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INSTITUTO TECNOLÓGICO SUPERIOR DE TIERRA … IV... · Ley de Coordinación Fiscal, artículo 49,...

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INSTITUTO TECNOLÓGICO SUPERIOR DE TIERRA BLANCA
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Page 1: INSTITUTO TECNOLÓGICO SUPERIOR DE TIERRA … IV... · Ley de Coordinación Fiscal, artículo 49, fracción III.

INSTITUTO TECNOLÓGICO SUPERIOR DE

TIERRA BLANCA

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ÍNDICE

1. PRESENTACIÓN .................................................................................................... 169

2. PERFIL DEL ENTE FISCALIZADO ......................................................................... 171

3. RESULTADO DE LA FASE DE COMPROBACIÓN ................................................ 172

3.1. Evaluación de la Eficiencia del Control Interno ...................................................... 172

3.2. Gestión Financiera .................................................................................................. 176

3.2.1. Cumplimiento de Disposiciones ...................................................................... 176

3.2.1.1. Observancia del Marco Jurídico y Normativo ............................................... 176

3.2.1.2. Cumplimiento de los Postulados Básicos y Normas de Contabilidad

Gubernamental............................................................................................. 178

3.2.2. Evaluación del Ejercicio del Presupuesto Autorizado ..................................... 179

3.2.2.1. Integración y Cambios en el Patrimonio ........................................................ 180

3.2.3. Evaluación del Cumplimiento Programático ................................................... 181

3.3. Resultado ................................................................................................................ 181

3.3.1. Observaciones ................................................................................................. 182

3.3.2. Recomendaciones ........................................................................................... 182

3.3.3. Conclusión ....................................................................................................... 184

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1. PRESENTACIÓN

Este documento revela el resultado de la Fiscalización Superior en su fase de comprobación

que fue aplicada al contenido de la Cuenta Pública 2014 del Poder Ejecutivo respecto de la

Gestión Financiera del Instituto Tecnológico Superior de Tierra Blanca, la información que se

muestra aborda los principales temas de un proceso que involucra el análisis, la evaluación, la

revisión documental, la confirmación y verificación de evidencias físicas y operativas dentro de

un marco técnico metodológico que permite certezas en función de los procedimientos aplicados

y respecto de las muestras que fueron determinadas para este efecto.

El ORFIS, al ejercer sus facultades atiende el objetivo medular de la Fiscalización Superior, al

efectuar la revisión integral de la Gestión Financiera, considerada esta como el proceso que

implica: a) el ejercicio del presupuesto expresado en los ingresos, egresos y deuda pública,

b) la administración, ministración, manejo, custodia y aplicación de los recursos financieros y

bienes públicos, c) el buen uso de los recursos públicos para la ejecución de los planes y

programas aprobados y la consecución de las metas y los objetivos contenidos en estos y d) la

generación de información suficiente y competente para la rendición de cuentas con oportunidad

y transparencia, en cumplimiento de las disposiciones legales y normativas que regulan el

quehacer público.

La Fiscalización Superior en el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave se da dentro del

siguiente proceso:

A. La Cuenta Pública del Poder Ejecutivo del Estado es presentada por su Titular ante el

H. Congreso del Estado, por conducto de la Secretaría de Finanzas y Planeación; dicho

documento contiene la información consolidada de los Entes Fiscalizables ejecutores

del gasto público contemplados en el Presupuesto de Egresos del Estado.

B. El H. Congreso del Estado, a través de la Comisión Permanente de Vigilancia, entrega

la Cuenta Pública al Órgano de Fiscalización Superior del Estado de Veracruz de Ignacio

de la Llave (en adelante, ORFIS), para su revisión a través del ejercicio técnico de la

Fiscalización Superior.

C. El ORFIS, con base en lo dispuesto por los artículos 28, 29, 30, 32, 33, 34 y 35 de la

Ley número 252 de Fiscalización Superior para el Estado de Veracruz de Ignacio de la

Llave, desarrolla el procedimiento de Fiscalización Superior en su Fase de

Comprobación, e inicia este con la notificación de las órdenes de auditoría de alcance

integral, procediendo a verificar si la gestión financiera se ajustó a la legislación

observable y en consecuencia, comprobar si se aplicaron adecuadamente los recursos

públicos o se causaron daños o perjuicios en contra del erario estatal.

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D. En esta fase, el ORFIS emite Pliegos de Observaciones a los servidores públicos y en

su caso, a los ex servidores públicos responsables para que presenten documentación

y hagan las aclaraciones pertinentes a efecto de solventar las inconsistencias o

irregularidades que se hayan detectado.

E. Finalmente, en cumplimiento a lo dispuesto en los artículos 36.3 y 37 de la Ley 252 de

Fiscalización Superior para el Estado y con base en las auditorías efectuadas, en la

documentación e información justificativa y comprobatoria presentadas, actas

circunstanciadas, papeles de trabajo relativos, pliegos de observaciones,

solventaciones y aclaraciones presentadas, el ORFIS determina y genera el Informe

del Resultado de la Fase de Comprobación correspondiente a la Fiscalización

Superior de la Cuenta Pública 2014.

La acción fiscalizadora que desarrolla el ORFIS encuentra su fundamento jurídico y normativo

en:

Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, artículo 116, fracción II,

párrafo sexto.

Ley de Coordinación Fiscal, artículo 49, fracción III.

Convenio de Coordinación y Colaboración para la Fiscalización Superior.

Sistema Nacional de Fiscalización.

Constitución Política del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, artículos 26,

fracciones I, inciso c), y II, inciso a), 33, fracción XXIX, y 67, fracción III.

Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave,

artículos 6, fracciones I, inciso c), y II, inciso a), y 18, fracción XXIX.

Ley Número 252 de Fiscalización Superior para el Estado de Veracruz de Ignacio

de la Llave, artículos1, 2, fracciones IV, V, VI, VII y VIII, 3, 4, 6.1, 6.2, 7, 11, 12, 13, 14,

15, 16, 17, 18, 20, 21, 22, 23, 27, 28, 29, 30, 31, 32, 33, fracción II, 35, 36, 37, 62, 63.1,

fracciones I, II, III, IV, V, VI, XIV, XV, XVI, XVII, XVIII, XIX, XX, XXII, XXIII, XXIV y XXVI,

64, 65, 69.1, fracciones I, II, V, XII, XIII, XV, XVI, XVII, XVIII, XIX, XXI, XXII, XXIV y XXV,

y 74, fracciones I, II y III.

Reglamento Interior del Órgano de Fiscalización Superior del Estado de Veracruz

de Ignacio de la Llave, artículos 1, 16, fracciones XV, XVI, XVII, XVIII, XIX y XX, 17,

fracciones VIII, X y XIII, y 43, fracción VI.

Reglas Técnicas de Auditoría para el Procedimiento de Fiscalización Superior en

el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, publicadas en la Gaceta Oficial del

Estado el día diez de abril del dos mil quince con número extraordinario 144.

Código de Procedimientos Administrativos para el Estado de Veracruz de Ignacio

de la Llave, artículos 37, fracción I, 38, 39 y 43, fracciones I y II.

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2. PERFIL DEL ENTE

FISCALIZADO

DENOMINACIÓN

INSTITUTO TECNOLÓGICO SUPERIOR DE TIERRA BLANCA

ORIGEN

Creado mediante Decreto publicado en Gaceta Oficial del Estado núm. 65 de fecha 31

de mayo del 2000, como un Organismo Público Descentralizado del Gobierno del

Estado, con personalidad jurídica y patrimonio propios.

El Director es nombrado por el Gobernador del Estado, a propuesta de la Junta Directiva,

dura en su cargo cuatro años, puede ser confirmado por un segundo periodo.

MISIÓN

Formar profesionales comprometidos con la sociedad y el medio ambiente; en forma

pemanente y equitativa a través de una educación integra, que conlleve altos valores

humanos en beneficio del desarrollo sustentable de la región, el Estado y el país.

ATRIBUCIONES

o Impartir educación superior tecnológica en las áreas industrial, agropecuaria y de

servicios, así como cursos de actualización y superación académica.

o Expedir constancias y certificados de estudios, títulos profesionales y grados

académicos de acuerdo con las disposiciones legales aplicables.

o Revalidar y reconocer estudios, así como establecer equivalencias de los realizados

en otras instituciones educativas, de conformidad con las disposiciones legales

aplicables.

OBJETIVO DE OPERACIÓN

a) Formar profesionales e investigadores aptos para la aplicación y generación de

conocimientos científicos y tecnológicos.

b) Realizar investigación científica y tecnológica que permita el avance del

conocimiento, el desarrollo de la enseñanza tecnológica y el mejor

aprovechamiento social de los recursos naturales y materiales; y que se traduzca

en aportaciones concretas para el mejoramiento y eficacia de la producción

industrial y de servicios, y a la elevación de la calidad de vida de la comunidad.

c) Colaborar con el sector público, privado y social en la consolidación del desarrollo

tecnológico y social de la comunidad.

UBICACIÓN FÍSICA

Avenida Veracruz esquina Héroes de Puebla s/n, colonia Pemex, C.P. 95180, Tierra Blanca, Ver. http://www.itstb.edu.mx

TITULAR DURANTE EL EJERCICIO 2014

Dra. Justiniana Gutiérrez Lagunes, Directora General.

ÁREAS DE CONTACTO PARA LA REVISIÓN

Subdirección Administrativa.

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3. RESULTADO DE LA FASE

DE COMPROBACIÓN

La revisión se efectuó de acuerdo a las Normas Internacionales de Auditoría y Reglas Técnicas

de Auditoría Pública para el Procedimiento de Fiscalización Superior en el Estado. Dichas

normas exigen que se cumpla con requisitos éticos, así como que se planifique y ejecute la

auditoría con el fin de obtener una seguridad razonable de que los estados financieros están

libres de incorrección material; que las cifras y revelaciones de los estados integrantes de la

Cuenta Pública estén integradas de acuerdo a las bases contables utilizadas; así como a las

leyes y normativa vigentes para el ejercicio 2014.

Con base en lo anterior se determinaron las muestras de auditoría, que representan los

porcentajes revisados que a continuación se mencionan, respecto del total de los recursos

obtenidos y ejercidos:

MUESTRA DE AUDITORÍA FINANCIERA

CONCEPTO INGRESOS EGRESOS

Universo $89,758,793.46 $87,704,320.06

Muestra Auditada 71,583,073.00 52,447,414.00

Representatividad de la muestra 79.75% 59.80%

Fuente: Estados financieros y documentación presentada por el Instituto Tecnológico Superior de Tierra Blanca.

3.1. EVALUACIÓN DE LA EFICIENCIA

DEL CONTROL INTERNO

El Control Interno es la herramienta que induce acciones para propiciar la eficacia y eficiencia

en el desarrollo de las operaciones; un ambiente de confiabilidad respecto de las cifras y de la

información financiera y operativa, en un espacio de cumplimiento de las leyes y normatividad

aplicable.

La administración pública que ejercen las Entidades Federativas debe coadyuvar más que

nunca a fortalecer los conceptos de transparencia y rendición de cuentas. Vigilar el adecuado

destino de los recursos públicos asignados en el Presupuesto, alcanzar las metas y cumplir los

objetivos de los planes y Programas, deben ser premisas de cumplimiento. Los mecanismos de

Control Interno son la fortaleza que se debe robustecer para alcanzar a todas las actividades y

operaciones en donde estén involucrados en su concepto más amplio los recursos públicos.

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El cumplimiento de la normativa de Control Interno reduce los riesgos y aumenta la seguridad

en el buen desempeño de las acciones de la administración pública. El ORFIS, para la

evaluación de la eficiencia del Control Interno aplica el cuestionario respectivo y elabora la

matriz correspondiente, en donde se aprecian los aspectos de protección de activos,

confiabilidad de la información financiera, aplicación de medidas preventivas y, en su caso,

correctivas para el cumplimiento de las normas, lineamientos, sistemas y demás instrumentos

utilizados en el manejo del Gasto Público, así como la calidad de la comunicación entre las

áreas que integran el Ente Fiscalizable.

La evaluación del Control Interno se concentra en los siguientes elementos:

1. Ambiente de Control; 2. Administración de Riesgos; 3. Actividades de Control; 4. Información y Comunicación; y, 5. Supervisión.

RESULTADO DE LA EVALUACIÓN

Como resultado de la evaluación antes citada, se determinó que si bien las medidas aplicadas

cumplen parcialmente con los objetivos de control de la administración, ofrecen una seguridad

razonable, en todos los aspectos, para prevenir o detectar errores o irregularidades en el curso

normal de sus operaciones.

De la aplicación del cuestionario y de la matriz de evaluación correspondiente, se concluye que

el Control Interno del Instituto Tecnológico Superior de Tierra Blanca fue Medio. En el

fortalecimiento del control existen ventanas de oportunidad que en general hemos identificado

en la práctica de la Fiscalización Superior a Entes y que mencionamos a continuación como

referencia de aquellas que pueden aplicarse en el corto plazo para consolidar el sistema de

Control Interno.

VENTANAS DE OPORTUNIDAD:

En aspectos de control administrativo:

a) Planeación Financiera para la adecuada gestión de ingresos y gastos durante el

ejercicio fiscal.

b) Perfiles de puestos actualizados y elaborados de acuerdo a su normativa interna, y en

concordancia a las actividades realizadas por el personal a través de revisiones

periódicas y evaluaciones al desempeño.

c) Organización y archivo de la documentación comprobatoria y justificativa, en

cumplimiento a las disposiciones legales y fiscales.

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d) Integración de los expedientes inherentes a acciones realizadas para apoyos a grupos

sociales, conteniendo la comprobación y justificación de la entrega recepción de los

recursos o bienes otorgados a los beneficiarios.

e) Ejercer los recursos en estricto cumplimiento a las reglas de operación y lineamientos

aplicables a los diversos Fondos y/o Programas.

f) Administrar con mecanismos de control la conservación, mantenimiento, inventarios y

el resguardo y baja de los bienes muebles.

g) Contratar con los mejores precios, calidad, financiamiento y oportunidad, cumpliendo

con la normativa en la materia.

h) Actualización de los Manuales de Organización y de Procedimientos, así como su

normativa interna.

i) Depuración e integración de saldos, así como gestiones para el cobro, recuperación,

pago o liquidación de las cuentas por cobrar y por pagar.

j) Cumplimiento a las obligaciones fiscales en tiempo y forma.

En aspectos de Obra Pública:

k) Contratar las obras con los mejores precios, calidad, financiamiento y oportunidad,

cumpliendo con la normativa en la materia.

l) Otorgar anticipos de obra conforme a lo establecido en los contratos, registros en las

cuentas contables correspondientes y amortizados conforme al avance de las obras.

m) Integración de expedientes de obras y acciones, observando reglas de operación y

lineamientos de los distintos Fondos y Programas.

n) Cumplimiento de los contratos de obra y/o convenios modificatorios en su caso, y de ser

procedente, aplicar las penas convencionales establecidas.

o) Cumplimiento de las condiciones pactadas en los contratos de obra, a través de las

fianzas correspondientes.

p) Verificación de la suficiencia presupuestal de las obras y realizar los trámites

administrativos necesarios para efectuar los pagos correspondientes de las

estimaciones de trabajos.

En aspectos generales:

q) Evaluación oportuna al cumplimiento de las metas y objetivos de los Programas, a través

de la identificación de indicadores.

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r) Concordancia entre los informes trimestrales elaborados para la Secretaría de Hacienda

y Crédito Público respecto al ejercicio de los recursos, y los registros presupuestales y

contables.

s) Elaboración, integración y resguardo de las Actas de Entrega Recepción de los

Servidores Públicos al separarse del empleo, encargo o comisión.

t) Actualización de la página de internet del Ente, para cumplir con lo establecido en la Ley

de Transparencia y Acceso a la Información Pública y la Ley General de Contabilidad

Gubernamental.

u) Amortización oportuna de los anticipos otorgados, considerada dentro de los términos

contractuales del ejercicio fiscal correspondiente.

v) Alineación y armonización del sistema de contabilidad, de acuerdo a lo establecido en

la Ley General de Contabilidad Gubernamental.

EVALUACIÓN

Derivado de la evaluación de las oportunidades detectadas en el proceso de Fiscalización

Superior del total de las ventanas señaladas se advierte como aplicables las siguientes:

En aspectos de control administrativo:

c) Organización y archivo de la documentación comprobatoria y justificativa, en

cumplimiento a las disposiciones legales y fiscales.

g) Contratar con los mejores precios, calidad, financiamiento y oportunidad, cumpliendo

con la normativa en la materia.

i) Depuración e integración de saldos, así como gestiones para el cobro, recuperación,

pago o liquidación de las cuentas por cobrar y por pagar.

j) Cumplimiento a las obligaciones fiscales en tiempo y forma.

En aspectos generales:

t) Actualización de la página de internet del Ente, para cumplir con lo establecido en la Ley

de Transparencia y Acceso a la Información Pública y la Ley General de Contabilidad

Gubernamental.

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3.2. GESTIÓN FINANCIERA

3.2.1. CUMPLIMIENTO DE DISPOSICIONES

3.2.1.1. OBSERVANCIA DEL MARCO JURÍDICO Y NORMATIVO

Los principales ordenamientos legales que definen el marco jurídico y normativo que

deben observar los Entes Públicos, se mencionan a continuación:

Normatividad de Ámbito Federal:

Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, establece las bases

generales para el Gobierno Estatal.

Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación, tiene por

objeto reglamentar en materia de revisión y Fiscalización de la Cuenta

Pública.

Ley General de Contabilidad Gubernamental, establece los criterios de la

contabilidad gubernamental y la emisión de información financiera.

Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, tiene por objeto

reglamentar programación, presupuestación, aprobación, ejercicio, control y

evaluación de los ingresos y egresos públicos federales.

Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, tiene

por objeto reglamentar las adquisiciones, arrendamientos de bienes muebles

y prestación de servicios de cualquier naturaleza que se realicen.

Ley de Coordinación Fiscal, establece la distribución de las aportaciones

federales y los rubros en los que se aplicarán por cada tipo de Fondo.

Ley del Impuesto Sobre la Renta y Código Fiscal de la Federación, establecen

las principales obligaciones de los Entes Fiscalizables en materia tributaria.

Ley del Seguro Social y su Reglamento, regula las obligaciones de los Entes

Fiscalizables en lo que respecta a la seguridad social de los trabajadores.

Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las mismas y su

Reglamento, regula la planeación, programación, presupuestación,

contratación, gasto, ejecución y control de las obras públicas, así como de los

servicios relacionados con las mismas.

Normatividad de Ámbito Estatal:

Constitución Política del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, establece

las bases de organización política del Estado, sus Dependencias y Entidades.

Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Veracruz de Ignacio de la

Llave, establece las bases de la organización y funcionamiento de las

Dependencias Centralizadas y Entidades Paraestatales.

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Ley de Planeación del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, establece

las bases para la aprobación, ejecución y, en su caso, publicación del Plan

Sectorial o Programa Operativo Anual.

Ley 252 de Fiscalización Superior para el Estado de Veracruz de Ignacio de

la Llave, señala disposiciones relativas a la revisión de las Cuentas Públicas

y el procedimiento de Fiscalización Superior.

Ley de Adquisiciones, Arrendamientos, Administración y Enajenación de

Bienes Muebles del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, señala las

bases de planeación, programación, adquisición, almacenaje, enajenación,

baja y control de bienes muebles, así como la contratación de arrendamientos

y servicios relacionados, para desarrollar sus atribuciones.

Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con ellas del Estado de

Veracruz de Ignacio de la Llave, establecen las acciones relativas a la

planeación, programación, presupuestación, ejecución, conservación,

mantenimiento, demolición y el control de obras públicas.

Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos para el Estado de

Veracruz de Ignacio de la Llave, regula la actuación del servidor público para

que en el ejercicio de sus funciones se conduzcan salvaguardando la

legalidad, honradez, lealtad, imparcialidad y eficiencia en el desempeño de

su empleo, cargo o comisión.

Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública para el Estado de

Veracruz de Ignacio de la Llave, establece el derecho de acceso a la

información y las obligaciones en la materia y las modalidades de su

cumplimiento para los Entes Fiscalizables.

Código Financiero para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, tiene

por objeto regular la planeación, programación y presupuestación de las

acciones de gobierno, la administración financiera y tributaria de la Hacienda

Estatal, la administración de los recursos humanos, financieros y materiales.

Código de Procedimientos Administrativos para el Estado de Veracruz de

Ignacio de la Llave, regula las bases generales de los actos y procedimientos

de la Administración Pública en relación con los particulares.

Decreto Número 7 de Presupuesto de Egresos del Gobierno del Estado de

Veracruz para el ejercicio fiscal 2014, establece el ejercicio y control del gasto

público estatal para el año 2014.

Ley Número 6 de Ingresos del Gobierno del Estado de Veracruz de Ignacio

de la Llave para el Ejercicio Fiscal de 2014, establece los ingresos que

percibirá el Estado y que serán destinados a cubrir los gastos públicos.

EVALUACIÓN

Se verificó el cumplimiento de las disposiciones legales aplicables al ejercicio de los recursos

públicos. De la revisión efectuada se detectó incumplimiento a disposiciones de carácter federal

y estatal, que dieron lugar a la formulación del pliego de observaciones correspondiente y que

no fue debidamente solventado en esta fase del procedimiento de Fiscalización Superior.

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3.2.1.2. CUMPLIMIENTO DE LOS POSTULADOS BÁSICOS Y NORMAS DE

CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL

La Ley General de Contabilidad Gubernamental (LGCG), establece los criterios que rigen la

emisión de información financiera de los Entes Públicos, con el fin de lograr la adecuada

armonización en el registro de los activos, pasivos y el patrimonio, así como del ingreso y el

gasto contribuyendo a la medición de la eficacia, economía y eficiencia en el uso de los recursos

públicos.

“Los postulados básicos son los elementos fundamentales que configuran el Sistema de

Contabilidad Gubernamental, teniendo incidencia en la identificación, el análisis, la

interpretación, la captación, el procesamiento y el reconocimiento de las transformaciones,

transacciones y otros eventos que afectan el Ente Público; sustentan de manera técnica el

registro de las operaciones, la elaboración y presentación de estados financieros; basados en

su razonamiento, eficiencia demostrada, respaldo en legislación especializada y aplicación de

la Ley General de Contabilidad Gubernamental, con la finalidad de uniformar los métodos,

procedimientos y prácticas contables”.

Conforme al artículo 22 de la LGCG los Entes Públicos deben aplicar los postulados básicos de

forma tal que la información que proporcionen sea oportuna, confiable y comparable para la

toma de decisiones.

Al efectuar la revisión a la Cuenta Pública del ejercicio 2014, el ORFIS verificó que los registros

de las transacciones y la emisión de información financiera se realizarán conforme a los

Postulados Básicos de Contabilidad Gubernamental, así como el avance que en materia de

armonización el Ente Fiscalizable tenía al 31 de diciembre del ejercicio en revisión.

Lo anterior se basó principalmente en la normatividad emitida por el Consejo Nacional de

Armonización Contable (CONAC), así como en el convenio de colaboración celebrado entre la

Secretaría de Hacienda y Crédito Público, la Secretaría de la Función Pública y la Auditoría

Superior de la Federación, mediante el cual las Entidades de Fiscalización Superior

promoverían y verificarían el avance en materia de armonización contable.

EVALUACIÓN

Al revisar el cumplimiento en la adopción e implementación de los documentos técnicos

contables emitidos por el CONAC, se detectó que durante el ejercicio 2014 se cumplió de

manera general con los Postulados Básicos de Contabilidad Gubernamental, además la emisión

de la Cuenta Pública se realizó conforme a la Guía para la elaboración de la Cuenta Pública de

los Entes Públicos de las Entidades Federativas emitida por el CONAC, y en materia de

cumplimiento del Título Quinto de la Ley General de Contabilidad Gubernamental, el Estado de

Veracruz ha cumplido de manera oportuna con la publicación y difusión de la Cuenta Pública,

sin embargo es importante que el Instituto Tecnológico Superior de Tierra Blanca continúe con

la actualización permanente de las adecuaciones y cambios emitidos por el CONAC, hasta

lograr su total implementación.

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INSTITUTO TECNOLÓGICO SUPERIOR DE TIERRA BLANCA 179

3.2.2. EVALUACIÓN DEL EJERCICIO DEL PRESUPUESTO AUTORIZADO

Ingresos

A partir de la información contenida en los estados financieros, así como de la documentación

presentada por los servidores públicos del Instituto Tecnológico Superior de Tierra Blanca, como

parte de la revisión de la Gestión Financiera se efectuó el análisis de los ingresos y egresos,

como se muestra a continuación: (Gráficas 1, 2 y Cuadro 1)

GRÁFICA 1 INGRESOS

Fuente: Estado de Actividades y documentación presentada por el Instituto Tecnológico Superior de Tierra Blanca.

Ejercicio del Gasto

Los conceptos que integran el presupuesto ejercido por el Instituto Tecnológico Superior de

Tierra Blanca, son los que se presentan en la gráfica 2, donde aplicó sus recursos para el pago

principalmente de Servicios Personales y Servicios Generales.

0.00

10.00

20.00

30.00

40.00

50.00

60.00

70.00

INGRESOS DEGESTIÓN

PARTICIPACIONES,APORTACIONES YTRANSFERENCIAS

OTROS INGRESOS YBENEFICIOS

INGRESOS 16,045,072.96 60,454,446.80 13,259,273.70

Millo

nes

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INSTITUTO TECNOLÓGICO SUPERIOR DE TIERRA BLANCA 180

GRÁFICA 2 EGRESOS

Fuente: Estado Analítico del Ejercicio del Presupuesto de Egresos y documentación presentada por el Instituto Tecnológico Superior de Tierra Blanca.

CUADRO 1

RESULTADO AL 31 DE DICIEMBRE DE 2014

CONCEPTO INGRESOS/ EGRESOS

Total de Ingresos $89,758,793.46

Total de Egresos 87,704,320.06

Resultado en Cuenta Pública $ 2,054,473.40

Fuente: Estado de Actividades, Estado Analítico del Ejercicio del Presupuesto de Egresos y documentación presentada por el Instituto Tecnológico Superior de Tierra Blanca.

EVALUACIÓN

Al evaluar el ejercicio del presupuesto del Ente Fiscalizable correspondiente al ejercicio 2014,

de acuerdo a las cifras presentadas en sus estados financieros y en la documentación soporte

de los mismos, se derivan las siguientes conclusiones:

Al 31 de diciembre de 2014, el Ente Fiscalizable obtuvo ingresos por $89,758,793.46 y egresos

por $87,704,320.06, lo que refleja un resultado por $2,054,473.40.

3.2.2.1. INTEGRACIÓN Y CAMBIOS EN EL PATRIMONIO

El Patrimonio representa el importe total de los bienes y derechos que son propiedad del

Instituto Tecnológico Superior de Tierra Blanca, importe que está constituido con las

aportaciones externas que incrementan su patrimonio adicionales al saldo inicial y la

acumulación de resultados de ejercicios anteriores, incluyendo las aplicadas a reservas,

así como el resultado del ejercicio corriente.

0.00

5.00

10.00

15.00

20.00

25.00

30.00

35.00

40.00

45.00

50.00

SERVICIOSPERSONALES

MATERIALES YSUMINISTROS

SERVICIOSGENERALES

TRANSFERENCIAS,ASIGNACIONES,

SUBSIDIOS

BIENES MUEBLESINMUEBLES EINTANGIBLES

INVERSIÓNPÚBLICA

EGRESOS 48,958,801.36 13,240,080.99 23,131,532.58 507,001.67 595,807.61 1,271,095.85

Millo

nes

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INSTITUTO TECNOLÓGICO SUPERIOR DE TIERRA BLANCA 181

El análisis de la integración y variación del patrimonio del Ente Fiscalizable, por cuanto a sus

principales componentes, se expresa en el cuadro analítico siguiente:

CUADRO 2

INTEGRACIÓN Y VARIACIÓN DEL PATRIMONIO

CONCEPTO MONTO

Bienes Muebles $ 16,976,555.13

Bienes Inmuebles 25,541,703.72

Bienes Intangibles 0.00

Total Saldo Inicial $ 42,518,258.85

Bienes Muebles $ 515,800.88

Bienes Inmuebles 13,344,332.74

Bienes Intangibles 0.00

Total Movimientos $ 13,860,133.62

TOTAL SALDO FINAL $ 56,378,392.47

Fuente: Estados financieros y documentación presentada por el Instituto Tecnológico Superior de Tierra Blanca.

3.2.3. EVALUACIÓN DEL CUMPLIMIENTO PROGRAMÁTICO

De acuerdo a lo establecido en la Ley de Fiscalización Superior para el Estado de Veracruz de

Ignacio de la Llave, en su artículo 37 fracción II, y en la Ley de Planeación del Estado de

Veracruz de Ignacio de la Llave en su artículo 24; la revisión y análisis de las Cuentas Públicas

del Estado deberán enfocarse a la verificación del cumplimiento de los objetivos y metas de los

programas aplicados; así como a la congruencia entre las acciones tomadas y los resultados

obtenidos en la ejecución del Plan Estatal de Desarrollo y los programas derivados de éste.

EVALUACIÓN

Por lo anterior, se considera que, en términos generales cumplió con las metas y objetivos

planteados en la documentación revisada.

3.3. RESULTADO

Con los resultados obtenidos de la revisión efectuada, el ORFIS elaboró y notificó el Pliego de

Observaciones y Notificación de Recomendaciones a los servidores y ex servidores públicos o

personas responsables de la solventación, señalando que contaban con un plazo de 20 días

hábiles para que presentaran, dentro del término legal, la documentación y/o aclaraciones que

solventaran las inconsistencias notificadas en dicho Pliego.

Una vez analizada la documentación y/o aclaraciones a los señalamientos del Pliego de

Observaciones y Notificación de Recomendaciones, el resultado se informa a continuación.

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RESUMEN DE LAS OBSERVACIONES Y RECOMENDACIONES

TIPO OBSERVACIONES RECOMENDACIONES TOTAL

FINANCIERAS

ORDEN ESTATAL 1 8 9

ORDEN FEDERAL 0 0 0

SUMA 1 8 9

(Los números y las referencias son los que originalmente se asignaron a las inconsistencias en

el Pliego de Observaciones respectivo.)

3.3.1. OBSERVACIONES

OBSERVACIÓN DE CARÁCTER FINANCIERO

RECURSOS ESTATALES

Observación Número: FP-060/2014/002

De la revisión y análisis de las Retenciones y Contribuciones por Pagar del Instituto al cierre del

ejercicio 2014, se determinó un importe por $17,244,211.51 registrado en la cuenta contable 2-

1-1-7-0000-0000 Retenciones y Contribuciones por Pagar a Corto Plazo, del cual no se

realizaron las acciones necesarias para su liquidación y/o depuración, mismo que incluye

contribuciones fiscales pendientes de enterar, por lo que podría generarse un pasivo

contingente, como resultado del fincamiento de créditos fiscales con actualizaciones, multas y

recargos por parte de la autoridad correspondiente.

TOTAL DE OBSERVACIONES DE CARÁCTER FINANCIERO: 1

3.3.2. RECOMENDACIONES

Además de la observación anterior, por cuanto a los actos y procedimientos administrativos revisados, se hacen las siguientes recomendaciones:

RECOMENDACIONES DE CARÁCTER FINANCIERO

RECURSOS ESTATALES

Recomendación Número: RP-060/2014/002

Atendiendo a los saldos contables de cuentas por cobrar, se recomienda continuar con los

procesos de depuración, análisis de antigüedad y gestión para la recuperación de los mismos.

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Recomendación Número: RP-060/2014/003

Atendiendo a los saldos contables de cuentas por pagar, se recomienda continuar con los

procesos de depuración, análisis de antigüedad y gestión para el pago de los mismos.

Recomendación Número: RP-060/2014/008

Referencia Observación Número: FP-060/2014/001

De acuerdo al proceso de armonización contable, publicar en su página de internet la

información financiera conforme lo establece la Ley General de Contabilidad Gubernamental.

Recomendación Número: RP-060/2014/009

Referencia Observación Número: FP-060/2014/002

Realizar gestiones ante la instancia correspondiente, o convenir acciones de compensación con

las cuentas por cobrar, para regularizar el pago del Impuesto Sobre Erogaciones por

Remuneraciones al Trabajo Personal.

Recomendación Número: RP-060/2014/010

Referencia Observación Número: FP-060/2014/003

Implementar las medidas de control necesarias, con la finalidad de que el cálculo y

determinación de retenciones del Impuesto Sobre la Renta por Sueldos y Salarios, se lleve a

cabo de acuerdo con la normatividad aplicable.

Recomendación Número: RP-060/2014/011

Referencia Observación Número: FP-060/2014/004

Realizar las gestiones necesarias ante las instancias correspondientes, con la finalidad de

contar con la disponibilidad financiera suficiente y cumplir en tiempo y forma con el entero de

las obligaciones fiscales.

Recomendación Número: RP-060/2014/012

Referencia Observación Número: FP-060/2014/005

Realizar las acciones necesarias en los procesos de contratación de personal, con la finalidad

de que los movimientos de personal para ocupar las plazas de nueva creación y/o plazas

vacantes autorizadas, cuenten con el Dictamen de Suficiencia Presupuestal (DSP) y Registro

Único de Plazas o, en su caso, la Cédula de Contratación de Personal.

Recomendación Número: RP-060/2014/013

Referencia Observación Número: FP-060/2014/006

Implementar las acciones necesarias de control en el área de contabilidad para que se

contabilice en tiempo y forma los pasivos.

TOTAL DE RECOMENDACIONES DE CARÁCTER FINANCIERO: 8

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3.3.3. CONCLUSIÓN

Una vez concluida la fase de comprobación del procedimiento de Fiscalización Superior a la

Cuenta Pública 2014, que se efectuó mediante la práctica de auditoría a pruebas y muestras

selectivas, se determinó que no existen observaciones que adviertan una presunta

responsabilidad resarcitoria de los servidores o ex servidores públicos involucrados por un

posible daño a la Hacienda Pública Estatal.

Primera. No se detectaron irregularidades que hagan presumir la existencia de daño

patrimonial en el Instituto Tecnológico Superior de Tierra Blanca, sin embargo, se detectaron

inconsistencias de carácter administrativo, incluidas en el correspondiente apartado de

Observaciones, a las cuales el Titular del Órgano de Control Interno, conforme a su marco de

actuación establecido en la legislación vigente, deberá dar seguimiento, implementar las

medidas correctivas y preventivas que eviten su recurrencia y, en su caso, sustanciar los

procedimientos administrativos que correspondan.

Segunda. A través de los titulares de las áreas operativas se deben implementar mecanismos

de control en los aspectos señalados en el apartado de Recomendaciones, para garantizar el

cumplimiento de los objetivos, mejorar la gestión financiera, así como fortalecer la transparencia

y la rendición de cuentas, de estas acciones el Titular del Órgano de Control Interno debe

realizar los procedimientos correspondientes para su cumplimiento.

Tercera. En apego a lo dispuesto por los artículos 30.2, 32.2, 33.1, 33.2 y 36 de la Ley de

Fiscalización Superior para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, las conclusiones que

emite el Órgano de Fiscalización Superior del Estado relativas a la revisión de la Cuenta Pública

2014 del Poder Ejecutivo, respecto de la gestión financiera del Instituto Tecnológico Superior

de Tierra Blanca, sólo tienen efecto por cuanto hace a los alcances de auditoría, porcentajes de

revisión y las pruebas o muestras selectivas de las obras y acciones ejecutadas con los recursos

públicos del ejercicio 2014 sobre las que se practicó la Fiscalización Superior, por lo que las

determinaciones de esta autoridad fiscalizadora no liberan a las personas que se desempeñaron

o desempeñan como servidores públicos en el Instituto Tecnológico Superior de Tierra Blanca,

de cualquier otro tipo de responsabilidad, sea de carácter civil, administrativa o penal, ni de

responsabilidades futuras que pudieran surgir con motivo de la atención de quejas y denuncias

de terceros sobre aquellas que no fueron materia de revisión, así como por el ejercicio de las

facultades que ejerzan otros Órganos de Fiscalización facultados.


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