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INFORME SOBRE LOS PROCESOS DE EXTINCIÓN …...II.1. Responsabilidad de la Comunidad Autónoma en...

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INFORME SOBRE LOS PROCESOS DE EXTINCIÓN DE ENTIDADES DEPENDIENTES DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE GALICIA 2010-2016
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INFORME SOBRE LOS PROCESOS DE EXTINCIÓN DE ENTIDADES DEPENDIENTES

DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE GALICIA 2010-2016

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Informe sobre procesos de extinción de las entidades dependientes de la CA de Galicia

1

ÍNDICE

I. INTRODUCCIÓN ............................................................................................................ 11

I.1. OBJETO Y TIPO DE FISCALIZACIÓN ................................................................................................. 11

I.2. INICIATIVA DE LA FISCALIZACIÓN .................................................................................................. 11

I.3. OBJETIVOS DE LA FISCALIZACIÓN .................................................................................................. 11

I.4. ÁMBITO DE LA FISCALIZACIÓN ...................................................................................................... 11

II. CONCLUSIONES ........................................................................................................... 13

II.1. RESPONSABILIDAD DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA EN RELACIÓN CON LOS PROCESOS DE EXTINCIÓN ........................................................................................................................................... 13

II.2. RESPONSABILIDAD DEL CONSELLO DE CONTAS ............................................................................ 13

II.3. CONCLUSIÓN SOBRE CUMPLIMIENTO DE LEGALIDAD ................................................................... 14 II.3.1. Fundamento de la opinión de cumplimiento con salvedades ..................................................................... 14 II.3.2. Opinión con salvedades sobre el cumplimiento de la legalidad ................................................................. 14

II.4. CONCLUSIONES SOBRE LA GESTIÓN DE LOS PROCESOS DE EXTINCIÓN ........................................ 15

III. RECOMENDACIONES .................................................................................................. 19

IV. RESULTADOS DERIVADOS DEL TRABAJO DE FISCALIZACIÓN .................................... 20

IV.1. EL SECTOR PÚBLICO INSTRUMENTAL EN ESPAÑA ........................................................................ 20 IV.1.1. La evolución del discurso sobre la administración instrumental ................................................................ 20 IV.1.2. Información disponible sobre la composición del sector instrumental ....................................................... 21 IV.1.3. El número de entidades del sector instrumental en España ...................................................................... 22

IV.2. COMPOSICIÓN Y EVOLUCIÓN DE LAS ENTIDADES DEPENDIENTES DE LA XUNTA DE GALICIA ...... 24 IV.2.1. Información disponible sobre la composición del sector instrumental autonómico de Galicia .................... 24 IV.2.2. Evolución del sector Instrumental Autonómico de Galicia ........................................................................ 26 IV.2.3. Altas y bajas en el sector Instrumental Autonómico de Galicia ................................................................. 28

IV.3. LOS PLANES DE RACIONALIZACIÓN DEL SECTOR PÚBLICO DEPENDIENTE DE LA XUNTA DE GALICIA ............................................................................................................................................... 30

IV.4. ANÁLISIS GENERAL DE LOS PROCESOS EXTINTIVOS ..................................................................... 36 IV.4.1. Funciones desarrolladas ......................................................................................................................... 36 IV.4.2. Medios materiales y personales de las entidades extinguidas .................................................................. 36 IV.4.3. Ahorro económico en la extinción de entidades ...................................................................................... 39

IV.5. ANÁLISIS ESPECÍFICO DE DETERMINADOS PROCESOS EXTINTIVOS............................................... 40 IV.5.1. Entidades de turismo .............................................................................................................................. 40 IV.5.1.1. Consorcio de Estudos Turísticos de Galicia ............................................................................................................. 40 IV.5.1.2. Sociedade de Imaxe e Promoción Turística de Galicia, S.A. ..................................................................................... 42 IV.5.1.3. Sociedade de Xestión do Plan Xacobeo, S.A. ......................................................................................................... 44 IV.5.1.4. Gasto total de las entidades de turismo ................................................................................................................. 45

IV.5.2. Fundación Centro de Transfusións de Galicia .......................................................................................... 46 IV.5.3. Fundación Fomento da Calidade Industrial e o Desenvolvemento Tecnolóxico ......................................... 48 IV.5.4. Xestión do Solo de Galicia-Xestur S.A. .................................................................................................... 51 IV.5.5. Centro Europeo de Empresas e Innovación (CEEI, S.A.) ........................................................................... 54 IV.5.6. S.A. Gestión Cesga ................................................................................................................................. 56

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V. ALEGACIONES ............................................................................................................. 75

VI. RÉPLICAS A LAS ALEGACIONES PRESENTADAS ....................................................... 101

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ÍNDICE DE CUADROS

Cuadro 1. Número de entes que componen el Inventario. ............................................................................................ 23

Cuadro 2. Clasificación de las entidades dependientes del inventario según su sector de adscripción. ........................... 26

Cuadro 3. Número de entes a 31 de diciembre. ........................................................................................................... 26

Cuadro 4. Número de entes a 31 de diciembre por tipo de entidad. ............................................................................. 27

Cuadro 5. Número de entes a 31 de diciembre por tipo de entidad. ............................................................................. 28

Cuadro 6. Número de entes extinguidos por categoría. ................................................................................................ 29

Cuadro 7. Cuentas no rendidas. .................................................................................................................................. 38

Cuadro 8. Bajas de personal y ahorros económicos derivados de las extinciones. ......................................................... 39

Cuadro 9. Ahorros económicos declarados en las entidades auditadas. ........................................................................ 40

Cuadro10. Patrimonio del Consorcio Estudios Turísticos de Galicia .............................................................................. 41

Cuadro 11. Remanente líquido en el Consorcio Estudios Turísticos de Galicia. .............................................................. 42

Cuadro 12. Evolución del personal de la Fundación para el Fomento de la Calidad Industrial. ...................................... 49

Cuadro 13. Ahorros económicos de personal en la Fundación para el Fomento de la Calidad Industrial (€) ................... 50

Cuadro 14. Evolución de los gastos de personal de la Fundación para el Fomento de la Calidad Industrial (miles €). ..... 51

Cuadro 15. Reparto de la cuota de liquidación del CEEI ............................................................................................... 55

Cuadro 16. Ahorros económicos declarados en el CEEI. ............................................................................................... 56

Cuadro 17. Detalle del ahorro económico de personal en el CEEI. ................................................................................ 56

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ÍNDICE DE GRÁFICOS

Gráfico 1. Número de entidades dependientes de las comunidades autónomas desde el año 2003 .............................. 22

Gráfico 2. Evolución temporal del gasto en las entidades de turismo (€). ...................................................................... 45

Gráfico 3. Evolución temporal del gasto en el Centro de Transfusións de Galicia (€) ..................................................... 47

Gráfica 4. Evolución de los gastos de personal y servicios exteriores de la Fundación para o Fomento da Calidade ndustrial (€) ................................................................................................................................................................ 51

Gráfico 5. Evolución temporal de los gastos de personal en las sociedades de gestión urbanística. ............................... 53

Gráfico 6. Evolución temporal de los gastos en gestión corriente y financieros en las Xestures. ..................................... 53

Gráfico 7. Evolución temporal de los gastos en personal y gestión corriente en el Centro de Supercomputación. ........... 57

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ÍNDICE DE ANEXOS

ANEXO I. RELACIÓN DE ENTIDADES DEL SECTOR PÚBLICO AUTONÓMICO SEGÚN EL INVENTARIO DE ENTES PÚBLICOS DEL MINISTERIO DE HACIENDA ................................ 59

ANEXO II. RELACIÓN NOMINAL DE ALTAS Y BAJAS ........................................................ 63

ANEXO III. RELACIÓN DE ENTIDADES EXTINGUIDAS, FUNCIONES, NORMATIVA DE EXTINCIÓN Y ENTIDADES ABSORBENTES ........................................................................ 66

ANEXO IV. VOLUMEN DE GASTO Y NÚMERO DE EFECTIVOS POR ENTES CORRESPONDIENTES AL EJERCICIO ANTERIOR A LA EXTINCIÓN .................................... 72

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ABREVIATURAS

ACEOUSA Autoestrada Alto de Santo Domingo-Ourense, S.A.

ACIS Axencia de Coñecemento en Saúde

ADOS Axencia Galega de Sangue Órganos e Tecidos

AGADER Axencia Galega de Desenvolvemento Rural

AGADIC Axencia Galega de Industrias Culturais

AGASP Academia Galega de Seguridade Pública

AGASS Axencia Galega de Servizos Sociais

AGI Axencia Galega de Infraestruturas

APLU Axencia Galega de Protección da Legalidade Urbanística

ATRIGA Axencia Tributaria de Galicia

AXEGA Axencia de Emerxencias de Galicia

CAG Comunidade Autónoma de Galicia

CCAA Comunidades Autónomas

CEEI GALICIA, S.A Centro Europeo de Empresas e Innovación de Galicia

CES Consello Económico e Social de Galicia

CESGA Centro de Supercomputación de Galicia, S.A.

CGRL Consello Galego de Relacións Laborais

CIXTEC Centro Informático para a Xestión Tributaria Económico-Financeira e Contable

CRTVG Compañía Radio-Televisión de Galicia e Sociedades

CRTVG Corporación Radio y Televisión de Galicia

EGAP Escola Galega de Administración Pública

EPOSH Empresa Pública de Obras e Servizos Hidráulicos

F.D.C. Fundación de Desenvolvemento Comarcal

Fexdega Fundación Feiras e Exposicións de Galicia

FOGGA Fondo Galego de Garantía Agraria

GAIN Axencia Galega de Innovación

Galaria Galaria, Empresa Pública de Servizos Sanitarios, S.A.

IGAE Intervención Xeral da Administración do Estado

IGAPE Instituto Galego de Promoción Económica

IGE Instituto Galego de Estatística

IGVS Instituto Galego da Vivenda e Solo

INEGA Instituto Enerxético de Galicia

INGACAL Instituto Galego de Calidade Alimentaria

INTECMAR Instituto Tecnolóxico para o Control de Medio Mariño

LOFAXGA Ley 16/2010, de 17 de diciembre, de organización y funcionamiento de la Administración general y del sector público autonómico de Galicia

LRXSP Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público

M€ Millones de euros

MEISA Estación de Inverno Manzaneda, S.A.

MINHAFP Ministerio de Hacienda y Función Pública

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ND No disponible

NR No rendida

PORTOS Portos de Galicia

RETEGAL Redes Telecomunicación Galegas Retegal, S.A.

SEAGA Empresa Pública de Servizos Agrarios Galegos, S.A.

SEC Sistema Europeo de Contas

SERGAS Servizo Galego de Saúde

SGPIHM Servizo Galego de Promoción da Igualdade do Home e da Muller

SODIGA Sodiga Galicia, Sociedade de Capital-Risco

SOGAMA Sociedade Galega do Medio Ambiente, S.A.

TECNOPOLE Parque Tecnolóxico de Galicia

TURGALICIA Sociedade de Imaxe e Promoción Turística Galicia, S.A.

XESGALICIA Xestora Entidades de Capital Risco, S.A.

Xestur Coruña Xestión Urbanística da Coruña S.A.

XESTUR GALICIA Xestión Urbanística de Galicia

Xestur Lugo Xestión Urbanística de Lugo S.A.

Xestur Ourense Xestión Urbanística de Ourense S.A.

Xestur Pontevedra Xestión Urbanística de Pontevedra S.A.

XESTURES Sociedades de xestión urbanística

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I. INTRODUCCIÓN

I.1. Objeto y tipo de fiscalización

El objeto de este informe es el análisis de los procesos de extinción de las entidades dependientes

de la Comunidad Autónoma de Galicia como consecuencia de la reestructuración del sector público.

La presente fiscalización horizontal tiene un carácter mixto, de cumplimiento y de gestión, en cuanto

comprende tanto el análisis del cumplimiento de la normativa aplicable a los procesos de extinción

de entidades del sector público autonómico gallego, como la verificación de la efectiva consecución

de los objetivos establecidos en los correspondientes planes de reordenación del sector instrumental.

I.2. Iniciativa de la fiscalización

Esta fiscalización está incluida en el Plan de Trabajo del Consello de Contas de 2017. Su inclusión

tiene su origen en la reunión de la Comisión de Coordinación de CCAA entre el Tribunal de Cuentas

y los Órganos de Control Externo autonómicos que tuvo lugar en octubre de 2016, donde se acordó

realizar coordinadamente una fiscalización por los diferentes órganos de control sobre los procesos

de extinción de entidades dependientes de las CCAA que se reflejaría en un informe individual de

cada una de ellas y además en otro informe global del Tribunal de Cuentas.

I.3. Objetivos de la fiscalización

Los objetivos de la fiscalización son los siguientes:

1. Verificar que el proceso sucesivo para la extinción de entes se ajusta a la legalidad y a la

planificación autonómica.

2. Examinar la necesidad originaria y, en su caso, el mantenimiento a través de otros órganos o

entidades autonómicas de la actividad o función para cuya consecución se creó el ente extinguido.

3. Analizar la repercusión económica de las medidas extintivas para la Comunidad Autónoma.

4. Analizar el cumplimiento del principio de transparencia en el desarrollo del proceso.

5. Verificar el destino de los activos y pasivos y del personal de las entidades extinguidas.

I.4. Ámbito de la fiscalización

El ámbito subjetivo está constituido por las entidades dependientes de las CCAA, con participación

autonómica superior al 50%, con independencia de su forma jurídica y excluyendo el ámbito de las

Universidades. El análisis se restringe a los entes extinguidos sin incluir otras medidas de

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reordenación distintas a la extinción, como reestructuración de personal o reducción de gastos en

entidades subsistentes.

El ámbito objetivo engloba el análisis del proceso sucesivo para la extinción de entes: número de

entes según su tipología, formas de extinción (desaparición, absorción, fusión…), normas dictadas,

plazos y los efectos de la medida extintiva.

El ámbito temporal comprende el período 2010-2016.

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II. CONCLUSIONES

II.1. Responsabilidad de la Comunidad Autónoma en relación con los procesos de extinción

La extinción de entidades públicas instrumentales se debe hacer en los términos previstos por la ley

que autorizó su creación o, en su defecto, corresponde al Consello de la Xunta de Galicia mediante

Decreto la competencia para aprobar la extinción a propuesta de la consellería de adscripción y

previo informe de las consellerías competentes en materia de administraciones públicas y hacienda.

Las disposiciones que regulen la extinción determinarán el destino de los bienes, derechos, deberes y

las medidas aplicadas a los empleados.

Es responsabilidad del Consello de la Xunta autorizar la disolución de las sociedades mercantiles

autonómicas y determinar el destino del haber social a propuesta de la consellería de facenda y

previa iniciativa de la consellería y entidad interesada. Corresponde también al Consello de la Xunta

autorizar la extinción de las fundaciones del sector público de la Comunidad Autónoma.

A la Consellería de Presidencia, Administracións Públicas e Xustiza, a través de la Dirección Xeral de

Avaliación, le corresponde elaborar los planes de racionalización y reestructuración con el objetivo

de racionalizar el gasto y mejorar la gestión.

Corresponde a la Consellería de Facenda llevar un registro de entidades del sector público de la

Comunidad Autónoma de Galicia y centralizar la información que se remite al Ministerio de

Hacienda para el mantenimiento y actualización permanente del Inventario de Entes Públicos.

A las personas encargadas de la administración, o en su caso a los liquidadores, les corresponde el

desarrollo de las actuaciones necesarias para la consecución de los procesos extintivos.

II.2. Responsabilidad del Consello de Contas

La responsabilidad del Consello de Contas es expresar una conclusión sobre la adecuación a la

normativa aplicable y la efectiva consecución de los objetivos del proceso de extinción de entes

dependientes de la Comunidad Autónoma como consecuencia de la reestructuración del sector

público durante los ejercicios 2010 a 2016.

Para eso, la fiscalización se llevó a cabo de conformidad con los Principios fundamentales de

fiscalización de las Instituciones Públicas de Control Externo, desarrollados en guías prácticas de

fiscalización. Dicha normativa exige que cumplamos requerimientos de ética, así como planificar y

ejecutar la auditoría con el fin de obtener una seguridad limitada de que las actividades, en todos

sus aspectos significativos, son conformes con la normativa aplicable.

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Una fiscalización requiere la aplicación de procedimientos para obtener evidencia de auditoría sobre

la legalidad de las operaciones de extinción revisadas. Los procedimientos seleccionados dependen

del juicio del auditor, incluida la valoración de riesgos de incumplimientos significativos de legalidad.

Al efectuar dichas valoraciones de riesgo, el auditor tiene en cuenta el control interno relevante para

garantizar dicho cumplimiento, con el fin de diseñar los procedimientos de auditoría que sean

adecuados en función de las circunstancias y no con la finalidad de expresar una opinión sobre la

eficacia del control interno de la entidad. Consideramos que la evidencia de auditoría que obtuvimos

proporciona una base suficiente e idónea para fundamentar nuestra opinión sobre el cumplimiento

de la legalidad, que expresamos en forma de seguridad limitada y nuestras conclusiones sobre la

gestión de los procesos extintivos.

II.3. Conclusión sobre cumplimiento de legalidad

II.3.1. Fundamento de la opinión de cumplimiento con salvedades

Como resultado de la fiscalización efectuada se pusieron de manifiesto las limitaciones al alcance

del trabajo y los incumplimientos de la normativa aplicable al proceso de extinción de entes

dependientes de la Comunidad Autónoma, durante los ejercicios 2010 a 2016 que se detallan a

continuación:

a) La Xunta de Galicia no puso en marcha el registro de entidades del sector público de la

Comunidad Autónoma previsto en la Ley 16/2010, de 17 de diciembre, de organización y

funcionamiento de la Administración general y del sector público autonómico de Galicia. Esta

limitación impide conocer las entidades que la Xunta de Galicia considera como entidades

instrumentales o dependientes y motiva que la delimitación en este informe tenga que realizarse a

partir del Inventario de Entes Públicos del Ministerio de Hacienda como único registro público oficial

disponible.

b) Las cuentas anuales de 16 de las 75 entidades extinguidas no se rindieron al Consello de Contas.

La apertura de un proceso de disolución no dispensa de la obligación de rendición de cuentas ya que

estas deben ser rendidas hasta el último ejercicio en el que se produzca la liquidación definitiva de la

entidad.

c) La asunción por la Agencia de Turismo del inmovilizado de Turgalicia y del Consorcio Instituto de

Estudios Turísticos no está reflejada contablemente ni consta el acta de cesión de los bienes.

II.3.2. Opinión con salvedades sobre el cumplimiento de la legalidad

En nuestra opinión, excepto por los posibles efectos de las limitaciones al alcance descritos en los

párrafos a) y b) y por el incumplimiento del párrafo c) del apartado “Fundamentos de la opinión de

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cumplimiento con salvedades”, no se tiene conocimiento de ningún asunto que pudiera hacer

concluir que la tramitación de los procesos extintivos no resulten conformes, en todos sus aspectos

significativos, con la normativa aplicable.

II.4. Conclusiones sobre la gestión de los procesos de extinción

1. La Xunta aprobó tres planes de racionalización o evaluación de entidades dependientes. El

primero de ellos en abril de 2010 cumpliendo el Acuerdo del Consejo de Política Fiscal y Financiera

que en marzo de ese año establecía el compromiso de que las Comunidades Autónomas aprobaran

planes para racionalizar sus estructuras y con el objetivo de mejorar la eficiencia y reducir el gasto

público.

2. Los planes de racionalización toman como base el trabajo de evaluación de las entidades públicas

realizado con medios propios de la Dirección xeral de Avaliación e Reforma Administrativa y que

concluyó en la propuesta de medidas de extinción, reformulación o mejora de los organismos

analizados. Por lo tanto, las extinciones de entidades son solo una parte de los planes. Por este

motivo los efectos de la racionalización y de los ahorros económicos derivados del mismo

trascienden a los derivados solo de los procesos extintivos. El informe, atendiendo a las directrices

técnicas aprobadas por el Consello de Contas en coordinación con el Tribunal de Cuentas y los

restantes órganos de control externo autonómicos, centra su análisis en las extinciones y no alcanza

las medidas puestas en marcha en los entes subsistentes.

3. La importancia relativa (36%) y el grado de ejecución (95%) de la reducción neta de entidades

dependientes de la Comunidad Autónoma de Galicia en el período analizado son similares al

promedio de las restantes comunidades autónomas (38% y 93%, respectivamente).

4. En el período 2010-2016 el sector público autonómico de Galicia pasó de 157 entidades a 112. A

pesar de que la reducción neta formulada del total de entidades afecta a una de cada tres entidades

existentes la importancia económica de un gran número de las extinguidas es menor por lo que en

términos económicos el ahorro derivado de las extinciones se limita a las cantidades señaladas en la

conclusión 121.

5. La baja de un gran número de entidades supuso la creación de otras nuevas, principalmente con

la forma jurídica de Agencia. La puesta en marcha de diversas agencias provoca que, a pesar de que

el número de entidades instrumentales haya disminuido desde el 2010, el volumen de recursos

públicos gestionados de manera descentralizada, en términos relativos esté aumentando, ya que

políticas públicas que hasta este momento se venían realizando, fundamentalmente, de manera

1 Párrafo modificado en trámite de alegaciones.

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centralizada pasan a realizarse en régimen de descentralización funcional. En particular responden a

esta migración: las infraestructuras, la innovación, las tecnologías de la información, la gestión

tributaria y los servicios sociales.

6. La apuesta por el modelo de Agencia, que se aleja del camino seguido por la Administración

central y por otras Comunidades Autónomas, está teniendo una eficacia limitada ya que el sistema

de gestión por objetivos y de responsabilidad en la dirección, que constituye su base, no se está

aplicando, en parte por las medidas de control de gasto público que neutralizan la pretensión de

dotar las agencias de mayor autonomía financiera. Esta circunstancia se hace evidente en diversas

cuestiones como, por ejemplo, en la obligación de devolución anual al Tesoro del remanente líquido

de tesorería. Sin embargo, el hecho de que gran parte de los fondos gestionados por las entidades

extinguidas, básicamente fundaciones con un régimen jurídico cuasiprivado, estén siendo

administrados en la actualidad por Agencias ha dotado de mayor transparencia la gestión, ya que

tanto el régimen jurídico, como el control y la información financiera elaborada están más próximas

a los principios de buena administración de los recursos públicos.

7. Con carácter general, las funciones que prestaban las entidades extinguidas son asumidas por

otra entidad pública preexistente o de nueva creación por lo que las actividades o servicios que

prestaban las entidades que desaparecen no se dejan de realizar.

8. En términos generales, los procesos de extinción no dieron lugar a despidos de personal. El

personal de las entidades extinguidas, tanto indefinido como temporal, pasó a prestar sus servicios

en las entidades que asumieron las funciones en virtud normalmente de la existencia de una

sucesión de empresa en los términos del artículo 44 del Estatuto de los Trabajadores.

9. La disminución de efectivos en las entidades extinguidas ascendió a 221 trabajadores. La mayor

parte de los mismos (153) se corresponde con las bajas registradas en la Fundación para o Fomento

da Calidade Industrial e Desenvolvemento Tecnolóxico antes del proceso de traspaso a la Axencia

Galega de Innovación por finalización de contratos de obra o servicio determinado. Este proceso de

no renovación de los contratos temporales no se realiza de manera general en todos los procesos de

extinción ya que en la mayor parte de las entidades se asumió el personal temporal y/o indefinido no

fijo, sin que se justifique o motive, en cada caso, la diferencia en las decisiones adoptadas en

relación al mantenimiento del personal temporal en las diferentes entidades extinguidas.

10. El personal tanto fijo, indefinido no fijo y temporal de las entidades extinguidas conserva en la

subrogación el régimen y condiciones de origen. Este hecho provoca diferencias importantes,

principalmente retributivas, entre el personal asumido proveniente de las entidades extinguidas y los

trabajadores del ente absorbente. La diferencia de derechos no se justifica por las características de

los puestos de trabajo que prestaban los trabajadores subrogados en las entidades extinguidas y

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contrasta con el sistema de acceso a esos puestos que, tal como han señalado los órganos de

control recurrentemente, en muchos casos no cumplieron los principios de igualdad, mérito y

capacidad. Las diferencias son especialmente relevantes en la Agencia de Turismo y generan

desigualdades retributivas significativas no justificadas en los puestos de trabajo e impide la

consecución de una gestión del personal justa y eficiente.

11. No se pusieron en marcha en todas las entidades los procedimientos de integración como

personal laboral de la Xunta de Galicia del personal laboral de las entidades extinguidas que

permitiría mejorar la eficacia y la racionalidad en la gestión del personal. Tampoco se realizaron en

todos los entes los procesos de modificación de las condiciones para homologarlas con las del

personal de la Xunta.

12. El ahorro económico declarado derivado de las extinciones de entidades efectivo fue de 17,03

millones de euros (de los que 7,53 se corresponden con gastos de personal) lo que representa

menos del 1% de los fondos gestionados por las entidades dependientes. Se fiscalizó una muestra

de entidades con ahorros declarados por importe total de 15,45 millones de euros (91% del total).

Como resultado del trabajo, concluimos que el ahorro en estas entidades fue de 14,21 millones. Los

ajustes están determinados por los siguientes hechos:

a) Un ajuste positivo de mayor ahorro en Xestur Galicia de 1.338.798 euros a consecuencia de la

disminución del gasto financiero por la refinanciación de su deuda mediante la suscripción de un

préstamo sindicado.

b) Un ajuste negativo en las Fundación Centro de Transfusións de Galicia de 1.412.586 euros ya que

el análisis de las cuentas anuales en el período 2011-2016 no evidencian el ahorro declarado en

gastos de personal. En particular, se declara como ahorro económico la amortización de puestos de

trabajo que no se pueden considerar cómo tal ya que se trataba de puestos que tenían dotación

presupuestaria pero que estaban vacantes por lo que nunca produjeron gasto real que suponga

ahorros posteriores. Además, las pagas extras consignadas como ahorro fueron objeto de

devolución como consecuencia de sentencia favorable a los trabajadores.

c) Un ajuste negativo de 499.572 euros en el Centro Europeo de Empresas e Innovación ya que de

los 26 trabajadores del CEEI cuyas retribuciones se consideran ahorro, 11 pasaron a prestar servicios

en el IGAPE en puestos vacantes en esta entidad. Además, hay que restar del ahorro declarado las

indemnizaciones abonadas por extinción de contratos por importe total de 85.250 €.

d) Un ajuste negativo de 675.839 euros correspondiente al remanente líquido de tesorería del

Consorcio de Estudios Turísticos ya que se corresponden con una transferencia patrimonial

materializada en efectivo desde un Consorcio participado al 100% por la Xunta de Galicia al Tesoro

de la Comunidad.

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13. Como conclusión global, en nuestra opinión, los procesos de extinción llevados a cabo en las

entidades dependientes de la Xunta de Galicia simplificaron la arquitectura instrumental de la

administración autonómica agrupando funciones y medios y dotaron de mayor transparencia a una

gestión que se realizaba a través de una estructura paralela opaca y atomizada, pero no

consiguieron ahorros económicos significativos a consecuencia de que se optó por mantener las

funciones y los medios materiales y personales de las entidades que desaparecen.

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Informe sobre procesos de extinción de las entidades dependientes de la CA de Galicia

19

III. RECOMENDACIONES

La propia naturaleza de este informe en la que se analizan procesos extintivos ya finalizados

restringe el abanico de recomendaciones o propuestas de mejora que se pueden formular.

En cualquier caso, con base a las conclusiones y trabajos desarrollados se pueden formular las

siguientes recomendaciones:

1. Poner en marcha los procesos de integración pendientes del personal de los entes extinguidos

homogeneizando el régimen y condiciones de todo el personal al servicio de una misma entidad.

2. Realizar un estudio de evaluación en cada entidad con el objetivo de racionalizar las estructuras

resultantes derivadas del personal asumido y de amortizar y no reponer las bajas en los puestos de

trabajo no necesarios por duplicados o redundantes lo que reportaría un verdadero ahorro

económico en ese horizonte temporal de medio plazo.

3. Culminar el proceso de integración contable y adscripción de los bienes de las entidades

extinguidas a las entidades que asumieron esos medios materiales.

4. Desarrollar el registro de entidades del sector público de la Comunidad prevista en la Ley de

Organización y Funcionamiento de la Administración General de Galicia.

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Informe sobre procesos de extinción de las entidades dependientes de la CA de Galicia

20

IV. RESULTADOS DERIVADOS DEL TRABAJO DE FISCALIZACIÓN

IV.1. El SECTOR PÚBLICO INSTRUMENTAL EN ESPAÑA

IV.1.1. La evolución del discurso sobre la administración instrumental

Las administraciones públicas españolas, en todos sus niveles, impulsaron en las últimas décadas un

proceso creciente de descentralización funcional, consistente en la constitución de entidades

dependientes para la gestión de determinadas políticas y servicios públicos. Este proceso fue

especialmente intenso en los ámbitos autonómico y local.

Todas estas entidades forman la estructura instrumental de la Administración. Esta estructura no es

totalmente homogénea en los tres niveles de gobierno -estatal, autonómico y local- existiendo

diferentes tipos de entidades y terminologías distintas para su denominación. Los entes creados

adoptan formas jurídicas diversas, tanto públicas como privadas, por ejemplo, organismos

autónomos, entes públicos, agencias, consorcios, fundaciones y sociedades. En función de la forma

adoptada -que no siempre tuvo una correspondencia lógica con la actividad a desarrollar por el

organismo creado- resulta aplicable un cuerpo normativo distinto que afecta a las distintas esferas

de actividad: personal, patrimonio, contratación, presupuestos, contabilidad, deuda, etc.

Con carácter general, el argumento empleado para justificar la creación de entidades instrumentales

fue el de conseguir una mayor eficiencia en el uso de los recursos públicos. Con todo, no faltaron

voces que sitúan en la huida del derecho administrativo en los procesos de contratación, en la mayor

discrecionalidad en las políticas de personal, en la relajación de los controles y en la elusión de los

límites al endeudamiento público las razones últimas del nacimiento y proliferación de estas

entidades. El Consello de Contas y otros órganos de control externo en sus informes sobre entes

paralelos confirmaron estos temores poniendo de manifiesto reiteradamente muchos de estos

problemas de organización y funcionamiento.

Pero la crisis económica cambió el discurso sobre la Administración instrumental o paralela. La

Administración Central y las Comunidades Autónomas aprobaron, en los últimos años, planes de

simplificación y racionalización con el objetivo de reordenar sus entes instrumentales. Las medidas

contempladas apuntan, con carácter general, hacia una reducción en la dimensión del sector

instrumental lo que indica una especie de vuelta o marcha atrás en el proceso de descentralización

funcional y cuestiona que se hayan cumplido los principios que en su día inspiraron su desarrollo.

El cambio de discurso que, queda plasmado en el Acuerdo 1/2010, de 22 de marzo, del Consejo de

Política Fiscal y Financiera, por el que se aprueba el Acuerdo Marco con las Comunidades

Autónomas y Ciudades con Estatuto de Autonomía sobre la sostenibilidad de las finanzas públicas

2010-2013 establece, entre otros compromisos, que los Gobiernos de las Comunidades Autónomas

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Informe sobre procesos de extinción de las entidades dependientes de la CA de Galicia

21

y Ciudades con Estatuto de Autonomía, aprobarán un Plan de racionalización de las estructuras de

sus respectivos sectores públicos, administrativo y empresarial, con el objetivo de mejorar la

eficiencia y reducir el gasto público en el plazo de 3 meses desde la aprobación de este Acuerdo

Marco. Así, desde mediados de 2010 la mayoría de las Comunidades Autónomas adoptaron planes,

medidas o disposiciones tendentes a la racionalización de sus estructuras administrativas y

empresariales, con un grado heterogéneo tanto en la dimensión de las actuaciones previstas cómo

en la ejecución de las mismas.

El Acuerdo 5/2012, de 17 de enero, del Consejo de Política Fiscal y Financiera (en adelante CPFF),

hace balance de las reestructuraciones a 1 de julio de 2011 y establece unos nuevos compromisos

en la reordenación de los sectores públicos autonómicos.

IV.1.2. Información disponible sobre la composición del sector instrumental

Uno de los aspectos en los que se hacía evidente a falta de transparencia del sector instrumental era

la ausencia de un inventario que permitiera conocer las entidades dependientes de cada comunidad

autónoma. Para resolver este problema, el Consejo de Política Fiscal y Financiera en 2003 impulsó la

elaboración de un inventario actualizable semestralmente.

En la actualidad, el artículo 82 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector

Público (LRJSP) regula el Inventario de Entidades del Sector Público Estatal, Autonómico y Local

como un registro público administrativo de todas las entidades integrantes del sector público

institucional cuya gestión depende de la Intervención General de la Administración del Estado en el

MINHAFP.

La identificación de las entidades integrantes del sector público autonómico realizada a través del

INVENTE es una tarea compleja que se encuentra en permanente actualización. Es habitual que en

cada publicación semestral aparezcan nuevas entidades que no habían sido identificadas en

publicaciones anteriores, a pesar de estar ya constituidas o que se den de baja entidades que

desaparecen o dejan de cumplir los requisitos para ser consideradas cómo integrantes del sector

público autonómico.

El inventario, denominado INVENTE, contiene información sobre la denominación, forma jurídica,

componentes o accionistas y otros datos legales. Con todo, no contiene información sobre variables

económicas como pueden ser el volumen de recursos gestionados ni tampoco sobre el personal al

servicio de estos organismos.

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Informe sobre procesos de extinción de las entidades dependientes de la CA de Galicia

22

Los informes de reordenación del Sector Público elaborados por la IGAE

A consecuencia de los Acuerdos antes mencionados, semestralmente, el MINHAP rindió información

al CPFF del desarrollo de las actuaciones llevadas a cabo en la reordenación del sector público. El

objeto de los informes y el análisis del grado de avance alcanzado por los distintas CC.AA. en los

procesos de reordenación derivados de los compromisos de reducción de su sector público

instrumental, que se iniciaron mediante Acuerdo 1/2010, de 22 de marzo, del CPFF.

En tales informes semestrales se ponen de manifiesto las reducciones previstas y realizadas, el peso

que tienen entre los distintos sectores de cada CA el gasto no financiero, el número de personal y la

deuda financiera y comercial, los costes, ingresos y resultados asociados a los procesos de

reordenación, los efectos en materia de personal y el ahorro estimado para los procesos, así como

un informe individual del proceso en cada CA.

En la reunión del Consejo de Política Fiscal y Financiera de 27 de julio de 2017, se acordó que el

informe relativo a 1 de enero de 2017 sería el último que se elabore, al considerar cumplidos los

mandatos establecidos en esta materia en los Acuerdos 1/2010, de 22 de marzo, y 5/2012, de 17

de enero.

IV.1.3. El número de entidades del sector instrumental en España

La evolución del número de entidades dependientes de las comunidades autónomas desde 2003

(fecha del primer inventario) a 2016 se refleja en el gráfico 1. El número de entidades creció hasta

2010, año en el que se comienza la puesta en marcha de planes de racionalización y reorganización

por parte de todas las comunidades autónomas.

Gráfico 1. Número de entidades dependientes de las comunidades autónomas desde el año 2003

Fuente: Ministerio de Hacienda. Datos a 1 de enero de cada ejercicio. En 2016 se incorporan por primera vez datos de la Comunidad Autónoma del

País Vasco.

2003 2004 2005 2006 2007 2008 2009 2010 2011 2012 2013 2014 2015 2016 2017

Sin Euskadi 1761 1843 1933 2083 2220 2339 2399 2445 2445 2336 2169 1991 1908 1844 1831

Con Euskadi 1989 1972

1500

1600

1700

1800

1900

2000

2100

2200

2300

2400

2500

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Informe sobre procesos de extinción de las entidades dependientes de la CA de Galicia

23

El cuadro 1 de la página siguiente, refleja la distribución de las entidades por comunidades

autónomas a 1 de enero de 2017. Las entidades se clasifican en función de su forma jurídica en los

siguientes grupos: Administración general, organismos autónomos administrativos, organismos

autónomos comerciales, organismos autónomos, entidades públicas empresariales, entes públicos,

agencias, consorcios, fundaciones, otras Instituciones sin ánimo de lucro, sociedades mercantiles y

universidades. Esta clasificación evidencia la variada tipología en la que se puede personificar la

actuación de la Administración.

Cuadro 1. Número de entes que componen el Inventario.

CCAA

Ad

min

istr

aci

ón

gen

era

l

OO

.AA

. ad

min

istr

ati

vos

OO

.AA

. co

merc

iale

s

Org

an

ism

os

autó

no

mo

s

Enti

dad

es

blica

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Ente

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Ag

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Co

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Fun

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ones

sin

án

imo

de lu

cro

So

cied

ad

es

merc

anti

les

Un

ivers

idad

es

Tota

l

Andalucía 1 12 0 0 18 3 3 136 74 4 57 10 318

Aragón 1 0 0 5 0 11 0 15 30 2 37 1 102

P. de Asturias 1 0 0 9 1 7 0 7 16 0 31 1 73

Illes Balears 1 5 0 0 16 3 0 30 20 0 4 1 80

Canarias 1 10 1 0 1 4 0 9 20 1 27 2 76

Cantabria 1 0 0 8 0 1 1 5 10 0 20 1 47

Castilla y León 1 0 0 3 0 6 0 7 27 3 10 4 61

Castilla-La Mancha 1 0 0 4 0 3 0 3 11 0 8 1 31

Cataluña 1 20 2 2 0 51 0 142 103 4 59 7 391

Extremadura 1 4 0 2 0 8 0 16 17 1 16 1 66

Galicia 1 4 1 4 1 14 9 19 34 0 22 3 112

C. Madrid 1 4 4 0 0 9 0 32 47 2 45 6 150

Región de Murcia 1 2 0 3 3 5 0 12 16 0 8 2 52

C. Foral de Navarra 1 6 0 2 0 1 0 7 20 0 22 1 60

País Vasco 1 10 0 0 0 13 0 8 24 12 72 1 141

La Rioja 1 0 0 2 1 2 0 2 11 0 4 1 24

C. Valenciana 1 4 5 0 5 13 0 26 43 2 21 5 125

Ciudad de Ceuta 1 5 0 0 0 0 0 1 2 0 13 0 22

Ciudad de Melilla 1 3 0 1 0 0 0 1 1 0 4 0 11

Varios 0 0 0 0 0 0 0 5 11 5 9 0 30

Total 19 89 13 45 46 154 13 483 537 36 489 48 1.972

Fuente: Ministerio de Hacienda. Informe sector público autonómico a 1 de enero de 2017.

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Informe sobre procesos de extinción de las entidades dependientes de la CA de Galicia

24

IV.2. COMPOSICIÓN Y EVOLUCIÓN DE LAS ENTIDADES DEPENDIENTES DE LA XUNTA DE GALICIA

IV.2.1. Información disponible sobre la composición del sector instrumental autonómico de Galicia

La Comunidad Autónoma de Galicia (en adelante CAG) no permaneció ajena a la descentralización

funcional siendo la sexta Administración autonómica con mayor número de entes instrumentales tal

como se refleja en el cuadro 1 (con un 5,7% del total). Con todo, el número de entes públicos es

una variable poco representativa de la importancia del sector. En cualquier caso, según estos datos

a 1 de enero de 2017, Galicia tenía 112 entidades pertenecientes al sector público autonómico.

Dentro de las 112 entidades inventariadas por el MINHAFP cómo integrantes del sector público

autonómico se incluye la Administración general y las tres Universidades del sistema universitario

gallego. Estas entidades, por su propia naturaleza, no tienen carácter dependiente, sino que, por lo

contrario, se configuran como administraciones matrices de las que dependen las entidades

instrumentales. Por este motivo, las entidades dependientes o instrumentales inventariadas como

sector público autonómico son 108.

Estos datos parten de la información incluida en el INVENTE elaborado por la Intervención General

del Estado, ya que es el único registro público existente en la actualidad para deslindar a las

entidades que se consideran integrantes del sector público autonómico.

2

La Administración gallega incumple el artículo 52 de la LOFAXGA que obliga a la consellería

competente en materia de Hacienda a poner en marcha un registro de entidades dependientes en el

que se deben inscribir, preceptivamente, la constitución de entidades y demás actos que se

determinen reglamentariamente y en el que se depositen las cuentas anuales para su remisión al

Consello de Contas. Este hecho dificulta la delimitación exacta de las entidades que según nuestra

normativa deben tener la consideración de sector público autonómico.

Tampoco consta la existencia de un sistema que permita conocer con exactitud y de manera

actualizada las entidades que cumplan o potencialmente puedan cumplir los requisitos legales para

ser consideradas cómo integrantes del sector público, en particular, en entidades como las

fundaciones en las que su pertenencia al perímetro de la Administración exige una evaluación

periódica para comprobar si cumplen los requisitos de control, patrimonio y financiación pública.

El Consello de Contas elabora anualmente un informe sobre la actividad económico-financiera de las

entidades dependientes de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia que el

2 Párrafo suprimido en trámite de alegaciones.

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Informe sobre procesos de extinción de las entidades dependientes de la CA de Galicia

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Parlamento de Galicia insta a mantener con carácter periódico. El objetivo del informe es analizar la

situación económica del sector público instrumental de la Administración autonómica. La ausencia

de un registro autonómico en el que se relacionen las entidades que, según las definiciones de la

LOFAXGA, deben ser consideradas cómo integrantes del sector público autonómico, motiva que la

delimitación realizada en estos informes parta del INVENTE.

Con todo, conviene tener en cuenta que los criterios de delimitación de dicho inventario no son

completamente coincidentes con las definiciones contenidas en la LOFAXGA. Así, aparecen

inventariadas entidades como dependientes de la CAG pero que, si atendemos a nuestra legislación,

no deberían ser consideradas integrantes del sector público autonómico dependiente de la Xunta de

Galicia. Esta circunstancia concurre por ejemplo con las entidades dependientes de las Universidades

que el INVENTE agrupa como entidades integrantes del sector público autonómico pero que,

teniendo en cuenta la autonomía de las Universidades, no pueden ser consideradas como tales y

también en algunas sociedades, fundaciones y consorcios con participaciones cruzadas de varias

administraciones. En particular, se incluyen en el inventario como entidades del sector público

autonómico las sociedades u otros entes en los que participan varias administraciones, aun cuando

la Comunidad no ostente una posición de dominio, siempre que una única administración no posea

una mayoría de control.

Por eso, no todas las entidades integrantes del sector público autonómico según el INVENTE pueden

ser consideradas en sentido estricto como entidades dependientes de la Comunidad ni

pertenecientes al sector público autonómico en los términos definidos por la LOFAXGA.

En el cuadro siguiente, se clasifican las 108 entidades instrumentales en función de la

Administración a la que debe estar adscrita. Esta adscripción se realiza por el Consello de Contas

con base a información disponible, en particular, en los estatutos de la entidad. A nuestro juicio, las

entidades realmente dependientes o instrumentales adscritas a la Xunta de Galicia a 31-12-2016

eran 83.

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Informe sobre procesos de extinción de las entidades dependientes de la CA de Galicia

26

Cuadro 2. Clasificación de las entidades dependientes del inventario según su sector de adscripción.

Tipo de entidad Número

Organismos autónomos y entidades de consulta 11

Agencias públicas autonómicas 16

Entidades públicas empresariales 2

Consorcios autonómicos 9

Sociedades mercantiles autonómicas 16

Fundaciones públicas autonómicas 29

Total Administración autonómica 83

Consorcios universitarios 2

Fundaciones públicas universitarias 5

Sociedades mercantiles universitarias 6

Total sistema universitario gallego 13

Consorcios locales 7

Fundaciones locales 3

Total sector local 10

Consorcios estatales 2

Total sector estatal 2

TOTAL ENTIDADES INSTRUMENTALES INVENTARIADAS 108

Fuente: Elaboración propia a partir de la información del INVENTE.

En el Anexo I figura la relación individual de entidades que formaba el sector público autonómico de

Galicia según el Inventario de Ministerio de Hacienda.

IV.2.2. Evolución del sector Instrumental Autonómico de Galicia

La evolución temporal de las entidades, incluidas en el INVENTE como integrantes del sector público

autonómico gallego, desde el ejercicio 2010 queda reflejada en el cuadro siguiente:

Cuadro 3. Número de entes a 31 de diciembre.

2010 2011 2012 2013 2014 2015 2016

156 151 118 114 110 112 108

Fuente: Informes anuales del Consello de Contas.

En el ejercicio 2012 se produce una significativa reducción concentrada en gran medida en la

supresión definitiva de las fundaciones de desarrollo comarcal tal como se detalla en el cuerpo de

este informe.

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Informe sobre procesos de extinción de las entidades dependientes de la CA de Galicia

27

Atendiendo a la tipología de entes, la evolución del sector instrumental es la siguiente:

Cuadro 4. Número de entes a 31 de diciembre por tipo de entidad.

Tipo entidad 2010 2011 2012 2013 2014 2015 2016

Organismos autónomos 11 11 12 12 12 12 11

Entidades públicas empresariales 0 3 3 3 3 2

Agencias públicas autonómicas 1 2 14 14 15 14 16

Sociedades mercantiles públicas 31 31 30 29 26 24 22

Fundaciones del sector público autonómico 76 70 39 38 35 35 37

Consorcios autonómicos 24 24 20 18 19 24 20

Entidades derecho público 13 13

Total 156 151 118 114 110 112 108

Fuente: Informes anuales del Consello de Contas.

En la clasificación de estas entidades optamos por respetar las categorías y definiciones contenidas

en la LOFAXGA, si bien esto no siempre coincide con las formas jurídicas recogidas en el INVENTE.

En concreto, las diferencias entre la clasificación realizada por el inventario y la recogida en el

cuadro anterior tienen como causa el hecho de que el INVENTE incluye a 14 entidades en la

categoría de entidad de derecho público. En nuestra legislación autonómica del sector público

(LOFAXGA) esta categoría ya no está prevista expresamente a diferencia de la normativa anterior.

Por eso, los entes agrupados bajo esta denominación tenían que ser transformados o reconvertidos

con otras formas jurídicas.

Así, como organismos autónomos están agrupados el Consello Económico e Social y el Consello

Galego de Relacións Laborais por estar sujetos a las mismas normas de organización y

funcionamiento.

Dentro de las Agencias están incluidos el Instituto Galego de Promoción Económica, el Centro

Informático para a Xestión Tributaria, Económico-Financeira e Contable, el Instituto Enerxético de

Galicia, la Axencia Galega de Desenvolvemenro Rural, el Instituto Tecnolóxico para o Control do

Medio Marino, el Instituto Galego de Calidade Alimentaria y la Axencia Galega de Emerxencias ya

que, aunque fueron creados como entidades de derecho público, la Disposición transitoria tercera de

la LOFAXGA señala que las normas de organización y funcionamiento y los estatutos de estas 7

entidades tendrán que adecuarse en el plazo de un año a lo dispuesto en ella para las agencias sin

que, ocho años después, esta adaptación tuviera lugar, excepto la transformación del Instituto

Enerxético de Galicia y del Instituto Galego de Calidade Alimentaria.

Dentro de los consorcios incluimos la Axencia de la Protección da Legalidade Urbanística (APLU),

que está clasificada en el inventario como Ente Público.

Por último, están englobadas dentro de las Fundaciones, por ser esta su forma jurídica, las

fundaciones sanitarias que el INVENTE contempla en la categoría de entes públicos (Instituto Galego

de Oftalmoloxía, Fundación Galega de Medicina Xenómica y Urxencias Sanitarias 061).

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Informe sobre procesos de extinción de las entidades dependientes de la CA de Galicia

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IV.2.3. Altas y bajas en el sector Instrumental Autonómico de Galicia

La disminución en el número neto de entidades oculta varios movimientos de signo y causa distinta

que se tratan de sintetizar en el cuadro siguiente.

Cuadro 5. Número de entes a 31 de diciembre por tipo de entidad.

Ejercicio Altas/Bajas OOAA Entes Sociedades

Mercantiles Fundaciones Consorcios EPES Agencias Total

Núm. a 1/7/2010 12 13 32 75 24 1 157

2010

Altas 1 1

Bajas por otros 0

Bajas por extinción 1 1 2

Número 11 13 31 76 24 0 1 156

2011

Altas 1 1 1 1 4

Bajas por otros 1 1 2

Bajas por extinción 1 6 7

Número 11 13 31 70 24 0 2 151

2012

Altas 2 2 2 2 3 12 23

Bajas por otros 1 12 2 2 17

Bajas por extinción 1 1 33 4 39

Número 12 0 30 39 20 3 14 118

2013

Altas 1 1 2

Bajas por otros 1 1

Bajas por extinción 2 2 1 5

Número 12 0 29 38 18 3 14 114

2014

Altas 2 1 1 4

Bajas por otros 1 1

Bajas por extinción 4 3 7

Número 12 0 26 35 19 3 15 110

2015

Altas 1 5 6

Bajas por otros 1 1

Bajas por extinción 2 1 3

Número 12 0 24 35 24 3 14 112

2016

Altas 1 1 5 1 2 10

Bajas por otros 2 0 2

Bajas por extinción 2 1 3 5 1 12

Número 11 0 22 37 20 2 16 108

Fuente: Elaboración a partir de los informes anuales del Consello de Contas y de la información del INVENTE.

Las entidades que fueron dadas de alta y baja en el Invente se relacionan individualmente en el

ANEXO II.

Bajas de entidades en el período 2010-2016

Según la información contenida en el cuadro 5 el número de entidades que causaron baja en el

INVENTE en el período 2010-2016 queda reflejado en el cuadro siguiente:

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Informe sobre procesos de extinción de las entidades dependientes de la CA de Galicia

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Cuadro 6. Número de entes extinguidos por categoría.

Bajas OOAA Entes Sociedades Mercantiles Fundaciones Consorcios EPES Agencias Total

Por extinción 3 1 12 47 10 1 1 75

Por otros 2 12 5 1 4 0 0 24

TOTAL BAJAS 5 13 17 48 14 1 0 99

Fuente: Elaboración a partir de los informes anuales del Consello de Contas y de la información del INVENTE.

Por lo que respecta a las bajas, se diferencian dos tipos:

A) Bajas por extinción: incluyen las bajas que suponen la extinción completa de la entidad aunque

sus medios personales o materiales sean asumidos por otra entidad del sector público. La extinción

puede materializarse a través de un proceso liquidatorio o de una fusión por absorción o creación de

una nueva sociedad.

B) Bajas por otros: agrupan las bajas de entidades que podemos considerar meramente nominales

bien porque lo único que tiene lugar es una transformación en una nueva forma jurídica o bien

porque tiene lugar una mera reclasificación de la entidad dentro de los distintos subsectores del

sector público.

El informe, de acuerdo con las directrices técnicas acordadas por el Tribunal de Cuentas y los

Órganos de Control Externo Autonómicos, se centrará en las bajas extintivas.

Alta de entidades en el período 2010-2016

En el apartado de altas figuran las entidades que fueron incorporadas al inventario en el período

2010-2016. La mayor parte de estas altas no se corresponden con la creación de entes ex nuevo,

sino que surgen bien, por la transformación de entes preexistentes en otras formas jurídicas o bien,

por la identificación de entidades ya existentes que no estaban inventariadas.

La figura jurídica que concentra la mayor parte de las altas es la de Agencias. La aprobación de la

LOFAXGA lleva implícita una apuesta fuerte por el modelo de agencias, ya que además de prever la

transformación en agencias de 7 entes de derecho público, contempla en sus disposiciones

adicionales la constitución de tres nuevas entidades: la Axencia Galega de Innovación, la Axencia

para a Modernización Tecnolóxica de Galicia y la Axencia Galega de Infraestruturas. Posteriormente,

la Ley 15/2010, de 28 de diciembre, de medidas fiscales y administrativas autorizó la constitución de

la Axencia Tributaria de Galicia, la Ley 7/2011, de 27 de octubre, de turismo de Galicia autorizó la

creación de la Axencia de Turismo de Galicia y la Ley 14/2013, de 26 de diciembre, de

racionalización del sector público autonómico la creación de otras dos: una Axencia Galega de

Sangue, Órganos e Tecidos y otra en Materia de Docencia, Formación, Investigación, Innovación e

Evaluación de Tecnologías y Servicios Sanitarios que asumieron las competencias de la Fundación

Page 32: INFORME SOBRE LOS PROCESOS DE EXTINCIÓN …...II.1. Responsabilidad de la Comunidad Autónoma en relación con los procesos de extinción La extinción de entidades públicas instrumentales

Informe sobre procesos de extinción de las entidades dependientes de la CA de Galicia

30

Pública Sanitaria Centro de Transfusións de Galicia y de la Fundación Escola Galega de

Administración Sanitaria, respectivamente. Recién fue creada la Axencia Galega da Industria

Forestal.

La puesta en marcha de todas estas agencias provoca que, a pesar de que el número de entidades

instrumentales haya disminuido desde el 2010, el volumen de recursos públicos gestionados de

manera descentralizada, en términos relativos esté aumentando, ya que políticas públicas que hasta

este momento se realizaban, fundamentalmente, de manera centralizada pasan a realizarse en

régimen de descentralización funcional. En particular responden a esta migración: las

infraestructuras, la innovación, las tecnologías de la información, la gestión tributaria y los servicios

sociales.

La apuesta de la Comunidad por el modelo de agencia se aleja de la línea sucesiva por la

Administración del Estado y otras Comunidades. La Ley estatal 40/2015 de régimen jurídico del

Sector Público dispone la derogación de la Ley 28/2006, de 18 de julio, de agencias estatales para

la mejora de los servicios públicos que trataba de instaurar la Agencia como un nuevo modelo de

gestión cuyo objetivo prioritario había sido establecer mecanismos de responsabilidad en la

dirección y gestión, vinculando el sistema retributivo al logro de sus objetivos y reconociendo una

mayor margen de discrecionalidad en la gestión presupuestaria. Sin embargo, el modelo tuvo una

eficacia limitada y no puede decirse que estos objetivos se hayan conseguido, porque su desarrollo

posterior fue muy limitado, y porque las medidas de control de gasto público neutralizaron la

pretensión de dotar las agencias de mayor autonomía financiera. Así lo reconoce el propio

preámbulo de la Ley 40/2015 que añade que una de las principales carencias de la Ley 28/2006 fue

la ausencia de una verdadera evaluación externa a la entidad, que permita juzgar si sigue siendo la

forma más eficiente y eficaz posible de cumplir los objetivos que persiguió su creación y que

proponga alternativas en caso de que no sea así.

En la actualidad Galicia tiene aproximadamente el 50% del conjunto de agencias existentes en la

Administración central y en el resto de comunidades.

IV.3. LOS PLANES DE RACIONALIZACIÓN DEL SECTOR PÚBLICO DEPENDIENTE DE LA XUNTA DE GALICIA

Las dos normas principales que impulsan el proceso de reordenación y de extinción de entidades

son:

- Ley 16/2010, de 17 de diciembre, de organización y funcionamiento de la Administración general y

del sector público autonómico de Galicia.

- Ley 14/2013, de 26 de diciembre, de racionalización del sector público autonómico.

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Informe sobre procesos de extinción de las entidades dependientes de la CA de Galicia

31

El Consello de Contas de Galicia inició en 2006 un informe sobre el Sector Público Instrumental de

la Xunta de Galicia. A instancias del Parlamento este informe se mantiene con carácter anual. Las

recomendaciones que figuraban en estos informes se tuvieron en cuenta para la elaboración de la

normativa que sirvió de base al proceso de reordenación.

La Ley 14/2013, de 26 de diciembre, de racionalización del sector público autonómico dispone en el

segundo apartado del artículo 2 que “la consellería competente en materia de evaluación y reforma

administrativa elaborará por lo menos cada tres años planes de racionalización y reestructuración

que analicen la estructura organizativa y la dimensión orgánica de la Administración general y de las

entidades que integran el sector público autonómico, tomando como referencia el principio de

racionalización del gasto y la mejora de la gestión del sector público”. Hay que señalar que la

competencia recae en la Dirección Xeral de Avaliación e Reforma Administrativa dependiente de la

Consellería de Presidencia, Administracións Públicas e Xustiza.

En el marco de estas normas legales, el Consello de la Xunta de Galicia aprobó tres Planes de

evaluación de las entidades dependientes del sector público autonómico. El I Plan fue aprobado en

abril de 2010, el II Plan fue aprobado en febrero de 2012 y el III Plan, en septiembre de 2014.

Los planes de racionalización toman como base el trabajo de evaluación de las entidades públicas

realizados con medios propios de la Dirección Xeral de Avaliación e Reforma Administrativa. El

trabajo realizado condujo a la propuesta de medidas de extinción, reformulación o mejora de los

organismos analizados. Por lo tanto, las extinciones de entidades son solo una parte de los planes.

Por este motivo los efectos de la racionalización y de los ahorros económicos derivados del mismo

trascienden a los derivados solo de los procesos extintivos. El presente informe, atendiendo a las

directrices técnicas aprobadas por el Consello de Contas en coordinación con el Tribunal de Cuentas

y los restantes órganos de control externo autonómicos, centra su análisis en las extinciones y no

alcanza las medidas puestas en marcha en los entes subsistentes.

Los planes de racionalización aprobados por la Xunta no fueron objeto de publicación. Tampoco se

publicaron los informes en los que se evalúa su grado de realización (informes de seguimiento)

hasta que, en virtud de las recomendaciones formuladas por el Consello de Contas, la Xunta de

Galicia publicó en 2018 en su portal de transparencia un informe resumen de los procesos de

reordenación.

El I Plan concluyó con la supresión de las siguientes 46 entidades:

- Fundación Milenio

- Fundación Galega para a Prevención de Riscos Laborais

- Fundación Centro Superior Cinexético e Piscícola

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Informe sobre procesos de extinción de las entidades dependientes de la CA de Galicia

32

- 34 Fundacións para o desenvolvemento comarcal

- Fundación Galega para a Sociedade do Coñecemento

- Servizo Galego de Promoción da Igualdade do Home e da Muller (SGI)

- Sociedade Autoestrada Alto de Santo Domingo-Ourense, S.A. (ACEOUSA)

- Fundación Galicia Emigración

- Fundación Axencia Humanitaria de Galicia

- BANTEGAL

- SOGASERSO (Separación)

- Fundación Calidade Industrial

- Fundación Centro Tecnolóxico Lácteo de Galicia

El II Plan dio lugar a la extinción de los 24 entes siguientes:

- Consorcio Servizo Contra Incendios e Salvamento do Baixo Miño, do Condado e Da Louriña

- Consorcio Servizo Contra Incendios e Salvamento Comarca do Morrazo

- Consorcio Servizo Contra Incendios e Salvamento Comarca do Salnés

- Centro Europeo de Empresas e Innovación de Galicia CEEI GALICIA, S.A.

- Fundación Centro Galego do Plástico

- Instituto Galego de Cooperación Iberoamericana IGACI

- Consorcio Audiovisual de Galicia

- Consorcio Galicia 2005 Vuelta al mundo a Vela

- Fundación Centro Tecnolóxico Téxtil

- Fundación Mar de Galicia

- Consello da Xuventude de Galicia

- Centro de Supercomputación de Galicia (CESGA)

- Consorcio Instituto de Estudios Turísticos

- Sociedade de Imaxe e Promoción Turística S.A.(TURGALICIA)

- Xestur A Coruña, S.A.

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Informe sobre procesos de extinción de las entidades dependientes de la CA de Galicia

33

- Xestur Lugo, S.A.

- Xestur Ourense, S.A.

- Xestur Pontevedra, S.A.

- Consorcio Servizo contra Incendios e Salvamento Comarca Carballiño e Ribeiro

- Consorcio Servizo contra Incendios e Salvamento Comarca Limia

- Consorcio Servizo contra Incendios e Salvamento Comarca Valdeorras

- Consorcio Servizo contra Incendios e Salvamento Comarca Verín

- Agrupación de Consorcios Limia e Verín

- Instituto Galego de Calidade Alimentaria

Al margen de las 24 extinciones, en el II Plan estaba prevista la separación de la Xunta de Galicia de

la Fundación Feiras e Exposicións para o Desenvolvemento de Galicia (FEXDEGA).

En el marco del III Plan 9 entes ya fueron dados de baja:

- Galioil S.A.

- Axencia para a Xestión integrada, calidade e avaliación da Formación Profesional

- Fundación Illa San Simón

- Centro de Transfusión de Galicia

- Fundación Escola Galega de Administración Sanitaria

- Consello Galego da Competencia

- Instituto Galego de Consumo

- Instituto Enerxético de Galicia

- Fundación Gradiant

Del III Plan está pendiente la extinción de la Fundación Galega de Formación para o Traballo, el

Centro Informático para a Xestión Tributaria, Económico Financeira e Contable (prevista su

integración en la AMTEGA). También se encontraba pendiente la separación de la Fundación

Axencia Enerxética Provincial de A Coruña y el proceso de conversión de AGADER en agencia.

Por lo tanto, como resultado de los tres planes se produjo la extinción de 79 entidades (46 en el I

Plan, 24 en el segundo y 9 en el tercer plan).

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Informe sobre procesos de extinción de las entidades dependientes de la CA de Galicia

34

Además de los 3 Planes de evaluación, existen otras 9 operaciones de extinción o separación que

fueron ejecutadas fuera de los Planes a través de procesos paralelos:

- Fundación Centro de Estudos Eurorrexionais Galicia-Norte de Portugal.

- INESGA (Inversiones Estratégicas de Galicia).

- Tribunal Galego da Competencia (en virtud de la Ley 1/2011, de 28 de febrero, reguladora del

Consello Galego da Competencia).

- Augas de Galicia (prevista en la Ley 9/2010, de 4 de noviembre, de aguas de Galicia).

- EPOSH (prevista en la Ley 9/2010, de 4 de noviembre, de aguas de Galicia).

- Radiotelevisión de Galicia S.A. (prevista en la Ley 9/2011 de los medios públicos y

comunicación audiovisual).

- Desenvolvemento Comarcal de Galicia, S.A. (prevista en el artículo 16 de la Ley 15/2010 de

medidas fiscales y administrativas).

- CIA. Radio-Televisión Galicia (CRTVG) (Decreto 177/2015 con efectos desde el 31.12.15).

- TVG, S.A. (Conversión Corporación RTVG prevista en la Ley 9/2011 de los medios públicos y

comunicación audiovisual).

También está prevista, aunque no contemplada en ninguno de los tres planes, la fusión del Consello

Económico Social y del Consello Galego de Relacións Laborais y la liquidación de la Fundación

Galicia Saúde.

Por lo tanto, en conjunto según la Xunta se produjeron un total de 88 bajas (79 dentro de los planes

y 9 fuera de ellos) de entidades del sector público autonómica. Si añadimos las 8 bajas pendientes

de ejecutar relacionadas anteriormente (1 correspondientes al II Plan, 4 al III Plan y 3 fuera de

planes) tendríamos un total de 96 supresiones. Por lo tanto, según la Xunta su grado de ejecución

sería del 92%.

Las diferencias de las 75 extinciones que recogemos en nuestro informe respecto de las 88 que

considera la Dirección Xeral de Avaliación vienen motivadas por las siguientes causas:

1. Las entidades que se relacionan a continuación no figuran en el informe del Consello de Contas

ya que o bien no estuvieron incluidas en el inventario del Ministerio de Hacienda o bien fueron

objeto de alta y baja en el inventario en un solo período. Además ninguna de estas entidades ha

rendido sus cuentas en la Cuenta General ni han sido incluidas en los presupuestos de Galicia.

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Informe sobre procesos de extinción de las entidades dependientes de la CA de Galicia

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- Consello Galego da Xuventude

- Fundación Mar de Galicia.

- Fundación Gal. Sociedade Coñecemento

- Fundación Centro Galego do Plástico

- Fundación Centro Tecnolóxico Téxtil

- INESGA (Inversiones estratégicas de Galicia)

- Agrupación de consorcios Limia y Verín

2. Las entidades siguientes que la Dirección General considera extinguidas seguían figurando en el

inventario del Ministerio de Hacienda y en los informes del Consello de Contas a 31-12-2016.

- Fundación Centro de Estudos Eurorrexionais Galicia-Norte de Portugal

- Turgalicia (liquidada definitivamente en enero de 2018)

3. En las entidades siguientes consideramos que en rigor lo que tiene lugar es una transformación

de la forma jurídica de la entidad o un cambio en su denominación, por lo que en nuestro informe

figuran como bajas por transformación y no como bajas por extinción.

- INEGA (Instituto Energético de Galicia)

- Augas de Galicia

- Tribunal Galego de Defensa da Competencia

- TVG, S.A.

- Instituto Galego de Calidade Alimentaria

4. En nuestro informe figura como baja por extinción la separación de la Xunta respecto a FEXDEGA

ya que esta baja figura en el inventario del Ministerio como registro público. Sin embargo, la Xunta

en su último informe de seguimiento considera esta operación como pendiente de finalizar.

En cualquier caso, podemos concluir, tanto con la información disponible del Ministerio como de la

propia Xunta, que el proceso de reordenación previsto fue ejecutado en un porcentaje elevado,

siendo residuales las operaciones pendientes, muchas de ellas en fase próxima a su final.

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Informe sobre procesos de extinción de las entidades dependientes de la CA de Galicia

36

IV.4. ANÁLISIS GENERAL DE LOS PROCESOS EXTINTIVOS

El análisis de los procesos extintivos se realiza en primer lugar desde una óptica general que engloba

las 75 extinciones. Los aspectos sometidos a revisión fueron fundamentalmente tres: funciones

desarrolladas; medios materiales y personales de la entidades que desaparecen y ahorros

económicos conseguidos.

IV.4.1. Funciones desarrolladas

Las funciones que desarrollaban las entidades extinguidas son asumidas de manera general por

entidades preexistentes aunque en algunos casos por entes de nueva creación. Normalmente es la

administración instrumental y no la administración general la que asume las funciones y medios de

los entes que se dan de baja.

En numerosos casos, por ejemplo las sociedades de Gestión Urbanística, la EPOSH, la CRTVG,

ACEOUSA o consorcios contraincendios, tiene lugar una fusión por absorción o creación de una

nueva entidad, normalmente con la misma forma jurídica, que asume los medios y sigue

desarrollando las actividades de los entes que se dan de baja.

En el caso de las Fundaciones de Desarrollo Comarcal, el más numeroso entre las entidades que se

dan de baja (34 de 75 entidades extinguidas), tal como señala el artículo 16.3 de la Ley 15/2010 de

medidas fiscales y administrativa, la imposibilidad de realizar el fin fundacional es el motivo de

extinción a consecuencia de la falta de desarrollo del modelo comarcal.

Por lo tanto, obviando el caso de las Fundaciones de Desarrollo Comarcal, son residuales los

supuestos en los que se extinguen entidades cuyas funciones dejan de ser prestados por otra

entidad dependiente de la Administración.

En el Anexo III se recoge un análisis individual de las funciones desarrolladas por las entidades

extinguidas y las entidades absorbentes, así como la norma o acuerdo que ampara la extinción o

transformación del ente y, en su caso, la entidad absorbente.

IV.4.2. Medios materiales y personales de las entidades extinguidas

Con carácter general, las entidades absorbentes asumen los medios materiales y personales de las

entidades extinguidas a través de la integración de sus activos y la subrogación de su personal.

Ahora bien, la dimensión económica de la mayor parte de las entidades extinguidas era escasa

teniendo en cuenta tanto su volumen de gasto como el personal a su servicio.

En términos de personal el número de trabajadores de las entidades extinguidas tampoco es

significativo. La mayor parte del personal afectado por los procesos de reordenación fue asumido y

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Informe sobre procesos de extinción de las entidades dependientes de la CA de Galicia

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subrogado por las entidades absorbentes. Según la información publicada por el Ministerio de

Hacienda a consecuencia de los procesos de reorganización en el sector público autonómico de

Galicia se registró una minoración de 221 trabajadores frente a los 313 previstos.

La opción por el mantenimiento del empleo en los procesos de reordenación estaba prevista en la

propia LOFAXGA cuya disposición transitoria sexta señala que el Consello de la Xunta de Galicia

podrá adoptar las medidas necesarias en relación con el personal laboral fijo de las entidades

instrumentales que se extingan, previa negociación con las organizaciones sindicales.

El Decreto 129/2012, de 31 de mayo, por el que se regula el régimen aplicable al personal de las

entidades instrumentales integrantes del sector público autonómico de Galicia señala que cuando

no concurran los requisitos establecidos en el ordenamiento laboral para la sucesión de empresa se

podrá ofertar al personal laboral fijo de la entidad extinguida una opción de adscripción en las

condiciones de trabajo y retributivas que se indiquen en la oferta. Si concurrieran los requisitos para

la existencia de una sucesión de empresa se atenderá a lo dispuesto en el artículo 44 del Estatuto de

los Trabajadores lo que determinará que el personal se adscriba manteniendo las condiciones de

trabajo y retributivas de origen. En la mayor parte de las extinciones tuvo lugar una sucesión de

empresa en los términos de la normativa laboral.

Con el objetivo de homogeneizar el régimen retributivo y condiciones de trabajo del personal en las

entidades que asuman medios de los entes extinguidos, el Decreto 129/2012 prevé que se puedan

iniciar procesos de integración como personal laboral de la Xunta de Galicia. Para la integración es

requisito tener contrato laboral fijo formalizado tras el proceso de selección. Sin embargo, a pesar

del tiempo transcurrido, no se completaron los procesos de integración del personal procedente de

entidades extinguidas.

Por otra parte, en cuanto el personal laboral indefinido no fijo y temporal observamos soluciones

diferentes. En algunos casos se procedió a extinguir los contratos antes del proceso de extinción. En

otros supuestos el personal no fijo y temporal continuó a prestar servicios en las entidades

absorbentes. En el análisis individual de algunos procesos, cuyos resultados se incluyen en el

epígrafe siguiente, queda constancia de este diferente tratamiento.

Por otra parte, no se pusieron en marcha en todos los casos los procedimientos previstos en la

disposición adicional tercera del Decreto 129/2012 en virtud de la cual la administración podrá,

previa consulta con los representantes legales de los trabajadores, modificar las condiciones de

trabajo o retributivas con la finalidad de homologarlas con las aplicables al personal de la Xunta de

Galicia en aquellos supuestos en el que se subrogue personal con condiciones diferentes o

retribuciones superiores a las comunes para el personal laboral de la Xunta.

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Informe sobre procesos de extinción de las entidades dependientes de la CA de Galicia

38

El Anexo IV recoge las entidades extinguidas con el importe de su volumen de gasto y el número de

efectivos a partir de la información contenida en las cuentas anuales correspondientes al inmediato

ejercicio anterior a la extinción, o en su caso el último ejercicio rendido disponible. No consta la

rendición de cuentas correspondientes a 20 entidades, aunque 4 de ellas no tuvieron actividad en el

período analizado. En todo caso, hace falta tener en cuenta que el deber de rendición es aplicable

durante toda la vida de la entidad pública, incluyendo su proceso de disolución o extinción, hasta su

liquidación definitiva.

Cuadro 7. Cuentas no rendidas.

Entidad extinguida Ejercicios no rendidos

Sociedade Galega de Servizos Sociais S.A. 3 2010

F. D. C. Terra de Soneira 2010

Axencia Humanitaria de Galicia4 2011

Fundación Galega de Prevención de Riscos Laborais 2010-2011

Fundación Milenio5 2010-2011

Fundación de Desenvolvemento Comarcal de Ordes6 2010

Consorcio Galicia 2005. Volta ao mundo a vela7. 2010-2011-2012

Consorcio Contraincendios da comarca de O Morrazo 2010-2011

Consorcio Contraincendios da comarca de O Salnés 2010-2011

Sociedade Anónima Xestora do Banco de Terras de Galicia8 2012

Fundación Feiras e Exposicións para o desenvolvemento de Galicia9 2012

Fundación Galega de Cooperación Iberoamericana 2010-2011-2012

Instituto de Estudos Turísticos 2010-2011-2012-2013

Fundación Centro Tecnolóxico Lácteo 2010-2011-2012-2013

Fundación Illa de San Simón10 2010-2011-2012

GALIOIL S.A.11 2010-2011-2012-2013-2014

Consorcio Contraincendios Comarca O Carballiño-Ribeiro 2010-2011-2012-2013-2014

Consorcio Audiovisual de Galicia12 2012-2013-2014-2015

Axencia Xestora Integrada de Calidade e Avaliación de Formación Profesional13l 2010-2011-2012-2013-2014-2015

Fundación GRADIANT 2010-2011-2012-2013-2014-2015-2016

3 No rindieron cuentas a lo largo de su pertenencia al sector público autonómico

4 Rendidas las cuentas de 2009, 2010 y 2012 pero no las de 2011 5 Sin actividad 6 Rindió cuentas en 2009 y 2011 pero no en 2010 7 Sin actividad 8 No rindió cuentas en el ejercicio 2012 que estaba en proceso de disolución 9 No rindió cuentas en el ejercicio 2012 en el que estaba en proceso de separación 10 No rindió cuentas en el período 2009-2012 aunque sí en el 2013 11 Sin actividad 12 Rindió cuentas en 2010 y 2011 pero no posteriormente durante el proceso de disolución 13 Sin actividad

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Informe sobre procesos de extinción de las entidades dependientes de la CA de Galicia

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IV.4.3. Ahorro económico en la extinción de entidades

Un aspecto de especial relevancia para evaluar adecuadamente los procesos de reordenación que

experimentó el sector público autonómico es la valoración de los costes, ingresos y resultados

económicos asociados a dichos procesos; así como, los efectos esperados en materia de reducción

de personal y los ahorros estimados por las bajas netas de entidades. A pesar de que la reducción

neta formulada afecta al 38,4% del total de entidades, la importancia económica de un gran

número de las extinguidas es menor. De hecho, los ahorros estimados por las bajas eran de 20,80

M€, mientras que el ahorro efectivo fue de 17,03 M€, que representa menos del 1% de los fondos

gestionados por las entidades dependientes.

Una parte del ahorro señalado en el párrafo anterior está motivado por la reducción de personal.

Según la información publicada por el MINHAFP, se registró una minoración de 221 efectivos frente

a los 313 previstos lo que generó unos ahorros anuales de 7,53 M€ frente a los 9,24 M€,

inicialmente estimados.

Estos datos están recogidos en el último informe sobre el sector público instrumental publicado por

el Ministerio de Hacienda:

Cuadro 8. Bajas de personal y ahorros económicos derivados de las extinciones.

Personal (número de

efectivos) Ahorros económicos (M€)

Estimado 313 20,80 M€

Realizado 221 17,03M€

Fuente: Ministerio de Hacienda. Informe sobre los procesos de reordenación de las Comunidades

Autónomas a 1 de enero de 2017

Ahora bien, los ahorros derivados de procesos de reorganización no se limitan a los procesos

extintivos, ya que además de la supresión y reordenación de entidades, la Administración impulsó

otras medidas de racionalización en las entidades que subsisten, principalmente en materia de

personal, limitación de las retribuciones de altos cargos, y gasto corriente. La administración gallega

cifra ese importe en 89,31 millones de euros. Esta cifra no fue objeto de fiscalización ya que las

medidas de ahorro adoptadas en los entes subsistentes quedaron fuera del ámbito de esta auditoría.

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Informe sobre procesos de extinción de las entidades dependientes de la CA de Galicia

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IV.5. ANÁLISIS ESPECÍFICO DE DETERMINADOS PROCESOS EXTINTIVOS

La mayor parte del ahorro mostrado en el epígrafe anterior se concentra en estos 6 procesos

extintivos.

Cuadro 9. Ahorros económicos declarados en las entidades auditadas.

Entidad extinguida Ahorros (miles€)

Fundación Fomento da Calidade Industrial e o Desenvolvemento Tecnolóxico de Galicia 5.711,37

Fundación Centro Transfusión Galicia 2.065,93

Entidades de Turismo 14 2.126,63

Centro Europeo de Emprendemento e Innovación de Galicia S.A. (CEEI GALICIA, S.A.) 1.125,09

Xestión do Solo de Galicia-Xestur S.A. 3.265,66

Xestión Centro Supercomputación de Galicia, S.A. (CESGA) 838,05

TOTAL AHORROS 15.132,73

Fuente: Elaboración propia a partir de datos de la Xunta de Galicia.

Los ahorros económicos en estas entidades extinguidas suponen el 91% del importe total realizado

en todos los procesos liquidatorios. Teniendo en cuenta su importancia económica se procedió a

analizar específicamente estos procesos.

IV.5.1. Entidades de turismo

El Consello de la Xunta de Galicia, en su reunión de 16 de febrero de 2012, entre las medidas

necesarias para la plena ejecución del II Plan de evaluación de entidades dependientes de la Xunta

de Galicia, acordó la modificación del objeto social de la S.A. Xestión del Plan Xacobeo, la supresión

de la Secretaría Xeral para o Turismo y la extinción de la Sociedade de Imaxe e Promoción Turística

de Galicia, S.A., y del consorcio Instituto de Estudos Turísticos para aglutinar en un mismo órgano,

con naturaleza de Agencia, los diferentes órganos y entidades que tenían competencias sobre

distintos aspectos del turismo en Galicia.

Los resultados de la fiscalización de cada uno de los procesos de extinción son los siguientes:

IV.5.1.1. Consorcio de estudios turísticos de Galicia

El consorcio Instituto de Estudos Turísticos de Galicia fue creado por el Decreto 89/2007, de 19 de

abril, como un ente asociativo dotado de personalidad jurídica propia cuyo objeto era contribuir al

desarrollo del sector turístico de Galicia, en especial en el ámbito de la investigación.

14 La Axencia de Turismo de Galicia asume las competencias, recursos y medios materiales que le corresponden en la actualidad a la Secretaría Xeral para o Turismo, a los servicios de Turismo en las jefaturas territoriales, a la Sociedade de Imaxe e Promoción Turística de Galicia, S.A., y al Consorcio Instituto de Estudos Turísticos.

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Informe sobre procesos de extinción de las entidades dependientes de la CA de Galicia

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Cinco años más tarde, el artículo 2 del Decreto 196/2012, de 27 de septiembre, por el que se crea la

Axencia de Turismo de Galicia y se aprueban sus estatutos, establece que la Agencia tiene entre sus

objetivos el impulso a la innovación, investigación, formación y calificación de las empresas y

profesionales del sector turístico. Además, en su disposición adicional primera indica que la Agencia

se subrogará en todas las relaciones jurídicas, bienes, derechos y deberes del consorcio Instituto de

Estudos Turísticos, en el momento en que se proceda a su extinción.

Para dar cumplimiento a esa previsión, el Decreto 99/2013, de 27 de junio, por el que se disuelve el

consorcio Instituto de Estudos Turísticos de Galicia dispone en el artículo 1 que la totalidad de los

fines y funciones del IET de Galicia son asumidos por la Axencia Turismo de Galicia.

La disposición adicional primera del Decreto de disolución establece que el cuadro de personal del

consorcio será el instrumento de gestión del personal en la Agencia hasta que se apruebe la

correspondiente relación de puestos de trabajo añadiendo que la adscripción de este personal se

hará en iguales condiciones laborales de contratación existentes en la entidad de origen. El análisis

del proceso puso de manifiesto que los empleados del consorcio fueron asumidos por la Agencia en

las condiciones laborales que tenían en el Consorcio. En concreto, 3 trabajadores con contrato

indefinido y un interino son traspasados a la Agencia. La asunción por parte de la Agencia de todo

el personal del Consorcio en esas condiciones determina la ausencia de ahorros económicos en esta

partida.

El patrimonio del Consorcio en el momento de su liquidación estaba integrado por los siguientes

bienes:

Cuadro10. Patrimonio del Consorcio Estudos Turísticos de Galicia

PARTIDAS IMPORTE (€)

Inmovilizado intangible 8.639,47

Inmovilizado material 13.556,22

Efectivo 685.652,72

Fuente: Elaborado a partir de la información facilitada por la Axencia de Turismo.

El Decreto de disolución establece que los bienes y derechos propios o adscritos al Instituto para el

cumplimiento de sus fines quedarán adscritos a la Axencia Turismo de Galicia, continuando

vinculados a los mismos fines y funciones sin necesidad de acto formal de afectación, teniendo que

suscribirse la oportuna acta que refleje las circunstancias de la mutación. No obstante a lo anterior,

no se aportaron evidencias que permitan confirmar dicha adscripción. El inmovilizado material e

intangible fue asumido en la práctica por la Agencia aunque no consta ni la acta de cesión ni tuvo

lugar la integración contable en las cuentas de la Agencia. La tesorería fue transferida al Tesoro de

la Xunta de Galicia y no figura ni en el patrimonio ni en las cuentas de la Agencia.

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A mayor abundamiento, la disposición adicional novena de los estatutos de la Agencia de Turismo

aprobados por el Decreto 196/2012, de 27 de septiembre, indica que la agencia tenía que haber

realizado el primer inventario de los bienes que se le adscriben y de los que había podido adquirir

para el inicio de su actividad antes de que transcurriera un año desde su puesta en funcionamiento

sin que se haya hecho, tal y como se indica en la nota 10.1 de las cuentas anuales del año 2014.

Los ahorros cuantificados por la Xunta por causa de la extinción del consorcio fueron de 675.839,28

€ que se corresponde con el remanente líquido de tesorería según la siguiente información:

Cuadro 11. Remanente líquido en el Consorcio Estudos Turísticos de Galicia.

PARTIDAS IMPORTE (€)

Efectivo 685.652,72

Pasivos (Hacienda y Seguridad Social acreedores) 9.813,44

Saldo 675.839,28

Fuente: Elaborado a partir de la información facilitada por la Axencia de Turismo.

Los créditos presupuestarios, los medios personales y materiales del Consorcio se traspasaron a la

Agencia por lo que, en rigor, el proceso de liquidación no comporta ahorro ninguno. Lo que tiene

lugar únicamente es una transferencia patrimonial materializada en efectivo desde un Consorcio

participado al 100% por la Xunta de Galicia al Tesoro de la Comunidad.

IV.5.1.2. Sociedade de Imaxe e Promoción Turística de Galicia, S.A.

La sociedad se constituyó en 1992. Su objeto social fue el desarrollo de actividades relacionadas con

la promoción, formación, fomento, información incluyendo la creación y puesta en funcionamiento

de la Escuela Centro Superior de Hostelería.

El artículo 2 del Decreto 196/2012, de 27 de septiembre, por el que se crea la Axencia de Turismo

de Galicia incluye entre su objeto las actividades que desarrollaba TURGALICIA S.A.

Con fecha 27 de diciembre de 2013 el Consello de la Xunta de Galicia autorizó la disolución y la

puesta en marcha del proceso de liquidación de TURGALICIA que finalizó con la inscripción registral

de su extinción publicada en el BORME de 9 de enero de 2018.

En lo relativo a patrimonio, en el proyecto de reparto de la cuota de liquidación incluida en la

escritura de liquidación de TURGALICIA, se indica que el haber social a repartir entre los socios fue

de 1.060.224,38 € materializado fundamentalmente en una tesorería de 978.078,95 €. Este

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Informe sobre procesos de extinción de las entidades dependientes de la CA de Galicia

43

importe fue transferido a la cuenta bancaria titularidad de la Comunidad de Galicia. Por otra parte,

el resto de activo con valor contable se corresponde con la participación en la sociedad Cursos

Internacionales de la Universidad de Santiago por importe de 12.020,24 € y en existencias

fundamentalmente del Centro Superior de Hostelería por valor de 74.658,23 €. A pesar de que el

Decreto de creación de la Axencia de Turismo prevé la subrogación de los bienes y derechos de la

Sociedade de Imaxe e Promoción Turística de Galicia S.A. esta no tuvo lugar formalmente y los

bienes fueron integrados en el patrimonio de la Administración general. Tampoco se produjo la

incorporación contable de los bienes en la contabilidad de la Agencia.

En lo que se refiere al personal, el Decreto de creación de la Agencia señala que esta se subrogará

en el personal laboral fijo, indefinido no fijo y temporal de Turgalicia con el mismo régimen y

condiciones que tenían en origen. La subrogación de personal tiene lugar al concurrir los requisitos

establecidos en el ordenamiento laboral para la existencia de una sucesión de empresa. La Axencia

de Turismo se subrogó en 42 trabajadores con la condición de personal laboral fijo y 2 interinos.

El mantenimiento de las condiciones de origen provoca que la estructura salarial resultante en la

Agencia sea heterogénea y presente situaciones ineficientes. Así, existen supuestos en los que el

personal laboral absorbido tiene retribuciones salariales superiores al personal funcionario que

ejerce las jefaturas de la Agencia.

A mayor abundamiento, en el ámbito judicial, los antiguos trabajadores de TURGALICIA

interpusieron con resultado favorable para ellos reclamaciones respecto a la no aplicación de la

reducción del 5% del salario aprobada para todo el personal de las administraciones públicas;

respecto a la supresión de las pagas extraordinarias; y respecto al abono de pluses de

desplazamiento por importes superiores a las dietas de los funcionarios que realizan las mismas

funciones15. Sobre todas estas cuestiones se pronunció la Sala Social del Tribunal Supremo

confirmando las sentencias que daban la razón a los trabajadores de Turgalicia . Estas circunstancias

acrecientan la brecha entre las condiciones de los trabajadores absorbidos y el personal funcionario

de la Agencia. La puesta en marcha del proceso de integración eliminaría estas diferencias.

El traspaso de los créditos presupuestarios, de los medios personales y materiales de Turgalicia a la

Agencia en las condiciones señaladas implica que el proceso de liquidación había comportado

ahorros económicos poco relevantes. De hecho, la información aportada cifra este ahorro en 45.526

euros correspondiente a gasto corriente de funcionamiento, principalmente, en energía y limpieza.

15 Los trabajadores de Turgalicia mantienen el derecho a cobrar una indemnización diaria por los días que tengan que hacer desplazamientos a mayores de la dieta de kilometraje, alojamiento y mantenimiento que será contra factura y sin límite.

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44

IV.5.1.3. Sociedade de Xestión do Plan Xacobeo, S.A.

En el II Plan de Evaluación se incluyó la sociedad mercantil Xestión do Plan Xacobeo, S.A. con el

objetivo de hacer un análisis de la estructura y funcionamiento que se concretó en una

reformulación reduciendo su objeto social.

La disposición adicional primera, punto 4 del Decreto 196/2012 indica que la Axencia de Turismo se

subrogaría en las relaciones jurídicas, bienes, derechos y deberes de la S.A. Xestión do Plan

Xacobeo, derivadas o directamente vinculadas con las funciones que son asumidas por la Agencia,

en el momento de la modificación de sus estatutos.

En la disposición adicional segunda se establece que la Axencia de Turismo de Galicia asumirá la

tutela funcional de la S.A. Xestión do Plan Xacobeo, ente con personalidad jurídica, que modificará

su objeto social, el cual quedará constituido por el mantenimiento y conservación de los caminos, la

red de albergues y la divulgación del hecho y cultura xacobeos. El mantenimiento de parte de la

actividad en la sociedad y la no disolución completa de la misma se justifica por el coste fiscal que

tendría el proceso de cesión de todos los activos de Xacobeo a la Agencia.

Con fecha 5/3/2014 tuvo lugar la inscripción registral de la modificación del artículo 2 de los

estatutos con la finalidad de replantear el objeto social de la sociedad. Con fecha 10/4/2018 se

produjo otra modificación estatutaria en la que se indica que constituye el objeto de la sociedad a la

realización de actividades dirigidas a la gestión de los servicios comunes de la red de albergues de la

Comunidad Autónoma de Galicia y del resto de su patrimonio social así como la coordinación de

actuaciones específicas relacionadas con el Camino de Santiago.

En lo que se refiere al personal el Decreto de creación de la Agencia señala que se subrogará en el

personal laboral fijo, indefinido no fijo y temporal asignado a las funciones que asume la Agencia de

la S.A. Xestión do Plan Xacobeo, desde el momento de modificación de los estatutos de dicha

sociedad. Según la relación aportada por la sociedad se incorporaron a la Agencia 38 trabajadores

manteniendo las condiciones de origen (29 con la condición de personal laboral fijo, 8 indefinidos

por sentencia y 1 laboral temporal). También en esta asunción de medios es evidente las diferencias

retributivas entre la sociedad y la Agencia. En este sentido, se incorpora personal que mantienen

condiciones retributivas superiores a los cargos directivos de la Agencia pese a no desempeñar

dichas funciones en la nueva entidad.

La información disponible cifra en 456.758,57 € los ahorros en gastos corrientes por la gestión

hecha por la Agencia en relación con los asumidos del XACOBEO, sin que se hayan producido

ahorros en gastos de personal.

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45

Por último debemos subrayar que la Agencia no ha iniciado el proceso de integración previsto en el

Decreto 129/2012, de 31 de mayo, por el que se regula el régimen aplicable al personal de las

entidades instrumentales integrantes del sector público autonómico de Galicia que sea objeto de

creación, adaptación o extinción. La realización del proceso de integración produciría la

homogeneización de las relaciones de empleo en la Agencia.

No consta que la Agencia de Turismo, tal como prevé su decreto de creación, haya procedido a

realizar un estudio organizativo, teniendo en cuenta la racionalización de las estructuras orgánicas,

la evitación de tareas redundantes y duplicidades y las previsiones presupuestarias, proponiendo su

creación formal o bien la amortización de aquellos puestos que no sean necesarios para el

funcionamiento de la Agencia. Sin embargo, en la RPT de la Agencia hay diversas categorías de

empleados con retribuciones dispares para funciones semejantes con las distorsiones que derivan de

tal situación.

IV.5.1.4. Gasto total de las entidades de turismo

Por último, para ofrecer una visión global del comportamiento del gasto antes y después de la

reorganización se muestra el gráfico siguiente que refleja la evolución del gasto de personal y de

funcionamiento en el período 2011-2016 de las entidades de turismo involucradas en el proceso de

reorganización, es decir, Secretaría Xeral para o Turismo, Turgalicia, Instituto de Estudos Turísticos,

Xacobeo y Axencia de Turismo de Galicia. Los datos muestran una disminución concentrada en el

gasto de funcionamiento a partir de la entrada en funcionamiento de la Agencia.

Gráfico 2. Evolución temporal del gasto en las entidades de turismo (€).

Fuente: Elaboración propia a partir de los datos de las cuentas anuales.

2011 2012 2013 2014 2015 2016

Gastos personal 11.172.674 10.689.176 10.245.924 10.118.592 10.075.777 10.294.415

Gastos corrientes 6.668.905 7.248.347 7.891.240 7.891.110 6.570.866 6.167.125

Total 17.841.579 17.937.523 18.137.164 18.009.702 16.646.643 16.461.540

0

2.000.000

4.000.000

6.000.000

8.000.000

10.000.000

12.000.000

14.000.000

16.000.000

18.000.000

20.000.000

Gast

os

(€)

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Informe sobre procesos de extinción de las entidades dependientes de la CA de Galicia

46

IV.5.2. Fundación Centro de Transfusións de Galicia

La Ley 14/2013, de 26 de diciembre, de racionalización del sector público autonómico, en su

artículo 42, autorizó la creación de la Axencia Galega de Sangue, Órganos e Tecidos que llevaba

aparejada la extinción y liquidación de la Fundación Pública Sanitaria Centro de Transfusión de

Galicia. En cumplimiento de las anteriores previsiones normativas, se aprobó el Decreto 142/2015,

de 17 de septiembre, por el que se crea la Axencia Galega de Sangue, Órganos e Tecidos, y se

aprueban sus estatutos.

La Agencia se subrogará en todas las relaciones jurídicas, bienes, derechos y deberes de la

Fundación Pública Centro de Transfusións.

En el momento de la liquidación, la Fundación tenía un activo de 7,52 millones de euros, un pasivo,

todo de carácter corriente, de 4,01 millones y, por tanto, un patrimonio neto de 3,51 millones de

euros. Se produjo la transmisión en bloque de la totalidad del patrimonio social de la Fundación a la

Agencia y el patrimonio recibido fue integrado en las cuentas de la Agencia rendidas en 2016.

El personal de la Fundación pasó a prestar servicios en la Agencia con el mismo régimen y en iguales

condiciones que tenía en el momento de su incorporación. Respecto al personal asumido hace falta

tener en cuenta que el 19 de enero de 2019 se publicó la resolución por la que se procede al

nombramiento como personal laboral y a la adjudicación de destino definitivo a los aspirantes que

superaron el concurso oposición convocado en 2015 por la Dirección de la Fundación. Los aspirantes

que superaron el proceso (69) pueden ejercer la opción de integración en el régimen estatutario con

plenos efectos desde la fecha en la cual se dicte la resolución por la que se considere la opción

realizada por el profesional.

La plantilla de la Agencia en 2017 según sus cuentas anuales era de 211 personas con el siguiente

desglose: 1 directora de la Agencia, 126 puestos de personal estatutario, 83 puestos de personal

laboral y 1 puesto de personal laboral V Convenio Junta. Como se mencionó en el párrafo anterior,

en 2019 los aspirantes que superaron el proceso selectivo tienen la opción de integrarse en el

régimen estatutario en el plazo previsto para la toma de posesión del puesto adjudicado, con plenos

efectos desde la fecha en la cual se dicte la resolución por la que se considere la opción realizada

por el profesional.

Por lo que se refiere a los ahorros económicos derivados de esta reordenación, los datos declarados

por la Xunta al Ministerio cifran el ahorro en 2,06 millones de euros. La mayor parte de este ahorro

declarado se sitúa en el capítulo de personal como consecuencia: de la supresión de pagas extras

según el Real Decreto Ley 20/2012; dejar de hacer relevos por vacaciones; y por la amortización de

plazas vacantes. Los ahorros declarados se concentran en el año 2013 es decir con anterioridad a

creación de la Agencia.

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Informe sobre procesos de extinción de las entidades dependientes de la CA de Galicia

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Respecto a los mismos, es necesario señalar que los ahorros declarados por las pagas extras fueron

objeto de devolución a consecuencia de sentencia favorable a los trabajadores por lo que no pueden

considerarse ahorro. Por otra parte, la amortización de puestos se refiere a puestos que tenían

dotación presupuestaria pero que estaban vacantes por lo que nunca produjeron gasto real que

pueda suponer ahorros posteriores.

En el siguiente gráfico se pone de manifiesto la evolución de los gastos de personal y servicios

exteriores tomados de las cuentas anuales tanto de la Fundación Centro de Transfusións de Galicia

cómo de la Axencia Galega de Sangue, Órganos e Tecidos (las primeras cuentas corresponden el

ejercicio 2016). El gráfico muestra como la disminución inicial de gasto en el período 2011-2014 fue

compensada posteriormente y el gasto se sitúa en niveles similares a los existentes en el inicio del

proceso. Tomando como referencia las cuentas anuales rendidas correspondientes al período 2011-

2016 el ahorro económico en gasto de personal y corriente fue de 653.344 euros frente a los

2.065.930 euros declarados, por lo que procede un ajuste negativo de 1.412.586 euros.

Gráfico 3. Evolución temporal del gasto en el Centro de Transfusións de Galicia (€)

Fuente: Cuentas anuales de la Fundación Pública Centro de Transfusiones y de ADOS.

2011 2012 2013 2014 2015 2016

Gastos personal 9.075.317 8.552.775 8.286.590 8.381.131 8.669.762 8.987.830

Gastos corrientes 2.909.461 2.506.859 2.176.874 2.071.071 2.474.247 2.343.604

Total 11.984.778 11.059.634 10.463.464 10.452.202 11.144.009 11.331.434

0

2.000.000

4.000.000

6.000.000

8.000.000

10.000.000

12.000.000

14.000.000

Gast

os

(€)

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Informe sobre procesos de extinción de las entidades dependientes de la CA de Galicia

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IV.5.3. Fundación Fomento da Calidade Industrial e o Desenvolvemento Tecnolóxico

La Fundación para o Fomento da Calidade Industrial e o Desenvolvemento Tecnolóxico de Galicia

fue constituida el 1 de octubre de 1996. El I Plan de Evaluación de Entidades dependientes de la

Xunta de Galicia, aprobado por el Consello de la Xunta de Galicia en la sesión de 22 de abril de

2010, propone su reformulación.

En el año 2012 (Decreto 50/2012, de 12 de enero), se crea la Axencia Galega de Innovación (GAIN),

con la finalidad de fomentar y vertebrar las políticas de innovación en las administraciones públicas

gallegas, y el apoyo e impulso del crecimiento y de la competitividad de las empresas gallegas, a

través de la implementación de estrategias y programas de innovación eficientes, asumiendo, entre

otras, las competencias de la extinta Dirección General de Investigación, Desarrollo e Innovación.

En el año 2013 (Decreto 134/2013, de 1 de agosto) se procede a la reorganización de las entidades

instrumentales adscritas a la Consellería de Economía e Industria con competencias en materia de

innovación. Esta reorganización incluye la extinción de la Fundación para el Fomento da Calidade

Industrial e o Desenvolvemento Tecnolóxico de Galicia.

En virtud de esta norma, la Axencia Galega de Innovación se subrogará en los bienes, derechos y

deberes de la Fundación, excepto los correspondientes a la rama de actividad de la Fundación

constituida por el Laboratorio Oficial de Metrología de Galicia que se traspasa a la Administración

general de la Comunidad Autónoma (Dirección General de Energía y Minas). Estos traspasos son

efectivos desde el 1 de enero de 2014.

La Axencia Galega de Innovación asume las funciones que realizaba la Fundación tanto a través de

los servicios centrales de la Fundación, como del CIS Ferrol y del CIS Madera, aunque este último se

integró posteriormente (2018) en la Axencia Forestal de Galicia.

Las cuentas de la Fundación correspondientes a 2013, en las que se incluye el balance de

liquidación, están auditadas con informe favorable con salvedades. La salvedad se refiere a la

contabilización por importe de 292.909 euros de un derecho de cobro sobre una subvención aunque

no había recibido el importe de la subvención ni había realizado las aportaciones que corresponden

a los entes destinatarios finales de dicha ayuda.

El análisis de las cuentas de la Agencia en el año 2014 permite comprobar que efectivamente los

bienes, derechos y deberes de la extinta Fundación se incorporaron a la contabilidad de la Agencia.

Entre los bienes traspasados se encuentra 4,6316 millones de euros en tesorería. Esta cantidad

aumentó de manera significativa los fondos líquidos y el remanente de tesorería de la Agencia que

16 Cantidad modificada en trámite de alegaciones.

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Informe sobre procesos de extinción de las entidades dependientes de la CA de Galicia

49

tuvo que ser objeto de devolución al Tesoro en virtud de lo previsto de manera recurrente en las

leyes anuales de presupuestos.

El Decreto 134/2013, de 1 de agosto, por el que se autoriza la extinción de la Fundación prevé que

el personal de la misma (excepto el correspondiente al Laboratorio de Metrología) se adscriba a la

Agencia tanto si tiene carácter de personal fijo, indefinido no fijo o temporal con el mismo régimen y

condiciones que tenía en la fundación y con efectos desde 1 de enero de 2014.

Con carácter previo a la extinción de la Fundación había tenido lugar la rescisión de numerosos

contratos de carácter temporal. En marzo de 2009 la relación de trabajadores en la Fundación

estaba formada por 293 efectivos: 53 trabajadores con contrato laboral fijo en la Relación de

Puestos de Trabajo de la Fundación y 240 con contratos de carácter temporal. Esta temporalidad

representaba el 82%, que se distribuía:

• 207 con contratos por obra o servicio determinado y contratos en prácticas.

• 33 bolsas de formación, a través de Convenios de colaboración con FEUGA y FUAC.

En septiembre de 2009 se acuerda extinguir los contratos de trabajo por obra y servicio y finalizar

las bolsas de formación. La evolución en los años siguientes de la plantilla de la Fundación hasta su

extinción fue la siguiente:

Cuadro 12. Evolución del personal de la Fundación para o Fomento da Calidade Industrial.

PERÍODO 01/03/10 14/07/10 14/10/10 17/01/11 31/05/11 16/02/12 02/08/12 16/02/13 31/12/13

Nº 260 169 157 143 127 119 114 110 107

Fuente: Datos proporcionados por la Dirección Xeral de Avaliación e Reforma Administrativa.

En total hubo 178 bajas, aunque el número neto es de 153 a consecuencia de que la Fundación

incorporó 25 personas en esos años incluyendo en ese número las del director de CIS madera, el

director del LOMG y el gerente de la fundación que volvieron a su anterior puesto17.

Las bajas de personal conllevaron una importante conflictividad laboral con el resultado resumen

siguiente:

• 5 de las demandas presentadas por el personal terminaron en despido nulo. Como resultado de

las mismas, 2 personas se reincorporaron en la Fundación y 3 en la Xunta de Galicia.

• 19 de otras 66 reclamaciones dieron lugar a indemnizaciones por importe de 276.939,46 €

bien como consecuencia de ser declarado improcedente o bien por qué se llegó a un acuerdo y

las otras 47 sentencias fueron favorables a la Fundación.

17 Párrafo modificado en trámite de alegaciones.

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Informe sobre procesos de extinción de las entidades dependientes de la CA de Galicia

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Extinguida la Fundación se adscribieron a la Axencia Galega de Innovación y a la Dirección Xeral de

Enerxía e Minas (Laboratorio de Metrología) de la Consellería de Economía e Industria 107 personas

(83 personas a la Agencia y 24 a la Dirección General).

Cuando se produjo la extinción de la Fundación hubo un acuerdo para reajustar las retribuciones y

dar lugar a una homologación a las condiciones del convenio colectivo de la Xunta de Galicia. Por

Resolución de 5 de junio de 2014 de la Dirección de Trabajo y Economía Social se dispone la

inscripción del acuerdo para la modificación sustancial de las condiciones de trabajo de carácter

colectivo del personal de la Fundación para o Fomento da Calidade Industrial e Desenvolvemento

Tecnolóxico de Galicia que se adscribiría a la Dirección Xeral de Enerxía y Minas de la Consellería de

Economía e Industria y a la Axencia Galega de Innovación.

En 2016, según lo previsto en el artículo 10 del Decreto 129/2012, de 31 de mayo, por el que se

regula el régimen aplicable al personal de las entidades integrantes del sector público autonómico,

se convocó un proceso de integración por la Consellería de Facenda, en virtud del cual 33

empleados de la Agencia y 16 empleados del Laboratorio de Metrología se convierten en personal

laboral fijo de la Xunta de Galicia.

Los restantes trabajadores que no cumplieron los requisitos para su integración, fundamentalmente

que no acreditaron haber superado, en su momento, un proceso de selección que respetara los

principios de publicidad, mérito y capacidad en el acceso a la Fundación, permanecen en la Agencia

como personal propio de esta.

Los ahorros económicos declarados por la Xunta y remitidos al Ministerio de Hacienda en relación a

la Fundación fueron de 5,71 millones de euros. El componente fundamental de este ahorro es el

capítulo de personal como consecuencia de la reducción de plantilla en la Fundación en los años

2010 y 2011 fundamentalmente. En concreto, los ahorros en personal tienen el siguiente detalle

según la información proporcionada:

Cuadro 13. Ahorros económicos de personal en la Fundación para o Fomento da Calidade Industrial (€)

AHORROS EN PERSONAL TOTAL

Rescisión de 153 contratos temporales 5.112.713,90 €

Homologaciones retributivas por integración en el GAIN 196.012,11 €

TOTAL 5.308.726,01 €

Fuente: Datos facilitados por la Dirección Xeral de Avaliación e Reforma Administrativa.

La revisión de las cuentas anuales de la Fundación en el período 2008-2013 evidencian esta

reducción.

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Informe sobre procesos de extinción de las entidades dependientes de la CA de Galicia

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Cuadro 14. Evolución de los gastos de personal de la Fundación para o Fomento da Calidade Industrial (miles €).

2008 2009 2010 2011 2012 2013 2014 2015 2016 2017

Gastos personal 8.146,42 9.503,57 8.097,13 5.101,40 4.247,96 4.152,05 4.015,02 4.282,17 4.180,47 4.194,79

Fuente: Cuentas anuales de la Fundación para o Fomento da Calidad Industrial e o Desenvolvemento Tecnolóxico.

El gráfico adjunto muestra dicha evolución representativa de los ahorros.

Gráfico 4. Evolución de los gastos de personal y servicios exteriores de la Fundación para o Fomento da Calidade Industrial (€)

Fuente: Cuentas anuales de la Fundación para o Fomento da Calidade Industrial e o Desenvolvemento Tecnolóxico y de GAIN.

IV.5.4. Xestión do Solo de Galicia-Xestur S.A.

El Consello de la Xunta adoptó el acuerdo de incluir en el II Plan de Evaluación el análisis de la

estructura de funcionamiento de las siguientes sociedades mercantiles autonómicas: Xestión

Urbanística de A Coruña, Xestión Urbanística de Lugo, Xestión Urbanística de Ourense y Xestión

Urbanística de Pontevedra (“Xestures”), dependientes de la consellería de Medio Ambiente

Territorio e Infraestruturas. En su reunión de 19 de enero de 2012, informó que se fusionarían las

cuatro Xestures provinciales en una única sociedad de ámbito autonómico para racionalizar su

funcionamiento. Según dicho informe, el proceso supondría mejorar la coordinación de los

programas de suelo empresarial en la Comunidad Autonómica de Galicia, de acuerdo con el Plan

Sectorial de Ordenación de Áreas Empresariales. Habría un solo órgano de administración del cual

dependerán los departamentos básicos, en lugar de los cuatro existentes hasta ese momento.

0,00

1.000.000,00

2.000.000,00

3.000.000,00

4.000.000,00

5.000.000,00

6.000.000,00

7.000.000,00

8.000.000,00

9.000.000,00

10.000.000,00

2008 2009 2010 2011 2012 2013 2014 2015 2016 2017

gastos personal

gastos personal

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Informe sobre procesos de extinción de las entidades dependientes de la CA de Galicia

52

En reunión de 20 de diciembre de 2012, el Consello de la Xunta autorizó el inicio de los trámites

mercantiles para la constitución de la sociedad “Xestión do Solo de Galicia-XESTUR S.A.” en la que

se integrarían las Xestur Coruña, Xestur Lugo, Xestur Ourense y Xestur Pontevedra.

De conformidad con lo previsto en el artículo 42 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre

modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles (LME), las juntas generales

extraordinarias de accionistas de las cuatro Xestures adoptaron por unanimidad el acuerdo de

aprobar el balance de fusión cerrado a 31 de julio de 2013, debidamente auditado con informes

favorables sin salvedades, sin que las valoraciones contenidas sufrieran posteriores modificaciones.

El 23 de diciembre del 2013 se elevó a público el acuerdo de fusión por extinción de las Xestures y

creación de “XESTUR S.A.” y la transmisión en bloque de los patrimonios sociales a la sociedad de

nueva creación que adquirió por sucesión universal los derechos y los deberes de las extinguidas.

Xestión do Solo de Galicia-XESTUR S.A. comenzó sus actividades el 1 de enero del año 2014 con un

patrimonio neto inicial derivado de las sociedades extinguidas de 63,8 millones de euros. El activo

ascendía a 355,8 millones de los que 313,9 eran obras en curso o finalizadas pero pendientes de

venta. En el pasivo destacaba la deuda bancaria por importe de 194,4 millones.

En materia de personal, antes de la fusión, tuvo lugar el despido de 26 trabajadores temporales

vinculados a la gestión de los programas de Renta Básica de Emancipación y Plan de Vivienda de

Alquiler. Los despidos fueron recurridos con sentencias judiciales que dieron lugar a la integración

de 4 trabajadores e indemnizaciones a los restantes por importe de 82.997,46€. De los contratos de

alta dirección solo se suprimió uno de ellos.

El resto del personal se integró en Xestur Galicia a través de la propia fusión y sin que fueran

modificadas las condiciones retributivas que tenían en origen.

La evolución de los gastos de personal a lo largo del período 2011-2017 muestra la disminución de

los gastos hasta 2014 (primer año de funcionamiento de Xestur Galicia). El crecimiento en el año

2015 por importe de 356.134,34€ obedece a la recuperación por parte de los trabajadores de las

Xestures, en virtud de sentencia judicial, de la reducción del 5% realizada en la retribución de 2010

y de la supresión de la paga extra de diciembre de 2012.

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Informe sobre procesos de extinción de las entidades dependientes de la CA de Galicia

53

Gráfico 5. Evolución temporal de los gastos de personal en las sociedades de gestión urbanística.

Fuente: Elaboración propia a partir de los gastos de personal de las cuentas anuales.

En lo que respecta al comportamiento de otros gastos, el gráfico siguiente refleja los gastos de

explotación (incluye servicios exteriores y tributos) y los gastos financieros en las sociedades de

gestión urbanística.

Gráfico 6. Evolución temporal de los gastos en gestión corriente y financieros en las Xestures.

Fuente: Elaboración propia a partir de los gastos en servicios exteriores según cuentas de pérdidas y ganancias.

2011 2012 2013 2014 2015 2016 2017

GASTOS PERSONAL 3.079.069,29 2.871.675,13 2.456.911,55 1.968.112,07 2.324.246,00 2.174.313,00 2.315.440,00

0,00

500.000,00

1.000.000,00

1.500.000,00

2.000.000,00

2.500.000,00

3.000.000,00

3.500.000,00

Gast

os

(€)

2011 2012 2013 2014 2015 2016 2017

GASTOS FINANCIEROS 4.951.301 9.105.627 11.325.092 10.518.086 7.793.430 950.567 1.051.763

OTROS GASTOS DE EXPLOTACION 1.588.687 2.544.128 6.144.293 1.890.958 2.072.900 1.779.658 2.059.977

0

2.000.000

4.000.000

6.000.000

8.000.000

10.000.000

12.000.000

Títu

lo d

el e

je

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Informe sobre procesos de extinción de las entidades dependientes de la CA de Galicia

54

La evolución tanto de los gastos de explotación como de los financieros está completamente

condicionada por la forma de financiación de las sociedades. La financiación de las Xestures antes

de la fusión a través de pólizas de crédito incrementaba significativamente tanto las comisiones

bancarias, como los tributos vinculados a la renovación periódica de las pólizas y también la carga

financiera.

La refinanciación de la deuda, a través de la firma de un préstamo sindicado por importe de 180,8

millones redujo de manera muy significativa la carga financiera. A esta disminución ayudó también

una coyuntura favorable de bajada del Euríbor y la progresiva disminución del stock de deuda.

El ahorro declarado por la Xunta de Galicia al Ministerio de Hacienda (3,26 millones de euros) se

corresponde únicamente con el conseguido en las partidas de gasto de personal y gasto corriente.

No se tuvo en cuenta en ese importe la partida de gastos financieros. Sin embargo, la

restructuración de la deuda y conversión de gran parte de la misma del corto a largo plazo comportó

un ahorro económico relevante. El análisis de las cuentas anuales en el período 2011-2016 ponen

de manifiesto un ahorro económico, incluidos los gastos financieros, de (4,60 millones de euros18)

por lo que procede hacer un ajuste positivo en la cifra declarada por la Xunta de Galicia.

IV.5.5. Centro Europeo de Empresas e Innovación (CEEI, S.A.)

CEEI Galicia S.A. se constituyó en 1991 teniendo como objeto social el desarrollo de empresas

independientes e innovadoras facilitando a las empresas servicios de asesoramiento, planificación,

gestión, formación, financiación, localización, seguimiento y, en general, cualquier otro que pudiera

contribuir a su creación y desarrollo.

En la memoria de las cuentas anuales del año 2011 se hace referencia a que el Consello de la Xunta

había dado luz verde a la ejecución de la segunda fase del Plan de racionalización acordando la

previsión de la extinción de la empresa. Sin embargo, el informe de gestión que se adjunta a las

mismas cuentas hace referencia a que en la fecha de su elaboración no habían recibido ninguna

comunicación al respecto.

La junta general de fecha 29/12/2012 adoptó el acuerdo de disolución, optando por la cesión global

de activos y pasivos, siendo el cesionario IGAPE, titular del 94,16% del capital social. La

contraprestación por la cesión global fue de 190.370,73 € repartido entre los socios de acuerdo con

su participación en el haber social.

18 En este importe se incluye el ahorro en gastos de personal, corrientes y financieros. En estos últimos no se computó la disminución completa de esta partida, ya que se depuró la parte del descenso que es motivada por la bajada del Euríbor y del stock de deuda.

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55

Cuadro 15. Reparto de la cuota de liquidación del CEEI.

SOCIO PARTICIPACIÓN CONTRAPRESTACIÓN (€) IGAPE 94,16% 187.727,48

Cámara Comercio Vigo 1,77% 3.528,86

NET Novas empresas e tecnoloxías 1,71% 3.409,24

Deputación A Coruña 1,18% 2.352,57

FENIA S.A. 0,59% 1.176,29

AMERINVEST 0,59% 1.176,29

Fuente: Cuentas anuales del CEEI.

El personal de la sociedad estaba integrado por 2 trabajadores con contrato de alta dirección, 6 con

contrato laboral indefinido y 18 temporales.

Los 2 contratos de alta dirección se extinguieron. Uno de los trabajadores fue indemnizado con

4.472 euros a razón de 7 días por año de servicio de acuerdo con el dispuesto en el Real Decreto

1382/1995 para la relación de alta dirección. La otra rescisión contractual no dio lugar a

indemnización al estar desempeñada el puesto por una funcionaria con reserva de puesto de trabajo

(disposición adicional octava del Real Decreto Ley 3/2012, de 10 de febrero, de medidas urgentes

para la reforma del mercado laboral).

De los 6 trabajadores laborales fijos, 5 se integraron en el IGAPE por sucesión de empresa y un

trabajador fue despedido. El trabajador despedido, alegando la entidad causas objetivas, fue

indemnizado con 20 días de salario por año equivalentes a 80.778 €. El trabajador reclamó y obtuvo

una sentencia favorable que considera que el despido es improcedente pero que teniendo en cuenta

las funciones realizadas por el trabajador su relación tiene que ser calificada como de alta dirección

por lo que la indemnización debería ser de 20 días de salario por año trabajado. Dado que este

importe coincide con la indemnización ya abonada por la empresa se entiende compensada y no se

pagó cantidad adicional ninguna.

De los 18 trabajadores temporales:

• 6 se integraron en el IGAPE (sumados a los 5 fijos hacen un total de 11 puestos, coincidentes

con los que estaban vacantes en la RPT deI IGAPE y dotados presupuestariamente). En el año

2013 tuvo lugar un acuerdo de modificación del cuadro de personal exclusivamente para poder

hacer la integración del personal del CEEI y que tuvo el informe favorable de la dirección general

de presupuestos.

• 12 eran trabajadores con contrato por obra y servicio que se extinguieron una vez finalizados.

La extinción del CEEI dio lugar, según la información de la Xunta comunicada al Ministerio, a un

ahorro de 1.125.094,80 euros con el siguiente desglose:

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Informe sobre procesos de extinción de las entidades dependientes de la CA de Galicia

56

Cuadro 16. Ahorros económicos declarados en el CEEI.

AHORROS SEGÚN INFORMACIÓN DXARA

ORGANISMO FUNCIONAMIENTO SERVICIOS EXTERNOS

PERSONAL OTROS

CONCEPTOS AHORRO

PRODUCIDO A 08/06/17

Centro Europeo de Empresas e Innovación de Galicia (CEEI GALICIA, S.A)

41.024,15 € 43.489,47 € 1.040.581,18 € 0,00 € 1.125.094,80 €

Fuente: Datos facilitados por la Dirección Xeral de Avaliación e Reforma Administrativa.

En el siguiente cuadro constan detallados los ahorros declarados en personal:

Cuadro 17. Detalle del ahorro económico de personal en el CEEI.

Ahorros de personal

1) Ahorros no derivados de rescisiones de contratos 2.307,70 €

Importes recibidos por los miembros del órgano de administración 2.307,70 €

2) Ahorros derivados de las rescisiones de 26 contratos 1.038.273,48 €

3 contratos directivos (2 contratos de alta dirección y un contrato laboral fijo) 215.899,89 €

5 contratos laborales fijo 210.296,35 €

18 contratos laborales de carácter temporal 612.077,24 €

TOTAL 1.040.581,18 €

Fuente: Datos facilitados por la Dirección Xeral de Avaliación e Reforma Administrativa.

Sin embargo, las cifras declaradas no pueden ser consideradas ahorro económico por los siguientes

motivos:

• De los 26 trabajadores del CEEI, 11 pasaron a prestar servicios en el IGAPE en puestos

vacantes en esta entidad. Por lo tanto, solo consideramos ahorro los 12 contratos temporales y

los 3 de alta dirección que se rescinden.

• No se descontó de los ahorros las indemnizaciones abonadas por extinción de contratos por

importe total de 85.250 €.

IV.5.6. S.A. Xestión Cesga

Con el objeto de promover servicios comunes de apoyo a la investigación, se constituyó la Sociedad

Anónima Xestión Centro de Supercomputación de Galicia en 1993 y con un capital social distribuido

entre la Xunta de Galicia (70%) y el Consejo Superior de Investigaciones Científicas (30%).

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57

En 2002 la junta general de accionistas acordó por unanimidad constituir la Fundación Centro

Tecnolóxico de Supercomputación de Galicia. La constitución de una fundación tuvo como motivo la

posibilidad de acceder a convocatorias de ayudas, principalmente europeas, que estaban destinada

a entidades sin ánimo de lucro. CESGA, S.A. al tener carácter mercantil no podía ser beneficiaria de

algunos de estos fondos aunque en su actividad no tuviese como objetivo principal el ánimo de

lucro. El Consello de Contas en su informes había hecho recomendación en la que se señalaba que

la sociedad debería ajustar su forma jurídica a su objeto y fines, ya que, en realidad, no muestran

tener ánimo de lucro.

En 2003 se acuerda el traspaso de la totalidad de la actividad de la Sociedad a la Fundación CESGA

comenzando el año siguiente el traspaso de personal e inmovilizados. En 2006 el Patronato acepta

la admisión de la totalidad de la actividad de la sociedad. Con la actividad se traspasan todos los

contratos laborales, de tal manera que el 1 de enero de 2011 la sociedad anónima carece de

personal.

En 2012 se acuerda la disolución y liquidación de la sociedad y la transferencia de los inmovilizados

a la Fundación que acepta estos activos.

Finalmente, el 23/2/2016 se inscribió la extinción de CESGA S.A. en el BORME.

Por lo tanto, la integración de la Fundación en la Sociedad fue una operación de reorganización que

fue planteada y ejecutada con anterioridad a la aprobación de los planes de racionalización, con

independencia que su conclusión tuvo lugar en el marco de estos.

Tal como se señaló desde el año 2011 la sociedad no tenía plantilla por lo que ya se trataba de una

sociedad meramente titular de activos.

La base de reparto de la liquidación de CESGA S.A. fue de 575.731,26 € repartiéndose en las

siguientes cuantías:

Xunta de Galicia 403.011,88 € de los que 60.007,31 € fueron traspasados a cuenta de la

Xunta de Galicia y el importe restante se compensó por ser derechos de cobro de la sociedad

frente a la Xunta.

CSIC 172.719,38 € constando esta, según transferencia bancaria, como aportación a la

Fundación para el mantenimiento de la capacidad de utilización por parte de los usuarios del

CSIC.

Por último, por lo que respecta a los ahorros económicos declarados de 838.054 euros, estos están

relacionados fundamentalmente con procesos de mejora dentro en la Fundación. El análisis de las

cuentas anuales evidencia la realidad de este ahorro.

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Informe sobre procesos de extinción de las entidades dependientes de la CA de Galicia

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Gráfico 7. Evolución temporal de los gastos en personal y gestión corriente en el Centro de Supercomputación.

Fuente: Cuentas anuales de la sociedad CESGA y de la Fundación CESGA.

2011 2012 2013 2014 2015 2016 2017

articulo 62 1.992.204 1.149.582 726.090 692.797 647.280 655.513 697.518

articulo 64 1.790.065 1.464.723 1.223.920 1.234.947 1.247.619 1.449.108 1.507.151

0

500.000

1.000.000

1.500.000

2.000.000

2.500.000

Gast

o (€

)

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Informe sobre procesos de extinción de las entidades dependientes de la CA de Galicia

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ANEXO I. RELACIÓN DE ENTIDADES DEL SECTOR PÚBLICO AUTONÓMICO SEGÚN EL INVENTARIO DE ENTES PÚBLICOS DEL MINISTERIO DE HACIENDA

Relación de organismos autónomos

Denominación Adscripción Fecha de

alta Tipo de ente según

INVENTE

Admón. pública

SEC

% de participación

CC.AA.

Inclusión en presupuestos

2016

Escola Galega Administración Pública (EGAP) Xunta Galicia 22/06/1987 OO.AA.

Administrativos SÍ (CC.AA.) 100 SÍ

Instituto Galego Vivenda e Solo (IGVS) Xunta Galicia 10/05/1988 OO.AA. Comerciales SÍ (CC.AA.) 100 SÍ

Instituto Galego Estatística (IGE) Xunta Galicia 23/08/1988 OO.AA.

Administrativos SÍ (CC.AA.) 100 SÍ

Servizo Galego Saúde (SERGAS) Xunta Galicia 31/01/1989 OO.AA.

Administrativos SÍ (CC.AA.) 100 SÍ

Academia Galega de Seguridade Pública (AGASP) Xunta Galicia 24/01/2007 OO.AA.

Administrativos SÍ (CC.AA.) 100 SÍ

Instituto de Estudos do Territorio (IET) Xunta Galicia 02/01/2012 Organismo Autónomo SÍ (CC.AA.) 100 SÍ

Instituto Galego de Seguridade e Saúde Laboral (ISSGA) Xunta Galicia 03/01/2014 Organismo Autónomo SÍ (CC.AA.) 100 SÍ

Fondo Galego Garantía Agraria (FOGGA) Xunta Galicia 29/01/2014 Organismo Autónomo SÍ (CC.AA.) 100 SÍ

Instituto Galego do Consumo e da Competencia Xunta Galicia 25/08/2016 Organismo Autónomo SÍ (CC.AA.) 100 SÍ

Entidades públicas de consulta y asesoramiento

Denominación Adscripción Fecha de

alta

Tipo de ente según

INVENTE

Admón. pública

SEC

% de participación

CC.AA.

Inclusión en presupuestos 2016

Consello Económico e Social de Galicia (CES) Xunta Galicia 13/07/1995 Ente Público SÍ (CC.AA.) 100 SÍ

Consello Galego de Relacións Laborais (CGRL) Xunta Galicia 01/07/2008 Ente Público SÍ (CC.AA.) 100 SÍ

Relación de agencias públicas autonómicas

Denominación Adscripción Fecha de

alta

Tipo de ente según

INVENTE

Admón. pública

SEC

% de participación

CC.AA.

Inclusión en presupuestos

2016

Instituto Galego de Promoción Económica (IGAPE) Xunta Galicia 27/06/1992 Ente público SÍ (CC.AA.) 100 SÍ

Centro Informático para a Xestión Tributaria, Económico-Financeira e Contable (CIXTEC)

Xunta Galicia 09/04/1998 Ente público SÍ (CC.AA.) 100 SÍ

Instituto Enerxético de Galicia (INEGA) Xunta Galicia 19/04/1999 Ente público SÍ (CC.AA.) 100 SÍ

Axencia Galega Desenvolvemento Rural (AGADER) Xunta Galicia 01/01/2001 Ente público SÍ (CC.AA.) 100 SÍ

Instituto Tecnolóxico para o Control do Medio Mariño (INTECMAR)

Xunta Galicia 07/07/2004 Ente público SÍ (CC.AA.) 100 SÍ

Instituto Galego de Calidade Alimentaria (INGACAL) Xunta Galicia 12/03/2005 Ente público SÍ (CC.AA.) 100 SÍ

Axencia Galega de Emerxencias (AXEGA) Xunta Galicia 05/06/2007 Ente público SÍ (CC.AA.) 100 SÍ

Axencia Galega das Industrias Culturais (AGADIC) Xunta Galicia 11/06/2008 Agencia SÍ (CC.AA.) 100 SÍ

Axencia Galega de Infraestruturas (AXI) Xunta Galicia 26/09/2011 Agencia SÍ (CC.AA.) 100 SÍ

Axencia para a Modernización Tecnolóxica de Galicia (AMTEGA)

Xunta Galicia 17/01/2012 Agencia SÍ (CC.AA.) 100 SÍ

Axencia Galega de Innovación (GAIN) Xunta Galicia 16/02/2012 Agencia SÍ (CC.AA.) 100 SÍ

Axencia de Turismo de Galicia (ATURGA) Xunta Galicia 10/10/2012 Agencia SÍ (CC.AA.) 100 SÍ

Axencia Tributaria de Galicia (ATRIGA) Xunta Galicia 23/10/2012 Agencia SÍ (CC.AA.) 100 SÍ

Axencia Galega de Servizos Sociais Xunta Galicia 01/01/2015 Agencia SÍ (CC.AA.) 100 SÍ

Axencia Galega para a Xestión do Coñecemento en Saúde

Xunta Galicia 08/09/2015 Agencia SÍ (CC.AA.) 100 SÍ

Axencia Galega de Sangue, Órganos e Tecidos Xunta Galicia 01/01/2016 Agencia SÍ (CC.AA.) 100 SÍ

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Informe sobre procesos de extinción de las entidades dependientes de la CA de Galicia

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Relación de entidades públicas empresariales

Denominación Adscripción Fecha de alta Tipo de ente según INVENTE Admón. pública

SEC

% de participación

CC.AA.

Inclusión en presupuestos

2016

Portos de Galicia Xunta Galicia 21/12/1994 Ente público NO 100 SÍ

Augas de Galicia Xunta Galicia 14/01/2012 Entidad pública empresarial SÍ 100 SÍ

Relación de consorcios

Denominación Adscripción Fecha de

alta

Tipo de ente según

INVENTE

Admón. pública

SEC

% de participación

Inclusión en presupuestos

2016

Centro de Extensión Universitaria e Divulgación Ambiental de Galicia

Xunta de Galicia 04/12/1997 Consorcio SÍ

(CC.AA.) 66,66% JUNTA 33,33% UDC

Consorcio Local de Os Peares Xunta de Galicia 19/06/1999 Consorcio (PENDIENTE) 12,50% XUNTA NO

Axencia para a Calidade do Sistema Universitario de Galicia

Xunta de Galicia 30/01/2001 Consorcio SÍ

(CC.AA.)

57,13% XUNTA 14,3% UDC 14,3 % USC

14,3% UVIGO

Consorcio de Bibliotecas Universitarias de Galicia Xunta de Galicia 18/10/2001 Consorcio SÍ

(CC.AA.)

26% UDC 41% USC

33% UVigo SÍ

Consorcio Casco Vello de Vigo Xunta de Galicia 17/03/2005 Consorcio SÍ

(CC.AA.) 90% IGVS-55,56% voto SÍ

Consorcio para a Xestión e Explotación da Rede Básica de Abastecemento de Auga dos Concellos de Cervo e Burela

Xunta de Galicia 31/03/2005 Consorcio SÍ

(CC.AA.) 42,86% Augas de Galicia SÍ

Consorcio Galego de Servizos de Igualdade e Benestar Xunta de Galicia 03/07/2006 Consorcio SÍ

(CC.AA) 51% XUNTA SÍ

Axencia de Protección da Legalidade Urbanística Xunta de Galicia 31/10/2007 Ente público SÍ

(CC.AA.) 100% XUNTA SÍ

Consorcio Oncolóxico de Galicia Xunta de Galicia 12/07/2008 Consorcio PENDIENTE 42,85% XUNTA

14,29 Sergas NO

Consorcio para o Desenvolvemento da Aplicación de Xestión Universitaria

Universidades 24/02/2006 Consorcio (PENDIENTE) 33,33% UDC 33,33% USC

33,34% UVigo NO

Consorcio Instituto Tecnolóxico de Matemática Industrial Universidades 07/02/2013 Consorcio (PENDIENTE) 33,34% UDC 33,33% USC

33,33% UVigo NO

Consorcio Servizo contra Incendios e Salvamento das Comarcas Deza e Tabeirós Terra Montes

Corporaciones Locales

10/08/1999 Consorcio SÍ

(CC.AA.) 40,01% XUNTA NO

Consorcio Provincial da Coruña para a Prestación do Servizo contra Incendios e Salvamento

Corporaciones Locales

13/08/2002 Consorcio SÍ

(CC.LL.) 50% XUNTA NO

Consorcio Provincial de Lugo para a Prestación do Servizo contra Incendios e Salvamento

Corporaciones Locales

07/02/2009 Consorcio SÍ

(CC.LL.) 50% XUNTA NO

Consorcio Provincial de Pontevedra para a Prestación do Servizo contra Incendios e Salvamento

Corporaciones Locales

08/03/2011 Consorcio SÍ

(CC.LL.). 50% XUNTA NO

Augas de Valdeorras Corporaciones

Locales 25/10/2012 Consorcio (PENDIENTE) 33,33% Augas de Galicia NO

Consorcio Provincial de Ourense para a Prestación do Servizo contra Incendios e Salvamento

Corporaciones Locales

31/07/2015 Consorcio (PENDIENTE) 62,50% XUNTA

50% voto NO

Consorcio para la Gestión del Ciclo Urbano del Agua del Louro

Corporaciones Locales

07/02/2013 Consorcio NO

20% Augas de Galicia

60% Mos, Porriño, Salceda de Caselas, Tui

NO

Centro Asociado da UNED en Ourense Estatal 19/09/1991 Consorcio SÍ

(Estado) 5,28% XUNTA

0,00 voto NO

Consorcio Cidade de Santiago de Compostela Estatal 24/04/1992 Consorcio SÍ

(Estado) 33,33% XUNTA NO

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Informe sobre procesos de extinción de las entidades dependientes de la CA de Galicia

61

Relación de las sociedades públicas

Denominación Adscripción Fecha de

alta Tipo de ente según

INVENTE

Admón. pública

SEC

% de participación

Inclusión en presupuestos

2016

Sociedade de Capital-Risco (SODIGA) Xunta de Galicia 18/11/1983 Sociedad mercantil SÍ 21,85% XUNTA 47,36% IGAPE

Estación de Inverno de Manzaneda, S.A. (MEISA) Xunta de Galicia 10/04/1985 Sociedad mercantil NO 48,00% XUNTA NO

Corporación Radio Televisión de Galicia (CRTVG) Xunta de Galicia 01/06/1985 Sociedad mercantil SÍ 100,00% XUNTA SÍ

Xestión do Plan Xacobeo, S.A. Xunta de Galicia 10/12/1991 Sociedad mercantil SÍ 100,00% XUNTA SÍ

Parque Tecnolóxico de Galicia, S.A. (TECNOPOLE) Xunta de Galicia 11/05/1992 Sociedade de Capital-

Risco (SODIGA) SÍ

45,37% XUNTA 0,37% UDC

2,00% U.Vigo

Sociedade Galega do Medio Ambiente, S.A. (SOGAMA) Xunta de Galicia 11/03/1993 Estación de Inverno de

Manzaneda, S.A. (MEISA)

NO 51,00% XUNTA SÍ

Empresa Pública de Servizos Sanitarios, S.A. (GALARIA) Xunta de Galicia 11/08/1994 Corporación Radio

Televisión de Galicia (CRTVG)

SÍ 100,00% XUNTA SÍ

Galicia Calidade, S.A. Xunta de Galicia 17/07/1995 Xestión do Plan Xacobeo, S.A.

SÍ 100,00% XUNTA SÍ

Redes Telecomunicación Galegas, S.A. (RETEGAL) Xunta de Galicia 22/03/1997 Parque Tecnolóxico de

Galicia, S.A. (TECNOPOLE)

NO 100,00% XUNTA SÍ

Sociedade Pública de Investimentos de Galicia, S.A. Xunta de Galicia 10/04/1997 Sociedade Galega do Medio Ambiente, S.A.

(SOGAMA) SÍ 100,00% XUNTA SÍ

Sotavento Galicia, S.A. Xunta de Galicia 11/04/1998 Empresa Pública de

Servizos Sanitarios, S.A. (GALARIA)

NO 30,50% INEGA NO

Xenética Fontao, S.A. Xunta de Galicia 01/07/1998 Galicia Calidade, S.A. NO 80,00% FOGGA SÍ

Sociedade Xestora Entidades de Capital Risco, S.A. (Xesgalicia)

Xunta de Galicia 12/04/1999 Redes Telecomunicación Galegas, S.A. (RETEGAL)

SÍ 100,00% IGAPE SÍ

Empresa Pública de Servizos Agrarios Galegos, S.A. (SEAGA)

Xunta de Galicia 21/02/2007 Sociedade Pública de

Investimentos de Galicia, S.A.

SÍ 100,00% SÍ

Xestión do Solo de Galicia-Xestur, S.A. Xunta de Galicia 24/02/2014 Sotavento Galicia, S.A. SÍ 17,77% XUNTA

74,60 IGVS SÍ

Sociedade de Imaxe e Promoción Turística de Galicia, S.A. (en liquidación)

Xunta de Galicia (En extinción)

22/09/1992 Xenética Fontao, S.A. SÍ 58,00% XUNTA NO

Cursos Internacionais Universidade Santiago de Compostela, S.A.

Universidades 15/04/1996 Sociedad mercantil NO 50% UNIXEST

20% TURGALICIA NO

Sociedade para a Promoción de Iniciativas Empresariais Innovadoras, S.L.

Universidades 12/03/1999 Sociedad mercantil SÍ 51% UNIXEST. NO

Sociedade Xestora de Intereses Univ. Santiago de Compostela, S.L. (UNIXEST)

Universidades 22/03/1999 Sociedad mercantil NO 100% USC NO

Cidade Universitaria, S.A. Universidades 06/08/1999 Sociedad mercantil NO 57,14% U.Vigo NO

Corporación Universidade da Coruña, S.L. Universidades 21/01/2004 Sociedad mercantil SÍ 50% UDC

50% Fundación UDC NO

Cidade Tecnolóxica de Vigo, S.A. Universidades 12/06/2007 Sociedad mercantil SÍ 24,79% XUNTA 25,07% U.Vigo

NO

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Informe sobre procesos de extinción de las entidades dependientes de la CA de Galicia

62

Relación de las fundaciones

Denominación Adscripción Fecha de

alta

Tipo de ente según

INVENTE

Admón. pública

SEC

Número de miembros del Patronato

designados por la Comunidad

Inclusión en presupuestos

2016

Fundación Galicia Europa Xunta de Galicia 15/02/1988 Fundación NO 7/11 SÍ

Fundación Semana Verde de Galicia Xunta de Galicia 23/07/1991 Fundación SÍ (CC.AA.) 95% Dotación fundacional.

7/13 patrones SÍ

Fundación Feiras e Exposicións de Ourense Xunta de Galicia 24/12/1992 Fundación NO 57,7% Dotación

fundacional. 6/20 patrones SÍ

Feiras e Exposicións de Lugo Xunta de Galicia 05/04/1993 Fundación SÍ (CC.AA.) 65% Dotación fundacional.

7/16 patrones SÍ

Feiras e Congresos da Estrada Xunta de Galicia 08/07/1993 Fundación SÍ (CC.AA.) 66,1% Dotación

fundacional. 3/15 patrones SÍ

Fundación Rof Codina Xunta de Galicia 23/12/1994 Fundación SÍ (CC.AA.) 8/14 SÍ

Instituto Galego de Oftalmoloxía Xunta de Galicia 23/12/1994 Ente público SÍ (CC.AA.) ND SÍ

Fundación Galega de Medicina Xenómica Xunta de Galicia 23/12/1994 Ente público SÍ (CC.AA) ND SÍ

Fundación Galicia - América Xunta de Galicia 13/12/1996 Fundación NO 6/11 NO

Fundación para a Tutela das Persoas Adultas Xunta de Galicia 24/01/1997 Fundación SÍ (CC.AA.) 6/6 SÍ

Urxencias Sanitarias 061 Xunta de Galicia 11/06/1999 Ente público SÍ (CC.AA.) ND SÍ

Fundación Cidade da Cultura de Galicia Xunta de Galicia 27/12/1999 Fundación SÍ (CC.AA.) 11/15 SÍ

Instituto Feiral de Vigo Xunta de Galicia 13/04/2000 Fundación NO 89,4% Dotación

fundacional. 2/6 patrones NO

Aquae Querquennae - Vía Nova Xunta de Galicia 20/07/2000 Fundación SÍ (CC.AA.) 4/10 NO

Instituto Feiral da Coruña Xunta de Galicia 22/12/2000 Fundación SÍ (CC.AA.) 64,8% Dotación

fundacional. 4/12 patrones SÍ

Fundación Deporte Galego Xunta de Galicia 28/06/2001 Fundación SÍ (CC.AA.) 14/17 SÍ

Fundación Centro Tecnolóxico do Mar Xunta de Galicia 27/07/2001 Fundación SÍ (CC.AA.) 10/17 SÍ

Fundación Galicia Saúde Xunta de Galicia 13/09/2002 Fundación PENDIENTE 6/12 NO

Fundación Centro Tecnolóxico de Supercomputación Xunta de Galicia 04/10/2002 Fundación SÍ

(CC.AA.) 5/7 SÍ

Fundación Centro Tecnolóxico da Carne Xunta de Galicia 12/11/2003 Fundación SÍ (CC.AA.) 5/6 SÍ

Fundación Centro Galego de Artesanía e Deseño Xunta de Galicia 22/01/2004 Fundación SÍ (CC.AA.) 7/9 SÍ

Fundación Sotavento Xunta de Galicia 01/08/2005 Fundación NO 2/7 NO

Fundación Axencia Enerxética Provincial da Coruña Xunta de Galicia 11/10/2006 Fundación SÍ (CC.AA.) 6/14 SÍ

Fundación da Formación para o Traballo Xunta de Galicia 04/09/2008 Fundación NO 2/9 SÍ

Fundación Camilo José Cela Xunta de Galicia 25/09/2012 Fundación SÍ (CC.AA.) 13/20 SÍ

Fundación Rosalía de Castro Xunta de Galicia 10/11/2009 Fundación PENDIENTE 6/30 NO

Fundación para a Investigación, Desenvolvemento e Innovación Ramón Domínguez

Xunta de Galicia 01/01/2013 Fundación PENDIENTE 20/20 NO

Fundación Profesor Novoa Santos Xunta de Galicia 01/01/2013 Fundación PENDIENTE 12/12 NO

Fundación Biomédica Galicia Sur Xunta de Galicia 01/01/2014 Fundación PENDIENTE 17/18 NO

Fundación Universidade de Vigo Universidades 08/10/1997 Fundación PENDIENTE 7/7 NO

Fundación Universidade da Coruña Universidades 29/04/1998 Fundación PENDIENTE 14/28 NO

Fundación Estudos Eurorrexionais Galicia-Norte Portugal Universidades 30/01/2007 Fundación SÍ (CC.AA.) 4/7 NO

Fundación Dieta Atlántica Universidades 30/10/2007 Fundación SÍ (CC.AA.) 10/10 NO

Fundación USC-Deportiva Universidades 31/01/2008 Fundación SÍ (CC.AA.) 4/4 NO

Fundación Ortegalia Corporaciones

locales 24/04/2000 Fundación PENDIENTE 2/5 NO

Fundación Marco Corporaciones

locales 05/02/2003 Fundación

SÍ (CC.LL.)

2/8 NO

Vigo Convention Bureau Corporaciones

locales 01/01/2010 Fundación PENDIENTE 1/6 NO

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63

ANEXO II. RELACIÓN NOMINAL DE ALTAS Y BAJAS

ALTAS 2010-2016

Entidades 2010 2011 2012 2013 2014 2015 2016

Organismos Autónomos

Consello Galego da

Competencia

Consello Económico e Social (CES)

Consello Galego de Relacións Laborais (CGRL)

Instituto Galego

do Consumo e da Competencia

Entes de derecho público

Sociedades mercantiles

Solo Empresarial

Atlántico

Adiante 2000

Cidade Universitaria

Corporación Universidade de A Coruña

Xestur Galicia S.A.

Uninova S.L.

Corporación Radio televisión de Galicia S.A.

Fundaciones Vigo Convention

Bureau

Fundación Camilo José Cela

Axencia Enerxética Provincial da Coruña

Fundación Universidade de Vigo

Fundación Marco

Fundación Ortegalia

Fundación Novoa Santos

Fundación Rosalía de Castro

Fundación Ramón Domínguez

Fundación Galicia Sur

Consorcios Centro Oncolóxico

Augas de Valdeorras

C. Contraincendios de Pontevedra

UNED Ourense

Consorcio Local de Os Peares

Consorcio para a xestión e explotación da rede básica de abastecemento de auga dos concellos de Cervo e Burela

Consorcio contraincendios provincial de Ourense

CIXUG

ITMATI

Consorcio Auga do Louro

Entidades públicas

empresariales

Compañía Radio-Televisión de Galicia

Portos de Galicia

Augas de Galicia

Agencias Axencia Galega de

Infraestruturas

ATURGA

ATRIGA

IGAPE

CIXTEC

INEGA

AGADER

Axencia Xestora Integrada Calidade e Avaliación da Formación Profesional

INTECMAR

AXEGA

INGACAL

AMTEGA

GAIN

Axencia Galega de Servizos

Sociais

ACIS

ADOS

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64

BAJAS POR TRANSFORMACIÓN Y OTRAS 2010-2016 Entidades 2010 2011 2012 2013 2014 2015 2016

Organismos Autónomos Tribunal de Defensa

Galega da Competencia

Augas de Galicia

Entes de derecho público

CES

CGRL

CRTVG

PORTOS

IGAPE

CIXTEC

INEGA

AGADER

Axencia Xestora Integrada Calidade e Avaliación da Formación Profesional

INTECMAR

AXEGA

INGACAL

Sociedades mercantiles Solo Empresarial Atlántico

Solo Industrial de Galicia Adiante 2000

Televisión de Galicia S.A

Uninova S.L.

Fundaciones

Fundación Centro Tecnolóxico Agroalimentario de Lugo

Consorcios Consorcio Teatro de

Galicia

Consorcio Local de Os Peares

Consorcio para a xestión e explotación da rede básica de abastecemento de auga dos concellos de Cervo e Burela

Parque Científico

Tecnolóxico

Entidades públicas empresariales

Agencias

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65

BAJAS POR EXTINCIÓN 2010-2016

Entidades 2010 2011 2012 2013 2014 2015 2016

Organismos Autónomos

SGPIHM

Instituto Galego do Consumo

Consello Galego da Competencia

Entes de derecho público

EPOSH

Sociedades mercantiles

SOGASERSO Autoestrada Alto

Santo Domingo-Ourense

Centro. Europeo Emprendemento e Innovación de Galicia, S.A

Radio Televisión de Galicia S.A.

Banco de Terras de Galicia S.A.

Xestur Coruña S.A.

Xestur Lugo S.A.

Xestur Ourense S.A

Xestur Pontevedra S.A.

Sociedade Desenvolvemento Comarcal de Galicia S.A.

Galioil S.A.

S.A.de Xestión do Centro de Supercomputación de Galicia, S.A.

Fundaciones

Centro Superior Cinexético e Piscícola de Galicia

F.D.C. Terra de Soneira

Axencia Humanitaria

Prevención Riscos Laborais

Fundación Milenio

Galicia Emigración

33 Fundacións de desenvolvemento comarcal

FEXDEGA

Fundación Galega de Cooperación Iberoamericana

Fundación Fomento Calidade Industrial e o Desenvolvemento Tecnolóxico de Galicia

Fundación Illa San Simón

Fundación Centro Tecnolóxico Lácteo

Fundación Gradiant

FEGAS

Fundación Centro de Transfusións de Galicia

Consorcios

Galicia 2005 Volta ao Mundo a Vela

Consorcio contraincendios e Salvamento das comarcas Baixo Miño, Condado e Louriña

Consorcio contraincendios da comarca de O Morrazo

Consorcio contraincendios da comarca de O Salnés

Instituto de Estudos Turísticos

Consorcio Audiovisual de Galicia

C.Contraincendios Valdeorras

C.Contraincendios Verín

C.Contraincendios. A Limia

C.Contraincendios O Carballiño

Entidades públicas

empresariales

Compañía Radio

Televisión de Galicia

Agencias

Axencia Xestora Integrada Calidade e Avaliación da Formación Profesional

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66

ANEXO III. RELACIÓN DE ENTIDADES EXTINGUIDAS, FUNCIONES, NORMATIVA DE EXTINCIÓN Y ENTIDADES ABSORBENTES

Entidad extinguida

Forma jurídica

de la entidad

extinguida

Actividades desarrolladas por la entidad

extinguida Disposiciones que determinan la extinción

Forma de

extinción

Entidad absorbente o de

nueva creación

Forma jurídica de la

entidad absorbente

o de nueva creación

Servicio Galego de Promoción da

Igualdade do Home e da Muller

Organismo

autónomo

Promoción y adopción de medidas encaminadas a la

consecución de la igualdad efectiva mujeres y hombres Ley 7/2010, de 15 de octubre Extinción Secretaría. Xeral de Igualdade NA

Sociedade Galega de Servizos Sociais S.A.

Sociedad

Construcción, equipación y gestión de toda clase de infraestructuras físicas destinadas a las actividades de acción y/o asistencia social y prestación de servicios sociales

Acuerdo Consello de la Xunta de 22/04/2010 Escritura de compra-venta nº1087, del 02/07/2010

Enajenación - -

Autoestrada Alto Santo Domingo-Ourense

Sociedad Construcción, conservación y explotación de la autopista Santiago-Ourense

Acuerdo Consello de la Xunta 31/03/2011 Escritura de fusión nº1235 de 13/06/2011

Fusión Sociedade Pública de

Investimento Sociedad

Fundación Centro Cinexético e Piscícola

Fundación Investigación, fomento, promoción de las especies cinegéticas y piscícolas.

Acuerdo del órgano de gobierno de 30 de abril de 2010 Resolución 1 marzo de 2011 de la Consellería de Medio Rural

Extinción - -

F.D.C. Terra de Soneira Fundación Poner en marcha acciones genéricas enunciadas en el Plan de desarrollo comarcal, diseñando programas y solicitando su implementación

Ley15/2010 de 28-12 Escritura de extinción nº 2137, del 23/11/2010

Extinción - -

Fundación Axencia Humanitaria Fundación Canalizar y formación eficaz de las ayudas para situaciones de catástrofe humanitaria

Acuerdo de extinción, adoptado el 30 de julio de 2010

por el patronato Orden de la Consellería de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia de 28 de octubre de 2010

Extinción Dirección General de Exteriores NA

Fundación Galega de Prevención de Riscos Laborais

Fundación Promover la mejora de las condiciones de seguridad y salud en el trabajo

Acuerdo de extinción adoptado por el patronato y autorizada por Acuerdo del Consello de la Xunta de 28 de abril de 2011 Orden de la Consellería de Trabajo y Bienestar de 28/11/2011

Extinción Instituto Galego de Seguridade

e Saúde Laboral Organismo Autónomo

Fundación Milenio Fundación Actividades de creación de empleo, crecimiento económico sostenido, y mejora de las condiciones de vida

Acuerdo de extinción adoptado por el patronato y autorizado por el acuerdo del Consello de la Xunta de Galicia del 28 de octubre de 2010 Orden 26/11/2010 de la Consellería de Trabajo y Bienestar

Extinción FUNGA- Fundación

Fundación Galicia Emigración Fundación Promover, incentivar, ejecutar acciones para la potenciación y difusión de la galleguidad en cualquiera parte del mundo

Acuerdo de extinción adoptado por el patronato y autorizado por acuerdo del Consello de la Xunta de Galicia de 25 de noviembre de 2010 Orden 26/11/2010 de la Consellería de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia

Extinción Secretaria Xeral de Emigración- -

Empresa Pública de Obras e Servizos Hidráulicos

Ente de derecho público

Gestión de obras y prestación de servicios Decreto 32/2012 de 12 enero Extinción Augas de Galicia Entidad pública

empresarial

Centro Europeo de Emprendemento e Innovación de Galicia

Sociedad Promover la creación y el desarrollo en el ámbito de la Comunidad de empresas independientes e innovadoras

Junta general de fecha 29/12/2012 tomó el acuerdo de disolución Escritura de extinción nº 2588, del 07/11/2012

Disolución -Igape Ente público

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Informe sobre procesos de extinción de las entidades dependientes de la CA de Galicia

67

Entidad extinguida

Forma jurídica

de la entidad

extinguida

Actividades desarrolladas por la entidad

extinguida Disposiciones que determinan la extinción

Forma de

extinción

Entidad absorbente o de

nueva creación

Forma jurídica de la

entidad absorbente

o de nueva creación

F. D. C. Tabeirós-Terra de Montes Fundación Poner en marcha acciones genéricas enunciadas en el Plan de desarrollo comarcal, diseñando programas y

solicitando su implementación

Ley15/2010 de 28-12 Resolución 21/06/2012 de la Consellería de Medio Rural

Escritura de extinción nº 1251, del 14/06/2012

Extinción - -

F. D. C. Baixo Miño Fundación Poner en marcha acciones genéricas enunciadas en el Plan de desarrollo comarcal, diseñando programas y solicitando su implementación

Ley15/2010 de 28-12 Resolución 21/06/2012 de la Consellería de Medio Rural

Extinción - -

F. D. C. Verín Fundación Poner en marcha acciones genéricas enunciadas en el Plan de desarrollo comarcal, diseñando programas y solicitando su implementación

Ley15/2010 de 28-12 Escritura de extinción nº 1214, del 11/06/2012

Extinción - -

F. D. C. Fonsagrada Fundación Poner en marcha acciones genéricas enunciadas en el Plan de desarrollo comarcal, diseñando programas y solicitando su implementación

Ley15/2010 de 28-12 Escritura de extinción nº 1293, del 18/06/2012

Extinción - -

F. D. C. Ribeiro Fundación Poner en marcha acciones genéricas enunciadas en el Plan de desarrollo comarcal, diseñando programas y solicitando su implementación

Ley 15/2010 de 28-12 Escritura de extinción nº 1314, del 19/06/2012

Extinción - -

F. D. C. Terra Chá Fundación Poner en marcha acciones genéricas enunciadas en el Plan de desarrollo comarcal, diseñando programas y solicitando su implementación

Ley 15/2010 de 28-12

Escritura de extinción nº 1293, del 18/06/2012 Extinción - -

F. D. C. Deza Fundación Poner en marcha acciones genéricas enunciadas en el Plan de desarrollo comarcal, diseñando programas y solicitando su implementación

Ley 15/2010 de 28-12 Escritura de extinción nº 1325, del 20/06/2012

Extinción - -

F. D. C. O Carballiño Fundación Poner en marcha acciones genéricas enunciadas en el Plan de desarrollo comarcal, diseñando programas y solicitando su implementación

Ley15/2010 de 28-12 Escritura de extinción nº 1327, del 20/06/2012

Extinción - -

F. D. C. Ancares Fundación Poner en marcha acciones genéricas enunciadas en el Plan de desarrollo comarcal, diseñando programas y solicitando su implementación

Ley 15/2010 de 28-12 Escritura de extinción nº 1297, del 18/06/2012

Extinción - -

F. D. C. Terra de Lemos Fundación Poner en marcha acciones genéricas enunciadas en el Plan de desarrollo comarcal, diseñando programas y solicitando su implementación

Ley 15/2010 de 28-12 Escritura de extinción nº 1291, del 18/06/2012

Extinción - -

F. D. C. Celanova Fundación Poner en marcha acciones genéricas enunciadas en el Plan de desarrollo comarcal, diseñando programas y solicitando su implementación

Ley 15/2010 de 28-12 Escritura de extinción nº 1313, del 19/06/2012

Extinción - -

F. D. C. Ordes Fundación Poner en marcha acciones genéricas enunciadas en el Plan de desarrollo comarcal, diseñando programas y solicitando su implementación

Ley 15/2010 de 28-12 Escritura de extinción nº 1217, del 11/06/2012 )

Extinción - -

F. D. C. Mariña Occidental Fundación Poner en marcha acciones genéricas enunciadas en el Plan de desarrollo comarcal, diseñando programas y solicitando su implementación

Ley 15/2010 de 28-12 Escritura de extinción nº 1295, del 18/06/2012

Extinción - -

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Informe sobre procesos de extinción de las entidades dependientes de la CA de Galicia

68

Entidad extinguida

Forma jurídica

de la entidad

extinguida

Actividades desarrolladas por la entidad

extinguida Disposiciones que determinan la extinción

Forma de

extinción

Entidad absorbente o de

nueva creación

Forma jurídica de la

entidad absorbente

o de nueva creación

F. D. C. Mariña Central Fundación Poner en marcha acciones genéricas enunciadas en el Plan de desarrollo comarcal, diseñando programas y solicitando su implementación

Ley 15/2010 de 28-12 Escritura de extinción nº 1294, del 28/06/2012

Extinción - -

F. D. C. Mariña Oriental Fundación Poner en marcha acciones genéricas enunciadas en el Plan de desarrollo comarcal, diseñando programas y solicitando su implementación

Ley 15/2010 de 28-12 Escritura de extinción nº 1296, del 18/06/2012

Extinción - -

F. D. C. Paradanta Fundación Poner en marcha acciones genéricas enunciadas en el Plan de desarrollo comarcal, diseñando programas y solicitando su implementación

Ley 15/2010 de 28-12 Escritura de extinción nº 1255, del 14/06/2012

Extinción - -

F. D. C. Terra de Caldelas Fundación Poner en marcha acciones genéricas enunciadas en el Plan de desarrollo comarcal, diseñando programas y solicitando su implementación

Ley 15/2010 de 28-12 Escritura de extinción nº 1216, del 11/06/2012

Extinción - -

F. D. C. A Ulloa. Fundación Poner en marcha acciones genéricas enunciadas en el Plan de desarrollo comarcal, diseñando programas y solicitando su implementación

Ley 15/2010 de 28-12 Resolución 21/06/2012 de la Consellería de Medio Rural

Extinción - -

F. D. C. Arzúa Fundación Poner en marcha acciones genéricas enunciadas en el Plan de desarrollo comarcal, diseñando programas y solicitando su implementación

Ley 15/2010 de 28-12 Escritura de extinción nº1210, del 11/06/2012

Extinción - -

F. D. C. Valdeorras Fundación Poner en marcha acciones genéricas enunciadas en el Plan de desarrollo comarcal, diseñando programas y solicitando su implementación

Ley15/2010 de 28-12 Escritura de extinción nº 1326, del 20/06/2012

Extinción - -

F. D. C. Ortegal Fundación Poner en marcha acciones genéricas enunciadas en el Plan de desarrollo comarcal, diseñando programas y solicitando su implementación

Ley 15/2010 de 28-12 Resolución 21/06/2012 de la Consellería de Medio Rural

Extinción - -

F. D. C. Melide Fundación Poner en marcha acciones genéricas enunciadas en el Plan de desarrollo comarcal, diseñando programas y solicitando su implementación

Ley 15/2010 de 28-12 Escritura de extinción nº 1256, del 14/06/2012

Extinción - -

F. D. C. Terra de Trives Fundación Poner en marcha acciones genéricas enunciadas en el Plan de desarrollo comarcal, diseñando programas y solicitando su implementación

Ley 15/2010 de 28-12 Escritura de extinción nº 1209, del 11/06/2012

Extinción - -

F. D. C. Santiago Fundación Poner en marcha acciones genéricas enunciadas en el Plan de desarrollo comarcal, diseñando programas y solicitando su implementación

Ley 15/2010 de 28-12 Escritura de extinción nº 1212, del 11/06/2012

Extinción - -

F. D. C. Eume Fundación Poner en marcha acciones genéricas enunciadas en el Plan de desarrollo comarcal, diseñando programas y solicitando su implementación

Ley 15/2010 de 28-12 Escritura de extinción nº 1213, del 11/06/2012

Extinción - -

F. D. C. O Morrazo Fundación Poner en marcha acciones genéricas enunciadas en el Plan de desarrollo comarcal, diseñando programas y solicitando su implementación

Ley 15/2010 de 28-12 Escritura de extinción nº 1212, del 11/06/2012

Extinción - -

F. D. C. Noia Fundación Poner en marcha acciones genéricas enunciadas en el Plan de desarrollo comarcal, diseñando programas y solicitando su implementación

Ley 15/2010 de 28-12 Escritura de extinción nº 1208, del 11/06/2012

Extinción - -

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Informe sobre procesos de extinción de las entidades dependientes de la CA de Galicia

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Entidad extinguida

Forma jurídica

de la entidad

extinguida

Actividades desarrolladas por la entidad

extinguida Disposiciones que determinan la extinción

Forma de

extinción

Entidad absorbente o de

nueva creación

Forma jurídica de la

entidad absorbente

o de nueva creación

F. D. C. Muros Fundación Poner en marcha acciones genéricas enunciadas en el Plan de desarrollo comarcal, diseñando programas y

solicitando su implementación

Ley 15/2010 de 28-12 Escritura de extinción nº 1207, del 11/06/2012

Extinción - -

F. D. C. Betanzos Fundación Poner en marcha acciones genéricas enunciadas en el Plan de desarrollo comarcal, diseñando programas y solicitando su implementación

Ley 15/2010 de 28-12 Resolución 21/06/2012 de la Consellería de Medio Rural

Extinción - -

F. D. C. Chantada Fundación Poner en marcha acciones genéricas enunciadas en el Plan de desarrollo comarcal, diseñando programas y solicitando su implementación

Ley 15/2010 de 28-12 Escritura de extinción nº 1292, del 18/06/2012

Extinción - -

F. D. C. Bergantiños Fundación Poner en marcha acciones genéricas enunciadas en el Plan de desarrollo comarcal, diseñando programas y solicitando su implementación

Ley 15/2010 de 28-12 Escritura de extinción nº 1252, del 14/06/2012

Extinción - -

F. D. C. O Salnés Fundación Poner en marcha acciones genéricas enunciadas en el Plan de desarrollo comarcal, diseñando programas y solicitando su implementación

Ley 15/2010 de 28-12 Escritura de extinción nº 1288, del 18/06/2012

Extinción - -

F. D. C. Caldas Fundación Poner en marcha acciones genéricas enunciadas en el Plan de desarrollo comarcal, diseñando programas y solicitando su implementación

Ley 15/2010 de 28-12

Escritura de extinción nº 1287, del 18/06/2012 Extinción - -

Consorcio Galicia 2005. Vuelta al mundo a vela.

Consorcio Ejecución programa de apoyo aplicable a salida desde Galicia de la Vuelta al Mundo a Verla 2005/2006

Acuerdo junta de gobierno 4/10/2012 Extinción - -

Consorcio Contraincendios de la comarca Baixo Miño y Louriña

Consorcio Prestación del servicio contra incendios y salvamento Decreto 36/2011, de 17 de febrero Integración

Consorcio provincial de Pontevedra

servicio contra incendios y salvamento

Consorcio

Consorcio Contraincendios de la comarca de O Morrazo

Consorcio Prestación del servicio contra incendios y salvamento Decreto 36/2011, de 17 de febrero Integración

Consorcio provincial de Pontevedra

servicio contra incendios y salvamento

Consorcio

Consorcio Contraincendios de la comarca de O Salnés

Consorcio Prestación del servicio contra incendios y salvamento Decreto 36/2011, de 17 de febrero Integración Consorcio provincial de

Pontevedra contra incendios y salvamento

Consorcio

Radiotelevisión de Galicia, SA Sociedad Gestión de los servicios de radiodifusión y televisión de la C.A. de Galicia

Ley 9/2011, de 9 de noviembre, de los medios públicos de comunicación audiovisual de Galicia Escritura nº 2900, del 20/12/2013, de fusión por absorción

Fusión Corporación TVG Sociedad Anónima

Sociedad Anónima Gestora del Banco de Terras de Galicia

Sociedad

Alcanzar la movilización de las superficies agrarias útiles improductivas, favoreciendo de esta forma el redimensionamiento de las explotaciones y evitar la pérdida de la superficie agraria útil

Ley 15/2010 autorizó su disolución Escritura nº 2501, del 29/10/2012

Disolución Axencia Galega de

desenvolvemento rural Agencia

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Informe sobre procesos de extinción de las entidades dependientes de la CA de Galicia

70

Entidad extinguida

Forma jurídica

de la entidad

extinguida

Actividades desarrolladas por la entidad

extinguida Disposiciones que determinan la extinción

Forma de

extinción

Entidad absorbente o de

nueva creación

Forma jurídica de la

entidad absorbente

o de nueva creación

Fundación Feiras e Exposicións para el desenvolvemento de Galicia

Fundación Organización, promoción y realización de ferias y congresos

Escritura nº 700, del 06/07/2012 Separación - -

Fundación Galega de Cooperación

Iberoamericana Fundación

Intercambios culturales, científicos, y técnicos entre los

pueblos galaico-iberoamericanos y Galicia

Acuerdo 26/04/2012

Acta del 04/10/2012 Separación - -

Instituto de Estudios Turísticos Consorcio Contribuir al desarrollo del sector turístico de Galicia, en especial en el ámbito de la investigación

Ley 6/2012, de 19 de junio Decreto 99/2013, de 27 de junio

Extinción Axencia de Turismo de Galicia. Agencia

Xestur-A Coruña Sociedad Actividad urbanizadora, estudios urbanísticos, gestión y explotación

Acuerdo del Consello da Xunta de Galicia de 20 de diciembre del 2012 Escritura nº 1814 de 23 de diciembre de 2013

Fusión Xestión do Solo de Galicia-

Xestur, SA Sociedad

Xestur-Lugo Sociedad Actividad urbanizadora, estudios urbanísticos, gestión y explotación

Acuerdo del Consello da Xunta de Galicia de 20 de diciembre del 2012 Escritura nº 1814 de 23 de diciembre de 2013

Fusión Xestión do Solo de Galicia-

Xestur, SA Sociedad

Xestur-Ourense Sociedad Actividad urbanizadora, estudios urbanísticos, gestión y explotación

Acuerdo del Consello da Xunta de Galicia de 20 de diciembre del 2012 Escritura nº 1814 de 23 de diciembre de 2013

Fusión Xestión do Solo de Galicia-

Xestur, SA Sociedad

Xestur-Pontevedra Sociedad Actividad urbanizadora, estudios urbanísticos, gestión y explotación.

Acuerdo del Consello da Xunta de Galicia de 20 de diciembre del 2012 Escritura nº 1814 de 23 de diciembre de 2013

Fusión Xestión do Solo de Galicia-

Xestur, SA Sociedad

Fundación Centro Tecnolóxico Lácteo Fundación Contribuir a la mejora de la competitividad de la industria agroalimentaria y láctea

Resolución de 7 de febrero de 2014 de la Consellería de Economía e Industria Escritura nº 1399 de 6 de noviembre de 2013

Fusión Centro Tecnolóxico

Agroalimentario Fundación

Fundación Fomento da Calidade Industrial e o Desenvolvemento Tecnolóxico de Galicia

Fundación Promover la difusión y aplicación de políticas en materia de calidad, tecnología e innovación

Acuerdo del Patronato de 26 de diciembre de 2013 ratificado por Orden de 15 de diciembre de 2014 de la Consellería de Economía e Industria Escritura nº 87 de 16 de enero del 2014

Extinción Axencia Galega de Innovación Agencia

Fundación Illa de San Simón Fundación

Desarrollar actividades culturales y educativas relacionadas con el mar. Conservar y gestionar instalaciones y edificios de las islas San Simón y San Antón

Acuerdo del Patronato de 28 de junio de 2013 Orden de 26 de diciembre de 2013 de la Consellería de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria

Extinción -Secretaría Xeral de Cultura -N/A

Sociedade Anónima para o Desenvolvemento Comarcal de Galicia

Sociedad Realización de estudios y planificación del desarrollo territorial en el ámbito

Ley 15/2010 de 28-12 Escritura nº 717 de 19/03/2015

Disolución

Instituto de Estudios do Territorio

Axencia Galega de Desenvolvemento Rural-

Organismo Autónoma Agencia

GALIOIL S.A. Sociedad Proyectos de prospecciones petrolíferas. Escritura nº 526 de 24/04/2015 Disolución - -

S.A. de Gestión del Centro de Supercomputación de Galicia, S.A.

Sociedad Promover servicios comunes apoyo investigación, desarrollo e innovación en el ámbito de tecnologías y comunicaciones

Acuerdo 23/11/2012 Escritura nº 2496 de 26 de diciembre del 2012

Disolución - -

Consorcio Contraincendios Comarca Valdeorras

Consorcio Prestación del servicio contra incendios y salvamento Acuerdo del pleno del consorcio de 23/11/2015 Acuerdo de 21/04/2016 de Cesión de activo y pasivo

Integración Consorcio Provincial Ourense

contra Incendios y Salvamento Consorcio

Consorcio Contraincendios de la Comarca Verín

Consorcio Prestación del servicio contra incendios y salvamento Acuerdo del pleno del consorcio de 23/11/2015 Acuerdo de 21/04/2016 de Cesión de activo y pasivo

Integración Consorcio Provincial Ourense

contra Incendios y Salvamento Consorcio

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Entidad extinguida

Forma jurídica

de la entidad

extinguida

Actividades desarrolladas por la entidad

extinguida Disposiciones que determinan la extinción

Forma de

extinción

Entidad absorbente o de

nueva creación

Forma jurídica de la

entidad absorbente

o de nueva creación

Consorcio Contraincendios de la Comarca A Limia

Consorcio Prestación del servicio contra incendios y salvamento Acuerdo del pleno del consorcio de 23/11/2015 Acuerdo de 21/04/2016 de Cesión de activo y pasivo

Integración Consorcio Provincial Ourense

contra Incendios y Salvamento Consorcio

Consorcio Contraincendios Comarca O Carballiño-Ribeiro

Consorcio Prestación del servicio contra incendios y salvamento Acuerdo del pleno del consorcio de 03/12/2015 Acuerdo de 21/04/2016 de Cesión de activo y pasivo

Integración Consorcio Provincial Ourense

contra Incendios y Salvamento Consorcio

Fundación Escola Galega de Administración Sanitaria

Fundación Docencia, formación e investigación en la administración y gestión sanitaria, sociosanitaria y salud pública

Decreto 181/2015 Escritura de liquidación nº 2206, del 22/12/2015

Extinción Axencia para a Xestión do Coñecemento en Saúde

Agencia

Fundación Centro de Transfusións de Galicia

Fundación

Organización fundacional de hemodonación y hemoterapia en la CA. Promoción de la donación. Extracción, procesamiento y envío de sangre a hospitales

Decreto 181/2015, de 3 de diciembre Acuerdo de 21/04/2016 de cesión de activo y pasivo

Extinción Axencia Galega de Sangue

Órganos e Tecidos Agencia

Consorcio Audiovisual de Galicia Consorcio Potenciación institucional de las acciones tendentes al desarrollo del sector audiovisual de Galicia

Decreto 71/2016, de 26 de mayo Disolución Axencia Galega das Industrias

Culturais Agencia

Axencia Xestora Integrada Calidade e Avaliación da Formación Profesional

Ente de Derecho Público

Gestión integrada del sistema de calificación, formación y orientación profesional

Decreto 102/2015, de 9 de julio

Extinción Dirección Xeral de Educación,

Formación Profesional e Innovación Educativa

N/A

Instituto Galego de Consumo Organismo

Autónomo

Información, promoción, formación y protección de él

consumidor

Ley 14/2013, de 26 de diciembre

Decreto 118/2016, de 4 de agosto Integración

Instituto Galego do Consumo e

da Competencia Organismo Autónomo

Consello Galego da Competencia Organismo Autónomo

Preservar, garantizar y promover la existencia de una competencia efectiva en los comprados en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Galicia

Ley 14/2013, de 26 de diciembre Decreto 118/2016, de 4 de agosto

Integración Instituto Galego do Consumo e

da Competencia Organismo Autónomo

Compañía Radio e Televisión de Galicia

Entidad de derecho público

Servicio de Radio y Televisión Pública Ley 9/2011, de 9 de noviembre Decreto 177/2015, de 3 de diciembre Escritura nº 3228, del 31/12/2015

Transformación Corporación Radio e Televisión

de Galicia, S.A. Sociedad

Fundación GRADIANT Fundación

Contribuir al dinamismo innovador, el crecimiento y la mejora competitiva del tejido empresarial gallego a través del desarrollo tecnológico y la innovación en el uso de las TIC

Acuerdo del Consello da Xunta de 11 de septiembre del 2014 Escritura nº 638 de 31 de marzo del 2011

Separación - -

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ANEXO IV. VOLUMEN DE GASTO Y NÚMERO DE EFECTIVOS POR ENTES CORRESPONDIENTES AL EJERCICIO ANTERIOR A LA EXTINCIÓN

Entidad extinguida Volumen de gasto (miles€) Núm. de efectivos

Servicio Galego de Promoción da Igualdade do Home e da Muller 6.578,85 ND

Sociedade Galega de Servizos Sociais S.A. NR NR

Autoestrada Alto Santo Domingo-Ourense 13.098,02 5

Centro Cinexético e Piscícola 100,29 ND

F. D. C. Terra de Soneira NR NR

Axencia Humanitaria 23,69 ND

Fundación Galega de Prevención de Riscos Laborais NR NR

Fundación Milenio NR NR

Fundación Galicia Emigración 44,76 2

Empresa Pública de Obras e Servizos Hidráulicos 72.807,73 45

Centro Europeo de Emprendemento e Innovación de Galicia 963,64 14

F. D. C. Tabeirós-Terra de Montes 26,95 1

F. D. C. Baixo Miño 29,28 0

F. D. C. Verín 33,94 1

F. D. C. Fonsagrada 34,66 1

F. D. C. Ribeiro 26,80 1

F. D. C. Terra Chá 60,95 1

F. D. C. Deza 27,13 1

F. D. C. O Carballiño 28,83 1

F. D. C. Ancares 29,52 0

F. D. C. Terra de Lemos 25,38 1

F. D. C. Celanova 31,28 1

F. D. C. Ordes 10,28 0

F. D. C. Mariña Occidental 35,70 1

F. D. C. Mariña Central 30,02 1

F. D. C. Mariña Oriental 27,15 1

F. D. C. Paradanta 40,70 1

F. D. C. Terra de Caldelas 28,50 1

F. D. C. A Ulloa 116,76 1

F. D. C. Arzúa 36,33 1

F. D. C. Valdeorras 33,07 1

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Entidad extinguida Volumen de gasto (miles€) Núm. de efectivos

F. D. C. Ortegal 32,60 1

F. D. C. Melide 35,23 0

F. D. C. Terra de Trives 26,69 1

F. D. C. Santiago 43,69 1

F. D. C. Eume 33,47 1

F. D. C. O Morrazo 41,14 1

F. D. C. Noia 33,32 0

F. D. C. Muros 27,41 1

F. D. C. Betanzos 67,56 1

F. D. C. Chantada 28,30 1

F. D. C. Bergantiños 28,73 1

F. D. C. O Salnés 57,37 1

F. D. C. Caldas 27,19 1

Consorcio Galicia 2005. Volta ao mundo a vela. NR NR

Consorcio Contraincendios da comarca Baixo Miño e Louriña 759,76 1

Consorcio Contraincendios da comarca de O Morrazo NR NR

Consorcio Contraincendios da comarca de O Salnés NR NR

Radiotelevisión de Galicia, SA 11.245,30 170

Sociedade Anónima Xestora do Banco de Terras de Galicia 903,78 5

Fundación Feiras e Exposicións para o desenvolvemento de Galicia 354,38 ND

Fundación Galega de Cooperación Iberoamericana NR NR

Instituto de Estudos Turísticos NR NR

Xestur-A Coruña 10.200,78 16

Xestur-Lugo 5.749,49 13

Xestur-Ourense 3.042,85 10

Xestur-Pontevedra 11.678,61 9

Fundación Centro Tecnolóxico Lácteo NR NR

Fundación Fomento da Calidade Industrial e o Desenvolvemento Tecnolóxico de Galicia

6.457,30 108

Fundación Illa de San Simón 586,23 1

Sociedade Anónima para o Desenvolvemento Comarcal de Galicia

5.297,11 98

GALIOIL S.A. NR NR

S.A.de Xestión do Centro de Supercomputación de Galicia, S.A. 7,03 0

Consorcio Contraincendios Comarca Valdeorras 952,50 1

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Entidad extinguida Volumen de gasto (miles€) Núm. de efectivos

Consorcio Contraincendios da Comarca Verín 909,27 1

Consorcio Contraincendios da Comarca A Limia 841,28 1

Consorcio Contraincendios Comarca O Carballiño-Ribeiro NR NR

Fundación Escola Galega de Administración Sanitaria 1.510,88 23

Fundación Centro de Transfusións de Galicia 23.263,17 225

Consorcio Audiovisual de Galicia 567,19 8

Axencia Xestora Integrada Calidade e Avaliación da Formación Profesional

NR NR

Instituto Galego de Consumo 6.385,24 ND

Consello Galego da Competencia 316,65 ND

Compañía Radio e Televisión de Galicia 103.201,65 953

Fundación GRADIANT NR NR

Fuente: Elaboración propia a partir de las cuentas anuales de cada entidad.

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V. ALEGACIONES

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VI. RÉPLICAS A LAS ALEGACIONES PRESENTADAS

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103

RÉPLICAS DEL CONSELLO DE CONTAS A LOS ALEGACIONES FORMULADAS POR

ALEGACIONESLA INTERVENCIÓN GENERAL Y LA DIRECCIÓN GENERAL DE EVALUACIÓN

Y REFORMA ADMINISTRATIVA AL ANTEPROYECTO DE INFORME SOBRE PROCESOS DE

EXTINCIÓN DE LAS ENTIDAD DEPENDIENTES DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE

GALICIA 2010-2016.

Trámite de alegaciones

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 47.1 del Reglamento de régimen interior del Consello

de Contas de Galicia, aprobado por la Comisión permanente no legislativa para las relaciones con el

Consello de Contas el día 23 de febrero de 2017 (DOG nº 46, de 7 de marzo de 2017), el

anteproyecto de informe de fiscalización fue remitido a la Intervención General de la Comunidad

Autónoma y la Dirección Xeral de Avaliación e Reforma Administrativa para que formularan las

alegaciones que estimaran pertinentes, que fueron presentadas el 08/05/2019.

El escrito de alegaciones está integrado por dos documentos que recogen las alegaciones de los

siguientes órganos o entidades: Intervención General de la Comunidad Autónoma y Dirección Xeral

de Avaliación e Reforma Administrativa.

Con relación a su contenido y tratamiento, independientemente de las aclaraciones y

puntualizaciones que en cada caso figuran en las réplicas, es necesario señalar que, excepto en los

casos concretos que así lo requieran, no se valoran las alegaciones que confirmen deficiencias o

irregularidades señaladas en el informe; que expongan criterios y opiniones sin soporte documental

o normativo o bien que no rebatan el contenido del informe, sino que se trate de explicaciones o

justificaciones sobre las actuaciones de la entidad fiscalizada. En los supuestos en los que se

modifica total o parcialmente el contenido de algún punto del informe, se indicará este hecho

expresamente mediante nota a pie de página.

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Informe sobre procesos de extinción de las entidades dependientes de la CA de Galicia

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ALEGACIONES DE LA INTERVENCIÓN GENERAL DE LA COMUNIDAD

AUTÓNOMA DE GALICIA

ALEGACIÓN:

Desde la Intervención General se está trabajando en la puesta en marcha del registro de

entidades previsto en el artículo 52 de la LOFAXGA, dando también cumplimiento a la propuesta

de resolución número 7 aprobada por el Pleno del Parlamento de Galicia en su sesión de 26 de

marzo de 2019.

RÉPLICA

La alegación confirma y no rebate el contenido del informe por lo que es desestimada.

ALEGACIONES DE LA DIRECCIÓN XERAL DE AVALIACIÓN E REFORMA

ADMINISTRATIVA (DXARA)

ALEGACION:

Primera.- Consideraciones relativas al ámbito del informe. En primer lugar, y como

punto de partida antes de proceder al análisis del contenido del informe, es necesario hacer

referencia al ámbito objeto de fiscalización.

(…..)

Por lo tanto, se solicita a ese Consello de Contas que incluya los ahorros y actuaciones derivados

de los procesos de reestructuración activados en el sector público autonómico de

Galicia y no solamente una parte de los mismos, ya que el verdaderamente

significativo, no es el número de entidades suprimidas, sino el análisis de todas las

actuaciones de racionalización, reordenación, mejora y simplificación que en la

administración instrumental de Galicia se está realizando con gran esfuerzo.

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Informe sobre procesos de extinción de las entidades dependientes de la CA de Galicia

105

RÉPLICA

Tal como se señala reiteradamente a lo largo del informe, la fiscalización fue realizada en

coordinación con el Tribunal de Cuentas y las instituciones de control externo de las Comunidades

Autónomas. El ámbito fijado expresamente en las directrices técnicas aprobadas incluye los procesos

de extinción de entidades y no las medidas adoptadas en los entes subsistentes. El informe responde

a esta planificación. En todo caso, el ámbito y objetivos del trabajo aparecen expresamente

recogidos y explicados en distintos apartados del informe.

ALEGACIÓN:

Segunda.- Partiendo de lo anterior, hay que tener en cuenta que todos los datos recogidos a lo

largo del Informe del Consello de Contas no reflejan la realidad de los procesos de reordenación

y solamente recogen el número de extinciones, ahorros y rescisiones de contratos producidos en

las entidades que causaron baja, por lo que deberían ser completados con los datos indicados en

el punto primero y que ya fueron remitidos y justificados a ese Consello de Contas

pormenorizadamente. En concreto:

El ahorro conseguido con las operaciones de reordenación asciende a 89.308.359,87 €, de

los que 68.690.062,56 € se corresponden a ahorros alcanzados en entidades que siguen

funcionando, y 20.618.297,31 € a los producidos a consecuencia de las entidades que se

extinguen.

Fueron implantadas 637 medidas de eficiencia en los organismos que siguen funcionando

de un total de 800 recomendadas por los auditores de la Xunta de Galicia.

El número de contratos rescindidos fue de 644.

RÉPLICA

Se reitera que la fiscalización fue realizada en coordinación con el Tribunal de Cuentas y las

instituciones de control externo de las Comunidades Autónomas.

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Informe sobre procesos de extinción de las entidades dependientes de la CA de Galicia

106

ALEGACIÓN:

Tercera.- En el apartado c) del punto II.3.1) ( pág. 14), se afirma que “La asunción por la

Axencia de Turismo del inmovilizado de Turgalicia y del Consorcio Instituto de Estudos Turísticos

no está reflejada contablemente ni consta el acta de cesión de los bienes”.

Similares observaciones se realizan en el último apartado de la pág. 41 relativa al Consorcio IET

(“ el inmovilizado material e intangible fue asumido en la práctica por la Agencia aunque no

consta ni el acta de cesión ni tuvo lugar la integración contable en las cuentas de la Agencia. La

tesorería fue transferida al Tesoro de la Xunta de Galicia y no figura ni en el patrimonio ni en las

cuentas de la Agencia”) y en el primer apartado de la página 43 relativa a TURGALICIA ( A pesar

de que el Decreto de creación de la Agencia de Turismo prevé la subrogación de los bienes y

derechos de la Sociedade de Imaxe e Promoción Turística de Galicia SA, esta no tuvo lugar

formalmente y los bienes fueron integrados en el patrimonio de la Administración general.

Tampoco se produjo la incorporación contable de los bienes en la contabilidad de la Agencia”).

Teniendo en cuenta que dichas afirmaciones son erróneas, se solicita la expresa supresión de las

mismas. Así:

- Respecto del IET, se remite en documentación adjunta toda la documentación de liquidación,

incluida la cesión de los fondos, no existiendo bienes materiales que integrar.

- Respecto de Turgalicia, teniendo en cuenta la reciente liquidación definitiva de esta entidad, se

están ultimando los trámites de adscripción a la Axencia de Turismo, estando ya, todos los

bienes, integrados en la Comunidad Autónoma de Galicia, a estos efectos, se adjunta toda la

documentación justificativa.

RÉPLICA

La afirmación contenida en el informe del Consello de Contas se deduce directamente de las cuentas

anuales de la Agencia en la que no constan los bienes cedidos por las entidades disueltas a pesar

de su asunción de facto. La documentación aportada en las alegaciones, la mayor parte documentos

que ya habían sido recabados en los trabajos de auditoría, no justifica ni explica el presunto error de

las consideraciones realizadas por el Consello. De hecho, en la documentación y en las valoraciones

realizadas en las alegaciones, no existe constancia de que la adscripción de los bienes de las

entidades disueltas a la Agencia tuviera lugar tal como señala el informe.

En concreto, respecto del Instituto de Estudos Turísticos, consta la transferencia señalada de los

fondos del instituto a la Tesorería de Xunta de Galicia lo que confirma lo manifestado en el informe.

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Informe sobre procesos de extinción de las entidades dependientes de la CA de Galicia

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Respecto a Turgalicia, la alegación también confirma lo expuesto en el anteproyecto de informe ya

que pone de manifiesto que todavía no se llevaron a cabo los trámites para la adscripción de bienes

a la Agencia.

ALEGACIÓN:

Cuarta.- En relación al ajuste negativo de 499.572 euros que hace ese Consello de Contas en el

CEEI Galicia S.A

(…………………..)

De los 18 contratos laborales de carácter temporal y de los 5 contratos laborales fijos del CEEI,

11 fueron adscritos a puestos ya existentes en el IGAPE (5 laborales fijos y 6 laborales

temporales) que ya estaban dotados económicamente con anterioridad, por lo que al extinguirse

los contratos en el CEEI, produjeron un verdadero ahorro económico. La subrogación del IGAPE

en los contratos laborales de estos trabajadores podría haberse materializado incrementando la

plantilla de personal de la entidad en 11 puestos nuevos, manteniendo los puestos vacantes y

dándoles cobertura con personal de nueva incorporación. Sin embargo, se optó por cubrir esas

vacantes con los 11 trabajadores procedentes del CEEI, cuyos puestos de trabajo sí se

suprimieron efectivamente, sin dar lugar a la creación correlativa de otros tantos puestos en el

cuadro de personal del IGAPE, teniendo lugar por lo tanto un ahorro económico constatable

presupuestariamente.

Por este motivo, se solicita su cómputo.

RÉPLICA

Compartimos con la DXARA que en términos presupuestarios, es decir, de mera previsión tuvo lugar

una minoración pero en términos de gasto real y ejecutado no hubo minoración alguna ya que los

trabajadores de la entidad extinguida pasan a prestar servicios en el IGAPE.

Por lo tanto, no se estima la alegación.

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Informe sobre procesos de extinción de las entidades dependientes de la CA de Galicia

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ALEGACIÓN:

Quinta.- En relación al ajuste negativo de 675.839 euros correspondientes al remanente líquido

de tesorería del Consorcio de Estudios Turísticos (……..) se solicita su inclusión en el cómputo

global 8….)

En la misma línea, se solicita se elimine lo referenciado en el apartado tercero de la página 42 al

indicar que “el proceso de liquidación no comporta ahorro ninguno. Lo que tiene lugar

únicamente es una transferencia patrimonial materializada en efectivo desde un Consorcio

participado al 100% por la Xunta de Galicia al Tesoro de la Comunidad”.

Tal y como se indicó y se justificó documentalmente, el proceso de liquidación del IET ocasionó

un ahorro de 675.839,28, ahorro real y efectivo ocasionado con motivo de la baja de una

entidad instrumental y que evidentemente se integra en el Tesoro de la Comunidad para

destinarlo a otras necesidades públicas. Por lo tanto estamos ante un ahorro consecuencia de la

supresión de una entidad pública instrumental.

RÉPLICA

La transferencia de bienes, sean estos líquidos o no, por parte de una entidad extinguida a su

administración matriz (Xunta de Galicia) no puede ser considerada ahorro en la medida en que

únicamente supone una transferencia patrimonial que no afecta a los gastos de funcionamiento. No

se entiende que la DXARA emplee este argumento cuando en la disolución de Turgalicia el

remanente de tesorería no fue considerado ahorro. Es decir, en supuestos equivalentes el criterio

para el cómputo del ahorro económico por parte de la DXARA es antagónico.

Por lo tanto, no se estima la alegación.

ALEGACIÓN:

Sexta.- En relación a las conclusiones que realiza ese Consello de Contas en las págs. 16 (punto

4) y 8 (punto 13) donde manifiesta que:

“(...) la importancia económica de un gran número de las extinguidas es menor por lo que en

términos económicos el ahorro derivado de las extinciones es residual”

y

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Informe sobre procesos de extinción de las entidades dependientes de la CA de Galicia

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“Como conclusión global, en nuestra opinión, los procesos de extinción llevados a cabo en las

entidades dependientes de la Xunta de Galicia (...) no consiguieron ahorros económicos

significativos a consecuencia de que se optó por mantener las funciones y los medios materiales y

personales de las entidades que desaparecen”.

Estamos en total desacuerdo con dichas afirmaciones y solicitamos su expresa supresión en la

medida en que tales indicaciones - a nuestro juicio innecesarias- minimizan el esfuerzo de

racionalización efectuado por la administración gallega, puesto que, reiterando lo indicado

anteriormente:

no se están teniendo en cuenta todos los ahorros conseguidos y todas las

operaciones de ajuste realizadas por la administración autonómica de Galicia en

sus entidades instrumentales.

(…………..)

ahorro conseguido en las entidades que se extinguen supone un 23% frente al 77%

que se imputa a las entidades que siguen en funcionamiento. No computar la

globalidad del ahorro, está generando una imagen distorsionada de las

actuaciones realizadas.

RÉPLICA

La alegación hace de nuevo referencia al ámbito de la fiscalización. Como se explicó de manera

reiterada a lo largo del desarrollo de los trabajos y en el propio informe, la fiscalización se centra en

los procesos de extinciones. Las consideraciones sobre los ahorros conseguidos y los ajustes

realizados por el Consello sobre las cifras declaradas se refieren exclusivamente a los procesos de

extinción. Las conclusiones formuladas en el informe tienen como base el ámbito del trabajo y en

ningún modo quedan desvirtuadas por la alegación formulada por la dirección general.

No obstante, con el objeto de concretar la conclusión formulada se modifica el informe señalando el

importe de gasto que supone el ahorro alcanzado en la extinción de entidades.

ALEGACIÓN:

Séptima.- En relación a la recomendación efectuada en la pág.19 donde se propone “Realizar

un estudio de evaluación en cada entidad con el objetivo de racionalizar las estructuras

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Informe sobre procesos de extinción de las entidades dependientes de la CA de Galicia

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resultantes derivadas del personal asumido y de amortizar y no reponer las bajas en los puestos

de trabajo no necesarios por duplicados o redundantes lo que reportaría un verdadero ahorro

económico en ese horizonte temporal de medio plazo”.

Es necesario indicar que todas las propuestas de extinción de entidades instrumentales, fueron

precedidas de las actuaciones de auditoría correspondientes (…….). Sobre la base de dicho

diagnóstico, se elaboraron los tres Planes de evaluación de entidades instrumentales.

RÉPLICA

La recomendación formulada por el Consello no se refiere a cómo se hizo el proceso de

racionalización sino a la necesidad de analizar las estructuras resultantes en materia de personal.

Como quedó reflejado en el informe, la asunción de la práctica totalidad del personal de las

entidades extinguidas derivó en estructuras en las que la duplicidad y la ineficiencia son un riesgo

real en la medida en que se pueden superponer puestos con contenidos similares, riesgo agravado

por la heterogeneidad entre el personal asumido y el existente en las entidades absorbentes. Este

hecho que es una realidad en la actualidad y que figura en el informe sin que fuera objeto de

alegación es lo que sirve de base para formular una recomendación orientada a analizar esta

realidad y corregirla en el horizonte del medio plazo.

La alegación se refiere a que los planes de racionalización tuvieron como base un trabajo previo de

evaluación por parte de la administración, extremo este que no se discute en el informe pero que no

afecta a la recomendación realizada sobre la necesidad de evaluar y corregir las duplicidades e

ineficiencias derivadas de los procesos de extinción.

Por lo tanto, no se estima la alegación.

ALEGACIÓN:

Octava.- Se solicita la retirada del tercero párrafo de la página 24 (“La administración gallega

no hace pública la relación de entidades que deben ser consideradas cómo integrantes de su

sector público autonómico según la normativa propia aplicable, contenida fundamentalmente en

la LOFAXGA” ) y su relevo por “La administración gallega publica la relación de entidades que

deben ser consideradas cómo integrantes de su sector público autonómico según la normativa

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Informe sobre procesos de extinción de las entidades dependientes de la CA de Galicia

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propia aplicable, contenida en la LOFAXGA, a través del Portal de Transparencia y Gobierno

abierto”, puesto que dicha información se encuentra publicada y accesible en el siguiente enlace:

https://transparencia.junta.gal/tema/transparencia-institucional/organizacion-de los-entes-instrumentales/listado

(……)

RÉPLICA

La afirmación realizada en el informe se refiere a la inexistencia del registro de entidades obligatorio

exigido por la LOFAXGA. En cualquier caso, teniendo en cuenta que es posible un error en la

interpretación se suprime el párrafo alegado.

Por lo tanto, se estima la alegación en el sentido de suprimir el párrafo alegado.

ALEGACIÓN:

Novena.- El Consello de Contas, (pág. 25 y ss.) parte de los datos contenidos en el Inventario

del Ministerio de Hacienda (INVENTE) para delimitar las entidades que forman parte del sector

público autonómico de Galicia.

No obstante, tal y como también reconoce dicho Consello, muchas de las entidades incluidas en

el INVENTE difieren de las que deben tener la consideración de integrantes del sector publico

autonómico conforme a lo establecido en la LOFAXGA.

(……)

No obstante, ese Consello de Contas, considera, en su pág. 25, que son 83 las entidades

instrumentales de la Xunta de Galicia a 31.12.2016. Como ya se indicó en el punto octavo, en la

actualidad son 70 entidades las que integran el sector público autonómico según la

LOFAXGA y que aparecen relacionadas en el Portal de Transparencia y Gobierno abierto (ver

Anexo I).

Por lo tanto, las entidades que no forman parte del sector público autonómico y que ese Consello

de Contas considera como instrumentales de la Xunta de Galicia son:

Centro de Extensión Universitaria e Divulgación Ambiental de Galicia

Consorcio Local de Os Peares

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Informe sobre procesos de extinción de las entidades dependientes de la CA de Galicia

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Consorcio para a Xestión e Explotación da Rede Básica de Abastecemento de Auga dos

Concellos de Cervo e Burela

Estación de Inverno de Manzaneda, S.A. (MEISA)

Sotavento Galicia, S.A.

Sociedade de Imaxe e Promoción Turística de Galicia, S.A. (Extinguida e Liquidada)

Aquae Querquennae - Vía Nova

Fundación Galicia Saúde (está extinguida e en liquidación)

Fundación Sotavento

Fundación Axencia Enerxética Provincial da Coruña

Fundación Rosalía de Castro

Fundación para a Investigación, Desenvolvemento e Innovación Ramón Domínguez

Fundación Profesor Novoa Santos

Fundación Biomédica Galicia Sur

RÉPLICA

Tal como está reflejado reiteradamente en el informe la delimitación realizada por el Consello de

Contas parte del inventario de Ministerio de Hacienda por ser este el único registro público

disponible ya que la Xunta de Galicia no puso en marcha el suyo como era preceptivo.

El informe delimita las entidades que deben estar adscritas a la Xunta de Galicia y no sólo las que

tienen carácter autonómico según la LOFAXGA. Este hecho aparece recogido de manera expresa y

clara en el informe, por ejemplo cuando se indica:

“No todas las entidades integrantes del sector público autonómico según el INVENTE pueden ser

consideradas en sentido estricto como entidades dependientes de la Comunidad ni pertenecientes al

sector público autonómico en los términos definidos por la LOFAXGA.

En el cuadro siguiente, se clasifican las 108 entidades instrumentales en función de la

Administración a la que deben estar adscritas. Esta adscripción se realiza por el Consello de Contas

con base a la información disponible, en particular, en los estatutos de la entidad. A nuestro juicio,

las entidades realmente dependientes o instrumentales adscritas a la Xunta de Galicia a 31-12-2016

eran 83”.

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Informe sobre procesos de extinción de las entidades dependientes de la CA de Galicia

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Las entidades que deben estar adscritas a la Xunta de Galicia, y no sólo las que tienen carácter

autonómico según la LOFAXGA, tienen particular interés ya que sobre las mismas la Xunta tiene la

responsabilidad de control e integración en su régimen contable y presupuestario.

ALEGACIÓN:

Décima.- En cuanto al cómputo de entidades dadas de baja, el borrador de informe computa

únicamente 75 de las 88 efectivamente realizadas por los siguientes motivos:

(…..)

En relación a lo anterior es necesario poner de manifiesto que las 13 entidades que ese Consello

de Contas excluye del cómputo de bajas, son bajas reales y efectivas y por lo tanto deben de ser

computadas por las siguientes razones, tal y como ya se puso de manifiesto a ese Consello en

reiteradas ocasiones

(....)

Por lo tanto, se solicita que se computen por ese Consello de Contas las 88 bajas que se

registraron efectivamente en el sector público autonómico a consecuencia de los procesos de

reordenación y que son las que se relacionan en el Anexo II del presente informe de alegaciones.

RÉPLICA

Las exclusiones realizadas por el Consello aparecen motivadas en el informe. Las causas de no

computar las bajas son básicamente:

a. Bajas en el inventario que se producen por mera transformación o simple cambio de

denominación. Sirva como ejemplo la transformación del ente público AGADER en

Agencia que no puede ser considerado extinción ya que es una mera transformación de

la forma jurídica sin que se produzca ningún proceso de disolución o extinción de

ninguna entidad.

b. Bajas de entes que no figuran en el Inventario de entes públicos. Resulta llamativo que la

DXARA que, tal como figura en la alegación anterior, sigue un criterio restrictivo a la

hora de computar que entidades son autonómicas siga un criterio diametralmente

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opuesto cuando se trata de contar las entidades extinguidas. Así figuran como

extinciones entidades que nunca fueron sectorizadas dentro del sector público como la

Fundación Mar de Galicia, la Fundación do Plástico, la Fundación do Textil, INESGA, ….

A mayor abundamiento la administración autonómica nunca incluyó estas entidades en

sus presupuestos ni en sus cuentas por lo que resulta sorprendente que reclame su

paternidad sólo en el momento de computar el número de extinciones.

c. Ámbito temporal del informe que comprende el período 2010-2016 por lo que son las

entidades extinguidas en ese período las que se consideran, sin perjuicio de las que se

hubieran hecho con anterioridad (Fundación para el conocimiento) o las que se habían

completado posteriormente (TURGALICIA).

Por los motivos expuestos no se estima la alegación.

ALEGACIÓN:

Décima primera.- En la página 48 del informe en relación al proceso de extinción de la

Fundación Fomento da Calidade Industrial e o Desenvolvemento Tecnolóxico, en el párrafo que

dice: “El análisis de las cuentas de la Agencia en el año 2014 permite comprobar que

efectivamente los bienes, derechos y deberes de la extinta Fundación se incorporaron a la

contabilidad de la Agencia. Entre los bienes traspasados se encuentran 4,57 millones de

euros en tesorería. Esta cantidad aumentó de manera significativa los fondos líquidos y el

remanente de tesorería de la Agencia que tuvo que ser objeto de devolución al Tesoro en virtud

de lo previsto de manera recurrente en las leyes anuales de Presupuestos.”,

debería decir

“El análisis de las cuentas de la Agencia en el año 2014 permite comprobar que efectivamente

los bienes, derechos y deberes de la extinta Fundación se incorporaron a la contabilidad de la

Agencia. Entre los bienes traspasados se encuentran 4,63 millones de euros en tesorería.

Esta cantidad aumentó de manera significativa los fondos líquidos y el remanente de tesorería de

la Agencia que tuvo que ser objeto de devolución al Tesoro en virtud de lo previsto de manera

recurrente en las leyes anuales de Presupuestos”.

(…)

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Informe sobre procesos de extinción de las entidades dependientes de la CA de Galicia

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RÉPLICA

En el informe constaba la cifra de 4.573.893,41 euros que es la que figura en el punto cuarto del

acto del patronato de la Fundación por lo que se aprueba el balance final de la liquidación. No

obstante, con la nueva documentación aportada se comprobó que finalmente la tesorería

traspasada fue de 4.630.909,52 euros por lo que se acepta la alegación y se modifica el informe.

ALEGACIÓN:

Décima segunda.- En la misma página 48 del informe, en el párrafo que dice: “En total hubo

178 bajas, aunque el número neto es de 153 a consecuencia de que la Fundación incorporó 25

personas en esos años, incluyendo en ese número las dos en las que su despido había

sido declarado nulo, así como las del director de CIS madera, el director del LOMG y el

director de los servicios centrales que volvieron a su anterior puesto”,

debería decir

“En total hubo 178 bajas, aunque el número neto es de 153 a consecuencia de que la Fundación

incorporó 25 personas en esos años, incluyendo en ese número las del director de CIS Madera, el

director del LOMG y del gerente de la Fundación que volvieron a su anterior puesto.”.

Justificación de la alegación

En la relación nominal de personal que se remitió a la Dirección Xeral de Avaliación e Reforma

Administrativa no figuraban cómo bajas los dos despidos nulos que se reincorporaron a la

Fundación, ya que no se consideró como ahorro ni como gasto, al no haber indemnizaciones.

RÉPLICA

Se estima la alegación y se modifica el contenido del informe.

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ALEGACIÓN:

Décima tercera.- En la página 50 del informe, el párrafo que dice: “Los restantes trabajadores

que no cumplieron los requisitos para su integración, fundamentalmente que no acreditaron

haber superado en su momento un proceso de selección para que respetara los principios de

publicidad, mérito y capacidad en el acceso a la Fundación, permanecen en la Agencia como

personal propio de esta.”

debería decir

“Los restantes trabajadores que no cumplieron los requisitos para su integración,

fundamentalmente que no acreditaron haber sido contratados cómo personal laboral fijo en la

Fundación, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 1 de la Orden de la Consellería de Facenda

de 1 de febrero de 2016 por la que se regula el procedimiento de integración como personal

laboral de la Xunta de Galicia, permanecen en la Agencia como personal propio de la misma.”

Justificación de la alegación

La no integración como personal laboral fijo de la Xunta de Galicia se debió al no cumplimiento

del requisito señalado en el artículo 1 de la Orden por la que se inicia el procedimiento de

integración: Orden de la Consellería de Facenda de 1 de febrero de 2016 por la que se inicia el

procedimiento de integración, como personal laboral de la Xunta de Galicia, del personal laboral

fijo procedente de la extinta Fundación para o Fomento da Calidade Industrial e o

Desenvolvemento Tecnolóxico de Galicia, DOG núm. 24, de 5 de febrero.

RÉPLICA

La no integración como personal laboral de la Xunta de Galicia deriva no sólo de no tener contrato

como personal laboral fijo de la Fundación sino también de que, según el Decreto 129/2012 era

preciso que el contrato fuera formalizado tras un proceso de selección en el que se respetaran los

principios de publicidad, mérito y capacidad siendo por lo tanto este el requisito fundamental para

poder optar a la integración como personal laboral fijo de la Xunta.

Por lo tanto, no se estima la alegación.

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