Date post: | 07-Apr-2017 |
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Law |
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División Académica Multidisciplinaria de los Ríos
Tema: Ley de responsabilidad civil por daños nucleares
Licenciatura: DerechoAsignatura: Derecho Ambiental
Profesor: Marcos Magaña Flores
Alumnos:Irvyng Garrido LastraJessika Ferrer Castillo
Natalia Guadalupe Suarez RosadoItzel Guadalupe Ruiz Carrión
Asunción de Jesús Alvarado FlorezItzel Guadalupe Ruíz Carrión
Francisco Antonio Hernández Quén
Concepto de Responsabilidad Civil
• En el ámbito del derecho, se entiende a la responsabilidad como la capacidad de un sujeto para reconocer y admitir los efectos de una acción que realizó con libertad. A partir de esta capacidad, el individuo puede ser juzgado y condenado cuando su conducta implica un delito.
Energía Nuclear• La energía nuclear se puede utilizar para
producir electricidad. • Fusión nuclear: la energía se libera cuando
los átomos se combinan o se fusionan entre sí para formar un átomo más grande.
• Fisión nuclear: los átomos se separan para formar átomos más pequeños, liberando energía. Las centrales nucleares utilizan la fisión nuclear para producir electricidad.
Antecedentes• Tras el histórico incidente bélico generado en
Japón en 1945, el mundo observó como la potencia de instrumentos nucleares propiciaba un debate en torno a la actividad nuclear y su fuerza devastadora.
• De esta manera, la ciencia en México habría de preocuparse por dilucidar: a) prospección de uranio, b) recursos de financiamiento, c) conocimiento de la ciencia nuclear y; d) educación científica en el ámbito general.
• Concretamente, fue en el gobierno de Gustavo Díaz Ordaz cuando México tomó en serio iniciar estudios tendientes al establecimiento de la primera planta nuclear del país.
• En una actitud emprendedora y a pesar de una serie de contratiempos, es instalada en México la primera planta nuclear con fines eléctricos. En 1976 se dio inicio a la construcción la unidad 1 en el Estado de Veracruz en Punta Limón.
Preceptos Constitucionales
• La base de la implementación de los recursos nucleares se encuentra establecida en el artículo 27 y 73 constitucionales.
LEY DE RESPONSABILIDAD CIVIL POR DAÑOS NUCLEARES
• Publicada en el Diario Oficial de la Federación el 31 de diciembre de 1974.
• ARTICULO 1.- La presente ley tiene por objeto regular la responsabilidad civil por daños que puedan causarse por el empleo de reactores nucleares y la utilización de substancias y combustibles nucleares y desechos de estos.
LegislaciónInternacional Federal Estatal
• Convenio de parís sobre la responsabilidad civil en materia de energía nuclear.
• Convención de Viena sobre responsabilidad civil por daños nucleares.
Ley de responsabilidad civil por daños nucleares
Ley de la responsabilidad civil por daño y deterioro ambiental del estado de tabasco.
Agencia para la Energía Nuclear
ARTICULO 25 Los Tribunales Federales.
Estado o los Ayuntamientos
LEY REGLAMENTARIA DEL ARTÍCULO 27 CONSTITUCIONAL EN MATERIA
NUCLEAR• Posteriormente se promulga en 1985 la
Ley Reglamentaria del Artículo 27 Constitucional en Materia Nuclear. Dicha normatividad hace énfasis al carácter pacíficos de la energía nuclear, advirtiendo nuevamente que las facultades de legislación en esta materia corresponden al legislativo de la unión.
• Implementa un cuerpo de seguridad denominado “Comisión Nacional de Seguridad Nuclear y Salvaguardias.
• La comisión tiene el carácter de órgano desconcentrado de la Secretaría de Energía, Minas e Industria Paraestatal. Entre sus muchas atribuciones destacan el diseño, construcción, operación, modificación, cese de operaciones, cierre definitivo y desmantelamiento de instalaciones nucleares y radiactivas.
Bibliografía• AZUELA, Luis Fernanda y Talacón, José Luis,
Contracorriente. Historia de la Energía Nuclear en México, Plaza y Valdéz, México, 1999, p. 30.
• BEJARANO, Sánchez, Manuel, Obligaciones Civiles, Harla, México, 1984, p.262
• ROJAS, José Antonio, Desarrollo Nuclear en México, UNAM, México, 1989, p. 194.