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Jornada continua

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PROYECTO DE JORNADA CONTINUA PARA EL CURSO 2013 – 2014 COLEGIO SAN JOSE C/ ASILO, 1. SANTANDER 1
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PROYECTO DE JORNADA CONTINUA

PARA EL CURSO

2013 – 2014

COLEGIO SAN JOSE

C/ ASILO, 1. SANTANDER

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1. INTRODUCCION

La elaboración del presente Proyecto de Jornada Continua se realiza siguiendo las instrucciones de la Dirección General de Personal y Centros Docentes para que los Centros que imparten educación Infantil y/o Primaria puedan modificar la distribución del horario lectivo, de 17 de diciembre de 2012 y de conformidad con lo dispuesto en la Orden EDU/65/2010, de 12 de agosto que aprueba las instrucciones que regulan la organización y funcionamiento de las escuelas infantiles, de los colegios de educación primaria(…), y el artículo 23, apartado 2 de la EDU/23/2011, de 29 de marzo.

Uno de los objetivos Generales de nuestro Proyecto Educativo de Centro es la apertura del mismo al entorno y al contacto del alumnado con él. Basándonos en esto consideramos muy positivo la puesta en marcha de actividades que contribuyan a conseguir este objetivo, a la vez que complementan la Educación Integral del niño/a, objetivo último de todo proceso educativo.

Manteniendo el principio expuesto valoramos también de forma muy positiva el que nuestros alumnos/as se pongan en contacto con materias no regladas, aunque si puedan ser complementarias de su currículo, que le proporcionen una actividad gratificante ya que la rigidez de los esquemas escolares apenas se lo permite dentro del horario lectivo.

Las actividades a realizar están en la misma dirección de los Objetivos que nuestro Centro tiene programados en su PEC. Están orientados al desarrollo de capacidades (de comunicación, expresión, razonamiento lógico, autonomía personal, creatividad......) y de valores – actitudes (cooperación, convivencia, autoestima, compañerismo, solidaridad....).

En reunión del Consejo Escolar del día 14 de diciembre de 2012 se decidió por mayoría iniciar el proceso.

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2. JUSTIFICACION DEL PROYECTO

2.1.CRITERIOS GENERALES PARA LA MODIFICACIÓN DE JORNADA ESCOLAR:

La realidad social se encuentra sumida en un momento de cambio constante que afecta a todos los aspectos de la vida social y, por lo tanto, a la escuela. Ésta, al igual que todos los organismos e instituciones, no puede permanecer al margen sino que, por el contrario, debe adecuarse, dentro de sus posibilidades, a lo que la sociedad demanda en cada momento.

La propuesta que esta Comunidad Educativa hace sobre la implantación de la jornada continuada, está fundamentada básicamente en los siguientes criterios:

A) CRITERIOS PSICOPEDAGÓGICOS:

• El rendimiento escolar es mayor durante la jornada de mañana que en las horas inmediatamente posteriores a la comida por razones fisiológicas obvias.

• La disposición de más tiempo libre por la tarde debe contribuir a incrementar progresivamente la capacidad de autonomía en el aprendizaje por parte del alumnado, favoreciendo su capacidad de organización y autocontrol.

• No se producen interrupciones horarias que perjudiquen a la atención, sino al contrario, ya que el alumnado está en clase en los periodos de mayor rendimiento.

• Posibilita el que las actividades formativas extraescolares constituyan, frente a las estrictamente regladas y de carácter intelectual, un atractivo para el cambio de actitud y motivación por parte del alumnado al no poseer el carácter de obligatoriedad y, al mismo tiempo, posibilitar una elección más acorde con sus intereses, inquietudes y habilidades, que quizás le proporcionen una mayor satisfacción. Estas actividades formativas complementan la Educación Integral del alumno/a: objetivo último de todo proceso educativo.

B) CRITERIOS SOCIO-FAMILIARES:

• La incorporación de las mujeres (madres) al trabajo hace incompatible, con frecuencia, el horario laboral con la jornada escolar (el horario de recogida de sus hijos del Centro no coincide con los horarios más habituales).

• La progresiva generalización de los horarios de trabajo a jornada continua hace que la jornada escolar no coincida con los horarios laborables de muchos padres y madres.

• Es creciente de la demanda por parte de las familias de otras actividades en horario extraescolar, que favorezcan la formación de sus hijos, encaminadas a la utilización racional del tiempo libre.

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• Aumenta el número de horas de convivencia de los miembros de la unidad familiar, mejorando aquellos aspectos educativos de hábitos y costumbres así como de modales, al utilizar tiempos aprovechables orientados a la educación en valores y conductas, desde el seno de la familia, lo que favorece la comunicación entre padre e hijos y sirve de base para la implicación activa de los padres y madres en la educación de sus hijos.

• El desarrollo socio-económico y cultural, ha hecho posible la existencia de otras múltiples opciones de carácter público y privado que amplían la oferta de actividades formativas al margen del colegio.

• Se evita la perdida del tiempo invertido en desplazamientos.

2.2. OBJETIVOS A ALCANZAR CON LA JORNADA CONTINUA.

Teniendo como fin primordial el desarrollo armónico e integral de nuestros alumnos/as, los objetivos que nos hemos propuesto con la jornada continua son:

1. Armonizar el horario escolar con la realidad social.2. Dar respuesta a las necesidades de una amplia mayoría de familias de nuestro Centro

que vienen demandando la racionalización de la jornada escolar y familiar con el objeto de:

Hacer más compatible la vida familiar y laboral.

Posibilitar una mayor disponibilidad de los padres con los hijos.

Facilitar la organización y el aprovechamiento del tiempo que los padres comparten con sus hijos.

Compatibilizar el horario de los hermanos que están en diferentes etapas.

Favorecer la compatibilidad de las actividades escolares con las extraescolares, igualmente importantes para un desarrollo saludable.

3. Rentabilizar el tiempo que los alumnos/as pasan en el Colegio eliminando “el tiempo muerto” de medio día que contribuye a sobrecargar los periodos de tarde impidiendo, en muchos casos, que puedan acceder a realizar otras actividades y que tengan una convivencia relajada con sus padres.

4. Contribuir a generar una actitud más positiva del alumnado hacia el ámbito educativo y que no tenga la sensación de que su vida está ligada desde que se levanta hasta que se acuesta a lo escolar.

5. Facilitar la tarde de los viernes para actividades familiares conjuntas y dilatar el fin de semana para posibles viajes y desplazamientos.

6. Contribuir a la creación de un nuevo marco de participación y colaboración de las familias e Instituciones de nuestro entorno.

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7. Posibilitar a las familias que así lo deseen, el que sus hijos permanezcan una hora o dos más en el Centro, de lunes a jueves, siempre que la demanda de actividades extraescolares y complementarias lo permitan.

8. Posibilitar al profesorado, un horario más flexible para la realización de Proyectos de Formación, de Seminarios y de grupos de trabajo, que a su vez redundarán en beneficio de la Educación de los propios alumnos.

3. DESARROLLO DEL PROYECTO

3.1. PROCEDIMIENTO REALIZADO SEGÚN LA ORDEN

El procedimiento a seguir será el que se indica en las instrucciones de la Dirección General de Personal y Centros Docentes para que los Centros que imparten educación Infantil y/o Primaria puedan modificar la distribución del horario lectivo, de 17 de diciembre de 2012 y de conformidad con lo dispuesto en la Orden EDU/65/2010, de 12 de agosto que aprueba las instrucciones que regulan la organización y funcionamiento de las escuelas infantiles, de los colegios de educación primaria(…), y el artículo 23, apartado 2 de la EDU/23/2011, de 29 de marzo.

HORARIO DEL CENTRO

De septiembre a junio*DE 7.45 A 9.00 HORAS LUDOTECA / GUARDERIA

DE 9.00 A 14.00 HORAS ACTIVIDADES LECTIVAS

DE 14.00 A 15.00 HORAS COMEDOR

DE 15.00 A 17.00 HORAS ACTIVIDADES FORMATIVAS EXTRAESCOLARES

*Los meses de junio y septiembre en función el calendario que establezca la Consejería de Educación.

EDUCACION INFANTILHORA LUNES MARTES MIERCOLES JUEVES VIERNES

7.45 a 9.00 GUARDERIA / LUDOTECA

GUARDERIA / LUDOTECA

GUARDERIA / LUDOTECA

GUARDERIA / LUDOTECA

GUARDERIA / LUDOTECA

9.00 a 10.40 ACTIVIDADES LECTIVAS

ACTIVIDADES LECTIVAS

ACTIVIDADES LECTIVAS

ACTIVIDADES LECTIVAS

ACTIVIDADES LECTIVAS

10.40 a 11.00 RECREO RECREO RECREO RECREO RECREO

11.00 a 12.20 ACTIVIDADES ACTIVIDADES ACTIVIDADES ACTIVIDADES ACTIVIDADES

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LECTIVAS LECTIVAS LECTIVAS LECTIVAS LECTIVAS

12.20 a 12.50 RECREO RECREO RECREO RECREO RECREO

12.50 a 14.00 ACTIVIDADES LECTIVAS

ACTIVIDADES LECTIVAS

ACTIVIDADES LECTIVAS

ACTIVIDADES LECTIVAS

ACTIVIDADES LECTIVAS

14.00 a 15.00 COMEDOR COMEDOR COMEDOR COMEDOR COMEDOR

15.00 a 17.00 ACTIVIDADES COMPLEMENTARIAS FORMATIVAS Y EXTRAESCOLARES

ACTIVIDADES COMPLEMENTARIAS FORMATIVAS Y EXTRAESCOLARES.

ACTIVIDADES COMPLEMENTARIAS FORMATIVAS Y EXTRAESCOLARES.

ACTIVIDADES COMPLEMENTARIAS FORMATIVAS EXTRAESCOLARES.

EDUCACION PRIMARIAHORA LUNES MARTES MIERCOLES JUEVES VIERNES

7.45 a 9.00 GUARDERIA / LUDOTECA

GUARDERIA / LUDOTECA

GUARDERIA / LUDOTECA

GUARDERIA / LUDOTECA

GUARDERIA / LUDOTECA

9.00 a 11.00 ACTIVIDADES LECTIVAS

ACTIVIDADES LECTIVAS

ACTIVIDADES LECTIVAS

ACTIVIDADES LECTIVAS

ACTIVIDADES LECTIVAS

11.00 a 11.30 RECREO RECREO RECREO RECREO RECREO

11.30 a 14.00 ACTIVIDADES LECTIVAS

ACTIVIDADES LECTIVAS

ACTIVIDADES LECTIVAS

ACTIVIDADES LECTIVAS

ACTIVIDADES LECTIVAS

14.00 a 15.00 COMEDOR COMEDOR COMEDOR COMEDOR COMEDOR

15.00 a 17.00 ACTIVIDADES COMPLEMENTARIAS FORMATIVAS Y EXTRAESCOLARES.

ACTIVIDADES COMPLEMENTARIAS FORMATIVAS Y EXTRAESCOLARES.

ACTIVIDADES COMPLEMENTARIAS FORMATIVAS Y EXTRAESCOLARES.

ACTIVIDADES COMPLEMENTARIAS FORMATIVAS Y EXTRAESCOLARES.

4. ACTIVIDADES COMPLEMENTARIAS FORMATIVAS Y EXTRAESCOLARES.

Se realizarán de acuerdo con la programación y distribución que se especifique en cada una de ellas, según propuesta, estudio, acuerdo y aprobación del Claustro y Consejo Escolar. El horario acordado para estas actividades queda fijado de 15.00 a 17.00 horas, de lunes a jueves, del primero de Octubre al 31 de Mayo. Tanto el Claustro de Profesores como los componentes del Consejo Escolar opinan que estas actividades deben reunir las siguientes características:

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• Serán actividades formativas, no necesarias para el logro de los objetivos curriculares.

• La participación en estas actividades será libre y voluntaria, pero, una vez elegidas, debe existir un compromiso por parte de los padres en relación con la asistencia de sus hijos/as.

• Irán dirigidas a todo el alumnado del Centro, no tendrán, en ningún caso, carácter lucrativo.

• Las actividades no podrán ser causa de discriminación alguna entre el alumnado del

Centro.

La oferta de actividades de nuestro Centro para el horario de tarde intentara acomodarse a las posibilidades que tenemos y a las preferencias manifestadas por los padres de nuestros alumnos y de ellos mismos.

Las actividades previstas serán impartidas por monitores, estando el precio de las mismas en proporción al número de alumnos inscritos y dependiendo de las ayudas aportadas por las Instituciones.

La Organización de las actividades extraescolares estará en función de la demanda que los alumnos, o mejor, los padres y madres de alumnos, planteen.

El Centro ofrece el soporte de dicha organización:

a) Garantizando la apertura del Colegio y de las instalaciones debidamente controlados.

b) Requiriendo el compromiso de las entidades colaboradoras.

c) Estructurando y configurando la organización, para hacer viable el desarrollo simultáneo y razonable de todas las actividades.

Los padres que deseen una o varias actividades para sus hijos deben contribuir a su financiación, aunque ésta dependerá, como ya se ha dicho, del número de alumnos inscritos y de las ayudas que nos proporcionen las instituciones.

4.1. OBJETIVOS GENERALES DE LAS ACTIVIDADES EXTRAESCOLARES.

Ofrecer a los alumno/as del Colegio y a la Comunidad Educativa, la posibilidad de involucrarse en las distintas actividades extraescolares del Centro.

Facilitar la compatibilidad horaria de las familias.

Contribuir al desarrollo integral del alumno/a, poniéndolo en contacto con diferentes técnicas y situaciones de aprendizaje a fin de potenciar aquellas habilidades que se pretenden con las actividades propuestas.

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Estimular y potenciar aptitudes relacionadas con la creatividad, expresión corporal y artística, autoestima, autonomía personal, desarrollo físico e intelectual,.....

Estimular y potenciar actitudes de compañerismo, ayuda, cooperación, trabajo en equipo, convivencia, orden, hábitos de comportamiento, responsabilidad,...

Utilizar los espacios y los recursos del Colegio para poner al alumno/a en contacto con otras personas, situaciones y lugares de las que habitualmente conoce.

4.2. IMPLICACIÓN DEL PROFESORADO EN ESTAS ACTIVIDADES.

El Claustro, a la hora de elaborar y aprobar el presente proyecto de actividades formativas complementarias, además de comprometerse a coordinar y hacer un seguimiento de las mismas, acuerda también dejar constancia de que estas deben cumplir tanto las expectativas que toda la comunidad educativa espera de ellas, como su normal funcionamiento y desarrollo. En cumplimiento de este compromiso el seguimiento de las actividades será llevado a efecto por los coordinadores que el profesorado nombre y por los monitores. Ambos mantendrán al corriente al Equipo Directivo de aquellas incidencias dignas de ser tenidas en cuenta mientras dura la actividad.

4.3. DISPONIBILIDAD DE RECURSOS PARA SUFRAGAR LAS ACTIVIDADES:

Tomar la decisión de optar por la jornada continuada supone la posibilidad de obtener recursos de las Instituciones para que se puedan llevar a cabo las actividades formativas complementarias con el menor costo posible para aquellas familias que deseen, de manera libre y voluntaria, que sus hijos/as participen en las mismas.

Lógicamente el costo de las mismas estará en función de la actividad, nº de usuarios y recursos que se obtengan de las Instituciones.

4.4. PROGRAMA DE ACTIVIDADES FORMATIVAS EXTRAESCOLARES.

No se pueden determinar de antemano las actividades CONCRETAS, porque solo se llevarían a cabo aquellas demandadas por un número mínimo de alumnos. A modo orientativo se proveen:

Inglés activo Baile moderno

Iniciación al deporte

Karate

Informática

Taller de actividades artísticas.

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Además, el centro propondrá:

Programa de Acompañamiento Escolar (ayuden las tareas y actividades escolares, técnicas y hábitos de estudio) de lunes a jueves.

Apertura de biblioteca.

Actividades de animación a la lectura.

Todas estas actividades formativas se concretaran y detallaran en el caso de llevarse a cabo la implantación de la Jornada Continúa, en la propuesta definitiva de cambio horario a la Dirección General de Personal y Centros Docentes

Santander, a 16 de Enero de 2013

La Directora.

Fdo.: Rosa María Sagredo González

Conse je r ía de Educac ión , Cu l tu ra y Depor te

DIRECCIÓN GENERAL DE ORDENACIÓN E INNOVACIÓN EDUCATIVA

INSTRUCCIONES DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE PERSONAL Y CENTROS DOCENTES PARA QUE LOS CENTROS QUE IMPARTEN EDUCACIÓN INFANTIL Y/O PRIMARIA PUEDAN MODIFICAR LA DISTRIBUCIÓN DEL HORARIO LECTIVO

La Orden EDU/65/2010, de 12 de agosto, que aprueba las instrucciones que regulan la organización y funcionamiento de las escuelas infantiles, de los colegios de educación primaria y de los colegios de educación infantil y primaria de la Comunidad

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Autónoma de Cantabria, modificada por la Orden EDU/23/2011, de 29 de marzo, establece, en su artículo 23, apartado 2, la posibilidad de que los centros educativos a los que se refiere dicha orden puedan proponer a la Consejería de Educación, Cultura y Deporte una distribución del horario lectivo diferente a la que tuvieran establecida hasta ese momento. Con la finalidad de concretar algunos aspectos relativos a las propuestas que puedan realizar los centros educativos, se dictan las siguientes

INSTRUCCIONES

Primera. Los centros respetarán lo dispuesto en el artículo 23, apartado 2, de la Orden EDU/65/2010, de 12 de agosto.

Segunda. Las actuaciones de los centros se ajustarán al siguiente calendario:

a) Antes del 20 de enero de 2012, los directores de los centros deberán notificar al inspector de referencia, mediante el modelo de solicitud que recoge el anexo I, el inicio del procedimiento, acompañando a esta notificación una propuesta provisional de modificación de horario según los dispuesto en las instrucciones cuarta y quinta y el calendario que recoja las actuaciones incluidas en el artículo 23, apartado 2 de la Orden EDU/65/2010, de 12 de agosto, en la redacción dada por la Orden ECD/115/2012, de 7 de diciembre. Se hará especial referencia a la fecha de realización de la consulta a las familias, para permitir la supervisión del proceso por el servicio de inspección de educación.

b) El titular de la Dirección General de Personal y Centros Docentes, antes del 31 de enero, evaluará las propuestas presentadas y autorizará su tramitación, pudiendo indicar, a través de una comisión presidida por el jefe del servicio de inspección de educación y de la que, además, formarán parte un inspector de educación, los jefes de las unidades técnicas de ordenación académica e innovación educativa y el coordinador de atención al alumno y servicios complementarios de la Consejería de Educación, Cultura y Deporte, la mejora o subsanación de determinados aspectos de la propuesta necesarios para garantizar su viabilidad. Estas indicaciones, una vez comunicadas a los centros y en el caso de que éstos decidan continuar su tramitación, tendrán carácter vinculante, debiendo

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integrarse en la propuesta antes de iniciarse las consultas a los distintos sectores de la comunidad educativa.

c) Una vez autorizada la tramitación y, en su caso, integradas las indicaciones realizadas por la Dirección General de Personal y Centros Docentes, el equipo directivo del centro solicitará informe del ayuntamiento en el que esté ubicado el centro acerca de la idoneidad de la propuesta.

d) Emitido el informe al que se refiere el apartado anterior, el equipo directivo presentará la propuesta al claustro de profesores, requiriéndose para su aprobación mayoría de dos tercios de sus miembros. En la presentación de la propuesta al claustro de profesores deberá adjuntarse el informe del ayuntamiento.

e) Igualmente, el equipo directivo presentará la propuesta, junto al informe del ayuntamiento a los padres, madres y representantes legales de los alumnos para su conocimiento y consulta, según lo dispuesto en la instrucción tercera y considerando el censo actualizado disponible para las elecciones al consejo escolar.

f) Una vez cumplidos los trámites establecidos en los apartados c), d) y e) de esta instrucción, el consejo escolar aprobará, en su caso, la propuesta presentada.

g) Aprobada la propuesta por el consejo escolar y antes del 15 de febrero, los centros presentarán, mediante el modelo que se recoge en el anexo II, la solicitud de modificación de la distribución del horario lectivo al titular de la Dirección General de Personal y Centros Docentes para que resuelva. La solicitud, acompañada de la documentación complementaria que se indica en este anexo se presentará en el registro de dicha Consejería, calle Vargas, 53, 7ª planta, 39010, Santander, o en cualquiera de los lugares establecidos en el artículo 105, apartado 4, de la Ley 6/2002, de 10 de diciembre, de Régimen Jurídico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

h) El titular de la Dirección General de Personal y Centros Docentes resolverá lo que proceda en cada caso, con antelación al inicio del periodo de escolarización ordinario.

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Tercera. El proceso de aprobación por parte de las familias se realizará conforme a lo dispuesto en el artículo 23.2. e) de la Orden EDU/65/2010, de 12 de agosto, salvaguardando los requisitos básicos de legalidad y autenticidad y siguiendo los mismos criterios establecidos para las votaciones al consejo escolar en la Orden ECD/13/2011, de 27 de septiembre, que regula el procedimiento de elección de los miembros del consejo escolar en los centros educativos públicos que imparten enseñanzas no universitarias de la Comunidad Autónoma de Cantabria. En consecuencia, en el desarrollo del proceso deberán tenerse en cuenta las siguientes consideraciones:

a) Para llevar a cabo la consulta, en cada centro se constituirá una mesa de votación formada por el director del centro, que actuará como presidente, y dos padres o representantes legales, uno de ellos elegido por sorteo, entre los representantes de los padres en el consejo escolar y el segundo elegido de esta misma forma entre los padres y madres de alumnos del centro. El padre, madre o representante legal de menor edad actuará como secretario de la mesa. El director del centro adoptará las medidas necesarias para garantizar, mediante el nombramiento de un número suficiente de vocales suplentes, la constitución de la mesa de votación el día de la consulta.

b) Las familias deberán ser debidamente informadas de las condiciones e implicaciones de la puesta en marcha de la propuesta de modificación horaria, figurando necesariamente, entre otros aspectos, las circunstancias de transporte y comedor expuestas en las instrucciones sexta y séptima.

c) El ejercicio del derecho al voto corresponderá tanto al padre como a la madre (tienen el derecho a votar los dos) o, en su caso, al representante legal que conste en las listas definitivas del censo. Este derecho deberá ejercerse personalmente el día de la consulta o, en su caso, mediante voto por correo. En ningún caso los hijos podrán introducir el voto en la urna en lugar de sus padres.

d) El voto será secreto. Se considerará voto nulo aquel en el que la papeleta o el sobre que contenga el voto tenga algún elemento identificativo del votante o cualquier otro que vulnere el secreto de voto.

e) En el caso de presentación del voto por correo, éste deberá estar en posesión de la mesa de votación el día anterior a la celebración de la misma. A este fin, los electores harán llegar al presidente de la mesa de votación, los siguientes documentos:

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1º. Instancia solicitando su derecho a ejercer el voto por correo, en la que se hará constar su nombre, apellidos y número del documento nacional de identidad.

2º. Fotocopia del documento nacional de identidad.

3º. Sobre cerrado con la papeleta del voto cumplimentada.

Los documentos serán remitidos al presidente de la mesa de votación dentro de un sobre con el epígrafe: “Consulta sobre modificación de horario del centro. Voto por correo” y el nombre del centro. En el remite del sobre figurará el nombre y los dos apellidos del votante. Sin estos datos, el voto por correo no será admitido.

Los centros educativos facilitarán toda la documentación necesaria para el ejercicio de este derecho.

Los electores que utilicen el sistema de voto por correo podrán hacerlo mediante sobre con franqueo. Asimismo, los electores o sus cónyuges podrán hacer entrega del voto en el propio centro educativo hasta el día anterior al de la votación. El director del centro dejará constancia de la entrega del voto.

Las cartas recibidas serán custodiadas por el director del centro hasta el día de la consulta, en el que las presentará en la mesa, junto a una relación en la que figuren los nombres y apellidos de los votantes.

No obstante todo lo anterior, si el votante por correo se presentase el día de la consulta para ejercer personalmente su derecho al voto, se procederá a anular la papeleta del voto por correo. Esta circunstancia deberá reflejarse en el acta que se redacte al finalizar el escrutinio.

Para garantizar el carácter secreto del voto, una vez finalizadas las votaciones y antes del escrutinio, el presidente de la mesa introducirá en la urna los sobres cerrados con las papeletas del voto de los votantes por correo, previa comprobación de los documentos exigidos anteriormente.

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f) Para la aprobación de la propuesta, se requerirá el voto favorable del 80 por ciento de los votos validamente emitidos (con exclusión, por tanto, de los votos nulos) siempre que éstos, a su vez, representen al menos el 65 por ciento del censo total de votantes, considerando en este caso que ambos progenitores titulares de la patria potestad tienen derecho a voto.

g) El proceso de votación será supervisado por el inspector del centro, para lo cual podrá personarse en cualquier momento del mismo.

Cuarta. La propuesta establecerá una jornada escolar que no suponga reducción sobre la establecida con carácter general y deberá incluir los siguientes aspectos:

a) Justificación.

b) Distribución del horario lectivo.

c) Aspectos organizativos y previsiones de coordinación

d) Previsiones para la organización de los servicios de transporte escolar y comedor, teniendo en cuenta las instrucciones sexta y séptima.

Quinta. Adicionalmente, los centros podrán incluir en la propuesta actividades complementarias. En este caso, la propuesta deberá recoger, además de los señalados anteriormente, los siguientes aspectos:

a) Ámbitos de intervención educativa, especialmente los referidos a:

1º. Refuerzo educativo y acompañamiento escolar en horario no lectivo cuando la oferta educativa del centro así lo tenga establecido

2º. Potenciación de las competencias básicas, especialmente la competencia en comunicación lingüística (incluyendo las lenguas extranjeras) y la competencia

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matemática, cuando se detecten carencias significativas en dichas competencias en los diferentes procesos de evaluación.

b) Actuaciones y actividades. Estas deberán contemplar el compromiso escrito por parte de las entidades colaboradoras en las actividades de tarde: Ayuntamiento, familias, AMPA, asociaciones, etc. Dicho compromiso tendrá que garantizar la estabilidad y sostenibilidad de las actuaciones que dichas entidades desarrollen.

c) Distribución horaria de las actividades.

d) Horario de apertura del centro, especificando:

1º. Tiempo lectivo y no lectivo.

2º. Horario individual del profesorado, funciones y actividades que realizan o de las que son responsables.

3º. Previsiones adicionales para la organización de los servicios de transporte escolar y comedor, teniendo en cuenta las instrucciones sexta y séptima.

e) Informe del director precisando quiénes de los profesores participantes en la propuesta tienen destino definitivo en el centro.

f) Entidades, organismos, etc., que colaboren en el desarrollo de las actividades. Coordinación con el profesorado del centro.

g) Mecanismos de financiación.

h) Proceso de seguimiento y evaluación.

Todas las actividades que, en su caso, se desarrollen en horario de tarde durante los días lectivos de la semana serán responsabilidad del equipo docente del centro, por lo que se ha de garantizar la presencia de, al menos, un docente a lo largo de todas las ellas. En el marco de su autonomía, cada centro decidirá la organización que considere más

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conveniente para desempeñar dicha responsabilidad: rotación del profesorado por ciclos durante la semana u otra organización que el centro decida.

En este caso, será obligatoria la asistencia de todo el profesorado del centro al menos una tarde a la semana, que será coincidente para todos ellos.

Sexta. En los centros con transporte escolar, que dispongan de un plan de refuerzo, orientación y apoyo (PROA) o recojan en sus propuestas un programa propio de refuerzo educativo y acompañamiento escolar en horario no lectivo, habrá tres trayectos: uno de recogida de todo el alumnado por la mañana hacia el colegio; un trayecto de vuelta a casa al mediodía; y un trayecto de vuelta a casa al final de las actividades vespertinas. Esta organización sólo podrá ser modificada por los centros en el servicio prestado durante el tercer trayecto y deberá constar expresamente en la propuesta de cambio de horario que se presente a las familias.

No obstante, los centros con transporte escolar cuyos proyectos de modificación de la distribución horaria hayan sido aprobados en convocatorias anteriores y recojan actividades distintas de las previstas en este apartado (Plan PROA y planes propios de refuerzo educativo) dispondrán igualmente de estos tres trayectos durante el curso 2013-2014.

Séptima. La prestación del servicio complementario de comedor escolar en el centro con jornada continuada estará supeditada a la presentación, en la propuesta de modificación del horario lectivo, de un plan de actividades complementarias o al desarrollo de un plan de refuerzo, orientación y apoyo (PROA).

 

En estos centros, la concesión gratuita de la prestación del servicio de comedor por motivos de transporte escolar tendrá carácter absolutamente excepcional y deberá estar fundada en razones derivadas de la distancia del domicilio familiar y/o tiempo de desplazamiento, requiriendo, en todo caso, la participación del alumno en las actividades vespertinas programadas. Esta participación, por el contrario, no será necesaria en el caso de prestación del servicio con carácter gratuito parcial por motivos socioeconómicos

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Octava. Los centros autorizados por el titular de la Dirección General de Personal y Centros Docentes deberán mantener la nueva distribución del horario lectivo durante, al menos, dos cursos escolares a partir de su entrada en vigor. Una vez transcurrido este periodo, cualquier nueva modificación de dicha distribución deberá realizarse siguiendo los trámites descritos en este apartado. No obstante, cuando la propuesta de modificación afecte a aspectos concretos distintos de la distribución del horario lectivo, los centros trasladarán su solicitud justificada, previo acuerdo del consejo escolar, ante la Dirección General de Personal y Centros Docentes, que resolverá”.

Novena. Recursos.

a) La autorización a un centro público para implantar un horario diferente al actual no supondrá, en ningún caso, para la Consejería de Educación, Cultura y Deporte incremento de los recursos que el centro tiene asignados, tanto presupuestarios como de plantilla.

b) La autorización a un centro privado concertado para implantar un horario diferente al establecido con carácter general en ningún caso supondrá modificación de las condiciones establecidas en el concierto suscrito entre el órgano competente de la Consejería de Educación, Cultura y Deporte y el titular de dicho centro. Estos centros no necesitarán el informe del órgano de gobierno del ayuntamiento en el que se hallen ubicados.

Santander, a 17 de diciembre de 2012

La directora general de Personal y Centros Docentes

Mª Luisa Sáez de Ibarra Trueba

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ANEXO I

SOLICITUD DE AUTORIZACIÓN DE TRAMITACIÓN

D/Dña…………………………………………………………………………………………….

Director/a del centro…………………………………………………………. ………………..

NIF y código del centro………………………………………………………………………...

Dirección y teléfono …………………………………………………………………………....

Localidad………………………………………………… C.P………………………………...

e-mail…………………………………………………………………………………………….

SOLICITA: Autorización para iniciar la tramitación del proyecto de modificación del horario lectivo que el centro tiene actualmente establecido, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 23.2.c) de la Orden EDU/65/2010, de 12 de agosto, que aprueba las instrucciones que regulan la organización y funcionamiento de las escuelas infantiles, de los colegios de educación primaria y de los colegios de educación infantil y primaria de la Comunidad Autónoma de Cantabria, en redacción dada por la Orden ECD/115/2012, de 7 de diciembre.

Para ello, se adjunta la siguiente documentación:

Propuesta correspondiente al centro.

Otra documentación que se considere oportuna (especificar)

. ……………………………………………………………………………………………..................................................................................................................................................................................

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...............................................................................................................................................................

....

Observaciones:

En. .............................., a .... de. ................... de 20….

El Director/a

(Sello y firma)

Fdo.:

SRA. DIRECTORA GENERAL DE PERSONAL Y CENTROS DOCENTES.

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ANEXO II

SOLICITUD DE MODIFICACIÓN DE DISTRIBUCIÓN DEL HORARIO LECTIVO

D/Dña…………………………………………………………………………………………….

Director/a del centro…………………………………………………………. ………………..

NIF y código del centro………………………………………………………………………...

Dirección y teléfono …………………………………………………………………………....

Localidad………………………………………………… C.P………………………………...

e-mail…………………………………………………………………………………………….

SOLICITA: Autorización para implantar una distribución del horario lectivo diferente a la que el centro tenga establecida con anterioridad, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 23.2 de la Orden EDU/65/2010, de 12 de agosto, que aprueba las instrucciones que regulan la organización y funcionamiento de las escuelas infantiles, de los colegios de educación primaria y de los colegios de educación infantil y primaria de la Comunidad Autónoma de Cantabria, en redacción dada por la Orden ECD/115/2012, de 7 de diciembre

Para ello, se adjunta la siguiente documentación:

Certificado del director que acredite que el proyecto presentado es el autorizado por la Consejería de Educación, Cultura y Deporte.

Certificado de la sesión del consejo escolar.

Informe del órgano de gobierno del ayuntamiento donde esté ubicado el centro.

Certificado de la sesión del claustro de profesores.

Acta del resultado de la consulta a la totalidad de las familias.

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Otra documentación que se considere oportuna (especificar). …………………….

…………………………………………………………………………………………….......

Observaciones:

En. .............................., a .... de. ................... de 20...

El Director/a

(Sello y firma)

Fdo.:

SRA. DIRECTORA GENERAL DE PERSONAL Y CENTROS DOCENTES

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