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LEGALIDADES PÚBLICAS: EL DERECHO, DE LA CIUDAD DE … · 2016-05-29 · A modo de conclusión: la...

Date post: 07-Oct-2018
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LEGALIDADES PÚBLICAS: EL DERECHO,EL AMBULANTAJE Y LAS CALLES EN EL CENTRO

DE LA CIUDAD DE MÉXICO (1930-2010)

INSTITUTO DE INVESTIGACIONES JURÍDICASSerie DOCTRINA JURÍDICA, Núm. 612

Coordinadora editorial: Elvia Lucía Flores ÁvalosAsistente editorial: Karla Beatriz Templos Núñez

Cuidado de la edición y formación en computadora: Karla Beatriz Templos Núñez

RODRIGO MENESES REYES

LEGALIDADES PÚBLICAS:EL DERECHO, EL AMBULANTAJE

Y LAS CALLES EN EL CENTRODE LA CIUDAD DE MÉXICO

(1930-2010)

UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICOCENTRO DE INVESTIGACIÓN Y DOCENCIA ECONÓMICAS

MÉXICO, 2011

Primera edición: 22 de noviembre de 2011

DR © 2011, Universidad Nacional Autónoma de México

Ciudad Universitaria, 04510 México, D. F.

INSTITUTO DE INVESTIGACIONES JURÍDICAS

Circuito Maestro Mario de la Cueva s/nCiudad de la Investigación en HumanidadesCiudad Universitaria, 04510 México, D. F.

DR © 2011, CENTRO DE INVESTIGACIÓN Y DOCENCIA ECONÓMICAS

Carretera México-Toluca 3655,colonia Lomas de Santa fe, 01210 México, D. F.

Impreso y hecho en México

ISBN 978-607-02-2758-5

CONTENIDO

Agradecimientos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . XIII

INTRODUCCIÓN . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1

I. Primera definición . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 4

II. Segunda definición . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 7

III. Tercera definición . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 9

IV. Estructura . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 12

CAPÍTULO PRIMERO

ILEGALIDADES PERIFÉRICAS Y ESPACIALIDADES CENTRALES: LA

CIUDAD DE MÉXICO Y LOS ESPACIOS DEL TRABAJO POLICIACO

(1930) . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 17

I. Ilegalidades periféricas, desórdenes centralizados . . . . . . . . 20

II. Los transgresores del orden urbano . . . . . . . . . . . . . . . . . . 26

III. Entre las calles y el encierro, sin un espacio al cual llamarpropio . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 37

IV. A modo de conclusión: entre el trabajo y la coincidenciaespacial . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 43

VII

CAPÍTULO SEGUNDO

(RE)CONSTRUYENDO EL ORDEN URBANO: LA REGULACIÓN DEL

PRIMER CUADRO Y EL TRABAJO CALLEJERO EN LA CIUDAD DE MÉ-

XICO (1930-1940) . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 45

I. Entre la imposición reglamentaria y el cuestionamiento judi-cial: las poblaciones proscritas del primer cuadro de la ciudadde México . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 47

1. El tránsito, la competencia económica y el comercio am-bulante . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 51

2. La desarticulación de las periferias sexuales . . . . . . . . . . 57

II. La imagen de la ciudad y el reconocimiento colectivo de lostrabajadores callejeros . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 70

III. A modo de conclusión: la publicidad de las calles de la ciu-dad de México . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 79

CAPÍTULO TERCERO

LENGUAJE CONTENCIOSO Y ESTRATEGIAS LITIGIOSAS EN LA CIU-

DAD DE MÉXICO (1930-1940) . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 85

I. En búsqueda de un lugar común: los conflictos cotidianos ylos límites del espacio público de la ciudad de México . . . . . 90

II. De la calle a los juzgados . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 97

III. A modo de conclusión: estrategias litigiosas en la defensa delespacio público . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 107

CAPÍTULO CUARTO

AMURALLANDO ESPACIOS, JERARQUIZANDO POBLACIONES: EL

COMERCIO, LAS CALLES Y LOS MERCADOS EN LA CIUDAD DE

MÉXICO (1940-1960) . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 113

I. La institucionalización de los rumbos comerciales(1930-1940) . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 115

CONTENIDOVIII

1. Fuera de las calles, pero organizados . . . . . . . . . . . . . . . 116

2. Nuevas reglas, viejos espacios . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 119

II. Los mercados: el diseño de una política urbana (1950) . . . . 124

1. Es espacio interior . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 125

2. Es espacio exterior . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 129

III. La materialización de los espacios jurídicos (1950-1960) . 131

IV. A modo de conclusión: los efectos del mercado . . . . . . . . 138

CAPÍTULO QUINTO

CERCANDO ESPACIOS, ABRIENDO FISURAS: HISTORIAS DE CONTROL

Y CUESTIONAMIENTO EN LAS CALLES DE LA CIUDAD DE MÉXICO

(1950-1970) . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 143

I. El comercio en zonas prohibidas: historias de control y eva-sión a la autoridad . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 144

1. El comercio en zonas prohibidas . . . . . . . . . . . . . . . . . . 147

2. Estrategias cotidianas de evasión a la autoridad . . . . . . . 151

II. ¿El debilitamiento judicial de los cuestionamientos popula-res? (1950-1970) . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 155

1. Desenredando marañas regulatorias . . . . . . . . . . . . . . . . 160

2. La cosificación judicial del comercio callejero . . . . . . . . 163

III. A modo de conclusión: las dimensiones del cambio judi-cial . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 166

CAPÍTULO SEXTO

PATRONES DE NEGOCIACIÓN Y APROPIACIÓN DEL ESPACIO PÚBLICO

AL COMIENZO DE UN NUEVO SIGLO (1980-2000) . . . . . . . . . . . . 169

I. Los dueños de la calle (1980-1990) . . . . . . . . . . . . . . . . . . 174

CONTENIDO IX

II. La intervención institucional del espacio: entre la historia y lacriminalización (1992-1999) . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 182

1. La limpieza del espacio histórico . . . . . . . . . . . . . . . . . . 183

2. ¿Democratización o criminalización de las calles? . . . . . 190

III. Negociación y apropiación de las calles (1999-2007) . . . . . 195

1. El acceso y la publicidad del espacio . . . . . . . . . . . . . . . 196

2. La distribución organizada del espacio . . . . . . . . . . . . . . 199

3. La reglas del espacio público . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 203

4. Los rituales públicos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 209

IV. A modo de conclusión: la importancia del derecho en la vidacotidiana . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 212

CAPÍTULO SÉPTIMO

LA ÚLTIMA BATALLA POR LAS CALLES: COMERCIANTES,

DELINCUENTES Y ESTORBOS EN EL CENTRO DE LA CIUDAD

(2004-2010) . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 215

I. De comerciantes a estorbos en las calles . . . . . . . . . . . . . . . . 219

1. La transformación ontológica del comercio callejero . . . . 222

2. ¿Un código de tránsito? . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 224

3. El espacio del código de tránsito . . . . . . . . . . . . . . . . . . 227

II. ¿De vuelta a las calles? . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 230

1. El abandono del espacio público. . . . . . . . . . . . . . . . . . . 232

2. De obrero a trabajador callejero: la reconfiguración deldelincuente urbano . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 235

III. A modo de conclusión: momentos de cambio, tiempos deviolencia . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 242

CONTENIDOX

CONCLUSIONES

LEGALIDADES PÚBLICAS: DISCIPLINA, RESISTENCIA Y NEGOCIA-

CIÓN EN LAS CALLES DE LA CIUDAD DE MÉXICO . . . . . . . . . . . . . 245

I. De disciplinas . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 248

1. Observación jerárquica . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 250

2. Las normas . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 252

3. Los castigos sistemáticos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 253

II. De resistencias . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 257

1. La resistencia espacial . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 257

2. La resistencia jurídica . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 263

III. La negociación del espacio público . . . . . . . . . . . . . . . . . 270

IV. Preguntas abiertas . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 274

1. Espacio público y derecho . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 275

2. Relaciones entre el derecho y comerciantes callejeros . . . 276

3. La experiencia judicial y la cotidianeidad de la justicia . . 280

4. Derecho y vida cotidiana . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 284

Bibliografía . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 287

Índice de cuadros, gráficas e imágenes . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 305

CONTENIDO XI

Legalidades públicas: el derecho, el ambulan-taje y las calles en el centro de la ciudad de mé-xico (1930-2010), editado por el Instituto deInvestigaciones Jurídicas de la UNAM, se ter-minó de imprimir el 22 de noviembre de 2011en los talleres de Formación Gráfica S. A. de C.V., Matamoros 112, colonia Raúl Romero, Ciu-dad Nezahualcóyotl, 57630 Estado de México,tel. 5797 6060. Se utilizó tipo Times New Ro-man en 9, 10, 11 y 18 puntos. En su edición seempleó papel cultural 70 x 95 de 50 kilos paralas páginas interiores y cartulina couché de 162kilos para los forros; consta de 500 ejemplares

(impresión offset).

AGRADECIMIENTOS

Quiero expresar mi gratitud a las personas e instituciones que apoyaron

este proyecto. En primer lugar, a Sergio López Ayllón, quien acompañó

y creyó en esta investigación desde el año 2008, cuando se esbozó como

una primera propuesta de tesis doctoral en el Instituto de Investigaciones

Jurídicas de la UNAM. Sus rigurosas y agudas críticas, así como sus

atentas y pacientes observaciones, fueron centrales para entablar un diá-

logo necesario sobre los problemas socio-jurídicos abordados. Asimis-

mo, quiero agradecer a José Antonio Caballero, quien, hace ya varios

años, me aceptó como asistente y estimuló mi desarrollo personal y pro-

fesional. Finalmente, agradezco a Héctor Fix-Fierro por sus atinados co-

mentarios y observaciones, así como por siempre estar dispuesto a recibir

y orientar a cualquier sociólogo del derecho en ciernes.

Mi gratitud va también dirigida a las instituciones que facilitaron el

desarrollo de la investigación. Agradezco, en primer lugar, al Instituto de

Investigaciones Jurídicas de la Universidad Nacional Autónoma de Mé-

xico, y en particular a Francisco Ibarra Palafox, coordinador del Progra-

ma de Doctorado. En estos años recibí apoyo económico del Consejo

Nacional de Ciencia y Tecnología (Conacyt), institución que financió

tanto mis estudios en México, como las estancias de investigación en el

exterior. Otras instituciones como la Law & Society Association y el De-

partamento de Geografía de la Simon Fraser University, apoyaron esta

investigación. La primera al concederme el privilegio de participar en su

2008 Graduate Students Workshop y la segunda por aceptarme como in-

vestigador visitante durante 2009.

En la División de Estudios Jurídicos del Centro de Investigación y

Docencia Económica encontré, desde otoño de 2010, un lugar ideal para

continuar mi carrera profesional. Quiero agradecer, en especial, a las au-

toridades y al personal administrativo de la institución, así como a los

colegas de la División, quienes han apoyado la fase de revisión de la in-

vestigación con miras a su publicación.

XIII

A lo largo del libro, las fuentes de información son diversas. La infor-

mación legislativa proviene, en su mayoría, del Acervo de Legislación

y Jurisprudencia del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la

UNAM. Mi agradecimiento va para el personal de este acervo que faci-

litó la búsqueda y consulta de la información. Otra fuente importante,

particularmente administrativa, proviene del Archivo Histórico del Dis-

trito Federal y del Archivo Histórico de la Secretaría de Salud, cuyo per-

sonal orientó y toleró todas las inquietudes de un abogado interesado en

la historia urbana. De la misma forma, quiero agradecer a la unidad de

consulta de información de la Suprema Corte de Justicia de la Nación,

las bibliotecas del Instituto de Investigaciones Jurídicas, del Centro de

Investigación y Docencia Económica y de la Simon Fraser University.

Finalmente, agradezco a todos los comerciantes callejeros, policías y lí-

deres de organizaciones, por aceptar ser entrevistados y, principalmente,

por mostrarme la dignidad, honestidad y valor con que se enfrenta la vi-

da en las calles.

Varios investigadores contribuyeron con observaciones, consejos o

críticas a esta investigación. Entre ellos quiero agradecer, especialmente,

a Antonio Azuela, por la imaginación, claridad y estímulo que me trans-

mitió en cada conversación; a Mario Barbosa, quien desde un comienzo

se sumó desinteresadamente a esta aventura y me guió por los archivos

de la ciudad; a Nicholas Blomley, por darme la bienvenida y llevarme a

través de la geografía y el derecho; a Alicia Ziccardi, por brindarme es-

pacios, comentarios y alicientes indispensables para la terminación de

esta obra, y a David Nelken, por convencerme de que lo mejor era empe-

zar esta aventura.

Otros colegas aportaron agudas observaciones sobre puntos tangencia-

les de esta obra; entre ellos los coordinadores y participantes del Semina-

rio Permanente de Historia Social de El Colegio de México, en particular

Clara Lida, Ma. Dolores Lorenzo y María José Rhi Sausi; del Seminario

Permanente del Centro Histórico de el Programa Universitario de Estu-

dios Sobre la Ciudad de la UNAM, y del Seminario Nuevas Miradas al

Delito y la Justicia en México, organizado por la Suprema Corte de Justi-

cia de la Nación y coordinado por Elisa Speckman, en todos estos espa-

cios se discutieron algunas ideas y resultados de la investigación. Adicio-

nalmente, agradezco a Gustavo Fondevila por las pláticas y el pesimismo

ilustrado que imprime en cada uno de sus comentarios.

AGRADECIMIENTOSXIV

Algunos amigos y familiares también merecen mi reconocimiento por

su apoyo y solidaridad; en particular, Tomás Herrera, Roberto Barrios,

Bernardo Morales, Marcela Cheng y Andrea Medina. Raquel Reyes y

Marcela Meneses apoyaron, por muchos años, este proyecto, y sin mayor

obligación que compartir diariamente nuestras angustias, vidas y espe-

ranzas. A Rubén Meneses le agradezco el mutuo respeto y admiración

que hemos construido a lo largo de este tiempo.

Una especial mención merece Donají Alba, con quien he recorrido la

ciudad durante los últimos años. Su apoyo, cariño, amistad, compañía y

solidaridad han sido un aliento que va más allá de esta investigación.

AGRADECIMIENTOS XV

INTRODUCCIÓN

¿Puede contarse la historia de una ciudad, sus calles y ocupantes a travésde documentos imaginados, procesados y redactados al interior de losmuros de las instituciones jurídicas?, ¿qué pueden decirnos las calles so-bre el desarrollo, complejidad, limitaciones, contradicciones y usos quepresenta el derecho en el espacio urbano? La presente investigación tratade responder estas preguntas a través del análisis del comercio callejeroen el centro de la ciudad de México, sus reguladores y regulaciones,desde la década de 1930 y hasta el año 2010.

A lo largo de este periodo, el ambulantaje ha sido un tema central enla agenda administrativa y de gobierno local. Regular, prevenir, prohibiry extinguir la presencia de los comerciantes ambulantes en las calles delcentro de la ciudad de México ha sido un medio a través del que diversosdiscursos y prácticas públicas se han articulado y materializado en el es-pacio.

Las causas y consecuencias de estos discursos y prácticas han afectadodiferentes aspectos de la vida cotidiana urbana. Una historia sobre la re-gulación del ambulantaje en las calles del centro de la ciudad de Méxicoes, por lo tanto, una historia sobre la ciudad, sus calles y sus habitantes.Pero sobre todo, significa un esfuerzo por comprender y explicar el papelde la ley en la vida cotidiana de la población durante los últimos ochentaaños, en la ciudad de México.

El argumento central que sostengo en esta investigación es que los lí-mites jurídicos del espacio público —por quién, para qué y cómo puedenser utilizadas las calles— se encuentran inmersos en un proceso continuode negociación. Proceso que forma parte sustancial de la manera en quela población experimenta el derecho en el espacio urbano.

Esto es lo que yo identifico como una dimensión micro del conflictosocial. La investigación se construye a través de la suma de estos conflic-tos cuyas trayectorias y resultados permiten identificar la manera en quese transforman las reglas del mundo en que vivimos.

1

El estudio se desarrolla en dos vías: diacrónica y sincrónica. En térmi-nos diacrónicos, incorporo algunas fuentes y herramientas historiográfi-cas con el propósito de establecer que el entendimiento histórico de la re-gulación del espacio público significa un esfuerzo por comprender yexplicar la materialización del discurso jurídico.

También ilustra el papel de las resistencias sociales que cambiaron oparticiparon en procesos de transformación jurídica, espacial o social dela ciudad de México. Pretendo comprobar que este proceso constituye uncontínuum social cuya materialización ofrece una gruía para trazar los lí-mites del espacio público y, de manera más particular, de la regulaciónde las calles.

Para ello analizo hasta qué punto el estudio de los rastros que dejan lasdefiniciones, clasificaciones y procedimientos jurídicos desplegados ymovilizados por los agentes sociales en torno a las calles, puede ser útilpara conocer y explicar las transformaciones sociales y los modelos jurí-dico-espaciales que han operado en la ciudad de México, desde lasprimeras décadas del siglo XX.

En términos sincrónicos, busco establecer que la constitución jurídicaactual del espacio público de la ciudad de México tiene por objetivo, endistintos frentes, excluir y anular formas particulares y no deseadas deapropiarse de las calles, a través de mecanismos que buscan subordinar ydisciplinar a los agentes, así como reconstruir un espacio seguro deconvivencia.

Esta parte de la investigación se inscribe dentro de la literatura queidentifica dichos procesos regulatorios como el resultado del diseño depolíticas públicas que se caracterizan por la proscripción de la pobrezaurbana. Casos como la regulación los homeless en las sociedades nortea-mericanas, los migrantes africanos en sociedades europeas pueden serejemplos de este movimiento global.1

En el caso de la ciudad de México lo que he identificado es que, entiempos recientes, las políticas enfocadas en regular el comercio ambu-lante están imbuidas de este ambiente de cero tolerancia. Esto se ha tra-ducido en una dinámica de persecución y encarcelamiento sistemático dela población que comercia en el espacio público. Desde esta perspectiva

INTRODUCCIÓN2

1 Mitchell, Don, The Right to the City: Social Justice and The fight for Public Spa-

ce, Nueva York, Guilford, 2003. Wacquant, Loïc, Los condenados de la ciudad: gueto,

periferias y Estado, trad. de Marcos Meyer, Argentina, Siglo XXI, 2007.

se forma una tensión entre los ideales contemporáneos de un Estado ga-rantista y la existencia de una regulación abiertamente represiva para elcontrol de la convivencia urbana.

Ambas vías analíticas me han permitido establecer que la constituciónjurídica actual de las calles de la ciudad de México es el resultado de unlargo proceso de articulación entre los intentos estatales por limitar eluso, las conductas, presencias y estructuras físicas de las calles con unconjunto de actos de oposición y negociación que diferentes agentes so-ciales han desplegado en torno a las calles, a través de la utilización yreinterpretación de diferentes mecanismos e instituciones jurídicas.

En este sentido, la investigación muestra cómo las calles son la expre-sión y el espacio mínimo, aunque visible y más representativo, de losconflictos que día a día le dan vida al derecho en las sociedades urbanascontemporáneas. Observo a las calles como un espacio en donde es posi-ble identificar largos procesos de habituación y oposición entre la pobla-ción y la autoridad jurídica, infundidos en la organización social y mate-rial de la vida cotidiana, más que en la recapitulación de disputas jurídi-cas de mayor impacto.

Entendidas de esta forma, las calles representan un espacio en dondediferentes conflictos, que entre otras cosas pueden ser caracterizados co-mo jurídicos, se desarrollan cotidianamente; pero al mismo tiempo, lascalles representan un espacio socialmente ocupado, donde cada agente ycolectividad lucha por su presencia y permanencia, lo que contribuye a ladefinición y reflexión constante del derecho que tienen las personas aocupar un lugar en el mismo pavimento.

Es precisamente sobre esta representación de las calles como un espacioconflictivo y constantemente ocupado, que me concentro en el estudio delcomercio ambulante. Considero al ambulantaje como un ejemplo de la for-ma en que un conjunto heterogéneo de agentes sociales son capaces dedesplegar diversas estrategias legales, ilegales, y también no legales, paradefender y conservar un lugar en el pavimento. Ello significa reconocerque la intervención de los agentes sociales es uno de los elementos funda-mentales para que existan tanto el derecho como el espacio público.

En términos específicos, lo que implican estas afirmaciones es que elderecho y el espacio público pueden ser tanto variables dependientes co-mo independientes de análisis, y que en todo momento se constituyenmutuamente. Pero también significa reconocer que si esto es posible esporque tanto el derecho como el espacio público son dos elementos de la

INTRODUCCIÓN 3

vida social mediados por personas que los usan de diferentes formas paracuestionar, negociar o transformar los límites de la vida social.

La imagen de la ciudad que nos propone esta historia de la regulacióndel ambulantaje, es la de un espacio urbano en constante crecimiento ytransformación; un espacio cada vez más complejo y heterogéneo, atra-vesado por diferentes cambios nacionales y locales, por diversas escalasde autoridad y regulación. Esta historia permite, entonces, aproximarnosa la manera en que el derecho funciona como un medio a través del quese expresan, articulan, cuestionan o negocian los términos de las relacio-nes cotidianas entre la población y la autoridad.

Entendido así, el derecho es un conjunto de prácticas y sentidos cam-biantes, una hipótesis de acción en donde los actos de resistencia, disci-plina y negociación representan una variable fundamental para entenderla constitución jurídica actual del mundo en que vivimos.

I. PRIMERA DEFINICIÓN

El espacio público contemporáneo no es aquel lugar apacible, abiertoa la diferencia y la inclusión, donde los derechos y el acceso se encuen-tran previamente garantizados.

Estudiar, desde una perspectiva socio-jurídica, las calles de la ciudadde México, y las prácticas y sujetos que las ocupan, implica más bien re-conocer que el espacio público es un conjunto de lugares en conflicto, endonde el derecho funciona como un medio para definir y restringir los lí-mites y el acceso las calles. De ahí que al intentar reconstruir la historiade las calles a través de documentos jurídicos refleje un proceso de en-cuentros y rechazos, a la manera de esas cosas que no pueden ocupar unlugar en el mismo espacio.

Pocos temas de investigación, sin embargo, demuestran de manera tannítida la separación que existe entre el derecho y la sociedad en México.De un lado, las prácticas y sujetos que alojan las calles de la ciudad deMéxico son considerados como indicios de los grados de anomia e infor-malidad en que interactúan la población, cuya mayoría —lo pobres urba-

INTRODUCCIÓN4

nos— se constituye por un conjunto de sujetos precondicionados cultu-ralmente a quebrantar el Estado de derecho.2

De otro lado, se presume que las calles y sus ocupantes son meros ob-jetos de regulación, que experimentan en el día a día los actos y la volun-tad de la autoridad, sin mayor oportunidad de cuestionamiento que eldespliegue de pequeños actos de resistencia, en las calles, fuera del mun-do de la ley y sus instituciones.3

Seguir los planteamientos propuestos por la primera postura exigiría,para su validación, asumir una actitud científico-correccional con el pro-pósito de resolver un problema social que requiere la intervención de laautoridad y la ley.4 La segunda opción supone analizar los efectos del de-recho sobre un conjunto de sujetos, o discípulos, quienes no cuentan conrecursos, ni imaginación suficiente, para cuestionar, negociar o revertirlos actos y la voluntad de la autoridad, bajo los mismos términos que éstaimpone.

Este libro sugiere otra cosa. Más que formas o relaciones jurídicas preci-sas, el estudio de la regulación del espacio público implica analizar un pode-roso pero fluctuante proceso de significados, acciones y estrategias de disci-plina, resistencia y negociación, cuyo resultado constituye, y es moldeadopor las prácticas espaciales que determinan los límites y usos de las calles.

De manera obligada, para que este proceso eclosione, es necesaria laintervención de la autoridad. La regulación, en este sentido, transforma,reconfigura o impone nuevos términos y representaciones espaciales so-bre los que se desarrollan las relaciones sociales. Pero este proceso noviene sólo, pues depende de la manera en que sea recibido e interpretadopor la sociedad que pretende coordinar.

En otras palabras, la regulación del espacio público puede significartanto un medio a través del cual la autoridad, y la clase gobernante, im-

INTRODUCCIÓN 5

2 Lewis, Oscar, Pedro Martínez: Un campesino mexicano y su familia, trad. de JoséLuiz González, México, Joaquín Mortíz, 1970, pp. XI-XLI. Valencia, Enrique, La Mer-

ced: Estudio ecológico y social de una zona de la ciudad de México, México, INAH,1965.

3 Silva, Diana, “Comercio ambulante en el Centro Histórico de la ciudad de México(1990-2007)”, Revista Mexicana de Sociología, núm. 2, 2010, pp. 195-224.

4 Diferentes autores han estudiado y evidenciado el carácter correccional de ciertasaproximaciones y teorías de las ciencias sociales. Un debate extenso al respecto puedeser visto en: Rubington, Earl y Weinberg, Martin, The Study of Social Problems: Five

Perspectives, Nueva York, Oxford University Press, 1971.

ponen definiciones y límites propios sobre lo que debe entenderse por elmundo de lo social, como un medio a través del cual la población cues-tiona y delimita los márgenes de acción de la misma autoridad.5

Toda regulación proscribe. Por lo tanto, y de manera complementaria,podemos explicar sus efectos a través del estudio de aquellas poblacio-nes, espacios, prácticas o conductas que niega, combate o excluye.

El derecho moderno tiende a establecer límites más allá de los cualesla misma ley se desvanece o transmuta en otra cosa.6 Importa entonces laidentificación de ese otro campo, el de los no-sujetos de derecho queaparecen en los márgenes de la documentación jurídica como no legiti-mados para cuestionar a la autoridad, como sujetos propensos para que laautoridad restrinja sus derechos: la ilegalidad entendida no como prácticasubversiva ni anormal, sino como espacio en donde la autoridad tambiénactúa y enmascara sus acciones.

Esta indeterminación refleja un problema insuperable sobre el que re-sulta estéril preguntarse qué o por qué se desarrollan algunas relacionesjurídicas concretas en las calles. Podemos decir, como sugiere Azuela,que una práctica urbana es más o menos ilegal que otra, pero la preguntasiguiente sería ¿y qué?7

La ejecución de un tipo de regulación del espacio público pasa por ac-tos de violencia contra prácticas, costumbres, instituciones y grupos so-ciales particulares. Su historia es, por lo tanto, una exploración de lasformas, contenidos, movimientos y frecuencias con que dicha violenciaes recibida, cuestionada o negociada por la población y el espacio.

La historia que se cuenta aquí, no trata de una exploración sobre gran-des conflictos o luchas sociales, tampoco se hablará de “grandes momen-tos constitucionales”,8 lo que se intenta es identificar aquellos momentos

INTRODUCCIÓN6

5 Me inspiro libremente en los planteamientos desarrollados por E. P. Thompson.Thompson, Dorothy (ed.), The Essential E. P. Thompson, Nueva York, The New Press,2001, pp. 431-442, y en la introducción de Rodríguez, Ariel, Historia del desasosiego.

La revolución en la ciudad de México, 1911-1922, México, El Colegio de México, 2010.6 Agamben, Giorgio, Estado de excepción, Argentina, Adriana Hidalgo, 2003.7 Azuela, Antonio, “El orden jurídico en la interpretación sociológica de la urbani-

zación popular en América Latina”, Sociológica, año 5, núm. 12, 1990.8 “Los abogados, intentan subrayar el papel heroico que pueden jugar los jueces y

abogados, especialmente en los «momentos constitucionales», es decir, cuando existenconflictos fundamentales en la sociedad acerca de cuáles deben ser los términos de la vi-da política y social”. Rajagopal, Balakrishnan, “Los límites del derecho en la globaliza-ción contrahegemónica: la Corte Suprema de la India y la lucha por el valle de Narman-

específicos que formaron parte de un conflicto mucho más cotidiano ymundano pero que, en el día a día, le dieron vida al derecho y al espaciopúblico de la ciudad de México.

II. SEGUNDA DEFINICIÓN

Estudiar la regulación del espacio público en la ciudad de México exi-ge, entre otras cosas, concentrarse en el estudio de un ámbito regulatoriopoco explorado, empíricamente, en México: el orden de policía y buengobierno.

Tangencialmente, este libro puede ser visto como un intento por com-prender y explicar el papel jugado por el orden de policía y buen gobier-no en la regulación de los usos y funciones de las calles, y las estrategiasmediante las que este ámbito regulatorio se articula con otras formas yprocedimientos jurídicos, para administrar el ejercicio cotidiano de dife-rentes libertades en un espacio marcado por la densa convivencia.9

El estudio de este tipo de regulaciones, en México, parece un méritoexclusivo de los historiadores.10 Los abogados administrativistas se hanenfocado más en desarrollar esquemas y monografías descriptivas de losprocedimientos y responsabilidades que delimitan las funciones de la ad-ministración pública federal, que en explicar y comprender el papel quejuegan las leyes, instituciones y burocracias locales, y más próximas a lapoblación, en la gestión del ejercicio de diferentes derechos en la vidacotidiana.

INTRODUCCIÓN 7

da”, en Rodríguez, César y Santos, Boaventura, El derecho y la globalización desde

abajo: hacia una legalidad cosmopolita, Barcelona, Anthropos, 2007, p. 167.9 Para un análisis sobre los factores que debemos considerar al destacar la diferencia

que marca el espacio urbano en cualquier estudio social véase: Saunders, Peter, “TheSpace, the City and Urban Sociology”, en Gregory, Derek y Urry, John (eds.) Social Re-

lations and Spatial Structures, Londres, Macmillan, 1985.10 Al respecto, resultan clarificadores los siguientes trabajos: Lira, André, “Legaliza-

ción del espacio: la ciudad de México y el Distrito Federal, 1874-1884”, Connaughton,Brian et al. (coords.), La construcción de la legitimidad política en México en el siglo

XIX, México, El Colegio de Michoacán-UAM-UNAM-COLMEX, 2008; Piccato, Pablo,City of Suspects: Crime in Mexico City 1900-1931, Durham, Duke University Press,2001; Barbosa, Mario, El trabajo en las calles: subsistencia y negociación política en la

ciudad de México a comienzos del siglo XX, México, Universidad Autónoma Metropoli-tana, 2008; Ochoa, Enrique, “Coercion, Reform, and the Welfare State: The Campaignagainst ‘Begging’ in Mexico City during the 1930’s”, The Americas, 2001, pp. 39-64.

Este libro trata de la manera en que el orden de policía y buen go-bierno de la ciudad de México ha desarrollado un conjunto de estrate-gias y mecanismos propios para gestionar, jerarquizar y contraponer elejercicio de dos libertades en el espacio público: el derecho al trabajo yla libertad de tránsito, en un espacio marcado por la densa convivencia,como lo es el Distrito Federal.

Desde finales del siglo XIX, y ciertamente durante las primeras déca-das del siglo XX, las calles de la ciudad de México fueron vistas como elespacio ideal para el ejercicio cotidiano de la libertad de tránsito.11 Elloexigió el despliegue de distintas estrategias regulatorias para prohibir,restringir o vigilar la existencia de otras prácticas en las calles, como eltrabajo y el comercio callejero.

Sin embargo, el ejercicio cotidiano de la libertad de trabajo y comer-cio en las calles también ha sido restringido mediante otros argumentosdistintos al tránsito, tales como la higiene, la seguridad de las personas,la competencia económica o la cultura cívica. Cada uno de estos concep-tos ha implicado un cambio en el proceso de regulación del espacio pú-blico de la ciudad de México; cambio infundido por ideas imperantes enun momento determinado, que reflejan el grado de civilización y ordenque desea ser alcanzado, o impuesto, sobre las calles.

Pero, en esta historia no todo es ruptura y transformación. Estudiar elorden de policía y buen gobierno implica, también, aproximarse a unatécnica de regulación que ha gobernado la vida de las poblaciones urba-nas desde, al menos, el siglo XIX. Una serie de acciones, conocimientosy estrategias jurídicas que moldean y forman patrones continuos a travésde los cuales es posible determinar la manera en que se relaciona lapoblación con las autoridades.

En este sentido, la historiografía sobre la ciudad de México, probable-mente de manera involuntaria, ha avanzado a pasos agigantados. Es a tra-vés de las propuestas desarrolladas por estos estudios que ha sido posibleidentificar la continuidad y permanencia de ciertas prácticas regulatoriasque van más allá de la simple sanción o encarcelamiento tumultuario delos pobres urbanos.

INTRODUCCIÓN8

11 Escudero, Alejandrina, “Carlos Contreras, la planificación y la traza de la ciudadde México 1927-1938”, en Collado, Ma. del Carmen (coord.), Miradas recurrentes I: La

ciudad de México en los siglos XIX y XX, México, Instituto Mora, 2004, pp. 349-375.

Es justamente este tipo de prácticas regulatorias las que permiten ilus-trar una característica fundamental del orden de policía y buen gobierno.Se trata de un proceso a través del cual la autoridad infunde hábitos deobediencia sobre la población y, al mismo tiempo, devuelve responsabi-lidades públicas a los sujetos regulados.12

Esta devolución de responsabilidades públicas no sólo representa unterreno fértil para investigar cuestiones relacionadas con el poder públicoy el desarrollo de conocimientos regulatorios locales, también implica,como reconoce Charles Reich,13 analizar la extensión de poderes regula-torios más allá del Estado, a través de mecanismos que estructuran “nue-vos tipos de propiedad”, tales como espacios apropiados por organizacio-nes de comerciantes ambulantes o lugares sobre los que prácticassociales específicas —como el uso del automóvil— reclaman, o pre-sumen, un uso exclusivo.

III. TERCERA DEFINICIÓN

Al igual que en otras ciudades latinoamericanas, durante la primeramitad del siglo XX, en la ciudad de México se establecieron las reglasdel espacio y la convivencia urbana.14 Resumiendo un poco los argumen-tos, es posible decir que, al menos en lo tocante a la administración y re-gulación de las calles, durante esta época adquirió fuerza la idea de queel uso y la función principal de las calles sería el tránsito, de que el es-pacio público es un bien inalienable e intransferible que sólo el Estadopuede concesionar a particulares a través de un número aún indetermina-do de permisos y licencias. De que la población que no se ajustara a es-tos términos ocuparía un lugar en la ciudad de manera ilegal o informal.

En contrapartida, durante el mismo periodo, millones de personas po-bres fueron poblando las periferias del orden urbano, en algunos casos

INTRODUCCIÓN 9

12 Levi, Ron y Valverde, Mariana, “Knowledge on Tap: Police Science and CommonKnowledge in the Legal Regulation of Drunkenness”, Law and Social Inquiry, vol. 26,núm. 4, 2001, pp. 819-46.

13 Reich, Charles, “The New Property”, Yale Law Journal, 1964, pp. 733-787.14 Véase, al respecto: Rincón, Análida, “Racionalidades normativas y apropiación

del territorio urbano: entre el territorio de la ley y la territorialidad de las legalidades”,Economía, Sociedad y Territorio, vol. V, núm. 20, enero-abril de 2006, pp. 673-702; Jof-fré, Gabriel, “El guión de la cirugía urbana: Lima 1850-1940”, Ensayos de ciencias so-

ciales, Lima, UNMSM-Editorial de la Facultad de Ciencias Sociales, 2004, pp. 9-33.

mediante la ocupación irregular de predios y demás espacios destinadosa un uso habitacional y, en otros, a través de una concepción del derechoal trabajo que tenía, en las calles, un espacio primordial de expresión yejercicio cotidiano.

Estas prácticas eran tan comunes y cotidianas que constituirían espa-cialidades concretas tales como las herraduras de tugurios, las zonas demercados, los rumbos del trabajo callejero o las colonias proletarias. Lasespacialidades constituidas por la forma en que las clases populares seapropiaban del espacio —herraduras de tugurios, zonas de mercados,rumbos del trabajo callejero o colonias proletarias— adquirieron, duranteeste periodo, un carácter peligroso y, con ellas, los agentes que interac-tuaban en su interior fueron rápidamente catalogados como sujetospredispuestos culturalmente a quebrantar las normas.

De tal suerte, comenzaría a arraigarse una representación dual del es-pacio urbano —la ciudad legal y la ciudad ilegal; la ciudad formal y laciudad informal— que tendría, en las décadas de los sesenta y los seten-ta, una influencia importante en la localización académica de aquellossujetos y lugares para los que la violación de la ley parecía una prácticacomún.

Las limitaciones de esta forma estática de concebir al derecho y al es-pacio se evidencian, por una parte, en que las espacialidades constitui-das por los sectores populares, lo mismo podían adquirir una forma ju-rídica específica que las incorporara dentro del sistema oficial deregulación y planificación del espacio urbano, o bien, podían ser repri-midas y anuladas a través de la misma aplicación de la ley.

Y, por la otra, en que la ley no era solamente utilizada por las clasesgobernantes para castigar y disciplinar a los pobres urbanos, también eraun medio a través del cual los pobres urbanos podían reclamar o negociarcon la autoridad un reconocimiento oficial a cambio de apoyos políticoso prebendas.

En suma, la forma en que la ley era utilizada descansaba más en lamanera en que cada colectividad urbana lograba relacionarse con la auto-ridad y menos en una especie de consenso ideológico que tuviera comoobjetivo eliminar a los pobres y, con ellos, las espacialidades que habíanconstituido fuera de los márgenes de la ley.

Esta indeterminación, sobre los usos y funciones de la ley, complica lautilización del derecho como un referente estable para determinar los lí-

INTRODUCCIÓN10

mites del espacio público. Es decir, un espacio ocupado de manera ilegalpodía, rápidamente, constituirse como un espacio jurídicamente recono-cido, todo en función de la forma en que la población lograba relacionar-se y negociar con la autoridad dicho reconocimiento.

Lo anterior se hace evidente, por ejemplo, en la forma en que los habi-tantes de las colonias proletarias de la ciudad de México negociaron conla autoridad un reconocimiento oficial de sus espacios habitacionales yen la forma en que la autoridad recurrió al desarrollo de decretos para re-conocer jurídicamente dichos espacios privados, al tiempo que les otor-gaba un reconocimiento como sujetos colectivos de derechos.15 Sin em-bargo, aún no contamos con una explicación integral que nos permitaanalizar el peso que tuvo este tipo de prácticas jurídicas en la constitu-ción del espacio público material de la ciudad de México.16

Este libro tiene como objetivo, precisamente, analizar la manera enque los límites del orden y la norma urbana se flexibilizaron durante laprimera mitad del siglo XX para dar cabida a las espacialidades públicasconstituidas por la forma en que los comerciantes ambulantes se apro-piaban del espacio.

Sugiero, que más que ver a la indeterminación de la ley en el espaciourbano como un fenómeno constitutivo de prácticas informales o ilega-les, éstas deben ser vistas como un conjunto de relaciones sociales cons-titutivas de diferentes legalidades cuyo carácter descansa en la forma enque el derecho es utilizado y movilizado, tanto por la autoridad como porla población para adelantar sus fines.

Ello implica desarrollar tres planteamientos básicos, que contrastanfuertemente con aquellas visiones estáticas del derecho que tienden aechar mano de la ley como un referente estable para determinar los gra-dos de informalidad o ilegalidad de las prácticas sociales, o para determi-nar el grado de disciplina y violencia que despliegan las autoridadessobre la población.

Primero, implica preguntarse por la combinación de estrategias legalese ilegales —y también no legales— mediante las cuales tanto los comer-

INTRODUCCIÓN 11

15 Azuela, Antonio y Ma. Soledad Cruz, “La institucionalización de las colonias po-pulares y la política urbana de la ciudad de México (1940-1946)”, Sociológica, núm. 9,1989.

16 Lomnitz, Claudio “La construcción de la ciudadanía en México”, Metapolítica,vol. 4, julio-septiembre de 2000, pp. 149 y 150.

ciantes ambulantes como las autoridades han adelantado sus fines. Mani-festaciones públicas, uso de tribunales, cabildeos, represiones masivas,negociaciones y comunicaciones entre la autoridad administrativa enturno y la población, son parte integral de este punto.

Segundo, y en relación con un debate socio-jurídico tradicional queparece cobrar fuerza en el ámbito jurídico mexicano y que tiene que vercon el impacto político de los derechos, hablar de legalidades implicano sólo ampliar el canon jurídico más allá de los derechos individuales,también representa un ejercicio enfocado en responder dos preguntasconcretas. Por una parte ¿de qué manera defienden colectivamente susderechos los comerciantes ambulantes del centro de la ciudad de Méxicoy bajo que vías? Por la otra, ¿cuál ha sido el peso del derecho en la ma-nera en que los ambulantes, y sus espacios, han sido reconocidos por elEstado y viceversa?

Tercero, hablar de legalidades implica reconocer que la regulación yadministración jurídica del espacio público urbano opera, por definición,en distintas escalas o entre ellas. Así, por ejemplo, identificar la existen-cia de un reglamento que prohíba el comercio en las calles de la ciudadde México significa que la autoridad expresó, en un momento determina-do, su voluntad para prohibir que la población comerciara en un espacioespecífico y muy poco más, pues para analizar los efectos y límites deesta declaración de voluntad es necesario observar cómo fue movilizada,en qué espacios, sobre qué sujetos y de qué manera fueron recibidos, porla población, tanto sus contenidos como sus efectos.

IV. ESTRUCTURA

La investigación consta de ocho capítulos independientes, aunquecoaligados por el tiempo, el espacio, las relaciones y los agentes socia-les que involucran. Cuatro grandes temas confluyen en el curso de estahistoria. Ninguno de ellos se restringe, crípticamente, a un capítulo. Seadvierte que cada capítulo presenta hilos conductores con el pasado y elfuturo que lo delimitan. Así, los elementos de la historia se imbricanunos con otros, pues se explican y clarifican entre sí.

El primer tema (capítulos I, II y III) se refiere al tránsito de un procesode regulación abiertamente represivo sobre las poblaciones públicas yaparentemente enfermas, pobres y desaseadas —o de un cierto consenso

INTRODUCCIÓN12

entre las instituciones policiacas urbanas respecto a quién debían identi-ficar como causa, manifestación o resultado del desorden urbano–, al re-conocimiento y diferenciación reglamentaria de la sociedad, lo que deri-vó en la exigencia de nuevos fundamentos de orden, por parte de quienescomerciaban en las calles. He puesto énfasis en el contexto del centro dela ciudad de México, donde se desplegaba el mapa de un universo hete-rogéneo, aunque no completamente fragmentario, que determinaba elmovimiento de los sistemas policiacos urbanos de la época. He descritoprácticas cotidianas en donde la interacción violenta, sistemática y dis-crecional, con la policía y la ley, produjo un orden social y espacial de-terminado en el centro urbano. La progresiva reglamentación de la vidaurbana, aunada a la difusión y respaldo con que contaba el incipiente ré-gimen constitucional revolucionario, implicó la confrontación de dichoorden, mediante el cuestionamiento popular de las acciones discreciona-les e ilegales desplegadas por los agentes institucionales más inmediatos,como policías o inspectores de reglamentos, sobre la defensa de derechostan abstractos como la libertad de tránsito o de trabajo ante los tribuna-les. Estas prácticas contenciosas alteraron, por un momento, las condi-ciones y los términos sobre los que se relacionaba la población y lasautoridades urbanas. Presto atención entonces, a la manera en que unaserie de acciones institucionales, enfocadas en reordenar el espaciourbano, fueron cuestionadas, revertidas o aceptadas por la población,para reclamar o defender un lugar en las calles.

El segundo tema (capítulos IV y V) se refiere a las condiciones deaplicación y eficacia de la ley en la vida cotidiana. La progresiva regla-mentación de la vida urbana, además de ser un medio institucional de re-conocimiento de los trabajadores y comerciantes callejeros, puso en evi-dencia también la complejidad que significaba, para las autoridades,trabajar sobre un espacio y un marco regulatorio fragmentario. En el casoparticular del comercio callejero, esta fragmentación espacial y regulato-ria exigió la intervención institucional para simplificar los espacios y losobjetos de regulación. He puesto entonces la mirada en el tránsito de unorden espacial y regulatorio disperso a un orden administrativamentemás concentrado. Se analizan los diferentes planes desplegados por laautoridad para concentrar en zonas específicas a los comerciantes calleje-ros, y que dieron pauta a la política de construcción de mercados de me-diados de siglo XX. Se explica, asimismo, la manera en que este proceso

INTRODUCCIÓN 13

de concentración espacial significó la ampliación y diversificación de losespacios prohibidos para el comercio ambulante. Despliego un ejerciciode revisión documental enfocado en comprender la manera en que la po-blación se adaptó a este nuevo orden espacial, qué tanta influencia tuvoen el desarrollo de estrategias populares para evadir a la autoridad y elcastigo y qué peso jugó en las vidas de la población y de la ciudadmisma. Finalmente, analizo la manera en que la autoridad defendió susfacultades de regular el espacio público, ante los tribunales.

El tercer tema (capítulos VI y VII) se refiere a las dinámicas, continui-dades y rupturas que ha experimentado el comercio callejero en el centrode la ciudad de México, a partir de la década de 1980. Uno de mis intere-ses al escribir este libro surgió del deseo de intentar comprender la mane-ra en que los comerciantes ambulantes han podido permanecer en las ca-lles, y organizarse, no sólo frente a los diferentes planes y accionesinstitucionales enfocados a retirarlos del espacio, sino también frente aotros usuarios del espacio público que reclaman un pedazo de pavimen-to. Me pregunté qué estrategias han desplegado colectivamente, qué pa-pel juegan los líderes de las organizaciones como intermediarios infor-males de la ley y las calles, cuestioné los alcances del proceso dedemocratización institucional de la ciudad de México y, sobre todo,analicé las transformaciones y reconfiguraciones que ha experimentado,tanto el centro de la ciudad como la figura del comerciante callejero.

El cuarto tema (capítulo VIII) se refiere, a manera de conclusión, a laposibilidad teórica y metodológica de identificar patrones comunes enlas relaciones tendidas entre la población que comercia en las calles y lasautoridades de la ciudad de México. El caso del comercio callejero reve-ló una ley que se interpreta y moviliza de manera dinámica, plural y, aveces, contradictoria. La insistencia de la autoridad por utilizar al dere-cho y los castigos sistemáticos como medio para transformar los hábitosy prácticas de los pobres urbanos, reveló una actitud instrumental y disci-plinaria respecto a la ley. La permanencia de los comerciantes en las ca-lles, y su capacidad para adaptarse, cuestionar y en algunos casos revertirlos ejercicios de intervención institucional del espacio, revelaron una ac-titud opositora y de resistencia respecto al derecho. La posibilidad de quetanto los actores institucionales como la población puedan transitar entreestos dos ámbitos, reveló un patrón de relaciones sociales, en donde la

INTRODUCCIÓN14

negociación es lo que le da vigencia y sentido al derecho en la vidacotidiana.

No me aventuro a concluir que, a partir de estas dinámicas y procesosanalizados, el derecho sea el único elemento constitutivo de las relacio-nes cotidianas que se experimentan en las calles de la ciudad de México.Antes bien, considero que esto depende de los efectos y la influencia quetenga la ley sobre vidas y espacios particulares. Pero, a lo largo de estahistoria, los comerciantes callejeros han protagonizado diferentes rolesen la constitución jurídica del espacio público de la ciudad de México,algunos más importantes que otros. Han demostrado imaginación, defe-rencia y arrojo al interactuar con las autoridades y la ley. Donde existeuna autoridad dispuesta a castigarte y privarte de tus medios de subsis-tencia, actuar como si no existiera supone un riesgo que nadie estádispuesto a asumir.

INTRODUCCIÓN 15

CAPÍTULO PRIMERO

ILEGALIDADES PERIFÉRICAS Y ESPACIALIDADESCENTRALES: LA CIUDAD DE MÉXICO Y LOS ESPACIOS

DEL TRABAJO POLICIACO (1930)

Casi al comienzo de la historia que aquí se cuenta, la forma en que la po-blación se ubicaba en el espacio público urbano era ya empleada por lasociología, para intentar comprender a la sociedad. Por un lado, se en-contraba la “gente buena” y, por el otro, se encontraba la “gente de la es-quina”.1 No ganaban esta denominación únicamente por sus valoresmorales o conductas.

La “gente buena” se constituía por burócratas, comerciantes establecidos,nuevas burguesías, quienes veían representados sus intereses en la ley y de-mandaban su ejecución a través de la prensa escrita y otros medios institu-cionales de comunicación, tales como cartas a la autoridad. La “gente de laesquina”, en cambio, era un conjunto heterogéneo de sujetos habituados avivir en y de las calles, a colarse por los resquicios que no habían sido copa-dos por la ley, y cuya organización, estabilidad y cohesión parecía dependerde la forma y frecuencia con que evadían los preceptos legales.

Además de la posición social, y las formas en que vivían en la ciudad,un elemento distintivo de estas poblaciones radicaba en los medios a tra-vés de los que la autoridad decidía comunicarles sus mandatos. Para la“gente buena”, la ley, la prensa escrita y los escasos señalamientos vialeseran medios suficientes a través de los que la autoridad podía disuadir-los; en contra parte, para la “gente de la esquina”, era necesario el castigosistemático y la demostración pública de su estatus ilegal, para habituar-los a obedecer al derecho.

Esto no era algo nuevo en la ciudad de México. Desde la práctica ad-ministrativa es posible identificar clasificaciones sociales similares, al

17

1 Whyte, William, Street Corner Society: The Social Structure of an Italian Slum,Chicago, Chicago University Press, 1943.

menos, desde los primeros años del siglo XX.2 Y, lo que es más, algunosautores coinciden en que la “gente de la esquina”, y los espacios en queinteractuaban, constituían un conjunto heterogéneo de cuerpos e indiciossobre los que se concentraba la violencia legítima del Estado, desde losprimeros tiempos de formación del Estado mexicano.3

A pesar de estas permanencias del orden de policía y buen gobierno,una característica de la regulación urbana desarrollada entre las décadasde los treinta y los cuarenta es que se trataba de todo un ensamblaje jurí-dico novedoso, a través del que los gobiernos posrevolucionarios busca-ron distinguirse de los regímenes anteriores. Ciertamente, es difícil dilu-cidar los alcances e innovaciones del salto que los revolucionariosestaban dispuestos a dar;4 pero también es cierto que, al menos para ladécada de los cuarenta, la ciudad de México contaba ya con un ensam-blaje jurídico nuevo.5

Más allá de las continuidades y rupturas, es posible decir que, tras elpaso de la Revolución mexicana, las calles de la ciudad volvieron a ser

LEGALIDADES PÚBLICAS18

2 De acuerdo con Piccato, ya en 1904 un funcionario de la ciudad de México dividíaa los usuarios del espacio público en dos tipos de personas. Por un lado, los “cultivados”y, por el otro, los “ignorantes”. Para los primeros, proponía difundir las leyes de tránsitomediante periódicos y señalamientos viales; para los segundos, proponía el uso de casti-gos y reprimendas sistemáticas y constantes. Piccato, Pablo, City of Suspects: Crime inMexico City 1900-1931, Durham, Duke University Press, 2001, p. 41.

3 Véase, entre otros, Arrom, Silvia, “El hospicio de pobres, un experimento fracasa-do de control social, 1774-1884”, en Illades, Carlos y Rodríguez Kuri, Ariel (comps.)Instituciones y ciudad: ocho estudios sobre la ciudad de México, México, UníoS, 2000,pp. 115-132; Márquez, Lourdes, La desigualdad ante la muerte: el tifo y el cólera(1813-1833), México, Siglo XXI, 1994; Piccato, Pablo, op. cit., nota 2.

4 Ejemplos de ello pueden verse en Piccato, Pablo, op. cit., nota 2; Bliss, Katherine,Compromised Positions: Prostitution, Public Health and Gender Politics in Revolutio-nary Mexico City, Pennsylvania, Pennsylvania State University, 2001; Barbosa, Mario,El trabajo en las calles: subsistencia y negociación política en la ciudad de México a co-mienzos del siglo XX, México, Universidad Autónoma Metropolitana, 2008.

5 Tan es así que, para 1943, de un total de 179 normas que estructuraban el orden ju-rídico reglamentario de la ciudad de México, el 93% fue promulgado entre 1930 y 1943.Y, lo que es más, de las 282 normas que daba forma al orden jurídico reglamentario de laciudad de México en 1970, el 55% fue promulgado entre las décadas de los treinta y loscuarenta. Cálculos propios a partir de: Departamento del Distrito Federal, Codificaciónde las disposiciones administrativas vigentes cuya aplicación corresponde al Departa-mento del Distrito Federal, México, Talleres Linotipográficos “Acción”, 1943, ts. I y II;Departamento del Distrito Federal-Dirección General de Gobernación, Legislación delDepartamento del Distrito Federal y la Jurisprudencia de la Suprema Corte relacionadacon la misma, México, Talleres de Publicaciones Mexicanas, 1970, ts. I, II y III.

blanco de discusiones y debates públicos en torno a cómo debía consti-tuirse la vida urbana, qué valores deberían privilegiarse y protegerse, ycuáles prohibirse y combatirse. El aumento de la población,6 la falta decontinuidad en los procesos de urbanización iniciados durante el Porfi-riato,7 y el cada vez más creciente uso del automóvil,8 fueron algunas delas razones que alimentaron los argumentos en favor de este proceso.

A partir de entonces, y al igual que en otras ciudades latinoamerica-nas,9 se establecieron las “reglas” de la publicidad del espacio de la ciu-dad de México, esto es, cómo, por quién y para qué podrían ser utilizadaslas calles. Al mismo tiempo, miles de sujetos poblaron las periferias delorden urbano. Algunos se habían instalado ahí desde décadas atrás; perootros, aún indeterminados, eran recién llegados.

La falta de medios claros para distinguir a los sujetos que formabanparte de estas poblaciones, intensificó el valor de la apariencia como elmedio ideal para probar la disposición, o resistencia, de las personas pararespetar las reglas. De tal suerte, bastaría con aparentar pobreza, enfer-medad o desaseo en público para ser considerado, por los agentespoliciacos, como una manifestación del desorden urbano.

Las páginas siguientes tienen como objetivo, precisamente, explicar lamanera en que se articuló y materializó este proceso en las calles de laciudad de México, principalmente durante la década de los treinta. Paralograr este objetivo, en primera instancia, se analizarán los espacios endonde era más frecuente que la policía aplicara la ley, es decir, aquellosespacios en donde los registros policiacos de la época permiten construir

ILEGALIDADES PERIFÉRICAS Y ESPACIALIDADES CENTRALES 19

6 Solo por poner un ejemplo, durante las décadas de los treinta y los cuarenta la ciu-dad de México experimentó transformaciones importantes que se reflejan en un creci-miento poblacional de 4.7% entre 1930 y 1940, y que para la década de los cuarenta de-vino en un crecimiento anual promedio de 5.8%.

7 González, Moisés, Población y sociedad en México (1900-1970), México, Univer-sidad Nacional Autónoma de México, 1974.

8 De acuerdo con información estadística de la época, entre 1935 y 1955, el númerode automóviles registrados en la ciudad de México se incrementó un 80%. Cálculos pro-pios a partir de: Secretaría de la Economía Nacional-Dirección General de Estadística.Anuario Estadístico de los Estados Unidos Mexicanos (1938; 1957).

9 Véase, al respecto, Rincón, Análida, “Racionalidades normativas y apropiacióndel territorio urbano: entre el territorio de la ley y la territorialidad de las legalidades”,Economía, Sociedad y Territorio, vol. V, núm. 20, enero-abril de 2006, pp. 673-702; Jof-fré, Gabriel, “El guión de la cirugía urbana: Lima 1850-1940”, Ensayos de ciencias so-ciales, Lima, UNMSM-Editorial de la Facultad de Ciencias Sociales, 2004, pp. 9-33.

una representación del espacio, como un lugar poblado por diferentes su-jetos y relaciones sociales constitutivas de transgresiones a la norma. Ensegundo lugar, se analizarán aquellos sujetos, o poblaciones, sobre losque recaía más frecuentemente la violencia legítima del Estado; así comola forma en que recorrían y se relacionaban con el entorno urbano.

Dos inquietudes guían este propósito de caracterizar los espacios y lospúblicos sobre los que se concentraba la aplicación y supervisión de laregulación urbana. En primer lugar, permite comenzar a trazar una res-puesta en torno a uno de los temas adyacentes a esta investigación, queconsiste en analizar el proceso histórico y cultural a través del que se hajustificado el ejercicio legítimo de la violencia del Estado sobre un grupourbano particular,10 en este caso, los comerciantes y los trabajadorescallejeros de la ciudad de México.

En segundo lugar, pretendo analizar el grado de independencia, o con-senso, que existía entre los órganos policiales respecto a sobre quién, có-mo y dónde debía vigilarse, de manera más agresiva, el cumplimiento delas normas. Sin duda alguna, conforme avanzaba el siglo XX, la pobla-ción de la ciudad de México era cada vez más heterogénea y fragmenta-ria. Los procesos de migración y las transformaciones tecnológicas, ex-perimentadas durante la época, habían afectado la vida de los habitantesde la capital del país. También lo hicieron las nuevas reglas que teníancomo fin normar la convivencia y el orden urbano. Sin embargo, comose ha dicho, en el orden de policía y buen gobierno existían prácticas ydinámicas institucionales arraigadas.

I. ILEGALIDADES PERIFÉRICAS, DESÓRDENES CENTRALIZADOS

Como otras capitales del continente, hacia la década de los treinta, lamexicana experimentaba un proceso decisivo de la ciudad moderna lati-noamericana: el abandono del centro urbano como espacio residencialpara las clases altas.11

LEGALIDADES PÚBLICAS20

10 Se trata, en resumidas cuentas, de explicar uno de los elementos básicos del canonque estructura los estudios socio-jurídicos: Seron, Carroll y Silbey, Susan, “Profession,Science and Culture: An Emergent Canon of Law and Society Research”, en Sarat, Aus-tin (ed.), The Blackwell Companion to Law and Society, Oxford, Blackwell, 2001, pp.30-59.

11 Gutiérrez, Ramón, Arquitectura y urbanismo en Iberoamérica, Madrid, Cátedra,1983, p. 479; Scobie, James, “The Growth of Latin American Cities, 1870-1930”, en

No obstante este abandono habitacional, las calles del centro seguíanpresentándose como un espacio disputado; una representación física ymaterial de las contradicciones que debían enfrentar los gobiernos quemediaron las décadas de los treinta y los cuarenta, y que consistía en ave-riguar de qué manera podían darle una forma institucional y coherente ala revolución que les dio origen, lo cual requirió de un ejercicio por arti-cular diferentes realidades como, por ejemplo, la materialización del pro-greso representada por la construcción de nuevos edificios públicos yprivados, y la presencia de una población necesitada que veía a las callescomo un medio de subsistencia.12

La nueva configuración espacial de la ciudad, implicaba la especializa-ción del centro urbano como un espacio comercial y sede de los poderes pú-blicos nacionales,13 pero rodeado de una “herradura de tugurios”, es decir,de un área de concentración habitacional para las clases más pobres,14 es-tructurada por grandes espacios habitacionales —vecindades y dormitoriosde bajo costo—, cada uno de los cuales alojaba a más de cien personas.15

Además, esta periferia centralizada se caracterizaba por un conjuntode dinámicas sociales particulares al interior del perímetro, tales como laconcentración de lugares de vicio y esparcimiento —picaderos y pulque-rías—, índices delictivos altos —particularmente robo y lesiones—, yuna serie de conductas hasta entonces consideradas como desordenadas

ILEGALIDADES PERIFÉRICAS Y ESPACIALIDADES CENTRALES 21

Bethell, Leslie (ed.), The Cambridge History of Latin America, Cambridge, CambridgeUniversity Press, vol. IV, 1984, pp. 256-258.

12 Olsen, Patrice, “Revolution in the city Streets: Changing Nomenclature, ChangingForm and the Revision of the Public Memory”, en Kay Vaughan, Mary y Lewis, Stephen(eds.), Eagle and the Virgin: National and Cultural Revolution in Mexico (1920-1940),Durham, Duke University Press, 2006, pp. 119-134.

13 López, Rafael, La Planificación y la Ciudad de México 1900-1940, México, Uni-versidad Autónoma Metropolitana-Azcapotzalco, 1993.

14 Aunque no contamos con información que nos permita establecer el grado real deconcentración que experimentaba el centro en la década de 1930, sí es posible señalarque en épocas posteriores éste tendía a incrementarse, pues para 1940 los censos de po-blación y vivienda revelan que dentro y en la periferia del primer cuadro de la ciudad ha-bitaban 102,588 personas, lo que representa una densidad de 277.3 habitantes por hectá-rea, cuestión que para 1950 se tradujo en 119,171 personas que representaban unadensidad de 322.1 habitantes por hectárea. Sánchez-Mejorada, Cristina, Rezagos de lamodernidad. Memorias de una ciudad presente México, Universidad Autónoma Metro-politana, 2005, p. 174.

15 Beneficencia Pública del Distrito Federal, La mendicidad en México, México, A.Mijares y Hermano Editores, 1931, p. 71; Hayner, Norman, “Mexico City: Its Growthand Configuration”, The American Journal of Sociology, 1945, p. 299.

—entre las cuales destacan la presencia de trabajadores callejeros no asa-lariados—, que las convertían en una representación visible y materialdel desorden urbano.16

Todos estos factores contribuyeron en la estructuración de una seriede espacios de subsistencia popular situados alrededor del centro urbano,caracterizados, entre otras cosas, por la presencia de los comerciantesambulantes. Espacios que han sido definidos por Barbosa como rumboscomerciales: “zonas de la ciudad que centralizaron la compraventa de ar-tículos básicos, que concentraron un alto número de vendedores y presta-dores de servicios en las calles”.17

Efectivamente, de acuerdo con las autoridades, el centro de la ciudadde México representaba uno de los espacios configurativos de la “subsis-tencia callejera”, particularmente por el alto número de iglesias que con-centraba en su interior.18

Se sabía, además, que una buena parte de la población que mostraba enpúblico su pobreza, enfermedad o desaseo se concentraba en calles donde selocalizaban diversas pulquerías, casas de citas y fondas.19 Otros espacioseran las calles del Primer Cuadro de la ciudad de México, por tratarse delcircuito de negocios más importante del país y en donde confluían personascon recursos suficientes para hacer caridad o comprar bienes al paso.20

LEGALIDADES PÚBLICAS22

16 Hayner, Norman, “Criminogenic Zones in Mexico City”, American SociologicalReview, 1946.

17 Barbosa, Mario, op. cit., nota 4, p. 135.18 Esta visión de los templos reservados al culto católico tenía una estrecha relación

con la forma en que el discurso del Estado posrevolucionario identificaba al catolicismocomo uno de los elementos constitutivos de la mendicidad urbana: “la mendicidad, comoinstitución, ha sido mantenida y protegida por una larga tradición que se manifiesta enactitudes mentales firmemente arraigadas en el público y en los mendigos mismos, acti-tudes que posiblemente haya robustecido indirectamente la iglesia en México y que de unmodo tácito o expreso aprueban la mendicidad como una forma lícita de ganarse la vi-da…”. Beneficencia Pública del Distrito Federal, op. cit., nota 15, pp. 45-49, 121.

19 Por ejemplo, en junio de 1930, el General Juan Almazán se dirigió al presidente dela República para informarle que en la calle de Palma se concentraba un alto númerode vagos, mendigos y ebrios debido al número de pulquerías, fondas y puestos de co-mida que ahí se localizaban, AHSSA, BP, AS, DAES, 2, 2.

20 Probablemente como consecuencia de la influencia que tuvo el incipiente movi-miento de planificación urbana, hacia finales de la década de los veinte y principios de ladécada de los treinta, las referencias al Primer Cuadro son comunes en los documentosreglamentarios expedidos durante este periodo. Es probable que entre las diversas delimi-taciones, la más clara sea la expuesta en el Reglamento del comercio semifijo y ambulan-

Sólo por mencionar algunos datos referidos a la presencia de los apa-rentemente pobres, enfermos o desaseados en estos espacios, entre elmartes 22 y el domingo 25 de mayo de 1930, la autoridad contabilizó837 sujetos estacionados en las calles del Primer Cuadro y en 97 iglesiasadyacentes.21

Si nos acercamos más a las historias de los sujetos detenidos por apa-rentar pobreza, enfermedad o desaseo en público, es posible identificarque una buena parte tenían familiares involucrados en trabajos informa-les o, incluso, participaban directamente en este mercado de trabajo. Y,lo que es más, una buena parte de los considerados mendigos, particular-mente los más viejos o enfermos, tenían en los mercados y puestos calle-jeros de comida, otro espacio de subsistencia y sociabilidad.

Algunos, como Manuel Pinto, recurrían a los mercados como un espa-cio en donde podían consumir alimentos a bajo costo y, probablemente,gratuitos en algunas ocasiones:

A la una de la tarde (cuando la iglesia cierra hasta las tres), “Don Manueli-to” se va caminando hasta la colonia San Rafael, donde también tieneclientela, o sea familias que lo conocen y le dan tacos de arroz, carne, fri-joles, etc. Algunas veces en la tarde compra un taco o una taza de atole enel mercado cercano al templo.22

Otros, como Juan Jiménez, originario del Distrito Federal, de 26 años,con domicilio en la Avenida Consulado núm. 18, podían hallarse, por lamañana, en los mercados de San Juan, La Lagunilla, Peralvillo o La Mer-ced, por la tarde en las calles de Tacuba, Palma, 5 de mayo o San Fran-cisco y, por las noches, en la entrada de los teatros o centros de diversiónmás concurridos.23

Finalmente, algunos más, particularmente los recién llegados a la ciu-dad como Bonifacio M., podían recorrer los mercados, puestos de comi-da y fondas con el objetivo de asegurarse un ingreso diario, haciendomandados, cargando bultos o sirviendo como mozos, por lo cual obte-nían cincuenta centavos diarios más la comida del día.24

ILEGALIDADES PERIFÉRICAS Y ESPACIALIDADES CENTRALES 23

te del Distrito Federal, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 27 de marzo de1931, y que se explica en capítulos posteriores.

21 Beneficencia Pública del Distrito Federal, op. cit., nota 15, pp. 13 y 14.22 Ibidem, p. 71.23 Ibidem, p. 37.24 AHSSA, BP, AS, AA.

Las prácticas y conductas sexuales también constituían referencias im-portantes para determinar la normalidad del espacio, y sus ocupantes. Enel caso de las prostitutas, Hayner establece que aunque el Primer Cuadrode la ciudad era una zona donde la actividad no podía ejercerse, hacia fina-les de la década de los treinta y principios de los cuarenta, era posible ob-servar prostitutas que ofrecían sus servicios en las principales calles delcentro, tales como Madero, San Juan de Letrán y 5 de Mayo, así como enlos principales espacios públicos, como la Alameda y el Zócalo. Asimis-mo, Hayner señala que en la parte sur del Primer Cuadro —La Merced—se encontraban, a principios de la década de los cuarenta, un total de 21hoteles donde las prostitutas trabajaban, seis casas de citas, una cerveceríay una manzana entera donde se ofrecían esta clase de servicios.25

El consumo de alcohol definía a estas áreas. En un conteo ordenadopor el ayuntamiento de la capital, en 1902, el segundo distrito —la zonade La Merced— presentaba el mayor número de tiendas de alcohol—534 de un total de 2,423 que existían en toda la ciudad—. En conjuntocon el primer —Tepito— y el tercer distrito —Peralvillo—, las tres zo-nas concentraban más de la mitad de las pulquerías que operaban en laciudad —484 de un total de 924—.26 El estudio de Hayner, realizado afinales de la década de los treinta, confirma esta característica del centrode la ciudad de México. Sin embargo, es posible establecer que lo querealmente determinaba el carácter de este espacio era el activo papel dela policía en esta zona y, como consecuencia, los altos índices de delitosregistrados que se desarrollaban en su entorno.27

Efectivamente, una mirada cercana a los expedientes judiciales proce-sados entre 1900 y 1920, y que registran el domicilio y el lugar donde secometió el delito, parece reforzar esta característica del centro de la ciu-dad de México de principios del siglo XX. La muestra de expedientes,levantada por Piccato, permite identificar áreas concretas que presentanun alto índice delictivo: las colonias Doctores, Guerrero, Morelos y losbarrios localizados al este del Zócalo capitalino, representan más del

LEGALIDADES PÚBLICAS24

25 Hayner, Norman, op. cit., nota 16, pp. 435 y 436.26 Piccato, Pablo, op. cit., nota 2, p. 38.27 Pues como sostiene Clinard, el verdadero valor de la estadística delictiva es que

nos permite conocer el tamaño aproximado de la población que ha sido sometida, por lasinstituciones estatales, a un proceso de criminalización y sanción, y el espacio en dondedicho proceso es llevado a cabo. Clinard, Marshall, Sociology of Deviant Behavior,Chicago, Holt, Rinehart & Winston, 1974, p. 34.

60% de los casos analizados. La dirección de los procesados correspondecon la mala imagen de ciertas colonias. El 40% del total vivían en SanLázaro, La Merced, Esperanza, Tepito, Doctores y Morelos.28

El estudio de Hayner sobre las zonas criminógenas de la ciudad deMéxico,29 entre las décadas de los treinta y de los cuarenta, parece refor-zar la frecuencia del delito en el centro de la ciudad de México. Los cuar-teles II y IV —que concentran una parte importante del centro de la ciu-dad de México— presentan niveles altos y consistentes de delincuencia,particularmente juvenil.

CUADRO 1. ZONAS CRIMINÓGENAS DE LA CIUDAD DE MÉXICO (1932-1938)30

Así, aunque a finales del siglo XIX, Durkheim había planteado que latransgresión de las normas era una práctica social generalizada, normal e

ILEGALIDADES PERIFÉRICAS Y ESPACIALIDADES CENTRALES 25

28 El muestreo se integra por 248 expedientes judiciales. Piccato, P., op. cit., nota 2, p. 38.29 El estudio abarca 18,195 casos de delincuentes juveniles y 3,287 casos de delin-

cuentes adultos, Hayner, Norman, op. cit., nota 16.30 Idem.

incluso saludable;31 en la ciudad de México aún tenía fuerza el argumen-to lombrosiano, que veía a la ilegalidad como una práctica exclusiva deciertas poblaciones,32 y los espacios en que interactuaban. En resumen, lailegalidad parecía una práctica claramente espacializada.

II. LOS TRANSGRESORES DEL ORDEN URBANO

Aunque es posible inferir que entre las décadas de 1920 y 1940 la faltade una ocupación estable y productiva era un elemento generalizado entrela población,33 trabajar en las calles no era una garantía para que los apa-rentemente pobres, desaseados o enfermos conservaran su libertad.

Algunos datos derivados de la campaña contra la mendicidad —queoperó intermitentemente desde el mes de octubre de 1930 y hasta la pri-mera mitad de la década de 1940 y cuyo objetivo principal era limpiarlas calles de la población que aparentaba pobreza, enfermedad o desaseoen público34— permiten dimensionar los alcances de esta afirmación.

Durante aquellos años, el trabajo callejero era una de las principalesactividades a las que se dedicaban las poblaciones blanco de las campa-ñas enfocadas en retirar a los aparentemente pobres, sucios y enfermosde las calles. En algunos casos, la población veía estas ocupaciones como

LEGALIDADES PÚBLICAS26

31 Durkheim, Emile, la división del trabajo social, México, Colofón, 2002.32 Ibidem, p. 177.33 Durante el periodo 1920-1940, una característica general entre la población de la

ciudad de México era la carencia de un trabajo considerado, por las autoridades, comoestable y productivo. La situación fue particularmente grave al comienzo de la década delos veinte momento en que, de acuerdo con cifras censales, el 46% del total de la pobla-ción del Distrito Federal se ocupaba en actividades improductivas o, de plano, carecía deocupación alguna. Ya para comienzos de la década de 1930 se reportó una disminuciónporcentual de ocupados improductivos del 11% respecto a la década anterior. Sin embar-go, el censo de 1940 ofrece una representación mucho más compleja de la realidad, puesaunque el porcentaje de población ocupada improductivamente se reportaba en 38% deltotal, lo cierto es que a este dato cabría agregar un total de 478,929 mujeres que se ocu-paban en quehaceres domésticos sin retribución alguna y que, en conjunto, revelan queentre finales de la década de 1930 y comienzos de la década de 1940 seis de cada diezhabitantes de la ciudad de México se ocupaba en actividades improductivas o no remune-radas. Cálculos propios a partir de: Dirección General de Estadística. Quinto Censo dePoblación-Distrito Federal. 1930; Sexto Censo de Población-Distrito Federal, 1940.

34 Un análisis pormenorizado de esta campaña puede verse en Ochoa, Enrique,“Coercion, Reform, and the Welfare State: The Campaign against «Begging» in MexicoCity During the 1930’s”, The Americas, 2001, pp. 39-64.

trabajos estables en los que podía ganar entre 75 centavos y un peso dia-rio. Otros, probablemente los más enfermos o recién llegados, se dedica-ban a hacer mandados y trabajos ocasionales en fondas o mercados.35

De tal suerte, para el mes de octubre de 1930 la participación de lasocupaciones improductivas sobre el total de sujetos detenidos por apa-rentar pobreza, enfermedad o desaseo en las calles era de sesenta por ca-da cien, de los cuales el 14% se dedicaba a comerciar en las calles y 10%a cargar bultos en los mercados de la capital del país.36

Para 1933, de los 563 sujetos asilados en el Hospital Juárez, el 13%tenía en el comercio callejero su principal fuente de ingresos, mientrasque el 14% eran jornaleros recién llegados a la ciudad.37

GRÁFICA 1. OCUPACIÓN DE ASILADOS EN ESTABLECIMIENTOS

DE LA BENEFICENCIA PÚBLICA, CIUDAD DE MÉXICO, 1930-193338

Con todo, eran pocos los trabajadores improductivos que permanecíanprivados de su libertad en los establecimientos asistenciales del DistritoFederal, poco más del 8%. El resto, particularmente mujeres dedicadas al

ILEGALIDADES PERIFÉRICAS Y ESPACIALIDADES CENTRALES 27

35 Beneficencia Pública del Distrito Federal, op. cit., nota 15, pp. 108 y 109.36 AHSSA, BP, AS, Informe del primer censo de mendigos (1930).37 AHSSA, BP, AS, Informe de censo de mendigos 1933.38 Gráfica de elaboración propia a partir de: AHSSA, BP, AS, Informe del primer

censo de mendigos (1930) y AHSSA, BP, AS, Informe de censo de mendigos (1933).

trabajo doméstico y al comercio ambulante eran clasificadas como men-digas eventuales (90%), mientras que el 51% de los asilados hombresconsiderados como “no mendigos” o detenidos por error, eran cargadoreso comerciantes callejeros.

Sería un error considerar que estas poblaciones eran liberadas porque laautoridad las reconocía como un grupo moralmente superior a los mendigos.En realidad, en la práctica administrativa y cotidiana, se había comenzado aconfigurar una escala social sobre el tipo de poblaciones que podían perma-necer, y “beneficiarse”, de las acciones emprendidas por la autoridad paracorregir y asistir a los pobres urbanos. Escala de la que los vendedores am-bulantes, y algunos trabajadores callejeros, estaban excluidos.39

Pero, las calles no eran únicamente un medio de subsistencia para lospobres urbanos nacionales; también constituían una forma a través de laque cientos de migrantes extranjeros, recién llegados al país,40 se gana-ban la vida, pues:

Al no encontrar empleos bien pagados y con el desconocimiento del idio-ma, se popularizó entre ellos la buhonería. El recién llegado compraba acrédito una pequeña cantidad de mercancías transportables, como hojas derasurar, navajas, corbatas, etc. […] Este comercio modesto aumentó cuan-do los vendedores ambulantes empezaron a conceder crédito a sus com-pradores, a los que visitaban en sus casas los domingos, para cobrar sea elimporte total de la venta o el de un abono a cuenta. Los aboneros llenaronen esa época una función económica, posteriormente se asociaban para lo-grar fundar negocios y poder tener tratos con los ya establecidos, pues deotra manera no hubieran podido extender su sistema económico ni prospe-rar. […] La capital, les habían dicho, es seguramente la zona más adecua-da para la actividad del comercio, y por eso iban hacia allá, casi a ciegas,sin saber con certeza si era realmente lo mejor. […] Los primeros inmi-

LEGALIDADES PÚBLICAS28

39 AHSSA, BP, AS, Proyecto de ayudas derivadas de los establecimiento de la Bene-ficencia Pública del Distrito Federal.

40 En el país, durante 1924 y 1925 ingresaban entre 300 y 500 judíos por mes; mien-tras que en la década de 1920 ingresaron 9,000 migrantes, de los cuales 36% eran pola-cos; 34% rusos; 7% lituanos; 7% alemanes y el resto húngaros, rumanos y franceses. Asi-mismo, el Anuario Estadístico de los Estados Unidos Mexicanos de 1938 reporta que elnúmero de migrantes definitivos, es decir aquellos que buscaban establecerse en el país,fue de 82,225 entre 1927 y 1936; sin embargo, la distribución anual del número de mi-grantes definitivos permite inferir que hacia 1932 este proceso migratorio fue restringidopor las autoridades (1927: 18,823; 1928: 11,459; 1929: 11,651; 1930: 12,696; 1931:12,893; 1932: 3,382; 1933: 2,545; 1934: 2,527; 1935: 3,299; 1936: 2,950).

grantes que llegaron a México se establecieron en el centro de la ciudad:en las calles de Jesús María, Correo Mayor, Academia, Callejón de la So-ledad, Justo Sierra, El Carmen, República de Colombia, República deArgentina, entre otras.41

Finalmente, dentro de esta representación poblacional, cabe agregar amiles de niños y adolescentes que igual veían en las calles un espacio através del cual podían allegarse algunos centavos para satisfacer las ne-cesidades más inmediatas.42

Sólo por mencionar algunas cifras, entre los menores consignados alos tribunales infantiles del Distrito Federal durante el periodo1932-1938, el 34.9% de los varones declaró trabajar en la vía pública,mientras que el 16.04% de las mujeres señaló tener en las calles su prin-cipal medio de subsistencia.43 De acuerdo con los datos recabados porHayner,44 es posible que la mayor parte de estos menores hayan sidodetenidos en el centro de la ciudad y su periferia.

CUADRO 2. OCUPACIÓN DECLARADA POR LOS MENORES CONSIGNADOS

A LOS TRIBUNALES INFANTILES DEL DISTRITO FEDERAL (1932-1938)45

Ocupación Hombres Mujeres

Total % Total %

Sin ocupación 2392 32.38% 923 43.31%

Vía pública 2579 34.92% 342 16.04%

ILEGALIDADES PERIFÉRICAS Y ESPACIALIDADES CENTRALES 29

41 Argüello, Mónica, La familia judía ashkenazí en la ciudad de México, 1920-1930,tesis presentada para obtener el grado de licenciada en historia por la Universidad Autó-noma Metropolitana, 2005, pp. 30-32. Una lectura coincidente puede ser vista en Goj-man, Alicia, Camisas, escudos y desfiles militares: los dorados y el antisemitismo en Mé-xico (1934-1940), México, Fondo de Cultura Económica, 2000, pp. 136-153.

42 Un trabajo pormenorizado al respecto puede ser visto en Sosenski, Susana, Niñosen acción. El trabajo infantil en la ciudad de México, 1920-1934, México, El Colegio deMéxico, 2010.

43 Vela, Alberto, “El niño y la delincuencia”, Memoria del Segundo Congreso Mexi-cano de Ciencias Sociales, Organizado por la Sociedad Mexicana de Geografía y Esta-dística, México, Talleres de la Editorial Cultura, 1946, pp. 433-448.

44 Hayner, Norman, op. cit., nota 16.45 Ibidem, p. 443.

Continuación

Ocupación Hombres Mujeres

Total % Total %

Talleres o fábricas 1136 15.38% 34 1.59%

Comercio y oficinas 365 4.94% 64 3.00%

Campo 82 1.11% 1 0.04%

Escuelas particulares u oficiales 778 10.53% 126 5.91%

Otros medios 53 0.74% 641 30.11%

Otro ejemplo del peso que tenían las ocupaciones y el espacio, en elmovimiento de las instituciones policiacas, es el de la población deteni-da, en la cárcel de El Carmen, por transgredir los límites del orden urba-no reglamentario. De acuerdo con una muestra de 320 casos estudiados,correspondientes a los años 1930-1935 y que excluye faltas de tránsito,46

entre los oficios más representativos declarados por los infractores al or-den de policía y buen gobierno destaca un 19% de comerciantes —am-bulantes o cuentapropistas—, un 6% de desempleados, 5% de obreros yun porcentaje similar de zapateros. Asimismo, es posible identificar quela mayor parte de los detenidos vivían dentro de la denominada “herra-dura de tugurios”.47

Con todo, es posible decir que, entre los pobres urbanos, había po-blaciones concretas sobre las que recaía, con mayor vehemencia, lafuerza pública. Estos grupos se caracterizaban por su falta de expe-riencia para lidiar con la autoridad y por las dificultades que experi-mentaban para transitar con relativa rapidez y agilidad el espacio ur-bano.

El caso de los menores infractores es ejemplificativo del peso que te-nía la experiencia en la manera en que la población se relacionaba con laautoridad y lograba negociar los efectos y la aplicación de la ley. Así,por ejemplo, Hayner indica que aunque el delito más frecuente en el cen-tro urbano era el robo, éste sólo figuraba de manera importante en el caso

LEGALIDADES PÚBLICAS30

46 AHCM, Cárcel de la Ciudad o Del Carmen, Cajas 1 a 24.47 Idem.

de los menores infractores, mientras que las estadísticas delictivas corres-pondientes al actuar criminal de las poblaciones adultas, se encuentradeterminado por las agresiones físicas.

CUADRO 3. DELITOS POR TIPO DE DELINCUENTE (1930-1940)48

Delitos Adultos Jóvenes

Contra las personas 65% 34%

Contra la propiedad 26% 57%

Otros 9% 9%

Para Hayner, esta diferencia era consecuencia de un sistema policialpropenso a detener a las poblaciones jóvenes e inexpertas, y a ser miradocon recelo y desconfianza por los adultos:

No es cierto que los jóvenes cometan más robos que los adultos, el robo esun gran problema en la ciudad de México, pero uno de los factores que in-fluyen en el relativamente bajo porcentaje de adultos procesados por roboes la falta de confianza, o el miedo que inspira, la policía. (…) Los poli-cías que trabajan en la noche son especialmente temidos debido a su con-vivencia con los delincuentes de la zona. Tan pronto como un ladrón esdenunciado, éste es puesto en advertencia por un policía deshonesto, loque le permite abandonar el espacio y ocultarse. Incluso para los ladronesprofesionales que son capturados, carteristas, es posible y frecuente que seliberen mediante el pago de un soborno.49

Las prácticas de corrupción presumidas por Hayner eran tan sólo unelemento dentro del repertorio de estrategias aprehendidas a las que recu-rría la población para negociar, con las autoridades inmediatas, los efec-tos y la aplicación de la ley y el castigo. Entonces, mientras más se rela-cionaban los pobres urbanos con la autoridad, más experiencia parecíaadquirir la población sobre cómo lidiar con la ley. Así, el encierro era,

ILEGALIDADES PERIFÉRICAS Y ESPACIALIDADES CENTRALES 31

48 Cuadro y cálculos de elaboración propia a partir de Hayner, Norman, op. cit., nota16, p. 436.

49 Idem.

quizás, el medio más eficaz a través del que se alimentaba esta experien-cia popular con el derecho.

Para algunos de los sujetos que aparentaban pobreza, enfermedad odesaseo en las calles, la indeterminación del encierro administrativo eraun verdadero suplicio, pues no tenían certeza del tiempo que estarían pri-vados de su libertad, ni del futuro que seguirían sus vidas. Tal fue el ca-so, por ejemplo, de Manuel P., quien, tras varios meses de estar detenidopor aparentar pobreza y desaseo en las calles del centro de la ciudad, ma-nifestó públicamente su disposición para cometer un delito —matar a al-gún compañero o algún burócrata— con tal de ser procesado penalmente,y tener certeza del tiempo que estaría privado de la libertad.50

No era entonces el castigo lo que se negociaba, sino los medios y es-pacios a través de los que aquél buscaba ser impuesto por las autorida-des. Otro caso ejemplificativo de estas dinámicas era el de la poblaciónrecluida en la cárcel de Belem, que negociaba con los custodios la posi-bilidad de cumplir el castigo en un hospital, y no en prisión:

Respecto de los medios de que se valen [los presos] para pasar al Hospitalcuantas veces quieren, hago notar que, según informes que se me han co-municado por los empleados de este establecimiento, cuando algún indivi-duo procedente de Belem ingresa a una de las salas destinadas para presos,alguno de los que ya existen en el departamento le pregunta ¿cuánto tecostó? …Esto, naturalmente, da lugar a interpretaciones poco favorablespara los empleados de Belem que intervienen en la remisión de los presosal Hospital Juárez y que es de todo punto indispensable para que se inves-tigue la verdad y se remedie este mal.51

La estratificación del castigo no sólo obedecía a criterios de clase, sinotambién al tipo de poblaciones involucradas en la transgresión de la ley.Los transgresores urbanos más experimentados eran vistos, por la mismaautoridad, como una “aristocracia delictiva”, más elevada que la del ham-pa truhanesca que poblaba la cárcel de Belem y su sucursal el HospitalJuárez, y quienes habían logrado sedimentar sus experiencias e interaccio-nes cotidianas con la autoridad pues:

LEGALIDADES PÚBLICAS32

50 AHSSA, BP, AS, AA, 10, 22.51 Velasco, Rómulo, El Hospital Juárez, antes Hospital Municipal de San Pablo,

México, Ex-Libris, 1947, p. 314.

Aunque debieran ser castigados con mayor rigor y energía, supuesto que notienen la exculpante [sic] de la ignorancia y la miseria que les impulse al de-lito, los pillos de esa categoría pretenden que se les trate con todo género deatenciones, y se les conceda todo género de comodidades, que se les propor-cionen, en suma, los mismos elementos con que contaban [en libertad]. To-do les molesta: el ruido que hacen los presos, la luz eléctrica, los alimentosson detestables, se quejan continuamente, no porque nada les falte, sino porefecto de que se les ha tratado mejor de lo que se merecen.52

Pero, en la ciudad no todo eran clases y espacios de confinamiento. Setrataba, también, de un espacio que conforme avanzaba el siglo XX ad-quiría un carácter cada vez más fragmentario y diverso, en donde los re-gistros policiales apenas permiten comprender el significado que tuvo elcrecimiento urbano53 en la expansión y diversidad de prácticas y espa-cios que hubo de recorrer la población aparentemente enferma, pobre odesaseada para poder subsistir. Proceso en que la población físicamentedesvalida comenzaba a quedarse rezagada.

De acuerdo con cifras censales, es posible inferir que, en la ciudad deMéxico, la población que aparentaba algún defecto físico en público eracada vez más numerosa y diversa. Según estas fuentes, entre las décadasde 1920 y 1940, el número de sujetos mayores de cinco años que presen-taban algún defecto físico aumentó un 80%. Además, las categorías cen-sales hubieron de ampliarse para abarcar a una población inválida cadavez más heterogénea, que requirió el reconocimiento de otros defectos fí-sicos —como la falta o mutilación de extremidades— no reconocidos encensos anteriores, como los de 1900 y 1910.

ILEGALIDADES PERIFÉRICAS Y ESPACIALIDADES CENTRALES 33

52 Idem.53 Poblacionalmente, para 1940 se contabilizaba a más de un millón y medio de habi-

tantes (casi tres veces más que los que existían en 1920) y, territorialmente, se estima queentre 1920 y 1930 la extensión de la ciudad casi se duplicó —de 46, 375,000 m2 a 86,087,500 m2—.

CUADRO 4. POBLACIÓN DEL DISTRITO FEDERAL,SEGÚN DEFECTO FÍSICO (1900-1940)54

Año Poblacióntotal

Ciegos Idiotas Locos Sordo-mudos

Mudos Sordos Cojos Jorobados Mancos Tullidos Total

1900 541,516 489 129 708 430 N/D N/D N/D N/D N/D N/D 1,756

1910 720,753 610 176 1,064 558 N/D N/D N/D N/D N/D N/D 2,408

1921 906,063 893 254 769 263 138 1,135 1,544 219 456 636 6,307

1930 1,229,576 1,006 358 1,887 514 257 1,057 1,356 174 447 886 7,942

1940 1,696,840 1,333 537 3,452 540 192 1,527 1,810 174 456 1,327 11,348

54Fuente: Censos de población, 1900, 1910, 1921, 1930 y 1940. Según cuadros comparativos de los censos de 1930 y 1940.

Es probable que esta nueva nomenclatura haya sido consecuencia delos efectos generados por el mismo movimiento revolucionario que, co-mo cualquier otra guerra, aportó su dosis de mutilados y enfermos. Tam-bién es posible que el vaivén numérico experimentado entre las décadasde los veinte y de los cuarenta sea consecuencia de las particularidades ydificultades que representó cada levantamiento censal.55 Pero en todo ca-so, es importante notar que, a nivel censal, la participación de estos suje-tos nunca superó el 0.6% sobre el total de la población del Distrito Fede-ral, lo que contrasta con el grado de representatividad que tuvo dentro delos centros de detención administrativa entre 1930 y 1933.56

Así, el énfasis policial en la población que aparentaba algún defectofísico también permite identificar, con mayor precisión, el camino queseguían las vidas de estas poblaciones urbanas, hasta ahora olvidadas porel trabajo historiográfico.57

De acuerdo con la información disponible, una vez detenida, la pobla-ción que aparentaba enfermedad en público era dividida, por las autori-

ILEGALIDADES PERIFÉRICAS Y ESPACIALIDADES CENTRALES 35

55 Para una discusión sumaria sobre los debates demográficos y estadísticos, así co-mo para la revisión de un nuevo modelo matemático, que explica las inverosímiles fluc-tuaciones poblacionales durante las primeras tres décadas del siglo XX, véase: McCaa,Robert, “Los millones desaparecidos: el costo humano de la Revolución Mexicana”, dis-ponible en http://www.hist.umn.edu/~rmccaa/costo_humano_revolucion_mexicana.pdf.

56 Otra hipótesis relacionada con el tema podría indicar que, al igual que en las socie-dades industriales-capitalistas del siglo XIX, una buena parte de la población mutiladaque habitaba en la ciudad de México fuera el resultado de un proceso de incorporación deformas industriales y tecnificadas de producción a las cuales los trabajadores debíanadaptarse o arriesgarse a perder algún miembro. Sin embargo, la información disponibleno permite demostrar los alcances de esta hipótesis en la ciudad de México, pues el agre-gado nacional de datos parece indicar que aunque el número de accidentes de trabajo seincrementó un 21% entre 1935 y 1938, el número de incapacitaciones permanentes ymuertes disminuyó un 20%, lo que implica en resumidas cuentas que aunque había másaccidentes, éstos tenían efectos más controlados sobre la vida y cuerpos de los trabajado-res. Cálculos propios a partir de: Secretaría de la Economía Nacional-Dirección Generalde Estadística. Anuario Estadístico de los Estados Unidos Mexicanos (1939), México,1941, cuadro 156. Un ejemplo de la aparente preocupación del discurso revolucionariosobre los accidentes de trabajo y sus efectos puede ser visto en Córdova, Arnaldo. Laideología de la Revolución Mexicana: la formación del nuevo régimen, México, ERA,2003, p. 108. Quien identifica el énfasis del discurso Maderista en este tipo de fenóme-nos laborales como un indicio del conocimiento y sensibilidad del mismo Madero respec-to a los problemas de la clase obrera mexicana.

57 Aquí es importante notar que, salvo en el caso de la locura, existe una ausencia detrabajos historiográficos que hayan abordado el tema de las poblaciones discapacitadasen el contexto urbano de la ciudad de México de comienzos del siglo XX.

dades, en dos grandes bloques. Por una parte, se encontraban aquellosque aparentaban un defecto físico, los cuales podían ser ciegos, mutila-dos de extremidades, sordo-mudos, locos o jorobados. Por la otra, se en-contraban aquellos que aparentaban una enfermedad curable, tales comosifilíticos, ulcerosos o tuberculosos.

Para el mes de octubre de 1930, la población detenida que aparentabaalgún defecto físico representaba el 37% del total, mientras que la pobla-ción que aparentaba una enfermedad representaba el 44% del total de su-jetos retirados de las calles por la autoridad.58 En total, la población queaparentaba enfermedad o algún defecto físico representaba el 77% del to-tal de personas detenidas por aparentar pobreza, enfermedad o desaseoen las calles de la ciudad de México.

CUADRO 5. ENFERMOS Y DEFECTUOSOS ASILADOS POR GÉNERO.INFORME DEL CENSO DE MENDIGOS, DISTRITO FEDERAL, OCTUBRE 1930

Enfermosincurables

H M Total(defecto)

Enfermoscurables

H M Total(enfer-medad)

Ciegos 23% 21% 22% Úlceras 10% 10% 10%

Sordos 3% 0% 2% Sífilis 6% 7% 7%

Mancos 4% 0% 3% Tuberculosis 2% 1% 2%

Cojos 14% 12% 12% Fracturas 3% 4% 2%

Paralíticos 16% 7% 14% Reumatismo 9% 10% 9%

Locos 13% 33% 17% Vista 10% 6% 9%

Idiotas 5% 9% 6% Otras 32% 40% 35%

Otros 23% 19% 22% Temporales 27% 25% 27%

Total(género)

73% 23% N=183 Total(género)

67% 33% N=215

Hombre, H; Mujer, M.

LEGALIDADES PÚBLICAS36

58 AHSSA, BP: Informe del censo de mendigos, octubre de 1930.

Es posible que algunos de los sujetos detenidos por aparentar pobreza,enfermedad o desaseo en público se dedicaran efectivamente a la mendi-cidad; sin embargo, algunos casos expuestos indican que otra propor-ción, en ocasiones mayor, se integraba por sujetos en tránsito del lugaren que pasaban la noche a los espacios en donde laboraban y, lo que esmás, algunos fueron detenidos mientras tomaban un respiro en la agitadavida citadina.59

En este juego de representaciones espaciales, la población enferma y,particularmente, aquella que estaba impedida a mantenerse en constantemovimiento, o con la suficiente rapidez y habilidad para escapar de laautoridad, representaba una especie de público cautivo de las accionesdesplegadas por el sistema policiaco-administrativo.

Al tiempo que el espacio urbano comenzaba a descentralizarse, el trán-sito y la movilidad constante se posicionaron, progresivamente, en uno delos medios más importantes a través del que los pobres urbanos podíanmantenerse fuera del sistema administrativo. Los lazos familiares y solida-rios tomaron, también, una fuerza determinante sobre los tiempos y lasformas en que la población conservaba, recobraba o perdía su libertad.

III. ENTRE LAS CALLES Y EL ENCIERRO, SIN UN ESPACIO

AL CUAL LLAMAR PROPIO

Una de las razones para explicar la aparente concentración espacial,en la periferia del centro de la ciudad de México, de la población sobre laque recaía el trabajo policial, es la falta de oportunidades que experimen-taba los pobres urbanos para encontrar un espacio al cual llamar propio yla alta concentración de refugios y moradas colectivas de bajo costo queexperimentaba la periferia del Primer Cuadro.

En general, entre las décadas de los veinte y cuarenta, una característi-ca común entre la población de la ciudad de México era la falta de un es-pacio propio donde pasar las noches. De acuerdo con el Primer Censo de

ILEGALIDADES PERIFÉRICAS Y ESPACIALIDADES CENTRALES 37

59 Así, por ejemplo, el 8 de octubre de 1930, Lorenzo C., habitante del número 196de San Felipe Neri, antiguo miembro del Ejército Zapatista y con una pierna renga, fuedetenido en el Callejón del Pasaje mientras esperaba a su esposa quien había ido a com-prar el papel que juntos comerciaban en la sucursal del correo, ubicada en la calle de Re-pública del Salvador (AHSSA, BP, AS, AA,).

Edificios levantado hacia finales de la década de los veinte,60 en todo elDistrito Federal existían un total de 98,734 propiedades privadas, de lascuales el 9% estaba en manos de habitantes extranjeros y el 81% restanteen manos de algunos particulares y empresas inmobiliarias.

Para quienes carecían de un espacio al cual llamar propio, había diver-sas opciones, desde las moradas colectivas como mesones, casas de hués-pedes o picaderos, hasta dormitorios públicos financiados por el Estado yadministrados por la Beneficencia Pública del Distrito Federal.

En el caso de las moradas colectivas, se sabe que en todo el Distrito Fe-deral existían cerca de 375 casas de huéspedes y mesones, de los cuales el98% se encontraba ubicado dentro y en el entorno cercano al Primer Cua-dro de la ciudad.61 En el caso concreto de los mesones, de acuerdo con losregistros de la sección de Inspección Sanitaria del Departamento de Salu-bridad Pública del Distrito Federal, hacia 1930 había registrados diecisietemesones en el perímetro circundante al centro de la ciudad, que se desin-fectaban por este departamento cada diez días.62 La tabla siguiente repre-senta la ubicación de cada uno de estos predios en donde habitaban, por lomenos, 23,000 personas en conjunto.63

CUADRO 6. NOMBRE Y UBICACIÓN DE MESONES REGISTRADOS

ANTE LA SECCIÓN DE INSPECCIÓN SANITARIA DEL DEPARTAMENTO

DE SALUBRIDAD PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL (1930)

Nombre Dirección Nombre Dirección

Las gallinas Paraguay 36 Posada de San Antonioo Posada de los locos

Callejón del Jar-dín de Garibaldi 7

Mesón Aldana Paraguay 15 Martínez de la Torre Degollado 121

La Suerte Zarco 147 Allende Panamá 113

Paraíso Bartoloméde las Casas 21

Mesón Azul Bartolomé de lasCasas 42

LEGALIDADES PÚBLICAS38

60 Cálculos propios a partir de: Dirección General de Estadística. Primer Censo deEdificios 1929. México, Departamento del Distrito Federal, 1932.

61 Idem.62 Beneficencia Pública del Distrito Federal. op. cit., nota 15, pp. 111-114.63 Idem.

Continuación

Nombre Dirección Nombre Dirección

El Recreo Caridad 5 El Registro Manzanares 11

Los Ángeles Callejón de Zavala25

San Felipe República del Sal-vador 198

El Águila deManzanares

Talavera 24 El Sol Misioneros 29

La Alameda Manzanares 62 Mixcalco Plaza de Mixcalco32

Mesón de laDemocracia

Plaza del Salto delAgua 21

Mesón de SanAntonio

Cristóbal Colón 14,Tacuba

Sin Nombre Bravo 54

Los mesones registrados en el Departamento de Salubridad estabanautorizados a cobrar la entrada, misma que variaba entre cinco y trescentavos por usar un petate amontonado cerca de la puerta. De acuerdocon datos de la campaña contra la mendicidad, se calculaba que, haciafinales de la década de los veinte, poco más de 250 personas pasaban lanoche en cada uno de estos espacios. También había “casas para tran-seúntes”, en donde nadie cuidaba la puerta, pero al salir los pasantes de-bían dejar una módica cantidad a cambio de la “hospitalidad” recibida.Según las versiones institucionales, este tipo de moradas eran más fre-cuentadas por adictos a las drogas heroicas.64

Para quienes no deseaban pasar la noche en mesones, eran capturadospor la autoridad o no lograban juntar los centavos suficientes para rentarun pedazo de suelo donde pasar la noche, la autoridad financiaba diferen-tes dormitorios y asilos públicos, entre los que destacan el Asilo de la Be-neficencia Pública para Mendigos —instalado inicialmente en una parte delo que fuera la cárcel general de Belem; y después, en el cuartel Generalde la Gendarmería ubicado en la Plazuela de San Salvador el Verde núm.15, para comenzar a operar ahí el 13 de febrero de 1919—, el dormitoriode la Beneficencia Pública —ubicado en Cuauhtemotzín 104—, y el dor-mitorio especializado de la Beneficencia Pública para Niños.

ILEGALIDADES PERIFÉRICAS Y ESPACIALIDADES CENTRALES 39

64 Idem.

La capacidad de estos establecimientos era diversa y variaba con eltiempo. Por ejemplo, el Asilo de Mendigos tenía una capacidad de 200plazas que nunca fueron ocupadas en totalidad. Incluso en los meses demayor afluencia —del mes de febrero de 1919 y hasta el mes de agostode 1920—, los datos indican que el Asilo tenía una ocupación mensualpromedio de 87 personas ingresadas y 75 salidas; y que el mayor númerode asilados eran hombres adultos con una representación de siete por ca-da diez ingresos.65

En contra parte, aquellos establecimientos diseñados por la autoridadpara ofrecer a la población pobre un techo donde pasar la noche parecíanmás populares, al menos hasta que dejaban de ser gratuitos o comenza-ban a ser espacios en donde las autoridades buscaban imponer ciertoshábitos a la población, como el baño diario.

Así, por ejemplo, durante la década de los veinte el dormitorio de la Be-neficencia Pública, ubicado en la calle de Cuauhtemotzín 104, presentabauna asistencia que excedía sus capacidades. Tan es así, que la asistenciapromedio diaria en el año de 1920 fue de 270 personas, mientras que parael periodo bianual 1926-1927 fue de 298 sujetos, es decir 49% más del nú-mero de personas para las que estaba planeado.66 Sin embargo, para las au-toridades, incluso estos espacios que eran utilizados por la población ha-bían sido corrompidos por las prácticas y los hábitos popu- lares.

Con todo, contar con un espacio al cual llamar propio no era un ele-mento que librara a la población del peligro de caer en manos de la auto-ridad. Tal fue el caso de Concepción A., una lavandera de sesenta añosdetenida en el Zócalo capitalino el 29 de octubre de 1931 por implorar lacaridad pública y remitida a la cárcel de El Carmen. De acuerdo con susdichos, Concepción habitaba un casa en la calle de Santo Tomás en don-de vivía con dos nietos que le daban entre tres y cuatro pesos semanalesque se complementaban con sus labores de planchado y lavado ajeno. Lacasa, para Concepción, era una vivienda pobre pero digna, en donde elesfuerzo y trabajo familiar les había redituado el beneficio de vivir comogente decente.67 Sin embargo, para la trabajadora social que la entrevistó,la historia de Concepción era una mentira:

LEGALIDADES PÚBLICAS40

65 Ibidem, pp. 100-102.66 Ibidem, pp. 107-109.67 AHSSA, BP, AS, AA.

Creo conveniente que no solamente no se dé crédito a esta historia, sinoque [Concepción] debe ser internada en algún asilo pues el aspecto gene-ral de su humildísima vivienda en donde habitan sus nietos no prueba nadamás que su extraordinaria miseria, que la señora no trabaja y que sus nie-tos a pesar de su juventud no ganan lo suficiente para vivir mejor, ni podersostener a su abuela.68

Este último punto revela una función adicional de las acciones toma-das por la autoridad del Distrito Federal en contra de la población pobre.No sólo se trataba de retirar de las calles a los aparentemente desaseados,enfermos o pobres, también se trataba de cuestionar la validez de sus na-rraciones y vidas. De hacerles ver, en cada interacción con la autoridad,lo miserable que eran sus historias.

Aquí los lazos familiares y solidarios, tendidos entre la población de-tenida y los pobres del exterior, era una de las llaves de salida más signi-ficativas que tenía la población para cuestionar el poder de la autoridad.En suma, si la aparente pobreza, enfermedad o desaseo era un elementocomún que ponía en peligro la libertad de la población, también eran ele-mentos solidarizadores que les permitía escapar del sistema.

Una vez detenida, la población que aparentaba pobreza, enfermedad odesaseo en público contaba con ocho “llaves de salida”: 1) por no ser men-digos; 2) por trabajo recuperado; 3) por trabajo probable; 4) con garantíafamiliar; 5) con garantía de extraño; 6) por regreso a su pueblo; 7) por fu-ga, y 8) por defunción. Después de 1931, la información no es tan precisacomo para saber la incidencia total que tuvo cada una de estas llaves desalida en el movimiento de la población detenida. Pero la gráfica siguien-te es una muestra de ello.

Una hipótesis que se desprende de la gráfica anterior es que la pobla-ción contaba con incentivos suficientes para declarar ante la autoridad di-recciones y referencias ciertas, pues de ello dependía que sus familiares oconocidos pudieran ayudarlos a recuperar su libertad. Sin embargo, algu-nos autores sostienen que la población se resistía a declarar la verdad an-te la autoridad porque ello ponía en peligro a sus familiares o conoci-dos.69

ILEGALIDADES PERIFÉRICAS Y ESPACIALIDADES CENTRALES 41

68 Idem.69 Piccato, Pablo, op. cit., nota 2, p. 47.

GRÁFICA 2. DISTRIBUCIÓN PORCENTUAL DE MOTIVOS DE SALIDA.INFORME RENDIDO EL 27 DE FEBRERO DE 1931 SOBRE LA POBLACIÓN

CAPTURADA Y LIBERADA EN 1930 (N=274)

Para sustentar esta segunda hipótesis, se ha echado mano de algunos ca-sos en donde la población declaraba diversos domicilios complicando laacción de la autoridad. No obstante, esta segunda hipótesis pasa por alto elhecho de que una buena parte de la población carecía de un domicilio fijoy, lo que es más, en algunos casos las familias se mudaban de domiciliomientras sus miembros estaban dentro de los centros de deten- ción.

Un dato adicional que parece sustentar nuestra hipótesis es el de losresultados de un estudio comisionado en mayo de 1931 a la maestra Ele-na Torres para analizar el estado de los servicios de la Beneficencia Pú-blica,70 y en donde se revela que, en promedio, tan sólo el 22% de la po-blación entrevistada se resistía a dar un domicilio correcto.

La combinación de estos factores sugiere que, a pesar de carecer de unespacio al cual llamar propio, la población aparentemente pobre, enfermao desaseada tenía en sus familiares y conocidos, en sus domicilios renta-

LEGALIDADES PÚBLICAS42

70 AHSSA, BP, D, JD,7,9.

dos y en sus rumbos, un recurso para protegerse frente a la acción de laautoridad.

IV. A MODO DE CONCLUSIÓN: ENTRE EL TRABAJO

Y LA COINCIDENCIA ESPACIAL

A lo largo de este capítulo hemos visto que la población que se ocupa-ba en las calles, principalmente cercanas al Primer Cuadro de la ciudadde México, representaba un grupo social heterogéneo sobre el que seconcentraba el trabajo policial.

Una vía posible para explicar este proceso, de sanción y persecuciónpolicial sobre las poblaciones que se ocupaban en el espacio público,consiste en el valor que otorgaron al trabajo, los gobiernos posrevolucio-narios. Durante aquellos años, el trabajo era visto como uno de los hábi-tos que había que inculcar sobre los pobres urbanos para disciplinarlos yregenerarlos.71

Esta visión adquirió tal peso que, incluso, se formularon políticas parainstituir al trabajo como una terapéutica contra las enfermedades menta-les y, sobre todo, para combatir las “enfermedades sociales”.72 En opi-nión de algunos abogados, el castigo de este tipo de conductas tenía co-mo objetivo claro prevenir la malvivencia, es decir, la propensión delsujeto a involucrarse en actividades antisociales.73

Su persecución se encontraba justificada en la medida en que “facilita-ba la defensa de la sociedad en su nueva coordinación de valores colecti-vos, lejos del dominio de un grupo social privilegiado por su riqueza ofiliación política”.74 Pero dado que estos grupos sociales formaban parte

ILEGALIDADES PERIFÉRICAS Y ESPACIALIDADES CENTRALES 43

71 Departamento del Distrito Federal, Memoria del Departamento del Distrito Federal(septiembre 1939-agosto 1940), México, Departamento del Distrito Federal, 1940, p. 83.

72 Véase, en general, Sosenski, Susana, “Un remedio contra la delincuencia: el traba-jo infantil en las instituciones de encierro de la ciudad de México durante la posrevolu-ción”, Asclepio. Revista de Historia de la Medicina y de la Ciencia, vol. LX, núm. 2, ju-lio-diciembre 2008, pp. 95-118.

73 González de la Vega, Francisco, El Código Penal Comentado, México, ImpresoresUnidos, 1939, pp. 235 y 236.

74 Macedo, Miguel et al., La Reforma de las Leyes Penales en México, contribuciónde México al XI Congreso Internacional Penal y Penitenciario (Berlín) y a la VI Confe-rencia de Unificación del Derecho Penal (Copenhague), México, Impresores Unidos,1939, pp. 61-63.

de los anormales mentales,75 entonces debían ser tratados con medidas deseguridad, “recluyéndolos en manicomios o departamentos especialespor todo el tiempo necesario para su curación y sometidos, con autoriza-ción del facultativo, a un régimen de trabajo”.76

Sin embargo, en la medida en que el archipiélago institucional se in-crementaba, también lo hacían la heterogeneidad de la vida urbana y eltamaño y diversidad de grupos sociales para los que la institucionaliza-ción significaba una salida permanente de las calles. Esto hacía necesariala creación de nuevas categorías administrativas que facilitaran la distin-ción institucional entre las poblaciones que aparentaban pobreza, enfer-medad o desaseo, para economizar las funciones del castigo y de la ley.

De otra parte, es posible que una buena parte de la población aparente-mente sucia, pobre o enferma recorriera las calles, partes a pie partes entransporte público, sobre la traza de una ruta imaginaria en donde los es-pacios de subsistencia y sociabilidad de las clases populares eran referen-tes espaciales que, de una u otra forma, contribuyeron a constituir losrumbos de la ilegalidad periférica.

Estos espacios, entonces, tuvieron tanto el efecto constitutivo de losrumbos de subsistencia popular como de lugares en donde la autoridadbuscaba cuerpos sucios, pobres o enfermos al momento de rendir cuentasa sus superiores. Iglesias, mercados, plazas públicas, calles céntricas ytransitadas reforzaron su carácter de referentes espaciales para el go-bierno de la vida urbana.

En resumen, era demasiado tentadora la coincidencia entre el tipo depersonas y lugares constitutivos del desorden urbano. Lo que hacía nece-saria una intervención institucional del espacio, que desarticulara tantolos usos populares del centro urbano como a las poblaciones queocupaban sus calles para subsistir.

LEGALIDADES PÚBLICAS44

75 Categoría que abarcaba a los delincuentes, las prostitutas, los vagos, los mendigosy otros viciosos que generalmente entraban “en conflicto con el medio, perturbándolo yproduciendo en no pocas veces, verdaderas catástrofes.” Ramírez, Rómulo, “Los antiso-ciales, no son, a la postre, sino enfermos de la mente”, Criminalia, México, 1938, p. 282.Citado por Urías, Beatriz, “Degeneracionismo e higiene mental en el México posrevolu-cionario (1920-1940)”, Frenia. Revista de Historia de la Psiquiatría. 2004. Disponibleen http://www.frenia-historiapsiquiatria.com/pdf/fasciculo%208/UriasFRENIA2004-2.pdf.

76 Macedo, Miguel et al., op. cit., nota 74, p. 61.

CAPÍTULO SEGUNDO

(RE)CONSTRUYENDO EL ORDEN URBANO: LA REGULACIÓNDEL PRIMER CUADRO Y EL TRABAJO CALLEJERO

EN LA CIUDAD DE MÉXICO (1930-1940)

La vida en las calles de la ciudad de México, durante las décadas de lostreinta y los cuarenta, puede ser caracterizada de diversas formas: fuesímbolo de un largo proceso de negociación, resistencia y reconocimien-to, entre las autoridades y las organizaciones de trabajadores populares,que paulatinamente insertaron a los pobres urbanos como un tercer sectordentro de las clases reconocidas por la revolución; fue también un símbo-lo del desamparo y la miseria en que vivían los pobres urbanos, mientrasesperaban el inevitable momento de la institucionalización.

Las vías públicas fueron, al mismo tiempo, un espacio de diversidad,disciplina y cuestionamiento social. Sin duda, los pobres urbanos no sóloutilizaban las calles con el propósito de transgredir las normas y cuestio-nar, en el día a día, la voluntad y los mandatos de la autoridad jurídica.Estaban ahí por necesidad.

Para la autoridad establecer la distinción moderna entre los espaciospúblicos y privados era una tarea por demás compleja, sobre todo si to-mamos en cuenta que la mayor parte de la población carecía de un lugaral cual llamar propio. Sin embargo, entre lo deseable y lo posible existeuna brecha que puede, si se está dispuesto, ser superada mediante la fuer-za de la ley. Se trata, casi siempre, de una distinción entre las dimensio-nes simbólicas e instrumentales del derecho.

Vista desde una perspectiva instrumental, la ley es un conjunto de do-cumentos jurídicos que dependen de su aplicación sistemática y continuapara causar un efecto en la sociedad. En cambio, desde una perspectivasimbólica, la ley escrita vale por lo que es en sí misma, es decir, un me-dio a través del que el Estado declara una práctica, población, espacio o

45

actividad como prohibida o permitida, así como los medios de controlque operaran sobre aquellas prácticas vedadas jurídicamente.1

En el caso de las ciudades latinoamericanas, incluida la mexicana, unapráctica común ha sido recurrir más a las dimensiones simbólicas del de-recho que a sus funciones instrumentales. En otras palabras, la ley ha ser-vido más como un mecanismo destinado a la legitimación de las políticasurbanas, que en un instrumento destinado a la implementación de dichaspolíticas. Se trata de una práctica gubernamental característica de un po-der público fragmentario y poco representativo de la diversidad social,en donde la producción de derecho pasa a ser un sustituto del sistema po-lítico, al instaurar un canal de comunicación predominante entre el Esta-do y sus asociados.2

Ya en el capítulo anterior se mencionaba que el periodo de 1930-1940representó un contexto activo de creación jurídica, en lo que refiere al or-den reglamentario de la ciudad de México. En este sentido, se trató de unmomento en el que los gobiernos posrevolucionarios intentaron distin-guirse de sus antecesores en, al menos, dos sentidos. En primer lugar,porque a través de este nuevo y complejo entramado legal se establecióuna política de intervención y regulación de las relaciones sociales quevino a romper, o al menos eso pretendía, con ciertas prácticas y dinámi-cas locales. En segundo lugar, porque al hacerlo se reconfiguraron algu-nos acuerdos básicos entre gobernados y gobernantes; constituyendo, almenos en el papel, un nuevo espacio urbano que tuvo, en la desarticula-ción del Primer Cuadro, una representación material y visible.

El presente capítulo busca analizar, justamente, el peso que tuvo esteproceso regulatorio en la reconfiguración de las calles del centro de laciudad de México, y sus usuarios estacionarios. Se intenta demostrarque, durante las décadas de los treinta y los cuarenta, la regulación de lasactividades económicas callejeras tuvo dos efectos simbólicos importan-tes, no sin ciertos grados de oposición por parte de la población. Por unlado, proteger a las calles del Primer Cuadro de la presencia de las pobla-

LEGALIDADES PÚBLICAS46

1 Una discusión clásica e ilustrativa de esta distinción puede ser vista en: Gusfield,Joseph, “Moral Passage: The Symbolic Process in Public Designation of Deviance”, So-

cial Problems, vol. 15, núm. 2, 1967, pp. 175-188.2 García, Mauricio y Rodríguez, Cesar, “Derecho y sociedad en América Latina:

propuesta para la consolidación de los estudios jurídicos críticos”, en García, Mauricio yRodríguez, César (eds.), Derecho y sociedad en América Latina: un debate sobre los es-

tudios jurídico críticos, Bogotá, ILSA, 2003, pp. 15-66.

ciones que aparentaban enfermedad, pobreza o desaseo, para constituir alcentro urbano como un circuito de negocios. Por el otro, otorgar un reco-nocimiento oficial a las organizaciones de trabajadores callejeros, parainsertarlos dentro de una lógica más amplia de gobierno.

Al analizar este proceso, buscaré aproximarme a la forma en que lasdisputas por el espacio público se convirtieron, progresiva y pausada-mente, en conflictos marcados por la negociación y la experimentaciónjurídica, tanto para la población que allí subsistía, como para la cada vezmás cambiante administración urbana. Se examinará, asimismo, la mane-ra en que las poblaciones que subsistían en las calles del Primer Cuadrode la ciudad de México recurrieron al discurso y las institucionesjurídicas como un medio para defender y conservar sus espacios de sub-sistencia.

I. ENTRE LA IMPOSICIÓN REGLAMENTARIA Y EL CUESTIONAMIENTO

JUDICIAL: LAS POBLACIONES PROSCRITAS DEL PRIMER CUADRO

DE LA CIUDAD DE MÉXICO

A partir de una revisión del Diario Oficial de la Federación y de dife-rentes archivos legislativos,3 encontramos que entre las décadas de lostreinta y los cuarenta aparecieron publicadas un total de seis declaracio-nes de voluntad de la autoridad administrativa o reglamentos,4 cuya lec-tura evidencia que, los límites sobre los que se concentraba el trabajo po-licial no parecían tan distantes de aquella forma urbana que pretendíatrazar reglamentariamente la autoridad administrativa.

REGULACIÓN DEL PRIMER CUADRO Y TRABAJO CALLEJERO 47

3 Particularmente nos referimos al Acervo de Legislación y Jurisprudencia del Insti-tuto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM y al Archivos Histórico de la Secretaría deSalud.

4 Reglamento del comercio semifijo y ambulante en el Distrito Federal de 1931; Re-glamento de limpiabotas o boleros de 1941; Reglamento para músicos y cancioneros am-bulantes de 1944; Reglamento para artesanos y pintores no asalariados que ejerzan su ac-tividad en los sitios públicos del Distrito Federal de 1944; Reglamento para plomeros,fotógrafos, reparadores de carrocerías, compradores de objetos varios, ayateros, afilado-res y demás actividades desarrolladas en forma ambulatoria por trabajadores no asalaria-dos de 1945; Reglamento de cargadores de número no asalariados que ejerzan su activi-dad en los sitios públicos del Distrito Federal de 1945. Conjunto reglamentario que secomplementa, en este documento, con el Proyecto para regular el comercio ambulante decomestibles y bebidas en las estaciones de ferrocarril de 1937.

A través del conjunto reglamentario mencionado, es posible sostenerque las autoridades administrativas buscaban establecer a las calles, prin-cipalmente las del Primer Cuadro y su periferia, como un espacio orde-nado, limpio, transitable y que reflejara una buena imagen,5 a través deldiseño e implementación de diferentes tecnologías espaciales de domina-ción cuyo objetivo principal era conocer los movimientos y la localiza-ción de la población que subsistía en las calles.6

Como medio para establecer un espacio determinado, ordenado y uni-forme para los vendedores semifijos, las autoridades impusieron, me-diante la fuerza de la ley, el diseño de casetas de madera o lámina de dosmetros y medio de largo por un metro y medio de ancho de las calles.Casetas que deberían estar alejadas, por lo menos, a dos metros de anchode cualquier edificio y alineadas en una sola hilera, y que serían autoriza-das con la obligación para los comerciantes de mantener limpio y enbuen estado el espacio interior y exterior del establecimiento, al menosen un radio de tres metros.7

Obligación que bien puede dar cuenta del énfasis de las autoridadespor utilizar a la forma jurídica reglamentaria como un medio para orde-nar el espacio público y establecer los límites de lo público y lo privado,8

LEGALIDADES PÚBLICAS48

5 Por ejemplo, el Considerando 2o. del Reglamento de Limpiabotas o Boleros, pu-blicado en el Diario Oficial de la Federación el 25 de agosto de 1941, señala: “Que si elGobierno de la ciudad debe preocuparse por la mejoría de los trabajadores en todos susaspectos y en forma principal atender el elemento humano, está obligado a prestar suatención a los de más humilde condición a fin de que se presenten más aseados, mejorvestidos y educados, etc., pues con ello se obtendrá el que la Capital de la República dejede presentar esa notable desigualdad de clases sociales que nuestras instituciones y leyesrevolucionarias han venido tratando de acabar”.

6 Es decir, de disposiciones e instrumentos que permitirían, a la autoridad, procesary resolver, en diferentes grados, algunos problemas constantes que se presentaban en laadministración de las calles de la ciudad de México, tales como la distancia o cercanía,inclusión y exclusión, vigilancia y posición, movimiento e inmovilidad, comunicación yconocimiento, todos entremezclados en la relación entre personas y espacios concretos.Pile, Steve, “Opposision, Political Identities and Spaces of Resistance”, en Pile, Steve yMichael, Keith (eds.) Geographies of Resistance, Nueva York, Routledge, 1997, pp.1-32.

7 Artículo 7o. del Reglamento del comercio semi-fijo y ambulante del Distrito Fede-ral, Diario Oficial de la Federación, 27 de marzo de 1931.

8 Cuestión que representaba también una de las preocupaciones esenciales de las au-toridades al administrar los usos y funciones del espacio público durante las primeras tresdécadas del siglo XX.

al tiempo que se uniformaban y saneaban los espacios de venta, pues enlas décadas anteriores los lugares más estables de comercio semifijoeran, por lo general, puestos de madera con techos de tablas o láminas demetal que, adicionalmente, servían como vivienda para los vendedores ysus familias y que se distribuían de manera azarosa en diferentes zonasde la ciudad: desde Tepito al Zócalo, de las vías del ferrocarril a los par-ques públicos.9

Para restringir el movimiento del comercio ambulatorio y semifijo, lasautoridades administrativas declararon un sistema de prohibiciones espa-ciales y físicas, que excluía a los vendedores ambulantes del Primer Cua-dro de la ciudad, al tiempo que los obligaba a cargar con una vitrina deun metro de largo por cincuenta centímetros de ancho y con unas tijeraspara colocarlas. Asimismo, las disposiciones reglamentarias prohibían lainstalación de bultos o cajas con mercancías de repuesto.10

En este entramado de límites y restricciones espaciales, la referencia alPrimer Cuadro de la ciudad, como medio para delimitar el centro urbano,refleja la concepción de las calles como una especie de cuadrícula abso-luta, pues como recuerda Monnet, “las denominaciones anteriores se re-ferían a distintas definiciones de este espacio: «Casco Antiguo» recuerdala edad del marco urbano, «Primer Cuadro» significaba a la vez la ante-rioridad de dicho espacio y su estructura cuadricular, (…) la expresiónmás frecuente y sencilla, «el Centro», aludía a la unidad espacial que de-sempeñaba tal función”.11

Para garantizar el pudor y la buena imagen de las calles, las autorida-des administrativas impusieron diferentes restricciones y obligacionestanto a los comerciantes como a los trabajadores callejeros. En el primercaso no sólo debían mantener limpio el perímetro cercano al espacio deventa, sino que también debían presentar un certificado de exención deenfermedades, así como portar un uniforme similar y procurar la limpie-za en sus prácticas de venta. En el caso de los trabajadores callejeros, és-tos debían comprobar no haber cometido algún delito en los años ante-

REGULACIÓN DEL PRIMER CUADRO Y TRABAJO CALLEJERO 49

9 Barbosa, Mario, El trabajo en las calles: subsistencia y negociación política en la

ciudad de México a comienzos del siglo XX, México, Universidad Autónoma Metropoli-tana, 2008, p. 94.

10 Artículo 25 del Reglamento del Comercio Semifijo y Ambulante del Distrito Fe-deral.

11 Monnet, Jerome, Usos e imágenes del Centro Histórico de la Ciudad de México,México, DDF-CEMCA, 1995, p. 14.

riores, así como evitar practicar juegos de manos, decir groserías, pre-sentarse sucios a trabajar y escupir en las calles.

Para localizar a los comerciantes y trabajadores en el espacio públicola autoridad administrativa declaró como medio ideal a la licencia, queya en este contexto puede ser vista como un medio de control cuya fina-lidad consistía en garantizar la supervisión de los movimientos de la po-blación, “saber de dónde viene el individuo, a dónde va, dónde vive,dónde trabaja (…) hacerle llevar incluso un signo distintivo, el carácterostensible de su condición errante: el cencerro de la vaca o la campanillade los leprosos”;12y, a partir de ello, administrar la distribución laboral ysocial, azarosa y desordenada, de la población en las calles de la ciudadde México.

No es que anteriormente las autoridades carecieran de medios ostensi-bles de control sobre las actividades laborales y comerciales que se desa-rrollaban en las calles de la ciudad de México,13 sino que las disposicio-nes reglamentarias analizadas marcan una diferencia sustancial en elprocedimiento para distribuir y asignar un pedazo de concreto a un tipoespecífico de usuarios.

Ellas ilustran un sistema para asignar un lugar en las calles a cada ven-dedor y trabajador sobre el diseño imaginario de la traza urbana14 y, apartir de ello, garantizar que los comerciantes establecidos no tuvierancompetencia, que transeúntes y conductores no encontraran obstáculos asu paso, que las esquinas estuvieran desocupadas, que las personas no sesintieran ofendidas, que el progreso no se detuviera. En resumen, que lascalles, por anchas que fueran, no representaran un espacio para el ejerci-cio de la libertad de trabajo y comercio. El caso de la regulación delcomercio ambulante es sumamente ejemplificativo en este sentido.

LEGALIDADES PÚBLICAS50

12 De Gaudemar, Jean-Paul, La movilización general, España, La Piqueta, 1981, p.115.

13 Basta recordar las imágenes de los cargadores de número de finales del siglo XIXquienes estaban obligados a portar una especie de placa o insignia marcada con un núme-ro asignado a los mismos. Barros, Cristina y Marcos Buenrostro. La Once y serenooo!

Tipos mexicanos. Siglo XIX. México, Fondo de Cultura Económica, 1994, p. 52.14 Artículo 17 del Reglamento de comercio semifijo y ambulante del Distrito Fede-

ral: (…) su distribución deberá hacerse sobre un plano de puestos que impiden el tránsito.Plano que constituía uno de los proyectos más ambiciosos de la administración local.Diario Oficial de la Federación, 27 de marzo de 1931.

1. El tránsito, la competencia económica y el comercio ambulante

En junio de 1929 el entonces jefe del Departamento del Distrito Fede-ral, José M. Puig Casauranc, decidió cancelar todas las licencias otorga-das para que la población comerciara autorizadamente en las calles. Ladecisión no sólo tenía el efecto de declarar ilegal a todo aquel que, enadelante, comerciara en las calles, también significaba la cancelación deun sistema de relaciones sociales a través del que, al menos desde el si-glo XIX, la población negociaba con la autoridad los usos y mecanismosde acceso al espacio público.15

Como respuesta, algunos comerciantes callejeros, principalmenteaglomerados en torno a la “Alianza de Comerciantes en Pequeño del Pri-mer Cuadro y Puestos Aislados de la Ciudad”, creada en 1925, recurrie-ron ante el entonces presidente de la República, Emilio Portes Gil, paradenunciar a la autoridad local y solicitar una intervención presidencial:

Contra toda ley, y contra todo derecho, no somos oídos por el señor Jefedel Departamento del Distrito Federal, no toma en cuenta los escritos […]en una palabra, de una plumada y por virtud de una orden, se nos deja enla calle, se nos declara culpables del delito de trabajar, se nos encarcela, seolvidan de nosotros, y se nos coloca en un terreno tal parece, como si nofuéramos ciudadanos mexicanos, si no fuésemos dignos de ampararnoscon nuestras leyes […].16

Al parecer, solicitar el amparo del presidente de la República rindióbuenos frutos. Tan es así que, hacia el mes de octubre de 1930, se conta-bilizaba la existencia de 1,464 licencias que autorizaban la instalación depuestos semifijos y ambulantes.17

Sin embargo, la idea de liberar las calles ya había sido planteada y,conforme avanzaba el tiempo, parecía adquirir mayor aceptación. De unlado, principalmente para los comerciantes establecidos, el comercio ca-llejero era percibido como una práctica desleal de competencia económi-

REGULACIÓN DEL PRIMER CUADRO Y TRABAJO CALLEJERO 51

15 Barbosa, Mario, op. cit., nota 9, pp. 151-155.16 Archivo General de la Nación, fondo Presidente Emilio Portes Gil, expediente.

4/980.17 Vázquez, Esther, Organización y resistencia popular en la ciudad de México du-

rante la crisis de 1929-1932, Instituto Nacional de Estudios Históricos de la RevoluciónMexicana, México, 1998, p. 116.

ca. De otro lado, la existencia de puestos en las calles de la ciudad eravista como un atentado contra la buena imagen de la capital y, también,como una demostración de la corrupción y selectividad con que era apli-cada la ley en las calles.18

Así, hasta comienzos de 1931 los comerciantes ambulantes y semifijoscontinuaron escuchando declaraciones oficiales sobre la necesidad de or-denar la actividad, vía la construcción de mercados y la formulación deun reglamento. La construcción de mercados era una política que debíaesperar mejores tiempos para las arcas locales, no así la creación de unReglamento para el Comercio Semifijo y Ambulante, que aparecería pu-blicado el 27 de marzo de 1931, en el Diario Oficial de la Federación.

Si bien el Reglamento del comercio ambulante y semifijo de 1931 re-conocía el derecho de las personas de escasos recursos a trabajar y co-merciar en las calles, lo más probable es que las presiones generadas porlos comerciantes establecidos19 y la concentración de comerciantes semi-fijos y ambulantes en el centro de la ciudad20 hayan resultado en la prohi-bición para comerciar de manera semifija y ambulatoria en el PrimerCuadro de la ciudad de México y en lugares cercanos a los comercios es-tablecidos; prohibición que transformaría radicalmente el papel del Re-glamento, pues para que un nuevo vendedor comerciara en estas zonastendría que hacerlo de manera ilegal.

LEGALIDADES PÚBLICAS52

18 Ibidem, p. 114.19 Los comerciantes establecidos no aceptaban la existencia de vendedores ambulan-

tes o semifijos, porque éstos no cumplían con los requisitos que a ellos sí les exigían lasautoridades de Salubridad, el Departamento Central y Hacienda, pues en plena crisis seles cobraban multas si no pagaban puntualmente sus contribuciones, e identificaban a losvendedores ambulantes como las causa determinante de “la ruina de muchas negociacio-nes”. Ibidem, pp. 111-114.

20 Los comerciantes semifijos y ambulantes se instalaban alrededor de los mercadosy de las zonas comerciales más populosas, ya que en dichos lugares podían vender mejorsus mercancías, lo que contribuyó a la consolidación de zonas de la ciudad que centrali-zaron las actividades de compraventa de artículos básicos, que concentraron un alto nú-mero de vendedores y prestadores de servicios en las calles, pero que estaban situadas enel área más transitada de la ciudad de México. Barbosa, Mario, op. cit., nota 9, p.135. Esimportante resaltar, además, que este proceso de consolidación de zonas en que se centra-lizaban las actividades comerciales y laborales callejeras constituye la existencia de rum-bos comerciales.

CUADRO 7. RESTRICCIONES ESPACIALES PRESCRITAS EN EL REGLAMENTO

DE COMERCIO SEMIFIJO Y AMBULANTE DEL DISTRITO FEDERAL DE 1931

Prohibición para comerciar

en el Primer Cuadro de la ciudad de México

Prohibición de distancia respecto

a los comercios establecidos

Artículo 3. (Los puestos semifijos sólo podráninstalarse) fuera del perímetro comprendido por lassiguientes calles: Partiendo de la esquina de Repú-blica de Cuba a Aquiles Serdán, siguiendo por elTeatro Nacional hasta San Juan de Letrán y Aveni-da Uruguay, y de ahí hasta la esquina de CorreoMayor y partiendo al norte hasta llegar a las callesde San Ildefonso y siguiendo por las de GonzálezObregón y República de Cuba hasta llegar al puntode partida, así como fuera de las calles y avenidasque por su importancia señale el DDF.

Artículo 12. En lo sucesivo no seconcederán licencias para estable-cer puestos semifijos con caseta osin ella, frente o a distancia menorde diez metros, de un comercio es-tablecido en edificio o accesoriaque realice artículos similares a losque venda en que pretenda estable-cerse.

De manera coincidente, las calles señaladas por la autoridad adminis-trativa como el límite del Primer Cuadro de la ciudad de México, no sólorepresentan una zona de la ciudad en donde la principal actividad era elcomercio de lujo, sino que también se trataba del área de más valor co-mercial en toda la ciudad.21 Así las cosas, podríamos establecer que unode los objetivos de la restricción espacial impuesta por el Reglamento de1931 sobre el Primer Cuadro de la ciudad consistió en liberar del ambu-lantaje a una de las zonas con más valor comercial en la época.22

Pero al restringir el uso y las funciones comerciales de los espaciospróximos a los comercios establecidos, el Reglamento se posicionó tam-bién como un medio para anular la libre concurrencia mercantil garanti-zada en el artículo 28 constitucional,23 cuestión que no pasó desapercibi-

REGULACIÓN DEL PRIMER CUADRO Y TRABAJO CALLEJERO 53

21 Hayner, Norman, “Criminogenic Zones in Mexico City”, American Sociological

Review, 1946; “Mexico City. Its Growth and Configuration”, The American Journal of

Sociology, 1945.22 Hayner, Norman, “Mexico City: Its Growth and Configuration”, The American

Journal of Sociology, 1945, pp. 296-298.23 Pues, como reconocería 35 años después la Suprema Corte de Justicia de la Na-

ción, el establecimiento, en una misma calle o lugar, próximos unos a otros, de comercioso locales de prestación de servicios de la misma especie, de ninguna manera lesiona losderechos de la sociedad, antes bien se ejercita la libertad de comercio establecida por elartículo 4o. de la Constitución Federal, y se obtiene el evidente beneficio social de la li-

da para los vendedores ambulantes24 y que resultaría en el primer intento,de parte de los comerciantes callejeros, por recurrir a la justicia paraampararse colectivamente frente a las restricciones legales que impe-dían el libre ejercicio de sus derechos; asunto que, adicionalmente, re-presenta el primer precedente del ambulantaje en la historia moderna dela Suprema Corte de Justicia de la Nación.25

El 11 de julio de 1931 Rafael Olmos, representante común de 88 miem-bros de la Alianza de Comerciantes en Pequeño del Primer Cuadro y dePuestos Aislados de la Ciudad,26 se presentó ante los tribunales para solicitarel amparo de la justicia federal frente al Reglamento del Comercio Semifijoy Ambulante del Distrito Federal, argumentando, entre otras cosas, que:

El reglamento mencionado se propone regular la competencia mercantil,que tan extraordinariamente según dice, se ha desarrollado en el DistritoFederal. Pues bien, ese ramo del trabajo cuya libertad está ampliamentegarantizada por la ley reglamentaria del Artículo 28 Constitucional expe-dida por el ejecutivo federal el 24 de junio de 1926, que en su Artículo 1,Fracción II establece: Queda prohibido dentro del territorio nacional cual-quiera de los actos que en seguida se enumeran y constituyen un monopo-lio: todo acto o procedimiento que evite o tienda a evitar la libre concu-rrencia en la producción, industria o comercio o servicio al público. Lomismo que por el Artículo cuarto constitucional que garantiza, sin limita-ción alguna, la libertad de trabajo que no tiene más dique que los derechosde terceros o de la sociedad, previo juicio ante la autoridad judicial, o ad-ministrativa cuando sea de orden económico, y previa queja de la parteafectada. El reglamento mencionado no puede bajo ningún pretexto, ni

LEGALIDADES PÚBLICAS54

bre concurrencia garantizada por el artículo 28 constitucional. Resolución del expedientede amparo en revisión 5658/65.

24 De acuerdo con la información disponible es posible sostener que estos comercian-tes encuadraban dentro de la clasificación jurídica de vendedores ambulantes tipo “a”prescrita en el Reglamento de 1931, pues para obtener sus licencias estas personas decla-raban tener un capital invertido menor a los 20 pesos, y el límite jurídico de inversión pa-ra obtener una licencia como vendedor ambulante tipo “a” era menor a los 50 pesos.

25 La misma SCJN divide su historia en dos grandes bloques. El histórico, compuestopor cuatro épocas (1871 a 1914), que corresponde a los regímenes constitucionales ante-riores a la constitución de 1917. El moderno, compuesto hasta ahora por cinco épocas(1917 a la fecha) y que corresponde a las interpretaciones judiciales que definen el senti-do, alcances y limitaciones de los derechos reconocidos en la constitución de 1917.

26 Los demandantes declararon a la prensa que se dedicaban al comercio por necesi-dad, ya que “habían sido cesados de fábricas y talleres donde prestaban sus servicios”. El

Nacional, 7 de julio de 1931.

aún el tráfico, limitar ese derecho que tiene el rango de garantía indivi-dual.27

La autoridad administrativa respondió la demanda de amparo y argu-mentó que el Reglamento no sólo era un medio para privilegiar los usosy funciones de las calles como espacio destinado al tránsito vehicular ypeatonal, sino también como un medio para proteger a los comerciantesestablecidos y para asegurar el cumplimiento de las obligaciones fiscalesde los vendedores ambulantes:

El Reglamento reclamado tiene como fin evitar el abuso que se comete en lavía pública cuyo destino es el tránsito, particularmente en el primer cuadro dela ciudad por las personas que se dedican al comercio en ese lugar, haciendoen extremo difícil el paso no solo de vehículos sino de peatones, por tantopropende a satisfacer una necesidad social y solicito se niegue la suspensiónen virtud de que jurídicamente no puede seguírseles perjuicio alguno, porconnotar este vocablo la idea de la existencia de un derecho y de un acto vio-latorio del mismo, así como porque el otorgamiento de la suspensión origina-ría perjuicios a la sociedad y al estado, por encontrarse interesada la primeraen que sea expedito el tránsito por las vías públicas y se evite la ilícita compe-tencia que se hace al comercio establecido y la ultima de dichas entidades escontrolar a los vendedores ambulantes desde el punto de vista fiscal.28

A pesar del reconocimiento explícito, por parte de la autoridad admi-nistrativa, de que uno de los fines del Reglamento consistía en evitar lacompetencia entre los vendedores callejeros y los establecidos, la justiciafederal resolvió no conceder el amparo pues los ministros de la Corteconsideraron que el objetivo principal del Reglamento era facilitar eltránsito en el Primer Cuadro de la ciudad y que su aplicación interesaba ala sociedad, sin ocasionar perjuicios a los comerciantes ambulantes: ya

que éstos pueden ejercer su comercio en cualquier otro lugar, distinto

del indicado primer cuadro.29

REGULACIÓN DEL PRIMER CUADRO Y TRABAJO CALLEJERO 55

27 Demanda del Amparo Administrativo 2477/1931.28 Respuesta del jefe del Departamento del Distrito Federal al Amparo Administrati-

vo 2477/1931.29 Resolución del expediente de Amparo Administrativo 2477/1931. Esta resolución

derivó en la tesis aislada: COMERCIO SEMIFIJO Y AMBULANTE, REGLAMENTO DEL. Loca-lización: quinta época, Instancia: Segunda Sala, número de Registro 336952, fuente: Se-

Por lo tanto, así ni para la autoridad administrativa, ni para los minis-tros de la Corte, resultaba incómoda la presencia de los comerciantes am-bulantes en el espacio público. Lo que parecía molestarles es que ésta sediera en las calles del Primer Cuadro de la ciudad. El resto de la ciudadpodía pertenecerles, pero no este espacio.

El tránsito comenzó, entonces, a posicionarse como el uso y la funciónprincipal de las calles. El desplazamiento de bienes y personas terminópor convertirse en una idea mucho más funcional y neutral para facilitarel ordenamiento de las calles. En suma, las calles se consolidaron comoun espacio más propicio para el ejercicio de la libertad de tránsito quepara la libertad de trabajo y comercio.

Al parecer, por más agresivos que fueran, los medios para proteger losbuenos hábitos y la moral eran invisibles para las clases medias y altas,aunque requerían de medios más complejos para operar. La construccióndel espacio público material era, en cambio, algo que podía exhibirse yvisibilizarse hacia todo el público. Los límites físicos, entonces, parecíanmás potentes para restringir la presencia y las voluntades de la población.Los cuerpos en las calles ya no serían tratados como agentes de enferme-dad, sino como obstáculos para el progreso.30

Con todo, la creación de espacios de concentración de ciertas pobla-ciones, y los respectivos cuerpos disciplinarios que se encargarían de su-pervisarlas, no eran algo novedoso en la ciudad de México de la décadade los treinta. Un ejemplo de ello es que, al menos desde la segunda mi-tad del siglo XIX, la autoridad había establecido una zona de toleranciapara el ejercicio de la prostitución ubicada, precisamente, en la periferiadel centro urbano.31

LEGALIDADES PÚBLICAS56

manario Judicial de la Federación XXXVI, página: 1252, Tesis Aislada, materia(s): ad-ministrativa.

30 Pues: “Cabe aclarar que con estas concepciones, hechas en los albores de la insti-tucionalización de la planeación en México, se llegaba al clímax, y hasta cierto punto serespondía a las numerosas proclamas a favor de la planeación de nuestras ciudades y enparticular la de México, que se venían realizando desde la primera mitad de los añosveinte, por un buen número de profesionales, para imprimir ahora a la planeación urbanaun carácter institucional, y en buena medida, técnico y “neutral”. López, Rafael, Planifi-

cación y urbanismo de la Revolución Mexicana: los sustentos de una nueva modernidad

en la ciudad de México, 2002. Disponible en http://www.rafaellopezrangel.com/.31 Núñez, Fernanda, La prostitución y su represión en la Ciudad de México (siglo

XIX). Prácticas y representaciones, Barcelona, Gedisa, 2002.

Sin embargo, algo que sí puede ser característico del periodo estudia-do es la reconfiguración de dichos lugares a partir, sobre todo, de unaidea del espacio urbano en donde ciertos saberes administrativos se arti-cularían y, en algunos casos, entrarían en conflicto con el discurso y lapráctica incipiente de la planeación urbana. Las transformaciones que ex-perimentó la “zona de tolerancia” del comercio sexual, entre 1926 y1937, son un buen ejemplo de esto.

2. La desarticulación de las periferias sexuales

Con una gran similitud con las disposiciones reglamentarias desarro-lladas durante el siglo XIX,32 el 14 de febrero de 1926 apareció publica-do, en el Diario Oficial de la Federación, el Reglamento para el Ejerci-cio de la Prostitución en el Distrito Federal, en el cual la autoridaddefiniría a la prostitución como una profesión o medio de vida que invo-lucraba un acto de comercio sexual33 para, posteriormente, prescribir tresgrandes tipos de prostitutas: 1) las asociadas, 2) las aisladas, 3) las clan-destinas. Todas debían ser mayores de 18 años y menores de 50, tam-bién tendrían que demostrar haber perdido la virginidad y tener el dis-cernimiento necesario para darse cuenta del alcance y significado de suactividad.

Las clasificaciones mencionadas hacían referencia a dos condiciones.Por una parte, al tipo de espacios en que laboraban las prostitutas, puespodían hacerlo de manera colectiva en casas de asignación, de citas o enhoteles —todos administrados por meretrices—, o de manera individual,en sus propios domicilios. Por la otra, al grado de disposición parasubsumirse a la voluntad de la autoridad sanitaria.

En este último caso, la autoridad sanitaria había diseñado un programade inspección médica de sanidad, al cual debían inscribirse y sometersesemanalmente las prostitutas, con el fin de impedir la propagación de las

REGULACIÓN DEL PRIMER CUADRO Y TRABAJO CALLEJERO 57

32 Franco Guzmán, Ricardo, “El régimen jurídico de la prostitución”, Revista de la

Facultad de Derecho de México, núm. 85-86, enero-junio de 1972, pp. 370-394. Véasetambién Bliss, Katherine, Compromised Positions: Prostitution, Public Health and Gen-

der Politics in Revolutionary Mexico City, Pennsylvania, Pennsylvania State University,2001.

33 Artículo 2o. del Reglamento para el Ejercicio de la Prostitución, Diario Oficial de

la Federación (en adelante DOF) 14 de abril 1926.

enfermedades transmisibles por medio de contacto sexual, particularmen-te aquellas de carácter venéreo-sifilíticas.34

La preocupación de la autoridad sanitaria por prevenir la propagaciónde enfermedades venéreo-sifilíticas no parecía infundada. De acuerdocon las cifras disponibles para la época, en la ciudad de México moríanpor sífilis cerca de 37 personas al año por cada cien mil habitantes.35

Incluso, en opinión de diferentes médicos, se estimaba que para el año de1926 más del 50% de la población de la ciudad de México padecía sífi-lis.36 En el caso de la prostitución, la situación parecía más grave, puesde las casi veinte mil mujeres que se dedicaban al comercio sexual el90% padecía la enfermedad. Las cifras podrían ser exageradas, peroañadieron el ingrediente científico necesario para enmascarar la mojiga-tería revolucionaria.

Con el aparente objetivo de impedir la propagación de las enfermeda-des venéreo-sifilíticas, la autoridad no sólo dispuso un programa de ins-pección de sanidad, sino también un conjunto de lugares en donde opera-ría cotidianamente la policía sanitaria, y que pueden dividirse en dosgrandes rubros: 1) los sanatorios, dispensarios y demás espacios médicosadministrados por la autoridad, y 2) las casas de asignación, de citas yhoteles en donde se permitía el ejercicio de la actividad.

En el caso de los espacios médicos administrados por la autoridad, lasprostitutas debían presentarse semanalmente para someterse al reconoci-miento médico reglamentario. Adicionalmente debían presentarse cuan-

LEGALIDADES PÚBLICAS58

34 Artículo 1o. del Reglamento para el Ejercicio de la Prostitución, DOF, 14 de abril1926. Cabe agregar que, aunque el énfasis del presente documento es sobre el espacio,durante el periodo de vida del Código Penal de 1929 se introdujeron dos tipos penales re-lacionados con la visión que tenían las autoridades en torno a la prostitución como activi-dad potenciadora del contagio de enfermedades venéreo-sifilíticas. El primero, el delitode contagio sexual. El segundo, los delitos de contaminación intersexual. Para una revi-sión más detallada del significado y efectos que tuvo este proceso de criminalización so-bre la población dedicada al comercio sexual, véase Rivera-Garza, Cristina, “The Crimi-nalization of the Syphilitic Body: Prostitutes, Health Crimes and Society in Mexico City,1867-1930”, en Salvatore, Ricardo et al. (eds). Crime and Punishment in Latin America.

Law and Society since late Colonial Times, Duke, Duke University Press, 2001, pp.147-180.

35 Véase: Boletín del Departamento de Salubridad Pública. núm. 1 y 2, 1926, p. 111;y, Beneficencia Pública del Distrito Federal, La mendicidad en México, México, A. Mija-res y Hermano Editores, 1931, pp.64 y 65.

36 Gastélum, Bernardo, “La persecución de la sífilis desde el punto de vista de la ga-rantía social”, Boletín del Departamento de Salubridad Pública, México, 1926, pp. 5-24.

do fueran requeridas de manera extraordinaria por la autoridad, cuandohubiesen sido dadas de alta en el hospital, cuando pretendieran dedicarsea una vida honesta alejada del comercio sexual, cuando fueran denun-ciadas como enfermas y cuando el médico en jefe lo considerara conve-niente.

Mientras que en el caso de los espacios cerrados para el ejercicio de laprostitución, la autoridad había determinado a las casas de cita, de asig-nación y a los hoteles como los lugares más apropiados para el ejerciciodel comercio sexual y, por ende, como espacios comunes, los cuales po-dían ser visitados continuamente por los cuerpos de supervisión sanitaria.El cuadro 8 ofrece una apretada síntesis de los criterios y condiciones declasificación y operación de dichos espacios.

Sin embargo, la voluntad de la autoridad por regular la prostitución nosólo tenía como fin evitar la reproducción de enfermedades de transmi-sión sexual, sino también proteger el orden público y moral de la socie-dad, para lo que era necesario regular la presencia y convivencia de lasprostitutas en el espacio público.

CUADRO 8. ESPACIOS CERRADOS PARA EL EJERCICIO DE LA PROSTITUCIÓN

Casas de asignación: Las habitadas por dos o más mujeres inscritas que vivan en co-munidad o asociadas para ejercer el comercio sexual. Su categoría estaría determinadade acuerdo con el monto mensual que deberían pagar a la autoridad por concepto deinspección sanitaria. La clasificación se asignaba de acuerdo con el juicio del Médicoen Jefe de la Inspección de Sanidad, atendiendo al número de habitaciones, condicionesde instalación, etcétera, de la casa que se tratare.

Primera clase: $75 a $200 Segunda clase: $25 a $75 Tercera clase: $15 a $25

Casas de cita: Las que, sin servir de habitación para las mujeres inscritas, son por ellasfrecuentadas, para realizar actos de comercio sexual.

Los tipos, ubicación y clasificaciones se determinaba bajo las mismas reglas aplicablesa las casas de asignación.

REGULACIÓN DEL PRIMER CUADRO Y TRABAJO CALLEJERO 59

Hoteles: Los que, sin tener alojadas permanentemente a las mujeres inscritas, son fre-cuentados por ellas para ejercer actos de comercio sexual. Al igual que las casas deasignación y de citas, la categoría de los hoteles estaría determinada de acuerdo con elmonto mensual que deberían pagar a la autoridad por concepto de inspección sanitaria.La clasificación se asignaba de acuerdo con el juicio del médico en jefe de la Inspec-ción de Sanidad, atendiendo al número de habitaciones, condiciones de instalación, etc.del hotel en cuestión.

Primera clase: $80 a $200 Segunda clase: $40 a $80 Tercera clase: $20 a $40

La localización de estos tres espacios era determinada de acuerdo con diversas reglas ydistancias espaciales, entre las que destacan: (a) una distancia no menor de 100 metrosde diferentes lugares públicos, tales como parques, paseos y jardines; (b) una distanciano menor de 200 metros de edificios públicos, legaciones y consulados extranjeros,iglesias, templos de cualquier culto, salones de espectáculos, cuarteles, hospitales, cár-celes, establecimientos de instrucción, beneficencia o industriales, en que trabajen obre-ros de cualquiera de los dos sexos.

Las mujeres inscritas estaban obligadas, entre otras cosas, a vestir conaseo y honestidad, a abstenerse de cometer en público cualquier falta a lamoral, a no confluir colectivamente en las calles, a no asistir a espectácu-los públicos ni de manera colectiva ni a aquellos que determinara la auto-ridad administrativa, a no exhibirse en las ventanas y balcones de sus ha-bitaciones, a no proferir palabras o valerse de gestos que llamaran laatención y, principalmente, a no permanecer o frecuentar espacios públi-cos de manera recurrente.37

Tal orden confinaba, necesariamente, a las prostitutas a los espacioscerrados determinados por la autoridad y prohibía su presencia cerca deotros espacios públicos. En otras palabras, como acertadamente apunta-ban algunos críticos del Reglamento de 1926, fijar en 200 metros la dis-

tancia entre prostíbulos y edificios públicos, templos o salones de espec-

táculos es hacer imposible el establecimiento de ellos en ningún lugar.38

LEGALIDADES PÚBLICAS60

37 Artículo 24 del Reglamento para el Ejercicio de la Prostitución, DOF, 14 de abril1926.

38 Informe de la comisión formada para estudiar los problemas relacionados con elestablecimiento de zonas de tolerancia en el Distrito Federal. AHSS, Salud Pública (SP),Servicios Jurídicos (SJ), Caja: 7, Expediente: 4.

En esta lógica, la zonificación de la prostitución era vista como unaestrategia de doble filo. Por una parte, se trataba de establecer un área detolerancia, en donde la actividad principal fuera el comercio sexual, loque permitiría que prostitutas y transeúntes confluyeran tanto en las ca-lles como en hoteles o casas de asignación. Quienes visitaran el espaciolo harían por su propia voluntad, lo que permitiría la protección de losvalores del resto de la sociedad que no había sido contaminada. Pero, porla otra, se trataba de establecer un espacio de concentración en donde lapolicía sanitaria pudiera ejercer su trabajo de manera más eficaz y efi-ciente.

Se planteó entonces una acción conjunta entre los medios de supervi-sión sanitaria y administrativa. Los agentes de tránsito se encargarían debloquear, por las noches, el paso vehicular a las zonas determinadas co-mo espacios para la prostitución. Los gendarmes y policías administrati-vos se encargarían de sancionar exclusivamente las faltas a los reglamen-tos de policía y buen gobierno, tales como la ebriedad o la satisfacciónde necesidades físicas en público. La policía sanitaria se encargaría desupervisar las condiciones de trabajo y operación de hoteles, casas de ci-ta y asignación así como de solicitar, de manera discrecional, los talonesrespectivos a las mujeres que se encontraran en la zona.39 La tarea de ins-peccionar aleatoriamente los espacios cerrados para el ejercicio de laprostitución quedaría reservada exclusivamente para aquellos estableci-mientos localizados fuera de la zona de tolerancia, típicamente los reser-vados para el comercio sexual de más alta categoría.40

En opinión de sus promotores, la zona debía respetar los espacios endonde se concentraba, hasta la época, el mayor número de establecimien-tos autorizados para el ejercicio de la prostitución.41 Vecinos acostum-

REGULACIÓN DEL PRIMER CUADRO Y TRABAJO CALLEJERO 61

39 Informe de la comisión formada para estudiar los problemas relacionados con elestablecimiento de zonas de tolerancia en el Distrito Federal (AHSS/SP/SJ/7/4).

40 Medina, Carlos, La vida nocturna en la ciudad de México: centros nocturnos, ca-

barets y burdeles 1935-1945, tesis de licenciatura, Universidad Nacional Autónoma deMéxico, Campus Acatlán, 1996.

41 Tan es así que, ya hacia 1913, una buena parte de las calles indicadas alojaban untotal de 166 espacios cerrados para la prostitución (83 casas de asignación; 22 de primeraclase; 23 de segunda; 18 de tercer, y 20 de ínfima). “Fragmentación espacial y los límitesde lo moderno”. El Cotidiano (núm. 145) Dossier: Representación espacial de procesos

socioterritoriales. Universidad Autónoma Metropolitana-Azcapotzalco, 2007. Disponibleen: http://www.occm.uam.mx/archivos/17/file/El_Cotidiano_145.pdf p.23. Y, para finalesde la década de los veinte, el número de casas de asignación, citas y hoteles alojados en

brados y propietarios de casas de asignación u hoteles ya establecidospermitirían manejar el número de quejas. Así se reducirían tanto los gas-tos de traslado hacia nuevos espacios como el nivel de conflictividad ydescontento público.

Al final la zona propuesta como espacio de tolerancia para la prostitu-ción fue la siguiente:

• Primera zona: Del Callejón de Nava —acera sur— al segundo Ca-llejón de Pajaritos, es decir, entre la acera sur del Callejón de Navahasta la acera norte de Dr. Daniel Ruiz, de Primera calle de DanielRuiz, calles Cuauhtemotzin, desde la calle de Niño Perdido hastaIsabel la Católica, callejón de la Igualdad hasta la acera norte de ca-llejón de Tizapan y callejón de Tizapan.

• Segunda zona: República de Panamá desde Santa María la Redon-da hasta la acera norte del callejón del Órgano, todo el callejón delÓrgano hasta la acera oriente de Comonfort, calles de la Repúblicade Ecuador, desde la acera oriente de Santa María la Redonda hastaencontrar la misma acera oriente del callejón de la vaquita y todo elcallejón de la vaquita hasta la acera norte de Juan Álvarez.

Aunque no existen datos sólidos al respecto, algunas comunicacionesapuntan que la zona comenzó a operar casi inmediatamente.42 No obstan-

LEGALIDADES PÚBLICAS62

las calles señaladas era de 283 (158 en la primera zona, y 125 en la segunda). Informe dela comisión formada para estudiar los problemas relacionados con el establecimientode zonas de tolerancia en el Distrito Federal (AHSS/SP/SJ/7/4).

42 Dos documentos dan cuenta de ello. El primero, una denuncia en donde el Depar-tamento de Salubridad Pública comunica al Ejecutivo Federal: La calle de Cuauhtemot-

zín se habría convertido en un espacio de tránsito a partir de 1926, cuando el departa-

mento de salubridad se dirigió al Ayuntamiento indicándole que en vista de encontrarse

ocupadas las calles de Cuauhtemotzin en su mayor parte por casas de prostitución se de-

sistiera de establecer las vías de tráfico que se proponía. El Ayuntamiento contestó que

hasta esa fecha nada se había proyectado y sin previa consulta al Departamento se pavi-

mentaron las calles mencionadas estableciendo por ellas corrientes intensas de tráfico.

(Memorándum del Departamento de Salubridad Pública al Ejecutivo Federal sobre lascasas de prostitución establecidas en Cuauhtemotzin, 8 de mayo de 1930, AHSS/SP/SJ/17/19). El segundo, un documento elaborado por los miembros de la Junta de obreros, in-dustriales, propietarios y vecinos de las calles de Cuauhtemotzin y adyacentes, quienes através de diferentes escritos y reuniones con la autoridad manifestaron constantemente sudesacuerdo con la política impulsada por la autoridad administrativa, sobre todo a partir

te, la autoridad sanitaria continuaba reclamando para sí el ejercicio legíti-mo de supervisar y ejercer la violencia sobre los cuerpos involucrados enel ofrecimiento y satisfacción de servicios sexuales, lo que hizo práctica-mente imposible la consolidación de una zona de tolerancia, pues paraello se requería la participación central, más que complementaria, de laautoridad administrativa del Distrito Federal.

Asimismo, a la autoridad sanitaria se le encomendó, por mandato pre-sidencial, un gran margen discrecional de acción mediante la facultad dedeterminar en qué casos las distancias entre inmuebles tendrían que me-dirse a partir de la puerta de entrada y en qué casos dichas medicionestendrían que hacerse a partir de los límites del predio.43

Pero en 1937 se pretendería darle fin al monopolio controlador de laautoridad sanitaria sobre el comercio sexual en la ciudad de México. Esteaño, la autoridad administrativa del Distrito Federal haría pública su vo-luntad de reclamar el papel que le correspondía jugar como medio paragobernar las actividades y prácticas de la población que habitaba dentrode su territorio.

El día 6 de diciembre de 1937 se publicó en el Diario Oficial de la Fe-

deración el Acuerdo por el que se fijan las zonas en que queda prohibidoel ejercicio de la prostitución y el funcionamiento de casas de citas, deasignación, prostíbulos y sitios similares.

Aunque en el Acuerdo la autoridad administrativa del Distrito Federaldeclaraba a la prostitución como una actividad que atentaba contra lamoral relajando las buenas costumbres, y reconocía la facultad de la au-toridad sanitaria en materia de vigilancia de la prostitución, también esta-bleció un espacio propio y delimitado de funciones y de medios paraactuar sobre la población.

En esta tesitura, la autoridad administrativa declaró dos situaciones re-levantes. En primer lugar, que para corregir el mal que significaba laprostitución era indispensable la intervención del Estado, evitando elfuncionamiento de establecimientos en que se ejerciera esa actividad,cerca de escuelas, centros públicos de reunión y sitios similares. En se-gundo lugar, que si bien era cierto que correspondía al Departamento de

REGULACIÓN DEL PRIMER CUADRO Y TRABAJO CALLEJERO 63

de 1926, momento en que como se dijo el perímetro de Cuauhtemotzin comenzó a cons-tituirse como una zona altamente transitada (AHSS/SP/SJ/17/19).

43 Decreto por el que se adiciona el Reglamento para el ejercicio de la prostitución,DOF, 24 de mayo de 1934.

Salubridad Pública la vigilancia del ejercicio de la prostitución, por loque hace a las condiciones personales de quienes practicaban esa activi-dad, también lo era que la determinación de zonas especiales para elefecto y de sitios prohibidos era competencia del Departamento del Dis-trito Federal.44

En suma, lo que revela la declaración de voluntad de la autoridad ad-ministrativa es que la vigilancia y supervisión de los cuerpos bien podíaser competencia de la autoridad sanitaria, pero que la regulación del es-pacio y las actividades que sobre éste se desarrollaban debía ser vista co-mo una facultad casi exclusiva de la autoridad administrativa local.

Matiz que resultaba trascendental para la época, pues la autoridad ad-ministrativa se había avocado ya a la tarea de crear un espacio urbanoplanificado y organizado, principalmente a partir de la expedición de laLey de Planificación y Zonificación del Distrito Federal del 17 de enerode 1933, por lo que no podía permitir que el actuar discrecional de laautoridad sanitaria interfiriera con sus propósitos.

Pero más que tratarse de una forma jurídica reglamentaria que estable-ciera una zona de tolerancia para el ejercicio de la prostitución el licencia-do Cosme Hinojosa, entonces jefe del Departamento del Distrito Federal,decidió declarar públicamente una zona de prohibición para el ejercicio delcomercio sexual, con el objetivo de constituir a la Avenida 20 de Noviem-bre como una arteria vial que facilitara la comunicación del centro de laciudad con las colonias establecidas en la región suroeste del Distrito Fe-deral.45

La estrategia administrativa tenía un sustento jurídico muy particular.Pues si bien la reglamentación correspondiente facultaba a la autoridadsanitaria a determinar las zonas concretas en donde podía ejercerse laprostitución,46 lo cierto es que no existía determinación jurídica algunaque limitara las capacidades de la autoridad administrativa para estable-cer zonas concretas en donde dicha actividad quedara prohibida. Y, lo

LEGALIDADES PÚBLICAS64

44 Considerandos 1, 2 y 3 del Acuerdo por el que se fijan las zonas en que quedaprohibido el ejercicio de la prostitución y el funcionamiento de casas de citas, de asigna-ción, prostíbulos y sitios similares. DOF, 06 de diciembre de 1937.

45 Considerando 4 del Acuerdo por el que se fijan las zonas en que queda prohibidoel ejercicio de la prostitución y el funcionamiento de casas de citas, de asignación, prostí-bulos y sitios similares. DOF, 6 de diciembre de 1937.

46 Artículo 66 del Reglamento para el ejercicio de la prostitución, DOF, 14 de abril1926.

que es más, la Ley Orgánica del Distrito Federal prácticamente obligabaa la autoridad administrativa a dictar las providencias necesarias para elmejoramiento moral y económico de la comunidad, persiguiendo con to-da energía a la prostitución, entre otras actividades.47

Así, la zonificación de la prostitución terminó presentándose como unmedio para proscribir el comercio sexual en tres espacios concretos. Enprimer lugar, en las calles de Cuauhtemotzín, Dr. Ruiz, Dr. Lavista y Dr.Nava, Dr. Jesús Valenzuela y Callejón de Cuauhtemotzín. En segundolugar, en las calles de Rayón, Órgano, Libertad y Callejón de la Vaquita.En tercer lugar, dentro del Primer Cuadro de la ciudad de México y den-tro de zonas de quinientos metros radiales de escuelas, centros públicosde reunión y sitios similares.48 Espacios que, como se dijo, concentrabanla mayor parte de establecimientos cerrados dedicados a dicha actividad.

Las reacciones por parte de la población que subsistía de comerciarsus cuerpos no se hicieron esperar. Meretrices y prostitutas recurrieron ala justicia federal con el propósito de cuestionar y revertir la nueva deter-minación de la autoridad. Los alcances de estos reclamos fueron de talesdimensiones que, tan sólo en un lapso de quince meses, la Suprema Cor-te de Justicia de la Nación tuvo que resolver, al menos, tres asuntos rela-cionados con el tema.49 Incluso, como se observa en el cuadro siguiente,puede decirse que se trataba de verdaderos cuestionamientos colectivos a

REGULACIÓN DEL PRIMER CUADRO Y TRABAJO CALLEJERO 65

47 Artículo 24, Fracción XLII, de la Ley Orgánica del Distrito y los Territorios Fede-rales publicada en el DOF, 31 de diciembre de 1928 al 5 de enero de 1929.

48 Artículos 1o., 2o. y 3o. del Acuerdo por el que se fijan las zonas en que quedaprohibido el ejercicio de la prostitución y el funcionamiento de casas de citas, de asigna-ción, prostíbulos y sitios similares. DOF, 06 de diciembre de 1937.

49 Véase Amparo administrativo en revisión 4191/38; Amparo 1115/38; Amparo ad-ministrativo. Revisión del incidente de suspensión 949/38. Los asuntos referidos genera-ron las siguientes tesis asiladas: PROSTITUCIÓN, EJERCICIO DE LA, EN DETERMINADAS

ZONAS, Quinta Época, núm. de Registro: 330154, Instancia: Segunda Sala, Tesis Aislada,

Fuente: Semanario Judicial de la Federación LXI, Materia(s): Administrativa, Página:4391. PROSTITUCIÓN, REGLAMENTACIÓN DE LA, quinta época, núm. de Registro:330900, instancia: Segunda Sala, tesis aislada, fuente: Semanario Judicial de la Federa-

ción LIX, materia(s): administrativa, página: 2140. PROSTITUCIÓN, EJERCICIO DE LA, EN

DETERMINADAS ZONAS, quinta época, núm. de Registro: 330154, instancia: Segunda Sa-la, tesis aislada, fuente: Semanario Judicial de la Federación LXI, materia(s): administra-tiva, página: 4391. PROSTITUCIÓN, SUSPENSIÓN TRATÁNDOSE DE PROHIBIR EL EJER-

CICIO DE LA, EN DETERMINADAS ZONAS, quinta época, núm. de Registro: 331665, instan-cia: Segunda Sala, tesis aislada, fuente: Semanario Judicial de la Federación LVI, mate-ria(s): administrativa, página: 2083.

la voluntad de la autoridad administrativa, particularmente a través de lafigura de coagraviados que probablemente era aprovechada por meretri-ces y abogados para proteger los espacios cerrados de la prostitución.

CUADRO 9. NÚMERO DE AGRAVIADAS POR EXPEDIENTE

JUDICIAL CONSULTADO

Folio Número de agraviadas

1115/38 40

949/38 47

4191/38 52

Los argumentos y reclamos eran más o menos similares en los tres ca-sos. Las agraviadas no sólo demandaban a la autoridad administrativapor haberse extralimitado en sus funciones, pues consideraban que la de-terminación de zonas específicas para el ejercicio de la prostitución eracompetencia exclusiva de la autoridad sanitaria, sino que también consi-deraban que una vez que la autoridad administrativa se había adjudicadode facto la facultad de excluirlas de una zona específica, entonces era és-ta quien estaba obligada a asignarles un nuevo espacio de trabajo, máxi-me si su actividad derivaba en contribuciones específicas al erario públi-co que, por diferentes razones, las hacía beneficiarias de la libertad detrabajo reconocida en el artículo 4o. constitucional.

Para la autoridad administrativa era claro que los argumentos esgrimi-dos por las agraviadas carecían de cualquier sustento, pues la Ley Orgá-nica del Distrito Federal facultaba a la autoridad administrativa para ex-pedir ciertas determinaciones no sólo enfocadas en el mejoramientomoral de la sociedad, sino también en materia de planeación y disposi-ción del espacio urbano construido, sobre todo cuando éste era céntrico ydensamente poblado. Además de que la prostitución no podía considerar-se como un trabajo, sino en todo caso como un comercio malsano.

Sin embargo, para el juez de Distrito que conoció del conflicto en pri-mera instancia50 era errónea la política que buscaba implementar la auto-

LEGALIDADES PÚBLICAS66

50 En los tres casos se trata del juez primero de Distrito en materia administrativa,Manuel Bartlett, antiguo funcionario del sector de salubridad pública, y nombrado, el 18

ridad administrativa, pues el hecho de prohibir el ejercicio de la prostitu-ción en una zona determinada permitiría que las mujeres públicas sedistribuyeran y esparcieran a lo largo y ancho de la ciudad. Lo que equi-valdría tanto como permitir la contaminación social de los espacios y laspersonas que aún no eran tocadas por los vicios sociales y hacer de suyodifícil la capacidad de la policía sanitaria para supervisar las condicioneshigiénicas y reglamentarias en que se desenvolvía la actividad. Así, eljuez de Distrito decidió conceder el amparo, no necesariamente para pro-teger a las agraviadas, sino como un medio para insertar a la funciónjudicial dentro del cúmulo de saberes que buscaban imponer su visiónsobre la ciudad y la forma en que ésta debería ser planeada.

Sobra decir que la autoridad administrativa se inconformó frente al fa-llo del juez de Distrito, por lo que en los tres casos decidió interponer unrecurso de revisión ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación. El ar-gumento era más o menos similar. Por una parte, la autoridad administra-tiva recurrió a la Ley Orgánica del Distrito Federal que facultaba a la au-toridad en los términos anteriormente expuestos. Por la otra, la autoridadlocal recurrió a la actitud mostrada por la Suprema Corte en el caso delReglamento para el comercio semifijo y ambulante de 1931, y que prohi-bía que diferentes comerciantes ambulantes se instalaran en un espaciodeterminado, pues:

Las quejosas equiparan su actividad a las actividades lícitas que protegerel art. 4o. constitucional, y como la actividad a que se dedican las quejosasno es una actividad industrial, ni profesional propiamente dicha, sino másbien comercial, si puede llamarse comercio al tráfico que desarrollan, re-sulta que cuando se obliga a los vendedores ambulantes, a los vendedoresde diversos artículos en los mercados o calles a cambiar de sitio para laventa de sus mercancías la H. Suprema Corte de Justicia de la Nación haestimado que no se afectan sus intereses jurídicos, con mayor razón debeestimarse que no se afectan los intereses jurídicos de las quejosas cuandono se les prohíbe el ejercicio de la prostitución, sino que solamente se lesprohíbe que lo hagan en las zonas céntricas o muy pobladas de la Ciu-dad.51

REGULACIÓN DEL PRIMER CUADRO Y TRABAJO CALLEJERO 67

de enero de 1935, como tal, en sustitución de Javier Rojo Gómez, eventual Jefe del De-partamento del Distrito Federal.

51 Respuesta del jefe del Departamento del Distrito Federal al Amparo Administrati-vo 949/1938.

Así, desde la concepción de la autoridad administrativa, tanto la pros-titución como el comercio callejero eran actividades que podían equipa-rarse reglamentariamente. En ambos casos se trataba de cuerpos que ocu-paban desordenadamente un lugar en el espacio, por lo que su presenciapodía prohibirse en áreas determinadas, máxime si se trataba de zonascéntricas y densamente pobladas. Pero ello no implicaba una limitaciónsobre la garantía reconocida en el artículo 4o. constitucional, pues estaspoblaciones aún tenían un espacio inmenso, fuera del Primer Cuadro, endonde podían ejercer libremente sus derechos constitucionales.

En un extraño movimiento, el juez de Distrito respondió que no sóloera errónea y peligrosa la política que buscaba implementar la autoridadadministrativa, sino que además se encontraba fundada erróneamente.Pues, si bien la Ley Orgánica facultaba a la autoridad administrativa aplanear el espacio, ésta facultad se limitaba a determinar la forma, pro-ducción y regulación del espacio físico construido, mas no de las activi-dades que se desarrollaban dentro de éste. Además de que la autoridadsanitaria era la encargada legalmente de determinar las zonas en quepodía ejercerse o restringirse el comercio sexual.

No obstante, los ministros de la Segunda Sala de la SCJN decidierondarle la razón a la autoridad administrativa, en cuatro sentidos, al tiempoque sentaron un precedente que duraría hasta nuestros días:

• En primer lugar porque el reglamento para el ejercicio de la pros-

titución impone la obligación a las mujeres que a ella se dedican

a inscribirse en la Inspección de Sanidad y a someterse una vez

por semana al reconocimiento médico y, en tales condiciones, es

evidente que las autoridades sanitarias continúan llevando el

control de todas las prostitutas, máxime, cuando tal autoridad to-

ma nota de los domicilios, hoteles y casas de citas que frecuen-

tan.52

• En segundo lugar, porque el ciudadano jefe del Departamento

Central del Distrito Federal no está obligado, al prohibir el ejerci-

cio de la prostitución a determinadas personas, en una zona, a se-

LEGALIDADES PÚBLICAS68

52 PROSTITUCIÓN, SUSPENSIÓN TRATÁNDOSE DE PROHIBIR EL EJERCICIO DE LA, EN

DETERMINADAS ZONAS, quinta época, núm. de Registro: 331665, instancia: Segunda Sa-la, tesis aislada, fuente: Semanario Judicial de la Federación LVI, materia(s): administra-tiva, página: 2083.

ñalar una nueva, por ser dicha facultad propia del Departamento

de Salubridad Pública, de acuerdo con la ley.53

• En tercer lugar, porque el jefe del Departamento Central del Dis-

trito Federal puede dictar providencias para el mejoramiento mo-

ral y económico de la comunidad, persiguiendo, entre otros males

sociales, la prostitución, que no porque se le tolere puede ser con-

siderada en los términos de los artículos 4o. constitucional, como

acto lícito, tanto menos, si se practica al margen de las disposicio-

nes respectivas, y su reglamentación no afecta derechos jurídicos

que no existen pues la inscripción en los registros de sanidad no

confiere derechos, sino que impone obligaciones severamente san-

cionadas cuando no se da el debido cumplimiento a la disposicio-

nes del Código Sanitario y del Reglamento para el Ejercicio de la

Prostitución.54

• En cuarto lugar, porque el decreto que prohíbe el ejercicio de la

prostitución en determinadas zonas de la ciudad, dictado en benefi-

cio del mejoramiento moral de la comunidad, y en uso de las facul-

tades que la ley concede al jefe del departamento central para ha-

cerlo, no es violatorio de garantías.55

Así, desde la perspectiva planteada por el máximo órgano jurídico dela nación, los límites legales de la ciudad estaban trazados. La autoridadadministrativa podía, efectivamente, prohibir y restringir el acceso deciertas poblaciones a espacios determinados. Aquellos cuerpos que sub-sistían en las calles no podían ser considerados como trabajadores, sinocomo poblaciones carentes de derechos que, no obstante, estaban severay patibulariamente constreñidos a obedecer los mandatos de la autoridad.Los sistemas rigurosos de control y supervisión no eran tan amplios para

REGULACIÓN DEL PRIMER CUADRO Y TRABAJO CALLEJERO 69

53 PROSTITUCIÓN, EJERCICIO DE LA, EN DETERMINADAS ZONAS, quinta época, núm.de Registro: 330154, instancia: Segunda Sala, tesis aislada, fuente: Semanario Judicial

de la Federación LXI, materia(s): administrativa, página: 4391.54 PROSTITUCIÓN, REGLAMENTACIÓN DE LA, quinta época, núm. de Registro:

330900, instancia: Segunda Sala, tesis aislada, fuente: Semanario Judicial de la Federa-

ción LIX, materia(s): administrativa, página: 2140.55 PROSTITUCIÓN, EJERCICIO DE LA, EN DETERMINADAS ZONAS, quinta época, núm.

de Registro: 330154, instancia: Segunda Sala, tesis aislada, fuente: Semanario Judicial

de la Federación LXI, materia(s): administrativa, página: 4391.

impedir la existencia y propagación de estos cuerpos, pero sí para con-trolar, registrar y localizar sus movimientos, hábitos y prácticas.

II. LA IMAGEN DE LA CIUDAD Y EL RECONOCIMIENTO COLECTIVO

DE LOS TRABAJADORES CALLEJEROS

En ninguno de estos casos es posible decir que la intervención del má-ximo tribunal de la nación fuera determinante del conflicto por utilizar elPrimer Cuadro, desarrollado entre la población y la autoridad administra-tiva del Distrito Federal. Antes bien, se trató de un movimiento estratégi-co dentro de una lucha más amplia, que simplemente aplazaría los proce-sos de negociación y defensa del espacio público.56

En el caso de los comerciantes ambulantes, la lucha por las calles delPrimer Cuadro comenzaría a radicalizarse hacia 1932, con la formación dela “Unión de Resistencia de Comerciantes Semifijos y Ambulantes delDistrito Federal”, misma que invocaría de nueva cuenta, en febrero de1932, el carácter anticonstitucional del Reglamento de 1931 como mediopara defender su derecho a trabajar en las calles del Primer Cuadro:

Es anticonstitucional —dicen— porque no se concreta a reglamentar elcomercio ambulante y semifijo —ocupación lícita y a la que, de acuerdocon el artículo 4o. constitucional tienen derecho a dedicarse—, sino que,de plano, prohíbe el ejercicio del comercio en la mejor zona de la ciudad,como si fuera una ofensa a los derechos sociales contar con un capital pe-queño que no basta para sufragar los gastos que exige un local. La Unióndesea que se haga una reglamentación, no una prohibición.57

Pero a este grupo de comerciantes callejeros habría que agregar aotros trabajadores, tales como los voceadores y expendedores de periódi-cos, quienes, a pesar de estar afiliados a la Confederación RegionalObrera Mexicana (CROM) a través de la Unión de Voceadores y Expen-dedores del Distrito Federal, fueron también proscritos del Primer Cua-dro de la ciudad.58

LEGALIDADES PÚBLICAS70

56 Sobre el proceso de negociación y resistencia que siguió a la clausura de las “zo-nas de tolerancia”, véase Bliss, Katherine, op. cit., nota 32, pp. 201-205.

57 Excélsior, 9 de febrero de 1932.58 Aguilar, Gabriela y Terrazas, Ana, La prensa en la calle: los voceadores y la dis-

tribución de periódicos y revistas en México, México, Grijalbo, 1996.

En conjunto, es posible decir que estos grupos se anotaron un triunfo el14 de abril de 1932, cuando el entonces presidente de los Estados UnidosMexicanos, Pascual Ortiz Rubio, decidió dar marcha atrás a la prohibiciónde comerciar en el Primer Cuadro, mediante la publicación de un decretoque modificaba el Reglamento de 1931, en los siguientes términos:

Art. 21: En el Distrito Federal podrá ejercerse el comercio ambulante, pre-via licencia respectiva […] para los fines, por el tiempo y los [siguientes]requisitos; Art. 23: […] Acompañar la solicitud respectiva con una tarjetade salud expedida por el Departamento de Salubridad Pública, adjuntardos cartas en que se abone su buena conducta, suscritas por personas oinstituciones que a juicio del Departamento sean dignas de crédito; Art.28: En el perímetro señalado en el artículo 3o. de este reglamento, única-mente se permitirá el comercio ambulante [cuando] los vendedores ambu-lantes obtengan una licencia y comprueben que han ejercido en comercioambulante o semifijo en algún lugar comprendido en dicho perímetro, porun periodo de, cuando menos, seis meses, porten uniforme, se presentenaseados en su persona y vestido, ejerzan el comercio de cigarros, cerillos,billetes de lotería, frutas, dulces, golosinas y demás artículos de comer obeber no alcohólicos, y el de manufacturas y confecciones domésticasnacionales, que no se consideren obstáculo para el tránsito, en ningún ca-so podrán ejercer sus actividades a menos de diez metros de las esquinasde las manzanas comprendidas en el perímetro [además] Art. 29: El vo-ceo de periódicos y su expendio en caballetes, a dos metros, cuando me-nos, de distancia de las esquinas, no quedará comprendido en las restric-ciones que para el comercio semifijo y ambulante establece este regla-mento.

Sin embargo, nada estaba dicho aún, pues todavía faltaba reglamentaral resto de las actividades económicas callejeras. Proceso que comenzaríaa plantearse en 1937, con la formulación del primer proyecto para regu-lar el comercio ambulante de comestibles y bebidas en las estaciones deferrocarril.59

Los considerandos de este proyecto muestran algunas de las dificulta-des que enfrentaban las autoridades para controlar el comercio ambulanteen las estaciones ferroviarias, que se traducen en cinco problemas aresolver.

REGULACIÓN DEL PRIMER CUADRO Y TRABAJO CALLEJERO 71

59 AHSSA/48/12/1937.

CUADRO 10. CONSIDERANDOS DEL PROYECTO DE REGLAMENTO

DE OCTUBRE DE 1937

1. La presencia cons-tante de vendedoresambulantes, y sus mer-cancías, en las estacio-nes del tren.

2. La falta de institu-ciones y personal en-cargado de supervi-sar y vigilar a dichoscomerciantes.

3. La imposibilidad de prohibiresta actividad pues “siguiendola mente del primer magistradode dar facilidades a los pobrespara que encuentren su sustentono [era] posible suprimir estaclase de comercio”.

4. Las intoxicaciones que sufrían los consu-midores por el mal estado de los alimentos.

5. El decoro nacional.

Mientras que los primeros tres puntos expuestos en el cuadro 10 refle-jan la situación del contexto, es decir, un conjunto de personas necesitadasa quienes las autoridades no podían impedirles abiertamente la búsquedade un sustento en las calles, pero que había que vigilar de alguna manera;los dos últimos reflejan el contenido y los objetivos concretos del proyec-to, esto es, controlar en la medida de lo posible el esparcimiento colectivode enfermedades, pero, sobre todo, evitar que el mal aspecto de los comer-ciantes vulnerara la imagen externa de un régimen naciente.60

Entonces, para ser vendedor ambulante en las vías del ferrocarril elproyecto especifica la necesidad de contar con una licencia y con un cer-tificado de exención de enfermedades transmisibles y portarlo de maneravisible y constante. Asimismo, establece obligaciones sobre las personas,los vestidos y los comestibles.

Sobre las personas y los comestibles, el proyecto impone una serie deobligaciones cuya función era transformar las prácticas cotidianas de ven-ta y despacho de mercancía para proteger a la salud pública. Ejemplo deello son la obligación de lavarse las manos y cortarse las uñas para evitar

LEGALIDADES PÚBLICAS72

60 [Considerando] Que también el decoro nacional exige la buena presentación de es-tos vendedores y sus comestibles ya que a nadie que haya viajado por tren se le escapaque el tema fotográfico más interesante para los turistas son los montones antihigiénicosde pan, dulces, etc. expuestos a las moscas y al polvo. Considerando 7 del proyecto dereglamento para los vendedores ambulantes de comestibles y bebidas en las estacionesde ferrocarril. Octubre 1937.

la acumulación de la suciedad como agente de transmisión de enfermeda-des, la prohibición de escupir en las calles, vender productos al aire li-bre61 y despachar la mercancía con las manos.62

En cuanto a los vestidos, el énfasis parece concentrarse en transformarel aspecto de los comerciantes ambulantes con el propósito de mejorar laimagen pública de la ciudad, mediante el uso de un uniforme, constituidopor un gorro y bata de tela blanca, que sería proveído por las autoridadesy que los comerciantes deberían mantener limpio y en buen estado.

A esta propuesta reglamentaria se sucedieron otras tantas que teníancomo objetivo principal diferenciar y regular al resto de las actividadeseconómicas que se desarrollaban en las calles de la ciudad de México.Pues, hacia comienzos de la década de los cuarenta, una de las principa-les preocupaciones de la autoridad administrativa del Distrito Federalconsistía en incorporar a los trabajadores callejeros dentro del conjuntode organizaciones populares que participaban, activamente, en la vidapolítica local y nacional,63 con el propósito de establecer condiciones de

trabajo más favorables para quienes en distintas formas, sin salario de-

terminado, prestan servicios en la vía pública.64

En consecuencia, se formularon seis proyectos de reglamentos y secreó la sección de trabajo no asalariado, dentro de la Dirección Generalde Trabajo y Previsión Social del Distrito Federal, la cual tenía como ob-jetivo procurar el mejoramiento de las condiciones para trabajar de to-

das aquellas personas que en la vía pública prestan un servicio.65

REGULACIÓN DEL PRIMER CUADRO Y TRABAJO CALLEJERO 73

61 Artículo 7o. A excepción de las frutas con cáscara no partidas, todos los demás ali-mentos deberán expedirse en vitrina de tapa fija, pudiéndose abrir por una de las caras la-terales para extraer la mercancía. Proyecto de reglamento para los vendedores ambulan-tes de comestibles y bebidas en las estaciones de ferrocarril. Octubre 1937.

62 Artículo 8o. El despacho de la mercancía se hará con cuchara o pinza o cualquieraotro instrumento que evite el contacto de la mano. Proyecto de reglamento para los ven-dedores ambulantes de comestibles y bebidas en las estaciones de ferrocarril. Octubre de1937.

63 Una explicación pormenorizada sobre el proceso que supuso este reconocimientode los sectores populares como un tercer sector “revolucionario” puede ser vista en Ga-rrido, Luis, El Partido de la Revolución Institucionalizada: La formación del nuevo Esta-

do en México (1928-1945), México, Siglo XXI, pp. 319-325.64 Departamento del Distrito Federal, Memoria del Departamento del Distrito Fede-

ral (Septiembre 1939-Agosto 1940), México, Departamento del Distrito Federal, 1940.65 Idem.

Para 1943, catorce grupos habían quedado constituidos como organi-zaciones de trabajadores no asalariados. Grupos que estaban integradospor cargadores de número, limpiabotas, billeteros de lotería, músicos ycancioneros ambulantes, artesanos, pintores, fotógrafos, ayateros y me-morialistas. Para que estos trabajadores pudieran entregarse a sus laborescon garantías del Estado, era necesario extenderles algunas credencialesde control, mismas que hacia 1942 ascendían a 13,689. Sin embargo,conforme pasaba el tiempo, se volvía más apremiante la necesidad decontar con reglamentaciones claramente definidas.

Si bien en 1941 se desarrolló el primer reglamento de limpiabotas oboleros, lo cierto es que la mayor creación de regulaciones sobre las acti-vidades laborales que se desempeñaban en las calles del Distrito Federalse concentró entre 1944 y 1945, años en que se dividió jurídicamente alos trabajadores callejeros en cinco grandes bloques:66

a) Músicos y cancioneros ambulantes.b) Artesanos y pintores no asalariados.c) Cargadores de número.d) Plomeros, fotógrafos, reparadores de carrocerías, ayateros, afilado-

res; y,e) Demás actividades desarrolladas de forma ambulatoria.67

Todos los reglamentos presentan una estructura similar, caracterizadapor cuatro criterios: 1) la edad, 2) la educación, 3) la organización y 4) labuena conducta. En cuanto la edad, a excepción del reglamento para arte-sanos y pintores no asalariados,68 los reglamentos establecían los 16 añoscomo edad mínima para desempeñar una actividad laboral en las calles;

LEGALIDADES PÚBLICAS74

66 Reglamento para músicos y cancioneros ambulantes, 25 de enero de 1944; Regla-mento para artesanos y pintores no asalariados que ejerzan su actividad en los sitios pú-blicos, 25 de enero de 1944; Reglamento para plomeros, fotógrafos, reparadores de ca-rrocerías, compradores de objetos varios usados, ayateros, afiladores y demás actividadesdesarrolladas en forma ambulatoria por trabajadores no asalariados, 13 de enero de 1945;Reglamento de cargadores de número no asalariados que ejerzan su actividad en los si-tios públicos del Distrito Federal, 18 de julio de 1945. Publicados todos en el Diario Ofi-

cial de la Federación.67 La idea de incluir a las demás actividades laborales, sin nombrarlas, aparece aquí

como una estrategia normativa necesaria que refleja la incapacidad legislativa para cono-cer y nombrar toda la realidad social que, no obstante, las autoridades han decidido regu-lar.

68 Que establecía los 12 años como edad mínima para trabajar.

mientras que en materia educativa, para poder ser considerado un traba-jador callejero, era necesario que las personas supieran leer y escribir opresentar una constancia de ello, pues además de los proyectos desarro-llados para educar a los trabajadores,69 la falta de instrucción académicaparecía una constante en los visitantes comunes de las cárceles de la ciu-dad de México.70

Así, es posible inferir que a los trabajadores callejeros se les impusoun modelo similar que a los trabajadores industriales, el cual buscabaformar una clase trabajadora técnicamente capacitada, organizada, soli-daria, combativa en la defensa de su clase y sin vicios ni malos hábitos;71

a la que se le permitiría tomar clases nocturnas para constituirla como unreferente frente a las clases ilustradas.72

Sin embargo, el mayor indicio de que los reglamentos buscaban disci-plinar a los trabajadores callejeros está representado por los requisitos deorganización y buena conducta. Se trata de dos elementos relacionadosentre sí.

REGULACIÓN DEL PRIMER CUADRO Y TRABAJO CALLEJERO 75

69 Es probable que las condiciones para ser considerado un trabajador callejero, esténrelacionadas con el valor que tuvo la formación académica y técnica en el diseño de polí-ticas educativas y laborales durante la etapa Cardenista (1934-1940) y que constituíanrestricciones positivas con el fin de llevar la educación hacia las clases trabajadoras.

70 Por ejemplo, el periodo comprendido entre 1937 y 1941 reporta que el 21% de losdetenidos en las cárceles de la ciudad de México contaba con algún grado de instrucciónacadémica. Cálculos de elaboración propia a partir de (Anuario Estadístico de los Esta-dos Unidos Mexicanos, 1942).

71 “Para las zonas urbanas, aún minoritarias pero en proceso de expansión y cambio, seforjó un prototipo distinto: el trabajador industrial, capacitado técnicamente, solidario paracon sus semejantes, combativo en la defensa de su clase, abstemio, sano y robusto”. Quinta-nilla, Susana, “La educación en México durante el periodo de Lázaro Cárdenas (1934-1940)”, en Universidad Nacional Autónoma de México, Diccionario de Historia de la Edu-

cación en México, disponible en http://biblioweb.tic.unam.mx/diccionario/htm/indart.htm.72 Al respecto Engracia Loyo da cuenta de la estructura institucional de este proyecto

educativo para los trabajadores: “En los primeros años del régimen se crearon dos secun-darias nocturnas, un centro matutino y una secundaria vespertina con inscripción de2,177 alumnos, de los cuales sólo fueron promovidos 692. En 1940 vieron la luz cuatroescuelas más (…) que dieron cabida a 2,583 alumnos. Otra modalidad educativa del ré-gimen para impulsar la educación de los trabajadores fueron los centros nocturnos denueve años que abarcaban o incluían los estudios primarios y secundarios. Al finalizarel año de 1937 se crearon 22 pero fueron concentrados en 13, que en 1940 alcanzaron untotal de 1,543 alumnos”. Loyo, Engracia, “De la desmovilización a la concientización: laescuela secundaria en México (1925-1940)”, en Universidad Nacional Autónoma de Mé-xico, Diccionario de Historia de la Educación en México, disponible en http://biblioweb.tic.unam.

mx/ diccionario/htm/indart.htm.

Para poder obtener un permiso como trabajador callejero, las personasdebían demostrar su adhesión a una organización legalmente constituidaque debería estar integrada por más de cien miembros, solicitar su regis-tro ante la Dirección General del Trabajo y Previsión Social, y presentarel acta constitutiva, la copia de sus estatutos y el padrón de los mismos.

Las organizaciones estaban facultadas para actuar como representan-tes de sus miembros al momento de tramitar el permiso correspondiente,así como para garantizar la buena conducta y las capacidades de los agre-miados para desempeñar el trabajo correspondiente.73 En suma, cada unode los reglamentos posicionaba a las organizaciones como una represen-tación colectiva de coordinación entre las autoridades y los trabajadorescallejeros, que no sólo tenía como función controlar la expedición de lospermisos, sino también garantizar, en la medida de lo posible, el ordenpúblico a través de un sistema de vigilancia que les permitiera sancionara los trabajadores que no se presentaran aseados, o bien, que dijerangroserías, escupieran en el piso o practicaran juegos de manos.

La obligación de pertenecer a una organización no es un elementoneutral en el entramado normativo de los reglamentos, pues el contextoen que fueron desarrollados se ha caracterizado como el momento deconsolidación de un sistema corporativista basado en la conjunción dediferentes organizaciones populares en torno al partido oficial,74 y quetuvo como punto de partida la organización obligatoria de las clases po-pulares urbanas de la ciudad de México, para que los ciudadanos que noparticipaban en los sectores obreros y campesinos pudieran expresar susdemandas.75

LEGALIDADES PÚBLICAS76

73 El hecho de que las organizaciones contaran con la facultad de acreditar la capaci-dad laboral de sus agremiados resulta sumamente interesante, pues cuestiona algunas hi-pótesis históricas que sugieren que en el siglo XIX, y tras el reconocimiento constitucio-nal de la libertad de trabajo [en la Constitución de 1812], se terminó con el poder de losmaestros de oficio sobre el mercado de trabajo: “el dominio que poseían [los maestros]sobre la sanción del arbitrio del saber pasó en gran parte al poder de las escuelas de artesy oficios y se establecieron jerarquías artesanales al margen de la corporación gremial”.Teitelbaum, Vanesa, Entre el control y la movilizacion: honor, trabajo y solidaridades

artesanales en la Ciudad de México a mediados del siglo XIX, México, El Colegio deMéxico, 2008, p. 20.

74 En la época llamado Partido de la Revolución Mexicana (PRM) y que resultaría,en 1946, en el Partido Revolucionario Institucional (PRI).

75 De acuerdo con Diane Davis, hacia finales de la década de los treinta, los líderesdel partido (PRM) convinieron en introducir cambios institucionales en el sistema corpo-

La estrategia era centralizar a las organizaciones ya existentes en unagran organización que las representara. Estrategia que ya había sido im-plementada anteriormente en el caso de las organizaciones obreras ycampesinas y que partía de un reconocimiento claro sobre el doble papelque podía jugar dicha centralización.

Por una parte la integración de un instrumento de tales dimensiones enmanos de los trabajadores podía ser un arma para hacerle frente a la auto-ridad y ganar ciertos derechos; pero, por la otra, en manos del gobierno,podía convertirse en un aparato de control sobre los agremiados.76

En el caso concreto, es posible señalar que este proceso de organiza-ción de las clases populares no era un plan preparado por las autoridadespara someter, entre otros grupos, a todos los trabajadores callejeros a unproceso de corporativización y que la mayoría de sus acciones eran pre-meditadas en ese sentido, pues al igual que los vendedores ambulantes ysemifijos, para los trabajadores callejeros organizarse en pequeñas aso-ciaciones era una práctica constante como medio para hacer frente y de-nunciar los actos de las autoridades locales ante las federales;77 práctica a

REGULACIÓN DEL PRIMER CUADRO Y TRABAJO CALLEJERO 77

rativista que pudieran fortalecer sus conexiones políticas con la población urbana y lasclases medias descontentas, en particular con aquellas que ya se habían organizado enmovimientos sociales urbanos durante los años anteriores. Así las cosas, en el mes deabril de 1941 se creó formalmente la Confederación de Organizaciones Populares (COP),que serviría como organismo coordinador de diferentes grupos de la ciudad de Méxicoque carecían de mecanismos políticos nacionales y locales para expresar sus demandas.Este movimiento institucional demuestra que la ciudad de México era un espacio utiliza-do por las autoridades para la experimentación de formas administrativas de gobiernoque, posteriormente, tendrían un carácter nacional, “no sólo porque la diversidad de cla-ses y personas que se concentraban en la ciudad de México reflejaba en muchos sentidosla diversidad nacional, sino también porque los descontentos urbanos de las clases popu-lares y medias de la capital, acerca de los servicios locales y las prioridades del desarro-llo urbano constituían probablemente el problema político más apremiante para los líde-res políticos nacionales”. Davis, Diane, El Leviatán urbano: la ciudad de México en el

siglo XX, México, Fondo de Cultura Económica, 1999, pp. 149-153.76 Colmenares, Ismael et al. (comp.), Cien años de lucha de clases en México

(1876-1976), México, Quinto Sol, 1985, pp. 93-96.77 Organizaciones como la Agrupación de Boleros y Limpiabotas en el Distrito Fede-

ral, constituida en 1936 o la Unión de Voceadores perteneciente a la Confederación Re-gional Obrera Mexicana desde 1924, son muestra de que la organización era también unapráctica entre los trabajadores callejeros.

través de la que, en ocasiones, lograban negociar y cambiar el sentido delas leyes en escenarios institucionales.78

En otras palabras, el proceso de corporativización de las clases popu-lares de la ciudad de México no resultó en la aparición de organizacionesde trabajadores callejeros, pues éstas ya existían, sino que derivó en lainstitucionalización de las mismas,79 y en privilegiar el papel de las orga-nizaciones como aparato de control sobre los agremiados.

Por lo tanto, la distinción jurídica de los trabajadores callejeros se pre-senta como un paso necesario, por parte de las autoridades, para comenzarun proceso de institucionalización de las formas organizativas desarrolla-das anteriormente por los trabajadores y los comerciantes callejeros, con elpropósito de obtener diferentes beneficios mutuos que variaban de acuerdocon el tipo de trabajadores, pero que en todos los casos delegaban, en lasorganizaciones reconocidas, una dosis de control y discrecionalidad paradeterminar qué personas podían utilizar el espacio público para trabajar.

Para ello las organizaciones no sólo estaban facultadas para represen-tar a sus agremiados en el trámite de las licencias, sino también para cali-ficar sus capacidades técnicas necesarias para desempeñar el trabajo refe-rido. Es por esto que la diferenciación jurídica del trabajo en las callesparece una expresión de los fines disciplinarios que buscaba la regula-ción del espacio público de la ciudad de México.

Se trataba no sólo de evitar la manifestación pública de prácticas o há-bitos que atentaban contra el decoro —lavarse las manos, no decir grose-rías, no escupir, no practicar juegos de manos—, sino también de garan-tizar la honestidad y buena conducta de los trabajadores callejeros —no

LEGALIDADES PÚBLICAS78

78 Muestra de ello es que, después de diversas negociaciones, el reglamento de co-mercio semifijo y ambulante en el Distrito Federal aclara, en el artículo 29 adicionado el1932, que el voceo de periódicos y su expendio en las esquinas no quedarán comprendi-dos en las restricciones para el comercio semifijo y ambulante que establece dicho regla-mento.

79 El caso de los voceadores es particularmente ilustrativo de esta situación, puesaunque se encontraban dentro de la categoría de vendedores ambulantes y semifijos, elreglamento correspondiente les permitía ejercer sus actividades sin restricción, aparente-mente, como medio para proteger la libertad de expresión y prensa; sin embargo, en elfondo de esta protección se encontraba una estrategia para controlar y prohibir, de he-cho, la difusión de documentos que denunciaran al gobierno. Así, las autoridades enten-dieron la doble función de contar con una organización única de voceadores: “por un la-do, la distribución eficiente de los diarios y, por el otro, el poder decidir si se repartía ono un ejemplar publicado”. Aguilar, Gabriela y Terrazas, Ana, op. cit., nota 58, p. 42.

contar con antecedentes penales por delitos contra la salud y la propie-dad, asistir a la escuela—, para integrarlos dentro de un proceso de insti-tucionalización de las organizaciones sociales populares que le permitie-ra, al partido oficial, ir más allá de los bloques revolucionarios —obrerosy campesinos— para consolidar un capital electoral indispensable.80

III. A MODO DE CONCLUSIÓN: LA PUBLICIDAD DE LAS CALLES

DE LA CIUDAD DE MÉXICO

El recuento anterior de hechos y experiencias compartidas por las po-blaciones que subsistían en las calles de la ciudad de México revela, des-de los documentos jurídicos, una ciudad en donde cada actividad y prác-tica cotidiana tenían un lugar asignado de confinamiento. El espaciourbano asemeja una apretada cuadrícula de coerciones y limitaciones ma-teriales, en donde las divisiones administrativas eran tan sólo el primerindicio de un orden absoluto. Los límites regulatorios impuestos sobre elPrimer Cuadro parece confirmar la idea de que a pesar de ser flexible,algunas formas de poder tienden a reproducir, una y otra vez, formasespaciales concretas

Resulta necesario reconocer que una buena parte de los discursos,prácticas, políticas y formas jurídicas aquí relatadas brevemente demues-tran cierta similitud con aquellas desarrolladas durante periodos y regí-menes anteriores y, por lo tanto, que sea fácil sostener la existencia deuna especie de espiral continua de políticas, prácticas y discursos jurídi-cos en la regulación del espacio público de la ciudad de México, para losque la revolución, y sus posteriores representaciones jurídicas, fueronsimplemente un eje más de articulación.

Sin embargo, no podemos perder de vista que en el centro de cada dis-posición jurídica nueva emitida por la autoridad se expresó tanto un re-frendo por controlar y subsumir las voluntades y comportamientos de la

REGULACIÓN DEL PRIMER CUADRO Y TRABAJO CALLEJERO 79

80 “Bajo la sombrilla de la CNOP [el sector popular] incluía ahora un abigarradoconjunto de ocupaciones, principalmente urbanas, tales como las de artesanos, pequeñosagricultores, pequeños industriales y comerciantes, profesionales, trabajadores jóvenes,estudiantes, grupos de mujeres revolucionarias, profesores, burócratas, cooperativistasagrícolas, colonos, artistas, camioneros y militares, que en total representaban 33.7% delpartido. En el momento de su fundación, la CNOP era más grande que el sector laboral(30.4%) y tenía casi tantos miembros como el sector campesino (35.9%)”. Davis, Davis,op. cit., nota 75, p. 152.

población, como un nuevo proceso regulatorio al que debieron adaptarsetanto los objetos de regulación como las autoridades.

La autoridad sanitaria deseaba regular el espacio público y sus usos yfunciones como una estrategia para impedir la propagación de enferme-dades. La autoridad administrativa necesitaba comenzar a ser partícipe enel proceso de regulación del espacio público de la ciudad de México, tan-to para reforzar su presencia y mando como para comenzar a planear laciudad en tanto espacio funcional. Algunos urbanistas y arquitectos bus-caban insertar su actividad como un elemento esencial para el ordena-miento y la vida misma del espacio urbano. Y, finalmente, algunos fun-cionarios judiciales también tenían una opinión sobre cómo debía consti-tuirse la ciudad y quiénes y bajo qué categorías podían ser incluidos loshabitantes.

El análisis correspondiente a las décadas de los treinta y los cuarentaevidencia, también, que la participación de los jueces en este proceso deproscripción de ciertas poblaciones de las calles de la ciudad de Méxicofue más que una simple validación de los intereses de las élites o las au-toridades. Sin importar el resultado, tanto comerciantes ambulantes comoprostitutas, recurrieron a los tribunales como medio para cuestionar lavoluntad y los actos de la autoridad enfocados en restringir los usos yfunciones del espacio público.

Entre los diversos argumentos expuestos, resalta la forma en que algu-nos pobladores de la ciudad buscaron que los tribunales reconocieran susactividades dentro de un concepto jurídico abstracto: la libertad de traba-jo, consagrada por el artículo 4o. constitucional. En otros, destaca la for-ma en que los tribunales comenzaron a constituirse como medios paradeterminar las funciones y el papel que le correspondía jugar a cada unade las autoridades y saberes involucrados en la regulación del espaciopúblico, incluyendo dentro de éstas al sistema de justicia.

Así, los casos expuestos no sólo comprueban la existencia de conflic-tos, sino también de interpretaciones confrontadas sobre la relación entreel derecho y la ciudad. Y, mientras cada caso pudo representar experien-cias distintivas en la vida de sus participantes, también representó un mo-mento más amplio y sistemático de reiteración, reforzamiento, modifica-ción o transformación en la forma en que las calles y sus usuarios eranconcebidos por el sistema jurídico.

LEGALIDADES PÚBLICAS80

Lo anterior revela un doble proceso de constitución jurídica del espa-cio urbano durante el periodo analizado. Por una parte, encontramos unconjunto de relaciones jurídicas que, en el acumulado, bien pueden servistas como elementos que, de una u otra forma, contribuyeron a darleforma y contenido tanto a las capacidades de la autoridad para regular elespacio público como a los alcances y limitaciones de diferentes liberta-des (ejemplo: el trabajo o el tránsito) en un contexto marcado por la den-sa convivencia.

Por la otra, encontramos un proceso constante de regulación y cues-tionamiento que, en el agregado, parece haber constituido al centro dela ciudad de México como la representación física de los conflictos en-tre la autoridad y diferentes poblaciones, cuyas principales característi-cas eran tanto la pobreza como la necesidad de utilizar las calles comoun medio para subsistir.

En ningún caso es posible decir que estas relaciones fueron configura-tivas, simplemente, de conflictos entre individuos aislados y gobernan-tes. En otras palabras, aunque la autoridad buscaba asignarle un espacioconcreto a cada una de las poblaciones descritas, éstas no se encontrabansolas en el espacio.

Ello no resultó necesariamente en la existencia de prácticas organizati-vas y solidarias entre los habitantes pobres de la ciudad. Pero sí significó,al menos, que diversos agentes sociales participaran activamente en ladefensa jurídica de las prácticas y los espacios que pretendían ser regula-dos por la autoridad, dándole forma, golpe a golpe, a la ciudad posrevo-lucionaria.

Pero ¿de qué tipo de ciudad hablamos? Responder esta pregunta, demanera seria, requeriría de una investigación mucho más sistemática quepermitiera comprender y explicar las características del espacio físico ysocial urbano, tanto dentro de las habitaciones —ámbito privado— comoen las calles —ámbito público—. Sin embargo, el recuento de hechos yexperiencias expuesto bien puede servir para sugerir una breve represen-tación de lo que pudo ser la calle, al menos para la autoridad, tanto entérminos absolutos como relativos.

Como espacio absoluto, las normas jurídicas a través de las que la au-toridad administrativa pretendió determinar los usos y funciones de lascalles, asemejan los principios de la distribución y organización espacial

REGULACIÓN DEL PRIMER CUADRO Y TRABAJO CALLEJERO 81

propios de la arquitectura industrial.81 El principio de clausura, como ba-se para sacar el máximo de ventajas de la concentración de la población,al neutralizar los inconvenientes principales (ejemplo: obtener ingresospúblicos por permitir el ejercicio de la libertad de comercio en las callesy evitar, en la medida de lo posible, la interrupción del tránsito y la circu-lación, la transgresión de los límites de la propiedad pública y la sucie-dad emanada de los establecimientos mercantiles callejeros). El principiode cuadriculación, que consiste en asignarle una plaza aislada y precisa acada usuario sobre el plano imaginario de la traza urbana, así como en laintroducción de comunicaciones verticales o jerárquicas con la autoridadpara evitar, en la medida de lo posible, cualquier tipo de solidaridad hori-zontal. El principio de los emplazamientos funcionales, que remite a lanecesidad de fraccionar el espacio en función de una doble imposición:de vigilancia y de utilidad productiva (ejemplo: la obtención de una li-cencia y el pago de impuestos por utilizar la vía pública para trabajar ycomerciar). El principio de organización según el rango, para instituir unsistema de asignación de lugares individuales que haga posible el controlde cada uno y las funciones simultáneas de todos.

Como espacio relativo, las características de la regulación del espaciopúblico desarrollada entre las décadas de los treinta y los cuarenta coin-ciden con los procesos de domesticación de las calles,82 entendido comoel conjunto de estrategias regulatorias que tienen como propósito conte-ner un número indeterminado de usos de las calles en espacios específi-cos, a través de la prohibición de actividades estacionarias, la obligaciónde tramitar un permiso para usar las calles y, en general, mediante laconstrucción de un sinnúmero de objetos de regulación.

En ambos casos, es posible advertir que las nuevas disposiciones re-glamentarias no sólo diferenciaron paulatinamente los usos y funcionesde las calles, sino también la esfera de competencia de la autoridad admi-nistrativa y demás agentes institucionales. En este sentido, reflejan un

LEGALIDADES PÚBLICAS82

81 De Gaudemar, Jean-Paul, op. cit., nota 12, pp. 183 y 184.82 Proceso que temporalmente coincide con aquellos desarrollados en las ciudades

norteamericanas y latinoamericanas, véase: para el caso Latinoamericano, Meade, Ma.Teresa, Civilizing Rio: Reform and resistance in a Brazilian city 1889-1930, Pennsylva-nia, Pennsylvania State University Press, 1997, y para el caso norteamericano: Loukai-tou-Sideris, Anastasia et al., “Sidewalk Democracy: Municipalities and the Regulation ofthe Public Space”, en Ben-Joseph, Eran y Szold, Terry S. (eds.), Regulating Place: Stan-

dards and the Shaping of Urban America, Nueva York, Routledge, 2004, pp. 141-165.

proyecto por distinguir claramente los espacios públicos y privados, co-mo un intento por poner en marcha la eficiencia de las ciudad bajo la lí-nea de “ordenar” el “desorden” urbano sobre todo a través de generaruna estructura de espacios y una transformación urbana rentable.

Pero este nuevo orden sólo era aplicable en aquellos espacios quereunían las características de una ciudad que, de acuerdo con los regla-mentos y disputas judiciales presentadas, se concentraba en el períme-tro cercano al Primer Cuadro de la ciudad. Para el resto de la ciudad nohabía límites precisos sobre dónde ubicarse y cómo utilizar las calles.En resumen, lejos del centro de la ciudad, las calles aún representabanun espacio para que la población ejerciera cotidianamente sus derechosy libertades.

REGULACIÓN DEL PRIMER CUADRO Y TRABAJO CALLEJERO 83

CAPÍTULO TERCERO

LENGUAJE CONTENCIOSO Y ESTRATEGIAS LITIGIOSASEN LA CIUDAD DE MÉXICO (1930-1940)

A través de los reglamentos, y expedientes judiciales analizados, resultamás o menos claro que, durante las décadas de los treinta y los cuarenta,la autoridad administrativa del Distrito Federal pretendía asignarle un lu-gar concreto a cada uno de los grupos o poblaciones que subsistían en elespacio público; sin embargo, muchos de estos espacios regulados fun-cionaban como lugares de confluencia común de diferentes poblaciones.

La común excomunión se convirtió, entonces, no sólo en un indicadorde solidaridades y amistades ficticias construidas entre las poblacionespobres de la ciudad, tampoco representaba sólo un indicio de la anorma-lidad y desorden que se experimentaba en ciertas zonas de la ciudad.También se posicionó como una forma a través de la cual diferentes gru-pos e individuos buscaban defender un lugar en una ciudad que comen-zaba a ser planeada sin ellos.

Un ejemplo de esta defensa de los espacios comunes de subsistenciaes el caso de un grupo de músicos quienes, al verse afectados por la ex-pedición del Reglamento para el Ejercicio de la Prostitución en el Distri-to Federal publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 14 deabril de 1926, acudieron ante la autoridad sanitaria para solicitar la re-consideración del artículo 41 del citado reglamento, que prohibía el desa-rrollo de bailes y la presencia de instrumentos musicales dentro de las ca-sas de asignación:

Los que suscribimos, filarmónicos de profesión, trabajamos en las diferen-tes casa de asignación de esta ciudad, exponemos: que en virtud de haberaparecido en el DOF de 14 de abril de 1926 un artículo mediante el cualse suspende la música en las referidas casas de asignación y que por otraparte tomando de nosotros la consideración que el ejercicio de nuestra

85

profesión en estos lugares no ataca en lo más mínimo a la moral ni a la hi-giene y que sí precipita a la miseria a innumerables familias ya que todoslos formantes somos jefes de hogar y actualmente no existen centros de di-versión, fábrica, talleres u oficinas con plazas vacantes, ni tampoco tene-mos elementos para emigrar de nuestra querida patria, suplicamos se sirvaa reconsiderar ese acuerdo.1

La pretensión de los músicos no procedió pues, desde la concepciónde la autoridad sanitaria, los objetos accesorios —los músicos— debíanseguir la suerte del principal —los espacios destinados al comercio se-xual—. Pero, como hemos visto, este tipo de súplicas tan sólo eran unelemento más dentro del repertorio de recursos a los que recurrían lospobres urbanos; repertorio que también incluía reclamos judiciales paradefender los derechos expresados dentro de aquella gran narrativanacional que supuso la Constitución de 1917.

Uno de los cambios legales más importantes devenidos con la promul-gación de la Constitución de 1917 fue el reconocimiento, por parte delsistema jurídico, de la transformación que había experimentado la no-menclatura poblacional en México.2 Así, de acuerdo con Andrés Lira,entre el último tercio del siglo XIX y las primeras dos décadas del sigloXX hubo una destrucción paulatina de la división estamental de la socie-dad;3 se desarrolló un proceso de racionalización del poder;4 y, finalmen-te, en el derecho, las tendencias de la igualdad jurídica, afirmadas por losregímenes del siglo XIX, comenzaron a des-individualizarse por la acep-tación del derecho social a partir de la Constitución de 1917.5 Estas

LEGALIDADES PÚBLICAS86

1 Comunicación fechada el 4 de mayo 1926, y encontrada sin clasificar en el Archi-vo Histórico de la Secretaría de Salud.

2 Lira, Andrés, El amparo colonial y el juicio de amparo mexicano, México, Fondode Cultura Económica, 1979, pp. 137-148.

3 Que se ve reflejada en la forma en que la población mestiza comenzó a desplazar,entre 1810 y 1885, a la población indígena como el grupo racial más numeroso en Méxi-co, proceso que devino en el paso de una sociedad estamental cerrada a una sociedadabiertamente clasista. Ibidem, pp. 138 y 139.

4 Representado por dos procesos paralelos. De una parte, la tendencia a abolir todopoder que se interpusiera entre el Estado de derecho y los individuos como gobernados;y, de otra, concibiendo al Estado nacional de derecho como un monopolio de poder, úni-co con la facultad legítimamente aceptada para emplear la fuerza física dentro del ámbitoterritorial del país. Ibidem, p. 144.

5 Ibidem, p. 148.

transformaciones impactaron de manera importante la práctica judicial y,con ella, el juicio de amparo.

A pesar que uno de los grandes aciertos de la Constitución de 1857había sido la incorporación de los derechos del hombre como una base através de la cual organizar el sistema político y jurídico mexicano,6 nofue sino a partir del régimen constitucional de 1917 que, reconociendolas demandas de los grupos que la Revolución de 1910 puso en movi-miento, se incorporaron formalmente en el derecho mexicano los gruposorganizados en colectividades, dándoseles personalidad jurídica y ha-ciéndolos, a partir de entonces, sujetos titulares del derecho para acudirante los tribunales de la Federación en demanda de amparo.7 Así, lo mis-mo se reconocieron comunidades agrarias que otras personas de derechosocial, como los sindicatos.

Efectivamente, una muestra de los conflictos judiciales resueltos porla Suprema Corte de Justicia de la Nación en los años posteriores a lapromulgación de la Constitución de 1917 parece comprobar, en lo esen-cial, el planteamiento de Lira. Entre 1917 y 1960, sindicatos y comunida-des ejidales lograron movilizar al sistema judicial en su favor, constitu-yendo a la justicia federal como un espacio desde donde cuestionar yrevertir la voluntad y los actos de la clase gobernante, al menos en unámbito cotidiano y contingente.8

LENGUAJE CONTENCIOSO Y ESTRATEGIAS LITIGIOSAS 87

6 A comienzos del siglo XX Emilio Rabasa señalaba que uno de los grandes aciertosde la constitución de 1857 había sido la incorporación de los derechos del hombre comouna base a través de la cual organizar el sistema político y jurídico mexicano. En resu-men, para Rabasa, este movimiento institucional había significado la posibilidad de quelas clases populares accedieran a todo un catálogo novedoso de discursos, derechos e ins-tituciones hasta antes desconocidas y a través de las cuales podían expresar su desconten-to. En adelante, nos dice Rabasa, la Constitución sería vista por los sectores popularescomo una ley que los protegía contra la leva, que los defendía contra el abuso de cada au-toridad, que los liberaba de la cárcel y aun los escapaba del patíbulo. “Si no hallabansiempre un remedio efectivo contra las demasías de las autoridades, culpaban a éstas; pe-ro sabían que sus males se causaban con violación de la ley protectora, que la ley mismaera juntamente con ellos víctimas del atentado”. Rabasa, Emilio, La Constitución y la

dictadura: estudio sobre la organización política de México, México, Conaculta, 2002,pp. 95 y 96.

7 Lira, Andrés, op. cit., nota 2, p. 156.8 Véase González Casanova, Pablo, La democracia en México, ERA, 1976, pp.

33-37.

Pero más allá de los obreros y campesinos, en la ciudad de México sehabían gestado, antes y durante el periodo estudiado, un sinfín de organi-zaciones que lo mismo aglomeraban a la servidumbre de las clases me-dias y altas, que a veladores de panteones, músicos, choferes de camio-nes urbanos, vendedores ambulantes, paracaidistas o ruleteros, entreotros;9 y que, o bien no estaban dentro del ideal poblacional planteadopor la revolución —campesinos y obreros–, o bien debían esperar, pasivao activamente, un reconocimiento oficial que constituyera a sus organi-zaciones como sujetos de derecho.

Como se vio en el capítulo anterior, para muchos de estos sectores—particularmente los que laboraban en las calles como comerciantes,músicos, limpiabotas o voceros—, el reconocimiento oficial como suje-tos colectivos de derecho llegó aparejado por la expedición de un núme-ro importante de normas reglamentarias que tenían como objetivo princi-pal definir y delimitar los usos y funciones del espacio público urbano, ya través de las cuales no sólo se impusieron ciertas normas sobre cómoutilizar las calles, sino también por quiénes y bajo qué procedimientosdebían organizarse estos usuarios estacionarios de las calles para obtenerun reconocimiento formal, por parte de la autoridad.

Al establecer estas reglas aparentemente constitutivas del orden urba-no, la autoridad no sólo reconoció jurídicamente la existencia de ciertascolectividades urbanas, sino que también estableció una serie de criteriosque definieron y reglamentaron el ejercicio de algunas libertades incor-poradas al texto constitucional de 1917, tales como el trabajo, el comer-cio o el tránsito, y, lo que es más, se configuraron algunos criterios regla-mentarios que condenaron a algunos sujetos a la exclusión, ya sea delespacio urbano construido o bien de un estatus como miembros de unacolectividad urbana reconocida.

Pero, carecer de un reconocimiento oficial como sujetos colectivos dederecho no era una limitación para que los miembros de estos sectoresurbanos buscaran, a través del juicio de amparo, cuestionar y revertir lavoluntad y los actos de la autoridad administrativa enfocados en regularo limitar sus prácticas, vidas y derechos, puesto que gozaban ya de un es-

LEGALIDADES PÚBLICAS88

9 Al respecto véase, entre otros, Salazar, Rosendo y Escobedo, José, Las Pugnas de

la Gleba: historia del movimiento social mexicano (1907-1922), México, Editorial Avan-te, 1923. Departamento del Trabajo. Directorio de Agrupaciones Obreras y Patronales

de la República, México, Talleres Gráficos de la Nación, 1938, pp. 91-239.

tatus reconocido. En tanto individuos eran, jurídicamente, ciudadanos y,políticamente, miembros del pueblo revolucionario.10

Como señala Foucault, esas fórmulas “permitían a los pordioseros, alos pobres o simplemente a los mediocres aparecer en un extraño teatrodonde ellos asumían poses, declamaban y hablaban con grandilocuen-cia, donde se disfrazaban con paños drapeados sin los cuales no seríanescuchados en la escena del poder”.11 Este “extraño teatro” al que se re-fiere Foucault se desplegaba no sólo para decirle sus verdades a la autori-dad,12 sino también como un valioso recurso desde donde cuestionar, yen algunos casos revertir, la voluntad y los actos de la autoridad adminis-trativa.13

Este capítulo tiene como objetivo, precisamente, analizar tanto las di-ficultades que experimentaban las burocracias para adaptarse al nuevoorden urbano propuesto por el régimen posrevolucionario, como la ma-nera en que la población recurrió ante la justicia federal para cuestionary, en algunos casos, revertir la voluntad y los actos de la autoridad ten-dientes a prohibir y regular sus prácticas de subsistencia en el espaciopúblico.

Un segundo objetivo consiste en demostrar que el orden jurídico urba-no, desarrollado en el periodo 1930-1950, no era estático, sino que se tra-tó de un proceso dinámico y conflictivo a través del cual tanto la pobla-ción como la autoridad perfeccionaron continuamente, mediante el usode los tribunales y otras instancias institucionales, el sentido y alcancesdel derecho, por lo que una de las formas más importantes para interpre-

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10 “La ciudadanía en la era posrevolucionaria (hasta mediados o fines de los añosochenta) puede ser descrita en parte como masificada y sectorial, pues los obreros y loscampesinos del llamado sector informal pudieron recibir beneficios a causa de su ciuda-danía pero carecieron de independencia respecto del Estado […] los “don nadie” podríanplantear demandas al Estado sobre la base de su identidad colectiva como parte de unpueblo revolucionario, mientras que en el primero [el periodo prerrevolucionario] no”.Lomnitz, Claudio, “La construcción de la ciudadanía en México”, Metapolítica, vol. 4,julio-septiembre de 2000, pp. 149 y 150.

11 Foucault, Michel, “Power, Truth, Strategy”, en Meaghan, Morris y Patton, Paul(comps.), Michel Foucault: Power, Truth, Strategy, Sydney, Federal Publications, Wor-king Paper Collection núm. 2, 1979, p. 88.

12 Piccato, Pablo, “El significado político del homicidio en México en el siglo XX”,Cuicuilco, Revista de la Escuela Nacional de Antropología e Historia, México, 2008, pp.62-66.

13 Véase González Casanova, Pablo, op. cit., nota 8, y Schwarz, Carl, “Jueces en lapenumbra”, Anuario Jurídico Mexicano, 1979, pp. 142-219.

tar el significado y los efectos finales de dicho proceso jurídico es el aná-lisis de aquellos mecanismos o intersticios legales en donde el orden lo-cal —el urbano— se contrapuso o articuló con un orden más general—el federal o constitucional— cuyas lógicas y principios son aparente-mente discordantes.14

Pero vayamos por partes, primero establezcamos la complejidad quesignificaron los cambios reglamentarios impulsados por la autoridad ad-ministrativa para transformar las reglas del espacio público, para, poste-riormente, analizar las estrategias de defensa de derechos impulsadas porla población que comerciaba y trabajaba en las calles de la ciudad deMéxico, a través de los tribunales.

I. EN BÚSQUEDA DE UN LUGAR COMÚN: LOS CONFLICTOS COTIDIANOS

Y LOS LÍMITES DEL ESPACIO PÚBLICO DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Como se dijo en capítulos anteriores, uno de los cambios tecnológicosmás importantes que experimentó la ciudad de México, durante las déca-das de los treinta y los cuarenta, fue el incremento del uso del automóvilcomo medio de transporte.15 Este tipo de procesos, dentro de las socieda-

LEGALIDADES PÚBLICAS90

14 En este sentido parece importante recordar que el orden jurídico urbano —le droit

de police— tiene una forma y contenido distinto al orden jurídico nacional o constitucio-nal —le droit de justice—. El orden jurídico urbano se enfoca en regular situaciones lo-cales, específicas y en constante transformación (típicamente situaciones de desordenmás que criminales) que parecen requerir de una intervención especializada a través deestrategias políticas y sumamente contingentes de manejo del riesgo (esparcimiento deenfermedades, de prácticas contrarias a la moral, entre otras), sin necesidad de ajus-tarse a los límites establecidos por los principios generales, racionales y coordinadosque caracterizan al orden constitucional. Una discusión más desarrollada del término hasido elaborada por Valverde y Dubber para explicar las transformaciones y continuidadesdel régimen de policía y buen gobierno desde el siglo XIX hasta principios del sigloXXI. Valverde, Mariana y Dubber, Markus, The New Police Science: The Police Power

in Domestic and International Governance, Stanford, Stanford University Press, 2006.15 Dentro de los estudios históricos urbanos, existe un amplio debate sobre los oríge-

nes del carácter del espacio público como un espacio reservado para el tránsito vehicular.Para algunos autores, este proceso fue consecuencia del crecimiento del espacio urbanoque hizo necesaria la construcción de nuevas líneas, caminos y medios de transporte paraconectar los espacios laborales y habitacionales. Para otros, la adaptación del espacio pú-blico como un espacio de tránsito vehicular fue el resultado de la intervención y presiónejercida por las empresas promotoras, diseñadoras y distribuidoras de automóviles y ser-vicios de transporte público. Sin embargo, como señala Martha Bianco, aunque es posi-

des urbanas modernas, ha sido interpretado como una etapa de adapta-ción y reconfiguración de los límites del espacio a los que tanto la pobla-ción como la autoridad están obligados a adaptarse.

Así, por ejemplo, en las sociedades urbanas europeas de mediados delsiglo XIX los caminantes se detenían y cruzaban las calles en cualquier lu-gar, no existía un orden impuesto sobre cómo moverse o esperar en las lí-neas… carecían de una disciplina e incluso de reglas,16 en respuesta las au-toridades segregaron los usos de las calles y los espacios, separaron lasbanquetas del flujo vehicular e instruyeron a los limosneros y trabajadoresdel entretenimiento callejero sobre dónde y cuándo estar.17

En el caso de la ciudad de México, hasta mediados la década de loscuarenta, los habitantes de la ciudad aún experimentaban dificultades pa-ra posicionarse y utilizar las calles. La libertad de tránsito había sido ga-rantizada por el nuevo orden constitucional.18 Los automovilistas no sólocuestionaban cualquier intento por regular el tránsito en la ciudad,19 sinoque también cuestionaban la legalidad de los actos de autoridad cuando,por imprudencia, llegaban a causar algún accidente fatal.20

LENGUAJE CONTENCIOSO Y ESTRATEGIAS LITIGIOSAS 91

ble que todos estos factores se encuentren imbricados y, como consecuencia, hayan con-tribuido en diferentes grados al establecimiento de las calles como un espacio reservadopara el tránsito vehicular, visto detenidamente es posible sostener que el factor determi-nante de esta condición del espacio público haya sido la disposición de las personas porusar el automóvil como el principal medio de transporte. Bianco, Martha, “TechnologicalInnovation and the Rise and Fall of Urban Mass Transit”, Journal of Urban History, vol.25, núm. 3, 1999, pp. 348-378.

16 Amato, Joseph, On Foot: A History of Walking, Nueva York, New York Univer-sity Press, 2004, p. 162.

17 Blomley, Nicholas, “How to Turn a Beggar into a Bus Stop: Law, Traffic and the«Function of the Place»”, Urban Studies, vol. 44, núm. 9, 2007, p. 1702.

18 Es importante establecer que en la Ciudad de México de 1940, el tránsito era unproblema, “no sólo por la falta de vías de comunicación sino por la escasez de transportesy la anarquía que privaba en las prestaciones del servicio”. Sánchez-Mejorada, Cristina,Rezagos de la modernidad. Memorias de una ciudad presente, México, Universidad Au-tónoma Metropolitana, 2005, p. 26.

19 Véase la resolución de los expedientes de Amparo directo 5236/45 y Amparo ad-ministrativo en revisión 3978/47. Otro ejemplo de la forma en que los automovilistas,particularmente los ruleteros y taxistas, cuestionaban la regulación del tránsito en la ciu-dad de México hasta mediados del siglo XX, puede ser visto en ibidem, pp. 402-435.

20 Por ejemplo, Aristeo Ibáñez fue acusado, en 1927, del delito de homicidio impru-dencial al volcar el camión que conducía en exceso de velocidad a las 11 de la mañana enuna calle transitada de la ciudad. Al recurrir a la justicia federal, Aristeo solicitó un am-paro pues consideraba que el accidente se derivó del ejercicio de una garantía constitu-

El uso de los tribunales se convirtió, entonces, en un medio a travésdel que diferentes particulares buscaban resolver diversos conflictos porusar el espacio público. En algunos casos, la justicia federal era movili-zada para determinar reglas mínimas sobre cómo deberían cruzar los au-tomóviles una calzada,21 en otros casos la justicia federal fue movilizadapara resolver disputas menos cotidianas.22

Es probable que dentro de estos casos la experiencia judicial másejemplar del tránsito como representación de los conflictos entre particu-lares por utilizar el espacio público, sea la registrada como Amparo di-recto 5679/45 promovido por Antonio Abarca en 1945. Antonio Abarcase desempeñaba como conductor de tranvía eléctrico en las calles delDistrito Federal. Un día, en el mes de octubre de 1945, Antonio arroyó aun ciclista al atravesar un crucero, por lo que fue acusado por el Ministe-rio Público de homicidio imprudencial. Antonio decidió recurrir a la jus-ticia federal para solicitar un amparo, toda vez que, en su opinión, el ci-clista había utilizado las calles de forma imprudente, ya que “trató deatravesar el crucero antes del tranvía, no obstante que estaba obligado a

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cional que le permitía conducir libremente en las calles de la ciudad, además de que lavíctima del accidente no tomó las precauciones necesarias para evitar ser aplastado por elcamión. Véase el expediente de Amparo 4318/27. Ésta, y el resto de las resoluciones aquícomentadas, han sido obtenidas a partir de una búsqueda en el sistema IUS de la Supre-ma Corte de Justicia de la Nación.

21 Véase la resolución del expediente de Amparo directo 290/37, en donde los minis-tros de la Corte determinaron que: “El artículo 29 del reglamento de tránsito en los cami-nos nacionales, previene que en los cruzamientos en sentido contrario con otro vehículo,el conductor deberá anunciar su aproximación y reducir su velocidad a quince kilómetrospor hora; y si no se cumple con este precepto legal y se camina a mayor velocidad y, porello, se origina un choque con otro vehículo, es evidente la imprudencia con que obra elconductor de aquél, y el caso está comprendido en la fracción II del artículo 8o.del Códi-go Penal del Distrito Federal”.

22 Por ejemplo, en la década de 1930 encontramos un caso que ilustra la forma enque los policías hacían uso de los transportes públicos para perseguir a los sospechososde un delito, pues carecían de medios móviles para desempeñar sus labores cotidianas. Sien la persecución el conductor volcaba su automóvil, entonces el responsable de los da-ños resultaba ser el conductor, ya que no existían “en el reglamento disposiciones queobliguen a los choferes a obedecer las indicaciones de los policías cuando se exija que lavelocidad sea mayor de la reglamentaria; por tanto, es incuestionable que el chofer obrócon falta de precaución y de cuidado, causando iguales daños como si hubiera cometidoun delito intencional”. Véase la resolución del expediente de Amparo Penal Directo8396/36.

cederle el paso, tanto por su calidad de vehículo más pesado, como portransitar por una calle de gran afluencia”.23

Efectivamente, el artículo 140 del Reglamento de Tránsito del DistritoFederal vigente en la época prescribía lo anterior, además de que estable-cía la obligación para que los vehículos de menor tamaño se detuvieranel tiempo necesario para que pasaran los tranvías. Sin embargo, en elprocesamiento judicial del conflicto también se evidenció que Antoniocometió diferentes faltas al Reglamento, pues, por ejemplo: “no hizo laparada obligatoria en el crucero (…) y conducía el tranvía a velocidadmayor de la de quince kilómetros por hora, en ese lugar”.24

Así, tanto las pretensiones de Antonio como del ciclista fallecido parausar un mismo pedazo de pavimento no sólo tuvieron resultados catastró-ficos, sino que también requirieron la intervención de los tribunales paradeterminar quién utilizó las calles de manera más imprudente. Los minis-tros de la Corte decidieron que, al utilizar el espacio público, el ciclistafue más imprudente que Antonio por lo que prácticamente se trataba deun suicidio imprudencial y no de un homicidio, toda vez que “la falta de-terminante del accidente le es imputable al ciclista, y por ese hecho, quele costó la vida, debe tenerse como acaecido por su propia impruden-cia”.25

La experiencia jurídica de Antonio puede ser interpretada como un ca-so aislado en la historia de la ciudad de México; sin embargo, en un con-texto más estructural, esta experiencia judicial bien puede representaruna muestra de los conflictos que enfrentaba tanto la población como losagentes burocráticos para adaptarse a las nuevas reglas y límites jurídicosdel espacio público.

Otra muestra de esto fue el caso de Manuel Garrido, quien, en 1940,recurrió a la justicia federal a solicitar el amparo contra actos de la Ofici-na de Inspección, Jurado de Revisión y Tesorero del Departamento delDistrito Federal, que consideró violatorios de los artículos 14 y 16 cons-titucional y que consistieron en la confirmación de una multa de 20 pesosy tratar de hacer efectiva otras.

LENGUAJE CONTENCIOSO Y ESTRATEGIAS LITIGIOSAS 93

23 Demanda del expediente de Amparo directo 5679/45.24 Informe de la autoridad del expediente de Amparo directo 5679/45.25 Resolución del expediente de Amparo directo 5679/45. Esta resolución dio pauta a

la Tesis Aislada: IMPRUDENCIA, DELITOS DE. Localización: quinta época, Instancia: Pri-mera Sala. Número de Registro: 806310. Fuente: Semanario Judicial de la Federación

LXXXVI, página: 529, tesis aislada, materia(s): penal.

El conflicto entre Manuel Garrido y las autoridades demandadas co-menzó en el momento en que un par agentes burocráticos dependientesde la Oficina de Inspección identificaron la presencia de un puesto defrutas en las puertas de la pulquería que administraba Manuel. Sin em-bargo, el señor Garrido consideró que el puesto de frutas no se encontra-ba ubicado en las puertas de la pulquería, sino enfrente de la misma. Laubicación exacta del puesto de frutas representó un conflicto inicial cuyotrasfondo resultó más importante.

La controversia recorrió diferentes espacios jurídicos. En primer lu-gar, don Manuel acudió al Jurado Revisor de Infracciones para solicitarla revocación del acto reclamado, toda vez que el puesto de vendimiasque motivó la infracción no estaba en la puerta del establecimiento co-mercial, lo que significaba que el precepto invocado por la autoridad26

fue aplicado inexactamente, pues el texto prohibía terminantemente a losdueños o encargados de esa clase de expendios, permitir que se estable-cieran en las puertas del local, puestos de fruta, golosinas o cualquierotro comercio y, como lo manifestó Manuel en repetidas ocasiones, elpuesto se ubicaba enfrente y no en las puertas de la pulquería.

El Jurado Revisor consideró que los dichos de Manuel eran una tretapara evadir el cumplimiento del Reglamento y la multa derivada por suconducta. Por lo que resolvió la ratificación de la infracción y la multa.Al ser notificado del fallo, don Manuel recurrió al Juzgado de Distrito, suargumento fue el mismo, pero esta vez reforzado con los artículos 14 y16 del texto constitucional:

[P]ues el Jurado al confirmar la multa sin comprobar la existencia de loselementos necesarios para considerar al quejoso como infractor del artícu-lo 10 del reglamento para el cobro de multas por infracciones a reglamen-tos gubernativos: es decir, que el puesto de vendimias que motivo la in-fracción estuviera en la puerta del establecimiento comercial del quejoso,aplicó inexactamente dicho precepto y lo privó de sus bienes y derechossin que se haya seguido juicio ante las autoridad competentes en el que secumplan las formalidades esenciales del procedimiento y conforme a lasleyes expedidas con anterioridad al hecho.27

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26 El inciso (f), del artículo 10 del Reglamento para Expendios de Pulque, Aguamielo Tlachique.

27 Véase la demanda de amparo del expediente de Amparo en revisión 5368/1940.

En su informe justificado, la autoridad responsable reconoció que elpuesto no se encontraba en las puertas de la pulquería, sino enfrente, peroque ello no eximía a don Manuel de su carácter de infractor, toda vez que:

[E]l artículo 10 del reglamento era aplicable pues la infracción no es preci-samente por una medición matemática de distancias, es decir, que el con-cepto “frente al negocio” era lo mismo que en la puerta, pues de lo contra-rio se daría margen a una constante violación, toda vez que lospropietarios de expendios de pulque podrían permitir puestos de vendi-mias, por ejemplo, a una distancia de medio metro y alegar que no habíancometido la infracción por el hecho de no estar colocados matemáticamen-te en la puerta. Que la responsable no cometió violaciones del procedi-miento, que tampoco era de tomarse en cuenta que no podía el quejosoquitar el puesto pues si no pudo hacerlo personalmente pudo recabar laayuda de la policía para cumplir con la citada disposición reglamentaria.28

Tras recibir los dichos del quejoso y de la autoridad demandada, eljuez de Distrito resolvió amparar a Manuel Garrido, pues consideró quela autoridad nunca probó que el negocio de frutas estuviera ubicado enlas puertas de la pulquería, además de que el Jurado Revisor no citó a laautoridad responsable para verificar que sus dichos comprobaran la exis-tencia de un acto contrario al reglamento.

En esta ocasión fue la autoridad, quien tras recibir la notificación delfallo, recurrió ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación. Sus alega-tos replicaron el informe justificado rendido ante el Juzgado de Distrito.Alegaron que la distancia no era motivo para eximir del pago de veintepesos a Manuel Garrido, toda vez que situarse enfrente o en la puerta deuna pulquería era lo mismo.

En su respuesta al recurso de revisión, Manuel Garrido no sólo repitióla demanda que ya le había redituado en un fallo judicial favorable, sinoque además acusó a la autoridad de pretender hacerle cumplir obligacio-nes para las que los particulares se encontraban impedidos, ya que de sercierto que el puesto de frutas estuviera ubicado enfrente de su estableci-miento, entonces el puesto en controversia estaría ubicado en la calle,espacio sobre el que no podía ejercer ningún poder el particular.

LENGUAJE CONTENCIOSO Y ESTRATEGIAS LITIGIOSAS 95

28 Véase el informe justificado que rinde la autoridad responsable del expediente deAmparo en revisión 5368/1940.

La resolución de los ministros que integraban la Segunda Sala de laSuprema Corte fue tajante. La autoridad no sólo había errado en la apli-cación exacta de la ley, pues “no [era] exacto que el hecho de estar colo-cado un puesto en frente de un establecimiento, equivalga a lo mismoque estarlo en las puertas del mismo”, sino que además la autoridad pre-tendía obligar a Manuel Garrido a cumplir una obligación de carácter pú-blico, toda vez que “es notorio que ningún particular puede, por sí mis-mo, hacer desalojar la vía pública, por corresponder tal función a lasautoridades administrativas competentes”.29

La experiencia judicial de Manuel Garrido parece demostrar que, du-rante el periodo estudiado, tanto los límites de los espacios públicos yprivados, como los límites del derecho, eran un terreno disputado. Tresinstancias de determinación jurídica requirieron, los agentes involucra-dos, para resolver un conflicto que inició con una simple discusión calle-jera sobre la posición de un puesto de frutas y que concluyó con laelaboración de una tesis aislada en la historia de la justicia federal.

La experiencia judicial de Manuel Garrido permite, asimismo, com-prender diferentes hechos y etapas del proceso de interpretación y aplica-ción del derecho en la vida cotidiana de la ciudad de México durante ladécada de los cuarenta.

Por una parte, es probable que el razonamiento de las autoridades nofuera tan erróneo. Diferentes autores han explorado los lazos de solidari-dad que se tendieron entre la población de la ciudad de México durantelos gobiernos posrevolucionarios y los cuales generaban una aparentecomplicidad para que las clases pobres subsistieran en las calles o en losresquicios de la ley.30 Por lo tanto, es posible que Manuel Garrido y elvendedor de frutas hubiesen discutido, previamente, sobre el lugar quepodía fungir como espacio de subsistencia, pues Manuel demostró queconocía bien los términos del reglamento. Lo anterior no implicaba queManuel fuera culpable de cometer una infracción. El puesto se ubicaba

LEGALIDADES PÚBLICAS96

29 Extractos de la resolución del expediente de Amparo administrativo en revisión5368/40. Esta resolución dio origen a la Tesis Aislada: PULQUERÍAS, PUESTOS DE

FRUTAS EN LAS PUERTAS DE LAS. Localización: quinta época, Instancia: Segunda Sala,Número de Registro: 327506, Fuente: Semanario Judicial de la Federación LXX, página:147, Tesis Aislada, materia(s): administrativa.

30 Un trabajo ya clásico al respecto es el de Lomnitz, Larissa, Cómo sobreviven los

marginados, México, Siglo XXI, 1975.

en el espacio público, lo que eximía a Manuel de cualquier responsabili-dad.

Por otra parte, la autoridad buscaba responsabilizar a Manuel por unaerrónea interpretación y aplicación del contenido del reglamento. Paralos agentes institucionales, situarse en la puerta era lo mismo que situarseenfrente. La posición no era, en sus palabras, un elemento dependientede mediciones matemáticas sino jurídicas. Incorporar las distancias y elespacio físico significaba, para los agentes institucionales, generar res-quicios en el discurso y la práctica jurídica para dejar pasar a las clasespopulares.

Pero el significado del derecho fue divergente entre el espacio de lasinstituciones administrativas y las instituciones judiciales. Los jueces in-tervinientes superpusieron el carácter físico del espacio. La ubicación seconvirtió en una referencia extra-jurídica que determinaba la aplicacióndel reglamento. Manuel Garrido no era un infractor porque la autoridadnunca demostró la ubicación exacta del puesto de frutas. Los límites jurí-dicos del espacio, y de la vida social, permitieron que Manuel revirtieralos actos de autoridad.

II. DE LA CALLE A LOS JUZGADOS

De acuerdo con algunas versiones hemerográficas de la época, entrelas décadas de los treinta y los cuarenta, en la ciudad de México el uso dela figura del amparo y la movilización de la justicia federal parecía con-vertirse, poco a poco, en una práctica generalizada a través de la queciertas poblaciones pretendían evadir a la autoridad.31 Otros autores su-

LENGUAJE CONTENCIOSO Y ESTRATEGIAS LITIGIOSAS 97

31 Por ejemplo, el 21 de diciembre de 1939 apareció publicada la siguiente reseña enel Mexico City Post: “Court injunctions are used in a novel way. Low-class cabarets andother dives of the city, according to a report the capital’s district attorney made after asurprise night visit of investigation to various police precinct headquarters last weekend.The scheme used is this: the proprietor arranges with a friend that the latter should sue tohave the place closed, alleging some absurd pretext —the more absurd, the better— thenthe manager obtains as an induct on a court order forbidding anyone to close his place ofbusiness, as a protection against the injustice of the suit brought by his friend. Since theseinjunctions are issued for an indefinite period, and without limitation as cause for closu-re, they serve as a warrant of indulgence for any infraction of the law the cabaret ownerwishes to commit. It is alleged that such dives are thus protected against closure by thepolice, despite fights, prostitution, sales of drugs, protection of known criminals, or any

gieren, incluso, que la figura del amparo era un medio a través del cuallos jueces expresaban, una y otra vez, su disposición para que toda ac-ción de la autoridad se llevara a cabo dentro de los límites establecidospor la ley.32

Para nuestros fines, poco importa si la población utilizaba a las institu-ciones judiciales con cinismo o deferencia, o si se trató de una prácticageneralizada o profesionalizada. Ambas posibilidades concuerdan con suactitud, dado que su perspectiva estratégica es la que deberían seguir tra-tando con las autoridades, de una u otra forma. Pero lo que sí importa esaveriguar qué es lo que hacía que la población llegara a dichas instanciasy qué derechos argumentaba en su defensa.

De acuerdo con los casos anteriormente expuestos, sería posible decirque una de las cosas que más resentía la población de la ciudad de Méxi-co, en sus interacciones cotidianas con la ley y la autoridad, era una es-pecie de impotencia ante la distribución aparentemente caprichosa e im-predecible de los castigos y los beneficios administrativos.

Un caso representativo de ello es el de Tomás Franco,33 quien acudióante las autoridades administrativas a demandar el amparo de la justiciabajo el artículo 4o. constitucional contra: “La orden que han dictado ytratan de ejecutar los responsables para que se me impida el funciona-miento, comercio y trabajo, en el puesto semifijo que tengo instalado ypara que derribe ese puesto y lo instale en otra parte”.34

El listado de autoridades expuesto por Tomás Franco en la demandade amparo, representa una fuente trascendental para entender el número

LEGALIDADES PÚBLICAS98

other scandal that may occur in them. A somewhat similar method is used, it is said, bystreetwalkers who, when arrested, promptly pay their fines -or have them paid by a thirdparty— obtaining a receipt that they use for protection against arrest a second time wit-hin 24 hours for the same offense. The receipt for the five pesos fine thus becomes a li-cense for the continuance of the practice of their profession for another day”.

32 Piccato, Pablo, “Rateros: lenguaje cotidiano, reforma social y crimen, 1890-1931”,en Illades, Carlos y Rodríguez, Ariel, Instituciones y ciudad: ocho estudios históricos so-

bre la ciudad de México, México, UníoS, 2000, p. 233.33 Demanda de Amparo Administrativo 1007/1941. Al presentar la demanda Tomás

Franco sostuvo que: “En la quinta calle del Doctor Lavista frente al número 116 tengoinstalado el puesto semifijo número 2, para vender caldos, tortas y refrescos y que vienefuncionando mediante la autorizaciones respectivas concedidas por las autoridades delDepartamento del Distrito federal y al corriente en el pago de impuestos que causa, segúntarjeta en mi poder expedida por la tesorería del DF”.

34 Demanda de Amparo Administrativo 1007/1941.

de agentes institucionales que participaban en la regulación del espaciopúblico.

CUADRO 11. AUTORIDADES DEMANDADAS POR TOMÁS FRANCO

Titular del DDF

Jefe de la ofi-

cina de vía pú-

blica del DDF

Tesorero

del DDF

Administra-

dor de merca-

do

Jefe de la

policía del

DDF

Comandantes

de la policía

del DDF

Director de

salubridad del

DDF

Asimismo, el expediente mencionado contiene una serie de datos quemuestran el tipo de relaciones que se tejían a partir de la interacción per-sonal entre agentes oficiales y ambulantes:

Junto a este puesto de mi propiedad se instaló otro puesto similar y a pesarde que me afecta, en sí, no entraña un ataque a mis derechos. Pero sin du-da para favorecer al propietario de este nuevo puesto, pues no hay otromotivo aparente, las autoridades señaladas como responsables han dictadola orden ya en vías de ejecución para que se me impida el funcionamiento,comercio y trabajo, para que derribe mi puesto y lo instale, si lo estimoconveniente, en lugar alejado y apartado de donde está ubicado actual-mente. Como dichas órdenes no están ajustadas a la ley ni a los reglamen-to sobre la materia, tanto más cuanto que yo he cumplido fiel y exacta-mente con todas las obligaciones señaladas en los mismos reglamentos setrata de privarme de un derecho legítimamente adquirido y al derecho a lalibertad de comercio, sin formalidad alguna, que entraña una violación alas garantías ya consignadas anteriormente que me otorga la Constituciónde la República.

En este contexto parece más o menos claro que, en los tribunales, loscomerciantes callejeros buscaban proteger sus derechos. Pero no es sinoen el ámbito de los hechos administrativos donde las calles se converti-rían en un espacio sujeto a los intereses y relaciones sociales entabladasentre los agentes institucionales y los mismos ambulantes.

Lo anterior no sólo queda comprobado por la demanda de TomásFranco cuando establece que la única razón aparente para retirarlo es laintención de favorecer a otro comerciante, sino también por la respuestade las autoridades responsables. Al responder a la demanda de Tomás

LENGUAJE CONTENCIOSO Y ESTRATEGIAS LITIGIOSAS 99

Franco las autoridades negaron el acto reclamado, alegando la inexisten-cia de registros oficiales que comprobaran la orden aludida:

El acto reclamado no es cierto, pues la autoridad dependiente de este de-partamento señalada como responsable no ha dado ninguna orden para quese lleve a cabo el acto que reclama el promoverte ya que ni siquiera exis-ten antecedentes sobre el particular en el archivo correspondiente, razónpor la cual procede negarle la suspensión definitiva solicitada por falta demateria sobre que decretarla.35

Es posible establecer que los jueces no confiaban plenamente en losdichos de las autoridades administrativas, pues ya desde décadas anterio-res los agentes institucionales encargados de supervisar y aplicar el dere-cho en las calles habían sido tachados de corruptos y prepotentes.36 Así,a pesar de la existencia de una diversidad de agentes institucionales quevigilaban el cumplimiento de la ley en las calles, los juzgadores reque-rían hacer inspecciones oculares para comprobar la certeza de la deman-da, pues los informes que realizaban los inspectores y, particularmente,los policías, no representaban una fuente certera o confiable para que losjueces pudieran decidir.37

La inspección ocular que realizó el actuario en el espacio disputado nodesvirtuó los informes de las autoridades, ni los hechos administrativos.Sin embargo, el juez resolvió que la suspensión solicitada era improce-dente y debía negarse por no haber materia sobre que decretarla.

No sabemos si Tomás conservó su espacio de trabajo, pero lo que sípodemos establecer es que el caso expuesto coincide con diferentes re-cuentos sobre la forma en que la creación de nuevas reglamentacionesurbanas cambiaron el sentido de las relaciones sociales entre los comer-ciantes callejeros y las autoridades. Los inspectores y policías utilizabanla ley como medio para determinar discrecionalmente quién podía traba-jar en las calles y quién no. Los comerciantes callejeros contaban con

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35 Informe de la autoridad en el juicio de amparo 1007/1941.36 Incluso durante la década de 1940 las autoridades administrativas emprendieron

diferentes campañas de moralización y algunos supervisores fueron cesados y consigna-dos por quedarse con las cantidades recabadas. Se hicieron también llamamientos públi-cos para que los comerciantes denunciaran a los defraudadores, sin embargo, dicha medi-da no funcionó. Sánchez-Mejorada, Cristina, op. cit., nota 18.

37 Actuaciones del expediente de Amparo 1007/1941.

nuevos recursos para defenderse y, en algunos casos como el de TomásFranco, los utilizaban efectivamente. Pero en los juzgados las versionesde quienes interactuaban en las calles eran desvirtuadas y el derechovolvía a unificarse coherentemente.

Es precisamente la labor judicial de unificar los significados y usos dela regulación del espacio público de la ciudad de México, lo que permitióque durante la década de 1940 los comerciantes de la ciudad de Méxicohayan utilizado a los tribunales federales como un medio para protegersefrente a los actos de autoridad que les impedían comerciar en las calles.Pero estas prácticas contenciosas no sólo cuestionaban el actuar cotidia-no de los agentes burocráticos inmediatos. También podían llegar a lasesferas más altas del organigrama institucional.

El 14 de mayo de 1947 el presidente de la República publicó, en elDiario Oficial de la Federación, un decreto que reglamentaba algunosaspectos de la Ley de Vías Generales de Comunicación. El artículo 18del Decreto buscaba exceptuar a los comerciantes ambulantes, a los ven-dedores ambulantes, a los corredores y a los comisionistas del derecho aexplotar las vías de comunicación, sobre las mismas bases que el resto delos reglamentos analizados previamente: el tránsito y la salud pública.

Sin embargo, los artículos 8o, 9o., 48, 50 y 152 de la Ley reglamenta-da, autorizaban la explotación de esas vías a los particulares, previa con-cesión o permiso del Ejecutivo Federal, por conducto de la secretaría delramo, sin establecer distinción en las personas beneficiadas, sino fijandosimplemente los requisitos para obtener el permiso.

Es probable que al identificar la contradicción normativa, MáximoFlores, Vicente Segura y otros comerciantes ambulantes decidieran inter-poner el Amparo Administrativo 8734/47 y el Amparo Administrativo5116/47, para protegerse frente a la voluntad de la autoridad administra-tiva, pues consideraban que “una ley reglamentaria no puede contrariarel sentido de la ley general que pretende encauzar”.

El juez de Distrito que conoció originalmente los asuntos decidió queen el caso concreto la autoridad administrativa podía, efectivamente, ex-cluir a los comerciantes ambulantes del espacio público dado que la LeyOrgánica del Distrito Federal establecía estas facultades y que el regla-mento mencionado no había sido aplicado directamente a los amparistas,por lo que éstos no podían demostrar la afectación del interés jurídico,

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misma que se actualiza cuando el acto de autoridad ocasione un perjuicioderivado de la aplicación del reglamento.

No conformes con el fallo, los ambulantes involucrados decidieron, enambos casos, interponer ante la Corte un recurso de revisión. Al final, laSuprema Corte falló a favor de los comerciantes ambulantes, pues:

Como el artículo 18 del decreto de catorce de mayo de mil novecientoscuarenta y siete, pretende exceptuar a los comerciantes ambulantes, a losvendedores, a los corredores y a los comisionistas, del derecho concedidopor la Ley de Vías Generales de Comunicación, para explotar dichas vías,previa concesión y sin establecer distinción de las personas beneficiadas,es indudable que sale del alcance de la ley invocada, pues no se concreta allenar los fines que ella señala, sino que constituye una ley reglamentaria,que envuelve una prohibición absoluta para las personas que específica-mente determinan.

Aunque es claro que la resolución de la Corte no buscaba proteger elderecho de los comerciantes ambulantes para trabajar en las calles y, através de ello, desarticular la facultad de la autoridad administrativa delDistrito Federal para regular los usos y funciones del espacio público, elcaso anterior muestra una primera forma en que los comerciantes ambu-lantes lograron revertir la voluntad de la autoridad administrativa, duran-te la década de los cuarenta.

Al recurrir al contenido de la Ley de Vías Generales de Comunica-ción, los ambulantes aceptaron que la autoridad administrativa estaba fa-cultada para conceder los permisos correspondientes para explotar las ca-lles y que, a cambio, existía la obligación de pagar una contribución.

No obstante, en su demanda establecieron que la distinción legislativaentre los usuarios del espacio público beneficiados por este derecho erauna violación de las garantías individuales consagradas en el texto cons-titucional de 1917, pues el reglamento buscaba exceptuarlos de este dere-cho que la ley reglamentada les reconocía y la Corte aceptó este argu-mento, como medio para reforzar la jerarquía normativa de los textosjurídicos:

...el reglamento no se concreta, como sería debido, por tratarse de una dis-posición reglamentaria, a llenar los fines que señala, sino que envuelveuna prohibición absoluta para las personas que específicamente determina,lo cual entraña el desconocimiento de los derechos que otorga la ley regla-

LEGALIDADES PÚBLICAS102

mentada, con la violación patente de las garantías individuales de losafectados.

Otra forma en que los comerciantes ambulantes lograron revertir, en ladécada de los cuarenta, los actos de la autoridad administrativa del Dis-trito Federal a través de los tribunales, fue mediante la denuncia de algu-nas acciones que ejecutaban los agentes institucionales encargados de su-pervisar, en las calles, la aplicación de la ley y que carecían de algunajustificación o sustento jurídico.

En principio, es posible sostener que si los ambulantes lograron rever-tir los actos de la autoridad administrativa, ante los tribunales, mediantela denuncia de actos de autoridad carentes de justificación y sustento enla ley, es porque el nuevo régimen constitucional establecía, al menos,tres garantías que protegían a los particulares frente a la discrecionalidadde la autoridad: el derecho de petición, establecido en el artículo 8o.constitucional, el derecho a no ser privado de propiedades, posesiones oderechos, sino mediante las formalidades esenciales del procedimiento yconforme a las leyes expedidas con anterioridad al hecho, establecido enel artículo 14 constitucional, y la garantía establecida en el artículo 16constitucional, que en su parte conducente previene que nadie puede sermolestado en su persona, familia, domicilio, papeles o posesiones, sinoen virtud de mandamiento escrito de la autoridad competente que fundey motive la causa legal del procedimiento.

En el caso concreto, identificamos un expediente en que la combina-ción de estas garantías resultó en la protección del derecho de un comer-ciante ambulante de la ciudad de México a trabajar y comerciar en las ca-lles. A través de esta combinación, también, la Corte estableció uncriterio muy particular, aunque progresivamente olvidado, sobre los me-dios para fundamentar las restricciones que contempla la Constituciónentorno a la libertad de trabajo y comercio, sobre todo cuando se lesrelaciona con la higiene.

En 1944, un comerciante de carnes cocidas se presentó ante la justiciapara demandar a la autoridad administrativa del Distrito Federal por ha-berle negado, sin razón aparente, el permiso correspondiente para llevara cabo su trabajo en las calles, dentro de los límites establecidos por elReglamento de 1931. En este caso, el juez que originalmente conoció elconflicto decidió concederle la razón al comerciante y, por lo tanto,obligar a las autoridades a fundar y motivar su decisión.

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No contenta con el fallo, la autoridad administrativa del Distrito Fede-ral decidió interponer el Recurso de Revisión 3140/44, argumentandoque no es necesaria comprobación alguna para aquilatar las razones de

higiene que motivan la determinación reclamada. Sin embargo, los mi-nistros de la Suprema Corte decidieron ratificar el fallo del juez menor y,al mismo tiempo, incrementar los alcances de la resolución, establecien-do que:

...la no concesión de permiso al quejoso, para que se dedique al comercioambulante de carnes cocidas, utilizando un carro de mano, no ha sido fun-dado ni motivado, ya que la autoridad responsable no ha demostrado lasrazones que ha tenido para restringir el número de permisos a los vende-dores ambulantes y esta omisión impide apreciar si tal restricción encuen-tra apoyo en las disposiciones del artículo 4º de la Constitución Federal,que establece la libertad de trabajo, libertad que sólo podrá vedarse pordeterminación judicial, cuando se ataquen los derechos de terceros y porresolución gubernativa, dictada en los términos que marca la ley, cuandose ofendan los derechos de la sociedad; en consecuencia, no habiéndosecitado cuál es la ley aplicable, ni indicado por qué conceptos se ofendenlos derechos de la sociedad, debe concederse el amparo al quejoso, para elefecto de que se le otorgue el permiso que solicitó y pueda dedicarse al co-mercio lícito de venta de carnes cocidas, sin perjuicio de que cuando la au-toridad responsable demuestre que esa actividad ofende los derechos de lasociedad y exista una ley que faculte para restringir la libertad de trabajodel agraviado, se impida llevar a cabo ese comercio; entendiéndose que laconcesión del amparo es sin perjuicios de que el demandante cumpla contodas las disposiciones sanitarias vigentes, las del bando de policía y cubralos impuestos fiscales que le correspondan. No obsta que la recurrente ensus agravios manifieste que no es necesario comprobación alguna paraaquilatar las razones de higiene que motivan la determinación reclamada,porque si se aceptara ese criterio, se harían nugatorias las exigencias cons-titucionales que consignan los artículos 4o., 14 y 16.38

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38 Resolución de expediente de Amparo Administrativo en Revisión 3140/44. Estaresolución dio origen a la Tesis Aislada: VENDEDORES AMBULANTES, FUNDAMENTA-

CIÓN DE LA NEGATIVA DE PERMISOS A LOS. Localización: quinta época, Instancia: Se-gunda Sala, Número de Registro: 323218, Fuente: Semanario Judicial de la Federación

LXXXI, página: 541, Tesis Aislada, materia(s): administrativa.

A través de esta resolución es posible advertir un tipo de interpreta-ción judicial del artículo 4o. constitucional en relación con la higiene queparece permear en todas las resoluciones de la Corte desarrolladas en ladécada de los cuarenta: la autoridad debe demostrar que, de alguna for-ma, los comerciantes ambulantes ofenden los derechos de la sociedad yde terceros, particularmente cuando las razones sobre las que se prohíbenlos usos y funciones laborales de las calles se relacionan con la salud pú-blica, más que con el tránsito.39

De la misma forma, subyace la complejidad que enfrentaban, en estaépoca, los agentes institucionales para adaptarse a las nueva reglas y losnuevos proyectos de organización social y espacial que diseñaban las au-toridades administrativas para regular las relaciones de los habitantes dela ciudad, pues como señalan algunos autores, durante esta época la ciu-dad se convirtió en una expresión material contundente de dos necesida-des contrapuestas; de un lado, la generalización de los derechos de laciudadanía y la igualdad formal ante la ley, y del otro, los requerimientosfuncionales de la reproducción económica.40

Dos fallos judiciales nos ayudan a ilustrar la complejidad que enfren-taban los agentes institucionales para ejecutar la ley en las calles y, almismo tiempo, fundar y motivar sus actos. El primero corresponde a laresolución del expediente de Administrativo en Revisión 9333/41, en laque es evidente que aunque la autoridad responsable buscó ejecutar elCódigo Sanitario con el fin de impedir la presencia de algunos comer-ciantes ambulantes en las calles, falló en la identificación de los artículos

LENGUAJE CONTENCIOSO Y ESTRATEGIAS LITIGIOSAS 105

39 Al respecto véase las resoluciones de los expedientes de Amparo Administrativoen Revisión 4034/28 y 4545/41. Sobre esta diferencia en los criterios para restringir losusos y funciones laborales de las calles de la ciudad de México, sea en función del tránsi-to o la higiene, podrían formularse diferentes hipótesis. Por ejemplo, podríamos decir quedado que hacia finales de la década de los cuarenta y principios de la década de los cin-cuenta las autoridades reportaban un mejoramiento considerable en materia de salud pú-blica y un aumento constante en la población y en el uso del automóvil en la ciudad deMéxico, el tránsito comenzó a desplazar a la higiene como la principal afectación de losderechos de la sociedad, cuestión que puede reforzarse a través del análisis de la regula-ción del espacio público de la ciudad de México, pues como veremos conforme avanzó elsiglo XX el tránsito fue el medio más importante y frecuente para restringir los usos yfunciones laborales de las calles, y de la misma forma, utilizando este argumento, la au-toridad administrativa ha logrado que los tribunales fallen en su favor.

40 Girola, Lidia y Duhau, Emilio, “La Ciudad y la modernidad inconclusa”, Socioló-

gica-Revista del Departamento de Sociología-UAM Azcapotzalco, 1990, p. 14.

precisos para fundar y motivar el acto, e incluso buscó que los juecessuplieran la deficiencia de su fundamentación:

Si una autoridad responsable, en el caso, expresa como agravio “que sí seequivocó al citar el artículo 168 del Código Sanitario, debió el juez estu-diar si en ese ordenamiento existían disposiciones que fundaran sus proce-dimientos, pues hubiera advertido que debió mencionar el artículo 166que, en relación con el 167 del código citado, previene que no deberá per-mitirse que los vendedores ambulantes se estacionen en la vía pública, pla-zas o paseos, y que no deberá instalarse en la vía pública, venta de frutas otender toda clase de mercancías, preceptos que infringió el quejoso y quecapacitó a la recurrente para imponer la multa, de acuerdo con la fracciónIV del artículo 474 del referido código”, este razonamiento es indebido,porque los jueces de distrito no están obligados a corregir el error a que sealude, ya que no les corresponde justificar los actos de las autoridades res-ponsables, ni menos fundarlos ni motivarlos, pues de hacerlo, se converti-rían en juez y parte; además, si la autoridad responsable funda el acto endesobediencias a sus mandatos y en falta de respeto, ese acto no puede te-ner apoyo en las citadas disposiciones del repetido Código Sanitario,porque éstas se contraen a la prohibición de instalar ventas en la víapública o tender en la misma, mercancías.

El segundo caso es el de la resolución del expediente de AmparoAdministrativo en Revisión 6263/44. Este caso ilustra la existencia deagentes institucionales a quienes se les instruía sobre qué hacer en las ca-lles (ejemplo: retirar comerciantes ambulantes), pero no cómo hacerlo, loque resultaba en la existencia de un acto de autoridad carente de cual-quier justificación:

El inspector general de policía, respectivo carece de competencia paraacordar determinaciones en el sentido de prohibir al quejoso se dedique alcomercio ambulante de cigarros, fósforos y dulces, y como la referida au-toridad, en su informe justificado, no expresó precepto legal alguno en quefunde tal prohibición, ni hace referencia a ordenamiento alguno, ni regla-mento gubernativo local, debe concluirse que en el caso tiene aplicación latesis que sostiene que para que se surtan los extremos del artículo 16 de laConstitución Federal, es menester que las autoridades funden y motiven,en forma debida, la causa legal del procedimiento, y que den a conocer lospreceptos legales en que se apoyen sus órdenes a los interesados, con ob-jeto de que éstos puedan impugnarlas debidamente, si las estiman lesivas,

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no siendo admisible que hagan tal cosas hasta su informe justificado,porque ello equivaldría a dejar sin defensa a los quejosos.

En ambos casos es más o menos claro que los agentes institucionales te-nían dificultades al aplicar las leyes que los facultaban para retirar a loscomerciantes ambulantes de las calles de la ciudad de México, y que estoperjudicaba tanto a los comerciantes como a sus respectivas instituciones.

Pero también es claro que, en la década de los cuarenta, la justicia fe-deral comenzó a determinar una especie de jerarquía de los medios jurí-dicos, los agentes burocráticos y las funciones que cada una de las insti-tuciones involucradas debían cumplir en el proceso de regulación delespacio público de la ciudad de México, al tiempo que protegía la inde-pendencia judicial: los inspectores y agentes de policía debían limitarse aaplicar, de manera exacta, la ley en las calles; los agentes de policía nopodían determinar que una persona se dedique al comercio ambulante,esta era la función de los legisladores; un reglamento no podía sobrepa-sar los límites de la ley general que le dio origen; los jueces no comple-mentaban el trabajo de las instituciones encargadas de regular el espaciopúblico, los jueces debían juzgar.

III. A MODO DE CONCLUSIÓN: ESTRATEGIAS LITIGIOSAS

EN LA DEFENSA DEL ESPACIO PÚBLICO

Como puede observarse, en sus “tenaces intentos de domesticar el po-der organizado contra ellos y volverlo predecible y manipulable”,41 loshabitantes de la ciudad de México, y con ellos los comerciantes calleje-ros, siguieron una estrategia contenciosa muy particular, que Mathiesenha definido como “censuridad”,42 y que consiste en demandar el cumpli-miento de las reglas establecidas por los mismos gobernantes, y en afir-mar que los agentes burocráticos han violado las reglas con las quejustifican su autoridad.

De tal suerte, en estos casos es posible identificar una insistencia po-pular común, enfocada en solicitar la aclaración de los procedimientos,los criterios y las condiciones que determinarían el otorgamiento o la

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41 Scott, James, Los dominados y el arte de la resistencia, México, ERA, 2004, p. 121.42 Cfr. idem. Mathiesen, Thomas, The Defenses of the Weak: A Sociological Study of

a Norwegian Correctional Institution, Londres, Tavistock, 1965.

cancelación de algunos beneficios —por ejemplo, la asignación de unespacio para comerciar autorizadamente—.

En este sentido, cada uno de los protagonistas de los conflictos ex-puestos parece haber estado dispuesto a recurrir hábilmente a valorestales como la obediencia a la ley y la igualdad mecánica, para defenderun lugar en las calles de la ciudad. Actitud que, como sostiene Scott,43

da un tinte moralista al conflicto: era el personal administrativo el que sehabía desviado de las normas legítimas, no la población.

Es imposible saber si los argumentos de la población reflejan una ma-nipulación consciente de las normas vigentes o si, por el contrario, se tra-taba de hechos verídicos que documentan los abusos y falta de periciacon que operaba la autoridad administrativa. Pero lo que sí es posible de-cir es que, pese a sus intentos, tanto los agentes burocráticos como losresponsables jurídicos de representar a la autoridad administrativa frentea la justicia federal, tuvieron poco éxito para resistir los argumentos de lapoblación.

Resulta claro, entonces, que el poder de las burocracias urbanas resi-día en utilizar al máximo la discrecionalidad en el otorgamiento de bene-ficios y en la imposición de los castigos administrativos. Ésta era casi laúnica manera de obtener la obediencia de una población a la que ya se lehabían negado diversos derechos. Al eliminar esta discrecionalidad, supoder se esfumaba en los tribunales; pues, como un funcionario adminis-trativo señalaba en 1945, la reglamentación de ciertas prácticas socialesno sólo significaba un proceso a través del cual la autoridad buscaba dis-ciplinar y controlar a la población. También significaba un proceso de re-conocimiento progresivo de identidades, poblaciones y sujetos de dere-cho que, en el agregado, bien podrían comenzar a limitar el rango deacción de la autoridad.44

Al utilizar las fórmulas y el discurso jurídico de manera deferente, lapoblación podía de alguna manera reducir el riesgo de perder un lugar enlas calles. E, incluso, es posible decir que esta especie de concesión sim-bólica a los valores oficiales enmascarase una forma concreta de comuni-carle a la autoridad la seguridad del consentimiento y lealtad popular consus mandatos y actos, siempre y cuando se ajustaran a un contrato social

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43 Scott, James, op. cit., nota 41, p. 121.44 AHSSA, SSA, 5, 7.

previamente establecido. Contrato en que la posibilidad de comerciar enlas calles de manera autorizada parecía jugar un papel importante.45

Sin embargo, no debemos presumir los efectos de estas estrategias liti-giosas. Desde una perspectiva crítica, podría sostenerse que su existenciay reproducción era más funcional para el sistema político, pues la fun-ción de la Corte consistía en “dejar que, en lo particular, ciertos actos ymedidas [gubernamentales] queden sujetos a juicio. Su función políticaprincipal es la de dar esperanza, a los grupos y personas que pueden utili-zar este recurso, de salvar en lo particular sus intereses o derechos”.46

Y lo que es más, durante una buena parte del periodo aquí estudiado,se consideraba que las capacidades de los pobres urbanos para expresarsu descontento por vías jurídicas eran prácticamente nulas pues:

En condiciones normales el “ciudadano” marginal no manifiesta su incon-formidad ni siquiera en un clima de violencia, de agresividad especial;porque cualquier acto de violencia, individual o colectivo, le cuesta muchomás que a nadie, y todavía más considera o siente —con instinto de con-servación— que tiene más que perder de lo que puede ganar. La actitudcontemplativa y paciente es el resultado de una larga experiencia. El ciu-dadano marginal puede estar al borde de la violencia o la desesperación,tener sueños, cuentos y danzas llenos de fobia, de inseguridad y agresivi-dad; pero mientras no ocurre una explosión, “pacienta”; mientras no pier-de todo, es el ser más hierático, cortés y tranquilo, y se pregunta textual-mente como en la novela de Agustín Yañez: “¿De qué sirve a los pobresenojarse? Más recio nos pegarán”.47

LENGUAJE CONTENCIOSO Y ESTRATEGIAS LITIGIOSAS 109

45 Esto se ve más nítidamente, por ejemplo, en aquellos conflictos en que la pobla-ción se disputaba con la autoridad la concesión de una licencia para comerciar autoriza-damente en las calles; pero, sobre todo, en la actitud de la población para insertarse den-tro de estos procesos de negociación del espacio público. Cuestión que se refleja en eltamaño de la población que, para finales de la década de los treinta y principios de loscuarenta, pagaba cumplidamente una contribución a cambio de utilizar un pedazo de pa-vimento para subsistir. Sólo por mencionar algunos datos que permiten dimensionar elpeso de este proceso, entre 1939 y 1940, el número de sujetos autorizados para comerciaren las calles de la ciudad de México era de 1,316, mientras que, entre 1943 y 1944, el ta-maño de la población autorizada para comerciar en el espacio público se había incremen-tado un poco más del doble, representando 2,661 personas. Departamento del Distrito Fe-deral, Memoria del Departamento del Distrito Federal, México, Departamento delDistrito Federal, 1940, 1944.

46 González Casanova, Pablo, op. cit., nota 8, p. 36.47 Ibidem, pp. 151 y 152.

Pero, como sugiere Scott, los límites de lo posible sólo se encuentranen el proceso empírico de ensayo y error. En otras palabras, se podría in-sistir en que ninguno de estos cuestionamientos judiciales superó su pa-pel de mecanismo trivial que busca soportar una situación de poder sinalterarla de una manera decisiva. No obstante, en otro nivel, habría queinterrogarnos sobre la posibilidad de que este cúmulo de actos “insignifi-cantes” lograra, como copos de nieve en la pendiente de una montaña,provocar una avalancha.48

Lamentablemente, la información consultada no es tan amplia comopara determinar el proceso a través del que estos conflictos se institucio-nalizaron, es decir, en qué condiciones accedieron estos agentes a la jus-ticia, qué procesos hubieron de sufrir y experimentar, cómo consiguieronun abogado y qué papel jugaron los mismos abogados en este entramado.Sin embargo, la información presentada sí permite establecer algunas hi-pótesis sobre las interacciones institucionales entre los diferentes nivelesde gobierno y la población.

Una buena parte de estas experiencias no sólo lograron movilizar a lamáxima instancia jurisdiccional del país, también lograron confrontarcriterios e interpretaciones jurídicas oficiales sobre lo que debía enten-derse por valores tan abstractos como pueden ser la igualdad, la libertadde trabajo y comercio y la seguridad jurídica de la población frente a losactos de autoridad, en el ámbito urbano.

Esto posiciona a los casos analizados como experiencias distintivas,no sólo porque lograron generar interpretaciones y criterios judicialesque perduran hasta nuestros días y que, aunque no obligatoriamente, si-guen orientando el actuar cotidiano de abogados y jueces, sino tambiénporque permitieron que ciertas ramas del derecho mexicano comenzarana forjarse y materializarse dentro de una nueva narrativa constitucional, apartir de la praxis jurídica.49

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48 Scott, James, op. cit., nota 41, pp. 226 y 227.49 Por ejemplo, en algunos casos expuestos resalta la figura de Gabino Fraga como

secretario proyectista, ello es relevante pues a don Gabino se le reconoce como el padrefundador del derecho administrativo mexicano y el forjador de esta misma materia den-tro de los términos y lógicas impuestas por el texto constitucional de 1917, sobre todo apartir de la publicación, en 1934, de su manual Derecho Administrativo. Véase Nava,Alfonso, Derecho administrativo mexicano, México, Fondo de Cultura Económica,2007, p. 20.

Otro tanto de estas experiencias parece reflejar el contexto de inestabi-lidad y falta de especialización en que operaban las nuevas burocraciascreadas por el régimen posrevolucionario en la ciudad de México. A tra-vés de las leyes, las clases gobernantes creaban procedimientos y agentesinstitucionales encargados de ejecutarlas, pero éstos carecían de un crite-rio claro sobre cómo realizar su trabajo. Y, lo que es más, si seguimos lasexperiencias judiciales de las burocracias desarrolladas durante este pe-riodo, es posible decir que una buena parte de los actores que ejercíanautoridad en las calles carecían de un reconocimiento oficial como fun-cionarios públicos, mismo que hubieron de reclamar, también, ante lostribunales.50

Estos hechos parecen haber abierto la puerta para que una buena partede la población, y de abogados, buscaran en la justicia un resquicio a tra-vés del cual cuestionar los actos y la voluntad de la autoridad. La cues-tión no fue menor, pues al parecer la frecuencia con que los agentes insti-tucionales fallaban al fundar y motivar sus actos derivó, incluso, en unadiscusión sobre si los requisitos de seguridad jurídica, incorporados en eltexto constitucional, debían restringirse sólo al ámbito penal o continuarafectando las relaciones civiles entre la autoridad y la población.51

Finalmente, resulta pertinente reconocer que ya otras investigacioneshan mostrado la funcionalidad que tiene el análisis de las experiencias ju-diciales en nuestra capacidad para comprender y explicar la forma en quecomenzó a constituirse la ciudad posrevolucionaria.52 Sin embargo, estosestudios toman como referencia expedientes judiciales del orden crimi-nal, en los que la población pobre de la ciudad de México sigue apare-ciendo como un conjunto de sujetos y objetos de regulación capaces decuestionar a la autoridad sólo de manera reactiva.

LENGUAJE CONTENCIOSO Y ESTRATEGIAS LITIGIOSAS 111

50 AGENTES DE SALUBRIDAD PÚBLICA. Registro No. 282844. Localización: quintaépoca, Instancia: Pleno, Fuente: Semanario Judicial de la Federación XIX, página: 1039,Tesis Aislada, materia(s): administrativa.

51 Bartlett Bautista, Manuel, “Iniciativa de reformas constitucionales en materia de justi-cia federal”, conferencia dictada ante la Rama de Abogados de la Confederación de Profe-sionistas del Partido Revolucionario Institucional, mimeo, 1958.

52 Bliss, Katherine, Compromised Positions: Prostitution, Public Health and Gender

Politics in Revolutionary Mexico City, Pennsylvania, Pennsylvania State UniversityPress, 2001. Piccato, Pablo, City of Suspects: Crime in Mexico City 1900-1931, DukeUniversity Press, 2001.

Por esto, parece oportuno destacar que, en los casos aquí expuestos,fue la población la que se presentó, por propio pie, a reclamar el recono-cimiento de sus derechos, a cuestionar a la autoridad y a defender sus in-terpretaciones sobre cómo podía ser regulado y administrado el espaciourbano. Ello amplía el carácter de agencia social de la población y de-muestra que, más allá de las artimañas cotidianas y los discursos ocultos,la población que trabajaba en las calles de la ciudad de México supoajustar sus lenguajes y prácticas dentro de una nueva narrativa jurídicapara expresar, públicamente, sus aspiraciones de mayor justicia social ysu determinación de luchar contra una ciudad planeada sin ellos.

LEGALIDADES PÚBLICAS112

CAPÍTULO CUARTO

AMURALLANDO ESPACIOS, JERARQUIZANDOPOBLACIONES: EL COMERCIO, LAS CALLES

Y LOS MERCADOS EN LA CIUDAD DE MÉXICO (1940-1960)

Hacia comienzos del siglo XX, la falta de inversión para la ampliaciónde los mercados y la construcción de nuevas edificaciones destinadas aesta función, era uno de los principales problemas que enfrentaban tantolas autoridades como la población que comerciaba en las calles de la ciu-dad de México. De acuerdo con algunos autores, esta situación comenzóa agravarse hacia 1914, momento en que aumentaron desmedidamentelas actividades de venta callejera, en parte por el desabasto que experi-mentaba la ciudad y, en parte, por el vacío de autoridad generado al pasode las fuerzas revolucionarias.1

Los efectos de esta insuficiencia de espacios de abasto popular no eranmenores ni para la autoridad ni para la población. Para la autoridad signi-ficaba, tanto aceptar el desenvolvimiento no regulado de actividades eco-nómicas callejeras,2 como su incapacidad para satisfacer la demanda po-pular de bienes de consumo básico, en aquellas concentraciones habita-cionales que habían comenzado a establecerse lejos del Primer Cuadro.3

113

1 Barbosa, Mario, El trabajo en las calles: subsistencia y negociación política en la

ciudad de México a comienzos del siglo XX, México, Universidad Autónoma Metropoli-tana, 2008, p. 55.

2 Véase el considerando I del Reglamento del Comercio Semifijo y Ambulante en elDistrito Federal, Diario Oficial de la Federación, 27 de marzo 1931.

3 Desde finales del siglo XIX y, al menos, hasta la década de 1920, surgieron mu-chas colonias y asentamientos irregulares que, poco a poco, comenzaban a darle una for-ma menos centralizada a la ciudad, pero para las que aun no había servicios públicos su-ficientes. Sólo por mencionar algunas cifras, de 62 colonias construidas entre 1893 y1928, dos se crearon a finales del siglo XIX, 15 entre 1900 y 1910, 13 entre 1911 y 1920,y 23 durante 1921 y 1928. Véase, Vázquez, Esther, Organización y resistencia popular

En contraparte, para las poblaciones que comerciaban en las calles dela ciudad de México, la insuficiencia de mercados significaba algo másque la obligación de negociar constantemente con la autoridad los usos,límites y funciones de las calles. También significaba, como vimos encapítulos anteriores, enfrentarse a dos hechos abiertamente impositivosbajo los cuales debían vivir y transitar cotidianamente la ciudad. De unlado, se exponían a ser detenidos por su simple presencia en las calles.De otro lado, estaban obligados a transitar ambulatoriamente la ciudad,con la mercancía y sus utensilios de venta a cuestas.

Pero, lejos de los comerciantes callejeros y las autoridades, los merca-dos tenían un significado más amplio para la vida urbana. De una u otraforma, eran espacios que concentraban una buena parte de las relacionescotidianas entre los gobernantes y los pobres urbanos. En su interior, losmercados eran espacios de sociabilidad y organización entre las diferen-tes poblaciones involucradas en el comercio popular, tales como comer-ciantes, cargadores o carretilleros. Al exterior, se trataba de enclaves entorno a los que se concentraba la mayor parte de las actividades socialesy comerciales de los pobres urbanos, al tiempo que representaban espa-cios determinantes del trabajo policial.4

Es por ello que cualquier intento por reconstruir el orden urbano debíaatravesar, necesariamente, por la redistribución y edificación de nuevosespacios destinados al consumo popular. Al menos desde finales del si-glo XIX, la construcción de mercados se había posicionado como lamejor alternativa para que las autoridades de la ciudad de México resol-vieran el problema del comercio en sus calles. No sólo se trataba de es-pacios en donde podían alojar a los comerciantes y trabajadores calleje-ros, también se trataba de una estrategia espacial de administración delpoder público, en donde la concentración de estas actividades permitíahacer más eficientes las funciones recaudatorias, sanitarias y policiales.5

En suma, desde la práctica administrativa, existía una solución largamen-te probada para retirar a los ambulantes de las calles, pero las autoridades

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en la ciudad de México durante la crisis de 1929-1932, México, Instituto Nacional deEstudios Históricos de la Revolución Mexicana, 1998, pp. 58-61.

4 Barbosa, Mario, op. cit., nota 1, pp. 155-174.5 Véase, por ejemplo, Barros, Cristina y Buenrostro, Marcos, Vida cotidiana, Ciu-

dad de México 1950-1910, México, Fondo de Cultura Económica, 1996, p. 24.

no contaban con la infraestructura suficiente para poner en marcha estaestrategia.

El presente capítulo centra la mirada, precisamente, en analizar la ma-nera en que el progresivo desarrollo de nuevas reglas y edificación demercados impactó tanto la estructura física de la ciudad de México, co-mo los términos a través de los que se relacionaba la población con laautoridad y con el mismo espacio urbano.

A partir del análisis del contenido, y posterior implementación, de lasnormas destinadas a regular las relaciones, distribución y funcionamientode los mercados, se intentará identificar la manera en que el proceso defragmentación espacial de las prácticas de consumo popular intentó sercontrolada, por la autoridad, a través del derecho. El propósito es identi-ficar la especificidad de este proceso, y tratar de explicar la consolida-ción de los mercados como espacios urbanos populares, aunque cada vezmás descentralizados.

I. LA INSTITUCIONALIZACIÓN

DE LOS RUMBOS COMERCIALES (1930-1940)

Por más de una década, diversos autores han sostenido que la políticade construcción de mercados en la ciudad de México fue una obra inicia-da por Ernesto P. Uruchurtu —en 1952— con el propósito de controlar ysubsumir, violentamente, a la población que comerciaba en las callesdentro de la estructura del entonces partido gobernante. De acuerdo conesta postura, la construcción masiva de mercados, a partir de la décadade los cincuenta, se trató de una estrategia caracterizada por las intencio-nes oficiales de corporativizar a los pobres urbanos y el uso desmedidode la fuerza sobre aquellas poblaciones que se negaban a participar en es-te proceso.6 La versión parece coherente, pero pasa muy rápido de laconspiración a la implementación.

Una lectura cautelosa sugiere, sin embargo, que la obra realizada porUruchurtu, a comienzos de la década de los cincuenta, fue más la cose-cha de un largo proceso de negociación e institucionalización jurídica de

COMERCIO, CALLES Y MERCADOS EN LA CIUDAD DE MÉXICO 115

6 Es probable que la obra más representativa y difundida de esta postura sea: Cross,John, “El desalojo de los vendedores ambulantes: paralelismos históricos en la ciudad deMéxico”, Revista Mexicana de Sociología, vol. 58, núm. 2, 1996, pp. 95-115.

prácticas administrativas y populares urbanas, que el resultado de unafiera personalidad dispuesta a limpiar las calles.

1. Fuera de las calles, pero organizados

Como ya se mencionaba, hacia comienzos del siglo XX los merca-dos de la ciudad de México eran espacios que concentraban una buenaparte de las relaciones cotidianas entre los gobernantes y los pobresurbanos. Se trataba de espacios comerciales que “centralizaron las ac-tividades de compraventa de artículos básicos y un alto número devendedores y prestadores de servicios en las calles”.7 En otras palabras,se trataba de rumbos o referencias espaciales en torno a las que se desa-rrollaban diferentes prácticas callejeras de subsistencia.

Es probable que el papel tan importante que jugaban los mercados,dentro del entramado urbano, posicionara a sus locatarios como sujetosprivilegiados, capaces de movilizar tanto medios jurídicos formales co-mo informales para adelantar sus demandas.

En el caso de los medios jurídicos formales, por ejemplo, se sabe queen marzo de 1930 el señor Norberto Peralta, en representación de 62 lo-catarios del mercado de La Merced, y probablemente afiliados a la So-ciedad Mutualista de Comerciantes en Frutas y Legumbres,8 promovióun amparo ante el juez primero de Distrito contra actos del jefe de Mer-cados del Departamento del Distrito Federal y demás autoridades policia-cas, por actos tendientes a despojarlos de sus locales sin causa justifica-da, al parecer, con el único fin de que el administrador del mercado leotorgara dichos espacios a sus amistades.9 No se sabe el resultado delconflicto, pero sí es posible decir que no se trataba de un caso aislado.10

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7 Barbosa, Mario, op. cit., nota 1, p. 135.8 Pues, de acuerdo con Valencia, esta organización, fundada en 1925, tenía como

principal espacio de operación al mercado de La Merced, véase Valencia, Enrique, La

Merced: estudio ecológico y social de una zona de la ciudad de México, México, INAH,1965, pp. 84 y 85.

9 Excélsior, 1o. de marzo de 1930, citado por Vázquez, Esther, op. cit., nota 3, p.101.

10 Por ejemplo, en el mes de julio de 1943, el Consejo Consultivo de la ciudad deMéxico aceptó una queja colectiva, por medio de la que las comisiones unidas de rastrosy mercados denunciaban el cobro injusto de infracciones levantadas por los inspectoresde mercados. En: Departamento del Distrito Federal, Memoria del Departamento del

Al parecer, la discrecionalidad de los actos de la autoridad era de talmagnitud que, incluso, en el mismo mes de marzo de 1930 la Confedera-ción de Uniones del Pequeño Comercio, que agrupaba a una cantidad im-portante de locatarios de mercados, propuso a las autoridades locales co-laborar en la regulación de los agentes burocráticos para evitar las“mordidas”. La denuncia adquirió tales dimensiones que el secretario ge-neral del Departamento del Distrito Federal se comprometió a investigartodos los ilícitos y canalizar las denuncias recibidas al Ejecutivo Fede-ral.11

Pero, no todas las demandas de los locatarios eran canalizadas por me-dios jurídicos formales. Al tratarse de una población ya organizada entorno a demandas y fines comunes, los locatarios de mercados contabancon la suficiente capacidad para presionar y demandar a la autoridad enlas calles, para tomar la justicia en sus propias manos.

Por ejemplo, hacia comienzos de la década de los treinta, uno de losproblemas más cotidianos que enfrentaban los locatarios de mercados erala falta de medios para poder obtener un crédito bancario. Ello los hizopresa fácil de agiotistas o prestamistas de cantidades de dinero que, aun-que pequeñas, resultaban indispensables para que los locatarios pudierancontinuar sus actividades. De acuerdo con la Secretaría de Gobernación,para finales de abril de 1931, en la ciudad de México existían cinco milusureros, de los cuales una buena parte provenía del extranjero. A pesarde las demandas de los locatarios, el problema continuó en crecimiento,sin que las autoridades hicieran nada para impedirlo. La cuestión adqui-rió tales magnitudes que, para junio de 1932, cálculos extraoficiales esti-maban que el 90% de los locatarios de mercados eran presa, ya, de agio-tistas que les cobraban el 10% de intereses sobre sus ganancias diarias.12

La indiferencia de las autoridades frente a esta práctica, aunado a la dis-minución del poder adquisitivo de la población experimentado por la cri-sis de principios de la década de los treinta, suscitó un problema más am-plio entre las poblaciones nacionales y extranjeras que subsistían en lascalles. En este contexto, los extranjeros no sólo eran percibidos por loslocatarios nacionales como una suerte ilegítima de competencia econó-

COMERCIO, CALLES Y MERCADOS EN LA CIUDAD DE MÉXICO 117

Distrito Federal (septiembre 1942-agosto 1943), México, Departamento del Distrito Fe-deral, 1944, p. 22.

11 Vázquez, Esther, op. cit., nota 3, p. 98.12 Ibidem, p. 99.

mica, sino también como un yugo que los tenía continuamente endeuda-dos a través de la usura. De tal suerte, deshacerse de los extranjeros quetransitaban por los rumbos comerciales significaba, al mismo tiempo, eli-minar competidores ilegítimos y acabar de tajo con las deudas adquiri-das. El conflicto atravesó por diferentes fases y estrategias de ejecución,en parte planeadas por la Unión de Comerciantes Mexicanos en Pequeño,afiliada al entonces Partido Nacional Revolucionario y en parte toleradase impulsadas por las mismas autoridades.13

Para nuestros fines, lo que interesa destacar es que hacia el mes de fe-brero de 1931, los locatarios del Mercado de la Lagunilla organizaron un“sabotaje” contra los comerciantes turcos, árabes, polacos y rusos queconsistía en rociar de gasolina sobre algunos puestos para prenderles fue-go, mientras otros comerciantes nacionales inmovilizaban la mercancíade los extranjeros y estos últimos eran brutalmente golpeados, lapidadosy arrojados del mercado. El sabotaje fue impedido por la oportuna llega-da de la policía, pero bien pudo haber representado la gota que derramóel vaso. De tal suerte, las autoridades locales y federales decidieron, a fi-nales del mes de abril de 1931, revisar las condiciones en que los comer-ciantes extranjeros laboraban en los diferentes mercados y rumbos co-merciales de la ciudad, y se encontraron con que la mayor parte de estoscomerciantes no cubrían los requisitos exigidos para ejercer la actividad,pretexto inmejorable para retirar los locales de las manos extranjeras.14

El recuento anterior apenas deja entrever los grados de organización yprotesta que habían logrado desplegar, y consolidar, los locatarios demercados para adelantar sus fines frente a la autoridad administrativa delDistrito Federal. En consecuencia, una pregunta que subyace detrás detodo esto es ¿qué incentivos podía tener la autoridad para construir nue-vos espacios que reprodujeran prácticas similares?, ¿si el fin de las auto-ridades era corporativizar y subsumir a las poblaciones que subsistían delas calles, realmente podrían lograrlo a través de la construcción de mer-cados? Se trata de preguntas retóricas, pero cuya respuesta se encuentra,probablemente, en la trayectoria que siguió la política urbana deconstrucción y reorganización de mercados iniciada hacia mediados de ladécada de los treinta.

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13 Ibidem, pp. 101-111.14 Ibidem, p. 105.

2. Nuevas reglas, viejos espacios

El 15 de junio de 1934, el entonces jefe del Departamento del DistritoFederal, Aarón Sáenz, ordenó la publicación, en el Diario Oficial de la

Federación, del Acuerdo a través del que se fijaban las Zonas de Merca-dos, es decir, de límites espaciales claramente determinados sobre losque la Oficina de Mercados podría conceder los puestos que le solicitarala población, sin necesidad de licencia, pero tomando en cuenta las ob-servaciones planteadas por las Oficinas de Tránsito y Obras Públicas.15

El Acuerdo tenía el efecto de crear una cuadrícula absoluta de espa-cios jurídicamente determinados que incorporaban, dentro del discursooficial y la práctica administrativa, al conjunto de rumbos comercialesque se habían constituido, desde las primeras décadas del siglo XX, en laciudad de México.

En total, en el Acuerdo, la autoridad administrativa declaraba la exis-tencia de 37 mercados, de los cuales 24 contaban con una zona de merca-dos y 20 con una zona de protección, es decir, con una delimitación es-pacial sobre las que ni la Oficina de Licencias e Inspección, ni la deMercados, podrían autorizar la instalación de nuevos puestos.16

Cada una de estas zonas representaba una jurisdicción especial sobrela que el director del mercado supervisaría, con auxilio de personal admi-nistrativo y policiaco, el debido cumplimiento del pago de contribucio-nes de la población que comerciaba en las calles y en el interior del mer-cado. El resto de la ciudad, era clasificado como Zonas de Recaudación,es decir, espacios sobre los que la Oficina de Licencias y Recaudaciónera la entidad administrativa facultada para autorizar, o negar, razonada-mente la presencia de comerciantes callejeros, mismos que estaban obli-gados, una vez concedido el permiso, a empadronarse, portar el permisoy cubrir una cuota correspondiente en la administración del mercado co-rrespondiente. Un tercer atraso en el pago de las contribuciones era razónsuficiente para que el locatario o comerciante callejero autorizado per-diera su licencia.

COMERCIO, CALLES Y MERCADOS EN LA CIUDAD DE MÉXICO 119

15 Considerando primero del Acuerdo a través del que se fijan las Zonas de Merca-dos, 15 de junio de 1934, Diario Oficial de la Federación.

16 Considerando segundo del Acuerdo a través del que se fijan las Zonas de Merca-dos, 15 de junio de 1934, Diario Oficial de la Federación.

En general, salvo en el caso del Mercado Principal y de Las Floresque estaban sujetos a regulación especial, uno de los criterios que deter-minaban la necesidad de establecer zonas de mercados y de protecciónera la cantidad de actividades que se concentraba en torno a cada uno delos mercados. En este sentido, los mercados más cercanos al Primer Cua-dro, y otras zonas populares de comercio, eran típicamente espacios divi-didos en tres escalas: a) el interior del mercado; b) el exterior circundan-te del mercado en donde podía autorizarse el comercio callejero, y c) unespacio exterior, adyacente a la zona de mercados, en donde el comerciocallejero estaba restringido. Mientras que, aquellos mercados ubicadosen las periferias de la ciudad como Coyoacán, Milpa Alta, Ixtacalco oIztapalapa, no contaban con zonas de mercados ni de protección, portratarse de mercados que aún tenían capacidad suficiente para alojar ensu interior actividades comerciales diversas.

Este último aspecto resulta sumamente interesante pues, en esencia,parece contradecir la versión de las autoridades que insistían en achacarla presencia de comerciantes en las calles a la falta de mercados. Sin em-bargo, el hecho de que los mercados periféricos aún contaran con espaciosuficiente al interior, y que para los centrales fuera necesario autorizar elejercicio de actividades comerciales en su exterior, también parece refor-zar el carácter de ciertos espacios como rumbos comerciales consolida-dos, en donde la población prefería desarrollar sus actividades mercanti-les de subsistencia.

Como se ha mencionado, es probable que esta preferencia de los po-bres urbanos por subsistir en las calles cercanas a los mercados, estuvieserelacionada con el papel tan importante que jugaban estos espacios entérminos de relaciones sociales y de subsistencia. Sin embargo, lo que noes posible explicar es ¿de qué manera se articuló esta tendencia popularcon la práctica administrativa? El estudio de las zonas de mercado comoáreas de fiscalización puede arrojar luz sobre esta interrogante.

Para entender el papel de las zonas de mercado, como medio de articu-lación entre las prácticas populares y administrativas, se analizaron lospresupuestos de ingresos del Distrito Federal correspondientes a la décadade los cuarenta. Se encontraron dos categorías potencialmente representati-vas del recurso económico que generaba, para las autoridades locales, laocu-

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ocupación de los espacios públicos: a) los impuestos17 que se cobraban porla ocupación y el aprovechamiento de la vía pública, y b) los impuestoscobrados por el uso de mercados.

Aunque la tendencia jurídica correspondiente a las décadas siguientesindica que la contribución fiscal de los ambulantes podría haberse con-centrado también en la categoría “ocupación y aprovechamiento de la víapública”, los estudios sobre los procesos de consolidación administrativaen la ciudad de México, de mediados de siglo XX, han concentrado lascontribuciones fiscales de los vendedores ambulantes en el rubro “merca-dos”.18

La razón es simple, dado que la mayoría de los vendedores semifijos yambulantes se aglomeraban alrededor de los mercados, las autoridadesadministrativas crearon zonas concretas para concentrar a los trabaja-dores y comerciantes callejeros y llevar a cabo la recaudación en unmismo acto de autoridad sobre una población indeterminada que in-cluía: a) locatarios que ocuparan puestos o lugares en los mercadospúblicos; b) dueños de tortillerías independientemente de si se localizabanen accesorias de propiedad privada o en los mismos mercados; c) vende-dores ambulantes; d) dueños de carpas; e) operadores de aparatos mecá-

COMERCIO, CALLES Y MERCADOS EN LA CIUDAD DE MÉXICO 121

17 Utilizamos la palabra “impuestos” en su acepción genérica con el propósito de ha-cer más sencilla la lectura del documento. Sin embargo, parece prudente aclarar que en larealidad la ocupación y el aprovechamiento de la vía pública se clasificaba como “pro-ductos” (ingresos que percibe el Estado por actividades que no corresponden al desarro-llo de sus funciones propias, de derecho público, o por la explotación de sus bienes patri-moniales) y el uso de los mercados se clasificaba como “derechos” (contraprestacionesrequeridas por el poder público a los ciudadanos en pago de los servicios administrati-vos). Sánchez-Mejorada, Cristina, Rezagos de la modernidad. Memorias de una ciudad

presente, México, Universidad Autónoma Metropolitana, 2005, pp. 99-167. La distinciónresulta por demás interesante si consideramos que en el primer caso el Estado actúa comouna especie de arrendador o propietario que recibe un ingreso como resultado de su capa-cidad para alienar bienes que, en principio, son de uso común; mientras que en el segun-do caso, el Estado, simplemente recibe ingresos como consecuencia de la prestación deuna serie de servicios que está obligado a prestar.

18 Ibidem, pp. 132-134. La categoría “impuestos generados por la ocupación y elaprovechamiento de la vía pública” sólo afectaba a los comerciantes ambulantes cuandose les permitía vender alcohol en las calles, como consecuencia de alguna festividad o deuna dádiva de las autoridades; aunque también incluía otro tipo de actos, como ocupar lascalles para colocar materiales de construcción.

nicos o juegos permitidos, y f) todos aquellos que ocuparan la vía públicapara realizar transacciones comerciales de cualquier tipo.19

La información recuperada a partir de los informes anuales de ingre-sos del Departamento del Distrito Federal indican que, hasta 1946, losejercicios de recaudación de impuestos dentro y alrededor de los merca-dos eran francamente infructuosos, teniendo como punto de quiebre elaño 1944 en el que se percibe una disminución de -5.20% respecto a la re-caudación de 1942. Sin embargo, como muestra la gráfica siguiente, en elaño de 1947 los recursos recaudados aumentaron para representar, en1949, un crecimiento de 149%.

GRÁFICA 3. IMPUESTOS RECAUDADOS POR EL COBRO

DE USO DE MERCADOS. DISTRITO FEDERAL (1942-1949)

Existen tres datos que nos permiten explicar el comportamiento vaci-lante de las cifras. En primer lugar, en el periodo gobernado por Javier

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19 Ley de Hacienda del Distrito Federal. La aparición de estos criterios en la Ley deHacienda puede incluso ser interpretada como un proceso de reconocimiento e incorpora-ción jurídica de prácticas comunes desarrolladas por los comerciantes ambulantes en dé-cadas anteriores y que consisten en la concentración de los mismos alrededor de los mer-cados, no sólo por la utilidad de contar con un referente espacial de tipo comercial, sinotambién porque una buena parte de los comerciantes vivían cerca de estos espacios.

Rojo Gómez (1940-1946) el presidente de la República autorizó al De-partamento del Distrito Federal la solicitud de un empréstito para cons-truir 20 mercados en diferentes zonas de la ciudad, de los cuales se cons-truyeron 15 hasta 1946; por lo tanto, existe la posibilidad de que losejercicios de recaudación fiscal por el cobro de mercados hayan aumen-tado como resultado del desplazamiento de los comerciantes ambulantesy semifijos de las calles hacia otros espacios donde era más fácil supervi-sarlos.

En segundo lugar, en 1948, el Departamento del Distrito Federal deci-dió recuperar el control sobre los mercados, pues anteriormente eran con-cesionados a particulares lo que generaba diferentes problemas que ibandesde la corrupción hasta la desaparición o retención de los ingresos re-caudados; por lo que es posible indicar que la recuperación del control delos mercados, por parte de las autoridades, mejoró la recaudación deimpuestos por comerciar y laborar en la vía pública.

En tercer lugar, el periodo en que comienzan a incrementarse los in-gresos por el cobro de impuestos a los trabajadores y comerciantes calle-jeros coincide con el momento en que terminaron de crearse diferentesreglamentos enfocados en regular y diferenciar jurídicamente a las activi-dades laborales y comerciales que se desarrollaban en las calles de la ciu-dad de México; por lo que también cabe la posibilidad de que el incre-mento experimentado hacia 1947 sea consecuencia de la existencia de unmayor número de sujetos jurídicamente obligados a pagar impuestos.

Ninguna de estas explicaciones es lo suficientemente amplia para ex-plicar, por sí misma, la manera en que se articularon las prácticas de sub-sistencia popular con las prácticas de supervisión y gestión administrati-va, pero la información en conjunto evidencia tres cosas. La primera, quela preocupación de las autoridades administrativas por ordenar los usos yfunciones laborales de las calles, a través de la construcción de merca-dos, devino en la generación de un recurso que permitiera elevar los in-gresos públicos.20

La segunda, que la facultad de las autoridades para alienar el espaciopúblico y generar áreas concretas donde localizar la recaudación de im-puestos no sólo fue un método descriptivo del espacio, sino que se trató

COMERCIO, CALLES Y MERCADOS EN LA CIUDAD DE MÉXICO 123

20 Pues como señala Sánchez-Mejorada: “Una de las prioridades centrales en laagenda de gobierno de los presidentes Ávila Camacho y Miguel Alemán fue sanear las fi-nanzas del país, en especial las del Distrito Federal”, op. cit, nota 17, p. 99.

de un proceso de creación y restablecimiento constante de dichos espa-cios a través de la fuerza de la ley.21

La tercera que, al menos, una parte de la población que trabajaba y co-merciaba en las calles de la ciudad de México durante las décadas de lostreinta y los cuarenta estaba dispuesta a reconocer el poder de la autori-dad y pagar un impuesto a cambio de un permiso para comerciar en elespacio público, lo que implica que no todos los comerciantes y trabaja-dores callejeros se resistían a la voluntad de la autoridad administrativa,sino que buscaban negociar su presencia en la ciudad.

II. LOS MERCADOS: EL DISEÑO DE UNA POLÍTICA URBANA (1950)

Hasta 1951 la ciudad de México contaba con 44 mercados y más quepresentarse como una solución funcional para garantizar la distribuciónde bienes y servicios básicos para la población, los proyectos para cons-truir mercados nuevos se presentaban como planes enfocados en materia-lizar el discurso político y cultural nacionalista con un compromiso so-cial inspirado en los ideales revolucionarios.22

Sin embargo, el 1o. de junio de 1951 el entonces presidente de la Re-pública, Miguel Alemán, expidió el Reglamento de Mercados para elDistrito Federal, con el objetivo de concentrar en una sola disposición ju-rídica a todas aquellas prácticas comerciales que se desarrollaban en elespacio público. Reglamento que representa el primer ejercicio de la au-toridad administrativa del Distrito Federal para concentrar, institucionali-zar y transformar la estructura y las prácticas sociales que se desarrolla-ban sobre el espacio público.

Dos características resaltan dentro de los elementos que estructuraneste nuevo reglamento. Por una parte, se trata de un instrumento jurídicoque revela un momento a partir del que los comerciantes ambulantes yano serán definidos como personas de escasos recursos, sino como agen-tes económicos cuyas actividades se desarrollan en espacios y tiemposdeterminados. Por la otra, se trata de un uso de la regulación del espaciopúblico que ya no se ocupará de aspectos detallados o coyunturas especí-

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21 Scott, James, Seeing Like a State: How Certain Schemes to Improve the Human

Condition have Failed, New Haven, Yale University Press, 1998, p. 3.22 Véase Vázquez, Ignacio, El abasto en la ciudad de México, México, Departamen-

to del Distrito Federal, 1991.

ficas, sino del comercio callejero como una actividad sistemática queperdura hasta nuestros días, en un espacio marcado por la convivenciadensa.

Estas dos características, en conjunto, permiten establecer que el Re-glamento de Mercados de 1951 ya no trata de un instrumento jurídico en-focado en regular aspectos urbanos aleatorios (ejemplo la migración ex-tranjera, los accidentes de tránsito o el desempleo vacilante de lapoblación), ni de definir particularmente el uso y las funciones de las ca-lles como espacio diferenciado por los usos, sino de planear la constitu-ción y organización de un espacio enteramente nuevo donde concentrar alos comerciantes callejeros.

Así, para la autoridad administrativa, desde 1951, el mercado es el lu-gar o el local público sea o no propiedad del Departamento del DistritoFederal, donde ocurre una diversidad de comerciantes y consumidores enlibre competencia, cuya oferta y demanda se refieran principalmente aartículos de primera necesidad y, a partir de ello, definir los espacios ytiempos de venta de cada comerciante, tanto en el interior como en elexterior del mercado.

La idea era concreta y probada anteriormente: desplazar masivamentea los comerciantes callejeros hacía espacios cerrados donde concentrarlosy, a partir de ello, vigilar sus actividades y supervisar el cumplimiento desus obligaciones; para lo que era necesario definir el límite, la estructuray el funcionamiento de estos espacios compuestos por dos límites: 1) elespacio interior y 2) el espacio exterior al mercado.

1. El espacio interior

Al interior del mercado, la autoridad administrativa dividió el espacioentre puestos permanentes (donde se ejerce la actividad por tiempo inde-terminado en un lugar fijo) y puestos temporales (donde se ejerce la acti-vidad por un tiempo determinado en un lugar previamente determinado),cada uno de los cuales constituye una clasificación de las personas quecomercian en su interior. Por una parte, la indeterminación temporal y lacerteza del lugar constituyen el principal elemento para caracterizar a loscomerciantes permanentes. Por la otra, la combinación entre certeza tem-poral y espacial representa la principal característica de los comerciantestemporales.

COMERCIO, CALLES Y MERCADOS EN LA CIUDAD DE MÉXICO 125

CUADRO 12. ESTRUCTURA INTERIOR DE LOS MERCADOS.REGLAMENTO DE MERCADOS 1951

Certeza temporal y espacial Indeterminación temporal y certeza espacial

Espacio Personas Espacio Personas

Puestostemporales

Comerciantestemporales

Puestospermanentes

Comerciantespermanentes

Sobre esta distribución básica del espacio interior de los mercados, enel Reglamento se establece la obligación de homogeneizar el lugar a tra-vés de un sistema de medidas, materiales y colores definidos por las au-toridades y, también mediante el agrupamiento de los puestos de acuerdocon las actividades mercantiles que se desarrollen en su interior, con elpropósito de facilitar la traza imaginaria, sobre el plano de cada mercado,de un segundo criterio de distribución que divida el espacio en líneas derecaudación.

La utilización del plano refuerza el carácter del Reglamento de 1951como un momento particular en la distribución de los espacios para con-centrar a los comerciantes callejeros. Pues si el Reglamento de 1931 esta-blecía la posibilidad de distribuirlos en las calles sobre el diseño imagi-nario de la traza urbana, el Reglamento de Mercados no sólo establece lautilización del plano para distribuir el espacio interior de los mercados entérminos fiscales, sino que también establece la obligación de ajustar losproyectos de construcción o reconstrucción de mercados públicos a lodispuesto en la Ley de Planificación y Zonificación del Distrito Federal.

En otras palabras, el Reglamento de Mercados aparece como un me-dio para distribuir los espacios destinados a concentrar a los comercian-tes callejeros que funciona en dos niveles. Por una parte, se buscaba in-sertar a los mercados dentro de la estructura del espacio urbano y, por laotra, se pretendía constituir un espacio concreto donde localizar a los co-merciantes y, a partir de ello, restringir su movilidad.

Sobre el espacio interior del mercado, el Reglamento de 1951 estable-ce una serie de restricciones que asemejan a las prescritas por el Regla-mento de 1931; sin embargo, la diferencia es que mientras el Reglamentode 1931 se enfocaba en la distribución del espacio urbano de la ciudad deMéxico, el de 1951 lo hace simplemente en la distribución del espaciodonde se concentraran los comerciantes callejeros.

LEGALIDADES PÚBLICAS126

En esta dinámica, la idea de proteger el tránsito en las calles fue susti-tuida por la prohibición de colocar marquesinas, toldos, rótulos, cajones,canastos, huacales, jaulas, etcétera, que en cualquier forma obstaculicenel tránsito de los caminantes dentro de los mercados públicos.23 La pro-tección de la salud pública fue sustituida por la prohibición del comerciode alcohol y bebidas embriagantes, de materias inflamables o explosivas,de refrigerar y proteger las mercancías y por la obligación de manteneraseados los espacios de venta.24 Mientras que la protección del decoronacional fue sustituida por la moral y las buenas costumbres, por laprohibición de hablar un idioma distinto al castellano y por la obligaciónde garantizar el menor sufrimiento posible a los animales vivos que seexpendan al interior del mercado.25

A pesar de estas pequeñas transiciones, el efecto real de esta escala re-gulatoria que permite conectar a la regulación del espacio público con unnivel macro (la ciudad) y un nivel micro (la distribución del espacio in-terno de los mercados) está representado por la capacidad de las autori-dades para regular los tiempos de venta y, de manera paralela, el espacioexterior de los mercados.

En cuanto a los tiempos, parece necesario recordar que aunque la au-toridad administrativa restringió anteriormente la movilidad de los co-merciantes callejeros, estas restricciones no lograron controlar la tempo-ralidad de las actividades comerciales y laborales callejeras, en ciertamedida porque la libertad de trabajo garantizada por el artículo 4o. cons-titucional había sido utilizada por los comerciantes ambulantes como unaprotección para trabajar en las calles todo el día,26 y, en términos másprácticos, porque los tiempos para ejercer la actividad en las calles nohabían sido legislados.

Para resolver esta indeterminación, la autoridad administrativa esta-bleció, en el Reglamento de 1951, un sistema de tiempos que varían deacuerdo con el tipo de agente que ingresa o permanece fuera del mercado

COMERCIO, CALLES Y MERCADOS EN LA CIUDAD DE MÉXICO 127

23 Artículo 8o. Reglamento de Mercados para el Distrito Federal, 1o. de junio de1951.

24 Artículos 9o., 10, 11, 12. Reglamento de Mercados para el Distrito Federal, 1o. dejunio de 1951.

25 Artículos 20, 21, Reglamento de Mercados para el Distrito Federal, 1o. de junio de1951.

26 Resolución del amparo administrativo. Revisión del incidente de suspensión4545/41.

y que, tal vez como forma para prevenir que los comerciantes utilicen suespacio laboral como habitación, restringe los horarios de ingreso ypermanencia al interior del mercado.

CUADRO 13. REGULACIÓN DE LOS TIEMPOS DE VENTA EN EL INTERIOR

Y EN EL EXTERIOR DEL MERCADO. REGLAMENTO DE MERCADOS

DEL DISTRITO FEDERAL, 1951

Tiempos de los

comerciantes situados

al interior del mercado

Tiempos de los

consumidores

Tiempos de los

comerciantes situados

en las calles

Horario de venta: Determina-dos por los comerciantes y lasautoridades.

Horario de ingreso y salida:El de apertura y cierre delos mercados.

Para los puestos en la víapública habrá tres jorna-das:

Horario de ingreso: podránentrar una hora antes de laapertura.

Horario de permanencia:Se prohíbe permanecer en elinterior de los mercadosdespués de la hora de cierre.

Diurna: de las 06 a las 22hrs.

Horario de salida y perma-nencia: podrán permanecer ovolver a entrar al mercadohasta dos horas después de lahora de cierre.

Nocturna: de las 20 a las06 hrs. del día siguiente.

Mixta: de las 15 a las 24 hrs.

Para quienes comercienfuera de espectáculos pú-blicos: una hora antes delcomienzo y una hora antesdel cierre.

Como se observa en el cuadro anterior, la delimitación temporal me-nos flexible para comerciar en el espacio público cae directamente sobreaquellos comerciantes que no se encuentran en el interior de los merca-dos, sino que deambulan en las calles. Para ellos se creó, entonces, un ré-gimen especial que anula los beneficios de estar en el interior del merca-do, tales como la posibilidad de heredar el lugar, y los intercambia poruna serie de restricciones y controles que van más allá del entorno inme-diato del mercado.

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2. El espacio exterior

En el exterior del mercado, el espacio se divide de manera totalmentedistinta. Por una parte se establece una zona de tolerancia que reconoceel poder de los mercados como espacio de concentración interior y atrac-ción para los comerciantes callejeros.27 Por la otra, se divide artificial-mente al espacio urbano, entre estas zonas de tolerancia y la serie inde-terminada, y por ello incontrolable, de espacios donde los comerciantespueden deambular para ejercer su actividad, para lo que se establecentres categorías generales que incorporan el contenido de la Ley de Ha-cienda del Distrito Federal que, como expusimos en el apartado anterior,había servido como base para mejorar el sistema de recaudación fiscal enlas calles durante la década de los cuarenta.

CUADRO 14. CATEGORÍAS DE TRABAJADORES Y COMERCIANTES

UBICADOS AL EXTERIOR DE LOS MERCADOS PÚBLICOS

Comerciante ambulante A

Quienes hubiesen obtenido el empadronamiento necesario para ejercer el co-mercio en lugar indeterminado y para acudir al domicilio de los consumidores.

Comerciante ambulante B

Quienes ejerzan el comercio en lugar indeterminado y no se encuentren dentrode los supuestos señalados por la categoría anterior.

Otros

Los cirqueros, operadores de aparatos mecánicos, juegos recreativos y permi-tidos que funcionen en la vía pública o en predio de propiedad del Departa-mento del Distrito Federal.

Sin embargo, el mayor indicio de que las autoridades crearon un régi-men especial para los comerciantes callejeros se encuentra en los requisi-tos para obtener la licencia que autoriza el comercio en el espaciopúblico.

COMERCIO, CALLES Y MERCADOS EN LA CIUDAD DE MÉXICO 129

27 Una delimitación espacial llamada zonas de mercados y que es definida como lasadyacentes a los mercados públicos y cuyos límites sean señalados por el departamentode Mercados de la Tesorería del Distrito Federal. Artículo 3o. Reglamento de Mercadospara el Distrito Federal, 1o. de junio de 1951.

Para aquellos susceptibles de ser localizados por las autoridades me-diante su disposición a abandonar las calles y ocupar un lugar en los mer-cados, los requisitos sólo consistieron en llenar una solicitud, acreditar ha-ber nacido en México, tener capacidad jurídica y obtener una autorizaciónsanitaria. Para quienes deseaban seguir en las calles no sería suficiente sudisposición de empadronarse para obtener el permiso correspondiente, si-no que deberían presentar una constancia expedida por la jefatura de poli-cía del Distrito Federal sobre antecedentes penales, una ficha dactiloscópi-ca expedida por la misma jefatura y tres retratos.

A partir de esta distinción marcada por el espacio asignado, al interioro al exterior del mercado, el Reglamento de 1951 constituyó un ordenparalelo, ya no se enfocado en la dimensión micro del espacio de concen-tración de los comerciantes, sino que establecería un conjunto de espa-cios vedados para el comercio en las calles de la ciudad de México, altiempo que introdujo una serie de supuestos amparados por el interés pú-blico.28

En términos espaciales, el Reglamento respetó las zonas de toleranciacomo el espacio intermedio que conecta las relaciones sociales desarro-lladas en el interior y en el exterior del mercado, y que permitían contro-lar a quienes se situaban en el entorno del mismo, por lo que admitía la

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28 Los alcances de este tipo de conceptos jurídicos indeterminados excede los límitesde la presente investigación. Sin embargo, es importante precisar que la concepción delinterés público que se presenta en el Reglamento de Mercados de 1951 puede ser vistacomo un medio para restringir el uso y función de las calles de la ciudad de México enrazón de un criterio flexible que permita, por un lado, beneficiar a aquellas actividadesque se habían integrado plenamente al sistema corporativista (tales como los voceadores)y, por el otro, legitimar el retiro de una serie indeterminada de comerciantes ambulantes,todo bajo un marco discrecional que de no ser denunciado ante las autoridades jurisdic-cionales, resulta en la posibilidad de que el acto administrativo se convierta en un abusode autoridad. Lectura que coincide con el carácter amplio del interés público como con-cepto jurídico indeterminado que se origina por la aplicación imprecisa e indeterminadade la ley, y que refiere a un cálculo estratégico y previsor de situaciones futuras que ten-drán que concretarse en el momento de su aplicación y que resultarán en delimitaciones,limitaciones o controles sobre la población y sobre el acto administrativo. Adicionalmen-te, es necesario recordar que de acuerdo con investigaciones recientes sobre la formacióndel estado “lo que tales categorías posibilitan es una manera de analizar prioridades polí-ticas que vuelve inexpresable mucho de lo que se vive como problemas políticos” Corri-gan, Philip, Harvei Ramsey y Derek Sayer, “The State as a Telation of Production”, enCorrigan, Philip (comp.), Capitalism, State Formation, and Marxist Theory, Londres,Quartet Books, 1980, pp 17-19.

instalación de cualquier cantidad de comercios siempre y cuando noconstituyeran un estorbo para el tránsito de los peatones en las banque-tas, para el tránsito de los vehículos en los arroyos, ni para la prestacióny uso de servicios públicos.29

Pero fuera de esta zona de tolerancia, el Reglamento prohibió el ejer-cicio del comercio en una serie de espacios que concentran consumidoresfallidos, como los cuarteles, edificios de bomberos, escuelas, centros detrabajo, templos religiosos, las puertas de los mercados públicos, pulque-rías y piqueras, camellones de las vías públicas y en los prados de vías yparques públicos, así como en el Primer Cuadro de la ciudad de México.

Así, el conjunto reglamentario expuesto incorporó, progresivamente,la práctica común de los comerciantes ambulantes de concentrarse en elentorno de los mercados, para constituir zonas de tolerancia del comerciocallejero dentro de la ciudad y, por otra parte, restringió las posibilidadesde que trabajadores, funcionarios públicos, estudiantes, creyentes y vi-ciosos consumieran cualquier producto en las calles. Estrategia que re-presentó, en conjunto, un nuevo orden para las calles de la ciudad de Mé-xico, para el que ya no sería suficiente restringir la movilidad de loscomerciantes, sino también las opciones de compra de los consumidoresfallidos.

En resumen, las disposiciones y restricciones espaciales prescritas enel Reglamento de 1951 constituyeron dos espacios materiales (interior yexterior del mercado) estructurados por formas distintas para regular y ad-ministrar el comercio popular en la ciudad de México, en función de doscriterios: la movilidad de los comerciantes y la capacidad de las autorida-des para decidir discrecionalmente quién podría estar dentro y fuera dedichos espacios.

III. LA MATERIALIZACIÓN DE LOS ESPACIOS JURÍDICOS (1950-1960)

La materialización de los espacios prescritos en el Reglamento de1951 coincidió con la aparición de una figura emblemática para la histo-ria local de la ciudad de México, Ernesto P. Uruchurtu, quien fungió co-mo regente del Departamento del Distrito Federal desde 1952 hasta 1964y se había caracterizado, durante las décadas de los treinta y los cuarenta,

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29 Bomberos, drenaje, aguas potables, transporte, electricidad, teléfonos, etcétera.Artículo 63, Reglamento de Mercados para el Distrito Federal, 1o. de junio de 1951.

por combatir contra las clases que, en su opinión, ocupaban ilegalmenteun espacio en la sociedad.30

Probablemente esta actitud de Uruchurtu frente a los grupos socialesque subsistían al margen de la ley haya oscurecido su papel como el con-tinuador, más laborioso, de la política de construcción de mercados delDistrito Federal. Es cierto que el periodo del entonces regente capitalinose caracterizó por la aplicación constante de métodos brutales para mo-dernizar a la ciudad, entre los que encontramos el hostigamiento, las de-tenciones ilegales y la violencia física contra comerciantes callejeros y,particularmente, los invasores de terrenos cuya ocupación fue constante-mente perseguida para proteger los límites que el “regente de hierro” ha-bía impuesto sobre el espacio de la ciudad de México, para satisfacer alas clases medias.31

Los esfuerzos de Uruchurtu para satisfacer a las clases medias consis-tieron, entre otras cosas, en proteger a los pequeños tenderos y comer-ciantes establecidos a través de un sistema de patrullaje activo de las ca-lles de la ciudad en busca de vendedores ambulantes que laboraban en elcentro y, como siempre, competían con los negocios locales. Así, mu-chos ambulantes eran “limpiados” de las calles, expulsados a la fuerzapor vender sin licencias o credenciales apropiadas;32 pero otros, proba-blemente los más organizados, se resistían a tales acciones. Dos casosilustran esta situación.

Para los comerciantes ambulantes organizados, pero aún no integradosa la CNOP, la estrategia consistió en confrontar directamente al regente,ya sea a través de la ocupación insistente de las calles, a pesar de los ries-gos que ello implicaba, o mediante la ocupación de las oficinas del De-partamento del Distrito Federal. Muestra de esto es que el 17 de diciem-bre de 1952, unos cuantos días después de que iniciara el mandato deUruchurtu, dos mil comerciantes ambulantes ocuparon las oficinas del

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30 Uruchurtu se había hecho de un nombre durante las décadas de 1930 y 1940 com-batiendo a los coyotes (traficantes ilegales) y protegiendo a las fronteras de México con-tra la llegada de inmigrantes ilegales que entraban al país huyendo de la pobreza, la per-secución política o, en el caso de los judíos, de los pogromos de Europa. En respuesta atales acusaciones, Uruchurtu respondió que sólo trataba de impedir que México se “con-virtiera en la letrina del mundo”. Davis, Diane, El Leviatán Urbano: La ciudad de Méxi-

co en el siglo XX, México, Fondo de Cultura Económica, 1999, pp. 184 y 185.31 Cross, John, op. cit., nota 6, p. 96.32 Davis, Diane, op. cit., nota 31, p. 201.

Departamento del Distrito Federal para protestar en contra de una ordenadministrativa que prohibía el comercio callejero en las calles de la ciu-dad.33 Así las cosas, el director de la Oficina de Mercados se vio obliga-do a buscar personalmente espacios temporales donde situar a los comer-ciantes y, unos cuantos días después, el Departamento del DistritoFederal tuvo que recurrir a una fórmula vieja: tolerar el comercio ambu-lante hasta que se construyeran lugares donde alojarlo.34

Para los comerciantes organizados integrados a la CNOP, el caminoera físicamente menos frontal, pues si no podían reivindicar su derecho acomerciar en las calles a través de la ocupación de las oficinas del Depar-tamento del Distrito Federal, sí podían ejercer sus derechos como habi-tantes de la ciudad y como miembros de diferentes organizaciones veci-nales para demandar los servicios urbanos que las autoridades lesnegaban, lo que los convirtió en el grupo más activo y beligerante de laCNOP; movimiento que ponía en riesgo la estabilidad del regente, quienintentó resolver el problema a través de la fragmentación de las clasesque formaban la CNOP.35

Las autoridades, y con ellas Uruchurtu, no tardaron en entender queambas soluciones eran momentáneas y peligrosas. Por una parte, porquevolver a tolerar la presencia de los comerciantes ambulantes en las callesponía en entredicho la capacidad del gobierno local para mantener unapolítica que, rápidamente, ganó simpatías entre los sectores medios yaltos de la ciudad.

Y, por la otra, porque gobernar en función de las clases medias cuestio-naba los alcances del partido oficial como representante de los sectores po-pulares de la ciudad, particularmente de los trabajadores no asalariados ylos comerciantes ambulantes “que no tenían acceso a la federación laboraldel partido, aunque fuesen una prueba de que la política mexicana [y losobjetivos de la revolución] no funcionaban igualmente para todos”.36

COMERCIO, CALLES Y MERCADOS EN LA CIUDAD DE MÉXICO 133

33 Originalmente la orden prohibió el comercio sólo en las calles del centro, pero unasemana después la restricción se amplió para incluir todas las calles. Cross, John, op. cit.,nota 6, p. 99.

34 Excélsior, 18 de diciembre de 1952.35 Uruchurtu decidió entonces eliminar prácticamente la Comisión de Planificación,

revivir al casi difunto Consejo Consultivo y crear una sombra de la CNOP que represen-tara a las clases medias a través de la distribución de los cargos del Consejo Consultivoentre diferentes empresarios (Davis, Diane, op. cit., nota 31, p. 202).

36 Ibidem, p. 201.

A diferencia de lo ocurrido al inicio de la administración de Uruchur-tu,37 la nueva estrategia consistió en explotar al máximo el Reglamentode Mercados de 1951. En primer lugar, se echó a andar un programa paraconstruir espacios cerrados donde concentrar a los comerciantes calleje-ros y, en segundo lugar, se reorganizó la Oficina de Mercados, todo enfunción de dos criterios.

Por una parte, se trataba de ofrecer a los comerciantes ambulantes unintercambio entre la peligrosidad de las calles y los beneficios de despla-zarse hacia una serie de espacios financiados por el Estado y que les se-rían rentados a un costo simbólico.38 Por la otra, se trataba de generar unsistema diferenciado de distribución espacial de los mercados, para queen el centro se alojaran aquellos comerciantes con más tiempo en las ca-lles y con negocios más rentables y que en la periferia se concentraranlos comerciantes más pequeños y con negocios menos prósperos.

Bajo este esquema, entre 1953 y 1964 más de 55 mil comerciantesambulantes fueron desplazados de las calles hacia espacios cerrados deconcentración. Tan sólo en La Merced, un espacio tradicional de venta alaire libre, se construyó un mercado con capacidad para alojar a 6,727ambulantes; en Tepito, zona donde se habían concentrado los baratillosdesde finales del siglo XIX y principios del XX, se reacondicionaron di-ferentes mercados ya construidos y se realizaron más obras para alojar entotal a 4,488 vendedores.

El caso del rumbo comercial de La Lagunilla es, probablemente, elmás ejemplificativo del impacto que tuvieron estas transformaciones enla conformación espacial del centro de la ciudad de México. Así, el mer-cado de Santa Catarina, llamado tradicionalmente de “La Lagunilla”, fueremplazado por un conjunto de cuatro edificios: el primero, para semi-llas, legumbres, frutas, pescados y aves, en la calle de Libertad y Calle-jón de San Camilo (140 puestos); el segundo, para ropa y telas, delimita-do por las calles de Rayón, Allende, Ecuador y Callejón de la Vaquita

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37 Que como señalamos se utilizaba la facultad de la autoridad para dictar actos ad-ministrativos sin recurrir al Reglamento de Mercados.

38 Además a través de la revisión de diferentes expedientes alojados en el ArchivoHistórico de la Ciudad de México hemos constatado que otros beneficios consistieron enla dotación de refrigeradores, balanzas, vigilancia, agua, luz y el acondicionamiento delos baños y los sistemas de refrigeración para resguardar en buen estado la mercancía.Departamento del Distrito Federal: obras públicas. No. de caja 88. (2) Reparación demercados. (3) Informes 1959.

(499 puestos); el tercero, para muebles y demás utensilios del hogar, enlas calles de Allende, Honduras y Paraguay (343 puestos), y, el cuarto,una zona de puestos ubicada en Libertad y Comonfort.39

El cambio fue de tal magnitud que, incluso, en los informes anualesdel entonces presidente, Adolfo Ruiz Cortines, la construcción de merca-dos se convirtió en un dato cotidiano y relevante. En su informe del 1o.de septiembre de 1955, el presidente refirió: “Trece nuevos mercados es-tán concluidos y poniéndose en servicio, para alojar cinco mil locatariosque estaban en mercados impropios o en las calles. Se construyen sietemás”. En el de 1956 informó:

...se terminaron 12 nuevos mercados y, en el transcurso del presente año,se concluirán siete más, con costo total de 55 millones de pesos. Para sus-tituir el viejo mercado de La Merced, que constituye un viejo problema ur-bano y de sanidad, se ha iniciado la construcción de tres grandes merca-dos, habiéndose adquirido los predios necesarios en 28 millones de pesos.En otras zonas de la ciudad se han adquirido predios para mercados porvalor de nueve millones. Todos los nuevos mercados se están dotando, co-mo en 1954-1955, de guarderías infantiles.40

En general, entre el segundo año de gobierno de Uruchurtu y los dosaños siguientes a su renuncia, 174 mercados fueron construidos y recons-truidos para incrementar en más de 395% la cantidad de mercados en laciudad de México. La gráfica siguiente, aunque sólo abarca hasta el pe-riodo de 1991, es una muestra de que la labor fue inmensa e incompara-ble.

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39 Vázquez, Ignacio, op. cit., nota 22, p. 82.40 Ibidem, p. 88.

GRÁFICA 4. AMBULANTES CONCENTRADOS EN ESPACIOS CERRADOS

DE VENTA POR PERIODO PRESIDENCIAL, 1953-199141

Para algunos autores,42 este proceso terminó por someter a las organi-zaciones de comerciantes ambulantes a la corporativización dentro delsector popular del Partido Revolucionario Institucional (PRI). Pero noso-tros consideramos que este proceso fue posible porque el mismo Regla-mento de 1951 ofreció una base normativa para ello, en otras palabras, setrató de un proceso de institucionalización del ambulantaje que encontróen el derecho un medio viable de operación.

El Reglamento de Mercados establecía la posibilidad de que los co-merciantes ambulantes se organizaran en asociaciones que serían recono-cidas por las autoridades, siempre y cuando reunieran a cien agremiados.Organizaciones que deberían ser respaldadas por un notario público yque, en conjunto, podrían llegar a centralizarse en federaciones (más deveinte organizaciones) y confederaciones (veinte asociaciones), estructu-ra que terminaría por agregar a más de 40 mil comerciantes.43

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41 Gráfica de elaboración propia a partir de: Departamento del Distrito Federal (DDF),Directorio de mercados públicos y concentraciones, documento interno inédito, 1991.

42 Cross, John, op. cit., nota 6.43 Capítulo VI, Reglamento de Mercados de 1951.

A través del diseño organizativo expuesto, las autoridades repartieron losespacios disponibles en los nuevos mercados entre las organizaciones quereunían más de cien miembros, de acuerdo con Cross, a cambio de que seafiliaran al PRI y apoyaran las movilizaciones y acciones de dicho parti-do en la capital.44

La coincidencia entre las fechas de inauguración de los mercados y lasjornadas electorales parece un indicio que refuerza esta práctica, pues 78%de los comerciantes concentrados en los mercados recibió sus locales du-rante los dos últimos años del mandato del ex presidente Ruiz Cortines,mientras que el 61% lo hizo durante los dos últimos años del periodo deDíaz Ordaz. Tendencia que cambió durante los periodos posteriores almandato de Uruchurtu.

GRÁFICA 5. PORCENTAJE DE COMERCIANTES CONCENTRADOS

EN MERCADOS POR PERIODO SEXENAL (1953-1988)45

La coincidencia, entre los momentos de entrega de mercados y los úl-timos dos años de cada administración iniciada por Uruchurtu, es clara eindiscutible. Pero esta lectura sólo demuestra un uso tangencial de la re-

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44 Cross, John, op. cit., nota 6, p. 105.45 Gráfica de elaboración propia a partir de Cross, John, op. cit., nota 6, p. 106.

gulación del espacio público que, aunque nos permite comprender el pro-ceso de implementación del Reglamento de Mercados, no explica cómoeste proceso de creación de espacios cerrados cambió, en algún sentido, eluso de las calles de la ciudad de México y su relación con los ambulantes.

IV. A MODO DE CONCLUSIÓN: LOS EFECTOS DEL MERCADO

La construcción sistemática de mercados, llevada a cabo a mediadosde siglo XX, representó uno de los cambios espaciales de más largo al-cance en la ciudad de México, puesto que implicó la sustitución de losespacios abiertos de venta por mercados modernos, prefabricados, admi-nistrados por el gobierno;46 pero también porque representó un cambiotrascendental en la forma en que los ambulantes se relacionarían al inte-rior y al exterior con las autoridades y, particularmente, con la ciudad enconjunto.

Al interior, los comerciantes tuvieron que adaptarse a una serie de res-tricciones y prácticas de venta que, en conjunto, incrementaron la com-plejidad de vender. El hecho de que el Estado administrara los mercadosimplicó la restricción del tamaño de los puestos y las horas de trabajo, loque claramente limitó el provecho que los vendedores obtenían en lascalles.

Adicionalmente, y aunque uno de los sustentos del proyecto era redu-cir los costos de intermediación entre los productores y los vendedores,47

lo cierto es que progresivamente estas relaciones se hicieron más com-plejas a tal grado que, en espacios como La Merced,48 llegaban diaria-mente hacia finales de 1970 y principios de 1980 más de 5 mil camionesde carga con más de 13,400 toneladas de alimentos, que requerían demás de 3 mil empleados fijos que atendieran los negocios y más de 10mil trabajadores no asalariados que transportaran la mercancía.

Para los ambulantes, que eran representados por cinco federacionesque reunían a más de 4 mil comerciantes,49 la complejidad de insertarse a

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46 Eckstein, Susan, El Estado y la pobreza urbana en México, México, Siglo XXI,1999, p. 67.

47 Idem.48 Probablemente la mayor representación de los mercados construidos en la época.49 Lo que implica que los ambulantes eran el segundo grupo más representativo de

La Merced, sólo detrás de los carretilleros (6,000).

este sistema fue tal que terminaron por relegarse a la venta de ropa, “fa-yuca”, baratijas, alimentos, talismanes y refacciones mecánicas que lesretribuían alrededor de 400 o 500 pesos diarios. Las grandes gananciasquedaron rápidamente reservadas para aquellos quienes contaban con uncapital suficiente para acaparar la venta de alimentos.50

Los ambulantes que dormían en puestos instalados en las calles y queen algún momento recibieron un lugar en los mercados, se quedaron sinhogar, por lo que tuvieron que trasladarse a la periferia de la ciudad don-de se habían constituido asentamientos ilegales, en ocasiones con laaprobación de las autoridades,51 lo que incrementó los tiempos y el es-fuerzo de desplazarse desde el hogar al trabajo, y, aunque la seguridad yla higiene mejoró, muchas calles quedaron despobladas, al tiempo que unnuevo orden policiaco y administrativo se instauraba.

Los comerciantes que no aceptaron o no pudieron ingresar a los mer-cados tuvieron que hacer frente a un sistema policiaco enteramente nue-vo, violento y descaradamente represivo:

Entonces, a los que se nos dejó fuera nos quedamos para sufrir: 36 horas,15 días, arrastres, patadas, golpes…Nos dejaban 36 horas en la cárcel, y alos niños los enviaban al orfanatorio…Muchos de los vendedores no ha-bían estado en prisión, pero tuvieron que conocerla por ser comerciantes,por ganarse la vida de manera honrada.52

Para los que sí aceptaron las cosas no fueron distintas. Los mercadoseran administrados, en su mayoría, por policías jubilados y, a pesar deque las calles eran constantemente patrulladas ni la seguridad en el entor-no y ni dentro de los mercados estaba garantizada, pues quienes iban abordo de las patrullas estaban dispuestos a todo, a asesinar a cualquierinfractor que se resistiera al arresto,53 a imponer violentamente la leysiempre y cuando no hubiera un soborno de por medio.54 En síntesis, al-

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50 Castillo, Héctor, “El mercado de La Merced antes del cambio”, Revista Mexicana

de Sociología, vol. 45, núm. 3, 1983, pp. 857-875.51 Eckstein, Susan, op. cit., nota 46, p. 67.52 Extractos de entrevista realizada a Guillermina Sánchez Rico tomada de Cross,

John, op. cit., nota 6.53 Amparo directo 1191/60. J. Jesús Gómez Muñoz. 21 de junio de 1960.54 El soborno, o más comúnmente la mordida, ha sido caracterizada por diferentes

autores como una práctica inherente y constitutiva de la regulación del espacio públicode la ciudad de México. Se trata de una relación entre las autoridades y los gobernados

gunos ambulantes fueron retirados de las calles y, con ellos, algo del es-pacio público cambió; sin embargo, los comerciantes regresarían poco apoco a las calles.

En primer lugar porque, a partir de la década de los setenta, las auto-ridades comenzaron a sustituir la construcción de mercados por la auto-rización de diferentes concentraciones abiertas de vendedores ambulan-tes, o tianguis sobre ruedas, localizados en las zonas más pobres de laciudad. Práctica que a principio de la década de los ochenta superó el nú-mero de comerciantes desplazados hacia los mercados públicos.

En segundo lugar, porque el ritmo acelerado de construcción de mer-cados era insostenible. Constantemente surgían nuevos comerciantes quenecesitaban encontrar un sustento en las calles y el costo de patrullaje delas calles y construcción y mantenimiento de los mercados era demasia-do alto. Tan sólo entre 1953 y 1958 se gastaron 350 millones de pesos enla construcción y acondicionamiento de casi 90 mercados,55 cada reacon-dicionamiento significaba, para las autoridades locales, un gasto prome-dio de 270 mil pesos56 y lo cierto es que si el principio de esta transfor-mación hubiese sido netamente electoral, la estrategia no logró reducirsignificativamente ni la oposición ni el abstencionismo de los habitantesfrente al partido oficial.57

En tercer lugar, porque estar dentro del mercado implicó, para los am-bulantes, someterse a una disciplina distinta, marcada por una distribu-ción del espacio que rompía sus prácticas cotidianas a través de la sepa-ración y distanciamiento de los espacios habitacionales y laborales,mediante una distribución del espacio laboral en términos de bienes si-milares y trazas fiscales que no respetaba la temporalidad y solidaridadde las relaciones que generadas en las calles y, principalmente, por unproceso de desplazamiento de los comerciantes ambulantes como agentes

LEGALIDADES PÚBLICAS140

que, de acuerdo con diversos autores, se convirtió en un elemento importante en la defi-nición y orientación de las políticas urbanas del Distrito Federal que entre 1940 y 1950comenzó a institucionalizarse y se volvió parte de la estructura de gobierno y de las prác-ticas políticas, a pesar de que en las plataformas de campaña y en el ejercicio del gobier-no los funcionarios siempre se plantearon como meta abatir la corrupción e impulsar pro-gramas de moralización de la administración pública”. Eckstein, Susan, op. cit., nota 46,p. 68.

55 Cross, John, op. cit., nota 6, p. 107.56 AHDF. Departamento del Distrito Federal: obras públicas. No. de caja 88. (2) Re-

paración de mercados. (3) Informes 1959.57 Davis, Diane, op. cit., nota 30, apéndice C.

centrales en los puntos de venta en manos de los acaparadores, los líderesde las organizaciones y, como vimos en el caso de La Merced, otro tipode trabajadores no asalariados para quienes además se creó un régimenjurídico que les otorgaba el uso casi exclusivo de las calles como espaciolaboral.58

Más allá de los recuentos que se puedan establecer sobre los éxitos yfracasos de la regulación del espacio público de la ciudad de México enrelación con los vendedores ambulantes, queremos destacar que a partirde la década de los cincuenta algo cambió en la forma en que las autori-dades locales y los comerciantes callejeros se relacionaban.

En cierta medida, este cambio podría ser interpretado como una con-secuencia de los planes del partido oficial por corporativizar a toda la so-ciedad, pero nosotros pensamos que el cambio más importante se dio co-mo consecuencia de un proceso institucional de reconocimiento delespacio y la población gobernada que era necesario para instrumentarnuevas burocracias con la autoridad y la continuidad suficiente para in-cluir una serie de prácticas sociales que, hasta entonces, habían permane-cido invisibles y a las que era importante identificar para gobernar a laciudad ya no como un conjunto de aspectos aleatorios, sino en funciónde un espacio marcado por la densa convivencia.

La historia ulterior confirma, en lo esencial, un proceso de instituciona-lización progresiva de las calles ocupadas por el trabajo y el comercio ca-llejero, correlativa a la institucionalización de todos los espacios públicos.Incluso, y sobre todo, cuando el Estado sale de su papel indirecto de con-trol y arbitraje para intervenir directamente: sea para prohibir el trabajo enlas calles o para mejorar las condiciones laborales de la población que co-mercia en las calles. Se trata, siempre, de momentos particulares que cam-bian la estructura física y social de la ciudad.

Dentro de esta dinámica, el análisis realizado nos ha permitido identi-ficar el punto conclusivo de una pretensión presente, por décadas, en lavoluntad de la autoridad administrativa del Distrito Federal: la asigna-ción de un espacio concreto para desplazar a los comerciantes de lascalles.

COMERCIO, CALLES Y MERCADOS EN LA CIUDAD DE MÉXICO 141

58 Al respecto véase los artículos 4o. y 5o. del Reglamento para los Trabajadores NoAsalariados del Distrito Federal. Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 2 demayo de 1975.

En este sentido, el periodo estudiado fue, ciertamente, importante enla construcción del espacio público actual que conocemos, no sólo por-que refleja el reconocimiento institucional de una estructura de clasesmás amplia que los sectores obreros y campesinos, sino también porquea lo largo del tiempo se les asignó un lugar concreto a los vendedoresambulantes, a pesar de negárseles el derecho de trabajar en las calles.

A través de la ejecución del Reglamento de Mercados de 1951 se ma-terializaron una serie de divisiones físicas del espacio que, al mismotiempo, crearon jerarquías propias para transformar la realidad socialde las personas que comercian en las calles pues, como sostiene Anto-nio Azuela, a partir del Reglamento de Mercados ya no se reguló ex-clusivamente al comercio ambulante, sino también al comercio fuerade los mercados.59 Ello no eliminó el comercio callejero, lo que hizofue marginarlo.

LEGALIDADES PÚBLICAS142

59 Azuela, Antonio, “Fuera del huacal, aún en la calle. El comercio y el espacio pú-blico en el centro de la ciudad”, Trace-Centre Francais d’Etudes Mexicaines et Centra-

méricaines, 1990, p. 21.

CAPÍTULO QUINTO

CERCANDO ESPACIOS, ABRIENDO FISURAS:HISTORIAS DE CONTROL Y CUESTIONAMIENTO

EN LAS CALLES DE LA CIUDAD DE MÉXICO (1950-1970)

A lo largo del recuento de hechos hasta aquí realizado, ha sido posibleobservar los rasgos generales del orden urbano impulsado por las admi-nistraciones del Distrito Federal, que cruzaron la primera mitad del sigloXX. Se trataba de un orden corporativo, integrado por diferentes grupossociales cuyo principal rasgo de distinción eran el espacio y las ocupa-ciones en torno a las que se aglomeraban.1 La separación entre indivi-duos y sociedad parecía inconcebible. Los individuos sólo tenían signifi-cado en la medida en que lograban relacionarse con una colectividad yun espacio determinado, eran habitantes de un vecindario, miembros deuna organización o de un oficio.

Tal fue el caso, como hemos visto, de los trabajadores callejeros aquienes la autoridad comenzó a reconocer oficialmente con base al tipode trabajo que desempeñaban, y a los espacios públicos que ocupaban;pero también de una buena parte de la población que habitaba el DistritoFederal. Los clientes asiduos a pulquerías y cantinas eran sospechosos derobo, también lo eran los vecinos del área, el rumbo y la práctica socialdefinía las colectividades que habitaban la ciudad y sus cárceles. La eje-cución de la ley, entonces, estaba condicionada por el contexto.

Las espacialidades constituidas por la forma en que las clases popula-res se apropiaban del espacio —herraduras de tugurios, zonas de merca-dos o rumbos del trabajo callejero— adquirieron, durante este periodo,un carácter peligroso y, con ellas, los agentes que interactuaban en su in-terior fueron rápidamente catalogados como sujetos predispuestos cultu-

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1 Eckstein, Susan, El Estado y la pobreza urbana en México, México, Siglo XXI,1999, p. 248.

ralmente a quebrantar las normas. De tal suerte, comenzaría a constituir-se una representación dual del espacio urbano —la ciudad legal y laciudad ilegal; la ciudad formal y la ciudad informal—. Como señalaFrançois Tomas, es posible que la mayor parte de estas espacialidadesdieran cuenta de la yuxtaposición o superposición de intervenciones nocoordinadas o contradictorias de actores sociales diferentes.2 Pero, entodo caso, la ilegalidad parecía estar claramente espacializada y estrati-ficada.

No obstante, en el centro de este orden urbano aparentemente sempi-terno, comenzaron a desplegarse cambios jurídicos que exigieron, tanto ala autoridad como a la población, el desarrollo de estrategias socio-espa-ciales propias de adaptación y articulación, para mantenerse en el “juegourbano”, sin necesidad de ceder por completo las calles. Estos cambios,transitaron desde las intenciones oficiales por desarticular los usos y fun-ciones populares del Primer Cuadro, hasta la creación de legislacionesconcretas destinadas a regular oficios y trabajos urbanos específicos. Nohubo grandes sobresaltos, pero una pregunta pendiente es si este conjun-to de cambios legales produjeron combinaciones y transformacionesidentificables, o no, en la manera en que se relacionaba la población quesubsistía en las calles de la ciudad de México, con el derecho y lasautoridades.

I. EL COMERCIO EN ZONAS PROHIBIDAS: HISTORIAS DE CONTROL

Y EVASIÓN A LA AUTORIDAD

Una característica de los gobiernos urbanos, a lo largo del siglo XX,consistió en desarrollar un orden administrativo con el objetivo de sim-plificar el espacio y la sociedad.3 Una tendencia similar siguieron las ad-ministraciones de la ciudad de México que se sucedieron al término de larevolución.

Desde la década de los treinta, una de las estrategias regulatorias másimportantes a través de las cuales la autoridad buscó combatir y controlar

LEGALIDADES PÚBLICAS144

2 Tomas, François, “La ciudad y las estrategias socioespaciales”, Revista Mexicana

de Sociología, vol. 56, núm. 4, 1994, p. 224.3 Scott, James, Seeing like a State: How Certain Schemes to Improve the Human

Condition Have Failed, New Haven, Yale University Press, 1998, pp. 4-7.

el comercio ambulante, fue a través de la determinación de espacios con-cretos en los que la población estaba impedida para ejercer, cotidiana-mente, su derecho a trabajar y comerciar en las calles.

En principio, esta estrategia regulatoria operó, casi de manera exclusi-va, en el Primer Cuadro de la ciudad de México, y en espacios cercanos acomercios establecidos, con el fin aparente de proteger el tránsito y lacompetencia económica. En su momento, los ministros de la SupremaCorte de Justicia de la Nación validaron esta estrategia espacial de regu-lación, al señalar que el objetivo principal del Reglamento era facilitar eltránsito en el Primer Cuadro de la ciudad y que su aplicación interesaba ala sociedad, sin ocasionar perjuicios a los comerciantes ambulantes: ya

que éstos podían ejercer su comercio en cualquier otro lugar, distinto

del indicado Primer Cuadro.4

Sin embargo, a pesar de los buenos augurios judiciales, conformeavanzó el tiempo, este tipo de estrategias espaciales de regulación co-menzaron a proliferar, de tal suerte que para 1934, al menos en términosde rumbos del comercio popular, el espacio de la ciudad de México seencontraba distribuido en 37 mercados, 24 zonas de mercados, 20 zonasde protección, y un número aún indeterminado de zonas de recaudación.Y, ya para la década de los cincuenta, cada uno de los mercados hastaentonces construidos y proyectados contaba con una zona de tolerancia.5

En todos estos casos, las autoridades administrativas tomaron un con-junto de prácticas sociales excepcionales, complejas, locales e ilegibles,y buscaron crear una cuadrícula estandarizada para que dichas prácticaspudieran ser centralizadas, registradas y supervisadas.6 El cuadro si-guiente es una representación de esta distribución espacial del centro dela ciudad de México, a mediados de siglo XX, y que muestra una red de lu-gares restringidos para el comercio ambulante (véase cuadro 15).

De una u otra forma, este proceso continuo de transformación jurídi-co-espacial, naturalizó y, de hecho, incrementó la existencia de zonasrestrictivas para el ejercicio cotidiano de la libertad de comercio; confi-gurándolas como lugares en donde la población podía ser privada admi-nistrativamente de su libertad, por comerciar sin el permiso o la autoriza-ción correspondiente.

CERCANDO ESPACIOS, ABRIENDO FISURAS 145

4 Véase el capítulo II de este documento.5 Véase el capítulo IV de este documento.6 Scott, James, op. cit., nota 4, p. 2.

CUADRO 15. LOS MERCADOS DEL CENTRO DE LA CIUDAD DE MÉXICO

(1950-1960)

Así, comenzó a estructurarse una representación diádica de las callesdel Distrito Federal. Por una parte, una ciudad en donde el retiro de co-merciantes callejeros sería visto por las clases medias como la materiali-zación de la buena voluntad y el buen trabajo realizado por la autoridadadministrativa. Por la otra, una ciudad en donde la población que comer-ciaba y trabajaba en las calles, debía arreglárselas en el día a día paramantener sus medios de subsistencia.

Los párrafos siguientes buscan explicar las dimensiones y característi-cas generales de este proceso. En primer lugar, se analiza, a grandes ras-gos, las características de la población detenida, durante la década de loscincuenta, por comerciar en zonas prohibidas en la ciudad de México; asícomo los castigos que enfrentaban por ello. En segundo lugar, se intenta

LEGALIDADES PÚBLICAS146

construir una explicación sobre los efectos que tuvo este proceso en laconfiguración de prácticas y estrategias desplegadas por la población quecomerciaba en las calles para evadir a la autoridad, a través del análisisde información cualitativa recolectada por diversos investigadoresdurante las décadas de los sesenta y setenta.

1. El comercio en zonas prohibidas

Una muestra de 270 sujetos detenidos administrativamente, durante ladécada de los cincuenta por comerciar en “zonas prohibidas”, resulta cla-rificadora sobre el tipo de población involucrada en el comercio calleje-ro, así como de las dimensiones del castigo que debían enfrentar estoshabitantes de la ciudad de México, a mediados del siglo XX.7

CUADRO 16. SUJETOS ARRESTADOS POR COMERCIAR EN “ZONAS

PROHIBIDAS”, CIUDAD DE MÉXICO 1950 (ESTADO CIVIL Y GÉNERO)

Estado civil Sexo

Casado Soltero Viudo Hombre Mujer

55% 43% 2% 87% 13%

Como se observa en el cuadro anterior, poco más de la mitad del totalde sujetos detenidos por comerciar en zonas prohibidas declaró estar uni-do en matrimonio. Si se compara esta información con el estado civil deltotal de la población mayor de catorce años del Distrito Federal, observa-mos que la proporción de matrimonios es mayor en el caso de los comer-ciantes detenidos en zonas prohibidas, que en información censal, endonde tan sólo el 33% de la población declaró estar “casada”.8

Otro elemento que destaca en la muestra es la edad de los sujetos dete-nidos por comerciar en zonas prohibidas. La media de edad de los co-merciantes en zonas prohibidas era de 27 años. Sin embargo, este datovaría de acuerdo con el estado civil de los arrestados. De tal suerte, la

CERCANDO ESPACIOS, ABRIENDO FISURAS 147

7 La muestra fue obtenida a partir de datos contenidos en el Archivo Histórico de laCiudad de México (AHCM), fondo: Cárceles; Inventario: Cárcel de ciudad; Cajas: 71-90.

8 Cálculos propios a partir de: Dirección General de Estadística, VII Censo General

de Población, México, 1950.

edad promedio de los “casados” era de 29 años, mientras que la edadpromedio de los “solteros” era de 20 años.

La combinación de estos factores parece sugerir que, más allá de las pe-nurias y problemas comunes a los pobres urbanos, arriesgarse a comerciaren zonas prohibidas era una alternativa más considerada por sujetos mayo-res y unidos en matrimonio, que por las poblaciones más jóvenes y solte-ras. Otra posibilidad es que, para las poblaciones mayores y “casadas”,fuese más complicado evadir la acción de la autoridad, sea por el tipo demercancía comerciada o por la complejidad de moverse con una familia acuestas.

Finalmente, un dato que destaca en la muestra es el origen de los suje-tos detenidos por comerciar en zonas prohibidas. De acuerdo con esto, el54% de los sujetos arrestados había nacido en el Distrito Federal, mien-tras que el resto (46%) provenía de otras entidades federativas, predomi-nantemente ubicadas en el centro del país, tales como Guanajuato,Hidalgo, Estado de México, Jalisco o Michoacán.

GRÁFICA 6. ORIGEN DECLARADO POR LOS SUJETOS DETENIDOS

POR COMERCIAR EN ZONAS PROHIBIDAS, DISTRITO FEDERAL (1950)

LEGALIDADES PÚBLICAS148

A pesar de las limitaciones que presentan, los datos anteriores permi-ten inferir las características generales de la población detenida por co-merciar en zonas prohibidas en la ciudad de México. En general, se trata-ba de hombres casados, entre 20 y 29 años, nacidos en el Distrito Federalo provenientes del centro de la república mexicana. No sabemos cómollegaban y se organizaban estos sujetos para comerciar en las calles, peroun caso ejemplificativo de este tipo de población es el de Pedro Martí-nez, un campesino proveniente de Morelos y llegado a la ciudad deMéxico en la década de los treinta. De acuerdo con su esposa Esperanza:

Primero, Pedro y su sobrino José andaban vendiendo naranjas. Se ibantempranito. Una vez me llevó a vender. Él me iba a dar las naranjas y ape-nas puso el ayate en el suelo para contar, cuando luego luego cayó el gen-darme y nos llevaron a la comisaría porque dijo que estaba prohibido po-ner puestos de naranja en el suelo. En el camino yo lo iba regañando algendarme en mexicano, como él entiende… En la comisaría nos quitaronlas naranjas y nos corrieron. Que en la tarde fuéramos por ellas. En la tar-de nos devolvieron las naranjas y al otro día las llevamos a vender.9

Es probable que, al igual que en las décadas de los treinta y los cua-renta, hacia mediados del siglo XX las calles de la ciudad de Méxicocontinuaran presentándose como una opción viable para que familias en-teras, provenientes del interior de la República, se asentaran en la ciudad.Pero, sobre todo, que representaran una alternativa para que estas pobla-ciones complementaran el gasto familiar

No obstante, y más allá de las interpretaciones que podamos formularal respecto, lo cierto es que comerciar en zonas prohibidas era un riesgoque corría la población a cambio de un medio de subsistencia. Y el ries-go era algo demasiado inmediato y material como para ignorarlo.

De acuerdo con nuestra muestra, al comerciar en una zona prohibida,la población se arriesgaba a pagar un promedio de 299 pesos como mul-ta, o a pasar 10.5 días en la cárcel. En general, el monto de la multa seencontraba relacionado con el número de días de arresto determinado porla autoridad. De tal suerte, el máximo tiempo de arresto (15 días) seacompañaba por una multa de 500 pesos, mientras que a aquellos sujetos

CERCANDO ESPACIOS, ABRIENDO FISURAS 149

9 Lewis, Oscar, Pedro Martínez: Un campesino mexicano y su familia, México, Joa-quín Mortiz, 1970, pp. 162 y 163.

arrestados por un día, tenían la posibilidad de liberarse con una multamenor (uno o dos pesos).

La mayor parte de los sujetos detenidos por comerciar en zonas prohi-bidas prefería cumplir el arresto administrativo (51%) que pagar unamulta (24.5%). No obstante, otro tanto importante de sujetos detenidos(24.5%), era liberado por órdenes del Departamento de Mercados, sinmayor explicación. En términos estadísticos no sobresale ningún aspectocomún entre esta población que era liberada por órdenes del Departa-mento de Mercados, por lo que queda pendiente, para posteriores investi-gaciones, averiguar bajo qué criterios decidía la autoridad liberar a estossujetos.

En el caso de la población que cumplía el arresto administrativo, el34% permanecía 15 días privado de su libertad; el 24.5% se sometía 5días al arresto; y, un 17% no tenía certeza de la cantidad de días que per-manecería en esta situación.

GRÁFICA 7. SUJETOS ARRESTADOS POR COMERCIAR EN ZONAS

PROHIBIDAS EN LA CIUDAD DE MÉXICO (DÍAS)

LEGALIDADES PÚBLICAS150

En el caso de la población dispuesta a, o con posibilidades para, pagaruna multa, el 9.4% pagó 2.5 pesos; el 7.5% pagó 5 pesos; y poco menosdel 70% de los casos analizados no indica en monto de la multa. La grá-fica siguiente presenta de manera más clara esta situación.

GRÁFICA 8. PAGO DE MULTAS POR COMERCIAR EN ZONAS PROHIBIDAS,CIUDAD DE MÉXICO (PESOS)

La información anterior demuestra que los límites espaciales impues-tos por la autoridad, a través del derecho, sobre las calles de la ciudad deMéxico fueron más que simples declaraciones de voluntad escritas en unpapel. Se trataba de límites que restringían el movimiento y la libertad dela población para comerciar en las calles. Qué influencia tuvieron estoslímites sobre la vida cotidiana, y cómo se adaptó la población a vivir enesta cuadrícula apretada de límites y restricciones materiales, es unainterrogante que intenta ser resuelta en el apartado siguiente.

2. Estrategias cotidianas de evasión a la autoridad

En los estudios urbanos de la ciudad de México, uno de las dogmasmás comunes, aunque nunca documentados completamente, es que hacia

CERCANDO ESPACIOS, ABRIENDO FISURAS 151

la década de los cincuenta el orden urbano reglamentario adquirió un ca-rácter irrelevante, pues su aplicación se encontraba mediada por diferen-tes dinámicas y prácticas sociales, tales como la corrupción y la existen-cia de intercambios políticos entre la población que comerciaba en lascalles y las autoridades políticas del Distrito Federal.10

Ciertamente, una muestra de 270 sujetos detenidos parece limitada pa-ra cuestionar y revertir esa interpretación dominante y generalizada. Peroalgunos datos adicionales pueden ayudar a comprender y explicar losefectos de la ley en la vida cotidiana de los comerciantes callejeros de laciudad de México.

Como se dijo anteriormente, a partir de la transformación y reconfigu-ración continua de los límites jurídicos del espacio público de la ciudadde México experimentada entre 1930 y 1950, comenzó a estructurarseuna representación diádica de las calles del Distrito Federal. Por una par-te, una ciudad en donde el retiro de comerciantes callejeros sería vistopor las clases medias como la materialización de la buena voluntad y elbuen trabajo realizado por la autoridad administrativa. Por la otra, unaciudad en donde la población que comerciaba y trabajaba en las calles,debía arreglárselas en el día a día para mantener sus medios de subsisten-cia.

El trabajo de Oscar Lewis, basado en una etnografía de la vida cotidia-na de cinco familias en la ciudad de México de mediados del siglo XX,resulta demasiado útil para comenzar a ilustrar esta situación. Por ejem-plo, para la familia Castro, que bien podría representar una familia de laclase media,11 el entonces regente de la ciudad —que dadas las épocasbien podría decirse que fue Uruchurtu— había hecho mucho por la ciu-dad: “Mandó quitar los viejos puestos de los mercados y mandó construirmercados nuevos; y de las calles retiró a los vendedores ambulantes y alos limosneros. Mira qué bella se ve la ciudad con las flores y las fuentesque le ha puesto”.12

LEGALIDADES PÚBLICAS152

10 Véase, por ejemplo: Crossa, Verónica “Resisting the Entrepreneurial City: StreetVendors? Struggles in Mexico City´s Historic Center”, International Journal of Urban

and Regional Research, vol. 33, 2009, pp. 43-63; Cross, John, Informal Politics: Street

Vendors and the State in Mexico City, Stanford University Press, 1998.11 Lewis, Oscar, Antropología de la pobreza: cinco familias, México, Fondo de Cul-

tura Económica, 1997, p. 29.12 Ibidem, p. 300.

En contrapartida, para la familia Gutiérrez, la más pobre de las cincofamilias citadinas estudiadas por Lewis,13 la ciudad que comenzaba agestarse era otra:

Sí —dijo Julia— ‘sta muy jodida la calle. Ayer no vendí nada, nada. L’a-gua no me dejó (…) Y si no es por l’agua es el maldito agente. L’otro díale quitaron la mercancía a Yolanda y cobraron treinta pesos de multa. ¡Pe-ro les salió cola, la multa valía más de lo que valían las tuallas! Mejor ai sequedaron. No nos dejan vender. No sé qué va a pasar. Todos nosotros va-mos a morirnos de hambre.

Las habilidades de Julia para augurar el futuro fueron un completo fra-caso. La población que comerciaba en las calles hubo de arreglárselaspara continuar con sus actividades de subsistencia en el espacio público.Las mismas experiencias de Julia apuntaban a lo que sería la realidad delcomercio callejero. Por una parte se trataría de una actividad susceptiblede ser castigada y reprimida violentamente:

La presión del gobierno, amenaza siempre existente para vendedores am-bulantes había ido en aumento. Dos veces, el año pasado, Julia fue llevadaen el carro de la policía y pasó el día en la cárcel. En ambas ocasiones ha-bía tenido que pagar una multa para reclamar la mercancía confiscada.También la sorprendió vendiendo en el mercado un recaudador del gobier-no, que le exigió tres pesos por el permiso. Julia no tenía el dinero y el tra-tó de empujarla hacia afuera derribándola en un puesto de verduras. Eno-jada tomó unos tomates y se los arrojó, y en respuesta el sacó su pistola yamenazó con dispararla. La multitud se agolpó silbándole por abusar deella y advirtiéndole que no disparara. El la sacudió y empujó tan rudamen-te que le hizo trizas el vestido. Julia se defendió y finalmente escapó.14

Por la otra, la población que comerciaba y trabajaba en las calles esta-ría obligada a desarrollar estrategias propias para utilizar la vía públicacomo medio de subsistencia, evitar, en la medida de lo posible, los en-cuentros con la autoridad y, principalmente, restringir sus movimientossobre las zonas prohibidas:

CERCANDO ESPACIOS, ABRIENDO FISURAS 153

13 Ibidem, p. 28.14 Ibidem, p. 141.

Después de eso Julia evitaba los mercados y el centro, donde los policías

exigían ser cohechados con “mordidas” por los vendedores. Caminabagrandes distancias para vender sus toallas a mecánicos en tiendas y gara-jes, a los borrachos en las cantinas, y a los viandantes. Tenía que trabajarmás que antes, pero generalmente se las arreglaba para vender ciento vein-te pesos de mercancía cada vez que salía.15

Pero, para la población que comerciaba en las calles, la evasión de“zonas prohibidas” representaba algo más que trazar rutas imaginariassobre las cuales recorrer la ciudad. Se trataba, también, de un elementoque acompañado de su posterior sanción tendría un efecto reconfigurati-vo en la vida familiar y cotidiana de los pobres urbanos. Pues, tal y comoun vendedor ambulante declaró a Susan Eckstein, hacia finales de la dé-cada de los sesenta, la privación administrativa de la libertad era un ele-mento adicional que debía tomar en cuenta la población al aventurarse acomerciar en las calles:

[L]a única manera que tenía de subsistir era vender en la calle —juguetes,cuando tenía muy poco dinero; vestidos, cuando tenía algunos centavosmás—. Sin embargo, añadió, que ya no le era posible ejercer tal actividadpor las calles, pues sufría constantes arrestos por comerciar ilegalmente,sin licencia. Agregó que uno se acostumbra a ir a la cárcel. Pero así co-

mo antes duraba encerrado dos o tres días, ahora debo permanecer una

semana. Es fácil comprender el que mi mujer y yo nunca vendamos jun-

tos, pues no tenemos medios para subsistir si nos arrestan al mismo tiem-

po.16

Nada de lo anterior supone que las prácticas populares de evasión a laautoridad hayan sido inexistentes en la ciudad de México hasta antes demediados de siglo XX. Sin embargo, lo que sugiere el recuento anteriores que incluso cambios administrativos mínimos, como el monto de lasmultas o los días de arresto que debían cubrir quienes comerciaban enzonas prohibidas, tuvieron un impacto importante en la manera en queuna parte de la población recorría y se relacionaba con la ciudad, elderecho y las calles.

LEGALIDADES PÚBLICAS154

15 Ibidem, p. 142. Las cursivas son mías.16 Eckstein, Susan, op. cit., nota 1, p. 205. Las cursivas son mías.

Pero, las estrategias populares de evasión a la autoridad no sólo sedesplegaban en las calles, ni dentro de los vacios del orden reglamenta-rio. También tenían, en el derecho y la práctica judicial, un mecanismoimportante de expresión. Esta práctica adquirió tal importancia dentrodel orden urbano reglamentario que, incluso, para comienzos de la déca-da de los sesenta las autoridades sustituyeron la categoría “evasión a laautoridad” por “libre con amparo”, en los registros cuantitativos de in-gresos y egresos de la población sancionada administrativamente. Cam-bio actuarial que permite establecer que, al menos para 1960, el 2% de lapoblación sancionada administrativamente era liberada por haber inter-puesto un amparo ante la justicia federal.17

No es posible saber con exactitud el resultado final que tuvieron estosamparos, pero sí es posible destacar, al menos, el carácter de este mediocomo una de las estrategias a través de la que la población lograba eva-dir, momentánea o permanentemente, el castigo prescrito por la autori-dad a través de los textos reglamentarios. Es por ello que una interrogan-te pendiente consiste en analizar si la capacidad de la población quecomerciaba en las calles, para cuestionar judicialmente los mandatos dela autoridad, disminuyó o se acrecentó durante el periodo estudiado.

II. ¿EL DEBILITAMIENTO JUDICIAL DE LOS CUESTIONAMIENTOS

POPULARES? (1950-1970)

Una hipótesis que se desprende del análisis anterior es que todo proce-so de transformación jurídica de los límites del espacio público represen-ta un momento de reconfiguración de los términos a través de los que serelacionan la población, las autoridades y el sistema legal.

Los efectos generales de dicho proceso pueden ser rastreados a partirde la manera en que los nuevos límites jurídicos de las calles intentaronser reforzados, en el día a día, por las autoridades a través del ejerciciolegítimo de la violencia, así como por la manera en que la poblaciónreaccionó frente a este proceso. Tanto el despliegue de sanciones admi-nistrativas, por parte de la autoridad, sobre la población que comerciabaen zonas prohibidas, como la manera en que la misma población desarro-

CERCANDO ESPACIOS, ABRIENDO FISURAS 155

17 Cálculos propios a partir de: AHCM; Cárcel de El Carmen; Caja: 93; Exp. 454.

lló estrategias propias para evadir a la autoridad, son ejemplos que ilus-tran claramente las dimensiones de la hipótesis propuesta.18

Pero en una sociedad que en mito, si no es que en realidad, descansabasobre de un orden corporativo y clientelar, también sería posible sugerirque la muestra de individuos anteriormente analizada representa, másbien, a aquellos sujetos que fueron incapaces de insertarse dentro de lalógica clientelista y corporativista del orden urbano. O que se trataba,también, de un tipo de población que quedó relegada de los “beneficios”traídos por la política de distribución y construcción de mercados públi-cos, desplegada hacia comienzos de la década de 1950. Esto es unelemento que no puede ser echado en saco roto.

Todo nuevo ordenamiento urbano trae aparejada una serie de disposi-ciones transitorias, cuyo efecto consiste en determinar la vigencia, tem-poralidad y entrada en vigor del nuevo orden; pero, sobre todo, la estipu-lación de un término temporal a partir del que toda disposición anteriorquedará condenada a la invalidez formal. Ello implica, en resumidascuentas, reconocer que todo nuevo ordenamiento urbano representa, tam-bién, un medio a través de la que la autoridad expresa la obligación paraque la población vuelva a negociar la publicidad de las calles con su pro-pietario legítimo: el Estado. De tal suerte que todo permiso, o licencia,concedida con anterioridad a la entrada en vigor del nuevo ordenamientodejará de ser válido a los ojos de la autoridad, relegando a sus portadoresa desarrollar sus actividades fuera de la ley.

Una dinámica similar siguió a la publicación del Reglamento de Mer-cados de 1951 que, en su artículo noveno transitorio, prescribía un plazohasta de seis meses, contados a partir de su publicación, para que la po-blación que comerciaba con anterioridad en las calles, y de manera auto-rizada, se ajustara a las nuevas disposiciones.19 Al mismo tiempo, y co-

LEGALIDADES PÚBLICAS156

18 Incluso, si nos detenemos sobre las mismas calles, es posible percibir que estoscambios jurídicos no sólo tuvieron como objetivo desplazar a la población o transformarprácticas sociales específicas; sino también la distribución y, a veces, el espacio mismo.En este sentido, resulta ilustrativo el análisis de los cambios espaciales devenidos con elproceso de construcción de mercados, iniciado a finales de la década de los treinta, e ins-titucionalizado como política urbana entre las décadas de los cincuenta y los sesenta. Loscasos de las calles cercanas a los rumbos comerciales de La Lagunilla, Tepito y La Mer-ced, son ejemplificativos de ello.

19 Artículo noveno transitorio, Reglamento de Mercados para el Distrito Federal,Diario Oficial de la Federación, 1o. de junio de 1951.

mo puede verse en el cuadro siguiente, el proceso de construcción demercados implicó la transformación, acondicionamiento y construcciónde nuevas estructuras materiales, tales como banquetas, pavimento oalumbrado, en las calles cercanas a las nuevas edificaciones mercantiles;así como la redistribución del espacio y los comerciantes que ahí seencontraban.

CUADRO 17. EJEMPLOS DE LAS TRANSFORMACIONES ESPACIALES

EXPERIMENTADAS A PARTIR DE LA CONSTRUCCIÓN

DE NUEVOS MERCADOS (1950)20

Rumbo Proyecto Espacios transformados Giro Capacidad

La

Lagunilla

Sustitución

del viejo mer-

cado de Santa

Catarina por

cuatro edifi-

cios

Calle de Libertad y Ca-

llejón de San Camilo

Venta de semillas, le-

gumbres, frutas, pesca-

do y aves

140

locales

Calles de Rayón, Allen-

de, Ecuador y el Calle-

jón de la Vaquita

Venta de ropa y telas 499

locales

Calles de Allende, Hon-

duras y Paraguay

Venta de muebles y

objetos varios

343

locales

Calles de Libertad y

Comonfort

Varios Zona

de puestos

Tepito Edificación

de cuatro

mercados

nuevos

La manzana comprendi-

da entre las calles de

Héroes de Granaditas,

Aztecas y Costa Rica.

N/D N/D

Las calles de Toltecas,

Bartolomé de las Casas

y Caridad

N/D N/D

La

Merced

Construcción

de tres gran-

des mercados

N/D N/D N/D

CERCANDO ESPACIOS, ABRIENDO FISURAS 157

20 Cuadro de elaboración propia a partir de Vázquez, Ignacio, El abasto en la ciudad

de México, México, Departamento del Distrito Federal, 1991, pp. 81 y 82; 87 y 88; 101 y102.

Es posible que la combinación de estos factores haya afectado las vi-das y prácticas de diversos comerciantes que, desde años anteriores, sehabían instalado en las inmediaciones de las calles cercanas o dentro delos mercados que la autoridad buscaba reacondicionar o edificar. Entreeste tipo de población destaca el caso de Eduardo Page, un habitante dela ciudad de México que, según sus dichos, estaba autorizado, desde1944, con la cédula de empadronamiento No. 2426 para comerciar, demanera semifija, en el puesto No. 126, establecido frente al número 18-Bde las calles de la Alhóndiga, en el perímetro del mercado de La Mer-ced.21

La historia de Eduardo Page comenzó en 1953, cuando la autoridadsolicitó, a los comerciantes ubicados en la calle de la Alhóndiga que seretiraran momentáneamente con el fin de pavimentar las calles que ro-deaban al nuevo mercado de La Merced. Sin embargo, una vez termina-das las obras —en 1954—, la autoridad decidió redistribuir el comercioen la zona, estableciendo a la calle de la Alhóndiga como un espacio re-servado para la venta de artículos de hojalata. En conjunto, estas decisio-nes administrativas tuvieron como efecto que el espacio ocupado porEduardo Page fuera asignado a Gregorio Aguilar, un comerciante dehojalatería recién llegado a la zona.

Al reclamar su reubicación, las autoridades decidieron cancelar la cé-dula de empadronamiento de Eduardo Page y, como consecuencia, le so-licitaron que abandonara el espacio en que había trabajado tras los últi-mos diez años, ya que no había actualizado su estatus de acuerdo con lasnuevas disposiciones contenidas en el Reglamento de Mercados de 1951.

Inconforme con esta orden, Eduardo solicitó el amparo de la justi-cia federal, en contra del jefe del Departamento del Distrito Federal,del tesorero, del jefe del Departamento de Mercados, del administra-dor del mercado de La Merced, del jefe de la Oficina Fiscal de Inspec-ción de la Tesorería, del jefe de la Oficina de Limpia y Transporte, ydel jefe de la Policía Preventiva y Comandante de la Segunda Demar-

LEGALIDADES PÚBLICAS158

21 Información tomada de: Demanda del expediente de Amparo en revisión1774/1954. Este expediente dio pauta a tesis aislada: PUESTOS SEMIFIJOS. Localiza-ción: quinta época, Instancia: Segunda Sala, Número de Registro 317456, Fuente: Sema-

nario Judicial de la Federación CXXI, página: 829, Tesis Aislada, materia(s): adminis-trativa.

cación, por actos que consideraba violatorios de los artículos 4o., 14 y16 constitucionales.22

El juez de Distrito, que conoció en primera instancia la demanda deEduardo Page, decidió no amparar la pretensión del quejoso, pues consi-deraba que al no haber actualizado su estatus, Eduardo carecía de interésjurídico, puesto que “no ha demostrado tener la autorización necesariapara establecer un puesto semifijo en la ubicación indicada”.23 Inconfor-me con el fallo, Eduardo decidió interponer un recurso de revisión antela Suprema Corte de Justicia de la Nación. En la solicitud de revisión,Eduardo Page no sólo solicitó la reinstalación en su espacio de trabajo,también pretendió debatir la resolución del juez de Distrito, argumentan-do que:

El Juez de Distrito se desentendió de estimar las pruebas ofrecidas, comoson la tarjeta de cobro expedida con anterioridad a la cédula que hacía en-tonces las veces de permiso y con la cual se pagaba el impuesto correspon-diente, en la que consta que el puesto No.126 está inscrito a mi nombre,así como los pagos hechos a la tesorería por concepto de productos demercados expedidos a mi nombre por el mismo puesto, todo lo cual de-muestra el derecho adquirido que tengo sobre la concesión de explotar elmencionado puesto, y con lo cual queda demostrado el interés jurídico.24

Sin embargo, en su informe justificado, la autoridad respondió que lacédula de empadronamiento presentada por Eduardo Page no facultaba alquejoso para establecer puesto alguno. No sólo porque, a pesar de que elpago de impuestos se había realizado en tiempo y forma, la cédula no es-taba actualizada de acuerdo con lo dispuestos en el Reglamento de 1951;sino también porque la cédula de empadronamiento no podía sustituir lalicencia necesaria para establecer un puesto semifijo, toda vez que la Te-sorería no era la autoridad facultada para determinar quién podía o novender en las calles, ésta era una competencia exclusiva de la DirecciónGeneral de Gobernación del Departamento del Distrito Federal.25

Tanto la pretensión de Eduardo como la respuesta de la autoridad,plantearon dos preguntas jurídicas, hasta entonces no dirimidas por la

CERCANDO ESPACIOS, ABRIENDO FISURAS 159

22 Demanda del expediente de Amparo en revisión 1774/1954.23 Resolución del juez Primero de Distrito en Materia Administrativa.24 Demanda del expediente de Amparo en revisión 1774/1954.25 Informe justificado expediente de Amparo en revisión 1774/1954.

justicia federal. La primera tenía que ver con el alcance que tenía ocupa-ción de las vías públicas en la generación de derechos reales sobre aqué-llas. La segunda, tenía que ver con determinar cuáles eran los mediosideales a través de los que la población que comerciaba en las callesdebería comprobar su interés jurídico.

En el primer caso, la Segunda Sala de la Corte, resolvió que dados losantecedentes judiciales —las tocas 1002/46 y 900/46— era claro que “lasimple ocupación de las vías públicas no genera ningún derecho adquiri-do por las instalaciones semifijas. En otras palabras, que los usuarios co-mo comerciantes de las calles no adquieren derecho alguno a estar en de-terminado lugar, por frustrar el destino de las mismas para el tránsitonormal de peatones y vehículos”.26 Respecto a la segunda interrogante, laCorte resolvió que

No puede considerarse que la cédula de empadronamiento sustituya a la li-cencia necesaria para el establecimiento de un puesto semifijo en la víapública, toda vez que la Tesorería del Distrito Federal no es la autoridadcompetente para autorizar el establecimiento de tales puestos semifijos; yaun suponiendo, sin conceder, que dicha cédula aparece tal clase de pues-tos, tampoco tendría derecho el quejoso para establecerse en la vía públi-ca, y menos aún en la cotización por él escogida, toda vez que dicha espe-cificación no se contiene en la cédula aludida; confirmándose, por tanto,que la simple ocupación de las vías públicas no genera derecho alguno afavor de los usuarios quienes en su calidad de comerciantes instalados enella no adquieren derecho para ocupar determinado lugar, porque esto se-ría frustrar el destino de las calles y lugares de tránsito, para la circulaciónde peatones y vehículos.27

1. Desenredando marañas regulatorias

Sin embargo, la excesiva burocratización que había desplegado elEstado para controlar y administrar el ejercicio cotidiano de la libertadde comercio en las calles de la ciudad de México, había terminado por

LEGALIDADES PÚBLICAS160

26 Resolutivo Primero de la sentencia correspondiente al expediente de Amparo enrevisión 1774/1954.

27 Véase la tesis aislada: PUESTOS SEMIFIJOS. Localización: quinta época, Instancia:Segunda Sala, Número de Registro 317456, Fuente: Semanario Judicial de la Federa-

ción CXXI, página: 829, Tesis Aislada, materia(s): administrativa.

constituir una red compleja de instrumentos y autoridades que dificulta-ban la tarea de determinar los medios ideales a través de los que la pobla-ción que comerciaba en las calles podía demostrar su interés jurídico antelos tribunales. Por lo tanto, a la resolución del caso de Eduardo Page, sesucedieron diferentes interpretaciones judiciales que terminaron por mi-nar la capacidad de la población para cuestionar los actos y la voluntadde la autoridad, enfocados en restringir el ejercicio de la libertad decomercio en las calles.

Entre los diferentes registros a los que debía someterse la poblaciónpara comerciar en las calles de la ciudad de México se encontraba, enprimer lugar, el empadronamiento, mismo que quedó descartado en 1962,como medio ideal probatorio del interés jurídico, ya que la Corte consi-deró que “la falta de empadronamiento no impide al quejoso ocurrir anteel órgano de control para ejercitar la acción constitucional respectiva, re-clamado de las autoridades responsables, los actos violatorios de garan-tías individuales”.28

Un segundo medio a través del que la autoridad registraba a los co-merciantes ambulantes autorizados era la licencia o permiso, mismo que,para la década de los setenta, adquirió su carácter como medio probatorioidóneo para que los ambulantes probaran su interés jurídico ante los tri-bunales, pues:

Para acudir al juicio de garantías es necesario que el amparista acredite te-ner el permiso [de las autoridades para ejercer el comercio en la vía públi-ca] a fin de poder estimar que está tutelada su acción y que, por ende, tieneinterés jurídico para promover la acción constitucional.29 Ya que la licen-

cia o autorización es la que le permite al gobernado que ejerza su dere-

cho constitucional al trabajo lícito. [Puesto que] en el Estado moderno el

concepto de policía no se agota exclusivamente en la tutela y proteccióndel orden público y de la paz social, sino que comprende además la potes-

CERCANDO ESPACIOS, ABRIENDO FISURAS 161

28 Resolución del expediente de Amparo en Revisión 4303/62. Esta resolución diopauta a la tesis asilada: MERCADOS, FALTA DE EMPADRONAMIENTO EN. Localización:sexta época, Instancia: Segunda Sala, Número de Registro 266677, Fuente: Semanario

Judicial de la Federación LXV, página: 19, Tesis Aislada, materia(s): administrativa.29 Resolución del expediente de Amparo en Revisión 1622/79. Esta resolución dio

pauta a la tesis aislada: COMERCIO, EJERCICIO DEL. LICENCIA NECESARIA PARA

DEMOSTRAR EL INTERÉS JURÍDICO. Localización: séptima época, Instancia: TribunalesColegiados de Circuito, Número de Registro: 251330, Fuente: Semanario Judicial de la

Federación 133-138 Sexta Parte, página: 28, tesis aislada, materia(s): administrativa.

tad estatal de regular y controlar la vida ciudadana, estableciendo las li-

mitaciones y controles necesarios para que la actividad del gobierno

cumpla con los fines de la convivencia social, en orden al bienestar gene-

ral.30

Bajo esta interpretación, los jueces federales desarrollaron una especiede filtro procesal para impedir que cualquier comerciante ambulante uti-lizara al derecho como un medio de protección frente a los actos de auto-ridad. A partir de este momento, sólo los comerciantes ambulantes quecontaran con una licencia podrían usar a los tribunales como un medio deprotección frente a la autoridad administrativa.

En suma, durante las décadas de los cincuenta y los setenta el derechoanuló los derechos de quienes no jugaban bajo sus reglas y, a través deello, unificó los significados y usos de las calles, hasta el punto de ofre-cer una herramienta para que la autoridad administrativa cuestionara lasresoluciones de los jueces federales que protegían a los comerciantesambulantes de la ciudad de México, pues:

La exhibición de la cédula respectiva es requisito indispensable para quese conceda la suspensión y no se acredita contar con el empadronamientorespectivo, debe estimarse que el acto recurrido es contrario al artículo124 de la Ley de Amparo, puesto que el Juez a quo no tomó en considera-ción, al otorgar la suspensión provisional, que para el desarrollo de la acti-vidad del quejoso, se requiere, como se dijo, de la cédula de empadrona-miento respectiva; y, que al no demostrarse la existencia de tal documento,es evidente que se contrarían disposiciones de orden público como lo es elReglamento de Mercados del Distrito Federal, y también de interés social,porque en la especie, la sociedad está interesada en que se cumpla con talordenamiento.31

LEGALIDADES PÚBLICAS162

30 Resolución del expediente de Amparo en Revisión 1104/77. Esta resolución dioorigen a la tesis aislada: GIROS REGLAMENTADOS. EL PERMISO O AUTORIZACIÓN ES LO

QUE LE CONFIERE AL PROPIETARIO EL INTERÉS JURÍDICO PARA EL AMPARO. Localiza-ción: séptima época, Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito, Número de Registro:252439, Fuente: Semanario Judicial de la Federación 109-114 Sexta Parte, página: 89,Tesis Aislada, materia(s): administrativa. Las cursivas son mías.

31 Resolución de la Queja 176/87 promovida por el Departamento del Distrito Fede-ral, que dio origen a la tesis aislada: COMERCIANTES, SUSPENSIÓN PROVISIONAL

IMPROCEDENTE POR FALTA DE CÉDULA DE EMPADRONAMIENTO DE LOS (REGLAMENTO

DE MERCADOS DEL DISTRITO FEDERAL). Localización: séptima época, Instancia: Tribu-

Es probable que el reconocimiento jurisdiccional hacia la figura de loscomerciantes autorizados y, como consecuencia, el progresivo descono-cimiento como sujetos interesados jurídicamente de los comerciantes noautorizados, haya sido el punto conclusivo de un proceso de consolida-ción y adaptación de las prácticas institucionales al esquema regulatorioque el régimen posrevolucionario había planeado para administrar losusos y funciones laborales de las calles de la ciudad de México; y que te-nía como eje central un proceso de negociación y obediencia, materiali-zado en una licencia que autoriza al comerciante ambulante para usar lascalles como medio de subsistencia.

De esta manera, los tribunales federales dejaron de ser un medio paradefender interpretaciones particulares de derechos, o un medio para de-nunciar algunos abusos cometidos por los agentes institucionales, paraasumir el papel que les corresponde, como un medio para reforzar larealidad institucional.

2. La cosificación judicial del comercio callejero

Los datos expuestos sugieren que, entre las décadas de los cincuenta ylos setenta, la capacidad de los comerciantes ambulantes para cuestionarla voluntad y los actos de la autoridad administrativa de la ciudad de Mé-xico, como parte de un pueblo revolucionario dotado de derechos, co-menzó a ser minada por las autoridades jurisdiccionales mientras reforza-ban, aparentemente, los procesos institucionales de negociación ysubordinación de los usuarios del espacio público.

En otras palabras, de acuerdo con los criterios judiciales expuestos, lacapacidad de la población que comerciaba en las calles para cuestionarinstitucionalmente la voluntad y los actos de la autoridad administrativadependía, en buena medida, de la disposición que tuviera la misma po-blación para subsumirse a los mandatos de la autoridad.

Pero esto significaba dotar de demasiado poder a la autoridad admi-nistrativa y, como consecuencia, debilitar los alcances y el papel de lamisma función judicial. Situación que, aunque en lo general, podía seraceptada, en lo particular podía ser delimitada por las autoridades judi-

CERCANDO ESPACIOS, ABRIENDO FISURAS 163

nales Colegiados de Circuito, Número de Registro: 246664, Fuente: Semanario Judicial

de la Federación 217-228 Sexta Parte, página: 148, tesis aislada, materia(s): civil.

ciales, quienes aún contaban con la fuerza de la ley y la jurisprudenciacomo medio para establecer y defender su propia independencia.

Un caso que ilustra los alcances de esta situación es el de Jorge Roble-do, y otros habitantes de la ciudad de México, quienes, en 1975, recurrie-ron ante la justicia federal para cuestionar los actos de la autoridad admi-nistrativa tendientes a permitir la instalación de diferentes puestos en lascalles cercanas a sus propiedades.32 En aquel momento, la justicia federaldecidió proteger a Jorge, y demás coagraviados, pues siguiendo las líneasjurisprudenciales los jueces estimaron que con la presencia de los pues-tos callejeros:

Se interrumpe el tránsito en esa vía; se obstaculiza el acceso a los comer-cios; se dañan los inmuebles y se invade la banqueta con lo que se produ-cen molestias injustificadas pues aún cuando la autoridad puede concesio-nar los bienes de uso común tal facultad tiene que entenderse sinperjuicios de terceros y necesariamente justificando la necesidad de dichaautorización.

Sin embargo, conforme pasó el tiempo la autoridad administrativa au-torizó la presencia de otros comerciantes en las calles cercanas a la pro-piedad de Jorge Robledo. Así, en 1978, Jorge se presentó ante la justiciafederal para interponer un incidente de inejecución de sentencia, pues se-gún sus dichos la autoridad administrativa permitió, de nueva cuenta, acomerciantes ambulantes adheridos a la CROC instalarse frente a nego-

cios establecidos, actos que además de no tener base legal, causan di-

versos perjuicios y violan el derecho de propiedad, posesión, tránsito,

vistas y luces.En su informe justificado, la autoridad administrativa declaró la ine-

xistencia del acto reclamado, toda vez que aunque se han instalado nue-

vos ambulantes estos son personas distintas además de que el permiso es

provisional mientras se construye un mercado. Tras analizar la preten-sión de Jorge Robledo, y el informe de la autoridad, los ministros de laSuprema Corte de Justicia de la Nación decidieron declarar la proceden-cia del incidente de inejecución de la sentencia, pues:

LEGALIDADES PÚBLICAS164

32 Salvo indicación contraria, el recuento de hechos siguiente proviene del expedien-te de Incidente de inejecución de sentencia 5/78, consultado directamente en el Archivode la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

Si el amparo se concedió [en 1975] a los quejosos porque el establecer co-merciantes ambulantes frente a sus negociaciones les causa daños y moles-tias indebidos, es evidente que ese daño se causa sean quienes fueren loscomerciantes ambulantes que ahí se instalen, y sería una burla del amparoconcedido admitir que se quiten unos y se pongan otros.

Pero los ministros de la Corte fueron más allá de la pretensión plantea-da por Jorge Robledo. Los ministros decidieron declarar la imposibilidadde que otros comerciantes ocuparan un lugar en este espacio disputado y,al mismo tiempo, establecieron ciertos límites sobre el poder de la autori-dad administrativa para alienar el espacio público.

No se trata de las personas individualizadas como causantes de las moles-tias, sino de los puestos ubicados en las banquetas y en la calle, sean quie-nes fueren los que los ocupan. Por otra parte, si no hay en autos, ni se diceque la haya, prueba alguna de que las autoridades se hubieran visto obliga-das a ubicar a los comerciantes nuevos precisamente frente a los estableci-mientos de los quejosos, sin que hubiese una ubicación alternativa másidónea, o alguna otra solución que no fuese burlar el amparo concedido alos quejosos, aunque es cierto que las autoridades pueden concesionar eluso de los bienes del dominio común, no pueden hacerlo como si fuesenbienes de su propiedad, y no de la comunidad, ni pueden concesionar eseuso en forma que dañen derechos de terceros, o de la comunidad. Los bie-nes de uso común son de uso común, y no puede, sin más, privatizarse suuso. Y menos, en violación de una ejecutoria de amparo. Ya se ha dichoque un riesgo en el mantenimiento de los lugares de uso común es la so-breexplotación por usuarios privados que no toman cabalmente en cuentael costo que su conducta impone a otros miembros de la comunidad.

Así, un conflicto entre particulares por ocupar un lugar en el espaciopúblico permitió, por una parte, que la justicia federal estableciera ciertoslímites sobre el poder de la autoridad administrativa para alienar y dispo-ner de las calles —ejemplo: justificar la necesidad de ocupar un espacio,establecer la idoneidad de las calles ocupadas por el comercio calleje-ro—, y, por la otra, que los ministros defendieran y reivindicaran la im-portancia de la función judicial en un momento marcado por el aparentedominio de todos los poderes públicos bajo el mando del Ejecutivo.

Para los ministros de la Corte, la presencia autorizada y reiterada decomerciantes callejeros en el espacio cercano a la propiedad de Jorge Ro-

CERCANDO ESPACIOS, ABRIENDO FISURAS 165

bledo no sólo se trataba de una forma de sobreexplotación de las calles,un riesgo en el mantenimiento de los lugares de uso común, también re-presentaba una burla para la justicia. El acto reiterado de la autoridad ad-ministrativa para permitir la presencia de comerciantes en las calles cer-canas a la propiedad de Jorge resultó, tan sólo, un pretexto para defenderlos alcances de las resoluciones judiciales.

De tal suerte, aunque en lo general los ministros reforzaron el poderde la autoridad administrativa, el incidente de inejecución que para Jorgerepresentó un medio para evitar la presencia de agentes no deseados cer-ca de su propiedad, demuestra que en casos particulares los servicios dejusticia aún eran efectivos como medio para determinar los usos y fun-ciones de las calles, particularmente cuando el conflicto permitía que losjueces defendieran su esfera de acción.

Pero, es probable que la característica más importante de esta resolu-ción sea la clasificación judicial del comercio callejero como una prácti-ca espacial producida y reproducida por una gama indeterminada de indi-viduos, una clase o grupo de usuarios privados del espacio público,meros puestos ubicados en las banquetas que sobreexplotan las calles,imponen un costo a otros miembros de la sociedad y carecen de indivi-dualidad. Ello significó dejar de ver a los comerciantes callejeros comosujetos jurídicos, para situarlos en un plano ontológico distinto, es decir,como objetos que ocupan un lugar en el espacio.

III. A MODO DE CONCLUSIÓN: LAS DIMENSIONES DEL CAMBIO JUDICIAL

A lo largo de este capítulo ha sido posible observar las dimensionesdinámicas y cambiantes del orden jurídico urbano, así como los efectosque generaron sobre las vidas, prácticas y espacios recorridos por la po-blación de la ciudad de México, entre las décadas de los cincuenta y lossetenta.

En este sentido, destaca la manera en que la población supo ajustar susprácticas dentro un orden socio-espacial diseñado por la autoridad pararestringir, de manera más frecuente y constante, el ejercicio de la libertadde trabajo y comercio en las calles. Así, en la medida en que se incre-mentaban las “zonas prohibidas” para el comercio callejero, también seincrementaba la complejidad de estrategias y relaciones sociales que de-

LEGALIDADES PÚBLICAS166

bía desplegar la población para permanecer en dichos espacios y, al mis-mo tiempo, evadir el castigo derivado de ello.

Cambios reglamentarios sutiles, como el tiempo que debía pasar la po-blación arrestada en las cárceles administrativas o el monto de las multasque debía cubrir por comerciar en zonas prohibidas, parecen haber im-pactado de manera importante la manera en que, hasta entonces, se distri-buía el trabajo y el espacio urbano entre las clases populares. Ello de-muestra que, más allá de las prácticas clientelares y corporativistas deorganización social aparentemente consolidadas durante el periodo anali-zado, hubo una parte de la población que quedó al margen de este proce-so; población para la que la auto-organización y el despliegue de dinámi-cas regulatorias propias, significó el mejor medio para conservar suslibertades y medios de subsistencia.

A pesar de esto, tanto en la práctica administrativa como judicial, lacapacidad de las autoridades locales para decidir discrecionalmentequién podía, o no, comerciar en las calles, aumentó durante el periodo es-tudiado. De tal suerte, si como hemos mencionado en capítulos anterio-res, el poder de las burocracias urbanas residía en utilizar al máximo ladiscrecionalidad en el otorgamiento de beneficios y en la imposición delos castigos administrativos, es posible decir que durante el periodo aquíanalizado, las autoridades administrativas se esmeraron en defender, y almismo tiempo reforzar, este poder en los tribunales. Así, la capacidad dela población para defender judicialmente sus derechos quedó subordina-da a la práctica y la discrecionalidad administrativa con que eran gestio-nados los usos, límites y funciones del espacio público.

Finalmente, parece prudente destacar que el conjunto de casos judicia-les analizados mostró las dificultades que enfrentaba la población al mo-mento de interactuar con los agentes institucionales más inmediatos—policías, inspectores—. Reveló, asimismo, cómo en la práctica cotidia-na los sistemas policiacos urbanos —representaciones inmediatas del Po-der Ejecutivo— imaginaban un orden institucional marcado por una in-fluencia recíproca, con escasa diferenciación de la esfera de competenciadel Poder Judicial.

Los jueces, sin embargo, en cada resolución emitida parecían aludir aque, en su decisión, no había influencia de factores extralegales, sino quejuzgaban en el terreno de los hechos y de las leyes. Así, sostenían unaimagen mitificada del proceso legal, enfatizando el carácter neutral y ob-

CERCANDO ESPACIOS, ABRIENDO FISURAS 167

jetivo del derecho. En sus discursos, intentaban aislar la escena jurídicade la política.

De tal suerte, si como hemos mencionado en capítulos anteriores, através de sus reclamos y demandas la población expresaba sus nocionesmorales sobre los límites del orden urbano, este mismo discurso moralreaparecía en la respuesta de los jueces, la cual aludía a cómo debería ac-tuar la policía, cuál era su papel social en la comunidad. Los jueces, eneste sentido, no estaban hablando simplemente en términos legales, sinomorales, sobre un orden social. Orden en que los comerciantes ambulan-tes ya no serían vistos como sujetos de derechos, sino como meros obje-tos en el espacio.

LEGALIDADES PÚBLICAS168

CAPÍTULO SEXTO

PATRONES DE NEGOCIACIÓN Y APROPIACIÓN DEL ESPACIOPÚBLICO AL COMIENZO DE UN NUEVO SIGLO (1980-2000)

Las calles y las banquetas difieren entre ellas, principalmente a partir delespacio en que se localizan y la forma en que están diseñadas. Última-mente, por ejemplo, es más común observar calles reservadas exclusiva-mente para el tránsito peatonal, espacios en donde no pueden ingresartransportes pesados e, incluso, espacios en donde se encuentra restringi-do el ejercicio de otros derechos, como el trabajo y el comercio.

Tales diferencias se encuentran más relacionadas con el espacio enque se ubican las calles que con los usos y funciones que les reconoce laley. Las calles no sólo están asociadas, entonces, con usos y funciones,sino con el espacio que las rodea. Así, por ejemplo, una calle que se en-cuentra cerca de un edificio de negocios tiene, normalmente, un orden yuna forma que la distingue del resto.

IMAGEN 1. DELIMITACIÓN DE LAS CALLES CIRCUNDANTES AL EDIFICIO

DE LA TORRE MAYOR, PASEO DE LA REFORMA, CIUDAD DE MÉXICO, 2008

169

Es posible sostener que las calles, entonces, no sólo representan espa-cios de convivencia, manifestación o tránsito, sino también y principal-mente espacios parroquiales, es decir, espacios potencialmente abiertospara todo el público, pero en los que un grupo específico de personas ouna representación particular de denominar y utilizar al espacio reclamansu propiedad.1

Por ello, resulta importante subrayar que el centro de la ciudad no hasido siempre considerado, ni por la población ni por la autoridad, comoun espacio histórico. Esto, en realidad, es una forma institucional de cla-sificar al espacio que, por más que cuente con ciertos grados de aproba-ción, no deja de ser reciente y depender de un proceso jurídico particularcuyo origen fundamental se encuentra en las décadas de los ochenta ynoventa.2

Pero, no por lo anterior, se puede decir que con anterioridad a que elcentro fuera declarado jurídicamente como un proyecto fechado de sacra-lización de la historia, los usos y funciones comerciales de sus calles es-taban permitidos. En realidad, si realizamos un recuento sobre los dife-rentes documentos jurídicos que se han expedido en torno al comercio yel trabajo en el Distrito Federal, encontraremos que una característica co-

LEGALIDADES PÚBLICAS170

1 Lofland Lyn, The Public Realm: Exploring the Cities Quintessential Social Terri-

tory, Nueva York, Aldine De Gruyter Publishers, 1998.2 Desde la perspectiva de la autoridad, son diversas las funciones que ha tenido el

centro de la ciudad de México, cada una de las cuales se ha relacionado con una formamuy particular de concebirlo: “Casco antiguo” recuerda la edad del marco urbano, “pri-mer cuadro” significaba a la vez la anterioridad de dicho espacio y su estructura cuadran-gular, mientras que la expresión más frecuente y sencilla, “el centro”, alude a la unidadespacial que desempeñaba tal función. El advenimiento del nombre de “Centro Históri-co” es a la vez un condensado de todas estas percepciones (la antigüedad, la anterioridady la centralidad), pero también evidencia un cambio. De la misma forma en que, para lapoblación, el centro puede representar diferentes tipos de espacios, los cuales van desdeel habitacional, hasta el comercial, laboral, de manifestación, de poder o de tránsito e in-seguridad. Véase, entre otros: Cuadernos del Centro Histórico. El espacio público en el

centro histórico de la ciudad de México: Investigación y sondeos de opinión, México,Septiembre 2007. De Alba, Martha, “Memoria y representaciones sociales del CentroHistórico de la Ciudad de México: experiencias de nuevos y viejos residentes”, México,Programa Universitario de Estudios sobre la Ciudad-UNAM, Seminario Permanente

Centro Histórico de la Ciudad de México, 2009. Disponible en: http://www.puec.unam.

mx/ponencia_martha_de_alba_glez_4dic09.pdf. Última consulta: 21 de julio de 2010;Monnet, Jerome, Usos e imágenes del centro histórico de la Ciudad de México, México,DDF/CEMCA, 1995.

mún en la historia del centro es el haberse constituido como un espaciode proscripción y disciplina para la población que comercia en las calles.

Así, por ejemplo, si atendemos al Reglamento para el comercio semi-fijo y ambulante en el Distrito Federal, publicado en el Diario Oficial de

la Federación el 27 de marzo de 1931, encontraremos que el Reglamentoprohibía este tipo de usos y funciones de las calles en, al menos, tres sen-tidos: como actividad que ponía en entredicho el carácter de circuito denegocios, del Primer Cuadro de la ciudad; como un uso de las calles quecompetía deslealmente con los comercios establecidos con giros simila-res, y como una forma de utilizar las calles que obstruía el tránsito.3

De la misma forma, si leemos con detenimiento el Reglamento deMercados de 1951, es posible observar que aunque el Reglamento estabaenfocado en transformar el espacio público material de la ciudad, con elobjetivo de trasladar a los comerciantes callejeros hacia un espacio cerra-do y, con ello, prohibir el comercio en toda la ciudad, también es posibleidentificar un área en donde la autoridad prohibía cualquier tipo de acti-vidad comercial y laboral callejera. Zona que, espacialmente, se insertadentro del mismo centro de la ciudad de México.

Finalmente llegamos, en la década de los noventa, a la formulación deun Bando por el que se prohibió el comercio en un área de valor históricodelimitada, por la autoridad legislativa, a los perímetros “A” y “B” delcentro de la ciudad de México, como:

Una etapa fundamental para desarrollar un proceso que concilie en la me-dida de lo factible la desocupación de vías públicas por parte del comercioambulante que actualmente se ejerce en ellas y el diseño e instrumentación

PATRONES DE NEGOCIACIÓN Y APROPIACIÓN DEL ESPACIO PÚBLICO 171

3 [Considerando] 1. Que se ha incrementado extraordinariamente la actividad co-mercial, sobre todo, en sus formas transitorias que son las del llamado comercio semifijoy ambulante, sin que hasta ahora se haya reglamentado. Ocasionando esta omisión verda-deros problemas tanto para el tránsito de la ciudad como para la lícita competencia mer-cantil; 2. Que es un deber de la autoridad prestar la mayor y más pronta atención a losproblemas nuevos, aún cuando de momento no cuente con todos los elementos a propósi-to para resolverlos eficazmente; 3. Que si bien la resolución definitiva de tales problemasa que se refiere el considerando primero, vendrá con el establecimiento de nuevos merca-dos, que ya procura con toda actividad el DDF, es urgente que por ahora se dicten linea-mientos de conducta general para los interesados, que inicien el encauzamiento de la ac-tividad de que se trata, sin desatender la justa protección que merecen los que sólo tienenun pequeño capital. Considerandos del Reglamento del comercio semifijo y ambulantedel Distrito Federal, DOF 27 de marzo de 1931.

de medidas alternativas para cambiar las condiciones con que hoy en díase desenvuelve la actividad del comercio en la vía pública, [y que] sin lu-gar a dudas debe comprender el centro histórico, por la conjunción de va-rios factores entre los que destacan no sólo el número elevado de quienesejercen el comercio informal, sino las propias características urbanísticasde la zona, el gran movimiento de transeúntes y vehículos automotores en-tre otros rubros.4

IMAGEN 2. LOS LÍMITES JURÍDICOS DEL COMERCIO AMBULANTE

EN LAS CALLES DEL CENTRO DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Como se observa en la imagen anterior, las calles del centro de la ciu-dad de México han representado, en diferentes momentos y épocas, unconjunto de límites que, en el paso de la historia, se superponen uno conotro y cuya característica distintiva ha sido prohibir el ejercicio de la li-bertad de trabajo y comercio en las calles. Por lo que, al menos en este

LEGALIDADES PÚBLICAS172

4 Antecedente 5o. del Bando publicado en el DOF el 12 de julio de 1993.

caso, debe considerarse al centro de la ciudad de México como un espa-cio eminentemente distintivo pues, en sus calles, la población que comer-cia no sólo ha debido arreglárselas para mantener su espacio de subsis-tencia, sino también para evadir la represión de la autoridad.

Este capítulo tiene como objetivo, precisamente, analizar las estrate-gias desplegadas por la población para apropiarse y defender las callesdel centro de la ciudad de México, entre las décadas de los ochenta y2000. Particularmente, me interesa analizar a las calles del comercio am-bulante como un conjunto de lugares en conflicto gobernado por diferen-tes organizaciones, ni autónomas ni aisladas, que han sido capaces de ge-nerar sus propias reglas y de inducir o forzar su cumplimiento, pero que,al mismo tiempo, son susceptibles de ser impactadas por diferentes fuer-zas externas legales, ilegales y también no legales.5

A partir de esto, buscaré responder una pregunta que ha preocupado,por varios años, a los estudios socio-jurídicos: ¿qué tanto importa el de-recho en la vida cotidiana de la población? Al responder esta pregunta,algunos autores se han concentrado en determinar los efectos instru-mentales del derecho —qué tanto las normas legales pueden inspirar odisuadir a la población para comportarse en formas determinadas—.Otros, característicamente más contemporáneos, buscan analizar el papelconstitutivo que juega el derecho —las capacidades del derecho para rei-ficar ideas sociales sobre los bueno y lo malo; y para determinar aquellasexperiencias que generan patrones de conflicto y negociación—. Bajo es-ta segunda postura, el derecho es parte inherente de la constitución de lasprácticas sociales, y representa uno de los medios más poderosos paraclasificar las experiencias de la vida cotidiana.6

Más que seleccionar un enfoque específico para responder esta pre-gunta, intentaré hacerlo desde ambas perspectivas —instrumental y cons-

PATRONES DE NEGOCIACIÓN Y APROPIACIÓN DEL ESPACIO PÚBLICO 173

5 Para ello me inspiro libremente en el concepto de campo social semiautónomo,que tiene una amplia difusión dentro de los estudios socio-jurídicos contemporáneos, unapropuesta seminal al respecto puede verse en Falk-Moore, Sally, “Law and Social Chan-ge: The Semi-Autonomous Social Field as an Appropriate Subject of Study”, Law & So-

ciety Review, vol. 7, núm. 4, verano de 1973, pp. 719-746.6 La literatura relacionada con el tema es diversa y abundante, para un análisis es-

quemático de los alcances y limitaciones de esta postura, véase, entre otros: Levine, Kayy Mellema, Virginia, “Strategizing the Street: How Law Matters in the Lives of Womenin the Street-Level Drug Economy”, Law & Social Inquiry, vol. 26, núm. 1, 2001, pp.169-207.

titutiva—, utilizando información etnográfica y hemerográfica, desarro-llada durante el periodo 1980-2000.7 Como se verá, un problema típicodel tratamiento periodístico y oficial del comercio callejero es la falta decorrespondencia entre los datos mostrados por una y otra fuente. En estesentido, se ha optado por presentar la información tal y como fue repor-tada en cada una de las fuentes consultadas, pues detrás de esta plurali-dad de narraciones y versiones sobre el comercio en las calles subyace,también, la falta de certeza que representa la ocupación estacionaria delespacio público.

El periodo seleccionado refleja un momento de indudables transfor-maciones urbanas, políticas y sociales, con sus repercusiones en las for-mas de vida de los comerciantes callejeros de la ciudad de México. Abar-ca, las últimas dos décadas del siglo XX y la primera década del sigloXXI, que a nivel local se traducen en los últimos años de los gobiernosadministrativos, priístas y subordinados estructuralmente al EjecutivoFederal, y los primeros gobiernos perredistas electos democráticamente.

Dicho periodo permite dar un sesgo comparativo al objeto de estudio.En estos años es claramente perceptible la consolidación de un proyectode reorganización de las relaciones urbanas callejeras, expresado tanto enlos reiterados intentos gubernamentales por limpiar el centro de la ciudadde México, como por diferentes estrategias desplegadas, por la autoridad,para desarticular o fortalecer el poder de las organizaciones de comer-ciantes callejeros. Parto del supuesto de que no hay continuidad en todoslos ámbitos de las prácticas sociales, pero que una buena manera de de-terminar los grados de continuidad y ruptura, entre uno y otro sistema degobierno, es a través del estudio de las experiencias, imágenes y accioneslegales que vivió la población durante este periodo.

I. LOS DUEÑOS DE LA CALLE (1980-1990)

Al parecer, durante la segunda mitad del siglo XX, la organización co-lectiva se constituyó como una de las características más sobresalientes

LEGALIDADES PÚBLICAS174

7 En lo general, el análisis termina en 2007, año en que se puso en práctica un cam-bio importante en la regulación del espacio público de la ciudad de México, que va a mo-dificar no sólo las instancias de interlocución con el gobierno local, sino que ademástransformará el plano ontológico-regulatorio del comercio callejero. Ello se expresa demanera más nítida en el capítulo siguiente.

del comercio callejero de la ciudad de México. Algunos autores sostie-nen que la disposición y capacidad de la población para organizarse fueprevia e independiente a los intereses del Estado por construir una socie-dad corporativizada y clientelar.8 Para otros, la organización colectiva delos comerciantes callejeros se trató de un proceso ampliamente influidopor los planes gubernamentales para construir una sociedad corporativi-zada y clientelar; proceso iniciado hacia la década de los cuarenta cuandoel Estado instrumentó un proyecto de Unidad Nacional, cuyos objetivosbásicos perseguían el control de la sociedad a través de la integración detodas las fuerzas sociales al partido oficial.9

Sea como fuere, hacia la década de los ochenta, la pertenencia a unaorganización parecía presentarse como uno de los elementos más deter-minantes de la capacidad de la población para comerciar en las calles.Las organizaciones eran las agencias encargadas de gestionar, con las au-toridades, los permisos y licencias para que los comerciantes pudierantrabajar en las banquetas. También eran instituciones locales que concen-traban un poder derivado de sus relaciones con funcionarios políticos yburócratas locales. Finalmente, en conjunto, representaban una base ur-bana sustantiva de apoyo electoral, para el entonces partido gobernante.10

En medio de este juego de relaciones políticas y sociales, sin embargo,las organizaciones desempeñaban un papel más cotidiano. De una u otraforma, las organizaciones eran agencias sociales capaces de generar suspropias reglas, y de inducir o forzar su cumplimiento; también eran me-diaciones sociales entre el estatus ilegal de la población, que comerciabade manera desautorizada en espacios prohibidos, y la ley y sus ejecuto-res.11

Las tomas del control de la calle ocurren de un manera organizada. […]La gente que participa en la movilización inicial para ejercer el comercio

PATRONES DE NEGOCIACIÓN Y APROPIACIÓN DEL ESPACIO PÚBLICO 175

8 Un ejemplo de esta postura puede verse en Barbosa, Mario, El trabajo en las ca-

lles: subsistencia y negociación política en la ciudad de México a comienzos del siglo

XX, México, Universidad Autónoma Metropolitana, 2008, pp. 256-261.9 Ejemplos de esta postura, más o menos concordantes, pueden verse en Castro, Gri-

sel “Intermediarismo político y sector informal: el comercio ambulante en Tepito”, Re-

vista Nueva Antropología, vol. XI, núm. 37, abril 1990, pp. 59-70; y, Eckstein, Susan, El

Estado y la pobreza urbana en México, México, Siglo XXI, 1999.10 Jaime, Edna et al., Informalidad y (sub) desarrollo, México, CIDAC, 2002, pp.

127-174.11 Castro, Grisel, op. cit., nota 9, pp. 63 y 64.

en una calle paga una cuota semanal al organizador durante meses, con laesperanza de que éste tenga éxito al negociar con el gobierno el permisode vender en la calle. Durante el periodo previo a la obtención de los per-misos, se instalan ocupando pacientemente el área que van a reclamar, sinvender nada. En 1987, por ejemplo, los aspirantes a comerciantes pagaronpuntualmente sus cuotas semanales mientras esperaban a que las autorida-des les permitieran vender en una calle cercana a un nuevo complejo habi-tacional. […] Se instalaron ahí, con mercancía que aún no podían vender,esperando entre tanto hacerse de una clientela potencial.12

El éxito de una “toma de calle” dependía, en buena medida, del presti-gio de los líderes de cada organización, que estaba condicionado por elnúmero de vendedores que llegaban a controlar.13 Aunque la constituciónjurídicamente formal de una organización de vendedores ambulantesconsistía en un trámite notarial, cuyos efectos radicaban en autorizar alos “asociados” a ocupar un pedazo de pavimento para vender,14 el gradode reconocimiento formal que podían ostentar las organizaciones no eraun elemento determinante en la manera en que la población se apropiabadel espacio público; pues lo que importaba era la capacidad de los líderesde cada organización para negociar, con las autoridades, el espacio apro-piado y la fuerza que pudiesen desplegar para defenderse frente a losembates de la competencia. Y no resulta difícil pensar que la competen-cia era amplia y diversa.

Si bien, entre las décadas de los cuarenta y cincuenta15 con la institu-cionalización de la política de reconocimiento de asentamientos popula-res, colonias proletarias o ciudades perdidas,16 el centro de la ciudad co-menzó a despoblarse y, en contra partida, los límites de la ciudad seampliaron; también es cierto que, al menos para finales de la década de

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12 Eckstein, Susan, op. cit., nota 9, pp. 308 y 309.13 Idem.14 Azuela, Antonio, “Fuera del huacal, aún en la calle. El comercio y el espacio pú-

blico en el centro de la ciudad”, Trace-Centre Francais d’Etudes Mexicaines et Centra-

méricaines, 1990, pp. 23 y 24.15 Véase Azuela, Antonio y Cruz, Ma. Soledad, “La institucionalización de las colo-

nias populares y la política urbana de la ciudad de México (1940-1946)”, Sociológica,núm. 9, enero-abril de 1988.

16 Un análisis sobre el significado de estas espacialidades, así como de las condicio-nes de vida que se experimentaban en su interior puede ser visto en: Instituto Nacional dela Vivienda, Una ciudad perdida, México, INVI, 1968; y, Lomnitz, Larissa, Cómo sobre-

viven los marginados, México, Siglo XXI, 1973.

1980, las calles del centro de la ciudad continuaban presentándose comoel espacio más representativo y visible del comercio ambulante en elDistrito Federal.

GRÁFICA 9. DISTRIBUCIÓN PORCENTUAL DE LA POBLACIÓN

Y EL COMERCIO AMBULANTE EN LA CIUDAD DE MÉXICO

POR DELEGACIÓN POLÍTICA (1980-1990)17

En resumen, como se muestra en la gráfica anterior, aunque para ladécada de 1990 la Delegación Cuauhtémoc alojaba tan sólo al 7.2% deltotal de la población urbana, sus calles eran ocupadas, en promedio, porel 26% del total de sujetos que comerciaban en el espacio público delDistrito Federal, entre 1988 y 1995.

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17 Gráfica de elaboración propia, a partir de: Cárdenas, C. Primer informe de gobier-no, Ciudad de México, anexo estadístico, México, 1998, p. 259.

Pero lejos de las cifras, en las calles, los conflictos entre los comer-ciantes ambulantes por la apropiación del centro de la ciudad de Méxicoparecían tan frecuentes y violentos que, incluso, llegaron a ser retratadospor la prensa escrita como una “guerra por las banquetas”:

El último de los encuentros ocurrió el jueves 14, en las calles de 16 deseptiembre y 5 de Febrero, con un saldo de 25 lesionados. De acuerdo conversiones de testigos, David García Castañeda, conocido como “El Cari”,se presentó en la calle de 16 de septiembre y exigió a Maricela JiménezGonzález entre otras personas, un millón de pesos para permanecer en eselugar, con el argumento de que “se los tenía que dar a funcionarios de víapública”. Como los comerciantes del grupo de Benita Chavarría se nega-ron a entregar la suma exigida al sobrino de Alejandra Barrios, quien ejer-ce control sobre esa área, éste se alejó y minutos más tarde regresó acom-pañado por un grupo de golpeadores y se produjo el zafarrancho. Loscomerciantes instalados en la calle de Tacuba, unos 800, fueron desaloja-dos por elementos de la delegación Cuauhtémoc. Durante más de 20 díasles impidieron colocarse en esa área. Tuvo que interceder Alejandra Ba-rrios ante la autoridad para arreglar el problema. Todo volvió a la normali-dad. [Pero] en la calle de El Carmen un grupo de “toreros” fue tambiénagredido por Guillermina Rico. Ana María Suárez y Jorge Bravo, cuentanque la lideresa llegó con sus comadres y los obligó a retirarse. “Esta zonaes mía”, les dijo. Y amenazó: “No lo vuelvan a hacer, pinches toreros”.18

Aunque, desde comienzos de la década de 1980, la autoridad administra-tiva de la ciudad de México había desplegado una serie de iniciativas paracontrolar y restringir el poder y tamaño de las organizaciones de comercian-tes ambulantes; lo cierto es que estos intentos fracasaron.19 Y, lo que es más,detrás de esta “guerra por las banquetas” estaban algunos de los liderazgosmás importantes del comercio ambulante en la ciudad de México.

A pesar de que en el Distrito Federal existían poco más 270 organiza-ciones, eran cuatro las que mayor “prestigio” tenían entre los comercian-

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18 “Tolerancia, complicidad inclusive, de las autoridades capitalinas Las calles de laciudad, botín económico y político para los líderes del comercio ambulante”, Proceso,núm. 685-08, 18 de diciembre de 1989.

19 Sólo por poner un ejemplo, entre 1984 y 1988, las licencias concedidas para co-merciar en las calles del centro de la ciudad fueron canceladas en dos ocasiones, sin em-bargo para 1993 se estimaba que en la zona trabajaban cerca de 200,000 comerciantes.Véase Cross, John, “Co-optation, Competition, and Resistance: State and Street Vendorsin Mexico City”, Latin American Perspectives, vol. 25, núm. 2, marzo de 1998, p. 42.

tes ambulantes y las autoridades: la de Guillermina Rico (6,700 agremia-dos), la de Alejandra Barrios (1,500 agremiados), la de Benita Chavarría(490 agremiados) y la de Félix Trejo (400 agremiados).20

Así, para la población que participaba en las “tomas de calle”, no bas-taba con ocupar el espacio durante semanas o meses para que el líder ne-gociara con la autoridad el permiso correspondiente. Pues, una vez apro-piado el espacio, era necesario atravesar otro proceso de acreditación. Deacuerdo con Eckstein:

Una vez que una calle ha sido “colonizada” exitosamente, los aspirantes acomerciantes no pueden simplemente poner en el suelo sus mercancías ycomenzar a vender. Primero, deben pagar a los “propietarios” de cadapuesto en particular por el traspaso de sus derechos. Los puestos más codi-ciados en esta área central de comercio cuestan más de cinco mil dólares;los lugares en un calle promedio alrededor de dos mil.21

Bajo esta óptica, según la Cámara Nacional de Comercio de la Ciudadde México, el ambulantaje no sólo generaba competencia desleal, sinotambién una complicada red de negocios, corrupción y actos ilegales co-tidianos que tenía su máxima representación en los líderes del comerciocallejero, quienes recibían mensualmente de sus agremiados 1,485 millo-nes de pesos, de los cuales poco más de 700 millones de pesos iban a pa-rar a manos de autoridades menores.22

Se estimaba, asimismo, que un lugar en las calles del centro de la ciu-dad de México o en el barrio de Tepito alcanzaba a costar entre mediomillón y cinco millones de pesos. Y que, en temporada alta, la tarifa seincrementaba hasta en siete millones de pesos. Pero los ingresos no ter-minaban aquí, pues los comerciantes adheridos a una organización tam-bién debían contribuir con cuotas y comerciar la mercancía que lesrepartían sus líderes.

PATRONES DE NEGOCIACIÓN Y APROPIACIÓN DEL ESPACIO PÚBLICO 179

20 “Las fichas de los líderes El comercio ambulante en la capital: cadena de beneficios,desde el vendedor hasta los funcionarios”, Proceso, núm. 818- 07, 6 de julio de 1992.

21 Eckstein, Susan, op. cit., nota 9, p. 309.22 Economía informal. ¿Quién provee a los ambulantes?, México, Canaco, 1989. El

comercio ambulante en la ciudad de México, México, Canaco, 1987. Mesas redondas so-bre el comercio ambulante de la ciudad de México, México, Cámara Nacional de Comer-cio (Canaco), 1990.

Las tarifas variaban según la agrupación y la zona. Por ejemplo, Gui-llermina Rico, la dirigente que aparentemente controlaba el 80%, del co-mercio ambulante del centro de la capital, declaraba ante la prensa escritaque cobraba a sus agremiados 500 pesos diarios. Su misma gente, sin em-bargo, afirmaba que las cuotas, en algunos giros, como alimentos y apara-tos electrónicos, ascendían a 5,000 pesos diarios. Cuota a la que se suma-ba, además, una contribución anual, que iba de 10,000 a 100,000 pesos.

Por otra parte, para la segunda agrupación más importante dentro delcomercio ambulante —la de Alejandra Barrios Richard que tenía comoespacio de trabajo a las calles de Motolinía, Palma, Tacuba, Honduras,Balderas e Insurgentes—. Las tarifas de la Asociación Legítima CívicaComercial A. C. eran de 20,000 pesos por inscripción, más cuotas men-suales y semanales de 500 pesos.

Pero ni Alejandra Barrios ni Guillermina Rico eran las únicas lidere-sas involucradas en el comercio ambulante. Tal sólo en la DelegaciónCuauhtémoc se estimaba que existían 87 organizaciones de ambulantesformalmente registradas. En el barrio de Tepito, donde una gran parte delos ambulantes se surtían, se tenía registrada la existencia de 39 asocia-ciones de comerciantes establecidos en vía pública, considerados la élitedel comercio callejero por los grandes volúmenes de mercancía quemanejaban.

El poder económico y político que habían adquirido, con el paso deltiempo las organizaciones de comerciantes ambulantes, y principalmentesus líderes, las posicionaban como elementos integrales de la política lo-cal del Distrito Federal, a tal punto que los mismos líderes participabanen el financiamiento de instituciones y programas de asistencia social.23

LEGALIDADES PÚBLICAS180

23 Un caso ejemplificativo de estas dinámicas es el de Guillermina Rico. Una reseñaperiodística de la época permite conocer los alcances y estrategias desarrolladas por estalideresa del comercio ambulante: “De pelo rizado, tez morena, baja estatura y figura obe-sa, Guillermina Rico se autodefiende de las acusaciones públicas que en los últimos díasse le han hecho “Me ha costado chingas y cárcel llegar hasta donde estoy”, dice orgullo-sa. Niega ser millonaria y mucho menos tener una cuenta bancaria en Suiza. Rechazatambién que cobra cuotas exageradas a sus agremiados. “Cobro 1,000 pesos diarios, 500de los cuales entrego a la Tesorería”. Para exaltar su imagen convocó la semana pasada auna rueda de prensa en su feudo, ubicado entre las calles de Roldán y Corregidora. Ahí,ante la sorpresa de los presentes, sacó un maletín, en cuyo interior se veían fajillas de bi-lletes de 50,000 y 20,000 pesos. Dinero recabado, según dijo, de fiestas y donacionespromovidas por la Unión. Y, enseguida anunció la donación de 74 millones de pesos acasas de asistencia social: 34 millones al Sistema para el Desarrollo Integral para la Fa-

Así, las organizaciones se presentaban como un filtro de ingreso al co-mercio ambulante en la zona.24

Las relaciones tejidas al interior de cada organización, y en las calles,iban más allá de los lazos entre líderes y agremiados. El involucramientode los agentes burocráticos en procesos de corrupción y extorsión a lapoblación eran, también, parte del entramado de las reglas privadas queestructuraban al espacio público.25

La calle es dura amigo. Muchas veces hay que pagar para trabajar. […] Aalgunos policías. Si usted no paga, ellos lo persiguen y le dejan hacer na-da. [Además] Hay muchas zonas en que no se puede trabajar de maneraindependiente. Para trabajar hay que aceptar lo que el monopolio impone.[…] Ellos nos dan la mercancía y solucionan todos los problemas con lapolicía y los inspectores. Nosotros la vendemos, como si fuéramos em-

PATRONES DE NEGOCIACIÓN Y APROPIACIÓN DEL ESPACIO PÚBLICO 181

milia (DIF), cinco a la agrupación Drogadictos Anónimos, diez al asilo del Anciano Nú-mero dos, cinco para la casa cuna Tepeyac, de Tlalpan, diez para la escuela de débilesmentales Atizapán, dos a la Casa Social número 8 y cinco a la casa del Niño de la Callede Garibaldi. A este último lugar, reveló, entrega por cuenta propia un millón de pesosmensuales. La entrega del dinero fue atestiguada por el controlador del DIF, Javier Gon-zález. Hizo pública, además, la ayuda económica y material que da a las iglesias del Cen-tro Histórico. En la de Jesús María, ubicada en la calle del mismo nombre, mandó cam-biar, por ejemplo, la alfombra y el manto del altar. Cada año financia las fiestasparroquiales de las iglesias de Santa Inés. La Santísima, Santa Teresa y La Soledad, entreotras. Por su labor, algunos de sus beneficiarios la llaman “bienechora”. Y hay quien lellama la “patrona del Centro Histórico”. Las autoridades de la iglesia de Jesús María ma-nifiestan así su agradecimiento a la dirigente. “El excelentísimo señor arzobispo Dr. LuisMena Arroyo y sacerdotes invitados, celebran la eucaristía por todos los comerciantes delCentro, teniendo como invitada de honor y bienechora a la Sra. GUILLERMINA RICO”.Altos funcionarios y ex funcionarios públicos han manifestado su admiración a la diri-gente. Las paredes de los dos locales que ocupa en la calle de Roldán están tapizadas confotos en las que aparece al lado de funcionarios públicos. Con Carlos Salinas de Gortarifigura en seis cuadros. En uno de ellos se lee la siguiente inscripción: “Para Guille, conafecto y agradecimiento a su entusiasmo”. Y, enseguida, la rúbrica del Presidente”. “Lasfichas de los líderes El comercio ambulante en la capital: cadena de beneficios, desde elvendedor hasta los funcionarios”, Proceso, núm. 818- 07, 6 de julio de 1992.

24 Eckstein, Susan, op. cit., nota 9, p. 309.25 Prueba de ello es que, entre 1986 y 1989, fueron puestos a disposición de las auto-

ridades judiciales 27 servidores públicos de la Delegación Cuauhtémoc, seis de ellos co-ludidos con dirigentes de comerciantes. “Las fichas de los líderes El comercio ambulanteen la capital: cadena de beneficios, desde el vendedor hasta los funcionarios”, núm. 818-07, Proceso, 6 de julio de 1992.

pleados, pero sin los beneficios ni garantías que tiene cualquier otro traba-jador. […] Uno acepta o se muere de hambre.26

De otro lado, la relación que tenían los comerciantes ambulantes conlos habitantes de la zona tampoco era del todo pacífica. Si bien, los resi-dentes del centro se mostraban orgullosos de sus relaciones con los co-merciantes que, para ellos, mantenían los asaltos y otros problemas almínimo.27 También es cierto que el alto número de sujetos que ocupabanlas calles de la zona, limitaba con mucho la capacidad de los residentespara involucrarse en la misma actividad.28

Los comerciantes “llegados de fuera” rentaban o adquirían prediosdentro de la zona para almacenar su mercancía —pues al igual que todosdebían desarmar sus puestos callejeros y empacar sus productos por lanoche—. De la misma forma, el alto número de comerciantes había ele-vado el valor informal de los puestos, cuyo derecho reclamaban los inva-sores de las calles. De tal suerte, ya en 1990, el precio de traspaso paramejorar los lugares llegó a ser de 12,500 dólares, mientras que una déca-da antes era de 5,000l. Al mismo tiempo, quedaron menos calles para“colonizar”.29

II. LA INTERVENCIÓN INSTITUCIONAL DEL ESPACIO: ENTRE LA HISTORIA

Y LA CRIMINALIZACIÓN (1992-1999)

Fue, precisamente, en medio de este orden callejero que la autoridadadministrativa, y todavía dependiente del Ejecutivo Federal, intentaríarecuperar las calles del Primer Cuadro de la ciudad de México mediantela apelación a su carácter histórico y monumental.

De acuerdo con Jerome Monnet, hacia finales de la década de losochenta y hasta al menos la primera mitad de la década de los noventa, elcomplejo imaginario del centro de la ciudad de México estaba constitui-

LEGALIDADES PÚBLICAS182

26 Garmendia, Álvaro, Los mil y un oficios de los desocupados de la ciudad, México,

Editores Mexicanos Unidos, 1982, pp. 188 y 189.27 Eckstein, Susan, op. cit., nota 9, p. 310.28 Una dinámica similar se experimentaba en el Barrio de Tepito, véase Grisales, Na-

talia, “En Tepito todo se vende menos la dignidad: Espacio público e informalidad eco-nómica en el Barrio Bravo”, Alteridades, 2003, pp. 67-83.

29 Eckstein, Susan, op. cit., nota 9, pp. 337 y 338.

do por dos consensos dominantes en la opinión pública.30 El primero, po-sitivo, concerniente al patrimonio “sobre cuya defensa todo mundo estáde acuerdo, ya que al preservar los monumentos del pasado estamos pro-tegiendo nuestra identidad”; y, el segundo, de tipo negativo, referente alcomercio ambulante “que todos condenan como un problema aún cuandono se esté de acuerdo acerca de sus causas. Para las organizaciones popu-lares el problema es consecuencia de que el Estado no garantice el em-pleo para todos. Para los comerciantes [establecidos] el problema se debea la deshonestidad de los ambulantes. Para el Estado es una fatalidad a laque hay que adaptarse”.31 Y no resulta difícil imaginar sobre qué bases sehabía construido el consenso negativo en torno al comercio callejero.

1. La limpieza del espacio histórico

Además de las representaciones periodísticas que se publicaban cotidia-namente sobre el carácter cuasi-delictivo de las organizaciones del comer-cio ambulante, durante aquellos años la autoridad se había esforzado porconstruir una imagen de los líderes de dichas organizaciones como verda-deros criminales, sobre cuyas espaldas descansaban una buena cantidad deaveriguaciones previas por los delitos de agresiones y extorsión.32

El punto culminante de esta estrategia llegó en febrero de 1992, trasuna pelea entre un vendedor ambulante y un usuario del metro, en que elprimero disparó un arma de fuego sobre el segundo.33 Frente a este he-cho, ni la reacción de la autoridad ni de la prensa se hizo esperar. Un díadespués del incidente, más de 500 policías fueron movilizados a las esta-ciones de metro con mayor concentración de vendedores. Por otra parte,en la prensa, la disposición de un individuo a disparar un arma de fuegose vinculó con la disposición de todos los comerciantes callejeros a de-

PATRONES DE NEGOCIACIÓN Y APROPIACIÓN DEL ESPACIO PÚBLICO 183

30 Para evaluar el estado de la opinión pública entorno al centro de la ciudad de Mé-xico, Monnet estructuró una base de datos con 437 encabezados que se refieren al centrode la ciudad, a partir de la consulta de cinco diarios de circulación nacional durante 1988y 1991. Monnet, Jerome, op. cit., nota 2, pp. 167-192.

31 Ibidem, p. 180.32 “Las fichas de los líderes El comercio ambulante en la capital: cadena de benefi-

cios, desde el vendedor hasta los funcionarios”, Proceso, núm. 818- 07, 6 de julio de1992.

33 Cross, John, “Debilitando al clientelismo: la formalización del ambulantaje en laciudad de México”, Revista Mexicana de Sociología, vol. 59, núm. 4, 1997, p. 98.

linquir y, por añadidura, con la población que comerciaba en las callesdel centro de la ciudad.34

Tras varios meses de negociaciones y presiones, el 1o. de octubre de1992 el entonces regente del Departamento del Distrito Federal, ManuelCamacho Solís, declaró

…tener ya la respuesta al problema del comercio ambulante en el centrohistórico. Nueva estrategia [que] permitirá limpiar de vendedores las callesdel primer cuadro e incorporarlos a la economía formal, para que cumplansus obligaciones fiscales. Todo, en un plazo no mayor de doce meses. Pos-teriormente se atacará el fenómeno de manera global en cada una de las 16delegaciones donde, en conjunto, se concentran poco más de 100,000 co-merciantes, 50% de los cuales se asienta en Cuauhtémoc y Venustiano Ca-rranza, según el más reciente censo oficial.35

Para echar a andar esta estrategia, se creó un organismo denominadoPrograma de Mejoramiento del Comercio Popular, que se encargaría deadquirir diversos predios destinados a la construcción de mercados, pla-zas y bazares, para reubicar al 77% del total de comerciantes que opera-ban en el centro de la ciudad. Una vez construidos, los espacios se ven-derían en condominio a los ambulantes, mediante créditos financieros.Todo con el fin de limpiar la cara del centro histórico, zona consideradapor la UNESCO como patrimonio mundial de la Humanidad.36

Pero si el plan tenía como justificación resolver un problema urbanosobre una zona considerada como patrimonio de la humanidad, entoncesera necesario aterrizar este valor universal dentro de la escala local de re-gulación. Así, el 12 de julio de 1993 se publicó en el Diario Oficial de la

Federación el “Bando por el que se prohíbe el ejercicio del comercio enla vía pública en puestos fijos, semifijos y de cualquier otro tipo en lascalles comprendidas dentro del perímetro determinado por el Departa-mento del Distrito Federal”; documento en que destacan dos factores:37

LEGALIDADES PÚBLICAS184

34 Ibidem, p. 99.35 “Las fichas de los líderes El comercio ambulante en la capital: cadena de beneficios,

desde el vendedor hasta los funcionarios”, Proceso, núm. 818- 07, 6 de julio de 1992.36 Idem.37 Podríamos sostener que el cambio entre la forma jurídica reglamentaria y el bando

como formas para denominar a la regulación del espacio público de la ciudad de Méxicoes un tercer aspecto destacable del Bando de 1993, pues mientras que el reglamento esuna declaración unilateral de la autoridad realizada exclusivamente en ejercicio de la fun-

a) la clasificación del ambulantaje como una actividad que dificulta yatenta contra la conservación del patrimonio histórico-cultural de la ciu-dad de México, y b) el reconocimiento del comercio callejero como unobstáculo para la libertad de tránsito, como un riesgo para la saludpública, como una serie de peligros y riesgos para el orden público ycomo una ocupación generalizada en la población.

El papel del Bando de 1993, en tanto medio para clasificar al comer-cio ambulante como una actividad que atenta contra la conservación delpatrimonio histórico-cultural de la ciudad de México, se definió desde elpapel cuando el legislador señaló al perímetro “A” del centro de la ciu-dad de México como el ámbito espacial de aplicación de la norma,38 de-cisión que además incorporó y reforzó un nuevo valor y una nueva divi-sión imaginaria del centro de la ciudad, trazada mediante el decreto quedeclara al centro de la ciudad como “zona de monumentos históricos” yque dividió a la zona en dos espacios contenidos uno dentro del otro, losperímetros “A” y “B”.39

En el caso concreto es posible advertir que, aunque esta delimitaciónespacial buscaba reforzar el carácter histórico y monumental de una su-perficie de casi diez kilómetros cuadrados donde se elevan 1,436 edifi-

PATRONES DE NEGOCIACIÓN Y APROPIACIÓN DEL ESPACIO PÚBLICO 185

ción administrativa que produce efectos jurídicos generales en forma directa, un bandoconsiste en hacer del conocimiento público, de manera solemne, una ley o un mandato deorden superior sin que se delimite a la publicación de un acto administrativo. En el casoconcreto este cambio se explica por la reforma del artículo 73 constitucional que en 1987creó la Asamblea de Representantes del Distrito Federal que se conformaría por 66miembros, 40 electos popularmente y 26 distribuidos por el principio de representaciónproporcional. De acuerdo con esta reforma, el Congreso de la Unión seguía teniendo ca-pacidades para legislar en lo relativo al Distrito Federal, pero la Asamblea de Represen-tantes contaba con atribuciones para dictar bandos, ordenanzas y reglamentos de policíay buen gobierno en diferentes materias (salud, vialidad, espectáculos públicos, abasto,mercados, drenaje, etcétera), así como para promover iniciativas de leyes ante el Congre-so de la Unión tocantes al Distrito Federal, entre otras. No obstante, dentro del sistemajurídico mexicano los bandos y reglamentos tienen funciones similares, al menos en loconcerniente al ámbito de administración de las ciudades pues, aunque expedidas por au-toridades distintas, las dos formas jurídicas se engloban en el ámbito de “policía y buengobierno”, denominación decimonónica que refiere a los actos de autoridad tendientes apreservar el orden, la seguridad y la tranquilidad de la población que existe en las ciuda-des y, de manera más general, en cualquier territorio habitado.

38 Artículo 2o. Bando publicado en el DOF el 12 de julio de 1993.39 Decreto del Ejecutivo Federal publicado en el Diario Oficial de la Federación el 11

de abril de 1980.

cios históricos que cubren la mitad de la superficie del centro y que sehalla sometida a un régimen jurídico especial,40 también pretendía erra-dicar el ambulantaje de una zona en donde:

El comercio en la vía pública ha proliferado y se ha agudizado en áreas ycalles que por su localización, dimensiones, características e interrelacióncon otros elementos del conjunto urbano en que se ubican son configurati-vas del patrimonio histórico-cultural de la ciudad de México además deque en esas áreas y calles se manifiestan con mayor énfasis los diversosproblemas que son causas y efectos relacionados con el comercio en la víapública.41

Objetivo de erradicación del ambulantaje que había sido manifestadodesde 1978, cuando se planeó expulsar del centro al mercado de La Mer-ced, so pretexto de que arruinaba el patrimonio histórico, y que ha sidointerpretado como un paso más para hacer coincidir la realidad del centrode la ciudad con la historia oficial de la nación.42

El Bando de 1993 podría ser analizado, también, como el primer indi-cio de una práctica jurídica-administrativa que, en adelante, no buscaríaregular el uso y las funciones comerciales y laborales del espacio públicode la ciudad de México, sino abolirlos como una práctica ocupacionalgeneralizada entre la población. Carácter que parece evidenciarse por lalectura del primer artículo del Bando que prescribe una serie de prohibi-ciones espaciales para ejercer el comercio en la vía pública, en todas susmodalidades, y en aquellas calles que hubieran sido ocupadas por los co-merciantes, desocupadas por las autoridades e incluso aquellos espaciosque aún no hubieran sido ocupados.43

LEGALIDADES PÚBLICAS186

40 Régimen que, como advierte Monnet, no será modulado conforme a los lugares,contrariamente a lo que se podría pensar de una disposición que definió dos perímetrosde protección. Pues en ninguna parte del decreto de abril de 1980 se explican las razoneso las consecuencias de esta doble limitación, cuyos efectos no son perceptibles en el es-pacio; sólo se puede hacer notar que el perímetro “A” corresponde casi exactamente a laciudad de fines del siglo XVIII, mientras que el perímetro “B” coincide más o menos conla primera extensión del siglo XIX, hacia mediados de siglo. Monnet, Jerome, op. cit.,nota 2, p. 277.

41 Antecedente 4o. del Bando publicado en el DOF el 12 de julio de 1993.42 Monnet, Jerome, op. cit., nota 2, pp. 255-285.43 “Queda prohibido el ejercicio del comercio en la vía pública en puestos fijos, se-

mifijos y de cualquier otro tipo en (…): a) Las vías públicas en las que no se ejerza la ac-

Sin embargo, la generalidad de la norma no es más que un espejismocreado por el mismo texto jurídico, pues si el artículo segundo del Bandode 1993 sirvió como medio para determinar al perímetro “A” como el es-pacio de aplicación de la norma, los hechos administrativos, esto es losactos de autoridad tendientes a ejecutar y supervisar el cumplimiento dela norma jurídica, reforzaron enteramente el papel del Bando como uninstrumento jurídico cuyo objetivo primordial era retirar a los ambulan-tes de las calles del centro de la ciudad.

Como se dijo, la ejecución de las disposiciones prescritas en el Bandode 1993 se complementó con el Programa de Mejoramiento del Comer-cio Popular, que tenía como propósito construir una serie de plazas co-merciales como espacios alternativos para concentrar a los comerciantescallejeros en un lugar cerrado distinto a los mercados y más cercano lascalles ocupadas por los ambulantes.

Así, el mercado —como espacio institucionalmente asignado para elcomercio callejero y prescrito por la autoridad administrativa en el Re-glamento de 1951— intentaba ser sustituido por plazas con locales queya no serían rentados, sino vendidos a los comerciantes, pues comosostiene Cross:

una de las diferencias importantes entre el programa de plazas comercialesy la construcción de mercados públicos en la época de Uruchurtu era elhecho de que, mientras Uruchurtu construyó los mercados a cargo delDDF y rentó puestos a precios nominales (…) en el nuevo programa, deacuerdo con la política neoliberal de Salinas (y la creencia entre funciona-rios de que los vendedores eran ricos), los ambulantes debían de pagar elcosto total de sus puestos.44

Como resultado, los ambulantes tenían que pagar entre 7 mil y 21 milpesos, más una serie de cuotas mensuales que incluían el pago de servi-cios y mantenimiento.45

PATRONES DE NEGOCIACIÓN Y APROPIACIÓN DEL ESPACIO PÚBLICO 187

tividad comercial a que se refiere este Bando; b) Respecto de aquellas vías públicas quehan sido desocupadas con base en acciones del Programa de Mejoramiento del ComercioPopular; c) Respecto de las vías públicas en las que aún se ejerza la actividad comercial aque se refiere este Bando”.

44 Cross, John, op. cit., nota 33, p. 99.45 Adicionalmente los comerciantes ambulantes recibieron un apoyo limitado de par-

te de las autoridades: un plan de crédito en el que después de pagar un enganche del 10%

La imagen siguiente presenta la distribución final de las plazas en elespacio del centro histórico de la ciudad de México en donde se estable-cieron 23 de las 28 plazas construidas bajo el Programa de Mejoramientodel Comercio Popular, en relación con las áreas de concentración de ven-dedores ambulantes correspondiente a 1998 cuando las autoridades loca-les estimaban que 3,724 ambulantes se distribuían en 23 calles.

IMAGEN 3. DISTRIBUCIÓN FINAL DE LAS PLAZAS COMERCIALES Y ÁREAS

DE CONCENTRACIÓN DEL AMBULANTAJE EN EL CENTRO

DE LA CIUDAD DE MÉXICO, 1998

LEGALIDADES PÚBLICAS188

se debía pagar el monto en seis años a intereses variables vinculados a la inflación. Otradiferencia sustancial entre el Reglamento de 1951 y el Bando de 1993 se presenta por eltiempo de materialización de los espacios prescritos. Si bien a mediados del siglo XX seconstruyeron la mayor parte de los mercados públicos de la ciudad de México, lo ciertoes que el tiempo entre los periodos de planeación y apertura de los mismos era de entretres y cinco años, mientras que las nuevas plazas se construyeron en un plazo menor a losdos años; diferencia de tiempos que marcó el futuro de las plazas como espacios mal pla-neados, mal ubicados y con un diseño deficiente.

Como se observa, aunque el 82% del total de las plazas construidas enla ciudad de México parecen estar en medio de las áreas del centro, queen 1998 concentraban a los ambulantes, la distribución de las mismas esvariable: 20% se encuentran en las áreas de mayor concentración de am-bulantes, 44% en áreas de media concentración y 36% en áreas de bajaconcentración.

Las plazas terminaron siendo un rotundo fracaso. La más grande, quese conformaba por 1,500 puestos nunca logró tener más del 20% de ocu-pación (300 puestos), a pesar de que los vendedores habían apartado sulugar. Actualmente, de las 28 plazas que se construyeron entre 1993 y1994, sólo tres ubicadas en el centro de la ciudad funcionan: las plazasde Tacuba, Mesones y Meave. El resto funcionan con problemas o seencuentran parcialmente ocupadas como bodegas.

Aunque los comerciantes fueron retirados de las calles, en la tempora-da decembrina de 1993-1994 regresaron poco a poco a las calles.46 Sinembargo, algo había cambiado en las formas en que se relacionaban conla autoridad y el, todavía, partido gobernante (PRI). De acuerdo con unsondeo realizado por Cross, antes del Programa de Plazas Comerciales,cuatro de cada diez comerciantes encuestados reportó haber sido obliga-dos a afiliarse al PRI y, seis de cada diez señalaban que tenían que parti-cipar en actos organizados por el partido. Sin embargo, después del Pro-grama, la disposición por apoyar al Partido Revolucionario Institucionaldecayó en poco menos del 50%.47

Para Cross, el declive en la disposición de los comerciantes callejerospara apoyar al PRI reflejaba dos aspectos concretos. Por un lado, el des-contento de las organizaciones más importantes porque, al ser reubica-das, las autoridades facilitaron y toleraron la aparición de nuevos comer-ciantes callejero en la zona. Por el otro, una percepción popular de que elPartido Revolucionario Institucional había dejado de ser funcional: “Na-die está afiliado al PRI por convicción […] Todos estamos con el sistemapor conveniencia. Y puede llegar el día en que ya no sea conveniente”.48

Y ese día llegó, más tarde que temprano, con la elección del primer jefede gobierno del Distrito Federal, Cuauhtémoc Cárdenas.

PATRONES DE NEGOCIACIÓN Y APROPIACIÓN DEL ESPACIO PÚBLICO 189

46 Para el verano de 1995 los conteos administrativos reportaron la presencia de cer-ca de 4 mil comerciantes en las calles del centro.

47 Cross, John, op. cit., nota 33, p. 109.48 Entrevista a líder en el área de La Merced, ibidem, p. 111.

2. ¿Democratización o criminalización de las calles?

A pesar de que por varias décadas se presumió la relación entre los co-merciantes callejeros y el PRI, hacia finales de la década de los noventa,dicha relación era hostil y poco redituable, sobre todo para los ambulan-tes. Así, al igual que en otras esferas de la política urbana, por un tiempo,la mejor alternativa para que los ambulantes pudieran defender y conser-var sus espacios de subsistencia fue la de negociar directamente conCuauhtémoc Cárdenas, y su equipo, quien encabezó a la alternativa opo-sitora (PRD) y aprovechó la coyuntura para incorporar en su proyecto elapoyo de varios líderes del comercio callejero.49

Aunque no existen datos sobre las preferencias electorales de los co-merciantes ambulantes de la ciudad de México, sus manifestaciones deapoyo en torno a Cárdenas fueron favorables. De tal suerte, cuando en1997 se produce, por primera vez, una elección popular del gobierno dela ciudad de México, la nueva administración perredista se comprometióa revisar el bando de 1993 y reabrir la discusión del programa de reorde-namiento.50 No obstante, los resultados de esta propuesta no seríanfavorables, al menos para una de las partes.

En 1999, con la creación de un nuevo Código Penal para el DistritoFederal, se daría fin al uso de la facultad reglamentaria del Ejecutivo Fe-deral como medio para regular una parte de las relaciones sociales que sedesarrollaban en la ciudad de México y, con este proceso, se daría fin,también, a la indeterminación institucional por clasificar al ambulantajecomo una ocupación que “sin ser delictiva puede resultar u ocasionar crí-menes o males a los ciudadanos”, para convertirla en una serie de prácti-cas tipificadas en el Código Penal.51

Para varios legisladores locales, y algunos prestigiados abogados, latipificación del comercio ambulante organizado significaba un paso im-portante en el camino a la democratización de las prácticas y la vida coti-diana en las calles de la ciudad de México. Por un lado, porque “la prohi-

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49 Jaime, Edna et al., Informalidad y (sub) desarrollo, cit., nota 10, p. 171.50 Idem.51 Por decreto, publicado el 17 de septiembre de 1999 en la Gaceta Oficial del Dis-

trito Federal, y publicado también en el Diario Oficial de la Federación el 30 de sep-tiembre del mismo año, “se derogan, reforman y adicionan diversas disposiciones del Có-digo Penal para el Distrito Federal en Materia de Fuero Común y para toda la Repúblicaen Materia de Fuero Federal”.

bición penal de estas conductas es, sin lugar a dudas, plausible porqueinhibe la inducción al ambulantaje que tantos problemas ocasiona a loshabitantes de esta ciudad”.52 Y, por el otro, porque la nueva disposicióntenía como objetivo atacar sólo a los líderes de las organizaciones, queextorsionaban, amenazaban y se aprovechaban de uno de los sectoresmás pobres de la ciudad.

La penalización de la “utilización indebida de la vía pública determi-nada por una serie incierta de personas que obtenían un beneficio a cam-bio de asignarles un lugar en el espacio público a los comerciantes calle-jeros”, sirvió como un medio para iniciar, entre enero de 1999 y junio de2002 un total de 2,431 averiguaciones previas,53 hecho que aparentemen-te reflejaba la disposición de las autoridades por castigar a los líderes delambulantaje.

Sin embargo, del total de las averiguaciones previas iniciadas entre1999 y el 2002, tan sólo 65 concluyeron en juicio, lo que significa en tér-minos crudos que únicamente el 2.7% de las personas acusadas por de-

terminar a otros a ejercer el comercio en la vía pública sin permiso de la

autoridad competente obteniendo algún beneficio o lucro para sí o para

un tercero fueron efectivamente juzgadas.La información disponible no permite saber con exactitud si todas las

personas juzgadas fueron consideradas culpables, pero lo que sí podemosprobar es que una razón importante para explicar la disparidad entre lasaveriguaciones penales iniciadas y las concluidas en juicio es, precisa-mente, el poder político que lograron adquirir las organizaciones de ven-dedores ambulantes en épocas anteriores. Según datos hemerográficos,durante este periodo, se iniciaron al menos 1,200 amparos, por parte delos ambulantes, sobre el 43% de las averiguaciones previas iniciadas porla autoridad. Amparos en los que los comerciantes callejeros estuvieronasesorados jurídicamente por el Partido Revolucionario Institucional y elPartido del Trabajo.54

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52 Islas, Olga, “El Nuevo Código Penal para el Distrito Federal. México”, Boletín

Mexicano de Derecho Comparado, México, 2000, p. 860.53 Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal, Respuesta a la solicitud de

información pública: 0113000018908.54 “Se amparan ambulantes contra el Código Están afiliados a la CNOP; buscará el

PRI interponer un recurso de inconstitucionalidad con el apoyo de AN”, El Universal, 7de octubre de 1999; “Se ampararon vagoneros del Metro contra el Código Penal Consi-deran que sanciona a las organizaciones que impulsan el comercio informal”, El Univer-

A pesar de esta movilización aparentemente violenta y represiva de laley, para terminar con las organizaciones del comercio callejero de la ciu-dad de México, lo cierto es que una lectura de más largo alcance sugiereque todas estas estrategias desplegadas por el nuevo gobierno perredistano tuvieron como fin democratizar las calles, sino debilitar el clientelis-mo priísta para asegurarse uno propio, a partir de su influencia tanto enel Ejecutivo como en el Legislativo local.

En este sentido, la tipificación penal del comercio callejero organiza-do, coincidió como la aparición de una nueva regla oficial respecto al nú-mero de comerciantes necesarios para formalizar y constituir una nuevaasociación civil con sólo diez ambulantes.55 Regla acompañada de un es-tímulo, por parte de las autoridades, para que los ambulantes constituye-ran nuevas organizaciones. Aparentemente, el objetivo de este procesoera fragmentar los liderazgos de las organizaciones constituidas en tornoal PRI. Así, si para 1997 se consideraba que existían, sólo en el centro dela ciudad, 13 organizaciones oficialmente reconocidas, todas de filiaciónpriísta, para 2007 se reportaba, ya, la existencia de unos 120 liderazgos,de los cuales 95% pertenecían al PRD.

En opinión de los propios dirigentes del comercio en vía pública, estatransformación reveló que, para acrecentar su influencia y poder entre elambulantaje del centro histórico, “el perredismo se ha valido del poderpúblico, pues otorga canonjías y tolera en las calles a quienes están conel sol azteca, pero desmantela a las agrupaciones que no se alinean, llevaa la cárcel a sus liderazgos y de entre lo que queda impulsa nuevos líde-res, más pequeños, aunque más fáciles de controlar”.56 Y, lo que es más,aunque difieren en el impacto de estas iniciativas, los mismos líderesbeneficiados por la estrategia perredista coinciden en el proceso:

LEGALIDADES PÚBLICAS192

sal, 6 de octubre 1999; “Seguirán asesorando PRI y PT a informales Los ampararán con-tra el artículo 171 bis del Código Penal para el DF; no hay fin electorero, dice Aguilera”,El Universal, 13 de octubre 1999.

55 Zaremberg, Gisela, “¿Corporativismo informal? Organizaciones de ambulantes ypartidos políticos a partir de la alternancia electoral en México, Distrito Federal(2000-2005)”, Informe final del concurso: Partidos, movimientos y alternativas políticas

en América Latina y el Caribe. Programa Regional de Becas CLACSO. 2005, disponibleen: http://bibliotecavirtual.clacso.org.ar/ar/libros/becas/semi/2004/partidos/zare.pdf.

56 “Controlan el Centro 120 grupos ambulantes”, El Universal, 2 de abril 2007.

Desde el principio tenía claro que las calles se tenían que acabar. Llega-mos y empezamos a descabezar organizaciones. No pues quién es tu líder,a partir de ahora es este nuevo y así. Pero pues no es que se hiciera másdemocrático el pedo, sino que ahora hay organizaciones por calle, delega-dos, ordenadores. Yo tengo como seis mil, pero pues sólo son compas,ellos se arreglan por su lado, he soltado algunas y ahora sólo tengo dosmil. Creamos enlaces, diferentes organizaciones que se coordinan conmi-go, pero yo no soy su líder directo, son nomás enlaces. Todas las organiza-ciones tienen un tinte corporativo, partidista. Nosotros estábamos desde elinicio con las organizaciones no-priístas, entonces cuando yo no era diri-gente era parte de la organización de Guillermina Rico, primero fui torero,luego me dieron un puesto, su yerno. Pero nunca fui priista, sino que másbien cuando estaba estudiando la universidad se dio el movimiento para elPRD y pues ahí estaba. Ya con el tiempo se dio lo de Dolores, y convoquéa varios líderes incluso priístas y les dije qué tranza hagan paro, y dijeronsí va, total que ahí fue cuando empecé a moverme en otros sentidos, noeres un líder de ambulantes sino de dirigentes, les vas indicando cómo vael pedo. Me sumé a la Delegación y salí y me empezaron a tirar tierra, undía se organizaron para repartir volantes en mi contra y un día vine y aga-rré y tomé las calles, traje al operativo, quité a los delegados de SánchezRico, les dije los voy a meter a la cárcel por ratas y abusivos […] vine yles dije quién es el delegado de la calle, no pues que no está, porque se es-condieron, pues agarré y puse a los dirigentes entre los mismos ambulan-tes pregunté, quién quiere ser el delegado de aquí, no pus yo, pues él va aser, y así fui por todas las calles. Porque el gobierno democrático tenía quecambiar no sólo a la institución, sino también la vida, las calles, las formasde vida y las prácticas en la calle.57

Bajo este nuevo contexto, el comercio organizado de las calles delcentro de la ciudad de México parece haber experimentado una transfor-mación, tanto en términos cuantitativos como cualitativos.

A pesar de la diversidad de cifras y reportes, en términos cuantitati-vos, al parecer no sólo surgieron nuevas organizaciones de comerciantescallejeros, sino que también se modificó la conformación de las ya exis-tentes, destacando, por ejemplo, la organización de la familia SánchezRico, que sólo logró conservar al 41% de los agremiados que aglutinabauna década atrás.

PATRONES DE NEGOCIACIÓN Y APROPIACIÓN DEL ESPACIO PÚBLICO 193

57 Entrevista a líder de una organización de comerciantes en el centro de la ciudad deMéxico, realizada el 10 de abril de 2008.

GRÁFICA 10. TAMAÑO DE LAS ORGANIZACIONES DE VENDEDORES

AMBULANTES DEL CENTRO DE LA CIUDAD DE MÉXICO (2007)58

En términos cualitativos, algunos estudios preliminares reportan laaparición de tipos novedosos de organización, en donde la estructura demando y relaciones con el “gobierno” se han diversificado y pluralizado.De tal suerte que, en medio de la estructura tradicional de las organiza-ciones —centralizadas en torno al líder—, han surgido nuevas estructu-ras atípicas y complejas.59 Sin embargo, es difícil determinar si estoscambios aparentes son más el producto de un análisis académico basadoen la construcción de tipos ideales, que de un cambio real y generalizadode la vida en las calles.

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58 Gráfica de elaboración propia a partir de: Información proporcionada porSISCOVIP en 2008.

59 Zaremberg, Gisela, “Hexágono versus árbol: casos atípicos en la organización delcomercio informal en el Distrito Federal”, Perfiles Latinoamericanos, núm. 36, julio-di-ciembre de 2010, pp. 143-180.

III. NEGOCIACIÓN Y APROPIACIÓN DE LAS CALLES (1999-2007)

A lo largo del periodo aquí analizado, fueron diversos los cambios ytransformaciones que debieron experimentar los comerciantes callejerosdel centro de la ciudad de México. De un contexto marcado por conflic-tos privados para apropiarse de las calles, pasaron a ser clasificados co-mo sujetos de exclusión de un espacio histórico, y como potencialesdelincuentes.

Este grado de intervención institucional de la vida en las calles, revelaun momento sin precedentes, en donde lo mismo se apeló al valor simbó-lico del espacio, que al brazo más poderoso y represivo del Estado, conel fin de retirar a los comerciantes de las calles de la ciudad de México.

Bajo esta visión instrumental de la ley, como medio para el cambiosocial, es posible decir que cada uno de estos intentos regulatorios fraca-só en conseguir su objetivo, pues ni el tamaño ni la capacidad organizati-va de la población que comerciaba en el centro de la ciudad, se redujoconsiderablemente. Sin embargo, desde una perspectiva constitutiva, yde más largo plazo, es posible sostener, también, que ninguno de estosmomentos, supuso una ruptura importante con las estrategias de negocia-ción y apropiación del espacio público que habían desplegado, por mu-chos años, los comerciantes callejeros. Antes bien, se trató de momentosque las pusieron a prueba.

Los párrafos siguientes tienen como objetivo describir y explicar laorganización del comercio ambulante en las calles del centro de la ciudadde México, entre 1999 y 2007. El análisis se construye sobre dos fuentesprincipales de información. La primera, un diario de campo escrito, prin-cipalmente, durante el segundo semestre de 2007 y todo el 2008, a travésde observaciones directas levantas en las calles y en las oficinas delega-cionales. La segunda, una muestra de 270 permisos para comerciar en lascalles del centro de la ciudad de México expedidos entre 1999 y 2007, ylos cuales se consultaron en las oficinas de la Delegación Cuauhtémocdurante el segundo semestre de 2008. Adicionalmente, estas fuentes secomplementan con algunas entrevistas levantadas por otros investigado-res o por la prensa misma.

Se trata, en resumidas cuentas, de combinar formas distintas de “ob-servar” al comercio callejero, una en las calles y, la otra, desde los regis-tros administrativos que resguarda la autoridad. Sin embargo, como se

PATRONES DE NEGOCIACIÓN Y APROPIACIÓN DEL ESPACIO PÚBLICO 195

verá, ambas visiones se articulan y le dan forma a las calles del centro dela ciudad de México.

1. El acceso y la publicidad del espacio

Uno de los efectos más poderosos y permanentes generados por la re-gulación del espacio público de la ciudad de México, desarrollada a lolargo del siglo XX, fue la de diferenciar tanto el tipo de poblaciones quepodían acceder a un lugar en las calles, como los procedimientos requeri-dos para ello. En este sentido, se trató de un proceso enfocado en definirtanto la publicidad como el acceso del espacio, esto es, por quién, paraqué y cómo debían ser utilizadas las calles.

De tal suerte, la organización colectiva y subordinada al partido go-bernante, la disposición de pagar una cuota para comerciar en las calles ola capacidad de desarrollar estrategias propias para evadir las sancionespor ocupar un espacio sin autorización, se consolidaron como los mediosmás importantes para que la población pudiera reclamar un derecho a tra-bajar en las calles y, al mismo tiempo, ejercerlo de manera cotidiana.

De una u otra forma, este proceso generó un acceso diferenciado al es-pacio público, mismo que, al parecer, se recrudeció durante la década delos ochenta. Como vimos, fueron diversos los esfuerzos desplegados porla autoridad para deshacer, al menos en apariencia, esta realidad. Cadauno de estos esfuerzos significó, entonces, un intento por cambiar las re-glas del orden social y la naturaleza diferenciada del acceso al espaciopúblico.60 Mismo que, si bien en términos estructurales falló, sí pudo ge-nerar cambios mínimos en la distribución espacial del comercio en lascalles del centro de la ciudad de México.

Tanto en el caso del comercio callejero autorizado como en el no auto-rizado, es posible observar patrones comunes de ocupación de las callesdel centro de la ciudad de México, mismos que revelan una especie deaprendizaje o voluntad por ocupar, al menos, calles periféricas y nocentrales del perímetro.

LEGALIDADES PÚBLICAS196

60 Una explicación teórica de este proceso puede ser vista en Mitchell, Don y Staehe-li, Lynn, The People’s Property? Power, Politics and the Public, Nueva York, Routled-ge, 2008.

IMAGEN 4. PATRONES DE OCUPACIÓN Y MOVILIDAD DEL ESPACIO,

COMERCIANTES NO AUTORIZADOS (2002-2003)

PATRONES DE NEGOCIACIÓN Y APROPIACIÓN DEL ESPACIO PÚBLICO 197

IMAGEN 5. DISTRIBUCIÓN ESPACIAL DE LOS COMERCIANTES

CALLEJEROS AUTORIZADOS, E INCIDENCIA DELICTIVA POR CALLE

(1999-2007)

Es posible que los patrones de ocupación del espacio, desplegados porel comercio autorizado, hayan sido consecuencia de los requisitos quedebía reunir cualquier comerciante callejero para negociar, con la autori-dad, el permiso correspondiente.

Pues entre los requisitos que debía cumplir la población se encontrabala obligación de estipular, de manera gráfica y exacta, el espacio de ba-queta que se pretendía ocupar. Lo que explicaría, en parte, por qué algu-nos comerciantes autorizados se ubicaban en espacios abandonados porla autoridad; abandono cuyo indicador más claro es la incidencia delic-tiva reportada en cada área.

LEGALIDADES PÚBLICAS198

IMAGEN 6. FORMATOS Y MAPAS REQUERIDOS PARA TRAMITAR

UNA LICENCIA

Sin embargo, otra posibilidad es que tanto autorizados como no auto-rizados ocuparan el mismo espacio, sobre todo, a partir de la forma enque las organizaciones decidían distribuirse las calles. El análisis de laslicencias es clarificador en este sentido. Pues, si bien, el proceso de apa-rente democratización de las calles logró fragmentar algunos de los lide-razgos y formas en que se organizaban los comerciantes callejeros, al pa-recer la pertenencia a una organización continuaba presentándose comoun elemento importante en la capacidad de la población para acceder aun pedazo de pavimento.

2. La distribución organizada del espacio

De acuerdo con cifras oficiales, hasta 2008, en el Distrito Federalexistían 705 organizaciones de comerciantes ambulantes formalmenteconstituidas. Tan sólo en la Delegación Cuauhtémoc se estimaba la exis-

PATRONES DE NEGOCIACIÓN Y APROPIACIÓN DEL ESPACIO PÚBLICO 199

tencia de 196 organizaciones, de las cuales 120 operaban en el centro dela ciudad de México.

GRÁFICA 11. DISTRIBUCIÓN DELEGACIONAL DE LAS ORGANIZACIONES

DE COMERCIANTES AMBULANTES DEL DISTRITO FEDERAL61

Algunas de estas organizaciones se estructuraban por comerciantes au-torizados y no autorizados, otras no. Hasta ahora no existe informaciónsuficiente para determinar los grados de legalidad/ilegalidad con que ope-raban los miembros de cada organización. Sin embargo, en el muestreo deexpedientes delegacionales se identificaron siete organizaciones: 1) Asam-blea de barrios; 2) Asociación de comerciantes en pequeño; 3) Asociaciónde comerciantes diurnos y nocturnos; 4) Asociación Legítima Cívica Co-mercial; 5) Frente Guillista; 6) Unión de Comerciantes de la Calle deJoaquín Herrera; 7) Unión de Comerciantes de la Calle de Balderas.

La distribución de los permisos entre estas organizaciones no es equi-tativa. Tan sólo entre la Asamblea de Barrios, la Asociación Legítima Cí-vica Comercial, el Frente Guillista y la Unión de Comerciantes de la Ca-

LEGALIDADES PÚBLICAS200

61 Gráfica de elaboración propia, a partir de información proporcionada porSISCOVIP en 2008.

lle de Joaquín Herrera concentraron al 64% de los ambulantes auto-rizados. Sin embargo, un 25% del total de los autorizados reportó ser in-dependiente, esto es, no pertenecer a ninguna organización.

Esta información puede mostrar, de una u otra forma, los límites y al-cances traídos por el proceso de democratización de las calles. Si bien, esposible que las autoridades perredistas intentaran construir sus propiasclientelas, también abrieron la posibilidad para que una parte de la pobla-ción comerciara autorizadamente en las calles, sin necesidad de pertene-cer a una organización. De acuerdo con algunos autores, esto parecía im-pensable durante las décadas de 1980 y 1990.62

GRÁFICA 12. DISTRIBUCIÓN DE COMERCIANTES AMBULANTES

AUTORIZADOS POR ORGANIZACIONES63

Otro elemento que destaca en la muestra, es la capacidad de la pobla-ción organizada para definir y establecer límites muy claros para comer-ciar. Límites que estaban condicionados por, y eran compartidos entre,los miembros de la misma organización. Así, por ejemplo, los miembrosde la Asamblea de Barrios del Distrito Federal comerciaban entre las 10

PATRONES DE NEGOCIACIÓN Y APROPIACIÓN DEL ESPACIO PÚBLICO 201

62 Castro, Grisel, op. cit., nota 9.63 Gráfica y cálculos de elaboración propia a partir del muestreo de expedientes dele-

gacionales.

y las 20 horas, de miércoles a lunes, en las calles de República de Argen-tina. El espacio autorizado para instalar sus puestos fue de 1.20 metros.

Los miembros del Frente Guillista comerciaban de miércoles a lunes.En horarios nocturnos, diurnos y de tiempo completo; todos desarrolla-ban sus actividades en Garibaldi y la esquina de Garibaldi con Eje Cen-tral. El 57% de los miembros de esta organización eran mujeres. El espa-cio autorizado para cada puesto era de 1.20 metros.

Los miembros de la Unión de Comerciantes de la calle Joaquín Herre-ra comerciaban de lunes a sábado, entre las 9 y las 21 horas. Todos seinstalaban en la calle de José Joaquín Herrera y señalaron como repre-sentante a Daniel Cruz, su líder. Todos los permisos otorgados a esta or-ganización fueron tramitados en 2002. Al igual que en los casos anterio-res, el espacio que se le autorizó a cada uno de los miembros de estaorganización fue de 1.20 metros.

Finalmente, los miembros de la Asociación Cívica Legítima Comer-cial, comerciaban entre las 7 y las 21 horas, de lunes a domingo, entre lascalles de República de Honduras, Abraham Castellanos, República deChile, Arcos de Belém y una parte de República de Argentina. El espacioque se le autorizó fue de 2.00 metros por puesto. Los miembros de estaorganización solicitaban horarios y medidas más amplias, que el resto.La explicación es simple, un permiso podía servir para que los líderesrentaran el mismo espacio a diferentes ambulantes o fraccionaran elpuesto en dos o más espacios de venta. Por ello, los comerciantes afilia-dos a la Asociación Cívica Legítima Comercial no poseían el permiso.En realidad los líderes lo guardaban y, a cambio, ofrecían diferentes ser-vicios a sus agremiados, tales como guarderías y casas de interés social.64

La organización de pertenencia también se presentaba como un ele-mento a considerar, en términos de qué tipo de personas podían comer-ciar autorizadamente en las calles. El género de los comerciantes dacierta idea al respecto.

LEGALIDADES PÚBLICAS202

64 De acuerdo con algunos comerciantes entrevistados, es posible que ésta fuera unapráctica más extendida de lo que sugiere la muestra. Incluso, con un solo permiso podíacomerciar una familia entera en las calles de manera autorizada, a veces mediante la dis-tribución del espacio asignado entre dos o tres puestos y, en otras ocasiones, a través dela distribución de los tiempos de venta: Un día vendemos calcetas, al otro viene mi mamá

con chamarras, otros nos rolamos mi jefe y yo para ayudar a mi mamá mientras ella vi-

gila a mis sobrinos. Manuel, 18 de abril de 2008.

En el caso de los vendedores independientes, es decir que declararon nopertenecer a alguna organización, el 80% eran mujeres y el 20% hombres.Pero en el caso de los organizados, los porcentajes variaban de acuerdo ala organización de pertenencia. Así, encontramos que mientras la Asam-blea de Barrios distribuía equitativamente (50%-50%) los permisos entrehombres y mujeres, la Asociación Legítima Cívica Comercial tenía máshombres autorizados que mujeres, y la Unión de Comerciantes de la calleJoaquín Herrera presentaba más mujeres que hombres autorizados.

GRÁFICA 13. DISTRIBUCIÓN PORCENTUAL DE COMERCIANTES

AUTORIZADOS POR GÉNERO Y ORGANIZACIÓN65

3. Las reglas del espacio público

Pero la pertenencia a una organización representaba algo más que po-der acceder de manera autorizada a un pedazo de pavimento. En los he-chos, significaba la posibilidad de entrar en un orden y una lógica distin-

PATRONES DE NEGOCIACIÓN Y APROPIACIÓN DEL ESPACIO PÚBLICO 203

65 Gráfica y cálculos de elaboración propia a partir del muestreo de expedientes dele-gacionales.

ta. Aprender los recursos, necesidades y soluciones que la calle ofrece asus ocupantes. “Acreditarse, saber vender, cuidar el espacio, relacionar-se… no buscarla peladita y a la boca. Demostrar que en cualquier calle yen cualquier espacio puedes vender, aunque haya policía, otros comer-ciantes o esté prohibido trabajar ahí”.66

Por ejemplo, el uso de energía eléctrica es una necesidad para los am-bulantes en la medida en que ésta es requerida para terminar el día, puesla mayoría se retira cuando está oscureciendo. En otros casos, la luz esnecesaria para exhibir y probar los productos que se venden. Los ambu-lantes han desarrollado diversos métodos para obtener la luz. En algunoscasos, cuelgan diablitos del alumbrado público, en otros conectan exten-siones a los edificios cercanos —muchos de los cuales sirven como bo-degas para guardar su mercancía—, en muy pocos casos la energía eléc-trica se obtiene del cableado subterráneo, mediante la identificación decoladeras que llevan a éste. Aunque la fuente de energía eléctrica puedevariar, el método de colectivización del recurso es el mismo. Largas ca-denas de multicontactos que van pasando entre los puestos.67

Otro ejemplo de las necesidades y soluciones que han construido loscomerciantes de la zona, es la utilidad de algunos espacios privadosabandonados para resguardar, por la noche, los utensilios que en el día seexhiben y despliegan sobre las calles. Los ambulantes del centro requie-ren de un lugar para guardar su mercancía. Al igual que en la década delos ochenta, la estrategia común consiste en localizar predios —edificios,bodegas, estacionamientos— desocupados que sirven como resguardo deestos productos. Normalmente se paga una cuota y la mercancía se trans-porta a lugares cercanos en diablitos.68 Sin embargo, la renta de espacioscercanos para guardar la mercancía representa, también, una estrategia demás largo alcance al momento de negociar con la autoridad un permiso.

De acuerdo con uno de los funcionarios y ex funcionarios delegacio-nales entrevistados, la cercanía entre los espacios laborales y comercialesdel ambulantaje en las calles del centro de la ciudad se ha constituido co-mo un criterio de doble funcionalidad para otorgar los permisos: a) por

LEGALIDADES PÚBLICAS204

66 Entrevista a líder de una organización de comerciantes ambulantes del centro de laciudad de México.

67 La Ley de Cultura Cívica del Distrito Federal contempla al uso no autorizado de laenergía eléctrica como una infracción a la seguridad ciudadana. Artículo 25 F. IV.

68 Entrevista a líder de una organización de comerciantes ambulantes del centro de laciudad de México.

una parte se justifica el permiso de los ambulantes en la medida en quese trata de habitantes de la delegación; b) por la otra se obtienen votos acambio:

Los programas de regularización tienden a ser limitados por lo que parecenecesario desarrollar criterios de asignación. Por ejemplo, durante la admi-nistración de Dolores Padierna, se inició un programa de regularización dela actividad. Sin embargo, a los pocos días el programa se vio desbordadopor la demanda de espacios. Si se tenían contemplados 20,000 lugares lle-garon cerca de 60,000 personas; las personas venían de Ecatepec y otrosmunicipios, había filas largas y las formamos como iban llegando y pordónde vivían. La mayor parte de los permisos se otorgaron a las organiza-ciones, un buen tanto a la que encabezaba la hermana de Dolores, a orga-nizaciones afines al partido y a vecinos de la zona.69

Para los comerciantes, los criterios de repartición del espacio autoriza-do para comerciar han exigido el despliegue de otras estrategias: “Lamayoría de nosotros renta un cuarto o espacio en el patio de una vecin-dad. El cuarto va a los 400 o 500 pesos, el patio desde 50. A cambio po-demos guardar nuestra mercancía cuando nos quitamos y nos dan un re-cibo para comprobar que vivimos en la zona”.70

Así, a pesar de que la cercanía entre los espacios laborales y habitacio-nales puede parecer un criterio institucionalizado de las prácticas socialesque históricamente caracterizan a los comerciantes de la zona, o como unelemento planeado por la autoridad administrativa para allegarse de unmayor número de votantes, lo cierto es que algunos de los comerciantesambulantes que declaran vivir en el centro de la ciudad han desarrolladoestrategias propias para, por una parte, hacer menos difícil su labor dia-

PATRONES DE NEGOCIACIÓN Y APROPIACIÓN DEL ESPACIO PÚBLICO 205

69 La participación de la administración de Dolores Padierna en el crecimiento delambulantaje en la Delegación Cuauhtémoc es algo más o menos documentado. Por ejem-plo, el 2 de abril de 2007 El Universal publicó que el ambulantaje tuvo un crecimientoexponencial en el trienio 2000-2003, al pasar de 12,000 ambulantes a más de 20,000 tansólo en el centro de la ciudad de México. De la misma forma, es importante señalar queaunque algunos líderes de las organizaciones afines al PRD declaran que la hermana deDolores Padierna lideró una organización durante el trienio señalado, aunque actualmen-te ha dejado dicha representación.

70 Entrevista a Mauricio, vendedor de elotes en una esquina del centro, que renta unpredio en la zona pero vive en la Delegación Miguel Hidalgo.

ria71 y, por la otra, satisfacer la voluntad de la autoridad administrativa yobtener un permiso para comerciar en las calles del centro de la ciudadde México.

Con todo, es posible que el caso de los toreros sea el más ejemplifica-tivo de las ventajas que representa pertenecer a una organización. Los to-reros, trabajan sobre un espacio indeterminado, con una mercancía fácilde transportar, mediante una serie de prácticas que incluyen lonas ama-rradas por los costados, bolsas negras de plástico, cajas de cartón peque-ñas.72 Su lógica consiste en el aprovechamiento del espacio público novigilado. El tipo de mercancía facilita que la oculten en tiendas o debajoo al interior de autos cercanos cuando ven pasar un policía que los puedalevantar.73 Su estructura no es física sino organizativa. Cuentan con es-trategias de seguridad y precaución. Cuando escuchan un silbido que losalerta o cuando, en el caso más sofisticado, les avisan por un radio, inme-diatamente se ocultan.74

Estas características sitúan a los toreros como una forma específica deambulantaje. A pesar de sus intenciones por ocultarse, el espacio en quedesarrollan sus actividades los vuelve visibles. Ante esto, han generadodiversas estrategias para mantenerse en las calles. Su capacidad de movi-miento, el tipo de mercancía que comercian y la forma en que la trans-portan hace más difícil su localización, supervisión y sanción,75 por lo

LEGALIDADES PÚBLICAS206

71 Pues evitan desplazarse, con todo y mercancía, desde sus hogares hasta los espa-cios de venta.

72 En “Ambulantes desalojados de calles del Centro Histórico regresan como tore-

ros”, La Jornada, 31 de marzo de 2007.73 Idem.74 “Se han organizado y a través de radios de comunicación se mandan mensajes pa-

ra evitar los decomisos. Los encargados de vigilar se encuentran apostados en las esqui-nas y bocacalles para detectar la presencia y alertar a los toreros. Idem. En un ambientetenso, cada 15 minutos en promedio, los vendedores tenían que levantar sus productos,los cuales colocaron sobre hules, al escuchar los silbidos que los alertaban de la presenciade los elementos de protección ciudadana o de los inspectores delegacionales (…)” en“Sin ambulantes, los establecidos sacaron su mercancía a la calle”, La Jornada, 14 de oc-tubre de 2007.

75 “El movimiento de los toreros fue constante en las calles del perímetro A del Cen-tro Histórico, pues tan pronto como eran obligados a retirarse de un lugar iban a instalar-se calles adelante”. “Nuevo desalojo de toreros en el centro”, La Jornada, 1o. de diciem-bre de 1996.

que las medidas de control estatal se han vuelto más agresivas en su con-tra.76

El primer criterio de los toreros para elegir un espacio de trabajo es laseguridad, que se funda en la ausencia de supervisores estatales y se in-tercambia por el desarrollo de relaciones con quienes controlan y super-visan el acceso al espacio,77 quienes pueden ser toreros organizados, po-licías asignados a la demarcación o dueños de los establecimientoscercanos. Así, los toreros que pagan —al igual que muchos vendedoresambulantes— por pertenecer a una organización, tienen una ventaja so-bre otros comerciantes no organizados. Los mecanismos de aviso sobrela presencia policial se vuelven más sofisticados, pues se pasa de una vi-gilancia personal a una estrategia de vigilantes que se reparten sobre elespacio público, para saber cuándo se acerca un agente externo alespacio.

Tanto el tipo de actividad como las características del espacio en quese desarrolla, determinan que los pagos y las relaciones entre ambulantesy toreros organizados sean distintas. En el caso de los ambulantes semifi-jos, se calculaba que el pago inicial era de 20,000 pesos, más 50 pesossemanales.78 Este pago no sólo les garantizaba el lugar que ocupan, sinoser contemplados dentro de una serie de negociaciones entre líderes deorganizaciones y las instituciones, lo que les permitía mantenerse en las

PATRONES DE NEGOCIACIÓN Y APROPIACIÓN DEL ESPACIO PÚBLICO 207

76 “La policía capitalina tiene identificados a 367 vendedores ambulantes que “to-rean” en calles del Centro Histórico, a los que impondrán arrestos de 36 horas en caso dereincidir, dio a conocer el secretario de seguridad pública del Distrito Federal, Joel Orte-ga Cuevas”, en “La SSP arrestará por 36 horas a vendedores toreros reincidentes”, La

Jornada, 2 de enero de 2008. “La policía capitalina continúa con la detención de vende-dores callejeros conocidos como toreros al reincidir en la comercialización de sus mer-cancías en el perímetro A del Centro Histórico, los cuales deberán cumplir con la pena de36 horas de arresto inconmutable”, en “Arrestan por 36 horas a toreros reincidentes”, La

Jornada, 3 de enero de 2008.77 Esta concepción de seguridad es común a aquéllos quienes viven en y de las ca-

lles. Véase Venkatesh, Sudhir Alladi. Off the Books: The Underground Economy in

Urban Poor. Harvad, Harvard University Press, 2006. p. 168.78 Véase Ramírez, Cynthia, “Ambulantes”, Letras Libres, enero de 2007. Aunque en

eje central la cuota varía de acuerdo al número de lozas que se ocupan (10 pesos por lo-za, diarios de lunes a sábado, independientemente de si se colocan o no). En el caso delos domingos, sólo paga quien se pone. Este pago de cuotas por trabajar en el espacio pú-blico, genera ciertos derechos sobre el mismo. Por ejemplo, “se puede decidir «subarren-darlo», revenderlo o heredarlo”.

calles de manera semifija, sin necesidad de ocultarse o recoger su mer-cancía cuando ven algún policía cerca.

De esta forma, las razones para organizarse difieren: si los ambulantessemifijos se organizan con el objetivo de que se les reconozcan derechossobre el espacio público que ocupan, en el caso de los toreros, la organi-zación responde a una búsqueda de medios colectivos para sobrevivir enlas calles.79

Toda esta división del trabajo y el espacio social, ha traído como re-sultado la aparición de organizaciones más complejas, estructuradas pordiferentes actores que cumplen un papel específico. Hasta ahora se tienedocumentada la existencia de otro tipo de miembros que no necesaria-mente se dedican al comercio: charolas (cobradores), aguadores (los quevigilan), golpeadores, corredores (traficantes de drogas), prestanombresy delegados de calle. Durante el trabajo de campo se observó a variaspersonas, sobre todo jóvenes, quienes asisten a la mayor parte de los am-bulantes organizados trayendo sombrillas, mercancía, buscando cambiopara el cliente, repartiendo comida y en caso de ser necesario golpes.Desde la perspectiva de los no organizados esto se resumía a una cues-tión de dinero quien tiene ayudantes, que golpean o consiguen lo que se

necesite, es quien tiene dinero para contratarlos.80

La misma dinámica se reproduce cuando tratan con la autoridad. Elvendedor no organizado busca hacer contacto con policías locales, conquienes el compromiso se funda en una lógica de intercambios, de favo-res menos onerosos pero de efectos inmediatos, reduce precios, regalamercancía, sostienen conversaciones ante el tedio de la actividad de am-bos.81 El vendedor soporta el clima, el ruido, permanece de pie esperan-do un cliente o un policía que lo levante.82 El policía espera la noticia de

LEGALIDADES PÚBLICAS208

79 Ciertamente, existen otros tipos de ambulantaje, los cuales no son ni más legales,ni menos organizados, simplemente funcionan sobre otra dinámica. Un caso ejemplifica-tivo es el de los toreros no organizados. Se trata de personas que salen a las calles bus-cando una forma de vida a través de la venta de productos de consumo rápido, que ad-quieren en cantidades pequeñas.

80 Teresa, 11 de abril de 2008.81 Incluso, durante la primera etapa de trabajo de campo hemos contabilizado en tres

días a 11 policías comprando productos a los ambulantes. Esto hace suponer que más queun enemigo, los policías de la zona se convierten en parte del espacio y las relaciones decomercio que se desarrollan en éste.

82 Vendedor de elotes. “Es pesado, estar ocho horas de pie, esperando cliente, so-

portando el calor, aire, lluvia, el ruido. Yo no vivo aquí, vivo en Santa Marta, al final to-

un delito, un llamado de autoridades más altas, la llegada de un operati-vo, bajo las mismas condiciones del espacio público.

4. Los rituales públicos

La mayoría de los comerciantes callejeros del centro sabe que, un per-miso delegacional, representa una vía para evitar ser presa de la corrup-ción y violencia desplegada por policías y supervisores de calle. A algu-nos no les interesa tramitarlo, a otros sí pero sus intentos han fallado.

Por ejemplo, tras veinte días de observación sistemática en las oficinasdelegacionales, fueron evidentes las relaciones de maltrato, solidaridad ycuestionamiento que entrecruzan las relaciones entre los comerciantescallejeros y la autoridad, al momento de solicitar un permiso. En algunoscasos, sobre todo cuando se trata de señoras de edad avanzada que sepresentan solas, la autoridad puede hacerlas esperar más de tres o cuatrohoras, de pie, sin respuesta ni sanitarios disponibles, sólo para eliminarsus esperanzas: la licencia que solicitan no procede porque el programaestá saturado.

Mujeres, como doña Luisa,83 simplemente esperan y soportan el mal-trato de la autoridad porque ya están viejas y cansadas de tener que lidiarcon los inspectores, camionetas y policías que llegan a gorrear la comida(…) ya no pueden caminar, ni cargar, sus hijas se casaron, nadie las ayu-da. En otros casos, la autoridad atiende las quejas, solicitudes y peticio-nes de manera contingente. Como comenta Roberto, todo es cuestión desuerte, depende qué día llegues, cómo estén de humor, qué tanto te cono-cen, si están ocupados o en calle (…) uno se cansa, pero es el único me-

dio que tenemos quienes perdimos el trabajo y estamos tan viejos que ya

ni para correr servimos.84

También existen momentos de cuestionamiento masivo. Organizacio-nes que llegan a la oficina, comerciantes uniformados con playeras delmismo color. Hombres que lanzan consignas, que buscan respuesta a susolicitud. Entonces, tras la barra que divide físicamente a la autoridad y alos peticionarios, todo es movimiento. Sale un funcionario público, habla

PATRONES DE NEGOCIACIÓN Y APROPIACIÓN DEL ESPACIO PÚBLICO 209

davía tengo que ir a guardar el carro e irme a la casa”, Diario de campo: 10 de abril de2008. Ángel 10 de abril de 2008.

83 Entrevistada el 20 de marzo de 2008.84 15 de marzo de 2008.

con ellos, todos ingresan a la oficina del jefe, tras media hora, la organi-zación sale con talones, se reparten. Algunos quedan sin papel en mano,ahora el conflicto es entre ellos.

Pero en la calle todo es distinto. La seguridad es un criterio que marcalas relaciones entre los inspectores de calle, los policías y los comercian-tes callejeros. Hay comerciantes que se dedican a denunciar a quienesvenden productos ilícitos, ellos conocen el espacio y a quienes lo ocu-pan, la autoridad sólo pone atención a los dichos.

También existen comerciantes más organizados que no quieren sersoplones. Para darles el permiso, la autoridad les exige tres condicio-nes: (1) que respeten las medidas de los puestos, (2) que no estorben elpaso de los peatones, (3) que se encarguen de la seguridad de sus calles.El mejor medio para cumplir con estas obligaciones es contratar ordena-dores propios, cuyo pago proviene de las cuotas que los mismos comer-ciantes aportan a la organización:

Mira Rodrigo, estas calles están llenas de ratas. Yo vivo aquí, pero nadiete hace nada si te sabes cuidar. En mi caso, y te puedo decir que en todaslas demás organizaciones, contratamos ordenadores que no sólo controlanel espacio, que no se salgan del puesto, que no pongan botes o bultos queobstaculicen el paso, sino también que nos mantengan el orden. Como yosoy del barrio, voy viendo chavos que ya estuvieron en el tambo y les digonel jálate te doy chamba. Los agarro así, y pues su función es clara, si vena un fardero a la rata pues, le dan unos madrazos y le dicen nel, sácate achingar a tu madre a otra parte aquí no. El pedo es que te los madreas ydespués regresan con la judicial, no pues sabe qué que éstos me robaron.Así que ahora o los remitimos o sólo los sacamos del espacio bajo amena-za.85

Como en toda organización, a veces existen fallas. Cuando los orde-

nadores fallan, los mismos comerciantes se organizan en el momento.Cada grupo construye su versión de los hechos, los golpes, insultos yacusaciones vuelan en el aire. La prensa y las autoridades unifican ver-

LEGALIDADES PÚBLICAS210

85 Entrevista a líder de una organización de comerciantes ambulantes del centro de laciudad de México.

siones y exigen sancionar a los culpables.86 La disputa por el espacio seconvierte en norma.

En todo este recuento, la relación entre autoridades y comerciantes esuna constante, pero también parte de los rituales que la población haaprendido a desplegar, por años, en las calles. Como se ha visto en capí-tulos anteriores, una consecuencia del proceso de regulación del espaciopúblico de la ciudad de México, desplegado a lo largo del siglo XX, fuela fragmentación de las facultades, medios y estructuras regulatorias quepueden intervenir en la regulación del comercio callejero. Policías, ins-pectores de mercados y comercio en vía pública, agentes fiscalizadores;censos, permisos, licencias o talones de pago, son sólo las representacio-nes más visibles y cotidianas de este proceso.

Pero, en medio de esta representación plural y fragmentaria del ordenurbano, los comerciantes callejeros han aprendido, también, a diferenciarlas zonas grises de la legalidad y la represión. El caso de los toreros vuel-ve a ser ejemplificativo de esto. Como dijimos, los toreros, trabajan conuna mercancía fácil de transportar, mediante una serie de prácticas que

PATRONES DE NEGOCIACIÓN Y APROPIACIÓN DEL ESPACIO PÚBLICO 211

86 Un grupo de vendedores ambulantes del Centro Histórico agredió con palos y pie-dras a una familia que transitaba por el Centro Histórico la noche del sábado. Según losvendedores, los cinco integrantes de la familia (padre, madre y tres hijos jóvenes), eranfarderos que robaban mercancías de los puestos, pero una versión contraria indica que alcaminar por la esquina de Tacuba y Motolinía, un integrante de la familia movió de ma-nera accidental un puesto de anteojos, por lo que éstos cayeron al suelo y sobrevino en-tonces la trifulca, en la cual el propietario del puesto les reclamó y los atacó, secundadopor sus compañeros. Varias patrullas de la SSP arribaron a la zona —donde laboran loscomerciantes de la organización de Alejandra Barrios—, pero no hubo ningún detenido,mientras que la familia fue sacada en ambulancias por las lesiones recibidas, sin que suparadero se conociera hasta ayer, toda vez que nadie presentó denuncia ante el MinisterioPúblico. Al respecto, el procurador Bernardo Bátiz criticó la violencia con la que actúanlos ambulantes cuando sus puestos son empujados o pisados. Puntualizó que eso repre-senta una razón más a las ya expuestas por las autoridades capitalinas para quitarlos delCentro Histórico, pues “no es posible tolerar que esta gente actúe como dueños de las ca-lles”. Exhortó a los afectados a presentar la denuncia correspondiente y se comprometióa que la Procuraduría será severa en la investigación: “tengan la certeza de que vamos aactuar”. También se pronunció porque se lleve a cabo una campaña y se llame a la gentea que no compre en los puestos callejeros, ya que al hacerlo fomentan su existencia y,con ello, la venta de artículos robados y de contrabando. Si bien el procurador descono-cía hasta ayer por la mañana los detalles del incidente, aseveró que no es la primera vezque ocurre, ya que “los ambulantes son muy violentos con las personas a quienes pisan,empujan o cometen algún pequeño incidente con los puestos y se arman broncas fuertes”,en La jornada, 11 de noviembre 2002.

incluyen lonas amarradas por los costados, bolsas negras de plástico, ca-jas de cartón pequeñas, todo con el objetivo de evadir a la autoridad. To-do este ritual de evasión se desarrolla, sin embargo, de manera pública yvisible, frente a la autoridad. Pero en esencia, representa un disimulo.Una manera de expresar miedo, o respeto, por la autoridad para evadir larepresión.

La eficacia de estos rituales de evasión depende, en buena medida, dela capacidad de los comerciantes para calcular las intenciones de losagentes institucionales. Algunos pueden estar encomendados dentro deun operativo, otros pueden participar dentro de lo que los ambulantes lla-man calentar la zona —una estrategia delegacional determinada por elllamado a una organización para negociar y, al mismo tiempo, el envíode la policía al espacio que dicha organización ocupa87—, sin embargola mayoría está ahí cotidianamente, por lo que es necesario que la po-blación que comercia en las calles distinga los límites y efectos de la ac-tuación de cada uno de los agentes involucrados en la regulación de lascalles. “Yo por ejemplo, prefiero que me quiten [la mercancía] los de laSSP [policías], porque no se me pierde nada, que Delegación [inspecto-res de vía pública]. Delegación, cuando llegaba a recoger ya no hay nadacasi.88

Todo esto revela la manera en que la población que comercia en lascalles ha desarrollado criterios propios, a partir de la experiencia cotidia-na, para identificar las diferencias que distinguen a las autoridades juris-diccionales del espacio público; así como sus oportunidades para evadir,o negociar, los alcances y límites de la ley.

IV. A MODO DE CONCLUSIÓN: LA IMPORTANCIA DEL DERECHO

EN LA VIDA COTIDIANA

Estudios recientes sugieren que un carácter distintivo de la poblaciónque comercia en las calles de la ciudad de México es su capacidad paraadaptarse a los cambios y reglas que impone la vida social. Para algunos,los comerciantes callejeros demuestran una vitalidad política y social que

LEGALIDADES PÚBLICAS212

87 Zaremberg, Gisela, op. cit., nota 55, p. 24.88 Ibidem, p. 25.

va más allá de las simplificaciones y estrategias legales desplegadas porla autoridad para limpiar las calles.89

Para otros, cada uno de los cambios regulatorios impulsados por la au-toridad para controlar el comercio callejero, representa un proceso deadaptación y renovación de las relaciones entre la población que trabajaen las calles y la autoridad. Proceso que se expresa tanto en los discursoscomo en las prácticas de negociación desplegadas por los actores; y quedemuestra la manera en que la experiencia cotidiana genera y consolidaformas particulares de relaciones entre gobernados y gobernantes.90

Lo que estos autores insinúan es que, a pesar de que las autoridadesnunca han podido eliminar completamente la presencia de los comercian-tes en las calles, cada estrategia regulatoria ha generado efectos menosinmediatos que la simple sanción de los cuerpos que ocupan un lugar enel espacio público, pero más significativos en la manera en que la pobla-ción se relaciona con la autoridad. Así, la ley parece más importante entanto más velada es su presencia.

Al poner énfasis en el discurso y los cambios jurídicos experimenta-dos durante este periodo se ha intentado demostrar, por un lado, que lastransformaciones estructurales que experimentaron las instituciones loca-les no significaron una ruptura con las estructuras estatales, clasistas ypartidistas que caracterizaron al régimen priísta. Antes bien, significó unejercicio más agresivo de dichas estructuras, a tal punto que en uso de lasnuevas instituciones democráticas urbanas, el naciente régimen perredis-ta decidió utilizar el brazo más fuerte y violento del Estado, para resolverun problema urbano.

Por otra parte, se ha intentado enfatizar que el significado de la ley nodepende tanto de los movimientos inmediatos y la capacidad del sistemalegal para hacer cumplir la ley en todos los ámbitos, sino de la manera enque la ley misma es interpretada por la población y las autoridades, paraconstruir y desplegar patrones específicos de relaciones sociales.

En esta lógica, al parecer, ni la declaración del centro de la ciudad co-mo un patrimonio histórico, ni la tipificación penal de algunas prácticasorganizativas del comercio callejero, parecen haber sido significativas en

PATRONES DE NEGOCIACIÓN Y APROPIACIÓN DEL ESPACIO PÚBLICO 213

89 Ibidem, p. 42.90 Barbosa, Mario, El trabajo en las calles: subsistencia y negociación política en la

ciudad de México a comienzos del siglo XX, México, Universidad Autónoma Metropoli-tana, 2008.

tanto fallaron al conseguir sus objetivos. Las calles del centro no se libe-raron de la presencia de los ambulantes, las organizaciones tampoco de-saparecieron; sin embargo, hubo cambios menos perceptibles y más per-manentes. El PRI perdió el apoyo de las organizaciones, el poder dealgunas organizaciones se pluralizó y fragmentó.

Las prácticas de la población no parecen haber diferido demasiado dela ciudad estructurada hacia mediados del siglo XX. Si bien las organiza-ciones y estructuras del comercio callejero adquirieron un carácter cadavez más complejo y diverso, los comerciantes despliegan prácticas y es-trategias similares a las de sus pares descritos por Lewis y Eckstein.91 Lamovilidad y capacidad de desplazamiento sigue presentándose como elmejor medio que tiene la población para evadir a la autoridad y el casti-go. La concesión de un permiso para comerciar en las calles, continúasiendo una práctica marcada por la discrecionalidad administrativa.

Sin embargo, en medio de estas continuidades, hubo dos cambios fun-damentales. Por un lado, se reconoció el carácter político-pragmático delas organizaciones, como agentes centrales en el gobierno de la vida coti-diana urbana; y, al hacerlo, por otro lado, se intentó fragmentar este po-der de las organizaciones. Este proceso de fragmentación atravesó, a suvez, por dos estrategias regulatorias. En un caso, mediante la persecuciónpenal de algunos líderes del comercio ambulante; y, en otro, mediante lageneración de liderazgos más pequeños y menos poderosos.

Lo anterior revela la importancia del derecho en la vida cotidiana de lapoblación que comercia en las calles. Por un lado, desde una perspectivainstrumental, fueron miles de sujetos sobre los que, por algún tiempo, ca-yó la incertidumbre de ser perseguidos formalmente por el sistema penal.Asimismo, algunos liderazgos perdieron el poder que, durante décadas,habían llegado a consolidar.

Desde una perspectiva constitutiva, sin embargo, el recuento de he-chos expuesto también parece demostrar que la población que comerciaen las calles ha adaptado y desplegado, desde décadas atrás, estrategiaspropias para resistir los embates jurídicos desplegados por la autoridadpara combatir al comercio callejero. Ello sitúa al comercio callejero co-mo un estudio de caso que demuestra la manera en que los agentes socia-les cuestionan, atraviesan y resisten los procesos de planeación jurídicadel espacio urbano.

LEGALIDADES PÚBLICAS214

91 Véase el capítulo V de este documento.

CAPÍTULO SÉPTIMO

LA ÚLTIMA BATALLA POR LAS CALLES:COMERCIANTES, DELINCUENTES Y ESTORBOS

EN EL CENTRO DE LA CIUDAD (2004-2010)

El 11 de octubre de 2007, a las 22 horas, las calles del perímetro “A” delcentro de la ciudad de México comenzaron a quedar “limpias” de ambu-lantes, como resultado de un nuevo plan gubernamental enfocado en ha-cer cumplir los términos y límites impuestos por el “Bando para la Orde-nación y Regulación del Comercio en Vía Pública en el Centro Históricode la Ciudad de México”, de 1993.1

Los primeros en retirar sus puestos semifijos fueron los comerciantesinstalados en las calles de Anillo de Circunvalación, Rodríguez Puebla,Torres Quintero, Colombia, Perú y Bolivia. Un día antes, las autoridadesrepartieron más de 20 mil volantes, para recordarle a la población que, apartir del 12, no podrían “permanecer en la vía pública ejerciendo acti-vidad comercial alguna”. Por la noche, elementos policiacos a bordo depatrullas realizaban rondines en las calles de Peña y Peña, Manuel Do-blado, Rodríguez Puebla, El Carmen, República de El Salvador y Venus-tiano Carranza, entre otras; mientras, en el Eje Central, integrantes de lanueva Unidad de Protección Ciudadana se desplegaron con el apoyo devallas metálicas para evitar el regreso de ambulantes.2

No se trataba de una acción espontánea. Meses atrás, las autoridadeshabían manifestado la intención de “retirar definitivamente” el comercioambulante en el centro de la ciudad de México y su periferia. El primermovimiento se concentró en las calles de Tepito, con el “objetivo [de] te-

215

1 Véase Silva, Alejandra, “Comercio ambulante en el Centro Histórico de la ciudadde México (1990-2007)”, Revista Mexicana de Sociología, núm. 02, abril de 2010, pp.195-224.

2 “Cumplen ambulantes y dejan libres las calles del perímetro A”, La Jornada, 12de octubre 2007.

ner corredores seguros en esta zona altamente delictiva”.3 El 12 de marzode 2007 se anunció un nuevo proyecto para retirar las estructuras de 8mil comerciantes que diario operaban en el barrio bravo.4 El 14 de marzose informó del retiro de 240 puestos de la calle Fray Bartolomé de lasCasas.5 El 16 de marzo se comunicó que aún faltaban por retirar 1,600estructuras metálicas, propiedad de “algunos necios”.6 Finalmente, el 30de mayo y bajo el resguardo de unos 100 granaderos de la Secretaría deSeguridad Pública del DF, personal de la delegación Cuauhtémoc y delgobierno central desmanteló y retiró las estructuras metálicas, láminas yexhibidores que rebasaban los límites establecidos.7

Tomado Tepito, la autoridad no se distrajo en limpiar el resto de la pe-riferia, tampoco en “combatir a la delincuencia”. Está bien claro, en elideario institucional, que para controlar al comercio en las calles necesi-taban lanzar un golpe sobre el centro de gravedad del comercio callejero.En consecuencia, tras ocupar por unos días las calles de Tepito, la autori-dad se limita a parapetar policías en la zona y avanza hacia las calles delperímetro “A” del centro histórico. Estas calles son evacuadas por losambulantes, que no están en condiciones de defenderlas. Meses atrás, to-dos los permisos para comerciar en la zona fueron cancelados, lo que re-sultó implícitamente en la transformación de cualquier comerciante calle-jero en ilegal.8

En este sentido, la estrategia del gobierno perredista encabezado porMarcelo Ebrard, antiguo secretario de Gobierno del Regente CamachoSolís, mantiene la continuidad de intenciones históricas con los planesdel último periodo priísta que habían sido la base legal para limpiar lascalles y, posteriormente, desplazar a los comerciantes callejeros a plazascomerciales.9 La nueva autoridad, sin embargo, comunica que “no se tra-ta de crear más plazas, sino recuperar el espacio público y rescatar mu-

LEGALIDADES PÚBLICAS216

3 “Piden que ambulantes instalen y quiten puestos”, El Universal, 12 de marzo2007.

4 Idem.5 “Quedan limpias Fray Bartolomé y Peralvillo”, El Universal, 14 de marzo de

2007.6 “«Grupos de necios» en Tepito no retiran puestos”, El Universal, 16 de marzo de

2007.7 “Desmantelan puestos sin permiso en Tepito”, El Universal, 30 de mayo de 2007.8 Delegación Cuauhtémoc, respuesta a solicitud de información pública.9 Véase el capítulo VI de este documento.

chas de las que actualmente existen y que con el paso de los años se con-virtieron en bodegas”;10 y agrega que “a tres meses de haber iniciado elOperativo Centro Histórico donde se liberó del comercio informal al pe-rímetro «A» del primer cuadro de la ciudad, la Secretaría de SeguridadPública del Distrito Federal, ha detenido 679 presuntos delincuentes y re-tirado a siete mil 896 toreros, lo cual ha permitido consolidar una dismi-nución del índice delictivo en esta zona en un 27%”.11

Por supuesto, esa disminución del delito no se mantuvo por muchotiempo, y el retiro de comerciantes ambulantes resultó, al cabo de pocotiempo, una vasta operación para constituir al centro como el espaciomás peligroso de la ciudad.12 Pero en el momento de ser ejecutado, elOperativo Centro Histórico era una promesa directa de recuperación delespacio público, respaldada en la lucha contra la delincuencia urbana. Yno era una promesa menor.

De acuerdo con algunas investigaciones, al iniciar el proceso de de-mocratización administrativa de la ciudad de México —1997— el au-mento de la delincuencia y la escalada de violencia en la ciudad de Méxi-co limitaban el libre acceso a los espacios públicos que solían albergargran parte de la vida social, comercial y política de la misma:

Los problemas de la ciudad de México de aumento de la criminalidad, ladelincuencia y la violencia comenzaron a acelerarse espectacularmente amediados de los noventa. Entre 1990 y 1996, las denuncias de robo, dañoa la propiedad, fraude y extorsión aumentaron a más del doble, de 1 059.0a 2 434.3 incidentes por cada 100 000 habitantes. En el mismo periodo, elporcentaje de robos con violencia se incrementó de 38.5 a 55.5%. Para fi-nes de los años noventa y principios de 2000, los ciudadanos que solíancomprar mercancías en el centro histórico y pasear por las plazas y aveni-das aledañas a los antiguos edificios de gobierno, museos y la catedral sesentían cada vez más temerosos de adentrarse en esas zonas.13

LA ÚLTIMA BATALLA POR LAS CALLES (2004-2010) 217

10 “Rescatarán 24 plazas ya hechas para ambulantes”, El Universal, 30 de enero de2007.

11 Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal, Comunicado 80/2008.12 Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal, Reporte de actividades co-

rrespondiente al Primer Semestre de 2009.13 Davis, Diane, “El factor Giuliani: delincuencia, la «cero tolerancia» en el trabajo

policiaco y la transformación de la esfera pública en el centro de la ciudad de México”,Estudios Sociológicos, vol. XXV, núm. 3, 2007, pp. 642 y 643.

Para responder a esta situación, a principios de 2002 un grupo de po-derosos hombres de negocios, en coordinación con el entonces jefe degobierno Andrés Manuel López Obrador, contrataron al consultor inter-nacional de seguridad Rudolph Giuliani para que diseñara un plan denuevas prácticas policiales y medidas alternativas de seguridad que pu-sieran remedio a los problemas de delincuencia de la ciudad de México.14

El equipo consultor de Giuliani ofreció un programa de 146 propues-tas de aplicación relativamente genérica elaborado a partir de un modeloaparentemente exitoso llamado “ventanas rotas” (broken windows15) detrabajo policial, implementado originalmente en Nueva York. El plan nosólo pedía restringir el libre tránsito y llevar a cabo un intenso escrutiniode las conductas públicas, medidas asociadas a la estrategia de “cero to-lerancia” (zero tolerance16), sino que también sugería criminalizar ciertasprácticas callejeras.

Además, el equipo de consultores contratados recomendó explícita-mente el retiro de una serie indeterminada de personas que “usan el espa-cio público como espacio laboral y habitacional” lo que incluía a prosti-tutas, franeleros, limpiaparabrisas, pordioseros, niños de la calle,vagabundos y, de manera concreta, vendedores ambulantes.17 Si bien, lapropuesta incluyó una serie de recomendaciones para reformar la policíade la ciudad, y sobre todo los sistemas de información delictiva, el efecto

LEGALIDADES PÚBLICAS218

14 Ibidem, pp. 639 y 638.15 Los proponentes de políticas de ventanas rotas argumentan que las deficiencias pa-

ra arreglar (literalmente) las ventanas rotas o para ordenar otras manifestaciones de “de-sorden” son muestras de la carencia de sistemas de control social informal, lo que puedeinvitar a que otro tipo de desórdenes (ejemplo delitos comunes o graves) se desarrollen;por lo tanto, se presume necesario reorientar el trabajo de las policías bajo la idea de quelos gobiernos locales cuenten con medios amplios y flexibles para regular los espaciospúblicos y, como consecuencia, remover las causas del desorden. Véase Wilson, James yKelling, George, “Broken Windows: The Police and Neighborhood Safety”, Atlantic

Monthly, 1982; Kelling, George y Coles, Catherine, Fixing Broken Windows, New York,Martin Kessler Books, 1996.

16 Que, entre muchas otras estrategias, contempla la persecución de quienes formanparte de los sectores urbanos marginados y de las actividades que éstos desarrollan, me-diante una estrategia de concentración, estigmatización y persecución policial, véase:Wacquant, Loïcq, Los condenados de la ciudad: gueto, periferias y estado, Argentina,Siglo XXI, 2007, y Parias urbanos: marginalidad en la ciudad a comienzos del milenio,Buenos Aires, Manantial, 2001.

17 Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal, Reporte Giuliani, México,2003.

más evidente de estas recomendaciones llegó con la promulgación de laLey de Justicia Cívica para el Distrito Federal (LCCDF), en 2004.18

I. DE COMERCIANTES A ESTORBOS EN LAS CALLES

La LCCDF contempla diferentes faltas administrativas destinadas afrenar una amplia gama de comportamientos que, como se explica en eltexto jurídico, no constituyen delitos pero socavan la armonía cívica, demanera tal que no sólo perjudica a los ciudadanos en sus personas, sinotambién al público y las mercancías, y a un lugar de respetabilidad, detranquilidad pública, así como a la seguridad de los ciudadanos y el me-dio ambiente urbano, concepción que parece reinsertar a la regulacióndel espacio público dentro del ámbito de policía y buen gobierno, ac-tualmente conocido como de prevención del delito y seguridad pública.

En esencia, la LCCDF tiene dos características generales. La primera,que se trata del primer medio jurídico que busca superar las limitacionesde la forma jurídica reglamentaria y del código,19 para regular al espaciopúblico como un agregado determinado y absoluto que es definido comoun conjunto de lugares de uso común o libre tránsito que sin ser exclusi-vamente de propiedad estatal sean de acceso público, tengan como fin laprestación de servicios público o bien tengan efectos sobre la vía públicao los usuarios comunes y cercanos.20

La segunda, que en la ley los legisladores evitaron definir categoríasconcretas, aunque cuantitativamente indeterminadas, de usuarios del es-pacio público para establecer a cualquier persona mayor de once años co-mo un posible infractor cuya conducta en el espacio público atente con-tra la dignidad y tranquilidad de las personas, contra la seguridad ciu-dadana o contra el entorno urbano.

LA ÚLTIMA BATALLA POR LAS CALLES (2004-2010) 219

18 Mediante decreto publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, 31 de mayode 2004.

19 Los reglamentos y los códigos que involucran la acción de la policía son un tipojurídico especial que regulan aspectos instantáneos, mientras que la ley regula cosas defi-nitivas y permanentes. Si la ley es la estipulación de reglas generales de obediencia ysubordinación, entonces el reglamento es más una tarea orientada y menos prohibitiva;en ese sentido el reglamento y el código son utilizados para definir objetivos específicos,para entrenar, así como para definir otras formas de intervención dirigidas sobre la con-ducta de los individuos. Véase Hunt, Alan y Wickham, Gary, Foucault and Law: To-

wards a Sociology of Law as Governance, Chicago, Pluto Press, 1994, pp. 20-24.20 Artículo 5o., LCCDF.

A pesar de que los usos y funciones laborales que sanciona la LCCDFcoinciden en el espacio público, no todas las conductas se supervisan ysancionan de la misma forma. Las conductas señaladas como infraccio-nes contra la tranquilidad de las personas, se dividen en tres grandesgrupos:

1. En el caso de la prestación de servicios sin solicitud previa, lamulta que prescribe la ley es de uno a diez días de salario mínimoo el arresto de seis a doce horas; la presentación del infractor sóloprocede por queja previa.

2. En caso de impedir el uso de bienes del dominio público, obstruirentradas o salidas de inmuebles sin autorización del propietario oposeedor del mismo o invitar a la prostitución, la sanción prescritapor la ley es de once a veinte días de salario mínimo o el arrestode trece a veinticuatro horas. Adicionalmente, la presentación delos actores involucrados en el ejercicio de la prostitución sólo pro-cederá por queja vecinal.

3. La ocupación de accesos de oficinas públicas o sus inmediacionesofreciendo la realización de trámites, se castiga con arresto deveinte a treinta y seis horas. Es decir, la ley no prescribe la con-mutación del arresto por el pago de multa.

Las conductas prescritas como infracciones contra la seguridad ciuda-dana se dividen en dos grupos:

1. La utilización de áreas y vías públicas sin contar con autorizacióny la acción de impedir o estorbar de cualquier forma el uso de lavía pública, la libertad de tránsito o de acción de las personas, sinautorización, son sancionadas con una multa de once a veinte díasde salario mínimo o con arresto de trece a veinticuatro horas.

2. Mientras que el ofrecimiento de venta de boletos de espectáculospúblicos es sancionado con multa de veintiún a treinta días de sa-lario mínimo o arresto de veinticinco a treinta y seis horas.

Finalmente, las conductas clasificadas como infracciones contra el en-torno urbano son sancionadas con multa de veintiún a treinta días de sa-lario mínimo o con arresto de veinticinco a treinta y seis horas.

LEGALIDADES PÚBLICAS220

Además de estos niveles de intervención institucional de las prácticascallejeras, de acuerdo con un reporte elaborado por la Comisión de Dere-chos Humanos del Distrito Federal (CDHDF) más que enfrentar a losusuarios estacionarios del espacio público al arresto, la movilización dela LCCDF parecía enfrentarlos a un proceso de humillación y abusos enmanos de la policía:

Las detenciones que realizan los policías no siempre están sustentadas y,lo que es más, normalmente no registran el lugar de la detención ni elnombre de los policías que realizaron la detención.21 Asimismo, más deuna tercera parte de los detenidos declara haber sufrido algún tipo de abu-so durante la detención. La percepción de las personas acerca de su arrestoconfirma las severas deficiencias que existen en el procedimiento de de-tención (…) El 19% de los entrevistados consideró haber sufrido maltratoo abuso durante el arresto. El maltrato verbal es un caso percibido por el18% de los entrevistados (y) se puede afirmar que es un procedimientobastante utilizado por la Policía. Más grave aún resulta que el 12% eviden-cie maltrato físico durante la detención. De ellos, el 36% manifestó que eltraslado no fue inmediato y el 96% no declaró ante el juez sobre el agra-vio. El 4% que sí lo hizo aseguró que la denuncia no fue asentada en el ac-ta. El 28% dijo no haber sido valorado por el médico legista. De esta for-ma, en caso de existir violencia durante el arresto, no es posibledeterminar si existió abuso de autoridad, pues la denuncia generalmentees desestimada y la valoración médica cuando existe no contempla estetipo de investigaciones, ni siquiera cuando el detenido denuncia algúnmaltrato ante el juez.22

LA ÚLTIMA BATALLA POR LAS CALLES (2004-2010) 221

21 “Las omisiones en la relación del hecho que fundamenta la detención tienen unmismo patrón de comportamiento: las primeras boletas cuentan con la mayoría de los da-tos, a diferencia de lo que se aprecia en las últimas. El procedimiento establece que en lapresentación el policía informa al juez las razones de la remisión en esa boleta. Si toma-mos en cuenta que el oficial se retira del Juzgado una vez presentado el presunto infrac-tor, se espera que todas las boletas deban estar completamente requisitadas, pues son elsoporte documental del inicio del procedimiento de presentación, ¿cómo es posible quelas boletas de mayor antigüedad (las primeras) tengan integrada la información requeri-da, a diferencia de las remisiones más recientes (las últimas boletas)?”, Comisión de De-rechos Humanos del Distrito Federal (CDHDF), INFORME ESPECIAL sobre la situa-

ción de los juzgados cívicos del Distrito Federal durante el 2004, México, 2005.22 Idem.

Sin embargo, en el momento inmediato a su promulgación, la ley pa-recía condenada a replicar las funciones de cualquier ordenamiento urba-no común y corriente. Tan es así que entre las personas arrestadas, en2004, que dijeron conocer el motivo de su detención predominan las cau-sas derivadas del consumo de alcohol (56%), seguidas por hechos con-cernientes a la intoxicación por enervantes (19%), orinar en la vía públi-ca (9%), usos indebidos de la vía pública (8%) y atentar contra laconvivencia social en lugares públicos (4%). La violencia o la prostitu-ción fueron los casos menos referidos (2 y 1%, respectivamente).23

Por lo que había que darle una función mucho más concreta y, sobretodo, dimensionar sus posibilidades de ejecución en una escala más redu-cida, para resolver problemas urbanos específicos. Por eso esta ley, nove-dosa en diferentes sentidos, fue, sin embargo, una herramienta efectivapara resolver un problema urbano añejo: el comercio en las calles delcentro del Distrito Federal.

1. La transformación ontológica del comercio callejero

Algunos autores han sostenido que la participación de la Ley de Cul-tura Cívica del Distrito Federal, en el más reciente proceso de retiro decomerciantes de las calles del centro de la ciudad de México, ha sidoprácticamente accidental y contingente.24

Sin embargo, la LCCDF tiene otras peculiaridades que resultaron de-cisivas en esta batalla por el espacio público. Al igual que otras disposi-ciones reglamentarias analizadas, la LCCDF establece a la reincidenciacomo un medio para gravar las penas, por lo que en este supuesto se anu-la la posibilidad de conmutar el arresto con el pago de multa.

Para aplicar las sanciones impuestas, la LCCDF establece dos autori-dades. Por una parte, posiciona a la policía como el medio ideal para mo-vilizar la ley. Por la otra, establece una institución, dependiente del apa-rato administrativo, para determinar el grado de culpabilidad delinfractor y la sanción adecuada: los juzgados cívicos.25 Dado que la

LEGALIDADES PÚBLICAS222

23 Ibidem, p. 32.24 Silva, Alejandra, op. cit., nota 1, p. 221.25 Dado que las detenciones derivadas por usos y funciones comerciales de las calles

tienen como base la flagrancia, ha sido posible observar que en los juzgados cívicos losjueces no cumplen mayores funciones que el de aceptar el tipo de pena que quiere cum-

LCCDF funciona, al menos en el caso del comercio callejero, sobre unmodelo de movilización de tipo reactivo y que la mayor parte de los usosy funciones laborales del espacio público se dan de manera cotidiana yvisible, la flagrancia se presenta como el elemento que marca las pulsio-nes de la forma en que la LCCDF es ejecutada. Pues no es sino el policíaen turno y asignado a un espacio determinado quien, en presencia de lacomisión de una infracción, puede detener y presentar al probable infrac-tor ante el juez cívico.26

Las características mencionadas muestran un cambio cualitativo im-portante en la forma en que la regulación del espacio público sirve comomedio para definir los usos y funciones comerciales y laborales de las ca-lles de la ciudad de México. Cambio que puede ser resumido en trespuntos:

1. La actividad de trabajar o comerciar en las calles ya no es concep-tualizada como una ocupación característica de las personas conbajos recursos, ni como una actividad exclusivamente mercantil odelictiva, sino como un uso del espacio público que atenta contrala tranquilidad de las personas y la seguridad ciudadana.

2. Quienes comercian y trabajan en las calles no son definidos comovendedores ambulantes, aboneros, semifijos o fijos. En su lugar sereconoce la posibilidad de que cualquier persona mayor de onceaños ocupe las calles con enseres mercantiles, venda productos,obstruya el tránsito u ofrezca servicios sin autorización.

3. Y, sobre todo, el espacio público ya no es dividido con líneas ima-ginarias (propiedad pública y privada, perímetro A y B, centrohistórico, primer plano, zonas de tolerancia y prohibición) o físi-cas (mercados públicos, flujo vehicular y banquetas) que restrin-gen jurídicamente los usos y funciones laborales de las calles, sinoque es regulado como una cuadrícula absoluta en donde un con-junto de cosas y personas ocupan un lugar, y cuyo único límite esla jurisdicción del Distrito Federal.

LA ÚLTIMA BATALLA POR LAS CALLES (2004-2010) 223

plir el detenido. A esto debemos agregar que los jueces cívicos son parte de la estructuraadministrativa del Distrito Federal, y no del poder judicial, por lo que normalmente nobuscan proteger derechos, sino simplemente aplicar las sanciones que prescribe la ley, taly como se documenta en CDHDF, op. cit., nota 21.

26 Artículo 55, LCCDF.

Aquí parece revivirse una consideración regulatoria olvidada desde ladécada de los cuarenta. Reconocer institucionalmente categorías especí-ficas de trabajadores y comerciantes en el espacio público genera dere-chos que impiden hacerlos desaparecer en el momento en que la autori-dad lo estime conveniente.27

Este lenguaje neutral, que no distingue usuarios concretos del espaciopúblico, ha facilitado que la LCCDF supere los filtros constitucionales,pues contrario a la década de los cuarenta, cuando las leyes que buscabanrestringir el uso de las calles a un conjunto de usuarios del espacio públi-co fueron revertidas por los ambulantes mediante la justicia federal, en elcaso concreto, al representar una aparente prohibición universal, se nie-gan los efectos generados sobre un grupo específico,28 pues para los jue-ces, al igual que para Anatole France, la ley, en su gran preocupación porla igualdad, prohíbe tanto a los ricos como a los pobres, dormir bajo lospuentes, mendigar en las calles y robar pan.

2. ¿Un código de tránsito?

Otra de las características menos evidentes de la LCCDF es que, con-trario a las disposiciones reglamentarias anteriores, el legislador no defi-ne usuarios concretos del espacio público. En su lugar, el legislador optópor definir cosas, actividades y espacios. Dentro de este catálogo estruc-turado por 44 actividades punibles, encontramos conductas tales comoorinar en las calles, ofrecer servicios sexuales, trabajar o comerciar sinautorización.

A través de las cifras, que representan la forma en que la LCCDF hasido movilizada, encontramos que hasta 2007 la conducta que mayor nú-mero de veces ha sido sancionada es la de “impedir o estorbar de cual-quier forma el uso de la vía pública, la libertad de tránsito o de acción delas personas, siempre que no exista permiso ni causa justificada paraello”.29 Supuesto normativo bajo el que son detenidos los comerciantes ytrabajadores callejeros.

LEGALIDADES PÚBLICAS224

27 Comentarios a la propuesta de Reglamento para Peluquerías Ambulantes en elDistrito Federal. 10 de diciembre de 1945.

28 Ejemplo de ello es la resolución del expediente de Amparo en revisión 57/2005.29 Artículo 25, fracción II, LCCDF.

En resumen, durante el periodo 2003-2007 un total de 175,793 perso-nas fueron detenidas por impedir o estorbar de cualquier forma el uso dela vía pública, 74% de éstas fueron arrestadas por un periodo de 36 ho-ras. Lo anterior implica que 45% del total de personas detenidas en elDistrito Federal por cometer una falta cívica, fueron encarceladas por im-pedir o estorbar de cualquier forma el uso de la vía pública, la libertad detránsito o la acción de las personas, constituyéndose como la falta admi-nistrativa más importante, por encima de orinar o ingerir bebidas alcohó-licas en las calles.30

En el caso de los vendedores ambulantes, aunque la LCCDF contem-pla diferentes supuestos que buscan sancionar algunas de sus rutinas detrabajo, entre 2003 y 2008, más del 96% de los ambulantes detenidos hansido arrestados por impedir o estorbar de cualquier forma el uso de la víapública.

La movilización de la LCCDF se ha concentrado, así, en impedir quecualquier persona o actividad obstaculice el uso de la vía pública, la li-bertad de tránsito o la acción de las personas, cuestión que puede ser vis-ta como una idea que privilegia enteramente el carácter funcional de lascalles.

La idea es simple, las calles y las banquetas son entendidas como unespacio de objetos movibles y estáticos. La LCCDF no privilegia perso-nas, sino que trata a los usuarios del espacio público, y a los objetos quesobre éste se encuentran, en el mismo plano ontológico. Dichos objetostienen funciones particulares y pueden involucrarse en diferentes activi-dades (ofrecer servicios, satisfacer necesidades de consumo o, incluso,permitir el tránsito).31

“Los objetos pueden estar, entonces, en conflicto, pues las leyes natu-rales indican que dos objetos no pueden ocupar el mismo espacio. Lasautoridades resuelven este conflicto en referencia a la función del espa-cio en el que los objetos se encuentran situados. Dicha función es clara y

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30 Faltas que normalmente son concebidas como las más comunes en el estudio de ladesviación urbana, véase, entre otros: Clinard, Marshall, Sociology of Deviant Behavior.

31 Por ejemplo, un vendedor ambulante puede satisfacer necesidades de consumo dela misma forma que una máquina expendedora de dulces, una prostituta puede ofrecerservicios igual que una caseta telefónica, un semáforo deficiente puede obstaculizar eltránsito igual que un ambulante, etcétera.

unitaria: el tránsito. Los usos y los objetos que interfieren con esta fun-ción principal son incompatibles”.32

Así, a pesar de que la LCCDF puede ser vista como la consolidaciónde una serie de factores imbricados, tales como la seguridad pública ocomo la costosa adaptación local de iniciativas y estrategias jurídicas ex-ternas,33 lo cierto es que la movilización de la LCCDF parece consolidarenteramente el uso y función original que la autoridad administrativa de-terminó, desde 1930, para las calles de la ciudad de México: el tránsito.

Establecer el carácter de la LCCDF como un código de tránsito nosignifica desconocer los efectos que genera sobre las personas que viveny trabajan en las calles, sino simplemente evidenciar un aspecto menosestructural aunque más espacializado y sistemático de los efectos que elderecho genera sobre las calles. Pues si en las décadas de los treinta y loscuarenta erradicar el comercio de las calles como una estrategia para ga-rantizar la seguridad de los usuarios del espacio público parecía unaestrategia limitada, actualmente es indefendible.

En el Distrito Federal el mayor número de muertes en el espacio pú-blico es provocado por accidentes automovilísticos, las dimensiones deesto son tales que, de acuerdo con datos del Servicio Médico Forense delDistrito Federal, entre 2000 y 2007 un total de 11,451 personas han per-dido la vida como consecuencia de un accidente automovilístico,34 lo queimplica en términos crudos que en la calle es más probable morir bajo lasllantas de un automóvil que por causas naturales o en manos de unvendedor ambulante o una banda organizada de delincuentes.

Pero la LCCDF no define personas concretas, sino actividades. Puestode otra forma, la ley, en su gran preocupación por la igualdad, prohíbetanto a los ricos como a los pobres dormir, trabajar y comerciar en las ca-lles. Todos los usuarios del espacio público deben transitar e interactuar,independientemente de si unos conducen un auto y otros simplementecaminan; y, presumiblemente, cuando un usuario del espacio público ne-cesita llevar el sustento a casa debe abstenerse de ofrecer algún producto

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32 Blomley, Nicholas, “How to Turn a Beggar into a Bus Stop: Law, Traffic and the«Function of the Place»”, Urban Studies, vol. 44, núm. 9, 2007, pp. 1697–1712.

33 Pues parece necesario recordar que la consultoría del equipo de Giuliani costó 4.3millones de dólares.

34 Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal, Compendio Estadístico del Ser-

vicio Médico Forense 2000- 2007.

o pedir dinero en la calle y manifestar y reforzar su obediencia alderecho.

Claramente, este es el lenguaje del uso y del espacio, cuyo efecto sóloes perceptible cuando nos acercamos a los términos que lo enmarcan.35

Primero, se trata de un tratamiento altamente individualizante de losusuarios del espacio público. Vistos como un obstáculo para el tránsito,el encuentro con las personas que trabajan y comercian en las calles pa-rece una relación diádica que no involucra procesos, ni relacionessociales más amplias.

Segundo, el carácter funcional de la regulación del espacio públicoallana las diferencias sociales. Los individuos que se encuentran en elmismo pavimento son tratados igualmente y deben auto-controlar sus re-laciones de acuerdo con un código plural de respeto mutuo y tolerancia,asimismo deben abstenerse de hacer algo que comprometa las libertadesde los demás.

Tercero, la movilidad tiene prioridad y, de hecho, la función del espa-cio es determinada en este sentido. El derecho de usar el espacio públicoes restringido, entonces, en términos de los efectos que genera su ejerci-cio sobre la movilidad de las personas.

3. El espacio del código de tránsito

Hasta ahora hemos dicho que, aunque la LCCDF no regula activida-des concretas, su aplicación parece concentrarse en privilegiar al tránsitocomo el uso y la función principal de las calles, y en castigar a quienestrabajan y comercian en público. También hemos dicho que, en el texto,la LCCDF se presenta como un medio para superponer el carácter abso-luto del espacio público, frente a aquellas disposiciones administrativasque lo habían relativizado.

Sin embargo, la relación entre la movilización de la LCCDF y los es-pacios en que es aplicada reflejan que, en lo general, se trata de un ins-trumento jurídico concentrado en regular los usos y funciones del espa-cio público del Primer Cuadro de la ciudad de México. De manerageneral, es posible establecer que el espacio en donde más se aplica la

LA ÚLTIMA BATALLA POR LAS CALLES (2004-2010) 227

35 Blomley, Nicholas, op. cit., nota 32.

LCCDF es en la delegación Cuauhtémoc, lugar que concentra el 26% deltotal de las personas detenidas en el Distrito Federal por cometer algunafalta contra la LCCDF.

GRÁFICA 14. PERSONAS DETENIDAS

POR COMETER ALGUNA FALTA

CONTRA LA LCCDF POR DELEGACIÓN (2003-2007)

Si atendemos a que el principal objetivo de la LCCDF es proteger altránsito como el uso y la función básica de las calles, entonces es posibleinferir que la mayor área de movilización de la LCCDF es el lugar dondemayor número de ambulantes se concentran. Pero, sobre todo, que el nú-mero de ambulantes detenidos diariamente en las calles del centro pudohaber crecido, de manera importante, a partir de 2007.

LEGALIDADES PÚBLICAS228

GRÁFICA 15. COMERCIANTES AMBULANTES DETENIDOS

EN LAS CALLES DEL CENTRO DE LA CIUDAD DE MÉXICO

POR IMPEDIR O ESTORBAR DE CUALQUIER FORMA EL USO

DE LA VÍA PÚBLICA, LA LIBERTAD DE TRÁNSITO

O DE ACCIÓN DE LAS PERSONAS (2004-2008)

Como se observa en el gráfico anterior, el promedio de comerciantesambulantes detenidos diariamente en las calles del centro de la ciudad deMéxico por impedir o estorbar de cualquier forma el uso de la vía públi-ca, la libertad de tránsito o de acción de las personas, aumentó de 16 en2004 a 160 en 2008.

Así las cosas, aunque textualmente la LCCDF se presenta como unmedio para superponer el carácter absoluto del espacio público, la formaen que es aplicada continúa relativizando, en los hechos, al espacio pú-blico de la ciudad de México y reforzando en carácter del Primer Cuadrode la ciudad como una zona restringida para el comercio ambulante.

LA ÚLTIMA BATALLA POR LAS CALLES (2004-2010) 229

II. ¿DE VUELTA A LAS CALLES?

Como si se tratara de una reacción ya sistemática y normalizada, des-pués del 12 de octubre de 2007, algunos comerciantes han vuelto a ocu-par las calles del centro de la ciudad de México. Unos ofrecen sus mer-cancías de manera discreta, otros colocan plásticos en el suelo condiversos productos que venden cotidianamente. Todos saben que, aligual que en épocas anteriores, la movilidad y capacidad de desplaza-miento es el mejor medio que tienen para evadir a la autoridad y el casti-go. Una mancha de toreros vuelve, poco a poco, a cercar la zona.36 Sinembargo, este regreso a las calles se presenta de manera ocasional y es-porádica, en época de fiestas, en temporada decembrina.37

Para algunos autores, este regreso esporádico, y todavía no permanen-te, del comercio en las calles refleja que las estrategias políticas de pre-sión y negociación desplegadas por parte de la autoridad fueron, hastacierto punto, adecuadas.38 De otro lado, una hipótesis que puede despren-derse del apartado anterior es que las autoridades de la ciudad de Méxicopor fin encontraron, en la LCCDF, la manera de utilizar al derecho, y loscastigos administrativos sistemáticos, como un instrumento paratransformar las prácticas y la vida cotidiana en las calles.

Frente al pragmatismo y la capacidad que ha mostrado la poblaciónque comercia en las calles para adaptarse, cuestionar y negociar los lími-tes de la vida social, ambas interpretaciones parecen limitadas. Todo setraduce en una pregunta concreta: ¿por qué los comerciantes habríanaceptado, con pequeñas excepciones, su amontonamiento en algunospredios?

Es probable que, en un plano inmediato y al igual que en épocas ante-riores,39 la posibilidad de ser arrestado sistemáticamente haya moldeadouna actitud preventiva entre los comerciantes de la zona, a tal punto queprefieran evitar las calles y, así, las sanciones y la persecución policial.Pues, en términos crudos, el reordenamiento, la LCCDF y la cancelaciónde todos los permisos, los convirtió en la población más buscada y san-

LEGALIDADES PÚBLICAS230

36 “Los ambulantes vuelven al Centro”, Milenio, 23 de enero de 2011.37 “Regresan comerciantes ambulantes al Centro”, El Universal, 12 de febrero de

2010.38 Silva, Alejandra, op. cit., nota 1.39 Véase el capítulo V de esta investigación.

cionada por la policía en el centro de la ciudad por encima, incluso, delos probables delincuentes detenidos en flagrancia.

GRÁFICA 16. DETENCIONES PERÍMETRO “A” CENTRO HISTÓRICO

(ENERO-MARZO, 2008)40

También es posible que, como sugieren algunos líderes de comercioen la zona, el aparente éxito de este nuevo reordenamiento haya radica-do en la idea de darle al comercio callejero una especie de certeza espa-cial, en donde la población ya sabe dónde ubicarlos: “Estar en las pla-zas ha resultado muy positivo porque tienes un espacio digno dóndededicarte al comercio. Ahora la gente acostumbra ir a plazas, y en elcentro aprovechan para admirar los edificios históricos”.41

Pero se trata de dos posibilidades históricamente presentes en las rela-ciones entre el comercio callejero y las autoridades de la ciudad de Méxi-

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40 Gráfica de elaboración propia a partir de: Secretaría de Seguridad Pública del Dis-trito Federal, comunicados varios Enero-Marzo, 2008.

41 Programa Universitario de Estudios sobre la Ciudad, Trayectorias de vida: muje-

res dirigentes del comercio popular en el Centro Histórico de la Ciudad de México, Mé-xico, UNAM, 2010, p. 69.

co que no lograron, en tiempos anteriores, limpiar las calles. Habría quebuscar una respuesta en otro lado.

1. El abandono del espacio público

En este apartado, sugiero que una hipótesis viable para explicar elaparente éxito del Operativo Centro Histórico tiene que ver con el aban-dono —por no llamarlo pérdida— institucional del espacio público, ex-perimentado desde finales de la década de los noventa.

Como se dijo introductoriamente, al iniciar el proceso de democratiza-ción administrativa de la ciudad de México —1997— el aumento de ladelincuencia y la escalada de violencia en la ciudad de México limitabanel libre acceso a los espacios públicos que solían albergar gran parte de lavida social, comercial y política de la misma.

La delincuencia en el centro, sin embargo, no se agotaba en los usua-rios móviles del espacio público, mucho menos en actos violentos. Eraparte del escenario cotidiano sobre el que, tanto comerciantes callejeroscomo policías, interactuaban.

Si bien, por muchos años los residentes de la zona se sentían segurospor los lazos que habían logrado tejer con los comerciantes callejeros,42

lo cierto es que estos sistemas informales de supervisión y vigilancia delespacio estaban planeados para funcionar sobre delitos cotidianos y depoca monta, tales como el robo:

Estas calles están llenas de ratas. Yo vivo aquí, pero nadie te hace nada site sabes cuidar. [¿Y qué haces para cuidarte?] Como yo soy del barrio,voy viendo chavos que ya estuvieron en el tambo y les digo nel jálate tedoy chamba. Los agarro así, y pues su función es clara, si ven a un farderoa la rata pues, le dan unos madrazos y le dicen nel, sácate a chingar a tumadre a otra parte aquí no.43

En cierta forma, esta pérdida de eficacia de los mecanismos informa-les de control desarrollados entre comerciantes y vecinos de la zona seexplica por el surgimiento de nuevos tipos de actividades ilegales, tales

LEGALIDADES PÚBLICAS232

42 Eckstein, Susan, El Estado y la pobreza urbana en México, México, Siglo XXI,1999, p. 310.

43 Entrevista a líder de una organización de comerciantes ambulantes del centro de laciudad de México.

como la venta de drogas al menudeo o de armas, que venían manifestán-dose en la zona desde la década de los noventa.44

GRÁFICA 17. AVERIGUACIONES PREVIAS INICIADAS POR ROBO

A TRANSEÚNTE EN LA DELEGACIÓN CUAUHTÉMOC Y EN LA COLONIA

CENTRO DEL DISTRITO FEDERAL (1997-2007)45

Así, es probable que, como muestra la gráfica anterior, las actividadesdelictivas tradicionales de la zona, como el robo a transeúnte,46 disminu-yeran y, en contraparte, fueran desplazadas por nuevas organizaciones yactividades ilegales,47 que no sólo amenazaran a los usuarios móviles delespacio sino también a los estacionarios.

LA ÚLTIMA BATALLA POR LAS CALLES (2004-2010) 233

44 Eckstein, Susan, op. cit, nota 43, p. 339; Grisales, Natalia, “En Tepito todo se ven-de menos la dignidad: espacio público e informalidad económica en el Barrio Bravo”,Alteridades, 2003, pp. 67-83.

45 Gráfica de elaboración propia a partir de: Procuraduría General de Justicia del Dis-trito Federal, respuesta a la solicitud de información pública.

46 Véase, por ejemplo, Valencia, Enrique, La Merced: Estudio ecológico y social de

una zona de la ciudad de México, México, INAH, 1965.47 Véase Vilalta, Carlos, “The spatial dynamics and socioeconomic correlates of drug

arrests in Mexico city”, Applied Geography, vol. 30, núm. 2, 2010, pp. 263-270; y, “La

Cabe la posibilidad, entonces, de que los comerciantes callejeros intuye-ran que el futuro próximo no les depararían buenos augurios. Las nuevasformas de delincuencia en las calles, la aparición de organizaciones delicti-vas interesadas en usar el espacio público para comerciar sus mercancías,era algo que comenzaba a afectarlos y sabían, muy bien, que el Estado noestaría ahí para protegerlos, las calles ya habían sido abandonadas:

Mira, es complicado, en mi caso no tolero que haya venta de drogas ni co-chinadas, porque nomás te calientan el pedo y al final salimos perdiendotodos, muchas familias se quedarían sin trabajo […] pero pues sí, sí hayquien vende, por ejemplo, hay unos que fueron inspectores de calle en losochentas, que se la saben ya, venden por ahí por el Templo Mayor y puessí, luego la hacen de pedo porque quieren agandallar a la banda ¿no? Consus plomos y todo, pero pues hasta ahora no ha pasado a más. Le digo a laDelegación pero es como hablar con sordos.48

Y las expectativas de los ambulantes no estaban muy alejadas de la rea-lidad. Por ejemplo, en enero 2010 se hizo de conocimiento público la exis-tencia de una banda organizada que secuestraba a franeleros de la zona deLa Merced, con el objetivo de someterlos a trabajos forzados y cobrar unrescate a cambio de su libertad.49

Para septiembre de 2010, un informe de la Dirección General de Polí-tica y Estadística Criminal, dependiente de la Procuraduría General deJusticia del Distrito Federal, reportó que entre enero y julio de ese año seiniciaron 1,290 averiguaciones previas por comerciantes ambulantes quedenunciaban casos de extorsión o cobro de “derecho de piso” en manos

LEGALIDADES PÚBLICAS234

geografía local del narcomenudeo: patrones, procesos y recomendaciones de política ur-bana”, Estudios Demográficos y Urbanos¸vol. 24, núm. 1, 2009, pp. 49-77. De acuerdocon este último estudio: “El análisis individual de los detenidos [por narcomenudeo] nosmuestra que menos de 2% se encontraba en otra colonia [en la delegación Cuauhtémoc].De hecho, 10% ha sido detenido dos o más veces. Es muy llamativo que 60.4% de losque fueron capturados en (al menos) dos colonias diferentes, lo fueron por lo menos enuna ocasión en la colonia Centro. Destacan dos cuestiones más: 25% de estos individuosfueron detenidos además en la colonia Ex Hipódromo de Peralvillo y otro 10.4% en lacolonia Obrera. Parece que la colonia Centro es un lugar de origen o de destino para lospresuntos narcomenudistas detenidos en lugares diferentes. [Además] Entre 2005 y 2007,66 y 77% respectivamente de las detenciones por narcomenudeo en la delegación Cuauh-témoc se concentraron en sólo cuatro colonias: Centro, Doctores, Guerrero y Obrera”.

48 Entrevista a líder de comerciantes callejeros.49 En “Secuestran a franeleros”, Reforma, 18 de enero de 2010.

de la delincuencia organizada. Ello implica que diariamente se presenta-ron 6.1 denuncias de este tipo, de las cuales 715 quedaron plenamenteacreditadas.50

En medio de todo esto, es necesario no perder de vista el pragmatismoy la capacidad de adaptación que, en diferentes épocas y contextos, hanmostrado tanto los comerciantes callejeros como sus líderes para inser-tarse dentro de las reglas que impone el orden urbano.

Así, una hipótesis a comprobar en el futuro invita a analizar la posibi-lidad de que la disposición de los ambulantes del centro de la ciudad deMéxico, y de sus líderes, por aceptar ser desplazados de las calles a luga-res cerrados no dependiera, simplemente, de las presiones, negociacioneso castigos desplegados por la autoridad, sino también de las relaciones yretos que exigía la nueva configuración “legal” de las calles. No haberlovisto así habría supuesto el desvanecimiento de los liderazgos y espaciosconstruidos, durante décadas, por los mismos comerciantes callejeros.

2. De obrero a trabajador callejero: la reconfiguración

del delincuente urbano

Investigaciones recientes sostienen que, en la ciudad de México, lasidentidades sociales construidas durante la primera mitad del siglo XX,en torno a espacios y lugares concretos, han experimentado una trans-formación importante como consecuencia de los cambios estructuralesy sociales acontecidos durante los últimos decenios. Así, por ejemplo,algunas colonias tradicionalmente obreras han experimentado una re-configuración poblacional al interior, marcada por el desplazamientodel “trabajador industria” en manos del desempleo y, como consecuen-cia, del “trabajador informal”.51

Aunque de manera fragmentaria, algunos datos parecen indicar que lanomenclatura ocupacional de la población carcelaria ha experimentadouna reconfiguración similar, en la ciudad de México.

Una serie estadística correspondiente a la ocupación de los “presuntosdelincuentes registrados en los juzgados de primera instancia” durante el

LA ÚLTIMA BATALLA POR LAS CALLES (2004-2010) 235

50 En “Aumentan denuncias por extorsión contra ambulantes del Centro”, La Jorna-

da, 27 de septiembre de 2010.51 Véase, entre otros: Camarena, Mario y Portal, María, “De obrero a comerciante:

transformaciones barriales en la Ciudad de México”, Alteridades, vol. 17, núm. 33, 2007,pp. 43-52.

periodo 1946-1952, en el Distrito Federal, indica que el “trabajo indus-trial” era la ocupación más común entre los presuntos delincuentes urba-nos (34%), seguida por el “comercio establecido” (26%), y los “trabajosdomésticos” (8%).52 Además, salvo en el caso de los trabajos domésti-cos,53 el 90% de los presuntos delincuentes eran hombres.

GRÁFICA 18. OCUPACIÓN DE LOS PRESUNTOS DELINCUENTES REGISTRADOS

EN LOS JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA PENAL, DISTRITO FEDERAL,1946-1952

De la misma forma, una muestra correspondiente a la ocupación de1,415 “delincuentes conocidos” en el Distrito Federal,54 detenidos admi-

LEGALIDADES PÚBLICAS236

52 Los cálculos y la gráfica siguiente son de elaboración propia a partir de: Secretaríade la Economía Nacional-Dirección General de Estadística. Anuario Estadístico de los

Estados Unidos Mexicanos (1950 y ss.).53 En donde, nueve de cada diez presuntos delincuentes eran mujeres.54 De acuerdo con Piccato, en 1920 las autoridades pusieron en práctica un “ensayo

administrativo” dirigido a detectar y poner bajo control aquellos “delincuentes conocidosy perfectamente identificados, quienes por falta de pruebas jurídicas se encontraban en li-bertad o porque la ley en muchos casos no comprendía a cabalidad el hecho delictuoso”.De esta manera, los delincuentes conocidos podían ser castigados, más allá de las bonda-

nistrativamente entre 1930 y 1960, sugiere que el 14.5% del total de su-jetos considerados “delincuentes conocidos” eran “obreros”, 12.6% “co-merciantes”, 10% “panaderos” y 7.6% “zapateros”.55

GRÁFICA 19. OCUPACIÓN DE LOS “DELINCUENTES CONOCIDOS”,DISTRITO FEDERAL, 1930-1960

Parece más o menos claro que, al menos durante la primera mitad delsiglo XX, los obreros o trabajadores industriales constituían al grupo

LA ÚLTIMA BATALLA POR LAS CALLES (2004-2010) 237

des del proceso judicial. Piccato, Pablo, “Rateros: lenguaje cotidiano, reforma social ycrimen, 1890-1931”, en Illades, Carlos y Rodríguez, Ariel, Instituciones y ciudad: ocho

estudios históricos sobre la ciudad de México, México, UníoS, 2000, p. 234. Hasta don-de sé, no existe un seguimiento sistemático de las trayectorias que siguieron este tipo deestrategias. Sin embargo, como muestra la información documental, es muy probable quehayan tenido vigencia hasta bien entrados el siglo XX.

55 Asimismo, la muestra sugiere que el 55% del total de los “delincuentes conocidos”nació en el Distrito Federal, 6.5% en Guanajuato, 5.2% en Jalisco y 4.2% en Hidalgo. Fi-nalmente, el 50.3% de los “delincuentes conocidos” tenía entre 18 y 25 años, el 36.4%tenía entre 26 y 35 años y el 11.65% tenía entre 46 y 55 años. Toda la información rela-cionada con la muestra fue obtenida a partir de datos contenidos en el Archivo Históricode la Ciudad de México (AHCM), fondo: Cárceles; Inventario: Cárcel de ciudad; Cajas:50-90. Los cálculos y la gráfica correspondiente son de elaboración propia.

ocupacional más representativo de la población en las cárceles de la ciu-dad de México. Lamentablemente, no existe todavía información dispo-nible que permita saber cuáles fueron las trayectorias laborales de la po-blación en prisión a lo largo de la segunda mitad del siglo XX en Mé-xico.

Sin embargo, hacia finales del siglo XX, la relación entre la poblacióndesempleada y el número de delitos reportados —particularmente el ro-bo— comenzó a cobrar cada vez más importancia.56 Ello implica que,tanto en el discurso oficial como en las tareas policiales, “los desemplea-dos” eran ya parte del imaginario y de las acciones enfocadas en preveniry castigar el delito, desplazando paulatinamente a los “trabajadoresindustriales”.

GRÁFICA 20. RELACIÓN ENTRE DESEMPLEO Y DELITOS REPORTADOS

EN EL DISTRITO FEDERAL (1987-1997)57

LEGALIDADES PÚBLICAS238

56 Zackseski, Cristina, “Relatos sobre a consultoria Giuliani na Cidade do México.Um exemplo para o Rio de Janeiro?”, Anais do XIX Encontro Nacional do CONPEDI,

Fortaleza, 2010, pp. 865 y 866.57 Gráfica tomada de idem.

Efectivamente, información más reciente muestra que la nomenclaturaocupacional de la población carcelaria de la ciudad de México presenta,ya, una configuración totalmente distinta a la correspondiente a la prime-ra mitad del siglo XX, en donde prevalecen los “trabajos callejeros”sobre cualquier otro tipo de ocupación.

Es probable que esta nueva configuración refleje, simplemente, unacaracterística ya identificada por muchos estudios. Hacia principios delsiglo XXI las calles se presentan como un espacio peligroso, donde elmiedo y la violencia juegan un papel determinante.58

Pero las calles también se presentan como un espacio funcional paralos sistemas penales locales. Dadas las limitadas capacidades de investi-gación criminal con que cuentan los cuerpos de seguridad,59 las calles seconvierten en el único espacio, la única fuente abastecedora de delin-cuentes que puede reportar la autoridad. La flagrancia se ha constituidocomo el medio principal con que cuenta el sistema penal para procesar alos delincuentes60 y el espacio público en un lugar que determina la pe-nalidad de algunos delitos.61

El trabajo en el espacio público se posiciona, en este contexto, comouna actividad peligrosa. Como se ha visto, una característica común delos comerciantes ambulantes consiste en compartir las calles con proba-bles delincuentes. Esto limita sus capacidades de trabajo y movilidad, altiempo que los convierte en parte del problema. Trabajar en las callestambién es peligroso porque la carencia de un lugar y certeza espacialpuede implicar la carencia de pruebas que permitan disociar las condicio-nes de tiempo y lugar cuando uno es asociado, por la autoridad policial, ala comisión de un delito.

LA ÚLTIMA BATALLA POR LAS CALLES (2004-2010) 239

58 Véase, en general, Amin, Ash y Thrift, Nigel, Cities: Reimagining the Urban,Cambridge, Polity Press, 2002.

59 Pues de acuerdo con diversos estudios, lo difícil en México no es procesar a un de-lincuente; lo complicado para la autoridad es registrar el delito, investigarlo, esclarecerloy atrapar al responsable, véase Zepeda, Guillermo, Crimen sin castigo. Procuración de

justicia penal y Ministerio Público en México, México, Fondo de Cultura Económica,2004.

60 “El Ministerio Público (del fuero común) no puede estar en tantas audiencias, loscasos que se llegan a resolver son porque existe la flagrancia, cuando se tiene un deteni-do o testigos, pruebas; pero casos auténticos de investigación por evidencias o pruebas,quizá son menos de diez por ciento, 90 por ciento dependen de que sean capturados enflagrancia”. Idem.

61 Por ejemplo, Código penal para el Distrito Federal, artículo 224.

Un primer vistazo a los resultados de la Encuesta a Población en Re-clusión en el Distrito Federal, desarrollada en 2002 y replicada en 2005 y2009, por el Programa de Estudios sobre Seguridad y Estado de Derechodel Centro de Investigación y Docencia Económicas,62 nos permite cono-cer las actividades laborales que desempeñaba la población en reclusiónde la ciudad de México y del Estado de México, antes de convertirse endelincuentes.

CUADRO 18. OCUPACIÓN DE LA POBLACIÓN EN RECLUSIÓN

DISTRITO FEDERAL-ESTADO DE MÉXICO (2002-2009)63

Empleo Encuesta

2002 (%)

Encuesta

2005 (%)

Encuesta

2009 (%)

Empleado de gobierno 8 5.4 6.0

Empleado sector privado 39 22.7 22.4

Profesionista independiente 1 0.8 0.9

Albañil/obrero 14 11.1 13.4

Autoempleo/comerciante/ taxista 23 55.6 54.6

Ejecutivo/dirigente s/d 0.4 0.2

Trabajo doméstico 3 1.6 1.0

Jornalero agrícola 3 0.4 0.1

Campesino/ejidatario/comunero s/d 1.9 0.5

Otro 9 11.9 0.9

En el agregado de resultados destacan, como se observa, el autoem-pleo, el comercio callejero y la conducción de taxis como ocupaciones

LEGALIDADES PÚBLICAS240

62 Durante la última etapa de esta investigación fueron publicados los resultados dela Encuesta para 2009, por cuestiones de tiempo ha sido imposible incluirla a cuerpo detexto en todos los casos. Al mismo tiempo, es importante aclarar que para corroborarlos datos de la muestra elaborada por el CIDE se consultaron las estadísticas delictivasdesarrolladas por el INEGI. Los resultados son concordantes, desde la década de 1990 eltrabajador callejero se ha posicionado como el principal habitante de las cárceles del paísy, también, de la ciudad de México.

63 Azaola, Elena y Bergman, Marcelo, Resultados de la Encuesta a la población en

reclusión en el Distrito Federal y Estado de México, México, Centro de Investigación yDocencia Económicas, 2002, 2006, 2010. Salvo indicación en contrario, toda la informa-ción que se presenta a continuación proviene de esta fuente.

porcentualmente representativas, y en crecimiento, del tipo de personasque habitan las prisiones del Distrito Federal y el Estado de México. Conello en mente, exploremos los oficios de la población carcelaria de laciudad de México.

Los resultados de la Encuesta nos permiten verificar que en la ciudad deMéxico el trabajo en las calles representa una fuente de ingresos, cifras ydelincuentes que reporta la autoridad penal al momento de dar cuentas. Pa-ra 2005, la Encuesta revela que el 53.28% de los habitantes de las cárcelesde la ciudad de México —mujeres y hombres— desempeñaron algún em-pleo en las calles antes de ser parte del padrón penitenciario.64

Del total de las personas que declararon, como primera respuesta, tra-bajar en las calles durante el último mes antes de ser detenido,65 encon-tramos que el comercio y la venta de juguetes se posicionan como laprincipal ocupación (37.23%), seguida del trabajo no asalariado (17%) yla conducción de vehículos de alquiler (11.7%).66 Es más o menos claroque el trabajo en las calles constituye una ocupación característica de lapoblación penitenciaria de la ciudad de México. Pero de qué delitos seles acusa a quienes trabajan en las calles. El cuadro siguiente ofrece larespuesta.

CUADRO 19. DISTRIBUCIÓN PORCENTUAL DE DELITOS COMETIDOS

POR TRABAJADORES CALLEJEROS EN SITUACIÓN DE CÁRCEL

EN LA CIUDAD DE MÉXICO (PESED-CIDE, 2005)67

Delito Porcentaje Delito Porcentaje

Homicidio doloso 8.4 Homicidio culposo 4.0

LA ÚLTIMA BATALLA POR LAS CALLES (2004-2010) 241

64 Rubro: Autoempleo/comerciante/taxista/chofer.65 94 personas de un total de 301 a quienes aplica la pregunta, es decir el 31% del to-

tal de la muestra.66 Los resultados son: venta de mercancías ilegales (10.63829787%); venta de ropa

(7.446808511%); comercio/vendía juguetes/paletas (37.23404255%); venta en tianguis/de cosas usadas (6.382978723%); cargador (2.127659574%); chofer/taxista (11.70212766%);trabajo no asalariado (17.0212766%); limpia parabrisas (2.127659574%); pepenador(5.319148936%).

67 Agradezco al doctor Marcelo Bergman y al doctor Gustavo Fondevila, ambos dela División de Estudios Jurídicos del Centro de Investigación y Docencia Económicas,por las facilidades otorgadas para la obtención y procesamiento de esta información.

Delito Porcentaje Delito Porcentaje

Secuestro 5.7 Lesiones 1.9

Delitos sexuales 5.3 Robo con violencia 29.2

Delitos contra la salud 8.7 Allanamiento de morada 0.5

Portaciónde arma prohibida

1.5 Robo simple 31.3

Extorsión agravada 2.1 Sedición 0.2

Encubrimiento 0.3 Robo a transporte 0.2

Como se observa, la mayor parte de los trabajadores callejeros en si-tuación de cárcel son procesados por robo con y sin violencia (60.5%).Destaca el robo simple (31.3%) pues implica que tres de cada diez traba-jadores callejeros que están en prisión han sido privados de su libertadlegalmente por ser acusados de robar bienes de poca monta.

En resumen, delitos típicos de las poblaciones urbanas de escasos re-cursos que, no obstante, han terminado por constituir a la recuperaciónde espacios públicos como una política de Estado para mejorar, en algúnsentido, los índices delictivos que se dan en zonas que concentran lapobreza urbana.

Dadas las graves deficiencias del sistema penal en México, no es posi-ble saber si la información presentada posiciona al trabajo callejero comoun elemento condicionante del delito o como una ocupación que resultasospechosa al momento en que la autoridad requiere buscar un culpable.Lo que sí podemos decir es que ser significado como delincuente no ase-gura que el trabajador callejero delinca, pero añade algo a lo que signifi-ca trabajar en las calles y a lo que quiere decir esto a los ojos de losdemás, en el espacio urbano actual.

III. A MODO DE CONCLUSIÓN: MOMENTOS DE CAMBIO,

TIEMPOS DE VIOLENCIA

Una de las propuestas más importantes de esta investigación es que, apartir de la forma en que el derecho es movilizado en el espacio, es posi-ble identificar patrones específicos de relaciones sociales tejidas entre la

LEGALIDADES PÚBLICAS242

población y la autoridad. Esta aproximación ha permitido comprenderque, por más contingentes y espontáneas que parezcan, la mayor parte delas relaciones y prácticas jurídicas que se dan en las calles tienen una ba-se histórica. El análisis presentado en este capítulo no es la excepción.

Si observamos los movimientos que, recientemente, se han experi-mentado en el Primer Cuadro de la ciudad de México, sería posible sos-tener que éstos revelan la realidad del mundo actual en que vivimos. Unmundo globalizado, en donde las estrategias regulatorias propuestas porun actor internacional, son adaptadas y reinterpretadas por las autorida-des urbanas para resolver problemas locales largamente arraigados. Y, endonde actores tan mundanos y locales, como los toreros del centro de laciudad de México, son capaces de revertir, y poner en entredicho, no só-lo la capacidad de las autoridades urbanas para hacer cumplir la norma,sino también los alcances de políticas globales que se promueven,alrededor del mundo, como soluciones prácticas y eficaces para combatirla delincuencia y el desorden urbano.

Sin embargo, si observamos estos mismos movimientos desde unaperspectiva temporal, es posible identificar también ciertos patrones co-munes entre los momentos marcados por el cambio y la transformacióninstitucional urbana. En este sentido, el análisis aquí presentado guardaalgunas similitudes con el análisis presentado en el primer capítulo, co-rrespondiente a la década de los treinta en la ciudad de México, un mo-mento también de cambio y reconfiguración institucional de los límitesde las calles del centro de la ciudad de México.

Entre estas similitudes destacan: el incremento cualitativa y cuantitati-vamente considerable en la actividad represiva estatal; una población po-bre y desempleada cada vez más vulnerable a dichos controles, y, sobretodo, un mayor riesgo, para la población, de ser institucionalizada y san-cionada por el simple hecho de ocupar un lugar en las calles.

Las diferencias también son evidentes. Al parecer, los patrones socia-les y espaciales constituidos durante una buena parte del siglo XX, en lascalles del centro de la ciudad de México, han experimentado una trans-formación importante. Esto no sólo se refleja en el desplazamiento de co-merciantes callejeros a espacios cerrados, sino también en el aparentetraslado que han experimentado ciertas actividades delictivas tradiciona-les, por parte de otras más violentas y organizadas, como la extorsión yel narcomenudeo.

LA ÚLTIMA BATALLA POR LAS CALLES (2004-2010) 243

En medio de todo esto, la figura del comerciante callejero también seha reconfigurado. De acuerdo con lo visto, el trabajo y el comercio calle-jero son ocupaciones representativas en las cárceles de la ciudad y, demanera más general, de la Zona Metropolitana. Esto puede reflejar quela población que trabaja en las calles es más vulnerable a ser institucio-nalizada, en momentos en que la policía requiere rendir cuentas.

Pero, más allá de formular interpretaciones apresuradas sobre hechosque parecen seguir en gestación, algo que parece surgir de este recuentoes el carácter del centro de la ciudad de México, como un palimpsestosobre el que cada día se escriben y reescriben historias, trazos y límites.

LEGALIDADES PÚBLICAS244

CONCLUSIONES

LEGALIDADES PÚBLICAS: DISCIPLINA, RESISTENCIAY NEGOCIACIÓN EN LAS CALLES DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Este capítulo tiene como objetivo comprender y explicar, de maneraagregada, el conjunto de relaciones jurídicas que se han articulado, a lolargo del tiempo, entre los comerciantes callejeros y la regulación del es-pacio público en la ciudad de México.1 Particularmente me concentro endesarrollar el esquema teórico utilizado en esta investigación para com-prender cuáles son las legalidades que estructuran al espacio público dela ciudad de México.

Por legalidades entiendo una herramienta analítica distinta de las ac-ciones, interpretaciones y los elementos formales o informales del dere-cho,2 en otras palabras, se trata de comprender cómo la regulación del es-pacio público ha sido entendida y experimentada tanto por la autoridadcomo por la población que comercia y trabaja en las calles de la ciudadde México.

245

1 Es cierto que las dinámicas de cambio institucional experimentadas en la adminis-tración de la ciudad de México representan referencias importantes para comprender yexplicar el contenido y los términos de la regulación del espacio público en un momentoy lugar determinado. Sin embargo, como se mostrará en este apartado, además de estasdinámicas de cambio, a través del estudio diacrónico de la regulación del espacio públi-co, también es posible observar tendencias generales entre la forma en que se relaciona lapoblación con la regulación del espacio público.

2 Vista así, la legalidad es una herramienta analítica más que un estado de cosas san-tificado por el derecho. Silbey, Susan, “Legal Culture and Consciousness”, International

Encyclopedia of the Social and Behavioral Sciences, Amsterdam, Elsevier Science, 2000,pp. 8623-8629. Silbey, Susan y Ewick, Patricia, “No Laughing Matter: Humor and Con-tradiction in Stories of Law”, Clifford Sympoisum, DePaul Law Review, vol. 50, 2000,pp. 559-574. Silbey, Susan y Ewick, Patricia, “The Rule of Law: Sacred and Profane”,Society, octubre de 2000. Silbey, Susan y Ewick, Patricia, “Common Knowledge andIdeological Critique: The Importance of Knowing Why the «Haves» Come Out Ahead”,Law & Society Review, vol. 33, núm. 4, 1999, pp. 1025-1042.

Al igual que Ewick & Silbey,3 al definir la legalidad desde una pers-pectiva analítica, más que jurídico-formal, considero que es posible com-prender la forma en que se relacionan jurídicamente los comerciantes ca-llejeros con otros agentes sociales y con la autoridad. En otras palabras,se intenta comprender y explicar las ideas, problemas, experiencias y si-tuaciones que de una u otra forma han impactado a la población que co-mercia en las calles de la ciudad de México —entendida como un agre-gado de agentes sociales no oficiales del derecho—, tal y como parecehaber previsto, imaginado, experimentado o tomado en cuenta los actosformales e informales de los agentes jurídicos oficiales.

La acción de utilizar las calles puede ser, por sí misma, una forma delegalidad. Pues tanto los usuarios estacionarios como móviles del espaciopúblico reclaman un derecho sobre las calles, sin necesidad de recurrir alos textos o a las instituciones jurídicas para sustentarlo o defenderlo.4

Como vimos a lo largo de esta investigación, dichas relaciones puedenser interpretadas como una representación de la manera en que formasjurídicas específicas (ejemplo: el derecho a la propiedad, el derecho altránsito o el derecho a trabajar) se insertan y son reinterpretadas y defen-didas por la población en la vida cotidiana y por la autoridad.

Pero el objetivo particular de este capítulo no consiste en interpretar elcontenido de las legalidades del espacio público, sino en comprender yexplicar los patrones de relaciones sociales que generan entre la autori-dad, la población que trabaja y comercia en las calles y el derecho.5

CONCLUSIONES. DISCIPLINA, RESISTENCIAY NEGOCIACIÓN246

3 Silbey, Susan y Ewick, Patricia, “The Structure of Legality: The Cultural Contra-dictions of Social Institutions”, en Kagan, Robert et al. (eds.), The Study of Legality:

Essays in Honor of Philip Selznick, Berkeley, University of California Press, 2002, pp.149-165.

4 Véase, por ejemplo, el análisis que presentan Silbey y Ewick sobre el uso de las si-llas como medio para apartar un lugar en las ciudades Norteamericanas, particularmenteen temporada de nieve, op. cit., nota 3.

5 Contrario con las tendencias más contemporáneas que establecen a las entrevistascara a cara como el principal medio para conocer las legalidades o narrativas públicas

del derecho. Silbey, Susan y Ewick, Patricia, The Common Place of Law: Stories of Po-

pular Legal Consciousness, Chicago, University of Chicago Press, 1998. En nuestro casoconsideramos que el análisis de las experiencias jurídicas de la población que comerciaen las calles de la ciudad de México es suficiente para explicar y comprender los patro-nes que forman las legalidades del espacio público. Pues, estudiar al derecho desde unaperspectiva sociológica no debe significar, necesariamente, la salida abrupta y desespera-da a las calles. Siempre existen, en los archivos, documentos y fuentes escritas que espe-ran ser leídas desde nuevas aproximaciones y enfoques. Caso contrario, nuestra capaci-

Entendidas así, las legalidades dejan de estar inmersas en las relacio-nes sociales para convertirse en un referente a través del que es posiblecomprender la forma en que la población le da sentido a las relacionesque experimenta en la vida cotidiana con el derecho, particularmente me-diante la experiencia sistemática con relaciones, conceptos e institucio-nes jurídicas, así como mediante la posibilidad de imaginar y constituirrelaciones y experiencias jurídicas inesperadas. En otras palabras, másque un efecto de las relaciones sociales las legalidades son un elementoconstitutivo de aquéllas.6

En el caso concreto, se identificaron tres patrones o legalidades siste-máticas a través de las que la población que comercia en las calles se re-laciona con el derecho en la ciudad de México. La primera, disciplinaria,constituye una forma particular a través de la cual la autoridad busca re-lacionarse jurídicamente con la población que comercia y trabaja en lascalles, con el objetivo de disciplinar y transformar los usos y funcionesdel espacio público mediante la represión sistemática.

La segunda, resistencia, representa la forma en que la población quecomercia y trabaja en las calles de la ciudad busca cuestionar y revertir,en la vida cotidiana, la voluntad y los actos de la autoridad administrati-

CONCLUSIONES. DISCIPLINA, RESISTENCIAY NEGOCIACIÓN 247

dad socio-jurídica para estudiar y comprender al derecho quedaría reducida a simplesdescripciones de la forma en que las personas se relacionan, actualmente, con el sistemajurídico, y la temporalidad convertiría al análisis diacrónico en algo innecesario o inútil,lo que significaría restringir nuestras capacidades para comprender y explicar el compor-tamiento del hombre activo frente al proceso de producción inmediato de su existenciaque supone el estudio diacrónico Gilly, Adolfo, “La historia como crítica o como discur-so de poder”, en Pereyra, Carlos et al., Historia ¿Para qué? México, Siglo XXI, 2007, p.197.

6 Cuestión que, adicionalmente, invita a repensar el concepto estático del Estado dederecho Silbey, Susan, “Everyday Life and The Constitution of Legality”, en Jacobs andHanrahan (eds.), Blackwell Companion to the Sociology of Culture, Oxford, BlackwellPublishing, 2005. Desde una concepción estática, el estado de derecho es normalmenteentendido como un conjunto de instrucciones que organizan las relaciones sociales, porlo que cualquier desviación o acto de desobediencia es interpretado como una irregulari-dad que requiere ser enmendada mediante el ejercicio del monopolio legítimo que poseeel Estado para utilizar la fuerza. Una concepción dinámica nos permite comprender queel estado de derecho es un conjunto de legalidades, cuya elaboración, significado y efec-tos son negociados cotidianamente por las personas, independientemente de si siguen alpie de la letra los códigos y reglamentos o si construyen sus relaciones sociales en elmargen de la ley.

va enfocados en regular, disciplinar y transformar los usos y funcionesde las calles.

La tercera, negociación, se encuentra en medio de estos extremos. Ladisciplina refleja tanto la capacidad de la autoridad para clasificar y de-terminar los usos y funciones permitidos o prohibidos del espacio públi-co, como al conjunto de actos desplegados por la autoridad en las callescon el fin de excluir, y humillar en público, a grupos, personas, conduc-tas y prácticas determinadas.7

La resistencia pone de manifiesto las limitaciones de la voluntad y losactos de autoridad para controlar y supervisar la totalidad del espacio pú-blico, lo que significa que las capacidades de la autoridad para clasificary excluir usos, funciones y presencias concretas del espacio públiconunca logran ejercerse de manera total.

Así, las calles de la ciudad de México se presentan como un espaciodonde tanto las prácticas disciplinarias como las acciones de resistenciason incompletas, fluidas y se encuentran en un constante proceso de ela-boración, cuyos resultados siempre son indeterminados. Entre la discipli-na y la resistencia, que por definición representan un conflicto, se locali-za la negociación y el consenso como elementos reguladores de laviolencia.8

I. DE DISCIPLINAS

A través del análisis diacrónico de la regulación del espacio público,es posible identificar diferentes momentos en los que la autoridad admi-nistrativa de la ciudad de México ha intentado transformar los usos yfunciones del espacio público mediante el despliegue de prácticas de san-ción y castigo sistemático sobre la población que comercia, trabaja ysubsiste en las calles.

Así, por ejemplo, tanto la campaña contra la mendicidad desplegadaen las calles de la ciudad de México durante la década de los treinta, quese tradujo en la reclusión de miles de personas de escasos recursos,9 co-mo la actual campaña de recuperación de las calles del centro histórico,

CONCLUSIONES. DISCIPLINA, RESISTENCIAY NEGOCIACIÓN248

7 Sibley, David, Geographies of Exclusion, Londres, Routledge, 1995, p. 18.8 Gramsci, Antonio, Selections from the Prison Notebooks, Londres, Lawrence &

Wishart, 1971.9 Capítulo I de esta investigación.

que se concentra en el constante retiro y encarcelamiento de la poblaciónque comercia en las calles, pueden ser observadas como un cúmulo deexperiencias y relaciones jurídicas a través de las cuales la autoridad ad-ministrativa ha intentado, en diferentes momentos, disciplinar a la pobla-ción que subsiste en el espacio público.

Es posible sostener que cada uno de estos momentos constituye unmovimiento dentro de un patrón de dominación más amplio,10 es decir,una forma recurrente a través de la cual la autoridad utiliza la violencia,y otros medios jurídicos que se encuentran a su alcance, para obligar a lapoblación que comercia y trabaja en las calles a ajustar sus conductasdentro de un modelo o tipo ideal de espacio público.

A manera de síntesis,11 dentro del conjunto de modelos o tipos idealesde espacio público que reflejan los documentos jurídicos analizados —entanto expresiones de la voluntad de la autoridad—, se identificaron tresgrandes tendencias:

1) Durante las décadas de los treinta y los cuarenta la autoridad ad-ministrativa buscó regular el espacio público para prevenir el es-parcimiento colectivo de enfermedades, para mejorar la imagen dela ciudad y para establecer la circulación como el uso y la funciónprincipal de las calles.

2) A partir de la década de los cincuenta y hasta la década de losochenta, la autoridad reguló el espacio público para institucionali-zar y concentrar al comercio callejero, para incrementar en algúnsentido las tendencias electorales a su favor y, sobre todo, paraconstituir los espacios de comercio callejero como una fuente deocupación y enclave principal del consumo popular.

3) Finalmente, desde de la década de los noventa y hasta la fecha, laautoridad ha regulado el espacio público como medio para garan-tizar el tránsito, particularmente peatonal, en las calles del centrode la ciudad, para anular cualquier vestigio de agencia social en elcomercio callejero y, sobre todo, para desplegar una serie de estra-tegias para prevenir el delito.

CONCLUSIONES. DISCIPLINA, RESISTENCIAY NEGOCIACIÓN 249

10 Migdal, Joel, State in Society: Studying how States and Societies Transform and

Constitute One Another, Cambridge, Cambridge University Press, 2001, p. 3.11 Pues también es necesario reconocer que aunque este recuento marca tendencias

predominantes, el tránsito y la imagen son una constante dentro de la regulación del es-pacio público de la ciudad de México.

Cada uno de estos movimientos dentro del patrón de dominación, quesupone la regulación del espacio público, ha requerido la creación de di-ferentes instituciones, así como la intervención de una serie indetermina-da de agentes institucionales —policías, inspectores, jueces, etcétera—que refuercen la voluntad y la presencia de la autoridad en la vida coti-diana.12

Desde esta concepción el derecho no es sólo una relación binaria decoordinación y obediencia (o desobediencia) entre súbditos y soberanos,sino una relación tripartita en donde las presencias “excluidas” se con-vierten en sujetos que deben ser disciplinados, reconducidos o castiga-dos.13 Relación que posiciona a las calles como un espacio disciplinarioque requiere y funciona sobre tres elementos indispensables: la observa-ción jerárquica (a); las normas (b); castigos sistemáticos (c). 14

1. Observación jerárquica

La disciplina requiere observaciones detalladas y la individualizaciónde sus objetivos. La observación acumulada de un vasto número de obje-tivos provee un impulso hacia la custodia de registros, los reportes escri-tos y la inspección y monitoreo, todos los cuales terminan por constituirtécnicas importantes de gobierno en el mundo moderno.

Desde esta perspectiva, los comerciantes y trabajadores callejeros sepresentan como objetos que ocupan un lugar en el espacio público. Obje-

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12 En este sentido, las prácticas institucionales se presentan como un elemento quepuede reforzar, mejorar o desvanecer la imagen y presencia de la autoridad y del estadoen la vida cotidiana. Pues como recuerda Migdal, el estado es un ente contradictorio queactúa contra sí mismo, por lo tanto para su comprensión es necesario establecer dos nive-les de análisis: uno para reconocer las dimensiones unificadas y corporativas del estado(su totalidad), y otro que desmantele su totalidad en favor del análisis particular de lasprácticas que se articulan para contradecir o reforzar su imagen y presencia. Migdal, Joel,op. cit., nota 10, p. 21.

13 Para Foucault dentro del modelo tradicional o arcaico del derecho, aparece un ter-cer personaje que es el culpable y, al mismo tiempo, afuera, además del acto legislativoque fija la ley y el acto judicial que castiga al culpable, toda una serie de técnicas adya-centes, policiales, médicas, psicológicas, que corresponden a la vigilancia, el diagnósticoy la transformación eventual de los individuos. Foucault, Michel, Seguridad, territorio y

población. Curso en el Collège de France (1977-1978), Argentina, Fondo de CulturaEconómica, 2006.

14 Hunt, Alan y Wickham, Gary, Foucault and Law: Towards a Sociology of Law as

Governance, Chicago, Pluto Press, 1994, pp. 20-24.

tos que requieren ser cuantificados, administrados y supervisados. Las li-cencias, los empadronamientos, los conteos administrativos y poblacio-nales, se convierten en técnicas y recursos sobre las que la autoridadadministra y supervisa, cotidianamente, los usos y las funciones labora-les de las calles de la ciudad de México.

Se trata de medios que permiten tanto la cuantificación de los objetosde regulación, como su supervisión y localización en las calles. Mediosque, con el paso del tiempo, no sólo permiten averiguar los patrones demovimiento espacial de la población que utiliza las calles como mediode subsistencia,15 sino que también han logrado incorporarse como unade las prácticas a través de las cuales es posible determinar las caracte-rísticas de la población que se subordina y reitera su sumisión frente a lavoluntad de la autoridad administrativa en turno.

Por ello no resulta sorprendente que, en diferentes épocas y contextos,los comerciantes y trabajadores callejeros hayan recurrido ante la autori-dad administrativa para solicitar una licencia que les permita realizar susactividades de manera cotidiana y libre sobre el espacio público. Momen-tos en que los sujetos que comercian y trabajan en las calles manifiestan yreiteran la intención de subsumirse a la voluntad de la autoridad en turno.

Así, por ejemplo, es posible encontrar casos en la historia de la regula-ción del espacio público en donde algunos comerciantes manifiestan suconformidad para que por estética se uniformen sus humildes puesteci-

tos, aun cuando se en beneficio de algún contratista, a cambio de que seles dejara en el mismo lugar.16 De la misma forma en que es posible en-contrar casos en donde la población que comercia en las calles manifiestasu voluntad para pagar impuestos y allanarse a las obligaciones queexpresa la autoridad a través de los documentos jurídicos.

La observación jerárquica, desde esta perspectiva, puede ser vista tan-to como un medio para supervisar, registrar y documentar los usos y fun-ciones laborales del espacio público de la ciudad de México, como unmedio a través del cual la autoridad busca introducir comunicacionesverticales o jerárquicas con la población para evitar, en la medida de lo

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15 Véase, por ejemplo Barbosa, Mario, El trabajo en las calles: subsistencia y nego-

ciación política en la ciudad de México a comienzos del siglo XX, México, UniversidadAutónoma Metropolitana, 2008.

16 Ibidem, p. 256.

posible, cualquier tipo de solidaridad horizontal17 o incluso para romperlos lazos solidarios que puedan haberse constituido.18

En suma, se trata también de un medio para dividir los tipos de comer-ciantes y trabajadores que existen en las calles en dos grandes contene-dores: 1) los autorizados, cuya supervisión se ejerce desde la oficina ad-ministrativa, y 2) aquellos a quienes habrá que supervisar y castigardirectamente en las calles.

Entendida así, la observación jerárquica se ha convertido en una de lasestrategias principales a través de las cuales la autoridad busca forzar a lapoblación que comercia y trabaja en las calles, para subsumirse a su volun-tad. Voluntad que la autoridad manifiesta, expresa y sistemáticamente, através de las normas que buscan regular los usos y funciones de las calles.

2. Las normas

Dentro del análisis disciplinario, las normas son dirigidas contra unamplio rango de conductas que involucran faltas tales como la impuntua-lidad, el desorden, la suciedad, la desobediencia, pero también son dirigi-das contra faltas de actitud, tales como la insolencia, la desobediencia,intransigencia, falta de cortesía o espíritu de equipo. Las normas especi-fican los objetivos que aquellos sujetos a la disciplina deben esforzarsepor alcanzar.

Por lo tanto, el análisis normativo permite identificar y comprendertanto los momentos en que la autoridad sale de su papel indirecto de con-trol y arbitraje para intervenir directamente el espacio público, como lasconductas de la población que espera transformar.

Así, por ejemplo, es posible decir que durante las décadas de los trein-ta y los cuarenta la autoridad buscó modificar los hábitos y prácticas dela población que comerciaba y trabajaba en las calles para convertirla enun agregado de sujetos de control, aseados y localizables. Mientras que,actualmente, la autoridad busca anular la presencia de esta población enlas calles, particularmente en el centro de la ciudad de México.

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17 De Gaudemar, Jean-Paul, La movilización general, Madrid, La Piqueta, 1981, pp.183 y 184.

18 Aquí también es práctica común encontrar en los documentos y registros adminis-trativos un cúmulo de comunicaciones en donde la población que comercia en las callesdenuncia, ante la autoridad administrativa, a otros sujetos que se dedican a la misma acti-vidad, véase Barbosa, Mario, op. cit., nota 15, p. 252.

En este recuento, los sujetos que subsisten en el espacio público debenesforzarse por alcanzar diferentes objetivos. Objetivos que van desde sersujetos aseados y confiables, hasta ser sujetos que se concentran en unespacio concreto o dejar de ser estorbos para el tránsito.

No ser un estorbo para el tránsito ha sido, probablemente, el objetivomás sistemático que la población que comercia y trabaja en las calles hadebido esforzarse por alcanzar. Esfuerzos que han requerido tanto la ma-nifestación explícita de la voluntad en las comunicaciones que documen-tan las relaciones entre la población y la autoridad, como la búsqueda desoluciones fuera del sistema jurídico.

Las normas, en este sentido, son tanto un medio a través del que la au-toridad crea sujetos y objetos de regulación, como una forma a través dela que la autoridad en turno refrenda su intención de regular y controlarsujetos, usos y prácticas específicas que se desarrollan sobre el espaciopúblico.

Cada uno de estos refrendos significa que la autoridad identifica a lapoblación que comercia y trabaja en las calles como un problema so-cial.19 Problema que la autoridad busca resolver a través de la estipula-ción y delimitación de castigos concretos y sistemáticos, los cuales facul-tan a los agentes institucionales para someter a la población que no se ha-ya allanado a la voluntad de la autoridad administrativa.20

3. Los castigos sistemáticos

En el corazón de todos los sistemas disciplinarios funciona un peque-ño mecanismo penal en dimensiones “infra” o “micro” que toma pose-sión de ámbitos de comportamiento en constante crecimiento. Las dife-rencias entre las faltas disciplinarias y los delitos están marcadas por lasformas típicas de castigo.

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19 Véase Rubington, Earl y Weinberg, Michael, The Study of Social Problems,Oxford, Oxford University Press, 1971, pp. 5 y 6.

20 Dentro del derecho administrativo encontramos una consideración simple, aunqueolvidada, que consiste en señalar que la autoridad y los agentes institucionales decidenlos momentos en que aplicarán los castigos y harán cumplir la ley. El simple hecho deque las leyes contemplen una forma jurídica sancionadora implica, ya, la posibilidadde que la población pueda ser castigada en cualquier momento. En este sentido, la au-toridad no siempre ejerce el castigo para hacer cumplir su voluntad, pero el poder quetiene la autoridad para ejercer el castigo con el fin de hacer cumplir su voluntad es unaconstante que marca las relaciones entre los gobernados y los gobernantes.

La repetición de tareas rutinarias forma el centro del castigo. Las peque-ñas penalizaciones también despliegan formas pequeñas de humillación in-dividualizada. Éstas aumentan a través de una graduación de escenarios,de la pérdida de pequeños privilegios hasta sanciones que reproducen loscastigos penales.

La graduación en el uso de la fuerza, por parte de la autoridad, es algoque determina en buena medida los movimientos y cambios en la regula-ción del espacio público y en los patrones de su movilización. En otraspalabras, es el tipo de castigo lo que determina el ámbito jurídico-regula-torio donde se inserta la regulación del espacio público.

La estipulación de castigos administrativos —particularmente el arres-to y la posibilidad de pagar una multa—, y su posterior ejercicio sobre lapoblación que subsiste en el espacio público, es lo que tradicionalmentepermitió distinguir al comercio callejero como una falta al régimen depolicía y buen gobierno. Distinción que operó en la ciudad de México, almenos, desde la década de los treinta hasta la década de los ochenta.

El cambio en la forma de gobierno de la ciudad de México, de un sis-tema centralizado y subordinado a la voluntad del Ejecutivo Federal a unsistema democrático donde la autoridad es elegida popularmente, supusouna progresiva pérdida de los privilegios que los comerciantes y trabaja-dores callejeros adquirieron durante las épocas anteriores y cuya princi-pal manifestación fue la tipificación penal de algunas prácticas organi-zativas del comercio y el trabajo callejero.

Así, el cambio en la forma de gobierno transformó el régimen jurídicodel comercio y el trabajo callejero. Por algunos años, la población quecomercia y trabaja en las calles no sería tratada como una poblaciónque cuestiona el régimen de policía y buen gobierno, sino como unconjunto de personas comandados por probables delincuentes, lo queresultó en la sustitución del arresto administrativo por el encarcela-miento penal, como el medio ideal para castigar a la población.

Finalmente, una nueva forma jurídica ha ido instaurándose dentro dela regulación del espacio público de la ciudad de México hacia mediadosde la década del año 2000: la Ley de Cultura Cívica. Se trata de una for-ma jurídica que combina tanto el carácter cívico de la autoridad, como sucapacidad para crear y movilizar diferentes medios y autoridades parahacer cumplir su voluntad.

En suma, se trata de una forma jurídica mixta en donde interviene tan-to la autoridad legislativa —como medio de creación— como la autori-

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dad administrativa —como medio de ejecución—, cuyo eje principal pa-rece encontrarse en la prevención del delito y que tiene en el arrestocotidiano y sistemático, de la población que comercia y trabaja en lascalles, su principal efecto en el espacio público.

Es probable que, en diferentes épocas y contextos, el aumento en lospatrones de la población castigada por comerciar y trabajar en el espaciopúblico represente momentos en los que la autoridad ha decidido cance-lar los medios a través de los que negocia, con esta población, los lími-tes, usos y funciones del espacio público.21 Pero también es probable quedichos tendencias representen momentos en los que la autoridad ha deci-dido hacer del conocimiento público las transformaciones de la regula-ción del espacio público.22

En este contexto, el castigo se convierte en un medio a través del quela autoridad difunde, principalmente sobre la población que comercia ytrabaja en las calles, tanto su voluntad como los medios a través de losque buscará hacerla cumplir. En otras palabras, es posible que el castigosea el principal medio a través del que la población que comercia y traba-ja en las calles de la ciudad de México se entera de las transformacionesque experimenta la regulación del espacio público y conoce a los agentesque se encargarán de ejecutar dichas transformaciones.

Pues sólo a través del castigo Josefina Ayala,23 Elvira C.,24 Guillermi-na Rico,25 y los más de 160 sujetos que son remitidos diariamente a losjuzgados cívicos por comerciar en las calles del centro de la ciudad de

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21 Sobre todo si tomamos en cuenta que la violencia y prohibición oficial es sólo unode los medios a través de los que la autoridad busca imponer y reforzar su mando, parti-cularmente cuando carece de cualquier capacidad para llegar a un consenso con los go-bernados Hermer, Joe y Hunt, Alan, “Official Graffiti of the Everyday”, Law & Society

Review, vol. 30, 1996, pp. 455-480.22 Hipótesis que parece reforzarse si tomamos en cuenta que la mayor parte de los

casos de estudio que atraen la atención de los investigadores, como momentos históricosen donde la población que comercia y trabaja en las calles ha sido sometida a grandescampañas punitivas, coincide con periodos en donde la administración de la ciudad haexperimentado algún cambio institucional.

23 Piccato, Pablo, City of Suspects: Crime in Mexico City 1900-1931, Durham, DukeUniversity Press, 2001, p. 47.

24 Ochoa, Enrique, “Coercion, Reform, and the Welfare State: The Campaign against«Begging» in Mexico City during the 1930’s”, The Americas, 2001, p. 39.

25 Cross, John, “El desalojo de los vendedores ambulantes: paralelismos históricos enla ciudad de México”, Revista Mexicana de Sociología, vol. 58, núm. 2, 1996, pp.95-115.

México, han podido entender, en diferentes épocas y contextos, cuál es lavoluntad de la autoridad al regular los usos y funciones del espaciopúblico.

El espacio público, entendido desde esta perspectiva, es el lugar dondese ejerce mediante la vigilancia continua un tipo de poder, que suponeuna apretada cuadrícula de coerciones materiales. Este poder parece defi-nir una nueva economía cuyo principio es que se deben incrementar, a lavez, las fuerzas sometidas y la fuerza y eficacia de quien las somete.26

Por lo tanto, el análisis de este tipo de legalidad del espacio público hapermitido comprender y explicar quién hace las reglas para que otros lassigan, quién fuerza la voluntad de los demás y cuándo se transforman es-tas tendencias de dominación que buscan disciplinar a la población quesubsiste en el espacio público de la ciudad de México.27

Los cambios en la regulación del espacio público analizados, repre-sentan una especie de renovación y transformación constante de la regu-lación del espacio público de la ciudad de México. Proceso en donde lapoblación que comercia y trabaja en las calles oscila entre un pasadoinerte y un futuro incierto. Población para la que la adaptación y el casti-go se presentan como las únicas opciones que tiene a su alcance.

A pesar de todo, la disciplina se presenta como un tipo de legalidadestática, una espiral continua de diseño, interpretación, estructura e im-plementación jurídica,28 en donde el derecho aparece simplemente comoun medio a través del que la autoridad busca dominar la voluntad y trans-formar las prácticas de la población que comercia y trabaja en las callesde la ciudad de México.

Legalidad que se construye desde un ámbito aparentemente imparcialy objetivo, que requiere de reglas y organizaciones formales para ser mo-vilizada, cuyo ámbito de construcción y estructuración parece distante dela vida cotidiana y que tiene como arquetipo principal a la burocracia.29

CONCLUSIONES. DISCIPLINA, RESISTENCIAY NEGOCIACIÓN256

26 En este contexto, los mecanismos modernos de control social aparecen como ele-mentos relevantes. La policía, como sistema de vigilancia y como técnica de administra-ción y distribución del poder público, pero sobre todo la reclusión, como técnica de aisla-miento y como falsa promesa de readaptación.

27 Cuestión que, ha preocupado tradicionalmente a los estudios sociológicos. VéaseMigdal, Joel, op. cit., nota 10, p. 4.

28 Clark, Gordon, Judges and the Cities: Interpreting Local Autonomy, Chicago,Chicago University Press, 1985, p. 41.

29 Silbey, Susan y Ewick, Patricia, op. cit, nota 3, p. 157.

Dentro de este tipo de legalidad, la población que comercia y trabajaen las calles de la ciudad de México aparece como un agregado de supli-cantes quienes deben manifestar y reiterar, sistemáticamente, su inten-ción para allanarse a la voluntad de la autoridad, caso contrario se consti-tuirán como sujetos sobre los que sistemáticamente recae el castigo.

Al parecer, la única opción disponible para romper el carácter estáticode la legalidad disciplinaria consiste en explorar la forma en que la po-blación resiste y cuestiona, en la vida cotidiana, tanto la voluntad comolos actos de la autoridad con el fin de conservar un lugar en el espaciopúblico sin enfrentarse al poder sancionador de la autoridad, después detodo la relación vertical de soberanía y dependencia supone dos direc-

ciones: una hacia abajo, de dominación; otra hacia arriba, de resisten-

cia, porque la fuerza de trabajo, por definición activa frente a la natura-

leza, no puede ser simplemente pasiva, mera materia inerte subordinada,

ante la sociedad. 30

II. DE RESISTENCIAS

Como legalidad del espacio público de la ciudad de México, la resis-tencia puede ser entendida desde dos grandes perspectivas. Una espacial,que se concentra exclusivamente en comprender y explicar la manera enque la presencia de los comerciantes y trabajadores en las calles de laciudad de México puede ser interpretada, por sí misma, como una acciónque cuestiona, cotidiana y sistemáticamente, la voluntad de la autoridadadministrativa.

Otra, jurídica, que se concentra en explicar y comprender la manera enque el derecho se manifiesta, interviene y es movilizado dentro de las lu-chas cotidianas y en los actos de la población que comercia y trabaja enlas calles para reclamar y defender un lugar en el espacio público.

1. La resistencia espacial

A lo largo de la historia las autoridades administrativas del DistritoFederal han planeado y producido diferentes espacios mediante, porejemplo, el establecimiento de límites concretos, extensibles y renova-

CONCLUSIONES. DISCIPLINA, RESISTENCIAY NEGOCIACIÓN 257

30 Gilly, Adolfo, op. cit., nota 4, p. 216.

bles trazados sobre el centro de la ciudad de México, a través de la cons-trucción de espacios cerrados donde concentrar el comercio callejerodesplazado del espacio público e incluso mediante la creación e imple-mentación de una serie indeterminada de tecnologías espaciales de domi-

nación.31

Así, cada hombre o mujer desaseado que comerciaba en las vías delferrocarril durante la década de los treinta, cada niño mayor de once añoso anciano que actualmente se despliegue en las calles con el fin de co-merciar y trabajar sin licencia, puede ser interpretado como un númeroque se agrega a un patrón más amplio de oposición o resistencia, que seestructura por los actos que manifiesta y reitera diariamente en públicouna parte de la población de la ciudad de México, frente a los actos y lavoluntad de la autoridad.32

Aunque es posible que cada una de estas variables o interpretacionesdel contenido y los efectos de las relaciones sociales, que bien podríamosllamar de poder desigual,33 tenga un espacio propio,34desde una perspec-

CONCLUSIONES. DISCIPLINA, RESISTENCIAY NEGOCIACIÓN258

31 Es decir, de disposiciones e instrumentos que le han permitido a la autoridad pro-cesar y resolver, en diferentes grados, algunos problemas constantes que se presentan enla administración del espacio público, tales como la distancia o cercanía, inclusión y ex-clusión, vigilancia y posición, movimiento e inmovilidad, comunicación y conocimiento,todos entremezclados en la relación entre personas y espacios concretos. Véase Pile, Ste-ve, “Opposition, Political Identities and Spaces of Resistance”, en Pile, Steve y Keith,Michael (eds.), Geographies of Resistance, Londres, Routledge, 1997.

32 Después de todo, el derecho es también “un medio a través del que el Estado creay mantiene un tipo determinado de civilización y ciudadanía…y que utiliza para eliminarciertas conductas y actitudes mientras disemina otras”. Gramsci, Antonio, op. cit., nota 8,p. 246.

33 En el sentido que Law da al término “poder” en tanto capacidad para causar efec-tos. Véase Law, John, “Power, Discretion and Strategy”, en Law, John (ed.), A Sociology

of Monsters: Essays on Power, Technology and Domination, Londres, Routledge, 1991,pp. 165-191.

34 Esto no implica que resistencia y dominación dejen de formar una relación pode-rosa e importante, sino que resulta pertinente reconocer que así como cada forma de con-trol tiene su propio espacio de acción y creación, las resistencias tienden a manifestarseen el espacio de la misma forma, es decir, de manera concreta y diferenciada, pues, cier-tas formas de resistencia pueden ser mapeadas, en parte porque se manifiestan de maneravisible —marchas, mítines, explosiones, grafiti, etcétera— y, en parte, porque siempretienen un lugar concreto de expresión —las calles, las plazas, los escenarios políticos, et-cétera—.

tiva espacial los actos que comúnmente denominamos como resistenciarequieren necesariamente de un acto o voluntad opresora para existir.35

La cuestión, entonces, requiere de explicar y comprender el significa-do que tiene el hecho de que la población que comercia y labora en el es-pacio público persista en sus usos y prácticas a pesar de enfrentar un ex-tenso número de regulaciones e iniciativas estatales cuyo objetivoaparente es eliminar y castigar los usos y funciones laborales del espaciopúblico.36

Una vía posible para responder este planteamiento consiste en explo-rar los diferentes momentos en donde las relaciones, aparentemente desi-guales, entre la autoridad y la población que comercia y trabaja en las ca-lles de la ciudad de México, son incompletas, dinámicas, tendientes a laruptura, inconsistentes y ambiguas.

Cada uno de las dinámicas y efectos temporalmente localizadas, ydescriptas dentro del conjunto de modelos o tipos ideales de espacio pú-blico que reflejan los documentos jurídicos analizados, manifiestan estecarácter de las relaciones entre la autoridad administrativa del Distrito

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35 Es posible que observar al comercio y el trabajo callejero como prácticas espacia-les, que por sí mismas representan actos de oposición ante la autoridad, pueda ser inter-pretado como un ejercicio por comprender las “geografías de dominación y resistencia”que operan en las calles de la ciudad de México. Es decir, como un intento por describirsistemáticamente los procesos socio-espaciales que sirven para oprimir grupos socialesparticulares Incluso sería probable que este ejercicio fuera interpretado como un intentopor analizar “las políticas espacializadas de la identidad”, es decir, las geografías del po-der tal y como se relacionan con individuos y grupos particulares, y “las políticas identi-tarias del espacio”, es decir las geografías del poder que operan en espacios concretos,cuestión que excede por mucho los límites de la presente investigación. Una discusiónmás a fondo: Sharp, Joanne et al. (eds.), Entanglements of Power: Geographies of Domi-

nation/Resistance, Nueva York, Routledge, 2000, p. 69.36 Aquí es necesario destacar la fuerza de la coerción en tanto medio inhibidor de la

resistencia, o bien en tanto medio constitutivo e integrador de las voluntades individualesque se subsumen a la voluntad de la autoridad. Evidentemente los individuos tienen unavida en privado, pero la autoridad define de manera rutinaria e insistente el mundo coti-diano en el que estamos constreñidos a vivir y lo hace de múltiples maneras, el poder dela autoridad, en este sentido, puede ser visto como un elemento que impone los términosen que las cosas deben hacerse y el castigo como uno de los medios a través de los que laautoridad refuerza y vigila el cumplimiento de dichos términos. Véase Sayer, Derek,“Formas Cotidianas de Formación del Estado: Algunos comentarios disidentes acerca dela «hegemonía»”, en Joseph, Gilbert y Nugent, Daniel (comps.), Aspectos cotidianos de

la formación del Estado, México, ERA, 2002, p. 236.

Federal y la población que comercia y trabaja en las calles.37 De esta for-ma, no es tanto la acción —y sus determinantes estructurales— lo quedefine a la resistencia, sino los significados que toman las accionessociales en la práctica de la vida cotidiana.

Así, la población que comercia y trabaja en las calles del Distrito Fe-deral ha transformado, mediante sus prácticas cotidianas, algunas de lasfunciones del espacio público, jurídicamente asignadas, en otras nuevaso no imaginadas hasta entonces y, al mismo tiempo, ha generado la crea-ción de diferentes textos, discursos, problemas y espacios jurídicos, queincluso pueden operar en su contra.

Entonces, hacia la década de los cuarenta las calles de la ciudad deMéxico dejaron de ser un espacio que reflejara el progreso del Estadoposrevolucionario para convertirse en la representación material de unconjunto de contradicciones que requirieron la articulación de los dife-rentes derechos que trajo el nuevo régimen constitucional, de la mismaforma en que hacia 1950 los mercados públicos dejaron de reportarse co-mo obras majestuosas para convertirse en un enclave del consumo popu-lar y de la misma manera en que, desde 1990, las calles del centro de laciudad de México dejaron de ser vistas como un espacio desordenado,constituido y vivificado diariamente por los comerciantes y trabajadorescallejeros, para convertirse en un espacio que demuestra la majestuosi-dad de nuestra historia y la decisión manifiesta de las autoridades por re-cuperar un espacio que le ha sido arrebatado a la ciudadanía.

En este contexto es posible que uno de los grandes efectos que generael poder es la capacidad de mostrar como resistencia todo acto que abier-ta y públicamente se manifiesta en contra de su voluntad y de sus actos,y que por lo tanto esta faceta de la resistencia espacial no alcance a cu-brir aquellas prácticas de engaño, subversión y oposición que desarrollanlos agentes sociales en privado.

CONCLUSIONES. DISCIPLINA, RESISTENCIAY NEGOCIACIÓN260

37 Así, por ejemplo, descubrimos que aunque la regulación del espacio público de laciudad de México desarrollada durante las décadas de los treinta y los cuarenta buscaba,aparentemente, establecer diferentes sistemas de control, supervisión y localización sobreel conjunto hasta entonces indeterminado de personas que laboraban en las calles, su ex-presión y materialización en el documento jurídico permitió que esta población contaracon instrumentos más claros y específicos para defender su derecho a trabajar en el espa-cio público. Por lo que este periodo no puede ser caracterizado, simplemente, como unmomento en que las instituciones de la ciudad de México se convirtieron en una maqui-naria de control, supervisión y castigo de la población que comerciaba y trabajaba en lascalles, como algunos estudios han establecido.

Así, puede que los usos y funciones del espacio público no sean el ca-so más apropiado para explicar y comprender el terreno privado de la re-sistencia, cada sujeto involucrado en el comercio callejero tiene una vidaprivada que no es visible en las calles, pero en tanto práctica pública-es-pacial,38 el trabajo y el comercio callejero se presentan, por sí mismos,como actos visibles, cotidianos y sistemáticos de cuestionamiento y opo-sición frente a la voluntad y los actos de autoridad.

En otras palabras, la conducta de la población que comercia en las ca-lles, como práctica espacial, bien puede servir como una demostración dela manera en que los habitantes de la ciudad pueden atravesar tanto laplaneación espacial como la estructura de poder que restringe los usos yfunciones sociales del espacio, sin necesidad de involucrarse en actosabiertamente violentos de oposición y resistencia colectiva.

La mayor parte de las personas se acostumbran a aceptar la ciudad taly como ha sido diseñada y adaptan sus actividades cotidianas a escena-rios funcionales distintos.39 Así, los comerciantes callejeros son normal-mente considerados como invasores, por la autoridad y por una parte delpúblico, en el sentido que rompen las reglas y ocupan un lugar en el es-pacio sin participar dentro de un proceso formal económico.

Sin embargo, en tanto práctica espacial, la población que comercia enlas calles manifiesta cotidianamente su rechazo, indiferencia y oposiciónpara aceptar la ciudad tal y como intenta ser producida, por los legislado-res y la autoridad, a través de los documentos jurídicos.

La lista de actos de cuestionamiento y oposición, que ha podido des-plegar la población que comercia y trabaja en las calles frente a este con-junto de proyectos espaciales, puede ser inmensa e interminable. Ello, enprincipio, se presenta como consecuencia lógica del carácter de agenciasocial que posee el agregado de sujetos que forman parte de la poblaciónque comercia y trabaja en las calles de la ciudad de México.40

CONCLUSIONES. DISCIPLINA, RESISTENCIAY NEGOCIACIÓN 261

38 Esto es, en tanto conjunto de actividades físicas y visibles que estructuran y re-es-tructuran al espacio público.

39 Piénsese, por ejemplo, en el acto de obedecer las luces del semáforo o en la acciónde verificar que portamos nuestra licencia para conducir antes de tomar el automóvil. Setrata de actos cotidianos, pero que demuestran la capacidad de la autoridad por construirlargos procesos de habituación hacia el derecho.

40 Un minucioso recuento de lo que puede significar la “agencia social” como ele-mento constituido y constitutivo de las relaciones sociales, particularmente de aquellascaracterizadas como relaciones de poder, puede ser visto en Law, John, op. cit., nota 33.

Se trata de un conjunto que agrega diferentes individuos y grupos, en-tre los cuales encontramos sujetos con capacidades para cambiar las co-sas a través de otorgarle un significado propio, opositor si se quiere, alespacio, las normas, las clasificaciones, las relaciones y los límites jurídi-cos que lo estructuran, a través de la identificación y desarrollo de tácti-cas propias que les permiten ignorar, evadir, atacar, reforzar, experimen-tar, cuestionar y debilitar el ejercicio del poder de la autoridad en la vidacotidiana.41

El reconocimiento del carácter de agentes sociales refuerza, entonces,la apariencia de que en la vida cotidiana del comerciante y el trabajadorcallejero los actos de resistencia pueden encontrarse en todos lados. Lapregunta entonces consiste en responder qué es lo que hace distintivo aeste conjunto de acciones y relaciones sociales que denominamos resis-

tencia.Lo que hace que un acto pueda ser clasificado como resistencia es el

contexto en que se presenta, así como la posición que ocupan las perso-nas dentro de una red de relaciones sociales de poder.42 De acuerdo conestos autores, la estrategia central de la autoridad consiste en forzar a laspersonas a jugar su juego, para asegurarse de que el juego se celebra den-tro de las reglas, límites y espacios que la misma autoridad define, al me-nos en público.43

CONCLUSIONES. DISCIPLINA, RESISTENCIAY NEGOCIACIÓN262

41 En este sentido, el término ambulante pudo ser en sus orígenes una categoría jurí-dica-administrativa homogeneizante —y en muchos sentidos represiva— que buscabaponer fin a la indeterminación generada por la heterogeneidad social de la población quecomerciaba y trabaja en las calles, pero también ha sido una categoría que en ocasioneshan utilizado las personas para expresar su diferencia. Su invocación tiene sentido y po-der. Incluso, tristemente, la categoría es utilizada por diferentes usuarios del espacio pú-blico para demostrar la pobreza y falta de certidumbre en que viven y, así, acceder a unseguro de desempleo, de la misma forma en que han debido demostrar, en diferentes épo-cas, la carencia extendida de un trabajo, cuestión que los obliga a someterse a un procesode humillación y aceptación constante de la situación que les toca vivir como algo queparece irreversible. Así pues, cuando hablamos de cuestiones de poder y resistencia, noshallamos en presencia de algo que es profunda y eternamente contradictorio.

42 Un análisis sobre las relaciones sociales de poder puede ser visto en Law, John,op. cit., nota 33.

43 Las prácticas y actos de autoridad que se introducen en la vida cotidiana de los ha-bitantes de un espacio determinado, pueden ser interpretadas como actos y prácticas quecolonizan la vida cotidiana en público: el colonialismo no se limita a trabajar a través delos mecanismos del miedo —los policías o soldados en las calles, la tortura en las cárce-les, la violencia arbitraria en contra de todos y cada uno, sino también a través de tecno-

Entonces, las personas deben encontrar formas específicas para man-tenerse en el juego y jugarlo con sus propias reglas, sin necesidad deabandonar el espacio público que ocupan o, más bien, se encuentran in-mersas en un proceso de constante búsqueda y defensa de un espaciopropio.

Dentro de este recuento, la resistencia no refiere tanto a los actos par-ticulares como al deseo generalizado de encontrar un lugar propio en unarelación de poder, derecho y geografía,44 en donde el espacio ha sido ne-gado, circunscrito o totalmente administrado por la autoridad a través delderecho. Aspiración que también ha sido expresada y defendida, por lapoblación que comercia y trabaja en las calles, en términos jurídicos.

2. La resistencia jurídica

En el caso concreto, es posible advertir que para la población que co-mercia y trabaja en las calles de la ciudad de México el derecho repre-senta tanto un elemento de opresión como un elemento constitutivo y de-terminante de sus prácticas y de los espacios que ocupan.

En otras palabras, el agregado complejo de instituciones, agentes, re-laciones, normas y clasificaciones que denominamos derecho forma par-

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logías espaciales: vigilancia, vigilancia espacial, el control de movimientos (de personas,mercancías e información), divisiones y decisiones, y así sucesivamente. (...) El coloniza-dor y el colonizado tienden a mirarse el uno al otro con desconfianza, cada uno necesitasaber dónde está el otro. Sin embargo, aunque los colonizadores y los colonizados pue-dan seguir ligados en una economía de “espera”, no ven a su contraparte con precisión,porque (…) todo contacto entre los ocupados y el ocupante es una falsedad, ¿qué signifi-ca? Los colonos tienen que trabajar intensamente para averiguar a quién se debe oprimir.A fin de mantener el control sobre las personas, que conforman exactamente los criteriospara establecer qué tiene que ser suprimido y qué no, aunque resulte imposible compren-der realmente lo que está pasando. Las autoridades coloniales intentan describir lo queson los colonizados, para denigrarlos sobre esta misma base. Las formas de conocimien-to, a través del cual los colonizadores llegan a conocer a los colonizados y de manera sig-nificativa a través del cual se vuelven los colonizadores, son fantasías (...) Pero, estasfantasías se traducen y reproducen de un lugar a otro, de una práctica a otra, véase Pile,Steve, op. cit., nota 31.

44 Blomley, Nicholas, Law, Space and the Geographies of Power, Londres, TheGuilford Press, 1994.

te esencial de las transacciones y los eventos más simples y cotidianos dela vida diaria de los comerciantes y trabajadores callejeros.45

Así, por ejemplo, la experiencia de tramitar una licencia, el conoci-miento y progresivo reforzamiento —consciente o no— de los límitesque impone la autoridad para utilizar el espacio público como medio desubsistencia, las súplicas e intercambios onerosos que se consuman dia-riamente entre los comerciantes callejeros y los agentes institucionalesencargados de supervisar y hacer cumplir el texto de la ley en las calles,pueden ser vistos como un conjunto de relaciones y experiencias que de-muestran la importancia que tiene el derecho en la vida cotidiana de es-tos usuarios del espacio público, sin necesidad de recurrir y participar enprocedimientos o rituales jurídicos complejos.

Por lo tanto, examinar cómo los usuarios del espacio público utilizanal derecho en la vida cotidiana exige conceptualizar al derecho como unrepertorio de convenciones y tácticas que desarrollan y utilizan los agen-tes sociales para relacionarse con la autoridad.46

En este sentido, los actos de resistencia incluyen cualquier acto o ac-tos realizados por uno o varios miembros de la población que comercia ytrabaja en las calles, actos que luego están dirigidos a mitigar o negar de-mandas (por ejemplo, impuestos, prestigio, localizaciones) hechas a laautoridad, o bien para adelantar sus propias demandas (por ejemplo, tra-bajo, una calle, caridad, respeto) frente a la misma autoridad.47

Así, la resistencia jurídica puede ser analizada como un conjunto deactos, desarrollados tanto por individuos como por grupos sociales, cuyocarácter no depende de su eficacia ni de su acumulación, sino de las in-tenciones de oposición y rechazo que manifiestan, en términos jurídicos,los agentes sociales respecto a la voluntad de la autoridad.

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45 En este sentido, la relación entre el derecho y los comerciantes callejeros de la ciu-dad de México se asemeja a la descrita por Sarat entre las clases pobres que se involu-cran con el servicio de asistencia jurídica en Norteamérica. Es probable que, de maneramás general, la similitud invite a pensar la forma en que estas relaciones varían de acuer-do con el grado de institucionalización en que se relacionan los agentes sociales con elderecho. Véase Sarat, Austin, “«...The Law is All Over»: Power, Resistance and the Le-gal Consciousness of the Welfare Poor”, Yale Journal of Law and Humanities, vol. 2,1990, pp. 343-379.

46 McCann, Michael y Tracey, “Law and Everyday Forms of Resistance: A So-cio-Political Assessment”, Studies in Law, Politics, and Society, vol. 15, 1995, pp.207-36.

47 Idem.

Por ello, resulta pertinente aclarar que los actos que denominamos re-sistencia jurídica tienen como espacio de acción y expresión los mismostérminos que establece la autoridad. En otras palabras, la oposición jurí-dica siempre se manifiesta dentro de un terreno históricamente definidode poder jerárquico; dentro del derecho no hay un lugar externo y utópi-co desde donde luchar.

Lo anterior no implica que, incluso dentro de estos espacios de poderjerárquico, los agentes sociales carezcan de cualquier capacidad paraimaginar y reinterpretar los términos de las relaciones jurídicas que leshan sido impuestos.

De hecho, es posible sostener que la población que comercia y trabajaen las calles de la ciudad de México agrega, en el paso de la historia, unconjunto de experiencias jurídicas que bien pueden demostrar la capaci-dad que tienen los agentes sociales para enfrentar a los funcionarios jurí-dicos entre sí, mediante el uso de diferentes normas e interpretaciones ju-rídicas y, particularmente, a través de una búsqueda constante de recono-cimiento y asistencia jurídica.48

En esta lógica ha sido posible identificar diferentes patrones y nivelesde interacción, entre los comerciantes callejeros y los agentes institucio-nales, cuya expresión final son los tribunales. La población que comerciay trabaja en las calles ha utilizado los tribunales como medio para cues-tionar actos de autoridad que específicamente se localizan en un espacioy en una red de relaciones jurídicas concreta.

Policías, jueces y supervisores del espacio público, así como interpre-taciones divergentes del derecho, han sido enfrentados en los tribunalespor la población que comercia en las calles. Hechos que demuestran pro-cesos de tensión, contradicción y articulación del derecho que le han da-do forma a las calles de la ciudad de México y que, al mismo tiempo,permitieron que los demandantes conservaran un lugar en las calles.

Podemos establecer, entonces, que como legalidad del espacio públi-co, los actos de resistencia jurídica demuestran que los límites, usos yfunciones jurídicos del espacio público son un terreno disputado, enconstante tensión y contradicción y cuyos significados e interpretacionesrequieren de un proceso de articulación institucional para operar sobre elespacio que pretenden determinar.

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48 Pues, al menos para acceder a los servicios de justicia, los comerciantes y trabaja-dores callejeros han debido buscar la asesoría y representación de un abogado litigante.

Así, a diferencia de los análisis que posicionan a los tribunales en elcentro de los estadios oficiales de lucha como el enemigo inmediato ymás tangible,49 la experiencia de la población que comercia y trabaja enlas calles de la ciudad de México permite establecer que los tribunalesforman parte de una dinámica jurídica micro del conflicto, en donde losórganos jurisdiccionales pueden funcionar como medio legitimador deactos y formas concretas de disciplina, pero también como medio paracuestionar y revertir los efectos de dichos actos y formas disciplinarias.

Es necesario reconocer, también, que en muy pocos casos estos peque-ños actos de resistencia jurídica han logrado transformar y revertir lashistorias de vida y la posición que ocupan los comerciantes callejerosdentro de las relaciones y dinámicas sociales que se desarrollan sobre yen su entorno. Tampoco han logrado, en su mayoría, transformar el espa-cio público de manera estructural. Antes bien, podríamos decir que setrata de victorias fugaces y transitorias de los desposeídos o que se tratade experiencias no creadas por ellos, sino que dependen de las cir-cunstancias que se les presentan.

Por lo tanto, resulta pertinente reflexionar sobre la capacidad que tie-nen este conjunto de actos de oposición para transformar las relaciones yactos disciplinarios que operan sobre la población que comercia y trabajaen las calles de la ciudad de México. En otras palabras, parece necesarioreflexionar en torno a los efectos de la resistencia jurídica.

A partir del estudio de los actos de resistencia que despliega la pobla-ción que comercia y trabaja en las calles, es posible establecer cuatro ti-pos de efectos que genera la resistencia jurídica: 50

1. Como hemos dicho, el estudio y comprensión de la acumulaciónde experiencias judiciales, por parte de la población que comerciay trabaja en las calles de la ciudad de México, nos permite cono-cer un primer escenario o faceta de la efectividad que tiene la re-sistencia jurídica.Así, dentro de los actos de resistencia jurídica encontramos perso-nas aisladas comprometidas en actos de resistencia que, a travésde los tribunales, obtienen alivio o beneficio inmediato en menor

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49 McCann, Michael y March, Tracey, op. cit., nota 46, p. 314.50 Para analizar la eficacia de la resistencia jurídica retomamos algunos de los puntos

propuestos por McCann & March para problematizarlos con los resultados de nuestra in-vestigación, idem.

escala como individuos e incluso acciones acumuladas de los indi-viduos que como grupo logran alterar, en forma positiva, la rela-ción continua con la autoridad, aun cuando no de una manera deli-berada, coherente ni políticamente organizada.

2. Por otra parte, encontramos personas aisladas involucradas en ac-tos de resistencia con los agentes institucionales, que obtienen al-gún beneficio material inmediato en menor escala, pero que no ge-neran cambios en su propia situación material general, ni unarelación continua con la autoridad.Éste es, probablemente, el carácter más común que adquieren losactos de resistencia desplegados por la población que comercia ytrabaja en las calles de la ciudad de México, cuente o no con per-miso,51 pues sus relaciones con los agentes institucionales reflejanprocesos individualmente esporádicos de interacción con la auto-ridad que momentáneamente permiten defender y mantener el es-pacio ocupado, pero que en muy pocos casos generan una mejoríaen las historias de vida de los agentes involucrados.

3. Encontramos, también, personas comprometidas como grupo enactos de resistencia que obtienen alivio o beneficio material inme-diato en menor escala como individuos o como grupo. Es más, lasacciones acumuladas de los individuos como grupo consiguen de-finir en forma positiva su posición social general en relación conla autoridad, a través de una acción jurídica de movilización deli-berada, coherente y políticamente organizada.Aunque no es posible decir que en todos los casos se trató de unaacción jurídica deliberada, independiente o políticamente organi-zada, el proceso de institucionalización del comercio callejero du-rante la década de 1950 bien puede asemejarse a esta faceta de laresistencia jurídica, en la medida en que el reglamento constituti-vo de dicho proceso52 facultaba a los comerciantes a asociarse engrandes organizaciones para poder acceder a un lugar dentro de

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51 Evidentemente, el proceso de negociación de la licencia puede variar los alcancesde esta afirmación, pero es importante recordar que cada tres meses la población debepresentarse a refrendar su permiso y comprobar el pago de impuestos derivado de la ocu-pación del espacio público.

52 Nos referimos al Reglamento de Mercados de 1951.

los espacios cerrados de comercio popular y al progresivo recono-cimiento de derechos sociales, tales como la salud.

4. Finalmente, encontramos personas aisladas involucradas en actosde resistencia que no obtienen ningún alivio o beneficio materialinmediato en menor escala, y que no generan grandes cambios ensu propia situación material general, ni una relación continua conla autoridad.Típicamente, esta forma de resistencia puede representar a las per-sonas que en algún momento ocuparon un lugar en el espacio, pe-ro que progresivamente fueron desplazadas, sea por la autoridad opor otros comerciantes callejeros. También puede representar aquienes no cuentan con un espacio, el caso de los toreros puederesultar ejemplificativo, pues, aunque no cuentan con un espacioconcreto que defender y sobre el cual materializar los efectos mo-mentáneos de sus prácticas de resistencia, los toreros demuestranuna forma de cuestionamiento frente a los términos de la regula-ción del espacio público, en la medida en que simulan no ocuparun espacio en las calles —o no ser un estorbo para el tránsito—,aunque en realidad comercien y trabajen de la misma forma quesus pares semifijos.

El esquema propuesto sirve para comprender y explicar los efectosque causan los actos de resistencia jurídica desplegados, sobre el espaciopúblico, por la población que comercia y trabaja en las calles. Es posiblesostener que la mayor parte de los actos de resistencia jurídica son reali-zados por comerciantes callejeros aislados, que les generan beneficiosmínimos y no logran incidir, de manera positiva, en la posición que ocu-pan dentro de las relaciones sociales, y con la autoridad, que se presentansobre y en su entorno inmediato.

Lo que refleja un espacio público donde el derecho define las estrate-gias desplegadas por la autoridad, en tanto cálculo de relaciones de fuer-za cuyo efecto principal es la localización de lo permitido,53 que circuns-criben los términos de las relaciones de control, subordinación ycuestionamiento que operan sobre el espacio público; cálculo de relacio-nes de fuerza que, en lo general, resulta inquebrantable, pero que a partir

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53 De Certeau, Michel, la invención de lo cotidiano: 1. Artes de hacer, México,UI-ITESO, 2000.

del análisis acumulado de experiencias individuales resulta poroso, abier-to a la acción reactiva, inútil y fragmentada.54

La resistencia jurídica, en tanto legalidad que estructura al espacio pú-blico, puede ser entonces interpretada cartográficamente como la repre-sentación de una cuadrícula absoluta de poderes y coerciones materiales,que obstaculiza la acción de planear una estrategia general pero que, almismo tiempo, se encuentra abierta a las fisuras que se abren paso, golpea golpe, mediante acciones aisladas de los agentes sociales.55

Concentrarnos en el estudio de estas fisuras puede, asimismo, contri-buir a comprender y explicar las legalidades del espacio público desdeotra perspectiva, que no persiga el objetivo de demostrar que es posibleterminar absoluta y tajantemente con los límites, usos y funciones jurídi-cos del espacio público, sino que nos permita comprender cómo estos ac-tos de oposición, cuestionamiento, desafío e incluso colaboración contri-buyen a darle forma tanto a la regulación del espacio público como a lasrelaciones sociales que se desarrollan en las calles.

Algo que queda de manifiesto en los actos de resistencia desplegadospor la población que comercia y trabaja en las calles de la ciudad de Mé-xico es que, por más débiles o marginados que parezcan los agentes so-ciales, al menos, tienen voz, presencia y pretensiones sobre el poder; susesfuerzos sí tienen consecuencias.56

Cada uno de los conflictos y experiencias jurídicas que acumula la po-blación que comercia y trabaja en las calles representa momentos que, deuna u otra forma, neutralizaron los actos y la voluntad de la autoridad du-rante algún tiempo. Así, es posible decir que los agentes sociales tienenla capacidad de desviar, por un momento, la trayectoria del poder me-diante la utilización de los servicios, reglas y procedimientos jurídicospara sus propios fines.

En tanto legalidad del espacio público, el estudio de la resistencia jurí-dica nos permite establecer que los límites, usos y funciones del espaciopúblico son múltiples, dinámicos y débiles, particularmente cuando son

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54 Idem.55 Ewick, Patricia y Silbey, Susan “Conformity, Contestation, and Resistance: An

Account of Legal Consciousness”, New England Law Review, vol. 26, núm. 3, 1992, pp.731-749.

56 Idem.

constituidos a través de actos de oposición, y sólo en parte controladospor prácticas de disciplinarias desplegadas por la autoridad.

Los espacios disciplinarios son, constitutivamente, espacios de purifi-cación y exclusión, en donde la autoridad vigila continuamente los lími-tes impuestos por su voluntad, para supervisar, controlar y castigar a lapoblación que busca cuestionarlos.

El comercio y el trabajo callejero, entonces, no sólo se despliega sobrelas topografías impuestas a través de las tecnologías espaciales de domi-nación, también se practica y manifiesta dentro de los términos impues-tos por la autoridad, busca crear significados nuevos más allá de los quele han sido impuestos con el fin de constituir y recrear las calles para fi-nes, usos y funciones distintos a los prescritos por las leyes. Así, la resis-tencia jurídica no solo se manifiesta en el espacio público, también buscaapropiarse las calles para crear nuevos espacios, por pequeños que sean,desde donde cuestionar y revertir los actos y la voluntad de la autoridad.

II. LA NEGOCIACIÓN DEL ESPACIO PÚBLICO

La combinación de la disciplina y la resistencia, como legalidades delespacio público, parece constituir a las calles de la ciudad de México co-mo un espacio de abyección,57 en donde, a pesar de carecer de un espaciojurídicamente propio, la población que comercia y trabaja en las calles semanifiesta cotidiana y públicamente para cuestionar y revertir la volun-tad y los actos de la autoridad administrativa, en tanto llega el inevitablemomento de la institucionalización, es decir, de experimentar sobre susvidas y cuerpos la facultad legítima que posee la autoridad para ejercer laviolencia.58

La disciplina refleja tanto la capacidad de la autoridad para clasificar ydeterminar los usos y funciones permitidos o prohibidos del espacio pú-blico, como al conjunto de actos desplegados por la autoridad en las ca-lles con el fin de excluir, y humillar en público, a grupos, personas, con-ductas y prácticas determinadas.59

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57 Para un análisis del concepto véase: Kristeva, Julia, The Powers of Horror: An

Essay on Abjection, Nueva York, Columbia University Press, 1982.58 Weber, Max, Economía y sociedad. Esbozo de sociología comprensiva, México,

Fondo de Cultura Económica, 2002.59 Sibley, David, op. cit., nota 7, p. 18.

La resistencia pone de manifiesto las limitaciones de la voluntad y losactos de autoridad para controlar y supervisar la totalidad del espacio pú-blico, lo que significa que las capacidades de la autoridad para clasificary excluir usos, funciones y presencias concretas del espacio públiconunca logran ejercerse de manera total.

Así, las calles de la ciudad de México se presentan como un espaciodonde tanto las prácticas disciplinarias como las acciones de resistenciason incompletas, fluidas y se encuentran en un constante proceso de ela-boración, cuyos resultados siempre son indeterminados. No se trata deuna contradicción.

La realidad de las calles nunca opera, de manera absoluta en estos dospolos, más bien se localiza entre ellos. Entre la disciplina y la resistencia,que por definición representan un conflicto, se localiza la negociación yel consenso como elementos reguladores de la violencia.60

A lo largo del tiempo, la autoridad ha diseñado y replanteado diferen-tes medios para negociar el espacio público con la población que comer-cia y trabaja en las calles, sin necesidad de recurrir a la violencia.

Un ejemplo estandarizado y sistemático de dichos medios es la trami-tación de licencias o permisos para comerciar en las calles. Cada permisoexpedido que encontramos en archivos significa un proceso de negocia-ción entre la autoridad y la población, que puede ser interpretado dediferentes formas.

Por una parte, el poder de la autoridad ejercido al registrar, preservar,institucionalizar y devolver hechos —definir realidades— aumenta rápi-damente al ser utilizado, detrás de cada uno de los registros individualesque consultamos en archivo hay una autoridad formal que establece ruti-nas y rituales jurídicos, que se refuerzan entre sí.61

Pero, como recuerda Ángel un vendedor de muñecos de plomo en lascalles del centro, por más que este poder de la autoridad administrativadel Distrito Federal haya aumentado, desde la década de los treinta hastala fecha, para la población que comercia y trabaja en las calles de la ciu-dad de México asegurarse diariamente el espacio de subsistencia ha sido,ciertamente, un proceso agotador y engañoso.

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60 Gramsci, Antonio, op. cit., nota 8.61 Véase Corrigan, Philip et al., “The state as a Telation of Production”, en Corrigan,

Philip (comp.), Capitalism, State Formation, and Marxist Theory, UK, Quartet Books,1980, p. 21.

No es aventurado decir que, desde la década de los treinta o inclusoantes, una parte de la población se ha presentado diariamente ante las ofi-cinas burocráticas para solicitar una licencia que les permita comerciaren las calles. La mayoría de las veces, las solicitudes han sido denegadaso ignoradas por la autoridad.

Cuando finalmente, a lo largo del tiempo, se les ha otorgado un espa-cio a los comerciantes callejeros, éste no es en las calles, ni puede servisto como resultado de sus actos de oposición y resistencia, sino comouna dádiva, un regalo de la autoridad clientelista que se espera agradez-can como siervos electorales.

Por otra parte, un efecto favorable del proceso de negociación entre laautoridad y la población que supone la tramitación de una licencia, puederesultar en muchos sentidos liberador. Ciertamente, desde los libros y losarchivos es difícil percatarse de ello, al menos para mí lo fue hasta queconocí a Ángel.

Ángel comercia en las calles desde 1985, año en que perdió el trabajoy conoció a diferentes líderes populares como resultado de su participa-ción en el movimiento social urbano que generó el sismo de 1985.Actualmente tiene sesenta y dos años, conoce las calles a la perfección,policías y vecinos comerciales lo respetan. Sin embargo, mantiene unaactitud de rechazo constante frente a la autoridad. Ahora tiene miedo deque le quiten su espacio de venta, pero nunca ha querido tramitar una li-cencia porque, según sus palabras, los actuales delegados son los mismosrateros y corruptos que conoció después del sismo de 1985 y que se

agenciaron diferentes predios que eran para la gente afectada.Durante varios días me ofrecí ayudarle a desplazar su mercancía del

local donde la guarda al espacio de venta, cada que veía una camionetadebíamos levantar todo, para evitar que los policías se llevaran la mer-cancía. Mientras tanto, los comerciantes callejeros situados alrededor semantenían tranquilos y serenos. Le pregunté a Ángel por qué debíamosinstalar y retirar el puesto unas cinco o seis veces al día, mientras los de-más seguían sentados. Su respuesta me asombró —son chavitos pendejos

que no tienen convicciones, fueron a la delegación a tramitar un permi-

so, se los dieron y a cambio tienen que pagar su cuota y obedecer a esos

tranzas.

Así, por convicción, Ángel de sesenta y dos años debía retirar su pues-to unas cinco o seis veces al día, mientras que los comerciantes del entor-

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no, que parecían tener veinte o treinta años menos, instalaban y recogíansu puesto una vez al día. La diferencia era que los jóvenes negociaroncon la autoridad, mientras que Ángel mantenía su dignidad intacta a pe-sar de que debía enfrentarse a golpes, una o dos veces al mes, con lospolicías.

Ha pasado el tiempo desde mi experiencia con Ángel, cada vez quepaso por su esquina me saluda y pienso si no le convendría más negociarcon la autoridad y evitar la carga que exige su rutina diaria de trabajo; sinembargo cada que paso por su esquina veo señoras y jóvenes que lo salu-dan y le muestran respeto, incluso en ocasiones le entran a los golpes.

En este sentido, el análisis de las legalidades del espacio público sevuelve más complejo en la medida en que el conjunto de leyes, precep-tos, programas y procedimientos jurídicos que estructuran a la regulacióndel espacio público son aplicados a espacios y contextos particulares.

Para Ángel, negociar con la autoridad significaba un acto de subordi-nación. Para sus pares cercanos, la negociación significó liberarse de unacarga profundamente coercitiva, a cambio de insertarse en una organiza-ción administrativa de tiempos y espacios dentro de los que deben vivirsu vida diaria. Ángel se mantiene en resistencia, enfrenta a las autorida-des y, de cuando en cuando, se lía a golpes con la policía.

Entre estas experiencias, el derecho puede ser tanto un medio de nego-ciación, como de disciplina y resistencia, que nunca dejan de producir re-laciones sociales en las calles de la ciudad de México, aunque sus signifi-cados sean escuchados o interpretados, por el público, de distintas for-mas.

La negociación, como legalidad del espacio público, permite com-prender que el derecho puede ser también un recurso contingente de losconflictos y relaciones sociales que se desarrollan en las calles, cuyosefectos varían de acuerdo con la experiencia de los agentes sociales yque actúa, de manera simultánea, en instituciones y procesos jurídicoscomplejos y en la vida cotidiana de las calles.

Pero la negociación tampoco genera efectos de largo alcance. Cierta-mente, en el contexto inmediato, los comerciantes cercanos a Ángel pue-den instalar y retirar su puesto una vez y mantenerse sentados el resto deldía, pero de cuando en cuando, deben acudir a las oficinas delegaciona-les para refrendar el permiso, deben acudir a la tesorería a pagar sus im-

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puestos y deben mantener visible el permiso que la autoridad les haotorgado.

Sin embargo, la obligación que tienen los comerciantes autorizadospara exhibir la licencia en público puede ser interpretada como un testi-monio de que tanto la población que comercia en las calles como la auto-ridad saben que viven una mentira.

Ángel labora el mismo tiempo y obtiene ganancias similares a las desus pares autorizados. En ocasiones, voluntaria o accidentalmente, losautorizados omiten mostrar su licencia en público. Ni la población ni laautoridad parecen hacer mucho caso. Pero la autoridad define de manerarutinaria y sistemática, a través de diferentes medios entre los que hemosdestacado al derecho, el espacio público cotidiano en que todos estamosobligados a vivir.

Como resultado, la contribución particular de esta forma de entender elproceso de constitución del espacio público consiste en que permite repre-sentar un esquema más complejo de lo que significa definir, ocupar, defen-der y supervisar un lugar en las calles, sin necesidad de formular un plan-teamiento absoluto a favor o en contra de cada uno de los agentes socialesy prácticas concretas que se despliegan y materializan en las calles.

El derecho forma parte de esta manera de entender el proceso de consti-tución del espacio público, pero si esto es posible no es tanto como mediopara definir y clasificar espacios, usos y funciones concretas de las calles,sino como un elemento dinámico, inmerso en las relaciones sociales, cuyacapacidad para causar efectos depende de la manera en que es interpretadoy utilizado por los agentes sociales para cuestionar los límites, usos y fun-ciones del espacio público, que el mismo derecho prescribe.

IV. PREGUNTAS ABIERTAS

Disciplina, resistencia y negociación se presentan como patrones co-munes a través de los que la población que comercia en las calles se harelacionado y adaptado a aquella espiral continua de creación, interpreta-ción y articulación de reglas jurídicas que buscan determinar los usos yfunciones del espacio público. Sin embargo, es difícil determinar los re-sultados del cúmulo de proyectos regulatorios y experiencias jurídicasanalizadas.

Por una parte, ningún régimen regulatorio ha logrado terminar con elcomercio callejero, independientemente de la represión o tolerancia que

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represente. Por la otra, pese a constituirse como una práctica espacial dela ciudad de México que atraviesa el tiempo, la población que comerciaen las calles aún está obligada a negociar cotidianamente un lugar en elespacio público y, lo que es más, parece que conforme pasa el tiempo es-ta capacidad de negociación se reduce: ¿significa esto que, como sostie-nen algunos investigadores, es insignificante o prácticamente inútil in-corporar al derecho en el estudio del espacio público62 —sea por suinexistencia o por su poca eficacia— o que incorporar al derecho en elestudio del espacio público sólo es útil en la medida en que nos permiteconocer los grados de anormalidad o informalidad que existen en una so-ciedad y tiempo determinado?63

1. Espacio público y derecho

Uno de los temas frecuentemente mencionados en este estudio es elrelativo a la importancia y fortaleza de las relaciones entre el espacio pú-blico y el derecho. Descubrimos que tanto el derecho como el espaciopúblico pueden constituirse como variables dependientes e independien-tes de análisis.

Relación dinámica a partir de la que, si bien privilegiamos la constitu-ción jurídica del espacio público, también ha sido posible comprender yexplicar algunos elementos generales de la forma en que el espacio pue-de influir el movimiento y los significados del derecho, proceso que bienpuede ser definido como la constitución espacial del derecho.

Así, por ejemplo, es posible decir que el derecho no sólo se presentacomo una herramienta del Estado que busca coordinar, controlar y locali-zar la conducta de los usuarios del espacio público, sino también comoun recurso cuyo movimiento y utilización transforma, al mismo tiempo,los usos y significados jurídicos de las calles y sus usuarios.

Alternativamente, este estudio puede ser leído como un ejercicio enfo-cado en explicar y comprender la forma en que el derecho se materializa

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62 Un ejemplo de esta postura: Solórzano, Alfonso, Estudio de 1000 casos de niños

dedicados al comercio ambulante y los servicios en la ciudad de México, Cuadernos delInstituto Nacional de Estudio del Trabajo, México, núm. 9, Secretaría del Trabajo y Pre-visión Social, 1979.

63 Para una lectura seminal de esta postura, véase De Soto, Hernando, El otro sende-

ro: la revolución informal, Lima, Ed. El Barranco, 1986.

en el espacio público. Con ello en mente, demostramos que el derecho esuna serie de procesos y relaciones sociales cuyas consecuencias se refle-jan en el mundo material.

Una hipótesis central de esta investigación consiste en establecer que,al menos en las calles de la ciudad de México, los proyectos jurídicos nopueden ser dados por ciertos por su simple materialización en un docu-mento jurídico, sino que deben ser empíricamente comprobados en el es-pacio. Finalmente, esta investigación puede ser vista como un esfuerzopor explicar y comprender la forma en que el espacio influye y determinala movilización del derecho.

A través de este planteamiento demostramos que el desarrollo de unanueva forma jurídica para regular al espacio público, ha terminado porconstituirse en un código de tránsito para el centro de la ciudad de Méxi-co, cuyos efectos más sistemáticos y visibles recaen sobre la poblaciónque comercia y trabaja en las calles.

Resulta interesante, por ello, que la regulación del espacio público ca-rezca de un lugar propio; ni en los libros de texto ni en las discusionesjurídicas relevantes encontramos una definición o mención sobre esteámbito regulatorio. En otras palabras, hasta ahora pareciera como si lasnormas jurídicas que estructuran a la regulación del espacio público de laciudad de México tuviesen un territorio que regular, pero carecieran deun dominio que legislar.

2. Relaciones entre el derecho y comerciantes callejeros

Otra preocupación central de este estudio ha sido la forma en que lapoblación que comercia y trabaja en las calles se ha relacionado con elderecho y las instituciones jurídicas.

A ello dedicamos una buena parte de nuestra investigación y descubri-mos que, contrario a lo que diferentes autores y estudios sostienen, ni loscomerciantes ni los trabajadores callejeros de la ciudad de México sonpersonas precondicionadas culturalmente para rechazar al derecho, nimucho menos que se trata de agentes sociales temerosos frente al Estadoy rapaces entre sí mismos.64

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64 Probablemente entre los diferentes estudios que siguen esta postura, destaque elrealizado por los financiados y promovidos por algunos grupos empresariales, véase porejemplo: Esquivel, Edgar (coord.), La República Informal: El ambulantaje en la ciudad

de México, México, Miguel Ángel Porrúa, 2008.

Lo que nuestros resultados sugieren es que a través del comercio ca-llejero es posible analizar prácticas y dinámicas sociales a través de lasque la población de la ciudad de México se ha relacionado y ha contri-buido a darle forma tanto al sistema jurídico como a la autoridad admi-nistrativa de la ciudad de México en la vida cotidiana, al menos en tressentidos: invocación, juridificación y judicialización.

En tanto práctica de invocación, la presencia del derecho en la vidacotidiana del comercio callejero tiene como objetivo legitimar las accio-nes de los diferentes agentes que se involucran en el proceso de regula-ción del espacio público de la ciudad de México.

Así, el derecho se presenta como el medio de expresión de diferentesvalores y proyectos, tanto institucionales como sociales, que adquierenvigencia a través de la forma en que las personas y los agentes institucio-nales los invocan y utilizan en la vida cotidiana.

Huelga decir que las prácticas de invocación —particularmente jurídi-ca— siempre tienen un destinario ante quien se intenta legitimar la ac-ción, pero cuya eficacia depende de que los valores o prescripciones delproyecto sean asumidos como válidos por el destinatario.

Bajo este esquema, más que tratarse de un indicador empírico de losgrados de anomia, informalidad o fracaso de ideales abstractos (ejemplo:el Estado de derecho, la democracia o el Estado mismo), el estudio delcomercio callejero de la ciudad de México nos ha permitido comprendery explicar la manera en que se negocian tanto los procesos de determina-ción institucional de la realidad social como los procesos de construcciónde un proyecto de sociedad, y que es precisamente este proceso de nego-ciación constante lo que permite encontrar, con frecuencia, un ampliomargen jurídico para legitimar prácticas distintas e incluso contradicto-rias como resultado de la ambivalencia de las valores o prescripciones delos proyectos.

Un ejemplo claro de lo anterior es el de la libertad de tránsito, en tantovalor abstracto que ha permitido que tanto los habitantes de la ciudad co-mo las instituciones intenten legitimar acciones contradictorias y disími-les tales como la conducción imprudente de un vehículo, la buena ima-gen de las calles, el retiro de comerciantes callejeros o la restringidacompetencia económica. En principio, la libertad de tránsito es una ga-rantía constitucional prescrita en el artículo 11 de la carta magna, pero suindeterminación ha requerido la intervención de diferentes agentes e ins-

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tituciones para dotarla de contenido y limitaciones que permitan, en prin-cipio, la concurrencia igualitaria de diferentes objetos y personas en elespacio.

Como hemos insistido a lo largo de esta investigación, el derecho noes ni el único elemento constitutivo del espacio público ni el medio ex-clusivo a través del que se expresan, implementan e intentan materiali-zarse diferentes proyectos de ciudad, de calles y de usos y funciones delespacio público. Lo que es más, tal parece que conforme avanza el tiem-po, y las profesiones tienden a especializarse, la diversidad y compleji-dad de proyectos y contenidos sobre lo que puede y debe entendersecomo el espacio público, tienden a incrementarse y hacerse más competi-tivas.

Por ello es probable que una explicación conclusiva y determinantedel papel que juega la invocación del derecho, en tanto medio para recla-mar y defender un lugar en el espacio público, requiera de revisiones yconsideraciones más exhaustivas de aquellos elementos.65

Sin embargo, no debemos descartar que entre los muchos roles y fun-ciones que juega el derecho, el discurso y los textos jurídicos son unamodalidad privilegiada de expresión del proyecto de una institución ge-nérica que es el Estado, y tienen la particularidad de articular una defini-ción de las relaciones sociales, un conjunto de prescripciones sobre laconducta y las prácticas sociales y la legitimación del uso de la coac-ción,66 en favor del Estado o de cualquier otro agente o mecanismo queel legislador haya involucrado en el proceso regulatorio.67

Esto no sólo implica que las normas que estructuran a la regulacióndel espacio público participan de manera importante en la constitución

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65 Particularmente sería necesario considerar la influencia que ha tenido el discursomédico e higienista, tanto en la constitución de las ciudades como de los sistemas y cul-turas jurídicas latinoamericanas, tal y como se sugiere en Salvatore, Ricardo et al. (eds.),Crime and Punishment in Latin America. Law and Society Since Late Colonial Times,Durham, Duke University Press, 2001.

66 Azuela, Antonio et al., “Sujetos sociales y explicación sociológica”, Sociológica,vol. 3, núm. 7, 1988.

67 Pues aquí debemos recordar que aunque la teoría sociológica clásica considera a lacoacción como una práctica que legítimamente constituye al Estado, también se puedenobservar momentos en los que esta práctica es subrogada o alienada en favor de agentessociales (ejemplo: organizaciones) que sin ser elementos formales del sistema jurídico, síse han involucrado y participan activamente en el proceso de regulación del espacio pú-blico de la ciudad de México.

de los usos y funciones de las calles, sino también que esas mismas nor-mas se encuentran inmersas en un proceso de elaboración constante, cu-ya declaración corre en favor de las instituciones estatales, pero cuya vi-gencia depende de manera directa de la forma en que son cuestionadas,negociadas e interpretadas por los agentes sociales.

Así, la invocación del derecho como medio para reclamar y defenderun lugar en el espacio público tiene un efecto adicional, que es el desa-rrollo de preceptos jurídicos o derechos abstractos en normas legislativasy reglamentarias o en resoluciones judiciales y administrativas.

Cuerpo normativo cada vez más extenso y específico que disminuyeprogresivamente la ambivalencia de los proyectos jurídicos de las callesy sus usuarios y que reducen, también, la posibilidad de definiciones einterpretaciones divergentes sobre cómo significar y utilizar el espaciopúblico. El presente documento ha puesto especial énfasis en compren-der y explicar este proceso de delimitación de los derechos y juridifica-ción de la vida cotidiana.

El trabajo en las calles, entonces, es también una práctica social quepermite evidenciar la forma en que un derecho abstracto (ejemplo: el tra-bajo) comenzó a ser asociado con tiempos y espacios determinados(ejemplo: la fábrica, la oficina, etcétera), y que ha requerido la construc-ción de un cuerpo normativo amplio de límites y castigos que sancionencualquier intento por disociar el derecho a trabajar de los espacios jurídi-ca e industrialmente asignados y que ha significado, también, un criterioimportante sobre el que funcionan los sistemas penales urbanos.

En resumen, el estudio del comercio callejero en la ciudad de Méxiconos ha permitido comprender y explicar que en la medida en que las nor-mas jurídicas indican límites cada vez más estrechos, la capacidad de losagentes sociales para invocar y utilizar al derecho como medio para re-vertir sus historias y realidades también se reduce, al tiempo que tiendena convertirse en sujetos de disciplina.

En el caso concreto la construcción especializada de un sistema regu-latorio del espacio público, y la progresiva pérdida de la capacidad de lapoblación que comercia en las calles para utilizar el derecho como mediopara reclamar y defender un lugar en el espacio público, puede ser vistacomo un indicio de procesos sociales más generales marcados por la pér-dida de confianza y vigencia del orden jurídico construido por el Estadoposrevolucionario.

CONCLUSIONES. DISCIPLINA, RESISTENCIAY NEGOCIACIÓN 279

3. La experiencia judicial y la cotidianeidad de la justicia

Por ello, incorporar el trabajo de los tribunales como una fuente esta-ble para determinar el grado en que una categoría de usuarios del espaciopúblico cuestiona, negocia y revierte los límites del mismo, ha represen-tado una serie de interrogantes sobre las que parece necesario reflexio-nar, sobre todo cuando partimos desde una perspectiva diacrónica.

El primer cuestionamiento que enfrentamos consiste en determinar¿qué buscamos a través del estudio de fallos judiciales? En el caso con-creto, partimos de señalar que si, como sostienen diferentes académicos,el tipo ideal del espacio público es el conflicto entonces estudiar la formaen que los tribunales procesan y resuelven dichos conflictos puede resul-tar útil para comprender cómo diferentes usos y usuarios son permitidoso prohibidos tanto jurídica como institucionalmente.

Pero, el segundo cuestionamiento que surge es ¿de qué nivel de con-flictividad hablamos cuando nos centramos en comprender la experienciajudicial de una población determinada en una relación espacio-temporalespecífica?

En la región latinoamericana, los sistemas judiciales se encuentranatrapados en una encrucijada contemporánea. Por una parte, durante mu-chos años se les acusó de ser cómplices, activos o silenciosos, de prácti-cas de tortura, desaparición forzada, violación de garantías individualesy, sobre todo, de tolerar la falta de debido proceso. Por otra parte, sobretodo desde la perspectiva de algunos académicos y activistas, los siste-mas judiciales se han posicionado como una institución capaz de resolverconflictos estructurales, revertir el pasado y reinterpretar los derechos dela población para beneficiar a la sociedad.68

En ambos casos se trata de posicionar a los tribunales como institucio-nes totalizadoras, es decir, que pueden determinar toda la realidad y, porlo tanto, tienen el poder para inclinar la historia a favor o en contra de unagente o elemento determinado de la sociedad. Por lo tanto, la confianzao desconfianza en los tribunales puede ser caracterizada como un pro-

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68 Se trata, en suma, de superponer el poder de los tribunales constitucionales comoel escalafón más alto de la jerarquía judicial, que no sólo tiene la capacidad y legitimidadjurídica de interpretar el texto constitucional, sino que también pueden seleccionar algu-nos casos paradigmáticos que les permitan establecer precedentes vinculantes a todos lostribunales del país en materia de derechos.

ducto de ver a estas instituciones como elementos que pueden transfor-mar, en algún sentido, la estructura de las sociedades.

Como nuestro estudio y algunas otras investigaciones han demostra-do,69 estudiar la experiencia judicial permite reconocer que la realidadnunca ha sido tan homogénea ni determinante. Existen ocasiones aisladasen que una población determinada ha logrado revertir la voluntad y losactos de la autoridad. Son estas pequeñas experiencias judiciales las quemayor atención han merecido, tanto desde una perspectiva contemporá-nea como histórica. La experiencia judicial nos permite comprenderciertas biografías que cruzan las grietas institucionales para revertirhistorias de vida.

La tercera pregunta es si podemos hablar de los tribunales como unainstitución que, aunque en lo estructural, coexiste dentro del Estado y lasautoridades y actos que le dan forma, en un nivel de conflictividad mi-cro-social pueden ser una arena para que pequeños grupos, o como sos-tiene la nueva historia social del derecho latinoamericana las clases sub-

alternas, reviertan la voluntad de la autoridad y, al mismo tiempo, elpeso de la historia que recae sobre sus espaldas.

En este contexto de conflictividad micro-social, algunos conflictosprocesados por los tribunales podrían ser vistos como una de las expre-siones del variado repertorio de prácticas cotidianas de resistencia y ne-gociación a través de las que ciertas poblaciones expresan su desconten-to. Mientras que el sistema judicial podría ser considerado como unespacio maleable de negociación entre los gobernados y entre éstos y losgobernantes.

Pero el cuarto problema consiste en responder qué tan cotidiano es elprocesamiento de los conflictos que estructuran al espacio público en lostribunales, sobre todo cuando hablamos de sociedades que históricamen-te adolecen de un efectivo acceso a la justicia y de un espacio en dondeel conflicto es una variable cotidiana.

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69 De acuerdo con Galanter el hecho de obtener una sentencia favorable en los tribu-nales no sólo depende de los recursos económicos y sociales con que cuentan los agentessociales, sino también de la experiencia acumulada frente a los tribunales, pues es esto loque les permite formular ciertas pretensiones y expectativas para lograr un resultado fa-vorable. Galanter, Marc. “Why the «Haves» Come Out Ahead: Speculations on the Li-mits of Legal Change”, en Cotterrell, Roger (ed.), Law and Society. Aldershot, Dart-mouth, 1994.

Definir la cotidianeidad del uso de tribunales como medio para proce-sar los conflictos es, ciertamente, una de las interrogantes que represen-tan mayor complejidad en el estudio de la justicia. Esta preocupación seha traducido en la necesidad de cuantificar los niveles de litigiosidad queexisten en una sociedad, espacio y tiempo determinado. Anuarios esta-dísticos judiciales se desarrollan en diversos países de la región, con elobjetivo de medir cuánto trabajo le exigen estos conflictos al poderjudicial y qué tan capaz es el sistema de justicia para procesarlos yresolverlos.

La complejidad de este ejercicio aumenta en la medida en que nosconcentramos en un solo tipo de conflictos cuya frecuencia varía diacró-nicamente. No es lo mismo hablar de la justicia ahora que hace cien ocincuenta años. Cada sistema judicial tiene su propia historia, una histo-ria marcada por el incremento de las burocracias y la capacidad instaladaque al tiempo que acerca la justicia a la población parece volverla máscomplicada.70

Es claro que el uso de los tribunales no ha sido tan frecuente como laforma en que los comerciantes callejeros han ocupado, día a día, el espa-cio público de la ciudad de México. Pero la referencia a estos casos de-muestra tanto la existencia de conflictos, como la existencia de interpre-taciones jurídicas divergentes sobre qué debe ser el espacio público ycómo y por quién puede ser utilizado. Cada caso implica experienciasimportantes en la vida de los agentes que intervienen y, al mismo tiempo,representa la ocasión de reiteraciones, reforzamientos, modificaciones otransformaciones mucho más amplias.

Para determinar la cotidianeidad de los conflictos recurrimos inicial-mente a la cuantificación de las controversias que han procesado los tri-bunales federales y que involucran a los comerciantes callejeros de laciudad de México. No obstante, para superar los sesgos de la cuantifica-ción (v. gr. estancarnos en el ámbito de las tendencias numéricas) fue ne-cesario incorporar dos variables: (1) el grado de indeterminación del de-

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70 Una muestra de qué tan complejo y burocratizado se ha vuelto el sistema federalde justicia en México puede ser vista en Caballero, José A. “De la marginalidad a los re-flectores: el renacimiento de la administración de justicia en México”, en Meyer, Loren-zo (coord.), Una historia contemporánea de México: las instituciones, México, Océano,2009.

recho; y, (2) el número de conflictos que fueron resueltos a favor de loscomerciantes callejeros.

La variable (1) nos permitió cuestionar la aparente subordinación delsistema jurídico mexicano respecto al Ejecutivo Federal, particularmenteen aquellas cuestiones que involucran aspectos urbanos. Comprobamosque el grado de indeterminación del derecho es tal que resulta imposiblesostener que algunas instituciones jurídicas se encuentran subordinadas,de manera sistemática, a la voluntad de un poder o un agente específico.

La variable (2) nos permitió observar que los comerciantes callejerosno siempre logaron revertir la voluntad y los actos de la autoridad admi-nistrativa del Distrito Federal, lo que es más, podríamos decir que unaserie temporal los posicionaría como usuarios del servicio de justicia quehan perdido siete de cada diez casos. Pero, por otra parte, existen tres ca-sos de cada diez en los que los comerciantes callejeros lograron accederal servicio de justicia para revertir los actos y la voluntad de la autoridadadministrativa, y esto, como señalamos, hace una diferencia en la formaen que tradicionalmente han sido estudiados estos agentes sociales.

De ser cierto nuestro planteamiento, podríamos decir que una tareapendiente consiste en responder si así como los comerciantes callejeroshan utilizado a los tribunales como medio para cuestionar y revertir losactos y la voluntad de la autoridad, también otros habitantes de la ciudadhan podido utilizarlos, con mayor o menor frecuencia, para reclamar ynegociar un lugar en las calles.

Cuestión que posiciona al análisis de la experiencia judicial como unafuente importante para comprender y explicar la constitución del espaciopúblico de la ciudad de México y la forma en que dichas transformacio-nes constituyeron y/o fueron constituidas por diferentes individuos ygrupos sociales. Después de todo, el espacio público es producto del con-flicto. Los acuerdos no son menos importantes que el conflicto. Pero losconflictos requieren un proceso más complejo de negociación.

Estas negociaciones no se dan sólo en las calles, también se desplie-gan dentro y entorno del espacio institucional. Cuando una persona ogrupo de personas toman el espacio en cualquier momento y por cual-quier causa, lo que demandan inicialmente es un lugar para darle un usoespecífico y contingente.

En suma, más que postular la relevancia del derecho en la vida coti-diana pensamos que, desde el análisis sociológico, las relaciones jurídi-

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cas pueden ser vistas como constituidas a partir de las relaciones socialesque se reproducen mediante la acción que aquellas entrañan y posibili-tan.

Así, el cúmulo de experiencias jurídicas analizadas demuestra que enel aparente proceso de pérdida del espacio público actual, tanto el dere-cho como el actuar de las instituciones jurídicas se posicionan como ele-mentos indispensables de análisis, no sólo en tanto medios restrictivos,sino también y principalmente como elementos de la vida social que per-miten negociar y cuestionar los límites, usos, funciones y significados delas calles, en la medida en que el derecho no sólo constituye objetos deregulación, sino también sujetos de derecho. Esto nos lleva a una consi-deración final, sobre lo que el estudio del espacio público puede aportaren nuestras capacidades para comprender y explicar el papel del dere-cho en la vida cotidiana.

4. Derecho y vida cotidiana

El hecho de encontrar, a lo largo de la historia, diferentes documentosenfocados en regular el espacio público de la ciudad de México da mues-tra de la visión instrumentalista que, en diferentes momentos y contextos,ha tenido la autoridad respecto al derecho. Visión que puede ser divididaen dos corrientes centrales.

La primera, como aquella que representa una presunción sobre laesencia de lo que deben ser los usuarios de las calles. La segunda, comoaquella que representa una presunción sobre los propósitos y la naturale-za de las calles y de sus reglas jurídicas. Desde ambas perspectivas, con-fluye una imagen particular de los objetivos, relaciones, instituciones yprocesos que debe aportar el derecho a la sociedad y que consisten en unconjunto de reglas o mandatos obligatorios.

Observar al derecho como un conjunto de órdenes o mandatos explíci-tos, implica concebir al derecho como un mecanismo de control socialenfocado en la regulación y corrección de conductas pre-existentes. Lavisión de la población, que surge a partir de este supuesto, considera alos agentes sociales como personas precondicionadas para relacionarse yactuar de manera destructiva.

La creación sistemática de normas que regulan los usos y funcionesdel espacio público significa, así, un intento de corrección de normas ju-

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rídicas que, al ser imperfectas, no han logrado tampoco corregir los com-portamientos inadecuados de los usuarios del espacio público.

Contrario a esta concepción dominante del derecho, el análisis pro-puesto en esta investigación demuestra que el derecho no necesita serconcebido como un medio de corrección, ni como un instrumento esen-cialmente relacionado con el poder coercitivo del Estado, dirigido o con-dicionado a cumplir objetivos particulares.

Así, la regulación del espacio público, puede ser concebida tambiéncomo un esquema a través del que las personas buscan y construyen susrelaciones sociales en las calles. Imaginar al derecho como un medio au-to-dirigido que constriñe la acción de los sujetos, y a los sujetos comouna especie de reincidentes, significa imaginar que la legitimidad y vi-gencia del derecho se encuentran exclusivamente fundadas en la volun-tad y los actos de la autoridad estatal.

En la perspectiva aquí planteada, la vigencia del derecho no dependeexclusivamente del poder institucional de sus creadores o del poder coer-citivo que poseen sus operadores. Así, el derecho deja de ser visto comoun mandato para convertirse en una hipótesis de acción e interacción.

Concebir a las reglas jurídicas de esta forma, implica presumir una re-lación distintiva entre gobernados y gobernantes en la que el análisis secentra en establecer los espacios sociales en donde las personas constru-yen sus relaciones a través del uso y la movilización del derecho, relacio-nes que incluyen las interacciones entre la población y las autoridades,pero no se agotan en éstas.

Así, el estatus de la población deja de ser concebido como un agrega-do de objetos de regulación, para transformarse en un agregado complejode agentes sociales capaces de crear y recrear sus relaciones con los go-bernantes y con el resto de la sociedad.

Y, lo que es más, en sus interacciones con el Estado, las personas de-jan de ser vistas como sujetos constreñidos por los mandatos de la autori-dad, para posicionarse como agentes inmersos en procesos constantes denegociación y creación de relaciones e interpretaciones jurídicas. Dentrode este marco general, es posible observar, también, momentos en dondela población obedece, cuestiona o simplemente ignora las hipótesis deacción propuestas por el Estado a través del derecho.

Ello representa una perspectiva dinámica y pluralista de la regulacióndel espacio público que no debe ser confundida como una especie de tie-

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rra prometida. Las jerarquías, las diferencias y las inequidades de poderaún existen. La población que comercia y trabaja en las calles aún estáahí por necesidad, no por gusto ni por un deseo de construir relaciones yfenómenos jurídicos que podamos explicar sociológicamente. Las dinámi-cas, prácticas y relaciones de disciplina, resistencia y negociación abun-dan.

Sin embargo, la visión del derecho propuesta aquí, demuestra que lafuente creadora de estas dinámicas no radica en el poder coercitivo nidisciplinario del Estado, sino en la manera en que el derecho es interpreta-do y utilizado diariamente por los agentes sociales. Queda, pues, abierta laposibilidad de generalizar esta concepción del derecho para comprender yexplicar su papel en la constitución de los espacios, las relaciones y losprocesos en los que nos vemos involucrados cotidianamente los habitantesde la ciudad de México.

CONCLUSIONES. DISCIPLINA, RESISTENCIAY NEGOCIACIÓN286

BIBLIOGRAFÍA

AGAMBEN, Giorgio, Estado de excepción, Argentina, Adriana Hidalgo,2003.

AGUILAR, Gabriela y TERRAZAS, Ana, La prensa en la calle: los vocea-

dores y la distribución de periódicos y revistas en México, México,Grijalbo, 1996.

AMATO, Joseph, On Foot: A History of Walking, Nueva York, New YorkUniversity Press, 2004.

AMIN, Ash y THRIFT, Nigel, Cities: Reimagining the Urban, Cambridge,Polity Press, 2002.

ARGÜELLO, Mónica, “La familia judía ashkenazí en la ciudad de México,1920-1930”, tesis presentada para obtener el grado de licenciada enhistoria por la Universidad Autónoma Metropolitana, 2005.

ARROM, Silvia, “El Hospicio de Pobres, un experimento fracasado decontrol social, 1774-1884”, en ILLADES, Carlos y RODRÍGUEZ KURI,Ariel (comps.), Instituciones y ciudad: ocho estudios sobre la ciudad

de México, México, UníoS, 2000.

AZAOLA, Elena y BERGMAN, Marcelo, Resultados de la Encuesta a la po-

blación en reclusión en el Distrito Federal y Estado de México, Méxi-co, Centro de Investigación y Docencia Económicas, 2002, 2006,2010.

AZUELA, Antonio, “El orden jurídico en la interpretación sociológica dela urbanización popular en América Latina”, Sociológica, núm. 12,1990.

———, “Fuera del huacal, aún en la calle. El comercio y el espacio pú-blico en el centro de la ciudad”, Trace-Centre Francais d’Etudes Me-

xicaines et Centraméricaines, 1990.

287

AZUELA, Antonio et al., “Sujetos sociales y explicación sociológica”, So-

ciológica, vol. 3, 1988.

——— y CRUZ, Ma. Soledad, “La institucionalización de las coloniaspopulares y la política urbana de la ciudad de México (1940-1946)”,Sociológica, núm. 9, 1989.

BARBOSA, Mario, El trabajo en las calles: subsistencia y negociación

política en la ciudad de México a comienzos del siglo XX, México,Universidad Autónoma Metropolitana, 2008.

——— y GALINDO, Jorge, “Fragmentación espacial y los límites de lomoderno”, El Cotidiano, núm. 145, Dossier: Representación espacialde procesos socioterritoriales, Universidad Autónoma Metropolita-na-Azcapotzalco, 2007.

BARROS, Cristina y BUENROSTRO, Marcos, Vida cotidiana, Ciudad de

México 1950-1910, México, Fondo de Cultura Económica, 1996.

———, La once y serenooo! Tipos mexicanos. Siglo XIX. México, Fon-do de Cultura Económica, 1994.

BARTLETT BAUTISTA, Manuel, “Iniciativa de reformas constitucionalesen materia de justicia federal”, conferencia dictada ante la Rama deAbogados de la Confederación de Profesionistas del Partido Revolu-cionario Institucional, mimeo, 1958.

BENEFICENCIA PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL, La mendicidad en Méxi-

co, México, A. Mijares y Hermano Editores, 1931.

BIANCO, Martha, “Technological Innovation and the Rise and Fall ofUrban Mass Transit”, Journal of Urban History, vol. 25, núm. 3,1999.

BLISS, Katherine, Compromised Positions: Prostitution, Public Health

and Gender Politics in Revolutionary Mexico City, Pennsylvania,Pennsylvania State University, 2001.

BLOMLEY, Nicholas, “How to Turn a Beggar into a Bus Stop: Law, Traf-fic and the «Function of the Place»”, Urban Studies, vol. 44, núm. 9,2007.

———, Law, Space and the Geographies of Power, Londres, The Guil-ford Press, 1994.

BIBLIOGRAFÍA288

CABALLERO, José A., “De la marginalidad a los reflectores: el renaci-miento de la administración de justicia en México”, en MEYER, Loren-zo (coord.), Una historia contemporánea de México: las instituciones,México, Océano, 2009.

CAMARENA, Mario y PORTAL, María, “De obrero a comerciante: transfor-maciones barriales en la Ciudad de México”, Alteridades, vol. 17,núm. 33, 2007.

CASTILLO, Héctor, “El mercado de La Merced antes del cambio”, Revista

Mexicana de Sociología, vol. 45, núm. 3, 1983.

CASTRO, Grisel “Intermediarismo político y sector informal: el comercioambulante en Tepito”, Revista Nueva Antropología, vol. XI, núm. 37,abril de 1990.

CLARK, Gordon, Judges and the Cities: Interpreting Local Autonomy,Chicago, Chicago University Press, 1985.

CLINARD, Marshall, Sociology of Deviant Behavior, Chicago, Holt, Ri-nehart & Winston, 1974.

COLMENARES, Ismael et al. (comps.), Cien años de lucha de clases en

México (1876-1976), México, Quinto Sol, 1985.

CÓRDOVA, Arnaldo, La ideología de la Revolución Mexicana: la forma-

ción del nuevo régimen, México, ERA, 2003.

CORRIGAN, Philip et al., “The State as a Telation of Production”, enCORRIGAN, Philip (comp.), Capitalism, State Formation, and Marxist

Theory, Londres, Quartet Books, 1980.

CROSS, John, “Co-optation, Competition, and Resistance: State andStreet Vendors in Mexico City”, Latin American Perspectives, vol. 25,núm. 2, marzo 1998.

———, “Debilitando al clientelismo: la formalización del ambulantajeen la ciudad de México”, Revista Mexicana de Sociología, vol. 59,núm. 4, 1997.

———, “El desalojo de los vendedores ambulantes: paralelismos históri-cos en la ciudad de México”, Revista Mexicana de Sociología, vol. 58,núm. 2, 1996.

BIBLIOGRAFÍA 289

———, Informal Politics: Street Vendors and the State in Mexico City,Stanford University Press, 1998.

CROSSA, Verónica, “Resisting the Entrepreneurial City: Street Vendors?Struggles in Mexico City´s Historic Center”, International Journal of

Urban and Regional Research, vol. 33, 2009.

DAVIS, Diane, El Leviatán urbano: la ciudad de México en el siglo XX,México, Fondo de Cultura Económica, 1999.

———, “El factor Giuliani: delincuencia, la «cero tolerancia» en el tra-bajo policiaco y la transformación de la esfera pública en el centro dela ciudad de México”, Estudios Sociológicos, vol. XXV, núm. 3,2007.

DE ALBA, Martha, “Memoria y representaciones sociales del Centro His-tórico de la Ciudad de México: experiencias de nuevos y viejos resi-dentes”, México, Programa Universitario de Estudios sobre la Ciu-dad-UNAM, Seminario Permanente Centro Histórico de la Ciudad deMéxico, 2009. Disponible en http://www.puec.unam.mx/ponencia_

martha_de_alba_glez_4dic09.pdf. Última consulta: 21 de julio de2010.

DE CERTEAU, Michel, La invención de lo cotidiano: 1. Artes de hacer,México, UI-ITESO, 2000.

DE GAUDEMAR, Jean-Paul, La movilización general, España, La Piqueta,1981.

DE SOTO, Hernando, El otro sendero: la revolución informal, Lima, Ed.El Barranco, 1986.

DURKHEIM, Emile, La división del trabajo social, México, Colofón, 2002.

ECKSTEIN, Susan, El Estado y la pobreza urbana en México, México, Si-glo XXI, 1999.

ESCUDERO, Alejandrina, “Carlos Contreras, la planificación y la traza dela ciudad de México 1927-1938”, en COLLADO, Ma. del Carmen(coord.), Miradas recurrentes I: La ciudad de México en los siglos

XIX y XX, México, Instituto Mora, 2004.

ESQUIVEL, Edgar (coord.), La república informal: el ambulantaje en la

ciudad de México, México, Miguel Ángel Porrúa, 2008.

BIBLIOGRAFÍA290

EWICK, Patricia y SILBEY, Susan, “Conformity, Contestation, and Resis-tance: An Account of Legal Consciousness”, New England Law Re-

view, vol. 26, núm. 3, 1992.

FALK-MOORE, Sally, “Law and Social Change: The Semi-AutonomousSocial Field as an Appropriate Subject of Study”, Law & Society Re-

view, vol. 7, núm. 4, verano de 1973.

FOUCAULT, Michel, “Power, Truth, Strategy”, en MEAGHAN, Morris yPATTON, Paul (comps.), Michel Foucault: Power, Truth, Strategy,Sydney, Federal Publications, Working Paper Collection núm. 2,1979.

———, “Seguridad, territorio y población”, curso en el Collège de Fran-ce (1977-1978), Argentina, Fondo de Cultura Económica, 2006.

FRANCO GUZMÁN, Ricardo, “El régimen jurídico de la prostitución”, Re-

vista de la Facultad de Derecho de México, núm. 85-86, enero-juniode 1972.

GALANTER, Marc, “Why the «Haves» Come Out Ahead: Speculations onthe Limits of Legal Change”, en COTTERRELL, Roger (ed.), Law and

Society, Aldershot, Dartmouth, 1994.

GARCÍA, Mauricio y RODRÍGUEZ, César, “Derecho y sociedad en AméricaLatina: propuesta para la consolidación de los estudios jurídicos críti-cos”, en GARCÍA, Mauricio y RODRÍGUEZ, César (eds.), Derecho y

sociedad en América Latina: un debate sobre los estudios jurídico crí-

ticos, Bogotá, ILSA, 2003.

GARMENDIA, Álvaro, Los mil y un oficios de los desocupados de la ciu-

dad, México, Editores Mexicanos Unidos, 1982.

GARRIDO, Luis, El Partido de la Revolución Institucionalizada: la for-

mación del nuevo Estado en México (1928-1945), México, Siglo XXI.

GASTÉLUM, Bernardo, “La persecución de la sífilis desde el punto de vis-ta de la garantía social”, Boletín del Departamento de Salubridad Pú-

blica, México, 1926.

GILLY, Adolfo, “La historia como crítica o como discurso de poder”, enPereyra, Carlos et al., Historia ¿Para qué?, México, Siglo XXI, 2007.

BIBLIOGRAFÍA 291

GIROLA, Lidia y DUHAU, Emilio, “La ciudad y la modernidad inconclu-sa”, Sociológica, 1990.

GOJMAN, Alicia, Camisas, escudos y desfiles militares: Los dorados y el

antisemitismo en México (1934-1940), México, Fondo de CulturaEconómica, 2000.

GONZÁLEZ CASANOVA, Pablo, La democracia en México, ERA, 1976.

GONZÁLEZ DE LA VEGA, Francisco, El Código Penal Comentado, Méxi-co, Impresores Unidos, 1939.

GONZÁLEZ, Moisés, Población y sociedad en México (1900-1970), Méxi-co, UNAM, 1974.

GRAMSCI, Antonio, Selections from the Prison Notebooks, Londres,Lawrence & Wishart, 1971.

GRISALES, Natalia, “En Tepito todo se vende menos la dignidad: espaciopúblico e informalidad económica en el Barrio Bravo”, Alteridades,2003.

GUSFIELD, Joseph, “Moral Passage: The Symbolic Process in Public De-signation of Deviance”, Social Problems, vol. 15, núm. 2, 1967.

GUTIÉRREZ, Ramón, Arquitectura y urbanismo en Iberoamérica, Madrid,Cátedra, 1983.

HAYNER, Norman, “Mexico City: Its Growth and Configuration”, The

American Journal of Sociology, 1945.

———, “Criminogenic Zones in Mexico City”, American Sociological

Review, 1946.

HERMER, Joe, y HUNT, Alan, “Official Graffiti of the Everyday”, Law &

Society Review, vol. 30, 1996.

HUNT, Alan y WICKHAM, Gary, Foucault and Law: Towards a Sociology

of Law as Governance, Chicago, Pluto Press, 1994.

INSTITUTO NACIONAL DE LA VIVIENDA, Una ciudad perdida, México,INVI, 1968.

ISLAS, Olga, “El Nuevo Código Penal para el Distrito Federal. México”,Boletín Mexicano de Derecho Comparado, 2000.

BIBLIOGRAFÍA292

JAIME, Edna et al., Informalidad y (sub) desarrollo, México, CIDAC,2002.

JOFFRÉ, Gabriel, “El guión de la cirugía urbana: Lima 1850-1940”, Ensa-

yos de Ciencias Sociales, Lima, UNMSM-Editorial de la Facultad deCiencias Sociales, 2004.

KELLING, George y COLES, Catherine, Fixing Broken Windows, NuevaYork, Martin Kessler Books, 1996.

KRISTEVA, Julia, The Powers of Horror: An Essay on Abjection, NuevaYork, Columbia University Press, 1982.

LAW, John, “Power, Discretion and Strategy”, en LAW, John (ed.), A So-

ciology of Monsters: Essays on Power, Technology and Domination,Londres, Routledge, 1991.

LEVI, Ron y VALVERDE, Mariana, “Knowledge on Tap: Police Scienceand Common Knowledge in the Legal Regulation of Drunkenness”,Law and Social Inquiry, vol. 26, núm. 4, 2001.

LEVINE, Kay y MELLEMA, Virginia, “Strategizing the Street: How LawMatters in the Lives of Women in the Street-Level Drug Economy”,Law & Social Inquiry, vol. 26, núm. 1, 2001.

LEWIS, Oscar, Pedro Martínez: un campesino mexicano y su familia,México, Joaquín Mortiz, 1970.

———, Antropología de la pobreza: cinco familias, México, Fondo deCultura Económica, 1997.

LIRA, Andrés, El amparo colonial y el juicio de amparo mexicano, Méxi-co, Fondo de Cultura Económica, 1979.

———, “Legalización del espacio: la ciudad de México y el Distrito Fe-deral, 1874-1884”, en CONNAUGHTON, Brian et al. (coords.), La Cons-

trucción de la Legitimidad Política en México en el siglo XIX, Méxi-co, El Colegio de Michoacán-UAM-UNAM-COLMEX, 2008.

LOFLAND, Lyn, The Public Realm: Exploring the Cities Quintessential

Social Territory, Nueva York, Aldine De Gruyter Publishers, 1998.

LOMNITZ, Claudio “La construcción de la ciudadanía en México”, Meta-

política, vol. 4, julio-septiembre de 2000.

BIBLIOGRAFÍA 293

LOMNITZ, Larissa, Cómo sobreviven los marginados, México, Siglo XXI,1975.

LÓPEZ, Rafael, La planificación y la ciudad de México 1900-1940, Méxi-co, Universidad Autónoma Metropolitana-Azcapotzalco, 1993.

———, Planificación y urbanismo de la Revolución mexicana: los sus-

tentos de una nueva modernidad en la ciudad de México, 2002. Dis-ponible en http://www.rafaellopezrangel.com/.

LOUKAITOU-SIDERIS, Anastasia et al., “Sidewalk Democracy: Municipa-lities and the regulation of the public space”, en BEN-JOSEPH, Eran ySZOLD, Terry S. (eds.), Regulating Place: Standards and the Shaping

of Urban America, Nueva York, Routledge, 2004.

LOYO, Engracia, “De la desmovilización a la concientización: La escuelasecundaria en México (1925-1940)”, en Universidad Nacional Autó-noma de México, Diccionario de Historia de la Educación en México,disponible en: http://biblioweb.tic.unam.mx/diccionario/htm/indart.

htm.

MACEDO, Miguel et al., La reforma de las leyes penales en México. Con-tribución de México al XI Congreso Internacional Penal y Penitencia-rio (Berlín) y a la VI Conferencia de Unificación del Derecho Penal(Copenhague), México, Impresores Unidos, 1939.

MÁRQUEZ. Lourdes, La desigualdad ante la muerte: el tifo y el cólera

(1813-1833), México, Siglo XXI, 1994.

MATHIESEN, Thomas, The Defenses of the Weak: A Sociological Study of

a Norwegian Correctional Institution, Londres, Tavistock, 1965.

MCCAA, Robert, Los millones desaparecidos: el costo humano de la Re-

volución Mexicana, Disponible en http://www.hist.umn.edu/~rmccaa/

costo_humano_revolucion_mexicana.pdf.

MCCANN, Michael y MARCH, Tracey, “Law and Everyday Forms of Re-sistance: A Socio-Political Assessment”, Studies in Law, Politics, and

Society, vol. 15, 1995.

MEADE, Ma. Teresa, Civilizing Rio: Reform and resistance in a Brazilian

city 1889-1930, Pennsylvania, Pennsylvania State University Press,1997.

BIBLIOGRAFÍA294

MEDINA, Carlos, La vida nocturna en la ciudad de México: Centros Noc-

turnos, Cabarets y Burdeles 1935-1945, tesis de licenciatura, México,UNAM, Campus Acatlán, 1996.

MIGDAL, Joel, State in Society: Studying how states and societies Trans-

form and constitute One Another, Cambridge, Cambridge UniversityPress, 2001.

MITCHELL, Don, The Right to the City: Social Justice and the Fight for

Public Space, Nueva York, Guilford, 2003.

MITCHELL, Don y STAEHELI, Lynn, The People’s Property? Power, Poli-

tics and the Public, Nueva York, Routledge, 2008.

MONNET, Jerome, Usos e imágenes del Centro Histórico de la ciudad de

México, México, DDF-CEMCA, 1995.

NAVA, Alfonso, Derecho administrativo mexicano, México, Fondo deCultura Económica, 2007.

NÚÑEZ, Fernanda, La prostitución y su represión en la Ciudad de México

(siglo XIX). Prácticas y representaciones, Barcelona, Gedisa, 2002.

OCHOA, Enrique, “Coercion, Reform, and the Welfare State: The Cam-paign against «Begging» in Mexico City during the 1930’s”, The

Americas, 2001.

OLSEN, Patrice, “Revolution in the City Streets: Changing Nomenclature,Changing Form and the Revision of the Public Memory”, en KAY

VAUGHAN, Mary y LEWIS, Stephen (eds.), Eagle and the Virgin: Na-

tional and Cultural Revolution in Mexico (1920-1940), Durham, DukeUniversity Press, 2006.

PICCATO, Pablo, “Rateros: lenguaje cotidiano, reforma social y crimen,1890-1931”, en ILLADES, Carlos y RODRÍGUEZ, Ariel, Instituciones y

ciudad: ocho estudios históricos sobre la ciudad de México, México,UníoS, 2000.

———, City of Suspects: Crime in Mexico City 1900-1931, Durham,Duke University Press, 2001.

———, “El significado político del homicidio en México en el SigloXX”, Cuicuilco, Revista de la Escuela Nacional de Antropología e

Historia, México, 2008.

BIBLIOGRAFÍA 295

PILE, Steve, “Opposition, political identities and spaces of resistance”, enPILE, Steve y KEITH, Michael (eds.), Geographies of Resistance, Lon-dres, Routledge, 1997.

PROGRAMA UNIVERSITARIO DE ESTUDIOS SOBRE LA CIUDAD, Trayectorias

de vida: Mujeres dirigentes del comercio popular en el Centro Histó-

rico de la Ciudad de México, México, UNAM, 2010.

QUINTANILLA, Susana, “La educación en México durante el periodo deLázaro Cárdenas (1934-1940)”, en Universidad Nacional Autónomade México, Diccionario de Historia de la Educación en México, dis-ponible en: http://biblioweb.tic.unam.mx/diccionario/htm/indart.htm.

RABASA, Emilio, La Constitución y la dictadura: estudio sobre la orga-

nización política de México, México, Conaculta, 2002.

RAJAGOPAL, Balakrishnan, “Los límites del derecho en la globalizacióncontrahegemónica: la Corte Suprema de la India y la lucha por el vallede Narmanda”, en RODRÍGUEZ, César y SANTOS, Boaventura, El dere-

cho y la globalización desde abajo: Hacia una legalidad cosmopolita,Barcelona, Anthropos, 2007.

REICH, Charles, “The New Property”, Yale Law Journal, 1964.

RINCÓN, Análida, “Racionalidades normativas y apropiación del territo-rio urbano: entre el territorio de la ley y la territorialidad de las legali-dades”, Economía, Sociedad y Territorio, vol. V, núm. 20, enero-abrilde 2006.

RIVERA-GARZA, Cristina, “The Criminalization of the Syphilitic Body:Prostitutes, Health Crimes and Society in Mexico City, 1867-1930”,en SALVATORE, Ricardo et al. (eds.), Crime and Punishment in Latin

America. Law and Society since late colonial times, Duke, Duke Uni-versity Press, 2001.

RUBINGTON, Earl y WEINBERG, Martin, The Study of Social Problems:

Five Perspectives, Nueva York, Oxford University Press, 1971.

SALAZAR, Rosendo y ESCOBEDO, José, Las Pugnas de la Gleba: Historia

del movimiento social mexicano (1907-1922), México, EditorialAvante, 1923.

BIBLIOGRAFÍA296

SALVATORE, Ricardo et al. (eds.), Crime and Punishment in Latin Ameri-

ca. Law and Society Since Late Colonial Times, Durham, Duke Uni-versity Press, 2001.

SÁNCHEZ-MEJORADA, Cristina, Rezagos de la modernidad. Memorias de

una ciudad presente, México, Universidad Autónoma Metropolitana,2005.

SARAT, Austin, “«...The Law is All Over»: Power, Resistance and theLegal Consciousness of the Welfare Poor”, Yale Journal of Law and

Humanities, vol. 2, 1990.

SAUNDERS, Peter, “The Space, the City and Urban Sociology”, enGREGORY, Derek y URRY, John (eds.), Social Relations and Spatial

Structures, Londres, Macmillan, 1985.

SAYER, Derek, “Formas cotidianas de formación del Estado: algunos co-mentarios disidentes acerca de la «hegemonía»”, en JOSEPH, Gilbert yNUGENT, Daniel (comps.), Aspectos cotidianos de la formación del

Estado, México, ERA, 2002.

SCHWARZ, Carl, “Jueces en la penumbra”, Anuario Jurídico Mexicano,1979.

SCOBIE, James, “The Growth of Latin American Cities, 1870-1930”, enBETHELL, Leslie (ed.), The Cambridge History of Latin America,Cambridge, Cambridge University Press, vol. IV.

SCOTT, James, Seeing Like a State: How Certain Schemes to Improve the

Human Condition have Failed, New Haven, Yale University Press,1998.

———, Los dominados y el arte de la resistencia, México, ERA, 2004.

SERON, Carroll y SILBEY, Susan, “Profession, Science and Culture: AnEmergent Canon of Law and Society Research”, en SARAT, Austin(ed.), The Blackwell Companion to Law and Society, Oxford, Black-well, 2001.

SHARP, Joanne et al. (eds.), Entanglements of Power: Geographies of

Domination/Resistance, Nueva York, Routledge, 2000.

SIBLEY, David, Geographies of Exclusion, Londres, Routledge, 1995.

BIBLIOGRAFÍA 297

SILBEY, Susan, “Legal Culture and Consciousness”, International

Encyclopedia of the Social and Behavioral Sciences, Ámsterdam,Elsevier Science, 2000.

———, “Everyday Life and The Constitution of Legality”, en JACOBS yHANRAHAN (eds.), Blackwell Companion to the Sociology of Culture,Oxford, Blackwell Publishing, 2005.

SILBEY, Susan y EWICK, Patricia, The Common Place of Law: Stories of

Popular Legal Consciousness, Chicago, University of Chicago Press,1998.

———, “Common Knowledge and Ideological Critique: The Importanceof Knowing Why the «Haves» Come Out Ahead”, Law & Society Re-

view, vol. 33, núm. 4, 1999.

———, “No Laughing Matter: Humor and Contradiction in Stories ofLaw”, Clifford Sympoisum, DePaul Law Review, vol. 50, 2000.

———, “The Rule of Law: Sacred and Profane”, Society, octubre de2000.

———, “The Structure of Legality: The Cultural Contradictions of So-cial Institutions”, en KAGAN, Robert et al. (eds.), The Study of Lega-

lity: Essays in Honor of Philip Selznick, Berkeley, University of Cali-fornia Press, 2002.

SILVA, Diana, “Comercio ambulante en el Centro Histórico de la ciudadde México (1990-2007)”, Revista Mexicana de Sociología, núm. 02,2010.

SOLÓRZANO, Alfonso, Estudio de 1000 casos de niños dedicados al co-

mercio ambulante y los servicios en la ciudad de México, Cuadernosdel Instituto Nacional de Estudio del Trabajo, núm. 9, México, Secre-taría del Trabajo y Previsión Social, 1979.

SOSENSKI, Susana, “Un remedio contra la delincuencia: El trabajo infan-til en las instituciones de encierro de la ciudad de México durante laposrevolución”, Asclepio. Revista de Historia de la Medicina y de la

Ciencia, vol. LX, núm. 2, julio-diciembre de 2008.

———, Niños en acción. El trabajo infantil en la ciudad de México,

1920-1934, México, El Colegio de México, 2010.

BIBLIOGRAFÍA298

TEITELBAUM, Vanesa, Entre el control y la movilizacion: honor, trabajo

y solidaridades artesanales en la ciudad de México a mediados del

siglo XIX, México, El Colegio de México, 2008.

THOMPSON, Dorothy (ed.), The Essential E. P. Thompson, Nueva York,The New Press, 2001.

TOMAS, François, “La ciudad y las estrategias socioespaciales”, Revista

Mexicana de Sociología, vol. 56, núm. 4, 1994.

URÍAS, Beatriz, “Degeneracionismo e Higiene mental en el México Pos-revolucionario (1920-1940)”, Frenia. Revista de Historia de la Psi-

quiatría, 2004. Disponible en http://www.frenia-historiapsiquiatria.

com/pdf/fasciculo%208/UriasFRENIA2004-2.pdf.

VALENCIA, Enrique, La Merced: estudio ecológico y social de una zona

de la ciudad de México, México, INAH, 1965.

VALVERDE, Mariana y DUBBER, Markus, The New Police Science: The

Police Power in Domestic and International Governance, Stanford,Stanford University Press, 2006.

VÁZQUEZ, Esther, Organización y resistencia popular en la ciudad de

México durante la crisis de 1929-1932, México, Instituto Nacional deEstudios Históricos de la Revolución Mexicana, 1998.

VÁZQUEZ, Ignacio, El Abasto en la ciudad de México, México, Departa-mento del Distrito Federal, 1991.

VELA, Alberto, “El niño y la delincuencia”, Memoria del Segundo Con-

greso Mexicano de Ciencias Sociales, organizado por la Sociedad Me-xicana de Geografía y Estadística, México, Talleres de la EditorialCultura, 1946.

VELASCO, Rómulo, El Hospital Juárez, antes Hospital Municipal de San

Pablo, México, Ex-Libris, 1947.

VENKATESH, Sudhir Alladi, Off the Books: The Underground Economy

in Urban Poor, Harvad, Harvard University Press, 2006.

VILALTA, Carlos, “La geografía local del narcomenudeo: patrones, pro-cesos y recomendaciones de política urbana”, Estudios Demográficos

y Urbanos, vol. 24, núm. 1, 2009.

BIBLIOGRAFÍA 299

———, “The Spatial Dynamics and Socioeconomic Correlates of DrugArrests in Mexico City”, Applied Geography, vol. 30, núm. 2, 2010.

WACQUANT, Loïcq, Parias Urbanos: Marginalidad en la ciudad a co-

mienzos del milenio, Buenos Aires, Manantial, 2001.

———, Los condenados de la ciudad: Gueto, periferias y Estado, trad.de Marcos Meyer, Argentina, Siglo XXI, 2007.

WEBER, Max, Economía y sociedad. Esbozo de sociología comprensiva,México, Fondo de Cultura Económica, 2002.

WHYTE, William, Street Corner Society: The Social Structure of an Ita-

lian Slum, Chicago, Chicago University Press, 1943.

WILSON, James y KELLING, George, “Broken Windows: The Police andNeighborhood Safety”, Atlantic Monthly, 1982.

ZACKSESKI, Cristina, “Relatos sobre a consultoria Giuliani na Cidade doMéxico. Um exemplo para o Rio de Janeiro?”, Anais do XIX Encon-

tro Nacional do CONPEDI, Fortaleza, 2010.

ZAREMBERG, Gisela, “¿Corporativismo informal? Organizaciones de am-bulantes y partidos políticos a partir de la alternancia electoral en Mé-xico, Distrito Federal (2000-2005)”, Informe final del concurso: Par-

tidos, movimientos y alternativas políticas en América Latina y el

Caribe. Programa Regional de Becas CLACSO, 2005.

——— “Hexágono versus árbol: casos atípicos en la organización delcomercio informal en el Distrito Federal”, Perfiles Latinoamericanos,núm. 36, 2010.

ZEPEDA, Guillermo, Crimen sin castigo. Procuración de justicia penal y

ministerio público en México, México, Fondo de Cultura Económica,2004.

Tesis jurisprudenciales

AGENTES DE SALUBRIDAD PÚBLICA. Registro núm. 282844. Localiza-ción: Quinta Época. Instancia: Pleno. Fuente: Semanario Judicial dela Federación XIX. Página: 1039. Tesis Aislada. Materia(s): Admi-nistrativa.

BIBLIOGRAFÍA300

COMERCIANTES, SUSPENSIÓN PROVISIONAL IMPROCEDENTE POR FALTA DE

CÉDULA DE EMPADRONAMIENTO DE LOS (REGLAMENTO DE MERCADOS

DEL DISTRITO FEDERAL). Localización: Séptima Época. Instancia: Tri-bunales Colegiados de Circuito. Número de Registro: 246664. Fuente:Semanario Judicial de la Federación 217-228 Sexta Parte. Página:148. Tesis Aislada. Materia(s): Civil.

COMERCIO SEMIFIJO Y AMBULANTE, REGLAMENTO DEL. Localización:Quinta Época. Instancia: Segunda Sala. Número de Registro 336952.Fuente: Semanario Judicial de la Federación XXXVI. Página: 1252.Tesis Aislada. Materia(s): Administrativa.

COMERCIO, EJERCICIO DEL. LICENCIA NECESARIA PARA DEMOSTRAR EL

INTERÉS JURÍDICO. Localización: Séptima Época. Instancia: TribunalesColegiados de Circuito. Número de Registro: 251330. Fuente: Sema-nario Judicial de la Federación 133-138 Sexta Parte. Página: 28. TesisAislada. Materia(s): Administrativa.

GIROS REGLAMENTADOS. EL PERMISO O AUTORIZACIÓN ES LO QUE LE

CONFIERE AL PROPIETARIO EL INTERÉS JURÍDICO PARA EL AMPARO. Loca-lización: Séptima Época. Instancia: Tribunales Colegiados de Circui-to. Número de Registro: 252439. Fuente: Semanario Judicial de la Fe-deración 109-114 Sexta Parte. Página: 89. Tesis Aislada. Materia(s):Administrativa.

IMPRUDENCIA, DELITOS DE. Localización: Quinta Época. Instancia: Pri-mera Sala. Número de Registro: 806310. Fuente: Semanario Judicialde la Federación LXXXVI. Página: 529. Tesis Aislada. Materia(s):Penal.

MERCADOS, FALTA DE EMPADRONAMIENTO EN. Localización: Sexta Épo-ca. Instancia: Segunda Sala. Número de Registro 266677. Fuente: Se-manario Judicial de la Federación LXV. Página: 19. Tesis Aislada.Materia(s): Administrativa.

PROSTITUCIÓN, EJERCICIO DE LA, EN DETERMINADAS ZONAS. Quinta Épo-ca. núm. de Registro: 330154. Instancia: Segunda Sala. Tesis Aislada.Fuente: Semanario Judicial de la Federación LXI. Materia(s): Admi-nistrativa. Página: 4391.

PROSTITUCIÓN, EJERCICIO DE LA, EN DETERMINADAS ZONAS. Quinta Época.núm. de Registro: 330154. Instancia: Segunda Sala. Tesis Aislada.

BIBLIOGRAFÍA 301

Fuente: Semanario Judicial de la Federación LXI. Materia(s): Admi-nistrativa. Página: 4391.

PROSTITUCIÓN, REGLAMENTACIÓN DE LA. Quinta Época. núm. de Regis-tro: 330900. Instancia: Segunda Sala. Tesis Aislada. Fuente: Semana-rio Judicial de la Federación LIX. Materia(s): Administrativa. Página:2140.

PROSTITUCIÓN, SUSPENSIÓN TRATÁNDOSE DE PROHIBIR EL EJERCICIO DE LA,

EN DETERMINADAS ZONAS. Quinta Época. núm. de Registro: 331665.Instancia: Segunda Sala. Tesis Aislada. Fuente: Semanario Judicial dela Federación LVI. Materia(s): Administrativa. Página: 2083

PUESTOS SEMIFIJOS. Localización: Quinta Época. Instancia: Segunda Sa-la. Número de Registro 317456. Fuente: Semanario Judicial de la Fe-deración CXXI. Página: 829. Tesis Aislada. Materia(s): Administra-tiva.

PUESTOS SEMIFIJOS. Localización: Quinta Época. Instancia: Segunda Sa-la. Número de Registro 317456. Fuente: Semanario Judicial de la Fe-deración CXXI. Página: 829. Tesis Aislada. Materia(s): Administra-tiva.

PULQUERÍAS, PUESTOS DE FRUTAS EN LAS PUERTAS DE LAS. Localización:Quinta Época. Instancia: Segunda Sala. Número de Registro: 327506.Fuente: Semanario Judicial de la Federación LXX. Página: 147. TesisAislada. Materia(s): Administrativa.

VENDEDORES AMBULANTES, FUNDAMENTACIÓN DE LA NEGATIVA DE

PERMISOS A LOS. Localización: Quinta Época. Instancia: Segunda Sa-la. Número de Registro: 323218. Fuente: Semanario Judicial de laFederación LXXXI. Página: 541. Tesis Aislada. Materia(s): Admi-nistrativa.

Información institucional

Boletín del Departamento de Salubridad Pública, núm. 1 y 2, 1926, p. 111.

Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal (CDHDF), Informe

Especial sobre la situación de los juzgados cívicos del Distrito Fede-

ral durante el 2004, México, 2005.

BIBLIOGRAFÍA302

Cuadernos del Centro Histórico, El espacio público en el centro históri-

co de la ciudad de México: investigación y sondeos de opinión, Méxi-co, septiembre de 2007.

Departamento del Distrito Federal, Codificación de las disposiciones ad-

ministrativas vigentes cuya aplicación corresponde al Departamento

del Distrito Federal, México, Talleres Linotipográficos “Acción”,1943, ts. I y II.

Departamento del Distrito Federal, Memoria del Departamento del Dis-

trito Federal (Septiembre 1939-Agosto 1940), México, Departamentodel Distrito Federal, 1940.

Departamento del Distrito Federal, Memoria del Departamento del Dis-

trito Federal (Septiembre 1942-Agosto 1943), México, Departamentodel Distrito Federal, 1944, p. 22.

Departamento del Distrito Federal-Dirección General de Gobernación,Legislación del Departamento del Distrito Federal y la Jurispruden-

cia de la Suprema Corte relacionada con la misma, México, Talleresde Publicaciones Mexicanas, 1970, ts. I y II.

Departamento del Trabajo, Directorio de Agrupaciones Obreras y Patro-

nales de la República, México, Talleres Gráficos de la Nación, 1938,pp. 91-239.

Diario Oficial de la Federación, 27 de marzo de 1931.

Dirección General de Estadística, VII Censo General de Población, Mé-xico, 1950.

Dirección General de Estadística, Primer Censo de Edificios 1929, Méxi-co, Departamento del Distrito Federal, 1932.

Dirección General de Estadística, Quinto Censo de Población-Distrito

Federal. 1930, Sexto Censo de Población-Distrito Federal, 1940.

Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal, Reporte Giuliani,México, 2003.

Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal, Compendio Estadísti-

co del Servicio Médico Forense 2000- 2007.

Secretaría de la Economía Nacional-Dirección General de Estadística,Anuario Estadístico de los Estados Unidos Mexicanos (1938. 1957) .

BIBLIOGRAFÍA 303

Secretaría de la Economía Nacional-Dirección General de Estadística,Anuario Estadístico de los Estados Unidos Mexicanos (1939), Méxi-co, 1941, cuadro 156.

Archivos y fondos documentales

AHDF (Archivo Histórico del Distrito Federal).

AHSSA (Archivo Histórico de la Secretaría de Salud).

AGN (Archivo General de la Nación).

BIBLIOGRAFÍA304

ÍNDICE DE CUADROS, GRÁFICAS E IMÁGENES

CUADROS

Cuadro 1. Zonas criminógenas de la ciudad de México(1932-1938) . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 25

Cuadro 2. Ocupación declarada por los menores consignados alos tribunales infantiles del Distrito Federal (1932-1938) . . 29

Cuadro 3. Delitos por tipo de delincuente (1930-1940) . . . . . . 31

Cuadro 4. Población del Distrito Federal, según defecto físico(1900-1940) . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 34

Cuadro 5. Enfermos y defectuosos asilados por género. Infor-me del Censo de Mendigos, Distrito Federal, octubre 1930 . 36

Cuadro 6. Nombre y ubicación de mesones registrados ante lasección de Inspección Sanitaria del Departamento de Salu-bridad Pública del Distrito Federal (1930) . . . . . . . . . . . . . 38

Cuadro 7. Restricciones espaciales prescritas en el Reglamentode Comercio Semifijo y Ambulante del Distrito Federal de1931 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 53

Cuadro 8. Espacios cerrados para el ejercicio de la prostitución 59

Cuadro 9. Número de agraviadas por expediente judicial con-sultado . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 66

Cuadro 10. Considerandos del Proyecto de Reglamento de oc-tubre de 1937 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 72

Cuadro 11. Autoridades demandadas por Tomás Franco . . . . . 99

305

Cuadro 12. Estructura interior de los mercados. Reglamento deMercados 1951 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 126

Cuadro 13. Regulación de los tiempos de venta en el interior yen el exterior del mercado. Reglamento de Mercados del Dis-trito Federal, 1951 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 128

Cuadro 14. Categorías de trabajadores y comerciantes ubicadosal exterior de los mercados públicos . . . . . . . . . . . . . . . . . . 129

Cuadro 15. Los mercados del centro de la ciudad de México(1950-1960) . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 146

Cuadro 16. Sujetos arrestados por comerciar en “zonas prohibi-das”, ciudad de México 1950 (estado civil y género) . . . . . . 147

Cuadro 17. Ejemplos de las transformaciones espaciales experi-mentadas a partir de la construcción de nuevos mercados(1950) . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 157

Cuadro 18. Ocupación de la población en reclusión Distrito Fe-deral-Estado de México (2002-2009) . . . . . . . . . . . . . . . . . . 240

Cuadro 19. Distribución porcentual de delitos cometidos por tra-bajadores callejeros en situación de cárcel en la ciudad de Mé-xico (PESED-CIDE, 2005) . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 241

GRÁFICAS

Gráfica 1. Ocupación de asilados en establecimientos de la Be-neficencia Pública, ciudad de México, 1930-1933 . . . . . . . . . 27

Gráfica 2. Distribución porcentual de motivos de salida. Informerendido el 27 de febrero de 1931 sobre la población capturaday liberada en 1930 (N=274) . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 42

Gráfica 3. Impuestos recaudados por el cobro de uso de merca-dos. Distrito Federal (1942-1949) . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 122

ÍNDICE DE CUADROS, GRÁFICAS E IMÁGENES306

Gráfica 4. Ambulantes centrados en espacios cerrados de ventapor periodo presidencial, 1953-1991 . . . . . . . . . . . . . . . . . 136

Gráfica 5. Porcentaje de comerciantes concentrados en merca-dos por periodo sexenal (1953-1988) . . . . . . . . . . . . . . . . 137

Gráfica 6. Origen declarado por los sujetos detenidos por co-merciar en zonas prohibidas, Distrito Federal (1950) . . . . . 148

Gráfica 7. Sujetos arrestados por comerciar en zonas prohibi-das en la ciudad de México (días) . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 150

Gráfica 8. Pago de multas por comercias en zonas prohibidas,ciudad de México (pesos) . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 151

Gráfica 9. Distribución porcentual de la población y el comer-cio ambulante en la ciudad de México por delegación políti-ca (1980-1990) . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 177

Gráfica 10. Tamaño de las organizaciones de vendedores am-bulantes del centro de la ciudad de México (2007) . . . . . . . 194

Gráfica 11. Distribución delegacional de las organizaciones decomerciantes ambulantes del Distrito Federal . . . . . . . . . . . 200

Gráfica 12. Distribución de comerciantes ambulantes autoriza-dos por organizaciones . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 201

Gráfica 13. Distribución porcentual de comerciantes autoriza-dos por género y organización . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 203

Gráfica 14. Personas detenidas por cometer alguna falta contrala LCCDF por delegación (2003-2007) . . . . . . . . . . . . . . . 228

Gráfica 15. Comerciantes ambulantes detenidos en las callesdel centro de la ciudad de México por impedir o estorbar decualquier forma el uso de la vía pública, la libertad de trán-sito o de acción de las personas (2004-2008) . . . . . . . . . . . 229

Gráfica 16. Detenciones perímetro “A” centro histórico (ene-ro-marzo, 2008) . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 231

ÍNDICE DE CUADROS, GRÁFICAS E IMÁGENES 307

Gráfica 17. Averiguaciones previas iniciadas por robo a tran-seúnte en la Delegación Cuauhtémoc y en la colonia Centrodel Distrito Federal (1997-2007) . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 233

Gráfica 18. Ocupación de los presuntos delincuentes registradosen los juzgados de primera instancia penal, Distrito Federal,1946-1952 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 236

Gráfica 19. Ocupación de los “delincuentes conocidos”, DistritoFederal, 1930-1960 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 237

Gráfica 20. Relación entre desempleo y delitos reportados en elDistrito Federal (1987-1997) . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 238

IMÁGENES

Imagen 1. Delimitación de las calles circundantes al edificio dela Torre Mayor, Paseo de la Reforma, ciudad de México,2008 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 169

Imagen 2. Los límites jurídicos del comercio ambulante en lascalles del centro de la ciudad de México . . . . . . . . . . . . . . . 172

Imagen 3. Distribución final de las plazas comerciales y áreas deconcentración de ambulantaje en el centro de la ciudad deMéxico, 1998 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 188

Imagen 4. Patrones de ocupación y movilidad del espacio, co-merciantes no autorizados (2002-2003) . . . . . . . . . . . . . . . . 197

Imagen 5. Distribución espacial de los comerciantes callejerosautorizados, e incidencia delictiva por calle (1999-2007) . . . 198

Imagen 6. Formatos y mapas requeridos para tramitar unalicencia . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 199

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