LEY DEL SEGURO SOCIAL
Seguro Social
La misión del IMSS es otorgar a los trabajadores mexicanos y a sus familias la protección suficiente y oportuna ante contingencias tales como la enfermedad, la invalidez, la vejez o la muerte.
• Es el principal instrumento de la Seguridad Social
• La protección se extiende no solo a la salud, también a los medios de subsistencia cuando la enfermedad impide que el trabajador continúe ejerciendo su actividad productiva.
IMSS
Ramos del Seguro en el IMSS
• EL IMSS comprende el:
• Régimen voluntario: Trabajadores en industrias familiares y trabajadores independientes.
• Régimen obligatorio: Cuenta con 5 ramos de seguro que se financian con contribuciones provenientes de los patrones, el Estado y los propios trabajadores
EL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL
Tiene un mandato legal derivado del Artículo 123 de la Constitución Política de
los Estados Unidos Mexicanos.
Su misión es ser el instrumento básico de la seguridad social, establecido como un
servicio público de carácter nacional, para todos los trabajadores y sus familias.
TITULO PRIMERODISPOSICIONES GENERALES
(1-10)CAPITULO UNICO
LEY DEL SEGURO SOCIAL
TITULO SEGUNDO
DEL REGIMEN OBLIGATORIO 11-239
CAPITULO IIIDEL SEGURO DE RIESGOS DE TRABAJO
SECCION PRIMERA
GENERALIDADES (41 – 55)
SECCION SEGUNDADE LAS PRESTACIONES EN ESPECIE(56-57)
SECCION TERCERADE LAS PRESTACIONES EN DINERO (58-67) SECCION CUARTADEL INCREMENTO PERIODICO DE LAS PENSIONES (68 -69) SECCION QUINTADEL REGIMEN FINANCIERO(70-79) SECCION SEXTADE LA PREVENCION DE RIESGOS DE TRABAJO (80 – 83)
RIESGOS DE TRABAJO
• Riesgos de trabajo: “Son los accidentes y enfermedades a que están expuestos los trabajadores en ejercicio o con motivo del trabajo”
Riesgos de trabajo Accidentes laborales
Enfermedades de trabajo
DEL SEGURO DE ENFERMEDADES Y
MATERNIDAD
CAPITULO IV
SECCION PRIMER
A
SECCION QUINTA
SECCION SEXTA
SECCION SEPTIMA
SECCION SEGUND
A
SECCION TERCER
A SECCION CUARTA
SEC. 1 GENERALIDADES (84 – 90)
Artículo 86. deberán sujetarse a las prescripciones y tratamientos médicos indicados por el Instituto.Para tener derecho
Artículo 90. El Instituto elaborará los cuadros básicos de medicamentos que considere necesarios
Artículo 87. El Instituto podrá determinar la hospitalización del asegurado, cuando así lo exija la enfermedad, tratándose de padecimientos contagiosos.
Artículo 85. se tendrá como fecha de iniciación de la enfermedad, aquélla en que el Instituto certifique el padecimiento.
Artículo 84. Quedan amparados por este seguro:I. El asegurado;II. El pensionado por:a) Incapacidad permanente total o parcial;b) Invalidez;c) Cesantía en edad avanzada y vejez, yd) Viudez, orfandad o ascendencia;
SEC. 2 DE LAS PRESTACIONES EN ESPECIE
(91-95)
En caso de enfermedad no profesional, el Instituto otorgará al asegurado la asistencia médico quirúrgica, farmacéutica y hospitalaria que sea necesaria
Artículo 94. En caso de
maternidad
Las prestaciones en especie que señala el artículo 91 de esta Ley, se otorgarán también a los demás sujetos protegidos por este seguro que se mencionan en el artículo 84
prorrogará su tratamiento hasta por cincuenta y dos
semanas más, previo dictamen médico.
SEC. 3 DE LAS PRESTACIONES EN DINERO (96 – 104)
Artículo 96. el asegurado tendrá derecho a un subsidio en dinero que se otorgará cuando la enfermedad lo incapacite para el trabajo
Artículo 97. cubiertas por lo menos cuatro cotizaciones semanales inmediatamente anteriores a la enfermedad.
Artículo 98. El subsidio en dinero que se otorgue a los
asegurados será igual al sesenta por ciento del último salario diario de cotización.
Artículo 104. Cuando fallezca un pensionado o un asegurado que
tenga reconocidas cuando menos doce cotizaciones
semanales
SEC. 4 DEL REGIMEN FINANCIERO (105 –
108)
Las prestaciones en dinero del seguro de enfermedades y maternidad se financiarán con una cuota del uno por ciento sobre el salario base de cotizaciónse obtendrán de las cuotas que están obligados a cubrir los patrones y los trabajadores o demás sujetos y de la contribución que corresponda al Estado.
SEC. 5 DE LA CONSERVACION DE
DERECHOS (109)
Artículo 109. El asegurado que quede privado de trabajo remunerado, pero que haya cubierto inmediatamente antes de tal privación un mínimo de ocho cotizaciones semanales ininterrumpidas, conservará durante las ocho semanas posteriores a la desocupación, el derecho a recibir, exclusivamente la asistencia médica y de maternidad, quirúrgica, farmacéutica y hospitalaria que sea necesaria. Del mismo derecho disfrutarán sus beneficiarios.
SEC. 6DE LA MEDICINA
PREVENTIVA (110 -111)
Artículo 110. Con el propósito de proteger la salud y prevenir las enfermedades y la discapacidad, los servicios de medicina preventiva del Instituto llevarán a cabo programas de difusión para la salud, prevención y rehabilitación
SEC.7 DEL REGISTRO DE LAS ACTIVIDADES PARA LA SALUD A LA POBLACIÓNDERECHOHABIENTE (111 )
Artículo 111. El Instituto se coordinará con la Secretaría de Salud y con otras dependencias y organismos públicos, con objeto de realizar las campañas y programas a que se refiere el artículo anterior.
CAPITULO V
SECCION SEGUNDA
SECCION TERCERA
SECCION PRIMERA
SECCION SEXTA
SECCION QUINTA
SECCION SEPTIMA
SECCION CUARTA
SEC. 1 GENERALIDADES ( 112 – 118 )
Artículo 112. Los riesgos
protegidos en este capítulo son la invalidez y la
muerte del asegurado o del pensionado por
invalidez
Artículo 117. Cuando cualquier pensionado
traslade su domicilio al extranjero, podrá
continuar recibiendo su pensión mientras dure su
ausencia
Artículo 118. El Instituto podrá excepcionalmente
otorgar préstamos cuando la situación económica del
pensionado lo amerite
Artículo 114. El pago de la pensión de
invalidez, en su caso, se suspenderá
durante el tiempo en que el pensionado
desempeñe un trabajo en un puesto
igual a aquél que desarrollaba al declarase ésta.
SEC. 2 DEL RAMO DE INVALIDEZ (119 – 126)
I. Pensión temporal; II. Pensión definitiva.Artículo 120.
Artículo 122. Para gozar de las
prestaciones del ramo de invalidez se
requiere que al declararse ésta el asegurado tenga
acreditado el pago de doscientas
cincuenta semanas de cotización.
Artículo 123. No se tiene derecho a disfrutar de pensión de invalidez, cuando el asegurado:
SEC. 3 DEL RAMO DE VIDA (127 – 137)
I. Pensión de viudez;II. Pensión de orfandad;III. Pensión a ascendientes;IV. Ayuda asistencial a la pensionada por viudez, en los casos en que lo requiera, de acuerdo con el dictamen médico que al efecto se formule, yV. Asistencia médica, en los términos del capítulo IV de este Título.Artículo 127.
Artículo 137. Si no existieran viuda, viudo, huérfanos ni concubina
o concubinario con derecho a pensión,
ésta se otorgará a cada uno de los
ascendientes que dependían
económicamente del asegurado o
pensionado por invalidez fallecido
SEC. 4 DE LAS ASIGNACIONES FAMILIARES Y AYUDA ASISTENCIAL
(138 – 140)Artículo 138. Las
asignaciones familiares consisten en una ayuda por concepto de carga
familiar y se concederá a los beneficiarios del
pensionado por invalidez, de acuerdo con las reglas
SEC. 5 DE LA CUANTIA DE LAS PENSIONES DE
INVALIDEZ Y VIDA (141 – 145)
Artículo 141. La cuantía de la pensión por invalidez será igual a una cuantía básica del treinta y cinco por ciento del promedio
de los salarios correspondientes a las
últimas quinientas semanas de cotización
anteriores al otorgamiento de la misma
Artículo 145. Las pensiones por invalidez y vida otorgadas serán incrementadas
anualmente en el mes de febrero
conforme al Indice Nacional de Precios
al Consumidor.
SEC. 6 DEL REGIMEN
FINANCIERO (146 – 149)
Artículo 146. Los recursos necesarios para financiar las prestaciones y los gastos administrativos del seguro de invalidez y vida se obtendrán de las cuotas que están obligados a cubrir los patrones, los trabajadores y demás sujetos obligados, así como de la contribución que corresponda al Estado.
Artículo 149. El patrón es responsable
de los daños y perjuicios que se
causaren al trabajador o a sus familiares derechohabientes
SEC.7 DE LA CONSERVACION Y RECONOCIMIENTO DE DERECHOS (150 – 151)
Artículo 151. Al asegurado que haya dejado de estar sujeto al régimen obligatorio y reingrese a éste, se le reconocerá el tiempo cubierto por sus cotizaciones anteriores, en la forma siguiente:
Artículo 150. Los asegurados que dejen de pertenecer al régimen obligatorio, conservarán los derechos que tuvieran adquiridos a pensiones en el seguro de invalidez y vida por un período igual a la cuarta parte del tiempo cubierto por sus cotizaciones semanales, contado a partir de la fecha de su baja.
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CAPITULO VI
RAMA DE RETIRO, CESANTÍA EN EDAD AVANZADA Y VEJEZ
(Artículos 152 – 200).
RETIRO
Aportación de seguridad social que en forma adicional aportan los patrones, equivalente al 2% sobre el SBC desde su creación en 1992 con el fin de mejorar los ingresos de los asegurados al llegar a esta etapa de su vida.
RAMA DE RETIRO, CESANTÍA EN EDAD AVANZADA Y VEJEZ
CESANTÍA EN EDAD AVANZADA
Cuando el trabajador queda privado de trabajos remunerados a partir de los 60 años de edad y ha reunido las semanas de cotización necesarias para acceder a la pensión.
CESANTÍA EN EDAD AVANZADA
RAMA DE RETIRO, CESANTÍA EN EDAD AVANZADA Y VEJEZ
Si el trabajador fue inscrito al IMSS antes del 1º de Julio de 1997 tiene derecho a elegir pensionarse por cualquiera de estas dos
modalidades.
LEY DE 1973 LEY DE 1997
RAMA DE RETIRO, CESANTÍA EN EDAD AVANZADA Y VEJEZ
CESANTÍA EN EDAD AVANZADA
LEY DE 1973Cesantía en edad avanzada
Edad: 60 años o másSemanas de Cotización: 500 (10 años)Base de pensión: Promedio salarial de los últimos 5 años.Monto: De acuerdo a la tabla Art.171 ( Ley anterior )
LEY DE 1997Cesantía en edad avanzada
Edad : 60 años o másSemanas de Cotización: 1250 (24 años)Formas de pensión: Renta Vitalicia o Retiros programados
RAMA DE RETIRO, CESANTÍA EN EDAD AVANZADA Y VEJEZ
VEJEZ
El asegurado deberá tener 65 años o más y cumplir con las semanas de cotización necesarias para acceder a la pensión correspondiente a este ramo.
VEJEZ
RAMA DE RETIRO, CESANTÍA EN EDAD AVANZADA Y VEJEZ
Si el trabajador fue inscrito al IMSS antes del 1º de Julio de 1997 tiene derecho a elegir pensionarse por cualquiera de estas dos
modalidades.
LEY DE 1973 LEY DE 1997
Edad: 65 años o másSemanas de Cotización: 500 ( 10 años)Base de pensión: Promedio salarial de los últimos 5 años
Edad: 65 años o másSemanas de Cotización: 1250 ( 24 años )Formas de pensión: Renta vitalicia o Retiros Programados
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CAPITULO VII
DEL SEGURO DE GUARDERIAS Y DE LAS PRESTACIONES SOCIALES
(Artículos 201 – 217)
RAMA DE GUARDERÍAS
• Consiste en aseo, alimentación, cuidado de la salud, recreación de los hijos de aseguradas o padres viudos o que tenga custodia otorgada por resolución judicial.
• Desde los 43 días de nacidos hasta los 4 años.• Conservación de derechos por 4 semana después de la baja• De la aportación patronal del 1% se destina el 0.80% del SBC
DEL SEGURO DE GUARDERIAS Y DE LAS PRESTACIONES SOCIALES
PRESTACIONES SOCIALES
• Fomento a la salud (cursos)• Medicina preventiva (campañas de fomento a la salud)• Actividades culturales (teatros) y educativas (escuelas)• Actividades deportivas (centros deportivos)• Centros vacacionales ( Malintzi,Tlax; Metepec,Pue;
Oaxtepec,Mor; La Trinidad, Tlax) • Velatorios• Tiendas, etc.
De la aportación patronal del 1% se destina el 0.20% del SBC
DE LA CO
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CAPITULO VIII
DE LA CONTINUACION VOLUNTARIA EN EL REGIMEN OBLIGATORIO
El Seguro Continuación Voluntaria al Régimen Obligatorio te permite continuar tus aportaciones al Seguro Social, IMSS, para así obtener una pensión para tu retiro.
Pensión de InvalidezPensión de vidaDespués de 3 años de cotizaciónCesantía o Edad AvanzadaA los 60 añosPensión de VejezA los 65 años, después de 24 años de cotización.
Te ofrece:
(Artículos 218 – 221)
DE LA CONTINUACION VOLUNTARIA EN EL REGIMEN OBLIGATORIO
Precio :Se paga una vez al año y el costo es por familia. El precio varía dependiendo de la pensión que deseas. Vigencia :Mientras pagues las cuotas.
Nombre completo según acta de nacimiento.Número de seguridad social IMSS.Haberte inscrito en el IMSS antes de llegar a EU, además debes estar dado de baja y sin carácter de pensionado por invalidez, vejez o cesantía.Debes solicitar tu inscripción dentro de los 5 años siguientes a tu baja.Domicilio en Estados Unidos.Pagar tu cuota
Requisitos:
DE LA IN
CORP
ORACIO
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NTARI
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ATORI
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CAPITULO IX
DE LA INCORPORACION VOLUNTARIA AL REGIMEN OBLIGATORIO
El Seguro Incorporación Voluntaria al Régimen Obligatorio te permite contratar un paquete para que tus familiares reciban los servicios médicos y tu puedas continuar cotizando para una pensión.
Te ofrece:•Consulta médica general y de especialista•Ayuda para gastos de funeral•Pensión de invalidezDespués de 5 años de cotización.•Pensión de VidaDespués de 3 años de cotización.•Pensión de VejezDespués de 24 años de cotización.
(Artículos 222 – 233)
DE LA INCORPORACION VOLUNTARIA AL REGIMEN OBLIGATORIO
Beneficiarios•Tu•Esposa (o)•Concubina (rio)•Hijos•Padres
Precio Se paga una vez al año y el costo es por familia. El precio varía dependiendo de la pensión que deseas recibir.
Vigencia Es anual y comienza el primer día del siguiente mes de tu inscripción.
DE LA SE
GURIDAD SO
CIAL
EN EL
CAM
PO
CAPITULO X
DE LA SEGURIDAD SOCIAL EN EL CAMPO
Las mujeres y los hombres del campo que tengan el carácter de trabajadores independientes, respecto de quienes no medie ninguna relación de subordinación laboral, los ejidatarios, comuneros, colonos y pequeños propietarios;
así como los ejidos y otras formas superiores deorganización, podrán acceder a la seguridad social en la forma y términos que señala el artículo 13, a través de convenio de incorporación voluntaria al régimen obligatorio, o bien mediante el seguro de salud para la familia establecido en el artículo 240 de esta Ley.
TITUTLO TERCEROREGIMEN VOLUNTARIO
CAPITULO IDEL SEGURO DE SALUD PARA LA FAMILIA
(240 – 245)
• Artículo 240. Todas las familias en México tienen derecho a un seguro de salud para sus miembros y para ese efecto, podrán celebrar con el Instituto Mexicano del Seguro Social convenio para el otorgamiento de las prestaciones en especie del seguro de enfermedades y maternidad, en los términos del reglamento respectivo.
• Esposa• Hijos• En caso de no casado padres
CAPITULO IIDE LOS SEGUROS ADICIONALES (246 – 250)
• El Instituto podrá contratar seguros adicionales para satisfacer las prestaciones económicas pactadas en los contratos Ley o en los contratos colectivos de trabajo que fueran superiores a las de la misma naturaleza que establece el régimen obligatorio del Seguro Social.
• Prestamos en dinero o especie• mixto
CAPÍTULO IIIOTROS SEGUROS(250A – 250B)
• Seguros de vidas y apoyos médicos extraordinarios
TITULO CUARTODE LAS ATRIBUCIONES, PATRIMONIO Y ÓRGANOS DE
GOBIERNO Y ADMINISTRACIÓN (251 – 257)
• Administrar los seguros de riesgos de trabajo, enfermedades y maternidad, invalidez y vida, guarderías y prestaciones sociales, salud para la familia, adicionales y otros, así como prestar los servicios de beneficio colectivo que señala esta Ley;
I. La Asamblea General ( analiza y modifica el capital de la institución y respecto lo financiero) (258 – 262)
• II. El Consejo Técnico (Decidir sobre las inversiones de las reservas y demás recursos del Instituto, con sujeción a lo previsto en esta Ley y sus reglamentos, excepto los provenientes del seguro de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez) (263 –264)
• III. La Comisión de Vigilancia (Practicar la auditoría de los balances contables y al informe financiero y actuarial a que se refiere el artículo 261 de esta Ley, así como comprobar los avalúos de los bienes materia de operaciones del Instituto (265 – 266)
IV. La Dirección General(Ejecutar los acuerdos) (267 – 269)
CAPÍTULO VIDEL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL COMO
ORGANISMO FISCALAUTÓNOMO (270 – 277g)
• Este instituto crea las cuotas DE LAS RESERVAS DE LOS SEGUROS(281 – 286ª)Enfermedades y Maternidad;II. Gastos Médicos para Pencionados ;III. Invalidez y Vida;IV. Riesgos de Trabajo;V. Guarderías y Prestaciones Sociales;VI. Seguro de Salud para la Familia, y
CAPÍTULO 1 - DE LOS CRÉDITOS FISCALES (287- 302)
CAPÍTULO I - DE LAS RESPONSABILIDADES (303-303 A)
CAPÍTULO II - DE LAS INFRACCIONES Y SANCIONES 304-304 D
CAPÍTULO III - DE LOS DELITOS (305-319)