INTEGRACCIÓN DEL SISTEMA DE PROTECCIÓN INTEGRAL DE DERECHOS DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES
CON EL SISTEMA DE JUSTICIA PARA ADOLESCENTES.
Baja California Sur, 11 de junio 2020
Mtro. Francisco Castellanos García
Evolución del Marco Normativo con enfoque de Derechos
CPM
2005
Reforma art.18
Sistema Especializado
32 leyes estatales
LDNNA 2002
LGDNNA 2015
Que crea el SIPINNA
Ley Nacional del
Sistema Integral de
Justicia penal para Adolescentes 2016
CONVENCIÓNDERECHOSDEL NIÑO
1989 /ADHESIÓN MEXICO
1990
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
En todas las decisiones y actuaciones del Estado se velará y cumplirá con el principio del interés superior de la niñez, garantizando de manera plena sus
derechos. Los niños y las niñas tienen derecho a la satisfacción de sus necesidades de alimentación, salud, educación y sano esparcimiento para su desarrollo integral.
Este principio deberá guiar el diseño, ejecución, seguimiento y evaluación de las políticas públicas dirigidas a la niñez.
Párrafo adicionado DOF 18-03-1980. Reformado DOF 07-04-2000, 12-10-2011
¿Quiénes integran el SIPINNA?
Presidente de la República (Preside el Sistema)
Dependencias federales 2 organismos autónomos
31 gobernadores y Jefe de Gobierno de laCiudad de México
8 representantes de lasOrganizaciones de la SociedadCivil (OSC).
1 Consejo Consultivo,conformado por 20especialistas en temas de niñas,niños y adolescentes.
Invitados permanentes
LOS MECANISMOS
PARA LA PROTECCIÓN DE DERECHOS
DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES
Poniendo en marcha la protección de derechos…
Perspectiva de derechos de niñas, niños y adolescentes
No son personas en condición de subordinación y relaciones de poderadultocéntricasPercibidos de forma afirmativaPersonas con capacidades (acordes a su edad, capacidades cognoscitivas, madurez y contexto)Gozan de todos los derechosSon escuchados e informados
Exigen sus derechos.
Sujetos de derechos
Hacen ejercicio de sus derechos
Emitir opiniones sobre cualquier decisión que afecte de alguna manera sus vidas y sus derechos.
Principio necesario en la construcción de su autonomía progresiva
Participación
Personas en desarrollo
A medida que adquiere mayores capacidades a lo largo de su desarrollo, abre mayores espacios para que tome decisiones propias y ejerza sus derechos de forma cada vez más autónoma, de conformidad con la evolución de sus facultades
Autonomía progresiva
La persona adultaTiene la obligación de garantizar que toda NNA tenga las condicionesadecuadas para ejercer todos sus derechos.
Estado, sociedad y familia Son responsables obligados de garantizar que NNA accedan a sus derechos de manera progresiva e integral.
Garantes de derechos
LA PERSONA ADOLESCENTE Y LAS ADOLESCENCIAS
➢ Adolescencia: Etapa del desarrollo 12 -18 años no cumplidos con necesidades y derechos específicos.
➢ Aspectos del desarrollo biológico, psicológico y social en base a estudios científicos.
➢ Enfoque preventivo: Consideración de factores de riesgo y protección
➢ Diversidad de condiciones y contextos: AdolescenciaS
Interés Superior Niñez. Art. 4º. Constitucional
Sistema de Justicia Penal Adolescentes. Art. 18 Const. LNSIJPA 2016. Sin dato
Sistema Protección Especial. Casos y restitución de derechos
Sistemas Protección Integral de derechos de Niñas, Niños y Adolescentes.
Para 39 millones de NNA. 13 millones adolescentes.
LGDNNA 2015
Cambio de Paradigma: La Protección Integral contiene al Derecho Penal especializado
Responsabilidad penal Vs. Culpabilidad penal
Derecho penal de mínima intervención, Vs. Derecho penal. Restricción de la violencia del sistema.
Políticas sociales Vs. Políticas criminales. Seguridad ciudadana, prevención y no criminalización.
Protección de todos sus derechos en situación jurídica especial
Especialidad. Instituciones, operadores, métodos
INTEGRACIÓN DE DOS SISTEMAS Y SUS INSTITUCIONES
SISTEMA
PROTECCIÓN
INTEGRAL
PROTECCIÓN
ESPECIAL
SISTEMA
JUSTICIA
ADOLESCENTES
PREVENCIÓNSOCIAL DELITO
INTERESSUPERIOR
SIPINNA: Salud, Educación, Cultura, Bienestar, Trabajo,
etc.
PROCURADURÍASPROTECCIÓN
ESPECIAL.Primer contacto,
Planes de restitución, medidas urgentes, etc
Seguridad Pública. Prevención Delito,
violencia, adicciones
AUTORIDADES ESPECIALIZADASJueces, Fiscales,
defensores, AAEN. Métodos Alternos…
LNSIJPA
LGDNNA
LGDNNA: componentes a desarrollar por estado
• Reformas integrales a las actuales leyes locales de protección o la creación de nuevas reformas u otros ordenamientos para establecer disposiciones que garanticen efectivamente los derechos de la infancia y la adolescencia.
Ley y Reglamento
•La LGDNNA establece que las entidades federativas deberán emitir programas locales para la garantía de los derechos de niñas, niños y adolescentes en el Estado, los cuales deberán prever acciones de mediano y largo alcance e indicar los objetivos estrategias y l íneas de acción prioritarias, además de estar alineados con el Programa Nacional.
Programa Estatal
•Mecanismo a través del cual se va a recopilar y sistematizar la información, así como generar indicadores a través de los cuales se pueda realizar la medición y evaluación de las políticas de infancia y adolescencia y del grado de cumplimiento de los derechos y a la vez alimentar el Sistema Nacional de Información.
Sistema de Información
•Coordina a otras dependencias y da seguimiento a las medidas de protección para la restitución de derechos de niñas, niños y adolescentes que se encuentran en situaciones particulares de vulnerabilidad, como es el caso de los niños y niñas en situación de migración, pobreza, víctimas de delitos, sin cuidados parentales, entre otros. Estas medidas tendrán como fin reparar el daño y colocar al niño, niña y adolescente en una situación en la que todos sus derechos estén garantizados.
Procuradurías Locales de Protección
Jueces y Magistrados
Fiscalías / MP
Ejecución
Medidas
Métodos
Alternos
Policía
Defensoría
Procuraduría de Protección
Especial
Comisión Atención Víctimas
INEGI
Municipios
Implementación
Reforma Penal
SIPINNA
PoderLegislativo
Sociedad civilAcademia
Internacionales
Prevención Adolescentes/
Familias
SISTEMA INTEGRAL DE JUSTICIA PARA ADOLESCENTESAUTORIDADES FEDERALES Y LOCALES
Caso práctico 112 Adolescentes privados de la libertad en el Estado de Puebla, fueron trasladados del Centro de Internamientos especializado a un anexo del
reclusorio San Miguel por la contingencia.
El gobierno anuncia el cambio, pero no informa del proceso. No se informó a familiares, no se tomó en cuenta la opinión de adolescentes. Un video muestra
que no se permitió la entrada a un defensor particular al nuevo centro.
1. ¿Qué le toca al Sistema de Protección Integral?
2. ¿Qué políticas debe implementar?
3. Qué le toca hacer al Sistema de justicia Especializado?
Caso Práctico 2
Una adolescente, mujer de 17 años vinculada al crimen organizado con medida de privación de libertad. Embarazada.
El juez otorga medida de cambio de medida a su domicilio para protegerla en la contingencia.
A tres días se realiza visita de seguimiento y no se encuentra en su domicilio.
1. ¿Qué medidas de protección integral se requieren?
2. ¿Qué medidas de protección Especial?
3. ¿Qué medidas corresponden aplicar al Sistema de Justicia?
Francisco Castellanos
Director de Coordinación [email protected]
55 5242 8100 Ext. 36509Londres No. 102 Piso 5, Col Juárez
CP 06600. Ciudad de México