clave fiscal: Comenzando en NIT 444444001 hasta
NIT 444449000
Tipo de documento: 43
País: De residencia
Pasivos Lit h) art. 631. Art. 26 Res. 273/2013
78
El saldo mínimo a reportar por cada acreedor es de cinco millones de pesos
($5.000.000) ó un millón de pesos ($1.000.000) no obstante que al discriminar el
saldo por concepto, los valores a reportar sean menores.
Cuantías menores
NIT: 222222222
Razón social CUANTÍAS MENORES
Tipo documento 43
Dirección: Informante
FORMATO: 1009. ANEXO 9
CONCEPTO: QUE CORRESPONDA
Sin embargo a opción del informante podrán reportarse los pasivos menores a dicha
cuantía cumpliendo con las especificaciones técnicas establecidas.
79
ATRIBUTO
DENOMINACION CASILLA
TIPO
LONGITUD
CRITERIOS
cpt
Concepto
int
4
De acuerdo a los definidos por resolución. Siempre debe diligenciarse
tdoc
Tipo de Documento
int
2
De acuerdo a los definidos por resolución. Siempre debe diligenciarse
nid
Número de Identificación
String
20
Diligenciar sin guiones, puntos, comas o espacios en blanco. Siempre debe diligenciarse
dv
Digito de Verificación
int
1
Si se conoce debe diligenciarse
apl1
Primer Apellido del Deudor
string
60
En caso de ser una Persona Natural siempre debe diligenciarse.
apl2
Segundo Apellido del Deudor
string
60
En caso de ser una Persona Natural y si se conoce debe diligenciarse.
nom1
Primer Nombre del Deudor
string
60
En caso de ser una Persona Natural siempre debe diligenciarse.
nom2
Otros Nombres del Deudor
string
60
En caso de ser una Persona Natural y si se conoce debe diligenciarse.
raz
Razón Social del Deudor
string
450
En caso de ser una Persona Jurídica siempre debe diligenciarse.
dir
Dirección
string
200
En caso que el País de residencia sea Colombia siempre debe diligenciarse
dpto
Código del Departamento
int
2
Código DANE Numérico, debe incluir los ceros a la izquierda. En caso que el País de residencia sea Colombia siempre debe diligenciarse mun
Código del Municipio
int
3
Código DANE Numérico, debe incluir los ceros a la izquierda. En caso que el País de residencia sea Colombia siempre debe diligenciarse país
País de Residencia o domicilio
int
4
De acuerdo a los definidos por resolución. Siempre debe diligenciarse
sal
Saldo cuentas por pagar al 31 de diciembre
20
El valor debe ser positivo, entero y no debe incluir ni puntos ni comas. Siempre debe diligenciarse
80
INFORMACION DE LOS DEUDORES DE CREDITOS
ACTIVOS A 31 DE DICIEMBRE DE 2013.
Conforme con lo establecido por el literal i) del artículo 631 del Estatuto
Tributario, los obligados a presentar información, deberán informar cada uno de
los deudores por concepto de créditos activos, cuando:
El saldo acumulado por deudor a 31 de diciembre del año gravable 2013, sea
igual o superior a cinco millones de pesos ($5.000.000).
Si, el saldo total de los créditos a 31 de diciembre de 2013, es superior a
quinientos millones de pesos ($500.000.000) deberá informarse cada uno de los
deudores con saldos acumulados superiores a un millón de pesos ($1.000.000).
FORMATO 1009. VERSION 7 ANEXO 7
Deudores Lit h) art. 631. Art. 27 Res. 273/2013
81
-El valor total del saldo de las cuentas por cobrar a clientes.
Concepto 1315.
- El valor total del saldo de las cuentas por cobrar a accionistas,
socios y compañías vinculadas.
Concepto 1316.
- El valor total de otras cuentas por cobrar.
Concepto 1317.
- El valor total del saldo fiscal de la provisión de cartera.
Concepto 1318, Identificándolo con el NIT del Deudor
.
Deudores Lit h) art. 631. Art. 27 Res. 273/2013
82
DEUDORES DEL EXTERIOR.
Valor: acumulado de los deudores En
registro individual.
N.I.T.: Clave fiscal de su país.
Tipo Documento: 42
Sí no existe clave fiscal: Comenzando en NIT 444444001 hasta
NIT 444449000
Tipo de documento: 43
País: De residencia
Deudores Lit h) art. 631. Art. 27 Res. 273/2013
83
El saldo mínimo a reportar por cada deudor es de cinco millones de pesos
($5.000.000) ó un millón de pesos ($1.000.000) no obstante que al discriminar el
saldo por concepto, los valores a reportar sean menores.
Cuantías menores
NIT: 222222222
Razón social CUANTÍAS MENORES
Tipo documento 43
Dirección: Informante
FORMATO: 1009. ANEXO 9
CONCEPTO: QUE CORRESPONDA
Sin embargo a opción del informante podrán reportarse los deudores menores a
dicha cuantía cumpliendo con las especificaciones técnicas establecidas.
84
ATRIBUTO
DENOMINACION CASILLA
TIPO
LONGITUD
CRITERIOS
cpt
Concepto
int
4
De acuerdo a los definidos por resolución. Siempre debe diligenciarse
tdoc
Tipo de Documento
Int
2
De acuerdo a los definidos por resolución. Siempre debe diligenciarse
nid
Número de Identificación
string
20
Diligenciar sin guiones, puntos, comas o espacios en blanco. Siempre debe diligenciarse
dv
Digito de Verificación
int
1
Si se conoce debe diligenciarse
apl1
Primer Apellido del Deudor
string
60
En caso de ser una Persona Natural siempre debe diligenciarse.
apl2
Segundo Apellido del Deudor
string
60
En caso de ser una Persona Natural y si se conoce debe diligenciarse.
nom1
Primer Nombre del Deudor
string
60
En caso de ser una Persona Natural siempre debe diligenciarse.
nom2
Otros Nombres del Deudor
string
60
En caso de ser una Persona Natural y si se conoce debe diligenciarse.
raz
Razón Social del Deudor
string
450
En caso de ser una Persona Jurídica siempre debe diligenciarse.
dir
Dirección
string
200
En caso que el País de residencia sea Colombia siempre debe diligenciarse
dpto
Código del Departamento
int
2
Código DANE Numérico, debe incluir los ceros a la izquierda. En caso que el País de residencia sea Colombia siempre debe diligenciarse mun
Código del Municipio
int
3
Código DANE Numérico, debe incluir los ceros a la izquierda. En caso que el País de residencia sea Colombia siempre debe diligenciarse país
País de Residencia o domicilio
int
4
De acuerdo a los definidos por resolución. Siempre debe diligenciarse
sal
Saldo cuentas por Cobrar al 31 de diciembre
double
20
El valor debe ser positivo, entero y no debe incluir ni puntos ni comas. Siempre debe diligenciarse
85
INGRESOS NO CONSTITUTIVOS DE RENTA NI GANANCIA
OCASIONAL
VALOR TOTAL SOLICITADO COMO RENTA EXENTA EN EL AÑO
GRAVABLE 2013.
COSTOS Y DEDUCCIONES
COMPENSACIONES
FORMATO 1011. VERSION 7. ANEXO 11
Valor del inventario inicial del
FORMATO 1011. ANEXO 10
Informacion declaraciones Lit k) art. 631. Art. 28 Res. 273/2013
86
FORMATO 1011 ANEXO 11
EFECTIVO, ACTIVOS FIJOS, INVENTARIOS, GANADEROS,
INGRESOS NO CONSTITUTIVOS, RENTAS EXENTAS, COSTOS Y
DEDUCCIONES
Informacion declaraciones Lit k) art. 631. Art. 28 Res. 273/2013
ATRIBUTO
DENOMINACION CASILLA
TIPO
LONGITUD
CRITERIOS
cpt
Concepto
int
4
Siempre debe informarse. De acuerdo a los definidos por resolución.
sal
Saldos al 31 de diciembre
double
20
Siempre debe informarse. El valor debe ser positivo, entero y no debe incluir ni puntos ni comas.
87
Saldo a 31 de Diciembre de 2013 de las cuentas
corrientes y/o ahorro que posea en el país, indicando el
saldo acumulado por entidad financiera la razón social y
NIT de la entidad financiera.
FORMATO 1012 ANEXO 11 Concepto 1110
Informacion declaraciones Lit k) art. 631. Art. 28 Res. 273/2013
88
CUENTAS DEL EXTERIOR.
FORMATO 1012 VERSION 7 ANEXO 12 Concepto 1115
Informacion declaraciones Lit k) art. 631. Art. 28 Res. 273/2013
Valor: Saldo de las cuentas corrientes y/o
de ahorros solo registro.
N.I.T.: Clave fiscal de su país.
Tipo Documento: 42
Sí no existe clave fiscal: Comenzando en NIT 444444001 hasta
NIT 444449000
Tipo de documento: 43
País: De residencia
89
Valor Patrimonial a 31 de diciembre de 2013 de las inversiones
FORMATO 1012 ANEXO 12
El valor patrimonial de los bonos.
Concepto 1200.
El valor patrimonial de los certificados de depósito.
Concepto 1201.
Valor patrimonial de los títulos
Concepto 1202.
Valor patrimonial de los derechos fiduciarios.
Concepto 1203.
Valor patrimonial de las demás inversiones poseídas.
Concepto 1204.
Informacion declaraciones Lit k) art. 631. Art. 28 Res. 273/2013
90
INVERSIONES DEL EXTERIOR.
Valor: Saldo de las cuentas corrientes y/o
de ahorros solo registro.
N.I.T.: Clave fiscal de su país.
Tipo Documento: 42
Sí no existe clave fiscal: Comenzando en NIT 444444001 hasta
NIT 444449000
Tipo de documento: 43
País: De residencia
Informacion declaraciones Lit k) art. 631. Art. 28 Res. 273/2013
91
Razón social y NIT de las sociedades anónimas o asimiladas limitadas o asimiladas, en las cuales es socio o accionista con indicación del valor patrimonial de las acciones o aportes poseídos a 31 de Diciembre de 2013.
FORMATO 1012 versión 7,
concepto 1205.
Informacion declaraciones Lit k) art. 631. Art. 28 Res. 273/2013
92
SOCIEDADES DE LAS CUALES ES SOCIO O ACCIONISTA DEL
EXTERIOR.
Valor: Sociedad del exterior
N.I.T.: Clave fiscal de su país.
Tipo Documento: 42
Sí no existe clave fiscal: Comenzando en NIT 444444001 hasta
NIT 444449000
Tipo de documento: 43
País: De residencia
Informacion declaraciones Lit k) art. 631. Art. 28 Res. 273/2013
93
ATRIBUTO
DENOMINACION CASILLA
TIPO
LONGITUD
CRITERIOS
cpt
Concepto
int
4
De acuerdo a los definidos por resolución. Siempre debe diligenciarse
tdoc
Tipo de Documento
int
2
De acuerdo a los definidos por resolución. Siempre debe diligenciarse
nid
Número de Identificación
String
20
Diligenciar sin guiones, puntos, comas o espacios en blanco. Siempre debe diligenciarse
dv
Digito de Verificación
int
1
Si se conoce debe diligenciarse
apl1
Primer Apellido del Informado
string
60
En caso de ser una Persona Natural siempre debe diligenciarse.
apl2
Segundo Apellido del Informado
string
60
En caso de ser una Persona Natural y si se conoce debe diligenciarse.
nom1
Primer Nombre del Informado
string
60
En caso de ser una Persona Natural siempre debe diligenciarse.
nom2
Otros Nombres del Informado
string
60
En caso de ser una Persona Natural y si se conoce debe diligenciarse.
raz
Razón Social del Informado
string
450
En caso de ser una Persona Jurídica siempre debe diligenciarse.
país
País de Residencia o domicilio
int
4
De acuerdo a los definidos por resolución. Siempre debe diligenciarse
val
Valor al 31 de diciembre de 2005
double
20
El valor debe ser positivo, entero y no debe incluir ni puntos ni comas. Siempre debe diligenciarse
94
Las operaciones ejecutadas a través de Consorcios o Uniones
Temporales que constituyan costo o deducción para los consorciados o
para los miembros de las Uniones Temporales, deberán ser informadas
por quién haya sido escogido para el cumplimiento de la obligación de
expedir factura, conforme con las opciones establecidas en el artículo
66 de la Ley 488 de 1.998 y artículo 11 del Decreto 3050 de 1997, con
indicación de los apellidos y nombres o razón social, identificación y
dirección de cada uno de los terceros, de la siguiente manera:
En ningún caso la información reportada por el
consorcio y/o unión temporal deberá ser informada por
el consorciado o asociado
CONSORCIOS Y UNIONES TEMPORALES art. 631. Art. 29 Res. 273/2013
95
Los pagos o abonos en cuenta que constituyan
costo o deducción para los consorciados o
miembros del consorbcio y las retenciones
practicadas durante el año gravable 2013
FORMATO 1043 VERSION 9 ANEXO 13
Teniendo en cuenta los conceptos establecidos en
el artículo 22 de la presente Resolución.
CONSORCIOS Y UNIONES TEMPORALES art. 631. Art. 29 Res. 273/2013
ATRIBUTO DENOMINACION CASILLA
con Concepto
tdoc Tipo de documento
nid Número identificación informado
dv Dígito de Verificación
apl1 Primer apellido del informado
apl2 Segundo apellido del informado
nom1 Primer nombre del informado
nom2 Otros nombres del informado
raz Razón social informado
dir Dirección
dpto Código departamento
mun Código municipio
pais País de Residencia o domicilio
pag Pago o abono en cuenta
iva IVA mayor valor del costo o gasto
pract Retención en la fuente practicada RENTA
asum Retención en la fuente asumida RENTA
comun Retención en la fuente practicada Iva Régimen común
simpl Retención en la fuente asumida Régimen Simplificado
nodom Retención en la fuente practicada Iva no domiciliados
tdoc2 Tipo documento consorciado o asociado
nid2 Identificación consorciado o asociado
97
El valor de los ingresos brutos recibidos y las devoluciones
rebajas y descuentos, se informará en
FORMATO 1045 ANEXO 19 VERSION 8
Teniendo en cuenta lo establecido en el artículo 24 de esta Res.
Concepto 4010.
En ningún caso la información reportada por el consorcio y/o
unión temporal deberá ser informada por el consorciado o
asociado
CONSORCIOS Y UNIONES TEMPORALES art. 631. Art. 29 Res. 273/2013
ATRIBUTO DENOMINACION
CASILLA TIPO LONGITUD CRITERIOS
con Concepto int 4 De acuerdo a los definidos por resolución. Siempre debe diligenciarse
tdoc Tipo de documento int 2 De acuerdo a los definidos por resolución. Siempre debe diligenciarse
nid Número identificación string 20 Diligenciar sin guiones, puntos, comas o espacios en blanco. Siempre debe diligenciarse
dv Dígito de Verificación int 1 Para el tipo de documento 31 – Nit, si se conoce debe diligenciarse.
apl1 Primer apellido del informado
string 60 En caso de ser una Persona Natural siempre debe diligenciarse.
apl2 Segundo apellido del informado
string 60 En caso de ser una Persona Natural y si se conoce debe diligenciarse.
nom1 Primer nombre del informado
string 60 En caso de ser una Persona Natural siempre debe diligenciarse.
nom2 Otros nombres del informado
string 60 En caso de ser una Persona Natural y si se conoce debe diligenciarse.
raz Razón social informado string 450 En caso de ser una Persona Jurídica siempre debe diligenciarse.
pais País de Residencia o domicilio
int 4 De acuerdo a los definidos por resolución. Siempre debe diligenciarse.
ing Ingresos brutos recibidos
double 20 El valor debe ser positivo, entero y no debe incluir ni puntos ni comas. Siempre debe diligenciarse.
dev Devoluciones, rebajas y descuentos
double 20 El valor debe ser positivo, entero y no debe incluir ni puntos ni comas. Siempre debe diligenciarse.
tdoc2 Tipo documento consorciado o asociado
int 2 De acuerdo a los definidos por resolución. Siempre debe diligenciarse.
nid2 Identificación consorciado o asociado
string 20 Siempre debe diligenciarse. Diligenciar sin guiones, puntos, comas o espacios en blanco.
99
El valor del impuesto sobre las ventas descontable y el valor del
impuesto sobre las ventas resultante en devoluciones, en compras
anuladas, rescindidas o resueltas correspondientes al año gravable
2013, se informará en el:
FORMATO 1585 ANEXO 20 VERSION 1
Teniendo en cuenta lo establecido en el artículo 25 de esta Res.
CONSORCIOS Y UNIONES TEMPORALES art. 631. Art. 29 Res. 273/2013
ATRIBUTO DENOMINACION
CASILLA TIPO
LONGITUD
CRITERIOS
tdoc Tipo de documento int 2 De acuerdo a los definidos por resolución. Siempre debe diligenciarse
nid Número identificación string 20 Diligenciar sin guiones, puntos, comas o espacios en blanco. Siempre debe diligenciarse
dv Dígito de Verificación int 1 Para el tipo de documento 31 – Nit, si se conoce debe diligenciarse.
apl1 Primer apellido del informado
string 60 En caso de ser una Persona Natural siempre debe diligenciarse.
apl2 Segundo apellido del informado
string 60 En caso de ser una Persona Natural y si se conoce debe diligenciarse.
nom1 Primer nombre del informado
string 60 En caso de ser una Persona Natural siempre debe diligenciarse.
nom2 Otros nombres del informado
string 60 En caso de ser una Persona Natural y si se conoce debe diligenciarse.
raz Razón social informado string 450 En caso de ser una Persona Jurídica siempre debe diligenciarse.
desc Impuesto descontable double 20 El valor debe ser positivo, entero y no debe incluir ni puntos ni comas. Siempre debe diligenciarse.
iva IVA resultante por devoluciones en ventas anuladas, rescindidas o resueltas
double 20 El valor debe ser positivo, entero y no debe incluir ni puntos ni comas. Siempre debe diligenciarse.
tdoc2 Tipo documento consorciado o asociado
int 2 De acuerdo a los definidos por resolución. Siempre debe diligenciarse.
nid2 Identificación consorciado o asociado
string 20 Siempre debe diligenciarse.
Diligenciar sin guiones, puntos, comas o espacios en blanco.
101
El valor del impuesto generado y el valor del impuesto sobre las
ventas recuperado en devoluciones en ventas anuladas, rescindidas o
resueltas correspondientes al año gravable 2013, se informará en el:
FORMATO 1586 ANEXO 21 VERSION 2
Teniendo en cuenta lo establecido en el artículo 25 de esta Res.
CONSORCIOS Y UNIONES TEMPORALES art. 631. Art. 29 Res. 273/2013
ATRIBUTO DENOMINACION
CASILLA TIPO LONGITUD CRITERIOS
tdoc Tipo de documento int 2 De acuerdo a los definidos por resolución. Siempre debe diligenciarse
nid Número identificación string 20 Diligenciar sin guiones, puntos, comas o espacios en blanco. Siempre debe diligenciarse
dv Dígito de Verificación int 1 Para el tipo de documento 31 – Nit, si se conoce debe diligenciarse.
apl1 Primer apellido del informado
string 60 En caso de ser una Persona Natural siempre debe diligenciarse.
apl2 Segundo apellido del informado
string 60 En caso de ser una Persona Natural y si se conoce debe diligenciarse.
nom1 Primer nombre del informado
string 60 En caso de ser una Persona Natural siempre debe diligenciarse.
nom2 Otros nombres del informado
string 60 En caso de ser una Persona Natural y si se conoce debe diligenciarse.
raz Razón social informado string 450 En caso de ser una Persona Jurídica siempre debe diligenciarse.
gene Impuesto generado double 20 El valor debe ser positivo, entero y no debe incluir ni puntos ni comas. Siempre debe diligenciarse.
iva IVA recuperado en devoluciones en compras anuladas, rescindidas o resueltas
double 20 El valor debe ser positivo, entero y no debe incluir ni puntos ni comas. Siempre debe diligenciarse.
tdoc2 Tipo documento consorciado o asociado
int 2 De acuerdo a los definidos por resolución. Siempre debe diligenciarse.
nid2 Identificación consorciado o asociado
string 20 Siempre debe diligenciarse. Diligenciar sin guiones, puntos, comas o espacios en blanco.
103
El valor del saldo de los deudores por concepto de
créditos activos a 31 de diciembre de 2013 se informará
en el:
FORMATO 1587 ANEXO 22 VERSION 1
Concepto 1370,
Teniendo en cuenta lo establecido en el artículo 27 de
esta Res.
CONSORCIOS Y UNIONES TEMPORALES art. 631. Art. 29 Res. 2732/013
ATRIBUTO DENOMINACION
CASILLA TIPO LONGITUD CRITERIOS
cpto Concepto int 4 De acuerdo a los definidos por resolución. Siempre debe diligenciarse.
tdoc Tipo de documento int 2 De acuerdo a los definidos por resolución. Siempre debe diligenciarse
nid Número identificación string 20 Diligenciar sin guiones, puntos, comas o espacios en blanco. Siempre debe diligenciarse
dv Dígito de Verificación int 1 Para el tipo de documento 31 – Nit, si se conoce debe diligenciarse.
apl1 Primer apellido del informado
string 60 En caso de ser una Persona Natural siempre debe diligenciarse.
apl2 Segundo apellido del informado
string 60 En caso de ser una Persona Natural y si se conoce debe diligenciarse.
nom1 Primer nombre del informado
string 60 En caso de ser una Persona Natural siempre debe diligenciarse.
nom2 Otros nombres del informado
string 60 En caso de ser una Persona Natural y si se conoce debe diligenciarse.
raz Razón social informado string 450 En caso de ser una Persona Jurídica siempre debe diligenciarse.
dir Dirección string 200 En caso que el País de residencia sea Colombia siempre debe diligenciarse.
dpto Código dpto int 2 Código DANE Numérico, debe incluir los ceros a la izquierda. En caso que el País de residencia sea Colombia siempre debe diligenciarse.
mun Código mcp int 3 Código DANE Numérico, debe incluir los ceros a la izquierda. En caso que el País de residencia sea Colombia siempre debe diligenciarse.
pais País de Residencia o domicilio
int 4 De acuerdo a los definidos por resolución. Siempre debe diligenciarse.
cobrar Saldo cuentas por cobrar al 31 de diciembre
double 20 El valor debe ser positivo, entero y no debe incluir ni puntos ni comas. Siempre debe diligenciarse.
tdoc2 Tipo documento consorciado o asociado
int 2 De acuerdo a los definidos por resolución. Siempre debe diligenciarse.
nid2 Identificación consorciado o asociado
string 20 Siempre debe diligenciarse. Diligenciar sin guiones, puntos, comas o espacios en blanco.
105
El valor del saldo de los pasivos a 31 de diciembre de 2013
se informará en el:
FORMATO 1588 ANEXO 23 VERSION 1
Concepto 1588
Teniendo en cuenta lo establecido en el artículo 26 de la
presente Resolución
CONSORCIOS Y UNIONES TEMPORALES art. 631. Art. 29 Res. 273/2013
ATRIBUTO DENOMINACION CASILLA TIPO LONGITUD CRITERIOS
cpto Concepto int 4 De acuerdo a los definidos por resolución. Siempre debe diligenciarse.
tdoc Tipo de documento int 2 De acuerdo a los definidos por resolución. Siempre debe diligenciarse
nid Número identificación string 20 Diligenciar sin guiones, puntos, comas o espacios en blanco. Siempre debe diligenciarse
dv Dígito de Verificación int 1 Para el tipo de documento 31 – Nit, si se conoce debe diligenciarse.
apl1 Primer apellido del informado
string 60 En caso de ser una Persona Natural siempre debe diligenciarse.
apl2 Segundo apellido del informado
string 60 En caso de ser una Persona Natural y si se conoce debe diligenciarse.
nom1 Primer nombre del informado
string 60 En caso de ser una Persona Natural siempre debe diligenciarse.
nom2 Otros nombres del informado
string 60 En caso de ser una Persona Natural y si se conoce debe diligenciarse.
raz Razón social informado string 450 En caso de ser una Persona Jurídica siempre debe diligenciarse.
dir Dirección string 200 En caso que el País de residencia sea Colombia siempre debe diligenciarse.
dpto Código dpto int 2 Código DANE Numérico, debe incluir los ceros a la izquierda. En caso que el País de residencia sea Colombia siempre debe diligenciarse.
mun Código mcp int 3 Código DANE Numérico, debe incluir los ceros a la izquierda. En caso que el País de residencia sea Colombia siempre debe diligenciarse.
pais País de Residencia o domicilio
int 4 De acuerdo a los definidos por resolución. Siempre debe diligenciarse.
pagar Saldo cuentas por pagar al 31 de diciembre
double 20 El valor debe ser positivo, entero y no debe incluir ni puntos ni comas. Siempre debe diligenciarse.
tdoc2 Tipo documento consorciado o asociado
int 2 De acuerdo a los definidos por resolución. Siempre debe diligenciarse.
nid2 Identificación consorciado o asociado
string 20 Diligenciar sin guiones, puntos, comas o espacios en blanco. Siempre debe diligenciarse
107
Los pagos o abonos en cuenta y la retención en
la fuente practicada por el consorcio o unión
temporal, en virtud de contratos celebrados en
desarrollo de convenios de cooperación y
asistencia técnica con organismos
internacionales, serán reportados por la entidad
pública o privada que celebró el convenio.
CONSORCIOS Y UNIONES TEMPORALES art. 631. Art. 29 Res. 273/2013
108
En los contratos de exploración y explotación de
hidrocarburos, gases y minerales, las personas o
entidades que actuaron en condición de "operador" o
quien haga sus veces, deberán informar el valor total
de las operaciones inherentes a la cuenta conjunta, de
igual manera las personas o entidades que actuaron en
condición de "solo riesgo", deberán informar el valor
total de las operaciones, y las personas o entidades
poseedoras de un título minero deberán informar el
valor total de las operaciones
CONTRATOS DE EXPLORACIÓN Y EXPLOTACIÓN DE
HIDROCARBUROS GASES Y MINERALES
art. 631. Art. 30 Res. 273/2013
109
Los pagos o abonos en cuenta que constituyan costo o deducción y las retenciones en la fuente practicadas durante el año.
FORMATO 1046 VERSION 9 ANEXO 16
Teniendo en cuenta los conceptos establecidos en el artículo 22 de la presente resolución.
CONTRATOS DE EXPLORACIÓN Y EXPLOTACIÓN DE
HIDROCARBUROS GASES Y MINERALES
art. 631. Art. 30 Res. 273/2013
ATRIBUTO DENOMINACION
CASILLA TIPO LONGITUD CRITERIOS
con Concepto int 4 De acuerdo a los definidos por resolución. Siempre debe diligenciarse.
tdoc Tipo de Documento int 2 De acuerdo a los definidos por resolución. Siempre debe diligenciarse
nid Número de Identificación
string 20 Diligenciar sin guiones, puntos, comas o espacios en blanco. Siempre debe diligenciarse
dv Digito de Verificación int 1 Para el tipo de documento 31 – Nit, si se conoce debe diligenciarse.
apl1 Primer Apellido del informado
string 60 En caso de ser una Persona Natural siempre debe diligenciarse.
apl2 Segundo Apellido del informado
string 60 En caso de ser una Persona Natural y si se conoce debe diligenciarse.
nom1 Primer Nombre del informado
string 60 En caso de ser una Persona Natural siempre debe diligenciarse.
nom2 Otros Nombres del informado
string 60 En caso de ser una Persona Natural y si se conoce debe diligenciarse.
raz Razón Social del informado
string 450 En caso de ser una Persona Jurídica siempre debe diligenciarse.
dir Dirección string 200 En caso que el País de residencia sea Colombia siempre debe diligenciarse.
dpto Código del Departamento
int
2 Código DANE Numérico, debe incluir los ceros a la izquierda. En caso que el País de residencia sea Colombia siempre debe diligenciarse.
mun Código del Municipio
int
3 Código DANE Numérico, debe incluir los ceros a la izquierda. En caso que el País de residencia sea Colombia siempre debe diligenciarse.
pais País de Residencia o domicilio
int 4 De acuerdo a los definidos por resolución.
Siempre debe diligenciarse.
pag Pago o Abono en cuenta double
20 El valor debe ser positivo, entero y no debe incluir ni puntos ni comas. Siempre debe diligenciarse
iva IVA mayor valor del costo o gasto
double 20
El valor debe ser positivo, entero y no debe incluir ni puntos ni comas. Siempre debe diligenciarse.
rpren Retención en la fuente practicada RENTA
double 20 El valor debe ser positivo, entero y no debe incluir ni puntos ni comas. Siempre debe diligenciarse
raren Retención en la fuente asumida RENTA
double 20 El valor debe ser positivo, entero y no debe incluir ni puntos ni comas. Siempre debe diligenciarse
rprc Retención en la fuente practicada IVA Régimen común
double 20 El valor debe ser positivo, entero y no debe incluir ni puntos ni comas. Siempre debe diligenciarse
rars Retención en la fuente asumida Régimen Simplificado
double 20 El valor debe ser positivo, entero y no debe incluir ni puntos ni comas. Siempre debe diligenciarse
rpind Retención en la fuente practicada IVA no domiciliados
double 20 El valor debe ser positivo, entero y no debe incluir ni puntos ni comas. Siempre debe diligenciarse
tdoc2 Tipo del documento del asociado
int 2 De acuerdo a los definidos por resolución. Siempre debe diligenciarse.
nid2 Identificación del asociado
string 20 Diligenciar sin guiones, puntos, comas o espacios en blanco. Siempre debe diligenciarse
111
Valor de los ingresos brutos Recibidos , devoluciones,
rebajas y descuentos:
FORMATO 1048 VERSIÓN 8 ANEXO 25
Concepto 4050.
Teniendo en cuenta los conceptos establecidos en el artículo 24 de la presente resolución.
CONTRATOS DE EXPLORACIÓN Y EXPLOTACIÓN DE
HIDROCARBUROS GASES Y MINERALES
art. 631. Art. 30 Res. 273/2013
ATRIBUTO DENOMINACION CASILLA TIPO LONGITUD CRITERIOS
con Concepto int 4 De acuerdo a los definidos por resolución. Siempre debe diligenciarse.
tdoc Tipo de Documento int 2 De acuerdo a los definidos por resolución. Siempre debe diligenciarse
nid Número de Identificación string 20 Diligenciar sin guiones, puntos, comas o espacios en blanco. Siempre debe diligenciarse
dv Digito de Verificación int 1 Para el tipo de documento 31 – Nit, si se conoce debe diligenciarse.
apl1 Primer Apellido del informado string 60 En caso de ser una Persona Natural siempre debe diligenciarse.
apl2 Segundo Apellido del informado string 60 En caso de ser una Persona Natural y si se conoce debe diligenciarse.
nom1 Primer Nombre del informado string 60 En caso de ser una Persona Natural siempre debe diligenciarse.
nom2 Otros Nombres del informado string 60 En caso de ser una Persona Natural y si se conoce debe diligenciarse.
raz Razón Social del informado string 450 En caso de ser una Persona Jurídica siempre debe diligenciarse.
pais País de Residencia o domicilio int 4 De acuerdo a los definidos por resolución. Siempre debe diligenciarse.
ing Ingresos brutos recibidos double 20 El valor debe ser positivo, entero y no debe incluir ni puntos ni comas. Siempre debe diligenciarse.
dev Devoluciones, rebajas y descuentos
double 20 El valor debe ser positivo, entero y no debe incluir ni puntos ni comas. Siempre debe diligenciarse.
tdoc2
Tipo de documento del asociado
int 2 De acuerdo a los definidos por resolución. Siempre debe diligenciarse.
nid2 Identificación del asociado string 20 Siempre debe diligenciarse.
Diligenciar sin guiones, puntos, comas o espacios en blanco.
113
El valor del impuesto sobre las ventas descontable,
incluido el valor del impuesto sobre las ventas resultante
en devoluciones, en compras anuladas, rescindidas o
resueltas correspondientes al año gravable 2013.
FORMATO 1049 VERSION 7 ANEXO 26
Teniendo en cuenta lo establecido en el artículo 25 de la
presente resolución
CONTRATOS DE EXPLORACIÓN Y EXPLOTACIÓN DE
HIDROCARBUROS GASES Y MINERALES
art. 631. Art. 30 Res. 273/2013
114
El valor del impuesto generado incluido el valor
del impuesto sobre las ventas recuperado en
devoluciones en ventas anuladas, rescindidas o
resueltas correspondientes al año gravable 2013.
FORMATO 1050 VERSION 7 ANEXO 27
CONTRATOS DE EXPLORACIÓN Y EXPLOTACIÓN DE
HIDROCARBUROS GASES Y MINERALES
art. 631. Art. 30 Res. 273/2013
ATRIBUTO DENOMINACION CASILLA TIPO LONGITUD CRITERIOS
tdoc Tipo de Documento int 2
De acuerdo a los definidos por resolución. Siempre debe diligenciarse
nid Número de Identificación string 20
Diligenciar sin guiones, puntos, comas o espacios en blanco. Siempre debe diligenciarse
dv Digito de Verificación int 1
Para el tipo de documento 31 – Nit, si se conoce debe diligenciarse.
apl1 Primer Apellido del informado string 60
En caso de ser una Persona Natural siempre debe diligenciarse.
apl2 Segundo Apellido del informado string 60
En caso de ser una Persona Natural y si se conoce debe diligenciarse.
nom1 Primer Nombre del informado string 60
En caso de ser una Persona Natural siempre debe diligenciarse.
nom2 Otros Nombres del informado string 60
En caso de ser una Persona Natural y si se conoce debe diligenciarse.
raz Razón Social del informado string 450
En caso de ser una Persona Jurídica siempre debe diligenciarse.
val Valor al impuesto generado double 20
El valor debe ser positivo, entero y no debe incluir ni puntos ni comas. Siempre debe diligenciarse
viva
Valor del IVA recuperado en devoluciones en compras anuladas, rescindidas o resueltas
double 20
El valor debe ser positivo, entero y no debe incluir ni puntos ni comas. Siempre debe diligenciarse
tdoc2 Tipo de documento del asociado int 2
De acuerdo a los definidos por resolución. Siempre debe diligenciarse.
nid2 Identificación del asociado string 20
El valor debe ser positivo, entero y no debe incluir ni puntos ni comas. Siempre debe diligenciarse
116
El valor del saldo de los deudores a 31 de Diciembre de
2013 se informará en el
FORMATO 1051 VERSION 8 ANEXO 28
concepto 1350.
Teniendo en cuenta lo establecido en el artículo 27 de la
presente resolcución.
CONTRATOS DE EXPLORACIÓN Y EXPLOTACIÓN DE
HIDROCARBUROS GASES Y MINERALES
art. 631. Art. 30 Res. 273/2013
ATRIBUTO DENOMINACION CASILLA TIPO LONGITUD CRITERIOS
cpt Concepto int 4 De acuerdo a los definidos por
resolución. Siempre debe diligenciarse
tdoc Tipo de Documento int 2 De acuerdo a los definidos por
resolución. Siempre debe diligenciarse
nid Número de Identificación string 20 Diligenciar sin guiones, puntos, comas
o espacios en blanco. Siempre debe diligenciarse
dv Digito de Verificación int 1 Para el tipo de documento 31 – Nit, si
se conoce debe diligenciarse.
apl1 Primer Apellido del informado string 60 En caso de ser una Persona Natural
siempre debe diligenciarse.
apl2 Segundo Apellido del informado string 60 En caso de ser una Persona Natural y
si se conoce debe diligenciarse.
nom1 Primer Nombre del informado string 60 En caso de ser una Persona Natural
siempre debe diligenciarse.
nom2 Otros Nombres del informado string 60 En caso de ser una Persona Natural y
si se conoce debe diligenciarse.
raz Razón Social del informado string 450 En caso de ser una Persona Jurídica
siempre debe diligenciarse.
dir Dirección string 200 En caso que el País de residencia sea
Colombia siempre debe diligenciarse.
dpto
Código del Departamento int 2 Código DANE Numérico, debe incluir los ceros a la izquierda. En caso que el País de residencia sea Colombia siempre debe diligenciarse.
mun
Código del Municipio int 3 Código DANE Numérico, debe incluir los ceros a la izquierda. En caso que el País de residencia sea Colombia siempre debe diligenciarse.
pais País de Residencia o domicilio int 4 De acuerdo a los definidos por
resolución. Siempre debe diligenciarse.
sal Saldo cuentas por Cobrar al 31 de diciembre
double 20 El valor debe ser positivo, entero y no debe incluir ni puntos ni comas. Siempre debe diligenciarse
tdoc2 Tipo del documento del asociado int 2 De acuerdo a los definidos por resolución. Siempre debe diligenciarse.
nid2 Identificación del asociado string 20 El valor debe ser positivo, entero y no debe incluir ni puntos ni comas. Siempre debe diligenciarse
118
El valor del saldo de los pasivos a 31 de Diciembre de
2013
FORMATO 1052 VERSION 8 ANEXO 29
Concepto 2250
Teniendo en cuenta lo establecido en el artículo 26 de la
presente resolución.
.
CONTRATOS DE EXPLORACIÓN Y EXPLOTACIÓN DE
HIDROCARBUROS GASES Y MINERALES
art. 631. Art. 30 Res. 273/2013
ATRIBUTO DENOMINACION CASILLA TIPO LONGITUD CRITERIOS
cpt Concepto int 4 De acuerdo a los definidos por resolución. Siempre debe diligenciarse
tdoc Tipo de Documento int 2 De acuerdo a los definidos por resolución. Siempre debe diligenciarse
nid Número de Identificación string 20 Diligenciar sin guiones, puntos, comas o espacios en blanco. Siempre debe diligenciarse
dv Digito de Verificación int 1 Para el tipo de documento 31 – Nit, si se conoce debe diligenciarse.
apl1 Primer Apellido del informado string 60 En caso de ser una Persona Natural siempre debe diligenciarse.
apl2 Segundo Apellido del informado string 60 En caso de ser una Persona Natural y si se conoce debe diligenciarse.
nom1 Primer Nombre del informado string 60 En caso de ser una Persona Natural siempre debe diligenciarse.
nom2 Otros Nombres del informado string 60 En caso de ser una Persona Natural y si se conoce debe diligenciarse.
raz Razón Social del informado string 450 En caso de ser una Persona Jurídica siempre debe diligenciarse.
dir Dirección string 200 En caso que el País de residencia sea Colombia siempre debe diligenciarse.
dpto Código del Departamento int 2 Código DANE Numérico, debe incluir los ceros a la izquierda.
En caso que el País de residencia sea Colombia siempre debe diligenciarse.
mun Código del Municipio int 3 Código DANE Numérico, debe incluir los ceros a la izquierda.
En caso que el País de residencia sea Colombia siempre debe diligenciarse.
pais País de Residencia o domicilio int 4 De acuerdo a los definidos por resolución. Siempre debe diligenciarse.
sal Saldo cuentas por Pagar al 31 de diciembre
double 20 El valor debe ser positivo, entero y no debe incluir ni puntos ni comas. Siempre debe diligenciarse
tdoc2 Tipo del documento del asociado int 2 De acuerdo a los definidos por resolución. Siempre debe diligenciarse.
nid2 Identificación del asociado string 20
Diligenciar sin guiones, puntos, comas o espacios en blanco. Siempre debe diligenciarse
120
Las operaciones donde el operador se reporta como asociado o en la condición de
“solo riesgo”, deberá diligenciar el tipo de documento y número de identificación
del operador en las casillas correspondientes a la información de los asociados
para cada operación.
Tanto el operador o quien haga sus veces como el asociado, informarán las
operaciones propias de su actividad económica diferentes a las de la cuenta
conjunta, de acuerdo con las demás obligaciones establecidas en los artículos 1 y
2 de la presente Resolución.
De igual manera las personas o entidades que actuaron en condición de “solo
riesgo” y las personas o entidades poseedoras de un título minero, informarán las
operaciones propias de su actividad económica diferentes a las informadas en el
presente artículo, de acuerdo con las demás obligaciones establecidas en los
artículos 1 y 2 de la presente Resolución.
CONTRATOS DE EXPLORACIÓN Y EXPLOTACIÓN DE
HIDROCARBUROS GASES Y MINERALES
art. 631. Art. 30 Res. 273/2013
121
CONTRATOS DE MANDATO Ó ADMINISTRACIÓN DELEGADA art. 631. Art. 31 Res. 273/2013
En los Contratos de Mandato o de Administración Delegada, las
personas o entidades que actuaron como Mandatarios o
Contratistas deberán informar el valor de las operaciones
realizadas en el año gravable 2013 inherentes a las actividades
ejecutadas en desarrollo de cada uno de los Contratos de
Mandato o de Administración Delegada, con indicación de los
apellidos y nombres o razón social identificación y dirección de
cada uno de los terceros, identificación y nombre o razón social
del mandante o contratante de la siguiente manera:
122
Los pagos o abonos en cuenta y retenciones
practicadas durante el año gravable 2013 se deben
informar en el
FORMATO 1016 VERSIÓN 9 ANEXO 14
Teniendo en cuenta los conceptos establecidos en
el artículo 22 de la presente Resolución.
CONTRATOS DE MANDATO Ó ADMINISTRACIÓN DELEGADA art. 631. Art. 31 Res. 273/2013
ATRIBUTO DENOMINACION CASILLA TIPO LONGITUD CRITERIOS
cpt Concepto int 4 Siempre debe diligenciarse. De acuerdo a los definidos en la resolución.
tdoc Tipo de documento int 2 Siempre debe diligenciarse. De acuerdo a los definidos en la resolución.
nid Número identificación string 20 Siempre debe diligenciarse. Diligenciar sin guiones, puntos, comas o espacios en blanco.
dv Dígito de Verificación int 1 Para el tipo de documento 31 – Nit, si se conoce debe diligenciarse.
apl1 Primer apellido del informado
string 60 En caso de ser una Persona Natural siempre debe diligenciarse.
apl2 Segundo apellido del informado
string 60 En caso de ser una Persona Natural y si se conoce debe diligenciarse.
nom1 Primer nombre del informado
string 60 En caso de ser una Persona Natural siempre debe diligenciarse.
nom2 Otros nombres del informado
string 60 En caso de ser una Persona Natural y si se conoce debe diligenciarse.
raz Razón social del informado string 450 En caso de ser una Persona Jurídica siempre debe diligenciarse.
dir Dirección string 200 En caso que el País de residencia sea Colombia siempre debe diligenciarse.
dpto Código dpto int 2 Código DANE Numérico, debe incluir los ceros a la izquierda. En caso que el País de residencia sea Colombia siempre debe diligenciarse.
mun Código mcp int 3 Código DANE Numérico, debe incluir los ceros a la izquierda. En caso que el País de residencia sea Colombia siempre debe diligenciarse.
pais País de Residencia o domicilio
int 4 De acuerdo a los definidos en la resolución. Siempre debe diligenciarse.
pag Pago o abono en cuenta double 20 El valor debe ser positivo, entero y no debe incluir ni puntos ni comas. Siempre debe diligenciarse.
iva IVA mayor valor del costo o gasto
double 20 El valor debe ser positivo, entero y no debe incluir ni puntos ni comas. Siempre debe diligenciarse.
prac Retención en la fuente practicada Renta
double 20 El valor debe ser positivo, entero y no debe incluir ni puntos ni comas. Siempre debe diligenciarse.
asum Retención en la fuente asumida Renta
double 20 El valor debe ser positivo, entero y no debe incluir ni puntos ni comas.
Siempre debe diligenciarse.
comun Retención en la fuente practicada Iva Régimen común
double 20 El valor debe ser positivo, entero y no debe incluir ni puntos ni comas. Siempre debe diligenciarse.
simpl Retención en la fuente asumida IVA Régimen Simplificado
double 20 El valor debe ser positivo, entero y no debe incluir ni puntos ni comas. Siempre debe diligenciarse.
ndom Retención en la fuente practicada Iva no domiciliados
double 20 El valor debe ser positivo, entero y no debe incluir ni puntos ni comas. Siempre debe diligenciarse.
tdocm Tipo de documento del mandante o contratante
int 2 Siempre debe diligenciarse. De acuerdo a los definidos en la resolución.
nitm Identificación del mandante o contratante
string 20 Siempre debe diligenciarse. Diligenciar sin guiones, puntos, comas o espacios en blanco.
apl1m Primer apellido del mandante o contratante
string 60 En caso de ser una Persona Natural siempre debe diligenciarse.
apl2m Segundo apellido del mandante o contratante
string 60 En caso de ser una Persona Natural y si se conoce debe diligenciarse.
nom1m Primer nombre del mandante o contratante
string 60 En caso de ser una Persona Natural siempre debe diligenciarse.
nom2m Otros nombres del mandante o contratante
string 60 En caso de ser una Persona Natural y si se conoce debe diligenciarse.
razm Razón social del mandante o contratante
string 450 En caso de ser una Persona Jurídica siempre debe diligenciarse.
124
El valor de los ingresos brutos recibidos se informará
en
FORMATO 1017 VERSION 8 ANEXO 15
Concepto 4040.
Teniendo en cuenta los conceptos establecidos en el
artículo 24 de la presente Resolución
CONTRATOS DE MANDATO Ó ADMINISTRACIÓN DELEGADA art. 631. Art. 31 Res. 273/2013
ATRIBUTO DENOMINACION CASILLA TIPO LONGITUD CRITERIOS
cpt Concepto int 4 De acuerdo a los definidos por resolución. Siempre debe diligenciarse
tdoc Tipo de Documento int 2 De acuerdo a los definidos por resolución. Siempre debe diligenciarse
nid Número de Identificación string 20 Diligenciar sin guiones, puntos, comas o espacios en blanco. Siempre debe diligenciarse
dv Digito de Verificación int 1 Para el tipo de documento 31 – Nit, si se conoce debe diligenciarse.
apl1 Primer Apellido del informado string 60 En caso de ser una Persona Natural siempre debe diligenciarse.
apl2 Segundo Apellido del informado
string 60 En caso de ser una Persona Natural y si se conoce debe diligenciarse.
nom1 Primer Nombre del informado string 60 En caso de ser una Persona Natural siempre debe diligenciarse.
nom2 Otros Nombres del informado string 60 En caso de ser una Persona Natural y si se conoce debe diligenciarse.
raz Razón Social del informado string 450 En caso de ser una Persona Jurídica Siempre debe diligenciarse.
pais País de Residencia o domicilio int 4 De acuerdo a los definidos por resolución. Siempre debe diligenciarse
ing Ingresos brutos recibidos double 20 El valor debe ser positivo, entero y no debe incluir ni puntos ni comas. Siempre debe diligenciarse.
des Devoluciones, rebajas y descuentos
double 20 El valor debe ser positivo, entero y no debe incluir ni puntos ni comas. Siempre debe diligenciarse.
tdocm Tipo de documento del mandante o contratante
int 2 De acuerdo a los definidos por resolución. Siempre debe diligenciarse
nitm Número de identificación del mandante o contratante
string 20 Diligenciar sin guiones, puntos, comas o espacios en blanco. Siempre debe diligenciarse
dvm Digito de Verificación int 1 Para el tipo de documento 31 – Nit, si se
conoce debe diligenciarse.
apl1m Primer Apellido del mandante o contratante
string 60 En caso de ser una Persona Natural siempre debe diligenciarse.
apl2m Segundo Apellido del mandante o contratante
string 60 En caso de ser una Persona Natural y si se conoce debe diligenciarse.
nom1m Primer Nombre del mandante o contratante
string 60 En caso de ser una Persona Natural siempre debe diligenciarse.
nom2m Otros Nombres del mandante o contratante
string 60 En caso de ser una Persona Natural y si se conoce debe diligenciarse.
razm Razón Social del mandante o contratante
string 450 En caso de ser una Persona Jurídica siempre debe diligenciarse.
126
El valor del impuesto sobre las ventas
descontables, incluido el valor del impuesto
sobre las ventas resultante en devoluciones en
ventas anuladas, rescindidas o resueltas
correspondientes al año gravable 2013.
FORMATO 1054 VERSION 8 ANEXO 30
CONTRATOS DE MANDATO Ó ADMINISTRACIÓN DELEGADA art. 631. Art. 31 Res. 273/2013
ATRIBUTO DENOMINACION CASILLA TIPO LONGITUD CRITERIOS
tdoc Tipo de Documento int 2
De acuerdo a los definidos por resolución. Siempre debe diligenciarse
nid Número de Identificación string 20
Diligenciar sin guiones, puntos, comas o espacios en blanco. Siempre debe diligenciarse
dv Digito de Verificación int 1
Para el tipo de documento 31 – Nit, si se conoce debe diligenciarse.
apl1 Primer Apellido del informado string 60
En caso de ser una Persona Natural siempre debe diligenciarse.
apl2 Segundo Apellido del informado
string 60 En caso de ser una Persona Natural y si se conoce debe diligenciarse.
nom1 Primer Nombre del informado string 60
En caso de ser una Persona Natural siempre debe diligenciarse.
nom2 Otros Nombres del informado string 60
En caso de ser una Persona Natural y si se conoce debe diligenciarse.
raz Razón Social del informado string 450
En caso de ser una Persona Jurídica siempre debe diligenciarse.
impd Impuesto descontable double 20
El valor debe ser positivo, entero y no debe incluir ni puntos ni comas. Siempre debe diligenciarse
ivar
IVA resultante por devoluciones en ventas anuladas, rescindidas o resueltas
double 20
El valor debe ser positivo, entero y no debe incluir ni puntos ni comas. Siempre debe diligenciarse
tdocm Tipo de documento del mandante o contratante
int 2 De acuerdo a los definidos por resolución. Siempre debe diligenciarse.
nitm Número de identificación del mandante o contratante
string 20 Diligenciar sin guiones, puntos, comas o espacios en blanco. Siempre debe diligenciarse
apl1m Primer Apellido del mandante o contratante
string 60 En caso de ser una Persona Natural siempre debe diligenciarse.
apl2m Segundo Apellido del mandante o contratante
string 60 En caso de ser una Persona Natural y si se conoce debe diligenciarse.
nom1m Primer Nombre del mandante o contratante
string 60 En caso de ser una Persona Natural siempre debe diligenciarse.
nom2m Otros Nombres del mandante o contratante
string 60 En caso de ser una Persona Natural y si se conoce debe diligenciarse.
razm Razón Social del mandante o contratante
string 450 En caso de ser una Persona Jurídica siempre debe diligenciarse.
17/06/11 JORGE HERNAN ZULUAGA
POTES
128
El valor del impuesto generado, incluido el
valor del impuesto sobre las compras
recuperado en devoluciones en ventas
anuladas, rescindidas o resueltas
correspondientes al año gravable 2013
FORMATO 1055 VERSION 8 ANEXO 31
CONTRATOS DE MANDATO Ó ADMINISTRACIÓN DELEGADA art. 631. Art. 31 Res. 273/2013
DENOMINACION CASILLA Tipo de Documento
Número de Identificación
Digito de Verificación
Primer Apellido del informado
Segundo Apellido del informado
Primer Nombre del informado
Otros Nombres del informado
Razón Social del informado
Valor del impuesto generado y el IVA recuperado en devoluciones en compras anuladas, rescindidas o resueltas Tipo de documento del mandante o contratante Número de identificación del mandante o contratante Digito de Verificación
Primer Apellido del mandante o contratante Segundo Apellido del mandante o contratante Primer Nombre del mandante o contratante Otros Nombres del mandante o contratante Razón Social del mandante o contratante
ATRIBUTO DENOMINACION CASILLA TIPO LONGITUD CRITERIOS
tdoc Tipo de Documento
int 2 De acuerdo a los definidos por resolución. Siempre debe diligenciarse
nid Número de Identificación
string 20 Diligenciar sin guiones, puntos, comas o espacios en blanco. Siempre debe diligenciarse
dv Digito de Verificación
int 1 Para el tipo de documento 31 – Nit, si se conoce debe diligenciarse.
apl1 Primer Apellido del informado
string 60 En caso de ser una Persona Natural siempre debe diligenciarse.
apl2 Segundo Apellido del informado
string 60 En caso de ser una Persona Natural y si se conoce debe diligenciarse.
nom1 Primer Nombre del informado
string 60 En caso de ser una Persona Natural siempre debe diligenciarse.
nom2 Otros Nombres del informado
string 60 En caso de ser una Persona Natural y si se conoce debe diligenciarse.
raz Razón Social del informado
string 450 En caso de ser una Persona Jurídica siempre debe diligenciarse.
igen Impuesto generado
double 20 El valor debe ser positivo, entero y no debe incluir ni puntos ni comas. Siempre debe diligenciarse
irec
IVA recuperado en devoluciones en compras anuladas, rescindidas o resueltas
double 20
El valor debe ser positivo, entero y no debe incluir ni puntos ni comas. Siempre debe diligenciarse
tdocm Tipo de documento del mandante o contratante
int 2 De acuerdo a los definidos por resolución. Siempre debe diligenciarse
nitm Número de identificación del mandante o contratante string 20
Diligenciar sin guiones, puntos, comas o espacios en blanco. Siempre debe diligenciarse
apl1m Primer Apellido del mandante o contratante
string 60 En caso de ser una Persona Natural siempre debe diligenciarse.
apl2m Segundo Apellido del mandante o contratante
string 60 En caso de ser una Persona Natural y si se conoce debe diligenciarse.
nom1m Primer Nombre del mandante o contratante
string 60 En caso de ser una Persona Natural siempre debe diligenciarse.
nom2m Otros Nombres del mandante o contratante
string 60 En caso de ser una Persona Natural y si se conoce debe diligenciarse.
razm Razón Social del mandante o contratante
string 450 En caso de ser una Persona Jurídica siempre debe diligenciarse.
130
El valor del saldo de los pasivos a 31 de Diciembre de
2013 se informará en
FORMATO 1027 VERSION 8 ANEXO 17
Concepto 2240.
CONTRATOS DE MANDATO Ó ADMINISTRACIÓN DELEGADA art. 631. Art. 31 Res. 273/2013
ATRIBUTO DENOMINACION CASILLA TIPO LONGITUD CRITERIOS
cpt Concepto int 4 De acuerdo a los definidos por resolución. Siempre debe diligenciarse
tdoc Tipo de Documento int 2 De acuerdo a los definidos por resolución. Siempre debe diligenciarse
nid Número de identificación string 20 Diligenciar sin guiones, puntos, comas o espacios en blanco. Siempre debe diligenciarse
dv Digito de verificación int 1 Para el tipo de documento 31 – Nit, si se conoce debe diligenciarse.
apl1 Primer apellido del informado
string 60 En caso de ser una Persona Natural siempre debe diligenciarse.
apl2 Segundo apellido del informado
string 60 En caso de ser una Persona Natural y si se conoce debe diligenciarse.
nom1 Primer nombre del in formado
string 60 En caso de ser una Persona Natural siempre debe diligenciarse.
nom2 Otros nombres del Informado
string 60 En caso de ser una Persona Natural y si se conoce debe diligenciarse.
raz Razón social del informado string 450 En caso de ser una Persona Jurídica siempre debe diligenciarse.
dir Dirección string 200
En caso que el País de residencia sea Colombia siempre debe diligenciarse
dpto Código del Departamento int 2
Código DANE Numérico, debe incluir los ceros a la izquierda. En caso que el País de residencia sea Colombia siempre debe diligenciarse
mun Código del Municipio int 3
Código DANE Numérico, debe incluir los ceros a la izquierda. En caso que el País de residencia sea Colombia siempre debe diligenciarse
pais País de Residencia o domicilio
int 4
De acuerdo a los definidos por resolución. Siempre debe diligenciarse
sal Saldo a 31 de diciembre double 20 El valor debe ser positivo, entero y no debe incluir ni puntos ni comas. Siempre debe diligenciarse
tdocm Tipo de documento del mandante o contratante
int 2 De acuerdo a los definidos por resolución. Siempre debe diligenciarse
nitm Número de identificación del mandante o contratante
string 20 Diligenciar sin guiones, puntos, comas o espacios en blanco. Siempre debe diligenciarse
dvm Digito de verificación int 1 Para el tipo de documento 31 – Nit, si se conoce debe diligenciarse.
apl1m Primer apellido del mandante o contratante
string 60 En caso de ser una Persona Natural siempre debe diligenciarse.
apl2m Segundo apellido del mandante o contratante
string 60 En caso de ser una Persona Natural y si se conoce debe diligenciarse.
nom1m Primer nombre del mandante o contratante
string 60 En caso de ser una Persona Natural siempre debe diligenciarse.
nom2m Otros nombres del mandante o contratante
string 60 En caso de ser una Persona Natural y si se conoce debe diligenciarse.
razm Razón social del mandante o contratante
string 450 En caso de ser una Persona Jurídica siempre debe diligenciarse.
132
El valor del saldo de los deudores a 31 de Diciembre
de 2013 se informará en
FORMATO 1018 VERSION ANEXO 16
Concepto 1340.
CONTRATOS DE MANDATO Ó ADMINISTRACIÓN DELEGADA art. 631. Art. 31 Res. 273/2013
ATRIBUTO DENOMINACION CASILLA TIPO LONGITUD CRITERIOS
cpt Concepto int 4 De acuerdo a los definidos por resolución. Siempre debe diligenciarse
tdoc Tipo de Documento int 2 De acuerdo a los definidos por resolución. Siempre debe diligenciarse
nid Número de Identificación string 20 Diligenciar sin guiones, puntos, comas o espacios en blanco. Siempre debe diligenciarse
dv Digito de Verificación int 1 Para el tipo de documento 31 – Nit, si se conoce debe diligenciarse.
apl1 Primer Apellido del informado
string 60 En caso de ser una Persona Natural siempre debe diligenciarse.
apl2 Segundo Apellido del informado
string 60 En caso de ser una Persona Natural y si se conoce debe diligenciarse.
nom1 Primer Nombre del informado
string 60 En caso de ser una Persona Natural siempre debe diligenciarse.
nom2 Otros Nombres del informado
string 60 En caso de ser una Persona Natural y si se conoce debe diligenciarse.
raz Razón Social del informado string 450 En caso de ser una Persona Jurídica siempre debe diligenciarse.
dir Dirección string 200 En caso que el País de residencia sea Colombia siempre debe diligenciarse
dpto Código del Departamento int 2 Código DANE Numérico, debe incluir los ceros a la izquierda. En caso que el País de residencia sea Colombia siempre debe diligenciarse
mun Código del Municipio int 3 Código DANE Numérico, debe incluir los ceros a la izquierda. En caso que el País de residencia sea Colombia siempre debe diligenciarse
pais País de Residencia o domicilio
int 4 De acuerdo a los definidos por resolución. Siempre debe diligenciarse
sal Saldo al 31 de diciembre double
20 El valor debe ser positivo, entero y no debe incluir ni puntos ni comas. Siempre debe diligenciarse
tdocm Tipo de documento del mandante o contratante
int 2 De acuerdo a los definidos por resolución. Siempre debe diligenciarse
nitm Número de identificación del mandante o contratante
string 20 Diligenciar sin guiones, puntos, comas o espacios en blanco. Siempre debe diligenciarse
dvm Digito de Verificación int 1 Para el tipo de documento 31 – Nit, si se conoce debe diligenciarse.
apl1m Primer Apellido del mandante o contratante
string 60 En caso de ser una Persona Natural siempre debe diligenciarse.
apl2m Segundo Apellido del mandante o contratante
string 60 En caso de ser una Persona Natural y si se conoce debe diligenciarse.
nom1m Primer Nombre del mandante o contratante
string 60 En caso de ser una Persona Natural siempre debe diligenciarse.
nom2m Otros Nombres del mandante o contratante
string 60 En caso de ser una Persona Natural y si se conoce debe diligenciarse.
razm Razón Social del mandante o contratante
string 450 En caso de ser una Persona Jurídica siempre debe diligenciarse.
134
INGRESOS RECIBIDOS PARA TERCEROS art. 631. Art. 34 Res. 273/2013
Conforme a lo dispuesto en el literal g) del artículo 631 del Estatuto Tributario, las
personas o entidades que recibieron ingresos para terceros, deberán suministrar
apellidos y nombres o razón social, identificación y país de residencia o domicilio
de cada una de las personas o entidades nacionales o extranjeras, de quienes
recibieron ingresos para terceros y los apellidos y nombres o razón social,
identificación, dirección y país de residencia o domicilio de cada una de las
personas o entidades nacionales o extranjeras a cuyo nombre se recibieron los
ingresos de la siguiente manera:
La información deberá ser suministrada en el FORMATO 1647, Versión 1, con el
concepto 4070.
La información aquí señalada no debe ser suministrada por el beneficiario del
ingreso, quien únicamente reportara la información del intermediario a través del
cual recibió el ingreso.
ATRIBUTO DENOMINACION CASILLA TIPO LONGITUD CRITERIOS
con Concepto int 4 De acuerdo a los definidos por resolución. Siempre debe diligenciarse
tdoc Tipo de Documento int 2 De acuerdo a los definidos por resolución. Siempre debe diligenciarse
nid Número de Identificación string 20 Diligenciar sin guiones, puntos, comas o espacios en blanco. Siempre debe diligenciarse
dv Digito de Verificación int 1 Para el tipo de documento 31 – Nit, si se conoce debe diligenciarse.
apl1 Primer Apellido del informado string 60 En caso de ser una Persona Natural siempre debe diligenciarse.
apl2 Segundo Apellido del informado
string 60 En caso de ser una Persona Natural y si se conoce debe diligenciarse.
nom1 Primer Nombre del informado string 60 En caso de ser una Persona Natural siempre debe diligenciarse.
nom2 Otros Nombres del informado string 60 En caso de ser una Persona Natural y si se conoce debe diligenciarse.
raz Razón Social del informado string 450 En caso de ser una Persona Jurídica siempre debe diligenciarse.
pais País de Residencia o domicilio int 4 De acuerdo a los definidos por resolución. Siempre debe diligenciarse.
ing Ingresos recibidos para terceros
double 20 El valor debe ser positivo, entero y no debe incluir ni puntos ni comas. Siempre debe diligenciarse
tdoc2 Tipo de documento del tercero beneficiario ingreso
int 2 De acuerdo a los definidos por resolución. Siempre debe diligenciarse
nid2 Identificación del tercero beneficiario ingreso
string 20 Diligenciar sin guiones, puntos, comas o espacios en blanco. Siempre debe diligenciarse
apl1i Primer apellido del tercero beneficiario ingreso
string 60 En caso de ser una Persona Natural siempre debe diligenciarse.
apl2i Segundo apellido del tercero beneficiario ingreso
string 60 En caso de ser una Persona Natural y si se conoce debe diligenciarse.
nom1i Primer nombre del tercero beneficiario ingreso
string 60 En caso de ser una Persona Natural siempre debe diligenciarse.
nom2i Otros nombres del tercero beneficiario ingreso
string 60 En caso de ser una Persona Natural y si se conoce debe diligenciarse.
razi Razón social del tercero beneficiario ingreso
string 450 En caso de ser una Persona Jurídica siempre debe diligenciarse.
dir Dirección string 200
En caso que el País de residencia sea Colombia siempre debe diligenciarse.
cdpt Código dpto
int 2
Código DANE Numérico, debe incluir los ceros a la izquierda. En caso que el País de residencia sea Colombia siempre debe diligenciarse.
cmcp Código mcp
int 3
Código DANE Numérico, debe incluir los ceros a la izquierda. En caso que el País de residencia sea Colombia siempre debe diligenciarse.
paist País de residencia o domicilio int 4
De acuerdo a los definidos por resolución. Siempre debe diligenciarse.
136
SOCIEDADES FIDUCIARIAS art. 631. Art. 32 Res. 273/2013
Las Sociedades Fiduciarias deberán informar bajo su propio NIT y razón social, la totalidad de los Patrimonios Autónomos y encargos fiduciarios administrados durante el año 2013, con los siguientes datos: La información de los fideicomisos (Patrimonios autónomos y encargos fiduciarios) que administran indicando la identificación del fideicomitente o fiduciante, apellidos y/o nombre o razón social, la dirección la identificación o número del fideicomiso o encargo fiduciario FORMATO 1013 ANEXO 30 de la siguiente manera:
137
Valor total de los rendimientos y/o utilidades causadas en el año gravable y el valor patrimonial de los derechos fiduciarios
Fideicomiso Inmobiliario. Concepto 1010. Fideicomiso de administración. Concepto 1020. Fideicomiso de garantía. Concepto 1030. Otros Fideicomisos. Concepto 1040. Los rendimientos y/o utilidades pagados o abonados en cuenta, cuando el beneficiario es diferente al fideicomitente. Concepto 1050
SOCIEDADES FIDUCIARIAS art. 631. Art. 32 Res. 273/2013
DENOMINACION CASILLA Concepto
Tipo de Documento
Número de Identificación
Digito de Verificación
Primer Apellido del Fideicomitente o fiduciante Segundo Apellido del Fideicomitente o fiduciante Primer Nombre del Fideicomitente o fiduciante Otros Nombres del Fideicomitente o fiduciante Razón Social del Fideicomitente o fiduciante Dirección
Código del Departamento
Código del Municipio
País de Residencia o domicilio
Valor patrimonial de los derechos fiduciarios Utilidades causadas en el año
Número del Fideicomiso
138
Información de los pagos o abonos en cuenta
con recursos del fideicomiso, identificando al
fideicomitente.
Los pagos o abonos en cuenta realizados con
recursos del patrimonio autónomo
FORMATO 1014 ANEXO 31
Teniendo en cuenta los conceptos establecidos
en el artículo 4 de la presente Resolución.
SOCIEDADES FIDUCIARIAS art. 631. Art. 32 Res. 273/2013
DENOMINACION CASILLA
Concepto
Tipo de Documento
Número de Identificación
Digito de Verificación
Primer Apellido del informado
Segundo Apellido del informado
Primer Nombre del informado
Otros Nombres del informado
Razón Social del informado
País de Residencia o domicilio
Ingresos brutos recibidos con cargo al fideicomiso y/o patrimonio autónomo Identificación del fideicomiso y/o patrimonio autónomo
139
Información de los pagos o abonos en cuenta con
recursos del fideicomiso, identificando al
fideicomitente.
Las retenciones practicadas durante el año
gravable 2013.
FORMATO 1015 ANEXO 32
Teniendo en cuenta los conceptos establecidos en
el artículo 5 de la presente Resolución.
SOCIEDADES FIDUCIARIAS art. 631. Art. 32 Res. 273/2013
DENOMINACION CASILLA Concepto
Tipo de Documento
Número de Identificación
Digito de Verificación
Primer Apellido del Informado
Segundo Apellido del Informado
Primer Nombre del Informado
Otros Nombres del Informado
Razón Social del Informado
Dirección
Código del Departamento
Código del Municipio
País de Residencia o domicilio
Valor del pago
Pagos o abonos en cuenta que no constituyan costo o deducción Identificación del fideicomiso
140
SECRETARIOS GENERALES art. 631. Art. 33 Res. 273/2013
Los secretarios Generales de los órganos que
financien gastos con recursos del Tesoro Nacional, o
quienes hagan sus veces, deberán informar los pagos
efectuados en el año gravable 2013 en cumplimiento
del Decreto 1738 de 1998,
141
Los pagos o abonos en cuenta y las retenciones
practicadas
FORMATO 1056 ANEXO 33
Teniendo en cuenta los conceptos establecidos
en el artículo 22 de la presente Resolución.
SECRETARIOS GENERALES art. 631. Art. 33 Res. 273/2013
DENOMINACION CASILLA Concepto
Tipo de Documento
Número de Identificación
Digito de Verificación
Primer Apellido del Informado Segundo Apellido del Informado Primer Nombre del Informado Otros Nombres del Informado Razón Social del Informado
Dirección
Código del Departamento
Código del Municipio
País de Residencia o domicilio Valor base de retención
Retención en la fuente practicada Identificación del fideicomiso
142
PLAZOS PARA PRESENTAR LA INFORMACIÓN art. 631. Art. 36 Res. 273/2013
GRANDES CONTRIBUYENTES:
ÚLTIMO DÍGITO FECHA
3 21 de Abril de 2014
4 22 de Abril de 2014
5 23 de Abril de 2014
6 24 de Abril de 2014
7 25 de Abril de 2014
8 28 de Abril de 2014
9 29 de Abril de 2014
0 30 de Abril de 2014
1 5 de Mayo de 2014
2 6 de Mayo de 2014
143
PLAZOS PARA PRESENTAR LA INFORMACIÓN
PERSONAS JURÍDICAS Y ASIMILADAS Y PERSONAS
NATURALES: ÚLTIMOS DÍGITOS FECHA
26 a 30 7 de Mayo de 2014
31 a 35 8 de Mayo de 2014
36 a 40 9 de Mayo de 2014
41 a 45 12 de Mayo de 2014
46 a 50 13 de Mayo de 2014
51 a 55 14 de Mayo de 2014
56 a 60 15 de Mayo de 2014
61 a 65 16 de Mayo de 2014
66 a 70 19 de Mayo de 2014
71 a 75 20 de Mayo de 2014
76 a 80 21 de Mayo de 2014
81 a 85 22 de Mayo de 2014
86 a 90 23 de Mayo de 2014
91 a 95 26 de Mayo de 2014
96 a 00 27 de Mayo de 2014
01 a 05 28 de Mayo de 2014
06 a 10 29 de Mayo de 2014
11 a 15 30 de Mayo de 2014
16 a 20 3 de junio de 2014
21 a 25 4 de Junio de 2014
144
FORMA Y SITIOS DE PRESENTACION DE LA INFORMACION.
art. 631. Art. 48 Res. 273/2013
Forma y sitios de presentación de la información.
La información a que se refiere la presente Resolución
debe ser presentada en forma virtual utilizando los
servicios informáticos electrónicos de la Dirección de
Impuestos y Aduanas Nacionales, haciendo uso de la
firma digital, respaldada con certificado digital emitido
por la DIAN, incluyendo los obligados del literal d) del
artículo 1 de la presente resolución.
145
FORMA Y SITIOS DE PRESENTACION DE LA INFORMACION.
art. 631. Art. 49 Res. 273/2013
Procedimiento previo a la presentación de la información a través de los servicios informáticos electrónicos. Los responsables de presentar la información en forma virtual haciendo uso del mecanismo de firma digital, deberán cumplir en forma previa el siguiente procedimiento: a) Inscribir o actualizar, de ser necesario, el Registro Único Tributario del informante incluyendo la responsabilidad Informante de exógena, y su correo electrónico. Las personas jurídicas o demás entidades deben actualizar el Registro Único Tributario incluyendo al representante legal a quien se le asignará el mecanismo de firma con certificado digital.
146
FORMA Y SITIOS DE PRESENTACION DE LA INFORMACION.
art. 631. Art. 49 Res. 273/2013
El representante legal deberá inscribir o actualizar, de ser necesario, su Registro Único Tributario personal, conforme al artículo 2 de la Resolución 1767 de 2007 de la DIAN, informando su correo electrónico e incluyendo la responsabilidad 22, obligados a cumplir deberes formales a nombre de terceros. c) Adelantar, de ser necesario, el trámite de emisión y activación del mecanismo de firma digital respaldado con certificado digital de la DIAN, mínimo con tres días hábiles de antelación al vencimiento del término para informar y siguiendo el procedimiento señalado en la Resolución 12717 de 2005 de la DIAN.
147
FORMA Y SITIOS DE PRESENTACION DE LA INFORMACION.
art. 631. Art. 49 Res. 273/2013
La DIAN emitirá el mecanismo de firma con certificado digital a la persona natural que a nombre propio o en representación del contribuyente, responsable, agente retenedor, o declarante, deba cumplir con la obligación de presentar información de manera virtual. Para tal efecto deberá darse cumplimiento al procedimiento señalado en la Resolución 12717 de 2005. El mecanismo de firma con certificado digital debe solicitarse personalmente o a través de apoderado debidamente facultado o por interpuesta persona con autorización autenticada, presentada ante las respectivas Administraciones de la DIAN y/o en los lugares habilitados para tal efecto. Para las personas jurídicas o las demás entidades debe señalarse expresamente la persona a quien se le hará entrega del mecanismo de firma digital.
148
FORMA Y SITIOS DE PRESENTACION DE LA INFORMACION.
art. 631. Art. 49 Res. 273/2013
Los obligados, personas naturales y representantes legales de las personas jurídicas y demás entidades a quienes a la fecha de entrada en vigencia de la presente Resolución la DIAN, les haya asignado previamente el mecanismo de firma con certificado digital, no requieren la emisión de un nuevo mecanismo. Cuando la DIAN lo autorice, podrá utilizarse firma digital respaldada con certificado digital emitido por entidades externas.
149
FORMA Y SITIOS DE PRESENTACION DE LA INFORMACION.
art. 631. Art. 50 Res. 273/2013
CONTINGENCIA
Cuando por inconvenientes técnicos no haya disponibilidad de los
servicios informáticos electrónicos y, en consecuencia, el obligado
no pueda cumplir con la presentación de la información a que se
refiere la presente Resolución en forma virtual, deberá acercarse a
la administración o puntos habilitados por la DIAN llevando la
información en unidades extraíbles USB y el archivo de firma
digital para su respectiva presentación. Si en todo caso no es
posible la presentación virtual por el obligado, se seguirá el
procedimiento establecido por la DIAN para la presentación
presencial.
150
FORMA Y SITIOS DE PRESENTACION DE LA INFORMACION.
art. 631. Art. 50 Res. 273/2013
El obligado a informar deberá prever con suficiente anticipación el adecuado funcionamiento de los medios requeridos para asegurar el cumplimiento de sus obligaciones. En ningún caso, los eventuales daños en su sistema y/o equipos informáticos, falta de conexión, el no agotar los procedimientos previos a la presentación de la información, como el trámite de Inscripción o actualización en el Registro Único Tributario y/o de la activación del mecanismo de firma digital, la pérdida de la clave secreta por quienes deben cumplir con la obligación de informar en forma virtual o la solicitud de cambio o asignación con una antelación no inferior a tres días hábiles al vencimiento, constituirán causales de justificación de la extemporaneidad en la presentación de la información.
151
Cuando no se suministre la información dentro de los
plazos establecidos, cuando el contenido presente errores
de carácter técnico, o no corresponda a lo solicitado,
habrá lugar a la aplicación de las sanciones contempladas
en el artículo 651 del Estatuto Tributario.
SANCIONES.
art. 631. Art. 47 Res. 273/2013
152
FORMATOS Y ESPECIFICACIONES TÉCNICAS.
art. 631. Art. 37 Res. 273/2013
La información a que se refiere la presente Resolución, deberá enviarse teniendo en
cuenta las especificaciones técnicas contenidas en los formatos establecidos en los
anexos No. 01 al No.34 adjuntos, los cuales hacen parte integral de esta Resolución. Para diligenciar la casilla de tipo de documento del tercero, se debe utilizar la siguiente codificación: 11. Registro civil de nacimiento 12. Tarjeta de identidad 13. Cédula de ciudadanía 21. Tarjeta de extranjería 22. Cédula de extranjería 31. NIT 41. Pasaporte 42. Tipo de documento extranjero 43. Documento definido para información exógena
OBLIGADOS:
La Sociedad Controlante o matriz de cada Grupo Empresariales inscrito en el Registro Mercantil debe presentar la información del Artículo 631-1 del E.T., a partir del año gravable 1.999.
RESOLUCION 273/2013 GRUPOS ECONOMICOS
Art. 260 Código de Comercio
Una sociedad será subordinada o controlada cuando su poder de decisión se encuentre sometido a la voluntad de otra u otras personas que serán su matriz o controlante, bien sea directamente, caso en el cual aquella se denominará filial o con el concurso o por el intermedio de las subordinadas de la matriz, en cuyo caso se llamará subsidiaria.
RESOLUCION 273/2013 GRUPOS ECONOMICOS
Información a suministrar
La matriz o controlante deberá remitir en medios magnéticos, los estados financieros consolidados junto con sus respectivos anexos, en la forma prevista en los artículos 26 a 44 de la ley 222/95. Cuando la controlante o matriz de un grupo no se encuentre domiciliada en el país, la información debe ser suministrada por la sucursal o subordinada que tenga el mayor patrimonio neto.
RESOLUCION 273/2013 GRUPOS ECONOMICOS
Información a suministrar
Cuando en un grupo económico o empresarial sea carácter no societario, quien debe cumplir la obligación será la sociedad que tenga el mayor patrimonio neto.
RESOLUCION 273/2013 GRUPOS ECONOMICOS
157
Información de los estados financieros consolidados, la cual se debe presentar en el FORMATO 1034, Versión 6, el cual se adopta por medio de la presente Resolución:
b) Activo corriente, en el concepto 1000.
c) Activo no corriente, en el concepto 1011.
d) Pasivo corriente, en el concepto 2000.
e) Pasivo no corriente, en el concepto 2001.
f) Interés minoritario de Balance, en el concepto 2002.
g) Patrimonio, en el concepto 3000.
h) Ingresos Operacionales, en el concepto 4100.
i) Costo de Ventas, en el concepto 6000.
j) Gastos operacionales de administración, en el concepto 5100.
k) Gastos operacionales de Ventas, en el concepto 5200.
l) Otros ingresos no operacionales, en el concepto 4200.
m) Otros egresos no operacionales, en el concepto 5300.
n) Utilidad antes de impuesto de renta, en el concepto 5301
o) Interés minoritario de resultados, en el concepto 5302.
p) Utilidad neta, en el concepto 5304
q) Impuesto de renta, en el concepto 5305
r) Pérdida neta, en el concepto 5306.
RESOLUCION 273/2013 GRUPOS ECONOMICOS
158
a) Información de las compañías subordinadas nacionales, la cual se debe presentar en el FORMATO 1035 versión 06, el cual se adopta por medio de la presente Resolución: - Identificación de la Subordinada - Dígito de Verificación - Nombre o razón social de la subordinada - Dirección - Código departamento - Código Municipio - Actividad económica
RESOLUCION 273/2013 GRUPOS ECONOMICOS
159
a) Información de las compañías subordinadas del exterior, la cual se debe presentar en el FORMATO 1036, versión 7, el cual se adopta por medio de la presente Resolución:
• Identificación de la Subordinada • Nombre o razón social de la subordinada • Código de País En el caso de las subordinadas del exterior la casilla
identificación se debe diligenciar con el número, código o clave de identificación fiscal o tributaria que se utiliza, en su país de residencia o domicilio, sin guiones, puntos o comas, conforme a la codificación de países contenida en el RUT. En el caso de que en ese país no se utilice dicho código o clave fiscal, se debe identificar con el NIT 444444001 hasta 444444900 tipo documento 43.
RESOLUCION 273/2013 GRUPOS ECONOMICOS
160
PLAZO PARA PRESENTAR LA INFORMACION. De acuerdo a lo establecido en el artículo 631-1 del Estatuto Tributario, la información deberá ser presentada a más tardar el 30 de junio del año inmediatamente siguiente al año gravable que se está informando.
30 DE JUNIO DE 2013
RESOLUCION 273/2013 GRUPOS ECONOMICOS
161
Forma de presentación de la información.
La información a que se refiere la presente Resolución debe ser
presentada en forma virtual utilizando los servicios informáticos
electrónicos de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales,
haciendo uso de la firma digital respaldada con certificado digital
emitido por la DIAN.
RESOLUCION 273/2013 GRUPOS ECONOMICOS
162
QUIENES ESTAN OBLIGADOS.
LOS BANCOS Y DEMAS ENTIDADES VIGILADAS POR LA SUPERINTENDENCIA FINANCIERA. COOPERATIVAS DE AHORRO Y CRÉDITO ORGANISMOS COOPERATIVOS DE GRADO SUPERIOR INSTITUCIONES AUXILIARES DEL COOPERATIVISMO COOPERATIVAS MULTIACTIVAS E INTEGRALES FONDOS DE EMPLEADOS CON ACTIVIDADES FINANCIERAS
INFORMACION FINANCIERA
163
QUE DEBEN INFORMAR •- APELLIDOS Y NOMBRE O RAZON SOCIAL Y NIT DE LOS CUENTA
HABIENTES Y/O AHORRADORES. •- NUMERO CUENTA CORRIENTE Y/0 AHORRO •- VALOR ACUMULADO DE LOS MOVIMIENTOS DE NATURALEZA CREDITO (CONSIGNACIONES).
•- UBICACIÓN DE LA ENTIDAD A LA QUE PERTENECE LA CUENTA. •- NIT DE LOS TITULARES SECUNDARIOS Y/O FIRMAS AUTORIZADAS.
CUENTAS CORRIENTES Y/O AHORRO
ART. 623 Lit a Art.. 1. Resolución 273/2013
ARTICULO 623 Literal a) Movimiento crédito Saldo a 31-12-2013
164
Aunque al discriminar por cuenta, los valores a reportar sean menores; con indicación del valor del movimiento efectuado durante el año por cada una de las cuentas. Adicionalmente, deberá informarse, el número de titulares secundarios y/o firmas autorizadas, independientemente que a 31 de diciembre, dichas cuentas se encuentren canceladas.
FORMATO 1019 ANEXO 35
CUENTAS CORRIENTES Y/O AHORRO
DENOMINACION CASILLA
Tipo de Documento
Número de Identificación
Digito de Verificación
Primer Apellido del titular
Segundo Apellido del Titular
Primer Nombre del Titular
Otros Nombres del Titular
Razón Social Titular
Dirección
Código del Departamento
Código del Municipio
Total movimiento en cuentas
Corrientes y/o Ahorro
Numero de Cuenta
Numero de titulares secundarios y/o
firmas autorizadas
Tipo de cuenta
165
CUENTAS CORRIENTES Y/O AHORRO
Del total de créditos efectuados en la (s) cuenta (s) de un titular, la entidad
obligada a enviar la información, deberá descontar el valor correspondiente a
los cheques devueltos y el de los traslados o transferencias entre cuentas de un
mismo titular, incluidos los traslados o transferencias entre cuentas individuales y de ahorro colectivo, realizados en la misma entidad.. La información se debe consolidar separadamente por cada cuenta y deberán informar la identificación de la totalidad de las personas o entidades que figuren como titulares principales y secundarios de las cuentas corrientes y/o de ahorro; como la de quienes sin tener tal calidad, son autorizados para realizar operaciones en relación con la respectiva cuenta.
166
CERTIICADOS A TERMINO,FIJO U OTROS DEPÓSITOS
Indicando para cada título del saldo inicial, los intereses causados, el movimiento de las inversiones efectuadas durante el año, el saldo a 31 de Diciembre de 2013, el número del documento o certificado y el número de títulos secundarios, independientemente que a 31 de Diciembre dichos títulos se hubieren cancelado. FORMATO 1020, Versión 6 ANEXO 36
DENOMINACION CASILLA
Tipo de Documento
Número de identificación
Digito de Verificación
Primer Apellido del titular
Segundo Apellido del Titular
Primer Nombre del Titular
Otros Nombres del Titular
Razón Social Titular
Dirección
Código del Departamento
Código del Municipio
Saldo Inicial
Inversiones efectuadas durante
el año
Rendimientos Causados
Saldo a 31 de Diciembre
Numero de Titulo y/o Contrato
Numero de Titulares Secundarios
La información se debe consolidar separadamente por cada título y deberán informar la identificación de la totalidad de las personas o entidades que figuren como titulares secundarios de los certificados de depósito y/o cualquier otro(s) depósito(s).
167
INVERSIONES EN CARTERAS COLECTIVAS, FONDOS MUTUOS DE INVERSIÓN ART. 623 E.T. Art.. 2. RESOLUCION 273/2013
La información se debe consolidar separadamente por cada título o contrato y deberán informar la
identificación de la totalidad de las personas o entidades que figuren como titulares secundarios de
los títulos o contratos.
Los administradores de carteras colectivas, fondos mutuos de inversión y demás fondos
administrados por sociedades vigiladas por la Superintendencia Financiera, deberán bajo su
propio NIT informar según lo dispuesto en el literal a) del artículo 623 del Estatuto Tributario,
los siguientes datos de sus inversionistas y/o participes, relativos al año gravable 2013:
Apellidos y nombres o razón social, identificación y dirección de cada uno de los inversionistas
y/o partícipes y/o ahorradores que durante el año, se les haya suscrito a su favor uno o más
contratos y/o ahorros, con indicación para cada inversionista y/o partícipe y/o ahorrador, del
valor del saldo inicial, el valor de las inversiones y/o ahorros efectuados en el año, los
rendimientos y/o utilidades causados, el saldo a 31 de diciembre de 2013, el número del título,
documento o contrato, número de titulares secundarios, y el tipo de fondo, independientemente
que a 31 de diciembre dichos títulos y/o contratos se hubieren cancelado.
FORMATO 1021 VERSIÓN 6
168
FONDOS DE PENSIONES, RESPECTO A AHORROS VOLUNTARIOS ART. 623 E.T. Art.. 3. RESOLUCION 273/2013
Los fondos de pensiones deberán informar, según lo dispuesto en el literal a) del artículo 623 del Estatuto Tributario, los siguientes datos de las personas que efectuaron ahorros voluntarios de pensiones, relativos al año gravable 2013: Apellidos y nombres o razón social, identificación y dirección de cada uno de los ahorradores, con indicación del valor del saldo inicial, los ahorros efectuados en el año, el valor de los retiros efectuados en el año, gravados y no gravados, los rendimientos y/o utilidades causadas y el saldo a 31 de diciembre de 2013, independientemente que a 31 de diciembre dichos ahorros se hubieren retirado totalmente.
FORMATO 1022 VERSION 7 ANEXO 38
En los casos en los cuales no se hubieren efectuado
retiros se debe diligenciar este valor con cero.
DENO MINACIO N CASILLA
Tipo de Documento
Número de Identificación
Digito de Verificación
Primer Apellido del Ahorrador
Segundo Apellido del
Ahorrador
Primer Nombre del Ahorrador
Otros Nombres del Ahorrador
Razón Social Ahorrador
Dirección
Código del Departamento
Código del Municipio
Saldo Inicial
Ahorro efectuado durante el
año
Retiros efectuados durante el
Año
Rendimientos Causados
Saldo a 31 de Diciembre
169
CONSUMOS CON TARJETAS CRÉDITO ART. 623 E.T. Art.. 4. RESOLUCION 273/2013
Consumos, avances o gastos con tarjetas crédito,
cuando el valor anual acumulado sea superior a
veinte millones de pesos ($ 10.000.000), aunque al
discriminar por tarjeta los valores a reportar sean
menores, con indicación del valor total del
movimiento efectuado durante el año.
FORMATO 1023 ANEXO 39
Clase de tarjeta
Tarjeta de crédito principal = 1
Tarjeta de crédito amparada = 2
Tarjeta de crédito empresarial = 3
DENO MINACIO N CASILLA
Clase de Tarjeta
Tipo de Documento
Número de identificación
Tarjetahabiente
Digito de Verificación
Primer Apellido del Tarjeta
Habiente
Segundo Apellido del Tarjeta
Habiente
Primer Nombre del Tarjeta
Habiente
Segundo Nombre del Tarjeta
Habiente
Razón Social Tarjeta Habiente
Dirección
Código del Departamento
Código del Municipio
Adquisiciones, consumos,
avances o gastos con tarjeta
de crédito
Numero Tarjeta
170
VENTAS A TRAVÉS DEL SISTEMA DE TARJETAS CRÉDITO ART. 623 E.T. Art.. 5. RESOLUCION 273/2013
ventas o prestación de servicios y, en general, hayan recibido ingresos a través del sistema de tarjetas de crédito, cuando la cuantía sea superior a diez millones pesos ($10.000.000) con indicación del valor total del movimiento acumulado de las ventas y/o prestación de servicios efectuados durante el año y el valor del Impuesto sobre las ventas. FORMATO 1024 ANEXO 40
DENO MINACIO N CASILLA
Nit
Digito de Verificación
Primer Apellido del Informado
Segundo Apellido del
Informado
Primer Nombre del Informado
Otros Nombres del Informado
Razón Social del Informado
Dirección
Código del Departamento
Código del Municipio
Valor movimiento
Total IVA facturado
171
PRESTAMOS OTORGADOS ART. 623 E.T. Art.. 6. RESOLUCION 273/2013
Préstamos cuyo valor anual acumulado sea superior a veinte millones de
pesos ($10.000.000), con indicación de la clase de préstamo y del monto
acumulado por préstamo, no obstante al discriminar por préstamo, los
valores parciales a reportar sean menores.
FORMATO 1026 ANEXO 41
Se debe utilizar la siguiente codificación:
1. Préstamos comerciales
2. Préstamos de consumo
3. Préstamos hipotecarios.
4. Otros préstamos.
172
INFORMACION A SUMINISTRAR POR DIFERENCIAS PRESENTADAS EN LOS ESTADOS FINANCIEROS Y LA DECLARACION DE RENTA Y COMPLEMENTARIOS
ART. 623 E.T. Art.. 7. RESOLUCION 273/2013
FORMATO 1025 anexo 42
Para informar las diferencias presentadas, se debe utilizar la
siguiente codificación, según el concepto a que corresponda:
Utilidad antes de impuesto vs. renta liquida. 1001.
Utilidad antes de impuesto vs. perdida liquida. 1002.
Perdida antes de impuesto vs. renta liquida. 1003.
Perdida antes de impuesto vs. perdida liquida. 1004.
Patrimonio contable vs. patrimonio liquido. 1005.
Patrimonio contable negativo vs. patrimonio liquido. 1006.
DENO MINACIO N CASILLA
Código
Nit
Digito de Verificación
Primer Apellido del
Informado
Segundo Apellido del
Informado
Primer Nombre del
Informado
Otros Nombres del
Informado
Razón Social del Informado
Valor Contable
Valor Fiscal
173
QUE DEBEN INFORMAR • LAS SOCIEDADES CREADAS:
N.I.T.
RAZÓN SOCIAL DIRECCIÓN DEL DOMICILIO SOCIAL CÓDIGO DEPTO - MUNICIPIO VALOR DEL CAPITAL SUSCRITO O SOCIAL FECHA DE CREACIÓN SOCIOS
FORMATO 1038 ANEXO 43
CAMARAS DE COMERCIO
ARTICULO 624 E.T. RESOLUCION 273/2013
174
QUE DEBEN INFORMAR •LAS SOCIEDADES LIQUIDADAS N.I.T. RAZON SOCIAL FECHA LIQUIDACIÓN
FORMATO 1039 ANEXO 44
CAMARAS DE COMERCIO
ARTICULO 624 E.T. RESOLUCION 273/2013
175
QUE DEBEN INFORMAR LAS PERSONAS O ENTIDADES QUE EFECTUARON ENAJENACIONES DE BIENES O DERECHOS, DE CUALQUIER CUANTÍA FORMATO 1032 ANEXO 51
NOTARIOS ARTICULO 629 E.T., RESOLUCION 273/2013
176
BOLSAS DE VALORES ARTICULO 625 E.T., RESOLUCION 273/2013
Las Bolsas de Valores deberán informar por el año gravable 2.012, de cada uno de los Comisionistas de Bolsa el valor acumulado de las adquisiciones y enajenaciones efectuadas durante el respectivo año gravable. FORMATO 1041, versión 6.
22/03/2014 177
BOLSAS DE VALORES ARTICULO 625 E.T., RESOLUCION 273/2013
QUE DEBEN INFOMAR 1. Nit del comisionista de bolsa. 2.. Dígito de verificación 3. Razón social 4.Dirección. 5. Código departamento. 6. Código municipio. 7. Valor anual acumulado de las adquisiciones. 8. Valor anual acumulado de las enajenaciones. 9. Valor de las comisiones pagadas a los comisionistas. 10. Valor de la retención en la fuente practicada al comisionista.
178
QUE DEBEN INFORMAR:
LAS PERSONAS O ENTIDADES QUE EFECTUARON A TRAVES DE ELLOS, ENAJENACIONES O ADQUISICIONES DE ACCIONES Y DEMAS
PAPELES TRANSADOS EN BOLSA SUPERIORES A
$10.000.000.
FORMATO 1042 ANEXO 46
INFORMACION DE LOS COMISIONISTAS
ART. 628 E.T. RESOLUCION 273/2013
JORGE HERNAN ZULUAGA
POTES
179
QUE DEBEN INFORMAR: 1. Número Identificación del tercero a nombre de quien se efectuaron las operaciones. 2. Dígito de verificación. 3. Apellidos y Nombre o razón social del tercero a nombre de quien se efectuaron las operaciones. 4. Dirección 5. Código departamento. 6. Código municipio. 7. Valor de las adquisiciones 8. Valor de las enajenaciones. Las transacciones realizadas con los bonos pensionales no deben reportarse.
INFORMACION DE LOS COMISIONISTAS
180
LOS TIPOGRAFOS Y LITOGRAFOS QUE ELABOREN FACTURAS DE VENTA DEBEN INFORMAR: •APELLIDOS Y NOMBRE O RAZÓN SOCIAL Y NIT DEL CLIENTE •EL PREFIJO DE LAS FACTURAS •INTERVALO DE NUMERACION ELABORADA •FECHA DE ELABORACION
FORMATO 1037 ANEXO 50
INFORMACION DE TIPOGRAFOS Y LITOGRAFOS
ART. 629-1 E.T. RESOLUCION 273/2013
182
1. NO SUMINISTRAR INFORMACION.
2. NO SUMINISTRAR LA INFORMACION
DENTRO DEL PLAZO ESTABLECIDO.
3. INFORMACION CUYO CONTENIDO
PRESENTE ERRORES.
4. NO CORRESPONDA A LO SOLICITADO.
183
Una multa de hasta 412.275.500 (año 2.014)
1. Hasta 5% del valor de las sumas respecto de las
cuales no se suministro la información exigida, se
suministró en forma errónea o se hizo en forma
extemporánea.
2. Cuando no sea posible establecer la base para
tasarla o la información no tuviere cuantía, hasta el
0.5% de los ingresos netos, si no existieren ingresos
hasta el 0.5% del patrimonio bruto del año
inmediatamente anterior.
Art. 651 E.T.
184
RESOLUCIÓN 27374 DE 2.005
ARTICULO 1. Graduación de la sanción cuando existe base para imponerla.
.La sanción de que trata el inciso segundo del literal a) del artículo 651 del
Estatuto Tributario se aplicará en forma gradual de acuerdo con la conducta
en la cual incurrió el contribuyente o el obligado, según el caso, teniendo en
cuenta el tope máximo establecido en el citado literal y los criterios que a
continuación se enuncian:
a) Cuando se trate de la información exigida y no suministrada, se aplicará
el cinco por ciento (5%), del total de la sumatoria de la información no
suministrada.
b) Cuando se trate de la información suministrada en forma extemporánea,
se aplicará el cinco por ciento (5%), del total de la sumatoria de la
información suministrada en forma extemporánea.
185
RESOLUCIÓN 27374 DE 2.005
c) Cuando se trate de la información suministrada por la persona o entidad obligada, pero sin el cumplimiento de las características técnicas exigidas en las resoluciones que para tal efecto emite la DIAN, la sanción será del cuatro por ciento (4%) del valor total suministrado en forma errónea.
d) Cuando se trate de la información reportada por las personas o entidades obligadas a suministrarla, pero presente errores de contenido se aplicará una sanción del tres por ciento (3%) sobre el monto de los registros errados.
186
RESOLUCIÓN 27374 DE 2.005
Articulo 2. Graduación de la sanción cuando no sea posible
establecer la base para imponerla o la información no tuviere
cuantía. La sanción de que trata el inciso segundo del literal a) del
artículo 651 del Estatuto Tributario, se aplicará en forma general
sobre el valor de los ingresos netos del periodo por el cual se
solicita la información, ; si no existieren ingresos sobre el
patrimonio bruto del contribuyente o declarante, correspondiente
al año inmediatamente anterior o al que figure en la última
declaración del impuesto sobre la renta o de ingresos y
patrimonio, teniendo en cuenta los siguientes criterios:
a) Si la información suministrada en forma extemporánea, se
aplicará el medio por ciento (0.5%) de los ingresos netos o del
patrimonio bruto.
187
RESOLUCIÓN 27374 DE 2.005
b) Si la información exigida es suministrada por la persona o
entidad obligada, pero no cumple con las especificaciones técnicas
establecidas, la sanción es del cero punto cuatro por ciento (0.4%)
de los ingresos netos o del patrimonio bruto.
c) Si la información reportada por la persona o entidad obligada
presenta errores de contenido, la sanción es del cero punto tres por
ciento (0.3%) de los ingresos netos o del patrimonio bruto.
188
RESOLUCIÓN 27374 DE 2.005
Articulo 3. Procedimiento sancionatorio. Cuando la
sanción por no informar se imponga mediante
resolución independiente, la administración deberá
enviar previamente, a la persona o entidad sancionada
el correspondiente pliego de cargos, indicándole los
motivos para aplicar la sanción, otorgándole el
término de (1) mes para responder
189
RESOLUCIÓN 27374 DE 2.005
La sanción a que se refiere el literal a) del artículo 651 del
Estatuto Tributario, se reducirá al diez por ciento (10%) de la
suma determinada si la omisión es subsanada antes de que se
notifique la imposición de la sanción; o al veinte por ciento
(20%) de tal suma, si la omisión es subsanada dentro de los
dos (2) meses siguientes a la fecha en que se notifique la
resolución que impone la sanción. Para tal efecto, en uno y
otro caso, se deberá presentar ante la oficina que está
conociendo de la investigación, un memorial de aceptación de
la sanción reducida en el cual se acredite que la omisión fue
subsanada así como el pago o acuerdo de pago de la misma.
190
RESOLUCIÓN 27374 DE 2.005
Parágrafo 1. Cuando la información presentada cumpla las características técnicas, pero en la verificación posterior se detecten errores de contenido tales como NIT errados, valores que no correspondan a su realidad económica, registros duplicados, cuando no informe un tercero estando obligado, cuando informe terceros con los cuales no realizó ninguna transacción, entre otros, independientemente que la persona o entidad informante presente corrección, se deberá proferir el respectivo pliego de cargos por errores de contenido en la información y la sanción se graduara conforme con el literal d) del artículo 1º. de la presente resolución.
191
RESOLUCIÓN 27374 DE 2.005
Parágrafo 2. La información que no cumpla con las características técnicas establecidas en la respectiva Resolución que reglamenta la información a reportar, generará rechazo caso en el cual se deberá proferir el respectivo pliego de
cargos.
Parágrafo 3. Cuando se profiera un pliego de cargos por no enviar información y como respuesta al mismo se presente la información con errores, este hecho constituirá una infracción diferente a la inicialmente sancionada, debiendo proferirse un nuevo pliego de cargos por parte de la Administración, sin que ello conlleve al rechazo de la reducción de la sanción inicialmente impuesta.
ARTICULO 4. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación y deroga la Resolución No.2004 de 1997.
192
PREGUNTAS MÁS FRECUENTES
1. ¿Qué es un archivo XML?
Un archivo XML es un conjunto de registros magnéticos en un
estándar específico. Se basan en documentos de texto plano en
los que se utilizan etiquetas para delimitar los elementos de un
documento. XML define estas etiquetas en función del tipo de
datos que está describiendo y no de la apariencia final que
tendrán en pantalla o en la copia impresa, además de permitir
definir nuevas etiquetas y ampliar las existentes.
Estos archivos al estar en este estándar permiten fácil
intercambio entre los sistemas informáticos.
193
PREGUNTAS MÁS FRECUENTES
2. ¿Qué es un esquema XSD?
Un esquema XSD es la descripción de la
estructura de la información contenida en un
archivo XML y de sus reglas, por ej.
Longitud, tipo, obligatoriedad.
Se requiere para que los sistemas que
transmiten o reciben archivos XML puedan
validar la conformación de estos archivos.
194
PREGUNTAS MÁS FRECUENTES 3. ¿Qué especificaciones concretas de XML se deben
seguir y en dónde encontrarlas?
Se debe utilizar la especificación XML 1.0 Tercera edición,
la cual se puede encontrar en la dirección .
4. ¿Qué caracteres especiales pueden contener los
archivos XML?
Solamente se recibirán caracteres que formen parte del
conjunto de caracteres ISO-8859-1, los caracteres que por
alguna razón no formen parte de este conjunto no deben
ser incluidos en los archivos.
195
PREGUNTAS MÁS FRECUENTES
5. ¿Cómo se identifica que un esquema
corresponde a una determinada versión y
tipo de archivo XML?
El nombre y el encabezado del archivo
contienen la versión y el tipo de archivo,
adicionalmente la solicitud de envío de archivos
también la incluye. El esquema por su parte
incorpora un elemento de documentación que
indica el formato que describe.
196
PREGUNTAS MÁS FRECUENTES
6. ¿Cómo se puede estar seguro que los archivos XML están
bien formados y son válidos antes de ser enviados a la
DIAN?
Al validarlos con el esquema XSD correspondiente se garantiza
que los archivos están bien formados, la validez del contenido
solamente se conocerá luego de ser procesados por la DIAN.
7. ¿Los esquemas de validación serán entregados a los
usuarios?
Los archivos esquema de cada uno de los formatos están
incluidos en las especificaciones técnicas y estarán publicados
para su descarga a través de Internet.
197
PREGUNTAS MÁS FRECUENTES
8. ¿Existe algún límite en el tamaño de los
archivos a transmitir?
Dado que cada archivo no puede contener más
de 5.000 registros, el tamaño del archivo no
debe ser superior a 5 MB (mega bytes), que
corresponde a los formatos más grandes.
198
PREGUNTAS MÁS FRECUENTES
9. ¿De qué manera la DIAN dará a conocer
modificaciones a las especificaciones
técnicas, como también a los esquemas de
validación?
Las modificaciones a las especificaciones
técnicas, que incluyen los formatos y sus
esquemas, deben publicarse mediante una
resolución.
199
PREGUNTAS MÁS FRECUENTES
10. ¿Qué tipo de apoyo o ayudas tendrá el usuario
final, para la generación de su información en los
formatos establecidos (información de software de
terceros, software DIAN, editores XML,
validadores/editores XSD, convertidores XML, etc.)?
La DIAN brindará una herramienta llamada “Prevalidador
de datos para presentación de información por envío de
archivos” la cual tiene por objeto facilitar el proceso de
generación de los archivos XML, adicionalmente podrá
utilizarla para validar archivos XML generados a través de
otras herramientas. Esta herramienta se dará a conocer en
versión de prueba próximamente.
200
PREGUNTAS MÁS FRECUENTES 11. Como los campos de nombres, apellidos y
razón social no son obligatorios, según las
especificaciones técnicas, ¿puede no informarlos?
Las especificaciones técnicas indican que no es
obligatorio cuando el informado es una persona
jurídica, ya que en este caso el campo a diligenciar es
razón social, pero si es una persona natural deberá
diligenciar apellidos y nombres. En todo caso las
resoluciones correspondientes indican la
obligatoriedad de informar los campos de acuerdo con
cada caso particular.
201
PREGUNTAS MÁS FRECUENTES
14. ¿En el artículo 5° de la Resolución 10147 de
2005, relativo a información de retenciones en la
fuente practicadas, aplica la cuantía mínima para
informar?
No aplica la cuantía mínima, se deben informar todos y
cada uno de los pagos sobre los cuales se practicó la
retención en la fuente, conforme con las
especificaciones técnicas indicadas en el anexo 03 que
es parte integral de la Resolución 10147/2005.