Date post: | 24-Nov-2018 |
Category: |
Documents |
Upload: | truongdang |
View: | 222 times |
Download: | 0 times |
INDICADOR #1: TASA DE HOMIDICIOS POR CIEN MIL HABITANTES
35
43 43 41
49.92 53.72 55.89
33.57 30.7 37
46.2 49.9
57.9
66.8
77.5
86.5 85.5 79
68
60
0
10
20
30
40
50
60
70
80
90
100
Año1996
Año1997
Año1998
Año1999
Año2000
Año2001
Año2002
Año2003
Año2004
Año2005
Año2006
Año2007
Año2008
Año2009
Año2010
Año2011
Año2012
Año2013
Año2014
Año2015
TASA NACIONAL DE HOMICIDIOS HONDURAS, C.A.
PERIODO: 1996-2015
Fuente: PNH, MP , UNAH
INDICADOR #2: HOMICIDIOS POR ARMA DE FUEGO
1836 2359 2472
3514 4288
5201 6009 5980
5626
4626 3863
580 659 790 959 977 1038 1095 1192 1131 1310 1283
0
1000
2000
3000
4000
5000
6000
7000
año 2005 año 2006 año 2007 año 2008 año 2009 año 2010 año 2011 año 2012 año 2013 año 2014 año 2015
DISTRIBUCIÓN DE FRECUENCIA HOMICIDIOS POR ARMA DE FUEGO VRS. OTROS MECANISMOS DE LESIÓN
PERIODO 2005-2015 N=45774 VÍCTIMAS DE HOMICIDIO PAF
Homicidios por Arma deFuego otros mecanismos
Fuente:UNAH-2005/2014
INDICADOR #3: SUICIDIO
30 39 67 72
100
49 52 54 35 31 37
80
215 185
244
322
275 264 268 247 230
293
0
50
100
150
200
250
300
350
año 2005 año 2006 año 2007 año 2008 año 2009 año 2010 año 2011 año 2012 año 2013 año 2014 año 2015
DISTRIBUCIÓN DE FRECUENCIA SUICIDIO POR ARMA DE FUEGO VRS. OTROS MECANISMOS DE LESIÓN
PERIODO 2005-2015 N=2,623
Suicidios paf otros mecanismos
Fuente: UNAH-2005/2014
INDICADOR #4: INCIDENCIA DELICTIVA
96153
142477
4223
15102
21995
81674
10367
2941
53798
0 20000 40000 60000 80000 100000 120000 140000 160000
INCIDENCIA DELITOS CONTRA INTEGRIDAD CORPORAL
INCIDENCIA DELITOS CONTRA LA PROPIEDAD
MENORES MALTRATADOS
MUJER AGREDIDA
VICTIMAS DE ABUSO SEXUAL
LESIONES CONFLICTO INTERPERSONAL
MUERTES TRÁNSITO VIAL
SUICIDIOS
HOMICIDIOS
DISTRIBUCIÓN DE FRECUENCIA INCIDENCIA DELICTIVA EN HONSURAS
PERIODO 2004-2014 N= 428,730
Fuente:UNAH-2005/2014
INDICADOR #5: CENSO MIEMBROS ACTIVOS EN MARAS Y PANDILLAS
4728 6000
12000
25000
36000
PNPRS JHA-JA ONUDC PNH USAID
CENSO MIEMBROS ACTIVOS M&P HONDURAS, C.A.
Fuente: InsigthCrime-2015
INDICADOR # 6: MIGRACIÓN EN ÑINEZ Y ADOLESCENCIA
4254
2681
703
178
52
46
37
RAZONES ECONÓMICAS
RAZONES FAMILIARES
VIOLENCIA O INSEGURIDAD
ESTUDIOS
SALUD
VIOLENCIA INTRAFAMILIAR
VIOLENCIA DOMESTICA
0 500 1000 1500 2000 2500 3000 3500 4000 4500
Motivaciones de migración en niñez y adolescencia hondureña retornada 2015
N=7951
Fuente: CENISS 2015
Indicador #7: MIGRANTES HONDUREÑOS RETORNADOS
41,244 40,341 36,240
52,599 62,460 59,473
35,212
5,638 4,463 3,339 5,591 9,522 13,276
7,263 1,434 1,148 902 1,394 3,051 4,977 3,380 314 233 246 419 1,057 3,225 2,049 0
10,000
20,000
30,000
40,000
50,000
60,000
70,000
2009 2010 2011 2012 2013 2014 2015 (a julio)
HONDUREÑOS RETORNADOS DE MEXICO Y EEUU ENERO 2009 - JULIO 2015
N= 400,490
HOMBRES (N= 327,569) MUJERES (N=49,092) NIÑOS (N= 16,286) NIÑAS (N= 7,543)
Fuente: Centro de Atención al Migrante Retornado (CAMR) e Instituto Nacional de Migración (INM)
INDICADOR #6: EFECTIVIDAD INSTITUCIONAL (MP)
41689 52965 59561 62463 56070 61999 68049 68846 72271
38449
23644 26104
35094 48507
45824 48924
52975 56089 53555
26445
4987
8005
8697
7825 8631
11174 11749 12154 11492
5395 18657
18099
26397 4682 37193
37750 41226 43935 42063
21050
0
20000
40000
60000
80000
100000
120000
140000
160000
180000
200000
AÑO 2002 AÑO 2003 AÑO 2004 AÑO 2005 AÑO 2006 AÑO 2008 AÑO 2009 AÑO 2010 AÑO 2011 AÑO 2012
COMPARATIVO DE LA EVALUACIÓN DEL DESEMPEÑO DEL MINISTERIO PÚBLICO DE DOS QUINQUENIOS (2002 -2006) - (2008-2012)
N= 582,362 DENUNCIAS RECIBIDAS
Denuncias Recibidas Denuncias Remitidas a la DGIC para Investigación
Denuncias Devueltas de la DGIC con Informe Investigativo Denuncias Sin Retorno
EL PARLAMENTO PROBLEMA IDENTIFICADO PROPUESTA
Ausencia de formación. Desarrollar un programa permanente de capacitación en materia de
seguridad ciudadana, orientado a parlamentarios, que opere al inicio de cada
legislatura.
Ausencia de una unidad de gestión del
conocimiento.
Desarrollar investigaciones parlamentarias sobre temas de seguridad
ciudadana. Para ello es necesario:
‐ Montar una unidad de gestión del conocimiento, integrada por los asesores de la
Comisión de Seguridad Pública.
‐ Estandarizar la fiscalización parlamentaria del Sistema Nacional de Seguridad
Ciudadana por medio de protocolos de procedimientos.
‐ Ampliar la interlocución del Parlamento con todos los subsistemas, con base en
los protocolos de procedimientos.
Dificultad para dar seguimiento al
cumplimiento de las leyes. Ninguna
Complicación para aplicar las técnicas de
fiscalización parlamentaria.
Ampliar los objetivos de fiscalización parlamentaria. En términos
generales, el Parlamento debe preocuparse de cuatro focos de interés:
‐ Control de las políticas
‐ Control de la organización.
‐ Control del desempeño.
‐ Control de la ejecución presupuestaria
Vinculaciones escasas y poco
institucionalizadas. Ninguna
Fuente: OEA- 2012
Diagnóstico #1: “Diagnóstico a la Policía Nacional de Honduras”
LÍNEAS PROBLEMAS FRECUENCIA
ASPECTOS ORGANIZACIONALES DE LA PNH 25
SEGURIDAD CIUDADANA 9
TRÁNSITO Y SEGURIDAD VIAL 22
ORGANIZACIONES 8
VÍA AÉREA 4
VÍA MARÍTIMA
PRECURSORES, SUSTANCIAS QUÍMICAS Y DROGAS DE SÍNTESIS 1
PRODUCCIÓN Y CULTIVOS ILÍCITOS 0
NARCOMENUDEO 6
ANTISECUESTRO Y ANTIEXTORSIÓN 6
INVESTIGACIÓN CRIMINAL 16
DELITOS TRANSNACIONALES 8
INTELIGENCIA POLICIAL 21
SISTEMA EDUCATIVO POLICIAL 9
TOTAL 135 Fuente: Policía Nacional de Colombia (Junio, 2010). “Diagnóstico a la Policía Nacional de Honduras”. Tegucigalpa, M.D.C.; Honduras, C .A.: República de Colombia.
Diagnóstico #2: “Lineamientos Generales de Asistencia Técnica para el Fortalecimiento de la Policía Nacional de Honduras”
“Policía con un marco legal y reglamentario deficiente, con urgentes necesidades de diseñar e implementar un plan estratégico y otro de desarrollo institucional. Institución que funciona en un contexto de crecientes demandas y criticas ciudadanas ante los elevados niveles de corrupción, criminalidad y
violencia, y una capacidad técnica disfuncional a la necesidad de dar respuesta al combate del delito. Organismo con importantes necesidades de mejora en:
administración y gestión interna, promoción y remoción de personal, formación y doctrina institucional.” (Ministerio del Interior y Seguridad
Pública de Chile, 2012).
Fuente: Carabineros de Chile (Marzo, 2012). “Lineamientos Generales de Asistencia Técnica para el fortalecimiento de la Policía Nacional de Honduras”. Tegucigalpa, M.D.C; Francisco Morazán, Honduras, C.A.: Apoyo de la República de chile a la república de Honduras.
Diagnóstico #3: Informe Síntesis Sobre el sistema Nacional de Seguridad Ciudadana de
Honduras
Sis
tem
a d
e S
eg
uri
dad
Ciu
dad
an
a d
e H
on
du
ras
Subsistema 1:
Secretaría de Seguridad
Subsistema 2:
Policía Nacional
Subsistema 3:
Sistema Penitenciario
Subsistema 4:
Poder Judicial
Subsistema 5:
Ministerio Público
Subsistema 6:
Seguridad Privada
Subsistema 7:
Parlamento
Fuente: Organización de los Estados Americanos (Marzo, 2012). “Un Examen del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana de Honduras”. Tegucigalpa, M.D.C.; Honduras, C.A.: OEA. S
ub
secto
res d
e S
eg
uri
dad
:
MInisterio de Seguridad Pública
Ministerio de Justicia
Ministerio de Defensa
Policía
Fuerzas Armadas
Sistema Penitenciario
Seguridad Privada
Parlamentos
Gobiernos Locales
Juntas, Consejos, comités del Poder Ejecutivo
Autoridades Administrativas
Su
bsecto
res d
e D
esarr
oll
o:
MInisterio de Salud
MInisterio de Desarrollo Económico
MInisterio de Desarrollo Social
MInisterio de Educación
Ministerio de Vivienda
Sociedad Civl Organizada
Empresa Privada
Diagnóstico #3: Informe Síntesis Sobre el sistema Nacional de Seguridad Ciudadana de Honduras
LÍNEAS PROBLEMÁTICAS FRECUENCIA
SECRETARÍA DE SEGURIDAD 10
POLICÍA NACIONAL 24
SISTEMA PENITENCIARIO 9
PODER JUDICIAL 6
MINISTERIO PÚBLICO 7
SEGURIDAD PRIVADA 10
EL PARLAMENTO 5
MARCO LEGAL 1
TÉCNICAS ESPECIALES DE INVESTIGACIÓN 1
COOPERACIÓN JURÍDICA INTERNACIONAL Y EXTRADICIÓN 1
REGLAMENTACIÓN DE INSTRUMENTOS OPERATIVOS 1
INTELIGENCIA POLICIAL 4
GENERAL 0
TOTAL 79
Fuente: Organización de los Estados Americanos (Marzo, 2012). “Un Examen del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana de Honduras”. Tegucigalpa, M.D.C.; Honduras, C.A.: OEA.
Diagnostico #4: Evaluación del Ministerio Público; República de Honduras
LÍNEAS PROBLEMÁTICAS FRECUENCIA
INVESTIGACIÓN Y PERSECUCIÓN CRIMINAL 14
RECLUTAMIENTO Y FORMACIÓN 9
USO EFECTIVO DEL PRESUPUESTO. 1
LA ORGANIZACIÓN Y GESTIÓN 8
CONTROL Y SANCIÓN 1
TOTAL 33
Fuente: Grupo consultor Embajada EEUU (Enero, 2013). “Evaluación del Ministerio Público República de Honduras”. Tegucigalpa, M.D.C.; Honduras, C.A.
Conclusión #1
• Es evidente, que el reto para el Estado de Honduras quedó bastante claro luego de recibir estos documentos que
significaron en su momento una clara radiografía de la condición y situación de la institucionalidad en materia de seguridad, en
adelante se requiere construir solución concreta a estos problemas como líneas prioritarias de acción.
Emisión Legislativa en Seguridad Ciudadana Enero 2010-Diciembre2015
5
18
19
17
14
3
6.5
789
473
68
23.6
84
210
53
25
22.3
68
421
05
18.4
2105
263
3.9
473
68
421
AÑO 2010 AÑO 2011 AÑO 2012 AÑO 2013 AÑO 2014 AÑO 2015
CONGRESO NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE HONDURAS EMISIONES LEGISLATIVAS
PERIODO ENE2010 -DIC2015 N=76
Emisiones Legislativas Porcentaje
Ley Sobre Privación Definitiva de Dominio de Bienes de Origen Ilícito
Identificación, recaudación y aseguramiento
de Bienes
Procedimiento especial
Facultades y actuaciones de operadores de
justicia
Obligaciones de personas naturales y
jurídicas
Meanismos legales de
protección de derechos de
personas afectadas
Aplicación de técnicas
especiales de investigación
Ley de Disponibilidad Emergente de Activos Incautados
Fuente: Decreto No. 235 - 2010
26 .
6
26 .
7
26 .
6
10
10
0 5 10 15 20 25 30
MINISTERIO PÚBLICO
SECRETARÍA DE SEGURIDAD
SECRETARÍA DE DEFENSA NACIONAL
SECRETARIA DE ESTADO DESPACHO PRESIDENCIAL (BONO 10,000)
SECRETARÍA DE ESTADO DEL DESPACHO DE DESARROLLO SOCIAL (PROGRAMA NACIONAL …
GRÁFICO No. 02. - ASIGNACIÓN EMERGENTE DE BIENES INCAUTADOS
DECRETO NO. 235 - 2010 N= 100%
Ley Especial de Órganos Jurisdiccionales con competencia Territorial Nacional en Materia Penal
No. DELITOS DE CRIMEN ORGANIZADO
1 Asesinato
2 Todos los delitos relacionados al tráfico de drogas regulados en la ley de Uso
Indebido y Tráfico Ilícito de drogas y sustancias psicotrópicas
3 Secuestro
4 Robo de vehículo
5 Lavado de activos
6 Trata de personas
7 Explotación sexual comercial
8 Terrorismo
9 Forestales
Ley de Seguridad Poblacional
No. TEMAS DE REGULACIÓN
1 CONTRIBUCIÓN ESPECIAL POR TRANSACCIONES FINANCIERAS
PROSEGURIDAD POBLACIONAL
2 CONTRIBUCIÓN ESPECIAL DE LA TELEFONÍA
3 CONTRIBUCIÓN ESPECIAL DE PROTECCIÓN AL MEDIO AMBIENTE
4 PORTABILIDAD NUMÉRICA
5 REGULARIZACIÓN DEL REGISTRO Y PORTACIÓN DE ARMAS
6 FIDEICOMISO PARA LA ADMINISTRACIÓN DEL FONDO DE PROTECCIÓN
Y SEGURIDAD POBLACIONAL
Ley de Seguridad Alimentaria o Nutricional Consejo Nacional de Seguridad Alimentaria
INSTITUCIONES ORGANIZACIONES
1. Secretario de Estado en el Despacho Presidencial
2. Secretario de Estado en el Despacho de Desarrollo
Social
3. Secretario de Estado en el Despacho de Agricultura
y ganadería
4. Secretario de Estado en el Despacho de Recursos
Naturales y Ambiente
1. Secretario de Estado en el Despacho de Salud
2. Secretario de Estado en el Despacho de Finanzas
3. Secretario Técnico de Planificación y Cooperación
Externa
4. Consejo Nacional de Educación
1. Representante de Organizaciones no
Gubernamentales de Desarrollo
1. Consejo Hondureño de Empresa Privada
2. Confederaciones de
Trabajadores de Honduras (CGT, CTH, CUTH)
1. Organizaciones Campesinas de Honduras
(COCOTH, CTC, CNC,
ANACH)
Sistema Nacional de Seguridad Alimentaria y Nutriciónal
Consejo Nacional de Seguridad Alimentaria y
Nutricional
Comisión de Vigilancia de Seguriad Alimentaria y
Nutricional
Comité Técnico Interinstitucional d
Seguridad Alimentaria y Nutricional (COTISAN)
Unidad Técnica de Seguridad Alimentaria y
Nutricional (UTSAN) Dependiencia de la
Secretaria de Estado del Despacho Presidencial
Reforma a la Constitución de la República en sus artículos 71 y 92.- extender el plazo de detención e incomunicación de personas que son investigadas por la comisión de un delito, el plazo establecido hasta ese momento eran 24 horas y se extendió a 48 horas para ampliar la
oportunidad a la policía y la fiscalía de obtener los elementos probatorios necesarios
Delitos de
investigación
compleja,
Multiplicidad de
hechos relacionados,
Dificultad en la
obtención de
pruebas,
Elevado número de
imputados o víctimas
Coordinación de Operativos en Estado de Emergencia de Seguridad Pública- HN-2011
ACOMPAÑAMIENTO LEGAL
EJECUCIÓN OPERATIVA
COORDINACIÓN
Presidente de la República
- Secretario de Seguridad
) Estado Mayor (
- Secretario de Defensa
( Estado Mayor )
FFAA Ministerio Público
Policia Nacional
Fiscalia MP
Reformas de la Ley Orgánica de la Policía Nacional de Honduras.
No. REFORMAS
1 La obligación del Secretario de Estado en el Despacho
de Seguridad de convocar al CONASIN cada
trimestre, y se estableció una sanción penal en caso
de incumplir esta función
2 Se agrega la facultad al CONASIN de seleccionar en
audiencia pública, una nómina de 3 a 5 candidatos
dentro de los cuales el Presidente de la República
nombrará al Director de la Dirección de Investigación
y Evaluación de la Carrera Policial (DIECP).
3 La DIECP establecerá mecanismos necesarios para
que la población pueda hacer denuncias contra
miembros de la carrera policial
4 Se incluye la “embriaguez científicamente probada” como falta grave
en el proceso disciplinario policial; al igual que el uso de drogas y
estupefacientes; y los casos de negligencia policial en el manejo de la
cadena de custodia de cualquier evidencia.
5 Requisitos para ser Director de la DIECP
6 Facultar a la DIECP para aplicar las pruebas de confianza y el proceso
de certificación policial
7 Asignación presupuestaria a la DIECP de 30 millones de lempiras anuales
8 Los bienes y empleados (que aprueben sus pruebas de confianza) de la
Dirección de Asuntos Internos de la PNH pasarán a ser parte del patrimonio
de la DIECP
Estructura del Comité Técnico del Fideicomiso de Ley de Seguridad Poblacional
COMITÉ TÉCNICO DEL FIDEICO MISO
Director Técnico
( Designado por el Presidente
de la República)
Director del Comité Técnico
( Designado por el COHEP )
Director Técnico
( Designado por el FONAC )
Ley Especial del Consejo Nacional de Defensa y Seguridad
• Está compuesto por los otros dos poderes del Estado: el presidente del Congreso Nacional, y El presidente de la corte Suprema de Justicia; además del Ministerio Público a través de su Fiscal General; y los Secretarios de Estado en los Despachos de Seguridad, y Defensa Nacional; y tiene como principal finalidad, diseñar estrategias de prevención, combate, investigación y sanción de las conductas delictivas. Las cinco funciones del consejo, se orientan a diseñar y ejecutar las políticas públicas de seguridad, defensa e inteligencia.
Ley del Voluntariado
• Para fortalecer la participación ciudadana a través del voluntariado comprometido a defender intereses de personas y grupos que se encuentran en situación de vulnerabilidad; el servicio de voluntariado se enmarca en las acciones de asociaciones sin fines de lucro, corporaciones municipales, programas de filantropía empresarial, y en cualquier forma de agrupación no lucrativa, y en organismos estatales.
Ley del Consejo de la Judicatura y la Carrera Judicial
• Atribuciones más importantes del Consejo se encuentran:
• a) la organización financiera y administrativa del poder judicial,
• b) nombrar y remover magistrados de cortes de apelaciones y jueces,
• c) ejercer el régimen disciplinario de los miembros de la carrera judicial, y
• d) dirigir la carrera judicial, escuela judicial e inspectoría de tribunales.
Con estas medidas se fortalecería la certificación y depuración del poder judicial que aún está pendiente.
Ley Especial Sobre Intervención de las Comunicaciones Privadas
• Herramienta excepcional de investigación criminal como forma del fortalecimiento de la Lucha contra la criminalidad tradicional y criminalidad organizada y no convencional. Se crea la Unidad de Intervención de Comunicaciones (UIC) como dependencia de la Dirección Nacional e Investigación e Inteligencia.
• La información adquirida por este medio puede ser:
• a) documentos,
• b) cintas de audio y video,
• c) objetos,
• d) sonidos, e
• e) imágenes;
Además se establece la obligación de implementar la respectiva cadena de custodia para procesar estas evidencias; y la respectiva sanción penal a los funcionarios que realicen esta actividad de investigación sin cumplir con todos los requisitos de ley.
Reforma de cuatro artículos de la Ley de Orgánica de la Policía Nacional
• Se implementan como causales de separación de su cargo a miembros policiales que se encuentren cometiendo delito infraganti o cuando sobre ellos exista auto de formal prisión por delito doloso. También se descarga a la Secretaria de Seguridad la responsabilidad de practicar el proceso de defensa o audiencias de descargo en los casos en que los miembros policiales ya hayan sido investigados por la DIECP por delitos o faltas de las cuales se derive responsabilidad penal
Acuerdo de Cooperación para la Prevención y Represión del Lavado de Activos derivado de cualquier actividad ilícita entre el
gobierno de la República de Honduras y el gobierno de la República de Perú
Prevenir y reprimir el Lavado de activos en
las Instituciones financieras
Prevenir y reprimir el lavado de activos en cualquier
modalidad de Comercialización
Internacional de Bienes, servicios y transferencia de
tecnología
Prevenir y reprimir el lavado de activos a través de
movilidad física de capitales desde o hacia las fronteras
territoriales
Cooperación técnica
Reforma al Código Penal en su artículo 222
• Se incorpora los tipos penales de la “extorsión” y el “chantaje”; y se establece su respectiva sanción; como herramienta legal para que la policía, fiscalía y tribunales de justicia enfrenten esta modalidad criminal de tendencia creciente en el país.
Ley de Disponibilidad Emergente de Bienes Incautados
• Con la finalidad de poner utilizar estos recursos y asignarlos a las instituciones que conforman el sector seguridad-justicia: Ministerio Público, Policía Nacional de Honduras, Secretaría de Defensa, Secretaria de Estado en el Despacho de Desarrollo Social, y Secretaría de Estado en el Despacho de la Presidencia.
Ley de Especial para la Depuración Policial • Se declaró un “estado de emergencia nacional en materia de seguridad
pública”, con la finalidad de iniciar un proceso expedito y confiable de depuración policial. Para lograr este objetivo se le brindaron facultades excepcionales temporales (6 meses) al Director General de la Policía Nacional de Honduras en coordinación con el Secretario de Estado en el Despacho de Seguridad.
• Estas facultades implementaron como causal de despido inmediato la reprobación de pruebas de confianza por parte de los miembros policiales; la misma medida se aplicará a quienes reprueben las evaluaciones de rendimiento y desempeño. Estas acciones no representan “responsabilidad patrimonial” para el Estado de Honduras, o responsabilidad civil, administrativa o penal para los funcionarios que aplican el presente ley; quedando estos con la sola obligación de notificar en tiempo y forma los despidos al CONASIN.
Reforma a la Ley Especial de Intervención de la Comunicaciones Privadas en sus artículos 37 y 56
• Establece la obligación para las empresas e instituciones que rindan servicios de comunicaciones, para que realicen un registro de todos sus clientes prepago, postpago, y todos sus clientes en general. Se prohibieron las transacciones sin la identificación plena del cliente y se implementó la obligación de establecer un registro numérico de tarjetas SIM con la validación de datos por parte del Registro Nacional de las Personas
Ley Contra la Trata de Personas Comisión Interinstitucional Contra la Explotación Sexual Comercial y Trata de Personas (CISESCT)
No. Miembros Integrantes CISESCT
1 Secretaría de Estado en los despachos de Justicia y Derechos Humanos
2 Corte Suprema de Justicia
3 Congreso Nacional (comisión asignada al tema)
4 Ministerio Público
5 Secretaría de Estado en el Despacho de Seguridad
6 Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas
7 Secretaría de Estado en el Despacho del Interior y Población
8 Secretaría de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores
9 Secretaría de Estado en el Despacho de Educación
10 Secretaría de Estado en el Despacho de Salud
11 Secretaría de Estado en el Despacho de Trabajo y Seguridad Social
12 Secretaría de Estado en el Despacho de Desarrollo Social
13 Secretaría de Estado en el Despacho de Turismo
14 Secretaría Técnica de Planificación y Cooperación Externa
15 Secretaría de Estado en el Despacho de Pueblos Indígenas y Afrodescendientes
16 Comisionado Nacional de los Derechos Humanos
17 Instituto Hondureño de la Niñez y Familia (ahora DINAF)
18 Instituto Nacional de la Juventud
19 Instituto Nacional de la Mujer
20 Comisionados Regionales Presidenciales
21 Asociación de municipios de Honduras (AMHON)
22 Representante de Organizaciones No Gubernamentales que trabajan en el tema
Prohibición de transportarse dos personas en motocicleta con armas de fuego
• Excepción de Ley: a menos que se trate de una mujer y un menor de 12 años. Además quedan prohibida la portación de armas de fuego en motocicleta; y se implementan las correspondientes infracciones pecuniarias.
Reforma al Código Penal en su artículo 333
• Se incluye el tipo penal del delito de “Desaparición Forzada” con su respectiva sanción. Dado que la legislación interna debe adecuarse a los tratados y convenios internacionales, en este caso la Convención Interamericana sobre la Desaparición Forzada de Personas.
Convenio de Cooperación entre la República de Honduras y la República de Perú
Combate al Narcotráfico
Intercambio de
Información
Establecer medidas para la prevención y el
control del lavado de activos y
financiamiento del terrorismo y
delitos conexos
Fiscalización sanitaria
Asistencia Técnica
Acciones coordinadas
en materia de Interdicción
Establecimento de Comisión
Mixta Peruano - Hondureña de
Lucha contra las Drogas
Reserva de la Información
Sensible
Reforma a la Ley de Control de Armas de Fuego, Municiones, Explosivos y Otros Similares
• En casos de irrupción de la paz en espacios públicos; las autoridades correspondientes podrán implementar medidas concernientes a la prohibición de portación de armas en todo el territorio nacional, regiones y subregiones específicas. Con carácter transitorio de prohíbe la portación en lugares públicos o en transporte en vehículos de armas de fuego en el departamento de Colón.
Ley del Sistema Penitenciario Nacional Consejo técnico Interdisciplinario, conformado por profesionales de la medicina, psiquiatría, psicología, derecho,
trabajadores sociales, para hacer evaluación y propuesta permanente al SNP.
SISTEMA PENITENCIARIO NACIONAL
Instituto Nacional
Penitenciario ( INP )
Establecimientos
Penitenciarios
Reforma la Ley Orgánica de la Policía Nacional de Honduras
• Se faculta a la DIECP a practicar las pruebas de confianza a los miembros policiales y amplía la facultad de realizar pruebas socio-patrimoniales a conyugues y familiares dentro del cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad. Se amplían las atribuciones del Director General de la Policía y se establece la suspensión con goce de sueldo en el ejercicio de las funciones o cargo a los miembros policiales que hayan sido sometidos a procedimientos disciplinario o administrativos por cualquier falta grave.
• Por otra parte, fueron enviados a “disponibilidad” todos los funcionarios cuyas promociones son mayores en antigüedad a la del Director General; y a los miembros policiales a quienes se les haya dictado auto de formal prisión por delito doloso, y este fallo adquiera carácter de firme o haya sido confirmado por segunda instancia, quedarán suspendidos sin más trámite.
• Mientras que también se agregaron las causales de despido sin responsabilidad para el Estado, y se estableció el procedimiento de audiencias para esta modalidad de separación definitiva.
Reforma a la Ley de Seguridad Poblacional en su artículo 38
• Sobre la recaudación, fiscalización y cobro de contribuciones especiales, se autoriza a la Dirección Ejecutiva de Ingresos para que realice vigilancia sobre las transacciones del fondo de la Ley de Seguridad Poblacional y evitar así hechos fraudulentos o ilegítimos.
Reforma a la Constitución de la República en su artículo 205
JUICIO POLÍTICO
Etapa II: Discusión y Votación
Etapa I: Investigativa
Atribución del Congreso Nacional la realización del Juicio Político, procedimiento de aplicación a servidores públicos establecido en el artículo 234 de la Constitución de la República; además se establecen causales del juicio político para el Presidente de la República y sus designados presidenciales, los Magistrados de la Corte Suprema de Justicia, Diputados al Congreso Nacional, Parlamento Centroamericano y Corporaciones municipales, además de todos los servidores públicos electos por el Congreso
Nacional.
Reforma a la Constitución de la República en su artículo 279
• Solo puede ser Secretario de Estado en el Despacho de Defensa será un ciudadano que reúna los requisitos de la Constitución y las leyes, mientras que el Jefe del Estado Mayor Conjunto será un oficial General o Coronel de Armas o su equivalente, en servicio activo con mérito y liderazgo.
• También se ratifica la prohibición de opción a este cargo para los parientes del presidente de la República (o sus sustitutos legales) hasta su cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad.
Reforma a la Constitución de la República en su artículo 189 y 205
• Se establece la prórroga de reuniones del Congreso Nacional en sus reuniones del 25 de enero de cada año, bien sea por petición de uno de sus miembros o a petición del presidente del poder ejecutivo.
• También se extiende al CN la atribución de emitir la Ley Orgánica del poder legislativo, y la aplicación de sanciones disciplinarias para quienes la infrinjan.
Decreto Ejecutivo No. PCM-002-2013
• El Presidente de la República amplia por un año el decreto de “estado de emergencia” en los centros penitenciarios del país.
Convenio de Financiamiento 5192-HN entre el Estado de Honduras y el Banco Mundial
• Por un monto de 9,800 millones de derechos especiales de giro, como fondo especial destinado a ejecutar el “Proyecto Municipios Más Seguros”.
• Las líneas de trabajo a fortalecer son las siguientes:
• a) Mejorar la capacidad de las autoridades nacionales y locales en la prevención de violencia,
• b) Atender los factores de riesgo relacionados con las municipalidades seleccionadas,
• c) Mejorar su capacidad para responder de manera oportuna y efectiva a una emergencia elegible.
• Este convenio permitirá el fortalecimiento de la Secretaria de Estado en el Despacho de Seguridad para la coordinación y seguimiento de policitas locales de seguridad ciudadana y su respectivo seguimiento; además del fortalecimiento del observatorio de la violencia respecto a su sistema de recolección de datos de la violencia que sirven de fundamento para la construcción de políticas publica de prevención de la violencia.
Reforma a la Ley Constitutiva de las Fuerzas Armadas en sus artículos 40, 66 y 187
• a) El Jefe del Estado mayor conjunto será nombrado (por un periodo de 2 años) o removido libremente por el presidente de la república,
• b) Se redefinen las atribuciones de la junta de comandantes para el nombramiento de comisiones cívico-militares en el estudio de temas específicos de interés para las FFAA, y
• c) Se establece razón de separación o baja de oficiales, la decisión de la junta de comandantes debidamente justificada.
Emergencia Nacional en los Centros de Atención de la Niñez y la Familia
CO MISIÓN SUPERVISORA DE ASISTENCIA TÉCNICA AL
IHNFA
1 Secretaria de Estado en el Despacho de Justicia y
Derechos Humanos
2 Secretaria de Estado en el Despacho de Salud
3 Secretaria de Estado en el Despacho de Finanzas
4 Fondo Hondureño de Inversión Social (FHIS)
5 Instituto Nacional dela Juventud
6 Asociación de Municipio de Honduras (AMHON)
7 Coordinadora de Instituciones Privadas Pro Niñas, niños
y sus derechos (COIPRODEN)
Fueron 3 las funciones de la comisión: a) El acompañamiento a la dirección del
IHNFA para identificar las prioridades a atender en el marco del decreto de estado de emergencia;
b) Supervisar y emitir recomendaciones al IHNFA, y
c) Participar en la definición de las normas de supervisión, control o intervención para la operación y funcionamiento de los centros de atención a la niñez.
POLÍTICA PÚBLICA
• Aprobación de la Política Pública y Plan Nacional de Acción de Derechos Humanos.- para contribuir al goce y ejercicio de los derechos humanos de las personas en honduras, atendiendo las situaciones generadoras de violaciones a derechos humanos particularmente la inseguridad ciudadana.
• Aprobación de la Política Nacional de Prevención de Violencia hacia la Niñez y la Juventud.- para fortalecer las capacidades y acciones del Estado en colaboración con la sociedad civil. De esta forma se pretende prevenir factores de riesgo que generan violencia y su vinculación con delitos, criminalidad y conflictos
Reforma de la Ley Orgánica de la Policía Nacional
• Los grados policiales solo se pueden adquirir de acuerdo a riguroso ascenso; además se reafirma que los policías no pueden ser despojados de sus grados, honores y pensiones conforme a la ley. los oficiales puestos en “disponibilidad” podrán ser retirados luego de 6 meses de estar en esa condición, por petición del Director General de la Policía al Secretario de Estado en el Despacho de Seguridad. También se deroga el decreto
• 202-2012, en parte de su contenido sobre la condición de “disponibilidad de los oficiales de policía.
Ley de Intervención del Ministerio Público Las ocho funciones de la Comisión Interventora incluyen:
• a) realizar el diagnóstico integral de la institución,
• b) realizar evaluación y depuración de todas las estructuras del MP,
• c) definir y ejecutar esquema legal de selección de personal calificado,
• d) ejecutar reordenamiento de las direcciones y fiscalía especiales, regionales, departamentales y cualquier dependencia,
• e) definir las políticas a corto, mediano y largo plazo de la institución,
• f) investigar todo acto o denuncia contra cualquier miembro de la institución,
• g) contratar, nombrar, sustituir, rotar, cancelar cualquier miembro de la institución como resultado de las evaluaciones y requerimientos, y
• h) cualquier acción orientada al cumplimiento de objetivos y metas institucionales.
Ley de Patronatos y Asociaciones Comunitarias
• Se abren espacios de participación comunitaria en la autogestión de sus necesidades.
• Los patronatos son libres en la toma de decisiones y sobre sus “programas de seguridad pública”, pueden celebrar convenios de seguridad pública a favor de su propia comunidad con las municipalidades, con la Secretaria de Estado en el Despacho de Seguridad y otras entidades nacionales.
• Podrán compartir gastos referente a costos por formación de policías municipales o de la policía nacional, además de gastos por la logística que requieren los servicios solicitados
Ley de Protección de los Hondureños Migrantes y sus Familiares
• Establecer normas y condiciones para que los hondureños en el exterior gocen y cumplan sus derechos y obligaciones constitucionales
• Establece el marco legal para que el Estado de Honduras ejerza su acción protectora a derechos, garantía constitucionales y respeto a derechos humanos de hondureños en el exterior
• Apoyar mecanismos para el Combate al tráfico de personas y redes delictivas de migración clandestina y explotación de menores y mujeres
• Cuantificar periódicamente el número de hondureños en el extranjero, condición humana, actividad a la que se dedican y su situación migratoria
• Apoyar legal y económicamente a todo hondureño que haya sido acusado de delito en el extranjero
• Velar por el cumplimiento de la acción protectora del Estado a hondureños en el extranjero en situación de calamidad
• Promover acuerdos bilaterales o multilaterales sobre la regularización de hondureños migrantes, su situación en centros de detención o centros penales, cumplimento de condenas, deportación, repatriación o retorno voluntario.
• Promover reducción significativa de costos de remesas
• Incentivar el uso de remesas en inversión en capital humano, actividades productivas e infraestructura social comunitaria
• Configurar políticas y programas de retorno, a fin de facilitar su integración
• Establecer obligatoriamente la coordinación intergubernamental e intersectorial entre los Organismos con responsabilidad por los migrantes y las ONG´s de DDHH
Ley de Protección de la Soberanía del Espacio Aéreo
• Serán declaradas en violación al Convenio sobre Aviación Civil Internacional y Amenaza a la Seguridad Nacional, por lo que se autoriza la medida de “neutralización definitiva” a todas las aeronaves que luego de la aplicación del procedimiento previo en sus fases de:
• a) indagación,
• b) interceptación,
• c) convencimiento, y
• d) persuasión.
Siempre que persistan actos de violación al convenio
Ley General de la Superintendencia para la Aplicación de Pruebas de Evaluación de Confianza
• Se crea la superintendencia como una dependencia del Consejo Nacional de Defensa y Seguridad, con independencia técnica, funcional, administrativa y presupuestaria, referente a la tarea de aplicar las pruebas de confianza a los servidores públicos de las siguientes instituciones:
• a) Policía Nacional,
• b) Ministerio Público,
• c) Poder Judicial,
• d) Fuerzas Armadas, y
• Otros sujetos a dichas pruebas.
• Con esta ley, también se establece la transición de la Dirección de Investigación y Evaluación de la Carrera Policial (DIECP), funcionará hasta que entre en funciones la Superintendencia creada a la cual le remitirá todos sus registros (físicos, electrónicos, bases de datos), documentos, antecedentes e información y demás pruebas con que cuente en relación a los miembros de la carrera policial.
Ley para la Clasificación de Documentos Públicos Relacionados con la Seguridad Nacional65
Toda solicitud de clasificación de información debe dirigirse directamente al Consejo Nacional de Seguridad y Defensa por los titulares de cada institución que lo conforman.
Además se establece temporalidad de 5, 10, 15 y 25 años como límites para la desclasificación.
Ley de Limitación de Telefonía Móvil Celular y Comunicaciones Personales (PCS) en Centros
Penales a Nivel Nacional
• Se prohíbe a los operadores de la telefonía móvil del país prestar servicios en los espacios físicos en donde están ubicados los centros o granjas penales, y los centros de internamiento de menores.
Ley de Protección Especial de Funcionarios y Exfuncionarios en Riesgo Extraordinario
CATEGORÍA UNO CATEGORÍA DOS CATEGORIA TRES
•Presidente y expresidentes de la República
•Presidente y expresidente del Congreso Nacional
•Presidente y expresidente de la Corte Surema de Justicia
•FiscalGeneraldela República, Fiscal General Adjunto y Exfiscales Generales de la República
•Secretarios y Exsecretarios de Estado en el Despacho de Seguridad y Defensa
•Presidente y
Expresidentes de la Comisión
de Seguridad del Congreso
Nacional
•Director y
Exdirectores
Nacionales de la
Dirección Nacional de la
Investigación e
Inteligencia •Jefe y Exjefes del Estado Mayor Conjunto de las FFAA
•Director y Exdirectores de la Policia Nacional
•Jueces con Competencia Nacional
•Fiscales Especiales contra Crimen Organizado
•Otros funcionarios cuyas funciones los coloquen en riesgos extraordinarios y extremos contra su integridad
Reforma a la Ley contra la Violencia Doméstica
• Se establece el derecho de las personas víctimas de violencia domestica a no ser confrontadas con el denunciado sino está en condiciones emocionales para ello.
Reforma al Código Procesal Penal, en su artículo 237
• Sobre la figura penal de la protección de testigos siempre y cuando exista fundamento racional de peligro grave para una persona, (la protección se extiende también a sus parientes dentro del cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad, cónyuge o compañero de hogar); siempre que intervenga en el proceso penal como:
• a) denunciante,
• b) víctima,
• c) testigo o perito.
• También se determina la participación en juicio de estas personas en situación de vulnerabilidad a través de la cámara unidireccional o cámara gessel para proteger la identidad de estas personas.
Reforma al Código de Familia
• Se establece el “régimen de económico de sociedad ganancial” como régimen económico matrimonial en ausencia de capitulaciones. Esto permite a ambos cónyuges tener acceso a los bienes muebles o inmuebles obtenidos durante el matrimonio, y que serán repartidos exactamente a la mitad en caso de disolución del matrimonio o divorcio.
Ley del Sistema Nacional de Emergencias
Sistemas de Emergencias y coordinaciones de Operaciones de Tegucigalpa
( CECOP - T
G
)
Sede principal
Sistemas de Emergencias y coordinaciones de Operaciones de San Pedro
Sula
( CECOP - SPS )
Respaldo a sede principal
Centro de OPeraciones
Institucionales
( COI )
En cada institución integrante
Bases de Operación
Institucional ( BOI )
Cualquier Instalación a niel nacional
Centro de Control y
Mando Móvil ( CCM )
Vehículo de intervención
rápida
Centro de Excelencia Formativa
Formación y certificación de personal
Otras Unidades de apoyo
ÁREAS DE DESAFÍO Marco Legal.- Legislación para:
a) Persecución Penal de la Corrupción
b) Establecimiento de mecanismos de Prevención de la corrupción
Marco Político.-
a) Política Pública contra la Corrupción
b) Política Pública Integral de Seguridad ciudadana
Reforma Institucional.-
a) Depuración institucional
b) Reducir al mínimo la mora policial, fiscal y judicial
c) Fortalecimiento de Interinstitucionalidad de la prevención,
d) Fortalecimiento de Interinstititucionalidad de la transparencia y el combate a la corrupción
e) Revisión y actualización de protocolos de trabajo
f) Implementación de superintendencia que investigue carrera policial, fiscal y judicial
Esfuerzos Antidroga.-
a) Control y prevención del Narcomenudeo a nivel de barrios y
b) Desmotivación de la demanda
c) Programas de atención de adicciones y rehabilitación
Extradiciones de capos y corruptos.-
a) Fortalecimiento de investigación,
b) Gestión en tribunales y judicialización
Fortalecimiento de Ciudadanía.-
a) Cultura de la prevención de la violencia, el crimen y la corrupción,
b) Auditoria social permanente sobre seguridad ciudadana.
Presupuestos.-
a) Equilibrio presupuestario al Ministerio púbico y la CSJ en relación a Secretaria de Seguridad y Defensa
b) Rendición de cuentas de cinco vías de presupuesto de seguridad: Presupuesto Nacional, Tributo de Seguridad, Cooperación externa, Bienes Incautados y Donaciones.
c) Activar mecanismos permanentes de auditoria sobre Rendición de Cuentas y patrimonios de Servidores Públicos de la seguridad
d) Revisión de procesos de adquisiciones de productos, bienes y servicios para el eje de seguridad