Date post: | 14-Apr-2017 |
Category: |
Environment |
Upload: | lennynere |
View: | 28 times |
Download: | 0 times |
Legislación Penal EspecialPor: Yenny Nereida Montilla Polo C.I :10.859.851
UNIVERSIDAD FERMÍN TOROVICE-RECTORADO ACADÉMICO
FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y POLÍTICASESCUELA DE DERECHO
Legislación Penal EspecialEsta ley tipifica 74 delitos, de los cuales 29 son nuevosLos delitos tipificados, tienen por objetivo castigar acciones y conductas que
producen daños muy difíciles de reparar y dañan bienes de dominio público, a personas que habitan en un espacio geográfico determinado o a las que lo
harán en el futuro
Los beneficios procesales son
los mismos previstos en el
Código Orgánico Procesal Penal y
su obtención está condicionada al cumplimiento de ciertas acciones de acuerdo a las
categorías de delitos por los
que se procesa al imputado y el
tipo de persona, jurídica o natural
Se tipifica dos categorías de delitos: Peligro
y Daño
Las sanciones son más
gravosas para el funcionario
público que a otros ciudadanos
que cometen acciones que se tipifican como delincuentes
Son sujetos de esta ley las personas
naturales y las personas jurídicas
La ley establece que no se requiere la
probatoria del delito para
establecer la sanción
Esta ley establece la responsabilida
d objetiva
Legislación Penal Especial
• Daño al suelo, vegetación y topografía del paisaje
• Descarga ilegal de aguas contaminadas
• Descargas de hidrocarburos en ambientes acuáticos
• Práctica de actividades prohibidas en áreas protegidas
• Extracción ilegal de minerales no-metálicos
• Deforestación de cuencas hidrográficas utilizadas para suplir aguas
Las regulaciones ambientales
son aplicadas equitativamente a todos, sin
ninguna excepción.
Dependiendo del grado de
daño causado y lo que
mande la ley, normas y sanciones
serán aplicadas al que causó la
contaminación o daño
ambiental
Legislación Penal EspecialAr
tícu
lo 1
Objeto: La presente Ley tiene por objeto tipificar como delitos aquellos hechos que violen las disposiciones relativas a la conservación, defensa y mejoramiento del ambiente, y establece las sanciones penales correspondientes. Así mismo, determina las medidas precautelativas, de restitución y de reparación a que haya lugar
La presente Ley tiene por objeto tipificar como delitos aquellos hechos que violen las disposiciones relativas a la conservación, defensa y mejoramiento del ambiente, y establece las sanciones penales correspondientes. Así mismo, determina las medidas precautelativas, de restitución y de reparación a que haya.
Las disposiciones de esta Ley son aplicables a las personas naturales y jurídicas por los delitos cometidos tanto en el espacio geográfico de la República como en país extranjero, si los daños o riesgos del hecho se producen en Venezuela. En este caso se requiere que el investigado haya venido al territorio de la República y que se inicie la investigación por el Ministerio Público. Requiérase también que el investigado no haya sido juzgado por tribunales extranjeros, a menos que habiéndolo sido hubiere evadido la condena.
Legislación Penal EspecialAr
tícu
lo 5
y 6
Son
sanc
ione
s pr
incip
ales
: La prisión.El arresto.La disolución de la persona jurídica.La multa.El desmantelamiento de la instalación, establecimiento o construcción.
Sanc
ione
s Ac
ceso
rias:
La clausura definitiva de la instalación o establecimiento.La clausura temporal de la instalación o establecimiento hasta por un año.La prohibición definitiva de la actividad contaminante o degradante del ambiente.La reordenación de los sitios alterados.La suspensión de las actividades de la persona jurídica hasta por seis meses
Legislación Penal EspecialAr
tícu
lo 8
Prohibición de funcionamiento de instalaciones o establecimientos hasta tanto se corrija o elimine la causa
de la alteración o se obtengan las autorizaciones correspondientes
Interrupción de la actividad origen de la contaminación o deterioro ambiental sujeta a control del Ejecutivo
Ocupación temporal, total o parcial, de las fuentes contaminantes hasta tanto se corrija o elimine la causa
degradante o se otorguen las garantías necesarias para evitar la repetición de los hechos.
Se agregan medidas judiciales precautelativas, tales medidas podrán
consistir en:
Legislación Penal EspecialAr
tícu
lo 8
La ejecución de trabajos a fin de eliminar o impedir el resurgimiento de daños al ambiente, por parte del
infractor o infractora, o de oficio, a costa del responsable de los riesgos o daños.
La retención de substancias, materiales, recursos naturales u objetos sospechosos de estar contaminados,
causar contaminación o estar en mal estado
La destrucción o neutralización de substancias, recursos naturales o productos comprobadamente contaminantes
o contaminados
Legislación Penal EspecialAr
tícu
lo 8
El retiro o retención de vehículos u objetos abandonados en lugares donde su sola presencia alteren el ambiente.
La ocupación o eliminación de obstáculos, aparatos, objetos o elementos cualesquiera que alteren el aspecto o el
aprovechamiento racional de los recursos naturales, medio marino o zonas bajo régimen de administración especial
La ocupación o eliminación de obstáculos, aparatos, objetos u elementos cualesquiera que trastornen el funcionamiento
adecuado de vehículos, establecimientos, instalaciones, plantas de tratamientos o fuentes emisoras de contaminantes
Legislación Penal EspecialAr
tícu
lo 8
La prohibición de movilización de vehículos terrestres, fluviales, marítimos
o aéreos
La instalación de dispositivos necesarios para evitar la contaminación o degradación
de los recursos naturales o el ambiente
Cualquier otra medida tendiente a conjurar un peligro o evitar la continuación de actos
perjudiciales al ambiente
También establece penalidades accesorias para personas naturales y para personas jurídicas
Una compañía es culpable de un delito ambiental cuando la
acción es cometida por decisión de su órgano
ejecutivo
El tiempo de prescripción es de un año
Las acciones civiles prescriben a los diez años
La Ley Penal del Ambiente y su reglamento que tiene como
espíritu, propósito y razón evitar que se cometan infracciones
contrarias al equilibrio ambiental y todas sus especies
Legislación Penal Especial
Legislación Penal EspecialPor: Yenny Nereida Montilla Polo C.I :10.859.851
UNIVERSIDAD FERMÍN TOROVICE-RECTORADO ACADÉMICO
FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y POLÍTICASESCUELA DE DERECHO
Muchas Gracias...