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La implantación de los juicios orales en el

Date post: 23-Jun-2015
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LA IMPLANTACIÓN DE LOS JUICIOS ORALES EN EL SISTEMA DE JUSTICIA PENAL MEXICANO
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LA IMPLANTACIÓN DE LOS JUICIOS ORALES EN EL

SISTEMA DE JUSTICIA PENAL MEXICANO

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La implantación de los juicios orales es un tema que

lleva cierto tiempo en el tintero legislativo, ya que se

ha explorado en cuanto a la conveniencia o no de su

instauración en el ámbito federal en materia penal.

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¿QUÉ SON LOS JUICIOS ORALES?

Los Juicios Orales es un nuevo

sistema procesal judicial en los

que reina los principios

fundamentales del juicio oral,

como: la inmediación, la

contradicción, continuidad,

concentración y publicidad,

rigen la naturaleza de los actos

que integran esta audiencia.

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FINALIDAD DE LOS JUICIOS ORALES

Con un modelo de justicia penal de corte acusatorio, como

el que ahora se ha aprobado, se transparenta la actuación

de nuestras autoridades, ya que los juicios serán orales.

Esto quiere decir, que toda la información que sirva como

base para que el juez tome una decisión, deberá producirse

en una audiencia pública, lo que garantiza procesos

rápidos, eficientes y respetuosos de los derechos de todos,

poniendo especial interés en la protección de las víctimas.

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OBJETIVO DE LOS JUICIOS ORALES

El objetivo del juicio oral es crear un ambiente

transparente y eficiente. La diferencia más notable

es que en este sistema todas las pruebas se

desahogan en una sola audiencia, en presencia del

juez, del acusado, de la víctima y del público.

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Indiscutiblemente la reforma del 2008 significa un avance cualitativo

sin precedentes en el último siglo, que representa un reto mayúsculo de

implementación para la transformación de las instituciones del sistema

de justicia penal, con la adopción del juicio penal acusatorio y las

salidas alternas, así como el uso de los mecanismos conciliatorios; este

proceso de transformación ha obligado también a la expedición de

nuevos ordenamientos jurídicos federales y locales, al rediseño,

instrumentación y reorganización de las instituciones procesales

acordes a las nuevas exigencias del cambio y a las realidades de las

diferentes jurisdicciones.

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Las entidades federativas han ido implementando

este sistema de manera progresiva en momentos

diferentes, lo que las coloca en distinto progreso, 11

lo han hecho con la expedición y aplicación de sus

nuevos Códigos Procesales Penales de corte

Acusatorio: Baja California, Chiapas, Chihuahua,

Durango, Estado de México, Guanajuato, Morelos,

Nuevo León, Oaxaca, Yucatán y Zacatecas..

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PROS Y CONTRAS DE LOS JUICIOS ORALES

Desventajas

1.- Su aplicación es muy difícil en procedimientos por delitos graves o que por su

complejidad no es posible desahogar todas sus diligencias en una o dos audiencias.

2.- Por la multiplicidad y complejidad de las diligencias se confía en la seguridad de la

escritura, poniendo en duda la memoria de la oralidad.

3.- El juicio escrito es más barato; requiere menos personal y menos instalaciones. El

juicio oral requeriría de jueces y personal apropiado así como las instalaciones

adecuadas.

4.- No será fácil apartarnos del juicio escrito, tenemos una tradición de muchos siglos.

Será necesario formar nuevos jueces, nuevos agentes del Ministerio Público y nuevos

abogados, capaces de comprender y operar correctamente el juicio oral, pues a falta de

buenos actores judiciales, la eficacia del juicio será dudosa.

5.- Podrá el juicio oral caer en los sentimentalismos fomentados por el imputado y su

defensa; o en los excesos oratorios y dramáticos de las partes.

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Ventajas

1.- Cambia la aplicación de la justicia penal, de un sistema inquisitorial escrito, a uno que es

oral y acusatorio.

2.- El acusado tiene el derecho a ser juzgado por un juez, y no por el Secretario de un

Tribunal, dentro de un proceso PÚBLICO, ORAL Y CONTRADICTORIO.

3.- Se presume la inocencia del acusado, hasta en tanto, el fiscal no demuestre lo contrario.

Este principio universal de los derechos humanos lleva el nombre de "PRESUNCIÓN DE

INOCENCIA", cuyo espíritu, desgraciadamente, está muy lejos de existir en México.

4.- Gracias al Principio de Concentración el juicio podrá resolverse en unas cuantas horas o

en unos cuantos días, y no en años.

5.- En virtud de los principios de Concentración, Oralidad y Publicidad los juicios orales

permitirán que los tribunales terminen con la saturación de expedientes insolutos y con el

hacinamiento de reos en nuestras cárceles.

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CONCLUSIÓN

La implementación de los juicios orales, que entre otros aspectos de índole procesal,

supone la intervención de jueces de instrucción y jueces de juicio oral, dada la

prohibición expresa de que un solo juez conozca de la instrucción y la resolución del

asunto

La creación de mecanismos alternativos de solución de controversias, las cuales serán

supervisadas por la autoridad judicial, lo que implicará un diseño específico en materia

de vigilancia.

A pesar de los buenos cambios que traerá consigo estas modificaciones al sistema de

justicia hay que tener en cuenta las grandes dificultades por las cuales debe pasar para

lograr la perfección, puesto que el llevar tato tiempo con un sistema tradicional

alentara este proceso, para que el beneficio no solo sea de unos cuantos estados sino

para todo el país.

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BIBLIOGRAFÍA

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Vázquez Marín óscar y Rivas Acuña Israel, Los juicios orales en México: ¿condición o alternativa del sistema penal acusatorio?. Recuperado el (21 de febrero del 2014) de: http://www.ijf.cjf.gob.mx/publicaciones/revista/24/r24_7.pdf•Guillermo Zepeda Lecuona “Catástrofe penitenciaria en México y reforma penal”(2013). Recuperado el (5 de abril del 2014) de: http://www.letraslibres.com/revista/dossier/catastrofe-penitenciaria-en-mexico-y-reforma-penal?page=0,0•Camara “El juicio oral en el sistema penal” (2012), Oscar Uribe Benítez, recuperado el (10 de abril del 2014) de: http://comunicacionsocial.diputados.gob.mx/camara/mayo/revista/index.php?option=com_content&view=article&id=98:el-juicio-oral-en-el-sistema-penal&catid=45&Itemid=227


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