NOTA ACLARATORIA: respetable lector, el documento completo se puede encontrar
próximamente en el libro “Servicios públicos en España y México” de la Universidad de Málaga,
2018 coordinado por la Dra. Alicia Torres R., por lo que por Derechos de Autor no se puede citar
este trabajo en otro formato de publicación.
“Las concesiones de agua potable doméstica y las tendencias
hacia el modelo privatizador de los servicios públicos,
Guadalajara, México, siglos XIX y XX”
Dra. Cecilia Lezama Escalante y Dra. Lourdes Sofía Mendoza Bohne
(Universidad de Guadalajara)
Introducción Las concesiones de agua en la ciudad de Guadalajara, en México, son el inicio de
un nuevo sistema de abastecimiento directo doméstico. Esto ha representado la
nueva ideología de higienismo y progreso del país, así como las nuevas políticas
públicas de los servicios urbanos a finales del siglo XIX en la transición al siglo XX.
El desarrollo de un nuevo modelo socio urbano de agua potable ha producido a lo
largo del siglo XX políticas de gestión hacia un modelo privatizador del servicio
público urbano abordado desde las políticas públicas y desde las prácticas sociales.
Esto ha permeado la calidad de vida y sus diversas representaciones históricas
relacionadas con el acceso al agua y la monetarización de la misma. Por lo que en
este trabajo el agua como servicio público se aborda desde las dimensiones social,
urbana, política, tecnológica y económica. En este sentido, el propósito de este
trabajo se centra en 3 ejes de análisis: 1. Historia del sistema entubado e hidro-
tecnología de abastecimiento doméstico de agua potable en los primeros años de
la gestión; 2. Análisis de las políticas públicas de servicios públicos y el discurso de
la calidad de vida; 3. El análisis de la conformación de un modelo de desarrollo
privatizador del servicio del agua potable de la ciudad.
Antecedentes
Guadalajara como ciudad estuvo rodeado originalmente por varios ríos y ramales
de arroyos. El principal de ellos era el Río de San de Dios en cuya orilla se fundó el
último y definitivo lugar para la nueva capital de Nueva Galicia. Nuño de Oñate
buscó fundarla en tres lugares antes de que definitivamente se decidieran por el
Valle de Atemajac. Entre otras razones, una fue la búsqueda de un “lugar con más
agua” para poder vivir.
El río de San Juan de Dios nacía en los manantiales del llamado Agua Azul,
“lugar que conformaba un lago y a su vez se complementaba de varios ramales
que escurrían desde los bosques de Santa Eduwiges a través del arroyo Los
Arenales-actual avenida La Paz-“.1 La historia señala que “Guadalajara fue fundada
a orillas de este río porque esto aseguraría su desarrollo. En ciertos momentos de
la historia hubo fuertes sequías que obligaron a sus habitantes a ya no mudarse de
lugar, sino buscar la manera de traer agua a la ciudad” 2.
Así fue que se construyeron modelos de abastecimiento para la ciudad, por
lo que “el padre Buzeta mandó construir en el siglo XVIII, para traer agua del extinto
volcán El Colli,” así como también varias obras de canales y atarjeas desde el
bosque de San Rafael, Tetlán, Mexicaltzingo, Los Arenales y posteriormente del
Bosque de Los Colomos”3.
Abastecimiento de agua en el porfiriato
Desde 1896 el Gobernador de Jalisco Luis Curiel aprobó una decisión del Congreso
y decretó que “pertenecen al estado las aguas que se encuentran en su territorio y
no sean las comprendidas en el artículo 1 de la Ley general del 5 de junio de 1888”4
por lo que esto “autoriza al ejecutivo haga concesiones para el mejor
aprovechamiento de las aguas del Estado en riegos y como potencia aplicable a
diversas industrias”5 y que en el ejercicio de esta ley se tiene el “derecho a expropiar,
por causa de utilidad pública, a los particulares, de los terrenos necesarios para el
paso de los canales, construcción de presas ó diques y para la formación de
1 Mendoza Bohne, 2015, Diversae, p. 13 2 Ibid, p.14 3 Ibidem 4 AHCEJ, Colección de los Decretos, circulares y órdenes de los poderes del Estado de Jalisco. Tomo XVI de octubre de 1893 a mayo de 1896. 5 Ibid.
depósitos, previa la indemnización correspondiente…”6. Esta condición normativa
privilegió a las familias empresarias y a los proyectos de Porfirio Díaz de proveer de
infraestructura hidráulica para el gran Plan de Progreso y Modernización del país.
El abastecimiento de agua a finales del siglo XIX todavía era principalmente
a través de dos servicios: los pozos de agua existentes en algunas casas y el agua
de las fuentes que se distribuía a través de los aguadores, hombres que cargaban
cántaros llenos de agua hasta los domicilios de los tapatíos y de los comercios que
lo requerían como hoteles, fondas y panaderías. Los aguadores eran personajes
principalmente originarios de la ciudad y algunos de pueblos de la región que
trabajaban para la ciudad. Estos eran registrados en un libro de oficios que contenía
incluso su foto y una ficha con datos personales. Ellos requerían de un aval, es
decir, de una persona de reconocido prestigio en la ciudad que diera fe y se
responsabilizara por aquel aguador a su cargo. Los aguadores debían atender el
Reglamento de Aguadores publicado por el congreso del estado y llevaban en su
pecho una banda de cuero atravesada y de la que pendía un circulo o medalla
metálica con su número de registro. Ellos estaban distribuidos en las diversas
fuentes e hidrantes de los principales barrios de la ciudad. Como parte de sus
obligaciones también estaban tener el agua de las fuentes y las fuentes mismas en
perfecto estado de limpieza, barrer sus alrededores y cuidad que los caballos no
tomarán directamente agua de las fuentes destinadas al abasto doméstico y de los
comercios y locales públicos, así como de algunos mercados. Estos lineamientos
de limpieza iban de la mano con la necesidad no sólo de una higiene urbana sino
de una calidad de vida que incluía orden y por supuesto el progreso.
El agua vista desde la historia Occidental estaba dividida en las ciudades
medievales en “agua para el regadío y los huertos familiares y el agua paras las
manufactureras o industrias”7. El agua para los huertos familiares era primordial
porque una buena parte de los consumibles alimentarios se producían en las casas
6 Ibidem. 7 Cristina Segura, “Los oficios del agua” p. 18 en Vivir del agua en las ciudades medievales coordinado por Ma. Isabel del Val Valdiviesco, Universidad de Valladolid.
a manera de jardínes o huertos pequeños dentro de la ciudad. De esta agua se
desprendían también los usos del agua para beber, cocinar y asear.
La ciudad creció en todas sus dimensiones debido a la transformación en las
estrategias de desarrollo. Guadalajara estaba ampliando sus horizontes con la
llegada de diversos grupos de familias extranjeras; las familias existentes también
modernizaron sus empresas ya que la tecnología sirvió para modernizar los
servicios de producción establecidos desde el siglo XIX y también la tecnología se
convirtió en un modelo empresario per se. Por lo que en las últimas décadas del
siglo XIX surgen las empresas hidroeléctricas que dotaban de electricidad a las
empresas textileras, cerveceras, harineras, papeleras, étc. Pero también la energía
eléctrica se convirtió a su vez en una empresa generadora de un bien para la ciudad.
Así también esta energía permitió instalar bombas eléctricas en algunos puntos
acuíferos de alrededor de la ciudad que aumentaron el caudal de agua que se
condujo a la ciudad ya a principios del siglo XX por lo que los manantiales del Parque
San Rafael y del Bosque los Colomos pudo surtir de agua con más celeridad y en
mayor cantidad. Las posibilidades de abastecimiento se modernizaron también. Así,
“alrededor de 1903, los manantiales de los Colomos surtían a los habitantes del
poniente y los veneros de San Ramón, San Rafael y San Andrés surtían a las
colonias del oriente de la ciudad”8. Por lo que los servicios públicos se fueron
convirtiendo también en empresas concesionadas, es decir, empresas privadas
para el servicio público.
La modernización higiénica
El inicio del nuevo siglo trajo consigo la necesidad de reafirmar los factores
que materializaran la ideología higienista que se venía gestando desde mediados
del siglo XIX con el auge institucionalizador de las ciencias. Ya en los periódicos
del siglo XIX se criticaban los problemas heredados de los problemas de
insalubridad y de las consecuencias acarreadas a partir de las epidemias del cólera
a mediados del siglo. Así en el periódico Juan Panadero en junio de 1883“el
periódico recriminaba a la población por su falta de higiene, como a los habitantes
8 Mendoza, p. 14.
del cuartel quinto, quienes habían convertido las calles en “muladares públicos”9. A
su vez en abril de 1880 se publicaba una nota por demás discriminatoria y racista
que en su representación conjugaba la suciedad con pertenencias étnicas ya que
señalaba que “en el mercado Venegas (hoy Corona) muchas familias vivían como
irlandeses o chinos, unos encima de otros”.10. Esta nota alude a la necesidad social
de ser “limpio” y atender las normativas higiénicas para pertenecer al lugar.
Desde 1892, el Código Sanitario para el Estado de Jalisco se mandó publicar
por el gobernador Pedro A. Galván disponiendo así “que los servicios sanitarios del
Estado dependerán del Ejecutivo, de los Jefes Políticos de los Cantones y de las
demás autoridades y empleados del orden administrativo, conforme a las leyes y
disposiciones relativas”.11 En el tema de sanidad se incluyen varios temas como la
atención a la salud, la atención médica, la regulación de los hospitales, servicio de
sanidad en poblaciones limítrofes, sobre las casas habitación y escuelas, sobre
alimentos y bebidas, higiene en lugares concurridas como fábricas, templos, teatros
y otros lugares de reunión; industrias y depósitos de residuos insalubres; venta de
medicinas, farmaceúticas; finalmente el drenaje y las concesiones del agua. Este
último tema es el que nos ocupa en este trabajo.
A partir del Código Sanitario de 1892, la regulación de las actividades
urbanas se convierte no sólo asunto del Estado sino también en asunto público y
la sociedad en general porque se produce un estado de vigilancia policial pero
también social. De los artículos desprendidos de dicho Código, que mencionan
cómo y dónde abastecer, usar y desechar el agua así como también la
infraestructura pública como por ejemplo las fuentes y las cañerías, se detalla que:
“Art. 41.- En ningún caso se permitirá que las casas y talleres
industriales (art. 36: casas de vecindad, hoteles, mesones,
casas de huéspedes, dormitorios, casas habitación) viertan
aguas sucias a los acueductos. Tampoco se permitirá que
9 Oliver, Lilia p. 75. 10 Ibidem, p. 76. 11 Código Sanitario para el Estado de Jalisco, 1892,Edición Oficial de la imprenta de Fernando Alday.
arrojen éstas a los arroyos o canales por donde circule agua
destinada para otros usos domésticos…”12
Así como los lugares privados en las casas habitación son definidas desde
dicho documento en su artículo 42 “ En todas las casas habrá cuando menos una
letrina con los requisitos convenientes …”13
Por lo que muchas de las actividades tradicionales de abastecimiento del
agua en la ciudad y otras tantas de las prácticas privadas del uso del agua pasan a
ser tema exclusivo y normado por el gobierno y sus instituciones. Por ejemplo
Art. 45. Para establecer letrinas dentro de las piezas de
habitación será necesario obtener permiso por escrito del
Consejo Superior de Salubridad…”14
Por otro lado, el establecimiento de un reglamento para la instalación de las
cañerías, reglamentó también las concesiones para la obtención de una toma
doméstica de agua o para obligar a algunos a tener las concesiones de agua.
Art. 48, Cuando la ciudad o alguno de sus barrios estén
suficientemente abastecidos de agua, a juicio del Ejecutivo y los
propietarios estarán obligados a introducir a sus fincas en
cantidad necesaria”.15
Así también, las consecuencias que de ello se derivó tuvo dos vertientes: la
primera es que la regulación del abastecimiento del agua pasaba a ser exclusiva
del gobierno y no de los particulares; y la segunda, es que la imposición de un cobro
fijo, mesurado y con un valor específico del agua se establece, así como también el
impuesto añadido al precio del agua que ya incluye el gasto de su canalización,
distribución y conexión a las casas y locales. Empieza aquí una regulación
monetaria para el agua.
12 AMG Código Sanitario 1892 13 Ibid 14 Ibid 15 Ibid
Durante el proceso de introducción de agua que se realizaba en la ciudad, la
infraestructura tradicional también experimentó cambios importantes ya que de
acuerdo al artículo 50 de dicho reglamento señala que “Mientras se arregla el
sistema de tomas de agua, las fuentes deberán estar siempre cubiertas y dispuestas
de tal manera que ni comuniquen humedad a las piezas destinadas para habitación,
ni reciban las infiltraciones de las letrinas y los caños”.16
La Comisión dictaminadora de la Secretaría de Fomento revisó las
condiciones de salubridad del agua y expuso
“lo conveniente y lo ventajoso que será para Guadalajara la
realización del proyecto indicado, porque le consta, como a
todos, la mala calidad del agua de que se hace uso actualmente
y lo insuficiente que es esta a la vez, para los usos públicos, no
duda que será favorecido con un voto de aprobación el
siguiente proyecto de Ley: Art. 1 se autoriza al Ejecutivo para
hacer con fondos del Estado, los gastos que demande el
aumento del caudal del agua potable, que de los manantiales
del Colli vienen a Guadalajara”.17
Así, comienza el proyecto para dotar de agua salubre a la totalidad de la
ciudad, con más caudal y calidad. Aun así, los aguadores continúan en Guadalajara
como personajes del pasado y la insalubridad del agua en la ciudad se ve reflejada
en las aguas del Río del San Juan de Dios cuyo fondo servía también de cloaca.
Las enfermedades gastrointestinales y la epidemia de tifoidea hicieron que el
Gobernador Luis Curiel aprobara el entubamiento de dicho Río en 1910 obra que
concluyó en 1922.18
Sistema de cañerías
La necesidad de regular el agua es clave para el “orden y el progreso” por lo
que “se encargó al Ingeniero Ambrosio Ulloa proyectar los trabajos de construcción
16 Ibid 17 AHJ F-6 1893 18 AHJ Memorias de la XXII Legislatura, 1910.
de las galeras colectoras del agua del Colli en 1891 y el encargado que dirigió la
obra de introducción de agua del Colli a la ciudad fue el Ingeniero Gabriel
Castaños.”19 En este orden el Ing. Castaños
“encargado a la vez de todo el servicio de distribución durante
que empleara en la limpia, creía oportuno hacer algunos
trabajos urgentes y necesarios. En primer lugar, se modificó la
descarga del agua en el Parque Alcalde. Encontrábase e este
punto el estremo(sic) de la “cañería” de seis pulgadas los riegos
del jardín acostumbraban dejar correr libremente el agua, por el
de los árboles, y humedecer el terreno de un extremo al otro del
parque, lo cual trae consigo un enorme gasto de agua y un
desperdicio muy notable, si se considera que todo aquel terreno
es esencialmente arenoso y jaloso. Guadalajara, junio 14 de
1894, firma Gabriel Castaños”20
Para finales del siglo XIX se daban Mercedes de agua a los pobladores
mediante solicitudes que se hacían al Cabildo de la ciudad. Esto quiere decir, que
una merced es un regalo por un derecho al agua para proteger la vida y su calidad.
Una merced de agua significa tener derecho al agua, por lo que la sociedad gozaba
de un derecho al agua. En abril de 1899 “el C. F. González Mora pide permiso para
defender la merced de agua que disfruta de la casa número 41 de la calle de
Degollado”21 . Se pueden contabilizar 37 solicitudes concedidas de mercedes de
agua entre 1899 y 1900 de acuerdo con los libros de Cabildo de esos años22. Estas
se entienden como concesiones de llave libre por una merced de agua.
Sin embargo, la dotación de agua debía ir a la par del modelo de
modernización y las expectativas de modernidad que exigía una ciudad cosmopolita
que iba a empezar un nuevo siglo. Para lograr las expectativas de una ciudad
higiénica se debía lograr la introducción del sistema de cañerías para llevar el agua
19 AHJ. F-6-1891 caja 248. 20 AHJ F-6 1894 caja 248 21 AMG,Cabildo 1899, foja 19). 22 AMG, Libros de Cabildo 1899-1900.
potable a cada casa, taller, fábrica, escuela, local, etc. Para hacerlo se organizó un
programa de entubamiento de la ciudad ya que
“Para el buen funcionamiento del sistema de agua y
alcantarillado, el gobierno hace un contrato con el señor Miguel
W. O´Boyle para la entubación y distribución de agua potable
en Guadalajara el 14 de abril de 1900”23
Para este proyecto se originó un Reglamento Municipal para las Conexiones
de Cañerías de Agua y albañales24 porque fue necesario ordenar todo el proceso y
controlar que el sistema fuera homogéneo. La distribución de este servicio público
“se ejecutaron en el orden de primacía que tuvieron las zonas en que se dividió la
población para las conexiones de los albañales con los respectivos colectores”.25
La distribución de las cañerías se hizo en el siguiente orden:
I. Fuentes públicas e hidrantes del agua de San Andrés
II. Establecimientos de Beneficencia, del Gobierno y Municipio
III. Depósitos de sifón y cloacas
IV. Huertas, baños, etc. Y establecimientos industriales
Es interesante observar las medidas de cuidado de las aguas de deshechos
quizá por el método de recuperación o reutilización de las aguas o quizá sólo para
no tapar las cañerías, ya que de las cloacas “todo tubo de descarga deberá tener
cerradura hidráulica, en el punto de unión con el aparato á que se destina” y “es
obligatorio colocar parrillas en las aberturas de los fregadores, lavabos, baños, étc.
Construidos de manera de impedir el paso de cuerpos sólidos”.26
Este sistema consistía en meter tuberías nuevas por la ciudad a partir de los
hidrantes y galerías existentes. La introducción de agua a las casas bajo el nuevo
sistema creció rápidamente ya que “en 1902, alrededor de 4,300 fincas gozaban de
23 (Mendoza,p.14 y AHJ Ramo Fomento F-10-900. 24 AMG Reglamento de Cañerías, 1902-0002 25 AMG, Reglamento de Cañerías, 1902 Artículo 1. 26 AMG. Reglamento de cañerías, 1902, Artículo 19 y 20.
este servicio sin pagar ningún impuesto” 27 y para 1904 “La oficina de Agua y
Drenaje de la ciudad instaló paulatinamente 914 nuevas tomas de agua y 23
cambios de conexión…”28 Se calcula que para 1908 cerca de 20,000 tomas
domiciliarias estaban conectadas a la tubería de los acueductos” 29 .
Avanza el siglo y las condiciones reglamentarias se transforman para
proteger la cantidad y los tipos de usos del agua potable por lo que ya en 1923 el
capítulo I De las Mercedes de Agua aclara que “las mercedes de llave libre sólo se
concederán para usos domésticos; las otras son obligatorias para usos industriales,
pero a solicitud del interesado, se concederán también para usos domésticos.”30 Y
había una obligatoriedad de tener agua potable por lo que “ toda finca en
Guadalajara, que tenga uno de sus frentes a la calle por donde pase la cañería
distribuidora de las aguas de la ciudad, debe tener una merced de agua”31. Es
curioso que todavía se les siga llamando mercedes de agua cuando a su vez se les
menciona como concesiones de agua. Esto es importante señalarlo ya que la
privatización del agua se hace cada vez más evidente incluso dependiendo de los
usos que se les dé.
27 Olveda Jaime, La modernización urbana, pp.210-211 28 Memorias de la XXI legislatura, 1904, Coronel Miguel Ahumada. 29 Jiménez Pelayo, Agueda, ”Agua para Guadalajara”, p.85-87. 30 AMG Ramo misceláneas, 1923/0001 Reglamento para el abastecimiento de agua a la ciudad. 31 Ibid, artículo 7.
Los pagos del agua en la ciudad
El consumo ya se establece en tablas de pagos mínimos que en el reglamento de
1921 “el servicio del agua potable debe pagarse al Ayuntamiento por volumen de
agua consumida en dos formas. La primera es que los consumos consignados…los
pagará el propietario de la finca por bimestres adelantados; el segundo es que los
excedentes de los consumos mínimos los pagarán los propietarios de las fincas por
meses vencidos con cargo a los inquilinos”.32 Y además el hecho de que el servicio
sea interrumpido por cualquier causa no exime a los propietarios de pagar íntegro
por los consumos mínimos establecidos.33 El agua que se consumía se
contabilizaba por medio de aparatos medidores y “si hubiera una mala lectura o un
cálculo equivocado, le será devuelto lo que haya pagado injustificadamente”34
Para el año de 1921 la tabla tarifaria del consumo mínimo mensual y precio del agua
quedó como sigue:
TABLA DE CONSUMO MÍNIMO MENSUAL Y PRECIO DEL AGUA (Resumido)
VALOR
CATASTRAL
CONSUMO
MÍNIMO
PRECIO POR 1000
LITROS
IMPORTE AL MÍNIMO
De $ 1.00 a 500. 15. litros $o.08 1.20
80.001 a 90.000.00 115. litros 0.10 11.50
90.001 en adelante 125. litros 12.50
Fuente: AMG Periódico Oficial del Estado de Jalisco 3 de septiembre de 1921.
Por un lado hay un impuesto obligatorio y por otro una clasificación de los
usos del agua debido a que “para el cómputo de las mercedes a llave libre se tomará
como base 1. El valor catastral de las casas subdividido según el número de
habitaciones, o departamentos destinado a otro objeto, como cantinas, fondas,
establecimientos comerciales, étc.”…II”Y en las casas de vecindad llamadas
32 AMG-Ramo Misceláneas, 1921-0004 Periódico Oficial del Estado de Jalisco. 33 Ibidem. 34 Ibid.
alcaicerías, hoteles, casas de huéspedes, mesones, étc., cada lote de diez cuartos
de habitación o fracción mayor de cinco.”35
“Las fincas en que se utilice el agua en usos industriales o similares, como
fabricación de alcholes, calderas de vapor, baños y lavaderos públicos, huertos de
riego, étc., tomarán por lo menos una merced, que será siempre por volumen y por
contadr. La calificación de si el agua se aprovecha en usos domésticos o
industriales, corresponde al Ayuntamiento”36 y respecto a los usos “son libres los
propietarios para distribuir el agua en el interior de sus fincas como mejor les
convenga”37
Las especificaciones en la calidad no solo del agua sino también de las
cañerías son acordes con el progreso en la información que dotaba la ciencia
médica sobre las consecuencias en la salud. Así que “la cañería que se use será de
fierro y las llaves de salida serán de bronce”38.
Para 1950, las tarifas distinguían entre el servicio doméstico y servicio a
medidor con un valor denominado “valor fiscal” .
PRECIO DEL AGUA Y SANEAMIENTO POR BIMESTRE AÑO 1950
VALOR FISCAL IMPORTE BIMESTRAL
Hasta 3,000.= 12.00
De 3,001. A 10,000.= 18.00
De 60,001.= en adelante 36.00
Fuente: AMG Reglamento para el Servicio Municipal de Agua Potable y Saneamiento en
el Municipio de Guadalajara, Jalisco de enero de 1950
El precio había aumentado significativamente y las indicaciones eran
básicamente las mismas. Pero se hicieron preferencias ya que “los edificios públicos
del gobierno Federal, del Estado y del municipio recibirán gratuitamente el volumen
35 Ibidem. 36 Ibid, artículo 8. 37 Ibid. Artículo 11. 38 Ibidem, artículo11.1 y 11.II
de agua que necesiten a juico del Ayuntamiento”39 expuesto en el artículo 6 del
nuevo Reglamento para el Servicio Municipal de Agua Potable y Saneamiento en el
Municipio de Guadalajara, Jalisco de 1950.
La ciudad creció y los lineamientos respecto al agua se relacionaron
intrínsecamente con la conurbación y la edificación en sus reglamentos. Así el
Reglamento de Edificación e Higiene urbana de 1925 señalaba que para el asunto
de las nuevas colonias debían cumplir con lo siguiente:
Art.140.- Para que un terreno pueda ser urbanizado deberá llenar los requisitos
siguientes:
I. Que esté contiguo a una parte de la ciudad.
II. II. Que el dueño o dueños del terreno soliciten la urbanización de él.
Dicha solicitud será por escrito al Ayuntamieto y acompañando a ella los
planos de la colonia que pretenden fundar.
III. IV. Que en los terrnos por colonizarse exista el agua necesaria para los
servicios urbanos…
IV. V. Que los solicitantes se comprometan a construir…una red de
colectores análoga a la que existe en la ciudad y a conectarla, bajo la
inspección del Ayuntamiento , con los colectores generales.
V. VII Que los dueños se comprometan a pavimentar sus calles y las
banquetas
VI. Art. 161. En las casas situadas en las calles donde no haya colector de
drenaje, se usará algún otro modelo de letrinas aprobadas por el
Consejo Superior de Salubridad.40
39 AMG Reglamento para el Servicio Municipal de Agua Potable y Saneamiento en el Municipio de Guadalajara, Jalisco de enero de 1950. 40 AMG Reglamento de Edificación e Higiene Urbana. Alineamientos Rasantes, Ayuntamiento de Guadalajara, 1925.
Plano de la ciudad en 1905 con las líneas de tranvías y sistema de cañerías.
Fuente: AHJ Mapoteca Histórica, Catálogo de la Mapoteca Histórica del Estado
de Jalisco, 1905.
LA ERA DEL SIAPA
NOTA ACLARATORIA: respetable lector, el documento completo se puede encontrar
próximamente en el libro “Servicios públicos en España y México” de la Universidad de Málaga,
2018 coordinado por la Dra. Alicia Torres R., por lo que por Derechos de Autor no se puede citar
este trabajo en otro formato de publicación.