LINEAMIENTOS TÉCNICOS PARA LA GESTIÓN DE LA ZONA MARINO
COSTERA
Dra. Guadalupe Sánchez RivasJefe de la Unidad de Monitoreo y Gestión Marino Costera
Introducción
• El aumento poblacional y de la actividad económica a lo largode las costas.
• Desarrollo de múltiples procesos y tecnologías, que tienen susoporte en el uso directo del borde costero y el mar,
• Actividades industriales, energéticas, pesqueras, portuarias,,turísticas, otros servicios, además las urbanas, vienenocasionando una serie de cambios y trastornos no sólo en losecosistemas terrestres involucrados y aledaños, sinotambién, en las comunidades biológicas que habitan laszonas inter y submareal, los sedimentos marinos y lacolumna de agua (CPPS/PNUMA, 1999).
• En Latinoamérica, tanto el crecimiento poblacional como lospatrones migratorios rural-urbanos producen un aumento en ladensidad poblacional de los litorales.
• Ello se refleja en que el 78% de las ciudades más importantes de laregión son costeras y concentran más del 50% de la población(CIUP, 2004).
IntroducciónContinua….
• Objetivo GeneralContribuir a la calidad de vida de las comunidades humanas quedependen de los recursos costeros, a través de una gestión orientada a laadecuada ocupación y uso de la zona marino costera con manejosostenible de los recursos naturales, mediante el desarrollo y aplicaciónde un Programa Nacional.
• Objetivo Específico• Ofrecer pautas metodológicas generales que apoyen al desarrollo de un
Programa Nacional.• Proporcionar a los sectores público y privado lineamientos de política y
acción relacionadas con el programa.• Proporcionar a los sectores público y privado una base conceptual y
técnica en los aspectos fundamentales del programa.• Sensibilizar, concientizar, promover y asegurar la participación de los
organismos y entidades del sector público y privado en la formulación yejecución del programa nacional de MIZC y los planes de acción a nivelregional y local.
Marco normativo
Nivel internacional
• El Programa de Acción Mundial para la Protección del Medio Marino frente
a las Actividades realizadas en Tierra (PAM/PNUMA) adoptado en 1995.
Es un instrumento que contribuye al desarrollo sostenible de las costas, los
océanos y las islas de una manera adaptable, auspiciado por el Programa
de Mares Regionales del Programa de las Naciones Unidas para el Medio
Ambiente (PNUMA, 1974).
• Convenio para la Protección del Medio Marino y Zonas Costeras del
Pacífico Sudeste (Convenio de Lima) y otros acuerdos complementarios,
que constituyen el marco jurídico del Programa de Acción (1981).
• La Agenda 21, Capítulo 17 busca la protección de los océanos, todo tipo
de mares y a las áreas costeras y el uso racional y el desarrollo de sus
recursos vivos a nivel nacional y regional (1992).
Marco normativo
Nivel internacional
• Convenio de Diversidad Biológica – CDB (1992), establece un Programa
Internacional para la Conservación y Uso de la Biodiversidad Marino
Costera, el “Mandato de Jakarta" con el objetivo de proteger los
océanos, mares y zonas costeras, así como promover la utilización
sostenible de los recursos vivos. Uno de los cinco elementos de este
programa es el “Manejo Integrado de Zonas Costeras”.
• La Cumbre Mundial sobre el Desarrollo Sostenible – El Plan de
Implementación de Johannesburgo – Iniciativas de Asociaciones, está en
la búsqueda del desarrollo sostenible y promover un manejo costero y de
los océanos integrado, multidisciplinario y multi-sectorial a nivel nacional, e
incentivar y asistir a los Estados costeros a desarrollar políticas y
mecanismos oceánicos sobre el manejo costero integrado (2002). La
Comisión sobre el Desarrollo Sostenible, señala que las opciones
políticas y las medidas prácticas para acelerar la implementación
relacionada al agua, la sanidad y los asentamientos humano. Su inicio en
el 2005.
Marco normativo
Nivel nacional
• Ley Orgánica de Municipalidades. Artículo 8. 5 Aprobar el Plan de desarrollo urbano
y rural zonificación de áreas urbanas. Artículos 73…. planificar el ordenamiento
territorial a nivel provincial……
• Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales. Artículo 53.- Funciones en materia
ambiental y de ordenamiento Territorial
• Ley Orgánica de Aprovechamiento de Recursos Naturales
• Política Nacional del Ambiente (2009) en su eje de política 1 sobre conservación y
Aprovechamiento sostenible de los recursos naturales y de la diversidad biológica.
Tenemos los lineamientos de política 7. Ecosistemas Marino – Costeros;10
Ordenamiento Territorial.
• Reglamento de Zonificación Ecológica y Económica (2004)
• Ley Marco del Sistema de Gestión Ambiental (2004) y su Reglamento (2005).
• Se crea la Comisión Multisectorial del Plan de Acción para la Protección del Medio
Ambiente y Áreas Costeras del Pacífico Sudeste en el año 2006, mediante la R.M.
N° 039-2006-PCM.
• Ley Nº 28793 sobre la Protección, Conservación y Repoblamiento de las Islas,
Rocas y Puntas Guaneras del país (19 de julio del 2006).
• Aprueban el establecimiento de la Reserva Nacional Sistema de Islas, Islotes y
Puntas Guaneras. (DS Nº 024-2009-MINAM).
Ámbito de la zona marino costera
• Según Barragán (1997) es una "zona de contacto, de transición,entre la hidrosfera salada, la litosfera y la atmósfera por lo que afenómenos físico-naturales y actividades humanas se refiere". Estadefinición se centra en la particular interacción que se presenta enla zona costera entre el agua, la tierra y el aire, sin olvidar que hayactividades humanas que afectan esta dinámica.
• Según Álvarez y Álvarez (1984) en la cual determina la costa como"la franja de mar aledaña a la línea de costa y una zona terrestre –no exactamente definida- hasta la cual las acciones e interaccionesde ambos medios, el terrestre y el marino, son notables."
CRITERIOS PARA DELIMITACIÓN DE LA COSTA
La zona costera, entiéndase como zona marino costera, se caracteriza por
tener límites difusos, tanto en su lado marino como en su lado terrestre.
Existen normas en las cuales se establecen los límites marinos de la zona
costera hasta la plataforma continental (200 metros de profundidad), hasta
el límite de la Zona Económica Exclusiva (12 millas náuticas) o hasta la
línea de aguas interiores.
Sin embargo ninguna ha sido generalmente aceptada debido al
procedimiento arbitrario usado para ser escogida, pues estos límites no
tienen relación directa con los procesos ocurridos en la zona costera.
A nivel terrestre se acostumbra delimitar la zona costera hasta la línea de
más alta marea, hasta donde comience la vegetación permanente, sin
embargo estas delimitaciones no logran enmarcar todo lo que significan las
áreas costeras.
Criterio 1: Características físico-naturales
Por medio de este criterio se pretende conocer
las características básicas del escenario físico-
natural, sus posibilidades y la interacción entre
sus elementos, con el objetivo de tener
información suficiente que permita realizar un
análisis detallado de las unidades ecológicas.
El límite interior de la zona costera desde el
punto de vista de criterios naturales, podría
identificarse hasta los sitios en que los
organismos vivos dependen del sistema marino
para cumplir sus funciones vitales, en cambio el
límite mar adentro estaría condicionado por
elementos mucho más dinámicos en términos
generales, pudiendo extenderse varios
kilómetros o millas.
El uso de este criterio implica extensos
conocimientos y mayor complejidad en cuanto a
técnicas y experiencias científicas.
Criterio2: Jurídico-administrativo
El uso de divisiones político-administrativas para el
establecimiento del límite es el más generalizado, y la ventaja
más sobresaliente en su aplicación, radica en que facilita el
proceso de toma de decisiones y la aplicación de
mecanismos de control. Son fácilmente reconocibles, se
aplica la cartografía y legalmente viables.
Existen desventajas que destacan en este
criterio, la municipalidad o variedad de
jurisdicciones que cubren la zona que
involucra intereses a distintas escalas, las
cuales no siempre coinciden y difieren. La
segunda su rigidez, ya que la zona que
comprende el municipio puede incluir áreas
que no posean relación con el sistema
costero.
Criterio 4: Ámbito espacial definido
El impacto ambiental por efectos antrópicos y naturales es
creciente sobre los ecosistemas costeros, se tomará en
cuenta su repercusión territorial debido a los problemas que
aquejan el espacio litoral que pueden afectar la
conservación o la estructura productiva de diversas
especies.
CRITERIO 2 : Jurídico-
administrativo. EJERCICIO 5
REGIÓN MOQUEGUA.
DISTRITOS QUE TIENEN
ZONA DE MAR
REGIÓN CALLAO
PROPUESTA DE
DELIMITACIÓN DE LA ZONA
MARINO COSTERA
Metodología
• FASE 1: COLECCIÓN DE DATOS Y ELABORACION DELDIAGNOSTICO REGIONAL
1. Identificación de Actores y Problemática Regional
2. Colección de información en bancos de datos, incluyendoinformación de conocimiento tradicional (identificar las fuentes,bases de datos, vacíos de información existente que incluyerecopilación de información de los aspectos físicos, biológicos,socioeconómicos, políticos, legales y culturales existentes)
3. Elaboración del diagnostico regional (en base a indicadoresconsiderando para ello los procesos físicos, biológicos ysocioeconómicos)
En el análisis de los problemas y su priorización se tomarán encuenta los siguientes criterios:
a) Importancia económica,
b) Nivel de afectación sobre los recursos naturales y sus hábitats
c) Grado de implicancia en la población local (seguridad humana).
Diagnósticos
ambientales en áreas
seleccionadas de la
costa
• FASE 2: ELABORACION Y PRESENTACION DE PROPUESTAS
1. Criterios e instrumentos para el ordenamiento territorial
regional, la ZEE será la herramienta básica para la gestión
costera
La ZEE es un proceso dinámico y flexible para la
identificación de diferentes alternativas de uso sostenible
de un territorio determinado, basado en la evaluación de
sus potencialidades y limitaciones con criterios físicos,
biológicos, sociales, económicos y culturales.
(D.S. N° 085-2004-PCM)
2. Contenido del plan de acción regional de manejo integrado
de zonas costeras (estratégico y operativo), a corto plazo -
3 años
• FASE 3: ESTRATEGIAS DE GESTION Y AUTORIZACION OFICIAL DELPLAN DE ACCION REGIONAL DE MIZMC
El Gobierno Regional aprueba el plan y lo eleva a laComisión del Programa Nacional del MIZMC para suconocimiento e integración en el programa nacional.
1. Mecanismos de difusión (difundir y explicar losalcances y bondades del plan regional)
2. Estrategias de gestión para la aplicación del Plande Acción Regional de MIZMC (definir los pasos aseguir para implementación)
3. Aprobación del Plan de Acción Regional deMIZMC.
• FASE 4: IMPLEMENTACION Y OFICIALIZACIÓN
1. Formación y oficialización de Grupos Técnicos regional y local(conformación de Grupos Técnicos Regionales y Locales de caráctermultisectorial, en busca de mayor representatividad)
2. Ejecución del Plan Acción Regional de MIZMC (operatividad)
3. Cumplimiento y seguimiento de los compromisos de los actores(El Gobierno Regional con el apoyo de las Comisiones AmbientalesRegionales y los Comités Ambientales Locales serán los encargadosde verificar el cumplimiento de los compromisos de los actores.)
• FASE 5: EVALUACION
1. Evaluación del cumplimiento del Plan De Acción Regional deMIZMC metas y objetivos (evaluado con regularidad para verificarsu eficacia o adoptar las medidas correctivas cuando sea oportuno)
2. Reformulación de metas y objetivos.
Recursos Financieros• Fondos existentes:
- Fondo Ambiental de PNUMA.- Fondo Multilateral del Protocolo de Montreal.- FMAM (Fondo para el Medio Ambiente Mundial). - Canjes Deuda por Naturaleza.- El Fondo Mundial del Patrimonio Cultural y Ambiental. - El Fondo para Paisajes Húmedos (Wetlands).- Los Fondos de la Unión Europea.- Implementación Conjunta.- Instituciones Financieras.- Financiamiento por tarifas, impuestos, cobros.- Otros mecanismos.