Date post: | 25-Jun-2015 |
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UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO
MATERIA :ENTORNO EMPRESARIAL Y FINANCIERO
LA ESTRUCTURA ACTUAL DE LA PLANTA INDUSTRIAL
TALLER: LA LEY DE CONCURSOS MERCANTILES,
EL CORREDOR PÚBLICO,LA MEDIACIÓN Y EL ARBITRAJE.
OBJETIVO
CONOCER LOSCONCEPTOS
RELACIONADOSA LA MEDIACION Y EL
ARBITRAJE
EVALUACIÓN DE CONOCIMIENTOS
PRETEST ( )
NOMBRE: ____________ __________________
ESCOLARIDAD:__________FECHA_________
LUGAR:_______________INSTRUCTOR:_____________________
NOMBRE DEL TALLER:_____________________
INSTRUCCIONES:
A continuación encontrará unas preguntas relacionadas con el contenido del taller a impartir.
Los reactivos son de respuesta corta (en que se le pide contestar una pregunta directa).
Se compararán los resultados que obtenga al final del curso, con los parámetros de excelencia señalados en los objetivos de aprendizaje, con la intención de medir el grado de avance, e identificar así el aprendizaje real.
1.- A QUIÉN FACULTA LA LEY DE CORREDURÍA PÚBLICA??
2.- QUE ES LA MEDIACIÓN????
3.- QUE ES EL ARBITRAJE ????
ANTECEDENTES
LEY
DE
CONCURSOS
MERCANTILES
C ONCEPTOS
DERECHO MERCANTIL:ES LA RAMA DE DERECHO PRIVADO QUE REGULA LAS RELACIONES DE LOS INDIVIDUOS QUE EJECUTAN ACTOS DE COMERCIO O QUE TIENEN CARÁCTER DE COMERCIANTES
LOS ASIRIOS Y FENICIOS REALIZARON LOS PRIMEROS ACTOS DE COMERCIO , EN GRECIA TUVIERON LUGAR LOS PRIMEROS LUGARES FISICOS O ESTABLECIMIENTOS PARA ACTOS DE COMERCIO, CONN DEMÓSTENES SE HICIERON LOS PRIMEROS CONTRATOS DE PRESTAMO, Y MARÍTIMOS Y HUBO UNA JURÍSDICCIÓN ESPECIAL PARA ASUNTOS MERCANTILES
ACTOS DE COMERCIO:COMPRA, PERMUTA,O ARRENDAMIENTOCOMISIÓN Y MANDATO COMERCIALEMPRESAS MANUFACTURERASEMPRESAS DE CONSTRUCCIONESEMPRESAS INDUSTRIALESEMPRESAS EDITORAS TRANSPORTE ENTRE OTROS
LEY FEDERAL DE CORREDURÍA PÚBLICA , REGLAMENTOS Y CÓDIGO CIVIL Y JURISPRUDENCIA MERCANTIL, COSTUMBRE MERCANTIL
LEY GENERAL DE SOCIEDADES MERCANTILES
CÓDIGO DE COMERCIO
LEY MERCANTIL MEXICANA
LEY FEDERAL DE CONCURSOS MERCANTILES
FUENTES DE LA LEY DE CONCURSOS MERCANTILES
Ley de Concursos Mercantiles
Artículo 1o.- La presente Ley es de interés público y tiene por objeto regular el concurso mercantil.
Es de interés público conservar las empresas y evitar que el incumplimiento generalizado de las obligaciones de pago ponga en riesgo la viabilidad de las mismas y de las demás con las que mantenga una relación de negocios.
Artículo 2o.- El concurso mercantil consta de dos etapas sucesivas, denominadas conciliación y quiebra.
Artículo 3o.- La finalidad de la conciliación es lograr la conservación de la empresa del Comerciante mediante el convenio que suscriba con sus Acreedores Reconocidos. La finalidad de la quiebra es la venta de la empresa del Comerciante, de sus unidades productivas o de los bienes que la integran para el pago a los Acreedores Reconocidos.
Además de la legislación antes citada, existen diversos criterios de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, que garantizan la constitucionalidad del arbitraje, así como la ejecución de los laudos nacionales y extranjeros.
Sin embargo, y a pesar de que México cuenta ya con una legislación completa y moderna en arbitraje comercial aún la figura no es lo suficientemente empleada. Las razones son varias, pero la principal es la falta de información y difusión de esta. Se desconocen las Convenciones Internacionales, se desconoce la relativamente nueva normatividad adjetiva mercantil y por ende se desconocen las ventajas del arbitraje.
¿TIPOS?
CONTROVERSIA
Existen dos tipos para resolverlas: Procesos judiciales tradicionales (largos,
tediosos y costosos)
Procedimientos alternativos como la mediación y el arbitraje ( ofrecen solución más rápida y de menor costo)
Antecedentes
La actividad económica que en los últimos años se ha registrado en el país, conlleva a la necesidad de una regulación y vigilancia de las transacciones comerciales.
Esto requiere de figuras capacitadas que aseguren que el flujo de mercancías y servicios se dé en un marco de orden y certeza jurídica, que garantice una competencia leal en la oferta de bienes y servicios de calidad.
Antecedentes
Por ello la resolución de controversias comerciales es uno de los temas esenciales de las relaciones económicas contemporáneas.
Así, la sociedad y el gobierno han encontrado en la mediación y el arbitraje instrumentos ideales para impulsar el desarrollo comercial y económico, dando seguridad y haciendo ágiles las transacciones comerciales y negocios que forman parte del que hacer diario de empresarios, comerciantes y abogados.
¿ Porqué el corredor público ??
Son facultados por la Ley Federal de Correduría Pública; previo el cumplimiento de los requisitos establecidos en la propia ley y la Secretaría de Fomento Industrial asegura la eficacia de su servicio.
El Corredor Público es un auxiliar del comercio, brinda a las pequeñas, medianas y grandes empresas, servicios jurídicos para agilizar y dar certeza en sus negocios comerciales.
Es un profesional del Derecho, que funge como agente mediador, perito valuador, asesor jurídico de comerciantes, árbitro y fedatario público; en la actualidad se encuentran habilitados Corredores Públicos en todas las plazas de la República Mexicana, coadyuvando en el desarrollo de las actividades comerciales de la entidad federativa donde se ubican.
El corredor público
Desarrollo Legal Del Arbitraje
En 1971 México ratificó la Convención de Nueva York de 1958, sobre el Reconocimiento y Ejecución
de las Sentencias arbítrales Extranjeras, adoptando la Ley Modelo de Arbitraje Comercial Internacional de UNCITRAL de 1985.
Código de Comercio Mexicano, mismo que data del año de 1890 y que a la fecha sigue vigente, claro con sus reformas correspondientes, en su artículo 1051 establecía y establece en esencia, que el procedimiento mercantil preferente es el convencional, es decir el que acuerden las partes, en su texto actual sólo han adicionado las palabras convencional ante tribunales o procedimiento arbitral. Ello significa que desde aquel entonces México tomaba en consideración los métodos alternativos de solución de controversias, aún y cuando no estuvieran regulados.
Además de la legislación antes citada, existen diversos criterios de la Suprema Corte de Justicia de
la Nación, que garantizan la constitucionalidad del arbitraje, así como la ejecución de los laudos nacionales y extranjeros.
Y tal ha sido la disposición del Gobierno de México para adaptar la figura del arbitraje comercial en su legislación nacional, que es de aplicación en toda la República Mexicana..
Por ello, en las últimas décadas el arbitraje comercial ha estado presente en la tarea de los legisladores nacionales, quienes han buscado incluir esta figura jurídica en nuestra legislación, además ha tenido un incremento notable en la contratación internacional, en las que participa una parte mexicana.
Importancia de la Mediación y el Arbitraje
Cuatro aspectos que han contribuido al incremento del uso de la mediación y del arbitraje
Por que funcionan Por que se trata de medios alternativos en la
solución de controversias, rápidos, especializados y eficientes.
Por que en un país como México, estos métodos alternativos significan una opción.
Por que el comercio internacional los utiliza intensivamente.
Todos estén contentos
¿Qué es la Mediación?
Es un procedimiento mediante el cual dos o más partes en una relación jurídica recurren de manera voluntaria a un organismo, para nombrar a un mediador o conciliador a fin de ayudarlas a que encuentren una solución y así evitar que tengan que recurrir a litigios arbítrales o judiciales.
(Los involucrados negocian entre sí la solución de la controversia, fungiendo el mediador como canal de comunicación entre ambos.)
Definición comentada por el secretario Técnico de la Comisión de Mediación y Arbitraje de la CONCAMIN)
Procedimiento de Mediación
1.-Las partes involucradas deben decidir someterse a la mediación por disposición mutua o cláusula contractual.
2.-Las partes deben acercarse a un organismo dedicado a la mediación que los oriente: CONCAMIN, CANACO, CIC, el mediador debe tener conocimientos de Psicología para propiciar el entendimiento entre las partes y lograr acuerdos que él mismo redactará al final.
3.-El mediador tiene la función de escuchar los argumentos y puntos de vista de los involucrados tratando de evitar tensiones.
4.-Debe examinar los intereses de los involucrados y buscara soluciones junto con éstos.
5.-Debe trabajar por separado o con ambas partes en la elaboración de soluciones, empezando por los más complicados.
Se repetirán las sesiones cuantas veces sea necesario hasta que se establezcan acuerdos, los cuales serán redactados por el mediador y aceptados de manera voluntaria por las partes.
Modelo de cláusula de resolución de disputas
“Todo litigio, controversia o reclamación resultante de este contrato o relativo a este contrato, su incumplimiento, resolución o nulidad, se resolverá mediante arbitraje de conformidad con el Reglamento de Mediación de la Confederación de Cámaras Industriales de los Estados Unidos Mexicanos”.
“Antes de iniciar un arbitraje o inmediatamente después de iniciado el arbitraje, las partes intentarán una solución amistosa de la controversia mediante la mediación, ésta tendrá lugar de conformidad con el Reglamento de Mediación de la Confederación de Cámaras Industriales de los Estados Unidos Mexicanos. La autoridad nominadora del mediador será la Comisión de Mediación y Arbitraje Comercial de la Confederación de Cámaras Industriales de los Estados Unidos Mexicanos. El mediador será una persona diferente del árbitro o árbitros y no podrá ser designado árbitro en ese procedimiento”.
“Si las partes llegan a una transacción los árbitros la recogerán en forma de laudo arbitral en los términos convenidos por las partes”.
¿ Que es el Arbitraje ?
Método heterocompositivo, de naturaleza privada, en el cual las partes se someten voluntariamente a través de acuerdo por escrito (Cláusula arbitral) que han celebrado previamente o cuando se suscita el conflicto, determinando que reglas deben aplicarse y seleccionando a un tercero con la adecuada calificación, independencia e imparcialidad, para que decida mediante un laudo (resolución) cuál de las partes tiene razón.
(Las partes en conflicto vierten sus argumentos ante un tribunal y no ante la otra parte.)
Procedimiento de Arbitraje
Tiene etapas similares a las de la mediación Sin embargo, esta última se lleva a cabo de manera más sencilla y puede derivar en
una resolución de una controversia hasta en una sola jornada de trabajo. Puede darse sin embargo un proceso de mediación entre las partes, antes de que se
emita el laudo. 1.-Las partes deben tener la disposición por voluntad o contractualmente de
someterse a un arbitraje 2.-El árbitro (tribunal arbitral) será designado de acuerdo expreso de las partes por un
tercero (escogiendo una institución administradora acogiéndose a sus reglas), o bien por un juez.
3.-El árbitro definirá con la ayuda de las partes, cuál es la litis que debe resolver y fijará de igual manera, un calendario en el que se sujetará las diferentes etapas del procedimiento.
Agotado el procedimiento arbitral y desahogadas las pruebas y alegatos correspondientes se establece el laudo el cual debe ser acatado de manera obligatoria por las partes a diferencia de la mediación en donde es de forma voluntaria.
Modelo de Cláusula Arbitral
“Todo litigio, controversia o reclamación resultante de este contrato o relativo a este contrato, su incumplimiento, resolución o nulidad, se resolverá mediante arbitraje de conformidad con el Reglamento de Arbitraje de la Confederación de Cámaras Industriales de los Estados Unidos Mexicanos, vigente al momento del inicio del arbitraje”.
Se recomienda a las partes que consideren agregar lo siguiente: a) El número de árbitros será.... (uno o tres) b) El lugar del arbitraje será... (ciudad o país) c) El idioma....(o los idiomas) que se utilizará(n) en el procedimiento
arbitral será(n)... d) El derecho aplicable a la controversia será
Aranceles para pago de honorarios.-Fuente Comisión de Mediación y arbitraje de la CONCAMIN
Monto de la controversia
Cuota Administrativa
Honorarios de un árbitro*1
Mínimo Máximo
Hasta 500,000 11,000 12,100 30,800
Mas de 500,000 a 1,000,000
11,000 + 1.79% 12,100 + 2.20%
30,800 + 5.40%
Mas de 1,000,000 a 3,000,000
20,845 + 1.13% 24,200 + 1.30%
60,500 + 3.25%
Mas de 3,000,000 a 5,000,000
45,705 + 0.85% 52,800 + 0.90%
132,000 + 2.25%
Mas de 5,000,000 a 10,00 0,000
64,405 + 0.54% 72,600 + 0.60%
181,500 + 1.50%
Mas de 10,000,000 a 50,000,000
94,105 + 0.15% 105,600 + 0.215%
264,000 + 0.5375%
Mas de 50,000,000 a 100,000,000
160,105 + 0.056%
200,200 + 0.08%
500,500 + 0.20%
Mas de 100,000,000 a 200,000,000
190,905 + 0.030%
244,200 + 0.036%
610,500 + 0.09%
Mas de 200,000,000 a 500,000,000
223,905 + 0.030%
283,800 + 0.0326%
709,500 + 0.0816%
Mas de 500,000,000 322,905 + 0.030%
391,600 + 0.0326%
979,000 + 0.0816%
*Nota: el monto mínimo y máximo del honorario del árbitro depende de la complejidad del asunto
EVALUACIÓN DE CONOCIMIENTOS
POSTEST ( )
NOMBRE: ____________ __________________
ESCOLARIDAD:__________FECHA_________
LUGAR:_______________INSTRUCTOR:_____________________
NOMBRE DEL TALLER:_____________________
INSTRUCCIONES:
A continuación encontrará unas preguntas relacionadas con el contenido del taller a impartir.
Los reactivos son de respuesta corta (en que se le pide contestar una pregunta directa).
Se compararán los resultados que obtenga al final del curso, con los parámetros de excelencia señalados en los objetivos de aprendizaje, con la intención de medir el grado de avance, e identificar así el aprendizaje real.
1.- A QUIÉN FACULTA LA LEY DE CORREDURÍA PÚBLICA??
2.- QUE ES LA MEDIACIÓN????
3.- QUE ES EL ARBITRAJE ????
GRACIAS GRACIAS
GRACIAS POR SU ATENCIÓN