INFORME DE INVESTIGACIÓN
SUMARIA
201650008709900026E de 2016
Bogotá D.C., mayo de 2017
De conformidad con lo establecido en el numeral 1 del artículo
119 del Decreto Ley 1421 de 1993, en concordancia con el
artículo 7 del Acuerdo 207 de 2006.
Informe investigación sumaria No. 201650008709900026E
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Tabla de Contenido
1. Antecedentes y actuaciones .............................................................................................. 5
2. Análisis de los hechos frente a las normas vigentes y la probidad .................................... 7
2.1. Marco legal que rige a la Secretaría de Educación del Distrito…………………..7
2.2. Marco legal que rige el Programa de Alimentación Escolar – PAE…………… 7
2.3. Entrega de los complementos alimentarios de acuerdo con los lineamientos del
programa……………………………………………………………………………….. 12
2.3.1. Verificación del procedimiento de entrega de los complementos al interior de las
Instituciones Educativas………………………………………………………………...12
2.3.1.2. Cumplimiento de la normatividad vigente que regula el PAE……………….. 26
2.4. Infraestructura de los comedores y almacenamiento de los refrigerios escolares.30
2.5. Indicadores e impacto del Programa de Alimentación Escolar………………….34
3. Conclusiones .................................................................................................................... 37
4. Recomendaciones ............................................................................................................ 39
Referencias .......................................................................................................................... 43
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Lista de tablas y figuras
Tabla 1. Visitas Administrativas Instituciones Educativas 13 Figura No. 1. Registro fotográfico Instituciones Educativas 25
Figura No. 2. Pantallazo Página web del sitio Pulpafruit 29
Figura No. 3. Pantallazo página web de la Campiña SAS 29
Figura No. 4. Pantallazo Página web de la SED 31
Figura No. 5. Pantallazo Página web de la SED 31
Figura No. 6. Registro Fotográfico. Comedor Escolar Cristóbal Colón 32
Figura No. 7 Registro fotográfico Instituciones Educativas Distritales 32
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Introducción
El presente documento incorpora el resultado de la investigación sumaria de oficio No.
201650008709900026E de acuerdo con los siguientes antecedentes:
El 28 de octubre de 2016 con radicado No. 20165000000240 se inició Investigación
Sumaria de Oficio por parte de la Veeduría Distrital a la Secretaría de Educación del
Distrito (SED) frente al Programa de Alimentación Escolar (PAE) para determinar sí los
complementos alimentarios se vienen entregando con la oportunidad y forma debida, de
acuerdo con los lineamientos del programa y verificar sí la Dirección de Bienestar
Estudiantil (DBE) viene realizando el seguimiento, monitoreo y evaluación
correspondiente.
La Veeduría Distrital ordenó la apertura de la investigación sumaria No.
201650008709900026E de 2016 con el fin de establecer si la conducta de los funcionarios
es contraria a la probidad, discriminatoria o abiertamente violatoria del ordenamiento
jurídico vigente.
El informe recoge la actuación adelantada de forma ordenada y sistemática, el análisis del
acopio probatorio, las conclusiones y recomendaciones que pretenden prevenir la
reiteración del comportamiento identificado, conducir a una mejor gestión pública distrital
y poner en conocimiento de la entidad investigada, dichas recomendaciones a fin que se
tomen los correctivos necesarios y se fijen unos plazos para su implementación.
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Veeduría Delegada para la Atención de Quejas y Reclamos
Expediente: 201650008709900026E
Entidad Investigada: Secretaría de Educación del Distrito
Fecha de Radicación: 24 de Octubre de 2016.
Fecha de Informe: 28 de Abril de 2017.
1 . Antecedentes y actuaciones
El 24 de octubre de 2016 con radicado No. 20165000000240 la Veeduría Distrital inició
investigación sumaria de oficio respecto de los siguientes hechos:
1.1. La Secretaría Distrital de Educación (SED) reglamentó a través de la Resolución
3429 de diciembre 7 de 2010, el Proyecto de Alimentación Escolar (PAE) y lo
definió como un conjunto articulado y coherente de estrategias orientadas a
contribuir en el derecho a la vida sana, a la educación con calidad y a la alimentación
en el marco de las políticas nacionales y distritales, brindando un apoyo alimentario
con calidad nutricional variado e inocuo; fomentando la promoción de prácticas
adecuadas tanto en alimentación y de actividad física y la construcción colectiva de
una cultura de la alimentación saludable, favoreciendo el acceso y la permanencia de
los estudiantes en el sistema educativo distrital.
1.2. El Ministerio de Educación Nacional (MEN) expidió el Decreto No. 1852 de 2015 y
la Resolución 16432 de 2016, con los cuales se reglamenta el Programa de
Alimentación Escolar y da los lineamientos técnicos – administrativos, lo cual
genera algunos cambios frente a la Resolución 3429 de 2010 de la SED.
1.3. Se revisaron 45 requerimientos del primer semestre de 2016 del Sistema Distrital de
Quejas y Soluciones referidos a “refrigerios”; 17 equivalentes al 37.78% en temas
contractuales, solicitud de refrigerios, solicitud de comida caliente; 16
requerimientos equivalentes al 35.55% refieren a la no entrega de refrigerios a los
estudiantes o a la totalidad de ellos, intermitencia en la entrega; otros temas
equivalentes al 8.89% refieren a mal estado de los refrigerios y/o calidad, entrega
incompleta o que no se les suministran a todos los estudiantes y que los refrigerios se
los llevan trabajadores del colegio y no los estudiantes. (Veeduría, 2016)
1.4. En los diarios de mayor circulación del país, se presentaron noticias frente a
inconsistencias del PAE con referencia a la contratación y la entrega de
complementos alimentarios. (Veeduría, Informe preliminar Investigación de Oficio
Programa de Alimentación Escolar-PAE-, Secretaría de Educación Distrital, 2016)
1.5. En los informes presentados por la Contraloría de Bogotá se viene advirtiendo desde
hace algunos años, la necesidad de que la contratación para la escogencia de los
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operadores busque el mecanismo idóneo para que más oferentes puedan contratar
con el distrito, en cuanto a ello la SED ha venido realizando cambios. (Veeduría,
Informe preliminar Investigación de Oficio Programa de Alimentación Escolar-
PAE-, Secretaría de Educación Distrital, 2016)
1.6. La Veeduría Distrital inició investigación sumaria de oficio dentro del Expediente
No.201650008709900026E, con el fin de establecer si existió alguna conducta de
servidores públicos contraria a la probidad, discriminatorio o abiertamente violatoria
del ordenamiento jurídico vigente.
1.7. Objeto de la investigación: Determinar sí los complementos alimentarios se vienen
entregando en la oportunidad y forma debida de acuerdo con los lineamientos del
programa y verificar sí la Dirección de Bienestar Estudiantil – DBE- viene
realizando el seguimiento, monitoreo y evaluación del PAE.
Con el fin de verificar los hechos señalados se adelantaron las siguientes actuaciones:
1. Se elaboró Auto de inicio de investigación sumaria el 24 de octubre de 2016, en
el cual se ordena dar inicio a la investigación y aplicar las pruebas
correspondientes.
2. Búsqueda de información relacionada con el Programa de Alimentación Escolar:
Noticias, Contratación, Normatividad, entre otras en las páginas web de la SED,
Colombia Compra Eficiente, MEN, entre otros.
3. Se realizaron visitas administrativas a la Universidad Nacional de Colombia y la
SED el día 17 y 28 de noviembre de 2016, respectivamente con el fin de conocer el
funcionamiento del programa y recepcionar información frente a la interventoría.
4. Se realizó visita administrativa a las siguientes Instituciones Educativas
Distritales (I.E.D.) con el fin de conocer el funcionamiento del PAE al interior de
los colegios:
- I.E.D. Colegio Manuela Ayala de Gaitán Sede A de la localidad de Engativá
el día 21 de Octubre de 2016
- I.E.D. Colegio Republica Dominicana Sede A de la localidad de Suba el día
19 de Noviembre de 2016
- I.E.D. Colegio Aquileo Parra de la localidad de Usaquén el día 30 de Enero
de 2017
- I.E.D. Colegio Cristóbal Colón de la localidad de Usaquén el día 30 de
Enero de 2017
- I.E.D. Colegio El Salitre de la localidad de Suba el día 8 de Febrero de 2017
- I.E.D. Colegio Técnico Palermo de la localidad de Teusaquillo el día 15 de
Febrero de 2017
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- I.E.D. Colegio Cundinamarca de la localidad de Ciudad Bolívar el día 24 de
Febrero de 2017
- I.E.D. Colegio Toberín de la localidad de Usaquén el día 6 de Marzo de
2017
- I.E.D. Colegio Divino Maestro de la localidad de Usaquén los días 6 y 9 de
Marzo de 2017
- I.E.D. Colegio Liceo Antonia Santos de la localidad de Los Mártires el día
15 de Marzo de 2017
- I.E.D. Colegio Eduardo Umaña de Mendoza de la localidad de Usme el día
23 de Marzo de 2017
5. Se enviaron oficios a la Secretaría de Educación del Distrito y la Secretaría Distrital de
Salud con el fin de obtener información relacionada con el asunto.
2. Análisis de los hechos frente a las normas vigentes y la probidad
2.1.Marco legal que rige a la Secretaría de Educación del Distrito.
Mediante Acuerdo 26 de 1995 del Concejo de Bogotá se creó la Secretaría de Educación
del Distrito, la cual hace parte del sector central de la administración y es la cabeza del
sector educativo del distrito, como lo estipula el Decreto 330 de 2008 "Por el cual se
determinan los objetivos, la estructura, y las funciones de la Secretaría de Educación del
Distrito, y se dictan otras disposiciones", mediante el cual se reestructuró la entidad.
2.2.Marco legal que rige el Programa de Alimentación Escolar –
PAE
El PAE es una estrategia del MEN para promover el acceso y la permanencia de los niños,
niñas y adolescentes focalizados a través de la entrega de un complemento alimentario.
(SED, 2016)
El tema de la Alimentación Escolar se viene reglamentando desde el año 1936 a través del
Decreto 219, el cual daba recursos a los comedores escolares; así mismo desde el año
1968 con la creación del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF) se le asignó el
Proyecto de Protección Nutricional y Educación Alimentaria en Escuelas Oficiales de
Educación Primaria, para el año 2011 con el nuevo Plan Nacional de Desarrollo (Ley 1450
de 2011) en el artículo 136, Parágrafo 4° se traslada la orientación, ejecución y articulación
del programa al MEN:
Parágrafo 4°. Con el fin de alcanzar las coberturas universales en el Programa de
Alimentación Escolar –PAE–, el Gobierno Nacional trasladará del Instituto
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Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF) al Ministerio de Educación Nacional
(MEN), la orientación, ejecución y articulación del programa, sobre la base de
estándares mínimos de obligatorio cumplimiento para su prestación, de manera
concurrente con las entidades territoriales.
Para el efecto, el MEN realizará la revisión, actualización y definición de los
lineamientos técnicos-administrativos, de los estándares, y de las condiciones para la
prestación del servicio para la ejecución del Programa, que serán aplicados por las
entidades territoriales, los actores y operadores del programa. El PAE se financiará
con recursos de diferentes fuentes. El MEN cofinanciará sobre la base de los
estándares mínimos definidos para su prestación, para lo cual podrá celebrar contratos
de aporte en los términos del artículo 127 del Decreto 2388 de 1979 y promoverá
esquemas de bolsa común con los recursos de las diferentes fuentes que concurran en
el financiamiento del Programa.
Las entidades territoriales podrán ampliar cupos y/o cualificar la complementación
con recursos diferentes a las asignaciones del SGP. En ningún caso podrá haber
ampliación de coberturas y/o cualificación del programa, mientras no se garantice la
continuidad de los recursos destinados a financiar dicha ampliación y/o cualificación.
(Programa de Alimentación Escolar, 2011; República, 2011)
Así mismo el Decreto 1852 de 2015 expedido por el MEN para reglamentar la operación,
los actores que intervienen, el seguimiento y monitoreo del PAE y en el mismo sentido la
Resolución 16432 de 2015 define los lineamientos técnicos – administrativos, los
estándares y condiciones mínimas, es así que el objetivo general del programa es:
1.1. Objetivo General del PAE: El objetivo General del Programa de Alimentación
Escolar – PAE es contribuir al acceso con permanencia escolar de los niños, niñas,
adolescentes y jóvenes, registrados en la matrícula oficial, fomentando hábitos
alimentarios saludables, a través del suministro de un complemento alimentario
Las funciones para las Entidades Territoriales Certificadas son:
3.3. Entidades Territoriales Certificadas (ETC): Las Entidades Territoriales
Certificadas (ETC) deben cumplir las siguientes funciones:
a) Realizar el diagnóstico y la caracterización de las instituciones educativas y sus
sedes donde se prestará el servicio del PAE frente a las condiciones de infraestructura,
equipos, menaje, acceso y transporte de insumos y de alimentos;
b) Garantizar la conformación del Equipo PAE con mínimo los siguientes
profesionales: Profesional del área de Nutrición y Dietética o Ingeniería de Alimentos,
profesional en áreas de las ciencias sociales o humanas y profesional en ciencias
económicas, o afines;
c) Apropiar y reservar los recursos necesarios y suficientes para la financiación o
cofinanciación del PAE en su jurisdicción, y adelantar los trámites para comprometer
vigencias futuras cuando haya lugar;
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d) Liderar la gestión, articulación y ejecución de acciones que fortalezcan las compras
locales, con el fin de contribuir a mejorar la economía local;
e) Dar respuesta oportuna a los requerimientos efectuados por los entes de control, el
MEN y los demás actores del programa, en el marco de la planeación, implementación
y ejecución del PAE;
f) Trabajar de manera coordinada con las autoridades de salud competentes, con el fin
de propender por las adecuadas condiciones higiénico-sanitarias en los comedores
escolares y el trámite de la obtención del concepto higiénico sanitario favorable;
g) Hacer seguimiento e informar de manera inmediata al MEN los cambios que se
generen en la priorización inicial de los establecimientos educativos y focalización de
los titulares de derecho con la respectiva justificación;
h) Brindar atención con enfoque diferencial para los beneficiarios de los diferentes
grupos étnicos;
i) Aprobar los ciclos de menús presentados por el operador de acuerdo con las minutas
patrón diseñadas por el MEN en el “Anexo número 1 – Aspectos Alimentarios y
Nutricionales”, en caso de ser la entidad contratante de la operación;
j) Realizar el análisis situacional de su territorio, identificando las necesidades y
prioridades de los niños, niñas, adolescentes y jóvenes conforme a los criterios
contemplados en estos lineamientos;
k) Aplicar y cumplir los criterios de priorización y focalización establecidos por el
Ministerio de Educación;
l) Coordinar la ejecución del PAE conforme con los lineamientos, estándares y
condiciones mínimas señaladas en este acto administrativo; para el efecto debe:
l.1) Coordinar la ejecución de los recursos de las diferentes fuentes de financiación
para el PAE, cuando haya cofinanciación, bajo el esquema de bolsa común.
l.2) Adelantar los procesos de contratación, cuando a ello haya lugar, para ejecutar en
forma oportuna el PAE, ordenar el gasto y el pago de los mismos.
l.3) Garantizar la prestación del servicio de alimentación desde el primer día del
calendario escolar y durante la respectiva vigencia.
l.4) Designar la supervisión, y en caso necesario la interventoría técnica, en los
contratos que suscriba, para el adecuado seguimiento y verificación de su ejecución,
así como adoptar las acciones y medidas que le otorga la Ley como contratante y
ordenador del gasto para garantizar el adecuado y oportuno cumplimiento de los
mismos, del programa y de los lineamientos, condiciones y estándares del Ministerio
de Educación Nacional para el PAE en su jurisdicción;
m) Garantizar que en una institución educativa de su jurisdicción no existan dos
operadores del servicio que realicen sus actividades de manera simultánea en el mismo
lugar de preparación o de entrega de los alimentos, y que un mismo beneficiario no
sea receptor de dos raciones en el mismo tiempo de consumo;
n) Garantizar que los establecimientos educativos de su jurisdicción cuenten con la
infraestructura adecuada para el almacenamiento, preparación, distribución y consumo
de los complementos alimentarios, e implementar planes de mejoramiento con los
establecimientos educativos que no cumplan con estas condiciones, hacerles
seguimiento y apoyar su implementación y ejecución;
o) Garantizar la dotación de equipos, utensilios y menaje necesarios para la operación
del programa en las instituciones educativas priorizadas, de acuerdo con la modalidad
que se esté suministrando;
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p) Remitir oportunamente al Ministerio de Educación la información y los
documentos que establezca de manera general o solicite específicamente para el
seguimiento y consolidación de las cifras del programa y realizar el reporte de los
recursos en el Sistema Consolidado de Hacienda e Información Pública (CHIP);
q) Establecer y remitir al Ministerio de Educación antes del 31 de octubre de cada año
la priorización de Instituciones Educativas del calendario escolar siguiente. Para la
vigencia 2016 esta información debe ser enviada al Ministerio a más tardar el 30 de
noviembre de 2015;
r) Registrar en el Simat y/o en el sistema de información que para tal efecto determine
el Ministerio de Educación Nacional, la estrategia de Alimentación Escolar con el
número de cupos y las Instituciones Educativas priorizadas, de acuerdo con los
criterios de priorización establecidos en esta Resolución;
s) Consolidar la priorización y la focalización del Programa en su jurisdicción a través
del Simat, generando el reporte de los niños, niñas, adolescentes y jóvenes focalizados
en el PAE y hacer entrega de esa información a los operadores prestadores del
servicio. De igual manera, la priorización de Instituciones Educativas y la focalización
de los titulares de derecho deberán ser socializados con el Consejo de Política Social
del respectivo Municipio dentro de las dos semanas siguientes a la realización de este
reporte;
t) Implementar y promover la participación ciudadana y el control social acorde con
los principios de la democracia participativa y la democratización de la gestión
pública. (MEN, 2015)
En ese orden de ideas la SED ha venido operando el PAE y a través de la Resolución 3429
de 2010 reglamentó el Proyecto de Alimentación Escolar en los Colegios Oficiales del
Distrito Capital. Así mismo y por medio de licitación pública se contrata a los operadores
que suministran el alimento a los estudiantes beneficiarios del PAE.
Finalmente en el Plan de Desarrollo Distrital “Bogotá Mejor para Todos” 2016-2020 de la
actual administración frente a la alimentación escolar se contempla:
Artículo 14. Calidad educativa para todos. El objetivo de este programa es garantizar
el derecho a una educación de calidad que brinde oportunidades de aprendizaje para la
vida y ofrezca a todos los niños, niñas, adolescentes y jóvenes de la ciudad, igualdad
en las condiciones de acceso y permanencia, para lo cual el avance en la
implementación de la jornada única será fundamental. De esta manera, a lo largo del
proceso educativo se desarrollarán las competencias básicas, ciudadanas y
socioemocionales que contribuirán a la formación de ciudadanos más felices,
forjadores de cultura ciudadana, responsables con el entorno y protagonistas del
progreso y desarrollo de la ciudad.
De igual forma y reconociendo que también son factores asociados a la calidad la
construcción, mantenimiento y dotación de colegios, la alimentación y el transporte
escolar, se creará el programa Inclusión Educativa para la Equidad, relacionado en el
siguiente artículo.
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Artículo 15. Inclusión educativa para la equidad. El objetivo de este programa es
reducir las brechas de desigualdad que afectan las condiciones de acceso y
permanencia en la educación preescolar, primaria, secundaria y media de las distintas
localidades y poblaciones del Distrito Capital, vinculando a la población
desescolarizada al sistema educativo oficial, generando nuevos ambientes de
aprendizaje e infraestructura educativa y mejorando la retención escolar con políticas
de bienestar integral, en el marco de una educación inclusiva. Lo anterior, en el marco
de la garantía al derecho a la educación, y sus condiciones de asequibilidad,
accesibilidad, aceptabilidad y adaptabilidad. (SDP, Plan Distrital de Desarrollo 2016-
2020)
En las Bases del Plan de Desarrollo: 4 Parte General – Pilares y Ejes Transversales; 4.1.
Primer Pilar: Igualdad de Calidad de Vida; 4.1.7. Inclusión educativa para la equidad,
dentro del ítem 4.1.7.2 de Estrategia, se señala:
Promoción del servicio educativo con bienestar, calidad y oportunidad. La estrategia
se orienta a garantizar los procesos y procedimientos para promover y consolidar la
prestación del servicio con calidad, haciendo visible el concepto de bienestar
integrado, que incluye los temas de alimentación, estilos de vida saludable, movilidad,
dotaciones y en general todas las acciones y estrategias que suman para hacer de la
experiencia educativa una experiencia significativa y de calidad. Para este efecto, se
desarrollará el programa de alimentación escolar saludable y de calidad al 100% de los
estudiantes matriculados, con impacto en su desarrollo físico y cognitivo, aunado a la
promoción de hábitos de vida saludable en el colegio y en el hogar, por medio del
fortalecimiento de la línea pedagógica del Programa de Alimentación Escolar (PAE),
que prevé el desarrollo de acciones directas con los actores de la comunidad educativa.
Se contempla también la implementación del Plan Integrado de Bienestar Estudiantil
en cada uno de los colegios, que utiliza estrategias pedagógicas que visibilizan la
seguridad alimentaria y nutricional. De igual forma, se desarrollarán estrategias
pedagógicas para la prevención de accidentes escolares y la promoción de la salud.
(SDP, Plan Distrital de Desarrollo 2016-2020)
Para hacer efectiva la atención del PAE, la Administración Distrital tramitará la
correspondiente autorización de vigencias futuras excepcionales en los términos de las
normas vigentes, en especial lo previsto en la Ley 1483 de 2011. Teniendo en cuenta
las particularidades en la prestación del servicio de alimentación escolar, este
programa deberá ser declarado de importancia estratégica por el Consejo de Gobierno.
Respecto a los hábitos alimenticios de los niños y niñas, la Secretaría de Educación
continuará tomando como referentes los lineamientos, que en materia de alimentación
escolar, ha dado el MEN y los que se diseñen en el marco de la Comisión
Intersectorial de Seguridad Alimentaria y Nutricional - CISAN Distrital, de la cual la
SED hace parte. Las condiciones establecidas para la preparación, ensamble y
distribución de los alimentos que se brindan en las instituciones educativas
continuarán cumpliendo con la normatividad higiénico -sanitaria vigente, garantizando
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así su calidad e inocuidad. Así mismo se buscará la fortificación y complementos
nutricionales de los alimentos.
Adicionalmente, en un trabajo articulado entre la Secretaría de Educación y la
Secretaria de Salud, se establecerá en las instituciones educativas una ficha de
evaluación inicial y seguimiento al estado de salud de cada niño, niña o joven. Se
desarrollarán igualmente, brigadas de salud, y se capacitará en la atención básica y
primeros auxilios a los docentes que actúan como primeros respondientes de la
situación en el contexto escolar, y definen los pasos a seguir dentro del sistema de
salud. De igual forma, se capacitará a los docentes en identificación y manejo inicial
de situaciones de consumo de sustancias psicoactivas por parte de los a los niños,
niñas y jóvenes.
Además la SED continuará con la estrategia para la atención de población escolar con
problemas de salud, mediante el fortalecimiento de aulas hospitalarias.
Así mismo, las instituciones educativas formularán el plan de gestión del riesgo en
salud y contarán con un espacio dotado como enfermería con los elementos requeridos
para la atención básica de primeros auxilios. De otro lado, dado que los medios de la
movilidad escolar están cambiando, y la accesibilidad al colegio aún tiene rezagos, la
oferta de transporte escolar se adaptará al modelo de ciudad que privilegia modos no
motorizados y transporte público, para lo cual se promoverá la racionalización del
componente de Movilidad Escolar, buscando reducir la contratación de buses
escolares e incrementando la utilización del sistema integrado de transporte público y
otras modalidades de transporte no motorizado, como la bicicleta. (SDP, Plan Distrital
de Desarrollo 2016-2020)
2.3. Entrega de los complementos alimentarios de acuerdo con los lineamientos del
programa.
Con el fin de verificar si la SED viene entregando los complementos alimenticios en la
oportunidad y forma debida, este ente de control solicitó información sobre el asunto. Así
mismo se indagó al respecto en la Universidad Nacional de Colombia quien hacía las veces
de interventora del programa, se visitaron algunas instituciones educativas y se consultó
información vía internet.
Al revisar y analizar la información frente a la entrega de complementos alimentarios, su
procedimiento, la normatividad, el registro fotográfico y demás documentación
relacionada, se pudo evidenciar lo siguiente:
2.3.1. Verificación del procedimiento de entrega de los complementos al interior
de las Instituciones Educativas
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Durante la investigación sumaria de oficio se realizaron diferentes visitas administrativas a
la SED, la interventoría y 11 colegios de diferentes localidades, entre ellas, Engativá (1),
Suba (2), Usaquén (4), Teusaquillo (1), Ciudad Bolívar (1), Mártires (1) y Usme (1), con el
fin de conocer el funcionamiento interno de la entrega, la oportunidad y calidad de los
complementos alimentarios a los estudiantes.
2.3.1.1. Visitas administrativas
En el mes de agosto del año 2016 se realizaron dos visitas administrativas a la Dirección de
Bienestar Estudiantil –DBE-, para conocer información sobre el funcionamiento del
Programa de Alimentación Escolar en el Distrito, de lo cual se puede extractar:
La coordinación del PAE se encuentra a cargo de la Dirección de Bienestar
Estudiantil, quienes se encargan de contratar a los operadores que entregan
complementos alimentarios a los estudiantes matriculados en el sistema educativo
oficial (refrigerios, desayunos y almuerzos), así como de contratar la interventoría que
actualmente es ejercida por la Universidad Nacional, y a su vez, realizan la
supervisión de este último contrato. Se señala que los rectores de los colegios, se
encargan de solicitar el número de complementos alimentarios para los estudiantes y
se encargan de la distribución de los mismos al interior de la Institución. (Medina,
Visita Administrativa, 2016)
Para el momento de la visita, la Universidad Nacional de Colombia venía ejerciendo la
interventoría de los contratos para la operación del PAE; así mismo, en la visita, quienes
atendieron la misma, manifestaron que no todos los niños se beneficiaban del PAE, ello era
a criterio y voluntad de sus padres:
… no todos los estudiantes manifiestan querer recibir alimentación escolar ya que
varios de ellos llevan sus onces o reciben dinero de sus padres para comprarlas.
(Torres, Visita Administrativa, 2016)
Para evidenciar la entrega de los alimentos, se visitaron algunas Instituciones Educativas
del Distrito, en donde se revisó sí su procedimiento se ajustaba a lo que estipulaba la
Resolución 3429 de 2010 que fija las directrices del programa en el distrito, así mismo, se
revisó la forma como se entregaban los complementos, las personas encargadas al interior
de los colegios y en general el funcionamiento del programa:
Tabla 1. Visitas Administrativas Instituciones Educativas
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COLEGIO FECHA DE
VISITA
PROCEDIMIENTO
Colegio Manuela
Ayala de Gaitán –
localidad de
Engativá
21 de octubre
de 2016
Persona encargada del PAE: Orientadora
Designa la labor de coordinación: El Rector
Operador: Alimentos SPRESS Ltda
Operación al interior del Colegio: Alimentos SPRESS
Ltda entrega los complementos a la docente orientadora
quien se encarga de su distribución con apoyo de algunos
de los estudiantes de trabajo social. Los refrigerios se
reparten desde el momento en que llegan al colegio y se
reparten en cada uno de los salones de clase. La
distribución inicia con los alumnos de preescolar, luego
con los de primaria y finalmente con los de bachillerato.
Criterio de ingreso al programa: Quien atendió la visita
dice desconocerlo, pero que se atiende a la totalidad.
Manejo de sobrantes: Los complementos se entregan a
otros estudiantes, no se generan devoluciones.
Novedades: Se reportan a la interventoría y por lo general
se responden en el mismo día.
Desperdicios: Se presentan por diferentes causas, el
alimento que consumen en cafetería, alimentos que se
consumen en caliente llegan congelados y los niños no se
los comen (pizzas y arepas), así mismo frutas que llegan
en mal estado.
Acompañamiento de la SED: Todo se trata con la
interventoría.
Horario de llegada de complementos: Antes de las
10:00 am llegan los complementos de la jornada mañana y
antes de las 2:00 pm los de la jornada tarde, no hay
horario específico, pero en agosto de 2016 llegaron más
tarde de acuerdo con lo dicho por la docente orientadora.
Modalidad: Refrigerios
Continuidad del complemento: Nunca ha faltado.
Comedor Escolar: No existe.
Colegio República
Dominicana -
localidad de Suba
19 de
noviembre de
2016
Persona encargada del PAE: Comité de Comedor
Escolar (Rectora, representante de la SED, un docente,
Coordinador de Convivencia, Personero Estudiantil,
Encargado del Comedor, representante de Compensar y
de la interventoría. El encargado del comedores un
Auxiliar Administrativo que fue asignado por la SED.
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Designa: SED designa la persona encargada del comedor
Operador: Compensar
Operación al interior del Colegio: El operador llega a
las 4:00 a.m. para preparar el desayuno y parte del
almuerzo, las puertas del comedor abren a las 6:15 am, los
estudiantes por grados entran por horarios: 6:15 hasta las
6:30 am estudiantes de 9° a 11° grado, la primera infancia
entra desde las 6:25 am pero no tienen hora de salida, los
estudiantes en orden desde el grado 8° hasta los de 1° van
desde las 6:50 hasta las 8:15 am, cada salón entra
acompañado de un docente que acompaña
permanentemente el momento de consumo de los
complementos.
Criterio de ingreso al programa: garantizar 100% el
acceso a los estudiantes, pero a comienzo de año para
racionalizar el número de los complementos, se le envía
una circular a los padres de familia para que autoricen el
consumo, así mismo se hace seguimiento de los
estudiantes que ingresan al comedor para conocer el dato
de beneficiarios y de posibles novedades.
Manejo de sobrantes: No hay sobrantes, pues es menor
el número de beneficiados que el total de estudiantes
inscritos en el colegio; así mismo no existe un control de
quienes son los beneficiados, pero no hay niño que se
quede sin complemento.
Novedades: Se reportan por correo y extraordinariamente
por teléfono al operador y a la SED; no se reporta a la
interventoría.
Desperdicios: Sí existen, pero por la presentación de los
alimentos o porque no les gusta.
Acompañamiento de la SED: A través de la
interventoría que acompañaba todos los días el programa,
el colegio tiene buena relación con la SED; pero no con
la interventoría porque son muy estrictos. La SED
participa en los comités del PAE.
Horario de llegada de complementos: Por contar con
comida caliente, que se distribuye en el comedor, las
personas llegan desde las 4:00 am
Modalidad: Comida caliente, desayuno y almuerzo.
Continuidad del complemento: Sí ha faltado comida
caliente, pero el operador manda un complemento
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alimentario, aunque sí es demorado cuando sucede, pero
ningún estudiante se queda sin comer.
Comedor escolar: Sí existe
Colegio Aquileo
Parra – localidad
de Usaquén
30 de enero
de 2017
Persona encargada del PAE: Rectoría y Docente
Orientadora (no está reglamentada la tarea de coordinar el
PAE al interior de la Institución)
Designa: La Rectoría. Antes, los padres de familia,
ayudaban al desarrollo del PAE, pero la SED estipuló que
lo debía hacer el colegio.
Operador: ALICOL 2016
Operación: Jornada mañana. El refrigerio llega a las 7:00
am, se distribuye a los 20 cursos de la jornada desde las
8:30 am y a las 10:00 am, ayudan los estudiantes del
servicio social de la contra-jornada, quienes distribuyen
por curso, reclaman las canastas y los organizan para
entregarlos; Jornada tarde: El operador llega entre 12:30
am a 1:00 pm; y se reparte de 2:30 a 3:00 pm. Jornada
nocturna. El operador llega desde las 5:30 a 6:00 pm y se
distribuye de 7:30 a 8:00 pm en cada salón.
Criterio de ingreso al programa: Todos los niños tienen
acceso.
Manejo de sobrantes: Se dan a estudiantes que presentan
necesidades nutricionales, pero se va ajustando el número
de beneficiarios de acuerdo a la matrícula y a la movilidad
estudiantil.
Novedades: En caso de faltantes se llama al operador y
responden de inmediato, las novedades sobre alimentos
como frutas maduras, naranjas biches o el kumis que no
les gusta y se registra la novedad en el acta de la
interventoría.
Desperdicios: Sí se presentan, en el caso del kumis que
no les gusta o la presentación de las frutas.
Acompañamiento de la SED: Si se hace
acompañamiento a través de la interventoría y la SED
viene aproximadamente una o dos veces en el semestre,
no es permanente dicho acompañamiento.
Horario de llegada de complementos: Horario mañana a
las 7:00 am, tarde, desde las 12:30 a 1:00 pm y en la
noche de 5:30 a 6:00 pm, se ha sugerido que el operador
que en la mañana llegue a las 6:30 am.
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Modalidad: Refrigerios
Continuidad del complemento: Cuando la SED cancela
o a comienzo de año no llegan completos, se da prelación
a los más pequeños.
Comedor escolar: No existe
Colegio Cristóbal
Colón – localidad
de Usaquén
30 de enero
de 2017
Persona encargada del PAE: Orientadoras Escolares, en
la sede A y B, pero cuando no está la orientadora de la
sede B los demás docentes ayudan con la función.
Designa: El Rector.
Operador: Surcolombiana de alimentos
Operación: El operador llega a las 6:30 am en la sede A y
a la sede B a las 7:30 am, las orientadoras firman el
recibido, se demoran aproximadamente 2 horas en el
proceso de recepción, se distribuyen salón por salón y se
registra la entrega a través de planillas, esto en la sede A y
para la B los estudiantes se acercan a la ventanilla de
entrega y se hace el control con planilla.
Criterio de ingreso al programa: Ninguno, sólo que esté
matriculado.
Manejo de sobrantes: Se reparten entre los estudiantes.
Novedades: Se reporta vía correo al operador.
Desperdicios: Sí, especialmente en frutas y arepas, estas
últimas llegan en estado de congelación; se recomienda la
calidad y el manejo de alimentos congelados.
Acompañamiento de la SED: Nunca hace
acompañamiento, no hay articulación con el colegio,
nunca se ha preguntado sobre fortalezas, debilidades o
falencias del programa.
Horario de llegada de complementos: Sede A 6:30 am y
Sede B 7:30 am
Modalidad: Refrigerios
Continuidad del complemento: Sí ha faltado el
complemento en algunas ocasiones o han llegado
incompletos; lo anterior se reporta a la interventoría.
Comedor escolar: Sí existe pero no se ha inaugurado.
Colegio el Salitre –
localidad de Suba
8 de febrero
de 2017
Persona encargada del PAE: La orientadora escolar con
ayuda de los estudiantes de servicio social.
Designa: no se especifica en la visita
Operador: UT Alicol
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Operación: Lo recibe la orientadora quien cuenta los
alimentos en planilla y verifica con el menú, las
cantidades y el número de canastas, los estudiantes de
servicio social lo distribuyen.
Criterio de ingreso al programa: Ninguno
Manejo de sobrantes: Si quedan, se redistribuyen entre
los estudiantes, no se guardan alimentos.
Novedades: Se diligencian en un formato y se reportan a
través de llamada telefónica.
Desperdicios: En ocasiones, con leche saborizada y
kumis, frutas como el banano y las uvas Isabela.
Acompañamiento de la SED: No existe. Se programan
capacitaciones en manipulación de alimentos, pero son
programadas por parte del operador.
Horario de llegada de complementos: Llega entre 7:00 a
7:30 am
Modalidad: Refrigerios
Continuidad del complemento: Nunca ha faltado, es
permanente.
Comedor escolar: No existe, los refrigerios se consumen
en el salón de clases.
Colegio Técnico
Palermo –
localidad de
Teusaquillo
15 de febrero
de 2017
Persona encargada del PAE: Del desayuno se encarga la
coordinadora y del almuerzo la docente enlace.
Designa: La rectoría en reunión del equipo de gestión
Operador: Compensar
Operación: Desayuno: Los primeros en entrar son los
alumnos de bachillerato antes de las 6:00 am. Primaria
entra a las 6:00 am y preescolar a las 6:30 am. El
procedimiento es que los niños ingresen, hagan la fila y
pasan a la ventanilla donde las ecónomas de Compensar
entregan las bandejas, dos madres de niños colaboran
durante ese espacio y dos señoras del servicio general
ayudan con la limpieza del sitio. Para el caso de los más
pequeños las madres ayudantes llevan las bandejas a las
mesas, siempre acompaña el interventor haciendo el
seguimiento, los desayunos se deben tener entregados de
6:15 a 6:20 am porque los estudiantes entran a clase a las
6:30 am. Almuerzo: se les lleva a los niños de preescolar
para su salón con el fin de no llevarlos al comedor, en este
horario apoyan los docentes y los formadores de la
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fundación Rafael Pombo, que son formadores de la
jornada extendida fuera de la institución (los estudiantes
hacen actividades fuera o dentro del colegio
complementariamente dentro de la jornada extendida).
Los primeros en recibir su complemento son los más
pequeños quienes están acompañados del docente enlace y
el titular, ayudan los estudiantes de servicio social. Los
estudiantes que están afuera tienen el acompañamiento de
los formadores, ellos entran reciben su bandeja y se
sientan, hay acompañamiento de tres señoras de servicios
generales para la limpieza. Hay un coordinador de
Compensar que está pendiente del consumo.
Criterio de ingreso al programa: Para el caso de los
estudiantes que no consumen el complemento, es porque
a comienzo de año los padres manifiestan que no quieren
este beneficio en el caso del almuerzo; sin embargo, los
padres pueden presentar la novedad y el colegio hace la
petición a Compensar. En preescolar todos los estudiantes
almuerzan, hay días que dependiendo el menú, entran o no
se lo comen porque no les gusta.
Manejo de sobrantes: No hay sobrantes, pues se ajusta
semanalmente, en caso de haberlos, se les dice a los
estudiantes de la jornada tarde que pasen a almorzar,
algunos repiten y otros que no son cobijados por el
programa también lo reciben.
Novedades: No se han presentado.
Desperdicios: Sí se presentan, por ejemplo, con las
verduras pero no hay algún alimento en específico.
Acompañamiento de la SED: De la SED no existe
acompañamiento, si existe por parte de la interventoría.
Horario de llegada de complementos: Es comedor, se
prepara en el sitio.
Modalidad: Comida caliente, desayuno y almuerzo
Continuidad del complemento: La comida caliente ha
faltado a comienzo de año; pero Compensar complementa
con refrigerios, los cuales se les entrega a la mayoría de
estudiantes mientras se hace el registro de quienes
requieran el complemento alimentario.
Comedor escolar: Sí existe.
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Colegio
Cundinamarca –
localidad de
Ciudad Bolívar
24 de febrero
de 2017
Persona encargada del PAE: Todos los docentes
colaboran mientras no interfiera en el normal desarrollo
de sus actividades.
Designa: Acuerdo voluntario. Se decidió así en Asamblea
General de docentes.
Operador: Para la comida caliente está en Compensar y
para refrigerios UT Capitalinos.
Operación: A las 5:30 am se realiza la entrega de
desayunos, el almuerzo a las 11:00 am; los estudiantes
pasan a recibir su complemento en compañía del
coordinador del colegio, comenzando con los grados
superiores hasta los menores. El operador se hace cargo
de la distribución y el acompañamiento en el comedor está
a cargo de los docentes; al finalizar se hace el alistamiento
y limpieza del comedor. En el colegio también se entregan
refrigerios, por ser jornada extendida, estos llegan a las
7:00 am para la jornada de la mañana, a las 11:00 am para
la tarde y a las 3:00 pm para la noche. El docente enlace
acompaña la entrega de estos complementos, los
estudiantes están identificados con una manilla o con
circulares para la entrega. Hasta la fecha en que se realizó
la visita no había ido el interventor.
Criterio de ingreso al programa: No existe ningún
criterio, es el derecho de todos los estudiantes por estar
matriculados.
Manejo de sobrantes: Si llegan a sobrar, se hace
reubicación, y se redistribuye con los estudiantes.
Novedades: El colegio las reporta a la interventoría y a la
SED. La interventoría le informa al operador, en el caso
de Compensar.
Desperdicios: Sí se presentan por cuestiones de hábitos
alimenticios.
Acompañamiento de la SED: La SED tiene referentes
locales, quienes son los enlaces entre los colegios y la
SED.
Horario de llegada de complementos: Estos llegan a las
7:00 am para la mañana, 11:00 am para la tarde y a las
3:00 pm para la noche.
Modalidad: Comida caliente, desayuno y almuerzo, pero
también se da refrigerios.
Continuidad del complemento: los complementos
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siempre han llegado.
Comedor escolar: Sí existe desde hace aproximadamente
10 años
Colegio Toberín –
localidad de
Usaquén
6 de marzo de
2017
Persona encargada del PAE: Lo hace una auxiliar
administrativa, en el pasado era la orientadora.
Designa: Rector, pero la orientadora cuando lo hizo fue
de manera voluntaria.
Operador: Compensar
Operación: Comida caliente, en la jornada de la mañana
se distribuye de desayuno desde las 5:45 a 6:10 am
Criterio de ingreso al programa: No existe criterio de
ingreso, se benefician todos los estudiantes siempre y
cuando estén matriculados, en el caso de desayunos a los
estudiantes matriculados en la jornada mañana y en el
caso de almuerzo los matriculados en jornada de la tarde.
Manejo de sobrantes: Cuando no hay actividad
académica se avisa con el plazo establecido para hacer el
reporte, si llegan a existir sobrantes pasan a los salones
para que repitan y no se desperdicie.
Novedades: Normalmente por correo electrónico.
Desperdicios: Casi no se presentan, las ocasiones en que
se han presentado han sido en el caso de las ensaladas o
por preparaciones que no son del gusto de los estudiantes,
es cuestión cultural.
Acompañamiento de la SED: Un referente de la SED
acompaña ocasionalmente el programa. Hasta la fecha de
la entrevista no había ido dicho referente a comienzo de
año; así mismo la interventoría acompaña, pero este año
no ha sido tan frecuente.
Horario de llegada de complementos: Es comedor
escolar por lo cual se prepara en el sitio.
Modalidad: Comida caliente, desayuno y almuerzo.
Continuidad del complemento: Falta comida caliente,
pero el operador entrega refrigerios que cumplen el
mismo aporte nutricional, así mismo se manifiesta que no
ha sido por culpa de Compensar que no haya sido
entregado, sino que hay cuestiones técnicas que generan
los inconvenientes (agua, gas o daño de neveras).
Comedor escolar: Sí, existe aproximadamente 11 años.
Colegio Divino 6 y 9 de Persona encargada del PAE: Docente orientador, en la
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Maestro –
localidad de
Usaquén – Sedes B
y C
marzo de
2017
sede B ayudan los estudiantes del servicio social
Designa: La Rectoría, hace 3 años en el caso de la sede C.
Operador: En la Sede B hubo cambio de proveedor que
es DISERAL S.A. y en la Sede C por ser comida caliente
Compensar.
Operación: Sede B: los refrigerios se recepcionan en un
lugar para su almacenamiento, los estudiantes de servicio
social hacen el conteo y dos monitores por salón lo
distribuyen. Quienes distribuyen tienen tapabocas y
guantes; Sede C: Desde las 4:30 a 5:00 am se comienza a
preparar el desayuno, desde las 6:30 empezando por
estudiantes de los grados más altos van pasando por el
desayuno, en compañía de los docentes, para el caso del
almuerzo es desde las 12:40 pm y acompañan los
estudiantes de servicio social.
Criterio de ingreso al programa: Todos tienen derecho,
hace dos años los criterios en la sede C era que los
estudiantes con bajo peso o población vulnerable fueran
los criterios para el acceso al programa.
Manejo de sobrantes: Sede B: Se reparten a los
estudiantes en condiciones especiales, cuya situación es
conocida por los docentes, un ejemplo, es el caso de los
estudiantes que llegan sin desayunar; en la Sede C: Se
reasigna si un estudiante pide repetir, así mismo se
distribuyen en los estudiantes de las sedes A y B, según
necesidades.
Novedades: Sede B: Se reportan telefónicamente a la
interventoría los faltantes de refrigerios y el mal estado
de la fruta, y se da solución inmediata. Sede C: Existe un
comité de comedor escolar cada mes o cada dos meses, se
envía el correo a la interventoría, a la SED, con copia al
colegio y a Compensar.
Desperdicios: En la Sede B: No se han presentado y en la
Sede C: es poco; un ejemplo son las ciruelas y ensaladas
pero esos desperdicios han disminuido, Compensar ha
mejorado los menús.
Acompañamiento de la SED: Sede B a través de la
interventoría dos veces por mes y la sede C interventoría y
la referente de la SED cada mes según cronograma de los
comités de comedor escolar
Horario de llegada de complementos: refrigerios de
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7:30 a 8:00 am y comida caliente se prepara en el
comedor escolar.
Modalidad: Comida caliente, desayuno y almuerzo para
la sede C, se da refrigerios en las sedes A y B.
Continuidad del complemento: o se han presentado
inconvenientes al respecto.
Comedor escolar: En las Sedes A y B no existe, en la
sede C sí.
Liceo Nacional
Antonia Santos –
localidad de Los
Mártires
15 de marzo
de 2017
Persona encargada del PAE: Orientadora escolar
Designa: Rector
Operador: Liber
Operación: Los refrigerios los recepciona la orientadora
y a falta de ella, lo hace cualquier docente con
disponibilidad; no existe lugar para almacenar los
refrigerios, llegan al corredor y de ahí se distribuyen
inmediatamente, los estudiantes de servicio social apoyan
la entrega, pasan salón por salón dos niños a recoger las
canastillas, así mismo los estudiantes de servicio social.
Mientras cuenten con guantes se los ponen, cuando no, se
lavan las manos; sin embargo, no todos los niños se lavan
las manos.
Criterio de ingreso al programa: Todos pueden tomar el
refrigerio, pero en el caso de algunos estudiantes, existen
alimentos que les afecta su salud por lo cual los padres
envían una carta para no recibir el beneficio.
Manejo de sobrantes: Si llegasen a sobrar, los refrigerios
se reparten entre los mismos estudiantes.
Novedades: En el año 2016 los complementos faltaron
algunos días, este año han faltado también, pero ello se
reporta de inmediato y se reponen, los complementos
llegan bien, siempre se les verifica la fecha de
vencimiento.
Desperdicios: Sí se presentan, en el caso de las frutas
porque a veces no les gusta, como por ejemplo la naranja,
el banano o la manzana verde, así mismo hay dificultad
con los alimentos como arepas y pasteles porque llegan
fríos y no se consumen bien. La docente manifiesta que
propone a que se eviten alimentos con alto grado de
azúcar porque aumenta la hiperactividad y la obesidad de
los estudiantes.
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Acompañamiento de la SED: Acompaña la interventoría
cada mes o dos meses.
Horario de llegada de complementos: Antes de la visita
llegaban de 9:00 a 9:30 am y la semana de la visita de
7:00 a 7:30 am
Modalidad: refrigerio y para el momento de la visita se
estaba en el proceso de abrir el comedor escolar.
Continuidad del complemento: A veces llegan
incompletos; los estaban reponiendo después de las 12
am pero a esa hora no se admiten, eso sucedió en febrero,
la interventoría dio la directriz de no aceptar después de
esa hora.
Comedor escolar: No existe, está por abrir.
Colegio Eduardo
Umaña Mendoza –
localidad de Usme
23 de marzo
de 2017
Persona encargada del PAE: Orientadora escolar con
ayuda de 12 alumnos de servicio social y dos personas del
servicio general para la limpieza del comedor.
Designa: La coordinación del programa se hace de
manera voluntaria.
Operador: Compensar
Operación: De 6:00 a 9:00 am se entregan desayunos y
de 11:00 am a 2:00 pm almuerzos.
Criterio de ingreso al programa: El colegio maneja la
jornada única, para ese caso los estudiantes tienen derecho
a dos complementos y para la jornada de 4 horas se
entrega un solo complemento, alumnos de 6º a 9º, el
requisito es estar matriculado.
Manejo de sobrantes: Se reubican con algún estudiante
que no haya llegado dentro del horario de entrega.
Novedades: Se reportan por correo a Compensar y la
interventoría, solucionan inmediatamente
Desperdicios: En algunas ocasiones se desperdician las
ensaladas, (tomate y verdura), el tomate de árbol y el pan.
Acompañamiento de la SED: El referente local
acompaña solo los comités, piden que sea más constante
el acompañamiento.
Horario de llegada de complementos: Por ser comedor
se prepara en el sitio.
Modalidad: Comida caliente, desayuno y almuerzo, pero
también se dan refrigerios.
Continuidad del complemento: No se han presentado
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inconvenientes en la continuidad del programa.
Comedor escolar: Sí existe desde hace 8 años.
Fuente. Elaboración de la Veeduría Distrital, información tomada de las visitas administrativas realizadas a
colegios y complementada con lo aportado en las mismas.
Teniendo en cuenta la información registrada en el cuadro anterior, producto de las visitas
administrativas a los colegios se encontraron las siguientes situaciones:
Sobre la Coordinación del Programa:
De los 11 colegios visitados en más del 60% la Coordinación es asumida por parte de los
docente Orientadores, quienes han manifestado en algunas de las entrevistas que se
descuida su labor por estar coordinando la entrega del PAE; adicionalmente, esta labor es
apoyada por los estudiantes del servicio social, lo cual hace complejo que se asegure la
calidad y la oportunidad de la entrega.
Esta circunstancia desatiende la recomendación realizada por la Contraloría de Bogotá en
el año 2006, mediante “Control Fiscal de Advertencia Gestión Instituciones Educativas
Distritales a la SED 34100-18281 de agosto 17 de 2006”
Sobre los Desperdicios:
En las visitas realizadas se habló sobre los desperdicios que se generaban en referencia al
programa, frente al aspecto de los alimentos en el caso de las frutas, el sabor del kumis,
alimentos que se entregan congelados como las arepas y los hábitos alimenticios de los
estudiantes; en visita realizada a la SED en el mes de noviembre de 2016 se solicitó
información a la Señora Diana Carolina Medina, Coordinada del programa por parte de la
SED quien señaló la forma en que se garantiza que los refrigerios lleguen calientes:
Los refrigerios escolares no son calientes, los almuerzos y los desayunos sí. Los
refrigerios escolares tienen esa temperatura para garantizar sus condiciones de calidad
e inocuidad, deben mantener cadena de frío, se está en proceso de reducción. En
cuanto a los alimentos que conforman los menús de los refrigerios, es preciso señalar
que el Ministerio de Educación Nacional prohibió los embutidos y en consecuencia, a
partir del primer trimestre del año 2017 aproximadamente, no se entregaran este tipo
de alimentos en los refrigerios escolares del Distrito. (Medina, Visita Administrativa,
2016) (28 de noviembre – SED).
Figura No. 1. Registro fotográfico Instituciones Educativas
Informe investigación sumaria No. 201650008709900026E
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Colegio Cundinamarca – Se observa
como los estudiantes dejan la fruta
Colegio Cundinamarca – Frutas que dejan
en el piso
Fuente: Registro fotográfico realizado por la Veeduría Distrital
2.3.1.2. Cumplimiento de la normatividad vigente que regula el PAE.
2.3.1.2.1. Resolución 3429 de 2010
Así mismo, este ente de control ha analizado los lineamientos dados en la Resolución 3429
de 2010 “Por la cual se reglamenta el Proyecto de Alimentación Escolares los colegios
oficiales del Distrito Capital” y con el fin de verificar su cumplimiento, se encontraron los
siguientes resultados:
Frente a los Refrigerios:
- Reporte de novedades (art. 11): Al respecto, los Coordinadores del Programa en
algunas ocasiones no siguen el conducto regular dispuesto en la Resolución
señalada, en algunas entrevistas a los coordinadores del programa se evidenció que
dichas novedades se reportan directamente con el operador cuando la norma señala
que se deben reportar a la interventoría y a la SED; así mismo se evidencian
debilidades en el procedimiento para la entrega de los refrigerios escolares.
- Horarios de entrega y recepción (art 16): Los horarios son establecidos en la
Resolución. Sin embargo, en las entrevistas, quienes eran responsables de la labor
de recepción de refrigerios reportaron que en algunos casos era complejo saber la
hora exacta de llegada, porque podía variar de 30 minutos a dos horas, lo cual
origina que se desatiendan funciones de orientación estudiantil para el caso de los
Informe investigación sumaria No. 201650008709900026E
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docentes orientadores, también hay situaciones en las que el operador entrega los
complementos fuera de los horarios establecidos.
- Distribución y consumo (art. 17 y par. 2): Frente al manejo de tapabocas y guantes
del personal que distribuye los complementos, se observó en el colegio Aquileo
Parra, que sí bien es cierto se aseaban las manos, no se utilizaba tapabocas ni
guantes por parte de los estudiantes de apoyo (estudiantes de servicio social y de
los que enviaban por cada salón a recoger las canastillas), así mismo en otra de las
visitas, una de las personas que atendió la misma, indicó que los estudiantes de
apoyo no siempre tienen guantes y tapabocas porque no cuentan con dichos
elementos.
Frente al lavado de manos de los estudiantes antes y después de recibir el refrigerio,
en las visitas realizadas se encontró que los niños por la premura del tiempo no
alcanzaban a lavarse las manos en la mayoría de ocasiones.
Así mismo se observó en el colegio Aquileo Parra, que los estudiantes que pasaban
a recoger las canastillas en donde se depositan los complementos, lo hacían sin
guantes y sin tapabocas, (se observó en la visita que un estudiante depositó un
cuaderno dentro la canastilla, la dejó en el piso y fácilmente tomó uno de los
complementos alimentarios adicional al que recibe).
- Sobre la coordinación de actividades (art. 19), literal b. De las rectorías. Numeral
2: “Construcción y Mantenimiento de establecimientos Educativos de la SED”,
disponer o adecuar un espacio apropiado en el colegio para el almacenamiento
temporal de los refrigerios (…): Durante las visitas se evidenció que los lugares de
almacenamiento de los complementos, no siempre contaban con las condiciones
que exige el precitado artículo, uno de los casos fue el del colegio Antonia Santos
donde la recepción de los mismos era en el corredor del colegio, así mismo se
observó en los formatos que algunos colegios suministraron, que la interventoría les
hacía observaciones por la adecuación de los sitios, algunos donde la pintura de las
paredes se había caído.
Comida caliente:
- Dotación (art. 22): Frente al manejo del menaje en el colegio Eduardo Umaña de la
localidad de Usme se informó que no se contaba con todos los cubiertos requeridos
y que ya se había hecho la solicitud a la SED pero que hasta la fecha no se tenía
respuesta alguna al respecto.
- Distribución y consumo donde existen Comedores (art. 25): Frente al consumo de
los alimentos en el comedor del colegio Técnico Palermo de la localidad de
Teusaquillo, en el horario de almuerzo los estudiantes de preescolar lo reciben en el
salón, en contravía de lo dispuesto en la Resolución.
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2.3.1.2.2. Decreto 1852 de septiembre 16 de 2015
El Decreto 1852 de 2015 es la norma que reglamenta el Programa de Alimentación Escolar
y que adiciona la parte 3 del libro 2 del Decreto 1075 de 2015, que es “Por medio del cual
se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Educación”
Al revisar el cumplimiento del señalado Decreto, la Veeduría Distrital encontró que:
- Se incumple con la directriz dada frente al artículo 2.3.10.4.3., numeral 2 con
respecto a“… que un mismo beneficiario no sea receptor de dos raciones en el
mismo tiempo de consumo”; en varios colegios como se señaló anteriormente los
estudiantes reciben en un mismo tiempo de consumo dos o más complementos.
- Con respecto al numeral 3 del señalado artículo que contempla asegurar la
dotación de equipos, utensilios y menaje necesarios para la operación, de acuerdo
con la modalidad que se esté suministrando, según el material acopiado en varias
instituciones como ya se ha mencionado, se está incumpliendo con esta directriz.
- El Decreto también indica que las entidades territoriales deben “garantizar la
prestación del servicio de alimentación desde el primer día del calendario escolar y
durante la respectiva vigencia”; llama la atención este punto, ya que la SED debe
garantizar que lleguen continuamente los complementos alimentarios en las
instituciones del Distrito, ya que se sigue presentando, como se demostró con la
entrada en ejecución de la nueva contratación frente a los refrigerios escolares, que
la alimentación escolar no llegó o llegó de manera incompleta en algunos colegios
del Distrito, como consta en las actas de visitas administrativas realizadas los días
28 de noviembre de 2016 y 20 de abril de 2017, las dos problemáticas se han
presentado por la puesta en marcha de la ejecución contractual.
- Otro deber de la SED en concordancia con el Decreto es que realicen el
acompañamiento técnico en los establecimientos educativos del Distrito; al
respecto, como consta en el material probatorio, dicho acompañamiento lo hace la
interventoría que se contrata y no en todos los casos la SED.
- Otra de las funciones que tiene la SED es la de garantizar que los establecimientos
educativos del Distrito cuenten con la infraestructura adecuada para almacenar,
preparar, distribuir y consumir el complemento alimentario, así mismo suscribir
planes de mejoramiento con las instituciones educativas que no cumplan con estas
condiciones. En las visitas realizadas se evidenció que los colegios en la mayoría de
ocasiones contaban con un sitio de almacenamiento en el caso de los refrigerios, la
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interventoría hacía el seguimiento y realizaba las observaciones respectivas, sin
embargo, no todos los sitios de almacenamiento cuentan con condiciones óptimas.
- Frente al seguimiento y monitoreo del PAE: la SED debe realizar capacitaciones a
los diferentes actores sobre el programa, objetivos, alcances y condiciones, así
como de la importancia de realizar el debido seguimiento y el control oportuno del
mismo. Algunos docentes coordinadores del programa, señalaron en las visitas
realizadas que no han contado con la capacitación necesaria por parte de la SED.
- Los operadores del programa frente al monitoreo y seguimiento, deben publicar en
las IED en lugares de acceso público y en sus respectivas páginas web lo
correspondiente a: condiciones del contrato, obligaciones y los menús diarios de
cada institución donde presten su servicio. Para ello se indagó en las páginas web
de algunos de los operadores que fueron adjudicatarios en la nueva contratación y
no se encontró que esto se esté cumpliendo, es más, adjudicatarios como
Organización Garsas S.A.S., Jeffer Panche Cárdenas, U.T. Cerelacc no tienen
página web y en el caso de la empresa PulpaFruit S.A.S se encontró la siguiente
página web, que sería posiblemente de la empresa adjudicataria y la cual tiene que
ver con refrigerios pero que no aparece lo descrito por el Decreto.
Figura No. 2. Pantallazo Página web del sitio Pulpafruit
Fuente: Página web del sitio PulpaFruit
Lo mismo ocurre en el caso de la empresa la Campiña S.A.S. quienes señalan que
tienen gran experiencia en el tema de alimentación escolar, pero al revisar su
página no se encuentra lo exigido por el Decreto ya citado.
Figura No. 3. Pantallazo página web de la Campiña SAS
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Fuente. Página Web de la Campiña
2.3.2. Seguimiento y monitoreo del PAE por parte de la Dirección
de Bienestar Estudiantil DBE.
Frente al seguimiento y monitoreo del PAE se sabe que la interventoría hace el
acompañamiento total en la ejecución de los contratos, así como a las IED, también que a
través de referentes locales y de personal de la SED realizan trabajo en los colegios con el
fin de verificar el cumplimiento del programa, pero en algunas entrevistas, se evidenció
que el acompañamiento no es permanente y que no cuentan con el apoyo necesario.
En el Decreto 1852 de 2015, se hace referencia a la importancia del seguimiento y
monitoreo del Programa, pero este no se debe limitar solamente a la interventoría o a la
supervisión de la misma, sino que debe ser un seguimiento más integral y cercano a los
colegios, que garanticen, como dice el ya mencionado decreto “la defensa del interés
general, el patrimonio público y los derechos de los niños, niñas, adolescentes y jóvenes”,
esto se logra con acompañamiento continuo y algunas de las situaciones acá previstas se
mitigarían con el debido seguimiento en las instituciones educativas.
2.4. Infraestructura de los comedores y almacenamiento de los refrigerios
escolares.
Teniendo como referencia los dos puntos anteriores del presente informe, relacionados con
las visitas administrativas y la verificación de la normatividad que reglamenta la operación
del PAE, así como la información revisada en la página web de la SED y la información
que se suministró por parte de la Dirección de Construcción y Conservación de
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Establecimientos Educativos, este órgano de control encontró que frente al Informe de
Rendición de Cuentas de la vigencia 2016 hay algunas inconsistencias:
Figura No. 4. Pantallazo Página web de la SED
Fuente. Página Web de la Secretaría de Educación del Distrito
Allí se observa que, en el informe de gestión, con corte a 31 de diciembre de 2016 se
encontraban en operación 79 comedores escolares en la zona urbana y 12 sedes con
comedor en la zona rural de Sumapaz, para un total de 91 comedores para la fecha como se
muestra en la siguiente imagen:
Figura No. 5. Pantallazo Página web de la SED
Fuente: Página Web de la Secretaría de Educación del Distrito - Plan de Acción 2016 - 2020
Componente de gestión por entidad con corte a 31/12/2016
En oficio de respuesta enviado por la Secretaría de Educación del Distrito, radicado el día
16 de marzo del presente año, se informó que en ese momento se encontraban en
funcionamiento 109 comedores escolares, relacionados en el punto 4 del mismo, eso quiere
decir que habían entrado en funcionamiento 18 comedores, pero al revisar la información
del punto 3, frente a metas cumplidas se relaciona que en el año 2017 se han construido y/o
adecuado 15 comedores escolares, eso quiere decir que en la suma de los 91 comedores
que registra en el informe mencionado y los 15 comedores que mencionan para la vigencia
2017 en el momento del oficio, da un total de 106 comedores. (SED, Oficio Radicado No.
20172200025252, 2017)
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Estos resultados muestran que hay diferencias al consolidar la información 2016 según los
datos tomados de la página de la SED y los datos suministrados en el oficio, eso quiere
decir que hay 3 comedores más en la tabla Comedores Escolares 2017 respecto a la
sumatoria realizada por el ente de control, así mismo, se observó que a fecha 17 de abril de
2017, ya habían 113 comedores en funcionamiento, un indicador importante para la buena
marcha del programa, pero debe existir más claridad en la información que suministra la
Secretaría.
Respecto a los comedores escolares visitados, todos son operados por la Caja de
Compensación - Compensar, existe uno de ellos que no se encuentra en funcionamiento,
que es el caso del comedor escolar del Colegio Cristóbal Colón en la localidad de Usaquén,
que se construyó según lo informado hace 2 años, el motivo que se enunció fue que el
lugar no tenía paredes laterales como bien se evidencia en la siguiente imagen, esto genera
que cuando llueva al agua se meta al comedor, afectando el consumo de los alimentos y el
bienestar de los estudiantes.
Figura No. 6. Registro Fotográfico. Comedor Escolar Cristóbal Colón
Fuente: Registro fotográfico realizado por la Veeduría Distrital tomado el día 30 de enero de 2017 en las
instalaciones del colegio Cristóbal Colón.
En cuanto a la adecuación de los espacios para el almacenamiento de los complementos
alimentarios, en las visitas administrativas se realizó registro fotográfico de algunos
colegios, también en los anexos de algunas de las visitas se tienen copias donde la
interventoría evalúa a los colegios y les hace requerimientos frente a la adecuación de los
sitios que se tienen habilitados para almacenar las canastillas.
Figura No. 7 Registro fotográfico Instituciones Educativas Distritales
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Colegio Cristóbal Colón – el sitio de
almacenamiento es un baño
Colegio Antonia Santos, Sede Primaria.
Sitio de almacenamiento en el corredor de
la entrada del colegio.
Colegio Aquileo Parra – paredes en mal
estado
Colegio Aquileo Parra – paredes en mal
estado
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Colegio Antonia Santos Sede
Bachillerato.
El lugar de almacenamiento de los
refrigerios se encuentra debajo de las
escaleras.
Fuente: Registro fotográfico tomado por la Veeduría Distrital de Marzo 15 de 2017
2.5. Indicadores e impacto del Programa de Alimentación Escolar
Uno de los objetivos del PAE se enfoca en:
Mantener los niveles de acceso, permanencia de niños, niñas y jóvenes de los
Colegios Distritales, mejorando las condiciones nutricionales a través de un
apoyo alimentario diario durante el año escolar”. Para el cumplimiento de este
objetivo se pretende brindar una atención integral a los niños matriculados en
colegios oficiales, mejorando su estado nutricional para poder obtener un
rendimiento físico, desarrollar su capacidad intelectual, su resistencia a las
enfermedades infecciosas, generando un ambiente social que le permita
tener una nutrición adecuada y así evitar la deserción de la escuela.
(Negrillas fuera de texto). (Planeación, 2009)
Por otra parte el PAE se enmarca en la estrategia más exitosa para contener la deserción
escolar y aumentar las tasas de permanencia de los niños y niñas escolares que para el caso
de Bogotá, es uno de los logros más importantes en razón a que tiende a la
Universalización en todos los niveles educativos, pero con un firme compromiso de
garantizar la calidad en los alimentos y preparaciones, que ofrece a sus beneficiarios.
(Nacional, 2015)
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Dados los objetivos perseguidos por el PAE, la Veeduría Distrital consideró pertinente
indagar sobre la existencia de indicadores o de una evaluación que permitiera conocer
cómo el PAE ha contribuido en el mejoramiento del estado nutricional y del aprendizaje de
niños, niñas y jóvenes inscritos en los colegios públicos de Bogotá y de esta forma medir
su impacto, dado que:
Una evaluación de impacto identifica de manera sistemática los efectos
(positivos o negativos, esperados o no) sobre los hogares e instituciones,
generados por un programa de desarrollo social. Se distingue de las
evaluaciones de procesos, gestión y resultados, al determinar la causalidad
entre la intervención y sus efectos observados.
Así, permite entender la magnitud de los cambios generados por dicha acción
sobre el bienestar y, en especial, sobre la reducción de la pobreza.
Concretamente, apunta a retroalimentar y a mejorar la efectividad de los
programas sociales, comparándolos con intervenciones alternativas. Sus
resultados proveen información para la toma de decisiones relacionadas con
mantener, ampliar, reorientar o eliminar un programa existente, o diseñar una
nueva política pública. Adicionalmente, sus resultados hacen posible la
rendición de cuentas al público. (CONPES, 2002)
Es así como en visita administrativa llevada a cabo el 17 de Noviembre de 2016, se indagó
en la Dirección de Bienestar Estudiantil de la SED, sobre la existencia de indicadores a
través de los cuales se hiciera el seguimiento y la evaluación del PAE, ante lo cual la
entidad señaló:
“Los indicadores están diseñados desde el año 2013 y se encuentran en proceso
de validación, dado el crecimiento y los cambios que ha tenido el PAE en los
últimos tres (3) años”. (Medina, 2016)
Así mismo, también en Visita Administrativa a la Dirección de Bienestar Estudiantil de la
SED, efectuada el 28 de Noviembre de 2016, se indagó acerca de si existía alguna
medición o evaluación del impacto del PAE y si no existía tal, cómo se valoraban los
resultados del programa; frente a lo cual la entidad manifestó:
Con el fin de llevar a cabo una evaluación del impacto, no. No obstante, es
preciso señalar que sí existe una coordinación para llevar a cabo el
seguimiento, la vigilancia y el control a los establecimientos educativos,
comedores escolares y tiendas escolares. El Banco Mundial llevó a cabo una
evaluación del impacto de la modalidad de contratación del PAE.
Adicionalmente y como parte de la evaluación y seguimiento al PAE se han
realizado mediciones de peso y talla a estudiantes, encuestas de aceptabilidad y
la verificación de consumo. (Medina, 2016)
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Sumado a lo anterior, mediante correo institucional la SED allegó el Informe Final del
Contrato 3916 del 06 de octubre de 2016 “Estudio Toma de peso y talla a los niños y niñas
matriculados en los grados pre jardín, jardín, transición y sexto, de las instituciones
educativas distritales, en las diferentes jornadas académicas, como estrategia de
seguimiento y evaluación al programa de alimentación escolar” suscrito entre la Secretaría
de Educación Distrital - SED y el Centro Nacional de Consultoría- CNC
El informe muestra los resultados del tercer Censo de Peso y Talla en el distrito capital, el
cual se desarrolló entre el mes de octubre y Noviembre de 2016. Según el informe referido,
el análisis comparativo entre los resultados del censo 2011 y 2016, permitió identificar la
disminución en la prevalencia de retraso en talla; así como el incremento en los indicadores
de delgadez y sobrepeso. Estos resultados se pueden constituir en un insumo para la
definición y orientación de estrategias dirigidas a los estudiantes de los colegios oficiales
de Bogotá.
Adicional a lo anterior, se solicitó a la Secretaría Distrital de Salud, información
relacionada con mediciones de peso y talla realizadas a los niños, niñas y jóvenes
beneficiarios del PAE, encontrando como respuesta con oficio radicado 20172200034302
del 20 de Abril de 2017, que:
quien cuenta con la competencia para orientar la información es la Dirección
de Bienestar Estudiantil de la SED. (Libia Esperanza Forero García, 2017).
Dentro de la información acopiada se cuenta con solo dos documentos que tienen alguna
relación con algún tipo de evaluación del PAE “El estudio de aceptabilidad de los
refrigerios escolares de la Universidad Nacional de Colombia” 2014 y el documento
“Verificación del Consumo de Alimentos realizado por los niños y niñas escolares
beneficiarios del PAE del Distrito Capital también de la Universidad Nacional de
Colombia” 2016.
De igual forma la SED, allegó información acerca de (37) indicadores del programa,
discriminados entre indicadores de resultado, producto, participación, de alerta y de
proceso que se construyeron desde 2013, sobre los cuales es importante señalar que estos
permitirían una evaluación preliminar que contribuiría en gran medida a una evaluación
sobre el impacto del PAE.
Dentro de dichos indicadores se resalta el No. 6 relacionado con: Aporte del PAE en la
construcción de actitudes y aptitudes favorables para el aprendizaje de la lectoescritura y
las matemáticas”; a su vez, el objetivo de este indicador es “la contribución del PAE
como factor que incide en el logro cognitivo de los y las estudiantes y en la generación
de actitudes y aptitudes favorables para el aprendizaje. (Negrillas fuera de texto)
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Visto lo anterior, se debe destacar que la SED viene trabajando en la formulación de
indicadores para evaluar el PAE desde el año 2013, sin embargo es importante que avance
en evaluar el impacto del programa teniendo en cuenta que “la evaluación como
instrumento de apoyo en la toma de decisiones, de programación y asignación del gasto
social, así como en la orientación, diseño y formulación de políticas y programas de
inversión social”, tal como lo ha señalado el DNP a través del CONPES 3188 de 2002 y el
113 de 2008; y de esta manera dé cumpliendo a lo señalado en los artículos 343 y 344 de
la Constitución Política de Colombia de 1991, que introducen la obligatoriedad de
monitorear y evaluar las políticas públicas, dentro de las cuales se encuentra inmerso el
PAE como un programa que apunta a la Política Pública Distrital de Seguridad Alimentaria
y Nutricional.
3. Conclusiones
Frente a la operación del PAE:
1. El Programa de Alimentación Escolar en el Distrito es de los que mejor
comportamiento ha tenido frente a cobertura y operación en el país, logrando un
nivel de satisfacción del 96%, de acuerdo al “Informe Trimestral Programa de
Alimentación escolar en las 95 entidades territoriales certificada –ETC- Octubre a
Diciembre de 2016” (MEN, INFORME TRIMESTRAL PROGRAMA DE
ALIMENTACIÓN ESCOLAR, 2016)
2. La SDE en el tema de contratación viene realizando la contratación en convenio
con Colombia Compra Eficiente con el fin de dar pluralidad y transparencia a los
procesos en materia de los refrigerios.
3. Es importante destacar que se vienen abriendo más comedores en el distrito, lo cual
es positivo, ya que muchos de los estudiantes que reciben el beneficio de
alimentación escolar, no tienen en sus hogares el acceso al desayuno o al almuerzo,
convirtiéndose este en su único medio de complemento alimentario, así mismo se
destaca, según algunos docentes que atendieron las visitas, señalan que no tienen
mayores problemas con el operador en el caso de la caja de compensación familiar
– Compensar-, eso mismo es notorio en las visitas que se hicieron, ya que se
evidenció que llevan un estricto manejo de los complementos alimentarios y de la
distribución, así como en la limpieza de las cocinas.
4. En la mayoría de colegios visitados la función de coordinación es asignada por el
Rector a los Docentes Orientadores; al respecto, sí bien es cierto que algunos de
ellos lo hacen de manera voluntaria, eso no quiere decir que esto no afecte la labor
principal que es la de ser docente orientador, ya que como consta en las actas de
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visitas, la coordinación del PAE puede ocupar diariamente una gran cantidad de
tiempo y esfuerzo.
5. Como consta en las actas de las visitas realizadas, algunos alimentos no son del
agrado de los estudiantes, lo cual genera desperdicios, algunas ocasiones por temas
de hábitos alimenticios, otras por la presentación de los alimentos a pesar de que
son aptos para el consumo (frutas magulladas o que están en estado de
maduración), así mismo alimentos que llegan congelados como por ejemplo las
arepas, entendiendo que los alimentos deben mantener la cadena de frío, hay otros
factores como el sabor que también inciden para que se genere este hecho.
6. En el colegio Cristóbal Colón de la localidad de Usaquén se debería estar prestando
el servicio de comida caliente en el comedor escolar, pero por falta de las paredes
que cubran dicho comedor, este beneficio no es accesible para los estudiantes, lo
cual urge que la Secretaría ponga la atención requerida para solucionar esta
problemática.
7. El almacenamiento de refrigerios como se evidenció en las visitas administrativas a
los colegios no cumple con los lineamientos impartidos por el MEN y la SED y la
interventoría que ejercía la Universidad Nacional de Colombia hacía las
observaciones a los colegios, algunas situaciones quedaron en el registro
fotográfico que se hizo a los colegios visitados.
Frente al cumplimiento de la normatividad vigente que rige el PAE:
1. Se está dando incumplimiento a la Resolución 3429 de 2010 en cuanto al
reporte de novedades, los horarios de entrega de los refrigerios, la distribución y
el consumo (condiciones higiénicas), el almacenamiento de los complementos,
la dotación, a distribución y el consumo en los comedores escolares.
2. El MEN en el año 2015 emitió el Decreto 1852 y la Resolución 16432 “Por la
cual se expiden los lineamientos Técnicos – Administrativos, los estándares y
las condiciones mínimas del Programa de Alimentación Escolar - PAE”, sin
embargo hasta la fecha la Secretaría de Educación del Distrito no ha modificado
la Resolución 3429 de 2010, que es la norma a nivel distrital que rige el PAE,
según comunicación telefónica sostenida con la SDE el día 22 de septiembre de
2016 en donde se indicó que dicha Resolución se encuentra en proceso de
modificación. Algunos aspectos por resolver frente al citado Decreto expedido
por el MEN son:
Recepción de raciones por parte de un mismo beneficiario en el mismo horario.
La dotación necesaria para la operación es insuficiente en algunos colegios, eso
quedó en evidencia puesto que en las actas queda registrado que no siempre se
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utilizan los utensilios necesarios en el caso de entrega de refrigerios guantes y
tapabocas, así como en el caso del colegio Eduardo Umaña de Mendoza el cual no
contaba con la totalidad de los cubiertos demandados para el comedor.
Los riesgos del proceso de contratación, así como su ejecución afectaron en los
casos ya señalados la continuidad en la entrega de los complementos alimentarios
lo cual va en contravía de lo estipulado en el Decreto 1852 de 2015 frente a la
función de las entidades territoriales certificadas.
La interventoría técnica, financiera, administrativa y jurídica de la contratación del
PAE hace el seguimiento y el acompañamiento a la entrega de los complementos
alimentarios en los colegios; así mismo es claro que la SED a través de sus
referentes locales no están dando acompañamiento permanente al programa en
algunos colegios y en el caso de los comedores escolares no se hace
acompañamiento permanente a través de los Comités de Alimentación Escolar.
No existe capacitación constante a los diferentes actores del PAE por parte de la
SED, esto hace que sea débil el papel de seguimiento, control y monitoreo por parte
de los diferentes actores que intervienen en el mismo.
El Decreto 1852 de 2015 en el Capítulo 5. Seguimiento y Monitoreo, Artículo
2.3.10.5.1., numeral 4, habla sobre el deber por parte de los operadores de la
publicación de condiciones del contrato, obligaciones y los menús diarios de cada
institución donde presten su servicio en lugares visibles y en las páginas web de los
operadores; sin embargo, esto no se viene cumpliendo, como se constató en la web
frente a la verificación de páginas web de las empresas adjudicatarias
Sobre los indicadores e impacto del PAE
1. No obstante el estudio de peso y talla realizado por la Dirección de Bienestar
Estudiantil de la SED en el año 2016, no se conocen estudios o evaluaciones sobre
el impacto del PAE que permitan dar cuenta de los resultados del mismo en
términos de mejoramiento del estado nutricional y de aprendizaje de los niños,
niñas y jóvenes que se benefician del mismo.
Sobre la información referente al PAE
1. Falta claridad en la información suministrada por la SED y la requerida en la
página WEB frente a los comedores escolares, ya que se presentan diferencias al
consolidar la información, es oportuno señalar que la secretaría viene haciendo un
esfuerzo importante por dar apertura a estos espacios en colegios donde se estaba
entregando refrigerios escolares como sucede en el Liceo Nacional Antonia Santos
– sede de bachillerato.
4. Recomendaciones
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Para la SED
De tipo administrativo
1. La SED debe reglamentar y fijar los parámetros para la Coordinación del PAE en
los colegios, así como dar lineamientos específicos frente a la persona que debe
cumplir dicha función.
2. Fortalecer los Comités de Alimentación Escolar en las instituciones educativas a
través de jornadas de sensibilización, capacitación y retroalimentación para el
seguimiento y monitoreo del PAE, así como para conocer los avances del mismo.
En caso de no existencia de los Comités en todas las instituciones, es deber que la
secretaría acompañe su creación y su funcionamiento para dar alcance al Decreto
1852 de 2015.
3. Reglamentar la designación de quienes realicen la Coordinación del PAE al interior
de las instituciones educativas, ya sea por parte de la SED, del Rector o del Comité
de Alimentación Escolar de conformidad con la Resolución 16432 de 2015.
También es oportuno que las funciones del Coordinador del PAE queden
establecidas en los Manuales de Funciones.
4. Realizar un estudio sobre los factores que generan los desperdicios derivados del
PAE y conocer su porcentaje con el fin de que estos resultados sirvan de insumo
para las futuras contrataciones, así como el diseño y puesta en marcha de
estrategias para el mejoramiento de hábitos alimenticios en los estudiantes.
5. De manera urgente se conmina a la SED para que implemente las acciones
necesarias en el comedor escolar del colegio Cristóbal Colón, y lograr su
funcionamiento, para lo cual este ente de control solicita un plan de acción que en
donde se señalen actividades puntuales, tiempos y responsables.
6. Implementar un sistema de seguimiento y monitoreo del PAE, con el fin de dar a
conocer en tiempo real al estado del programa en cada Institución Educativa; para
esto, se debe articular con dichas Instituciones el fortalecimiento a los sistemas de
información existentes.
7. Presentar el avance en la reformulación de los indicadores del PAE.
8. Es necesario avanzar en una evaluación sobre los resultados del programa, medir su
impacto, identificar aciertos, reconocer desaciertos, determinar retos, y considerar
su reformulación y/o su cualificación.
9. Se recomienda articular el PAE con el proceso de construcción de la nueva Política
Pública Distrital de Seguridad Alimentaria en cabeza de la SDDE, la SDP y la SDS,
que garantice a futuro medir el impacto en términos de cumplimiento de política
distrital.
10. Socializar interinstitucionalmente (SED, SDP, SDS) los resultados de las encuestas
sobre las causas de la deserción estudiantil en Bogotá y sobre esa base poder definir
estrategias focalizadas que permitan fortalecer el PAE o llegar de forma más
asertiva, primero para lograr aumentar el acceso y la cobertura de los niños, niñas y
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jóvenes al Sistema Educativo y segundo para poder trabajar sobre las causas de la
desescolarización.
11. Promover un proceso de sensibilización en torno al PAE, la conformación de redes
comunitarias de seguimiento y control social, vinculándolos desde la planeación
hasta el desarrollo, seguimiento y evaluación del mismo; acorde a lo establecido en
el artículo 103 de la Constitución Política de Colombia.
12. Socializar con la SDP y la SDS los resultados del censo de peso y talla realizado
por la Dirección de Bienestar Estudiantil en 2016, como insumo para la evaluación
del impacto del PAE.
Sobre el cumplimiento de la normatividad vigente que rige el PAE
1. Es necesario que la SED modifique la Resolución 3429 de 2010 para dar alcance a
la normatividad vigente, así como que se disponga dentro de la nueva
reglamentación espacios de capacitación a los diferentes actores, que se presenten
jornadas de actualización respecto al manejo de novedades, horarios y las
condiciones de distribución, consumo y el manejo de desechos.
2. Es deber de la SED velar por el buen funcionamiento del programa y realizar las
inspecciones a los sitios de almacenamiento de los colegios donde se recepcionan
los refrigerios, así mismo evaluar en los colegios la infraestructura para tal fin, con
el objetivo de que se garanticen las condiciones de calidad e inocuidad de los
alimentos que allí se almacenaran.
3. Frente al alcance que debe darle la SED al Decreto 1852 y la Resolución 16432 de
2015, es importante que se tengan en cuenta los aspectos relacionados a garantizar
que sólo un beneficiario sea receptor del complemento alimentario en el mismo
horario, que los colegios cuenten con la dotación necesaria para la operación del
programa y que se garantice que quienes se beneficien del programa cumplan con
los mínimos exigidos, como es el aseo de manos antes y después del consumo, lo
cual genera mejores hábitos alimentarios.
Sobre Información referente al PAE
1. Debe existir relación entre la información que se maneja en la página web y la
suministrada en los informes que se presentan por parte de la SED, para ello se
recomienda que se analicen y revisen los diferentes informes que se relacionan en
la página web frente a las bases de datos que mantiene la Secretaría.
Para la SDP
De tipo administrativo
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Sobre la evaluación del impacto del Programa
1. En cumplimiento de sus funciones de planeación, coordinación y evaluación de
políticas públicas, la SDP, deberá coordinar con la SED y la SDS, los procesos
de evaluación del PAE.
Finalmente, se remitirá el expediente al grupo de seguimientos de la Veeduría Delegada
para la Atención de Quejas y Reclamos para que realice el seguimiento propio de nuestra
función.
JUAN CARLOS RODRÍGUEZ ARANA
Veedor Delegado para la Atención de Quejas y Reclamos
Aprobó: Juan Carlos Rodríguez Arana
Revisó: Juan Carlos Rodríguez Arana
Elaboró: Sulma Melo/Julio Bajonero
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Referencias
Programa de Alimentación Escolar, Ley 1450 de 2011 (MEN 2011).
Beltrán, D. c. (Agosto de 2016). Visita Administrativa. (V. Distrital, Entrevistador)
Colombia Compra Eficiente. (5 de 12 de 2016). SECOP I. Obtenido de SECOP I:
https://www.contratos.gov.co/consultas/detalleProceso.do?numConstancia=16-12-
4567591
CONPES. (2002). Evaluación de Impacto de Programas Sociales. Bogotá.
Distrital, V. (2016). Base de datos SDQS. Bogotá.
Libia Esperanza Forero García. (2017). Solicitud de Información mediciones de peso y
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Medina, D. C. (22 de Agosto de 2016). Visita Administrativa. (V. Distrital, Entrevistador)
Medina, D. C. (28 de Noviembre de 2016). Visita Administrativa. (V. Distrital,
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Medina, D. C. (17 de Noviembre de 2016). Visita Administrativa SED. (V. Distrital,
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MEN. (2015). Programa de Alimentación Escolar.
Nacional, M. d. (2011). Ley 1450 de 2011. Bogotá.
Nacional, U. (2015). Verificación del Consumo de Alimentos realizado por niños y niñas
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Otro, C. T. (22 de Agosto de 2016). Visita Administrativa. (V. Distrital, Entrevistador)
Planeación, D. D. (2009). Programa de Alimentación Escolar. Bogotá.
Planeación, S. D. (s.f.). Plan Distrital de Desarrollo 2016-2020. Bogotá.
República, C. d. (2011). Ley 1450. Bogotá.
SDP. (s.f.). Plan Distrital de Desarrollo 2016-2020. Bogotá.
SDP. (s.f.). Plan Distrital de Desarrollo 2016-2020. Bogotá.
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